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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR€¦ · actores de la comunidad educativa para el beneficio y...

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1 2018 MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Liceo “ISABEL RIQUELME”
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2018

MANUAL DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

Liceo “ISABEL RIQUELME”

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

INDICE

CONTENIDO PAGINAS

1.- PRESENTACIÓN ..................................................................................................................... 3-4

2.- INTRODUCCIÓN .................................................................................................................... 5 -7

3.- TITULO I: Disposiciones Generales del Perfil, Derechos y Deberes fundamentales de los Estudiantes.

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. 8-13

4.- TITULO II: Disposiciones Generales del Perfil, Derechos y Deberes Fundamentales de los Apoderados.

…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. 14-18

5.- TITULO III: De la Participación de Apoderados en el Proceso de Enseñanza / Aprendizaje................... 19-22

6.- TITULO IV: Presentación Personal del Escolar……………………………………………….…................................ 23-24

7.- TITULO V:

De la Asistencia y Puntualidad .................................................................................................................................. 25-27

8.- TITULO VI:

Del Uso y Cuidado de Materiales Didácticos, trabajos, inmuebles, infraestructura del Colegio

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..…..28

9.- TITULO VII: De las Evaluaciones…………………………………………………………………………………………………………..29

10.- TITULO VIII: Del Comportamiento Escolar .................................................................................................. 30-38

11.- TITULO IX: De las Acciones Formativas / Remediales .................................................................................. 39-48

12.- TITULO X: PROTOCOLOS

Violencia Escolar y Vulneración de la Integridad de los Miembros de la Comunidad

Educativa…................................................................................................................................................................. 4

. Protocolo de Actuación ante Denuncia de Bullying

Protocolo de actuación ante denuncias de acoso, hostigamiento, agresiones verbales físicas o sicológicas que atente

contra la integridad de un miembro del establecimiento

Protocolo de Actuación ante Denuncia de Ciberacoso o Ciberbullyin…………………………..…………

Protocolo de Actuación ante Acoso Sexual, Abuso Sexual y Violación ....................................... 50-51

Protocolo en Caso de Accidentes Escolares ................................................................................. 52-54

Protocolo para Ingreso o Retiro de Estudiantes durante la Jornada Escolar ............................. 55-56

Protocolo en Caso de Sismos u otras Emergencias ..................................................................... 57-58

Protocolo para viajes con Alumnos fuera del Liceo .................................................................... 59-60

Protocolo Condición de Embarazo y Maternidad… .................................................................... 61-63

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Protocolo de Acción Maltrato de un Adulto hacia un Estudiante… ........................................... 64-69

Protocolo de Acción Maltrato de un Estudiante hacia un Funcionario u otro alumno del Colegio.…70-74

Protocolo de Acción Maltrato de un Estudiante con Diagnóstico Vigente hacia un Funcionario del

Colegio ........................................................................................................................................... 75-80

Protocolo de Acción Maltrato de un Apoderado hacia un Funcionario del Colegio. 81-83

Protocolo de Acción de faltas reiteradas sin justificación del apoderado .................................. 84

Protocolo de Acción situación de crisis de un estudiante ......................................................... 85-87

Protocolo de Acción Prevención consumo de alcohol y drogas ................................................. 88-93

14.- PAUTAS: ............................................................................................................................................................ 86-97

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

PRESENTACIÓN

Establecimiento Liceo “Isabel Riquelme”

RBD:

004333-8

Dirección

Avenida Libertador Bernardo O’Higgins s/n

Tipo de Enseñanza

Científico Humanista

Localidad-Comuna

Las Canteras - Quilleco

Dependencia

Municipal

Teléfono

043- 1973222

Correo Electrónico

[email protected]

DISTRIBUCIÓN JORNADA ESCOLAR COMPLETA

HORARIO EDUCACION PARVULARIA Y PRIMER CICLO

Inicio de Clases 08:30 hrs.

Término de Clases Lunes a Jueves 15:55 hrs.

Almuerzo Día Viernes 13:35 hrs.

Término Clases Día Viernes 13:35 hrs.

PERIODO HORA RECREOS

1 08:30-09:15

2 09:15-10:00

10:00-10:20 Recreo 20’’

3 10:20-11:05

4 11:05-11:50

11:50-12:05 Recreo 15’’

5 12:05-12:50

12:50 13:35 Almuerzo 45’’

6 13:35-14:20

7 14:20-15:05

15:05-15:10 5”

8 15:10-15:55

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

HORARIO SEGUNDO CICLO Y EDUCACIÓN MEDIO

Inicio de Clases 08:30 hrs.

Término de Clases Lunes a Jueves 16:40 hrs.

Almuerzo Día Viernes 13:35 hrs.

Término Clases Día Viernes 13:35 hrs.

PERIODO HORA RECREOS

1 08:30-09:15

2 09:15-10:00

10:00-10:20 Recreo 20’’

3 10:20-11:05

4 11:05-11:50

11:50-12:05 Recreo 15’’

5 12:05-12:50

6 12:50 13:35

13:35-14:20 Almuerzo 45”

7 14:20-15:05

8 15:05-15:50

15:50-15:55

9 15:55-16:40

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

I. INTRODUCCIÓN.

La educación se desarrolla en distintos espacios de la vida,

constituyéndose en un proceso continuo y dinámico, que en el caso de la escuela, se

ve formalizado estructuralmente a partir de las leyes, normativas ministeriales de

educación que la regulan y las prácticas concretas que en ella ocurren; así, se van

configurando los estilos educativos insertos en cada comunidad escolar. De esta forma

la función social de la escuela es generar aprendizajes orientados a la formación

integral de los alumnos, por lo que la convivencia desarrollada en su interior debe estar

orientada y sustentada en la Política Nacional de Convivencia Escolar, la incorporación de

directrices de la Ley de Violencia escolar, Reglamento o Manuales de Convivencia Escolar y

nuestro Proyecto Educativo Institucional.

Nuestro Manual de Convivencia Escolar es uno de los elementos que promueve el

desarrollo integral de nuestros alumnos, promoviendo interacciones basadas en el respeto por

la legitimidad de cada uno de los miembros de la comunidad educativa. Por lo tanto, el

presente Manual constituye un cuerpo de normativas, por medio de las cuales se regirá el

funcionamiento de nuestro Establecimiento Educacional. De esta manera el objetivo formal

de nuestro manual de Convivencia Escolar es:

“Contribuir al desarrollo integral del estudiante y regular las interacciones de todos los

integrantes de la comunidad educativa fortaleciendo las herramientas vinculadas a la

adquisición de derechos y deberes de cada uno”.

Debido a los distintos cambios sociales, valóricos e histórico-culturales debe

constantemente revisar y actualizar los elementos insertos en nuestros reglamentos con la

finalidad de establecer mejores pautas de regulación para la comunidad educativa. Las

modificaciones que se produzcan en el Manual de Convivencia Escolar serán consensuadas y

construidas de acuerdo a los procesos establecidos por el Ministerio de Educación y

Superintendencia de Educación en torno a la confección de reglamentos de convivencia.

A lo anterior se indica que el presente Reglamento proporciona lineamientos claros sobre

las normativas internas, procedimientos y protocolos de actuación que se aplicarán a los diferentes

actores de la comunidad educativa para el beneficio y desarrollo de una sana convivencia escolar.

De esta forma la participación de cada integrante de la comunidad se regula en base a directrices

del presente Manual responsabilizando a cada uno de acuerdo a su rol, derechos y deberes.

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Reglamento de

Convivencia

Escolar

Política

Nacional de

Convivencia

Escolar

Ley Violencia

Escolar

Proyecto

Educativo

Institucional

Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

II. COMUNIDAD EDUCATIVA Y CONVIVENCIA ESCOLAR

El presente Manual de Convivencia es un elemento que promueve la facilitación de la

integración del alumnado a la vida cívica en forma participativa, responsable y democrática,

teniendo conciencia de sus derechos y deberes. Complementariamente también se asumen

derechos y deberes por todos los miembros de la comunidad, para que cada uno de ellos

adopte un rol basado en el compromiso directo con el proceso educativo. Desde esta

perspectiva se entenderá como Comunidad Educativa:

“aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la

institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y

apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos

docentes, directivos y sostenedores educacionales”.

La Convivencia Escolar se genera en la interrelación entre los diferentes miembros que

son parte de la Comunidad Educativa de un establecimiento educacional que tiene incidencia

significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de las y los estudiantes. Esta

concepción no se limita sólo a la relación entre las personas, sino que incluye las formas de

interacción entre los diferentes estamentos que conforman la Comunidad Educativa, por lo que

constituye una construcción colectiva y es responsabilidad de todos quienes participan del

proceso educativo. De esta forma se establece como definición de Convivencia Escolar:

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

“La coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone

una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los

objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.

La convivencia social se vive y se experimenta en la escuela y en toda actividad a

desarrollarse. La institución escolar, como espacio de formación, permite vivenciar el ejercicio de

la vida democrática, preparando a las y los estudiantes para el diálogo social, cultural y político

que se requiere en el mundo actual; por eso, es también el lugar donde se aprende la convivencia

ciudadana.

En relación directa con lo expuesto anteriormente, nuestro establecimiento

educacional se muestra contrario a toda manifestación de violencia generada por algún

miembro de la comunidad educativa que atente contra la integridad del otro o distorsione la

convivencia armoniosa en el Colegio. La violencia será entendida como “El uso ilegítimo del

poder y de la fuerza, sea mediante mecanismo de tipo físico, psicológico, verbal u otro medio

que vulnere la integridad y bienestar de cualquiera generando como consecuencia un daño a

este”.

Se debe indicar a su vez que la Agresividad corresponde a un comportamiento

defensivo natural, que se traduce en una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es

esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría

afectar su integridad. La agresividad no implica, necesariamente, un hecho de violencia; pero

cuando se canaliza de forma inadecuada o la persona no logra controlar sus impulsos, se

puede convertir o manifestarse en hechos de violentos.

Por su parte, el Conflicto involucra a dos o más personas que entran en oposición o

desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles. El conflicto no es

sinónimo de violencia, pero un conflicto mal abordado o que no es resuelto a tiempo puede

derivar en situaciones de violencia. Ante esto cada integrante de la comunidad educativa se

hace responsable de sus acciones considerando las consecuencias de daño hacia el otro y

para sí mismo. El Liceo Isabel Riquelme no comparte la violencia como medida de interacción

valida ni tampoco cualquier tipo de acción de acoso escolar. De esta forma debemos entender

que el acoso escolar (también conocido como hostigamiento escolar, matonaje escolar,

matoneo escolar o por su término inglés Bullying) corresponde a cualquier forma de maltrato

psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma reiterada a lo largo de un

tiempo determinado”.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES DEL PERFIL, DERECHOS Y DEBERES

FUNDAMENTALES DE LOS ESTUDIANTES.

A) PERFIL DEL ESTUDIANTE.

0) El alumno que pertenece al Liceo Isabel Riquelme se respeta a sí mismo reconociendo

en los demás los derechos que se exige de sí, acepta la diversidad, respeta a las

personas como tales, evitando discriminación, abuso, agresiones físicas o verbales,

expresiones gráficas o escritas u otro medio que afecten a sus pares o algún integrante

de la comunidad educativa.

1) Participa activamente en todas las actividades que el Colegio programa, demostrando

responsabilidad en ellas con la finalidad de crear una Identidad Cívica con el

Establecimiento Educacional.

2) El estudiante del Liceo Isabel Riquelme es honesto y honrado, respeta la propiedad

ajena, cuidando lo que le pertenece, así como los bienes del Establecimiento que están al

servicio de todos.

3) Entrega oportunamente a su apoderado la información que envía el Liceo a través de

circulares oficiales y/o comunicaciones.

4) Se responsabiliza de sus actos y de daños ocasionados a otros, sean de índole moral,

físico o material.

5) Estudia con dedicación y constancia, realizando sus trabajos y tareas estudiantiles con

responsabilidad, rindiendo sus evaluaciones y trabajos prácticos en las fechas que

corresponden en forma honesta, valiéndose sólo de sus conocimientos y aprendizajes.

6) Es veraz, cortés y colaborador con profesores y compañeros, colocando sus

potencialidades al servicio de los demás, especialmente de los pares que lo necesiten.

7) Es tolerante y prudente, solucionando sus conflictos a través del diálogo y la aceptación

de sus propios errores, siguiendo las instancias regulares, evitando las agresiones de

todo tipo y practicando constantemente comportamientos de no violencia.

8) Se expresa adecuadamente de los demás, respetando la vida íntima de los que lo

rodean.

9) Usa un lenguaje correcto, cuidando su vocabulario y su presentación personal dentro y

fuera del Colegio.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

10) Se identifica plenamente con los principios del Liceo, por lo que principalmente usa a

diario su uniforme oficial, cuidando su prestigio personal y la de todos los miembros de la

institución.

11) Desarrolla y aprecia valores transversales propios del Establecimiento Educacional

plasmados en el Proyecto Educativo Institucional.

12) Acepta y cumple a cabalidad el Reglamento de Convivencia del Liceo Isabel Riquelme.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

B) DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES:

1) A exponer sus opiniones, plantear sus inquietudes, proponer proyectos, ante las

instancias de dirección del establecimiento vía Centro de Alumnos.

2) A un trato respetuoso y deferente como personas y alumnos por los miembros de la

comunidad educativa.

3) A que las clases sean impartidas en forma oportuna, eficiente y de acuerdo a las normas

en el presente Manual de Convivencia.

4) A que los resultados de la evaluaciones les sean entregados a tiempo según lo estipulado

en el reglamento de evaluación..

5) A que las anotaciones en su hoja de vida les sean informada a ellas y/o ellos, como a sus

apoderados.

6) A ser atendidos por los organismos del Ministerio de Salud en caso de accidentes

escolares y de atención médica de acuerdo a lo establecido por la ley.

7) La alumna que quede afecta a la circular Nº 247 se les dará todas las facilidades para

que pueda terminar con éxito su año escolar, no concurriendo a sus clases y/o

actividades regulares del Establecimiento, si así lo solicitase y por expresa

recomendación del médico.

8) Las alumnas acogidas al circular Nº 247, tendrán derecho a un sistema de evaluación

especial, fijado por la Dirección del Establecimiento asesorada por la U.T.P y profesor /a

jefe. Se consultará un Calendario especial y formas de evaluación que puede ser:

desarrollo de temas, trabajos de investigación y otros.

9) Los alumnos y alumnas tienen el derecho de ingresar a clases si son portadores del

correspondiente pase emitido por la Unidad de Inspectoría General.

10) Los alumnos y alumnas tienen el derecho de ser escuchados, por parte de la instancia de

apelación, cuando crean haber recibido un trato o sanción injusta lo cual deberá ser

solicitado por escrito, según formato existente para ello, y acompañarse del apoderado.

11) Los alumnos y alumnas tienen el derecho de ser evaluados en forma diferenciada, según

sea sus necesidades y considerando lo estipulado en el reglamento de evaluación del

Liceo.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

12) A recibir una educación centrada en competencias cognitivas, sociales y valóricas de

acuerdo a la propuesta educativa del Establecimiento Educacional y según las del

Ministerio de Educación.

13) A ser informado de las sanciones que recibirá y prevenido de la importancia de ésta con

sus correspondientes consecuencias.

14) A ser informado del calendario de evaluaciones de parte de los profesores.

15) A solicitar y hacer usos, de acuerdo con el reglamento de Biblioteca, de textos de

consulta con su correspondiente carné de lector.

16) A desempeñarse en cargos al interior de su curso o Centro de Alumnos.

17) A representar al Establecimiento Educacional en actividades oficiales, siempre y cuando

cumpla con los requerimientos de éstas en lo referido a presentación personal.

18) A retirarse del colegio antes del horario de clases, siempre y cuando este retiro sea

solicitado en forma personal por el apoderado.

19) A representar sus inquietudes o problemas que le afecten ante las distintas instancias del

Liceo, respetando los conductos regulares (profesor de subsector – profesor jefe –

Directivos)

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

C) DEBERES DE LOS ESTUDIANTES LICEO ISABEL RIQUELME

1) Conocer y respetar la normativa interna del Liceo para mantener un buen clima

organizacional y de convivencia escolar, evitando sanciones por su incumplimiento.

2) Cumplir con los horarios de entrada, de permanencia en clases y de salida de cada

jornada de estudio según lo establecidos por el Liceo.

3) Estudiar con responsabilidad y dedicación para lograr la aprobación de los diferentes

subsectores del plan de estudio que le corresponda.

4) Respetar las normas de seguridad en todas las dependencias del liceo.

5) Cuidar y mantener en buenas condiciones los elementos y mobiliario que dispone el

establecimiento.

6) Tener un adecuado comportamiento mientras permanece al interior de la biblioteca y

laboratorio de computación y según las normas que se establecen en estas

dependencias.

7) Presentar los correspondientes pases de ingreso a clase, dados por Inspectoría General,

por las ausencias a días u horas de clases.

8) Tener una presentación personal adecuada, utilizando el uniforme que es de carácter

obligatorio.

9) Desarrollar las actividades a las cuales se comprometió al momento en que solicitó,

juntamente con el apoderado, ser eximido de Religión

10) Cuidar su integridad física y la de sus pares

11) .No usar dentro del establecimiento joyas u otros elementos de valor (celular, reproductor

de música, juegos electrónicos u otros). En el caso de los celulares y reproductores,

deberán permanecer apagado en horas de clases, biblioteca, laboratorios,

ceremonias. El Establecimiento no se hará responsable por la pérdida de elementos de

valor.

12) Respetar a todos los integrantes del Liceo. Los alumnos no podrán amedrentar verbal ni

físicamente a otros compañeros y/o funcionarios.

13) Cumplir con la presentación de los correspondientes materiales que se les solicita, con la

debida anticipación, por parte de los profesores.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

14) Informar a profesor, inspector o Inspectoría General, situaciones de faltas de sus

compañeros o se les considerará como cómplice de situaciones particulares, ateniéndose

a los mismos procedimientos sobre faltas que indica el presente reglamento.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

TITULO II: DISPOSICIONES GENERALES DEL PERFIL, DERECHOS Y DEBERES

FUNDAMENTALES DE LOS APODERADOS.

DISPOSICIONES GENERALES

.-Los deben ser apoderados personas que sean mayores de edad

.-Los funcionarios del Establecimiento no pueden ser apoderados a menos que lo sean por

derecho propio

.-Se exigirá el cambio de apoderado a toda persona que actúe en forma irrespetuosa en

contra de los funcionarios del plantel o transgreda las normas establecidas en la Unidad

Educativa

.-

A) PERFIL DEL APODERADO.

1) Reconoce a la familia como primera entidad responsable de la educación de sus hijos y

que, junto a los profesores, inspira el proceso enseñanza-aprendizaje. Para ello, asume

el compromiso de participar activamente en todas las tareas del Establecimiento

Educacional.

2) Acepta, como principio primordial, que la familia debe forjar valores y formar el carácter

moral de los hijos

3) Asiste oportunamente al Liceo para informarse acerca del rendimiento y comportamiento

de su hijo o educando, para orientar y controlar el uso del tiempo libre en el hogar,

velando por el cumplimiento de las obligaciones escolares del escolar.

4) Integra y/o participa en el Sub-Centro de Padres y Apoderados correspondiente al curso

en que está su pupilo(a).

5) Promueve en su pupilo(a) permanentemente el desarrollo de actitudes, gestos,

expresiones y actos positivos hacia la comunidad educativa.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

6) Emplea el conducto regular para canalizar sus críticas, inquietudes e iniciativas,

respetando las distribuciones de funciones y responsabilidades que corresponden a los

profesores y al personal del Colegio, así como también la planificación de actividades

realizadas por la institución.

7) Asiste a reuniones programadas y participa en los eventos especiales que sean

programadas por el Establecimiento Educacional, tales como: Inauguración del Periodo

Escolar, Actos Cívicos, Aniversario, Celebraciones de Fiestas Patrias, Muestras

Artísticas, Actividades Extra programáticas, etc.

8) Vela porque su pupilo(a) tenga sus útiles escolares, textos de estudio, cuadernos, equipo

y uniforme que el Colegio exige, y asume el compromiso de revisar periódicamente los

elementos mencionados para fiscalizar su orden, limpieza y presentación.

9) Informa oportunamente al Establecimiento sobre el estado general de salud, física o

mental de su hijo(a) o pupilo(a) haciendo llegar los documentos de respaldo médico y/o

profesional. En relación a lo anterior, considera con criterio el enviar a su pupilo(a) a

clases, cuando se encuentre enfermo.

10) Invita a su pupilo(a) a responsabilizarse por ingresar a clases con los materiales

necesarios, instando a sus hijos a ser responsables y, por lo tanto, no interfiere en

horarios de clases para llevar materiales o textos que el alumno olvidó. Excepciones son

asuntos médicos o de emergencia.

11) Se siente integrante de la comunidad educativa que puede contribuir permanentemente

en el fortalecimiento de ésta.

12) Logra una comunicación abierta basada en el respeto con cada uno de los miembros de

la comunidad educativa, manteniendo siempre un vocabulario, actitud respetuosa y

cortes, con cada uno de los miembros de la misma comunidad.

13) Dialogante y abierto a la búsqueda de soluciones pacíficas a los conflictos, dirigiéndose a

las autoridades del colegio ante conflictos. Por ende, nunca increpa directamente a los

involucrados, cualquiera sea su rol en la comunidad educativa.

14) Participa y colabora con responsabilidad en las actividades del Liceo y en las actividades

del Centro de Padres y Apoderados.

15) Acepta y cumple a cabalidad el Reglamento de Convivencia del Liceo Isabel Riquelme.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Ante acciones, omisiones, verbalizaciones o cualquier medio que el apoderado

establezca para alterar o dañar la integridad de cualquier miembro de la comunidad

educativa, éste deberá sustituir su figura de Apoderado por otra, otorgando esta

responsabilidad al familiar más cercano y responsable en la labor encomendada. Esta medida

se activa de igual forma ante inasistencias sistemáticas a reuniones de apoderado, dado que

esto es una forma de incumplimiento ante los deberes que el apoderado contrae como figura

que se responsabiliza del desarrollo educativo del niño o niña. La medida posee una

perspectiva remedial, la cual privilegia la conservación de una sana convivencia y el

desarrollo educativo óptimo del alumno.

DERECHOS DE LOS APODERADOS LICEO ISABEL RIQUELME

Cada apoderado tiene los siguientes derechos

1) Recibir un resumen del presente reglamento.

1) Ser avisado por escrito, telefónicamente o personalmente de situaciones especiales,

(accidentes escolares, cambio de actividades, suspensión de clases, problemas de

convivencia escolar, etc.) y faltas y sanciones que afecten a su pupilo/a.

2) Solicitar material bibliográfico en biblioteca para el uso al interior de ésta.

3) Participar activamente en directivas de micro centro como en las generales del Centro de

Padres, si es elegido de manera democrática por sus pares.

4) Solicitar información de su pupilo/a en horarios que se estipulan para esto. Estos

horarios corresponden a la disponibilidad de inspectores en horas de clases (no

horario de recreos) y en el caso de profesores, los horarios de atención de

apoderados que tiene cada uno.

5) Recibir informe de calificaciones y de comportamiento al término de cada semestre .

6) Elegir a sus propios representantes para la directiva general del Establecimiento.

7) Ser informado en forma inmediata de toda situación grave que se dé con tu pupilo/a. El

Establecimiento no se responsabiliza de esta medida en el caso que no se tenga

antecedentes de contacto.

8) A involucrarse en actividades que programe el Establecimiento y que se estipule

claramente que puede corresponder su participación.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

B.-DEBERES DE LOS APODERADOS LICEO ISABEL RIQUELME

Cada apoderado tiene el deber de:

1) .Asistir a todas las reuniones que se les cite por parte del Establecimiento y en caso de

no poder hacerlo deberá asistir el apoderado suplente, el cual tiene las mismas

obligaciones del titular.

2) Mantener una especial preocupación por apoyar y reforzar el proceso educativo y

formativo, tanto en un ambiente ético moral y valórico como en el cumplimiento de las

tareas entregadas.

3) Cautelar que las recomendaciones dadas con respecto a Prevención de Riesgos y

Seguridad sean conocidas, respetadas y cumplidas por sus pupilos.

4) .Respetar los conductos regulares para plantear situaciones especiales que afecten a su

pupilo/a. Estos conductos son: primero conversar con el profesor del subsector, luego con

profesor jefe y finalmente si la situación persiste conversar con el Directivo que

corresponda

5) Evitar retirar a sus hijas /os antes del término del horario de clases, pues esto provoca

interrupción en el proceso de aprendizaje de la alumna /o.

6) Respetar la normativa que prohíbe el ingreso a salas de clases, comedores, cancha u

otras dependencias sin previa autorización de Inspectoría general

7) Informar al Profesor Jefe o Inspectoría General de toda situación que afecte a su pupilo y

que pueda tener consecuencias en el funcionamiento normal de su proceso de

enseñanza aprendizaje.

8) Hacer cumplir a su pupilo de responsabilizarse por las inasistencias y ponerse al día en

sus contenidos.

9) Entregar un fono de aviso para acusar situaciones graves de su pupilo/a.

10) Cada apoderado deberá firmar la documentación correspondiente en el caso de

suspensiones, para dejar constancias de compromisos adquiridos.

11) Respetar los horarios de justificación y atención de apoderados estipulados por

Inspectoría general.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

TÍTULO III: DE LA PARTICIPACIÓN DE APODERADOS EN EL PROCESO DE

ENSEÑANZA – APRENDIZAJE

Artículo 1°

La educación conlleva un compromiso, tanto para el alumno del Liceo Isabel Riquelme, como

para los padres y apoderados, profesores y todo integrante de la comunidad educativa que

participa en este proceso. Dentro de esta perspectiva, la familia constituye la primera

instancia formadora del niño o joven y la Escuela continúa en este proceso de manera formal

a través de la educación que imparten sus profesores.

Artículo 2°

La cooperación y compromiso de la familia en la formación de sus pupilos con el Colegio es

indispensable para lograr los objetivos educacionales que el mismo niño ha propuesto y que

cada padre y/o apoderado, al ingresar su pupilo a este Establecimiento, por libre elección, ha

considerado como el más adecuado para la formación de su hijo. Además, insistimos en lo

importante que es el respaldo del hogar frente a las medidas que se tomen en el

Establecimiento Educacional.

Artículo 3°

Los objetivos de la Escuela sólo pueden realizarse si los apoderados trabajan animados por

los mismos sentimientos, persiguen los mismos fines educativos y están motivados por el

mismo ideal. Por lo tanto, se resiente la armonía y la relación familia – colegio, si no existe el

apoyo y cumplimiento hacia la Institución. En la medida en que aumenta el acercamiento

entre el hogar y el Colegio, mayor será la identificación del niño y el joven con su comunidad

educativa.

Artículo 4°

La colaboración de la familia con el Establecimiento Educacional es importante por lo cual los

padres y apoderados, al matricular a sus hijos en el Liceo Isabel Riquelme, se comprometen a

participar activamente en todas las actividades que el Liceo les solicite, considerando

Actividades de Microcentro y Centro General de Padres y Apoderados (CGPA).

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Artículo 5°

Un elemento importante en la relación Escuela – Familia es la adecuada y pertinente

comunicación de los apoderados con el Establecimiento Educacional. En estos casos, los

apoderados deben informarse a través del Profesor Jefe, Inspectoría General, Encargada

Unidad Técnico Pedagógica, Encargado de Convivencia Escolar,Orientación u otros

Estamentos con la finalidad de apoyar y ayudar eficazmente al proceso educativo de su

pupilo. Un elemento favorecedor de la comunicación son las circulares informativas. Por este

carácter es que toda Circular formalizada con colilla de devolución enviada al hogar, debe ser

devuelta al Liceo al día siguiente constatando de esta forma que el apoderado ha tomado

conocimiento de la información. La no recepción de la colilla firmada implicará la justificación

personal del apoderado para que el alumno pueda ingresar a clases el día siguiente. El

objetivo de esta medida pretende favorecer la calidad de la comunicación entre los

apoderados y nuestro Liceo..

Artículo 6°

Es deber del apoderado supervisar en casa el cumplimiento de tareas, trabajos de

investigación, lecturas escolares, horarios de estudio y toda actividad o desempeño

académico. La retroalimentación de los apoderados con sus pupilos en temáticas

relacionadas con aspectos normativos y conductuales es un elemento que debe estar

presente.

Artículo 7°

Para mantener un contacto directo entre Colegio y Apoderado es necesario que éste último

asuma la obligación de concurrir al Establecimiento a toda citación que reciba, ya que éstas

pretenden el cumplimiento de los objetivos del Colegio y, por ende, el adecuado desarrollo de

su pupilo

Artículo 8°

Los Apoderados son las únicas personas que deben y pueden firmar los justificativos y

comunicaciones de sus pupilos.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Artículo 9°

Asistir a las reuniones de curso y/o entrevista personal citadas por el Profesor Jefe, Profesor

de Asignatura, Profesional de Educación o Directivo del Liceo. La no asistencia a la citación

deberá ser justificada personalmente y con anterioridad a éstas o al día siguiente por el

apoderado, en la Unidad de Inspectoría del Colegio.

Artículo 10°

La justificación personal del apoderado debe ser entendida en el contexto de participación de

la familia en la educación de sus hijos.

Artículo 11°

El apoderado debe responsabilizarse del comportamiento del alumno fuera del

Establecimiento, debiendo velar para que la conducta de éste sea la que corresponde al perfil

de un alumno del Liceo Isabel Riquelme. Ante eventos ocurridos al exterior del

Establecimiento y en contra del perfil del alumno del Establecimiento Educacional, descrito en

este reglamento, se establecerá la condicionalidad automática.

Artículo 12°

Ante solicitud de entrevista por parte del Apoderado con el Profesor Jefe y/o Profesor de

Asignatura se debe coordinar una hora a través de la Agenda Escolar o en secretaría. La

solicitud de entrevista con Orientación, Unidad Técnico Pedagógica, Inspectoría General o

con algún profesional de la Educación sólo se efectuará ante reunión previa del Apoderado

con el Profesor correspondiente. Este es el canal respectivo para reuniones o entrevistas con

personal del Colegio. En cambio, las entrevistas con Dirección son evaluadas según la

pertinencia y procedimiento descrito.

Artículo 13°

El apoderado debe establecer relaciones de bienestar y orientadas por el respeto a todos los

integrantes de la comunidad educativa (apoderados, estudiantes, profesores, asistentes de la

educación, etc.). No respetar este aspecto vulnera la integridad del otro y se considera una

Falta Grave al cumplimiento del Reglamento de Convivencia y a los valores institucionales

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

señalados en nuestro Proyecto Educativo Institucional, por lo que según la gravedad de la

falta se desplegará Protocolo correspondiente.

TÍTULO IV: PRESENTACIÓN PERSONAL DEL ESCOLAR.

Artículo 14°

La presentación personal es reflejo de un cuidado personal y respeto por el auto cuidado,

representando de excelente forma a nuestro Establecimiento Educacional logrando cumplir

con uno de los propósitos del Colegio en fomentar hábitos de presentación e higiene en sus

alumnos, velando al mismo tiempo por la imagen que como institución ofrece a la comunidad.

Para ello se exige el uso del Uniforme Oficial en las clases durante todo el periodo escolar y

en la participación en eventos representativos del Liceo. El incumplimiento de este principio

será considerado falta media y la reincidencia en este aspecto, motivará la citación del

apoderado para subsanar tal deficiencia. Si existen dudas respecto de la interpretación de las

normas que se indican en el presente título, será Inspectoría General la que determinará cuál

es el espíritu del Reglamento. El alumno deberá presentarse a diario acorde con su calidad de

educando, utilizando uniforme del colegio.

Artículo 15°

Por el motivo descrito anteriormente sólo se permitirá el ingreso al Colegio a aquellos

alumnos que se presenten debidamente uniformados, de acuerdo a lo siguiente:

DAMAS: Poleron azul marino con insignia institucional, falda plisada escocesa (colores gris, azul

Francia, y mostaza), polera pique (con franjas en cuello, azul Francia y mostaza) y blusa blanca,

para eventos formales, calcetas o pantis gris, zapatos negros, corbata del Liceo.

VARONES: pantalón gris, poleron azul marino con insignia institucional, polera pique institucional

(gris con franjas en cuello, azul Francia y mostaza), zapatos negros camisa blanca y corbatas

para eventos formales..

El vestuario de Educación Física consistirá en: polera deportiva institucional, buzo deportivo

azul marino y zapatillas de colores sobrios, (blancas, negras, grises).

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Artículo 16°

Para todos los alumnos, de la Educación Parvularia se utilizará, el siguiente uniforme:

VARONES Y DAMAS: buzo institucional y delantal azul marino con cuello amarillo y

aplicaciones en este mismo color amarillo.

Artículo 17°

La inadecuada presentación personal, mal uso del uniforme e incorporación de accesorios no

propios a la indumentaria del establecimiento (piercings, aros, maquillaje, vestimentas de

otros colores, etc.) serán sancionados como una Falta Media. Así mismo no portar adornos

vistosos en el pelo, ni en su uniforme. Mantener la moderación tanto en el corte como en la

coloración del cabello, además del uso moderado del maquillaje en el caso de las

alumnas. Esta moderación la calificará cada profesor en el aula y la Unidad de Inspectoría

general.

Artículo 18°

Queda prohibido el uso del uniforme escolar en situaciones ajenas a las planificadas por el

Establecimiento. Al igual que la insignia del Establecimiento.

TÍTULO V: DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

Artículo 19°

La asistencia a clases es de fundamental importancia para el rendimiento escolar.

Inasistencia y atraso constituyen, por tanto, un factor negativo a ese logro. Es responsabilidad

de la familia evitar que esas situaciones se produzcan, ya que de acuerdo a los Reglamentos

de Evaluación y Promoción Escolar Vigentes, para que los alumnos sean promovidos de

curso deberán asistir, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el Calendario Escolar

Anual.

A fin de cautelar lo anterior, el colegio dispone lo siguiente:

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Artículo 20°

Los alumnos deberán llegar puntualmente al inicio de la jornada escolar y a cada cambio de

hora intermedia o bloque académico. Los alumnos que constituyen atraso serán registrados

en Inspectoría y paralelamente en su hoja de vida, obteniendo posteriormente un pase para

ingreso al aula de clases.

Artículo 21°

Al tercer atraso del alumno, el apoderado deberá concurrir personalmente a Inspectoría

General. Lo anterior se considerada una Falta Leve

Artículo 22°

Cualquier inasistencia deberá ser justificada en forma personal y solamente por los

Apoderados ante la Unidad de Inspectoría, idealmente antes del reintegro a clases del alumno

o en su defecto junto con ello.

Artículo 23°

La inasistencia a toda evaluación deberá ser justificada con anterioridad a esta, aún en el

mismo día, por el apoderado y ciñéndose a la normativa específica del Reglamento de

Evaluación. Sólo en situaciones altamente justificadas se permitirá el retiro de alumnos previo

a alguna Prueba, contando para ello con la autorización de Inspectoría General y Unidad

Técnica Pedagógica.

Artículo 24°

A los alumnos no les está permitido salir del Colegio durante el horario de clases o

actividades antes del término de jornada por ejemplo, horario de colación, salvo que haya sido

autorizado por el Inspector General, previa firma del apoderado en el Libro de Registro de

Salidas. El no cumplimiento se considera Falta Gravísima

Artículo 25°

Del mismo modo, si por razones de fuerza mayor, los apoderados desean que su pupilo se

retire del Establecimiento antes del término de la jornada de clases, el Apoderado deberá

solicitar personalmente dicha autorización a Inspectoría General con antelación, donde

quedará registrada esta petición y su resolución correspondiente. Se entiende que el Alumno

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

deberá ser retirado del Colegio por su propio Apoderado o la persona responsable que éste

designe y convenga previamente con Inspectoría General.

Artículo 26°

Los apoderados, tanto como los alumnos, deben asumir que la responsabilidad final por

cumplir con los estudios y con las tareas asignadas la asume el estudiante, por lo tanto él

será responsable de obtener la materia impartida, notas, disertaciones y rendir pruebas, etc.,

así como también deberá cumplir con las tareas solicitadas durante el período en que

estuviese ausente. Y en caso de ausencias por licencias médicas estas serán registradas por

Inspectoría General y en común acuerdo con UTP se hará un Plan de trabajo en apoyo al

estudiante según el caso.

Artículo 27°

Es obligatoria la asistencia del alumno a todas las actividades del Colegio para las cuales

fuese nombrado o voluntariamente inscrito. Estas incluyen actos cívicos, deportivos, artístico

– culturales, desfiles u otras, manteniendo un comportamiento que prestigie al Liceo. El no

cumplimiento de esto pudiese generar una amonestación escrita en el Libro de Clases y en el

Informe de Comportamiento Escolar, sin excluir una sanción mayor dependiendo de la

gravedad de la falta.

Artículo 28°

Los permisos y autorizaciones de salidas a terreno serán otorgados por Dirección del

Establecimiento previamente visadas por Inspectoría General y UTP. El alumno sólo podrá

participar en dicha actividad entregando al Profesor encargado de la salida la circular

correspondiente firmada por su apoderado, en donde se le solicita la autorización de

participación del alumno y notifica de los detalles de la actividad. En caso que el alumno no

cuente con esta autorización firmada el alumno no podrá salir del Establecimiento.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

TÍTULO VI: DEL USO Y CUIDADO DE MATERIALES DIDÁCTICOS, TRABAJOS,

INMUEBLES, INFRAESTRUCTURA DEL COLEGIO

Artículo 29°

Es deber de los alumnos contar con los útiles y materiales requeridos por el Liceo. El no

hacerlo será considerado como una Falta. Las situaciones particulares de insuficiencias de

medios económicos para contar con los materiales y útiles escolares deben ser comunicadas

a la dupla social

Artículo 30°

No se permitirá la entrega de materiales o trabajos solicitados con anterioridad por parte de

los Padres y/o Apoderados durante la Jornada de Clases.

Artículo 31°

Los alumnos deberán cuidar, preservar y mantener en buen estado todas las instalaciones,

dependencias, equipos y mobiliario del Establecimiento. Y si causare algún daño material a

los elementos descritos del Liceo, deberá responsabilizarse de él y comprometerse a su

reparación o reposición, previo aviso al apoderado, al margen de la sanción que corresponda.

Siendo este hecho considerado como una Falta Grave.

Artículo 32°

De igual forma los alumnos deben cuidar sus propios materiales (trabajos, libros, etc.),

manteniendo su uso adecuado. En caso de daño a estos materiales y/o trabajos propios o

ajenos se considera como Falta Grave.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

TÍTULO VII: DE LAS EVALUACIONES

Artículo 33°

Las evaluaciones anunciadas en el calendario del curso se realizarán impostergablemente en

las fechas fijadas por la Unidad Técnica – Pedagógica del Establecimiento en conjunto con

los profesores. Del mismo modo, el alumno deberá cumplir con sus evaluaciones para no

incurrir en daño en su formación y en el promedio de notas que tuviese hasta ese momento.

Artículo 34°

Toda inasistencia a una evaluación deberá ser justificada personalmente por el apoderado en

Inspectoría. La ausencia de un alumno a una evaluación se regirá por el Reglamento Interno

de Evaluación.

Artículo 35°

En caso que el alumno sea sorprendido copiando en una prueba y/o favoreciendo la copia o

el plagio, el profesor procederá a retirar la prueba efectuando el procedimiento

correspondiente que determina el Reglamento de Evaluación. Lo anterior constituye una Falta

Grave al Reglamento de Convivencia Escolar.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

TÍTULO VIII: DEL COMPORTAMIENTO ESCOLAR

Artículo 36°

Nuestro Establecimiento Educacional pretende mantener un clima de acogida y de

interrelación entre sus integrantes, que promueva la permanente y mutua realización,

especialmente para que el estudiante desarrolle sus capacidades, aptitudes e intereses,

adquiera valores y, en suma, logre su crecimiento integral, actuando de acuerdo con el

respeto a los derechos de los demás. Lo anterior se manifiesta en:

Sala de Clases

- Cuando el alumno escucha con respeto a sus compañeros y profesores.

- Participando oportuna y correctamente, expresando sus ideas.

- Manteniendo en buen estado el mobiliario.

- Preocupándose, durante el cambio de hora, de guardar materiales, preparar los de la clase

siguiente, esperando a su profesor formados en hall para ser conducidos a sus

respectivas salas.

- Realizando con honestidad las evaluaciones, trabajos y otras actividades.

- Desarrollando las actividades propuestas para su aprendizaje

Biblioteca o Centro de Recursos de Aprendizaje

Todos los estudiantes que ingresen a esta dependencia en horario de clases deben respetar

la reglamentación interna del lugar y las indicaciones que reciba del docente y/o funcionario

que se encuentre a cargo. Los estudiantes deben mantener un comportamiento acorde a la

actividad diseña. El porte de celulares, reproductores de música, reproductores de video y

todo tipo de elementos tecnológicos es considerado como falta sin la autorización del docente

con fines pedagógicos.

El escolar debe cuidar los textos escritos, recursos didácticos, inmueble y materiales de todo

tipo. En caso de daño, deterioro o sustracción de todo elemento es el apoderado quién debe

reponer dicho elemento a la brevedad ,según la tipificación de la falta se aplica la sanción.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

En Laboratorio de Ciencias

Ingresarán los estudiantes sólo en compañía del Profesor, por los riesgos que implica el

manejo de reactivos químicos y fragilidad de los materiales, ateniéndose estrictamente a las

indicaciones descritas por el Docente encargado. Además, trabajará en equipo o en forma

individual con el respeto y cuidado que merece la actividad. El uso del delantal es obligatorio,

como medida de protección, y será exigido al ingreso a esta dependencia. Constituye una

Falta Grave la manipulación irresponsable e inadecuada de los instrumentos e insumos

disponibles. De esta forma el escolar debe ceñirse a lo descrito y a la reglamentación del

Laboratorio de Ciencias. En caso de daño, deterioro o sustracción el apoderado deberá

reponer dicho elemento a la brevedad.

En Laboratorio de Computación

Dada la alta sensibilidad del equipo instrumental de un Laboratorio, los estudiantes

ingresarán y utilizarán el computador asignado para realizar las actividades. Deberá ajustarse

a las instrucciones y reglamentación específica impartida por el profesor encargado, para

prevenir eventuales daños. El uso de los computadores es exclusivamente con fines

educativos. Constituirá una Falta Grave el uso irresponsable e inadecuado de las

herramientas y medio disponibles en esta dependencia. En caso de daño, deterioro o

sustracción el apoderado deberá reponer dicho elemento a la brevedad.

Sala de Estimulación y desarrollo psicomotor.

Todo alumno que ingrese a esta dependencia debe encontrarse acompañado por el profesor

responsable quién indicará la reglamentación del uso de todo material, máquina o recurso

existente. Toda actividad a desarrollar posee un fin educativo. De esta forma el estudiante

debe cumplir con la reglamentación indicada por el docente constituyendo una Falta Grave el

uso irresponsable e inadecuado de las herramientas y medio disponibles en esta

dependencia. En caso de daño, deterioro o sustracción el apoderado deberá reponer dicho

elemento a la brevedad.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Los Recreos

Todos los estudiantes saldrán de la sala en orden y con respeto cautelando la seguridad de

los demás integrantes del grupo curso. La circulación y descenso de las escaleras debe

hacerse dando la preferencia a los niños pequeños, previniendo accidentes, evitando juegos

bruscos que puedan provocar y originar daños físicos.

Las actividades recreativas deberán suspenderse al toque del timbre y/o campana, para evitar

llegar atrasado a la sala y así esperar formados al profesor en el hall de establecimiento.

En el Comedor de Estudiantes

El alumno y (a) deberá mantener un comportamiento adecuado, considerando la limpieza,

orden, respeto, decoro y responsabilidad en el uso de esta dependencia.

El alumno deberá consumir toda su colación en el comedor del establecimiento.

De las Clases de Educación Física

Siguiendo las instrucciones que entrega el Profesor para el comportamiento en las

dependencias de uso de actividades deportivas respetando las normas de higiene, su

integridad como alumno, y el buen uso de las instalaciones.

Es obligación de los alumnos contar con el Uniforme de Educación Física que estipula el

Liceo.

Artículo 37°

Los estudiantes deben destacar por su lenguaje y tipo de comunicación, evitando el uso de

términos o actitudes ofensivas, descalificatorias o groseras que atenten contra la integridad de

otro integrante de la comunidad educativa considerándose falta grave. Sus interrelaciones

sociales favorecerán el respeto por la dignidad de las personas.

Artículo 38°

El Liceo Isabel Riquelme exige abstenerse de fumar, ingerir bebidas alcohólicas o consumo

de drogas ilícitas en sus dependencias, en fiestas, paseos, giras de estudio y en toda

actividad en que el alumno participe como integrante de la comunidad escolar. Además, el

Liceo extiende esta exigencia de comportamiento en toda actividad pública, en donde se

encuentre presente un miembro de la comunidad educativa. Por tanto, si se cometiese algún

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

acto de lo anteriormente descrito por un(a) alumno(a), el testimonio de un docente o de

cualquier otro representante del colegio, hará plena prueba de la efectividad de haberse

cometido por el (la) alumno (a) una conducta constitutiva de Falta Grave, siempre que estos la

hubiesen presenciado o constatado personalmente. En dicho caso se tomarán las medidas

necesarias para modificar estas conductas, de acuerdo y en trabajo conjunto con el

apoderado.

Está estrictamente prohibido a los alumnos lo siguiente:

a) Atentar contra la dignidad, seguridad, intimidad e integridad física o psíquica de las personas.

b) Agredir en cualquier forma a un alumno o a cualquier miembro de la Comunidad

Escolar, ya sea con violencia física, psicológica o verbal, o mediante amenazas o

intimidaciones.

c) Discriminar, menospreciar, excluir o segregar arbitrariamente a un alumno o a cualquier

otro miembro de la Comunidad Escolar, ya sea por su pensamiento político, ideología,

religión, orientación sexual, raza, nacionalidad, discapacidad o por cualquier otro motivo.

d) Realizar cualquier acto de ataque, acoso, discriminación, burla u ofensa a un alumno o a

cualquier miembro de la Comunidad Escolar a través de cualquier medio de comunicación o

plataforma electrónica o tecnológica, incluyendo por vía meramente ejemplar Internet,

sistemas de conversación en línea, correo electrónico, foros virtuales, páginas webs, blogs,

videos y mensajes de texto.

e) Ingresar al recinto del colegio bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias

Estupefacientes.

f) Ingresar, consumir o proveer bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes en las

dependencias del Colegio o en cualquier actividad escolar.

g) Fumar dentro del recinto escolar.

h) Ingresar, portar o utilizar cualquier tipo de armas

HH) Utilizar elementos cortantes, punzantes o contundentes para herir o dañar a una persona.

i) Alterar de cualquier forma el normal desarrollo de las actividades escolares, curriculares

y extracurriculares.

j) Ingresar sin autorización expresa y previa al Colegio fuera del horario de funcionamiento

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

o a dependencias de acceso restringido.

k) Destruir o dañar bienes de propiedad del Colegio, profesores, apoderados o alumnos.

l) Ejecutar cualquier acto contrario a las normas, a la moral y/o las buenas costumbres según la calificación que haga el Colegio en su oportunidad.

m) Llevar objetos de valor no necesarias para las actividades escolares.

n) Usar artículos electrónicos (celulares, MP3, Ipod, etc.) durante las actividades lectivas y/o evaluaciones, siendo responsabilidad del alumno mantener estos implementos debidamente guardados.

o) Otras que el Colegio determine en forma específica y comunique oportunamente

Clasificación de faltas

Artículo 39º

A. Al dar cumplimiento a los criterios de acción y normas señaladas el alumno evitará caer en

actitudes y conductas que se consideran faltas, las que serán categorizadas en Faltas Menos

Graves, Graves y Gravísimas, las que a continuación se detallan sin dejar de lado acciones

que pueden considerarse como inadecuadas por parte de los estudiantes las cuales pueden

ser definidas y analizadas en los consejos de profesores:

FALTA LEVE

Será considerada una situación que dificulta el proceso educativo y/o la integridad

psicológica, física y moral, de algún miembro de la comunidad educativa, sin

generar un daño.

1. Registro de tres atrasos a clases.

2. No portar sus recursos educativos (cuadernos, libros entre otros).

3. No presentar o realizar trabajos o exposiciones o incumplimiento de deberes

escolares.

4. Ingreso atrasado durante el período de clases sin justificación.

5. Conductas disruptivas que alteren el trabajo académico. (Gritar, correr, saltar, entre

otras cuando el docente lo señale).

6. Ingerir alimentos en la sala de clases.

7. No cumplir con la devolución de libros de biblioteca.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

FALTA MENOS GRAVES

Será considerada una situación que dificulta el proceso educativo y/o la integridad

psicológica, física y moral, de algún miembro de la comunidad educativa, sin

generar un daño.

8. Incumplimiento o mal uso de uniforme escolar (incluyendo unif. ed. fisica).

9. Hacer uso de celulares u otros artefactos electrónicos (parlantes) en jornadas de

clases, excepto cuando el profesor lo estime necesario.

10. Ingresar a salas de clases u otras dependencias académicas (laboratorios de

computación, de ciencias, sala de artes, sala de música, entre otras) sin autorización

del docente o del funcionario asignado a la sala.

11. Botar basura en el interior de la sala de clases o pasillos del establecimiento.

12. Lanzar objetos dentro de la sala de clases.

13. Ausencia injustificada del estudiante al establecimiento.

14. Utilización de cortes de cabello o tinturas de colores, (tanto en el caso de alumnos y

alumnas) que no cumplan con lo establecido en el reglamento de convivencia escolar

(corte de varón tradicional sin tintura y en el caso de las damas pelo largo peinado y/o

tomado y sin accesorios ni tintura).

15. Utilización de lápiz labial o color de uñas de color de alta intensidad (rojo u otros

colores) o uso de maquillaje no acordes a lo establecido por el reglamento de

convivencia escolar.

16. Utilización de accesorios faciales y corporales, tales como piercings, aros,

extensiones u otros no autorizados por el reglamento de convivencia escolar.

FALTA GRAVE

Será considerada una situación que daña Psicológica, física, social y/o

moralmente, a algún miembro de la comunidad educativa y que el daño se produce

en un momento específico, sin consecuencias.

1. El registro en el libro de clases de tres faltas leves.

2. Ingreso atrasado a clases sin justificación por tres veces.

3. Ingreso no autorizado a dependencias administrativas del establecimiento

(DIRECCIÓN, UTP, OF. DE CONV. ESCOLAR, INSPECTORÍA GENERAL,

SECRETARÍA, entre otras).

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

4. Desobediencia a una indicación o petición académica o de convivencia escolar,

realizada por un docente, asistentes de la educación o directivos del

establecimiento. (excepto casos especiales de alumnos con diagnóstico)

5. Negarse a rendir una prueba, examen o control oral o escrito de acuerdo a las

normas fijadas oportunamente por el profesor de asignatura y la unidad técnica

del establecimiento.

6. Demostraciones afectivas físicas (besos, abrazos, etc.).en las relaciones de

pareja

7. Destrucción deliberada de las dependencias del establecimiento (rayados,

destrucción de mobiliario, paredes, entre otras). Destrucción, deterioro y rayado

deliberado del edificio, muebles, jardines, documentos, computadores, textos del

colegio o pertenecientes a algún miembro de la comunidad.

8 Actuar con deshonestidad en pruebas y/o trabajos

9 Tener comportamientos en la vía pública que afecten negativamente el prestigio

del establecimiento (riñas y/o consumo de alcohol o drogas).

10 Fumar dentro del establecimiento.

11 Actuar con deshonestidad en pruebas o trabajos.(plagios, fotos a evaluaciones,

tec)

FALTA GRAVÍSIMA

Será considerada una situación que daña psicológica, física, social y/o moralmente

a algún miembro de la comunidad educativa, que se prolonga en el tiempo por más

de una semana y/o requiere la presencia de una institución externa (servicio de

salud, seguridad pública, entre otros) para su resolución.

1. El registro de 3 faltas graves.

2. Dirigirse a un Profesor o funcionario del establecimiento de manera despectiva, con

groserías, gestos, amenazas que afecten su integridad física o psicológica y/o con

insultos.

3. Hacer usos de timbres de firma u otros elementos del establecimiento sin la

correspondiente autorización.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

4. Violencia o intimidación psicológica reiterada en el tiempo (al menos dos), o a través

de agresiones de tipo físicas: Golpes, patadas, mordeduras, etc., que atenten contra la

integridad física y psicológica de algún integrante de la comunidad escolar.

5. Hostigar de manera reiterada en el tiempo (al menos dos) y/o molestar a un

compañero o funcionario del Colegio con apodos o actitudes negativas, directamente

o a través de cualquier medio visual o escrito (incluye internet, celulares, correo

electrónico, redes sociales como Facebook, Messenger, WZP, Twitter u otros).

6. Participar directa o indirectamente en cualquier acción vinculada a acoso (bullyng) o

violencia escolar.

7. Participar directa o indirectamente en cualquier acción vinculada a delitos establecidos

en la legislación penal, acreditada por Carabineros de Chile. PDI o Tribunales de

Justicia.

8.- Robo y/o hurto contra algún integrante de la comunidad educativa o contra el

establecimiento, ya sea en horario de clases, como fuera de este. Copia o plagio de

evaluaciones o trabajos. No entrega de trabajos y evaluaciones escritas cuando

corresponda.

9 Deshonestidad escolar. Hacer usos de timbres u otros elementos del

Establecimiento sin la correspondiente autorización.

a) Alteración de documentos y notas en libros de clase o en documentos oficiales del

colegio.

b) Extracción de material oficial del Colegio.

c) Falsificar documentos oficiales del colegio.

d) Suplantación de personas y/o uniforme del establecimiento.

10 Porte y/o consumo de alcohol, así como de cualquier tipo de drogas ilícitas, tanto

dentro como fuera del colegio y en eventos auspiciados por éste.

11 Porte de armas o cualquier cosa peligrosa que se tipifique como delito.

12 Alteración de notas en documentos oficiales del establecimiento.

13 Fuga del establecimiento del estudiante una vez ingresado a clases. Desde Quinto

Básico a Cuarto Medio.

B. Las acciones asociadas a las faltas leves, menos graves, graves y gravísimas se

encuentran asociadas en su gravedad a situaciones procedimentales que se señalan a

continuación sin perjuicio de otras que pueda incorporar el Honorable Consejo de Profesores:

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

FALTAS LEVES

FALTAS GRAVES

FALTAS GRAVÍSIMAS

SE APLICARÁ SANCIÓN MÁXIMA DE SUSPENSIÓN

DE 7 DÍAS MIENTRAS SE ESTUDIA LA GRAVEDAD

DEL HECHO POR EL EQUPO DIRECTIVO EN

CONJUNTO CON EL HONORABLE CONSEJO DE

PROFESORES, PARA EFECTOS DE TOMAR LA

DECISIÓN DE DEJAR AL ESTUDIANTE EN

SITUACIÓN DE CONDICIONALIDAD O DE

CADUCIDAD DE MATRÍCULA INMEDIATA O A FIN

DE AÑO.

A) SI EL ESTUDIANTE POSEE CARTA DE

COMPROMISO PREVIA:

SE APLICARÁ SANCIÓN MÁXIMA DE SUSPENSIÓN

DE 7 DÍAS MIENTRAS SE ESTUDIA LA GRAVEDAD

DEL HECHO POR EL EQUPO DIRECTIVO EN

CONJUNTO CON EL HONORABLE CONSEJO DE

PROFESORES, PARA EFECTOS DE TOMAR LA

DECISIÓN DE DEJAR AL ESTUDIANTE EN

SITUACIÓN CADUCIDAD DE MATRÍCULA

INMEDIATA O A FIN DE AÑO.

B) SI EL ESTUDIANTE POSEE CARTA DE

CONDICIONALIDAD PREVIA.

SE APLICARÁ SANCIÓN MÁXIMA DE

CANCELACIÓN DE MATRÍCULA, LA CUAL PUEDE

HACERSE EFECTIVA DE MANERA INMEDIATA O A

FIN DE AÑO EN CONFORMIDAD A LO QUE

DECRETE EL HONORABLE CONSEJO DE

PROFESORES.

EL APODERADO Y EL ESTUDIANTE TENDRÁ EL

DERECHO A REALIZAR EL PROCESO DE APELACIÓN

POR ESCRITO EN UN PLAZO DE 5 DÍAS HABILES

DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA SANCIÓN. EN

ESTA APELACIÓN PODRÁ EXPONER SUS

ARGUMENTOS Y COMPROMISOS DE

MEJORAMIENTO DE SU COMPORTAMIENTO EN

LA COMUNIDAD EDUCATIVA. ESTA APELACIÓN

DEBERÁ PRESENTARSE A LA DIRECCIÓN DEL

ESTABLECIMIENTO. LA DIRECCIÓN, PREVIO

ACUERDO CON EL CONSEJO ESCOLAR DECIDIRÁ

LA RESOLUCIÓN CON RESPECTO A LA APELACIÓN.

UNA VEZ ESTABLECIDA LA RESOLUCIÓN, SI FUERA

DE APLICACIÓN DE LA SANCIÓN (CANCELACIÓN

DE MATRICULA) SERÁ INFORMADA DENTRO UN

PLAZO DE 5 DÍAS HÁBILES A LA SUPERINTENDECIA

DE EDUCACIÓN.

A) SI EL ESTUDIANTE REGISTRA EN EL LIBRO DE

CLASES 3 FALTAS LEVES SE LE CITA APODERADO

Y PROFESOR JEFE REALIZA PROCESO SE

SEGUIMIENTO CON EL ESTUDIANTE.

1°. DESPUÉS DE REALIZAR 3 FALTAS GRAVES:

A) CITACIÓN APODERADO.

B) DERIVACIÓN A DIRECTIVOS DEL

ESTABLECIMIENTO. (DIRECTOR –

INSPECTOR GENERAL – JEFE DE UTP).

C) SEGUIMIENTO DE EQUIPO

PSICOSOCIAL.

D) SUSPENSIÓN. CADA 2 FALTAS GRAVES

3 DIAS DE SUSPENSIÓN.

FALTAS MENOS GRAVES

A) SI EL ESTUDIANTE POSEE CARTA DE

COMPROMISO PREVIA:

A) SI EL ESTUDIANTE REGISTRA 3 FALTAS LEVES

CON CITACIÓN APODERADOS SE ROTULA COMO

FALTA MENOS GRAVE.

1°. DESPUÉS DE LA TERCERA FALTA GRAVE, SE

APLICA SUSPENSIÓN POR 5 DÍAS Y SE FIRMA

CARTA DE CONDICIONALIDAD.

B) SI EL ESTUDIANTE REGISTRA 3 FALTAS MENOS

GRAVES SE REALIZAN LOS SIGUIENTES

2°. SI SE COMETE NUEVAMENTE UNA FALTA

GRAVE, SE APLICA SUSPENSIÓN POR 5 DÍAS.

PROCEDIMIENTOS: 3°. SI SE COMETE NUEVAMENTE UNA FALTA

GRAVE SE APLICA SUSPENSIÓN DE 7 DÍAS. 1.- CITACIÓN APODERADO.

2.- DERIVACIÓN A CONVIVENCIA ESCOLAR

(ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR) Y/O

4°. SI SE COMENTE UNA NUEVA FALTA GRAVE, SE

ELEVA LA CATEGORÍA A FALTA “GRAVISIMA” Y SE

APLICA SUSPENSIÓN POR 7 DÍAS.

DUPLA PSICOSOCIAL. (Psicólogo - Trabajadora

social)

3.- CARTA DE COMPROMISO FIRMADA JUNTO

CON EL APODERADO.

C. Dada algunas de estas situaciones descritas, el Liceo establecerá las acciones formativas

– remédiales para apoyar al escolar reincidente en falta a través de planes articulados

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

preparados por el equipo multidisciplinario que permitan el desarrollo de comportamientos

vinculados al perfil de alumno de nuestro Establecimiento Educacional.

Es importante también resaltar aquellos comportamientos actitudes de índole positivo, que

conlleven al logro de los objetivos que se contemplan en los diferentes reglamentos,

documentos oficiales del liceo, clases y actividades académicas. Se destacará como positivo

los siguientes aspectos:

Un rendimiento igual o superior a seis coma cero.

La asistencia regular a clases.

La presentación personal en cuanto al uso permanente del uniforme escolar, corte de pelo

y/o peinado de estudiante.(corto a los lados y atrás y dos dedos de largo arriba para el

caso de los varones)

La constante responsabilidad en la presentación de tareas, cumplimiento con los

materiales solicitados, logro y desarrollo de sus actividades dentro de clases.

Su accionar en general demostrando la asimilación de valores que se le inculcan.

Respetando a los diversos integrantes de la comunidad educativa

Participando en actividades como Centro de Alumnos, Actos Cívicos, Desfiles, etc

Denunciando situaciones de Bullying o acciones de otros que atenten contra la integridad

de otros.

Obedeciendo y siguiendo los consejos de los profesores o inspectores.

Superando las deficiencias y destacando por el respeto a las normativas internas.

Se considerarán además como comportamientos positivos, aquellos que por circunstancias

especiales, sean considerados por el consejo de profesores o recomendado por el profesor

jefe, Director o bien por acciones que desarrolle el alumno en beneficio del prestigio del

Establecimiento. Aquellos alumnos que expresen los comportamientos positivos descritos

podrán, a juicio del profesor jefe, consejo de profesores o directivo, ser reconocidos a través

de un estímulo académico como:

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

- Recomendaciones especiales: Estas recomendaciones serán para postulaciones a

diferentes beneficios.

- Felicitaciones Especiales: Estas serán enviadas al apoderado, principalmente por

disciplina, rendimiento, asistencia, presentación personal.

- Constancia en la hoja de vida: Para quienes destaquen en algunas actividades

específicas y las registrarán los docentes o directivos.

- Diploma de honor: Entregados en actos internos o de finalización de año, para

quienes se destaquen a nivel de Establecimiento.

Artículo 40°

El incumplimiento de las normativas de nuestro Establecimiento Educacional se comunicará

por escrito a los padres y apoderados a través de la Agenda Escolar, por el Profesor Jefe,

Profesor de Asignatura, Orientador, Inspector General o en caso extraordinario por el Director,

cuando proceda, siendo citados y notificados de la sanción a establecer.

Artículo 41°

Reincidencia de este tipo de situaciones determinará que el Orientador, en conjunto con el

Profesor correspondiente, analice el caso en detalle, a fin de proponer medidas tendientes a

superar la deficiencia conductual del estudiante.

Artículo 42°

Habiendo agotado los medios pedagógicos (Negociación, Arbitraje, Mediación, Amonestación

Verbal; Anotación en Libro de Clase u Hoja de Vida; Citación de Apoderados; ejecución de

Planes Remediales, etc.), sin haber logrado una superación o rectificación de la situación que

afecte al alumno, a sugerencia del Profesor Jefe y con el respectivo informe por escrito, el

Colegio tomará la resolución correspondiente según amerite el caso (Trabajos comunitarios,

Suspensión (de uno a tres días, de acuerdo a la gravedad) , Amonestación Disciplinaria,

Condicionalidad y Cancelación de Matrícula).

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Artículo 43º

Se considerarán agravantes o atenuantes ante el incumplimiento del Reglamento de

Convivencia Interno del Establecimiento Educacional: la edad, rol, jerarquía, estado de salud

y según diagnostico medico del estudiante. Estos datos aportan contextualización relevante

para estudiar la situación y determinar la sanción, en caso que el hecho lo amerite.

Artículo 44°

Las conductas descritas en el Artículo 41° serán sancionadas según su gravedad de acuerdo

a la tipificación establecida en el Artículo 48°.

TÍTULO IX: DE LAS ACCIONES FORMATIVAS - REMEDIALES

Artículo 45°

La disciplina en los estudiantes tiene, en su esencia, un carácter formativo promoviendo una

sana convivencia que permita un mejor proceso de aprendizaje. Todos los alumnos son

responsables de un sano orden que permita el trabajo armónico en el Liceo. Para ello, la

Dirección del Establecimiento Educacional, en conjunto con Profesores Jefes, Profesores de

Asignatura, Directivos y Asistentes de la Educación pueden ejercer su autoridad formativa

sobre todos los estudiantes del Colegio. Los estudiantes tienen el deber de guardar respeto a

las personas y al ejercicio de sus funciones. Acciones contrarias a esto se considerará una

Falta Grave.

Artículo 46°

Por ello, los estudiantes que se niegan a respetar la normativa disciplinaria, estarán sujetos a

las acciones formativas pertinentes, de acuerdo a las conductas que presenten. Esto implica

desde la toma de acuerdos y resolución del conflicto hasta acciones que condicionen su

permanencia en el Establecimiento.

Las acciones formativas procederán a considerar la conducta inadecuada y aplicar la o las

medidas formativo remédiales que corresponda, asumiéndolas el estudiante y su familia.

1. La negociación

La negociación es una forma de mediar conflictos entre las partes involucradas del mismo, sin

intervención de terceros, para que los implicados entablen una comunicación en busca de una

solución aceptable a sus diferencias, la que se explicita en un compromiso. Los involucrados

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

se centran en el problema pensando en una solución conveniente para ambos y en la que las

concesiones se encaminen a satisfacer los intereses comunes. Esta estrategia puede ser

aplicada, también, entre personas que se encuentran en asimetría jerárquica (un profesor y

un estudiante, por ejemplo), siempre y cuando no exista uso ilegítimo de poder por una de las

partes. Este tipo de acción remedial es enseñada por los docentes y ejercitada en los

consejos de curso, actividades de aula, etc., y es el profesor jefe acompañado por toda la

comunidad educativa quién y quienes enfatizamos este mecanismo resolutivo de conflictos.

2. El arbitraje.

Procedimiento guiado por un Profesor, Inspector, Inspector General u Orientador a través del

diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las posiciones e intereses de los involucrados ante

un conflicto, indagando sobre una solución justa y formativa para ambas partes, en relación a

la situación planteada. La función del educador es buscar una solución formativa para todos

los involucrados, sobre la base del diálogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia

vivenciada en el conflicto.

3. La mediación.

Mediante la formación en consejos de curso, actividades de aulas y a través de los diversos

profesores se establece la Medicación como procedimiento en el cual un escolar o grupo

escolares, ajenos al conflicto, ayudan a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución

del problema, sin establecer sanciones ni culpables, sino buscando el acuerdo para

restablecer la relación y la reparación cuando sea necesaria. El sentido de la mediación es

que todos los involucrados aprendan de la experiencia y se comprometan con su propio

proceso formativo. El mediador adopta una posición de neutralidad respecto de las partes en

conflicto y no impone soluciones, sino que orienta el diálogo y el acuerdo.

Tanto para la Negociación, Arbitraje y Mediación es importante tener presente que no es

aplicable la mediación cuando ha existido un uso ilegítimo de la fuerza o el poder,

porque esta estrategia no está orientada a sancionar conductas de abuso. Según

corresponda y definido a través del profesor jefe, en cada curso se definirán a los estudiantes

monitores que desarrollen el trabajo de “mediación escolar” con la finalidad de construir

acuerdos ante situaciones conflictivas entre pares.

4. Amonestación Verbal.

La podrá realizar todo agente educativo de la comunidad cuando lo estime conveniente, con

el fin de hacer entender al estudiante de sus deficiencias y que la reincidencia en las mismas

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

puede significarles serios prejuicios académicos y de formación personal. (Por ejemplo:

impuntualidad, irresponsabilidad, incumplimiento de fecha de entrega de trabajos, juegos

bruscos, groserías y agresiones, etc.)

5. Anotación en el Libro de Clases u Hoja de Vida.

Si las conductas del alumno son interpretadas como faltas por parte del profesor, el docente

debe registrarlas en el Libro de Clases o en la Hoja de Vida. Se espera que antes de efectuar

esta medida se presente antes una indicación al alumno del comportamiento inadecuado de

este junto con una recomendación. En caso de persistir la acción disruptiva del estudiante y

que recaiga en falta se establece la amonestación. De esta forma es recomendable utilizar

estos mecanismo y luego consignar en el libro de clases la falta del escolar.

En caso de comportamientos valorados por el profesor estos deben ser también registrados

en el Libro de clases como medio de refuerzo de aspectos positivos del alumno. El registro de

la observación debe ser en la hora de clases, comunicando al alumno y efectuando lectura de

lo registrado. No debe ser compartido a todo el salón la observación negativa registrada para

no incurrir ridiculizaciones en contra del alumno. En cambio, las observaciones positivas

deben ser socializadas en clases para refuerzo del alumno y como modelo para sus

compañeros.

6.-Citación de Apoderados.

El apoderado podrá ser citado al Establecimiento Educacional por el Profesor de Asignatura,

por el Profesor Jefe, el Orientador, el Inspector General y/o en caso extraordinario por

Dirección. El apoderado citado por aspectos del desempeño del alumno en el Colegio, como

reincidente en mal comportamiento al interior o fuera de la sala de clases; desmotivación

frente a los deberes escolares; acumulación de anotaciones no deseables, etc., deberá

asumir, junto con el alumno, las estrategias que se determinen para superar los aspectos no

deseables detectados.

La asistencia del apoderado a la citación, el motivo, la estrategia y el compromiso de

superación, quedarán consignados, junto a la firma del apoderado, en la hoja de

observaciones del libro de clases del alumno.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

7.-Trabajo Comunitario.

Ante el conocimiento y autorización del apoderado, se empleará la modalidad de Trabajo

Comunitario como una forma alternativa de sanción para el estudiante fuera de las horas de

clases, supervisado por Inspectoría o algún funcionario de nuestro Colegio.

El alumno que se encuentre cumpliendo esta permanencia no podrá participar en actividades

organizadas por el colegio en ese horario. La ausencia del alumno a esta permanencia será

causal de suspensión de clases.

8. Suspensión de clases.

Se hará merecedor a esta sanción aquel alumno que en forma reincidente, insista en no

acatar las normas de convivencia y conducta establecidas por el Colegio para sus alumnos.

Puede ser como resultado a faltas únicas o reiteradas que ameriten tal determinación.

El alumno no asistirá a clases ni participará en ninguna actividad escolar hasta que haya

cumplido con la suspensión.

Para dejar constancia de la toma de conocimiento y motivos de la sanción, el Apoderado

deberá presentarse en Inspectoría General con el alumno sancionado para poder reintegrarlo

a clases.

Si la suspensión coincide con períodos de evaluación, el alumno deberá rendir las pruebas

una vez cumplida la sanción, en las fechas y horarios establecidos por la Unidad Técnico

Pedagógica del Establecimiento, en coordinación con el profesor que corresponda,

estableciéndose las condiciones que estipule el Reglamento de Evaluación.

9. Plan de Medidas Remediales.

Es un sistema que establece una relación de ayuda para modificar conductas no deseables

en los estudiantes. A objeto de orientar el proceso formativo del estudiante y visualizar los

problemas disciplinarios o de rendimiento, dentro de las etapas del desarrollo normal que

experimenta un estudiante en el camino de su madurez personal, se enfatizará el rol de los

apoderados en la adquisición de comportamiento personal del educando. Esto se realizará a

contar desde la primera suspensión. Ante esto se realizará un apoyo conductual con el

escolar. Es el profesor jefe junto con el apoyo de Inspectoría General y Orientación quién se

encarga del inicio y desarrollo de esta medida.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Su procedimiento consta de tres etapas:

Para la acción de apoyo conductual de los estudiantes con problemas de indisciplina o de

rendimiento será necesario que el Establecimiento recurra a lo siguiente:

9.1 Recolección Antecedentes

Elaboración por parte del profesor jefe de Informe de Escolar del Comportamiento o de

Rendimiento Escolar del Estudiante.

Registro de Observaciones del Libro de Clases con anotaciones de Profesores e

Inspectoría General.

Registro de Observaciones de la Unidad de Inspectoría General y Convivencia Escolar.

Antecedentes de Notas e Informes de Personalidad (y otras observaciones en cuanto a

sociabilidad y relaciones interpersonales)

Antecedentes de Salud (Certificado Médico si sé requiere con el diagnóstico de la

problemática, según el caso y pertinencia).

Registro de Entrevistas del Profesor Jefe, Profesor de Asignatura, Orientador con el

alumno y sus padres.

Acta de consejo de profesores donde se haya abordado el caso del estudiante.

Todo informe, antecedente y/o documento indicado anteriormente debe ser archivado en una

carpeta personal del alumno con copia a Orientación.

La documentación que lleve el Establecimiento para el seguimiento del caso de un alumno

con problemas de indisciplina, debe permitir en cualquier momento:

Conocer la problemática del estudiante.

Constatar la variación deseable o no deseable de la conducta observada durante y al

término de la acción orientadora.

La acción a que dé lugar, una vez concluida la acción orientadora.

9.2. Acción Educativa-Remedial del Establecimiento en relación a la Problemática.

Identificación de la conducta desadaptativa (agresividad, irresponsabilidad, desorden, falta

de honradez, groserías e impulsividad, etc.).

Acuerdos y objetivos fijados con el alumno en coordinación con los Padres y Profesor Jefe.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Seguimiento y asesoramiento desde Orientación. El docente a cargo de la jefatura debe

también efectuar entrevistas con el alumno y sus apoderados como medida de apoyo.

En caso de requerir Orientación puede efectuar derivación del caso a redes de apoyo

(CESFAM, PIB, PIE, etc.) o derivaciones al Psicólogo del Establecimiento como medida

complementaria de apoyo.

Establecer un tiempo asignado para mejorar el comportamiento y superar la conducta

desadaptativa, período establecido por el Colegio.

Evaluación y conclusión orientadora realizada (Alumnos, Padres, Profesor Jefe, Profesor

de Asignatura y Directivo).

9.3. Resolución Final.

La resolución que determine el establecimiento educacional con el estudiante atendido por

problemas conductuales debe concluir de la siguiente manera:

A) Superación del problema e inserción adecuada del estudiante.

B) Sanción según Manual de convivencia en caso de persistencia de las faltas del

escolar.

C) Ante la persistencia de faltas a la convivencia escolar se establecerá la solicitud de

traslado del estudiante o cancelación automática de su matrícula.

10. Condicionalidad

Esta medida será resuelta en Consejo General de Profesores, considerando los antecedentes

puntuales del estudiante.

Dicha medida es ratificada por Dirección, de acuerdo a los antecedentes presentados. No

obstante ante faltas de carácter Grave, en las cuales existan agravantes evidentes y que

requieran una rápida resolución, la condicionalidad operará en forma automática a indicación

de Dirección, en consulta con los estamentos que sean necesarios.

Los tipos de condicionalidad que se podrán determinar son las que siguen a continuación:

A. Por Conducta

Se aplicará a todos aquellos estudiantes que, de una u otra manera, hubieren mantenido en

forma permanente y sistemática, una actitud no deseable, reincidente sobre la normativa

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

disciplinaria planteada por el Liceo, como por ejemplo: suspensión de clases; acumulación

excesiva de anotaciones no deseables durante el semestre; reiteradas faltas injustificadas a

clases y evaluaciones; participación o complicidad en actos en que se ponga en peligro la

seguridad y honorabilidad de otras personas; salir del Establecimiento sin autorización o por

todo acto que atente contra los principios éticos y morales.

C. Por Atrasos

Se aplicará a todos aquellos estudiantes que durante un semestre académico presente un

10% de atrasos, respecto a los días del periodo escolar que se debe asistir sin justificación

medica.

D. Por Inasistencias Reiteradas

Se aplicará a todos aquellos estudiantes que durante un semestre académico presente un

15% de inasistencia sin justificativo médico, respecto a los días del periodo escolar que se

debe asistir.

10. Retiro o Cancelación de matrícula.

Esta medida podrá ser sugerida por el Consejo de Profesores de Curso, Consejo de

Evaluación, Informe de Plan de medidas remediales y resuelta por la Dirección del Colegio.

En el caso que un estudiante esté condicional y que a su vez en el periodo de condicionalidad

ha repetido de curso, su matrícula será cancelada automáticamente. Se hará merecedor

también de esta sanción todo estudiante que, estando condicional por rendimiento y/o

conducta, no demuestre ningún sentido de superación o mejoramiento.

A los apoderados de los estudiantes que hubieren sido sancionados con esta medida, les

será comunicada oficialmente. Para este efecto, se le citará al Colegio a tomar conocimiento

por el Inspectoria General.

Sólo se podrá apelar ante el Director del Establecimiento, adjuntando los antecedentes del

descargo en un plazo no superior a 5 días hábiles posterior a la toma de conocimiento por

parte del apoderado. La resolución final a dicha petición les será comunicada oportunamente

y de manera personal al padre y/o apoderado.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

TÍTULO X: PROTOCOLOS

VIOLENCIA ESCOLAR Y VULNERACIÓN DE INTEGRIDAD DE LOS MIEMBROS DE LA

COMUNIDAD EDUCATIVA.

Artículo 47° El Liceo Isabel Riquelme rechaza toda manifestación que atente contra la

integridad de alguno de los miembros de la comunidad educativa. Ante casos que se susciten

en el periodo escolar, el Liceo establece los siguientes Protocolos de Actuación que

permitirán, de forma clara, seguir un mecanismo de acción ante diversas situaciones. A

continuación se establecen algunos Protocolos de Actuación ante diversos eventos que

pudieran manifestarse.

1 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE DENUNCIAS DE BULLYING.

Nuestro Establecimiento educacional se muestra contrario ante la manifestación de acoso

escolar priorizando el bienestar de todos los integrantes de la comunidad. El acoso escolar

(también conocido como hostigamiento escolar, matonaje escolar, o por su término inglés

Bullying) es cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares

de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado. Ante esto y según las disposiciones

legales se establecen algunos mecanismos vinculados a protocolos de actuación.

-Recepción de la denuncia del afectado o de sus padres. Esto es acogido por su profesor

jefe o encargado de convivencia escolar,

-información por escrito a Dirección del establecimiento.

-En el caso de estudiantes se presenta en Anexo 4 un formato de entrevista para estos

casos.

- Ante esto se procede a completar la pauta de indicadores de urgencia (Anexo 1),

- Se notifica a los apoderados del estudiante denunciante y del denunciado

- . Todo el proceso e información recepcionada también se registrará en la Lista de Cotejo

(Anexo 3).

- Se establecerá constancia a Superintendencia de Educación, Policía de Investigaciones

y/o Carabineros comunicando lo ocurrido e inicio de proceso de investigación.

- Remitir información del proceso de investigación a Dirección del Establecimiento y

Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM). Las conclusiones de la

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

investigación también serán notificadas también a través de Informe Concluyente (Anexo

2) a las instancias ya descritas.

- Se establece una comisión investigadora de forma inmediata quién genera la investigación

de acuerdo a lo denunciado por el escolar. Esta comisión está dirigida por el Encargado de

Convivencia Escolar y dos integrantes de la comunidad educativa que represente a algún

estamento (representante de alumnos, apoderados, profesores).

- La investigación posee caracteres vinculados a establecer responsabilidades de lo

ocurrido. Se realizarán entrevistas con los escolares, que por acción directa o indirecta,

mantuvieron una participación en los hechos denunciados y/ o fueron testigos de los

eventos.

- De manera complementaria, se brindará apoyo por parte del Liceo al escolar afectado y

denunciado, y se garantizará su desarrollo académico de la forma más adecuada posible.

Estas acciones quedarán establecidas en la Pauta de indicadores de Urgencia (Anexo

1).

- Se espera que las partes involucradas busquen mediar lo ocurrido con la finalidad de

encontrar instancias de reparación y acuerdos bajo la supervisión del Establecimiento

Educacional a través de su Encargado de convivencia y con la colaboración del Orientador

e Inspector General. Los apoderados deben buscar de igual forma acuerdos y proporcionar

bienestar a todos los involucrados asumiendo responsabilidades y acuerdos.

- Ante este tipo de situación se establece una duración de 10 días hábiles para realizar las

investigaciones y entrega de Informe Concluyente (Anexo 2) de la comisión

investigadora, el cual es presentado a Dirección del Liceo, Departamento de

Administración de Educación Municipal, Superintendencia de Educación, Carabineros y/o

Policía de Investigaciones. Tanto los apoderados del alumno afectado y denunciado serán

informados de los resultados del Informe Concluyente (Anexo 2).

- Según la tipificación de faltas descritas en Art. 41 y sesión de consejo de profesores se

determinarán las sanciones correspondientes según las responsabilidades investigadas.

Ante la comprobación de la responsabilidad del escolar por la denuncia efectuada se

considerará como falta grave siendo el Liceo quién establezca la sanción correspondiente.

- Habiendo agotado las instancias de resolución del conflicto y reincidiendo en acciones que

atenten contra la integridad del otro se establecerá la cancelación inmediata de matrícula

del alumno(s) responsable(s).

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

1. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE DENUNCIAS DE ACOSO, HOSTIGAMIENTO,

AGRESIONES VERBALES, FÍSICAS O PSICOLÓGICAS O MEDIANTE CUALQUIER

MEDIO QUE ATENTE LA INTEGRIDAD ENTRE MIEMBROS DE LICEO.

Siguiendo una política de convivencia escolar que vele por el sano desarrollo de todos los

integrantes que la componen, se establece que cualquier acción de acoso, hostigamiento,

agresiones de tipo verbal, física o psicológica entre cualquiera de los miembros del Colegio

de forma directa o indirecta será considerada como Falta Grave a la integridad de la

Convivencia Escolar, constatando lo ocurrido a Carabineros o Policía de Investigaciones y

estableciendo notificación en Superintendencia de Educación (del profesor a un alumno, de

un alumno al profesor, de un apoderado al alumno, etc). Esta situación es notificada a

Dirección y al Departamento de Administración de Educación Municipal. El protocolo de

actuación es el siguiente:

- Recepción de la denuncia del afectado, ya sea por el Docente, Inspector General u

Orientador.

- Se establece una comisión de investigación dirigida por el encargado de convivencia

escolar y dos miembros que representen a sus estamentos respectivos (alumno, profesor,

apoderado).

- Se realiza constancia en Superintendencia de Educación, Carabineros y/o Policía de

Investigaciones indicando la situación e inicio de investigación. Dirección y Departamento

de Administración de Educación Municipal es notificado de la situación.

- La comisión de Investigación inicia las diligencias correspondientes en base a entrevistas

con el afectado, denunciado y testigos.

- Ante este tipo de situación se establece una duración de 15 días hábiles para realizar las

investigaciones y entrega de informe de la comisión investigadora, el cual es presentado a

Dirección del Liceo, Departamento de Administración de Educación Municipal,

Superintendencia de Educación, Secretaría Provincial de Educación, Carabineros o Policía

de Investigaciones.

- Ante lo ocurrido y la determinación de faltas según las responsabilidades que se

determinen, es el Colegio, a través de las sugerencias del Consejo Escolar y

Superintendencia de Educación quien determinará la sanción correspondiente,

comunicando también esta situación al afectado y denunciado.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

- En caso que la responsabilidad de los hechos recaigan en la figura del apoderado se

solicitará su cambio inmediato.

2. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE DENUNCIAS DE CIBER ACOSO O CYBER

BULLYING.

Ciber acoso (también llamado cyber bullying por su traducción al inglés) es el uso de

información electrónica y medios de comunicación tales como correo electrónico, redes

sociales, blogs, mensajería instantánea, mensajes de texto, teléfonos móviles, y websites

difamatorios para acosar a un individuo o grupo, mediante ataques personales u otros. El

ciber acoso es voluntarioso e implica un daño recurrente y repetitivo infligido a través del

medio del texto electrónico. Este tipo de acoso pretende causar angustia emocional,

preocupación y vulnerar la integridad y sano desarrollo de la persona. El ciberacoso puede

también incluir amenazas, connotaciones sexuales, etiquetas peyorativas, etc. Ante este

tipo de situación, el protocolo de acción es el siguiente:

- Recepción de la denuncia del alumno afectado, ya sea por el Docente, Inspector General u

Orientador.

- Se establece una comisión de investigación dirigida por el encargado de convivencia

escolar y dos miembros que representen a sus estamentos respectivos (alumno, profesor,

apoderado).

- Se realiza la notificación a los apoderados, tanto del afectado como del denunciado.

- Se establece la notificación de lo sucedido a Dirección y Departamento de Administración

de Educación Municipal.

- Se realiza constancia en Carabineros y/o Policía de Investigaciones y Superintendencia de

Educación indicando la situación e inicio de investigación.

- La comisión de Investigación inicia las diligencias correspondientes en base a entrevistas

con el afectado, denunciado y testigos.

- Ante este tipo de situación se establece una duración de 10 días hábiles para realizar las

investigaciones y entrega de informe de la comisión investigadora la cual es presentada a

Dirección, al Departamento de Administración de Educación Municipal, Superintendencia

de Educación Carabineros y/o Policía de Investigaciones.

- Ante lo ocurrido y la determinación de faltas según las responsabilidades que se

determinen, es el Establecimiento Educacional, a través de las sugerencias del Consejo

Escolar y Superintendencia de Educación, quien determinará la sanción correspondiente.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

- En caso que la responsabilidad de los hechos recaigan en la figura del apoderado se

solicitará su cambio inmediato otorgando esta responsabilidad al familiar más cercano y

responsable en la labor encomendada. Esta medida posee una perspectiva remedial la

cual privilegia la conservación de una sana convivencia y el desarrollo educativo óptimo del

alumno.

- En caso de responsabilidad del alumno ante situaciones de este tipo, se efectuará la

aplicación del reglamento estableciendo la condicionalidad de matrícula de forma

automática.

- Si la responsabilidad recae en algún funcionario del Liceo se establecerá si éstas se

vinculan con faltas administrativas en su rol y función en la cual se desarrolla.

3. PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ANTE ACOSO SEXUAL, ABUSO SEXUAL Y

VIOLACIÓN

Con la finalidad de prevenir situaciones que alteren la integridad de la Convivencia escolar

y sano desarrollo de los escolares, se establece que el Liceo Isabel Riquelme rechaza

cualquier acción vinculada a acoso sexual, abuso sexual, violación y cualquier medio de

vulneración de los derechos de los niños y escolares, generando en el Establecimiento

jornadas, clases y espacios que se vinculen al auto cuidado y conocer aspectos vitales en

el desarrollo sano de la sexualidad. Ante cualquier denuncia de tipo sexual el

procedimiento establecido por el Liceo es el siguiente:

- Recepción de la denuncia del afectado. El colegio toma registro en Inspectoría General

acompañado por un funcionario adicional del Colegio (Profesor u Orientador).

- Se notifica a Dirección del Liceo y Departamento de Administración de Educación

Municipal de la situación.

- Se realiza la notificación a los apoderados del denunciante y denunciado. Se indica a los

apoderados del alumno (a) afectado (o) su responsabilidad en establecer constancia y

denuncia en Carabineros y/o Policía de Investigaciones de la situación.

- El Establecimiento Educacional realiza notificación en Carabineros y/o Policía de

Investigaciones y Superintendencia de Educación indicando la situación e inicio de

investigación.

- Se conforma una comisión de investigación dirigida por el encargado de convivencia

escolar con dos personas que acompañen en las diligencias pertinentes. Estas personas

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

son representantes de algún estamento del establecimiento (profesor, alumno, docentes,

etc.).

- La comisión de Investigación inicia las diligencias correspondientes en base a entrevistas

con el afectado, denunciado y testigos. Cualquier entrevista con alumnos es notificada y

autorizada por sus apoderados (con firma en acta de investigación el apoderado autoriza la

declaración del alumno).

- Ante este tipo de situación se establece una duración de 20 días hábiles para realizar las

investigaciones y entrega de informe de la comisión investigadora la cual es presentada a

Dirección, Departamento de Administración de Educación Municipal, Superintendencia de

Educación y Carabineros y/o Policía de Investigaciones.

- Si la acción de vulneración es dirigida de por un funcionario del Establecimiento hacia un

alumno el Liceo sólo puede determinar faltas de tipo administrativo según su rol,

responsabilidades y función en el Colegio. Ningún miembro de la comunidad puede

determinar la existencia de algún delito sexual dado que existen instituciones e instancias

legales y judiciales encargadas en este sentido. Es así que cualquier sanción establecida

por el Colegio se vincula a lo señalado. Aún así toda información que es parte de la

investigación del Liceo es enviada a Carabineros yo Policía de Investigaciones y

Superintendencia de Educación.

- Ante este tipo de situaciones el Liceo colaborará y recepcionará las diversas indicaciones y

sugerencias provenientes de Carabineros y/o Policía de Investigaciones, Superintendencia

de Educación y Organismos Judiciales.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

5 PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES

Artículo 48 °

En casos de accidentes de escolares pertenecientes a establecimientos municipales y

particulares La Ley en su Art. 3° dispone lo siguiente:

“estarán protegidos todos los estudiantes de establecimientos fiscales o particulares por los

accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica

profesional. Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en

el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia

incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que

puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos

educacionales”.

En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, del Liceo Isabel Riquelme de Las

Canteras, tanto de la educación parvularia, básica, Media, están afectos al Seguro Escolar

desde el instante en que se matriculen en el Liceo.

En los aspectos reglamentarios, el siguiente Protocolo Oficial se aplicará en: actividades curriculares lectivas; actividades extracurriculares, extraescolares, talleres, academias y actividades deportivas autorizadas, a nivel interno y externo, por el Liceo; en todas las dependencias internas: comedor, patios, multi cancha y laboratorios computación y de Ciencias.

CONSIDERACIONES GENERALES: A lo anterior nuestro Protocolo de Actuación establece lo siguiente:

El Protocolo deberá ser conocido por todo los funcionarios, por los Alumnos(as) y por los Padres y Apoderados(as) del Liceo;

Inspectoría General mantendrá un registro actualizado de los padres y apoderados del

establecimiento y la forma de establecer rápido contacto con ellos, a través de sus teléfonos.

El Inspector General, deberá completar el formulario de ACCIDENTE ESCOLAR de modo que

la atención médica o dental, quede cubierta por el Seguro Escolar.

Todo procedimiento debe ser registrado en la declaración individual de accidente Escolar y

Bitácora del Liceo por Inspector General o por quién se delegue.

Tanto en caso de accidentes menos graves como graves, Inspectoría General informará a los

padres de inmediato a teléfono fijo o celular registrados por éstos en el Colegio, o en la forma

que resulte más expedita

-

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

PASOS A SEGUIR FRENTE A UN ACCCIDENTE ESCOLAR

PASO 1

-Ocurrido un accidente escolar, el adulto (funcionario o apoderado) más próximo al alumno(a) lesionado(a) y/o que ha constatado el accidente, deberá gestionar de inmediato que se informe a un funcionario o directamente a la encargada de enfermería (Sra. Karen Almendras) para solicitar el apoyo correspondiente, sin dejar solo en ningún momento al afectado. También, es imprescindible, de inmediato, informar del accidente al inspector general para trámites de rigor.

PASO 2

-Entrega de primeras atenciones: mantener la calma, revisar la lesión, no mover al alumno (a) que ha sufrido una caída o golpe, abrigarlo, contenerlo etc. Si la lesión es leve será atendido en la enfermería del establecimiento. Requerir la silla de ruedas para el desplazamiento si procede

-Paralelamente se da aviso de inmediato a los padres, dando curso sin esperar la confirmación de ellos a las acciones siguientes. Si el apoderado no responde el teléfono indicar a través de un mensaje de texto que el establecimiento requería comunicarse con él.

PASO 3

-La atención de los primeros auxilios la proveerá el Cesfam ya sea en el consultorio o en el lugar del accidente -Solicitar ambulancia (si procede) al cesfam de las Canteras

PASO 4

-Trasladar al (o la) accidentado (a) al centro de salud correspondiente, siempre acompañado por un funcionario del establecimiento.

PASO 5

-En el servicio de urgencia, y previa información entregada a los padres de las circunstancias en que se produjo el accidente, es el lugar donde el funcionario o funcionaria entrega el niño (a) a sus padres o familiar designado por ellos, quedando desde ese momento el (la) niño (a) bajo la responsabilidad de sus padres o tutores. En caso que los padres no lleguen al servicio de urgencia será el funcionario el responsable de acompañar al estudiante hasta su hogar. Para estos efectos el liceo clasifica los accidentes escolares en:

I.- LEVES: son aquellas heridas superficiales o golpes suaves que solo requieren de la

atención primaria en el Liceo.

II.- GRAVES: son aquellas que requieren de atención inmediata de asistencia médica,

como caídas de altura, golpe fuerte de la cabeza u otra parte del cuerpo, heridas

sangrantes por cortes profundos, quebraduras de extremidades, pérdida del

conocimiento, quemaduras, atragantamientos por comida u objetos.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

6 PROTOCOLO PARA INGRESO O RETIRO DE ESTUDIANTES DURANTE LA JORNADA

ESCOLAR.

Artículo 49°

No se permitirá el ingreso o la salida de estudiantes del Liceo durante la jornada de clases.

Los alumnos cuentan con el tiempo y la tranquilidad suficiente para poder desarrollar sus

actividades formativas. En este sentido los padres y apoderados deberán procurar no asignar

otros roles a sus hijos, durante las horas en que asisten al colegio o a las que dedican a sus

deberes académicos.

Las ausencias o retiros de alumnos durante la jornada de clases significan para ellos, un

grave deterioro en el rendimiento académico, toda vez que ello conlleva a la perdida de horas

de clases.

En caso de excepción, el apoderado deberá seguir el siguiente protocolo:

1.- Los alumnos deben asistir al colegio diariamente, presentándose a las 08:30 hrs., con

el uniforme completo del Liceo, todo atraso o inasistencia debe ser justificada por el

apoderado que figura en la ficha del alumno.

2.- El estudiante sólo se podrá retirar del establecimiento cuando su apoderado o

apoderado suplente designado en la ficha de matricula se hagan presentes en el Liceo.

El Inspector encargado deberá comprobar que éste sea efectivamente el apoderado

registrado en la ficha de matrícula.

3.- Ningún alumno podrá salir del colegio con justificativos, llamados telefónicos o

comunicaciones.

4.- Los estudiantes podrán retirarse, previa autorización del Inspector General, durante

la jornada de clases por razones de fuerza mayor; ya sean horas médicas (debidamente

comprobadas con carnet de atención o bono), fallecimiento de un familiar directo,

órdenes de juzgado, o en el caso de estudiantes que son madres, por enfermedad o

control de salud de sus hijos, también debidamente comprobables.

5.- También podrán ser retirados los alumnos que durante la jornada de clases presenten

síntomas de alguna enfermedad que requiera ser atendida por su apoderado o médico

tratante; en cuyo caso deberá ser el apoderado quien retire al estudiante. En este sentido

el apoderado será notificado telefónicamente por un Asistente de la Educación o por

Inspector General directamente.

6.- En ningún caso se autorizará el retiro de alumnos por trámites u otros motivos que

sean de responsabilidad de sus padres o apoderados; ya sean el reemplazo en el

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

cuidado de los niños, compras, u otras funciones domésticas. Menos aún cuando el

estudiante informe sentirse enfermo.

7. - El apoderado deberá identificarse y posteriormente solicitar el retiro en Inspectoría

General, siempre y cuando cumpla con alguna de las razones anteriormente

mencionadas, en caso de que se le autorice el retiro, el apoderado deberá esperar en el

Hall de entrada o oficina de Inspectoria, el tiempo que tome ubicar a su pupilo en las

instalaciones del Liceo, sobre todo durante las horas de recreo y colación, en ningún

caso ingresará a la sala a buscarlo.

8.- El retiro de estudiantes quedará observado en el LIBRO de REGISTRO de SALIDAS

que estará en Inspectoria, se tiene que indicar: fecha, nombre estudiante, curso, motivo

salida, hora ida, persona que retira (nombre, firma, rut) o en caso de un curso: profesor a

cargo del curso, funcionario que autoriza la salida, hora de regreso. Asimismo quedará

consignado en el LIBRO DE CLASES.

7 PROTOCOLO EN CASO DE SISMOS U OTRAS EMERGENCIAS.

Artículo 50°

Los sismos, incendios, bombas son eventos no predecibles, por lo que todo integrante de

nuestra comunidad educativa debe saber cómo actuar antes, durante y después de estos

eventos en nuestro Liceo.

ANTES DE LA EMERGENCIA

1.- Conversar en el Liceo acerca de los sismos, incendios, escape de gas y otros posibles

desastres con profesores, apoderados y alumnos.

2.- Organizar programas de preparación para futuros sismos, incendios incluyendo

simulacros de evacuación dos veces al mes.

2.1 Cada profesor jefe realizará ensayo con su curso, previo al ensayo general, respetando los procedimientos del Plan. 3.- Señalizar la ubicación de extintores, vías de escape y salidas.

3.1 Vías de escape segundo nivel:

- Escalera Norte - Escalera Sur - Escalera Cordillera

4.- Identificar y marcar las zonas más seguras para ubicarse en ellas. Es importante alejarse

de ventanales.

Zona 1 = Patio de ceremonias, (frontis Liceo), Responsable: Moisés Montoya

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Zona 2 = Patio interior multicancha, Responsable: Gloria Quilaqueo (frente Prekinder), Karen Almendras (sector lavamanos).

Zona 3 = Patio de celebraciones (salida hacia Multicancha Municipal), Responsable: Mamerto Troncoso

Zona 4 = Patio cordillera (salida cocina), Responsable: Edmundo Martínez

5.- Identificar las rutas de evacuación y realizar simulacros preventivos de comportamiento.

1º Nivel: Salas : 1, 6, 10, administración; evacuación: zona 1 Salas : 2 – 3 – 4 – 5 – 7 - 8; evacuación: zona 2 Salas : 9; evacuación: zona 3

2º Nivel: Salas : 17 - 18 – 19 – 20 – 21 – 24 - 25; salen por: escalera Norte; evacuación: zona 1 Salas : 11 – 12 – 13 – 14 – 15 – 16; salen por: escalera sur; evacuación: zona 2 Salas : 22 – 23 - 26 – 27 – 28 – 29 - 30 – 31; salen por: escalera cordillera; evacuación: zona 4

6.- Revisión periódica de instalaciones de gas y electricidad para evitar una complicación del

desastre, que varios funcionarios aprendan a desconectarlos, responsables Comité de

Emergencia.

7.- Asegurar objetos pesados que se puedan caer tales como bibliotecas, estantes,

televisores, computadores etc.

8.- Tener a la mano los números telefónicos de emergencia responsable Sra.Miriam

DURANTE LA EMERGENCIA

1.- Se da aviso al Liceo por el toque de campana. Y seguir las instrucciones dadas en los

simulacros

2.- Conservar la calma y tranquilizar a las personas a su alrededor.

3.- De tener la oportunidad de salir rápidamente del edificio hacerlo inmediatamente, pero en

orden. No gritar, no correr, no empujar y dirigirse a las zonas de seguridad.

4.- Si se está dentro de la sala de clases, abrir la puerta de acceso, protegerse arrodillándose

al lado de los bancos, alejarse de las ventanas y darle la espalda, cubrirse la cabeza con los

brazos.

5.- El curso no sale de la sala durante el sismo, espera orden de evacuación, el profesor

traslada el curso hacia la zona de seguridad asignada.

6.- En caso de recreos los funcionarios del Liceo deberán salir a cumplir sus

responsabilidades. Los alumnos deberán buscar la zona de seguridad más cercana a su

ubicación.

7.- No perder tiempo buscando objetos personales.

8- Desconectar el sistema de gas y electricidad, responsables Hernán Lagos y Miguel

Matamala(auxiliares).

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

DESPUÉS DE LA EMERGENCIA

1.- Observar si hay personas heridas

2.- Reportar de inmediato las fugas de gas o agua

3.- Esperar indicaciones del Director, Comité de Seguridad, profesores.

4.- Manejar información precisa, no propagar rumores

5.- Verificar el estado del Liceo por parte del Comité de Seguridad

6.- Estar preparado para las réplicas

7.- Como debe colaborar nuestro APODERADO/A para enfrentar con éxito y seguridad

una emergencia de esta naturaleza.

Mantener una actitud serena y constructiva evitando la imprudencia y el pánico. Escuchar y respetar las indicaciones dadas por el personal encargado del Liceo. Respetar el ingreso al Liceo solo a las zonas autorizadas. No haga correr rumores, esto provoca confusión y nerviosismo. El retiro de alumnos debe ser breve para permitir una evacuación segura, el Profesor o

Inspector encargado debe conocer el retiro del alumno. No formar grupos.

8 PROTOCOLO PARA VIAJES CON ALUMNOS FUERA DEL LICEO

Artículo 51°

El Protocolo para viajes con alumnos fuera del Establecimiento es aplicable a toda delegación

de alumnos que salga del Liceo Isabel Riquelme de Las Canteras, sea por el día o con

estadía por uno o más días, tales como: viajes deportivos, giras de estudio, presentación

desfiles etc.

1.- El Profesor o encargado de la delegación deberá asegurarse que todos los apoderados de

los alumnos que salen hayan firmado la Autorización de Salida. De no ser así, deberá llamar

telefónicamente al apoderado solicitando el permiso.

2.- El Profesor o encargado de la delegación deberá entregar a Inspectoria General o a quien

se delegue con al menos cinco días hábiles de anticipación:

- Proyecto de clases salida a terreno, nombre proyecto, curso, responsable, lugar fecha,

horario, objetivo, breve descripción del proyecto, actividades.

- Datos del bus y del conductor, nombre, fotocopia Rut, nº teléfono, fotocopia Licencia

de conducir, permiso de circulación, fotocopia de revisión técnica, fotocopia de seguro

contra accidentes.

- Nómina de todos los integrantes de la delegación señalando nombre completo, rut,

curso, fono. Hora de salida, e igualmente día y hora estimada de regreso.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

3. El Profesor o encargado de la delegación deberá solicita información de los alumnos en

relación a salud, medicamentos prohibidos, alergias, etc. (datos de salud del curso) y llevarla

con ellos. Además solicitará en Inspectoría General Formulario informe de Accidente Escolar.

4.- El Profesor o encargado de la delegación dará aviso a Carabineros del sector, en aquellos

viajes que se realizan a lugares aislados, del motivo y duración de la estadía en dicho lugar,

entregando nómina de los integrantes de la delegación. Así mismo harán saber su retiro del

lugar. A su vez, solicitará información de teléfono de contacto de la unidad policial o del

organismo que corresponda en el sector, con la finalidad de tener contacto en caso de ser

necesario.

5.- El Profesor encargado del viaje o delegación, se comunicará con el colegio al número 043-

21972922, donde notificará lo que corresponda. La Secretaria o quién reciba la

comunicación, registrará en libro habilitado especialmente para estos casos, el mensaje

recibido, con la finalidad de dar respuesta a cualquier padre o apoderado que así lo requiera ,

de corresponder informará de inmediato a Dirección o Inspector General.

6.- Ante la eventualidad de tener algún accidente con alumnos (as) o profesores, el

responsable de la delegación deberá tomar las siguientes medidas:

-Prestar los primeros auxilios que corresponda

-Comunicar de inmediato dicha situación, al Inspector General, Dirección y los padres del o

los alumnos.

-Completar el formulario de accidente escolar.

-En caso de traslado a un Centro asistencial coordinar con un adulto de la delegación para

interiorizarse de la situación y acompañar al alumno/a

-Dirección o Inspectoria General determinará quién se hará cargo de ir a buscar al alumno al

lugar donde se encuentre y llevarlo al Centro asistencial o acompañar a la familia si

corresponde.

7.- Ante una situación de indisciplina de algún alumno/a integrante de la delegación, El

Profesor o encargado del viaje o delegación informará a Inspectoria General, para que se

coordine la ida a buscar del alumnos por parte del apoderado, los costos que esto signifique

serán de responsabilidad del apoderado. Esta situación debe ser conocida por el apoderado

antes de gira o viaje de estudio.

Artículo 52°

El apoderado da por entendido que al matricular a su pupilo, lo hace con pleno conocimiento

de las obligaciones que indica el presente Manual de Convivencia Escolar, aceptándolas en

su totalidad y sin reparo alguno, estipulándose que las interpretaciones equivocadas de las

que pueda ser objeto, serán definidas solamente por Dirección o Inspectoría General del

Establecimiento.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Cualquier suceso o evento que ocurra dentro del Establecimiento que no se encuentre

especificado en el Reglamento de Convivencia, será abordado en Consejo de Profesores,

dando resolución a dicho evento.

9 PROTOCOLO CONDICIÓN DE EMBARAZO Y MATERNIDAD.

CONDICIÓN DE EMBARAZO Y MATERNIDAD

El propósito de este documento es entregar orientaciones claras de actuación frente a la situación de embarazo, maternidad y paternidad, que apoyen desde la Institución a sus alumnos que se encuentre en esta situación en particular.

EL COLEGIO Y SU COMPROMISO CON LAS ALUMNAS EN CONDICIONES DE MATERNIDAD O EMBARAZADAS:

Si se cuenta con la información de un embarazo, se procederá según la normativa

vigente y siempre en consulta con los apoderados, incluida la alumna, a buscar las precauciones de salud, cuidado y continuidad de estudios, otorgando las facilidades del caso, tales como:

Facilidades académicas para ingresar y permanecer en el colegio. No se promoverá cambio de colegio o expulsión, cancelación de matrícula, negación

de matrícula, suspensión u otro similar. Se mantendrá a la alumna en su curso, salvo que ella lo prefiera y esta decisión sea

apoyada por un profesional competente. Su condición por parte de las autoridades y personal del colegio deberá ser respetada. Se respetará el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y después del

parto. La decisión de dejar de asistir los últimos meses del embarazo o después del parto

depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el bebé después del parto depende exclusivamente de las

indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el bebé. Otorgarles las facilidades necesarias para que asistan a sus controles médicos

prenatales y post natales, así como a los que requiera su hijo/a. Permitirles adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia. Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles, actividades extra

programáticas realizadas al interior o exterior del colegio así como en las ceremonias donde participen sus compañeros de colegio. Excepto si hay contraindicaciones específicas del médico.

Permitirles asistir a la clase de Educación Física en forma regular, pudiendo ser evaluadas de forma diferencial o ser eximidas en los casos que por razones de salud así proceda.

Respetar la eximición de las estudiantes que hayan sido madres de las clases de Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo, en casos calificados podrán ser eximidas por recomendación de su médico tratante.

Evaluarlas según a los procedimientos de evaluación establecidos por el colegio, sin perjuicio que los docentes y directivos les otorguen facilidades académicas y un calendario flexible que resguarde su derecho a la educación.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Podrán brindarles apoyo pedagógico especial mediante un sistema de tutorías realizadas por los docentes y en los que podrán cooperar sus compañeros de clases.

Otorgarles todas las facilidades para compatibilizar su condición de estudiantes y de madres durante el período de lactancia.

Si el papá del bebé es estudiante del establecimiento escolar, también a él se le dará las facilidades necesarias para cumplir con su rol paterno.

LAS ALUMNAS EN CONDICIONES DE MATERNIDAD O EMBARAZADAS:

Informaran la fecha del parto para programar las actividades académicas. Deberá comprometerse a cumplir con sus deberes escolares. Justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la madre,

con los respectivos certificados médicos. Observación: Si el padre es estudiante del establecimiento, deberá informar al

colegio para tener las facilidades de permisos para asistir a controles médicos de la futura madre o del bebé.

PUNTOS DE VISTA ADMINISTRATIVOS

La estudiante comunica su condición de maternidad o de embarazo a su

Profesora(a) Jefe del Colegio. El Profesora(a) Jefe, Psicóloga del Colegio comunica esta situación a las autoridades

directivas y al Encargado de Convivencia.

Reunión con apoderado y conversación

El Profesor(a) Jefe, encargado de convivencia cita al apoderado de la estudiante en condición de maternidad o embarazada a través de la libreta de comunicaciones y registra la citación en la hoja de observaciones de la estudiante.

El equipo de Orientación, registra aspectos importantes de la situación de la

estudiante embarazada tales como estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del parto y solicita certificado médico. De la misma manera para la estudiante en condiciones de maternidad: edad y estado de salud del bebé, controles médicos, etc.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

ESQUEMA PROTOCOLO CONDICIÓN DE EMBARAZO Y MATERNIDAD ESCOLAR.

Se comunica a dirección

Estudiante. Profesor(a) Jefe. Equipo de Orientación. Por el apoderado o alumna, sin intermediario al Director (a).

Entrevista y acuerdos con estudiante y apoderado(a)

Profesor(a) jefe. Departamento de Orientación. Encargado de convivencia. Psicóloga. Asistente social.

Acompañamiento de plan académico

Departamento de Orientación. Profesor(a) jefe. Encargado de convivencia. Asistente Social.

Elaboración pautas y supervisión de la situación.

Departamento de Orientación. Psicóloga. Profesor(a) Jefe.

Informe final y cierre de protocolo

Departamento de Orientación. Encargado de convivencia. Profesor(a) jefe. Psicóloga.

Asistente Social.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

10 PROTOCOLO DE ACCION – MALTRATO DE UN ADULTO HACIA UN ESTUDIANTE

A. INTRODUCCION:

El presente protocolo presenta la descripción de los procedimientos a seguir para el manejo

de hechos de maltrato entre miembros de la comunidad educativa.

B. DEFINICIÓN DE MALTRATO DE UN ADULTO A UN ESTUDIANTE:

Se entenderá por “maltrato adulto hacia estudiante” cualquier acción u omisión intencional, ya

sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o

cibernéticos, proferida por parte de un adulto -sea este funcionario, apoderado o cualquier

otro vinculado al Colegio- en contra de un(os) alumno(s) del Colegio, la cual pueda provocar al

menor el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o

psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos, fundamentales, dificultando o

impidiendo, de cualquier manera, su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral,

intelectual, espiritual o físico.

C PROTOCOLO DE MANEJO DE MALTRATO ADULTO-ESTUDIANTE:

C.1. Presentación del Reclamo:

Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de

maltrato de un adulto a un estudiante debe informarlo dentro de las 24 hrs de conocido el

hecho, por escrito, a las personas del Colegio habilitadas para recibir el “reclamo”: Profesores

jefes; Docentes de Asignatura, Inspector General; Inspectores, Psicólogo, Orientador, Directivos

Académicos, Encargado de Convivencia Escolar.

El receptor debe acoger al reclamante y registrar, en la medida de lo posible, la descripción de

los hechos que motivan el reclamo, los participantes de este y el rol que les cabe a cada uno

de ellos (participantes directos, indirectos, testigos, otros), las circunstancias en que esto se

hubiera producido (lugar, fechas, etc) y, en general todos los datos que permitan entender de

mejor manera lo ocurrido.

Si existiera más de un reclamante, el receptor debe consignar por separado las reclamos, con

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

objeto de tener claridad acerca de las distintas versiones.

En general, se mantendrá la confidencialidad de la identidad del reclamante, cuando este no

sea el estudiante afectado por la falta. No obstante lo anterior, se le informará que, por

razones justificadas, podría requerirse el conocimiento de su identidad, situación que, de ser

necesaria, se realizará tomando las debidas precauciones para resguardar su honra y dignidad.

Una vez que el reclamo está clarificado, el receptor informará al (los) profesor(es) jefe(s) la

situación para que defina(n) quién realizará la indagación del mismo.

En las situaciones en que exista dificultad para definir al responsable de indagar el reclamo,

será el Encargado de Convivencia Escolar quién designe al encargado del procedimiento.

C.2. Indagación del reclamo:

En estos casos, se definirán los siguientes habilitados para indagar, según quién sea el adulto

que, supuestamente, haya cometido la falta:

a. Si el reclamo ha sido presentado contra un apoderado u otro adulto que no sea

funcionario del Colegio, estarán habilitados para indagar:

Profesor Jefe del Alumno supuestamente afectado por la falta.

Inspector General, Inspector, Psicólogo, Orientador.

Jefe de Área (preferentemente del área de pertenencia del alumno en cuestión) o Jefe de

Departamento.

b. Si el reclamo ha sido presentado contra un funcionario del Colegio, sólo estarán

habilitados para indagar:

Preferentemente el pro fesional del área de pertenencia del alumno en cuestión.

Otro miembro del Colegio designado por la Dirección del Establecimiento.

Dadas las condiciones de asimetría existentes en una posible situación de maltrato de esta

naturaleza, el Encargado de Convivencia Escolar designará al orientador(a) o psicólogo (a) del

Establecimiento en calidad de asesor de la persona que conduce la indagatoria.

Al inicio del proceso el encargado del proceso informará tanto al adulto señalado como autor

de la falta, como a los estudiantes involucrados, como sus apoderados u otros miembros del

Colegio que les corresponda saber del hecho (especialmente al Área al cual pertenezcan el o los

alumnos supuestamente afectados), la situación reclamada, el rol que supuestamente tienen

cada uno de estos en ella, el proceso que se realizará para resolver el reclamo. Se privilegiará la

comunicación personal (entrevista) con el adulto en cuestión, los alumnos y sus apoderados,

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

pero se podrá hacer uso de otros medios escritos de comunicación (Ej. libreta de

comunicaciones, correo electrónico, carta certificada, etc.). Sea cual fuere la forma de informar

utilizada por el encargado de indagar, debe quedar constancia del envío y recepción de la

información.

El encargado de indagar guiará su desempeño en base al Principio de Inocencia: Buscará

profundizar la descripción y clarificación de las circunstancias del reclamo, sin atribuir

intencionalidad o culpabilidad al adulto señalado como autor de la falta mientras dure esta

fase del proceso. Sin perjuicio de lo anterior, en relación a lo dispuesto en el artículo 44°, letra e,

del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, se tomarán las siguientes medidas

durante el procedimiento y su ulterior resolución:

a) Si el reclamo se presenta contra un funcionario del Colegio: Se garantizará la tranquilidad y

seguridad de el o los alumnos supuestamente afectados, ya sea reasignando las tareas del

funcionario en cuestión, otorgándole permisos administrativos, ejecutando cambios de turnos o

puesto de trabajo.

En los casos específicos en que el maltrato haya sido reconocido por el profesor(a) en contra de

un alumno o grupo de alumnos, se establecerá un proceso de acompañamiento docente,

efectuado por la Unidad Técnica Pedagógica, el Encargado de Convivencia Escolar, Psicólogo.

En los casos de alumnos pertenecientes al Programa de Integración Escolar el proceso es

acompañado además por la Coordinadora PIE y la educadora diferencial

Este proceso consistente en un acompañamiento en aula sistemático, realizado durante todo el

período de la investigación y a lo menos durante un mes posterior a la resolución del caso,

siempre y cuando el docente siga impartiendo clases en el establecimiento no implicando con ello

menoscabo laboral, sean prudentes y convenientes conforme a la evaluación que se haya

realizado de la situación.

Administrativamente por tratarse de un funcionario, se remiten los antecedentes al sostenedor

para que este proceda según la normativa legal y administrativa en relación al decreto

municipal N° 99 del año 2011 que regula los deberes y funciones del personal dependiente del

Departamento de Educación Municipal.

b) Si el reclamo se presenta contra un apoderado del Colegio u otro adulto vinculado al

Colegio: Se le solicitará actuar con prudencia frente a estas circunstancias, evitando

interactuar en forma privada con el o los estudiantes supuestamente afectados o sus

apoderados (interacciones que, de ser necesarias, deberán realizarse en presencia de una

autoridad del Colegio).

El plazo máximo para indagar faltas de esta naturaleza será de diez días hábiles y sólo serán

prorrogables por motivos justificados, caso en el cual, el encargado deberá informar a la

jefatura académica a la cual reporte o al Encargado de Convivencia Escolar.

El encargado de indagar, atendiendo a las circunstancias del reclamo, determinará las acciones

requeridas para cumplir su labor, las cuales pueden ser, entre otras: Entrevistar a los

involucrados y posibles testigos (presencial, virtualmente o por escrito), citar a los

apoderados, solicitar orientación y/o evaluaciones de especialistas internos o externos al

Colegio, solicitar y analizar diversos antecedentes o evidencias atingentes, confrontar versiones,

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

etc. Cabe señalar que, dentro de las acciones a ejecutar, deberán considerarse

obligatoriamente procedimientos que garanticen la escucha de las versiones de los

involucrados y acogida de sus posibles descargos.

En las acciones en que se requiera la intervención de él o los alumnos supuestamente

afectados, se podrá disponer, si se estima pertinente, que su apoderado esté presente o, en su

defecto, que tal acompañamiento sea realizado por el psicólogo u orientador asignado como

asesor del procedimiento.

Durante el proceso, el encargado de indagar podrá aplicar, cuando lo estime pertinente,

algunas de las medidas que se indican a continuación, siempre y cuando hayan sido

autorizadas por el Encargado de Convivencia Escolar.

a) Medidas de Orientación: Acciones que pueden ser realizadas al interior del

establecimiento, o solicitadas a los apoderados del o los alumnos supuestamente afectados,

para que sean ejecutadas t a n t o i n t e r n a c o m o externamente, dirigidas a la acogida

y acompañamiento de los involucrados (tutoría, terapia, consejería, acompañamiento en aula).

d) Medidas de Continuidad de Proceso Educativo: Plan de acción diseñado para que el o los

alumnos supuestamente afectados puedan cumplir con los objetivos de formación

curriculares, de manera que el procedimiento de manejo de la falta, y las resoluciones

vinculadas a éste, no afecten su derecho a la educación.

Cuando el encargado de indagar haya agotado esta parte del proceso, analizará los

antecedentes recabados y decidirá, en base a éstos, la acreditación del maltrato reportado o la

desestimación del mismo. En ambos casos, informará sus conclusiones a la autoridad

competente.

C.3. Resolución de situación de Maltrato Adulto hacia un estudiante:

La autoridad que debe resolver respecto de situaciones de maltrato de un adulto a un

estudiante será el Encargado de Convivencia Escolar, en su defecto.

La autoridad designada determinará si se cumplen los requisitos para imponer una medida o

sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado.

c.3.1. Si el reclamo es acreditado:

a. la autoridad designada debe considerar, a la luz del Proyecto Educativo y Reglamentos del

Colegio, las siguientes elementos antes de sugerir medidas a aplicar:

La aplicación de un enfoque esencialmente formativo en el manejo de las faltas a la buena

convivencia.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Las obligaciones legales, reglamentarias y/o contractuales vinculadas a la obligación de

proporcionar un buen trato a los alumnos, según quién sea el autor de la falta (apoderado,

funcionario u otro adulto vinculado al Colegio).

El grado de falta gravísima asignada al maltrato de un adulto hacia un estudiante, tal como lo

señalan los Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

Otros aspectos relevantes consignados durante la indagación del hecho.

b. La medida y/o sanción sugerida deberá corresponder únicamente a las establecidas en los

cuerpos normativos atingentes a la falta cometida, pudiendo ser el Reglamento Interno y de

Convivencia Escolar, Reglamento del Personal, Obligaciones contractuales (contrato laboral o de

educación según corresponda) u otras normas o compromisos suscritos por el autor de la falta

y/o normativas vigentes en el período de ocurrencia del hecho. En los casos en que existan

dudas respecto de las medidas susceptibles de ser tomadas, se consultará al asesor jurídico del

Colegio u otros organismos competentes para clarificar la resolución.

c. Una vez decididas las medidas a tomar, la autoridad designada, en conjunto con el

encargado de indagar, lo comunicarán a las partes interesadas, en la extensión y profundidad

que les corresponda conocer (cautelando a través de esto la integridad y dignidad de los

involucrados).

c.3.2. Si el reclamo es desestimado: La autoridad designada, en conjunto con el encargado de

indagar, comunicarán la decisión a las partes tal decisión, en la extensión y profundidad que les

corresponda conocer (cautelando a través de esto la integridad y dignidad de los involucrados).

El informar a las partes interesadas, sea que se haya desestimado o acreditado la falta, se

privilegiará la entrevista personal como medio de comunicación, no obstante, se podrá hacer

uso de otros medios formales escritos si las circunstancias así lo ameritaran, debiendo quedar

constancia del envío y recepción del comunicado (Ej. libreta de comunicaciones, correo

electrónico, carta certificada, etc.).

El Encargado de Convivencia Escolar consignará los antecedentes del procedimiento en los

archivos de convivencia escolar confidenciales, dejando, paralelamente, una reseña del

proceso en el registro que corresponda.

C.4. Recursos apelación

El encargado de informar el cierre de un procedimiento de manejo de falta a la buena

convivencia, deberá informar a las partes su derecho a apelar la(s) resolución(es) comunicadas y

las condiciones para ejercer tal derecho.

La información entregada debe indicar claramente los siguientes elementos:

a) Que tienen el derecho a apelar sobre la o las resoluciones que les han sido comunicadas.

b) Que la apelación debe ser presentada por escrito, con la autoría debidamente acreditada, en

un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha en que se les haya notificado la

resolución que la motiva.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

c) Que la autoridad de apelación les comunicará la decisión definitiva en un plazo máximo de

diez días hábiles y que esta tendrá carácter de inapelable.

*Nota: La autoridad de apelación debe ser una persona distinta de quien haya realizado la indagatoria.

C.5. Seguimiento.

En los casos que se hayan dispuesto medidas que deben ser cumplidas por el autor de la falta,

el Encargado de Convivencia Escolar deberá realizar el seguimiento correspondiente.

Si el resultado es satisfactorio al término del plazo o condiciones de cumplimiento de la(s)

medida(s) indicada(s), el responsable del seguimiento dejará registrado el cierre del reclamo. En

caso contrario, citará al adulto referido para evaluar la situación y determinar, a partir de los

antecedentes disponibles, las líneas de acción a seguir, las cuales deberán respetar las normas

del justo procedimiento.

Respecto de el o los alumnos afectados, el psicólogo u orientador que apoyo el procedimiento

evaluará la mantención o levantamiento de las medidas especiales que les fueron aplicadas a

estos (protección, orientación o de continuidad del proceso educativo).

Nota: Ante cualquier circunstancia que implique conflicto de competencias en la ejecución del

protocolo, será el Encargado de Convivencia Escolar quien resuelva.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

11 PROTOCOLO DE ACCION – MALTRATO* DE UN ESTUDIANTE HACIA UN FUNCIONARIO

DEL COLEGIO

A. INTRODUCCION:

El presente protocolo presenta la descripción de los procedimientos a seguir para el manejo

de hechos de maltrato entre estudiantes del Establecimiento.

La ejecución de este Protocolo se encuentra regida por las disposiciones contenidas en los

siguientes Documentos : del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar:

B. DEFINICIÓN DE MALTRATO DE UN ESTUDIANTE A FUNCIONARIO COLEGIO:

Se entenderá por “maltrato estudiante hacia funcionario Colegio” cualquier acción u omisión

intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios

tecnológicos o cibernéticos, proferida por parte de un estudiante en contra de un funcionario

del Colegio, la cual pueda provocar al funcionario en cuestión el temor razonable de sufrir un

menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en

otros derechos, fundamentales, dificultando o impidiendo, de cualquier manera, su desarrollo o

desempeño profesional, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

C. PROTOCOLO DE MANEJO DE MALTRATO ESTUDIANTE - FUNCIONARIO:

C.1. Presentación del Reclamo:

Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de

maltrato de un estudiante hacia un funcionario debe informarlo dentro de las 24 hrs de

conocido el hecho, por escrito, a las personas del Colegio habilitadas para recibir el “reclamo":

Profesores jefes; Docentes de Asignatura, Inspector General; Inspectores, Psicólogos,

Orientadores, Directivos Académicos, Encargado de Convivencia Escolar, otro designado por

Dirección.

El receptor deberá acoger al reclamante y registrar, en la medida de lo posible, la descripción de

los hechos que motivan el reclamo, los participantes de este y el rol que les cabe a cada uno

de ellos (participantes directos, indirectos, testigos, otros), las circunstancias en que esto se

hubiera producido (lugar, fechas, etc.) y, en general todos los datos que permitan entender de

mejor manera lo ocurrido.

Si existiera más de un reclamante, el receptor debe consignar por separado las reclamos, con

objeto de tener claridad acerca de las distintas versiones.

En general, se mantendrá la confidencialidad de la identidad del reclamante, cuando este no

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

sea el funcionario afectado por el maltrato. No obstante lo anterior, se le informará que, por

razones justificadas, podría requerirse el conocimiento de su identidad, situación que, de ser

necesaria, se realizará tomando las debidas precauciones para resguardar su honra y dignidad.

Una vez que el reclamo está clarificado, el receptor informará al (los) profesor(es) jefe(s) la

situación para que defina(n) quién realizará la indagación del mismo.

En las situaciones en que exista dificultad para definir al responsable de indagar el reclamo,

será el Encargado de Convivencia Escolar quién designe al encargado del procedimiento.

C.2. Indagación del reclamo:

En general se privilegiará, siempre que esto sea posible, que la indagación sea realizada por el

profesor jefe de, al menos, uno de los alumnos involucrados en el reclamo. No obstante lo

anterior, cualquiera de los receptores señalados en el punto anterior* estará habilitado para

indagar el hecho:

*Docentes de asignatura, inspector, orientador, psicólogo, Inspector General, Encargado de Convivencia

Escolar u otro miembro del Colegio designado por Dirección.

Al inicio del proceso el encargado del proceso informará al alumno señalado como autor de la

falta, a su apoderado, al funcionario supuestamente afectado y a otros miembros del Colegio

que les corresponda saber del hecho (especialmente al Profesor Jefe o los señalados en el

reclamo): La situación reclamada, el rol que supuestamente tienen cada uno de estos en ella y

el proceso que se realizará para resolver el reclamo. Se privilegiará la comunicación personal

(entrevista) con el funcionario en cuestión, el alumno y sus apoderados, pero se podrá

hacer uso de otros medios de comunicación escritos (Ej. libreta de comunicaciones, correo

electrónico, carta certificada, etc.). Sea cual fuere la forma de informar utilizada por el

encargado de indagar, debe quedar constancia del envío y recepción de la información.

El encargado guiará su desempeño en base al Principio de Inocencia: Buscará profundizar la

descripción y clarificación de las circunstancias del reclamo, sin atribuir intencionalidad o

culpabilidad al estudiante señalado como autor de la falta mientras dure esta fase del proceso.

Sin el encargado de indagar lo estima pertinente, podrá indicar las siguientes medidas durante el

procedimiento y su ulterior resolución:

a) Respecto del funcionario del Colegio: Se le derivará a entrevista con psicólogo del Colegio, u

otro profesional interno o externo, para evaluar su condición personal ante la situación que lo

afecta. De acuerdo a los resultados de tal evaluación, el encargado del procedimiento solicitará

al Encargado de Convivencia Escolar, autorización para aplicar las sugerencias indicadas por el

evaluador. En el caso de que se haya otorgado Licencia Médica al funcionario afectado, el

encargado dará curso al procedimiento institucional estipulado para estos casos.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

b) Respecto del alumno señalado como autor de la falta: Se le solicitará tanto a este como a

sus apoderados actuar con prudencia frente a estas circunstancias, evitando interactuar en

forma privada con el funcionario supuestamente afectado por la falta (interacciones que, de

ser necesarias, deberán realizarse en presencia de una autoridad del Colegio).

El plazo máximo para indagar faltas de esta naturaleza será de diez días hábiles y sólo serán

prorrogables por motivos justificados, caso en el cual, el encargado deberá informar a la

jefatura académica a la cual reporte o al Encargado de Convivencia Escolar.

El encargado de indagar, atendiendo a las circunstancias del reclamo, determinará las acciones

requeridas para cumplir su labor, las cuales pueden ser, entre otras: entrevistar a los

involucrados y posibles testigos (presencial, virtualmente o por escrito), citar a los

apoderados, solicitar orientación y/o evaluaciones de especialistas internos o externos al

Colegio, solicitar y analizar diversos antecedentes o evidencias atingentes, confrontar versiones,

etc. Cabe señalar que, dentro de las acciones a ejecutar, deberán considerarse

obligatoriamente procedimientos que garanticen la escucha de las versiones de los

involucrados y acogida de sus posibles descargos.

Durante el proceso, el encargado de indagar podrá aplicar, cuando lo estime pertinente,

algunas de las medidas que se indican a continuación, siempre y cuando hayan sido

autorizadas por el Encargado de Convivencia Escolar que corresponda:

a) Medidas de Orientación: Acciones que pueden ser realizadas al interior del

establecimiento, o por agentes externos al Colegio, dirigidas a la acogida y acompañamiento

de los involucrados (tutoría, terapia, consejería).

b) Medidas de Continuidad de Proceso Educativo: Plan de acción diseñado para que el o los

alumnos supuestamente autor(es) de la falta puedan cumplir con los objetivos de formación

curriculares, de manera que el procedimiento ejecutado, y las resoluciones vinculadas a éste,

no afecten su derecho a la educación

c) Medidas de Continuidad de Proceso Laboral: Plan de Acción diseñado para que el

funcionario pueda cumplir con sus deberes de cargo, siempre y cuando se encuentre en

condiciones de hacerlo.

Cuando el encargado de indagar haya agotado esta parte del proceso, analizará los

antecedentes recabados y decidirá, en base a éstos, la acreditación del maltrato reportado o la

desestimación del mismo. En ambos casos, informará sus conclusiones a la autoridad

competente.

a) En el caso que se haya acreditado el maltrato al funcionario:

a.1. El encargado debe considerar, a la luz del Proyecto Educativo y Reglamentos del Colegio,

las siguientes variables antes de sugerir procedimientos, medidas o sanciones aplicar:

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

La aplicación de un enfoque esencialmente formativo en el manejo de faltas.

La condición de falta leve, grave o gravísima que deba aplicarse al hecho.

Las variables atenuantes y/o agravantes de las faltas señaladas en el Art.25 del

Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

Otros aspectos relevantes consignados durante la indagación.

a.2. La resolución deberá acogerse únicamente a las alternativas establecidas en los artículos

27° y 29° del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. El encargado deberá especificar la

resolución y las condiciones de su cumplimiento (lugar, fechas, plazos, etc.).

a.3. Por el hecho de haber afectado a un funcionario del Colegio, el encargado de indagar

remitirá a una autoridad superior su informe, con las medidas sugeridas, para que ésta tome

una resolución definitiva sobre lo expuesto.

b) En el caso que se desestime el reclamo:

Por encontrarse un funcionario involucrado en este procedimiento, el encargado de indagar

remitirá a una autoridad superior su conclusión, para que ésta tome una resolución definitiva

sobre lo expuesto.

C.3. Resolución de situación de Maltrato del Estudiante hacia el Funcionario:

La autoridad que debe resolver respecto de situaciones de maltrato de un estudiante a un

funcionario será el Encargado de Convivencia Escolar.

La autoridad revisará el informe y las conclusiones del encargado de la indagatoria y emitirá

una resolución definitiva respecto. Tal resolución será comunicada por escrito a quien realizó el

procedimiento de manejo del reclamo.

En los casos que se haya resuelto aplicar condicionalidad, no renovación o cancelación de

matrícula, se requerirá que la Dirección, o quien lo subrogue, valide la pertinencia de la sanción y

autorice su ejecución antes de informarla a los afectados.

La información de lo resuelto a las partes será realizada, preferentemente, por el encargado de

la indagatoria. El Encargado de Convivencia Escolar decida asignar tal responsabilidad a otro

funcionario del Colegio.

La persona designada para trasmitir la resolución del procedimiento comunicará la decisión a

todos los involucrados y a quienes les corresponda conocer de la situación (Ejemplo:

Apoderados, Profesores Jefes, Encargado de Convivencia Escolar, etc.). Se privilegiará la

comunicación personal (entrevista) en esta fase, pero se podrá hacer uso de otros medios

escritos, debiendo quedar constancia del envío y recepción del mismo (Ej. libreta de

comunicaciones, correo electrónico, carta certificada, etc). Asimismo, esta misma persona

entregará al Encargado de Convivencia Escolar los antecedentes del procedimiento para que

sean resguardados en los archivos respectivos, registrando, paralelamente, una reseña en la

Hoja de Vida de los alumnos involucrados.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

C.4. Recursos de Apelación:

El encargado de informar el cierre de un procedimiento de manejo de maltrato de estudiante

contra un funcionario, deberá informar a las partes su derecho a apelar la(s) resolución(es)

comunicadas y las condiciones para ejercer tal derecho.

La información entregada debe indicar los siguientes elementos:

a) Que tienen el derecho a apelar sobre la o las resoluciones que les han sido comunicadas.

b) Que la apelación debe ser presentada por escrito o en formato virtual, con la autoría

debidamente acreditada, en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha

en que se les haya notificado la resolución que la motiva.

c) Que la autoridad de apelación les comunicará la decisión definitiva en un plazo máximo de

diez días hábiles y que esta tendrá carácter de inapelable.

*Nota: La autoridad de apelación no podrá ser aquella que realizó la indagatoria.

C.5. Seguimiento.

En los casos que se hayan dispuesto medidas que deben ser cumplidas por el autor de la falta, el

Profesor Jefe del alumno deberá realizar el seguimiento correspondiente, a la cual pertenece el

alumno referido.

Si el resultado es satisfactorio al término del plazo o condiciones de cumplimiento dela(s)

Medida (s) indicada(s), el responsable del seguimiento dejará registrado el cierre del reclamo.

En caso contrario, citará al alumno referido para evaluar la situación y determinar, a partir de

los antecedentes disponibles, las líneas de acción a seguir, las cuales deberán respetar las

normas del justo procedimiento.

Respecto del funcionario afectado, el psicólogo del Colegio, u otro profesional externo al que

pudiera ser derivado, generará un informe en virtud del cual, el encargado del procedimiento

evaluará la mantención o levantamiento de las medidas especiales que le hayan sido

aplicadas.

Nota: Ante cualquier circunstancia que implique conflicto de competencias en la ejecución del

protocolo, será el Encargado de Convivencia Escolar quien resuelva .

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

12 PROTOCOLO DE ACCION MALTRATO DE UN ESTUDIANTE CON DIAGNÓSTICO

VIGENTE HACIA UN FUNCIONARIO U OTRO ALUMNO DEL COLEGIO

A.INTRODUCCION:

El presente protocolo presenta descripción de los procedimientos a seguir para el manejo de

hechos de maltrato de estudiantes con diagnóstico Médico (psicológico, neurológico o psiquiátrico)

hacia algún funcionario o Par del Establecimiento.

La ejecución de este Protocolo se encuentra regida por las disposiciones contenidas en los

siguientes Documentos: del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

B.DEFINICIÓN DE MALTRATO DE UN ESTUDIANTE CON DIAGNOSTICO VIGENTE AFUNCIONARIO O UN

PAR DEL COLEGIO:

Se entenderá por “maltrato estudiante con diagnóstico hacia funcionario del Colegio” cualquier tipo

de violencia física o psicológica, manifestada en forma de agresión (golpes, patadas, mordeduras, etc.)

proferida por parte de un estudiante producto de su diagnóstico vigente en contra de un funcionario del

Colegio, afectando o impidiendo, de cualquier manera, su desarrollo o desempeño profesional,

afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

C.PROTOCOLO DE MANEJO DE MALTRATO ESTUDIANTE CON DIAGNOSTICO VIGENTE -HACIA UN

FUNCIONARIO O PAR:

C.1. Presentación del Caso:

Presentación del caso por parte del denunciante a Encargado de Convivencia.

El encargado de Convivencia hace recepción del caso, y se hace contención al estudiante por

parte de la Psicóloga del colegio y/o Integrante del Equipo de Gestión.

Se notifica al apoderado y profesor jefe.

Se despliega Protocolo.

Cualquier miembro de la comunidad educativa que se vea enfrentado a una situación de

agresión de un estudiante con diagnóstico debe informarlo dentro de las 24hrs de conocido el

hecho, por escrito, a las autoridades del Colegio habilitadas para recibir el “reclamo": Encargado

de Convivencia Escolar, Dirección, Jefe de UTP.

El receptor deberá acoger al reclamante y registrar, en la medida de lo posible, la descripción de los

hechos que motivan el reclamo, los participantes de este y el rol que les cabe a cada uno de ellos

(participantes directos, indirectos, testigos, otros),las circunstancias en que esto se hubiera

producido (lugar, fechas, etc.) y, en general todos los datos que permitan entender de mejor

manera lo ocurrido.

Si existiera más de un reclamante, el receptor debe consignar por separado los reclamos, con

objeto de tener claridad acerca de las distintas versiones entregadas por escrito.

En caso que el denunciante no sea el propio afectado y si él lo solicita, se mantendrá la

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

confidencialidad de la identidad del reclamante. Se le informará que, por razones justificadas,

podría requerirse el conocimiento de su identidad, situación que, de ser necesaria, se realizará

tomando las debidas precauciones para resguardar su honra y dignidad.

Una vez que el reclamo está clarificado, el receptor informará al(los) a quien corresponda (Equipo

Multidisciplinario, Dupla sicosocial, Decreto n° 170, Dirección) la situación para que

defina(n)quién realizará la indagación del mismo.

C.2. Indagacióndelreclamo:

Será realizada por el Encargado de Convivencia quien haga la indagación del caso con apoyo del

Equipo Multidisciplinario.

Al inicio del proceso el encargado del proceso informará al alumno señalado como autor de la falta,

a su apoderado, al alumno a funcionario supuestamente afectado. La situación reclamada, el rol

que supuestamente tienen cada uno de esto y el proceso que se realizará para resolver el

reclamo.El Coordinador de Convivencia Escolar, informa al Apoderado de la denuncia realizada

en contra del alumno (a), dejando constancia de dicho trámite en el libro de clases.

Se privilegiará la comunicación personal (entrevista) con el funcionario o paren cuestión, el

alumno y sus apoderados pero se podrá hacer uso de otros medios de comunicación escritos.

Si el encargado de indagar lo estima pertinente, podrá indicar las siguientes medidas durante el

procedimiento y su resolución:

a) Respecto del funcionario del Colegio o par:

Dependiendo de las consecuencias de la lesión: Se le derivará al afectado(a) a asistencia

médica o psicológica u otro profesional interno o externo, para evaluar su condición personal

ante la situación que lo afecta. De acuerdo a los resultados de tal evaluación, el encargado del

procedimiento Encargado de Convivencia Escolar o a la dirección en conjunto con el afectado

harán efectivas las indicaciones dadas por el especialista. De inmediato se hará la denuncia

correspondiente a Carabineros y enseguida a Superintendencia. En el caso de que se haya

otorgado Licencia Médica al funcionario o par afectado, el encargado dará curso al

procedimiento institucional estipulado para estos casos.

b) Respecto del alumno señalado como autor de la falta: Se le solicitará al apoderado el retiro

momentáneo del alumno hasta el día siguiente mientras se lleva a cabo la investigación del caso. Por

otra parte, se le solicitará al apoderado actualizar el diagnóstico y tratamiento. Con el fin de reevaluar

el caso y presentar antecedentes del médico tratante con sugerencias para atender el caso a la

brevedad.

Se sugiere tanto a este como a sus apoderados actuar con prudencia frente a estas

circunstancias, evitando interactuar en forma privada con el funcionario o par supuestamente

afectado por la falta (interacciones que, de ser necesarias, deberán realizarse en presencia de

una autoridad del Colegio).

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

El plazo máximo para indagar faltas de esta naturaleza será de tres días hábiles y sólo serán

prorrogables por motivos justificados, caso en el cual, el encargado deberá informar a dirección.

Durante el proceso, el encargado de indagar podrá aplicar, cuando lo estime pertinente, algunas de

las medidas que se indican a continuación, siempre y cuando hayan sido autorizadas por el

Encargado de Convivencia Escolar que corresponda:

a) Medidas de Continuidad deProcesoEducativo: Plan de acción diseñado para que el o los

alumnos supuestamente autor(es)de la falta y afectados

puedancumplirconlosobjetivosdeformación curriculares,demaneraqueelprocedimiento

ejecutado,ylasresolucionesvinculadasaéste, noafectensuderechoala educación. Previa

notificación al apoderado. Ejemplo: Acortamiento de la jornada de clases ( por sugerencia de

algún especialista).

b) Medidas de Continuidad de Proceso Laboral:Plan de Accióndiseñadoparaqueel funcionario

puedacumplirconsusdeberesdecargo,siempreycuandoseencuentreen condicionesdehacerlo.

a) Enelcasoquesehayaacreditadoelmaltratoalfuncionario:

a.1. Elencargado debe considerar,alaluzdelProyecto Educativo y Reglamentos delColegio,

lassiguientesvariablesantesdesugerirprocedimientos,medidasosancionesaplicar:

Laaplicacióndeunenfoqueesencialmenteformativoenelmanejodefaltas.

Lacondicióndefaltaleve, media o gravequedebaaplicarsealhecho y será

evaluada por el Equipo Multidisciplinario de acuerdo al diagnóstico vigente

del alumno(a).

Las variables atenuantes y/o agravantes de las faltas señaladas en el Art.41 del

Manual de ConvivenciaEscolar.

a.2. LaresolucióndeberáacogerseúnicamentealasalternativasestablecidasenelReglamentoInterno

ydeConvivenciaEscolar.Elencargadodeberáespecificar la

resoluciónylascondicionesdesucumplimiento(lugar,fechas,plazos,etc.).

a.3. Porelhechodehaberafectadoaunfuncionario delColegio, elencargado deindagar

remitiráaunaautoridad superior (Dirección)suinforme,conlasmedidassugeridas,

paraqueéstatome unaresolucióndefinitivasobreloexpuesto.

a.4. Por la gravedad de la falta será el Encargado de Convivencia, quien remitirá un informe con

las medidas y/o sugerencias tomadas.

b) Criterios para la aplicación de las medidas disciplinarias.

b.1 La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.

b.2 Diagnóstico del alumno.

b.3 La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado, según:

El carácter vejatorio o humillante del maltrato (agresión).

Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa.

La discapacidad o indefensión del afectado.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

b.4 La conducta anterior del responsable.

En caso de corroborarse responsabilidades individuales en los hechos investigados, el Encargado de

Convivencia Escolar aplicará la medida de disciplina frente a las conductas consideradas como maltrato

escolar, desarrollando los procedimientos respectivos, dentro de un sistema gradual, las medidas

disciplinarias son las siguientes:

Suspensión del alumno que agrede por dos a tres días de clases (según gravedad de

la falta), inmediatamente de haber investigado el hecho.

El estudiante quedará con Carta de Condicionalidad durante el año lectivo.

Cancelación de Matrícula para el año siguiente (no renovación del servicio educacional

para el año siguiente).

Cese inmediato de la prestación de servicio educacional.

c) Enelcasoqueel afectado no quede conforme con la resolución:

Si el afectado no quedará conforme con las medidas adoptadas. Queda en libertad de tomar

otras acciones que el estime conveniente.

C.3. ResolucióndesituacióndeMaltratodelEstudiante con diagnóstico vigente haciaelFuncionario o

Par:

Laautoridadquedeberesolverrespectodesituaciones demaltratodeunestudiante con diagnostico

vigente aun funcionario o Par, seráelEncargadodeConvivenciaEscolar en conjunto con el Equipo

Multidisciplinario y de Gestión.

El Equipo revisaráelinformeylasconclusionesdelencargadodelaindagatoriayemitirá unaresolución

definitivarespecto.Talresolución serácomunicada porescritoa los involucrados.

Enloscasosquesehayaresueltoaplicarcondicionalidad, norenovaciónocancelaciónde

matrícula,serequeriráque la dirección del

colegio,oquienlosubrogue,validelapertinenciadelasancióny

autoricesuejecuciónantesdeinformarlaalosafectados.

Lainformacióndeloresueltoalaspartesserárealizada,preferentemente,porelencargado

delaindagatoria.

Lapersonadesignadaparatrasmitirlaresolucióndelprocedimiento comunicaráladecisióna

todoslosinvolucrados yaquieneslescorresponda conocerde lasituación(Ejemplo:

Apoderados,ProfesorJefe. Se privilegiarála comunicación

personal(entrevista)enestafase,perosepodráhacerusodeotrosmedios escritos,(carta

certificada),debiendo quedarconstancia delenvíoyrecepcióndelmismo.

C.4. RecursosdeApelación:

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Elencargadodeinformarelcierredeunprocedimientodemanejodemaltratodeestudiante con

diagnóstico vigente contraunfuncionario o Par ,

deberáinformaralaspartessuderechoaapelarla(s)resolución(es)

comunicadasylascondicionesparaejercertalderecho.

La información entregada debe indicar los siguientes elementos:

a) Que tienen e lderecho a apelar sobre la olas resolucionesqueleshansidocomunicadas.

b)Que laapelacióndebeserpresentada porescrito,conlaautoría

debidamenteacreditada,enunplazomáximodecincodíashábiles,contadosdesdelafecha

enqueseleshayanotificadolaresoluciónquelamotiva.

c)QuelaAutoridaddeApelacióndesignadaserála dirección del colegio.

d)Quelaautoridaddeapelaciónlescomunicará ladecisióndefinitivaenunplazomáximode

diezdíashábilesyqueestatendrácarácterdeinapelable.

C.5. Seguimiento.

Enloscasosquesehayan dispuestomedidasquedebensercumplidasporelautor delafalta, elEquipo

Multidisciplinario deberárealizarelseguimientocorrespondiente al alumnoreferido.

Sielresultadoessatisfactorioaltérminodelplazoocondicionesdecumplimientode la(s)

Medida(s)indicada(s),elresponsabledelseguimientodejaráregistradoelcierredelreclamo.

Encasocontrario,citaráalapoderado del alumnoreferidoparaevaluarlasituaciónydeterminar, apartirde

losantecedentesdisponibles,las líneasdeacciónaseguir,lascualesdeberánrespetarlas

normasdeljustoprocedimiento.

Respectodelfuncionario o Par afectado,elpsicólogo (a)delColegio,uotroprofesional externoalque

pudieraserderivado,generaráuninformeenvirtuddelcual,elencargado delprocedimiento evaluará

la mantención o levantamiento de las medidas especiales que le hayan sido aplicadas.

Nota:Antecualquiercircunstanciaque n o s e d e s c r i b a e n e s t e p r o t o c o l o serála Dirección del

Establecimientoquienresuelva.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

13 PROTOCOLO DE ACCION – MALTRATO DE UN APODERADO HACIA UN FUNCIONARIO

DEL COLEGIO

A. INTRODUCCION:

El presente protocolo presenta la descripción de los procedimientos a seguir para el manejo de

hechos de maltrato entre estudiantes del Establecimiento.

La ejecución de este Protocolo se encuentra regida por las disposiciones contenidas en:

Reglamento Interno y de Convivencia Escolar:

B. DEFINICIÓN DE MALTRATO DE UN APODERADO A FUNCIONARIO DEL COLEGIO:

Se entenderá por “maltrato de apoderado hacia funcionario Colegio” cualquier acción u

omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de

medios tecnológicos o cibernéticos, proferida por parte de un apoderado en contra de un

funcionario del Colegio, la cual pueda provocar al funcionario en cuestión el temor razonable

de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su

propiedad o en otros derechos, fundamentales, dificultando o impidiendo, de cualquier

manera, su desarrollo o desempeño profesional, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

C. PROTOCOLO DE MANEJO DE MALTRATO APODERADO-FUNCIONARIO:

C.1. Presentación del Reclamo:

Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de

maltrato de un apoderado hacia un funcionario debe informarlo dentro de las 24 hrs de

conocido el hecho, por escrito, a las personas del Colegio habilitadas para recibir el “reclamo":

Profesores jefes; Docentes de Asignatura, Inspector General; Inspectores, Psicólogos,

Orientadores; Directivos Académicos, Encargado de Convivencia Escolar, otro designado por

Dirección.

El receptor deberá acoger al reclamante y registrar, en la medida de lo posible, la descripción

de los hechos que motivan el reclamo, los participantes de este y el rol que les cabe a cada

uno de ellos (participantes directos, indirectos, testigos, otros), las circunstancias en que esto se

hubiera producido (lugar, fechas, etc) y, en general todos los datos que permitan entender de

mejor manera lo ocurrido.

Si existiera más de un reclamante, el receptor debe consignar por separado las reclamos, con

objeto de tener claridad acerca de las distintas versiones.

En general, se mantendrá la confidencialidad de la identidad del reclamante, cuando este no

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

sea el funcionario afectado por la falta. No obstante lo anterior, se le informará que, por

razones justificadas, podría requerirse el conocimiento de su identidad, situación que, de ser

necesaria, se realizará tomando las debidas precauciones para resguardar su honra y dignidad.

Una vez que el reclamo está clarificado, el receptor informará al Encargado de Convivencia

Escolar la situación, para que este designe a la persona que deberá realizar la indagación.

C.2. Indagación del reclamo:

En general se privilegiará, siempre que esto sea posible, que el manejo de estos casos sea

realizado por un directivo. No obstante lo anterior, también estarán habilitados para cumplir

con esta tarea: Psicólogo institucional, Inspector General, Encargado de Convivencia Escolar,

Jefes de Departamento u otro miembro del Establecimiento.

Al inicio del proceso el encargado de indagar informará a los directamente involucrados en el

reclamo, así como a otros miembros del Colegio que les corresponda saber del hecho*, la

situación reclamada, el rol que supuestamente tienen cada uno de estos en ella y el proceso

que se realizará para resolver el reclamo. Se privilegiará la comunicación personal (entrevista)

con el funcionario y apoderado en cuestión, pero se podrá hacer uso de otros medios de

comunicación escrita (Ej. correo electrónico, carta certificada, etc.). Sea cual fuere la forma de

informar utilizada por el encargado de indagar, debe quedar constancia del envío y recepción

de la información.

El encargado de indagar guiará su desempeño en base al Principio de Inocencia: Buscará

profundizar la descripción y clarificación de las circunstancias del reclamo, sin atribuir

intencionalidad o culpabilidad al apoderado señalado como autor de la falta mientras dure

esta fase del proceso.

Sin perjuicio de lo anterior, si el encargado de indagar lo estima pertinente, podrá aplicar las

siguientes medidas durante el procedimiento y su ulterior resolución:

a) Respecto del funcionario del Colegio: Se le derivará a entrevista con psicólogo del Colegio, u

otro profesional interno o externo, para evaluar su condición personal ante la situación que lo

afecta. De acuerdo a los resultados de tal evaluación, se solicitará al Encargado de Convivencia

Escolar, autorización para aplicar las sugerencias indicadas por el evaluador. En el caso de que

se haya otorgado Licencia Médica al funcionario afectado, el encargado dará curso al

procedimiento institucional estipulado para estos casos.

b) Respecto del apoderado señalado como supuesto autor de la falta: Se le solicitará actuar

con prudencia frente a estas circunstancias, evitando interactuar en forma privada con el

funcionario supuestamente afectado por la falta (interacciones que, de ser necesarias,

deberán realizarse en presencia de una autoridad del Colegio).

El plazo máximo para indagar faltas de esta naturaleza será de diez días hábiles y sólo serán

prorrogables por motivos justificados, caso en el cual, el encargado deberá informar a la

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

jefatura académica a la cual reporte o al Encargado de Convivencia Escolar.

El encargado de indagar, atendiendo a las circunstancias del reclamo, determinará las acciones

requeridas para cumplir su labor, las cuales pueden ser, entre otras: Entrevistar a los

involucrados y posibles testigos (presencial, virtualmente o por escrito), citar a los

apoderados, solicitar orientación y/o evaluaciones de especialistas internos o externos al

Colegio, solicitar y analizar diversos antecedentes o evidencias atingentes, confrontar versiones,

etc. Cabe señalar que, dentro de las acciones a ejecutar, deberán considerarse

obligatoriamente procedimientos que garanticen la escucha de las versiones de los

involucrados y acogida de sus posibles descargos.

Durante el proceso, el encargado de indagar podrá aplicar, cuando lo estime pertinente,

algunas de las medidas que se indican a continuación, siempre y cuando hayan sido

autorizadas por el Encargado de Convivencia Escolar.

a) Medidas de Orientación: Acciones que pueden ser realizadas al interior del

Establecimiento, o por agentes externos al Colegio, dirigidas a la acogida y acompañamiento

de los involucrados (tutoría, terapia, consejería).

d) Medidas de Continuidad de Proceso Laboral: Plan de Acción diseñado para que el

funcionario pueda cumplir con sus deberes de cargo, siempre y cuando se encuentre en

condiciones de hacerlo.

Cuando el encargado de indagar haya agotado esta parte del proceso, analizará los

antecedentes recabados y decidirá, en base a éstos, la acreditación del maltrato reportado o la

desestimación del mismo. Sea cual fuere su conclusión, la informará a la autoridad

competente.

C.3. Resolución de situación de Maltrato de Apoderado hacia un Funcionario:

La autoridad que debe resolver respecto de situaciones de maltrato de un apoderado a un

funcionario será el Encargado de Convivencia Escolar.

La autoridad designada determinará si se cumplen los requisitos para imponer una medida o

sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado.

c.3.1. Si el reclamo es acreditado:

a. la autoridad designada debe considerar, a la luz del Proyecto Educativo y Reglamentos del

Colegio, las siguientes variables antes de sugerir medidas a aplicar:

La aplicación de un enfoque esencialmente formativo en el manejo de las faltas a la buena

convivencia.

Los involucrados deberán tener presente que el maltrato de apoderado a funcionario es un

comportamiento que vulnera el Art 10b (párrafo segundo) de la Ley General de

Educación, tanto como el Art.3°, letra l, del Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

La naturaleza, intensidad y extensión de la falta, así como las características del afectado.

La conducta anterior del responsable;

Los antecedentes y descargos presentados por el autor de la falta.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Otros aspectos relevantes consignados durante la indagación del hecho.

b. La medida y/o sanción sugerida deberá corresponder únicamente a las establecidas en los

cuerpos normativos atingentes a la falta cometida, pudiendo ser el Reglamento de

Convivencia Escolar, Reglamento Interno del Colegio, Obligaciones contractuales (contrato de

educación) u otras normas o compromisos suscritos por el autor de la falta.

c. En los casos en que existan dudas respecto de las medidas susceptibles de ser tomadas, se

consultará al asesor jurídico del Colegio u otros organismos competentes para clarificar la

resolución.

d. Una vez decididas las medidas a tomar, la autoridad designada, en conjunto con el

encargado de indagar, lo comunicarán a las partes, en la extensión y profundidad que les

corresponda conocer (cautelando a través de esto la integridad y dignidad de los

involucrados).

c.3.2. Si el reclamo es desestimado: La autoridad designada, en conjunto con el encargado de

indagar, comunicarán la decisión a las partes tal decisión, en la extensión y profundidad que les

corresponda conocer (cautelando a través de esto la integridad y dignidad de los involucrados).

Sea que el reclamo se acredite o se desestime, al informar a las partes interesadas la

resolución final, se privilegiará la entrevista personal como medio de comunicación, no

obstante, se podrá hacer uso de otros medios formales escritos, debiendo quedar constancia

del envío y recepción del comunicado (Ej. correo electrónico, carta certificada, etc. ).

El Encargado de Convivencia Escolar consignará los antecedentes del procedimiento en los

archivos de convivencia escolar confidenciales.

C.4. Recursos Apelación:

El encargado de comunicar el cierre de un procedimiento de manejo de maltrato de un

apoderado a un funcionario, independientemente de la resolución que se haya tomado,

deberá informar a las partes su derecho a apelar la(s) resolución(es) comunicadas y las

condiciones para ejercer tal derecho.

La información entregada debe indicar los siguientes elementos:

a) Que tienen el derecho a apelar sobre la o las resoluciones que les han sido comunicadas.

b) Que la apelación debe ser presentada por escrito o en formato virtual, con la autoría

debidamente acreditada, en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha

en que se les haya notificado la resolución que la motiva.

c) Que la autoridad de apelación les comunicará la decisión definitiva en un plazo máximo de

diez días hábiles y que esta tendrá carácter de inapelable.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

*Nota: La autoridad de apelación no podrá ser aquella que realizó indagatoria.

C.5. Seguimiento.

En los casos que se hayan dispuesto medidas que deben ser cumplidas por el autor de la falta, el

Encargado de Convivencia Escolar deberá realizar el seguimiento correspondiente, en su

defecto, la Jefatura directa del funcionario afectado.

Si el resultado es satisfactorio al término del plazo o condiciones de cumplimiento de la(s)

medida(s) indicada(s), el responsable del seguimiento dejará registrado el cierre del reclamo. En

caso contrario, citará al apoderado referido para evaluar la situación y determinar, a partir de

los antecedentes disponibles, las líneas de acción a seguir, las cuales deberán respetar las

normas del justo procedimiento.

Respecto del funcionario afectado, el psicólogo del Colegio, u otro profesional externo al que

pudiera ser derivado, generará un informe en virtud del cual, el encargado del procedimiento

evaluará la mantención o levantamiento de las medidas especiales que le hayan sido

aplicadas.

Nota: Ante cualquier circunstancia que implique conflicto de competencias en la ejecución del protocolo,

será el Encargado de Convivencia Escolar quien resuelva.

14 PROTOCOLO DE ACCION EN CASOS DE INASISTENCIAS REITERADAS SIN

JUSTIFICACIÓN DEL APODERADO

INTRODUCCION:

El presente protocolo presenta la descripción de los procedimientos a seguir para la

inasistencia reiteradas de los estudiantes sin justificación por parte de los apoderados del

establecimiento.

En caso de que un estudiante se ausente a clases, esta inasistencia debe ser justificada por el

apoderado en forma escrita en la agenda escolar. Toda inasistencia debe ser justificada por el

apoderado, de preferencia antes del día que ocurra, o en su defecto a más tardar al día

siguiente de acontecida.

De ausentarse durante tres o más días, el estudiante deberá asistir al colegio en compañía de

su apoderado, de presentarse sin su apoderado, se realizará contacto con este para que

asista a regularizar la situación del estudiante. En caso que un estudiante no asista a clases

por un tiempo más prolongado, el docente debe dar cuenta de esta situación a Dirección, con

el fin de acordar estrategias para el retorno del alumno(a) al colegio.

Toda inasistencia por enfermedad, debe ser justificada con Certificado o Licencia Médica, la

que debe ser presentada en Coordinación de Unidad Técnica Pedagógica a la brevedad para

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

efectos de evaluación. Si se mantienen las situaciones de inasistencias se derivará el caso al

área social del establecimiento para su abordaje. Si al finalizar el año no se obtiene el 85% de

asistencia, se revisará la situación del estudiante, pudiendo quedar en situación de

condicionalidad dependiendo de cada caso.

En el caso de inasistencias reiteras (30 días o más) sin justificación médica, el Departamento

de Inspectoría General tendrá la obligación de reportar esta situación a la Dirección del

establecimiento quien informará a Superintendencia de Educación y Departamento de

Educación Provincial para efectos de consultar sobre la promoción del estudiante, debido a

que no cumpliría con el mínimo de asistencia establecida en el Reglamento de Evaluación

Nacional.

15 PROTOCOLO DE ACCION FRENTE A SITUACIONES DE DESCONTROL DE IMPUSOS Y/O

CRISIS.

OBJETIVO

Entregar orientaciones claras de actuación frente situaciones de descontrol de impulsos y/o

crisis de un/a estudiante, con la finalidad de entregar contención y apoyo, además de

resguardar la integridad física y psicológica tanto de compañeros/as y/o adultos del

establecimiento.

Descontrol de Impulsos y/o Crisis: Acciones de carácter violento, físicas, psicológicas o de

manipulación del medio, con niveles variables de intensidad y peligrosidad ejercida hacia sí mismo o

hacia los demás.

Pasos a seguir:

Responsable de la activación del protocolo, frente a una situación de descontrol de impulsos y/o

crisis: Docente de Aula y/o Inspectores.

Evaluación de la situación y medidas de contención a los involucrados: Encargado de Convivencia

Escolar y/o Dirección.

Medidas de Contención

Contención Emocional: Se busca tranquilizar y estimular la confianza de la persona que se encuentra

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

afectada por la crisis. Además se busca negociar alguna solución.

Técnicas No Invasivas (se usan al inicio de un berrinche o en manifestaciones menos

intensas)

1. Desvío de atención: Realizar otras actividades en frente del niño, manifestando interés por el

nuevo foco de acción. Lentamente el niño se puede ir interesando en lo novedoso y perder atención

a lo que lo altera.

2. Disminuir la exigencia o la complejidad: En caso de oposicionismo o fatiga durante la clase es

recomendable ir disminuyendo la exigencia, requiriendo acciones más simples, pero no dejar de

hacer cosas. De esta forma es posible para el niño modularse al entender y poder manejar la

actividad.

3. Referencia Social: El rostro humano es una importante fuente de información. Al inicio de una

dificultad o ligera molestia, Es importante mantener un rostro tranquilo o alegre para que el niño no

se contamine con la ansiedad del adulto.

4. Tiempo fuera / aislamiento: Para prevenir o disminuir la ”pataleta”, es recomendable buscar un

lugar en el que el niño pueda permanecer sin dañarse (sillón, colchoneta, silla), acompañándolo y

evitando que se retire de ahí. Se puede sentar al niño en una silla cómoda o dejarle acostado en un

sillón. El adulto se sienta frente a él, haciendo un gesto simple con la mano para que se calme (como

el gesto de stop). Si el niño intenta salir, se le fuerza suavemente a permanecer en el lugar (por eso

mientras más cómodo, mejor). A esta técnica le llamaremos “silla fría”, pues su objetivo es enfriar la

rabia y la agitación, no necesariamente eliminarla, sino que dejarla en un nivel que no sea incómodo

para el ambiente.

Técnicas Invasivas (usadas en manifestaciones más intensas o de mayor duración)

1. Contención física: El abrazo intenso, por más de 20 segundos, tiende a generar sustancias

químicas (dopamina, serotonina) que aquietan la reacc-ión. En el peor de los casos, el abrazar y dejar

que el niño llore, le permite manifestar sus emociones, sin tirarse al suelo, agredirse o agredir a su

entorno, abriendo la puerta a un manejo posterior. Funciona como castigo a una conducta

indeseada al impedir el libre movimiento, lo cual es muy desagradable para el niño. Sin embargo la

riqueza de estimulación táctil y corporal, funciona también como modulador sensorial de la rabia o

la angustia, disminuyendo el grado de cortisol y bajando la ansiedad. Una vez que desciende un poco

la intensidad de la manifestación, se afloja el abrazo y se deja al niño hacer otra cosa o se continúa

con una actividad previa. Recuerde que el niño puede seguir llorando, la contención se utiliza para

que disminuya la intensidad de la pataleta, para que deje de agredir o se mueva en exceso.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

2. Castigo negativo: Consiste en retirar lo que el niño desea frente a la manifestación disruptiva y

reingresarlo frente a los cambios adecuados. Si estamos jugando o interactuando y el niño muestra

conductas inadecuadas, se retira el material, la comida o incluso nosotros mismos. El mínimo cambio

hace que nuestra actitud cambie también, para enseñar al niño que una conducta aceptable le

permite continuar con la actividad.

3. Saciamiento: Consiste en permitir o entregar al niño mucho de la manifestación inadecuada hasta

que le incomode. Por ejemplo, en el caso de niños que se tiran al suelo, el no dejarlos pararse, tiene

el efecto de que se levanten sin tener que cargarlos. Si el niño bota cosas, se le ayuda a botar más

objetos y se le hace recoger. Si un niño salta en la pataleta, se le hace saltar por más tiempo. El

exceso de la conducta termina siendo molesto y la manifestación decrece.

4. Referencia social: Antes y después de la aplicación de un procedimiento invasivo, es conveniente

mostrar un rostro más severo, para que en el futuro se le asocie con las consecuencias del berrinche.

Así, sólo el rostro o tono de voz, servirá para aminorar las manifestaciones.

Generación del plan de intervención (medidas pedagógicas, comunicación con la familia,

instancias de derivación y redes de apoyo, traslado a centro asistencial.)

Medidas pedagógicas

Apoyo pedagógico especial: entrega de materiales de estudio, de guías de aprendizaje para

trabajar en biblioteca.

Establecer Compromisos.

Comunicación con la familia:

Sostener una conversación con el apoderado/a en relación a la crisis o descontrol de impulso

presentado por la o el estudiante, para dar continuidad a la contención y apoyo.

Dar a conocer al apoderado el protocolo de actuación, explicando detalladamente el plan de

intervención que se llevará a cabo.

Redes de apoyo o instancias de derivación:

CESFAM

O.P.D (En caso existir vulneración de derechos)

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Evaluación e informe final de la intervención

Encargado de Convivencia Escolar.

Director /a.

Dupla Psicosocial.

Dicho informe deberá ser archivado en un expediente exclusivo que contenga todos los casos que

tengan relación con Convivencia Escolar del establecimiento, siendo estos documentos

estrictamente confidenciales.

16 PROTOCOLO DE PREVENCION CONSUMO ALCOHOL Y DROGAS

ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN

Dentro de la propuesta de prevención, se sugiere que cada estrategia este a cargo de estamento de

la comunidad educativa, sin ser necesariamente exclusiva de este, ya que se pueden trabajar en

equipo, o requiriendo el apoyo de otros estamentos.

A cargo del Equipo Directivo (Director, Inspectoría General, Jefe UTP):

Promover la participación de las redes de apoyo para la realización de talleres y educaciones

referidas a la prevención de alcohol y drogas en el establecimiento educacional.

Permitir instancias dentro del establecimiento para abordar estos temas con toda la comunidad

educativa.

El Encargado de Convivencia Escolar:

Asesorar a los alumnos sobre las consecuencias del consumo.

Difundir desde el reglamento de convivencia escolar orientaciones hacia la prevención y apoyo de

los estudiantes ante el riesgo de consumo de alcohol y drogas, y de las leyes 20.000 (Ley de drogas y

estupefacientes) y 20.084 (Ley de responsabilidad penal juvenil) a apoderados, asistentes de

educación y profesores.

Favorecer y estimular en los estudiantes actividades culturales, deportivas y sociales.

Equipos Psicosociales:

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Promover la capacitación en esta temática de los profesores y asistentes de la educación.

Colaborar en las acciones preventivas implementadas en el establecimiento educacional.

Asesorar a los alumnos sobre las consecuencias del consumo.

Acompañar y realizar seguimiento de estudiantes que se encuentren con apoyo en alguna

institución externa.

Trabajar con las familias, como primeros agentes preventivos del consumo de alcohol y drogas.

Coordinación activa con las redes de apoyo involucradas en esta temática.

Promover hábitos y estilos de vida saludables por parte de la comunidad educativa

Inspectores, asistentes de la educación y personal paradocente externo:

Mantener una conducta que promueva un estilo de vida saludable dentro del establecimiento

educacional.

Velar y vigilar espacios dentro del establecimiento donde puedan ocurrir situaciones de riesgo.

Apoderado:

Promover con el ejemplo conductas de autocuidado, e informativas sobre el consumo de alcohol y

drogas y sus efectos a sus hijos.

Participar de educaciones y talleres realizados en el establecimiento referidos a los temas de

prevención de consumo de alcohol y drogas.

PLAN DE ACCIÓN FRENTE A LA SITUACIÓN DE CONSUMO DE ALCOHOL Y

DROGAS POR PARTE DE UN ESTUDIANTE.

A continuación se describen las fases a seguir, plazos, sus responsables y acciones a realizar.

FASE 0: DETECCIÓN

Objetivo: Informar de cualquier situación de sospecha o consumo de drogas por parte de un

estudiante que ocurra dentro o fuera del establecimiento educacional, como acción preventiva y de

apoyo.

Plazo: Primeras 24 horas de ocurrido el hecho.

Responsable: Cualquier integrante de la comunidad educativa: Docentes, estudiantes, padres y

apoderados, asistentes de la educación, Directivos.

Acciones: - Informar la situación a Dirección, por parte de cualquier miembro de la comunidad

educativa.

* En el caso de los alumnos; estos pueden dirigirse a su profesor jefe y/o profesor de mayor confianza

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

FASE 1: EVALUACIÓN DE LA SITUACIÓN

Objetivo: Recopilación de los antecedentes, entrevistas a testigos, con el fin de realizar acciones

preventivas con SENDA Previene, e informar al apoderado la situación.

Plazo: 48 horas de conocido el hecho.

Responsable: Dirección, Equipo Técnico. Encargado de Convivencia Escolar.

Acciones: - Realización de entrevistas a testigos. - Evaluación de la situación con equipo técnico. -

Entrevista con el apoderado para informar la situación.

FASE 2: ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARA LOS IMPLICADOS

Objetivo: Realizar acciones preventivas y legales en favor del estudiante y la comunidad educativa.

Plazo: 3 días desde que se conoce el hecho.

Responsable: Dirección.

Acciones: Informar a las familias.

Se cita a los apoderados de los alumnos implicados informando las acciones de acuerdo al

reglamento de convivencia escolar, y se deriva a las instituciones de apoyo, como el CESFAM y SENDA

PREVIENE.

* En el caso de micro tráfico se realizara la denuncia a PDI y Carabineros de Chile.

* Si existiese además vulneración de derechos, se informará a OPD para toma de conocimiento del

caso, lo cual previamente se informará a la familia.

FASE 3: SEGUIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO

Objetivo: Monitorear estado del estudiante posterior a la denuncia

Plazo: Posterior a la denuncia. 1 semana, 1 mes, 3 meses, 6 meses y en cualquier momento que sea

necesario.

Responsable: Directivos del Establecimiento Educacional, junto a Profesor Jefe, Encargado

a denunciar la situación, y este encargarse de informar a Dirección

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

ORIENTACIONES EN LA PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS.

DETECCIÓN PRECOZ DEL CONSUMO DE DROGAS

La detección precoz del consumo de drogas tiene por objetivo poder intervenir antes de que el

problema se agrave, se vuelva más complejo o se extienda a otras áreas, tales como el rendimiento

escolar, las relaciones con los pares, grupos de amigos, en el pololeo y en la relación con la familia.

Entre las señales de alerta que se debe tomar en cuenta, se encuentran:

a) Cambios en el comportamiento:

Ausencias frecuentes e injustificadas al colegio; atrasos reiterados.

Rebeldía y descontrol de impulsos, problemas de conducta reiterados, sanciones

disciplinarias.

Mentiras reiteradas.

Necesidad y búsqueda continua de dinero, desaparición de objetos.

Cambios bruscos en los hábitos y conducta: somnolencia reiterada, aspecto desaseado,

irritabilidad.

Agresividad al discutir el tema “drogas”

b) Cambios en el área intelectual:

Problemas de concentración, atención y memoria.

Baja en el rendimiento escolar y desinterés general.

c) Cambios en el área afectiva:

Convivencia Escolar, miembro que realizó la notificación a Dirección, y Apoderado (*Pueden no estar

todos los estamentos. Pueden ser asesorado por los equipos psicosociales SEP.)

Acciones: Reporte de la situación del estudiante dentro del establecimiento posterior a la denuncia

Interacción con sus pares, con los adultos del establecimiento, rendimiento escolar, motivación por

asistir a clases, etc. Acompañamiento por parte de profesor Jefe, profesionales del área psicosocial y

Retroalimentación por parte de las instituciones que investigan el caso y otras redes de apoyo.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Cambios bruscos y oscilantes en el estado de ánimo.

Reacciones emocionales exageradas.

Desmotivación generalizada.

Desinterés por las cosas o actividades que antes lo motivaban

Desánimo, pérdida de interés vital. Actitud de indiferencia.

d) Cambio en las relaciones sociales:

Preferencia por nuevas amistades y, algunas veces, repudio por las antiguas.

Pertenencia a grupos de amigos que consumen drogas.

Valoración positiva de pares consumidores.

Alejamiento de las relaciones familiares.

Selección de grupos de pares de mayor edad.

Así como existen estas señales de alerta, también existen algunas señales de consumo que se

complementan a las anteriores y que es necesario que la familia y los miembros de la comunidad

educativa puedan reconocer con prontitud, tales como:

Posesión de drogas

Olor a drogas o a otros aromas para despistar, como incienso.

Robos en el establecimiento educacional.

Posesión de accesorios relacionados con la droga: papelillos, pipas, gotas para los ojos, etc.

Por último, una vez pesquisadas estas señales de alerta o de consumo, el docente debe iniciar un

proceso de búsqueda de información, ya sea realizando una observación más sistemática del

estudiante, comunicando lo percibido de preferencia al profesor jefe, orientador, profesional

coordinador de prevención del establecimiento educacional o corroborando directamente con el

joven si le sucede algo.

MICRO TRÁFICO

El micro tráfico es un delito, que puede darse en los establecimientos educacionales. Se configura

por el acto de poseer (que es tener en calidad de dueño); portar (llevar drogas consigo

independiente de quién sea el dueño); transportar (entendido como el traslado en algún medio de

transporte) o guardar pequeñas cantidades de drogas, a menos que justifique que están destinadas

a la atención de tratamiento médico o a su uso o consumo personal y exclusivo y próximo en el

tiempo. Las penas en este caso van de 541 días a 5 años. La misma pena sufrirá el que suministre o

facilite a cualquier título (done, ceda, permute, etc.) o el que adquiera pequeñas cantidades de estas

sustancias con el objetivo que otro las consuma.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

OBLIGACIONES QUE TIENE EL/LA DIRECTORA/A EN CASO DE DETECTAR LA EXISTENCIA DE MICRO

TRÁFICO AL INTERIOR DE SU ESTABLECIMIENTO.

Una vez en conocimiento del Director, éste como funcionario público, tiene la obligación de

denunciar al Ministerio Público, a las policías o directamente al juez, bajo pena de presidio en el caso

que no lo haga.

Cuando se presenta una situación de estas características, es necesario que las autoridades que

conozcan de hechos de tal gravedad, cuenten con la mayor cantidad de antecedentes que permitan

fundamentar la denuncia: testimonios ojala de más de 1 persona debidamente confrontados, algún

tipo de registro gráfico, audiovisual, constatación personal del hecho, etc. ya que una denuncia de

este tipo faculta a los tribunales de justicia para ordenar detenciones, investigaciones,

interrogatorios, decretar prisiones preventivas o allanamientos, etc.

Toda denuncia ante las autoridades debe ser efectuada responsablemente, ya que un proceso por

estos delitos puede afectar derechos como la libertad personal o la honra, además de la

consecuente estigmatización social que sufren los involucrados

EN EL CASO DE QUE UN/A ALUMNO/A SEA SORPRENDIDO/A CONSUMIENDO

DROGAS AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO.

1) Si un alumno es sorprendido consumiendo dentro del establecimiento o en sus inmediaciones

por alguna autoridad del colegio o profesor, se le debe aplicar las sanciones señaladas en el

Reglamento de Convivencia escolar (Falta grave), además de comunicarles a los padres la situación.

2) Es fundamental que los docentes y directivos indaguen en cada caso para determinar si se

trata de consumo personal o de micro tráfico, ya que en el caso de micro tráfico, este debe ser

denunciado a las instituciones correspondientes.

3) Los docentes y personal del establecimiento, que detecten o sean informados de una

situación de posible tráfico de drogas, deben resguardar el principio de inocencia.

4) Pondrán en conocimiento del director o sostenedor de la unidad educativa, todos los

antecedentes posibles de manera reservada y oportuna. Es importante informar a la familia o a un

adulto significativo del o los estudiantes involucrados en la situación.

5) Frente a casos flagrantes de tráfico o micro tráfico de drogas, es decir al sorprender a una

persona realizando esta actividad, el director y/o sostenedor del establecimiento, deberá llamar a la

unidad policial más cercana, para denunciar el delito que se está cometiendo.

6) Frente a la existencia de sospechas de tráfico o micro tráfico de drogas, el director y/o

sostenedor, pondrán la información y antecedentes con que cuentan en conocimiento del Fiscal del

Ministerio Público o de las policías de la comuna.

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

7) El Fiscal y las policías, realizarán la investigación pertinente, con la reserva necesaria de la

identidad del o los denunciantes.

8) A través de la investigación, la fiscalía determinará si existen antecedentes suficientes para

procesar a los involucrados o proceder al archivo del caso.

9) El director y/o sostenedor del establecimiento educacional, podrá solicitar la participación de

la Unidad de Víctimas y Testigos del Ministerio Público, quienes podrán decretar distintas medidas

que tiendan a la protección de los denunciantes y los testigos.

10) El director y los miembros de su equipo directivo, deben tomar contacto y solicitar el apoyo

de las redes institucionales a nivel local, tales como SENDA Previene y OPD (SENAME), de tal manera

de brindar las medidas de protección y atención de los niños, niñas y adolescentes que posiblemente

se vean involucrados.

ANEXO 1

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REGISTRO FECHA

Fecha

ANEXO 2

INFORME CONCLUYENTE

(Confidencial)

I. IDENTIFICACIÓN VÍCTIMA

APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO

NOMBRES EDAD

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CURSO PROFESOR(A) JEFE(A)

REGISTRO DE INCIDENTES RELEVANTES (Hoja de vida del estudiante)

MEDIDA PREVENTIVA IMPLEMENTADA

II. IDENTIFICACIÓN DE AGRESOR(ES)

NOMBRE CURSO EDAD

MEDIDA DISCIPLINARIA IMPLEMENTADA

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

II. ANTECEDENTES DE SITUACION DE ACOSO

FUENTES (Adjuntar a expediente)

Certificado Médico Entrevista Docentes Amenazas escritas

Entrevista familia Entrevista alumnos Correos electrónicos

Evaluación Psicológica Indicadores Urgencia Otros (Especificar)

……………………………………………………………………………………………………………

……….

……………………………………………………………………………………………………………

……….

……………………………………………………………………………………………………………

……….

……………………………………………………………………………………………………………

……….

III. DESCRIPCIÓN DE LA SITUACIÓN

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

DETALLAR TIPO DE ACOSO (Realizar relato detallado de los hechos indicando

lugar, involucrados, tipo de acoso, intensidad y consecuencias).

IV. VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN DE ACOSO (Indicar registros disponibles, fecha y

acciones implementadas)

FACTORES SI NO DESCRIPCIÓN

Situación reiterada

Antecedentes previos de

agresión (física, verbal y/o

psicológica) en la victima

Antecedentes de cambios

conductuales observados en la

víctima

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Antecedentes de cambios en la

actitud de la víctima

Antecedentes de solicitud de

ayuda y/o apoyo por parte de la

víctima

Reportes de estudiantes

indicando existencia de acoso

escolar

Reportes de la familia

señalando existencia de acoso

Reportes de docentes y/o co

docentes que informan de la

situación

V. CONCLUSIÓN

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Nombre y firma de funcionario que

recepciona antecedentes

Fecha

REGISTRO FECHA

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ANEXO 3

LISTA DE COTEJO

En este listado figuran ordenados cronológicamente los procesos del Protocolo Acoso Escolar

(bullying). Marque con las acciones realizadas y con las acciones ignoradas. Complete

los datos según corresponda.

0. Detección (Fecha: / / , Hora: )

Responsable (anónimo si corresponde): .

Alertar a encargado de convivencia escolar establecimiento

1. Evaluación preliminar de la situación (Fecha: / / , Hora: )

Responsable (quien acoge la situación): .

Aplicación Pauta Indicadores de Urgencia

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

Informar a autoridad del establecimiento

2. Adopción de medidas de urgencia para implicados (Fecha: / / )

Responsable: .

Informar familias

Derivar atención medica

Alertar equipo técnico y autoridad establecimiento

Informar apoyo externo según corresponda:

Carabineros

PDI

SENAME

Otro:

3. Diagnóstico de Acoso Escolar.

(Establecer tipo de violencia escolar registrada con énfasis en casos de Bullying)

Responsable(s): .

.

Información Pauta de Urgencia

Aplicación cuestionario. ¿Cuál? .

Reconstrucción de hechos

(Entrevistas a actores clave e identificar, si corresponde):

Víctima(s): .

Agresor(es): .

Observador(es): .

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Profesor(es): .

Apoderado(s): .

Otro: .

(A partir de datos obtenidos establecer que ocurrió)

Análisis del contexto (atenuantes, agravantes, historia, móvil)

Constatar 3 características centrales del acoso escolar o bullying:

I. Se produce entre pares

II. Existe abuso de poder

III. Es sostenido en el tiempo

Elaborar informe concluyente con copia a sostenedor y MINEDUC

4. Generar Plan de Intervención

Debe considerar: acoger y educar a la víctima, sancionar y educar a agresor(es) y

trabajar con observadores facilitadores.

Responsable(s): .

.

Registro Psicosocial Educativo (cd 1)

Carpeta de Recursos y Protocolo (cd 2)

Derivar a Red de Apoyo (Salud, ONG, OPD, SENAME, otro).

¿Cuál(es)?: . .

5. Evaluación e Informe Final Plan de Intervención

Responsable(s): .

.

Acciones de seguimiento. ¿Cuáles?: .

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

.

Reunión Equipo Técnico (Fecha: / / )

Informe Final con copia a Sostenedor y MINEDUC

ANEXO 4

TIPO DE ENTREVISTA EN CASO BULLYING.

Nombre y apellidos del alumno/a: .................................................................................

Curso: …………………………..Profesor Jefe:………………………………………

Fecha de entrevista:……

La conversación con el alumno o alumna que supuestamente está siendo víctima de bullying

debe ser especialmente cuidadosa. Durante la entrevista el entrevistador debe contrastar la

veracidad de la sospecha al tiempo de ofrecer apoyo y escucha. Es muy importante que el

alumno o alumna no se sienta cuestionado. De forma complementaria es importante de recabar

datos como tipo de acoso (especificando detalladamente la conducta vulneradora), frecuencia e

intensidad, responsables de las acciones acosadoras, testigos de los eventos y denuncias

anteriores en el caso de que estas hayan existido.

Se puede comenzar por preguntas genéricas y abiertas como:

¿Cómo estás?

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Manual de Convivencia Escolar Liceo Isabel Riquelme

¿Qué tal te ha ido en el Liceo?

¿Cómo te has sentido últimamente?

La idea es intentar que el niño se relaje y establecer un ambiente distendido. A continuación, se

debe centrar la entrevista en los supuestos hechos partiendo de preguntas menos comprometidas

y genéricas para llegar a las más específicas y difíciles. En todo caso, la entrevista debe

adaptarse al caso concreto, especialmente si es el alumno o su familia quien ha comunicado al

docente los hechos. En este caso no será necesario detenerse en exceso en las primeras

preguntas. Un formato de entrevista se puede estructurar de la siguiente forma:

1. Me he enterado que personas últimamente te molestan, hostigan y/o agreden físicamente

(se pueden incluir formas de ciber bullying) ¿sabes algo, cuéntame un poco más respecto a

esto?

2. ¿Qué opinas de eso?, ¿Por qué crees que lo hacen?

3. ¿Qué hace el alumno que recibe los insultos o burlas?, ¿Qué podría hacer?

4. ¿Conoces a alguien que le esté pasando?, ¿sabes de quién se burlan, hostigan o golpean constantemente?

5. Tú sabes que en el Liceo estamos para ayudarlos y que no podemos permitir que esto suceda a nuestros alumnos, ¿Te ha pasado a ti algo parecido?

6. Si es afirmativo ¿Desde cuándo te pasan estas cosas? ¿Son hechos aislados o se repiten? ¿Específicamente que te hacen? ¿Cuántas veces al día, semana, mes ocurre esto?

7. ¿Este acoso se da a través de internet o con el teléfono móvil? ¿Redes sociales, Messenger, chat, email, sms, youtube, etc?

8. ¿Sabes quién lo está haciendo? ¿Cómo lo sabes?

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9. ¿Qué haces cuando te ocurre?

10. ¿Hay más personas que lo saben?, ¿Se lo has contado?

11. ¿has hablado con tus padres y/o apoderados de esto?

11. ¿Qué hacen los demás para ayudarte?

12. ¿Qué quieres que hagamos por ti?


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