UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Participante: Buitrago Wanda C.I:21.460.104 Sección: SAIA C Potestad Tributaria
Transcript
1. UNIVERSIDAD FERMN TORO VICERECTORADO ACADMICO FACULTAD DE
CIENCIAS JURDICAS Y POLTICAS ESCUELA DE DERECHO Participante:
Buitrago Wanda C.I:21.460.104 Seccin: SAIA C
2. POTESTAD TRIBUTARUA Puede compeler a las personas para que
le entreguen una porcin de sus rentas o patrimonios Mediante ella
el estado puede reglar. Es la facultad que tiene el estado de crear
unilateralmente tributos
5. CLASES DE POTESTAD TRIBUTARIA Originaria Derivada Es cuando
emana de la naturaleza y esencia misma del Estado, y en forma in-
mediata y directa de la Constitucin de la Repblica. Es la facultad
de imposicin que tiene el ente Municipal o Estadal para crear
tributos mediante derivacin, en virtud de una ley y que no emana en
forma directa e inmediata de la Constitucin de la Repblica