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Nº 4651 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Ciudad de Sierra Grande a los dieciocho días...

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Viedma, 01 de Septiembre de 2008 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION Dirección de Boletín Oficial Tel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404 Laprida 212 - 8500 Viedma (Sumario en Pág. 28) Precio Ejemplar del día: $ 2,00 PUBLICACION BISEMANAL AÑO IL EDICION DE 28 PAGINAS Nº 4651 DECRETOS ––– DECRETO Nº 598 Viedma, 07 de julio de 2008.- Visto, la Ley H N° 4.085, el Decreto N° 391/07, y; CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 391/07, se prorrogaron hasta el 30 de Junio de 2.008, las intervenciones dispuestas para Lotería para Obras de Acción Social, al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV), y al Instituto de Desarrollo del Valle Inferior (IDEVI); Que corresponde dejar constancia de la voluntad política del Poder Ejecutivo Provincial de ratificar el carácter de intervenidas de las organizaciones mencionadas, debido a que se mantienen las causales que dieron origen a dichas intervenciones; Que en consecuencia corresponde fijar la nueva fecha de expiración del período de intervención; Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) de la Constitución Provincial; Por ello: El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A: Artículo 1°.- Prorrogar desde su vencimiento y hasta el 31 de Diciembre de 2.008, las intervenciones dispuestas para la Lotería para Obras de Acción Social, al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV) y al Instituto de Desarrollo del Valle Inferior (IDEVI).- Art. 2°.- Imponer a los interventores de los Organismos citados en el Artículo anterior, la obligación de solicitar a los Señores Ministros en cuya área revisten, con treinta (30) días de anticipación a la fecha de finalización de las Intervenciones, definiciones sobre la continuidad de las mismas a partir de su vencimiento.- Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, de Producción y de Gobierno.- Art. 4º.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.- SAIZ.- P. F. Verani.- J. L. Rodríguez.- J. M. Accatino.- —oOo— DECRETO Nº 708 Viedma, 15 de agosto de 2008.- Visto, el Expediente N° 6.489-ARN-DyR-2.008, del Registro de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, y; CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones se tramita la ratificación del Convenio suscripto entre la Agencia Río Negro Deportes y Recreación y el Municipio de Sierra Grande, en el marco del Programa de Inserción Comunitaria; Que dicho Programa está destinado a brindar apoyo económico a la Dirección de Deportes de dicha localidad para la atención de las necesidades en el aspecto deportivo y recreativo, pago a profesores de educación física y traslados de jóvenes y niños para la participación en los Juegos Rionegrinos; Que se encuentra agregado a éstas actuaciones el Convenio oportunamente celebrado con el Municipio mencionado; Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Artículo 2° del Decreto N° 194/76; Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto en los términos de los Artículos 30° y 31° de la Ley H N° 3.186 de Administración Financiera; Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos, Contaduría General de la Pro- vincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 01199- 08; Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) de la Constitución Provincial. Por ello: El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A: Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio celebrado entre la Agencia Río Negro Deportes y Recreación, representada por el Señor Carlos Alejandro ZARRAGA, (D.N.I. Nº 5.482.379) y el Municipio de Sierra Grande, representado por su Intendente Señor Nelson Rubén IRIBARREN, (D.N.I. N° 20.293.050), en el marco del Programa de Inserción Comunitaria, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.- Art. 2°.- Apruébese el gasto por un monto total de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 16.800,00) a girar a favor de la Municipalidad de Sierra Grande en dos (2) cuotas de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 8.400,00) cada una, durante el transcurso del presente año conforme a la cláusula 1° del Convenio.- Art. 3°.- El monto asignado en el Artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Munici- palidad de Sierra Grande, (C.U.I.T. N° 30-63994597-5), y/o su Intendente Señor Nelson Ruben IRIBARREN, (C.U.I.L. N° 20-20293050-7), quién será responsable de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N° 194/76.- Art. 4°.- Comprométase la suma otorgada por el Artículo 2°, a los créditos de la Jurisdicción 13 - Programa 11 - Actividad 03 - Partida 572 - Financiamiento 10 “Rentas Generales”, del Presupuesto general de gastos vigente.- Art. 5°.- Luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Artículo 29° de la Ley H N° 3.186 abónese por Tesorería General de la Provincia la suma otorgada por el Artículo 2°.- Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.- Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.- SAIZ.- J. L. Rodríguez.- CONVENIO DE BASES Y CONDICIONES PARA EL PROGRAMA DE INSERCIÓN COMUNITARIA CON LOS MUNICIPIOS Entre la Agencia Río Negro - Deportes y Recreación de la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el señor Presidente de la Agencia, Don Carlos ZARRAGA, con domicilio en Las Heras N° 757, de la ciudad de Viedma, en adelante “La Agencia” por una parte y por la otra el Sr/a. Intendente Nelson Iribarne C.U.I.L. N° 20-20293050-7, D.N.I. Nº 20.293.050, con domicilio en la calle Bº 25 de mayo nº 484 de la localidad de Sierra Grande, con el poder suficiente para este acto, en adelante “El Beneficiario”, se conviene lo siguiente: OBJETIVO del PROGRAMA de INSERCIÓN COMUNITARIA El presente convenio tiene como objetivo la atención de las necesidades en el aspecto deportivo y recreativo, pago a profesores de educación física, traslados Juegos Rionegrinos de los jóvenes y/o niños asistidos por estos programas, por lo cual la Agencia Río Negro Deportes y Recreación conjuntamente con la Municipalidad asumen la responsabilidad en forma reciproca de llevar adelante dicho programa con toda la seriedad que este merece.- PRIMERO: “La Agencia” otorga a “El Beneficiario” con carácter de apoyo económico cuyo único fin y exclusivo, es ser aplicado al Programa Provincial de Inserción Comunitaria, la suma de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 16.800,00), pagaderos en dos (2) cuotas durante el transcurso del año, a partir de la iniciación efectiva del Programa, desde el mes de Mayo de 2008 y por el término de ocho (08) meses, para atender prestaciones deportivas y/o recreativas anteriormente mencionadas. SEGUNDO: “El Beneficiario” se compromete a partir de la firma del presente convenio, a confirmar los siguientes datos y requisitos a satisfacción de la Agencia Río Negro Deportes y Recreación: a) Determinación de la cantidad de asistidos por este programa. b) Determinación de la infraestructura deportiva necesaria o a adquirir. c) Identificación del lugar donde se llevara a cabo el Programa Provincial de Inserción Comunitaria. TERCERO: “El Beneficiario” se compromete por el presente a realizar tareas y/o compras específicamente mencionadas en el OBJETIVO de este convenio, para el normal desarrollo del mismo. Queda expresamente convenido el monto del apoyo económico precedentemente aludido se producirá previa certificación del efectivo cumplimiento del Objetivo de dicho programa. CUARTO: “La Agencia” a través de las Agencias Regionales de Deportes y Recreación, efectuara controles en cuanto al funcionamiento e implementación del Programa, realizar evaluaciones mensuales sobre la actividad desarrollada y los adelantos obtenidos. QUINTO: “La Agencia” dispondrá de la caducidad del beneficiario del apoyo económico por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que
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Page 1: Nº 4651 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Ciudad de Sierra Grande a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil ocho.-—oOo— DECRETO Nº 709 Viedma, 15 de agosto

Viedma, 01 de Septiembre de 2008

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136

SECRETARIA GENERALDE LA GOBERNACION

Dirección de Boletín OficialTel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404

Laprida 212 - 8500 Viedma

(Sumario en Pág. 28)

Precio Ejemplar del día: $ 2,00 PUBLICACION BISEMANALAÑO IL EDICION DE 28 PAGINAS

Nº 4651

DECRETOS–––

DECRETO Nº 598Viedma, 07 de julio de 2008.-

Visto, la Ley H N° 4.085, el Decreto N° 391/07, y;CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 391/07, se prorrogaron hastael 30 de Junio de 2.008, las intervenciones dispuestaspara Lotería para Obras de Acción Social, al Institutode Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV), yal Instituto de Desarrollo del Valle Inferior (IDEVI);

Que corresponde dejar constancia de la voluntadpolítica del Poder Ejecutivo Provincial de ratificar elcarácter de intervenidas de las organizacionesmencionadas, debido a que se mantienen las causalesque dieron origen a dichas intervenciones;

Que en consecuencia corresponde fijar la nuevafecha de expiración del período de intervención;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Prorrogar desde su vencimiento y hastael 31 de Diciembre de 2.008, las intervenciones dispuestaspara la Lotería para Obras de Acción Social, al Institutode Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV) y alInstituto de Desarrollo del Valle Inferior (IDEVI).-

Art. 2°.- Imponer a los interventores de losOrganismos citados en el Artículo anterior, la obligaciónde solicitar a los Señores Ministros en cuya árearevisten, con treinta (30) días de anticipación a la fechade finalización de las Intervenciones, definiciones sobrela continuidad de las mismas a partir de su vencimiento.-

Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado porlos Señores Ministros de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos, de Producción y de Gobierno.-

Art. 4º.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón,dar al Boletín Oficial y archivar.-

SAIZ.- P. F. Verani.- J. L. Rodríguez.- J. M. Accatino.-—oOo—

DECRETO Nº 708Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 6.489-ARN-DyR-2.008, delRegistro de la Agencia Río Negro Deportes yRecreación, y;

CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones se tramita la

ratificación del Convenio suscripto entre la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación y el Municipio deSierra Grande, en el marco del Programa de InserciónComunitaria;

Que dicho Programa está destinado a brindarapoyo económico a la Dirección de Deportes de dichalocalidad para la atención de las necesidades en el

aspecto deportivo y recreativo, pago a profesores deeducación física y traslados de jóvenes y niños para laparticipación en los Juegos Rionegrinos;

Que se encuentra agregado a éstas actuaciones elConvenio oportunamente celebrado con el Municipiomencionado;

Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lonormado en el Artículo 2° del Decreto N° 194/76;

Que se hace necesario comprometer y devengar elpresente gasto en los términos de los Artículos 30° y31° de la Ley H N° 3.186 de Administración Financiera;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos, Contaduría General de la Pro-vincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 01199-08;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial.

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos elConvenio celebrado entre la Agencia Río NegroDeportes y Recreación, representada por el SeñorCarlos Alejandro ZARRAGA, (D.N.I. Nº 5.482.379) y elMunicipio de Sierra Grande, representado por suIntendente Señor Nelson Rubén IRIBARREN, (D.N.I.N° 20.293.050), en el marco del Programa de InserciónComunitaria, que como anexo forma parte integrantedel presente Decreto.-

Art. 2°.- Apruébese el gasto por un monto total dePESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 16.800,00) agirar a favor de la Municipalidad de Sierra Grande endos (2) cuotas de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS($ 8.400,00) cada una, durante el transcurso del presenteaño conforme a la cláusula 1° del Convenio.-

Art. 3°.- El monto asignado en el Artículoprecedente, deberá ser girado a la orden de la Munici-palidad de Sierra Grande, (C.U.I.T. N° 30-63994597-5),y/o su Intendente Señor Nelson Ruben IRIBARREN,(C.U.I.L. N° 20-20293050-7), quién será responsable desu utilización y oportuna rendición de cuentas,conforme a lo establecido por el Decreto N° 194/76.-

Art. 4°.- Comprométase la suma otorgada por elArtículo 2°, a los créditos de la Jurisdicción 13 -Programa 11 - Actividad 03 - Partida 572 -Financiamiento 10 “Rentas Generales”, del Presupuestogeneral de gastos vigente.-

Art. 5°.- Luego de cumplimentada la etapa deldevengado, según lo establecido por el Artículo 29°de la Ley H N° 3.186 abónese por Tesorería General dela Provincia la suma otorgada por el Artículo 2°.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.-

SAIZ.- J. L. Rodríguez.-

CONVENIO DE BASES Y CONDICIONES PARA ELPROGRAMA DE INSERCIÓN COMUNITARIA

CON LOS MUNICIPIOSEntre la Agencia Río Negro - Deportes y Recreación

de la Provincia de Río Negro, representada en este actopor el señor Presidente de la Agencia, Don CarlosZARRAGA, con domicilio en Las Heras N° 757, de laciudad de Viedma, en adelante “La Agencia” por unaparte y por la otra el Sr/a. Intendente Nelson IribarneC.U.I.L. N° 20-20293050-7, D.N.I. Nº 20.293.050, condomicilio en la calle Bº 25 de mayo nº 484 de la localidadde Sierra Grande, con el poder suficiente para este acto,en adelante “El Beneficiario”, se conviene lo siguiente:

OBJETIVO del PROGRAMA de INSERCIÓNCOMUNITARIA

El presente convenio tiene como objetivo la atenciónde las necesidades en el aspecto deportivo y recreativo,pago a profesores de educación física, traslados JuegosRionegrinos de los jóvenes y/o niños asistidos por estosprogramas, por lo cual la Agencia Río Negro Deportes yRecreación conjuntamente con la Municipalidad asumenla responsabilidad en forma reciproca de llevar adelantedicho programa con toda la seriedad que este merece.-

PRIMERO: “La Agencia” otorga a “El Beneficiario”con carácter de apoyo económico cuyo único fin yexclusivo, es ser aplicado al Programa Provincial deInserción Comunitaria, la suma de PESOS DIECISEISMIL OCHOCIENTOS ($ 16.800,00), pagaderos en dos(2) cuotas durante el transcurso del año, a partir de lainiciación efectiva del Programa, desde el mes de Mayode 2008 y por el término de ocho (08) meses, para atenderprestaciones deportivas y/o recreativas anteriormentemencionadas.

SEGUNDO: “El Beneficiario” se compromete a partirde la firma del presente convenio, a confirmar lossiguientes datos y requisitos a satisfacción de laAgencia Río Negro Deportes y Recreación:

a) Determinación de la cantidad de asistidos poreste programa. b) Determinación de lainfraestructura deportiva necesaria o a adquirir.c) Identificación del lugar donde se llevara a caboel Programa Provincial de Inserción Comunitaria.

TERCERO: “El Beneficiario” se compromete por elpresente a realizar tareas y/o compras específicamentemencionadas en el OBJETIVO de este convenio, parael normal desarrollo del mismo. Queda expresamenteconvenido el monto del apoyo económicoprecedentemente aludido se producirá previacertificación del efectivo cumplimiento del Objetivo dedicho programa.

CUARTO: “La Agencia” a través de las AgenciasRegionales de Deportes y Recreación, efectuaracontroles en cuanto al funcionamiento e implementacióndel Programa, realizar evaluaciones mensuales sobre laactividad desarrollada y los adelantos obtenidos.

QUINTO: “La Agencia” dispondrá de la caducidaddel beneficiario del apoyo económico porincumplimiento de cualquiera de las obligaciones que

Page 2: Nº 4651 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Ciudad de Sierra Grande a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil ocho.-—oOo— DECRETO Nº 709 Viedma, 15 de agosto

2Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

se asumen en este compromiso y dictar las medidasadministrativas que fueran pertinentes, e iniciar laacciones judiciales destinadas a obtener el reintegrode las sumas entregas.

SEXTO: La Agencia Río Negro Deportes y Recreaciónde la provincia de Río Negro, queda autorizada a efectuarinspecciones técnicas – educativas, contables yadministrativas, de acuerdo al Programa de InserciónComunitaria, durante la vigencia del presente convenio.

SÉPTIMO: Se deja expresa constancia que “LaAgencia” no asume las obligaciones derivadas del rubrocontractual o laboral, específicamente los accidentesde trabajo, enfermedades, daños y/o perjuicios quepudiera sufrir el “Beneficiario”. Queda expresamenteestablecido que dicho personal no tendrá relación dedependencia o contractual con “La Agencia”, quedaasimismo exenta de toda obligación derivada de dañosproducidos a terceros por “El Beneficiario” o por elpersonal que se desempeña en el programa de InserciónComunitaria que funcione en su jurisdicción.

OCTAVO: Este Programa de Inserción Comunitariaesta incluido en el Programa Provincial de la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación de la Provincia deRío Negro, que aporta el dinero para la puesta en marchade la iniciativa Municipal.

NOVENO: Cada Municipio y/o Institución deberárealizar la difusión del Programa de InserciónComunitaria en los medios de prensa locales yregionales, dando a conocer el convenio y el objetivodel mismo.

DECIMO: “El Beneficiario” se compromete a realizaruna rendición anual del gasto realizado ante “LaAgencia” y un informe de las metas alcanzadas dentrode los quince (15) días posteriores del vencimiento delconvenio.

UNDECIMO: Para cualquier cuestión judicial laspartes quedan sometidas a la competencia de losTribunales Ordinarios de la ciudad de Viedma,renunciando expresamente a cualquier otro fuero ojurisdicción.

DUODECIMO: La vigencia del presente conveniocaducara el treinta y uno (31) de Diciembre del año dosmil ocho.

En prueba de conformidad, se firman tres (3)ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en laCiudad de Sierra Grande a los dieciocho días del mesde Junio del año dos mil ocho.-

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DECRETO Nº 709Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 6.481-ARN-DyR-2.008, delRegistro de la Agencia Río Negro Deportes yRecreación, y;

CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones se tramita la

ratificación del Convenio suscripto entre la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación y el Municipio deViedma, en el marco del Programa de InserciónComunitaria;

Que dicho Programa está destinado a brindarapoyo económico a la Dirección de Deportes de dichalocalidad para la atención de las necesidades en elaspecto deportivo y recreativo, pago a profesores deeducación física y traslados de jóvenes y niños para laparticipación en los Juegos Rionegrinos;

Que se encuentra agregado a éstas actuaciones elConvenio oportunamente celebrado con el Municipiomencionado;

Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lonormado en el Artículo 2° del Decreto N° 194/76;

Que se hace necesario comprometer y devengar elpresente gasto en los términos de los Artículos 30° y31° de la Ley H N° 3.186 de Administración Financiera;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos, Contaduría General de la Pro-vincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 01196-08;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos elConvenio celebrado entre la Agencia Río NegroDeportes y Recreación, representada por el SeñorCarlos Alejandro ZARRAGA, (D.N.I. Nº 5.482.379) y elMunicipio de Viedma, representado por su IntendenteSeñor Jorge Carlos FERREIRA, (D.N.I. N° 11.499.488),en el marco del Programa de Inserción Comunitaria,que como anexo forma parte integrante del presenteDecreto.-

Art. 2°.- Apruébese el gasto por un monto total dePESOS OCHO MIL ($ 8.000,00) a girar a favor de laMunicipalidad de Viedma en dos (2) cuotas de PESOSCUATRO MIL ($ 4.000,00) cada una, durante eltranscurso del presente año conforme a la cláusula 1°del Convenio.-

Art. 3°.- El monto asignado en el Artículoprecedente, deberá ser girado a la orden de la Munici-palidad de Viedma, (C.U.I.T. N° 30-63901056-9), y/o suIntendente Señor Jorge Carlos FERREIRA, (C.U.I.L. N°20-11499488-0), quién será responsable de su utilizacióny oportuna rendición de cuentas, conforme a loestablecido por el Decreto N° 194/76.-

Art. 4°.- Comprométase la suma otorgada por elArtículo 2°, a los créditos de la Jurisdicción 13 -Programa 11 - Actividad 03 - Partida 572 -Financiamiento 10 “Rentas Generales”, del Presupuestogeneral de gastos vigente.-

Art. 5°.- Luego de cumplimentada la etapa deldevengado, según lo establecido por el Artículo 29°de la Ley H N° 3.186 abónese por Tesorería General dela Provincia la suma otorgada por el Artículo 2°.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.-

SAIZ.- J. L. Rodríguez.-———

CONVENIO DE BASES Y CONDICIONES PARA ELPROGRAMA DE INSERCIÓN COMUNITARIA CON

LOS MUNICIPIO.Entre la Agencia Río Negro - Deportes y Recreación

de la Provincia de Río Negro, representada en este actopor el señor Presidente de la Agencia, Don CarlosZARRAGA, con domicilio en Las Heras N° 757, de laciudad de Viedma, en adelante “La Agencia” por unaparte y por la otra el Sr/a. Intendente Jorge CarlosFERREIRA C.U.I.L. N° 20/11499488/0 D.N.I. N°11.499.488, con domicilio en la calle ........................... dela localidad de VIEDMA, con el poder suficiente paraeste acto, en adelante “El Beneficiario”, se conviene losiguiente:

OBJETIVO del PROGRAMA de INSERCIÓNCOMUNITARIA

El presente convenio tiene como objetivo laatención de las necesidades en el aspecto deportivo yrecreativo, pago a profesores de educación física,traslados Juegos Rionegrinos de los jóvenes y/o niñosasistidos por estos programas, por lo cual la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación conjuntamente conla Municipalidad asumen la responsabilidad en formareciproca de llevar adelante dicho programa con todala seriedad que este merece.-

PRIMERO: “La Agencia” otorga a “El Beneficiario”con carácter de apoyo económico cuyo único fin yexclusivo, es ser aplicado al Programa Provincial deInserción Comunitaria, la suma de PESOS OCHO MIL($ 8.000,00), pagaderos en dos (2) cuotas durante eltranscurso del año, a partir de la iniciación efectiva delPrograma, desde el mes de Mayo de 2008 y por eltérmino de ocho (08) meses, para atender prestacionesdeportivas y/o recreativas anteriormente mencionadas.

SEGUNDO: “El Beneficiario” se compromete a partirde la firma del presente convenio, a confirmar lossiguientes datos y requisitos a satisfacción de laAgencia Río Negro Deportes y Recreación:

a) Determinación de la cantidad de asistidos poreste programa. b) Determinación de lainfraestructura deportiva necesaria o a adquirir.c) Identificación del lugar donde se llevara a caboel Programa Provincial de Inserción Comunitaria.

TERCERO: “El Beneficiario” se compromete por elpresente a realizar tareas y/o compras específicamentemencionadas en el OBJETIVO de este convenio, parael normal desarrollo del mismo. Queda expresamenteconvenido el monto del apoyo económicoprecedentemente aludido se producirá previacertificación del efectivo cumplimiento del Objetivo dedicho programa.

CUARTO: “La Agencia” a través de las AgenciasRegionales de Deportes y Recreación, efectuaracontroles en cuanto al funcionamiento eimplementación del Programa, realizar evaluacionesmensuales sobre la actividad desarrollada y losadelantos obtenidos.

QUINTO: “La Agencia” dispondrá de la caducidaddel beneficiario del apoyo económico porincumplimiento de cualquiera de las obligaciones quese asumen en este compromiso y dictar las medidasadministrativas que fueran pertinentes, e iniciar laacciones judiciales destinadas a obtener el reintegrode las sumas entregas.

SEXTO: La Agencia Río Negro Deportes yRecreación de la provincia de Río Negro, quedaautorizada a efectuar inspecciones técnicas –educativas, contables y administrativas, de acuerdo alPrograma de Inserción Comunitaria, durante la vigenciadel presente convenio.

SÉPTIMO: Se deja expresa constancia que “LaAgencia” no asume las obligaciones derivadas del rubrocontractual o laboral, específicamente los accidentesde trabajo, enfermedades, daños y/o perjuicios quepudiera sufrir el “Beneficiario”. Queda expresamenteestablecido que dicho personal no tendrá relación dedependencia o contractual con “La Agencia”, quedaasimismo exenta de toda obligación derivada de dañosproducidos a terceros por “El Beneficiario” o por elpersonal que se desempeña en el programa de InserciónComunitaria que funcione en su jurisdicción.

OCTAVO: Este Programa de Inserción Comunitariaesta incluido en el Programa Provincial de la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación de la Provincia deRío Negro, que aporta el dinero para la puesta en marchade la iniciativa Municipal.

NOVENO: Cada Municipio y/o Institución deberárealizar la difusión del Programa de Inserción Comunitariaen los medios de prensa locales y regionales, dando aconocer el convenio y el objetivo del mismo.

DECIMO: “El Beneficiario” se compromete a realizaruna rendición anual del gasto realizado ante “La Agencia”y un informe de las metas alcanzadas dentro de los quince(15) días posteriores del vencimiento del convenio.

UNDECIMO: Para cualquier cuestión judicial las partesquedan sometidas a la competencia de los TribunalesOrdinarios de la ciudad de Viedma, renunciandoexpresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.

DUODECIMO: La vigencia del presente conveniocaducara el treinta y uno (31) de Diciembre del año dosmil ocho.

En prueba de conformidad, se firman tres (3)ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en laCiudad de Viedma a los veintitrés días del mes de Juniodel año dos mil ocho.-

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DECRETO Nº 710Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 6.477-ARN-DyR-2.008, delRegistro de la Agencia Río Negro Deportes yRecreación, y;

Page 3: Nº 4651 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Ciudad de Sierra Grande a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil ocho.-—oOo— DECRETO Nº 709 Viedma, 15 de agosto

3Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones se tramita la

ratificación del Convenio suscripto entre la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación y el Municipio deDarwin, en el marco del Programa de InserciónComunitaria;

Que dicho Programa está destinado a brindarapoyo económico a la Dirección de Deportes de dichalocalidad para la atención de las necesidades en elaspecto deportivo y recreativo, pago a profesores deeducación física y traslados de jóvenes y niños para laparticipación en los Juegos Rionegrinos;

Que se encuentra agregado a éstas actuaciones elConvenio oportunamente celebrado con el Municipiomencionado;

Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lonormado en el Artículo 2° del Decreto N° 194/76;

Que se hace necesario comprometer y devengar elpresente gasto en los términos de los Artículos 30° y31° de la Ley H N° 3.186 de Administración Financiera;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos, Contaduría General de la Pro-vincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 01193-08;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos elConvenio celebrado entre la Agencia Río NegroDeportes y Recreación, representada por el SeñorCarlos Alejandro ZARRAGA, (D.N.I. Nº 5.482.379) y elMunicipio de Darwin, representado por su IntendenteSeñora María Josefa BARRIO, (D.N.I. N° 18.723.627),en el marco del Programa de Inserción Comunitaria,que como anexo forma parte integrante del presenteDecreto.-

Art. 2°.- Apruébese el gasto por un monto total dePESOS SEIS MIL OCHENTA ($ 6.080,00) a girar a favorde la Municipalidad de Darwin en dos (2) cuotas dePESOS TRES MIL CUARENTA ($ 3.040,00) cada una,durante el transcurso del presente año conforme a lacláusula 1° del Convenio.-

Art. 3°.- El monto asignado en el Artículoprecedente, deberá ser girado a la orden de la Munici-palidad de Darwin, (C.U.I.T. N° 30-67275328-3), y/o suIntendente Señora María Josefa BARRIO, (C.U.I.L. N°23-18723627-4), quién será responsable de su utilizacióny oportuna rendición de cuentas, conforme a loestablecido por el Decreto N° 194/76.-

Art. 4°.- Comprométase la suma otorgada por elArtículo 2°, a los créditos de la Jurisdicción 13 -Programa 11 - Actividad 03 - Partida 572 -Financiamiento 10 “Rentas Generales”, del Presupuestogeneral de gastos vigente.-

Art. 5°.- Luego de cumplimentada la etapa deldevengado, según lo establecido por el Artículo 29°de la Ley H N° 3.186 abónese por Tesorería General dela Provincia la suma otorgada por el Artículo 2°.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.-

SAIZ.- J. L. Rodríguez.-———

CONVENIO DE BASES Y CONDICIONES PARA ELPROGRAMA DE INSERCIÓN COMUNITARIA

CON LOS MUNICIPIOSEntre la Agencia Río Negro - Deportes y Recreación

de la Provincia de Río Negro, representada en este actopor el señor Presidente de la Agencia, Don CarlosZARRAGA, con domicilio en Las Heras N° 757, de laciudad de Viedma, en adelante “La Agencia” por unaparte y por la otra el Sr/a. Intendente María Josefa Ba-rrio C.U.I.L. O C.U.I.T. N° 23/18723627/4 D.N.I. No

18.723.627, con domicilio en la calle ..............................de la localidad de Darwin, con el poder suficiente paraeste acto, en adelante “El Beneficiario”, se conviene losiguiente:

OBJETIVO del PROGRAMA de INSERCIÓNCOMUNITARIA

El presente convenio tiene como objetivo laatención de las necesidades en el aspecto deportivo yrecreativo, pago a profesores de educación física,traslados Juegos Rionegrinos de los jóvenes y/o niñosasistidos por estos programas, por lo cual la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación conjuntamente conla Municipalidad asumen la responsabilidad en formareciproca de llevar adelante dicho programa con todala seriedad que este merece.-

PRIMERO: “La Agencia” otorga a “El Beneficiario”con carácter de apoyo económico cuyo único fin yexclusivo, es ser aplicado al Programa Provincial deInserción Comunitaria, la suma de PESOS SEIS MILOCHENTA ($ 6.080,00), pagaderos en dos (2) cuotas du-rante el transcurso del año, a partir de la iniciación efectivadel Programa, desde el mes de Mayo de 2008 y por eltérmino de ocho (08) meses, para atender prestacionesdeportivas y/o recreativas anteriormente mencionadas.

SEGUNDO: “El Beneficiario” se compromete a partirde la firma del presente convenio, a confirmar lossiguientes datos y requisitos a satisfacción de laAgencia Río Negro Deportes y Recreación:

a) Determinación de la cantidad de asistidos poreste programa. b) Determinación de lainfraestructura deportiva necesaria o a adquirir.c) Identificación del lugar donde se llevara a caboel Programa Provincial de Inserción Comunitaria.

TERCERO: “El Beneficiario” se compromete por elpresente a realizar tareas y/o compras específicamentemencionadas en el OBJETIVO de este convenio, parael normal desarrollo del mismo. Queda expresamenteconvenido el monto del apoyo económicoprecedentemente aludido se producirá previacertificación del efectivo cumplimiento del Objetivo dedicho programa.

CUARTO: “La Agencia” a través de las AgenciasRegionales de Deportes y Recreación, efectuaracontroles en cuanto al funcionamiento eimplementación del Programa, realizar evaluacionesmensuales sobre la actividad desarrollada y losadelantos obtenidos.

QUINTO: “La Agencia” dispondrá de la caducidaddel beneficiario del apoyo económico porincumplimiento de cualquiera de las obligaciones quese asumen en este compromiso y dictar las medidasadministrativas que fueran pertinentes, e iniciar laacciones judiciales destinadas a obtener el reintegrode las sumas entregas.

SEXTO: La Agencia Río Negro Deportes yRecreación de la provincia de Río Negro, quedaautorizada a efectuar inspecciones técnicas –educativas, contables y administrativas, de acuerdo alPrograma de Inserción Comunitaria, durante la vigenciadel presente convenio.

SÉPTIMO: Se deja expresa constancia que “LaAgencia” no asume las obligaciones derivadas delrubro contractual o laboral, específicamente losaccidentes de trabajo, enfermedades, daños y/operjuicios que pudiera sufrir el “Beneficiario”. Quedaexpresamente establecido que dicho personal notendrá relación de dependencia o contractual con “LaAgencia”, queda asimismo exenta de toda obligaciónderivada de daños producidos a terceros por “ElBeneficiario” o por el personal que se desempeña enel programa de Inserción Comunitaria que funcioneen su jurisdicción.

OCTAVO: Este Programa de Inserción Comunitariaesta incluido en el Programa Provincial de la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación de la Provincia deRío Negro, que aporta el dinero para la puesta en marchade la iniciativa Municipal.

NOVENO: Cada Municipio y/o Institución deberárealizar la difusión del Programa de InserciónComunitaria en los medios de prensa locales yregionales, dando a conocer el convenio y el objetivodel mismo.

DECIMO: “El Beneficiario” se compromete a realizaruna rendición anual del gasto realizado ante “LaAgencia” y un informe de las metas alcanzadas dentrode los quince (15) días posteriores del vencimiento delconvenio.

UNDECIMO: Para cualquier cuestión judicial laspartes quedan sometidas a la competencia de losTribunales Ordinarios de la ciudad de Viedma,renunciando expresamente a cualquier otro fuero ojurisdicción.

DUODECIMO: La vigencia del presente conveniocaducara el treinta y uno (31) de Diciembre del año dosmil ocho.

En prueba de conformidad, se firman tres (3)ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en laCiudad de Darwin a los diecinueve días del mes deJunio del año dos mil ocho.-

—oOo—

DECRETO Nº 711Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 6.476-ARN-DyR-2.008, delRegistro de la Agencia Río Negro Deportes yRecreación, y;

CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones se tramita la

ratificación del Convenio suscripto entre la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación y el Municipio deChimpay, en el marco del Programa de InserciónComunitaria;

Que dicho Programa está destinado a brindarapoyo económico a la Dirección de Deportes de dichalocalidad para la atención de las necesidades en elaspecto deportivo y recreativo, pago a profesores deeducación física y traslados de jóvenes y niños para laparticipación en los Juegos Rionegrinos;

Que se encuentra agregado a éstas actuaciones elConvenio oportunamente celebrado con el Municipiomencionado;

Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lonormado en el Artículo 2° del Decreto N° 194/76;

Que se hace necesario comprometer y devengar elpresente gasto en los términos de los Artículos 30° y31° de la Ley H N° 3.186 de Administración Financiera;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos, Contaduría General de la Pro-vincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 01192-08;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos elConvenio celebrado entre la Agencia Río Negro Deportesy Recreación, representada por el Señor Carlos AlejandroZARRAGA, (D.N.I. Nº 5.482.379) y el Municipio deChimpay, representado por su Intendente Señor HéctorHugo FUNES, (D.N.I. N° 13.332.273), en el marco delPrograma de Inserción Comunitaria, que como anexoforma parte integrante del presente Decreto.-

Art. 2°.- Apruébese el gasto por un monto total dePESOS DIEZ MIL SEISCIENTOS CUARENTA ($10.640,00) a girar a favor de la Municipalidad deChimpay en dos (2) cuotas de PESOS CINCO MILTRESCIENTOS VEINTE ($ 5.320,00) cada una, duranteel transcurso del presente año conforme a la cláusula1° del Convenio.-

Art. 3°.- El monto asignado en el Artículoprecedente, deberá ser girado a la orden de la Munici-palidad de Chimpay, (C.U.I.T. N° 30-67253504-9), y/o

Page 4: Nº 4651 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Ciudad de Sierra Grande a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil ocho.-—oOo— DECRETO Nº 709 Viedma, 15 de agosto

4Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

su Intendente Señor Héctor Hugo FUNES, (C.U.I.L. N°20-13332273-7), quién será responsable de su utilizacióny oportuna rendición de cuentas, conforme a loestablecido por el Decreto N° 194/76.-

Art. 4°.- Comprométase la suma otorgada por elArtículo 2°, a los créditos de la Jurisdicción 13 -Programa 11 - Actividad 03 - Partida 572 -Financiamiento 10 “Rentas Generales”, del Presupuestogeneral de gastos vigente.-

Art. 5°.- Luego de cumplimentada la etapa deldevengado, según lo establecido por el Artículo 29°de la Ley H N° 3.186 abónese por Tesorería General dela Provincia la suma otorgada por el Artículo 2°.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.-

SAIZ.- J. L. Rodríguez.-———

CONVENIO DE BASES Y CONDICIONES PARA ELPROGRAMA DE INSERCIÓN COMUNITARIA

CON LOS MUNICIPIOSEntre la Agencia Río Negro - Deportes y Recreación

de la Provincia de Río Negro, representada en este actopor el señor Presidente de la Agencia, Don CarlosZARRAGA, con domicilio en Las Heras N° 757, de laciudad de Viedma, en adelante “La Agencia” por unaparte y por la otra el Sr/a. Intendente Héctor HugoFunes C.U.I.L. O C.U.I.T. N° 20/13332273/7 D.N.I. N°13.332.273, con domicilio en la calle ........................... dela localidad de Chimpay, con el poder suficiente paraeste acto, en adelante “El Beneficiario”, se conviene losiguiente:

OBJETIVO del PROGRAMA de INSERCIÓNCOMUNITARIA

El presente convenio tiene como objetivo laatención de las necesidades en el aspecto deportivo yrecreativo, pago a profesores de educación física,traslados Juegos Rionegrinos de los jóvenes y/o niñosasistidos por estos programas, por lo cual la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación conjuntamente conla Municipalidad asumen la responsabilidad en formareciproca de llevar adelante dicho programa con todala seriedad que este merece.-

PRIMERO: “La Agencia” otorga a “El Beneficiario”con carácter de apoyo económico cuyo único fin yexclusivo, es ser aplicado al Programa Provincial deInserción Comunitaria, la suma de PESOS DIEZ MILSEISCIENTOS CUARENTA ($ 10.640,00), pagaderosen dos (2) cuotas durante el transcurso del año, a partirde la iniciación efectiva del Programa, desde el mes deMayo de 2008 y por el término de ocho (08) meses,para atender prestaciones deportivas y/o recreativasanteriormente mencionadas.

SEGUNDO: “El Beneficiario” se compromete a partirde la firma del presente convenio, a confirmar lossiguientes datos y requisitos a satisfacción de laAgencia Río Negro Deportes y Recreación:

a) Determinación de la cantidad de asistidos poreste programa. b) Determinación de lainfraestructura deportiva necesaria o a adquirir.c) Identificación del lugar donde se llevara a caboel Programa Provincial de Inserción Comunitaria.

TERCERO: “El Beneficiario” se compromete por elpresente a realizar tareas y/o compras específicamentemencionadas en el OBJETIVO de este convenio, para elnormal desarrollo del mismo. Queda expresamenteconvenido el monto del apoyo económicoprecedentemente aludido se producirá previa certificacióndel efectivo cumplimiento del Objetivo de dicho programa.

CUARTO: “La Agencia” a través de las AgenciasRegionales de Deportes y Recreación, efectuaracontroles en cuanto al funcionamiento eimplementación del Programa, realizar evaluacionesmensuales sobre la actividad desarrollada y losadelantos obtenidos.

QUINTO: “La Agencia” dispondrá de la caducidaddel beneficiario del apoyo económico porincumplimiento de cualquiera de las obligaciones quese asumen en este compromiso y dictar las medidasadministrativas que fueran pertinentes, e iniciar laacciones judiciales destinadas a obtener el reintegrode las sumas entregas.

SEXTO: La Agencia Río Negro Deportes yRecreación de la provincia de Río Negro, quedaautorizada a efectuar inspecciones técnicas –educativas, contables y administrativas, de acuerdo alPrograma de Inserción Comunitaria, durante la vigenciadel presente convenio.

SÉPTIMO: Se deja expresa constancia que “LaAgencia” no asume las obligaciones derivadas del rubrocontractual o laboral, específicamente los accidentesde trabajo, enfermedades, daños y/o perjuicios quepudiera sufrir el “Beneficiario”. Queda expresamenteestablecido que dicho personal no tendrá relación dedependencia o contractual con “La Agencia”, quedaasimismo exenta de toda obligación derivada de dañosproducidos a terceros por “El Beneficiario” o por elpersonal que se desempeña en el programa de InserciónComunitaria que funcione en su jurisdicción.

OCTAVO: Este Programa de Inserción Comunitariaesta incluido en el Programa Provincial de la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación de la Provincia deRío Negro, que aporta el dinero para la puesta en marchade la iniciativa Municipal.

NOVENO: Cada Municipio y/o Institución deberárealizar la difusión del Programa de InserciónComunitaria en los medios de prensa locales yregionales, dando a conocer el convenio y el objetivodel mismo.

DECIMO: “El Beneficiario” se compromete a realizaruna rendición anual del gasto realizado ante “LaAgencia” y un informe de las metas alcanzadas dentrode los quince (15) días posteriores del vencimiento delconvenio.

UNDECIMO: Para cualquier cuestión judicial laspartes quedan sometidas a la competencia de losTribunales Ordinarios de la ciudad de Viedma,renunciando expresamente a cualquier otro fuero ojurisdicción.

DUODECIMO: La vigencia del presente conveniocaducara el treinta y uno (31) de Diciembre del año dosmil ocho.

En prueba de conformidad, se firman tres (3)ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en laCiudad de Chimpay a los diecinueve días del mes deJunio del año dos mil ocho.-

—oOo—

DECRETO Nº 712Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 6.479-ARN-DyR-2.008, delRegistro de la Agencia Río Negro Deportes yRecreación, y;

CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones se tramita la

ratificación del Convenio suscripto entre la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación y el Municipio deLuis Beltrán, en el marco del Programa de InserciónComunitaria 2.008;

Que dicho Programa está destinado a brindarapoyo económico a la Dirección de Deportes de dichalocalidad para la atención de las necesidades en elaspecto deportivo y recreativo, pago a profesores deeducación física y traslados de jóvenes y niños para laparticipación en los Juegos Rionegrinos;

Que se encuentra agregado a éstas actuaciones elConvenio oportunamente celebrado con el Municipiomencionado;

Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lonormado en el Artículo 2° del Decreto N° 194/76;

Que se hace necesario comprometer y devengar elpresente gasto en los términos de los Artículos 30°y 31 ° de la Ley H N° 3.186 de Administración Finan-ciera;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos, Contaduría General de la Pro-vincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 01195-08;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos elConvenio celebrado entre la Agencia Río NegroDeportes y Recreación, representada por el SeñorCarlos Alejandro ZARRAGA, (D.N.I. Nº 5.482.379) y elMunicipio de Luis Beltrán, representado por suIntendente Señor Claudio Martín DOÑATE, (D.N.I. N°24.893.009), en el marco del Programa de InserciónComunitaria, que como anexo forma parte integrantedel presente Decreto.-

Art. 2°.- Apruébese el gasto por un monto total dePESOS CINCO MIL SEISCIENTOS ($ 5.600,00) a girar afavor de la Municipalidad de Luis Beltrán en dos (2)cuotas de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS ($2.800,00) cada una, durante el transcurso del presenteaño conforme a la cláusula 1° del Convenio.-

Art. 3°.- El monto asignado en el Artículoprecedente, deberá ser girado a la orden de la Munici-palidad de Luis Beltrán, (C.U.I.T. N° 30-67273650-8), y/o su Intendente Señor Claudio Martín DOÑATE,(C.U.I.L. N° 20-24893009-9), quién será responsable desu utilización y oportuna rendición de cuentas,conforme a lo establecido por el Decreto N° 194/76.-

Art. 4°.- Comprométase la suma otorgada por elArtículo 2°, a los créditos de la Jurisdicción 13 -Programa 11 - Actividad 03 - Partida 572 -Financiamiento 10 “Rentas Generales”, del Presupuestogeneral de gastos vigente.-

Art. 5°.- Luego de cumplimentada la etapa deldevengado, según lo establecido por el Artículo 29°de la Ley H N° 3.186 abónese por Tesorería General dela Provincia la suma otorgada por el Artículo 2°.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.-

SAIZ.- J. L. Rodríguez.-———

CONVENIO DE BASES Y CONDICIONES PARA ELPROGRAMA DE INSERCIÓN COMUNITARIA

CON LOS MUNICIPIOSEntre la Agencia Río Negro - Deportes y Recreación

de la Provincia de Río Negro, representada en este actopor el señor Presidente de la Agencia, Don CarlosZARRAGA, con domicilio en Las Heras N° 757, de laciudad de Viedma, en adelante “La Agencia” por unaparte y por la otra el Sr/a. Intendente Martín DoñateC.U.I.L. O C.U.I.T. N° .20/24893009/9 D.N.I. N°24.893.009, con domicilio en la calle ................................de la localidad de Luis Beltrán, con el poder suficientepara este acto, en adelante “El Beneficiario”, seconviene lo siguiente:

OBJETIVO del PROGRAMA de INSERCIÓNCOMUNITARIA

El presente convenio tiene como objetivo laatención de las necesidades en el aspecto deportivo yrecreativo, pago a profesores de educación física,traslados Juegos Rionegrinos de los jóvenes y/o niñosasistidos por estos programas, por lo cual la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación conjuntamente conla Municipalidad asumen la responsabilidad en formareciproca de llevar adelante dicho programa con todala seriedad que este merece.-

PRIMERO: “La Agencia” otorga a “El Beneficiario”con carácter de apoyo económico cuyo único fin yexclusivo, es ser aplicado al Programa Provincial deInserción Comunitaria, la suma de PESOS CINCO MIL

Page 5: Nº 4651 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Ciudad de Sierra Grande a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil ocho.-—oOo— DECRETO Nº 709 Viedma, 15 de agosto

5Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

SEISCIENTOS ($ 5.600,00), pagaderos en dos (2) cuotasdurante el transcurso del año, a partir de la iniciaciónefectiva del Programa, desde el mes de Mayo de 2008 ypor el término de ocho (08) meses, para atenderprestaciones deportivas y/o recreativas anteriormentemencionadas.

SEGUNDO: “El Beneficiario” se compromete a partirde la firma del presente convenio, a confirmar lossiguientes datos y requisitos a satisfacción de laAgencia Río Negro Deportes y Recreación:

a) Determinación de la cantidad de asistidos poreste programa. b) Determinación de lainfraestructura deportiva necesaria o a adquirir.c) Identificación del lugar donde se llevara a caboel Programa Provincial de Inserción Comunitaria.

TERCERO: “El Beneficiario” se compromete por elpresente a realizar tareas y/o compras específicamentemencionadas en el OBJETIVO de este convenio, parael normal desarrollo del mismo. Queda expresamenteconvenido el monto del apoyo económicoprecedentemente aludido se producirá previacertificación del efectivo cumplimiento del Objetivo dedicho programa.

CUARTO: “La Agencia” a través de las AgenciasRegionales de Deportes y Recreación, efectuaracontroles en cuanto al funcionamiento e implementacióndel Programa, realizar evaluaciones mensuales sobre laactividad desarrollada y los adelantos obtenidos.

QUINTO: “La Agencia” dispondrá de la caducidaddel beneficiario del apoyo económico porincumplimiento de cualquiera de las obligaciones quese asumen en este compromiso y dictar las medidasadministrativas que fueran pertinentes, e iniciar laacciones judiciales destinadas a obtener el reintegrode las sumas entregas.

SEXTO: La Agencia Río Negro Deportes yRecreación de la provincia de Río Negro, quedaautorizada a efectuar inspecciones técnicas —educativas, contables y administrativas, de acuerdo alPrograma de Inserción Comunitaria, durante la vigenciadel presente convenio.

SÉPTIMO: Se deja expresa constancia que “LaAgencia” no asume las obligaciones derivadas del rubrocontractual o laboral, específicamente los accidentesde trabajo, enfermedades, daños y/o perjuicios quepudiera sufrir el “Beneficiario”. Queda expresamenteestablecido que dicho personal no tendrá relación dedependencia o contractual con “La Agencia”, quedaasimismo exenta de toda obligación derivada de dañosproducidos a terceros por “El Beneficiario” o por elpersonal que se desempeña en el programa de InserciónComunitaria que funcione en su jurisdicción.

OCTAVO: Este Programa de Inserción Comunitariaesta incluido en el Programa Provincial de la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación de la Provincia deRío Negro, que aporta el dinero para la puesta en marchade la iniciativa Municipal.

NOVENO: Cada Municipio y/o Institución deberárealizar la difusión del Programa de Inserción Comunitariaen los medios de prensa locales y regionales, dando aconocer el convenio y el objetivo del mismo.

DECIMO: “El Beneficiario” se compromete a realizaruna rendición anual del gasto realizado ante “LaAgencia” y un informe de las metas alcanzadas dentrode los quince (15) días posteriores del vencimiento delconvenio.

UNDECIMO: Para cualquier cuestión judicial laspartes quedan sometidas a la competencia de losTribunales Ordinarios de la ciudad de Viedma,renunciando expresamente a cualquier otro fuero ojurisdicción.

DUODECIMO: La vigencia del presente conveniocaducara el treinta y uno (31) de Diciembre del año dosmil ocho.

En prueba de conformidad, se firman tres (3)ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en laCiudad de Luis Beltrán a los diecinueve días del mesde Junio del año dos mil ocho.-

DECRETO Nº 713Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 6.475-ARN-DyR-2.008, delRegistro de la Agencia Río Negro Deportes yRecreación, y;

CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones se tramita la

ratificación del Convenio suscripto entre la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación y el Municipio deChoele Choel, en el marco del Programa de InserciónComunitaria 2.008;

Que dicho Programa está destinado a brindarapoyo económico a la Dirección de Deportes de dichalocalidad para la atención de las necesidades en elaspecto deportivo y recreativo, pago a profesores deeducación física y traslados de jóvenes y niños para laparticipación en los Juegos Rionegrinos;

Que se encuentra agregado a éstas actuaciones elConvenio oportunamente celebrado con el Municipiomencionado;

Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lonormado en el Artículo 2° del Decreto N° 194/76;

Que se hace necesario comprometer y devengar elpresente gasto en los términos de los Artículos 30° y31° de la Ley H N° 3.186 de Administración Financiera;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos, Contaduría General de la Pro-vincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 01191-08;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) deConstitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos elConvenio celebrado entre la Agencia Río Negro Deportesy Recreación, representada por el Señor Carlos AlejandroZARRAGA, (D.N.I. Nº 5.482.379) y el Municipio deChoele Choel, representado por su Intendente SeñorRicardo Emilio CALVO, (D.N.I. N° 4.987.780), en el marcodel Programa de Inserción Comunitaria, que como anexoforma parte integrante del presente Decreto.-

Art. 2°.- Apruébese el gasto por un monto total dePESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($ 9.600,00) a girara favor de la Municipalidad de Choele Choel en dos (2)cuotas de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($4.800,00) cada una, durante el transcurso del presenteaño conforme a la cláusula 1° del Convenio.-

Art. 3°.- El monto asignado en el Artículoprecedente, deberá ser girado a la orden de la Munici-palidad de Choele Choel, (C.U.I.T. N° 30-65454695-5),y/o su Intendente Señor Ricardo Emilio CALVO,(C.U.I.L. N° 20-04987780-4), quién será responsable desu utilización y oportuna rendición de cuentas,conforme a lo establecido por el Decreto N° 194/76.-

Art. 4°.- Comprométase la suma otorgada por elArtículo 2°, a los créditos de la Jurisdicción 13 -Programa 11 - Actividad 03 - Partida 572 -Financiamiento 10 “Rentas Generales”, del Presupuestogeneral de gastos vigente.-

Art. 5°.- Luego de cumplimentada la etapa deldevengado, según lo establecido por el Artículo 29°de la Ley H N° 3.186 abónese por Tesorería General dela Provincia la suma otorgada por el Artículo 2°.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.-

SAIZ.- J. L. Rodríguez.-———

CONVENIO DE BASES Y CONDICIONES PARA ELPROGRAMA DE INSERCIÓN COMUNITARIA

CON LOS MUNICIPIOSEntre la Agencia Río Negro - Deportes y Recreación

de la Provincia de Río Negro, representada en este actopor el señor Presidente de la Agencia, Don Carlos

ZARRAGA, con domicilio en Las Heras No 757, de laciudad de Viedma, en adelante “La Agencia” por unaparte y por la otra el Sr/a. Intendente Ricardo CalvoC.U.I.L. O C.U.I.T. N° 20/04987780/4 D.N.I. N° 4.987.780,con domicilio en la calle .......................... de la localidadde Choele Choel, con el poder suficiente para este acto,en adelante “El Beneficiario”, se conviene lo siguiente:

OBJETIVO del PROGRAMA de INSERCIÓNCOMUNITARIA

El presente convenio tiene como objetivo laatención de las necesidades en el aspecto deportivo yrecreativo, pago a profesores de educación física,traslados Juegos Rionegrinos de los jóvenes y/o niñosasistidos por estos programas, por lo cual la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación conjuntamente conla Municipalidad asumen la responsabilidad en formareciproca de llevar adelante dicho programa con todala seriedad que este merece.-

PRIMERO: “La Agencia” otorga a “El Beneficiario”con carácter de apoyo económico cuyo único fin yexclusivo, es ser aplicado al Programa Provincial deInserción Comunitaria, la suma de PESOS NUEVE MILSEISCIENTOS ($ 9.600,00), pagaderos en dos (2) cuotasdurante el transcurso del año, a partir de la iniciaciónefectiva del Programa, desde el mes de Mayo de 2008 ypor el término de ocho (08) meses, para atenderprestaciones deportivas y/o recreativas anteriormentemencionadas.

SEGUNDO: “El Beneficiario” se compromete a partirde la firma del presente convenio, a confirmar lossiguientes datos y requisitos a satisfacción de laAgencia Río Negro Deportes y Recreación:

a) Determinación de la cantidad de asistidos poreste programa. b) Determinación de lainfraestructura deportiva necesaria o a adquirir.c) Identificación del lugar donde se llevara a caboel Programa Provincial de Inserción Comunita-ria.

TERCERO: “El Beneficiario” se compromete por elpresente a realizar tareas y/o compras específicamentemencionadas en el OBJETIVO de este convenio, parael normal desarrollo del mismo. Queda expresamenteconvenido el monto del apoyo económicoprecedentemente aludido se producirá previacertificación del efectivo cumplimiento del Objetivo dedicho programa.

CUARTO: “La Agencia” a través de las AgenciasRegionales de Deportes y Recreación, efectuaracontroles en cuanto al funcionamiento eimplementación del Programa, realizar evaluacionesmensuales sobre la actividad desarrollada y losadelantos obtenidos.

QUINTO: “La Agencia” dispondrá de la caducidaddel beneficiario del apoyo económico porincumplimiento de cualquiera de las obligaciones quese asumen en este compromiso y dictar las medidasadministrativas que fueran pertinentes, e iniciar laacciones judiciales destinadas a obtener el reintegrode las sumas entregas.

SEXTO: La Agencia Río Negro Deportes yRecreación de la provincia de Río Negro, quedaautorizada a efectuar inspecciones técnicas —educativas, contables y administrativas, de acuerdo alPrograma de Inserción Comunitaria, durante la vigenciadel presente convenio.

SÉPTIMO: Se deja expresa constancia que “LaAgencia” no asume las obligaciones derivadas delrubro contractual o laboral, específicamente losaccidentes de trabajo, enfermedades, daños y/operjuicios que pudiera sufrir el “Beneficiario”. Quedaexpresamente establecido que dicho personal notendrá relación de dependencia o contractual con “LaAgencia”, queda asimismo exenta de toda obligaciónderivada de daños producidos a terceros por “ElBeneficiario” o por el personal que se desempeña enel programa de Inserción Comunitaria que funcioneen su jurisdicción.

Page 6: Nº 4651 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Ciudad de Sierra Grande a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil ocho.-—oOo— DECRETO Nº 709 Viedma, 15 de agosto

6Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

OCTAVO: Este Programa de Inserción Comunitariaesta incluido en el Programa Provincial de la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación de la Provincia deRío Negro, que aporta el dinero para la puesta en marchade la iniciativa Municipal.

NOVENO: Cada Municipio y/o Institución deberárealizar la difusión del Programa de Inserción Comunitariaen los medios de prensa locales y regionales, dando aconocer el convenio y el objetivo del mismo.

DECIMO: “El Beneficiario” se compromete a realizaruna rendición anual del gasto realizado ante “LaAgencia” y un informe de las metas alcanzadas dentrode los quince (15) días posteriores del vencimiento delconvenio.

UNDECIMO: Para cualquier cuestión judicial laspartes quedan sometidas a la competencia de losTribunales Ordinarios de la ciudad de Viedma,renunciando expresamente a cualquier otro fuero ojurisdicción.

DUODECIMO: La vigencia del presente conveniocaducara el treinta y uno (31) de Diciembre del año dosmil ocho.

En prueba de conformidad, se firman tres (3)ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en laCiudad de Choele Choel a los diecinueve días del mesde Junio del año dos mil ocho.-

—oOo—

DECRETO Nº 714Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 6.478-ARN-DyR-2.008, delRegistro de la Agencia Río Negro Deportes yRecreación, y;

CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones se tramita la

ratificación del Convenio suscripto entre la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación y el Municipio deSierra Colorada, en el marco del Programa de InserciónComunitaria;

Que dicho Programa está destinado a brindarapoyo económico a la Dirección de Deportes de dichalocalidad para la atención de las necesidades en elaspecto deportivo y recreativo, pago a profesores deeducación física y traslados de jóvenes y niños para laparticipación en los Juegos Rionegrinos;

Que se encuentra agregado a éstas actuaciones elConvenio oportunamente celebrado con el Municipiomencionado;

Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lonormado en el Artículo 2° del Decreto N° 194/76;

Que se hace necesario comprometer y devengar elpresente gasto en los términos de los Artículos 30° y31° de la Ley H N° 3.186 de Administración Financiera;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos, Contaduría General de la Provin-cia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 01194-08;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos elConvenio celebrado entre la Agencia Río NegroDeportes y Recreación, representada por el SeñorCarlos Alejandro ZARRAGA, (D.N.I. Nº 5.482.379) y elMunicipio de Sierra Colorada, representada por suIntendente Señor Humberto Alejandro MARINAO,(D.N.I. N° 21.913.077), en el marco del Programa deInserción Comunitaria, que como anexo forma parteintegrante del presente Decreto.-

Art. 2°.- Apruébese el gasto por un monto total dePESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS ($ 9.200,00) a girara favor de la Municipalidad de Sierra Colorada en dos(2) cuotas de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS ($4.600,00) cada una, durante el transcurso del presenteaño conforme a la cláusula 1° del Convenio.-

Art. 3°.- El monto asignado en el Artículoprecedente, deberá ser girado a la orden de la Munici-palidad de Sierra Colorada, (C.U.I.T. N° 30-67283491-7), y/o su Intendente Señor Humberto AlejandroMARINAO, (C.U.I.L. N° 20-21913077-6), quién seráresponsable de su utilización y oportuna rendición decuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N°194/76.-

Art. 4°.- Comprométase la suma otorgada por elArtículo 2°, a los créditos de la Jurisdicción 13 -Programa 11 - Actividad 03 - Partida 572 -Financiamiento 10 “Rentas Generales”, del Presupuestogeneral de gastos vigente.-

Art. 5°.- Luego de cumplimentada la etapa deldevengado, según lo establecido por el Artículo 29°de la Ley H N° 3.186 abónese por Tesorería General dela Provincia la suma otorgada por el Artículo 2°.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

SAIZ.- J. L. Rodríguez.-———

CONVENIO DE BASES Y CONDICIONES PARA ELPROGRAMA DE INSERCIÓN COMUNITARIA

CON LOS MUNICIPIOSEntre la Agencia Río Negro - Deportes y Recreación

de la Provincia de Río Negro, representada en este actopor el señor Presidente de la Agencia, Don CarlosZARRAGA, con domicilio en Las Heras N° 757, de laciudad de Viedma, en adelante “La Agencia” por unaparte y por la otra el Sr/a. Intendente Humberto MarinaoC.U.I.L. O C.U.I.T. N° 20/21913077/6 D.N.I. N° 21913077con domicilio en la calle ........................... de la localidadde Sierra Colorada, con el poder suficiente para esteacto, en adelante “El Beneficiario”, se conviene losiguiente:

OBJETIVO del PROGRAMA de INSERCIÓNCOMUNITARIA

El presente convenio tiene como objetivo laatención de las necesidades en el aspecto deportivo yrecreativo, pago a profesores de educación física,traslados Juegos Rionegrinos de los jóvenes y/o niñosasistidos por estos programas, por lo cual la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación conjuntamente conla Municipalidad asumen la responsabilidad en formareciproca de llevar adelante dicho programa con todala seriedad que este merece.-

PRIMERO: “La Agencia” otorga a “El Beneficiario”con carácter de apoyo económico cuyo único fin yexclusivo, es ser aplicado al Programa Provincial deInserción Comunitaria, la suma de PESOS NUEVE MILDOSCIENTOS ($ 9.200,00), pagaderos en dos (2) cuotasdurante el transcurso del año, a partir de la iniciaciónefectiva del Programa, desde el mes de Mayo de 2008 ypor el término de ocho (08) meses, para atenderprestaciones deportivas y/o recreativas anteriormentemencionadas.

SEGUNDO: “El Beneficiario” se compromete a partirde la firma del presente convenio, a confirmar lossiguientes datos y requisitos a satisfacción de laAgencia Río Negro Deportes y Recreación:

a) Determinación de la cantidad de asistidos poreste programa. b) Determinación de lainfraestructura deportiva necesaria o a adquirir.c) Identificación del lugar donde se llevara a caboel Programa Provincial de Inserción Comunitaria.

TERCERO: “El Beneficiario” se compromete por elpresente a realizar tareas y/o compras específicamentemencionadas en el OBJETIVO de este convenio, para elnormal desarrollo del mismo. Queda expresamenteconvenido el monto del apoyo económicoprecedentemente aludido se producirá previa certificacióndel efectivo cumplimiento del Objetivo de dicho programa.

CUARTO: “La Agencia” a través de las AgenciasRegionales de Deportes y Recreación, efectuaracontroles en cuanto al funcionamiento e

implementación del Programa, realizar evaluacionesmensuales sobre la actividad desarrollada y losadelantos obtenidos.

QUINTO: “La Agencia” dispondrá de la caducidaddel beneficiario del apoyo económico porincumplimiento de cualquiera de las obligaciones quese asumen en este compromiso y dictar las medidasadministrativas que fueran pertinentes, e iniciar laacciones judiciales destinadas a obtener el reintegrode las sumas entregas.

SEXTO: La Agencia Río Negro Deportes yRecreación de la provincia de Río Negro, quedaautorizada a efectuar inspecciones técnicas —educativas, contables y administrativas, de acuerdo alPrograma de Inserción Comunitaria, durante la vigenciadel presente convenio.

SÉPTIMO: Se deja expresa constancia que “LaAgencia” no asume las obligaciones derivadas delrubro contractual o laboral, específicamente losaccidentes de trabajo, enfermedades, daños y/operjuicios que pudiera sufrir el “Beneficiario”. Quedaexpresamente establecido que dicho personal notendrá relación de dependencia o contractual con “LaAgencia”, queda asimismo exenta de toda obligaciónderivada de daños producidos a terceros por “ElBeneficiario” o por el personal que se desempeña enel programa de Inserción Comunitaria que funcioneen su jurisdicción.

OCTAVO: Este Programa de Inserción Comunitariaesta incluido en el Programa Provincial de la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación de la Provincia deRío Negro, que aporta el dinero para la puesta en marchade la iniciativa Municipal.

NOVENO: Cada Municipio y/o Institución deberárealizar la difusión del Programa de InserciónComunitaria en los medios de prensa locales yregionales, dando a conocer el convenio y el objetivodel mismo.

DECIMO: “El Beneficiario” se compromete a realizaruna rendición anual del gasto realizado ante “LaAgencia” y un informe de las metas alcanzadas dentrode los quince (15) días posteriores del vencimiento delconvenio.

UNDECIMO: Para cualquier cuestión judicial laspartes quedan sometidas a la competencia de losTribunales Ordinarios de la ciudad de Viedma,renunciando expresamente a cualquier otro fuero ojurisdicción.

DUODECIMO: La vigencia del presente conveniocaducara el treinta y uno (31) de Diciembre del año dosmil ocho.

En prueba de conformidad, se firman tres (3)ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en laCiudad de Sierra Colorada a los veinte días del mes deJunio del año dos mil ocho.-

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DECRETO Nº 715Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 6.488-ARN-DyR-2.008, delRegistro de la Agencia Río Negro Deportes yRecreación, y;

CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones se tramita la

ratificación del Convenio suscripto entre la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación y el Municipio deMaquinchao, en el marco del Programa de InserciónComunitaria 2.008;

Que dicho Programa está destinado a brindarapoyo económico a la Dirección de Deportes de dichalocalidad para la atención de las necesidades en elaspecto deportivo y recreativo, pago a profesores deeducación física y traslados de jóvenes y niños para laparticipación en los Juegos Rionegrinos;

Que se encuentra agregado a éstas actuaciones elConvenio oportunamente celebrado con el Municipiomencionado;

Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lonormado en el Artículo 2° del Decreto N° 194/76;

Page 7: Nº 4651 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Ciudad de Sierra Grande a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil ocho.-—oOo— DECRETO Nº 709 Viedma, 15 de agosto

7Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

Que se hace necesario comprometer y devengar elpresente gasto en los términos de los Artículos 30° y31° de la Ley H N° 3.186 de Administración Financiera;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos, Contaduría General de la Pro-vincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 01198-08;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos elConvenio celebrado entre la Agencia Río NegroDeportes y Recreación, representada por el SeñorCarlos Alejandro ZARRAGA, (D.N.I. Nº 5.482.379) y elMunicipio de Maquinchao, representado por suIntendente Señor Marcos Javier PEREZ, (D.N.I. N°25.519.096), en el marco del Programa de InserciónComunitaria, que como anexo forma parte integrantedel presente Decreto.-

Art. 2°.- Apruébese el gasto por un monto total dePESOS ONCE MIL DOSCIENTOS ($ 11.200,00) a girara favor de la Municipalidad de Maquinchao en dos (2)cuotas de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS ($5.600,00) cada una, durante el transcurso del presenteaño conforme a la cláusula 1° del Convenio.-

Art. 3°.- El monto asignado en el Artículoprecedente, deberá ser girado a la orden de la Munici-palidad de Maquinchao, (C.U.I.T. N° 30-67293645-0),y/o su Intendente Señor Marcos Javier PEREZ, (C.U.I.L.N° 20-25519096-3), quién será responsable de suutilización y oportuna rendición de cuentas, conformea lo establecido por el Decreto N° 194/76.-

Art. 4°.- Comprométase la suma otorgada por elArtículo 2°, a los créditos de la Jurisdicción 13 -Programa 11 - Actividad 03 - Partida 572 -Financiamiento 10 “Rentas Generales”, del Presupuestogeneral de gastos vigente.-

Art. 5°.- Luego de cumplimentada la etapa deldevengado, según lo establecido por el Artículo 29°de la Ley H N° 3.186 abónese por Tesorería General dela Provincia la suma otorgada por el Artículo 2°.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.-

SAIZ.- J. L. Rodríguez.-———

CONVENIO DE BASES Y CONDICIONES PARA ELPROGRAMA DE INSERCIÓN COMUNITARIA

CON LOS MUNICIPIOSEntre la Agencia Río Negro - Deportes y Recreación

de la Provincia de Río Negro, representada en este actopor el señor Presidente de la Agencia, Don CarlosZARRAGA, con domicilio en Las Heras N° 757, de laciudad de Viedma, en adelante “La Agencia” por unaparte y por la otra el Sr/a. Intendente Marcos PerezC.U.I.L. O C.U.I.T. N° 20/25519096/3 D.N.I. N°25.519.096, con domicilio en la calle .......................... dela localidad de Maquinchao, con el poder suficientepara este acto, en adelante “El Beneficiario”, seconviene lo siguiente:

OBJETIVO del PROGRAMA de INSERCIÓNCOMUNITARIA

El presente convenio tiene como objetivo laatención de las necesidades en el aspecto deportivo yrecreativo, pago a profesores de educación física,traslados Juegos Rionegrinos de los jóvenes y/o niñosasistidos por estos programas, por lo cual la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación conjuntamente conla Municipalidad asumen la responsabilidad en formareciproca de llevar adelante dicho programa con todala seriedad que este merece.-

PRIMERO: “La Agencia” otorga a “El Beneficiario”con carácter de apoyo económico cuyo único fin yexclusivo, es ser aplicado al Programa Provincial deInserción Comunitaria, la suma de PESOS ONCE MILDOSCIENTOS ($ 11.200,00), pagaderos en dos (2)cuotas durante el transcurso del año, a partir de lainiciación efectiva del Programa, desde el mes de Mayode 2008 y por el término de ocho (08) meses, para atenderprestaciones deportivas y/o recreativas anteriormentemencionadas.

SEGUNDO: “El Beneficiario” se compromete a partirde la firma del presente convenio, a confirmar lossiguientes datos y requisitos a satisfacción de laAgencia Río Negro Deportes y Recreación:

a) Determinación de la cantidad de asistidos poreste programa. b) Determinación de lainfraestructura deportiva necesaria o a adquirir.c) Identificación del lugar donde se llevara a caboel Programa Provincial de Inserción Comunitaria.

TERCERO: “El Beneficiario” se compromete por elpresente a realizar tareas y/o compras específicamentemencionadas en el OBJETIVO de este convenio, parael normal desarrollo del mismo. Queda expresamenteconvenido el monto del apoyo económicoprecedentemente aludido se producirá previacertificación del efectivo cumplimiento del Objetivo dedicho programa.

CUARTO: “La Agencia” a través de las AgenciasRegionales de Deportes y Recreación, efectuaracontroles en cuanto al funcionamiento eimplementación del Programa, realizar evaluacionesmensuales sobre la actividad desarrollada y losadelantos obtenidos.

QUINTO: “La Agencia” dispondrá de la caducidaddel beneficiario del apoyo económico porincumplimiento de cualquiera de las obligaciones quese asumen en este compromiso y dictar las medidasadministrativas que fueran pertinentes, e iniciar laacciones judiciales destinadas a obtener el reintegrode las sumas entregas.

SEXTO:, La Agencia Río Negro Deportes yRecreación de la provincia de Río Negro, quedaautorizada a efectuar inspecciones técnicas —educativas, contables y administrativas, de acuerdo alPrograma de Inserción Comunitaria, durante la vigenciadel presente convenio.

SÉPTIMO: Se deja expresa constancia que “LaAgencia” no asume las obligaciones derivadas delrubro contractual o laboral, específicamente losaccidentes de trabajo, enfermedades, daños y/operjuicios que pudiera sufrir el “Beneficiario”. Quedaexpresamente establecido que dicho personal notendrá relación de dependencia o contractual con “LaAgencia”, queda asimismo exenta de toda obligaciónderivada de daños producidos a terceros por “ElBeneficiario” o por el personal que se desempeña enel programa de Inserción Comunitaria que funcioneen su jurisdicción.

OCTAVO: Este Programa de Inserción Comunitariaesta incluido en el Programa Provincial de la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación de la Provincia deRío Negro, que aporta el dinero para la puesta en marchade la iniciativa Municipal.

NOVENO: Cada Municipio y/o Institución deberárealizar la difusión del Programa de InserciónComunitaria en los medios de prensa locales yregionales, dando a conocer el convenio y el objetivodel mismo.

DECIMO: “El Beneficiario” se compromete a realizaruna rendición anual del gasto realizado ante “LaAgencia” y un informe de las metas alcanzadas dentrode los quince (15) días posteriores del vencimiento delconvenio.

UNDECIMO: Para cualquier cuestión judicial laspartes quedan sometidas a la competencia de losTribunales Ordinarios de la ciudad de Viedma,renunciando expresamente a cualquier otro fuero ojurisdicción.

DUODECIMO: La vigencia del presente conveniocaducara el treinta y uno (31) de Diciembre del año dosmil ocho.

En prueba de conformidad, se firman tres (3)ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en laCiudad de Maquinchao a los veinte días del mes deJunio del año dos mil ocho.-

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DECRETO Nº 716Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 6.497-ARN-DyR-2.008, delRegistro de la Agencia Río Negro Deportes yRecreación, y;

CONSIDERANDO:Que por las presentes actuaciones se tramita la

ratificación del Convenio suscripto entre la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación y el Municipio deComallo, en el marco del Programa de InserciónComunitaria 2.008;

Que dicho Programa está destinado a brindarapoyo económico a la Dirección de Deportes de dichalocalidad para la atención de las necesidades en elaspecto deportivo y recreativo, pago a profesores deeducación física y traslados de jóvenes y niños para laparticipación en los Juegos Rionegrinos;

Que se encuentra agregado a éstas actuaciones elConvenio oportunamente celebrado con el Municipiomencionado;

Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lonormado en el Artículo 2° del Decreto N° 194/76;

Que se hace necesario comprometer y devengar elpresente gasto en los términos de los Artículos 30° y31° de la Ley H N° 3.186 de Administración Financiera;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos, Contaduría General de la Provin-cia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N° 01202-08;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos elConvenio celebrado entre la Agencia Río Negro Deportesy Recreación, representada por el Señor Carlos AlejandroZARRAGA, (D.N.I. Nº 5.482.379) y el Municipio deComallo, representado por su Intendente Señor VíctorRaúl GARCÍA, (D.N.I. N° 14.786.028), en el marco delPrograma de Inserción Comunitaria, que como anexoforma parte integrante del presente Decreto.-

Art. 2°.- Apruébese el gasto por un monto total dePESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS ($ 8.400,00) agirar a favor de la Municipalidad de Comallo en dos (2)cuotas de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS ($4.200,00) cada una, durante el transcurso del presenteaño conforme a la cláusula 1° del Convenio.-

Art. 3°.- El monto asignado en el Artículoprecedente, deberá ser girado a la orden de la Munici-palidad de Comallo, (C.U.I.T. N° 30-67295030-5), y/o suIntendente Señor Víctor Raúl GARCÍA, (C.U.I.L. N°20-14786028-6), quién será responsable de su utilizacióny oportuna rendición de cuentas, conforme a loestablecido por el Decreto N° 194/76.-

Art. 4°.- Comprométase la suma otorgada por elArtículo 2°, a los créditos de la Jurisdicción 13 - Programa11 - Actividad 03 - Partida 572 - Financiamiento 10 “RentasGenerales”, del Presupuesto general de gastos vigente.-

Art. 5°.- Luego de cumplimentada la etapa deldevengado, según lo establecido por el Artículo 29°de la Ley H N° 3.186 abónese por Tesorería General dela Provincia la suma otorgada por el Artículo 2°.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.-

SAIZ.- J. L. Rodríguez.-

Page 8: Nº 4651 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Ciudad de Sierra Grande a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil ocho.-—oOo— DECRETO Nº 709 Viedma, 15 de agosto

8Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

CONVENIO DE BASES Y CONDICIONES PARA ELPROGRAMA DE INSERCIÓN COMUNITARIA

CON LOS MUNICIPIOSEntre la Agencia Río Negro - Deportes y Recreación

de la Provincia de Río Negro, representada en este actopor el señor Presidente de la Agencia, Don CarlosZARRAGA, con domicilio en Las Heras N° 757, de laciudad de Viedma, en adelante “La Agencia” por unaparte y por la otra el Sr/a. Intendente Víctor GarcíaC.U.I.L. O C.U.I.T. N° 20/14786028/6 D.N.I. N°14.786.028, con domicilio en la calle Avda. San Martíns/nº de la localidad de Comallo, con el poder suficientepara este acto, en adelante “El Beneficiario”, seconviene lo siguiente:

OBJETIVO del PROGRAMA de INSERCIÓNCOMUNITARIA

El presente convenio tiene como objetivo laatención de las necesidades en el aspecto deportivo yrecreativo, pago a profesores de educación física,traslados Juegos Rionegrinos de los jóvenes y/o niñosasistidos por estos programas, por lo cual la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación conjuntamente conla Municipalidad asumen la responsabilidad en formareciproca de llevar adelante dicho programa con todala seriedad que este merece.-

PRIMERO: “La Agencia” otorga a “El Beneficiario”con carácter de apoyo económico cuyo único fin yexclusivo, es ser aplicado al Programa Provincial deInserción Comunitaria, la suma de PESOS OCHO MILCUATROCIENTOS ($ 8.400,00), pagaderos en dos (2)cuotas durante el transcurso del año, a partir de lainiciación efectiva del Programa, desde el mes de Mayode 2008 y por el término de ocho (08) meses, para atenderprestaciones deportivas y/o recreativas anteriormentemencionadas.

SEGUNDO: “El Beneficiario” se compromete a partirde la firma del presente convenio, a confirmar lossiguientes datos y requisitos a satisfacción de laAgencia Río Negro Deportes y Recreación:

a) Determinación de la cantidad de asistidos poreste programa. b) Determinación de lainfraestructura deportiva necesaria o a adquirir.c) Identificación del lugar donde se llevara a caboel Programa Provincial de Inserción Comunitaria.

TERCERO: “El Beneficiario” se compromete por elpresente a realizar tareas y/o compras específicamentemencionadas en el OBJETIVO de este convenio, parael normal desarrollo del mismo. Queda expresamenteconvenido el monto del apoyo económicoprecedentemente aludido se producirá previacertificación del efectivo cumplimiento del Objetivo dedicho programa.

CUARTO: “La Agencia” a través de las AgenciasRegionales de Deportes y Recreación, efectuaracontroles en cuanto al funcionamiento eimplementación del Programa, realizar evaluacionesmensuales sobre la actividad desarrollada y losadelantos obtenidos.

QUINTO: “La Agencia” dispondrá de la caducidaddel beneficiario del apoyo económico porincumplimiento de cualquiera de las obligaciones quese asumen en este compromiso y dictar las medidasadministrativas que fueran pertinentes, e iniciar laacciones judiciales destinadas a obtener el reintegrode las sumas entregas.

SEXTO: La Agencia Río Negro Deportes yRecreación de la provincia de Río Negro, quedaautorizada a efectuar inspecciones técnicas —educativas, contables y administrativas, de acuerdo alPrograma de Inserción Comunitaria, durante la vigenciadel presente convenio.

SÉPTIMO: Se deja expresa constancia que “LaAgencia” no asume las obligaciones derivadas del rubrocontractual o laboral, específicamente los accidentesde trabajo, enfermedades, daños y/o perjuicios quepudiera sufrir el “Beneficiario”. Queda expresamenteestablecido que dicho personal no tendrá relación de

dependencia o contractual con “La Agencia”, quedaasimismo exenta de toda obligación derivada de dañosproducidos a terceros por “El Beneficiario” o por elpersonal que se desempeña en el programa de InserciónComunitaria que funcione en su jurisdicción.

OCTAVO: Este Programa de Inserción Comunitariaesta incluido en el Programa Provincial de la AgenciaRío Negro Deportes y Recreación de la Provincia deRío Negro, que aporta el dinero para la puesta en marchade la iniciativa Municipal.

NOVENO: Cada Municipio y/o Institución deberárealizar la difusión del Programa de InserciónComunitaria en los medios de prensa locales yregionales, dando a conocer el convenio y el objetivodel mismo.

DECIMO: “El Beneficiario” se compromete a realizaruna rendición anual del gasto realizado ante “LaAgencia” y un informe de las metas alcanzadas dentrode los quince (15) días posteriores del vencimiento delconvenio.

UNDECIMO: Para cualquier cuestión judicial laspartes quedan sometidas a la competencia de losTribunales Ordinarios de la ciudad de Viedma,renunciando expresamente a cualquier otro fuero ojurisdicción.

DUODECIMO: La vigencia del presente conveniocaducara el treinta y uno (31) de Diciembre del año dosmil ocho.

En prueba de conformidad, se firman tres (3)ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en laCiudad de Comallo a los veintitrés días del mes de Juniodel año dos mil ocho.-

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DECRETOS SINTETIZADOS–—

DECRETO Nº 660.- 30-07-08.- Designando a partir del 01de Julio de 2.008, a la Señora Nilda Nanci Noemí RIEB(D.N.I. N° 10.500.910) como referente Provincial delPrograma Remediar, dependiente del Ministerio deSalud, con rango equivalente a Sub-Director.

DECRETO Nº 741.- 15-08-08.- Otorgando un aporte noreintegrable por la suma de PESOS SIETE MILQUINIENTOS ($ 7.500,00), a favor de la Municipalidadde Ingeniero Huergo, para ser destinado a solventarparte del costo de la realización de una estatua homenajea "Aimé Painé", destacada artista musical nacida enIngeniero Huergo y reconocida por la defensa ydivulgación de la Cultura Mapuche en todo el país. Elmonto asignado en el Artículo precedente, deberá sergirado a la orden de la Municipalidad Ingeniero Huergo,y/o su Intendente Señor Leonardo AlbertoBALLESTER, (C.U.I.L. N° 20-21703143-6), quién seráresponsable de su utilización y oportuna rendición decuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N°194/76. Expte. Nº 12.137-DA-08.-

DECRETO Nº 742.- 15-08-08.- Otorgando un aporte noreintegrable por la suma de PESOS CINCO MIL ($5.000,00), a favor de la Municipalidad de LosMenucos, para ser destinado a solventar los gastosde compra de materiales para la ampliación de la obradel cuerpo de Bomberos Voluntarios y los festejosdel día del Bombero que se llevó a cabo el pasado 2de junio del corriente año en la citada localidad. Elmonto asignado en el Artículo precedente, deberáser girado a la orden de Municipalidad de LosMenucos, y/o su Intendenta Señora Mabel FannyYAUHAR, (C.U.I.L. N° 27-13899913-6), quién seráresponsable de su utilización y oportuna rendiciónde cuentas, conforme a lo establecido por el DecretoN° 194/76. Expte. Nº 12.008-DA-08.-

DECRETO Nº 743.- 15-08-08.- Otorgando un aporte noreintegrable por la suma de PESOS DOCE MIL ($12.000,00), a favor de la Municipalidad de GeneralConesa, para ser destinado a solventar parte de losgastos de funcionamiento de los Talleres Culturalesque se realizan a través de la Dirección Municipalde Cultura y Turismo. El monto asignado en el

Artículo precedente, deberá ser girado a la ordende la Municipalidad de General Conesa, y/o suIntendente Señor Daniel Eugenio CONTIN, C.U.I.L.N° 23-16692774-9, quién será responsable de suutilización y oportuna rendición de cuentas,conforme a lo establecido por el Decreto N° 194/76.Expte. Nº 11890-DA-08.-

DECRETO Nº 744.- 15-08-08.- Otorgando un aporte noreintegrable por la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00), a favor de la Asociación Mujeres enAcción de la cuidad de Cipolletti, para ser destinadoa cubrir gastos que se ocasionen por la realizaciónde diferentes actividades sociales, y egresos deimprenta y combustible por funcionamiento denuestra organización. El monto asignado en elArtículo precedente, deberá ser girado a la ordende la Asociación Mujeres en Acción de la ciudadde Cipolletti, y/o su Presidenta Señora Marta Ali-cia LINARES, C.U.I.L. N° 27-13837971-5, quién seráresponsable de su utilización y oportuna rendiciónde cuentas, conforme a lo establecido por el DecretoN° 194/76. Expte. Nº 11675-DA-08.-

DECRETO Nº 745.- 15-08-08.- Otorgando un aporte noreintegrable por la suma de PESOS CINCO MIL ($5.000,00), a favor de la Municipalidad de Choele Choel,para ser destinado a cubrir los gastos que demandanla compra de una carpa abierta, mesa y sillas plásticasque se utilizarán en las tareas de concientización yeducación ambiental. El monto asignado en el Artículoprecedente, deberá ser girado a la orden de la Munici-palidad de Choele Choel, (C.U.I.T. Nº 30-65454695-5)y/o su Intendente Municipal Señor Ricardo EmilioCALVO (C.U.I.L. Nº 20-04987780-4), quien seráresponsable de su utilización y oportuna rendición decuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N°194/76. Expte. Nº 11.652-COD-08.-

DECRETO Nº 746.- 15-08-08.- Otorgando un aporte noreintegrable por la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000,00), favor de la Fundación Inalafquen, de lalocalidad de San Antonio Oeste (C.U.I.T. N° 30-67289048-5), para ser destinado a solventar los gastosque demande la operatividad del Plan de Manejo delArea Natural Protegida Bahía de San Antonio. Elmonto asignado en el Artículo precedente, deberáser girado a la orden de la Fundación Inalafquen, y/o su Presidenta Mirta Noemí CARBAJAL (C.U.I.L.N° 27-13080236-8), quien será responsable de suutilización y oportuna rendición de cuentas, conformea lo establecido por el Decreto N° 194/76. Expte. Nº11.375-COD-08.-

DECRETO Nº 747.- 15-08-08.- Otorgando al PartidoVictoria Popular (P.V.P.), los fondos asignados poraplicación de lo dispuesto en el Artículo 108° de laLey O N° 2.431, correspondiente al ejercicio 2.008,debiéndose abonar la suma total de PESOS DIEZMIL SETECIENTOS CON CINCO CENTAVOS($10.700,05), por formar parte del Partido AlianzaConcertación para el Desarrollo en las eleccionesdesarrolladas el día 20 de Mayo del año 2.007. Elimporte consignado en el Artículo anterior, seráliquidado y depositado por la Tesorería General dela Provincia, en la Cuenta Corriente que el Partidoposee en el Banco de la Nación Argentina SucursalViedma N° 546.120.890/5, a nombre del SeñorApoderado del Partido Victoria Popular (P.V.P.), Dn.Jorge Luis BAFFONI (CUIL N° 23-08210313-9), y/oDn. Osvaldo Enrique MUENA (CUIL N° 20-11846240-9), quienes serán responsables de suadministración y posterior rendición, dentro de losplazos legales establecidos. Expte. Nº 1.699-G-08.-

DECRETO Nº 748.- 15-08-08.- Otorgando un aporte noreintegrable por la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000.00) a favor de la Municipalidad de Valcheta(C.U.I.T N° 30-67563438-2), destinado a cubrir partede los gastos que demandará la construcción de laoficina de informes turísticos de la citada localidad. Larendición de los gastos del aporte no reintegrableaprobado por el Artículo 1° del presente Decreto,estará a cargo del Intendente Don Yamil Baldomero

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9Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

DIRENE (D.N.I. N° 12.698.690), y/o quieneventualmente lo reemplace. conforme a lo establecidopor el Decreto N° 194/76. Expte. Nº 116.190-T-08.-

DECRETO Nº 749.- 15-08-08.- Otorgando un aporte noreintegrable por la suma de PESOS SIETE MILQUINIENTOS ($ 7.500,00), a favor de la Municipa-lidad de Coronel Belisle (C.U.I.T. N° 30-67281976-4),destinado a cubrir gastos en el acondicionamiento yrefacción del camping a ubicarse en la ex estación deferrocarril, de la citada localidad. La rendición delgasto del aporte no reintegrable aprobado por elArtículo 1° del presente Decreto estará a cargo delIntendente Municipal, Señor Juan Hilario NEYRA(D.N.I. N° 8.327.195) y/o quien eventualmente loreemplace, conforme lo establecido por el DecretoN° 194/76. Expte. Nº 116.340-T-08.-

DECRETO Nº 750.- 15-08-08.- Otorgando un aporte noreintegrable por la suma de PESOS SESENTA MIL($ 60.000,00), a favor del Ente Regional Oficial deTurismo Patagonia Turística (C.U.I.T N° 30-70893510-3) de la ciudad Autónoma de BuenosAires, para conformar el Fondo Patagónico de Pro-moción Turística, y a su vez afrontar gastosreferentes al Plan de Acción Promocional del pre-sente año. La rendición de los gastos del aporte noreintegrable aprobado por el Artículo 1° del pre-sente Decreto, estará a cargo del Presidente delEnte Regional Oficial de Turismo Patagonia TurísticaSeñor Santiago Daniel AMSE (D.N.I. N° 21.428.813),la Secretaria Ejecutiva Licenciada Mirian RoxanaCAPASSO (D.N.I. N° 17.400.525), y co-responsableel Señor Ministro de Turismo de la Provincia de RíoNegro Licenciado José Omar CONTRERAS (D.N.I.N° 13.714.494) y/o de quienes eventualmente losreemplacen, conforme a lo establecido por el DecretoN° 194/76. Expte. Nº 116.237-T-08.-

DECRETO Nº 751.- 15-08-08.- Otorgando un aporte noreintegrable por la suma de PESOS SESENTA MILOCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 60.855,00)a favor de la Universidad Nacional del Comahue CentroRegional Universitario Bariloche (C.U.I.T N° 30-5876219-9) de la ciudad de San Carlos de Bariloche,Entidad de Derecho Público creada por Ley N° 19.117con fecha de 15 de julio de 1.971, destinado a solventargastos en la elaboración de un informe de impactoambiental en la ciudad de San Carlos de Bariloche. Larendición de los gastos del aporte no reintegrableaprobado por el Artículo 1° del presente Decreto,estará a cargo del Señor Jorge Luis LOPEZ (D.N.I. N°10.825.285), Jefe del Departamento de Administracióndel Centro Regional Universitario Bariloche, y/o dequien eventualmente lo reemplace, conforme a loestablecido por el Decreto N° 194/76. Expte. Nº 116.200-T-08.-

DECRETO Nº 752.- 15-08-08.- Otorgando un aporte noreintegrable por la suma de PESOS OCHENTA YCUATRO MIL ($ 84.000,00) a favor de la Municipa-lidad de Contralmirante Cordero (C.U.I.T N° 30-67273476-9), destinado a cubrir parte de los gastosen el dictado de la Tecnicatura en Gestión delDesarrollo Turístico Local. La rendición de los gastosdel aporte no reintegrable aprobado por el Artículo1° del presente Decreto, estará a cargo del Presidentedel Consejo Municipal Don Héctor Fabián GALLI(D.N.I. N° 20.793.294), y el Secretario de Gobierno yHacienda, Señor José Alamiro COFRE CUEVAS(D.N.I. N° 18.659.104) y/o quienes eventualmente losreemplacen, conforme a lo establecido por el DecretoN° 194/76. Expte. Nº 116.295-T-08.-

DECRETO Nº 753.- 15-08-08.- Otorgando un aporte noreintegrable por la suma de PESOS CINCO MIL ($5.000,00), a favor de La Casa de La Cultura de Ge-neral Roca, para ser destinado a solventar los gastosque incurrió a Casa de Cultura de General Roca conmotivo del Encuentro Literario BinacionalConversaciones de Otoño, llevada a cabo entre losdías 10 y 13 de Abril de 2.008. El monto asignado enel Artículo precedente, deberá ser girado a La Casade La Cultura de General Roca y/o su Coordinador

General de La Casa de La Cultura Señor EduardoDE PARIS (CUIL N° 20-14081666-4), quien seráresponsable de su utilización y oportuna rendiciónde cuentas, conforme a lo establecido por el DecretoN° 194/76. Expte. Nº 7.091-DA-08.-

DECRETO Nº 754.- 15-08-08.- Limitando los servicios apartir del 01 de Julio de 2.008, al Subcomisario,Agrupamiento Profesional - Escalafón Sanidad,Sandra Elizabeth Yanet CONTRERAS, D.N.I. N°14.657.098, CUIL N° 23-14657098-4, Clase 1.961,Legajo N° 3238, a fin de acogerse a los beneficios delRetiro Voluntario, previsto en el Artículo 3°, CapítuloIII de la Ley L N° 2.432 y en concordancia con elArtículo 148°, Título IV, Capítulo I de la Ley L N° 679del Personal Policial. Expte. Nº 49.408-C-08.-

DECRETO Nº 755.- 15-08-08.- Limitando los servicios apartir del 01 de Junio de 2.008. al Suboficial Princi-pal, Agrupamiento Seguridad - Escalafón General,Elfio Raúl GARCIA, D.N.I. N° 14.853.713, CUIL N°20-14853713-6, Clase 1.962, Legajo N° 3709, a fin deacogerse a los beneficios del Retiro Voluntario,previsto en el Artículo 3°, Capítulo III de la Ley LN° 2.432 y en concordancia con el Artículo 148°,Título IV, Capítulo I de la Ley L N° 679 del PersonalPolicial. Expte. Nº 114.895-R-07.-

DECRETO Nº 756.- 15-08-08.- Limitando los servicios apartir del 01 de Agosto de 2.008, al Suboficial Princi-pal, Agrupamiento Técnico - Escalafón Oficinista,Santiago Emilio FREDES, D.N.I. N° 16.862.541, CUILN° 20-16862541-4, Clase 1.964, Legajo N° 3030, a finde acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario,previsto en el Artículo 3°, Capítulo III de la Ley L N°2.432 y en concordancia con el Artículo 148°, TítuloIV, Capítulo I de la Ley L N° 679 del Personal Policial.Expte. Nº 49.873-RI-08.-

DECRETO Nº 757.- 15-08-08.- Limitando los servicios apartir del 01 de Agosto de 2.008, al Subcomisario,Agrupamiento Seguridad - Escalafón General,Carlos Alberto FISCHER, D.N.I. N° 17.766.253, CUILN° 20-17766253-5, Clase 1.966, Legajo N° 4241, a finde acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario,previsto en el Artículo 3°, Capítulo III de la Ley LN° 2.432 y en concordancia con el Artículo 148°,Título IV, Capítulo I de la Ley L Nº 679 del PersonalPolicial. Expte. Nº 50.888-V-08.-

DECRETO Nº 773.- 15-08-08.- Declarando de InterésProvincial el XVII Congreso Nacional deProfesionales en Ciencias Económicas, que sellevará a cabo en la ciudad de Córdoba, durante losdías 3, 4 y 5 de Septiembre del corriente año. Expte.Nº 11.734-SLT-08.-

DECRETO Nº 774.- 15-08-08.- Declarando de InterésProvincial al Rally Dakar 2.009 Argentina-Chile, quese llevará a cabo durante los días 3 al 18 de Enerode 2.009, abarcando los países de Argentina y Chile.Expte. Nº 011980-SLT-08.-

DECRETO Nº 775.- 15-08-08.- Designando Notario Titu-lar del Registro de Contratos Públicos N° 157, conasiento en la Ciudad de San Carlos de Bariloche, alEscribano Mariano Ernesto FERNANDEZ SZAMA(D.N.I. N° 22.527.380). Expte. Nº 001556-G-08.-

DECRETO Nº 777.- 15-08-08.- Prorrógase la autorizaciónal Director General de Transporte de la Provinciadependiente de la Secretaría de Obras y ServiciosPúblicos (Ministerio de Hacienda, Obras y ServiciosPúblicos), a otorgar los permisos para la realizaciónde Servicios Públicos de Transporte de Pasajerospor Automotor en la modalidad Turístico y Espe-cial, establecido en la Ley de Transporte J N° 651 ysus Decretos Reglamentarios N° 110/72 y N° 1225/72, por el término de dos (2) años contados a partirde la fecha del vencimiento del Decreto N° 958/06.Expte. Nº 122.388-DT-08.-

DECRETO Nº 780.- 15-08-08.- Otorgando en los términosde la Ley Provincial D N° 168, a partir del día 24 deAbril de 2.008, una (1) Pensión Graciable Vitalicia afavor de los Señores Elías Julio RODRIGUEZ(C.U.I.L. N° 20-10848718-7), Anacleto TOLOSA(C.U.I.L. N° 20-11688824-7) y Antonio CORRIBOLO

(C.U.I.L.N° 20-11429944-9), quienes prestaronservicios en la Asociación Bomberos Voluntariosde Valcheta (Personería Jurídica otorgada medianteDecreto Provincial N° 524/80), conforme a loexpresado en el visto y considerando del presenteDecreto. Expte. Nº 001572-G-08.-

DECRETO Nº 781.- 15-08-08.- Otorgando en los términosde la Ley Provincial D N° 168 a partir del 22 deNoviembre de 2.007, una (1) Pensión GraciableVitalicia a favor del Señor José EduvardoSALAZAR (C.U.I.L. N° 20-14066534-8), el queprestara servicios en la Asociación BomberosVoluntarios de Chichinales (Personería Jurídicaotorgada por Decreto Provincial N° 693/86). Enforma mensual, a través de la Dirección deAdministración del Ministerio de Gobierno, segirará al Señor José Eduvardo SALAZAR (C.U.I.L.N° 20-14066534-8), el monto fijado por el Artículo33° de la Ley D N° 168. Expte. Nº 034.211-G-07.-

DECRETO Nº 782.- 15-08-08.- Otorgando en los términosde la Ley Provincial D N° 168, a partir del día 18 deJunio de 2.008, una (1) Pensión Graciable Vitalicia afavor del Señor Arturo RIVAS AEDO (C.U.I.L. N° 23-93597537-9), quien prestó servicios en la AsociaciónBomberos Voluntarios de Cipolletti (PersoneríaJurídica otorgada por Decreto Provincial N° 1718/64).En forma mensual, a través de la Dirección deAdministración del Ministerio de Gobierno, se abonaráal beneficiario el monto fijado por el Artículo 33° de laLey D N° 168. Expte. Nº 001851-G-08.-

DECRETO Nº 783.- 15-08-08.- Otorgando en los términosde la Ley Provincial D N° 168, a partir del día 17 deJunio de 2.008, una (I) Pensión Graciable Vitalicia afavor del Señor Cesar Antonio CURILEN (C.U.I.L.N° 20-12116296-3), quien prestó servicios en laAsociación Civil Bomberos Voluntarios del ValleMedio (Personería Jurídica otorgada por DecretoProvincial N° 442/71). En forma mensual, a travésde la Dirección de Administración del Ministeriode Gobierno, se abonará al beneficiario el montofijado por el Artículo 33° de la Ley D N° 168. Expte.Nº 001920-G-08.-

DECRETO Nº 784.- 15-08-08.- Otorgando en los términosde la Ley Provincial D N° 168, a partir del día 20 deJunio de 2.008, una (1) Pensión Graciable Vitalicia afavor del Señor Eduardo Iván VILLALOBOSPAINEMAL (C.U.I.L. N° 20-92236061-9), quienprestó servicios en la Asociación de BomberosVoluntarios de General Roca (Personería Jurídicaotorgada por Decreto Provincial N° 2347/61).Abonar en forma mensual, a través de la Direcciónde Administración del Ministerio de Gobierno, albeneficiario el monto fijado por el Artículo 33° de laLey D N° 168. Expte. Nº 001970-G-08.-

DECRETO Nº 785.- 15-08-08.- Otorgando en los términosde la Ley Provincial D N° 168, a partir del día 01 deDiciembre de 2.007, una (1) Pensión GraciableVitalicia a favor del Señor Luis Alberto AGUILA(C.U.I.L. N° 23-13052584-9), quien prestó serviciosen la Asociación Bomberos Voluntarios de ElBolsón (Personería Jurídica otorgada por DecretoProvincial N° 362/86). En forma mensual, a travésde la dirección de Administración del Ministerio deGobierno, se abonará al beneficiario el monto fijadopor el Artículo 33° de la Ley D N° 168. Expte. Nº001410-G-08.-

DECRETO Nº 786.- 15-08-08.- Otorgando en los términosde la Ley Provincial D N° 168, a partir del día 21 deMayo de 2.008, una (1) Pensión Graciable Vitalicia afavor de la Señora María Eva GARCE (C.U.I.L. N°27-07574861-7), viuda del Bombero VoluntarioSantiago Osvaldo FERNANDEZ D.N.I. N°14.407.441, quién prestó servicios en la AsociaciónBomberos Voluntarios de Cipolletti (PersoneríaJurídica otorgada por Decreto Provincial N° 1718/64). En forma mensual, a través de la Dirección deAdministración del Ministerio de Gobierno se giraráa la beneficiaria el monto fijo por el Artículo 33 de laLey D Nº 168. Expte. Nº 001709-G-08.-

Page 10: Nº 4651 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Ciudad de Sierra Grande a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil ocho.-—oOo— DECRETO Nº 709 Viedma, 15 de agosto

10Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

DECRETO Nº 787.- 15-08-08.- Otorgando en los términosde la Ley Provincial D N° 168, a partir del día 27 deMayo de 2.008, una (1) Pensión Graciable Vitalicia afavor del Señor Benedicto RIFFO CASTRO (C.U.I.L.N° 20-92269156-9), quien prestó servicios en laAsociación de Bomberos Voluntarios de GeneralFernández Oro (Personería Jurídica otorgada porDecreto Provincial N° 388/86). En forma mensual, através la Dirección de Administración del Ministeriode Gobierno, se abonara al beneficiario el montofijado por el Artículo 33° de la Ley D Nº 168. Expte.Nº 001749-G-08.-

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RESOLUCIONES–—

Provincia de Río NegroDIRECCION GENERAL DE RENTAS

Resolución Nº 623/08Agente: Edgardo Marastoni.Localidad: Capital Federal.Período: 16-06-08 al 20-06-08.Motivo: Reunión Comisión Arbitral.-

—–—

Resolución N° 162/08Agente: Lendro Merlo Ezcurra.Localidad: Capital Federal.Período: 17-06-08 al 20-06-08.Motivo: Asistir Curso.-

—–—Resolución N° 169/08

Agente: Luciana Valentini.Localidad: Sierra Colorada.Período: 25-06-08 al 27-06-08.Motivo: Hacerse cargo Receptoría.-

—–—Resolución N° 643/08

Agente: Rafael Albornoz.Localidad: General Roca.Período: 26-06-08 al 30-06-08.Motivo: Reunión con Jefe Delegación.-

—–—Resolución N° 172/08

Agente: Cuerpo de Inspectores.Localidad: VariasPeríodo: 02-06-08 al 14-06-08.Motivo: Operativo de Fiscalización.-

—–—Resolución N° 175/08

Agente: Juan Ramos.Localidad: Sierra Colorada.Período: 02-07-08 al 04-07-08.Motivo: Hacerse cargo de Receptoría.-

—–—Resolución N° 176/08

Agente: Mabel Manzanelli.Localidad: Viedma.Período: 30-06-08 al 02-07-08.Motivo: Reunión con Directores.Arnoldo F. Sánchez Ayala, Director de Recursos -

Dirección Gral. de Rentas.—oOo—

Provincia de Río NegroMinisterio de Gobierno

INSPECCIÓN GENERALDE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución Nº 891Viedma, 25 de Agosto del 2008.

Visto, el Expte. Nº 5470-IGPJ-2008, mediante el cualla asociación civil denominada: “Asociación Civil Saludpara el Desarrollo Humano”, solicita la concesión de lapersonería jurídica; y

CONSIDERANDO:Que los fines que se propone dicha institución se

hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.1º) Segunda Parte del Código Civil;

Que en la constitución de la recurrente se hancumplido los requisitos exigidos por la Ley Nº 3.827,demás reglamentaciones vigentes y que su estatutosocial se ajusta a los preceptos legales en vigor.

Que a fojas 35 y 36 obran informes de losDepartamentos de Personería y Asesoría Legal de esteOrganismo en los cuales consta que estaría encondiciones de ser aprobada la documentaciónpresentada y que no hay objeciones jurídicas paraobtener la personería.

Por ello,La Inspección General de

Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Autorízase para funcionar como per-sona jurídica a la Asociación Civil denominada:“Asociación Civil Salud para el Desarrollo Humano”,constituida y con domicilio en Cipolletti, DepartamentoGeneral Roca de esta Provincia, el día 10 de Noviembrede 2007, y apruébase su estatuto social obrante de fojavientisiete (27) a treinta y tres (33) del expedientealudido.

Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dosmil cuatrocientos veintitrés (Nº 2.423).

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Per-sonas Jurídicas.

—–—Resolución Nº 892

Viedma, 25 de Agosto del 2008.Visto, el Expte. Nº 4364-IGPJ-2005, mediante el cual

la asociación civil denominada: “Asociación Civil Futa- Chau”, solicita la concesión de la personería jurídica;y

CONSIDERANDO:Que los fines que se propone dicha institución se

hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.1º) Segunda Parte del Código Civil;

Que en la constitución de la recurrente se hancumplido los requisitos exigidos por la Ley Nº 3.827,demás reglamentaciones vigentes y que su estatutosocial se ajusta a los preceptos legales en vigor.

Que a fojas 66 y 67 obran informes de losDepartamentos de Personería y Asesoría Legal de esteOrganismo en los cuales consta que estaría encondiciones de ser aprobada la documentaciónpresentada y que no hay objeciones jurídicas paraobtener la personería.

Por ello,La Inspección General de

Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Autorízase para funcionar como per-sona jurídica a la Asociación Civil denominada:“Asociación Civil Futa - Chau”, constituida y condomicilio en San Carlos de Bariloche, DepartamentoBariloche de esta Provincia, el día 24 de Abril de 2005,y apruébase su estatuto social obrante de foja sesenta(60) a sesenta y cinco (65) del expediente aludido.

Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dosmil cuatrocientos veintiuno (Nº 2.421).

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Per-sonas Jurídicas.

—–—Resolución Nº 893

Viedma, 25 de Agosto del 2008.Visto, el Expte. Nº 5534-IGPJ-2008, mediante el cual

la asociación civil denominada “Colegio Notarial de laProvincia de Río Negro”, registrada en este Organismobajo el Nº 165, solicita declarar eficaz asamblea y lainclusión de la misma en la Ley Provincial Nº 4193; y

CONSIDERANDO:Que la Asamblea General Extraordinaria que trató

dicha inclusión se realizó con fecha 20 de Octubre de2.007; ha cumplido con los requisitos exigidos por LeyNº 3827 y demás Reglamentaciones vigentes.

Que a fojas 140 y 141 obran informes de losDepartamentos de Personería y Asesoría Legal dondeconsta que estaría en condiciones de dictarseresolución declarando eficaz la misma.

Por ello,La Inspección General de

Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectosadministrativos, la Asamblea General Extraordinaria defecha 20 de Octubre de 2.007 y la inclusión en la LeyProvincial Nº 4193 de la Asociación Civil denominada“Colegio Notarial de la Provincia de Río Negro”, condomicilio en General Roca, Departamento del mismonombre de esta Provincia, en la forma de foja cincuentay ocho (58) a noventa (90) del expediente aludido.

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Per-sonas Jurídicas.

—–—

Resolución Nº 899Viedma, 26 de Agosto del 2008.

Visto, el Expte. Nº 5478-IGPJ-2008, mediante el cualla asociación civil denominada: “Asociación Civil VivirMejor”, solicita la concesión de la personería jurídica;y

CONSIDERANDO:Que los fines que se propone dicha institución se

hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.1º) Segunda Parte del Código Civil;

Que en la constitución de la recurrente se hancumplido los requisitos exigidos por la Ley Nº 3.827,demás reglamentaciones vigentes y que su estatutosocial se ajusta a los preceptos legales en vigor.

Que a fojas 51 y 52 obran informes de losDepartamentos de Personería y Asesoría Legal de esteOrganismo en los cuales consta que estaría encondiciones de ser aprobada la documentaciónpresentada y que no hay objeciones jurídicas paraobtener la personería.

Por ello,La Inspección General de

Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Autorízase para funcionar como per-sona jurídica a la Asociación Civil denominada:“Asociación Civil Vivir Mejor”, constituida y condomicilio en Villa Regina, Departamento General Rocade esta Provincia, el día 12 de Febrero de 2008, yapruébase su estatuto social obrante de foja cuarentay dos (42) a cuarenta y ocho (48) del expediente aludi-do.

Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dosmil cuatrocientos veinticuatro (Nº 2.424).

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Per-sonas Jurídicas.

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CAJA DE PREVISION SOCIAL ODONTOLOGICADE RIO NEGRO

Resolución Nº 1-2008General Roca, 21 de Agosto de 2.008.

El Directoriode la Caja de Previsión Social Odontológica

de Río NegroRESUELVE:

1) La Afiliada ó las Afiliadas a esta Caja, y conrelación al subsidio por maternidad contemplado en elInciso b) del Art. 38 de los Estatutos vigentes deberánsolicitar el pago del mismo dentro de los cuatro (4)meses siguientes al parto bajo apercibimiento decaducidad para la percepción del mismo.

2) Regístrese y publíquese la parte resolutiva porUn (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia.

Dr. Sergio Bonicatto, Secretario - C.P.S.O.R.N.

Page 11: Nº 4651 - Río Negro Province · 2012. 7. 12. · Ciudad de Sierra Grande a los dieciocho días del mes de Junio del año dos mil ocho.-—oOo— DECRETO Nº 709 Viedma, 15 de agosto

11Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICASDE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

Resolución Nº 261Cipolletti, 11 de Agosto de 2.008.

Visto: Las atribuciones conferidas por el art. 23 inc. 9) del Decreto Ley 199/66.El Decreto Nacional N° 2.284/91 y la Ley Provincial N° 2.541/92;

CONSIDERANDO:Que es función de este Consejo Profesional el control de la matrícula en la

Provincia de Río Negro, y el ejercicio de Poder de Policía en las profesiones deCiencias Económicas.

Que los incrementos de precios en los distintos gastos de funcionamiento yen las prestaciones a los matriculados hacen necesaria la adecuación de los valoresa la realidad, con el fin de mantener el equilibrio entre ingresos y gastos.

Que es necesario fijar pautas ciertas para el cobro del Derecho de Legalizaciónque asegure un ingreso mínimo para el normal desempeño de la Institución.

Que se requiere la readecuación de los parámetros de valuación de losHonorarios Sugeridos en trabajos determinativos de Situaciones Patrimonialesque no surgen de sistemas contables, que resultan base de cálculo de la tasa delegalización de los mismos.

Que resulta necesario precisar los costos de legalización de la variedad detrabajos profesionales;

Que también este Consejo Profesional realiza controles básicos sobre el Informedel Auditor y su consistencia con los Estados Contables sobre los que se informa,y también sobre los Otros informes y Certificaciones.

Que los trabajos firmados por los profesionales habilitados legalmente sirvena su comitente y terceros, como documento para la toma de decisiones.

Por ello:El Consejo Profesional de Ciencias Económicas

de la Provincia de Río NegroRESUELVE:

Artículo 1°): Fijar una tasa por servicio administrativo de legalización de firmas,según lo establecido en el Anexo I que forma parte de esta Resolución.

Artículo 2°): Los valores establecidos incluyen hasta 11 ejemplares legalizados,solicitados al momento de la legalización.

Artículo 3°): Derogar la Resolución 250 del 10/09/2007.Artículo 4°): Establecer el 01/09/2008 como fecha para que entre en vigencia la

escala establecida por la presente resolución.Artículo 5°): Comuníquese a los matriculados, publíquese en el Boletín Oficial

de la Provincia, en la página web del Consejo, y archívese.EL CONSEJO DIRECTIVO

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LICITACIONES–—

Provincia de Río NegroMUNICIPALIDAD DE VILLA REGINA

Patagonia ArgentinaLicitación Pública Nº 05/2008

La Municipalidad de Villa Regina, llama a LicitaciónPública Nº 5/2008 para el otorgamiento de tres licenciasde taxis.

Apertura de las Propuestas: El día 19 de septiembrede 2008 a la hora 10:30 en la Municipalidad de Villa Regina.

Consultas y Ventas de Pliegos: En la oficina deCompras y Suministros, sito en Rivadavia 220 de VillaRegina, en horario de atención al público, hasta cincodías antes de la fecha de apertura.

Valor del Pliego: Pesos cincuenta ($ 50,00).—oOo—

Ministerio de Planificación Federal,Inversión Pública y ServiciosSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD– Aviso de Llamado a Licitación –

La Dirección Nacional de Vialidad llama a LicitaciónPública Nacional la siguiente Obra:

Licitación Pública Nacional Nº 10/08Obra: Ruta Nacional N° 151 – Km. 28,95 - Provincia

de Río Negro – Localidad Barda del Medio Rotonda enAcceso a Dique Balleter.

Tipo de Obra: Construcción de una rotonda deltipo Ovalo. El paquete estructural en el óvalo centralestará compuesto por: Carpeta de concreto asfálticoen 0,05 m. de espesor, base de concreto asfáltico en0,08 m. de espesor, base granular en 0,20 m. de espesor,sub-base granular en 0,20 m. de espesor; las banquinas

serán de suelo común en un ancho de 3,00m.;señalamiento horizontal, banda óptica sonora, barandametálica cincada para defensa e iluminación

Presupuesto Oficial: Pesos Cuatro MillonesCuatrocientos Cincuenta Mil ($ 4.450.000,00) al mes deJunio de 2008.

Valor del Pliego: Pesos Dos Mil ($ 2.000,00)Fecha de Venta de Pliegos: A partir del 19 de Agosto

de 2008.Fecha de Apertura de Ofertas: Se realizará el día 26

de Setiembre de 2008 a partir de las 11,00 Hs.Lugar de Apertura: Av. Julio A. Roca 734/38 – (1067)

- Capital Federal – Planta Baja (Salón de Actos) - D.N.V.Lugar de Venta y Consulta del Pliego: Subgerencia

Servicios de Apoyo – Av. Julio A. Roca 734/8 – (1067)Capital Federal - 3er. Piso – D.N.V.

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Provincia de Río NegroMINISTERIO DE HACIENDA, OBRAS

Y SERVICIOS PÚBLICOSLicitación Pública Nº 70-08

Por la adquisición e instalación de 6 rampasplegables, con destino a los vehículos pertenecientesal Consejo Provincial para las Personas conDiscapacidad, dependiente del Ministerio de Familia.

Costo Técnicamente Estimado: Pesos treinta ycuatro mil ochocientos ($ 34.800,00).

Garantía: Uno por ciento (1%) del valor total de laoferta.

Apertura: 15/09/08 - Hora 9:30.Pliegos y Consultas: En la Dirección General de

Suministros de la Provincia de Río Negro, sita en lacalle Álvaro Barros 641, Tel-Fax 02920-423653 - Viedma(Río Negro).

E-mail: [email protected].

COMUNICADO–—

Provincia de Río NegroTESORERÍA GENERAL

La Tesorería General de la Provincia de RíoNegro, con domicilio en 25 de Mayo 99 de laciudad de Viedma, comunica que por Resolu-ción Nº 777/08 del Ministerio de Hacienda, Obras yServicios Públicos (B.O. Nº 4630), se ha autorizado delexpurgo de la documentación resguardada de losarchivos generados por los pagos efectuados a laadministración central y transferencias de fondosrealizados a organismos autárquicos, poderesorganismos de control, entes y empresas del Estado,correspondientes a los años 1996 y 1997, cuyadestrucción se efectuará en el transcurso del corrienteaño: expedientes administrativos y órdenes de pagocorrespondientes a contratistas, proveedores, fondospermanentes, balances de autárquicos, juntamente consus respectivos comprobantes de caja y recibos depago y/o depósitos bancarios, libros de banco defondos permanentes y fondos especiales, che-queras, pagos por accidentes de trabajo (plazo mínimo10 años).

Documentación relacionada con embargos,registros de licencias ordinarias, comprobantes decorrespondencia recibida y emitida, hojas de rutas,notas, registros contables auxiliares de los años 1996,1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003 (plazo deguarda de 1 a 3 años); cupones de amortización debonos CE.DE.PIR., cuyo rescate finalizó en el año 2002,y billetes de bonos CE.DE.R.N. rescatados entre losaños 1998 y 2000, aprobada oportunamente por losorganismos de control a que se encuentra sujeta.

José Ongaro, Tesorero General.

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12Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

CONTRATACIONES DIRECTAS—–

Ministerio de Planificación Federal,Inversión Pública y ServiciosSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

DIRECCION NACIONALDE VIALIDAD

Contratación Directa Nº 080Ejercicio 2008

Lugar y Fecha: Viedma, 26 de Agosto de 2.008.Nombre del Organismo: Dirección Nacional de

Vialidad - 20º Distrito - Río Negro.Procedimiento de SelecciónTipo: Contratación Directa Nº 080Ejercicio: 2008.Clase: Etapa Unica.Modalidad: Sin Modalidad.Expediente Nº: Sin Número.Rubro Comercial: Venta de Ropa.Objeto de la Contratación: Provisión de ropa de

trabajo a personalOferente Total Adjudicado

Vulcanho Seguridad Industrial $30.513,00Ingeniería Patagónica $4.362,00Seguridad y Servicios S.R.L. $ 336,60

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Contratación Directa Nº 087Ejercicio 2008

Lugar y Fecha: Viedma, 26 de Agosto de 2.008.Nombre del Organismo: Dirección Nacional de

Vialidad - 20º Distrito - Río Negro.Procedimiento de SelecciónTipo: Contratación Directa Nº 087Ejercicio: 2008.Clase: Etapa Unica.Modalidad: Sin Modalidad.Expediente Nº: Sin Número.Rubro Comercial: RepuestosObjeto de la Contratación: Provisión de columna

dirección Trafic.Oferente Total Adjudicado

Scalesi Hnos. S.A. $ 255,00—oOo—

EDICTOS I.P.P.V.–—

Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACIÓNY PROMOCIÓN DE LA VIVIENDA

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, intima al Sr. Sáez, José Eduardo(LE.7.563.219) y a la Sra. Manqueo, Nélida(DNI.16.122.555) a ocupar y regularizar la deuda de laUnidad Habitacional identificada como: Ent. 3 - PP -DPTO. “A”, del Plan 348 Viviendas FO.NA.VI., en lalocalidad de Villa Regina, plazo 48 horas, casocontrario ante negativa expresa o tácita se procederáa iniciar trámite de desadjudicación. María E. Mansilla,Area. C Habitacional. I.P.P.V.

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El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, intima al Sr. Cuevas Héctor Ramón(DNI.13.490.772) y a la Sra. Fattorel Nancy Graciela(DNI.16.816.784), ha regularizar ocupación de la uni-dad habitacional identificada como Casa 09,correspondiente al Plan 20 Viviendas, en la localidadde Lamarque, únicamente con el grupo familiar quemotivó la adjudicación. En un plazo único y perentoriode cinco (5) días. Como así también ha normalizar elpago de las cuotas de amortización. Caso contrarioante negativa tácita o expresa se iniciará las accioneslegales a los efectos de restituir la unidad a favor deeste Instituto.- Quedan ustedes, debidamentenotificados.– María E. Mansilla, Area C. Habitacional -I.P.P.V.

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda, notifica al Sr. Boela, Fernando Ciro, delarticulado de la Resolución N° 1085 de fecha de 05 deagosto de 2008, cuyo texto se transcribe a continua-ción:

RESUELVEArtículo 1°.- Dejar sin efecto la adjudicación de una

Unidad Habitacional compuesta de tres (3) dormito-rios, identificada como: Casa 277, NC: 19-2-J-274-19,perteneciente al Plan 200 II Viviendas Operatoria C.G.T.-I.P.P.V., en la localidad de San Carlos de Bariloche, quefuera otorgada por Resolución N° 245/98, al Sr. Boela,Fernando Ciro (DNI.17.061.840), por haber infringidola cláusula Quinta Inc. a) b) c) y d) y la cláusula Décimadel Acta de Tenencia Precaria, suscripto opor-tunamente.-

Artículo 2°.- Notificar por intermedio de la Direc-ción de Acción Social al Interesado del texto de la pre-sente Resolución, intimando al mismo y/o cualquierotro ocupante a hacer entrega de la vivienda en unplazo de cinco (5) días a partir de la notificación.-

Artículo 3°.- Notificar de la presente Resolución ala Municipalidad de San Carlos de Bariloche, para suconocimiento.-

Artículo 4°.- Registrar, comunicar, tomar razón, pasara Despacho Central y Dirección de Acción Social a susefectos, cumplido, archivar.-

Firmado por: Director de Acción Social, Dn. GustavoOtero; Director General de Administración Dn. MarceloCánneva y el Interventor Dr. Vicente José Pili.

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NOMINA PREADJUDICATARIOSVIVIENDAS

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Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACION Y

PROMOCION DE LA VIVIENDAPlan: 250 Viviendas - Grupo ALocalidad: General Roca

Adjudicatarios de Tres DormitoriosOñate Bastías Luis ......................DNI. 93.100.397Oñate Norma Alicia.....................DNI. 14.540.243

Se informa que a partir de la presente publicación,queda abierto el período de impugnaciones durantediez (10) días corridos. Quien considere necesarioimpugnar, lo harán por nota y duplicado dirigido al Sr.Interventor del Instituto de Planificación y Promociónde la Vivienda, invocando la causal que motivo dichaimpugnación con aclaración de Apellido y Nombre -número de documento y domicilio.

María Enriqueta Mansilla, Control Habitacional,I.P.P.V.-

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EDICTOS–––

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial y de Minería Nº 1, a cargo del Dr. JorgeSerra, Secretaría Unica, a mi cargo, sito en la calleJuramento 190, Piso 5º de Bariloche, comunica porcinco días que se ha decretado la Quiebra de DonJuan Antonio de La Garma, haciéndose saber a losacreedores que se citan y emplazan para verificarsus créditos ante la sindicatura hasta el 3 deseptiembre de 2.006 (art. 14 Inc. 4 por analogía, 32 y200 primer párrafo ley citada). El plazo para revisarlos legajos y observar los pedidos de verificaciónante la sindicatura vencerá el 17 de septiembre de2.008 (art. 34, 1er. parr. y 200 ley citada). El plazo parapresentar el informe individual vencerá el día 15 deoctubre de 2.008 (art. 35 y 200 de la ley citada). El

plazo para presentar el informe general vencerá el 26de noviembre de 2.008 (art. 39 y 200 L.C. y Q.). Elplazo para observar el informe general vencerá el 11de diciembre de 2.008 (art. 40 y 200 ley citada). Sehace saber que el Síndico designado en autos esdon Héctor Frattini quien tiene su domicilio legal enla calle Villegas 369, Piso 1º, Of. “A” (Tel/Fax: 0944-435824/522321). San Carlos de Bariloche, a los 6 díasdel mes de Agosto de 2.008.– Mariano A. Castro,Secretario.

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Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº II, con asiento en la ciudad deViedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, ami cargo, notifica a Mónica Gabriela Rolando, de loordenado en los autos caratulados: “RolandoMónica Gabriela s/Amenazas y Lesiones” (Expte.Nº 41277/08), cuya parte pertinente se transcribe ydice: ///ma, 8 de julio de 2008.- Autos y Vistos: …Considerando: … Resuelvo: I) Dictar elsobreseimiento total en la presente causa, en favorde Mónica Gabriela Rolando, ya filiada, en orden alos hechos que se le endilgaban en la presente porlas consideraciones expuestas y por aplicación delArt. 306 Inc. 1º, 2º supuesto del CPP.- II) Declararque el presente proceso no afecta el buen nombrey honor del que hubiere gozado la imputada.- Fdo.:Dr. Carlos Reussi, Juez.- Guillermo Bustamante,Secretario.

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Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción N° II, con asiento en la ciudad deViedma, Provincia de Río Negro, Secretaría N° 3 ami cargo, notifica a Gabriel Espinoza de lo ordenadoen los autos caratulados: Gatica Bruno N. s/DciaExpte. Nro. 41530/08, cuya parte pertinente se trans-cribe y dice: Viedma, 4 de agosto de 2008.- Autos yVistos:... de la que Resulta: ... Considerando:...Resuelvo: I) Dictar el sobreseimiento total en lapresente causa, en favor de ... y Gabriel Espinoza,ya fil iados, en orden a los hechos que se leendilgaban en la presente por las consideracionesexpuestas y por aplicación del art. 306 Inc. 1º 2°supuesto del CPP.- II) Declarar que el presenteproceso no afecta el buen nombre y honor del quehubieren gozado los imputados.- Regístrese,protocolícese y notifíquese. (Fdo. Dr. Carlos Reussi-Juez-).- Santiago Brugo, Secretario.

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Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción N° II, con asiento en la ciudad deViedma, Provincia de Río Negro, Secretaría N° 4 ami cargo, notifica a Mauro Collueque de loordenado en los autos caratulados: ColluequeMauro s/Robo Expte. Nro. 41300/08, cuya partepertinente se transcribe y dice: Viedma, 30 de juliode 2008.- Resuelvo: I) Dictar el sobreseimiento to-tal en la presente causa, en favor de Mauro AbelCollueque, ya filiado, en orden al hecho que se leendilgaba en la presente por las consideracionesexpuestas y por aplicación del art. 306 Inc. 1° delC.P.P..- II) Declarar que el presente proceso noafecta el buen nombre y honor del que hubieregozado el imputado.- Regístrese, protocolícese ynotifíquese.-(Fdo. Dr. Carlos Reussi -Juez-).-Guillermo Bustamante, Secretario.

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Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado deInstrucción N° II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría N° 3 a mi cargo,notifica a Juan Carlos Muraña de lo ordenado en losautos caratulados: Muraña Juan Carlos s/Amenazas yDaños Expte. Nro. 41525/08- DAN, cuya parte pertinentese transcribe y dice: Viedma, 14 de agosto de 2008.-Autos y Vistos: ..... Resuelvo: I) Dictar el sobreseimiento

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13Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

total en la presente causa, en favor de Juan CarlosMuraña, ya filiado, en orden al hecho que se le endilgabaen la presente por las consideraciones expuestas y poraplicación del art. 306 inc. 1°, 1º supuesto del C.P.P.- II)Declarar que el presente proceso no afecta el buennombre y honor del que hubiere gozado el imputado.(Fdo. Dr. Carlos Reussi -Juez-).- Santiago Brugo,Secretario.

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El Dr. Rafael A. de la Rosa, Juez a cargo del Juzgadode Instrucción, Familia y Sucesiones de Villa Regina NºVeinte Secretaría Familia y Sucesiones a cargo de laDra. Claudia E. Vesprini, cita y emplaza por treinta (30)días a herederos y acreedores de María SoledadFalconier, en autos caratulados: “Falconier, MaríaSoledad s/Sucesión” (Expte. 2045-JF20-08). Publíquesepor tres días. Secretaría, 15 de Agosto de 2.008.–Claudia E. Vesprini, Secretaria.

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El Dr. Rafael A. de la Rosa, Juez a cargo del Juzgadode Instrucción, Familia y Sucesiones de Villa Regina NºVeinte Secretaría Familia y Sucesiones a cargo de laDra. Claudia E. Vesprini, cita y emplaza por treinta (30)días a herederos y acreedores de Jaime Baltazar BarraSachs, en autos caratulados: “Barra Sachs JaimeBaltazar s/Sucesión” (Expte. 1842-JF20-08). Publíquesepor tres días. Secretaría, 08 de Agosto de 2.008.–Claudia E. Vesprini, Secretaria.

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Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado deInstrucción N° II, con asiento en la ciudad deViedma, Provincia de Río Negro, Secretaría N° 4 ami cargo, notifica a Pablo Javier Palma de loordenado en los autos caratulados: Palma PabloJavier s/Lesiones Expte. Nro. 40966/08, cuya partepertinente se transcribe y dice::Viedma, 23 de juniode 2008.- Autos y Vistos: De la que Resulta:Considerando: Resuelvo: I) Dictar elsobreseimiento total en la presente causa, en favorde Pablo Javier Palma, ya filiado, en orden a loshechos que se le endilgaban en la presente por lasconsideraciones expuestas y por aplicación del art.306 inc. 1º 2° supuesto del CPP..- II) Declarar que elpresente proceso no afecta el buen nombre y honordel que hubiere gozado el imputado.- (Fdo. Dr.Carlos Reussi -Juez-).- Guillermo Bustamante,Secretario.

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Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado deInstrucción N° II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría N° 4 a mi cargo,notifica a Raúl Ricardo Martínez de lo ordenado enlos autos caratulados: Martínez Raúl Ricardo s/Lesiones Leves Expte. Nro. 41303/08, cuya partepertinente se transcribe y dice: Viedma, 23 de junio de2008.- Autos y Vistos: De la que Resulta:Considerando: Resuelvo: I) Dictar el sobreseimientototal en la presente causa, en favor de Raúl RicardoMartínez, ya filiado, en orden a los hechos que se leendilgaban en la presente por las consideracionesexpuestas y por aplicación del art. 306 inc. 1º 2°supuesto del CPP..- II) Declarar que el presenteproceso no afecta el buen nombre y honor del quehubiere gozado el imputado.- (Fdo. Dr. Carlos Reussi-Juez-).-

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El Dr. Rafael A. de la Rosa, Juez a cargo del Juzgadode Instrucción, Familia y Sucesiones Nº 20 de laSegunda Circunscripción Judicial con asiento en LuisBeltrán 476 de Villa Regina, cita y emplaza por treinta(30) días a herederos y acreedores de Doña DelgadoTeresa a hacer valer sus derechos en autos: “DelgadoTeresa s/Sucesión” (Expte. 1910-JF20-08). “Publíquenseedictos en el Boletín Oficial y en el diario Río Negro por

tres días....” Fdo.: Dr. Rafael A. de la Rosa, Juez.Secretaría, 05 de Agosto de 2.008.– Claudia E. Vesprini,Secretaria.

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El Dr. Ariel Asuad, Presidente de la Cámara delTrabajo de la IIIra. Circunscripción Judicial de la Pro-vincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de SanCarlos de Bariloche, sita en calle Jhon O'Connor 20,1er. piso, Secretaría Nº 1 a cargo del Dr. SantiagoMorán en autos caratulados: “Carriqueo LuisaCristina y Otros c/Provincia de Río Negro s/Inconstitucionalidad Art. 5 Ley 2990” (Expte, 12819/999, cita a los acreedores y herederos del Sr. AlbertoEsteban Casti l lo DNI. 8.570.038 para quecomparezcan a hacer valer sus derechos quepudieran tener en el plazo de diez (10) días desde suúltima publicación. San Carlos de Bariloche, a los 31días del mes de Julio del año dos mil ocho.– SantiagoV. Morán, Secretario de Cámara.

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Edith María del Valle Oviedo, en su carácter deInstructora Sumariante, Zona Andina y Andina Sur,del Consejo Provincial de Educación de Río Negro,cita y emplaza a la docente, Sra. Noelia Alaniz DNI.Nº 26.633.434, para que comparezca dentro de losdiez días hábiles en la sede de Sumarios, Namuncurá347, 2do. Piso, de la ciudad de Bariloche, Río Negro,a estar a derecho en el Expediente Nº 137.816-JD-08por el que se tramita Sumario AdministrativoPedagógico caratulado: “S/Presunto Abandono deCargo Docente Alaniz, Noelia- Escuela de FormaciónCooperativa y Laboral Nº 6 – San Carlos deBariloche”, ordenado por Resolución Nº 21/2008 dela Junta de Disciplina Docente y efectúe descargo,bajo apercibimiento de dar por cerrado el SumarioAdministrativo con las pruebas existentes. EdithOviedo de García Peyraso, Sumariante - ConsejoProv. de Educación.

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La Dra. Adriana Mariani, Juez a cargo del JuzgadoCivil Nro. Uno, con asiento en la ciudad de GeneralRoca (RN), Secretaría Única, cita y emplaza por el términode treinta días a herederos y acreedores de Cañuqueo,Damiana, L.C. Nº 9.732.004, para que hagan valer susderechos en autos caratulados: “Cañuqueo, Damianas/Sucesión” (Expte. Nº 114-08).- Publíquese por tresdías.- General Roca, 7 de julio de 2008.- Paula M. Chiesa,Secretaria.

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El Dr. Marcelo A. Gutiérrez, a cargo del JuzgadoCivil y Comercial Nro. Tres, de la ciudad de Cipolletti,Provincia de Río Negro, Secretaría Única, a cargo dela Dra. Soledad Peruzzi, cita y emplaza por el términode treinta días a herederos y acreedores de SosaRoberto Carlos, en los autos caratulados: “SosaRoberto Carlos s/Sucesión” (Expte. Nº 4450/07) aefectos de hacer valer sus derechos.- Publíquese portres días.- Cipolletti, 31 de julio de 2007.- Fdo.: Dr.Marcelo A. Gutiérrez, Juez.- Jorge A. Fernández,Prosecretario.

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El Juzgado Civil Nro. Tres, con asiento en laciudad de General Roca, a cargo de la Dra. SusanaTeresa Burgos, Secretaría Única, a cargo de la Dra.María del Carmen Villalba, en los autos caratulados:“Martínez Aristeo y Contreras de Martínez Uberlindas/Sucesión” (Expte. Nº 38.444-JIII-08), cita aherederos y acreedores de los causantes C.I. Nº70.393 y C.I. Nº 98.765 respectivamente, para quecomparezcan a estar a derecho en el término detreinta (30) días.- Publíquense edictos por tres díasen el diario Río Negro y Boletín Oficial.- General Roca,5 de agosto de 2008.- Dra. María del Carmen Villalba,Secretaria.

El Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 3, acargo del Dr. Alejandro E. Moldes, SecretaríaÚnica, cita, llama y emplaza por treinta días aherederos y acreedores de Marchesotti MaríaTeresa Cándida, para que comparezcan a estar aderecho en autos: “Marchesotti María TeresaCándida s/Sucesión” (Expte. Nº 0358/08).-Publíquese por tres días en el Boletín Oficial ydiario Río Negro.- Viedma, 30 de julio de 2008.-Ana Carolina Scoccia, Secretaria.

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El Dr. Fermín Donate, Juez a cargo del Juzgado dePrimera Instancia en lo Civil, Comercial y de MineríaNº 1, de la Primera Circunscripción Judicial de la Pro-vincia de Río Negro, Secretaría Única, a cargo de laDra. Rosana Calvetti, en autos caratulados: “VenaAída Ramona, Cooper Boris Henry y Cooper NoraMabel s/Sucesión” (Expte. Nº 0350/08/J1), llama, citay emplaza por el término de treinta (30) días a todoslos que se consideren con derecho a los bienesdejados por los causantes Aída Ramona Vena, BorisHenry Cooper y Nora Mabel Cooper, para quecomparezcan a estar a derecho en autos.- Publíquesepor tres (3) días.- Viedma, 15 de agosto de 2008.-Rosana Calvetti, Secretaria.

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El Dr. Fermín Donate, a cargo del Juzgado Civil,Comercial y de Minería Nº 1, de Viedma, SecretaríaÚnica de la Dra. Rosana Calvetti, cita, llama y emplazapor treinta (30) días a herederos y acreedores deDelia Otilia Delucchi, a hacer valer sus derechos enel Expte. Nº 0865/07/J1, caratulado: “Delucchi DeliaOtilia s/Sucesión”.- Publíquese por tres (3) días.-Viedma, 19 de agosto de 2008.- Rosana Calvetti,Secretaria.

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El Dr. Alejandro Moldes, a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería Nº 3, de Viedma,Secretaría de la Dra. Ana C. Scoccia, cita, llama yemplaza por treinta (30) días a herederos yacreedores de Carmelio Yoslens, a hacer valer susderechos en el Expte. Nº 0878/2007, caratulado:“Yoslens Carmelio s/Sucesión”.- Publíquese por dos(2) días.- Viedma, 28 de julio de 2008.- Ana CarolinaScoccia, Secretaria.

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Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 3, a mi cargo,notifica a Rubén José Sacco y Luis OsvaldoAppignanesi, de lo ordenado en los autoscaratulados: “Fontana Ariel Ignacio s/Denuncia”(Expte. Nº 40201/07-MC mc), cuya parte pertinentese transcribe y dice: Viedma, 20 de agosto de 2008.-Autos y Vistos: … Resuelvo: I) Dictar elsobreseimiento total en la presente causa, en favorde Rubén José Sacco y Luis Osvaldo Appignanesi,ya fil iados, en orden a los hechos que se leendilgaban en la presente por las consideracionesexpuestas y por aplicación del Art. 306 Inc. 1º, 2do.supuesto del CPP.- II) Declarar que el presenteproceso no afecta el buen nombre y honor del quehubieren gozado los imputados.- Fdo.: Dr. CarlosReussi, Juez.- Santiago Brugo, Secretario.

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El Dr. Marcelo A. Gutiérrez, Juez titular delJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercialy de Minería Nro. Trece, de la IV CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, SecretaríaÚnica, con domicilio en Roca y Sarmiento, plantabaja, de la ciudad de Cipolletti, en los autos:“Prospitti José Rogelio s/Sucesión ab intestato”(Expte. Nº 4230/08), cita a todos los que se considerencon derecho a los bienes dejados por el Sr. Prospitti

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14Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

José Rogelio, para que dentro de los treinta (30) díaslo acrediten.- Publíquense edictos por tres (3) díasen el Boletín Oficial.- 30 de mayo de 2008.- Fdo.: Dr.Marcelo A. Gutiérrez, Juez.- Jorge A. Fernández,Prosecretario.

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El Dr. Marcelo Gutiérrez, titular del Juzgado Civil,Comercial, de Minería y Sucesiones Nº 3, SecretaríaÚnica, a cargo de la Dra. Soledad Peruzzi, ubicadoen Roca 599 de la ciudad de Cipolletti, cita por eltérmino de treinta días a herederos y acreedores deMaría Cristina Julio, a estar a derecho en autos:“Julio, María Cristina s/Sucesión” (Expte. Nº 4.462-J.3).- Publíquense edictos por tres días en el BoletínOficial y diario de mayor circulación en la zona.-Cipolletti, 28 de julio de 2008.- Jorge A. Fernández,Prosecretario.

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El Dr. Alejandro J. E. Moldes, Juez de 1era.Instancia en lo Civil, Com. y de Minería Nº 3 de la1era. Circunscripción Judicial de la Pcia. de Río Ne-gro, con asiento en Laprida Nº 292 de la ciudad deViedma, Secretaría Única a cargo de la Dra. AnaCarolina Scoccia cita, llama y emplaza en autos“Bijarra Carlos Marcelino s/Sucesión” (Expte. Nº0530/2008) a herederos y acreedores de CarlosMarcelino Bijarra, por el término de treinta (30) díasa estar a derecho. Publíquese por tres (3) días.Viedma, 21 de agosto de 2008. Ana Carolina Scoccia,Secretaria.

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Alejandro J. E. Moldes, Juez a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y Minería Nº 3 de Viedma, SecretaríaÚnica a cargo de la Dra. Ana Carolina Scoccia, cita yemplaza por el término de treinta (30) días a herederosy acreedores de Rodríguez Sergio Osmar (DNI24.644.500), en los autos “Rodríguez Sergio Osmar s/Sucesión” Expte. Nº 419/2008.- Publíquese por tresdías.- Secretaría, 10 de julio de 2008. Angela ClaraContreras Prosecretaria.

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Alejandro Cabral y Vedia, Juez Titular del JuzgadoCivil Nº I, Secretaría Unica, de la ciudad de Cipolletti,Provincia de Río Negro, cita a herederos yacreedores de Doña Arias Guillermina del Carmenpor el término de treinta días en autos caratulados:“Arias Guillermina del Carmen s/Sucesión Ab-Intes-tato” (Expte. Nº 27451/08). Publíquese por tres (3)días. Cipolletti, 30 de julio de 2.008.– Fdo.: Dr.Alejandro Cabral y Vedia -Juez- Dr. Jorge A. Benatti,Secretario.

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La Dra. Susana Teresa Burgos, Juez a cargodel Juzgado Letrado de Primera Instancia en loCivil, Comercial y de Minería Nro. Tres, SecretaríaÚnica, con asiento en la ciudad de Gral. Roca (R.N),cita, llama y emplaza por el término de treinta díasa herederos y acreedores de Ernesto AladinoMux, DNI. 7.301.251 y Zulma Lía Cuffoni, DNI.3.221.929. en autos caratulados: Mux ErnestoAladino y Cuffoni Zulma Lía s/Sucesiones. (Expte.nº 38.874-III-08). Publíquese tres días. Secretaría,agosto 14 de 2008. María del Carmen Villalba,Secretaria.

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El Dr. Richar Fernando Gallego, a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Cinco,Secretaría Única, con asiento en Gral. Roca, cita yemplaza por el término de quince días al Sr. ManuelAlvarado, C.I nº 45.342 y/o quien se crea con derechosobre el inmueble individualizado como Parcela 19 dela Manzana 2. Designación Catastral: 05 1' C 708 19 ,para que se presente a estar a derecho en autos:

Covarrubia Jorge Segundo s/PrescripciónAdquisitiva. Ordinario (Expte. nº 32.131-J5-08), bajoapercibimiento de designársele Defensor de Ausentes.Publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficialy diario Río Negro. Gral. Roca, agosto 14 de 2008.Selva A. Aranea, Secretaria.

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Por dos días. El Juzgado Nacional de PrimeraInstancia en lo Comercial Nº 21, a cargo de Dr. GermánPáez Castañeda, Secretaría 41, a mi cargo, con sedeen Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3º de Capital Fe-deral, comunica por dos días que en autos “LaceyS.A s/Quiebra, (Expte. 44.854), se ha presentado elinforme final y proyecto de distribución (Art 218, Ley24.522), y se han regulado honorarios.- Buenos Aires,18 de junio de 2008. Andrea Rey, Secretaria.- El pre-sente deberá publicarse por dos días, en el BoletínOficial de la Provincia de Río Negro, sin previo pagoconforme lo normado por el Art. 89 de la Ley 24.522.Buenos Aires, 18 de junio de 2008.- Andrea Rey,Secretaria.

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La Dra. Susana Teresa Burgos, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nº Tres (3)de General Roca, Río Negro, cita y emplaza por eltérmino de Treinta (30) días a herederos yacreedores de Izzet, María, L.C. 9.967.113, en au-tos: “Izzet, María s/Sucesión” (Expte. Nº 38.662-Juz. Tres-08). Publíquese por tres (3) días. GeneralRoca, 14 de Agosto de 2.008. Fdo.: Dra. María delCarmen Villalba, Secretaria.

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El Dr. Víctor Darío Soto, Juez a cargo del JuzgadoCivil, Comercial de Minería, Familia y Sucesiones Nº31, sito en 9 de Julio 221, 1º piso de la ciudad de ChoeleChoel, cita y emplaza por el término de treinta días aherederos y acreedores de don Luis RobertoRossignoli, a que se presenten a hacer valer susderechos en autos “Rossignoli Luis Roberto s/Sucesión” (Expte. Nº 13.046-J.31-08) Publíquese por tresdías en el Boletín Oficial. Choele Choel 11 de agosto de2008. Dr. Víctor Darío Soto, Juez. María del CarmenLeal, Prosecretaria.

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El Dr. José Luis Rodríguez, a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería Nº 9, SecretaríaUnica, con asiento en Genera Roca, cita y emplazapor Treinta (30) días a herederos y acreedores delSr. Ambrosio Osvaldo Rodríguez, L.E. 262.937, aestar a derecho en autos: “Rodríguez, AmbrosioOsvaldo s/Sucesión” (Expte. 31.975). Publíquenseedictos por el término de tres (3) días en el BoletínOficial y en el diario Río Negro. General Roca, 21de Agosto de 2.008.– Dra. Romina Paula Zilvestein,Secretaria.

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El Dr. Alejandro J. E. Moldes, Juez a cargo en loCivil, Comercial y de Minería Nº 3 de Viedma,Secretaría a cargo de la Dra. Ana Carolina Scoccia,cita, llama y emplaza a herederos de Grupico AlbertoAngel, para que se presenten, en el término de treinta(30) días, a hacer valer sus derechos, en autoscaratulados: “Grupico Alberto Angel s/Sucesión”(Expte. Nº 0171/08/J3). Publíquese por dos (2) días.Secretaría, 19 de Agosto de 2.008.– Ana CarolinaScoccia, Secretaria.

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Dra. Susana Teresa Burgos, a cargo del Juzgado dePrimera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº3, con asiento en Av. Roca Nº 1.047, Gral. Roca,Secretaría Unica, cita por el término de cinco (5) días alSr. García Carlos Christian, DNI. 17.117.588, a fin deque comparezca a estar a derecho en los autos: “D.G.R.

c/García Carlos Christian s/Ejecutivo” (Expte. Nº 37.820-J3-07), bajo apercibimiento de designársele defensorde ausentes a cuyo fin publíquense edictos en el diarioRío Negro y Boletín Oficial por el término de dos días.Fdo.: Dra. Susana Teresa Burgos -Juez- General Roca,02 de Julio de 2.008.– María del Carmen Villalba,Secretaria.

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La Dra. María Marcela Pájaro, Jueza a cargo delJuzgado de Familia y Sucesiones Nº 7, de la IIIra.Circunscripción Judicial de Río Negro, sito en calleAngel Gallardo Nº 1.299 de San Carlos de Bariloche,Secretaría Unica del Dr. Javier Ospital, en autoscaratulados: “Ortíz de Elguea Luis c/Pereyra GracielaSilvia s/Divorcio” (Expte. Nº 03354/02), ordena senotifique: ///Carlos de Bariloche, 03 de julio de 2008:Por no haber comparecido durante el plazo en quefue citado, decrétase la rebeldía de Pereyra GracielaSilvia con los alcances de los artículos 59, 60 yconcordantes del código procesal. Notifíquese poredictos que serán publicados por dos (2) días... Fdo.:Dra. María Marcela Pájaro -Juez- San Carlos deBariloche, 19 de Agosto de 2.008.– Javier AndrésOspital, Secetario.

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Adriana Mariani, Juez del Juzgado Civil,Comercial y de Minería Nº Uno, Secretaría Unica, dela ciudad de General Roca (R.N.), cita por el términode Treinta (30) días a herederos y acreedores de Sal-vador Delgado López, DNI. 3.430.270, a estar aderecho en autos: “Delgado López Salvador s/Sucesión” (Expte. 555-08). Publíquese por tres (3)días. General Roca, 7 de Agosto del 2.008.– Paula M.Chiesa, Secretaria.

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El Dr. Carlos Cuellar, Juez en lo Civil, Comercial yde Minería a cargo del Juzgado Civil, Comercial y deMinería Nº Tres, de la Tercera Circunscripción Judi-cial de San Carlos de Bariloche, Secretaría Unica acargo de la Dra. Alejandra Marcolini, sito en JuanJosé Paso 167, ha dispuesto publicar edictos portres días en el Boletín Oficial y en el Diario Río Ne-gro, en los autos: “Espinoza Herminio y Salinas Elviras/Sucesión Ab-Intestato” (Expte. Nº 28065/08), a finde citar a herederos y acreedores, para que sepresenten a estar a derecho en el término de treinta(30) días. San Carlos de Bariloche, 4 de Agosto de2.008.– Ma. Alejandra Marcolini Rodríguez,Secretaria.

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Richar Fernando Gallego, Juez Titular del Juzgadoen lo Civil y Comercial Nº Cinco, Secretaría Unica, conasiento de funciones en Avenida Roca 1047 de GeneralRoca, hace saber que en los autos caratulados:“Santarelli Hugo Néstor y Chichiarini Luis A. s/Quiebra” (Expte. 17.057-J.5-92), que la Sindicatura hapresentado el Proyecto de Distribución Parcial,poniéndose a disposición de los interesados por eltérmino de Diez (10) días, ordenando la publicación deEdictos por dos (2) días en el Boletín Oficial. GeneralRoca, 21 de Agosto de 2.008.– Selva A. Aranea,Secretaria.

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El Dr. Víctor Darío Soto, a cargo del Juzgado Civil,Comercial y de Minería, Familia y Sucesiones Nº 31,sito en la calle 9 de Julio 221, 1º Piso de la ciudad deChoele Choel, Secretaría Unica, cita y emplaza por eltérmino de Treinta (30) días a todos los herederos yacreedores de Fiñana Francisco Daniel que se presentena hacer valer sus derechos en los autos caratulados:“Fiñana Francisco Daniel s/Sucesión” (Expte. Nº 13395/08). Publíquese edictos por tres (3) días. Choele Choel,15 de Agoto de 2.008.– María del Carmen Leal,Prosecretaria.

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15Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

El Dr. José Luis Rodríguez, Juez a cargo delJuzgado Letrado Nº Nueve en lo Civil, Comercial yde Minería con sede de sus funciones en Avda. RocaNº 1047 de General Roca (R.N.), Secretaría Unica,cita y emplaza por Treinta días a herederos yacreedores de Carmen Martín, L.C. 9.732.912, en au-tos: “Martín Carmen s/Sucesión” (Expte. Nº 31993-J9-08). Publíquese por tres (3) días. General Roca, 25de Agosto de 2.008.– Romina Paula Zilvestein,Secretaria.

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El Dr. José Luis Rodríguez, a cargo del juzgadode Primera Instancia en lo Civil, Comercial y deMinería Nº 9, Secretaría Unica de General Roca, citay emplaza por Treinta (30) días a herederos yacreedores de Don Omar Edeberto Fernández DaSilva, L.E. 7.305.525, a estar a derecho en autoscaratulados: “Fernández Da Silva, Omar Edeberto s/Sucesión” Expediente Nº 31.688-J9-08. Publíquesepor tres (3) días en el Boletín Oficial y en Diario RíoNegro. General Roca, 01 de Julio de 2.008.– RominaPaula Zilvestein, Secretaria.

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El Dr. Alejandro J. E. Moldes, Juez a cargo delJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercialy de Minería Nº 3, Secretaría Unica a cargo de laDra. Ana Carolina Scoccia de Viedma, con asientoen calle Laprida 292 -5to. Nivel- cita y emplaza porel término de treinta días a los que se considerencon derecho a los bienes dejados por CarlosRogelio Calvo para que dentro de ese plazo loacrediten en los autos: “Calvo Carlos Rogelio s/Sucesión” (Expte. Nº 0579/2008). Publíquese portres (3) días. Viedma, 25 de Agosto de 2.008.– AnaCarolina Scoccia, Secretaria.

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El Dr. Alejandro J. E. Moldes, Juez de PrimeraInstancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 deViedma, Provincia de Río Negro, cita, llama y emplazaen autos caratulados: “Forte Amelia Lidia s/Sucesión”, Expte. Nº 0379/08 por treinta (30) días aherederos y acreedores de Doña Amelia Lidia Forte aestar a derecho. Publíquense por tres días en el BoletínOficial y en el Diario Noticias de la Costa. Secretaría,Viedma, 03 de Julio de 2.008.– Ana Carolina Scoccia,Secretaria.

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Dr. Marcelo A. Gutiérrez, Juez a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería Nº Tres, Secretaría Unica,con asiento en Cipolletti, cita por Treinta (30) días aherederos y acreedores de Lydia y/o Lidia Medela enautos caratulados: “Medela Lydia y/o Lidia s/SucesiónAb Intestato”. (Expte. Nº 4688-III-08). Publíquese portres (3) días. Cipolletti, 25 de Agosto de 2.008.– JorgeA. Fernández, Prosecretario.

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Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nº Uno,Secretaría Unica, con asiento en Cipolletti, cita porTreinta (30) días a herederos y acreedores de NormaQuidel en autos caratulados: “Quidel Norma s/Sucesión” (Expte. Nº 27858-I-08). Publíquese por Tres(3) días. Cipolletti, 13 de Agosto de 2.008.– Dr. JorgeA. Benatti, Secretario.

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El Dr. Fermín Donate, a cargo del Juzgado Civil,Comercial y de Minería Nº 1 de Viedma, Secetaría Unicade la Dra. Rosana Calvetti, cita, llama y emplaza porTreinta (30) días a herederos y acreedores de DomingoAramburú a hacer valer sus derechos en el Expte. Nº0501/08/J1 caratulado: “Aramburú, Domingo s/Sucesión”. Publíquese por tres (3) días. Viedma, 25 deAgosto de 2.008.– Rosana Calvetti, Secretaria.

El Dr. Fermín Donate, a cargo del Juzgado Civil,Comercial y de Minería Nº 1 de Viedma, SecretaríaUnica de la Dra. Rosana Calvetti, cita, llama y emplazapor diez (10) días a José Arana y Cía., para quecomparezca a estar a derecho en el Expte. Nº 0334/08/J1 caratulado: “Perelló, Miguel Alberto c/Arana Joséy Cía. s/Ordinario”, bajo apercibimiento de designarleDefensor de Ausentes. Publíquese por dos (2) días.Viedma, 20 de Agosto de 2.008.– Rosana Calvetti,Secretaria.

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La Dra. Susana Teresa Burgos a cargo delJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercialy de Minería Nº Tres, Secretaría Unica de GeneralRoca, cita y emplaza por Treinta (30) días a herederosy acreedores en autos: “Romero Mirta Hebe s/Sucesión” (DNI. 2.092.563) (Expte. 38578-J-III-08).Secretaría, 12 de Agosto de 2.008. Publíquese porTres (3) días en el Boletín Oficial y en el Diario RíoNegro de General Roca.– María del Carmen Villalba,Secretaria.

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El Dr. Alejandro J. E. Moldes, Juez a cargo delJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial yde Minería N° 3 de la Primera Circunscripción Judicialde la Pcia. de Río Negro Secretaría Unica a cargo de laDra. Ana Carolina Scoccia, en autos caratulados,“ARBURUA, Oscar José s/ Sucesión” Expte. N° 0296/2008, llama, cita y emplaza por el término de treinta(30) días a herederos y acreedores del causanteARBURUA Oscar José, para que comparezcan a estara derecho en autos. Publíquese por tres (3) días.Viedma, 12 de Agosto de 2008.– Ana Carolina Scoccia,Secretaria.

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El Dr. Fermín Donate, Juez a cargo del Juzgado dePrimera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N°1 de la Primera Circunscripción Judicial de la Pcia. deRío Negro Secretaría Unica a cargo de la suscripta, enautos caratulados, “García, Felisa s/Sucesión” Expte.Nro. 0393/08/J1, llama, cita y emplaza por el término detreinta (30) días a herederos y acreedores de la causanteFelisa García, para que comparezcan a estar a derechoen autos. Viedma, 13 de Agosto de 2.008.– RosanaCalvetti, Secretaria.

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Rafael A. de la Rosa, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción y de Familia y Sucesiones Nº 20,Secretaría de Familia y Sucesiones de Villa Regina,Río Negro, cita por treinta (30) días a herederos yacreedores de Gosende Roberto, en los autoscaratulados: “Gosende Roberto s/Sucesión” (Expte.1977-JF20-08). Publíquese por tres (3) días. VillaRegina, 7 de Agosto de 2.008.– Claudia E. Vesprini,Secretaria.

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El Dr. Richar Fernando Gallego, Juez a cargo delJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercialy de Minería. N° 5, Secretaría Unica a cargo de laDra. Selva Aranea, con asiento en calle Av. Roca N°1047 de General Roca, (R.N.), cita y emplaza porTreinta, (30) días a herederos y acreedores de DonDomingo Gualberto Almirón, a que se presenten ahacer valer sus derechos en autos: “Almirón,Domingo G. s/Sucesión”, Expte N° 25.439-J.V-00.General Roca, 27 de febrero de 2.006.- Publíqueseedictos por tres días en el Boletín Oficial y DiarioRío Negro,- Fdo. Dr. Richar Fernando Gallego -Juez-General Roca, 30 de Junio de 2.006.- Selva A. Aranea,Secretaria.

—oOo—Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción N° II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría N° 3 a mi cargo,

notifica a Daniela Verónica Flores de lo ordenado enlos autos caratulados: “Flores Daniela Verónica yOtros s/Atentado y Resistencia a la Autoridad,Lesiones y Daño (Expte. Nº 41286/08-DAN), cuyaparte pertinente se transcribe y dice: “Viedma, 10 dejulio de 2008. Autos y Vistos:.... Resuelvo: I) Dictarel sobreseimiento parcial en la presente causa, enfavor de Daniela Verónica Flores, ya filiados, enorden a los hechos que se le endilgaban en la pre-sente por las consideraciones expuestas y poraplicación del art. 306 inc. 1º 2° supuesto del CPP..-II) Declarar que el presente proceso no afecta elbuen nombre y honor del que hubieren gozado losimputados.- Firmado Carlos Reussi - Juez”.- SantiagoBrugo, Secretario.

—oOo—

El Dr. Carlos M. Cuellar, Juez a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería Nro. Tres, de la IIIra.Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,sito en J. J. Paso Nº 167, con asiento en la ciudad deSan Carlos de Bariloche, Secretaría Única, a cargo de laDra. M. Alejandra Marcolini Rodríguez, cita y emplazaa estar a derecho al Sr. Guillermo Carrasco Salgado,para que en el término de treinta días se presente enautos: “Painemil Julio y Díaz Ester c/Carrasco Salgado,Guillermo; Mansilla Guzmán, José E., y Municipalidadde Bariloche s/Daños y Perjuicios” (Expte. Nº 20594-255-02), que tramitan ante Juzgado y Secretaríamencionados, bajo apercibimiento de designar al De-fensor de Ausentes para que lo represente.-Publíquense por dos (2) días.- Bariloche, 19 de agostode 2008.- Ma. Alejandra Marcolini Rodríguez,Secretaria.

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El Dr. Fermín Donate, Juez del Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 1,sito en Laprida 292 de Viedma, de única Secretaríade la Dra. Rosana Calvetti, cita y emplaza a BrunoZacarías Otero y Barnes y Saturnino Aniceto Oteroy Barnes, y/o sus herederos y/o a quienes seconsideren con derechos sobre el inmueble que sedesigna conforme plano característica 1033/07 demensura particular para tramitar prescripciónadquisitiva de dominio se identifica con la NC 18-1-B-002-04D, inscripto en la Matrícula 18.18945, cuyausucapion se pretende (Art. 24 Ley 14159, 3279 C.C.;789 y 791 in f ine), bajo apercibimiento dedesignársele Defensor de Ausentes para que losrepresenten, a que se presenten dentro del términode quince días a hacer valer sus derechos en losautos: “López, Víctor Marcos c/Otero y Barnes,Bruno Zacarías y Otros s/Ordinario” (Expte. Nº 0422/08/J1).- Publíquese por tres días.- Viedma, 1 deagosto de 2008.- Rosana Calvetti, Secretaria.

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Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo del Juzgadode Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de MineríaNro. Uno, Secretaría Única, a cargo del Dr. JorgeBenatti, con asiento en la ciudad de Cipolletti, en autoscaratulados: “Castiglioni Nélida Cecilia s/Sucesión”(Expte. Nº 27349-I-08), cita a todos los que se considerencon derecho a los bienes dejados por la causante paraque dentro de treinta (30) días lo acrediten.- Publíquenseedictos por tres (3) días en el Boletín Oficial y diarioRío Negro.- Fdo.: Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez.-Cipolletti, 4 de agosto de 2008.- Dr. Jorge A. Benatti,Secretario.

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El Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Cinco(5) a cargo del Dr. Richar Fernando Gallego, SecretaríaÚnica, de la Dra. Selva A. Aranea, correspondiente a laSegunda Circunscripción Judicial de Río Negro, conasiento en la ciudad de General Roca, cita y emplazapor treinta días a herederos y acreedores de Dña.Caloma Caimari, DNI. Nº 9.744.180, en autos: “Caimari,

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16Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

Coloma s/Sucesión” (Expte. Nº 32.464-J5-08).-Publíquese por tres días en el Boletín Oficial y diarioRío Negro.- General Roca, 11 de julio de 2008.- Selva A.Aranea, Secretaria.

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El Juzgado de Instrucción, Familia y Sucesiones Nº20, a cargo del Dr. Rafael de la Rosa, de la ciudad deVilla Regina, Secretaría Familia y Sucesiones, cita yemplaza por treinta días a los herederos y acreedoresde Luis David Guevara, DNI. Nº 39.866.647, en autos:“Guevara Luis David s/Sucesión” (Expte. Nº 1983-JF20-08).- Publíquense por el término de tres días en el BoletínOficial y diario Río Negro.- Villa Regina, 7 de agosto de2008.- Fdo.: Claudia E. Vesprini, Secretaria de Familia ySucesiones.

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La Dra. María Marcela Pájaro, Juez en autos:“Martínez José Félix s/Sucesión ab intestato” (Expte.Nº 09145/05), en trámite ante Juzgado de Familia ySucesiones Nº 7, de la III Circunscripción Judicialde la Provincia de Río Negro, sito en Pje. Juramento190, 4º piso, de Bariloche, Secretaría Única, cita yemplaza por treinta días a herederos y acreedores deJosé Félix Martínez, fallecido el día 1 de marzo de2002, para que hagan valer sus derechos (Art. 3589del Código Civil).- Publíquese edictos por tres días.-S. C. de Bariloche, 1 de febrero de 2006.- JavierAndrés Ospital, Secretario.

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El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en loCivil, Comercial y de Minería Nro. Cinco, a cargo delDr. Richar F. Gallego, Secretaría Única, a cargo de laDra. Selva Aranea, en los autos caratulados: “Galván,Miguel E. c/Contreras de Umaña, Deidemia s/PosesiónVeinteañal” (Expte. Nº 32046-J5-08), cita a la demandadaDeidemia Contreras de Umaña, C.I. P.R.N. 35040 y/oquien se crea con derecho sobre el inmuebleindividualizado catastralmente como 05-1-D-770-03A,Matrícula 92501 para que dentro de los quince días sepresenten a estar a derecho en autos, bajoapercibimiento de designarles al Defensor de Ausentespara que los representen.- Publíquense edictos por dosdías en el Boletín Oficial y diario Río Negro.- GeneralRoca, .... de agosto de 2008.- Selva A. Aranea,Secretaria.

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REMATE–—

El Dr. Emilio Riat, Juez a cargo del Juzgado Letradoen lo Civil, Comercial y de Minería Nº 5, de la IIIra.Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Ne-gro, con asiento en Juramento 190, 4º piso, de SanCarlos de Bariloche, Secretaría Única, a cargo del Dr.Cristian Tau Anzoátegui, comunica que en los autoscaratulados “Dirección General de Rentas c/GómezArgentino Dagoberto s/Ejecución Fiscal” (Expte. Nº06162-06), el martillero Waldo Adolfo Coralizzi, Matr.123, Fº 110, Lº VI, Tº I, procederá a rematar en públicasubasta el día 11 de septiembre de 2008 a las 10:30horas en Onelli 1408 de esta ciudad, el siguienteinmueble, en el estado en que se encuentra, a saber:Nomenclatura Catastral 19-2-F-166-09, ubicado encalle Mosconi 665 de esta ciudad. Se trata de un lotede terreno de 607,35 m², en el cual se encuentra en elfondo una vivienda de un ambiente de 7x4 mts., 1baño, en estado deteriorado, se encuentra enconstrucción una ampliación de 7x3 mts., en la partetrasera con una pared de madera con las aberturascorrespondientes para colocar dos ventanas y unapuerta, en la parte delantera del lote se encuentra ungalpón de 6x15 mts. de largo aproximadamente,actualmente se encuentra funcionando un tallermecánico, la construcción es de material, cielorrasode madera, una fosa y un portón de chapa de 6 mts.,

aprox. Las condiciones de dominio e inhibiciones seencuentran agregadas en el Expte. a fs. 95/97 y 129/130.- Estado de Ocupación: Se encuentra habitadoen carácter de ocupantes por la Sra. Gabriela Eliza-beth Hernández, con sus dos hijos menores de edad.-La base ha sido fijada en $ 76.354,70, al contado y almejor postor quedando facultado el martillero apercibir en el acto el 8% de seña y el 3% de comisión,a cargo del comprador quien deberá constituirdomicilio dentro del radio del Juzgado.- Se dejaconstancia que las deudas por impuestos que gravany adeuda el inmueble hasta la posesión deladquirente en subasta, serán soportadas con elproducido de la misma, según el orden de privilegiosestablecidos por ley, cualquier saldo que pudieraquedar serán a cargo del actual propietario.- Elsellado fiscal quedará a cargo del comprador.- Sedeja expresa constancia que la subasta se realizarácon la modalidad progresiva, es decir que si nohubiera postores por la base establecida, a la mediahora se realizará una nueva con una base reducida al75%, y si nuevamente no hubiera postores serealizará la próxima con una base del 50% de laordenada y si ésta volviera a fracasar nuevamentede postores, a los quince minutos de comenzada estaúltima se dará por finalizado el acto y suspendida lamisma por el martillero hasta nueva orden judicial.-La subasta se encuentra sujeta a aprobación judi-cial.- El inmueble podrá ser visitado y revisado encompañía del martillero interviniente, en horario detarde, comunicándose previamente al Tel. 02944-525333 y/o 02944-15202835.- San Carlos de Bariloche,20 de agosto de 2008.- Fdo.: Dr. Cristian TauAnzoátegui, Secretario.

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CONVOCATORIAS–––

ORGANIZACIÓN TURÍSTICA BARILOCHES.A.

Asamblea General OrdinariaPrimera Convocatoria - Segunda Convocatoria

S. C. de Bariloche, agosto de 2008.Organización Turística Bariloche S.A., convoca a

los Sres. Accionistas a la Asamblea General Ordinaria,a celebrarse el día 30 de septiembre de 2008 a las 11horas, E. Frey 246, 4º piso de la ciudad de San Carlos deBariloche, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Consideración del Balance General cerrado

el 30 de abril de 2008, su Estado de Resulta-dos, Estado de Evolución del Patrimonio Neto,Inventarios, Memoria, Anexos, NotasComplementarias, Estado de Flujo de Efectivoe Informe del Auditor.

2º - Consideración de la gestión del Directorio du-rante el ejercicio 2007/2008.

3º - Distribución de utilidades.

4º - Tratamiento del Art. 261 último párrafo de laLey 19.550.

5º - Designación de dos accionistas para firmar elActa.

Notas:1) Se comunica a los Sres. Accionistas que en

caso que en primera convocatoria la Asamblea Ordi-naria no pueda celebrarse por falta de quórum, ensegunda convocatoria la Asamblea Ordinaria se

celebrará en cumplimiento de las disposiciones le-gales y estatutarias en el mismo día y lugar a las 12horas.

2) Se recuerda a los Sres. Accionistas la vi-gencia de las disposiciones del Art. 238 de la Ley Nº19.550.

Paula Guastini, Presidente.—oOo—

FUN LEMU S.A.Asamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)General Roca. Agosto de 2.008.

En cumplimiento de las prescripciones legales yestatutarias, convócase a los señores accionistas, aAsamblea General Ordinaria, para el 17 de Septiembrede 2.008 a las dieciocho horas, en su sede social de laciudad de General Roca (R.N.), en primera convocatoria,si no existe quórum en primera convocatoria sesesionará con los presentes transcurrida una hora dela fijada para la 1ra. Convocatoria a los fines deconsiderar el siguiente:

ORDEN DEL DIA1º) Designación de dos accionistas para firmar el

acta.

2º) Razones de la convocatoria fuera de término.

3º) Consideración de los documentos prescriptospor el art. 234, inc. 1º de la Ley Nº 19.550correspondientes a los Ejercicios Económicos XXXVIºXXXVIIº y XXXVIIIº finalizados el 31 de mayo de 2.005,2.006 y 2.007 respectivamente.

4º) Honorarios a Directores en exceso del porcentajeprescripto por el artículo 261 de la Ley Nº 19.550.

5º) Elección de Directores titulares y suplentes.

Nota: La Asamblea se realizará de acuerdo a loestablecido en el artículo Nº 15 de los EstatutosSociales.

EL DIRECTORIO———

Asamblea General ExtraordinariaGral. Roca, agosto de 2008

Cumpliendo con las prescripciones legales yestatutarias, convócase a los Sres. Asocionistas aAsamblea General Extraordinaria, para el 17 deseptiembre de 2008 a las diecinueve treinta horas en lasede social en la ciudad de Gral. Roca (R.N.), en primeraconvocatoria; si no existe quórom en primeraconvocatoria se sesionará con los presentestranscurrida una hora de la fijada para la convocatoriaa los fines de considerar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Designación de dos Accionistas para firmar el

Acta.

2º - Aumento del Capital Social.

3º - Reforma de articulado del Estatuto Social. enespecial el Art. 4º.

4º - Conferir las autorizaciones necesarias enrelación a lo resuelto en los puntos precedentes.

NOTA: La Asamblea se realizará de acuerdo a loestablecido en el Art. Nº 15 de los Estatutos Sociales.

El Directorio.—oOo—

CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO CHICHINALESAsamblea General Reorganizadora

(Fuera de Término)Chichinales (R.N.), Agosto de 2.008.

De acuerdo a las normas legales y estatutarias,convócase a todo los asociados a la Asamblea GeneralReorganizadora para el día 19 de Septiembre de 2.008 a

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17Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

las 19,00 horas, en su sede social, sita en PróceresArgentinos y 20 de Junio, de la localidad de Chichinales,para tratar el siguiente,

ORDEN DEL DIA:1) Designación de dos Asambleístas para refrendar

conjuntamente con los miembros de la ComisiónNormalizadora el Acta de Asamblea.

2) Razones de la Convocatoria Fuera de Término.3) Explicación a los Socios de la situación

económica de la entidad.4) Renovación total de miembros Comisión Directiva

y Comisión Revisora de Cuentas.Alberto Pacenti, Presidente.

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CLUB DE LEONES DE CINCO SALTOSAsamblea General Ordinaria

Cinco Saltos (R.N.), Agosto de 2.008.En cumplimiento de lo establecido por nuestro

Estatuto Social, la Comisión Directiva del Club deLeones de Cinco Saltos convoca a sus asociados aAsamblea General Ordinaria a realizarse a las 20 hs. deldía 19 de septiembre de 2008 en la sede social de calle25 de mayo 711 de la ciudad de Cinco Saltos, a fin deconsiderar el siguiente,

ORDEN DEL DÍA:1.- Lectura y aprobación del acta de la Asamblea

anterior,

2.- Designación de dos asambleístas para firmarconjuntamente con Presidente y Secretario el Acta dela Asamblea.

3.- Consideración de la Memoria y Estado deRecursos y Gastos del ejercicio finalizado al 30 de juniode 2008.

4.- Puesta a consideración de la asamblea de lasactuaciones realizadas por la CD para la obtención dela titularidad de la sede social (Usucapión).

5.- Elección de nueva Comisión Directiva en sutotalidad, para completar el período fiscal en curso.

6.- Elección de dos (2) revisores de cuenta.

7.- Propuesta de convocar a Asamblea GeneralExtraordinaria para reformar el Estatuto.

8.- Aprobación para obtener un crédito pararemodelaciones edilicias de la sede social.

Juan Carlos Forquera, Presidente.– Fabián PérezVico, Secretario.

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CENTRO DE AMIGOS DE LA TERCERA EDADCUMULEM

Asamblea General ExtraordinariaGeneral Roca, 13 de Agosto de 2008

En cumplimiento de las correspondientesdisposiciones estatutarias, convócase a los Sres.socios a la Asamblea General Extraordinaria a realizarseel día 12 de septiembre de 2008 a las 11 horas en susede social de Buenos Aires nº 802 de la ciudad deGral. Roca, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1- Designación de dos socios para firmar el Acta.2- Reforma del Art. nº 36 de los Estatutos Sociales.María Nelly Garrott, Presidente. Mirta Figueroa,

Secretaria.—oOo—

CUERPO DE VOLUNTARIOS DEL HOSPITAL DEAREA DE EL BOLSÓN - R.N.Asamblea General Ordinaria

El Bolsón, septiembre de 2008El Servicio de Voluntarios del Hospital de Área de

El Bolsón, convoca a los Sres. socios a la AsambleaGeneral Ordinaria, a realizarse el día 12 de septiembre

de 2008 a las 17 hs. en el salón de Usos Múltiples delHospital, sito en Moreno y Juez Fernández. En estaAsamblea se considerará el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Lectura y Aprobación del Acta Anterior.

2º - Designación de dos socios para refrendar elActa de Asamblea, conjuntamente con la Presidente yla Secretaria.

3º - Consideración de la Memoria Anual, Inventario,Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos eInforme de la Revisora de Cuentas, correspondientesal Ejercicio vencido al 31 de diciembre de 2007.

4º - Renovación total de la Comisión Directiva porfinalización de mandato.

5º - Aceptación como nuevos socios de lassiguientes personas: Rossi, María Elena; ArandaBeviglia, Ana María; Crespo, Catalina y Covello,Concepción.

Carmen Haydee Cano, Presidenta. María TeresaD'Angelo, Secretaria.

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ASOCIACIÓN CIVIL JUVENIL DE MONTAÑABARILOCHE

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

S. C. de Bariloche, septiembre de 2008En cumplimiento a las disposiciones estatutarias la

Comisión Directiva de la Asociación Civil Juvenil deMontaña Bariloche, convoca a sus Asociados a laAsamblea Gral. Ordinaria fuera de término, que serealizará el día 19 de septiembre del corriente año, a las20:00 hs., en el salón de Usos Múltiples con domicilioen Calle nº 1 y Primera Cortada, barrio Casa de Piedra,con el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Designación de dos socios para la firma del

Acta de Asamblea junto con el Presidente y elSecretario.-

2º - Razones de la Convocatoria fuera de término.-

3º - Lectura y consideración de Memoria, InformeContable, Cuadro Demostrativo de Gastos yRecursos.-

Demetrio Velázquez, Presidente. Luis A. Nieto,Secretario.-

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ASOCIACION CULTURAL GERMANOARGENTINA DE BARILOCHEAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)S. C. de Bariloche, septiembre de 2008.

Para la Asamblea General Ordinaria, fuera de término,correspondiente al 56 ejercicio de la Asociación Cul-tural Germano Argentina de Bariloche, a celebrarse eldía 19 de septiembre de 2008 a las 20:30 horas, en lasede social, calle Ángel Gallardo 40 de San Carlos deBariloche, para considerar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Designación de dos socios para refrendar, con

el Presidente y el Secretario, el Acta de la presentereunión.

2º - Lectura del Acta de la Asamblea General Ordi-naria anterior.

3º - Razones por la convocatoria fuera de término.

4º - Consideración de la Memoria, Estado deSituación Patrimonial, Cuentas de Recursos y Gastos eInforme de la Comisión Revisora de Cuentascorrespondiente al ejercicio cerrado el 31 de enero de2008.

5º - Renovación parcial de la Comisión Directiva,por finalización de mandatos:

a) Elección de Presidente por el término de dos años(finaliza mandato Sr. Horst Golisch).

b) Elección de cinco Vocales titulares por el términode dos años (finalizan mandato Sres. HerbertoKorten, Gerardo Magenschab, Norberto Wente,Roberto Brandstetter y Pablo Lesjak).

c) Elección de tres Vocales suplentes por el términode un año (finalizan mandato Sres. CarolinaGolisch, Juan Schulz y Micaela Bollinger).

d) Elección de dos Revisores de Cuentas titularesy un Revisor de Cuentas suplente, por el términode un año (finalizan mandato Sres. IngridKlingspor Ingomar Allekotte y EugenioBaumann).

NOTA: La Asamblea se celebrará válidamente, seacual fuere el número de socios concurrentes, mediahora después de la fijada en la convocatoria, si antesno se hubiese reunido ya la mitad más uno de los socioscon derecho a voto.

La Memoria, los Estados Contables, Informes yAnexos y Padrón de Socios habilitados a participar enla presente Asamblea se encuentran a disposición delos Sres. Socios, en Secretaría.

Horacio Golisch, Presidente.- Herberto Korten,Secretario.

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ASOCIACIÓN AMIGOS DEL INSTITUTO DEFORMACIÓN DOCENTE BARILOCHE

Asamblea Anual Ordinaria(Fuera de Término)S. C. Bariloche, septiembre de 2008.

En cumplimiento de las disposiciones estatutariasla Comisión Directiva de la Asociación de Amigos delInstituto de Formación Docente de S. C. Bariloche,convoca a sus asociados a la Asamblea Anual Ordi-naria, Fuera de Término, que se llevará a cabo el día 19de septiembre próximo a las 19 horas en John O'Connor1557 de esta localidad, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA1º - Lectura Acta anterior.2º - Razones de convocatoria fuera de término.3º - Tratamiento de Memoria y Balance 2007.4º - Elección de Autoridades.Diana Garrafa, Presidente. Mercedes Jara T.,

Secretaria.-—oOo—

ASOCIACIÓN BARILOCHENSE FÚTBOLFEMENINO

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

S. C. Bariloche, septiembre de 2008 En cumplimiento de las disposiciones estatutarias

la Comisión Directiva de la Institución convoca a susasociados a la Asamblea Gral. Ordinaria, fuera detérmino, que se realizará el día 19 de septiembre de2008, a las 19 hs. en su sede social:

ORDEN DEL DÍA1º - Designación de 2 socios para la firma del Acta

de Asamblea junto con el Presidente y el Secreta-rio.-

2º - Razones de la Asamblea fuera de térmi-no.-

3º - Consideración y aprobación del Estado deGastos y Recursos al 31/12/07.-

4º - Elección de Autoridades por renuncia, hastafinalizar el mandato.-

Si a la hora indicada en la convocatoria no hubieranconcurrido la mitad más uno de los socios con derechoa voto, la Asamblea se podrá constituir válidamentemedia hora después, cualquiera sea el número de lospresentes.

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18Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

PARTIDO POLÍTICO–––

PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANORÍO NEGRO

MEMORIA Y BALANCE GENERAL

Ejercicio Económico Nº 8Iniciado el 1/01/1999 - Finalizado el 31/12/1999

Domicilio Legal: Laprida Nº 160 - Viedma (8500) - Río Negro

Domicilio Administrativo: Laprida Nº 160 - Viedma (8500) Río Negro.

Actividad Principal: Partido Político

Por el ejercicio anual iniciado el 1/01/1999, presentado en forma comparativacon el ejercicio anterior y finalizado el 31/12/1999.

Los Estados Contables se expresan en moneda homogénea según lo dispuestopor la Resolución Nº 287/03 de la F.A.C.P.C.E. y la Resolución Nº 216 del 17 defebrero de 2004 del C.P.C.E.R.N., habiéndose dejado sin efecto la aplicación de losíndices de ajuste establecidos por la Resolución Nº 240/02 de la F.A.C.P.C.E. y laResolución 196/02 del C.P.C.E.R.N.

Denominación: Partido Demócrata Cristiano - Distrito Río Negro.Domicilio Legal: Laprida Nº 160 - Viedma (8500) Río Negro.Domicilio Administrativo: Laprida Nº 160 - Viedma (8500) Río Negro.Actividad Principal: Partido Político.

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MEMORIASres. Afiliados:En virtud de las disposiciones legales vigentes, cumplimos en elevar a la

Comisión de Poderes el presente Balance General por el ejercicio finalizado el 31 dediciembre de 1999.

Carlos Pérez, Presidente.

INFORME DE LA COMISIÓN REVISORADE CUENTA

Informe por el Ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 1999Sres. Afiliados:En virtud de lo dispuesto por las leyes y nuestros estatutos sociales, hemos

dado cumplimiento a la tarea que nos fue encomendada, fiscalizando las operacioneseconómicas y financieras de nuestra institución, por el ejercicio cerrado al 31 dediciembre de 1999.

El control ha sido de manera permanente durante el curso del ejercicio,verificando la existencia de fondos y bienes, la legitimidad de los comprobantes yla regularidad de los libros sociales y de contabilidad.

La Memoria, Balance General y el Cuadro Demostrativo de Recursos y Gastos,que la Comisión Directiva somete a consideración de los Sres. Afiliados, ha sidocontrolada por esta Junta Fiscalizadora.

En el caso de Inventario, Balance General y Cuadro de Gastos y Recursos, sucontenido concuerda con las registraciones contables, las que se encuentranrespaldadas por los respectivos comprobantes, que hemos examinado y merecennuestra conformidad. La Memoria, cuenta también con nuestra aprobación.

Se han realizado arqueos comprobando las disponibilidades en caja, conresultados satisfactorios y se ha efectuado el control en forma mensual.

Los integrantes de este Órgano han asistido a las reuniones de la ComisiónDirectiva.

El ejercicio ha arrojado un superávit de $ 9.306,54 (pesos nueve mil trescientosseis con 54/100), que constituyen el fiel reflejo de las operaciones sociales.

El Patrimonio Neto asciende a la suma de $ 15.528,53 (pesos quince milquinientos veintiocho con 53/100), que surge de la diferencia entre el Activo y elPasivo, cuya evaluación ha sido técnica y correctamente efectuada, y refleja conexactitud los saldos en existencia.

Todo ello nos induce a aconsejar a los Sres. Afiliados quieran prestar suconformidad a los documentos de referencia.

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19Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

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Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

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20Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

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Anexo I

Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

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21Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

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Anexo III

Anexo II

Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

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22Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES

NOTA Nº 1: Normas Contables Aplicadas

1.- Unidad de Medida: Los presentes Estados Contables están expresados enmoneda de curso legal en el país a la fecha de cierre del ejercicio considerado, esdecir en pesos con centavos.

2.- Bases de Preparación de los Estados Contables: Han sido preparados deacuerdo con las Normas Contables vigentes, contenidas en las ResolucionesTécnicas Nº 16, 17, 18, 19 y 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionalesde Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), aprobadas por el Consejo Profesional deCiencias Económicas de la Provincia de Río Negro (C.P.C.E.R.N.) mediante lasResoluciones Nº 190, 195 y 207.

La segregación de los componentes financieros implícitos se realizó únicamentesobre los saldos de activos y pasivos a la fecha de los estados contables, tal comolo permite la Resolución Nº 282/03 de la F.A.C.P.C.E. adoptada por la ResoluciónNº 211 del C.P.C.E.R.N.

Por tal motivo, en el Estado de Recursos y Gastos se expresa en forma conjuntabajo la denominación de Resultados Financieros y por Tenencia, los siguientesconceptos:

a) Los Resultados Financieros;b) Los Otros Resultados por Tenencia.Dicho tratamiento conlleva una limitación en la exposición de las causas del

resultado, sin que se altere el valor absoluto del mismo.

3.- Criterios de Exposición: Para la presentación de los Estados Contables sedió cumplimiento a las Normas Generales y Particulares de exposición establecidasen las Resoluciones Técnicas Nº 8, Nº 9, Nº 19 y Nº 21 de la F.A.C.P.C.E., adoptadaspor el C.P.C.E.R.N., mediante Resolución Nº 136, Nº 195 y Nº 207 respectivamente.

En consecuencia, los Estados Contables se presentan de acuerdo con elsiguiente detalle:

a) Estado de Situación Patrimonialb) Estado de Recursos y Gastosc) Estado de Evolución del Patrimonio Netod) Estado de Flujo de Efectivoe) Anexo I Inversiones Temporariase) Anexo II de Bienes de Usof) Anexo III de Costos y Gastos.

4.- Criterios de Valuación: Los Estados Contables han sido preparados en monedanominal, no reconociendo en forma integral los efectos de la inflación establecidospor la R.T. Nº 6.- El impacto de dicho ajuste no resulta significativo, dado que losíndices del período no son importantes, siguiendo de esta manera con lo establecidopor la Resolución Nº 287 de la F.A.C.P.C.E., adoptada por el C.P.C.E.R.N. medianteResolución Nº 216.

4.1.- Caja y Bancos. Créditos y Deudas: Los provenientes de las operacionesde ingresos y egresos han sido valuados a su valor actual, teniendo en cuenta unaestimación de los valores futuros a percibir o a abonar, el resto de los créditos ydeudas por su valor nominal, con la incorporación de los intereses devengados ala fecha de cierre del ejercicio.

4.2.- Patrimonio Neto: Las cuentas del Patrimonio Neto se encuentran expuestasa su valor histórico de acuerdo con el procedimiento mencionado en la Nota 2.

5.- Composición de los Principales Rubros.

NOTA Nº 2: Caja de Ahorro Nº 546.035.260/3 - Banco de la Nación Argen-tina $ 71,91.

El saldo de esta cuenta refleja el saldo existente en dicha cuenta al 31/12/99.

NOTA Nº 3: Cuentas por Cobrar: $ 15.456,62.El saldo de la presente cuenta se compone de la siguiente manera:Aporte Provincial Art. 95 Ley 2431 - Año 1999 ......................... $15.456,62

NOTA Nº 4: Deuda con afiliados: $ 5.792,99.El saldo de la presente cuenta se compone del total adeudado a los afiliados, en

concepto de gastos que fueron afrontados por ellos, no reintegrados al 31/12/99.

NOTA Nº 5: Deuda con proveedores: $ 429,00.El saldo de la presente cuenta se compone de la siguiente manera:Planigraf, de Hugo Porro - Factura C 000-00000495 - Fecha 15/10/99: $ 429,00.

INFORME DE AUDITORÍASr. Carlos PérezPresidente Partido Demócrata Cristiano Río Negro

En mi carácter de Contador Público Independiente, informo sobre la Auditoríaque he realizado a los Estados Contables del Partido Demócrata Cristiano RíoNegro, detallados en el Apartado A) siguiente.- Los citados Estados constituyenuna información preparada y emitida por la Comisión Directiva de la Institución,en ejercicio de sus funciones exclusivas.- Mi responsabilidad consiste en expresaruna opinión sobre dichos Estados Contables basada en mi examen de Auditoríacon el alcance que menciono en el punto B).

Los Estados Contables del ejercicio anterior, terminados el 31 de diciembre de1998 no fueron auditados, ya que conforme surge del Acta labrada con motivo dela Convención Provincial del Partido realizada el 24/05/03, la misma facultó a laJ.E.P. a realizar los balances correspondientes a los períodos 1997 - 1998 conIngresos y Egresos = $ 0,00.

A) ESTADOS AUDITADOS:1. Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 1999.2. Estado de Recursos y Gastos por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 1999.3. Estado de Evolución del Patrimonio Neto por el ejercicio finalizado al 31 de

diciembre de 1999.4. Estado de Flujo de Efectivo por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 1999.5. Información Complementaria (Notas 1 a 5 y Anexos).

B) ALCANCE DE LA AUDITORÍA: He realizado el examen de la informacióncontenida en los Estados indicados en A., de acuerdo con las Normas de Auditoríavigentes, aprobadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales deCiencias Económicas, las que prescriben la revisión selectiva de dicha información.He realizado el examen de la información contenida en los Cuadros, Anexos yNotas en su relación con la de los Estados Básicos considerados en conjunto,excepto por lo que se menciona en las Aclaraciones previas al Dictamen.

Una Auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementos de juicioque respaldan la información expuesta en los Estados Contables, y no tiene porobjeto detectar y/o peritar delitos y/o irregularidades intencionales.

C) ACLARACIONES PREVIAS AL DICTAMEN:a) No se ha realizado la conformación del saldo de la cuenta Deuda con afiliados,

por medio de comunicaciones directas con ciertos acreedores-afiliados;b) Las verificaciones de las registraciones contables han sido efectuadas en

forma selectiva sobre la base de la documentación facilitada, de conformidad,por los responsables del Partido, no teniendo por objeto ni como efectnecesario, detectar delitos o irregularidades intencionales;

c) Considerando que los estados contables del ejercicio anterior no fueronauditados, informo que no se han examinado las cifras comparativas.

D) DICTAMEN: En mi opinión, debido al efecto significativo de las limitacionesdetalladas en las Aclaraciones previas al Dictamen, no me es posible emitir unaopinión sobre si los Estados Contables mencionados en el apartado 1, presentanrazonablemente en sus aspectos significativos, la información sobre la situaciónpatrimonial del Partido Demócrata Cristiano Río Negro, al 31 de diciembre de 1999,así como el resultado del ejercicio, las variaciones en el patrimonio neto y en elflujo de efectivo por el ejercicio terminado en esa fecha, de acuerdo con NormasContables Profesionales vigentes.

E) INFORMACIÓN REQUERIDA POR DISPOSICIONES LEGALES:A efectos de dar cumplimiento a disposiciones vigentes, informamos que:1. Al 31 de diciembre de 1999 no existen deudas devengadas a favor del ANSeS.2. Los Estados Contables surgen de la documentación debidamente

suministrada, de conformidad, por el mencionados Partido.

Viedma, 17 de abril de 2007.

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23Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANORÍO NEGRO

MEMORIA Y BALANCE GENERAL

Ejercicio Económico Nº 15Iniciado el 1/01/2006 - Finalizado el 31/12/2006

Domicilio Legal: Laprida Nº 160 - Viedma (8500) - Río Negro

Domicilio Administrativo: Laprida Nº 160 - Viedma (8500) Río Negro.

Actividad Principal: Partido Político

Por el ejercicio anual iniciado el 1/01/2006, presentado en forma comparativacon el ejercicio anterior y finalizado el 31/12/2006.

Los Estados Contables se expresan en moneda homogénea según lo dispuestopor la Resolución Nº 287/03 de la F.A.C.P.C.E. y la Resolución Nº 216 del 17 defebrero de 2004 del C.P.C.E.R.N., habiéndose dejado sin efecto la aplicación de losíndices de ajuste establecidos por la Resolución Nº 240/02 de la F.A.C.P.C.E. y laResolución 196/02 del C.P.C.E.R.N.

Denominación: Partido Demócrata Cristiano - Distrito Río Negro.Domicilio Legal: Laprida Nº 160 - Viedma (8500) Río Negro.Domicilio Administrativo: Laprida Nº 160 - Viedma (8500) Río Negro.Actividad Principal: Partido Político.

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MEMORIASres. Afiliados:En virtud de las disposiciones legales vigentes, cumplimos en elevar a la

Comisión de Poderes el presente Balance General por el ejercicio finalizado el 31 dediciembre de 2006.

INFORME DE LA COMISIÓN REVISORADE CUENTA

Informe por el Ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2006Sres. Afiliados:En virtud de lo dispuesto por las leyes y nuestros estatutos sociales, hemos

dado cumplimiento a la tarea que nos fue encomendada, fiscalizando las operacioneseconómicas y financieras de nuestra institución, por el ejercicio cerrado al 31 dediciembre de 2006.

El control ha sido de manera permanente durante el curso del ejercicio,verificando la existencia de fondos y bienes, la legitimidad de los comprobantes yla regularidad de los libros sociales y de contabilidad.

La Memoria, Balance General y el Cuadro Demostrativo de Recursos y Gastos,que la Comisión Directiva somete a consideración de los Sres. Afiliados, ha sidocontrolada por esta Junta Fiscalizadora.

En el caso de Inventario, Balance General y Cuadro de Gastos y Recursos, sucontenido concuerda con las registraciones contables, las que se encuentranrespaldadas por los respectivos comprobantes, que hemos examinado y merecennuestra conformidad. La Memoria, cuenta también con nuestra aprobación.

Se han realizado arqueos comprobando las disponibilidades en caja, conresultados satisfactorios y se ha efectuado el control en forma mensual.

Los integrantes de este Órgano han asistido a las reuniones de la ComisiónDirectiva.

El ejercicio ha arrojado un déficit de $ 6.590,73 (pesos seis mil quinientosnoventa con 73/100) que constituyen el fiel reflejo de las operaciones sociales.

El Patrimonio Neto asciende a la suma de $ 59.760,43 (pesos cincuenta y nuevemil setecientos sesenta con 43/100) que surge de la diferencia entre el Activo y elPasivo, cuya evaluación ha sido técnica y correctamente efectuada, y refleja conexactitud los saldos en existencia.

Todo ello nos induce a aconsejar a los Sres. Afiliados quieran prestar suconformidad a los documentos de referencia.

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PARTIDO DEMÓCRA TA CRISTIANO RÍO NEGRO

Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

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24Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

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25Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

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Anexo I

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26Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

Anexo II

Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

Las Notas 1 a 3 adjuntas y los Anexos I a III forman parte integrante de los Estados Contables.Firmados al solo efecto de su identificación, con mi informe de fecha 17 de abril de 2007.

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Anexo III

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27Viedma, 01 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4651

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLESNOTA Nº 1: Normas Contables Aplicadas1.- Unidad de Medida: Los presentes Estados Contables están expresados en

moneda de curso legal en el país a la fecha de cierre del ejercicio considerado, esdecir en pesos con centavos.

2.- Bases de Preparación de los Estados Contables: Han sido preparados deacuerdo con las Normas Contables vigentes, contenidas en las ResolucionesTécnicas Nº 16, 17, 18, 19 y 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionalesde Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), aprobadas por el Consejo Profesional deCiencias Económicas de la Provincia de Río Negro (C.P.C.E.R.N.) mediante lasResoluciones Nº 190, 195 y 207.

La segregación de los componentes financieros implícitos se realizó únicamentesobre los saldos de activos y pasivos a la fecha de los estados contables, tal comolo permite la Resolución Nº 282/03 de la F.A.C.P.C.E. adoptada por la ResoluciónNº 211 del C.P.C.E.R.N.

Por tal motivo, en el Estado de Recursos y Gastos se expresa en forma conjuntabajo la denominación de Resultados Financieros y por Tenencia, los siguientesconceptos:

a) Los Resultados Financieros;b) Los Otros Resultados por Tenencia.Dicho tratamiento conlleva una limitación en la exposición de las causas del

resultado, sin que se altere el valor absoluto del mismo.

3.- Criterios de Exposición: Para la presentación de los Estados Contables sedió cumplimiento a las Normas Generales y Particulares de exposición establecidasen las Resoluciones Técnicas Nº 8, Nº 9, Nº 19 y Nº 21 de la F.A.C.P.C.E., adoptadaspor el C.P.C.E.R.N., mediante Resolución Nº 136, Nº 195 y Nº 207 respectivamente.

En consecuencia, los Estados Contables se presentan de acuerdo con elsiguiente detalle:

a) Estado de Situación Patrimonialb) Estado de Recursos y Gastosc) Estado de Evolución del Patrimonio Netod) Estado de Flujo de Efectivoe) Anexo I Inversiones Temporariase) Anexo II de Bienes de Usof) Anexo III de Costos y Gastos.

4.- Criterios de Valuación: Los Estados Contables han sido preparados en monedanominal, no reconociendo en forma integral los efectos de la inflación establecidospor la R.T. Nº 6.- El impacto de dicho ajuste no resulta significativo, dado que losíndices del período no son importantes, siguiendo de esta manera con lo establecidopor la Resolución Nº 287 de la F.A.C.P.C.E., adoptada por el C.P.C.E.R.N. medianteResolución Nº 216.

4.1.- Caja y Bancos. Créditos y Deudas: Los provenientes de las operacionesde ingresos y egresos han sido valuados a su valor actual, teniendo en cuenta unaestimación de los valores futuros a percibir o a abonar, el resto de los créditos ydeudas por su valor nominal, con la incorporación de los intereses devengados ala fecha de cierre del ejercicio.

4.2.- Patrimonio Neto: Las cuentas del Patrimonio Neto se encuentran expuestasa su valor histórico de acuerdo con el procedimiento mencionado en la Nota 2.

5.- Composición de los Principales Rubros.

NOTA Nº 2: Caja de Ahorro Nº 546.035.260/3 - Banco de la Nación Argen-tina $ 2.012,30.

El saldo de esta cuenta refleja el saldo existente en dicha cuenta al 31/12/06.

NOTA Nº 3: Deuda con Afiliados: $ 522,58.El saldo de la presente cuenta se compone del total adeudado a los afiliados, en

concepto de gastos que fueron afrontados por ellos, no reintegrados al 31/12/06.

NOTA Nº 4: Cuentas por Cobrar: $ 56.749,70.El saldo de la presente cuenta se compone de la siguiente manera:Aporte Provincial Art. 95 Ley 2431 - Año 1999 .................. $7.607,39Aporte Provincial Art. 95 Ley 2431 - Año 2000 .................. $15.456,62Aporte Provincial Art. 95 Ley 2431 - Año 2002 .................. $11.557,98Aporte Ministerio Interior Nación - Año 2003 ................... $10.644,59Aporte Provincial Art. 95 Ley 2431 - Año 2005 .................. $5.741,56Aporte Provincial Art. 95 Ley 2431 - Año 2006 .................. $5.741,56

NOTA Nº 5: Deuda con proveedores: $ 120,00.El saldo de la presente cuenta se compone de la siguiente manera:Saldo Alquiler - Local Laprida 160 - Viedma....................... $ 120,00

INFORME DE AUDITORÍASr. Carlos PérezPresidente Partido Demócrata Cristiano Río Negro

En mi carácter de Contador Público Independiente, informo sobre la Auditoríaque he realizado a los Estados Contables del Partido Demócrata Cristiano RíoNegro, detallados en el apartado A) siguiente.- Los citados Estados constituyenuna información preparada y emitida por la Comisión Directiva de la Institución,en ejercicio de sus funciones exclusivas. Mi responsabilidad consiste en expresaruna opinión sobre dichos Estados Contables, basada en mi examen de Auditoríacon el alcance que mencion en el punto B).

A) ESTADOS AUDITADOS:1. Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2006.2. Estado de Recursos y gastos por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de

2006.3. Estado de Evolución del Patrimonio Neto por el ejercicio finalizado al 31 de

diciembre de 2006.4. Estado de Flujo de Efectivo por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de

2006.5. Información Complementaria (Notas 1 a la 5 y Anexos).

B) ALCANCE DE LA AUDITORÍA:He realizado el examen de la información contenida en los Estados indicados

en A, de acuerdo con las Normas de Auditoría vigentes, aprobadas por la FederaciónArgentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, las que prescribenla revisión selectiva de dicha información. He realizado el examen de la informacióncontenida en los Cuadros, Anexos y Nota en su relación con la de los EstadosBásicos considerados en conjunto, excepto por lo que se menciona en lasAclaraciones previas al Dictamen.

Una Auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementos de juicioque respaldan la información expuesta en los Estados Contables, y no tiene porobjeto detectar y/o peritar delitos y/o irregularidades intencionales.

C) ACLARACIONES PREVIAS AL DICTAMEN:a) No se ha realizado la confirmación del saldo de la cuenta Deuda con afiliados,

por medio de comunicaciones directas con ciertos acreedores - afiliados;b) Las verificaciones de las registraciones contables han sido efectuadas en

forma selectiva sobre la base de la documentación facilitada, de conformidad,por los responsables del Partido, no teniendo por objeto ni como efectonecesario, detectar delitos o irregularidades intencionales.

D) DICTAMEN:En mi opinión, debido al efecto significativo de las limitaciones detalladas en

las Aclaraciones previas al Dictamen, no me es posible emitir una opinión sobre silos Estados Contables mencionados en el Apartado 1, presentan razonablementeen sus aspectos significativos, la información sobre la situación patrimonial delPartido Demócrata Cristiano Río Negro al 31 de diciembre de 2006, así como elresultado del ejercicio, las variaciones en el patrimonio neto y en el flujo de efectivopor el ejercicio terminado en esa fecha, de acuerdo con Normas ContablesProfesionales vigentes.

E) INFORMACIÓN REQUERIDA POR DISPOSICIONES LEGALES:A efectos de dar cumplimiento a disposiciones vigentes, informamos que:1. Al 31 de diciembre de 2006 no existen deudas devengadas a favor del ANSeS.2. Los Estados Contables surgen de la documentación debidamente

suministrada, de conformidad, por el mencionado Partido.

Viedma, 4 de septiembre de 2007.

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28Viedma, 01 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4651

ART. 2º - LEY 40

El texto de las leyes sancionadas poresta Legislatura, el de los Decretos yResoluciones del Poder Ejecutivo y el deotros documentos oficiales que sepubliquen en el Boletín Oficial de la Pro-vincia de Río Negro, serán tenidos porauténticos.

S U M A R I O

SECCION ADMINISTRATIVA Pág.DECRETOS598.- 07-08-08.- Prorrogar desde su

vencimiento y hasta el 31-12-08 lasintervenciones dispuestas para laLotería, I.P.P.V. y al IDEVI..................... 1

708.- 15-08-08.- Ratifíquese el Convenio en-tre la Agencia Río Negro Deportes yRecreación y el Municipio de S. Grande1-2

709.- 15-08-08.- Ratifíquese el Convenio en-tre la Agencia Río Negro Deportes yRecreación y el Municipio de Viedma ..2

710.- 15-08-08.- Ratifíquese el Convenio en-tre la Agencia Río Negro Deportes yRecreación y el Municipio de Darwin ..2-3

711.- 15-08-08.- Ratifíquese el Convenio en-tre la Agencia Río Negro Deportes yRecreación y el Municipio de Chimpay3-4

712.- 15-08-08.- Ratifíquese el Convenio en-tre la Agencia Río Negro Deportes yRecreación y el Municipio de L. Beltrán4-5

713.- 15-08-08.- Ratifíquese el Convenio en-tre la Agencia Río Negro Deportes yRecreación y el Municipio de Ch. Choel5-6

714.- 15-08-08.- Ratifíquese el Convenio en-tre la Agencia Río Negro Deportes yRecreación y el Municipio de SierraColorada...............................................6

4 PRESENTACIONDE AVISOS, ETC.

Para la presentación de avisos, etc., ainsertar en este Boletín, concurrir a:

Dirección de Boletín Oficial– Viedma:

Laprida 212.Delegación del Boletín Oficial en: – General Roca:

Mitre 1090 - Tel/Fax: 02941 -431230. – San Carlos de Bariloche:

Onelli 1.450Tel/Fax: 02944 - 428112.

715.- 15-08-08.- Ratifíquese el Convenio en-tre la Agencia Río Negro Deportes yRecreación y el Municipio de Maquin-chao.....................................................6-7

716.- 15-08-08.- Ratifíquese el Convenio en-tre la Agencia Río Negro Deportes yRecreación y el Municipio de Comallo .7-8

DECRETOS SINTETIZADOS................. 8a10RESOLUCIONES......................................10-11LICITACIONES........................................11COMUNICADO.......................................11CONTRATACIONES DIRECTAS............ 12EDICTOS I.P.P.V. ......................................12NÓMINA PREADJUDICATARIOSVIVIENDAS .............................................12

SECCION JUDICIALEDICTOS.................................................12a16REMATE..................................................16

SECCION COMERCIO, INDUSTRIAY ENTIDADES CIVILESCONVOCATORIAS.................................16-17PARTIDOS POLÍTICOS (Partido D.C -Balance 1.999 y 2.006) .............................18a27AVISOS BOLETIN OFICIAL ................... 28

Impreso en los Talleres Gráficos

del Boletín Oficial

de la Provincia de Río Negro - Viedma

Impreso en Patagonia Gráfica S.A.

Viedma Provincia de Río Negro

A V I S O

Se encuentra a la venta en esta Dirección de Boletín Oficial, y en las Delegaciones

de General Roca y San Carlos de Bariloche, la nueva

Ley de Administración Financieray Control del Sector Público Provincial

Precio del Ejemplar: $ 50,00.-

ACTUALIZADA AL 2006


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