+ All Categories
Home > Documents > No. 77 JUNIO 2015 CUESTIÓN - Página oficial de la...

No. 77 JUNIO 2015 CUESTIÓN - Página oficial de la...

Date post: 19-Sep-2018
Category:
Upload: nguyendieu
View: 213 times
Download: 0 times
Share this document with a friend
23
CUESTIÓN www.fnamcp.org.mx No. 77 JUNIO 2015 Ejemplar: $25.00 ISSN: 1870-2414
Transcript

CUESTIÓNwww.fnamcp.org.mx

No. 77 JUNIO 2015

Ejem

plar

: $2

5.00

ISSN

: 18

70-2

414

cuestión 77

Cuestión 77, Junio 2015Emisión TrimestralISSN: 1870-2414

Federación Nacional de la Asociación Mexicanade Colegios de Contadores Públicos, A.C.

Comisión de la revista:L.C.P., M.I. y M.D.F. José Guadalupe Alejandro Vázquez Aguilar (presidente)C.P.C. Judith González Bernal (secretario)L.C.P., M.I. y M.D.F. Pedro Solís Arrazola (primer vocal)C.P.C. Ricardo Carmona Gutiérrez (segundo vocal)

Política editorial: las expresiones contenidas en losartículos de esta revista son responsabilidad y méritoexclusivo de sus autores.

Diseño y producción editorial: www.ploop.mx

fnamcp

@Fnamcp_CD

[email protected]

Mensaje del Presidente del Consejo Directivo NacionalMtro. y C.P.C. Ignacio Camarena Ávalos

Nuestra genteC.P.C. y M.F. María Etelvina Rubio Rangel

La tecnología, el SAT y las personas físicasL.C.P. Elia Edith Martínez Rodríguez

La aplicación, interpretación e integración jurídica y fiscalRigoberto Lizárraga

Boletín Fiscal 116 Aspectos fiscales de las asociaciones religiosasColegio de Contadores Públicos Universidad de Guadalajara A.C.

El Sistema Nacional AnticorrupciónM. en Aud. y C.P.C. Eduardo Segura Sánchez

I Asamblea General Ordinaria de la Contaduría Pública Mexicana

Retos actuales de la Gestión Integrada del Capital Humano en la empresa estatal en Cuba.Ms.C. Francisco T. Rodríguez González.

Entrega de NAA 2014AMCP. Colegio de Licenciados en Contaduría Pública y Finanzas de Celaya A.C.

Una Década del Desarrollo Histórico del Sistema Bancario Mexicano: 1925-1935CPC y MI Carlos Martínez León

Comisión Nacional de SíndicosL.C.P. y M.I. Fernando Camilo Velarde Silva.

La Iniciativa sobre Reformar el Artículo 27 y Derogar el Artículo 32 de la Ley del Seguro SocialMarco Antonio González Hernández

Evento de Certificación de la FNAMCP a la Contraloría Interna de la Cámara de Diputados

Colegios organizadores de la asamblea general ordinariade Guadalajara

XLI Convención Nacional de la Contaduria pública Mexicana

Directorio de colegios

Consejo Directivo Nacional

Comisiones y representantes de la FNAMCP 2014-2015

02

03

04

05

07

11

13

14

17

20

23

24

26

27

28

30

34

35

2 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 3

Amigos Federados: Una vez concluidos los trabajos de declaraciones anuales y entrando de lleno a los pocos trabajos de auditoria que algunos contadores aún alcanzaron a conservar, otros con el envío de la contabilidad electrónica, cumpliendo y contribuyendo con la parte que nos corresponde como profesionales de la contaduría pública, situación que nos debe de enorgullecer como profesionales comprometidos y satisfechos, sin embargo quizás no hemos sido valorados como debiéramos, pero eso no debe preocuparnos, por el contrario, debemos seguir pugnando y contribuyendo por la grandeza de nuestro país y sobreponiéndonos a las adversidades por las que atraviesa el mismo.

Es ahora cuando debemos seguir con nuestra capacitación y estar preparados para afrontar las ofertas de trabajo que seguramente vendrán, es cierto que seguimos esperanzados al dictamen para efectos fiscales, pero cada día pareciera que está más alejada dicha posibilidad, sin embargo ya se le hizo saber a la autoridad de los beneficios y utilidad del dictamen de estados financieros y lo reconocieron, sin embargo, no resuelven favorablemente en pro de la ya tan golpeada profesión.

Es momento de incursionar en otros ámbitos de la profesión, como por ejemplo la contabilidad y auditoría gubernamental, en el amplio campo que existe: los ayuntamientos, las dependencias de los estados, de la federación las organizaciones públicas descentralizadas entre otras, hoy en día debemos ser muy ingeniosos y aprovechar las herramientas tecnológicas que existen para ofrecer servicios de calidad y seguridad que nuestros patrocinadores requieren del contador profesional.

Mensaje del presidentedel Consejo Directivo NacionalMtro. y C.P.C. Ignacio Camarena Ávalos

Estoy seguro y sigo con el compromiso de seguir gestionando ante las autoridades correspondientes de la fiscalización, llámese Función Publica, Servicio de Administración Tributaria, Instituto Mexicano del Seguro Social, Contralorías Estatales de pugnar porque el contador federado tenga participación en esos trabajos de fiscalización que la capacidad y profesionalismo están a toda prueba.

Es importante destacar que la participación de la contaduría pública organizada debe manifestarse en todos y cada uno de los espacios territoriales de nuestra república mexicana, coadyuvando con las autoridades y sector productivo, para dejar de manifiesto que la contribución de nuestras organizaciones siempre estará presentes para la grandeza de nuestro México.

“POR UNA CANTADURIA PUBLICA MEXICANA CON CALIDAD INTERNACIONAL”

Nuestra genteC.P.C. y M.F. María Etelvina Rubio Rangel

1.- ¿Porque es tan importante participar en un colegio de profesionistas?

Las ventajas de ser un profesionista colegiado son muchas, las más importantes para mí son: es una agrupación de colegas especialistas en todas las áreas de la contaduría, que nos brinda la oportunidad de capacitarnos día a día con excelencia, nos permiten ser Contadores y Licenciados a la vanguardia en las múltiples modificaciones de los preceptos legales que nos regulan, proporcionando a nuestros clientes un servicio de calidad, nos abren un espacio en el que podemos levantar la voz para que las autoridades nos escuchen, nos permiten ser profesionistas potencialmente activos al avalar nuestra certificación, al ser asociados capacitados para emitir información en nuestra materia con validez nacional e internacional; entre un sin número de beneficios, somos una agrupación estatal con un respaldo de nuestra Federación y finalmente puedo expresar que ante cualquier adversidad en nuestra profesión la unión hace la fuerza.

2.- ¿Qué retos hay para nuestra profesión en el país?

Mucho se ha hablado de nuestra profesión, señalando que los innumerables cambios en nuestras legislaciones fiscales, conllevan a una revolución cibernética, en la que sin duda en algún momento no muy lejano el Sistema de Administración Tributario elaborará de manera automática las declaraciones de todos los contribuyentes; sin embargo, los profesionales de la contaduría somos mucho más que especialistas en la elaboración de una declaración, el campo de nuestra profesión, es tan amplio; que estoy segura que los Contadores y Licenciados en Contaduría no pueden, ni serán desplazados de nuestro entorno económico, pues la experiencia nos deja muy en claro, que la modernización y la apertura de nuestras fronteras siempre requerirá de nuestros servicios, somos la pieza clave entre los contribuyentes y las autoridades; hoy en día las reformas y modificaciones a las leyes y la internacionalización de nuestro país, ha dejado en nuestra

profesión nuevas necesidades laborales que indudablemente no se realizarían sin nuestra participación.

3.- ¿Qué le dirías a un joven que desea estudiar contabilidad?

Tengo el grato honor de ser actualmente, docente en la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, y con orgullo puedo expresar que mi experiencia con los jóvenes es gratificante; y como a ellos, hoy les puede afirmar a los que deciden ingresar a nuestra profesión, que la diversidad de nuestra carrera, nos da la oportunidad de especializarnos en una infinidad de rubros, tales como fiscal, costos, áreas administrativas, finanzas, ser dictaminadores, auditores, profesionistas independientes, etc.; sin duda una profesión sumamente noble que nos permite integrarnos en todas las etapas económicas, en las empresas privadas micro, medianas e internacionales; en todos los procesos productivos, comerciales o industriales, en los entes gubernamentales municipales, estatales y federales; en la docencia, e incluso ser tu propio patrón. Como profesionista puedo compartir que para ser exitoso en esta profesión sólo debes amar lo que haces

4 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 5

La tecnología, el SAT y las personas físicasL.C.P. Elia Edith Martínez Rodríguez

Colegio de Contadores Públicos del Valle de México A.C.

La aplicación, interpretación e integración jurídica y fiscalRigoberto Lizárraga

En fechas recientes se concluyó la presentación de las Declaraciones Anuales de las Personas Físicas y estamos entrando a un mundo lleno de revelaciones tecnológicas, el formulario pre-llenado que se muestra en la página del SAT ya incluye obligaciones registradas, Monto de operaciones realizadas, retenedores, etc, los recuadros que hay que llenar entre otros son las “Deducciones” tanto las propias de la actividad, como las personales, y es ahí donde la situación se complica, las autoridades hacendarias están empleando todos los medios posibles a su alcance para incrementar la recaudación e inhibir la evasión fiscal y los contribuyentes aun no perciben la magnitud de sus alcances y relevancia e inclusive han descuidado la vigilancia y el control de sus cuentas bancarias y aún continúan con la práctica indebida pero bastante común de solicitar a familiares y amigos de recolección de comprobantes fiscales pretendiendo con ello “aligerar” su carga impositiva, sin darse cuenta que no hay un soporte, que están en una simulación de Operaciones y que en la mayoría de los casos es una presunta “Discrepancia Fiscal”, basta con descargar del portal del SAT todos los XML, su representación gráfica en PDF y elaborar un sencillo papel de trabajo para darse cuenta que la suma de sus erogaciones son superiores a los ingresos percibidos y manifestados para la Declaración Anual, que aun cuando existen limitativas tanto en las deducciones personales como en las demás deducciones, esto de ninguna manera los libera de las facultades que posee la autoridad para ejercer procedimiento de determinación de “Discrepancia Fiscal”(art.91CLSR).

Esto sin contar todas aquellas erogaciones por las cuales no generan un XML pero fueron cubiertas con T.C y T.D o cualquier otra tarjeta que pasa por el sistema financiero, normalmente, no se lleva un registro de los pagos realizados con ellas, ni se tiene el cuidado de guardar los Estados de Cuenta correspondientes; tampoco se tienen cuidado con todas aquellas erogaciones que no se pagaron con tarjeta pero que el monto de la operación obligo al proveedor del bien o servicio a realizar la manifestación entre el SAT sin mencionar herencias, premios,donativos,enajenación de casa habitación y viáticos.

El presente artículo guarda la importancia que caracteriza a la interpretación en todos los aspectos y distintos ámbitos de nuestra vida cotidiana que experimentamos en todo momento, ya sea en el ámbito psicológico, emotivo, religioso, académico, profesional o legal, entre otros. En todos ellos, la interpretación de los sentimientos, acontecimientos, hechos y textos es esencial para entender el presente que vivimos.

Conviene recordar, al distinguido psicoterapeuta Albert Ellis, quien sostenía la teoría que los sucesos de la vida no son lo que nos cambian, si no la interpretación que les tengamos de ellos. Por ello la interpretación no es una actividad aislada ni accidental, es una constante a partir de lo cual discurren las acciones, decisiones y actitudes que tomamos a futuro, lo que al mismo tiempo crea nuevos problemas y soluciones. Ellis considera que el núcleo de su teoría está representado por una frase sencilla atribuida al filósofo estoico griego Epícteto: “Las personas no se alteran por los hechos, sino por lo que piensan acerca de los hechos”. Basta pensar, como ejemplo, en el ámbito religioso, donde constantemente y ajenos a cualquier religión se produce una pugna entre creyentes que se apegan a defender la figura de Jesucristo ajena a hermanos y aquellos disidentes que se le adjudican, lo cual proviene de la interpretación de los textos bíblicos en donde la palabra “hermanos” se le otorgan dos connotaciones: como amor al prójimo o como liga sanguínea. O bien piénsese en los sueños, los cuales se interpretan como fobias, buenos acontecimientos para suceder, depresión, ansiedad o deseos constantes.

De acuerdo con el profesor Albert Mehrabian, el 55 por ciento del mensaje que mandas viene de tu lenguaje corporal, “Lo que dices comunica sólo la mitad de lo que la gente escucha”, así como cruzarse de brazos durante una discusión se interpreta comúnmente por la psicología como una actitud de negación a los argumentos del otro, en el mismo tenor se encuentra el constante arreglo de la corbata en los caballeros o del vestido en las damas es interpretado generalmente como flirteo o galantería.

Se puede estar en “Discrepancia Fiscal” equipararse a “Defraudación Fiscal” (art.109CFF) e inclusive a “Lavado de Dinero” y siendo acreedores a sanciones económicas y hasta la privación de la libertad (prisión de 3 meses a 9 años).

La mayoría de los contribuyentes no consideran la manifestación de estas operaciones o ni si quiera saben que se tiene nunca ni por equivocación tienen la atención de revisar el portal del SAT, sus estados de cuenta bancarios y visualizar su situación, tampoco se toma en cuenta la confesión ante su contador para que lo oriente a encontrar una solución y eso, si es que la tiene.

Durante los últimos días el SAT saturo los medios de comunicación como radio y T.V con Spots de “Fácil”. “Sencillo”, “Usted puede solo”, “le devolvemos en cinco días”, y la pregunta sería ¿Qué pretende la autoridad con esto? ¿Realmente el contribuyente puede solo? ¿Quién le informo de todo esto?

Estamos en la era de la tecnología y muchos colegas me han preguntado ¿Cuál es el futuro del Contador? ¿Se acerca el fin de nuestra profesión? Que las DyP y cualquier otro tipo de contribución federal llegara como las boletas del agua y predial y ya no tendremos nada que hacer porque el SAT ya cuenta con todo.

Hoy les digo: “Estamos en el ensayo del SAT, aún no controla Todo ni a Todos; este es un punto de oportunidad para crecer y crear “Contribuyentes con cultura Fiscal” tenemos las herramientas, solo hay que leer adecuadamente el manual.

¡Cuánto se ha dicho del espíritu del legislador! Constantemente escucho la frase “es legal, pero no es justo”. Que difícil entender en un todo este concepto. Una de las cosas más maravillosas que tiene nuestro corazón es la incapacidad de mentirnos a nosotros mismos, así pues, es hasta complicado para los jueces validos de revisar ratificar o rectificar el fallo con base a las consideraciones necesarias, algunas ocasiones sus decisiones varían sobre un mismo tema.

Otro aspecto que es necesario resaltar es la famosa frase de podrá o deberá; que se refiere en podrá si se quiere o puedes hacerlo y en deberá; es estar obligado a algo según las leyes, o cuando se menciona lo que no está prohibido está permitido.

Cabe destacar un claro ejemplo en materia legal, como lo comenta mi maestro Dr. Miguel de Jesus Alvarado Esquivel; a pesar de que el código fiscal de la federación tampoco lo diga, la hipótesis contenida en la fracción XIV del artículo 26 de CFF no es de responsabilidad tributaria solidaria, sino de sustitución. En efecto, el sustituto del contribuyente es el sujeto que viene obligado a cumplimiento de la obligación tributaria “en lugar” del realizador del hecho imponible, es decir, el contribuyente sustituido, se coloca en su lugar y, por tanto, ocupa su posición frente a la Hacienda pública, quedando como primer obligado al cumplimiento de las prestaciones materiales y formales de la obligación tributaria.

El artículo 5 del código fiscal de la federación señala con precisión que las disposiciones fiscales que se establecen cargas a los particulares, así como las que fijan las infracciones y sanciones son de aplicación estricta, el articulo señalado aclara que se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base tasa o tarifa elementos constitucionales de una contribución.

En interpretación jurídica: interpretar es delimitar el significado de un término; esclarecer y desentrañar su sentido: pero es armonizar una expresión con el conjunto al que pertenece interpretar una norma jurídica. Implica

6 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 7

indagar sobre su sentido, sobre sus relaciones con las otras normas del orden jurídico. La interpretación jurídica puede ser examinada desde el punto de vista de su resultado y de la fuente de donde proviene.

1) Literal, atendiéndose al sentido gramatical del precepto.2) Extensiva, se aplica el precepto a situaciones que expresamente no abarca; pero se puede considerar que implícitamente están incluidas.3) Restrictiva, cuando se reduce la significación gramatical del precepto.

Según la fuente de donde proviene, la interpretación puede ser autentica, judicial y doctrinal. La auténtica la efectúa el mismo poder que expide la norma con posterioridad al momento de la expedición. La judicial la efectúa el poder de este nombre en el ejercicio propio de su función. La doctrinal la efectúan las personas que se dedican al estudio y ejercicio de la ciencia judicial.

A la interpretación también se le denomina hermenéutica, y esta es la ciencia que se encarga de desentrañar el lenguaje, es decir de interpretarlo y hablamos de hermenéutica jurídica cuando nos referimos a textos legales. Partiendo de que interpretar quiere decir, en términos generales, captar o aprender el significado de una expresión artística, científica, intelectual, etc. Entre los principales métodos de interpretación están:

a) Exegético gramatical: este se emplea tratándose conocer y penetrar el lenguaje empleado en el precepto.b) El método lógico: trata de averiguar lo que quiere decir el legislador, para ello se reconstruye el pensamiento del mismo, acudiendo a debates legislativos y exposiciones de motivos.c) El método histórico: investiga la génesis de la ley; sus antecedentes; los motivos sociológicos, antropológicos, políticos, imperantes en la época de creación de la ley.d) El método sistemático: para este método la norma debe interpretarse con todo el conjunto de normas que constituyen el contexto del cual forma parte, y no de manera aislada ; pues se corre el riesgo de que un solo precepto pueda ser mal interpretado.e) El método económico: consiste en buscar un sentido económico a las normas fiscales, pues precisamente el contenido esencial de la norma tributaria, lo cual permite regular la forma en los que en los particulares deben cumplir con su obligación de pagar las contribuciones requeridas por el estado.

Otros criterios y reglas para interpretar la ley fiscal son:

a. Interpretación en favor del fisco (indubio profiscum) y tiene como fundamento el hecho de que el estado es el encargado de proteger la libertad y los derechos de sus

particulares, por lo que cumplirá su misión con equidad.b. Interpretación en favor de la libertad fiscal (indubio contra fiscum).

Partiendo del respeto y acatamiento de la ley, este terreno acredita al sujeto para que con autoridad moral pida, incluso exija a los jueces competentes, una revisión de las decisiones tomadas con base a la aplicación de la ley, bajo la luz del espíritu del legislador, la justicia y la razón.

El derecho no es ajeno a la interpretación. De que en Mexico, por influencia europea, se adopta la tradición jurídica romano-canónica, la letra de la ley es el estandarte de los todos los actos de autoridad y de las decisiones judiciales.

No olvidemos que la ley es producto del poder legislativo y materia de trabajo de las interpretaciones, tanto de particulares, juzgadores y autoridades. Sin embargo, resulta paradójico que aunque se trate de un mismo texto, el significado que cada uno le adjudica es distinto, pues la interpretaciones que cada quien le otorga es diferente y en ocasiones radicalmente opuesta, lo que hace notar que la interpretación es siempre aporeti ante lo cual surgen infinidad de cuestionamientos tales como ¿Cuál es la interpretación correcta?

¿Existe solo un significado para la palabra de la ley? ¿En qué momento la ley ha querido callar intencionalmente y en qué momento no? ¿Quién puede interpretar y quién no?

En un principio, es importante señalar que el monopolio interpretativo de la ley lo tiene el estado a través de sus tribunales constitucionales en los países que así existe o a través de la suprema corte de justicia de la nación. No obstante, ello no implica que los particulares no puedan interpretar la ley, lo anterior no escapa del área tributaria en donde las exigencias del estado son mayores a las que surgen entre particulares, pues el estado tiene mayor facilidad de actuar frente a los contribuyentes estos últimos deben pasar por un órgano, jurisdiccional para legitimar los actos porque si no fuese así se violara el artículo 17 constitucional.

La interpretación en México comúnmente se basa en la legalidad formal y no en la legalidad sustancial, pues solo que por que la ley lo dice el acto se presume legal y por tanto, está listo para aplicarse en la esfera jurídica del contribuyente, sin revisar antes su contenido y saber si en verdad ha satisfecho la legalidad sustancial. Confirmando así que es un problema de interpretación que trasciende de como todo un texto que se interpreta en su aplicación pues que pese a que México y España comparten la misma tradición, jurídica, cierto es que el desarrollo de la ley es distinto en uno y otro país, en España si se requiere autorización a posteriori del poder jurídico mientras que en México no. Podemos afirmar hasta este punto que en México ha predominado por interpretación,

positivismo jurídico y el no constitucionalismo, lo que lleva a concluir que en México rige un estado legislativo de derecho y no un estado constitucional de derecho (como es en Boga actual a nivel mundial). Quedando México un paso atrás en la inercia jurídica en conclusión si el particular si lo requiere entonces está bien, pero si el estado no, entonces él está mal, afín de entrar un desequilibrio entre lo que podemos hacer y lo que debemos hacer como entes dotados de libertad de lo contrario arribaríamos a un estado “salvaje” de derecho (ni siquiera legislativo, bajo dicha temática, la interpretación llega a ser importante a fin de no perder el equilibrio buscado, más aun si versa de actos de molestia ,ante lo cual, es el eje para el buen funcionamiento de un país pues la letra escrita de la ley solo es “materia de interpretación” y por lo tanto, debemos conocer su significado y verdadero alcance).

Conclusión:

Realizar una defensa en la extensión de la ley y evitar las injusticias que se rigen en nuestro sistema tributario. Tal como lo interpretan los distintos ministros y la misma semiología la cual nos interpreta hasta los más profundos sentidos de lo que los legisladores quisieron decir en sus signos y lógicas interpretativas, con base en todo lo expuesto, es fácil comprender que el proceso natural del conocer humano es hermenéutico; busca el significado de los fenómenos por medio de un interacción dialéctica.

Citando el artículo 17 constitucional (consagra el derecho de acceso a la justicia), que a la letra dice “Toda persona tiene derecho a que se les administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial”- podemos adentrarnos en discusiones de la filosofía del derecho acerca de la imparcialidad de la administración de justicia que nos garantiza la constitución, sumando el complejo análisis que hace cada juzgador al momento de emitir su fallo, argumentando lo que ha su criterio covenga, quedando a discreción y arbitrio de este los bienes jurídicos más importantes para el ser humano (vida, libertad, patrimonio, salud, integridad, administración de justicia, entre otros). No olvidemos que la Ley, a través de sus preceptos, no puede prever absolutamente todos los casos posibles que se presentan en la vida, es por ello la ardua y no sencilla labor de someter y adecuar las situaciones que se presenten a la norma jurídica y la solución, basada en la sólida argumentación que presente el juez.

Por todo ello, es de suma importancia el estudio y análisis de la aplicación, interpretación integración, y que estos elementos guardan la esencia de la procuración y administración de justicia tributaria.

Boletín Fiscal 116Aspectos fiscales de las asociaciones religiosasColegio de Contadores PúblicosUniversidad de Guadalajara A.C.

Antecedentes.

La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público está fundada en el principio histórico de la separación del Estado y las iglesias, así como en la libertad de creencias religiosas y es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de asociaciones, agrupaciones religiosas, iglesias y culto público. Sus normas son de orden público y de observancia general en el territorio nacional, así lo establece el artículo 1 de la propia ley.

Las iglesias y las agrupaciones religiosas deben obtener su registro como tales ante la Secretaría de Gobernación para poder tener personalidad jurídica, y se regirán internamente por sus propios estatutos, mismos que deben contener las bases fundamentales de su doctrina o cuerpo de creencias religiosas y determinarán tanto a sus representantes como, en su caso, a los de las entidades y divisiones internas que a ellas pertenezcan.

Mediante la promulgación de la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta para el ejercicio fiscal de 2014 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013, las Asociaciones Religiosas pasaron del artículo 95 de la ley abrogada al artículo 79 de la nueva Ley, con una modificación en la redacción de la fracción XVI en el cual se establece con total precisión como Personas Morales sin Fines de Lucro a las “Asociacionesreligiosasconstituidas de conformidad con la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público”, cuando en la ley abrogada sólo decía fines religiosos.

Marco jurídico.

Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público (LARCP) Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (RLISR) Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA)Código Fiscal de la Federación (CFF)Resolución del SAT número 600-04-01-2014-88423

8 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 9

Introducción.

De acuerdo a lo ya mencionado en los antecedentes del presente boletín las Asociaciones Religiosas constituidas de conformidad con su ley especial están consideradas como Personas Morales con Fines no Lucrativos y por lo tanto no son contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta (ISR), así lo establece el artículo 79 de la LISR vigente en su fracción XVI.

Desarrollo.

Como ya se comentó las Asociaciones Religiosas no son contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta, pero esto no les exime de cumplir con otras obligaciones establecidas en la LISR, en el Código Fiscal de la Federación y otras leyes aplicables, y se establece claramente en la propia LARCP en el segundo párrafo del artículo 1 que a la letra dice:

“Las convicciones religiosas no eximen en ningún caso del cumplimiento de las leyes del país. Nadie podrá alegar motivos religiosos para evadir las responsabilidades y obligaciones prescritas en las leyes”.

Obligaciones.

Luego entonces el artículo 86 de la LISR señala como obligaciones de las Personas Morales con Fines no Lucrativos entre ellas por supuesto las Asociaciones Religiosas, las siguientes:

I. Llevar los sistemas contables de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley y efectuar registros en los mismos respecto de sus operaciones.II. Expedir y recabar los comprobantes fiscales que acrediten las enajenaciones y erogaciones que efectúen, los servicios que presten o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.III. Presentar en las oficinas autorizadas a más tardar el día 15 de febrero de cada año, declaración en la que se determine el remanente distribuible y la proporción que de este concepto corresponda a cada integrante.IV. Proporcionar a sus integrantes constancia y comprobante fiscal en el que se señale el monto del remanente distribuible, en su caso.V. Expedir las constancias y el comprobante fiscal, así como proporcionar la información a que se refiere la fracción III del artículo 76 de esta Ley; retener y enterar el impuesto a cargo de terceros y exigir el comprobante respectivo, cuando hagan pagos a terceros y estén obligados a ello en los términos de esta Ley. Deberán cumplir con las obligaciones a que se refiere el artículo 94 de la misma Ley, cuando hagan pagos que a la vez sean ingresos en los términos del Capítulo I del Título IV del presente ordenamiento.

En lo que se refiere al Reglamento de la LISR en artículo 107 se señala:

“Las asociaciones religiosas constituidas en los términos de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público podrán cumplir con sus obligaciones fiscales en materia del impuesto en los términos del Título III de la Ley”.

Ahora bien, mediante resolución del SAT número 600-04-01-2014-88423 de fecha 19 de diciembre de 2014 publicada en la página del SAT con vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015, se señalan entre otras las siguientes obligaciones:

a) Llevar de manera electrónica, un registro analítico de todas sus operaciones de ingresos y egresos, acompañando la documentación comprobatoria correspondiente, de tal forma que pueda identificarse cada operación, acto o actividad, indicando fecha, monto de la operación y el concepto a que se refiere, debiendo ingresar de forma mensual la información contable a través de la página del SAT, de conformidad con las reglas de carácter general, la obligación de enviar dicha contabilidad comenzará a partir del 1 de enero del 2016, de conformidad con lo señalado por el Resolutivo Tercero, fracción II, inciso c) de la Séptima Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014, publicada en el DOF el 18 de diciembre de 2015. (Sic) (1).

De igual forma, las Asociaciones Religiosas podrán optar por llevar su contabilidad a través de la herramienta electrónica “Mis cuentas”, que se encuentra en el Portal de Internet del SAT, en el entendido de que en este supuesto no es necesario el envío de la información a que se refiere el párrafo anterior.

b) Expedir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) por las operaciones que realicen, en ese sentido las Asociaciones Religiosas podrán expedir comprobantes fiscales simplificados de conformidad con la regla 2.7.1.23., de la RMF para 2015, elaborando para ello un CFDI global que ampare los comprobantes expedidos.

Para efectos de lo anterior, las Asociaciones Religiosas elaborarán un CFDI global de forma diaria, semanal o mensual con base en los comprobantes fiscales que expidan al obtener un ingreso con el público en general, en el cual deberán de constar los importes totales de esas operaciones por el período que corresponda, utilizando para ello la clave genérica del RFC a que hace referencia la regla 2.7.1.25. de la RMF para 2015, en caso de que las Asociaciones Religiosas realicen actos o actividades gravados para efectos del IVA, en los CFDI globales se tendrá que separar el monto del impuesto que se traslada.

Para el caso de transferencias realizadas entre diversas Asociaciones Religiosas, la entidad que reciba los ingresos de dicha transferencia, deberá elaborar un CFDI por la cantidad recibida.

Los comprobantes de operaciones con el público en general, deberán contener los requisitos establecidos en el artículo 29-A, fracciones I y III del CFF; así como el valor total de los actos o actividades realizados, la cantidad, la clase de los bienes o mercancía o descripción del servicio o del uso o goce que amparen, y cuando así proceda, el número de registro de la máquina, equipo o sistema y, en su caso, el logotipo fiscal. Tratándose de las ofrendas, diezmos, primicias y donativos que se entreguen durante celebraciones de culto público en donde no sea posible identificar al otorgante, o bien, que sean depositados a través de alcancías, canastillas o alfolíes, deberán encontrarse reflejados en el CFDI global que se elabore.

Retenciones de ISR por salarios.

Así mismo las Asociaciones Religiosas que efectúen pagos por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado deberán efectuar las retenciones del ISR que corresponda y enterar dichas retenciones así como emitir el comprobante fiscal correspondiente.

Ingresos exentos.

No se pagará el ISR por los ingresos obtenidos de las actividades normales conforme al objeto establecido en los estatutos, siempre y cuando dichos ingresos no sean repartidos entre los integrantes de la Asociación Religiosa (AR).

Se consideran ingresos relacionados con el objeto previsto en los estatutos, los ingresos propios de la actividad religiosa; como pueden ser, entre otros, las ofrendas, diezmos, primicias y donativos recibidos de sus miembros, congregantes, visitantes y simpatizantes por cualquier concepto relacionado con sus actividades, siempre que tales ingresos se apliquen a los fines religiosos.

También se consideran ingresos propios los obtenidos por la venta de libros u objetos de carácter religioso, que sin fines de lucro se realicen como una asociación religiosa.

Ministros de Culto.

En éste apartado la antes mencionada resolución del SAT número 600-04-01-2014-88423 señala:

Los ministros de culto y demás asociados, siempre que dicho carácter de ministro sea conferido por la Asociación Religiosa y se notifique a la Secretaría de Gobernación, no pagarán el ISR por las cantidades que perciban de dichas asociaciones 1. Es evidente el error, ya que se publicó el 18 de diciembre de 2014.

por concepto de manutención, hasta por el equivalente a tres veces el salario mínimo general del área geográfica “A” elevado al periodo por el que se paga la manutención, en el entendido de que dicho concepto de pago se encuentra establecido en los estatutos de la Asociación Religiosa. Por el monto excedente las Asociaciones Religiosas pagarán el impuesto conforme al régimen fiscal que hayan considerado en sus estatutos, debiendo contar con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), siendo estas entidades quienes calculen, retengan y enteren el ISR correspondiente.

Para los efectos del párrafo anterior, también se considerarán como ministros de culto, a quienes ejerzan en las Asociaciones Religiosas como principal ocupación funciones de dirección, representación u organización.

Las Asociaciones Religiosas deberán de inscribir ante el RFC a los sujetos señalados en el párrafo anterior. En los casos en que el pago sea por un concepto distinto al de manutención, deberán cumplir con sus obligaciones fiscales en materia de registro ante el RFC, ISR e IVA, en su caso, de conformidad con las propias disposiciones fiscales que les sean aplicables, y no podrán hacer uso de la exención de los tres salarios mínimos señalados.

Lo anterior, con total independencia del cumplimiento de las obligaciones a las que se hace referencia en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Ingresos gravados.

La venta de bienes con fines de lucro distintos de su activo fijo, tales como:• Libros u objetos de carácter religioso,• Intereses,• Premios.

Esto es, si existe un sobre precio entre el costo de adquisición y el precio de venta, se entiende que la venta tiene fines de lucro. La ventas de bienes distintos del activo fijo, o la prestación de servicios a personas distintas de sus miembros, y siempre que estos ingresos excedan del 5% de los ingresos totales, se debe determinar el impuesto que corresponda por los ingresos derivados de las actividades mencionadas conforme a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 80 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, aplicando la tasa de 30% sobre la diferencia de los ingresos menos las deducciones autorizadas por dicha ley.

Impuesto al Valor Agregado.

Están exentos los ingresos por cualquier concepto relacionado con los servicios religiosos que presten las AR a sus miembros o

10 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 11

feligreses, así como por la venta de libros u objetos de carácter religioso que se realicen sin fines de lucro.

Ingresos gravados por IVA.

Causan el IVA las donaciones de empresas, ya que se entiende que existe una enajenación o venta; toda vez que el donativo no es deducible para la persona que lo otorga en virtud de que las AR no están autorizadas para recibir donativos deducibles. El impuesto causado lo paga la empresa que efectúe la donación, con base en el valor de avalúo.

El comprobante fiscal (CFDI) por la enajenación o venta que emita el donante, debe contener la clave genérica del Registro Federal de Contribuyentes, aún y cuando se tenga identificada a la AR que lo recibe, ya que dichas donaciones no son estrictamente indispensables para el donante ni acreditables en materia de IVA.

El impuesto trasladado deberá ser enterado a más tardar el día 17 del mes siguiente. Asímismo deberán reportar de manera mensual la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA, mediante el formato electrónico A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.

Facilidades Administrativas.

Las facilidades administrativas otorgadas mediante la resolución del SAT número 600-04-01-2014-88423 consisten en:

1. Las Asociaciones Religiosas tendrán como facilidad administrativa, el poder considerar como deducibles los gastos menores que no excedan de $3,001.00 (tres mil un pesos 00/100 m.n.) aun y cuando no cuenten con el comprobante fiscal respectivo, siempre que dichos gastos menores no excedan del 5% de sus gastos totales correspondientes al ejercicio inmediato anterior, sean erogados exclusivamente por los miembros de las Asociaciones y las erogaciones se encuentren directamente relacionadas con el desarrollo de la actividad religiosa. En este caso, deberán registrar su monto y concepto en la contabilidad de la Asociación Religiosa.

2. Tratándose de Asociaciones Religiosas cuyo domicilio fiscal esté ubicado en localidades con menos de 2,500 habitantes conforme al Catálogo Sistema Urbano Nacional 2012, elaborado por la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Gobernación y el Consejo Nacional de Población, el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el presente oficio, podrán realizarse por conducto de un representante común, que sea nombrado por la entidad o unidad que agrupe o represente a las distintas asociaciones religiosas.

Conclusión.

Con las reformas fiscales realmente no se han impuesto nuevas obligaciones a las Asociaciones Religiosas, ya que por mandato de Ley siguen siendo las mismas, adicionando las obligaciones de emisión de CFDI y el registro de la contabilidad en medios electrónicos, ha sido mediante facilidades administrativas que se les exenta de cumplir con algunas de ellas, como ocurre con la resolución del SAT número 600-04-01-2014-88423, que posterga la obligación de enviar al SAT la contabilidad electrónica a partir del 1 de enero de 2016.

Aclaración.

El contenido del presente estudio, corresponde ilustrativamente a la opinión de los miembros de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos Universidad de Guadalajara, A. C. y su objetivo es única y exclusivamente el dar a conocer al lector dicha opinión, sin que con ella se pretenda orientar, influir o bien coadyuvar en forma alguna con el interés particular del interesado.

ELABORADO POR LA COMISIÓN FISCAL:

PresidenteC.P.C., M.I. y abogado Felipe de Jesús Arias Rivas

VicepresidenteC.P.C. Heliodoro Alberto Reynoso Mendoza

SecretarioC.P.C. y M.I. Celia Edith Velez Gómez

C.P.C. Rubén Plascencia ArreolaC.P.C. y M.I. Javier Pérez LópezC.P.C. y M.I. Oliver Murillo Y GarcíaC.P.C. Ramón Macías ReynosoC.P.C. Ma. de Lourdes de La Cruz PérezL.D., M.I., M.F. y M.D.C.C. Juan Carlos de Obeso Orendain C.P.C. y abogado Juan Villaseñor Gudiño.

El Sistema Nacional AnticorrupciónM. en Aud. y C.P.C. Eduardo Segura SánchezPresidente del Colegio de Licenciados en ContaduríaPública del Estado de México, A.C.

El pasado 26 de febrero de 2015, los Diputados aprueban en lo general por unanimidad de votos e dictamen que crea el sistema Nacional Anticorrupción y el 21 de abril el Senado de la República respaldó este proyecto.

El cual contiene propuestas de reformas a la Carta Magna, se crea el Sistema Nacional Anticorrupción como una base de coordinación entre los tres órdenes de gobierno, (federal, estatal y municipal), con los propósitos de la prevención, detección de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, con una fiscalización enfocada al control y registro del ejercicio de los recursos públicos.

Dentro de los aspectos que se comentaron en el pleno de la Cámara de Diputados, es que la corrupción es un fenómeno complejo y multicausal, por lo que su combate requiere una atención integral que priorice la prevención antes que las acciones punitivas.

En este contexto, la fiscalización gubernamental se apoyará en la auditoría de enfoque preventivo, lo que implica que los sistemas de control interno se estén revisando y evaluando en forma permanente, de acuerdo con las funciones y atribuciones que desarrollan los servidores público, durante su gestión.

Por tanto, la auditoría gubernamental, requiere de una especialización que considere revisiones y evaluaciones de carácter objetivo e imparcial, así como el desarrollo y aplicación de técnicas y procedimientos de auditoría más eficaces y eficientes acordes a estas nuevas disposiciones, que tiendan a promover entre los servidores públicos la transparencia y la rendición de cuentas del uso y manejo adecuado de los recursos públicos ejercidos por entidades públicas y privadas, para informar a la sociedad en forma transparente.

El Sistema Nacional Anticorrupción es un esquema que garantizará fincar responsabilidades a los servidores públicos y particulares que incurran en faltas administrativas, además de prevenir y detectar abusos de autoridad, desvío de los recursos

públicos y el combate directo a la corrupción.

En este sentido la auditoría gubernamental se convierte en una herramienta fundamental para prevenir e investigar actos irregulares de fraude y corrupción, aplicando técnicas y procedimientos de auditoría encaminados a probar con objetividad e imparcialidad hechos constitutivos de fraude y corrupción, que permitan a la Comisión Nacional Anticorrupción sancionar estos delitos, cometidos por servidores públicos de la federación, así como por cualquier particular ya sea persona física o moral.

Además se le dotará en la Ley de la facultad de atracción para conocer casos de los Estados y Municipios; esta Comisión será la responsable de determinar e imponer las responsabilidades administrativas por actos de corrupción.

La Comisión Nacional será autónoma y contará con personalidad jurídica y patrimonio propios, para garantizar su independencia, y que de esta manera realice su trabajo de forma profesional e imparcial, basando su actuación en los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y profesionalismo.

La Comisión Nacional Anticorrupción se integrará por cinco comisionados los cuales durarán en su encargo siete años improrrogables, así como un comisionado Presidente, el cual desempeñará dicha función por un periodo de cuatro años, improrrogables, y deberá rendir un informe anual ante el Consejo Nacional por la Ética Pública; la renovación de los comisionados se realizará de forma escalonada; para asegurar la continuidad de los trabajos.

En cuanto al sistema de designación de los comisionados, se propone que éstos sean nombrados por el Presidente de la República, pero el Senado –o la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, cuando éste no se encuentre reunido— podrán objetar la designación por dos terceras partes de

12 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 13

sus miembros presentes, dentro de los primeros treinta días después de la fecha del nombramiento

En caso de que la Comisión encuentre actos presumiblemente constitutivos de delito deberá dar vista al Ministerio Público –ya sea federal o estatal—, y podrá actuar como una instancia coadyuvante. También se prevé que en los casos de corrupción las responsabilidades no prescribirán en un plazo inferior a cinco años; se contempla que se establezca claramente en la normativa penal federal los delitos relativos a actos de corrupción, previéndose asimismo la posibilidad del decomiso y la privación de la propiedad de los bienes que se hayan adquirido directa o indirectamente como resultado de la comisión de dichos delitos

Se establece la obligación de que los Estados y el Distrito Federal establezcan sus propias comisiones especializadas en el combate a la corrupción, de carácter colegiado, con plena autonomía y personalidad jurídica y patrimonio propios; y las comisiones anticorrupción de las entidades federativas contarán con las atribuciones que disponga la Ley Federal

I Asamblea General Ordinaria de la Contaduría Pública Mexicana

México, D.F., los días 6 y 7 de marzo de 2015.Anticorrupción, así como las normas de carácter estatal respectivas.Los Estados y el Distrito Federal deberán establecer los organismos autónomos a que se refiere el presente Decreto y llevar a cabo las reformas necesarias en la legislación secundaria, en materia de responsabilidades administrativas, en un plazo no mayor a un año, a partir de la entrada en vigor de la Ley Federal Anticorrupción.

En este contexto, el sistema nacional de fiscalización gubernamental, transparencia y de rendición de cuentas adquiere mayor relevancia y profesionalismo en la práctica de la auditoría gubernamental, por lo que se deben diseñar modelos y programas para las universidades, en sus licenciatura y posgrados, así como en los colegios y asociaciones de profesionales involucrados en el manejo, control, registro y vigilancia de estos tópicos en sus tres órdenes gobierno, federación, estados y municipios en todo el país.

14 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 15

INVESTIGACIÓN

Retos actuales de la Gestión Integrada del Capital Humano en la empresa

estatal en Cuba. Una experiencia desde la enseñanza de postgrado

Ms.C. Francisco T. Rodríguez González.Investigador adscrito al Centro de Estudios de Técnicas de

Dirección (CETED), de la Universidad de La Habana, Cuba.

Desde el año 2007 están aprobadas en Cuba las Normas Cubanas de la familia 3000, que se denominan Sistema de Gestión Integrada de Capital Humano (SGICH) (Oficina Nacional de Normalización, 2007) y que describen el cuerpo categorial, requisitos y procedimientos del modelo cubano para gestionar a las personas en las organizaciones, a partir de un enfoque sistémico y de gestión de procesos.

Entre las empresas estatales cubanas que han implantado las Normas de la familia 3000, se destaca un grupo de entidades que integran la Unión CUPET (Unión CUBAPETRÓLEO) y que vienen desarrollando desde hace varios años una ardua labor en función del perfeccionamiento de su gestión en el ámbito del talento humano. Tales logros han contribuido de manera decisiva a considerar a la Unión CUPET y al actual Ministerio de Energía y Minas (antiguo MINBAS) como el Organismo de la Administración Central del Estado con el mayor número de empresas certificadas por la NC 3001:2007 (Salazar, 2012).

No obstante, la consolidación y sostenibilidad de lo logrado por estas organizaciones en el ámbito de la gestión de las personas, solo será posible si toda la arquitectura de la Gestión de Capital Humano se convierte en las mismas en un activo estratégico, capaz de contribuir de manera palpable a la generación de resultados que agreguen valor a la sociedad y a sus clientes en el cumplimiento de su misión, y que contribuya al mismo tiempo, al desarrollo integral de sus miembros.

La práctica empresarial corrobora el planteamiento, de que todavía son insuficientes los resultados alcanzados hasta ahora en esta esfera, y que se requiere de mayor sistematicidad, alineación y enfoque estratégico, en cuanto a la gestión de las personas en las empresas estatales cubanas.

La alineación estratégica de la arquitectura de la Gestión de Capital Humano tiene lugar como proceso, cuando el conjunto de decisiones tomadas en el ámbito de la gestión integral de las personas es capaz de movilizar, emplear y desarrollar todo el sistema de competencias organizacionales esenciales, para alcanzar las metas trascendentales de la organización y garantizar el uso racional de los recursos, elevando el desempeño en el cumplimiento de la misión, el alcance de la visión y la generación de valor para la sociedad y para el cliente (Becker & Huselid, 2002; Cuesta, 2005 y Zalasar, 2012).

Un sistema de gestión de capital humano que no muestre de manera convincente su alineación estratégica y que por lo tanto, no sea capaz de convencer a directivos y trabajadores de su funcionalidad para el cumplimiento de los objetivos organizacionales, colectivos e individuales, se comportará únicamente como una débil herramienta de gestión para sí misma, con una alta posibilidad de sufrir con el tiempo, un serio desgaste en su capacidad de generar eficacia y eficiencia organizacional.

Es por ello, que Morales Cartaya (investigador y ex ministro del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en Cuba) planteaba en el prefacio de su libro “Capital Humano” que: “El SGCH debe responder a los objetivos, metas, responsabilidades y problemas que deben resolver las empresas. No es un sistema para sí, sino instrumento para lograr-en integración con los demás sistemas-la organización y el funcionamiento que permitan a la empresa obtener los resultados previstos.” (Morales, 2009, pág. 1)

A mediano y largo plazo, el Sistema de Gestión Integrada de Capital Humano está llamado a contribuir al funcionamiento exitoso de los demás sistemas de la dirección y la gestión

empresarial estatal como son: el Sistema de Contabilidad, el Sistema de Relaciones Financieras, el Sistema de Control Interno, Sistema de Contratación Económica, Sistema de Costos, Sistema de Precios, etc.

Experiencia desde la enseñanza de postgrado.

El presente trabajo es resultado del curso-taller “Dirección Estratégica del Capital Humano”, impartido a directores de las unidades de capital humano de un grupo representativo de empresas de la Unión CUPET, en el marco de la Especialidad en Gestión de Capital Humano, desarrollada por profesores del Centro de Estudios de Técnicas de Dirección de la Universidad de La Habana.

El grupo, con el cual se trabajó estuvo conformado por 29 directores de Capital Humano con una alta experiencia, reconocimiento profesional, estabilidad en el desempeño del cargo y expertos conocedores del Sistema de Gestión Integrada de Capital Humano (Norma Cubana de la familia 3000:2007), en su mayoría con un alto dominio de la práctica en su implantación.

Las 29 empresas participantes en el curso, representan al 80% del total de las entidades que integran la Unión, distribuidas por casi todo el territorio nacional; algunas de ellas conformadas con capital mixto. Estas empresas juegan un papel esencial en la exploración, extracción, producción, distribución y comercialización del petróleo, gas y sus derivados en el país. Se incluyeron además en este grupo a otras organizaciones de la Unión, que tienen como función prestar distintos servicios de aseguramiento y logística a las primeras.

Aprovechando las características del grupo y en base a los objetivos instructivos planteados en el programa del curso-taller, se decidió en su diseño y desarrollo, partir de un conjunto de premisas docente-metodológicas, llamadas a responder a las peculiaridades inherentes a la formación y capacitación postgraduada de los directivos (Borrás, 2013; Codina, 2007) en un ambiente de aplicación de métodos participativos y desarrolladores de la enseñanza aprendizaje, con énfasis en el perfeccionamiento de habilidades investigativas a partir de la experiencia adquirida en el desempeño del cargo.

Teniendo en cuenta estas premisas metodológicas de partida, el curso-taller se concibió en dos partes: una lectiva presencial, donde de forma sintética los estudiantes fueron evaluando (a través de la aplicación de las herramientas y técnicas correspondientes) la alineación estratégica del Sistema de Gestión del Capital Humano en sus respectivas organizaciones, para posteriormente, a través de la exposición en plenaria, compartir sus vivencias y nutrirse de las experiencias de los demás.

En su segunda parte, los cursistas de manera individual desarrollaron un trabajo final práctico, en función del cual tuvieron que indagar y profundizar sobre la orientación estratégica del Sistema de Gestión de Capital Humano en cada una de sus empresas. La aplicación de las herramientas utilizadas en clases y algunas otras complementarias, aportadas por los estudiantes y aplicadas y validadas por los mismos, le permitió a cada uno corroborar y completar sus valoraciones a partir de los criterios brindados por directivos, trabajadores, especialistas y técnicos de sus correspondientes áreas funcionales de gestión de capital humano.

En el desarrollo del curso-taller, tanto en su etapa lectiva presencial como en la realización de la tarea docente final, se utilizaron herramientas y técnicas de diagnóstico e investigación, como fueron: revisión de documentos organizacionales, aplicación de listas de chequeo para el diagnóstico estratégico, entrevistas y encuestas, determinación de fortalezas y debilidades, amenazas y oportunidades y un test de clima laboral.

En el desarrollo del curso se pudo constatar que era un criterio coincidente entre los participantes el hecho de calificar a la Unión Empresarial CUPET como una de las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial (OSDE), que más han aportado a las buenas prácticas en la implantación del Sistema de Gestión Integrada del Capital Humano en Cuba. De un total de 36 empresas, 5 tienen certificado el SGICH por la Oficina Nacional de Normalización, 8 están listas para la certificación del mismo, de ellas, 4 fueron avaladas por el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y están en espera de la auditoría de la Oficina Nacional de Normalización (ONN) y 4, presentaron sus documentos a la ONN y se encuentran en espera de que esta se pronuncie al respecto. (Fuente: Datos cedidos por la Dirección de Capital Humano. Unión Cuba Petróleo (CUPET) en el 2013).

Cada empresa de la Unión CUPET involucrada, ha desarrollado de manera innovadora el proceso de diseño e implementación del Sistema de Gestión Integrada de Capital Humano y ha creado su propio sistema a partir de su cultura y particularidades en el ámbito social, estructural y tecnológico. Este ha sido un proceso creativo, donde se ha tratado de involucrar a todos los trabajadores para diseñar un Sistema de Gestión de Capital Humano, acorde a sus intereses, particularidades y al entorno que las rodea.

La mayoría de las empresas analizadas además de contar con una Estrategia Organizacional cuentan también con una Estrategia funcional de Capital Humano y sus políticas correspondientes. Dicha estrategia es pública y está socializada a través de los diferentes canales de comunicación que tienen las empresas.

16 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 17

Existe un reconocimiento general en estas empresas de que para poder alcanzar las metas y objetivos empresariales, de manera que ello constituya un proceso real de desarrollo y crecimiento organizacional, es necesario considerar a las personas como un factor estratégico dentro de la misma, capaz de generar las ventajas competitivas que garanticen la máxima satisfacción tanto del cliente externo como del cliente interno, y que de manera inequívoca, como plantean algunos autores, demuestre el aporte que genera la arquitectura de la Gestión del Capital Humano a los resultados empresariales en el ámbito de la eficacia y la eficiencia (Becker & Huselid, 2002).

En el ámbito del curso-taller desarrollado se pudo constatar, que existían diferencias en los niveles de alineación estratégica de las distintas empresas estudiadas, que oscilaba desde las empresas donde la arquitectura de la Gestión de Capital Humano estaba estructurada de manera aislada de la estrategia organizacional, sin significativos puntos de encuentro, hasta aquellas empresas en las cuales el diseño del Sistema de Gestión de Capital Humano respondía y era coherente en lo esencial, con algunas dificultades, a la Estrategia organizacional. A estas últimas se consideraron como empresa con una alta alineación estratégica, ya que mostraban elevados niveles de orientación e integración externa e interna del Sistema de Gestión Integrada del Capital Humano.

En general, estas empresas como el resto del sistema empresarial cubano tienen hoy día ante sí un gran reto. Están llamadas a cambiar la manera en que se gestionan los recursos que el Estado en representación de todo el pueblo, ha puesto en sus manos, y ello debe lograrse de manera racional y colectiva para convertir al país en una sociedad socialista próspera, sostenible y participativa.

En este ámbito, debe jugar un papel esencial la elevación de la capacidad para desarrollar las competencias laborales, llamadas a distinguir a las organizaciones estatales, a sus directivos y trabajadores por su potencialidad de innovar, por su competitividad y profesionalidad, como expresión directa de la integración obligada entre el sistema de competencias organizacionales y el proceso de dirección estratégica. Estas circunstancias deberán convertirse en una práctica obligada y sistemática de la empresa estatal socialista cubana, para poder enfrentar los nuevos retos que surjan, en la medida en que Cuba pueda abrirse más al mercado y a la competencia internacional, como resultado entre otras cuestiones, de la flexibilización de algunas de las restricciones impuestas por el bloqueo económico a que ha sido sometido el país por los EE.UU, por más de 50 años.

Conclusiones.

Por tanto, la alineación estratégica del Sistema de Gestión Integrada de Capital Humano no es un simple acto de evaluación y diagnóstico que se realiza por una vez y por siempre, es un proceso dinámico en constante desarrollo y perfeccionamiento. Es ante todo, un proceso de construcción de conocimientos, habilidades y valores que necesita y se complementa con las herramientas de la Dirección Estratégica en un ambiente de intencionalidad y planificación colectiva.

Bibliografía.Becker, B., & Huselid, M. y. (2002). El Cuadro de Mando de RRHH. Barcelona: Gestión 2000.

Borrás, F. y. (2013). Enseñanza problémica y ambiente lúdico en la capacitación de directivos. Nueva Empresa, 9(2), 3-12.

Codina, A. (2007). Antecedentes sobre los estudios y la preparación en técnicas del manegemente en Cuba. Retos de la Dirección(1), 10-15.

Cuesta, A. (2005). Tecnología de Gestión de Recursos Humanos. La Habana: Academia.

Cuesta, A. y. (2014). Indicadores de Gestión del Capital humano y del Conocimiento en la empresa. La Habana: Academia.

(2012). Documentos Partido Comunista de Cuba. La Habana.

Lorenzo, R. (2013). Talento, creatividad, empresa. La Habana: Academía.

Morales, C. (2009). Capital Humano: hacia un sistema de gestión en la empresa cubana. La Habana: Política.

ONN. (2007). NC 3001:2007. Sistema de Gestión Integrada de Capital Humano. Requisitos. La Habana: Oficina Nacional de Normalización.

Salazar, D. (2012). La Red Capital Humano. La Habana: Academia.

Entrega de NAA 2014AMCP. Colegio de Licenciados en Contaduría

Pública y Finanzas de Celaya A.C.

Presidium de izquierda a derecha:

C.P.C. Mario Zaldívar y Gallardo, presidente de la AMCP Colegio de Licenciados en Contaduría Pública y Finanzas de Celaya, A.C.

Lic. Manuel Castellanos Tortolero, Magistrado del Tibunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa del centro III.

Lic. Erika Elizabeth Ramm González, Magistrada del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa del Centro III.

Lic. Ninfa Edith Santa Anna Rolón, Magistrada presidenta del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de la Sala Regional centro III.

Lic. Salvador Montoya.

Lic. Mario Cabrera Rico Director de CONALEP Plantel Celaya.

18 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 19

20 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 21

Una Década del Desarrollo Histórico del Sistema Bancario

Mexicano: 1925-1935CPC y MI Carlos Martínez León

En virtud de la situación actual de crisis que se atraviesa a nivel mundial, es importante conocer la importancia del Sistema bancario mexicano, así como el rol del ahorro e inversión para el desarrollo de México.

Resulta importante recalcar que las instituciones bancarias de México administran los recursos nacionales como internacionales.

El sistema bancario es considerado como uno de los factores más importantes dentro de la economía, el mismo permite canalizar el ahorro hacia la inversión, por este motivo el sistema bancario de un país juega un papel trascendental en la vida económica y productiva del mismo, ya que se ha convertido en el pilar fundamental para la generación de riqueza, razón por la cual los entes económicos se han apoyado en las diversas instituciones financieras para la obtención de capital de trabajo, expansión productiva e infraestructura.

Dentro del sistema financiero tenemos varias instituciones financieras como bancos, mutualistas, y cooperativas de ahorro y crédito, estas últimas aparecieron en el mundo hace más de siglo y medio dando sus inicios en Europa, pero se dice que la cooperación ha existido siempre ya que sin cooperación no hubiese sido posible la sobrevivencia humana, desde entonces el sistema cooperativo se ha ido convirtiendo en instituciones fuertes y solidas en el mercado financiero porque su finalidad es planificar y realizar actividades de trabajo en beneficio social o colectivo.

La banca de primer piso es un elemento estratégico en el sistema financiero y la gran importancia que tiene la misma en el crecimiento económico del país; se basa este estudio en demostrar la importancia de la Banca del sector privado, aunque este sea extranjero, porque es un sector que se preocupa por sus intereses; y no el sector gubernamental, ya que no es su fuerte, el gobierno debe trabajar en la macro economía más que en la microeconomía.

A) Antecedentes

El inicio de la historia moderna del sistema bancario mexicano, el cual ha jugado un papel preponderante en la evolución de la economía mexicana, puede situarse en 1925 con la creación del Banco de México. Los primeros años de operación del Banco de México, que van de 1925 a 1931, fueron extremadamente difíciles para que éste cumpliera cabalmente sus funciones como banco central. Por una parte, la desconfianza que existía hacia el billete bancario se reflejó en que los billetes representaban una fracción casi insignificante del total de oferta monetaria. Además, el banco central no tenía el poder de decidir sobre las acuñaciones de nuevas monedas, por lo cual no podía controlar la emisión de dinero.

Por lo que respecta al control de la tasa de interés a través del redescuento de documentos derivados de operaciones mercantiles, durante los primeros años de operación del Banco de México esto tampoco pudo realizarse, ya que para acudir a éste, era requisito que el banco comercial estuviese asociado al Banco de México, y a principios de 1932 únicamente 14 instituciones lo estaban. Esto se constituyó como una limitante para la emisión de billetes a través de este mecanismo. El incipiente desarrollo del sistema bancario mexicano, se reflejó en la continua escasez de crédito en la economía, lo cual se constituyó, en parte, como una limitante al crecimiento económico durante esos años. En los siguientes diez años, posteriores a 1931, se presentaron en la economía mexicana dos eventos que llevarían a la consolidación del sistema financiero nacional. En primer lugar en 1931, ante la depresión mundial, las cuentas externas de México experimentaron un considerable deterioro, lo cual repercutió en una disminución en el ritmo de la actividad económica así como una continua pérdida de oro.

Esta situación llevó a las autoridades a introducir una reforma monetaria, mejor conocida como la “Ley Calles”, la cual se promulgó el 25 de julio de 1931(1). Entre las

medidas que fijaba esta Ley, la más importante fue la desmonetización del oro y la prohibición del uso de este metal en los contratos comerciales, exceptuando los de carácter internacional. Además, se suspendieron las acuñaciones de monedas de plata, únicas autorizadas para circular.

El efecto de esta medida sobre la economía mexicana fue devastador. La oferta monetaria en circulación se redujo en 1931 en 60%, lo cual se tradujo en que la captación del sistema bancario comercial disminuyera en 40%. La menor disponibilidad de recursos financieros hizo que el crédito bancario se contrajera, y como consecuencia la economía mexicana entró en una profunda recesión, cayendo el producto interno bruto real 15% en 1932.

La contracción del circulante y la consecuente restricción crediticia generó fuertes protestas de los diferentes sectores productivos del país, exigiendo la abrogación de la Ley Monetaria de 1931. Ante ello, en 1932 se decretaron, el 9 de marzo una nueva Ley Monetaria, el 12 de abril la nueva Ley Constitutiva del Banco de México y el 28 de junio la nueva Ley General de Instituciones de Crédito.(2)

La nueva Ley Monetaria, que derogó a la “Ley Calles”, tenía como reforma principal permitir nuevamente la acuñación de monedas de plata, buscando con ello reactivar a la economía. La nueva Ley Constitutiva del Banco de México, que sustituyó a la original de 1925, hizo de éste un verdadero banco central, al confirmar la prohibición al Banco de México de realizar operaciones directamente con el público. Adicionalmente, se le asignaron funciones de competencia exclusiva, como lo fue la cámara de compensaciones. La Ley de Instituciones Generales de Crédito de 1932 sentó las bases para el fortalecimiento del sistema bancario mexicano. En primer lugar, permitió que cualquier tipo de banco realizara todas las operaciones permitidas, siempre y cuando se respetaran las operaciones pasivas y activas en función de sus plazos. Por otra parte, se obligó a aquellos bancos que recibieran depósitos a la vista o a plazo de hasta 30 días a asociarse al Banco de México, por lo cual en 1932 el número de instituciones asociadas pasó de 14 a 62.

Por último, se emitió la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, la cual dio un fuerte impulso a las emisiones de títulos y bonos, tales como los hipotecarios, financieros, certificados de depósito y bonos de prenda de los Almacenes Generales de Depósito. También en esta Ley se da el antecedente de lo que después sería el control selectivo del crédito, al facultar al Banco de México a decidir, en un momento dado, qué tipo de títulos eran sujetos al redescuento, con lo cual exógenamente se podría dar preferencia a cierto tipo de actividad económica. Es importante señalar que anteriormente a esta Ley, al Banco de México sólo se le permitía descontar documentos de carácter “genuinamente mercantil”, por lo que con esta

modificación las funciones del banco central empiezan a ser, además de banco de bancos, también banco de fomento económico.

Los resultados de estas cuatro leyes se dejaron sentir inmediatamente. En primer lugar, a partir de 1933 la economía mexicana se recuperó, creciendo en ese año a una tasa de 11.3%. En segundo lugar, como resultado del mayor número de bancos asociados y una regulación que permitió el redescuento de documentos de hasta 180 días, la participación de los billetes en la oferta monetaria pasó de 0.4% en 1931 a 18.4% en 1934, y la penetración bancaria en la economía se incrementó de 3.3% en 1931 a 4.8% en 1934, permitiendo con ello el otorgamiento de mayor crédito a las actividades productivas. Por último, al amparo de la Ley de Instituciones de Crédito de 1932(3), a partir de este año y hasta 1941 surgieron 63 nuevas instituciones financieras privadas, de las cuales 28 fueron bancos de depósito y ahorro y 35 se constituyeron como financieras, bancos capitalizadores e hipotecarias. El segundo evento de importancia en el proceso de consolidación del sistema financiero nacional, se presentó en mayo de 1933, cuando el gobierno de Estados Unidos aceptó que la deuda contraída por los diferentes países europeos durante la Primera Guerra Mundial se liquidara con pagos en plata.

Esto llevó a que el 22 de julio del mismo año, Estados Unidos, México, Canadá, Perú yAustralia acordara adquirir 35 millones de onzas de ese metal a un precio de 50 centavos de dólar por onza. Sin embargo, en diciembre el gobierno de Estados Unidos anunció que compraría cualquier cantidad de plata a un precio de 64.5 centavos de dólar por onza, a fin de que la cuarta parte de su reserva monetaria se constituyera en ese metal. Esta política tuvo importantes repercusiones para México ya que las monedas de plata eran las de curso legal y tenían un poder liberatorio ilimitado. Además, si el precio de la plata subía a más de 72 centavos de dólar por onza, las monedas tendrían mayor valor como mercancía que su valor monetario. Ante la mayor demanda de plata por parte de Estados Unidos, en mayo de 1935 el precio de este metal llegó a 81 centavos de dólar por onza.

Para evitar la devaluación del peso frente al dólar, presión que se venía presentando desde mediados de abril de 1935, el 26 de abril del mismo año, como consecuencia de las salidas de plata, se reformó la Ley Constitutiva del Banco de México, mediante la cual se desmonetizaba la plata, sustituyéndose las monedas de este metal por billetes del Banco de México, con poder liberatorio ilimitado y libre convertibilidad a otras divisas.

Para finales de 1935, las condiciones que llevaron a la desmonetización de la plata habían desaparecido, por lo que se percibió la necesidad de reformular íntegramente la ley que regía el funcionamiento del Banco de México. Así, el 28 de

22 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 23

(1) “Decreto que modifica el régimen monetario” (13 de noviembre de 1918), Arts. 1º y 1transitorio, en Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Legislación Monetaria, México, (s.e.), 1959,pp. 673-677.

(2) Banco de México, S.A., Tercera Asamblea General Ordinaria de Accionistas, México, Ed. Cultura, 1928 pp. 28-29.

(3) David L. Grove, “Política Monetaria en Países Subdesarrollados”, México, Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos, 1955, pp. 23-35.

(4) Banco de México, El Sistema Financiero y el Desarrollo Económico de México. Ensayos y Testimonios en Honor de Ernesto Fernández Hurtado, México, (s.e.), 2002, pp. 81.83.

Comisión Nacional de SíndicosL.C.P. y M.I. Fernando Camilo Velarde Silva

Informamos a todos los Colegios Federados , que en la reunión llevada acabo el día 19 De Marzo de 2015. En la ciudad de México D. F. Ante Las Autoriades de la Administración local Presidida por el L.C.P. Y M.I. Camilo Velarde Silva se presentaron los siguientes planteamientos elaborados por los sindicos titulares de cada colegio, a continuacion detallamos todos y cada uno de ellos con el objeto de otorgar dicha informacion a todos los colegas federados.

Fecha: 27 de febrero 2015Colegio promovente: Colegio de Licenciados en Contaduria Pública de Jalisco A.C.Síndico: Pedro Solis ArrazolaDependencia: FNAMCCP., A.C.Contribución: ISR, Fondos, A.C.

Fecha: 02 de marzo de 2015Colegio promovente: Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Regional en Hidalgo, A.C.Síndico: Joel Santillán TrejoDependencia: FNAMCCP., A.CContribución: ISR, Amortización de pérdidas fiscales para los ontribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal.

Fecha: 03 de marzo de 2015Colegio promovente: Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Regional en Hidalgo, A.C.Síndico: Joel Santillán TrejoDependencia: FNAMCCP., A.C. Contribución: Acreditamiento del I.E.P.S. en adquisición de diesel automotriz para transporte de carga y pasajeros.

Fecha: 03 de marzo 2015Colegio promovente: AMEP Colegio Regional en Aguascalientes A.C.

Síndico: C.P.C. y M.I. Guadalupe Elizabeth Castañeda MuñozDependencia: FNAMCCP., A.C. Contribución: ISR, Cartas Invitación.Fecha: 06 de marzo de 2015Colegio promovente: Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Regional en Hidalgo, A.C.Síndico: C.P.C. Jose Salvador Gonzalez CruzDependencia: FNAMCCP., A.C. Contribución: CFF., Alcance en aplicación de reglas misceláneas 2.7.1.23. y 2.7.1.34. en relación a la fecha de timbrado del CFDI en operaciones con público en general.

Fecha: 09 de marzo de 2015Colegio promovente: colegio de contadores públicos de san luis potosí a.c. organismo estatalSíndico: David Roque LópezDependencia: FNAMCCP., A.C.Contribución: CFF., Cumplimiento Contabilidad Electrónica Personas Físicas Actividad Empresarial y Profesional.

Fecha: marzo 07 de 2015Colegio promovente: colegio cachanilla de contadores publicos acSíndico: C.P.C. Tomas De La Torre PerezDependencia: FNAMCCP., A.C.Contribución: CFF., Art. 32-H.- Obligación de Informativa sobre la Situación Fiscal.

Fecha: 03 marzo 2015Colegio promovente: Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Regional en Hidalgo, A.C.Síndico: Silvina Eugenia Rodriguez Olvera. Dependencia: FNAMCCP., A.C.Contribución: ISR, Devolución “IEPS” agropecuarios.

agosto de 1936 se expidió una nueva Ley Orgánica del Banco de México. En esta Ley, destacan tres puntos de importancia: la relación entre el Banco de México y las instituciones bancarias, la relación entre el Banco de México y el gobierno federal, y lo concerniente a la emisión de dinero.

La relación entre el Banco de México y el resto del sistema financiero se reglamentó, principalmente por los artículos 8, 38 y 73 de la Ley Orgánica(4). El artículo 8 señalaba que todas las instituciones nacionales de crédito y las sociedades mexicanas que tuvieran la concesión del gobierno federal para recibir depósitos bancarios a la vista, a plazo, en cuentas de ahorros o emitir bonos de caja, estaban obligadas a asociarse al Banco de México. Con ello se integró efectivamente a todas las instituciones en un sistema bancario coherente.

En virtud de la situación actual de crisis que se atraviesa a nivel mundial, es importante conocer la importancia del sistema financiero mexicano, así como el rol del ahorro e inversión para el desarrollo de México y cuáles son los planes de contingencia con detalle de las posibles acciones que permitirán restablecer una situación financiera en caso de enfrentar escenarios adversos.

Fecha: 06 de marzo de 2014Colegio promovente: Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Regional en Hidalgo, A.C.Síndico: Joel Santillán TrejoDependencia: FNAMCCP., A.C.Contribución: Excepciones para tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal.

Fecha: 17 de abril de 2015Colegio promovente: Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Regional en Hidalgo, A.C.Síndico: Carlos Hurtado PinedaDependencia: FNAMCCP., A.C. Contribución: ISR, Facilidad Regla 2.4.3.

Cabe mencionar que en la proxima edicion de esta revista se incluira la respuesta por parte de la autoriada a fin de darle seguimiento a estas problematicas actuales derivadas de la interpretacion de una ley de por si compleja hoy en estos dias. Se despide de ustedes su servidor.

24 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 25

Resumen

Durante años la carga impositiva a los trabajadores asalariados ha sido alta y los incrementos a los salarios ha sido mucho menor, ahora con esta iniciativa es posible que esta carga impositiva disminuya al equiparar la base tributaria de la Ley del Seguro Social con la base tributaria de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. La base de la Ley del Seguro Social se aplica a conceptos que aún no han cumplido su aniversario (futuros) y la base de la Ley del Impuesto Sobre la Renta toma conceptos que se están pagando (presente), es posible que al homologar la base tributaria de la Ley del Seguro Social con la Ley del Impuesto Sobre la Renta el trabajador asalariado pueda tener o no algún beneficio, o en su caso buscar una opción en la iniciativa para que determinar el impuesto beneficie al a los trabajadores.

Palabras claveHomologación, Base tributaria, Ley Impuesto Sobre la Renta, Ley Instituto Mexicanos del Seguro Social, Sueldos y Salarios, Salario Diario Integrado.

IntroducciónDesde 1943 cuando se publicó la Ley del Seguro Social, para garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo; las aportaciones Obrero-Patronales, su base se ha determinado por medio del Salario Diario Integrado, dicho salario se integra por conceptos que aún no han cumplido su aniversario (futuros), pero se consideran como si ya este se ha cumplido; en cambio la base de la Ley del Impuesto Sobre la Renta toma conceptos que se están pagando en el momento (presente); con esto podemos cuestionarnos si el homologar la base tributaria del seguro social con la base tributaria del impuesto sobre la renta su impacto puede tener algún beneficio o no a las personas asalariadas.

La Iniciativa sobre Reformar el Artículo 27 y Derogar el Artículo 32 de la Ley del Seguro Social; ¿Será la Homologación de la base tributaria de la Ley del Seguro Social con la base tributaria de la Ley del Impuesto Sobre la Renta?

C.P. Marco Antonio González HernándezAsociación Mexicana de Contadores Públicos Colegio Profesional Veracruz Centro, A. C.

Desarrollo

En la Gaceta Parlamentaria de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del año XVI, número 3756-V del miércoles 24 de abril de 2013, sobre el Dictamen con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 y deroga el artículo 32 de la Ley del Seguro Social, se hace la descripción de la iniciativa de cómo quedaría reformado el artículo 27 y su derogación del artículo 32 de la Ley del Seguro Social de acuerdo a sus fundamentos, someten a consideración a dicha Honorable Asamblea, se menciona a continuación la propuesta:

Artículo único. Se reforma el artículo 27 y se Deroga el artículo 32 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:

Artículo 27. El asalario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se otorgue al trabajador derivada de su relación laboral. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, los siguientes conceptos:

I. Los bienes que el patrón proporcione a los trabajadores para el desempeño de sus actividades, siempre que los mismos estén de acuerdo con la naturaleza del trabajo prestado y hasta por el monto en que se encuentren exentos o no sean considerados ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta;

II. Las aportaciones a los fondos de ahorro establecidos para los trabajadores y las cuotas sindicales, siempre que los ingresos obtenidos de dichos fondos y las referidas cuotas, se encuentren exentos o no sean considerados ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

III. Las cuotas destinadas a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de la cuenta individual de los trabajadores, y de las demás cuotas que en término de esta Ley le corresponde cubrir al patrón, cada una de ellas hasta por el monto en que se encuentren exentas o no sean consideradas ingresos gravados para el trabajador en términos

IV. Las aportaciones a la subcuenta de vivienda de la cuenta individual de los trabajadores que se efectúen en términos de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores, y las participaciones en las utilidades de las empresas, hasta por el monto en que cada una de dichas prestaciones se encuentren exentas o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta;

V. La alimentación y la habitación que se entreguen en especie, hasta por el monto en que cada una de dichas prestaciones se encuentren exentas o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta;

VI. Las despensas en especie o en vales, los vales para restaurante y para transporte, hasta por el monto equivalente, en su conjunto, al cuarenta por ciento de un salario mínimo general diario del Distrito Federal;

VII. Los premios por asistencia y puntualidad, hasta por el monto en que se encuentren exentos o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

VIII. Las cantidades aportadas por el patrón para constituir fondos de algún plan de pensiones establecido por el patrón o derivado de contratación colectiva, hasta por el monto en que dichas cantidades se encuentren exentas o no sean consideradas ingresos gravados para el trabajador para los efectos de la Ley de Impuesto sobre la Renta. Los planes de compensaciones serán sólo los que reúnan los requisitos que establezca la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, y

IX. Las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario laborado dentro de los márgenes señalados en la legislación laboral, hasta por el monto en que dichas remuneraciones se encuentren exentas o no se consideren ingresos gravados para el trabajador en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Conclusiones

Después de analizar la propuesta de iniciativa por la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados, se puede mencionar que la intención es buena porque es conveniente considerar

los ingresos ya pagados al trabajador como se consideran para la determinación de la base tributaria de la Ley del Impuesto sobre la Renta y no el Salario Diario Integrado que se considera para la base tributaria de la Ley del Seguro Social que son ingresos que aún no se han devengado y pagado al trabajador, se puede ver que realmente no es una homologación como tal, si no se sigue respetando las remuneraciones exentas por parte de la Ley del Seguro Social y en su caso verificar que no se consideren ingresos gravados en la Ley del Impuesto sobre la Renta; realmente si se hará una homologación solo se deben de considerar los exentos de una Ley, ya sea la Ley del Impuesto sobre la Renta o la Ley del Seguro Social, pero no ambas, porque esto puede llegar a confundir la determinación de la base tributaria. Para poder determinar si esta iniciativa puede traer algún beneficio o no, es recomendable e importante considerar que los resultados dependerán de acuerdo al salario diario, así como a las diferentes prestaciones que otorgan las empresas a sus trabajadores asalariados como pueden ser los días de aguinaldo, el porcentaje de prima vacacional, los días de vacaciones de acuerdo a los años trabajados, si otorgan vales de despensa, vales de gasolina, fondo de ahorro, los bonos de productividad, de puntualidad y de asistencia; entre otras.

26 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 27

El día 15 de Mayo del 2015, a las 11:00 horas en el salón “Verde” del Congreso de la Unión, tuvo lugar un Evento de Certificación de la FNAMCP a la Contraloría Interna de la Cámara de Diputados, contando con la presencia de varios personajes de la Cámara de Diputados, del DIPUTADO JULIO CESAR MORENO RIVERA Presidente de la misma, así como del Maestro MAURICIO FARAH GEBARA Secretario General, CP. ALFREDO WONG CASTAÑEDA Contralor Interno, Lic. JUAN CARLOS DELGADILLO SALAS Secretario de Servicios Parlamentarios, Dr. ROBERTO KHALIL JALIL Director General de Recursos Humanos, todos ellos de la Cámara de Diputados, Dra. HAIME FIGUEROA NERI Titular del Instituto de Capacitación y Desarrollo de Fiscalización Superior de la Auditoria Superior de la Federación, el Lic. ÁLVARO J. CASTILLO ZÚÑIGA Director de Colegios de Profesionistas de la Dirección General de Profesiones de

Evento de Certificación de la FNAMCP a la Contraloría Interna de la Cámara de Diputados

la Secretaria de Educación Publica, la CPC. Blanca Leticia Ocampo Expresidente de la AMCP del D.F. y funcionaria de INCOPSE y el CPC. y Mtro. IGNACIO CAMARENA AVALOS, Presidente de la Federación Nacional de la Asociación Mexicana de Colegios de Contadores Públicos, A.C.

Evento en el cual nuestra Federación otorgó 26 Certificaciones a varios Contadores Públicos integrantes de la Contraloría Interna de la Cámara de Diputados. Esta Certificación otorgada por nuestra Federación es un importante reconocimiento al avance y presencia de nuestra Federación. Saludos afectuosos.

COLEGIOS ORGANIZADORES DE LA II ASAMBLEA GENERALORDINARIA EN GUADALAJARA.

Colegio de Lic. En Contaduría Pública de Jalisco, A.C.Presidente LCC Adrián Ruelas Estrada

Colegio de Cont. Públicos Universidad de Guadalajara, A.C. Presidente CPC y MI Javier Pérez López.

28 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 29

30 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 31

Teléfono

01 (664) 634-6460

01 (667) 716-885401 (667) 712-2292

01 (33) 3827-095001 (33) 3827-0838

Colegio

Asociación Mexicana de Contadores PúblicosColegio Profesional en Tijuana B.C., A.C.R. F. C. AMC740821F28R.I. SEP/DGP/CP069/14Presidente: C.P.C. Marisa Martínez Picos

Asociación Mexicana de Contadores PúblicosColegio en Culiacán, A. C. R .F. C. AMC9505312W5R.I. SEP/DGP/CP059/13Presidente: C.P.C. Oracio Valenzuela Valenzuela

Colegio de Licenciados en Contaduría Pública de Jalisco, A. C.R. F. C. CLC841210JM5R.I. SEP/DGP/CP064/13Presidente: L.C.C. Adrian Rúelas Estrada

Domicilio

Blvd. Sánchez Taboada #10403Oficina 509 5° pisoCol. Zona Río Baja California C.P. 22320Tijuana, Baja [email protected]

Av. José Ma. Morelos #680 Sur 1Er Piso Desp-4Col. Jorge Aldama C.P. 80200Culiacán, [email protected]

Calle Colonias #188 P.H. San Fernando Col. Americana C.P. 44100Guadalajara, [email protected]

Directorio de colegiosColegios fundadores

Teléfono

01 (669) 985-4757

01 (481) 381-5379

01 (443) 317-7273

01 (322) 223-9338

01 (271) 714-817701 (271) 717-8274

01 (993) 161-526201 (993) 351-3402

Colegio

Asociación Mexicana de Contadores Públicos Colegio Profesional en Mazatlán, Sinaloa, A.C.R .F. C. AMC-860811-9D6R.I. SEP/DGP/CP065/13Presidente: C.P. y L.D. Juan Carlos Trujillo Meza

Colegio de Contadores Públicos de La Huasteca, A.C.R. F. C. CCP870415B72Presidente: C. P. Alfonso Guerrero Padilla

Asociación Michoacana de Contadores Públicos,Colegio Profesional A. C.R .F. C. AMC8601207R1R.I. SEP/DGP/CP070/14Presidente: C.P.C. Isaías Ayala Alipio

Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Puerto Vallarta, Jalisco, A. C. R. F. C. CCP9009065X6Presidente: C.P.C. Jorge Hernández Carrillo

Asociación Mexicana De Contadores PúblicosColegio Profesional Veracruz Centro, A. C.R .F .C AMC901004C32R.I. SEP/DGP/CP050/12Presidente: C.P.C. José Jesús Acevedo González

Colegio de Contadores Públicos del Estado de Tabasco, A. C. R. F. C. CCP780614SJ5 Presidente: C.P.C. Javier Rodríguez Izquierdo

Domicilio

Luis Zúñiga #704 Altos Int-5Col. Centro C.P. 82000Mazatlán, [email protected]

Juárez 411 Altos Zona Centro, C.P. 79000Cd. Valles S. L. [email protected]

Av. Lázaro Cárdenas #2908-B Interior 1Col. Chapultepec Sur, C.P. 58260Morelia, Michoacá[email protected]

Colombia #1284Col. 5 De Diciembre C.P. 48350Puerto Vallarta, [email protected]@[email protected]

Calle 16 D #1907Fracc. Jardines de San Dimas C.P. 94570Córdoba, [email protected]

Blancas Mariposas # 133Fracc. Real Del Ángel C.P.86053Villahermosa, [email protected]@gmail.com

Directorio de colegiosColegios de número

TeléfonoColegio Domicilio

Colegio de Contadores Públicos del Valle de Cuernavaca, A. C. R. F. C. CCP911024HGAR.I. SEP/DGP/CP034/10Presidente: C.P.C. Alejandro Palomares González

Asociación Mexicana de Contadores PúblicosColegio Profesional en Ciudad Juárez A. C.R. F. C. AMC931111G73 R.I. SEP/DGP/ CP056/13Presidente: C.P.C. Margarita Elena Fierro Almanzan

Asociación Mexicana de Contadores Públicos Colegio Profesional en Quintana Roo A. C.R. F. C. AMC-941129-I77 Presidente: C. P. C. Manuel J. Góngora Canto

Asociación Mexicana de Contadores PúblicosColegio Profesional en Guamúchil, Sinaloa, A.C. R. F. C. AMC941110ML8Presidente: DRA. Patricia Carmina Inzunza Mejía

Colegio Cachanilla de Contadores Públicos, A. C. R. F. C. CCC-950610-QJ8Presidente: C.P. Joaquín Magos Vázquez

Asociación Mexicana de Contadores PúblicosColegio Profesional en Puebla, A.C.R. F. C. AMC960606C27R.I. SEP/DGP/CP053/12Presidente: C.P.C. Héctor Manuel Cruz Alvarado

Colegio de Contadores Públicos del Guadiana, A.C.R. F. C. CCP961118DO9Presidente: L.C.P. Arturo Alejandro Esparza Rodríguez

Asociación Mexicana de Contadores PúblicosColegio Regional en Hidalgo, A. C. R. F. C. AMC000519Q23R.I. SEP/DGP/CP058/13Presidente: C.P.C. Neyda Aurelia Guzmán Gómez

Colegio de Licenciados en ContaduríaPública y Finanzas de León, A. C.R. F. C. CLE9802266E1R.I. SEP/DGP/CP068/14Presidente: C.P. y M.F. Adrián González González

Asociación Mexicana de Contadores PúblicosColegio Profesional en el Estado de Chiapas, A.C. R. F. C. AMC051215JD3R.I. SEP/DGP/CP042/14Presidente: C.P. Rafael Augusto Morales OchoaAsociación Mexicana en el Estado de Guerrero, A.C.

Juan Ruiz De Alarcón #13 Interior 6Col. Centro C.P. 62000Cuernavaca, [email protected]

Av. López Mateos #1011-9Col. Nogales C.P. 32380Ciudad Juárez, [email protected]

Av. Nápoles # 337Col. Benito Juárez C. P. 77037Chetumal Quintana [email protected] [email protected]

16 de Septiembre #815Col. Morelos C.P. 81460Guamúchil, [email protected] [email protected]

Felipe Ángeles #404 A Col. Santa Teresa C.P. 21270Mexicali, Baja [email protected]@colegiocachanillacp.comwww.colegiocachanillacp.com

51 Poniente # 505 Plaza Américas Local 25Col. Residencial Bulevares C.P. 72440Puebla, [email protected]

Cuyutlán #523Col. CanelasC.P. 34290Durango, Durangoccpdelguadiana@hotmail.comwww.colegiodecontadoresdelguadiana.com

Av. Cedros #317Residencial La Morena C.P. 43625Tulancingo, [email protected]

Blvd. Hermenegildo Bustos #1343Col. Valle del Moral C.P. 37178León, [email protected]@hotmail.comwww.amcpleon.org.mx

3ra. Norte Poniente No. 458 Segundo PisoCol. Centro C.P. 29000Tuxtla Gutiérrez, [email protected]

01 (777) 310-5826

01 (656) 613-5689

01 (983) 83-2855601 (983) 83-28445

01 (673) 732-320001 (673) 734-4280

01 (686) 567-5358

01 (222) 237-1974 01 (222) 237-4938

01 (618) 810-28-94

01 (775) 755-3628

01 (477) 718-2405

01 (961) 614-6993

 

32 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 33

TeléfonoColegio Domicilio

Colegio de Contadores Públicos y Lic. en Derecho Fiscalista, A.C. Presidente: C.P. Francisco Javier Ferreira Martínez

Asociación Mexicana de Contadores PúblicosColegio Regional en Aguascalientes, A.C.R. F. C. AMC011127LV6 R.I. SEP/DGP/CP061/13Presidente: C.P.C. Socorro Salas Esparza

Asociación Mexicana de Contadores Públicos,Colegio Profesional en Uruapan Mich. A. C.R. F. C AMC9908094W9Presidente: L.C. Jorge Alberto Mendoza Reyes

AMCP Colegio de Licenciados en ContaduríaPublica y Finanzas de Celaya, A.C.R. F. C. ACL010918N93R.I. SEP/DGP/CP060/13Presidente: C.P.C. Mario Zaldívar y Gallardo

Colegio de Contadores PúblicosUniversidad de Guadalajara, A. C. R. F. C. CCP710702RF2R.I. SEP/DGP/CP057/13Presidente: C.P.C. Y M.I. Javier Pérez López

Asociación Mexicana de Contadores Públicos,Colegio Regional en Nuevo León, A.C. R. F. C. AMC021126FQ8Presidente: C.P. Martín Gerardo Díaz Méndez

Colegio de Licenciados en Contaduría Públicay Finanzas de San Francisco del RincónR.F.C. CLE0811214Q2Presidente: CPC. Rubén Espínola Márquez

Asociación de Egresados de la Facultad de Contaduríay Administración de la Universidad Autónoma de Yucatán, Colegio de Contadores Públicos del Mayab, A.C.Presidente: C.P. Carlos Miguel Parra Arceo

Colegio de Contadores Públicos del Nortedel Estado de Guerrero, A.C.R.F.C. CCP9110097FAR.I. SEP/DGP/CP049/12Presidente: C.P.C. Margarita Lagunas Martínez

Colegio de Contadores Públicos de S.L.P., A.C. Organismo EstatalR.F.C. CCP770414KZ7R.I. SEP/DGP/CP045/12Presidente: C.P.C. Crescenciano García Sánchez

Colegio De Contadores Públicos Del Valle de México, A.C.R.F.C. CCP0303279J4R.I. SEP/DGP/CP066/13Presidente: C.P.C. Cesat Armando Valencia Mezquida

Aquiles Serdán # 21 Int 129Col. Centro C.P. 39300Acapulco, [email protected]

5 de Mayo y Zaragoza #91 Int-6Col. La Fe C.P. 20050Aguascalientes, [email protected]@hotmail.com

Hilanderos #25-E Col. Morelos C.P. 60050Uruapan, Michoacá[email protected]

Benito León #209 Letra D Col. Trabajadores del IMSS C.P. 38060Celaya, [email protected]

Av. Paseo de la Arboleda #2704Col. Bosques de la VictoriaC.P. 44540Guadalajara, [email protected]

Privada Monclova #1953 Int-3Col. República Poniente C.P. 25265Saltillo, [email protected]

Plaza Colonial Local No. 4 AltosZona Centro C.P. 36300San Francisco Del Rincón, [email protected]

Calle 49 #552 Col. Centro C.P. 97000Mérida, Yucatán [email protected]

Ignacio Comonfort #22Col. Centro C.P. 40000Iguala, Guerrero [email protected]

Alonso Enrique de Guzmán #156Himno Nacional 2da. Sección C. P. 78369S.L.P., San Luis Potosí[email protected]

Cerro de las Campanas #3Primer Piso Despacho 104Col. San Andrés Atenco C.P. 54040Tlalnepantla, Estado de Mé[email protected]

01 (744) 482-2951

01 (449) 994-2017

01 (452) 524-4401

01 (461) 216 27 29

01 (33) 3121-681801 (33) 3121-689801 (33) 3122-0380

01 (844) 416-5197 01 (844) 162-1870

01 (476) 744-5926

01 (999) 923-1604

01 (733) 333-067001 (733) 333-0178

01 (444) 822-0659

01 (555) 240-821701 (555) 240-8212

TeléfonoColegio Domicilio

Colegio de Contadores Públicos de la Zonade Córdoba-Orizaba, A.C.R.F.C. CCP960726B93R.I. SEP/DGP/CP047/12Presidente: C.P.C. y M.I. José Ramón Carrillo Morales

Colegio de Contadores Públicos dela Cuenca del Papaloapan, A.C.R.F.C. CCP931012N50 Presidente: C.P. Roberto González Gutiérrez

Colegio de Licenciados en Contaduría Pública del Estado de México, A.C.R.F.C. CLC8908232DAR.I. SEP/DGP/CP046/12Presidente: C. P. C. Eduardo Segura Sánchez

Colegio de Profesionales de la Contaduríade la Riviera Maya, A. C.R.F.C. CPC0401124D2Presidente: C.P.C. Sandra Georgina Salcedo Valdez

Academia Fiscal Mexicana, Colegio de Especialistas Fiscales, A.C.Presidente: MTRO. y CPC. José Antonio Suarez Gonzalez

Colegio Mexicano de Contadores Públicosy Licenciados en Contaduría de Sonora, A.C.R.F.C. CMC0510181U8Presidente: C.P.C. Raúl Chávez Siqueiros

Colegio Mexicano de Contadores Públicosy Licenciados en Contaduría de Tabasco, A. C.R.F.C. CMC050506BK1Presidente: C.P.C. Miguel Ángel Quiñones Herrera

Av. 2 #1116 Colonia Centro C.P. 94500Córdoba, Veracruz [email protected]

Av. Independencia #1706Colonia La Piragua C.P. 68380Tuxtepec, [email protected]

Leona Vicario #343 Oficina 9Colonia Residencial Citlali II C.P. 50240Metepec, Estado de Mé[email protected]

Av. 10 Manzana 35, Lote 152 Y 153Int. B 101, Edificio Plaza Paraiso C.P. 77710 Col. CentroPlaya del Carmen Solidaridad, Quintana [email protected]

Shakespeare #182, Colonia Nueva AnzúrezDelegación Miguel Hidalgo C.P. 11590México, [email protected]

Cenit #38Col. Real De Los Arcos C.P. 83250Hermosillo, [email protected]

Mario Brown Peralta #508Col. Fracc. GuadalupeC.P. 68180Villahermosa, [email protected]

01 (271) 717-3188

01 (287) 875-2460

045 (722) 354-4417

01 (984) 8731830 01 (984)110501801 (984)1105019

01 (555) 278-433601 (555) 278-4339

01 (662) 218-9361

01 (555) 784-3569

34 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 35

PresidenteCPC. y Mtro. Ignacio Camarena Á[email protected][email protected]@[email protected]@gmail.com01 (33) 3616-139901 (33) 3616-8940

Vicepresidente GeneralCPC. y MF. Rogelio Francisco Priego [email protected]@priegocpa.com01 (477) 773-050001 (477) 718-7766

Vicepresidente Región I (Norte)CPC. Miguel Ángel González Ló[email protected]@hotmail.com01 (667) 752-0510045-66-71-02-37-7472*15*35363

Vicepresidente Región II (Centro)CPC. Juan Carlos Sainz del [email protected]@prodigy.net.mx01 (33) 3343-927701 (33) 3343-927801 (33) 3344-1544

Vicepresidente Región III (Sur)CPC. Gabriel Martínez [email protected]@gmail.com01 (993) 351-471301 (993) 351-340201 (993) 359-1882

Vicepresidente Sector ExternoCPC. José Alfredo García Garcí[email protected]@[email protected][email protected] (664) 684-796001 (664) 634-130601 (664) 634-1455

Vicepresidente Iniciativa PrivadaCPC. Isaías Ayala [email protected]@hotmail.com01 (443) 232-255401 (443) 324-2165

Vicepresidente DocenteCPC. José Antonio Espinoza Sepú[email protected]@hotmail.com01 (667) 712-7483

Vicepresidente Sector PúblicoCPC. Juan Enrique Velázquez Espinozavicepresidente.sector.publico@[email protected] (669) 983-8812

Vicepresidente de Normatividad Nacional e Internacional de la Calidad Profesional CPC. Donaciano Martínez [email protected]@cln.megared.net.mx01 (667) 714-8766

Vicepresidente FiscalCPC. Rubén Plascencia [email protected][email protected] (33) 3121-681801 (33) 3121-689801 (33) 3122-0380

Vicepresidencia de RelacionesPúblicas y DifusiónCPC. Alejandro Sandoval Gutié[email protected]@hotmail.com01 (667) 713-1966

Vicepresidente de Asambleasy Eventos GeneralesLCC. Simón Córdova Chá[email protected]@yahoo.com.mx01(33) 3618-7385

Primer Secretario PropietarioCPC. y Mtro. Oracio Valenzuela [email protected][email protected] (667) 752-1111

Primer Secretario SuplenteMA. y LCC. Federico Hernández [email protected][email protected][email protected] (722) 208-217001 (722) 240-8718

Consejo Directivo Nacional

Segundo Secretario PropietarioCPC. Enrique Alberto Guerrero Garcí[email protected][email protected] (33) 3121-681801 (33) 3121-689801 (33) 3122-0380

Segundo Secretario SuplenteCP. María Elena Mata [email protected]@hotmail.com01 (984) 206-1578

TesoreroCPC. Edgardo Alejandro Tenorio [email protected]@hotmail.com01 (775) 753-9625

SubtesoreroCPC. José Manuel Peña [email protected]@hotmail.com01 (33) 3827-095001 (33) 3827-0838

Comisiones y representantes de la FNAMCP 2014-2015

Comisión nacional de síndicos

PresidenteL.C.P. y M.F. Fernando Camilo Velarde [email protected] (33) 3826-455801 (33) 3825-7631

SecretarioC.P.C. Alejandro Guillermo Rodríguez [email protected] (477) 715-412301 (477) 707-2288

Primer vocalC.P.C. José Salvador González [email protected] (775) 753-8122

Segundo vocalC.P.C. Silvina Eugenia Rodríguez [email protected] (775) 753-8288

Comisión de la normade actualización académica

PresidenteC.P.C. José Manuel Peña [email protected] (33) 3827-095001 (33) 3827-0838

SecretarioC.P.C. José Luis Aceves [email protected]@yahoo.com.mx01 (477) 777-414401 (477) 777-4404

Primer vocalC.P.C. Gustavo Gómez Ferná[email protected] (477) 773-050001 (477) 718-7766

Segundo vocalC.P.C. José Vázquez Villagó[email protected] (443) 317-1361

Comisión de la revista

PresidenteL.C.P., M.I. y M.D.F. José Guadalupe Alejandro Vázquez [email protected] (33) 3646-167001 (33) 3646-9749

SecretarioC.P.C. Judith González [email protected] (33) 3656-228401 (33) 3364-5988

Primer vocalL.C.P. Pedro Solís [email protected] (33) 3817-371501 (33) 3342-235301 (33) 3342-0566

Segundo vocalC.P.C. Ricardo Carmona Gutié[email protected] (33) 3673-8183

Comisión de elaboración, revisióny modificación de estatutosy reglamentos

PresidenteC.P.C. y Lic. Adrián Ruelas [email protected] (33) 1522-056101 (33) 1523-2179

SecretarioC.P.C. y Lic. Jesús Antonio Sánchez [email protected] (656) 623-7259

Primer vocalC.P.C. Sandra Georgina Salcedo [email protected] (984) 8731830 01 (984)110501801 (984)1105019

Segundo vocalC.P.C. Javier Rodríguez [email protected](99) 3590-0297

Consejo consultivoy de certificación

PresidenteC.P.C. y L.A.E. Jorge Rodríguez [email protected] (33) 3121-689801 (33) 3121-681801 (33) 3122-0380

SecretarioC.P.C. y Lic. Juan Carlos Trujillo [email protected] (669) 133-1924

Primer vocalC.P.C. y Lic. Ricardo Javier Sánchez Garcí[email protected](656)207-6774 01(656)207-6775

Segundo vocalC.P.C. Jorge Hernández [email protected] (322) 222-311001 (322) 222-5868

Comisión de honor y justicia

PresidenteC.P.C. Jesús Enrique Montero Martí[email protected] (664) 634-384101 (664) 634-3842

SecretarioC.P.C. Juan Jorge Torres Sá[email protected] (664) 681-963301 (664) 681-6561

Primer vocalC.P.C. Pedro Tapia [email protected] (667) 712-989401 (667) 713-7940

MiembroC.P.C. y L.A.E. Jorge Rodríguez [email protected] (33) 3121-689801 (33) 3121-681801 (33) 3122-0380

MiembroC.P.C. Héctor Ferral Garcí[email protected]( 55) 5574-8124

MiembroC.P.C. Reynaldo Nava Jimé[email protected](55) 5584-6813

Consejo de expresidentes

MiembroC.P.C. Miguel Ángel Ochoa [email protected] (667) 716-118001 (667) 714-2056

36 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 37

MiembroC.P.C. J. Guadalupe Alejandro Vázquez [email protected] (33) 3646-167001 (33) 3646-9749

Comisión fiscal nacional

PresidenteC.P.C. Francisco Javier López Gó[email protected] (33) 1202-075501 (33) 1202-0758

SecretarioC.P.C. Rafael Antonio Navarro [email protected] (33) 3823-1465

Primer vocalC.P.C. Carlos García Gó[email protected] (33) 3825-6109

Segundo vocalC.P.C. J. Edmundo Bermúdez Jimé[email protected] (33) 3615-3341

Comisión de la normade control de calidad

PresidenteC.P.C. José Ramón Sánchez [email protected] (667) 7148-766

SecretarioC.P.C. Octaviana Soledad Cándido [email protected] (476) 743-3665

Primer vocalC.P.C. Socorro Salas [email protected] (449) 918-6325

Segundo vocalC.P.C. Alfredo Gómez [email protected] (477) 210-0003

Coordinación de la unidadtécnica de la calidadUnidad técnica de la calidad

PresidenteC.P.C. Miguel Ángel Cortez Gonzá[email protected] (222) 237-197401 (222) 237-4938 FAX

SecretarioC.P.C. Sandra Georgina Salcedo [email protected] (984) 8731830 01 (984)110501801 (984)1105019

Primer vocalC.P.C. José de Jesús Alvarado Barró[email protected] (871) 712-375001 (871) 716-8562

Segundo vocalC.P.C. Marisa Martínez [email protected] (664) 645-4329

Unidad administrativa de calidadComité revisor y evaluadorde la firma de contadores

PresidenteC.P.C. Noé Álvarez Herná[email protected] (271) 736-1415

SecretarioC.P.C. Rafael Romero [email protected] (271) 712-6040

Primer vocalC.P.C. Rubén Espínola Má[email protected] (476) 744-4601

Segundo vocalC.P.C. José Manuel Badillo Jimé[email protected] (777) 317-414701 (777) 318-0704

Comisión de contabilidad gubernamental

PresidenteC.P.C. Eleazar Melo [email protected] (775) 755-384901 (775) 753-4824

SecretarioC.P.C. Nicolás Domínguez Garcí[email protected][email protected] (55) 3688-4986

Primer vocalC.P.C. Manuel J. Góngora [email protected] (983) 832-855601 (983) 832-8445

Segundo vocalC.P.C. Margarita Lagunas Martí[email protected] (733) 332-6789

Comisión de las normas de información financiera

PresidenteC.P.C. Javier Pérez Ló[email protected] (33) 3125-2483

SecretarioC.P.C. José Sierra [email protected] (656) 623-243101 (656) 623-2538

Primer vocalC.P.C. Jorge Zapoteco Juá[email protected] (961) 638-509301 (961) 613-5904

Segundo vocalC.P.C. Martin Gerardo Díaz Mé[email protected] (844) 416-5197 01 (844) 162-1870

Comisión de las normas de información financieraComisión de vigilancia

Auditor propietarioC.P.C. Maricela Eladia Vargas Domí[email protected] (222) 756-667401 (222) 893-6685

Auditor suplenteC.P.C. Manuel Santibáñez [email protected] (664) 634-6460

Auditor de gestión propietarioC.P.C. María Etelvina Rubio [email protected] (443) 317-7273Auditor de gestión suplenteC.P.C. José Luis Sandoval Dó[email protected] (686) 153-3485

Comisión de serviciosy apoyo a federados

PresidenteC.P.C. Ricardo Velasco [email protected] (33) 3364-598801 (33) 3364-5989

SecretarioC.P.C. Miguel Ángel Quiñones [email protected] (555) 784-3569

Primer vocalC.P.C. Roberto González Gutié[email protected] (287) 106-321501 (287) 875-788501 (287) 875-2359

Segundo vocalC.P.C. Raúl Chávez [email protected] (662) 218-9361

Comisión de investigación

PresidenteC.P.C. Germán Rodríguez Frí[email protected] (461) 598-5922 Ext. 163901 (461) 612-7888

SecretarioC.P.C. Mario Zaldívar y [email protected] (461) 612-5522

Primer vocalL.C.P. Arturo Alejandro Esparza Rodrí[email protected] (618) 810-2904

Segundo vocalC.P.C. Alejandro Palomares Gonzá[email protected] (777) 289-4063

Comisión de ética profesional

PresidenteC.P.C. Roberto Hayaux Du Tilly [email protected] (722) 232-350901 (722) 208-217001 (555) 540-0512SecretarioC.P.C. Crescenciano García Sá[email protected] (444) 822-0659

Comisión de elaboración y actualización de facultades y obligaciones del consejo directivo nacional y comisiones

PresidenteC.P.C. Rafael Luna [email protected] (271) 714-7140

SecretarioC.P.C. Joaquín Magos Vá[email protected] (686) 567-5358

Primer vocalC.P.C. José Manuel Badillo Jimé[email protected] (777) 317-414701 (777) 318-0704

Segundo vocalDra. Patricia Carmina Inzunza Mejí[email protected] (673) 732-320001 (673) 734-4280

Comisión de normas de actualización profesionalen materia fiscal

TitularC.P.C. José Miguel García Martí[email protected] (664) 634-371101 (664) 634-6603

SuplenteCPC. Roberto Valdivia Gonzá[email protected] (33) 3616-8176

Comisión de normas de auditoría

TitularC.P.C. David Narciso Fajardo [email protected] (272) 721-0626

SuplenteC.P.C. José de Jesús Alvarado Barró[email protected](871) 716-856201(871) 716-8595

Representante anteel Congreso de la Unión

TitularC.P.C. Héctor Ferral Garcí[email protected]( 55) 5574-8124

SuplenteC.P.C. Reynaldo Nava Jimé[email protected](55) 5584-6813

Representación ante organismos profesionales nacionalese internacionales

TitularC.P.C. Mauricio Mobarak Gonzá[email protected] (55) 1753-717801 (55) 1253-7179

SuplenteC.P.C. Juan Jorge Torres Sá[email protected] (664) 681-963301 (664) 681-6561

Representante ante el SAT de grandes contribuyentes

TitularC.P.C. Reynaldo Nava Jimé[email protected](55) 5584-6813

SuplenteC.P.C. Ma. de Lourdes Díaz de la Vega [email protected] (55) 5211-2414

Representante ante el IMSS

TitularC.P.C. Heberto Medina Garcí[email protected] (656) 613-5689

SuplenteC.P.C. Mario Zaldívar y [email protected] (461) 612-5522

Representante ante el INFONAVIT

TitularC.P.C. José Gildardo Juárez [email protected] (222) 379-8620

38 CUESTIÓN 77 JUNIO 2015 39

SuplenteC.P.C. Rubén Espínola Má[email protected] (476) 744-4601

Representante ante FONACOT

TitularC.P.C. Joel Santillán [email protected] (775) 755-455801 (775) 755-6672

SuplenteC.P.C. Miguel Ángel Quiñones [email protected] (555) 784-3569

Representante ante AGAFF

TitularL.C.C. José Antonio Piña [email protected] (552) 451-9794

SuplenteC.P.C. Delia Tapia [email protected] (555) 240-8217

Representante antela función pública

TitularC.P.C. Cesar Cobos [email protected] (722) 232-3509

SuplenteC.P. Gilberto Ramón [email protected]

Representación ante el Comité para la actuación profesional del CPR

TitularC.P.C. y M.I. Rogelio Francisco Priego [email protected] (477) 773-050001 (477) 718-7766

SuplenteC.P.C. Melesio Montoya [email protected][email protected] (669) 981-6681 01 (669) 985-3189

Representante ante COFEMER

TitularC.P.C. y M.I. José Ramón Carrillo [email protected] (271) 717-3188

SuplenteC.P.C. Carlos Garnica [email protected] (775) 754-779901 (775) 760-8970

Representante ante el Consejo Técnico Consultivode la Contaduría Pública

TitularMtro. y C.P.C. Ignacio Camarena Á[email protected]@prodigy.net.mx01 (33) 3616-139901 (33) 3616-8940

SecretarioC.P.C. Margarita Elena Fierro Almazá[email protected] (656) 625-566401 (656) 625-9271

VocalC.P.C. Claudio Osuna [email protected] (669) 986-4479

Representante ante el COMPI

TitularMtro. y C.P.C. Ignacio Camarena Á[email protected]@prodigy.net.mx01 (33) 3616-139901 (33) 3616-8940

SuplenteLCC. José Antonio Piña [email protected] (552) 451-9794

Representante ante la Comisión Federal de Competencia

TitularC.P.C. Héctor Manuel Cruz [email protected] (222) 248-276501 (222) 226-2020

SuplenteC.P.C. Dante Osuna [email protected] (669) 986-4479

Representante ante CENEVAL

TitularC.P.C. Oracio Valenzuela [email protected] (667) 752-1111

Representante ante el Comitédel CID del CINIF

TitularC.P.C. Rubén Plascencia [email protected] (33) 3121-6898 / 1801 (33) 3122-0380

SuplenteC.P.C. Jacinto Chavarría Rodrí[email protected] (555) 240-8217

Representante antela PRODECOM

TitularC.P.C. y MI. Fernando Camilo Velarde [email protected] (33) 3826-455801 (33) 3825-7631

SuplenteC.P.C. Ma. de Lourdes Díaz de la Vega [email protected] (555) 211-2414

Guadalajara es una ciudad y municipio mexicano, capital y urbe más poblada del estado de Jalisco. Se localiza en el occidente de México, al centro de Jalisco, en la zona geográfica conocida como Valle de Atemajac. Es la tercera megalópolis más poblada del país con 1.495.182 6 habitantes y forma parte de la denominada zona metropolitana de Guadalajara, junto con otros 7 municipios, considerada la segunda área urbana más grande en México y la décima en América Latina, con 4.625.000 habitantes.

Su territorio delimita al norte, con los municipios de Zapopan e Ixtlahuacán del Río, al oriente con Tonalá y Zapotlanejo, al sur con San Pedro Tlaquepaque y al occidente con Zapopan.

Guadalajara cuenta con una gran variedad de platillos típicos, como pozole, tamales, tostadas, sopes, enchiladas, tacos, menudo, frijoles charros. Pero algo que lo distingue totalmente de todo el país son las “tortas ahogadas”, que es de birote salado (pan típico tapatío) untado con frijoles refritos, con carne frita de cerdo cortada en trozos -conocida también como “carnitas”-, bañado todo en salsa de tomate condimentada con especias; adicionalmente se come acompañado con cebollas desflemadas en limón y salsa picante; para beber, se puede acompañar, ya sea con el famoso tejuino -que está hecho a base de masa de maíz fermentada, acompañada con helado de limón- o con el tepache -hecho a base de la corteza de la piña fermentada-.

Otra de las comidas típicas de Guadalajara y todo el estado de Jalisco es la “birria”, la cual normalmente es hecha con carne de cabra, res o borrego. La birria artesanal se hace en un horno especial, que puede estar bajo tierra y cubierto con hojas de maguey; la carne se puede mezclar con un caldo de tomate y especias, o consumida por separado. El postre que se considera como típico tapatío es la jericalla.

Otro de los platos típicos de Guadalajara es la carne en su jugo. Este platillo consiste en un caldo de carne de res con frijoles de la olla y va acompañado de tocino, cilantro y cebolla. A diferencia de la torta ahogada, este platillo normalmente no lleva chile

cuestión 77fnamcp

@Fnamcp_CD

[email protected]


Recommended