Actualización de criterios técnicos para la implementación y evaluación de los sistemas de reducción de riesgos de
contaminación.
Octubre, 2019
ANTECEDENTES
Actualización de lineamientos generales para la certificación de los sistemas de reducción de riegos de contaminación durante la producción primaria de vegetales
Objetivo:
Actualizar manuales técnicos que sirven como referencia para la implementación y certificación de los SRRC a través de las buenas prácticas agrícolas, pecuarias, acuícolas y pesqueras.
Circulares dirigidas a:
Profesionales Autorizados y Terceros especialistas
Sector productivo
Centros de enseñanza e investigación
Organismos Auxiliares
Junio de 2019 para recibir comentarios
Medios de comunicación
Página web del SENASICA
Correo electrónico
RESULTADOS
COMENTARIOS RECIBIDOS SOBRE LOS LINEAMIENTOS GENERALES Y SUS ÁNEXOS
TÉCNICOS
CANTIDAD DE COMENTARIOS POR SECTOR (14)
2
0 0
8
1 1
2
0
1
2
3
4
5
6
7
8
9
Productor/exportador Académico /Investigación
Asesor de esquemasde inocuidad
Organismo Auxiliar Tercero Especialista Organismo decertificación
ProfesionalAutorizado
Num
ero
de
pa
rtic
ipa
nte
s
Sector
ENTIDADES QUE EMITIERON COMENTARIOS
AGUASCALIENTES ( Profesional Autorizado)
ESTADO DE MÉXICO ( Organismo Auxiliar)
MICHOACÁN ( Tercero Especialista)
SINALOA ( Productor, Profesional, Organismo Auxiliar)
CDMX ( Profesional de O.A.)
PUEBLA ( Profesional de O.A.)
COMENTARIOS RECIBIDOS SOBRE LOS LINEAMIENTOS GENERALES Y SUS ÁNEXOS
TÉCNICOS
ANEXOS TÉCNICOS (71)
64
7
0
10
20
30
40
50
60
70
Anexo técnico 1 Anexo técnico 2
Num
ero
de c
om
enta
rios
Anexo
Cantidad de comentarios por anexo técnico
COMENTARIOS RECIBIDOS SOBRE LOS LINEAMIENTOS GENERALES Y SUS ÁNEXOS
TÉCNICOS
Cantidad de comentarios por tipo (63)
23
31 32
0
5
10
15
20
25
30
35
Ge: General Ed: editorial Te: Técnico
Núm
ero
de c
om
enta
rios
Tipos
Áreas de oportunidad
Se requiere mayor información para los módulos de:
Calidad del agua utilizada dentro de las actividades de la producción primaria
Validación de procedimientos para determinar cuales son de impacto en la inocuidad de los productos.
Contaminantes microbiológicos
Indicadores ( cyclospora)
IMPACTO DURANTE LA IMPLEMENTACIÓN
Deficiencia en la identificación de
peligros Deficiencia en el desarrollo de planes técnicos
Validación de procedimientos
con presencia de contaminantes sin la implementación
de acciones correctivas
Identificación e implementación
acciones preventivas
1 2 3 4
MODIFICACIONES REALIZADAS AL ANEXO TECNICO 1
Modulo 2. Infraestructura
Numeral(es): 2.45
Los análisis de peligros y planes técnicos que se debe implementar para el
cumplimiento del presente documento son para los módulos de ejecución 2, 3,
4, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15. Para los módulos restantes estará en función del
diagnóstico realizado a las unidades de producción, establecimientos de manejo
post-cosecha, áreas y cuadrillas de cosecha.
Se adiciono
MODIFICACIONES REALIZADAS AL ANEXO TECNICO 1
Modulo 6. Auditoria Interna.
Numeral(es): 6.2.3, 6.2.4 y 6.2.5.
La auditoría interna inicial debe de cumplir con los requisitos siguientes:
3. Realizarse cuando las unidades de producción, establecimientos de manejo
post-cosecha y cuadrillas de cosecha se encuentren en actividades de
producción y cosecha.
4. Abstenerse a realizar simulaciones de actividades.
5. Realizarse a través de un PSRRC con autorización vigente otorgada por el
SENASICA, distinto al que realiza la asistencia técnica.
MODIFICACIONES REALIZADAS AL ANEXO TECNICO 1
Modulo 6. Auditoria Interna.
Numeral(es): 6.4 y 6.5
Las personas físicas o morales que ostenten un certificado o reconocimiento
emitido por el SENASICA, debe presentar una auditoría interna de
mantenimiento con la finalidad de constatar el cumplimiento de los SRRC bajo
los cuales fue otorgado dicho documento.
Se adiciono
MODIFICACIONES REALIZADAS AL ANEXO TECNICO 1
Modulo 6. Auditoria Interna de mantenimiento.
Numeral(es): 6.5
La auditoría interna de mantenimiento debe de:
1. Realizarse por un PSRRC autorizado con clave vigente, distinto al que
realiza la asistencia técnica, o por un TEA con clave vigente distinto al
que realizo la evaluación de la conformidad.
2.- Realizarse cuando las unidades de producción, establecimientos de
manejo post-cosecha y cuadrillas de cosecha se encuentren en actividades
de producción y cosecha.
3.- Abstenerse a realizar simulaciones de actividades.
Se adiciono
MODIFICACIONES REALIZADAS AL ANEXO TECNICO 1
Modulo 6. Auditoria Interna de mantenimiento.
Numeral(es): 6.5
La auditoría interna de mantenimiento debe de:
4.- Presentar una auditoría interna de mantenimiento a los doce meses de haber
obtenido el certificado
5.- Cuando las condiciones no permitan que se realicé en el tiempo especificado,
deberá notificarlo al SENASICA a través de escrito libre justificando técnicamente por
qué no se realizó, la cual será puesta a consideración del área competente para su
aprobación y una vez aprobada podrá realizarla hasta 6 meses previos a término de la
vigencia del certificado
Se adiciono
MODIFICACIONES REALIZADAS AL ANEXO TECNICO 1
Modulo 7. Validación de Procedimientos.
Numeral(es): 7.2.4
a) Superficies de contacto no vivas (mesas de selección de vegetales, cajas
de campo, contenedores de cosecha, herramientas de cosecha y otras que
se consideren dentro del análisis de peligro),
d) En los vegetales, se debe demostrar la ausencia de moléculas no
autorizadas, así como con los límites máximos de residuos en nuestro país y
si el producto es de exportación debe cumplir con la normatividad del
mercado de destino.
Se debe demostrar la ausencia de organismos patógenos asociados al
cultivo producido o empacado, entre los que destacan: Salmonella spp,
Escherichia coli, Listeria spp, Ciclospora cayetanensis, organismos
generadores de micotoxinas y cuando un producto se encuentre
involucrado en una alerta sanitaria se deberá validar la ausencia del
organismo patógeno causante,
MODIFICACIONES REALIZADAS AL ANEXO TECNICO 1
Modulo 7 y 10. Validación de Procedimientos y Uso y
Manejo de Agua.
Numeral(es): 7.2.4 (c), 10.3.2 (a), 10.8, 10.9 y 11.3.4.
Agua para aspersiones, uso y consumo humano y aguas para riego a las
que se les haya aplicado un tratamiento preventivo descrito en el
procedimiento correspondiente. Los resultados deberán demostrar la
ausencia de los indicadores de contaminación microbiológicos y químicos
previstos en los numerales 4.1.1 y 4.3.1 de la modificación de la NOM-
127-SSA1-1994 o la disposición legal que la supla.
GRACIAS