Fragmento del nuevo Manual de Convivencias en construcción.
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MANUAL DE CONVIVENCIA – GESTION CON LA COMUNIDAD I. E. LOS COMUNEROS ” … Educación para nutrir la DEL DEBIDO PROCESO En todos los casos en que se presente una falta disciplinaria o comportamental por la ocurrencia de unos hechos que no se corresponden con las disposiciones del manual de convivencia, se inicia un proceso disciplinario en el cual se actuará con la observancia de la garantía del debido proceso; dispuesto en la Constitución Política, la Ley, los reglamentos y las siguientes disposiciones: La queja o el conocimiento de oficio Cuando el conocimiento del hecho es de oficio, o sea, conocido directamente por una de las personas que en Los Comuneros tiene competencia para ello: educadoras, educadores, coordinadoras, rector; éste funcionario debe hacer un informe escrito, sustentado, concreto y firmado por él. Averiguación preliminar Tiene como propósito verificar la ocurrencia de unos hechos y la vinculación de personas en ellos, de manera que nos permita tener un cierto grado de certeza con base en elementos fácticos. Se deja constancia mediante un acta o un informe completo que incluya circunstancias de modo, tiempo y lugar sobre los hechos y las personas. Esta etapa en Los Comuneros se ejecuta desde la coordinación a cargo en cada sede o jornada. Si agotada esta etapa se concluye que se está ante un acto que contraviene la convivencia escolar y trasgrede las normas del Manual de Convivencia Escolar, se procederá a iniciar el proceso disciplinario. Si no se lograre tener claridad sobre los hechos y las personas se estipula que en ese caso no procede iniciar ninguna actuación. Se archiva por lo tanto el caso. Se realizará dentro del término de un (1) mes siguiente a la queja o al informe y se dejará constancia de su iniciación y terminación.
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1. MANUAL DE CONVIVENCIA GESTION CON LA COMUNIDAD DEL DEBIDO
PROCESO En todos los casos en que se presente una falta
disciplinaria o comportamental por la ocurrencia de unos hechos que
no se corresponden con las disposiciones del manual de convivencia,
se inicia un proceso disciplinario en el cual se actuar con la
observancia de la garanta del debido proceso; dispuesto en la
Constitucin Poltica, la Ley, los reglamentos y las siguientes
disposiciones: La queja o el conocimiento de oficio Cuando el
conocimiento del hecho es de oficio, o sea, conocido directamente
por una de las personas que en Los Comuneros tiene competencia para
ello: educadoras, educadores, coordinadoras, rector; ste
funcionario debe hacer un informe escrito, sustentado, concreto y
firmado por l. Averiguacin preliminar Tiene como propsito verificar
la ocurrencia de unos hechos y la vinculacin de personas en ellos,
de manera que nos permita tener un cierto grado de certeza con base
en elementos fcticos. Se deja constancia mediante un acta o un
informe completo que incluya circunstancias de modo, tiempo y lugar
sobre los hechos y las personas. Esta etapa en Los Comuneros se
ejecuta desde la coordinacin a cargo en cada sede o jornada. Si
agotada esta etapa se concluye que se est ante un acto que
contraviene la convivencia escolar y trasgrede las normas del
Manual de Convivencia Escolar, se proceder a iniciar el proceso
disciplinario. Si no se lograre tener claridad sobre los hechos y
las personas se estipula que en ese caso no procede iniciar ninguna
actuacin. Se archiva por lo tanto el caso. Se realizar dentro del
trmino de un (1) mes siguiente a la queja o al informe y se dejar
constancia de su iniciacin y terminacin. I. E. LOS COMUNEROS
Educacin para nutrir la vida
2. MANUAL DE CONVIVENCIA GESTION CON LA COMUNIDAD Apertura del
proceso Se hace mediante la expedicin de un comunicado formal en el
que el rector manifiesta, con base en las circunstancias que
resultaren de la averiguacin preliminar y teniendo en cuenta las
disposiciones normativas, se dispuso abrir el proceso disciplinario
a la estudiante o al estudiante. Comunicacin y notificacin Pasados
hasta diez (10) das hbiles luego de iniciado el proceso
disciplinario, se emitir una notificacin a la estudiante o al
estudiante a travs de sus representantes, madre, padre o acudiente,
en la que se le informa de dicha apertura, transcribiendo lo que
manifiesta y anuncindole la oportunidad que tiene para concurrir a
la presentacin de sus descargos. Su presentacin es personal y tiene
que dejarse constancia de ello de manera documental. A partir de
este momento le empiezan a correr los trminos de tres (3) das
hbiles para presentar sus descargos, solicitar pruebas y dems
actuaciones que considere pertinentes y convenientes para su
defensa. I. E. LOS COMUNEROS Educacin para nutrir la vida
3. MANUAL DE CONVIVENCIA GESTION CON LA COMUNIDAD Pruebas
Presentado el documento de descargos o vencido el trmino para su
presentacin se lleva a cabo la investigacin propiamente dicha
durante el trmino de cinco (5) das hbiles. Durante este periodo se
practicarn las pruebas. Las mismas que se adelante en Los comuneros
procuran el respeto y la preservacin de los derechos de las nias,
nios y adolescentes, especialmente los de la intimidad, el libre
desarrollo de la personalidad, la libertad, el buen nombre, su
integridad fsica y psicolgica, como las condiciones particulares de
estos por estar en proceso de formacin. Testimoniales: Testimonios,
declaraciones, versiones o entrevistas que ofrece una persona sobre
el conocimiento que tiene de unos hechos y que son recibidos por la
coordinadora a cargo y son documentados debidamente. Documentales:
Aquellas que se presentan en forma de documento: informes, oficios,
libros, reportes, memorandos; toda clase de escritos que tengan
relacin con los hechos que se indagan. Periciales: Aquellas que a
travs de medios tcnicos ayudan a esclarecer o a explicar
circunstancias de modo, tiempo y lugar I. E. LOS COMUNEROS Educacin
para nutrir la vida
4. MANUAL DE CONVIVENCIA GESTION CON LA COMUNIDAD Decisin de
primera instancia Se emite una vez vencidos los trminos de la
investigacin en un trmino no mayor de tres (3) das. Se concreta en
una resolucin rectoral y debe notificarse personalmente dejando
constancia de ello y entregando copia al destinatario. Recursos
Notificada la resolucin rectoral que decide en primera instancia,
ya sea personalmente o a travs de los medios autorizados por el
cdigo contencioso administrativo, se conceder un trmino de tres (3)
hbiles para interponer los recursos de reposicin y/o apelacin. Se
presentarn de manera simultnea y el de apelacin en subsidio del de
reposicin. El recurso de reposicin debe decidirse dentro de los
cinco (5) das hbiles siguientes a la presentacin. Decisin en
segunda instancia Cuando es procedente el recurso de apelacin
presentado se traslada el expediente con toda la actuacin
administrativa al Secretario de Educacin de Popayn, para su
conocimiento y definicin final en un trmino no mayor a diez (10)
das hbiles una vez radicado. I. E. LOS COMUNEROS Educacin para
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5. MANUAL DE CONVIVENCIA GESTION CON LA COMUNIDAD Ejecucin de
la sancin En firme la decisin, por el agotamiento de la va
gubernativa ya sea que se hayan presentado y decidido los recursos,
o que no se hayan presentado y el trmino para su presentacin haya
expirado, procede la ejecucin de la decisin dentro los diez (10)
das hbiles siguientes. Es la etapa final de la actuacin en la cual
se procede a dar cumplimiento a la decisin que ha proferido
mediante acto administrativo el funcionario o dependencia
competente, en primera o segunda instancia. Mientras se encuentra
en trmite los recursos no puede llevarse a cabo la ejecucin de la
decisin adoptada, pues mientras se resuelven se suspenden los
efectos del acto administrativo. Caducidad de la accin
disciplinaria. En todo caso, no podr iniciarse averiguacin
preliminar o proceso disciplinario cuando haya transcurrido ms de
un (1) mes desde la fecha en que ocurrieron los hechos; es decir,
la accin disciplinaria caduca en un (1) mes. Toda trasgresin o
incumplimiento de los trminos y formalidades aqu establecidas,
constituye una violacin al debido proceso y conlleva la nulidad de
la actuacin administrativa. La va judicial Frente a toda decisin de
la administracin cabe la va judicial. Esa va se da por fuera de Los
Comuneros y corresponde a los destinatarios hacer uso de ella o no,
en los trminos que la ley lo establece, especialmente el Cdigo
Contencioso Administrativo. I. E. LOS COMUNEROS Educacin para
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6. MANUAL DE CONVIVENCIA GESTION CON LA COMUNIDAD
Procedimientos para la correccin de faltas La primera
responsabilidad de la persona involucrada en un proceso
disciplinario es la autorreflexin para provocar la comprensin y un
juicio autocrtico de sus actitudes y comportamientos, por ende, de
los principios de Los Comuneros presentes en su formacin. Por ello,
la primera y ms importante labor del educador comunero es crear el
espacio para el dilogo y la adquisicin de compromisos verificables.
Para ello: Escuchan y dialogan con la estudiante o el estudiante
implicado. Analizan y reflexionan sobre la falta. Concientizan
sobre la falta a la luz de los principios comuneros. Aplican
mecanismos formativos y disciplinarios que conlleven a un
compromiso y mejoramiento de las estudiantes y los estudiantes y
sus madres, padres o acudientes. Revisan el observador de la
estudiante o el estudiante, el proceso disciplinario, acadmico y de
orientacin escolar. Anotan en el observador y/o acta de
compromisos. Aplican mecanismos correctivos o reeducativos. Tienen
presente de manera holstica la individualidad de la estudiante o el
estudiante; esas condiciones o circunstancias pueden ser
consideradas como atenuantes o agravantes dados el caso.
Diligencian oportunamente el observador de la estudiante o el
estudiante, el proceso disciplinario, acadmico y de orientacin
escolar si lo hubiere, pues de ello depende constituirse en soporte
oportuno y cierto para cada proceso. Ponen en conocimiento sobre
los acontecimientos a la madre, padre o acudiente, para su
respectivo anlisis y lograr su apoyo en el proceso formativo.
Diligencian a plenitud el observador del estudiante especialmente
los compromisos para hacerles el respectivo seguimiento. I. E. LOS
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7. MANUAL DE CONVIVENCIA GESTION CON LA COMUNIDAD Registro
formativo Realizada por el docente o directivo ante quien se cometi
la falta. La amonestacin deber conducir a la reflexin sobre el
comportamiento manifestado y a la definicin de las estrategias que
permitan enmendar la falta. Las faltas se registran en el formato
del observador del alumno, especificando la fecha, el nombre de la
educadora o el educador y de la estudiante o el estudiante, breve
descripcin de la falta, reflexin y actividad realizada y firma de
la estudiante o el estudiante y de la educadora o el educador. En
caso de que la estudiante o el estudiante involucrado se niegue a
firmar, podr hacerlo el representante de grupo dejando constancia
de ello en el registro. El registro no podr exceder tres (3) das
hbiles contados a partir de la ocurrencia de la falta o se haya
enterado de ella. Tarjeta de amarilla Ser entregada por el director
de grupo, en presencia del personero estudiantil, cuando la
estudiante o el estudiante persisten en sus comportamientos
inadecuados, a pesar de haber realizado con ella o l, dilogos y
compromisos formativos. Dicha persistencia se demuestra con al
menos tres registros formativos en el observador del alumno. Las
madres, padres o acudientes se informan oportunamente sobre los
acontecimientos que ameritan esta sancin. Los trminos de este
procedimiento no podrn exceder cinco (5) das hbiles despus de
cometida o conocida la falta, podr prorrogarse este tiempo cuando
se requiera ampliar u obtener ms informacin. Cuando una estudiante
o un estudiante recibe la tarjeta amarilla, se rebaja a Bsico la
valoracin del comportamiento en la evaluacin de ese periodo, de lo
cual queda constancia en la correspondiente acta de la comisin de
evaluacin y promocin. I. E. LOS COMUNEROS Educacin para nutrir la
vida
8. MANUAL DE CONVIVENCIA GESTION CON LA COMUNIDAD Tarjeta
zapote El incumplimiento en el compromiso de cambio en sus
actitudes y comportamientos despus de recibir tarjeta amarilla, o
el incurrir en falta catalogada como grave, en este manual de
convivencia, si no tuviere tarjeta amarilla, da lugar a la sancin
con esta tarjeta, la cual implica una suspensin de uno (1) a tres
(3). Previamente el caso ser estudiado por el Comit de Convivencia
Escolar. La estudiante o el estudiante sancionado con ella no podrn
participar en las actividades de aprendizaje en el periodo de
suspensin, asumiendo las consecuencias que de ello se deriva,
especialmente en trminos de las evaluaciones y faltas para los
programas oficiales como familias en accin. En estos casos la
estudiante o el estudiante comparecern ante el Comit de convivencia
escolar de la sede/jornada, el cual atender estrictamente lo
estipulado en este manual de convivencia como debido proceso.
Cuando se determine aplicar esta sancin el comit de convivencia
escolar respectivo, emanar una acta, insumo fundamental para que el
rector expida una resolucin motivada que notificar oportunamente la
coordinacin pertinente, ante la presencia de las madres, padres o
acudientes. En todos los casos de suspensin la estudiante o el
estudiante debe presentar una reflexin escrita sobre sus
comportamientos, analizando a profundidad los factores que lo
llevaron a ellos, las consecuencias y responsabilidades que
acarrean y los compromisos de cambio y reparacin que asume; lo
mismo que el apoyo que recibirn de las madres, padres o acudientes
para su cumplimiento. Esto se consignar en el observador del alumno
por parte del director de grupo. No podr exceder de ocho (8) das
hbiles el trmino para adelantar este proceso contados a partir del
conocimiento de los hechos por parte del Comit de Convivencia
Escolar. Una vez en firme la sancin de tarjeta zapote, el director
de grupo valora en Bajo la evaluacin del periodo y no se renovar la
matrcula para el siguiente ao lectivo, de lo cual quedar constancia
en la correspondiente acta de la comisin de evaluacin y promocin.
Si una estudiante o un estudiante, teniendo tarjeta zapote, comete
una nueva falta grave segn lo estipulado en este manual de
convivencia, una vez en firme el debido proceso, le ser cancelada
la matrcula de manera inmediata. I. E. LOS COMUNEROS Educacin para
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9. MANUAL DE CONVIVENCIA GESTION CON LA COMUNIDAD Tarjeta roja
Se aplica a una estudiante o a un estudiante que, segn lo
estipulado en este manual de convivencia, comete una o varias
faltas muy graves o reincide en faltas catalogadas como graves,
teniendo tarjeta zapote. Esta decisin ser tomada en el Consejo
Directivo una vez el Comit de Convivencia agote el debido proceso
aqu estipulado. Con el acta de la sesin correspondiente, el rector
emitir una resolucin motivada, la cual se notificar a travs de la
correspondiente coordinacin de la sede/jornada, ante las madres,
padres, acudientes o defensor. Causales para no renovar la matrcula
para siguiente ao lectivo. Reincidir en faltas graves Cometer
faltas muy graves I. E. LOS COMUNEROS Educacin para nutrir la
vida
10. MANUAL DE CONVIVENCIA GESTION CON LA COMUNIDAD El personero
estudiantil participar activamente en cada una de las partes e
instancias de los procesos adelantados, para garantizar
especialmente el derecho a la defensa e impedir que se violen los
derechos de las personas en ellos involucrados. Dejar expreso su
concepto en cada una de ellas. En las sedes/jornadas lo har incluso
delegando a otra persona del consejo estudiantil, que hace parte
integral de su equipo de trabajo. Las estudiantes o los estudiantes
que estando en grado undcimo se hagan acreedores a sancin en el
marco de este manual de convivencia y una vez agotado el debido
proceso, en firme la sancin, se aplicar en los trminos de tiempo
estipulados, si a ello hubiere lugar, el proceso continua y se
notifica de oficio, registrando debidamente la informacin,
especialmente la valoracin respectiva para el comportamiento en los
certificados de estudio expedidos en el futuro. En todos los casos
que queden en firme y se involucre el dao o la prdida de un bien de
la comunidad educativa, el responsable deber reponerlo o cancelar
su respectivo valor en la tesorera de Los Comuneros. De igual
manera se aplica el pargrafo anterior, para aquellas o aquellos
estudiantes que se gradan o se retiran dejando deudas pendientes.
I. E. LOS COMUNEROS Educacin para nutrir la vida
11. MANUAL DE CONVIVENCIA GESTION CON LA COMUNIDAD I. E. LOS
COMUNEROS Educacin para nutrir la vida