Escuela Rural Notuco, Chonchi- Chiloé 2019
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REGLAMENTO INTERNO
DE CONVIVENCIA
ESCOLAR 2019 Y
PROTOCOLOS DE
ACCIÓN.
Escuela Rural Notuco.
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PRESENTACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO:
La Escuela Rural Notuco se encuentra ubicada a 5 kilómetros de la ciudad de Chonchi, Chiloé,
décima región de los lagos. Atiende el nivel de Educación Básica de 1° a 8° año. Siendo la gran
mayoría alumnos que provienen de familias de bajos recursos y cuyos padres mayoritariamente son
trabajadores esporádicos. Su nivel educacional alcanza en promedio al sexto básico.
MARCO FILOSOFICO CURRICULAR:
VISION
Ofrecer a los estudiantes una educación inclusiva, apoyada por un equipo de profesionales idóneos
y comprometidos, por los cambios sociales, culturales y educacionales, que impone la sociedad
actual, fomentando valores que permitan un impacto positivo en el cuidado del medio ambiente, a
través de espacios de sana convivencia, que generen aprendizajes contextualizados y significativos
para los estudiantes.
MISION
Ser reconocidos como una Institución Educativa inclusiva que potencia las habilidades,
competencias y valores universales a través de prácticas educativas con enfoque en actividades
medioambientales.
SELLOS EDUCATIVOS
Escuela inclusiva.
Prácticas educativas vinculadas al medio ambiente
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NORMAS GENERALES
1.- MECANISMOS DE COMUNICACIÓN.
1.-Presencial:
Todo apoderado (a), Padre o Madre, puede solicitar una entrevista presencial con quien estime
conveniente según sus inquietudes y necesidades. De igual manera todo Padre o Apoderado puede
ser llamado a entrevista por cualquier profesional de la educación para temáticas relacionadas con el
aprendizaje integral de su hijo.
2.-Libreta de comunicación o agenda:
Todo apoderado (a) Padre o Madre, debe procurar para su hijo contar con una libreta de
comunicaciones que revisara diariamente, donde el profesor(a) Jefe, de asignatura, e inspector (a),
hará llegar mensaje escrito al apoderado. De igual manera se espera Apoderado, Padre o Madre,
puede responder o escribir mensaje a su Profesor Jefe o inspector (a).
3.-Llamado Telefónico:
Todo apoderado (a) Padre o Madre, puede llamar al Fono -…………….. del establecimiento para
solicitar entrevista formal o hacer consultas. Entre las 08:30 a14:00 y de 14:00 a16:00 hras.
4.-Paneles en espacios comunes:
Los espacios llamados “diario mural” destinado a información visual, estarán dotados de contenido e
información destinada a los apoderados.
5- www.facebook.com/ Escuela Rural Notuco
6.- Correo Electrónico: <[email protected]>
2.- HORARIOS DE ATENCIÓN
08:00 AM a 13:30 PM y de 14:30 PM a 16:00 hras.
3.- HORARIO FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO.
07:45: AM … Apertura del Establecimiento de lunes a viernes.
18.00: PM … Cierre del Establecimiento de lunes a jueves.
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Introducción:
Con el propósito de desarrollar una convivencia armónica, respetuosa e integradora, se ha
establecido el presente Manual Interno de Convivencia Escolar, considerando las orientaciones
emanadas por el MINEDUC, donde “reconocemos que mejorar la calidad de la educación, constituye
un compromiso clave que tenemos como sociedad”, es así que resulta fundamental enseñar a los
niños, niñas y jóvenes a “vivir con otros” en un marco de respecto, aceptación y solidaridad
recíproca.
Es sabido que en el espacio escolar, al igual que en la sociedad, existen múltiples desafíos, y
problemas que afectan la convivencia armónica y constructiva entre las personas, de allí que
estudiantes y sus familias, junto a los docentes y asistentes de la educación se hagan cargo de sus
respectivas responsabilidades y obligaciones.
En el establecimiento está constituido el Consejo Escolar, donde se encuentran representados todos
los estamentos y constituye la instancia máxima en la resolución de conflictos y situaciones propias
del establecimiento.
Capítulo I:
1.1 Fundamentación:
a) Convivencia escolar: Es el clima de interrelaciones que se produce en la institución escolar.
Podríamos entenderla como una red de relaciones sociales, que se desarrollan en un tiempo-
espacio determinado (escuela), que tiene un sentido y/o propósito (educación y formación de los
sujetos) y que convoca a los distintos actores que participan en ella (directivos, docentes, asistentes
de la educación, estudiantes, padres y apoderados) a ser capaces de operar en conjunto y
acompañarse en la construcción de relaciones y vínculos entre sus miembros.
“La convivencia escolar se configura como un espacio relacional de cooperación y crecimiento” y se
construye y reconstruye en la vida cotidiana.
Nuestro establecimiento está orientado por principios y valores que iluminan nuestro quehacer, pero
principalmente hemos puesto nuestros esfuerzos en el respeto, la honestidad y la responsabilidad,
como valores que queremos hacer sello de nuestros alumnos y alumnas y fundamentamos nuestras
normas de convivencia en el marco legal vigente:
b) .- SUSTENTO LEGAL
1. Constitución Política de la República de Chile
2. Estatuto de los Profesionales de la Educación, Ley N°19070/1991
3. Ley de la Jornada Escolar Completa N°19.979
4. Declaración Universal de los Derechos Humanos.
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5. Declaración Universal de los Derechos del Niño.
6. Política Nacional de Convivencia Escolar.
7. Ley de Drogas N° 20.000, artículo 50 del 02/02/2005.
8. Ley General de Educación N°20.370/2009.
9. Ley N°20.536/2011 (LSVE), que modifica la Ley General de Educación.
10. Ley N°20.609/2012, que establece medidas contra la discriminación.
11. Ley n° 20.370 General de Educación y sus modificaciones, contenidas en la Ley n°
20.536/2011, sobre violencia escolar.
12. La Ley N° 20.609 contra la discriminación fue promulgada el año 2012 y busca resguardar el
derecho de las personas a no sufrir ningún tipo de exclusión.
13. Ley n° 19.284 de integración social de personas con discapacidad: La Ley n° 19.284 fue
promulgada. El año 2005 y establece indicaciones sobre la integración de personas con
discapacidad.
14. Ley nº 20.845 de inclusión escolar: La ley de inclusión escolar regula la admisión de los y
las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en los establecimientos
educacionales que reciben aporte del Estado: prohíbe toda forma de discriminación arbitraria,
permite sanciones disciplinarias solo si están contenidas en el reglamento interno, establece un plan
de apoyo a la inclusión para fomentar la buena convivencia, obliga a reconocer el derecho a
asociarse libremente.
15. Decreto nº 79 reglamento de estudiantes embarazadas y madres: La Ley General de
Educación, en su Artículo 11°, señala que el embarazo y la maternidad de una estudiante no pueden
ser argumentados como condicionantes o excusas que limiten su respectivo derecho a la educación,
más aún, la legislación establece que son los establecimientos educacionales los encargados de
realizar las adecuaciones necesarias para que dichas estudiantes continúen con sus estudios de
manera regular.
16. Decreto n° 50 reglamentos de centros de alumnos: La organización de estudiantes posee
reconocimiento en la normativa legal vigente, así como en las políticas públicas educativas. Dicha
instancia está regulada por el Decreto n° 50 del Ministerio de Educación, promulgado el año 2006.
17. Decreto n° 565 reglamento de centros general de apoderadas/os: La organización de
Apoderadas/os posee reconocimiento en la normativa legal vigente, así como en las políticas
públicas educativas. Dicha instancia está regulada por el Decreto n° 565 del Ministerio de
Educación, promulgado el año 1990 y por los Estatutos Tipo publicados en el Decreto n° 732
también del Ministerio de Educación en el año 1997.
18. Decreto n° 24 reglamento de consejos escolares: El Decreto n° 24 del Ministerio de
Educación, promulgado el año 2005, reglamenta los consejos escolares como “organismo integrado
por representantes de los distintos estamentos de la comunidad educativa, quienes serán
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informados, consultados y propondrán acciones que conlleven al mejoramiento de la calidad de sus
propios resultados en la tarea escolar”.
19. Decreto nº 73/2014: Los Estándares indicativos de desempeño para establecimientos
Educacionales y sostenedores, fueron elaborados por el Ministerio de Educación y aprobados por el
Consejo Nacional de Educación. Constituyen un marco orientador para la evaluación de los
procesos de gestión educacional de los establecimientos y sus sostenedores, constituyéndose en la
base de la evaluación indicativa de desempeño conducida por la Agencia de la Calidad de la
Educación. Todo lo anterior se inscribe en el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la
Educación.
20. Otros indicadores de calidad (OIC): Decreto n° 381 de 2013, el Ministerio de Educación
establece “Otros Indicadores de Calidad”. “Los Otros Indicadores de Calidad son un conjunto de
índices que entregan información relacionada con el desarrollo personal y social de los estudiantes
de un establecimiento de manera complementaria a los resultados en la prueba SIMCE y al logro de
los Estándares de Aprendizaje. Estos indicadores amplían el concepto de calidad de la educación al
incluir aspectos que van más allá del dominio del conocimiento académico”.
21. Ley Nº 21120 del 10/12/2018.-Reconoce y da protección al derecho a la identidad de
género.
22. Ley Nº 21128 27/12/2018.-Aula Segura.
23. Circular Superintendencia Nº482 del 20/06/2018 Imparte Instrucciones sobre Reglamentos
Internos de los Establecimientos Educacionales de Enseñanza Básica y Media con Reconocimiento
Oficial del Estado.
c) Objetivos: El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los
integrantes de la comunidad educativa los principios que construyen una escuela de calidad, basada
en la sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación valórica de nuestros
estudiantes, favoreciendo la prevención de toda clase de violencia o agresión.
Establece políticas de prevención, medidas pedagógicas que guían nuestro actuar, protocolos de
actuación para los casos de faltas a la sana convivencia y en especial el maltrato escolar, los que
deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones
reparatorias para los afectados.
Para lograr estos objetivos, nos proponemos impulsar permanentemente acciones de prevención
tales como talleres de habilidades socio–afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional
y competencias parentales, entre otros, teniendo en cuenta especialmente nuestro proyecto
educativo institucional.
Capítulo II: Definiciones:
Art.1° Convivencia Escolar: De acuerdo al documento “Orientaciones para la elaboración y
revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General
(2011), la Convivencia Escolar “es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un
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marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin
violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.” . Agrega, que “La
convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en distintos
espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la
biblioteca, así como también en los espacios de participación, los Consejos Escolares, Centros de
Padres, Centros de Alumnos, Consejos de Profesores, reuniones de padres y apoderados.
Art.2° La sana convivencia escolar: Es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la
comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que
éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo
implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus
miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus
deberes.
Art.3° Por comunidad escolar: Se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un
propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres,
madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes
directivos, docentes técnicos quienes deben relacionarse entre sí respetando los principios y valores
que sustenta la institución.
De acuerdo a lo expuesto en el documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de
Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), se
pueden presentar diversas situaciones en el ambiente escolar y que deben distinguirse entre ellas:
a. Agresividad: “Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar
situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que
eventualmente podría afectar su integridad”.
b. Conflicto: “Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a
intereses, verdadera o aparentemente incompatibles”.
c. Violencia: “todas las definiciones de violencia tienen en común: el uso del poder y de la fuerza,
sea física o psicológica y el daño al otro como una consecuencia”.
d. Bullying: “Es una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido(a) y se
convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones por parte de
uno a más compañeros(as). Se puede manifestar como un maltrato psicológico, verbal o físico que
puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso de medios tecnológicos como mensajes de
texto, amenazas telefónicas o a través de las redes sociales de Internet”.
Capítulo III: Deberes y Derechos de los integrantes de la comunidad educativa:
1- PERFIL DIRECTOR y/o ENCARGADO(A) DE ESCUELA
El Director (a) y/o Encargado(a) de Escuela es el Jefe (a) Superior del Establecimiento, y en
consecuencia responsable de su organización y funcionamiento. Debe tener siempre presente la
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función Cooperadora del Establecimiento con la familia y el estado en la Educación con equidad y
calidad. Debe ser organizado (a), veraz, activo (a), idóneo (a), comunicativo (a), claro (a), preciso,
(a) ecuánime, observador (a), respetuoso (a). Debe saber escuchar, estimular y orientar a las
personas
que laboran en el establecimiento. Debe tener serenidad, criterio, conocimiento de relaciones
humanas, facilidad de expresión, sentido social, experiencia, espíritu crítico, iniciativa, capacidad
para motivar, capacidad para tomar decisiones e impartir órdenes y condiciones de líder. Debe tratar
de que el personal a su cargo mantenga buenas relaciones humanas. Debe estar dispuesto (a) a
servir y a dar. Debe saber delegar funciones cuando la situación así lo amerite. Liderar los procesos
de evaluación, revisión y diagnóstico de todos los instrumentos de gestión del Establecimiento.
1.-DERECHOS:
1. Ser respetado como persona.
2. A ser informado de cuanto suceda o tenga relación con en el Establecimiento educacional.
3. A ser consultado ante la realización de todo tipo de acciones y/o actividades que se
desarrollen en las dependencias del Establecimiento.
4. Organizar las tareas y funciones de todo el personal del Establecimiento.
5. A evaluar, corregir y orientar las tareas de todo el personal del Establecimiento.
6. A ser reconocido como jefe directo y pedir la realización de una acción y/o actividad a
cualquiera de los miembros de la comunidad cuando esto esté relacionado con su contrato.
7. A conocer y mantener en reserva información reservada que permita tomar decisiones
según sus deberes como Director (a) del Establecimiento.
8. Nombrar a Encargado de Convivencia Escolar.
9. Delegar funciones en los miembros del equipo de Gestión u otro docente cuando lo estime.
2.-DEBERES:
1. Dirigir el establecimiento privilegiando la función formativa integral sobre la función
administrativa.
2. Hacer cumplir las disposiciones de la Corporación Educacional.
3. Liderar el proceso de elaboración, revisión, seguimiento del Proyecto Educativo Institucional
y su concordancia con el Plan de Mejoramiento Educativo Institucional.
4. Liderar, realizar, revisar y seguir el proceso de administrativo del PME.
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5. Fomentar la participación en los procesos educativos Padres y Apoderados.
6. Informar siempre y formalmente de las actividades del día, la semana o el mes a sus
profesores, personal a cargo y estudiantes.
7. Lograr la participación de los estudiantes, Padres y Apoderados en todas las instancias
necesarias.
8. Evaluar según pauta acordada el desempeño de todo el personal del Establecimiento
9. Convocar y presidir reuniones Equipo de Gestión, Consejo Escolar, Consejo de profesores
en sus distintas necesidades, otras.
10. Representar a la comunidad Escolar Saint en actos y celebraciones internas y externas.
11. Promover y permitir los espacios de capacitación pertinente y actualizada para todo el
personal del establecimiento.
12. Velar por el buen uso y conservación de todos los recursos del Establecimiento.
13. Realizar cuenta Pública de toda la gestión educativa anualmente.
2.- PERFIL ENCARGADO (A) DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Profesor (a) con conocimiento de motivaciones de los comportamientos y conductas humanas.
Con habilidades personales y profesionales para trabajo en equipo. Contar con competencias para la
comunicación asertiva, fluida y verás. Tener disponibilidad para la escucha activa que permita
comunicar con precisión lo que piensa de una determinada situación. Tener aprecio y comprensión
por la diversidad, es decir, disponibilidad para aprender respetar y apreciar las diferencias entre las
personas, entender el prejuicio y como funciona éste. Experiencia en resolución de conflicto,
creatividad y habilidad para responder creativamente a los conflictos y problemas que puedan surgir
en el contexto educativo del Colegio.
1.- DERECHOS:
1. Ser respetado en como persona y profesional de la Educación.
2. Ser informado de situaciones que comprometan la sana convivencia escolar en todos los
estamentos.
3. Ser parte del Equipo Directivo.
4. Ser consultado en comportamientos y conductas inadecuadas al proceso de enseñanza
aprendizaje, a tiempo.
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5. Asesorar al Director (a) en la Gestión de la Convivencia Escolar.
6. Evaluar el Plan de Convivencia escolar.
7. Colaborar con los profesores jefes por medio de la intervención individual, Convivencia
Escolar.
8. Realizar observación de conductas en el aula, con aviso al profesor.
9. Participar de redes externas de apoyo a la Convivencia Escolar.
2.- DEBERES
1. Elaborar, implementar y evaluar en conjunto con la comunidad Escolar el Plan de
Convivencia Escolar, en coherencia con PEI.
2. Aportar, al logro de las metas del PME, en materia de Convivencia Escolar.
3. Asesorar a la Dirección en materias preventivas, reactivas y de modo de resolver conflictos
en materias de Convivencia Escolar.
4. Asesorar y colaborar con los Profesores Jefes en el Plan de Convivencia escolar de cada
curso.
5. Asesorar, acompañar con Profesores Jefes en Convivencia escolar en el aula cuando lo
requiera.
6. Realizar intervención individual y colectiva, con el fin de solucionar los conflictos.
7. Citar y entrevistar apoderados cada vez que sea necesario.
8. Aplicación de sanciones a las faltas a las normas de convivencia según reglamento interno.
9. Organizar actividades de prevención, intervención, y promoción de la Convivencia Escolar.
10. Representar al establecimiento en redes de apoyo externa.
3. - PERFIL PROFESOR (A)
Profesional de la Educación, con sólida formación académica y personal, identificado (a) con el
Proyecto educativo, con habilidad para el trabajo colaborativo y en equipo, responsable de la tarea
formativa académica y valórica de los estudiantes, capaz de comprender las características propias
del desarrollo humano de sus estudiantes, ofrecer metodología y control de la disciplina apropiada,
coherente y respetuosa de la persona del estudiante. Poseer habilidades para la comunicación
asertiva con los estudiantes y sus padres, generar ambiente grato al clima laboral y convivencia con
sus pares, sus superiores, de trato auténtico y cordial. Estar disponible y en búsqueda de
autocapacitación y formación permanente.
1.- DERECHOS:
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1. Ser respetado como persona y como profesional de la educación.
2. Realizar su labor educativa en los espacios disponibles en el establecimiento y que ellos
estén siempre limpios y ordenados.
3. Conocer la planificación anual de las actividades del establecimiento y saber con antelación
en cuál de ellas se es responsable.
4. Contar con el material, instalaciones, equipamiento y condiciones necesarias para el
desarrollo de sus actividades como docente.
5. A solicitar entrevista con Sostenedor y Directivos cuando lo estime necesario.
6. Entregar su opinión, sugerencia y aportes como profesor en un ambiente de respeto y
acogida.
7. Elegir, democráticamente, a su representante.
8. Participar de Consejo de Profesores y otras instancias de reunión que impliquen su labor
docente.
9. Ser consultado en periodos de observación de clases o aplicación de pauta de evaluación.
10. Ser corregido y evaluado durante el proceso de desempeño profesional.
11. A reconocimiento privado y público de sus logros y actividades exitosas.
2.-DEBERES
1. Conocer el Proyecto Educativo Institucional y adherir a sus metas y promover sus sellos
propios.
2. Conocer y participar de las metas Plan de mejoramiento educativo.
3. Conocer el plan curricular que sigue el establecimiento.
4. Planificar clases, usar metodología, realizar evaluación según lineamientos y exigencias
institucionales.
5. Responsabilidad administrativa en el uso del libro y el registro de asistencia y contenidos en
forma diaria y manejo de software de gestión educativa interno.
6. Aplicación rigurosa de Reglamento de Evaluación.
7. Detectar estudiantes con necesidades educativas especiales y/o psicosocioemocionales,
adecuar contenidos y derivar para atención profesional.
8. Desarrollar trabajos colaborativos, en equipo, interdisciplinario en cada semestre con metas
de aprendizaje acordadas.
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9. Informar permanentemente sobre el clima de aprendizaje y rendimiento que logra en el
desempeño de sus tareas profesionales a quien corresponda durante el año académico.
10. Propiciar la colaboración activa de los Padres y Apoderados en los procesos formativos de
los estudiantes, mantener registro escrito de sus entrevistas e intervenciones.
4.- PERFIL PROFESOR JEFE DE CURSO.
Profesor (a) jefe es quien posee liderazgo y cualidades humanas, capacitación psicoeducativa para
cumplir con el rol de tutor (a), orientador (a), facilitador(a) y mediador (a), debe lograr hacer de su
función un rol formativo por excelencia. Es un buen observador de la conducta humana según la
edad y etapa de desarrollo de sus estudiantes, generador (a) de confianza, seguridad, tiene altas
expectativas sobre sí mismo y eso lo transmite a sus estudiantes. Es capaz y competente para
asumir la responsabilidad de la formación humana de los estudiantes y es quien representa la
institución ante las familias.
1.-DERECHOS:
1. Ser respetado en su tarea como profesor jefe.
2. Ser reconocido(a) e informado (a) de todo cuanto suceda y tenga relación con el curso al
que representa.
3. Contar con la colaboración de profesores, profesionales de apoyo y directivos para realizar
su labor.
4. Tener el tiempo y los espacios destinados a la labor de jefatura.
5. Entrevistar a los estudiantes cada vez que lo requiera.
6. Destinar día y hora a entrevista a Padres y apoderados.
7. Realizar intervención en el curso a su cargo en horas de consejo de curso, orientación.
8. Solicitar Consejo especial para y por situaciones que afecten a su curso.
9. Solicitar intervención a su curso, cuando lo vea necesario.
10. Organizar intervención grupal, talleres y/o visitas, apropiadas al desarrollo integral de los
estudiantes de su curso.
2.-DEBERES:
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1. Adherir a Proyecto Educativo Institucional y valores institucionales.
2. Conocer fortalezas y debilidades de cada uno de sus estudiantes.
3. Mantener buenas relaciones con los apoderados.
4. Generar lazos de respeto y cercanía con todos los estudiantes del curso.
5. Aplicar estrategias de mediación, arbitraje y negociación para la resolución de conflictos
entre sus estudiantes.
6. Acompañar a los estudiantes en todas sus necesidades.
7. Tratar con paciencia, afectividad, cercanía, perseverancia los conflictos de los estudiantes.
8. Mantener altas expectativas sobre los estudiantes de su curso.
9. Mantener registro datos siempre actualizados de todos sus estudiantes.
10. Planificar y ejecutar las unidades de Orientación.
11. Informar situaciones que afecten a sus estudiantes y solicitar ayuda cuando sea necesario.
5. PERFIL ASISTENTE DE AULA.
Asistente de aula, es una persona con competencias técnicas y cualidades personales demostrables
para el trato, cálido y afectuoso con los niños colaboradora de la labor de la docente, con capacidad
de trabajo proactivo, con iniciativa, ordenada, creativa y organizada, de infinita paciencia y verdadero
afecto por los niños.
1.-DERECHOS:
1. Ser reconocido (a) respetado (a) y valorado (a), según sus funciones, responsabilidades,
tareas y asignadas como asistente de aula.
2. Recibir capacitación y acompañamiento en las tareas donde se espera alto desempeño.
3. Expresar reparos y observaciones las tareas solicitadas por el buen funcionamiento de las
mismas.
4. Ser instruido siempre y formalmente de las tareas y orden de la clase y lo que se espera de
su desempeño.
5. Contar con la información y materiales necesarios para realizar su labor.
6. Reconocimiento público, privado, oral y escrito de las tareas bien realzadas.
7. Participar de reuniones de coordinación de la labor como Asistente de aula.
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2.-DEBERES:
1. Colaborar con los alumnos para el ingreso a clase.
2. Controlar el cumplimiento de las normas de convivencia en el aula.
3. Ayudarlos en su organización de tareas y juegos.
4. Resolver problemas menores que requieran de un adulto que conozca sus formas de
relacionarse.
5. Uso y manipulación adecuada de los materiales de trabajo.
6. Controlar los hábitos de higiene.
7. Comunicar oportunamente situaciones de convivencia y pedagógicas importantes que se
den durante la clase.
8. Colaborar en la revisión de tareas.
9. Acompañar y ayudar al profesor a brindar las atenciones personalizadas que requieren
algunos alumnos para el éxito su proceso pedagógico.
10. Colaborar en la creación de un ambiente propicio para el aprendizaje (por ejemplo: velar que
permanezca el silencio que genero el para iniciar su clase, que los alumnos no deambulen
innecesariamente por la sala, distribución de material de trabajo etc.
11. Las asistente de aula, colaborarán en la atención de los estudiantes durante los recreos.
6.-PERFIL APODERADO (A).
Son los padres o tutores legales que se responsabilizan de la representación de un o más
estudiantes ante el establecimiento, escogen y valoran el Proyecto Educativo. Son colaboradores de
la labor docente, participativos, activos, responsables, respetuoso y honestos, reconocen la labor
colaboradora del establecimiento en la formación integral de su hijo (a) pupilo (a), y se esfuerzan por
aportar al desarrollo del Proyecto.
1-DERECHOS
1. Matricular a su pupilo (a) utilizando los procesos informados, siempre que exista cupo
disponible en los cursos que necesita.
2. Conocer las disposiciones y normas generales de funcionamiento del establecimiento.
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3. A realizar las consultas, sugerencias, reclamos que estime conveniente utilizando el
conducto regular y los canales formales, entrevista personal o por escrito.
4. Conocer los horarios de funcionamiento y atención del establecimiento escolar,
5. Conocer el desempeño académico, disciplinario, formativo u otros que realice su hijo (a) o
pupilo (a).
6. Desempeñar funciones, cargos y participar de sus cursos y/o del Centro General de Padres
y Apoderados del Colegio según los estatutos vigentes.
7. Velar en conjunto con el Profesor jefe que su pupilo (a), durante la permanencia en el
colegio, participe de un ambiente grato, disfrute de un buen trato, y desarrolle sus actividades en
espacios para su seguridad física y psicológica.
8. A conocer y acceder a los beneficios y becas disponibles y que correspondan a su hijo (a) o
pupilo (a) según los requisitos de las mismas.
9. Participar de actividades de aprendizaje junto a su hijo (a) o pupilo (a) en acuerdo con
profesor (a) Jefe y para el logro de aprendizajes significativos.
10. A ser informado de todo tipo de accidente, incidente, lesión, herida o percance que hubiera
puesto en riesgo la integridad física o psicológica de su hijo (a) pupilo (a)
11. Ser informado con la debida antelación ante cualquier evento o salida escolar de su hijo (a)
pupilo (a) fuera del establecimiento.
12. Autorizar o no la participación de su hijo (a) hijo (a) pupilo (a) en actividades fuera del
establecimiento.
13. Tener acceso material y virtual del Proyecto Educativo Institucional, al Reglamento Interno y
el Manual de Convivencia, y Reglamento de Evaluación y Promoción.
14. Realizar reclamo y/o acusación en caso de verlo necesario.
15. Utilizar los espacios del establecimiento, siempre con previa solicitud y sujeta a evaluación.
16. Ser reconocido por su colaboración y compromiso.
2.-DEBERES
1. Conocer y adherir a las metas y propósitos expresados en el Proyecto Educativo
Institucional
2. Ser mayor de edad.
3. Velar por la asistencia regular a clases de su hijo (a) pupilo (a).
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4. Conocer, adherir y respetar el Reglamento Interno y Normas de Convivencia Escolar
5. Conocer el reglamento de evaluación y promoción de su hijo (a) pupilo (a)
6. Asistir y Participar de las reuniones de apoderados cada vez que lo convoquen y hacer uso
del tiempo de atención destinado por cada profesor. Cuando no pueda debe asistir su apoderado
suplemente.
7. Mantener contacto permanente por medio, libreta de comunicaciones, agenda Escolar,
enviando y recibiendo comunicaciones debidamente firmadas con día, fecha y hora desde y hacia el
establecimiento.
8. Justificar ante el Profesor Jefe, todas sus ausencias, a citas programadas y avisas con
antelación.
9. Revisar diariamente los cuadernos, estuche, libros y mochila de su pupilo (a).
10. Velar por el cumplimiento de tareas realizadas en casa y materiales necesarios para la
próxima clase y colaborar con el aprendizaje, ayudar a su hijo en los estudios y /o proveerle medios
y tiempo para el reforzamiento en la casa y en el establecimiento
11. Justificar todas inasistencias de su hijo (a) pupilo (a) con la agenda hasta la segunda falta
preferentemente en forma personal, certificados médicos cuando corresponda.
12. Evitar el retraso al inicio de la jornada, fortaleciendo el hábito de la puntualidad en su hijo (a)
pupilo (a).
13. Retirar puntualmente a su hijo (a) pupilo (a) al término de la jornada escolar o la actividad de
extraescolar.
14. Retirar con causa justificada su pupilo (a) antes del término de la jornada o actividad
extraescolar.
15. Solicitar y firmar el registro de salida de su hijo (a) pupilo(a) en Libro de destinado para ello
en cada inspectoría.
16. Preocuparse por la salud física y psicológica de su hijo (a) pupilo (a) comunicando
oportunamente al establecimiento cualquier síntoma, situación o enfermedad que le afecte.
17. Respetar el conducto regular en todos los momentos y necesidades.
18. Reponer y/o reparar cualquier deterioro ocasionado por su hijo (a) pupilo (a). A los
materiales e instalaciones del Establecimiento.
19. Nombrar apoderado suplente cuando enfermedad crónica o grave, muerte o permanencia en
ciudad distante no le permitan la presencia titular.
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20. Debe asistir sin excusa a las reuniones citadas de carácter obligatorio, debiendo quedar por
escrito y bajo responsabilidad del apoderado esta falta.
21. Ante cualquier reclamo o denuncia seguir el conducto regular (profesor jefe, Encargado
Convivencia, Dirección, Consejo Escolar, Representante Legal. y formas de hacerlo establecidas en
este reglamento.
7.-PERFIL ESTUDIANTE ESCUELA RURAL NOTUCO
Comprometido con su crecimiento personal y académico, poseedor de una mentalidad abierta al
cambio socio - cultural del país, conocedor y respetuoso con la filosofía institucional, respetuoso de
los objetivos institucionales y partícipe activo en su cumplimiento. Comprometido con el cuidado,
valoración y preservación del medio ambiente. Comprometido con las obligaciones inherentes a su
calidad de estudiante, respetuoso en el trato con directivos, docentes, condiscípulos y demás
integrantes de la comunidad educativa. Actor ético y responsable con sus acciones tanto dentro
como fuera de la institución, responsable con la asistencia a clases, eventos culturales y demás
actividades académicas que realice la institución Educativa. Respetuoso con el desarrollo de la
actividad pedagógica institucional, protagonista del buen nombre de la institución representado con
altura y honor en cualquier sitio donde se encuentre.
1.-DERECHOS
1. Recibir una educación de calidad integral en un ambiente de sana convivencia escolar.
2. Ser respetado(a) en su originalidad, identidad y diferencias.
3. Ser escuchado (a) y atendidos en sus requerimientos siempre por todos los miembros de la
comunidad escolar.
4. Recibir enseñanza y exigencias de acuerdo a las capacidades y habilidades considerando el
curso, etapa de desarrollo.
5. Ser acompañado en su proceso de formación humana, necesidades psicosocioafectivas
“amistad y aprendizaje”.
6. Ser atendido y acompañado en caso de malestar, lesión herida o accidentes en actividades
del Establecimiento.
7. A ser beneficiado con la beca disponible interna y externa disponibles, previa presentación
de antecedentes fidedignos.
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8. A presentar sus inquietudes, necesidades, idea y apreciaciones por medio de conducto
regular, centro de estudiantes, asistentes de la educación, profesor jefe, Dirección.
9. Continuar con sus estudios como en calidad de regular en caso de presentar estado de
embarazo.
10. No perder la calidad de estudiantes por razones económicas, adicciones, enfermedades o
pensamiento divergente.
11. Ser representado en todas circunstancias por su Padre o Apoderado.
12. Elegir a sus representantes para el centro de Estudiantes.
13. Conocer Reglamento interno, Reglamento de evaluación.
14. Ser evaluados por sus logros y rendimientos bajo reglamento de evaluación.
15. Participar de las actividades programadas, extra programáticas y/o extraescolares
implementadas en cada ciclo
16. Ser elegido por sus compañeros de curso para representarlo en distintas instancias previa
verificación de su hoja de vida.
17. A usar todos los espacios y equipamiento, fuera del horario de clases para su aprendizaje
individual o colectivo. Previa solicitud con antelación.
18. Disfrutar del descanso y recreos entre sus actividades.
19. Conocer el horario de clases, ser informado de todas las actividades en las que deba
participar con antelación y previa autorización del apoderado.
20. Recibir información respecto a las observaciones positivas y negativas que se registran en el
libro de clases.
11. Desempeñar cargos en el Centro de Alumnos o dentro de su curso, cumpliendo con las
exigencias disciplinarias
12. Ser evaluado objetivamente en atención al logro de aprendizajes.
13. Presentar reclamos por medio de los conductos regulares: profesor de asignatura, Profesor
Jefe, Dirección.
14. Recibir premios y estímulos individuales o colectivos en mérito al rendimiento, actitud, logros
y conducta.
2.-DEBERES
1. Conocer y adherir al reglamento interno y de convivencia que rige el Establecimiento
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2. Ser responsable de su aprendizaje, presentación de tareas, trabajos, y asistencia a pruebas.
3. Asistir a todas las clases, justificando sus ausencias.
4. Respetar y colaborar con su profesor (a) jefe.
5. Usar uniforme distintivo cuando se le solicite
6. Mantener actitud positiva y un comportamiento adecuado
7. Cuidar las instalaciones, los servicios y el mobiliario
8. Conocer y acatar reglamentos para uso de espacios, instalaciones, equipamiento.
9. Colaborar con el aseo, limpieza, y orden de todos los espacios del establecimiento.
10. Cuidar y resguardar su integridad física y psicológica.
11. Respectar y cuidar la integridad psicológica y física de los demás.
Cumplimiento de horario
1.-Puntualidad:
Se reconoce en la puntualidad un valor que los estudiantes y profesores deben cultivar en todas las
actividades programadas especialmente en los horarios de funcionamiento y en los ingresos al
proceso de aprendizaje y convivencia que comienza antes de iniciar las clases.
2.-Atrasos:
Los actos de retrasos reiterados es un comportamiento inadecuado que atenta contra el aprendizaje
integral de los estudiantes.
2.1. Los Profesores y Asistentes de la Educación, deben justificar personalmente los retrasos ante la
Dirección.
2.2. Los estudiantes deben justificar todos sus retrasos ante la dirección
2.3. Los retrasos se registran por escrito, cada uno con su respectiva identificación, nombre, fecha, y
razón.
2.4 Los retrasos reiterados (hasta tres ocasiones) para los estudiantes, deben ser justificados con la
presencia del apoderado.
2.5 El apoderado será único responsable no sólo de la justificación de los retrasos de los
estudiantes, sino que deberá esforzarse en fomentar instalar la buena práctica de la puntualidad.
3.-Ausencias:
Faltar a clases no permite aprendizajes simultáneos y secuenciales, las clases están planificadas.
Faltar a clases afecta el aprendizaje integral del estudiante.
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3.1 Las ausencias de los Profesores y Asistentes de la Educación, deben ser avisadas y
justificadas ante la Dirección.
3.2 Las ausencias de los estudiantes, deben ser justificadas inmediatamente al día siguiente de
ocurrida, por el apoderado. (Por escrito en libreta de comunicaciones).
3.2 Las ausencias reiteradas hasta tres ocasiones, deben ser justificadas personalmente por el
apoderado ante Dirección y profesor jefe.
3.3 Sólo, la Presentación de Licencia Médica, justifica ausencias a clases y a pruebas. (Debe
ser presentada a Dirección, antes de las 48 horas).
3.4 Sólo, la Dirección del establecimiento justifica las ausencias, cuando falta Licencia Médica.
4.-Retiro de clases durante la jornada.
Interrumpir el proceso de enseñanza aprendizaje, durante la jornada escolar, no es recomendable en
ninguna de sus formas, por toda o parte de la jornada, los procesos de motivación, concentración,
aplicación y tranquilidad aprendizaje se ven interrumpidos.
4.1 Sólo lo puede realizar, personalmente, su apoderado (a) titular o suplente.
4.2 Por razones absolutamente urgentes y necesarias.
4.3 Todo retiro debe ser justificado y quedar escrito en el libro de retiro.
4.4. La participación de los estudiantes en actividades fuera del Establecimiento, son aprendizajes
programados y para asegurar la participación debe ser autorizada por el apoderado
5.- Retiro de los estudiantes después de la jornada de clases:
1. El retiro del alumnado al término de la jornada, es de responsabilidad de su apoderado en la
hora establecida.
2. Si un estudiante no es retirado por el apoderado luego de 15 minutos, el Profesor(a)
comunicará a la Dirección la situación del o la estudiante, llevando al educando a la oficina de la
escuela a fin de que permanezca en un lugar seguro. Se procederá a comunicarse con la o el
apoderado para que recurra a la escuela a buscar a su hijo (a). De no contactarse se esperará como
máximo 30 minutos y se llevará al estudiante a Carabineros para que ubiquen en el domicilio al
apoderado.
3. Cuando la situación de incumplimiento y retraso en el retiro del estudiante se vuelve
frecuente, se citará por escrito al apoderado para la firma de un compromiso de cumplimiento
escolar. De mantener este incumplimiento se reunirán antecedentes para realizar una denuncia en el
Juzgado de Familia por vulneración de derechos del niño.
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Capitulo IV PREMIACION Y RECONOCIMIENTOS.
1.-Reconocimientos:
Los reconocimientos son importantes en el plan de desarrollo integral de nuestros estudiantes y son
premiados aquellos que van alcanzando pequeñas metas, forman parte de la motivación del ser
humano para llevar a cabo su día a día.
2.-Cuadro Honor:
El Cuadro de Honor, un reconocimiento al proceso de formación de mejora personal, es una
estrategia de motivación que sirve de refuerzo positivo a nuestros estudiantes.
2.1 Los estudiantes con mejor rendimiento semestral y comportamiento adecuado a las normas
son merecedores de ser parte del cuadro de Honor.
2.2 La entrega de reconocimiento por rendimiento se realizará en forma semestral y/o anual.
2.3 Profesor(a) mantienen los registros de notas.
2.4 En mes de julio y el mes diciembre se publicara cuadro de honor de todos los cursos y del
Establecimiento.
3.-Premios:
El Establecimiento considera los siguientes estímulos a los y las estudiantes que tienen una
destacada participación en su formación personal, académica y relación de sana convivencia con
sus pares.
1. Estudiantes de todos los cursos.
1. Rendimiento Académico Primer Lugar.
2. Asistencia completa.
3. Mejor Compañero.
4. Estudiante que cumple con los sellos institucionales
5. Esfuerzo, trabajo en clases, participación, superación personal,
2.- Actividades de fin de año
1. Estudiante destacado(a) Artística, cultural y deportivamente
3. Permanencia
4. Premio al Esfuerzo.
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5. Rendimiento
Premiación de Licenciatura
1. Mejor estudiante periodo 8 años
2. Trayectoria
3.- Apoderados destacados.
1. Asistencia a las reuniones: Por haber asistido a todas las reuniones de apoderados (as)
del año académico.
2. Destacado apoderado por curso: Por su compromiso con la educación y cumplir con el
perfil del apoderado del PEI de nuestro colegio.
4.- Procedimiento para la selección de los premiados
1. Los profesores Jefes, llevarán registro de los promedios y lugares de los estudiantes, y
velará por que se ajuste a las exigencias para el caso de rendimiento y asistencia.
2. Los profesores llevarán control de los resultados de rendimiento y monitoreo de los alumnos
destacados por rendimiento.
3. Dirección velará por el premio a la permanencia.
4. Representante de los Docentes expondrá en consejo de Profesores, los criterios y méritos
para la selección de estudiantes, para la entrega de reconocimiento y premio al esfuerzo, los que
están fundados en el Perfil del Estudiante establecido en el PEI.
5. El profesor jefe presenta nómina de candidatos en Consejo de Profesores ampliados, el que
incluirá a los asistentes de la educación.
6. Los profesores Jefes entregarán registro de los candidatos al premio al cien por ciento de
asistencia de cada curso.
7. En sesión de consejo de profesores se presentan ternas de alumnos destacados en
deportes, cuidado del medio Ambiente.
8. El premio a mejor compañero se elige por medio de la votación secreta de sus compañeros.
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9. La elección de apoderados destacados por asistencia y compromiso es una presentación
que hace cada profesor jefe al consejo de profesores.
10. La nómina de premiados se hace oficial por medio de un acta, firmada y entregada a la
Dirección.
Capítulo V: Escuela de Inclusión y No Discriminación:
a) Nuestro establecimiento pone todos sus esfuerzos en ser una “Escuela Inclusiva”, preparada para
dar respuesta a la diversidad de intereses, costumbres, sensibilidades, capacidades y características
de todos los miembros de la comunidad educativa, especialmente de los y las estudiantes,
conformando un espacio protector en el que todos se sientan acogidos y valorados como sujetos
únicos e individuales.
Buscamos asegurar la igualdad de oportunidades y entender la educación como un derecho
relacionado con el acceso, la permanencia, la participación y los logros de todos los estudiantes, con
especial énfasis en aquellos que, por diferentes razones, están excluidos o en riesgo de ser
marginados, en particular cuando se funden en los siguientes motivos: raza o etnia, nacionalidad,
situación socioeconómica, idioma, ideología u opinión política, religión o creencia, sexo, orientación
sexual, identidad de género, enfermedad o discapacidad.
Capítulo VI De la responsabilidad de los estudiantes en la convivencia:
Art. 1° Conductas contrarias a la sana convivencia Los estudiantes del establecimiento propiciarán
la sana convivencia en un marco de responsabilidad y autocuidado, por lo tanto se establecen las
conductas que vulneran los principios de este reglamento, estas son:
1. No ingresar a clases estando en el colegio.
2. Abandonar el establecimiento antes de finalizar la jornada sin justificación.
3. Actuar y participar en actos contrarios a la moral y las buenas costumbres dentro y fuera del
colegio, ya sea permaneciendo en grupos en horarios previos al ingreso y posterior a la
salida de clases realizando acciones que contravienen los principios que este reglamento
establece.
4. Usar y/o portar MP3, MP4, celulares, cámaras fotográficas, grabadoras u otros elementos
tecnológicos y de similares características en las horas de clases sin autorización del
docente de la asignatura.
5. Consumir, portar, mostrar, distribuir y comercializar bebidas alcohólicas y/o drogas al interior
del establecimiento.
6. Portar y/o utilizar objetos de alto costo, como joyas, artefactos electrónicos y tecnológicos,
sumas de dinero y elementos de alto riesgo para la integridad física tales como cortaplumas,
cadenas, u otros objetos contundentes que pudieran llegar ser constitutivo de delito.
7. Faltar el respeto a profesores, personal del establecimiento, apoderados u otras personas.
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8. Participar en riñas y/o peleas con compañeros/as de curso y/o personal dentro y fuera del
colegio.
9. Adulterar o cambiar información registrada en el Libro de clases.
10. Destruir los bienes o documentos del establecimiento tales como: Libros de clases, baños,
sillas, mesas, computadores, vidrios, u otros.
11. Rayar muros.
12. Realizar grabaciones de audio o video en el interior del establecimiento sin autorización
previa.
13. Publicar en las diferentes redes sociales situaciones que dañen u ofendan a los/las
estudiantes y/o a la comunidad educativa en general.
Capítulo VII: Prevención de las faltas a la Convivencia:
Art.1° Acciones Generales de Acompañamiento preventivo: El colegio con el fin de mantener
una sana convivencia realizará las siguientes acciones preventivas:
1. Entrevistas del profesor jefe con sus estudiantes y profesores del curso, con la finalidad de
conocer las inquietudes, intereses y problemáticas de éstos y derivar a redes que
corresponda para apoyo del estudiante, llevando un registro de las entrevistas realizadas en
el libro de clases (hoja de vida).
2. Entrevistas de profesor jefe con sus apoderados para tratar temas relacionados con su
estudiante, registrando oportunamente la situación en el libo de clases.
3. Sesiones preventivas y sistemáticas para alumnos en Consejos de Curso y Convivencia.
4. Talleres de fortalecimiento del rol parental en reuniones de padres y apoderados.
5. Entrevista de alumnos derivados con especialistas del área de Convivencia Escolar.
Capítulo VIII: Estrategias formativas y de acompañamiento.
a) En el caso que un estudiante vivencie alguna problemática, se adoptarán las siguientes
estrategias formativas especiales y de acompañamiento. Una vez agotadas todas las
instancias se procederá a la aplicación de la máxima medida de denegación o cancelación
de matrícula.
Art.1° Individuales:
Estrategias de apoyo Responsable Temporalización
Entrevistas al/la estudiante que presente problemas de convivencia, con el fin de conocer su problemática y establecer acuerdos para el cambio.
Profesor jefe o del Subsector.
De acuerdo a evolución.
Entrevistas a los padres del alumno que presenten problemas de convivencia, para informarle la situación,
Profesor Jefe.
De acuerdo a evolución.
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de los acuerdos con el estudiante y establecer acciones de apoyo de su parte
Apoyo, consejería y compromiso al alumno con Situación de indisciplina y aplicación de reglamento al estudiante.
Encargado de Convivencia Escolar. Psicólogos, Inspectoría General.
De acuerdo a evolución.
Diagnóstico previo a alumnos que presenten dificultades de comportamiento, relaciones Interpersonales u otras.
Profesor Jefe. Según necesidad detectada y documentos entregados por apoderados.
Aplicación de estrategias sugeridas por especialistas externos a alumnos que presenten dificultades de comportamiento, relaciones Interpersonales u otras.
Profesor jefe, Encargado de Convivencia Escolar Psicólogo, UTP.
Durante el proceso de enseñanza
Art. 2° Grupo Curso:
Estrategias de apoyo. Responsable. Temporalización.
Charlas preventivas. Profesional área de Convivencia Escolar.
Durante el proceso de Enseñanza.
Talleres de integración y autocuidado
Profesionales área de Convivencia Escolar
Durante el proceso de enseñanza
Capítulo VIII: Medidas pedagógicas y disciplinarias que regulan la convivencia:
Las medidas disciplinarias que a continuación se indican tienen como objetivo establecer y mantener
una labor pedagógica efectiva en nuestra escuela, así como proteger a todas las personas
involucradas en esta labor.
El principio de respeto a la dignidad de toda persona deberá estar presente siempre, es decir, la
aplicación de sanciones deberá evitar el menoscabo de cada uno de los integrantes de nuestra
comunidad educativa.
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La aplicación de una medida debe guardar relación con la gravedad de la falta; es decir, debe existir
el principio de proporcionalidad en la sanción. La labor de la escuela es formativa, no punitiva, por lo
que toda medida disciplinaria siempre debe estar dirigida a educar en la convivencia y el diálogo.
Capítulo IX: Disposiciones Generales:
1. Los estudiantes de la escuela Rural Notuco tienen la obligación de respetar a las autoridades,
funcionarios, compañeros y apoderados del establecimiento. Deben cuidar los espacios físicos
comunes como patio, baños, casino, salas, y no podrán desarrollar actividades que vayan en contra
de la buena convivencia escolar, y los principios establecidos en el manual de convivencia y
Proyecto Educativo Institucional.
2. Se entiende por falta todo acto u omisión que signifique una transgresión o desconocimiento de
las obligaciones, que establezca nuestro manual de convivencia y Proyecto Educativo Institucional.
3. Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento
reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma
individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de
superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato,
humillación.
Capítulo X: Tipificación de las faltas:
Art.1° Las faltas de los alumnos(as) se clasifican en leves, graves y gravísimas, distinguiéndose
en su justa dimensión, para efectos de aplicar medidas disciplinarias.
Art.2° Faltas y Sanciones: En el presente Reglamento de Convivencia Escolar, se han establecido
variados procedimientos que contemplan el rol formador de los estudiantes que optan libremente por
este colegio, es así que se han establecido los siguientes indicadores, que se calificarán como
“faltas”, teniendo presente que son situaciones conductuales propias del grupo etáreo que atiende el
colegio. Por lo tanto, frente a cada una de ella, se aplicarán medidas que tiendan a superar las
conductas inadecuadas y/o desadaptativas, que se denominarán “sanciones”.
Cabe señalar que estos procedimientos atienden al desarrollo de una convivencia basada en el
respeto mutuo, honestidad y tolerancia, recordando que cada estudiante debe hacerse responsable
de todos y cada uno de sus actos.
Art.3° Faltas leves: Faltas leves son aquellas conductas que transgreden las normas que regulan
la convivencia y que, sin llegar a alterarla de manera significativa ni a causar mayor daño o perjuicio
a sí mismo, a terceros o al Colegio, se apartan del perfil del estudiante definido en el Reglamento
Interno, estas son:
1. Portar y/o utilizar objetos de valor tales como celulares, tablet, notebook, netbook, dinero,
joyas u otros de similares características.
2. Asistir a la escuela sin los útiles escolares.
3. Inasistencias a clases sin ningún tipo de justificación.
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4. Llegar atrasado a la sala luego de un recreo.
5. Perturbación del normal desarrollo de la clase, con bromas, carcajadas, comentarios, gritos,
etc.
6. Utilizar en la sala de clases estéreos, mp3, Tablet u otros objetos no solicitados en clases
por los /las docentes.
7. Utilizar en la sala de clases el celular. En caso de pérdida, robo o hurto de estas especies u
otras, el colegio no se hace responsable de la pérdida de dichos objetos
8. Romper, perder o no entregar a tiempo las citaciones o comunicaciones enviadas por la
escuela a los padres y/o apoderados.
9. Ingerir bebidas, alimentos o masticar chicle en hora de clase.
10. Trasgresión o abuso de alguna norma o deber por primera vez.
Ante las faltas leves el procedimiento a seguir será:
a) Amonestación verbal del profesor a cargo.
b) En caso de uso de celulares o aparatos electrónicos no solicitados, estos serán retirados por
el profesor y entregados a inspectoría; quien hará devolución solamente al apoderado,
previo compromiso de no utilizarlos más en clases.
c) El profesor registrará la falta en la hoja de vida del estudiante e informará por escrito al
apoderado, mediante el cuaderno de comunicaciones, si lo considera necesario.
Art.16° Faltas graves: Faltas graves son aquellas conductas que transgreden las normas,
perjudicando seriamente la convivencia escolar o con repercusiones negativas para sí mismo, para
terceros o para el Colegio, estas son:
1) Reincidir en 3 faltas leves.
2) Faltar a clases en forma reiterada sin justificativo.
3) Llegar más de 3 veces atrasado a su sala luego del recreo.
4) Llegar más de 6 veces, en el mes, atrasado a la escuela, a pesar de haber sido informado el
apoderado de las normas de puntualidad
5) Faltar a clases comprobándose “cimarra”.
6) Quedarse fuera de la clase, sin autorización.
7) Salir de la sala durante el desarrollo de la clase sin autorización.
8) Molestar en forma reiterada en clases, impidiendo el normal desarrollo de ésta y el
aprendizaje de sus compañeros.
9) Escribir grafitis u otros tipos de rayados en paredes, baños, escalas, bancos, sillas o
cualquier parte de la infraestructura del establecimiento.
10) Destruir intencionalmente cualquier elemento de la infraestructura de la escuela, como
también pertenencias de compañeros o funcionarios.
11) Hacer mal uso de herramientas de trabajo que tengan un fin pedagógico como
computadores, radios, televisores, videos, servicios de internet, u otros del establecimiento.
12) Tener un comportamiento inadecuado en actividades extraescolares realizadas dentro o
fuera del establecimiento: desobedecer al profesor, fugarse, portar elementos no permitidos.
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13) Organizar y/o participar de cualquier actividad que impida el normal desarrollo de las
actividades académicas o extracurriculares.
14) No mostrar a sus apoderados las comunicaciones y citaciones para que tomen conocimiento
y registren su firma.
15) No acatar órdenes o instrucciones dadas por el personal del establecimiento.
16) No darse por aludido/a cuando un funcionario se dirige al estudiante.
17) Realizar acciones que contravienen los principios de este reglamento ya sea dentro o en
lugares aledaños al colegio.
18) Utilizar las redes sociales exponiendo a los integrantes de la comunidad educativa sin su
consentimiento, dañando o afectando su integridad.
19) Incitar a acciones determinadas como acoso escolar.
20) Acosar a otro u otros estudiante/s.
21) Agredir física y/o psicológicamente a otro estudiante.
Ante las faltas graves el procedimiento a seguir por el Profesor Jefe en conjunto con Inspectoría
General será:
a) Citación al apoderado, para tomar conocimiento, bajo firma, de la conducta del alumno,
registrando debidamente en el libro de clase y/o formato oficial del establecimiento,
informando que de reiterarse la falta, esta se transformará en falta gravísima.
b) Inspectoría general determinará las medidas reparatorias de la falta cometida que debe
cumplir el estudiante, las que pueden ser: Disculpas privadas o públicas, restablecimiento de
efectos personales, cambio de curso, trabajo comunitario o pedagógico; o las que se
determinen.
Todo alumno sancionado tendrá derecho a apelación por escrito, la que debe ser presentada al
Encargado de Convivencia Escolar para ser conocida por el Director del Establecimiento
Educacional, quien responderá por escrito en un plazo máximo de 3 días hábiles.
Art.17° Faltas gravísimas: Faltas gravísimas son aquellas conductas que transgreden las normas,
causando un gravísimo perjuicio a la convivencia escolar o con muy serias repercusiones negativas
para sí mismo, para terceros o para el Colegio o conductas tipificadas como delito, estas son:
1) Reincidir en 3 faltas graves.
2) Portar armas de fuego o corto punzantes (incluyendo corta cartón) y demás elementos que
atenten contra la integridad física de los miembros de la comunidad escolar.
3) Robar o hurtar objetos pertenecientes a un tercero.
4) Consumir, portar, promover, mostrar, distribuir y vender cigarrillos, licores o sustancias
psicotrópicas (drogas) dentro del establecimiento educacional y/o en sus inmediaciones o en
actividades en las que lo representan.
5) Fugarse del establecimiento dentro de la jornada escolar.
6) Sustracción o falsificación de documentos oficiales del establecimiento.
7) Agresión física o verbal a compañeros, docentes o personal administrativo o de servicios.
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8) Tener una actitud que atente contra la moral y las buenas costumbres.
9) Distribuir, vender o prestar revistas o material pornográfico en el interior de la escuela.
10) Faltar el respeto a alumnos, apoderados, docentes, directivos, funcionarios, administrativos,
auxiliares, ya sea de manera verbal, alzando la voz, decir improperios, garabatos, dar
portazos, hacer gestos groseros o amenazantes.
11) Hacer mal uso de los libros de clases.
12) Falsificar o alterar registros de evaluaciones.
13) Adulterar asistencia a clases.
14) Corregir anotaciones en la hoja de vida.
15) Participar activa o pasivamente en actividades violentas, tales como riñas o golpizas dentro
del recinto escolar.
16) Participar y/o propiciar comportamientos externos que atenten contra la dignidad de terceros
o la imagen del colegio.
17) Salir del colegio sin autorización.
18) Adulterar o sustraer documentos oficiales del Establecimiento.
19) Falsificar firma del apoderado.
20) Portar y/o utilizar elementos cortantes, punzantes, armas de fuego, a fogueo, cadenas,
linchaco, spray, luma u otros que sean utilizados para agredir o amedrentar.
21) Realizar actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres tales como gestos
obscenos, descalificaciones verbales.
22) Gritar o decir groserías e insultos a personas que transiten por la calle o aledañas al
establecimiento.
23) Ingresar al establecimiento personas ajenas al mismo sin autorización.
24) Engañar al profesor y/o copiar en prueba, falsificar trabajos y/o documentos.
25) Violentar dependencias del Establecimiento y/o tomar pertenencias que estén resguardadas
ahí.
26) No respetar ni acatar las decisiones de las organizaciones reconocidas.
27) Faltar el respeto y/o agredir a los funcionarios del establecimiento ya sea de manera verbal,
(decir improperios, gritar groserías, etc.), gestual (gestos groseros o amenazantes, etc.) o
escrita (dibujos obscenos, cartas ofensivas, comentarios etc.)
28) No acatar las normas de convivencia indicadas en este Reglamento.
Ante las faltas gravísimas el procedimiento a seguir por Dirección será:
a) En caso de presentar reiteración de faltas graves y/o una falta gravísima, el caso será tratado
directamente por la Dirección del Establecimiento procederán a citar al apoderado para aplicar las
medidas extremas necesarias, que pueden ser: derivación a las redes de apoyo correspondientes,
denuncia del caso a Fiscalía o policías, dejando constancia escrita de la falta cometida y la sanción
aplicada.
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b) Si la falta pone en peligro real (no potencial) su integridad o la de otro integrante de la comunidad
escolar, el Director puede aplicar la medida extrema de Cancelación de matrícula del estudiante,
separándolo a este de manera definitiva del establecimiento. Esta sanción una vez ratificada será
comunicada a las autoridades educacionales correspondientes.
c) En caso de daños materiales estos deberán ser repuestos o reparados por el apoderado como
máximo dentro de las 48 horas de ocurrido el hecho.
d) En caso de presentarse un estudiante bajo el efecto de drogas y/o alcohol, este no podrá
permanecer en el establecimiento y deberá ser retirado por su apoderado. Inspectoría fijará con el
apoderado el procedimiento de apoyo que la escuela brindará y las sanciones a las que se expone el
estudiante, si no cumple con este plan.
Capítulo XI: Debido Proceso:
Art.1° Previo a aplicar una medida o sanción, se hace necesario conocer la versión de todos los
involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta, a fin de evitar
actuar con rigidez y arbitrariedad.
Art.2° El procedimiento debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho de todos
los involucrados.
El debido proceso, corresponde al procedimiento previamente establecido y consiste en:
- Que sean escuchados.
- Que sus argumentos sean escuchados y escriturados por todas las partes involucradas.
- Que se presuma inocencia; y,
- Que se reconozca su derecho a apelación.
Capítulo XII: De las Circunstancias Atenuantes:
Se consideran circunstancias atenuantes, que permiten rebajar el grado de las faltas, estas son las
siguientes:
Art.1° Considerar la edad, circunstancias personales, familiares o sociales del/la estudiante.
Art.2° Reconocer por parte del/la estudiante la falta antes de la formulación de la medida, lo que
tendrá mayor valor si esto ocurre de manera espontánea.
Art.3° Corregir el daño o compensar el perjuicio causado, antes de que se haya determinado la
medida formativa.
Art.4° Haber presentado un buen comportamiento anterior a la falta.
Capítulo XIII: de las Circunstancias Agravantes:
Se consideran circunstancias agravantes, que cumplen el efecto de subir el grado de las faltas, estas
son las siguientes:
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Art.1° Reiteración de una conducta negativa en particular.
Art.2° Mal comportamiento anterior, aun cuando no esté referido a la reiteración de una conducta
negativa en particular.
Art.3° Presentar un comportamiento negativo, teniendo un cargo de representatividad de la
comunidad educativa, lo que implica usar el cargo de representatividad para promover situaciones
que no corresponden.
Art.4° Haber actuado con premeditación.
Art. 5° No reconocer su falta.
Capítulo XIV: De las Medidas Disciplinarias:
Descripción de las medidas: De acuerdo con la gravedad de la falta cometida por el/la estudiante,
Se aplicará alguna de las siguientes medidas:
Art.1°Amonestación verbal: Consiste en hacer ver al estudiante acerca de lo inadecuado de su
conducta, de las repercusiones que ésta podría tener. Implica además, advertirle de la importancia
de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que mantenga una buena convivencia escolar.
Art.2°Acto reparatorio personal: Es un acto que tiene que ver con un sentido de reconocimiento y
voluntad de enmendar el daño por parte del agresor, junto con la posibilidad de sentir empatía y
comprensión por la víctima, por ejemplo pedir disculpas públicas, reponer económicamente el/los
bienes dañados u otros similares compensatorios.
Art.3°Amonestación con constancia escrita en hoja de vida: Consiste en hacer ver al estudiante lo
inadecuado de su conducta, las repercusiones que ésta podría tener. Implica, además, advertirle
dela importancia de no cometerla nuevamente y aconsejarle para que mantenga una buena
convivencia escolar, dejando constancia escrita en hoja de vida del estudiante.
Art.4°Comunicación al apoderado del registro de la situación y toma de conocimiento: El Profesor
Jefe del curso tiene la obligación de informar al apoderado acerca del comportamiento de su
estudiante y registrar en el libro de clases en la Hoja de vida correspondiente al alumno, el cual debe
ser firmado.
Art.5°Citación al Apoderado: Es una acción que se realiza al apoderado, para solicitarle su
presencia en el Colegio debido a alguna conducta efectuada por el alumno o alumna y que
transgrede las normas institucionales. Esta citación se realiza a través de una comunicación vía
Agenda Escolar, telefónica según sea la situación y la urgencia.
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Art.6° Asignación trabajo complementario: Consiste en una acción que el estudiante realiza y que
tiene un sentido de apoyo, como por ejemplo: ornamentar su sala, elaborar diarios murales, tutor de
sus compañeros de acuerdo con sus habilidades.
Art.7° Servicio Comunitario: Implica que el o los estudiantes realiza(n) alguna actividad que
beneficie a la comunidad educativa, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través
de un esfuerzo personal, ser monitor de algún compañero que lo necesite, responsabilizarse de
actualizar la información de su curso, limpiar lo que ensució, u otros similares.
Art.8° Cambio de curso: Consiste en, que a partir de una reiteración de conductas graves o de una
conducta gravísima, el estudiante queda en una situación especial que implica que al reiterar sus
faltas está expuesto al cambio de curso ,debiendo comprometerse a no recaer en el tipo de conducta
efectuada u otra similar. Esta promesa debe ser firmada por el estudiante y su apoderado
Art.9º Reflexión en el hogar: Esta medida consiste en suspender temporalmente al estudiante de
asistir a clases, debido a alguna conducta que haya realizado y que transgrede gravemente la
normativa institucional. La duración de la medida dependerá de la gravedad de la conducta hasta un
máximo de tres días. Esta medida se hará efectiva a partir del día siguiente de la toma de
conocimiento por parte del apoderado. La suspensión de clases puede darse en diferentes niveles,
hasta llegar a la Suspensión total de clases con derecho a rendir las evaluaciones.
Art.10° Condicionalidad de Matrícula: La situación final del estudiante con Matrícula Condicional
debe quedar resuelta antes del proceso normal de matrícula.
Art.11°Cancelación de matrícula: En el último trimestre del año y agotados todos los procedimientos,
establecidos en este Reglamento, la Directora, informará al apoderado de la cancelación de
matrícula para el año siguiente de su estudiante.
No obstante, debido a una falta gravísima que afecte la convivencia escolar y la imagen institucional
la cancelación de matrícula puede producirse en cualquier período del año lectivo, de acuerdo a lo
establecido en la Ley N° 20.845 de Inclusión.
Art.12° Todo estudiante que se encuentre con algún tipo de condicionalidad no podrá optar a cargos
de liderazgo en su curso ni como delegados o formar parte de la directiva del Centro de Alumnos del
establecimiento.
Medidas a aplicar con estudiantes que incurren en faltas:
Gravedad de la Falta Medidas
Leve
-Amonestación verbal. - Acto reparador (por ejemplo pedir disculpas públicas, reponer económicamente el/los bienes dañados u otros similares compensatorios).
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-Trabajo complementario. - Registro y amonestación escrita en libro de clases. -Información al apoderado de falta cometida.
Grave
- Registro y amonestación escrita en libro de clases. -Comunicación y citación al apoderado por quien corresponda. - Servicio comunitario. - Reflexión externa de uno a tres días con conocimiento del apoderado. - Matrícula condicional por conducta, aplicada por Inspectoría General o Dirección.
Gravísima
-Comunicación y citación al apoderado. - Estricta condicionalidad. - Suspensión externa de hasta 3 días. -Cambio de curso. - Suspensión total de clases con derecho a rendir sus evaluaciones, si la cancelación de matrícula procede durante el tercer trimestre del año escolar. - Cancelación de matrícula. - Suspensión de licenciatura para estudiantes de 8º Básico
Reconocimiento a estudiantes que demuestran cambios positivos en sus actitudes:
El estímulo permanente al ser humano y, en especial, al niño(a) y al adolescente, fomenta la
motivación, la creatividad, la sana competencia y la participación, la convivencia y, en general, los
valores que promueve la institución. De otra parte, constituye un motivo invaluable de
reconocimiento de talentos y de competencias que bien encaminados propician el acercamiento al
desarrollo integral del estudiante.
Según las normas legales y la filosofía institucional, se tendrán en cuenta las actitudes y los
comportamientos sobresalientes que por parte de los estudiantes beneficien directa o
indirectamente a sí mismos y a la comunidad educativa. Se otorgarán los estímulos de acuerdo al
presupuesto de la institución. El Consejo Directivo ha determinado los siguientes estímulos:
a.- A lo largo del año escolar:
1) Reconocimiento en las izadas de bandera por los valores de cada acto cívico-cultural
2) Designación para que represente al Colegio en eventos académicos, científicos,
deportivos y culturales
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3) Registro en la hoja de vida del estudiante, de acciones positivas en lo académico y/o
convivencia.
4) Se enviara a su hogar una tarjeta de felicitaciones informando los cambios positivos del o la
estudiante.
b. Al final de cada período académico
1) Cuadro de honor del curso por convivencia
2. Felicitaciones por superación personal y Formación Integral
Capítulo XV: Estrategias de Apoyo:
Art.1° Cuando un estudiante quede con Matrícula Estrictamente Condicional, se aplicará una o más
de las siguientes estrategias de apoyo:
Acción de apoyo Responsable Período/Tiempo
Entrevista individual con el estudiante, con el fin de escuchar acerca de su evolución y establecer acuerdos para el cambio.
Profesor Jefe Según evolución
Entrevista con los padres para tratar aspectos relacionados con la evolución de la conducta de su estudiante y solicitarle su apoyo en aspectos específicos
Profesor Jefe Según evolución
Entrevista individual a estudiantes derivados por profesores jefes de acuerdo a las necesidades presentadas.
Encargado de Convivencia Escolar
Según evolución
Entrevista con los apoderados con el fin de obtener información acerca de su hijo(a), e informarle acerca de la necesidad de derivarlo a un especialista si fuese necesario. Establecer acuerdos con ellos que apoyen las acciones de cambio.
Encargado de Convivencia Escolar
Según evolución
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Capítulo XVI: Del Encargado de Convivencia Escolar:
Art.1° Encargado de Convivencia Escolar es el/la profesional que tiene a su cargo velar por la
convivencia al interior de la unidad educativa, de acuerdo a la Ley General de Educación (N°
20.370): la LGE, promulgada el 2009, modificada por la Ley sobre Violencia Escolar del año 2011,
establece en el Artículo 16 a), que “se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia
armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre
ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el
desarrollo integral de los estudiantes” y según Ley de Calidad y Equidad de la Educación (N°
20.501): promulgada el 08 de febrero de 2011, asegura el derecho de los profesionales de la
educación a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, donde impere el respeto por la
integridad física, psicológica y moral, y en el que no se admitan los tratos vejatorios, degradantes o
maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa.
Sus funciones son:
a) Diseñar, elaborar e implementar el Plan de Gestión en Convivencia Escolar, conforme a las
medidas que determine el Consejo Escolar.
b) Diseñar en conjunto con la dirección del establecimiento, la conformación de equipos de
trabajo y la estrategia de implementación del Plan de Gestión.
c) Elaborar y llevar a cabo una estrategia de seguimiento y monitoreo del Plan de Gestión.
d) Informar al equipo directivo y técnico, al Consejo Escolar de los avances o dificultades en la
implementación del Plan de Gestión y a la Comunidad Educativa, los avances en la
promoción de la convivencia escolar y de la prevención de la violencia.
e) Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y manejo de
situaciones de conflicto de la comunidad educativa.
f) Promover el trabajo colaborativo entre los actores de la comunidad educativa en la
elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y
disciplinarias que fomenten la buena convivencia escolar.
g) Velar por el cumplir el Reglamento de Convivencia Escolar, en el marco del PEI.
h) Mantener una convivencia sana con todos los integrantes de los demás estamentos.
i) Promover acciones, medidas y estrategias orientadas a prevenir la violencia entre los
miembros de la comunidad educativa.
j) En el caso de una denuncia de conflicto entre pares y/o acoso escolar, deberá tomar los
antecedentes y seguir los procedimientos establecidos por los protocolos de actuación,
informando al director del establecimiento.
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k) Corregir e impartir el carácter formativo de las sanciones en los casos fundamentados y
pertinentes, siguiendo los procedimientos establecidos en cada uno de los protocolos en
conjunto con Inspectoría.
l) Liderar la actualización del Reglamento de Convivencia, de acuerdo al criterio formativo
planteado en la Política Nacional de Convivencia Escolar y a los lineamientos del Proyecto
Educativo del colegio.
Capítulo XVII: De los aspectos no contemplados en el Reglamento de Convivencia:
Art. 1° Todos los aspectos no contemplados en el presente manual serán resueltos por la Dirección
del establecimiento, de acuerdo a la normativa vigente y con consulta, en caso necesario, a las
autoridades respectivas.
Capítulo XVIII: De la modificación al Reglamento de Convivencia:
Art.1°Las propuestas a la modificación del Reglamento de Convivencia podrán surgir de cualquier
estamento de la comunidad escolar por medio de sus representantes. El equipo de gestión analizará
y determinará la pertinencia de la o las modificaciones que serán presentadas al consejo escolar
para su aprobación final. Independiente de estas sugerencias, este manual será revisado cada año,
antes del mes de noviembre, en reuniones participativas con todos los estamentos de la comunidad.
Si existen modificaciones estás se darán a conocer por escrito a todos los apoderados, y trabajados
en clases con todos los estudiantes, antes del mes de noviembre.
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PROTOCOLOS DE
ACTUACION 2019
ESCUELA RURAL
NOTUCO
MARIANELA SCARLET PEZO PAVES
DOCENTE, ENCARGADA DE CONVIVENCIA ESCOLAR
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PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN:
1.-RECLAMO O ACUSACIÓN (en contra de profesor, asistente de la educación, Directivo o
miembro de la comunidad educativa Escuela Rural Notuco).
1.1.- Situación o circunstancias:
Reclamo o/y acusación a un profesor, asistente de la educación Directivo o miembro de la
comunidad educativa, se debe dirigir a la Dirección del Establecimiento, quien realizará las
derivaciones correspondientes y determinará el procedimiento a seguir.
1.2.-Procedimiento:
1. Todo reclamo en contra de un Profesor, asistente de la educación, directivo o miembro de la
comunidad Educativa Escuela Rural Notuco, debe consignarse por escrito de parte del denunciante,
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quien deberá presentar carta escrita y firmada en un plazo no superior a las 48 horas a la Dirección
del Establecimiento.
2. De no contar con carta a la hora del reclamo o denuncia, la Dirección delegará en algún
miembro de la comunidad de su confianza para que consigne por escrito y solicite firma, hora, y
fecha del reclamo o la denuncia.
3. Sólo con escrito y con firma, la dirección procederá en consecuencia según la gravedad de
la falta. Realizando la denuncia ante el ministerio público, o el inicio de investigación interna.
4. El plazo de solución y respuesta también por escrito, no será superior a 10 días hábiles,
pudiendo quien lleve la investigación interna solicitar cinco días más.
5. De cada actuación y resolución deberá quedar registro escrito en archivo es instrumentos
propios del establecimiento, debiendo mantenerse registro individual de cada reclamo.
6. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el
derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de
impugnarlas.
7. Si el reclamo no tiene fundamentos y constituye un perjuicio a la honra del Profesor se
solicitarán las disculpas públicas, y dependiendo del tenor de la acusación, el afectado queda en
libertad de tomar las acciones legales que estime pertinente.
2.-MALTRATO Y AGRESIÓN FISICA A UN ESTUDIANTE (por parte de profesor, asistente de la
educación, directivo o miembro de la comunidad educativa).
De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº20.370 General de Educación, Art. 16 letra D, señala que
revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier
medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente
una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también
la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante. Y Art. 10,
donde establece que: “…los alumnos y alumnas tienen derecho a estudiar en un ambiente tolerante
y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral, no
pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.” ¿Qué se
entiende por maltrato de un adulto a un estudiante? Son aquellas agresiones realizadas por algún
miembro de la comunidad educativa (directivo, docente o asistente de la educación) en contra de
un(a) estudiante, que atenta contra su dignidad o que arriesga su integridad física y/o síquica. Tales
como; coscorrones, tirones de oreja, bofetadas, gritos, burlas, amenazas, insultos, descalificaciones,
entre otras. Cualquiera de estas conductas abusivas atenta contra el Art. Nº28 inc. 2 de la
Convención sobre los Derechos del Niño, el Art. Nº5º inc. 2º de la Constitución Política de Chile y el
Art. Nº 6º letra d) del DFL 2 de Subvenciones.
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2.1- Situación o circunstancias:
Maltrato físico, verbal, psicológico de un profesor, asistente de la educación, Directivo o apoderado a
un estudiante
2.2- Procedimiento:
1. Informar de la situación al profesor(a) jefe, del estudiante y de manera simultánea a la
directora (a) del Establecimiento.
2. Al momento de tomar conocimiento de un hecho de violencia, en cualquiera de sus
manifestaciones, El Director (a) delegará en el Encargado (a) de Convivencia quien deberá en un
plazo no mayor a 24 horas, recabar todos los antecedentes e informar a la Dirección del
establecimiento.
3. Si las lesiones físicas son evidentes a simple vista la Dirección (a) realiza la denuncia
inmediata a la justicia, que investigue los hechos denunciados.
4. Simultáneamente se informa al apoderado y se acompaña al estudiante hasta el centro de
salud para constatar lesiones.
5. En caso de tratarse de abusos o malos tratos reiterados y que afecten a otros estudiantes
del mismo curso o de otro. Se deberá proceder de igual forma.
6. Se activa la suspensión inmediata del Profesor, asistente de la educación, directivo o
apoderado, según gravedad.
7. Informar a Sostenedor (a).
3.- MALOS TRATOS Y/O AMENAZAS DE UN APODERADO (A) (en contra de un profesor,
asistente de la educación, Directivo o miembro de la comunidad (a) de la escuela).
3.1.- Situación o circunstancias:
En caso que un Padre, Madre o/y apoderado (u otro adulto) agreda físicamente a un Profesor,
asistente de la educación, directivo en dependencias del Colegio y/o fuera de ella, en pleitos
relacionados con sus funciones, le trate con improperios y manifieste amenazas explicitas en su
contra. También cuando utilice medios de comunicación instantánea como whatsapp, twitter y
facebook, o medios radiales y otros, para denostar, criticar y maltratar y mentir sobre situaciones y
personas vinculadas con el Establecimiento Escuela Rural Notuco.
1. Si la agresión o amenaza se realiza en presencia de estudiantes, se debe despejar el lugar
de niños que se encuentren presentes.
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2. Es deber de todo funcionario hacer un llamado a la calma. Evitando caer en confrontación
con el apoderado(a).
3. Si hubiera lesiones visibles, se debe acudir inmediatamente al centro médico a constatar
lesiones.
4. Dar aviso a Director (a), acto simultáneo se debe realizar denuncia a Carabineros de Chile o
PDI.
5. Ratificar denuncia, e informar a la Superintendencia de educación, ante las 24 horas.
6. Ante mal trato en uso de medios tecnológicos, presentar denuncia ante organismos públicos
por intermedio de asesoría legal.
7. Presentar evidencias.
8. Informar al sostenedor
4.- ESTUDIANTE AGREDE FISICAMENTE A PROFESOR (A) asistente de la educación,
Directivo, adulto del establecimiento).
4.1.- Situación o circunstancias:
Alumno agrede físicamente a profesor (a) o adulto, (Fuera o dentro del Establecimiento, con golpes
de pies y/o puños, con empujón, escupos, con un elemento contundente, arma y ello en presencia
de otros estudiantes.
4.2 Procedimiento:
1. Dar aviso inmediato a Dirección del Establecimiento
2. Acudir al servicio de urgencia a constatar las lesiones.
3. Si la agresión reviste caracteres de delito, realizar denuncia a Carabineros de Chile.
4. Ratificar denuncia ante la súper intendencia de Educación.
5. Para todos los efectos, será importante tener en consideración la edad de los estudiantes
involucrados y la responsabilidad penal de los mismos en relación a la ley penal adolescente y las
implicaciones de ello.
6. Sostenedor velara por seguridad del trabajador del Establecimiento
5.-ESTUDIANTE QUE AGREDE A UN COMPAÑERO (A).
5.1.- Situación o circunstancias:
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Estudiante que agrede, pelea en forma ocasional sin haber tenido antecedentes previos.
5.2.- Procedimiento:
1. Se interviene para la que riña o agresión no continúe.
2. Dar aviso inmediato al profesor Jefe y dirección
3. Si hubiera lesionados se procede a declaración de accidente escolar y traslado inmediato al
servicio de urgencia más cercano.
4. Simultáneamente se da aviso a sus apoderados, para evaluar la situación y posibles
derivaciones a profesionales para ser intervenidos en planes individuales. .
5. Dependiendo de la edad y gravedad se procede a dar aviso a Carabineros PDI.
6. Si amerita sanción se procede de acuerdo a normativa por falta gravísima al reglamento
interno y de Convivencia Escolar.
7. Activar protocolos de mediación y reparación con Profesor Jefe y Encargado (a) de
Convivencia Escolar.
6.- ESTUDIANTE AGREDE PERMANENTE Y SISTEMATICAMENTE A UN COMPAÑERO (A)
BULLYNG.
6.1.- Situación o circunstancias:
Estudiante que agrede a compañero (a) (os) física, psicológicamente, por medio de uso de
mensajería instantánea, redes sociales en el Establecimiento y fuera de él, en forma permanente y
sistemática.
6.2.- Procedimiento:
6.2.1. Detección
Responsable: Integrante de Comunidad Educativa.
Al constatar la situación alerta a la Dirección y a los responsables.
6.2.2. Evaluación preliminar de la situación
Responsable: Directivo o docente que acoge la situación.
Aplicación pauta indicadores de urgencia.
Informar a Dirección.
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6.2.3. Adopción medida de urgencia para implicados:
Responsable: Directivo o docente que acoge la situación.
Informar a las familias. Derivar atención médica.
Alertar al equipo técnico y autoridad establecimiento.
Informar según corresponda: Carabineros, PDI, SENAME y otros.
6.2.4. Diagnóstico de acoso escolar.
(Abuso de poder, entre pares, recurrencia en el tiempo). Responsable:
Equipo Técnico, Información pauta indicadores de urgencia,
Entrevista actores claves. Reconstrucción hechos. Aplicación
Cuestionario. Análisis del contexto. Elaboración de informe concluyente. Informar al sostenedor y
Mineduc. Aplicación Reglamento de Convivencia.
6.2.5. Generar plan de intervención.
Responsable: Equipo Técnico.
Herramientas:
Registro psicosocial.
Carpeta de recursos psicoeducativos.
Derivación a red de apoyo.
6.2.6.Condiciones:
Acoger y educar a víctima.
Sancionar y educar a agresor.
Trabajar con observadores.
6.2.7. Evaluación e informe final plan intervención
Responsable: Equipo Técnico.
Acciones de seguimiento.
Reunión equipo técnico.
Informe Final a sostenedor y Mineduc.
7.- ESTUDIANTE CON AUSENCIAS REITERADAS.
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7.1.- Situación o Circunstancias:
Estudiante que se ausenta a clases, reiteradas veces sin justificación.
7.2.- Procedimiento:
1. Dar aviso a Dirección
2. Solicitar justificación inmediata a sus padres y/o tutores.
3. Citar a sus padres a entrevista y seguimiento.
4. Realizar visita a domicilio de ser necesario.
8.-ESTUDIANTE QUE SE ENCUENTRE EN RIESGO SOCIAL Y POSIBLE DESERCION
ESCOLAR.
8.1. Situación o Circunstancias:
El estudiante evidencia riesgo social, ausencia de atención y control familiar, posible deserción
escolar.
8.2.-Procedimiento:
1. Informar a Profesor (a) jefe e inspector de nivel.
2. Entrevista al estudiante por Profesor (a) jefe
3. Entrevista con el Apoderado por Profesor (a) Jefe.
4. Aviso a Directora si existen antecedentes posible deserción
5. Informe al tribunal de familia, PIB, OPD. Si procede.
6. Seguimiento y observación.
9.- ESTUDIANTE SIN DISPOSICION AL APRENDIZAJE.
9.1.- Situación o circunstancias:
Estudiante que tenga desinterés por los aprendizajes al interior del aula y no quiera participar de
actividades académicas y formativas e interrumpa los aprendizajes propios y de los demás.
9.2.- Procedimiento:
1. Dar aviso a Profesor (a) jefe
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2. Entrevistar a padres y/o apoderados.
3. Derivar a departamento de Convivencia Escolar.
4. Iniciar intervención y seguimiento al estudiante y su familia.
5. Activar las redes de apoyo externa.
10.- “SOSPECHA” DE MALOS TRATOS Y/O ABUSO SEXUAL.
10.1. Situación o circunstancias:
Si el comportamiento de un estudiante se ve alterado por malos tratos físicos, psicológicos o
emocionales, abandono y negligencia en su cuidado y/o con posible abuso sexual.
10.2 Procedimiento:
1. Dar aviso a Dirección.
2. Solicitar apoyo inmediato Convivencia escolar.
3. Denunciar a los organismos pertinentes (tribunal de familia, Carabineros, PDI antes de las
24 horas de tomar conocimiento.
11.- ABUSO SEXUAL.
11.1.-Situación o circunstancias.
Estudiante, madres, padre, apoderado, apoderada, o cualquier miembro de la comunidad escolar,
relata ser o haber sido, víctima de delito sexual.
11.2.-Procedimiento:
1. Realizar la denuncia ante Carabineros de Chile, o Policía de Investigaciones.
2. Dar aviso a Dirección.
12.- ABUSO SEXUAL POR COMPAÑERO (A) O COMPAÑERA
12.1 Situación o circunstancias.
Estudiante, comunica que ha sido objeto de abuso sexual por parte de otro un estudiante o cualquier
miembro de la comunidad escolar al interior del establecimiento.
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12.2 Procedimiento:
1. Dar aviso a Dirección.
2. Dar aviso Convivencia Escolar, quien colabora con la denuncia
3. Hacer Denuncia inmediata carabineros de Chile, policía de Investigaciones.
13.- EN CASO DE USO DE DROGAS, ALUCINOGENOS, INHALANTES, CANNABIS,
ESTIMULANTES, (cocaína, anfetaminas, pasta, crack) DEPRESORES, (alcohol, tabaco, sedantes,
barbitúricos), opio, heroína, metadona).
12.1.-Situación o circunstancias:
Estudiante se presenta bajo los efectos de uso de alcohol y/o drogas.
12.2.- Procedimiento:
1. Dar aviso a Dirección, quien decidirá llamar o no a carabineros.
2. Dar aviso inmediato a Madre, Padre, y/o Apoderados del o la estudiante.
3. Solicitar el apoyo de Departamento de Orientación y convivencia escolar.
4. Derivación a organismo externo de apoyo si fuere necesario.
5. Si quien se presenta bajo los efectos es un profesor, asistente de la educación, apoderado.
Aplica incumplimiento de contrato.
14.- EN CASO DE MICROTRAFICO O TRÁFICO DE ALGUN TIPO DE DROGA AL INTERIOR DEL
ESTABLECIMIENTO
14.1.- Situación o circunstancia:
Estudiante, u otro miembro de la comunidad escolar, vende, regala, promueve el uso del alcohol,
pastillas, u otro tipo de drogas al interior o fuera del Establecimiento, vulnerando la ley de drogas en
chile.
14.2.-Procedimiento:
1.- Dar aviso a Dirección.
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2.- Hacer la denuncia a Carabineros de Chile y/o PDI.
15. – ROBO CON VIOLENCIA.
15.1.-Situación o circunstancias:
Estudiante u otro miembro de la comunidad se apropia de un bien ajeno, y para ello utiliza métodos
violentos, rompe, intimida, amenaza. Es delito de “robo”.
15.2.- Procedimiento:
1. Dar aviso inmediato a Dirección.
2. Directora evalúa la situación (edad y características del robo)
3. Aviso a su apoderado.
4. Derivación a Convivencia Escolar.
5. Si es necesario, hacer la denuncia a Carabineros de Chile y PDI.
6. Si los que roban son adultos, denuncia.
16.- HURTO, SIN VIOLENCIA.
16.1.- Situación o circunstancias:
Estudiante u otro miembro de la comunidad se apropia de un bien ajeno, y ello lo hace en forma
sigilosa sin hacer daño.
16.2.-Procedimiento:
1. Dar aviso inmediato a Dirección.
2. Directora evalúa la situación (edad y características del robo)
3. Aviso a su apoderado.
4. Derivación a Convivencia Escolar.
5. Si es necesario, hacer la denuncia a Carabineros de Chile y PDI.
17.- CONFLICTOS ENTRE ADULTOS.
17.1.-Situación o circunstancias.
Miembros de la comunidad educativa mantienen conflictos interpersonales entre ellos que afectan,
complican y dificultan las relaciones interpersonales de los demás miembros de la comunidad.
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17. 2.- Procedimiento.
1. Dar aviso inmediato a Dirección.
2. Que registrara por escrito la causa del conflicto.
3. Dirección velará por el cumplimiento de derecho y reserva del conflicto.
4. Iniciará proceso de mediación puede delegar en Encargado de Convivencia escolar.
5. En un plazo no superior a 7 días hábiles de conocido el hecho.
18.- ACCIDENTE ESCOLARES.
18.1.- Situación y Circunstancias:
Estudiante sufre accidente al interior del Establecimiento o en trayecto al inicio o término de la
jornada.
18.2.- Procedimiento:
1. Será atendido inmediatamente por el adulto que presencia el accidente, o el que primero
acuda en su ayuda.
2. Derivará al encargado de salud escolar y/o Dirección, relatando el estado en que encontró al
estudiante y la gravedad de su accidente.
3. Si la lesión es leve, (golpes excepto en la cabeza, esguinces, torceduras) y necesita
atención medica pero no urgente, se llamara a los padres quienes deberían acudir a la Escuela,
recibir declaración de accidente escolar y usarla si es necesario posteriormente.
4. Si se trata de golpe en la cabeza será considerado como accidente grave, se avisara por
teléfono de inmediato a los padres y se llamará una ambulancia para traslado del estudiante herido a
emergencias, acompañado siempre de un inspector quien acompañara hasta que lleguen sus
padres.
5. Los funcionarios del establecimiento están impedidos de hacer uso de vehículos
particulares.
6. Si es accidente de trayecto, el estudiante puede recurrir directamente al servicio de urgencia
(hospital) y dar aviso a SOME que se trata de accidente escolar. Luego avisar al establecimiento ,
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para hacer declaración de accidente escolar y presentarla posteriormente en el SOME (se requiere
de dos testigos con su cedula de identidad).
7. La persona responsable de llevar al estudiante accidentado, será un asistente de la
Educación (a). El medio a utilizar para trasladar al estudiante herido, será la ambulancia.
8. Se registrará el accidente en libro de salida.
9. Los padres y apoderados deben guardar la copia de la denuncia del accidente escolar y toda
la documentación médica, ya que en caso de que en el futuro surgiera alguna complicación médica,
producto del accidente escolar, el Seguro Escolar cubre hasta que la persona quede totalmente sana
para eventuales futuras atenciones.
19.- EN CASO DE EVACUACIÓN.
19.1 Situación o circunstancias:
Siniestro o emergencia, incendio, temblor u otra.
19.2. Procedimiento:
1. Atender al llamado de Alarma.
2. Seguir instrucciones del encargado del PISE
3. Conocer zonas de seguridad.
4. Obedecer normas de seguridad.
20.- ESTUDIANTE EMBARAZADA (COMUNICA SU ESTADO).
El embarazo y la maternidad, no constituyen impedimento para permanecer en la Escuela,
otorgándose para ello las siguientes facilidades académicas del caso, de acuerdo a la Ley
Constitucional N°20.370 General de Educación de 2009 (art. 11º,15º,16º y 46º).
20.1 Situación o circunstancias.
Apoderado y estudiante comunican oportunamente su estado de embarazo y necesidad de
continuar con el curso.
20.2 Procedimiento.
Escuela Rural Notuco, Chonchi- Chiloé 2019
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1. Se da a conocer su estado y las semanas de embarazo en la que se encuentra la
estudiante,
2. Presenta certificado médico a Profesor (a) Jefe.
3. Encargada de Convivencia y Profesor (a) Jefe velaran por su cuidado y adecuado término
del proceso académico.
4. Profesor Jefe se encargara aplicar criterios para la promoción, 3 evaluaciones por semestre
como mínimo, 85% asistencia.
5. Activar redes de apoyo interno (tutor) y externo control médico.
6. Se llevara registro adecuado del proceso y acompañamiento seguido a la estudiante.
21.- ESTUDIANTE EMBARAZADA (NO COMUNICA SU ESTADO).
21.1.- Situación o circunstancia:
Estudiante, por alguna razón no ha comunicado su estado de embarazo.
21. 2.- Procedimiento:
1. Profesora Jefe corroborar en entrevista personal el posible estado.
2. Comunica a Dirección, quien solicitará, la presencia de sus padres o tutores.
3. Iniciar acompañamiento integral, adecuado a sus necesidades.
4. Solicitar inmediata atención y control del sistema de salud.
5. Activar redes de apoyo externa si es necesario.
22.- ESTUDIANTE EN CRISIS.
22.1.- Situación o circunstancias:
Un estudiante presenta descontrol impulsivo con alta intensidad.
22.2.- Procedimiento:
Escuela Rural Notuco, Chonchi- Chiloé 2019
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1. El Profesor, asistente de la educación, u otro que adulto que presencie una crisis,
descontrol, de un estudiante.
2. Procurara su aislamiento de los demás estudiantes.
3. Avisara a la dirección y/o Encargada de convivencia Escolar quien activara protocolo de
contención y ayuda.
4. Profesor Jefe y/o asistente de la educación intentará controlar y calmar al estudiante.
5. Si la intervención es efectiva, se procederá a reintegrar a las actividades al estudiante.
6. Si la intervención no es efectiva, se procederá a solicitar la intervención de Encargado (a) de
Convivencia.
7. Aviso simultaneo al apoderado quien deberá hacerse presente en el establecimiento.
8. Inicio de proceso de acompañamiento al estudiante.