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Reforma Fiscal 2020 · 2020-01-16 · INGRESOS MEDIANTE PLATAFORMAS DIGITALES Los contribuyentes PF...

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Reforma Fiscal 2020
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Reforma Fiscal2020

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TEMARIO

1. Antecedentes e indicadores económicos2. Reforma Ley del I.S.R. 3. Reforma Ley del I.V.A. 4. Reforma Ley del I.E.P.S.5. Reforma C.F.F.6. Estímulos L.I.F.7. Reforma en materia Penal – Fiscal.

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ANTECEDENTES E INDICADORES HISTÓRICOS

COMPARATIVA DE IMPUESTOS EN MILES DE MDP

IMPUESTOS 2020 2019 2018 2017

ISR $1,852,852 $1,752,500 $1,566,187 $1,425,802

IVA $1,007,546 $995,203 $876,936 $797,654

IEPS $515,733 $437,901 $421,777 $433,890

INDICADORES ECONÓMICOS

AÑO

TIPO DE CAMBIO

(POR DÓLAR)

TASA DE RECARG

OSINFLACIÓN

CRECIMIENTO DEL

PIB

TASA DE

INTERÉS

SALARIO MÍNIMO

SALARIO MÍINIMO EN FRONTERA

VALOR DE LA UMA

DIARIO

TASA DE RETENCIÓ

N DE INTERÉS

SF

2020 $20 1.47% 3.0%1.5% al

2.5%7.4% $123.22 $185.56 $86.88 1.45%

2019 $20 1.47% 3.4%1.5% al

2.5%8.3% $102.68 $176.72 $84.49 1.04%

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LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

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INGRESOS MEDIANTE PLATAFORMAS DIGITALES

Los contribuyentes PF con actividades empresariales que obtengan ingresos porla prestación de servicios o venta de bienes a través de internet mediante

plataformas tecnológicas, se adiciona un nuevo esquema en la ley para el pago delISR, esto en sustitución del RIF, mediante una retención que efectúe el prestadordel servicio de la plataforma digital.

Dicha retención se efectuará sobre el total de los ingresos percibidos, sin considerarel IVA que causen por el servicio o venta y tendrán el carácter de pago provisional.

Algunas de las obligaciones que se contemplan en el nuevo esquema son:

Conservar comprobante fiscal que

proporcione el prestador de los

servicios digitales por los ingresos y

retenciones que efectuó.

Expedir comprobantes

fiscales digitales por los ingresos

percibidos.

Presentar ante el SAT aviso para considerar las

retenciones como definitivas

(ISR e IVA).

Proporcionar al prestador de servicios digitales datos como nombre, RFC, CURP, domicilio

fiscal y CLABE bancaria. En caso de no proporcionar el RFC

se podrá efectuar una retención del 20% sobre el

total de los ingresos.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

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INGRESOS MEDIANTE PLATAFORMAS DIGITALES

I.Transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes (Tasas del 2% al 8%, según ingresos mensuales).

II. Servicios de hospedaje (ejemplo Airbnb) (Tasas del 2% al 10%, según ingresos mensuales).

III. Venta de bienes y prestacion de servicios (Tasas del 0.4% al 5.4%, según ingresos mensuales).

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

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INGRESOS MEDIANTE PLATAFORMAS DIGITALES

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

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SUBCONTRATACIÓN LABORAL

Al pagar servicios de subcontratación laboral,para deducir dichas erogaciones se deberáretener y enterar el 6% del valor de lacontraprestación por concepto del IVA.

Conforme a la exposición de motivos de lareforma solo les aplicaría a las empresas desubcontratación (Outsourcing).

Servicios facturados en 2019 pagados en 2020.Se establece el plazo de 10 días para liquidar operaciones de 2019, sin efectuar la retención.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

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ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO

Tratándose de juicios de arrendamiento inmobiliario enlos que se condene al arrendatario al pago de las rentasvencidas, la autoridad judicial requerirá al acreedor quecompruebe haber emitido los CFDI´S a que se refiereesta fracción.

En caso de que el acreedor no compruebe haberemitido dichos CFDI´S, la autoridad judicial deberáinformar al SAT la omisión mencionada en un plazomáximo de 5 días contados a partir del vencimiento delplazo que la autoridad judicial haya otorgado alacreedor para cumplir el requerimiento.

Recomendaciones:A partir de 2020, se sugiere se expidan los CFDI correspondientes por los ingresos devengados por arrendamiento.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

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EMPLEADORES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Los contribuyentes que contraten personas quepadezcan discapacidad motriz, mental, auditiva ode lenguaje en un 80% o más de la capacidadnormal o discapacidad mental, así como invidentes yadultos mayores podrán deducir de sus ingresosacumulables un monto adicional equivalente al 25%del salario pagado a las personas referidas.

Deducción adicional del 25% para empleadores que contraten personas con discapacidad.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

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TASA DE INTERÉS DE RETENCIÓN SOBRE AHORRO

A partir del 2020 la tasa de retención anual de ISR aumentó del 1.04% al 1.45% para las inversiones.

La metodología para calcular dicha tasa en PF es la siguiente:

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

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PAGOS EFECTUADOS A PARTES RELACIONADAS – NO DEDUCIBLES

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

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OTRAS CONSIDERACIONES

Disminución de la PTU en pagos provisionales del ISR

Tasa efectiva aplicable a negativa de pensiónLas personas físicas que no reúnan los requisitos legalespara obtener una pensión del Seguro Social y delISSSSTE, están sujetas a una retención provisional de20%, la cual es excesiva para las personas que retiren enuna sola exhibición los recursos acumulados en suscuentas individuales (AFORE).

A través de reglas misceláneas se establece unprocedimiento para determinar una tasa efectiva, enlugar del 20%; sin embargo, el procedimiento no se aplicade forma homogénea entre las diversas Afores.

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

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LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

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SERVICIOS DIGITALES PRESTADOS MEDIANTE APLICACIONES O CONTENIDO DIGITAL A TRAVÉS DE INTERNET U OTRA RED

Los contribuyentes que presten servicios digitales areceptores en territorio nacional y que sean brindadosmediante aplicaciones o contenidos en formato digital através de Internet u otra red, deberán calcular de formamensual el IVA correspondiente, aplicando la tasa del 16% alas contraprestaciones efectivamente cobradas en dicho mesy efectuar su pago mediante declaración electrónica.

Son servicios digitales:

La descarga o acceso a imágenes, películas, texto, información,

video, audio, música, juegos. Excepto

cuando se trate de libros, periódicos y

revistas electrónicos.

Los de intermediación entre terceros que sean oferentes de

bienes o servicios y los demandantes de los mismos.

Excepto cuando se trate de intermediación que tenga por

objeto la enajenación de bienes muebles usados.

Clubes en línea y

páginas de citas.

La enseñanza a distancia o de

test o ejercicios.

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

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SERVICIOS DIGITALES PRESTADOS MEDIANTE APLICACIONES O CONTENIDO DIGITAL A TRAVÉS DE INTERNET U OTRA RED

• El receptor del servicio manifieste al prestador del servicioun domicilio ubicado en territorio nacional.

• El receptor del servicio realice el pago al prestador delservicio mediante un intermediario ubicado en territorionacional.

• La dirección IP que utilicen los dispositivos electrónicosdel receptor del servicio corresponda al rango dedirecciones asignadas a México.

• El receptor haya manifestado al prestador del servicio unnúmero de teléfono, cuyo código de país corresponda aMéxico.

El servicio se presta en México cuando:

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

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SERVICIOS DE TRANSPORTE PARTICULAR

Los contribuyentes que prestan servicio detransporte a través de plataformas de serviciosdigitales de intermediación entre terceros,cuando el vehículo con los que se proporcioneel servicio sea de uso particular, no seconsiderará servicio de transporte públicoterrestre, por lo que deberán enterar el IVAcorrespondiente. (UBER,DIDI, CABIFY, ETC.).

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

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Las instituciones de asistencia o debeneficencia, autorizadas por las leyes de lamateria, o bien, las sociedades oasociaciones civiles, organizadas sin fines delucro, y autorizadas para recibir donativos enlos términos de la Ley del ISR, están exentasdel pago del IVA por :

• Enajenación de bienes.• Prestación de servicios.• Otorgamiento del uso o goce temporal de

bienes que realices.

EXENCIÓN DE LAS ACTIVIDADES QUE REALIZAN LAS INSTITUCIONES AUTORIZADAS PARA RECIBIR DONATIVOS

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

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Se incluye en la Ley, la facilidad ya previstaen regla, para que las personas moralesobligadas a efectuar retención del impuestopor los servicios personales independientesque reciban o usen o gocen temporalmentebienes, prestados u otorgados por personasfísicas, no tengan que proporcionar elcomprobante fiscal respectivo (constancia),siempre que la persona física expida uncomprobante fiscal donde se señaleexpresamente el monto del impuestoretenido.

OPCIÓN PARA NO EMITIR CFDI DE RETENCIONES

LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

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LEY DEL IMPUESTO SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS.

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Actualización de las tasas para tabacos y bebidassaborizantes.

La cuota aplicable a los tabacos labrados para elejercicio fiscal de 2020, se actualizará con el factorcorrespondiente al periodo comprendido desde el mesde diciembre de 2010, hasta el mes de diciembre de2019.

ALGUNAS CONSIDERACIONES DEL IEPS

La cuota aplicable a bebidas saborizadas para el ejercicio fiscal de 2020, se actualizará con elfactor de correspondiente al periodo comprendido desde diciembre de 2017, hasta diciembrede 2019.

Compensación de saldo a favor de IEPS.A partir del ejercicio fiscal de 2020, los saldos a favor del IEPS podrán compensarseúnicamente contra el IEPS a cargo del contribuyente por la enajenación de bienes de la mismaclase.

LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODCUCCIÓN Y SERVICIO

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CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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A partir del 2020 se requiere que todo tipo de operaciones contratadas tengan un beneficioeconómico razonablemente esperado, es decir, genere ingresos, reduzca costos, aumente elvalor de los bienes que sean de su propiedad, mejorar su posicionamiento en el mercado,entre otros casos.

RAZÓN DE NEGOCIO

Se recomienda recabar de sus proveedores principales la siguiente información:

• Acta constitutiva.• Contrato de servicios.• Declaración anual y pago de la misma.• Constancia de situación fiscal.• Ultimo pago de impuestos.• Opinión SAT, IMSS e INFONAVIT.

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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Se le otorgan facultades a la autoridadpara negar el otorgamiento de la firmaelectrónica avanzada en caso de novalidar la información relacionada consu identidad, domicilio y, en su caso,sobre su situación fiscal.

FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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Se incorpora un nuevo procedimiento a través del cual lasautoridades podrán restringir temporalmente el uso de loscertificados de sello digital cuando se actualice alguna de lascausales previstas.

Los contribuyentes, mediante una solicitud de aclaración,podrán aportar las pruebas que a su derecho convenga, a finde que al día siguiente al de la solicitud, se restablezca el usode dicho certificado.

Los certificados que emita el SAT quedaran sin efectoscuando se agote el procedimiento previsto y no se hayansubsanado las irregularidades detectadas o desvirtuado lascausas que motivaron la restricción temporal del certificado.

RESTRICCIÓN TEMPORAL DE CERTIFICADOS DE SELLOS DIGITALES PARA EXPEDIR CFDI

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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RESTRICCIÓN TEMPORAL DE CERTIFICADOS DE SELLOS DIGITALES PARA EXPEDIR CFDI

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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RESTRICCIÓN TEMPORAL DE CERTIFICADOS DE SELLOS DIGITALES PARA EXPEDIR CFDI

Omitan la presentación de la declaración anual transcurrido un mes o dos o más declaraciones provisionales o definitivas consecutivas o no consecutivas.

En facultades, detecten que el contribuyente no puede ser localizado en su domicilio fiscal, desaparezca, desocupe su domicilio fiscal sin presentar el aviso, se ignore su domicilio, o bien, se tenga conocimiento

que los CFDI emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.

Se detecte que no acreditaron la efectiva adquisición de los bienes o recepción de los servicios, ni corrigieron su situación fiscal.

Detecten que el domicilio fiscal señalado por el contribuyente no cumple con los requisitos.

Detecten que el ingreso declarado, impuesto retenido, manifestados en las declaraciones de pagos provisionales, definitivos o anuales, no concuerden con los señalados en los CFDI.

Detecten que, los medios de contacto registrados para el uso del buzón tributario, no son correctos o auténticos.

Detecten que se trata de contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de transmitir indebidamente pérdidas fiscales (sobre operaciones simuladas).

Tratándose de certificados de sello digital para la expedición de CFDI, previo a que se dejen sinefectos los referidos certificados, las autoridades fiscales podrán restringir temporalmente eluso de los mismos cuando:

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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RESTRICCIÓN TEMPORAL DE CERTIFICADOS DE SELLOS DIGITALES PARA EXPEDIR CFDI

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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ACTUALIZACIÓN DE BUZÓN TRIBUTARIO

Con la finalidad de establecer la obligación de loscontribuyentes de habilitar su buzón tributario y deregistrar y mantener actualizados los medios decontacto válidos.

En caso de no atender o cumplir con dicha obligaciónse entenderá que el contribuyente se opone a cualquiernotificación que le pretenda hacer la autoridad y éstaprocederá a notificarle por medio de estrados.

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RESPONSABILIDAD SOLIDARIA, SOCIOS, ACCIONISTAS, LIQUIDADORES Y SÍNDICOS

Los liquidadores y síndicos por las contribuciones que debieron pagar a cargo de la sociedaden liquidación o quiebra, así como de aquellas que se causaron durante su gestión.

Los socios o accionistas de una sociedad deberán responder de manera solidaria respecto delas contribuciones de las obligaciones fiscales de la persona moral que constituyeron, hasta elequivalente de su porcentaje de participación accionaria , cuando la persona moral:

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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DECLARACIÓN INFORMATIVA DE OPERACIONES RELEVANTES

Los contribuyentes deberán presentar de forma TRIMESTRAL con base en su contabilidad lainformación de las siguientes operaciones:

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ESQUEMAS REPORTABLES 2021

Se considera un esquemareportable, cualquiera quegenere o pueda generar,directa o indirectamente,la obtención de unbeneficio fiscal en México.

Esquemas Reportables Generalizados

Aquellos que buscan comercializarse de manera masiva a todo tipo de contribuyentes o a un grupo específico de

ellos.

Esquemas Reportables Personalizados

Aquellos que se diseñan, comercializan, organizan, implementan o administran para adaptarse a las

circunstancias particulares de un contribuyente específico.

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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ESQUEMAS REPORTABLES 2021

SE CONSIDERAN ESQUEMAS REPORTABLES

Consista en uno o más actos jurídicos que permitan transmitir pérdidas fiscales (derivadas de operaciones simuladas).

Consista en una serie de pagos u operaciones interconectados que retornen la totalidad.

Involucre operaciones entre partes relacionadas (intangibles, reestructuraciones de empresas y uso o goce temporal de bienes y derechos).

Involucre la transmisión de un activo depreciado total o parcialmente (entre partes relacionadas).

Cuando se tengan pérdidas fiscales cuyo plazo para realizar su disminución de la utilidad fiscal este por terminar.

Evite la aplicación de la tasa adicional del 10% prevista en el decreto de dividendos.

En el que se otorgue el uso o goce temporal de un bien y el arrendatario a su vez otorgue el uso o goce temporal del mismo bien al arrendador o una parte relacionada de este último.

Involucre operaciones cuyos registros contables y fiscales presenten diferencias mayores al 20% (costo de venta, estímulos deducción inmediata), excepto en el cálculo de depreciaciones.

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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ESQUEMAS REPORTABLES 2021

Información que debe contener:

• Nombre / Denominación Social• RFC• De contribuyentes y asesores fiscales• Nombres de representantes legales• Indicar el contribuyente potencialmente beneficiado • Descripción detallada de cada una de las etapas del esquema • Descripción detallada del beneficio fiscal obtenido o esperado• Disposiciones jurídicas nacionales y extranjeras aplicables • Ejercicios fiscales en los que se implemento y en los que se

pretenda implementar.• En caso de haber evitado la aplicación de un esquema

reportable, el mecanismo a través del cual se evito su aplicación.

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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ESQUEMAS REPORTABLES 2021

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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ESQUEMAS REPORTABLES 2021 / SANCIONES ASESOR FISCAL

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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ESQUEMAS REPORTABLES 2021 / SANCIONES A CONTRIBUYENTE

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

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ALGUNOS ESTÍMULOS FISCALES

Las Personas Físicas y Morales que realicen actividadesempresariales y utilicen DIESEL o BIODIESEL y sus mezclaspara su consumo final en maquinaria en general (ExceptoVehículos) podran acreditarlo el resultado de la cuota del $5.28DISEL $4.06 Biodiesel, por litro adquirido por mes, contra el ISRdel ejercicio (60mdp).

Continua el estímulo del 50% de los pagos realizados a la RED DE AUTOPISTAS DE CUOTApara los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre público yprivado, de carga o pasaje, así como el turístico, topado a empresas que no superen los $300mdp de ingresos.

Se otorga una deducción adicional para ISR por un monto equivalente al 8% del costo de loslibros, periódicos y revistas que adquieran para enajenar las PF s y PM s Residentes enMéxico, cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no hubieron excedido lacantidad de 6 Millones. (más del 90% de los ingresos provengan de este rubro).

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN

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REFORMA FISCAL PENAL

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DELINCUENCIA ORGANIZADA.

• La expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales queamparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, como delitos queameriten prisión preventiva oficiosa”.

• Será considerada como ilícito de delincuencia organizada cuando el monto de lo defraudadorebase (7.8mdp).

REFORMA FISCAL PENAL

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CLASIFICACIÓN DE CONTRIBUYENTES

CONTRIBUYENTE COMÚN / CONDUCTAS

NO DELICTIVAS

CONTRIBUYENTE QUE COMETE UN DELITO

FISCAL BÁSICO

CONTRIBUYENTE QUE COMETE UN DELITO

FISCAL GRAVE

DELINCUENCIA ORGANIZADA

• Normalmente cumplen en tiempo con sus obligaciones fiscales.

• Planeación fiscal, omisiones por error o negligencia.

• Incurre en algunos delitos mencionados en el CFF.

• Utiliza engaños. Defrauda por cualquier monto.

• Incurre en algunos delitos calificados en el CFF.

• Utiliza engaños. Oculta o disfraza conducta delictiva.

• EDOS• Defrauda más de 9 mdp

• Conjunto de 3 o más personas cuyo único objetivo es el crimen.

• No son contribuyentes.• Su actividad criminal es

permanente o reiterada.• EFOS• Defrauda más de 7.8 mdp

• No existe sanción penal.

• Prisión desde 2 meses a 9 años.

• No opera prisión preventiva.

• Aplican salidas alternas.

• Prisión de 3 meses a 13.5 años.

• Opera prisión preventiva (perdón).

• Prisión de 4 a 16 años.• Opera prisión

preventiva (perdón).

REFORMA FISCAL PENAL

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GRACIAS


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