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Manual de Trámites Municipales - Erandio · documentos auxiliares o referencias legislativas sean...

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Manual de Trámites Municipales 2018
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Manual de Trámites Municipales

2018

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Manual de Trámites MunicipalesIntroducción

T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

Manual de Trámites MunicipalesIntroducción

¿Para qué esta guía?

El Ayuntamiento de Erandio se planteó, en agosto del 2015, como una acción estratégica, la necesidad de modernizar y mejorar la gestión de la organización municipal. Un proceso, que comenzó con la elaboración del Plan de Legislatura, una herramienta de planificación, ordenada y coherente, de la acción política para los próximos cuatro años.

La concreción de la acción política a través del Plan de Legislatura tiene, sin duda alguna, múltiples beneficios:

• Establece y prioriza los objetivos en cada área. • Facilita la elaboración de los presupuestos municipales ya que al racionalizar y distribuir los recursos en

función de objetivos antes priorizados constituye un elemento base para su confección.• Facilita la tarea de gobierno al convertirse en su hoja de ruta.• Favorece la alineación de la organización administrativa con los objetivos al haber sido aprobados por el

Órgano de Gobierno.• Permite medir su grado de cumplimiento, tanto a la ciudadanía como a la oposición. • Se convierte en un signo de transparencia y participación en la gestión pública.

El proceso de modernización sigue su curso y alcanza ahora dos de sus hitos más importantes, como son la publicación de este Manual de Trámites y la puesta en marcha del Servicio de Atención a la Ciudadanía (SAC).

El presente texto es un documento de divulgación. Las referencias normativas son meramente orientativas y podrían no corresponder con la normativa actualizada.

Con este manual se pretenden identificar todas las gestiones que se realizan a nivel municipal y resolver las demandas de la ciudadanía de un modo inmediato y sencillo. Para ello, por cada trámite o procedimiento administrativo, se han elaborado fichas en las que se da respuesta a cuestiones clave como: ¿qué documentación se debe aportar?, ¿dónde se solicita?, ¿cuáles son los plazos?, etc.

A su vez, y para mayor facilidad, estas fichas se encuentran clasificadas en categorías que coinciden generalmente con los servicios del Ayuntamiento de Erandio responsables de su ejecución, distribuidos en tres ámbitos, Organización, Ciudadanía y Territorio, lo que permite una búsqueda más ágil:

• ORGANIZACIÓN: comprende Secretaría, Estadística y Servicios Económicos• CIUDADANÍA: comprende Acción Social y Cooperación al Desarrollo, Cultura y Deportes, Salud Pública,

Consumo, Igualdad, Seguridad Ciudadana, Educación – Escuela de Música, Juventud, Empleo, Promoción Económica, Desarrollo Local, Comercio y Euskara

• TERRITORIO: comprende Urbanismo, Obras y Servicios y Medio Ambiente

PRESENTACIÓN

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Cada ficha de trámite incluye referencias, bien a un documento que debe ser cumplimentado o bien a una normativa legal que soporta la gestión correspondiente.

Se ha elaborado así un manual, en formato libro electrónico, que contiene hipervínculos para acceder a cuantos documentos auxiliares o referencias legislativas sean necesarias. Es un manual digital navegable y, tanto su índice como todas sus referencias a documentos auxiliares, están convertidos en links que nos dirigen directamente a ellos.

En el caso de los enlaces correspondientes a legislación, se ha optado por remitir a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es/legislacion).

De la misma manera, los documentos auxiliares están editados en pdf rellenables para facilitar su cumplimen-tación.

Este Manual de Trámites, que ha sido elaborado gracias a la colaboración y participación de toda la plantilla municipal, estará albergado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Erandio para facilitar su consulta.

Agradecimientos:

En primer lugar, cabe destacar la enorme implicación de todos y cada uno de los servicios municipales. Hacer suyo este trabajo, con enorme ilusión y no poco esfuerzo, ha permitido presentar este valioso instrumento municipal.

Por otra parte, debemos destacar y agradecer el acompañamiento de Roberto Otxandio Izaguirre, consultor de Otxandio&Team Consulting, en la elaboración del Plan de Legislatura y en la puesta en marcha del Servicio de Atención a la Ciudadanía, así como en la elaboración de este Manual de Trámites. Con él hemos compartido un sinfín de horas de consulta, debate y reflexión sobre este proceso de modernización y mejora de la admi-nistración en Erandio.

Debemos agradecer, cómo no, la colaboración de los Ayuntamientos de Abanto-Zierbena, Barakaldo, Bilbao, Galdakao y Zarautz, por la colaboración prestada desde sus Servicios de Atención Ciudadana. En ellos hemos podido conocer su propia experiencia, lo que ha enriquecido enormemente el proceso de implantación del SAC y la publicación de este Manual de Trámites.

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¿Cómo utilizar este Manual?

ÍNDICE: El acceso a la información sobre cada trámite, se puede realizar mediante el índice situado en las primeras páginas de este documento. Haciendo clic sobre cada título se mostrará el contenido y las características de cada trámite.

CLASIFICACIÓN: Los trámites están agrupados en categorías que coinciden generalmente con los servicios del Ayuntamiento de Erandio responsables de su ejecución, lo que permite una búsqueda más ágil.

¿Si mi trámite no está en este Manual?

Para realizar cualquier tipo de solicitud o comunicación al Ayuntamiento (cuando el trámite no requiera un modelo específico) se debe utilizar este documento normalizado, cumplimentado correctamente.

Solicitud General

¿Dónde y cómo consultar sobre este Manual y otros asuntos municipales?

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC

Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2

Astrabudua: Meso kalea 20

Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas

Horario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eus

Por email: [email protected]

Ampliar información:

944 890 010

[email protected]

www.erandio.eus > Manual de Trámites

609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

¿CÓMO UTILIZAR ESTE MANUAL?

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NOMBRE DEL TRÁMITE

Qué es Presenta una pequeña definición del trámite: para qué se utiliza, cuál es el objeto del mismo...

Quién lo puede solicitar Indica quién o quiénes, personas o entidades físicas o jurídicas, pueden llevarlo a cabo.

Documentación a aportar Explicita la documentación a adjuntar a la solicitud para la correcta ejecución del trámite.

Dónde se tramita

En las siguientes casillas se especifican los modos y lugares donde realizar el trámite de forma completa o aquellos mediante los que es posible recibir información.

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC

Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2

Astrabudua: Meso kalea 20

Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas

Horario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eus

Por email: [email protected]

Más información:

944 890 010

[email protected]

www.erandio.eus > Manual de Trámites

609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoSi el trámite supone algún tipo de coste, se hará referencia a la ordenanza o normativa que así lo establezca.

Plazo para resolver y notificar

Indica los plazos estimados y legales para la finalización del trámite.

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ESTRUCTURA DE LA FICHA

Cada ficha del Manual de Trámites muestra una estructura similar, en la que se aporta información específica sobre cada trámite.

Ámbito / ServicioCÓDIGO

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“La iniciativa del Txantxangorri ha sido impulsada por el Gobierno Vasco, las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, los Ayuntamientos de las tres capitales vascas y EUDEL, instituciones integradas en la Comisión de Coordinación de las Administraciones Públicas en materia de Política Lingüística, Hakoba. Aun así, el Txantxangorri del euskera no pertenece solo a estas instituciones. Pertenece a toda la sociedad.

Con esta nueva marca lingüística unificada, representada por un petirrojo, se quiere invitar a la ciudadanía a que utilice el euskera; activar, por tanto, a las y los hablantes a que usen cada vez más el euskera en el ámbito público, de forma que, entre todas y todos y de la manera más natural posible, incrementemos su utilización.

Las administraciones públicas hace ya tiempo que hicieron una apuesta inequívoca por el euskera; durante todos estos años hemos trabajado por su normalización y, en este momento, queremos dar alas a la lengua vasca y fomentar su uso.”

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NOMBRE DEL TRÁMITE

Normativa aplicableSe muestra un listado con enlaces para la visualización de la normativa y legislación aplicable en cada caso.

Documentación a aportar Documentación a aportar.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

En esta sección se indican los pasos que se seguirán desde el Servicio de Atención a la Ciudadanía una vez recibida la comunicación o solicitud.

A modo informativo, se indican los pasos que seguirá el trámite una vez se envíe al servicio municipal que corresponda.

ObservacionesCualquier información adicional, así como cualquier otra información importante que sea necesaria para la correcta ejecución del trámite.

Área responsable Se indica el Ámbito y Servicio responsable del trámite.

Ámbito / ServicioCÓDIGO

www.erandio.eus

CIUDADANÍA

Manual de Trámites MunicipalesÍndice

PROCEDIMIENTOS:

1. ORGANIZACIÓN

ORGANIZACIÓN - SECRETARÍA:

1.1 INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN A LA CIUDADANÍA ...................................................................................................... 11.2 REGISTRO DE ENTRADA: SOLICITUD DE INSTANCIA GENERAL .................................................................................... 21.3 INFORMACIÓN SOBRE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN TRAMITACIÓN. OBTENCIÓN DE COPIAS ....................... 41.4 SOLICITUD DE CITA PREVIA CON ALCALDE, CONCEJALÍAS Y PERSONAL TÉCNICO ........................................................ 61.5 CERTIFICADO DE ACUERDOS MUNICIPALES Y DATOS OBRANTES EN LOS REGISTROS MUNICIPALES. ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA ...................................................................................................................... 81.6 DATOS PERSONALES. EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN U OPOSICIÓN ................. 101.7 RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL ............................................................................................... 121.8 DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO DE ORDENANZAS Y NORMATIVA GENERAL ......................................................... 141.9 RECEPCIÓN DE SUGERENCIAS, RECLAMACIONES Y AGRADECIMIENTOS ................................................................... 151.10 CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL POR ALCALDE O CONCEJALA O CONCEJAL DELEGADO ..................................... 171.11 LICENCIA AUTOTAXI. AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA CAMBIO DE VEHÍCULO ........................................................... 19

ORGANIZACIÓN - ESTADÍSTICA:

1.12 ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES .................................................................................................... 211.13 ALTA POR NACIMIENTO ......................................................................................................................................... 231.14 CAMBIO DE DOMICILIO ......................................................................................................................................... 251.15 BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES ................................................................................................... 271.16 VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO INDIVIDUAL ....................................................................................................... 291.17 VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO COLECTIVO ........................................................................................................ 311.18 MODIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES ................................................ 321.19 CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO ................................................................................................................... 331.20 RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN PADRONAL PARA PERSONAS EXTRANJERAS NO COMUNITARIAS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE ................................................................................................. 34 1.21 RECLAMACIÓN AL CENSO ELECTORAL ................................................................................................................... 36

ORGANIZACIÓN - SERVICIOS ECONÓMICOS:

1.22 ALTA IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCIÓN MECANICA ................................................................................. 381.23 DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA POR BAJA DEL VEHÍCULO ........................ 391.24 BONIFICACIONES SEGÚN ORDENANZAS FISCALES .................................................................................................. 401.25 EXENCIONES SEGÚN ORDENANZAS FISCALES. IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA .................... 421.26 RECTIFICACIÓN DE LIQUIDACIONES DE IMPUESTOS Y TASAS ................................................................................... 441.27 LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. PLUSVALÍAS ......................................................................................................................................................... 451.28 MODIFICACIÓN DE DATOS DE PERSONAS CONTRIBUYENTES ................................................................................... 461.29 DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS. INGRESOS INDEBIDOS ............................................................................................ 471.30 CERTIFICADOS DE BIENES .................................................................................................................................... 481.31 PAGO A LA CARTA ................................................................................................................................................. 491.32 DOMICILIACIÓN DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ................................................................ 501.33 DUPLICADO DE AVISO DE PAGO PARA EL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA ................................... 511.34 DUPLICADO DE JUSTIFICANTES DE PAGO ............................................................................................................... 521.35 CERTIFICADOS TRIBUTARIOS ................................................................................................................................. 531.36 APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ................................................................ 541.37 DEPÓSITO DE FIANZAS ......................................................................................................................................... 551.38 DEVOLUCIÓN DE FIANZAS ..................................................................................................................................... 56

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PROCEDIMIENTOS:

2. CIUDADANÍA

CIUDADANÍA - ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO:

2.1 VALORACIÓN DE LA DEPENDENCIA ........................................................................................................................... 12.2 REVISIÓN DE LA DEPENDENCIA ................................................................................................................................ 32.3A SOLICITUD DEL GRADO DE DISCAPACIDAD ............................................................................................................... 52.3B SOLICITUD DE REVISIÓN DEL GRADO DE DISCAPACIDAD ........................................................................................... 62.4 GIZATEK ................................................................................................................................................................. 72.5 AYUDAS INDIVIDUALES PARA ATENCIÓN TEMPRANA .................................................................................................. 92.6 SOLICITUD TARJETA DE ESTACIONAMIENTO ............................................................................................................. 122.7 SOLICITUD DE TELEASISTENCIA ............................................................................................................................. 142.8 CAMBIO DEL PROGRAMA INDIVIDUAL DE ATENCIÓN ................................................................................................ 162.9 HOGAR - RESIDENCIA SAN JOSÉ ............................................................................................................................ 172.10 CENTRO DE DÍA SAN JOSE .................................................................................................................................... 192.11 RESIDENCIA TEMPORAL ........................................................................................................................................ 202.12 SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO .......................................................................................................................... 222.13 SOLICITUD DE AYUDA DE EMERGENCIA SOCIAL ...................................................................................................... 242.14 SOLICITUD DE URGENCIA SOCIAL MUNICIPAL .......................................................................................................... 262.15 DERIVACIÓN KIT BEBÉ ........................................................................................................................................... 282.16 DERIVACIÓN BANCO DE ALIMENTOS ...................................................................................................................... 292.17 SOLICITUD DEL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA ...................................................................................................... 302.18 PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA: POR INVALIDEZ Y POR JUBILACIÓN .............................................................................. 322.19 FONDO DE BIENESTAR SOCIAL .............................................................................................................................. 342.20 SOLICITUD AYUDA ECONÓMICA PARA MUJERES VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO ................................................. 362.21 AYUDA ESPECIAL INCLUSIÓN SOCIAL ..................................................................................................................... 382.22 IMSERSO-TURISMO ............................................................................................................................................... 402.23 IMSERSO-TERMALISMO ......................................................................................................................................... 422.24 SUBVENCIONES EN MATERIA DE INTERÉS SOCIAL: FINANCIACIÓN DE INICIATIVAS Y ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL ....................................................................................................................... 442.25 CONVOCATORIA EN MATERIA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO ............................................................................. 462.26 SERVICIO DE PREVENCIÓN COMUNITARIA DE LAS ADICCIONES ................................................................................ 48

CIUDADANÍA - COMERCIO:

2.27 ACCESO A SERVICIOS DE INTERÉS PARA EL COMERCIO .......................................................................................... 502.28 SOLICITUD CITA ASESORAMIENTO OFICINA TÉCNICA DE COMERCIO ......................................................................... 512.29 SOLICITUD REPOSICIÓN LLAVE ACCESO A CONTENEDOR DE RESIDUOS ORGÁNICOS ................................................ 522.30 SOLICITUD AUTORIZACIÓN ACTIVIDADES ASOCIACIONES DE COMERCIANTES ........................................................... 532.31 SUBVENCIONES ASOCIACIONES DE COMERCIANTES .............................................................................................. 54

CIUDADANÍA - CONSUMO:

2.32 OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN A LAS Y LOS CONSUMIDORES. SOLICITUDES EN MATERIA DE CONSUMO ........ 55

CIUDADANÍA - CULTURA Y DEPORTES:

2.33 SOLICITUD DE LOCALES MUNICIPALES DESTINADOS A USO CULTURAL .................................................................... 582.34 SOLICITUD DE USO DEL MERCADO DE ALTZAGA ..................................................................................................... 602.35 SOLICITUD DE SUBVENCIONES (CONVOCATORIA ANUAL DE SUBVENCIONES PARA FINANCIAR ACTIVIDADES CULTURALES) .................................................................................................................................. 612.36 SOLICITUD DE SUBVENCIONES EXTRAORDINARIAS (CONCESIÓN DIRECTA) ............................................................... 632.37 SOLICITUD DE PARTIPACIÓN EN ACTIVIDADES CULTURALES .................................................................................... 652.38 SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES EN ESPACIOS PÚBLICOS ............ 662.39 INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES ................................................................................ 682.40 SOLICITUD DE INSTALACIÓN DE TXOZNAS DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES ....................................................... 692.41 SOLICITUD DE SUBVENCIONES DEPORTIVAS .......................................................................................................... 712.42 JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES DEPORTIVAS .................................................................................................... 722.43 SOLICITUD REALIZACIÓN DE ACTOS DEPORTIVOS ................................................................................................... 732.44 SOLICITUD DE ESPACIOS DEPORTIVOS .................................................................................................................. 742.45 SOLICITUD DE ALTA EN EL ABONO INSTALACIONES DEPORTIVAS ............................................................................. 752.46 SOLICITUD DE BAJA EN EL ABONO INSTALACIONES DEPORTIVAS ............................................................................. 762.47 RESERVA - ALQUILER DE INSTALACIONES EN LOS POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES ................................................... 772.48 CURSILLOS DEPORTIVOS ...................................................................................................................................... 78

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PROCEDIMIENTOS:

CIUDADANÍA - EDUCACIÓN / ESCUELA DE MÚSICA:

2.49 SOLICITUD DE CARNET DE LECTORA O LECTOR ....................................................................................................... 802.50 SUBVENCIONES EN MATERIA DE EDUCACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LA ANTEIGLESIA DE ERANDIO .......................... 812.51 UTILIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DOCENTES PÚBLICAS ................................................................. 832.52 INFORMACIÓN SOBRE CENTROS ESCOLARES DEL MUNICIPIO ................................................................................. 842.53 MATRICULACIÓN ESCUELA DE MÚSICA .................................................................................................................. 87

CIUDADANÍA - EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL:

2.54 MATRICULACIÓN PROGRAMA FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA ............................................................................. 892.55 AYUDAS AL AUTOEMPLEO. AYUDAS POR INICIO DE ACTIVIDAD ................................................................................. 902.56 INSCRIPCIÓN EN EL DIRECTORIO DE EMPRESAS .................................................................................................... 922.57 SOLICITUD CITA EN EL SERVICIO AUTOEMPLEO ...................................................................................................... 932.58 INSCRIPCIÓN EN PROGRAMAS DE EMPLEO ............................................................................................................ 942.59 GESTIÓN DE OFERTAS DE EMPLEO ........................................................................................................................ 952.60 SOLICITUD CITA EN EL SERVICIO DE ORIENTACIÓN LABORAL ................................................................................... 962.61 CESIÓN TEMPORAL DE LOCALES Y MATERIALES DEL CENTRO BEHARGINTZA ........................................................... 982.62 ERANDIOKO UDALEKUAK, 3-6 URTE ....................................................................................................................... 99

CIUDADANÍA - EUSKARA:

2.63 BECAS Y SUBVENCIONES PARA ESTUDIAR EUSKERA ............................................................................................. 1002.64 SUBVENCIONES PARA ESCRIBIR EN EUSKERA RÓTULOS, LA IMAGEN CORPORATIVA Y EL SITIO WEB ........................ 1022.65 SERVICIO DE TRADUCCIÓN .................................................................................................................................. 1042.66 SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE IMPULSO DEL EUSKERA ............................................................................ 1052.67 PERMISO DE CONDUCIR EN EUSKERA (SUBVENCIONES) ....................................................................................... 1072.68 CONCURSOS DE CUENTOS, NARRACIONES Y BERTSOS ESCRITOS ......................................................................... 1082.69 INFORMACIÓN SOBRE EL EUSKALTEGI MUNICIPAL ................................................................................................ 1092.70 EUSKALTEGI MUNICIPAL. CURSOS DE EUSKERA - MATRÍCULA ................................................................................ 110

CIUDADANÍA - IGUALDAD:

2.71 SOLICITUD DE INSCRICPCIÓN EN CURSOS ORGANIZADOS POR EL SERVICIO DE IGUALDAD ..................................... 112

CIUDADANÍA - JUVENTUD:

2.72 SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN LAS ACTIVIDADES DE JUVENTUD ........................................................................... 1132.73 TRAMITACIÓN DE CARNETS INTERNACIONALES ..................................................................................................... 115

CIUDADANÍA - SALUD PÚBLICA:

2.74 CERTIFICADO INHUMACIÓN CEMENTERIOS MUNICIPALES ..................................................................................... 1172.75 SOLICITUD CONCESIÓN OSARIO CEMENTERIOS MUNICIPALES .............................................................................. 1182.76 DUPLICADO TÍTULO CONCESIONES CEMENTERIOS MUNICIPALES .......................................................................... 1192.77 LICENCIA DE EXHUMACIÓN DE CADÁVERES O RESTOS CADAVÉRICOS EN CEMENTERIOS MUNICIPALES ................... 1202.78 SOLICITUD REVERSIÓN CONCESIONES CEMENTERIOS MUNICIPALES ..................................................................... 1222.79 TRANSMISIÓN TITULARIDAD DE LOS DERECHOS FUNERARIOS EN LOS CEMENTERIOS MUNICIPALES ....................... 1242.80 ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS: CALIDAD AMBIENTAL, CONDICIONES HIGIÉNICO-SANITARIAS .................................. 1262.81 INSALUBRIDAD, CONTROL DE PLAGAS ................................................................................................................. 1272.82 CAMBIOS CENSO CANINO: BAJAS, TRASLADO A OTRA COMUNIDAD, CAMBIO PERSONA PROPIETARIA ....................... 1292.83 ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS: SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS ...................................................................................................................................................... 1312.84 SOLICITUD DE LICENCIA PARA LA TENENCIA DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS O RENOVACIÓN DE LA MISMA ..................................................................................................................................................... 1332.85 INSTALACIONES EVENTUALES DE VENTA EN LA VÍA PÚBLICA ................................................................................. 1352.86 INSTALACIONES PROVISIONALES Y/O TEMPORALES DE ALIMENTOS O BEBIDAS ..................................................... 137

CIUDADANÍA - SEGURIDAD CIUDADANA:

2.87 CESIÓN VOLUNTARIA DE VEHÍCULO PARA BAJA DEFINITIVA EN TRÁFICO Y TRATAMIENTO COMO RESIDUO SÓLIDO URBANO ....................................................................................................................... 1392.88 COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS EN ESPACIOS PÚBLICOS ................................................................................... 1402.89 DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO DE ORDENANZAS Y NORMATIVA EN GENERAL .................................................. 1412.90 OBJETOS PERDIDOS ........................................................................................................................................... 1422.91 AUTORIZACIÓN DE PROGENITORES PARA VIAJES DE PERSONAS MENORES AL EXTRANJERO SIN SU COMPAÑÍA ........ 1432.92 SOLICITUD DE INFORME DE LA PÒLICÍA LOCAL ..................................................................................................... 144

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PROCEDIMIENTOS:

3. TERRITORIO

TERRITORIO-URBANISMO

3.1 LICENCIA DE OBRA MAYOR ...................................................................................................................................... 13.2 LICENCIA DE OBRAS DE DERRIBO O DEMOLICIÓN .................................................................................................... 33.3 LICENCIA DE MOVIMIENTO DE TIERRAS ................................................................................................................... 53.4 LICENCIA DE INSTALACIÓN DE ASCENSOR ............................................................................................................... 73.5 LICENCIA DE PARCELACIÓN Y SEGREGACIÓN ........................................................................................................... 93.6 LICENCIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA (ANEXO II.A LEY 3/1998). COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO .......................... 113.7 LICENCIA DE PRIMERA UTILIZACIÓN ....................................................................................................................... 143.8 LICENCIA DE INSTALACIÓN DE GRÚAS ................................................................................................................... 183.9 INSTALACIÓN DE ANDAMIAJES, MONTACARGAS, MÁQUINAS ELEVADORAS, TRABAJOS VERTICALES ............................. 173.10 LICENCIA DE INSTALACIÓN DE VALLAS PUBLICITARIAS ............................................................................................ 193.11 LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA (CONTENEDORES DE OBRAS, ACOPIOS DE MATERIALES...) ....................... 203.12 LICENCIA REFERIDA A LA INSTALACIÓN DE BARRACAS, ATRACCIONES DE FERIA, CIRCOS, U OTRO TIPO DE EVENTOS RELACIONADOS CON ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVADES ........................................ 223.13 LICENCIA DE TERRAZAS Y VELADORES .................................................................................................................. 243.14 COMUNICACIÓN PREVIA OBRAS MENORES ............................................................................................................ 253.15 COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDAD CLASIFICADA (ANEXO II.B LEY 3/1998) ......................................... 273.16 COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDADES COMERCIALES MINORISTAS Y DE SERVICIOS DE SUPERFICIE ÚTIL NO SUPERIOR A 750 m2, INCLUIDAS EN EL ANEXO DE LA LEY 12/2012 DE 26 DE DICIEMBRE .......................... 303.17 LICENCIA DE VADOS Y PASOS DE ACERA ............................................................................................................... 333.18 COMUNICACIÓN PREVIA CAMBIO DE TITULARIDAD DE LICENCIA .............................................................................. 353.19 SOLICITUD DECLARACIÓN DE RUINA ...................................................................................................................... 363.20 QUEJAS, SUGERENCIAS Y AVISOS .......................................................................................................................... 37 3.21 SOLICITUD DE INFORMACIÓN URBANÍSTICA .......................................................................................................... 383.22 INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE) ............................................................................................................... 39

1. ORGANIZACIÓNSECRETARÍAESTADÍSTICA

SERVICIOS ECONÓMICOS

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Manual de Trámites MunicipalesOrganización / Secretaría1.1

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b.2017/10.v

INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN A LA CIUDADANÍA

Qué esConsiste en facilitar información y orientación a la ciudadanía sobre la actividad municipal en general, los trámites a realizar ante el Ayuntamiento o, en su caso, ante otros organismos e instituciones.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Documento Nacional de Identidad, para las personas no empadronadas.

La que la persona solicitante considere necesaria para dar una mejor respuesta a su solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: Inmediato en el caso de cuestiones municipales.

Plazo máximo: 7 días hábiles en el caso de consultas de mayor complejidad.

Normativa aplicableLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Art. 13)

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (Art. 69)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Consulta con el Área competente.4. En el caso de consultas sencillas, respuesta directa desde el SAC a la solicitud.

POR EL ÁREA COMPETENTE5. En el caso de consultas de mayor complejidad, respuesta a la solicitud de la persona

interesada por el medio elegido en la solicitud.

Observaciones Las consultas de carácter urbanístico disponen de un trámite específico para ello.

Área responsable ORGANIZACIÓN / SECRETARÍA

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1.2

REGISTRO DE ENTRADA: SOLICITUD DE INSTANCIA GENERAL

Qué esConsiste en la recepción de las instancias y documentación que la ciudadanía quiera dirigir y entregar al Ayuntamiento.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Documento Nacional de Identidad, para las personas no empadronadas.

La que la persona solicitante considere necesaria para dar una mejor respuesta a su solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: Inmediato.

Plazo máximo: 3 meses. Ver observaciones.

Normativa aplicable

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Art. 16)

Real Decreto 2568/1986, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Arts. 151 a 162)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. En caso de no presentar la documentación completa, se le requerirá para que así lo haga en

el plazo de diez días hábiles. Requerimiento-Subsanación Transcurrido el plazo, se entenderá que la persona interesada desiste de la solicitud,

declarándolo así expresamente el Ayuntamiento.4. Completa la solicitud, remisión al Área competente.

POR EL ÁREA COMPETENTE5. Instrucción y Resolución.6. En su caso, elaboración de Decreto de aceptación o desistimiento.

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1.2

REGISTRO DE ENTRADA: SOLICITUD DE INSTANCIA GENERAL

Observaciones

Con carácter general, el plazo máximo para resolver y notificar la respuesta a la persona interesada es de tres meses desde la fecha de registro.

En todo caso, deberá tenerse en cuenta lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Serán tramitadas, igualmente, de la misma forma todas aquellas solicitudes, escritos, comunicaciones y documentos que se dirijan a otras administraciones públicas con las que se tenga suscrito el oportuno convenio.

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1.3

INFORMACIÓN SOBRE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN TRAMITACIÓN. OBTENCIÓN DE COPIAS

Qué es

Es la obtención de información sobre el estado de tramitación de un procedimiento concreto.

Es la obtención de copias de los documentos obrantes en ese expediente en tramitación.

Es la solicitud de colaboración en la cumplimentación de trámites de audiencia, alegaciones y recursos.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada en ese procedimiento concreto o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante.

La que la persona solicitante considere necesaria para dar una mejor respuesta a su solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoSin coste, salvo caso de obtención de copias.

Ordenanza fiscal 6, Reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: Inmediato.

Plazo máximo: 7 días hábiles en el caso de consultas donde sea necesaria la intervención de otra Área.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal 6, Reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 4, 5 y 13)

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1.3

INFORMACIÓN SOBRE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN TRAMITACIÓN. OBTENCIÓN DE COPIAS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Información: En el caso de información sobre el estado de tramitación de un expediente, se

consultará de manera inmediata al Área competente, quien dispondrá de un plazo máximo de diez días para informar sobre el estado de tramitación. Recibida la información, el SAC dará la información a la persona interesada.

2. Copias: En los supuestos de obtención de copias, el Área Gestora facilitará al SAC las copias solicitadas en el plazo máximo de diez días desde la solicitud.

POR EL ÁREA COMPETENTE3. Para colaboración en trámites, si se precisa asistencia jurídica o técnica específica, se

derivará al Área competente para que contacte con la persona interesada.

ObservacionesDigital: sin coste.

Formato papel: se cobrarán las fotocopias según la Ordenanza fiscal 6, Reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos

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1.4

SOLICITUD DE CITA PREVIA CON ALCALDE, CONCEJALÍAS Y PERSONAL TÉCNICO

Qué esConsiste en la solicitud de una cita o reunión con el Alcalde, Concejalas y Concejales de la Corporación o personal técnico municipal.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud de cita previa

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

La cumplimentación del modelo sólo será necesaria si la persona interesada requiere registro de entrada de su solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicableLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 21 y 24)

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (Art. 69)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

A. CITA CON ALCALDE O CONCEJALA O CONCEJAL:

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud al cargo político indicado.

POR EL ALCALDE O CONCEJALA O CONCEJAL:4. Evaluación de la solicitud5. Respuesta al SAC indicando fecha y hora o derivación al Área si corresponde.

POR EL SAC6. Contacto con la persona solicitante y confirmación fecha y hora.7. Archivo de la solicitud o inclusión en expediente abierto si corresponde.

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1.4

SOLICITUD DE CITA PREVIA CON ALCALDE, CONCEJALÍAS Y PERSONAL TÉCNICO

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

B. CITA CON PERSONAL TÉCNICO:

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud al Área competente.

POR EL PERSONAL TÉCNICO O ÁREA COMPETENTE4. Evaluación de la solicitud.5. Respuesta a la persona solicitante indicando fecha y hora de la entrevista.6. Comunicación al SAC del resultado de la misma.

ObservacionesEs muy importante, para la correcta gestión de la cita previa, indicar el asunto que se desea tratar para la preparación adecuada de la reunión.

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1.5

CERTIFICADO DE ACUERDOS MUNICIPALES Y DATOS OBRANTES EN LOSREGISTROS MUNICIPALES. ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Qué es

Consiste en facilitar certificación sobre acuerdos municipales adoptados por Alcaldía, Junta de Gobierno Local o Pleno Corporativo y la obtención de copias de documentos obrantes en los archivos municipales, referidos a asuntos finalizados.

Importante: el acceso no podrá afectar a la seguridad ciudadana, a la potestad sancionadora o de vigilancia e inspección y deberá ser respetuosa con la normativa sobre protección de datos de carácter personal.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general. Indicando la información solicitada y la modalidad que se prefiera para acceder a la información. Podrá explicarse para qué se solicita, si se desea.

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoEn el caso de expedición de copias, Ordenanza fiscal 6, Reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 7 días.

Plazo máximo: 14 días.

Normativa aplicable

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 4, 5 y 13)

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (Art. 70.3)

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

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1.5

CERTIFICADO DE ACUERDOS MUNICIPALES Y DATOS OBRANTES EN LOSREGISTROS MUNICIPALES. ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión a Secretaría.

POR EL ÁREA COMPETENTE4. Resolución concediendo total o parcialmente el acceso o, en su caso, denegando el acceso.5. Notificación a la persona solicitante y personas interesadas que lo hayan solicitado y en su

caso, a las personas oponentes.• Si la información se refiere a información que no obra en poder del Ayuntamiento, se

remitirá al órgano competente, informando a la persona solicitante.• Cuando la información afecte a derechos o intereses de terceras personas podrá ser

denegada.

POR LOS SERVICIOS ECONÓMICOS6. Realización de la liquidación correspondiente si el acceso se realiza mediante copias escritas.

ObservacionesTelefónicamente: el canal telefónico sólo se podrá utilizar para solicitar certificaciones de acuerdos plenarios.

Si la información ha sido publicada, la resolución podrá indicar la forma de acceder a ella.

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1.6

DATOS PERSONALES. EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN U OPOSICIÓN

Qué esConsiste en el permiso de acceso a los datos personales propios que obren en el Ayuntamiento, así como a solicitar su eliminación, modificación cuando sean inexactos o incompletos u oponerse al tratamiento de los mismos en determinados supuestos legales.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud para el acceso, cancelación, modificación u oposición al uso de los datos personales

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal, Impreso de designación de representante

En su caso, la que justifique el dato erróneo o la situación personal que justifica el ejercicio del derecho de oposición.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

ACCESOPlazo estimado: 1 mes.Plazo máximo para resolver: 1 mes y 10 días hábiles para el acceso efectivo.Efecto de la no respuesta en plazo: negativo. Ver observaciones.

CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN Y OPOSICIÓNPlazo estimado: 10 días.Plazo máximo para resolver: 10 días para hacerlo y comunicarlo.Efecto de la no respuesta en plazo: negativo. Ver observaciones.

Normativa aplicable

Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

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1.6

DATOS PERSONALES. EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO, CANCELACIÓN, MODIFICACIÓN U OPOSICIÓN

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Registro y escaneo de la solicitud.2. Envío a Secretaría.

POR SECRETARÍA3. Comprobación de la existencia de datos de la persona interesada en los ficheros del

Ayuntamiento. Si existen datos, según los casos:• Acceso. En el plazo máximo de un mes se dicta resolución estimando la solicitud. Desde

la notificación, el acceso a los datos en el plazo máximo de diez días hábiles desde la estimación.

• Modificación. En el plazo máximo de diez días hábiles desde la solicitud se realiza la modificación y se comunica a la persona interesada.

• Cancelacion y oposicion. Previo informe favorable, en un plazo máximo de diez días hábiles, se realiza la cancelación o bloqueo de datos y se comunica a la persona interesada.

ObservacionesEn los casos de desestimación expresa o no contestación en plazo (silencio administrativo) la persona solicitante podrá presentar reclamación de tutela de derechos ante la Agencia Vasca de Protección de Datos.

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1.7

RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

Qué es

Es el reconocimiento del derecho de las personas a ser indemnizadas por las administraciones públicas correspondientes de toda lesión que se sufra en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos entendidos en un sentido amplio.

Quién lo puede solicitarToda persona que haya recibido un daño en su persona o en sus bienes como consecuencia del funcionamiento de un servicio público municipal, o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Documento Nacional de Identidad, para las personas no empadronadas.

Fotografías del lugar del suceso y/o del bien dañado, en su caso.

Informe médico acreditativo de las lesiones personales, en su caso.

Denuncia ante la Policía Local, en su caso.

Presupuesto o factura del gasto ocasionado.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: 6 meses. En procedimiento abreviado, 30 días hábiles.

Efecto de la no respuesta en plazo: negativo.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local (Art. 54)

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Arts. 32, 33 y 34)

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

En función de la cuantía reclamada:

Ley 9/2004, de 24 de noviembre, de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi (Art. 3)

Decreto 73/2011, de 12 de abril, de modificación del límite mínimo de cuantía en los asuntos sobre responsabilidad patrimonial que deban ser dictaminados por la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi

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1.7

RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión a Secretaría.

POR EL ÁREA COMPETENTE4. Decreto de incoación de expediente.5. Notificación del Decreto a la persona solicitante para la incorporación de cuantos documentos

considere oportunos.6. Simultáneamente, solicitud de informe a las Áreas implicadas y, en su caso, a la empresa

que presta el servicio municipal.7. Apertura de período de prueba y práctica de medios de prueba, en su caso.8. Audiencia a la persona solicitante con remisión de toda la documentación obrante en el

expediente.9. Elaboración de propuesta de Resolución.10. Solicitud de dictamen a la comisión jurídica asesora en reclamaciones de 18.000,00 € o

más.11. Resolución.

Observaciones

Cuando a la vista de las actuaciones, documentos e informaciones del procedimiento general, el órgano instructor entienda que son inequívocas la relación de causalidad entre la lesión y el funcionamiento del servicio público, la valoración del daño y el cálculo de la cuantía de la indemnización, podrá acordar de oficio la suspensión del procedimiento y la iniciación de un procedimiento abreviado.

Todos los actos administrativos dictados en el expediente se notifican a la compañía aseguradora con la que el Ayuntamiento tiene contratado su seguro de responsabilidad civil.

El derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho o el acto que motivó la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

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1.8

DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO DE ORDENANZAS Y NORMATIVA GENERAL

Qué esConsiste en poner en conocimiento del Ayuntamiento la existencia de un determinado hecho, sancionable o no, a fin de que se acuerde la iniciación de un determinado procedimiento.

Quién lo puede solicitarCualquier persona física o jurídica interesada (por ejemplo, comunidades de personas propietarias) o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, Impreso designación de representante

Aquella que permita probar los hechos afirmados en la denuncia.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: en función del hecho denunciado, de si es competencia municipal o no.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Normativa aplicableLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Art. 13)

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (Art. 69)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión al Área o Administración competente.

POR EL ÁREA COMPETENTE4. Análisis de la procedencia o no de apertura de expediente.5. Acuerdo de incoación o de no incoación.6. Notificación a la persona denunciante.

ObservacionesLa denuncia no transforma a la persona denunciante en interesada en el procedimiento, pero se le notificará la iniciación del mismo, en su caso, así como la Resolución que le ponga fin.

Cuando la denuncia se remita a otra Administración la respuesta corresponderá a esta misma.

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1.9

RECEPCIÓN DE SUGERENCIAS, RECLAMACIONES Y AGRADECIMIENTOS

Qué es

Es la recepción de sugerencias formuladas por la ciudadanía para mejorar la calidad de los servicios municipales, incrementar el rendimiento o el ahorro del gasto público, simplificar trámites o suprimir los que sean innecesarios, o cualquier otra medida que suponga un mayor grado de satisfacción de la ciudadanía respecto al Ayuntamiento.

Es la recepción de las reclamaciones formuladas por la ciudadanía por las tardanzas, desatenciones o cualquier otro tipo de actuación irregular que observen en el funcionamiento de las dependencias administrativas o de los servicios municipales.

Es la recepción de agradecimientos.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud para la presentación de quejas, sugerencias y agradecimientos

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

La que la persona solicitante considere necesaria para conocer el caso y dar una mejor respuesta a su escrito.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 7 días.

Plazo máximo legal para resolver: 3 meses.

Normativa aplicable

Real Decreto Legislativo 2568/1986, de 28 de noviembre, por que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Art. 231)

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Art. 26)

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1.9

RECEPCIÓN DE SUGERENCIAS, RECLAMACIONES Y AGRADECIMIENTOS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión según el contenido al Área competente y a la persona responsable política del Área.

POR EL ÁREA COMPETENTE

SUGERENCIA4. Análisis de la sugerencia.5. Si NO es viable:

a. Comunicación a la persona remitente.c. Archivo de la sugerencia.

6. Si SÍ es viable:a. Comunicación de la decisión adoptada.b. Desarrollo de la acción.c. Archivo del expediente.

QUEJA O RECLAMACIÓN4. Análisis de la queja o reclamación.5. Comunicación a la persona remitente.6. Si SÍ son necesarias acciones posteriores:

a. Planificación y desarrollo de las mismas. b. Comunicación a la persona remitente.c. Archivo del expediente.

7. Si NO son necesarias acciones posteriores:a. Archivo del expediente (Queja, Informe de análisis, Comunicación, Resolución).

AGRADECIMIENTO-FELICITACIÓN4. Recepción y análisis.5. Comunicación a la persona remitente.6. Archivo del documento.

Observaciones

Las quejas formuladas por este medio no tendrán la calificación de recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente. Tampoco condicionan en modo alguno el ejercicio de las restantes acciones o derechos de las personas interesadas en un determinado procedimiento.

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1.10

CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL POR ALCALDE O CONCEJALA O CONCEJAL DELEGADO

Qué esEs la solicitud para la celebración de la ceremonia de matrimonio civil en el Ayuntamiento de Erandio en la que la persona oficiante sea el Alcalde o la Concejala o Concejal en quien delegue.

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona que cumpla los requisitos establecidos en el Decreto de Alcaldía 1386 / 2015:

• Tener la condición de vecina o vecino de Erandio, al menos una de las personas contrayentes, con una antelación igual o superior a seis meses al día de la fecha.

• Ser persona propietaria de una vivienda en el término municipal de Erandio.

• Ser titular de negocio, comercio o empresa erradicada en Erandio.

Documentación a aportar

Solicitud Matrimonio Civil

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Documento Nacional de Identidad de las personas contrayentes.

Documento Nacional de Identidad de las personas que actúan como testigos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 7 días.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Normativa aplicable

Código Civil (Título III)

Decreto de Alcaldía 1386/2015, de 30 de junio

Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado

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b.2017/10.v

1.10

CELEBRACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL POR ALCALDE O CONCEJALA/CONCEJAL DELEGADA/O

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida de datos de las personas contrayentes.2. Remisión correo informativo a Alcaldía.

POR LA ALCALDÍA3. Comprobación de requisitos.4. Introducción en base de datos.5. Comprobación de agenda de Alcaldía y Concejala o Concejal.6. Aprobación fecha y hora registradas en la solicitud.7. Si las personas contrayentes desean contraer matrimonio ante una persona perteneciente

a la Corporación distinta a la señalada en el Decreto de Alcaldía 1386/2015, se elaborará Resolución de Delegación expresa.

POR EL SAC8. Comunicación con la persona interesada para confirmación de fecha o modificación.9. Comunicación a la Policía Local de fechas y horas de uso del Salón de Plenos para la

apertura y cierre de dependencias municipales.10. Confección del Acta de Matrimonio Civil11. Remisión del Acta firmada al Registro Civil para su inscripción.

Observaciones

El expediente de matrimonio civil se tramita a través del Juzgado de Paz - Registro Civil de Erandio, por ello el plazo es el mínimo necesario para la entrega de la documentación correspondiente. En este sentido, las personas solicitantes se comprometen a iniciar la tramitación del expediente matrimonial ante el Juzgado que corresponda con una antelación mínima de tres meses a la celebración del matrimonio.

La confirmación de la fecha del matrimonio civil quedaría pendiente de la remisión por el Juzgado de Paz del Auto del justificante del Registro Civil (provisional) y del Auto del Registro Civil autorizando el matrimonio civil (documentación posterior, pero siempre antes de la celebración del matrimonio).

En cualquier caso, las personas serán informadas sobre diferentes aspectos de la tramitación del expediente de bodas civiles, tales como:

Consulta los requisitos para contraer un matrimonio civilConsulta el modo de inscribir un matrimonio

Muy importante:

Procedimiento general para la asignación de fecha:

Si la boda la celebra la Jueza o el Juez de Paz, se celebrará generalmente un viernes (Juzgado de Paz) y la concertación de fecha y hora deberá realizarse en el propio Juzgado de Paz - Registro Civil.

Si la boda la celebra el Alcalde o Concejala o Concejal del Ayuntamiento, se celebrarán el primer y tercer sábado del mes en horario comprendido entre las 12:30 y las 14:00 horas y siempre por riguroso orden de presentación de solicitud.

Área responsable ORGANIZACIÓN / SECRETARÍA

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1.11

LICENCIA AUTOTAXI. AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA CAMBIO DE VEHÍCULO

Qué esEs la autorización para el cambio de vehículo adscrito a una licencia municipal de auto turismo (Autotaxi).

Quién lo puede solicitar La persona titular de la licencia de Autotaxi.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Documento Nacional de Identidad, para las personas no empadronadas.

Indicación del vehículo, matrícula, al que se sustituye.

Permiso de circulación.

Tarjeta de Inspección Técnica.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoEl establecido en la Ordenanza fiscal 9, Reguladora de las tasas sobre servicio de transporte de autotaxis y demás vehículos de alquiler (Anexo – Tarifas)

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Efecto de la no respuesta en plazo: positivo.

Normativa aplicable

Ley 2/2000, de 29 de junio. de Transporte Público Urbano e Interurbano de Viajeros en Automóviles de Turismo

Decreto 243/2002, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Transporte Público Urbano e Interurbano de Viajeros en automóviles de turismo

Ordenanza Municipal del Taxi que ha de regir en el término municipal de la Anteiglesia de Erandio

Ordenanza fiscal 9, Reguladora de las tasas sobre servicio de transporte de autotaxis y demás vehículos de alquiler

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1.11

LICENCIA AUTOTAXI. AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA CAMBIO DE VEHÍCULO

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a Secretaría.

POR SECRETARÍA4. Verificación del cumplimiento de la normativa aplicable.5. Decreto autorizando el cambio de vehículo.6. Remisión a Servicios Económicos y archivo.

POR GESTIÓN TRIBUTARIA7. Liquidación tributaria.

Observaciones No se admitirán vehículos con antigüedad superior a dos años.

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1.12

ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

Qué esEs la inscripción de una persona en el Padrón municipal de habitantes para ejercer como vecina o vecino todos los derechos y deberes contemplados en la legislación vigente.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Documento de Alta en el Padrón

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Documento acreditativo de la vivienda (recibo Impuesto sobre Bienes Inmuebles, escritura o contrato de alquiler de la vivienda). Si el inmueble se encuentra dado de alta en el Catastro Urbano a nombre de la persona interesada, será el propio servicio del SAC quien aporte la información.

Documento Nacional de Identidad - Número de Identificación Fiscal, personas mayores de 14 años.

Número de Identidad de Extranjero o Pasaporte, en este orden, para las personas extranjeras.

Personas menores: Libro de Familia.

Autorización de empadronamiento en domicilio ajeno

Autorización materna/paterna.

Declaración responsable

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato, si no median circunstancias especiales.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Efecto de la no respuesta en plazo: positivo.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Arts. 15 a 18)

Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (Art. 44)

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Población y Demarcación Territorial (Arts. 53 a 83)

Resolución de 16 de marzo de 2015

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1.12

ALTA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro y escaneado de los datos de la persona interesada. 3. Comprobación en la base de datos del estado de la vivienda (si está o no vacía...).4. Para las altas que no precisen de comprobaciones adicionales:

a. Introducción de los datos en la aplicación informática del Padrón de habitantes. b. Escaneado de los documentos presentados. c. Remisión de la documentación a Estadística para su archivo y comprobación.

POR ESTADÍSTICA5. Solicitud de informe a la Policía Local y otros actos de comprobación. 6. En caso de denegación del alta, Resolución motivada y notificación a la persona solicitante. 7. En caso de alta, notificación de ésta al municipio de procedencia. 8. Archivo de la documentación.

Observaciones

Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente a efectos administrativos.

No es preciso solicitar la baja en el municipio de procedencia.

Se informará a las personas interesadas de la posibilidad de realizar, al mismo tiempo, el cambio del domicilio fiscal a efectos de las exacciones municipales.

Impreso de solicitud para el cambio de domicilio fiscal

A las nuevas altas se les facilitarán los oportunos volantes individuales de empadronamiento para su presentación en la tramitación de la tarjeta sanitaria de Osakidetza ante el ambulatorio correspondiente.

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1.13

ALTA POR NACIMIENTO

Qué esEs la solicitud de inscripción de una persona recién nacida en el Padrón municipal de habitantes, adquiriendo así la condición de vecina o vecino. Para solicitar el alta por nacimiento, la persona menor no debe haber estado empadronada en ningún otro municipio anteriormente.

Quién lo puede solicitarMadre o padre de la persona recién nacida, tutoras o tutores o personas residentes mayores de edad con los que vivan.

Documentación a aportar

Impreso de Alta por Nacimiento

Libro de Familia o Certificación Literal de Nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.

Autorización de empadronamiento en domicilio ajeno.

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Autorización materna o paterna.

Declaración responsable

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato, si no median circunstancias especiales.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Efecto de la no respuesta en plazo: positivo.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Arts. 15 a 18)

Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (Art. 44)

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Población y Demarcación Territorial (Arts. 53 a 83)

Resolución de 16 de marzo de 2015

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1.13

ALTA POR NACIMIENTO

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro y escaneado de los datos de la persona interesada. 3. Para las altas que no precisen de comprobaciones adicionales:

a. Introducción de los datos en la aplicación informática del Padrón de habitantes. b. Escaneado de los documentos presentados.c. Remisión de la documentación a Estadística para su comprobación y archivo.

POR ESTADÍSTICA4. En su caso, informe de la Policía Local y otros actos de comprobación. 5. En caso de denegación del alta, resolución motivada y notificación a la persona solicitante. 6. Archivo de la documentación.

Observaciones

Se comprobarán todas las solicitudes relativas a alta de personas menores en domicilio distinto a la madre o al padre, aunque conste la autorización de ambos progenitores.

Se facilitará a las y los progenitores la información necesaria para el acceso a:1. Ayudas económicas que el Gobierno Vasco concede por nacimiento, adopción, acogimiento

familiar pre-adoptivo o tutela de hijas e hijos, facilitándose los impresos necesarios, así como la tramitación ante el organismo mencionado:• Carátula• Impreso de solicitud• Relación de documentación a aportar• Instrucciones

2. Bonificaciones en exacciones municipales por familia numerosa:• Impreso de solicitud del título de familia numerosa / Diputación Foral de Bizkaia• Impreso de solicitud• Ordenanza fiscal 1, Reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, Art. 19.4• Ordenanza fiscal 2, Reguladora del impuesto sobre vehiculos de tracción mecánica, Art. 4.3• Ordenanza fiscal 21, Reguladora de las tasas por cursos de la escuela de música, anexo

tasas académicas

3.- Servicio HAURRESKOLA:• Información Erandioko Haurreskolak

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1.14

CAMBIO DE DOMICILIO

Qué esEs la solicitud de cambio de domicilio habitual dentro del mismo municipio de Erandio a efectos del Padrón municipal de habitantes.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Documento de solicitud de cambio de domicilio

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Documento acreditativo de la vivienda (recibo IBI, escritura o contrato de alquiler de la vivienda). Si el inmueble se encuentra dado de alta en el Catastro Urbano a nombre de la parte interesada, será el propio servicio del SAC quien aporte la información.

Documento Nacional de Identidad - Número de Identificación Fiscal, personas mayores de 14 años.

Número de Identidad de Extranjero o Pasaporte (en este orden) para las personas extranjeras.

Personas menores: Libro de familia.

Autorización de empadronamiento en domicilio ajeno

Autorización materna o paterna

Declaración responsable

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato, si no median circunstancias especiales.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Efecto de la no respuesta en plazo: positivo.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Arts. 15 a 18)

Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (Art. 44)

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Población y Demarcación Territorial (Arts. 53 a 83)

Resolución de 16 de marzo de 2015

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1.14

CAMBIO DE DOMICILIO

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida de la solicitud de cambio de domicilio junto con el resto de documentación

referenciada. 2. Comprobación de la documentación y de que la solicitud esté firmada por cada una de las

personas solicitantes. 3. Registro de la solicitud. 4. Comprobación en la base de datos del estado de la vivienda (si está o no vacía...) 5. Para los cambios de domicilio que no precisen de comprobaciones adicionales:

a. Introducción de los datos en la aplicación informática del Padrón de habitantes. b. Escaneado de los documentos presentados (importante de cara a los trámites y funciones

relacionados con el Instituto Nacional de Estadística). c. Remisión de la documentación a Estadística para su comprobación y archivo.

POR ESTADÍSTICA6. Solicitud de informe a la Policía Local y otros actos de comprobación. 7. En caso de denegación del cambio de domicilio, Resolución motivada y notificación a la

persona solicitante.

Observaciones

Se comprobarán todas las solicitudes relativas a cambios de domicilio de personas menores en domicilio distinto al de la madre o padre, aunque conste la autorización de ambos progenitores.

Se informará a las personas interesadas de la posibilidad de realizar, al mismo tiempo, el cambio de domicilio fiscal a efectos de las exacciones municipales.

Impreso de solicitud cambio de domicilio fiscal

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1.15

BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

Qué es

Es la solicitud de la baja de inscripción de una persona en el Padrón Municipal de habitantes, derivada de: 1. Defunción de una ciudadana o ciudadano y la baja se realice a petición de una persona

familiar.2. A solicitud de cualquier persona extranjera, comunitaria o no, si se trata de emigración al

extranjero.3. De oficio o a solicitud de la persona que acredite algún derecho sobre la vivienda (persona

propietaria o inquilina) para el caso de las bajas por inscripción indebida.

Quién lo puede solicitarCualquier persona interesada o su representante legal.

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Documentación a aportar

Para cada caso: 1. Defunción: Certificado de defunción. 2. Baja por emigración al extranjero: Número de Identidad de Extranjero o Pasaporte de la persona solicitante. Impreso de solicitud3. Bajas de Oficio: Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante Documentación que refuerce la solicitud (Título de propiedad o contrato de arrendamiento) Impreso de solicitud

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Si es por defunción o traslado al extranjero, inmediato.

Si se trata de una baja por inscripción indebida, el plazo finalizará cuando lo establezca el Consejo Provincial de Empadronamiento.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Arts. 15 a 18)

Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (Art. 44)

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Población y Demarcación Territorial (Arts. 53 a 83)

Resolución de 16 de marzo de 2015

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1.15

BAJA EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Recogida del certificado de defunción o el documento judicial, en su caso. 3. Registro y escaneado de los datos de la persona interesada.4. Introducción de los datos en la aplicación del Padrón de habitantes. 5. Escaneo de la documentación. 6. Remisión de la documentación a Estadística.

POR ESTADÍSTICADefunción o traslado al extranjero: Se realiza la baja automática tras comprobar la documentación aportada.

Baja por inscripcion indebida: • Se solicita informe a la Policía Local sobre la no residencia. • Se realiza Decreto de inicio de expediente. • Notificación personal. • Publicación, en su caso, en el Boletín Oficial de Bizkaia.• Remisión del expediente, con las alegaciones si las hubiera, al Consejo Provincial de

Empadronamiento para su Resolución. Tras el informe favorable, el Instituto Nacional de Estadística autoriza la baja de oficio y el Ayuntamiento tramita la baja.

Observaciones

Las bajas por Inscripción indebida en el Padrón municipal de habitantes pueden realizarse de oficio a iniciativa del Ayuntamiento o previa denuncia de cualquier persona que tenga la condición de interesada por tener algún derecho sobre la vivienda, sea persona propietaria o inquilina.

Las personas españolas que se desplazan a vivir al extranjero deben solicitar el alta en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero de ese país a través de la embajada o consulado correspondiente.

Las bajas por emigración a otro municipio se harán efectivas a través del tratamiento mensual de incidencias remitidas por el Instituto Nacional de Estadística.

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1.16

VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO INDIVIDUAL

Qué esEs el documento que acredita el empadronamiento de una persona en un domicilio, con los datos que constan en ese momento en el Padrón municipal de habitantes.

Quién lo puede solicitarCualquier persona interesada o su representante legal.

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Documentación a aportarDocumento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia de la persona interesada.

Dónde se tramita

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Arts. 15 a 18)

Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (Art. 44)

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Población y Demarcación Territorial (Arts. 53 a 83)

Resolución de 16 de marzo de 2015

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Comprobación de la identidad de la persona interesada o de aquella para la que se solicita

el volante. 2. Entrega del volante de empadronamiento a la persona solicitante. 3. En caso de solicitud telefónica o telemática, se remitirá el volante exclusivamente al domicilio

que conste en el Padrón municipal de habitantes.

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1.16

VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO INDIVIDUAL

Observaciones

El documento sólo tiene valor informativo.

Bajas de oficio en trámite: se hará constar en el volante si se está tramitando expediente de baja de oficio de la persona que consta en el mismo.

Entre los usos más frecuentes para los que se expide el volante de empadronamiento individual podemos destacar:

• Tramitación de la tarjeta sanitaria de Osakidetza ante el ambulatorio correspondiente

• Expedientes de bodas civiles: Consulta los requisitos para contraer un matrimonio civilConsulta el modo de inscribir un matrimonio

• Expedientes para la conformación de Parejas de hecho ante el Gobierno Vasco, facilitándose los impresos necesarios, así como la tramitación ante el Organismo mencionado:SolicitudPacto Cláusulas GeneralesPacto Comunicación ForalPacto Bienes GanancialesPacto Separación de Bienes

• Expedientes de Etxebide: Información y alta

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1.17

VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO COLECTIVO

Qué esEs el documento que acredita el empadronamiento en el que aparecen todas las personas de un domicilio, con los datos que constan en ese momento en el Padrón municipal de habitantes.

Quién lo puede solicitarCualquier persona interesada o su representante legal. En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Documentación a aportarDocumento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia de la persona interesada.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Arts. 15 a 18)

Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (Art. 44)

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Población y Demarcación Territorial (Arts. 53 a 83)

Resolución de 16 de marzo de 2015

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Comprobación de la identidad de la persona interesada o de aquella para la que se solicita el

volante. 2. Entrega del volante de empadronamiento a la persona solicitante. 3. En caso de solicitud telefónica o telemática, se remitirá el volante exclusivamente al domicilio

que conste en el Padrón.

Observaciones

El documento sólo tiene valor informativo. Bajas de oficio en trámite: se hará constar en el volante si se está tramitando expediente de baja de oficio de la persona que consta en el mismo. Entre los usos más frecuentes para los que se expide el volante de empadronamiento colectivo podemos destacar:• Expedientes de solicitud de ayudas económicas a Lanbide: Impresos y solicitudes de la Renta de Garantía de Ingresos Relación de documentos a adjuntar a la solicitud

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b.2017/10.v

1.18

MODIFICACIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL PADRÓN MUNICIPAL DEHABITANTES

Qué esEs la modificación de los datos personales de la persona que figura inscrita en el Padrón municipal de habitantes, bien por la existencia de errores o por la modificación de algún dato.

Quién lo puede solicitarCualquier persona interesada o su representante legal.

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Documentación a aportar

La documentación a aportar dependerá del dato a modificar o actualizar: si tiene relación con el Documento Nacional de Identidad, el pasaporte o el Número de Identidad de Extranjero, deberá presentar el mismo. Si tiene relación con los estudios, deberá presentar el título académico correspondiente.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Arts. 15 a 18)

Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (Art. 44)

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Población y Demarcación Territorial (Arts. 53 a 83)

Resolución de 16 de marzo de 2015

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la documentación. 2. Modificación de los datos en la aplicación del Padrón de habitantes. 3. Escaneo de la documentación. 4. Remisión a Estadística para su comprobación y archivo.

Observaciones

Los cambios habituales suelen ser: Sustitución de Pasaporte por Número de Identidad de Extranjero.Sustitución de Número de Identidad de Extranjero por Documento Nacional de Identidad (obtención de la nacionalidad española).

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b.2017/10.v

1.19

CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO

Qué es Es la expedición del documento que certifica el empadronamiento de una o varias personas en el municipio.

Quién lo puede solicitarCualquier persona interesada o su representante legal.En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Documentación a aportarDocumento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia de la persona interesada.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Según el modo de solicitud: Presencial: máximo de 3 días. Telemático: máximo de 3 días.Telefónico o e-mail: por correo postal ordinario, aproximadamente 5 días hábiles.

Normativa aplicable

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Arts. 15 a 18)Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (Art. 44)Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Población y Demarcación Territorial (Arts. 53 a 83)Resolución de 16 de marzo de 2015

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Comprobación de la identidad de la persona interesada o de aquella para la que se solicita el

certificado. 2. Entrega del certificado de empadronamiento a la persona solicitante. 3. En caso de solicitud telefónica o telemática, se remitirá el certificado exclusivamente al

domicilio que conste en el Padrón municipal de habitantes.

Observaciones

Bajas de oficio en trámite: se hará constar en el certificado si se está tramitando expediente de baja de oficio de la persona que consta en el mismo.

Entre los usos más frecuentes para los que se expide el certificado de empadronamiento podemos destacar la tramitación de pensiones ante la Seguridad Social:• Pensión de viudedad• Prestación temporal de viudedad• Pensión de orfandad• Pensión en favor de familiares• Subsidio en favor de familiares• Auxilio por defunción• Indemnizaciones por Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional

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b.2017/10.v

1.20

RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN PADRONAL PARA PERSONAS EXTRANJERAS NO COMUNITARIAS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE

Qué esEs la renovación de la inscripción en el Padrón que han de realizar cada dos años las personas extranjeras no comunitarias que no disponen de autorización de residencia permanente en España.

Quién lo puede solicitarToda persona interesada o, en caso de personas menores, su madre o padre o su representante legal.

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Documentación a aportar

Se utilizará como solicitud el documento remitido previamente a la persona interesada:

Renovación personas mayores de edad

Renovación personas menores de edad

Permiso de residencia en vigor (Número de Identidad de Extranjero) si lo tienen, o, en su defecto, documentación en vigor del país de procedencia (Pasaporte).

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC

Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2

Astrabudua: Meso kalea 20

Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas

Horario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eus

Por email: [email protected]

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944 890 010

[email protected]

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609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Inmediato.

Normativa aplicable

Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (Arts. 6, 12, 13, 20 y 29)

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (Arts. 15 a 18)

Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil (Art. 44)

Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Población y Demarcación Territorial (Arts. 53 a 83)

Resolución de 16 de marzo de 2015

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b.2017/10.v

1.20

RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN PADRONAL PARA PERSONAS EXTRANJERAS NO COMUNITARIAS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Comprobación en el Padrón de la situación de la persona solicitante y de la documentación aportada.

2. Realización de la renovación padronal.

3. Remisión a Estadística.

POR ESTADÍSTICA

4. Comprobación y archivo.

5. La renovación padronal se remitirá al Instituto Nacional de Estadística junto con el resto de movimientos mensuales el penúltimo día hábil de cada mes.

Observaciones

Es posible realizar este trámite cuando la persona interesada realice cualquier otro trámite relacionado con el Padrón: cambio de domicilio, modificación de datos personales…

Se informará a las personas interesadas de la existencia del portal de inmigración y de la normativa y modelos de solicitudes que a través de él se pueden realizar.

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b.2017/10.v

1.21

RECLAMACIÓN AL CENSO ELECTORAL

Qué esEs la reclamación al Censo Electoral, poniendo de manifiesto la exclusión o inclusión incorrecta o los datos erróneos de la persona electora.

Quién lo puede solicitarToda persona interesada o representante legal.

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante

Documentación a aportarModelo de solicitud

Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir o permiso de residencia de la persona interesada.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 día.

Plazo máximo: 3 meses.

Efecto de la no respuesta en plazo: negativo.

Normativa aplicableResolución, de 27 de agosto de 2008, de la Oficina del Censo Electoral, sobre reclamaciones y consultas a los datos de inscripción y otros aspectos de la gestión del Censo Electoral

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Sin proceso electoral convocado: 1. Cumplimentación automática de la solicitud e impresión para firma de la persona solicitante,

en su caso. 2. Obtención de firma del Alcalde y de la Secretaría Municipal certificando que la persona

solicitante se encuentra o no empadronada en Erandio. 3. Realización de tres copias: una para el Ayuntamiento, una para la persona interesada y otra

para la Oficina del Censo Electoral. 4. Expedición de volante de empadronamiento si está empadronada. 5. Remisión de la reclamación a la Oficina del Censo Electoral acompañando el volante de

empadronamiento. 6. Archivo de la reclamación.

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b.2017/10.v

1.21

RECLAMACIÓN AL CENSO ELECTORAL

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR ESTADÍSTICA Con proceso electoral abierto:1. Cumplimentación automática de la solicitud e impresión para firma de la persona solicitante,

en su caso. 2. Obtención de firma del Alcalde y de la Secretaría Municipal certificando que la persona

solicitante se encuentra o no empadronada en Erandio. 3. Realización de tres copias: una para el Ayuntamiento, una para la persona interesada y otra

para la Oficina del Censo Electoral.4. Expedición de volante de empadronamiento si está empadronada. 5. Remisión de la reclamación a la Oficina del Censo Electoral acompañando el volante de

empadronamiento el mismo día de la recepción de la reclamación. 6. Archivo de la reclamación.

ObservacionesSi existe un proceso electoral abierto, la Oficina del Censo Electoral resuelve en un plazo máximo de siete días, comunicándolo a la persona electora y al Ayuntamiento. Se incluye a la persona solicitante en el Censo.

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b.2017/10.v

1.22

ALTA IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Qué esEs el trámite de alta en el impuesto que grava la titularidad de los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas cualesquiera que sean su clase y categoría.

Quién lo puede solicitar La persona titular del vehículo o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud de Alta del Impuesto de Vehículos

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Documento Nacional de Identidad si se trata de persona física.

Número de Identificación Fiscal si se trata de persona jurídica.

Ficha Técnica del vehículo.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal 2, Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Norma Foral 7/1989 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación aportada. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Comprobación de la residencia de la persona titular.3. Liquidación del impuesto.4. Emisión e impresión de la liquidación.5. Abono de la autoliquidación, bien en las entidades colaboradoras o bien en el propio SAC.

Observaciones

Con la autoliquidación abonada se acudirá a la Jefatura Provincial de Tráfico para la matriculación del vehículo.

Se facilitará información sobre los trámites a realizar, e impresos a cumplimentar.

Igualmente, se informará sobre los trámites a realizar para la Domiciliación del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica

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b.2017/10.v

1.23

DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA POR BAJA DEL VEHÍCULO

Qué esEs la solicitud de devolución de la parte proporcional prorrateada por meses del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica por baja definitiva o por baja temporal por robo o sustracción en la Jefatura de Tráfico.

Quién lo puede solicitar La persona titular del vehículo o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud de Devolución del Impuesto de Vehículos por baja definitiva

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representanteDocumento de baja expedido por la Dirección General de Tráfico.En el caso de baja temporal por robo o sustracción, denuncia del robo.Recibo de pago del Impuesto del año en curso.Número de cuenta bancario, Número de Cuenta Bancario Internacional (IBAN) y veinte dígitos.

Dónde se tramita

Presencialmente: Servicio de Atención Ciudadana - SAC

Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 7 días desde la solicitud de devolución.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal 2, Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Art. 7)Norma Foral 7/1989 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Art. 5)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC (cuando se trate de solicitudes de personas particulares)1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Envío a Gestión Tributaria.

POR GESTIÓN TRIBUTARIA5. Realización de los cálculos pertinentes del importe a devolver.6. Remisión a Tesorería para que procedan a la devolución después de comprobar la inexistencia

de deudas con el Ayuntamiento.

ObservacionesLas devoluciones las efectúa Tesorería.La devolución se hará a la persona que figura como titular del impuesto.

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40T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

1.24

BONIFICACIONES SEGÚN ORDENANZAS FISCALES

Qué esEs la solicitud de aplicación de las bonificaciones previstas en la normativa específica de tributos tales como el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Quién lo puede solicitar La persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Solicitud de bonificaciones en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica

BONIFICACIONES IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Documento Nacional de Identidad de la persona titular del vehículo.

Documentación del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación cuya dirección coincida con la del Documento Nacional de Identidad de la persona titular.

Título de Familia Numerosa, bonificación por familia numerosa.

Impreso Diputación Foral de Bizkaia

BONIFICACIÓN IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES POR FAMILIA NUMEROSA

Título de Familia Numerosa, bonificación por familia numerosa.

Impreso Diputación Foral de Bizkaia

Recibo abonado del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en curso.

Número de cuenta bancario, Número de Cuenta Bancario Internacional (IBAN) y veinte dígitos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 7 días.

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b.2017/10.v

1.24

BONIFICACIONES SEGÚN ORDENANZAS FISCALES

Normativa aplicableOrdenanza fiscal 2, Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Art. 4)

Norma Foral 7/1989 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Capitulo II, Art. 2)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Envío a Gestión Tributaria.

POR GESTIÓN TRIBUTARIA

IMPUESTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA 4. Concesión de la bonificación y su inclusión en el Padrón del Impuesto del ejercicio siguiente.

Observaciones

Las bonificaciones tendrán efecto en el ejercicio siguiente al de su solicitud y no tendrán carácter retroactivo.

BONIFICACIONES IMPUESTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA Vehículos clásicos, más de 25 años de antigüedad: 100 %Vehículos eléctricos: el 75 % durante 5 añosVehículos híbridos, Gas Licuado del Petróleo…: 50 % durante 5 añosFamilia Numerosa: 50 %, con menos de 16 caballos fiscales

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b.2017/10.v

1.25

EXENCIONES SEGÚN ORDENANZAS FISCALES. IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Qué esEs la solicitud de exenciones previstas en la normativa específica del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para personas titulares empadronadas en el municipio.

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud de exención

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

EXENCIÓN MAQUINARIA AGRÍCOLA

Documento Nacional de Identidad de la persona titular del vehículo.

Documentación del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación.

Cartilla de Inscripción en el Registro de Maquinaria Agrícola.

EXENCIÓN POR DISCAPACIDAD

Documento Nacional de Identidad de la persona titular del vehículo.

Documentación del vehículo: ficha técnica y permiso de circulación.

Certificado de la discapacidad expedido por la Diputación Foral de Bizkaia

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 7 días.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal 2, Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Art. 3)

Norma Foral 7/1989 del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (Art. 2)

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b.2017/10.v

1.25

EXENCIONES SEGÚN ORDENANZAS FISCALES. IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a Gestión Tributaria.

POR GESTIÓN TRIBUTARIA4. Concesión de la exención y formalización de su exclusión en el Padrón del Impuesto del

ejercicio siguiente.5. Notificación de la exención a la persona contribuyente.

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b.2017/10.v

1.26

RECTIFICACIÓN DE LIQUIDACIONES DE IMPUESTOS Y TASAS

Qué esEs la solicitud que se puede hacer cuando por causas imputables a la Administración o a la propia persona contribuyente, la liquidación practicada sea susceptible de modificación.

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Toda la que sea pertinente para demostrar la carga de la prueba de la persona solicitante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Via telemática:

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Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Normativa aplicableLey 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Art. 13)

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (Art. 69)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a Gestión Tributaria.

POR GESTIÓN TRIBUTARIA4. Resolución del Recurso.5. Notificación a la persona contribuyente.

Observaciones La solicitud tiene el carácter de Recurso de Reposición.

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b.2017/10.v

1.27

LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DE VALOR DE LOSTERRENOS DE NATURALEZA URBANA. PLUSVALÍAS

Qué es

Es la solicitud de liquidación de este impuesto, que se devenga por el incremento de valor que han experimentado, durante el periodo impositivo, los terrenos de naturaleza urbana cuya propiedad se transmita por cualquier título o sobre los que se constituya o transmita cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio de los mismos.

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representanteToda la que sea pertinente para demostrar la carga de la prueba de la persona solicitante.Escritura Pública o documento en el que consten los actos o contratos que dan origen al impuesto.Declaración privada de las personas que tienen derecho a herencia en el caso de trasnmisiones bonificadas.Sentencia judicial de divorcio y separación y cuaderno particional, en el caso de adjudicaciones no sujetas.Sentencia judicial de adjudicación en el caso de bienes embargados en subasta.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 1 mes.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal 3, Reguladora del Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

Norma Foral 8/1989 del Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a Gestión Tributaria.

POR GESTIÓN TRIBUTARIA4. Práctica de la liquidación.5. Notificación a la persona contribuyente.

Observaciones La exacción de este impuesto se puede realizar en régimen de autoliquidación cuando así sea posible.

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b.2017/10.v

1.28

MODIFICACIÓN DE DATOS DE PERSONAS CONTRIBUYENTES

Qué esEs el cambio de los datos fiscales de la persona titular a efectos del pago de impuestos y tasas municipales.

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Toda la que sea pertinente para demostrar la carga de la prueba de la persona solicitante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: Inmediato.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal General de Gestión, Inspección y Recaudación de los tributos

Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a Gestión Tributaria.

POR GESTIÓN TRIBUTARIA4. Modificación de los datos en el programa correspondiente.

Observaciones

Se cotejará con datos del Registro General del Ayuntamiento.

Se informará a las personas interesadas de la posibilidad de realizar, al mismo tiempo, el traslado de los nuevos datos incorporados al resto de las áreas municipales para que, si fuese necesario, sea incorporado a los distintos expedientes relacionados.

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b.2017/10.v

1.29

DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS. INGRESOS INDEBIDOS

Qué es Es la solicitud de devolución de ingresos indebidos en cualquiera de los supuestos legales.

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Toda la que sea pertinente para demostrar la carga de la prueba de la persona solicitante.

Número de cuenta bancario, Número de Cuenta Bancario Internacional (IBAN) y veinte dígitos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 1 mes.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal General de Gestión, Inspección y Recaudación de los tributos

Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia (Art. 31 y 229.7)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a Gestión Tributaria.

POR GESTIÓN TRIBUTARIA4. Realización de los cálculos pertinentes del importe a devolver.5. Remisión a Tesorería para que procedan a la devolución a la persona sujeto pasivo después

de comprobar la inexistencia de deudas con el Ayuntamiento.6. Notificación a la persona contribuyente.

ObservacionesLa solicitud tiene carácter de Recurso de Reposición.

Las devoluciones las efectúa Tesorería.

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b.2017/10.v

1.30

CERTIFICADOS DE BIENES

Qué es

Es la expedición del documento administrativo que certifica la propiedad de los bienes muebles e inmuebles o la percepción de ayudas sociales por parte de la persona interesada.En general, este certificado se expide para ser presentado en otras instituciones: en los juzgados para el trámite de petición de Justicia Gratuita; en Ayuntamientos para la Solicitud de Ayudas; en Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social…

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoSin coste, con carácter general.

Ordenanza fiscal 6, Reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 7 días.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal General de Gestión, Inspección y Recaudación de los tributos

Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a Gestión Tributaria.

POR GESTIÓN TRIBUTARIA4. Consulta de los datos a incluir.5. Emisión del certificado.6. Notificación a la persona contribuyente.

ObservacionesInformación extraída de los padrones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del Impuesto sobre Actividades Económicas y del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

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b.2017/10.v

1.31

PAGO A LA CARTA

Qué es

Al objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, el Ayuntamiento de Erandio ofrece a la ciudadanía la posibilidad de pago a la carta, aportando los datos necesarios para la domiciliación de los recibos de vencimiento periódico gestionados directamente por el Ayuntamiento: Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y Tasa de Vados.

Quién lo puede solicitar Persona sujeto pasivo contribuyente o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representanteToda la que sea pertinente para demostrar la carga de la prueba de la persona solicitante.Número de cuenta bancario, Número de Cuenta Bancario Internacional (IBAN) y veinte dígitos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Inmediato.

Normativa aplicable Ordenanza fiscal General de Gestión, Inspección y Recaudación de los tributos (Art. 31)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a Gestión Tributaria.

POR GESTIÓN TRIBUTARIA4. Inclusión en el Padrón de pagos con vencimiento especial del ejercicio siguiente.

Observaciones

Los recibos se pagarán en 2 plazos, sin intereses: el primero, entre el 1 de abril y el 31 de mayo y, el segundo, entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de cada año.

Características del Pago a la Carta:1. Podrán acogerse a esta modalidad de pago aquellas personas que no tengan deudas

pendientes con el Ayuntamiento en vía ejecutiva.2. Los recibos se cobrarán en los plazos indicados por domiciliación bancaria.3. Si la persona contribuyente no paga en alguno de los plazos comprometidos, automáticamente

se anulará la concesión del Pago a la Carta. La persona contribuyente deberá abonar las deudas pendientes dentro del periodo voluntario de cobro de cada tributo o por vía ejecutiva una vez transcurrido el mismo.

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b.2017/10.v

1.32

DOMICILIACIÓN DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Qué esEs la domiciliación del pago del impuesto de vehículos por nueva alta o por cambio de cuenta en cualquier entidad financiera.

Quién lo puede solicitar La persona titular del vehículo o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Solicitud de domiciliación bancaria

Número de cuenta bancario, Número de Cuenta Bancario Internacional (IBAN) y veinte dígitos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Inmediato.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal General de gestión, recaudación e inspección

Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Envío a Tesorería.

Observaciones Este trámite se puede realizar durante todo el año.

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51T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

1.33

DUPLICADO DE AVISO DE PAGO PARA EL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Qué esEs la emisión de copia de aviso de pago o documento cobratorio, documento que sirve para realizar el pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica cuando no se dispone del original.

Quién lo puede solicitar Toda persona titular del vehículo o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Inmediato.

Normativa aplicable Sin normativa expresa.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Emisión, impresión y entrega del duplicado a la persona interesada para su pago.

Observaciones El duplicado se solicitará durante el período de pago del impuesto que suele ser de dos meses.

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b.2017/10.v

1.34

DUPLICADO DE JUSTIFICANTES DE PAGO

Qué esEs la obtención de justificante de pago, duplicado de recibo abonado cuando no se dispone del original.

Quién lo puede solicitar La persona titular del recibo o persona autorizada por el mismo.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Documento Nacional de Identidad de la persona titular si lo solicita de forma presencial.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificarInmediato si se solicita de forma presencial; tres días, si se solicita de manera telemática.

Si el pago del recibo se encuentra domiciliado, el justificante del pago ya realizado se podrá emitir a partir de las ocho semanas desde el pago del recibo.

Normativa aplicable Sin normativa expresa.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación. 2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada. 3. Emisión, impresión y entrega del duplicado a la persona interesada para su pago.

ObservacionesJustificante de pago:

En el caso de que el recibo haya sido abonado mediante domiciliación bancaria y no hayan transcurrido ocho semanas desde el pago, la persona interesada deberá solicitarlo en su entidad bancaria.

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53T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

1.35

CERTIFICADOS TRIBUTARIOS

Qué es

Es la expedición de los documentos acreditativos de estar al corriente en el pago de las deudas tributarias municipales (salvo Impuesto de Bienes Inmuebles, Impuesto de Actividades Económicas y tasas por agua, basuras y saneamiento).

Se expiden a solicitud de las y los contribuyentes, un certificado de que la persona solicitante no tiene deuda exigible y vencida, para poder presentarlo generalmente ante la Administración (contrataciones, subvenciones, etc.).

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Documento Nacional de Identidad de la persona titular si lo solicita de forma presencial.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Inmediato.

Normativa aplicable Sin normativa expresa.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Comprobación de la situación tributaria y, en su caso, impresión y entrega del certificado a la

persona interesada.

ObservacionesLas certificaciones del Impuesto de Bienes Inmuebles y del Impuesto de Actividades Económicas las expide la Diputación Foral de Bizkaia.

Las certificaciones sobre agua, basuras y saneamiento las expide el Consorcio de Aguas.

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b.2017/10.v

1.36

APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Qué es

Es la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de deudas cuando la situación económico-financiera impida de forma transitoria efectuar el pago.

Puede solicitarse el fraccionamiento de cualquier deuda, en período voluntario o ejecutivo; en caso de que haya deuda en vía ejecutiva, la solicitud debe incluir el total de la misma.

Es condición obligatoria para tramitar la solicitud aportar una cuenta bancaria para la domiciliación del cobro.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Documento Nacional de Identidad de la persona titular si lo solicita de forma presencial.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar En el plazo máximo de cinco días.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección (Art. 33)

Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Bizkaia (Art. 63)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Envío a Tesorería.

POR TESORERÍA4. Emisión de informe técnico.5. Elaboración de Resolución y remisión al SAC.

POR EL SAC6. Notificación a la persona interesada.

ObservacionesSe entregará un documento con las condiciones del fraccionamiento o aplazamiento, que deberá ser firmado por la persona interesada.

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b.2017/10.v

1.37

DEPÓSITO DE FIANZAS

Qué esEs la solicitud para la constitución de fianzas y avales, depositadas para responder por posibles responsabilidades en diversos órdenes (contratación administrativa, ejecución de obras de urbanización, utilización del dominio público...).

Quién lo puede solicitar Cualquier persona titular o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Si la fianza es por medio de:1. AVAL: el aval extendido por la entidad financiera.2. METÁLICO: el comprobante bancario del ingreso en la cuenta previamente facilitada por el

Ayuntamiento.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificarLa constitución de fianzas se realiza en el momento, toda vez que ha sido exigida por acuerdo municipal pertinente.

Normativa aplicableNormativa según la naturaleza de la fianza o aval: Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público

Acuerdo de Junta de Gobierno o Decreto de Alcaldía (en cada caso correspondiente)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Emisión de la Carta de Pago y entrega a la persona interesada.4. Envío a Tesorería.

POR TESORERÍA5. Incorporación al expediente.

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b.2017/10.v

1.38

DEVOLUCIÓN DE FIANZAS

Qué esEs la solicitud de devolución de fianzas y avales, depositadas para responder por posibles responsabilidades en diversos órdenes (contratación administrativa, ejecución de obras de urbanización, utilización del dominio público…).

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal. Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificarPlazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Normativa aplicableNormativa según la naturaleza de la fianza o aval: Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión al Área competente del establecimiento de la fianza.

POR EL ÁREA COMPETENTE4. Emisión de informe por la persona técnica responsable del establecimiento del aval.5. Resolución por órgano competente.6. Remisión a Tesorería, que remitirá la fianza correspondiente al SAC para su devolución.

POR EL SAC7. Notificación a la persona interesada que, en caso de ser positiva, incluirá devolución del aval.

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2. CIUDADANÍAACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

COMERCIOCONSUMO

CULTURA Y DEPORTESEDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA, DESARROLLO LOCALEUSKERA

IGUALDADJUVENTUD

SALUD PÚBLICASEGURIDAD CIUDADANA

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Acción Social y Cooperación al Desarrollo

1T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

2.1

VALORACIÓN DE LA DEPENDENCIA

Qué es

"Dependencia" es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal (artículo 2.2. de la Ley 39/2006).

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona en situación de dependencia.Cualquier ciudadana o ciudadano de la Unión Europea o que resida legalmente en territorio estatal y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de valoración. Para las y los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.Cualquier persona empadronada en el municipio de Erandio en el momento de presentar la solicitud con una residencia legal en el Estado de cinco años de antigüedad, de los cuales dos han de ser inmediatamente anteriores a la solicitud.

O representante legal o voluntario de la persona en situación de dependencia.

Documentación a aportar

Solicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Documento Nacional de Identidad u otro documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante.

Documento Nacional de Identidad u otro documento acreditativo de la identidad de la persona que ostente la representación legal o voluntaria.

En personas menores de 18 años, Libro de Familia u otro documento acreditativo de la relación de parentesco.

Modelo de representación voluntaria, en caso de otorgarse dicha representación, firmado por la persona otorgante y la persona representante.

En caso de incapacidad legal, la documentación acreditativa de la representación legal.

Informe de salud

Certificado de residencia legal, en su caso.

Ficha de domiciliación bancaria

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: seis meses.Silencio administrativo: negativo.

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Acción Social y Cooperación al Desarrollo

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2.1

VALORACIÓN DE LA DEPENDENCIA

Normativa aplicable

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 162/2009, de 1 de diciembre, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de dependencia

Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Cita con la trabajadora social.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Remitir la solicitud al departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia para su resolución.

Observaciones

Es la Diputación Foral la administración que lo aprueba, pero hace falta cita previa con la trabajadora social de referencia.

Para mayor información: http://www.bizkaia.eus/home2/Temas/DetalleTema.asp?Tem_Codigo=6695&idioma=CA&dpto_biz=3&codpath_biz=3|6691|6692|6695

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

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2.2

REVISIÓN DE LA DEPENDENCIA

Qué es

La dependencia es el estado de carácter permanente de una persona por la que precisa de la atención de otra u otras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria, o de otros apoyos para su autonomía personal.

El grado de dependencia se podrá revisar de oficio o a instancia de la persona interesada cuando cambien las circunstancias iniciales.

Quién lo puede solicitar

La persona que tenga un grado de dependencia siempre que se dé una de las siguientes circunstancias:

1. que hayan transcurrido dos años desde la anterior valoración.

2. que, aunque no hayan transcurrido dos años, un informe de salud avale un cambio sustancial de la situación de dependencia.

O su representante legal o voluntario.

Documentación a aportar

Solicitud debidamente firmada

Informe de salud que avale el cambio de la situación de dependencia.

En caso de representación legal o voluntaria, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

2 meses.

Normativa aplicable

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 162/2009, de 1 de diciembre, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de dependencia

Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre

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2.2

REVISIÓN DE LA DEPENDENCIA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud junto con la documentación.

2. Entrega de copia sellada a la persona solicitante como justificante.

3. Remitir la solicitud al departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia para su

resolución.

Observaciones

No hace falta cita con la trabajadora social.

Las personas solicitantes pueden aportar la documentación directamente en Diputación Foral de Bizkaia o en el SAC, en el cual tras comprobar la documentación se remitirá a dicha administración.

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SOLICITUD DEL GRADO DE DISCAPACIDAD

Qué es

Es la solicitud para valorar y calificar el grado de discapacidad física, psíquica o sensorial que afecta a la persona, siguiendo la normativa establecida por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, para garantizar la igualdad de condiciones en el acceso a los beneficios, derechos económicos y servicios que los organismos públicos otorguen.

Quién lo puede solicitar La persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Se rellenará el impreso de solicitud correspondiente, que deberá estar en todo caso firmado por la persona que solicita la valoración.

No obstante, podrá firmar la solicitud la persona que ejerza como representante legal o voluntario, si esta situación queda debidamente acreditada.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Junto a la solicitud, se adjuntará el Documento Nacional de Identidad (o libro de familia en el caso de personas menores, o permiso de residencia en el caso de personas extranjeras), y los informes médicos y psicológicos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: 3 meses.

Silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableREAL DECRETO 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, revisar, escanear y remitir a la Diputación Foral de Bizkaia.

Observaciones

No hace falta cita con la trabajadora social.

Las personas solicitantes pueden presentar la documentación directamente en Diputación Foral de Bizkaia (Camino de Ugasko 3 bis 48014 Bilbao).

Competencia de la Diputación Foral de Bizkaia.

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2.3-A

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2.3-B

SOLICITUD DE REVISIÓN DEL GRADO DE DISCAPACIDAD

Qué esEs la solicitud de la revisión del grado de discapacidad previamente reconocido por resolución de Diputación Foral de Bizkaia cuando las circunstancias iniciales no son las mismas.

Quién lo puede solicitarCualquier persona que previamente tenga reconocido un grado de discapacidad o su representante legal.

Documentación a aportar

Se rellenará el impreso de solicitud correspondiente, que deberá estar en todo caso firmado por la persona que solicita la valoración.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Junto a la solicitud, se adjuntará el Documento Nacional de Identidad (o libro de familia en el caso de personas menores, o permiso de residencia en el caso de personas extranjeras, o en caso de incapacitación legal, Documento Nacional de Identidad de su representante legal).

Informes médicos y psicológicos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: 3 meses.

Silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableReal Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, revisar, escanear y remitir a la Diputación Foral de Bizkaia.

Observaciones

No hace falta cita con la trabajadora social.

Las personas solicitantes pueden presentar la documentación directamente en Diputación Foral de Bizkaia (Camino de Ugasko 3 bis, 48014, Bilbao).

Competencia de la Diputación Foral de Bizkaia.

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2.4

GIZATEK

Qué es

Es un servicio público dirigido a la orientación, integración social y promoción de la autonomía de aquellas personas de cualquier edad, cuya discapacidad o dependencia conlleven limitaciones de su actividad o restricciones en la participación ciudadana, que puedan ser compensadas o mitigadas mediante la aplicación de productos y métodos tecnológicos diversos.

Objetivo:Promocionar la autonomía personal e integrar socialmente a personas con limitaciones de su actividad o restricciones en la participación ciudadana, proporcionando orientación sobre los productos de apoyo y métodos tecnológicos que resulten idóneos, conforme al tipo de discapacidad o situación de dependencia, para compensar o paliar dichas limitaciones.

Prestaciones que ofrece:· Exposición permanente de productos de apoyo.· Asesoramiento sobre:

· a. el acceso a las distintas prestaciones,· b. una posible subvención para la adquisición de productos de apoyo, o· c. el préstamo de productos de apoyo.

· Orientación sobre cualquier aspecto técnico que pueda servir para mejorar la autonomía personal de la persona solicitante, mediante la elaboración de un informe técnico de idoneidad.

· Tramitación de las solicitudes de ayuda económica destinadas a la adquisición de productos de apoyo para personas con discapacidad o en situación de dependencia.

Quién lo puede solicitar

Encontrarse en una situación de dependencia valorada como mínimo con grado II, o tener una discapacidad de al menos el 33%.

Poseer la nacionalidad española u otra de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, en cuyo caso se deberán cumplir las condiciones específicas establecidas a tal efecto en el Decreto Foral correspondiente.

Estar empadronada o empadronado en algún municipio de Bizkaia.

Documentación a aportar

Documentación requerida para tramitar las solicitudes de ayudas económicas destinadas a la adquisición de productos de apoyo

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o de su representante legal y demás personas que aparezcan en la solicitud.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Documento bancario

Informe técnico de idoneidad emitido por Gizatek, o únicamente en los casos previstos en el Decreto Foral en vigor los informes realizados por personas profesionales colegiadas.

En las solicitudes de ayuda para la adquisición de productos de apoyo para adaptar vehículos a motor o realizar elementos de construcción en la vivienda habitual se aportará la documentación específica establecida en el Decreto Foral en cada caso.

Únicamente en el supuesto de resultar persona beneficiaria de la subvención se deberá aportar la factura original de la compra de los productos subvencionados en los términos y plazos recogidos en el decreto en vigor.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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2.4

GIZATEK

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Depende del producto solicitado y de los ingresos económicos de la unidad familiar.

Plazo para resolver y notificar

El plazo estimado suele ser de 10/15 días para emitir el certificado de idoneidad, en el cual se acepta o rechaza la solicitud.

Normativa aplicablehttp://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Decreto%20Gizatek%202016.pdf?idioma=CA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Informar/asesorar y facilitar la solicitud.

2. Posteriormente, las solicitudes deberán entregarse directamente en Gizatek (C/Lertxundi 14, 48009 Bilbao; teléfono: 900 220 002).

ObservacionesCompetencia de Diputación Foral de Bizkaia.

No hace falta cita con la trabajadora social de referencia.

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b.2017/10.v

2.5

AYUDAS INDIVIDUALES PARA ATENCIÓN TEMPRANA

Qué es

Ayuda Pública en régimen de libre concurrencia que posibilita de forma más completa la integración en el entorno familiar, escolar y social, a niñas y niños de cero a seis años que presentan trastornos en su desarrollo o tienen riesgos de padecerlos.

Únicamente se financiarán mediante las presentes ayudas individuales los tratamientos prescritos recibidos por las personas beneficiarias (solicitantes) durante su vigencia. La cuantía de la ayuda individual no podrá exceder, en ningún caso del costo real del concepto subvencionado, siendo objeto de concesión, una vez cumplidos los requisitos previstos en los artículos precedentes, las siguientes cuantías máximas, que se reajustarán en el caso de cofinanciación por otra entidad:

· Tratamiento Global Seguimiento:

Ayuda Individual: 89 euros/mes. Asociado con Fisioterapia: 164 euros/mes

· Tratamiento Global Intensivo:

Ayuda Individual: 178 euros/mes. Asociado con Fisioterapia: 253 euros/mes

· Tratamiento específico del área motora-fisioterapia:

Ayuda Individual: 75 euros/mes.

La concesión de las citadas cuantías se determinará en función de la disponibilidad presupuestaria prevista en las disposiciones adicionales.

La fecha de efectos de la concesión de la ayuda nunca podrá ser anterior a la fecha de solicitud de la ayuda o de la Resolución del Plan Individual de Atención (PIA).

Quién lo puede solicitar

Niñas y niños de cero a seis años que presenten trastornos en su desarrollo o tengan riesgos de padecerlos y que reúnan los siguientes requisitos:

1. Empadronamiento en el Territorio Histórico de Bizkaia.

2. Presentar la solicitud en plazo según modelo oficial, o haber sido orientada hacia el Servicio de Atención Temprana en la Resolución del Programa Individual de Atención (PIA).

3. Niñas y niños de cero a seis años.

Documentación a aportar

Las solicitudes de Ayuda Individual de Atención Temprana se presentarán en el modelo normalizado modelo oficial. En el caso de que exista una Resolución del Programa Individual de Atención a la Dependencia que oriente hacia el servicio de atención temprana, esta Resolución tendrá los efectos de solicitud a partir de la fecha de su emisión, por lo que se tendrá por presentada desde entonces, sin que en este caso sea necesario presentar el modelo normalizado.

En el caso de que se simultaneen la Resolución del Plan Individual de Atención y la presentación de la solicitud según modelo normalizado, se otorgará preferencia y producirá efectos la más antigua de ambas.

Constituirá requisito indispensable para la concesión de la ayuda la obtención de un informe de prescripción favorable por parte del equipo de valoración y orientación de la necesidad de recibir la Ayuda de Atención Temprana, orientando hacia este tipo de ayuda.

1. Para los casos en los que no exista un informe de prescripción emitido por el equipo de valoración y orientación vigente en el momento de presentar la solicitud, se deberá aportar la siguiente documentación junto con la solicitud:

· Ficha identificativa de domiciliación bancaria de la persona que ejerza la patria potestad o representación legal. Documento para la domiciliación bancaria

· Certificado actualizado de empadronamiento familiar, que deberá ser de carácter colectivo, en el Territorio Histórico de Bizkaia (se adjuntará de oficio).

· Documento Nacional de Identidad o libro de familia completo de la persona beneficiaria y solicitante de la ayuda.

· Documento Nacional de Identidad de la persona que ejerce la patria potestad o representación legal.

Para aquellos supuestos en que la resolución del Plan Individual de Atención haga los efectos de la solicitud, de la anterior documentación solo se requerirá la que no conste en el Servicio de Valoración de la Dependencia.

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AYUDAS INDIVIDUALES PARA ATENCIÓN TEMPRANA

Documentación a aportar

2. En el caso de que exista un informe de prescripción vigente emitido por el equipo de valoración y orientación en el momento de presentar la solicitud y, siempre y cuando no hubieran variado las circunstancias que se tuvieron en cuenta en el momento de emitirlo, se deberá aportar junto con la solicitud, además de la documentación indicada en el punto 1, la siguiente:

Un informe emitido por la entidad que vaya a realizar el tratamiento, describiendo:

· Datos identificativos de la entidad: nombre, dirección completa y Código de Identificación Fiscal

· Datos de tratamiento: número de sesiones, duración de cada sesión y tipo de tratamiento, fecha previsible de inicio del tratamiento y duración del mismo.

· Nombre, descripción de la titulación y número de colegiada o colegiado de la persona profesional que prestará el servicio.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo legal: seis meses.

No suele ser superior a los dos meses, salvo excepciones.

Normativa aplicable

Decreto Foral 194/2015, de 15 de diciembre, prórroga:http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/DF%20194-2015,%20de%2015%20de%20diciembre%20PRORROGA.pdf?idioma=CA

Decreto Foral 120/2014, de 4 de noviembre, que modifica el Decreto Foral 176/2012:http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/decreto%20120%202014%20atenci%C3%B3n%20temprana.pdf

Decreto Foral 161/2013, de 25 de noviembre, que modifica el Decreto Foral 176/2012:http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/P%C3%A1ginas%20desdeestimu2013.pdf

Decreto Foral 176/2012, de 11 de diciembre:http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/estimulaci%C3%B3n%202012.pdf

Modelo de Atención Temprana para la Comunidad Autónoma del País Vasco:

http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Atencion%20Temprana%20-castellano-%2028-2-11%20(2).pdf?idioma=CA

2.5

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b.2017/10.v

2.5

AYUDAS INDIVIDUALES PARA ATENCIÓN TEMPRANA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud junto con la documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Dar cita con la trabajadora social para entrevista.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Cita con la trabajadora social.

5. Remitir la solicitud a la Diputación Foral de Bizkaia, departamento de Acción Social.

Observaciones

Cualquier duda relativa a este servicio se resolverá en Diputación Foral de Bizkaia.

La vigencia de las ayudas de atención temprana concedidas se corresponderá con el año natural y podrá prorrogarse sucesivamente por igual o inferior periodo de tiempo, en tanto se mantengan las circunstancias que motivaron su concesión y se cumplan las obligaciones previstas en el Decreto Foral.

En todo caso, la ayuda individual se extinguirá cuando la persona beneficiaria cumpla 6 años.

Las solicitudes de Atención Temprana se presentarán en el modelo oficial. No obstante, en el caso de que en el Programa Individual de Atención a la dependencia se oriente este servicio como idóneo, la resolución del Programa Individual de Atención se considerará solicitud a todos los efectos, por lo que resultará suficiente dicha resolución para tenerse por presentada la solicitud.

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b.2017/10.v

2.6

SOLICITUD TARJETA DE ESTACIONAMIENTO

Qué esEs la solicitud de la Tarjeta de Estacionamiento para personas con discapacidad, válida para estacionar en los lugares señalados al efecto.

Quién lo puede solicitar

Personas empadronadas con discapacidad reconocida.

Personas con déficit visual.

Personas en situación de dependencia y movilidad reducida.

O su representante legal.

Documentación a aportar

Tres tipos de tarjetas:

1. Solicitud Tarjeta genérica

Documento Nacional de Identidad.

Grado de discapacidad reconocida.

Dos fotografías tamaño carnet.

Documento que acredita la representación legal de la persona discapacitada: Impreso designación de representante

En el caso de déficit visual: informes médicos y/o documento si están afiliados a la Organización Nacional de Ciegos Españoles.

En el caso de personas con situación de dependencia: reconocimiento de grado de dependencia y un informe médico en el que indique que utiliza necesariamente silla de ruedas u otros bastones para andar.

Personas con enfermedad neurodegenerativa con limitación de movilidad: informe médico en el que indique que utiliza necesariamente silla de ruedas u otros bastones para andar.

Menores de 3 años en situación de dependencia: reconocimiento de dependencia y si tienen reconocida discapacidad con 4 ó 5 puntos y, si no tiene discapacidad informe médico en el que indique que utiliza necesariamente.

2. Solicitud Tarjeta provisional

Documento Nacional de Identidad.

Dos fotografías tamaño carnet.

Documento que acredita la representación legal de la persona discapacitada: Impreso designación de representante

Certificado médico que acredite las circunstancias que acrediten excepcionales para su concesión, y validado.

3. Solicitud Tarjeta para transporte colectivo para personas con discapacidad

Código de Identificación Fiscal de institución, entidad u organismo.

Estatutos de la sociedad.

Documento Nacional de Identidad de la persona física solicitante/representante legal.

Documento que acredita la representación legal de la persona solicitante: Impreso designación de representante

Permiso de circulación de los vehículos.

Memoria de las actividades previstas relacionadas con el transporte de personas con discapacidad con movilidad reducida en el ámbito de los servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de la atención de la dependencia y de las personas con discapacidad.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

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b.2017/10.v

2.6

SOLICITUD TARJETA DE ESTACIONAMIENTO

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: dos meses.

Normativa aplicable

El Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emsión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad y que añade tres nuevos supuestos

Decreto 50/2016, de 22 de marzo, por el que se regula la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, revisar, escanear y remitir a la Diputación Foral de Bizkaia (Camino de Ugasko 3 bis 48014 Bilbao).

Observaciones

No hace falta cita con la trabajadora social de referencia.

Fecha de caducidad: 5 años para las tarjetas definitivas y un año para las tarjetas temporales

Para mayor información:http://www.gizartelan.ejgv.euskadi.eus/r45-content/es/contenidos/tramita_decreto/dncg_dec_67918_2015_04/es_def/adjuntos/bopv%20decreto%20castellano.pdf

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2.7

SOLICITUD DE TELEASISTENCIA

Qué es

Es un sencillo dispositivo, conectado a la línea telefónica del domicilio de la persona usuaria, que permite disponer de atención permanente las 24 horas del día, todos los días del año y que ofrece:

· Apoyo inmediato a través de la línea telefónica a demandas de diversa orden: angustia, soledad, caídas, etc.

· Movilización de recursos ante situaciones de emergencia sanitaria, domiciliaria o social.

· Seguimiento permanente desde el centro de atención mediante llamadas telefónicas periódicas.

· Agenda, para recordar a la persona usuaria datos importantes sobre el tema de la medicación, realización de gestiones, etc.

Quién lo puede solicitar

Personas mayores de 65 años en situación o riesgo de Dependencia (situación reconocida por resolución administrativa de órgano competente o, en caso de riesgo, mediante dictamen del órgano de valoración).

Personas mayores de 75 años que vivan solas.

Personas con discapacidad intelectual, física, sensorial o que padezcan una enfermedad mental, en situación de dependencia (situación reconocida por resolución administrativa de órgano competente o, en caso de riesgo, mediante dictamen del órgano de valoración).

Personas en determinadas situaciones de riesgo de aislamiento social.

Deben disponer de línea telefónica fija en el domicilio.

Documentación a aportar

Impreso solicitud Teleasistencia: www.gizartelan.ejgv.euskadi.eus/contenidos/informacion/teleasistencia/es_teleasis/adjuntos/es_Modelo%20de%20solicitud_es.GUARDABLE.pdf

Impreso ficha sanitaria: http://www.gizartelan.ejgv.euskadi.eus/contenidos/informacion/teleasistencia/es_teleasis/adjuntos/Anexo%20I.GUARDABLE.pdf

Impreso modelo de representación voluntaria: http://www.gizartelan.ejgv.euskadi.eus/r45contss/es/contenidos/informacion/teleasistencia/es_teleasis/teleasistencia.html

Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de Extranjero de la persona solicitante y de su representante legal.

Documento que acredita la representación legal de la persona discapacitada: Impreso designación de representante

Libro de familia en caso de personas menores.

Si en la solicitud se autoriza a la comprobación de los datos ante la administración pública, no sería necesaria más documentación. En caso contrario, ver Anexo.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

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2.7

SOLICITUD DE TELEASISTENCIA

Coste económico 4 euros mensuales (en algunos casos, según cuales sean los ingresos, podrán estar exentos).

Plazo para resolver y notificar

2 meses.

Normativa aplicableDECRETO 144/2011, de 28 de junio, del servicio público de teleasistenciawww.euskadi.eus/bopv2/datos/2011/06/1103380a.pdf

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Dar cita con la trabajadora social.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Emisión de informe social por la trabajadora social.

5. Remisión a Gobierno Vasco.

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2.8

CAMBIO DEL PROGRAMA INDIVIDUAL DE ATENCIÓN

Qué es

"Dependencia" es el estado de carácter permanente de una persona por la que precisa de la atención de otra u otras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria, o de otros apoyos para su autonomía personal.

Cuando las circunstancias de la persona cambian, se puede requerir un cambio también en los servicios y prestaciones necesarios para su atención.

Quién lo puede solicitarToda aquella persona con reconocimiento de la Valoración de Dependencia o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud:http://www.bizkaia.eus/home2/archivos/DPTO3/Temas/Impresos-%20Solicitudes%20DAS/Valoraci%C3%B3n%20Dependencia/Solicitud%20de%20cambio%20de%20PIA%20v4.pdf?idioma=CA

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Dos meses.

Normativa aplicable

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 162/2009, de 1 de diciembre, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de dependencia

Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir la solicitud al departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia para su resolución.

Observaciones No hace falta cita con la trabajadora social de referencia.

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2.9

HOGAR - RESIDENCIA SAN JOSÉ

Qué es

Es el centro municipal que ofrece atención integral y vivienda permanente a las personas mayores, tanto a las que pueden valerse por sí mismas, como a aquellas que precisen ayuda de otra persona para la realización de las actividades de la vida diaria.

Para ello cuentan con servicios de atención sanitaria, social, rehabilitadora y ocupacional, así como la posibilidad de participar en actividades de carácter cultural y recreativo.

Va dirigido a las personas mayores de 60 años, con dificultades para realizar las actividades cotidianas por causas físicas y/o psíquicas. También a personas autónomas y con alguna problemática social.

Quién lo puede solicitar La persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportarTanto la documentación como las indicaciones y/o aclaraciones oportunas, se facilitarán en la misma residencia.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoDe acuerdo a la Ordenanza fiscal 17.

Plazas concertadas con la Diputación Foral de Bizkaia, coste establecido por la propia Diputación Foral de Bizkaia.

Plazo para resolver y notificar

Cumplimentado el expediente, éste se presenta en la Junta Rectora y/o Comisión de Gobierno para su aprobación. Si hay plaza libre el ingreso se produce de inmediato; en caso contrario, cuando haya disponibilidad.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal 17, reguladora de las estancias en el Hogar Residencia San JoséEstatutos de la Residencia.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud junto con la documentación.

2. Entrega a la persona interesada del acuse de recibo.

3. Remitir la solicitud al Hogar Residencia San José de Erandio.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Dar cita con la persona designada en la residencia en caso de personas residentes válidas y semi-válidas.

En caso de personas mayores dependientes se realizará la valoración de la dependencia en los servicios sociales municipales.

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2.9

HOGAR - RESIDENCIA SAN JOSÉ

Observaciones

Se puede tramitar tanto para aquellas personas que tienen reconocida un grado de dependencia suficiente como para poder optar a una plaza concertada de Diputación Foral de Bizkaia, como para aquellas personas autónomas.

En principio los mayores dependientes grado 3 son competencia de la Diputación Foral de Bizkaia.

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2.10

CENTRO DE DÍA SAN JOSE

Qué es

Es un centro que ofrece a las personas mayores un servicio diurno, de lunes a viernes, proporcionando una atención integral y personalizada.

El municipio de Erandio dispone de un centro de día municipal que se encuentra ubicado en el Hogar Residencia San José.

Se trata de un recurso intermedio entre la ayuda a domicilio y la estancia en una residencia y ofrece entre otros los siguientes servicios:

· Hacer ejercicios para trastornos propios de la edad.· Recibir una atención personal.· Realizar actividades de ocio y ocupación del tiempo libre.· Facilita apoyo y asesoramiento a sus familiares.

Quién lo puede solicitarPueden ser usuarias las personas mayores de 60 años empadronadas en Erandio, con dificultades para realizar las actividades cotidianas por causas físicas o psíquicas.

Documentación a aportar

Las personas usuarias vienen derivadas por la Diputación Foral de Bizkaia tras realizar la valoración de la dependencia en los servicios sociales municipales y elegir en el Programa Individual de Atención dicho recurso. El expediente es, por tanto, facilitado al centro por los servicios sociales municipales toda vez que desde la Diputación se recibe la orden de ingreso en el centro de día.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoEl coste es establecido por la Diputación Foral de Bizkaia.En su caso, de acuerdo a la Ordenanza fiscal 16.

Plazo para resolver y notificar

No hay plazo establecido. Comunicada la baja de una persona, la Diputación Foral de Bizkaia nos remite una nueva persona usuaria.

Normativa aplicable Ordenanza fiscal 16, en su caso.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

Recibida la oferta de la Diputación Foral de Bizkaia para ocupar una baja o alta, se completan los datos recibidos con los existentes en el expediente de servicios sociales. Con ello se prepara el alta, cuya fecha viene marcada por la propia Diputación.

Observaciones

Se puede tramitar para aquellas personas que tienen reconocido un grado de dependencia suficiente como para poder optar a una plaza concertada de Diputación Foral de Bizkaia, o con la puntuación obtenida según la tabla de recursos sociales y petición a través del Programa Individual de Atención.

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2.11

RESIDENCIA TEMPORAL

Qué es

Las estancias temporales ofrecen a las familias o personas cuidadoras de personas mayores dependientes un tiempo para su descanso, recuperación o para hacer frente a una situación de necesidad.

La solicitud de estancia temporal estará motivada por:

· Respiro: descanso o vacaciones de la persona cuidadora principal.

· Otras situaciones que conlleven la imposibilidad o grave dificultad de prestar el debido cuidado por parte de la persona cuidadora, tales como: enfermedad aguda o intervención quirúrgica de la persona cuidadora, fallecimiento, necesidad de atender a otros familiares o fallecimiento de estas y estos, traslado u obras importantes en el domicilio de la persona dependiente...

Quién lo puede solicitar

Personas que tengan 60 años cumplidos en la fecha de la presentación de la solicitud. No obstante, podrá solicitar el ingreso cualquier persona dependiente que tenga necesidades asistenciales y de cuidado que puedan ser cubiertas en uno de los centros de la red foral de residencias.Que hayan obtenido la calificación de persona dependiente.Que tengan derecho a este servicio de acuerdo a lo previsto en las Prestaciones y Catálogo de servicios de atención del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, Ley de Dependencia 39/2006, de 14 de diciembre.Empadronadas en el Territorio Histórico de Bizkaia.Que reúnan los requisitos de Art. 3 del Título I de la Ley 12/2008, de Servicios Sociales. O su representante legal.

Documentación a aportar Modelo normalizado al efecto. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o, en su defecto, de cualquier otro documento acreditativo de la personalidad de la persona solicitante y, en su caso, del representante legal o persona que ejerza la guarda de hecho.En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o, en su defecto, de cualquier otro documento acreditativo de la personalidad de cada miembro de la unidad de convivencia.En caso de incapacidad, la documentación acreditativa de la representación legal que tenga atribuida la persona que presente la solicitud en nombre de la persona incapaz.Informe médico conforme al modelo del Anexo IV.Certificado o volante de empadronamiento colectivo en el que conste la vecindad administrativa en el Territorio Histórico de Bizkaia en el momento de la presentación de la solicitud.Certificado de pensión del Instituto Nacional de la Seguridad Social y/o entidad pagadora de otra/s pensión/es e ingresos, referido al importe anual de los mismos, así como al número de pagas extraordinarias, en su caso de la persona solicitante y, en su caso, de las personas miembro de la unidad de convivencia.Documentos acreditativos, en su caso, de la composición de la unidad de convivencia, certificados de estar en paro o estudiando las hijas y/o hijos entre 18 y 28 años, inclusive, certificados de grado de discapacidad, etc.Documentos acreditativos de la situación (sanitaria, laboral...) de las personas cuidadoras de la persona solicitante que motive la solicitud de estancia temporal.Documento para la domiciliación bancaria del abono del precio público por estancia temporal en un centro de la red foral de residencias conforme a la normativa foral específica que lo regule.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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2.11

RESIDENCIA TEMPORAL

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoEl precio público máximo diario, para el año 2016, a abonar por estancia en una residencia temporal será de 72,90 €.

Plazo para resolver y notificar

Es la Diputación Foral de Bizkaia la administración que lo aprueba.

Normativa aplicable

DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 84/2014, de 1 de julio, por el que se regula el régimen de acceso a estancias temporales en residencias para personas dependientes

DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 83/2014, de 1 de julio, por el que se acuerda la aplicación y se regula el precio público por la prestación del servicio público foral de residencias para personas dependientes en estancia temporal

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud junto con la documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir la solicitud a la Diputación Foral de Bizkaia, departamento de Acción Social.

Solicitudes deberán presentarse, al menos, con un 1 mes de antelación a la fecha de inicio del periodo de estancia solicitado, salvo en casos de urgencia.

Tras verificar que la solicitud se encuentra debidamente cumplimentada y realizar la evaluación de la situación económico-patrimonial y, en su caso, socio-familiar y sanitaria de la persona solicitante, la Diputación Foral de Bizkaia, departamento de Acción Social, reconocerá a la persona solicitante la condición de beneficiaria de plaza en estancia temporal, incorporándose al proceso de asignación de plaza.

En el supuesto que no se le asignara plaza pública, y cumpliera el resto de los requisitos, la persona beneficiaria tendrá derecho a percibir una prestación económica (prestación vinculada al servicio) para el abono de su posible estancia temporal en una residencia, de forma privada, siempre que la misma esté situada dentro del Territorio Histórico de Bizkaia.

En los supuestos de urgencia debidamente justificados, la persona solicitante podrá ser ingresada de forma inmediata en una residencia de la red foral, iniciándose posteriormente los trámites oportunos para la regularización administrativa de su situación.

Observaciones

No hace falta cita con la trabajadora social de referencia, pueden hacerlo directamente en Diputación Foral de Bizkaia o entregar la solicitud en el Ayuntamiento y se remite directamente a Diputación.

La duración mínima de la estancia será de 2 días naturales. En el caso que la solicitud de estancia temporal venga motivada por descanso o vacaciones de la persona cuidadora, el período máximo será de 30 días naturales por año.

En las estancias por otros motivos, el plazo máximo será de 3 meses.

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2.12

SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

Qué esEs un servicio integral orientado a las personas que presentan dificultades para la realización de las actividades de la vida diaria proporcionándoles atención directa y personal en el propio domicilio.

Quién lo puede solicitar

Personas y/o unidades familiares que requieran, en razón de su pérdida de autonomía, la intervención temporal o permanente de un servicio de apoyo en las actividades básicas de la vida diaria para continuar residiendo en su domicilio habitual.

La persona debe estar empadronada con un año de antelación en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, debiendo los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud estar empadronada en Erandio.

O su representante legal o voluntario.

Documentación a aportar

Solicitud del Servicio de Ayuda a Domicilio (Anexo I)

O su representante legal o voluntario, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Certificado de empadronamiento de la persona solicitante y de los miembros de la unidad familiar colectivo (se adjuntará de oficio).

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o su representante legal, o cualquier documento de identificación equivalente.

Libro de familia, cuando existan personas menores de 18 años en la unidad familiar.

Orden Foral de reconocimiento de la valoración de la dependencia, si la tuviera reconocida, reconociendo el derecho al recurso del Servicio de Ayuda a Domicilio.

Certificado de Discapacidad expedido por el órgano oficial competente.

Informe médico del estado de salud según modelo normalizado que figura en el anexo (Anexo V).

Certificado médico en el que se indique la enfermedad infecto-contagiosa cuando padezca alguna de ellas.

Documento para la domiciliación bancaria del abono del precio público por el servicio (Anexo IV).

Certificados bancarios relativos al estado de cuentas, títulos bancarios e intereses según modelo oficial (Anexo VI).

Certificado de la situación actual, del saldo medio e intereses de los últimos 3 años del capital mobiliario de las entidades bancarias donde tenga cartillas de ahorro, cuentas corrientes, bonos, acciones, nóminas a plazo fijo, etc, de todos los números de cuenta que figuren en el Certificado de Hacienda, así como otros de los que sean titulares todas las personas de la unidad familiar.

Declaración de la Renta o, en su caso, certificado de no haber tenido obligación de declarar en Hacienda Foral. Ogasuna / Hacienda Camino Capuchinos 2 (Bilbao) / Tfno. 901 502 000.

Certificados de bienes inmuebles expedidos por Hacienda Foral o último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y/o rústica. Hacienda Foral. Ogasuna / Hacienda Camino Capuchinos 2 (Bilbao) / Tfno. 901 502 000.

Fotocopia del recibo de la última pensión o certificación del Instituto Nacional Seguridad Social de pensión actualizada, o certificado de no estar percibiendo ninguna pensión (c/ Iruña 13 Deusto).

Certificado si se es o no persona perceptora de la Renta de Garantía de Ingresos y de la Prestación Complementaria de Vivienda o, en su caso, si se ha realizado la solicitud en Lanbide, Servicio Vasco de Empleo, Servicio Vasco de Empleo (Plaza Educador Hermano Benjamín 5 Erandio) y en qué afecta.

Certificado de pensiones de mutuas o aseguradoras privadas y/o prestaciones actualizados, emitidos por el organismo que conceda, señalando el tipo y cuantía.Fotocopia de la última nómina o nóminas (en caso de que sean variables).Justificantes de gastos deducibles (alquiler, crédito hipotecario, entre otros).Modelo de datos a terceros cumplimentado, firmado por la persona solicitante o su representante legal y sellado por la entidad bancaria.Declaración responsable de rendimientos de bienes inmuebles y patrimonio (alquileres de pisos, garajes, locales, terrenos, etc.).Cualquier otra documentación a juicio de los Servicios Sociales municipales que sea de interés.El Anexo VII es un resumen de todos los documentos que debe presentar con la solicitud.

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2.12

SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Según baremo municipal de aportación económica.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: dos meses.Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableOrdenanza reguladora de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en Erandio publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia del 18 de septiembre de 2014http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2014/09/20140918a178.pdf#page=15

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud junto con la documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Dar cita con la trabajadora social para entrevista.

4. Cita con la trabajadora social.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

5. Visita domiciliaria y rellenar si procede.

6. Visita domiciliaria y rellenar si procede Hoja de Compromiso (cuando se necesitan dos personas para mover a la persona beneficiaria) (Anexo III).

7. Emisión de Informe Social por la trabajadora social (Anexo II) y cumplimentación de la Hoja de Funciones (Anexo VIII).

8. Resolución.

9. Notificación a Servicios Económicos y a la persona interesada.

ObservacionesExiste la obligación de comunicar al Ayuntamiento cualquier variación en la situación de la persona atendida.

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2.13

SOLICITUD DE AYUDA DE EMERGENCIA SOCIAL

Qué esSon prestaciones no periódicas de naturaleza económica y subvencional, destinadas a complementar los recursos que resulten insuficientes para hacer frente a los gastos específicos de carácter ordinario, necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones de marginación social.

Quién lo puede solicitar

Pueden acceder a estas prestaciones económicas todas las personas residentes en Erandio que cumplan los siguientes requisitos:

Empadronamiento en la Comunidad Autónoma del País Vasco con al menos seis meses de antelación, o durante cinco años continuados de los diez anteriores.

Constituir una unidad de convivencia independiente con una antelación de un año a la solicitud.

No ser destinatarias de la prestación complementaria de vivienda, salvo en los casos reglamentariamente señalados.

Tener cumplidos 18 años. Quedan exceptuadas las personas menores de 18 años que:

· Tengan económicamente a su cargo a personas menores o a personas adultas con discapacidad y/o con calificación de dependencia.

· Sean huérfanas de madre y padre.

· Estuvieran unidas a otra persona por matrimonio u otra forma de relación permanente análoga a la conyugal, con al menos seis meses de antelación.

· Hayan sido víctimas de maltrato doméstico.

No disponer de recursos suficientes con los que afrontar los gastos específicos que se cubren con esta ayuda.

O su representante legal.

Documentación a aportar

Documento Nacional de Identidad o pasaporte o Número de Identificación de Extranjero, de la unidad de convivencia.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Libro de Familia.

En caso de separación, sentencia judicial, convenio regulador, demanda de pensión de alimentos o certificado de la abogada o abogado de la reclamación judicial por incumplimiento de sentencia o Declaración responsable.

Certificado de bienes del país de origen.

Documento Bancario cumplimentado.

Documento de saldo medio de las cuentas bancarias y fotocopia de los movimientos bancarios de los últimos seis meses de todos los miembros de la unidad familiar y primera hoja de las personas titulares de la cartilla (banco o caja).

Contrato de alquiler, subarriendo, hospedaje/pupilaje, extrema necesidad y recibos.

Recibo bancario del pago de la hipoteca.

Gastos de mantenimiento: recibos de agua, luz, comunidad, gas natural e Impuesto de bienes Inmuebles. Para necesidades primarias: dentista y óptica (dos presupuestos). Reparaciones e instalaciones (dos presupuestos).

Si está trabajando, contrato y últimas nóminas o Declaración responsable de ingresos.

Documento de alta y renovación de la demanda de empleo actualizada de miembros de la unidad de convivencia en desempleo entre 16 y 65 años (Lanbide Erandio, Plaza Educador Hermano Benjamín 5 Erandio).

Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal en el que se indique cuál es la situación actual, si perciben o no prestaciones económicas, si las tienen solicitadas, de todas las personas entre 16 y 65 años de la unidad de convivencia (SEPE 901 119 999 / Cataluña 1, San Inazio Bilbao / Negubide 1, Areeta Getxo. Necesaria cita previa: 901 010 210 / 944 506 579).

Certificado de si es o no persona perceptora de la Renta de Garantía de Ingresos y de la Prestación Complementaria de Vivienda o, en su caso, si se ha realizado la solicitud en Lanbide, Servicio Vasco de Empleo y en qué fecha (Lanbide Erandio, Plaza Educador Hermano Benjamín 5 Erandio).

Declaración de la Renta, o Certificado Negativo de Hacienda de todas las personas mayores de edad de la unidad de convivencia (Hacienda: Camino Capuchinos 2 Bilbao / Edificio Casa Barco, Fueros s/n Getxo / 901 502 000).

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2.13

SOLICITUD DE AYUDA DE EMERGENCIA SOCIAL

Documentación a aportar

Certificado de Bienes y Contribuciones de todas las personas mayores de edad de la unidad de convivencia (Hacienda: Camino Capuchinos 2, Bilbao / Edificio Casa Barco, Fueros s/n Getxo / 901 502 000).

Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social de si percibe o no prestación, cuantía y tiempo, de todas las personas mayores de edad de la unidad de convivencia (Instituto Nacional de la Seguridad Social: Iruña 13, Deusto (Bilbao, necesita cita previa 901 106 570).

Informe sobre Afiliación y periodos de alta en la Seguridad Social (vida laboral) de todas las personas mayores de 16 años de la unidad de convivencia expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social (c/ Julio Urquijo 13, Bilbao / Villa de Plencia 14, Getxo / www.seg-social.es)

Solicitud de inscripción en Etxebide (012 / www.etxebide.info)

Permiso de circulación del vehículo (tarjeta verde).

Resumen documentación

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: dos meses.Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableLey 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social

Decreto 4/2011, de 18 de enero, de las Ayudas de Emergencia Social

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Dar cita con la trabajadora social municipal para entrevista.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO4. Cita con la trabajadora social.5. Resolución. 6. Notificación a Servicios Económicos y a la persona interesada.

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Acción Social y Cooperación al Desarrollo

26T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

2.14

SOLICITUD DE URGENCIA SOCIAL MUNICIPAL

Qué es

Es una prestación municipal de naturaleza económica destinada a prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social, previa valoración de los servicios sociales. Es de carácter extraordinario y tiene por objeto atender acogimientos de urgencia y situaciones críticas determinadas por la carencia de alojamiento o por graves conflictos vecinales, así como adoptar medidas de urgencia para favorecer la convivencia social y la solidaridad entre personas vecinas del municipio y evitar situaciones de marginación social.

Quién lo puede solicitar

Personas empadronadas en el municipio de Erandio, mayores de edad, que necesitan hacer frente a una situación sobrevenida y que no reúnan los requisitos establecidos para el acceso a las ayudas de emergencia social, que no dispongan de ingresos suficientes y que participen en un plan de intervención social integral.O su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Documento Nacional de Identidad o pasaporte o Número de Identificación de Extranjero, de todos los miembros.

Libro de Familia.

En caso de separación, sentencia judicial, convenio regulador, demanda de pensión de alimentos o certificado de la abogada o abogado de la reclamación judicial por incumplimiento de sentencia o Declaración responsable.

Certificado de bienes del país de origen.

Documento Bancario cumplimentado.

Documento de saldo medio de las cuentas bancarias y fotocopia de los movimientos bancarios de los últimos seis meses de todos los miembros de la unidad familiar y primera hoja de las personas titulares de la cartilla (banco o caja).

Contrato de alquiler, subarriendo, hospedaje/pupilaje, extrema necesidad y recibos.

Recibo bancario del pago de la hipoteca.

Gastos de mantenimiento: recibos de agua, luz, comunidad, gas natural e Impuesto de Bienes Inmuebles.

Si está trabajando, contrato y últimas nóminas o Declaración responsable de ingresos.

Documento de alta y renovación de la demanda de empleo puesta al día de todas las personas de la unidad de convivencia en desempleo entre 16 y 65 años (Lanbide Erandio, Plaza Educador Hermano Benjamín 5 Erandio).

Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal en el que se indique cual es la situación actual, si percibe o no prestaciones económicas, si las tiene solicitadas, de todas las personas de la unidad de convivencia entre 16 y 65 años (Servicio Público de Empleo Estatal: 901 119 999 / Cataluña 1, San Ignazio, Bilbao / Negubide 1, Getxo. Necesaria cita previa: 901 010 210 / 944 506 579).

Certificado de si es o no persona perceptora de la Renta de Garantía de Ingresos y de la Prestación Complementaria de Vivienda o, en su caso, si se ha realizado la solicitud en Lanbide, Servicio Vasco de Empleo y en qué fecha (Lanbide Erandio, Plaza Educador Hermano Benjamín 5 Erandio).

Declaración de la Renta, o Certificado Negativo de Hacienda de todas las personas mayores de edad de la unidad de convivencia (Hacienda: Camino Capuchinos 2, Bilbao / Edificio Casa Barco, Fueros s/n, Getxo / 901 502 000).

Certificado de Bienes y Contribuciones de todas las personas mayores de edad de la unidad de convivencia (Hacienda: Camino Capuchinos 2, Bilbao / Edificio Casa Barco, Fueros s/n, Getxo / 901 502 000).

Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social de si percibe o no prestación, cuantía y tiempo de todas las personas mayores de edad de la unidad de convivencia (Instituto Nacional de la Seguridad Social: Iruña 13, Deusto, Bilbao. Necesita cita previa: 901 106 570).

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b.2017/10.v

2.14

SOLICITUD DE URGENCIA SOCIAL MUNICIPAL

Documentación a aportar

· Informe sobre Afiliación y periodos de alta en la Seguridad Social (vida laboral) de todas las personas mayores de 16 años de la unidad de convivencia expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social (Julio Urquijo 13, Bilbao / Villa de Plencia 14, Getxo / www.seg-social.es).

· Solicitud de inscripción en Etxebide (012 / www.etxebide.info).

· Permiso de circulación del vehículo (tarjeta verde).

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.Plazo máximo: 2 meses.

Normativa aplicable

Ordenanza municipal reguladora de la concesión de ayudas municipales en los casos de urgencia social

Boletín Oficial de Bizkaia Núm. 23, de 1 de febrero de 2008

http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2008/02/20080201a023.pdf#page=31

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Cita con la trabajadora social.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Diagnóstico, valoración del caso y emisión de informe técnico con propuesta de Resolución.

5. Resolución.

6. Notificación a la persona interesada y a Servicios Económicos.

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b.2017/10.v

2.15

DERIVACIÓN KIT BEBÉ

Qué esEs el kit de alimentación e higiene para las y los bebés de 0 a 24 meses y kit de higiene y limpieza para las familias. Se realiza a través de Cruz Roja.

Quién lo puede solicitarToda persona empadronada en Erandio que no tenga cubiertas sus necesidades básicas, según valoración de la trabajadora social.

Documentación a aportar

Solicitud general

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante.

Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal si la persona es perceptora de prestaciones económicas (901 119 999 / 944 506 579 / c/ Cataluña 1, San Ignacio, Bilbao)

Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que indique si cobra alguna prestación (901 106 570 / Cita previa: c/ Iruña 13, Deusto, Bilbao).

Vida laboral de todas las personas mayores de 16 años de la unidad de convivencia, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social (c/ Julio Urquijo 13, Deusto, BIlbao). Se puede obtener a través de internet en www.seg-social.es

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Mes y medio.

Normativa aplicable www.cruzrojabizkaia.org

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud junto con la documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Dar cita con la trabajadora social para entrevista.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Cita con la trabajadora social.

5. Remisión a Cruz Roja.

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b.2017/10.v

2.16

DERIVACIÓN BANCO DE ALIMENTOS

Qué es Es la entrega de alimentos a personas a través de Cruz Roja o Sortarazi.

Quién lo puede solicitarToda persona empadronada en Erandio que no tenga cubiertas sus necesidades básicas, según valoración de la trabajadora social.

Documentación a aportar

Solicitud general

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante.

Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal si la persona es perceptora de prestaciones económicas (901 119 999 / 944 506 579 / c/ Cataluña 1, San Ignacio, Bilbao)

Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que indique si cobra alguna prestación (901 106 570 / Cita previa: c/ Iruña 13, Deusto).

Vida Laboral de todas las personas mayores de 16 años, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, (c/ Julio Urquijo 13, Deusto). Se puede obtener a través de internet en www.seg-social.es

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Mes y medio.

Normativa aplicablewww.cruzrojabizkaia.orgConvenio Sortarazi

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud junto con la documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Dar cita con la trabajadora social.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Cita con la trabajadora social.

5. Remisión a Cruz Roja o Sortarazi.

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b.2017/10.v

2.17

SOLICITUD DEL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA

Qué es

Es el Título oficial que reconoce a una familia numerosa su condición como tal. Su objetivo es facilitar el acceso a las ventajas existentes para las familias numerosas. Se consideran familias numerosas:

· Uno o dos ascendientes con 3 o más hijas y/o hijos, sean o no comunes.

· Uno o dos ascendientes con dos hijas y/o hijos si una/o tiene reconocida la condición de grado de discapacidad.

· Dos ascendientes con dos hijas y/o hijos cuando ambos ascendientes tuvieran reconocido grado de discapacidad (fueran personas discapacitadas) o al menos una de ellas tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

· Madre o padre con dos hijas y/o hijos cuando haya fallecido la otra persona progenitora.

Existen también otros supuestos recogidos en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Las hijas y/o hijos deben cumplir las siguientes condiciones:

· Ser solteras y solteros.

· Ser personas menores de 21 años. Este límite se amplía hasta cumplir los 26 años si son estudiantes. No existe límite de edad para las hijas e hijos con reconocimiento de minusvalía.

· Convivir con la o las personas ascendientes.

· Depender económicamente de la o las personas ascendientes.

Quién lo puede solicitar Personas empadronadas en Erandio que reúnan los requisitos arriba mencionados.

Documentación a aportar

Solicitud en modelo oficial: http://www.bizkaia.net/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Solicitud%20Familias%20Numerosas%202013.pdf?idioma=CA&bnetmobile=0

Libro de Familia y Documento Nacional de Identidad de todas las personas de la familia que lo posean.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Certificados pertinentes para acreditar situaciones especiales, tales como la condición de persona con discapacidad o incapacitada para el trabajo, estudiante, viudedad, separación o divorcio.

En el caso de separación o divorcio, se presentará el Convenio Regulador en su caso y la respectiva sentencia, a efectos de comprobación de la guarda y custodia de las hijas y/o hijos.

Para personas solicitantes de otras nacionalidades:

Además de lo anterior, si pertenecen a países miembros de la Unión Europea y del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein), la tarjeta de residencia.

Si pertenecen a países no miembros de la Unión Europea:

· Permiso de residencia.· Número de Identificación de Extranjero.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

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31T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

2.17

SOLICITUD DEL TÍTULO DE FAMILIA NUMEROSA

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificarPlazo máximo: tres meses.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

El Servicio de Mujer e Intervención Familiar de Diputación Foral de Bizkaia es el encargado de informar y tramitar los Títulos de Familia Numerosa.

Las solicitudes y documentación se podrán presentar en:

a) Las oficinas del Departamento sitas en Ugasko 5 bis 1ª, Bilbao o, a excepción del Ayuntamiento de Bilbao, en las Unidades de Bienestar Social del Ayuntamiento correspondiente.

b) Igualmente cabe la posibilidad de remitir los documentos necesarios, una vez escaneados, para la tramitación del título a la siguiente dirección de correo electrónico [email protected]

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud junto con la documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir la solicitud a la Diputación Foral de Bizkaia.

ObservacionesPara mayor información:

http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Solicitud%20Familias%20Numerosas%202013.pdf?idioma=CA

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Acción Social y Cooperación al Desarrollo

32T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

2.18

PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA: POR INVALIDEZ Y POR JUBILACIÓN

Qué es

Son prestaciones económicas para aquellas personas que carezcan de recursos económicos suficientes por edad o por discapacidad y no tengan derecho a una pensión contributiva.

Dentro de esta modalidad, se encuentran las prestaciones siguientes:

• Pensión no contributiva de invalidez.

• Pensión no contributiva de jubilación.

• Complemento por alquiler a personas pensionistas no contributivas.

Quién lo puede solicitar

Pensión no contributiva de invalidez: Personas empadronadas en el municipio mayores de 18 años y menores de 65 años, que tengan reconocida una discapacidad igual y/o superior al 65 % y carezcan de rentas o ingresos suficientes.

Pensión no contributiva de jubilación: Personas empadronadas en el municipio mayores de 65 años, que carezcan de rentas o ingresos, que residan legalmente y lo hayan hecho durante 10 años entre la edad de 16 y aquella en que se solicita la pensión, de los cuales 2 deberán ser consecutivos o inmediatamente anteriores a la solicitud.

Documentación a aportar

Solicitud pensión no contributiva:

http://www.bizkaia.eus/home2/archivos/DPTO3/Temas/Impresos-%20Solicitudes%20DAS/SOLICITUD%20DE%20PNC.pdf?idioma=CA

Documento Nacional de Identidad, pasaporte, tarjeta, permiso o justificante de residencia de la persona solicitante y de los demás miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años. En caso de personas menores de 14 años, fotocopia de inscripción del Libro de familia.

Documento Nacional de Identidad de la persona representante y acreditación de su representación cuando la solicitud se inscriba por persona distinta de la posible persona beneficiaria. En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Fotocopia del Libro de Familia.

En caso de personas solicitantes extranjeras: fotocopia del pasaporte y de la tarjeta, permiso o justificante de residencia en el Estado, referente tanto a la residencia actual, como a periodos que se alegan.

Certificado de empadronamiento familiar. Se adjuntará de oficio.

Ficha de acreedor y de domiciliación bancaria: http://www.bizkaia.eus/home2/archivos/DPTO3/Temas/Impresos-%20Solicitudes%20DAS/Ficha%20bancaria%20persona%20interesada%20(c%C3%B3digo%20IBAN)%20v5%20(autorrellenable).pdf?idioma=CA

En caso de solicitar ayuda por alquiler de vivienda, fotocopia del contrato de arrendamiento.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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b.2017/10.v

2.18

PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA: POR INVALIDEZ Y POR JUBILACIÓN

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo: 3 meses.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (BOE Nº 154, del 29 de junio de 1994)

Real Decreto 118/1998, de 30 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, en cuanto a comprobación de los requisitos para el derecho a pensiones no contributivas del sistema de la Seguridad Social (BOE núm 42, de 18 de febrero de 1998)

Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud junto con la documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Dar cita con la trabajadora social para entrevista.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Cita con la trabajadora social.

5. Remitir la solicitud a la Diputación Foral de Bizkaia, departamento de Acción Social.

Observaciones

Las personas solicitantes pueden aportar la documentación directamente en Diputación Foral de Bizkaia, no obstante, se puede dar cita en los Servicios Sociales para su tramitación.

Diputación Foral Bizkaia es quien resuelve.

El complemento por alquiler de vivienda a personas pensionistas no contributivas se devengará anualmente y se abonará en un único pago.

La persona beneficiaria deberá comunicar, en el plazo máximo de 30 días desde la fecha en que se produzca, cualquier variación de su situación.

La persona beneficiaria de la pensión no contributiva de invalidez y que esté afectada por discapacidad o enfermedad crónica en un grado igual o superior al 75%, cuando tenga cualquier grado de dependencia establecido, tiene derecho a un complemento del 50% en la citada pensión no contributiva de invalidez con las condiciones y límites expuestos para la misma.

Límites rentas o ingresos pensiones no contributivas de jubilación o invalidez.

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b.2017/10.v

2.19

FONDO DE BIENESTAR SOCIAL

Qué es

Es una prestación económica de carácter periódico, complementaria de los servicios sociales para aquellas personas que bien por su avanzada edad o debido a su grado de discapacidad, no pueden acceder al trabajo ni disponer de otros ingresos con que atender las necesidades básicas.

Son personales e intransferibles y se otorgan con carácter alimenticio, no pudiendo ser objeto de embargo o retención ni ofrecerse en garantía de obligaciones.

Tipos de pensiones: · por Ancianidad.· por Incapacidad.

La pensión del Fondo de Bienestar Social, por ancianidad o invalidez, se concede mientras se cumplan los requisitos establecidos.

El importe de la pensión mensual es de 149,86€ al mes y 14 pagas al año.

La prestación es concedida o denegada por la Diputación Foral de Bizkaia, según se cumplan o no los requisitos para tener derecho a la misma.

Quién lo puede solicitar

Pueden ser personas beneficiarias de la Pensión del Fondo de Bienestar Social, las personas que reúnan los siguiente requisitos:

1. Estar empadronada previamente en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma Vasca (se incluye a las personas extranjeras, refugiadas y apátridas con permiso de residencia).

2. Haber cumplido 65 años de edad o, en caso de enfermedad, tener más de 16 años, tener reconocido grado de discapacidad por el órgano competente y encontrarse absolutamente incapacitada para toda clase de trabajo.

3. No disponer de ingresos propios o familiares, con que atender las necesidades básicas.

· Se considera que se carece de ingresos al percibir para beneficio exclusivo y durante el año natural, unos ingresos inferiores al importe anual de las ayudas de esta pensión, bien sea en concepto de rentas, retribuciones, pensiones o cualquier otro (se exceptúa la valoración de la vivienda en propiedad que sea residencia de la persona solicitante).

· Si la persona solicitante está integrada en una unidad familiar, la renta per cápita de dicha unidad será inferior al importe anual de esta prestación económica.

Documentación a aportar

Documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante y de los demás miembros de la unidad familiar (cónyuge, hijas e hijos menores o mayores incapacitadas para el trabajo).

Libro de familia.

Certificado de empadronamiento colectivo (se adjuntará de oficio).

Certificado del estado civil (Juzgado de Paz correspondiente: www.justizia.net).

En caso de separación/divorcio: sentencia de separación/divorcio y convenio regulador.

Certificado de defunción de la persona cónyuge (Juzgado de Paz correspondiente: www.justizia.net)

Certificado del Instituto Nacional de Seguridad Social de la pensión actualizada C/ Iruña 13 Deusto, Bilbao, se necesita cita previa 901 106 570. En el caso de personas extranjeras además deberán aportar certificado de pensiones del país de origen.

Justificantes de ingresos de las personas que conforman la familia (Certificado del Instituto Nacional Seguridad Social en C/ Iruña 13 Deusto, Bilbao, se necesita cita previa 901 106 570, nóminas…).

Impreso normalizado sobre domiciliación bancaria sellado por la entidad financiera:http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Ficha%20cuenta%20bancaria.pdf?idioma=CA

Además de la documentación antes descrita, en el caso de solicitud del Fondo de Bienestar Social por Incapacidad se aportará:

· Certificado de reconocimiento de discapacidad.

· Vida Laboral (Tesorería General de la Seguridad Social TGSS: Julio Urquijo 13, Bilbao / Villa de Plencia 14, Getxo / www.seg-social.es)

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b.2017/10.v

2.19

FONDO DE BIENESTAR SOCIAL

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Se suelen resolver en el mismo mes en el que se registra la solicitud.

Competencia de Diputación Foral de Bizkaia.

Normativa aplicable

Decreto 129/1986, de 26 de mayo, por el que se regulan las pensiones del Fondo de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma del País Vasco a a personas ancianas e incapacitadas para el trabajo.

Modificaciones sustanciales (Decreto 38/1988, de 23 de febrero, de modificación parcial del Decreto 129/1986, de 26 de mayo, por el que se regulan las pensiones del Fondo de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma del País Vasco a a personas ancianas e incapacitadas para el trabajo y se eleva la cuantía de las mismas)

Modificaciones sustanciales (Decreto 163/1990, de 12 de junio, de modificación parcial del Decreto 129/1986, de 26 de mayo, por el que se regulan las pensiones del Fondo de Bienestar Social de la Comunidad Autónoma del País Vasco a a personas ancianas e incapacitadas para el trabajo y se eleva la cuantía de las mismas)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud junto con la documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Dar cita con la trabajadora social para entrevista.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Cita con la trabajadora social.

5. Remitir la solicitud a la Diputación Foral de Bizkaia, departamento de Acción Social.

Observaciones

Es la Diputación Foral de Bizkaia la administración que lo aprueba pero hace falta cita previa con la trabajadora social de referencia.

Cualquier duda relativa a este servicio se resolverá en Diputación Foral de Bizkaia (Camino Ugasko 2-4, 48014 Bilbao / Centralita 944 068 000).

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2.20

SOLICITUD AYUDA ECONÓMICA PARA MUJERES VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Qué es Es la ayuda económica para mujeres con credencial de víctima de violencia de género.

Quién lo puede solicitar Mujeres empadronadas en el municipio o su representante legal.

Documentación a aportar

De la persona solicitante y miembros a su cargo:

Solicitud general

Documento acreditativo de identidad.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Documento acreditativo de la orden de protección.

Libro de familia o, en su caso, documento acreditativo de la guarda, custodia o tutela.

En su caso, certificado de discapacidad expedido por la Diputación Foral de Bizkaia.

Informe de empleabilidad emitido por Lanbide, Servicio Vasco de Empleo (Plaza Educador Hermano Benjamín 5, Erandio).

Última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o, en su caso, certificado de no estar sujeto a obligación de hacer declaración, expedido por Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia (901 502 000 Camino Capuchinos 2, Bilbao).

Vida Laboral, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social (Julio Urquijo 13, Deusto Bilbao o www.seg-social.es)

Documento de alta y renovación de la demanda de empleo en Lanbide, Servicio Vasco de Empleo (Plaza Educador Hermano Benjamín 5, Erandio) o, en su caso, certificado de estar estudiando.

Certificados bancarios de los últimos seis meses.

Demanda, sentencia de divorcio y convenio regulador de hijas e hijos a cargo, en su caso.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

6 meses.

Silencio administrativo: positivo.

Normativa aplicable

Orden de 29 de octubre de 2014, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se establece el procedimiento de concesión y de pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género, prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género

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2.20

SOLICITUD AYUDA ECONÓMICA PARA MUJERES VÍCTIMA DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Dar cita con la trabajadora social.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

4. Cita con la trabajadora social.

5. Remisión a Gobierno Vasco.

Observaciones

Las interesadas en solicitar esta ayuda se pueden poner en contacto con la trabajadora social de referencia de su municipio o con el Servicio de Asistencia a la Víctima, ubicado en el Palacio de Justicia de Bilbao.

También lo pueden hacer directamente solicitando los formularios en Zuzenean o descargándoselos directamente de nuestra web, www.erandio.eus. La solicitud puede hacerse tanto de forma presencial, en papel, como telemática.

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2.21

AYUDA ESPECIAL INCLUSIÓN SOCIAL

Qué esEs la prestación económica destinada a sufragar los gastos asociados a necesidades básicas y derivados de un proceso de inclusión social y/o laboral.

Quién lo puede solicitar

La persona en situación de exclusión social, que reúna los siguientes requisitos: · No tener derecho a percibir la Renta de Garantía de Ingresos.· Constituir una unidad de convivencia como mínimo con 12 meses de antelación a la fecha de

la solicitud.· La persona debe estar empadronada y tener su residencia efectiva en Bizkaia con una

antigüedad mínima de 30 meses.

En relación a los recursos económicos: · Tener ingresos mensuales inferiores a la cuantía mensual de esta ayuda. · No disponer de bienes inmuebles. · No disponer de dinero, títulos, valores, vehículos y, en general, cualquier otro bien mueble de los

referidos en el Decreto 147/2010, de 25 de mayo, de la Renta de Garantía de Ingresos, por una cuantía máxima equivalente a 6 mensualidades de la Ayuda Especial para la Inclusión Social.

· Estar inscrita en Lanbide, Servicio Vasco de Empleo.

Documentación a aportar

Solicitud ayuda especial a la inclusión: http://www.bizkaia.eus/home2/archivos/DPTO3/Temas/Impresos-%20Solicitudes%20DAS/SOLICITUD%20AEIS%202012.pdf?idioma=CA

Documento Nacional de Identidad, pasaporte, tarjeta, permiso o justificante de residencia de la persona solicitante y de los demás miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Documento Nacional de Identidad de la persona representante y acreditación de su representación.

Libro de Familia.

Demanda de separación o acreditación de la tramitación de la separación o certificado de que las medidas provisionalísimas se están llevando a cabo.

Certificado de discapacidad.

Certificado de empadronamiento colectivo (se adjuntará de oficio).

Contrato de arrendamiento, subarriendo, hospedaje o de alquiler de habitaciones, acompañados de sus correspondientes recibos.

Certificado de residencia en centro de acogida.

Declaración responsable de ingresos, así como del patrimonio de todos los miembros de la unidad de convivencia.

Justificante de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años: 1. Vida Laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/ Julio Urquijo 13, Bilbao / c/

Villa de Plencia 14, Getxo / www.seg-social.es).2. Fotocopia del contrato de trabajo y de la última nómina mensual.3. Fotocopia del recibo de la última pensión o certificación del Instituto Nacional Seguridad

Social de pensión actualizada (en c/ Iruña 13, Deusto Bilbao).4. Fotocopia del recibo del último pago de prestación por desempleo o certificación actualizada

del Instituto Nacional de Empleo (c/ Cataluña 1, San Ignazio, Bilbao / c/ Negubide 1, Areeta, Getxo). Es necesaria cita previa: 901 010 210 / 944 506 579.

5. Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal (Tfno. 901 119 999 / c/ Cataluña 1, San Ignazio, Bilbao / c/ Negubide 1, Areeta, Getxo). Es necesaria cita previa: 901 010 210 / 944 506 579).

6. Fotocopia del recibo del último pago del convenio regulador o resolución correspondiente.7. Certificados bancarios sobre estado de cuentas y títulos bancarios.8. Certificado de Bienes y Declaración de la Renta o, en su caso, certificado de no haber tenido

obligación de declarar en Hacienda Foral. 9. Justificante de inscripción en Lanbide, Servicio Vasco de Empleo.10. Documento bancario.11. Cualquier otro documento que, en su caso, se considere necesario.

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2.21

AYUDA ESPECIAL INCLUSIÓN SOCIAL

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo máximo legal: seis meses. Silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Decreto Foral 60/2011, de 22 de marzo, por el que se regula la ayuda especial para la Inclusión Social:

http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Decreto%20regulador%20AEIS.pdf?idioma=CA

Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 207/2011, de 13 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 60/2011, de 22 de marzo, por el que se regula la ayuda especial para la inclusión social: http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Decreto%20modificaci%C3%B3n%20decreto%20regulador%20aeis.pdf

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Dar cita con la trabajadora social para entrevista.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO4. Cita con la trabajadora social para hacer la propuesta y firmar el Programa individual de atención.5. Remitir la solicitud a la Diputación Foral de Bizkaia, departamento de Acción Social.

Observaciones

La prestación se otorgará por un periodo de 12 meses y podrá renovarse hasta un máximo de 30 meses.

Es la Diputación Foral de Bizkaia la que resuelve, pero para tramitarla hace falta cita previa con la trabajadora social de referencia porque es ella quien tiene que realizar la propuesta.

Para mayor información:http://www.bizkaia.eus/Home2/Temas/DetalleTema.asp?Tem_Codigo=1537&idioma=CA&dpto_biz=9&codpath_biz=9|9532|238|1525|1537

Solicitud:http://www.bizkaia.eus/home2/archivos/DPTO3/Temas/Impresos-%20Solicitudes%20DAS/SOLICITUD%20AEIS%202012.pdf?idioma=CA

Ficha de cuenta bancaria:http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/Ficha%20cuenta%20bancaria.pdf?idioma=CA

Propuesta de ayuda especial para la inclusión social:http://www.bizkaia.eus/home2/Archivos/DPTO3/Temas/Pdf/PROPUESTA%20AEIS.pdf?idioma=CA

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2.22

IMSERSO-TURISMO

Qué es

La Administración del Estado, a través del Imserso, Instituto de Mayores y Servicios Sociales, dentro de su política de envejecimiento activo, promueve un programa de turismo destinado a personas mayores, con el objetivo de facilitar la incorporación de este colectivo a las corrientes turísticas, al tiempo que paliar las consecuencias que en materia de empleo produce el fenómeno de la estacionalidad en el sector turístico del país.

Quién lo puede solicitar

Personas residentes en España que reúnan cualquiera de los siguientes requisitos:

•Ser pensionistas de jubilación del sistema público español de pensiones.

•Ser pensionistas de viudedad y tener 55 años cumplidos.

•Pensionistas por otros conceptos, o persona perceptora de prestaciones o subsidios de desempleo, en todos los casos con 60 años cumplidos.

•Ser titular o persona beneficiaria del sistema de la Seguridad Social, con 65 años cumplidos.

Podrán participar la o el cónyuge o pareja de hecho sin necesidad de que éstos reúnan los requisitos de edad o pensión.

Se admitirá como acompañante a una hija o hijo con discapacidad, que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 45%, siempre y cuando esta discapacidad le permita viajar y lo haga con sus progenitores compartiendo habitación con ellos. Deberá cumplimentarse el apartado correspondiente de la solicitud con los datos de la hija o hijo.

En todo caso, las personas solicitantes deberán valerse por sí mismas y no padecer alteraciones de comportamiento que impidan la normal convivencia en los hoteles.

Si reúne cualquiera de estas condiciones y la persona está interesada en esta oferta de viajes del IMSERSO, tendrá que acreditarse para obtener plaza cumplimentando la solicitud.

Documentación a aportarSolicitud:

http://www.imserso.es/imserso_01/envejecimiento_activo/vacaciones/como_acreditarse/index.htm

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Dependiendo de las fechas, modalidad, duración del viaje y tipo de alojamiento.

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2.22

IMSERSO-TURISMO

Plazo para resolver y notificar

Una vez procesadas todas las solicitudes recibidas en el plazo señalado, el IMSERSO acreditará a tantas personas usuarias como plazas disponibles existan y se procederá, en caso necesario, a aplicar la valoración correspondiente, relativa a edad, ingresos y viajes realizados con anterioridad.

Normativa aplicableConvocatoria anual del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Facilitar la solicitud.

Posteriormente, la persona interesada podrá presentar la documentación en las siguientes direcciones:

· Por Internet, a través de la Sede Electrónica del IMSERSO, cumplimentando la solicitud.

· Servicios Centrales del Imserso (c/ Ginzo de Limia, 58 - 28029 Madrid).

· Apartado de Correos nº 10.140 - 28080 Madrid.al Apartado de Correos.

ObservacionesPrograma de Termalismo del Imserso.

Teléfono de atención: 901 109 899

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2.23

IMSERSO-TERMALISMO

Qué es

Es un servicio complementario a las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social español.

El Programa de Termalismo proporciona el acceso a los tratamientos termales, que se presten en los establecimientos que cuenten con manantiales de agua minero medicinal, declarados de utilidad pública, contribuyendo con ello a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, así como la promoción del envejecimiento activo, la mejora de la salud y la prevención de la dependencia.

Quién lo puede solicitar

Podrán participar en el Programa de Termalismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), las personas residentes en España, que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

•Ser pensionista de jubilación o incapacidad permanente del Sistema de Seguridad Social español.

•Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.

•Ser pensionista por otros conceptos o persona perceptora de prestaciones o subsidios de desempleo, con sesenta o más años de edad del Sistema de Seguridad Social español.

•Ser persona asegurada o beneficiaria del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco o más años de edad.

Las personas usuarias de plaza deben reunir los siguientes requisitos:

•No padecer alteraciones del comportamiento que puedan alterar la normal convivencia en los establecimientos, ni padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio.

•Poder valerse por sí misma para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

•Necesitar los tratamientos termales solicitados y carecer de contraindicación médica para la recepción de los mismos.

•Alcanzar, de conformidad con la baremación establecida, la puntuación que le permita acceder a uno de los balnearios y turnos solicitados.

Las personas usuarias de los tratamientos y, en su caso, sus acompañantes, acreditarán al IMSERSO, Instituto de Mayores y Servicios Sociales, el cumplimiento de los requisitos establecidos en los párrafos a), b) y c) de este apartado mediante declaración responsable, en el modelo que se acompaña a la solicitud.

Documentación a aportarSolicitud:

http://www.imserso.es/imserso_01/envejecimiento_activo/vacaciones/como_acreditarse/index.htm

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

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2.23

IMSERSO-TERMALISMO

Coste económico

Los programas se cofinancian por la persona usuaria y por el IMSERSO, Instituto de Mayores y Servicios Sociales, con cargo a sus presupuestos.

La aportación del Imserso podrá oscilar entre el 20 y el 50 por ciento del coste del servicio, atendiendo a los tipos de temporadas y turnos.

Las personas usuarias abonarán al balneario, por asistir al turno correspondiente, el precio fijado en la resolución de convocatoria de las plazas según el balneario, la temporada y la duración del turno elegido.

Plazo para resolver y notificar

Las plazas serán adjudicadas, en el plazo máximo que establezca la resolución de convocatoria, por la Dirección General del Imserso, Instituto de Mayores y Servicios Sociales, en función de la distribución provincial de las plazas establecidas, del número de plazas ofertadas por cada balneario y turnos, tomando en consideración la puntuación alcanzada por los expedientes de solicitud de plaza.

Normativa aplicablehttp://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-8941

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-13428

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Facilitar la solicitud.

Posteriormente, la persona interesada podrá presentar la documentación en las siguientes direcciones:

· Por Internet, a través de la Sede Electrónica del IMSERSO, cumplimentando la solicitud.

· Servicios Centrales del Imserso (c/ Ginzo de Limia 58, 28029 Madrid).

· Apartado de Correos nº 10.140 - 28080 Madrid.

ObservacionesPrograma de Termalismo del IMSERSO.

Teléfono de atención: 901 109 899

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2.24

SUBVENCIONES EN MATERIA DE INTERÉS SOCIAL: FINANCIACIÓN DE INICIATIVAS Y ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL

Qué es

El objeto de las subvenciones es financiar la realización de actividades e iniciativas de interés social dirigidas a personas mayores para fomento del envejecimiento activo y, en concreto, la financiación de las actividades destinadas a la consecución de los siguientes objetivos:

· Sufragar gastos de actividades que organizan las asociaciones para la prevención, atención, promoción e integración social del colectivo de las personas mayores.

· Sufragar gastos de organización de proyectos de difusión y concienciación ciudadana en relación con el envejecimiento activo.

· Fomentar la participación del colectivo de personas mayores a través del asociacionismo.

· Fomentar todo tipo de actividades de ocio que fomenten la socialización del colectivo.

Quién lo puede solicitar

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias, toda persona jurídica, incluidas aquellas que no tienen personalidad jurídica propia, que promueva o realice actividades de carácter social descritas en el punto anterior que regula el objeto de la subvención y que resulten de interés para el municipio de manera que complementen las llevadas a cabo por el Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio.

Además, deberán cumplir con los requisitos generales establecidos en la Ordenanza Reguladora para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Erandio, publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia con fecha 24 de febrero de 2011, y deberán ser entidades o asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y registradas en el Registro correspondiente, con sede en el Territorio Histórico de Bizkaia y que desarrollen sus actividades en este municipio.

Documentación a aportar

Las solicitudes se presentarán cumplimentadas y ajustadas al modelo de solicitud que acompañará a la convocatoria anual en el Anexo I y con la siguiente documentación:

1. Identificación de la parte solicitante y documentos que acrediten la representación de la entidad, en su caso. En este sentido, cabe destacar que las personas físicas deberán aportar copia del Documento Nacional de Identidad. Las personas jurídicas deberán aportar:

· Código de Identificación Fiscal.

· Acuerdo de nombramiento de sus órganos y representantes, debidamente inscrito en su correspondiente Registro Oficial si lo hubiere.

· Estatutos, igualmente inscritos. Los estatutos de las asociaciones deberán estar inscritos en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco. Se deberá presentar también la resolución por la que se acuerda la inscripción de la asociación.

· Documento Nacional de Identidad de la persona representante, de cara a identificarla como tal en lo que a la subvención se refiere: Impreso designación de representante.

2. Documentación acreditativa de los requisitos necesarios para ser persona beneficiaria, establecidos en el punto segundo de la presente convocatoria.

3. Declaración responsable de quien solicita de no haber incurrido en causas de incompatibilidad con la condición de persona beneficiaria del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Anexo II)

4. Memoria descriptiva del proyecto en virtud del cual se pretende obtener la subvención, o resumen de las actividades previstas.

5. Facturas y documentos justificativos del coste de la actividad o proyecto a subvencionar (en caso de permitirse pagos anticipados de la subvención, basta inicialmente con el presupuesto detallado y desglosado de la actuación, estableciendo el concepto del gasto y su fuente de financiación. (Anexo III)

6. Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 letra e) de la Ordenanza Reguladora para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Erandio, publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia con fecha 24 de febrero de 2011. El propio Ayuntamiento comprobará que la parte solicitante esté al corriente con la Hacienda Municipal de Erandio. (Anexo IV)

7. Declaración, en su caso, de las subvenciones o ayudas que la parte solicitante hubiese obtenido para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. (Anexo V)

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2.24

SUBVENCIONES EN MATERIA DE INTERÉS SOCIAL: FINANCIACIÓN DE INICIATIVAS Y ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL

Documentación a aportar

8. Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en el supuesto de coste de ejecución de obra, o de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, la parte beneficiaria deberá presentar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores con el mismo objeto de contrato. Además, en el caso de las obras, las ofertas deberán ir acompañadas de una Memoria Valorada de las obras o Proyecto de obras, en su caso, firmada por personal técnico competente. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

La resolución sobre la concesión de la subvención será notificada a las entidades beneficiarias debidamente motivada en el plazo máximo de cuatro meses desde que se realizó la solicitud.

Normativa aplicable

Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones y aquellas Normas Específicas para las Subvenciones en Materia de Bienestar Social, Deporte, Cultura, Educación, Euskera, Igualdad y Dinamización del Comercio del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio

Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud y documentación a Acción Social y Cooperación al Desarrollo.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO4. Emitir el informe técnico de valoración de las solicitudes con propuesta de Resolución. 5. Realizar el Decreto.6. Notificar la Resolución.

POR SERVICIOS ECONÓMICOS7. Abonar las subvenciones concedidas.

ObservacionesPara más información: http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2011/02/20110224a038.pdf#page=107

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2.25

CONVOCATORIA EN MATERIA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Qué es

Es objetivo de la presente ayuda apoyar, por una parte, proyectos de Cooperación para el desarrollo en países del Sur y, por otra, campañas de sensibilización en el ámbito de la Anteiglesia del municipio de Erandio.

Las subvenciones que se regulan en las presentes bases tienen por objeto contribuir económicamente al desarrollo de actividades de Organizaciones No Gubernamentales en materia de Desarrollo cuya actividad vaya dirigida a la consecución de los objetivos siguientes:

a) Apoyar proyectos de Cooperación en países del sur: los programas de cooperación irán destinados a realizar actuaciones que impliquen la mejora de las condiciones socio-económicas de los países del sur.

b) Realizar campañas de sensibilización en el ámbito del municipio de Erandio: las acciones de sensibilización, por su parte, estarán enfocadas a fomentar en la población del municipio de Erandio el espíritu de solidaridad y la concienciación con los países del sur y con las personas originarias de los mismos.

Quién lo puede solicitar

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias, toda persona jurídica, incluidas aquellas que no tienen personalidad jurídica propia, que promuevan o realicen actividades de carácter social descritas en el punto anterior que regula el objeto de la subvención y que resulten de interés para el municipio de manera que complementen las llevadas a cabo por el Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio.

Además, deberán cumplir con los requisitos generales establecidos en la Ordenanza Reguladora para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Erandio, publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia con fecha 24 de febrero de 2011, y deberán ser entidades o asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y registradas en el Registro correspondiente, con sede en el Territorio Histórico de Bizkaia y que desarrollen sus actividades en este municipio.

Documentación a aportar

Las solicitudes conforme al modelo de solicitud, deben ir acompañadas, necesariamente, de la siguiente documentación:

La solicitud cumplimentada y ajustada al modelo que acompaña a la presente convocatoria. Anexo

Documentos acreditativos de la personalidad de la entidad solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre:

· Estatutos de la entidad solicitante.

· Certificado de inscripción en el registro de asociaciones que corresponda.

· Copia del documento de identificación fiscal de la asociación solicitante.

· Indicación y acreditación del representante legal de la entidad solicitante (Documento Nacional de Identidad, pasaporte o similar). Impreso designación de representante

Relación de las solicitudes de subvención para el mismo objeto a otros organismos públicos o privados, detallando cantidad solicitada, nombre de las entidades y la cantidad concedida.

Certificaciones expedidas por las administraciones competentes (Hacienda Foral y Tesorería de la Seguridad Social) de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.

Declaración responsable en la que se haga constar que la entidad solicitante cumple los requisitos exigidos por la presente convocatoria.

Declaración responsable en la que se haga constar que la entidad solicitante no se halla incursa en ninguna causa de prohibición enumerada en el art. 10 de la Ordenanza General de Subvenciones.

Certificación de la entidad bancaria donde se deba ingresar la subvención, en la que se haga constar el número de cuenta y titular de la misma.

Memoria de la actuación a realizar. Dicha memoria se deberá ajustar al modelo que figurará en el Anexo.

En cualquier caso, deberá incluir un presupuesto desglosado de los gastos e ingresos previstos para el desarrollo de la actuación, así como los recursos propios que se aportan y las subvenciones solicitadas o concedidas correspondientes a otras instituciones o entidades.

En el caso de que la actividad se vaya a desarrollar en un centro educativo o con colectivos de educación no formal, deberá adjuntarse a la documentación el acuerdo del máximo órgano de representación del centro o colectivo, en el que se exprese el apoyo explícito de dicho órgano a la actividad y su voluntad de llevarla a cabo en el caso de ser subvencionada.

Cuanta documentación gráfica, técnica, financiera y de otra índole se estime necesaria para la correcta comprensión del proyecto o actuación a desarrollar.

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Acción Social y Cooperación al Desarrollo

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2.25

CONVOCATORIA EN MATERIA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO

Documentación a aportar· En el caso de que las solicitudes no se acompañen de la documentación referente a la entidad

solicitante se dará un plazo de diez días, a partir del día siguiente a la notificación, para adjuntar la documentación omitida.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Dos meses.

Normativa aplicable

Boletín Oficial de Bizkaia del 24 de febrero de 2011, Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones y aquellas Normas Específicas para las Subvenciones en Materia de Bienestar Social, Deporte, Cultura, Educación, Euskera, Igualdad y Dinamización del Comercio del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio, así como las Bases Específicas para la Concesión de Ayudas o Subvenciones en materia de Cooperación Internacional

Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud y documentación a Acción Social y Cooperación al Desarrollo.

POR EL ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO4. Emitir el informe técnico de valoración de las solicitudes con propuesta de Resolución. 5. Realizar el Decreto.6. Notificar la Resolución.

POR SERVICIOS ECONÓMICOS

7. Abonar las subvenciones concedidas.

Observaciones

Las solicitudes de ayudas económicas a Organizaciones No Gubernamentales en materia de Desarrollo para proyectos de cooperación y campañas de sensibilización se presentarán en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia. Todas aquellas solicitudes que se presenten fuera de esta fecha serán desestimadas.

Las solicitudes de ayuda humanitaria o de emergencia se presentarán en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio en el momento en que tenga lugar la situación que justifica el proyecto.

Para más información: http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2011/02/20110224a038.pdf#page=107

Área responsable CIUDADANÍA / ACCIÓN SOCIAL Y COOPERACIÓN AL DESARROLLO

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2.26

SERVICIO DE PREVENCIÓN COMUNITARIA DE LAS ADICCIONES

Qué es

El servicio municipal de prevención comunitaria de las adicciones tiene como funciones:

· Desarrollar las acciones necesarias para lograr un adecuado conocimiento del fenómeno de las adicciones en la comunidad, desde la perspectiva de la promoción de la salud.

· Desarrollar programas específicos de actuación, tanto en prevención como en reducción de riesgos y daños, en materia de adicciones.

· Informar y asesorar a las personas, familias y colectivos sobre los recursos sociales disponibles en la comunidad y remitir o derivar a la asistencia social ordinaria o a los servicios especializados los casos que así lo requieran.

· Asesorar a las distintas áreas municipales y entidades colaboradoras en la planificación de las actividades en el campo de las adicciones y en la ejecución del Plan Local de Adicciones, con el fin de lograr una intervención integral y coordinada.

· Colaborar, en el desarrollo de sus funciones, con los servicios sanitarios y educativos y los de prevención y reducción de riesgos y daños.

· Seguir las líneas estratégicas señaladas por Gobierno Vasco y colaborar en la ejecución de los programas de ámbito supramunicipal que promueve.

Quién lo puede solicitar

Personas y familias empadronadas en Erandio.

Profesionales que tengan relación con infancia y juventud (educadoras y educadores, entrenadoras y entrenadores, monitoras y monitores de tiempo libre…)

Asociaciones de madres y padres.

Asociaciones culturales y deportivas.

Asociaciones vecinales.

Voluntariado social.

Cualquier persona interesada en el fenómeno de las adicciones y en la promoción de la salud.

Documentación a aportarSolicitud general

El teléfono de contacto de la persona interesada es imprescindible para poder realizar aclaraciones o posibles cambios de cita.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

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2.26

SERVICIO DE PREVENCIÓN COMUNITARIA DE LAS ADICCIONES

Normativa aplicable Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud junto con la documentación, si la hubiera.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Dar cita con la técnica del servicio para entrevista.

POR EL SERVICIO DE PREVENCIÓN COMUNITARIA DE LAS ADICCIONES

4. Cita con la técnica del Servicio.

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2.27

ACCESO A SERVICIOS DE INTERÉS PARA EL COMERCIO

Qué es

Es la comunicación a Gobierno Vasco de las siguientes modalidades especiales de venta:

· comunicación de venta con rebajas· comunicación de venta en liquidación· comunicación de ventas ocasionales

Quién lo puede solicitar Comercios que realicen modalidades especiales de venta.

Documentación a aportar

Venta en rebajas:

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-de0038/es/contenidos/autorizacion/co_rebajas/es_orn/rebajas.html

Venta en liquidación:

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-de0038/es/contenidos/autorizacion/co_liquidaciones/es_orl/liquidaciones.html

Ventas ocasionales:

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-de0038/es/contenidos/autorizacion/co_ventas_ocasionales/es_orh/ventas_ocasionales.html

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

No hay resolución.

Normativa aplicable

Ley 7/1994, de 27 de mayo de 1994 (B.O.P.V. 13-06-1994), de la Actividad Comercial. Modificada por Ley 7/2008, de 25 de junio, de segunda modificación

Decreto 137/1997, de 10 de junio, por el que se establecen las dos temporadas anuales de venta en rebajas para la Comunidad Autónoma del País Vasco

Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, modificada por Ley 1/2010, de 1 de marzo

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recoger la solicitud.2. Facilitar la información solicitada.

Área responsable CIUDADANIA / COMERCIO

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Comercio

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2.28

SOLICITUD CITA ASESORAMIENTO OFICINA TÉCNICA DE COMERCIO

Qué es Es la solicitud de cita en el servicio de asesoramiento de la Oficina Técnica de Comercio.

Quién lo puede solicitar Comercios y/o empresas de Erandio o sus representantes legales.

Documentación a aportarImpreso de solicitud de cita

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicable

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

Ley 2/2004, de 25 de Febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Dar cita con la técnica de Comercio.

Área responsable CIUDADANIA / COMERCIO

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Comercio

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2.29

SOLICITUD REPOSICIÓN LLAVE DE ACCESO A CONTENEDOR DE RESIDUOS ORGÁNICOS

Qué es Es la solicitud de reposición de la llave de acceso al contenedor de residuos orgánicos.

Quién lo puede solicitar Las personas que habitan en las viviendas adheridas a la campaña o sus representantes legales.

Documentación a aportarSolicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

No hay.

Normativa aplicable

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada, comprobando la relación de viviendas adheridas a la campaña.

3. Entregar la llave.

4. Remitir a Comercio, en caso de incidencia.

ObservacionesSe repondrá la llave una única vez, a razón de una llave por vivienda.Causa de reposición, el extravío.

Área responsable CIUDADANIA / COMERCIO

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Comercio

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2.30

SOLICITUD AUTORIZACIÓN ACTIVIDADES - ASOCIACIONES DE COMERCIANTES

Qué esEs la solicitud de autorización para la realización de actividades de dinamización y / o animación comercial en calle y/o en locales municipales.

Quién lo puede solicitarAsociaciones de comerciantes del municipio de Erandio legalmente constituidas o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud general. a presentar con un mes de antelación a la fecha de la actividad a solicitar.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.Plazo máximo legal: 6 meses.Silencio administrativo: Negativo.

Normativa aplicableOrdenanzas municipales, si fueran de aplicación.Normativa Espectáculos Gobierno Vasco, si fuera de aplicación.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud a Comercio para su tramitación.

POR COMERCIO 4. Realizar el Decreto de incoación de expediente.5. Notificar el Decreto a la persona o entidad solicitante.6. Solicitud de informe a otros servicios municipales si procediera.7. Elaborar la propuesta de resolución.8. Notificar la Resolución a la persona o entidad.

Área responsable CIUDADANIA / COMERCIO

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Comercio

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2.31

SUBVENCIONES ASOCIACIONES DE COMERCIANTES

Qué esEs la convocatoria anual de subvenciones del Ayuntamiento de Erandio mediante régimen de concurrencia competitiva.

Quién lo puede solicitarAsociaciones de comerciantes del municipio de Erandio legalmente constituidas o sus representantes legales.

Documentación a aportar

Solicitud: Convocatoria anual: Apartado Tercero: Presentación de solicitudesEn caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Justificación (cuando proceda):Convocatoria anual: Apartado Noveno: Justificación de la AyudaEn caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba z eharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes (desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes).Plazo máximo legal: 4 meses.Silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableConvocatoria anualOrdenanza reguladora para la concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de ErandioLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud o justificación a Comercio para su tramitación.

POR COMERCIO 4. Realizar el informe técnico de valoración de solicitudes y/o justificaciones con propuesta de

resolución.5. Realizar el Decreto.6. Notificar la Resolución a la persona o entidad.

POR SERVICIOS ECONÓMICOS7. Abonar las subvenciones concedidas.

Área responsable CIUDADANIA / COMERCIO

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Consumo

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2.32

OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR SOLICITUDES EN MATERIA DE CONSUMO

Qué es

Son las solicitudes de información, mediación, inspección, denuncia, arbitraje o formación que se realizan en materia de consumo.

La Oficina Municipal de Información al Consumidor del Ayuntamiento de Erandio tiene como objetivo:

· informar a la ciudadanía sobre cómo defender sus derechos como personas consumidoras y usuarias en la compra de bienes y en la utilización de servicios,

· recibir quejas, denuncias y reclamaciones de personas consumidoras y usuarias y remitirlas a las entidades u organismos correspondientes,

· mediar, buscando soluciones por acuerdo entre las partes, en las quejas y reclamaciones,

· indicar las direcciones y principales funciones de otros centros públicos o privados relacionados con temas de consumo,

· realizar tareas de educación y formación en materia de consumo.

Quién lo puede solicitar

Personas físicas, que sean consumidoras o usuarias finales, es decir, que compren un bien o utilicen un servicio para su uso personal y no para su uso en actividades comerciales o profesionales, empadronadas en Erandio o su representante legal.

El Ayuntamiento de Erandio ofrece también sus servicios a las personas empadronadas en los municipios que conforman la Mancomunidad del Txorierri: Derio, Larrabetzu, Lezama, Loiu, Sondika y Zamudio.

Documentación a aportar

Solicitud, detallando el asunto u objeto de consulta o reclamación, adjuntando la documentación más relevante para el caso. O si se trata de una Solicitud de arbitraje (requiere reclamación previa).

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante.

Otra documentación a aportar: la que la persona solicitante considere necesaria para conocer el caso y darle una mejor respuesta (presupuestos, facturas, tickets de compra, contratos, publicidad, fotografías, etc.).

Hoja de Reclamaciones oficiales cumplimentada en el establecimiento.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado consultas: 7 días hábiles.

Plazo estimado reclamaciones: dependerá del sector objeto de reclamación.

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2.32

OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR SOLICITUDES EN MATERIA DE CONSUMO

Normativa aplicable

Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias. (Modificada por la Ley 9/2007, de 29 junio: deroga el art. 67; por la Ley 7/2008, de 25 junio: modifica los arts. 53.1 y 62; y por la Ley 2/2012, de 9 febrero: modifica los arts. 40.4, 41 y 42, y añade la Disposición Adicional 2ª). (Euskadi)

Decreto 142/2014, de 1 de julio, de hojas de reclamaciones de Consumo y del procedimiento de atención de quejas, reclamaciones y denuncias de las personas consumidoras y usuarias. (Euskadi)

Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. (Modificada, entre otras, por la Ley 3/2014, de 27 marzo) (Estatal)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir la solicitud a Consumo para su tramitación.

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO4. Recepción de la documentación en la Oficina municipal de Información al Consumidor.5. Registro en KontsumoNet, si procede.6. Respuesta a la solicitud realizada.7. Comunicación de la misma a la persona interesada por el canal elegido.

EN EL CASO DE SOLICITUDES DE MEDIACIÓN1. Recepción de la documentación en la Oficina municipal de Información al Consumidor.2. Registro en KontsumoNet.3. Remisión de la reclamación al establecimiento reclamado para formulación de alegaciones. 4. Comunicación a la persona reclamante de los trámites y resultados de los mismos para su

conocimiento y opciones disponibles:

SUPUESTOS:

Si Alegaciones satisfactorias: · Comunicación a la persona reclamante. · Archivo del expediente.

Si Alegaciones no satisfactorias o no se reciben. Comunicación de opciones para la persona reclamante:

· Archivo de la reclamación. Si la técnica considera que no existe base legal para otras actuaciones o la reclamación no tiene visos de prosperar.

· Acceso a la Vía Judicial. Indicación de modos y medios. · Solicitud de Arbitraje:

Explicación de la opción: documentación necesaria y solicitud. Recogida de la solicitud y remisión del expediente completo a la Junta Arbitral de Consumo de Euskadi a través de KontsumoNet.La Junta Arbitral de Consumo de Euskadi comunica directamente a la persona interesada si la solicitud se admite a trámite, señala la fecha de audiencia de arbitraje y notifica el laudo emitido.

Si la Oficina Municipal de Información al Consumidor observa algún tipo de infracción por parte del establecimiento o empresa reclamada:

· Informe a la jefatura.· Si se estima:

Se dará traslado a Kontsumobide-Instituto Vasco de Consumo u organismo competente. Envío copia completa de solicitud y expediente.El organismo competente comunicará directamente al establecimiento o empresa la resolución adoptada.

5. Archivo del expediente.

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2.32

OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR SOLICITUDES EN MATERIA DE CONSUMO

Observaciones

La Oficina Municipal de Información al Consumidor no atiende problemas:

· entre particulares: por ejemplo, comunidades de personas propietarias, compraventa entre particulares, alquiler de vivienda entre particulares.

· de empresa: por ejemplo, empresa que tenga un problema de telefonía.

· con la administración pública: multas, impuestos…

· en los que se haya iniciado la vía judicial o en las que ya haya recaído sentencia judicial.

· conflictos que versen sobre intoxicación, lesión o muerte.

Área responsable CIUDADANÍA / CONSUMO

Direcciones de interés

KONTSUMOBIDE - INSTITUTO VASCO DE CONSUMOAlameda de Rekalde 39A - Bajo - 48008 BILBAO 944 031 500 [email protected]

BIZILAGUN (temas relativos a alquiler y comunidades)Gran Vía 85 - 48011 BILBAO 012 (gratuito)

ARARTEKO (temas relacionados con las administraciones públicas vascas)Done Bikendi Kalea 8 - 48001 Bilbao 944 234 409 [email protected]

ORGANIZACIONES VASCAS DE CONSUMO:

E.K.A. - O.C.U.V., Organización de Consumidores y Usuarios VascaPlaza Nueva 7 - 1º Dcha. - 48005 Bilbao944 168 506 [email protected]

E.K.E., Federación de Consumidores de EuzkadiLedesma 10 Bis - 4º dpto. 1 - 48001 Bilbao944 246 420 [email protected]

U.C.E., Unión de Consumidores Provincial de BizkaiaHurtado de Amézaga 27 - 11º Dpto. 5. - 48008 Bilbao944 215 559 [email protected]

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Cultura y Deportes

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2.33

SOLICITUD DE LOCALES MUNICIPALES DESTINADOS A USO CULTURAL

Qué es

Es la solicitud de locales destinados al uso cultural que el Ayuntamiento pone a disposición de las y los vecinos y asociaciones interesadas.

Los locales que se pueden solicitar son:

· Sala reuniones antiguos locales de Correos, Altzaga.

· Salón de actos y sala azul del Centro Cultural Josu Murueta, Astrabudua.

· Salón de actos del Centro Cultural Erandiogoikoa.

Quién lo puede solicitar Personas físicas mayores de edad o personas jurídicas o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general. Indicando los datos de la entidad que pretende utilizar el local, indicando la fecha, horario previsto y actividades a realizar y si se requiere del uso de algún material municipal.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Sin coste para las asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o aquellas entidades que organicen actos abiertos al público, sin coste de acceso y que sean de interés municipal.

Resto de supuestos, abonando la tasa correspondiente.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: en el momento de entrega de la solicitud.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Reglamento de locales municipales de uso cultural Boletín Oficial de Bizkaia, del 22 de marzo de 2013:http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2013/03/20130322a058.pdf#page=34

Ordenanza fiscal 19 reguladora de los servicios culturales prestados por el Ayuntamiento:http://erandio.net/comun/documentos/Documento1140.pdf

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SOLICITUD DE LOCALES MUNICIPALES DESTINADOS A USO CULTURAL

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Comprobar la disponibilidad del local solicitado.

4. En el caso de que no corresponda el abono de tasa, confirmar directamente con la persona interesada el uso del local.

5. En el caso de abono de tasa, cobrar la tasa correspondiente.

6. Remitir la solicitud y justificante pago a Cultura.

POR CULTURA

7. Comunicar a la Policía Local y/o al Centro Cultural la autorización correspondiente.

ObservacionesLa confirmacion de la solicitud se realizará a la mayor brevedad posible de forma verbal o telefónica. Si no fuera posible se realizará mediante correo electrónico o por escrito.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

2.33

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2.34

SOLICITUD DE USO DEL MERCADO DE ALTZAGA

Qué esLa plaza del mercado se utiliza en la actualidad para la realización de actos culturales por parte de asociaciones y otras entidades.

Quién lo puede solicitar Personas físicas mayores de edad o personas jurídicas o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general. Indicando los datos de la entidad que pretende utilizar el local, indicando la fecha, horario previsto y actividades a realizar y si se requiere del uso de algún material municipal.En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoGratuitamente: las asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o aquellas entidades que organicen actos abiertos al público, sin coste de acceso y que sean de interés municipal.Resto de supuestos, abonando la tasa correspondiente.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 10 días.Plazo máximo legal: 3 meses.Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Reglamento de locales municipales de uso cultural Boletín Oficial de Bizkaia, del 22 de marzo de 2013:http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2013/03/20130322a058.pdf#page=34

Ordenanza fiscal 19 reguladora de los servicios culturales prestados por el Ayuntamiento:http://erandio.net/comun/documentos/Documento1140.pdf

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud a Cultura.

POR CULTURA4. Comprobar la disponibilidad del local solicitado.5. Valorar la actividad que se pretende realizar y su viabilidad.6. Si correspondiera el abono de alguna tasa municipal, indicar el importe correspondiente y el

número de cuenta en el que realizar el ingreso.7. Comunicar a la Policía Local y al centro cultural que corresponda la autorización.8. Notificar a la persona o entidad solicitante.

ObservacionesLa confirmacion de la solicitud se realizará a la mayor brevedad posible de forma verbal o telefónica. Si no fuera posible, se realizará mediante correo electrónico o por escrito.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

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2.35

SOLICITUD DE SUBVENCIONES (CONVOCATORIA ANUAL DE SUBVENCIONES PARA FINANCIAR ACTIVIDADES CULTURALES)

Qué esEs la convocatoria que el Ayuntamiento de Erandio realiza, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de actividades culturales en el municipio de Erandio.

Quién lo puede solicitarPersonas físicas empadronadas o personas jurídicas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o sus representantes legales.

Documentación a aportar

Solicitud especÍfica aprobada en la convocatoria anual, adjuntando un proyecto de actividades a realizar durante el año y un presupuesto que refleje los ingresos y gastos en el ejercicio.

Para la justificación, será necesario presentar solicitud especÍfica, adjuntando memoria de actividad realizada y justificantes que acrediten los ingresos y gastos obtenidos en el ejercicio, además de la cartelería y los programas de mano.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado :3 meses desde la presentación de la solicitud.

Plazo máximo legal: 4 meses desde la fecha de solicitud.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Ordenanza Municipal de Subvenciones publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia, de 24 de febrero de 2011:http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2011/02/20110224a038.pdf#page=107

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20977

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2.35

SOLICITUD DE SUBVENCIONES (CONVOCATORIA ANUAL DE SUBVENCIONES PARA FINANCIAR ACTIVIDADES CULTURALES)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remisión de la solicitud a Cultura.

POR CULTURA

4. Valorar las solicitudes en base a los criterios establecidos, informe técnico.

5. Informar al órgano colegiado designado en la convocatoria.

6. Resolución, Decreto Alcaldía.

7. Notificar la Resolución a las personas interesadas.

8. Abonar las subvenciones concedidas.

9. Publicar en el Tablón de anuncios municipal y portal web municipal.

Justificación. Las entidades o personas beneficiarias deberán presentar, antes del 31 de enero del año siguiente al que se concede la subvención, una justificación de los gastos realizados con motivo de las actividades desarrolladas y una memoria de las acciones que se han llevado a cabo.

ObservacionesEl plazo para la presentación de las solicitudes dependerá de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia, pero, de manera orientativa, las solicitudes deben de presentarse antes del fin del mes de marzo de cada ejercicio.

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2.36

SOLICITUD DE SUBVENCIONES EXTRAORDINARIAS (CONCESIÓN DIRECTA)

Qué es

Es la concesión de subvenciones directas que el Ayuntamiento de Erandio puede destinar a la financiación de actividades culturales en el municipio de Erandio, cuando hayan sido previstas nominativamente en el presupuesto municipal o cuando se acrediten razones que impidan la concurrencia competitiva.

Quién lo puede solicitarPersonas físicas empadronadas en el municipio de Erandio o su representante legal.

Personas jurídicas sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o sus representantes legales.

Documentación a aportar

Solicitud general adjuntando un proyecto de actividad a realizar durante el año y un presupuesto que refleje los ingresos y gastos en el ejercicio. Se deberán acreditar las razones que han impedido su presentación en la convocatoria anual.

Para la justificación, será necesario presentar solicitud general adjuntando memoria de actividad realizada y justificantes que acrediten los ingresos y gastos obtenidos en la actividad, además de la cartelería y los programas realizados.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 2 meses desde la presentación de la solicitud.

Plazo máximo legal: 4 meses desde la fecha de solicitud.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Ordenanza Municipal de Subvenciones, publicada en el Boletín Oficial de Bizkaia, de 24 de febrero de 2011:http://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2011/02/20110224a038.pdf#page=107

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20977

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2.36

SOLICITUD DE SUBVENCIONES EXTRAORDINARIAS (CONCESIÓN DIRECTA)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remisión de la solicitud a Cultura.

POR CULTURA

4. Valorar las solicitudes, verificando las razones que se acreditan para la presentación de la solicitud.

5. Informar a la Comisión informativa de Cultura.

6. Resolución concediendo la subvención, Decreto de Alcaldía.

7. Notificar la Resolución a las personas interesadas.

8. Abonar las subvenciones concedidas. Se realizará un abono inicial del 75% de la subvención, quedando pendiente el 25% a que se acredite la justificación de la subvención.

9. Publicar en el Tablón de anuncios municipal y portal web municipal.

Justificación. Las entidades o personas beneficiarias deberán de presentar, antes del 31 de enero del año siguiente al que se concede la subvención, una justificación de los gastos realizados con motivo de las actividades desarrolladas y una memoria de las acciones que se han llevado a cabo.

Observaciones No hay un plazo de solicitud establecido.

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2.37

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES CULTURALES

Qué esEs la solicitud de participación en determinadas actividades culturales, dado que la organización de algunas de ellas requiere conocer y priorizar las solicitudes recibidas.

Quién lo puede solicitar

Personas físicas o su representante legal.

En algunos casos tendrán prioridad las personas empadronadas en Erandio y las que se encuentren en determinados tramos de edad, tales como personas jóvenes, niñas y niños, personas mayores…

Documentación a aportar

Solicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Si fuera necesario algún documento adicional se indicará en la Agenda Cultural.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico A determinar en función de cada programa.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes desde la presentación de la solicitud.

Plazo máximo legal: 3 meses desde la fecha de solicitud.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remisión de la solicitud a Cultura.

POR CULTURA

4. Cultura contactará con las personas interesadas para informarles de su admisión en la actividad solicitada y de las condiciones que deberán cumplir (pago de tasas si las hubiera…).

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2.38

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADESCULTURALES EN ESPACIOS PÚBLICOS

Qué esEs la obtención del permiso para la realización de determinadas actividades recreativas o espectáculos públicos, según la normativa vigente.

Quién lo puede solicitar Personas físicas y/o jurídicas o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General, adjuntando proyecto de actividades a realizar, detallando lugar de realización, horarios, participantes, planos descriptivos… y si se requiere del uso de algún material municipal.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes desde la presentación de la solicitud.

Plazo máximo legal: 3 meses desde la fecha de solicitud.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (Art. 31), publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, de 7 de enero de 2016:https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2016/01/1600033a.pdf

Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, sobre obligaciones de autoprotección, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, de 14 de diciembre de 2010.

Decreto 44/2014, de 25 de marzo, sobre seguros de Responsabilidad Civil, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, de 28 de marzo de 2014:https://www.euskadi.eus/y22-bopv/es/bopv2/datos/2014/03/1401477a.shtml

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2.38

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADESCULTURALES EN ESPACIOS PÚBLICOS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir la solicitud a Cultura.

POR CULTURA

4. Tramitar la autorización y exigir la presentación de la siguiente documentación:

· Certificado que acredite la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil (se presentará el modelo de certificado de Gobierno vasco firmado por la entidad aseguradora)

· En el caso de instalación de estructuras desmontables (txosnas, escenarios, etc.),  se deberá presentar un certificado firmado por técnico competente que acredite que certifica el correcto montaje.

· En el caso de comercialización y/o venta de alimentos  y/o bebidas se deberán presentar cumplimentados los impresos de solicitud de autorización sanitaria.

· En el caso de requerirse corriente eléctrica, se deberá presentar el Certificado de Instalación eléctrica de Baja Tensión (Boletín) debidamente diligenciado por la Oficina Territorial de Industria (sello de registro), excepto asociaciones registradas en Erandio.

Se podrá exigir adicionalmente:

· Certificado que acredite  la presencia de ambulancia en aquellas actividades que congreguen gran cantidad de público o que se consideren peligrosas.

· Plan de autoprotección o Plan de Emergencia elaborado por personal técnico competente, para la actividad o el espectáculo en concreto, cuando se desarrolle en espacios con aforo superior a 300 personas o mayor de 100 respectivamente.

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2.39

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES

Qué esEs la inscripción en el Registro de Asociaciones de Erandio y recoge aquellas entidades culturales, deportivas, comisiones de fiestas y otras que tienen su domicilio social en el municipio de Erandio.

Quién lo puede solicitar Personas jurídicas sin ánimo de lucro con domicilio social en Erandio o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General para la inscripción de la asociación en el Registro de Asociaciones de Erandio.

Estatutos de la Asociación.

Acta de constitución.

Código de Identificación Fiscal.

Resolución por la que se inscribe a la asociación en el Registro General de Asociaciones del País Vasco.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 semana.Plazo máximo legal: 6 meses.Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableLey 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi:https://www.euskadi.eus/bopv2/datos/2007/07/0703902a.pdf

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir la solicitud a Cultura.

POR CULTURA4. Aprobar la inscripción de la asociación en el Registro de Asociaciones de Erandio mediante

Decreto de Alcaldía.5. Notificar a la persona o asociación interesada.

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2.40

SOLICITUD DE INSTALACIÓN DE TXOSNAS DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES

Qué esEs la solicitud de instalación de txosnas durante las fiestas patronales de Erandio por parte de asociaciones locales.

Quién lo puede solicitar Entidades inscritas en el Registro de Asociaciones de Erandio o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general solicitando la colocación de txosna, indicando las fechas de montaje y desmontaje, un mes antes del inicio de las fiestas.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

En el caso de comercialización y/o venta de alimentos y/o bebidas se deberán presentar cumplimentados los impresos de solicitud de autorización sanitaria.

En el caso de instalación de estructuras desmontables se deberá presentar un certificado firmado por personal técnico competente que acredite que la estructura es sólida. Este documento se aportará una vez realizado el montaje.

Certificado que acredite la contratación de un seguro de responsabilidad civil. Se presentará el modelo de certificado de Gobierno Vasco firmado por la entidad aseguradora.

Certificado que acredite que la instalación cuenta con extintores adecuados para los riesgos que conlleva.

Certificado que acredite que la instalación eléctrica se ha realizado correctamente mediante una empresa instaladora autorizada y extender el boletín de instalación diligenciado en la Delegación de Industria sellado.

Acreditación mediante certificado bancario del depósito de fianza por importe de mil euros por txosna.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoOrdenanza fiscal 26, reguladora de las tasas por ocupación del dominio público municipal mediante instalaciones o puestos provisionales o ambulantes.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 6 meses.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableDecreto de horarios de hostelería y txosnas durante periodos festivos. Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, Art. 28

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2.40

SOLICITUD DE INSTALACIÓN DE TXOZNAS DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remisión de la solicitud a Cultura.

POR CULTURA

4. Aprobar la solicitud.

5. Informar a Servicios Económicos municipales de las entidades que deben depositar la correspondiente fianza.

6. Informe de la Policía Local sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas.

7. Proceder a la devolución de las fianzas.

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2.41

SOLICITUD DE SUBVENCIONES DEPORTIVAS

Qué esEs la solicitud de ayuda económica por parte de asociaciones deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el censo municipal o por parte de personas deportistas individuales no profesionales del municipio.

Quién lo puede solicitarAsociaciones deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el censo municipal o por parte de personas deportistas individuales no profesionales del municipio.

Documentación a aportar

Solicitud general En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representanteProyecto de actividades.Presupuesto de ingresos y gastos.Datos actualizados de la asociación o entidad.Necesidades técnicas, para actividades puntuales.

Dónde se tramita

Presencialmente: Servicio de Atención Ciudadana - SAC

Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.Plazo máximo legal: 3 meses.Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de SubvencionesReal Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud a Deportes.

POR DEPORTES4. Valorar las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios establecidos en las bases

reguladoras de la convocatoria.5. Propuesta de concesión informada.6. Resolución concediendo la subvención, Decreto de Alcaldía.7. Notificar por escrito la Resolución a las personas o entidades interesadas.

Observaciones Plazos, según Ordenanza y convocatoria en vigor.

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b.2017/10.v

2.42

JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES DEPORTIVAS

Qué esEs la justificación de gastos de las asociaciones deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el censo municipal o de personas deportistas individuales no profesionales del municipio que han recibido subvención.

Quién lo puede solicitarAsociaciones deportivas sin ánimo de lucro inscritas en el censo municipal o de personas deportistas individuales no profesionales del municipio.

Documentación a aportar

Solicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Modelo debidamente cumplimentado.

Memoria de actividades.

Balance de ingresos y gastos.

Relación numerada de facturas.

Justificaciones documentales, cartelería.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.Plazo máximo legal: 3 meses.Efectos del silencio administrativo: positivo.

Normativa aplicableLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de SubvencionesReal Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir la solicitud a Deportes.

Observaciones Antes del 31 de enero para justificar lo concedido el año anterior.

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b.2017/10.v

2.43

SOLICITUD DE REALIZACIÓN DE ACTOS DEPORTIVOS

Qué es Es la solicitud de autorización para realizar actos de carácter deportivo en Erandio.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Memoria explicativa de la actividad a realizar.

En su caso, certificado que acredite la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil. Se presentará el modelo de certificado de Gobierno Vasco firmado por la entidad aseguradora.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 2 semanas.Plazo máximo legal: 3 meses.Efecto del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableLey 4/1995, de 10 de noviembre, de espectáculos públicos y actividades recreativasDecreto de Gobierno Vasco 44/2014, de 25 de marzo, de Seguros de Responsabilidad Civil exigiblesDecreto de Gobierno Vasco 296/1997, de 16 de diciembre, de horarios de espectáculos públicos

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud a Deportes.

POR DEPORTES4. Valorar las solicitudes presentadas de acuerdo a los criterios establecidos en la convocatoria.5. Autorizar de manera expresa y notificar a la entidad o persona interesada.6. Notificar la concesión a la entidad o persona interesada.

ObservacionesSe solicitarán, en su caso, informes positivos de Policía Local, Obras y Servicios, Urbanismo...

Será necesario solicitarlo con al menos un mes de antelación.

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b.2017/10.v

2.44

SOLICITUD DE ESPACIOS DEPORTIVOS

Qué esEs la solicitud de uso, de forma extraordinaria y sin ánimo de lucro, de espacios deportivos municipales, tales como campos de fútbol, polideportivos…

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física o jurídica que desee utilizar espacios deportivos o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Memoria explicativa de la actividad a realizar.

En su caso, certificado que acredite la contratación de un seguro de Responsabilidad Civil. Se presentará el modelo de certificado de Gobierno Vasco firmado por la entidad aseguradora.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Según tasas en vigor.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.Plazo máximo legal: 3 meses.Efecto del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableReglamento de uso de las instalaciones deportivasOrdenanza fiscal 23

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remisión de la solicitud a Deportes.

POR DEPORTES4. Estudiar la solicitud.5. Autorizar de manera expresa y notificar a la entidad o persona interesada.6. Notificar la concesión a la entidad o persona interesada.

ObservacionesFormas de pago: en metálico o con tarjeta de crédito en los polideportivos municipales y/o en el Servicio de Atención Ciudadana.

Será necesario solicitarlo con al menos un mes de antelación.

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2.45

SOLICITUD DE ALTA EN EL ABONO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

Qué es Es la inscripción en los polideportivos municipales como persona abonada.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física, empadronada o no.

Documentación a aportar

Boletín de inscripción debidamente cumplimentado.

Documento Nacional de Identidad de todas las personas que integran el abono.

Para abono familiar: · Acreditación constitución de pareja· Libro de Familia

Aplicación de bonificaciones: · Certificación Renta Garantía de Ingresos con relación de personas beneficiarias· Acreditación de discapacidad

Para las personas estudiantes, certificado de estudios oficiales.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Según tasas en vigor. Ordenanza fiscal 23.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato.Plazo máximo legal: 1 semana.Efecto del silencio administrativo: positivo.

Normativa aplicableReglamento de uso de las instalaciones deportivasOrdenanza fiscal 23

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Inscripción en el padrón de personas abonadas y realización de la tarjeta de abono.

ObservacionesSe realizará una fotografía a la persona solicitante. En caso de no acudir en el momento de la inscripción, es necesaria la entrega de una fotografía reciente.

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2.46

SOLICITUD DE BAJA EN EL ABONO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

Qué es Es la anulación de la condición de persona abonada a los polideportivos municipales.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato.

Plazo máximo legal: 1 semana.

Efecto del silencio administrativo: positivo.

Normativa aplicable Reglamento de uso de instalaciones deportivas

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Inscripción de la baja en el padrón de personas abonadas y realización de la tarjeta de abono.

Observaciones Siempre antes del 31 de enero del año en curso y en cualquier momento para el año siguiente.

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b.2017/10.v

2.47

RESERVA-ALQUILER DE INSTALACIONES EN LOS POLIDEPORTIVOS MUNICIPALES

Qué esEs la reserva y alquiler de instalaciones en los polideportivos municipales, tales como canchas, sauna o squash.

Quién lo puede solicitarPersonas abonadas a los polideportivos, 7 días antes de su uso.

Cualquier otra persona, 24 horas antes.

Documentación a aportarPersonas abonadas: tarjeta polideportivos.

Personas no abonadas: Documento Nacional de Identidad.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Según tasas en vigor. Ordenanza fiscal 23.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal 23

Reglamento de uso de instalaciones deportivas

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

Abono de la tasa correspondiente.

Observaciones La cancelación de la reserva no tiene coste si se realiza con 24 horas de antelación.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Cultura y Deportes

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b.2017/10.v

2.48

CURSILLOS DEPORTIVOS

Qué esEs la solicitud de inscripción en cursos deportivos, renovación de los mismos o cambios de grupos.

Quién lo puede solicitar

Toda persona física interesada en ellos o su representante legal.

INSCRIPCIONES:

Personas abonadas:

Natación, niñas y niños del 18 al 25 de cada mes.

Resto de actividades, del 24 al 28 de cada mes.

Personas no abonadas:

El día 1 de cada mes y por orden de llegada.

PAGOS PARA RENOVACION Y SOLICITUD DE CAMBIOS:

Natación, niñas y niños del 20 al 25 de cada mes.

Resto de actividades, del 24 al 28 de cada mes.

Documentación a aportar

Solicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Tarjeta abono.

Personas no abonadas, acreditación de edad (niñas y niños la primera vez).

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Según tasas en vigor. Ordenanza fiscal 23.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato.

Plazo máximo legal: 1 mes.

Efecto del silencio administrativo: positivo.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal 23

Reglamento de uso de instalaciones deportivas

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Cultura y Deportes

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b.2017/10.v

2.48

CURSILLOS DEPORTIVOS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC Y/O POR DEPORTES

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Finalizados los plazos de inscripción, resolución de las solicitudes según demanda y, en su caso, realización de sorteos.

4. Remisión de la solicitud a Deportes.

5. Comunicar a las personas interesadas.

Observaciones

El no abono del precio correspondiente en el plazo establecido supone la pérdida de la plaza.

Los cambios solicitados, si fueran superiores a lo ofertado, se sortearán los días 26 o 29 de cada mes, según la actividad.

Las plazas ofertadas cada mes, si son inferiores a la demanda se sortearán los días 28 o 30 de cada mes, según la actividad.

Formas de pago: en metálico o con tarjeta de crédito en los polideportivos municipales y/o en el Servicio de Atención Ciudadana.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Cultura y Deportes

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b.2017/10.v

2.49

SOLICITUD DE CARNET DE LECTORA O LECTOR

Qué esEs la solicitud para inscribirse en el registro de socias y socios de la Red de Lectura Pública de Euskadi.

Quién lo puede solicitar Personas físicas o su representante legal.

Documentación a aportar

Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo (pasaporte, tarjeta de persona residente...)

En caso de personas menores sin Documento Nacional de Identidad, será necesaria la documentación legal de su madre, padre o persona tutora.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Gratuito.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 día.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableLey Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Trámites posteriores a la recepción de la solicitu

Se entregará la hoja en las bibliotecas municipales y/o en el servicio de atención ciudadana.

Área responsable CIUDADANÍA / CULTURA Y DEPORTES

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Educación - Escuela de Música

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b.2017/10.v

2.50

SUBVENCIONES EN MATERIA DE EDUCACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LA ANTEIGLESIA DE ERANDIO

Qué esEs la subvención que tiene por objeto financiar iniciativas destinadas a organizar actividades de carácter socio- educativo o cívico llevadas a cabo por los centros escolares dentro del municipio.

Quién lo puede solicitar

Tendrán la consideración de personas y/o entidades beneficiarias, los centros educativos que desarrollen actividades de carácter socio- educativo o cívico, así como las asociaciones de madres y padres del alumnado y las asociaciones que tengan relación o realicen actividades en materia de educación.

Documentación a aportar

La requerida con carácter general en la Ordenanza y, en particular, en los siguientes anexos:

1. Identificación de la parte solicitante y documentos que acrediten la representación de la entidad, en su caso. Anexo I

Las personas físicas deberán aportar el Documento Nacional de Identidad. Las personas jurídicas deberán aportar:

a) Código de Identificación Fiscal. b) Documento Nacional de Identidad de la persona representante.

2. Declaración responsable de quien solicita de no haber incurrido en causas de incompatibilidad con la condición de persona beneficiaria. Arts. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Anexo II

3. Memoria descriptiva del proyecto en virtud del cual se pretende obtener la subvención.

4. Facturas y documentos justificativos del coste de la actividad o proyecto a subvencionar. Anexo III

5. Documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Anexo IV

6. Declaración responsable de financiación. Anexo V

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.Plazo máximo: 3 meses.Efectos de la no respuesta en plazo: negativo.

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Educación - Escuela de Música

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b.2017/10.v

2.50

SUBVENCIONES EN MATERIA DE EDUCACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LA ANTEIGLESIA DE ERANDIO

Normativa aplicableOrdenanza General reguladora de subvenciones y de aquellas Normas específicas para las subvenciones en matera de Bienestar Social, Deporte, Cultura, Educación, Euskera, Igualdad y Dinamización del Comercio del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Educación.

POR EL ÁREA DE EDUCACIÓN

4. Examinar las solicitudes y elaborar la propuesta de Resolución.

5. Resolución mediante Decreto de Alcaldía.

6. Notificar a las personas interesadas y a Servicios Económicos.

7. Justificar la subvención concedida antes del 31 de enero del año siguiente.

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Educación - Escuela de Música

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b.2017/10.v

2.51

UTILIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DOCENTES PÚBLICAS

Qué esEs la solicitud para utilización de los edificios e instalaciones docentes públicas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para la realización de actividades educativas, deportivas, culturales u otras de carácter social, no previstas en la programación anual del centro educativo.

Quién lo puede solicitar Cualquier asociación, así como cualquier persona física o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General, que debe presentarse un mes antes del comienzo de la actividad.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Informe favorable de la Dirección del centro sobre la conveniencia de la utilización, con indicación expresa de que la actividad no interfiere de forma alguna en la actividad escolar.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato.

Normativa aplicableDecreto 76/2008, de 6 de mayo, de regulación de la utilización de los edificios e instalaciones docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Euskadi para actividades no comprendidas en las programaciones anuales de dichos centros.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Notificar a las personas interesadas.

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Educación - Escuela de Música

84T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

2.52

INFORMACIÓN SOBRE CENTROS ESCOLARES DEL MUNICIPIO

Haurreskolas

Erandioko Haurreskola-Altzaga

Desanexión 4Hora apertura: 07:30 h.

Hora cierre: 17:00 h.Listado de aulas

T.: 944 674 687 Fax: 944 674 687

< 1 año:

Número de aulas: 2

Total plazas: 16

E- mail: [email protected]

1 año:

Número de aulas: 2

Total plazas: 26

Erandioko Haurreskola-Astrabudua

Mezo 36Hora apertura: 07:30 h.

Hora cierre: 16:30 h.Listado de aulas

T.: 944 674 526 Fax: 944 674 526

< 1 año:

Número de aulas: 2

Total plazas: 16

E- mail: [email protected]

1 año:

Número de aulas: 2

Total plazas: 26

Erandioko Haurreskola-Erandiogoikoa

J.M Olague "Txuma"Hora apertura: 07:30 h.

Hora cierre: 16:30 h.Listado de aulas

T.: 944 530 601

Agrupado 0, 1 y 2 años:

Número de aulas: 1

Total plazas: 10

E- mail: [email protected]

HAURRESKOLAK PARTZUERGOA

Otaola hiribidea 29 –Jaizkibel eraikina 1

20600 EIBAR (Gipuzkoa)

http://www.haurreskolak.eus/

Secretaría:

Tel: 943 821 750

Fax: 943 821 903

E-mail: [email protected]

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b.2017/10.v

2.52

INFORMACIÓN SOBRE CENTROS ESCOLARES DEL MUNICIPIO

Centros educativos

CEIP Goikolanda HLHI

Avanzada Errepidea 14Aula de 2 años - Educación Infantil y Primaria.

Modelo D

T.: 944 533 039

E- mail: [email protected]

Altzaga Ikastola

Kukularrabidea 8 Aula de 2 años - Educación Infantil, Enseñanza Primaria y Secundaria Obligatoria.

Modelo D

T.: 944 671 705 www.erandiobhi.com

E- mail: [email protected]

CEIP Ignacio Aldekoa HLHI

Meso 37Aula de 2 años - Educación Infantil y Primaria.

Modelos B y D

T.: 944 175 099

E- mail: [email protected]

Jado Ikastetxea (Concertado)

Tartanga 13 Educación infantil (desde 1 año), Enseñanza Primaria y Secundaria Obligatoria.

Modelo D

T.: 944 672 558 www.jadoikastetxea.com

E- mail: [email protected]

Gobierno Vasco. Delegación Territorial de Educación de BizkaiaGran Vía 85 Bilbao Tel: 944 031 069Fax: 944 031 163E-mail: [email protected]

Zuzenean / Atención ciudadana: Teléfono 012

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Educación - Escuela de Música

86T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

2.52

INFORMACIÓN SOBRE CENTROS ESCOLARES DEL MUNICIPIO

Institutos

IES Erandio BHI

Kukularra Bidea 8Educación Secundaria Obligatoria.

Modelo D

T.: 944 671 513 www.erandiobhi.com

E- mail: [email protected]

IES Astrabudua BHI

Meso 36Educación Secundaria Obligatoria.

Modelos A y B

T.: 944 675 349

E- mail: [email protected]

IES Ategorri BHI

Tartanga 11

Bachiller.

Modelos A y D

T.: 944 675 261 www.ategorrihezkuntza.net

E- mail: [email protected]

Jado Ikastetxea (Concertado)

Tartanga 15

Ciclos Formativos.

Modelos A y D

T.: 944 675 311 www.tartanga.net

E- mail: administració[email protected]

Gobierno Vasco. Delegación Territorial de Educación de BizkaiaGran Vía 85 BilbaoTel: 944 031 069Fax: 944 031 163E-mail: [email protected]

Zuzenean / Atención ciudadana: Teléfono 012

EPA ErandioDesanexión 4

T.: 944 673 504 E-mail: [email protected]

Escuela de MúsicaJosu Murueta plaza z.g. Desanexión 4, 1º

E-mail:[email protected].: 944 170 776 T.: 944 670 838

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Educación - Escuela de Música

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b.2017/10.v

2.53

MATRICULACIÓN ESCUELA DE MÚSICA

Qué es

Es la matriculación en la Escuela de Música Municipal.

Oferta educativa:

1. Música y movimiento (4, 5 y 6 años)

2. Nivel II (a partir de 7 años)

Instrumentos ofertados: acordeón, clarinete, flauta, guitarra, pandero, percusión, piano, saxofón, trikitixa, trompeta, violín, violonchelo.

Agrupaciones: Orquesta de cuerda, Orquesta de guitarras, Orquesta de acordeones, Banda, Conjunto instrumental.

Música de cámara, Triki-pandero taldea, Grupo de percusión.

Otras especialidades: coro personas adultas, coro infantil, combo.

3. Nivel III

Quién lo puede solicitarCualquier persona esté o no empadronada en el municipio.

Dirigido a personas a partir de los cuatro años y sin límite de edad.

Documentación a aportarHoja de inscripción cumplimentadaFoto tamaño carnet (niñas y niños de 4, 5 y 6 años).Documento acreditativo familia numerosa, si fuera el caso.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Inscripción gratuita.

TASAS:NIVEL 1 (Alumnas y alumnos de 4, 5 y 6 años)

Matrícula: 62,25 €Mensualidad:4 años: 15,30 €5 años: 20,40 €6 años: 28,75 €

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Educación - Escuela de Música

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b.2017/10.v

2.53

MATRICULACIÓN ESCUELA DE MÚSICA

Coste económico

NIVEL 2 (Alumnas y alumnos a partir de 7 años)Matrícula: 110,40 €Mensualidad:Lenguaje Musical: 17,10 €Instrumento: 21,60 €Actividad de grupo: 7,20 €

Otras cuotas:Seguro: 10,45 €, cuota anualMaterial: 12,70 €, cuota anual

Descuentos en matrícula:• 25% de descuento en cada matrícula si hay 2 ó más miembros de la unidad familiar

matriculados en el centro.• 50% de descuento en cada matrícula de miembros de Familia numerosa general.• 60% de descuento en cada matrícula de miembros de familia numerosa especial.

Incrementos en matrícula y mensualidades:50% de incremento en la matrícula y en las mensualidades de las personas no residentes en Erandio.

Plazo para resolver y notificar

En el caso del alumnado matriculado en el centro, la matrícula se efectúa de manera automática.En el caso de alumnado nuevo, la confirmación de la plaza se hará en un plazo no superior a una semana una vez finalizado el periodo de matriculación.Las notificaciones se harán por llamada telefónica o mensaje sms.

Normativa aplicable

Ordenanza fiscal 21 reguladora de las tasas por cursos de la Escuela de MúsicaCriterios de admisión para alumnado nuevo:

• Estar empadronada o empadronado en el municipio.• Edad.• Sorteo en caso de mayor demanda que oferta de plazas.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Educación - Escuela de Música.

POR EDUCACIÓN

4. Examinar las solicitudes y elaborar la propuesta.

5. Resolución.

6. Notificar a las personas interesadas.

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Educación - Escuela de Música

89T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

2.54

MATRICULACIÓN PROGRAMA FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA

Qué es

Es la matriculación en el Instituto municipal de Formación Profesional Básica.

Oferta educativa:· 1º Formación Profesional Básica Actividades de Panadería-pastelería.· 2º Formación Profesional Básica Actividades de Panadería-pastelería.

Quién lo puede solicitarCualquier persona esté o no empadronada en el municipio.Dirigido a personas a partir de los 15 años y con un límite de 18 años.Haber sido propuesta o propuesto por el equipo docente del centro de procedencia.

Documentación a aportar

Hoja de inscripción cumplimentadaFoto tamaño carnet.Documento del consejo orientador. Consentimiento de las personas responsables legales de la alumna o alumno.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoInscripción: sin coste.Otras cuotas: cuota anual del seguro escolar, 1,12 €.

Plazo para resolver y notificar

En el caso del alumnado matriculado en el centro, la matrícula se efectúa de manera automática.

En el caso de alumnado nuevo, la confirmación de la plaza se hará en un plazo no superior a una semana una vez finalizado el periodo de matriculación.

Las notificaciones se harán por llamada telefónica.

Normativa aplicable

El departamento de Educación de Gobierno Vasco publica anualmente la Orden mediante la cual se regula la admisión en los ciclos formativos.

En esta Orden se señalan las fechas para la inscripción y matriculación, así como los criterios de las personas candidatas en el caso de exceso de plazas. Estos criterios se deducen de los señalados en el DECRETO 86/2015, de 9 de junio, de ordenación e implantación de la Formación Profesional Básica en la Comunidad Autónoma del País Vasco

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Educación-Escuela de Música.

POR EDUCACIÓN4. Examinar las solicitudes y elaborar la propuesta.5. Resolución.6. Notificar a las personas interesadas.

Área responsable CIUDADANÍA / EDUCACIÓN - ESCUELA DE MÚSICA

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local

90T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

2.55

AYUDAS AL AUTOEMPLEO. AYUDAS POR INICIO DE ACTIVIDAD

Qué esSon las ayudas municipales a personas promotoras por la puesta en marcha y funcionamiento de una nueva empresa.

Quién lo puede solicitarUna empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, que desarrolle su actividad profesional o localice su actividad en Erandio y cuyo alta en actividades económicas se encuentre dentro del periodo establecido en la normativa anual.

Documentación a aportar

Formulario de solicitud, página dos de las bases de la convocatoria.

Solicitud general

Declaración responsable

Ficha de acreedor de la sociedad o entidad

Plan de negocio.

Documento de identidad de cada una de las personas promotoras.

Certificado de empadronamiento de cada una de las personas promotoras. En caso de empadronamiento en Erandio, la comprobación se hará de oficio.

Declaración de Alta en el régimen especial de autónomos o, en su caso, mutualidad de previsión social equivalente, por cada persona socia.

Declaración censal del alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Retenedores _ modelo 036 _ o Alta Impuesto Actividades Declaración censal del alta, modificación y baja en el censo de Empresarios, Profesionales y Económicas IAE _ modelo 840 o 845 _.

Certificado de estar al corriente de pagos con Hacienda.

Certificado Seguridad Social.

Facturas de las inversiones realizadas entre los tres meses anteriores al alta y los tres meses posteriores a la misma. Tendrán consideración de inversión las mismas que las recogidas en el plan de negocio.

Justificantes de pago de las inversiones realizadas entre los tres meses anteriores al alta y los tres meses posteriores a la misma. Los justificantes tendrán que tener su correspondiente factura para poder ser considerados válidos.

Recibo abonado de la tasa municipal por prestación de servicios de control administrativo mediante licencia de apertura o mediante comunicación previa o declaración responsable.

Escritura de constitución de la sociedad y en el supuesto de comunidad de bienes y sociedades civiles, documento de constitución de la sociedad.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local

91T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

2.55

AYUDAS AL AUTOEMPLEO. AYUDAS POR INICIO DE ACTIVIDAD

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.Silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable Bases de la convocatoria

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local para su tramitación.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

4. Informe técnico de valoración de solicitudes y/o justificaciones con propuesta de Resolución.

5. Decreto de Alcaldía aprobando y otorgando la ayuda económica por inicio de actividad.

6. Notificar la Resolución a la persona interesada.

POR SERVICIOS ECONÓMICOS

7. Abonar la subvención concedida.

Área responsable CIUDADANÍA / EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local

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b.2017/10.v

2.56

INSCRIPCIÓN EN EL DIRECTORIO DE EMPRESAS

Qué esEs el alta, renovación, modificación y/o baja de la inscripción de las empresas del municipio en la web del Ayuntamiento de Erandio _ Behargintza, con el objetivo de promover la difusión del tejido empresarial municipal.

Quién lo puede solicitar Cualquier empresa ubicada en Erandio o su representante legal.

Documentación a aportarFicha de alta, renovación o modificación. Catálogo de empresas

Archivo .jpg del logotipo de la empresa (opcional)

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: inmediato.

Normativa aplicable Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud de alta, renovación, modificación y/o baja.

2. Remisión a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local para su tramitación.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

3. Comprobar los datos.

4. Publicar en la web municipal.

5. Seguimiento y actualización de los datos.

Área responsable CIUDADANÍA / EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local

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b.2017/10.v

2.57

SOLICITUD CITA EN EL SERVICIO DE AUTOEMPLEO

Qué es

Es la solicitud de cita en el servicio de autoempleo o emprendizaje municipal:

• Información general

• Ayudas y subvenciones

• Cursos formativos

Quién lo puede solicitarCualquier persona física o jurídica empadronada en Erandio y/o radicada en Erandio o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud de cita

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

La que la persona solicitante considere necesaria para conocer su caso y poder prestar así un mejor servicio.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicable No hay normativa aplicable.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recoger, comprobar y registrar la solicitud y la documentación si la hubiera.

2. Cita con el personal técnico de Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

3. Cita con el personal técnico de autoempleo y emprendizaje.

Área responsable CIUDADANÍA / EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local

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b.2017/10.v

2.58

INSCRIPCIÓN PROGRAMAS DE EMPLEO

Qué es

Es la inscripción para participar en programas de fomento de empleo, tales como:

· Programa Municipal de Empleo· Programa Comarcal de Empleo· Programa Hazilan· Programa Txertatu Merkatuan

Quién lo puede solicitarToda persona interesada en participar y que cumpla los requisitos establecidos en las bases de los diferentes programas.

Documentación a aportarFicha solicitud de inscripción, debidamente cumplimentada y documentación específica requerida en las bases de cada uno de los programas.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Según bases de cada convocatoria.

Normativa aplicable

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal:https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2003-23936

Ayudas para acciones locales de promoción de empleo para el ejercicio en curso

Boletín Oficial del País Vasco _ Programa Comarcal Empleo

Acuerdo municipal _ Programa Municipal de Empleo

Programa operativo juvenil 2014-2020 Gobierno Vasco HAZILAN / TXERTATU MERKATUAN: http://www.lanbide.euskadi.eus/contenidos/informacion/fondosocial_europeo_documenta/es_def/adjuntos/POPV%20FSE%202014-2020.pdf

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local para su tramitación.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL 4. Comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases de cada programa.5. Seleccionar las candidaturas.6. Comunicar a la persona interesada.

Área responsable CIUDADANÍA / EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local

95T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

2.59

GESTIÓN DE OFERTAS DE EMPLEO

Qué esEs la captación de ofertas de empleo y la gestión de las mismas, intermediando con las personas inscritas como demandantes de empleo en Lanbide, Servicio Vasco de Empleo.

Quién lo puede solicitarCualquier persona física o jurídica empadronada en Erandio y/o radicada en Erandio o su representante legal.

Documentación a aportarEn caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

Hoja de oferta

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicableLey Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

Ley 2/2004, de 25 de Febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local para su tramitación.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

4. Verificar los datos aportados.

5. Publicar la oferta de trabajo en www.erandio.eus

6. Gestionar la oferta de empleo.

Área responsable CIUDADANÍA / EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local

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b.2017/10.v

2.60

SOLICITUD CITA EN EL SERVICIO DE ORIENTACIÓN LABORAL

Qué es

Es la solicitud de una entrevista con una persona orientadora laboral para:

· Inscripción Lanbide, Servicio Vasco de Empleo.

· Actualización demanda.

· Realización curriculum vitae y carta de presentación.

· Información formación Lanbide, Servicio Vasco de Empleo y otras entidades.

· Información planes de empleo municipales y comarcales.

· Información Programas de fomento de empleo juvenil:

HAZILAN

TXERTATU MERKATUAN

· Información Centro de empleo.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud de cita

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

Documento Nacional de identidad, pasaporte, tarjeta, permiso o justificante de residencia de la persona solicitante.

Vida Laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social (c/ Julio Urquijo 13, Bilbao / c/ Villa de Plencia 14, Getxo / www.seg-social.es)

Diplomas y/o acreditaciones formativas.

Curriculum vitae personal.

Cualquier otro documento que, en su caso, se considere necesario.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicableLey Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal:https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2003-23936

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local

97T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

2.60

SOLICITUD CITA EN EL SERVICIO DE ORIENTACIÓN LABORAL

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local para su tramitación.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

4. Cita con la persona orientadora laboral.

Área responsable CIUDADANÍA / EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local

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b.2017/10.v

2.61

CESIÓN TEMPORAL DE LOCALES Y MATERIALES DEL CENTRO BEHARGINTZA

Qué esEs la solicitud de cesión temporal de diversos espacios y materiales ubicados en las instalaciones del Behargintza.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 3 días.Plazo máximo: 15 días.

Normativa aplicable No hay normativa aplicable.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local para su tramitación.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

4. Confirmar o denegar el uso de las instalaciones y/o del material, en función de la disponibilidad.

Área responsable CIUDADANÍA / EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local

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b.2017/10.v

2.62

ERANDIOKO UDALEKUAK (3-6 AÑOS)

Qué esEs la inscripción en colonias de verano para niñas y niños de entre 3 y 6 años de edad, organizadas por el Ayuntamiento de Erandio en las ludotecas municipales y en el Centro Socio-cultural de Erandiogoikoa.

Quién lo puede solicitar Responsable legal de niñas y niños de entre 3 y 6 años de edad empadronados en Erandio.

Documentación a aportarFicha de inscripción Udalekuak

Tarjeta sanitaria de la niña o del niño.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

15 días desde la finalización del plazo de inscripción.

Normativa aplicable Bases anuales

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Empleo, Promoción Económica y Desarrollo Local para su tramitación.

POR EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

4. Adjudicar las plazas según los turnos establecidos en la convocatoria anual. En el caso de que hubiera más solicitudes que plazas, se procederá a realizar un sorteo, tal como se establece en las bases de la convocatoria anual.

5. Publicar los listados, provisionales y definitivos.

Área responsable CIUDADANÍA / EMPLEO, PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Euskera

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b.2017/10.v

2.63

BECAS Y SUBVENCIONES PARA ESTUDIAR EUSKERA

Qué es Una subvención que se ofrece a la ciudadanía que estudia euskera fuera de la localidad.

Quién lo puede solicitar

La persona interesada o su representante legal.

Requisitos:· Ser mayor de 16 años y estar empadronada en Erandio.· Que el curso objeto de la ayuda no sea ofrecido a su vez por el Euskaltegi Municipal de Erandio.· Haber realizado la matrícula en un curso de euskaldunización o alfabetización en un centro

homologado por HABE, Instituto para la Euskaldunización y Alfabetización de Adultos. O bien un curso extracurricular, en euskera, en la Universidad Vasca de Verano o en la Universidad del País Vasco.

Documentación a aportar

En todos los casos:

Impreso de solicitud

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante.

En el caso de que en el impreso de solicitud no figure la información a rellenar por el euskaltegi, justificante de la matrícula, resto de datos incluidos.

Y, según el caso:

Alumnado con hijas o hijos de entre 0-15 años: libro de familia.

Personas cuidadoras de niñas y/o niños o personas mayores: certificado de la entidad para la que trabajen o declaración justificativa de la familia a la que prestan sus servicios.

Personas empleadas o titulares de comercio y hostelería: certificado expedido por el representante legal del establecimiento.

Monitorado de tiempo libre: título de monitora o monitor de tiempo libre o certificado de estar realizando el curso de formación.

Alumnado con ingresos inferiores a los establecidos en estas bases por unidad familiar: declaración del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas de quienes conformen la unidad familiar. En caso de que no fuera necesario presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas, documento acreditativo de los ingresos obtenidos (certificado de la Seguridad Social o de la entidad correspondiente). Certificado de empadronamiento familiar.

Personas perceptoras de la Renta de Garantía de Ingresos o Ayudas de Emergencia Social: certificado de haber percibido dichas ayudas.

Alumnado en situación de desempleo, que no perciban prestación: justificante de inscripción de la demanda de empleo, previa al inicio del curso objeto de la subvención solicitada. Certificado de no percibir prestación por desempleo.

Alumnado inscrito en centros de enseñanza reglada (estudiantes): carné de estudiante o justificante del centro de enseñanza.

Personas miembro de asociaciones inscritas en el registro municipal de asociaciones de Erandio: certificado de la directiva de la asociación, acreditando la pertenencia a la misma.

Alumnado perteneciente a una unidad familiar en la que algún otro miembro esté estudiando euskera durante el mismo período: certificado de empadronamiento familiar. Y certificado emitido por el centro de cada uno de los miembros de la unidad familiar matriculados.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Por correo:

En las oficinas de correos, mediante correo certificado abierto.

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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2.63

BECAS Y SUBVENCIONES PARA ESTUDIAR EUSKERA

Ampliar información 944 890 128 www.erandiokoeuskarazerbitzua.eus > Becas y subvenciones [email protected]

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Finalizado el plazo establecido en la convocatoria y, como máximo, en el plazo de tres meses . Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable

Convocatoria anual

Ordenanza fiscal 20, reguladora de las tasas del euskaltegi municipal.

Boletín Oficial de Bizkaia, nº 38, del jueves 24 de febrero de 2011:Ordenanza General de las Subvenciones del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Euskera.

POR EUSKERA

4. Comprobar y revisar la documentación.

5. En caso de que la documentación fuera incompleta, solicitarla por teléfono o por vía telemática.

6. En caso de incumplimiento de algún requisito, se comunicará a la persona interesada y, en caso de error, se le concederá un plazo para su subsanación.

6. Realización del informe técnico.

7. Elaboración del Decreto de Alcaldía.

8. Remisión de la propuesta de pago a Servicios Económicos.

9. Comunicar a la persona interesada.

Área responsable CIUDADANÍA / EUSKERA

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2.64

SUBVENCIONES PARA ESCRIBIR EN EUSKERA RÓTULOS, LA IMAGEN CORPORATIVA Y EL SITIO WEB

Qué es

Subvención para escribir en euskera los rótulos fijos exteriores del establecimiento, su imagen corporativa y su página web.

La normativa de subvenciones para las páginas web se aplicará también a las asociaciones y entidades locales.

Quién lo puede solicitarPersonas físicas o jurídicas que desarrollen su actividad económica en locales situados en el municipio de Erandio.

Documentación a aportar

Impreso de solicitud

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante.

Factura original de los gastos realizados.

Documento acreditativo de estar al corriente de las obligaciones fiscales con la administración.

Además:

En el caso de los rótulos: documento o fotografía mostrando el texto del rótulo.

En el caso de la imagen corporativa: un ejemplar de cada elemento realizado y editado por la entidad (una fotografía en el caso de la rotulación del vehículo).

En el caso de los sitios web: dirección del sitio web.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Por correo:

En las oficinas de correos, mediante correo certificado abierto.

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información 944 890 128 www.erandiokoeuskarazerbitzua.eus > Subvenciones para la rotulación [email protected]

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

El establecido en la convocatoria.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableConvocatoria anual

Boletín Oficial de Bizkaia, nº 38, del jueves 24 de febrero de 2011):Ordenanza General de las Subvenciones del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio

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2.64

SUBVENCIONES PARA ESCRIBIR EN EUSKERA RÓTULOS, LA IMAGEN CORPORATIVA Y EL SITIO WEB

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Euskera.

POR EUSKERA

4. Comprobar y revisar la documentación.

5. En caso de que la documentación fuera incompleta, solicitarla por teléfono o por vía telemática.

6. Realización del informe técnico.

7. Elaboración del Decreto de Alcaldía.

8. Remisión de la propuesta de pago a Servicios Económicos.

9. Comunicar a la persona interesada.

Área responsable CIUDADANÍA / EUSKERA

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2.65

SERVICIO DE TRADUCCIÓN

Qué es Ayuda técnica ofrecida para traducir al euskera textos escritos en castellano o corregir textos escritos en euskera.

Quién lo puede solicitar Asociaciones, establecimientos, empresas, centros educativos… del municipio de Erandio.

Documentación a aportar

Textos a traducir.

Requisitos:

· El texto tendrá como máximo tres hojas.

· Deberán ser textos que tengan una divulgación social en la localidad.

· Los textos se entregarán en soporte informático o serán enviados a través del correo electrónico.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Por correo:

En las oficinas de correos, mediante correo certificado abierto.

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información 944 890 128 www.erandiokoeuskarazerbitzua.eus > Traducciones [email protected]

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo previsto: 3-4 días.

Normativa aplicable No hay normativa aplicable.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recepcionar los textos.

2. Comprobar que los requisitos se cumplen.

3. Remitir a Euskera.

POR EUSKERA

4. Realizar la traducción.

5. Enviar el texto traducido a la dirección facilitada por la persona interesada.

Área responsable CIUDADANÍA / EUSKERA

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2.66

SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE IMPULSO DEL EUSKERA

Qué es Subvenciones para la promoción de actividades y programas de impulso del euskera en Erandio.

Quién lo puede solicitar Asociaciones, entidades, centros educativos y colectivos de madres y padres del municipio.

Documentación a aportar

Para solicitar la ayuda:

Solicitud general

Código de Identificación Fiscal.

Documento Nacional de Identidad de la persona representante.

Declaración responsable. Anexo II

Informe sobre el proyecto a subvencionar.

Documento acreditativo de estar al corriente en las obligaciones fiscales con la administración. Anexo III

Plazos:

Asociaciones y resto de entidades: el establecido en la convocatoria.

Asociación de madres y padres y centros educativos: el establecido en la convocatoria.

Para justificar la ayuda concedida:

Memoria de la actividad.

Declaración que acredite que el objeto de la ayuda se ha cumplido. Anexo IV

Lista de gastos y otras subvenciones. Anexo V

Plazos:

Asociaciones y otras entidades: el establecido en la convocatoria.

Asociaciones de madres y padres y centros educativos: el establecido en la convocatoria.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Por correo:

En las oficinas de correos, mediante correo certificado abierto.

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información 944 890 128 www.erandiokoeuskarazerbitzua.eus > Subvenciones para actividades en euskera [email protected]

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

4 meses como máximo.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableConvocatoria anual

Boletín Oficial de Bizkaia, nº 38, del jueves 24 de febrero de 2011:Ordenanza General de las Subvenciones del Ayuntamiento de la Anteiglesia de Erandio

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2.66

SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES DE IMPULSO DEL EUSKERA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Euskera.

POR EUSKERA

4. Comprobar y revisar la documentación.

5. En caso de que la documentación fuera incompleta, solicitarla por teléfono o por vía telemática.

6. Realización del informe técnico.

7. Elaboración del Decreto de Alcaldía.

8. Remisión de la propuesta de pago a Servicios Económicos.

9. Comunicar a la persona interesada.

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2.67

PERMISO DE CONDUCIR EN EUSKERA (SUBVENCIONES)

Qué es Subvenciones para las personas jóvenes que han realizado en euskera el examen teórico para la obtención del permiso de conducir.

Quién lo puede solicitar Personas jóvenes de entre 17 y 23 años de edad empadronadas en Erandio.

Documentación a aportar

Solicitud general

Documento Nacional de Identidad.

Recibo de la matrícula.

Documento que certifica que el examen se ha realizado en euskera.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Por correo:

En las oficinas de correos, mediante correo certificado abierto.

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información 944 890 128 www.erandiokoeuskarazerbitzua.eus > Permiso de conducir en euskera [email protected]

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Un mes como máximo.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicable Convocatoria anual

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Euskera.

POR EUSKERA

4. Comprobar y revisar la documentación.

5. En caso de que la documentación fuera incompleta, solicitarla por teléfono o por vía telemática.

6. Realización del informe técnico.

7. Elaboración del Decreto de Alcaldía.

8. Remisión de la propuesta de pago a Servicios Económicos.

9. Comunicar a la persona interesada.

ObservacionesEl examen teórico deberá realizarse en las autoescuelas adheridas a la campaña "Gidabaimena euskaraz".

Plazo, el establecido en la convocatoria.

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2.68

CONCURSOS DE CUENTOS, NARRACIONES Y BERTSOS ESCRITOS

Qué es Es el procedimiento que se debe seguir para participar en el concurso de cuentos, narraciones y bertsos escritos organizado por el servicio de euskera.

Quién lo puede solicitar Todas las personas interesadas, siempre que cumplan las normas establecidas en la convocatoria.

Documentación a aportarCuento, narración o bertsos escritos.

Datos personales y de contacto.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Por correo:

En las oficinas de correos, mediante correo certificado abierto.

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información 944 890 128 www.erandiokoeuskarazerbitzua.eus > Concurso de cuentos, narraciones y bertsos escritos [email protected]

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

3 meses como máximo.

Normativa aplicable Convocatoria anual

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida de la documentación relativa al concurso de cuentos, narraciones y bertsos escritos.

2. Remitir a Euskera.

POR EUSKERA

3. Clasificar los trabajos por nivel y registro de los datos.

4. En caso de que la documentación fuera incompleta, solicitarla por teléfono o por vía telemática.

5. Remitir los trabajos presentados a las personas miembro del jurado.

6. Tras conocer el fallo, comunicárselo a las personas ganadoras.

7. Organizar el acto de entrega de premios.

Área responsable CIUDADANÍA / EUSKERA

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Euskera

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b.2017/10.v

2.69

INFORMACIÓN SOBRE EL EUSKALTEGI MUNICIPAL

Qué es Es el servicio municipal de euskaldunización y alfabetización de erandioztarras.

Quién puede matricularse Cualquier ciudadana o ciudadano mayor de 16 años puede matricularse.

Servicios ofrecidos

Cursos previos. De 20-25; 10; 8; 7.5; 6 y 4 horas lectivas por semana.

Autoaprendizaje. Mediante el sistema BOGA (plataforma IKASTEN), a través de internet.

Cursos de preparación de los exámenes HABE, Instituto para la Euskaldunización y Alfabetización de Adultos, y de los exámenes para los perfiles lingüísticos.

Colectivos con intereses especiales, como comerciantes, madres y padres…

Sedes y horario de atención al público.

Sedes:

Altzaga: Desanexión 4, 3ª planta (Bekoa Ikastetxea)

Astrabudua: Atxutegi 6, bajo.

Horario:

· Durante el curso escolar: 09:30 – 15:30

· En verano: 08:00 – 14:00

· Horario de matriculación en septiembre: 09:30 – 18:30

ResponsablesConcejala de Euskera, Empleo, Promoción Económica, Desarrollo Local y Comercio: Egokiñe Angulo Goti

Director: José A. Legarrtea Izkara

Quejas, sugerencias y agradecimientos

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Por correo:

En las oficinas de correos, mediante correo certificado abierto.

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

944 676 075

[email protected]

Impreso de matrícula Ficha del alumnado

Área responsable CIUDADANÍA / EUSKERA

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Euskera

110T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2017/10.v

2.70

EUSKALTEGI MUNICIPAL. CURSOS DE EUSKERA - MATRÍCULA

Qué es

Es el procedimiento que se debe seguir para la matriculación en un euskaltegi municipal.

Cursos:

Horas semanales: 20-25, 10, 8, 7’5, 6, 4

Grupos habituales, de lunes a jueves.

Grupos particulares, dos o tres días a la semana.

Autoaprendizaje, Boga.

Quién lo puede solicitar Cualquier ciudadana o ciudadano mayor de 16 años, o sus representantes legales.

Documentación a aportar Ficha del alumnado

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Euskaltegi municipalDesanexión 4, 3ª planta (Bekoa ikastetxea)Horario:· Durante el curso escolar: 09:30 – 15:30· En verano: 08:00 – 14:00· Periodo de matriculación en septiembre: 09:30 – 18:30

Por correo:

En las oficinas de correos, mediante correo certificado abierto.

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

Euskaltegi municipalDesanexión 4, 3ª planta (Bekoa ikastetxea)

944 676 075 Euskaltegi Municipal de Erandio [email protected]

Coste económico

Según el módulo de curso elegido (tasa por hora: 1,16 €):

Horas lectivas semanales Horas lectivas por curso escolar Coste de la matrícula

20 - 25 692 - 865 1.003,4 € 10 346 401,35 € 8 280 324,80 € 7’5 259’5 301,00 € 6 206 238,95 € 4 130 150,80 €

Plazo para resolver y notificar

Durante el periodo de matriculación en septiembre: la última semana de septiembre.

Durante el curso escolar: en cualquier momento.

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Euskera

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b.2017/10.v

2.70

EUSKALTEGI MUNICIPAL. CURSOS DE EUSKERA - MATRÍCULA

Normativa aplicable Ordenanza fiscal 20, reguladora de las tasas del euskaltegi municipal.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir al Euskaltegi municipal.

POR EL EUSKALTEGI

4. Comprobar y revisar la documentación.

5. En caso de que fuera necesario, convocatoria de una prueba de nivel.

6. Comunicar a la persona interesada si el grupo se ha formado o no.

Observaciones Información sobre euskaltegis, Euskaltegis municipales

Departamento responsable CIUDADANÍA / EUSKERA

112

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Igualdad

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b.2017/10.v

2.71

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN CURSOS ORGANIZADOS POR EL SERVICIO DE IGUALDAD

Qué esEs la inscripción para participar en los programas y actividades promovidas por Igualdad: cursos de la escuela de empoderamiento, talleres, charlas o similares.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física interesada o su representante legal.

Documentación a aportarHoja de inscripción

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Siete días antes del inicio de cada curso o actividad.

Normativa aplicable No hay normativa aplicable

Procedimiento a seguir después de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Igualdad.

POR IGUALDAD

4. Contactar con las personas interesadas para confirmar su asistencia al curso, confirmación de inscripción telemáticamente y telefónicamente. Además, se informará sobre horarios y otros aspectos relacionados con el curso.

ObservacionesEn las inscripciones tendrán preferencia las personas empadronadas. Las solicitudes se resolverán por estricto orden de inscripción.

Área responsable CIUDADANÍA / IGUALDAD

Documentación adicional

Autorización. Siempre que la actividad lo requiera, se deberá adjuntar la autorización de la madre, padre y/o representante legal de la persona menor de 18 años.

Tendrán preferencia las personas empadronadas en el municipio y se comprobará de oficio mediante el certificado de empadronamiento de la persona solicitante.

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Juventud

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2.72

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN LAS ACTIVIDADES DE JUVENTUD

Qué es Es la inscripción en las actividades que organiza Juventud.

Quién lo puede solicitarCualquier persona física interesada o su representante legal, aunque tendrán prioridad las personas de entre 15 y 35 años de edad empadronadas en Erandio.

Documentación a aportar

Hoja de inscripción debidamente cumplimentada.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dependiendo de la actividad, autorización de madre, padre o representante legal de la persona menor de 18 años.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Depende de la actividad, según folleto correspondiente.

Plazo para resolver y notificar

Según folleto correspondiente.

Solo se notificará, por teléfono o por whatsapp, a las personas admitidas.

Normativa aplicable Las condiciones de cada convocatoria se recogen en el folleto correspondiente.

Procedimiento a seguir después de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Juventud para su tramitación.

POR JUVENTUD

4. Finalizado el plazo de inscripción, realizar la lista definitiva de personas admitidas en base a los criterios de prioridad establecidos y el número de personas establecidas para cada curso.

5. Avisar por Whatsapp, o en su defecto por vía telefónica, a las personas que tienen plaza para que confirmen su asistencia e informar sobre las condiciones del curso: fecha, lugar, importe…

6. Generar la remesa de cobro con el importe correspondiente al curso y a la categoría y cargarla al número de cuenta indicado en la solicitud por la persona inscrita.

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2.72

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN LAS ACTIVIDADES DE JUVENTUD

Observaciones

Las personas empadronadas en Erandio tendrán prioridad en todas las actividades, según las condiciones que se establezca en cada una de ellas y el orden de registro.

Una vez hecho el cobro de la actividad no se devolverá el dinero.

Juventud se reserva el derecho a cancelar, modificar y/o aplazar las actividades programadas.

Las actividades solo se llevarán a cabo si se cumple el número mínimo de personas establecido que varía en función de la actividad, el local en el que se desarrolla...

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2.73

TRAMITACIÓN DE CARNETS INTERNACIONALES

Qué es

Es la solicitud de tramitación de los diferentes carnets internacionales que ofrece el Gobierno Vasco a través de los servicios de Juventud municipales:

Carnet Internacional de Estudiante (ISIC - International Student Identity Card): es un carnet reconocido en todo el mundo que permite disfrutar de descuentos y servicios especiales en transporte, alojamientos, museos, teatros, centros culturales y lugares históricos de todo el mundo. Está dirigido a personas estudiantes universitarias, de enseñanzas medias (Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional...) o de escuelas oficiales que acrediten su condición de estudiantes mediante certificado de matriculación en un curso académico. La validez es de un curso escolar y, además, de septiembre a diciembre del siguiente año.

Carnet de profesora o profesor (ITIC - International Teacher Identity Card): es un carnet reconocido en todo el mundo que permite disfrutar de descuentos y servicios especiales en transporte, alojamientos, museos, teatros, centros culturales y lugares históricos de todo el mundo. Está dirigido a profesoras y profesores, personal docente en una institución educativa oficialmente reconocida. La validez es de un curso escolar y, además, de septiembre a diciembre del siguiente año.

Carnet GO-25 (IYIC- International Youth Travel Card): es un carnet reconocido en todo el mundo que permite disfrutar de descuentos y servicios especiales en transporte, alojamientos, museos, teatros, centros culturales y lugares históricos de todo el mundo. Está dirigido especialmente a personas jóvenes menores de 26 años. La validez es de un año natural.

Carnet de Alberguista: este carnet de alberguista permite a personas de todas las edades alojarse en los albergues nacionales y extranjeros. La validez es de un año natural. Es internacional. Hay 6 modalidades:· Carnet de alberguista joven con Gazte-txartela· Carnet de alberguista juvenil· Carnet de alberguista persona adulta· Carnet de alberguista de familia· Carnet de alberguista de grupo· Carnet de alberguista de grupo censado en el censo de asociaciones juveniles de la Dirección

de Juventud

Quién lo puede solicitar

Carnet Internacional de Estudiante (ISIC): mayores de 12 años. No existe límite superior de edad.Carnet de profesora o profesor (ITIC): cualquier profesora o profesor de una institución educativa oficialmente reconocida durante el año en curso.Carnet GO-25: personas mayores de 14 años y menores de 26 años.Carnet de Alberguista:

· Carnet de alberguista joven con Gazte-txartela: personas entre 14 y 30 años.· Carnet de alberguista juvenil: personas entre 14 y 30 años.· Carnet de alberguista persona adulta: personas mayores de 30 años.· Carnet de alberguista de familia: unidad familiar con hijas y/o hijos menores de 16 años.· Carnet de alberguista de grupo: mínimo 10 personas, incluida la persona responsable.· Carnet de alberguista de grupo censado en el censo de asociaciones juveniles de la Dirección

de Juventud: mínimo 10 personas, incluida la persona responsable.

Documentación a aportar

Carnet Internacional de Estudiante (ISIC): fotocopia del Documento Nacional de Identidad, fotografía tamaño carnet y certificado de estar matriculada o matriculado en un centro académico oficialmente reconocido durante un mínimo de 15 h. semanales.Carnet de profesora o profesor (ITIC): fotocopia del Documento Nacional de Identidad, fotografía tamaño carnet y documento que acredite ser profesorado en una institución educativa oficialmente reconocida durante el año en curso.Carnet GO-25: fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

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2.73

TRAMITACIÓN DE CARNETS INTERNACIONALES

Documentación a aportar

Carnet de Alberguista:· Carné de Alberguista Joven con Gazte-txartela: fotocopia del Documento Nacional de

Identidad y de la Gazte Txartela.· Carnet de alberguista juvenil: fotocopia del Documento Nacional de Identidad.· Carnet de alberguista adulta o adulto: fotocopia del Documento Nacional de Identidad.· Carnet de alberguista de familia: fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la

persona responsable y fotocopia del libro de familia.· Carnet de alberguista de grupo: fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la

persona responsable y listado de las personas que integran el grupo.· Carnet de alberguista de grupo censado en el censo de asociaciones juveniles de la Dirección

de Juventud: fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona responsable y certificado del Censo de Asociaciones Juveniles de la Dirección de Juventud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Carnet Internacional de Estudiante (ISIC): 6,00 €Carnet de profesora o profesor (ITIC): 8,00 €Carnet GO-25: 6,00 €Carnet de Alberguista:

· Carné de alberguista joven con Gazte-txartela: 2,50 €· Carnet de alberguista juvenil: 5,00 €· Carnet de alberguista persona adulta: 11,00 €· Carnet de alberguista de familia: 22,00 €· Carnet de alberguista de grupo: 15,00 €· Carnet de alberguista de grupo censado en el censo de asociaciones juveniles de la Dirección

de Juventud: exento de pago de tasa

Plazo para resolver y notificar Inmediato.

Normativa aplicable Condiciones establecidas por Gobierno Vasco (http://www.gazteaukera.euskadi.eus/)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Juventud para su tramitación.

POR JUVENTUD4. Generar el carnet correspondiente, tras el cargo en la tarjeta de crédito necesaria.

Área responsable CIUDADANÍA / JUVENTUD

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Salud Pública

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2.74

CERTIFICADO INHUMACIÓN CEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué esEs el certificado que documenta la fecha, el cementerio y el enterramiento en el que una persona fue inhumada.

Quién lo puede solicitar Cualquier familiar directo o representante legal de la persona fallecida.

Documentación a aportar

Solicitud generalIndicando el nombre de la persona finada y los datos que se conozcan respecto a su inhumación o fecha de fallecimiento. Documento de pago de la tasa municipal.Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoOrdenanza fiscal 7, Reguladora de las Tasas por Servicios Funerarios

Expedición de Certificados, copias… 30.25€

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días.

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los cementerios municipales de Erandio (Boletín Oficial de Bizkaia, núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999)

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Boletín Oficial del País Vasco, Núm 221 - jueves 18 de noviembre de 2004)

Procedimiento a seguir después de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Verificar los archivos municipales.

5. Expedir el certificado.

6. Notificar a la persona interesada.

ObservacionesCertificado necesario para obtener la autorización sanitaria para el traslado exterior de restos exhumados.

Área responsable CIUDADANÍA / SALUD PÚBLICA

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Salud Pública

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2.75

SOLICITUD CONCESIÓN OSARIO CEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué esEs la solicitud de concesión de nicho de restos, osario, en los cementerios municipales. Son concesiones a treinta años, prorrogables y trasmisibles vía herencia.

Quién lo puede solicitar

Personas empadronadas en Erandio o personas que demuestren arraigo en el municipio y que, disponiendo de cenizas o restos, desean su inhumación en cualquiera de los cementerios de Erandio, bien procedentes de nicho o fosa de enterramiento, de incineración o de traslado desde otro municipio. O su representante legal.

Documentación a aportar

Documento Nacional de Identidad de la persona o personas que van a ser titulares de la concesión y certificado de exhumación o incineración de la persona finada, si no procede de un enterramiento municipal.

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoOrdenanza fiscal 7, Reguladora de las Tasas por Servicios Funerarios

Concesiones sobre osarios de primera clase por un período de 30 años, 272.40€

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 15 días.

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los Cementerios municipales de Erandio (Boletín Oficial de Bizkaia, núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999)

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Boletín Oficial del País Vasco, núm. 221 - jueves 18 de noviembre de 2004)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA 4. Examinar las solicitudes y elaborar el Decreto de concesión.5. Expedir el título de concesión.6. Comunicar a la persona solicitante.

Previamente a retirar el Título habrán de satisfacer las tasas municipales de aplicación.

Observaciones Concesiones por un período de treinta años.

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2.76

DUPLICADO TÍTULO CONCESIONES CEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué esEs la solicitud por pérdida o extravío del título de la concesión de los Cementerios municipales. Sólo puede existir un único título oficial por cada derecho funerario.

Quién lo puede solicitarLa o las personas titulares del derecho o su representante legal. Se comunicará solicitud del duplicado a todas las personas titulares.

Documentación a aportar

Solicitud general

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

Documento de pago de la tasa municipal.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoOrdenanza fiscal 7, Reguladora de las Tasas por Servicios Funerarios

Expedición de Títulos, 62.85€.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 30 días.

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los Cementerios municipales de Erandio (Boletín Oficial de Bizkaia, núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999)

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Boletín Oficial del País Vasco, núm. 221 - jueves 18 de noviembre de 2004)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Examinar las solicitudes y la documentación adjunta.

5. Emitir el duplicado.

6. Notificar a la persona interesada.

ObservacionesEl cambio de titularidad no reinicia el plazo de vigencia del derecho. La emisión de un duplicado del Título sobre un derecho funerario invalida definitivamente cualquier documento anterior.

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Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Salud Pública

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2.77

LICENCIA DE EXHUMACIÓN DE CADÁVERES O RESTOS CADAVÉRICOS EN CEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué es

Cadáver es el cuerpo humano durante los cinco años siguientes a la muerte.

Restos cadavéricos son lo que queda del cuerpo humano, una vez transcurridos, al menos, cinco años desde la muerte y siempre que hayan terminado los fenómenos de destrucción de la materia orgánica.

Con carácter general no podrá ser exhumado ningún cadáver antes de transcurridos cinco años desde la inhumación, salvo cadáveres embalsamados u orden judicial. Y previa autorización sanitaria.

Supuestos:· Sin traslado, dentro de la misma concesión, panteones o sepulturas.· Con traslado a otra concesión dentro del cementerio municipal.· Con traslado fuera del cementerio municipal.

Quién lo puede solicitar Cualquier familiar directo o representante legal de la persona fallecida.

Documentación a aportar

Solicitud general

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

Título de la concesión, en su caso.

Indicará en la solicitud si precisa caja de restos.

Documento de pago de las tasas municipales por exhumación de cadáver o restos y por caja de restos, en su caso.

Si se desea su traslado fuera del cementerio municipal habrán de presentar Autorización Sanitaria de traslado, expedida por el Departamento de Sanidad de Gobierno Vasco, para lo que será necesario solicitar previamente en el Ayuntamiento un Certificado de Inhumación.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Ordenanza fiscal 7, Reguladora de las Tasas por Servicios Funerarios

Por exhumación de restos, reducción o traslado y reinhumación interior: 100.60€.

Por exhumación de cadáveres: 619.20€.

Por exhumación de restos vencido el plazo de arrendamiento y/o de oficio: Exento.

Por suministro de caja de restos: 40.00€.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 15 días.

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Salud Pública

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2.77

LICENCIA DE EXHUMACIÓN DE CADÁVERES O RESTOS CADAVÉRICOS EN CEMENTERIOS MUNICIPALES

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los Cementerios municipales de Erandio (Boletín Oficial de Bizkaia, núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999)

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Boletín Oficial del País Vasco, núm. 221 - jueves 18 de noviembre de 2004)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Contactar con la persona solicitante para concertar fecha y hora de exhumación.

Observaciones

El servicio no incluye otros gastos derivados de la exhumación, tales como cajas de restos, bolsas de traslado…

En caso de cadáver con esqueletización incompleta que no sea exhumado, la tasa deberá ser abonada en todo caso, ya que el servicio ha sido solicitado y prestado.

En los meses de junio, julio, agosto y septiembre se suspenden temporalmente las exhumaciones.

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2.78

SOLICITUD REVERSIÓN CONCESIONES CEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué es

Es el enterramiento en donde no existen cadáveres ni restos, puede ser retrotraído a la Administración.

Habrán de ser previamente exhumados y trasladados todos los cadáveres y restos cadavéricos existentes y, en el caso de que el Ayuntamiento acceda a dicha solicitud, se habrá de estar a las tarifas que, para esa modalidad de enterramiento, estén establecidas por la Ordenanza fiscal correspondiente en cada momento. En el caso de existir diferencia de tarifa respecto a la abonada en el momento de la concesión original, el Ayuntamiento satisfará la misma cuantía que la abonada en su día.

En el caso de antiguas concesiones sobre solares para panteones donde haya construida cripta y alzado, el Ayuntamiento de Erandio realizaría una inspección sobre el panteón construido a fin de valorar su estado y posibilidades de aprovechamiento, de conformidad a lo que establece el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria. A resultas de la inspección, la administración local realizaría una tasación pericial sobre el valor actual de la construcción funeraria, con derecho a presentar tasación pericial contradictoria en caso de disconformidad.

Quién lo puede solicitarLa o las personas titulares del derecho o su representante legal o, si estuvieran fallecidas, las personas que les hayan sucedido en el derecho.

Documentación a aportar

Solicitud general

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

Título de la concesión, en su caso.

Documentos que acrediten su derecho sobre la concesión y de que no hay otras personas con derechos sobre la misma, o su avenencia con la solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 60 días.

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los Cementerios municipales de Erandio (Boletín Oficial de Bizkaia, núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999)

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Boletín Oficial del País Vasco, núm. 221 - jueves 18 de noviembre de 2004)

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Salud Pública

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2.78

SOLICITUD REVERSIÓN CONCESIONES CEMENTERIOS MUNICIPALES

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Inspeccionar la concesión: ocupación, estado constructivo, tasación.5. Emitir el informe técnico correspondiente.6. Decreto de Alcaldía.7. Notificar a la persona interesada la propuesta de liquidación y el plazo para su aceptación o

para la presentación de alegaciones.

Área responsable CIUDADANÍA / SALUD PÚBLICA

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2.79

TRANSMISIÓN TITULARIDAD DE LOS DERECHOS FUNERARIOS EN LOSCEMENTERIOS MUNICIPALES

Qué es

Es el derecho funerario en los cementerios municipales: son los títulos otorgados en su día sobre las modalidades de enterramiento (nicho, osario, panteón o sepultura) otorgados a un plazo de treinta años o por el plazo máximo legal (“a perpetuidad”), trasmisibles.

Es el cambio de la titularidad de las concesiones en los cementerios municipales.

Los derechos funerarios se trasmiten por herencia, legado o sucesión intestada, siempre a título gratuito y excluyendo en todo caso el ánimo de lucro.

Quién lo puede solicitar

La o las personas titulares del derecho o su representante legal.

Las personas herederas, legatarias de una o un titular o sus descendientes, acompañando la documentación necesaria a fin de acreditar y registrar debidamente su derecho sobre la concesión.

El Ayuntamiento la insta de oficio siempre que hayan fallecido todas las personas titulares.

Documentación a aportar

Transmisión por fallecimiento de titular:

Título de la Concesión.

Certificado de defunción, si la persona no fue enterrada en Erandio.

Documentación que acredite el derecho a la trasmisión.

Si hay personas herederas o legatarias testamentarias, presentación del testamento.

En sucesión intestada, libro de familia y/o cualquier documento que acredite el derecho.

Documentación acreditativa del parentesco dentro del cuarto grado en línea recta o del segundo en línea colateral.

Documento Nacional de Identidad y datos personales de la totalidad de de las nuevas personas titulares.

Declaración Responsable y Documento Nacional de Identidad de aquellas personas que deseen la renuncia a cualquier derecho sobre la concesión.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza fiscal 7, Reguladora de las Tasas por Servicios Funerarios

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2.79

TRANSMISIÓN TITULARIDAD DE LOS DERECHOS FUNERARIOS EN LOSCEMENTERIOS MUNICIPALES

Coste económico

El 4% del valor de la concesión según la Ordenanza fiscal vigente, o en su defecto el valor de tasación que se determine considerando a estos efectos el terreno, la cripta y el alzado construidos, para todas aquellas transmisiones de sepulturas, nichos y solares de los cementerios municipales que se tramiten de acuerdo a la ley y el reglamento en vigor.

A estos efectos se considerarán las siguientes valoraciones:

· Terreno: tarifa por m2 establecida en los epígrafes A) y B) (*): Panteón de 1ª (9 baldas): 14,00 m2

Panteón de 2ª (6 baldas): 10,50 m2

Panteón de 3ª (3 baldas): 7,00 m2

Sepulturas: valor concesión según Ordenanza fiscal

· Criptas: valor a aplicar a efectos de transmisión: Panteón de 1ª: 12.570,40 € Panteón de 2ª: 8.380,25 € Panteón de 3ª: 5.237,65 € Sepulturas: 2.618,85 €

· Alzados: valor a aplicar a efectos de transmisión: Panteón de 1ª: 3.142,60 € Panteón de 2ª: 2.199,80 € Panteón de 3ª: 1.257,05 € Sepulturas: 1.257,05 €

(*) A) Solares destinados a la construcción de panteones en ambos cementerios: 1. Concesión de solares para la construcción de Panteones por el plazo máximo legal:

1.780,80 €/m2

B) Concesiones “sepulturas” en Cementerio de Santa María: 2. Sepultura de adultos para 3 inhumaciones: 1.361,80 €/m2

3. Sepultura de adultos par una inhumación: 1.047,55 €/m2

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 3 meses.

Normativa aplicable

Reglamento municipal de unidades de enterramiento e Inscripciones y Lápidas en los Cementerios municipales de Erandio (Boletín Oficial de Bizkaia, núm. 161. Lunes, 23 de agosto de 1999)

Decreto 202/2004, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de sanidad mortuoria de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Boletín Oficial del País Vasco, núm. 221 - jueves 18 de noviembre de 2004)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA 4. Realizar el informe técnico.5. Decreto de Alcaldía autorizando.6. Expedir el nuevo título.7. Liquidar las tasas correspondientes. 8. Notificar a la persona solicitante.9. Para recoger el título será necesario la presentación del documento de pago de las tasas

municipales.

Observaciones El cambio de titularidad no reinicia el plazo de vigencia del derecho.

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2.80

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS:CALIDAD AMBIENTAL, CONDICIONES HIGIÉNICO-SANITARIAS

Qué esEs la denuncia de las deficiencias observadas en las condiciones higiénico sanitarias en establecimientos de titularidad municipal, tales como centros escolares, centros deportivos, culturales...

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física, jurídica o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

Detalle del asunto que solicita, descripción y localización.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 15 días.

Normativa aplicableLey 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública

La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, de modificación de la Ley 7/1985, art. 25 j

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Se practicará inspección en el lugar, si procede.

5. Se emitirán los informes técnicos oportunos en aras a adoptar las medidas correctoras necesarias.

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2.81

INSALUBRIDAD, CONTROL DE PLAGAS

Qué es

Es la denuncia por parte de la persona interesada de situaciones de insalubridad y control de plagas.

Protección de la salubridad pública:

Inspecciones y control de riesgos para la salud pública y de terceros en viviendas, solares, vías públicas, lonjas, patios comunitarios…

Detección y verificación de denuncias sobre insalubridad a fin de prevenir o corregir circunstancias o factores ambientales que estén representando o puedan generar riesgos para la salud pública.

Plagas:

Se atienden avisos de personas particulares acudiendo a detectar e investigar la especie responsable y el grado de infestación. Se indican medidas correctoras a adoptar. Se realiza un tratamiento. Si el problema persiste y el origen está en una propiedad privada, la responsabilidad es de la persona titular, quien deberá contratar a empresa especializada registrada.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física, jurídica o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

Detalle del asunto que solicita, descripción y localización.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 15 días.

Normativa aplicable

Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública

Deberes de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad, Art. 4 y 15 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana

Reglamento de la Unión Europea Nº 528/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de mayo de 2012 relativo a la Comercialización y el Uso de los Biocidas

La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, de modificación de la Ley 7/1985, Art.25.j

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2.81

INSALUBRIDAD, CONTROL DE PLAGAS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Se practicará inspección en el lugar, si procede.

5. Se emitirán los informes técnicos oportunos.

6. Se podrán imponer o adoptar medidas correctoras.

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2.82

CAMBIOS CENSO CANINO: BAJAS, TRASLADO A OTRA COMUNIDAD, CAMBIO PERSONA PROPIETARIA

Qué esEs el trámite a través del cual se puede solicitar la baja por muerte, robo o desaparición, el traslado a otra comunidad, modificación de datos de la persona propietaria, modificación datos del animal o el cambio de persona propietaria de los canes del municipio.

Quién lo puede solicitar

Las personas titulares, o nuevas personas titulares, de canes que se encuentran censados, esto es, que disponen de microchip validado en un registro oficial.

En el País Vasco los censos municipales se encuentran unificados en el Registro General de Identificación de Animales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Documentación a aportar

Solicitud general con la siguiente documentación, según el motivo:

CASO 1: SOLICITUD POR PARTE DE UNA NUEVA PERSONA PROPIETARIA

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante y de la anterior persona propietaria, salvo empadronadas en Erandio*.

Cartilla/pasaporte del animal.

Presentarán la cartilla firmada por ambas, ó

· Documento privado de venta o donación firmado por ambas.

· O se personarán ambas ante el SAC para firmar en el momento el impreso del Registro General de Identificación de Animales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Si es por fallecimiento de la anterior persona propietaria presentará certificado de defunción u otro documento (esquela, recordatorio, o similar) que evidencie la defunción.

Observaciones:

Corresponde a la persona nueva propietaria la obligación de comunicación, que deberá realizarse en el plazo de un mes desde la fecha de transmisión.

Cualquier venta o cesión conllevará la obligación de quien trasmite de entregar a la nueva persona propietaria los animales debidamente identificados, censados y con la Cartilla- Pasaporte Oficial Canina actualizada.

CASO 2: SOLICITUD DE BAJA POR MUERTE DEL ANIMAL

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante, salvo empadronada en Erandio*.

Cartilla/pasaporte del animal.

Adjuntará Informe Veterinario o Declaración responsable de la propietaria informando del fallecimiento del animal.

CASO 3: SOLICITUD DE BAJA POR ROBO O DESAPARICIÓN

Deberá efectuarse en el plazo de 5 días desde el extravío o denuncia.

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante, salvo empadronada en Erandio*.

Cartilla/pasaporte del animal.

Adjuntará denuncia presentada ante un servicio policial.

CASO 4: SOLICITUD DE BAJA POR TRASLADO DEL ANIMAL A OTRA COMUNIDAD AUTÓNOMA

La comunicación deberá realizarse en el plazo de 10 días.

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante, salvo empadronada en Erandio*.

En la solicitud deberá constar el nombre de la nueva persona propietaria, si la hubiera, y la nueva dirección del animal.

Cartilla/pasaporte del animal.

Si hay cambio trasmisión de propiedad: presentará la cartilla, cumplimentada y firmada por ambas personas o, en su defecto:

· Un documento privado de venta o donación firmado por ambas.

· O se personarán ambas ante el ayuntamiento para firmar en el momento el impreso del Registro General de Identificación de Animales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

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2.82

CAMBIOS CENSO CANINO: BAJAS, TRASLADO A OTRA COMUNIDAD, CAMBIO PERSONA PROPIETARIA

Documentación a aportar

CASO 5: SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE DATOS DE LA PERSONA PROPIETARIA O DEL ANIMAL

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante, salvo empadronada en Erandio*.

Cartilla/pasaporte del animal.

En todos los casos, si la persona solicitante es menor de 14 años se deberá incluir, además, la fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona tutora que también deberá firmar el documento de inscripción.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Inmediato, en el momento de la firma, si la documentación está completa.

Normativa aplicable

Ley 6/93, de 29 de octubre, de Protección de Animales

Decreto 101/2004, de 1 de junio, sobre Tenencia de Animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Vasco

Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, que la desarrolla

Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los animales en el término municipal de Erandio. Boletín Oficial de Bizkaia, nº 55 de 18-03-08

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC

1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.

2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.

3. Imprimir el formulario de cambios y su firma, trasladar al Registro General de Identificación de Animales de la Comunidad Autónoma del país Vasco.

Observaciones

Estos trámites también los podrá realizar ente veterinario habilitado. En ese caso usted tendrá que remitir una copia de la documentación a REGIA, Registro General de Identificación de Animales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Si el trámite es ante el Ayuntamiento, no será necesario, su Ayuntamiento se encarga.

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2.83

ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS: SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS

Qué es

Es la presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos que exigirá que la persona, que los conduzca y controle, lleve consigo la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, así como la certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos.

Es la solicitud de inscripción de un animal potencialmente peligroso en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.

Quién lo puede solicitarLas personas titulares de dichos animales o sus representantes legales, que dispongan de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y que tengan censados el o los animales objeto de Inscripción.

Documentación a aportar

Solicitud de Inscripción: Documento Solicitud Inscripción Animales Potencialmente Peligrosos

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante.

Cartilla sanitaria-pasaporte del o de los animales, donde conste el número de microchip.

Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Póliza del seguro de responsabilidad civil, con una cobertura mínima de 120.000,00€ y recibo del pago de la misma del año en curso.

Documento de pago: Inscripción y/o renovación de perro potencialmente peligroso.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoOrdenanza fiscal 14 Reguladora del Servicio municipal de Recogida y Protección de Animales

Inscripción y/o renovación de perro potencialmente peligrosos: 10.50 €.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días.Entrega de credencial, 30 días.

Normativa aplicable

Ley 6/93, de 29 de octubre, de Protección de Animales

Decreto 101/2004, de 1 de junio, sobre Tenencia de Animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Vasco

Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, que la desarrolla

Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los animales en el término municipal de Erandio. Boletín Oficial de Bizkaia, nº55 de 18-03-08

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2.83

ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS: SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Informe favorable y Decreto autorizando la Inscripción.

5. Emisión de tarjeta del animal. Notificación a la persona interesada.

Observaciones

En cada municipio existirá un Registro de Animales Potencialmente Peligrosos clasificado por especies, en el que necesariamente habrán de constar, al menos, los datos personales de la persona propietaria, las características del animal que hagan posible su identificación y el lugar de residencia habitual del mismo, especificando si está destinado a convivir con los seres humanos o si por el contrario tiene finalidades distintas (guarda, protección, etc.)

La sustracción o pérdida del animal habrá de ser comunicada por su titular a los responsables del Registro Municipal de animales potencialmente peligrosos en el plazo máximo de 48 horas desde que se tenga conocimiento de los hechos.

El traslado de un animal potencialmente peligroso de una Comunidad Autónoma a otra, con carácter permanente o por período superior a tres meses, obliga a la persona propietaria a efectuar las inscripciones oportunas en los correspondientes Registros Municipales.

En cada Comunidad Autónoma se constituye un Registro Central informatizado para su consulta por otras Administraciones y autoridades, así como por aquellas personas que acrediten un interés legítimo, por ejemplo deseo de adquirir cierto animal de estas características... Para ello, se envían los datos del Registro Municipal al Registro central de la Comunidad Autónoma del País Vasco, una vez que se ha anotado la incidencia.

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2.84

SOLICITUD DE LICENCIA PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS O RENOVACION DE LA MISMA

Qué es

Con carácter genérico, se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, perteneciendo a la fauna salvaje, siendo utilizados como animales domésticos, o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.

También tendrán la calificación de potencialmente peligrosos, los animales domésticos o de compañía que reglamentariamente se determinen, en particular, los pertenecientes a la especie canina, perros potencialmente peligrosos, incluidos dentro de una tipología racial, que por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.

La licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos es la licencia expedida por el Ayuntamiento donde resida la persona solicitante y que le habilita para la tenencia de cualesquiera animales clasificados como potencialmente peligrosos.

Quién lo puede solicitar

Debe tener licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos cualquier persona, sea propietaria o vaya a encargarse del cuidado, paseo o manejo del animal:

· mayor de edad,

· empadronada en Erandio,

· con certificado negativo de antecedentes penales (antigüedad máxima de tres meses), que acredite que la persona titular no ha sido condenada por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad pública y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico.

Documentación a aportar

Solicitud Licencia: Documento Solicitud Licencia Animales Potencialmente Peligrosos

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante.

Fotografía reciente de tamaño carnet de la persona solicitante.

Aportar certificado negativo de antecedentes penales emitido por la Gerencia Territorial de Justicia: https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/tramites/certificado-antecedentes

O bien cumplimentación del documento Autorización-Penales autorizando al Ayuntamiento para su obtención: Documento Solicitud Licencia Animales Potencialmente Peligrosos

Certificado de capacidad física y aptitud psicológica expedido por centro autorizado, con una antigüedad máxima de un año a contar desde la fecha de su expedición.

Declaración responsable de no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999: Documento Solicitud Licencia Animales Potencialmente Peligrosos

Documento de pago Tramitación (otorgamiento o renovación) de licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

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2.84

SOLICITUD DE LICENCIA PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS O RENOVACION DE LA MISMA

Coste económicoOrdenanza fiscal 14 Reguladora del Servicio municipal de Recogida y Protección de Animales

Tramitación (otorgamiento o renovación) de licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos: 20.95 €.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días.Entrega de credencial: 30 días.

Normativa aplicable

Ley 6/93, de 29 de octubre, de Protección de Animales

Decreto 101/2004, de 1 de junio, sobre Tenencia de Animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Vasco

Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, que la desarrolla

Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los animales en el término municipal de Erandio. Boletín Oficial de Bizkaia, nº55 de 18 de marzo de 2008

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Informe favorable y Decreto de concesión de licencia.

5. Emisión de carnet.

6. Notificación a la persona interesada.

Observaciones

La licencia es de carácter individual, debiendo obtenerla todas las personas que tengan o conduzcan animales potencialmente peligrosos.

La obtención de la licencia faculta a la persona titular para la posesión y manejo de estos animales.

Siendo persona propietaria de un perro potencialmente peligroso tendrá, además, el deber de inscribir al animal en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos. Una vez obtenida la licencia, la persona titular dispone de 15 días para inscribir el animal en dicho registro.

Ver trámite Animales Peligrosos Registro.

La licencia tendrá un período de validez de 5 años, tras el cual deberá ser renovada. Tendrá valor la licencia obtenida en cualquier otro municipio para la tenencia y manejo de este tipo de animales en el municipio de Erandio. No obstante, si la persona con licencia de otro municipio reside actualmente en Erandio, deberá efectuar la renovación, cuando corresponda, en Erandio.

Tener o manejar perros potencialmente peligrosos sin licencia es una infracción calificada como muy grave.

En el caso de que la persona propietaria del animal sea una persona jurídica, aquellas personas que sean responsables del cuidado y control del animal deberán solicitar la correspondiente licencia.

El presente trámite no es de aplicación a los perros y animales pertenecientes a las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, Policía Local y empresas de seguridad con autorización oficial, puesto que no se ven afectados por esta Ley.

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2.85

INSTALACIONES EVENTUALES DE VENTA EN LA VÍA PUBLICA

Qué esEs la licencia que se otorga por el aprovechamiento especial del dominio público y concesión administrativa que se otorga por el uso privativo del mismo.

Quién lo puede solicitar La o las personas titulares de la instalación o su representante legal.

Documentación a aportar

PUESTOS NO DE ALIMENTOS:

Solicitud: Documentación a presentar no alimentos. pdf

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante.

Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

Alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social.

Póliza de Responsabilidad Civil.

Memoria detallando las características del puesto que pretende instalar (materiales, equipamiento, dimensiones… incluidas fotografías).

Productos que pretende poner a la venta.

Entregar firmado: Solicitud otros puestos no de alimentación y documentación a presentar

SI SE PRETENDE LA VENTA DE ALIMENTOS:

Entregar a la persona solicitante: Impreso documentación a presentar

Deberá presentar debidamente cumplimentados la solicitud especial y firmados los anexos I y II:

Documento otros puestos de alimentación ambulante Anexo I

Solicitud y declaración responsable Anexo II

FIESTAS PATRONALES O ACTOS CULTURALES O DEPORTIVOS: INSTALACIÓN DE TXOSNAS Y SIMILARES

Establecimientos temporales que limiten su actividad a fiestas patronales, siendo exclusivamente solicitantes asociaciones o agrupaciones del municipio de Erandio, o titulares de licencias en vigor de locales de restauración en Erandio, y siempre que limiten la actividad a elaboraciones a alimentos y bebidas de escasa manipulación y bajo riesgo sanitario.

Txosnas y similares documentación a presentar

Txosnak y similares anexo I y II_solicitud y declaración responsable

FERIAS Y MERCADOS AGRÍCOLAS O TEMÁTICOS QUE INCLUYAN PUESTOS DE ALIMENTACIÓN

Solicitud instalación de ferias-promotor

Condiciones y declaración responsable instalación de ferias-promotor

Dónde se tramita

Presencialmente:

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Vía telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

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2.85

INSTALACIONES EVENTUALES DE VENTA EN LA VÍA PUBLICA

Coste económicoOrdenanza fiscal – Tasa por Venta Ambulante.

Depende del tipo de venta, metros a ocupar y días de ocupación.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado: 30 días.

Normativa aplicable

Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria

Ordenanza Reguladora de la Venta Ambulante y en Mercadillos del término municipal de la anteiglesia de Erandio, que fue publicado en el «Boletín Oficial de Bizkaia» número 244, de fecha 26 de diciembre de 1995; y su Modificación de 29 de noviembre de 2001 acordó modificar el contenido del artículo 21 (Título II, Capítulo III) . Boletín Oficial de Bizkaia, núm. 239. Viernes, 14 de diciembre de 2001

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Petición de los informes técnicos pertinentes.

5. Propuesta de resolución.

6. Notificación, que si es favorable, recogerá la licencia, las condiciones y la tasa fiscal a abonar.

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2.86

INSTALACIONES PROVISIONALES Y/O TEMPORALESDE ALIMENTOS O BEBIDAS

Qué esEs la autorización sanitaria o registro sanitario en vigor emitida por la administración sanitaria competente del domicilio de la persona solicitante si realiza elaboración o cocinado de alimentos.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física o jurídica interesada.

Documentación a aportar

Es imprescindible en todos los casos la presentación de la siguiente documentación, junto a la Solicitud y la Declaración Responsable firmadas, para que sea considerada a trámite.

Solicitud general

En caso de representación legal, Impreso de designación de representante1. Anexo CS1 Instalaciones provisionales y/o temporales de alimentos o bebidas.2. Anexo A2 Impreso de designación de representante.3. Memoria firmada y detallada sobre los productos que desea comercializar y la manipulación

o elaboración a desarrollar sobre los mismos.4. Acreditaciones de distintivos de calidad: de origen, ecológico u otros.5. Descripción detallada sobre las características, equipamiento y dimensiones de la instalación

temporal para la que solicita autorización, con fotografías actualizadas.6. Acreditación de formación en higiene alimentaria de las personas a cargo de la actividad.7. Póliza de responsabilidad civil vigente.8. Acreditación alta en Seguridad Social del personal trabajador.9. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en vigor.

Excepciones:

Txosnas y extensiones de establecimientos hosteleros de carácter ocasional únicamente tendrán que presentar la documentación 5, 6 y 7.Productores agrarios y artesanales, NO se requieren 8 ni declaración responsable firmada del anexo CS1.Si se acepta la Autorización que aparece al final del anexo CS1, no será necesario presentar lo documentos 8 y 9.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

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b.2017/10.v

2.86

INSTALACIONES PROVISIONALES Y/O TEMPORALESDE ALIMENTOS O BEBIDAS

Normativa aplicable No hay.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Salud Pública.

POR SALUD PÚBLICA

4. Realizar el informe técnico.

5. Notificar a la persona solicitante.

Área responsable CIUDADANÍA / SEGURIDAD CIUDADANA

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b.2017/10.v

2.87

CESIÓN VOLUNTARIA DE VEHÍCULO PARA BAJA DEFINITIVA EN TRÁFICOY TRATAMIENTO COMO RESIDUO SÓLIDO URBANO

Qué esEs la cesión al Ayuntamiento de un vehículo para tramitar la baja definitiva del mismo y su tratamiento como residuo sólido urbano.

Quién lo puede solicitar La persona titular de cualquier vehículo a motor o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

Permiso de Circulación.

Tarjeta de inspección Técnica del vehículo.

Seguro obligatorio de automóviles.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días. Plazo máximo legal: 3 meses.Efectos del silencio administrativo: negativo.

Normativa aplicableReal Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, art. 35.3

Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, art. 20

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Seguridad Ciudadana.

POR SEGURIDAD CIUDADANA

4. Firma del acta de cesión del vehículo al Ayuntamiento.

5. Declaración como residuo por el Ayuntamiento.

6. Retirada del vehículo por el Ayuntamiento al centro de reciclaje quien gestiona y obtiene:

· El certificado de destrucción del vehículo emitido por el Gobierno Vasco. · La baja del vehículo en la Dirección General de Tráfico.

7. Remisión de ambos documentos a la persona interesada.

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b.2017/10.v

2.88

COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS EN ESPACIOS PÚBLICOS

Qué esEs el acto por el que una persona particular pone en conocimiento de la administración la existencia de una determinada incidencia: alumbrado, arquetas, deterioro de mobiliario urbano, semáforos…

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física o jurídica o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud general

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

La que la persona solicitante considere necesaria para dar a conocer el caso.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar El correspondiente a cada tipo de incidencia.

Normativa aplicableLey 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Seguridad Ciudadana.

POR SEGURIDAD CIUDADANA

4. Comunicación a la empresa adjudicataria del mantenimiento en los casos de incidencia de iluminación o semáforos.

5. Remisión del aviso al Área competente.

6. Resolución de la incidencia comunicada.

Área responsable CIUDADANÍA / SEGURIDAD CIUDADANA

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b.2017/10.v

2.89

DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO DE ORDENANZAS Y NORMATIVA GENERAL

Qué esEs la comunicación a la administración, por parte de una persona particular, de la existencia de un determinado hecho, sancionable o no, a fin de que se acuerde el inicio de un determinado procedimiento para clarificar y sancionar, en su caso, los hechos denunciados.

Quién lo puede solicitarCualquier persona física o jurídica o su representante legal. La denuncia no convierte por sí sola a quien la presenta en persona interesada en el procedimiento.

Documentación a aportar

Solicitud general

Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

La que la persona solicitante considere necesaria para dar a conocer el caso.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar El correspondiente a cada procedimiento en caso de apertura del mismo.

Normativa aplicable

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Ley 2/1998, de 20 de febrero, de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Seguridad Ciudadana.

POR SEGURIDAD CIUDADANA 4. Remisión del escrito al área correspondiente.5. En su caso, instrucción del procedimiento o procedimientos correspondientes.6. Comunicación a la persona denunciante de la Resolución, en su caso.

Área responsable CIUDADANÍA / SEGURIDAD CIUDADANA

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b.2017/10.v

2.90

OBJETOS PERDIDOS

Qué es Es la entrega o solicitud de recuperación de objetos extraviados en la vía o espacios públicos.

Quién lo puede solicitarCiudadanía que haya perdido un objeto de su propiedad.

Ciudadanía que haya encontrado un objeto en la vía pública.

Documentación a aportar

Entrega y/o hallazgo de un objeto: no es necesario más que el objeto hallado y, en su caso, datos personales que permitan localizarle, para que pasado el plazo legal pueda reclamar el objeto como propio.

Recuperación del objeto en su día hallado y entregado: presentación Documento Nacional de Identidad, Permiso de conducción o Pasaporte y documento, si lo hubiere, con el que demostrar la propiedad pretendida.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Plazo estimado de entrega una vez identificado el objeto: inmediato.

Normativa aplicable Código Civil, Arts. 615 y siguientes

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SACEntrega y hallazgo de un objeto:1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Seguridad Ciudadana.

POR SEGURIDAD CIUDADANA

4. Se realizan las gestiones oportunas para localizar a la persona propietaria del objeto hallado.

5. Si se localiza a la persona legítima propietaria, Seguridad Ciudadana se pone en contacto con ella para proceder a su entrega, vía telefónica o a través de escrito dirigido al domicilio.

Observaciones

No obstante, la persona interesada que hubiese hallado el objeto perdido y lo hubiera depositado, puede solicitar la entrega del mismo si, transcurridos más de dos años, no ha sido entregado o recogido por la persona legítima propietaria o poseedora. En el caso de cámaras fotográficas no se suele hacer entrega de las tarjetas de datos.

Área responsable CIUDADANÍA / SEGURIDAD CIUDADANA

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b.2017/10.v

2.91

AUTORIZACIÓN DE PROGENITORES PARA VIAJES DE PERSONAS MENORES AL EXTRANJERO SIN SU COMPAÑÍA

Qué esEs la concesión del permiso de la madre, padre o persona tutora de una persona menor de edad para viajar al extranjero cuando no es acompañada por alguna o alguno de sus progenitores o por quien tenga la patria potestad o tutela legal de la persona menor.

Quién lo puede solicitar La madre, padre o persona tutora legal de la persona menor.

Documentación a aportarDocumento Nacional de Identidad de la persona solicitante y de la persona menor, ambos en vigor.

Libro de Familia.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar Inmediato.

Normativa aplicableReglamentación Comunitaria: Reglamento (CE) 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Seguridad Ciudadana.

POR SEGURIDAD CIUDADANA

4. Expedición de la autorización.

Observaciones

Requisitos: No tener pasaporte individual y viajar con Documento Nacional de Identidad al extranjero sola o solo. Es válido sólo para los países que permiten la entrada con Documento Nacional de Identidad español. Si las personas menores disponen de pasaporte, no necesitan ningún tipo de autorización adicional.

Validez de la autorización, 90 días desde la fecha de expedición del permiso.

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b.2017/10.v

2.92

SOLICITUD DE INFORME DE LA POLICÍA LOCAL

Qué es Es el informe que recoge la actuación de la patrulla de la policía local de Erandio, con motivo de una incidencia en la que está implicada la persona solicitante o su representante legal.

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona implicada en una intervención policial, persona física o jurídica, que justifique la necesidad del informe, puede solicitar un informe realizado por la policía local. También podrán solicitar informe las y los abogados o compañías de seguros, o familiares, en representación de la persona implicada en la intervención, aunque en estos últimos casos deberán presentar autorización escrita de la persona implicada y hacer constar dicha circunstancia.

Documentación a aportar

Solicitud general, descriptivo de los hechos, conforme a modelo normalizado o bien escrito personalizado.Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o, en caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso de designación de representante

A la solicitud de informe deberá acompañarse resguardo acreditativo del pago de la tasa correspondiente a la expedición de documentos administrativos, que podrá efectuarse en cualquier entidad bancaria en la que este Ayuntamiento tenga abierta una cuenta o en el Servicio de Atención Ciudadana en el momento de la solicitud.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Informes sobre accidentes de tráfico y atestados realizados por la policía local a instancia de parte interesada: 50.30 €.Informaciones diversas que se hayan de realizar a petición de parte interesada y que requieran una especial gestión de cualquier servicio municipal: 40.05 €.

Normativa aplicableOrdenanza fiscal 6 reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativosLey Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal y normativa de desarrollo

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Seguridad Ciudadana.POR SEGURIDAD CIUDADANA 4. Estudio de lo solicitado.5. Elaboración del informe.6. Notificación del resultado a la persona interesada.

Área responsable CIUDADANÍA / SEGURIDAD CIUDADANA

Manual de Trámites MunicipalesCiudadanía / Seguridad ciudadana

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b.2017/10.v

2.93

MULTAS DE TRÁFICO: ALEGACIONES E IDENTIFICACIONES

Qué es Es la presentación de alegaciones contra denuncias por infracciones en materia de tráfico impuestas por la Policía Local o identificación de la persona conductora responsable de una infracción.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona física o jurídica denunciada en materia de Tráfico, o su representante así como la persona propietaria del vehículo para las identificaciones.

Documentación a aportar

Para las alegaciones:

1. Pliego de Descargo (escrito de alegaciones) en modelo normalizado, con número de denuncia, fecha-hora y matrícula del vehículo.

2. Cualquier documento que acredite la veracidad de los hechos alegados. Para las identificaciones:

1. Solicitud general indicando nombre y apellidos, número de su permiso de conducir y domicilio de la persona conductora.

2. Si la persona identificada no estuviera inscrita en el Registro de Conductores de la Dirección General de Tráfico, será obligatorio, además, aportar una fotocopia del permiso de conducir de la misma.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Vía telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días. Plazo máximo legal: 3 meses. Efectos del silencio administrativo: Negativo.

Normativa aplicableReal Decreto Legislativo.339/ 1990, de 2 de marzo Ley 6/2014, de 7 de abril, que modifica el Real Decreto Legislativo 339/1990Ordenanza General de Tráfico del Ayuntamiento de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Remitir a Seguridad Ciudadana.POR SEGURIDAD CIUDADANA 4. Estudio de lo solicitado.5. Elaboración del informe.6. Notificación del resultado a la persona interesada.

Área responsable CIUDADANÍA / SEGURIDAD CIUDADANA

3. TERRITORIO

URBANISMOOBRAS Y SERVICIOS

MEDIO AMBIENTE

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo

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b.2016/11.v

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo3.1

1

LICENCIA DE OBRA MAYOR

Qué esEs la autorización municipal para la ejecución de obras de nueva planta de edificios o de instalaciones, así como para las de ampliación, reforma o rehabilitación que afecten a su estructura y/o configuración arquitectónica.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Proyecto técnico (básico o de ejecución) suscrito por personal facultativo competente en soporte papel y digital. En caso de proyecto de ejecución, éste deberá estar visado por el colegio oficial correspondiente. La licencia se podrá otorgar sobre proyecto básico, si bien antes de iniciarse la obra, deberá aportarse proyecto de ejecución.

Autorizaciones sectoriales concurrentes que en cada caso sean exigibles en función de la legislación aplicable (ver observaciones):

• Aguas - Ur Agentzia (URA)• Carreteras - Diputación Foral Bizkaia (DFB)• Costas - Demarcación de Costas• Suelos potencialmente contaminados- Órgano ambiental• Ferrocarril - Eusko Trenbide Sarea / Metro • Patrimonio cultural, histórico y artístico - Diputación Foral de Bizkaia / Gobierno Vasco• Otros…

En caso de ser necesaria la colocación de instalaciones auxiliares (andamios, grúas…) y/o ocupación de dominio público deberá obtenerse de manera independiente la oportuna licencia (ficha procedimiento 3.8 y 3.9).

Nombramiento de dirección facultativa de obra (dirección de obra, dirección de ejecución material y coordinación de seguridad y salud).

Impreso de estadística y edificación del Gobierno Vasco, a presentar antes del inicio de las obras.

Otra documentación exigible en función de la naturaleza específica de la actuación (edificación en suelo no urbanizable, edificios protegidos,…).

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo3.1

2T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

b.2016/11.v

LICENCIA DE OBRA MAYOR

Coste económico

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Ordenanza fiscal 5.

• Tipo General: 5 %.• Viviendas sujetas a régimen de protección pública: 3 %

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza fiscal 11.• Tipo General: 0,5 %.

El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).

Se deberá depositar aval para garantizar las obligaciones vinculadas a la correcta gestión de los residuos (120% del importe correspondiente al capítulo de gestión de residuos. Decreto 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición..

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

Normativa aplicable

Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes)

Código Técnico de la Edificación (CTE)

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Normativa sectorial.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud, así como de la documentación aportada.2. Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Examen del proyecto por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística. Emisión de informe.5. Adopción de resolución y notificación a la persona interesada.6. Traslado a Servicios Económicos.7. Liquidación de tasas e impuestos municipales.8. Notificación de la liquidación a la persona interesada.9. Control sobre la ejecución de las obras (acta de replanteo, condicionado licencia...).10. Aportar, en su caso, documentación fin de obras.11. Informe servicios técnicos municipales.12. Liquidación final impuestos municipales.

Observaciones

La autorización sectorial correspondiente a actuaciones en zona de servidumbre aeronáutica del aeropuerto de Bilbao se solicitará a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea según formulario a descargar de su página web.

La solicitud una vez descargada y cumplimentada deberá presentarse ante el propio Ayuntamiento.

El resto de autorizaciones sectoriales se deberán solicitar por la persona interesada ante el órgano competente para su posterior aportación ante el Ayuntamiento junto con la petición de licencia.

La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite. Se deberán tener en cuenta así mismo las disposiciones normativas sobre contaminación acústica Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco..

En el caso de que sea precisa la ocupación de vialidad pública por contenedores, andamiajes, etc. se solicitará la oportuna licencia (ver ficha 3.11).

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo

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b.2016/11.v

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo

3

3.2

LICENCIA DE OBRAS DE DERRIBO O DEMOLICIÓN

Qué es Es la autorización municipal para proceder a la demolición de edificios y construcciones.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Proyecto técnico por duplicado, en soporte papel y digital, suscrito por persona facultativa competente y visado por el colegio oficial correspondiente, que incluirá:

• Memoria técnica explicativa de los trabajos a realizar, con indicación del programa y coordinación de los mismos, así como las precauciones a adoptar en defensa de las personas y de las cosas, y en relación a la propia obra, a las vías públicas y a las construcciones o edificios colindantes.

• Planos de estado actual de las construcciones afectadas en plantas, alzados y secciones a escala 1:100.

• Fotografías del aspecto exterior del conjunto del edificio tamaño 18x24 cm firmadas por la persona autora del proyecto y bajo la manifestación de su concordancia con la realidad.

• Estudio de Seguridad y Salud en el trabajo por duplicado, elaborado por personal técnico competente.

• Estudio de gestión de residuos.

Impreso de estadística y edificación del Gobierno Vasco

Nombramiento de personal técnico responsable de las obras y persona coordinadora de seguridad.

Autorizaciones sectoriales concurrentes que en cada caso sean exigibles en función de la legislación aplicable (ver observaciones):

• Aguas - Ur Agentzia (URA)• Carreteras - Diputación Foral Bizkaia (DFB)• Costas - Demarcación de Costas• Suelos potencialmente contaminados- Órgano ambiental• Ferrocarril - Eusko Trenbide Sarea / Metro • Patrimonio cultural, histórico y artístico - Diputación Foral de Bizkaia / Gobierno Vasco• Otros…

En caso de que el edificio se encuentre situado sobre una parcela incluida en el inventario de emplazamientos que soporten o hayan soportado una actividad o instalación potencialmente contaminante del suelo deberán cumplirse las exigencias establecidas por el órgano medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

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b.2016/11.v

3.2

LICENCIA DE OBRAS DE DERRIBO O DEMOLICIÓN

Coste económico

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Ordenanza fiscal 5.• Tipo General: 5 %.

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza fiscal 11.• Tipo General: 0,5 %.

El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Positivo.

Normativa aplicable

Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes)

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Normativa sectorial.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud, así como de la documentación aportada.2. Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Examen del proyecto por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación

a la normativa urbanística. Emisión de informe.5. Adopción de resolución y notificación a la persona interesada.6. Remisión a Servicios Económicos.7. Liquidación tasas e impuestos municipales.8. Notificación de la liquidación a la persona interesada.9. Aportar, en su caso, la documentación fin de obras.10. Informe servicios técnicos municipales.11. Liquidación final, en su caso, de impuestos municipales.12. Remisión de la liquidación final a la persona interesada.

Observaciones

En el caso de que sea precisa la ocupación de vialidad pública por contenedores, andamiajes, etc. se solicitará la oportuna licencia (ver ficha 3.11).

La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

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5

3.3

LICENCIA DE MOVIMIENTO DE TIERRAS

Qué esEs la autorización municipal para los movimientos de tierras y para las obras de desmonte y explanación en cualquier clase de suelo, que supongan desniveles superiores a un metro.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Proyecto técnico por duplicado, en soporte papel y digital, suscrito por personal facultativo competente y visado por el colegio oficial correspondiente, que incluirá:

• Memoria: en la que se detallarán las características de la actuación y sus dimensiones, con referencia al topográfico. Se deberán justificar las condiciones técnicas de seguridad de taludes. Así mismo se establecerá el tratamiento superficial de los suelos afectados.

• Planos a escala mínima 1/500 con curvas de nivel metro a metro y con indicación de la distribución parcelaria. Igualmente se detallará la edificación y el arbolado existente. Se aportarán los perfiles necesarios. Autorizaciones sectoriales que en su caso sean procedentes URA, Agencia Vasca del Agua; IHOBE, Sociedad pública de Gestión Ambiental del Gobierno Vasco; Diputación Foral de Bizkaia, Obras Públicas...

Autorizaciones sectoriales concurrentes que en cada caso sean exigibles en función de la legislación aplicable (ver observaciones):

• Aguas - Ur Agentzia (URA)• Carreteras - Diputación Foral Bizkaia (DFB)• Costas - Demarcación de Costas• Suelos potencialmente contaminados- Órgano ambiental• Ferrocarril - Eusko Trenbide Sarea / Metro • Patrimonio cultural, histórico y artístico - Diputación Foral de Bizkaia / Gobierno Vasco• Otros…

Nombramiento del personal técnico responsable de las obras (a presentar con anterioridad al inicio de las obras).

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Ordenanza fiscal 5.• Tipo General: 5 %.

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza fiscal 11.• Tipo General: 0,5 %.

El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).

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3.3

LICENCIA DE MOVIMIENTO DE TIERRAS

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

Normativa aplicable

Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes)

Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco

Decreto 49/2009, de 24 de febrero, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero y la ejecución de los rellenos

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.2. Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar

su adecuación a la normativa urbanística.5. Emisión de informes.6. Resolución y notificación a la persona interesada.7. Remisión a Servicios Económicos.8. Liquidación tasas e impuestos municipales.9. Notificación de la liquidación a la persona interesada.

ObservacionesEn el caso de que las tierras obtenidas de la intervención sean objeto de vertido o explanación en volumen superior a 500.000,00 m3 será preceptiva la obtención de licencia de actividad clasificada (Ley 3/1998, Anexo II-A, apartado 11).

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7

3.4

LICENCIA DE INSTALACIÓN DE ASCENSOR

Qué esEs la autorización municipal para la realización de obras consistentes en la eliminación de barreras arquitectónicas o mejora de las condiciones de accesibilidad de una edificación mediante la instalación de nuevo ascensor o la modificación de su recorrido a cota del portal.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Proyecto técnico por duplicado, en soporte papel y digital, suscrito por personal facultativo y visado por el colegio profesional correspondiente. Dicho proyecto, además del contenido que le es propio, deberá acompañar la siguiente documentación:

1. Alternativas de ubicación, razonando de mejor a peor las posibles ubicaciones, justificando la racionalidad de la adoptada, dentro de los criterios establecidos en la normativa vigente de accesibilidad y adecuación a las Normas Subsidiarias de Erandio.

2. Estudio de las afecciones sobre las vistas de los colindantes, con inclusión de fotografías, plano de planta y de alzado de los edificios afectados, con situación de ventanas.

3. Criterios funcionales justificando las mejoras que aporta el proyecto en las condiciones de accesibilidad al edificio.

4. Criterios sobre la composición de la caja del ascensor en relación a la fachada existente.

5. Propuesta de medidas necesarias para minimizar las afecciones al medio ambiente.

6. Evaluación de los impactos (físico, estético, acústico, etc.) que se deriven de la solución planteada, así como las propuestas de corrección.

7. Las soluciones que afecten a espacio público deberán ir acompañadas de un anexo de obras de urbanización del espacio público afectado, y deberá exponerse a la Comisión de Urbanismo del Ayuntamiento para su aprobación.

8. El coste de ejecución de las obras, así como el valor económico de todos los bienes y derechos que hubieran de expropiarse en su caso, sin perjuicio de su posterior reajuste.

9. La relación de todos los bienes y derechos afectados por la solución propuesta, descripción de sus características y la identificación de las personas titulares.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Ordenanza fiscal 5.• Construcciones, instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad

de las personas con diversidad funcional: 2%.Tasa por prestación de servicio. Ordenanza fiscal 11.• Tipo General: 0,5 %.El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).

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3.4

LICENCIA DE INSTALACIÓN DE ASCENSOR

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Positivo.

Normativa aplicable

Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes)

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Ordenanza municipal para la promoción de la accesibilidad a las viviendas

Ley 20/1997, de 4 de diciembre para la Promoción de la Accesibilidad

Decreto 68/2000, sobre Normas Técnicas de Accesibilidad

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.2. Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar

su adecuación a la normativa urbanística.5. Emisión de informes.6. Resolución y notificación a la persona interesada.7. Remisión a Servicios Económicos.8. Liquidación tasas e impuestos municipales.9. Notificación de la liquidación a la persona interesada.

Observaciones

En caso de afecciones al dominio público además de la licencia será exigible la pertinente autorización / concesión para la ocupación privativa (ver ficha 3.11).

En el supuesto de ubicaciones incluidas en el Inventario de emplazamientos que soportan o han soportado actividades potencialmente contaminantes del suelo se deberán tener en cuenta las exigencias procedimentales derivadas de la aplicación de la legislación específica.

La expropiación de espacios privados pertenecientes a terceros exigirá la tramitación de un procedimiento específico regulado en Ordenanza municipal

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9

3.5

LICENCIA DE PARCELACIÓN Y SEGREGACIÓN

Qué esEs la autorización administrativa que habilita para la división de solares, parcelas, fincas o terrenos en dos o más lotes independientes, de forma simultánea o sucesiva.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Plano de localización de la finca a la que se refiere la operación a escala 1:1000.

Plano suscrito por personal técnico competente que refleje la delimitación de la finca en su estado inicial y la situación final resultante de la operación de fraccionamiento propuesta, a escala adecuada en función de la superficie.

Nota informativa simple del Registro de la Propiedad relativa a la finca o fincas afectadas.

Proyecto o minuta de escritura pública que describa la operación de fraccionamiento propuesta con arreglo a las exigencias de la legislación hipotecaria.

La documentación se aportará en soporte papel y digital. El plano que describa la operación estará georreferenciado con coordenadas UTM, sistema de coordenadas universal transversal de Mercator, bajo el sistema ETRS-89, Sistema de Referencia Terrestre Europeo 1989 geodésico, utilizando el metro como unidad de trabajo. En cuanto a la documentación gráfica el formato será “dgn” para Microstation o compatible, mientras que para la documentación escrita (proyecto de escritura pública) será formato “doc” o compatible.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza fiscal 11.

• Hasta 250,00 m2 ......................................0,82 €/m2

• De 251 m2 hasta 5.000 m2. ......................0,04 €/m2

• De 5.001 hasta 10.000 m2 ........................0,03 €/m2

• De 10.001 hasta 25.000 m2 ......................0,02 €/m2

• De 25.001 hasta 50.000 m2 ......................0,02 €/m2

• De más de 50.001 m2 ...............................0,01 €/m2

Terrenos no urbanizables: 50 % de las tarifas precedentes.

Coste Mínimo: 192,75 €

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

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3.5

LICENCIA DE PARCELACIÓN Y SEGREGACIÓN

Normativa aplicable

Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco arts. 38, 39 y 40; arts. 207 y siguientes)

Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias (art. 24)

Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (arts. 16.2 y 26)

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.2. Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar

su adecuación a la normativa urbanística.5. Emisión de informes.6. Resolución y notificación a la persona interesada.7. Remisión a Servicios Económicos.8. Liquidación tasas e impuestos municipales.9. Notificación de la liquidación a la persona interesada.

ObservacionesLa licencia no tendrá ningún efecto si en el plazo de 3 meses desde la concesión de la misma no se presenta en el Ayuntamiento el documento público en el que se formalice el acto.

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11

3.6

LICENCIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA (ANEXO-II.A LEY 3/1998). COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO

Qué es

Es la autorización municipal que tiene por objeto la instalación, ampliación o reforma de una actividad o establecimiento incluido en el apartado A) del Anexo II de la Ley 3/1998, General de Protección de Medio Ambiente del País Vasco, susceptible de originar daños al medio ambiente, a las personas o a sus bienes, generar riesgos de producir tales daños o causar molestias a las personas.

En caso de ser necesaria la realización de obras en el local o la construcción del inmueble, no podrá concederse licencia para estas intervenciones sin que previamente se haya obtenido la licencia de actividad correspondiente.

La tramitación de la licencia de actividad se realiza con participación de otras administraciones públicas, además del Ayuntamiento.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud GeneralEn caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Proyecto técnico y memoria descriptiva, firmados por personal técnico competente, en los que se detallarán las características de la actividad, la descripción del medio sobre el que se emplace, su posible repercusión ambiental y las medidas correctoras que se propongan utilizar, con expresión de su grado de eficacia y garantía de seguridad y firmado por personal técnico competente (2 copias en formato papel y 1 en formato digital).

En los supuestos de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental, la documentación citada deberá incorporar un estudio de impacto ambiental.

En su caso Plan de Autoprotección, según Norma Vasca de Autoprotección Decreto 277/2010, de 2 de noviembre.

Autorizaciones sectoriales concurrentes que en cada caso sean exigibles en función de la legislación aplicable:

• Aguas - Ur Agentzia (URA)• Carreteras - Diputación Foral Bizkaia (DFB)• Costas - Demarcación de Costas• Suelos potencialmente contaminados- Órgano ambiental• Ferrocarril - Eusko Trenbide Sarea / Metro • Patrimonio cultural, histórico y artístico - Diputación Foral de Bizkaia / Gobierno Vasco• Otros…

Si para la instalación de la actividad son necesarias obras de nueva planta, o de reforma, ampliación o acondicionamiento del local se deberá solicitar la correspondiente licencia o presentar comunicación previa en función del alcance de las actuaciones (ver fichas 3.1 y 3.14) y aportar la documentación correspondiente.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo

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3.6

LICENCIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA (ANEXO-II.A LEY 3/1998). COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO

Coste económico

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza fiscal 10.• Hasta 50 m2 ......................................................... 386,85 €• Más de 50 m2 hasta 100 m2 ................................. 542,40 € • Más de 100 m2 hasta 250 m2 ............................... 929,20 € • Más de 250 m2 hasta 500 m2 ............................ 1.548,55 €• Por cada m2 en exceso a partir de 500 m2 .............1,26 €/m2

En todo caso, el importe mínimo a satisfacer será de 322,00 €.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Positivo.

Normativa aplicable

Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (arts. 55 y siguientes)

Código Técnico de la Edificación (CTE)

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación

Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de Contaminación Acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (R.E.B.T)

Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida de la solicitud y comprobación de la documentación.2. Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Examen del proyecto por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación

a la normativa urbanística.5. Emisión de informes.6. Exposición pública del expediente por espacio de 15 días mediante anuncio en el Boletín

Oficial de Bizkaia y notificación personal a vecinas y vecinos inmediatos al lugar de la instalación al objeto de que puedan presentarse alegaciones.

7. Remisión al Departamento de Sanidad del Gobierno Vasco en solicitud de informe preceptivo y vinculante.

8. Informes técnicos necesarios según la naturaleza de la actividad y sobre las alegaciones si las hubiere.

9. Informe del Ayuntamiento razonado sobre el establecimiento de la actividad.10. Remisión al órgano medioambiental correspondiente en solicitud de Informe de imposición

de medidas correctoras (Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia en el caso de actividades en suelo urbano residencial o por la Dirección de Calidad Ambiental del Gobierno Vasco en el resto de supuestos).

11. Resolución del expediente y notificación a la persona interesada.12. Traslado a Servicios Económicos.13. Liquidación tasas municipales.14. Notificación de la liquidación a la persona interesada.

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3.6

LICENCIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA (ANEXO-II.A LEY 3/1998). COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

Comunicación previa de inicio de la actividad por la persona interesada: La persona interesada una vez implantadas las medidas correctoras impuestas en la licencia de actividad clasificada y habilitadas las instalaciones, presentará comunicación previa conforme al modelo establecido solicitud general. A la misma se acompañará certificación expedida por persona técnica competente que acredite que la actividad y/o las instalaciones se adecuan al proyecto constructivo y a la documentación técnica presentada y que se han cumplido las medidas correctoras impuestas. Con posterioridad se realizarán las siguientes actuaciones:

• Visita de comprobación de los servicios técnicos municipales (Sanidad / Urbanismo) y emisión de informes sobre adecuación de la actividad a la solicitud realizada y a las medidas correctoras impuestas.

• Liquidación final, en caso de modificaciones.

Observaciones

Con antelación a la solicitud de licencia de actividad clasificada la persona promotora de la actividad pública o privada podrá realizar ante el Ayuntamiento la consulta dirigida a que se le proporcione información de los requisitos jurídicos y técnicos de la licencia y de las medidas correctoras previsibles, así como la viabilidad de la actividad. Esta consulta está prevista en el artículo 57.1 de la Ley 3/1998, General de Protección del Medio Ambiente.

En caso de ser precisa la construcción del inmueble que albergará la actividad o la realización de obras de acondicionamiento, dichas actuaciones deberán ser objeto de la preceptiva licencia o comunicación previa, según los casos.

La actividad podrá iniciarse desde el mismo día de presentación ante el Ayuntamiento de la comunicación previa, sin perjuicio de las facultades de comprobación, verificación, inspección y sanción que a la Administración municipal corresponden, y del abono de las tasas municipales correspondientes.

El inicio de la actividad se realizará bajo la exclusiva responsabilidad de la persona titular de la misma y del personal técnico que, en su caso, haya emitido los certificados que acreditan el cumplimiento de las exigencias legales, sin perjuicio de que deba disponerse de los títulos administrativos habilitantes o de controles previos que sean preceptivos de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento declarado determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada, desde que el Ayuntamiento tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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14

3.7

LICENCIA DE PRIMERA UTILIZACIÓN

Qué es

Es la autorización administrativa de carácter declarativo que tiene por objeto comprobar si un edificio, obra o parte de ella se ha ejecutado conforme a las condiciones de la licencia y puede destinarse a determinado uso y, en su caso, si se ha cumplido el deber de realizar la urbanización correspondiente.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud GeneralEn caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Planos final de obra en los que se recojan el estado definitivo de la edificación incluyendo en su caso, las modificaciones que ajustadas a la legalidad se hayan realizado durante las mismas, suscritos por el personal técnico director de la obra por el Colegio Profesional correspondiente, en su caso. Así mismo se presentará, en la condiciones establecidas, proyecto “as built” de la obra de urbanización vinculada a la edificación, realmente ejecutada.

Certificados y Liquidación Final de Obra, visado por el Colegio Profesional correspondiente, en su caso.

Certificados de control y seguimiento del Plan de Seguridad, visado por el Colegio Oficial correspondiente, en su caso.

Certificados de Control de Calidad, visado por el Colegio Oficial correspondiente, en su caso y Libro de Control de Calidad.

Documentación de los órganos administrativos competentes, en relación con el funcionamiento de ciertas instalaciones específicas, tales como ascensores, electricidad en el B.T., instalación de agua, calefacción, protección contra incendios, telecomunicaciones, red de gas en su caso, etc.

Justificante de haber cumplimentado el trámite de Declaración de Alta del Impuesto de Bienes Inmuebles.

Proforma de la escritura de declaración de obra nueva.

Fotografía en color mínimo 18x24 de cada una de las fachadas interiores y exteriores del edificio.

Informe final de la gestión de residuos y materiales de construcción y demolición con el contenido y alcance que se señala en el artículo 6 y en el anexo III de este Decreto 112/2012, de 26 de junio, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

En su caso, resultado de las mediciones “in situ” del aislamiento acústico a ruido aéreo en las fachadas exteriores y elementos de las fachadas, para corroborar el cumplimiento de los aislamientos fijados en proyecto.

Acta de recepción de la obra de urbanización vinculada a la edificación.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

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3.7

LICENCIA DE PRIMERA UTILIZACIÓN

Coste económicoImpuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO): liquidación definitiva en su caso.

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza fiscal 11.• Tipo General: 0,5 %.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

Normativa aplicableNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.2. Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para

comprobar su adecuación a la normativa urbanística.5. Inspección.6. Emisión de informes.7. Resolución y notificación a la persona interesada.8. Traslado del expediente a Servicios Económicos.9. Liquidación por Servicios Económicos, en caso de modificaciones en el presupuesto objeto

de licencia.10. Remisión de la liquidación a la persona interesada.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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b.2016/11.v

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16

3.8

LICENCIA DE INSTALACIÓN DE GRÚAS

Qué es Es la autorización administrativa que se otorga para la instalación y funcionamiento de grúas-torre, conjunta o independientemente de la licencia de obras.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud GeneralEn caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Proyecto Técnico de Instalación y Seguridad, suscrito por persona facultativa competente, en formato papel y digital. Incluirá plano de localización y plano que describa la circunferencia de movimiento de la grúa.Documento suscrito por persona técnica responsable en virtud del cual asuma la dirección de la grúa y su mantenimiento durante todo el periodo previsto para la instalación. Seguro de Responsabilidad Civil.Autorización servidumbre aeronaútica Agencia Estatal de Seguridad Aérea:http://www.seguridadaerea.gob.es/lang_castellano/particulares/servidumbres/default.aspx

Otras posibles autorizaciones sectoriales en función de la localización de la actuación.

Dónde se tramita

Presencialmente: Servicio de Atención Ciudadana - SAC

Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza fiscal.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes. Plazo máximo legal: 3 meses. Efecto del silencio: Positivo.

Normativa aplicableNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de ErandioLey 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.2. Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar su adecuación a la normativa urbanística.5. Emisión de informes.6. Resolución y notificación a la persona interesada.7. Traslado del expediente a Servicios Económicos.8. Liquidación por Servicios Económicos.9. Remisión de la liquidación a la persona interesada.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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17

3.9

INSTALACIÓN DE ANDAMIAJES, MONTACARGAS, MÁQUINAS ELEVADORAS, TRABAJOS VERTICALES…

Qué esEs la autorización administrativa que se otorga para la instalación en vía pública de andamiajes, montacargas, máquinas elevadoras o similares conjunta o independientemente de la licencia de obras.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

En el caso de andamiajes o torres de montacarga proyecto técnico de instalación firmado por personal facultativo competente, en formato papel y digital, con el siguiente contenido mínimo:

• Memoria descriptiva que recoja y concrete el tiempo de permanencia y la superficie pública en planta (aceras, viales, etc.) a ocupar por las instalaciones auxiliares, así como acopio de materiales y su protección, dimensionado y características de todos los elementos que configuran la estructura metálica, justificando el cumplimiento del Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las Normas Técnicas sobre Condiciones de Accesibilidad, asumiendo la persona técnica redactora el correcto montaje, utilización y desmontaje de esta infraestructura.

• Planos en planta, alzado y secciones, que definan y proyecten lo especificado en el párrafo anterior, en los que se señalen los accesos a los locales comerciales y portales, incluyendo los servicios públicos afectados, tanto aéreos como soterrados (redes de suministros de agua, saneamientos, conducciones eléctricas, etc., así como sus registros correspondientes, arquetas, armarios, báculos de luminarias, etc.).

• Seguro de responsabilidad civil.

• Estudio Básico de Seguridad y Salud.

En el caso de máquinas elevadores, plataformas móviles o trabajos verticales:

• Ficha técnica del elemento o instalación.

• Plan de trabajo que incluya superficie a ocupar, tiempo de permanencia, medidas de seguridad y cualquier otra circunstancia de interés.

• Seguro de responsabilidad civil.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza fiscal 27: 1,40 euros por metro cuadrado o fracción y mes o fracción.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes. Plazo máximo legal: 3 meses. Efecto del silencio: Positivo.

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3.9

INSTALACIÓN DE ANDAMIAJES, MONTACARGAS, MÁQUINAS ELEVADORAS, TRABAJOS VERTICALES…

Normativa aplicableNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Ley 2/2006, de 30 junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.2. Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar

su adecuación a la normativa urbanística.5. Emisión de informes.6. Resolución y notificación a la persona interesada.7. Traslado a la Policía Local para su conocimiento.8. Remisión del expediente a Servicios Económicos para que liquide.9. Remisión de la liquidación a la persona interesada.

Observaciones

En caso de trabajos verticales la actuación podrá estar sometida a comunicación previa, en función del alcance de la intervención.

Cuando en una actuación intervenga más de una empresa deberá acreditarse la designación de una coordinadora o coordinador de seguridad y salud.

Las actuaciones a las que se refiere la presente ficha podrán ser objeto de tramitación conjunta con las obras a las que se refieran.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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3.10

LICENCIA DE INSTALACIÓN DE VALLAS PUBLICITARIAS

Qué esEs la autorización administrativa que tiene por objeto la colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública cuando estén apoyadas o levantadas en un elemento que sirva de soporte estructural.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Proyecto Técnico de Instalación y Seguridad, suscrito por personal facultativo competente, en soporte papel y digital.

Seguro de Responsabilidad Civil vigente.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza fiscal 24: 5,50 € / metro cuadrado

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Positivo.

Normativa aplicableNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.2. Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar

su adecuación a la normativa urbanística.5. Emisión de informes.6. Resolución y notificación a la persona interesada.7. Traslado a la Policía Local para su conocimiento.8. Remisión del expediente a Servicios Económicos para que liquide.9. Remisión de la liquidación a la persona interesada.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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3.11

LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA (CONTENEDORES DE OBRAS,ACOPIOS DE MATERIALES...)

Qué esEs la autorización administrativa que se otorga para permitir el aprovechamiento especial del dominio público por colocación temporal de contenedores, acopio de materiales o instalaciones diversas no incluidas en otras categorías.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Plano que delimite la exacta porción o espacio del dominio público que se pretende ocupar, con indicación de la superficie afectada.

Definición de las características de la ocupación: tipo de instalación, materiales y número de unidades.

Período temporal de ocupación.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Ordenanza fiscal 24. Contenedores para depósito de escombros o materiales:

• Por ocupación hasta 10 días por metro cuadrado o fracción: 5,60 €• Por ocupación de 11 a 15 días por metro cuadrado o fracción: 11,55 €• Por ocupación de 16 a 30 días por metro cuadrado o fracción: 17,15 €

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 10 días.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: negativo.

Normativa aplicableNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (arts. 207 y siguientes)

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3.11

LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA (CONTENEDORES DE OBRAS,ACOPIOS DE MATERIALES...)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.2. Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar

su adecuación a la normativa urbanística.5. Emisión de informes.6. Resolución y notificación a la persona interesada.7. Traslado a la Policía Local para su conocimiento.8. Remisión del expediente a Servicios Económicos para que liquide.9. Remisión de la liquidación a la persona interesada.

ObservacionesEn el caso de que la instalación se encuentre vinculada a obras, resultará preceptivo acreditar la obtención de la correspondiente licencia.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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22

3.12

LICENCIA REFERIDA A LA INSTALACIÓN DE BARRACAS, ATRACCIONES DE FERIA,CIRCOS, U OTRO TIPO DE EVENTOS RELACIONADOS CON ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVADES RECREATIVAS

Qué esEs la autorización administrativa que se otorga para permitir la ocupación del dominio público o espacios abiertos para actividades con un marcado interés cultural, deportivo, artístico o festivo (circos, ferias diversas, atracciones recreativas, conciertos...)

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

En el caso de circos o instalaciones similares:• Proyecto técnico de instalación suscrito por personal facultativo competente, en soporte papel y

digital.• Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil.• Certificación de correcto montaje y cumplimiento de condiciones para apertura al público, firmada

con fecha y hora (a aportar una vez montado).• Otras autorizaciones sectoriales necesarias según el tipo de evento o actividad del que se trate.En el caso de ferias o acotecimientos similares:• Memoria descriptiva, en soporte papel y digital, que defina las características del evento, su

objeto, espacios a ocupar, duración temporal, instalaciones, y cualquier otra circunstacia que resulte de interés para el adecuado conocimiento de lo pretendido. Incorporará plano de situación y plano de emplazamiento acotado indicando superficie a ocupar.

• Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil, en los términos establecidos en el artículo 24 de la Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas.

• Carné de Manipulador de Alimentos (en su caso).• Identificación de la persona o del personal técnico responsable del correcto montaje y del

cumplimiento de condiciones fijadas (en el caso de montajes sencillos no industrializados como barras, txosnas, pequeños tablados y similares, será quien lo monte).

· Otras autorizaciones sectoriales necesarias según el tipo de evento o actividad del que se trate.En el caso de barracas, atracciones de feria o similares:• Solicitud en la que se describa el tipo de actividad o atracción, lugar de emplazamiento, superficie

a ocupar y las fechas durante las cuales estará montada la instalación.• Plano de emplazamiento y ubicación. En caso de terrenos de titularidad privada, se hará constar

el nombre y dirección de la persona propietaria.• Documentación técnica acreditativa del cumplimiento de las condiciones de seguridad relativas al

menos, a la descripción de la atracción, instrucciones de montaje, mantenimiento, conservación y uso, dimensiones, aforo, superficie necesaria de emplazamiento y tensión de alimentación. Se incluirán fotografías.

• Certificado de revisión anual de la atracción, realizado por persona técnica titulada competente o por entidad de inspección acreditada.

• Certificado de seguridad y solidez, realizado en cada montaje por persona técnica titulada competente o por entidad de inspección acreditada. Se aportará una vez concedida la licencia y realizado el montaje, con carácter previo al funcionamiento de la instalación. En caso de que por ser festivo el Ayuntamiento esté cerrado se presentará en la Jefatura de Policía Local - Udaltzaingoa.

· Póliza del seguro de responsabilidad civil vigente, en los términos establecidos en el artículo 24 de la Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas.

· Certificado de enganche eléctrico. · Carné de manipulador de alimentos de todas y cada uno de las personas que vayan a tener

contacto con los mismos, si es el caso.

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3.12

LICENCIA REFERIDA A LA INSTALACIÓN DE BARRACAS, ATRACCIONES DE FERIA,CIRCOS, U OTRO TIPO DE EVENTOS RELACIONADOS CON ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVADES RECREATIVAS

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza fiscal 26.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

Normativa aplicable

Ley 10/2015, de 23 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas).

Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de espectáculos con artificios pirotécnicos en la Comunidad Autónoma de Euskadi

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

IMPORTANTE: Esta relación de normativa no es exhaustiva ni limitativa, pudiendo existir otras normativas aplicables en función del tipo de actividad.

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.2. Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo y a Cultura.

POR URBANISMO Y CULTURA4. Examen de la solicitud y documentación para comprobar su adecuación a la normativa

aplicable.5. Emisión de informes.6. Resolución y notificación a la persona interesada.7. Liquidación.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo

24T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

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24

3.13

LICENCIA DE TERRAZAS Y VELADORES

Qué esEs la autorización administrativa para la instalación sobre la vía pública de terrazas, veladores u otras instalaciones complementarias de actividad de hostelería o similares.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Plano que delimite la exacta porción o espacio del dominio público que se pretende ocupar, con indicación de la superficie afectada.

Documento que acredite la existencia de autorización municipal de apertura para la actividad de hostelería o la formulación de comunicación previa.

Seguro de responsabilidad civil.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza Fiscal nº 24. Por metro cuadrado o fracción y año: 11,95 €

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Positivo.

Normativa aplicable

Ordenanza municipal de terrazas y veladores del Boletín Oficial de Bizkaia nº 107 de 7 de junio de 2004 y posterior modificación del artículo 22.4 del Boletín Oficial de Bizkaia nº 164 de 28 de agosto de 2004.

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud y de la documentación exigida.2. Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO Y CULTURA4. Examen de la solicitud y documentación por los servicios técnicos municipales para comprobar

su adecuación a la normativa urbanística.5. Resolución y notificación a la persona interesada, así como a la Policía Local.6. Liquidación.7. Remisión de la liquidación a la persona interesada.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo

25T. 944 890 010 · [email protected] · www.erandio.eus · IFZ/NIF: P-4812400-B

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3.14

COMUNICACIÓN PREVIA OBRAS MENORES

Qué es

Es el documento que se presenta ante el Ayuntamiento y que habilita para la realización de obras menores, entendiendo por tales aquellas caracterizadas por su sencillez técnica y por su escasa entidad constructiva y económica, que no precisan de proyecto técnico al no afectar a elementos estructurales.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Modelo de comunicación previa obras menores

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Presupuesto de ejecución material detallado.

Documentación adicional en función del tipo específico de actuación según se detalla en el modelo de comunicación previa.

Autorizaciones sectoriales concurrentes que en cada caso sean exigibles en función de la legislación aplicable:

· Aguas - Ur Agentzia (URA)· Carreteras - Diputación Foral Bizkaia (DFB)· Costas - Demarcación de Costas· Suelos potencialmente contaminados- Órgano ambiental· Ferrocarril - Eusko Trenbide Sarea / Metro · Patrimonio cultural, histórico y artístico - DFB / Gobierno Vasco· Otros…

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Ordenanza Fiscal nº 5

· Tipo General: 5 %

· Trabajos de limpieza, pintura, adecuación, reparación o rehabilitación que afecten de manera integral a la fachada o fachadas de un edificio, siempre que alguna de ellas dé frente a la vía pública: 2%

· Ejecución de trabajos de sustitución o reforma integral de la cubierta de los edificios: 2%

· Construcciones, instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de las personas discapacitadas: 2%

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza Fiscal nº 11

· Tipo General: 0,5 %

El impuesto y la tasa por prestación de servicios se calcularán sobre el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra (presupuesto de ejecución material sin IVA).

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3.14

COMUNICACIÓN PREVIA OBRAS MENORES

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicableNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (art. 207.5)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la comunicación previa y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Liquidación y cobro del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, así como de la

tasa por prestación de servicios.4. Entrega de copia sellada justificante a la persona solicitante.5. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO6. Traslado y copia a Servicios Económicos y a la Policía Local.7. Revisión por servicios técnicos municipales de la comunicación previa y de la documentación

adjunta para comprobar su adecuación a la normativa urbanística, y en su caso, realización de visita de inspección.

8. Si es necesario, realización por Servicios Económicos de la liquidación complementaria.

Observaciones

En caso de ser necesaria la ocupación de vía pública con andamios u otros elementos auxiliares de obra se deberá solicitar la autorización independiente (ver fichas 3.9 y 3.11).

Ejemplos de obras menores sujetas a comunicación previa son todo tipo de reforma de viviendas y locales comerciales que no afecten ni a la configuración estética de fachada ni a la estructura del inmueble, tales como reformas de cocinas y baños, demolición parcial de tabiquería, cambio de material de paredes y suelos, raseos, pintados, sustitución de carpintería interior y exterior, retejo de cubiertas, etc.

Excepciones: no podrán someterse a comunicación previa las actuaciones en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Se encuentren expresamente sometidas a licencia.

b) Se refieran a edificios o conjuntos sometidos a algún tipo de protección por el planeamiento urbanístico o por otras disposiciones normativas en atención a su valor histórico, artístico o ambiental.

c) Supongan actuaciones constructivas o instalaciones de nueva planta en suelo no urbanizable.

d) Supongan la alteración de los parámetros urbanísticos básicos como son la edificabilidad, altura, volumen, ocupación o uso.

e) Impliquen la creación de nuevas unidades de vivienda o locales.

f) Afecten a construcciones, instalaciones y usos en situación de fuera de ordenación, que resulten totalmente incompatibles según régimen previsto en el artículo 101.3.a) de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco en la medida que el planeamiento urbanístico en vigor prevea su desaparición en un plazo determinado.

g) Modifiquen elementos comunes de la edificación relativos a la estructura, o aspecto exterior de las edificaciones (v.gr.: cierre de balcones o terrazas, etc.), o puedan suponer sobrepasar las cargas con las que fueron calculadas.

h) Las referidas a la implantación de nuevas instalaciones como gas comunitario, telecomunicaciones, saneamiento, etc.

Área responsable TERRITORIO / URBANISMO

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b.2016/11.v

Manual de Trámites MunicipalesTerritorio / Urbanismo

27

3.15

COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDAD CLASIFICADA(ANEXO II.B LEY 3/1998)

Qué es

Es el documento que se presenta ante el Ayuntamiento y que habilita para la puesta en funcionamiento de una nueva actividad, así como para la ampliación o reforma de una existente siempre que se encuentre incluida en el apartado B) del Anexo II de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.

En caso de que sean necesarias obras para el acondicionamiento del local, será exigible la previa tramitación de la correspondiente licencia o comunicación previa, según la entidad de dichas actuaciones.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Modelo de comunicación previa

Memoria, en soporte papel y digital, que incorpore la descripción de la actividad y de las medidas implantadas para minimizar el posible impacto de la misma en el medio ambiente, las personas o sus bienes (el contenido de esta memoria se ajustará a lo señalado en el Anexo IV del Decreto 165/1999, de 9 de marzo, del Gobierno Vasco por el que se establece la relación de actividades exentas de la obtención de la licencia de actividad prevista en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco)..

Certificación expedida por persona técnica competente que acredite que la actividad y/o instalaciones se adecúan al proyecto y a la documentación técnica presentada y que cumple todos los requisitos ambientales, incluidos, en su caso, los recogidos en la correspondiente declaración de impacto ambiental. Se acompañará de la documentación técnica que corresponda en función del tipo de actividad y de sus características (potencia, superficie, altura del local, carga de fuego,…), según se indica orientativamente en el apartado Observaciones.

Autorizaciones sectoriales que, en su caso, pudieran resultar preceptivas: Medio Ambiente, Suelos, Costas, Obras Públicas, URA, Agencia vasca del agua, Ferrocarril... Se deberá tramitar previamente por la persona interesada, y aportarse en el momento de comunicar la actividad.

Si no hay obra, documentación acreditativa de la revisión de la instalación de protección contra incendio por la empresa instaladora.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Ordenanza fiscal 10:

• Hasta 50 m2 ........................................................ 386,85 € • Más de 50 hasta 100 m2 ...................................... 542,40 €• Más de 100 hasta 250 m2 ................................... 929,20 € • Más de 250 hasta 500 m2 ................................ 1.548,55 € • Por cada m2 en exceso a partir de 500 m2 ........... 1,26 €/m2

En todo caso, el importe mínimo a satisfacer será de 322,00 €.

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3.15

COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDAD CLASIFICADA(ANEXO II.B LEY 3/1998)

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicable

Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (arts. 55 y siguientes)

Código Técnico de la Edificación (CTE)

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación

Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de Contaminación Acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (R.E.B.T)

Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la comunicación previa y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Liquidación tasa por prestación de servicios y, en su caso, tasa por ocupación del dominio

público.4. Entrega de copia sellada justificante a la persona solicitante.5. Remisión del expediente a Urbanismo.6. Traslado y copia a Servicios Económicos y a la Policía Local.

POR URBANISMO7. Revisión por servicios técnicos municipales de la comunicación previa y de la documentación

adjunta para comprobar su adecuación a la normativa urbanística, y en su caso, realización de visita de inspección.

8. Si es necesario, realización por Servicios Económicos de liquidación complementaria.

Observaciones

Se señala a continuación la documentación que con carácter general deberá aportarse junto a la comunicación previa y cuyo contenido concreto podrá variar en función del emplazamiento y características de la actividad:

1) Documentación que acredite el cumplimiento de las exigencias ligadas a la normativa sobre protección contra incendios (Código Técnico de la Edificación - Documento Básico de Seguridad contra Incendios) mediante:

· Fotografías de la instalación de extintores o, en su caso, de otros sistemas de protección contra incendios y de su señalización.

· Certificado de la empresa instaladora, diligenciado, en su caso, por el Departamento de Industria del Gobierno Vasco.

2) Actividades que dispongan de cámaras frigoríficas (pescaderías, carnicerías, fruterías, supermercados, etc.): se deberán aportar las siguientes mediciones de ruidos realizadas por entidad acreditada conforme a lo señalado en el Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

· Medida de emisión ruidos de la actividad.· Medida de inmisión en vecino más afectado. (LKeq,ti;LAmax)· Medida de aislamiento a ruido aéreo. (DnT,A)· Medida del ruido de impacto. (L n,Tw)

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3.15

COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDAD CLASIFICADA(ANEXO II.B LEY 3/1998)

Observaciones

3) Actividades de Hostelería con ocupación menor de 300 personas y potencia eficaz inferior a 50 W. para una carga estándar de 4 ohmios: deberá aportarse

· Certificado de instalación de limitador acústico.· Medida emisión ruidos de la actividad.· Medida de inmisión en la vecina o vecino más afectado. (LKeq,ti;LAmax)· Medida de aislamiento a ruido aéreo. (DnT,A)· Medida del ruido de impacto. (L n,Tw)· Medida de vibraciones.( Law)

Las mediciones de ruidos deberán ser realizadas por entidad acreditada conforme a lo señalado en el Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco:

4) Actividad de guardería de vehículos: se deberá aportar la siguiente documentación

• Certificado de instalación de baja tensión diligenciada ante industria para ventilación natural o forzada.

• Medición en viviendas afectadas de ruidos generados por la puertas mecanizadas de acceso y salida de vehículos y en su caso por la instalación de la ventilación forzada (LKeq,ti;LAmax).

5) Se aportará, en caso de que resulte aplicable, Plan de Autoprotección de la actividad según Norma Vasca de Autoprotección Decreto 277/2010, de 2 de noviembre.

Con antelación a la Comunicación de Actividad Clasificada, la persona promotora de la actividad pública o privada podrá realizar ante el ayuntamiento la consulta dirigida a que se le proporcione información de los requisitos jurídicos y técnicos de la licencia y de las medidas correctoras previsibles, así como la viabilidad de la actividad. Esta consulta está prevista en el artículo 57.1 de la ley 3/1998, general de protección del medio ambiente.

La actividad se podrá iniciar desde el mismo día de la presentación en el Registro del Ayuntamiento de la documentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, verificación, inspección y sanción del Ayuntamiento, y el abono de las tasas municipales correspondientes.

El inicio de la actividad se realizará bajo la exclusiva responsabilidad de la persona titular de la misma y del personal técnico que, en su caso, haya emitido los certificados que acreditan el cumplimiento de las exigencias legales, sin perjuicio de que deba disponerse de los títulos administrativos habilitantes o de controles previos que sean preceptivos de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento declarado determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada, desde que el Ayuntamiento tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

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30

COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDADES COMERCIALES MINORISTAS Y DE SERVICIOS DE SUPERFICIE ÚTIL NO SUPERIOR A 750 m2, INCLUIDAS EN EL ANEXO DE LA LEY 12/2012, DE 26 DE DICIEMBRE

Qué es

Es el documento que se presenta ante el Ayuntamiento y que habilita para la puesta en funcionamiento de actividades comerciales minoristas y de prestación de determinados servicios que se encuentren incluidas en el anexo de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, y cuya superficie útil de exposición y venta al público no sea superior a 750 metros cuadrados.

Quedan exceptuadas las actividades que tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico o que impliquen el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público.

En caso de que sean necesarias obras para el acondicionamiento del local, será exigible la previa tramitación de la correspondiente licencia o comunicación previa, según la entidad de dichas actuaciones.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

Modelo de comunicación previa

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Justificante alta Impuesto de Actividades Económicas.Plano acotado y a escala de planta en que se reflejen las dimensiones y características del local, así como la ubicación de los accesos, medios de protección contra incendios previstos, e instalaciones (higiénico - sanitarias, de ventilación, etc).Fotografías del local (interior y exterior).En caso de actividades con superficie útil de exposición y venta superior a 75,00 m2 se aportará además:• Memoria, en soporte papel y digital, que incorpore la descripción de la actividad, su objeto

y características técnicas propias de su desarrollo o proceso productivo, maquinaria, combustibles, instalaciones higiénicas… y de las medidas implantadas para minimizar el posible impacto de la actividad en el medio ambiente, las personas o sus bienes.

• Documentación gráfica:• Plano de situación• Plano de distribución en planta acotado• Plano de sección reflejando alturas libres

• Fotografías de fachada y de interior.Documentación que acredite el cumplimiento de las exigencias ligadas a la normativa sobre protección contra incendios (Código Técnico de la Edificación - Documento Básico de Seguridad contra Incendios) mediante:

• Fotografías de la instalación de extintores o, en su caso, de otros sistemas de protección contra incendios y de su señalización.

• Certificado de la empresa instaladora, diligenciado, en su caso, por el Departamento de Industria del Gobierno Vasco.

Actividades que dispongan de cámaras frigoríficas (pescaderías, carnicerías, fruterías, supermercados, etc.): se deberán aportar las siguientes mediciones de ruidos realizadas por entidad acreditada conforme a lo señalado en el Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco:

• Medida de emisión ruidos de la actividad.• Medida de inmisión en vecino más afectado. (LKeq,ti;LAmax)• Medida de aislamiento a ruido aéreo. (DnT,A)• Medida del ruido de impacto. (L n,Tw)

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

3.16

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3.16

COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDADES COMERCIALES MINORISTAS Y DE SERVICIOS DE SUPERFICIE ÚTIL NO SUPERIOR A 750 m2, INCLUIDAS EN EL ANEXO DE LA LEY 12/2012, DE 26 DE DICIEMBRE

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Ordenanza fiscal 10:• Hasta 50 m2 ........................................................ 386,85 € • Más de 50 hasta 100 m2 ...................................... 542,40 €• Más de 100 hasta 250 m2 ................................... 929,20 € • Más de 250 hasta 500 m2 ................................ 1.548,55 € • Por cada m2 en exceso a partir de 500 m2 ........... 1,26 €/m2

En todo caso, el importe mínimo a satisfacer será de 322,00 €.

Plazo para resolver y notificar

No existe plazo de procedimiento o resolución. La mera comunicación debidamente cumplimentada es título habilitante para el ejercicio de la actividad.

Normativa aplicable

Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios

Código Técnico de la Edificación (CTE)

Decreto 68/2000, de 11 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación

Decreto 213/2012, de 16 de octubre, de Contaminación Acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (R.E.B.T)

Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la comunicación previa y documentación.2. Registro, escaneado y copia a la persona interesada.3. Liquidación tasa por prestación de servicios y, en su caso, tasa por ocupación del dominio

público.4. Entrega de copia sellada justificante a la persona solicitante.5. Remisión del expediente a Urbanismo.6. Traslado y copia a Servicios Económicos y a la Policía Local.

POR URBANISMO7. Revisión por servicios técnicos municipales de la comunicación previa y de la documentación

adjunta para comprobar su adecuación a la normativa urbanística y, en su caso, realización de visita de inspección.

8. Si es necesario, realización por Servicios Económicos de liquidación complementaria.

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3.16

COMUNICACIÓN PREVIA DE INICIO DE ACTIVIDADES COMERCIALES MINORISTAS Y DE SERVICIOS DE SUPERFICIE ÚTIL NO SUPERIOR A 750 m2, INCLUIDAS EN EL ANEXO DE LA LEY 12/2012, DE 26 DE DICIEMBRE

Observaciones

Con antelación a la comunicación previa, podrá realizarse ante el Ayuntamiento consulta dirigida a que se proporcione información sobre los requisitos jurídicos y técnicos de la licencia y de las medidas correctoras previsibles, así como la viabilidad de la actividad.

La actividad se podrá iniciar desde el mismo día de la presentación en el Registro del Ayuntamiento y/o en el Servicio de Atención Ciudadana de la documentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, verificación, inspección y sanción del Ayuntamiento, y el abono de las tasas municipales correspondientes.

El inicio de la actividad se realizará bajo la exclusiva responsabilidad de las personas titulares de la actividad y del personal técnico que, en su caso, haya emitido la certificación, sin perjuicio de que para iniciar las actividades se deba disponer de los títulos administrativos habilitantes o de controles previos que sean preceptivos de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento declarado determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada, desde que el Ayuntamiento tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Sin perjuicio de las inspecciones que puedan realizarse y del resultado de las mismas, podrá resultar exigible la aportación con posterioridad a la comunicación previa de documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas en la legislación sobre protección contra incendios, insonorización, ventilación, instalaciones eléctricas, u otras que resulten aplicables en función de las características del local y de la actividad pretendida.

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33

3.17

LICENCIA DE VADOS Y PASOS DE ACERA

Qué esEs la autorización que tiene por objeto el aprovechamiento de la vía pública para entrada y salida de vehículos en edificios particulares a través de vías de dominio público, lo que supone un uso común especial del mismo.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Plano de situación acotado que indique la longitud del vado solicitado.

Fotografía estado actual.

Documento que acredite que la actividad a la que dará servicio se encuentra regularizada, bien por haberse realizado comunicación previa, bien porque cuenta con autorización administrativa de apertura.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Tasa por prestación de servicio. Ordenanza fiscal 28:

• Pasos de uso particular por año o fracción:• Hasta 10 vehículos .................................101,20 €• Más de 10 hasta 25 vehículos ................187,30 € • Más de 25 hasta 50 vehículos ................331,85 € • Más de 50 vehículos ...............................466,80 €

• Pasos de uso mercantil, comercial o con ocasión de obras, por año o fracción:• Hasta 10 vehículos ..................................229,45 €• Más de 10 hasta 25 vehículos .................318,65 € • Más de 25 hasta 50 vehículos .................407,90 € • Más de 50 vehículos ................................571,00 €

• Reserva de aparcamiento por metro línea o fracción: 19,15 €

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 1 mes.

Plazo máximo legal: 3 meses.

Efecto del silencio: Negativo.

Normativa aplicable

Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (arts. 84 y siguiente)

Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (arts. 75, 77 y concordantes)

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

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b.2016/11.v

3.17

LICENCIA DE VADOS Y PASOS DE ACERA

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud, así como de la documentación exigida.2. Registro, escaneado de la solicitud y entrega de copia a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Solicitud de informe a la Policía Local5. Emisión de informe técnico.6. Resolución y notificación a la persona interesada.7. Liquidación.

Observaciones

Si es preciso realizar rebaje de acera se deberá obtener con carácter previo la oportuna autorización municipal. Se tramitarán conjuntamente la autorización de las obras y la autorización de vado.

La obra de acondicionamiento de bordillo y acera sólo podrá dar comienzo una vez que se reciba la notificación de autorización de vado.

No se dará autorización de vado para acceso a locales si no se ha obtenido previamente la oportuna licencia de actividad o formulado comunicación previa.

En el caso de actividades de tipo comercial la reserva de vado será horaria, por lo que en la solicitud deberá especificarse dicho horario.

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35

3.18

COMUNICACIÓN PREVIA CAMBIO DE TITULARIDAD DE LICENCIA

Qué esEs el documento a través del cual se pone en conocimiento de la administración municipal el cambio de titularidad de una licencia de actividad, lo que determina que será la nueva persona titular la responsable de su ejercicio.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportar

Modelo de comunicación previaEn caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representanteDocumento que acredite el consentimiento de la anterior persona titular.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico

Ordenanza fiscal 10:• Hasta 50 m2 ........................................................ 386,85 € • Más de 50 hasta 100 m2 ...................................... 542,40 €• Más de 100 hasta 250 m2 ................................... 929,20 € • Más de 250 hasta 500 m2 ................................ 1.548,55 € • Por cada m2 en exceso a partir de 500 m2 ........... 1,26 €/m2 En todo caso, el importe mínimo a satisfacer será de 322,00 €.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicable

Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco (art. 207.5)

Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco (arts. 55 a 66)

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (art. 71 bis)

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la comunicación previa.2. Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.POR URBANISMO4. Revisión e inspección por Urbanismo y remisión a Servicios Económicos para liquidación.5. Notificación de liquidación.

Observaciones

Según el Decreto 171/1985, de 11 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de carácter general de aplicación a las actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas a establecerse en suelo urbano residencial, en su disposición transitoria primera, en caso de cambio de titularidad o de ampliación o modificación de la actividad se impondrán las medidas correctoras indicadas en dichas normas técnicas.

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36

3.19

SOLICITUD DECLARACIÓN DE RUINA

Qué es Es la solicitud que tiene por objeto interesar del Ayuntamiento el inicio de procedimiento para la declaración de la situación legal de ruina de una construcción o edificación.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Datos de identificación relativos al inmueble.Informe de persona facultativa competente (arquitecta o arquitecto), en que se justifique la causa de instar la declaración de ruina, el estado físico del inmueble, y se acredite asimismo si en el momento de la petición el edificio reúne, a su juicio, condiciones de seguridad y habitabilidad suficientes que permitan a sus ocupantes la permanencia en él hasta que se adopte el acuerdo que proceda.Relación de las y los moradores, cualquiera que fuese el título de posesión, así como las personas titulares de derechos reales sobre el inmueble, si los hubiera, con domicilio a efectos de notificaciones.Acreditación de la titularidad, en el caso de quién solicite la declaración de ruina sea la persona propietaria.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Ordenanza fiscal 11. Informe en materia de declaración de ruina a instancia de parte: 342,45 €

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 3 meses.Plazo máximo: 3 meses.Efecto del silencio: estimatorio.

Normativa aplicableLey 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco (art. 201)Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida de la solicitud y comprobación de la documentación.2. Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Emisión de informe técnico.5. Trámite de audiencia a la propiedad y personas arrendatarias, en su caso.6. Elaboración de Resolución.7. Notificación a las personas interesadas de la resolución.8. Liquidación.

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37

3.20

QUEJAS, SUGERENCIAS Y AVISOS

Qué esEs la comunicación realizada por cualquier persona avisando de deficiencias, averías o desperfectos en mobiliario urbano o infraestructuras municipales.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud General (en caso de que se realice por escrito).

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Gratuito.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado:• Avisos urgentes: máximo 48 horas.• Por desperfectos: 15 días.

Plazo máximo para resolver: 3 meses.

Normativa aplicableLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (arts. 25 y siguientes)

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la comunicación previa.2. Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo, Medio Ambiente, Obras y Servicios.

POR URBANISMO, MEDIO AMBIENTE, OBRAS Y SERVICIOS4. Emisión de informe técnico, en caso de que resulte necesario.5. Gestión de la avería o desperfecto.6. Notificación a la persona particular sobre el resultado de la gestión (vía telefónica, correo

electrónico o escrita).

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3.21

SOLICITUD DE INFORMACIÓN URBANÍSTICA

Qué esEs la petición de información escrita sobre el régimen y las condiciones urbanísticas aplicables a una finca o inmueble concreto, sobre la posibilidad de realizar ciertas obras, o instalar determinadas actividades, sobre el planeamiento general, etc.

Quién lo puede solicitar Cualquier persona o su representante legal.

Documentación a aportar

Solicitud General

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representanteSegún el caso, la siguiente documentación:• Documento que permita la identificación inequívoca de la finca o inmueble objeto de la consulta

(referencia catastral, plano de situación, delimitación sobre ortofoto, etc.)• Descripción pormenorizada de la obra o actividad que se desee realizar, incluyendo, en su caso,

plano de distribución interior acotado, referencia a la maquinaria a instalar, o cualquier otra información que se estime para el correcto conocimiento de lo pretendido.

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoGratuito, en el supuesto de consultas urbanísticas.En caso de que lo solicitado sea una certificación: 61,55 €. Ordenanza fiscal 6.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 15 días.Plazo máximo legal: 3 meses.Efectos del silencio: no procede.

Normativa aplicable

Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (art. 5.d)

Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco (art. 9)

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud, así como de la documentación aportada.2. Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.POR URBANISMO4. Informe servicios técnicos municipales.5. Oficio de contestación.6. Notificación a la persona interesada de la contestación.7. En caso de certificación urbanística, liquidación por Servicios Económicos.

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3.22

INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE)

Qué es

Es el documento que debe presentarse ante el Ayuntamiento y que tiene por objeto verificar la situación de los edificios mediante una inspección visual de la estructura, fachada y cubierta, y de las redes comunes de saneamiento y abastecimiento, con el fin de conocer sus características constructivas, su estado y las patologías que puedan afectarle.

Quién lo puede solicitarPersonas propietarias de edificios residenciales colectivos o unifamiliares con fachada a vía pública, o su representante legal.

Documentación a aportar

En caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Presentación inicial de Inspección Técnica de Edificios (ITE):• Impreso de presentación• Informe de la Inspección Técnica de Edificio (ITE) en formato .pdf y .xml

Presentación de certificado de subsanación de deficiencias: • Impreso, según modelo • Certificado de Subsanación de deficiencias señaladas en el Informe de la Inspección Técnica

de Edificio (ITE) en formato .pdf y .xml

El personal técnico contratado debe facilitar los documentos a las personas propietarias según los modelos establecidos, que el Gobierno Vasco pone a disposición del personal técnico(ver EuskoREGITE).

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

944 890 010 [email protected] www.erandio.eus > Manual de Trámites 609 240 091

Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económicoEl trámite de presentación de la Inspección Técnica de Edificios o del Certificado de Subsanación de Deficiencias ante el Ayuntamiento es gratuito.

Plazo para resolver y notificar

Inmediato.

Normativa aplicable

Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (art. 29)

Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco (art. 200)

Decreto 241/2012, de 21 de noviembre, por el que se regula la inspección técnica de edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco

Decreto 80/2014, de 24 de mayo, de modificación del Decreto 241/2012 por el que se regula la inspección técnica de edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco

Orden de 15 de octubre de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, de modificación de los anexos II y III del Decreto 241/2012, de 21 noviembre de 2012, por el que se regula la Inspección Técnica de Edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco

Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Erandio

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INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la instancia, así como de la documentación aportada.2. Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Informe servicios técnicos municipales.5. Introducción de la información en la base de datos del Gobierno Vasco (Euskoregite).6. En función de lo señalado en el informe de los servicios técnicos municipales a la vista del

contenido de la ITE se dictará, en su caso, orden de ejecución dirigida a la propiedad del inmueble exigiendo la reparación de las deficiencias advertidas.

Observaciones

1. ¿Qué es la Inspección Técnica de Edificios (ITE)?

Es la realización de un informe y dictamen elaborado por personal técnico facultativo, a partir de una inspección visual, que indica el estado de conservación de los edificios a fin de mantenerlos en las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, garantizando los trabajos y obras precisas para conservarlos o rehabilitarlos, manteniendo en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo, e informando tanto de las condiciones básicas de accesibilidad y estado de la eficiencia energética del edificio, como de la posible mejora de las mismas.

2. Quién tiene la obligación de tener la Inspección Técnica de Edificios (ITE)

Personas propietarias de:• toda edificación o construcción catalogada o protegida con independencia de su antigüedad y

régimen de protección. • toda edificación de uso residencial con una antigüedad superior a 50 años. Se entenderán

incluidos en los mismos términos las construcciones y edificios “fuera de ordenación”. • todas aquellas edificaciones que, independientemente de su edad y de su uso, pretendan

acogerse a las ayudas públicas para la conservación, mejora de la accesibilidad o eficiencia energética de dichas construcciones.

A efectos de la aplicación de obligaciones de ITE, se entenderá por edificación de uso residencial aquella en la que el uso mayoritario sea el de vivienda o alojamiento dotacional, aunque simultáneamente pueda contener otros usos.

Quedan excluidas las construcciones y edificaciones unifamiliares aisladas que no tengan fachada a vía o espacio de uso público.

3. Fecha límite de presentación de la Inspección Técnica de Edificios (ITE)

Edificios residenciales con antigüedad anterior al 27 de junio de 1967: 27 de junio de 2018.• Edificios residenciales con antigüedad posterior al 27 de junio de 1967: 1 año desde que

cumplan 50 años de antigüedad.• Edificios catalogados o protegidos: 1 año desde la catalogación.• Edificios hoteleros y residencias: 5 años desde que cumplan 50 años de antigüedad.• Edificios con obras de conservación, accesibilidad o eficiencia energética de objeto de ayuda/ subvención pública: antes de solicitar la ayuda independientemente de la antigüedad del edificio.

4. Elección de la persona autorizada para la realización de la Inspección Técnica de Edificios (ITE)

Las únicas personas autorizadas para llevar a cabo la ITE son: · Personas profesionales con licenciatura en Arquitectura. · Personas profesionales con licenciatura en Arquitectura Técnica.

Cualquier perona que ostente esta titulación está capacitada para realizar esta tarea en su totalidad. Además, no existe ningún registro oficial de profesionales, por lo que cada comunidad podrá elegir a la que más le convenga.

Las personas autorizadas se encargarán de realizar la ITE según el modelo establecido por el Gobierno Vasco.

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INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS (ITE)

Observaciones

5. Presentación de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) en el Ayuntamiento

La ITE no se considera realizada hasta que no se procede a su entrega en el Ayuntamiento. La obligación de presentación por parte de la comunidad finaliza en ese instante, y desde esa fecha empiezan a correr los 10 años de validez de la ITE, sin perjuicio de que la comunidad deba llevar a cabo alguna actuación de subsanación y, por lo tanto, deba presentar posteriormente el certificado de subsanación correspondiente.

El Ayuntamiento será el encargado de subir al registro único de la Comunidad Autónoma del País Vasco los datos de cada ITE.

6. Obligaciones derivadas del informe de la inspección de Inspección Técnica de Edificios (ITE) y presentación del certificado de subsanación de deficiencias.

Las personas propietarias quedan obligadas a ejecutar las actuaciones que se fijen en la ITE en los términos y plazos allí establecidos. Una vez realizadas dichas actuaciones en el plazo indicado, se debe presentar el correspondiente certificado de subsanación de deficiencias en los mismos formatos señalados para el Informe de ITE (*.pdf Y *.xml), en la Sede Electrónica adjuntando los archivos, o presencialmente, en soporte papel y CD.

Más información:

Para obtener información sobre cualquier edificio residencial de la Comunidad Autónoma del País Vasco hay que entrar en Euskoregite y rellenar la ficha con los datos básicos del edificio: calle, número y municipio. El sistema ofrecerá el año de construcción del edificio, el plazo para la presentación de la ITE y la opción de descargar la ficha técnica del edificio.

Guía Rápida sobre la ITE

Web Gobierno Vasco

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3.23

CERTIFICADO DE DISTANCIA

Qué esEs el certificado con el que la ciudadanía demuestra la distancia existente entre su domicilio, cuya dirección consta en el Padrón General de Habitantes, y un lugar en concreto señalado por la persona. Se suele solicitar como documento para la solicitud de beca para el transporte escolar.

Quién lo puede solicitar Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportarSolicitud GeneralEn caso de representación legal, escrito de acreditación y representación legal: Impreso designación de representante

Dónde se tramita

Presencialmente:

Servicio de Atención Ciudadana - SAC Altzaga: Antonio Trueba zeharkalea 2Astrabudua: Meso kalea 20 Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horasHorario Registro de Entrada: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:00 horas

Via telemática:

A través de la web www.erandio.eusPor email: [email protected]

Ampliar información

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Para más información llamar al 010, si se encuentra en el municipio, o al 944 890 010, desde fuera del municipio.

Coste económico Sin coste.

Plazo para resolver y notificar

Plazo estimado: 7 días

Plazo máximo legal: 3 meses.

Normativa aplicable

Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo (art. 4-d)

Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco (art. 9)

Trámites posteriores a la recepción de la solicitud

POR EL SAC1. Recogida y comprobación de la solicitud.2. Registro, escaneado y entrega de copia sellada a la persona interesada.3. Remisión del expediente a Urbanismo.

POR URBANISMO4. Emisión de informe por los servicios técnicos municipales.5. Elaboración de certificado.6. Notificación a la persona interesada de la contestación.

Observaciones Deberán especificarse con claridad los puntos entre los cuales debe realizarse la medición.

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