LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES
2015
LA VERDAD SOBRE EL TRATO ANIMAL Y SUS CONSECUENCIAS MALTRATO ANIMAL, AL CÓDIGO PENAL POR: CRISTEL A. CASANOVA MORALES MARIA. F. CRUZ SOSA ROBERTO ALCUDIA BOUCHOT CARLOS M. LOPEZ MENDEZ NESTOR PÉREZ LÓPEZ
UJAT | División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades
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CONTENIDO
TITULO PÁGINA
Nociones generales..………………………………………………………….……….03
Objetivos generales y objetivos específicos...………………….……...…………04
Derechos Humanos……………………………………………………………….……05
Clasificación de los Derechos Humanos……………..……………...…..…07
Cuarta generación de Derechos Humanos……………………………………..…08
Los Derechos de los animales en el tiempo………………………………………11
Los Derechos de los animales en México…………………………………………13
Los derechos de los animales en el mundo………………………………………17
Conclusión………………………………………………………………………………22
Referencias……………………………………………………………………………...23
3
NOCIONES GENERALES
El presente proyecto de
investigación trata de un tema no tan
común, con muy poca bibliografía y
regulación jurídica, pero con tantos
problemas y violaciones a la
integridad física de este sector tan
vulnerable. No nos referimos a las
mujeres, niños, trabajadores ni a
adultos mayores, que desde luego no
dejan de ser temas de interés e
investigación, sin embargo estamos
hablando de nuestro medio ambiente,
y dentro de los innumerables ámbitos
que este comprende, solo
enfocaremos nuestra atención a la
fauna, es decir, a los animales, es por
ello que nos presentamos con el tema
de “Los derechos de los animales”.
Hablar de los animales implica
hablar de vulnerabilidad, de
indefensión y de violencia. Si bien es
cierto que los animales no hablan, no
menos cierto es que si sienten, y
como ellos frente a la sociedad no
pueden valerse por sí solos, es
necesario que lo hagamos nosotros
mismos. Es por ello que en esta
investigación abordaremos todas las
temáticas posibles que giran en torno
a los derechos de los animales,
enfatizaremos respecto a los
derechos humanos de manera
general, conoceremos a detalle la
cuarta generación de derechos
humanos, misma que trata
precisamente de los animales,
haremos un recorrido por la historia
del trato animal, posteriormente nos
daremos cuenta de cómo se tratan a
los animales en México y el mundo, y
si existen o no legislaciones que
erradiquen los tratos crueles e
inhumanos hacia los animales.
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OBJETIVOS GENERALES
Nuestras pretensiones al
concluir esta investigación, obedecen
a un conjunto de competencias
genéricas que permitirá a la sociedad
comprender mejor su entorno e influir
en el, girando en torno al respeto de
los derechos de los animales. La
sociedad aprenderá a detectar los
malos tratos con los animales y con
ello evitara y procurara su
propagación. A través de
políticaspúblicas, estudios científicos
de universidades, campañas de
concientización y de medios masivos
de información. Para ir terminando
con el trato cruel e inhumano de los
animales y evitar la extinción de
estos.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
De manera particular, el
objetivo principal es que las personas
identifiquen el panorama social y
humanista en constante
transformación, y se hagan las tareas
necesarias para cada uno de los
temas aquí expuestos.
ü Diferenciar entre los
derechos humanos y
derechos de los
animales, si los hay, si
se cumplen, y si existe
interés social por
ambos.
ü Definir la imperante
situación en cuanto al
maltrato y la explotación
de los animales.
ü Enlistar cada punto del
problema planteado, las
causas y consecuencias
que lo originan y
provocan
respectivamente.
ü Identificar la
problemática en el
tiempo y el espacio.
ü Generar discusiones y
construir argumentos
sólidos para resolver las
dudas y emplear las
propuestas viables para
erradicar de manera
primaria el problema.
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DERECHOS HUMANOS
Los derechos humanos son la
calidad humana que tenemos cada
individuo como persona. Él que lo
plasma y reconoce en nuestra
constitución es el Estado, asumiendo
así la responsabilidad de aceptar
estos derechos, con el fin de
asegurar el pleno desarrollo dentro de
una sociedad organizada, son
inherentes a la naturaleza humana y
sin los cuales no se puede vivir como
ser humano.
Existen diferentes
características según la doctrina
jurídica y algunos especialistas sobre
el tema de los derechos humanos.
Según la doctrina sus
características son:
a) Generalidad: ya
que los derechos los tenemos
todos los seres humanos sin
distinción alguna y no existen
para ello limitaciones de
fronteras políticas, si mucho
menos creencias o razas.
b) Imprescriptibilidad
: no se pierden por el tiempo ni
por otra circunstancia.
c) Intransferibilidad:
el derecho subjetivo derivado e
individualizado que de ellos
emanan no puede ser cedido o
convenido para su pérdida o
menoscabo.
d) Permanencia:
quiere decir que no tiene valor
por etapas o generaciones,
sino siempre y protege al ser
humano desde el momento de
su concepción hasta su
muerte.
Los especialistas sobre el tema
denominan de manera diferente y
mencionan que sus características
son tres:
a) Universalidad :
esta característica es igual a la
de generalidad
b) Incondicionalidad:
Los derechos no están sujetos
a condición alguna sino
únicamente a los lineamientos
que determinan los límites de
derecho.
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c) Inalienabilidad:
significa que no pueden
perderse ni transferirse por su
propia voluntad son que son
inherentes a la idea de la
dignidad humana.
Conforme ha pasado el tiempo
de ha retomado una idea distinta de
los derechos humanos pero su
designación original sigue siendo la
misma.
El Doctor Jorge Carpizo afirma:
El tema de los derechos
humanos es recurrente en la historia
de la humanidad, porque está
estrechamente ligado con la dignidad
humana; tuvo un gran impulso hace
poco más de dos siglos con las
declaraciones norteamericanas y
francesas sobre ellos; pero es
especialmente después de la
segunda guerra mundial y en estas
últimas cuatro décadas cuando se
convierten en una de las grandes
preocupaciones de las sociedades y
cuando el tema de internacionaliza.
Los horrores y la barbarie del
fascismo, y especialmente del
nacismo provocaron una reacción de
indignación mundial. Con claridades
se vio que este planeta tenía una
alternativa. Vivir civilizadamente bajo
regímenes democráticos y
presentativos, donde se respete la
dignidad humana, para no caer en
caer en regímenes salvajes donde
impere la ley del más fuerte y del
gorila.1
1Carpizo, Jorge. 1993. Derechos humanos y
Ombudsman. Comisión Nacional de
Derechos Humanos, Instituto de
Investigaciones Jurídicas de la UNAM,
México. Página7
7
CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
El autor mexicano Cipriano
Gómez presenta tres generaciones:
Derechos humanos de primer
grado: aquellos procedentes de las
relaciones jurídicas en general, se
refiere a los derechos subjetivos
tradicionales como los personales y
los derechos reales,
Derechos humanos de
segundo grado: se encuentran en un
sentido más político e ideológico con
un contenido de respeto a la
integridad física y sociológica del
hombre entendido como individuo
digno de respeto y consideración en
una esfera mínima del bienestar
social.
Derechos humanos de tercer
grado: se manifiestan su propia
humanidad en su cuanto a su
supervivencia, sanidad y disfrute de
la vida sobre la tierra: como el
derecho a la paz, derecho a la
conservación ecológica, de minorías
étnicas etcétera…
Como se nota la tercera
generación es la más notoria y
también se le conoce como derechos
difusos o transpersonales ya que
protegen a la persona con una
generalidad tal que es difícil
apreciarlos solamente en su
característica individualizada, sus
destinatarios tienen un interés difuso
para su actualización en tanto
integrantes de grupo humanos y
sociedades que pueblan la tierra en
una región de esta lo que aparece
más allá del mero interés individual.
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CUARTA GENERACION DE DERECHOS HUMANOS
Derechos de los Animales
La evolución que se observa
en el contenido de los derechos
proclamados en las sucesivas
declaraciones de derecho ha
conducido a hablar de existencia de
generaciones de derechos. La
primera conformada por los derechos
individuales, civiles y políticos, la
segunda por los derechos sociales y
culturales y la tercera por los
derechos de la solidaridad humana.
Esta clasificación de los derechos
humanos puede tener relevancia
como modo de poder ilustrar la
cronología de los derechos humanos
hasta un determinado punto de su
incesante progreso por mantener al
individuo en un ambiente digno.
Además sugiere de alguna manera la
idea de superación de antiguas
generaciones de derechos por las
nuevas, con el fin salvaguardar las
necesidades que hoy en día son
latentes en el mundo en el que
vivimos como sociedad. Los derechos
inherentes no pueden sustituirse ni
modificarse y vienen a unirse a ellos
nuevos derechos como formas de
protección al individuo y con ello al
ambiente del que somos parte, es
importante mencionar la relevancia
que tiene el ser humano en un
ambiente de paz y tranquilidad con
todos los seres vivos que nos rodean
y el respeto por la vida natural.
Debido a los cambios que va
sufriendo la sociedad en los
diferentes aspectos y necesidades
del ser humano con el transcurso del
tiempo se van creando nuevas
expectativas en cuanto a satisfacer
las demandas que esta
transformación acarrea surgen las
generaciones de derechos humanos.
En esta generación aparecen
avances en la informática,
matemática aplicada y tecnología de
telecomunicaciones que se agrupan
bajo la etiqueta de nuevas de las
tecnologías de la información y la
comunicación (TIC), estás han
penetrado nuestras relaciones
sociales de manera muy acelerada,
han producido una verdadera
revolución de la información, el uso
de las informaciones permite influir y
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controlar la conducta de los
ciudadanos sin necesidad de recurrir
a medios coactivos, por lo que la
libertad personal y las posibilidades
reales de intervenir en los procesos
sociales, económicos y políticos
hallan determinados por el acceso a
la información.
Hoy en día asistimos a la
aparición de nuevas estructuras
sociales de nuevas formas de
interrelación humana, de nuevas
comunidades virtuales, cuyo patrón
de adscripción no es el territorio, ni la
lengua compartida, ni la lengua
compartida sino un nuevo modelo
visionario de la sociedad que
encuentra en la comunicación no
presencial un elemento de unión
entre individuos y que en su conjunto
presentan también el riesgo de la
aparición de otras maneras de
agresión al sistema de los derechos
humanos.
La existencia tanto de
amenazas como de oportunidades en
la transformación a una sociedad
subraya la necesidad de crear
garantías normativas y políticas
públicas que guíen el proceso a
buenos resultados.
Los elementos más
importantes en esta generación son
el acceso al uso y aprovechamiento
de las tecnologías de información y
comunicación como indispensable
para satisfacer las necesidades de
los individuos, de las comunidades y
de la necesidad en general, el
proceso social y económico, así como
el proceso de las personas y de las
comunidades como prioridad en las
actividades dedicadas a construir una
sociedad d la información; el acceso
universal a las tecnologías de la
información y comunicación con el
objetivo de que todos los autores
involucrados en la construcción de la
sociedad, está al servicio del interés
público y al bienestar social mediante
la contribución a la erradicación de la
pobreza, la generación de la riqueza,
la promoción y el realce del desarrollo
social, la participación democrática a
diversidad lingüística y la identidad
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cultural, asegurando siempre iguales
oportunidades de acceso y a las
tecnologías de información y
comunicación, otro aspecto
importante como idea final en el
espacio digital comprendería el
derecho a la plena y total integración
a la familia, igualdad de derechos sin
distinción de nacionalidad, este
principio obedecería a la necesidad
de concebir a la humanidad como
una sola familia , a la q todos sus
miembros sumen esfuerzos para el
bienestar global, sería el resultado del
desenvolvimiento de la organización
política social hacia formas cada vez
mayores y compleja, y junto con ello
también el arribo hacia
ordenamientos jurídicos
correspondientes a esas nuevas
formas esta sería la etapa de
convertir en realidad el principio de la
unidad en la diversidad.
El acceso a tanta información
conlleva a la aparición de nuevas
posibilidades de intromisión y control
en la vida privada de las personas y
en esa medida la necesidad de
reforzar los sistemas de protección y
seguridad electrónica que posibiliten
el pleno y libre ejercicio de los
derechos que protegen
constitucionalmente la esfera privada
de los individuos.
Esta generación está integrada
básicamente por tres tipos de
derecho, son los derechos relativos a
la protección del ecosistema y al
patrimonio de la humanidad, otros
son los derechos relativos al nuevo
estatuto jurídico sobre la vida humana
y como último pero de igual
relevancia los derechos derivados de
las tecnologías de la comunicación y
de la información.
Con la protección de los
ecosistemas y de los animales a
brindar respeto a estos por el hecho
de ser seres vivos y que tienen
mucha importancia en nuestro
entorno es como brindarnos un lugar
adecuado para vivir respetando los
derechos de los animales y su
esparcimiento, cuidado y con ello la
protección de los hábitats naturales
nos enseña a privilegiar el bien, el
respeto, la dignidad, la bondad y
todos aquellos valores inherentes a la
vida humana, incluida por supuesto
en la ética que se convierte en un eje
central de estos postulados.
11
LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES EN EL TIEMPO
A lo largo de la vida se ha
considera a los animales como cosas,
partes del patrimonio de los seres
humanos, también se consideraban
seres sin sentimientos, sin alma y por
cuya razón no deben sentir dolor.
Aunque existen diferentes conceptos
de lo que es animal, (son seres vivos
dotados generalmente de
movimientos propios y sensibilidad,)
por lo tanto es necesario poder
brindarles un hogar digno, y fuera de
maltratos o de abandonos.
Existen diferentes tipos de
leyes que avalan los derechos de los
animales, una de las más importante
fue firma en Londres el 23 de
septiembre de 1977, esta ley fue
aprobada por la Organización de las
Naciones Unidas para la educación la
Ciencia y la Cultura (UNESCO) y por
la Organización de las Naciones
Unidas (ONU).
La creación de estas leyes se
hicieron con el único fin de que los
seres humanos tomemos conciencia,
para no maltar a los animales ya que
ellos también sientes y sufren al ser
maltratados, porque si nos hacemos
responsables de adoptar o comprar
una mascota es para cuidarla y darle
un hogar digno y no para maltarlos. El
10 de diciembre de 1948 en Paris, se
hace referencia a la Declaración
Universal de los derechos Humanos y
en su artículo 5° remarca que nadie
será sometido a torturas ni a penas o
tratos crueles, inhumanos o
degradantes. Aunque el artículo se
entiende o se refiere a las personas,
los animales con el simple hecho de
seres vivos poseen los mismos
derechos de no ser maltratados. La
ley de protección animal tiene
presente que aquellos que maltraten
o abandonen un animal podrían ser
sancionados o condenados hasta con
4 años de cárcel, también prohíbe
utilizar animales de cualquier especie
en espectáculos públicos o privados
cuando involucre sufrir dolor, heridas
o hasta su muerte.
En México legislación federal
cuenta con la ley federal de sanidad
del 25 de julio de 2007 que cuyo
objetivo es la protección, diagnóstico,
control y erradicación de las
enfermedades y plagas que pueden
12
afectar a los animales, se debe
procurar el bienestar de los animales
entre otras cosas cuyo fin es que los
animales permanezcan en
condiciones dignas de vida.
Algunas pensamos que al
momento de pedir o exigir los
derechos de los animales se está
promoviendo que los animales tengan
derecho al voto o en su caso a la
educación. Cuando en realidad se
trata de que tengan un hogar digno y
de que no sean maltratados, a que su
habitad sea la adecuada y se
satisfaga sus necesidades básicas.
Para contribuir a no maltrato
animal debemos de cambiar nuestra
actitud, dejando de asistir a
espectáculos donde involucre el
maltrato de animales, o si bien
consumir productos probados en
animales son acciones para salvar
sus vidas. Otra de las cosas que
podemos hacer para salvar sus vidas
tener el acceso a la información y
saber que las cosas para los
animales son fáciles y mucho menos
bonitas, que a ellos nos les gustan los
zoológicos ni los circos son chistosos
donde se les maltrata, ni los abrigos
de piel son tan elegantes, ni las
experimentación en animales son
indispensables. Defender a quien
más lo necesita es un deber moral y
no es cuestión de distinción de piel o
raza.
El día del animal o día mundial
del animal se celebra cada año el 4
de octubre, en esta fecha se celebra
la vida animal bendiciones son
deseadas a todos los animales sin
importar razas o colores. Algunos
refugios de animales realizan eventos
para recaudar fondos, ya que estos
necesitan suministros para poder
cuidar y darles hogar digno a los
animalitos.
Cuando se trata de proteger a
los animales los estados quieren
hacerlo, pero lo hacen a medias o
con contradicciones. Porque ahí
estados en los que se prohíbe el uso
13
de animales en circos, pero se cree
patrimonio cultural a las “corridas de
toros”, peleas de gallos entre otras
cosas que implican el maltrato de los
animales.
LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES EN MÉXICO
Regulación Jurídica
¿Tienen los animales
derechos? Se ha argumentado a
favor de una respuesta positiva. Hay,
sin embargo, sectores que se
pronuncian por una respuesta
negativa; lo que no puede negarse es
que hay una tendencia social
creciente a aceptar que tenemos
obligaciones morales y jurídicas hacia
ellos, y a que ellos tienen derechos
morales y jurídicos.
Desde un enfoque positivista,
la respuesta a la pregunta es que los
animales tienen derechos en ciertos
países y estados; algunos juristas
piensan que la existencia de leyes
protectoras de animales no implica el
reconocimiento o asignación de
derechos a los animales. La ley debe
regir, a los animales, aunque estos no
tengan derechos.
Al discutir este punto rebasa
los límites del pensamiento de
muchas personas; pero si aceptamos
que la ley debe proteger a los
animales, debemos hacer todo lo
posible para que en primer lugar,
todas las entidades pertinentes
cuenten con una ley protectora de
animales y en segundo lugar para
que dichas leyes no sean letra
muerta, lo cual implica sensibilización
de la población en general y
conciencia de los cuerpos
encargados de aplicar la ley en
particular.
14
En las últimas décadas del
siglo XX y en el inicio de este, se ha
vertido muchas tintas en relación con
la protección de los animales.
Asociaciones civiles protectoras de
animales, distinguidos juristas y
veterinarios (tanto del mundo
académico, como de la práctica
profesional en sector público y en el
privado) han elevado su voz para
clamar por una ley que permita la
protección de los animales.
Se han demostrado
espectáculos “tradicionales” como
las peleas de gallos y las corridas de
toros; se han reglamentado el uso de
animales de laboratorio e incluso la
utilización de animales para los circos
hasta ahora poco. En fin, el debate ha
sido prácticamente cotidiano y en
parte ha surtido efecto, puesto que ya
se cuenta con una ley para la
protección en el Distrito Federal, y en
algunos estados existen leyes
locales.
La toma de conciencia sobre
este tema se debe, en mucho, a la
amplia información mediática, en
especial a la televisiva, y al
advenimiento casi universal de la
telemática y la cibernética.
La radio y la televisión han
permitido que los debates entre
personas a favor y en contra, ya sea
de los espectáculos o del empleo de
los animales en la experimentación,
llegue a millones de hogares; pero la
realidad cotidiana sigue mostrando
ineficiencias, tanto en la aplicación de
la ley, como en la intolerancia de las
partes involucradas.
Este debate no solo ha sido
permeado por los medios, también se
mantiene vivo en el seno de
instituciones educativas y con rigor en
las universidades. Se mantiene vivo
15
cuando se publica la materia, o bien,
al difundirse en programas por
televisión nacional que en el siglo XX
se originó tal problemática. Nada más
alejado de la verdad histórica, ya que
tanto en México como en el resto del
mundo, con mayor o menor
intensidad, este tema ha sido objeto
de estudio y de polémica.
La historia antigua marca ya en
Babilonia la responsabilidad de
quienes se ocupaban de los
animales; normas jurídicas
específicas están inscritas en el
código de Hammurabi, hace más de
tres mil años. En el territorio que en la
actualidad es México existían penas
para quienes mataran animales sin
requerirlos para su alimentación.
Recorrer la historia de este debate,
seria por demás largo, sin embargo,
es justo señalar a quienes en México
moderno tuvieron la visión y la
valentía de manifestar la situación, de
dar a la luz pública avances de la
materia en otros países y de proponer
soluciones a la crueldad hacia los
animales, merito que se acrecienta si
se tiene en cuenta la época en que
estas personas vivieron.
No habían pasado 30 años del
decreto emitido por el presidente
Santa Anna para la difusión de la
actual Facultad de Medicina
Veterinaria y Zootecnia, primera del
continente americano, nacida con el
nombre Escuela de Agricultura y
Veterinaria, cuando dos veterinarios
egresados de la primera generación
de esta misma, los doctores José
Mota y Miguel García, propietarios y
directores de la revista El Veterinario
y el Agricultor, llevaron a la palestra
del mundo veterinario, y de la
sociedad en general, el delicado
tema de la protección de los
animales.
Debido a la época en que fue
fundada la Escuela Agricultura y
Veterinaria, y a la invasión de los
franceses que dio por resultado el
segundo imperio mexicano, es de
suponer, y que es una realidad, que
los distinguidos profesionales
nombrados abrevaron de las lecturas
francesas especializadas y que como
ellos mismos señalaron en su
publicación, la traducción de las
comunicaciones francesas fue una
constante en la revista y no escapo a
16
lo relativo a la protección de los
animales.
Las recomendaciones en la
revista de los doctores antes
mencionados están imbuidas de
sentimientos apegados a la idea de
justicia más generalizada (justicia es
“dar a cada quien lo que le
corresponde”), se trata de
obligaciones de un ser racional en
relación con el que no tiene esta
capacidad.
Por otra parte, la sociedad
misma en 1877 se preocupaba por el
bienestar de los animales, tanto de
compañía, ornato, como de trabajo.
Con mucho, en el campo de estos
últimos fue donde más se incidió, ello
habida cuenta que el transporte, la
carga y sobre todo la labor del campo
se realizaba con animales, en
especial burros, mulas y caballos.
Hoy día, excelentes
asociaciones han elevado su voz a
favor de la protección de los animales
de trabajo, si bien su empleo ha
disminuido; empero, la inequidad en
la economía hace que en algunos
sitios del planeta y dentro de países
en que la macroeconomía en las
cifras es sana, lo cierto es que se vive
en la experiencia cotidiana.
En México, el burro, el caballo
y la mula son aun parte importante
del quehacer del campo. Estos
animales se emplean en estados
donde la industrialización todavía no
llega por completo y la diferencia se
refleja en el salario y en la calidad de
vida. Por supuesto que la defensa de
los animales es un hecho y se
aprecia en el programa de
extensionismo que protege a los
burros en el valle de México, en los
estados de México, Puebla, Tlaxcala.
Este programa es financiado por dos
organizaciones inglesas: la
international Donkey Protection Trust
y la International League For Ther
Protection of Horses y por la facultad
de Medicina Veterinaria y Zootecnia.
Cabe mencionar que desde el siglo
XIX existían programas incipientes
del mismo tipo, no solo en México,
sino también en otros países de
tercer mundo, como Turquía.
17
Es claro que espectáculos
como las corridas de toros, las fiestas
charras, las peleas de gallos están
insertos en la expresión cultural de
los mexicanos, más también es cierto
que los animales requeridos para ello
sufren lesiones ocasionadas por el
hombre o por otros animales y por
tanto, les producen dolor.
Seria maniqueo censurarlos o
aceptarlos, es decir, no se trata de
calificarlo de bueno o de malo, no es
así de sencillo. Lo que proponemos
es un debate sobre los espectáculos
señalados y el empleo de los
animales en general por el hombre
bajo el régimen de las ciencias
jurídicas, social, económico, etc. Que
permean la vida del hombre
mexicano del tercer milenio, sacar
conclusiones y emitir normas que a
todos satisfagan.
Quien realiza dichos
espectáculos piensa que quien asiste
a ellos se solaza con el sufrimiento de
los animales, aunque no parece que
así sea, ya que es difícil pensar que
artistas de todo género como Bisser,
Goya, Picasso, Botero, entre otros
hayan creado sus obras de
reconocimiento universal, basadas en
estos espectáculos, mientras
disfrutaban del dolor de los animales.
Tampoco es verdad que quienes
claman a rajatabla por la protección
de los animales sean personas que
no se interesen por sus semejantes.
Existe mucho mito al respecto, y se
espera que pronto se realicen
mejores leyes en todo el país
mexicano para proteger a los
animales.
LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES EN EL MUNDO
Regulación Jurídica
Sabemos que los animales
pueden sufrir y sentir dolor, sin
embargo, no existe en el mundo una
18
perfecta protección para ellos, pues
siguen sufriendo innecesariamente
debido que la crueldad intencional, la
ignorancia y la negligencia.
Es urgente tener un
compromiso internacional de
protección a los animales y sus
necesidades de bienestar. Dicho
compromiso lograría inspirar a
dirigentes políticos, organizaciones y
particulares a tratar mejor a los
animales y será el principio del fin de
la crueldad hacia los animales en
todo el mundo.
Los bajos niveles de bienestar
animal se reflejan en todo el mundo,
afectando una gran variedad de
animales. Ejemplo de lo anterior son
situaciones adversas y con gran
impacto mundial como:
Ø La caza intensiva de
animales silvestres y
especies exóticas, que
son matados cruelmente
para fines comerciales,
como sucede con los
elefantes de la India, los
tigres de bengala y las
focas marinas. Sus
pieles, colmillos, huesos
y otras partes de su
cuerpo se venden tanto
legal como ilegalmente
para hacer ropas,
19
accesorios y
medicamentos.
Ø El uso de animales en
los laboratorios
científicos para fines de
experimentación, son
animales sanos que se
les provoca
enfermedades para ser
sometido a
intervenciones
quirúrgicas, o para
probar la eficacia de
medicinas, los animales
más usuales para este
fin son, conejos,
ratones, cerdos, aves,
perros y gatos.
Ø Los maltratos en
nombre del deporte,
como la tauromaquia
que tiene mucho auge
en las plazas de
España; al respecto hay
quienes se inclinan a
favor de ello, por otro
lado son más quienes
piden su extinción, y
otros grupos que lo
aceptan pero sin el
maltrato hacia los toros.
Ø El uso de animales para
entretenimiento, tal es el
caso de los circos, y las
actuaciones en
festividades, donde
privan de la libertad a
animales como,
avestruz, leones,
camellos, elefantes y
muchos más, caso que
se colocó en evidencia
luego de haberse
difundido videos de
maltrato animal de parte
de sus dueños.
Ø Y el caso más común en
el mundo, las mascotas,
cuantos de nosotros no
conocemos personas
que albergan en sus
hogares animales como,
perros, gatos, y aves,
solo por mencionar
algunos. La gran
mayoría de mascotas
viven como prisioneros,
en lugares reducidos,
sin atención de calidad y
oportuna en cuanto a su
salud y alimentación.
20
A pesar que existe desde 1977
la Declaración Universal de los
Derechos de los Animales aprobada
por la ONU y la UNESCO, no se han
cumplido a cabalidad estas
disposiciones, por ello la importancia
de crear leyes de protección animal
adecuadas y de alta calidad como
modelos para los humanos, se
empieza a reflejar en instituciones
internacionales.
Existen hoy en día, múltiples
organizaciones internacionales a
favor de los animales. La
Organización Mundial de Sanidad
Animal, con sede en Paris, está a
cargo de la iniciativa internacional
más importante en el campo de la
salud animal, cuenta con 167 países
miembros. La Organización Mundial
de Comercio, esta cumple un trato
mundial, el cual insiste que el libre
comercio debe tener prioridad sobre
todas las áreas legitimas de interés
público, incluyendo el desarrollo
sostenible y la protección ambiental y
animal. Por último la Organización de
las Naciones Unidas, por ser una de
las más grandes y antiguas, juega un
papel importante y tiene
organizaciones sometidas a su
estatus consultivo para la protección
de los animales como la Sociedad
Mundial de Protección de los
Animales, la Asociación Internacional
contra los Experimentos Dolorosos en
Animales, entre otras más.
En realidad son contados los
países que han incluido en sus
sistemas jurídicos, la regulación de
conductas del hombre a los animales.
Entre ellos España, Filipinas, Rusia,
Estados Unidos de América, Suiza y
recientemente nuestro país, México,
que a finales de la primera década
del siglo XXI se empezaron hacer las
propuestas para el cuidado hacia los
animales.
21
De esta manera se refleja la
conducta del hombre con el medio en
el que vive, nos damos cuenta
entonces que si hay personas que
saben convivir y cuidar a los
animales, son una minoría,
desgraciadamente son más los que
abusan de la vulnerabilidad a la que
estos están expuestos. Es bien
sabido que en el mundo se firman
tratados en materia de economía, de
derechos humanos, de medios de
comunicación, pero tratándose de
derecho ambiental incluso de
animales aún no hay iniciativa de
parte de los legisladores y jefes de
Estado.
Aunque la situación en el
mundo es casi parecida entre sí,
podemos decir que se empiezan a
ver avances en esta materia, muy
pocos pero al final de todo de mucha
importancia. Una consideración clave
para notar los buenos cambios, es la
asignación de deberes y
responsabilidades con respecto a la
observación de las leyes. Es muy
importante que la legislación del país
que sea, otorgue claramente el deber
de hacer cumplir las leyes y asignen
las responsabilidades
correspondientes, así como nombrar
la entidad encargada de hacer
cumplir las leyes tomando en cuenta
factores como nivel de cobertura,
control y coordinación.
22
CONCLUSIÓN
Como se planteó al inicio de
esta obra, el tema que es materia del
proyecto de investigación, es un
campo todavía estéril, pues no existe
un abanico de información
documental, científico y jurídico al
respecto.
Pese a todo lo anterior
culminamos con éxito, ya que luego
de haber delimitado el tema y
conocido la magnitud del problema,
comprendimos lo interesante que es
tener voz y voto en las decisiones de
nuestros Estados, porque si las
personas lograron desde hace
muchos años el respeto y la
protección a sus derechos
fundamentales, y a pesar de eso en
la actualidad se cometen agravios y
violaciones a las normas jurídicas,
que podemos pensar entonces de los
animales, que no tienen el don de
hablar y desde luego ni de exigir
respeto hacia ellos. Queda la tarea a
los seres humanos hablar por ellos y
defender el respeto hacia la
integridad física de los animales. Es
por eso que este grupo de
investigadores optó por indagar sobre
el tema, porque alguien tiene que
hacer algo para defender a los
animales de los villanos. A pesar que
ha surgido una generación de
derechos humanos, que se ocupa de
la vida de los animales, no es
suficiente, aún falta mucho por hacer.
Consideramos que tal vez
pocos sean los que se ocupen de
este tema por la idea errónea que los
animales no sienten y solo sirven
para ocio y trabajo del hombre. Se ha
demostrado científicamente que los
animales padecen dolor cuando son
golpeados; y no deben vivir
prisioneros en casas de familia, ni en
laboratorios, ya que si no
aprendemos ni cambiamos desde
ahora nuestras conductas, a corto,
mediano y largo plazo tendremos
consecuencias graves en nuestro
ecosistema como, la ruptura de la
cadena alimentaria. No nos queda
más que insistir en las personas su
cambio de actitud, y para quienes
tienen facultad de iniciar y promover
campañas de concientización, así
como de llevar al congreso las
propuestas de ley relacionado con los
derechos de los animales.
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