PLIEGO DE CLÁUSULAS DE PRESCIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE
EXPLOTACIÓN DE LA PLANTA DE COMPOSTAJE DE BIORRESIDUO EN EPELE (BERGARA)
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA EXPLOTACIÓN DE LA
PLANTA DE COMPOSTAJE DE BIORRESIDUO EN EPELE (BERGARA)
i
CONTIENE:
1. OBJETO ...................................................................................................................................................................... 1
2. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA ...................................................................................................................... 2
3. CONDICIONES DE LA EXPLOTACIÓN ..................................................................................................................... 3
3.1 HORARIO ......................................................................................................................... 3
3.2 GESTIÓN DE LOS RESIDUOS ........................................................................................ 4
3.3 OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL EXPLOTADOR .................................................... 4
3.4 RESPONSABILIDADES DE GHK .................................................................................... 8
4. CONTROL DEL PROCESO DE COMPOSTAJE Y CUMPLIMIENTO DE LEGISLACIÓN .......................................... 9
4.1 LEGISLACION Y CUMPLIMENTACION CONTROLES AMBIENTALES ....................... 20
5. VENTA DEL COMPOST ........................................................................................................................................... 23
6. MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE EQUIPOS E INSTALACIONES ........................................................... 25
6.1 INSTALACIONES, EQUIPOS Y MAQUINARIA .............................................................. 25
6.2 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN ........................................................................ 25
6.3 REPOSICIÓN DE EQUIPOS .......................................................................................... 30
6.4 SUMINISTRO DE FUNGIBLES ...................................................................................... 30
7. MEDIDAS SANITARIAS Y LIMPIEZA GENERAL DE LAS INSTALACIONES .......................................................... 31
8. PERSONAL ............................................................................................................................................................... 32
8.1 PLANTILLA ..................................................................................................................... 32
8.2 FUNCIONES ................................................................................................................... 33
8.3 REQUISITOS GENERALES ........................................................................................... 37
8.4 SALARIOS ...................................................................................................................... 39
8.5 SEGURIDAD Y SALUD .................................................................................................. 39
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ii
9. COSTES A ASUMIR POR EL CONTRATISTA ......................................................................................................... 40
9.1 INVERSIONES ............................................................................................................... 40
9.2 COSTES DE EXPLOTACIÓN ........................................................................................ 40
10. MEJORAS ................................................................................................................................................................. 44
ANEXOS
Anexo I: Anejo 8 del Proyecto Técnico “Descripción del Proceso”
Anexo II: Inventario de la Planta
Anexo III: Manual mantenimiento de los equipos de compostaje.
Anexo IV: Maquinaria
Anexo V: Licencias y Autorizaciones
Anexo VI: Plan de comercialización del compost producido en la Planta
Anexo VII: Costes de explotación
Anexo VIII: Reglamento del Consorcio
Anexo IX; Manual de Calidad
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1. OBJETO
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares lo elabora el Consorcio de
Residuos de Gipuzkoa - Gipuzkoako Hondakinen Kudeaketa S.A.U. (en adelante GHK) y
tiene como objeto establecer las condiciones técnicas que regirán la explotación,
mantenimiento y conservación de Planta de Compostaje de Epele (en adelante Planta) así
como de la maquinaria propiedad de GHK y la venta del compost.
El adjudicatario deberá aportar los recursos humanos, económicos y materiales para cumplir
con los servicios que aseguren un correcto funcionamiento de la instalación, de acuerdo con
las condiciones indicadas en el presente Pliego.
Las condiciones que figuran en este pliego son complementarias de las señaladas en el
Pliego de Cláusulas Administrativas que han de entenderse de obligado cumplimiento.
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2. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Como anexos al presente documento, se adjunta la siguiente documentación que servirá de
base al licitador para elaborar su propuesta.
Anexo I: Anejo 8 del Proyecto Técnico “Descripción del Proceso”
Anexo II: Inventario de la Planta
Anexo III: Manual mantenimiento de los equipos de compostaje
Anexo IV: Maquinaria
Anexo V: Licencias y Autorizaciones
Anexo VI: Plan de comercialización del compost producido en la Planta
Anexo VII: Costes de explotación
Anexo VIII: Reglamento del Consorcio
Anexo IX; Manual de Calidad
Adicionalmente, durante el proceso de licitación, se organizará una visita a la Planta de
Compostaje de Epele. Los licitadores serán debidamente informados de las fechas
propuestas.
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3. CONDICIONES DE LA EXPLOTACIÓN
3.1 HORARIO
El proceso de compostaje funcionará 365 días al año, 24 horas al día.
El explotador fijará los horarios de trabajo de la Planta, considerando dos turnos de trabajo.
El explotador deberá establecer un horario mínimo de apertura de la Planta. Para establecer
los horarios, el explotador deberá tener en cuenta que la entrada de residuo podrá hacerse
las 24 horas al día y podrá ser totalmente automática, a través del sistema implantado de
lectura de tarjetas. Por tanto, el explotador deberá configurar el software del sistema de
control de entradas y establecer la entrega de los albaranes correspondientes.
Se adjunta como referencia la siguiente tabla, donde se observan los horarios de entrada de
biorresiduo ya establecidos para el residuo recibido en baja de la Mancomunidad de
Debagoiena:
Tabla 1. Horario de descarga aproximados de biorresiduo en baja de la Mancomunidad DBG
Noche-madrugada (00:00-6:00)
Mañana (8:00-15:00)
Tarde (15:00-20:00)
LUNES nº camiones 7 3
promedio peso tn 4,5 1-1,5
MARTES nº camiones 9
promedio peso tn 1-1,5
MIERCOLES nº camiones 7
promedio peso tn 3,5-4,5
JUEVES nº camiones 11
promedio peso tn 1-1,5
VIERNES nº camiones 2
promedio peso tn 9
SABADO nº camiones 5 5
promedio peso tn 3,5 2,5
DOMINGO nº camiones 1
promedio peso tn 10
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Adicionalmente el restante biorresiduo lo gestionará y entregará GHK en alta, en horario de
explotación de planta (mañana y tarde)
El explotador deberá tener en cuenta que el sábado en turno de tarde y/o domingo a la
mañana es importante que haya personal para poder procesar las entradas de material.
El contratista definirá el horario de apertura de la planta en función del plan de
Comercialización del Compost. Debe poder recibirse estructurante y poda, así como
expedirse compost durante la mañana y durante la tarde los días intersemanales.
3.2 GESTIÓN DE LOS RESIDUOS
La autorización de entrada de biorresiduo y estructurante que entre en la Planta será
responsabilidad de GHK.
GHK será el responsable del suministro de biorresiduo y estructurante a la Planta. En caso
de que GHK, por razones de disponibilidad, no pudiera realizar el suministro de
estructurante suficiente, informará al explotador con 15 días de antelación, para que él
mismo gestione la recepción del mismo en caso de que no tenga suficiente stock. En
cualquier caso, GHK será quién autorice un nuevo origen de un residuo en un plazo máximo
de dos días. El abono de esta partida se realizará de mutuo acuerdo por las dos partes
(precio contradictorio).
El explotador tendrá en cuenta habilitar en las instalaciones, si fuera necesario, un espacio
para acopiar poda sin triturar proveniente de la Mancomunidad de Debagoiena o de otros
orígenes que le aporte GHK. Así mismo con la frecuencia que sea necesaria ayudará a
acopiar la poda de forma que se pueda optimizar el espacio destinado al mismo.
Alternativamente, podría evitarse el acopio de dicha poda dentro de las instalaciones de la
planta, si la Mancomunidad de Debagoiena y GHK habilitaran para ello un espacio externo
próximo a la planta, en cuyo caso el explotador tendría que acudir periódicamente con algún
medio autorizado de la planta para realizar el apilamiento del acopio.
3.3 OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL EXPLOTADOR
Las obligaciones de carácter genérico del explotador serán las siguientes:
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a) Mantener el funcionamiento normal de la Planta de forma ininterrumpida y
conseguir una calidad del compost clase A según establece el Real Decreto
506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes (en adelante, normativa
productos fertilizantes), garantizando el cumplimiento del Real Decreto
1528/2012 de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a
los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo
humano (en adelante, normativa SANDACH) y Propuesta de Reglamento del
Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones
relativas a la comercialización de los productos fertilizantes con el marcado CE.
b) Comercializar adecuadamente todo el compost obtenido en la Planta,
cumpliendo la normativa sobre productos fertilizantes y normativa SANDACH. En
caso de no cumplir con las condiciones de calidad establecidas, el explotador
será el responsable de gestionar esa partida/lote asumiendo los costes
derivados de la no venta de ese compost.
c) Garantizar la trazabilidad del compost hacía delante y hacía atrás.
d) El explotador elaborará un informe mensual que recoja los volúmenes tratados y
expedidos de Planta. El índice del documento será consensuado con GHK.
e) Adicionalmente el explotador elaborará los informes de trazabilidad exigidos en
cumplimiento de la Normativa Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre
productos fertilizantes y garantizando el cumplimiento del Real Decreto
1528/2012 de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a
los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo
humano. El índice del documento será consensuado con GHK.
f) Informar a GHK y esperar su aprobación, en caso de entrada de estructurante
gestionado por el explotador (según apartado 4.2).
g) Tratar los residuos de acuerdo con la descripción del proceso que se adjunta en
el Anexo I: Anejo 8 del Proyecto Técnico “Descripción del Proceso”.
h) Registrar y analizar los parámetros que definen el proceso para su control y
funcionamiento óptimos, de acuerdo con lo indicado a lo largo del Pliego.
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i) Conservar en perfecto estado de funcionamiento todos los elementos e
instalaciones de la Planta.
j) Mantener adecuadamente todas las instalaciones y los equipos referidos en este
Pliego de acuerdo con un programa de mantenimiento que elaborará el
explotador, y será revisado y aprobado por GHK.
k) Mantener en perfecto estado de limpieza todos los elementos y obras de la
instalación. Conservar debidamente todos los elementos anejos a la planta, bien
sean caminos (específicamente el camino de acceso a la Planta dentro de las
instalaciones), vallado perimetral, etc. garantizando la accesibilidad
permanentemente a la Planta, sean las que sean las condiciones climáticas
procurando que su aspecto sea en todo momento el mejor posible.
l) Adquirir todos los materiales, productos y suministros necesarios para el
mantenimiento, conservación y explotación de la Planta, reparando o reponiendo
todos los elementos deteriorados de las instalaciones.
m) Mantener al día los impuestos que correspondan a la maquinaria adscrita.
n) Recoger adecuadamente las aguas de proceso para su posterior recirculación al
proceso y responsabilizarse de la limpieza y del vaciado periódico de los tres (3)
tanques de lixiviados, sifones, arqueta de bombeo y tanque de recogida de
lixiviado del tratamiento de desodorización.
o) Tratar adecuadamente las aguas de limpieza que se produzcan en las
instalaciones y responsabilizarse de su depuración y gestión, cumpliendo los
límites establecidos de vertido a colector. (para más información consultar
Anexo V)
p) Asumir la reposición de agua en caso necesario para proceso e instalaciones.
q) Asumir la responsabilidad de los daños y perjuicios, y de los accidentes que
puedan producirse durante la explotación de la Planta.
r) Contratar las pólizas de seguros por los daños a las instalaciones, al personal
del explotador y/o visitantes que se encuentren en la Planta. Deberá suscribir
una póliza de responsabilidad civil con cobertura para las personas que de
manera temporal o permanente se encuentren en las instalaciones, así como
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respecto de los riesgos por los daños y perjuicios a terceros derivados del
funcionamiento de la Planta, de su forma de explotación y/o de incendios.
s) Comunicar inmediatamente a GHK cualquier incidencia que afecte a las
instalaciones o al proceso.
t) Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, así como del
pago del I.A.E. (impuesto de actividades económicas) y de las tasas específicas
de explotación.
u) Cumplir con la normativa de aplicación en nombre de GHK:
Real Decreto 1528/2012 de 8 de noviembre, por el que se establecen las
normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados
no destinados al consumo humano.
Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes
Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el
que se establecen disposiciones relativas a la comercialización de los
productos fertilizantes con el marcado CE
Medidas correctoras y requisitos de la Licencia de Actividad
Mediciones requeridas de acuerdo a la Autorización de instalaciones
donde se desarrollan Actividades Potencialmente Contaminadoras de la
Atmósfera (APCA).
A estos efectos, el explotador deberá colaborar con GHK en la tramitación, actualización
y mantenimiento de la documentación requerida para cumplir con la normativa citada.
El explotador deberá además colaborar con GHK en la obtención de la etiqueta
ecológica1 de la Unión Europea, facilitando la documentación técnica requerida para su
solicitud (con esto se permite la venta al segmento de agricultura ecológica).
1 Real Decreto 234/2013, de 5 de abril, por el que se establecen normas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la Unión Europea. Decisión (UE) 2015/2099 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2015, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a sustratos de cultivo, enmiendas del suelo y cubiertas del suelo
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v) Realizar las medidas correctoras de carácter técnico y medioambiental derivadas
de las auditorias y controles medio ambientales derivadas del cumplimiento de la
normativa de aplicación. Realizar las modificaciones tanto en la documentación
como en las instalaciones o equipos en caso de que así lo requieran las
desviaciones, si las hubiere.
w) El explotador no podrá en ningún caso ceder a terceros el contrato ni parte de
los derechos y obligaciones que se deriven de él, ni subcontratar parte alguna
de la explotación, sin el consentimiento previo por escrito de GHK.
El explotador dispondrá los siguientes derechos:
1. Disponer del biorresiduo y estructurante para su tratamiento.
2. Percibir el pago que figure en la oferta del licitador en la forma y condiciones
establecidas en el Pliego.
3. Derecho de comercialización e ingresos por la venta del compost.
3.4 RESPONSABILIDADES DE GHK
I. Entregar el biorresiduo y el estructurante, hasta la disponibilidad al alcance de
GHK con la calidad establecida en el Anexo VIII..
II. Comprobar que se cumplen los condicionantes de las diferentes autorizaciones y
licencias. Ver Anexo V.
III. GHK se compromete a entregar un mínimo de 10.000 tn/biorresiduo año, es
decir, 833 tn biorresiduo/mes.
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4. CONTROL DEL PROCESO DE COMPOSTAJE Y CUMPLIMIENTO DE LEGISLACIÓN
La explotación de la Planta se realizará según lo descrito en el Anejo nº 8 “Descripción del
proceso” adjunto y los requisitos establecidos en la normativa de productos fertilizantes y
normativa SANDACH.
Para el control del proceso de compostaje, el explotador dispondrá de la instrumentación y
de los elementos de análisis propios o ajenos, suficientes para conocer y garantizar los
valores de los parámetros de proceso y así controlar los flujos y variables de proceso y
optimizar la operación de la Planta.
El explotador colaborará con GHK en la actualización y mantenimiento de los planes de
calidad y trazabilidad, en función de los requisitos que se impongan en las autorizaciones y
diferentes controles e inspecciones que realice la autoridad competente. Estos documentos
forman parte de los Planes de Apoyo que son necesarios dentro de la Autorización
SANDACH y Productor de productos fertilizantes.
Se presenta a continuación un resumen de las variables a controlar en cada una de las
fases del proceso.
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Fase del proceso Variable a controlar Otros Documentación referencia
Entrada / Salida de
residuos
Pesaje y control
Cumplimentación del albarán:
a) Matrícula del vehículo
b) CIF de empresa o NIF de la persona que realiza la
descarga
c) Naturaleza del residuo
d) Origen de residuo; municipio, Mancomunidad, etc
e) Fecha de descarga
f) Hora de descarga
g) Peso bruto
h) Tara
i) Peso neto
j) Otros campos que se consideren adecuados
GHK autorizará los residuos de
entrada, con la notificación
correspondiente al Explotador.
El explotador será el responsable
de la entrega de los albaranes
correspondientes.
- Anexo I. Anejo nº 8
“Descripción del proceso”
- Anexo VIII: Reglamento del
Consorcio
Descarga del
material
- Control de la descarga según su naturaleza (biorresiduo,
estructurante triturado y no triturado)
- Inspección visual de posible presencia de impropios o
existencia de residuos no aptos para su tratamiento
- Separación manual de impropios de gran volumen y
vertido en contenedores específicos
- Cumplimentación del Registro de descargas de
biorresiduo y estructurante
En caso de que la partida de
biorresiduo fuera rechazada
(mayor del 5 % en peso de
contenido en impropios),
el explotador proporcionará los
medios para retirar la partida
rechazada y lo transportará
según las indicaciones de los
- Anexo I. Anejo nº 8
“Descripción del proceso”
- Anexo VIII: Reglamento del
Consorcio
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Fase del proceso Variable a controlar Otros Documentación referencia
técnicos de GHK. GHK asumirá
coste de gestión, previo acuerdo
con el explotador, de esta partida
rechazada y posteriormente lo
facturará al Ayuntamiento
correspondiente.
Control de las
materiales
descargados
Análisis material estructurante (humedad, C/N, metales
pesados) de todos los lotes
Caracterización del Biorresiduo / Análisis con la
periodicidad que se indique desde GHK
El explotador tomará las muestras
y será el encargado de llevarlas a
los laboratorios concertados con
GHK. Los costes de estos
ensayos serán de 0 € para el
explotador.
Para el caso del estructurante, no
se podrá utilizar hasta no obtener
los resultados de metales
pesados. Si los resultados no
fueran los correctos, se avisará a
los técnicos de GHK.
- Anexo I. Anejo nº 8
“Descripción del proceso”
Mezcla del material Cazo adecuado para la mezcla y movimiento del material
Proporción biorresiduo / estructurante de alimentación
- Anexo I. Anejo nº 8
“Descripción del proceso”
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Fase del proceso Variable a controlar Otros Documentación referencia
mezcladora
Túneles de
bioxidación
Control de los parámetros de proceso:
- Relación C/N
- Humedad
- Temperatura
- Nivel de aireación, presión, flujo de aire…
- Riego
Controlar las frecuencias de vaciado y llenado de los
túneles.
- Normativa SANDACH2
- Anexo I. Anejo nº 8
“Descripción del proceso”
Zona de maduración
Cazo adecuado para la mezcla y movimiento del material
Control de la frecuencia de volteo
Control de la humedad de las pilas (riego)
Control de la temperatura
Control de la aireación
- Anexo I: Anejo nº 8
“Descripción del proceso”
Cribado del compost Almacenamiento de impropios en el contenedor - Anexo I: Anejo nº 8
2Real Decreto 1528/2012 de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo
humano.
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Fase del proceso Variable a controlar Otros Documentación referencia
correspondiente y gestión de los plásticos
Almacenamiento y gestión del material férrico
Recogida y recirculación del estructurante
“Descripción del proceso”
Almacenamiento de
compost
Control de la trazabilidad de los lotes
Análisis F-Q y bacteriológico de los lotes
Análisis de la madurez
El explotador tomará las muestras
y será el encargado de llevarlas a
los laboratorios concertados con
GHK.
En caso de no cumplir con las
condiciones de calidad
establecidas, el explotador será el
responsable de gestionar esa
partida/lote asumiendo los costes
derivados de la no venta de ese
compost además de las
deducciones aplicables según lo
- Normativa SANDACH3
- Normativa sobre productos
fertilizantes4.
- Normativa asociada a la
etiqueta ecológica.
3Real Decreto 1528/2012 de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano. 4Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes y Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones
relativas a la comercialización de los productos fertilizantes con el marcado CE y se modifican los Reglamentos CE 1069/2009 y CE 1107/2009, Bruselas 17.3.2016
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Fase del proceso Variable a controlar Otros Documentación referencia
establecido en el Pliego
Administrativo.
Expedición de
compost
- Cumplimentación del albarán:
a) Matrícula del vehículo
b) CIF de empresa o NIF de la persona que realiza la
carga
c) Lote de compost
d) Destino del compost
e) Fecha de carga
f) Hora de carga
g) Peso bruto
h) Tara
i) Peso neto
Otros campos que se consideren adecuados
- Trazabilidad del compost
El explotador notificará a GHK la
expedición de compost, indicando
al menos el cliente y la cantidad
expedida.
- Normativa SANDACH5
- Normativa sobre productos
fertilizantes6.
5Real Decreto 1528/2012 de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano. 6 Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones
relativas a la comercialización de los productos fertilizantes con el marcado CE y se modifican los Reglamentos CE 1069/2009 y CE 1107/2009, Bruselas 17.3.2016.
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Fase del proceso Variable a controlar Otros Documentación referencia
Desodorización
Mantenimiento y control de funcionamiento del scrubber y
del biofiltro
Suministro, almacenamiento y control del ácido sulfúrico
Control diario de la temperatura y humedad en el biofiltro
Será responsabilidad del
explotador proveer de las
materias primas necesarias, así
como la sustitución de los
materiales agotados, para el
correcto funcionamiento del
sistema de tratamiento de aire.
- Anexo I: Anejo nº 8
“Descripción del proceso”
- Autorización de la actividad
potencialmente
contaminadora de la
atmósfera
- Cumplimiento legislación
almacenamiento de
producto corrosivo
General Residuos Peligrosos generados por el explotador
Será responsabilidad del
explotador la gestión de los
residuos peligrosos con gestores
autorizados.
Registro de pequeños
productores de residuos
peligrosos. Real Decreto
833/1988, de 20 de julio
General Residuos no peligrosos generados por el explotador
Será responsabilidad del
explotador gestionar los residuos
no peligrosos derivados del
funcionamiento de la Planta, de
acuerdo a su naturaleza.
Anexo I: Anejo nº 8 “Descripción
del proceso”
General Depuración de las aguas y control de vertidos
Mantenimiento de la instalación de depuración
El explotador deberá cumplir con
los límites de vertido
Autorización de vertido a
colector.
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Fase del proceso Variable a controlar Otros Documentación referencia
General Lixiviados y residuos generados en los sifones
Será responsabilidad del
explotador gestionar los lixiviados
excedentarios y los residuos
generados, de acuerdo a su
naturaleza, a través de gestor
autorizado
Anexo I: Anejo nº 8 “Descripción
del proceso”
General Potabilizadora
Será responsabilidad del
explotador mantener en perfecto
estado del funcionamiento y
reposición de consumibles del
equipo de depuración
General Emisiones atmosféricas. Controles y registros según foco
El explotador deberá llevar a
cabo los controles, mediciones y
registros establecidos
Autorización de la actividad
potencialmente contaminadora
de la atmósfera
General Autorización de Establecimientos SANDACH
- Memoria Autorización Establecimientos SANDACH
El explotador deberá colaborar
con GHK en el mantenimiento y la
- Normativa SANDACH7
- Consultar capítulo 4.1.1
7Real Decreto 1528/2012 de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.
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Fase del proceso Variable a controlar Otros Documentación referencia
- 1.- Plan APPCC
Como planes de Apoyo;
- 2.-Plan de Mantenimiento
- 3.- Plan de Formación
- 4.- Plan de Control de Productores, Proveedores y
Contratistas
- 5.- Plan de Limpieza y Desinfección
- 6.- Plan de Control de Plagas
- 7.- Plan de Calibración
- 8.- Plan de Trazabilidad
- 9.- Plan de Calidad
- 10.- Manual de Buenas Practicas
actualización de la Autorización
de Establecimientos SANDACH,
así como en la cumplimentación y
actualización de todos los
registros asociados.
General Inscripción en el Registro de Fertilizantes
El explotador deberá colaborar
con GHK en la actualización y
mantenimiento de la
documentación en el Registro de
Consultar capítulo 4.1.2
Normativa sobre productos
fertilizantes8.
8 Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes.
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Fase del proceso Variable a controlar Otros Documentación referencia
Productor de Productos
Fertilizantes,
así como en la cumplimentación y
actualización de todos los
registros asociados.
General
Paquete de la Economía Circular; Cumplimiento de
Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el
que se establecen disposiciones relativas a la
comercialización de productos fertilizantes con el marcado
CE
El explotador deberá colaborar
con GHK en la actualización y
mantenimiento de la
documentación necesaria para el
cumplimiento del Reglamento
- Normativa sobre productos
fertilizantes9.
General Certificación de la planta por una empresa certificadora
El explotador realizara los
trámites necesarios para poder
obtener la certificación
- Normativa sobre productos
fertilizantes10.
General Ecoetiqueta Ecológica de la Comisión Europea El explotador deberá colaborar
con GHK, para realizar, actualizar Consultar capítulo 4.1.4
9 Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes y Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones
relativas a la comercialización de los productos fertilizantes con el marcado CE y se modifican los Reglamentos CE 1069/2009 y CE 1107/2009, Bruselas 17.3.2016 10
Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes y Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones relativas a la comercialización de los productos fertilizantes con el marcado CE y se modifican los Reglamentos CE 1069/2009 y CE 1107/2009, Bruselas 17.3.2016
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Fase del proceso Variable a controlar Otros Documentación referencia
y mantener toda la
documentación necesaria para la
obtención de la Ecoetiqueta
Ecológica
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4.1 LEGISLACION Y CUMPLIMENTACION CONTROLES AMBIENTALES
4.1.1 Subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo
humano (SANDACH)
Reglamento 142/2011 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del
Reglamento 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen
las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados
no destinados al consumo humano
RD 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los
subproductos animales y productos derivados no destinados al consumo humano.
Decreto 60/2012 de organización y distribución de funciones en materia de subproductos
de origen animal no destinados al consumo humano
Reglamento 294/2013 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del
Reglamento 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen
las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados
no destinados al consumo humano.
4.1.2 Productos fertilizantes
RD 506/2013 sobre productos fertilizantes: criterios especificados en el Anexo V:
productos fertilizantes elaborados con residuos y otros componentes orgánicos
Orden AAA/2564/2015 de 27 de noviembre, por la que se modifican los anexos I, II, III,IV
y VI del RD 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes.
Comisión Europea; Economía circular: Propuesta de Reglamento del Parlamento
Europeo y del Consejo por el que se establecen disposiciones relativas a la
comercialización de los productos fertilizantes con el marcado CE y se modifican los
Reglamentos CE 1069/2009 y CE 1107/2009, Bruselas 17.3.2016
Sustratos de cultivo RD 865/2010 de 2 de julio sobre sustratos de cultivo
Ley 9/2012, de 24 de mayo, de modificación de la Ley de Política Agraria y Alimentaria
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4.1.3 General
Ley 22/2011 de 28 de julio de residuos y suelos contaminados.
Ley 5/2013 de 11 de junio por la que se modifica la Ley 16/2002 de prevención y control
integrados de la contaminación y la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados.
Orden MMA/304/2002 por el que se establecen las operaciones de valorización y
eliminación de residuos y la lista europea de residuos
Decreto 49/2009, de 24 de febrero, por el que se regula la eliminación de residuos
mediante depósito en vertedero y la ejecución de los rellenos.
Reglamento CEE 2092/91 del consejo de 24 de junio de 1991 sobre la producción
agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios
Libro verde sobre la gestión de biorresiduos en la Unión Europea
Directiva 2008/98 sobre los residuos
Reglamento 2003/2003 relativo a los abonos
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 16 de enero de 2001por la que se modifica la Decisión
2000/532/CE en lo que se refiere a la lista de residuos
Third Working Document; End-of-waste criteria on Biodegradable waste subject to
biological treatment
4.1.4 Etiqueta ecológica
Reglamento (CE) Nº 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre
de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la UE, actualmente en vigor y fruto de la
segunda revisión
Real Decreto 234/2013, de 5 de abril, por el que se establecen normas para la aplicación
del Reglamento (CE) n.º 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de
noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la Unión Europea.
Decisión (UE) 2015/2099 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2015, por la que se
establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a
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sustratos de cultivo, enmiendas del suelo y cubiertas del suelo [notificada con el número
C(2015) 7891].
Decisión de la Comisión por la que se crea el Comité de Etiqueta Ecológica de la UE y el
reglamento interno del mismo
Decisión de la Comisión por la que se establece el reglamento interno del Foro de
consulta del sistema revisado de concesión de etiqueta ecológica
Decisión de la Comisión por la que se establece el plan de trabajo relativo a la etiqueta
ecológica comunitaria
4.1.5 Legislación asociada al cumplimiento de la Licencia de Actividad
Contaminación acústica; Real Decreto 1367/2007 por el que se desarrolla la Ley
37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido
Actividad Potencialmente Contaminadora de la Atmosfera (APCA) Decreto 278/2011
Vertido a Colector; Ordenanza Reguladora Consorcio de Aguas de Gipuzkoa,
Reglamento Regulador del Vertido a Colector del Consorcio de Aguas de Gipuzkoa (18
de junio de 2012)
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5. VENTA DEL COMPOST
La comercialización y posterior distribución del compost así como los ingresos obtenidos por
la venta, será a cargo del Adjudicatario.
El compost, para su comercialización, deberá cumplir obligatoriamente con las condiciones
indicadas en la primera columna de la siguiente tabla:
Real Decreto sobre productos fertilizantes
Economía CircularEtiqueta ecologica,
enmiendaEtiqueta ecologica
sutratoReal Decreto Sustrato de
Cultivo
COMPUESTO UdsRD 506/2013
Orden AAA/2564/2015 de 27 de noviembre
Reglamento disposiciones relativas a la comercializacion de productos fertilizantes
con el marcado CE
Decisión 2015/2099 de la comisión UE
Decisión 2015/2099 de la comisión UE
RD 865/2010
PARÁMETROS F-Q CFP3(A)pH -- pH pH pH ´4-7 pHConductividad dS/cm Conductividad 100 mS/m CEMateria seca % Materia seca >40% Mín 25%Humedad % <40 %Materia orgánica TOTAL % 35 % mínimoMateria orgánica % s/MS Min 15% >20%Cenizas % s/MSN KJELDAHL mod % s/MS N TOTAL N TOTALC/N -- < 20 C orgánicoDensidad aparente g/l Densidad aparenteC orgánico C orgánico >7,5% C orgánicoÁcidos húmicos Ácidos húmicosÁcidos fulvicos Ácidos fulvicos
Granulometría%90 de las particulas pasaran
por malla de 25 mmGranulometria
Na mg/l producto fresco < 150 Cl mg/l producto fresco <500HAP (Hidrocarburos aromaticos policiclicos) mg/kg ms <6 <6N orgánico si supera el 1%N amoniacal si supera el 1%N inorganico N inorganicoP2O5 total si supera el 1% P2O5 total P2O5 totalK2O total si supera el 1% K2O total K2O total
Las piedras y gravas eventualmente presentes de diametro superior a 5 mm no
superaran el 2%. Las impurezas (metales, vidirios y plasticos) eventualmente presentes de diametro superior a 2 mm, no
superaran el 1,5%
< 5 g/Kg MS de impurezas macroscopicas de vidrio,
metal o plastico de tamaño superior a 2 mm.
El contenido de vidrio, metal y plastico con una
granulometria supeiror a 2 mm en el producto final no excedera del 0,5% medido
en peso seco
El contenido de vidrio, metal y plastico con una
granulometria supeiror a 2 mm en el producto final no excedera del 0,5% medido
en peso seco
Volumen de aire Volumen de aireVolumen de agua a 1,5 y Kpa Volumen de agua a 1,5 y KpaEspacio poroso Espacio porosoMETALES PESADOSCd mg/kg ms 0,7 3 1 1 Cumplir RD 506/2013Cr (total) mg/kg ms 70 100 100Cu mg/kg ms 70 100 100Ni mg/kg ms 25 50 50 50Pb mg/kg ms 45 120 100 100Zn mg/kg ms 200 300 300Hg mg/kg ms 0,4 1 1 1Cr (VI) mg/kg ms No detectable 2Clasificación (RD 506/2013) A - B - C APARÁMETROS BIOLÓGICOSSalmonella 25 g MB ¿ausente en 25g? ¿ausente en 25g? ¿ausente en 25g? ¿ausente en 25g? ¿ausente en 25g?Escherichia coli NMP/g <1000 <1000 <1000 <1000 <1000
No deberán de afectar de manera adversa a la
germinación o crecimiento de las plantas
No deberán de afectar de manera adversa a la
germinación o crecimiento de las plantas
El contenido de semillas de malas hierbas y materiales de reproduccion vegetativa de hierbas agresivas
ud/litro < 2 unidades/litro < 2 unidades/litro
EstabilidadRottegrade III o como
máximo 25 mmol O2/Kg MO/h Estable/muy estable Estable/muy estable
Listeria monocytogenes 1 g MBAusente en 1 g de materia
bruta
Enterococcaceae NMP/g104-105 NMP por gr de
producto elaborado
Clostridium perfringens NMP/g102-103 NMP por gr de
producto elaboradoMarcados en rojo; debido cumplimientoMarcados en azul; deben de garantizarse
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El único responsable de una correcta gestión del compost será el explotador, al ser el
máximo responsable en la obtención de un producto de calidad. No servirá el alegar
desequilibrio económico-financiero alguno el producir menor o mayor cantidad de compost al
contemplado en proyecto, o la imposibilidad de vender éste, ya que esto último está muy
condicionado a la propia calidad del compost y por tanto de una correcta explotación que
garantice una buena calidad del mismo.
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6. MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE EQUIPOS E INSTALACIONES
6.1 INSTALACIONES, EQUIPOS Y MAQUINARIA
GHK pone a disposición del adjudicatario la Planta de Compostaje recepcionada, con las
instalaciones y equipos móviles señalados en el “Anexo II: Inventario de la Planta” para la
explotación de la Planta.
El explotador tiene la obligación de mantener en perfectas condiciones de funcionamiento
todas las instalaciones, equipos y maquinaria.
6.2 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN
El explotador aportará, en el plazo máximo de tres (3) meses a partir de la firma del contrato
de adjudicación, el “Plan de Mantenimiento” que al menos contendrá los contenidos que se
describen a lo largo de este capítulo. Este documento forma parte de los Planes de Apoyo
que es necesario elaborar dentro de la Autorización SANDACH, en consenso con GHK.
En el “Anexo III: Manual mantenimiento de los equipos de compostaje” se adjunta como
referencia las operaciones de mantenimiento de los equipos según las recomendaciones del
fabricante. El explotador, deberá redactar el Plan de Mantenimiento, teniendo en cuenta este
documento.
6.2.1 Plan de mantenimiento preventivo y correctivo
El plan de mantenimiento preventivo y correctivo será realizado para la totalidad de las
instalaciones y equipos que componen la Planta: urbanización, viales, pavimentos,
alumbrado equipos mecánicos y eléctricos, instrumentos de control, equipos informáticos,
maquinaria etc, realizando sobre la mismas, actividades de limpieza, ajustes, reglajes,
engrases, etc.
Este documento incluirá la descripción de las operaciones de mantenimiento más comunes,
así como la periodicidad y duración de las mismas. Anualmente, se creará un fichero que
recoja todas las operaciones de mantenimiento programadas para ese año y se registrará su
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cumplimiento en los correspondientes registros (registros diarios, semanal, mensual,
trimestral, etc).
Todos los elementos que se detecten en mal estado en las actividades de inspección y
mantenimiento o en el funcionamiento normal de la instalación, serán sustituidos a la mayor
brevedad posible por el explotador.
El explotador estará obligado a disponer en la instalación de todos los aparatos,
herramientas, repuestos y acopios de materiales necesarios para realizar tanto la
explotación de la planta como el mantenimiento y reparaciones rutinarias.
El explotador reparará a su cargo todos los desperfectos y averías que se produzcan en las
instalaciones en el plazo de tiempo más breve posible. Las reparaciones que impliquen la
parada de equipos e instalaciones o riesgo sobre otras instalaciones, serán comunicadas a
GHK. Cualquier avería quedará registrada.
Todos los impresos de inspección serán archivados por el explotador en papel y
digitalmente, en forma cronológica. Las incidencias ocurridas durante la ejecución del
mantenimiento preventivo se registrarán por escrito.
6.2.2 Plan de lubricación
El plan de lubricación se adaptará a los diferentes equipos de la instalación, tipos de
lubricantes y frecuencia de lubricación. Los lubricantes a emplear serán los recomendados
por el fabricante, o en su lugar, otros de característicos y calidad equivalentes.
Todos los impresos de inspección serán archivados por el explotador en papel y
digitalmente, en forma cronológica. Las incidencias ocurridas durante la ejecución del plan
de lubricación se registrarán por escrito.
6.2.3 Mantenimiento técnico-legal
El mantenimiento técnico-legal será realizado sobre aquellas instalaciones o equipos que lo
requieran, según los requisitos de los reglamentos industriales o instrucciones técnicas de
obligada aplicación. Como mínimo serán las siguientes:
Instalaciones eléctricas
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Instalaciones de aparatos a presión
Instalaciones para el almacenamiento de productos químicos
Almacenamiento de gasóleo
Protección contra incendios
Gestión de residuos peligrosos
El explotador estará obligado a que todas las instalaciones de la Planta cumplan con la
legislación vigente y a reparar todas aquellas deficiencias que puedan ser detectadas en las
inspecciones realizadas por los Organismos de Inspección Autorizados (ECA).
El explotador ha de contemplar la obligatoriedad de suscribir a su cargo determinados
contratos de mantenimiento de equipos, cuya conservación sea muy especializada.
Todos las inspecciones, actas y documentos asociados serán archivados por el explotador
en papel y digitalmente, en forma cronológica. El explotador mantendrá al día los libros de
mantenimiento oficiales.
Las incidencias ocurridas durante la ejecución del plan se registrarán por escrito.
6.2.4 Plan de puntos de inspección
Este plan detallará los puntos de control y las inspecciones programadas en cada uno de
ellos.
Todos los impresos de inspección serán archivados por el explotador en papel y
digitalmente, en forma cronológica. Las incidencias ocurridas durante la ejecución del plan
de inspección se registrarán por escrito.
6.2.5 Repuestos y stock
Para garantizar el funcionamiento de los equipos que conforman la planta, el explotador
deberá disponer un stock mínimo de elementos de repuestos conforme a las indicaciones
del fabricante.
El explotador mantendrá un “inventario de stock” mínimo de elementos de repuestos de los
equipos electromecánicos principales (los que puedan repercutir en el funcionamiento
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normal) siguiendo las recomendaciones de los fabricantes. El explotador repondrá, a su
cargo, todos los elementos recogidos en el inventario de stock, que hayan sido consumidos
o deteriorados, a fin de mantener este inventario siempre al día.
Podrá, por su parte, aumentar a su cargo el número y clases de recambios, si lo considera
conveniente para el buen funcionamiento de las instalaciones, incluyéndolos también en el
inventario.
Al comienzo de la explotación y anualmente, el explotador enviará el inventario de repuestos
existentes a GHK. Este documento recogerá al menos y sin carácter excluyente, valores
mínimos y actuales, último proveedor, fecha y valor del último elemento adquirido.
Todos estos documentos así como los archivos correspondientes estarán disponibles para
la consulta de los técnicos de GHK.
6.2.6 Mantenimiento de la maquinaria móvil
GHK tiene suscritos los contratos de mantenimiento de la maquinaria móvil de nueva
adquisición para la Planta de Epele. Las condiciones generales se muestran en la siguiente
tabla:
Tabla 2. Condiciones contratadas de mantenimiento maquinaria móvil de nueva adquisición ( todos los costes
de mantenimiento están detallados en el Anexo IV)
Suministrador
Mantenimiento Correctivo
(mano de obra y materiales)
Período de garantía Servicios Preventivos de
garantía incluidos
Otros
CRIBADORA KA 4018
Compost Systems GmbH
Incluido durante los 2 siguientes
años al suministro
2 años a contar desde la feche de firma del Acta de
Recepción Definitiva (15/12/215)
1000 horas o 24 meses: - Aceite de
transmisores, grasas de rodamiento
- Revisión general, destapes de cubiertas protectoras
- Viajes mecánico autorizado
MEZCLADORA MIBK2400
Compost Systems GmbH
Incluido durante los 2 siguientes
años al
2 años a contar desde la feche de firma del Acta de
1000 horas o 24 meses: - Aceite de
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Suministrador
Mantenimiento Correctivo
(mano de obra y materiales)
Período de garantía Servicios Preventivos de
garantía incluidos
Otros
suministro Recepción Definitiva (15/12/215)
transmisores, grasas de rodamiento
- Revisión general, destapes de cubiertas protectoras
- Viajes mecánico autorizado
PALA WA270-7IND
KOMATSU ESPAÑA S.L.
Incluido durante los 3 siguientes
años al suministro
2 años a contar desde la fecha de firma del Acta de
Recepción Definitiva (17/06/2015)
Mantenimiento preventivo para
9.000h
Póliza seguro vencimiento 19/06/2017
REMOLQUE PORTACONTENEDORES TRIDEM 24 TN
REMOLQUES HF.
Garantía inicial de 12 meses a contar
desde la fecha de firma del Acta de
Recepción Definitiva (12/01/2016) (sustitución o
reparación gratuita por defecto fabricante)
No incluye gastos transporte
-
TRACTOR 824S4 versión PROFI
GARAJE DULANTZI S.L.
Incluido durante los 2 siguientes
años al suministro
(incluido mano de obra,
materiales y desplazamiento
s) Hasta las 1.000 horas sólo se
cobran materiales empleados
2 años a contar desde la fecha de firma del Acta de
Recepción Definitiva (14/08/2015)
Precios fijados para: 1º revisión 50 horas 2ª revisión 500 horas 3ª revisión 1000 horas
Permiso matriculación incluido Póliza seguro vencimiento 14/08/2017 Impuesto vehículos tracción mecánica (2016)
Durante los periodos de garantía y mantenimientos ya contratados, GHK facturará al
explotador estos servicios en las condiciones descritas en el Pliego Administrativo. En el
Anexo IV de Maquinaria se detallan los datos de la maquinaria móvil.
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Además de la maquinaria móvil de nueva adquisición detallada en la tabla adjunta, el
explotador dispondrá de la siguiente maquinaria cedida por GHK y deberá asumir sus costes
de mantenimiento:
PALA CARGADORA CAT-908 del año 2009 con 11.500h de funcionamiento
(en mayo de 2016) y sus implementos: dos cazos, cazo con grapa, barredora
y horquilla portapalets.
6.3 REPOSICIÓN DE EQUIPOS
Todos los materiales cuyo mal estado se ponga de manifiesto durante las operaciones,
inspecciones y comprobaciones descritas, o durante la operación normal de explotación de
la Planta, serán sustituidos a cargo del explotador. Será así mismo con cargo al explotador
la renovación que sea necesaria de los equipos de la instalación, bien por deterioro de los
existentes, bien por necesidad para una mejor explotación.
6.4 SUMINISTRO DE FUNGIBLES
Serán a cargo del explotador todos los suministros de productos fungibles necesarios para
el mantenimiento de la Planta en perfecto estado de funcionamiento. El explotador deberá
disponer en el almacén, un número suficiente de dichos productos fungibles para hacer
frente a cualquier eventualidad que se pueda presentar en la entrega de los mismos por
parte de los respectivos suministradores.
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7. MEDIDAS SANITARIAS Y LIMPIEZA GENERAL DE LAS INSTALACIONES
El explotador deberá mantener las instalaciones bajo unas escrupulosas condiciones de
limpieza. Se consideran objeto de limpieza el conjunto de instalaciones objeto del contrato y
el vial de acceso.
El explotador deberá colaborar con GHK en la actualización y mantenimiento de los planes
de limpieza y desinfección. Este documento forma parte de los Planes de Apoyo que son
necesarios dentro de la Autorización de Establecimientos SANDACH.
GHK repercutirá al explotador cualquier sanción o penalidad que le fuere impuesta por
depósitos o por ensuciar la vía pública ya sea consecuencia de la actividad normal de la
instalación debido al trasiego de vehículos, accediendo o saliendo de la planta.
Asimismo el explotador deberá colaborar con GHK en la actualización y mantenimiento del
plan de control de plagas. Este documento también forma parte de los Planes de Apoyo que
son necesarios dentro de la Autorización de Establecimientos SANDACH.
Las campañas de control de plagas y desinfección las desarrollarán empresas debidamente
cualificadas. El explotador deberá asumir el coste de las campañas ya contratadas por GHK
y abonar a éste la parte proporcional.
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8. PERSONAL
8.1 PLANTILLA
El adjudicatario deberá especificar en su oferta el personal por categoría que se
compromete a tener adscrito al contrato de explotación de la Planta, para atender al
cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del presente Pliego.
Se estima el personal mínimo que se adjunta en la Tabla 3. Existe la opción, de una persona
adicional, en caso de que el licitador incluya en su plantilla un técnico de mantenimiento o si
decide subcontratar este servicio.
En cualquier caso, el explotador garantizará que como mínimo siempre haya trabajado en la
Planta, dos personas por turno.
Tabla 3. Personal para la explotación de la Planta
Puesto Titulación
Años de experien
cia mínima
Otros requisitos Criterios con
valoración positiva
Nº de Personas
Director de Contrato/Jefe de Planta
Titulado superior
3 años
Conocimientos avanzados sobre el proceso de compostaje
Sistemas integrales de prevención de riesgos laborales
Seguridad y Salud en el trabajo Sistemas y programas de
gestión integral de planta Conocimientos de ofimática Conocimientos de inglés Capacidad de trabajo en
equipo y liderazgo
1 persona
en un turno
Técnico de mantenimiento (OPCIONAL)
Estudios de
Formación Profesional (mecánico-eléctrico)
Conocimientos sobre maquinaria empleada en la Planta
Seguridad y salud en el trabajo Lucha contraincendios Conocimiento de ofimática
Carné de palista profesional, Carné conducir C
1 persona en un turno
Operador de Planta - encargado
Personal subrogado 1 persona
en un turno
Maquinista (palistas)
Educación Secundaria Obligatoria
3 años
Carné de palista profesional, Carné conducir C
Conocimientos básico sobre el proceso de compostaje
Estudios de Formación profesional
2, 1 persona por turno
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Puesto Titulación
Años de experien
cia mínima
Otros requisitos Criterios con
valoración positiva
Nº de Personas
Conocimiento en el uso de maquinaria
Seguridad y salud en el trabajo Lucha contraincendios Mantenimiento básico de
maquinaria Riesgos ambientales Carné de conducir B
Peón Educación Secundaria Obligatoria
Conocimientos básico sobre el proceso de compostaje
Conocimiento en el uso de maquinaria
Seguridad y salud en el trabajo Lucha contraincendios Mantenimiento básico de
maquinaria Riesgos ambientales Carné de conducir B Conocimiento de ofimática
Estudios de Formación profesional Carné de palista profesional, Carné conducir C
2, 1 persona por turno
Basculista Educación Secundaria Obligatoria
Seguridad y salud en el trabajo Lucha contraincendios Riesgos ambientales Conocimiento de ofimática
Estudios de Formación profesional Carné de palista profesional, Carné conducir C
1 persona en un turno
Comercial Educación Secundaria Obligatoria
1 año
Experiencia en marketing Carné de conducir B Experiencia en atención al
cliente. Capacidad de trabajo en
equipo.
Conocimientos básicos sobre el proceso de compostaje. Experiencia en venta de productos fertilizantes y/o mejoradores del suelo
1 persona en un turno
Los méritos que, habiendo sido alegados, no sean debidamente justificados mediante
documentación acreditativa, no serán tomados en consideración en la valoración del
personal.
8.2 FUNCIONES
Director de Contrato/Jefe de Planta: deberá ser un titulado superior, con formación
técnica, con al menos 3 años de experiencia, con responsabilidad en una planta de
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gestión de residuos o similar. Será el representante del adjudicatario ante GHK y, como
tal, el máximo responsable del servicio de comercialización, explotación y mantenimiento
de la instalación, para que se cumplan todas las especificaciones del presente Pliego.
La dedicación del Director de Contrato/Jefe de planta será minimo al 75%,. Tendrá la
suficiente capacidad para tomar las decisiones oportunas, relativas al funcionamiento de
la planta y a las propias relaciones contractuales. El explotador deberá disponer de los
recursos humanos y técnicos (contratos de mantenimiento, equipos y repuesto), para
asegurar que las posibles averías no interrumpan la prestación de servicios normal de la
planta. En ningún caso dicho servicio podrá interrumpirse por un periodo superior a 24
horas.
Tendrá las siguientes tareas entre otras:
- Adecuación técnica de proceso biológico en función de las variaciones del
biorresiduo.
- Puesta en marcha y parada de las instalaciones
- Control de los rendimientos de las diferentes líneas de tratamiento de la planta
- Gestión del ritmo de las instalaciones de proceso
- Supervisión del mantenimiento preventivo y correctivo de la planta
- Elaboración de informes técnicos periódicos reportando a GHK sobre el
funcionamiento e incidencias de la planta
- Supervisión de las operaciones de tratamiento de residuos.
- Revisión y supervisión de las tareas de limpieza y conservación de la planta, de
la correcta documentación de estas acciones en los registros correspondientes.
- Facilitar a los responsables del mantenimiento los medios necesarios para la
reparación de averías.
- Gestión de los stock de almacén (piezas de recambio, contenedores,
herramientas, etc)
- Instrucción de nuevos empleados y definición de tareas.
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- Medición de los parámetros del material en las diferentes etapas del proceso de
compostaje.
- Toma de muestras del material y gestión directa con el laboratorio.
- Supervisión de la mezcla del residuo con el estructurante en las proporciones
fijadas.
- Inicio del protocolo de no aceptación del residuo en los casos en los que el
biorresiduo no cumpla con los requisitos exigidos.
- Dirección de la comercialización del compost
Técnico de mantenimiento (opcional), que realizará las tareas de mantenimiento
eléctrico y mecánico de las instalaciones de la Planta. Serán el responsable de la puesta
a punto de todos los vehículos y maquinaria y de la correcta aplicación del
mantenimiento de las instalaciones.
Operador de Planta/Encargado : tendrá las siguientes tareas, entre otras:
- Inspección visual del biorresiduo y del material estucturante tras la descarga
antes de su aceptación.
- Cumplimentación de los registros, fichas de cada una de las acciones realizadas,
así como partes de explotación.
- Conservación y mantenimiento de la planta y zona de lavado de camiones.
- Control de la limpieza de las instalaciones y de los equipos de planta
- Ayuda al mantenimiento de maquinaria e instalaciones. Control, supervisión,
mantenimiento y limpieza de las instalaciones y de la maquinaria de proceso
estática y móvil (mezcladora, cribadora, pala cargadora, tractor, etc.)
Maquinista/peón : tendrán las siguientes tareas:
- Traslado y alimentación de la mezcladora mediante la pala cargadora para
confeccionar la matriz de compostaje.
- Llenado de los túneles de bio-oxidación mediante pala cargadora y puesta en
marcha del ciclo de compostaje según el protocolo establecido.
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- Volteo del material existente en los túneles de bio-oxidación, según el protocolo
establecido, mediante pala cargadora.
- Vaciado de los túneles de bio-oxidación y traslado del material a la zona de
maduración, disposición del material en forma de pila o hilera, según el protocolo
establecido.
- Volteo periódico de las pilas de maduración según el protocolo establecido
mediante una volteadora traccionada por tractor.
- Traslado del material de la zona de maduración a la zona de cribado y afino
mediante pala cargadora
- Traslado del material de la zona de post-cribado a la zona de almacenamiento de
compost
- Movimiento del material estructurante en el interior de la Planta para facilitar la
rutina diaria del proceso
- Movimiento del material estructurante del proceso tras su cribado para su
reutilización.
- Limpieza y mantenimiento de la maquinaria y de los equipos de proceso.
La maquinaria que debe manejar el maquinista en su puesto son: pala cargadora y
accesorios, tractor y accesorios, volteadora y equipo de cribado.
Basculista: tendrán las siguientes tareas, entre otras:
- Control general de entradas y salidas de la Planta.
- Pesaje de los camiones a su entrada y salida en Planta
- Inspección de los vehículos entrantes en la Planta comprobando que figuran en
la relación de residuos permitidos.
- Indicar a los conductores de los camiones de recogida el lugar de descarga de
los residuos
- Emitir los albaranes correspondientes, tanto de las entradas como de las salidas
y archivarlas.
- Control del compost expedido, pesaje de camiones y vehículos
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- Cumplimentación de los registros de entrada y de salida
- Introducción y transmisión de datos al sistema informático de pesaje accesos.
- Conservación y mantenimiento de la zona de lavado de camiones.
Comercial: tendrán las siguientes tareas, entre otras:
A las órdenes del Director del Contrato/Jefe de Planta será responsable de la venta directa e
indirecta del producto terminado y de elaborar el Plan de marketing y comunicación anual,
así como de controlar las ventas y las condiciones del servicio a los clientes, ser el garante
de la Base de Datos comercial que deberá crear, mantener y reportar de acuerdo al
procedimiento de trasvase de información que se fije.
Además, las funciones a asumir estarán relacionadas con los elementos del marketing
definidos:
- Búsqueda y captación de nuevos clientes.
- Elaboración de propuestas comerciales adaptadas a cada cliente en base a las
políticas definidas desde la dirección y la situación del stock.
- Recabar información de mercado, tales como identificación de nuevas
necesidades o referente a la competencia, logística y distribución, etc.
- Coordinar su actuación con el responsable de producción y almacén, para
adaptar las acciones comerciales.
- Ejecución y gestión del plan de comunicación y promoción planificadas por su
parte y, además, según directrices, en su caso, de GHK en coordinación con los
organismos públicos (DFG, EKOGUNEA...).
El explotador pondrá a disposición del comercial de un vehículo para llevar a cabo su
acción comercial.
8.3 REQUISITOS GENERALES
Nacionalidad: Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión
europea o ser nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los Tratados
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Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, le
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder la edad mínima de
jubilación forzosa.
Capacidad funcional: no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o
psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el supuesto de ser
nacional de otro Estado, no estar inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos, el acceso al empleo público.
Los requisitos generales son, en todo caso siempre excluyentes.
El personal será suficiente para cubrir asimismo los periodos vacacionales.
El total de la plantilla tendrá una dedicación del 100%.
La relación de personal contenida en la oferta, será vinculante a efectos del contrato.
En el plazo de un (1) mes a partir del comienzo de los trabajos de explotación de la Planta,
el explotador presentará a GHK una relación nominal del personal de explotación, con
indicación de su categoría, turno y servicio encomendado.
El explotador deberá colaborar con GHK en la actualización y mantenimiento del plan de
formación. Este documento forma parte de los Planes de Apoyo que son necesarios dentro
de la Autorización de Establecimientos SANDACH.
En el plazo máximo de un (1) mes a partir de la firma del contrato de adjudicación, el
explotador organizará un curso de formación al personal de la Planta que contenga nociones
básicas del proceso de compostaje.
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8.4 SALARIOS
Todo el personal contratado por el explotador deberá percibir, como mínimo, los sueldos
fijados en el convenio colectivo que resulte de aplicación seg´´un el objeto de contrato,
Riegos, Recogida Domiciliaria de basuras, Vertederos de Residuos Sólidos Urbanos,
Limpieza de Playas, Tratamiento y Eliminación de Residuos, Recogida Selectiva, Plantas de
Reciclaje, Limpieza y Conservación de Alcantarillado del Territorio Histórico de Gipuzkoa,
así como, estar sujetos a los horarios establecidos en dicho convenio, y la empresa
explotadora estará en todo momento al corriente del pago de las cuotas de la Seguridad
Social y del resto de las cargas sociales establecidas en la normativa vigente.
8.5 SEGURIDAD Y SALUD
Todo el personal de la entidad explotadora deberá trabajar vestido correctamente y deberá
estar equipado adecuadamente según las normas de seguridad y salud en el trabajo y las
especificaciones idóneas que a este efecto establezca GHK. Se le suministrará cada año a
cada trabajador un EPI, registrándose con la firma de cada operario la correspondiente
entrega.
Los servicios técnicos GHK podrán visitar las instalaciones y recabar información sobre la
explotación cuando lo consideren necesario y sin previo aviso.
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9. COSTES A ASUMIR POR EL CONTRATISTA
9.1 INVERSIONES
El personal de GHK ha detectado una serie de actuaciones necesarias. Estas inversiones se
encuentran dentro del contrato y deberán ser asumidas por el explotador en un plazo
máximo de tres (3) meses a partir de la firma del contrato.
Mobiliario para un puesto de trabajo para uso exclusivo del personal de GHK ubicado
en un despacho de la primera planta del edificio de oficinas.
Equipamiento de la sala polivalente, sala de reuniones o aula ambiental situada en la
primera planta del edificio de oficinas. Esta sala estará a disposición de GHK, en
caso necesario. El licitador deberá describir en su oferta su propuesta de
equipamiento teniendo en cuenta que podrá utilizarse para visitas de colegios y
labores formativas.
Ensacadora de compost a instalar en la zona de la estación de transferencia que
cumpla al menos las siguientes características:
o Producción superior a 2.000 Tn/año
o La unidad de ensacado constará como mínimo de las siguientes unidades:
Tolva de carga y cinta transportadora
Llenado de big bags de 1 m3
Ensacadora vertical
Dosificadora para llenado de distintos volúmenes de sacos (mínimo para
sacos de 25 y 50 l)
Salida de ensacadora con girador prensado, paletizador y envolvedora
9.2 COSTES DE EXPLOTACIÓN
Serán a cargo del explotador los siguientes costes de explotación:
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Energía eléctrica. El contrato con la compañía eléctrica está a nombre de GHK, por
lo que GHK facturará mensualmente al explotador este servicio, previa presentación
de la factura correspondiente.
Tasa de vertido aguas fecales. La solicitud de vertido al Colector está a nombre de
GHK, por lo que GHK facturará mensualmente al explotador este servicio, previa
presentación de la factura correspondiente. Telefonía e internet. Redacción de
proyecto, construcción, tramitaciones necesarias y contratación de los servicios de
telefonía e internet con compañía suministradora.
Combustibles
Suministro de productos químicos (ácido sulfúrico y demás químicos para el
funcionamiento de la depuradora y para la instalación de potabilización)
Suministro de agua en caso necesario
Reposición de agua potable para la ducha de emergencia y lava ojos.
Gestión de lixiviados y limpieza de sifones y canalizaciones
Limpieza con la periodicidad adecuada de todos los conductos de aireación y
recogida de lixiviados
Gestión de residuos peligrosos
Gestión de Residuos no peligrosos generados en la Planta. La solicitud de gestión de
residuos no peligrosos está a nombre de GHK, por lo que GHK facturará al
explotador este servicio, previa presentación de la factura correspondiente
Gestión del compost en caso de no obtener la calidad A requerida. La solicitud de
gestión de compost fuera de especificación está a nombre de GHK, por lo que GHK
facturará al explotador este servicio, si se diera el caso, previa presentación de la
factura correspondiente
Personal
Mobiliario de oficina y equipos informáticos
Material de oficina
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EPI’s
Programación del control de accesos y de tarjetas de acceso para los usuarios para
funcionamiento en automático, si así lo decide el adjudicatario
Programa del sistema informático control del pesaje en sincronización con el control
de accesos
Mantenimiento, preventivo y correctivo de la depuradora, de la maquinaria y de los
equipos de los procesos de compostaje (ventiladores, sistema de tratamiento de aire,
bombas, canalizaciones, etc)
Mantenimiento, preventivo y correctivo de la planta así como de su entorno
(urbanización general, limpiezas, jardinería, etc).
Limpieza de la Planta.
Todos los costes derivados de la implantación de la Autorización SANDACH
(mantenimiento y actualización de los Planes de Apoyo), registro de fertilizantes y
productor de fertilizantes, licencias, etiqueta ecológica, Paquete de la Economía
Circular disposiciones relativas a la comercialización de los productos fertilizantes
con el marcado y los trámites de Certificación de la planta por una empresa
Certificadora. En este concepto quedarán incluidos todos los costes de los análisis
necesarios para el control del compost, del proceso y los análisis necesarios para el
cumplimiento con la etiqueta ecológica, a excepción de los análisis que se
direccionan al laboratorio Fraisoro [análisis compost, proceso (estructurante,
orgánico y mezclas de residuo) y vertido] y que supone coste cero para explotador y
los costes derivados de la obtención de la Certificación de Planta por una empresa
Certificadora.
Todas las modificaciones a realizar en las instalaciones derivadas de los controles
ambientales a realizar en cumplimiento de la Licencia de Actividad, y resto de
autorizaciones, legalizaciones industriales y costes asociados a ECAs y mediciones
en su caso. Para más información consultar el Anexo V.
Gastos de seguros y financieros.
Tasas e impuestos
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A todos los efectos se entenderá que en el pago del residuo están incluidos todos los
gastos que el explotador debe realizar, incluidos los gastos generales y beneficio
industrial, para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los
financieros, seguros, transporte y desplazamiento, honorarios del personal, tasas,
impuestos y toda clase de tributos (en especial el Impuesto sobre Valor Añadido), y
cualesquiera otros que pudieran establecerse o modificarse durante la vigencia del
contrato, sin que por tanto puedan ser repercutidos como partidas independientes del
precio final establecido.
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10. MEJORAS
El explotador podrá proponer todo tipo de mejoras, a su cargo, durante la vigencia del
contrato, y GHK decidirá unilateralmente su posible aceptación.
Todas mejoras ofertadas serán asumidas por el licitador por el precio incluido en su oferta,
previa aprobación por GHK. Estas mejoras deberán estar contempladas en el estudio
económico-financiero del licitador. No producirán modificaciones del respectivo pago por
tonelada de biorresiduo o presupuesto.