Una institución moderna, con
fuerte presencia en la actividad
socio-económica de la Provincia,
promoviendo el desarrollo en
equilibrio con la sustentabilidad
ambiental
VISIÓN
Plan OPDS 2018 – 2019
Valores institucionales Políticas y Ejes estratégicos Factores críticos de éxito
Readecuación de las oficinas: antes
Readecuación de las oficinas: después
Antes Después
Modernización de la flota
Sistema de seguimiento satelital
Modernización de la flota (2)
Modernización del laboratorio
Modernización del sistema de pagos de tasas y multas
Antes Después
Sistema Integrado de Trámites
• Licenciamiento ambiental
• Fiscalización
• Residuos
¿Cómo? Modernización e innovación de procesos
Control y
trazabilidad
de los
trámites
Reducción
de tiempos
Eficiencia en
la asignación
de los
recursos
Integración
de procesos
interna y
externa
Virtualización
de trámites
(100% online)
CRITERIOS
DE MEJORA
Simplificación
Renovación¿PROG. MONITOREO?EXTENSIÓN VIGENCIA RENOVACIÓN
CNCA
FASE 1APTITUD AMBIENTAL DE OBRAS
FASE 2
APTITUD P/ FUNCIONAMIENTO
FASE 3
ALTA
USUARIO
ALTA
INMUEBLE
• CAAO
• REC-AAO
• CAA
• RAEI
H-6mN-12m
F- 6m>> H-6 años 4 años
• SIMULACIÓN
• PREFACTIBILIDAD
• ALTA
• RENOVACIÓN
• RECLASIFICACIÓN
CAH
Permiso
Expl. Sub.
Permiso
Expl. Sup.
Permiso
de Vuelco
LEGA
CHE
AHPO
Autorización
Perforación
AEO
Expl. Sup.
ATPV
Etapa 1
LEGA
• EJECUCIÓN F-3• EJECUCIÓN F-2
Prefactibilidad
Hídrica
TRÁMITESCOMPLEMENTARIOS
• NCA - CATEGORIA
• REC
CLASIFICACIÓN PRESENTACIÓNEVALUACIÓN Y
RECOMENDACIONESADECUACIONES VERIFICACIÓN
RECLASIFICACIÓN
“B”
“A”
¿PROG. MONITOREO? + FASE 1CAA
FASE 3 + FASE 2 + FASE 1CAA
LEGA
Ventanilla Unica
TRÁMITES
INFORMACIÓN
DOMICILIO
ELECTRÓNICO
@
100% DIGITAL
(Usuario – OPDS)
+ ONLINE
Integrados
Coordinados
Capas de Procesos
Estandarizados Norma ISO
Controlados
Automatizados
GDEBA
Modernización y calidad del siglo XXI
OPDS USUARIOS
Y MUNICIPIOS
Valor Agregado
AUTORIDAD DE APLICACIÓN COMPARTIDA (Provincia y Municipios)
Artículo 10º LEY 11.723: Todos los proyectos consistentes en la realización de
obras o actividades que produzcan o sean susceptibles de producir algún efecto
negativo al ambiente de la Provincia de Buenos Aires y/o sus recursos naturales,
deberán obtener una DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL expedida por la
autoridad ambiental provincial o municipal según las categorías que establezca la
reglamentación de acuerdo a la enumeración enunciativa incorporada en el anexo
II de la presente ley.
LEY 11.723. Declaración de Impacto Ambiental.
PROYECTOS DE OBRAS O ACTIVIDADES SOMETIDAS A PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL
POR LA AUTORIDAD AMBIENTAL PROVINCIAL.
1. Generación y transmisión de energía hidroeléctrica, nuclear y térmica.
2. Administración de aguas servidas urbanas y suburbanas.
3. Localización de parques y complejos industriales.
4. Instalación de establecimientos industriales de la tercer categoría.
5. Exploración y explotación de hidrocarburos y minerales.
6. Construcción de gasoductos, oleoductos, acueductos y cualquier otro conductor de energía o sustancias.
7. Conducción y tratamiento de aguas.
8. Construcción de embalses, presas y diques.
9. Construcción de rutas, autopistas, líneas férreas, aeropuertos y puertos.
10. Aprovechamiento forestales de bosques naturales e implantados.
11. Plantas de tratamiento y disposición final de residuos especiales.
LEY 11.723 (ANEXO II Numeral 1)
LEY 11.723 (ANEXO II Numeral 2)
PROYECTOS DE OBRAS O ACTIVIDADES DE INCUMBENCIA MUNICIPAL.
1. Con excepción de las enumeradas precedentemente, cada municipio determinará las actividades y
obras susceptibles de producir alguna alteración al ambiente y/o elementos constitutivos en su
jurisdicción, y que someterá a Evaluación de Impacto Ambiental
2. Sin perjuicio de lo anterior serán sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental Municipal, los
siguientes proyectos:
a. Emplazamiento de nuevos barrios o ampliación de los existentes.
b. emplazamiento de centros turísticos, deportivos, campamentos y balnearios.
c. Cementerios convencionales y cementerios parques.
d. Intervenciones edilicias, apertura de calles y remodelaciones viales.
e. Instalación de establecimientos industriales de la primera y segunda categoría de acuerdo a las
disposiciones de la ley 11.459.
ARTÍCULO 13°: La autoridad ambiental provincial deberá:
Inciso a): Seleccionar y diseñar los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, y fijar los criterios
para su aplicación a proyectos de obras o actividades alcanzados por artículo 10°.
Inciso b): Determinar los parámetros significativos a ser incorporados en los procedimientos de evaluación de
impacto.
Inciso c): Instrumentar procedimientos de evaluación medio ambiental inicial para aquellos proyectos que no
tengan un evidente impacto significativo sobre el medio
Autoridades de aplicación compartida (Provincia y Municipios)
LEY 11.723. Declaración de Impacto Ambiental.
Artículo 6
inc. f) LEY
24093
Especiales
característica
s del medio y
tipo de obra
Uniformidad
de criterio
Línea de base
que agiliza el
trámite de
declaración en
mantenimiento
Exigencias de
mayores
estándares
Ambientales de
las autoridades
Judicialización
de la materia
ambiental
GENERALES
PROPIOS DE LA
REINGENIERIA EN
LOS
PROCEDIMIENTO
DE EVALUACION
AMBIENTAL
Motivos, fundamentos y finalidad de contar con una reglamentación específica
Anexo II DIA para Obras Menores
Anexo III Plan de Gestión Ambiental
Anexo I DIA para proyectos de
obras de dragado
DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL (DIA) SOBRE PROYECTOS DE DRAGADOS
APROBACION DE PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL (PGA) PARA PUERTOS EN JURISIDICCION DE PBA
Tres (3) reglamentaciones
específicas vinculadas.
Resolución OPDS Nº 263/19 (B.0. 24-5-2019)
CAPITULO I. ESTRUCTURA Y CONTENDIDO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
Caracterización del área a dragar, condiciones de renovación de la EsIA dentro de los 4 años
de validez de la DIA para dragados de mantenimiento (artículo 6).
CAPITULO II. DE LOS SITIOS DIAGNÓSTICOS Y LAS MUESTRAS DE
CARACTERIZACIÓN.
Reglas para la toma de muestras. contiene también clasificaciones de tipo de dragados.
CAPITULO III. ANÁLISIS DE LOS RESULTADOS Y CLASIFICACIÓN DEL MATERIAL.
presentación, comparación, normas de referencia y categorización del material
CAPITULO IV. DE LA DISPOSICIÓN DEL MATERIAL.
Gestión y destino según su caracterización (libre, controlada, contenida o confinada)
Condiciones de reutilización, tratamiento previo a la disposición.
Anexo I. Procedimiento para la obtención de DIA de dragados
Por el volúmen y
la caracterización
del material
Artículo 7. Clasificaciones (según la complejidad ambiental)
Dragados de 1er grado
Dragados de 2do grado
Por las actividades dentro del
ejido portuario
(analitos a considerar)
Subclasificación para
los de 2do Grado PUERTOS TIPO 1
PUERTOS TIPO 2
Información específica sobre los programas y obras de dragado
Programa de Gestión Ambiental
Monitoreo de gaseosos, líquidos y sólidos
Información General sobre la
Unidad Portuaria y sus Actividades
Requisitos mínimos para
su aprobación
Anexo II. Plan de Gestión Ambiental
Programas de contingencia, recomposición y remediación
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
DIAGNOSTICOS AMBIENTALES
Cap I item 3- Evaluación de Calidad de Aguas y Sedimentos
EN LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO: sedimentos y de agua
(muestreo realizado de forma reciente, no más de 18 meses desde
la toma de muestras).
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
Evaluación de sedimentos
DRAGADO DE APERTURA:
Espesor de dragado <1m: muestra superficial
Espesor de dragado>1m: muestras profundas
Columna recuperada segregándola en
muestras individuales de 50 cm
analizadas por separado, y muestra
extraída en la superficie
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
Dragados de mantenimiento.
muestras superficiales
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
Cantidad de sitios de diagnóstico
Área de influencia directa
Zona a dragar
Zona tipo M: la que bordea los muelles. 1sitio de diagnóstico
cada 100 metros lineales (área de 50 m de ancho -superficie
máxima de 5.000 m2).
Zona tipo G:
Zona tipo C: Canales. 1/3 G.
Otras zonas: idem G.
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
Composición ponderada de muestras:
Se deben cumplir las condiciones siguientes:
1. similares características físicas y organolépticas.
2. correspondan al mismo tipo de zona (M, G, C u otras zonas)
3. sitios de diagnóstico sometidos a similares condiciones hidrodinámicas.
4. no sea esperable un gradiente significativo de contaminación (en la horizontal o en la vertical).
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
Monitoreo en zona de descarga.
En agua superficial: estudio de calidad de
sedimentos del área de vertido.
En tierra: estudio de suelos de toda la zona
afectada y un muestreo de aguas
subterráneas desde red freatimétrica
construida a tal fin
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
Area de influencia directa:
ÁREA SENSIBLE desde el punto de vista BIÓTICO (Bentos y Plancton, Necton, Aves, reptiles
y mamíferos acuáticos, Áreas naturales protegidas costeras, Áreas Prioritarias para la
Conservación).
ÁREA SENSIBLE desde el punto de vista
ANTRÓPICO (uso recreativo, instalaciones
de producción de energía, zonas de captación
de agua, zonas de interés arqueológico, etc.).
Los estudios ambientales incluirán análisis
quimiométricos y, para ciertas áreas, el OPDS
podrá solicitar estudios de caracterización biológica
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
Monitoreo de aguas
El 25 % del número de sitios de diagnóstico de calidad de sedimentos.
Extraídas a nivel superficial en marea bajante.
Para el caso de vertido en tierra: diagnóstico de calidad de aguas subterráneas
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
Analitos a considerar:
Puerto Tipo 1
Operadores de productos derivados de la siderurgia y
minerales.
Industria del petróleo y/o Industria química.
Energía.
Talleres navales.
Puertos Tipo 2
Operadores de contenedores, de carga
de cereales, oleaginosos y subproductos.
Servicios de remolque, amarre y practicaje.
Industria alimenticia. Areneras. Madereras
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
PUERTOS TIPO 1 TIPO 2
ANALITOS
Agua Superfic
ial Sedimen
tos
Recinto (red
freática– agua
subterránea)
Agua Superfic
ial Sedimen
tos
Recinto (red
freática– agua
subterránea)
PH X X X X X X
HIDROCARBUROS C10-C40 X X X X X X
BTEX X X
PAH (Antraceno, Benzo (a) antraceno, Benzo (ghi) perileno, Benzo (a) pireno, Criseno, Fluoranteno, Indeno (1,2,3-cd) pireno, Pireno y Fenantreno)
X X X X X X
PLOMO X X X X X X
CROMO X X X X X X
CADMIO X X X X X X
ZINC X X X X X X
NIQUEL X X X X X X
MERCURIO X X X X X X
COBRE X X X X X X
ESTAÑO X X X X
ARSENICO X X X X X X
SUSTANCIAS FENOLICAS
X X X X X
SOLIDOS SUSPENDIDOS TOTALES (SST)
X X
CONDUCTIVIDAD/SOLIDOS DISUELTOS TOTALES (SDT)
X X X X
TURBIDEZ X X
OXIGENO DISUELTO X X
MATERIA ORGÁNICA (DBO5- DQO)
X X X X
COMPUESTOS NITROGENADOS (NTK, Nitratos y Nitritos)
X X
CIANUROS X
SULFUROS X
FOSFORO TOTAL X X
GRASAS Y ACEITES X
Análisis realizados sobre la muestra
total normalizados a la fracción fina
(diámetro de partícula menor a 63 µm)
Clasificación del material a ser dragado.
Normativa ambiental de referencia:
AGUA SUPERFICIAL:
Estándares de calidad de agua establecidos por cuenca, y para
aquellos analitos no considerados en ellos, normas provinciales,
nacionales e internacionales reconocidas.
En las “áreas sensibles”, las concentraciones de los analitos, turbidez
y sólidos suspendidos totales, no podrán superar el 20% de la
concentración media determinada para ellos en la etapa predragado o
de los valores típicos que surjan de los antecedentes disponibles,
incluyendo la variabilidad estacional y las fluctuaciones naturales
causadas por eventos hidroclimáticos naturales o acciones antrópicas
no relacionadas con el dragado; y, para el “sector de obra”, no podrán
superar el 50%. Se deberá establecer previamente a las actividades,
los valores “alerta” y “crítico” para ambos parámetros
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
Procedimiento para la obtención de la DIA en puertos Bonaerenses.
CLASIFICACIÓN DEL MATERIAL A SER DRAGADO
AGUA SUPERFICIAL:
Cuando se promueva la disposición confinada del material
dragado, se deberán tener en cuenta las mismas
consideraciones en el área de influencia de los vuelcos de
recintos; se deberá establecer la concentración de sólidos
suspendidos totales en el vuelco para controlar los valores
“alerta” y “crítico” en el agua superficial.
SEDIMENTOS:
•Compuestos orgánicos : “Nota de Evaluación de Aguas” –
Holanda - (1994)
•Metales y arsénico: “Recomendaciones para la gestión del
material dragado en los puertos españoles” (RGMD, 1994)
NO (Criterio 2)
MUESTREO DE
SEDIMENTOS EN ZONA
DE OBRA
CARACTERIZACIÓN
QUÍMICA
REDUCIDA
CARACTERIZACIÓN
QUÍMICA
COMPLETA
Todos los parámetros estánpor debajo del Nivel deAcción I y/o por debajo delvalor límite
Parámetros por encima del Nivel deAcción I e inferior al Nivel de AcciónII y/o intervalo por encima del valorlímite pero por debajo del valor dereferencia
Parámetros superiores aocho veces el Nivel deAcción II y/o por encimadel valor de Intervención
Hay parámetros que no satisfacen el valorde referencia pero se mantienen inferioresal valor de Intervención y/o laconcentración normalizada de metales y/oarsénico se encuentra entre el nivel deAcción II y ocho veces el Nivel de Acción II
CARACTEGORIA A CARACTEGORIA B CARACTEGORIA C CARACTEGORIA D
Disposición libre Disposición controlada Disposición
contenida
Disposición
confinada
Monitoreo ambiental
– área de influencia directa
e indirecta -
Medidas de mitigación específicas -
Monitoreo ambiental diferenciado -
CARACTERIZACIÓN FÍSICA
GranulometríaGRUESOS >90%
<15.000 m3
INFORME AMBIENTAL:
granulometría / estudio
quimiométrico reciente
SI (criterio 1)
SI (Puerto Tipo 1) NO (Puerto Tipo 2)
ENSAYO ECOTOXICIDAD (más de 3 analitos en C y ninguno en D)
PUERTO CON
ACTIVIDADES DE ALTO
IMPACTO AMBIENTAL
¡MUCHAS GRACIAS!