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CCCOOOLLLEEEGGGIIIOOO DDDEEE IIINNNGGGEEENNNIIIEEERRROOOSSS CCCIIIVVVIIILLLEEESSS DDDEEE LLLOOOJJJAAA
Federico Gonzlez Surez (Barrio El Panecillo) Telfono: 2575030
www.ingenieroscivilesloja.com.ec email: [email protected]
COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES DE LOJA
PROGRAMA DE URBANIZACION Y VIVIENDA PROURVI
CODIGO DEL PROCESO: CD-P-CICL-002-2013
Objeto de la contratacin: CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE OBRA: CONSTRUCCIN
SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO, ALCANTARILLADO PLUVIAL Y AGUA POTABLE,
DEL PROGRAMA DE URBANIZACIN Y VIVIENDA PROURVI III, UBICADO EN LA PARROQUIA SAN
SEBASTIAN, CANTN LOJA DE LA PROVINCIA DE LOJA"
Loja, julio 2013
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Federico Gonzlez Surez (Barrio El Panecillo) Telfono: 2575030
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CONTRATACIN DIRECTA DE CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE
OBRA
CD-P-CICL-002-2013
NDICE
SECCIN I.- INVITACIN
SECCION II.- OBJETO DE LA CONTRATACIN DIRECTA PARA FISCALIZACIN DE LA OBRA
SECCION III.- CONDICIONES GENERALES
3.1 Inhabilidades
3.2 Modelos obligatorios de pliegos
3.3. Obligaciones del oferente
3.4 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones
3.5 Entrega de la oferta
3.6 Idioma y autenticidad de los documentos de la oferta
3.7 Apertura de la oferta
3.8 Convalidacin de errores de forma
3.9 Causas de rechazo
3.10 Garantas
3.11 Cancelacin de procedimiento
3.12 Declaratoria de procedimiento desierto
3.13 Adjudicatario fallido
3.14 Administracin del contrato
3.15 Moneda de cotizacin y pago
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SECCIN IV.- CONDICIONES ESPECFICAS
4.1 Cronograma del procedimiento de contratacin directa
4.2 Vigencia de la oferta
4.3 Forma de pago
4.4 Requisitos formales
4.5 Contenido de la oferta
4.6 Trminos de referencia
SECCION V.- PROYECTO DE CONTRATO
SECCION VI.- MODELOS DE FORMULARIOS
Formulario No. 1 CARTA DE ACEPTACIN Y COMPROMISO
Formulario No. 2 IDENTIFICACIN DEL OFERENTE
Formulario No. 3 EXPERIENCIA DEL CONSULTOR EN LA EJECUCIN DE
SERVICIOS DE CONSULTORA SIMILARES
Formulario No. 4-A TRABAJOS EJECUTADOS
Formulario No. 4-B TRABAJOS EN EJECUCIN
Formulario No. 5 LISTA DEL PERSONAL PRINCIPAL ASIGNADO AL PROYECTO
Formulario No. 6 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO
Formulario No. 7 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGA
Formulario No. 8 OFERTA ECONMICA
Formulario No. 9 REFERENCIA RESOLUCIN INCOP 37-09 ((que sustituye a la Resolucin INCOP No. 028-09), para el caso de personas jurdicas
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CONTRATACIN DIRECTA DE CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE OBRA
CD-P-CICL-002-2013
SECCIN I
INVITACIN
De acuerdo con los Pliegos de Contratacin Directa de Consultora para Fiscalizacin
de Obra aprobados por el Mgs. Ing. Hildo Napolen Ordez Pineda, en calidad de
Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja/PROURVI, mediante Resolucin
No. 03 de fecha de 11 de JULIO del 2013, se invita a ING. RICHAR MANOLO
GALARZA para que presente su ofertas tcnica y econmica para la realizacin de la
CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE LA OBRA: CONSTRUCCIN SISTEMAS
DE ALCANTARILLADO SANITARIO, ALCANTARILLADO PLUVIAL Y AGUA
POTABLE, DEL PROGRAMA DE URBANIZACIN Y VIVIENDA PROURVI III,
UBICADO EN LA PARROQUIA SAN SEBASTIAN, CANTN LOJA DE LA
PROVINCIA DE LOJA"
El consultor invitado podr realizar preguntas a travs de la pgina WEB www.ingenieroscivilesloja.com,ec, o al correo [email protected], dentro de las 24 horas siguientes a la recepcin de la invitacin. El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja/PROURVI responder las preguntas formuladas o formular aclaraciones, a travs del mismo medio, en un trmino de 24 horas, contado desde la fecha lmite de recepcin de preguntas. El invitado entregar su oferta tcnica (original y copia) en el trmino de 5 das desde la
recepcin de la invitacin, en la siguiente direccin: CIUDAD DE LOJA-ECUADOR,
CALLE FEDERICO GONZALEZ SUAREZ- BARRIO EL PANECILLO, EDIFICIO CICL,
PLANTA BAJA-OFICINA COORDINACION GENERAL, debidamente dirigida al Mgs.
Ing. Hildo Napoleon Ordoez Pineda, Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles
de Loja y se presentarn hasta las 16H00 del 19 de julio del 2013. Asimismo, deber
entregar los formularios 1 y 2 a travs de la pagina WEB
www.ingenieroscivilesloja.com,ec, o al correo [email protected], en la misma fecha.
El Presupuesto Referencial para el pago de la presente Consultora es de USD$
2.844.27 (DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO, 27/100 DOLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) ms IVA.
El objeto de esta consultora debe ejecutarse en un plazo (determinado con relacin a
la obra a fiscalizarse) de 135 DIAS calendario
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Las condiciones generales de esta invitacin son las siguientes:
1.- Los pagos de los servicios de consultora se realizarn con fondos propios,
provenientes del presupuesto del Programa de Urbanizacin y Vivienda PROURVI III,
con cargo a la cuenta de ahorro N 200311881 IFI Mutualista Pichincha, conforme
consta en la Certificacin Presupuestaria N PROURVI-CICL-003 de fecha 10 de julio
del 2013, suscrito por la Lic. Lorena Snchez, contadora-tesorera del CICL.
Se otorgar un anticipo del CINCUENTA por ciento (50%) del valor del contrato. El
pago del Contrato se realizar en proporcin directa con el avance mensual de la obra
que se fiscaliza. El monto del contrato deducido de la obra a fiscalizar se dividir para
el monto del contrato de obra, obtenindose una relacin en virtud de la cual se
determinar el porcentaje que ser aplicado sobre el monto de cada planilla de
ejecucin de la obra, el valor resultante de esta ltima operacin ser el que
corresponda pagar por concepto del servicio de fiscalizacin de obra, del mismo que
se devengar el anticipo entregado.
2.- Los Pliegos estn disponibles, sin ningn costo, en la pgina WEB
www.ingenieroscivilesloja.com.ec, de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del
artculo 31 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica.
El proceso se cerrar a lo establecido en el artculo 36 de la Ley Orgnica del Sistema
Nacional de Contratacin Pblica.
3.- La evaluacin de la propuesta se realizar en funcin del cumplimiento de los
parmetros establecidos en los Pliegos, conforme lo dispone el numeral 19 del artculo
6 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica.
Loja, 11 de julio del 2013
Mgs. Ing. Hildo Napolen Ordez Pineda
PRESIDENTE CICL-PROURVI
COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES DE LOJA
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CONTRATACIN DIRECTA DE CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE OBRA
CD-P-CICL-002-2013
SECCIN II
2.1.- OBJETO DE LA CONTRATACIN DIRECTA Este proceso tiene por objeto la calificacin, seleccin, negociacin y adjudicacin del
contrato de prestacin de servicios de CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE
OBRA: CONSTRUCCIN SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO,
ALCANTARILLADO PLUVIAL Y AGUA POTABLE, DEL PROGRAMA DE
URBANIZACIN Y VIVIENDA PROURVI III, UBICADO EN LA PARROQUIA SAN
SEBASTIAN, CANTN LOJA DE LA PROVINCIA DE LOJA"
El alcance de los trabajos se encuentra establecido en las Condiciones Especficas de
los Pliegos y Anexos correspondientes.
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CD-P-CICL-002-2013
SECCION III
CONDICIONES GENERALES
3.1.- Inhabilidades: No podrn participar en el presente procedimiento precontractual, por s o por interpuesta persona, quienes incurran en las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los artculos 62 y 63 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica, y 110 y 111 del Reglamento General de dicha Ley. De manera obligatoria, los oferentes debern llenar el formulario establecido en la
Resolucin INCOP No.037-09 de fecha 27de noviembre de 2009. (que sustituye a la
Resolucin No. 028-09 de 3 de julio de 2009).
3.2.- Modelos obligatorios de pliegos: El oferente, de forma obligatoria, presentar su oferta utilizando el modelo de pliego establecido por el Instituto Nacional de Contratacin Pblica (INCOP). Art. 28 del Reglamento General de la LOSNCP. 3.3.- Obligaciones del Oferente: Los oferentes debern revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisin o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevar de sus obligaciones con relacin a su oferta. 3.4.- Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: De acuerdo con lo dispuesto en el artculo 4 de la Resolucin INCOP No. 066-2012 de 01 de agosto de 2012, los proveedores podrn realizar preguntas sobre los pliegos a travs de la pgina WEB www.ingenieroscivilesloja.com.ec y el MIDUVI dentro de la fecha lmite constante en la invitacin, emitir respuestas que se publicarn en el portal. El trmino para la formulacin de preguntas es de 24 horas, y se contar desde la
recepcin de la invitacin con los respectivos pliegos.
El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja podr en la etapa de preguntas y respuestas, emitir aclaraciones o modificaciones de los Pliegos, siempre y cuando stas no cambien el presupuesto referencial, ni el objeto del proceso contemplado en los pliegos.
Todas las aclaraciones se considerarn como alcance a los pliegos y recibidas por todos los participantes, una vez que han sido publicadas en el Portal. El trmino para responder las preguntas formuladas o realizar aclaraciones por parte de
la entidad contratante, ser de 24 horas , y se contar desde el vencimiento del trmino
establecido para la realizacin de preguntas.
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3.5.- Entrega de la oferta: En la fecha prevista en el cronograma del proceso, el invitado publicar en el portal la carta de aceptacin y compromiso, y la identificacin del oferente, en archivos separados y utilizando los formatos que constan en la seccin VI de estos pliegos (formularios Nos. 1 y 2). En la misma fecha entregar fsicamente la oferta tcnica, con los formularios solicitados segn los pliegos respectivos, en la siguiente direccin: CIUDAD DE LOJA-ECUADOR, BARRIO EL PANECILLO, CALLE FEDERICO FGONZALEZ SUAREZ, EDIFICIO CICL, PLANTA BAJA-OFICINA TECNICA, debidamente dirigida al Mgs. Ing. Hildo Napolen Ordez Pineda, Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja/PROURVI 3.6.- Idioma y autenticidad de documentos de la oferta La documentacin que contempla la oferta, as como la correspondencia relacionada debe ser escrita en castellano. Los documentos no debern contener texto entre lneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso debern salvarse rubricando al margen. Los documentos que se presenten en la oferta sern en original y copia.
3.7.- Apertura de la oferta : El CICL, una hora despus del trmino lmite para la
presentacin de la oferta, iniciar la evaluacin de la oferta presentada, para lo cual
abrir el sobre nico presentado fsicamente y evaluar tanto la oferta tcnica como la
econmica, en funcin del cumplimiento de los parmetros establecidos en los pliegos.
En el caso de que se contrate la fiscalizacin de una obra pblica, se aplicar de
manera obligatoria un margen de preferencia de diez (10) puntos, a favor del oferente
que acredite haber realizado el diseo o los estudios (o que haya integrado el equipo
respectivo) de la obra cuya ejecucin se requiere fiscalizar.1
El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, convocar a una sesin de negociacin con el consultor invitado, a fin de ajustar los parmetros econmicos, tcnicos o jurdicos de su propuesta, en funcin del cumplimiento del objeto de la contratacin. La negociacin no podr durar ms de un da, y de la misma se suscribir un acta que deber ser publicada en la pgina WEB www.ingenieroscivilesloja.com.ec, si el resultado ha sido satisfactorio. En caso de que la negociacin no haya llegado a buen trmino, se dejar constancia del particular. Si la negociacin es satisfactoria para las partes, la mxima autoridad del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, adjudicar en contrato respectivo. 3.8.- Convalidacin de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, las ofertas podrn ser convalidadas por el oferente en un trmino de 2 das contado a partir de la fecha de notificacin, As mismo, dentro del perodo de convalidacin, los oferentes podrn integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificacin del objeto de la misma, conforme al artculo 23 del Reglamento General de
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la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica. En este caso, la entidad contratante recibir fsicamente los documentos correspondientes. Acorde con lo previsto en el Articulo 2 de la RESOLUCION INCOP No. 000083 - RE
2013 de 27 de marzo de 2013; se entendern por ERRORES DE FORMA, aquellos que
no implican modificacin alguna del contenido sustancial de la oferta, tales como errores
tipogrficos, de foliado, sumilla o certificacin de documentos sobre su capacidad legal,
tcnica o econmica; ilegibilidad de la informacin, contradicciones o discordancias que
causen duda, entre la informacin consignada por el participante en su oferta y la
documentacin con la que lo respalda.
Segn el Artculo 4 de la RESOLUCION INCOP No. 000083 - RE 2013 de 27 de
marzo de 2013; el pedido de convalidacin de errores, ser notificado a todos los
participantes en el proceso y se lo har a travs del portal
www.ingenieroscivilesloja.com.ec. El pedido de convalidacin deber estar claramente
detallado de modo que no haya dudas respecto del error que se solicita convalidar y
deber contener necesariamente la justificacin respectiva. No ser posible ejercitar
requerimientos de convalidacin genricos dirigidos a todos los los participantes del
proceso o sin que se haya establecido claramente el error individual que se requiera
subsanar
El CICL est obligado a analizar en profundidad la oferta presentada en la etapa de
calificacin, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto
de los cuales notificar a travs del portal www.ingenieroscivilesloja.com.ec en el
mismo da y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidacin
respectivo. Los oferentes notificados podrn convalidar tales errores para efectos de ser
calificados y para el efecto EL CICL podr recibir de manera fsica los documentos pertinentes.
Si EL Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, al analizar la oferta presentada, determina la existencia de uno o ms errores de forma, se deber reprogramar el cronograma del proceso, en funcin del trmino concedido al oferente para efectos de que convalide los errores de forma notificados. Tendr el carcter de obligatorio la aplicacin del Artculo 9. PROHIBICION DE
CONVALIDACION de la RESOLUCION INCOP No. 000083 - RE 2013 de 27 de
marzo de 2013, en la expresa que las Entidades contratantes no podrn durante la
etapa convalidacin de errores y bajo este tenor, requerir a los oferentes la justificacin,
presentacin o acreditacin de documentos o condiciones que no hubieran estado
previstas en los pliegos del proceso. Tampoco se podr dentro de esta etapa, formular
aclaraciones, modificaciones o nuevos requerimientos respecto de las condiciones
establecidas en los pliegos, ni sobre las capacidades tcnicas, econmicas o legales de
los oferentes. En ninguna circunstancia, se proceder a solicitar convalidacin de
documentos o informacin que no se encuentre referenciada en la oferta.
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El acta de negociacin y la resolucin de adjudicacin debidamente suscritas, se publicarn en el Portal www.ingenieroscivilesloja.com.ec. 3.9.- Causas de Rechazo: a) Si se hubiera entregado la Oferta en otro lugar o despus de la hora establecida
para ello; b) Si no cumplieran los requisitos exigidos en los presentes pliegos; c) Cuando la Oferta contenga errores sustanciales y/o evidentes, que no puedan ser
convalidados por no ser considerados errores de forma o mediante correccin aritmtica y que afecten notoriamente el monto total de la oferta;
d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo, condicionndolos o modificndolos, de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecucin del contrato;
e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando no puedan ser convalidados.
f) Los errores no subsanables previstos en el Articulo 7 de la RESOLUCION INCOP No. 000083 RE 2013, del 27 de marzo de 2013,
g) De acuerdo con lo dispuesto en el Artculo 12 de la RESOLUCION INCOP No. 000083 - RE 2013 de 27 de marzo de 2013; en el caso de que los requirimientos de convalidacion notificados por el CICL, no fueran presentados por el oferente en el termino fijado para el efecto, o presentados no resulten satisfactorios, sera causa para el rechazo o descalificacion de la oferta; siempre y cuando estos comprometan un requisito o capacidad juridica, tecnica o economica establecidos como minmos en los pliegos del proceso.
3.10.- Garantas Si la entidad contratante ha previsto la entrega de un anticipo, se deber presentar la garanta prevista en el artculo 75 de la LOSNCP, en cualquiera de las formas previstas en el artculo 73 de la misma ley. 3.10.1 Garanta de Fiel Cumplimiento
Del contrato, que se rendir por un valor igual al 5% del monto total del contrato.
En el caso de que el contratista no pagare el valor requerido en el trmino de 10 das
contados a partir de la fecha de notificacin de la resolucin de terminacin unilateral de
este contrato, la Entidad Contratante proceder de conformidad con el ltimo inciso del
Art. 146 del Reglamento a la LOSNCP y el ltimo inciso del Art. 42 de la Ley General de
Seguros reformado por la LOSNCP.
La garanta de fiel cumplimiento, nicamente ser rendida en las formas establecidas
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en los numerales 1, 2 y 5 del artculo 73 de la LOSNCP 3.10.2 Garanta del anticipo que respaldar el 100% del valor recibido por este concepto.
La garanta del anticipo ser entregada, en cualquiera de las formas establecidas en el
Artculo 73 de la LOSNCP,
De acuerdo al oficio circular No.T.6487-SNJ-12-904 del 02 de agosto de 2012 suscrito
por el Dr. Alexis Mera Giler, Secretario Nacional Jurdico, las garantas emitidas por la
aseguradora para toda contratacin de obra pblica debern ser respaldadas por
reaseguradoras con calificacin de riesgo A, para lo cual el adjudicatario deber
presentar el certificado de calificacin emitido por la Superintendencia de Bancos y
Seguros, como documento habilitante para la firma del contrato.
La garanta se devolver conforme lo previsto en el Art. 77 de la LOSNCP 3.11.- Cancelacin del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la invitacin y hasta 24 horas antes de la fecha de presentacin de la oferta, la mxima autoridad de la El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, podr declarar cancelado el procedimiento, mediante resolucin debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artculo 34 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica. 3.12.- Declaratoria de Procedimiento Desierto: La mxima autoridad de la Entidad Contratante, antes de resolver la adjudicacin, podr declarar desierto el procedimiento, en los casos previstos en los numerales 1, 2 y 4 del artculo 33 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica. Dicha declaratoria se realizar mediante resolucin motivada de la mxima autoridad de La Entidad Contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, el Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, podr disponer su archivo o su reapertura. 3.13.- Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del trmino previsto, por causas que le sean imputables, la mxima autoridad de la Entidad Contratante le declarar adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condicin al INCOP, proceder de conformidad con los artculos 35 y 98 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica. 3.14.- Administracin del Contrato: El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, designar de manera expresa un administrador del contrato, quien velar por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptar las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondr las multas y sanciones a que hubiere lugar. 3.15.- Moneda de cotizacin y pago La ofertas deber presentarse en Dlares de los Estados Unidos de Amrica y los pagos se realizarn en la misma moneda.
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CD-P-CICL-002-2013
SECCION IV
CONDICIONES ESPECFICAS
4.1.- CRONOGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIN DIRECTA El Cronograma de Procedimiento, que regir en el presente Proceso, es el siguiente: Ejemplo:
DETALLE FECHA HORA
Fecha de Publicacin 11-07-2013 18:00
Fecha Lmite de Preguntas 12-07-2013 17:30
Fecha Lmite de Respuestas y
Aclaraciones
15-07-2013 16:00
Fecha Lmite Entrega de Ofertas Tcnica
y Econmica
19-07-2013 16:00
Fecha de Apertura de Ofertas 19-07-2013 17:00
Fecha Inicio evaluacin de la Oferta 22-07-2013 08:30
Fecha lmite para publicar resultados
finales
24-07-2013 17:00
Fecha Estimada de adjudicacin 26-07-2013 17:00
El trmino para la convalidacin de errores ser de (2 de das). (La Entidad
Contratante est obligada a cumplir con esta fase de manera responsable, analizando
todos los errores de forma susceptibles de convalidacin, a fin de realizar las
notificaciones respectivas).
Si la entidad contratante, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de
uno o ms errores de forma, se deber reprogramar el cronograma del proceso, en
funcin del trmino concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores
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de forma notificados, para lo cual se tomar en cuenta el siguiente cronograma que
contemplar una nueva fecha de adjudicacin:
Concepto Da Hora
Fecha Lmite para solicitar convalidacin de errores 24-07-2013 18:00
Fecha Lmite para convalidacin errores 25-07-2013 17:00
Fecha estimada de Adjudicacin 26-07-2013 17:00
4.2.- VIGENCIA DE LA OFERTA La oferta permanecer vigente hasta la fecha de celebracin del contrato, de acuerdo a
lo establecido en el artculo 30 de la LOSNCP.
4.3.- FORMA DE PAGO Los pagos de los servicios de consultora se realizarn con fondos propios,
provenientes del presupuesto del Programa de Urbanizacin y Vivienda PROURVI III,
con cargo a la Cta. De Ahorro N 200311881 IFI Mutualista Pichincha, conforme consta
en la Certificacin Presupuestaria N PROURVI-CICL-003 de fecha 10 de julio del
2013, suscrito por la Lic. Lorena Snchez, contadora-tesorera del CICL. Segn lo
establecido en estos pliegos y siguiendo las siguientes opciones:
4.3.1 FORMA DE PAGO DEL CONTRATO DE FISCALIZACIN DE OBRA.
En los procedimientos de contratacin de fiscalizacin de obra pblica, los oferentes
debern detallar en su oferta econmica los costos unitarios requeridos para la
prestacin de sus servicios. En consecuencia, el valor del contrato de consultora para la
fiscalizacin de una obra estar en directa relacin con el costeo presentado, sin que en
ningn caso la oferta econmica o el consecuente monto y forma de pago del contrato
de fiscalizacin de obra pueda estar referido o fijado como un porcentaje del valor de la
obra a ser fiscalizada.
Se otorgar un anticipo del CINCUENTA por ciento (50%) del valor del contrato. El
pago del Contrato se realizar en proporcin directa con el avance de la obra mensual
que se fiscaliza. El monto del contrato de fiscalizacin de obra se dividir para el monto
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del contrato de obra, obtenindose una relacin en virtud de la cual se determinar el
porcentaje, que para efecto de las planillas ser aplicado sobre el monto de inversin
correspondiente al avance de obra realmente ejecutada, presentado en los respectivos
informes mensuales. el valor resultante de esta ltima operacin ser el que
corresponda pagar por concepto del servicio de fiscalizacin de obra, del mismo que
se devengar el anticipo entregado.
Por consiguiente, en los contratos de fiscalizacin de obra, el pago se realizar en
proporcin directa con el avance de la obra mensual que se fiscaliza. En consecuencia,
no ser posible establecer en el contrato de fiscalizacin de obra, formas de pago
distintas o por periodos fijos de tiempo.
El valor planillado no podr superar el monto del contrato de consultora, en caso de
producirse variaciones en el plazo de las obras, las mismas sern resueltas a travs
de un contrato complementario, para lo cual se tomar como base la oferta negociada.
Tanto la Planilla del fiscalizador como el informe mensual, debern ser entregados al
Administrador del Contrato los das 28 de cada mes, quien los revisar y aprobar en un
plazo mximo de dos das posteriores a su recepcin, remitindolos posteriormente al
Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja para su trmite correspondiente.
4.4.- REQUISITOS FORMALES Los documentos que contiene la oferta debern estar foliados y rubricados por el consultor, representante legal o procurador comn; se insertar, adems, su correspondiente ndice. El sobre se cerrar con suficientes seguridades que impidan conocer su contenido antes de su apertura oficial y se rotularn con la siguiente leyenda:
CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE LA OBRA: CONSTRUCCIN
SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO, ALCANTARILLADO PLUVIAL Y
AGUA POTABLE, DEL PROGRAMA DE URBANIZACIN Y VIVIENDA PROURVI
III, UBICADO EN LA PARROQUIA SAN SEBASTIAN, CANTN LOJA DE LA
PROVINCIA DE LOJA"
CCCOOOLLLEEEGGGIIIOOO DDDEEE IIINNNGGGEEENNNIIIEEERRROOOSSS CCCIIIVVVIIILLLEEESSS DDDEEE LLLOOOJJJAAA
Federico Gonzlez Surez (Barrio El Panecillo) Telfono: 2575030
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CODIGO CD-P-CICL-002-2013
OFERTA (TECNICA - ECONOMICA)
(Original y copia)
Seor
Ing.
PRESIDENTE DEL COLEGIO DE INGENIEROS CIVILES DE LOJA/PROURVI
Ciudad.-
Participante: ______________________________
4.5.- CONTENIDO DE LA OFERTA 1.- Carta de Aceptacin y Compromiso, Formulario N 1; 2.- Identificacin del Oferente, Formulario N 2; 3.- Referencias sobre la capacidad tcnica y administrativa disponible, demostrada a travs de los siguientes documentos: 4.- Experiencia especfica, Formulario No. 3 El proponente acompaar certificaciones relativas a los servicios similares ejecutados y en ejecucin Formularios Nos. 4-A y 4-B 5.- Antecedentes y experiencia del personal que ser asignado al Proyecto, demostrada a travs de los siguientes documentos:
Lista del personal asignado al proyecto (de ser el caso), Formulario No. 5
Hoja de Vida de los profesionales asignados: Formulario No. 6 6.- Plan de trabajo, metodologa propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de consultora: Formulario No. 7 7.- La propuesta econmica en forma detallada: Formulario No. 8
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El oferente deber incluir en su oferta todos los costos directos e indirectos para la prestacin de los servicios objeto del contrato, tales como: honorarios para directivos, profesionales, tcnicos y personal auxiliar; pasajes y viticos, impuestos, tasas y contribuciones que de acuerdo a las leyes ecuatorianas debe pagar; costos de instrumentos, materiales e insumos; gastos administrativos, arrendamiento de locales, etc. El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, no aceptar reclamos posteriores por costos no contemplados en la oferta. 8.- Cumplimiento con lo dispuesto en la Resolucin INCOP No. 037-09, para el caso de personas jurdicas: Formulario No. 9. 4.6.- TRMINOS DE REFERENCIA 4.6.1.- Objeto de la Fiscalizacin Este proceso de Consultora para la fiscalizacin de obra, tiene por objeto establecer
la supervisin obligatoria y permanente, para asegurar el cumplimiento del diseo y
especificaciones en la CONSTRUCCIN SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO,
ALCANTARILLADO PLUVIAL Y AGUA POTABLE, DEL PROGRAMA DE URBANIZACIN Y
VIVIENDA PROURVI III, UBICADO EN LA PARROQUIA SAN SEBASTIAN, CANTN LOJA
DE LA PROVINCIA DE LOJA"
El objetivo principal de la Fiscalizacin es la vigilancia del fiel y estricto cumplimiento de las clusulas del contrato de ejecucin de obra, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseos definitivos, especificaciones tcnicas, programas de trabajo, recomendaciones de los diseadores y normas tcnicas y de Control Interno aplicables. El fiscalizador debidamente designado, acta a nombre y en representacin del CICL/PROURVI en la ejecucin del contrato y cuenta con las atribuciones que se indican ms adelante, aparte de las indicadas en los dems documentos del contrato, siendo por lo tanto responsable por cualquier omisin, descuido o negligencia en el cumplimiento de sus funciones. El Contratista aceptar y colaborar con las tareas y el personal de la fiscalizacin. Especficamente, verificar que se empleen los mtodos constructivos adecuados para
las obras que se realizarn, de tal manera que se garantice la calidad de las
edificaciones; Comprobara que los materiales de construccin que se empleen en la
ejecucin del proyecto cumplan con los requisitos de calidad necesarios; Comprobar
que los materiales y hormigones a utilizar, cumplan con la norma para garantizar su
calidad.
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Asegurar que el impacto ambiental que causare la obra sobre el entorno urbano o
regional, segn, se enmarque dentro de lmites admisibles regularizados por el
Ministerio de Ambiente del Ecuador.
4.6.2.- ALCANCES Y PROFUNDIDAD DE LA FISCALIZACION El consultor (a), contratado para realizar la fiscalizacin de la obra, establecer un
sistema para asegurar la correcta ejecucin de la obra, mediante el control de calidad,
los avances fsico y financiero de la obra. Dichos controles conllevan una evaluacin
mensual y la comunicacin de resultados a los mandos superiores, incluyendo los
problemas surgidos, especialmente cuando afectan las condiciones pactadas en
relacin al plazo, presupuesto y calidad de la obra.
El Fiscalizador (a) est obligado a solucionar los problemas que surjan por la
inaplicabilidad e inconsistencia de los diseos, as como elaborar todos los documentos
y actos administrativos que se requieran para cumplir con el objeto del contrato, tales
como: Contratos Complementarios, Ordenes de Cambio, Costo ms Porcentaje,
Justificacin de Plazos, y los dems que sean necesarios; as como informar sobre la
conveniencia de terminar el contrato por incumplimiento del contratista o de fuerza
mayor, siendo responsable civil y penal, segn corresponda del control de la ejecucin
de la obra, de acuerdo a los trminos de establecidos en el contrato de construccin
dentro del monto y plazo establecidos;
La fiscalizacin en caso de requerirlo realizar rediseos de hasta el 50% fsico de
los diseos que amerite la obra con la debida autorizacin y justificacin del
administrador del contrato; y bajo la norma de "Contrato Complementario" de
fiscalizacin y/o estudios de rediseo hasta el 100% fsico de la obra, en caso de ser
necesario;
El fiscalizador velar por el estricto cumplimiento del diseo y especificaciones
tcnicas generales y particulares de las obras contratadas, con el fin de que el
proyecto se ejecute correctamente, para lo cual tiene las atribuciones que constan a
continuacin:
a) Vigilar y responsabilizarse por el fiel y estricto cumplimiento de las clusulas del contrato de construccin, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseos definitivos, especificaciones tcnicas, programas de trabajo, recomendaciones de los diseadores y normas tcnicas aplicables.
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b) Detectar y solucionar oportunamente errores y/u omisiones de los diseadores as como imprevisiones tcnicas que requieran de acciones correctivas inmediatas que subsanen la situacin.
c) Justificar tcnicamente los trabajos extraordinarios o las modificaciones que se tengan que realizar durante la ejecucin de las obras e informar al administrador del contrato para se adopten las decisiones que correspondan.
d) Dar soluciones tcnicas de manera oportuna a problemas surgidos durante la ejecucin del contrato.
e) Verificar que el equipo y personal tcnico de las constructoras sea idneo y suficiente para la obra.
f) Obtener informacin estadstica sobre personal, materiales, equipos, condiciones climticas, tiempo trabajado, etc. del proyecto.
g) Coordinar las pruebas finales de aceptacin y la entrega de las obras a la entidad contratante, previa su entrada en operacin; y,
h) Garantizar la buena calidad de los trabajos ejecutados.
Las funciones de los fiscalizadores, cada uno en el rea de su competencia, son las
siguientes:
a) Revisar en conjunto con el (Jefe de Fiscalizacin / Administrador del Contrato), los documentos contractuales, con el fin de verificar la existencia de algn error, omisin o imprevisin tcnica que pueda afectar la construccin de la obra, y, de presentarse este caso, sugerir la adopcin de medidas correctivas o soluciones tcnicas oportunamente;
b) Evaluar mensualmente el grado de cumplimiento del programa de trabajo en el rea bajo su cargo y en caso de constatar desviaciones, identificar las causas y proponer soluciones para corregir la situacin;
c) Ubicar en el terreno las referencias necesarias para la correcta ejecucin de la
Obra;
d) Verificar la exactitud de las cantidades incluidas en las planillas
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e) presentadas por el contratista; adems, calcular los reajustes correspondientes a esas planillas, comparando la obra realizada con la que deba ser ejecutada de acuerdo con el programa de trabajo autorizado;
f) Obtener informacin estadstica en el proyecto sobre el rendimiento del personal, materiales, equipos y maquinaria; sobre la incidencia de las condiciones climticas en el tiempo laborado, o sobre cualquier otro aspecto til para la preparacin de futuros proyectos;
g) Verificar la calidad de los materiales as como la de los elementos construidos, mediante los ensayos de laboratorio o de campo, efectuados bajo su supervisin y siguiendo rigurosamente las especificaciones tcnicas;
h) Resolver las dudas que surgieren de la interpretacin de los planos, especificaciones, detalles constructivos y cualquier otro aspecto tcnico relacionado con la obra;
i) Anotar en el libro de obra, adems de una descripcin del proceso de construccin de las obras a su cargo, las observaciones, instrucciones o comentarios que a su criterio deben ser considerados por el contratista para el mejor desarrollo de la obra;
j) Justificar tcnicamente la necesidad de efectuar modificaciones o trabajos extraordinarios en las obras bajo su supervisin;
k) Coordinar con los diseadores de la obra cuando sea necesario efectuar modificaciones de los planos originales o haya que realizar obras adicionales;
l) Realizar los clculos pertinentes para determinar los costos de las modificaciones y obras extraordinarias por realizar;
m) Registrar en los planos constructivos todas las modificaciones realizadas durante el proceso de construccin, con el fin de obtener los planos finales de la obra ejecutada;
n) Aprobar los materiales y equipos por instalar propuestos por el contratista, tomando como gua las especificaciones;
o) Calificar al personal tcnico del contratista y recomendar el reemplazo de aqul que no satisfaga los requisitos necesarios; en casos de indisciplina, el fiscalizador tiene la potestad de separar al personal en conflicto;
p) Velar porque los materiales, mano de obra, equipos y maquinaria empleados en la ejecucin de la obra, sean adecuados y suministrados en forma oportuna y suficiente, y correspondan a lo estipulado en las estipulaciones tcnicas o en la oferta del contratista;
q) Verificar que el contratista disponga de todos los diseos, especificaciones,
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Programas de trabajo, licencias, permisos y dems documentos
contractuales;
r) Coordinar con el contratista las actividades ms importantes del proceso constructivo;
s) Revisar las tcnicas y mtodos constructivos propuestos por el contratista, y en caso necesario, sugerir las modificaciones que estime pertinentes;
t) Exigir al contratista el cumplimiento de las leyes de proteccin ambiental, laborales, de seguridad social y de seguridad industrial;
u) En proyectos de importancia, preparar memorias tcnicas sobre los procedimientos y mtodos empleados en la construccin de las obras, para que sean utilizados como fuentes de informacin en proyectos futuros;
v) Preparar, mensualmente, informes sobre la obra que contenga como mnimo la siguiente informacin:
w) Entregar la informacin producida para las recepciones; y,
x) Efectuar el finiquito o liquidacin econmica de las obras a su cargo.
CONTROL DE CUMPLIMIENTO DE PLAZOS Y RECEPCION DE LAS OBRAS.
Mantener datos estadsticos sobre los das laborables y la utilizacin de equipos, materiales, mano de obra.
Registrar diariamente las condiciones climticas en los diferentes frentes de trabajo.
Suspender la totalidad o una parte de los trabajos en los casos previstos en los contratos de construccin.
Emitir su criterio sobre las solicitudes de ampliacin de plazo propuestas por el Constructor.
Recomendar al CICL a travs del Administrador del Contrato la imposicin de multas al Constructor.
Participar en las recepciones provisional y definitiva como observador, infor-mando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados y la legalidad y exactitud de los pagos realizados.
Control de Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental
Comunicar las deficiencias al contratista y asegurar que las correcciones sean efectuadas.
Asegurar que los equipos y maquinarias de construccin se mantengan en buen estado de funcionamiento.
Ordenar la suspensin de los trabajos en caso de que se descubran piezas de potencial valor arqueolgico. Impedir la recoleccin de piezas arqueolgicos o la alteracin de los sitios.
Convocar y dirigir conjuntamente con el Administrador del Contrato las reuniones peridicas con el Constructor (a).
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La fiscalizacin realizar el reconocimiento del predio, levantamiento fotogrfico, geo referenciacin en coordenadas UTM WGS 84 y recopilar toda la informacin en sitio acerca de ordenanzas municipales y normativas vigentes para el sector, adems
Deber presentar llena la Ficha de validacin de los terrenos proporcionada por
el Colegio de Ingenieros Civiles de Loja.
INFORMES
En razn que el Fiscalizador (a) tiene la responsabilidad y la obligacin de realizar el
seguimiento secuencial de las obras, de manera quincenal y mensual presentara
informes de avance de obra a travs del correo [email protected] y de manera fsica
en la Secretaria del CICL.
INFORMES MENSUALES DE AVANCE DE OBRA:
El Consultor (a) presentar a la Contratante, informes mensuales del progreso y
estado de los trabajos, que contendrn cuando menos la siguiente informacin:
Descripcin general del proyecto a fiscalizarse.
Aspectos contractuales de la obra, como plazo de ejecucin y tiempo transcurrido hasta la fecha del informe;
Caractersticas climticas y pluviomtricas en los frentes de obra.
Descripcin, por frente de obra, de cada una de las actividades programadas y en ejecucin, avance fsico y econmico parcial y acumulado alcanzado en el perodo.
Obra ejecutada durante el perodo y acumulada a la fecha, en cada una de los frentes supervisados.
Control y seguimiento del programa de construccin de los distintos frentes fiscalizados
Resumen de las principales medidas adoptadas para cumplir los plazos establecidos.
Control de calidad de los materiales de construccin, que contendr un resumen de los principales ensayos y controles efectuados a los materiales de construccin de las obras civiles, cumplimiento de las normas tcnicas, resultados obtenidos, anlisis estadstico de los ensayos cuando el nmero de muestras lo amerite. Incluir adems, informacin sobre materiales rechazados, explicando las causas y las soluciones.
Higiene y Seguridad Industrial: Se reportarn las principales medidas adoptadas en materia de seguridad; los accidentes ocurridos en el perodo;
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clculo de los ndices ms representativos de la eficacia del programa de seguridad.
Gestin de la Fiscalizacin durante el perodo: Principales temas tratados y sus soluciones o recomendaciones.
Utilizacin de recursos, de equipos y de mano de obra. Equipos utilizados por frente de trabajo, marca, tipo, capacidad, tiempo de trabajo, cantidad. La mano de obra se discriminar por frente de trabajo, as como por oficio, anotando su cantidad.
Control de Costos: Con base en el programa de inversiones propuesto, se presentar la inversin ejecutada en el mes y la total acumulada. Se discriminar la obra ejecutada en los principales grupos de tems y se comparar con los valores previstos.
Adjuntar como anexo la memoria fotogrfica de cada obra respectivamente.
Anlisis de causales de prorrogas del plazo y reprogramacin del cronograma.
INFORME FINAL DE LAS OBRAS
El Consultor (a) presentar el Informe Final de las obras fiscalizadas en el que se
describir detalladamente el proceso constructivo y se recomendar al Administrador
del Contrato se inicie el proceso de Recepcin Provisional, indicando que las obras
construidas se encuentran terminadas y en funcionamiento.
Adicionalmente el consultor (a) deber emitir al Administrador del Contrato previo la
Recepcin Definitiva de las obras un Informe en el cual se indique que las obras objeto
de esta contratacin se encuentran funcionando y que procede la Recepcin Definitiva
de las mismas.
INFORME MENSUAL DEL CONTRATO DE CONSULTORIA.
Conjuntamente con la Planilla mensual de los trabajos de Fiscalizacin, el Consultor
(a) presentar el informe mensual de las actividades realizadas durante el perodo. El
informe contendr adems el detalle del estado del contrato: tiempo transcurrido
desde la suscripcin, participacin durante el perodo y acumulada del personal
tcnico, y cualquier otra informacin que a criterio del CICL/PROURVI sea relevante.
4.6.3.- PRODUCTOS ESPERADOS DE LA FISCALIZACION:
Durante la ejecucion del presente contrato, la fiscalizacion debe presentar los
siguientes productos:
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- La correcta aplicacin de la metodologa de trabajo en cada uno de las etapas que comprende el cronograma de ejecucin de obra.
- Las memorias de clculo y fotogrficas de ejecucin de rubros bien elaboradas y sus respectivos anexos.
- Libro de obra organizado ( Empastado y numerado acorde con formato CICL, debera ser llenado a mano, contendra las firmas del representante legal del contratista de la obra, administrador del contrato y fiscalizador.
Informes de FISCALIZACION: se debe considerar el modelo presentado en el procedimiento de Fiscalizacin de Obras (se aceptaran mejoras al formato), debe contener como mnimo la informacin solicitada en este instructivo y ser presentado mensualmente o cuando sea requerido. Los informes deben ser enviados en medio fsico y digital al Administrador del contrato, al Colegio de Ingenieros Civiles de Loja (formularios diseados para el efecto).
Planilla mensual del fiscalizador (a): Para la presentacin de la planilla de Consultora se adjuntar lo siguiente :
Formularios de medicin y cuantificacin de volmenes de obra en el periodo de ejecucin, verificados y aprobados en conjunto con el
Contratista (el formulario puede proponer la fiscalizacin y ser
aprobado por el administrador previo a su aplicacin)
Planilla de ejecucin de acuerdo con el contrato de consultora y amortizacin del anticipo.
Informacin relevante del proceso de ejecucin de las obras. Oficio del fiscalizador al administrador del contrato, solicitando
aprobacin de la planilla para efectos de trmite.
A excepcin del oficio, toda la documentacin contendr las firmas del
fiscalizador y del administrador del contrato; el oficio de aprobacin de la
planilla debe anexarse al informe de fiscalizacin.
Informe final de Fiscalizacin: se debe considerar el modelo presentado en el procedimiento de Administracin, Fiscalizacin de Obras (se aceptaran mejoras al formato), debe contener como mnimo la informacin solicitada en el instructivo y ser presentado al final de la obra. El informe debe ser presentado en fsico y digital al administrador del Contrato y a la Coordinacin del Proyecto.
Se deber presentar un informe final estadstico de:
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Clima Das laborados Problemas con el personal Problemas tcnicos Problemas de seguridad Industrial Problemas logsticos Resultados de los ensayos tcnicos de laboratorio
Documentacin: Toda la informacin cursada con el administrador del contrato debe
enviarse en medio fsico y digital (la informacin en digital se la debe enviar en Excel
cuando se trate de documentos que requieran verificacin de cantidades y PDF para
documentos que contengan firmas y sumillas tales como memorandos, oficios entre
otros.)
- Planos As built (tal como queda construida la obra).
- El Administrador del Contrato velar porque la fiscalizacin acte de acuerdo con las especificaciones constantes en los pliegos o en el propio contrato; y, porque se observen las normas de seguridad y salud ocupacional.
- El Administrador del Contrato en representacin del Contratante, supervisar la construccin de la obra dando las directrices a la Fiscalizacin; en cualquier momento y cuando se requiera podra contar con la asesora del equipo tcnico del CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL CICL/PROURVI para emitir directrices al contratista.
INFORMACIN ENTREGADA PARA FISCALIZACIN Y QUE DEBE
PERMANECER EN LA OBRA
Copias del contrato de construccin.
Planos Constructivos
Especificaciones tcnicas, generales y especificas
Anlisis de los precios unitarios.
Programa de ejecucin autorizada, con indicacin de los recursos requeridos
por actividad.
Correspondencia cruzada entre fiscalizacin y contratista.
Estadsticas del resultado de las pruebas de laboratorio.
Cumplir responsabilidades del fiscalizador y su equipo tcnico.
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Memoria tcnica con los respectivos planos de diseo elaborados por la entidad requirente.
Formato del Libro de Obra.
Formato de Planillas de liquidacin.
Formato de Actas de Entrega Recepcin de la obra.
Formatos de: informes de avance de obras, de causales de prrroga de plazos y reprogramaciones.
Especificaciones tcnicas.
Trminos de referencia.
Documentacin relacionada con este proceso de la que dispone el CICL
4.6.5.- PLAZO DE EJECUCIN El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, considera que el tiempo estimado en el objeto de esta consultora debe ejecutarse en un plazo (determinado con relacin a la obra a fiscalizarse) de 120 DIAS calendario y 15 DIAS adicionales que cubren la liquidacin de la obra y entrega-recepcin provisional de la misma, es decir, que el plazo del contrato de Fiscalizacin ser de 135 DIAS calendario (CIENTO TREINTA Y CINCO DIAS CALENDARIO), contados a partir del inicio de la obra a fiscalizarse. En caso de prrroga de plazo de ejecucin de la obra fiscalizada, el consultor est
obligado a continuar con la fiscalizacin hasta la culminacin de la ejecucin de la
obra, para lo cual se suscribir los instrumentos legales correspondientes.
Si la obra a fiscalizarse se suspender o paralizar, tambin el presente contrato, sin
que el consultor pueda exigir pago mensual alguno, puesto que el planillaje de
fiscalizacin est ligado tcnica y legalmente al planillaje de la obra.
4.6.6.- ASPECTOS GENERALES DE LA METODOLOGA DE TRABAJO
Revisar y analizar la documentacin legal y tcnica.
Conocer y verificar las condiciones del rea a intervenir.
Aplicar leyes, reglamentos, normativas, regulaciones y cdigos relacionados con la intervencin.
Seguir y cumplir los parmetros contractuales.
Controlar calidad de obra: mano de obra, materiales, equipos, laboratorio.
Cumplir responsabilidades del fiscalizador y su equipo tcnico, acorde con las Normas de Control Interno, promulgadas por la Contraloria General del Estado.
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4.6.7.- PRESUPUESTO REFERENCIAL
El presupuesto Referencial de la CONSULTORIA PARA FISCALIZACIN DE LA
OBRA: CONSTRUCCIN SISTEMAS DE ALCANTARILLADO SANITARIO,
ALCANTARILLADO PLUVIAL Y AGUA POTABLE, DEL PROGRAMA DE URBANIZACIN Y
VIVIENDA PROURVI III, UBICADO EN LA PARROQUIA SAN SEBASTIAN, CANTN LOJA
DE LA PROVINCIA DE LOJA" es de USD$ 2.844.27 (DOS MIL OCHOCIENTOS
CUARENTA Y CUATRO, 27/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA) mas IVA.
Forma de Pago:
Se otorgar un anticipo del treinta por ciento (50%) del valor total del contrato.
El pago se realizar en proporcin directa con el avance de la obra que se fiscaliza. En
consecuencia, no ser posible establecer en el contrato de fiscalizacin de obra,
formas de pago distintas o por periodos fijos de tiempo.
El monto del contrato de fiscalizacin de obra se dividir para el monto del contrato de
obra, obtenindose una relacin en virtud de la cual se determinar el porcentaje que
ser aplicado sobre el monto de cada planilla de ejecucin de obra: el valor resultante
de esta ltima operacin ser el que corresponda pagar por concepto del servicio de
fiscalizacin de obra.
4.6.8.- MARCO LEGAL
La seleccin, calificacin, negociacin y adjudicacin lo realizar la Presidencia del
Colegio de Ingenieros Civiles de Loja/PROURVI contratante de acuerdo al
procedimiento previsto en el Reglamento a la Ley. Art. 40 LOSNCP
ADMINISTRACIN DEL CONTRATO
La Administracin del presente contrato estar a cargo de ING. RICARDO ESPEJO
LEON. De la Administracin del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja.
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FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO:
Coordinar su trabajo con el fiscalizador del proyecto que se encargara del control
permanente del proyecto.
Establecer un sistema que permita medir el logro de objetivos definidos para el
fiscalizador, de manera que oportunamente se obtenga informacin exacta sobre el
estado de las obras y se comunique los resultados a las autoridades institucionales
competentes.
Establecer una estructura organizacional apropiada para la ejecucin de la obra,
considerando todos los aspectos que intervienen en ella y definiendo las funciones,
responsabilidades y autoridad de los participantes proporcionando el apoyo logstico
que se requiera.
Velar porque se efecten mensualmente las evaluaciones peridicas del proyecto por
parte del fiscalizador responsable del proyecto.
Intervenir en las actas de entrega recepcin provisional, parcial, total y definitiva del
proyecto
4.6.8. MTODO DE EVALUACIN DE LA OFERTA: La autoridad o su delegado: analizar la oferta, en un trmino de hasta 2 das, considerando los parmetros de Calificacin. Aclaraciones.- El Mgs. Ing. Hildo Napolen Ordoez Pineda, Presidente del CICL/PROURVI, dentro del trmino no mayor a 72 horas antes de la fecha prevista para la recepcin de la oferta, por propia iniciativa o a pedido del consultor participante, podr emitir aclaraciones o modificar los pliegos, sin que estas modificaciones alteren el objeto del contrato. Mtodo de evaluacin: El mtodo de evaluacin de las ofertas se efectuar aplicando los parmetros de calificacin previstos en los pliegos. Parmetros de calificacin: La Autoridad o su delegado evaluarn la oferta en base a las siguientes CONSIDERACIONES GENERALES: CASO 1: Si el oferente no ha realizado los Estudios de diseo e ingeniera definitivos de la obra cuya ejecucin se requiere fiscalizar:
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PARMETROS DE VALORACION PUNTAJE
1.- Plan de Trabajo Metodologa 25
2.- Experiencia General del Oferente 20
3.- Experiencia especfica trabajos similares 20
4.- Experiencia del Personal Tcnico Principal 30
5.- Instrumentos y Equipos 05
TOTAL: 100
CASO 2: Si el oferente ha realizado los Estudios de diseo e ingeniera definitivos de la obra cuya ejecucin se requiere fiscalizar:
PARMETROS DE VALORACION PUNTAJE
1.- Plan de Trabajo Metodologa 25
2.- Experiencia General del Oferente 10
3.- Experiencia especfica trabajos similares 20
4.- Experiencia del Personal Tcnico Principal 30
5.- Instrumentos y Equipos 05
TOTAL: 90
Se entender por estudio de diseo e ingeniera definitivo lo estipulado en el Artculo 1
de la Resolucin INCOP No. 056-2012 del 8 de febrero del 2012.
En el caso de que se contrate la fiscalizacin de una obra pblica, se aplicar de
manera obligatoria un margen de preferencia de diez (10) puntos, a favor del oferente
que acredite haber realizado los estudios de diseo e ingeniera definitivos de la obra
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cuya ejecucin se requiere fiscalizar. Para efectos de la aplicacin de este criterio
preferente, se seguirn las siguientes reglas:
PERSONAL TECNICO CLAVE REQUERIDO:
DESIGNACION CANTIDAD PUNTAJE PARTICIPACIN
DIRECTOR DEL PROYECTO
O DIRECTOR DE
FISCALIZACIN (INGENIERO
CIVIL O ARQUITECTO)
1 Tiempo completo
RESIDENTE DE
FISCALIZACIN
INGENIERO CIVIL O
ARQUITECTO
Tiempo Completo
TOTAL 30 Puntos
La Presidencia del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, luego de analizada la
magnitud de la obra a fiscalizar, estima que no se requiere residente de
fiscalizacin, por lo tanto esta funcin la asumira el Director o fiscalizador de
obra.
EQUIPO MINIMO REQUERIDO:
TEM DESCRIPCIN CANTIDAD
1 GPS. 1
2 COMPUTADOR 1
3 INSTRUMENTOS PARA TOMAS DE PRUEBAS DE
PRESION Y LUMINOSIDAD 2
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Federico Gonzlez Surez (Barrio El Panecillo) Telfono: 2575030
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La disponibilidad del equipo se demostrara con la presentacin del titulo de
propiedad o factura de compra o matricula, de los equipos ofertados para el
cumplimiento del objeto consultoria de fiscalizacin de obras.
La evaluacin de la propuesta se realizar en funcin del cumplimiento de los
parmetros establecidos en los Pliegos, conforme lo dispone el numeral 19 del
artculo 6 de la Ley Orgnica del Sistema Nacional de Contratacin Pblica. Si las
ofertas obtuvieren una calificacin menor del 70% del puntaje total no sern
habilitadas.
Envo de Carta de Aceptacin.- El Consultor (a) invitado (a), dentro del trmino
concedido de hasta cinco das remitir a la Entidad Contratante su Oferta Tcnica-
econmica y la respectiva Aceptacin, tanto a los documentos precontractuales, como
al presupuesto determinado por la misma, adjuntando para el efecto la informacin
solicitada en los pliegos.
Adjudicacin.- El Mgs. Ing. Hildo Napolen Ordoez Pineda, Presidente del Colegio
de Ingenieros Civiles de Loja/PROURVI adjudicar el contrato al consultor invitado,
sobre la base de los documentos precontractuales, presupuesto referencial aprobado
y carta de aceptacin remitida por l, dejando constancia de dicha adjudicacin en la
correspondiente resolucin de adjudicacin.
Disposicin para la firma del contrato.- Resuelta la adjudicacin del contrato, el
Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja dispondr que a travs del
Asesor Jurdica del CICL, elabore el correspondiente contrato para la firma de los
comparecientes.
Formalizacin del Contrato.- El Asesor Jurdico del CICL elaborar el contrato
correspondiente en un trmino no mayor a NOVENTA Y SEIS (96) horas desde la
fecha en que se emita la correspondiente disposicin. Se presentar una garanta por
el valor total del anticipo entregado por el CICL con el objeto de asegurar, en forma
satisfactoria, los intereses del CICL LOJA.
Publicacin de resultados.- El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, en el trmino
de 48 horas desde la recepcin de la copia del contrato, publicar en el portal
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www.ingenieroscivilesloja.com.ec los resultados del proceso de consultora,
informando el nombre del oferente adjudicado, el objeto y el monto respectivo.
Responsabilidad del rea requirente.- El rea requirente ser responsable de la
elaboracin de los documentos precontractuales requeridos para el inicio del proceso,
de la pertinencia de la consultora solicitada, del nombre del consultor propuesto
y del
Presupuesto referencial elaborado; para lo cual deber realizar los estudios e
investigaciones de mercado, que le permitan determinar la idoneidad de la
contratacin ser efectuada
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CONTRATACIN DIRECTA DE CONSULTORIA PARA LA FISCALIZACIN DE
OBRA
CD-P-CICL-002-2013 SECCIN V
PROYECTO DE CONTRATO
COMPARECIENTES:
Intervienen en la celebracin del presente contrato de consultora para la fiscalizacin
de Obra, por una parte, el Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, representado por
Presidente CICL/PROURVI , en su calidad de representante legal; y, por otra parte el
consultor el xxxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxxx xxxx; los mismos que para el efecto del
presente contrato se denominarn LA ENTIDAD CONTRATANTE y EL CONSULTOR
(A), respectivamente. Los comparecientes, hbiles para contratar y obligarse,
conforme a los documentos habilitantes legalmente conferidos que se adjuntan
convienen en suscribir el presente contrato de consultora al tenor de las siguientes
clusulas:
PRIMERA: ANTECEDENTES
1.1 .El Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, mediante Resolucin No. Xx de fecha xxxx aprob los pliegos y dems documentos del proceso para la contratacin Directa de un Consultor (a) para la fiscalizacin del proyecto de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx ubicado en la parroquia xxxxxxxxxx cantn xxxxxxxxxxxxx provincia de xxxxxxxxxxx.
1.2.La invitacin para (objeto de la contratacin), publicada en el Portal
www.ingenieroscivilesloja.com.ec, el da de (mes) de (ao), (y sus alcances).
1.3.El acta de negociacin suscrita el (da) de (mes) de (ao), entre la
(CONTRATANTE) y el (CONSULTOR).
1.4.La Contadora del CICL/PROURVI, con Memorando No., de (da) de (mes) de
(ao), certifica la existencia de partida presupuestaria y disponibilidad actual y futura
de los recursos econmicos para el financiamiento de este contrato.
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1.5.La resolucin de adjudicacin realizada por la mxima autoridad (designacin o
cargo) de fecha publicada y notificada en el Portal www.ingenieroscivilesloja.com.ec
el da..
1.6.Con memorando No., (da) de (mes) de (ao), (Mxima Autoridad) dispone la
elaboracin del presente contrato.
SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos:
a) Los que acrediten la calidad del compareciente y su capacidad para celebrar el contrato.
b) Copia certificada del Poder o, nombramiento de representante legal (nombre), en su calidad de de la Consultora.
c) Copia certificada de la Comunicacin Nmero () de(fecha) mediante la cual se notific con la resolucin de Adjudicacin del contrato.
d) El Acta de Negociacin de la oferta tcnico-econmica. e) Certificado de habilitacin del RUP. f) Los Pliegos, preguntas, respuestas, aclaraciones y anexos. g) La oferta negociada
h) Las garantas presentadas por el CONSULTOR (A) y aceptadas por la (entidad contratante).
TERCERA: INTERPRETACIN Y DEFINICIN DE TRMINOS
Los trminos del Contrato de fiscalizacin de obra, deben interpretarse en un sentido
literal y obvio, en el contexto del mismo, y cuyo objeto revele claramente la intencin
del contratante. En todo caso su interpretacin sigue las siguientes normas:
3.1 Cuando los trminos estn definidos y son claros, se atender su tenor literal.
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3.2 Si no estn definidos se estar a lo dispuesto en el contrato de fiscalizacin de obra
en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intencin de
los contratantes.
3.3 En su falta o insuficiencia se aplicarn las normas contenidas en el Ttulo XIII del
Libro IV de la codificacin del Cdigo Civil, De la Interpretacin de los Contratos.
3.4 De existir contradicciones entre el Contrato de fiscalizacin de obra y los
documentos del mismo, prevalecern las normas del Contrato. De existir
contradicciones entre los documentos del Contrato, ser La Entidad Contratante la que
determine la prevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual.
CUARTA: OBJETO DEL CONTRATO
El Consultor (a), se obliga para con el Colegio de Ingenieros Civiles de Loja a prestar
el servicio de Consultora de Fiscalizacin EN LA EJECUCIN DE LA OBRA DE
CONSTRUCCIN DEL PROYECTO DE INFRAESTRUCTURA SANITARIA xxx, DEL
CANTN XXXXXXXX, PROVINCIA DEL XXXXXX. Los trabajos se realizarn bajo la
supervisin y coordinacin del Administrador del Contrato y de acuerdo a los
documentos que se indican en la clusula Segunda, adicionalmente el Administrador
del contrato enviara copia de los informes de la Consultora a la Presidencia del
CICL/PROURVI.
QUINTA: OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
En virtud de la celebracin del contrato de fiscalizacin de obra, El Consultor (a) se
obliga para con La Entidad Contratante a prestar servicios de Consultora y realizar
todo aquello que fuese necesario para la total y correcta ejecucin del objeto del
presente Contrato, de
conformidad con la oferta negociada, los trminos de referencia, las condiciones
generales y especiales y los dems documentos contractuales.
5.1.-Personal y Equipo asignado al proyecto: Para el cumplimiento de los servicios
de Consultora, El Consultor (a) ocupar durante la vigencia del contrato, al personal y
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equipo indicado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades
aprobado.
5.2.- Sustitucin del personal: Dicho personal no podr ser sustituido sin la previa
autorizacin por escrito del Administrador del Contrato.
En caso de cambio de personal, los nombres, calificacin y tiempo de servicio de los
profesionales que El Consultor (a) asigne al proyecto, sern sometidos previamente a
la aprobacin y aceptacin de LA ENTIDAD CONTRATANTE. En todo caso su
calificacin no podr ser menor a la que corresponde al personal a sustituirse.
5.3.- Sustitucin obligatoria del personal: A solicitud de LA ENTIDAD
CONTRATANTE, fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, El
Consultor (a), a su costo, deber cambiar uno o ms de los profesionales asignados al
proyecto, o de sus empleados o trabajadores.
5.4.- Personal adicional: En caso de que la Consultora necesite personal adicional al
indicado en su oferta tcnico-econmica, solicitar a la Presidencia del
CICL/PROURVI su aprobacin. Igualmente para efectuar cualquier cambio en la
estructura del cuadro del personal, la Consultora deber solicitar previamente
autorizacin del Administrador del Contrato.
SEXTA: ALCANCE DE LOS TRABAJOS
En cumplimiento del objeto del presente contrato de fiscalizacin de obra, El
Consultor (a) se compromete a prestar a LA ENTIDAD CONTRATANTE todos los
servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultora. La
Consultora se obliga por tanto a cumplir con todo lo establecido en los pliegos y en el
presente contrato.
SEPTIMA: OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD CONTRATANTE
Son obligaciones de la entidad contratante, aparte de las establecidas en otras
clusulas del contrato y sus anexos, las siguientes:
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a) Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma gil y oportuna.
b) Dar solucin a los problemas que se presenten en la ejecucin del contrato, en forma oportuna.
c) De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que sean del caso.
d) Las dems, propias de cada contrato.
OCTAVA: PLAZO
El plazo para la ejecucin del contrato de fiscalizacin de obra se encuentra
determinado con relacin a la obra que se va a fiscalizar, esto es, en un plazo de
XXXXX Y XXXXXXX calendario y XXXXX DIAS adicionales que cubren la liquidacin
de la obra y entrega-recepcin provisional de la misma, es decir, que el plazo del
contrato de Fiscalizacin ser de XXXXX XXXXX das calendario (XXX), contados a
partir del inicio de la obra a fiscalizarse.
El presente contrato de Consultora para la fiscalizacin de obra, est supeditado al
plazo de la obra, en virtud de que si se suspende el contrato de la obra por cualquier
causa que fuere, se suspende tambin el presente contrato de fiscalizacin.
NOVENA: PRRROGA DE PLAZO
La Entidad Contratante podr extender el plazo de vigencia del presente contrato solo
en los casos que se indican a continuacin, a solicitud de EL CONSULTOR (A) en un
trmino de hasta dos (2) das de suscitado el evento o cuando de los hechos se
evidencie tal necesidad:
a) Por caso fortuito o fuerza mayor aceptado por La Entidad Contratante, en los trminos establecidos en el artculo 30 del Cdigo Civil.
b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de La Entidad Contratante y que no se deban a causas imputables a EL CONSULTOR (A).
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Al aceptar la prrroga, La Entidad Contratante definir su duracin y la incorporacin
de un nuevo cronograma que sustituir al original o precedente, que deber ser
suscrito por las partes, y tendr el mismo valor contractual del sustituido.
DECIMA: VALOR TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El monto total de los servicios de la presente Consultora para la fiscalizacin de Obra es de USD$XXXX (XXX XXXX XXX XX/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) mas IVA, determinado en la Cta. De Ahorro No.. Fijos e invariables que cubren todos los rubros requeridos para dicha fiscalizacin y para el proceso de seguimiento y control de las obras contratadas. En este valor esta incluidos honorarios, alquiler de equipos, oficina, comunicaciones, papelera, y todo valor requerido por el fiscalizador para llevar a cabo la ejecucin de sus obligaciones.
Los valores que correspondan a costos de movilizacin y viticos, por eventuales
movilizaciones, para el cumplimiento del objeto contractual, sern asumidos por el
Consultor (a).
El valor estipulado en el numeral anterior ser pagado por LA ENTIDAD
CONTRATANTE a EL CONSULTOR (A) de la siguiente forma:
El 50 % del valor total estimado del presente Contrato de fiscalizacin de obra, es la suma de xxx en calidad de anticipo, luego de la suscripcin del presente Contrato, una vez que El CONSULTOR (A) haya presentado la correspondiente garanta por anticipo, prevista en la LOSNCP, por igual valor y a satisfaccin del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja. El anticipo ser amortizado durante el tiempo de vigencia del contrato.
La entrega del anticipo deber entregarse dentro de los quince das (15) calendario posteriores a la suscripcin del contrato.
Por consiguiente, en los contratos de fiscalizacin de obra, el pago se realizar en
proporcin directa con el avance de la obra que se fiscaliza. En consecuencia, no ser
posible establecer en el contrato de fiscalizacin de obra, formas de pago distintas o por
periodos fijos de tiempo.
El monto del contrato de fiscalizacin de obra se dividir para el monto del contrato de
obra, obtenindose una relacin en virtud de la cual se determinar el porcentaje, que
para efecto de las planillas ser aplicado sobre el monto de inversin correspondiente al
avance de obra presentado en los respectivos informes mensuales.
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Tanto la Planilla como el informe mensual debern ser entregados al Supervisor del
Contrato los das 28 de cada mes, quien los revisar y aprobar en un plazo mximo de
dos das posteriores a su recepcin, remitindolos posteriormente al Administrador del
Contrato para su trmite correspondiente.
DCIMA PRIMERA: REAJUSTE DE PRECIOS
EL Consultor (a) renuncian expresamente a cualquier tipo de reajuste de precios.
DCIMA SEGUNDA: MULTAS
Por cada da de retardo en la entrega del informe mensual y de la planilla de
liquidacin final del contrato de ejecucin de obras, El CONSULTOR (A), se obliga a
pagar la cantidad del 1 por mil del valor del contrato.
Por cada da de retraso en el cumplimiento de disposiciones del Presidente del Colegio
de Ingenieros Civiles de Loja, o del Administrador del Contrato, El CONSULTOR (A) se
obliga a pagar la cantidad del 1 por mil del valor del contrato.
Por cada da de retraso en el cumplimiento de entrega de informacion requerida por el
Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, El CONSULTOR (A) se obliga a pagar la
cantidad del 1 por mil del valor del contrato.
DCIMA TERCERA: ADMINISTRACIN Y SUPERVISIN DEL CONTRATO
El Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de Loja, designar como
Administrador del Contrato al xxxx, CICL persona con quien El CONSULTOR (A),
deber canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales aqu
convenidas.
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El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones
inherentes a su ejecucin, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptacin o no
de los pedidos de prrroga que puede hacer el Consultor, as como velar por la
vigencia de las garantas previstas en el presente instrumento.
El Administrador ser el encargado de velar por el cumplimiento de las normas legales
y compromisos contractuales por parte de la Consultora, y la administracin de las
garantas, durante todo el periodo de vigencia del contrato.
Respecto de su gestin reportar al Presidente del Colegio de Ingenieros Civiles de
Loja, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, tcnicos, econmicos y de
cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
Tendr bajo su responsabilidad la aprobacin de los informes que emita El
CONSUTOR (A) y suscribir las actas que para tales efectos se elaboren.
DCIMA CUARTA: GARANTAS
14.1 Garanta del Buen Uso del Anticipo: Para garantizar el anticipo que la
contratante le otorga, El CONSULTOR (A) entregar a favor de la contratante, en
forma previa a recibirlo, una garanta de las sealadas en los artculos 73 y 75 de la
LONSCP, por un monto equivalente al total del mencionado anticipo.
14.2 Renovacin de las Garantas: El CONSULTOR (A) se compromete a
mantener vigentes las garantas mencionadas mientras subsistan sus obligaciones
contractuales. Al efecto, sern renovadas a ms tardar cinco (5) das hbiles antes de
su vencimiento, caso contrario, la entidad contratante solicitar al garante que haga
efectivo su valor.
14.4 Devolucin de las Garantas: Una vez que se haya producido la recepcin
unica y definitiva, real o presunta de los trabajos de Consultora, se proceder a la
devolucin de la totalidad de la garanta de fiel cumplimiento del contrato.
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La garanta de buen uso del anticipo se devolver cuando ste haya sido devengado
en su totalidad.
14.5 Ejecucin de la garanta de buen uso del anticipo:
La garanta que asegura el buen uso del anticipo ser ejecutada, en caso de que El
CONSULTOR (A) no pague a la ENTIDAD CONTRATANTE el saldo adeudado,
despus de diez das de notificado con la liquidacin del contrato.
DECIMO QUINTA: CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
Si por causas imprevistas o tcnicas, debidamente justificadas fuere necesario ampliar,
modificar o complementar el alcance de este contrato, el Presidente del
CICL/PRORVI podr celebrar los contratos complementarios que se requieran siempre
que la suma total de los valores de los contratos complementarios no exceda del 70
% del valor del contrato principal.
El CONSULTOR (A) deber rendir garantas adicionales de conformidad con la ley.
DECIMA SEXTA: ACTA DE ENTREGA- RECEPCIN
La entidad contratante podr, dentro del trmino de 10 das contados a partir de la
solicitud de recepcin del contratista, negarse a recibir el Producto de la Consultora
por razones
justificadas, relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones contractuales
asumidas por el contratista. La negativa se notificar por escrito al contratista y se
dejar constancia de que la misma fue practicada.
Vencido el trmino previsto en el prrafo anterior sin que la entidad contratante
objetare la solicitud de recepcin ni formulare observaciones al cumplimiento del
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contrato, operar, sin ms trmite, la recepcin de pleno derecho, para lo cual el
consultor notificar por intermedio de un Juez de lo Civil o un notario pblico.
Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el
consultor entregar a la entidad contratante el informe final provisional; cuya fecha de
entrega servir para el cmputo y control del plazo contractual. La Entidad Contratante
dispondr del trmino de 15 das para la emisin de observaciones, objeciones o
peticin de aclaraciones, y el consultor de 15 das, adicionales para absolver dichas
observaciones y presentar el informe final definitivo. El acta de recepcin definitiva
ser suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan
observaciones pendientes en relacin con los trabajos de consultora y el informe final
definitivo del estudio o proyecto de conformidad con el artculo 123 inciso tercero del
Reglamento General.
DECIMO SEPTIMA: LABORAL
El CONSULTOR (A) asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de
las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Cdigo del Trabajo, la Ley
de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social IESS, la Ley Orgnica del Rgimen Tributario Interno y su Reglamento, y
dems leyes conexas. En consecuencia, LA ENTIDAD CONTRATANTE est exenta
de toda obligacin respecto del personal del CONSULTOR (A). Sin perjuicio de lo cual,
LA ENTIDAD CONTRATANTE ejercer el derecho de repeticin que le asiste en el
caso de ser obligada al pago de cualquier obligacin, ordenado por autoridad
competente.
DECIMO OCTAVA: TERMINACIN DEL CONTRATO
El presente contrato termina por las siguientes causales:
1. Por cumplimiento de las obligaciones contractuales; 2. Por mutuo acuerdo de las partes; 3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la
resolucin del mismo a pedido del Consultor; 4. Por declaracin unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del
Consultor; y, 5. Por muerte del Consultor o por disolucin de la persona jurdica contratista que no
se origine en decisin interna voluntaria de los rganos competentes de tal persona jurdica.
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6. Por terminacin del contrato de Obra.
18.1 Terminacin por mutuo acuerdo.- Cuando por circunstancias imprevistas,
tcnicas o econmicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o
conveniente para los intereses de las partes, ejecutar total o parcialmente el contrato,
las partes podrn, por mutuo acuerdo, convenir en la extincin de todas o algunas de
las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren.
La terminacin por mutuo acuerdo no implicar renuncia a derechos causados o
adquiridos en favor de la Entidad Contratante o del Consultor.
Dicha entidad no podr celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo
Consultor.
18.2 Terminacin unilateral del contrato.- La Entidad Contratante podr declarar
terminado anticipada y unilateralmente el presente contrato a que se refiere esta Ley,
en los siguientes casos:
1. Por incumplimiento del Consultor,