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Personas morales con fines no lucrativos. Sabe qué declaraciones informativas debe presentar en...

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14 Talleres Talleres Introducción Las personas morales que se encuentran ins- critas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como “Personas Morales con Fines no Lucrativos” (PMCFNL), por regla general no son contribuyentes de impuestos federales, salvo algunas excepciones que comentaremos. Sin embargo, están obligadas a presentar declaraciones de carácter informativo ante las autoridades fiscales. Una de las obligaciones es presentar la declara- ción en la que se determine el remanente distribuible y la proporción que de este concepto corresponde a cada integrante, así como ciertos contribuyentes de presentar declaración anual en la que se informe a las autoridades fiscales de los ingresos obtenidos y de las erogaciones efectuadas y, en su caso, en la misma declaración declarar los conceptos que se asimilan a remanente distribuible. Por tal motivo, en el presente artículo se realiza una guía para dar cumplimiento en forma oportuna y correcta de tales obligaciones. Personas morales El artículo 8o., primer párrafo, de la Ley del Im- puesto sobre la Renta (LISR) señala que cuando la citada ley haga mención a persona moral, se entenderán comprendidas, entre otras, las siguientes: • Sociedades mercantiles. Organismos descentralizados que realicen pre- ponderantemente actividades empresariales. • Instituciones de crédito. Sociedades y asociaciones civiles. Asociación en participación cuando a través de ella se realicen actividades empresariales en México. Licenciado en contaduría pública por la UNACH. Especialista en fiscal y maestro en auditoría por la FCA de la UNAM. Catedrático en la División Licenciatura de la FCA de la UNAM. Colaborador en el departamento de Consultoría Telefónica de Suscriptores de Grupo Gasca. PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS ¿Sabe qué declaraciones informativas debe presentar en febrero? Mtro. y E.F. Juan Carlos Victorio Domínguez
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Talleres Talleres

Introducción

Las personas morales que se encuentran ins­critas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como “Personas Morales con Fines no Lucrativos” (PMCFNL), por regla general no son contribuyentes de impuestos federales, salvo algunas excepciones que comentaremos.

Sin embargo, están obligadas a presentar declaraciones de carácter informativo ante las autoridades fiscales.

Una de las obligaciones es presentar la declara­ción en la que se determine el remanente distribuible y la proporción que de este concepto corresponde a cada integrante, así como ciertos contribuyentes de presentar declaración anual en la que se informe a las autoridades fiscales de los ingresos obtenidos y de las erogaciones efectuadas y, en su caso, en la misma declaración declarar los conceptos que se asimilan a remanente distribuible.

Por tal motivo, en el presente artículo se realiza una guía para dar cumplimiento en forma oportuna y correcta de tales obligaciones.

Personas morales

El artículo 8o., primer párrafo, de la Ley del Im­puesto sobre la Renta (LISR) señala que cuando la citada ley haga mención a persona moral, se entenderán comprendidas, entre otras, las siguientes:

• Sociedades mercantiles.• Organismos descentralizados que realicen pre­

ponderantemente actividades empresariales.• Instituciones de crédito.• Sociedades y asociaciones civiles. • Asociación en participación cuando a través

de ella se realicen actividades empresariales en México.

Licenciado en contaduría pública por la UNACH. Especialista en fiscal y maestro en auditoría por la FCA de la UNAM. Catedrático en la División Licenciatura de la FCA de la UNAM. Colaborador en el departamento de Consultoría Telefónica de Suscriptores de Grupo Gasca.

PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS ¿Sabe qué declaraciones informativas debe presentar en febrero?Mtro. y E.F. Juan Carlos Victorio Domínguez

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Por tanto, las sociedades y asociaciones civiles son consideradas personas morales.

Antes de entrar al tema es importante comentar que hay dos títulos de tributación para las personas morales en la LISR, y son los siguientes:

Entonces, ¿cuál es la importancia de saber en qué título de la LISR me ubico?, es importante en virtud de que ambos son muy diferentes de tributar. A continuación la diferencia:

Personas morales del título II de la LISR

En forma general comprende a las sociedades mercantiles, sociedades y asociaciones civiles de profesionales que realicen actividades lucrativas, sociedades cooperativas de producción, institu­ciones de crédito como bancos y casas de bolsa, organismos descentralizados que comercialicen bienes o servicios.

Estas personas morales, debido a la naturaleza de sus actividades, determinan un resultado fiscal sobre el cual pagan impuesto sobre la renta (ISR), y se determina de la siguiente manera:

Ingresos acumulables del ejercicio (–) Deducciones autorizadas del ejercicio(–) Participación de los trabajadores en las utilida­

des de las empresas (PTU)(=) Utilidad fiscal(–) Pérdidas fiscales de ejercicio anteriores (=) Resultado fiscal

Personas morales con fines no lucrativos

Incluye a todas las personas morales cuya finali­dad no es obtener una ganancia económica, como

instituciones de asistencia o de beneficencia, asociaciones de padres de familia, asociaciones o sociedades civiles con fines políticos, deportivos o religiosos, asociaciones civiles de colonos o las que administren un inmueble de propiedad en condominio, asociaciones patronales, sin dicatos obreros, cámaras de comercio e industria, aso­ciaciones o sociedades civiles de enseñanza, asociaciones o sociedades civiles de investigación científica o tecnológica, sociedades cooperativas de consumo, sociedades mutualistas, asociacio­nes o sociedades civiles organizadas sin fines de lucro, colegios de profesionales, partidos políticos, entre otras.

Estas personas morales no determinan un resultado fiscal sino un remanente sobre el cual no pagan ISR. El remanente se determina de la siguiente manera:

Ingresos obtenidos en el ejercicio(–) Deducciones autorizadas del ejercicio (=) Remanente distribuible (cuando los ingre-

sos son mayores a las deducciones)

Ahora bien, en esta ocasión nos enfocaremos exclusivamente en el caso de las personas mora­les con fines no lucrativos, para ello es importante saber que el requisito fundamental para que una persona moral se ubique dentro del título III de la LISR (artículos 93, 95 y 102 de la LISR) es precisamente que no persiga fines de lucro y todo dependerá del objeto social.

Personas morales

Título II “De las personas morales”

Título III “Del régimen de las personas morales con fines no lucrativos”

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No obstante lo anterior, en teoría se podría decir que es lógico, pero en la práctica no su­cede así ya que encontramos muchos casos en los cuales una persona moral con fines no lucrativos se dio de alta al RFC como una sociedad con fines de lucro, es decir, como contribuyente y a personas morales que persi­guen fines lucrativos, se han registrado como no contribuyentes.

Entonces, ¿qué hago para saber si pertenezco al título III de las personas morales con fines no lucrativos? Para tener una mejor visión respecto a qué personas morales pueden considerarse como no contribuyentes, nos tenemos que remitir a los artículos 93, 95 y 102 de la LISR.

Personas morales con fines no lucrativos A pesar de que las PMCFNL no están obliga­das a pagar ISR, pueden tener otras obligaciones, como por ejemplo en materia de retención de ISR e impuesto al valor agregado (IVA) cuando se realizan pagos a personas físicas por concepto de honorarios, arrendamiento de bienes inmue­bles, o bien por haber contratado trabajadores o asimilados a salarios, entre otros.

Sin embargo, básicamente nos enfocaremos a dos obligaciones específicas que deben cum­plir las PMCFNL en febrero, las cuales son las siguientes:

Obligaciones

Declaración en la que se determine el remanente distribuible y la proporción que de este concepto corresponda a cada integrante

Declaración Informativa Múltiple (DIM)

Declaración en la que se informe de los ingresos obtenidos y de erogaciones

efectuadas

Declaración Anual (DEM)

Ambas declaraciones se deben presentar a más tardar el día 15 de febrero de cada año.

Declaración Informativa Múltiple del remanente distribuible

Una de las obligaciones de las PMCFNL contemplada en el artículo 101, fracción III, es la que se transcribe a continuación:

Artículo 101. Las personas morales a que se refiere este Título, además de las obligaciones estable-cidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

III. Presentar en las oficinas autorizadas a más tardar el día 15 de febrero de cada año, declaración en la que se determine el remanente distribuible y la proporción que de este concepto corresponda a cada integrante.

(El uso de negrillas dentro del texto es nuestro.)

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Remanente distribuible

Es la cantidad en efectivo o en bienes que puede ser distribuida entre los integrantes de la persona moral y la cual no pagará el ISR, siempre y cuando no se retire.

El artículo 93, tercer párrafo, de la LISR establece que determinarán el remanente distribuible de un año de calendario correspondiente a sus integrantes o accionistas, de la siguiente manera:

Ingresos obtenidos en el ejercicio de que se trate*(–) Deducciones autorizadas conforme al título IV de la LISR (=) Remanente distribuible (cuando los ingresos son mayores que las deducciones)

* Excepto de los señalados en el artículo 109 de la LISR y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo.

Es importante comentar que el artículo 93, cuarto párrafo, de la LISR señala que el remanente se determinará considerando los integrantes de la persona moral no lucrativa:

Cuando la mayoría de los integrantes o accionistas sean personas morales del título II de la LISR:

Ingresos obtenidos en el ejercicio de que se trate de conformidad con el título II de la LISR

(–) Deducciones autorizadas de conformidad con el título II de la LISR

(=) Remanente distribuible (cuando los ingresos sean mayores que las deducciones)

De lo anterior se desprende que todas las PMCFNL deben presentar una declaración informativa en donde se informe el remanente distribuible y la proporción que corresponda a cada integrante. Y surge la duda: ¿qué sucede con las PMCFNL que no distribuyen el remanente distribuible a los integrantes? En nuestra opinión sí están obligadas a presentar la informativa en donde se determine el remanente, independiente­mente de que se distribuya o no, como lo señala

Tipos de remanente

Distribuible

Pagan ISR los integrantes

Presunto

Paga ISR la PMCFNL

la disposición anterior y, en su caso, la proporción que corresponda a cada integrante.

Tipos de remanentesEn la LISR se distinguen varios tipos de remanen­tes, es importante saber cuáles son, ya que poder identificarlos nos permitirá saber por cuáles de ellos se tiene que pagar el ISR, así como quién debe pagarlos cuando así proceda.

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Cuando la mayoría de los integrantes o accionistas sean personas físicas:

Ingresos obtenidos en el ejercicio de que se trate de conformidad con el título IV, capítulo II, secciones I o II, de la LISR*

(–) Deducciones autorizadas de conformidad con el título IV, capítulo II, secciones I o II, de la LISR*

(=) Remanente distribuible (cuando los ingresos sean mayores que las deducciones)

* Cuando la mayoría de los integrantes de dichas personas morales sean contribuyentes del Título IV “De las personas físicas”, Capítulo II “De los ingresos por actividades empresariales y profesionales”, secciones I “De las personas físicas con actividades empresariales y profesionales” o II “Del régimen intermedio de las personas físicas con actividades empresariales” de la LISR, determinarán el remanente con base en los ingresos y deducciones de las disposiciones de las citadas secciones.

Se ha comentado si las personas morales del título III de la LISR estarán obligadas a pagar el ISR por el remanente que determinen y a la vez distribuyan, ya que no son contribuyentes del ISR; no obstante, cuando lo distribuyan a sus integrantes y éstas sean personas físicas se considerarán en la parte proporcional que les corresponda de dicho remanente.

Entonces si la PMCFNL no paga ISR, ¿quién debe pagar este impuesto por el remanente que perciban los integrantes? Efectivamente, las PMCFNL no pagan ISR; sin embargo, son sus integrantes, en el caso de que perciban algún remanente, quienes deben pagar el ISR corres­pondiente. Al remanente que se les entrega a los socios o asociados se le denomina “remanente distribuible”.

Es importante comentar que las personas mora­les con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles para ser consideradas como tales, no podrán otorgar beneficios sobre el re-manente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes personas físicas o morales, es decir, quedan imposibilitados a repartirse remanen­tes, salvo que se trate de alguna de las personas morales que también estén autorizadas para recibir donativos deducibles, o se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos.

Entero y pago del ISR por parte de los integrantes

El artículo 167, fracción X, de la LISR establece que las personas físicas que obtengan la parte

proporcional del remanente distribuible lo conside­rarán como otros ingresos de los señalados en el título IV, capítulo IX “De los demás ingresos que obtengan las personas físicas”, de la citada ley, las cuales darán lugar al pago del ISR, siempre que no se hubiera pagado el impuesto por la entrega de remanente distribuible presunto.

El artículo 170, cuarto párrafo, de la LISR establece que cada vez que una persona moral no lucrativa entregue remanente distribuible o anticipos a alguno de sus integrantes o socios deberá retener el 30% como pago provisional, y enterarlo junto con las retenciones que por con­cepto de sueldos y salarios tengan que enterar o en su caso en las fechas establecidas para la misma; por ejemplo, si se reparte el remanente en enero de 2011 se debe enterar el ISR a más tardar el 17 de febrero.

No hay que confundir con los anticipos que se les otorguen a los miembros de sociedades y asociaciones civiles del título II de la LISR, ya que éstos se asimilan a salarios, conforme al artículo 110, fracción II, de la LISR, y se calculará el ISR con base en el artículo 113 de la misma ley.

Ejemplo:

Una persona moral con fines no lucrativos que tributa en el título III de la LISR determinará el ISR que deberá retener a cinco integrantes, cuatro personas físicas y una persona moral, por la parte proporcional del remanente que percibieron en efectivo y además su llenado en la DIM.

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Persona física

Persona física

Persona física

Persona física

Persona moral Total

Porcentaje de participación 20 10 20 20 30 100

Fecha de entrega del remanente distribuible Monto del remanente distribuible

14 de diciembre de 2010$1’800,000.00

Determinación del remanente que corresponde a cada integrante:

Persona física

Persona física

Persona física

Persona física

Persona moral

Total

Monto del rema­nente $1’800,000.00 $1’800,000.00 $1’800,000.00 $1’800,000.00 $1’800,000.00

(×) Porcenta je de participación 20 10 20 20 30

(=) Monto del re-manente que corresponde a cada integrante $360,000.00 $180,000.00 $360,000.00 $360,000.00 $540,000.00 $1’800,000.00

Determinación del ISR por retener por el remanente distribuido a los socios:

Persona física

Persona física

Persona física

Persona física

Persona moral Total

Monto del remanente pagado en efectivo $360,000.00 $180,000.00 $360,000.00 $360,000.00 $540,000.00

(×) Tasa de ISR aplicable 30% 30% 30% 30% N/A(=) ISR a retener $108,000.00 $54,000.00 $108,000.00 $108,000.00 N/A* $378,000.00

*A las personas morales no se les retiene el ISR, sin embargo, sí debe informarse en la DIM.

Comentario: La persona moral no lucrativa tendrá la obligación de retener el ISR a cargo del integrante como pago provisional a cuenta del impuesto anual; sin embargo, quien paga el impuesto es el integrante. La PMCFNL debe enterarlo junto con las retenciones que por concepto de sueldos y salarios tengan que enterar o, en su caso, en las fechas establecidas para la misma, en este ejemplo a más tardar el 17 de enero de 2011.

Presentación de la informativa

Una de las obligaciones para las PMCFNL es presentar en las oficinas autorizadas a más tardar el 15 de febrero de cada año declaración en la que se determine el remanente distribuible y la proporción que de este concepto corresponde a cada integrante, esta información se presenta en el Anexo 2 de la DIM.

A continuación un ejemplo de su llenado en la DIM del Anexo 2 “Información sobre pagos y re­tenciones de ISR, IVA e IEPS” de unos de los integrantes de la PMCFNL del ejemplo anterior, los datos son los siguientes:

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Tipo de integrante Persona física RFC SOLJ760415JD2Clave Única de Registro de Población (CURP) SOLJ760415HCSLRN06Nombre del integrante Juan AlbertoApellido paterno Solís Apellido materno Lara Mes inicial Diciembre de 2010Mes final Diciembre de 2010Porcentaje de participación 20Monto del remanente que le corresponde al integrante $360,000.00Impuesto retenido $108,000.00

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Tipo de integrante Persona moral RFC SOL810124JD3Denominación o razón social Sollar, S.A. de C.V. Mes inicial Diciembre de 2010Mes final Diciembre de 2010Porcentaje de participación 30Monto del remanente que le corresponde al integrante $540,000.00Impuesto retenido $0.00

Comentario: En el caso de las personas morales no se le retiene el ISR; sin embargo, deberá anotarse “0” para efectos de poder validar la declaración. Es importante comentar que las personas morales deberán acumular dicho concepto a sus demás ingresos y deberán pagar el ISR corres­pondiente.

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Se hará lo mismo con las tres integrantes restantes personas físicas, una vez que se valide la información, se enviará a través de la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT, www.sat.gob.mx).

Entrega de constancia a los integrantes

El artículo 101, fracción IV, de la LISR establece que una de las obligaciones es proporcionar a sus integrantes constancia en la que se señale el monto del remanente distribuible, en su caso. Dicha constancia deberá proporcionarse a más tardar el 15 de febrero del siguiente año.

La constancia en referencia será la 37­A “Constancia de pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS” en el que se señalará el porcentaje de participación, el monto del remanente y el impuesto retenido.

Remanente presunto

Comentábamos que las PMCFNL no pagan ISR ni por el remanente distribuible a los inte­grantes; sin embargo, el artículo 95, segundo párrafo, de la LISR señala que las personas morales que se comentarán enseguida, con-siderarán algunos conceptos como rema-nente distribuible, aun cuando no lo hayan entregado en efectivo o en bienes, a sus integrantes o socios:

• Asociaciones civiles y sociedades de respon­sabilidad limitada de interés público que admi­nistren en forma descentralizada los distritos o unidades de riego, previa concesión y permiso respectivo.

• Instituciones de asistencia o de beneficencia autorizadas por las leyes de la materia.

• Sociedades o asociaciones civiles, organi­zadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos, que tengan como benefi­ciarios a personas, sectores, y regiones de escasos recursos; que realicen actividades para lograr mejores condiciones de subsisten­cia y desarrollo a las comunidades indígenas y a los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad, dedicadas a las actividades que se mencionan en la propia LISR.

• Sociedades cooperativas de consumo.

• Sociedades mutualistas que no operen con terceros, siempre que no realicen gastos para la adquisición de negocios, como premios, comisiones y otros semejantes.

• Sociedades o asociaciones de carácter civil que se dediquen a la enseñanza, con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios en los términos de la Ley General de Educación (LGE).

• Asociaciones o sociedades civiles dedicadas a la investigación científica o tecnológica que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones Científicas y Tecnológicas.

• Las instituciones o sociedades civiles consti­tuidas únicamente con el objeto de administrar fondos o cajas de ahorro.

• Sociedades cooperativas de ahorro y prés­tamo.

• Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines políticos.

• Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines deportivos.

• Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines religiosos.

• Asociaciones o sociedades civiles que otor­guen becas.

• Asociaciones civiles de colonos. • Asociaciones civiles que se dediquen exclusi­

vamente a la administración de un inmueble de propiedad en condominio.

• Sociedades o asociaciones civiles que se cons­tituyan y funcionen en forma exclusiva para la realización de actividades de preservación de la flora y fauna silvestre, terrestre o acuática, dentro de las áreas geográficas definidas que señale el SAT, así como aquellas que se constituyan y funcionen en forma exclusiva para promover entre la población la preven­ción y control de la contaminación del agua, del aire y del suelo, la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico. Deberán cumplir con algunos requi­sitos para ser consideradas como instituciones autorizadas para recibir donativos.

• Las asociaciones y sociedades civiles sin fines de lucro, que comprueben que se dedican ex­clusivamente a la reproducción o conservación de especies en protección o en peligro de extinción y/o a la conservación de su hábitat (por ejemplo la sociedad de Greenpeace) y cumplan con reglas que emita el SAT. Dichas asociaciones y sociedades, deberán cumplir

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con algunos requisitos para ser consideradas como instituciones autorizadas para recibir donativos.

• Así como las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles y las sociedades de inversión a que se refiere el título III de la LISR.

Así las cosas, el artículo 95, último párrafo, de la LISR señala que cuando se determine remanente distribuible presunto por alguno de los conceptos que a continuación se mencionan, enterarán como impuesto a su cargo el que resulte de realizar la operación siguiente:

Remanente distribuible presunto(×) Tasa de ISR, 30% durante el ejercicio fiscal

de 2010(=) ISR a cargo de la persona moral no lucrativa

El ISR que se determine se considerará como definitivo y deberá enterarse a más tardar en febrero del ejercicio siguiente a aquel en el que se determine dicho remanente.

A continuación se señalan los conceptos que se consideran como remanente distribuible presunto:

* En el caso de los préstamos que se hagan a los socios o integrantes que se consideren remanente distribuible presunto, su importe se disminuirá de los remanentes distribuibles que la persona moral distribuya a sus socios o integrantes en el ejercicio. Por ejemplo, una PMCFNL determinó el siguiente remanente de 2010 con los siguientes datos:

Ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal de 2010 $590,000.00

(–) Deducciones autorizadas de conformidad con el título IV, capítulo II, sección I, de la LISR 240,000.00

(=) Remanente distribuible del ejercicio de 2010 $350,000.00

(–) Préstamos a socios o integrantes o sus familiares 60,000.00(=) Remanente a distribuir $290,000.00

** Salvo que la no deducción se deba a que la documentación que ampara la erogación no esté soportada por un com­probante que reúna los requisitos que señalan las disposiciones fiscales o que la erogación cuyo monto exceda de $2,000.00 no sea pagada con cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el SAT.

Todo lo anterior significa que la PMCFNL por incurrir en alguna de las cuatro situaciones mencio­nadas anteriormente enterará el ISR a su cargo del que resulte por el remanente presunto.

Ejemplo:

Una sociedad civil sin fines de lucro y autorizada para recibir donativos deducibles cuyo fin es ayudar a personas de escasos recursos, determinará el ISR a su cargo correspondiente al remanente distribuible presunto y su llenado en el programa electrónico para la presentación de la declaración anual de personas morales.

1. La omisión de ingresos2. Las compras no realizadas e indebidamente registradas

3. Los prestamos que hagan a sus socios o integrantes, o a los cónyuges, ascendientes o descendientes en línea recta de dichos socios

o integrantes*

4. Las erogaciones que efectúen y no sean deducibles en los términos del título IV

de la LISR**

Remanente presunto

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Compras no realizadas e indebidamente registradas en noviembre de 2010 $154,000.00 Determinación del ISR correspondiente al remanente distribuible presunto

Monto del remanente presunto $154,000.00(×) Tasa de ISR aplicable 30%(=) ISR a cargo de la persona moral $46,200.00

Comentario: El impuesto de $46,200.00 tendrá el carácter de definitivo y se enterará a más tardar en febrero del ejercicio siguiente en el que se determine dicho remanente, es decir, a más tardar el 28 de febrero de 2011, lo que significa que la sociedad civil no debe efectuar un pago provisional de ISR por la erogación asimilada a remanente distribuible.

A continuación se muestra su llenado en el DEM:a) Remanente distribuible:

b) ISR causado sobre conceptos asimilados a remanente distribuible:

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Comentario: Se mostró su llenado en el DEM de personas morales, es importante señalar que este impuesto se deberá pagar en el portal bancario como ISR a cargo del contribuyente.

Declaración de ingresos y erogaciones a través de la DEM

Las personas morales con fines no lucrativos previstas en las fracciones de la V a la XIX del artículo 95 de la LISR deben presentar a más tardar el 15 de febrero de 2011 la información de los ingresos obtenidos y de erogaciones efectuadas, la cual deberá efectuarse por internet a través del Programa para la Presentación de la Declaración Anual (DEM).

Hay que recordar que ya se encuentra disponible la nueva versión del programa DEM (2011) V. 1.5.2 para elaborar y presentar la declaración anual de personas morales correspondiente al ejercicio fiscal de 2010 y hasta 2002.

Esta declaración contiene los siguientes formularios:

• Formato 18 “Declaración del ejercicio. Personas morales”. • Formato 19 “Declaración del ejercicio. Personas morales. Consolidación”. • Formato 20 “Declaración del ejercicio. Personas morales del Régimen Simplificado”. • Formato 21 “Declaración del ejercicio. Personas morales con fines no lucrativos”.

El formato que debe llenarse es el 21.

A continuación un ejemplo:

Una institución que se dedica a la enseñanza, con autorización de la Secretaría de Educación Pública (SEP) autorizada para recibir donativos deducibles, desea determinar el remanente distribuible del ejercicio de 2010 y su llenado en el DEM y, en su caso, el ISR a su cargo, con los siguientes datos:

Ingresos obtenidos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010:

Concepto TotalDonativos recibidos en efectivo (nacionales) $1’648,700.00Donativos recibidos en especie (nacionales) 248,800.00Intereses por préstamos a terceros 54,200.00Otros ingresos (venta de útiles escolares y uniformes) 94,800.00Total de ingresos obtenidos en el ejercicio $2’046,500.00

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Erogaciones efectuadas del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010:

Concepto Deducibles No deducibles Totales Sueldos, salarios y gastos relacionados 254,800.00 254,800.00Pago de teléfono 96,800.00 96,800.00Pago de luz 54,200.00 54,200.00Pago de renta a persona física 120,000.00 120,000.00Mantenimiento de edificio 84,200.00 84,200.00Honorarios pagados a personas morales 60,000.00 60,000.00Honorarios pagados a personas físicas 24,000.00 24,000.00Cuotas pagadas al IMSS 94,800.00 94,800.00Aportaciones al SAR e Infonavit 64,200.00 64,200.00Impuesto sobre nóminas (ISN) 4,800.00 4,800.00Papelería 34,400.00 34,400.00Seguros y fianzas 74,200.00 74,200.00Viáticos y gastos de viaje 15,400.00 15,400.00Indemnizaciones por daños y perjuicios imputables al contribuyente 0.00 24,000.00 24,000.00Libros 2,400.00 2,400.00Cursos y suscripciones 24,200.00 24,200.00Depreciación 30,400.00 30,400.00Multas 0.00 9,400.00 9,400.00Inversiones en casas habitación 0.00 794,800.00 794,800.00Otras erogaciones 24,800.00 24,800.00Total de erogaciones efectuadas $1’063,600.00 $828,200.00 $1’891,800.00

Determinación del remanente distribuible:

Total de ingresos obtenidos en el ejercicio de que se trate $2’046,500.00(–) Total de deducciones autorizadas 1’063,600.00(=) Remanente a distribuir $982,900.00

Comentario: El importe del remanente por la cantidad de $982,900.00 no se deberá distribuir a los integrantes al ser una PMCFNL autorizada para recibir donativos deducibles.

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Es importante comentar que la PMCFNL determinó algunos conceptos como remanente distribuible, aun cuando no lo hayan entregado en efectivo o en bienes, a sus integrantes o socios. En este caso, quien debe pagar el ISR es la PMCFNL.

Conceptos asimilados a remanente distribuible:

Erogaciones efectuadas no deducibles No deduciblesIndemnizaciones por daños y perjuicios imputables al contribuyente 24,000.00

(+) Multas 9,400.00(+) Inversiones en casas habitación 794,800.00(=) Remanente presunto $828,200.00

Determinación del ISR a cargo por los conceptos que se asimilan a remanente distribuible:

Remanente presunto $828,200.00(×) Tasa de ISR aplicable 30%(=) ISR a cargo de la persona moral $248,460.00

Comentario: El impuesto de $248,460.00 será a cargo de la persona moral y tendrá el carácter de definitivo.

Comentario: Es importante comentar que este impuesto se pagará en el portal bancario una vez enviada la declaración al portal del SAT, para ello deberá tener a la mano el número de operación y la fecha de envío. Hay que recordar que se enterará a más tardar el 28 de febrero de 2011.

Page 15: Personas morales con fines no lucrativos. Sabe qué declaraciones informativas debe presentar en febrero

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Talleres

Las PMCFNL no están obligadas al pago del impuesto a los depósitos en efectivo (IDE) conforme al artículo 2, fracción II, de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE), por tanto, en este caso no se llenarán los campos relativos al IDE.

Finalmente, el artículo 4, fracción III, de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (LIETU) establece que no se pagará el impuesto al ser una PMCFNL autorizada para recibir donativos deducibles en los términos de la LISR, por tanto, no se llenarán los campos relativos al impuesto empresarial a tasa única (IETU).

Ingresos no propios de su actividad

El artículo 93, penúltimo párrafo, de la LISR esta­blece que cuando las personas morales con fines no lucrativos vendan bienes distintos de su activo o presten servicios a personas distintas de sus miembros, y dichos ingresos exceden del 5% de los ingresos totales del ejercicio, la persona moral debe determinar el impuesto que corresponda a la utilidad por los ingresos mencionados.

En los casos citados, deberán presentar las declaraciones de IETU e ISR, incluyendo sus complementarias, extemporáneas y de correc­ción fiscal, vía internet, mediante el programa electrónico DEM.

Asimismo, las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos podrán obtener ingresos por activi­dades distintas a los fines para los que fueron autorizados para recibir dichos donativos, siempre que no excedan del 10% de sus ingresos totales en el ejercicio de que se trate.

No se consideran ingresos por actividades distintas a los referidos fines los que reciban por donativos; apoyos o estímulos proporcionados por la Federación, las entidades federativas, o municipios; enajenación de bienes de su activo fijo o intangible; cuotas de sus integrantes; intereses; derechos patri­moniales derivados de la propiedad intelectual; uso o goce temporal de bienes inmuebles, o rendimientos obtenidos de acciones u otros títulos de crédito, colocados entre el gran público inversionista en los términos que mediante reglas de carácter general establezca el SAT. En el caso de que sus ingresos

no relacionados con los fines para los que fueron autorizadas para recibir dichos donativos excedan del límite señalado, las citadas personas morales deberán determinar el impuesto que corresponda a dicho excedente en los términos del título II de la LISR a la tasa de 30%.

Otras declaraciones que deben presentarse

Las PMCFNL deberán presentar a más tardar el 15 de febrero a través de internet, en el programa DIM, entre otros, los datos siguientes:

• La información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados y subsidio para el em­pleo (SPE), para lo cual se deberá presentar utilizando el programa DIM, Anexo 1.

• Las personas a quienes les hubieran efec­tuado retenciones del ISR e IVA durante el ejercicio anterior, excepto tratándose de reten­ciones a asalariados, utilizando el programa DIM, Anexo 2.

• La información de las personas a las que les hubieran otorgado donativos en el año de calendario anterior, cuando dichas personas cuenten con autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para recibir donativos deducibles de ISR, en el programa DIM, Anexo 3.

• En caso de realizar operaciones gravadas para efecto del IVA deberán reportar la información correspondiente en el programa DIM, Anexo 8.

• En su caso, presentar la información de las operaciones efectuadas en el año de ca­lendario inmediato anterior con clientes y proveedores mediante el programa electróni­co de Declaraciones Informativas en Medios Magnéticos (DIMM).

Conclusión

Es importante verificar si la PMCFNL es del título II o III de la LISR, de acuerdo con el objeto social, y cumplir con las obligaciones de presentar las declaraciones a más tardar el 15 de febrero en forma oportuna y correcta a fin de evitar molestias por parte de las autoridades fiscales y pagar el ISR por los conceptos que se asimilan a rema­nente distribuible.


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