DIRECTIVA (UE) 2015/413 DEL PARLAMENTO
EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 11 de marzo de 2015, por la que se facilita el
intercambio transfronterizo de información sobre
infracciones de tráfico en materia de seguridad vial
Adrià Puigpelat Marín
Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona
MOTIVOS PARA LA DIRECTIVA
ANTECEDENTES
Aprobación Directiva 2011/82/UE, de 25 de octubre de
2011. Intercambio transfronterizo de información en materia de infracciones de tráfico. Entrada en vigor: 7 de noviembre 2013
Trasposición de la Directiva en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 6/2014, de 7 de abril.
Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 6 de mayo
que anula la Directiva 2011/82/UE por errónea base legal. Debe ser la política de transportes en lugar de la cooperación judicial y penal. El Tribunal mantiene los efectos de la Directiva hasta la aprobación de una nueva en el plazo máximo de 1 año, es decir, hasta el 6 de mayo 2015.
ANTECEDENTES Nueva Directiva (UE)2015/413, de 11 de marzo (DOUE 13 de
marzo de 2015)
Trasposición de la nueva Directiva en la Ley de reforma del
Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a
las personas en accidentes de circulación (BOE 23/09/2015).
Entrada en vigor 1 enero 2016.
Comunicación a la Comisión Europea de la trasposición o de los
actos que se están llevando a cabo para la trasposición por los
Estados miembros.
El nuevo texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por Real Decreto
Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (BOE 31/10/2015), dedica un
nuevo Capítulo V en el título V. Régimen sancionador, al
Intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de
tráfico
OBJETIVOS
Mejora de la seguridad vial con medidas tendentes
a fomentar comportamientos más prudentes por
parte de todos los conductores y
Sensibilizar a los ciudadanos de la Unión en la
importancia del cumplimiento de las normas como
factor clave para conseguir una reducción
considerable del número de fallecidos y heridos.
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Sistema de intercambio transfronterizo de información sobre
infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, cuando dichas
infracciones se cometan con un vehículo matriculado en un Estado
miembro distinto de aquél en el que se cometa la infracción.
Será de aplicación para las siguientes infracciones de tráfico:
1.- Exceso de velocidad.
2.- No utilización del cinturón de seguridad.
3.- No detención ante un semáforo en rojo.
4.- Conducción en estado de embriaguez.
5.- Conducción con presencia/bajo los efectos de las drogas.
6.- No utilización de casco de protección.
7.- Circulación por un carril prohibido.
8.- Utilización ilegal de un teléfono móvil o de cualquier otro
dispositivo de comunicación durante la conducción.
PUNTO DE CONTACTO NACIONAL. Determinado por cada Estado
miembro para el intercambio de información. En España: Dirección
General de Tráfico.
PROCEDIMIENTO.
EUCARIS. Sistema europeo de información de vehículos y
conductores. Conecta Registros de Vehículos de los países
europeos. Proporciona datos relativos a los vehículos y datos
relativos a los propietarios o titulares de vehículos
Lengua a utilizar en todas las comunicaciones: la lengua del país
de matriculación
Derecho del país donde se comete la infracción
SEGUIMIENTO DIRECTIVA. INFORMES
Nº consultas/seguimiento expedientes sancionadores.
Recomanacions / comentaris Conèixer bé les normes del país per on es circula
Complir les normes
Poder acreditar qui conduïa el vehicle:
contracte d’arrendament o equivalent i còpia permís de conduir
S’aplica el dret del país on es comet la infracció.
Son les autoritats del país les que estableixen els requisits
França, els més actius per ara.
Àustria, Bulgària, Polònia, Alemanya i Hongria ja consulten
amb regularitat
Regne Unit , Irlanda i Dinamarca tenen fins a 2017 per a
transposar la Directiva. Suïssa i Noruega firmaran acord
Problemes diversos: França demana la data de naixement per a identificar l’infractor
No permeten la identificació del infractor per a Internet
Necessitat d’enviaments per carta certificada
....
Información a los ciudadanos
http://ec.europa.eu/transport/road_safety/going_abroad/index_en.htm
http://ec.europa.eu/transport/road_safety/going_abroad/index_en.htm