+ All Categories
Home > Documents > Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Date post: 07-Feb-2016
Category:
Upload: eduardo-nava
View: 5 times
Download: 0 times
Share this document with a friend
25
DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS DIRECCION NACIONAL DE ATENCIÓN A GRUPOS EN SITUACION DE VULNERABILIDAD PROGRAMA SALUD MENTAL Y DERECHOS HUMANOS (POLÍTICAS PÚBLICAS, ÉTICA, INSTITUCIONES)
Transcript
Page 1: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN

SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS

DIRECCION NACIONAL DE ATENCIÓN A GRUPOS EN SITUACION DE VULNERABILIDAD

PROGRAMA

SALUD MENTAL Y DERECHOS HUMANOS

(POLÍTICAS PÚBLICAS, ÉTICA, INSTITUCIONES)

Page 2: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

LOS DERECHOS HUMANOS SON ATRIBUTOS INHERENTES A LA DIGNIDAD HUMANA CON

PROTECCIÓN JURÍDICA.

¿Qué son los “Grupos Vulnerables” o más precisamente “Grupos en situación de vulnerabilidad”?

Son los grupos de personas o sectores de la población que, por razones inherentes a su identidad o condición y por acción u omisión de los organismos del Estado, o sectores de poder económico, se ven privados del pleno goce y ejercicio de sus derechos fundamentales y de la atención y satisfacción de sus necesidades específicas

Page 3: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

¿Cuáles son los grupos en situación de vulnerabilidad? Por consenso de tratados y acuerdos internacionales:

La situación de las mujeres, los niños, las personas con discapacidad, los migrantes y extranjeros, refugiados políticos, los adultos mayores, los pueblos originarios, las personas con VIH Sida, personas con padecimiento psíquico, las personas L.G.B.T.I., entre otros.

Pueden incorporarse otros grupos humanos cuyos derechos sean vulnerados; así, la pobreza actualmente es el principal factor de vulnerabilidad social.

Page 4: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

¿CÓMO PENSAR UNA POLÍTICA DE ESTADO EN SALUD MENTAL DESDE UNA PERSPECTIVA DE DERECHOS

HUMANOS?

Adecuación Normativa a los Instrumentos Internacionales ratificados por el Estado Argentino

Reformas Institucionales

Políticas Públicas con enfoque de Derechos Humanos

Page 5: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Adecuación Normativa

Reformas Institucionale

s

Políticas Públicas con enfoque de Derechos Humanos

Al respecto la Secretaria participó activamente haciendo aportes e impulsando

la sanción de la Ley Nacional de Salud Mental.

Participación activa en el Plan de Reformulación de la Colonia Montes de Oca

Propuesta de una nueva institucionalidad en función del pleno ejercicio de los derechos humanos, por ej. Accesibilidad a la salud, la privación de la libertad como último recurso, etc..

Revisión de Prácticas institucionalesCoordinación en conjunto con el Ministerio de Salud de Nación, de la Mesa Federal de Salud Mental, Justicia y Derechos Humanos como organismo descentralizado de trabajo intergubernamental con participación de ONGs.

Capacitación en Derechos Humanos a los funcionarios y efectores en Salud Mental.

Page 6: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

ESTRATEGIA DE INTERVENCIÓN

DESDE UNA PERSPECTIVA DE DERECHOS

HUMANOS PARA LA SALUD

MENTAL

Page 7: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

INTERDISCIPLINARIEDAD

INTERSECTORIALIDAD

INTEGRACIÓN EQUIPO-COMUNIDAD

UNIVERSALIDAD

INDIVISIBILIDAD

INTEGRALIDAD

Page 8: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Interdisciplinariedad

Intersectorialidad

Integración equipo-

comunidad

El abordaje en Salud Mental debe realizarse considerando al sujeto en su integralidad. Por lo tanto, deben confluir varias disciplinas en esto, por ejemplo, la social, la psicológica y la médica

Todos los agentes deben estar representados en el armado de estrategias de intervención: el Estado a través de sus efectores, las organizaciones no gubernamentales, familiares y la comunidad en su conjunto.

La Mesa Federal de Salud Mental, Justicia y Derechos Humanos es modo de trabajo intersectorial

Las estrategias de Salud deben implementarse en conjunto con la comunidad y la familia. El concepto salud mental se consolida en concordancia con los procesos sociales

Page 9: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

LA PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS Y

SALUD MENTAL ESTÁ PLASMADA EN LA LEY DE SALUD MENTAL

N°26657

Page 10: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

¿Por qué la Ley Nacional de Salud Mental resulta adecuada a un enfoque de Derechos Humanos?

• Porque cumple con los acuerdos adoptados por el Estado Nacional y recoge los expuesto en normativas internacionales sobre Derechos Humanos

• Porque plantea una intervención interdisciplinaria que contempla una perspectiva integral de la persona y busca establecer mecanismos de control, a fin de garantizar el derecho a la salud mental en equilibrio con los restantes derechos de las personas y especialmente la regulación de las internaciones, reconociéndolas como SUJETO DE DERECHO.

Page 11: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Principios de Derechos Humanos

Universalidad e inalienabilidad: la ley 26.657 tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas que se encuentran en el territorio nacional (artículo 1)

Indivisibilidad e interdependencia: Al reconocer la salud mental como un “proceso determinado por componentes históricos, socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos”.

Page 12: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Igualdad y no discriminación: inciso i, del artículo 7, reconoce el derecho a no ser identificado ni discriminado por un padecimiento mental actual o pasado.

Principio pro homine: se aplica las regulaciones más beneficiosas para la protección de los derechos humanos.

Page 13: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

¿Cuáles son los antecedentes normativos a la Ley Nacional de Salud Mental?

Constitución Nacional:Se dirige a todos los habitantes del país :

igualdad ante la ley (artículo 16), debido proceso (artículo 18) y privacidad (artículo 19).

Art. 75, inciso 23, dispone garantizar el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos…”

Page 14: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Ley de Derechos del Paciente en su relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud N° 26.529. Sancionada: Octubre 21 de 2009. Promulgada de hecho: Noviembre 19 de 2009

Artículo 5 de la ley 26.529 dispone que “consentimiento informado” es “…la declaración de voluntad suficiente efectuada por el paciente, o por sus representantes legales en su caso.

Page 15: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Instrumentos internacionales de Derechos Humanos

el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;

Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial;

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer;

Convención sobre los Derechos del Niño; Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad entre otros.

Page 16: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos referidos a la Salud Mental

Declaración de Caracas, convocada por la Organización Mundial de la Salud/Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), en Caracas, Venezuela, el 14 de noviembre de 1990.

Principios Rectores para el Desarrollo de la Atención en Salud Mental en las Américas (Principios de Brasilia), 15 años después de Caracas, celebrada en Brasilia, del 7 al 9 de noviembre de 2005.

Principios para la Protección de los Enfermos Mentales y para el Mejoramiento de la Atención de la Salud Mental (Principios EM), aprobados por la Asamblea General de Naciones Unidas en 1991.

Page 17: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Otros estándares reconocidos en la Ley:

Atención Primaria de SaludDeclaración de Caracas

(art.2) Promoción de modelos alternativos centrados en la

comunidad y dentro de sus redes sociales;

Respeto los derechos fundamentales de las personas atendidas;

Capacitación recursos humanos en salud mental y psiquiatría en el sentido de desplegar el servicio de salud comunitaria y propiciar la internación psiquiátrica en los hospitales generales.

Page 18: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Tratamiento garante de derechos humanosPrincipios para la Protección de los Enfermos Mentales y el

Mejoramiento de la Atención de la Salud Mental: Tratamiento confidencial (principio 6).

Consentimiento personal, libre e informado (principio 11)

Derecho a la información sobre derechos y formas de ejercerlos, en lenguaje comprensible para el paciente (principio 12).

Criterios racionales y técnica adecuada, lo menos restrictivo y alterador posible y destinado a preservar y estimular la independencia personal (principio 9).

La medicación con fines terapéuticos y nunca como castigo o para conveniencia de terceros y se registre siempre en la historia clínica (principio 10).

Page 19: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Evaluación y diagnóstico integrales

La salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos…”.

equipo interdisciplinario (art. 8)

abordaje debe ser interdisciplinario e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria de la salud (art.9).

Page 20: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Internaciones y derechos humanos

Recurso terapéutico de carácter restrictivo.

Obliga al Estado a desarrollar y supervisar la implementación de otros recursos de atención y contención de las personas con padecimiento mental, tanto en los servicios de salud estatales como los privados.

El artículo 11 obliga a la autoridad de aplicación a promover que las autoridades de salud, en coordinación con las áreas de educación, desarrollo social, trabajo y otras implementen acciones de inclusión social, laboral y de atención en salud mental comunitaria

Establece mecanismos de control: Juez, Órgano de Revisión y Abogado del art. 22

Page 21: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Consentimiento informado

El artículo 5 de la ley 26.529 dispone que “consentimiento informado” es “…la declaración de voluntad suficiente efectuada por el paciente, o por sus representantes legales …”

estado de salud; el procedimiento propuesto y objetivos los beneficios esperados del procedimiento los riesgos, molestias y efectos adversos previsibles; procedimientos alternativos y sus riesgos, beneficios y

perjuicios en relación con el procedimiento propuesto;

Page 22: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

las consecuencias previsibles de la no realización del procedimiento propuesto o de los alternativos especificados”.

El rechazo de procedimientos quirúrgicos, de hidratación, alimentación, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital en caso de padecer una enfermedad irreversible, incurable, o cuando se encuentre en estadio terminal.

h) El derecho a recibir cuidados paliativos integrales en el proceso de atención de su enfermedad o padecimiento.

Así entendido, constituye una institución jurídica relevante a fin de garantizar el derecho a la libertad (en tanto posibilidad de elegir).

Page 23: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Se debe entender por riesgo la posible afectación de la vida o la integridad física propia o de terceros. Se suprime la categoría de peligrosidad

3 condiciones del riesgo:

Inmediatez (próximo a suceder). Certeza (concreto, susceptible de ser fundado). Gravedad de daño (de la vida o la integridad física de la propia persona o de terceros).

Riesgo Cierto e Inminente

5

Page 24: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Artículo 12 Igual reconocimiento como persona ante la ley

1. Los Estados Partes reafirman que las personas con discapacidad tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica.

2. Los Estados Partes reconocerán que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida.

Page 25: Power-salud-mental-Chubut-1.ppt

3. Los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para proporcionar acceso a las personas con discapacidad al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica.

4. Los Estados Partes asegurarán que en todas las medidas relativas al ejercicio de la capacidad jurídica se proporcionen salvaguardias adecuadas y efectivas para impedir los abusos de conformidad con el derecho internacional en materia de derechos humanos. Esas salvaguardias asegurarán que las medidas relativas al ejercicio de la capacidad jurídica respeten los derechos, la voluntad y las preferencias de la persona, que no haya conflicto de intereses ni influencia indebida, que sean proporcionales y adaptadas a las circunstancias de la persona, que se apliquen en el plazo más corto posible y que estén sujetas a exámenes periódicos por parte de una autoridad o un órgano judicial competente, independiente e imparcial. Las salvaguardias serán proporcionales al grado en que dichas medidas afecten a los derechos e intereses de las personas.

5. Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente artículo, los Estados Partes tomarán todas las medidas que sean pertinentes y efectivas para garantizar el derecho de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, a ser propietarias y heredar bienes, controlar sus propios asuntos económicos y tener acceso en igualdad de condiciones a préstamos bancarios, hipotecas y otras modalidades de crédito financiero, y velarán por que las personas con discapacidad no sean privadas de sus bienes de manera arbitraria.


Recommended