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Presentado por:
Víctor Yuri Díaz Torres
Responsable de la “Asociación Cultural Hijos de Jaén”
Abogado - Especialista en Derechos Humanos.
Graduado en el Centro de Post Grado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
de la Universidad Central de Venezuela
Jaén, 12 de marzo de 2011.
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INDICE
I. INTRODUCCION
II. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS:
III. DIAGNOSTICO DEL HERMANAMIENTO
A. Antecedentes:
1) Internacionales:
a. Estados Unidos
b. Organización de las Naciones Unidas
c. Comunidad Europea
2) Nacionales (Locales)
a. Clero Local
b. Gobierno del Alcalde Walter Prieto Maître.
c. Gobierno del Alcalde Jaime Vílchez Oblitas
B. Clases de Cooperación Internacional
1) Cooperación Internacional Centralizada.
2) Cooperación Internacional Descentralizada.
C. Definición de Cooperación Descentralizada.
D. ¿Que se Entiende por Hermanamiento?
E. Importancia del Hermanamiento
F. Ámbitos de Participación
G. Marco Normativo Nacional
1) Constitución del Perú
2) Ley Orgánica De Gobiernos Regionales
3) Ley Orgánica De Municipalidades
IV. APLICACIÓN Y EJECUCIÓN - FASES DEL HERMANAMIENTO
A. Etapa De Iniciación
1) Selección de la Ciudad.
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2) Carta de Intención.
3) Monografía Municipal.
B. Etapa de Formalización
1) Suscripción del Acuerdo de Hermanamiento
2) Celebración del Hermanamiento.
C. Etapa de operatividad
1) Consideraciones previas
2) Elaboración de un Programa de Intercambio de Hermanamiento.
D. Etapa de Fortalecimiento institucional
1) Creación de una oficina de asuntos internacionales, o Adaptar una
oficina ya existente, en un “área internacional”
a. Revisión de las fortalezas y debilidades del Municipio
b. Creación De Una Oficina Municipal De Relaciones Internacionales
c. Adaptación De Una Ya Existente
2) Comité de Participación Ciudadana.
V. FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO DE HERMANAMIENTO
A. Recursos propios o estatales:
B. Organizaciones No Gubernamentales (Ongs)
C. Comunidad Europea:
1) Proyectos Premiados Forjados Por El Hermanamiento De Ciudades
VI. DATOS DE INTERÉS
VII. BIBLIOGRAFIA
VIII. ANEXOS,
1) Mapas y escudos
a) Jaén - Perú
b) Jaén - España
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I. INTRODUCCION
La Asociación Cultural Hijos De Jaén, de Perú, con sede en Madrid,
pretende convertirse en un puente a fin de acercar a ambas ciudades hispanas
(Jaén de Perú y de España) en un proceso de hermanamiento teniendo en
cuenta la cierta similitud como: nombre, idioma, categoría, religión. Por tales
motivos, creemos que dicho proceso de hermanamiento deberá concretizarse
ya que servirá para estrechar lazos de amistad y solidaridad, así como para
construir la paz y las buenas relaciones de amistad, como una forma de
cumplir con los Objetivos de Desarrollo del Milenio desarrollado por las
Naciones Unidas.
De otro lado la ausencia de un marco normativo especifico, a diferencia
de otros estados como México1, que reconozca y regule este tipo de
situaciones jurídicas de carácter internacional llevadas a cabo frecuentemente,
no puede ser visto como algo negativo o limitativo de la esperanza de
nuestros pueblos por llegar a insertarse en el entorno mundial, ya que el
llamado proceso de descentralización, reconocido también en nuestra carta
magna en el Titulo IV, Capitulo XIV abre una puerta de posibilidades para
celebrar otras formas de cooperación bajo la forma vínculos amistosos y de
intercambio cultural, las relaciones asistenciales donante-receptor,
capacitación, las relaciones de asistencia técnica y financiera, los intercambios
comerciales, los hermanamientos de ciudades, las relaciones de cooperación
descentralizada horizontal y vertical, la cooperación descentralizada en red,
la cooperación transfronteriza, la cooperación oficial descentralizada, entre
otras, como “…una forma de organización democrática y …política
permanente del estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo
fundamental el desarrollo integral del país”.2
De igual forma se puede sostener con autoridad que pese a que los
gobiernos locales de derecho (jure) no son sujetos de derecho internacional
1 Véase Ley sobre celebración de Tratados, Publicada en el Diario Oficial de la Federación, jueves 2 de enero
de 1992 2 Constitución política del Perú, Articulo 188° Descentralización.
55
público, de hecho (facto) participan en la vida internacional por el hecho de
constituir la base de la división político-administrativa y jurídica del Estado-
nación, con lo cual se encuentran en posibilidad de establecer contactos
formales e informales con sus homólogas en el extranjero; así como por
constituir una expresión de la capacidad decisoria como gobiernos
autónomos y la idea del beneficio mutuo.
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II. OBJETIVOS GENERALES Y ESPECIFICOS:
A. Objetivo General.
Nuestra asociación luego de evaluar los hechos considero como
objetivo primordial el siguiente:
Hermanar las ciudades hispanas de Jaén de Perú y Jaén de España
con el fin de avanzar hacia la construcción de relaciones de
cooperación más consolidadas.
B. Objetivos Específicos
Entre los objetivos específicos identificados señalamos los siguientes:
Promover el acercamiento entre ambas ciudades mediante el
intercambio de experiencias a nivel económico, político, social,
cultural y ambiental.
Fomentar los lazos de amistad, solidaridad y de buenas
costumbres entre nuestros ciudadanos.
Fortalecimiento de la administración pública municipal, en
especial la oficina de cooperación técnica internacional.
Promoción de la participación ciudadana entre la sociedad civil
antes, durante y después del proceso de hermanamiento.
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III. DIAGNOSTICO DEL HERMANAMIENTO
A. Antecedentes:
Por décadas, ciudades de todo el mundo han promovido lazos y
mecanismos de acercamiento para fomentar relaciones de amistad,
colaboración y solidaridad a fin de evitar conflictos bélicos. Por ello el
presente capitulo tiene por objetivo conocer una practica mundial en
temas de cooperación internacional a fin de dar sustento histórico y
jurídico internacional a este proceso de hermanamiento al cual nos hemos
embarcado y del cual aún desconocemos.
1) Internacionales
Comprende desde la etapa de la posguerra a la segunda guerra
mundial, momento en el cual entre municipalidades europeas
comenzaron a desarrollarse vínculos con intenciones de estrechar lazos
de amistad y mutuo conocimiento entre Estados no aliados (durante
las guerras mundiales) dando lugar a la creación de la figura de
hermanamiento de ciudades.3
a. Estados Unidos:
El Programa de Ciudades Hermanas se generó por la iniciativa
del entonces presidente de los Estados Unidos de Norteamérica, el
general Dwight D. Eisenhower, quien en el año de 1959 convocó a
un programa masivo de comunicación entre los norteamericanos y
los demás habitantes del hemisferio, este programa se llamo
People to People (pueblo a pueblo).
Teniendo como principios básicos el entendimiento entre los
pueblos del mundo y la preservación de la paz.
Su idea fue restablecer relaciones recíprocas entre los pueblos a
fin de crear un mejor entendimiento y estar en condiciones de
3 Cooperación Oficial Descentralizada: una nueva competencia del gobierno municipal en apoyo al desarrollo
local.
88
preservar la Paz. Fue así como concretizó la creación y
funcionamiento de los Comités de Ciudades Hermanas.4
b. Organización de las Naciones Unidas
El 16 de diciembre de 1965, la XX Asamblea General de la
Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la Resolución
2058, en la que reconocía el hermanamiento de ciudades como uno
de los medios de cooperación que la ONU debía fomentar de
manera permanente. El acuerdo retomaba las consideraciones de la
Primera Conferencia Africana de Cooperación Mundial
Intercomunal, celebrada en Dakar, Senegal, en abril de 1964, en la
que se reconoció a los hermanamientos como instrumentos que
fomentaban la cooperación internacional descentralizada.
El tema sería expuesto de nueva cuenta ante el máximo órgano
de las Naciones Unidas en ocasión de la XXVI Asamblea General.
En aquella oportunidad, la Resolución 2861, aprobada por el Pleno
de la Asamblea el 20 de diciembre de 1971, solicitaba al entonces
Secretario General de la ONU, U Thant (1961 – 1971), explorar los
mecanismos que renovaran los métodos de cooperación existentes,
con la finalidad de facilitar “la participación de las colectividades
locales y regionales en el desarrollo”.5
1ra Conf. Africana de Cooperación Mundial Intercomunal –
1964.
XX AG-UN – 16 de dic. 1965
Resolución Nº 1028 de 1964, que reconoció al
hermanamiento como un instrumento de entendimiento
entre los pueblos.
4 CEDEMUN, “Como promover el Hermanamiento de Ciudades”, Colima, Col, Marzo del 2007.
5 Secretaria de Relaciones Exteriores de México; Programa Mexicano de Hermanamientos y Cooperación
Descentralizada P R O M E H C I D, México. 2006.
99
Resolución Nº 2058, involucró a UNESCO en el fomento de
los hermanamientos de ciudades.
XXVI AG-NU -1971-
“El hermanamiento de ciudades como medio de cooperación
internacional”
Resolución Nº 2861, de 1971, relaciones complementarias a
la cooperación interestatal .
“el hermanamiento de ciudades representaba un
mecanismo de cooperación de un valor excepcional,
porque ponía en contacto entre los países, no solamente a
los dirigentes locales, sino a poblaciones enteras”
“la cooperación internacional de las colectividades locales
puede desempeñar una función importante en la unión de
los pueblos”
“cooperación intermunicipal mundial como un
complemento natural de la cooperación de los estados y de
las organizaciones intergubernamentales”
La apertura a la representación de las entidades locales en la
Organización de Naciones Unidas, se concretó a través del
reconocimiento del Comité Consultivo de Autoridades locales o
United Nations Advisory Committee on Local Authorities
(UNACLA) declarado como el interlocutor formal de los gobiernos
locales del mundo ante la ONU”.
c. Comunidad Europea
En la década de los 80, la Comunidad Europea comenzó a
desarrollar como parte de su política de cooperación con los países
subdesarrollados, principalmente, con las ex-colonias africanas la
práctica de relaciones de cooperación descentralizada se instituyó
en la IV Convención de Lomé de 1989. Inicialmente, las
1100
condiciones bajo las cuales se desarrollaron estas relaciones se
basaron en un enfoque asistencial de parte de la CE con las
naciones del países subdesarrollados, poco a poco este esquema se
ha ido modificando.
La institucionalización a nivel mundial de esta práctica es
todavía asunto en proceso, la Unión Europea ha realizado un
esfuerzo importante a través de la emisión de reglamentos sobre
Cooperación Descentralizada, entre los cuales destaca:
Reglamento del Consejo (CEE) no. 443/92, del 25 de febrero de
1992, en el que se estableció la política de ayuda financiera,
técnica y de cooperación económica con los países en vías de
desarrollo de América Latina y Asia. Para tal efecto, en 1992 se
abrió la línea presupuestaria B7-6430.
En 1998, se dio a conocer un nuevo Reglamento del Consejo
de la Unión Europea sobre Cooperación Descentralizada
no.1659/98, en el que se señala a los agentes beneficiaros de la
cooperación europea descentralizada, los montos de co-
financiamientos, el tipo de acciones e iniciativas co-financiables
y un periodo de vigencia de 3 años hasta 2001.
El documento fue adicionado y prorrogado a través del
Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo (CE) no.
955/2002 vigente hasta 2003, finalmente, el Reglamento del
Parlamento Europeo y del Consejo (CE) no 625/2004, hace la
prorroga extensiva hasta 2006 con las adiciones presupuestales
correspondientes ampliando la gama de actores locales y las
acciones financiables.
2) Nacionales (Locales)
A nivel local nunca existió una intención formal de
hermanamiento entre las ciudades de Jaén de Perú y Jaén de España.
1111
Los antecedentes que pueden registrarse se dieron a nivel de
solicitudes de ayuda, por ello el presente subcapítulo pretende
describir aquellas iniciativas que podrían considerarse como los
albores de un hermanamiento formal.
a. Clero Local.
En 1980, la religiosa María Luisa Calero, hizo llegar una carta al
ayuntamiento de Jaén de España, logrando solo una ayuda para un
colegio público, sin embargo no se ha podido identificar a que
institución educativa fue dirigida dicha ayuda.
b. Gobierno del Alcalde Walter Prieto Maître.
En 1998, el ex alcalde Walter Prieto Maître, se puso en contacto
con el ayuntamiento de Jaén de España con el fin de solicitar
ayuda, logrando una donación para la construcción del colegio de
Trabajadores MANTHOC.
c. Gobierno del Alcalde Jaime Vílchez Oblitas.
En enero del 2010, la Asociación Cultural “Hijos de Jaén” con
sede en Madrid, se pone en contacto con la asesora de la alcaldesa,
Sra. María Dolores Ocaña y una concejala a fin de iniciar un
proceso de hermanamiento formal con la ciudad de Jaén de Perú.
Posterior a ello un grupo de periodistas del Diario Jaén de
España conocedores de un posible proceso de hermanamiento
hacen una visita a nuestra ciudad de Jaén de Perú con el fin de
hacer un reportaje y conocer sobre nuestra historia.
Producto de dicha visita el señor Jaime Vílchez emite un oficio
el 20 de mayo del 2010, expresando su saludo institucional a su
homologa del ayuntamiento de Jaén de España, el reconocimiento
de nuestra institución cultural y su intención de estrechar lazos de
amistad y cooperación entre ambas ciudades.6
6 Oficio Nº 176-2010-MPJ/A
1122
Dicho oficio, podría considerarse actualmente la llamada Carta
de intención en un proceso de hermanamiento, documento que
fue acogido con mucho beneplácito por los concejales del
ayuntamiento de Jaén de España para dar inicio a este proceso de
hermanamiento que hoy en día se encuentra en su etapa de
formalización.
B. Clases de Cooperación Internacional
Para poder entender correctamente el tema expuesto, es menester
ingresar a definir aspectos básicos relacionados a la cooperación
internacional, debido a que la formalización de los hermanamientos de
ciudades, al igual que los vínculos amistosos y de intercambio cultural,
las relaciones asistenciales donante-receptor, capacitación, las relaciones
de asistencia técnica y financiera, los intercambios comerciales, los
hermanamientos de ciudades, las relaciones de cooperación
descentralizada horizontal y vertical, la cooperación descentralizada en
red, la cooperación transfronteriza, la cooperación oficial descentralizada,
entre otras, devienen acciones de cooperación oficial descentralizada.
1) Cooperación Internacional Centralizada.
Es la desarrollada usualmente por el estado por intermedio de
sus tres poderes convencionales (ejecutivo legislativo y judicial) y
organismos autónomos (Consejo Nacional de la Magistratura,
Ministerio Publico, Defensoría del Pueblo) amparado en la carta
magna y leyes específicas.
Sin embargo, el proceso de descentralización, reconocido
también en nuestra carta magna – titulo IV, Capitulo XIV) abre una
puerta para celebrar acuerdos de hermanamiento como lo
desarrollamos en la parte referida al marco jurídico nacional.
2) Cooperación Internacional Descentralizada.
Es el proceso de cooperación desarrollado por los gobiernos
1133
regionales o estatales y gobiernos locales o municipales con otras
regiones o ciudades, sean nacionales o extranjeras, o con
organizaciones interestatales (Naciones Unidas) u No Gubernamental
(ONGs), con el propósito de generar proyectos que promuevan el
desarrollo local en diversos ámbitos.
C. Concepto de Cooperación Descentralizada.
Aunque no exista una definición aceptada ampliamente que
comprenda en su totalidad la realidad de los gobiernos locales en el
mundo. El término de uso común difundido inicialmente por la
Comunidad Europea (hoy Unión Europea) ha sido el de Cooperación
Descentralizada.
“...Las relaciones formales que se establecen entre homólogos gobiernos locales de cualquier parte del mundo o bien de un gobierno local con organismos internacionales gubernamentales; ...( basados) en el principio de reciprocidad, beneficio mutuo y co-financiamiento de las acciones convenidas, ejecutadas y evaluadas de manera conjunta, con fines de desarrollo local...”7
Sin embargo, se le ha nombrado también cooperación internacional
municipal, cooperación intermunicipal mundial, cooperación
descentralizada directa e indirecta y cooperación oficial descentralizada,
entre otras más.
D. ¿Que se Entiende por Hermanamiento?
Los procesos de hermanamientos de ciudades constituyen una de las
múltiples formas de insertar a los gobiernos locales en el entorno mundial
y de establecer relaciones de diversa índole con el exterior. Todo ello con
el objeto de mejorar las condiciones de vida de la población de las
localidades e impactar positivamente en las condiciones de vida de los
habitantes de las localidades.
7 Óp. Cit. 3; Págs. 3 y 4.
1144
En ese sentido por hermanamiento se entiende como “…la relación
formal establecida de manera directa entre entidades locales de cualquier parte del
mundo con fines y motivaciones diversos”8
Producto de los acuerdos de hermanamiento devienen acciones de
cooperación oficial descentralizada.
E. Importancia del Hermanamiento
El hermanamiento es importante porque produce:
Inserción del gobierno local al entorno mundial.
Consolida el proceso de descentralización administrativa, financiera y
el reconocimiento de la autonomía local.
Promueve el intercambio de experiencias y recursos, a fin de fortalecer
procesos integrales de desarrollo local, mediante proyectos específicos.
Promueve la amistad y cordialidad entre Municipios o Pueblos de
diferentes países reconociéndose como “ciudades hermanas” echando
por tierra las barreras de color, credo y clase social.
Fomenta el conocimiento de las bellezas de ambos municipios,
mediante el turismo, intercambio cultural, entre otros.
Intercambia experiencias a nivel económico, educativo, político, social
y cultural.
Profundiza el entendimiento que un país tiene del otro y por ende el
conocimiento entre las naciones y los integrantes de sus comunidades.
Reducción de los riesgos de guerra
F. Ámbitos de Participación
Sin perjuicio de los ámbitos de participación señalados en la Ley
Orgánica de Municipalidades - Titulo V, Competencias y Funciones
8 Ídem.
1155
Específicas De Los Gobiernos Locales, el ámbito de participación en un
proceso de hermanamiento también puede comprender los siguientes:
Por Ejemplo:
Administración municipal.
Medio Ambiente
Educación, Cultura, Deporte.
Seguridad pública
Turismo (Aventura, religioso, educativo).
Comercio, Promoción empresarial, Promoción Exterior. Intercambio
de productos de bandera.
Salud
Calidad en los servicios públicos.
Gobierno Electrónico.
Ciencia y Tecnología.
G. MARCO NORMATIVO NACIONAL
Dentro del marco normativo nacional, no existe un cuerpo legal
específico que permita o por lo menos reconozca un proceso de
hermanamiento de ciudades, sin embargo pese a que los gobiernos
locales de jure no son sujetos de derecho internacional público, de facto
participan en la vida internacional por el hecho de constituir la base de la
división político-administrativa y jurídica del Estado-nación, con lo cual
se encuentran en posibilidad de establecer contactos formales e
informales con sus homólogas en el extranjero
De igual forma dicha legitimidad se sustenta por el hecho de
constituir una expresión de la capacidad decisoria como gobierno
autónomo y descentralizado y la idea del beneficio mutuo.
1) Constitución Política del Perú
Dentro el principal cuerpo normativo del estado dicha legitimidad y
1166
posibilidad de consolidar un proceso de hermanamiento se encuentra
sustentado en la autonomía y descentralización que le corresponde a
un gobierno regional u local.
Así tenemos que el Titulo IV, Capitulo XIV abre una puerta de
posibilidades para celebrar otras formas de cooperación bajo la forma
vínculos amistosos y de intercambio cultural, las relaciones
asistenciales donante-receptor, capacitación, las relaciones de
asistencia técnica y financiera, los intercambios comerciales, los
hermanamientos de ciudades, las relaciones de cooperación
descentralizada horizontal y vertical, la cooperación descentralizada
en red, la cooperación transfronteriza, la cooperación oficial
descentralizada, entre otras.
Art. 188° “La descentralización es una forma de organización
democrática y constituye una política permanente del estado,
de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el
desarrollo integral del país
Art. 195°.- Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la
economía local,... en armonía con las políticas y planes
nacionales y regionales de desarrollo
7. Fomentar la competitividad, las inversiones y el
financiamiento para la ejecución de proyectos y obras de
infraestructura local.
2) Ley Orgánica De Gobiernos Regionales (Ley Nº 27867 – Mod. Ley Nº
27902)
A diferencia de la constitución del estado, la ley orgánica de
gobiernos regionales sí reconoce la cooperación internacional como un
medio para lograr el desarrollo social e igualdad de oportunidades
dentro de su jurisdicción.
Art. 60º.- Funciones en materia de desarrollo social e igualdad
1177
de oportunidades
e) Gestionar y facilitar el aporte de la cooperación
internacional y las empresas privadas en los programas de
lucha contra la pobreza y desarrollo social.
3) Ley Orgánica De Municipalidades (Ley 27972 – Mod.)
De igual forma que la norma regional anterior, la ley orgánica de
municipalidades si reconoce y promueve la cooperación internacional
como se aprecia en los dispositivos normativos siguientes:
Cabe señalar que un hermanamiento de ciudades no constituye un
acto de cooperación internacional en sentido estricto, sino el inicio de
una serie de acciones para lograr dicho cometido.
Art. 9º.- Atribuciones Del Concejo Municipal
26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e
internacional y convenios interinstitucionales.
Art. 73º.- Materias De Competencia Municipal
7. Prevención, rehabilitación y lucha contra el consumo de drogas
7.2. Promover convenios de cooperación internacional para la
implementación de programas de erradicación del
consumo ilegal de drogas.
1188
IV. APLICACIÓN Y EJECUCION - FASES DEL HERMANAMIENTO
Todo proceso de hermanamiento contiene tiene una serie de etapas
que se deben cumplir a efectos de lograr el cometido. Sin embargo, en la
práctica estas fases o etapas no necesariamente se cumplen debido a
desconocimiento de los funcionarios encargados o por la falta de una
legislación especifica que la regule, como el caso de México. Sin perjuicio se
exponen dichas fases o etapas, las cuales en caso de vacio o deficiencia se
pueden subsanar en el trayecto del proceso de hermanamiento.
Etapa de Iniciación
Selección de la ciudad (es)
Carta de Intención
Perfil o Monografía Municipal
Etapa de Formalización
Suscripción del Acuerdo de Hermanamiento
Celebración del Hermanamiento.
Etapa de Operatividad
Elaboración de un Programa de Intercambio de Hermanamiento –
Programa Operativo Anual (México)
Etapa de Fortalecimiento Institucional
Creación de una oficina de asuntos internacionales, o Adaptar una oficina ya existente, en un “área internacional”.
Comité de Participación Ciudadana.
1199
A. Etapa De Iniciación
Consiste en elaborar documentos que facilitarán la promoción misma
del municipio y encaminará los trabajos que fortalezcan la relación de
hermanamiento, por ejemplo:
1) Selección de la Ciudad.
Es la selección de la ciudad considerando su similitud en
características históricas, geográficas, densidad de población,
climatológica, económica, sociocultural.
Esto permitirá conocer, analizar y estudiar la ciudad con
perspectiva para establecer lazos de hermanamiento facilitando la
elección adecuada.
También se recomienda contemplar aquellas ciudades en las que
exista un mayor número de emigrantes del propio municipio.
2) Carta de Intención.
La carta de intención la dirige el alcalde de la ciudad a su
homólogo manifestándole el interés por estrechar lazos de amistad e
intercambio con la comunidad que representa.
3) Monografía Municipal.
Constituye la carta de presentación del municipio ante la
ciudad con que desea hermanarse, por lo que deberá detallar las
características del municipio, plasmado claramente la situación del
mismo y completando con fotografías. La sugerencia es detectar todo
los atractivos y ventajas que el municipio puede ofrecer estableciendo
textos específicos y cortos y enriqueciéndose con imágenes que
permitan la apreciación del mismo.
2200
B. Etapa de Formalización
1. Suscripción del Acuerdo de Hermanamiento
Al obtener respuesta favorable por parte de la ciudad a la cual
se le solicitó el establecimiento formal del hermanamiento, el
presidente municipal y el consejo municipal deberán de poner a
consideración del Ayuntamiento la aceptación de la hermandad, con la
finalidad de dar seguimiento al proceso.
2. Celebración del Hermanamiento.
Con la aceptación del Ayuntamiento, se invita a la ciudad
hermana a la celebración mediante una sesión solemne del
Ayuntamiento para la firma del convenio, haciéndose oficial la
relación.
C. Actividades Y Protocolo
Lista de Asistentes
Bienvenida
Himno Nacional de ambos países
Himno de cada ciudad
Lectura del dictamen de hermanamiento
Entrega de Placas o recuerdos.
Palabras del Alcalde anfitrión
Palabras del Alcalde visitante
Condecoraciones y entrega de presentes.
Brindis de Honor, con vino español y pisco sour.
2211
Grafico N° 01
PERFIL MUNICIPAL
Nombrados los Funcionarios encargados, se les solicita elaborar un Perfil Municipal, donde se destaquen las características de la localidad, así como las prioridades del Plan Municipal de Desarrollo y los programas de gobierno en curso
LOCALIZACIÓN DE CIUDADES HERMANAS O
CONTRAPARTES EXTRANJERAS
EL Municipio identifica las áreas de oportunidad que desea potenciar con el acuerdo, lo que facilita la tarea de identificación de ciudades en el extranjero.
La búsqueda se efectúa por cuenta propia del Municipio o sociedad civil.
SELECCIÓN DE CIUDAD O CONTRAPARTE EXTRANJERA
Una vez identificadas las áreas de oportunidad, Funcionario Municipal con ayuda de la sociedad civil eligen una ciudad extranjera, de acuerdo a las fortalezas y debilidades que en materia internacional tenga el Municipio.
EL MUNICI PIO ENTRA EN CONTACTO
El Municipio elabora su Carta de Intención que dirige al Alcalde de la ciudad extranjera. La APCI o MRE puede fungir como conducto, si así lo solicita el Municipio.
LA CIUDAD ACEPTA
El Municipio elabora su proyecto de Acuerdo Hermanamiento, que negocia con la ciudad. extranjeraFIRMA DEL ACUERDO
Posterior a la firma, envía el Acuerdo a la APCI para su inscripción al RAI
LA CIUDAD NO ACEPTA
Concluye el proceso.
Selección de una nueva ciudad extranjera
2222
C. Etapa de operatividad
El Programa de Intercambio de Hermanamiento (PIH) o Programa
Operativo Anual (POA) responde al objetivo de planificar las actividades
de cooperación que sean implementadas con una ciudad o entidad
hermana. Su elaboración y ejecución implica la coordinación de acciones
internas para una mejor y más ordenada presencia internacional del
Municipio o el Estado. Con éste, se aprovechan los recursos humanos,
técnicos y financieros con los que la ciudad podrá desarrollar proyectos
de cooperación internacional.
1) Consideraciones previas
Para la elaboración de un Programa de Intercambio de
Hermanamiento, vale la pena tomar en consideración los siguientes
elementos:
Cada Acuerdo de Hermanamiento celebrado implica la
elaboración de un PIH, por lo que si un Municipio ha firmado
acuerdos con 5 localidades, por ejemplo, tendrá entonces la
necesidad de generar 5 Programas Operativos Anuales.
Para la elaboración del PIH, el área encargada debe consultar al
resto de las oficinas de la estructura administrativa municipal
(Seguridad Pública; Parques y Jardines; Seguridad ciudadana,
Desarrollo Económico, Turismo, etc.) en torno a las actividades de
cooperación que tengan interés en desarrollar con las ciudades o
entidades hermanas. Cada una de las actividades que sean
propuestas, deberán considerarse como “proyectos”, por lo que se
sugiere que el área encargada solicite detalles específicos del
proyecto.
Si el Municipio cuenta con un Comité de Participación Ciudadana
de Hermanamientos (conocidos también como “Comités de
Ciudades Hermanas (CCH)”) en donde participen por igual
2233
funcionarios públicos y ciudadanos, el área encargada deberá
consultar a sus integrantes sobre los proyectos de cooperación que
propongan desarrollar con la ciudad hermana.
Una vez que el área encargada recopile los proyectos que hayan
propuesto tanto las diversas oficinas municipales como el CCH,
seleccionará aquellos que sean considerados prioritarios, de
acuerdo a los objetivos del Acuerdo de Hermanamiento, de las
observaciones del Alcalde Municipal o de las posibilidades
presupuestales del gobierno local, entre otras valoraciones.
De acuerdo a la capacidad del Municipio (en recursos financieros,
humanos, etc.), el área encargada elaborará el PIH, al cual se
integrará la selección de los proyectos propuestos por las diversas
oficinas que se hayan consultado. El área encargada presentará el
PIH al Alcalde Municipal para su aprobación.
Al contar el PIH con el visto bueno del Alcalde Municipal la
oficina encargada enviará una copia del documento a la ciudad o
entidad hermana, a efecto de solicitar sus comentarios y
valoraciones.
En caso de que la ciudad hermana extranjera tenga proyectos de
cooperación distintos a los propuestos, el área encargada deberá
consultar a las oficinas competentes del Municipio o a los
integrantes del Comité de participación ciudadana, sobre la
viabilidad de desarrollarlos. Es decir, que si es recibido un
proyecto, por ejemplo, para que una oficina reciba capacitación a
través de una visita a la localidad extranjera, el área encargada
deberá consultar a la Oficina encargada si es de su interés
participar en dicha actividad.9
9 Óp. Cit. 5.
2244
2) Elaboración de un Programa de Intercambio de Hermanamiento.
Una vez definido los propósitos y el área de interés que se desee
compartir y enriquecer con la ciudad hermana se planteará el
programa de intercambio, el cual puede ser de aspecto cultural,
económico, social, educativo, etcétera; como ejemplo podemos
mencionar los siguientes:
1. Intercambio de visitantes, funcionarios, ciudadanos prominentes,
músicos, estudiantes, maestros, profesionistas, reporteros de
medios de comunicación, grupos de baile folclórico, empresarios,
industriales, etc.
2. Intercambio de promoción turística, en la cual pueden participar
prestadores de servicios turísticos y la autoridad competente de la
ciudad.
3. Intercambio de información a través de grupos de
radioaficionados, quienes pueden entablar conversaciones con los
ciudadanos de la ciudad hermana e intercambiar información con
respecto a las actividades que vienen desarrollando los comités de
ambas ciudades.
4. Exhibición de artesanía, representativa de la ciudad.
5. Intercambio de información entre las cámaras de comercio de
ambas ciudades, realización de misiones con empresarios e
industriales, apoyo al comercio exterior.
6. Intercambio de información entre los gobiernos de ambas
ciudades, con la finalidad de beneficiar las relaciones entre sus
respectivos países.
7. Intercambio de programas de salud tanto pública como privada; en
éste, podrán participar las diversas instituciones de servicios
médicos de ambas ciudades.
2255
8. Intercambio de arte y cultura. Presentación de exposiciones y
exhibiciones de artesanía, fotografías, pintura, escultura, etc.
Formación de talleres de grupos musicales, bailes folclóricos, etc.
9. Intercambio de programas de atención y servicios a la comunidad,
por ejemplo: bomberos, aseo público, alumbrado, atención a niños,
personas de la tercera edad, minusválidos, programas para
drogadictos, etc.
10. Intercambio de programas ecológicos y medio ambiente.
11. Creación de jardines decorativos que lleven el nombre de la ciudad
hermana.
12. Programar en fechas especiales de la ciudad la visita oficial para
presentar y conocer hábitos y costumbres, además de los
productos originales de la comunidad.
2266
Grafico N° 02
RASTREO DE ÁREAS DE OPORTUNIDAD
La oficina municipal designada en el AH como responsable de la operación del convenio, retoma las áreas de cooperación incluidas en el acuerdo, y solicita al resto de las oficinas municipales y al Comité de participación ciudadana, proponer actividades y proyectos de colaboración para trabajar con la contraparte extranjera.
ESPECIFIC ACIÓN DE LOS PROYECTOS
La oficina responsable orienta al resto de las oficinas sobre los detalles que deben especificarse para generar un proyecto, o bien para impulsar una actividad de colaboración.
APROBA CIÓN INTERNA
El Alcalde Municipal y/o el Ayuntamiento, dan su autorización a la bolsa de proyectos incluidos en el primer borrador de Programa de intercambio u Operativo Anual (POA) o Plan de Trabajo Anual (PTA) del Acuerdo.
AUTORIZA CIÓN DEL PRESIDENTE MUNICIPAL Y
DEL AYUNTAMIENTO
El área responsable negocia los proyectos y actividades con la ciudad hermana.
LA CIUDAD EXTRANJERAAPRUEBA LOS PROYECTOS
Se genera el primer borrador de l PIH o POA o PTA y el área responsable da seguimiento a los trabajos y acciones que desarrollen las oficinas municipales involucradas
EL ALCALDE MUNICIPAL Y EL AYUNTAMIENTO
APRUEBAN ALGUNOS PROYECTOS
El área responsable negocia los proyectos autorizados con la ciudad.
EL ALCALDE MUNICIPAL Y/O EL AYUNTAMIENTO NO AUTORIZAN LOS PROYECTOS
Se generan nuevos proyectos o propuestas de actividades
2277
D. Etapa de Fortalecimiento institucional
1. Creación de una oficina de asuntos internacionales, o Adaptar una
oficina ya existente, en un “área internacional”.
La creación de una oficina de asuntos internacional o la
adaptación de una oficina con mayor proyección internacional
constituye una alternativa para trabajar y consolidar cualquier proceso
de hermanamiento que inicie cualquier municipalidad del Perú. Sin
embargo su implementación y adaptación constituye un trabajo que
deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:
a. Revisión de las fortalezas y debilidades del Municipio
Esta etapa resulta necesaria debido a que se podrá
identificar las fortalezas y debilidades del municipio antes o
después del proceso del hermanamiento. Para ello es necesario
plantearse los siguientes puntos:
Preguntas clave:
• ¿Tiene Reglamento Interior?
• ¿Cuál es su estructura orgánica?
• Tradicionalmente, ¿qué funcionario ha tenido bajo su
responsabilidad los asuntos internacionales?
• ¿Existen funcionarios que hablen inglés u otro idioma?
b. Creación De Una Oficina Municipal De Relaciones
Internacionales
La creación de una oficina de cooperación técnica
internacional o la adaptación de una ya existente constituye una
de las alternativas más viables para trabajar e implementar un
proceso de hermanamiento. Para ello es necesario identificar los
siguientes puntos clave:
Puntos Clave:
Dónde ubicarla en el organigrama municipal;
2288
Personal que deberá asignársele;
Modificaciones al Reglamento Interno de la
municipalidad.
Notificación al resto de la administración pública local.
c. Adaptación De Una Ya Existente
Al igual que el acápite anterior, la adaptación de una oficina
ya existente en materia de cooperación técnica internacional,
también resulta una opción viable para trabajar un proceso de
hermanamiento, por ello antes de su adaptación sería necesario
identificar los siguientes puntos clave:
Puntos clave:
• Identificar la oficina con mayor proyección internacional
y con mejor lugar en el organigrama;
• Definir funciones;
• Modificaciones al Reglamento Interior;
• Notificación al resto de la administración.
2. Comité de Participación Ciudadana
Este comité estará encabezado por el presidente o alcalde
municipal como presidente honorario; además, deberán considerar un
presidente ejecutivo, un coordinador general, un secretario, los
responsables de comisiones y los subcomités, los cuales podrán ser
elegidos por votación de mayoría por los integrantes de dicho comité.
La estructura puede variar, dependiendo de la capacidad, el
interés y los objetivos que se acuerden por sus integrantes. La forma de
organización del comité será tan amplia como el trabajo lo requiera, a
fin de cumplir con los propósitos de intercambio que se tengan con la
ciudad a hermanarse.
El presidente o alcalde municipal designa dentro de su
estructura a los miembros de las comisiones, siendo éstos los
2299
responsables de dar a conocer a la ciudadanía las afiliaciones y el
hermanamiento que se logren en beneficio de la comunidad que
representan.
Un punto que facilitará la toma de decisiones de los integrantes
del comité es el contar con un inventario de los recursos humanos y
físicos de la comunidad, así como tener presente las potencialidades de
desarrollo que existen en el municipio para poder realizar proyectos
productivos.
Estructura del Comité de Participación Ciudadana
Presidente Honorario
Alcalde Municipal
Presidente Ejecutivo
Coordinador General
Secretario
Miembros
3300
Gráfico N° 03
ELABORACIÓN DEL DIAGNÓSTICO
El Municipio desarrolla un diagnóstico sobre los pasos que deben darse para implementar cada una de las dos estrategias de esta etapa:
Fortalecimiento de la Administración Pública Municipal
Promoción de la participación ciudadana
REVISIÓN DE LAS FORTALEZAS DEBILIDADES DEL MUNICIPIO
Preguntas clave:
• ¿Tiene Reglamento Interior?
• ¿Cuál es su estructura orgánica?
• Tradicionalmente, ¿qué funcionario ha tenido bajo su responsabilidad los asuntos internacionales?
• ¿Existen funcionarios que hablen inglés u otro idioma?
REVISIÓN DE LAS FORTALEZAS Y DEBILIDADES DEL MUNICIPIO
Preguntas clave:
• ¿Existe ya un Comité constituido?
• ¿Tiene aprobado un Reglamento de Participación Ciudadana?
• ¿Existen otros Comités reglamentados de Participación Ciudadana?
ELABORACIÓN DE DIAGNÓSTICO ELABORACIÓN DE DIAGNÓSTICO
CREACIÓN DE UNA OFICINA MUNICIPAL DE
RELACIONES INTERNACIONALES
ADAPTACIÓN DE UNA YA EXISTENTE
Puntos clave:• Dónde ubicarla en el
organigrama;• Personal que deberá
asignársele;• Modificaciones al
Reglamento Interior;• Notificación al resto
de la administración pública local.
ADAPTACIÓN DE UNA OFICINA YA EXISTENTE
Puntos clave:
• Identificar la oficina con mayor proyección internacional y con mejor lugar en el organigrama;
• Definir funciones;• Modificaciones al
Reglamento Interior;• Notificación al resto de
la administración
CREACIÓ N DE UN NUEVO COMITÉPuntos clave:• En caso de que ya exista un Comité
AC, definir propuesta para invitar a sus integrantes a participar en el Comité Reglamentado que será creado y el oficialmente reconocido por el gobierno municipal;
• Definir organigrama;• Elaborar propuesta de Reglamento y
presentarlo a consideración del Municipio.
• Definir Comisiones.• Lanzar convocatoria.• Definir titularidad.
ADAPTACIÓN DE LAS FUNCIONES A UN COMITÉ YA
CONSTITUIDOPuntos clave:• Elaborar propuesta de
adaptación, para integrar funciones, titulares, organigrama, Comisiones y la fórmula para lanzar convocatoria;
• Proponer las adecuaciones al marco normativo existente.
3311
V. FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO DE HERMANAMIENTO
El financiamiento del proyecto de hermanamiento se encuentra
supeditado a forma como la administración pública local municipal en
coordinación con el pleno del consejo municipal acuerde. Por ejemplo
A. Recursos propios o estatales:
Los ingresos propios de la municipalidad constituye el primer actor
de financiamiento en todo proceso de hermanamiento debido a que no
existe un fondo gubernamental que impulse dichos proyectos.
Sin embargo, una gestión adecuada ante instituciones
gubernamentales centrales como el Fondo Intergubernamental para la
Descentralización (Fide) podría obtenerse un financiamiento parcial o
total para el presente proyecto.
B. Organizaciones No Gubernamentales (Ongs)
Las organizaciones no gubernamentales (Ongs) de alcancen
nacional o internacional también constituyen una forma de lograr el
financiamiento de un proceso de hermanamiento de ciudades, con el
inconveniente de poder estar condicionados al otorgamiento de
beneficios al momento de formular proyectos de desarrollo social.
C. Comunidad Europea:
Para el caso de la comunidad europea existe un presupuesto que es
otorgado para financiar estos tipos de proyectos de hermanamientos de
ciudades con el fin de superar conflictos comunes que aquejan a las
gobiernos locales y unificar fuerzas para la realización de numerosos
proyectos de desarrollo social. Dicho apoyo fue establecido formalmente
en 1989.
Por ejemplo en el años 2003 se planificó un presupuesto de
alrededor de 12 millones de euros anuales para financiar 1.300 proyectos
de hermanamiento de ciudades europeas.10
10
Para mayor información véase http://es.wikipedia.org/wiki/Hermanamiento_de_ciudades
3322
El programa «Europa con los ciudadanos» (1989) El programa
≪Europa con los ciudadanos≫ promueve la ciudadanía europea activa y
se dirige a las autoridades locales, las organizaciones de la sociedad civil
y otros participantes dispuestos a desarrollar actividades que permitan a
los ciudadanos trabajar conjuntamente en la construcción de Europa.
Las ≪Estrellas de Oro≫ son el reconocimiento anual de proyectos
que se han visto especialmente coronados por el éxito y que, por lo tanto,
pueden servir de ejemplo y ser una fuente de inspiración para otros.11
1) Proyectos Premiados Forjados Por El Hermanamiento De
Ciudades12
Conservación de la energía y los recursos naturales, y su
repercusión en la vida diaria de los europeos (municipio de
Nether Kellet, Reino Unido)
Hijos del país, padres de Europa: una misma ciudadanía, pese a
la distinta procedencia (municipio de Coudray-Saint-Germer,
Francia)
Ciudadanos unidos, sin fronteras (municipio de Tekovské
Lužany, Eslovaquia)
Semana Europea (municipio de Hennef, Alemania)
Jornadas Europeas 2006. Solidaridad en Europa, cientos de
ideas, miles de amigos (municipio de Wągrowiec, Polonia).
11
Comisión Europea; Ciudadanía europea activa. Estrellas de Oro 2007 Luxemburgo: Oficina de
Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas 2008 – 16 pp. – 21 x 29,7 cm, ISBN 978-92-79-07733-3 12
Ídem, pág. 1.
3333
VI. DATOS DE INTERES
Si bien es cierto que ambas ciudades son hispanas, pero hay algunas
diferencias en el léxico, y esto serviría para identificar rápidamente, a quienes
nos estamos refiriendo, como:
GENTILICIO:
Al poblador de Jaén-España, su gentilicio es: JIENENSE, mientras que
al poblador de Jaén-Perú, su gentilicio es: JAENÉS o JAENENSE.
INSTITUCIONES:
A la corporación Municipal en España, se le dice AYUNTAMIENTO.
En Perú, se le dice MUNICIPALIDAD
CARGOS:
A los integrantes del cuerpo Municipal, en España, se le dice:
CONSEJAL, en Perú, se le dice: REGIDOR.
GEOGRAFIA:
En la división política y geográfica, en España, se llaman:
COMUNIDADES AUTONOMICAS, y en Perú, se les conoce como:
DEPARTAMENTOS
DISTRIBUCIÓN POLITICA:
La distribución Política de Jaén en Perú, se llama DISTRITO y en Jaén España,
se llama COMARCA.
3344
VII. BIBLIOGRAFIA
1) CEDEMUN, “Como promover el Hermanamiento de Ciudades”, Colima,
Col, Marzo del 2007.
2) Comisión Europea; Ciudadanía europea activa. Estrellas de Oro 2007
Luxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades
Europeas 2008 – 16 pp. – 21 x 29,7 cm, ISBN 978-92-79-07733-
3) Constitución política del Perú.
4) Cooperación Oficial Descentralizada: una nueva competencia del
gobierno municipal en apoyo al desarrollo local.
5) Enciclopedia Libre Wiki pedía,
http://es.wikipedia.org/wiki/Hermanamiento_de_ciudades
6) Ley Orgánica De Gobiernos Regionales – Perú.
7) Ley Orgánica De Municipalidades – Perú.
8) Ley sobre celebración de Tratados, Publicada en el Diario Oficial de la
Federación, jueves 2 de enero de 1992
9) Oficio Nº 176-2010-MPJ/A
10) Secretaria de Relaciones Exteriores de México; Programa Mexicano de
Hermanamientos y Cooperación Descentralizada P R O M E H C I D.
3355
VIII. ANEXOS, MAPAS, SIMBOLOS, FOTOS Y OTROS
A. Mapas y Escudos
1) Jaén-Perú Departamento de Cajamarca Provincia de Jaén
BBaannddeerraa EEssccuuddoo EEssccaarraappeellaa
BBaannddeerraa ddee JJaaéénn EEssccuuddoo ddee JJaaéénn