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Reglamento del ejercicio de la profesión docente

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REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DOCENTE Y EL CONTRATO COLECTIVO REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADORINSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO SUBDIRECCION DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO AUTORES: Rosa Belandria Adys Reyes William Rojas Jan Carlos Vera Yelive Zerpa
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Page 1: Reglamento del ejercicio de la profesión docente

REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN

DOCENTE Y EL CONTRATO COLECTIVO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADORINSTITUTO DE MEJORAMIENTO

PROFESIONAL DEL MAGISTERIOSUBDIRECCION DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO

AUTORES:Rosa Belandria

Adys ReyesWilliam Rojas

Jan Carlos Vera Yelive Zerpa

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Marco LegalReglamento del Ejercicio de la Profesión Docente y Contrato

Colectivo

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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Art.102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria… Es un servicio publico y esta fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad…El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá, el proceso de educación.

Normativa Legal

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Establece las normas y procedimientos que regulan la actuación del docente,

entendiéndose que el personal docente son todas aquellas personas preparadas con un titulo profesional de reconocida moralidad

e idóneos para ejercer la carrera (Art. 104)

El Reglamento del Ejercicio de la Profesión

Docente

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TITULO VII. DERECHO COLECTIVO AL

TRABAJO: organización sindical. Negociaciones y conflictos. Convención colectiva.

LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO

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También llamado convenio colectivo de trabajo (CCT) o convención colectiva de trabajo, es un tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores, o un sindicato o grupo de sindicatos y una organización o varias representativas de los empleadores (comités de empresa). También, en caso que no exista un sindicato, puede ser celebrado por representantes de los trabajadores interesados, debidamente elegidos y autorizados por estos últimos, de acuerdo con la legislación nacional.

El contrato colectivo de trabajo

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Garantizar el funcionamiento de los servicios de Orientación en todos los planteles educativos.

Derecho de los orientadores como profesionales

Orientadores como

profesionales de la

educación.

Título docenteFunciones

roles y tareas

CRBV

y

LOE

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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Artículo 105.

La ley determinará las profesiones que requieren título y

las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas, incluyendo la colegiación.

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Ley Orgánica de Educación

Capítulo IIDel ejercicio de la Profesión Docente

Artículo 78. El ejercicio de la profesión docente estará a cargo de personas de reconocida moralidad e idoneidad docente comprobada, provistas del título profesional respectivo.

El Ejecutivo Nacional establecerá un régimen de concursos obligatorios para la provisión de cargos

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Reglamento del ejercicio de la profesión docente

Artículo 7. Son derechos del personal docente.

1- desempeñar funciones de docente con carácter ordinario o interino.…3- disfrutar de un ambiente de trabajo acorde con su función docente.

.4- estar informado de todas las actividades educativas, científicas, sociales, culturales y deportivas planificadas o en ejecución en el ámbito de su comunidad educativa.…7- participar efectivamente en la planificación, ejecución y evaluación de las actividades de la comunidad educativa.

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Reglamento del ejercicio de la profesión docente

Título I: Disposiciones

generales

Artículo 3ª Este reglamento se aplicara a quienes ejerzan la profesión docente en funciones de enseñanza, orientación, planificación, investigación,

experimentación, evaluación, dirección, supervisión y administración, en el campo educativo, con excepción del nivel de educación superior.

Page 12: Reglamento del ejercicio de la profesión docente

SECCIÓN TERCERA

Parágrafo Único: a los fines de la estimación de la carga horaria de los miembros del personal en los planteles educacionales, la hora docente tendrá una duración mínima de cuarenta y cinco (45) minutos y

comprenderá el trabajo de aula, dirección, coordinación, orientación, planificación, administración, investigación, experimentación, evaluación y extensión.

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11 de marzo del 2004 discusión y aprobación de la clausula # 30.

Garantiza el servicio de orientación o protección y bienestar estudiantil en cada plantel educativo , niveles y modalidades.

IV convención colectiva del trabajo (VII contrato colectivo)

de los trabajadores de educación

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Para laborar a tiempo convencional en la jerarquía de docente de aula o a tiempo completo en la jerarquía de docente coordinador.

Se establece:Planteles hasta diez (10) secciones: un (1) orientador.

Planteles entre once (11) y veinte (20) secciones : dos (2) orientadores.

Planteles de veintiún (21) secciones o mas secciones : tres (3) orientadores.

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Relación del Reglamento del Ejercicio de la

Profesión Docente con el Sistema Nacional de

Orientación

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Asume los retos del apoyo de los procesos de formación del ciudadano caracterizado por valores propios del humanismo, solidaridad, participación protagónica, co-responsabilidad, sentimiento de pertenencia, sentido de patria y una profunda convicción ecológica.

Regula, organiza , promueve, integra y fortalece el desarrollo de programas, planes y servicios de orientación, que ya existen en forma desarticulada y dispersas en diversas instituciones y comunidades, en los ámbitos local, regional y nacional, y creando aquellos que se estimen como necesarios.

Sistema Nacional de Orientación (2007-2013)

Page 17: Reglamento del ejercicio de la profesión docente

El Sistema Nacional de Orientación , en todas las unidades operativas (en instituciones de educación formal, extraescolar, familiar y comunitaria), debe diseñar, planificar, ejecutar, evaluar y supervisar programas y servicios de atención en todas las áreas de orientación, en concordancia con las necesidades y requerimientos de desarrollo integral de las personas y sus comunidades

Sistema Nacional de Orientación (2007-2013)

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Título II. Capítulo I. Del Personal Docente.Artículo 6ºPlanificar el trabajo docente y rendir

oportunamente la información que le sea requerida.

6. Cumplir con eficacia las exigencias técnicas relativas a los procesos de planteamiento, programación, dirección de las actividades de aprendizaje, evaluación y demás aspectos de la enseñanza-aprendizaje.

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Las funciones del orientador , como educador especialista de los procesos del desarrollo humano, nacen, se desarrollan y se dirigen a facilitar el desarrollo integral de los y las estudiantes en cuanto a sus competencias en el ser, convivir y servir.

Sistema Nacional de Orientación (2007-2013)

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9. Contribuir a la elevación del nivel ético, científico, humanístico, técnico y cultural de los miembros de la institución en la cual trabaja.

14. Promover todo tipo de acciones y campañas para la conservación de los recursos naturales y del ambiente.

Reglamento del ejercicio de la profesión docente

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