R-DCA-0830-2018
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa.
San José, a las once horas quince minutos del veintisiete de agosto del dos mil dieciocho. -------
Recurso de apelación interpuesto por el CONSORCIO AJIMA – LABORO – SCA, en contra del
acto del acto de adjudicación dictado dentro de la LICITACIÓN ABREVIADA No. 2018LA-
000006-0006000001, promovida por el CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD (CONAVI),
contratación de “Trabajos para la atención de la Ruta Nacional No. 732 (en lastre), secciones de
control: 21481 y 21482 (San Isidro de Aguas Claras (R.164) – Santa Adela (R.735) – Cuatro
Bocas (Plaza)), Zona 2-1, Liberia”, acto de adjudicación recaído en el CONSORCIO ALSO –
CARIBE – ACOSOL, por un monto de ₡492.349.081,36. ---------------------------------------------------
R E S U L T AN D O
I. Que el Consorcio Ajima – Laboro – SCA, el diez de agosto de dos mil dieciocho, interpuso
ante este órgano contralor recurso de apelación en contra del acto de adjudicación dictado
dentro de la referida Licitación Abreviada No. 2018LA-000006-0006000001. --------------------------
II. Que mediante auto de las doce horas dos minutos del catorce de agosto de dos mil
dieciocho, este órgano contralor solicitó a la Administración el expediente administrativo;
respecto de lo cual el Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), mediante oficio No. PRO 01-
2018-0805 de dieciséis de agosto de dos mil dieciocho, remitió para su consulta al Sistema
Integrado de Compras Públicas (SICOP). ------------------------------------------------------------------------
III. Que la presente resolución se dicta dentro del plazo de ley y en su trámite se han observado
las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes. ---------------------------------------------
C O N S I D E R AN D O
I. Hechos probados: Para la resolución del presente asunto, con mérito en el expediente
administrativo, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que el Consejo
Nacional de Vialidad (CONAVI) promovió la Licitación Abreviada No. 2018LA-000006-
0006000001, para la contratación de trabajos en la atención de la ruta nacional No. 732 (en
lastre), secciones de control 21481 y 21482, correspondiente a San Isidro de Aguas Claras
(R.164) – Santa Adela (R.735) – Cuatro Bocas (Plaza), zona 2-1, Liberia, publicando concurso e
invitaciones mediante SICOP el día veintidós de marzo de dos mil dieciocho (En consulta por
expediente mediante el número de la contratación, en página inicial, apartado denominado “2.
Información de Cartel”, ingresar por el número de contratación identificado como “Versión Actual”, de
fecha 30 de abril de 2018; en la nueva ventana “Detalles del concurso”, título “1. Información general”, ver
2
campo “Fecha/hora de publicación”; del expediente digital de la licitación en el Sistema Integrado de
Compras Públicas SICOP; las invitaciones mediante correo electrónico, en la misma ventana final, título
‘Anuncio’, campo “Consulta de notificaciones”, ingresar por ‘consultar’; en la nueva ventana “Listado de
envíos del correo electrónico”, modificar el rango de fechas para visualizar las invitaciones en la fecha
indicada). 2) Que de conformidad con la Apertura de Ofertas, de las nueve horas del catorce de
mayo de dos mil dieciocho, fueron recibidas cuatro ofertas: la No. 1 de Dinaju, S.A.; la No. 2 del
Consorcio Ajima – Laboro – SCA (conformado por las empresas J.R. Ajima de Occidente, S.A.,
Asfaltos Laboro, S.A., y Sistemas Constructivos de Avanzada & Co., S.A.); la No. 3 del
Consorcio Also – Caribe – Acosol (conformado por las empresas Also Frutales, S.A.,
Constructora Caribe, S.A., e Industrias Acosol, S.A.); y la No. 4 de Constructora Meco, S.A. (En
consulta por expediente mediante el número de la contratación, en apartado denominado “2. Información
de Cartel”, ingresar por “Versión Actual” de fecha 30 de abril de 2018; en la nueva ventana, en título “1.
Información general”, ver el campo “Fecha/hora de apertura de ofertas”, del expediente digital; respecto
del listado de ofertas presentadas en la página principal, título “3. Apertura de ofertas”, en “Partida 1”
ingresar por ‘consultar’; y verlo en la nueva ventana “Resultado de la apertura”, del expediente digital). 3)
Que la oferta del Consorcio Also – Caribe – Acosol cotizó de la siguiente forma: ---------------------
“Formulario No. 5
Sumario de cantidades A continuación, se incluye la lista de precios unitarios por renglón de pago
Renglón de pago
Descripción Unidad Cantidad
Total Precio unitario Precio Total
CR.110.06 Trabajo a costo más porcentaje Global 1,00 ₡26.740.000,00 ₡26,740,000.00
CR.204.03 Excavación en la vía m3 250,00 ₡4,789.91 ₡1,197,477.50
CR.204.08 Excavación de material de préstamo selecto (caso2)
m3 1.500,00 ₡15,214.06 ₡22,821,090.00
CR.209.01 Excavación estructural m3 380,00 ₡5,087.61 ₡1,933,291.80
CR.209.03 Relleno para fundaciones m3 120,00 ₡16,251.42 ₡1,950,170.40
CR.209.04 Relleno para estructuras m3 200,00 ₡16,251.42 ₡3,250,284.00
CR.251.01 Enrocado colocado clase 5 (Tipo de concreto “A” 25 Mpa)
m3 30,00 ₡29,672.50 ₡890,175.00
CR.301.06 Subbase granular, graduación especial (caso 2)
m3 16.000,00 ₡16,126.53 ₡258,024,480.00
CR.413.03 Material de secado m3 90,00 ₡28,766.98 ₡2,589,028.20
CR.552.01 Concreto hidráulico estructural clase “A” (25 MPa)
m3 25,00 ₡155,707.29 ₡3,892,682.25
CR.608.01 Canal revestido tipo IV m2 6.000,00 ₡15,578.36 ₡93,470,160.00
CV.103.01 Descuaje de árboles por hora hr 170,00 ₡44,719.92 ₡7,602,386.40
CV.106.07 Concreto Ciclópeo m3 30,00 ₡136,513.45 ₡4,095,403.50
CV.206.01 Limpieza del sistema de alcantarilla en sitio
unid 20,00 ₡69,679.85 ₡1,393,597.00
CV.212.01 Reposición, sustitución, extensión o complementación de tubería de alcantarillas de concreto con diámetro
m 10,00 ₡134,102.94 ₡1,341,029.40
3
760mm (tubería de concreto C-76, Clase III con refuerzo)
CV.212.01
Reposición, sustitución, extensión o complementación de tubería de alcantarillas de concreto con diámetro 900mm (tubería de concreto C-76, Clase III con refuerzo)
m 36,00 ₡143,776.51 ₡5, 175,954.36
CV.502.01 Reconformación de una Ruta en lastre (calzada, cunetas y espaldones)
m2 90.000,00 ₡162.75 ₡14,647,500.00
CV.505.04 Suministro y mezclado de cemento portland en 15 cm de espesor
ton 202,50 ₡169,830.22 ₡34,390,619.55
CV.505.05 Sello de cura de emulsión asfáltica lt 21.600,00 ₡321.47 ₡6,943,752.00
Total expresado en números ₡492,349,081.36
Total expresado en letras cuatrocientos noventa y dos millones trescientos cuarenta y
nueve mil ochenta y un colones con 36/100”
(En consulta por expediente mediante el número de la contratación, en apartado denominado “3. Apertura
de ofertas”, título ‘Partida’, campo “1 Apertura finalizada”, ingresar por ‘consultar’; en la nueva ventana
“Resultado de la apertura”, en la oferta de posición 3, ingresar por documentos adjuntos; en la nueva
ventana “Detalle documentos adjuntos a la oferta”, descargar el archivo No. 8, “8. propuesta económica
F.pdf”, página 3). 4) Que mediante Análisis de Razonabilidad de Precios, incorporado en el oficio
No. DCVP 43-18-0408 de 4 de junio de 2018, firmado por el Ingeniero Harold Mora Obando, en
su condición de funcionario del Departamento de Costos, por el ingeniero Luis Fernando Vega
Castro, en su condición de Director de Costos de Vías y Puentes, y por el Ingeniero Edgar
Manuel Salas Solís, en su condición de Gerente a.i. de Contratación de Vías y Puentes, oficio
correspondiente a la Dirección de Costos de Vías y Puentes, dirigido a la Proveeduría
Institucional, se concluye lo siguiente: “[…] / I. Ofertas recibidas. / Se recibieron 4 (cuadro)
ofertas, el 14 de mayo del 2018, que se detallan seguidamente. ------------------------------------------
Cuadro No.1 Resumen de ofertas recibidas y orden de mérito respectivo.
Orden de mérito Oferta No. Nombre del Oferente Monto global de oferta (₡) (*)
1 4 Constructora DINAJU, S.A. 471.952.054,25
2 1 Consorcio Ajima-LABORO-SCA 490.645.384,00
3 3 Consorcio Also - Caribe - Acosol 492.349.081,36
4 2 Constructora MECO, S.A. 589.428.290,91
(*) Los montos de las ofertas son tomados de la información de SICOP de fecha 14 de mayo del 2018.
[…] / IV. Análisis de razonabilidad de precios unitarios de la oferta de la Constructora Dinaju,
S.A., (primera en orden de mérito) para el proyecto en referencia. / Dicha empresa no cotizó el
renglón de pago “CV.212.01: Reposición, sustitución, extensión o complementación de tubería
de alcantarillas de concreto con diámetro 760 mm (tubería de concreto C-76, Clase III con
refuerzo)”, de acuerdo al sumario de cantidades y las memorias de cálculo respectivas. / […] de
acuerdo a lo anteriormente indicado queda excluida del análisis de razonabilidad de precios. /
4
V. Análisis de razonabilidad de precios unitarios de la oferta del Consorcio Ajima – Laboro –
SCA, (segunda en orden de mérito) para el proyecto en referencia. / […] / De acuerdo a lo antes
expuesto, el Consorcio Ajima – Laboro – SCA, cotizó en la memoria de cálculo presentada para
el renglón de pago “CV.103.01 Descuaje de árboles”, solamente 2 motosierras (1 sierra
telescópica y 1 motosierra estándar), contrario a lo que solicita el cartel para dicho renglón,
según la especificación antes transcrita faltaría una motosierra estándar; por lo cual, la
subsanación de ello (incorporación de dicho equipo) en la memoria de cálculo, produciría una
variación del precio unitario ofertado, incumpliendo el Artículo No. 25 del Reglamento a la Ley
de Contratación Administrativa, en cuanto a que el precio “deberá ser cierto y definitivo”; por lo
tanto, esta oferta no es susceptible de adjudicación. / […] / VII. Conclusión. / […] / Así las cosas,
una vez realizado el análisis de razonabilidad de precios, revisadas las memorias de cálculo
brindadas por el oferente, se determina que de acuerdo con el monto total estimado por la
Administración, correspondiente a ₡484.112.882,28 (cuatrocientos ochenta y cuatro millones
ciento doce mil ochocientos ochenta y dos colones con 28/100) y el monto total ofertado por el
Consorcio Also-Caribe-Acosol, correspondiente a ₡492.349.081,36 (cuatrocientos noventa y
dos millones trescientos cuarenta y nueve mil ochenta y un colones con 36/100); que
representa un 101,70% (ciento uno coma setenta por ciento) del precio estimado por la
Administración; se concluye que la oferta de este oferente es razonable analizándola en su
totalidad y es susceptible de adjudicación. / Con respecto, a la verificación del cumplimiento de
los salarios mínimos más cargas sociales vigentes a partir del 1 enero año 2018 de esta oferta,
como se señaló antes, los salarios ofertados por dicho consorcio cumplen a cabalidad éstos. /
[…]” (En consulta por expediente mediante el número de la contratación, en apartado denominado “4.
Información de Adjudicación”, campo “Recomendación de adjudicación” ingresar por ‘consultar’; en la
nueva ventana “Informe de recomendación de adjudicación”, título “Información general”, campo
“Resultado de los estudios técnicos”, ingresar por “Consulta del resultado de la verificación(Partida:1,
Fecha de solicitud:14/05/2018 09:18)”; en la nueva ventana “Detalles de la solicitud de verificación”, título
“3. Encargado de la verificación”, en campo No. 1 ingresar por ‘Tramitada’; en la nueva ventana
“Resultado de la solicitud de verificación o aprobación recibida”, título “Comentarios de la verificación”
descargar el documento “DCVP 43-18-0408 ANALISIS DE RAZONABILIDAD 2018LA-000006-
0006000001 ALSO.pdf”). 5) Que de conformidad con el Análisis Técnico, incorporado en el oficio
No. DCO 15-18-0433 de 21 de junio de 2018, firmado por la ingeniera Irene Serrano Chaves, en
5
su condición de funcionaria de la Dirección de Contratación de Vías y Puentes, y por el
ingeniero Edgar Manuel Salas Solís, en su condición de Gerente a.i. de Contratación de Vías y
Puentes, oficio de la Dirección de Contratación de Vías y Puentes, dirigido a la Proveeduría
Institucional, se concluyó lo siguiente: “[…] / A continuación, se indica el detalle de la evaluación
técnica realizada. / 1. Ofertas recibidas. --------------------------------------------------------------------------
Posición Nombre del oferente Monto oferta (₡)(*) Plazo (días)
1 Dinaju S.A. ₡471.952.054,25 (**)
2 J.R. Ajima de Occidente S.A. ₡490.645.384,00 (**)
3 Consorcio Also-Caribe-Acosol ₡492.349.081,36 120
4 Constructora Meco S.A. ₡589.428.290,91 (***)
(*) Precios tomados de la consultada de ofertas “Información de bienes, servicios u obras”. (**) No analizada, considerando informe de razonabilidad de precios, oficio No. DCVP 43-18-0408 de fecha 04 de junio de 2018. (***) De acuerdo a lo establecido en el Aparte No. 13.4 del cartel de contratación; “La Administración se reserva el derecho de analizar únicamente la oferta de menor precio”.
2. Verificación de cumplimiento de los requisitos de admisibilidad. -----------------------------------------------------
Posición Nombre del oferente Cumple requisitos
1 Dinaju S.A. (**)
2 J.R. Ajima de Occidente S.A. (**)
3 Consorcio Also-Caribe-Acosol Sí (*)
4 Constructora Meco S.A. (***)
(*) Se verificó la totalidad de los documentos incluidos en la oferta. (**) No analizada, considerando informe de razonabilidad de precios, oficio No. DCVP 43-18-0408 de fecha 04 de junio de 2018. (**) De acuerdo a lo establecido en el Aparte No. 13.4 del cartel de contratación; “La Administración se reserva el derecho de analizar únicamente la oferta de menor precio”.
[…] / 4. Verificación de cumplimiento de los requisitos técnicos. -------------------------------------------
Posición Nombre del oferente Cumple requisitos
1 Dinaju S.A. - (**)
2 J.R. Ajima de Occidente S.A. - (**)
3 Consorcio Also-Caribe-Acosol Sí (*)
4 Constructora Meco S.A. - (***)
(*) Se verificó la totalidad de los documentos incluidos en la oferta. (**) No analizada, considerando informe de razonabilidad de precios, oficio No. DCVP 43-18-0408 de fecha 04 de junio de 2018. (**) De acuerdo a lo establecido en el Aparte No. 13.4 del cartel de contratación; “La Administración se reserva el derecho de analizar únicamente la oferta de menor precio”.
Conclusión. / En virtud de lo expuesto en los puntos anteriores y de conformidad con lo
establecido en el cartel de contratación, se concluye que la oferta presentada por la empresa
Consorcio Also-Caribe-Acosol, por un monto de ₡492.349.081,36 (cuatrocientos noventa y dos
millones trescientos cuarenta y nueve mil ochenta y un colones con treinta y seis céntimos) y un
plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días naturales, es elegible desde el punto de vista
6
técnico y por lo tanto, susceptible de adjudicación. / […]” (En consulta por expediente mediante el
número de la contratación, en apartado denominado “4. Información de Adjudicación”, campo
“Recomendación de adjudicación” ingresar por ‘consultar’; en la nueva ventana “Informe de
recomendación de adjudicación”, título “Información general”, campo “Resultado de los estudios
técnicos”, ingresar por “Consulta del resultado de la verificación(Partida:1, Fecha de solicitud:14/05/2018
09:27)”; en la nueva ventana “Detalles de la solicitud de verificación”, título “3. Encargado de la
verificación”, en campo No. 1 ingresar por ‘Tramitada’; en la nueva ventana “Resultado de la solicitud de
verificación o aprobación recibida”, título “Comentarios de la verificación” descargar el documento “DCO
15-18-0433 (IT Consorcio Also-Caribe-Acosol) firma.pdf”). 6) Que de conformidad con la sesión de
las 8:31 horas a las 8:45 horas del 27 de junio de 2018, asentada en acta No. 194-2018, de la
Comisión de Recomendación de Adjudicaciones, firmada por el ingeniero Edgar May Cantillano,
en su condición de Gerente a.i. de Conservación de Vías y Puentes, por la Licenciada Sylvia
Morales Salas, en su condición de Asesora Legal de la Proveeduría Institucional, y por la
Licenciada Carmen Madrigal Rímola, en su condición de Presidente de la Comisión de
Recomendación de Adjudicaciones, se acordó lo siguiente: “[…] / Por todo lo anteriormente
indicado, se recomienda adjudicar la presente licitación; al Consorcio Also-Caribe-Acosol,
conformado por las empresas Also Frutales Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-
408064; Constructora Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-1011417 e Industrias
Acosol Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-105904, por un monto de ₡492.349.081,36
(cuatrocientos noventa y dos millones trescientos cuarenta y nueve mil ochenta y un colones
con 36/100) y un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días naturales. No hay votos en
contra. Acuerdo firme. […]” (En consulta por expediente mediante el número de la contratación, en
apartado denominado “4. Información de Adjudicación”, campo “Recomendación de adjudicación”
ingresar por ‘consultar’; en la nueva ventana “Informe de recomendación de adjudicación”, título “Archivo
adjunto”, descargar el número 1, denominado “ CRA 031-2018 2018LA-000006-0006000001.pdf”). 7)
Que de conformidad con el artículo IV de la sesión ordinaria de 16 de julio de 2018, asentada
en el acta No. 037-2018, del Consejo de Administración del Consejo Nacional de Vialidad,
comunicado mediante oficio No. ACA 01-18-0492 (74) de 27 de julio de 2018, firmado por la
Licenciada Magally Mora Solís, en su condición de Secretaria de Actas del Consejo de
Administración, se acordó lo siguiente: “[…] / Acuerdo 4. Analizados los informes legal, técnico,
de razonabilidad de precios, la recomendación de la Comisión de Recomendación de
7
Adjudicaciones No. CRA 031-2018 y el oficio de la Dirección Ejecutiva No. DIE-08-18-1834, se
acogen y se adjudica la Licitación Abreviada No. 2018LA-000006-0006000001 […] al consorcio
Also Caribe-Acosol […], por un monto de ₡492.349.081,36 (cuatrocientos noventa y dos
millones trescientos cuarenta y nueve mil ochenta y un colones con 36/100), y un plazo de
ejecución de 120 días naturales. / […]” (En consulta por expediente mediante el número de la
contratación, en apartado denominado “4. Información de Adjudicación”, campo “Acto de adjudicación”
ingresar por ‘consultar’; en la nueva ventana “Acto de adjudicación”, título “Acto de adjudicación”, campo
“Aprobación del acto de adjudicación”, ingresar por “Consulta del resultado del acto de
adjudicación(Fecha de solicitud:03/08/2018 08:46)”; en la nueva ventana “Detalles de la solicitud de
verificación”, título “2. Archivo adjunto”, descargar el número 1, denominado “5097-18 ACA 01-18-0492
2018LA 06.pdf”). -----------------------------------------------------------------------------------------------------------
II. Sobre la competencia de la Contraloría General para conocer del recurso: El artículo 86
de la Ley de Contratación Administrativa (LCA) señala: “La Contraloría General de la República
dispondrá, en los primeros diez días hábiles, la tramitación del recurso o, en caso contrario, su
rechazo por inadmisible o por improcedencia manifiesta. […].” Por su parte, el artículo 187 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA) dispone en lo que interesa: “El
recurso de apelación será rechazado de plano por inadmisible, en los siguientes casos: / […] /
c) Cuando no corresponda conocerlo a la Contraloría General de la República en razón del
monto. / […].” Conforme los numerales normativos transcritos, corresponde referirse a las
características de la contratación para determinar si este órgano contralor es competente para
conocer del recurso incoado. La Administración ha promovido el presente concurso para
efectuar trabajos en la ruta nacional No. 732, en lastre, correspondiente a las secciones de
control números 21481 y 21482, de la zona 2-1, Liberia, correspondientes a San Isidro de
Aguas Claras, R.164 – Santa Adela, R.735 – Cuatro Bocas, plaza (ver hecho probado 1), según
el siguiente objeto contractual (Capítulo I, cláusula 3): “[…] trabajos para rehabilitación,
mantenimiento periódico y mantenimiento rutinario en la Ruta Nacional No. 732 (en lastre),
secciones de control Nos.: 21481 y 21482 (San Isidro de Aguas Claras (R.164)-Santa Adela
(R.735)-Cuatro Bocas (Plaza)), Zona 2-1, Liberia, que incluyen: excavación en la vía y para
estructuras; suministro y colocación de material de préstamo (caso 2); suministro y colocación
de material de relleno de fundación y para estructuras; colocación de enrocado (concreto tipo
“A” 25 MPa); suministro y colocación de subbase de agregados (graduación especial);
8
suministro y colocación de material de secado; suministro y colocación de concreto hidráulico
estructural “A” (25 MPa); confección de canal revestido; descuaje de árboles; suministro y
colocación de concreto ciclópeo; limpieza del sistema de alcantarillado, suministro y colocación
de tubería de alcantarillado; reconformación de la calzada, cunetas y espaldones; suministro y
mezclado de cemento portland; suministro y colocación de sello de emulsión asfáltica; entre
otros, de conformidad con los términos del presente documento. En el Capítulo II “Condiciones
específicas”, se describen la naturaleza y los alcances de los trabajos objeto de esta
contratación. / […]” (En consulta por expediente mediante el número de la contratación, en apartado
denominado “2. Información de Cartel”, ingresar por la versión actual del cartel, de 30 de abril de 2018;
en la nueva ventana “Detalles del concurso”, título “F. Documento del cartel”, descargar el No. 2
denominado “Documento Requerimiento SICOP R.N. No. 732 LA (VF4 marzo 2018) FIRMA (1).pdf”;
página 6). Las anteriores actividades se concretan en cuanto a cantidades en la cláusula 7.11
del Capítulo I, al señalar: “La oferta deberá presentarse bajo el siguiente formato: -------------------
Sumario de cantidades Licitación Abreviada, proyecto:
“Trabajos para la atención de la Ruta Nacional No. 732 (en lastre), secciones de control Nos.: 21481 21482 (San Isidro de Aguas Claras (R.164)-Santa Adela (R.735)-Cuatro Bocas (Plaza)), Zona 2-1, Liberia”
Renglón de pago
Descripción CR-2010 Unidad Cantidad
Total Precio unitario
Precio Total
CR.110.06 Trabajo a costo más porcentaje Global 1,00 26.740.000,00
CR.204.03 Excavación en la vía m3 250,00
CR.204.08 Excavación de material de préstamo selecto (caso2)
m3 1.500,00
CR.209.01 Excavación estructural m3 380,00
CR.209.03 Relleno de fundación m3 120,00
CR.209.04 Relleno para estructuras m3 200,00
CR.251.01 Enrocado colocado clase 5 (Tipo de concreto “A” 25 MPa)
m3 30,00
CR.301.01 Subbase granular, graduación especial (caso 2) m3 16.000,00
CR.413.03 Material de secado m3 90,00
CR.552.01 Concreto hidráulico estructural clase “A” (25 MPa) m3 25,00
CR.608.01 Canal revestido tipo IV m2 6.000,00
CV.103.01 Descuaje de árboles hr 170,00
CV.106.07 Concreto Ciclópeo m3 30,00
CV.206.01 Limpieza del sistema de alcantarilla en sitio u 20,00
CV.212.01
Reposición, sustitución, extensión o complementación de tubería de alcantarillas de concreto con diámetro 760mm (tubería de concreto C-76, Clase III con refuerzo)
m 10,00
CV.212.01
Reposición, sustitución, extensión o complementación de tubería de alcantarillas de concreto con diámetro 900mm (tubería de concreto C-76, Clase III con refuerzo)
m 36,00
CV.502.01 Reconformación de una Ruta en lastre (calzada, cunetas y espaldones)
m2 90.000,00
9
CV.505.04 Suministro y mezclado de cemento portland en 15 cm de espesor
ton 202,50
CV.505.05 Sello de cura de emulsión asfáltica lt 21.600,00
(Cartel, páginas 10 y 11). El objeto contractual debe ejecutarse dentro de un plazo determinado,
conforme la cláusula 6.1 del Capítulo I, al disponer lo siguiente: “El plazo de ejecución del
contrato será de 120 (ciento veinte) días naturales, contados a partir de la fecha indicada en la
“orden de inicio” emitida por parte de la unidad supervisora del contrato. No se considerarán
dentro del plazo de ejecución, los días no laborables por malas condiciones climáticas o
eventos compensables, entendidos éstos como causales eximentes de responsabilidad
sustentados en caso fortuito, fuerza mayor o hecho de la propia Administración. / El plazo
anteriormente indicado de 120 (ciento veinte) días naturales días naturales se entenderá
equivalente a 4 (cuatro) meses, únicamente para efectos de la presentación de la garantía de
cumplimiento.” (Cartel, página 9). Por último, la cláusula 2 del Capítulo II, en cuanto a cantidades
definidas, establece lo siguiente: “El proyecto incluye la realización de actividades en la Ruta
Nacional No. 732 (en lastre), secciones de control Nos.: 21481 y 21482 (San Isidro de Aguas
Claras (R.164)-Santa Adela (R.735)-Cuatro Bocas (Plaza)), Zona 2-1, Liberia; de acuerdo a las
cantidades descritas en los sumarios de cantidades (Aparte No. 7.11, Capítulo I). / El trabajo
incluye el suministro por parte del contratista de todos los materiales, maquinaria, equipo y
mano de obra necesarios para la ejecución de las obras contratadas. El contratista será el único
responsable por atrasos que la falta de materiales, maquinaria, equipo y mano de obra pueda
causar. En ningún caso se permitirán cambios de material ni de extensiones de plazo por falta
de previsión del contratista.” (Cartel, página 43). Establecidas las anteriores condiciones de la
contratación, participan cuatro oferentes, Dinaju, S.A., Consorcio Ajima – Laboro – SCA,
Consorcio Also – Caribe – Acosol, Constructora Meco, S.A. (ver hecho probado 2); de las
cuales Dinaju, S.A., y el Consorcio apelante son excluidos técnicamente por no superar la etapa
de estudio de razonabilidad de precio, ante la ausencia de cotización de renglones, o cotización
incompleta (ver hecho probado 4); la oferta de Constructora Meco, S.A., no fue evaluada al
presentar el precio más alto de las cuatro ofertas, y existir oferta elegible de menor precio (ver
hecho probado 5); y una vez lo anterior, el Consorcio Also – Caribe – Acosol resultó
técnicamente elegible (ver hechos probados 4 y 5), y al mediar recomendación, fue dictado acto
de adjudicación a su favor en la suma de ₡492.349.081,36 (ver hechos probados 6 y 7). El
Consorcio apelante presenta recurso de apelación ante esta sede por considerar que habría
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cotizado de forma completa las motosierras estándar, y ostentar mejor precio que el consorcio
adjudicatario, al cual le imputa incumplimientos; agregando que la presente contratación no
debe entenderse como de obra para los efectos de los Límites de Contratación Administrativa,
pues se refiere a conservación (mantenimiento rutinario y periódico). De conformidad con las
cláusulas antes transcritas, en el presente caso el contratista debe suministrar y colocar los
materiales para efectos de rehabilitar y brindar mantenimiento periódico, en los términos
definidos por el artículo primero de la Ley de Creación del Consejo de Vialidad, con lo cual
basta referir el renglón de pago No. CR.301.06, “Subbase granular, graduación especial (caso
2)”, para considerar la presente licitación como de obra pública; ello en la medida que fue
cotizado por el consorcio adjudicatario en un monto total de ₡258.024.480,00 (ver hecho
probado 3), cifra que representa el 52.40% del monto total adjudicado, que se reitera fue de
₡492.349.081,36, porcentaje que incide en la definición de obra pública según se expone a
continuación. Este órgano contralor, mediante oficio 05448 (DAGJ-0757-2009) de 26 de mayo
de 2009, se refirió el tema de obra pública, disponiendo lo siguiente: “[…] / Aclarado lo anterior,
en la línea de la resolución de comentario, los contratos de obra pública que entran la distinción
efectuada son aquellos puramente referidos a obras materiales destinadas a construcción,
ampliación, remodelación, demolición y mejoras de infraestructura entendida ésta en un sentido
amplio. / En igual sentido, aquellas otras obras materiales que se incorporan a la obra principal
y que se podrían denominar secundarias en función de la obra principal, pero que se adhieren a
ella, es decir actividades tales como reparaciones de techos, ventanas; pintura de los
inmuebles, demarcación de vías, por ejemplo, estarían incluidas dentro de los contratos de obra
pública según lo que la resolución de este órgano contralor figuró al momento de su emisión,
siempre que no se trate de la contratación de servicios técnicos o profesionales para efectuar
dichas labores. / […]”. Ahora bien, en la consideración y valoración de qué se entiende como
contrato de obra, también se tiene que el artículo 3 del Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública contiene algunas disposiciones orientadoras para
complementar esta discusión, para lo cual puede considerarse: “[…] / En el caso de contratos
que integren además del concepto de obra, el diseño o el suministro de bienes u otro tipo de
servicios, la cuantía para determinar la competencia de este órgano contralor se definirá a partir
del componente de mayor estimación. La competencia para conocer del refrendo estará en
función de si el componente predominante es la obra. / […]”; por lo que también puede
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considerarse esa referencia para efectos de la ponderación de este caso respecto de los
Límites de Contratación Administrativa. En el caso, resulta de interés esta discusión en la
medida que, de la tabla de pagos contempla dos renglones que podrían considerarse como de
servicios (parte de labores correspondientes al mantenimiento rutinario), CV.103.01 Descuaje
de árboles, y CV.206.01 Limpieza del sistema de alcantarilla en sitio; que sin embargo no
permiten desvirtuar la definición de la presente contratación como de obra pública. Una vez
establecido lo anterior, la Contraloría General de la República ostenta competencia para
conocer de los recursos de apelación que en contra del acto final sean interpuestos, si por el
monto corresponde, para lo cual se atenderá al estrato presupuestario de cada Administración;
siendo que de conformidad con la resolución del Despacho Contralor No. R-DC-15-2018, de las
nueve horas del veintiuno de febrero del dos mil dieciocho, publicada en el Alcance Digital No.
42 a La Gaceta No. 37 del martes 27 de febrero del 2018, donde se actualizan los límites de
contratación administrativa, el Consejo Nacional de Vialidad se encuentra en el estrato ‘A’
según lo dispuesto en el artículo XI. De esa forma, el recurso de apelación dentro de
contrataciones de obra procede –conforme al numeral I.B–, en aquellos casos donde la
adjudicación supere los ₡504.000.000,00 (quinientos cuatro millones de colones exactos). En
consecuencia, considerando que en este caso la suma total adjudicada corresponde a
₡492.349.081,36, no es alcanzado el mínimo establecido para habilitar la competencia de este
órgano contralor para conocer del recurso interpuesto. En virtud de las consideraciones
anteriores y en armonía con lo dispuesto en el artículo 187 inciso c) del RLCA, se impone
rechazar de plano por inadmisible el recurso de apelación incoado, por cuanto esta
Contraloría General no ostenta la competencia para conocerlo, en razón del monto de la
adjudicación. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------
P O R T AN TO
De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 182, 183 y 184, de la
Constitución Política; 86 y siguientes de la Ley de la Contratación Administrativa, 182, 183 y
187 inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa se resuelve: 1)
RECHAZAR DE PLANO POR INADMISIBLE, el recurso de apelación interpuesto por el
Consorcio Ajima – Laboro – SCA, en contra del acto del acto de adjudicación dictado dentro de
la Licitación Abreviada No. 2018LA-000006-0006000001, promovida por el Consejo Nacional
de Vialidad (CONAVI), contratación de “Trabajos para la atención de la Ruta Nacional No. 732
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(en lastre), secciones de control Nos.: 21481 y 21482 (San Isidro de Aguas Claras (R.164) –
Santa Adela (R.735) – Cuatro Bocas (Plaza)), Zona 2-1, Liberia”, acto de adjudicación recaído
en el Consorcio Also – Caribe – Acosol, por un monto de ₡492.349.081,36. ---------------------------
NOTIFÍQUESE.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Allan Ugalde Rojas Gerente de División
Elard Gonzalo Ortega Pérez Fernando Madrigal Morera
Gerente Asociado Gerente Asociado a.i
Estudio y redacción: Rolando A. Brenes Vindas. rbv/chc NN: 12218 (DCA-3073) NI: 20548, 20924. G: 2018002649-1 Expediente electrónico CGR-REAP-2018005275 CI: Archivo central