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PAC 2019/2020
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LOS FORMULARIOS
La Solicitud Única 2019 se realiza a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería de Medio
Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura, en la dirección;
http://www.gobex.es/con03/plataformas-arado-y-laboreo. Dentro de la plataforma arado-laboreo el
declarante utilizará sus claves de usuario para identificarse y posteriormente seleccionará el trámite
SOLICITUD ÚNICA 2019.
ES MUY IMPORTANTE resaltar que el declarante a medida que vaya completando las distintas
pantallas, debe revisar con detalle los avisos y los datos que le muestra la aplicación sobre campañas
anteriores, autorizaciones, declaraciones, etc. De este modo, al validar su declaración se encontrará
con una Solicitud Única 2019 apta para terminar.
FORMULARIO 1.- FORMULARIO PRINCIPAL DE SOLICITUD ÚNICA Y ACTUALIZACIÓN
DE LOS REGISTROS DE EXPLOTACIONES AGRARIAS DE EXTREMADURA, OPERADORES-
PRODUCTORES INTEGRADOS, GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA DE ÁMBITO
NACIONAL (REGEPA) Y ACTUALIZACIÓN DE OPERADORES TITULARES DE FINCAS
AGROPECUARIAS DE PRODUCCIÓN ECOLÓGICA.
Para los datos de notificación no deben utilizarse direcciones a las que no llegue el correo o no sean los
lugares de residencia habituales. Tampoco deben reseñarse direcciones incompletas o incorrectas, ya que la
dirección que se indique en el Formulario 1 de la Solicitud Única 2019 se utilizará para cualquier
comunicación que deba realizarse respecto de dicha solicitud. A través de la aplicación de ARADO se
ofrecerán siempre dos direcciones, una la dirección que consta en la Consejería de Medio Ambiente y Rural,
Políticas Agrarias y Territorio como correcta para todas las comunicaciones oficiales (“DATOS
SOLICITANTE”), por lo que si ésta es incorrecta o incompleta, deberá corregirla mediante el modelo
correspondiente de “Solicitud de Modificación de Datos de Titulares” y registrarla en la Oficina Comarcal
Agraria más cercana; y otra pregrabada como “DATOS NOTIFICACIÓN” la dirección que utilizó la
campaña pasada (en blanco si no realizó solicitud). Si no se reciben estas comunicaciones se producen graves
perjuicios para el solicitante que no puede responder en tiempo y forma a los errores que se le comunica, o
bien no puede interponer los recursos correspondientes. Además, si opta por marcar en el programa “Avisos
a móvil y/o medios telemáticos”, desde la Administración se remitirá información a título informativo que
facilitará la gestión de su expediente.
Es importante recordar que al marcar la autorización “AUTORIZO a otros declarantes del recinto a
visualizar la superficie que declaro y mis datos en cuanto a nombre, apellidos, y en su caso, Entidad
Colaboradora, con el fin de prevenir y solucionar solapes que generen errores en mi expediente”. Esta
visualización se producirá en el Visor para la Declaración Gráfica.
En este formulario también se recogen todas las “Declaraciones” que realiza el interesado
dependiendo de las particularidades de su explotación. Es muy importante que se revisen en la
pantalla de la aplicación que las recoge y se marque la correspondiente, evitando así que al validar la
declaración aparezcan avisos que obliguen al declarante a volver esta pantalla.
Los solicitantes que pidan ayudas deberán reflejar una cuenta bancaria correcta y completa, debidamente
cotejada con la entidad financiera correspondiente. La cuenta bancaria en la que se pretenda percibir el pago
deberá estar incluida en el sistema de terceros de la Junta de Extremadura, por lo que en caso de que sea una
cuenta nueva o se cambie con respecto a otros años, se debe presentar un impreso de alta a terceros (de
existir ya tres cuentas en el sistema de terceros, se deberá dar de baja previamente una de ellas). Si marca la
opción correspondiente en el programa se le abonarán las ayudas de Solicitud Única 2019 en cualquier
cuenta activa del sistema de terceros, si la cuenta principal indicada en la solicitud tuviera algún problema.
Un dato bancario incorrecto, supone la automática eliminación del expediente en la propuesta del pago, lo
que supondrá un retraso en la percepción de la ayuda a la que tenga derecho.
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MUY IMPORTANTE: Además de rellenar los formularios específicos de las ayudas, para cobrarlas es
necesario marcar obligatoriamente en el Formulario 1 las casillas correspondientes a la Ayuda
Régimen de Pago Básico (por todos los derechos que poseo en la campaña actual o por los derechos
indicados en el F1DPB), Pago para Prácticas Agrícolas Beneficiosas para el Clima y el Medio
Ambiente (Pago Verde), Pago para Jóvenes Agricultores, Reserva Nacional de Derechos de Pago
Básico, Ayudas Asociadas a los Agricultores (Ayuda asociada al cultivo de arroz, Ayuda asociada a los
cultivos proteicos, Ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobos, Ayuda asociada a las legumbres
de calidad, Ayuda asociada a la remolacha azucarera, Ayuda asociada al tomate para industria, Pago
específico al cultivo del algodón), Ayudas Asociadas a los Ganaderos (Ayuda asociada para las
explotaciones que mantengan vacas nodrizas en función de la ubicación de las unidades de producción,
Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo en función del origen de los animales y de la
ubicación de las unidades de producción, Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche en
función del número de animales y de la ubicación de las unidades de producción, Ayuda asociada para las
explotaciones de ovino en función de la ubicación de las unidades de producción, Ayuda asociada para las
explotaciones de caprino en función de la ubicación de las unidades de producción, Ayuda asociada para los
ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y sin hectáreas admisibles para
DPB, Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y
sin hectáreas admisibles para DPB, Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron
derechos especiales en 2014 y sin hectáreas admisibles para DPB), Ayudas de Agroambiente y Clima para
solicitantes de ayuda y pago de primera anualidad y para solicitantes de pagos de ayudas de Agroambiente y
Clima y Agricultura Ecológica de 2º, 3º o 5º año de compromiso, Pagos compensatorios a zonas con
limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, Primas de ayudas a la forestación (mantenimiento y/o
compensatoria) y Ayudas en otras Comunidades Autónomas.
La actualización al Registro de Explotaciones Agrarias será obligatoria para todos los agricultores, sean o
no solicitantes de ayudas, de manera que todos los agricultores titulares de superficies agrarias y forestales en
Extremadura deberán realizar la actualización.
En cuanto al Registro de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica se
incluye lo siguiente:
a) Solicitud como operador Titular de fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. b) Actualización como operador Titular de fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. c) Baja como operador Titular de fincas Agropecuarias de Producción Ecológica.
Los titulares que están en alta como Operador Titular de Fincas Agropecuarias de Producción
Ecológica deberán marcar la opción b). Los declarantes que pretendan inscribirse como Operador
Titular de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica, con alguno o varios de sus cultivos, y/o
ganadería deberán marcar la opción a). Además de marcar la Solicitud como operador o
Actualización como operador en la pantalla de “Ayudas y Primas”, en la declaración de recintos de
cultivos se debe asignar el detalle de “Registro de Producción Ecológica.” o Actualización Registro de
Agricultura Ecológica.”. Este detalle se encuentra incluido en el listado de ayudas opcionales para
cada recinto. Los datos recogidos en Solicitud Única actualizarán los Registros existentes y a petición
de los titulares, actualizarán los correspondientes certificados. Los animales y el resto de la
información requerida y necesaria se incorporarán en el formulario específico para esta declaración.
La solicitud de “Calificación de Explotación Agraria Prioritaria” y la solicitud de “Comprobación de la
condición de Agricultor a Título Principal” también se recogerán en la Solicitud Única. El titular
marcará la casilla que corresponda y se generará su petición.
Las solicitudes únicas que se presenten deberán contener solamente el formulario Solicitud Normalizada, y
deberán venir firmadas por el productor solicitante o por su representante. En el caso de sociedades y
representantes no será necesario aportar la acreditación de poder suficiente de representación si se ha
incluido el siguiente “declara”: "Responsablemente que cumplo con los requisitos establecidos en la normativa vigente para el
ejercicio de la representación, que dispongo de la documentación que así lo acredita, que la pondré a
disposición de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio cuando me
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sea requerida, y que me comprometo a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones
durante el período de tiempo inherente al ejercicio de la misma.
Conocer que la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información
que incorporo o la no presentación de la documentación que me sea, en su caso, requerida para
acreditar el cumplimiento de lo declarado, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio
del derecho de representación desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin
perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar".
Si la declaración se realiza a través de Entidad Colaboradora es obligatorio adjuntar el consentimiento
expreso.
Se deberá indicar en este formulario los códigos REGA de las unidades de producción donde hayan estado o
vayan a mantenerse los animales por los que solicita ayuda a lo largo del año, incluidos los pastos
temporales. Además, en el caso de ganaderos que soliciten la ayuda de vacuno de cebo, también deberán
indicar los códigos REGA de las explotaciones donde hayan estado los animales desde el 1 de octubre del
año anterior de la solicitud. Para cada uno de estos códigos REGA deberá indicarse la provincia, término
municipal y el nombre de la finca.
EXPLICACIÓN DE LAS LLAMADAS DEL FORMULARIO 1
(1) En el cuadro deben reseñarse todas las fincas en las que el ganado haya estado o pueda estar a lo
largo del año. Si solicita la ayuda de vacuno de cebo también deberá indicar los códigos REGA de las
explotaciones donde hayan estado los animales desde el 1 de octubre del año anterior de la solicitud.
Siempre debe reseñarse el término municipal de la localización del ganado. Incluidos aquellos productores
que tengan sus rebaños en el casco urbano, que deberán declararlo así en el epígrafe de finca, lugar o paraje. (2) Muy importante: Se debe incluir el código REGA de cada unidad de producción que declare, tanto
si son fincas en las que se encuentra el ganado, como si son fincas a las que se pretenden trasladar el
mismo. Hay que tener en cuenta que al no declararse los crotales en la solicitud, la única forma de
determinar los animales primables es a través del código REGA de cada unidad de producción.
DATOS PARA EL PAGO BÁSICO, AYUDAS ASOCIADAS Y DECLARACIONES AL REGISTRO
DE EXPLOTACIONES AGRARIAS.
En este formulario se consignarán los ingresos agrarios percibidos en 2018 en el caso de ser una persona
jurídica (incluyendo Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles) o persona física exenta de la declaración
de IRPF.
También será necesario declarar si el solicitante (persona física o jurídica) ejerce alguna de las actividades
excluidas de los pagos directos y si así fuera, solicitar la salida de la lista negativa por alguna de las opciones
contempladas, todo ello en virtud de los apartados 1 y 2 del art. 8 del RD 1075/2014 modificado por el
artículo primero del RD 745/2016 de 30 de diciembre.
Así mismo, en caso de ejercer el control o ser controlado en forma de propiedad íntegra o participación
mayoritaria por alguna entidad asociada, deberá declarar si ésta ejerce alguna de las actividades excluidas de
los pagos directos y consignar los datos de ingresos totales de las actividades agraria y no agrarias de la
entidad o entidades asociadas al solicitante.
Cuando el solicitante obtenga los ingresos, o parte de los mismos, debido a la pertenencia a una sociedad
integradora y no figuren consignados como tales en el IRPF deberá declararlo en este formulario.
Cuando el solicitante sea una “Sociedad” (persona jurídica) deberá indicar los datos de cada uno de los
socios que la componen, la fecha de nacimiento del socio, y el porcentaje de participación en la misma. Si
alguno de los socios tiene la participación mayoritaria (>50%) deberá declarar si ejerce alguna de las
actividades excluidas de los pagos y consignar los datos de ingresos totales de las actividades agrarias y no
agrarias del mismo.
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Si el solicitante contrata tomate para la industria con una OPFH y/o Entidad Base, contrata tabaco bajo una
entidad contratante, o pertenece a una Organización Interprofesional autorizada dentro del sector del
algodón, deberá indicarlo en este formulario.
Organización de Productores Comercializadora de Frutas y Hortalizas. En caso de que haya declarado
algún recinto con cultivo de alguna especie de Frutas y Hortalizas se identificará a la OPFH (Organización
de Productores de Frutas y Hortalizas) a través de la cual comercializará su producción en la presente
campaña. Si el declarante no va a comercializar su producción con ninguna OPFH consignará el valor
“NINGUNA”.
En caso de solicitar la Ayuda Asociada al Tomate para Industria identificará en su caso, de la lista
disponible, a la Organización de Productores a través de la cual ha realizado la contratación de tomate y al
miembro agregador al que pertenezca el solicitante. En caso de que el solicitante no pertenezca a ningún
miembro agregador, es decir que sea socio directo de la OP lo indicará en esta misma lista de Miembros
Agregadores, mediante el valor “Ninguna”, y en el caso de que el solicitante no sea socio de la OP (Acuerdo
de Comercialización) lo indicará en esta misma lista de Miembros Agregadores, mediante el valor
“Productor Independiente” Si la contratación la ha realizado individualmente mediante un contrato directo
con la industria, seleccionará aquí el valor “Contratación Individual Frutas y Hortalizas”, en este caso, de la
lista de Miembros Agregadores seleccionará el valor “Ninguna”.
Contratación de Tabaco. En caso de que haya declarado algún recinto con cultivo de tabaco deberá
identificar a la entidad a través de la cual ha realizado la contratación de tabaco. Si la contratación la ha
realizado directamente con una empresa de primera transformación, seleccionará el valor “Contratación
Individual de Tabaco”. La/s empresa/s de primera transformación con la cual se ha formalizado el contrato se
identificará junto a la declaración de los recintos cultivados de tabaco.
Cuando el solicitante sea persona física y solicite la Ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras
limitaciones específicas, identificará la SAT o la Cooperativa a la que pertenezca, y reflejará su porcentaje
de participación en la misma.
FORMULARIO 1 D.- DECLARACIÓN JURADA SOBRE REALIZACIÓN DE LAS LABORES
DE MANTENIMIENTO EN RECINTOS DE PASTOS.
Este formulario es una declaración responsable de haber realizado las labores de mantenimiento en los
recintos declarados con una actividad agraria distinta del pastoreo. Son las actividades de desbroce, siega,
mantenimiento de drenajes y estercolado o fertilización, actividades recogidas en el anexo IV del RD
1075/2014, modificado por el RD 1172/2015. Se generará cuando en los datos de superficies declaradas
aparezcan estas actividades, a su vez, recogerá los datos declarados previamente.
La fecha comunicada para cualquier actividad de mantenimiento debe estar comprendida entre 1
octubre 2018 y 31 de mayo 2019, ambas inclusive. Sólo en el caso de "siega" o "estercolado o
fertilización", una vez ejecutada la actividad cuentan con 15 días naturales para realizar la comunicación
mediante el trámite de “Actividad de mantenimiento”.
FORMULARIO 1 M.- RELACIÓN DE RECINTOS EN LAS QUE SE SOLICITA
MODIFICACIÓN AL SIGPAC.
Los agricultores deberán comprobar que la información contenida en el SIGPAC referida a los recintos es
correcta, en concreto, deberán comprobar que la delimitación gráfica y el uso asignado a sus recintos es
correcto. Asimismo, se deberán cerciorar que sus recintos no contienen elementos no elegibles, en particular,
caminos y edificaciones. En caso de que la información recogida en el SIGPAC no coincida con la realidad de su explotación, el
solicitante deberá presentar, a más tardar antes de que finalice el plazo de presentación de la solicitud única y
para cada uno de los recintos afectados, las alegaciones o solicitudes de modificación que correspondan
sobre el uso, la delimitación u otra información del contenido del sistema de información geográfica de
recintos.
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Para esta campaña son alegables: Cambios de Usos SIGPAC, Sistema de Explotación (Secano/Regadío),
incidencia 117 (cultivos abandonados), incidencia 11 (árboles dispersos), incidencias por elementos del
paisaje, incidencias por el porcentaje SAC Quercus, incidencias 161 (número de árboles frutales de cascara),
incidencia 159 (superficie quemada) e incidencias (pastos sensibles trasformados) y número de árboles de
Frutos de Cáscara. Los Usos SIGPAC serán alegables en función de la realidad del terreno o del producto
declarado, y el Sistema de Explotación alegable será el contrario del que motivó la alegación.
En las alegaciones al cambio de uso de un recinto de FO,PR, PA, PS a TA, completo o parcial será necesaria
la autorización del cambio de cultivo por el órgano competente. Siendo necesario un Informe de afección a
Red Natura en caso que el cambio lo requiera.
Para las alegaciones por elementos del paisaje el declarante marcará “incidencia por elementos del paisaje
(F1M)”, dentro de la pantalla de “selección de declaración”, en el trámite de Solicitud Única. Seguidamente
seleccionará “Declaración de Alegaciones por incidencias de elementos del paisaje (Formulario 1M) y una
vez dentro, seleccionará el recinto y le añadirá la incidencia o incidencias correspondientes. Las incidencias
son:
Código Descripción 116 Contiene elementos del paisaje 133 Todo el recinto es un elemento del paisaje sin definir 134 Elemento del paisaje seto hasta 10 m de anchura 135 Elemento del paisaje árboles en grupo hasta 0,3 ha 136 Elemento del paisaje linde hasta 10 m de anchura 137 Elemento del paisaje charcas, lagunas, etc. hasta 0,1 ha 138 Elemento del paisaje islas de vegetación natural o roca hasta 0,1 ha 139 Elemento del paisaje terraza hasta 10 m de anchura Para las alegaciones al porcentaje SAC Quercus, seguiremos las siguientes instrucciones:
1. Accedemos al Visor Declarativo en la parcela que pretendemos alegar.
2. Seleccionamos la capa Quercus SAC
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3. Seleccionamos la herramienta i (identificar) y marcamos el recinto. Nos aparece la ventana de
información con el porcentaje SAC Quercus actual.
4. Volvemos a arado y seleccionamos la declaración “Modificación SAC Quercus SIGPAC”
5. Marcamos “añadir”, seleccionamos el recinto a alegar e incluimos el porcentaje a solicitar.
Una vez relleno el formulario 1M con la información correspondiente a los recintos para los que se solicita
modificación, para la resolución de éstas es imprescindible aportar:
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La documentación debidamente identificada como “INFORME TÉCNICO PARA ALEGACIÓN AL
SIGPAC” y dentro de anexos en el tipo de documento “ALEGACIÓN SIGPAC”.
Es obligatorio presentar informe técnico si la superficie declarada en el recinto supera las 2 ha, en todos los
cambios, excepto: forestaciones, plantaciones de frutos secos, plantaciones y arranque de viñedos. Además
de la presentación de fotografías georreferenciadas y fechadas en plantaciones de olivar y frutal, si la
superficie es menor de 2 ha.
El cultivo debe estar en pie a fecha de terminación del plazo de finalización de solicitud única y deberá estar
perfectamente identificadas con el nombre “Fotografías SIGPAC” y adjuntarse en la solicitud dentro de
anexos en el tipo de documento “ALEGACIÓN SIGPAC”. FORMULARIO 1M–CAP. -“RELACIÓN DE RECINTOS EN LAS QUE SOLICITA
MODIFICACIÓN DEL COEFICIENTE DE ADMISIBILIDAD DE PASTO (CAP) AL SIGPAC”.
Se declararán en este formulario todos los recintos de pasto con arbolado (PA), pasto arbustivo (PR) o
Pastizal (PS) para los que se solicite una modificación al coeficiente de admisibilidad. El declarante deberá
indicar el porcentaje de CAP que, a su juicio, posee el recinto alegado. El declarante podrá alegar también el
CAP a la baja o incluso a 0 si así lo estima pertinente. Aportando:
• Informe técnico independientemente de la superficie.
• Código REGA con ganado activo, en el mismo término municipal o colindante.
• Otra documentación que se pueda necesitar.
De todos los recintos de pastos declarados, el solicitante marcará y cargará a este formulario los alegados.
FORMULARIO 1 DPB. - FORMULARIO DE SOLICITUD DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO.
A cumplimentar por aquellos administrados que soliciten derechos de pago básico. Formulario que recogerá
todos los derechos que solicita el titular, o bien, una selección de derechos que realice. En la pantalla de
“Ayudas y primas” tendrá la opción de seleccionar todos los derechos que posee, o bien, podrá realizar una
selección de derechos. En la primera opción se le descargarán todos los derechos al formulario y además
marcados con el “SI” solicitados, en la segunda opción dispondrá de una pantalla con los derechos, en la cual
realizará la selección y marcará el “SI” o “NO” solicita en cada derecho.
FORMULARIO 1 R.- SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LOS DATOS DEL REGISTRO DE
OPERADORES-PRODUCTORES DE PRODUCCIÓN INTEGRADA (R.O.P.P.I.)
Deberán cumplimentarlo los solicitantes que realicen prácticas de Producción Integrada y tengan expedientes
inscritos en el Registro de Operadores-Productores de Producción Integrada (R.O.P.P.I.) ya sean o no
solicitantes de alguna Ayuda Agroambiental de Producción Integrada. Se marcará automáticamente la opción
Actualización R.O.P.P.I. en el Formulario 1 cuando se rellene el Formulario 1 R.
En el Formulario 1R será obligatorio indicar la Entidad Privada de Inspección/Certificación con la que
contraten la certificación en Producción Integrada de su explotación.
Con la firma de la solicitud única el solicitante autoriza a que la base territorial de su explotación inscrita en
el Registro de Operadores-Productores de Producción Integrada (R.O.P.P.I.) se actualice para la campaña
2019/2020 con los datos de la explotación que indique en el Formulario 2, según los expedientes que tenga
en R.O.P.P.I. Además, autoriza a la Administración a facilitar la consulta de los datos contenidos en el
ROPPI a la Entidad o Entidades de Certificación indicadas en este Formulario, a las APRIAS y/o al Servicio
Técnico designado en su solicitud de inscripción. No es posible darse de alta o baja en el R.O.P.P.I. a través de la Solicitud Única 2019. Para aquellos
productores que quieran darse de alta o baja deberá dirigirse previamente al Servicio de Producción Agraria.
Se ofrecerá en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio,
(Solicitud Única 2019, Impresos y Modelos) el anexo de “Solicitud de Inscripción en el Registro de
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Operadores Productores de Producción Integrada”, así como la “Solicitud de Baja en el Registro de
Operadores Productores de Producción Integrada” (en formato PDF) necesarios para ello, que deberán
registrar y remitir a ese Servicio.
Los plazos establecidos por el Servicio de Producción Agraria para la inscripción de nuevos expedientes en
R.O.P.P.I., son los siguientes:
-FRUTAL DE HUESO, FRUTAL DE PEPITA, CEREZO Y OLIVAR:
Período de Solicitud Única, actualización de los registros de Explotaciones Agrarias, ROPPI, Registro de
Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica y REGEPA para obtener
certificación en la campaña 2020/2021.
Período extraordinario del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2019 para obtener certificación en la
campaña 2020/2021.
-ARROZ, TOMATE, TABACO, PIMIENTO PARA PIMENTÓN, MAÍZ, MAÍZ FORRAJERO,
CACAHUETE, PUERRO Y GIRASOL:
Período de Solicitud Única, actualización de los registros de Explotaciones Agrarias, ROPPI, Registro de
Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica y REGEPA para obtener
certificación en la campaña 2019/2020.
- BRÓCOLI:
Un mes antes de la fecha límite de entrega del Programa de Producción que indique la correspondiente
actualización de la Norma Técnica Específica de Producción Integrada de Brócoli, o en su defecto la
propia Norma Técnica.
FORMULARIO 1T.- FORMULARIO DE TITULARIDAD COMPARTIDA.
Mediante este Formulario los miembros de la Titularidad Compartida manifestarán su conformidad con
los datos contenidos en la Solicitud Única. Es necesario imprimir este formulario y firmarlo por ambas
personas. Una vez firmado, deba adjuntarse en anexos de la Solicitud Única 2019, en su tipo
correspondiente.
FORMULARIO 2.- RELACIÓN DE RECINTOS.
La declaración de recintos se podrá realizar mediante el sistema declarativo que recoge la plataforma arado y
será una declaración gráfica para todas las personas solicitantes que declaren alguna superficie. De este
modo, el formulario 2 será la relación de todos los recintos de cultivos herbáceos, de olivar, de viñedo, de
frutas y hortalizas, de frutos de cáscara, de pastos, y forestales, tanto de secano como de regadío de la
explotación, para las que se solicita alguna de las ayudas por superficie Régimen de Pago Básico (R.P.B.),
Régimen de Pago Verde (RPU) y Jóvenes Agricultores (JOV), Ayudas Asociadas, Ayudas de Agroambiente
y Clima y Agricultura Ecológica, Ayuda a pagos compensatorios a zonas con limitaciones naturales u otras
limitaciones específicas, Ayudas a la Forestación (mantenimiento y/o compensatoria), Ayudas en otras
Comunidades Autónomas, Declaración al Registro de Explotaciones Agrarias, Solicitud o Actualización
como Operador Titular de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Se declarará en las ayudas a
reforestación de tierras agrarias como forestaciones vinculadas al Reglamento correspondiente.
No será necesario declarar “vuelo” si se ha declarado la superficie de “suelo” en el Formulario 2, con los
usos SIGPAC “PA”, “PR”, “ZC”, “PS” y “TA”, estos 2 últimos con incidencia 11. Si no se ha declarado la
superficie de “suelo” con el producto correspondiente en el Formulario 2, el aprovechamiento “vuelo” se
declarará bajo el producto “otras superficies forestales (VUELO)”.
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“Otras utilizaciones no agrarias ni forestales” solo podrán ser declaradas en recintos con uso SIGPAC
"PA", "PR" o "PS" con superficie bruta máxima de 1 has. También sobre recinto con incidencia 117 sin
limitación de superficie. Nunca sobre pastos medioambientalmente sensibles.
Las superficies forestales se declararán como “otras superficies forestales” en uso SIGPAC Forestal
(FO) o “superficies forestales maderables”, dependiendo del aprovechamiento de las mismas.
En cuanto a recintos de otras Comunidades Autónomas, se debe aportar croquis generado por el Visor
Nacional FEGA en el caso de no declararse completo el recinto (ver instrucciones adjuntas).
Se utilizará en cultivos SIE y determinadas forestaciones, en cumplimiento del RD 980/2017, de
modificación del RD 1075/2014, de 19 de diciembre.
Como en la campaña anterior, habrá tres opciones de descarga:
1. Descarga de la campaña anterior. La declaración se iniciará copiando los datos de su última
declaración Presentada de Solicitud Única 2018.
2. Descarga de la campaña anterior para cultivos permanentes y pastos. La declaración se iniciará
copiando los datos (Cultivos Permanentes y Pastos) de su última declaración Presentada de Solicitud
Única 2018
3. Descarga de la última declaración terminada. La declaración se iniciará copiando los datos de su
última declaración Terminada o Presentada de Solicitud Única 2019.
En caso de que existan variaciones con respecto a lo declarado con anterioridad en la campaña
anterior aparecerá indicado que esta podría ser “INCOMPLETA”.
* Las tres opciones de descarga muestran en el Visor Declarativo todos los cultivos declarados la
campaña anterior.
Esta descarga incorpora datos y geometrías a la Declaración según la opción elegida. Se descargan
al Formulario 2 y al Visor Declarativo todas las superficies y geometrías declaradas y validadas en
2018, con la excepción de los siguientes casos que pasan a la bolsa (repositorio de recintos que aún
no se han declarado) los recintos:
- Recintos que han sufrido algún cambio en la caché SIGPAC 2019 con respecto a la del 2018, en los
atributos cultivo, geometría, región de pago básico y diferencia de superficie mayor de 100m2.
Es muy importante que utilicen la consulta “Comparativa Recintos SU/2018 y SU/2019” para detectar
superficies del 2018 que no pasan a declararse en 2019.
FORMULARIO 2A.- FORMULARIO DE CULTIVOS ASOCIADOS.
El formulario se activa si el declarante utiliza un producto o cultivo asociado (viña-olivar, olivar-frutal, vina-
frutal) y solicita alguna línea agroambiental y o solicitud como Operador Titular de Fincas Agropecuarias de
producción ecológica o Actualización como Operador Titular de Fincas Agropecuarias de Producción
Ecológica.
En este formulario se hará la declaración de cada uno de los cultivos que están en asociación en la parcela.
Se indicará la superficie de cada cultivo, el porcentaje de asociación y las declaraciones correspondientes a
cada uno. A efectos de inscripción en el ROPPI, la totalidad de la superficie de los recintos declarados como
cultivo asociado de olivar con otras especies en este Formulario 2 A, se inscribirá como uso olivar en el
correspondiente expediente de olivar, independientemente de las obligaciones de certificación de ese uso que
el solicitante tenga adquiridas con el Órgano que gestiona su ayuda de Agroambiente y Clima.
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NOVEDADES A TENER EN CUENTA.
1º Informe de Comparativa Recintos SU/2018 y SU/2019
Este informe permite comparar la información actualmente disponible de los recintos incorporados en su
solicitud con respecto a lo declarado en campaña anterior.
Resultado de la consulta:
2º Visor SIGPAC
Con respecto al visor se han incorporado nuevas capas de apoyo a la línea declarativa “Apoyo SU” y la
incorporación de “Solapes por Recinto” en la capa Complementaria
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3º Modificaciones con respecto a la declaración gráfica.
Sistema declarativo por recintos.
4º Cambios que se realizan con respecto a la declaración.
Se hace necesaria para los frutales la incorporación del Año de plantación y variedad (No incluye a olivar,
viñedo para vinificación y uva de mesa).
Se establece un nuevo campo denominado destino de la producción: Consumo, Procesamiento industrial,
Semillas o plántula, Energías renovables. Siendo este campo obligatorio para: - Cultivos proteicos. Para la ayuda asociada a los cultivos proteicos deben ser; “consumo” y
“procesamiento industrial”. - Hortícolas. - Cultivos Energéticos. - Flores.
La incorporación para los cultivos hortícolas en sistema de cultivo los tipos: Aire libre, Malla, Cubierta
bajo plástico o invernadero
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Es necesario cumplimentar los datos pertenecientes al INE:
- Responsabilidad jurídica de la explotación y “jefe de explotación”. - Declaración obligatoria para la cesión de datos al INE.
5 º Incremento o reducción de superficie en un recinto. Procederemos a seleccionar el recinto implicado y seleccionaremos modificar superficie
Utilizamos la herramienta “modificar la superficie”, tanto para su reducción como para el incremento de la
misma.
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6º Declaración de un cultivo asociado en el Formulario 2A.
Seleccionaremos el recinto con la herramienta “Identificar” y procederemos a realizar su declaración
Se incorporarán los datos del cultivo y ayudas (en su caso)
Una vez incorporado el recinto a la aplicación volveremos a Arado. Se marca en el formulario 2 “Siguiente”.
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Permitiéndonos acceder al Formulario 2A.
Una vez seleccionado el Recinto y procederemos a grabar.
Volveremos a realizar el mismo proceso con la siguiente especie asociada y con la superficie restante
del recinto anterior.
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7º Declaración de recintos parciales en otras Comunidades Autónomas.
Entrar en el visor SIGPAC nacional http://sigpac.mapa.es/fega/visor/ y activar las capas croquis,
parcela y recinto:
En el menú ver, seleccionar buscar e introducir las referencias del recinto:
Mediante el botón Nueva declaración es posible crear una declaración desde el principio.
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Mediante el botón “nueva línea declaración “seleccionando el puntero adquiere la
apariencia , tras lo cual es posible seleccionar un recinto presionando con el ratón en su
interior:
Una vez seleccionado, automáticamente es añadido como una nueva línea de declarativa:
Presionaremos en añadir trozo a croquis y el puntero adquirirá la apariencia , tras lo
cual será posible delimitar dibujando la figura poligonal con el ratón
En caso de existir más de una línea declarativa se procederá a repetir el proceso anterior.
Procederemos a marcar en información de usuario se y abre un formulario con la
información del declarante:
En ID Declaración hay que insertar el código ID de cada recinto que figura en la carta de trámite de
audiencia.
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Una vez terminada la declaración procederemos a guardar las líneas declarativas con el botón
Guardar declaración en formato XML y debe adjuntarse en el apartado de “Anexos” de la
Solicitud Única 2019 con la tipología o tipo “Croquis fuera de Extremadura”
TITULARES RECOGIDOS EN APOYO II.
Para los titulares de Solicitud Única 2019 que están recogidos en un Apoyo II presentado, la forma
de proceder será la siguiente:
Se realiza una declaración nueva, o bien, descargar la campaña anterior y borrar las parcelas
descargadas y declaradas. Para trabajar de una manera correcta es necesario que en el Visor no se
cruce la capa de parcelas declaradas con la capa de Apoyo II.
- Sí es recomendable que utilicen la ayuda declarativa de parcelas declaradas la campaña anterior
(capas a seleccionar en el Visor "cultivos permanentes y pastos" "otras utilizaciones")
- Visualizar la capa de partes declaradas en el Apoyo II (la capa viene marcada por defecto) y
seleccionar cada parte con la herramienta i, comprobar que en la ventana de atributos aparece
cargada la superficie correcta de la parte y marcar añadir a la declaración. Seguidamente se le
asignarán los atributos necesarios (cultivo, ayudas, etc).
DECLARACIÓN AL ROPPI DE MAÍZ FORRAJERO.
A efectos de ROPPI, aquellos titulares que cuenten con expediente de MAIZ FORRAJERO inscrito
previamente en dicho Registro y pretendan declarar algún recinto como tal, deberán declarar dicho
recinto como uso MAIZ y a continuación especificar obligatoriamente la especificación
“FORRAJE”
CONCENTRACIONES PARCELARIAS.
Las declaraciones de superficies que se realicen sobre los polígonos afectados en el término municipal donde
se está realizando la concentración parcelaria, deberán realizarse de manera gráfica sobre los datos
numéricos y superficies asignadas por el Servicio de Regadíos. Para esta campaña la zona afectada es:
DENOMINACIÓN DE LA ZONA TERMINO MUNICIPAL AFECTADO OLIVA DE PLASENCIA OLIVA DE PLASENCIA
En este caso de declaración con las referencias asignadas por el Servicio de Regadíos, se consignará siempre
como recinto con el número “0”.
EXPLICACIÓN DE LAS LLAMADAS DEL FORMULARIO 2:
1. Se consignará el número de orden de la declaración de los recintos.
2. Se indicará las referencias SIGPAC de los recintos a declarar.
3. S/R.: En función del sistema de explotación del recinto, entre Secano o Regadío.
4. Se indicará la Región a la que pertenece le recinto.
5. CAP: Se considerará el valor de SIGPAC o de la alegación realizada en su caso, sobre los recintos
declarados de PASTOS PERMANENTES (usos PA, PR y PS).
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6. Indicar en su caso:
a) La especie de cultivo. b) Se indicará la variedad de los cultivos susceptibles de recibir alguno de los pagos por
directos por superficie.
Deben declararse en el Formulario 2 las superficies forestales de rotación corta (chopos,
eucalipto, paulonia, robinia pseudoacacia, sauces y mimbreras), que son válidas para justificar
derechos de pago básico (DPB). También se declaran las forestaciones de tierras agrarias vinculadas a alguno de los
siguientes reglamentos: - Reglamento (CE) 2080/1992 - Reglamento (CE) 1257/1999 - Reglamento (CE) 1698/2005 - Reglamento (CE) 1305/2013
c) En caso de barbecho debemos distinguir:
ESPECIE VARIEDAD Barbecho Tradicional Con cubierta vegetal con fines de mejorar la biodiversidad.
Mezclas de semillas de flores silvestres Barbecho Tradicional Sin cubierta vegetal Barbecho SIE con especies melíferas Mezcla de especies melíferas Barbecho Medioambiental Sin cubierta vegetal /semillado Barbecho Medioambiental Abandono 5 años Barbecho Sin Producción Con cubierta vegetal Barbecho Sin Producción Sin cubierta vegetal
Nota: para que el barbecho compute como Superficie de Interés Ecológico (SIE), debe ser
declarado como “Barbecho Sin Producción” o Barbecho SIE de especies melíferas y en
dichas superficies está prohibida la aplicación de productos fitosanitarios.
7. Superficie sembrada/cultivada del recinto. La superficie cultivada en hectáreas con dos decimales
que se declara para las ayudas que se solicitan.
8. CIC: Deberá indicar el CICLO AGRONÓMICO del cultivo cuando así lo exija el producto
(P=Primavera, I=Invierno)
9. AA: Deberá indicar siempre la ACTIVIDAD AGRARIA que realiza en el recinto declarado.
a. Para los cultivos que van sobre usos de tierra de cultivo se pondrá “Producción” (por ejemplo,
trigo, cebada, avena, maíz, arroz, etc.).
b. Para los cultivos que van sobre usos de cultivos permanentes: “Producción” o “Mantenimiento
de cultivos permanentes” (por ejemplo, sobre olivar, viñedo, frutales, almendro, superficies
forestales de rotación corta, etc).
c. Para los barbechos se indicará “Laboreo” cuando se encuentren Sin Cubierta Vegetal y
“Eliminación de malas hierbas” cuando tengan Cubierta Vegetal o sea semillado.
d. Para las forestaciones de tierras agrarias se indicará “Mantenimiento de los cultivos
permanentes”
e. Para los Pastos Permanentes y para el grupo de Hierbas y otros forrajes herbáceos se
indicará “Pastoreo” cuando sean aprovechados con el ganado, “Desbroce” cuando se haya
realizado esta labor en recintos de PA y/o PR, “Siega” cuando se haya realizado esta labor en
recintos de uso PS y/o TA, “mantenimiento de drenajes” cuando se haya realizado esta labor en
recintos de usos PS y/o TA; “estercolado o fertilización” cuando se haya realizado esta labor en
recintos de usos PA, PR y/o PS y en recintos de uso TA declarados de pastos de menos de 5
años.
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10. Varios: Se declarará el tipo de semilla utilizada (Certificada, reempleo u otros) para aquellos
cultivos a los que se les exija.
11. Número de árboles. Se indicará en su caso el número de árboles presentes en el recinto. En el
caso de plantaciones de árboles de Frutos de Cáscara y Frutales es obligatorio.
12. Certificado de Agricultura Ecológica (CAE). Se marcará con SI cuando el recinto esté acogido y
certificado por el órgano competente como Agricultura Ecológica (sólo para Tierras de Cultivo con
usos TA, TH, IV).
13. Agricultura Ecológica. Las declaraciones que aparecerán en esta columna serán las de
Inscripción o Renovación/ Actualización en el Registro de AGRICULTURA ECOLÓGICA. Detalles
a incluir en la lista de ayudas por recinto.
14. Número de Expediente ROPPI/Forestal. Se indicará el número de expediente asignado al ROPPI
o a la Forestación a la que pertenezca.
15. Válido para SIE. Los cultivos declarados como SIE incluyen este atributo que indica la no
aplicación de productos fitosanitarios en ellos. Si en la columna apareciera “No válido para SIE”
dicha superficie no computaría con Superficie de Interés Ecológico.
16. Ayudas Directas. - Indicará la Ayuda Directa Asociada solicitada en el recinto.
17. Ayuda de Agroambiente y clima y agricultura ecológica/Forestal/Zona con limitaciones
naturales. Se indicará la Ayuda Agroambiental/Forestal/Zona con limitaciones naturales que solicita
en este recinto, en función del año de inicio de compromiso, en su caso.
18. Régimen de tenencia. - Se declarará bajo que régimen explota el recinto: Propiedad,
Arrendamiento, Aparcería, Usufructo o Comunal (éste último cuando exista asignación de superficie
por parte de un Bien Comunal).
19. Rotación en producción integrada.- A efectos de inscripción en el Registro de Operadores
Productores (ROPPI), los titulares que sean Operadores Productores de Producción Integrada de
Arroz, Tomate parta transformación, Tabaco, Maíz, Pimiento para Pimentón, Cacahuete , Puerro,
Girasol, Brócoli y Maíz Forrajero y en la campaña 2019 vayan a rotar parte de su explotación con
otro uso agrícola compatible, deberán indicar esta superficie marcando la casilla “Rotación
Producción Integrada” habilitada en este Formulario, independientemente de las obligaciones de
certificación de ese uso en rotación que el solicitante tenga adquiridas con el Órgano que gestiona su
ayuda agroambiental. Si el uso agrícola al que se marca la casilla “Rotación Producción Integrada”
se corresponde con una Norma Técnica Específica de Producción Integrada y el titular cuenta con el
expediente correspondiente inscrito en ROPPI, este uso agrícola se inscribirá en dicho expediente.
Por el contrario, si ese uso agrícola no dispone de Norma Técnica Específica o el titular no cuenta
con expediente inscrito en ROPPI en esa Norma Técnica Específica, en los plazos anteriormente
indicados, se inscribirá como superficie en rotación sin especificar especie en el expediente de Arroz,
Tabaco y/o Tomate para transformación industrial.
20. Sistema de cultivo – Tipo de sistema de cultivo utilizado en las hortícolas (Aire libre, Malla, Cubierta bajo plástico o invernadero)
21. Año de plantación (frutales) – Indica la fecha de plantación para árboles frutales o de frutos de
cáscara
22. Destino de la producción. Para los grupos de cultivo; proteicos, energéticos, flores y hortícolas es
obligatorio indicar uno de los siguientes destinos: consumo, procesamiento industrial, semillas o
plántulas, energías renovables. También se considera el abonado en verde para el grupo de las
leguminosas.
23. Cultivo asociado. En el caso de que exista o no declaración en el formulario 2A.
24. Variedad agronómica. - Columna que nunca completará el trámite y que se proporciona para que
el formulario, una vez impreso, recoja esta información al incorporarlo en el cuaderno de
explotación.
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Nota aclaratoria sobre el cultivo del Tabaco:
- Las superficies sujetas a compromiso de Producción Integrada de Tabaco de la convocatoria de
ayuda 2016 y 2017, que no se cultiven de tabaco por destinarse a superficie en rotación, también se
declararán y solicitarán en este formulario. Estas superficies podrán destinarse a la implantación de
un cultivo mejorante como mezcla VEZA-AVENA que deberá ser incorporado al terreno como
abono en verde, MAÍZ, PIMIENTO PARA PIMENTÓN, TOMATE PARA TRANSFORMACIÓN,
CACAHUETE, ARROZ y PUERRO, o para cultivo de otra especie siempre y cuando esta especie
posea Norma Técnica de Producción Integrada y cumpla los requisitos de certificación.
SE EXCEPTÚA DE LA DECLARACIÓN DEL FORMULARIOS 2 LAS SIGUIENTES RECINTOS:
− Recintos de pastos en Bienes Comunales (se declaran en el formulario 4)
FORMULARIO 4.- RELACIÓN DE BIENES COMUNALES.
Se establecerá la Superficie NETA del Pasto Común adjudicado por el titular del Bien Comunal al
solicitante. La actividad agraria posible en esta superficie siempre será el pastoreo.
Se podrán solicitar en este formulario las siguientes ayudas:
- Ayuda a la Ganadería Extensiva de Calidad. - Ayuda a Zonas con Limitaciones Naturales u otras limitaciones específicas.
Las personas que realicen actividades ganaderas ecológicas que declaren pastos comunales
deben tener en cuenta el artículo 17 del RD 889/2008, dónde se recoge:
Los animales ecológicos podrán pastar en tierras comunes, siempre que:
a) Dichas tierras no se hayan tratado con productos no autorizados para la producción ecológica
durante al menos tres años;
b) Todos los animales no ecológicos que hacen uso de las tierras en cuestión son consecuencia de
un sistema de gestión ganadero equivalente a los descritos en el artículo 36 del Reglamento (CE)
n o 1698/2005 o en el artículo 22 del Reglamento (CE) n o 1257/1999;
c) Todos los productos ganaderos procedentes de animales ecológicos generados mientras se hace
uso de estas tierras no se considerarán productos ecológicos, a menos que pueda demostrarse que
dichos animales han estado correctamente segregados de los animales no ecológicos.
ANEJO I: HECTÁREAS ADMISIBLES PARA JUSTIFICACIÓN DEL PAGO BÁSICO Y
PAGO PARA PRÁCTICAS AGRÍCOLAS BENEFICIOSAS PARA EL CLIMA Y EL
MEDIO AMBIENTE (PAGO VERDE)
SUPERFICIES QUE JUSTIFICAN EL RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (LAS HECTÁREAS
ADMISIBLES TIENEN QUE SERLO DURANTE TODO EL AÑO CIVIL)
1.- PARA JUSTIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO.
Sirven para justificar los derechos del Régimen de Pago Básico (RPB) los cultivos que se exponen
a continuación, deben declararse en los usos SIGPAC expuestos para que sean validados (sin
perjuicio de la alegación al SIGPAC correspondiente en función del cultivo y del USO existente): Los DPB asignados en una región determinada sólo se podrán justificar y cobrar con superficie
admisible de recintos que pertenezcan a la misma región.
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Los productores incluidos en el régimen de pequeños agricultores y que no renuncien a su
pertenencia, deberán declarar en la solicitud única un número de hectáreas admisibles igual o
superior al número de DPB que se le asignaron.
1.1.- PRODUCTOS QUE JUSTIFICAN DERECHOS DE PAGO BÁSICO:
Todos los cultivos herbáceos, frutales, incluidos los frutos de cáscara, olivar, viñedo, hortícolas,
tanto si se cultivan al aire libre o bajo plástico y viveros.
(Usos admisibles: CI, CV, OC, OV, PA, PR, PS, TA, TH, VI, VO, ZC, CF, FY, OF, VF, CS, FF,
FL, FS, FV, IV).
1.2.- SUPERFICIES DE PASTOS PERMANENTES: Se declararán como pastos permanentes los recintos con usos en SIGPAC de PA, PR y/o PS. Aquellos recintos de pastos permanentes identificados en la capa de pastos
medioambientalmente sensibles en el SIGPAC, no podrán roturarse, ni labrarse, ni efectuar un
cambio de uso, estando únicamente permitidas las labores propias de mantenimiento.
1.3.- TIERRAS ARABLES UTILIZADAS COMO BARBECHOS: Se declarará con alguno de los productos recogidos para BARBECHO.
(Usos admisibles: TA, TH, ZC).
1.4.- SUPERFICIES FORESTALES DE ROTACIÓN CORTA Especies forestales de crecimiento rápido que cumplan una determinada densidad de plantación y
se cultiven a corto plazo, es decir las especies cuyo período de tala es igual o inferior a:
ESPECIES PERÍODO DE TALA DENSIDAD DE PLANTACIÓN EUCALYPTUS (Eucalipto) 18 AÑOS 3300 plantas/ha PAULOWNIA 5 AÑOS 1500 plantas/ha POPULUS SP. (Chopo) 15 AÑOS 1100 plantas/ha SALIX SP (Sauces y Mimbres) 14 AÑOS 5000 plantas/ha ROBINIA PSEUDOACACIA L. 14 AÑOS 5000 plantas/ha
(Usos admisibles: ZC y TA).
1.5.- FORESTACIÓN EN TIERRAS AGRARIAS.
Se declararán algunos de los siguientes productos sobre las superficies forestadas de conformidad
con el Reglamento (CE) 1257/1999 del Consejo, con el Reglamento (CE) 1698/2005, o con
arreglo al Reglamento (UE) 1305/2013.
Cod. Producto FEGA Descripción
500 Forestaciones vinculadas al Reglamento nº 1257/1999
600 Forestaciones vinculadas al Reglamento nº 1698/2005
700 Hectáreas de agrosilvicultura que reciban o hayan recibido ayudas
del Reglamento nº 1698/2005 y/o del Reglamento nº 1305/2013
800 Forestaciones vinculadas al Reglamento nº 1305/2013
(Usos admisibles: FO y ZC).
22
SUPERFICIES QUE NO JUSTIFICAN DERECHOS DE PAGO BÁSICO
Las superficies forestales distintas a las de ciclo corto y a las forestaciones de tierras agrarias no
validadas para RPU en el año 2008, no son admisibles para la justificación de Derechos de Pago
Básico (DPB).
2.- SUPERFICIES PARA JUSTIFICACIÓN DEL PAGO VERDE.
El complemento de ayuda de “Pago para Prácticas Agrícolas Beneficiosas para el Clima y el Medio
Ambiente (Pago Verde)” se concederá sobre las superficies que cumplan las condiciones para
justificar los derechos del Régimen de Pago Básico (RPB), tengan asignadas Derechos de Pago
Básico y además cumplan con las prácticas de:
a) Diversificación de cultivos. b) Mantenimiento de los pastos permanentes medioambientalmente sensibles
existentes. c) Contar con superficies de interés ecológico en sus explotaciones.
Las superficies dedicadas a cultivos permanentes no tendrán que aplicar las prácticas citadas en el
apartado anterior. Aquellas unidades de la explotación que se utilicen para la producción ecológica
tendrán derecho inmediato al pago verde.
Los usos SIGPAC admisibles para la validación de los cultivos y superficies a efectos del Régimen
del Pago Verde son:
• Para los cultivos que van sobre tierras de cultivo, como por ejemplo: trigo, cebada, avena, maíz,
arroz, algodón, etc. son válidos los Usos SIGPAC: TA, TH y ZC. • Para los cultivos permanentes, como por ejemplo: viña, olivar, almendro, frutales, etc. son
válidos los Usos SIGPAC: CI, CV, OC, OV, VI, VO, CF, FY, OF, VF, CS, FF, FL, FS, FV y ZC. • Para los pastos permanentes son válidos los usos SIGPAC: PA, PR y PS. • Para las forestaciones de tierras agrarias son válidos los usos SIGPAC: FO y ZC
23
ANEJO II. PRODUCTOS Y USOS SIGPAC COMPATIBLES CON LAS
DISTINTAS AYUDAS.
AYUDA USO SIGPAC CONDICIÓN
PAGO BASICO CI, CV, OC, OV, PA, PR, PS,
TA, TH, VI, VO, ZC, CF, FY,
OF, VF, CS, FF, FL, FS, FV,
IV
PAGO BASICO (en el caso de declarar superficies forestales de rotación corta) ZC, TA
SUPERFICIE SIE (Forestaciones R 1257/1999, R1698/2005 y R 1305/2013) FO, ZC Tener solicitada y concedida la ayuda a la forestación de tierras agrarias
y sólo para aquellas superficies validadas para Pago Único en 2008. Ayuda Asociada ARROZ TA, TH, ZC Sistema de Explotación Regadío
Ayuda Asociada CULTIVOS PROTEICOS TA, TH, ZC Sistema de Explotación Regadío (o Secano de Rendimiento >2.000
kg/ha) Ayuda Asociada LEGUMBRE DE CALIDAD TA, TH, ZC Superficies inscritas en DOP, IGP, AE.
Ayuda Asociada REMOLACHA AZUCARERA TA, TH, ZC
Ayuda Asociada TOMATE PARA INDUSTRIA TA, TH, ZC
Ayuda ALGODÓN TA, TH, ZC
Ayuda Asociada a los frutos de cáscara y algarrobas ALMENDRO,AVELLANO,ALGARROBO
FL, FV, FS, FF , CS Y ZC Sistema de Explotación Secano, excepto para el Avellano que podrá ser
en Regadío. SUBMEDIDA 8.1: FORESTACIÓN DE TIERRAS AGRÍCOLAS
Ayuda a la forestación de tierras agrícolas Forestaciones vinculadas al Reglamento nº 2080/1992. (Convocatoria 1995 y 1996) Forestaciones vinculadas al Reglamento nº 1257/1999. (Convocatoria 2002 y 2005) Forestaciones vinculadas al Reglamento nº 1698/2005. (Convocatoria 2008)
FO, ZC
SUBMEDIDA 10.1 AGROAMBIENTE Y CLIMA
Producción integrada. Arroz. Convocatoria, 2014 y 2017 TA, TH, ZC Sistema de Explotación Regadío Producción integrada. Tabaco. Convocatoria 2016 y 2017. TA, TH, ZC Sistema de Explotación Regadío Producción integrada. Tomate. Convocatoria 2017 TA, TH, ZC Sistema de Explotación Regadío Producción integrada. Frutal de hueso convocatoria 2017. (melocotonero,
paraguayo, nectarino, platerina, albaricoque, cerezo – guindo y ciruelo) VF, OF, FY, CF, FF, ZC
Producción integrada. Frutal de pepita convocatoria 2017. (perales, nashi,
manzano, membrillo) VF, OF, FY, CF, FF, ZC
Producción integrada. Olivar convocatoria 2017. FL, OF, VO, OV, OC, ZC
Sistemas agrarios para protección de aves esteparias. Convocatoria 2017. trigo
blando, triticum spelta, trigo duro, cebada, centeno, sorgo, avena, alforfón, mijo,
alpiste, tranquillón, triticale, teff, girasol, colza, guisante, haba, altramuz dulce,
garbanzo, lenteja, veza, yero, zulla, cártamo, judía, altramuz, almorta, titarros, mezcla veza – avena, mezcla veza – triticale, mezcla veza – trigo, mezcla veza –
cebada, mezcla zulla – avena, mezcla zulla – cebada, algarroba, mezcla guisante –
cebada, mezcla guisante – avena, mezcla avena – trigo, mezcla avena – cebada,
mezcla avena – triticale, mezcla algarrobas – avena, mezcla algarrobas – cebada,
mezcla yeros – cebada, mezcla yeros - cebada)
TA, ZC Sistema de Explotación Secano
Agricultura de conservación en cultivos cerealistas. Convocatoria 2017 (trigo
baldo, triticum spelta, trigo duro, cebada, centeno, sorgo, avena, alforfón, mijo,
alpiste, tranquillón, triticale, teff, girasol, colza, guisante, haba, altramuz dulce,
garbanzo, lenteja, veza, yero, zulla, cártamo, judía, altramuz, almorta, titarros, mezcla veza – avena, mezcla veza – triticale, mezcla veza – trigo, mezcla veza –
cebada, mezcla zulla – avena, mezcla zulla – cebada, algarroba, mezcla guisante –
cebada, mezcla guisante – avena, mezcla avena – trigo, mezcla avena – cebada,
mezcla avena – triticale, mezcla algarrobas – avena, mezcla algarrobas – cebada,
mezcla yeros – cebada, mezcla yeros - cebada)
TA, ZC Sistema de Explotación Secano
Ganadería Extensiva de Calidad. Convocatoria 2016 PR, PS, PA ( Pastos
permanentes de 5 o más años) TA, TH, ZC (pastos menores
de 5 años y forrajes herbáceos)
ESPECIES PERÍODO DE
TALA DENSIDAD
PLANTACIÓN EUCALYPTUS (Eucalipto) 18 AÑOS 3300 plantas/ha PAULOWNIA 5 AÑOS 1500 plantas/ha POPULUS SP. (Chopo) 15 AÑOS 1100 plantas/ha SALIX SP (Sauces y
Mimbres) 14 AÑOS 5000 plantas/ha
ROBINIA
PSEUDOACACIA L. 14 AÑOS 5000 plantas/ha
24
Agricultura de conservación en pendientes(olivar, cerezo, castaño, higuera,
almendro y nogal). Convocatoria 2014 y 2017. FL, OF, VO, OV, OC, ZC, VF , FY, CF, FF, FV, FS, CS,
Se puede solicitar en recintos con pendiente 8 % para recintos
acogidas al R 1698/2005 Se puede solicitar en recintos con pendiente 5 % para recintos
acogidos al R 1305/2013 MEDIDA 11: AGRICULTURA ECOLÓGICA
Implantación y mantenimiento de Viñedo vinificación. Convocatoria 2017.
FV, VF, VI, VO, CV , ZC Para la ayuda a la implantación el cultivo ha de estar certificado en
Agricultura Ecológica con calificación “sin denominación”(S.D.) o
“Reconversión” (R) Implantación y mantenimiento de Frutales de Secano. Convocatoria 2017
(almendro, nogal, algarrobo, avellano, pistacho, castaño, higuera, granado, perales,
nashi, manzano, membrillo, melocotonero, paraguayo, nectarino, platerina,
albaricoque, cerezo – guindo, ciruelo, kiwi, caqui o palosanto y níspero)
VF, OF, FY, CF, FF, FL, FV,
FS, CS (según la especie
solicitada) ,ZC
Sistema de Explotación Secano Para la ayuda a la implantación el cultivo ha de estar certificado en
Agricultura Ecológica con calificación “sin denominación”(S.D.) o
“Reconversión” (R) Implantación y mantenimiento de Frutales de Hueso. Convocatoria 2017.
(melocotonero, paraguayo, nectarino, platerina, albaricoque, cerezo – guindo, ciruelo
y níspero)
VF, OF, FY, CF, FF, ZC Para la ayuda a la implantación el cultivo ha de estar certificado en
Agricultura Ecológica con calificación “sin denominación”(S.D.) o
“Reconversión” (R) Implantación y mantenimiento de Frutal de pepita. Convocatoria 2017 (perales,
nashi, manzano, membrillo, kiwi, granado y caqui o palosanto) VF, OF, FY, CF, FF, ZC Para la ayuda a la implantación el cultivo ha de estar certificado en
Agricultura Ecológica con calificación “sin denominación”(S.D.) o “Reconversión” (R)
Implantación y mantenimiento de Olivar. Convocatoria 2017 y Olivar ecológico
convocatoria 2014. FL, OF, VO, OV, OC, ZC Para la ayuda a la implantación el cultivo ha de estar certificado en
Agricultura Ecológica con calificación “sin denominación”(S.D.) o
“Reconversión” (R) Ganadería ecológica convocatoria 2014. PR, PS, PA (Pastos
permanentes de 5 o más años) TA, TH, ZC (pastos menores
de 5 años y forrajes herbáceos) TA, TH, ZC (trigo blando,
triticum spelta trigo duro,
cebada, centeno, sorgo, avena, alforfón, mijo, alpiste,
tranquillón, triticale, teff,
girasol, colza, guisante, haba,
altramuz dulce, garbanzo,
lenteja, veza, yero, zulla,
cártamo, judía, altramuz,
almorta, titarros, mezcla veza
– avena, mezcla veza – triticale, mezcla veza – trigo,
mezcla veza – cebada, mezcla
zulla – avena, mezcla zulla –
cebada, mezcla guisante –
cebada, mezcla guisante –
avena, mezcla avena – trigo,
mezcla avena – cebada,
mezcla avena – triticale)
Implantación y mantenimiento de Ganadería ecológica convocatoria 2017 PR, PS, PA ( Pastos permanentes de 5 o más años) TA, TH, ZC (pastos menores
de 5 años y forrajes herbáceos)
Para la ayuda a la implantación el cultivo o el ganado ha de estar certificado en Agricultura Ecológica con calificación “sin
denominación”(S.D.) o “Reconversión” (R)
Implantación y mantenimiento de Herbáceos de secano convocatoria 2017 (trigo
blando, triticum spelta, trigo duro, cebada, centeno, sorgo, avena, alforfón, mijo,
alpiste, tranquillón, triticale, teff, girasol, colza, guisante, haba, altramuz dulce,
garbanzo, lenteja, veza, yero, zulla, cártamo, judía, altramuz, almorta, titarros,
mezcla veza – avena, mezcla veza – triticale, mezcla veza – trigo, mezcla veza –
cebada, mezcla zulla – avena, mezcla zulla – cebada, algarroba, mezcla guisante –
cebada, mezcla guisante – avena, mezcla avena – trigo, mezcla avena – cebada, mezcla avena – triticale, mezcla algarrobas – avena, mezcla algarrobas – cebada,
mezcla yeros – cebada, mezcla yeros – cebada)
TA, ZC Sistema de Explotación Secano
MEDIDA 13: PAGOS A ZONAS CON LIMITACIONES NATURALES U OTRAS LIMITACIONES ESPECÍFICAS
Pagos compensatorios a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones
específicas (Todos los productos susceptibles de Régimen de pago básico a
excepción de los que no estén en producción)
CI, CV, OC, OV, PA, PR, PS,
TA, TH, VI, VO, CF, FY, OF,
VF, CS, FF, FL, FS, FV, IV
25
AYUDAS ASOCIADAS A LOS AGRICULTORES.
AYUDA ASOCIADA AL CULTIVO DEL ARROZ.
Los productores que solicitan la ayuda asociada al cultivo del arroz, declararán la variedad sembrada, y
marcarán en la columna correspondiente la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2).
El sistema de explotación debe ser regadío.
(Usos admisibles: TA, TH, ZC).
AYUDA ASOCIADA A LOS CULTIVOS PROTEICOS.
Deberá marcarse en la columna correspondiente a la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2). Los
cultivos susceptibles de recibir de esta ayuda son:
• Proteaginosas: guisantes, habas y altramuz dulce;
• Leguminosas: veza, yeros, algarrobas, titarros, almortas, alholva, alverja, alberjón, alfalfa (sólo
en superficies de secano) esparceta y zulla, mezcla veza y avena mezcla veza-triticale, mezcla
veza-trigo, mezcla veza y cebada, mezcla zulla - cebada, mezcla zulla- avena.
• Oleaginosas: girasol, soja, colza, camelina y cártamo
Esta ayuda se concederá en superficies de regadío y en secano con índice de rendimiento comarcal
mayor a 2.000 kg/ha.
Se deberá declarar la variedad sembrada para aquellas especies que sea obligatorio (todos los cultivos
indicados anteriormente salvo los yeros, algarrobas, titarros, almortas, alverjas y camelinas).
(Usos admisibles: TA, TH, ZC).
AYUDA ASOCIADA A LAS LEGUMBRES DE CALIDAD.
Los cultivos susceptibles de recibir esta ayuda son las lentejas, garbanzos y judías, debiendo estar
acogidas las superficies declaradas a una DOP, IGP o cultivadas según métodos de producción ecológica.
Deberá marcarse en la columna correspondiente a la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2).
(Usos admisibles: TA, TH, ZC).
AYUDA AL ALGODÓN.
Deberá marcarse en la columna correspondiente a la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2). Se
deberá declarar la variedad sembrada.
(Usos admisibles: TA, TH, ZC).
AYUDA ASOCIADA A LA REMOLACHA AZUCARERA.
Deberá marcarse en la columna correspondiente a la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2). Se
deberá declarar la variedad sembrada.
(Usos admisibles: TA, TH, ZC).
AYUDA ASOCIADA A LOS FRUTOS DE CÁSCARA Y ALGARROBAS.
Los cultivos susceptibles de recibir esta ayuda son: almendro, avellano y algarrobo deben ser cultivados
en secano, salvo el avellano que también es elegible en regadío. Deberá marcarse en la columna
correspondiente a la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2).
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(Usos admisibles: FL, FV, FS, FF, CS Y ZC).
AYUDA ASOCIADA AL TOMATE PARA INDUSTRIA.
El cultivo susceptible de recibir esta ayuda es Tomate para Transformación. Deberá marcarse en la
columna correspondiente a la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2).
Los solicitantes de esta ayuda deberán identificar además sus datos de referencia en la contratación de
tomate que se mostrarán en el Formulario 1.
(Usos admisibles: TA, TH, ZC).
AYUDAS ASOCIADAS A LOS GANADEROS.
FORMULARIO 6.- AYUDA ASOCIADA PARA LAS EXPLOTACIONES QUE
MANTENGAN VACAS NODRIZAS.
Lo presentarán los productores que soliciten la ayuda asociada a los ganaderos que mantengan vacas
nodrizas.
En el formulario se indicará si en la explotación se comercializa o no leche en el periodo comprendido
entre el 1 de octubre del año anterior a la solicitud y el 30 de septiembre del año de solicitud.
Se solicitará por el número máximo de animales que cumplan los requisitos.
No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados.
FORMULARIO 7.- AYUDA ASOCIADA PARA LAS EXPLOTACIONES DE VACUNO
DE LECHE.
Lo presentarán los ganaderos que soliciten la ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.
En el formulario, se indicará si comercializa leche. En caso afirmativo deberá indicar si entrega a
compradores, durante al menos seis meses en el periodo comprendido entre el 1 de octubre del año
anterior a la solicitud y el 30 de septiembre del año de solicitud o, si realiza entregas directas en este
último año.
Se indicará que se solicita por el número máximo de animales que cumplan los requisitos.
No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados.
FORMULARIO 8.- AYUDA ASOCIADA PARA LAS EXPLOTACIONES DE VACUNO
DE CEBO.
Lo presentarán los productores que soliciten la ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.
Deberán realizar la solicitud única aunque sólo se solicite esta ayuda.
Se solicitará por el número máximo de animales que cumplan los requisitos.
No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados.
FORMULARIO 8C.- AYUDA ASOCIADA PARA LAS EXPLOTACIONES DE VACUNO
DE CEBO (CEBADEROS COMUNITARIOS).
Lo presentarán los cebaderos comunitarios que soliciten la ayuda asociada para las explotaciones de
vacuno de cebo. Deberán realizar la solicitud única aunque sólo se solicite esta ayuda.
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Se solicitará por el número máximo de animales que cumplan los requisitos.
No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados.
Se relacionarán los ganaderos socios del cebadero, indicando el nombre y el NIF de los mismos.
FORMULARIO 9.- AYUDA ASOCIADA PARA LAS EXPLOTACIONES DE OVINO
Y/O CAPRINO.
A cumplimentar por los productores que deseen acogerse a las ayudas ligadas al sector ovino/ caprino,
debiendo marcar la casilla correspondiente en función de la solicitud que se desee realizar:
- Ayuda asociada para las explotaciones de ovino. - Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.
Declarando:
- Su explotación está incluida en el registro general de explotaciones ganaderas (R.E.G.A.). - Con el fin de evitar la creación artificial de las condiciones para percibir esta ayuda, tener un umbral
mínimo de movimientos de salida de la explotación, de al menos 0,6 corderos (animales menores de 12
meses) por hembra elegible y año, en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2018 y el 31 de mayo
de 2019. Para el caprino, al menos 0,6 cabritos (animales menores de 12 meses) por hembra elegible en el
período comprendido entre el 1 de junio de 2018 y el 31 de mayo de 2019. - Tiene identificados los animales de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 685/2013 de 16 de
Septiembre por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies
ovina y caprina.
Y comprometiéndose a:
- Informar por escrito de cualquier traslado a explotaciones no declaradas, que se efectúe con
posterioridad a la realización de la solicitud. - Llevar libro de registro actualizado.
FORMULARIO 10.- AYUDA ASOCIADA PARA LOS GANADEROS QUE
MANTUVIERON DERECHOS ESPECIALES EN 2014 Y NO DISPONEN DE
HECTÁREAS ADMISIBLES PARA LA ACTIVACIÓN DE LOS DERECHOS DE PAGO
BÁSICO.
A cumplimentar por aquellos ganaderos de vacuno de cebo, vacuno de leche, ovino y caprino que
mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de los
derechos de pago básico.
Deberán realizar la solicitud única aunque sólo se solicite esta ayuda.
Declarando:
- Que en la campaña 2014 disponía de derechos especiales de pago único y no disponía de hectáreas
admisibles para la activación de derechos de pago básico.
- Que en la campaña 2014 no fue titular de derechos normales y no declaró en dicha campaña una
superficie igual o mayor a 0,2 hectáreas, excepto que el hecho de no disponer de hectáreas disponibles
sobre las que activar derechos de pago básico se deba a la ausencia de hectáreas admisibles
determinadas en la declaración de la solicitud de ayudas del año 2013.
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- Que en caso de animales de la especie ovina y/o caprina por los que se solicita ayuda se encuentran
identificados y registrados de acuerdo con el Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, por el que se
establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie ovina y caprina.
- En caso de animales de la especie bovina por los que se solicita ayuda, se encuentran registrados de
acuerdo con el Real Decreto 1980/1998 de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de
identificación y registro de animales de la especie bovina.
- En caso de animales de la especie bovina, si un productor presenta una solicitud a título individual y
también figura como socio en la solicitud presentada por un cebadero comunitario, deberá indicar en su
solicitud que es socio de un cebadero comunitario que ha solicitado esta ayuda específica, indicando el
NIF y nombre de dicho cebadero comunitario.
- Que las explotaciones donde están ubicados los animales cumplen las disposiciones establecidas en el
Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece el Registro General de Explotaciones
Ganaderas (REGA)
Se solicitará esta ayuda por el número máximo de animales que cumplan los requisitos establecidos en la
normativa.
AYUDAS AGROAMBIENTALES Y CLIMÁTICAS Y AYUDA A LA
GANADERÍA ECOLÓGICA.
FORMULARIO 11.- SOLICITUD DE AYUDA A LA APICULTURA PARA LA
CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD, IMPLANTACIÓN O MANTENIMIENTO A
LA APICULTURA ECOLÓGICA.
Se ha de especificar el número de explotación apícola asignado por Sanidad Animal.
Una vez revisados estos datos y estando de acuerdo con ellos, el solicitante ha de marcar la ayuda que le
corresponde, pudiendo ser:
- Apicultura para la conservación de la biodiversidad. Convocatoria 2016, 2018 y 2019 - Implantación de prácticas y métodos de apicultura ecológica. Convocatoria 2019. - Mantenimiento apicultura ecológica. Convocatoria 2017 y 2019.
En el trámite “Declaración de localización y traslado de colmenas Agroambientales”, la identificación de
los asentamientos podrá ser:
- Dentro de la Comunidad Autónoma: se realizará mediante la expresión del municipio y de las
coordenadas X e Y en la proyección correspondiente, esto es, el sistema de referencia geodésico oficial
para la Península Ibérica ETRS89 (European Terrestrial Reference System 1989), todo ello conforme
establece el Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio. - En otra Comunidad Autónoma: se realizará especificando la provincia donde se traslada el
asentamiento. - En el extranjero: Se realizará especificando que el asentamiento se traslada al extranjero.
Las personas que deseen ser beneficiarias de ayudas en apicultura ecológica deberán tener en cuenta las
siguientes características específicas:
a) Las personas que declaren actividades apícolas ecológicas deben tener en cuenta los artículos
13 y 78 del RD 889/2008, dónde se recogen los requisitos y condiciones de alojamiento
específicos aplicables a la apicultura ecológica.
b) Inscripción por primera vez: debe estar registrado previamente en el Registro General de
Explotaciones Ganaderas (REGA) y Registro Apícola de la Junta de Extremadura.
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Reflejando los datos referentes al tipo de ganado, edad, número o sexo presentes en la explotación,
relacionados con el Código asignado en Registro General de Explotaciones Agrarias (REGA).
Y el tipo de ayuda solicitada pudiendo seleccionar entre implantación o mantenimiento, según
corresponda.
FORMULARIO 12.- SOLICITUD DE AYUDA AL FOMENTO DE RAZAS AUTÓCTONAS
EN PELIGRO DE EXTINCIÓN Y/O GANADERÍA ECOLÓGICA Y/O GANADERÍA
EXTENSIVA DE CALIDAD.
Deberá indicar el número de animales por los que solicita la ayuda, se diferenciarán por tramo de edad,
dicho tramo de edad se entenderá cumplido, si el animal se encuentra dentro de ese tramo el último día
del plazo de solicitud de la ayuda.
a) En el caso de solicitar ayuda al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción se indicará el
código REGA, el nombre de la explotación, la ayuda solicitada en función del año de inicio de
compromisos, especie, raza y sexo.
No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados.
Se deberá identificar en este formulario el organismo técnico competente que registra y lleva al día el
libro genealógico o libro zootécnico de la raza y en el cual tiene inscrito los animales objeto de ayuda en
el Libro de Registro Oficial de la Raza.
b) En el caso de solicitar ayuda a la ganadería ecológica, se indicará el código REGA, el nombre de la
explotación, la ayuda solicitada en función del año de inicio de compromisos y especie.
En el caso de solicitar ayuda a la ganadería ecológica el titular de la ayuda deberá incluir en régimen de
producción ecológica todos los animales de la misma especie que pertenezca a su explotación. Se
entiende por explotación, todas las fincas inscritas a nombre de un mismo titular en el Registro de
Explotaciones Agrarias de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados.
c) En el caso de solicitar ayuda a la ganadería extensiva de calidad, se indicará el código REGA, el
nombre de la explotación, la ayuda solicitada y especie.
Las especies elegibles para esta ayuda son bovino, ovino y caprino mayores de 12 meses.
No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados.
RESERVA NACIONAL DE PAGO BÁSICO.
FORMULARIO 5.- FORMULARIO DE RESERVA NACIONAL DE PAGO BÁSICO
Se deberá marcar el epígrafe o epígrafes por los que solicita el acceso a la Reserva Nacional y según los
casos aportar la documentación que se establece en la Orden de 24 de enero de 2019, por la que se
regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago
básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de
desarrollo rural y actualización de los registros de explotaciones agrarias de Extremadura, operadores-
productores integrados general de la producción apícola de ámbito nacional y actuaciones de operadores
titulares de fincas agropecuarias de producción ecológica operadores ecológicos y general de la
producción agrícola de ámbito nacional, campaña 2019/2020 .
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Epígrafes:
a) Agricultores legitimados para recibir derechos de ayuda o para aumentar los derechos existentes
por sentencias judiciales firmes o actos administrativos firmes.
b) Los jóvenes agricultores y nuevos agricultores que comiencen su actividad agrícola, aunque
hubieran ya percibido una primera asignación de derechos de pago único a través de la reserva
nacional de 2014, que cumplan los criterios establecidos en el artículo 24 del Real Decreto
1076/2014, de 19 de diciembre, modificado por el Real Decreto 745/2016, de 30 de diciembre.
AYUDAS AL DESARROLLO RURAL DE OTRA COMUNIDAD
AUTÓNOMA.
Cuando un titular tenga que solicitar una Ayuda de Desarrollo Rural de otra Comunidad Autónoma se
procederá de la siguiente manera:
1º) Ha de marcar en la pantalla de “ayudas y primas” la ayuda que corresponda: − Ayudas por superficie en otra Comunidad Autónoma. − Ayudas a razas autóctonas en otra Comunidad Autónoma. − Ayudas ganadería ecológica en otra Comunidad Autónoma. − Ayudas a la apicultura en otra Comunidad Autónoma. − Ayudas a la forestación de tierras agrícolas en otra Comunidad Autónoma. − Ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas en otra
Comunidad Autónoma.
2º) Solicitar la ayuda en el formulario específico. Si la ayuda no está dada de alta en la aplicación
ARADO, hay que ponerse en contacto con el Servicio de Registro de Explotaciones Agrarias a través del
correo electrónico [email protected] y se procederá a darla de alta para su posterior
declaración.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE OPERADORES TITULARES DE
FINCAS AGROPECUARIAS DE PRODUCCIÓN ECOLÓGICA.
FORMULARIO 14. – Cumplimentarán este formulario los declarantes que pretendan inscribirse o todos los
declarantes dados de alta como Operador Titular de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica que
pretendan renovar/Actualizar. Tendrán obligación de renovar o actualizar todos los titulares dados de alta
como Operador Titular de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica, a excepción de los declarantes
que hayan solicitado la baja en el formulario 1.
Además de marcar la “Solicitud como operador Titular de fincas Agropecuarias de Producción
Ecológica”, “Actualización como operador Titular de fincas Agropecuarias de Producción Ecológica”
o “Baja como operador Titular de fincas Agropecuarias de Producción Ecológica” en la pantalla de
“ayudas y primas”, se debe asignar el detalle de “Registro de Producción Ecológica o Actualización de
Registro de Producción Ecológica” al recinto agrícola declarado en el Formulario 2 en todas las parcelas
que se desee mantener. Este detalle se encuentra incluido en el listado de ayudas opcionales para cada
recinto. Los datos recogidos en Solicitud Única actualizarán los Registros existentes y a petición de los
titulares, actualizarán los correspondientes certificados.
Los animales y el resto de la información necesaria para tramitar la solicitud de inscripción se incorporarán
en las pantallas que recogen la información que se visualizará en el formulario 14, no siendo necesario
incluir en estas pantallas datos de cultivos y superficies, pues ya se han declarado en el formulario 2.
Los animales a Inscribir o Actualizar en el Registro de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de
Producción Ecológica se declararán por REGA y deberán corresponder con el censo existente en la
explotación a día de la declaración. Se deberá especificar los animales por Especie/raza, sexo y finalidad
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productiva, y por cada especificación anterior se detallará el número y la edad.
Los apicultores ecológicos, además, deberán incluir en el Formulario 14, los asentamientos apícolas
declarados, junto al nº de asentamientos, coordenadas UTM, nº de colmenas totales y material de
fabricación de las mismas.
Si no se realiza el trámite específico de “Inscripción / Actualización Producción Ecológica” en el plazo de
presentación de la solicitud única, la solicitud de inscripción y actualización de Operador Titular de
Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica no se dará por terminada.
Las modificaciones que afecten a cultivos (siembras, plantaciones,..) con posterioridad al plazo de Solicitud
Única deberán ser comunicados directamente mediante escrito o mediante el Programa Anual de Producción
Vegetal Ecológica, al Servicio de Producción Agraria. excepción de los declarantes que hayan solicitado la
baja en el formulario 1.
TRAMITE ESPECÍFICO PARA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA:
Inscripción /Actualización de Producción Ecológica.
INFORMACIÓN GENERAL. Este apartado tiene por objeto informar a los administrados ecológicos del procedimiento específico para
la inscripción y actualización del listado de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción
Ecológica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El trámite será específico para los Operadores ecológicos que se inscriban y actualicen sus datos, y
realicen la solicitud única a través de la plataforma Arado / Laboreo, en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Este trámite se realizará a través de la aplicación ARADO, en el apartado Inscripción
/Actualización de Producción Ecológica, una vez que se haya finalizado la Solicitud Única 2019.
La normativa que regula la solicitud Orden de 24 de enero de 2019 por la que se regulan los
procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros
pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y
actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de Extremadura, Operadores-Productores
Integrados, General de la Producción Agrícola de ámbito nacional y actualización de Operadores
Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Campaña 2019/2020 (DOE 30/01/2019), y la
normativa específica para productores ecológicos, Decreto 42/2009, de 6 de marzo, por el que se crea el
Comité de Agricultura Ecológica de Extremadura (CAEX) (DOE 49, 12 de marzo de 2009) y
modificación posterior, Decreto 29/2013, de 12 de marzo, por el que se modifica el Decreto 42/2009
(DOE 54, 19 de marzo de 2013).
Además deberá cumplirse la normativa ecológica vigente, especialmente el REGLAMENTO (CE)
889/2008 del 5 de septiembre de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación del
Reglamento (CE) n o 834/2007 del Consejo sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos,
con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control.
La Dirección General de Agricultura y Ganadería perteneciente a la Consejería de Medio Ambiente y
Rural, Políticas Agrarias y Territorio, tendrá la consideración exclusiva de Autoridad de Control y
Certificación Ecológica, y por tanto, la encarga de verificar y validar dicho trámite.
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IDENTIFICACIÓN.
Se reflejarán los datos del titular de la explotación, como responsable de la información declarada en el
trámite específico para Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Se reflejarán datos personales, domicilio de notificación y representante siempre que corresponda a
entidades jurídicas.
SOLICITUD ÚNICA ASOCIADA.
El trámite específico se realizará, una vez que se haya realizado la Solicitud Única 2019, asociando
ambos procedimientos. Se debe hacer referencia al número de la solicitud presentada, volcándose los
datos de dicha solicitud sobre el tramite.
Los datos se reflejan en la siguiente pantalla:
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De manera que se reflejarán los datos referentes a la Solicitud Única presentada, estado, fecha de registro
y número de expediente del administrado.
Posteriormente, se deben complementar datos referentes al listado de Operadores de Titulares de
Producción Ecológica en Extremadura, con dos posibles escenarios:
• Actualización (anotando el número de expediente asignado)
• Inscripción (aún sin número de expediente asignado)
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TASAS.
Aquellos administrados, que se inscriban por primera vez en el “Inscripción / Actualización Producción
Ecológica” deberán, además, realizar un pago de tasas, reflejando la referencia al Modelo 50 presentado,
con el pago de tasas correspondiente a Producción Ecológica.
El Pago de tasas se realizará SOLO EN CASO DE INSCRIPCIÓN, los operadores ecológicos ya
registrados que deseen actualizar, ampliar o modificar sus datos, están exentos de tasas de renovación y
de actualización.
Las tasas 2019 son establecidas por la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DEO 147 de 27 de Diciembre de 2001), y Resolución de
24 de enero de 2019, (DOE 19, 29 de enero de 2019), por la que se publican las tarifas actualizadas de las
tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, corresponderán dos conceptos:
inscripción, más expedición del certificado, bajo el código 12016-3, con las siguientes cuantías:
1.1 Actualización / Ampliación en el Registro
Superficie hasta 5 ha...............................................................................................................22,56 € Superficie de 5 a 20 ha ...........................................................................................................55,47 € Superficie mayor de 20 ha y/o especie ganadera. ................................................................121,57 €
1.2 Expedición del Certificado .........................................................................................................10,61 €
Cuantía total: Cuantía por superficie + expedición del certificado (10,61 €).
ANEXO I (IV): Formulario productores ecológicos.
Continuando con el trámite, se reflejarán en el formulario los siguientes apartados: RELACIÓN DE RECINTOS
Se incluirán los mismos recintos que en Solicitud Única 2019, pero solamente aquellos que se hayan
marcado para su inscripción o actualización en el Listado de Operadores Titulares de Producción
Ecológica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Al igual que en Solicitud Única, la declaración gráfica tendrá como base las referencias alfanuméricas
que figuren en el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), salvo excepciones
por concentración parcelaria. Para cultivos asociados, se indicará la superficie de cada cultivo.
ORIGEN DE RECINTOS.
Tras esta pantalla, aparecerá una pantalla de diálogo, donde los titulares podrán comunicar si los recintos
declarados, provienen de otro titular ecológico que declarara esos recintos previamente. De esta forma, en
cumplimiento del Artículo 15 del Decreto 42/2009, Si el operador traspasa total o parcialmente su
explotación, a otra persona física o jurídica, ésta podrá continuar inscrita manteniendo la misma
antigüedad que el anterior, siempre que cumpla los requisitos de la inscripción.
En este apartado se deberán indicar los datos del operador anterior, número de expediente y relación de
recintos traspasados.
APLICACIÓN DE PRODUCTOS NO COMPATIBLES ANTERIORES LOCALES E
INSTALACIONES.
Se reflejarán aquella superficie e instalaciones con aplicación de productos no compatibles con la
producción ecológica, conforme al REGLAMENTO (CE) 889/2008, haciendo referencia a los recintos,
productos aplicados y fecha de última aplicación.
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LOCALES E INSTALACIONES DE LA EXPLOTACIÓN.
Se reflejarán locales e instalaciones asociados a la explotación ecológica, enumerando unidades,
localización, descripción y uso de cada uno de ellas.
MANEJO DE LA UNIDAD.
Se reflejarán datos relativos a la explotación y manejo de los cultivos ecológicos declarados,
incluyendo: - Datos de la maquinaria agrícola empleada, labores culturales utilizados por cultivos - Plagas y enfermedades principales asociadas al cultivo ecológico y tratamientos a incluir
en el Plan Anual Vegetal - Fertilizaciones y otras actuaciones a realizar en la explotación, previstas para el Plan
Anual Vegetal para 2019.
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MEDIDAS PARA EVITAR EL RIESGO DE CONTAMINACIÓN.
Se anotarán las medidas preventivas a tomar para evitar confusión o contaminación de cultivos, ganado,
materias primas, de productos elaborados, o durante la elaboración de los mismos, que incluya medidas
de identificación y de comprobación fehaciente del origen ecológico del producto con el que se vaya a
realizar actividad ecológica. Breve descripción de las diferentes fases por las que pasa el producto ecológico en la explotación
asegurando la seguridad e identificación de los productos ecológicos.
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GANADO.
Será cumplimentada por aquellas personas que declaren ganadería ecológica, incluyendo los datos
declarados en Solicitud Única 2019, haciendo referencia al ganado incluido en el Registro de Producción
Ecológica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los datos a incluir serán nº de explotación del Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA),
relación del ganado con datos referentes a la raza, edad, sexo y nº de cabezas y destino/finalizad del
mismo.
Se deberá reflejar la Gestión del estiércol dentro de la explotación, localización del almacenamiento y
plan de esparcimiento incluyendo fechas de esparcimiento, cantidad esparcida y recintos de aplicación.
Se incluirán los planes de gestión específicos para ganado ecológico, incluyendo: - Alimentación: el estado productivo del animal y el tipo de alimento utilizado (leche materna,
forrajes, concentrados, paja, otros) - Saneamiento: tratamientos y profilaxis - Plan de limpieza de las instalaciones: productos utilizados y fechas de aplicación
APICULTURA.
Para los titulares de Explotaciones Apícolas de Producción Ecológica será necesario rellenar este
apartado. Los datos serán autocopiativos, según la Solicitud Única presentada, haciendo referencia a los siguientes
datos:
Asentamientos: relación de asentamientos apícolas declarados. Relación de colmenas: relación de asentamientos apícolas declarados.
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Siguiendo el procedimiento declarativo, aparecerá reflejado el listado detallado de asentamientos, junto a
datos de coordenadas UTM, número de colmenas y material de fabricación según la Solicitud Única
declarada.
Además, se reflejarán datos específicos del plan de gestión, que hagan referencia a la alimentación
de las colmenas, origen de cera empleada, saneamiento, recogida de miel, etc.
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DOCUMENTACIÓN ADJUNTA.
En el apartado adjuntos, y sólo para los administrados que declaren por primera vez, su inscripción en el
listado de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, será necesario adjuntar la siguiente documentación:
− Para el caso de que el solicitante sea persona jurídica deberán adjuntarse: Fotocopia del documento acreditativo de la constitución de la entidad. Fotocopia del documento comprensivo de las facultades del representante. Fotocopia del DNI del representante en caso de haber denegado su consulta.
− Justificante de pago (Modelo 50) de las tasas establecidas en la Ley 18/2001, de 14 de diciembre,
sobre Tasas y Precios Públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura
PRESENTACIÓN.
Finalmente, aparecerá la pantalla final, para presentar el trámite de Inscripción -Actualización de Producción
Ecológica, y su impresión.