H. Ayuntamiento Constitucional de Benito Juárez
2012-2015
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS
Presidencia Municipal
Manual de Organización y de Procedimientos
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
Elaboró: ___________________________________________
Dirección de Promoción y Desarrollo Económico Revisó: _____________________________________________
Presidencia Municipal
Autorizó: _____________________________________________
Presidencia Municipal Validó: ______________________________________________
Órgano de Control y Evaluación Gubernamental
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
OBJETIVO GENERAL
ANTECEDENTE HISTÓRICO
MARCO JURÍDICO – ADMINISTRATIVO
ATRIBUCIONES
ESTRUCTURA ORGÁNICA
ORGANIGRAMA GENERAL
ORGANIGRAMA
OBJETIVOS Y FUNCIONES
PROCEDIMIENTOS Y DIAGRAMAS PRINCIPALES
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
INTRODUCCIÓN
En la actual administración municipal de Benito Juárez 2012-2015, asumimos con cabal
responsabilidad el papel que nos corresponde. Por ello en este documento plasmamos nuestra
voluntad conscientes que nuestro paso es efímero y convencidos de que un verdadero cambio
radica no solo en esfuerzo si no también en la disponibilidad de la sociedad Benitojuarence,
sabedores que la unión entre sociedad y gobierno se refleja en el trabajo conjunto y así vamos
con el propósito de llevar al Municipio de Benito Juárez al lugar que le corresponde, como uno
de los mejores municipios del Estado.
Este proyecto se concreta al contar con la capacidad no solo de transformación si no también
de modernización, sin perder nuestras costumbres, haciéndolas mas atractivas para vivir,
crecer, trabajar y compartir con nuestras familias y visitantes un bienestar social equitativo.
Estamos convencidos que un crecimiento sin planeación no es desarrollo, por lo mismo la
elaboración de este manual de organización y de procedimientos de la Presidencia Municipal
tiene como propósito fundamental presentar en forma integral la estructura orgánica y
funcionamiento de la presidencia como también de las unidades administrativas que la
integran.
La secretaria particular es la encargada de la atención ciudadana la cual apoya en organización
y logística al Presidente Municipal.
La Coordinación de Comunicación Social es la encargada de instrumentar una política uniforme
con el ánimo de mantener una estrecha relación con la sociedad propiciando con ello la
participación social.
Así mismo la jefatura de Recursos Humanos en la procuración de mantener las relaciones
laborales en buenos términos, como la procuración de los derechos de los servidores públicos
en un marco de legalidad buscando el bienestar y seguridad de los mismos.
Es importante señalar que este manual esta sujeto a actualizaciones periódicas como resultado
de evaluaciones y adecuaciones de la administración Pública Municipal.
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OBJETIVO GENERAL
Proporcionar en una forma detallada la estructura organizacional formal, atribuciones y
funciones, de los distintos puestos que conforman cada una de las direcciones del
Ayuntamiento, además del desarrollo de procedimientos que permitan operar estrategias
establecidas, dar seguimiento, control y evaluación, para que se asegure el cumplimiento de
actividades y responsabilidades asignadas de forma oportuna y eficiente.
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ANTECEDENTE HISTÓRICO
Recién entrada la década de los cuarenta, al concluirse la construcción de la presa la
ANGOSTURA un grupo de 151 trabajadores de la comisión nacional de irrigación, aceptaron
recibir terrenos susceptibles en el valle del yaqui y mayo, en lugar de la indemnización
económica correspondiente, poco tiempo después el gobierno federal había de dotarlos de
tierras por la vía de colonización a trabes de la compañía irrigadora del yaqui con el apoyo del
banco nacional de crédito agrícola y ganadero.
Los primeros colonos y sus respectivas familias arribaron a la región en el año de 1942, los
cuales un reducido grupo se asentó en la pequeña congregación de el Batevito localizado en
un predio comprendido en la jurisdicción de la comisaría de Bacobampo, al noroeste del
Municipio de Etchojoa, en donde se iniciaron los trabajos de desmonte y deslindes de sus
predios y se organizaron las primeras cinco sociedades agrícolas denominadas “ESPERANZA,
ESTRELLA, HERCULES, VALSEQUILLO Y ANGOSTURA.
En el año de 1943 los colonos decidieron asentarse en el sitio en donde se fundo el poblado
que tomo el nombre de COLONIA IRRIGACION mismo que se localiza en los bloques 2216,
2218 y 2220 de la cuadricula del valle del yaqui, cada colono recibió en venta un solar de 80 x
52 Mts. Por parte de la comisión de contratación de solares formada por representantes de las
primeras cinco sociedades de crédito, quienes con ese fin compraron 192.5 hectáreas de la
compañía irrigadota del yaqui.
El poblado COLONIA IRRIGACION casi duplico su área de asentamiento al sumarse 1227
hectáreas que se notificaron para asignar, previa venta un lote a cada uno de los colonos que
arribaron luego que se concedieron nuevas dotaciones y ampliaciones a favor de familiares de
los primeros colonos y para otras familias procedentes de Sahuaripa, Arivechi, Cumpas,
Cananea, Esqueda y otros puntos de la región serrana del estado, así como de otros estados
de la republica.
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La colonia irrigación en los primeros tres años de su fundación fue una de las delegaciones de
la comisaría de Bacobampo, hasta que por decreto el 8 de octubre de 1947 en el boletín oficial
del gobierno del estado, se elevo a categoría de comisaría.
Con base en la ley numero 56 publicada en el boletín oficial del 27 de junio de 1957, la
comisaría colonia irrigación, cambio su nombre por el de Villa Juárez en honor al prócer de la
patria Don Benito Juárez.
Fue en el mismo año en que llegaron a Batevito las primeras familias que poco después se
asentaron en la Colonia Irrigación, dentro del predio Magnus, cuando también lo hicieron otras
familias del total de los colonos asentados provisionalmente en ALTOS DE JECOPACO, aquí
se organizaron sociedades agrícolas Colonia del Valle, Colonia Jecopaco, 10 de Mayo y
Galeana.
En el año de 1946, al dotarse la colonia Ricardo Flores Mogón sus integrantes se acentuaron
en el sitio que fue el antiguo rancho ganadero llamado Agua Blanca, los terrenos Agrícolas
quedaron en el predio Magnus; el poblado, en el Sibolibampo.
Los asentamientos comprendidos dentro de la jurisdicción de la entonces Comisaría, tiene
orígenes distintos que se relacionan con la modalidad bajo la cual sus habitantes se insertaron
en el proceso productivo, como ya quedo que la colonia irrigación Agua Blanca y Colonia
Jecopaco poseen un origen similar, se desprenden y se consolidan en un proceso muy
particular, los demás pueblos de la ex comisaría surgen de otros contextos.
Así se tiene que el Batevito es un ejido parcelado dotado por el presidente Lázaro Cárdenas,
los poblados costeros, el Paredón Colorado y el Paredoncito se formaron con los pescadores
que cada temporada acampaban en los márgenes de la Bahía del Tobari, las cuales dieron su
origen social a la Sociedad Cooperativa de Producción Pesquera paredón Colorado, en el año
de 1939. Y a la sociedad cooperativa TOBARI unos años después.
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Mención aparte merece el pequeño poblado de sube y baja el cual representa una parte
sobreviviente de la antigua comunidad agraria indígena san salvador tetapobampo, los
pobladores de sube y baja llamado también aceitunitas, se ocupan como pescadores libres en
la bahía del tobari y como jornaleros en los campos vecinos.
A cincuenta años de haber sido formada la colonia Irrigación y a consecuencia de la
expropiación de tierras en los valles del yaqui y mayo el 19 de noviembre de 1976, la localidad
de Villa Juárez creció en 83.5 hectáreas donde se asentaron 1263 familias de ejidatarios
pertenecientes a 12 ejidos colectivos que se ubicaron en la Zona Urbana Ejidal Ley Echeverria
dentro del block 2220, una de las 12 zonas urbanas ejidales constituidas a instancias de la
coalición de ejidos colectivos de los valles del Yaqui y Mayo.
Después de una serie de gestiones para lograr su municipalización a través del Comité Pro
Municipio de Villa Juárez y otros sectores de la comunidad de Villa Juárez, se crea a través de
la ley numero 153 que erige a Municipio Villa Juárez publicado en el boletín oficial del 26 de
diciembre de 1996, el actual Municipio de Benito Juárez, dicho decreto establece como nueva
jurisdicción municipal la superficie que en ese momento abarcaba la comisaría de Villa Juárez
quedando constituida por las actuales delegaciones de Paredón Colorado, Paredoncito,
Batevito, Colonia Jecopaco, Agua Blanca, Aceitunitas, Zona Urbana Ley Echeverria,
El municipio se localiza a 27 grados 15 latitud norte y 26 grados 45 latitud sur y, 110 grados 00
latitud norte y 109 grados 40 longitud sur.
Al decretarse el municipio de Benito Juárez se crea el primer consejo municipal encabezado
por el C. LUIS HERRERA PORTILLO, estando en su mandato del mes de diciembre de 1996 al
15 de septiembre de 1997, posteriormente gana la primer elección constitucional el perredista
RAMON MARQUEZ VERA , quien gobierna el municipio del 16 de septiembre de 1997 al mes
de marzo del 2000, renunciando a su compromiso como presidente municipal para buscar la
candidatura a la diputación local siendo relevado por la entonces regidora C. SUSANA NAVA
JARAMILLO quien ocupa el cargo de marzo del 2000 a septiembre de 2000, posteriormente
gana la elección constitucional la C. MARIA CRISTINA CARBAJAL PACK, la cual solo logra
mantenerse en el poder de septiembre de 2000 al mes de agosto de 2002 debido a los
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constantes problemas que se generaron en su gobierno y se decreta ingobernabilidad y es
sustituida por el C. RAMON PAEZ RAZO a quien la Comisión Ciudadana designa interinamente
y este ocupa la presidencia municipal del mes de agosto a septiembre del 2002 y se designa
un nuevo consejo municipal encabezado por el C. MARCELO ARMENTA HERNANDEZ,
tomando posesión de su cargo en el mes de septiembre de 2002 quien finaliza la su
administración en septiembre de 2003, a raíz de los mismos problemas que originaron la caída
de la alcaldesa Carbajal Pack, es encarcelado ERNESTO CORNEJO VALENZUELA, por los
delitos de motín y asonada lo cual motivo al ayuntamiento entrante a no rendir la protesta
estatutaria y a no presentarse al recinto declarado oficial para tal fin se nombra interinamente a
la C. LUZ MARIA ESPINOZA CALVO, la cual duro del 16 al 25 de septiembre del año 2003, y
sustituye a Cornejo Valenzuela en el Ayuntamiento constitucional el C. VICTOR MOLINA
BELTRAN quien es presidente municipal del 25 septiembre de 2003 al 15 de septiembre de
2006, nuevamente gana la elección constitucional el C.P.A ERNESTO CORNEJO
VALENZUELA y es declarado presidente municipal para el periodo del 16 de septiembre de
2006 y renuncia en abril del 2009 para buscar la candidatura a la diputación federal siendo
sustituido por el ING. FELIPE MONDRAGON FRAGOZO y es presidente municipal del mes de
abril al 15 de septiembre de 2009, el C. MANUEL DE JESUS BUSTAMANTE SANDOVAL para
el periodo constitucional 2009-2012. , y quien actualmente dirige los destinos del municipio de
Benito Juárez como presidente municipal el C. DR. GUILLERMO PAREDES CEBREROS para
el periodo constitucional 2012-2015.
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MARCO JURÍDICO- ADMINISTRATIVO
• Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos.
• Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora.
• Ley de Gobierno y Administración Municipal.
• Ley de Acceso a la Información Publica del Estado de Sonora.
• Ley de Hacienda Municipal.
• Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos.
• Ley de Obras Públicas.
• Ley de Deuda Pública.
• Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora. (B.O. No. 53 del 30 de diciembre de 1985).
• Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sonora. (B.O. No. 53 Sección VIII del 30 de diciembre de 1991) y sus reformas.
• Plan de Desarrollo Municipal, 2012-2015.
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ATRIBUCIONES
LEY DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL SECCIÓN I DE LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES DEL PRESIDENTE MUNICIPAL
ARTÍCULO 64.- El Presidente Municipal es el responsable de ejecutar y comunicar las
decisiones del Ayuntamiento; es su representante legal conforme a las facultades que le
confiera el propio Ayuntamiento y esta Ley y deberá residir en el Municipio respectivo, durante
el ejercicio de su periodo constitucional.
ARTÍCULO 65.- El Presidente Municipal tiene las siguientes obligaciones:
I.- Cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos, el Bando de Policía y Gobierno, y demás
disposiciones legales del orden municipal, estatal y federal.
II.- Promulgar y publicar el Bando de Policía y Gobierno, reglamentos, circulares y demás
disposiciones administrativas de observancia general.
III.- Presidir los actos cívicos y públicos en la cabecera municipal salvo en el caso de que en el
Municipio residiera habitualmente o se encontrara transitoriamente el Ejecutivo del Estado;
IV.- Concurrir a las reuniones generales o regionales de Presidentes Municipales para plantear
la problemática, soluciones y programas de trabajo respecto de su Municipio.
V.- Celebrar, a nombre del Ayuntamiento y por acuerdo de este, todos los actos y contratos
necesarios para el despacho de los asuntos administrativos y la atención de los servicios
públicos municipales.
VI.- Proponer al Ayuntamiento el nombramiento del Secretario del Ayuntamiento, Tesorero
Municipal, Jefe de la Policía Preventiva y al titular del Órgano de Control y Evaluación
Gubernamental.
VII.- Convocar al Ayuntamiento a sesiones, en la forma y términos que establezca la Ley y el
Reglamento Interior respectivo y presidir las sesiones; en caso de ausencia, el encargado de
presidir las sesiones será el miembro del Ayuntamiento que este determine.
VIII.- Rendir mensualmente al Ayuntamiento, un informe del estado de la administración en
todos sus aspectos.
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IX.- Informar, en los términos del articulo 61, fracción III, inciso X, de esta Ley, anualmente a la
población en sesión solemne del Ayuntamiento, del estado que guarda la administración
municipal y de las labores realizadas durante ese año, debiendo recabar previamente la
autorización del Ayuntamiento respecto del contenido del informe que rendirá a la población.
X.- Conocer los problemas de las Comisarías y Delegaciones del Municipio, a fin de promover e
impulsar su solución.
XI.- Vigilar que la recaudación de la hacienda publica se haga conforme a lo dispuesto en las
leyes respectivas.
XII.- No desviar los fondos y bienes municipales de los programas a que estén destinados.
XIII.- No cobrar personalmente o por interpósita persona, multa o contribución alguna o
autorizar que oficina distinta de la Tesorería Municipal conserve fondos municipales.
XIV.- Vigilar y preservar el patrimonio cultural e histórico del Municipio.
XV.- Formar y actualizar el padrón municipal, cuidando de que se inscriban en este todos los
ciudadanos, expresando su nombre, edad, estado civil, nacionalidad, residencia, domicilio,
propiedades, profesión, actividad productiva o trabajo de que subsistan, si son jefes de familia,
en cuyo caso, se expresara el numero y sexo de las personas que la formen.
XVI.- Ser auxiliar de la federación en la aplicación de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto
Publico, reglamentaria de los artículos 24 y 130 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, debiendo recibir los avisos respecto a la celebración de actos religiosos y
culto publico con carácter extraordinario fuera de los templos y ejercer sus facultades al
respecto. De igual manera, registrar los templos que existan o se abran al culto religioso, así
como a los encargados de los mismos, y sus cambios, notificando de todo lo actuado a la
Secretaria de Gobernación por conducto del Gobernador del Estado.
XVII.- Promover y respetar los mecanismos de participación ciudadana para el desarrollo
integral de los municipios.
XVIII.- Llevar las estadísticas de los sectores económicos y sociales del Municipio, en los
términos que señalen las leyes.
XIX.- Promover la comunicación social.
XX.- Ejercer funciones de conciliación y mediación, buscando la armonía de la vida
comunitaria.
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
XXI.- Auxiliar, previa solicitud, a quines ejerzan la patria potestad en el desempeño de esta, de
conformidad con las prevenciones legales del caso.
XXII.- Promover el establecimiento de hogares y guarderías infantiles, parques e instalaciones
deportivas; centros de recreación formativa para menores de edad, centros de asistencia
infantil, casas de cuna y establecimientos para menores huérfanos, abandonados, maltratados
o de padres indigentes.
XXIII.- Promover campañas de salud, alfabetización y de regularización del estado civil de las
personas.
XXIV.- Combatir a través de la prevención y coadyuvando con las autoridades competentes, el
alcoholismo, la prostitucion y la adicción a los estupefacientes y toda actividad que implique
una conducta antisocial.
XXV.- Cuidar de la conservación del suelo, agua, flora y fauna existentes en el Municipio,
conforme a las leyes y reglamentos de la materia.
XXVI.- Formar y publicar cada dos años, una lista de los ciudadanos que integraran el Jurado
Popular Federal previsto en la Fracción VI del artículo 20 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, conforme lo establecen la Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación y el Código Federal de Procedimientos Penales.
XXVII.- Impedir a los extranjeros que se inmiscuyan en asuntos políticos.
XXVIII.- Otorgar a la autoridad judicial el auxilio que demande para hacer efectivas sus
resoluciones; aprehender a los delincuentes en flagrante delito y detener a algún indiciado en
caso de urgencia, tratándose de delitos graves, previa petición por escrito que le gire el
Ministerio Publico, cuando se hubiesen actualizado los supuestos previstos en el articulo 16,
párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
XXIX.- Imponer las sanciones en los términos que señalen las leyes y demás ordenamientos
jurídicos.
XXX.- Ejercer el mando de la policía preventiva y de transito municipal, en los términos de las
leyes y reglamentos de la materia.
XXXI.- No deberá utilizar a los empleados o a los cuerpos de seguridad publica y de transito,
así como los bienes que integran el patrimonio municipal apara fines particulares.
XXXII.- Las demás que se establezcan en esta u otras leyes, reglamentos, bandos de policía y
disposiciones de observancia general.
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
ARTÍCULO 66.- El Presidente Municipal tiene las siguientes facultades:
I.- Autorizar el ejercicio de los recursos públicos municipales, con base en el Presupuesto de
Egresos aprobado y con sujeción a las disposiciones aplicables.
II.- Conceder licencias, permisos y autorizaciones que no estuvieron reservadas al
Ayuntamiento, con sujeción a las leyes y reglamentos municipales, al Bando de Policía y
Gobierno y a disposiciones de observancia general respectivos.
III.- Ejercer las atribuciones que en el ramo de bienes mostrencos les confieran las leyes.
IV.- Las demás que se establezcan en esta u otras leyes, reglamentos, bandos de policía y
disposiciones de observancia general.
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ESTRUCTURA ORGÁNICA
1. PRESIDENCIA MUNICIPAL.
1.1 SECRETARIA.
2. SECRETARIO PARTICULAR.
3. COMUNICACIÓN SOCIAL.
4. RECURSOS HUMANOS.
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ORGANIGRAMA GENERAL
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
ORGANIGRAMA INTERNO
PRESIDENCIA MUNICIPAL
SECRETARIA
SECRETARIO
PARTICULAR
COORDINACION DE SOCIAL
JEFATURA DE RECURSOS HUMANOS
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OBJETIVOS Y FUNCIONES
1.- PRESIDENCIA MUNICIPAL.
Objetivo:
Desarrollar políticas y estrategias que garanticen la coordinación de las áreas al interior del
Ayuntamiento, realizar acciones administrativas de gestoría y participación ciudadana, ejecutar
los acuerdos del Ayuntamiento con el fin de promover el desarrollo Económico, Político, Social
y Cultural del Municipio de Benito Juárez.
Funciones:
1. Presidir las sesiones del Ayuntamiento con voz y voto en las deliberaciones, y voto de
calidad en caso de empate.
2. Cumplir y hacer cumplir a través de las Dependencias y Entidades de la Administración
Pública los objetivos y metas contenidos en el Plan de Desarrollo Municipal.
3. Ser conducto para las relaciones entre el Ayuntamiento con los Poderes del Estado, con
otros municipios, así como con el Gobierno Federal.
4. Disponer de los cuerpos de seguridad pública, tránsito, bomberos y protección civil para
asegurar, cuando las circunstancias lo demanden, las garantías individuales, la conservación
del orden y la atención oportuna de contingencias.
5. Autorizar, mancomunadamente con el Tesorero Municipal las erogaciones del Ayuntamiento,
en los términos de las partidas del presupuesto de egresos.
6. Firmar los acuerdos y demás resoluciones y proveer lo necesario para su debido
acatamiento.
7. Representar al Municipio en los actos oficiales o delegar esa representación.
8. Conceder audiencia a la ciudadanía para la atención de los asuntos que esta solicite.
9. Las demás que le confieran las leyes, reglamentos y las que acuerde el Cabildo.
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
1.1 SECRETARIA.
Objetivo:
Brindar atención y un trato expedito a la ciudadanía que solicita información y audiencia al
Presidente Municipal, así mismo, manejar adecuadamente el uso de la información recibida y
generada por la Presidencia Municipal.
Funciones:
1. Brindar buen trato, atención e información a la ciudadanía en general.
2. Atender y realizar llamadas telefónicas y tomar mensajes, que solicite el Presidente y el
Secretario Particular.
3. Llevar un registro y control de llamadas telefónicas.
4. Recibir la correspondencia del Presidente Municipal y turnarla al Secretario Particular.
5. Registrar las invitaciones que envían al Presidente Municipal y turnarlas a los funcionarios
que señales los superiores para que asista en nombre y representación del mismo a eventos.
6. Elaborar documentos oficiales requeridos por el Presidente Municipal y el Secretario
Particular.
7. Organizar, controlar y mantener en orden el archivo de oficios y documentación dirigida al
Presidente Municipal.
8. Recibir la correspondencia y darle seguimiento que señale el Secretario Particular.
9. Auxiliar en las Sesiones de Cabildo.
10. Organizar y estar al pendiente de la Agenda de actividades, en coordinación con el
Secretario Particular.
11. Las demás funciones o responsabilidades que le asigne su superior.
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
2.- SECRETARIA PARTICULAR.
Objetivo:
Coordinar, estructurar, revisar y dirigir lo correspondiente a las actividades pertenecientes al
Presidente Municipal.
Funciones:
1. Supervisar el proceso de programación y seguimiento de la agenda de actividades.
2. Dirigir los mecanismos de coordinación institucional para la planeación y programación de
eventos, reuniones y giras de trabajo, en los que intervenga.
3. Coadyuvar en el diseño de la logística de las actividades en las que participa.
4. Poner a consideración del presidente los asuntos, peticiones y solicitudes de audiencia que
los ciudadanos le dirigen para su atención.
5. Controlar los procesos de atención y respuesta a las peticiones, asuntos y solicitudes de
audiencia, de acuerdo a las instrucciones.
6. Dirigir la elaboración de informes y reportes sobre el comportamiento de la demanda
ciudadana, estado de los asuntos, agenda de actividades y el avance físico financiero de la
Secretaría Particular.
7. Aprobar el proyecto de presupuesto y el programa operativo anual de la Secretaría
Particular.
8. Atender las solicitudes de transporte del presidente municipal.
9. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia.
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3.- COMUNICACIÓN SOCIAL. Objetivo: Coordinar y documentar el manejo de la información relacionada con conferencias de prensa,
declaraciones y agenda de actividades, informar a la población de las actividades y logros que
realiza el H. Ayuntamiento.
Funciones: 1. Cubrir eventos ya programados o que se efectúen de improviso.
2. Redacción de boletín de prensa, pie de foto, notas y reportajes.
3. Envío de boletines a los diversos medios de comunicación.
4. Envío de invitaciones de eventos relevantes a los diferentes medios de comunicación.
5. Tomar gráfico representativo de eventos y acontecimientos relevantes.
6. Identificar notas relevantes.
7. Programar el equipo de monitoreo para la grabación de los noticiarios.
8. Seleccionar y transcribir la información captada por los medios, referente al Municipio.
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
4.- RECURSOS HUMANOS.
Objetivo:
Contar con una Jefatura administrativa capaz de atender eficaz y eficientemente los
requerimientos en materia de recursos humanos, recursos materiales y de servicios de las
dependencias municipales, bajo los principios de oportunidad, honradez, responsabilidad y
racionalidad, buscando siempre la modernización y simplificación de los procesos
administrativos; aplicando programas permanentes de evaluación y capacitación a los
servidores públicos, así como la implementación de las nuevas tecnologías para dar respuesta
adecuada a la ciudadanía.
Funciones:
1. Planear, coordinar y supervisar las funciones y actividades de su dependencia, para el
cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal.
2. Asignar a las dependencias de la Administración Pública Municipal, el personal que requiera
para llevar a cabo sus funciones de manera eficaz y oportuna.
3. Llevar el registro del personal que labora en la Administración Municipal y efectuar en
coordinación con la Tesorería Municipal, el pago de sueldos, salarios y prima vacacional a los
empleados del Ayuntamiento.
4. Implementar programas de capacitación para el personal de las diferentes áreas de la
Administración Pública Municipal.
6. Atender las relaciones laborales conjuntamente con la unidad administrativa Jurídica.
7. Efectuar la contratación de servicios que requieran las dependencias para el desarrollo de
sus funciones, a través de la Jefatura de Recursos Humanos.
8. controlar la correcta integración de los expedientes de persona supervisando que cuenten
con toda la documentación administrativa.
9. Vigilar el control de ausentismo registrado por el personal, considerando las causales e
incidencias que las originaron, con el objeto de contar con el soporte documental necesario que
las justifique.
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
PROCEDIMIENTOS Y DIAGRAMAS
NOMBRE DEL
PROCEDIMIENTO: ATENCION A AUDIENCIAS SOLICITADAS
RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO
SECRETARÌA
SECRETARIO PARTICULAR
PRESIDENTE
NO SI
FORMATO
DE REGISTRO
AGENDA
OFICIO
TARJETA
Recaba información
sobre la solicitud de
audiencia
Se agenda audiencia
¿Procede?
Inicio
Se recibe solicitud de
audiencia
Se turna al
Secretario Particular
Se Archiva
Es atendido por el
Presidente Municipal
Gira Instrucciones a la
Dependencia que
corresponda
Elabora la tarjeta
informativa y en su caso
atiende
Fin
Se informa
al solicitante
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
NOMBRE DEL
PROCEDIMIENTO: REVISION, REGISTRO Y CONTROL DE AGENDA
RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO
PRESIDENTE
SECRETARIA
PRESIDENTE
AGENDA
AGENDA
Inicio
Pide registrar lo que se
consideren asuntos
importantes para atender
personalmente,
asignando fecha y hora
Registra en la agenda lo
considerado importante
instruido por el
Presidente
En fecha y hora
registrada en la agenda,
el Presidente atiende sus
pendientes y audiencias
personalmente
Fin
La secretaria revisa los
registros de la agenda y
con anterioridad
comunica al presidente
los pendientes que tiene
en la agenda
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
NOMBRE DEL
PROCEDIMIENTO:
SEGUIMIENTO A SOLICITUDES Y PETICIONES PARA GESTIONES
MUNICIPALES
RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO
SECRETARIA
SECRETARIO PARTICULAR
DEPENDENCIAS MUNICIPALES
SI NO
DOCUMENTOS
TARJETA
DOCUMENTO
Fin
Inicio
Se revisan las
solicitudes, oficios,
peticiones en audiencias
Investiga la competencia
de la petición o la
situación del avance con
las Dependencias.
Reciben la Solicitud e
Investigan programas
Estatales o Federales
Buscar
programas
que
otorguen
apoyos
Se les comunica a los
interesados
Se realiza gestión
Se aplica apoyo
adquirido o
solución.
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PRESIDENCIA MUNICIPAL
NOMBRE DEL
PROCEDIMIENTO: INFORME DE GOBIERNO MUNICIPAL
RESPONSABLE ACTIVIDAD REGISTRO
PRESIDENCIA
DEPENDENCIAS MUNICIPALES
DIRECCION DE PLANEACION
ESTRATEGICA Y DESARROLLO
SOCIAL
PRESIDENTE MUNICIPAL
CABILDO
NO
SI
OFICIO
DOCUMENTO
DOCUMENTO
REUNION
ACTA
INFORME DE GOBIERNO
Fin
Se somete a
consideración en
reunión de Cabildo.
Inicio
Gira oficio a
Dependencias
Municipales para que
informen de las acciones
realizadas.
Reciben instrucciones
mediante oficio y
elaboran su informe de
acciones realizadas
Recibe informe de
acciones por
Dependencia y elabora
informe anual
Analiza detalladamente
el informe y da el Vo.Bo
Da instrucciones a
Secretario Municipal
para que se Someta a
Consideración de
Cabildo Municipal
¿Se
aprueba?