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7/25/2019 Ppt Reglamento Interno 2015
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REGLAMENTO INTERNOCEIA LOS ROBLES 2015
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CONTENIDO
FUNDAMENTACIN MBITO CURRICULAR
HORAS DE COLABORACIN INASISTENCIAS Y ATRASOS OBLIGACIONES GENERALES SANCIONES FUNCIONES DE CADA UNO DE LOS CARGOS NORMAS DE PREVENCIN DE RIESGOS, NORMAS Y SEGURIDAD. DISPOSICIONES FINALES. ANEXOS
Protocolo !o "# l$ TICS Proc#"%&%#'to "# $l!&'o co' NEE Protocolo "# Co'(%(#'c%$ Ecol$r.
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ORGANIGRAMA
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FUNDAMENTACION
Articulo N 1 El reglamento interno est basado en los
principios y fnes de la educacin en Chile, teniendo presente las
polticas y directrices para el logro de los objetivos. Articulo N2 Segn la E!E, a educacin es el proceso de
aprendi"aje permanente #ue abarca las distintas etapas de la vida
de las personas, y #ue tiene como fnalidad alcan"ar su desarrollo
espiritual, $tico, moral, a%ectivo, intelectual, artstico y %sico,
mediante la transmisin y el cultivo de valores, conocimientos ydestre"as.
Articulo N4El sistema educativo chileno, se construye sobre la
base de los derechos garanti"ados en la constitucin, en especial
el derecho a la educacin y la libertad de ense&an"a.
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FUNDAMENTACION
Articulo N5 Se inspira en principios, #ue si bien, para nuestra
comunidad todos son importantes, se destaca el principio de
universalidad y educacin permanente, #ue signifca #ue laeducacin debe estar al alcance de todas las personas a lo largo
de toda la vida' Equidad del sistema educativo,re%erente a
#ue todos los estudiantes deban recibir educacin de calidad'
Diversidad, #uiere decir #ue se debe promover y respetar la
diversidad de los procesos y proyectos educativos
institucionales, as como la diversidad cultural, religiosa y social.
(or ltimo el principio de Integracin, donde se debe propiciar
la incorporacin de alumnos de diversas condiciones sociales,
$tnicas, religiosas, econmicas y culturales.
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FUNDAMENTACION
Articulo N Es deber de los e#uipos directivos docentes reali"ar
acompa&amiento pedaggico en el aula, para de ese modo,
propender a elevar la calidad de los aprendi"ajes. Articulo N! Es importante destacar, #ue el embara"o y
maternidad no sern impedimento para el ingreso y permanencia
en el establecimiento educacional. )ebiendo otorgar por parte de
$ste, las %acilidades acad$micas y administrativas necesarias.
Articulo N1" En el marco administrativo y para el cumplimiento
de las leyes #ue rigen a los pro%esionales de la educacin y
trabajadores en general, la institucin educativa se regir por las
normas establecidas en el estatuto docente y cdigo del trabajo.
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FUNDAMENTACION
Articulo N11 a educacin de adultos, actualmente
denominada normali"acin de estudios para personas jvenes
y adultos, est reconocida como modalidad, dando respuestaa a#uellos #ue #uieran iniciar o completar estudios a lo largo
de toda la vida.
Art#culo N15 El CE*+ os obles tiene como fn, entregar
las herramientas necesarias para #ue sus alumnos y alumnas
puedan adaptarse social, pro%esional y laboralmente en una
sociedad #ue est en constantes cambios.
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MBITO CURRICULAR
Articulo N1$ a educacin de adultos y especial o di%erencial, est
contemplada como modalidad, siendo considerada como opciones
organi"ativas y curriculares de la educacin regular, dentro de uno oms niveles educativos #ue procuran dar respuesta a
re#uerimientos especfcos de aprendi"aje, personales o
conte-tuales, con el propsito de garanti"ar la igualdad en el
derecho a la educacin.
Articulo N1 a educacin de adultos en el CE*+ os obles, tienecomo propsito garanti"ar el cumplimiento de la obligatoriedadescolar prevista por la constitucin y brindar posibilidades deeducacin a lo largo de toda la vida. Se estructura en los niveles deeducacin bsica y media, y es impartida en un proceso presencial
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MBITO CURRICULAR
Articulo N2%Corresponde al inisterio de Educacin, previa
aprobacin del consejo nacional de educacin, establecer las
bases curriculares especfcas para la modalidad deeducacin de adultos.
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HORAS DE COLABORACIN
Articulo N2! Lo "oc#'t# "#)#r*' +$c#r #r&$'#'c%$ #' #l#t$)l#c%&%#'to "# $c!#r"o $ l$ c$'t%"$" "# +or$ "# ! co'tr$to.
Articulo N"1 L$ +or$ "# col$)or$c%-' ,"#)#r*' #r "%tr%)!%"$$r$ tr$)$o $"&%'%tr$t%(o, #'tr#(%t$ / $t#'c%-' "# $o"#r$"o0co'#o / otr$ 1!# #$ r#1!#r%"$ or D%r#cc%-'.
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INASISTENCIAS # ATRASOS
+rticulo /012 3oda ausencia a sus labores dentro del
establecimiento, deber ser avisada mnimo 2 horas antes del
inicio de su horario. +rticulo /011 Se justifcar su inasistencia presentando a
)ireccin, certifcado m$dico u otro documento #ue lo avale.
+rticulo /0 14 /o se aceptarn atrasos a su jornada laboral, y en
el caso #ue as %uese por motivo de %uer"a mayor, deber avisar
a )ireccin.
+rticulo /015 os atrasos debern ser justifcados en %orma
personal, con la )ireccin del Establecimiento.
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OBLIGACIONES GENERALES
ArticuloN&%' El pro%esional de la educacin deber cumplir
cabalmente las obligaciones pactadas en el contrato, y a#uellas
disposiciones generales del eglamento *nterno del colegio
ArticuloN&% El (ro%esional de la Educacin, deber tener un
comportamiento $tico6moral tanto dentro como %uera del
Establecimiento.
ArticuloN&%! El (ro%esional de la Educacin, deber hacer entrega de
sus planifcaciones de acuerdo a las %echas estipuladas por 73((
Articculo N&4" El (ro%esional de la Educacin, deber hacer entrega
de instrumentos evaluativos con anterioridad a su aplicacin para ser
revisados y de acuerdo a las %echas estipuladas por 73(.
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OBLIGACIONES GENERALES
Articulo N&42 El (ro%esional de la Educacin, deber
mantener al da y actuali"ado el libro de clases, registrando
en %orma adecuada y clara los antecedentes, datospersonales, contenidos, notas, etc.
Articulo N&44 El (ro%esional de la Educacin, deber
proceder con el m-imo de cuidado al momento de registrar
en el libro, ya #ue no se aceptar ningn tipo de borrn,
siendo sancionado con multas si la Superintendencia lo
determina.
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S$%cio%&'
Articulo N&45 +nte el incumplimiento de las obligaciones
#ue le competen al personal )ocente y +dministrativo, se
proceder de la siguiente %orma8
1()*itacin a entrevista(
2()+emorndum interno
%()*arta de dem-rito con copia a la Inspeccin del
.ra/a0o(