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MÉTODOS DE CONTRATACIÓN
ABG. SERGIO ROMERO LOYOLA
24-03-2015
BASE LEGAL
O LEY N° 30225 – LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO. (CAPÍTULO III DEL TÍTULO II)
O DECRETO LEGISLATIVO N° 1017 – LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO (VIGENTE)
O DECRETO SUPREMO N° 184-2008-EF – REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO (VIGENTE)
Actuaciones
Preparatorias
Procedimiento
de Selección
Ejecución
contractual
Fases de la contratación pública
Proceso de Selección
Conjunto de actos (administrativos y de gestión) que
tienen por objeto seleccionar un proveedor que entregará
un bien, prestará un servicio o ejecutará una obra para
una Entidad Pública.
Programación y
Actos Preparatorios
Procedimiento
de Selección
Ejecución
contractual y
Liquidación
El proceso de selección
Desde la
convocatoria
Hasta antes de la
suscripción
del contrato
Tipos de procesos de selección
O La determinación dependerá de:
1. Objeto de la Convocatoria
- Bienes
- Servicios
- Obras
- Consultoría de Obras
2. Valor Referencial
LICITACIÓN PÚBLICA
CONCURSO PÚBLICO
ADJUDICACIÓN DIRECTA
PÚBLICA
SELECTIVA ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA
(Adjudicación de Menor Cuantía derivada)
TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIÓN
Modalidades de Selección
- Subasta Inversa
- Convenio Marco
SUBASTA INVERSA
O Empleado para Bienes y Servicios Comunes: donde existe más de 1 proveedor, tienen patrones de calidad y de desempeño definidos por características usuales.
O Todas las Entidades obligatoriamente deberán emplear la modalidad de Subasta Inversa, a partir de los 30 días de publicada la ficha técnica, salvo inclusión en el Catálogo de Convenio Marco.
Supuestos de aplicación de S.I.
O Si el valor referencial corresponde a una AMC, el uso de la modalidad de S.I. será facultativa, en cuyo caso deberá realizarse de manera electrónica. (Servicios)
O Si hay 2º convocatoria de procesos actuales por declaración de desierto, se debe efectuar por Subasta Inversa.
O Si hay 2ª convocatoria de subasta = subasta, salvo exclusión de ficha técnica, en cuyo caso convoca AMC tradicional.
Subasta Inversa Presencial
CONVOCATORIA REGISTRO DE
PARTICIPANTES
Otorgamiento de
la Buena Pro (2
Propuestas
válidas)
Puja Presentación de
Propuestas
Subasta Inversa Electrónica
CONVENIO MARCO
PERUCOMPRAS
PROCESO DE
SELECCIÓN
SEACE (CATÁLOGO)
PROVEEDOR (ES)
ENTIDAD
CONVENIO
MARCO
FASES DEL CONVENIO MARCO
Actos Preparatorios y
Selección
Todo lo relacionado a procesos de selección y ejecución contractual deberá ser
publicado en el SEACE.
La convocatoria de procesos actuales declarados nulos por vicios en actos
preparatorios o desierto, se debe efectuar por Convenio Marco.
Cada Entidad Ejecución Contractual
OSCE Catalogación
PERUCOMPRAS (Por
ahora OSCE)
Fase de Selección del Convenio Marco
O Debe tenerse en cuenta que PERUCOMPRAS designa al Comité Especial, quien elaborará las Bases y llevará a cabo el Proceso de selección.
O Absolución de Consultas y Observaciones: Máximo 10 días hábiles.
O Elevación de observaciones: Regla General. O Los adjudicados con la Buena Pro se encuentran
obligados a suscribir Acuerdo (Tienen el Derecho de incluir sus productos en el Catálogo).
Fase de Ejecución Contractual Convenio Marco
O Si el bien o servicio se encuentra en el Catálogo, las Entidades están obligadas a contratar o adquirir vía Convenio Marco. La compra se efectúa de manera directa
O Excepciones: Condiciones más ventajosas o Entidades que no tengan acceso a Internet, previa aprobación de OSCE.
Fase de Ejecución Contractual Convenio Marco
PERÚCOMPRAS puede revisar los
términos de un determinado
convenio a fin de obtener
mejores condiciones; puede
finalizarlo anticipadamente
Exclusión de Fichas: Venció plazo, solicitud del adjudicatario, revisión de convenio e incumplimiento del proveedor que genere su Resolución.
Proveedor excluido: impedimentos para contratar. Inhabilitación y no tenga RNP vigente
CONVOCATORIA
ABSOLUCIÓN
DE
CONSULTAS
FORMULACIÓN
DE
OBSERVACIONES
PRESENTACIÓN
DE
PROPUESTAS
ABSOLUCIÓN DE
OBSERVACIONE
S E
INTEGRACION
OTORGAMIENTO
DE LA BUENA
PRO
PRESENTACIÓN
DE CONSULTAS
REGISTRO DE
PARTICIPANTES
Etapas de los procesos de selección
SUSCRIPCIÓN
DEL
CONTRATO
OTORGAMIENT
O DE LA
BUENA PRO
IMPUGNACIÓN
CONSENTIMIENTO
PUBLICACIÓN
EN EL SEACE
Etapas de los procesos de Selección
Convocatoria (Publicación en SEACE)
Registro de Participantes
Consultas (Mínimo 5 días)
Absolución de Consultas (Máximo 5 días)
Observaciones (Máximo 5 días)
Absolución de Observaciones (Máximo 5 días)
Pronunciamiento de OSCE (10 días) 8 días Entidad
Integración (Mínimo 5 días)
Evaluación de Propuestas
Otorgamiento de la Buena Pro
Consentimiento de la Buena Pro
Contrato
Presentación de Propuestas
Etapas - Licitación Pública y Concurso Público
Convocatoria
Registro de Participantes
Consultas y Observaciones
Presentación de Propuestas
Evaluación de Propuestas
Otorgamiento de la Buena Pro
Contrato
Mín. 3 días
Absolución Máx. 3
días
Acto Público
Acto Público
Etapas - Adjudicación Directa Pública
Convocatoria
Registro de
Participantes
Consultas y
Observaciones
Presentación de
Propuestas
Evaluación de
Propuestas
Otorgamiento
de la Buena
Pro
Contrato SEACE
Consulta y observaciones
Mín. 3 días
Absolución máximo 3 días
Acto Privado
Acto Privado
Etapas - Adjudicación Directa Selectiva
Convocatoria
Evaluación de
la Propuesta
Otorgamiento
de la Buena Pro
Registro de
Participantes
Presentación de la
Propuesta
Mín. 2 días
Etapas -Adjudicación de Menor Cuantía
Bienes y servicios
Convocatoria
Absolución de
consultas y
observaciones
Evaluación de
la Propuesta
Otorgamiento
de la Buena
Pro
Consultas y
observaciones
Registro de
Participantes
Presentación
de la
Propuesta
Adjudicación de Menor Cuantía
Consultoría y Ejecución de Obras
Formulación Mínimo 2 días
Absolución máximo 2 días
Mínimo 6 días
OPublicación de las Bases
OPublicación del resumen ejecutivo de
estudio de posibilidades que ofrece el
mercado
OBajo sanción de nulidad
CONVOCATORIA
OEl proveedor debe contar con RNP vigente y no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
OEn el caso de las AMC para bienes y servicios, el registro se efectuará antes de la presentación de propuestas.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
CONSULTAS
O Se presentan para:
•Pedir la aclaración de cualquiera de los extremos
de las Bases.
•Plantear solicitudes (estudio de mercado, la
estructura de costos, la identificación de los
miembros del Comité Especial).
O El Comité Especial las absuelve mediante pliego
absolutorio debidamente fundamentado y lo cuelga
en el SEACE.
Consultas
O Las respuestas forman parte de las Bases.
O Plazos:
•Para presentarlas (mínimo): 5 días en LP y CP, 3
días en ADP y ADS y 2 días en AMC para
consultoría y ejecución de obras.
•Para absolverlas (máximo): 5 días en LP y CP, 3
días en ADP y ADS, y 2 días en AMC para
consultoría y ejecución de obras.
CONSULTAS
O No se ha previsto formalidades para su
presentación, basta que sea por escrito y dentro
de los plazos establecidos.
O Esta etapa NO se contempla en Menores
Cuantías de bienes y servicios.
El Comité Especial absuelve las observaciones mediante pliego fundamentado que es publicado en el SEACE :
Acoge una observación Modifica las Bases
No acoge una
observación,
acoge parcialmente o
afecta
a un participante al acoger
observación de otro
participante.
A pedido de participante
eleva las Bases a la
entidad o el OSCE
cumpliendo los requisitos
del TUPA.
ELEVACIÓN DE BASES INDEPENDIENTEMENTE DEL MONTO DEL PROCESO EMITIRÁ PRONUNCIAMIENTO EL OSCE
OBSERVACIONES
ELEVACION DE OBSERVACIONES
O El Comité elevará el pliego de absolución de
observaciones y el requerimiento de pago por la la
elevación al OSCE (o el pago de la tasa en la
entidad) a más tardar al día siguiente de solicitada
por el participante.
O El pronunciamiento debe ser motivado, absolviendo
las observaciones y aquello que de oficio considere
que contraviene la normativa. Se notifica en el
SEACE.
El Comité Especial está obligado a:
OSuspender el Proceso hasta que el OSCE emita Pronunciamiento.
OComunicar a todos los Participantes a través del SEACE.
ORemitir antecedentes que solicite el OSCE
Efectos de Elevación de Bases
INTEGRACION DE BASES
O Una vez absueltas todas las consultas y/u
observaciones, o si las mismas no se han
presentado, las Bases quedarán integradas como
reglas definitivas.
O En las LP, CP, AD y AMC para consultoría y
ejecución de obras: al día siguiente de vencido el
plazo para absolver las observaciones, de no
haber presentado éstas.
INTEGRACION DE BASES
O Las Bases Integradas que se publiquen en
el SEACE incorporarán obligatoriamente
las modificaciones que se hayan producido
como consecuencia de las consultas,
observaciones y/o Pronunciamiento.
O La publicación de las Bases Integradas es
obligatoria, aun cuando no se hubieran
presentado consultas y observaciones.
Integración de Bases
O Si se presentaron observaciones: al día siguiente de vencido el plazo para solicitar la elevación de Bases al OSCE.
O Si se solicitó elevación de Bases: Dentro de los 2 días hábiles siguientes de notificado el Pronunciamiento.
O Si NO se publican las Bases Integradas en el SEACE: el Comité Especial no puede continuar con el proceso bajo sanción de nulidad
Acto de presentación de propuestas
O Acto Público (LP, CP y ADP)
O Acto Privado (ADS y AMC)
O Acreditación: Apoderado o Rpte. Legal
O Dos sobres: Técnico y Económico
O En AMC: La presentación podrá realizarse
por correo electrónico
Método de calificación de propuestas
O Es integral
O Se realiza en 2 etapas (etapa de evaluación
técnica y económica)
O Sobre la base de 100 puntos tanto la
evaluación técnica como económica.
La evaluación y calificación de propuestas comprende …
I. Propuesta
técnica Admitida
100 ptos.
II. Propuesta
económica
100 ptos.
III. Propuesta
más favorable
para la entidad
La actuación del Comité Especial debe enmarcarse dentro de los
principios que inspiran a la contratación pública.
II. EVALUACIÓN ECONÓMICA
1º • Verificación que la propuesta no exceda el VR del proceso
2º • Aplicación de la fórmula
3º •Obtención del puntaje económico
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Evaluación y Calificación
Declaración de desierto
O Cuando no se presente ningún postor.
O Cuando sólo quede una propuesta válida en subasta inversa
O No queda ninguna propuesta válida.
O Parcialmente desierto (ítems).
O Antes de convocar nuevamente se debe evaluar las causas.
O Segunda convocatoria de LP, CP o AD es una AMC.
Régimen de notificaciones
O Todos los actos realizados dentro de los procesos
de selección se entienden notificados a partir del
día siguiente de su publicación en el SEACE.
O Es responsabilidad del participante el permanente
seguimiento del proceso de selección a través del
SEACE.
CANCELACION DEL PROCESO (Art. 34º LCE)
O La Entidad que convoca un determinado proceso de selección puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, en cualquier estado del proceso hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro.
SUPUESTOS :
O Desaparezca la necesidad de contratar.
O Persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros fines de emergencia declarados expresamente, bajo responsabilidad.
PRESUPUESTOS
O La cancelación puede ser total o parcial, es decir, cuando involucra uno o mas ítems del proceso.
O Causal debidamente motivada.
O Comunicar dicha decisión al Comité Especial dentro del día siguiente y por escrito.
O Registrar en el SEACE la resolución o acuerdo cancelatorio al día siguiente de la comunicación.
O La resolución o acuerdo cancelatorio deberá ser emitido por el funcionario que aprobó el Expediente de Contratación u otro de igual o superior nivel.
NULIDAD DE OFICIO Art. 56 de la Nueva LCE
Puede declarar la nulidad del proceso de selección el Titular de la Entidad, siempre y cuando se presente cualquiera de las siguientes causales: O Cuando el acto expedido: a) haya sido dictado
por órgano incompetente, b) contravengan las normas legales, c) contengan un imposible jurídico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por ley.
O Se emitirá una resolución motivada, que expresara a que etapa se retrotraerá el proceso de selección.
O Solo puede declararla hasta antes de la celebración del contrato, sin perjuicio que pueda ser declarada en la resolución recaída sobre el recurso de apelación.
NULIDAD DECLARADA POR EL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES
O De conformidad con la normativa de
contratación publica vigente, el Tribunal de
Contrataciones del Estado, en los casos que
conozca, declarara nulos los actos
expedidos, cuando contengan las mismas
causales antes señaladas, debiendo
expresar también en la resolución que
expida la etapa a la que se retrotraerá el
proceso de selección.
Ley 30225
NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
Se tiene previsto publicar próximamente el
Reglamento de esta Ley
Finalidad
O Normas orientadas a maximizar el valor de
los recursos públicos que se invierten
O Promover la actuación bajo el enfoque de
gestión por resultados en las contrataciones
de bienes, servicios y obras
O Que permitan el cumplimiento de los fines
públicos y tengan repercusión positiva en
las condiciones de vida de los ciudadanos
¿Qué implica el nuevo enfoque de la Ley?
O Mayor discrecionalidad en las decisiones de
los funcionarios para que éstos orienten su
gestión a los resultados
Supuestos excluidos del ámbito de la Ley pero sujetos a supervisión
por parte del OSCE
- Contrataciones por montos iguales e inferiores a 8
UIT (no incluye contrataciones por catálogo
electrónico de Convenio Marco)
- Contratación de servicios públicos
- Los convenios de colaboración entre entidades
- Contrataciones de acuerdo a exigencias y
procedimientos de una organización internacional
- Contrataciones de un Estado con otro Estado
- Contrataciones con proveedores no domiciliados
Nuevas disposiciones
- Se indica que los impedimentos y que la
condición de encontrarse con el RNP vigente
aplica cualquiera sea el régimen legal de
contratación, incluyendo las contrataciones
de 1 a 8 UIT.
- En el proyecto de reglamento se precisa que
habrán contrataciones que no se registrarán
en el PAC
CONTRATACIONES QUE NO SE INCLUIRÁN EN EL PAC
Contratos bancarios y financieros, salvo la contratación de seguros y
arrendamiento financiero, los que sí se incluirán como servicios en el
PAC.
- Las contrataciones que realicen los órganos del Servicio Exterior de la
República, exclusivamente para su funcionamiento y gestión, fuera del
territorio nacional.
- La contratación de notarios públicos para que ejerzan las funciones
previstas en la Ley y el Reglamento.
- Los servicios brindados por conciliadores, árbitros, centros de
conciliación, instituciones arbitrales, miembros o adjudicadores dela
Junta de Resolución de Disputas y demás derivados de la función
conciliatoria, arbitral y de los otros medios de solución de controversias
previstos en la Ley y el reglamento para la etapa de ejecución
contractual.
O Contrataciones que no se incluirán en el PAC
- Los contratos de locación de servicios celebrados por los presidentes de
directorios que desempeñen funciones a tiempo completo en las Entidades
o empresas del Estado.
- Compra de bienes que realicen las Entidades mediante remate público
- Contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a 8 UIT
- La contratación de servicios públicos
- Los convenios de colaboración o de naturaleza análoga suscritos entre
entidades, siempre que se brinden los bienes, servicios u obras propios de
la función que por Ley les corresponde y no se persigan fines de lucro.
- Contrataciones que realice el Estado Peruano con otro estado
Se incluye el valor estimado en el procedimiento de selección
NORMA VIGENTE NUEVA LEY Y REGLAMENTO
El PAC incluye el valor estimado
de las contrataciones
El PAC incluye el valor estimado
de las contrataciones
Los procesos de bienes,
servicios y obras se convocan
con el valor referencial y no
con el valor estimado
Los procesos de bienes y
servicios podrán convocarse
con el valor estimado del PAC
El valor referencial siempre es
público cuando se convoca el
proceso
El valor estimado en Bienes y
Servicios no será visible antes
de la BP
Nuevos Métodos de contratación O Licitación Pública
- Con precalificación
- Con diálogo Competitivo (Soluciones técnicas)
O Concurso Público
- Con precalificación
O Adjudicación Simplificada
- Condiciones de Licitación (Plazos)
O Selección de consultores individuales
- Expresiones de interés
- Entrevistas personales
O Comparación de Precios (Bs y Ss fáciles de obtener en el mercado - estándar)
Métodos especiales de contratación
O El proceso de selección para generar un Acuerdo
Marco es un método especial de contratación,
antes era una modalidad de selección de la LP o
el CP
Reglas especiales para desierto
- Si un proceso para la contratación de seguros queda desierto, la Entidad podría decidir que la siguiente convocatoria sea una contratación con proveedor en el extranjero.
- Ante una segunda convocatoria desierta de un proceso convocado para la contratación de productos farmacéuticos y dispositivos médicos, el MINSA o Seguro Social de Salud pueden recurrir a una contratación con proveedor en el extranjero.
- Los demás procedimientos serán establecidos en el Reglamento. (AL parecer no AMC derivada)
Convocatoria
Presentación de
Propuestas (7
días)
Presentación de
Consultas y
observaciones
(electronicas) /
absolución (7 y 7
días)
Buena Pro
Evaluación y
Calificación de
Propuestas
LICITACIÓN PÚBLICA / CONCURSO PÚBLICO
Pronunciamiento
(12 días)
Integración (2
días)
Criterios de Calificación del postor: Experiencia en la especialidad, cumplimientos normativos
(RNP y otras obligaciones), capacidad económica
Factores de Evaluación
LICITACIÓN PÚBLICA / CONCURSO PÚBLICO
O Para bienes y obras
O Etapas:
1.- Convocatoria
2.- Registro de participantes
3.- Formulación de consultas y observaciones
4.- Absolución de consultas y observaciones
5.- Integración de Bases
6.- Presentación de ofertas
7.-Evaluación de ofertas
8.- Calificación
9. Otorgamiento de la buena pro
Elaboración de
EETT básicos
(diseño
conceptual)
Invitación al
diálogo
competitivo
Recepción de Soluciones
Técnicas al diseño
conceptual (cronograma)
Reuniones,
aclaraciones y
ajustes técnicos
a soluciones y
EETT
Segunda etapa:
Presentación de
ofertas definitivas
(técnica ajustada
y económica)
Continúa etapa
de evaluación
y calificación de
propuestas de
LP/CP
LICITACIÓN O CONCURSO EN DOS ETAPAS
SOLO PARA PROYECTOS DE ALCANCE NACIONAL (SECTORES)
Plazo mínimo: 30 días hábiles.
Para la contratación de Prestaciones u obras de complejidad
Invitación a presentar
ofertas definitivas (a
soluciones técnicas
viables)
Publicación de
invitación a
precalificación
Recepción de
Expresiones de
interés (7 días)
Remisión de
información y
documentos (14
días)
LP O CP CON PRECALIFICACIÓN
Se emplea cuando se estima que el costo de preparación de las ofertas desalentará la competencia.
Aseguramiento de la ejecución de las obligaciones del contrato.
Complejidad y envergadura del contrato.
(**) Ya no hay convocatoria, sino una invitación a la lista corta.
La precalificación debe basarse únicamente en la capacidad y los recursos de los posibles postores contratistas,
basándose en criterios objetivos como :
• Experiencia general y específica relevante
• Disponibilidad de personal, equipo e instalaciones de construcción o fabricación.
• Determinación de situación financiera
Procedimiento de LP
o CP con los
postores
precalificados (**). Remisión de
alcances del contrato
y requisitos para
precalificación (2
días)
Publicación del
Resultado de la
precalificación (Lista)
(7 días)
Convocatoria
Consultas /
Absolución
(2 y 2)
Presentación de
propuestas (3
días)
Buena Pro
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA
- Siempre Supervisión aleatoria de oficio (Definir criterios para obtener la muestra) y de parte.
Integración (1
día)
Evaluación y
Calificación de
Propuestas
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA
O Etapas:
1.-Convocatoria y publicación de bases
2.-Formulación de consultas y observaciones
3.-Absolución de consultas y observaciones
4.-Integración
5.-Presentación de propuestas.
6.-Evaluación y calificación.
7.-Otorgamiento de la Buena Pro.
Selección de consultores individuales
Etapas:
1.-Convocatoria
2.-Recepción de expresiones de interés y
selección
3.-Calificación y evaluación
4.-Otorgamiento de la Buena Pro.
Sobre el proceso de selección de consultores individuales
En los procedimientos de selección de consultores individuales la convocatoria se denominará Solicitud de expresión de interés que debe contener como mínimo: a)la descripción general del objeto de la contratación, b) los Términos de Referencia, c) los criterios y el procedimiento de selección que se basan únicamente en la experiencia, las calificaciones y la capacidad para realizar el trabajo; y, d) las instrucciones para formular expresión de interés.
CONTRATACIONES DIRECTAS
O Conforme al listado consignado en el
artículo 27 de la Ley de Contrataciones del
Estado (Verificar)
RECHAZO DE OFERTAS
Dos motivos para Bienes y Servicios:
O Dudas razonables sobre cumplimiento de
contrato (Previo requerimiento)
O Oferta supere disponibilidad presupuestal
(Gestiones necesarias pero no se obtuvo)
Para ejecución y consultoría de obras:
O Ofertas por debajo del 90% y superen el
110%.
Otros cambios
Actual normativa Nueva ley y proyecto de reglamento
Prevé: Subasta inversa presencial
Subasta inversa electrónica
La subasta inversa sólo será
electrónica
Prevé exoneraciones Considera contrataciones directas
con nuevas causales
Se puede efectuar compras
corporativas a través de
contrataciones directas
En bienes y servicios se otorga la BP
hasta por un monto igual o menor al
VR
Se puede otorgar la BP por montos
mayores al valor estimado siempre
que la entidad haya obtenido la
Certificación presupuestal
Un proceso desierto se deriva en
AMC derivada
Un proceso desierto tiene reglas
diferentes