Proceso Constituyente en ChileVersión 24.03.2020 Pr
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Algunos de estos temas pueden sufrir modificaciones dado que se está en proceso de debate legislativo.
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Qué es la Constitución?
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
Constitución: “Ley de todas las leyes”, “Acción de constituirse”, “ley fundamental del Estado”. Con (conjunto) y Statuare (colocar, situar), Colocar en conjunto, situar, poner de pie.
Constitución política, es la norma que define el modo en que nos constituiremos, el modo en que nos organizamos como sociedad.
La Constitución define principios, derechos, obligaciones y, organiza y distribuye poder en una Sociedad.
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
Principios
Derechos
Deberes
Organiza el poder
La Constitución define...
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Qué principios considera la actual Constitución en Chile?
“La Familia es el núcleo fundamental de la sociedad”
“La finalidad del Estado es promover el bien común”
“El Estado debe asegurar el derecho a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional
“El Estado es Unitario”
“Chile es una república democrática
Algunos ejemplos...
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Qué principios considera la actual Constitución en Chile?
“La Familia es el núcleo fundamental de la sociedad”
“La finalidad del Estado es promover el bien común”
“El Estado debe asegurar el derecho a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional
“El Estado es Unitario”
“Chile es una república democrática
Algunos ejemplos... Entonces, La Constitución define temas centrales como el rol que debe tener el Estado, si nuestra organización será unitaria o federal, si seremos una república democrática, o si la familia es relevante como modo de organización.
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¿Qué derechos se definen en la actual Constitución?
Nacionalidad y Ciudadanía.
Derecho a la vida e integridad física.
Igualdad ante la ley.
Respeto y protección vida privada.
Inviolabilidad del hogar.
Vivir en medio ambiente libre de contaminación.
Protección de la salud.
Derecho a la educación.
Derecho a la seguridad social.
Libertad de trabajo y su protección.
Derecho a sindicarse en casos específicos.
Igual repartición tributos.
Derecho de propiedad
Algunos ejemplos son:
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¿Qué deberes se definen en la Constitución?
Ejercicio de funciones públicas obliga a estricto cumplimiento a principio de probidad en todas sus actuaciones.
Servicio Militar Obligatorio.
Educación básica y media obligatorias.
Pagar tributos.
Prohibición de aplicación de todo apremio ilegítimo.
Funcionarios públicos no podrán declararse e huelga.
Algunos ejemplos son:
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¿Cómo la Constitución organiza el poder?
Define los poderes del Estado
Ejecutivo
Legislativo
JudicialDefine los poderes de
otras instituciones
Tribunal Constitucional
Banco Central
Municipios
Regiones
Servicio Electoral
etc.
Define el poder la ciudadanía
Incidencia en toma de decisiones
Plebiscitos
Referendums, etc. Establece requisitos para acceder al poder
Requisitos de edad
Educación
Residencia
etc.
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La Constitución, ¿Afecta nuestras vidas? Ejemplos
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¿Cómo nos afecta?
La Constitución nos afecta
DirectamentePorque ciertas
definiciones en la Constitución nos dan
derechos y/o establecen obligaciones.
IndirectamentePorque cualquier ley o reglamento debe
ser consistente con la Constitución. Por lo tanto, toda ley debe responder
a los principios de la Constitución.
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Salud¿Cómo nos afecta?
“El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y rehabilitación”
“Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, sea que se presten a través de instituciones públicas o privadas”
“Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado”.
Salud
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Salud¿Cómo nos afecta?
Portugal (1976) Colombia (1991) Chile (1980)
Para asegurar el derecho a la protec-ción de la salud, incumbe prioritaria-mente al Estado:
b. Garantizar una cobertura racional y eficiente de todo el país mediante re-cursos humanos y unidades de salud.
d. Disciplinar y controlar las formas empresariales privadas de medicina, articulándolas por el Servicio Nacional de Salud, como forma de asegurar en las instituciones de salud tanto públi-cas como privadas, patrones adecua-dos de eficiencia y de calidad.
Corresponde al Estado organizar, di-rigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, univer-salidad y solidaridad. También, esta-blecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las enti-dades territoriales y los particulares y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley.
El Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y rehabilitación”
Es deber preferente del Estado garan-tizar la ejecución de las acciones de salud, sea que se presten a través de instituciones públicas o privadas”
Cada persona tendrá el derecho a ele-gir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado.
Fuente: Título 3, Cap. II. Art. 64 Constitución de la República Portuguesa.
Fuente: Título 3, Cap. II. Art. 64 Constitución de la República Portuguesa.
Cap. III, Art. 19 (9). Constitución Política de la República.
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Seguridad social¿Cómo nos afecta?
“La acción del Estado estará dirigida a garantizar el acceso a todos los habitantes al goce de prestaciones básicas uniformes, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas.”
Seguridad Social
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Seguridad Social¿Cómo nos afecta?
Portugal (1976) Uruguay (1966) Chile (1980)
Todos tienen derecho a la Seguridad Social.
Corresponde al Estado organizar, coordinar, y subvencionar un siste-ma de Seguridad Social unificado y descentralizado, con participación de las asociaciones sindicales, de otras organizaciones representativas de los trabajadores y de asociaciones repre-sentativas de los demás beneficiarios.
Créase el Banco de Previsión Social, con carácter de Ente Autónomo, con el cometido de coordinar los servicios estatales de previsión social y organi-zar la seguridad social, ajustándose dentro de las normas que establecerá la ley que deberá dictarse en el plazo de un año.
La Constitución asegura a todas las personas:
El derecho a la seguridad social.
El Estado supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social.
Corresponderá, asimismo, al Presi-dente de la República la iniciativa exclusiva para:
Establecer o modificar las normas sobre seguridad social o que incidan en ella, tanto del sector público como del sector privado.
Fuente: Título 3, Cap. II. Art. 63 Constitución de la República Portuguesa.
Fuente: Sección XI, Cap II. Art. 195. Constitu-ción de la República de Uruguay.
Cap. III, Art. 19 (18) y Cap 5, Art. 65 (6) Consti-tución Política de la República.
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Sindicalización¿Cómo nos afecta?
“La negociación colectiva con la empresa en que laboren es un derecho de los trabajadores, salvo en que la ley no permita negociar”
“No podrán declararse a huelga los funcionarios del Estado y las munipalidades”
“La filiación sindical será siempre voluntaria”
Sindicalización
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Derechos de agua¿Cómo nos afecta?
“Los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos”
Derechosde agua
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Derechos de agua¿Cómo nos afecta?
Bolivia (2009) Uruguay (1966) Chile (1980)
Las aguas fósiles, glaciales, humeda-les, subterráneas, minerales, medi-cinales y otras son prioritarias para el Estado, que deberá garantizar su conservación, protección, preserva-ción, restauración, uso sustentable y gestión integral; son inalienables, inembargables e imprescriptibles.
Las aguas superficiales, así como las subterráneas, con excepción de las pluviales, integradas en el ciclo hidrológico, constituyen un recur-so unitario, subordinado al interés general, que forma parte del dominio público estatal, como dominio públi-co hidráulico
Los derechos de los particulares so-bre las aguas, reconocidos o consti-tuidos en conformidad a la ley, otor-garán a sus titulares la propiedad sobre ellos.
Fuente: Parte IV, Titulo II. Cap. Quinto, Art. 374 (III) Constitución Política del estado de Bolivia.
Fuente: Sección II, Cap II. Art. 47 (1). Constitu-ción de la República de Uruguay
Cap. III, Art. 19 (24), Constitución Política de la República.
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¿Qué dice la Constitución en materia de vivienda?
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La Constitución no dice nada sobre derecho a la vivienda.
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Derechos de vivienda
España (1978) Colombia (1991) Chile (1980)
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos pro-moverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinen-tes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comuni-dad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Todos los colombianos tienen de-recho a vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de in-terés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda.
No hace mención específica.
Fuente: Título 1, Cap. Tercero. Art. 47 Constitu-ción Española.
Fuente: Cap II, Título II. Art. 51. Constitución política de Colombia.
Cap. III, Art. 19 (9). Constitución Política de la República.
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¿Qué dice la Constitución sobre reconocimiento indígena?
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
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La Constitución no reconoce a los pueblos indígenas.
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Reconocimiento indígena
Bolivia (2009) Finlandia (1999) Chile (1980)
La Nación tiene una composición plu-ricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de pobla-ciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la coloni-zación y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.
La conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas.
Los sami, como pueblo indígena, así como los romaníes y otros grupos, tienen derecho a mantener y desarro-llar su propio idioma y cultura.
No hace mención específica.
Fuente: Titulo Primero. Cap I Art. 2 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Fuente: Cap II. Sección 17. Constitución de Finlandia.
Cap. III, Art. 19 (9). Constitución Política de la República.
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Procesoconstituyente
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Qué es una Asamblea o Convención Constituyente?
Una Asamblea o Convención constituyente es un órgano que tiene por función redactar una nueva Constitución.
En el mundo contemporáneo demo-crático suele tener 3 características:
Se trata de un órgano colegiado, cuyo propósito exclusivo es escribir una Constitución.
Se trata de un órgano que es elegido por votación popular.
Se trata de un órgano que una vez que cumple su función, se disuelve.
Exclusividad
Representatividad
Caducidad
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¿Cómo se han cambiado las Constituciones vigentes en América Latina?
Comisión Designada
CongresoConstituyente
Asamblea o Convención
Constituyente
Gobierno designaComisión que elabora texto
Panamá (1972)Chile (1980)
R. Dominicana (1966)Uruguay (1967)
Nicaragua (1987)Brasil (1988)Perú (1992)
México (1917)Costa Rica (1949)Honduras (1992)
El Salvador (1983)Guatemala (1985)
Colombia (1991)
Paraguay (1992)Argentina (1994)Venezuela (1999)
Bolivia (2007)Ecuador (2008)
LegisladoresCon mandato de
redactar Constitución
Ciudadanos electosMandato de redactar
Disolución post mandato
Fuen
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2015
; PN
UD
201
5.PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Cómo se han cambiado las Constituciones en Chile?
Comisión Designada
CongresoConstituyente
Asamblea o Convención
Constituyente
181218141818192218331925
1980
181118231828
ninguna
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Cómo será el proceso constituyente en Chile?
4 et
apas
Plebiscito de entrada
Elección de la Convención
TrabajoConvención
Plebiscito ratificatorio
25.10.2020 11.04.2021
9 a 12 mesesjunio 2021 amayo 2022
Ago 2022 (máximo)
Ciudadanía decide si quiere una Nueva
Constitución y mecanismo para
escribirla.
Se decide quiénes escribirán la Constitución.
Convencionales se reúnen para escribir nueva Constitución.
Ciudadanía es consultada en
audiencias.
Ciudadanía decide si aprueba nueva
Constitución.
1 3 42
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Plebiscito de entrada
25 de octubre
Elección Convención
Trabajo Convención
Plebiscito ratificatorioEtapas proceso
1
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Votos del plebiscito
Papeleta 1plebiscito 2020
serie n˚ 000000000000¿QUIERE UD. UNA
NUEVA CONSTITUCIÓN?
Apruebo Rechazo
1
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
Votos del plebiscito
Papeleta 2plebiscito 2020
serie n˚ 000000000000
¿QUÉ TIPO DE ÓRGANO DEBIERA REDACTAR LA NUEVA CONSTITUCIÓN?
CONVENCIÓN MIXTACONSTITUCIONAL
Integrada en partes iguales por miembros elegidos
popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio.
Integrada exclusivamente por miembros elegidos
popularmente.
CONVENCIÓNCONSTITUCIONAL
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PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Puedo marcar mis preferenciasen los dos votos?
¡Sí, puedes!
Al momento de votar, recibirás simultáneamente los DOS votos.
Puedes, por ejemplo, marcar “APRUEBO/RECHAZO” y en el otro voto puedes también marcar “Convención Constitucional” o “Convención Mixta”.
1
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Quién controlará el proceso electoral?
EL Servicio Electoral (SERVEL), es el órgano del Estado encargado de organizar, fiscalizar y entregar los resultados en las elecciones. El SERVEL también cumple esa función con este plebiscito.
El Tribunal Electoral (TRICEL) es el órgano del Estado encargado de calificar el proceso eleccionario.
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PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Será voluntario concurrir a votar?
PlebiscitoElección
convenciónPlebiscito
Ratificatorio
25 de octubre2020
11 de abril2021
Agosto 2022(fecha estimada)
Votovoluntario
Votovoluntario
Votoobligatorio(con sanciones)
1
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Qué efecto tendrá el plebiscito?
El plebiscito es vinculante, es decir, independiente de la gente que concurra a votar, lo que la mayoría decida deberá ser respetado y ejecutado por las autoridades.
Si concurre a votar menos de un 50%, pero la mayoría decide aprobar el cambio a la Constitución, entonces las autoridades deberán convocar a elecciones para la Convención que obtuvo la preferencia mayoritaria.
1
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Con qué porcentaje se decide qué opción es la triunfadora?
Respecto de “Apruebo/Rechazo”, la opción que obtenga el 50% + 1 de los votos válidamente emitidos será la triunfadora.
Respecto de “Convención Mixta vs. Convención Constitucional”, la opción que obtenga el 50% + 1 de los votos válidamente emitidos para esa pregunta será la triunfadora.
1
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
Qué sucede si triunfa el “Rechazo” en el plebiscito de 25.10.2020
Si triunfa el “Rechazo” en el plebiscito de 25 de octubre de 2021, continuará vigente la Constitución actual y no se continúa con el proceso constituyente.
Para ganar, debe obtener el 50% + 1 de los votos.
+50%Rechazo
Apruebo
1
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Se reformará la Constitución si triunfa el rechazo?
¡Depende!
Si triunfa el “rechazo”, no significa que tenga que reformarse la Constitución.
Aquello dependerá del interés del gobierno y de los congresistas en presentar proyectos de reforma a la Constitución para cambiarla.
1
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Quiénes pueden votar en el Plebiscito de 25.10.2020?
Ciudadanos y ciudadanas
chilenas mayores de 18 años, al momento de
confeccionarse el padrón.
Personas extranjeras con residencia por más de 5 años
habilitadas para votar.
Ciudadanos y ciudadanas
chilenas residentes en el exterior, mayores de 18
años que están registrados para votar.
Verificar si estás habilitado para votar en: www.servel.cl
Pueden votar
1
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Cuántas personas podrán votar?
Total Padrón 14.753.394
De ese total
7.567.854son mujeres
7.185.540son hombres
58.135residen en el exterior
348.040 son extranjeros
que residen en Chile
Verificar si estás habilitado para votar en: www.servel.cl
1
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Cómo se decide que tipo de Convención escribirá la Constitución?
+50%Apruebo
Rechazo
Si triunfa la opción “Apruebo” con un 50% + 1 de los votos, entonces:
La opción de Convención (Mixta vs. Constitucional) que obtenga el mayor número de votos (50% + 1) será la ganadora.
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PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Cuáles son las Características de las opciones de Convención?
ConvenciónMixta
ConvenciónConstitucional
172 integrantes
50% Congresistas50% Electos
Dieta diferenciadaCongresistas: $9,3 mill mensual
Electos: $2.5 mill. mensual
Sin paridad de resultadoSe aplica solo a 50% electos
Sin InhabilidadPueden postularse post Convención
Congresistas en doble funciónPueden estar en Convención y legislar
Dieta idénticaElectos: $2.5 mill mensual
Con Paridad de resultadoSe aplica a 100% electos
Con Inhabilidad1 año después de término Convención
No aplicaConvencionales no pueden legislar
155 integrantes
100% Electos
1
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Cómo se eligen los y las Convencionales?Co
nven
ción
mix
ta
86 Congresistas 86 electos por votación popular+= 172 integrantes
Congresistas eligen a sus pares en base a presentación de listas de diputados y senadores. No opera sistema de paridad.
Ciudadanía elige 50% de Convención en base a listas de partidos y/o candidaturas independientes. Se vota por distrito. Opera sistema paridad.
1
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Cómo se eligen los y las Convencionales?Co
nven
ción
Con
stit
uyen
te
= 155 integrantes
Ciudadanía elige 100% Convención en base a listas de partidos y/o candidaturas independientes. Se vota por distrito. Opera sistema paridad.
1
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Cuándo un voto es válido?
1
(art 71)
Marcar preferencia con lápiz negro grafito.
Hacer raya vertical que cruce la horizontal.
plebiscito 2020
serie n˚ 000000000000
¿QUIERE UD. UNA NUEVA CONSTITUCIÓN?
Apruebo Rechazo
plebiscito 2020
serie n˚ 000000000000
¿QUIERE UD. UNA NUEVA CONSTITUCIÓN?
Apruebo Rechazo
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Cuándo un voto es nulo?
plebiscito 2020
serie n˚ 000000000000
¿QUIERE UD. UNA NUEVA CONSTITUCIÓN?
Apruebo Rechazo
plebiscito 2020
serie n˚ 000000000000
¿QUIERE UD. UNA NUEVA CONSTITUCIÓN?
Apruebo Rechazo
1
“Artículo 77.- El escrutinio de mesa se regirá por las normas siguientes:
5) Serán nulas y no se escrutaron las cédulas en que aparezca marcada más de una preferencia, contengan o no en forma adicional leyendas, otras marcas o señas gráficas. La mesa dejará constancia al dorso de ellas del hecho de su anulación y de la circunstancia de haberse reclamado por vocales o apoderados de esta decisión.
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Cuándo un voto es marcado?
plebiscito 2020
serie n˚ 000000000000
¿QUIERE UD. UNA NUEVA CONSTITUCIÓN?
Apruebo Rechazo
plebiscito 2020
serie n˚ 000000000000
¿QUIERE UD. UNA NUEVA CONSTITUCIÓN?
Apruebo Rechazo
1
Un voto marcado es cuando se expresa claramente una preferencia, pero el voto tiene marcas.
En este caso, se deben escrutar los votos pero se debe dejar constancia de las marcas (art. 77).
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Qué tipo de campañas se darán para el Plebiscito de Octubre?
1
Franjas televisión
abierta
Publicidaden las calles
Regulación financiamiento
electoral
Se emitirá una franja diaria de televisión 30
días antes del plebiscito y hasta el viernes antes
del plebiscito. Se dividió el tiempo entre los partidos legalmente constituidos.
El Consejo Nacional de TV, estableció que los partidos
debían compartir su espacio con organizaciones
de la sociedad civil.
Las campañas pueden desplegar campañas
de afiches con restricciones. SERVEL publica lugares donde se acepta publicidad.
No se reguló el financiamiento de
campañas parael plebiscito.
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
Plebiscito de entrada
25 de octubre
Elección Convención
Trabajo Convención
Plebiscito ratificatorioEtapas proceso
2
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
2
Se elegirán tal cual ocurre con la Cámara de Diputados.
Los Diputados(as) se eligen utilizando un SISTEMA PROPROCIONAL, donde los votos obtenidos se traducen en asientos en el Congreso.
¿Cómo se elegirán los integrantes de la Convención?
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
¿Cómo se elegirán los integrantes de la Convención?
2
Los Partidos pueden organizar listas en los 28 distritos del país.
En cada Distrito se elige un número de representantes proporcional a la población.
Se aplica regla que: de la lista más votada los candidatos o candidatas más votadas son electos.
28 d
istr
itos
Hay distritos entre 3 y 8 asientos.
elec
tos
También pueden participar independientes dentro o fuera de las listas que organicen los partidos.
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
2
¿Pueden competir los/las independientes?
¡Sí! Pueden competir de tres modos:
ComoLista de
Independientes
Como Independientes
dentro de pacto de partidos
Como Independientes fuera de pacto
Reunir firmas ante notario equivalentes
a 0,4% de quienes sufragaron en última elección diputados en distrito que compite,
hasta completar 1,5% en lista.
Programa de la Lista.
No haber estado afiliado a partido
9 meses anteriores a vencimiento de
declaración de candidaturas.
Reunir firmas ante notario equivalentes
a 0,5% de quienes sufragaron en última elección diputados en distrito que compite.
Requ
isit
osPROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
2
¿Cómo funcionará la paridad?
Todas las listas deberán presentar candidaturas de mujeres/hombres trenzadas.
1. Paridad en candidaturas
Esto significa que, cada lista deberá serguir un orden de:
etc...
Isabel Carrasco
Antonia Pérez
Manuel Muñoz
Valeria Tapia
Santiago Ojeda
Álvaro Rojas
Camila Jara
Cecilia López
José González
Andrea Contreras
Julio Álvarez
Cristina Araya
Javier Rodríguez
Cristóbal Sepúlveda
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¿Cómo funcionará la paridad?
2. Paridad de resultados
Si, por ejemplo, en un distrito de 4 asientos, resultan electos 3 hombres y 1 mujer.
a) El tercer hombre más votado que resultó electo, deberá ceder su cupo a la mujer de su mismo partido que obtuvo el mayor número de votos.
b) Si no tiene compañera de partido, deberá ceder el cupo a la mujer de su lista que obtuvo más votos.
1 1º º2 2º º3 3º º
Mujer de su mismo partido con más votos.
Mujer de su lista que obtuvo más votos.
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
2
¿Y la paridad funciona para hombres?
¡Sí!
Si por ejemplo en un distrito de 4 asientos, resultan electas 3 mujeres y 1 hombre.
a) La tercera mujer que resultó electa deberá ceder su cupo al hombre de su partido que resultó con mayor número de votos.
b) Si no tiene compañero de partido, se cede al compañero de lista hombre con mayor número de votos.
1 1º º2 2º º3 3º º
Hombre de su mismo partido con más votos.
Hombre de su lista que obtuvo más votos.
PROCESO CONSTITUYENTE EN CHILE VERSIÓN 24.03.2020
2
¿Cómo funcionará Convención?
Convención
Convención Abierta
Sociedad civil activa
Medios cubrirán debates críticos
Universidadesmonitoreo contenidos
Cabildos ciudadanos
Debates televisados
Audiencias públicas
Actas públicas Asesoría técnicaDelegados remuneradosTrabajo por comisiones
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El Laboratorio Constitucional tiene por objetivo estudiar el debate político sobre la Constitución, generar insumos y trabajos asociados al tema y en particular sobre temáticas del reconocimiento constitucional de pueblos indígenas.
Adicionalmente, apoyamos el trabajo de estudiantes en estos temas, y nos interesa vincularnos con la sociedad en temas atingentes a formación, compartir conocimientos y promover el debate de ideas.
Equipo LabConClaudio Fuentes S., profesor Escuela de Ciencia Política, UDPJuan E. Fernández, asistente de investigación LabconMacarena Sánchez, asistente de investigación LabCon
Además participan estudiantes voluntarios(as) de la Escuela de Ciencia Política.Contacto: [email protected]
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