SISTEMA LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA, COMUNA DE CARAHUE, ESC. G-408 “DINAMARCA – LUCERO
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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Y PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN
2018
ESTABLECIMIENTO: ESC. G-408 “DINAMARCA-LUCERO”.
DIRECCIÓN: SECTOR RURAL EL LUCERO
DEPENDENCIA: SISTEMA LOCAL DE EDUC. PÚBLICA
COMUNA: CARAHUE.
PROF. ENCARG.: LUIS IVAN OLAVE PEREZ.
FECHA: 22 DE MARZO DE 2018.
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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA ESCUELA
PÚBLICA BÁSICA RURAL G- 408 “DINAMARCA - LUCERO “
PRESENTACIÓN: El presente documento es legitimado y sustentado Legalmente
por las siguientes disposiciones vigentes: La Constitución Política de la República de Chile,
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, La Ley Orgánica Constitucional de
Enseñanza Nº 18.962 de 1990 y Los Decretos Supremos de Educación Nº 220 de 1998 y 240
de 1999. Estos, son la base y fundamento de lo que a continuación se presenta:
INTRODUCCIÓN:
Con el objeto de dar cumplimiento a los Objetivos
Fundamentales Transversales, al Instructivo Presidencial Sobre Participación Ciudadana y las
Políticas de Educación que sugieren la activa participación de los Padres, Madres y/o
Apoderados en el Sistema Educativo; se hace necesario contar con un Documento que
explicite Normativas de Convivencia Escolar, el cual es elaborado en una reunión de
Apoderados, en la que tuvieron participación todos los componentes de esta Comunidad
Educativa.
La motivación que dio origen a este instrumento, es pues el
interés de la Comunidad Educativa G–408 “El Lucero de Dinamarca” y las referencias
extraídas desde el Reglamento Interno de la Escuela; el de formar a nuestros educandos en
personas íntegras, con sentido de la responsabilidad, estudiosos, creativos, respetuosos con su
entorno y con sus semejantes, en fin; obtener de ellos un ideal de profesionales para Chile.
Estas aspiraciones, no son más que el producto pleno de una comunidad emergente, que
evidencia tener una concepción humanista, integradora y consecuente con los principios
sociales y con cada uno de los participantes de esta Institución.
VALORES DEL ESTABLECIMIENTO:
La Escuela Pública Básica Rural D-408 “Dinamarca-Lucero” del sector El Lucero de
la comuna de Carahue estipula como valores transversales de su práctica educativa lo
siguiente:
-Ser solidarios en el trabajo grupal en todos los niveles y subsectores.
-Respetar la diversidad para formar a los ciudadanos del siglo XXI que la comunidad
requiere.
-En la ejecución de las distintas labores desarrollarlas con responsabilidad
-Valorar la multiculturalidad tanto de forma individual como grupal.
-Ser coherente con los Valores Universales en la convivencia ciudadana
-En el logro de los resultados debe ser fundamental el compromiso particular de los
estudiantes y apoderados, así como también el de toda la comunidad educativa.
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PERFIL DEL ESTUDIANTE:
Los estudiantes formados en la Escuela D-408 “Dinamarca-Lucero de la comuna de
Carahue deben ser:
-Críticos en su actuar para contribuir en la sociedad.
-Independientes para tomar decisiones asertivamente.
-Capaces de proyectarse en estudios superiores frente a la posible adversidad.
-Amigables, solidarios y tolerantes en la convivencia con su comunidad educativa.
-Comunicativos, afectuosos, veraces en la interacción con los profesores.
-Disciplinados, respetuosos, colaboradores y creativos en el desarrollo de sus labores.
-En el ámbito religioso deben ser respetuosos y tolerantes ante las diversas creencias.
-Cuidadosos por mantener una buena presentación personal.
-Comprometidos con el proyecto educativo de la escuela.
ORGANIGRAMA DE FUNCIONAMIENTO DEL COLEGIO:
__________________________________ ______________________________
CLAUDIA A. AGUAYO NAHUELPÁN LUIS IVÁN OLAVE PÉREZ
Presidente del C. de Padres y Apoderados Profesor Encargado de Escuela
El Lucero, 22 de marzo 2018.-
DIRECTOR ADMINISTRATIVO
SISTEMA LOCAL DE EDUCACIÓN
PÚBLICA COSTA ARAUCANÍA
SUPERVISORES
SECREDUC
MINEDUC MICROCENTRO PROF.
RURALES
EQ. CONDUCT. RURAL
CTRO. DE PADRES Y AP
MANIP. DE ALIMEN.
DOCENTE ENCARGADO
ESCUELA
EQ. COORDIN. COMUN
COMUNIDAD ESCOLAR
CTRO. DE ALUMNOS
CONSEJO ESCOLAR
(CONVIVENCIA ESC.)
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TITULO I
NORMATIVA DE LA CONVIVENCIA
Art. 1 = Referente a horarios de funcionamiento: La Escuela G-408 “Dinamarca-Lucero”, mantendrá
un orden de funcionamiento de lunes a viernes con la siguiente distribución horaria:
- De lunes a jueves: ----------------- 08:30 a 17:30 hrs. Y días viernes de 08:30 a 14:00 hrs.
- Jornada de clases lectivas: ------- 09:00 a 16:05 hrs. Y días viernes de 09:00 a 14:00 hrs.
- Desayuno y Recreo: ---------------10:30 a 10:45 hrs. Comprende un espacio de 15 minutos.
- Recreo: ----------------------------- 12:15 a 12:25 hrs. Comprende un espacio de 10 minutos
- Almuerzo y Recreo: -------------- 13:55 a 14:35 hrs. Comprende un espacio de 40 minutos.
- Once o Colación Fría: ------------ 16:05 a 16:15 hrs. Comprende un espacio de 10 minutos.
- At. Apod, Colación y Aseos: ---- 16:05 a 16:30 hrs. De lunes a jueves (espacio de 25 mtos.)
- Reunión de C. de P. y Apod. ---- Mensual (Último jueves de cada mes).
- Reunión de Micro centro -------- Mensual (1° lunes de c/mes por ser Escuela Unidocente).
(Reglamento Interno del Establecimiento).
Art. 02 = Referente a situaciones de ausencias:
En el caso del Docente: Podrá ausentarse de
sus funciones haciendo uso de 6 días administrativos en casos justificados y/o con previo
aviso de 48 horas al D.A.E.M.; En el caso de los Alumnos: Éstos podrán ausentarse del
Establecimiento con previo aviso y autorización escrita de su apoderado y de su profesor para
participar en desfiles, muestras, concursos, deportes y giras de estudio.
En el caso de salidas desde la sala de clase a excursiones de observación e
indagación como complemento de clase; estas sólo se realizarán con la autorización y
acompañamiento del profesor, dentro de las horas de clase.
En el caso de ausencias por; enfermedad del alumno, muerte de un familiar u/o
permisos; el apoderado tendrá el deber de comunicar al profesor la inasistencia reiterada de su
pupilo, y se responsabilizará del rendimiento pedagógico que incida en el alumno. Si el niño
se ha ausentado prolongadamente por haberse encontrado enfermo u hospitalizado, deberá
justificarse con la correspondiente licencia médica.
En todos los casos de ausencia de los alumnos y las situaciones especiales, deberán
quedar registradas las anotaciones correspondientes, en el libro de clase. (Ley 17.070 y
Código del Trabajo).
Art. 3 = Referente a la Misión Institucional del Establecimiento:
Todo alumno deberá mantener dentro y fuera del Establecimiento un
comportamiento de acuerdo a su calidad de estudiante en formación, principalmente en lo que
respecta a su vocabulario y actitudes con los demás, respetando a sus profesores,
manipuladoras, compañeros y compañeras de curso; reflejando así la práctica de valores
instruidos por el Profesor a partir de los Objetivos Fundamentales Transversales, estipulados
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explícitamente en los Planes de Estudios (NB1 y NB2 (625/03) ; NB3 (220/99) y NB4
(81/2000)..
Art. 4 = Sobre la Integridad Psicológica de los Miembros de la Comunidad
Educativa:
Se admitirán apremios ilegítimos, abusos, acoso, persecución, arbitrariedad, ni
discriminación; entre los componentes de La Unidad Educativa, manteniendo siempre un trato
digno de personas cristianas, dentro de un marco de respeto y consenso en la toma de
decisiones. (Reglamento Interno, Deberes de los Alumnos).
Art. 5 = En relación a la Integridad Física de los Miembros de la Comunidad
Educativa: EL Profesor será el encargado de resguardar la integridad física de los
educando, a partir de orientaciones y la formación de hábitos, evitando que los alumnos
porten y/o usen elementos corto punzantes, alhajas tales como: anillos, gargantillas, y en el
caso exclusivo de los varones: el uso de aros en su cuerpo ni el pelo largo dentro del
establecimiento; del mismo modo evitará y sensibilizará a sus estudiantes respecto de los
juegos bruscos, agresiones físicas y verbales, concientizando y señalando los lugares o sitios
de peligro. (Amonestación verbal, Reglamento de Convivencia Escolar)
Art. 6 = Sobre Procedimientos en caso de Emergencias o Riesgo Vital:
El Profesor se preocupará de dar a conocer practicar periódicamente en
conjunto con todos los integrantes que laboran en el Establecimiento, Un Plan Integral de
Seguridad y Prevención Escolar (Operación Dense). En caso de tratarse de alguna urgencia;
Tec Cerrado u otro ocurrido dentro del recinto del La Escuela, el Profesor y/o Manipuladora,
pedirá la ayuda necesaria a algún miembro del Centro de Apoderados, para hacer llegar a
personal especializado, o realizar traslado del afectado, utilizando vehículos y medios de
comunicación, si fuese necesario. (Res. Exta. 51/04-01-91, Santiago)
Art. 7 = En relación a la continuidad de estudios de los alumnos y alumnas:
El Consejo Escolar velará siempre por mantener en el sistema a todos los
alumnos, no importando su condición económica, de salud, embarazo, riesgo social, violencia
intra familiar, drogadicción, prostitución, abandono, minusvalía física o mental. Para lo cual
el Profesor entregará asesorías, orientándolos en las proyecciones futuras, conversando con
los Apoderados, con los alumnos y personas involucradas en el caso. (Ley del Ministerio de
Educación)
Art. 8 = Referente a la Higiene y Presentación Personal de los Alumnos:
Los alumnos asistirán a clase, presentándose debidamente peinados y aseados,
con un vestuario normal y de acuerdo con sus posibilidades económicas, sin embargo, se
estudiarán las posibilidades de cada caso, se trabajará en forma conjunta con el Consejo
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Escolar, para que todos tengan su uniforme, o lo más parecido a este; con el fin de usarlo
todos los días lunes y en ocasiones especiales tales como: actos cívicos escolares, salidas en
representación del establecimiento y en caso de recibir visitas y/o autoridades dentro de la
Escuela. (Reglamento de Convivencia Escolar)
Art. 9 = Sobre la Higiene, el Uso y Cuidado de la Infraestructura del
Establecimiento: Los estudiantes se preocuparán de cuidar y mantener una presentación
personal durante toda la jornada escolar, acorde con la formación de hábitos que han recibido
desde la escuela; del mismo modo, mantendrán un uso y trato adecuado, fundados en el orden
y la limpieza con los accesorios, recursos y dependencias del Establecimiento, principalmente
con los baños higiénicos y su sala de clase. En caso de daños causados a mobiliario, vidrios,
material didáctico o recursos audiovisuales pedagógicos en forma intencional; el alumno se
hará responsable a través de su apoderado de su reparación o reposición. (Reglamento de
Convivencia Escolar)
Art. 10 = Sobre los Procedimientos para Evaluar y Graduar Faltas:
Se calificará y cuantificará la situación considerando aspectos como:
contexto en que se da la falta, presunción de inocencia, derecho de apelación y dependiendo
el grado de culpabilidad de la falta, se amonestará verbalmente al alumno; en escala
ascendente, se conversará con el apoderado, y si la falta es de carácter grave, se determinará
su suspensión o incorporación al aula. (Consenso del Consejo Escolar).
Art. 11 = Sobre La Consideración de Atenuantes:
Vistos los antecedentes anteriores referidos en el artículo 10 de este
reglamento, se considerarán los atenuantes tales como: edad, rol, jerarquía, contexto, motivos;
y, dependiendo las circunstancias que motivaron la falta, así se sancionará al imputado.
(Consenso del Consejo Escolar).
Art. 12 = Sobre Modelos de Sanción Formativa que se Ejercerá:
Como una forma de hacer tomar conciencia y sensibilizar a los
alumnos que incurran en alguna falta, y como se trata de niños en etapa de crecimiento y
desarrollo, se aplicarán medidas de índole formativo encomendándoles tareas extra-
programáticas y trabajos menores especiales. En forma paralela a esto, se facilitarán
instancias alternativas para enmendar el daño, postulando por la devolución, la recuperación
y/o la reparación de la falta. (Manual de Convivencia Escolar y el Profesor).
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Art. 13 = Referente a Alternativas de Resolución de Conflictos:
El profesor servirá de nexo mediador y conciliador, en cada conflicto que ocurra dentro
y entre los componentes de su Unidad Educativa. Éste, buscará los caminos para que los
problemas se resuelvan en forma pacífica y de común acuerdo entre las partes involucradas,
ya sean estos individuales o colectivos. (Reglamento de Convivencia Escolar y el Profesor).
Art. 14 = Referente a la Descripción y Grado de la Falta:
Las faltas se clasificarán según las siguientes descripciones:
Se considerará falta leve cuando exista: agresión verbal, atrasos reiterados, presentarse a clase sin cuadernos, descuidar su presentación personal, no
cumplir con su uniforme.
Se considerará falta grave cuando exista: Bullying, es decir, actos de matonaje, intimidación o acoso escolar, agresión física o psíquica, cuando
esté en riesgo la honestidad y la honorabilidad de las personas, se atente
contra el bien común.
Se considerará falta gravísima cuando exista: Ciberbullying, es decir, el
uso de la tecnología para ejercer la violencia, agresiones o amenazas a través
de correos electrónicos, chat, blogs, fotologs, mensajes de textos, sitios web,
comunidades sociales o cualquier otro medio tecnológico virtual o
electrónico. Otras como: discriminación, hurtos, consumo de tabaco, drogas
y alcohol, peleas con uso de armas, violaciones o abusos deshonestos.
Art. 15 = Referente a las Sanciones Emprendidas por Transgresión a la Norma:
Las sanciones en general por transgredir a la norma, irán desde una
amonestación verbal, a la cancelación de la matrícula de un Alumno. Estas se graduarán de la
siguiente manera:
Sanciones por faltas leves:
Amonestación verbal por parte del Profesor en combinación con una conversación con el
Alumno.
Anotación en el libro de clases según la gravedad de la falta.
Reiteradas Faltas Leves (4). Comunicación escrita al Apoderado por parte del Profesor.
Citación por el Profesor, a una entrevista con la asistencia del Apoderado y el Alumno.
Suspensión por un día, con trabajo dirigido en el Colegio.
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Sanciones por faltas graves:
Comunicación escrita al Apoderado con suspensión de clases regulares por un día y hasta
una semana, con trabajos dirigidos y control de asistencia al Colegio.
Comunicación escrita al Apoderado con la suspensión de actividades extraescolares y de planificación especial.
Sanciones por faltas gravísimas:
Matrícula condicional acordada por el Profesor y el Consejo Escolar con una validez de 6 meses, inclusive al término del año escolar.
No renovación de matrícula, acordada por el Profesor y el Consejo Escolar.
Cancelación de matrícula, acordada por el Profesor y el Consejo Escolar.
Art. 16 = Referente a la Notificación de la Falta a los Padres o Apoderado:
Será de exclusiva responsabilidad del Profesor del curso notificar a los Padre y/o Apoderados,
del comportamiento irregular de su pupilo, y del rendimiento académico de este. El Profesor
comunicará a los Apoderados según sea el grado de la falta, por medio de documento escrito
o a través de entrevista personal la situación de los Alumnos.
TÍTULO II
EFICIENCIA DE LA NORMATIVA
Art. 1 = Sobre el Ejercicio de los Deberes y Derechos de Todos los Actores
Participantes de la Comunidad Educativa:
El ejercicio de los deberes y derechos de todos los actores de La
Unidad Educativa, están contemplados claramente en el Reglamento Interno del
Establecimiento. Este documento destaca cada uno de los Deberes y Derechos del Profesor,
de los Alumnos, del Centro de Padres y Apoderados, y, de La Manipuladora de alimentos de
La Escuela. El mencionado Reglamento se encuentra vigente y es trabajado y leído en reunión
de Apoderados, con la presencia de todos los integrantes de La Escuela en cada inicio de
semestre.
A continuación, se presentan los Deberes y Derechos de los niños y niñas, según lo
establecido por Estamentos Nacionales e Internacionales:
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DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNO(A)
DERECHOS DEBERES
El alumno tiene el derecho a recibir una
educación pertinente y efectiva con
respeto a su dignidad en cuanto a persona
humana
El alumno tiene el deber de conocer, y
participar en las actividades Culturales y
Educacionales, del establecimiento
El alumno tiene el deber de respetar la labor
docente, escuchando y participando de acuerdo
a instrucciones dadas.
El alumno tiene el deber de trabajar
responsablemente en tareas escolares asignadas.
El alumno tiene el deber de atender
instrucciones escuchando con respeto y esperar
turno de opinión y participación.
El alumno tiene el deber de no interrumpir la
clase en forma intencionada con burlas,
desórdenes, gestos, etc.
Todo alumno tiene derecho a manifestar,
respetuosamente, sus sentimientos de
patriotismo y valores propios de la
nacionalidad.
El alumno tiene el deber de respetar los
sentimientos patrios de sus profesores y de sus
compañeros, respetar los símbolos patrios, los
valores propios de la nacionalidad y los
componentes del patrimonio cultural de la
nación.
El alumno tiene derecho a conocer el
Reglamento de Convivencia Escolar. Y
otras normas existentes al
comportamiento escolar en el
Establecimiento, en el transcurso del mes
de Marzo.
El alumno debe conocer, en el transcurso del
mes de Marzo, el Reglamento de Convivencia
Escolar, cumpliendo y practicando cada una de
las normas establecidas a partir de su toma de
conocimiento.
El alumno tiene derecho a participar en
representación del Colegio, en cualquier
instancia educativa que sus condiciones o
competencias se lo permitan.
El alumno deberá demostrar en toda
circunstancia y lugar una conducta acorde a su
calidad de estudiante, tanto en su presentación
personal como en su comportamiento;
ateniéndose a las normas del Ministerio de
Educación y las acordadas por el
Establecimiento.
El alumno tiene derecho a recreo
(descanso), el cual debe ser respetado en
su tiempo y calidad. Pudiendo utilizar los
servicios de CRA, fotocopiadora,
teléfono público, kiosco, etc.
El alumno deberá permanecer en el patio u otro
lugar distinto al de la sala de clases durante el
tiempo de recreo.
Terminado el recreo tiene el deber de volver en
tiempo prudente a la sala
El alumno tiene derecho a informarse, a El alumno debe asistir al colegio correctamente
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opinar o entregar sus aspiraciones
respecto al uniforme y su uso.
uniformado, o vestido de acuerdo a lo
estipulado en este Reglamento.
El alumno tiene derecho a conocer la
observación colocada por el profesional
de la educación e inspectores, y de ser
grave recurrir al orientador(a)
oportunamente y si lo desea, llamar a su
apoderado.
El alumno debe aceptar y participar de la acción
pedagógica remedial, frente a la amonestación
por una falta debidamente comprobada.
El alumno tiene derecho a conocer la
sanción escrita y apelar para la revisión
de su caso, exigiendo la rectificación si
no corresponde.
El alumno debe respetar responsablemente la
sanción impuesta.
El alumno regular tiene derecho al seguro
escolar.
El alumno debe evitar exponerse a accidentes
escolares y de trayecto, debiendo cuidar de sus
beneficios y valorar el aporte subsidiario del
Estado.
El alumno tiene el derecho a permanecer
en un ambiente grato y agradable limpio
de basura y contaminación
El alumno tiene el deber de depositar papeles o
basuras en basureros o depósitos contenedores
El alumno tiene el deber de mantener la sala
limpia y ordenada.
El alumno tiene el derecho a hacer uso
de mobiliario y materiales en buen estado
para su seguridad y facilitar sus
aprendizajes
El alumno tiene el deber de cuidar mobiliario,
no destruir ni rayar mesas, sillas, murallas,
vidrios materiales didácticos y audio-visuales
utilizados en la sala de clases (TV, video, radio,
retroproyector, cámara fotográfica, filmadora,
etc.). u otros.
El alumno tiene el derecho de ser tratado
con respeto y dignidad en cuanto a
persona humana
El alumno tiene el deber de mantener una
conducta apropiada al establecimiento
Tiene el deber de no contestar groseramente o
de mala forma ante un llamado de atención.
Tiene el deber de no agredir verbalmente y/o de
hecho a sus compañeros, profesores,
paradocentes u otras personas.
Tiene el deber de respetar a sus semejantes por
condición física, étnica, económica, cultural,
genero, edad, o por opción, política, religiosa,
sexual.
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Art. 2 = Referente a Procedimientos para Evaluar y Reelaborar el Reglamento
de Convivencia: Por acuerdo del Consejo Escolar, el Reglamento de Convivencia
Escolar, será modificado, si es necesario, en la segunda semana del mes de marzo de 2010.
Previo a esto, se les harán los ajustes necesarios al Reglamento Interno y al de Evaluación y
Promoción del Establecimiento. Los participantes serán: El Consejo Escolar, El profesor
encargado del Establecimiento, El Centro de Padres y Apoderados y un Representante de los
Alumnos de la Escuela.
Art. 3 = Referente a difusión del Reglamento de Convivencia Escolar:
El Reglamento de Convivencia Escolar, junto con el Reglamento
Interno, tiene que ser dado a conocer a todos los componentes del Colegio, en Reunión
General de Padres y Apoderados, al comienzo de cada semestre. También, se expondrá
públicamente, en el lugar más visible del establecimiento, un listado por orden prioritario, con
los Derechos y Deberes de los niños y del personal que labora en La Escuela.
Art. 4 = En Relación a la Aplicación del Presente Reglamento:
La presente normativa determinada por el Consejo Escolar, No será
impuesta en forma arbitraria ni discriminatoriamente. Se aplicará de acuerdo a las necesidades
pertinentes, respetando siempre el orden establecido en este documento.
Art. 5 = Sobre Prevención de Riesgos y Seguridad Escolar:
El Consejo Escolar determinó formar “El Equipo de Prevención de
Riesgo y Seguridad Escolar”, conformado por: El profesor, un Alumno y un Apoderado, el
cual, coordinará las acciones preventivas en la Comunidad Escolar. Este “Equipo de
Seguridad”, velará por mantener en buenas condiciones, los principales espacios del Recinto
Escolar, con el fin de estos garanticen seguridad física a los estudiantes. Así mismo, se
realizará “Operación Deyse” una vez al mes; la que será evaluada al término de la acción por
el “Equipo” y todos los estudiantes participantes de la Operación. (Plan de Seg. Esc., 2001)
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TITULO III
DE LA PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL DE LOS ACTORES EDUCATIVOS:
(ORGANIZACIÓN Y ASOCIATIVIDAD DE LOS ACTORES)
Art. 1= En Relación a Formas de Organizarse Internamente:
Considerando que esta es una Escuela Uní docente, formada por un
Docente, un grupo reducido de Alumnos (08), una Manipuladora, el Centro General de Padres
y Apoderados; más el Consejo Escolar y el Equipo de Seguridad Escolar; se hace grato
trabajar y dejar trabajar a las pocas organizaciones que existen en la Unidad Escolar. Se
respetan los espacios y horarios de reuniones y/o entrevistas entre los actores de la Escuela,
manteniendo siempre una actitud colaborativa y de buena disposición para acoger
sugerencias, consultas, información, y por sobre todo: consenso en la toma de decisiones,
pensando siempre en las Necesidades, Intereses y Expectativas de los Educando.
Art. 2 = En Relación a Mecanismos de Acogida a Reclamos y Sugerencias de
los Alumnos y Apoderados:
Los Apoderados y los Alumnos Podrán emitir sus consultas,
reclamos y sugerencias personalmente al Profesor, o en las reuniones de Apoderados y/o en
reuniones de los Alumnos, estas, siempre se harán dentro de un marco de respeto y con
fundamento lógico.
Art. 3 = En Relación a Mecanismos de Consulta a las Entidades Representativas
Referidas a la Evaluación de la Gestión Escolar:
Todas las entidades vinculadas con La Gestión Escolar, mantendrán
ana fluida comunicación entre si, facilitando los espacios y las instancias para la consulta, la
información, las sugerencias y a La Evaluación de su Gestión como tal. Todo esto, con el
claro propósito de ir mejorando cada vez más La Labor Educativa.
Art. 4 = Respecto a la Relación Entre el Establecimiento y los Apoderados:
Las reuniones de Apoderados, se fijarán en el calendario anual en el
mes de marzo de cada año escolar, efectuándose ana reunión mensual.
Las entrevistas y atención de Apoderados se realizarán al final de la jornada escolar,
de 16.15 a 16.30 hrs., de lunes a jueves.
El retiro de un Alumno por un Apoderado, se realizará dejando constancia en el Libro de Registro. (Art. Nº 2, Manual de Convivencia Escolar)
La formalización de reclamos se hará por escrito, y, a quien corresponda en su
debida oportunidad, siempre siguiendo el conducto regular.
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Art. 8 = Respecto a la Relación Entre el Establec. Educ. y los Organismos
Externos:
En cuanto a las Redes de Apoyo, tales como: “Coordinadora de Red
Enlaces”, “El soporte Técnico”, La D.A.E.M., Otros Docentes, Supervisores del Mineduc.;
Visitarán el Establecimiento cuando lo crean pertinente, según calendario de sesiones y
cuando sea requerido por el Establecimiento. Los organismos Comunitarios como: Juntas de
Vecinos, Junta de Vigilancia, Talleres Laborales, Comité de Agricultores y Clubes
Deportivos, también serán bienvenidos en La Comunidad Escolar. Ellos también aportan
significativo apoyo al Proceso Educativo de los estudiantes, y La Sociedad.
TITULO IV
DE LA CONVIVENCIA EN EL AULA (NORMAS)
Art. 1 = Referente al Consenso de las Normas de Convivencia en el Aula:
En consejo de curso se tomó el acuerdo de que los Alumnos deben
utilizar en todo momento un vocabulario de acuerdo a su entorno, moderado y respetuoso. Las
actitudes hacia sus compañeros y hacia sus mayores serán ejemplares y deberán mantener un
buen comportamiento tanto en aula como en las demás dependencias de la Escuela.
Art. 2 = Normas Referidas a Requerimientos Académicos:
Respecto a lo académico, los alumnos serán informados por su
Profesor, de las pruebas, trabajos, y evaluaciones. La petición de materiales se realizará con
anticipación a la fecha indicada para realizar el trabajo pedagógico. El no cumplimiento de los
deberes del alumno en lo académico, se vera reflejado en su evaluación, previo estudio del
incumplimiento. Si la situación se repitiera por parte del alumno, ésta, será informada a su
apoderado por escrito.
Art. 3 = Referente al uso de aparatos, artefactos, y recursos pedagógicos dentro
del aula:
Los alumnos harán uso de los computadores preferentemente con
objetivos didácticos guiados por el profesor, la manipulación del equipo de audio y televisión
se realizará bajo la supervisión del profesor, en horarios convenidos y sin interferir el trabajo
pedagógico de los alumnos.
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COMUNICACIÓN Y DIÁLOGO
Art. 4 = Referente a la Manera en que los Alumnos Expresaran sus
Necesidades: A través de las relaciones interpersonales que se establezcan en la
escuela los alumnos, tendrán derecho a expresar libre y respetuosamente sus ideas e intereses.
En general que estas peticiones favorezcan y representen a la mayoría de los alumnos, para lo
cual siempre deberán mantener una buena comunicación con su profesor.
Art. 5 = Referente a la Resolución de Conflictos en el aula:
Para la resolución de conflictos en el aula se analizarán las situaciones
de ambas partes tratando de despejar responsabilidades, llegando a un consenso de criterio,
para lo cual el profesor deberá estar dispuesto a servir como mediador.
Art. 6 = Referente a Situaciones Discriminatorias dentro del Aula:
En las horas de consejo de curso, el profesor orientará, con el fin de
sensibilizar a sus alumnos a no presentar, y a corregir, actitudes discriminatorias hacía sus
compañeros de curso y personal que labora en el Establecimiento, por situación: social,
económica, étnica, edad, sexo, cultura, política, religiosa. Minusvalía física o mental,
destacando los valores y antivalores.
METODOLOGIAS
Art. 7 =Referente a Metodologías que se usaran para Recoger necesidades y
experiencias de aprendizaje: Los alumnos que comienzan el año escolar en el
establecimiento, se les aplicará un diagnóstico previo en cada asignatura, con el fin de
conocer sus experiencias previas, fortalezas y debilidades, dando cumplimiento así a los OFV
y OFT.
Art. 8 =Referente a Metodologías que se usaran para Atender necesidades y
experiencias de aprendizaje: A través de las experiencias previas del alumno, se
potenciarán sus fortalezas y se atenderán sus debilidades, contribuyendo a su desarrollo, ya
sea académico, su ritmo y estilo de aprendizaje, para así mejorar su proceso educativo,
sumando a esto relaciones interpersonales de confianza entre el profesor y sus alumnos, que
facilitarán la convivencia escolar, y desarrollo integral de los alumnos.
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PROTOCOLOS DE ACCIÓN O ACTUACIÓN
En relación a - Manual de Convivencia Escolar y - Reglamento Interno de la Escuela
ESCUELA BÁSICA G-408
DINAMARCA LUCERO
AÑO 2018
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PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN DE LA ESCUELA BÁSICA G-408 “DINAMARCA - LUCERO”
(Manual de Convivencia Escolar año 2018)
Entenderemos como protocolos de actuación, la manera de proceder ante
situaciones de faltas cometidas por algún miembro de la comunidad educativa.
Además, como proceder frente a situaciones como: violencia escolar cualesquiera
sean los involucrados, abuso y/u hostigamiento reiterado, realizado por uno o más
estudiantes en contra de un(a) de sus compañeros(as), situación comúnmente
llamado Bullying, acoso o abuso sexual y el consumo y/o tráfico de droga.
Tipo de faltas y procedimiento asociado
Faltas leves: Son aquellas que alteran la convivencia escolar y que dan paso a
una problemática disciplinaria.
Procedimientos y sanciones
Frecuencia
de falta Procedimiento Tipo Sanción
Nivel de
aplicación
Primera vez
Serán atendidos por el
Profesor presente en el
hecho y lo comunicará
al Profesor Jefe.
Amonestación verbal
1° a 6º
Reiteración
de la falta
Serán atendidos por el
profesor presente en el
hecho, y lo comunicará
al Profesor Jefe y a la
dirección y /o a
encargada de
convivencia escolar.
Amonestación escrita
en hoja de vida.
Retiro de objetos
distractores en el
caso de que formen
parte de la falta. Y
posterior entrega al
apoderado (a).
apoderado.
1º a 6º
Información escrita al
hogar o citación de
apoderado.
Aplicación de
sanciones según
corresponda a la falta
Trabajo especial a
determinar según la
naturaleza de la falta.
1º a 6º
Firma de hoja de
evidencias con
compromisos asumidos
por el o los involucrados.
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Faltas graves: Son aquellas que alteran o ponen en peligro el cumplimiento del ejercicio
educativo y los derechos de los demás integrantes de la unidad educativa.
Sanciones para faltas graves:
Frecuencia
de falta Procedimiento Tipo sanción
Nivel de
aplicación
Primera vez
Información
inmediata al
Profesor Jefe si este
no estuviere en el
lugar del hecho.
Registro de la falta en
Hoja de Vida bajo la
responsabilidad de profesor
de aula, o profesor jefe o
encargada de convivencia
escolar. (Obligatorio).
Retiro de objetos en el caso
que formen parte de la falta
1º a 6º
Citación al
apoderado.
Reparar el daño material
causado. 1º a 6º
Firma de
compromisos de
quien comete falta en
hoja de evidencias.
Trabajo especial si fuere
necesario. 1º a 6º
Reiteración
de la falta
Información
inmediata al
Profesor Jefe
Registro de la falta en
hoja de Vida (obligatorio). 1º a 6º
Citación al
apoderado.
Suspensión de clases.
1º a 6º
Envío a Especialista
si corresponde, con
remisión de Informe
a la Escuela.
Considerar
indicaciones de
Especialista.
Condicionalidad
1º a 6º
Faltas muy graves: Son aquellas que dañan nuestro estilo educativo y
resienten el ambiente, la sana convivencia, la integridad física y moral del o
los alumnos y alumnas, docentes, asistentes, apoderados de la unidad
educativa.
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Sanciones para faltas muy graves.
Frecuencia
de falta Procedimiento Tipo sanción
Nivel de
aplicación
Primera vez
Información inmediata
al Profesor Jefe y
equipo de convivencia
escolar.
Registro de la falta en
Hoja de Vida bajo la
responsabilidad de
profesor de aula o
profesor jefe o
encargada de
convivencia escolar.
(Obligatorio).
1º a 6°
Citación de apoderado.
Entrevista Director y
encargada de
convivencia escolar con
apoderado.
Aplicación de
reglamento según falta
1º a 6º
Exposición del caso al
Consejo de Profesores
Condicionalidad de la
Matrícula.
1º a 6º Envío a Especialista si
corresponde.
Reiteración
de la falta
Exposición del caso al
Consejo de Profesores
Cancelación de
Matrícula
1º a 6º
Informe a la Dirección
de la Escuela. 1º a 8º
Derecho de Apelación:
Es el derecho que tiene toda persona a ser escuchada
ante cualquier acusación por vulneración a alguna norma. El derecho de apelación
se ejercerá bajo los siguientes criterios:
a. Cuando a un alumno o alumna se le hace responsable de una falta, tiene
derecho a una evaluación transparente y justa, a conocer todas las acciones
que se desarrollen para investigar el hecho, asegurando confidencialidad y el
respeto por su dignidad.
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b. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los
instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro
individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes
por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública
competente si corresponde.
c. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los
involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación
de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.
d. En el caso de que finalmente sea sancionado (a), el alumno o alumna tiene
derecho a apelar para una reconsideración, debiendo ser escuchada y
considerada su apelación.
e. La apelación deberá ser presentada, por escrito, por el alumno o alumna o su
apoderado, en un plazo máximo de tres días hábiles desde que ha sido
notificada la sanción, en caso de no tratarse en forma inmediata por el
equipo de convivencia escolar.
f. El Director de la Escuela será la instancia de apelación, quien deberá
responder por escrito, dentro de los cinco días hábiles al día de la
presentación.
ORDEN COMPAGINADO DE TÍTULOS DE LOS PROTOCOLOS DE ACCION
AQUÍ INDICADOS Y QUE A CONTINUACIÓN SON DETALLADOS UNO A UNO
ORD. TIPOS DE PROTOCOLOS DE ACCIÓN ACTUACIÓN N° PÁG
01.- Ante la ocurrencia de Violencia Escolar o Bullying. ….06
02.- Ante el Abuso Sexual y /o Violación. ….08
03.- Ante el Maltrato Escolar por parte de un adulto. ….09
04.- Ante la ocurrencia de conflictos e indisciplina de alumnos (as). ….11
05.- Ante el consumo de Droga, Alcohol y Tabaco. ....12
06.- Sobre Igualdad de Oportunidades para Alumnas Embarazadas. ….15
07.- En caso de Accidente Escolar de Alumnos o Alumnas. ….16
08.- En caso de Accidente Laboral de un Funcionario del Colegio. ….18
09.- Sobre el Uso del Transporte Escolar Rural del Establecimiento. ….19
10.- Sobre Giras de Estudios y Salidas a Terreno. ….20
11.- Ante Maltrato a Profesores por parte de Apoderados o Adultos. ….22
12.- Sobre Seguridad en la clase de Educación Física y Salud. ….23
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I.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE LA OCURRENCIA DE VIOLENCIA
ESCOLAR Y BULLYING
a. Escuchar con atención cuando se reciba información acerca de la ocurrencia
de algunas situaciones de abuso o acoso reiterados (Bullying), maltrato
reiterado u ocasional, sea física, verbal y o psicológica, a través de diversos
medios.
b. Informar a la dirección del establecimiento y/o encargado (a) de Convivencia
Escolar, quienes convocarán al Equipo de Convivencia Escolar.
c. El Equipo de Convivencia Escolar, en conjunto con la dirección determinarán
un(a) responsable para llevar el caso, quien, como primera tarea, se dedicará
a recabará y contrastar información que, posteriormente será socializada con
las instancias correspondientes. En este proceso, se procederá a:
Citar y acoger a la familia del acosado a una entrevista personalizada.
Citar y acoger a la familia del acosador a entrevista personalizada.
Citar a los demás implicados en el círculo de la violencia para recoger
mayor información.
d. Una vez desarrollado este proceso de recabar y contrastar información el
Comité de Convivencia se reunirá con el propósito de compartir y analizar
dicha información.
e. Se adoptarán medidas de urgencia para los implicados.
1.- Para el acosado (alumno(a) víctima): La Dirección del establecimiento y
encargado del proceso, deberán:
Suministrar pautas de autoprotección.
Entregar tutoría individualizada (especialistas de apoyo)
Solicitar colaboración por parte de la familia y del establecimiento.
2.- Para el acosador (a): La Dirección del establecimiento y encargado del
proceso, deberán:
Aplicar las medidas establecidas en el Reglamento Interno.
Informar a la familia.
Derivar a Red de Apoyo si corresponde.
Denunciar a Carabineros, PDI, Fiscalía, Tribunales de Familia,
cuando la información así lo amerite.
3.- Para el grupo: La Dirección del establecimiento y encargado del proceso,
en caso que corresponda, deberán:
Realizar una intervención grupal, para modificar las dinámicas de la
relación que dan origen al acoso escolar o Bullying y prevenir
posibles situaciones en el futuro.
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f. Se aplicará, en cada caso, un Plan de Intervención adecuado a las
circunstancias. Las acciones que la Dirección y el encargado de llevar el caso
pueden contemplar son:
Informar a las familias las acciones implementadas.
Derivar a Red de Apoyo, si corresponde.
Aplicar la normativa establecida en el Reglamento Interno.
g. Una vez cerrado el caso, se procederá a evaluar la aplicación de los
protocolos de actuación a fin de sacar las enseñanzas que correspondan. En
este marco, la dirección y el Encargado del Comité de Convivencia podrán
desarrollar las siguientes actuaciones.
Realizar seguimiento de las acciones implementadas.
Desarrollar un proceso de reflexión y evaluación acerca de las formas de
actuar de los distintos estamentos de la comunidad escolar implicados, así
como de los resultados del proceso.
Informar al Departamento de Educación Municipal y Ministerio de
Educación.
II.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE LA OCURRENCIA DE ABUSO SEXUAL,
VIOLACIÓN
a. Es deber de todo funcionario o apoderado escuchar con atención cuando se
reciba información acerca de la ocurrencia de una situación de vulneración de
derechos que afecte a un aluno (a), sea de parte de otro adulto o de un
aluno(a).
b. Quien reciba esta información, trasladará inmediatamente dicha información a
la dirección y/o al encargado de Convivencia Escolar.
c. La Dirección determinará un responsable para llevar el caso, quien, como
primera tarea, recabará y contrastará información que, posteriormente será
socializada con las instancias correspondientes.
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d. Citar al apoderado(a) de la (el) afectada (o) por acoso o abuso sexual, a fin de
informarle la situación que afecta a su hija o hijo y señalarle las acciones que
llevará adelante el establecimiento.
e. Se adoptarán medidas de urgencia para los implicados.
- Para él o la víctima la Dirección del establecimiento y encargado del
proceso, deberán:
- Suministrar pautas de autoprotección a través de Dirección y equipo de
convivencia escolar.
- Solicitar colaboración por parte de la familia y del establecimiento.
- Si el abusador es un miembro de la comunidad escolar, la Dirección del
establecimiento y encargado del proceso, deberán:
- Aplicar las medidas establecidas en el Reglamento Interno.
Informar a la familia.
Informar al Departamento de Educación Municipal y Ministerio de
Educación según corresponda.
f. En todos los casos (sea o no el abusador miembro de la comunidad escolar)
Denunciar a Carabineros o PDI, o Fiscalía, o Tribunales de Familia, antes
de 24 horas desde que se tuvo conocimiento del hecho, entregando toda
la información de que dispone la escuela para su investigación.
g. Una vez que se cumple con los procedimientos anteriores, el rol investigativo del colegio se cierra y se desarrollan las siguientes acciones:
evaluar la aplicación de los protocolos de actuación a fin de sacar las
enseñanzas que correspondan. En este marco, el Director y el Encargado
de Convivencia podrán desarrollar las siguientes actuaciones.
Realizar seguimiento de las acciones implementadas.
Desarrollar un proceso de reflexión y evaluación acerca de las formas de
actuar de los distintos estamentos de la comunidad escolar implicados, así
como de los resultados del proceso.
Informar al Departamento de Educación Municipal y Ministerio de
Educación según corresponda.
No se expondrá en ningún caso a un alumno(a) víctima de abuso sexual a
conversaciones o sobre intervenciones de ninguna naturaleza, que no correspondan
al ejercicio de aplicación de la ley.
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III.- PROTOCOLO EN CASO DE MALTRATO ESCOLAR POR PARTE DE UN
ADULTO.
1.- Escuchar con atención al alumno(a) cuando se reciba información acerca de la
ocurrencia de alguna situación de maltrato.
2.- Informar a la dirección del establecimiento y/o encargado (a) de Convivencia
Escolar, quienes convocarán al Equipo de Convivencia Escolar.
3.- El Equipo de Convivencia Escolar, en conjunto con la dirección determinarán
un(a) responsable para llevar el caso, quien, como primera tarea, se dedicará a
recabar y contrastar información que, posteriormente será socializada con las
instancias correspondientes en un plazo no mayor a 8 horas. En este proceso, se
procederá a:
- Citar al alumno(a) afectado a una entrevista personal dejando constancia escrita
del relato.
- Citar al adulto implicado y darle a conocer oficialmente la acusación que lo
involucra en un caso de maltrato hacia un alumno(a), dejando constancia escrita del
relato.
-Citar a los posibles testigos del hecho para recoger mayor información, dejando
evidencia escrita.
4.- Una vez desarrollado este proceso de recabar y contrastar información el Comité
de Convivencia se reunirá con el propósito de analizar dicha información.
5.- En caso de comprobar que hubo agresión por parte de un adulto perteneciente a
la Unidad Educativa hacia un alumno o alumna:
- citar e informar a la familia de él, la o los afectados, sobre lo acontecido.
-Informar al Departamento de Educación Municipal.
-Denunciar a Carabineros, o PDI, o Fiscalía, o Tribunales de Familia, cuando la
información así lo amerite, aportando todas las evidencias recabadas en la
investigación interna, si esta es solicitada.*
-Constatar lesiones, si corresponde o lo determina al tribunal.
6.-Se aplicará, en cada caso, un “Plan de Intervención” adecuado a las
circunstancias. Las acciones que la Dirección y el encargado de llevar el caso
pueden contemplar son:
- Adoptar medidas de urgencia para él, la o los afectados:
- Suministrar pautas de autoprotección.
- Entregar tutoría individualizada (especialistas de apoyo)
- Solicitar colaboración por parte de la familia y del establecimiento
- Derivar a Red de Apoyo, si corresponde.
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- Aplicar la normativa establecida en el Reglamento Interno.
7.- Una vez cerrado el caso, se procederá a evaluar la aplicación de los protocolos
de actuación a fin de sacar las enseñanzas que correspondan. En este marco, la
dirección y el Encargado del Comité de Convivencia podrán desarrollar las
siguientes actuaciones.
Realizar seguimiento de las acciones implementadas.
Desarrollar un proceso de reflexión y evaluación acerca de las formas de
actuar de los distintos estamentos de la comunidad escolar implicados, así
como de los resultados del proceso.
Informar al Departamento de Educa Educación Municipal y Ministerio de
Educación, según corresponda.
*El rol del establecimiento en la investigación del caso llega hasta que se produce la
intervención judicial a través de Carabineros, PDI, Fiscalía u otros, evitando toda
sobre intervención a él, la o los afectados.
IV.- PROTOCOLO EN CASO DE CONFLICTOS O ACCIONES DE INDISCIPLINA DE ALUMNOS Y ALUMNAS.
A.- Cualquier acto que perturbe el desarrollo normal de las actividades curriculares o extracurriculares en dependencias del colegio o fuera de él, provocado por alumnos y que tengan relación con violencia física, psicológica, faltas de respeto a los compañeros, funcionarios del establecimiento o persona ajenas a él, peleas o disputas, desorden, etc. B.- En caso que un alumno en forma individual o grupal sea agredido físico, psicológicamente y sea objeto de abusos o acoso por individuos en el trayecto de la casa al colegio y/o viceversa, o por internet, quien primero se informe comunicará ya sea verbal o telefónicamente al estamento correspondiente para realizar las acciones necesarias, si queda estipulado que él o la alumna se mantenían bajo la responsabilidad del Establecimiento al momento de ocurrido el suceso. En caso contrario, es de responsabilidad de los padres y apoderados la seguridad del o la alumna, en ambos trayectos (ida y vuelta del establecimiento) siendo la familia la encargada de comunicar al Establecimiento lo ocurrido y en qué circunstancias, para los procedimientos respectivos.
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- El profesor a cargo del alumno en ese momento en la sala de clases, deberá actuar de acuerdo al reglamento de convivencia interno, aplicando su criterio, considerando la gravedad de la falta en la que haya incurrido el alumno o alumna en ese momento. - El profesor a cargo de los alumnos en ese momento del acto de indisciplina, deberá evaluar la gravedad de la falta y desde esa perspectiva solicitar la presencia del director. y /o del profesor/a encargado/a de convivencia Escolar, en el caso que corresponda o que se considere inhabilitado para aplicar el procedimiento. - En caso que el acto de indisciplina de algún alumno o alumna sea fuera de la sala de clases, deberá asumirla el profesor o inspector que se encuentre más cercano al incidente e informar al profesor de turno para que tome la medida de acuerdo al reglamento de convivencia interno, en caso que la situación lo amerite, deberá informar al Director o la profesora encargada de convivencia para tomar las medidas correspondientes. C.-Las medidas serán: a.- Escuchar a él o los afectados o afectadas. b.- Citar a los involucrados a una entrevista para recabar y contrastar información, si corresponde. c.- Observar el reglamento para determinar la gravedad de la falta. d.- Aplicar el reglamento vigente según el tipo de falta. Ver acompañamiento según tipo de falta. V.- PROTOCOLO ACERCA DE LA LEY DE CONSUMO DE DROGAS, ALCOHOL
Y TABACO.
1.- De lo permitido y no permitido:
A.- Sobre las drogas ilegales: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de
cualquier tipo de sustancia considerada como droga en la Ley de la República
19.366, dentro del Colegio y, fuera de él, en aquellas actividades que sean
organizadas o auspiciadas por éste.
B.- Sobre los psicofármacos: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de
psicofármacos dentro del Colegio ni fuera de él, en aquellas actividades que sean
organizadas o auspiciadas por éste, exceptuando a las personas que, por
tratamiento médico controlado (con receta), tengan que ingerir alguna sustancia de
este tipo en el Colegio para su salud. Esta situación se debe informar AL Profesor
jefe quien informará y entregará evidencia médica del uso a la Encargada de
Convivencia Escolar o a la Directora del establecimiento.
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C.- Sobre el alcohol: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de alcohol
dentro del Colegio, así como el ingreso al Colegio de alumnos y alumnas bajo la
influencia del alcohol.
D.- Sobre el tabaco: No está permitido el consumo, venta, ni posesión de tabaco en
el Colegio, bajo ninguna condición y en ninguna actividad, según lo establecido por
la ley n°19.419.
2) De las medidas:
A.- SOBRE LAS DROGAS ILEGALES: MARIHUANA U OTRA:
1.- La venta o distribución de drogas dentro del Colegio amerita la expulsión del
estudiante.
2.- En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo droga o en posesión
de ella se informará a los padres.
3.- Luego, se le apoyará en conversación con el profesor jefe, Encargado de
Convivencia y Sicólogo, quienes determinarán los pasos más adecuados a seguir.
4.- Ante una reincidencia, se citará al apoderado a la Dirección con el Coordinador
de Convivencia, sicólogo y el profesor jefe quienes, en un trabajo en conjunto con la
familia, analizarán las causas y motivaciones del consumo y lo derivarán a diagnóstico de un profesional externo quien determinará el tratamiento necesario.
5.-Tanto la atención profesional como su seguimiento y tratamiento deberán ser informados por el apoderado al Coordinador de Convivencia.
6.-En caso de no requerir atención externa ni de un tratamiento, el sicólogo se hará
cargo del seguimiento por medio de entrevistas personales, por un período de 2
meses, al cabo de los cuales se reevaluará su conducta, aplicando las sanciones
estipuladas en el Reglamento de Convivencia.
7.-Si se requiere un tratamiento y hay oposición a realizarlo por parte del apoderado,
la matrícula del estudiante quedará automáticamente caducada.
8.- Si durante el tratamiento hay una reincidencia, el Equipo Directivo, en conjunto
con el profesor jefe y sicólogo tomarán las medidas y/o sanciones que estimen conveniente.
B.- SOBRE LOS PSICOFÁRMACOS:
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1.- En caso de venta o distribución: La venta o distribución de psicofármacos
dentro del Colegio amerita la expulsión del estudiante y la denuncia penal
correspondiente.
2.-En caso de consumo: En el caso de que se detecte a un estudiante
consumiendo psicofármacos o bajo su influencia, sin prescripción médica, se
informará a los padres.
3.- Luego, se le apoyará en conversación con el profesor jefe y el sicólogo, quienes
determinarán los pasos más adecuados a seguir.
4.-Si durante este proceso el o la estudiante no evoluciona positivamente, se exigirá
al apoderado tratamiento con especialista.
5.-Estas acciones quedarán registradas en la Hoja de Vida del estudiante,
resguardando adecuadamente, su privacidad.
6.- Tanto la atención profesional como su seguimiento y tratamiento son de
responsabilidad absoluta del apoderado, quien deberá mantener informado del proceso al Encargado de Convivencia.
7.-Si hay oposición a realizar el tratamiento por parte del apoderado, la matrícula del estudiante quedará automáticamente caducada.
8.-Si durante el tratamiento hay una reincidencia, el Equipo Directivo, en conjunto
con el profesor jefe y sicólogo tomarán las medidas y/o sanciones que estimen
conveniente.
C.- SOBRE EL ALCOHOL:
a).- Venta o distribución de alcohol: La venta de alcohol dentro del Colegio,
amerita la expulsión del estudiante:
b).- Consumo de alcohol:
1.-En el caso de que se detecte a un estudiante consumiendo alcohol en el colegio o
en sus alrededores, portándolo o bajo su influencia, se informará a los padres.
2.- En el caso que el alumno ingrese al establecimiento en estado de ebriedad se
informará a los padres quienes lo retirarán del establecimiento. De lo contrario será
la Dirección de la escuela la encargada de llevarlo de retorno a su hogar y entregarlo
a sus padres.
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3.- Luego, se le apoyará en conversación con el profesor jefe, el Coordinador de
Convivencia y el sicólogo, quienes determinarán los pasos más adecuados a seguir.
4.-Estas acciones quedarán registradas en la Hoja de Vida del estudiante,
resguardando adecuadamente, su privacidad.
5.- Si hay una reincidencia, la Directora, Encargada de convivencia, profesor jefe y
sicólogo tomarán las medidas y/o sanciones que estimen conveniente.
D.- SOBRE EL TABACO
1.- Este Protocolo de Convivencia establece como falta de carácter Gravísima el
hecho de detectar a un estudiante fumando, portando, distribuyendo o vendiendo
tabaco, dentro del Colegio. Conforme al artículo 10 de la Ley N° 19.419.
2.- La sanción para esta falta es “Condicionalidad de matrícula por un semestre”,
evaluándose al término de este período dicha condición. En el caso de no existir
reincidencia, se levantará la condicionalidad. En caso contrario se caducará la
matrícula para el año siguiente. Todo este procedimiento será informado por el
Encargado de Convivencia al apoderado, en entrevista personal.
3.- Todas las situaciones descritas anteriormente son de confidencialidad de las
personas y/o autoridades que analizarán los casos, y las personas involucradas
velarán porque se cumpla con esta disposición, a menos que la seguridad del estudiante amerite quebrantar este acuerdo de confidencialidad.
VI.- PROTOCOLO SOBRE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA ALUMNAS EMBARAZADAS
Acompañamiento de alumnas embarazadas 1.- Las alumnas que durante el año escolar presenten embarazo, conforme a la normativa vigente, seguirán manteniendo su matrícula como alumnas regulares del establecimiento y con los mismos derechos de todos los alumnos y alumnas. Estas alumnas utilizaran su uniforme escolar hasta que su condición lo permita. En caso de que una alumna se embarace durante el año escolar el colegio con la finalidad de favorecer su maternidad dispone de las siguientes medidas:
- La Dirección del establecimiento otorgará las facilidades académicas necesarias para que las alumnas en situación de embarazo o maternidad
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puedan asistir a sus controles médicos, siendo retirada del establecimiento por el apoderado.
- La Dirección del establecimiento tomará las medidas para que la alumna
sea atendida normalmente y se le apliquen las evaluaciones como caso especial, Con todo, la alumna estará obligada a guardar el reposo pre y post natal, en su rol de madre lactante, apoyando y defendiendo el Don de la vida del recién nacido.
- El apoderado debe presentar el certificado médico indicando el tiempo de
embarazo de la alumna y las condiciones de salud de la alumna.
- Una vez finalizado el año escolar, la alumna será promovida si su rendimiento lo amerita. Para ello el profesor (a) jefe en conjunto con el UTP buscaran las estrategias para acompañar dicho proceso, poniendo en conocimiento a los profesores de asignaturas para definir fechas e instrumentos de evaluaciones.
VII.- PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR DE ALUMNOS Y ALUMNAS
El siguiente protocolo se aplica a beneficio de todos los alumnos(as) matriculados en la Escuela desde 1° a 6° año básico. A.- Cualquier accidente de alumno o alumna que se produzca dentro del establecimiento educacional o en otro lugar, durante la jornada escolar y con motivo de una actividad curricular escolar a cargo de un docente de aula u otro profesional asignado, incluidas las salidas a terreno o paseos pedagógicos, corresponde a un accidente escolar. B.- Cualquier accidente de alumno o alumna que se produzca de trayecto de ida y/o regreso a su domicilio o colegio, que le produzca incapacidad o muerte, corresponde a un accidente escolar. C.- Los afectados(as) por un accidente escolar estarán afectos al seguro escolar correspondiente.
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Para lo anterior el procedimiento es el siguiente (accidente al interior o durante la actividad):
1.- Comunicar el accidente inmediatamente a la dirección por parte del funcionario
que se encuentre a cargo del curso o actividad, o que haya observado el hecho.
2.- Aplicar primeros auxilios por las personas asignadas para el caso, mientras se
gestiona el traslado al centro de salud más cercano.
3.- El alumno o la alumna deberá ser enviado inmediatamente a la institución de
salud más cercana posible con un adulto responsable asignado por la dirección, si el
afectado(a) se encuentra en condiciones de moverse y eventualmente no se observa
gravedad.
4.- Si el accidente es considerado de carácter grave o de extrema gravedad, como
caídas de altura o con pérdida de conocimiento, o convulsiones, fracturas u otros
posibles, la Dirección de colegio, u otro responsable en su representación, deberá
llamar inmediatamente al centro de salud más cercano para solicitar medio de
traslado, evitando mover a él o la accidentada(a).
5.- Se prohíbe el traslado de alumno(a) accidentado en vehículos particulares,
por parte de profesores o funcionarios del establecimiento por voluntad
propia, cuando se trate de accidente grave o de extrema gravedad a menos
que sea autorizado por la Dirección de Educación Municipal y no
habiendo otra forma de llevar al o la afectado (a) hasta el centro de salud más
cercano, bajo la responsabilidad de la DAEM.
5.- El profesor a cargo del alumno en momento del accidente, o el profesor jefe o Dirección, o Inspector, según corresponda, deberá informar al instante al apoderado del alumno de la situación que afecta a su pupilo, con la finalidad de entregarle la responsabilidad de su cuidado una vez iniciado el procedimiento de traslado a centro de salud más cercano. 6.- El director o quien cumpla esa función en ese momento, deberá completar la hoja de accidente del alumno, registrando toda la información que el documento exige, con el nombre, firma del suscrito y el timbre del establecimiento. (No necesariamente se debe esperar a que el documento esté elaborado para el traslado del afectado, siendo responsabilidad de la Dirección del colegio o su representante, el envío del documento al centro de salud, inmediatamente elaborado).
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7.- Deberá existir un registro telefónico (ficha matrícula), que permita la
comunicación fluida escuela- apoderado y viceversa, para que en caso de
emergencia se pueda coordinar la acción.
8.- En caso que el accidente sea de trayecto casa – escuela o viceversa, quien primero se informe, comunicará al estamento correspondiente para realizar las acciones correspondientes. VIII.- PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL DE UN FUNCIONARIO A.- Cualquier accidente de un funcionario/a que se produzca dentro del establecimiento educacional o en otro lugar durante la jornada escolar y con motivo de una actividad curricular que desarrolle el funcionario/a y que tenga relación con su función para lo cual fue contratado, corresponde a un accidente laboral. B.- Cualquier accidente de un funcionario/a que se produzca de trayecto de ida o de regreso de su domicilio al colegio, corresponde a un accidente laboral. 3.1.- Para lo anterior el procedimiento es el siguiente: 3.1.1.- El funcionario/a deberá ser enviado inmediatamente al centro de salud más cercano posible, acompañado de otro funcionario/a del mismo establecimiento educacional. 3.1.2.- El director deberá informar inmediatamente a la familia la situación que le afecta al funcionario/a, con la finalidad de entregarle la responsabilidad de su cuidado. 3.1.3.- A la vez el director o quien cumpla esa función en ese momento, deberá informar al DAEM verbalmente de los hechos de la manera más fidedigna, para que esa repartición solicite los servicios de la Mutual de seguridad, con la finalidad de derivar al funcionario/a para seguir las acciones correspondientes. 3.1.4.- Posteriormente el director o funcionario a cargo deberá enviar oficio conductor, con los antecedentes que corresponden al accidente en cuestión. 3.1.5.- Los protocolos que sigue la Escuela referidos a accidentes laborales, corresponden a las indicaciones hechas por el ministerio de educación de acuerdo a
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la ley orgánica constitucional y la normativa correspondiente al código del trabajo y al estatuto docente.
IX.- PROTOCOLO DE USO DE TRANSPORTE ESCOLAR
Ley 18.290 Transporte Escolar / 19.831 Transporte y Telecomunicaciones
Los estudiantes de la Escuela “G-408 El Lucero” que sean trasladados
en vehículos destinados por la I. Municipalidad de Carahue, para transporte escolar,
deberán contar con autorización firmada por su apoderado, bajo las siguientes
condiciones:
1.-La autorización deberá hacerse bajo las condiciones de uso del transporte, determinadas por la escuela y establecidas en el protocolo de uso de transporte escolar. 2.-Los apoderados deben conocer el recorrido y horarios para traslado de los estudiantes. 3.- El uso del transporte escolar será de uso exclusivo para los alumnos matriculados en la escuela, según horarios y recorridos estipulados. Sin embargo, podrá ser solicitado para giras, salidas a terreno o actividades de cuerpo docente o delegaciones, siempre que no afecte los itinerarios establecidos para traslado de los alumnos. 4.- Los apoderados de los alumnos(as) que tienen el beneficio del transporte escolar vigente en el colegio, deberán garantizar que no se hará esperar al furgón en sus hogares, ya que esto afectará, atrasando todo el recorrido. Si esto sucede, el chofer tendrá la facultad de continuar su recorrido sin recoger al alumno(a)* 5.-Es obligación del encargado de traslado asegurar el uso de cinturón de seguridad y cautelar la disciplina durante el traslado, informando a la Dirección todo inconveniente. 6.- En caso de que un alumno(a) provoque daños al interior del vehículo de traslado, o desórdenes reiterados que arriesguen su integridad personal y/o la de los demás, la
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Dirección del Establecimiento deberá, informar al apoderado y suspender el derecho a movilización, previo análisis del caso. 7.-El apoderado que decida enviar a sus hijos en otros medios de transporte que no sean municipales, será el responsable de cautelar las condiciones que le ofrece esa alternativa. Si desea cambiar de servicio el apoderado deberá contactarse con profesor jefe y Dirección para solicitar el servicio y firmar condiciones de traslado establecidas por el Colegio, previa evaluación de las posibilidades para acceder al beneficio. Ver otros como asignación de roles y condiciones: asistente que acompaña, chofer, otros.
X.- PROTOCOLO PARA GIRAS DE ESTUDIO Y SALIDAS A TERRENO
1.-Las giras están regidas por el MINEDUC y Ministerio de Transporte, debiendo cumplirse
dichas disposiciones.
2.-El Director del establecimiento podrá autorizar o no dicha gira, de acuerdo a los
antecedentes que tenga para su desarrollo, bajo las siguientes condiciones:
- El profesor(a) responsable del proyecto de gira deberá presentar dentro de los plazos
estipulados por el Establecimiento la propuesta en formato establecido con todos los datos
solicitados.
-Incorporar autorización firmada de todos los apoderados del grupo curso, individualizando
al alumno(a).
-Solicitud de uso del transporte escolar autorizada por autoridad correspondiente
-Antecedentes fotocopiados del chofer y vehículo de traslado.
3.-En el caso de salidas a terreno, deberá ser planificada por el profesor correspondiente y
autorizados por el jefe de UTP y Dirección, bajo las siguientes condiciones:
- Presentación de propuesta pedagógica incorporada al desarrollo curricular
correspondiente.
- Guía para desarrollo de la salida para los estudiantes.
-Formato de evaluación de la actividad pedagógica.
-Autorización firmada de los apoderados del grupo curso, quienes afirmarán conocer
objetivos, itinerario: hora de salida, llegada y lugar de desarrollo de la actividad.
4.-Realizada la visita, el Profesor evaluará la jornada de acuerdo a criterios preestablecidos,
elaborando informe escrito de la actividad remitido al Jefe de UTP y Dirección del
Establecimiento.
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5.-En todos los casos (Giras o salida a terreno) la delegación deberá llevar botiquín de
primeros auxilios, formularios de accidente escolar, listado de N° telefónicos de padres y/o
apoderados de todos los alumnos participantes.
6.- La delegación será acompañada por personal autorizado por la Dirección del
Establecimiento.
7.- El profesor encargado de la salida y/ o gira será el responsable de mantener el control,
disciplina y toma de decisiones ante imprevistos.
8.- El profesor encargado de la salida a terreno de un curso, en los alrededores del colegio,
deberá hacer firmar registro de salida de todos los alumnos(as) participantes, previa
autorización de encargado de UTP y Dirección
9.- Será obligatorio comunicar incidentes o imprevisto ocurridos en la salida y/o gira, por
parte del docente responsable de la actividad a la Dirección del Establecimiento,
inmediatamente desarrollado el evento, para seguir indicaciones para el procedimiento
posterior, según sea la gravedad del hecho.
10.- En caso de los alumnos que sean nominados para que representen al colegio en certámenes como: concursos, olimpiada, u otros, fuera del colegio, deberán contar con autorización firmada de sus apoderados, quienes deberán conocer previamente el propósito de la salida, personal que les acompañará, lugar de la actividad y horas de salida y regreso. En su defecto, no podrán salir del colegio a la actividad. 11.-La Dirección del Establecimiento será responsable de velar por la integridad de los alumnos(as) que representen al colegio en estos eventos.
XI.- PROTOCOLO EN CASO DE MALTRATO A UN PROFESOR Y/O FUNCIONARIO POR PARTE DE UN APODERADO U OTRO ADULTO.
1.- Presentar reclamo por agresión física, verbal o a través de las redes sociales, a un profesor o funcionario en forma verbal por parte del o la afectado(a) ante la Dirección, inmediatamente ocurrido el hecho.
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2.- La Dirección debe comunicar por cualquier medio inmediato el hecho a la Dirección de Educación Municipal. 3.- Llenar la declaración en documento oficial (formato previamente establecido) con detalles del suceso, hora, fecha, lugar y firma del afectado. 4.- En caso de agresión física, constatar lesiones en centro de salud más cercano, acompañado de funcionario designado. 5.- Dejar constancia en retén de Carabinero, o PDI o Fiscalía, más cercano. 6.- Designar funcionario que se hará cargo de la investigación. 7.-El encargado de la investigación deberá recabar toda la información entrevis-tando a todos los involucrados en el hecho, dejando constancia escrita y firmada. 8.- Presentará las evidencias a la Dirección, con informe escrito de resultados de la investigación. 9.- Observar tipificación de falta y aplicación de sanción conforme al Reglamento Interno de la Escuela. 10.- En caso de haber investigación judicial, la Escuela deberá aportar todas las evidencias recabadas en forma interna, y gestionar la protección de él, la o los afectados.
Faltas muy graves por parte de un apoderado(a) u otro adulto a un funcionario del establecimiento
1.- Agresión verbal: insultos, amenazas, descalificaciones, al interior del establecimiento y /o a través de comunicaciones escritas. 2.- Desprestigio y/o menoscabo, injuria o calumnias; insultos, amenazas a través de las redes sociales. 3.- Agresión física como empujones, golpes de puño, palmadas, punta pies, tirones de pelo, con o sin lesiones. 4.- Agresión física con objetos, con o sin lesiones. 5.- Agresión física con arma blanca y/o de fuego. Estas faltas deben ser denunciadas por parte del afectado(a) con acompañamiento de un funcionario asignado y asegurar la adecuada aplicación del protocolo correspondiente.
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XII.- PROTOCOLO DE SEGURIDAD PARA LA CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA Y SALUD
I. CONSIDERACIONES GENERALES:
1° Las clases de Educación Física y Salud, como cualquier otra clase, estarán sujetas al marco de los Reglamentos y Protocolos internos del Colegio. En consecuencia, la supervisión y disciplina es de responsabilidad del (la) profesor (a) a cargo del curso. 2° La Escuela define e implementa prácticas que ayudan a prevenir el riesgo o daño de los estudiantes dentro del recinto escolar o al practicar actividades recreativas deportivas. Se procura el autocuidado y se evitan las actividades riesgosas tanto dentro como fuera del establecimiento. 3° Como Escuela se procura el máximo aprovechamiento de esta asignatura, en cuanto a espacio de aprendizaje tanto para los Objetivos Transversales como los propios de la disciplina. 4° La Escuela pose mecanismos para fijar todos aquellos implementos y estructuras deportivas que por naturaleza o mal uso puedan ocasionar accidentes o que sean condiciones inseguras. 5° Existirá siempre una supervisión eficiente y eficaz hacia el adecuado desempeño de los estudiantes, desde que se inicia la clase hasta la hora en que termina. 6° Durante las clases, bajo ninguna circunstancia, los estudiantes permanecerán solos, sin la supervisión de un docente en alguna dependencia, tales como la bodega de almacenaje, camarines o baños. 7° Los (as) profesores (as) de Educación Física y Salud deben conocer y tener actualizado todos los casos de salud que impiden realizar clases prácticas o casos especiales que requieren rutinas pedagógicas distintas por prescripción médica. 8° Frente a cualquier observación, percepción, presunción de algún factor de riesgo en algún (a) estudiante, el docente encargado no lo podrá abandonar y deberá informar al resto del curso, y pedir ayuda a la señora manipuladora, la cual informará lo antes posible utilizando cualquier medio, a su padre, madre o apoderado. 9° La Manipuladora utilizando cualquier medio de comunicación o movilización, buscará ayuda con el vecino más próximo, con el fin de contactarse con el apoderado o personal de la posta de salud, para solicitar la certificación médica pertinente. Mientras tanto, ante cualquier sospecha, el estudiante no realizará clases de Educación Física y Salud.
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II. NECESIDADES PARA EL DESARROLLO DE LA CLASE:
Los estudiantes, deben presentarse a la clase de Educación Física y salud, con polera (holgada) y el buzo y que ha recibido desde la escuela, es decir con el buzo institucional, además debe utilizar zapatillas que protejan y aseguren sus pies (no podrá usar zapatillas de genero).
Los estudiantes, principalmente las niñas, se presentarán sin ninguna joya o algún pendiente o colgante que dificulte o incomode la libertad de movimientos físicos, en el caso del cabello, este deberá estar cómodamente tomado.
Respecto a los útiles de aseo: Los estudiantes siempre deben traer una toalla y algunas piezas de ropa, principalmente interior, para recambio debidamente marcada con su nombre y curso.
En el caso de encontrarse durante los últimos días previos a la clase en estado febril, resfriado o con algún otro malestar, deberá presentar un justificativo de su apoderado o del personal de la posta de salud del sector.
III. SOBRE EL DESARROLLO DELA CLASE a) Inicio de la clase:
Con los estudiantes de pie, se realizará el saludo, se invitará a sentarse (en inglés). Se solicita que saquen y ubiquen sobre la mesa su toalla (doblada). El profesor(a) escribe en el pizarrón la fecha y el Objetivo de la clase. Se explica qué es lo que van realizar y aprender durante la clase. Se recuerdan normas de seguridad.
El profesor (a) de Educación Física verifica la asistencia. El profesor (a) verifica si existen estudiantes que no puedan realizar educación
física, ya sea por propia afirmación del estudiante o por comunicación desde el hogar.
Los estudiantes se dirigen formados al gimnasio o al patio, se les solicita que revisen sus zapatillas y se aten correctamente los cordones, con el fin de evitar accidentes.
b) Durante la clase:
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El docente podrá designar alguna función, según el contexto a tratar, a los estudiantes que por alguna razón no realicen la clase práctica. Es decir por ejemplo: arbitraje, recolector de material liviano (conos, lazos, aros, balones, otras ayudantías) etc.
Si algún estudiante no realiza educación física sin ninguna justificación debe ser registrado en el libro de clase apegándose al Reglamento de Convivencia Escolar.
Los estudiantes eximidos o con licencias extensas deben estar bajo la vigilancia del profesor (a), en el mismo lugar de la clase y deberán realizar un trabajo de investigación (acorde con la edad del alumno) y exponerlo (leerlo) frente al curso en la fecha que se le indique.
Queda estrictamente prohibido que los estudiantes trasladen algún material pesado o que trasladen material liviano sin supervisión de un adulto (como aros de básquetbol o arcos de futbol).
El docente debe verificar que no haya estudiantes realizando acrobacias ni escalando en arcos de futbol, rejas, árboles, etc.
No pueden haber estudiantes recorriendo otras secciones del establecimiento mientras se imparte la clase, a excepción cuando van al baño.
Recurrir al Manual de Convivencia Escolar y determinar según allí se exprese, para temas de convivencia que no puedan ser controlados por el docente, con el fin de que se tomen las medidas al respecto.
c) Al finalizar la clase:
Una vez terminada la clase práctica, los alumnos se dirigirán formados a la sala de clases y el (la) profesor (a) enviará en pequeños grupos (6 alumnos) al baño, para que realicen su aseo personal y siempre bajo la supervisión de un adulto.
Los implementos y útiles ocupados en la clase, deben ser guardados ordenadamente en la bodega de educación física con candado.
EN DÍAS DE CONTINGENCIA AMBIENTAL
a) Alerta ambiental: Al decretarse Alerta Ambiental, todas las actividades de educación física y deportes se realizarán como de costumbre, pero de baja intensidad. b) Pre Emergencia Ambiental: Al decretarse Pre-emergencia Ambiental, las clases de educación física y deportes se suspenderán, estas se realizarán en la sala de clase, con un carácter teórico apoyados por sistema audiovisual, tratando temas relacionados con la salud, calidad de vida, alimentación saludable, etc. c) Otros:
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Será de responsabilidad del profesor (a) solicitar revisión de manera periódica del material que se va a ocupar para que al momento de la clase se encuentre en perfecto estado.
XIII.- TOMA DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE REGLAMENTOS NORMATIVOS ESCOLARES Y PROTOCOLOS DE ACTUACION AÑO 2015:
YO…………………………………………………………………… Run: …………………, Apoderado de………………………… …………………………………………………………matriculado en …………..………he tomado pleno conocimiento y acepto lo normado y establecido en los siguientes documentos de la Escuela Municipal Básica Rural G-408 “ Dinamarca - Lucero” Ubicada en el Sector Rural El Lucero, Comuna Carahue:
Reglamento de Convivencia Escolar (RECE) Reglamento Interno del Establecimiento (RIE) Protocolos de acción o actuación (Son 12) Proyecto Educativo Institucional (PEI) Constitución del Consejo Escolar.
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Convenios de Igualdad de Oportunidades y Excel. Educativa. Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE) Plan de Mejoramiento Educativo (PME) Proyecto de Transporte Escolar Rural (PROTER) Reglamento de Evaluación y Promoción (REP)
---------------------------------------------- Firma Apoderado
El Lucero, 22 de marzo de 2018
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