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Los Derechos de los Animales

Date post: 08-Apr-2016
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Esta revista trata sobre los derechos de los animales bajo los siguientes subtemas: Los Derechos Humanos, Cuarta generación de Derechos Humanos, Los Derechos de los Animales en el Tiempo, ...En México, ...En el Mundo.
23
LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES 2015 LA VERDAD SOBRE EL TRATO ANIMAL Y SUS CONSECUENCIAS MALTRATO ANIMAL, AL CÓDIGO PENAL POR: CRISTEL A. CASANOVA MORALES MARIA. F. CRUZ SOSA ROBERTO ALCUDIA BOUCHOT CARLOS M. LOPEZ MENDEZ NESTOR PÉREZ LÓPEZ UJAT | División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades
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Page 1: Los Derechos de los Animales

LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES

2015

LA VERDAD SOBRE EL TRATO ANIMAL Y SUS CONSECUENCIAS MALTRATO ANIMAL, AL CÓDIGO PENAL POR: CRISTEL A. CASANOVA MORALES MARIA. F. CRUZ SOSA ROBERTO ALCUDIA BOUCHOT CARLOS M. LOPEZ MENDEZ NESTOR PÉREZ LÓPEZ

UJAT | División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades

Page 2: Los Derechos de los Animales

2

CONTENIDO

TITULO PÁGINA

Nociones generales..………………………………………………………….……….03

Objetivos generales y objetivos específicos...………………….……...…………04

Derechos Humanos……………………………………………………………….……05

Clasificación de los Derechos Humanos……………..……………...…..…07

Cuarta generación de Derechos Humanos……………………………………..…08

Los Derechos de los animales en el tiempo………………………………………11

Los Derechos de los animales en México…………………………………………13

Los derechos de los animales en el mundo………………………………………17

Conclusión………………………………………………………………………………22

Referencias……………………………………………………………………………...23

Page 3: Los Derechos de los Animales

3

NOCIONES GENERALES

El presente proyecto de

investigación trata de un tema no tan

común, con muy poca bibliografía y

regulación jurídica, pero con tantos

problemas y violaciones a la

integridad física de este sector tan

vulnerable. No nos referimos a las

mujeres, niños, trabajadores ni a

adultos mayores, que desde luego no

dejan de ser temas de interés e

investigación, sin embargo estamos

hablando de nuestro medio ambiente,

y dentro de los innumerables ámbitos

que este comprende, solo

enfocaremos nuestra atención a la

fauna, es decir, a los animales, es por

ello que nos presentamos con el tema

de “Los derechos de los animales”.

Hablar de los animales implica

hablar de vulnerabilidad, de

indefensión y de violencia. Si bien es

cierto que los animales no hablan, no

menos cierto es que si sienten, y

como ellos frente a la sociedad no

pueden valerse por sí solos, es

necesario que lo hagamos nosotros

mismos. Es por ello que en esta

investigación abordaremos todas las

temáticas posibles que giran en torno

a los derechos de los animales,

enfatizaremos respecto a los

derechos humanos de manera

general, conoceremos a detalle la

cuarta generación de derechos

humanos, misma que trata

precisamente de los animales,

haremos un recorrido por la historia

del trato animal, posteriormente nos

daremos cuenta de cómo se tratan a

los animales en México y el mundo, y

si existen o no legislaciones que

erradiquen los tratos crueles e

inhumanos hacia los animales.

Page 4: Los Derechos de los Animales

4

OBJETIVOS GENERALES

Nuestras pretensiones al

concluir esta investigación, obedecen

a un conjunto de competencias

genéricas que permitirá a la sociedad

comprender mejor su entorno e influir

en el, girando en torno al respeto de

los derechos de los animales. La

sociedad aprenderá a detectar los

malos tratos con los animales y con

ello evitara y procurara su

propagación. A través de

políticaspúblicas, estudios científicos

de universidades, campañas de

concientización y de medios masivos

de información. Para ir terminando

con el trato cruel e inhumano de los

animales y evitar la extinción de

estos.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

De manera particular, el

objetivo principal es que las personas

identifiquen el panorama social y

humanista en constante

transformación, y se hagan las tareas

necesarias para cada uno de los

temas aquí expuestos.

ü Diferenciar entre los

derechos humanos y

derechos de los

animales, si los hay, si

se cumplen, y si existe

interés social por

ambos.

ü Definir la imperante

situación en cuanto al

maltrato y la explotación

de los animales.

ü Enlistar cada punto del

problema planteado, las

causas y consecuencias

que lo originan y

provocan

respectivamente.

ü Identificar la

problemática en el

tiempo y el espacio.

ü Generar discusiones y

construir argumentos

sólidos para resolver las

dudas y emplear las

propuestas viables para

erradicar de manera

primaria el problema.

Page 5: Los Derechos de los Animales

5

DERECHOS HUMANOS

Los derechos humanos son la

calidad humana que tenemos cada

individuo como persona. Él que lo

plasma y reconoce en nuestra

constitución es el Estado, asumiendo

así la responsabilidad de aceptar

estos derechos, con el fin de

asegurar el pleno desarrollo dentro de

una sociedad organizada, son

inherentes a la naturaleza humana y

sin los cuales no se puede vivir como

ser humano.

Existen diferentes

características según la doctrina

jurídica y algunos especialistas sobre

el tema de los derechos humanos.

Según la doctrina sus

características son:

a) Generalidad: ya

que los derechos los tenemos

todos los seres humanos sin

distinción alguna y no existen

para ello limitaciones de

fronteras políticas, si mucho

menos creencias o razas.

b) Imprescriptibilidad

: no se pierden por el tiempo ni

por otra circunstancia.

c) Intransferibilidad:

el derecho subjetivo derivado e

individualizado que de ellos

emanan no puede ser cedido o

convenido para su pérdida o

menoscabo.

d) Permanencia:

quiere decir que no tiene valor

por etapas o generaciones,

sino siempre y protege al ser

humano desde el momento de

su concepción hasta su

muerte.

Los especialistas sobre el tema

denominan de manera diferente y

mencionan que sus características

son tres:

a) Universalidad :

esta característica es igual a la

de generalidad

b) Incondicionalidad:

Los derechos no están sujetos

a condición alguna sino

únicamente a los lineamientos

que determinan los límites de

derecho.

Page 6: Los Derechos de los Animales

6

c) Inalienabilidad:

significa que no pueden

perderse ni transferirse por su

propia voluntad son que son

inherentes a la idea de la

dignidad humana.

Conforme ha pasado el tiempo

de ha retomado una idea distinta de

los derechos humanos pero su

designación original sigue siendo la

misma.

El Doctor Jorge Carpizo afirma:

El tema de los derechos

humanos es recurrente en la historia

de la humanidad, porque está

estrechamente ligado con la dignidad

humana; tuvo un gran impulso hace

poco más de dos siglos con las

declaraciones norteamericanas y

francesas sobre ellos; pero es

especialmente después de la

segunda guerra mundial y en estas

últimas cuatro décadas cuando se

convierten en una de las grandes

preocupaciones de las sociedades y

cuando el tema de internacionaliza.

Los horrores y la barbarie del

fascismo, y especialmente del

nacismo provocaron una reacción de

indignación mundial. Con claridades

se vio que este planeta tenía una

alternativa. Vivir civilizadamente bajo

regímenes democráticos y

presentativos, donde se respete la

dignidad humana, para no caer en

caer en regímenes salvajes donde

impere la ley del más fuerte y del

gorila.1

1Carpizo, Jorge. 1993. Derechos humanos y

Ombudsman. Comisión Nacional de

Derechos Humanos, Instituto de

Investigaciones Jurídicas de la UNAM,

México. Página7

Page 7: Los Derechos de los Animales

7

CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

El autor mexicano Cipriano

Gómez presenta tres generaciones:

Derechos humanos de primer

grado: aquellos procedentes de las

relaciones jurídicas en general, se

refiere a los derechos subjetivos

tradicionales como los personales y

los derechos reales,

Derechos humanos de

segundo grado: se encuentran en un

sentido más político e ideológico con

un contenido de respeto a la

integridad física y sociológica del

hombre entendido como individuo

digno de respeto y consideración en

una esfera mínima del bienestar

social.

Derechos humanos de tercer

grado: se manifiestan su propia

humanidad en su cuanto a su

supervivencia, sanidad y disfrute de

la vida sobre la tierra: como el

derecho a la paz, derecho a la

conservación ecológica, de minorías

étnicas etcétera…

Como se nota la tercera

generación es la más notoria y

también se le conoce como derechos

difusos o transpersonales ya que

protegen a la persona con una

generalidad tal que es difícil

apreciarlos solamente en su

característica individualizada, sus

destinatarios tienen un interés difuso

para su actualización en tanto

integrantes de grupo humanos y

sociedades que pueblan la tierra en

una región de esta lo que aparece

más allá del mero interés individual.

Page 8: Los Derechos de los Animales

8

CUARTA GENERACION DE DERECHOS HUMANOS

Derechos de los Animales

La evolución que se observa

en el contenido de los derechos

proclamados en las sucesivas

declaraciones de derecho ha

conducido a hablar de existencia de

generaciones de derechos. La

primera conformada por los derechos

individuales, civiles y políticos, la

segunda por los derechos sociales y

culturales y la tercera por los

derechos de la solidaridad humana.

Esta clasificación de los derechos

humanos puede tener relevancia

como modo de poder ilustrar la

cronología de los derechos humanos

hasta un determinado punto de su

incesante progreso por mantener al

individuo en un ambiente digno.

Además sugiere de alguna manera la

idea de superación de antiguas

generaciones de derechos por las

nuevas, con el fin salvaguardar las

necesidades que hoy en día son

latentes en el mundo en el que

vivimos como sociedad. Los derechos

inherentes no pueden sustituirse ni

modificarse y vienen a unirse a ellos

nuevos derechos como formas de

protección al individuo y con ello al

ambiente del que somos parte, es

importante mencionar la relevancia

que tiene el ser humano en un

ambiente de paz y tranquilidad con

todos los seres vivos que nos rodean

y el respeto por la vida natural.

Debido a los cambios que va

sufriendo la sociedad en los

diferentes aspectos y necesidades

del ser humano con el transcurso del

tiempo se van creando nuevas

expectativas en cuanto a satisfacer

las demandas que esta

transformación acarrea surgen las

generaciones de derechos humanos.

En esta generación aparecen

avances en la informática,

matemática aplicada y tecnología de

telecomunicaciones que se agrupan

bajo la etiqueta de nuevas de las

tecnologías de la información y la

comunicación (TIC), estás han

penetrado nuestras relaciones

sociales de manera muy acelerada,

han producido una verdadera

revolución de la información, el uso

de las informaciones permite influir y

Page 9: Los Derechos de los Animales

9

controlar la conducta de los

ciudadanos sin necesidad de recurrir

a medios coactivos, por lo que la

libertad personal y las posibilidades

reales de intervenir en los procesos

sociales, económicos y políticos

hallan determinados por el acceso a

la información.

Hoy en día asistimos a la

aparición de nuevas estructuras

sociales de nuevas formas de

interrelación humana, de nuevas

comunidades virtuales, cuyo patrón

de adscripción no es el territorio, ni la

lengua compartida, ni la lengua

compartida sino un nuevo modelo

visionario de la sociedad que

encuentra en la comunicación no

presencial un elemento de unión

entre individuos y que en su conjunto

presentan también el riesgo de la

aparición de otras maneras de

agresión al sistema de los derechos

humanos.

La existencia tanto de

amenazas como de oportunidades en

la transformación a una sociedad

subraya la necesidad de crear

garantías normativas y políticas

públicas que guíen el proceso a

buenos resultados.

Los elementos más

importantes en esta generación son

el acceso al uso y aprovechamiento

de las tecnologías de información y

comunicación como indispensable

para satisfacer las necesidades de

los individuos, de las comunidades y

de la necesidad en general, el

proceso social y económico, así como

el proceso de las personas y de las

comunidades como prioridad en las

actividades dedicadas a construir una

sociedad d la información; el acceso

universal a las tecnologías de la

información y comunicación con el

objetivo de que todos los autores

involucrados en la construcción de la

sociedad, está al servicio del interés

público y al bienestar social mediante

la contribución a la erradicación de la

pobreza, la generación de la riqueza,

la promoción y el realce del desarrollo

social, la participación democrática a

diversidad lingüística y la identidad

Page 10: Los Derechos de los Animales

10

cultural, asegurando siempre iguales

oportunidades de acceso y a las

tecnologías de información y

comunicación, otro aspecto

importante como idea final en el

espacio digital comprendería el

derecho a la plena y total integración

a la familia, igualdad de derechos sin

distinción de nacionalidad, este

principio obedecería a la necesidad

de concebir a la humanidad como

una sola familia , a la q todos sus

miembros sumen esfuerzos para el

bienestar global, sería el resultado del

desenvolvimiento de la organización

política social hacia formas cada vez

mayores y compleja, y junto con ello

también el arribo hacia

ordenamientos jurídicos

correspondientes a esas nuevas

formas esta sería la etapa de

convertir en realidad el principio de la

unidad en la diversidad.

El acceso a tanta información

conlleva a la aparición de nuevas

posibilidades de intromisión y control

en la vida privada de las personas y

en esa medida la necesidad de

reforzar los sistemas de protección y

seguridad electrónica que posibiliten

el pleno y libre ejercicio de los

derechos que protegen

constitucionalmente la esfera privada

de los individuos.

Esta generación está integrada

básicamente por tres tipos de

derecho, son los derechos relativos a

la protección del ecosistema y al

patrimonio de la humanidad, otros

son los derechos relativos al nuevo

estatuto jurídico sobre la vida humana

y como último pero de igual

relevancia los derechos derivados de

las tecnologías de la comunicación y

de la información.

Con la protección de los

ecosistemas y de los animales a

brindar respeto a estos por el hecho

de ser seres vivos y que tienen

mucha importancia en nuestro

entorno es como brindarnos un lugar

adecuado para vivir respetando los

derechos de los animales y su

esparcimiento, cuidado y con ello la

protección de los hábitats naturales

nos enseña a privilegiar el bien, el

respeto, la dignidad, la bondad y

todos aquellos valores inherentes a la

vida humana, incluida por supuesto

en la ética que se convierte en un eje

central de estos postulados.

Page 11: Los Derechos de los Animales

11

LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES EN EL TIEMPO

A lo largo de la vida se ha

considera a los animales como cosas,

partes del patrimonio de los seres

humanos, también se consideraban

seres sin sentimientos, sin alma y por

cuya razón no deben sentir dolor.

Aunque existen diferentes conceptos

de lo que es animal, (son seres vivos

dotados generalmente de

movimientos propios y sensibilidad,)

por lo tanto es necesario poder

brindarles un hogar digno, y fuera de

maltratos o de abandonos.

Existen diferentes tipos de

leyes que avalan los derechos de los

animales, una de las más importante

fue firma en Londres el 23 de

septiembre de 1977, esta ley fue

aprobada por la Organización de las

Naciones Unidas para la educación la

Ciencia y la Cultura (UNESCO) y por

la Organización de las Naciones

Unidas (ONU).

La creación de estas leyes se

hicieron con el único fin de que los

seres humanos tomemos conciencia,

para no maltar a los animales ya que

ellos también sientes y sufren al ser

maltratados, porque si nos hacemos

responsables de adoptar o comprar

una mascota es para cuidarla y darle

un hogar digno y no para maltarlos. El

10 de diciembre de 1948 en Paris, se

hace referencia a la Declaración

Universal de los derechos Humanos y

en su artículo 5° remarca que nadie

será sometido a torturas ni a penas o

tratos crueles, inhumanos o

degradantes. Aunque el artículo se

entiende o se refiere a las personas,

los animales con el simple hecho de

seres vivos poseen los mismos

derechos de no ser maltratados. La

ley de protección animal tiene

presente que aquellos que maltraten

o abandonen un animal podrían ser

sancionados o condenados hasta con

4 años de cárcel, también prohíbe

utilizar animales de cualquier especie

en espectáculos públicos o privados

cuando involucre sufrir dolor, heridas

o hasta su muerte.

En México legislación federal

cuenta con la ley federal de sanidad

del 25 de julio de 2007 que cuyo

objetivo es la protección, diagnóstico,

control y erradicación de las

enfermedades y plagas que pueden

Page 12: Los Derechos de los Animales

12

afectar a los animales, se debe

procurar el bienestar de los animales

entre otras cosas cuyo fin es que los

animales permanezcan en

condiciones dignas de vida.

Algunas pensamos que al

momento de pedir o exigir los

derechos de los animales se está

promoviendo que los animales tengan

derecho al voto o en su caso a la

educación. Cuando en realidad se

trata de que tengan un hogar digno y

de que no sean maltratados, a que su

habitad sea la adecuada y se

satisfaga sus necesidades básicas.

Para contribuir a no maltrato

animal debemos de cambiar nuestra

actitud, dejando de asistir a

espectáculos donde involucre el

maltrato de animales, o si bien

consumir productos probados en

animales son acciones para salvar

sus vidas. Otra de las cosas que

podemos hacer para salvar sus vidas

tener el acceso a la información y

saber que las cosas para los

animales son fáciles y mucho menos

bonitas, que a ellos nos les gustan los

zoológicos ni los circos son chistosos

donde se les maltrata, ni los abrigos

de piel son tan elegantes, ni las

experimentación en animales son

indispensables. Defender a quien

más lo necesita es un deber moral y

no es cuestión de distinción de piel o

raza.

El día del animal o día mundial

del animal se celebra cada año el 4

de octubre, en esta fecha se celebra

la vida animal bendiciones son

deseadas a todos los animales sin

importar razas o colores. Algunos

refugios de animales realizan eventos

para recaudar fondos, ya que estos

necesitan suministros para poder

cuidar y darles hogar digno a los

animalitos.

Cuando se trata de proteger a

los animales los estados quieren

hacerlo, pero lo hacen a medias o

con contradicciones. Porque ahí

estados en los que se prohíbe el uso

Page 13: Los Derechos de los Animales

13

de animales en circos, pero se cree

patrimonio cultural a las “corridas de

toros”, peleas de gallos entre otras

cosas que implican el maltrato de los

animales.

LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES EN MÉXICO

Regulación Jurídica

¿Tienen los animales

derechos? Se ha argumentado a

favor de una respuesta positiva. Hay,

sin embargo, sectores que se

pronuncian por una respuesta

negativa; lo que no puede negarse es

que hay una tendencia social

creciente a aceptar que tenemos

obligaciones morales y jurídicas hacia

ellos, y a que ellos tienen derechos

morales y jurídicos.

Desde un enfoque positivista,

la respuesta a la pregunta es que los

animales tienen derechos en ciertos

países y estados; algunos juristas

piensan que la existencia de leyes

protectoras de animales no implica el

reconocimiento o asignación de

derechos a los animales. La ley debe

regir, a los animales, aunque estos no

tengan derechos.

Al discutir este punto rebasa

los límites del pensamiento de

muchas personas; pero si aceptamos

que la ley debe proteger a los

animales, debemos hacer todo lo

posible para que en primer lugar,

todas las entidades pertinentes

cuenten con una ley protectora de

animales y en segundo lugar para

que dichas leyes no sean letra

muerta, lo cual implica sensibilización

de la población en general y

conciencia de los cuerpos

encargados de aplicar la ley en

particular.

Page 14: Los Derechos de los Animales

14

En las últimas décadas del

siglo XX y en el inicio de este, se ha

vertido muchas tintas en relación con

la protección de los animales.

Asociaciones civiles protectoras de

animales, distinguidos juristas y

veterinarios (tanto del mundo

académico, como de la práctica

profesional en sector público y en el

privado) han elevado su voz para

clamar por una ley que permita la

protección de los animales.

Se han demostrado

espectáculos “tradicionales” como

las peleas de gallos y las corridas de

toros; se han reglamentado el uso de

animales de laboratorio e incluso la

utilización de animales para los circos

hasta ahora poco. En fin, el debate ha

sido prácticamente cotidiano y en

parte ha surtido efecto, puesto que ya

se cuenta con una ley para la

protección en el Distrito Federal, y en

algunos estados existen leyes

locales.

La toma de conciencia sobre

este tema se debe, en mucho, a la

amplia información mediática, en

especial a la televisiva, y al

advenimiento casi universal de la

telemática y la cibernética.

La radio y la televisión han

permitido que los debates entre

personas a favor y en contra, ya sea

de los espectáculos o del empleo de

los animales en la experimentación,

llegue a millones de hogares; pero la

realidad cotidiana sigue mostrando

ineficiencias, tanto en la aplicación de

la ley, como en la intolerancia de las

partes involucradas.

Este debate no solo ha sido

permeado por los medios, también se

mantiene vivo en el seno de

instituciones educativas y con rigor en

las universidades. Se mantiene vivo

Page 15: Los Derechos de los Animales

15

cuando se publica la materia, o bien,

al difundirse en programas por

televisión nacional que en el siglo XX

se originó tal problemática. Nada más

alejado de la verdad histórica, ya que

tanto en México como en el resto del

mundo, con mayor o menor

intensidad, este tema ha sido objeto

de estudio y de polémica.

La historia antigua marca ya en

Babilonia la responsabilidad de

quienes se ocupaban de los

animales; normas jurídicas

específicas están inscritas en el

código de Hammurabi, hace más de

tres mil años. En el territorio que en la

actualidad es México existían penas

para quienes mataran animales sin

requerirlos para su alimentación.

Recorrer la historia de este debate,

seria por demás largo, sin embargo,

es justo señalar a quienes en México

moderno tuvieron la visión y la

valentía de manifestar la situación, de

dar a la luz pública avances de la

materia en otros países y de proponer

soluciones a la crueldad hacia los

animales, merito que se acrecienta si

se tiene en cuenta la época en que

estas personas vivieron.

No habían pasado 30 años del

decreto emitido por el presidente

Santa Anna para la difusión de la

actual Facultad de Medicina

Veterinaria y Zootecnia, primera del

continente americano, nacida con el

nombre Escuela de Agricultura y

Veterinaria, cuando dos veterinarios

egresados de la primera generación

de esta misma, los doctores José

Mota y Miguel García, propietarios y

directores de la revista El Veterinario

y el Agricultor, llevaron a la palestra

del mundo veterinario, y de la

sociedad en general, el delicado

tema de la protección de los

animales.

Debido a la época en que fue

fundada la Escuela Agricultura y

Veterinaria, y a la invasión de los

franceses que dio por resultado el

segundo imperio mexicano, es de

suponer, y que es una realidad, que

los distinguidos profesionales

nombrados abrevaron de las lecturas

francesas especializadas y que como

ellos mismos señalaron en su

publicación, la traducción de las

comunicaciones francesas fue una

constante en la revista y no escapo a

Page 16: Los Derechos de los Animales

16

lo relativo a la protección de los

animales.

Las recomendaciones en la

revista de los doctores antes

mencionados están imbuidas de

sentimientos apegados a la idea de

justicia más generalizada (justicia es

“dar a cada quien lo que le

corresponde”), se trata de

obligaciones de un ser racional en

relación con el que no tiene esta

capacidad.

Por otra parte, la sociedad

misma en 1877 se preocupaba por el

bienestar de los animales, tanto de

compañía, ornato, como de trabajo.

Con mucho, en el campo de estos

últimos fue donde más se incidió, ello

habida cuenta que el transporte, la

carga y sobre todo la labor del campo

se realizaba con animales, en

especial burros, mulas y caballos.

Hoy día, excelentes

asociaciones han elevado su voz a

favor de la protección de los animales

de trabajo, si bien su empleo ha

disminuido; empero, la inequidad en

la economía hace que en algunos

sitios del planeta y dentro de países

en que la macroeconomía en las

cifras es sana, lo cierto es que se vive

en la experiencia cotidiana.

En México, el burro, el caballo

y la mula son aun parte importante

del quehacer del campo. Estos

animales se emplean en estados

donde la industrialización todavía no

llega por completo y la diferencia se

refleja en el salario y en la calidad de

vida. Por supuesto que la defensa de

los animales es un hecho y se

aprecia en el programa de

extensionismo que protege a los

burros en el valle de México, en los

estados de México, Puebla, Tlaxcala.

Este programa es financiado por dos

organizaciones inglesas: la

international Donkey Protection Trust

y la International League For Ther

Protection of Horses y por la facultad

de Medicina Veterinaria y Zootecnia.

Cabe mencionar que desde el siglo

XIX existían programas incipientes

del mismo tipo, no solo en México,

sino también en otros países de

tercer mundo, como Turquía.

Page 17: Los Derechos de los Animales

17

Es claro que espectáculos

como las corridas de toros, las fiestas

charras, las peleas de gallos están

insertos en la expresión cultural de

los mexicanos, más también es cierto

que los animales requeridos para ello

sufren lesiones ocasionadas por el

hombre o por otros animales y por

tanto, les producen dolor.

Seria maniqueo censurarlos o

aceptarlos, es decir, no se trata de

calificarlo de bueno o de malo, no es

así de sencillo. Lo que proponemos

es un debate sobre los espectáculos

señalados y el empleo de los

animales en general por el hombre

bajo el régimen de las ciencias

jurídicas, social, económico, etc. Que

permean la vida del hombre

mexicano del tercer milenio, sacar

conclusiones y emitir normas que a

todos satisfagan.

Quien realiza dichos

espectáculos piensa que quien asiste

a ellos se solaza con el sufrimiento de

los animales, aunque no parece que

así sea, ya que es difícil pensar que

artistas de todo género como Bisser,

Goya, Picasso, Botero, entre otros

hayan creado sus obras de

reconocimiento universal, basadas en

estos espectáculos, mientras

disfrutaban del dolor de los animales.

Tampoco es verdad que quienes

claman a rajatabla por la protección

de los animales sean personas que

no se interesen por sus semejantes.

Existe mucho mito al respecto, y se

espera que pronto se realicen

mejores leyes en todo el país

mexicano para proteger a los

animales.

LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES EN EL MUNDO

Regulación Jurídica

Sabemos que los animales

pueden sufrir y sentir dolor, sin

embargo, no existe en el mundo una

Page 18: Los Derechos de los Animales

18

perfecta protección para ellos, pues

siguen sufriendo innecesariamente

debido que la crueldad intencional, la

ignorancia y la negligencia.

Es urgente tener un

compromiso internacional de

protección a los animales y sus

necesidades de bienestar. Dicho

compromiso lograría inspirar a

dirigentes políticos, organizaciones y

particulares a tratar mejor a los

animales y será el principio del fin de

la crueldad hacia los animales en

todo el mundo.

Los bajos niveles de bienestar

animal se reflejan en todo el mundo,

afectando una gran variedad de

animales. Ejemplo de lo anterior son

situaciones adversas y con gran

impacto mundial como:

Ø La caza intensiva de

animales silvestres y

especies exóticas, que

son matados cruelmente

para fines comerciales,

como sucede con los

elefantes de la India, los

tigres de bengala y las

focas marinas. Sus

pieles, colmillos, huesos

y otras partes de su

cuerpo se venden tanto

legal como ilegalmente

para hacer ropas,

Page 19: Los Derechos de los Animales

19

accesorios y

medicamentos.

Ø El uso de animales en

los laboratorios

científicos para fines de

experimentación, son

animales sanos que se

les provoca

enfermedades para ser

sometido a

intervenciones

quirúrgicas, o para

probar la eficacia de

medicinas, los animales

más usuales para este

fin son, conejos,

ratones, cerdos, aves,

perros y gatos.

Ø Los maltratos en

nombre del deporte,

como la tauromaquia

que tiene mucho auge

en las plazas de

España; al respecto hay

quienes se inclinan a

favor de ello, por otro

lado son más quienes

piden su extinción, y

otros grupos que lo

aceptan pero sin el

maltrato hacia los toros.

Ø El uso de animales para

entretenimiento, tal es el

caso de los circos, y las

actuaciones en

festividades, donde

privan de la libertad a

animales como,

avestruz, leones,

camellos, elefantes y

muchos más, caso que

se colocó en evidencia

luego de haberse

difundido videos de

maltrato animal de parte

de sus dueños.

Ø Y el caso más común en

el mundo, las mascotas,

cuantos de nosotros no

conocemos personas

que albergan en sus

hogares animales como,

perros, gatos, y aves,

solo por mencionar

algunos. La gran

mayoría de mascotas

viven como prisioneros,

en lugares reducidos,

sin atención de calidad y

oportuna en cuanto a su

salud y alimentación.

Page 20: Los Derechos de los Animales

20

A pesar que existe desde 1977

la Declaración Universal de los

Derechos de los Animales aprobada

por la ONU y la UNESCO, no se han

cumplido a cabalidad estas

disposiciones, por ello la importancia

de crear leyes de protección animal

adecuadas y de alta calidad como

modelos para los humanos, se

empieza a reflejar en instituciones

internacionales.

Existen hoy en día, múltiples

organizaciones internacionales a

favor de los animales. La

Organización Mundial de Sanidad

Animal, con sede en Paris, está a

cargo de la iniciativa internacional

más importante en el campo de la

salud animal, cuenta con 167 países

miembros. La Organización Mundial

de Comercio, esta cumple un trato

mundial, el cual insiste que el libre

comercio debe tener prioridad sobre

todas las áreas legitimas de interés

público, incluyendo el desarrollo

sostenible y la protección ambiental y

animal. Por último la Organización de

las Naciones Unidas, por ser una de

las más grandes y antiguas, juega un

papel importante y tiene

organizaciones sometidas a su

estatus consultivo para la protección

de los animales como la Sociedad

Mundial de Protección de los

Animales, la Asociación Internacional

contra los Experimentos Dolorosos en

Animales, entre otras más.

En realidad son contados los

países que han incluido en sus

sistemas jurídicos, la regulación de

conductas del hombre a los animales.

Entre ellos España, Filipinas, Rusia,

Estados Unidos de América, Suiza y

recientemente nuestro país, México,

que a finales de la primera década

del siglo XXI se empezaron hacer las

propuestas para el cuidado hacia los

animales.

Page 21: Los Derechos de los Animales

21

De esta manera se refleja la

conducta del hombre con el medio en

el que vive, nos damos cuenta

entonces que si hay personas que

saben convivir y cuidar a los

animales, son una minoría,

desgraciadamente son más los que

abusan de la vulnerabilidad a la que

estos están expuestos. Es bien

sabido que en el mundo se firman

tratados en materia de economía, de

derechos humanos, de medios de

comunicación, pero tratándose de

derecho ambiental incluso de

animales aún no hay iniciativa de

parte de los legisladores y jefes de

Estado.

Aunque la situación en el

mundo es casi parecida entre sí,

podemos decir que se empiezan a

ver avances en esta materia, muy

pocos pero al final de todo de mucha

importancia. Una consideración clave

para notar los buenos cambios, es la

asignación de deberes y

responsabilidades con respecto a la

observación de las leyes. Es muy

importante que la legislación del país

que sea, otorgue claramente el deber

de hacer cumplir las leyes y asignen

las responsabilidades

correspondientes, así como nombrar

la entidad encargada de hacer

cumplir las leyes tomando en cuenta

factores como nivel de cobertura,

control y coordinación.

Page 22: Los Derechos de los Animales

22

CONCLUSIÓN

Como se planteó al inicio de

esta obra, el tema que es materia del

proyecto de investigación, es un

campo todavía estéril, pues no existe

un abanico de información

documental, científico y jurídico al

respecto.

Pese a todo lo anterior

culminamos con éxito, ya que luego

de haber delimitado el tema y

conocido la magnitud del problema,

comprendimos lo interesante que es

tener voz y voto en las decisiones de

nuestros Estados, porque si las

personas lograron desde hace

muchos años el respeto y la

protección a sus derechos

fundamentales, y a pesar de eso en

la actualidad se cometen agravios y

violaciones a las normas jurídicas,

que podemos pensar entonces de los

animales, que no tienen el don de

hablar y desde luego ni de exigir

respeto hacia ellos. Queda la tarea a

los seres humanos hablar por ellos y

defender el respeto hacia la

integridad física de los animales. Es

por eso que este grupo de

investigadores optó por indagar sobre

el tema, porque alguien tiene que

hacer algo para defender a los

animales de los villanos. A pesar que

ha surgido una generación de

derechos humanos, que se ocupa de

la vida de los animales, no es

suficiente, aún falta mucho por hacer.

Consideramos que tal vez

pocos sean los que se ocupen de

este tema por la idea errónea que los

animales no sienten y solo sirven

para ocio y trabajo del hombre. Se ha

demostrado científicamente que los

animales padecen dolor cuando son

golpeados; y no deben vivir

prisioneros en casas de familia, ni en

laboratorios, ya que si no

aprendemos ni cambiamos desde

ahora nuestras conductas, a corto,

mediano y largo plazo tendremos

consecuencias graves en nuestro

ecosistema como, la ruptura de la

cadena alimentaria. No nos queda

más que insistir en las personas su

cambio de actitud, y para quienes

tienen facultad de iniciar y promover

campañas de concientización, así

como de llevar al congreso las

propuestas de ley relacionado con los

derechos de los animales.

Page 23: Los Derechos de los Animales

23

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