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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS ESTACIONES DE
DEPURACIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA (2.007-2.012)
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
INDICE
1. INTRODUCCIÓN............................................................................................................ 4
2. FINALIDAD ..................................................................................................................... 5
2.1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN ...................................................................... 5
2.2. OBJETIVOS DEL PLAN................................................................................................ 5
2.3. RESIDUOS OBJETO DEL PLAN.................................................................................. 6
3. PRINCIPIOS RECTORES ............................................................................................. 7
3.1. FUNDAMENTOS BÁSICOS DEL PLAN ..................................................................... 7
3.2. ANÁLISIS DEL MARCO JURÍDICO-COMPETENCIAL DE LOS RESIDUOS ........ 8 3.2.1. MARCO JURÍDICO...............................................................................................................................8 3.2.2. MARCO JURÍDICO competencial de los Lodos producidos en las estaciones depuradoras de castilla-la mancha. .........................................................................................................................................15 4. ANÁLISIS DESCRIPTIVO DE LA SITUACIÓN ACTUAL .................................... 18
4.1. MEDIO FÍSICO Y DEMOGRÁFICO .......................................................................... 18
4.2. MEDIO SOCIOECONÓMICO..................................................................................... 19
4.3. ESTADO ACTUAL DE LA GESTIÓN DE LOS LODOS DE DEPURACIÓN .......... 21 4.3.1. Situación actual en cuanto a las entidades municipales y supramunicipales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha................................................................................................................21 4.3.2. Análisis de la producción, composición y gestión de los residuos. .............................................22 a) Generación ....................................................................................................................... 22
b) Tipologías de lodos producidos....................................................................................... 23
c) Recogida y Transporte ..................................................................................................... 24
d) Destino actual de los lodos .............................................................................................. 24
e) Gestión de los lodos......................................................................................................... 25
f) Conclusiones del estado actual y medidas correctoras..................................................... 26
5. VIABILIDAD PARA LA PRODUCCIÓN Y UTILIZACIÓN DEL COMPOST, EN
CASTILLA-LA MANCHA, FRENTE A OTRAS FORMAS DE VALORIZACIÓN DE
LOS RESIDUOS ................................................................................................................ 27
6. METAS CONCRETAS QUE SE PRETENDEN ALCANZAR.................................. 28
7. MODELO DE GESTIÓN DE LOS LODOS DE DEPURACIÓN.............................. 28
a) Estrategias........................................................................................................................ 28
b) Modelo............................................................................................................................. 32
c) Alternativa elegida........................................................................................................... 38
d) Diagrama de actividades para la implantación del Plan. ................................................. 41
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
8. ZONIFICACIÓN TERRITORIAL DE CARA A LA GESTIÓN DE LOS LODOS
DE DEPURACIÓN ............................................................................................................ 42
9. DESARROLLO DEL MODELO DE GESTIÓN: PROGRAMAS DE ACTUACIÓN
.............................................................................................................................................. 45
PROGRAMAS DE ACTUACIÓN .............................................................................................. 45
9.1. PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MINIMIZACIÓN EN LA GENERACIÓN DE
LODOS DE EDAR ............................................................................................................. .45
9.2. PROGRAMA DE VALORIZACIÓN Y ELIMINACIÓN............................................ 47 9.1.1. SUBPROGRAMA DE I+D+i .................................................................................................................49
9.3. PROGRAMA DE FORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN ................. 49
9.4. PROGRAMA DE CONTROL ESTADÍSTICO Y DE CREACIÓN DE SISTEMAS DE
INFORMACIÓN Y BASES DE DATOS ............................................................................ 51
9.5. INSTRUMENTOS TRANSVERSALES...................................................................... 52
10. INVERSIONES PREVISTAS, COSTES DE EXPLOTACIÓN ESTIMADOS Y
PLAN DE FINANCIACIÓN ............................................................................................. 53
10.1 FINANCIACIÓN DE LAS INVERSIONES ............................................................... 56 10.1.1 INVERSIONES EN VALORIZACIÓN Y ELIMINACIÓN.................................................................56
10.1.2 INVERSIONES EN CONTROL ESTADÍSTICO, Y FORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y
EDUCACIÓN...................................................................................................................................................59
11. EJECUCIÓN, SEGUIMIENTO Y REVISIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN........... 59
11.1 EJECUCIÓN................................................................................................................ 59
11.2 SEGUIMIENTO .......................................................................................................... 60
11.3 REVISIÓN ................................................................................................................... 62
ANEXOS
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
BORRADOR DEL PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS
PRODUCIDOS EN LAS ESTACIONES DE DEPURACIÓN DE
CASTILLA-LA MANCHA (2.007-2.012)
1. INTRODUCCIÓN
La Comunidad de Castilla-La Mancha se extiende sobre una superficie de 79.463 km2, el
15,7% del territorio nacional, y alberga una población de derecho de 1.894.667 habitantes,
que se distribuye en 919 municipios.
El aumento de la producción de los Lodos de Depuración, como consecuencia de la
creciente construcción de las EDAR (Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales) en la
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, plantea la necesidad de elaborar un Plan de
Gestión para dichos residuos.
La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, determina que corresponde a las
Comunidades Autónomas formular planes autonómicos de residuos y la autorización,
vigilancia, inspección y sanción de las actividades de producción y gestión de residuos;
competencias que en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha se confieren a la
Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural por Decreto 147/2005, de 11 de octubre
que establece la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la
Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural. Estos planes autonómicos deberán
contener las determinaciones en cuanto a las cantidades de residuos producidos y la
estimación de costes de las operaciones de prevención, valorización y eliminación, así
como los lugares e instalaciones apropiadas para estas operaciones. Asimismo, esta Ley
determina que las Entidades Locales podrán, de acuerdo con lo que establezca la
legislación y los planes autonómicos de residuos, elaborar sus propios planes de gestión.
Con este Plan de Gestión, Castilla-La Mancha apuesta por la valorización agronómica y
energética de los lodos producidos en las estaciones depuradoras de la región, dejando
como última opción su depósito controlado en vertedero, en consonancia con la Ley de
residuos y el Sexto Programa de Acción Comunitario en materia de medio ambiente.
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
Tomando en consideración estas premisas, este Plan define el modelo de gestión de los
lodos producidos en las estaciones depuradoras de Castilla-La Mancha, partiendo de una
descripción de la situación actual que permite establecer unos objetivos realistas sobre
prevención, valorización y eliminación, junto con otros relativos a la formación,
sensibilización y educación ciudadana, así como al control de los residuos generados y
gestionados en esta Comunidad. Se establecen además, los principios que deben regir este
modelo así como los programas, medidas, instrumentos y recursos económicos que
permitirán su ejecución. Todo ello con un horizonte temporal hasta el año 2.012.
2. FINALIDAD
2.1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente Plan tiene como propósito servir como marco de referencia para instrumentar
todas las actuaciones necesarias para la correcta gestión de los lodos producidos en las
Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales de Castilla-La Mancha, cuyo ámbito de
aplicación comprenderá las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y
Toledo.
2.2. OBJETIVOS DEL PLAN
Los objetivos perseguidos por el Plan son los siguientes:
� Minimizar los riesgos potenciales para la salud pública y el medio ambiente, y
especialmente la calidad del suelo, gestionando adecuadamente los lodos generados
en las Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales.
� Prevenir en la medida de lo posible la generación de lodos, reutilizar lo que se
pueda, reciclar lo que no se pueda reutilizar y valorizar energéticamente todo lo que
no se pueda reutilizar o reciclar. El destino final en vertedero es la última opción, la
menos satisfactoria.
� Seguir la jerarquía de las diferentes opciones de gestión de los lodos consideradas
como prioritarias: la aplicación al suelo con fines de fertilización y reciclaje de
nutrientes y la materia orgánica; la valorización energética, en todas sus variantes,
incluida la biometanización; y el depósito en vertedero.
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ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
� Fijar geográficamente la ubicación más idónea, dentro de cada una de las AGES
(Áreas de Gestión definidas en el Plan de Gestión de residuos urbanos de Castilla-
La Mancha), desde el punto de vista ambiental y de economía de medios; de las
distintas infraestructuras de tratamiento y/o eliminación que sean necesarias.
� La clausura y acondicionamiento de todos los depósitos o vertidos incontrolados de
lodos existentes.
Creación de un sistema estadístico y bases de datos sobre Lodos y su gestión.
2.3. RESIDUOS OBJETO DEL PLAN
Los residuos en los que se centra el estudio y planificación del presente documento, son los
Lodos de Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales Urbanas, identificados con el
código 19 08 05 en la Lista Europea de Residuos.
No obstante, también han sido objeto de estudio los Lodos de Estaciones Depuradoras de
Aguas Residuales Industriales, en concreto los recogidos en la Lista Europea de Residuos
con los códigos:
02 02 04 (Residuos de la preparación y elaboración de carne, pescado y otros alimentos de
origen animal).
02 03 05 (Residuos de la preparación y elaboración de frutas, hortalizas, cereales, aceites
comestibles, café; producción de conservas; producción de levadura y extracto de levadura,
preparación y fermentación de melazas).
02 04 03 (Elaboración de azúcar).
02 05 02 (Industria de productos lácteos).
02 06 03 (Industria de panadería y pastelería).
02 07 05 (Producción de bebidas alcohólicas y no alcohólicas).
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3. PRINCIPIOS RECTORES
3.1. FUNDAMENTOS BÁSICOS DEL PLAN
Los fundamentos básicos del Plan de Gestión de los Lodos Producidos en las Estaciones
Depuradoras de Castilla-La Mancha, se asientan en los principios que establecen la
normativa y los programas de acción de la Unión Europea. Así, se han planteado unas
directrices a seguir por los países miembros, con el fin de respetar y conservar el medio
natural, en un continente donde el desarrollo industrial y el crecimiento poblacional ha
provocado la contaminación ambiental (ríos, suelos, atmósfera…). Posiblemente esto se
deba al desconocimiento de los efectos negativos que los vertidos y los residuos iban a
provocar en el medio ambiente y en los recursos naturales, gracias a los cuales el hombre
desarrolla su vida. De este modo y en orden cronológico se destacan los siguientes
antecedentes:
� La Conferencia de Estocolmo, que ya en 1972, estableció que los recursos naturales
deben preservarse en beneficio de las generaciones futuras, y que los recursos
renovables deben emplearse, de forma que se evite el riesgo de su futuro
agotamiento.
� La Conferencia de Río en 1.992, donde los 178 países reunidos, entre ellos España,
aceptaron contribuir a la reducción y eliminación de las modalidades de producción
y consumo insostenibles.
� El 5º Programa de Acción de la Unión Europea “Hacia un Desarrollo Sostenible”
donde se establece la estrategia comunitaria de gestión de residuos hasta el año
2.000, estableciendo la jerarquía de opciones de gestión: prevención, reutilización,
reciclaje, valorización energética y eliminación en vertedero.
� El Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente,
publicado en julio de 2.002, donde se plantea la necesidad de reducir los volúmenes
de residuos generados mediante estrategias de prevención en la producción. Como
objetivo del VI Programa se incluye la Estrategia de Protección del Suelo frente a la
erosión y la contaminación.
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Ahora bien, como consecuencia de la peculiaridad que presentan los Lodos de Depuradoras
de Aguas Residuales (EDAR) respecto a otros residuos, ya que aquellos poseen ciertos
usos por los cuales se pueden valorizar como abonos y enmiendas orgánicas en los suelos;
se aprobó la Directiva 86/278/CEE, que regula tanto las características de los lodos
aplicables en agricultura como las características de las tierras agrícolas susceptibles de ser
tratadas con los mismos. La transposición de la citada Directiva al Derecho Interno se lleva
a cabo con el Real Decreto 1.310/1.990.
Como último antecedente, citar la aprobación el 14 de junio de 2.001, por parte de la
Secretaría General de Medio Ambiente, del Plan Nacional de Lodos de Depuradoras de
Aguas Residuales 2.001-2.006, con el que se pretende proteger el medio ambiente y
especialmente la calidad del suelo, gestionando adecuadamente los lodos.
Sobre estos principios básicos se constituyen los fundamentales del Plan, sin olvidar los
elementos claves de la política medioambiental comunitaria para garantizar una gestión
racional de los residuos, y sobre los que se deberán regir las actuaciones derivadas del Plan.
Estos son:
1.- Principio de jerarquía de la gestión de los residuos.
2.- Principio de proximidad
3.- Principio de autosuficiencia
4.- El principio de ‘quien contamina paga’.
5.- Responsabilidad del productor
5.- Responsabilidad de que la gestión se lleve a cabo de manera que, en ningún caso pueda
ser perjudicial para la salud humana.
3.2. ANÁLISIS DEL MARCO JURÍDICO-COMPETENCIAL DE LOS RESIDUOS
3.2.1. MARCO JURÍDICO
La base sobre la que se asienta la práctica de gestión de residuos es el marco jurídico
comunitario pero, son los Estados miembros y las Comunidades Autónomas, los que deben
complementar la base con la transposición de las normas y la planificación estatal y
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regional. Será posible entonces constituir un completo marco rector al que debe adecuarse
la gestión de los lodos producidos en las Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales de
Castilla-La Mancha.
El marco jurídico del presente Plan lo constituyen los siguientes documentos:
• Directiva 75/442/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1.975, relativa a los residuos,
modificada por la Directiva 91/156/CEE y derogada por la Directiva 2.006/12/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo (sin perjuicio de las obligaciones de los Estados
miembros relativas a los plazos de transposición al Derecho interno de la Directiva que
figuran en su anexo III, parte B).
• Directiva 86/278/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1986, relativa a la protección del
medio ambiente y, en particular, de los suelos, en la utilización de los lodos de
depuradora en agricultura.
• la Directiva 91/676/CEE, de 12 de diciembre, relativa a la protección de las aguas
contra la contaminación producida por nitratos de origen agrícola
• Directiva 96/61/CE del Consejo, de 24 de septiembre, relativa a la prevención y
control integrados de la contaminación.
• Sexto Programa de Acción Comunitario en materia de Medio Ambiente y Resolución
del Consejo de 24 de febrero de 1997 sobre una estrategia comunitaria de gestión de
residuos (97/C 76/01)
El Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente, documento
rector de la política europea en materia de medio ambiente, recoge en su Artículo 8, los
objetivos y ámbitos prioritarios de actuación sobre el uso y la gestión sostenible de los
recursos naturales y los residuos. Dichos objetivos son los siguientes:
- “Procurar garantizar que el consumo de recursos y sus correspondientes efectos no
superen el umbral de saturación del medio ambiente y lograr una disociación entre
crecimiento económico y utilización de los recursos.”
- “Alcanzar una importante reducción global de los volúmenes de residuos
generados, mediante estrategias de prevención de producción de residuos, mayor
eficiencia en los recursos y un cambio hacia modelos de producción y de consumo
más sostenibles.”
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- “Una importante disminución de la cantidad de residuos destinados a su
eliminación y del volumen de residuos peligrosos producidos, impidiendo el
incremento de las emisiones al aire, el agua y el suelo.”
- “Fomentar la reutilización de los residuos que se sigan generando: se debería
reducir su nivel de peligrosidad y suponer tan poco riesgo como sea posible;
debería darse preferencia a su recuperación, y especialmente a su reciclado; la
cantidad de residuos destinados a la eliminación debería reducirse al máximo y ser
eliminada en condiciones de seguridad; los residuos destinados a la eliminación
deberían tratarse lo más cerca posible del lugar donde se generaron, sin que ello
suponga una menor eficacia de las operaciones de tratamiento.”
El Sexto Programa, en la línea del Quinto, y el artículo 6 del Tratado de la Unión Europea,
establece la necesidad de promover el proceso de integración de las exigencias de
protección del medio ambiente en la definición de todas las políticas y actividades
comunitarias, con objeto de reducir las presiones sobre el medio ambiente procedentes de
diversas fuentes, “La capacidad del planeta para responder a la demanda cada vez mayor
de recursos y para absorber las emisiones y los residuos derivados de su utilización es
limitada, y hay pruebas de que la demanda actual excede la capacidad de absorción del
medio ambiente en algunos casos.”
• Directiva 99/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos.
• La Decisión 2000/532/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2002, aprueba la Lista
Europea de Residuos.
Este documento refunde las dos listas existentes hasta el momento sobre residuos
peligrosos y no peligrosos.
• Real Decreto 1.310/1.990, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de los
lodos de las depuradoras en el sector agrario
Esta norma transpone la Directiva 86/278/CEE del Consejo al Ordenamiento interno
español.
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Una de las formas propuestas para la valorización de los lodos de EDAR, es la agrícola
como abono órgano-mineral, siempre que el mismo haya sido tratado. Este concepto y su
diferencia con la definición general de lodo se exponen en el Artículo 2 del Real Decreto:
“Se entiende por LODO:
i. Los lodos residuales salidos de estaciones de depuración que traten aguas residuales
domésticas o urbanas y de otras estaciones de depuración que traten aguas residuales de
composición similar a las de aguas residuales domésticas y urbanas;
ii. Los lodos residuales de fosas sépticas y de otras instalaciones similares para el
tratamiento de aguas residuales;
iii. Los lodos residuales salidos de estaciones de depuración distintas de contempladas en i) y
ii).”
“Se entenderá por LODOS TRATADOS:
Los lodos tratados por vía biológica, química o térmica, mediante almacenamiento a largo
plazo o por cualquier otro procedimiento apropiado, de manera que se reduzcan, de
manera significativa, su poder de fermentación y los inconvenientes sanitarios de su
utilización.”
• Real Decreto 261/1.996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la
contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.
La aplicación agrícola de los lodos, residuos cuyo contenido en nitratos es bastante alto,
quedará regulada por la normativa referente a la protección de las aguas contra la
contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias, que se encarga de
transponer la Directiva 91/676/CEE
• La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, incorpora a nuestro Ordenamiento
jurídico la Directiva Comunitaria 91/156/CEE, del Consejo, de 18 de marzo de 1991,
por la que se modifica la Directiva 75/442/CEE, del Consejo, de 15 de julio de 1975,
sobre Residuos.
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La Directiva de la que proviene establece la obligación de los Estados miembros,
posteriormente recogida por la Ley de Residuos, de elaborar planes de gestión de residuos.
La Ley en su Artículo 4º indica que:
1.- La Administración Central será la encargada de elaborar los planes nacionales de
residuos.
2.- Las Comunidades Autónomas se encargarán de la elaboración de los planes
autonómicos de residuos y la autorización, vigilancia, inspección y sanción de las
actividades de producción y gestión de residuos.
3.- Y las Entidades Locales serán competentes para la gestión de los residuos urbanos, en
los términos establecidos en esta Ley y en las que, en su caso, dicten las Comunidades
Autónomas.
La Ley de 10/1998 además de adecuar la política de residuos europea al Estado Español,
pretende contribuir a la protección del medio ambiente coordinando, las políticas
económica, industrial y territorial, con la política de residuos para incentivar su reducción
en origen, fomentando la reutilización, el reciclado y la valorización de los residuos sobre
otras técnicas de gestión.
A los efectos de la Ley 10/1998, se entenderá por residuo: “cualquier sustancia u objeto
perteneciente a alguna de las categorías que figuran en el anejo de esta Ley, del cual su
poseedor se desprenda o del que tenga la intención u obligación de desprenderse. En todo
caso, tendrán esta consideración los que figuren en el Catálogo Europeo de Residuos
(CER), aprobado por las Instituciones Comunitarias.”
• Plan Nacional de Lodos de Depuradoras de Aguas Residuales-EDAR.
El Plan Nacional de Lodos de Depuradoras de Aguas Residuales-EDAR (PNLD)-(2.001-
2006), fue aprobado por el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 1 de junio de 2.001,
publicado por la Resolución 14 de junio de 2.001, de la Secretaría General de Medio
Ambiente.
El Plan marca los principios de gestión de los Lodos de Depuración, los objetivos
ecológicos y los instrumentos necesarios para que se lleve a cabo una correcta gestión.
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Los principios de gestión marcados, siguen la jerarquía de contemplada en el artículo 1.1 de la Ley
10/1998, de Residuos. Se trata de “prevenir en la medida de lo posible, reutilizar lo que se pueda,
reciclar lo que no se pueda reutilizar y valorizar energéticamente todo lo que no se pueda
reutilizar o reciclar. El deposito final en vertedero es la última opción, la menos satisfactoria”.
• Real Decreto 1.481/2.001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de
residuos mediante depósito en vertedero.
El Real Decreto 1.481/2.001, de 27 de diciembre, por el que se regula la eliminación de
residuos mediante depósito en vertedero, que transpone al Ordenamiento jurídico español
la Directiva 99/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos,
establece un régimen concreto para la eliminación de los residuos mediante su depósito en
vertederos. Esta norma tiene como objeto “el establecimiento de un marco jurídico y
técnico adecuado para las actividades de eliminación de residuos mediante depósito en
vertederos, al tiempo que regula las características de éstos y su correcta gestión y
explotación (...) con la finalidad de proteger la salud de las personas y el medio ambiente”.
• Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de
valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos
Incorpora al Ordenamiento español la Decisión 2.000/532/CE y por tanto, la Lista Europea
de Residuos, que recoge:
- en su epígrafe 19 los “residuos de las instalaciones para el tratamiento de residuos,
de las plantas externas de tratamiento de aguas residuales y de la preparación de
agua para consumo humano y de agua para uso industrial” donde se recogen los
residuos objeto del estudio con el código 19 08 05
- y en su epígrafe 02 “Residuos de la agricultura, caza y pesca; residuos de la
preparación y elaboración de alimentos” donde se recogen los residuos objetos del
estudio con el código: 02 02 04, 02 03 05, 02 04 03, 02 05 02, 02 06 03, 02 07 05.
• Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
La Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, que
transpone la Directiva 96/61/CE, de 24 de septiembre, relativa a la prevención y al control
integrado de la contaminación, supedita la puesta en marcha de las instalaciones incluidas
en su ámbito de aplicación a la obtención de una autorización ambiental integrada; la
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autorización fijará los valores límites de emisión de las sustancias contaminantes
procedentes del propio proceso industrial. El control integrado aglutina al conjunto de
autorizaciones, de carácter ambiental exigibles hasta ahora.
• Real Decreto 824/2.005, de 8 de julio, sobre productos fertilizantes
Además del Real Decreto 1.310/1.990, debido a la posibilidad de valorización agronómica
del lodo y de compostarlo, se debe tener presente este Real Decreto relativo a productos
fertilizantes.
• Plan de Gestión de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha.
El Decreto 70/1.999, de 25 de mayo, aprueba el Plan de Gestión de Residuos Urbanos de
Castilla-La Mancha. Este Plan tiene como propósito “servir como marco de referencia
para instrumentar todas las actuaciones necesarias para la correcta gestión de los
residuos urbanos en las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y
Toledo”.
Cabe reseñar los siguientes objetivos:
- Prevención y reducción de los residuos urbanos, fomentando, por este orden, la
reducción, la reutilización y el reciclado, con el fin de reducir el consumo de energía y
de materias primas básicas, así como permitir el correcto vertido final de los residuos
procedentes del rechazo.
- Instaurar el principio de corresponsabilidad y de coordinación de las actuaciones de
gestión de residuos urbanos de todas las administraciones.
- Implantar la recogida selectiva en origen, con objeto de favorecer la reutilización y el
reciclado.
- Clausurar las instalaciones de vertido incontrolado existentes, y su rehabilitación
ambiental.
Los residuos incluidos en el ámbito del plan son los urbanos o municipales, considerando
como tales “los generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios,
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
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así como todos aquellos que no tengan la calificación de peligrosos y que por su naturaleza
o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades.”
En el apartado 5 del Plan de Residuos Urbanos de Castilla-La Mancha (Viabilidad para la
Producción y Utilización del Compost, en Castilla-La Macha, Frente a otras Formas de
Valorización de los Residuos). Se recoge que se hará especial hincapié en la utilización de
los lodos procedentes de las estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas para su
mezcla en la producción del compost. Premisa que se ha utilizado para la valorización
agronómica de los lodos como compost.
3.2.2. MARCO JURÍDICO COMPETENCIAL DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE CASTILLA-LA MANCHA.
La Constitución Española establece en su artículo 45, dentro del Título Primero dedicado a
los Derechos Fundamentales, unos principios básicos en materia medioambiental, que son
referencia obligada y básica para su posterior desarrollo legislativo.
Dentro del Título Octavo de «Organización territorial del Estado», la Constitución
establece en el artículo 149.23º la competencia exclusiva del Estado en materia de
legislación básica sobre protección del medio ambiente, contemplándose además la
facultad de las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección.
“El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:(...) 23ª Legislación
básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las
Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección. La legislación
básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias”.
Por otro lado, dentro del citado Título Octavo, el artículo 148.1.9º establece la vía para que
las Comunidades Autónomas asuman la competencia de gestión en materia de protección
del medio ambiente.
“Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:(...)
9ª La gestión en materia de protección del medio ambiente.”
El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de
10 agosto, recoge en su artículo 32, según la redacción dada por la Ley Orgánica 3/1997, de
3 de julio:
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“En el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la
misma establezca, es competencia de la Junta de Comunidades el desarrollo legislativo y
la ejecución en las materias siguientes: (...) 7. Protección del medio ambiente y de los
ecosistemas. Normas adicionales de protección”.
En cuanto al ejercicio de las competencias sobre residuos, la Ley 10/1998, de 21 de abril,
de Residuos, respeta el reparto constitucional entre el Estado y las Comunidades
Autónomas, al tiempo que garantiza las competencias que tradicionalmente han venido
ejerciendo las Entidades locales en materia de residuos urbanos.
En este sentido, la Ley de Residuos, en su artículo 4, establece el siguiente reparto
competencial:
“1. Corresponderá a la Administración General del Estado la elaboración de los
planes nacionales de residuos; la autorización de los traslados de residuos desde o
hacia terceros países no pertenecientes a la Unión Europea y la inspección derivada
del citado régimen de traslados, sin perjuicio de la colaboración que pueda prestarse
por la Comunidad Autónoma donde esté situado el centro de la actividad
correspondiente, así como la aplicación, en su caso, del correspondiente régimen
sancionador.
La Administración General del Estado será, asimismo, competente cuando España sea
Estado de tránsito a efectos de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento (CEE)
259/93, del Consejo, de 1 de febrero de 1993, relativo a la vigilancia y control de los
traslados de residuos en el interior, a la entrada y a la salida de la Comunidad
Europea.
2. Corresponderá a las Comunidades Autónomas la elaboración de los planes
autonómicos de residuos y la autorización, vigilancia, inspección y sanción de las
actividades de producción y gestión de residuos.
Las Comunidades Autónomas serán, asimismo, competentes para otorgar las
autorizaciones de traslado de residuos desde o hacia países de la Unión Europea,
regulados en el Reglamento (CEE) 259/93, así como las de los traslados en el interior
del territorio del Estado y la inspección y, en su caso, sanción derivada de los citados
regímenes de traslados, así como cualquier otra actividad relacionada con los residuos
no incluida en los apartados 1 y 3.”
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Asimismo, para el establecimiento de las infraestructuras propuestas en el Plan, se tendrá
en cuenta la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras
públicas; en tanto norma de bases que añade el Título V a la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas, cuyo texto refundido fue aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2.000, de 16 de junio. La definición de este tipo de contrato se establece en su
artículo 220:
“1. Se entiende por contrato de concesión de obras públicas aquel en cuya virtud la
Administración pública o entidad de derecho público concedente otorga a un
concesionario, durante un plazo, la construcción y explotación, o solamente la explotación,
de obras relacionadas en el artículo 120 o, en general, de aquellas que siendo susceptibles
de explotación, sean necesarias para la prestación de servicios públicos de naturaleza
económica o para el desarrollo de actividades o servicios económicos de interés general,
reconociendo al concesionario el derecho a percibir una retribución consistente en la
explotación de la propia obra, en dicho derecho acompañado del de percibir un precio o
en cualquier otra modalidad establecida en este título.
2. La construcción y la explotación de las obras públicas objeto de concesión se efectuarán
a riesgo y ventura del concesionario, quien asumirá los riesgos económicos derivados de
su ejecución y explotación en los términos y con el alcance establecidos por esta Ley, lo
que será en todo caso compatible con los distintos sistemas de financiación de las obras
que en ella se regulan y con las aportaciones a que pudiera obligarse la Administración
concedente.
3. La Administración concedente podrá establecer que el concesionario redacte el
proyecto de construcción de las obras conforme a las exigencias determinadas en el
correspondiente estudio o anteproyecto, en los términos señalados en el capítulo II. En este
supuesto la aprobación del proyecto corresponderá a la Administración concedente y
formará parte del contrato de concesión.
4. El sistema de financiación de la obra y retribución del concesionario se determinarán
por la Administración concedente con respeto a los objetivos de estabilidad presupuestaria
y atendiendo a criterios de racionalización en la inversión de los recursos económicos, a la
naturaleza de las obras y a la significación de éstas para el interés público.
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5. El régimen del contrato de concesión de obras públicas previsto en este título será
aplicable a todas las entidades de derecho público cualquiera que sea su régimen jurídico
de contratación y denominación.”
4. ANÁLISIS DESCRIPTIVO DE LA SITUACIÓN ACTUAL
4.1. MEDIO FÍSICO Y DEMOGRÁFICO
La Comunidad de Castilla-La Mancha ocupa la práctica totalidad de la Meseta Sur
peninsular. Limita con siete Comunidades Autónomas y es atravesada por tres ríos
principales: el Tajo, el Guadiana y el Júcar. Cuenta con un total de 919 municipios que se
reparten de la siguiente manera: 87 en Albacete, 102 en Ciudad Real, 238 en Cuenca, 288
en Guadalajara y 204 en Toledo.
Esta Comunidad se extiende sobre una superficie de 79.463 km2, el 15,7% del territorio
nacional y se distribuye en cinco provincias: Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y
Toledo, siendo Ciudad Real con un 25% del total y Cuenca con un 19%, las que tienen una
mayor superficie.
Atendiendo a los datos de la revisión del padrón municipal a 1 de enero de 2.005,
publicado por el Ministerio de Economía y Hacienda y aprobado por el Real Decreto
1.358/2.005, de 18 de noviembre, la Comunidad castellano manchega alberga una
población de derecho de 1.894.667 habitantes, el 4,3% del total nacional.
Según estos datos, esta Comunidad tiene una densidad de población de 24 hab./km2 y se
sitúa por debajo de la media Nacional (84 hab. ./km2) y de la media Europea (626
hab./km2).
Tan sólo en el último año la población española experimentó un crecimiento del 2,11%.
Por su parte, la población de Castilla-La Mancha ha crecido desde 1999 un 9,76% pasando
de 1.726.199 habitantes en el año 1999 a 1.894.667 habitantes en el año 2005. En el último
año, Castilla-La Mancha incrementó su población un 2,47%. Además, sigue siendo la
novena Comunidad Autónoma con mayor población de España.
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La provincia más poblada de Castilla-La Mancha es Toledo, que en el año 2005 alcanzó los
598.256 habitantes, un 7,57% más que en el año 1.999 (en el último año la población de la
provincia de Toledo experimentó un crecimiento del 3,5%). La provincia menos poblada
sigue siendo Guadalajara, con 203.737 habitantes, un 14,72% del total, aunque es la
provincia castellano-manchega que mayor crecimiento de la población experimenta.
Tabla 1: Población de Castilla-La Mancha por provincias (2.005)
Provincia Población 2005 Superficie (km2)Densidad (hab/km2)
Albacete 384.640 14.926 26 Ciudad Real 500.060 19.813 25
Cuenca 207.974 17.140 12Guadalajara 203.737 12.214 17
Toledo 598.256 15.370 39
Total Castilla-La Mancha 1.894.667 79.463 24
Fuente: Instituto Nacional de Estadística.Padrón 2.005
Cabe reseñar que en Castilla-La Mancha sólo hay seis municipios con poblaciones
superiores a los 50.000 habitantes los cuales suponen el 29,6 % de la población regional:
Albacete (159.518 hab.); Talavera de la Reina (82.975 hab.); Toledo (75.533 hab.);
Guadalajara (73.719 hab.); Ciudad Real (69.063 hab.) y Puertollano (50.082 hab.).
Cuenca, capital, cuenta con 49.919 habitantes.
4.2. MEDIO SOCIOECONÓMICO
La población activa de Castilla-La Mancha, según los datos reflejados en el Informe
socioeconómico de Castilla-La Mancha 2.004, era de 793 mil, 28 mil más que en 2.003, lo
que supone un incremento del 3,7 % por encima de la variación de la población activa
nacional.
Por sectores productivos, la población activa aumentó en 2004 en las cuatro actividades
básicas. Comparativamente con los datos para España, tenemos unas tasas de variación de
la población ocupada en los diferentes sectores productivos que se muestran a
continuación:
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Tabla 2: Tasas de variación de la población ocupada por sectores productivos (año 2004)
Agricultura
(%) Industria (%)
Construcción
(%) Servicios (%)
Castilla-La
Mancha +3,7 +4,6 +9,8 +2,8
España -0,2 +0,3 +7,2 +4,7
Fuente: Informe socioeconómico de Castilla-La Mancha 2004
El reparto de parámetros socio-económicos por sectores económicos es el siguiente:
- El sector Agricultura representa un 9,6 % del total de la población ocupada. Según
los datos editados por el Consejo Económico y Social de Castilla-La Mancha,
considerando el periodo 1.999 a 2.004 la población activa de este sector ha
descendido un 1%.
- El sector Industria representa un 18,4 % del total de la población ocupada; Al igual
que en Agricultura, este sector ha presentado un descenso en la ocupación en el
periodo 1999 a 2004 de un 0,9 %.
- El sector Construcción representa un 14,9% del total de la población ocupada, este
sector ha presentado un crecimiento en los últimos años de un 1,4 %.
- El sector Servicios representa un 54,4 % del total de la población ocupada, y en el
periodo de estudio (1.999-2.004) ha presentado un incremento del 3,3%.
- Se ha considerado un porcentaje de población activa en 2.004 de 2,7 % que no se ha
podido integrar en ninguno de los anteriores sectores.
Como conclusión, destacar el alto crecimiento del sector servicios y la necesidad de
potenciar la agricultura para evitar el abandono de los campos de cultivo y el fomento
del cuidado del estado medioambiental de la Comunidad Autónoma.
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4.3. ESTADO ACTUAL DE LA GESTIÓN DE LOS LODOS DE DEPURACIÓN
De las 323 Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales de Castilla-La Mancha de las que
se han obtenido datos: 141 están actualmente en funcionamiento, 48 están en construcción
y 134 están fuera de uso. Existen en proyecto un total de 389 EDAR, que, una vez
construidas y en funcionamiento configurarán la red sobre la que se han basado los
objetivos de gestión del Plan, a un horizonte temporal de 2.012. Se estima que para esta
fecha la producción de lodo de EDAR esté en torno a 66.000 t/año expresada en materia
seca. Se ha tenido en cuenta para estimar la producción en 2.012, una tasa de crecimiento
poblacional del 1,5% y que estarían en funcionamiento el 85% de las depuradoras
proyectadas.
La gestión actual de los lodos de depuración, en concreto los pertenecientes a grandes
industrias agroalimentarias, está siendo llevada a cabo por ellas mismas para cumplir con
los sistemas de gestión medioambiental que tienen implantados, en concreto la Norma
UNE-EN ISO14.001 o el Reglamento (CE) nº 761/2.001 (EMAS).
Las pequeñas industrias agroalimentarias suelen verter sus aguas residuales a la red pública
de saneamiento, hecho que finalmente repercutirá en la composición de los lodos de la
EDAR del municipio.
Castilla-La Mancha constituye un nicho para la implantación y crecimiento de empresas
gestoras de lodos. Las empresas que gestionan las EDAR cada vez están más especializadas
en la ‘línea de agua’, la infraestructura actual para la gestión de lodos es escasa y los
agricultores, por falta de información, son reticentes a emplear los lodos tratados,
procedentes de depuradoras como enmienda en sus terrenos.
4.3.1. SITUACIÓN ACTUAL EN CUANTO A LAS ENTIDADES MUNICIPALES Y
SUPRAMUNICIPALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA
La dispersión de los municipios por todo el territorio de la Comunidad Autónoma, y la baja
densidad de población de los mismos, ha propiciado que, tanto para la gestión de los
Residuos Sólidos Urbanos como para los servicios de Abastecimiento y Saneamiento, se
hayan creado Mancomunidades, existiendo un total de 108 en la Región. Los servicios
implicados, que se relacionan con este Plan, son la retirada de residuos y el saneamiento, ya
que existen algunas EDAR para el tratamiento conjunto de las aguas residuales de varios
municipios.
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También se deben destacar los Consorcios creados por las Diputaciones Provinciales para
la puesta en marcha de las infraestructuras construidas para la gestión de los residuos
urbanos.
Por último la iniciativa privada está representada por los Gestores de Lodos Autorizados
por la D.G. de Planificación y Gestión Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y
Desarrollo Rural, que valoriza el residuo producido en las Estaciones Depuradoras de
Aguas Residuales de Castilla-La Mancha, con una aceptación por parte de los agricultores
bastante discreta.
4.3.2. ANÁLISIS DE LA PRODUCCIÓN, COMPOSICIÓN Y GESTIÓN DE LOS FANGOS.
a) Generación
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha genera en la actualidad del orden de unas
43.000 t/año de lodo de EDAR expresadas en materia seca. Este dato refleja sólo la
producción de las depuradoras de aguas residuales urbanas, que son a las que se encamina
principalmente la planificación que establece este documento. La producción aproximada
por provincias en toneladas al año es la siguiente:
Tabla 3: Producción de lodos de EDAR en Castilla-La Mancha (año 2003)
Provincia Lodo t/año m.s.
AB 6.397,86
CR 16.594,38
CU 6.780,69
GU 3.360,98
TO 9.783,60
Total 42.917,51
Las analíticas de los lodos recibidas para la elaboración del estudio indican que la
composición de estos residuos cumple, en la mayoría de los casos, los límites establecidos
por el Real Decreto 1.310/1.990 para su aplicación en agricultura. Existen algunas
analíticas que muestran contenidos altos en algunos metales, debido al vertido puntual de
pequeñas industrias a la red de saneamiento.
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Es importante destacar el crecimiento de las urbanizaciones, tanto en la provincia de
Toledo como en la de Guadalajara, convirtiéndose en la segunda vivienda de muchos
madrileños. Estas urbanizaciones poseen pequeñas depuradoras pero presentan problemas a
la hora de enviar sus lodos a otras EDAR para que sean tratados y deshidratados.
b) Tipologías de lodos producidos
Cualquier planteamiento en cuanto a la gestión y tratamiento de los lodos de las EDAR,
pasa por el conocimiento de su composición y la evaluación de las características en cuanto
a su posible comportamiento, para llevar a cabo su valorización.
Por tanto, y teniendo en cuenta el objetivo del presente Plan en la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha, se decidió clasificar los lodos en cuatro categorías según los
tratamientos recibidos en la línea de fangos en la EDAR.
Las tipologías diseñadas son las siguientes:
� Lodo Estabilizado Deshidratado: Son los resultantes de un tratamiento de
estabilización∗ (ya sea aerobio o anaerobio), y una deshidratación mecánica. Este
lodo de depuración presenta una sequedad media de un 20%. Está estabilizado y
puede ser aplicado directamente en agricultura, si cumple con los límites en metales
pesados del RD 1.310/1.990. Se ha estimado en un 80,63 % el porcentaje de lodos
de esta tipología producido en Castilla-La Mancha.
� Lodo Estabilizado Parcialmente Deshidratado: Proceden de un tratamiento de
estabilización (ya sea aerobio o anaerobio) y una deshidratación en eras. No
presenta un contenido de sequedad uniforme, por lo que se ha considerado
conveniente separarlo en un grupo aparte y determinar así el tratamiento posterior
que se debe dar al lodo de depuración antes de su destino definitivo. La cantidad de
lodo producido de este tipo representa un 2,45 % sobre el total de lodo producido en
Castilla-La Mancha.
∗ Los lodos producidos por el sistema de depuración de Fangos Activos deberán, para ser incluidos en esta
clasificación, haber sido estabilizados en un digestor anaerobio.
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� Lodo Estabilizado Sin Deshidratar procedente de Lagunaje: Se extraen de la laguna
anaerobia cada 4-5 años, habiendo sufrido un tratamiento estabilización anaerobio.
Es necesario aplicarles una deshidratación previa antes de ser empleados como
abono o enmiendas en la agricultura. Debido a la necesidad de deshidratar,
gestionar y programar la fecha de extracción del lodo de cada laguna, se decidió
separar este grupo del siguiente. La totalidad de la producción de esta tipología
supone un 7,47% sobre la producción total.
� Lodo Estabilizado Sin Deshidratar procedente de Otros Tratamientos: Proviene de
un tratamiento de estabilización anaerobio, que se extrae en un periodo de tiempo
inferior al del lagunaje. El periodo de extracción es variable, una vez cada 6 meses
o una vez cada 2 años; y necesita una deshidratación previa antes de ser empleado
como abono en agricultura. La producción de lodo de este tipo constituye el 9,45%
del total.
c) Recogida y Transporte
La recogida y transporte de los lodos depende del estado de deshidratación que presenten.
Los lodos que están sin deshidratar son retirados por medio de camiones cisterna con
bombas succionadoras. Los lodos deshidratados son retirados de las EDAR por medio de
camiones o de contenedores.
d) Destino actual de los lodos
Los destinos de lodos de depuración producidos en la actualidad en la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha, se pueden resumir en cuatro:
� Destino agricultura: Actualmente la mayoría de los lodos de depuración se
destinan a agricultura como abonos y enmiendas, pero de una forma poco
organizada. En muchas ocasiones, no se lleva un control del destinatario final de los
lodos. Algunas EDAR han contratado a gestores de lodos que se encargan de buscar
a agricultores para que los utilicen como abonos, pero se encuentran con la
problemática de que deben disponer de unas instalaciones apropiadas para el
almacenamiento de los lodos mientras encuentran a dichos agricultores o mientras
llega una época más favorable para el abonado. Se ha estimado en un 64,33 % el
porcentaje de lodos de esta tipología producido en Castilla-La Mancha.
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� Destino vertedero: Es bastante habitual. Desgraciadamente, es la primera opción
que se baraja por parte del productor ya que es la más sencilla y rápida. En el
vertedero se mezclan con los RSU (Residuos Sólidos Urbanos). La cantidad de lodo
producido de este tipo representa un 21,11% sobre el total de lodo producido en
Castilla-La Mancha.
� Destino incineración: El proceso de incineración es muy costoso y como fin tiene
la destrucción de la materia orgánica, quedando de los residuos sólo las cenizas o
materia inorgánica. El destino de los lodos a incineración es extremadamente
infrecuente en toda la región, sólo se ha inventariado un caso en concreto. La
totalidad de la producción de esta tipología supone un 0,58 % sobre la producción
total.
� Destino variable: otros tratamientos: En este apartado se recogen los lodos que
cada vez tienen un uso distinto. Este es el caso de:
o La mayoría de las urbanizaciones, donde se contrata a la empresa que
ofrezca sus servicios al menor precio. Es esta empresa la que posteriormente
envía los lodos a una depuradora donde puedan ser tratados o al vertedero.
o Las EDAR donde los lodos se acumulan en balsas anaerobias. El problema
de éstas es que se extraen en periodos variables de 1-2 veces al año. Si en
ese momento existen agricultores interesados se les envían los lodos. Si no
es la época más apropiada para el abonado o no se encuentran dichos
agricultores, los lodos se envían a vertedero.
o Las EDAR de lagunaje, como pasa un periodo de 4-5 años hasta que se
extraen los lodos, en muchas de las EDAR inventariadas no se ha indicado
el destino, por desconocimiento del mismo. Incluso se ignoraba el momento
exacto de la extracción de los lodos. La producción de lodo cuyo destino es
variable constituye el 14% del total.
e) Gestión de los lodos
La gestión de los lodos se puede clasificar dependiendo del ente gestor:
� Gestión por un gestor especializado: Se ha contabilizado toda la producción de
lodo a la que un gestor autorizado busca una aplicación o destino. A pesar de que
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ésta se considera la forma más apropiada de gestión, el porcentaje de lodo con esta
categoría, calculado sobre el total, no representa ni la mitad de la producción, se ha
estimado en un 24,52%.
� Gestión por la misma empresa concesionaria de la gestión de la EDAR: Antes,
la mayoría de las empresas que gestionaban las EDAR, buscaba el destino que
consideraban más apropiado a los lodos. Debido a las dificultades para encontrar
agricultores y llevar un control de las características y cantidad del lodo, en la
actualidad se tiende a subcontratar un gestor de lodos. No obstante, todavía muchas
de estas empresas gestionan sus lodos, la cantidad de lodo producido de este tipo
representa un 37,32% sobre el total de lodo producido en Castilla-La Mancha.
� Gestión por el propio titular: Estas EDAR son gestionadas por el titular de la
misma y no subcontratan un gestor distinto para la gestión de los lodos. Lo que se
suele hacer cuando se extraen los lodos, es avisar a los agricultores de los terrenos
cercanos por si estuvieran interesados en aplicar los lodos en sus parcelas. La
totalidad de la producción gestionada por el propio titular de la EDAR supone un
9,01% sobre la producción total.
� Sin Gestionar: Todavía existe una gran cantidad de lodos en la que no se define
una gestión determinada, es decir, unas veces se llevan a vertedero y otras se
valorizan en agricultura. Hay que notar que sobre estos lodos no se lleva un control
sobre la parcela donde se aplican. La producción de lodo de este tipo constituye el
29,15 % del total.
f) Conclusiones del estado actual y medidas correctoras.
� El 100% del lodo producido en Castilla-La Mancha está estabilizado y no debería
presentar problemas de fermentación en los suelos. Podría emplearse como abono si las
analíticas confirman que se cumplen los límites que impone la normativa para la
concentración de metales pesados.
� El 82% de los lodos está estabilizado y deshidratado, lo que implica que el contenido en
patógenos será reducido. En el resto de los lodos, no se controla el porcentaje de
sequedad, por lo que el contenido de patógenos podrá ser alto.
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El modelo de gestión deberá prever estas premisas y buscar una solución para reducir al
máximo la cantidad de patógenos que reciben las tierras.
� El 64% del lodo producido ya se aplica como abono, lo que indica que ya existe
aceptación del producto por parte de los agricultores, mientras que los datos de control
sobre los que terrenos donde se aplican son escasos.
� El porcentaje que se envía a vertedero y el variable es alto, entre ambos suman un
34%.
El modelo de gestión deberá:
- Impedir, en la medida de lo posible, los envíos de lodo a vertedero.
- Evitar, cuando sea posible, el destino variable de este residuo que pueda darle una
misma EDAR. Es decir, controlar la trazabilidad del lodo a lo largo de los distintos
procesos y etapas de gestión a las que es sometido.
- Analizar y llevar un control de las tierras donde el lodo es aplicado directamente al
terreno.
- Informar y aconsejar al agricultor.
El modelo de gestión deberá, para corregir y mejorar la gestión actual:
- Abogar para que todos los lodos sean gestionados por empresas cualificadas (Gestor
de residuos no peligrosos autorizado por la D.G. de Planificación y Gestión
Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural).
- Crear la infraestructura necesaria para enviar los lodos a centros donde sean
clasificados, analizados y gestionados adecuadamente.
5. VIABILIDAD PARA LA PRODUCCIÓN Y UTILIZACIÓN DEL COMPOST, EN CASTILLA-LA MANCHA, FRENTE A OTRAS FORMAS DE VALORIZACIÓN DE LOS RESIDUOS
Dentro de los sistemas de valorización de los lodos para su aplicación agrícola, el
compostaje se muestra como una solución viable.
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El destino del compost es normalmente la utilización como enmienda orgánica en el sector
agrícola y forestal.
Existe una necesidad de fertilización de los suelos en prácticamente toda la Comunidad de
Castilla-La Mancha, debido a: sus bajos contenidos en materia orgánica, alrededor de un
1%; el factor climatológico, con niveles pluviométricos en torno a 400 mm; y suelos con
alta permeabilidad, lo que origina un escaso aprovechamiento de la humedad de saturación.
6. METAS CONCRETAS QUE SE PRETENDEN ALCANZAR
Los objetivos planteados en el presente Plan persiguen continuar la línea que trazaba el
Plan Nacional de Lodos (2.001-2.006) y así alcanzar las siguientes metas:
- Reducción en origen de la producción de lodos.
- Valorización del 100 por 100 de los Lodos, al finalizar el plazo de vigencia del
Plan.
1. Valorización en usos agrícolas, en aplicación directa de los lodos
estabilizados del 20 por 100, antes de 2.012
2. Valorización en usos agrícolas del 55 por 100 de los Lodos compostados
antes de 2.012.
3. Valorización energética menor o igual al 20 por 100 de los Lodos, antes
de 2.012.
- Reducción a un máximo del 5 por 100 los lodos depositados en vertedero, antes de
2.012.
- Creación de un sistema estadístico y bases de datos sobre lodos de EDAR y su
gestión.
7. MODELO DE GESTIÓN DE LOS LODOS DE DEPURACIÓN
a) Estrategias
Las estrategias a desarrollar para cada agente y proceso del sistema son las siguientes:
Productor de lodos
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- Son los responsables de la correcta gestión de los residuos que generan en los
procesos de depuración de aguas residuales. Tendrán que facilitar al gestor
final/agricultor el lodo con las analíticas y datos complementarios que prescribe el
RD 1310/1990 y desarrolla la Orden MAM de 26 de octubre de 1.993.
- Comunicarán tanto al organismo competente en materia de lodos de EDAR como al
centro de gestión que le corresponda cualquier episodio de contaminación del fango
que detecte tras los análisis mencionados.
Obligaciones
- Están obligados a facilitar la ficha de características de la EDAR (Anexo 1) al
órgano competente en la materia de la Administración regional. La página 1 del
mencionado anexo se remitirá una sola vez o en el momento que haya un cambio
que afecte a las características de la depuradora. En la página 2 se cumplimentarán
los datos correspondientes a los datos básicos de la depuradora, “frecuencia de los
análisis de lodos” y “producción, gestión y destino de lodos”; con una periodicidad
anual para las EDAR que traten a una población equivalente menor de 5.000
habitantes-equivalentes (300 kg de DBO5/ día); y con una periodicidad semestral
para las estaciones depuradoras que superen la cantidad anterior. Tendrá análoga
validez la remisión de los anexos debidamente cumplimentados de la Orden MAM
de 26 de octubre de 1.993, por la que se dictan normas sobre los controles a realizar
por las Comunidades Autónomas para el seguimiento de la utilización de los lodos
de depuración en el sector agrario.
Gestión
- Priorizar la aplicación agrícola, ya sea por aplicación directa o mediante un lodo
compostado.
- Evitar en lo posible el envío a vertedero o incineración. Se planteará la posibilidad
de valorización energética (por biometanización o secado térmico con
cogeneración), y el empleo del lodo en “Eco-cerámica”, es decir, el uso de los lodos
de depuración para fabricar materiales de construcción; y en general de aquellas
mejores tecnologías disponibles que se hayan evaluado.
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Obligaciones
- Estarán autorizados por la Dirección General de Planificación y Gestión Ambiental
y dicha autorización estará vigente.
- En lo que no disponga lo contrario la normativa vigente en la materia y no suponga
duplicidad con las obligaciones impuestas por la misma en cuanto a los datos a
remitir por el gestor, estos estarán obligados a facilitar la ficha de trazabilidad
(Anexo 2) al órgano competente en la materia de la Administración regional. La
periodicidad será anual para los gestores con una capacidad autorizada inferior a 55
t m.s./ año; y semestral para los que superen la cantidad anterior.
Agricultor
- Se le informará al agricultor de todas las propiedades que aporta el lodo como
abono.
- Se divulgarán unas recomendaciones de dosificación, control y aplicación del lodo
al terreno.
- El producto debe tener un coste asequible y asumible, fácil de conseguir y de
aplicar.
Obligaciones
- Están obligados a facilitar la ficha de aplicación (Anexo 3) al órgano competente en
la materia de la Administración regional, con periodicidad anual.
Controles
- Controles y analíticas de los lodos producidos, para prevenir y corregir la
contaminación en el origen.
- Controles para la aplicación directa:
� Control del lodo en cuanto a niveles de metales pesados para que se cumpla
en todo momento el Real Decreto 1.310/1.990.
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� Control sobre los terrenos donde los lodos se aplican, evitando que el uso
excesivo o la mala dosificación de los mismos, provoque la contaminación
del suelo (cumpliendo el Real Decreto 1.310/1.990).
� Controles de los lodos compostados (deben cumplir la reglamentación de
fertilizantes, Real Decreto 824/2005 de 8 de julio, cuando el producto sea
comercializado).
� Registros de la trazabilidad de los lodos de EDAR aplicados en Castilla-La
Mancha. Éstos facilitarán la detección de cualquier origen de contaminación
de los lodos y se podrá actuar con mayor celeridad para resolver el
problema.
Otros productos competidores
- Introducir en el Mercado “Lodos compostados de Castilla-La Mancha”.
Calidad
- Aplicar controles y certificados de calidad del producto.
El Medio Ambiente
- Reducción en volumen y peligrosidad de los lodos de EDAR. Tratarlos de forma
que se pueda reducir el contenido en metales pesados y, en su caso, realizar
tratamientos de higienización de los mismos, evitando a la vez su envío a
vertedero.
- Si hay un excedente de F.O.R.S.U. (fracción orgánica de los residuos sólidos
urbanos) en los Centros de Tratamiento, se podría compostar con el lodo como
material estructurante.
- Aceptación social del empleo de energías renovables frente a las incineradoras; lo
que conllevaría una visión social más positiva de las plantas de Biometanización.
Ésta se priorizará frente al depósito en vertedero o la incineración.
Infraestructura
- Será necesaria la creación de centros donde se puedan almacenar y analizar los
lodos; y, en su caso, compostarlos o valorizarlos energéticamente.
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- El desarrollo de las vías de comunicación posibilita el envío de los lodos al lugar
concreto donde se someterá a un tratamiento específico.
b) Modelo
El modelo de gestión que a continuación se plantea se basa fundamentalmente en
categorizar los tipos de lodos producidos y, en base a estos, determinar el tratamiento
necesario: su aplicación o su eliminación. Del mismo modo, se incide en la necesidad de
concentrar o transportar los lodos para su específico control, tratamiento y gestión hacia el
uso más conveniente del mismo.
Tratamientos y categorización de los lodos.
Debido a la heterogeneidad de la calidad del lodo que actualmente se genera en la Región,
el primer paso a tomar sería su transformación en un producto homogéneo, de composición
conocida y previsible en el tiempo.
Los posibles tratamientos a aplicar sobre un lodo de depuración son:
� Aplicación directa al suelo.
� Compostaje � Aplicación al suelo.
� Biometanización � Energía eléctrica y producto con destino a agricultura y, si esto
no es posible a vertedero.
� Secado + cogeneración � Energía eléctrica y producto que se aplica al suelo.
� Uso en la fabricación de productos cerámicos (“Eco-cerámica”)
� Depósito en vertedero
� Incineración � Cenizas con destino variable: depósito en vertedero o uso como
mortero en construcción (“Eco-cerámica”)
Tanto el compostaje como el secado térmico ofrecen al agricultor un producto homogéneo,
ya conocido y de gran aceptación en el mercado. La aplicación directa al suelo sin un
control previo puede provocar la desconfianza del agricultor, además, si se envía a un
centro de almacenamiento se pueden mezclar los diferentes tipos de lodos y obtener un
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producto más homogéneo, en cuanto a componentes y concentración de los mismos, y de
una calidad garantizada.
Será imprescindible un control analítico de la composición del lodo para su categorización
y destino posterior. Una posible categorización sería:
Tabla 4: Categorías de lodos de EDAR
Categoría por composición Tratamiento Destino
1: APTO
Lodos cuyas concentraciones de metales pesados están por debajo de los límites del RD 1.310/1.990
Ninguno, mezcla o compostaje
Aplicación al suelo
2: APTO CON CONDICIONES
Lodos cuyas concentraciones en metales están en el límite del RD 1.310/1.990
Compostaje, secado o biometanización*
Aplicación al suelo
3: NO APTO
Lodos cuyas concentraciones de metales pesados están por encima de los límites del RD 1.310/1.990
Biometanización*
(En último caso Incineración)
Secado y acondicionamiento
Eco-cerámica Vertedero
* Los microorganismos encargados de realizar los procesos de metanogénesis imponen su propio límite de concentración
de metales pesados, ya que estos últimos pueden resultar tóxicos para la proliferación de los primeros.
En el caso de la aplicación al suelo, esta sería:
- Agricultura.
- Reforestación y recuperación de zonas degradadas.
- Parques y jardines en zonas urbanas.
- Campos de golf y zonas verdes en las grandes urbanizaciones
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Centralización de la producción
Como se ha planteado en apartados anteriores, en Castilla-La Mancha hace falta un mayor
CONTROL tanto del lodo de EDAR producido, como de las parcelas dónde se aplica, por
ello se ha decidido plantear el siguiente modelo para centralizar y controlar este residuo.
NIVEL 0-EDAR AISLADAS: Se englobarán en este nivel las plantas que estén mal
comunicadas o aisladas. Deberán llevar una gestión individualizada del resto e intentar
aplicar los lodos en el mismo término municipal donde se producen.
NIVEL 1-EDAR SIN TRATAMIENTO DE DESHIDRATACIÓN: Producen el lodo,
pero normalmente carecen de sistema de deshidratación. Cuando han acumulado suficiente
cantidad de lodo, lo transportan a una EDAR donde sí se le pueda aplicar este tratamiento.
El Plan Regional de Saneamiento establece unos límites de población-equivalente (4.000
habitantes-equivalentes) a partir del cual se dotaría de infraestructuras para la
deshidratación de los lodos. Para optimizar los gastos de transporte, si una EDAR
productora de lodos sin deshidratar se encuentra más cerca de un Centro de Recepción y
Almacenamiento Intermedio (NIVEL 3) que de la EDAR (NIVEL 2) dónde según el
planeamiento le correspondería deshidratar su lodo; se baraja la posibilidad de dotar de
sistemas de deshidratación a los CRAI valorando criterios tanto económicos como técnicos
y ambientales.
NIVEL 2-GRANDES EDAR: Reciben lodo de EDAR menores (del nivel 1) que no
cuentan con las instalaciones para deshidratar mecánicamente el fango (por medio de un
filtro banda o una centrífuga, alcanzándose un nivel de sequedad del 20%). Cuando hayan
almacenado una cantidad importante en sus tolvas o contenedores, se transportarán a un
CRAI (Centro de Recogida y Almacenamiento Intermedio) con cierta regularidad.
Las EDAR que pertenezcan a un nivel 0, al nivel 1, o al 2; como productoras de residuos y
en aplicación a la normativa vigente en la materia, deben encargarse de la gestión de los
lodos que producen. Los lodos, como residuos que son, deben gestionarse de forma
adecuada; ya sea por las EDAR productoras, en cuyo caso podrán hacerlo mediante 2
vías:
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- Autorizarse como gestores de residuos no peligrosos por la resolución que emite la
D.G. de Planificación y Gestión Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y
Desarrollo Rural.
- Llevar un control documental de los datos correspondientes a los análisis, la
producción y el destino del lodo según los Anexos de la Orden de 26 de octubre de
1.993. Si optan por esta alternativa, facilitarán a los agricultores las fichas de
seguimiento de la fertilización para que las cumplimenten y las remitan a la D.G.
de Planificación y Gestión Ambiental con el fin de establecer un registro sobre la
trazabilidad de los lodos de EDAR que se aplican en el medio agrario.
; O mediante cesión a un gestor autorizado en Castilla-La Mancha. En cualquier caso, las
EDAR deben cumplir las obligaciones establecidas en el RD 1.310/1.990 relativas a la
aplicación directa de lodos en la agricultura, en caso de que vayan a gestionarlo de este
modo; por ello, deberán facilitar al Órgano competente en materia de lodos los datos de
producción, analíticas y destino según la Orden de 26 de octubre de 1.993 con la
frecuencia que establece el Real Decreto citado con anterioridad.
NIVEL 3-CRAI: Se trata de Centros de Recepción y Almacenamiento Intermedios
situados junto a vías de comunicación estratégicas entre AGES. Reciben el lodo
deshidratado de las grandes depuradoras o pueden deshidratar el de las pequeñas; y realizan
las siguientes funciones:
1. Recepcionar los lodos
2. Analizar los parámetros que establece la normativa vigente
3. Clasificar el lodo en las categorías
• También podrán ser mezclados para homogeneizar las características de
lodos en cuanto a textura, calidad, nivel de metales pesados.
4. Tratamiento. Según la categorización anterior se podrán aplicar directamente,
compostarlos, someterlos a procesos de biometanización o, cuando ninguno de
estos procedimientos sea viable, depositarlos en vertedero. Según las necesidades
de tratamiento específico, estas plantas se pueden integrar en los mismos CRAI, si
se prevé el compostaje y la materia prima proviene de puntos dispersos. Si se trata
de lodos no aptos para la aplicación agraria y su origen es puntual, se plantea como
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opción más viable el establecimiento de estas plantas (biometanización, secado…)
en la propia EDAR productora.
5. Cuarentena. Al centralizar la producción de lodo de EDAR, puede darse el caso de
que, por algún vertido u otra causa, su contenido en metales pesados u otros
contaminantes; no los haga aptos para su valorización agronómica o energética.
Mientras se busca un método de eliminación de la contaminación en origen, dichas
plantas, deberán gestionar el lodo del modo propuesto para el Lodo de categoría 3,
caracterizarlo y, si se trata de un residuo peligroso, ponerlo en manos de un gestor
autorizado por la D.G. de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio
Ambiente y Desarrollo Rural.
Categorización final de los lodos producidos
Básicamente dicha categorización final de los lodos será la siguiente:
1.-Lodo apto para su aplicación directa al suelo
2.-Lodo apto para su aplicación al suelo tras un proceso de compost /secado.
3.-Lodo no apto para su aplicación al suelo.
Los lodos Categoría 1 se destinarían básicamente a agricultura extensiva de secano y a
reforestaciones y recuperaciones de espacios degradados. Podrán aplicarse directamente,
mezclarse y compostarse. Parten del NIVEL 3 a su destino; o del NIVEL 0 en las EDAR
aisladas.
Los lodos Categoría 2 se destinarían a agricultura intensiva de regadío, invernaderos y
viveros, campos de golf, parques y jardines de zonas urbanas y zonas verdes en
urbanizaciones. Provendrán del NIVEL 3, en particular de las plantas de compostaje, del
sustrato agotado de la biometanización, o del secado. Se obtendría un producto de alto
valor para su comercialización.
Los lodos Categoría 3 se destinarían preferentemente a la fabricación de productos
cerámicos (Eco-cerámica) tras un proceso de secado y, en último caso, a vertedero. Su
origen será el mismo que para los de Categoría 2. Para estos lodos son tres las posibilidades
planteadas:
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- Su empleo en la fabricación de materiales de construcción cerámicos (Eco-
cerámica) tras un proceso de secado y acondicionamiento específico.
- La Biometanización, donde se espera obtener energía y un subproducto que,
dependiendo de su caracterización podrá someterse a compostaje, utilizarse como
en el caso anterior, enviarse a vertedero o gestionarse como residuo peligroso.
- La incineración, donde las cenizas de los lodos podrían utilizarse como material de
construcción, depositarse en vertedero o gestionarse como residuo peligroso.
A continuación se muestra un esquema que relaciona los niveles especificados con categorías de los lodos de EDAR
NIVEL 0: EDAR AISLADA
NIVEL 1: EDAR SIN TRATAMIENTO DE DESHIDRATACIÓN
NIVEL 2: GRANDES EDAR
NIVEL 3: CENTRO DE RECEPCIÓN Y ALMACENAMIENTO
INTERMEDIO
NIVEL 3: PLANTAS DE TRATAMIENTO
NIVEL 3: CUARENTENA
LODOS
CATEGORÍA 1
LODOS
CATEGORÍA 2
LODOS
CATEGORÍA 3
AGRICULTURA
Valorización
Energética
Vertedero
Valorización
Energética
Eco-cerámica
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Aplicación directa o compostaje
Compostaje y/o secado
Biometanización u otra forma de valorización energética
Depósito en vertedero
Empleo en la fabricación de productos cerámicos (Eco-cerámica)
c) Alternativa elegida
La alternativa seleccionada, posee la cualidad de adaptarse perfectamente a las necesidades
de la región. Los grandes núcleos de producción de lodo se concentran en las capitales de
provincia y cerca de los municipios más industrializados. La mayoría de su producción es
pequeña y dispersa. Los CRAI-C están diseñados para tratar producciones entre 2.000-
5.000 t/año m.s., de tal forma que a las EDAR cercanas no les suponga un gran gasto
transportar el lodo a las citadas instalaciones. Además, los CRAI-C se ubicarán lo más
cerca posible del medio agrario, dónde su aplicación será efectiva.
La creación de centros capaces de disponer de unas instalaciones que CLASIFIQUEN,
ACONDICIONEN Y HOMOGENICEN los lodos, ofrece al agricultor, una serie de
productos con una composición y calidad con garantías en su aplicación como abono y/o
enmienda. Además, estos centros contarán con el ASESORAMIENTO TÉCNICO para que
se apliquen las dosis adecuadas para la fertilización nitrogenada que requiera cada cultivo
en las distintas tierras de labor.
Los CRAI-C estarán equipados con la tecnología necesaria para dosificar, mezclar y tratar
los lodos procedentes de distintos orígenes. También contarán con diferentes almacenes
para su clasificación.
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Las instalaciones estarán preparadas para la MEZCLA de los LODOS con los RESIDUOS
VEGETALES y/o FORSU1 para la elaboración de COMPOST.
La posibilidad de ofrecer dos productos: lodo estabilizado deshidratado y lodo compostado;
abre las puertas a otros mercados mediante la venta de COMPOST, que puede proveer a
pequeños invernaderos o a los propios ayuntamientos de los municipios colindantes.
La creación de los CRAI-C y la gestión de estos por técnicos cualificados, evitaría la
eliminación por el mero vertido incontrolado y la dosificación incorrecta del lodo como
abono. Como consecuencia de la anterior afirmación, se mejoraría el control sobre la
contaminación de los suelos y los acuíferos, es decir, se mejoraría la calidad ambiental de
la región.
La alternativa elegida se ha diseñado para mejorar la gestión actual de los lodos, pero no
pretende ser un sistema cerrado. La materialización del planeamiento estará siempre
abierta a cualquier mejora desde el punto de vista económico, social y ambiental; es decir,
si después de la publicación del Plan, se crea alguna empresa o alguna de las gestoras
autorizadas de lodos existentes, se hacen cargo de los lodos producidos en varias EDAR
utilizando procedimientos equivalentes a los descritos anteriormente, la construcción de
algún centro de los propuestos en la planificación, puede ser innecesaria. Para ello
deberán disponer de la conformidad para la aplicación del lodo y control de la misma en
el terreno.
Del mismo modo, si por el elevado crecimiento industrial y/o la producción de algún
vertido incontrolado al saneamiento, las EDAR comenzarán a tener superaciones
reiteradas de los límites impuestos por la normativa vigente, se podría plantear la
necesidad de la instalación de plantas de Biometanización.
En la Región existen grandes fábricas de productos cerámicos que, si en algún momento,
decidiesen emplear los lodos para la fabricación de dichos elementos, ayudarían al
reciclaje y la conservación del medio ambiente; lo que no contradice en ningún momento
el modelo de gestión planeada, de hecho los lodos podrían ser enviados desde las EDAR o
1 La FORSU (Fracción Orgánica de los Residuos Sólidos Urbanos). En el momento que dicha FORSU esté
contaminada con otros residuos inertes (cristales, metales…) se rechazará, ya que, para poder comercializarlo
se requiere un compost homogéneo y libre de impurezas.
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desde los centros a estas industrias. En relación a lo anterior, la Consejería de Medio
Ambiente y Desarrollo Rural ha puesto en marcha un proyecto LIFE para la valorización
de los lodos, usándolos como parte de la materia prima de la industria cerámica
constructiva (Eco-cerámica). Se espera que los lodos no aptos para la aplicación en suelos
agrícolas sean empleados para este fin, reduciéndose en origen la producción del residuo
y evitándose su destino a vertedero.
Para finalizar, decir que este Plan, basado en niveles donde el núcleo del sistema es el
CRAI-C (Centro de Recogida y Almacenamiento con la posibilidad de Compostaje) y en la
clasificación del lodo producido para determinar su destino, no busca ser algo rígido; sólo
pretende actuar en la Comunidad Autónoma de Castilla-la Mancha, de forma que se
mejore la actual gestión de los lodos de estaciones depuradoras de aguas residuales y
que se eviten los riesgos de deterioro del medio ambiente.
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d) Diagrama de actividades para la implantación del Plan.
Se exponen a continuación a modo de diagrama de flujo el conjunto de actividades
necesarias para el desarrollo del modelo.
Estudio de Viabilidad
Información Pública junto con el Estudio de Impacto Ambiental (1
mes) y Consultas a Otras Instituciones
Anteproyecto
Proyecto
Información Pública (1 mes)
Convocatoria para la licitación de las obras
Elaboración del Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares
Concurso público
Adjudicación y formalización del contrato
Ejecución de las obras
Explotación de las instalaciones
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8. ZONIFICACIÓN TERRITORIAL DE CARA A LA GESTIÓN DE LOS LODOS DE DEPURACIÓN
La alternativa implica que los Centros de Recogida y Almacenamiento Intermedios con
Compostaje a instalar serían para cada AGES los siguientes:
Tabla 5: Número de CRAI-C y producción que gestionarían
AGES
Producción de lodo
t/año en m.s.
estimada para el año 2.012
Nº de CRAI-C
que influyen en
este área*
Producción/CRAI-C
1 6.870,49 2 (½ Ab.+½ Vil.) 3.500+3.000
2 3.988,19 1 (½Ab.) 3.500
3 12.017,96 1 (Alc.) 12.100
4 11.120,05 2 (C.R.+ Va.) 5.600
5 10.112,29 3 (Cu. +½Tar.+ ½Vil.) 2.600+2.550+3.000
6 7.099,09 1(Gu.) 7.200
7 11.977,48 2 ( To+½Tar) 12.000+2.550
8 2.656,15 1(Tal) 2.700
Total 65.841,7 Total 65.900
Ab = Albacete; Vil. = Villarrobledo; Alc. = Alcázar de San Juan; C.R. = Ciudad Real; Va. = Valdepeñas; Cu. = Cuenca; Tar. = Tarancón; Gu. = Guadalajara; To. = Toledo; Tal. = La Pueblanueva-Talavera de la Reina.
*El solapamiento de las áreas de influencia que se propone aquí es el mínimo con idea de
sobredimensionar en la medida de lo posible la capacidad de los CRAI-C para lograr una
mayor autosuficiencia y poder afrontar un crecimiento de la producción de lodo superior al
esperado. Además de lo expuesto en la tabla anterior, hay que notar que pueden surgir otras
opciones de gestión, como se prevé ocurra para los casos concretos de EDAR aisladas.
La ubicación de los Centros de Recogida, Acondicionamiento y Almacenamiento
Intermedio con la posibilidad de Compostaje ha sido determinada teniendo en cuenta los
siguientes parámetros:
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- Distancia a la EDAR. Se ha considerado en la valoración una distancia máxima de
50 Km. Si los centros de gestión estuvieran más alejados sería inviable su transporte
en términos económicos.
- Producción de lodos. Se le ha dado la máxima importancia a las EDAR que
producen entre 5.000 y 7.500 toneladas, expresadas en materia seca, al año. Así,
puede explicarse que se prevea la instalación de 3 CRAI-C en el AGES 3 aunque
cuente con una extensión geográfica similar a la del AGES 8, en la que sólo se
construiría uno (la producción sería más de cuatro veces inferior).
- Disponibilidad de suelo agrícola. La valoración se ha efectuado teniendo en
cuenta la superficie relativa de terreno con vocación agrícola frente a la total del
término municipal.
- Condiciones de accesibilidad. La existencia de una buena red de comunicaciones
próxima al CRAI-C tiene una importancia vital en términos económicos. Se han
valorado mejor las localizaciones en un rango de 10 Km. de la autovías y
autopistas; y de 2,5 Km. de carreteras nacionales.
- Protección de núcleos urbanos. Para evitar molestias por olores y ruidos
principalmente, se ha establecido un perímetro de protección alrededor de núcleos
urbanos que albergan más de 2.500 habitantes de 7,5 Km.
- Zonas de Protección Ambiental. Se ha creado una zona de protección especial que
contiene todas las figuras de protección ambiental existentes en Castilla-La Mancha
La posible ubicación determinada en el estudio se recoge en la Tabla 6
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Tabla 6: Localización de los CRAI-C
AGES CRAI-C NOMBRE
1 y 2 1.1 Albacete
1 y 5 1.2 Villarrobledo
3 3 Alcázar de S. Juan
4 4.1 Ciudad Real
4 4.2 Valdepeñas
5 5.1 Villar de Olalla-Cuenca
5 y 7 5.2 Tarancón
6 6 Guadalajara
7 7 Toledo
8 8 La Pueblanueva – Talavera de la
Reina
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9. DESARROLLO DEL MODELO DE GESTIÓN: PROGRAMAS DE ACTUACIÓN
A continuación se describen los Programas de Actuación que permitirán desarrollar este
Plan. Posteriormente se proponen diversos instrumentos que poseen carácter transversal a
varios Programas y por ello se definen como actuaciones comunes a todos ellos que facilita
su posterior aplicación particularizada en cada caso.
Programas de Actuación
Se desarrollan en este capítulo los Programas de Actuación para la ejecución del Plan de
Gestión de Lodos y cumplimiento de los objetivos previstos. Cada uno de estos Programas
contempla diversas medidas para cuya ejecución se establece una previsión de las
inversiones necesarias, a lo largo de la duración del presente Plan.
Los Programas son los siguientes:
a) Programa de prevención y minimización en la generación de lodos de EDAR
b) Programa de valorización y eliminación
c) Programa de formación, sensibilización y educación ciudadana.
d) Programa de creación de un sistema estadístico, desarrollo y mantenimiento de la
base de datos de Lodos de EDAR.
9.1. PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MINIMIZACIÓN EN LA GENERACIÓN DE LODOS DE
EDAR
El objetivo principal de este Programa es reducir en origen tanto la cantidad generada de
lodos como su peligrosidad. Se plantean una serie de actuaciones encaminadas al
cumplimiento de los objetivos específicos del Plan, teniendo en cuenta el inevitable
aumento en la generación de este residuo por su estrecha relación con el aumento
poblacional.
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PLAZO DE EJECUCIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Fase I: 2007-2009 Fase II: 2009-2012
PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MINIMIZACIÓN EN LA GENERACIÓN DE LODOS DE EDAR
Disminución del volumen relativo de lodos generado 10% 20%
Detección temprana de episodios de contaminación de lodos de EDAR, tanto peligrosos como no peligrosos que no cumplen los límites impuestos por el RD 1310/1990 para valorización agronómica.
50% 100%
Fomento en la instalación de redes separativas de las aguas residuales urbanas, pluviales e industriales en los nuevos polígonos industriales y urbanizaciones.
Para el cumplimiento de los objetivos expuestos, se prevé el desarrollo de las siguientes
medidas:
a) Fomento de las mejores técnicas disponibles y de las buenas prácticas en las EDAR,
para la deshidratación y secado del lodo en la mayor cuantía posible, siempre de acuerdo
con las infraestructuras que prevé el Plan Regional de Saneamiento.
b) Caracterización exhaustiva de los Lodos en las fases iniciales de producción para la
detección de los que puedan presentar características peligrosas o no cumplan los límites de
metales pesados o patógenos que establece la normativa.
c) Creación de un Sistema de Alerta e Información Rápida para la comunicación de
episodios de contaminación de los lodos entre las EDAR, los CRAI-C y la Administración
competente en la materia.
d) Exigencia a las EDAR con una producción de lodos mayor a 1.000 t/año expresadas en
materia seca, de un plan de minimización de los fangos generados.
e) Aplicación de Ordenanzas Municipales que establezcan unos límites para contaminantes
más estrictos a los vertidos a la red de saneamiento. Los Ayuntamientos contarían con el
apoyo técnico por parte de las Consejerías implicadas.
d) Información y formación al personal encargado en las depuradoras, por parte técnicos
especializados en prevención de la generación de lodos de EDAR, sobre las técnicas de
minimización tanto de la cantidad del lodo como de los contaminantes que pueda poseer.
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9.2. PROGRAMA DE VALORIZACIÓN Y ELIMINACIÓN
La finalidad de este Programa es dotar a Castilla-La Mancha de las medidas,
infraestructuras y equipamientos necesarios para valorizar los lodos generados en su ámbito
territorial.
PLAZO DE EJECUCIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Fase I: 2007-2009 Fase II: 2009-2012
PROGRAMA DE VALORIZACIÓN Y ELIMINACIÓN
Gestión adecuada de los lodos de EDAR 50% 100%
Valorización agraria de los lodos compostados 40% 55%
Valorización agraria de los lodos estabilizados 25% 20%
Depósito en vertedero controlado ≤20% ≤5%
Valorización energética de los lodos ≤15%* ≤20%*
Acondicionamiento y construcción de infraestructuras para la correcta gestión de los lodos
50% 100%
Fomentar los convenios con las Entidades que gestionan los Centros de Tratamiento de Residuos Urbanos para el suministro de FORSU a los CRAI-C o de lodo para compostar en aquellos centros.
Promoción de los sistemas de minimización y valorización de los lodos generados en urbanizaciones, a través del impulso del tratamiento por gestores autorizados, junto con el desarrollo y potenciación del mercado de los subproductos valorizables.
Fomentar la Investigación, Desarrollo e Innovación hacia la creación de nuevos mercados para los subproductos valorizables
* Estos porcentajes pueden variar en función de las necesidades específicas de la Región. Las cantidades
gestionadas mediante valorización energética por debajo de estos porcentajes se compensarán con una
mayor valorización agronómica, ya sea mediante lodo compostado o aplicado directamente si está
estabilizado
Las actuaciones a desarrollar serán al menos las siguientes:
a) Fomento del establecimiento de las infraestructuras necesarias para llevar a cabo la
valorización de los lodos en condiciones de salubridad y medioambientales aceptables,
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
así como su depósito en vertedero, en caso necesario. Estos medios serán
fundamentalmente:
• Centros de Recepción y Almacenamiento Intermedio con posibilidad de
Compostaje. Estas instalaciones se encargarán de centralizar la producción de
los lodos de EDAR y ofrecer al agricultor un producto fertilizante en el que
pueda confiar.
• Plantas de tratamiento de residuos no peligrosos autorizadas (secado térmico,
biometanización, cogeneración, etc.); y transportistas de residuos no peligrosos
autorizados.
b) Fomento del empleo de las tecnologías menos contaminantes o las mejores técnicas
disponibles para la eliminación ambientalmente correcta en vertederos controlados de
rechazos de aquellos lodos que, por distintas razones, no pueden ser valorizados por
otros métodos contemplados en este Plan.
c) Celebración de convenios de colaboración con otras Comunidades Autónomas con la
finalidad de garantizar el destino adecuado en instalaciones existentes de gestión de
lodos de EDAR.
d) Celebración de convenios con las Entidades Gestoras de Residuos Sólidos Urbanos
para el intercambio de residuos compostables.
e) Establecimiento de un sistema de control y supervisión de la aplicación de los criterios
de clasificación y destino de los lodos de EDAR según se contempla en este Plan, que
podrá consistir en la realización de auditorías periódicas para verificar el cumplimiento.
Supervisión y monitorización de los transportes y entradas de lodos y en los CRAI-C
así como de otras instalaciones de gestión implicadas, para la identificación de la
posible presencia de residuos peligrosos en dichos flujos: realización de auditorías
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
anuales y aplicación de sanciones. Se atenderá fundamentalmente a la caracterización
de los lodos y el muestreo de los suelos receptores.
f) Recuperación de todas las zonas degradadas por vertidos incontrolados de lodos de
depuradora.
g) Valoración positiva en los concursos de obras públicas de las iniciativas de reciclaje de
los lodos para aplicaciones en Eco-cerámica o fomento de este uso de los lodos de
EDAR en la ejecución de obras públicas.
9.1.1. SUBPROGRAMA DE I+D+i
Este subprograma incluye actuaciones orientadas a la investigación, desarrollo e
innovación, cuyo objetivo es potenciar y mejorar el conocimiento de la situación
actual de los sistemas de gestión de lodos de EDAR, impulsando las técnicas más
avanzadas en su gestión, prevención, valorización y eliminación segura.
Se proponen las siguientes actuaciones para el desarrollo de este subprograma:
a) Fomento de actuaciones de I+D+i que tengan como objetivo la mejora en el
diseño de las Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales, tendentes a minimizar
la producción de lodo y a facilitar su extracción. Fomento del uso de tecnologías
emergentes para el desarrollo de los sistemas de prevención y reciclaje de los
lodos.
b) Investigación y búsqueda de las condiciones óptimas para la aceptación y
posterior expansión del mercado del lodo y del compost de lodo de EDAR.
9.3. PROGRAMA DE FORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN
Las medidas y programas relacionados con la formación, sensibilización y educación
tienen por objeto involucrar a todos los sectores sociales implicados, administraciones,
productores, agentes del sector de la construcción y ciudadanos, para que participen
activamente en las distintas actuaciones incluidas en el Plan de Gestión.
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
PLAZO DE EJECUCIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Fase I: 2007-2009 Fase II: 2009-2012
PROGRAMA DE FORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN CIUDADANA
Fomento entre los agricultores de las ventajas de la fertilización con lodo de EDAR, ofreciéndole garantías y administrando las dosis adecuadas del mismo.
Fomento del grado de concienciación ciudadana en la problemática asociada a la gestión de los lodos procedentes de la depuración de aguas residuales.
Las actuaciones previstas para el desarrollo de este programa son las siguientes:
a) Diseño de campañas de ámbito general y local para difundir el Plan y su modelo de
gestión, tanto de forma institucional como a través de convenios de colaboración con
empresas gestoras autorizadas, las asociaciones agrarias, colegios profesionales y,
sobretodo, agricultores.
b) Cursos específicos de formación de personal especializado en la gestión de lodos,
mediante iniciativas enmarcadas dentro del Plan Regional de Educación Ambiental de
Castilla-La Mancha.
c) Desarrollo de políticas activas de formación, investigación y divulgación de la gestión
de los lodos de EDAR, promoviendo las mejores técnicas disponibles en esta materia.
d) Elaboración de materiales divulgativos dirigidos a entes locales, asociaciones agrarias,
oficinas comarcales, entre otros; y promoción informativa sobre el mercado del
reciclado.
e) Redacción de manuales y protocolos para la aplicación correcta del lodo como
enmienda a los suelos agrícolas:
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
1.- Un Código de Buenas Prácticas Agrarias (particularizado en el apartado de
fertilizantes para el uso del lodo) donde se informa al agricultor de cómo de proceder en
sus tierras para contaminar lo menos posible y optimizar los rendimientos de los
cultivos.
2.- Unas recomendaciones, sobre las características que debe cumplir tanto el terreno
(textura, pendiente, granulometría) como el cultivo sobre el que se aplica.
f) Desarrollo de una metodología de comunicación con los gestores de lodos que permita
mantener actualizada la información existente.
g) Creación de una página ‘Web’ de la Consejería de Medio Ambiente sobre el Plan y su
desarrollo así como apertura de una dirección de correo electrónico para consultas e
informaciones concretas.
9.4. PROGRAMA DE CONTROL ESTADÍSTICO Y DE CREACIÓN DE SISTEMAS DE
INFORMACIÓN Y BASES DE DATOS
La finalidad del programa es la mejora continua del sistema de recogida de datos
estadísticos, elaboración de bases de datos, inventarios y de los sistemas de información y
de verificación de los datos de producción y gestión.
PLAZO DE EJECUCIÓN OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Fase I: 2007-2009 Fase II: 2009-2012
PROGRAMA DE CONTROL ESTADÍSTICO, SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y BASES DE DATOS
Creación de un sistema de control estadístico de generación de bases de datos y un sistema de información sobre lodo de EDAR y su gestión.
100%
Coordinación entre las distintas Administraciones y gestores autorizados, de cara al intercambio de investigaciones y experiencias.
Las actuaciones previstas para el desarrollo de este programa son las siguientes:
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
a) Definición de una metodología común con objeto de establecer estadísticas fiables
sobre la generación de los lodos de EDAR, utilizando la clasificación propuesta en este
Plan y la estructura de los anexos de la Orden MAM de 26 de octubre de 1993.
b) Elaboración de un sistema de generación de bases de datos y un sistema informatizado
sobre producción de lodos, coordinado entre los entes locales y autonómicos con el
Ministerio de Medio Ambiente, con objeto de recoger una información actualizada de
todos los procesos que intervienen en la gestión de estos residuos.
c) Integración de toda la información disponible en herramientas de análisis que permitan
evaluar el éxito de todas las medidas del Modelo de Gestión.
9.5. INSTRUMENTOS TRANSVERSALES
A continuación se describen varios instrumentos que la Administración competente podrá
desarrollar para aplicar el Plan de Gestión de Lodos de EDAR en Castilla-La Mancha.
Dada su naturaleza transversal, no es posible circunscribirlos a un Programa concreto sino
que se trata de herramientas que permitirán ejecutar diversas actuaciones de distinta
naturaleza incluidas en los Programas:
a) Aprobación de normativa específica para regular la producción y gestión de los lodos
de EDAR. Esta normativa tendrá como finalidad incentivar el cumplimiento del
principio de jerarquía de la gestión de residuos. Se incluye en esta iniciativa un análisis
de la viabilidad de establecer una norma marco para Castilla-La Mancha en materia de
residuos, que englobe los lodos de EDAR.
b) Fomento de la celebración de acuerdos voluntarios en materia de medio ambiente, entre
la Administración autonómica, local, Aguas de Castilla-La Mancha y gestores
autorizados de lodos en la Región.
c) Reducción de los tratamientos de eliminación de lodos de EDAR sin tener como
finalidad el reciclaje de nutrientes o la enmienda de suelos, mediante la creación de
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
instrumentos económicos, financieros o fiscales con objeto de mejorar los porcentajes
de valorización, penalizando actuaciones sin control que puedan dar lugar a la
contaminación de los suelos o de los elementos hidrológicos.
En este sentido, se establecerá un esquema de precios para la eliminación de estos
residuos, con objeto de que pueda incrementarse en el futuro paulatinamente el precio
de vertido (de lodo potencialmente valorizable) hasta niveles que desincentiven la
eliminación frente a la prevención y/o el reciclaje. Además, se podrán adoptar medidas
de carácter fiscal o económico sobre el vertido de lodos, y sobre la venta del mismo,
con objeto de facilitar que los lodos de EDAR estabilizados o compostado puedan
competir con los fertilizantes químicos.
El precio de contraprestación de la gestión del lodo de depuración cubrirá, como
mínimo, los costes que ocasionen el establecimiento y explotación de los instrumentos
de gestión contemplados en este Plan, por lo que, con independencia de que la gestión
de estos residuos sea pública o privada, deben articularse los medios para que sea
efectivo el principio de “quien contamina paga”.
d) Desde la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se promoverá el uso del lodo de
EDAR en terrenos públicos, con objeto de dar ejemplo en cuestión de fiabilidad del
fertilizante o enmienda.
10. INVERSIONES PREVISTAS, COSTES DE EXPLOTACIÓN ESTIMADOS Y PLAN DE FINANCIACIÓN
En aplicación de la jerarquía en la gestión correcta de los residuos por la que apuesta la
normativa actual, se opta por una estructura de costes que permita materializar el criterio de
incentivar los sistemas de prevención y valorización frente a la eliminación mediante
depósito en vertedero.
En este capítulo se ha realizado una valoración económica de las inversiones que se han
programado para el periodo 2.007-2.012, tomando en consideración el capítulo de
financiación del Plan Nacional de Lodos de Depuradoras de Aguas Residuales (PNLD).
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
En aplicación del principio de “quien contamina paga” se opta por una estructura de costes
que permita materializar el criterio de incentivar los sistemas de prevención y valorización
frente a la eliminación mediante depósito en vertedero o su incineración.
Las inversiones establecidas para los distintos programas presupuestados se especifican en
los siguientes cuadros, estimando por anualidades la inversión según los distintos
programas de actuación, y los costes de explotación de los equipamientos e
infraestructuras.
a) Infraestructuras y equipamiento
FASE I (de 2.007 a 2.009 ambos inclusive)
Área de influenciaCRAI-C
AGES Capacidad (t/año m.s.)
Coste Inversión*
(€)
Coste Explotación
(€/año) Coste Anual (€)**
Albacete 1, 2 7.500 1.141.875 435.000 502.969
Ciudad Real 4 5.600 852.600 324.800 375.550
Cuenca 5 2.600 395.850 150.800 174.363
Guadalajara 6 7.200 1.096.200 417.600 482.850
Toledo 7 12.000 1.827.000 696.000 804.750
TOTAL 34.900 5.313.525 2.024.200 2.340.482
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
FASE II (de 2.009 a 2.012, el último inclusive)
Área de influencia CRAI-C
AGES Capacidad (t/año m.s.)
Coste Inversión*
(€)
Coste Explotación
(€/año)
Coste Anual (€)**
Alcázar de San Juan
3 12.050 1.834.613 698.900 808.103
Villarrobledo 1, 5 6.000 913.500 348.000 402.375
Tarancón 5, 7 5.100 776.475 295.800 342.019
Valdepeñas 4 5.600 852.600 324.800 375.550
La Pueblanueva – Talavera de la Reina
8 2.700 411.075 156.600 181.069
TOTAL 31.450 4.788.263 1.824.100 2.109.116
* Se ha tenido en cuenta en la cuantía de inversión los honorarios correspondientes a la
redacción de los proyectos
** El coste anual incluye los costes de amortización
b) Inversiones según programas
PROGRAMA DE ACTUACIÓN. INVERSIONES. PERIODO 2007-2012
PROGRAMA 2007 2008 2009 2010 2011 2012 Total
Prevención y minimización
28.247,57 28.247,57 28.247,57 28.247,57 28.247,57 28.247,57 169.485,42
Valorización y eliminación:
1.771.576,04 1.771.576,04 1.771.576,04 1.604.826,04 1.604.826,04 1.604.826,04 10.129.206,24
Infraestructuras. 1.686.833,33 1.686.833,33 1.686.833,33 1.520.083,33 1.520.083,33 1.520.083,33 9.620.749,98
I+D+i 56.495,14 56.495,14 56.495,14 56.495,14 56.495,14 56.495,14 338.970,84
Otras medidas. 28.247,57 28.247,57 28.247,57 28.247,57 28.247,57 28.247,57 169.485,42
Formación, sensibilización y educación ciudadana.
107.581,17 107.581,17 107.581,17 107.581,17 107.581,17 107.581,17 645.487,02
Control estadístico 14.424,29 14.424,29 14.424,29 14.424,29 14.424,29 14.424,29 86.545,74
TOTAL 1.921.829,07 1.921.829,07 1.921.829,07 1.755.079,07 1.755.079,07 1.755.079,07 11.030.724,42
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
10.1 FINANCIACIÓN DE LAS INVERSIONES
10.1.1 INVERSIONES EN PREVENCIÓN, VALORIZACIÓN Y ELIMINACIÓN
La determinación del modelo de financiación para la obtención de fondos que permitan
hacer frente a la inversión y explotación de las infraestructuras, así como de las actuaciones
en materia de prevención que se lleven a cabo, deben realizarse de acuerdo con las
siguientes directrices:
� En virtud del principio de “quien contamina paga” la responsabilidad inicial de la
financiación de la gestión de los lodos de EDAR recaerá sobre los productores o
poseedores de los mismos, sin perjuicio de que las Administraciones Públicas puedan
intervenir, en la medida en que sea necesario, para asegurar la consecución de los
principios de este Plan.
� Se potenciarán las actuaciones por parte de la iniciativa privada, siempre que ésta tenga
en cuenta que la gestión de residuos es un servicio que debe realizarse garantizando la
protección del medio ambiente, sin perjuicio de que en determinados casos, sea más
aconsejable la intervención de las Administraciones Públicas. Este último caso se hace
especialmente patente a la hora de realizar grandes inversiones en lugares donde no está
garantizada su amortización, en los que dicho aporte económico por parte de la
Administración es indispensable por cuestiones ambientales.
� Análisis detallado de las posibilidades de obtención de capitales procedentes de la
Unión Europea y de la Administración estatal.
Las actuaciones de la iniciativa privada en infraestructuras que se desarrollen al amparo de
este Plan de Gestión se financiarán con cargo a la misma, fundamentalmente en cuanto a la
construcción y gestión de los CRAI-C. Se prevén unas inversiones escalonadas a lo largo
del periodo de duración de este Plan, según se ha plasmado anteriormente. En este sentido,
se espera que Castilla-La Mancha se dote de infraestructuras suficientes para la correcta
gestión de todos los lodos de depuradora que se generen en su interior, dimensionando las
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
mismas, siempre que sea viable, de forma que su gestión sea rentable y en consecuencia
atractiva para la inversión privada.
Para aquellas actuaciones cuya viabilidad precise la aportación de ayudas adicionales, la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, previa evaluación de la adecuación de la
inversión al Plan y los principios anteriormente indicados, contribuirá financieramente
tratando de acogerse a los programas de cofinanciación de la Administración estatal,
fondos europeos y presupuestos propios.
Entre los instrumentos de financiación existentes para cofinanciar actuaciones que,
teniendo en cuenta su capacidad de generación de ingresos, requieran para su viabilidad
aportaciones adicionales, cabe destacar los siguientes:
� Fondos LIFE (Unión Europea), tienen como objetivos financiar acciones preparatorias,
de demostración, de asistencia técnica, de apoyo o de incentivo con vistas a fomentar el
desarrollo sostenible y la integración del medio ambiente en las actividades industriales.
� Fondos de Cohesión (Unión Europea): el actual periodo de aplicación de los Fondos
comprende desde el año 2000 hasta el año 2006. A España le corresponde entre un 61 y
un 63,5% de los 18.000 millones de euros con los que está dotado el Fondo de Cohesión
para el nuevo período, correspondiendo nuevamente el 50% a la financiación de
proyectos medioambientales. En esta fase están siendo atendidas las prioridades de
gestión de residuos, entre otras.
� Fondos estructurales del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), destinados a
regiones objetivo 1 como Castilla-La Mancha, para la financiación de proyectos
regionales ambientales.
� Fondos propios del Ministerio de Medio Ambiente, de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha, de Diputaciones y de los municipios, consorcios y
mancomunidades. De forma complementaria, una posible fuente de financiación sería el
Fondo Regional de Cooperación Local.
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
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En este momento, está en periodo de estudio la totalidad de los fondos europeos para el
próximo periodo 2007-2012, por lo que la viabilidad futura de las inversiones propuestas
en el Plan pasará, necesariamente, por atraer suficientes recursos económicos procedentes
de la Unión Europea para cofinanciar los programas que componen este documento.
Las inversiones necesarias en materia de desarrollo e innovación se financiarán con cargo a
las contribuciones de los agentes, organizaciones o personas legalmente responsables del
coste de la correcta gestión ambiental de los lodos de EDAR y a las aportaciones de las
Administraciones Públicas, con el apoyo de Castilla-La Mancha, el Estado y la Unión
Europea.
El siguiente cuadro presenta una estimación de la participación pública y privada en la
financiación de las instalaciones previstas para la correcta gestión de los lodos de EDAR en
Castilla-La Mancha, la cual deberá adecuarse a la realidad de la inversión en el momento
de su ejecución.
FINANCIACIÓN DE LAS INSTALACIONES
Financiación Infraestructuras Ubicación (Áreas de influencia)
Privada Pública
CRAI-C
Albacete, Alcázar de S. Juan, Ciudad
Real, Guadalajara, Villarrobledo, La
Pueblanueva - Talavera de la Reina,
Tarancón, Toledo, Valdepeñas y Villar
de Olalla-Cuenca
90 % 10 %
Instalaciones de deshidratación, secado, biometanización
A determinar en función de las necesidades identificadas
A determinar en función de las necesidades identificadas
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
10.1.2 INVERSIONES EN CONTROL ESTADÍSTICO; Y FORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y
EDUCACIÓN CIUDADANA.
De acuerdo con la planificación estatal, el Ministerio de Medio Ambiente, promoverá la
implantación de un Sistema de Información Integrada, sobre la producción y gestión de los
lodos de EDAR, accesible a las distintas Administraciones y a los agentes sociales. Además
colaborará activamente en las campañas de concienciación ciudadana mediante iniciativas
que se enmarcarán en las campañas de comunicación sobre desarrollo sostenible y
promoverá la realización de cursos específicos de formación de personal especializado en
la gestión de lodos de depuradora.
No obstante, la Administración autonómica podrá celebrar convenios de colaboración con
la Administración estatal y local, así como con entidades de carácter privado, con la
finalidad de cofinanciar las actuaciones derivadas del Programa de formación,
sensibilización y educación y del Programa de control estadístico.
11. EJECUCIÓN, SEGUIMIENTO Y REVISIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN
11.1 EJECUCIÓN
El desarrollo del presente Plan de Gestión, llevará asociado un sistema de control y
actualización, cuya finalidad será realizar los correspondientes ajustes de las distintas
actuaciones propuestas, en función del grado de cumplimiento de los objetivos que se
hayan predeterminado y de aquellos otros que se deriven de la aplicación de la propia
normativa. Para su ejecución y seguimiento se adoptan las directrices siguientes:
� Todas las entidades públicas y privadas de la Comunidad castellano manchega
afectadas de algún modo por el presente Plan, participarán activamente en su
desarrollo, a partir de su aprobación por el Consejo de Gobierno.
� El Órgano encargado de su desarrollo e implantación es la Consejería de Medio
Ambiente y Desarrollo Rural, siendo competencia del titular de la Consejería, la
adopción de cuantas medidas se consideren oportunas para su implantación, ejecución
y seguimiento.
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
� La Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, aprobará las disposiciones que
sean necesarias para el cumplimiento de los objetivos del presente Plan y para su
desarrollo.
11.2 SEGUIMIENTO
Además de los puntos especificados anteriormente, una correcta ejecución y seguimiento
del Plan requiere una continua cooperación y participación de todos los agentes sociales
implicados en la gestión (Administraciones, productores, gestores y consumidores), con un
coste asumible.
La Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural elaborará un informe cada dos años a
partir de su entrada en vigor para el seguimiento del Plan de Gestión de Lodos de
Depuradora, que incluirá recomendaciones necesarias para reforzar la aplicación del
mismo. Estos informes deberán mostrar el grado de desarrollo de las medidas de
integración propuestas, y el cumplimiento de los objetivos definidos.
La valoración reflejada en estos informes deberá basarse en los datos obtenidos a partir de
un sistema de indicadores ágil y fiable. Para ello es necesario que dichos datos sean
proporcionados por los responsables técnicos a cargo del impulso y coordinación del Plan
de Gestión y analizados por la autoridad autonómica competente en materia de lodos de
depuradora.
Estos indicadores tienen como objetivo medir el grado de eficiencia de las medidas
propuestas en el presente documento y los resultados efectivos de su aplicación real. Esto
servirá de base para llevar a cabo una revisión de este Plan en caso de estimarse necesario.
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
OBJETIVOS ESPECÍFICOS INDICADORES
PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y MINIMIZACIÓN EN LA GENERACIÓN DE LODOS DE EDAR
Disminución del volumen relativo de lodos generado
· Generación de lodo de EDAR por habitante y año
· Cantidad de lodo deshidratado
· Nº de EDAR que han elaborado Planes de minimización
Detección temprana de episodios de contaminación de lodos de EDAR, tanto peligrosos como no peligrosos que no cumplen los límites impuestos por el RD 1310/1990 para valorización agronómica.
· Nº de episodios de contaminación de los lodos al año
· Parámetros en los que se ha incumplido el límite de concentración impuesto por el RD 1.310/1.990.
· Tiempo empleado en solventar los incumplimientos
Fomento en la instalación de redes separativas de las aguas residuales urbanas, pluviales e industriales en los nuevos polígonos industriales y urbanizaciones.
· Nº de redes separativas instaladas al año
· Nº de redes separativas reformadas al año
PROGRAMA DE VALORIZACIÓN Y ELIMINACIÓN
Gestión adecuada de los lodos de EDAR
· Cantidad de lodos valorizados directamente en la agricultura (toneladas/año)
· Cantidad de lodos compostados vendidos (toneladas/año)
· Número de denuncias por vertido incontrolado de lodos(número/año)
· Cantidad anual de lodos recogidas por gestores autorizados (toneladas/año)
· Número de acuerdos celebrados con otras Administraciones o empresas con el objeto de mejorar
la gestión de los lodos de depuradora
Acondicionamiento y construcción de infraestructuras, para la correcta gestión de los lodos de EDAR.
Porcentaje del lodo de EDAR que pasa por un CRAI-C frente al total producido
Depósito en vertedero controlado de los lodos no valorizables
Cantidad anual de lodos entrantes en vertederos controlados (toneladas/año)
Fomentar la Investigación, Desarrollo e Innovación hacia la creación de nuevos mercados para las distintas posibilidades de valorización de este residuo.
Cantidad destinada a la financiación de I+D+i con esta finalidad.
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PLAN DE GESTIÓN DE LOS LODOS PRODUCIDOS EN LAS
ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DE CASTILLA-LA MANCHA
PROGRAMA DE FORMACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y EDUCACIÓN CIUDADANA
Promoción de las propiedades fertilizantes y como enmienda del lodo de depuradora entre el sector agrícola
Número de campañas de información, jornadas y documentos divulgativos desarrollados con la finalidad de promocionar el uso del lodo de EDAR.
Fomento del grado de concienciación ciudadana en la problemática asociada a la gestión de los lodos de depuradora.
Se analizará la incidencia de la campañas de información en la población
OBJETIVOS ESPECÍFICOS INDICADORES
PROGRAMA DE CONTROL ESTADÍSTICO, SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y BASES DE DATOS
Identificación de las parcelas agrícolas en las que se valoriza lodo de EDAR y seguimiento de los parámetros más característicos (agronómicos y
Superficie utilizada (hectáreas), cantidad aplicada de cada parámetro del RD 1.310/1.990 (Kg./Ha./año) y analíticas de los suelos y de los lodos (mg/Kg.)
Creación de un sistema estadístico de generación de datos y un sistema de información sobre lodos de EDAR y su gestión.
Número de entradas, consultas e informes generados en la base de datos
Coordinación entre las distintas Administraciones y empresas del sector, de cara al intercambio de investigaciones y experiencias.
Número de acuerdos celebrados con la finalidad de intercambiar investigaciones y experiencias con otras Administraciones o empresas.
11.3 REVISIÓN
Se llevará a cabo una revisión de este Plan con objeto de poder valorar los avances y su
utilidad para la consecución de sus objetivos, en el año 2.009. En función de dicha revisión,
se podrán determinar nuevas actuaciones a desarrollar o adaptar las ya previstas a la
realidad identificada.
1111
ANEXO 1 Página 1/3
FICHA CARACTERISTICAS DE LA DEPURADORA
Nombre de la E.D.A.R.: Entidad propietario: Empresa/Gestor: Dirección: Tel: Fax: e-mail: Municipio: Provincia: Cuenca Hidrográfica: Contacto: Año de construcción: Fecha ultima modificación: Coordenadas UTM: X = Y =
POBLACIÓN TRATADA CAUDALES DE DISEÑO CAUDALES REALES: Media Medio: Medio:
Máximo: Máximo: Máximo:
Dotación por habitante: Industrial % PRETRATMIENTO
Cantidad t/año sólidos: Destino: Cantidad t/año grasas: Destino: CARACTERÍSTICAS
Rejas
Tamices
Desarenado
Desengrasado
TRATAMIENTO PRIMARIO
CARACTERÍSTICAS
Decantación física
Tratamiento físico-químico
Flotación
Otros:
TRATAMIENTO SECUNDARIO CARACTERÍSTICAS Lagunaje
Fangos/lodos activo
Biofiltros
Otros:
TRATAMIENTO AVANZADO CARACTERÍSTICAS y OBSERVACIONES Filtración
Nitrificación biológica
Nitri-/des-nitrificación biológica
Precipitación química de fósforo
Eliminación biológica de nutrientes
Desinfección
Otros (especificar):
Notas:
2222
ANEXO 1 Página 2/3
CARACTERISTICAS DE LA DEPURADORA
Nombre de la E.D.A.R.: Entidad propietario:
Empresa/Gestor: LODOS A TRATAR
Cantidad de lodos previstos/recibidos para tratar de fosas sépticas (t/año):
Cantidad de lodos previstos/recibidos para tratar de otras E.D.A.R. (t/año):
ESPESADO Y DESHIDRATACIÓN DE LODOS CARACTERÍSTICAS y OBSERVACIONES Gravedad Flotación Filtros banda Centrífugas Filtros prensa
ESTABILIZACIÓN E HIGIENIZACIÓN DE LODOS
Estabilizacion aerobia: Tiempo: Temperatura: Digestión anaerobia: Tiempo: Temperatura: Tratamiento químico: Tiempo: Temperatura:
Productos empleados:
Cantidad (t/año):
pH obtenido: Otros: Compostaje:
Material estructurante empleado:
Secado térmico: Temperatura Humedad final Otros tratamientos especificar:
Observaciones:
3333
ANEXO 1 Página 3/3
CARACTERISTICAS DE LA DEPURADORA
FRECUENCIA ANALISIS DE LODOS ( solo a partir de su puesta en marcha)
PARAMETROS GENERALES Nº ANALISIS/AÑO
ELEMENTOS INORGÁNICOS
Nº ANALISIS/AÑO
MICROBIOLOGÍA Nº ANALISIS/AÑO
pH Nitrógeno Kjeldahl Escherichia Coli Conductividad Nitrógeno Total Salmonella spp.
Humedad Nitrógeno Amoniacal Otros patógenos (especificar)
Materia seca Fósforo total Materia volátil Potasio total
Materia Orgánica Calcio COMPUESTOS ORGÁNICOS
Nº ANALISIS/AÑO
Poder calorífico Magnesio AOX Propiedades físcas Hierro PAH´s
Propiedades reológicas Cd, Cr, Cu, Hg, Ni, Pb, Zn
Dioxinas y furanos
Otros parámetros (especificar) B, Co, Fe, Mn, Mo PCB´s
Otros elementos (especificar) Ftalatos
LAS
Nonifenol/Nonifenoletoxilatos
PRODUCCIÓN, GESTIÓN Y DESTINO DE LODOS
Total t/año bruto: Total t/año materia seca:
Tratamiento en la E.D.A.R. Tratamiento externo
Cantidad aplicado al suelo: %/año Destino: Cantidad al vertedero: %/año Destino: Cantidad incinerado: %/año Destino: Otros: %/año Destinos: Gestor: Dirección: Registros/certificados: OTROS DATOS/NOTAS:
4444
ANEXO 2
FICHA DE TRAZABILIDAD
DATOS DE LA PROCEDENCIA DEL LODO Razón Social del productor.: Entidad propietario: Empresa/Gestor: Dirección: Municipio: Tel.: Fax: Provincia: Cuenca Hidrográfica: e-mail: N.I.F. N.I.R.I.
DATOS DEL GESTOR/TRANSPORTISTA Razón Social del gestor.: Dirección: Municipio: Tel.: Provincia: Fax: e-mail: N.I.F. N.I.R.I.
TIPO DE TRATAMIENTO Y CANTIDADES
Tipo de tratamiento:
Cantidad (kg) total: Cantidad (kg) materia seca:
CARACTERÍSTICAS DEL LODO Parámetro Valor Unidades Parámetro Valor Unidades pH - Cadmio mg/kg m.s. Conductividad µS/cm Cobre mg/kg m.s. Materia seca % Cromo mg/kg m.s. Humedad % Mercurio mg/kg m.s. Materia orgánica % Níquel mg/kg m.s. Relación C/N - Plomo mg/kg m.s. Nitrógeno Total N (%) m.s. Zinc mg/kg m.s. N Amoniacal NH4 (%) m.s. Fósforo P2O5 (%) m.s. Potasio K2O (%) m.s. Magnesio MgO (%) m.s. Calcio CaO (%) m.s. Hierro mg/kg m.s. Manganeso mg/kg m.s. Boro mg/kg m.s. Molibdeno mg/kg m.s. Cobalto mg/kg m.s. Sulfuro % Fecha de análisis: Laboratorio:
DESTINO Planta de tratamiento Aplicación al suelo Incineración Vertedero Vertedero RP Otros Observaciones:
DATOS DEL DESTINATARIO Razón Social: Dirección: Municipio: Tel.: Provincia: Fax: e-mail: N.I.F. N.I.R.I.
PRODUCTOR GESTOR/TRANSPORTISTA DESTINATARIO Nombre: Nombre: Nombre: D.N.I.: D.N.I.: D.N.I. Firma: Firma: Firma: Fecha: Fecha: Fecha:
5555
ANEXO 3
FICHA DE APLICACIÓN
DATOS DE LA PROCEDENCIA DEL LODO Procedencia del lodo: Empresa/Gestor de la aplicación:
Dirección: Municipio: Tel.: Fax: Provincia: Cuenca Hidrográfica: e-mail: N.I.F. N.I.R.I.
DATOS DEL RECEPTOR DEL LODO Razón Social: Dirección: Municipio: Tel.: Provincia: Fax: e-mail: N.I.F. N.I.R.I.
DATOS DE LA PARCELA Ubicación: Referencia Catastral:
Municipio Polígono: Superficie Catastral:
Superficie agrícola aplicada:
Cultivo: Textura del suelo:
CARACTERÍSTICAS DEL SUELO
Parámetro Valor Unidades Parámetro Valor
Unidades
pH - Cadmio mg/kg m.s.
Conductividad mS/cm Cobre mg/kg m.s.
Materia orgánica % Cromo mg/kg m.s.
Nitrógeno N (%) m.s. Mercurio mg/kg m.s.
Fósforo P2O5 (%) m.s. Níquel mg/kg m.s.
Potasio K2O (%) m.s. Plomo mg/kg m.s.
Calcio CaO (%) m.s. Zinc mg/kg m.s.
Magnesio MgO (%) m.s. Hierro mg/kg m.s. Fecha del muestreo: Realizado por:
Fecha de análisis: Laboratorio:
CANTIDAD Y APLICACIÓN
Cantidad (kg) total: Cantidad (kg) materia seca:
Tipo de tratamiento:
Descripción de tratamiento:
Fecha de aplicación: Dosis de aplicación (kg mg/ha):
Observaciones: PRODUCTOR GESTOR RECEPTOR DEL LODO
Nombre: Nombre: Nombre: D.N.I.: D.N.I.: D.N.I. Firma: Firma: Firma: Fecha: Fecha: Fecha:
6666