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I M D G
SOLAS Regla VII/1.3 Parte A
“El transporte de mercancías peligrosas en bultos
se ajustará a las disposiciones del Código IMDG”
MARPOL Regla III/1.2
“El transporte de sustancias perjudiciales estará
prohibido a menos que se realice de conformidad
con las disposiciones del Código IMDG”
Código Marítimo Internacional
de Mercancías Peligrosas
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En bultos
Líquidos a granel
Sólidos a granel
Gases a granel
Código Marítimo Internacional
De Mercancías Peligrosas
Código Internacional de
Quimiqueros
Código Internacional
de gases a granel
Código Internacional de
Cargas Sólidas a granel
IMDG
CIQ
CG
CIG
Facilitar el
movimiento libre y
sin trabas de tales
mercancías
Fomentar el
transporte de
mercancías
peligrosas sin riesgos
Objetivos del
Código IMDG
1929
En Conferencia SOLAS se reconoce la necesidad de reglamentar el transporte de mercancías peligrosas.
1956
• Comité de Expertos de Naciones Unidas emite un informe sobre clasificación, numeración y etiquetado.
1960
• Conferencia SOLAS invita a la OMI a establecer un código internacional unificado.
1965
• El Código IMDG es aprobado por el MSC (Comité de Seguridad Marítima) y la Asamblea de la OMI recomienda a los gobiernos su adopción.
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El Código IMDG evoluciona y se actualiza cada dos
años para tener en cuenta:
Nuevos productos peligrosos que deben ser incluidos.
Las nuevas tecnologías y los métodos de trabajo y la
manipulación mercancías peligrosas.
Las preocupaciones de seguridad que surgen como
resultado de la experiencia.
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Cada modificación es válida para un máximo de tres años.
Allí se alternan años para su implementación.
En enero de los años amarillas, una nueva enmienda se publica y se puede utilizar
inmediatamente, sin perjuicio de la fecha de aprobación de la Autoridad Nacional Competente.
Durante los años amarillas, la modificación anterior también se puede utilizar, por lo que es un
año de transición.
En los años verdes, sólo la modificación de corriente puede ser utilizado.
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El Código consta de 7 partes.
Se presenta en dos libros, Volumen 1 y Volumen 2.
Es necesario usar ambos libros para obtener la información necesaria
cuando se envía mercancías peligrosas por mar.
El Código también contiene un Suplemento.
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Volumen 1 (Partes 1-2 y 4-7 del Código) comprende:
Parte 1 Disposiciones generales, definiciones y capacitación
Parte 2 Clasificación
Parte 4 Embalaje y depósito de provisiones
Parte 5 Procedimientos de expedición
Parte 6 Disposiciones relativas a la construcción y el ensayo de
recipientes a presión, generadores de aerosoles, recipientes de
pequeña capacidad que contengan gas (cartuchos de gas) y cartuchos
para pilas de combustible que contienen gas licuado inflamable
Parte 7 Requisitos relativos a las operaciones de transporte
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Volumen 2 (Parte 3 y los apéndices del Código) comprende:
Parte 3 Lista de mercancías peligrosas (DGL), disposiciones especiales y
excepciones cantidades exceptuadas
Apéndice A Lista de genéricos y N.E.P. (No especificado) nombre de
expedición correcto
Apéndice B Glosario de términos
Índice alfabético
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El Suplemento comprende:
Parte 1: Procedimientos de intervención de emergencia para buques
que transporten mercancías peligrosas (Guía Fem)
Parte 2: Guía de primeros auxilios para uso en caso de accidentes
relacionados con mercancías peligrosas (GPA)
Parte 3: Procedimientos de notificación
Parte 4: Directrices OMI/OIT/CEPE sobre arrumazón de la carga en
unidades de transporte
Parte 5: Uso de Plaguicidas a bordo de los buques.
Parte 6: Código Internacional para la seguridad del transporte de
combustible nuclear (Código CNI)
Parte 7: Apéndice. Resoluciones y circulares mencionadas en el Código
IMDG
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Símbolos tipográficos utilizados en las entradas que indican las
modificaciones introducidas respecto a las versiones anteriores
▪ Inserción de una entrada
Supresión de una entrada
∆ Modificación de una entrada
Existen alrededor de 3000 sustancias
peligrosas se clasifican en 9 clases de acuerdo
a las propiedades.
Clase 1: Explosivos
• Del 1.1 al 1.6
Clase 2: Gases
• 2.1 al 2.3
Clase 3: Líquidos Inflamables
• Sin sub División
Clase 4: Sólidos Inflamables
• 4.1 al 4.3
Clase 5: Sustancias Comburentes y Peróxidos orgánicos
Clase 6: Sustancias Tóxicas e Infecciosas
Clase 7: Materiales Radiactivos
Clase 8: Sustancias Corrosivas
Clase 9: Sustancias y Objetos Peligrosos Varios
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PSN (Product shipping name) y el número ONU
Dentro de cada una de las 9 clases de riesgo de mercancías
peligrosas se identifican únicamente por dos tipos de
información:
- Un número de cuatro dígitos conocido como el Número de la
ONU, que es precedido por las letras de la ONU.
- El Nombre de expedición apropiado del envío correspondiente
(PSN).
Por ejemplo, el queroseno se identifica en el Código IMDG
por su número ONU de las Naciones Unidas 1223 y el
Kerosene PSN.
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Esta lista se presenta a través de dos páginas del Código IMDG y está dividida
en 18 columnas para cada mercancía peligrosa.
Gran parte de la información contenida está codificada para que sea más fácil de
presentar en una tabla.
Se organiza en orden Número ONU, columna 1 y columna 18 contiene el
número ONU.
Para buscar una entrada, sólo tiene el número ONU.
Sin embargo, las mercancías peligrosas también se pueden buscar utilizando el
Nombre del Producto (PSN).
Por lo tanto, si usted no tiene el número ONU, pero tienen la PSN, usted puede
encontrar su número ONU correspondiente al ver el índice alfabético al final del
volumen 2.
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Columna 1 - Número de la ONU
Contiene el número de las Naciones Unidas asignado por el Comité de
las Naciones Unidas de Expertos en Transporte de Mercancías
Peligrosas (Lista de la ONU).
Columna 2 - Nombre Adecuado de Embarque (PSN)
Contiene los nombres de transporte, en letras mayúsculas que pueden
seguirse de un texto descriptivo en minúsculas caracteres.
Columna 3 - Clase o división
Contiene la clase y, en el caso de la clase 1, división y grupo de
compatibilidad.
Columna 4 - Riesgo secundario (s)
Contiene el número de la clase (s) de cualquier riesgo secundario (s).
Esta columna también identifica si las mercancías peligrosas son
contaminantes del mar, mostrando 'P' de la letra:
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Columna 5 - Grupo de Embalaje
Contiene el número del grupo de embalaje (es decir, I, II o III) donde
asignada a la sustancia o artículo.
Columna 6 - Disposiciones especiales
Contiene un número que remite a las disposiciones especiales (s) indicado
en el capítulo 3.3.
Columna 7a - Cantidades limitadas
Proporciona la cantidad máxima por envase interior.
Columna 7b - Cantidades exceptuadas
Proporciona un código que se puede hacer referencia para determinar la
cantidad máxima por envase interior y exterior.
Columna 8 - Instrucciones de embalaje
Contiene instrucciones de embalaje para el transporte de materias y
objetos.
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Columna 9 - Disposiciones especiales de embalaje
Contiene disposiciones especiales de embalaje.
Columna 10 - Las instrucciones de embalaje IBC (RIG)
Contiene instrucciones IBC que indican el tipo de IBC que se puede utilizar
para el transporte.
Columna 11 - Disposiciones especiales IBC (RIG)
Se refiere a las disposiciones especiales de embalaje aplicables a la
utilización de las instrucciones de embalaje que llevan "IBC" el código en
4.1.4.2.
Columna 12 - Cisternas portátiles y contenedores para gráneles
Esta columna ya no se usa sino que se utiliza para solicitar a la OMI las
cisternas portátiles y vehículos cisterna.
Columna 13 - Instrucciones para cisternas /contenedores a granel
Contiene los códigos T (ver 4.2.5.2.6) aplicables al transporte de mercancías
peligrosas en cisternas portátiles y vehículos cisterna.
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Columna 14 - Disposiciones especiales para cisternas y contenedores para
gráneles.
Contiene notas TP (ver 4.2.5.3) aplicables al transporte de mercancías
peligrosas en cisternas portátiles y vehículos de carretera.
Columna 15 - FEm
Se refiere a las fichas de emergencia pertinentes para el fuego y el derrame
con 'La Guía FEm - Procedimientos de intervención de emergencia para
buques que transporten mercancías peligrosas.
Columna 16 - Estiba y Segregación
Contiene las disposiciones sobre estiba y segregación según lo prescrito en
la parte 7.
Columna 17 - Propiedades y observaciones
Contiene propiedades y observaciones sobre las mercancías peligrosas
enumeradas.
Columna 18 - Número ONU
Contiene el número de las Naciones Unidas para facilitar la consulta a través
de ambas páginas del libro impreso.
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En la edición de 2002 del Código IMDG, la formación se introdujo
por primera vez.
Los Gobiernos Miembros de la OMI reconoció que el transporte sin
riesgos de mercancías peligrosas por mar es dependiente del
reconocimiento, por todas las personas implicados, de los riesgos
existentes y de una comprensión detallada de las prescripciones
del Código IMDG.
Los requisitos de formación
se hicieron obligatorios con
Enmienda 34-08.
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Estos requisitos de formación destacan la necesidad de que todo el
personal en tierra que intervienen en el transporte de mercancías
peligrosas a de recibir formación acorde con sus responsabilidades.
El Código IMDG define en tierra personal como aquellos que:
- Clasifican las mercancías peligrosas e identifican su nombre
(PSN)
- Empacan mercancías peligrosas
- Marcan, etiquetan o rotulan mercancías peligrosas
- Carga / descarga de las unidades de transporte
- Preparan los documentos de transporte de mercancías
peligrosas
- Ofrecen mercancías peligrosas para el transporte
- Aceptan mercancías peligrosas para el transporte
- Manipulan mercancías peligrosas en el transporte
- Preparar planes de estiba de mercancías peligrosas
- Cargan / descargan mercancías peligrosas en / desde buques
- Transportan mercancías peligrosas, aplican o inspeccionar el
cumplimiento de las normas aplicables y los reglamentos