Date post: | 12-Jan-2015 |
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PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS.
Ley 32/2010
Secretaría de Política SectorialUPTA España
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Disposición adicional cuarta de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo-LETA
•Informe del Grupo de Expertos de 23 de Diciembre de 2008.
•Moción del Congreso de los Diputados 173/55, denominado Plan de Rescate de los Autónomos.
•Mesa del Trabajo Autónomo. Acuerdo del 5 de Mayo del 2009. Ministerio de Trabajo.
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
El sistema adoptado es de carácter mixto, entre voluntario y obligatorio.
Tendrán derecho a la protección y el deber de cotizar, los trabajadores Autónomos que tengan contratada la cobertura por accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Se incluye a los trabajadores por cuenta propia del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios, SETA, y los del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Prestación económica.
Abono cotización por contingencias
comunes
Medidas de formación, orientación profesional y promoción de la actividad
emprendedora. 1% de los ingresos obtenidos.
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Afiliado y en situación de alta
Cubierto el periodo de carencia
Estar en situación legal de cese de actividad
Suscribir compromiso de actividad
No tener edad de jubilación
Hallarse al corriente de pago de las cotizaciones
En caso de trabajadores a cargo: cumplir las garantías
de la legislación
laboral
Inviabilidad de proseguir la actividad económica o profesional.
Pérdidas del 30% en 1 año, o 20% en dos años.Ejecuciones de deudas que supongan el 40% de los ingresos.Declaración judicial de concurso.
Fuerza mayor determinante del cese.
Pérdida de la licencia administrativa.
Cese por violencia de género.
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Terminación del contrato.
Incumplimiento contractual grave del cliente.
Rescisión contractual justificada por el cliente.
Rescisión contractual injustificada por el cliente.
Muerte, incapacidad o jubilación del cliente.
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Inviabilidad de proseguir la actividad económica o profesional.
No es necesario el cierre de establecimiento.
Fuerza mayor determinante del cese.
Pérdida de la licencia administrativa.
Cese por violencia de género.
Divorcio.
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Motivos económicos: declaración jurada y documentación contable, fiscal, administrativa o
judicial .
Fuerza mayor: declaración autoridad y declaración jurada.
Pérdida de Licencia: resolución
Violencia de género: declaración, orden de alejamiento, o informe del Ministerio Fiscal
Divorcio o separación: resolución judicial
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Acreditación de la situación de cese TRADE.
Finalización del contrato: comunicación al registro
SPE y documentación
Incumplimiento contractual grave del
cliente: comunicación , acta conciliación o
sentencia
Causa justificada/injustificada
cliente: comunicación SPE en 10 días
Muerte, incapacidad o jubilación: resolución
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
DE 12 A 17 MESES 2 MESES
DE 18 A 23 MESES 3 MESES
DE 24 A 29 MESES 4 MESES
DE 30 A 35 MESES 5 MESES
DE 36 A 42 MESES 6 MESES
DE 43 A 47 MESES 8 MESES
MAS DE 48 MESES 12 MESES
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
DE 12 A 17 MESES 2 MESES
DE 18 A 23 MESES 4 MESES
DE 24 A 29 MESES 6 MESES
DE 30 A 35 MESES 8 MESES
DE 36 A 42 MESES 10 MESES
MAS DE 42 MESES 12 MESES
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
14, 31 euros mensuales con base mínima (841,80)
+Cuota AT Y EP para aquellos que no la tengan contratada
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
BASE REGULADORA: PROMEDIO DE LOS ÚLTIMOS 12 MESES
CUANTÍA : 70% DEL PROMEDIO DE LA BASE REGULADORA
POSIBILIDAD DE PAGO ÚNICO
589,26 base mínima, hasta
1.397,84
Pendiente reglamentación
Si estando en IT se produce cese de actividad: Se percibe la IT hasta su extinción en la cuantía del cese y se consume esta prestación
Si estando en Maternidad/Paternidad se produce cese de actividad:
Se percibe la prestación de Maternidad/Paternidad
Si estando en Cese de Actividad se produce IT:Por recaída en IT se percibe la cuantía del cese
Si no es por recaída en IT se percibe la cuantía del cese y 80% IPREM
Si estando en cese de actividad se produce Maternidad/Paternidad
Se percibe la prestación de maternidad o paternidad.
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Anualmente evaluará el funcionamiento del Sistema de Protección por Cese de
Actividad de los Trabajadores Autónomos, y en su caso, podrá solicitar al Gobierno
las propuestas de modificación que se estimen pertinentes
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
Las MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES son
las asignadas para gestionar la prestación económica por cese de actividad.
ENTIDAD GESTORA (INSS o ISM), casos subsidiarios en los que el trabajador
autónomo tiene cubiertas las contingencias profesionales con estas, en cuyo caso la
gestión corresponderá al SPEE o al ISM
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos
IMPORTANTE: Se abre un plazo excepcional para contratar la prestación hasta el 6 de Febrero de 2011
Prestación por cese de actividad para los trabajadores autónomos