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MANUAL DE INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS … · 3. Durante la ejecución de la...

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MANUAL DE INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS DEL *PROGRAMA DE CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE CENTROS TECNOLÓGICOS Convocatoria año 2009 SECRETARÍA GENERAL DE INNOVACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA Y DESARROLLO EMPRESARIAL *Aprobado por ORDEN CIN/1862/2009, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria del año 2009 para la concesión de ayudas públicas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, Subprograma de Creación y Consolidación de Centros Tecnológicos. 1
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MANUAL DE INSTRUCCIONES

DE JUSTIFICACIÓN DE AYUDAS DEL *PROGRAMA DE CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN

DE CENTROS TECNOLÓGICOS

Convocatoria año 2009

SECRETARÍA GENERAL DE INNOVACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA Y DESARROLLO EMPRESARIAL

*Aprobado por ORDEN CIN/1862/2009, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria del año 2009 para la concesión de ayudas públicas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, Subprograma de Creación y Consolidación de Centros Tecnológicos.

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Por favor, lea atentamente este manual de instrucciones. Le ayudará a preparar adecuadamente la documentación justificativa que deben presentar anualmente en relación con la ayuda que les corresponde percibir. Está orientado tanto a los responsables del proyecto en su organización, como al personal del departamento financiero y administrativo.

Para cualquier aclaración pueden dirigirse a las direcciones y contactos que figuran en el punto 13 de este manual.

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ÍNDICE página

1. CUESTIONES GENERALES 5

2. FECHAS Y PLAZOS 10

3. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA A PRESENTAR 11

4. MODO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA 13

5. REQUISITOS PARA OBTENER JUSTIFICAR LA TOTALIDAD DE LA AYUDA 15

6. CAMBIOS EN LAS CONDICIONES APROBADAS EN LA RESOLUCIÓN

DE CONCESIÓN 16

7. GASTOS E INVERSIONES NO FINANCIABLES 16

8. JUSTIFICACIÓN DE GASTOS 17

Inversiones materiales 17

Inversiones inmateriales 17

Coste de personal 17

Asesoramiento 18

9. JUSTIFICACIÓN DE LOS PAGOS 19

11. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD 19

12. INCUMPLIMIENTO 20

13. TELEFONOS Y DIRECCIONES DE CONSULTA 20

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ANEXOS

En este manual de instrucciones se incluyen además, los siguientes Modelos y Fichas:

ANEXO I. SOLICITUD DE VERIFICACION TÉCNICO-ECONOMICA

ANEXO II. MEMORIA ECONÓMICA JUSTIFICATIVA

ANEXO III. FICHAS

F.1. Inversiones materiales

F.2. Inversiones inmateriales

F.3. Gastos de personal

F.4. Asesoramiento

ANEXO IV. DECLARACIÓN RESPONSABLE (FEDER)

ANEXO V. LISTA DE CONTROL FEDER

ANEXO VI DECLARACIÓN RESPONSABLE (DEPÓSITO DE JUSTIFICANTES )

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1. CUESTIONES GENERALES

La comprobación de la realización del proyecto o actuación se realizará de acuerdo con lo establecido en los artículos 83 y 171 de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas según la modalidad de cuentas justificativa del gasto realizado y artículo 30 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y se tendrán en cuenta los requisitos que fijan las normas de desarrollo para el Reglamento (CE) 1083/2006 y 1080/2006 sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional Tras la comprobación, el órgano concedente emitirá una certificación acreditativa del cumplimiento de los fines que justificaron la concesión de la ayuda y del valor comprobado de los gastos, que servirá de base para la liquidación de la ayuda. Se entiende por presupuesto a justificar el Presupuesto Financiable según la Resolución de Concesión de ayuda. El Presupuesto Financiable se compone de todas o algunas de las siguientes Partidas:

Inversiones Materiales Inversiones Inmateriales Gastos de Personal Asesoramiento Solamente se deben presentar las fichas y justificantes de gasto y pago correspondientes a las partidas incluidas en dicho Presupuesto Financiable, poniendo en relación cada partida con los diferentes conceptos apoyados dentro de cada una de ellas, aportando facturas originales o fotocopias compulsadas, así como los justificantes de pago correspondientes.

Cada partida del Presupuesto Financiable es independiente y no se aplicará compensación de gastos de unas partidas con otras.

Se entiende por Gastos Imputados el conjunto de gastos de los que el beneficiario presenta documentación justificativa.

Deberán presentar una Memoria Técnica Justificativa y una Memoria Económica Justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la ayuda, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, así como descripción de los gastos imputados haciendo referencia a su vinculación con el proyecto y sus posibles desviaciones y causas.

En el caso de Estudios de Viabilidad, deberán aportar un resumen ejecutivo y el estudio deberá responder a cada uno de los epígrafes exigidos en el contenido de los estudios tanto para creación de centros como para consolidación de centros.

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Cualquier modificación deberá solicitarse por escrito y ser autorizada expresamente por la Dirección General Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial antes del 1 de diciembre del año en curso. Se deberán detallar otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad apoyada con indicación del importe, su fecha de concesión y su procedencia, incidiendo especialmente en otras ayudas de minimis que hayan podido obtener.

Los proyectos plurianuales, deberán ser justificados ejercicio por ejercicio de ejecución de los mismos, entendiéndose por cada uno de ellos el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Plazo de Ejecución del proyecto: Con carácter general estará comprendido en el período 1 de enero a 31 de diciembre, a menos que se haya solicitado y concedido una prórroga, en cuyo caso el plazo de ejecución será el indicado en la autorización de la misma.

Publicidad: (Reglamento CE nº 1828/2006 de 8 de diciembre de 2006) Al estar cofinanciados los proyectos en un 70% por el Fondo Europeo de Desarrollo Empresarial (FEDER) el beneficiario de la ayuda será responsable de informar al público de la ayuda obtenida de los Fondos se asegurará de que las partes que intervienen en la operación han sido informadas de dicha financiación. .

• Estudios deberán llevar el logo del Ministerio de Ciencia e Innovación y el emblema de la Unión Europea y la referencia al Fondo FEDER y el lema en su portada.

• Proyectos de creación o consolidación. El beneficiario colocará una placa explicativa permanente, visible y de gran tamaño, en un plazo máximo de seis meses a partir de la conclusión de una operación, cuando esta cumpla las condiciones siguientes: a) la contribución pública total a la operación supere los 500 000 EUR; b) la operación consista en la compra de un objeto físico, en la financiación de una infraestructura o en trabajos de construcción. En la placa se indicará el tipo y el nombre de la operación, además de la información a la que se refiere el artículo 9. Dicha información ocupará, como mínimo, el 25 % de la placa.

Durante la ejecución de la operación, el beneficiario colocará un cartel en el enclave de las operaciones cuando estas cumplan las condiciones siguientes: a) la contribución pública total a la operación supere los 500 000 EUR; b) la operación consista en la compra de un objeto físico, en la financiación de una infraestructura o en trabajos de construcción. Una vez concluida la operación, se sustituirá el cartel por una placa explicativa permanente. En todos los casos con independencia de su importe, el beneficiario anunciará

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claramente que la operación que se está ejecutando ha sido seleccionada en el marco del Programa Operativo de I+D+I por y para el beneficio de las empresas – Fondo Tecnológico, 2007-2013 cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Empresarial (FEDER). Además de estos requisitos, el beneficiario deberá enviar un texto no superior a noventa líneas en donde, indicando el nombre y referencia del proyecto, el beneficiario destaque la importancia que ha tenido la cofinanciación con fondos europeos para la realización de su proyecto, los aspectos positivos que la integración europea tiene en su actuación/ negocio y las consecuencias beneficiosas de la ayuda otorgada por el MICINN dentro del Plan Nacional de I+D+i. Este texto se publicará en la WEB del MICINN así como, en su caso, en la WEB de la DG Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda, pudiendo ser publicada además por la UE, por lo que su presentación supone el consentimiento expreso para esta difusión. Todos los requerimientos sobre publicidad señalados deberán asimismo ser publicados por el beneficiario en su página web en un lugar preferente.

Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de2006:

Artículo 8 Responsabilidades de los beneficiarios relativas a las medidas de información y publicidad destinadas al público

1. El beneficiario será responsable de informar al público de la ayuda obtenida de los Fondos, a través de las medidas establecidas en los apartados 2, 3 y 4.

2. El beneficiario colocará una placa explicativa permanente, visible y de gran tamaño, en un plazo máximo de seis meses a partir de la conclusión de una operación cuando ésta cumpla las condiciones siguientes:

a) la contribución pública total a la operación supere los 500.000 EUR;

b) la operación consista en la compra de un objeto físico, en la financiación de una infraestructura o en trabajos de construcción.

En la placa se indicará el tipo y el nombre de la operación, además de la información a la que se refiere el artículo 9. Dicha información ocupará, como mínimo, el 25 % de la placa.

3. Durante la ejecución de la operación, el beneficiario colocará un cartel en el enclave de las operaciones cuando éstas cumplan las condiciones siguientes:

a) la contribución pública total a la operación supere los 500.000 EUR;

b) la operación consista en la financiación de una infraestructura o en trabajos de construcción.

La información a la que se refiere el artículo 9 ocupará, como mínimo, el 25 % del cartel.

Una vez concluida la operación, se sustituirá el cartel por la placa explicativa permanente a la que se refiere el apartado 2.

4. Cuando una operación se financie en el marco de un programa operativo cofinanciado por el FSE y, en su caso, cuando una operación se financie en el marco del FEDER o el Fondo de Cohesión, el beneficiario se asegurará de que las partes que intervienen en la operación han sido informadas de dicha financiación.

El beneficiario anunciará claramente que la operación que se está ejecutando ha sido seleccionada en el marco de un programa operativo cofinanciado por el FSE, el FEDER o el Fondo de Cohesión.

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Cualquier documento relativo a este tipo de operaciones, incluidos los certificados de asistencia o de cualquier otro tipo, incluirá una declaración en la que se informe de que el programa operativo ha sido cofinanciado por el FSE o, en su caso, el FEDER o el Fondo de Cohesión.

Artículo 9 Características técnicas de las medidas de información y publicidad de la operación

Todas las medidas de información y publicidad destinadas a los beneficiarios, a los beneficiarios potenciales y al público en general incluirán los elementos siguientes:

a) el emblema de la Unión Europea, de conformidad con las normas gráficas establecidas en el anexo I del Reglamento, así como la referencia a la Unión Europea;

b) la referencia al Fondo en cuestión:

en el caso del FEDER: «Fondo Europeo de Desarrollo Regional»;

c) una declaración elegida por la autoridad de gestión, en la que se destaque el valor añadido de la intervención de la Comunidad, de preferencia: «Invertimos en su futuro». [El Plan de Comunicación de España ha optado por “Una manera de hacer Europa”]

Los puntos b) y c) no serán de aplicación en el caso de artículos promocionales de pequeño tamaño.

En caso de incumplimiento de esta obligación por parte del beneficiario, se seguirá lo establecido el apartado 3 del artículo 31 del Real Decreto 887/2006 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. Se adjuntan versiones posibles del logo y el lema, que deberán ser bien visibles y estar incluidos en todos los proyectos cofinanciados con fondos FEDER, dada la obligación de publicitar la cofinanciación de Fondos FEDER. A modo de ejemplo, en los estudios debe figurar en la portada, en los casos de creación o consolidación debe publicitarse el proyecto en la web, en la memoria anual, en notas de prensa, en actos que el Centro realice, etc.

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2. FECHAS Y PLAZOS (LÍMITE PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA: 31 de marzo de 2010, excepto prórroga autorizada)

1. Se entiende por plazo para la realización o ejecución del proyecto, el periodo de tiempo de que dispone el beneficiario para realizar el gasto correspondiente a las diferentes partidas incluidas en el Presupuesto Financiable detallado en la correspondiente Resolución de Concesión de Ayuda.

Las inversiones y gastos o compromisos de gastos previstos, no podrán realizarse antes de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda. Con carácter general, pueden realizarse desde la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda hasta el 31 de diciembre del mismo año. En los proyectos en los que se apoyen inversiones, los gastos o compromisos de gastos pueden realizarse desde la fecha en que la autoridad competente haya confirmado, por escrito o por medios telemáticos autorizados, antes de iniciarse los trabajos, que en espera de una verificación más detallada, el proyecto cumple en principio las condiciones de elegibilidad establecidas en el régimen de ayudas hasta el 31 de diciembre del mismo año, a menos que se haya solicitado y concedido una prórroga, en cuyo caso el plazo de ejecución será el indicado en la autorización de la prórroga.

La fecha de las facturas que se incluyan como justificantes de las diferentes partidas del presupuesto financiable debe estar comprendidas entre la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda y el 31 de diciembre del mismo año, o bien hasta el 31 de enero del año siguiente, siempre que en la propia factura se justifique debidamente que el gasto se realizó en el ejercicio para el que se concedió la ayuda. En el caso de prorroga autorizada el fijado en la correspondiente autorización.

Si en dichas facturas no constara este último extremo, habrá de acompañarse además, un albarán firmado o sellado, o una certificación del proveedor en los que conste que tal gasto se realizó en el período de ejecución establecido.

2. Se entiende por plazo de justificación, el comprendido entre la fecha en que finaliza el proyecto o la anualidad del proyecto, hasta la fecha final en que debe presentarse la documentación justificativa que será de 1 de enero a 31 de marzo del año siguiente inclusive (en el caso de prorroga autorizada, el fijado en la correspondiente autorización).

La fecha de los documentos de pago que se presenten como justificantes de las diferentes partidas del presupuesto financiable estará comprendida entre la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y el 31 de marzo del año siguiente o, en el caso de prorroga autorizada el fijado en la correspondiente autorización.

La demora en la presentación de los documentos para justificar la realización de la inversión financiable, supondrá el reintegro de la ayuda conforme a lo dispuesto en el título II, capítulo I de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y en el título III de su Reglamento.

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3. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA QUE HAY QUE PRESENTAR De acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la concesión de las ayudas, desde el 1 de enero y hasta el 31 de marzo inclusive del año siguiente (excepto prórroga autorizada) al que se concedió la ayuda, ya fuera anual o plurianual, deberá cumplimentarse y presentarse la documentación justificativa indicada a continuación, adaptada al Cuestionario y a la Memoria presentados inicialmente con la solicitud de ayuda, siempre de acuerdo con la Resolución de concesión y posibles modificaciones aprobadas del proyecto. La presentación de esta documentación se realizará en soporte papel, en los Registros Generales del Ministerio de Ciencia e Innovación, o en cualquier otro registro que permita el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

Documentación justificativa:

• Solicitud de verificación Técnico-Económica, dirigida al órgano competente. Deberá entregarse este documento firmado y sellado en alguno de los Registros señalados anteriormente.

• Memoria Técnica Justificativa. Su finalidad es explicar de forma explícita y clara la situación final del proyecto respecto a la situación inicial recogida en la Memoria Descriptiva y Técnica de la solicitud de ayuda. Se deberá incluir, de forma concreta y detallada, información sobre el grado de cumplimiento, desviaciones y sus causas, relativas a los siguientes puntos:

o Objeto y finalidad del proyecto o actuación. Contenido y alcance del proyecto. Resultados obtenidos.

o Plan de trabajo, con referencia expresa a los hitos del proyecto.

o Descripción detallada y comprensiva de los conceptos imputados, relacionados en las fichas presentadas, haciendo referencia a su naturaleza, motivo de imputación y vinculación con el proyecto, así como sus posibles desviaciones respecto a lo presupuestado inicialmente

• Memoria Económica Justificativa: Su finalidad es recoger el coste de las actividades realizadas desde el punto de vistas económico, las posibles desviaciones en relación con el presupuesto aprobado, así como sus causas. Incluirá una descripción detallada y comprensiva de los conceptos imputados relacionados con las fichas presentadas.

Para la presentación de esta memoria, se deberá cumplimentar la misma según Anexo II de este manual.

• Fichas normalizadas de los gastos e inversiones efectivamente

realizados, que figuran en Anexo III de este manual. Solo se admitirán en

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formato Excel. Es obligatorio rellenar todos los datos que se encuentran en las fichas normalizadas.

Los gastos imputados con cargo al proyecto subvencionado deberán corresponder claramente al mismo.

• Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

• Los tres presupuestos que en aplicación del artículo 31.3 de la Ley

General de Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario. Se recuerda que, el beneficiario de la ayuda estará obligado a custodiar toda la documentación justificativa (facturas, documentos de pago, etc.) y facilitar cualquier comprobación encaminada a garantizar la correcta realización del proyecto o actuación objeto de la misma. Asimismo, quedará sometido al control de la Intervención General de la Administración del Estado y al Tribunal de Cuentas. Para garantizar el cumplimiento de este deber de custodia y conservación, se presentará junto con la documentación justificativa el modelo que se facilita en el ANEXO VI en el que el representante legal del beneficiario hará constar el lugar de depósito de la documentación original Todos los documentos justificativos relacionados con los gastos y con las auditorías correspondientes a este Programa se deberán mantener a disposición de la Comisión durante: - Un período de tres años a partir del cierre del Programa Operativo Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación por y para el beneficio de las empresas, previsto el cierre definitivo en el año 2020 o bien - Un período de tres años a partir del año en que haya tenido lugar el cierre parcial del Programa Operativo. Dichos períodos quedarán interrumpidos si se inicia un procedimiento judicial o a petición, debidamente motivada, de la Comisión

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4. MODO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA La documentación se presentará en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Deberá presentarse un juego en papel (originales o fotocopias compulsadas) en los lugares antes referidos, debidamente ordenadas y con los documentos acreditativos de pago correspondientes.

Se deberá presentar la siguiente documentación:

- Solicitud de verificación Técnico Económica. - Memoria Técnico Justificativa. - Memoria Económica Justificativa. - Fichas de control de los gastos imputados. - Declaración de otros ingresos o ayudas que hayan financiado la actividad, con indicación del importe y procedencia. En los estudios de viabilidad, además: - Resumen ejecutivo del mismo - Estudio realizado, que deberá responder a cada uno de los puntos exigidos en el documento “contenido de los estudios”. - Tres presupuestos citados en el apartado anterior. - Otros informes solicitados.

Deben aportar un juego en papel y un CD con la siguiente documentación:

- Memoria técnica justificativa (En formato PDF)

- Memoria Económica Justificativa (En formato PDF)

- Declaración de otros ingresos o ayudas que hayan financiado la actividad, con indicación del importe y procedencia. - Otros informes solicitados en la resolución de concesión (En formato PDF)

- Un juego de fichas en formato Excel de acuerdo con los modelos incluidos en el Anexo III de las presentes instrucciones.

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La presentación telemática no exime a los beneficiarios de conservar los originales de los justificantes de gasto y pago, informes de auditoria, etc., por si les fueran requeridos posteriormente por el órgano gestor de las ayudas o, al realizar las actividades de control legalmente previstas, por la Intervención General de la Administración del Estado, el Tribunal de Cuentas o la Comisión Europea.

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5. REQUISITOS PARA JUSTIFICAR LA TOTALIDAD DE LA AYUDA

1. El beneficiario deberá haber cumplido tanto lo establecido en la Orden Ministerial que regula las ayudas CIN/1862/2009, de 7 de julio BOE de 11 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras del programa y se efectúa la convocatoria del año 2009 para la concesión de ayudas del Programa Nacional de infraestructuras científico-tecnológicas dentro del Plan Nacional de Investigación científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, Subprograma Creación y Consolidación de Centros Tecnológicos y en las condiciones de la Resolución de Concesión.

2. La justificación de los gastos deberá ser igual o superior al 100% de los gastos

incluidos en cada una de las partidas del presupuesto financiable y haberse realizado los pagos correspondientes.

Las inversiones y gastos deben realizarse desde la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda hasta el 31 de diciembre del mismo año. En los proyectos en los que se apoyen inversiones, los gastos o compromisos de gastos deben realizarse desde la fecha en que la autoridad competente haya confirmado, por escrito o por medios telemáticos autorizados, antes de iniciarse los trabajos, que, en espera de una verificación más detallada, el proyecto cumple en principio las condiciones de elegibilidad establecidas en el régimen de ayudas hasta el 31 de diciembre del mismo año, a menos que se haya solicitado y concedido una prórroga, en cuyo caso el plazo de ejecución será el indicado en la autorización de la prórroga.

Si no se realiza la totalidad de la inversión financiable, ya sea porque lo manifieste el beneficiario, o así se considere por el Órgano Competente al examinar la documentación justificativa, se revocará parcialmente la ayuda en la cantidad proporcional a la parte no efectuada, siempre que, a juicio del Órgano Competente, se hayan alcanzado los objetivos para los que se concedió la ayuda y se hayan cumplido las condiciones en las que fue otorgada.

Los pagos podrán realizarse hasta la fecha límite de justificación de los mismos, el 31 de marzo, inclusive, del año siguiente al de la concesión de la ayuda (excepto prórroga autorizada).

3. En la justificación de los gastos realizados no se aplicará compensación de gastos de unas partidas con otras.

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6. CAMBIOS EN LAS CONDICIONES APROBADAS EN LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

Cualquier cambio en el Proyecto en el sentido establecido en el art. 168 de la Orden de bases que suponga variación del importe de la inversión aprobada, de sus conceptos, del cumplimiento de los plazos aprobados para la realización del mismo o de sus fases o cambio de personal o de consultora requerirá:

a) Solicitud del cambio antes del 1de diciembre del año en curso, expresando claramente el nombre de la entidad beneficiaria de la ayuda y el número de expediente correspondiente. b) Que el cambio no afecte a los objetivos perseguidos con la ayuda, ni a sus aspectos fundamentales.

La Dirección General competente aceptará o no por escrito los cambios solicitados, comunicándolo oportunamente. Por tanto, no se aceptarán variaciones que no hayan sido solicitadas por el beneficiario y aceptadas por escrito por la Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial.

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7. GASTOS E INVERSIONES NO FINANCIABLES

No serán financiables los gastos e inversiones siguientes:

• Los gastos y pagos que hayan sido realizados fuera de los plazos indicados anteriormente de ejecución del proyecto y de justificación, respectivamente.

• Los debidos a la aplicación del impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), salvo en la parte en que el beneficiario esté exento no sujeto al pago de dicho impuesto y pueda demostrarlo mediante la presentación de la documentación oficial correspondiente1.

• Gastos de amortización de equipos.

• Inversiones financiadas mediante arrendamiento financiero o leasing.

• Inversiones en equipos usados.

• Cualquier gasto que de acuerdo con la normativa aplicable resulte ser no subvencionable/no financiable.

• Mobiliario de administración, equipamiento destinado a docencia, mantenimiento, reparaciones o seguros del equipamiento.

1 Esta documentación acreditativa de la financiabilidad total o parcial del IVA consistirá en lo siguiente:

A) EMPRESAS: - En el caso de EXENCIÓN TOTAL, deberá presentarse certificado de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria (AEAT en adelante) - En el caso de PRORRATA1, deberá presentarse:

- Si se trata de prorrata general: certificado AEAT y/o copia de las declaraciones anuales, según los modelos 390 (pymes) o 392 (gran empresa) En el caso de prorrata general: certificado AEAT y/o copia modelos 390 o 392

- Si se trata de prorrata especial: certificado AEAT y relación de facturas vinculadas con el proyecto, así como copia del libro de IVA en el que aparezcan reflejadas.

- Para transacciones intracomunitarias, se seguirá su reglamentación específica

B) ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO: En el caso de universidades públicas, organismos públicos de investigación o entidades de análoga naturaleza, podrá considerarse el IVA como un gasto cuando, estando sujetos al régimen de contabilidad pública, afronten gastos a través de operaciones presupuestarias. La acreditación de tales extremos de cara a la justificación deberá estar incluida en el preceptivo informe de auditoría.

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8. JUSTIFICACIÓN DE GASTOS

Las facturas deben ser originales o fotocopias compulsadas

1. Inversiones materiales e inmateriales que comprenderá:

- Construcción, ampliación y remodelación de edificios para dedicarlos a actividades de investigación y desarrollo tecnológico.

- Adquisición e instalación de equipamiento científico tecnológico, incluyendo software de carácter especializado y destinado exclusivamente a la investigación. Las inversiones que se presenten a justificación serán las que inicialmente fueron aprobadas y con las mismas denominaciones, o aquellas contempladas en los cambios posteriormente aprobados.

Cuando el importe del gasto financiable, supere la cuantía de 30.000 € en el coste de ejecución de obra o de 12.000 €, en el caso de adquisición de bienes de equipo se deberá presentar como mínimo 3 ofertas previas de diferentes proveedores junto con el documento justificativo definitivo del compromiso para la entrega del bien, salvo que se demuestre que no existen en el mercado otras entidades suministradoras, en cuyo caso se deberá acreditar adecuadamente.

Se emplearán las fichas F.1. y F.2 aportando como documentos justificativos las facturas de los suministradores y los documentos de pago, referenciando cada uno de los conceptos aprobados en Resolución y detallados en la solicitud.

2. Coste directo de personal

Las personas que imputen horas al proyecto, y las horas imputadas para cada una de ellas, serán las mismas que se subvencionaron o aquellas cuyos cambios hayan sido solicitados y aceptados por escrito por la DG de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial. Se emplearán las fichas F.3 para cumplimentar los datos requeridos aportando los siguientes documentos justificativos:

• Modelos TC2 de cotización de cuotas a la Seguridad Social en los que se identificará debidamente a cada empleado participante en el proyecto. Se deberán presentar los TC2 correspondientes a todos los meses del año de ejecución del proyecto para cada empleado participante.”

• Modelo 190 (Resumen Anual de Retenciones correspondientes al Impuesto

sobre la Renta de las Personas Físicas), con las hojas correspondientes a las retribuciones anuales satisfechas de las personas que imputan horas al

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proyecto, identificando debidamente a los participantes en el mismo. Se admitirán copias de los Certificados de Retenciones entregados a los trabajadores para su declaración de IRPF, debidamente sellados y firmados por el beneficiario.

• Convenio Colectivo correspondiente al beneficiario, que comprenda la jornada

laboral anual expresada en número de horas por año y persona. En caso de de que, por la naturaleza jurídica del beneficiario, no exista convenio específico propio, se aportará el Convenio sectorial que corresponda. Aplicándose en caso de no presentarse o no indicarse expresamente el convenio, un número de 1800 horas como jornada laboral anual.

3. Gastos de Asesoramiento

Se empleara la ficha F.4 aportando como documentos justificativos los siguientes:

� Facturas convenientemente descriptivas � Documentos de pago En el caso de subcontrataciones con Centros Tecnológicos y/o Organismos Públicos de Investigación (OPIs) los convenios/contratos, ofertas o cualquier otro documento que describa el contenido de la colaboración.

Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 12.000 euros en el supuesto de prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá aportar los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, debe haber solicitado.

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9. JUSTIFICACIÓN DE LOS PAGOS

Se considerarán admisibles como justificantes de pago algunos de los documentos siguientes:

− Extractos o certificaciones bancarios. − Depósitos en fedatarios públicos (notarios, etc.)

En el caso de que el justificante de pago incluya varias facturas, se acompañará una relación de las mismas debidamente detallada y en la que se pueda apreciar, de forma clara, que el pago se corresponde con dichas facturas.

A las facturas en moneda extranjera se acompañarán fotocopias de los documentos bancarios de cargo en los que conste el cambio utilizado.

En el caso de facturas pagadas conjuntamente con otras no referidas al proyecto, la justificación del pago se realizará siempre mediante la aportación del correspondiente extracto bancario acompañado de uno de los siguientes documentos:

− Facturas y relación emitida por el banco de los pagos realizados. − Orden de pago de la empresa, sellado por el banco.

Cada factura deberá ir unida a su correspondiente documento de pago bancario y éstas deberán seguir el orden expuesto en las fichas normalizadas.

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10. INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD A fin de dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad a que se refiere el artículo 159 de la Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio y el apartado de publicidad de la Resolución de concesión, los beneficiarios deberán expresar en todas sus referencias al proyecto que ha sido apoyado por el Ministerio de Ciencia e Innovación dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, con inclusión del logotipo del Ministerio y cofinanciado en un 70% por el Fondo Europeo de Desarrollo Empresarial (FEDER). Incluyéndolo además en su página web, en las memorias anuales, etc…

(VARIANTES POSIBLES DE LOGO Y LEMA, ENTRE OTRAS)

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11. INCUMPLIMIENTO

De acuerdo con los artículos 85 y 172 de la Orden de Bases, el incumplimiento de los requisitos establecidos en la citada Orden, así como de las condiciones que se hayan establecido en la correspondiente resolución de concesión dará lugar a la pérdida del derecho al cobro de la ayuda o, en su caso, previo el oportuno procedimiento de reintegro, a la obligación de devolver las ayudas percibidas más los intereses de demora correspondientes, conforme a lo dispuesto en el Título II, Capítulo I de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Asimismo, será de aplicación lo previsto en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, si concurriesen los supuestos de infracciones administrativas en materia de subvenciones y ayudas públicas.

La demora en la presentación de los documentos para justificar la realización de la inversión financiable dará lugar, pasados 15 días tras requerimiento del órgano instructor, a la pérdida al derecho al cobro o reintegro del 100 por ciento de la ayuda concedida, de acuerdo con el artículo 70.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

13. TELÉFONOS Y DIRECCIONES DE CONSULTA

[email protected]

91 349 44 03 / 91 349 41 77 / 91 349 46 21

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ANEXOS

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MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

ANEXO I

SOLICITUD DE VERIFICACIÓN TÉCNICO-ECONOMICA Don/Doña ........................................................... con D.N.I. ..................... en representación de la

empresa/entidad ........................................................................ con domicilio Fiscal en

................................

………………………………………….. Provincia .............................................. Calle

…........................... ……………………………Nº ....... y C.I.F.................................

DECLARA:

Que ha realizado totalmente/parcialmente el Proyecto denominada

............................................................................... con nº de ref. CREA ..............................................

para el cual fue concedida una subvención de .............................Euros y/o préstamo reembolsable

de .................................. Euros al amparo de la Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio -BOE de 11 de

julio de 2009, y de acuerdo con las siguientes partidas:

PRESUPUESTO FINANCIABLE

GASTOS IMPUTADOS

INVERSIONES MATERIALES

INVERSIONES INMATERIALES

ASESORAMIENTO

PERSONAL

TOTAL

Cantidades expresadas en euros SOLICITA: La realización de la correspondiente verificación técnico-económica, a fin de finalizar la

tramitación, de acuerdo con la liquidación que se practique:

Se acompaña de los siguientes documentos: Memoria Económica Justificativa según modelo de Anexo II.

Fichas normalizadas de los gastos e inversiones efectivamente realizados para cada partida financiada con su

correspondiente documentación económica.

Memoria Técnico-Económica justificativa de la realización del proyecto y de los objetivos conseguidos.

Estudio realizado y resumen ejecutivo

Declaración de otras ayudas recibidas para el mismo proyecto.

Facturas originales o compulsadas indicando si se han utilizado para justificar otros proyectos y en qué cuantía.

(Lugar, fecha, firma y sello)

Documentos de pago.

Otros (especificar cuáles).

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MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

ANEXO II

MEMORIA ECONÓMICA JUSTIFICATIVA DATOS DE LA ACTUACIÓN - Nº de expediente: - Nombre del beneficiario: - Nombre del programa: - Título de la actuación: PRESUPUESTO A JUSTIFICAR (PRESUPUESTO FINANCIABLE) (Euros) Inversiones materiales Inversiones inmateriales Asesoramiento Gastos de Personal TOTAL:

CONDICIONES TÉCNICO-ECONÓMICAS: DATOS SOBRE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES ANÁLISIS DEL GASTO Presupuestado

(Pto. Financiable) Presentado

Inversiones materiales

El beneficiario ha justificado los gastos mediante la presentación de las facturas y los documentos de pago correspondientes. La diferencia entre los gastos financiables y presentados se debe a: Euros Conceptos no presupuestados Facturas no presentadas Facturas años anteriores Facturas años posteriores Pagos fuera de plazo Pagos no presentados Otros (indicar cuáles) Comentarios y desviaciones de gastos imputados en la partida de Inversiones materiales respecto al presupuesto financiado:

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Presupuestado (Pto. Financiable) Presentado

Inversiones Inmateriales

La diferencia entre los gastos financiables y presentados se debe a: Euros Conceptos no presupuestados Facturas no presentadas Facturas años anteriores Facturas años posteriores Pagos fuera de plazo Pagos no presentados Otros (indicar cuáles) Comentarios y desviaciones de gastos imputados en la partida de Inversiones inmateriales respecto al presupuesto financiado:

Presupuestado (Pto. Financiable) Presentado

Asesoramiento El beneficiario ha justificado los gastos mediante la presentación de las facturas y documentos de pago correspondientes. La diferencia entre los gastos financiables y presentados se debe a: Euros Conceptos no presupuestados Facturas no presentadas Facturas años anteriores Facturas años posteriores Pagos fuera de plazo Pagos no presentados Otros (indicar cuáles) Comentarios y desviaciones de gastos imputados en la partida de Asesoramiento respecto al presupuesto financiado: Presupuestado

(Pto. Financiable) Presentado

Personal

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El beneficiario ha justificado los gastos mediante la presentación de las facturas y documentos de pago correspondientes. La diferencia entre los gastos financiables y presentados se debe a: Euros Personal no presupuestado Coste hora excesivo Horas presentadas no justificadas

Gastos no justificados Pagos fuera de plazo Otros comentarios (si procede): Comentarios y desviaciones de gastos imputados en la partida de Personal respecto al presupuesto financiado: CONCLUSIÓN En el trabajo de análisis de gastos realizados, se han tenido en cuenta los criterios generales establecidos por esa Dirección General para el control de los presupuestos aprobados. En base a dicho análisis, se considera que el beneficiario ha justificado, de acuerdo con las condiciones de la ayuda, los siguientes importes (en euros):

Conceptos Presupuestado (Pto. Financiable) Presentado Justificado

Inversiones materiales Inversiones Inmateriales Asesoramiento Personal Totales

En a de de 200 Fdo.:

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MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

ANEXO III (fichas)

F.1 INVERSIONES MATERIALES Nombre del Beneficiario: Presupuesto Financiable Euros CIF del Beneficiario: Gastos imputados 0,00 Euros Título del proyecto o Actuación: Nº del expediente:

Notas explicativas: (*) Se incluirá una explicación clara y comprensiva del gasto imputado que detalle datos tales como el número de serie, modelo y descripción del equipo. (**) En el caso que el beneficiario esté exento total o parcialmente de IVA, el importe que debe figurar en esta casilla incluirá la parte exenta de IVA, teniendo que presentar la documentación justificativa correspondiente: declaración de exención emitida por Hacienda o modelo de liquidación anual de IVA (modelo 390 o 392). Adicionalmente, se indicará la parte del importe de la factura imputada, en caso de no imputar la totalidad del gasto. NOTA (1): Las casillas sombreadas incluyen fórmulas para facilitar la cumplimentación de la ficha. Esta información no deberá ser manipulada. NOTA (2): Todas las posibles aclaraciones a esta ficha se reflejarán detalladamente en la Memoria Técnico-Económica.

Suma TOTAL 0,00

Importe Total Factura

Importe Imputado Factura

(**) Descripción del gasto (*) Proveedor C.I.F. Proveedor Nº. Factura Fecha Emisión Factura Fecha Pago

(CON IVA) (SIN IVA)

Referencia al concepto detallado

en la solicitud

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F.2 INVERSIONES INMA ERIALES T Nombre del Beneficiario:

esto Financiable

Euros Presupu

Gastos mputados CIF del Beneficiario: i 0,00 Euros

Título del proyecto Nº del expediente:

o Actua ión: c

Notas explicativas: (*) Se incluirá una explicación clara y comprensiva del gasto imputado. (**) En el caso que el beneficiario esté exento total o parcialmente de IVA, el importe que debe figurar en esta casilla incluirá la parte exenta de IVA, teniendo que presen ción tar la documentajustificativa correspondiente: declaración de exención emitida por Hacienda o modelo de liquidación anual de IVA (modelo 390 o 392). Adicionalmente, se indicará la parte del importe de la factura imputada, en caso de no imputar a totalidad del gasto l . NOTA (1): Las casillas sombreadas incluyen fórmulas para facilitar la cumplimentación de la ficha. Esta información no deberá ser manipulada. NOTA (2): Todas las posibles aclaraciones a esta ficha se reflejarán detalladamente en la Memoria Técnico-Económica.

Suma TOTAL 0,00

Importe Total Factura

Importe Imputado Factura

(**) Descripción del gasto (*) Proveedor C.I.F. Proveedor Nº. Factura Fecha Emisión Factura Fecha Pago

(CON IVA) (SIN IVA)

Referencia al concepto detallado en la solicitud

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F.4 ASESORAMIENTO Nombre del Beneficiario: Presupuesto Financiable Euros CIF del Beneficiario: Gastos imputados 0,00 Euros Título del proyecto o Actuación: Nº del expediente:

Notas explicativas: (*) Se incluirá una explicación clara y comprensiva del gasto imputado que detalle datos tales como el número de serie, modelo y descripción del equipo. (**) En el caso que el beneficiario esté exento total o parcialmente de IVA, el importe que debe figurar en esta casilla incluirá la parte exenta de IVA, teniendo que presentar la documentación justificativa correspondiente: declaración de exención emitida por Hacienda o modelo de liquidación anual de IVA (modelo 390 o 392). Adicionalmente, se indicará la parte del importe de la factura imputada, en caso de no imputar la totalidad del gasto. NOTA (1): Las casillas sombreadas incluyen fórmulas para facilitar la cumplimentación de la ficha. Esta información no deberá ser manipulada. NOTA (2): Todas las posibles aclaraciones a esta ficha se reflejarán detalladamente en la Memoria Técnico-Económica.

Suma TOTAL 0,00

Importe Total Factura

Importe Imputado Factura

(**) Descripción del gasto (*) Proveedor C.I.F. Proveedor Nº. Factura Fecha Emisión Factura Fecha Pago

(CON IVA) (SIN IVA)

Referencia al concepto detallado

en la solicitud

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F.3 PERSONAL Nombre del Beneficiario: Presupuesto Financiable CIF del Beneficiario: Gastos imputados 0,00Título del proyecto o Actuación: Nº del expediente:

Notas explicativas: (1) Indicar CATEGORIA (2) Indicar para cada grupo de tarifa horaria el coste en € / h.

NOTA (1): Las casillas sombreadas incluyen fórmulas para facilitar la cumplimentación de la ficha. Esta información no deberá manipulada. NOTA (2): Todas las posibles aclaraciones a esta ficha se reflejarán detalladamente en la Memoria Técnico-Económica.

Suma TOTAL 0,00 0,00

Coste Imputado Actividad

Nombre, Apellidos y Puesto del trabajador D.N.I. Categoria (1) Coste de la tarifa horaria (2)

Nº Horas Imputadas al

proyecto (3)

Coste Total (4) = (2)*(3)

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

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MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

ANEXO IV

DECLARACIÓN RESPONSABLE

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A efectos de lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006 y al Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, así como con la Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente a 2009 de ayudas para algunas de sus modalidades de actuación (BOE nº 167 de 11 de julio de 2009), entre la que se encuentra el Subprograma de Creación y Consolidación de Centros Tecnológicos D/DÑA.............................................................................................................................................con domicilio en ............................................................................................................................................... y DNI........... número..................................................en representación de................................................................... ..............................................................con domicilio social en ................................................................ .......................................................................y CIF.................................................................................... DECLARA

1. Que está informado, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 a) del Reglamento (CE) 1083/2006, de los puntos siguientes:

• las condiciones específicas relativas a los bienes entregados o servicios prestados en el marco de la operación

• las condiciones de financiación de la operación (plan de financiación) • el plazo límite de ejecución • la normativa a aplicar; • la información financiera y de otro tipo que se ha de conservar, comunicar y facilitar cuando sea

requerido.

2. Que ha recibido las orientaciones adecuadas para la ejecución y puesta en marcha de los procedimientos de gestión y control que sean necesarios para el buen uso de los Fondos. incluyendo la lista de comprobación FEDER (Fondo Tecnológico 2007-2013) para efectuar por la auditoría del ROAC

3. Que no se da el caso de la doble financiación del gasto declarado con otros regímenes

comunitarios o nacionales y con otros períodos de programación.

4. Que realizará declaración de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad con indicación de su importe y procedencia.

5. Que, de conformidad con el artículo 60 d) del Reglamento (CE) 1083/2006, como beneficiario /

coordinador / responsable de la ayuda (así como los otros organismos participantes en la ejecución de las operaciones, si los hubiere) está obligado a mantener un sistema de contabilidad separado para todas las transacciones relacionadas con las operaciones objeto de cofinanciación o, al menos, cuento con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones, debiendo distinguir las partidas presupuestarias de la contabilidad nacional y comunitaria. Todo ello, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional.

6. Que, de conformidad con el artículo 60 f) y el artículo 90.1 del Reglamento (CE) Nº 1083 / 2006 del Consejo de 11 de julio de 2006 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, y demás fondos estructurales, sobre las garantías sobre la disposición de toda la documentación sobre el gasto, las verificaciones y las auditorías necesarios para contar con una pista de auditoría apropiada, conservará toda la documentación justificativa hasta tres años después del fin del Programa (Fondo Tecnológico 207-2013). No obstante lo dispuesto en cuanto a la documentación

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justificativa, para dar cumplimiento a lo establecido en los citados artículos, está informado de que deberá presentar, junto con los otros documentos señalados para la justificación, un CD auditado con el conjunto de facturas y de comprobantes de gasto y pago.

7. Que, dentro de su esquema organizativo, cumple con los artículos 8 y 9 del Reglamento 1828/2006,

que definen las responsabilidades de los beneficiarios relativas a las medidas de información y publicidad destinadas al público. Para ello, toda referencia en cualquier medio de difusión a la citada actuación y a los logros conseguidos deberá incluir que la misma ha sido objeto de ayuda con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio de Ciencia e Innovación y del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, cuando dicha ayuda esté cofinanciada por el citado Fondo, dando así

8. cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (CE) nº 1828/2006 de la Comisión, de 8 de

diciembre de 2006 y al Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, sobre medidas de información y publicidad.

9. Que conoce las obligaciones medioambientales que comporta la cofinanciación FEDER, de

conformidad con lo dispuesto en los Reglamentos CE 1083/2006 y, especialmente, 1828/2006.

10. Que, de conformidad con lo dispuesto en los Reglamentos CE 1083/2006 y 1828/2006, autoriza al MICIN a facilitar copia autentificada de esta declaración de responsabilidad a la autoridad de gestión del FEDER.

11. Se autoriza al órgano gestor de la ayuda para que se pueda proceder a la cesión de la información

correspondiente, cuando se establezcan mecanismos telemáticos para poder obtener esa información, y acepta ser incluido en la lista pública que se recoge en el artículo 7, apartado 2 letra d del Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006

12. Por último, que, asimismo, de conformidad con el artículo 13.1 del Reglamento (CE) 1828/2006,

como beneficiario, tiene capacidad y está dispuesto para cumplir las condiciones enumeradas con anterioridad, así como la normativa comunitaria, nacional y , en su caso, autonómica o local que le afecte.

Y para que así conste a los efectos legales firma la presente declaración

En a de de 2009

Fdo: .......................................

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MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

ANEXO V

LISTA CONTROL FEDER ( FONDO TECNOLÓGICO 2007-2013)

Items que se deben cerificar al cumplimentar la documentación sobre la justificación

Certificación

1. Contribuciones en especie: ¿Se incluyen contribuciones en especie?

2. Gastos de amortización: ¿Se cumple lo establecido en el punto 4 de la Norma nacional sobre subvencionabilidad del gasto aprobada por Orden EHA/524/2008 del Ministerio de Economía y Hacienda del 26 de febrero de 2008 (en lo sucesivo, Norma nacional de subvencionabilidad)?

3. Gastos generales: ¿Se cumple lo establecido en el punto 5 de la Norma nacional de

subvenciónabilidad?

4. ¿Los pagos de los beneficiarios finales están justificados documentalmente con arreglo al art. 78 del Reglamento 1083/2006

5. ¿Se han incluido gastos pagados fuera del periodo elegible establecido en el art. 56 del

Reglamento 1083/2006 y en la correspondiente Decisión que aprueba el Programa Operativo (Fecha inicial / final)?

6. ¿Se han incluido pagos realizados fuera del periodo establecido en la normativa propia de la

operación?

7. ¿Se han incluido gastos realizados fuera del periodo establecido en la normativa propia de la operación?

8. Gasto certificado: ¿Corresponde de manera indubitada a la operación aprobada conforme a los

criterios fijados por el Comité de seguimiento?

9. Fondos de desarrollo urbano: ¿Se cumple lo establecido en los artículos 43, 44 y 46 del Reglamento 1828/2006?

10. Fondos de capital riesgo, de garantía y de préstamos: ¿Se cumple lo establecido en los artículos

43 a 45 del Reglamento 1828/2006?

11. IVA y otros impuestos y gravámenes: ¿Se han incluido gastos pagados en concepto de IVA recuperable , impuesto general indirecto canario recuperable u otros impuestos similares recuperables, en contra de lo establecido en el punto 2.e de la Norma nacional sobre subvencionabilidad?

12. Adquisición de terrenos y bienes inmuebles: ¿Se cumple lo establecido en el punto 3 de la Norma

nacional sobre subvencionabilidad?

13. Adquisición de bienes de equipo de segunda mano: ¿Se cumple lo establecido en el punto 6 de la Norma nacional sobre subvencionabilidad?

14. Gastos financieros, judiciales y de otra naturaleza: ¿los gastos incluidos cumplen con lo

establecido en el punto 2 de la Norma nacional de subvencionabilidad?

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15. Se ha cumplido lo establecido en el artículo 8 del Reglamento 1828/2006.

16. Modificados de contratos: ¿Se han incluido gastos pagados correspondientes a modificaciones de contratos públicos, sin autorización de la Dirección General de Fondos Comunitarios, en contra de lo establecido en el punto 2.k de la Norma nacional sobre subvencionabilidad?

17. Gastos derivados de contrataciones públicas: ¿Se han incluido descuentos efectuados o pagos

realizados por el contratista a la Administración en concepto de tasa de dirección de obra, control de calidad u otros conceptos, en contra de lo establecido en el punto 2.k de la Norma nacional sobre subvencionabilidad?

18. Adelantos concedidos a beneficiarios en regímenes de ayuda: ¿Se ajustan los gastos incluidos

por este concepto a las condiciones y requisitos establecidos en el artículo 78 del Reglamento 1083/2006?

19. Gastos de gestión y ejecución: ¿Se cumple lo establecido en el punto 7 de la Norma nacional

sobre subvencionabilidad? Asimismo, se certifica:

• Que acuerdo al Reglamento CE 1083/2006, todos los gastos incluidos en la declaración anterior, cumplen los criterios de subvencionabilidad del gasto establecido en el artículo 56 del Reglamento CE 1083/2006 y en la Norma nacional sobre subvencionabilidad del gasto aprobada por Orden EHA/524/2008 del Ministerio de Economía y Hacienda del 26 de febrero de 2008, habiendo sido abonados por los beneficiarios al ejecutar las operaciones seleccionadas en el marco del programa operativo de conformidad con las condiciones de concesión públicas con arreglo al artículo 78.1 del Reglamento CE 1083/2006.

• Que la declaración del gasto es exacta, procede de sistemas de contabilidad fiables, y se basa

en documentos acreditativos verificables.

• Que las transacciones conexas son lícitas y se atienen a las normas, y que se han seguido los procedimientos de forma satisfactoria.

• Que los documentos acreditativos de lo anteriormente señalado están disponibles durante

periodo de tres años a partir del cierre del programa declarado, se atiene a las normas nacionales y comunitarias aplicables en la materia y ha servido para financiar operaciones seleccionadas de conformidad con los criterios aplicables el marco del programa operativo de conformidad con las condiciones de concesión públicas con arreglo al artículo 78.1 del Reglamento CE 1083/2006.

En de de 2009

Firma del representante legal y sello de la entidad) Fdo: .......................................

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MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

ANEXO V

DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE DEPÓSITO DE JUSTIFICANTES ORIGINALES

D./ Dña. con DNI número ,

en representación de la entidad ,

con CIF y domicilio social en ,

provincia de , según nombramiento de fecha ,

DECLARA Que, de conformidad con el artículo 60 f) y el artículo 90.1 del Reglamento (CE) Nº 1083 / 2006 del Consejo de 11 de julio de 2006 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, y demás fondos estructurales, sobre las garantías sobre la disposición de toda la documentación sobre el gasto, las verificaciones y las auditorías necesarios para contar con una pista de auditoría apropiada, conservará toda la documentación justificativa hasta tres años después del fin del Programa (Fondo Tecnológico 2007-2013). Que la documentación original (justificantes de gasto y pago) relativa a la ayuda concedida para el

proyecto _____________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________, con número

de expediente ____________________________ al amparo de la convocatoria aprobada por Orden

CIN/1862/2009, de 7 de julio ( en lo relativo al Subprograma de Creación y Consolidación de Centros

Tecnológicos), a fecha de hoy está depositada en ____________________________________________

____________________________________________________________________________________

____________________________________________________________________________________.

Y para que así conste, firma la presente en ______________________, a ______________________________ de ___________________ de 20___

Firma del representante legal y sello de la entidad

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