Dirección General de Economía y Sector
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Económica y Desarrollo Empresarial
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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LA “OFICINA DE APOYO A LA ECONOMÍA SOCIAL Y TRABAJOS PARA LA DINAMIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL EN LA CIUDAD DE MADRID (3 LOTES)” 1.- OBJETO DEL CONTRATO Servicio para la creación de la oficina de apoyo a la economía social del Ayuntamiento de
Madrid, así como su posterior gestión y trabajos para la dinamización de la economía social en
la ciudad de Madrid.
Este contrato se divide en tres lotes:
LOTE 1.- Comprende la realización de todas las actividades descritas en punto 2, grupo A, del
presente pliego en los espacios de la oficina de apoyo de la economía social situada en un
edificio del distrito de Centro.
LOTE 2.- Comprende la realización de todas las actividades descritas en punto 2, grupo A, del
presente pliego en los espacios de la oficina de apoyo de la economía social situada en un
edificio del distrito de Villaverde.
LOTE3.- Comprende la realización de todas las actividades descritas en el punto 2, grupo B,
del presente pliego.
2.- CONTENIDO DEL TRABAJO.- Se establecen dos grades grupos de actividades:
A).- Las vinculadas con espacios físicos de titularidad pública, que constituyen la oficina
de atención a la economía social, en los que se combina la autorización de uso de
oficinas/despachos a empresas de economía social y solidaria, con el asesoramiento
en la gestión de la actividad, el tutelaje en su desarrollo y la prestación de servicios
comunes para cubrir las necesidades básicas que permitan el establecimiento,
despegue y consolidación de nuevas empresas durante los primeros años de su vida,
así como la búsqueda de sinergias entre ellas.
Los espacios físicos se ubicarán en edificios del distrito Centro y Villaverde. Dentro de
estos espacios se destinarán aproximadamente 250 m2 en el edificio de Centro y 270
m2 en el de Villaverde para alojar temporalmente empresas de economía social.
B).- Las relacionadas con la dinamización y visibilidad de la economía social en la
ciudad.
Las empresas adjudicatarias en el ámbito del presente contrato serán responsables de la
prestación de los siguientes servicios y elaboración de los siguientes trabajos:
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A.- Relacionados con los espacios físicos en los que se localiza la Oficina de apoyo a la
economía social, Grupo A de actividades:
A.1.- Asesoramiento en la constitución, tramitación y financiación de cualquiera de las formas
jurídicas previstas en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social:
a) Información, asesoramiento y tutelaje permanente de los proyectos localizados, en los
espacios habilitados al efecto en los centros en los que se ubica el punto de información,
mediante un estudio de las necesidades y con la realización de un seguimiento y una
evaluación continua de las empresas ubicadas en el mismo.
b) Asesoramiento técnico-empresarial a todas aquellas empresas y personas que acudan al
punto de información en materia empresarial, fiscal y económica y en especial, en todo lo
relativo a la puesta en marcha de una empresa de economía social, como pueden ser
información y asesoramiento sobre los diferentes trámites administrativos para la
creación de la empresa, las formas jurídicas, las subvenciones y/o ayudas, los costes
para la puesta en marcha, vías de financiación, acceso a avales para créditos, las
obligaciones fiscales, contables, laborales, etc.
La empresa elaborará un cuestionario de satisfacción, que deberá ser aprobado por el
responsable del contrato (que será nombrado por el órgano de contratación) que
rellenarán las empresas y personas físicas que lo deseen y que reciban el servicio de
asesoramiento.
c) Puesta a disposición de las empresas alojadas en los espacios, de información de interés
para la actividad de economía social, como mínimo una vez al mes, sobre novedades
legislativas, ayudas, subvenciones, jornadas y congresos, cursos y seminarios, etc. Toda
está información junto con noticias de interés en el ámbito de la economía social, en
papel y en formato electrónico, se trasladará al responsable del contrato al objeto de
alimentar el entorno Web municipal.
d) Asistencia y tutorización para la elaboración del plan de negocios o de actividad, desde la
definición de la idea hasta la viabilidad económico-financiera del proyecto, definiendo un
programa de seguimiento con la empresa de economía social para desarrollar su idea de
actividad, la solicitud de ayudas y subvenciones si procede, la formalización de los avales
necesarios para el acceso al crédito, así como el resto de los trámites de puesta en
marcha. Este servicio se prestará a toda aquella empresa de la economía social que lo
solicite independientemente del lugar de la ciudad en el que se vaya a desarrollar la
actividad.
Cualquier herramienta informática que prepare la empresa para prestar el servicio
encomendado de análisis del plan de negocios se entregará al finalizar la prestación al
Ayuntamiento de Madrid.
e) Elaboración de folletos divulgativos y fichas técnicas para apoyar las labores de
asesoramiento y tutelaje.
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f) El Ayuntamiento de Madrid realizará las gestiones para dotar a cada uno de los espacios
de la oficina de economía social de un punto de atención a la tramitación de inicio de la
actividad (PAE). Una vez estén operativos dichos puntos la empresa adjudicataria, previa
habilitación del su personal, será responsable de su gestión.
A.2.- Actuaciones informativas y de trabajo en común:
a) Realización de 12 actuaciones informativas anuales dirigidas a las empresas de
economía social alojadas en los espacios de la Oficina y a aquellas otras que están
siendo tuteladas fuera de estos espacios; diseñadas en función de las carencias o
necesidades detectadas en las respectivas evaluaciones que deberán versar, entre otras,
sobre las siguientes materias: cómo constituir una empresa de economía social, imagen,
técnicas de ventas, gestión económica, gestión de contratación y seguridad social,
financiación, fiscalidad, contabilidad en la empresa, sostenibilidad, impacto social de la
actividad, trabajo en red, prevención de riesgos laborales y cualquier otra de interés.
Estas actuaciones informativas especializadas tendrán una duración mínima de 3 horas
cada una, siendo la convocatoria, difusión, control de asistencia de participantes, los
materiales didácticos utilizados y las estadísticas de participación, a cargo de la empresa
adjudicataria, que los pondrá a disposición del responsable del contrato, cuando así le
sean requeridos.
La empresa elaborará un cuestionario de satisfacción, que deberá ser aprobado por el
responsable del contrato, que rellenarán las personas asistentes que lo deseen.
b) Realización de, al menos, 2 actuaciones de networking ( entendiendo este como la
actividad que junta en un mismo espacio a diferentes profesionales que realizan
actividades diferentes y que buscan oportunidades de negocio) al año, dirigidas a las
empresas de economía social alojadas en los espacios, a aquellas otras que han sido o
están tuteladas y a las existentes según sector de actividad. La convocatoria, difusión,
coordinación de las intervenciones, control de asistencia de participantes y las
estadísticas de participación serán a cargo de la empresa adjudicataria, que los pondrá a
disposición del responsable del contrato, cuando así le sean requeridos.
El networking bien aplicado debe servir para incrementar el volumen de negocio gracias
a los contactos con otras empresas siguiendo una estrategia comercial o un plan de
marketing o mejorar el desarrollo de la actividad mediante la colaboración con otras
empresas que realizan actividades complementarias.
c) Apoyo a las actividades que la Subdirección General de Promoción Económica y
Desarrollo Empresarial ( en adelante SGPEDE) realice en las instalaciones de la Oficina
relacionadas con el apoyo a las empresas de economía social madrileña.
d) Coordinar las actividades de coworking, permitiendo a las diferentes empresas ubicadas
o no en los espacios físicos de la Oficina, el uso de espacios comunes de trabajo
especialmente para el desarrollo de actividades que requieran entornos virtuales.
e) Elaboración de una propuesta trimestral de actividades de los espacios de la Oficina. Las
actividades que se organicen en los espacios (información, networking, coworking, etc.)
deberán planificarse con una periodicidad trimestral y deberán ser aprobadas por el
responsable del contrato con carácter previo al inicio de las mismas.
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A.3.- Actuaciones a realizar con las empresas que hayan estado en los espacios de la Oficina y
sigan realizando su actividad:
a) Seguimiento de las empresas que hayan pasado por los espacios de la Oficina, mediante
entrevistas (presenciales, telefónicas, on-line, etc.), donde se pueda efectuar un control
periódico de la situación en la que se encuentra la empresa.
Este seguimiento se realizará a los tres meses, a los seis meses y al año, una vez la
empresa haya abandonado los espacios en los que comenzó su andadura empresarial.
b) Elaboración de un informe anual sobre el seguimiento realizado en el que se refleje la
evolución de las empresas tuteladas.
A.4.- Gestión de los espacios de la Oficina de apoyo a la economía social. Se realizará, como
mínimo:
a) Estudio y propuesta de las solicitudes para la adjudicación de despachos/oficinas, en
base a la convocatoria correspondiente que realizará el Ayuntamiento de Madrid.
Valoración del proyecto y cumplimentación, en su caso, de la ficha técnica de evaluación
por cada uno de los proyectos presentados, según el baremo establecido en la citada
convocatoria para la adjudicación de los despachos/oficinas. La Ficha será facilitada por
el Responsable del contrato.
b) Elaboración, diseño y producción de elementos de visibilidad, con la imagen corporativa
del Ayuntamiento de Madrid, en los puntos de información de la Oficina, tales como
paneles, carteles, rótulos y desplegables tipo rollup, que serán aprobados por el
responsable del contrato.
c) Información a las empresas y entidades de economía social sobre la convocatoria para el
acceso a los despachos de los edificios en los que se ubique la Oficina de apoyo a la
economía social, que incluye la documentación, requisitos, plazos y el resto de trámites
necesarios.
d) Gestión de los diferentes espacios comunes (salas de reuniones, salas multifuncionales o
multiusos, etc.), que incluye el control, la agenda y la demanda de la reservas.
e) La empresa adjudicataria elaborará unas instrucciones de funcionamiento y régimen
interno á observar y hacer observar por las empresas que se ubiquen en los espacios de
la Oficina que serán aprobadas por el órgano competente.
f) Coordinación, en su caso, de los espacios comunes con otras unidades del Ayuntamiento
de Madrid que realicen actividades en otras plantas de los edificios.
g) Gestión de las incidencias y reclamaciones de las empresas de economía social
ubicadas, relacionadas con su estancia en los espacios habilitados para tal fin. En este
sentido, se elaborará un informe mensual en el que se reflejen las incidencias y, en su
caso, reclamaciones producidas. La notificación de éstas al responsable del contrato, se
producirá por el personal asignado a los centros por la empresa adjudicataria mediante
correo electrónico, dentro de las 24 horas siguientes en las que se produzca el hecho.
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h) Evaluación semestral de los proyectos ubicados en los espacios de la Oficina y
elaboración de un informe al efecto en el que se hará constar, como mínimo, la situación
de la empresa a esa fecha, evolución desde el informe anterior, fortalezas, debilidades y
medidas correctoras, en cumplimiento de la función de tutelaje de las empresas ubicadas
en los espacios de la Oficina. Para la evaluación, se requerirá la documentación
necesaria para la misma, previamente a las entrevistas correspondientes, entregándose
el informe como máximo, dos meses después de la finalización de cada semestre
(semestres naturales).
i) Elaboración de un informe mensual en el que se harán constar, al menos: número de
empresas tuteladas (tanto internas como externas), número de consultas (peticiones de
información); número de asesoramientos efectuados; estadísticas según tipo de
empresa; estadísticas por género, entre otras.
j) Elaboración de la memoria anual sobre la gestión de los espacios. En esta memoria se
recogerá especialmente un apartado relativo al impacto social de las actividades
realizadas en el distrito en el que se ubica. Dicho informe se entregará como máximo, el
31 de enero del año siguiente.
k) Elaboración y puesta en marcha de un plan de comunicación de la Oficina, que deberá
incluir todas aquellas actuaciones a realizar para su difusión y que, al menos, contendrá:
Información a entidades de economía social establecidos en el distrito, mediante la
realización de envíos masivos de correo electrónico, así como concertación de
entrevistas para la toma de contacto con aquellas, al menos semestralmente. En este
sentido, se elaborará un informe con la misma periodicidad, que se elevará al
responsable del contrato (en el plazo máximo de un mes a la finalización del
semestre) y en el que se detallarán los resultados obtenidos.
Diseño, elaboración y realización de la impresión de material de divulgación de la
Oficina, tales como folletos, trípticos, cartelería, entre otros, previa supervisión por el
responsable del contrato. Se realizarán folletos generales de la Oficina y los espacios
de alojamiento de empresas, folletos específicos para las actividades a realizar, así
como carteles y folletos anunciadores de los eventos que se realicen, según
necesidades.
l) Elaboración de los informes requeridos por el responsable del contrato, en relación con
las actividades realizadas (hasta un máximo de 6 al año).
m) Dar a conocer a las empresas ubicadas el Plan de autoprotección y el Plan de
prevención de riesgos laborales.
n) La empresa adjudicataria se responsabilizará del control, avisos y seguimiento de las
incidencias que surjan relacionadas con otros contratos centralizados del edificio:
mantenimiento, limpieza y seguridad, dando traslado inmediato al responsable del
contrato, para minimizar los tiempos de subsanación y reparación. Se responsabilizará
así mismo del buen funcionamiento de dichos servicios generales, a fin de que la
prestación sea correcta y eficiente. Facilitará la coordinación entre el personal a cargo de
estos servicios y los usuarios de los diferentes espacios del inmueble, despachos, zonas
comunes, etc.
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En relación con los puntos anteriores, el adjudicatario será responsable de elaborar y mantener
la información de las bases de datos permanentemente actualizadas, de forma que sea posible
extraer informes de actividad cuando se soliciten.
Para la ejecución de las actividades propias de la Oficina se llevará a cabo una gestión
informatizada de la información y de los expedientes generados. Estas aplicaciones que
contengan bases de datos de empresas de economía social, análisis de planes de empresa,
informes de trabajo, estadísticas, agenda de citas, seguimiento de empresas tuteladas, etc.,
serán exclusivas de la Oficina, estando completamente desvinculadas de las generales de la
empresa adjudicataria y quedando en poder de la SGPEDE una vez finalice este contrato.
El adjudicatario será responsable de crear y mantener estos sistemas de información.
B.- Relacionados con la visibilidad y dinamización de la economía social en el tejido
socio-económico madrileño, Grupo B de actividades:
B.1.- Dinamización de la actividad económica relacionada con cualquiera de las formas
jurídicas previstas en la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social:
a) La empresa adjudicataria desarrollará de forma proactiva el plan de captación de
actividades para la creación de empresas de economía social. El plan se centrará
preferiblemente en: centros de empleo, empresas de inserción, escuelas de formación
profesional, entidades asociativas de los distritos que presten servicios a los ciudadanos y
entidades asociativas de economía social.
La búsqueda de ideas de negocio se centrará preferentemente en colectivos desempleados
para crear nuevas actividades, en empresas con problemas para que sus trabajadores
adquieran la capacidad de gestión empresarial y actividades locales para cuya permanencia
en el tejido es necesaria la trasmisión de la experiencia y know-how al relevo generacional.
La empresa adjudicataria presentará al responsable del contrato, a los 15 días de
formalizado el contrato, una propuesta de comunicación y presentación del plan de
captación, en el que se incluirán además de los integrados en el propio plan, todos los
distritos de la ciudad. La presentación del plan se realizará durante dos meses y su
organización, convocatoria, preparación de documentación, elementos de visibilidad y todas
aquellas tareas necesarias para su desarrollo serán responsabilidad de la empresa
adjudicataria.
b) Además del plan de captación se realizarán al menos 21 eventos en el primer año de
contrato, uno en cada distrito de la ciudad, con el mismo objetivo de la actividad anterior de
captar ideas y proyectos no desarrollados. El evento tendrá una duración no inferior a dos
horas y será eminentemente práctico por lo que se contaran de forma didáctica y
estructurada experiencias exitosas concretas. Todos los elementos y tareas necesarias para
la organización de cada uno de los eventos será responsabilidad de la empresa adjudicataria.
c) Actuaciones de asesoramiento y apoyo de carácter puntual a todas aquellas personas
cuyas ideas surjan del plan de captación para proporcionar las claves de crecimiento del
proyecto. Para llevar a cabo estas tareas se podrá contar con los espacios comunes de la
oficina de apoyo a la economía social así como con otros espacios que puedan poner a
disposición los diferentes distritos de la ciudad.
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El procedimiento a seguir será:
o Captación de ideas.
o Selección de aquellas que puedan convertirse en actividades económicas.
o Establecimiento de un plan de trabajo, que habitualmente se concretará en entre dos y
cuatro reuniones de trabajo para proporcionar las claves del trabajo a realizar.
o Elaboración de las bases para configurar la empresa: personas, forma jurídica, capital
inicial, ayudas, fuentes de financiación y avales, documentación administrativa.
La prestación del servicio será personalizada y se acompañará a cada proyecto desde la idea
hasta la formalización de la empresa o entidad de economía social. El tutelaje de la actividad
a partir de este momento corresponderá al personal de la Oficina de apoyo a la economía
social.
Las reuniones correspondientes para la realización de la actividad se podrán realizar en los
espacios comunes de la oficina de apoyo a la economía social. Cuando se necesiten los
espacios comunes se comunicará con carácter previo a su realización, al responsable del
contrato para su adecuada coordinación con el resto de las actividades a realizar en dichos
espacios.
d) Apoyo en la búsqueda de financiación para iniciar la actividad a través de las siguientes
acciones: ayuda en la preparación de propuestas y asesoramiento general para la
participación en convocatorias públicas de subvención. La empresa adjudicataria mantendrá
contacto con las principales redes de inversores privados (business angels) e instituciones de
capital riesgo, y valorará la oportunidad de presentación de los proyectos a cualquiera de
estas redes.
e) Actualización y dinamización del contenido del espacio Web de la Dirección General de
Economía y Sector Público, cuando se disponga, en lo que al contenido sobre la economía
social se refiere. La información se remitirá al responsable del contrato como mínimo
trimestralmente
f) Difusión e información de las convocatorias de ayuda o de los instrumentos financieros
de apoyo a la economía social que pueda publicar o conveniar el Ayuntamiento de Madrid.
Elaboración de las presentaciones y elementos de publicidad necesarios para la difusión, que
serán aprobados por el responsable del contrato.
g) Elaboración de un informe mensual en el que se harán constar, al menos: número de
actividades de captación, número de asesoramientos efectuados; número de planes de
trabajo establecidos así como toda aquella información relevante desarrollada en relación
con la visibilidad y dinamización.
B.2.- Actuaciones de visibilidad de la Economía Social:
a) Realización de al menos un evento al año de promoción de la economía social
solidaria, que podrá realizarse en colaboración con entidades representativas de la economía
social. Deberá tener como contenido principal el conocimiento de iniciativas innovadoras de
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éxito social y/o económico, desarrolladas a nivel local, regional, nacional y europeo y que
sirvan de ejemplo de buenas prácticas.
La empresa adjudicataria gestionará la convocatoria, difusión, control de asistencia de
participantes, elaborará los materiales didácticos y será responsable de los medios humanos
y materiales necesarios para su correcto desarrollo, incluyendo los espacios para su
realización, así como de los gastos de desplazamiento y alojamiento que conlleve la
presencia de las empresas de economía social que vengan a exponer su proyecto, al menos
5 por convocatoria.
b) Asistencia a centros de educación y formación profesional, asociaciones y otras
entidades, para impartir charlas informativas para dar a conocer a la sociedad madrileña el
funcionamiento de las empresas de la economía social, su compromiso social, su apuesta
por la persona frente al capital y en definitiva un modelo empresarial más transparente,
sostenible y responsable. Se realizarán al menos dos al mes, a partir del segundo mes desde
el inicio del contrato.
La empresa adjudicataria presentara al responsable del contrato, trascurrido un mes desde el
inicio del contrato, una propuesta con el contenido, las entidades y las fechas aproximadas
de impartición de las charlas. Esta propuesta deberá ser aprobada por el responsable del
contrato.
La empresa adjudicataria gestionará la convocatoria, difusión, control de asistencia de
participantes, elaborará los materiales didácticos y será responsable de los medios humanos
y materiales necesarios para su correcto desarrollo.
c) Organización y asistencia a ferias, eventos, foros en los que participe o promueva la
Dirección General de Economía y Sector Público siempre que estén relacionados con la
promoción de la economía social y solidaria y atención del stand, en su caso. El número de
eventos de este tipo que deberán ser atendidos por la empresa adjudicataria será de uno al
año y su ámbito será de carácter nacional.
Además de las labores de organización de la actividad y de la atención personalizada del
stand, la empresa adjudicataria diseñara el material de visibilidad del stand: carteles,
trípticos, banderolas, etc, que serán aprobados por el responsable del contrato. Serán por
cuenta de la empresa adjudicataria los gastos de alojamiento y desplazamiento del personal
que la empresa ponga para el seguimiento de la actividad.
La empresa presentará con su oferta una relación de ferias, foros y congresos, de carácter
periódico, sobre economía social y solidaria a nivel nacional e internacional
d) Realizar un informe relativo a las características, actividades a realizar, coste y forma
jurídica mas adecuada para la creación de un espacio para empresas de economía social
que están en proceso de constitución y que permita que puedan testar sus productos o
servicios en el mercado sin tener constituida aún la empresa. El informe se presentara a los
tres meses desde la formalización del contrato.
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e) Realizar un informe relativo al diseño de los espacios: dimensiones y funcionalidad de
una factoría de economía social en la que ubicar entidades de economía social que realicen
actividades productivas, así como las características y tipo de los servicios comunes y de
apoyo necesarios y actividades comunes a desarrollar. El informe se entregará dentro del
periodo de cuatro meses desde la formalización del contrato.
f) Elaborar un informe anual sobre la economía social en la ciudad de Madrid, por tipo de
entidad, relativo al número, al nivel de empleo y voluntariado a la contribución económica
(medida en términos del Valor Añadido Bruto Generado) sectores de actividad y cualquier
otra variable económica de interés. Se entregarán dos informes, dentro de los 12 meses y 23
meses a contar desde la formalización del contrato respectivamente.
g) Elaboración de otros informes específicos de carácter estratégico de la economía
social que encargue la SGPEDE. El número de informes será de dos al año.
h) Elaborar un informe anual y otro al final del contrato con la gestión realizada, detallando
las actuaciones y el grado de cumplimiento respecto a lo previsto en el plan de trabajo
propuesto por el adjudicatario, así como las recomendaciones de formato, contenido y diseño
de las actividades de dinamización y visibilidad y cualquier información adicional que se
considere relevante.
i) Identificar a nivel nacional y europeo actuaciones o proyectos de interés desarrollados
por la economía social. Elaborar una ficha descriptiva de cada proyecto en la que se incluyan
los actores implicados en su desarrollo.
j) Identificación en la ciudad de Madrid de proyectos innovadores de economía social y
solidaria que pudiesen implementarse como proyectos piloto de efecto demostrativo.
k) Preparar las solicitudes de aquellas convocatorias europeas de subvención para
proyectos orientados al desarrollo local y al tejido social, que la SGPEDE determine, en los
que puedan participar como socios organizaciones y empresas de la economía social de la
ciudad de Madrid así como el propio Ayuntamiento de Madrid. La empresa adjudicataria será
responsable de buscar socios participantes en el proyecto cuando la convocatoria así lo
establezca.
Todos los documentos y resultados de los trabajos realizados, objeto del contrato, serán
propiedad del Ayuntamiento de Madrid, quien podrá ejercer el derecho de reproducción y
divulgación total o parcial, sin que el adjudicatario pueda conservarla, ni obtener copia de la
misma o facilitarla a terceros sin la expresa autorización de la SGPEDE, que la daría, en su
caso, previa petición formal del adjudicatario.
Toda la documentación generada a lo largo de la prestación del servicio se entregara en
soporte magnético en formatos abiertos y compatibles con los disponibles por el Ayuntamiento
de Madrid.
3.- LUGAR DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS Los servicios objeto de este contrato, especialmente los de carácter personal, presencial y de
atención al público correspondientes a los lotes 1 y 2, descritos en el Grupo A de actividades el
epígrafe 2º del presente Pliego, serán prestados en los espacios habilitados al efecto por el
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Ayuntamiento de Madrid en los edificios de la Junta Municipal de Centro y Villaverde, que
constituyen la Oficina de apoyo a la economía social.
El uso de las instalaciones descritas lo es a los solos efectos del estricto cumplimiento de las
obligaciones derivadas del contrato, siendo la empresa adjudicataria responsable de los daños
inflingidos a las instalaciones y a los medios materiales como consecuencia de su uso
inadecuado.
Lote 3: las actividades del Grupo B, relacionadas en el epígrafe 2º del presente Pliego,
relativas a la difusión, captación de ideas y proyectos incipientes y acciones informativas de
visibilidad se realizarán en los centros en los que se realicen dichas actividades puntuales. Las
actividades de asesoramiento podrán ser realizadas en los espacios comunes de los edificios
que conforman la Oficina de apoyo a la economía social. El resto de las actividades del Grupo
B serán realizadas en espacios de la empresa adjudicataria, que aportará los medios
materiales necesarios para su desarrollo.
4.- DURACION DEL CONTRATO.- El contrato tendrá una duración de veinticuatro meses, a contar desde la firma del contrato.
Este plazo será prorrogable por un periodo de veinticuatro meses más.
5.- EQUIPO DE TRABAJO.- La empresa adjudicataria deberá aportar, bajo su responsabilidad, un equipo de trabajo
capacitado para la realización de los trabajos objeto del contrato que desarrollará sus
actividades en los espacios descritos en el epígrafe 3 del presente Pliego, sin perjuicio de los
desplazamientos a realizar por la totalidad o parte del equipo de trabajo cuando sea necesario
para el desarrollo de alguno de los trabajos recogidos en el Pliego, especialmente los relativos
a la dinamización, a la tutorización de empresas no ubicadas en los espacios de la Oficina de
apoyo y a los de visibilidad de la economía social y solidaria.
El equipo de trabajo incluirá los siguientes roles diferenciados:
- Coordinador.
- Técnicos asesores.
- Expertos.
- Administrativo.
El equipo de trabajo mínimo y su dedicación, para desarrollar las actividades recogidas en el
presente Pliego es el siguiente:
1º.- LOTE 1: Actividades del Grupo A en la Oficina de apoyo a la economía social
ubicada en el edificio de Centro:
- 1 Coordinador. Mínimo 20 horas al mes.
- 2 Técnicos asesores. Jornada laboral mínima de 35 horas
semanales en días laborables.
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Público
Subdirección General de Promoción
Económica y Desarrollo Empresarial
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2º.- LOTE 2: Actividades del Grupo A en la Oficina de apoyo a la economía social
ubicada en el edificio de Villaverde:
- 1 Coordinador. Mínimo 20 horas al mes.
- 2 Técnicos asesores. Jornada laboral mínima de 35 horas
semanales en días laborables.
3º.- LOTE 3: Actividades del Grupo B:
- 1 Coordinador. 20 horas al mes
- 2 Técnicos asesores. Jornada laboral mínima de 35 horas
semanales en días laborables.
- 2 expertos. 20 horas al mes entre los dos expertos.
- 1 Administrativo. Mínimo 40 horas al mes.
5.1. Equipo de trabajo.-
1. Coordinador.
Responsable del proyecto, su misión principal es la coordinación general del contrato. La figura
del coordinador deberá estar dotada de capacidad gerencial suficiente para ostentar la
representación de la empresa adjudicataria cuando sea necesaria su actuación o presencia,
siempre en orden a la ejecución y buen fin del objeto del contrato.
El rol de coordinador debe corresponder a una persona con titulación universitaria superior con
experiencia contrastada, de al menos 5 años, en materia de gestión de empresas de economía
social, así como en la realización de actividades similares a las del objeto del presente pliego
con empresas de economía social. La dedicación de esta persona a las tareas de dirección,
supervisión y coordinación de los trabajos a realizar será de un mínimo de 20 horas al mes. El
cómputo de las horas de dedicación se realizará adicionando las horas presenciales en la
oficina con aquellas dedicadas a actividades incluidas en el presente Pliego que requieran
atención presencial. La dedicación del coordinador se realizará a lo largo del plazo de
ejecución del contrato.
Las funciones propias del Coordinador del proyecto serán, al menos, las siguientes:
- Hacer el seguimiento del grado de cumplimiento del contrato.
- Dirigir y supervisar el buen funcionamiento del equipo de técnicos
asesores. Controlar el cumplimiento de los horarios, solicitudes de
permisos, ausencias y cualquier otra incidencia que afecte al servicio.
Comunicar al responsable del contrato cualquier cambio o incidencia
del personal del proyecto.
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Público
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- Comunicar a los técnicos asesores las posibles modificaciones de las
funciones y/o tareas de los trabajos a realizar.
- Controlar el nivel de calidad de la asistencia técnica prestada.
Proponer al responsable del contrato cualquier variación o modificación
de las actividades realizadas que redunde en una mejora de la calidad
del servicio prestado.
- Elaborar los informes técnicos mensuales sobre la actividad realizada.
Los informes deberán contener información cuantitativa (nº de
usuarios, nº de empresas, nº de consultas, etc..) y cualitativa. En el
primer mes de ejecución del contrato se preparara un modelo de
informe mensual que será aprobado por el responsable del contrato.
Los informes mensuales se entregarán dentro de los 10 días siguientes
a la finalización del mes que se informa.
- Elaborar un informe de seguimiento, cada semestre, de los proyectos
asesorados por el equipo de trabajo de la Oficina de atención a la
economía social. Los informes semestrales se entregarán dentro de los
15 días siguientes al semestre que se informa.
- Supervisar el contenido y la calidad de la impartición de las acciones
informativas y de visibilidad derivadas del contrato.
- Coordinar la organización de los eventos en los que participe o
promueva la DG de Economía y Sector Público para el desarrollo de la
economía social.
- Coordinar el mantenimiento de la información de la economía social en
el portal Web de la SGPEDE.
- Presentación de los informes y borradores de convenios incluidos en
los trabajos a realizar objeto del contrato.
- Coordinar la elaboración de las solicitudes a las convocatorias de
subvención de fondos europeos.
2. Técnicos asesores.- Estarán encargados de la ejecución de las actividades y tareas previstas en el presente Pliego
y en el plan de trabajo del contrato, tendrán dedicación plena al mismo y deberán ser titulados
superiores o de grado medio y acreditar experiencia de al menos 3 años en la realización de
actividades propias del objeto del contrato con empresas de economía social y en concreto:
- Conocimiento práctico en labores de información personalizada a
entidades de economía social.
- Conocimiento de técnicas de comunicación y atención al público.
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Público
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- Conocimiento práctico en labores creación de entidades de economía
social y solidaria: constitución, estatutos plan de actividades,
procedimientos administrativos necesarios incluidos los sistemas de
tramitación telemática.
- Conocimiento práctico de la gestión de entidades de economía social:
fiscalidad, contratación, seguridad social, financiación, contabilidad.
- Participación en la organización de eventos de dinamización de
economía social tales como Foros, Ferias, Encuentros, etc.
Las funciones propias de los técnicos asesores serán, al menos, las siguientes:
- Asesorar en materia de subvenciones y ayudas disponibles para las
empresas de economía social.
- Informar sobre las distintas formas jurídicas y normativa de aplicación
de las diferentes familias de la economía social.
- Informar sobre trámites, coste, requisitos, registros y tiempos de
tramitación para constituir una empresa de economía social.
- Informar sobre fuentes de financiación y avales para conseguir créditos
para iniciar la actividad.
- Informar sobre la contabilidad, fiscalidad y relaciones laborales de las
empresas de economía social constituidas.
- Gestionar la ventanilla única de la economía social.
- Atender las consultas de personas, empresarios, organismos e
instituciones sobre temas generales de creación de entidades de
economía social, recursos de financiación, etc..
- Asesorar en la gestión económica, contable, financiera y de marketing
de las empresas tuteladas en el marco del contrato.
- Asesorar sobre el sistema de concesión de licencias de actividad y de
licencias de obras del Ayuntamiento de Madrid.
- Colaborar en la elaboración de presentaciones, ponencias,
documentación de apoyo, fichas resumen y manuales para el apoyo de
la actividad formativa y de asesoramiento realizado por la Oficina de
atención a la economía social y solidaria.
- Ayudar a elaborar y supervisar los contenidos técnicos, económicos y
sociales para iniciar actividades de economía social y solidaria
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Público
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- Tutorizar los proyectos de inicio de actividades de economía social.
- Detectar y analizar los proyectos realizados que puedan ser de interés,
por su proyección social e innovación en la prestación de servicios, en
el ámbito de los diferentes distritos de la ciudad.
- Detectar informaciones de interés y contribuir al mantenimiento y
actualización del portal Web de la economía social.
- Impartición de charlas informativas.
- Preparación del material audio visual necesario para las
presentaciones.
- Atención de stands en ferias y congresos de economía social a los que
asista la Dirección General de Economía y Sector público.
- Cualquier otra tarea relacionada con los trabajos a realizar recogidos
en el Pliego.
El equipo de técnicos asesores desarrollará sus actividades en las siguientes modalidades:
- Presencial, con carácter preferente.
- Telefónica, en general, para asesoramientos de carácter puntual y
básico.
- Correo electrónico. Preferentemente para informaciones que surjan de
la primera entrevista con las personas o las empresas de economía
social y estarán ligados al seguimiento.
3. Expertos.- Se seleccionara un grupo de al menos 2 expertos para labores de asesoramiento
especializado, preparación de itinerarios de creación de nuevas empresas desde la idea al
proyecto y para elaboración de informes específicos de la economía social y solidaria.
Deberán ser personas con titulación universitaria superior, con 3 años de experiencia en la
creación o gestión de empresas de economía social, en la elaboración de informes sectoriales
de contenido económico o en la elaboración de informes de viabilidad de planes de negocio de
empresas de economía social para entidades financieras de capital riesgo.
Sin perjuicio de las tareas a realizar encomendadas en el plan de trabajo, los expertos también
realizarán su trabajo cuando sean requeridos por el Coordinador a petición del responsable del
contrato.
4. Administrativo.- Contará con titulación de bachiller o equivalente y experiencia en puestos de
administrativo mínima de un año. Deberá desempeñar, como mínimo, las siguientes funciones.
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Público
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Apoyar en la elaboración de las bases de datos de empresas de economía social.
Apoyar en la tramitación de expedientes de la ventanilla única de economía social
así como en cualesquiera otras tareas administrativas que correspondan.
Apoyar en la concertación de actividades de visibilidad.
Apoyar en la concertación de consultas y asesoramiento.
Archivo físico y virtual de toda la información que se genere en el desarrollo del
contrato.
Gestionar la correspondencia.
Cualesquiera otras tareas administrativas propias de la actividad.
El licitador propuesto como adjudicatario de cada uno de los lotes, deberá acreditar, con
carácter previo a la adjudicación del contrato y previo requerimiento efectuado por el órgano de
contratación, la disponibilidad del equipo de trabajo exigido. Para ello deberá acreditar los
perfiles exigidos, aportando original o copia compulsada de la siguiente documentación:
-Títulos académicos o certificados expedidos por la Universidad o centro de
estudios correspondiente, que acredite la titulación exigida.
-Certificados que acrediten la experiencia.
-Curriculum vitae firmado por el interesado.
-Vida laboral.
El personal que la empresa adjudicataria destine a la realización de las actividades descritas en
este contrato depende exclusivamente, desde el punto de vista laboral de la empresa
adjudicataria, por cuanto el personal queda expresamente sometido al poder direccional y de
organización de la empresa adjudicataria, no existiendo vinculación o dependencia laboral,
profesional o funcionarial alguna con el Ayuntamiento de Madrid.
El adjudicatario será el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones
legales resulten de aplicación con relación a su personal, en especial las relativas a la
contratación, cumplimiento de los convenios colectivos laborales que les afecten, Seguridad
Social, prevención de riesgos laborales, tributaria, etc.
La empresa adjudicataria es responsable de las posibles reclamaciones de usuarios y terceros
que pudieran derivarse de las actuaciones, por parte de sus técnicos o profesionales descritas
en este contrato.
6.- MEDIOS TECNICOS MATERIALES
La empresa adjudicataria deberá dotar al personal a su cargo descrito en el apartado anterior
de los medios técnico/materiales que se relacionan a continuación, correspondiéndole también
el mantenimiento de los mismos:
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a) Ordenadores, impresoras, software y demás medios informáticos necesarios.
b) Telefonía: líneas y aparatos. Teléfonos móviles
c) Red Wifi con cobertura, como mínimo, en los espacios que ocupen las oficinas de apoyo.
d) Fotocopiadora.
e) Material de oficina.
7.- RESPONSABLES DEL PROYECTO.-
Los coordinadores del proyecto (uno para cada lote) serán, sin perjuicio de lo establecido en el
apartado 5º del presente Pliego, los responsable de asegurar la buena marcha de los trabajos
encomendados y de organizar y coordinar la ejecución de los mismos. El adjudicatario
propondrá un sustituto en casos justificados de ausencia del coordinador, que deberá ser
aceptado por la SGPEDE.
La figura del coordinador deberá estar dotada de la capacidad gerencial suficiente para
ostentar la representación del adjudicatario cuando sea necesaria su actuación o presencia,
siempre en orden a la ejecución y buen fin del objeto del contrato.
En caso de que la empresa adjudicataria necesite sustituir o incorporar personal distinto al
relacionado en la oferta inicial, dicho cambio deberá ser comunicado, con una antelación
mínima de 10 días, debiendo responder, la nueva persona, a un perfil con capacidad técnica
igual o superior a la inicialmente planteada en la oferta.
8.- HORARIO.-
La Oficina de apoyo a la economía social, en sus dos emplazamientos (uno en el distrito de Centro y otro en el distrito de Villaverde), estará en funcionamiento los doce meses del año, en días laborables de lunes a viernes, respetando los festivos de carácter nacional, autonómico y local. El horario de atención al público será de lunes a viernes de 9:30 a 14:30 horas y de 16:30 a 18.30 horas, todos los días laborables. Dicho horario podrá variarse en función de las necesidades del servicio, pero cumpliendo siempre las 7 horas diarias.
9.- SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO Para asegurar el correcto desarrollo del proyecto de acuerdo al contenido y condiciones del Pliego de prescripciones técnicas, éste se llevará a cabo bajo la supervisión y control del responsable del contrato que será designado expresamente por la el órgano de contratación y comunicado oficialmente a la empresa adjudicataria. El control y supervisión del desarrollo de los trabajos se llevará a cabo por responsable del contrato al que el Coordinador del proyecto elevará los informes preceptivos del estado del proyecto y facilitará la participación técnica presencial en su ejecución. La empresa adjudicataria asumirá la verificación de la calidad del servicio prestado, en los términos recogidos en el Pliego, por parte del responsable del contrato y adecuará los mismos a los procedimientos y parámetros que este determine.
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10.- OTRAS OBLIGACIONES DE CARÁCTER SOCIAL.- Se indican a continuación las cláusulas sociales de obligado cumplimiento para la empresa adjudicataria de cada lote: 10.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1. La ejecución del presente contrato se desarrollará respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo. 2. Para la determinación del precio de este contrato, se ha tenido en cuenta el Convenio Colectivo Estatal de Empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública de 2009 (B.O.C.M nº 82/2009), que resulta de aplicación respecto al salario base, el complemento de antigüedad, los restantes costes laborales y de Seguridad Social y demás de la prestación del servicio. 3. La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente a todos los costes derivados de la aplicación del Convenio por el que se rija la actividad de la empresa, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del Convenio más los costes de Seguridad Social. 4. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. Corresponderá a la persona responsable del contrato la comprobación del cumplimiento de esta obligación, a cuyo fin llevará a cabo la revisión de la cartelería y documentación, así como la documentación de cualquier otro soporte que garantice el cumplimiento de esta obligación. 5. La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras. En concreto, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes: - La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada. - La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato. - El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios. Además del justificante de entrega de equipos, la empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos aportando la siguiente documentación: - Documento de la evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva de la empresa. - Declaración responsable en materia de formación e información de prevención de riesgos laborales de las personas adscritas al contrato. 6. La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato.
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Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, la empresa adjudicataria deberá presentar, al inicio del contrato, una declaración responsable en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social. En todo caso, la Dirección General de Economía y Sector Público podrá solicitar, cuando lo considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable. 10.2 CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCION Es condición especial para la ejecución de este contrato en todos sus lotes, que la empresa
adjudicataria organice al menos tres acciones de formación profesional, de duración mínima de
10 horas, cada una, que mejoren la ocupación y la adaptabilidad de los técnicos asesores
adscritos a la ejecución del contrato, así como sus capacidades y su calificación. Las acciones
formativas trataran, al menos, los siguientes temas:
- Régimen jurídico y constitución de empresas de economía social.
- Fiscalidad aplicable en empresas de economía social.
- Análisis de un plan de negocio.
- Fórmulas de financiación.
El contenido formativo deberá guardar relación con el objeto del contrato, de tal manera que redunde en una mejora en su ejecución. Para su acreditación, la empresa adjudicataria deberá presentar con carácter previo a la finalización del contrato, la relación de acciones formativas realizadas al personal vinculado a la ejecución del contrato, con especificación del contenido formativo y de los asistentes, así como del lugar y fecha de celebración de los mismos. La persona responsable de formación de la empresa adjudicataria deberá rubricar la relación de las acciones formativas realizadas así como su contenido. 10.3 CONTROL DE LAS CLÁUSULAS SOCIALES Y DE LA CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN. La persona responsable del contrato designada por el órgano de contratación supervisará de forma periódica el cumplimiento de las obligaciones que en relación con las cláusulas sociales generales y la condición especial de ejecución se han impuesto directamente a la empresa adjudicataria de cada lote en el contrato, así como las que se deriven de la legislación social y laboral vigente. A estos efectos, al inicio del segundo mes de ejecución del contrato, se emitirá un informe por la persona responsable del contrato sobre el cumplimiento de las obligaciones sociales que deben cumplirse en la ejecución del contrato. Concluido cada trimestre de ejecución del contrato, se emitirá por la misma persona un informe sobre el cumplimiento de las obligaciones citadas. Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria de cada lote deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que le fueran exigibles legal o contractualmente.
11.- CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA
INFORMACIÓN
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La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se
define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de
tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo
dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se
encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones,
conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la
prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para
cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego,
incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación
vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo
pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este
pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos
conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización
del contrato.
Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos
descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores
destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa
adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad
vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan
acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de
seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias
municipales afectadas.
Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y
colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la
empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el
derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio
se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del
contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las
instrucciones que el (Órgano de contratación) le pueda especificar en concreto y que
se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos
personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni
siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte
del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento
de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos
de Carácter Personal.
A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto)
que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para
la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el
Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se
registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones
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determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de
los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2.
LOPD).
Para el tratamiento y acceso a los datos por parte del adjudicatario se velará
específicamente por el cumplimiento de lo previsto en los artículos 92, 97, 101 y 108
del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de
desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de soportes y documentos.
Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general,
observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información
y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de
usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma
inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de
información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar
reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.
El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los
controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento
por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle
cuantos datos o documentos le requiera para ello.
Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria
como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que
sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
En la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la prestación del
servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario previamente
a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la información utilizada o que se
derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o
proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación
de apoyo, si no se considerara indispensable por el Ayuntamiento habiéndolo
comunicado por escrito, se efectuará mediante máquina destructora de papel o
cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el
lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las medidas
necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en
soportes que vayan a ser desechados o reutilizados.
De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de
13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por
parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en
responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que
hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en
materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al
Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que
sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4
LOPD).
Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para garantizar la
seguridad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación
facilitada. Dicha memoria deberá contener el nivel de seguridad que permite alcanzar
así como información sobre la posibilidad de definir distintos perfiles de acceso,
existencia de un mecanismo de identificación y autenticación y, en su caso, descripción
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de la gestión de contraseñas. También y cuando proceda, el tratamiento que se
aplicará a los soportes y documentos, el procedimiento de gestión de copias de
respaldo y el contenido del registro de accesos.
Asimismo, el adjudicatario deberá informar al organismo contratante, antes de
transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la persona que
será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas
medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
EL CONSEJERO TÉCNICO DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE
PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO EMPRESARIAL
Firmado electrónicamente por: MANUEL ENRIQUE LOPEZ GALAN
Cargo: CONSEJERO TÉCNICO
Fecha: 18-11-2016 13:07:26
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