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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES RESOLUCIÓN NO 258 l.. CARACAS, 1 7 DIC. 2007 AÑOS 197 0 Y 148 0 En conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, artículo 19 de la Ley de Universidades, artículo 15 del Decreto N° 5.246 de 20 de marzo de 2007 sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional, en concordancia con el artículo 26 del Decreto 3.444 de 24 de enero de 2005 del Reglamento Orgánico del Ministerio del Poder Popular para la EducaciónSuperior, CONSIDERANDO Que en la sesión ordinaria del Consejo Nacional de Universidades de fecha 22 de noviembre de 2007, se emitió opinión favorable: ~ Al cambio de denominación del Decanato de Medicina por el de Decanato de Ciencias de la Salud "Dr. Pablo Acosta Ortiz" de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado (U.C.L.A.), sede: Barquisimeto, estado Lara. ~ Al estudio de factibilidad del proyecto de ampliación del Programa de Profesionalización Docente a otros profesionales que laboran en Educación Básica en sus diferentes etapas, presentado por la Facu~ltna--d __ ~ ~__ H~ _ de Humanidades y Educación de la Universidad de los Andes (U.L.A.), sedes: Mérida, estado Mérida y San Cristóbal, estado Táchira. ~ Al estudio de factibilidad y estudio académico del proyecto de creación de la carrera de Ingeniería de~Telecomunicaciones de la Universidad de Carabobo (U.c.), sede: Valencia, estado Carabobo. 1
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  • REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIN

    SUPERIORCONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    RESOLUCIN NO 2 5 8 l..CARACAS, 1 7 DIC. 2007AOS 1970 Y 1480

    En conformidad con lo dispuesto en el artculo 92 de la Ley Orgnica de laAdministracin Pblica, artculo 19 de la Ley de Universidades, artculo 15del Decreto N 5.246 de 20 de marzo de 2007 sobre Organizacin yFuncionamiento de la Administracin Pblica Nacional, en concordancia conel artculo 26 del Decreto 3.444 de 24 de enero de 2005 del ReglamentoOrgnico del Ministerio del Poder Popular para la EducacinSuperior,

    CONSIDERANDO

    Que en la sesin ordinaria del Consejo Nacional de Universidades de fecha22 de noviembre de 2007, se emiti opinin favorable:

    ~ Al cambio de denominacin del Decanato de Medicina por el deDecanato de Ciencias de la Salud "Dr. Pablo Acosta Ortiz" de laUniversidad Centroccidental Lisandro Alvarado (U.C.L.A.), sede:Barquisimeto, estado Lara.

    ~ Al estudio de factibilidad del proyecto de ampliacin del Programa deProfesionalizacin Docente a otros profesionales que laboran enEducacin Bsica en sus diferentes etapas, presentado por la Facu~ltna--d__~ ~__H~ _de Humanidades y Educacinde la Universidad de los Andes (U.L.A.),sedes: Mrida, estado Mrida y San Cristbal, estado Tchira.

    ~ Al estudio de factibilidad y estudio acadmico del proyecto de creacinde la carrera de Ingeniera de~Telecomunicacionesde la Universidadde Carabobo (U.c.), sede: Valencia, estado Carabobo.

    1

  • ~ Para la aprobacin de la extensin Carpano del ncleo Sucre de laUniversidad Nacional Experimental Politcnica de la Fuerza ArmadaNacional (U.N.E.F.A.), sede: Carpano, estado Sucre y laregularizacin de funcionamiento de las carreras de: Licenciatura ~nEducacin Integral, Licenciatura en Administracin de Desastres, CicloBsicode Ingeniera, Ingeniera Mecnicae Ingeniera de Sistemas.

    ~ Al estudio de factibilidad del proyecto de creacin del DecanatoExperimental de Humanidades y Artes de la UniversidadCentroccidental Lisandro Alvarado (U.C.L.A.), sede: Barquisimeto,estado Lara.

    ~

    ~ Al estudio de factibilidad y acadmico del proyecto de creacin de lacarrera de Ingeniera Biomdica de la Universidad NacionalExperimental Francisco de Miranda (U.N.E.F.M.), sede: Coro, estadoFalcn.

    ~ Para la aprobacin y la regularizacin de funcionamiento de la carrerade Licenciatura en Contadura Pblica de la Universidad NacionalExperimental Politcnica de la Fuerza Armada Nacional (U.N.E.F.A),sede: ncleo Caracas.

    ~ Al estudio de factibilidad y acadmico del proyecto de creacin de lacarrera de Msica, con las menciones de: Educacin Musical, DireccinOrquestal, Direccin Coral, Composicin, Ejecucin Instrumental yEjecucin Instrumental en Canto Lrico de la UniversidadCentroccidental Lisandro Alvarado (U.C.L.A.), sede: Barquisimeto,estado Lara.

    ~ Para la aprobacin del ncleo Vargas de la Universidad NacionalExperimental Politcnica de la Fuerza Armada Nacional (U.N.E.F.A),sede: Catia La Mar, estado Vargas y la regularizacin defuncionamiento de las carreras de: Ingeniera Naval, IngenieraMecnica, Ingeniera de Sistemas, Economa Social, TSU enEnfermeTfcryI-stJEfTTurismo. ----"------~-"~

    );> Al estudio de factibilidad y estudio acadmico del proyecto de creacinde la carrera de Tcnico Superior Universitario en TecnologaCardiopulmonar de la Universidad de Carabobo (U.c.), sede:Valencia, estado Carabobo.

    2

  • ~ Al estudio de factibilidad y estudio acadmico del proyecto de creacinde la carrera de Tcnico Superior Universitario en Hotelera, a fin deregularizar el funcionamiento acadmico administrativo en el ncleoCaracas de la Universidad Nacional Experimental Politcnica de laFuerzaArmada Nacional (U.N.E.F.A), sede: Caracas.

    );. Al estudio de factibilidad y estudio acadmico del proyecto decreacin de la carrera de Licenciatura en Economa de la UniversidadCentroccidental Lisandro Alvarado (U.C.L.A.), sede: Barquisimeto,estado Lara.

    ~.;J;AI informe sobre el Convenio Acadmico entre la UniversidadExperimental del Tchira (U.N.E.T.) y la Universidad NacionalExperimental Francisco de Miranda (U.N.E.F.M.), para el intercambiode la carrera de Tcnico Superior Universitario en Electromedicina dela Universidad Nacional Experimental Francisco de Miranda(U.N.E.F.M.), para ser desarrollada por la Universidad NacionalExperimental del Tchira (U.N.E.T.), sede: San Cristbal, estadoTchira.

    ~ Al estudio de factibilidad y acadmico del proyecto de creacin de lacarrera de Tcnico Superior Universitario en Citotecnologa de laUniversidad de Carabobo (U.c.).

    ~ Al estudio de factibilidad y acadmico del proyecto de creacin de lacarrera de Licenciatura en Administracin de Desastres, a fin deregularizar el funcionamiento acadmico administrativo en el ncleoCaracas de la Universidad Nacional Experimental Politcnica de laFuerzaArmada Nacional (U.N.E.F.A), sede: Caracas.

    ~ Al estudio de factibilidad y estudio acadmico del proyecto de creacinde la carrera de Licenciatura en Msica de la Universidad NacionalExperimental del Tchira (U.N.E.T.).

    y AI--estudio-de-factibitidac:fyestrn:tioacadrntco-delproyecto de-rreactnde la carrera de Licenciatura en Conservacin y Restauracin deBienes Culturales Muebles de la Universidad Nacional ExperimentalFrancisco de Miranda (U.N.E.F.M), sede: Coro, estado Falcn.

    ~ Al Convenio Acadmico entre la Universidad Central de Venezuela(U.C.V.) y la Universidad Nacional Experimental del Tchira (U.N.E.T.),

    3

  • y Publquese,/'

    -/

    para desarrollar el programa Tcnico Superior Universitario enInspeccin en Salud PlIblica.

    ~ A la creacin y regularizacin del funcionamiento acadmicoadministrativo de la carrera de Tcnico Superior Universitario enMecnica Dental de la Universidad Nacional Experimental Politcnicade la Fuerza Armada Nacional (U.N.E.F.A), sede: ncleo Caracas,como en todos aquellos ncleos aprobados que la contemplan dentrode su oferta acadmica, asimismo se recomienda a la Institucin quese abstengan de aperturar esta carrera en otros ncleos diferentes alde Amazonas y Miranda, en los cuales ya tienen estudiantes inscritos,

    .;J;dadoque estos dos ncleos tambin requieren regularizarse.

    >- Para la aprobacin y regularizacin de funcionamiento de la carrera deLicenciatura en Educacin, mencin Biologa del Vicerrectorado deInfraestructura y Procesos Industriales de la Universidad NacionalExperimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora(U.N.E.L.L.E.Z.), sede: San Carlos, estado Cojedes.

    ~ Para la aprobacin y regularizacin de funcionamiento de la carrera deLicenciatura en Educacin, mencin Qumica del Vicerrectorado deInfraestructura y Procesos Industriales de la Universidad NacionalExperimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora(U.N.E.L.L.E.Z.), sede: San Carlos, estado Cojedes,

    RESUELVE

    Refrendar los acuerdos aprobados e identificados bajo los N 160, 162, 163,164, 16~ 167, 168, 16~ 170, 171, 172, 173, 174, 17~ 176, 177, 179, 18~181, 182 Y 183 de fecha I iembre de 2007, adjuntos a la presente.

    O\,.\\JAR,AIVA 01:,,-r'l) ~~,,:j ~ c./J ueIr

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  • DUCDNSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 160, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    El Con~ejoNacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2t1b7, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLey ejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial NO36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por la SecretaraPermanente y en atencin a la solicitud que elevara al cuerpo laUniversidad Centroccidental Lisandro Alvarado.

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable al cambio de denominacin del Decanato deMedicina por el de Decanato de Ciencias de la Salud "Dr. Pablo AcostaOrtiz" de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, sede:Barquisimeto, estado Lara, se concluye que dicha solicitud no implica cambio enla denominacin de los ttulos a otorgar, ni en la estructura organizativa de laUniversidad, por lo tanto se considera esta materia como un punto deinformacin al Consejo Nacional de Universidades.

    O\.\\j~IANA o!?-~,-el

    "" ,C UNI!~A CEDEO

    lonal de Universidades

  • DlICONSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 162, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    El ConsejoNacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 200~ de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey d~ Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLey Ijusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial N0 36.84~ defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el Director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario Dr. Antonio Castejn y enatencin a la solicitud que elevara al cuerpo la Universidad de Los Andes.

    ACUERDA

    Emitir opmlon favorable al Estudio de Factibilidad del proyecto deampliacin del Programa de Profesionalizacin Docente a otrosprofesionales que laboran en Educacin Bsica en sus diferentes etapas,presentado por la Facultad de Humanidades y Educacin de la Universidadde Los Andes, sedes: Mrida, estado Mrida y San Cristbal, estadoTchira, Cumplidos los requisitosestablecidosen el instructivovigente para latramitacinde proyectos.El Programa de Profesionalizacin Docente da derecho a la obtencin delTtulo de Licenciado en Educacin, mencin: Educacin Integral;Licenciado en Educacin, mencin Ciencias Naturales, Matemticas yTecnologa; Licenciado en Educacin, mencin: Ciencias Sociales;Licenciado en Educacin, mencin: Lengua, Cultura e Idiomas; Licenciadoen Educacin, mencin: Ciencias de la Salud.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar visitas deseguimientoacadmico- administrativoa las dos sedes,duranteel primer cicloacadmico,de los cualesrendirinformeal Cuerpo.

  • DUCDNSEJDNACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 163, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDEN CIA

    El Consejo Nacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 200~ de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLey t!jusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial N0 36.84~ defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el Director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario Dr. Antonio Castejn y enatencin a la solicitud que elevara al cuerpo la Universidad de Carabobo.

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable al Estudio de Factibilidad y Estudio Acadmico delproyecto de creacin de la carrera de Ingeniera de Telecomunicaciones dela Universidad de Carabobo, sede: Valencia, estado Carabobo. La matrculainicial estimada ser de 140 estudiantes. Cumplidos los requisitos establecidos enel instructivo vigente para la tramitacin de proyectos. El ttulo a otorgar a susegresados ser el de Ingeniero de Telecomunicaciones.Asimismo se recomienda a la Institucin acatar las consideraciones de plantafsica contenidas en el informe.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar visitas deseguimiento acadmico - administrativo durante el primer ciclo acadmico, con elfin garantizar la calidad del servicio que presta la Institucin, de lo cual rendirinformes al Cuerpo.

    UBLQJlSE,('

    A CEDEOional de Universidades

  • [J1JCONSEJONACIONAL OEUNIVE~SIOACESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NAC.IONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 164, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    FE ESIDENCI.i

    El Consejo Nacional de Universidadesen su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2007, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLeyejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial NO36.847, defecha /l9 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el Director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario Dr. Antonio Castejn y enatencin a la solicitud que elevara al cuerpo la Universidad NacionalExperimental Politcnica de la FuelZa Armada Nacional

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable para la aprobacin de la extensin Carpanodel ncleo Sucre de la Universidad Nacional Experimental Politcnica dela Fuerza Armada Nacional, sede: Carpano, estado Sucre, y laregularizacin de funcionamiento de las carreras de: Licenciatura enEducacin Integral, Licenciatura en Administracin de Desastres, Ciclobsico de Ingeniera, Ingeniera Mecnica e Ingeniera de Sistemas.Cumplidos los requisitos establecidos en el instructivo vigente para la tramitacinde proyectos.Asimismo se autoriza a la referida Universidad a otorgar a sus egresados el ttulocorrespondiente.Igualmente, se acord solicitar a la Institucin universitaria tomar enconsideracin las recomendaciones contenidas en el informe, en lo referido a laplanta fsica y remitir a la Oficina de Planificacin del Sector Universitario en unplazo no mayor de treinta das hbiles, a partir de la fecha de aprobacin de esteinforme, las acciones programadas o ejecutadas para la consecucin de una sedeacorde al uso educativo superior, as como el cronograma de dotacin de aulas,laboratorios y biblioteca.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar visitas seguimiento

    ----J(;(:ldmioo--=-admlnlstrativO-parlUl . onamiento del ncleo, as comolas mejoras en la infraestructura equipamiento, de lo cual rendir -----informe al cuerpo ~

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  • DlJCONSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 165, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    J;El Consejo Nacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2007, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLey ejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial NO36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad CentroccidentalLisandro Alvarado.

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable al Estudio de Factibilidad del proyecto decreacin del Decanato Experimental de Humanidades y Artes de laUniversidad Centro Occidental Lisandro Alvarado, sede: Barquisimeto,estado Lara.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar visitas de inspeccin ala planta fsica en construccin que servir de sede al Decanato en consideraciny a sus programas de formacin y de seguimiento al funcionamiento acadmico yadministrativo del mismo, para ir corrigiendo las deficiencias en el caso que laspresentase, con la finalidad de garantizar el desarrollo de ste, de lo cual rendirinforme al Cuerpo.

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    cional de Universidades

  • DlJCONSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 167, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    El Co~ejo Nacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2007, de conformidad c.()f} lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLeyejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial NO36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad NacionalExperimental Francisco de Miranda.

    ACUERDA

    Emitir oplnlon favorable al Estudio de Factibilidad y Acadmico delproyecto de creacin de la carrera de Ingeniera Biomdica de laUniversidad Nacional Experimental Francisco de Miranda, sede: Coro,estado Falcn, La matrcula inicial estimadaser de 75 estudiantes.Cumplidoslos requisitos establecidos en el instructivo vigente para la tramitacin deproyectos. Asimismo se autoriza a la referida Universidad a otorgar a susegresadosel ttulo de IngenieroBiomdico.La Oficina de Planificacindel Sector Universitariorealizarvisita de seguimientoacadmico - administrativodurante el primer ciclo acadmico,de lo cual rendirinformesal Cuerpo.

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  • [J1JCONSEJONACIONAl... DE. UNIVE::SIOAl:lESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 168, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    El Consejo Nacional de Universidadesen su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2007, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLey ejusdem y con el instructivo publicado en la GacetaOficial NO36.847, defecha~9 de diciembre de 1999y visto el informe presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario/ Dr. Antonio Castejn y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad NacionalExperImental Politcnica de la FuelZa Armada Nacional.

    ACUERDA

    ENeIA

    Emitir oplnlon favorable para la aprobacin y la regularizacin defuncionamiento de la carrera de Licenciatura en Contadura Pblica de laUniversidad Nacional Experimental Politcnica de la Fuerza ArmadaNacional, sede: ncleo Caracas. Cumplidos los requisitos establecidos en elinstructivo vigente para la tramitacin de proyectos. Asimismo se autoriza a lareferida Universidad a otorgar a sus egresados el ttulo de Licenciado enContadura Pblica.Igualmente se acord solicitar a la Institucin, el fiel cumplimiento de lo pautadoen el instructivo para la tramitacin ante el Consejo Nacional de Universidades,de la creacin de instituciones de Educacin Superior, as como tambin lacreacin, eliminacin, modificacin y funcionamiento de Facultades, Escuelas,Institutos, Ncleos, Extensiones y dems Divisiones Equivalentes en lasUniversidades. Instructivo aprobado en sesin ordinaria del CNU, en fecha 9 dediciembre de 1999. Gaceta Oficial N 36.847.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar visitas deseguimiento acadmico administrativo durante el primer ciclo acadmico, a fin deconstatar el cumplimiento de las actividades programadas en el Plan deDesarrollo, tanto de la carrera, as como del crecimiento y dotacin de la plantafsica que contempla nuevas inversO rucciones, de lo cual rendirinformes al Cuerpo. ",v-.~o

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  • UUCONSEJONACIONAL DEUNIVERSIOAOE:'3REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 169, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    El Consejo Nacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2007, de conformidad con lo dJ!'puestoen el flumeral4 del arl/culo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLeyejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial NO36.847, defecha.{J9 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad CentroccidentalLisandro Alvarado.

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable al Estudio de Factibilidad y Acadmico del proyectode creacin de la carrera de Msica, con las menciones de: EducacinMusical, Direccin Orquestal, Direccin Coral, Composicin, EjecucinInstrumental y Ejecucin Instrumental en Canto Lrico de la UniversidadCentroccidental Lsandro Alvarado, sede: Barquisimeto, estado Lara. Lamatrcula inicial estimada ser de 40 estudiantes. Cumplidos los requisitosestablecidos en el instructivo vigente para la tramitacin de proyectos. Asimismose autoriza a la referida Universidad a otorgar a sus egresados el ttulo deLicenciado en Msica, con la mencin correspondiente.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar seguimientoacadmico - administrativo durante el primer ciclo acadmico, a fin de constatarel cumplimiento de las actividades programadas en el Plan de Desarrollo, tantode la carrera como del crecimiento y dotacin de la planta fsica que contemplanuevas inversiones y construcciones, de lo cual re dir informes al Cuerpo.

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    acional de Universidades

  • [flJCONSEJONACIONAL DEUNIVE:SIOAOE5REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 170, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PHESIDENCIA

    El Consejo Nacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2007, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 1? del reglamento de laLey ejusdem y con el instructivo publicado en la GacetaOficial NO36.847, defecha.09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Oltcina de Planificacin del Sector Universitario; Dr. AntonIo Castejn; y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad NacionalExperimental de la Fuerza Armada Nacional.

    ACUERDA

    y PUBLQt1SE,,/A CEDEOional de Universidades

  • [flJCONSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 171, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    El Consf!jo Nacional de Universidadesen su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 20t!;, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLey ejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial NO36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad de Carabobo.

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable al Estudio de Factibilidad y Estudio Acadmico delproyecto de creacin de la carrera de Tcnico Superior Universitario enTecnologa Cardiopulmonar de la Universidad de Carabobo, sede: Valencia,estado Carabobo. La matrcula inicial estimada ser de 100 estudiantes.Cumplidos los requisitosestablecidosen el instructivovigentepara la tramitacinde proyectos. Asimismo se autoriza a la referida Universidada otorgar a susegresados el ttulo de Tcnico Superior Universitario en TecnologaCardiopulmonar.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar seguimientoacadmico- administrativoduranteel primer ciclo acadmico,de lo cual rendirinformesal Cuerpo.

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    onal de Universidades

  • ACUERDA

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    REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN :172, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    B ConsejoNacional de Universidadesen su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 200~de conronnidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en conCOrdanciacon el artculo 12del reglamento de laLey ejuSdemy COnel instructivo PUblicado en la Gaceta Oficial N0 36.84~ de1'fha 09 de diciembre de 1999y visto el inlbrme presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad NacionalExperimental POlitcnica de la Fuerza Al711ada Nacional.

    Emitir opinin favorable al Estudio de Factibilidad y EstUdio Acadmico delproyecto de creacin de la carrera de Tcnico Superior Universitario enHote'eria, a fin de regularizar el funcionamiento acadmico administrativoen el ncleo Caracas de 'a Universidad Nacional Experimental Politcnicade la Fuerza Annada Nacional, sede: Caracas. Cumplidos los requisitosestablecidos en el instructivo vigente para la tramitacin de proyectos. Asimismose autoriza a la referida Universidad a otorgar a sus egresados el titulo deTcnico Superior Universitario en Hotelera.

    Igualmente Se acord ordenar a la Institucinel Cumplimientode las siguientesobservaciones:

    -:- la planta lisica de la sede de la UNEFA en Caracas representa un granpotencial en cuanto a la flexibilidadde sus plantas de arquitectura, ya que sibien el uso original para el que fue concebido no era el educativo, ha pOdidoser adaptado en breve tiempo a las necesidades acadmicas,administrativas y de servicio sin por ello menoscabar la calidad de laestructura y el mnimo confort requerido.

    -:- No obstante, dada la incorporacin de nuevas carreras, la Institucin hapropuesto en el cumplimiento de s Plan Estratgico y aSociada~8S-j>oliticas- .__de extensin, un plan de fAmodelaci6n-de1asede ubicada en Chuao, para loclJal ha-so/icitado los recursos al EjecutivoNa.cional. En este plan se incluyela dotacin y equipamiento respectivo para todos los espacios de usodocente, tales cOmo aulas laboratorios y talleres, asi como para biblioteca,salas especiales de usos mltiples y reasadministrativas y de servicio.

    -:-Aunque para las actividades prcticas de Hoteleria y Turismo la UNEFAutiliza el Circulo Militar y el Club de SUboficiales, deben procurarse espaciosdentro de la institucin, tales como Unprototipo de habitacin de hotel, consu respectivo mobiliario y equipo.

    (- Mencin aparte merece la dotacin en biblioteca, que aunque ha si?ofavorecida con donaciones de organismos como PDVSA y la OPSU, aunrequiere de una mayor coleccin bibliogrfica con los titUlas especializadosde las diferentes reas de conocimiento, que inc/",,~ 1M __ n _ reas de Turismo v HntCl' ....r~_

  • .:. De igual manera, es importante h~cer nfasis en que las estructuras fsicasno slo deben tener la capacidad y la dotacin requeridas; se necesita aunplan de mantenimiento continuo, tanto de reas exteriores como de reasinteriores, instalaciones elctricas, sanitarias y mecnicas, (aireacondicionado, presurizacin) para as poder optimizar tanto las funcionescomo los recursos financieros asignados a planta fsica. En el caso de laUNEFA Chuao, las reas destinadas a sanitarios y profesores, aunque estndotadas de las piezas requeridas segn la poblacin a atender, es necesarioaedicar especial atencin al ajuste o reposicin de tuberas, as como a unapoltica continua de aseo de los sanitarios que redundar en un mejorfuncionamiento y a satisfaccin de la comunidad universitaria.

    :. Por todo lo antes expuesto, puede concluirse que los espacios docentes,apoyo docente, administrativos y de servicio de la sede Chuao puede tenerlas condiciones mnimas necesarias, tanto en reas como en confort para eldesarrollo de la carrera en estudio, siempre y cuando se sigan lasrecomendaciones realizadas por el tcnico de la OPSU, en relacin aampliaciones, equipamiento de laboratorios y mantenimiento en general.

    .:. En cuanto a la ampliacin y mejoras del servicio de Biblioteca, se deben irincorporando nuevos textos tanto de coleccin general como losespecializados en las diferentes reas de conocimiento para formar parte dela coleccin permanente, lo cual redundar en el beneficio de los estudiantesy en general de toda la comunidad universitaria.

    :. As mismo se recomienda dar cumplimiento con el proceso de tramitacincontenido en la normativa vigente de este Cuerpo por las consecuenciaslegales que las puestas en funcionamiento de una carrera genera .

    :. Considerar ante la OPSU en un plazo no mayor de 30 das hbiles, lanmina de personal docente disponible con sus respectivos currculos y losdatos de matrcula atendida en la carrera de TSU en Turismo, conveniosestablecidos con las instancias gubernamentales privadas de apoyo a launiversidad para la carrera, en caso de que existiese.

    La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar seguimientoacadmico - administrativo dur~nte el pri ciclo acadmico, de lo cualrendir informes al Cuerpo.

  • OUCONSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 173, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    El Consejo Nacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2O;~de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLey ejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial N 36.84~ defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad CentroccidentalLisandro Alvarado

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable al Estudio de Factibilidad y Estudio Acadmico delproyecto de creacin de la carrera de Licenciatura en Economa de laUniversidad Centro~cidental Lisandro Alvarado, sede: Barquisimeto, estadoLara. Cumplidos los requisitos establecidos en el instructivo vigente para latramitacin de proyectos. Asimismo se autoriza a la referida Universidad aotorgar a sus egresadosel ttulo de Licenciado en Economa.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar seguimientoacadmico - administrativodurante el primer ciclo acadmico, para verificar laptima funcin de dichaoferta acadmica,de lo cual rendir informeal Cuerpo.

    y PUB~UESE,/}

    . A CEDEO,. ianal de Universidades

  • [flJCONSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 174, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    El Consejo Nacional de Universidadesen su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2007, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLey ejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial N 36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad NacionalExperimental del Tchira.

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable al informe sobre el Convenio Acadmico entre laUniversidad Nacional Experimental del Tchira y la Universidad NacionalExperimental Francisco de Miranda, para el intercambio de la carrera deTcnico Superior Universitario en Electromedicina de la UniversidadNacional Experimental Francisco de Miranda, para ser desarrollada por laUniversidad Nacional Experimental del Tchira, sede: San Cristbal, estadoTchira. Dicha carrera ya se encuentrafinalizandosu tercer semestre, con unaseccin de 45 estudiantes. La Oficina de Planificacindel Sector Universitariorealizarseguimiento acadmico- administrativodel ConvenioUNET- UNEFM,duranteel primer ciclo acadmico,de lo cual rendir informeal Cuerpo.

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    CEDEOnal de Universidades

  • DUCONSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 175, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    El Consejo Nacional de Universidadesen su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2tJtJ7, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLeyejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial N0 36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario/ Dr. Antonio Castejn/ y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad de Carabobo.

    ACUERDA

    Emitir oplnton favorable al estudio de factibilidad y acadmico delproyecto de creacin de la carrera de Tcnico Superior Universitario enCitotecnologa de la Universidad de Carabobo. Cumplidos los requisitosestablecidos en el instructivo vigente para la tramitacin de proyectos. Asimismose autoriza a la referida Universidad a otorgar a sus egresados el ttulo deTcnico Superior Universitario en Citotecnologa.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar seguimientoacadmico - administrativo durante el primer ciclo acadmico, de lo cual rendirinformes al Cuerpo.

  • DUCONSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 176, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

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    4t?

    EOacional de Universidades

    El Consejo Nacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2&07, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLeyejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial NO36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad NacionalExperimental Politcnica de la Fuerza Armada Nacional

    ACUERDA

    Emitir opmlon favorable al estudio de factibilidad y acadmico delproyecto de creacin de la carrera de Licenciatura en Administracin deDesastres, a fin de regularizar el funcionamiento acadmicoadministrativo en el ncleo Caracas de la Universidad NacionalExperimental Politcnica de la Fuerza Armada Nacional, sede: Caracas.Cumplidos los requisitos establecidos en el instructivo vigente para la tramitacinde proyectos. Asimismo se autoriza a la referida Universidad a otorgar a susegresados el ttulo de Licenciado en Administracin de Desastres.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar seguimientoacadmico - administrativo durante el primer ciclo acadmico, de lo cual rendirinformes al Cuerpo.

  • DUCONSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 177, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    El ConsejoNacional de Universidadesen su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2tfrJ7, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLeyejusdem y con el instrudivo publicado en la Gaceta Oficial N 36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el diredor dela Oficina de Planificacin del Sedor Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad NacionalExperimental del Tchira.

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable al Estudio de Factibilidad y estudio Acadmicodel proyecto de creacin de la carrera de Licenciatura en Msica de laUniversidad Nacional Experimental del Tchira. La matrcula inicialestimada ser de 45 estudiantes. Cumplidos los requisitos establecidos en elinstructivo vigente para la tramitacin de proyectos. Asimismo se autoriza a lareferida Universidad a otorgar a SllS egresados el ttulo de Licenciado enMsica.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar seguimientoacadmico - administrativo durante el primer ciclo acadmico, de lo cual rendirinformes al Cuerpo.

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    "CEDENOal de Universidades

  • DUCONSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADES,

    REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 179, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    El Consejo Nacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2t1tJ7, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLeyejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial N 36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario, Or. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad NacionalExperimental Franciscode Miranda.

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable al Estudio de Factibilidad y Estudio Acadmicodel proyecto de creacin de la carrera de Licenciatura en Conservacin yRestauracin de Bienes Culturales Muebles de la Universidad NacionalExperimental Francisco de Miranda, sede: Coro, estado Falcn. Lamatrcula inicial estimada ser de 60 estudiantes. Cumplidos los requisitosestablecidos en el instructivo vigente para la tramitacin de proyectos. Asimismose autoriza a la referida Universidad a otorgar a sus egresados el ttulo deLicenciado en Conservacin y Restauracin de Bienes CulturalesMuebles.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar seguimientoacadmico - administrativo durante el primer ciclo acadmico, a fin de constatarel cumplimiento de las actividades programadas en el Plan de Desarrollo, tanto dela carrera como del crecimiento y dotacin de la planta fsica que contemplanuevas inversiones y construcciones, de lo cual dir informes al Cuerpo.

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    CEOEOnal de Universidades

  • DUCONSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 180, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    El C0!lsejo Nacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 27l07, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLey ejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial N 36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad Central deVenezuela y la Universidad Nacional Experimental del Tchira.

    ACUERDA

    Emitir op.mon favorable al Convenio Acadmico entre la UniversidadCentral de Venezuela, y la Universidad Nacional Experimental del Tchira,para desarrollar el Programa Tcnico Superior Universitario en Inspeccin enSalud Pblica. La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizarseguimiento acadmico - administrativo del desarrollo de este convenio, de locual rendir informes al Cuerpo.

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    A CEDEOional de Universidades

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  • DlJCONSEJONACIONAL DEUNIVERSIDADESREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJONACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 181, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    PRESIDENCIA

    El Consejo Nacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2qe7, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLeyejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial NO36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Oficina de Planificacin del Sector Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad NacionalExperimental Politcnica de la Fuerza Armada Nacional

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable a la creacin y regularizacin delfuncionamiento acadmico administrativo de la carrera de TcnicoSuperior Universitario en Mecnica Dental de la Universidad NacionalExperimental Politcnica de la Fuerza Armada Nacional, sede: ncleoCaracas, como en todos aquellos ncleos aprobados que la contemplandentro de su oferta acadmica, asimismo se recomienda a la Institucinque se abstengan de aperturar esta carrera en otros ncleos diferentesal de Amazonas y Miranda, en los cuales ya tienen estudiantes inscritos,dado que estos dos ncleos tambin requieren regularizarse. Cumplidoslos requisitos establecidos en el instructivo vigente para la tramitacin deproyectos.Asimismo se autoriza a la referida Universidad a otorgar a sus egresados el ttulode Tcnico Superior en Mecnica Dental.Igualmente se acord solicitar a la Institucin tomar en consideracin lasobservaciones de planta fsica contenidas en el informe, revisar crticamente losdocumentos presentados, por cLlanto se observ contradicciones en los anlisispresentados y desactualizacin de los datos estadsticos tratados para demostrardemanda de la carrera en el pas.

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    A CEDEOional de Universidades

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    REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 182, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    El Consejo Nacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2007, de confOlmidad con lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 20 de laLey de Universidades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLey ejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial N0 36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela OficiJJade Planificacin del Sector Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencin a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad NacionalExperimental de Los Llanos Occidentales, Ezequiel Zamora.

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable para la aprobacin y la regularizacin defuncionamiento de la carrera de Licenciatura en Educacin, mencinBiologa del Vicerrectorado de Infraestructura y Procesos Industrialesde la Universidad Nacional Experimental de Los Llanos OccidentalesEzequiel Zamora, sede: San Carlos, estado Cojedes. Asimismo se autorizaa la referida Universidad a otorgar a sus egresados el ttulo correspondiente.Cumplidos los requisitos establecidos en el instructivo vigente para la tramitacinde proyectos.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar seguimientoacadmico - administrativo, tomando en consideracin las observaciones yrecomendaciones contenidas en el informe, en lo relativo a la planta fsica, a finde solventar las deficiencias evidenciadas. Asimismo solicitar, a travs del procesode seguimiento, la revisin de los procesos que conllevan la proposicin denuevas ofertas acadmicas, sincerar los estudios de demanda acadmica y lasnecesidades reales de la regin; los esfuerzos para conformar equipos deplanificacin que apoyen la construccin de procesos de gestin adecuados a laalta exigencia de la apertura matricular, con la debida visualizacin de un planoque acerque informacin de la capacidad instalada de la regin, capaz defavorecer los procesos de masificacin que propone la Universidad para, sobreesta base, reconsiderar las oportunidades de estudio que ofrezca, lo cu__a~l_d_e_b_e _tener como producto un informe que evale el impacto en la regin tras laapertura matricular de dicha carrer os pr' ximos cinco aos, de lo cualrendir informe al cuerpo. &"",,'f>.l>lAOC Vl:'\fe

  • IJUCONSEJONACIONAL D'EUNIVERSlOAJESF'RESIDENCIA

    REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELACONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

    SECRETARIADO PERMANENTEN 183, Caracas, 03 de diciembre de 2007

    El Consejo Nacional de Universidades en su sesin ordinaria del 22 de noviembrede 2007, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artculo 20 de laLey de U/Jiven,idades, en concordancia con el artculo 12 del reglamento de laLey ejusdem y con el instructivo publicado en la Gaceta Oficial N 36.847, defecha 09 de diciembre de 1999 y visto el informe presentado por el director dela Ofici.,nade Planificacin del Sector Universitario, Dr. Antonio Castejn, y enatencion a la solicitud que elevara al Cuerpo la Universidad NacionalExperimental de Los Llanos Occidentales, Ezequiel Zamora.

    ACUERDA

    Emitir opinin favorable para la aprobacin y la regularizacin defuncionamiento de la carrera de Licenciatura en Educacin, mencinQumica del Vicerrectorado de Infraestructura y ProcesosIndustrialesde la Universidad Nacional Experimental de Los Llanos OccidentalesEzequiel Zamora, sede: San Carlos, estado Cojedes.Asimismo se autorizaa la referida Universidad a otorgar a sus egresados el ttulo correspondiente.Cumplidos los requisitos establecidos en el instructivo vigente para la tramitacinde proyectos.La Oficina de Planificacin del Sector Universitario realizar seguimientoacadmico - administrativo, tomando en consideracin las observaciones yrecomendaciones contenidas en el informe en lo relativo a la planta fsica, a fin desolventar las deficiencias evidenciadas. Asimismo solicitar, a travs del proceso deseguimiento, la revisin de los procesos que conllevan la proposicin de nuevasofertas acadmicas, sincerar los estudios de demanda acadmica y lasnecesidades reales de la regin; los esfuerzos para conformar equipos deplanificacin que apoyen la construccin de procesos de gestin adecuados a laalta exigencia de la apertura matricular, con la debida visualizacin de un planoque acerque informacin de la capacidad instalada de la regin, capaz defavorecer los procesos de masificacin que propone la Universidad para, sobreesta base, reconsiderar las oportunidades de estudio que ofrezca, lo cual debe

    ----------tener-romo-prodtJcto un-informe-que-evate-cl irnp~ctU-eTlfaregin tras 1--a--apertura matrIcular de dicha car a los rximos cinco aos, de lo cualrendir informe al cuerpo. t-~o\.\'J"P.1 N OE '-"1,

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