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Reglas de origen_para_la_union_europea

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Negociaciones comerciales y normas de origen Unión Europea Luis Felipe Quintero Bogotá , 5 de diciembre 2012
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Page 1: Reglas de origen_para_la_union_europea

Negociaciones comerciales y normas de origen Unión Europea

Luis Felipe QuinteroBogotá , 5 de diciembre 2012

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SISTEMA GENERALIZADO DE PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

• CONDICIONES PARA BENEFICIARSE DEL SISTEMA DE PREFERENCIAS GENERALIZADO

• La Regulación 1063 de noviembre 2010 establece las condiciones de origen que deben cumplir las mercancías a partir de enero de 2011.

– Las mercancías deben ser originarias de un país beneficiario, de acuerdo con las Normas de Origen del SPG de la Comunidad Europea.

– Las mercancías deben ser transportadas directamente del país beneficiario a la Comunidad Europea; y

– Debe presentarse una prueba de origen válida (un certificado de origen modelo A), emitido por las autoridades competentes del país beneficiario, o una declaración en factura.

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SISTEMA GENERALIZADO DE PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

• 1. MERCANCÍAS ORIGINARIAS

• I. Origen Preferencial.

• Una mercancía es originaria cuando:

• 1. Es enteramente obtenida en ese país, o

• 2. Es elaborada o transformada allí de forma suficiente:

• Criterio del cambio de partida arancelaria del Sistema Armonizado.

• Criterio de valor o ad valorem, en el que el valor de las materias no originarias utilizadas no puede sobrepasar un porcentaje dado del precio franco fábrica de un producto.

• Criterio de proceso específico, o requisito técnico, según el cual algunas operaciones o etapas del proceso de fabricación deben

referirse a las materias no originarias utilizadas.

• II. Acumulación de Origen.

• III. Actividades que no confieren origen

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SISTEMA GENERALIZADO DE PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

• I. ORIGEN PREFERENCIAL

• Enteramente obtenidos:

• Mercancías obtenidas en su totalidad o producidas enteramente en el territorio del país beneficiario.

• La pesca capturada en alta mar puede considerarse originaria del país beneficiario en cuestión (o de la CE) si:

• el buque usado está matriculado o registrado en el país beneficiario (o en un Estado miembro de la CE), y

• pertenezcan en un 50% al país beneficiario (o a un Estado miembro de la CE), y

• al menos el 75% de la tripulación está integrada por nacionales de ese país (o de un Estado miembro de la CE), y

• enarbolen el pabellón del un país beneficiario de un Estado miembro.

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Descripción

del ProductoHS

Clasificación

Sistema

Armonizado

Regla Aplicable

ex

SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

Tipo de

Norma

Partida Descripción Requisito de Origen SGP

CCA 35.05 Dextrina y demás almidones y féculas

modificados (por ejemplo: almidones y

féculas pregelatinizados o

esterificados); colas a base de almidón,

fécula, dextrina o de demás almidones

o féculas modificados: Éteres y ésteres

de fécula o de almidón

Fabricación a partir de

materias de cualquier partida,

incluso a partir de las demás

materias de la partida 3505; ó

Fabricación en la cual el valor

de todas las materias

utilizadas no exceda del 40 %

del precio franco fábrica del

producto.

VCR 38.08 Insecticidas, raticidas y demás

antirroedores, fungicidas, herbicidas,

inhibidores de germinación y

reguladores del crecimiento de las

plantas, desinfectantes y productos

similares.

Fabricación en la cual el valor

de todas las materias

utilizadas no exceda del 50 %

del precio franco fábrica del

producto.

Requisito

Técnico

62.12.10 Sostenes Fabricación a partir de hilados.

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

CAMBIO DE CLASIFICACION

ARANCELARIA

SA 94.03

Producido con:

Madera de SA 44.07

Barniz de SA 32.08

Pegamento de SA 35.06

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

REGLA DE VALOR

AGREGADO

Tina de baño (SA

39.22)(valor 300 $)

Fabricado de polímeros en formas

primarias (valor 100 $)

Regla de Origen (SA

39.22):Manufactura en la cual el valor de

todos los materiales utilizados no

exceda 50% del precio franco

fábrica del producto

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

REGLA DE PROCESAMIENTO

Pipa

(SA 96.14)

Regla de Origen:Manufactura a partir de

bloques de madera en

bruto

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN EUROPEA

VS AC

REGLA DE PROCESAMIENTO

Ropa de mujer (tejida)

(SA 62.04)

Regla de Origen:

Fabricación a partir de

hilado

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

REGLA COMBINADA

Bebidas SA 22.02

Regla de Origen:

- Cambio de partida, y

- valor de los materiales del

Capítulo 17 no mas del 30% del

precio franco fábrica, y

- jugos de frutas utilizados deben

ser originarios (con algunas

excepciones)

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

• II. ACUMULACIÓN

• Acumulación bilateral: Bajo la acumulación bilateral, las materias originarias de la CE, que se sometan a elaboraciones o transformaciones en el país beneficiario, se consideran originarias del país beneficiario.

• Acumulación regional: Funciona entre los países de uno de los grupos regionales reconocidos por el SPG de la Comunidad Europea. Las materias originarias de un país del grupo que, además, están elaboradas o transformadas en otro país beneficiario del mismo grupo, se consideran originarias del último país, a condición de que:

• - el valor añadido allí sea superior al valor en aduana más elevado de las materias usadas originarias de alguno de los demás países del grupo regional; y

• - la elaboración o transformación realizada allí sea más que «insuficiente elaboración o transformación».

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

• III. ACTIVIDADES QUE NO CONFIEREN ORIGEN POR «INSUFICIENTE ELABORACIÓN O

TRANSFORMACIÓN»

• Sacrificio de animales;

• Operaciones de conservación, lavado, y limpieza de productos;

• Descascarillado, molienda, pulido y glaseado de cereales;

• Ensamble de piezas no originarias;

• Pelado, deshuesado y decorticado de frutas, nueces y hortalizas;

• Simple envasado en botellas, botes, frascos, bolsas, estuches y cajas.

• Colocación o impresión de marcas, etiquetas, logotipos y otros signos distintivos.

• Simple mezcla de productos;

• Combinación de dos o más de las operaciones especificadas anteriormente.

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

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• REGLA DE TOLERANCIA

• Las materias no originarias pueden usarse en la fabricación de un producto dado aunque no se cumpla la norma de la lista de suficiente elaboración o transformación, con tal de que su valor total no exceda del 10% del precio franco fábrica del producto (esta disposición no se aplica a los productos textiles y las prendas de vestir).

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

• 2. TRÁNSITO Y TRANSBORDO

• REGLA DE TRANSPORTE DIRECTO:

• las mercancías deben ser transportadas a la Comunidad Europea

desde el país exportador beneficiario del SPG de la CE (o viceversa)

sin atravesar el territorio de ningún otro país; o

• si son transportadas como una sola expedición a través de otro país

(con transbordo o depósito o almacenamiento temporal en ese país, si

es necesario), que permanezcan bajo el control de las autoridades

aduaneras de ese país y no se sometan a operaciones distintas de la

descarga, la carga o cualquier otra operación concebida para mantenerlas en buen estado.

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

• PRUEBAS REQUERIDAS PARA MOSTRAR QUE SE HAN CUMPLIDO LAS NORMAS DE TRÁNSITO Y TRANSBORDO

1. Un documento único de transporte que cubra el transporte de las mercancías desde el país exportador beneficiario a la CE a través del país de tránsito, o

• 2. Un certificado (a veces conocido como «certificado de no manipulación») expedido por las autoridades aduaneras del país de tránsito:

• dando una descripción exacta de las mercancías,

• indicando las fechas de descarga y carga o de llegada y salida, e identificando los barcos u otro medio de transporte usado, y

• certificando que las mercancías permanecieron bajo control aduanero y no sufrieron más operaciones que las necesarias para conservarlas en buenas condiciones.

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

• 3. CERTIFICACIÓN DE ORIGEN

• El certificado de origen modelo A, usado como prueba de origen al

importar a la UE y en la acumulación regional.

• La declaración en factura, que se puede usar en las exportaciones del

SPG de valor reducido

• El certificado de circulación de mercancías EUR 1, que se puede

usar como declaración en factura cuando se exporten mercancías a los

países beneficiarios desde la UE y en el contexto de la acumulación

bilateral.

• Validez del Certificado de Origen: 10 12 meses desde la fecha de

emisión en el país exportador. Deben presentarse a las autoridades

aduaneras del país importador dentro de dicho periodo.

• Quien certifica origen: Las autoridades gubernamentales a solicitud

del exportador.

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

• INFORMACIÓN CERTIFICADO DE ORIGEN

• 1. Nombre y la dirección comercial del exportador.

• 2. Nombre y la dirección del destinatario, si los conoce.

• 3. Detalles del transporte, si se conocen.

• 4. Marcas y números de identificación que aparecen en los paquetes.

• 5. Número y naturaleza de los paquetes, descripción de las mercancías.

• 6. Criterio de origen

• 7. Peso bruto u otra cantidad

• 8. Número y fecha de la factura

• 9. Declaración del exportador

• 10. Escribir el nombre del país en el que se considera que se han originado las mercancías.

• 11. Firma.

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

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SISTEMA GENERALIZADO DE

PREFERENCIAS DE UNIÓN

EUROPEA VS AC

Page 21: Reglas de origen_para_la_union_europea

• El capítulo de reglas de origen de las mercancías tiene

como objetivo establecer los criterios de calificación para

garantizar que sólo las mercancías originarias, es decir

bienes totalmente obtenidos o transformados y

procesados en los países que suscriben este Tratado, se

beneficien de tratamiento arancelario preferencial.

•Como objetivo de negociación: consolidar las reglas de

origen favorables a Colombia en el SGP.

•Incorporar nuevas normas compatibles con los

intereses nacionales.

•Establecer normas adecuadas para el comercio

bilateral.

REGLAS DE ORIGEN COLOMBIA UNION EUROPEA

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• SECCIÓN ARTÍCULOS DESCRIPCION

Título I Disposiciones Generales

artículo 1 Establece las definiciones aclaratorias del Anexo

Título II Definición Del Concepto De " Productos Originarios"

artículos 2 al 10

Precisa los criterios de calificación de origen de las mercancías como los de mercancías totalmente obtenidas, operaciones mínimas y las cláusulas de acumulación entre las partes.

Título III Requisitos Territoriales

artículos 11 y 13

Regula el tránsito de mercancías por terceros países.

Título IV Prueba De Origen

artículos 14 al 28

Establece los procedimientos y formatos de certificación de origen.

REGLAS DE ORIGEN COLOMBIA UNION EUROPEA

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Alcance y Contenido• SECCIÓN ARTÍCULOS DESCRIPCION

Título V Disposiciones para la Cooperación Administrativa

artículos 29 al 33

Fija los mecanismos de cooperación entre los países y establece los pasos para verificar el origen de las mercancías.

Título VI Ceuta y Melilla

artículos 34 y 35

Precisa el tratamiento a productos elaborados en Ceuta y Melilla

Título VII Disposiciones Finales

artículos 36 y 37

Crea los mecanismos de modificación de este Anexo y establece disposiciones transitorias para productos que se encuentren en tránsito en el momento de que entre en vigor el TLC.

Apéndice de Requisitos de Origen

4 Apéndices

Establece los requisitos de origen que deben cumplir los productos elaborados a partir de materiales no originarios de las partes.

Declaraciones

Presenta las Declaraciones conjuntas o individuales que las partes han acordado en temas como las condiciones de origen para la pesca y que hacen parte integral del Tratado.

REGLAS DE ORIGEN COLOMBIA UNION EUROPEA

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Colombia UE

• Condiciones de acumulación similares a las establecidas

en el SGP. Materias primas de países del denominado

Grupo II.

•Posibilidad de desarrollar acumulación con Centroamérica

Suramérica y el Caribe.

• Regla de tolerancia del 10% en valor. Para textil

confecciones 8% en valor y 10% en peso.

• Identificación de operaciones mínimas: Sacrificio de

animales. Impresión.

• Certificación de origen: Por parte de las entidades

habilitadas. Formato igual al usado en el SGP o declaración

en factura.

• Verificación a cargo de la Parte exportadora.

• El comité de comercio podrá modificar las normas de

origen.

REGLAS DE ORIGEN COLOMBIA UNION EUROPEA

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Colombia UE

•Sector cárnico: Sacrificio no confiere origen.

• Sector pesca: Acumulación Grupo II. Requisitos de

abanderamiento, registro y propiedad. No de tripulación

ni porcentajes de valor agregado.

•Sector lácteo: totalmente obtenido para todos los

productos excepto para helados y arequipe.

•Flores: importación del material genético.

• Café: Totalmente obtenido. Colombia otorgó cupo de

100 toneladas para café tostado de la variedad arábiga.

• Oleaginosas. La refinación de aceites no confiere

origen.

• Azúcar y etanol: Totalmente obtenido

• Cacao: Se incorporará cacao originario.

•Tabaco y cigarrillos: 70% de tabaco originario.

REGLAS DE ORIGEN COLOMBIA UNION EUROPEA

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Colombia UE

• Petroquímica: Normas más flexibles que el SGP. Cupo de 15.000

ton para laminados plásticos con una norma aún más flexible y que

podrá ser aumentado.

• Textiles: Hilados originarios para textiles excepto el elastómero.

Confecciones: hilados de terceros países excepto para los “tejidos

a forma”. Flexibilidad en origen (importar nylon o elastómero de

terceros países) para exportaciones hasta un total de 605

toneladas anuales para medias, fajas, panties, medias, etc:

•Calzado: Para calzado de bajo precio capellada originaria. Para

los demás se podrá importar la parte superior del calzado.

•Siderurgia: Cupos con norma flexible por 900.000 toneladas

anuales que podrán crecer en el futuro.

• Automotor: El 50% del precio franco fábrica del producto debe ser

originario.

REGLAS DE ORIGEN COLOMBIA UNION EUROPEA

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Negociaciones comerciales y normas de origen Unión Europea

Gracias,

Bogotá , 5 de diciembre 2012


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