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7/26/2019 Relacion Juridica y Presupuestos Procesales
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CAPÍTULO
I
RELACIÓN JURÍDICAPROCESAL
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
RELACIÓN JURÍCA PROCESAL
1. RELACIÓN:
La palabra relación se usa para signifcar el nexo, conaco,correspon!encia o co"unicación esableci!a enre !os o "#s
personas, "e!iane acos il$cios o l$cios, o por si"ples %ec%os&
El nexo o conaco esableci!o enre personas consiu'e una
relación social& Cuan!o esa es reconoci!a ' regula!a por el
Derec%o se rans(or"a en relación )ur$!ica&
2. RELACIÓN JURÍDICA:
To!o !erec%o sub)ei*o presupone, co"o (uene !e causa
in"e!iaa, una relación enre !os o "#s personas, es una
relación exraprocesal, en el cual se !ispua sólo !erec%os
ob)ei*os&
Para Juan Monroy Gá!"#$ es la exisencia !e una
conro*ersia !e inereses con rele*ancia )ur$!ica, +ue pue!e
ener solo exisencia )ur$!ica aun+ue en la reali!a! no sea"anifesa& Por e)e"plo el "ari"onio, +ue e"pie-a sien!o una
relación )ur$!ica enre los cón'uges, se rans(or"ar# !es!e una
perspeci*a procesal en una relación )ur$!ica "aerial o
susani*a cuan!o uno !e los cón'uges !esee ponerle fn en
oposición al oro&
Seg.n %u&o Ro''o es una relación !e *i!a social regula!a,
oal o parcial"ene, por el !erec%o sub)ei*o ' ob)ei*o !e losele"enos !el proceso, por+ue el proceso !e relación social
enre los su)eos ' los ele"enos !el proceso&
Seg.n C(o!"n)a la relación )ur$!ica es una uni!a! )ur$!ica
procesal& Por+ue o!os los su)eos es#n uni!os por las res
clases !e !erec%o ob)ei*o, sub)ei*o ' a!)ei*o, a!e"#s es#n
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
uni!os a"bi0n por los !i(erenes acos procesales +ue se
reali-an en b.s+ue!a !e un fn supre"o&
2.1. DE*INICION DE LA RELACIÓN JURÍDICA PROCESAL:
Des!e la anigua floso($a griega 1Arisóeles2 se afr"aba
+ue o!a criaura %u"ana es sociable por naurale-a, no
sien!o POSI3LE +ue pue!a exisir aisla!o en su oali!a!& El
%o"bre !ice Arisóeles en su obra 4La Pol$ica5, es por
naurale-a un ani"al pol$ico !esina!o a *i*ir en socie!a!&
El proceso, a gran!es rasgos es el con)uno !e acos
procesales, una aci*i!a! +ue reali-an las pares ' el )ue-,
%abien!o enre ellos una conexión un laso +ue los une para
(or"ar pare !e un proceso&
Relación )ur$!ica, es pues, el *$nculo, la conexión )ur$!ica
+ue surge enre los iner*inienes !e !ic%a *inculación&
Pero %a' +ue !i(erenciar enre la relación )ur$!ica
susani*a ' la relación )ur$!ica procesal, la pri"era escuano exisien!o un a(eca!o recla"a al oro +ue sais(aga
sus recla"os 1preensiones2 esa preensión se lla"a
"aerial ' si es sais(ec%a all$ er"ina la relación )ur$!ica
susani*a 1sin recurrir a los ribunales2 pero cuan!o el
agresor no cu"ple con subsanar su per)uicio, el a(eca!o
%acien!o uso !e su uela )uris!iccional se !irige a los
órganos a(eca!os originan!o !e esa To"a el proceso con lainerposición !e la !e"an!a co"o pri"er aco procesal&
Al con)uno !e *$nculos +ue se originan se lla"a relación
)ur$!ica procesal +ue es a+uella +ue sobre*iene cuan!o las
pares !e la relación proce!ene, ' +ue ienen un con6ico
conraponien!o sus inereses sobre el "is"o bien )ur$!ico,
no encuenran ora solución +ue recurrir al órgano
)uris!iccional para solucionar el con6ico&
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
8ec%a la anoación +ue!a claro cuan!o %abla"os !e
relación )ur$!ica susani*a o !e relación )ur$!ica procesal&
Pero consi!eran!o +ue esa .li"a !enro !e un proceso
nos lle*a a la inerrogane !e saber cu#n!o se inicia esa
relación )ur$!ica ' para respon!er esa preguna pri"ero %a'
+ue !eer"inar +uienes iner*ienen en la relación )ur$!ica
procesal !eci!i!a !enro !e un proceso, ' cu'o )ur$!ico !e
pari!a es el e"pla-a"ieno&
2.2. NATURALE+A DE LA RELACIÓN JURÍDICA
PROCESAL:
Para C(o!"n)a la relación )ur$!ica es una relación
auóno"a ' co"ple)a, ' perenece al !erec%o p.blico por+ue
el su)eo principal es el esa!o&
Es au,-noa por+ue iene la *i!a ' con!ición propias,
in!epen!iene !e la exisencia !e la *oluna! !e la le'
afr"a!a por las pares, pueso +ue se (un!a en ora
*oluna! !e la le', es !ecir, en la nor"a +ue obliga al )ue- a
o"ar "e!i!as sobre las peiciones !e las pares, obligación,
sino un con)uno !e !erec%os in!efni!os, pero o!os ellos
or!ena!os para un fn co".n +ue se (un!a en ora *oluna!
!e la le', es !ecir en la nor"a +ue obliga al )ue- a o"ar
"e!i!as sobre las peiciones !e las pares9 ' es 'o/"a
por+ue en la relación no exise una sola obligación, sino uncon)uno !e !erec%os in!efni!os, pero o!os ellos or!ena!os
para un fn co".n +ue se re!ucen en una sola uni!a!& El
proceso&
La r"a'-n ur)'a /ro'"3a "3 )" na,ura"#a
/45'a, +ue iene co"o su puno !e pari!a al
e"pla-a"ieno 1o noifcación !e la !e"an!a al presuno
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
obliga!o con la preensión procesal en ella coneni!a29 ' en
cu'a esrucura inerna se reconoce una esrucura !e
riangulo, en el +ue !os !e sus la!os lo con(or"an las pares
' el ercero le correspon!e al ;ue-, es !ecir al Esa!o&
Se raa !e una relación singular, as$ sus ele"enos
aci*os, ienen por as$ !ecirlo, pesos !isinos en su
aci*i!a!, auori!a! ' paricipación&Los su)eos !e la relación )ur$!ica procesal los consiu'en el
Esa!o 1el ;ue-2, las pares procesales 1!e"an!ane '
!e"an!a!o2, ' los erceros legii"a!os +ue se incorporan al
proceso&
Con sus """n,o3$ los aboga!os, auxiliares
)uris!iccionales, perios, noifca!ores, ec&
Son o5",o3 !e la relación )ur$!ica procesal, los "e!ios
probaorios +ue o(recen las pares&
2.6. CONTENIDO DE LA RELACIÓN JURIDICA
Ese !a!o por el po!er ' el !eber +ue iene el )ue- ' las
pares&
El !eber !el )ue-&< es e(ecuar o!os los proce!i"ienos '
acos para llegar a un fnal, a un proce!i"ieno, es !ecir,
para resol*er sobre el (on!o !e un asuno con arreglo
irresrico al !erec%o susani*o9 sien!o +ue el +ue%acer !el
)ue- es# garani-a!o por el principio !e in!epen!encia oauori!a! 'a esu!ia!os, pero +ue a su *e- es# conrola!o o
su)eo a responsabili!a! ano ci*iles co"o penales
2.7. PARTES DEL PROCESO: Son los su)eos !e la relación
)ur$!ica procesal
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Carn"u,,: son los su)eos !e la liis o !el negocio, los
+ue ienen po!eres ' !eberes ' +ue i"pulsan al
proceso 1!e"an!ane ' !e"an!a!o2
Gua3/ : pare es +uien preen!e ' (rene a +uien serecla"a ' (rene a +uien se preen!e , o es +uien
recla"a ' (rene a +uien se recla"a ' (rene a +uien se
recla"a la sais(acción !e una preensión C(o!"n)a: Par," es el +ue la !e"an!a en no"bre
propio la acuación !e la le'& Caa"n)r": Par,"3 son +uienes ac.an en el )uicio
!e la posición !e acor o !e"an!a!o&
2.7.1. CARACTERISTICAS DE LAS PARTES:
a8 Pares pue!e ser las personas naurales, )ur$!icas
o pari"onios auóno"os 1el pari"onio
auóno"o es una "asa pari"onial
pereneciene a un !eer"ina!o su)eo )ur$!ico,
por lo +ue no es ella "is"a una persona )ur$!ica9
pero susra$!a la a!"inisración por pare !elsu)eo, es confa!a a un a!"inisra!or +ue ac.a
en no"bre !e la "is"a, lo +ue per"ie +ue el
pari"onio auóno"o se co"pore en el
co"ercio )ur$!ico co"o un o!o in!epen!iene,
an#loga"ene a una persona& En nuesro
or!ena"ieno )ur$!ico pue!e consi!erarse co"o
pari"onios auóno"os a la socie!a! con'ugal, ala %erencia *acane, la sucesión in!i*isa, la
copropie!a! o con!o"inio, la "asa !e la
+uiebra, ec&2
58 Ca!a pare pue!e esar consiui!a por una o
"#s personas o por sus represenanes&
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'8 Pare es a+uella +ue en su propio no"bre o en
cu'o no"bre o en cu'o no"bre se pi!e la uela
)uris!iccional
)8 pares son a"bi0n los erceros legii"a!os +ue
se incorporan al proceso, por ener legii"i!a!
para obrar as$ co"o capaci!a! o iner0s para
obrar 1capaci!a! )ur$!ica !el proceso2
2.7.2. DE9ERES PROCESALES DE LAS PARTES
Seg.n Al-a"ora ?al!e- son
@& Auxiliar al órgano )uris!iccional&/& Decir la *er!a!, acuar con libera! ' leala!, para
lograr el fn co".n !e los acos procesales&
. Auxiliar al órgano )uris!iccional, o sea aacan!o
sus !isposiciones, cu"plien!o con aporar los
"e!ios !e prueba, los "is"os +ue pue!en ser
or!ena!os !e ofcio por el )ue-
< Decir la *er!a! ' obser*ar probi!a! ' leala!, i"plica
absenerse !e e(ecuar peiciones "aliciosas o alegar
%ec%os, +ue ien!en enorpecer el proceso&
2.7.6. CAPACIDAD JURIDICA.
1. Par," Ma,"ra.Es la pare +ue iner*iene en el
proceso por+ue iene legii"i!a! para obrar, o sea,
legii"i!a! para obrar, o sea, legii"ación para
acuar en el proceso &Tienen esa legii"i!a! los
iulares !e !erec%o, !el bien o !e la obligación +ue
se recla"a&
2. Par," Pro'"3a.es la +ue ac.a en el proceso , el
+ue aci*a el proceso , el +ue iner*iene co"o
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su)eo aci*o pasi*o o aci*o , sin ener en cuena si
es o no pare "aerial &
6. Ca/a')a) Pro'"3a. Es la capaci!a! para ser
pare !el proceso, para co"parecer un )uicio &Es la
capaci!a! +ue ienen las personas para reali-ar
acos procesales con efcacia )ur$!ica&
7. Car&a3 Pro'"3a"3.Seg.n Carnelui son el
e)ercicio !e la (acula! para obener una *ena)a o
a"bi0n son los "e!ios +ue esi"ulan a las pares
a reali-ar cieros acos en sus propios benefcios&
2.;. CLASES DE RELACION JURIDICA PROCESAL
2.;.1. <ALIDA. Cuan!o la relación cu"ple con
o!os los presupuesos ' re+uisios !e la le' ,
por ello la relación )ur$!ica iene nacer
cu"plien!o con o!os los presupuesos
procesales , !eer"inar la capaci!a! procesal !e
las pares , +ue la co"peencia !el )ue- 1'
e*enual"ene la represenación2 sea
legal"ene le correspon!e&
2.;.2. IN<ALIDA: es ob*ia"ene, la +ue no re.ne
los re+uisios especifca!os respeco !e la
anerior&
6. ESTRUCTURA JURIDICA DEL PROCESO
Para Bonro' G#l*e- los acos procesales pasan cincEapas
6.1.E,a/a Po3,ua,ora: Co"pren!e los pri"eros acos
procesales 1la !e"an!a ' la conesación !e la "is"a, por
el !e"an!ane ' el !e"an!a!o respeci*a"ene26.2.E,a/a Pro5a,ora: Signifca!a en la lla"a!a 4ausencia !e
acuación !e los "e!ios probaorios 4, en la +ue el )ue-
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a!"ia o rec%a-a la pro!ucción !e la prueba a ra*0s !e los
"e!ios o(reci!os por las pares&E)e"plo !eclaración !e las pares, !e esigos en los casos
+ue se encuenren legal"ene pre*iso, !e oorga"ieno !e"0rio a insru"enales, !e inspección )u!icial, pericias, ec&
;.6.E,a/a r"3ou,ora: Consiui!a por la senencia +ue se
expi!e&;.7.E,a/a /u&na,ora: Cuan!o se inerpone recurso o
recurso !e apelación;.;.E,a/a ""'u,ora: o !e cu"pli"ieno !e (allo&
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CAPÍTULOII
PRESUPUESTOSPROCESALES
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PRESUPUESTOS PROCESALES
1. INTRODUCCION:
El e"a !e los presupuesos procesales es relai*a"ene "o!erno
en el esu!io !el proceso9 solo !aa !es!e +ue ?on 3loH, auor
ale"#n, escribió en @>, un libro sobre la "aeria en el +ue lla"aba
la aención acerca !e la con(usión en +ue se %ab$a incurri!o luego !el
!erec%o ro"ano, enre las excepciones ' los presupuesos procesales&
Sealaba !ic%o auor, +ue por oscureci"ieno pro!uci!o en el curso
!e la %isoria se con(un!$an las excepciones 1especial"ene las
lla"a!as !ilaorias2, +ue son "e!ios !e !e(ensa !e las pares, con
cieras !enuncias !e la (ala !e alg.n presupueso +ue (uera
necesario para
2. CONCEPTO:
Para +ue en un proceso se pro!u-ca una relación )ur$!ico<procesal
*ali!a no basa la inerposición !e la !e"an!a, la presencia !e las
pares ' la iner*ención !el )ue-& Para +ue un proceso sea *#li!o '
efca- !eben esar presenes en el los !eno"ina!os presupuesos
procesales, unos !e or!en (or"al ' oros !e or!en "aerial o !e
(on!o& Si la !e"an!a careciera !e los re+uisios +ue la le' seala
co"o (un!a"enales, si las pares carecieran !e apiu! para
iner*enir personal"ene en el proceso 1si ienen incapaci!a!
procesal2 o el )ue- careciera !e co"peencia para conocer !e la
!e"an!a 1inco"peencia !el )ue-2, no %abr$a proceso *#li!o por la
ausencia !e !ic%os presupuesos procesales (or"ales&
2.1. CODIGO PROCESAL CI<IL:
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
Debe"os anoar +ue no es sufciene la presencia !e los
in!ica!os presupuesos procesales (or"ales para +ue exisa un
proceso *ali!o, sino a"bi0n !eben !arse las lla"a!as
con!iciones !e la acción, !eno"ina!os presupuesos procesales
!e (on!o o "aeriales, +ue con(or"e a la !ocrina ' al propio
có!igo son las siguienes
a8 La exisencia !el !erec%o +ue uela la preensión
procesal, lo +ue oros !eno"inan la ?oluna! !e la le'&
58 La legii"i!a! para obrar
'8 El iner0s para obrar
)8 Jue la preensión procesal no %a'a ca!uca!o, co"o
sosienen algunos auores&
Por consiguiene, conclui"os +ue los ele"enos +ue con(or"an la
relación )ur$!ica procesal son los presupuesos procesales (or"ales '
!e (on!o9 los presupuesos procesales, 'a sean !e or!en (or"al o !e
or!en "aerial, son pues re+uisios inelu!ibles para +ue se genere
una relación )ur$!ico<procesal *ali!a ' para +ue, por consiguiene,
exisa un proceso *ali!o&
El )ue- al califcar la !e"an!a, exa"ina la exisencia !e los
ele"enos anoa!os& Conesa!a la !e"an!a, el )ue-, en la (ase !el
sanea"ieno !el proceso, exa"ina los ele"enos +ue confguran la
relación procesal 1los presupuesos procesales !e (or"a ' !e (on!o2,e"iien!o una resolución 'a sea !eclaran!o la exisencia !e una
relación procesal *ali!a o in*ali!a9 pero subsanable en sus !e(ecos o
'a sea !eclaran!o la exisencia !e una relación procesal in*ali!a,
pero insubsanable en sus !e(ecos&
La3 "='"/'on"3$ !e oro la!o, ' eso se infere !el ercer
p#rra(o !el ar$culo ::K !el Có!igo Procesal Ci*il, en esrico rigor,
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
ienen por ob)eo *erifcar la exisencia o no !e una relación )ur$!ico<
procesal *ali!a& En e(eco, las excepciones, co"o "e!ios !e !e(ensa,
consiu'en "ecanis"os para !enunciar la inexisencia !e una
relación procesal *ali!a por la ausencia !e alg.n presupueso
procesal !e (on!o& De a%$ +ue el có!igo pre*0 +ue cuan!o el )ue-
!eclara in(un!a!a una excepción !ebe !eclarar a!e"#s sanea!o el
proceso 1Ar& ::, ercer p#rra(o, CPC2&
2.2. ALGUNAS DE*INICIONES
CALAMANDREI$ PIERO:
Los presupuesos procesales son con!iciones +ue !eben exisir
a fn !e +ue pue!a enerse un pronuncia"ieno (a*orable o
!es(a*orable sobre la !e"an!a&
ESCO9AR *ORNOSI$ I<>N:
4Los presupuesos procesales son re+uisios in!ispensables
para +ue el )ue- pue!a e"iir senencia sobre el (on!o !elasuno&
6. CLASI*ICACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PROCESALES
Exisen !i(erenes clasifcaciones +ue pue!en lle*arnos a saber
cu#les son los presupuesos procesales, nosoros *a"os a a!opar la
"#s enen!ible +ue es la !e Carrión Lugo, 0se !i*i!e a los
presupuesos procesales en presupuesos !e (on!o ' !e (or"a9 en
nuesro raba)o !eallare"os ca!a uno !e ellos, !an!o e)e"plos para
recalcar la su"a rascen!encia !e 0sos para !ar lugar a una relación
)ur$!ica *#li!a& Parien!o !e esa clasifcación, abarcare"os luego a
"encionar oras clasifcaciones %ec%as por auores reconoci!os co"o
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Enri+ue ?0sco*i, Ec%an!$a, Ticona Posigo, !e los cuales no
pro(un!i-are"os ' solo !are"os los punos "#s i"poranes& Cabe
recalcar +ue nuesro Có!igo Ci*il reconoce a!e"#s !e los
presupuesos !e (or"a a"bi0n a los !e (on!o lla"#n!olos
con!iciones !e la acción (ver 2.1). A coninuación presenare"os la
clasifcación !el auor peruano
6.1. CARRIÓN LUGO:
6.1.1. Pr"3u/u"3,o3 )" ?on)o:
@& capaci!a! procesal
/& Legii"i!a! para obrar
7& Iner0s para obrar
:& No ca!uci!a! !el !erec%o&
=& ?oluna! !e la le'
6.1.2. Pr"3u/u"3,o3 )" ?ora:
=& Co"peencia
>& Re+uisios generales !e la !e"an!a
6.2. EC%ANDÍA
6.2.1. Pr"3u/u"3,o3 )" ?on)o: Son res ' son
subsanables
@& Capaci!a! )ur$!ica
/& Co"peencia !el )ue-&
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7& No ca!uci!a! !el !erec%o&
6.2.2. Pr"3u/u"3,o3 )" ?ora:
:& Son los re+uisios legales +ue !ebe conener una
!e"an!a&
6.2.6. Pr"3u/u"3,o3 a,"ra"3 o 3u3,an'a"3:
=& Son a+uellos +ue !eben exisir para +ue el )ue- pue!a
expe!ir una senencia, resol*ien!o el (on!o !el asuno,
!eclarar la *oluna! !e la le' ' !e "anera irresrica
!eclarar el !erec%o&
PRESUPUESTOS PROCESALES DE *ONDO O MATERIALES
SEG@N CARRIÓN LUGO
Seg.n Borales Go!o no se le !ebe lla"ar 'on)'on"3 )" a a''-n
por+ue la acción carece !e con!iciones, por lo ano se le !ebe lla"ar
Presupuesos Baeriales&
Por nuesra pare, pre(eri"os !eno"inarlo co"o presupuesos
procesales !e (on!o a las con!iciones necesarias para +ue una
preensión procesal %ec%a *aler con la !e"an!a sea ob)eo !e
pronuncia"ieno por el )ue-& La (ala !e ese presupueso i"pe!ir$a al
)ue- pronunciarse sobre el (on!o !el liigio, gener#n!ose !e esa(or"a lo +ue en !ocrina se conoce co"o senencia in%ibioria&
Esas con!iciones son las siguienes
1. LA CAPACIDAD PROCESAL DE LAS PARTES
Es la apiu! para co"parecer personal"ene, por s$ "is"o en
el proceso, su e+ui*alene lo enconra"os en el !erec%o ci*il en
la capaci!a! !e e)ercicio9 ienen legitimatium ad procesum
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o!os los +ue con(or"e al có!igo ci*il iene capaci!a! !e
obligarse sin necesi!a! !e auori-ación !e oras personas& Solo
las personas naurales ienen capaci!a! procesal, en ano +ue
las personas )ur$!icas no ienen capaci!a! procesal9 pues, por
ellas, se apersonan al proceso las personas& El !e"an!ane ' el
!e"an!a!o !eben ener capaci!a! procesal, +ue con(or"e a
nuesro or!ena"ieno )ur$!ico se a!%iere cuan!o ellos %a'a
a!+uiri!o la plena capaci!a! !e e)ercicio !e sus !erec%os
ci*iles, eso es, cuan!o %a'an cu"pli!o los !iecioc%o aos !e
e!a! 1ar$culo :/ CPC2 si al acor careciera !e capaci!a!
procesal, el !e"an!a!o per(eca"ene po!r$a !e!ucir la
excepción !e incapaci!a! !el !e"an!ane 1ar$culo ::>, inc& /,
CPC2&
Cabe agregar +ue no es sufciene para ener la capaci!a!
procesal +ue la persona naural %a'a cu"pli!o los !iecioc%o
aos !e e!a!, si no +ue esa persona no se %alle n lascircunsancias !e incapaci!a! absolua o relai*a seala!as por
el có!igo ci*il 1ar$culo :7 ' :: CC2, +uienes no pue!en e)ercer
por si "is"os sus !erec%os ci*iles ' por ano no po!r$an
e)ercer una acción procesal *#li!a"ene& Los represenanes
legales !e los incapaces e)ercen los !erec%os ci*iles !e esos
1ar$culo := CC2 ', por ano e)ercen a"bi0n sus !erec%os
procesales& La incapaci!a! ci*il !e las personas "a'ores !e @>' "enores !e @ aos cesa por "ari"onio o por obener $ulo
ofcial +ue los auorice para e)ercer una pro(esión o un ofcio&
Tra#n!ose !e "u)eres "a'ores !e @: aos cesa a"bi0n la
incapaci!a! por "ari"onio& La capaci!a! a!+uiri!a por
"ari"onio, incluso, no se pier!e por la er"inación !e ese
1ar$culo :> CC2 por lo +ue !ebe"os concluir +ue esas
personas, por esas circunsancias, a!+uieren plena"ene la
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capaci!a! procesal ' per(eca"ene pue!en iner*enir
personal"ene en el proceso correspon!iene&
28 EISTENCIA DE UN DEREC%O TUTELADO POR LA LEB <OLUNTAD DE LA LEB 2
I"plica +ue o!a preensión procesal enga suseno en un
!erec%o +ue a su *e-, enga apo'o en el or!ena"ieno& Para Bonro'
G#l*e- es un ele"eno inr$nseco al proceso, es la exigencia +ue la
preensión procesal sea preensión )ur$!ica, es !ecir, un caso
)usiciable&
To!a !e"an!a !ebe conener la preensión procesal conoci!a
a"bi0n co"o *oluna! !e la le' +ue se refere a un !erec%o
susani*o&
Las nor"as susani*as o !e !erec%o "aerial son a+uellas
+ue esablecen los !erec%os ' obligaciones !e los su)eos en su *i!a
!e relación social& Denro !e ese ipo !e nor"as ene"os al Có!igo
Ci*il, Có!igo Penal, Có!igo Tribuario ' o!as las !e"#s nor"as
)ur$!icas +ue esable-can los !erec%os ' obligaciones !e los su)eos&
Las nor"as susani*as se referen a las !isposiciones legales +ue
!eclaran !erec%os a (a*or !e una persona& Se refere a la nor"a
)ur$!ica +ue a"para ' susena el !erec%o uela!o
68 INTERS ACTUAL PARA PLANTEAR LA PRETENSIÓN
INTERS PARA O9RAR.8
Ticona Posigo prefere lla"arla 4necesi!a! !e uela )uris!iccional5
1@2 ' nos !ice +ue 4es el esa!o !e necesi!a! !e uela
)uris!iccional en +ue se encuenra una persona en concreo ' +ue
lo !eer"ina a soliciar, por *$a .nica ' sin ener ora alernai*a
efca-, la iner*ención !el respeci*o órgano )uris!iccional con la
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fnali!a! !e +ue se resuel*a el con6ico !e iner0s en el cual es
pare& 1/2
;uan Bonro', sobre el e"a nos precisa +ue 4%a' iner0s para obrar
cuan!o una persona %a agoa!o o!os los "e!ios para sais(acer su
preensión "aerial ' no iene ora alernai*a +ue recurrir al órgano
)uris!iccional& Esa necesi!a! in"e!iaa, acual, irre"pla-able !e
uela )ur$!ica es el iner0s para obrar5& Para Lieb"an el iner0s para
obrar o iner0s para accionar 4es# !a!o por la relación )ur$!ica enre
la siuación ani)ur$!ica +ue se !enuncia 1lesión aparene o real !el
iner0s susancial2 ' la pro*i!encia +ue se pi!e para ponerle re"e!io
"e!iane la aplicación !el !erec%o, ' esa relación !ebe consisir en
la iulari!a! !e la pro*i!encia co"o "e!io para a!+uirir por pare !el
iner0s lesiona!o la proección acor!a!a por el !erec%o5
1@2En ese e"a Ticona posigo sigue principal"ene la !ocrina ale"ana ' asu"e la posición !ocrinaria +ue sobre el
e"a ienen Rocco, Lieb"an ' Gian Anonio Bic%elli&1/2TICONA POSTIGO, ?ICTOR& Las Con!iciones !e la Acción ' el Nue*o Có!igo Procesal Ci*il& En Re*isa ;ur$!ica !el
Per.& Ocubre !icie"bre @=& Ao ML?& NK&F:& P#g&
Para Lieb"an el iner0s para obrar o iner0s para accionar es# !a!o
por la relación )ur$!ica enre la siuación ani)ur$!ica +ue se !enuncia
1lesión aparene o real !el iner0s susancial2 ' la pro*i!encia +ue se
pi!e para ponerle re"e!io "e!iane la aplicación !el !erec%o, ' esa
relación !ebe consisir en la iulari!a! !e la pro*i!encia co"o "e!io
para a!+uirir por pare !el iner0s lesiona!o la proección acor!a!a
por el !erec%o172
Es el iner0s susancial +ue !eben ener las pares +ue ac.an en el
proceso, es !ecir, el "oi*o o ra-ón !e car#cer )ur$!ico<"aerial,
serio ' paricular +ue lle*a a una persona 1en el caso !el
!e"an!ane2 a procurar la iner*ención !e los órganos
)uris!iccionales !el Esa!o a fn !e +ue se acce!a a las preensiones
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(or"ula!as en la !e"an!a9 ' en el caso !el !e"an!a!o, la ra-ón por
la cual se opone o conra!ice ales preensiones&
Tiene leg$i"o iner0s +uien *e a(eca!o !ireca o in!ireca"ene su!erec%o o el !e la persona o grupos !e personas +ue represena, o
cuan!o exisa un iner0s !i(uso& Exise cuan!o la persona %a agoa!o
o!os los "e!ios para sais(acer su preensión "aerial ' no iene
ora alernai*a +ue recurrir al órgano )uris!iccional&
To!a persona co"o inegrane !e una socie!a! !on!e exise los
con6icos !e inereses iene !erec%o a la uela )uris!iccional para la
!e(ensa !e sus !erec%os, por lo +ue al pro"o*er un proceso in*ocar#
su iner0s +ue *iene a ser el iner0s para e)erciar la acción
planean!o una preensión, lo cual consise en el iner0s para obrar&
Es lla"a!o a"bi0n necesi!a! !e uela )uris!iccional +ue consise en
el esa!o !e necesi!a! +ue iene una persona ' +ue lo con!uce a
soliciar la iner*ención !el rgano ;uris!iccional con la fnali!a! !e
+ue se resuel*a un con6ico !e inereses 1Seg.n el procesalisa Ticona Posigo2&
68LIE9MAN$ ENRICO TULIO. Manua )" D"r"'(o Pro'"3a C!. E),ora EJEA$ 93. A3.1F$
Tra)u''-n )" S"n,3 M""n)o. Pá&. 11; H 11
Seg.n el )urisa ;uan Bonro' %a' iner0s para obrar cuan!o una
persona a agoa!o o!os los "e!ios para sais(acer su preensión
"aerial ' no iene ora alernai*a +ue acu!ir a la *$a )u!icial parasais(acer esa necesi!a!&
Gian Anonio Bic%elle, al 4iner0s para obrar5 lo plas"a co"o la
4siuación !e insais(acción en +ue un su)eo pue!e llegar a
enconrarse si no recurre al )ue-, en cuano +ue solo la obra !e ese
.li"o pue!e sais(acer !ic%o iner0s& Eso es, %acer !esaparecer la
insais(acción "is"a5&
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78. L"&,)a) /ara o5rar
Se pue!e concebir el proceso ci*il co"o a+u0l "ecanis"o +ue sir*e para
resol*er un con6ico inersub)ei*o !e inereses con rele*ancia )ur$!ica, "e!iane la acuación !el !erec%o ' aplicación !e la nor"a
al caso concreo&
Es lla"a!o a"bi0n la legii"aio a! causa" o cuali!a! para obrar
consise en +ue las personas +ue ienen su lugar respeci*o en la
relación )ur$!ica susani*a 1!e !erec%o "aerial2 sean las "is"as
+ue ocupan su lugar en la relación )ur$!ica procesal&
Por lo ano si los iulares !e la relación )ur$!ica susani*a no son los
"is"os en la relación procesal no %abr# legii"i!a! para obrar ' en
consecuencia se po!r# inerponer una excepción !e (ala !e
legii"i!a! para obrar&
En los procesos conenciosos la legii"i!a! para obrar !el
!e"an!ane consise en ser la persona +ue con(or"e a la nor"a
susani*a es0 legii"a!a para +ue "e!iane senencia se resuel*a
si exise o no el !erec%o preen!i!o en la !e"an!a&
Respeco al !e"an!a!o 1la!o pasi*o !e la relación procesal2 la
legii"i!a! consise en ser la persona +ue con(or"e a la nor"a
susani*a es# auori-a!a para !iscuir u oponerse a la preensión&
La legii"i!a! para obrar es un re+uisio in!ispensable para el
pronuncia"ieno sobre el (on!o, el +ue pue!e ser !es(a*orable9 es
!ecir +ue es un re+uisio in!ispensable para +ue se a"pare la
!e"an!a, pero si la !e"an!a no se a"para no es por (ala !e
legii"i!a!& Por lo ano si la !e"an!a *a a ser (un!a!a
necesaria"ene iene +ue %aber legii"i!a! para obrar&
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Legii"i!a! para obrar i"plica ener el !erec%o para acuar en un
proceso&
La Legii"i!a! para obrar es la poesa! +ue iene una persona 1seanaural o )ur$!ica2 para afr"ar e in*ocar ser iular !e un !erec%o
sub)ei*o "aerial e i"puar la obligación a ora&
La legii"i!a! para obrar no se i!enifca con la iulari!a! !el
!erec%o susancial alega!o en la !e"an!a& La legii"i!a! para obrar
no es el !erec%o ni la iulari!a! !el !erec%o conro*eri!o& El acor
pue!e esar legii"a!o pero si no prueba los %ec%os susenaorios !e
su preensión, la !e"an!a se !eclara in(un!a!a&
Exisen clases !e legii"i!a! para obrar
a8 L"&,)a) a',!a y a "&,)a) /a3!a
La cali!a! !e acree!or en su seni!o "#s a"plio !el )"an)an,"
1en !ocrina se lla"a la legi"aio a! causa" aci*a2
La pare aci*a correspon!e al accionane o !e"an!ane ' a o!os
los +ue iner*engan en e)ercicio o !e(ensa !e sus !erec%os&
La cali!a! !e !eu!or a"bi0n en el "is"o seni!o !el )"an)a)o
1en la !ocrina se lla"a legii"aio a! causa" pasi*a
58 L"&,a'-n /rn'/a y 3"'un)ara:
La pri"era correspon!e al acor ' al !e"an!a!o, as$ co"o al
iner*iniene liisconsore, iner*iniene exclu'ene principal 1ars&
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' 2& La segun!a correspon!e, por e)e"plo, al ercero iner*iniene
coa!'u*ane 1ar& 2&
'8 L"&,a'-n /"ran"n," y ,ran3,ora:
La pri"era correspon!e al su)eo procesal para seguir o!o el
procesal ' la segun!a, correspon!e<al su)eo +ue iner*iene en una
cuesión inci!enal&
Siguien!o el pare el crierio expueso por D"!3 E'(an)a$
consi!era"os +ue la legii"ación para obrar iene las siguienescaracer$sicas
1. la legii"i!a! se !isingue oal"ene !e la iulari!a! !el !erec%o
susancial alega!o en la !e"an!a& La con!ición !e la acción, ba)o
exa"en, no es !erec%o ni la iulari!a! !el !erec%o conro*eri!o&
El acor pue!e esar legii"a!o, pero si no prueba los %ec%os
susenaorios !e la preensión, la !e"an!a se !eclara in(un!a!a,
eso es +ue el acor en esa %ipóesis, no %abr# proba!o ser iular
!el !erec%o +ue alega&
2. la legii"i!a! para obrar no es re+uisio para una senencia
(a*orable, sino si"ple"ene para una senencia !e "0rio 1sea
0sa (a*orable o !es(a*orable2& Si el acor acre!ia esar legii"a!o
en la causa, no signifca en "o!o alguno +ue la senencia !eba ser
necesaria"ene (a*orable9 co"o 'a %e"os *iso, son cosasoal"ene !isinas la legii"i!a! para obrar ' el !erec%o susani*o
!iscui!o en proceso& Por ano, 0cnica"ene, sólo si en un proceso
!eer"ina!o se esablece la concurrencia !e la legii"i!a! aci*a '
pasi*a 1!el acor ' !el !e"an!a!o, respeci*a"ene2, el )ue- esar#
en el !eber !e pronunciarse sobre el "0rio !e la causa, expi!ien!o
senencia sobre el (on!o !e la Liis, 'a sea !eclaran!o (un!a!a o
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in(un!a!a la !e"an!a 1ob*ia"ene, sie"pre +ue no exisan oras
causas se obsen al pronuncia"ieno !el "0rio2&
6. la senencia in%ibioria 1o !e (or"a2 +ue se expi!a por %aberseconsaa!o la (ala !e legii"i!a! 1sea aci*a o pasi*a2 no genera
cosa )u-ga!a9 pues el )ue- en esa (or"a !e pronuncia"ieno no
afr"a ni niega la exisencia !el !erec%o alega!o por el acor en la
!e"an!a9 consecuene"ene, al no exisir pronuncia"ieno sobre el
(on!o !el liigio, no pue!e consi!erarse )u-ga!o el liigio !e la causa&
7. la legii"i!a! es personal, sub)ei*a, ' concrea& Con clari!a!, en
ese puno, De*is Ec%an!$a nos !ice Ca!a pare !ebe ener propia
legii"i!a! en la causa, en ra-ón !e su personal siuación, respeco a
las preensiones o excepciones !e "0rio +ue en el proceso se
!iscuen o si"ple"ene !eban ser ob)eo !e senencia, e igual"ene
ca!a iner*iniene !ebe a!ucir su propia legii"ación en la causa para
+ue se acepe su iner*ención& Cuan!o una persona obra en
represenación !e ora, los acos !e a+uella se enien!en co"o !e
esa ', por lo ano, es la legii"ación !el represena!o lo +ue per"ie
la !ecisión !e (on!o !e la senencia&
;. la legii"i!a! para obrar !ebe exisir al "o"eno en +ue se !icó
el auo a!"isorio !e la !e"an!a& Precisa"ene, cuan!o el )ue-
califca la !e"an!a, enre oros aspecos +ue se !eben *erifcar,
co"prueba si el acor es# o no legii"a!o en la causa, sino lo
esu*iera en (or"a e*i!ene, rec%a-ar# li"inal"ene la !e"an!a,co"o prescribe el ar& :/ Inc& @&
A!e"#s la relación )ur$!ica procesal iene exisencia !es!e +ue se
!ica el "enciona!o auo, "o"eno en el cual a"bi0n !ebe exigirse
la concurrencia !e a+uella legii"aciones, paricular"ene aci*a&
Enonces no se pue!e obligar a una persona o personas a acuar
co"o !e"an!anes en un proceso9 si ello ocurriera, el )ue-
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esar$a pro"o*ien!o !e ofcio el proceso, lo +ue co"o %e"os *iso,
es# absolua"ene pro%ibi!o& Eso explica ' )usifca el por+u0, en
nuesro có!igo, la (ala !e legii"i!a! para obrar !el acor !eer"ina
inexorable"ene la nuli!a! ' conclusión !el proceso, 'a sea en *$a
!e excepción o en *$a !e sanea"ieno procesal, o al califcarse la
!e"an!a, 0sa es !eclara!a i"proce!ene s$ aparece +ue el acor
carece e*i!ene"ene !e legii"i!a! para obrar, !e con(or"i!a! con
el Ar& :/ Inc& @ 'a anes "enciona!o
>& La legii"i!a! para obrar 1Legii"aio a! causa"2 es oal"ene
!isina a capaci!a! procesal 1Legi"aio a! processu"2& La ausencia
!e la pri"era en un proceso !eer"ina!o signifca +ue 0se es *#li!o
pero el )ue- no pue!e e"ie un pronuncia"ieno 1senencia2 sobre el
(on!o !el liigio& La ausencia !e la segun!a, por consiuir un
presupueso procesal !eer"ina la in*ali!e- !e la relación )ur$!ica
procesal 1o proceso2 ' a (oriori 1con "a'or ra-ón2 el )ue-&
La Legii"aio a! processu" o Capaci!a! Procesal 1+ue es !isina !e
la Legii"aio a! causa" o Legii"i!a! para obrar, +ue es la
capaci!a! para ser pare, por+ue s0 es iular co"o !e"an!ane o
!e"an!a!o !el !erec%o +ue se !iscue en el )uicio, ' a"bi0n
!isina !el Iner0s para obrar, +ue es la necesi!a! +ue surge !e
recurrir ane el órgano )uris!iccional para +ue se recono-ca un
!erec%o2, i"pora ser iular !e !erec%os ' obligaciones procesales&Es la apiu! para e)ercer !erec%os, cargas ' !eberes !e car#cer
procesal, a no"bre propio, a no"bre !e oro o para con(erir po!er
1represenación con*encional2&
SEG@N <SCO<I:
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De esa clasifcación raare"os !e explicar por+ue es
!e i"porancia para !iluci!ar cieras !u!as !enro !e los
presupuesos procesales&
Esas clasifcaciones +ue explica"os a coninuación, la
%ace"os bas#n!onos en el auor urugua'o Enri+ue ?0sco*i
!e su libro 4Teor$a General !e Proceso5, el cual expone una
serie !e (un!a"enos +ue sealan cuales su puno !e *isa
con respeco a los presupuesos +ue son in!ispensables en
el proceso ' !e a+u0llos no lo son en su inegri!a!& Es por
esa ra-ón +ue ?0sco*i los clasifca en procesales '
"aeriales, a"bos son i"poranes !enro !e un proceso&
As$, el apore +ue reali-a el auo es !e su"a i"porancia
para po!er i!enifcar cuan!o un resula!o es *#li!o o no,
es !ecir, i!enifcar su nuli!a!&
Los presupuesos procesales para la exisencia !e un
proceso *#li!o son !i*ersos, ' la !ocrina %a %ec%o
!i(erenes clasifcaciones !e ellos&
El auor seala +ue con un crierio se pue!en !i*i!ir en
presupuesos sub)ei*os ' ob)ei*os& En los pri"eros,
relai*os a los su)eos !el proceso, se encuenran a+uellos
re(erenes a las pare 1capaci!a!2, ' ocanes al )ue-
1)uris!icción ' co"peencia2& En los segun!os,concernienes al proceso "is"o, los acos necesarios para
la consiución !e la relación procesal *#li!a 1el !ebi!o
e"pla-a"ieno, ec&2, l ausencia !e %ec%os i"pe!ii*os,
ec&
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A!e"#s, aa!e el auor, +ue la clasifcación "#s co".n
+ue se %ace a+u0lla con re(erencia a las !isinas
siuaciones ' acos !el proceso& As$, se clasifcan en
presupuesos !e la acción, !el proceso, !e la preensión '
!e la senencia&
Cabe resalar, +ue en su obra, 4Teor$a General !e
Proceso5, aclara +ue los !os pri"eros 1!e la acción ' !el
proceso2 se pue!en consi!erar !enro !e los presupuesos
procesales9 en ca"bio, no pasa lo "is"o con los !os
resanes 1!e la preensión ' !e la senencia2 'a +ue los
consi!era co"o presupuesos "aeriales& El por+u0 !e esa
!i(erencia lo *ere"os a coninuación, luego !e un bre*e
an#lisis !e ca!a uno !e esos presupuesos, sean
procesales o "aeriales&
1. . PRESUPUESTOS DE LA ACCIÓN:
?0sco*i refere +ue se consi!eran re+uisios !e la
acción, los +ue se referen a la capaci!a! !e las pares '
!el )ue- 1enre esos .li"os enconra"os la )uris!icción '
la co"peencia2, ' a"bi0n el e)ercicio !e esa capaci!a!
!enro !e !eer"ina!os pla-os (uera !e los cuales se
pro!uce su ca!uci!a!& A+u$ cabe recor!ar la !isinción
enre ca!uci!a! ' prescripción, pueso +ue la pri"era se
referes a un presupueso procesal, ' la segun!a, no&
La capaci!a! !e las pares supone la apiu! para
co"parecer personal"ene, por s$ "is"o, en el proceso9
es !ecir, nos esa"os refrien!o a la capaci!a! !e
e)ercicio& La co"peencia !el )ue- consiu'e uno !e los
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
presupuesos procesales (un!a"enales !e car#cer
(or"al& El !erec%o urugua'o, la le' per"ie en e(eco +ue
aun prescria la acción se consiu'a *#li!a"ene el
proceso, se !ica la senencia 1*#li!a29 si la pare no la
opone& En ca"bio si se %a pro!uci!o la ca!uci!a! !e la
acción, no po!r# consiuirse la relación *#li!a& Luego, si
esa"os ane un pla-o !e ca!uci!a! ' ese %a *enci!o,
irre"isible"ene (alar# el presupueso procesal ' el )ue-
as$ po!r# !eci!irlo, aun+ue la pare no lo oponga&
2. PRESUPUESTOS DEL PROCEDIMIENTO:
Los presupuesos re(eri!os al proce!i"ieno, seg.n
?0sco*i, son los ob)ei*os en general& Se referen a los
re+uisios generales, in!ispensables para +ue se
consiu'a la relación procesal *#li!a, ' pue!a !icarse la
senencia& As$ se %a !eci!i!o enre nosoros, !ice el auor,
+ue el e"pla-a"ieno *#li!o consiu'e un presupueso
procesal& Si 0l no se reali-a en (or"a no %a' real"ene un
proceso ' lo acua!o es nulo& El %ec%o !e +ue si la pare
co"parece *olunaria"ene, subsana la nuli!a!, o sea, en
ciero "o!o se !a por enra!a !el proceso ' sin recla"ar
por la *$a inci!enal !ic%a irregulari!a! la con*ali!a, no
alera lo !ic%o9 si"ple"ene, ese presupueso pue!e
cu"plirse por la noifcación %ec%a en la (or"a pre*isa
por la le' o por la "era co"parecencia !e la pare,
!#n!ose por enera!a !el proceso&
Ta"bi0n po!r$a"os !ecir +ue la (ala !e un
presupueso, pese a ser rele*able !e ofcio, pue!e ser
subsana!a por una "ani(esación, 'a sea expresa o
#cia, !e la pare&
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
6. PRESUPUESTOS DE LA PRETENSIÓN B LA
SENTENCIA COMO PRESUPUESTOS MATERIALES:
Con respeco a lo anes !ic%o, acerca !e la
clasifcación +ue %ace el auor en presupuesos procesales
' "aeriales, po!e"os !ecir enonces +ue los !os
presupuesos aneriores son presupuesos procesales '
los +ue a coninuación !escribi"os enien!o en cuena la
aporación !e ?0sco*i, en presupuesos "aeriales&
?0sco*i, afr"a +ue no cree +ue los presupuesos
re(eri!os a la preensión ' a la senencia, se consiu'an
co"o presupuesos !el proceso, !e la senencia *#li!a,
sino !e la senencia (a*orable& Por eso los exclu'en !e
esa caegor$a, lo "#s +ue pue!e a!"iirse es +ue se les
lla"e presupuesos "aeriales&
Pue!e sealarse, a!e"#s, algunos prepuesos
procesales re+uieren en especial para cieros procesos&
As$, en el proceso e)ecui*o ser# presupueso procesal la
exisencia !e un $ulo e)ecui*o9 en el proceso
a!"inisrai*o, el agoa"ieno !e la *$a a!"inisrai*a,
sin la cual el proceso no se po!r# insaurar& En cieros
procesos penales se re+uerir# !e la !enuncia 1insancia2
!el o(en!i!o, co"o en los !elios !e *iolación, esupro o
rapo&
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La naurale-a !e los presupuesos procesales surge !el
concepo ' a 0l nos re"ii"os& Lo, +ue i"pora en esa
cuesión, es separar los +ue son *er!a!era"ene !el
proceso, !e oros re+uisios necesarios para obener una
senencia (a*orable&
Ese es un proble"a +ue en la !ocrina se !iscue
"uc%o, ' en el cual, en .li"a insancia %abr# +ue
resol*er por una cuesión !e er"inolog$a9 segui"os la
0cnica !e CALABANDREI, !e +ue son presupuesos
procesales, los +ue per"ien crear la relación procesal
*#li!a co"o para po!er !icar una senencia& 8a' oras
con!iciones +ue se necesian luego, co"o son las !e ipo
cronológico ' lógico, luego9 co"o para +ue la senencia
sea (a*orable al +ue las re.ne& A esos se pue!en lla"ar
presupuesos "aeriales&
Enra ellos, incluir$a"os los re+uisios para el e)ercicio
!e la acción 1preensión2, es !ecir iner0s, posibili!a!
)ur$!ica ' legii"ación en la causa&
Esas con!iciones son, en ciero seni!o, a"bi0npresupuesos por+ue !eben !arse co"o re+uisios !e la
senencia, pero no son procesales pueso +ue, aun sin
ellos, el proceso es co"plea"ene *#li!o ' exisene '
a"bi0n la senencia es *#li!a& uncionan s$ co"o
presupuesos 1anece!enes2 !e la senencia !e (on!o
1"0rio2, por+ue in!epen!iene"ene !e la re-ón '
sinra-ón !e la pare, pue!e exa"inarse si es la *er!a!era
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
iula !e la relación )ur$!ica !ebai!a 1legii"ación2, si
iene posibili!a! )ur$!ica ' si iene iner0s&
ese exa"en se %ace en la senencia !efnii*a, es
anerior al !e la cuesión !e (on!o& Co"o se referen a
con!iciones !e (on!o 1"aeria2, si se acepa la
!esignación !e presupuesos, se les lla"ar# "aeriales&
Si el )ue- !ice 4el acor carece !e legii"i!a!5 14no espropieario5, 4no es posee!or5, 4no es el arren!a!or52, por
e)e"plo, el proceso %abr# si!o *#li!o ' la senencia
a"bi0n& No %a' pronuncia"ieno procesal sobre el
proceso "is"o, aun+ue no se enre en la ra-ón o sinra-ón
!e las pares, los e"as raa!os no son procesales sino
!e (on!o, su solución !epen!e las nor"as susanciales, !e
la siuación )ur$!ica +ue se le %a planea!o al )ue- ' en la+ue 0l no es proagonisa, sino el ercero +ue la !eci!e&
Esa"os ane un pronuncia"ieno +ue es pre*io a la
*er!a!era ra-ón !e (on!o, pero no procesal&
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PRESUPUESTOS DE *ORMA
PRESUPUESTOS PROCESALES *ORMALES
Son a+uellos re+uisios sin los cuales no se consiu'e una
relación procesal *ali!a& Si (ala alg.n presupueso procesal (or"al no
%abr# proceso *ali!o& Consiu'en presupuesos (or"ales los
siguienes la !e"an!a en (or"a, la capaci!a! procesal !e las pares
' la co"peencia !el )ue-& Qn proceso segui!o ane +uien 'a no es
)ue-, no es real"ene un proceso9 ser# un r#"ie, pero no en!r# la
cali!a! ' al efcacia !e un proceso& Qn liigio +ue se siga por !os
incapaces procesal"ene a"poco consiu'e un proceso9 pue!e
igual"ene consi!erarse un r#"ie, pero sin la caegor$a ' efcacia
!e un proceso& Qna !e"an!a +ue no conenga una preensión
procesal, por e)e"plo, no pue!e generar un proceso, ' el r#"ie +ue
se siga, si"ple"ene, no en!r# la efcacia )ur$!ica !e un proceso&
Para el "aesro urugua'o E!uar!o ;& Couure los anoa!os
presupuesos consiu'en presupuesos !e la acción, su'a ausencia
obsa al an!a"ieno !e una acción ' al naci"ieno !e un proceso&Para ;orge Carrión Lugo, los anoa!os presupuesos, son presupuesos
procesales !e (or"a !el proceso, cu'a ausencia !e)a al r#"ie
segui!o co"o un proceso in*ali!o&
1. LA DEMANDA EN *ORMA.
La !e"an!a<+ue es "e!io procesal para accionar ' para %acer
*aler las preensiones procesales<, para generar un proceso*ali!o, !ebe reunir los re+uisios (or"ales ' !e (on!o +ue la le'
procesal seala& No !ebe a!"iirse a r#"ie la !e"an!a +ue
no conenga los (un!a"enos !e %ec%o +ue susene la
preensión procesal9 +ue no conenga la (un!a"enación
)ur$!ica9 +ue no precise +uien es el !eu!or9 +ue enga
inco"plea o i"precisa la preensión procesal planea!a9 +ue
conenga preensiones conra!icoria, obscuras o inineligibles9
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en la +ue el acor care-ca !e e*i!ene"ene !e legii"i!a!
para obrar9 ec&
El có!igo seala los re+uisios +ue !ebe conener la !e"an!a1ar$culo :/: CPC2 ' los anexos +ue !eben aco"paarse a ella
1ar$culo :/= CPC2& El "is"o có!igo seala las causales por las
cuales el )ue- pue!e !eclarar ina!"isible la !e"an!a 1ar$culo
:/> CPC2 ' las cuales por las cuales pue!en !ecrear la
i"proce!encia !e la "is"a 1ar$culo :/ CPC2& Tra#n!ose !e la
ina!"isibili!a! !e la !e"an!a, el )ue- iene la (acula! !e
or!enar +ue el !e"an!ane subsane la o"isión o el !e(eco enel +ue se %a' incurri!o en un pla-o no "a'or !e !ie- !$as ', en
el supueso +ue el acor no cu"pliera con lo or!ena!o, el )ue-
es# en la apiu! !e rec%a-ar la !e"an!a ' or!enar el arc%i*o
!el expe!iene 1ar$culo :/>, .li"o p#rra(o, CPC2& Igual"ene,
si el )ue- esi"ara +ue la !e"an!a esa "anifesa"ene
i"proce!ene, iene la (acula! !e !eclarar i"proce!ene !e
plano ' !e*ol*er los anexos presena!os con ella 1ar$culo :/,
pen.li"o p#rra(o, CPC2& El !e"an!a!o a"bi0n, en su caso,
po!r$a !e!ucir la excepción !e oscuri!a! o a"bige!a! en el
"o!o !e proponer la !e"an!a 1ar$culo ::>, inc&:, CPC2, la
excepción !e (ala !e legii"i!a! para obra 1ar$culo ::>, inc&>,
CPC2, ec&
2. LA COMPETENCIA DEL JUE+.
La co"peencia !el ;ue- consiu'e uno !e los presupuesos
(un!a"enales !e car#cer (or"al& Sin e"bargo, el ar$culo :/
!el có!igo consi!era co"o una causal !e i"pru!encia !e la
!e"an!a la inco"peencia !el ;ue- 1ar$culo :/, inc& : CPC2,
no obsane +ue el có!igo esablece +ue el ;ue- !eclara la
i"proce!encia !e una aco procesal si la o"isión o !e(eco es
!e un re+uisio !e (on!o 1ar$culo @/ CPC2& Tra#n!ose !e la
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Aeni0n!onos !el ar$culo /=:K !el Có!igo !e Proce!i"ieno
Ci*il, la !e"an!a !ebe conener los siguienes re+uisios
@& La !esignación !el ribunal ane +uien se enabla&
/& El no"bre, !o"icilio ' pro(esión u ofcio !el !e"an!ane ' !e
las personas +ue lo represenen, ' la naurale-a !e la
represenación&
7& El no"bre, !o"icilio ' pro(esión u ofcio !el !e"an!a!o&
:& La exposición clara !e los %ec%os ' (un!a"enos !e !erec%o
en +ue se apo'a&
=& La enunciación precisa ' clara, consigna!a en la conclusión
!e las peiciones +ue se so"ean al (allo !el ribunal&
Los !ocu"enos aco"paa!os a la !e"an!a !eber#n
i"pugnarse !enro !el 0r"ino !e e"pla-a"ieno, cual+uiera
sea su naurale-a& Pue!e el )ue- !e ofcio no !ar curso a
la !e"an!a +ue no conenga las in!icaciones or!ena!as en los
res pri"eros n."eros, expresan!o el !e(eco !e +ue a!olece&
6.2. INADMISI9ILIDAD DE LA DEMANDA
El )ue- iene el !eber !e califcar li"inar"ene la !e"an!a,
pu!ien!o a!"iirla, !eclararla ina!"isible o i"proce!ene& La
i"proce!encia es una califcación negai*a por la +ue serec%a-a la !e"an!a al carecer !e re+uisios !e (on!o "$ni"os
+ue ienen +ue *er con los presupuesos procesales ' las
con!iciones !e la acción&
En Ku 'on33," a na)35)a) y a /ro'")"n'a
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La o"isión o !e(eco !el cu"pli"ieno !e los re+uisios
(or"ales acarrea la ina!"isibili!a!, oorg#n!ose un pla-o para
subsanar9 la (ala !e re+uisios !e (on!o, la i"proce!encia& En
a"bos casos la resolución ser# un auo, por per"iir al )ue-
exponer las ra-ones !e su !ecisión ' a la ora pare alegar en
conrario
Cuá "3 a )?"r"n'a "n,r" na)35)a) "
/ro'")"n'a
No pue!e a"pararse la i"proce!encia !e la !e"an!a si el
recurrene o"ie a!)unar a su !e"an!a el insru"eno +ue
acre!ie %aber e(ecua!o el re+ueri"ieno para el
no"bra"ieno !e #rbiro& Ello confgura un supueso !e
ina!"isibili!a! por cuano es# re(eri!o a una o"isión !e
naurale-a (or"al, +ue pue!e ' !ebe ser subsana!a !enro !e
un pla-o pru!encial& La ina!"isibili!a! ' la i"proce!encia son
concepos +ue se encuenran clara"ene !efni!os en el
ar$culo @/ !el Có!igo Procesal Ci*il& El aco procesal !eber#
ser !eclara!o ina!"isible cuan!o carece !e un re+uisio !e
(or"a o ese se %a cu"pli!o !e(ecuosa"ene, sie"pre +ue
resule (acible !e ser subsana!o, a !i(erencia !e la
i"proce!encia, +ue opera cuan!o la o"isión o !e(eco +ue se
a!*iere en el aco procesal, es !e un re+uisio !e (on!o ' por
en!e, no brin!a "argen a la pare para +ue pue!a superarlo&
S a )"an)a 'ar"'" )" 3u'"n," n?ora'-n$ a
)"an)a "3 /ro'")"n," o na)35"
Para califcar la i"proce!encia !e la preensión es necesario
+ue !el enor !el escrio !e la !e"an!a no exisa
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
correspon!encia enre los %ec%os expuesos ' el peiorio9 o lo
+ue se pi!a sea ($sica o )ur$!ica"ene i"posible&
Es ina!"isible la !e"an!a si !e ella se a!*iere una e*i!ene
(ala !e in(or"ación en relación a los %ec%os alega!os ' una
ausencia !e or!en en la narración !e los "is"os&
S "n a /r"ra r"3ou'-n 3" )"'ara na)35" a
)"an)a$ y u"&o /ro'")"n,"$ 3" !un"ra " /rn'/o
)" 'on&ru"n'a /ro'"3a
Exise incongruencia procesal al e"iir el "is"o colegia!o
!ecisiones conra!icorias, pues en la pri"era resolución se
pronuncia por la a!"isibili!a! !e la !e"an!a ' en la segun!a
por su i"proce!encia
7. IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA
En Ku o"n,o )"5" )"'arar3" /ro'")"n," a)"an)a
La !eclaración !e i"proce!encia !ebe !arse al "o"eno !e la
califcación !e la !e"an!a& Pasa!a !ic%a eapa, ser# en el
sanea"ieno !on!e se e"iir# el pronuncia"ieno sobre la
*ali!e- !e la relación procesal ' excepcional"ene po!r#
e(ecuarse en la senencia&
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
Se conra*iene el proce!i"ieno si, %abi0n!ose !eclara!o
ina!"isible la !e"an!a ' subsana!as las o"isiones se *uel*e a
conce!er nue*o pla-o, para luego !eclarar la i"proce!encia !e
ella&
La )"'ara'-n nar )" /ro'")"n'a "3
'on3,,u'ona
La !eclaración li"inar !e i"proce!encia !e una !e"an!a es
per(eca"ene legal ' consiucional en la "e!i!a +ue el aco
no cu"pla con los re+uisios esableci!os para su proce!encia&
El aco )ur$!ico celebra!o por el represenane exce!ien!o los
l$"ies !e las (acula!es con(eri!as resula inefca- con relación
al represena!o& Sin e"bargo !a!o +ue el aco )ur$!ico pue!e
ser raifca!o por el represena!o !ic%o aco co"pora la
sanción !e nuli!a! relai*a o anulabili!a!, cosa +ue no es
posible en un caso !e nuli!a! en !on!e el *icio no pue!e ser
subsana!o con la confr"ación& Por ello si en la !e"an!a se
peiciona la nuli!a! !el aco ' no su inefcacia se incu"ple con
el re+uisio !e proce!encia relai*o a la (ala !e conexión lógica
enre los %ec%os ' el peiorio, esableci!o en el ar$culo :/
inciso = !el Có!igo Procesal Ci*il
La )"'ara'-n )" /ro'")"n'a n n" /u")"a?"',ar " )"5)o /ro'"3o
8abien!o la Sala !e "0rio, !eclara!o i"proce!ene la
!e"an!a en (or"a li"inar, sin +ue se !iscua el !erec%o !e la
recurrene !enro !e un proceso )u!icial, se %a a(eca!o el
!erec%o !e esa al !ebi!o proceso, incurri0n!ose por ano en la
causal !enuncia!a en el casación
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
La )"'ara'-n )" /ro'")"n'a /u")" 5a3ar3" "n "
aná33 )" a3 /ru"5a3
En la califcación !e la !e"an!a es (acula! !el )ue- anali-ar
.nica"ene los re+uisios !e a!"isibili!a! ' proce!encia !e la
!e"an!a9 1&&&2 !ic%os re+uisios es#n *incula!os esrica"ene
a cuesiones !e (or"a ' capaci!a! procesal en el "o!o !e
inerponer la !e"an!a9 no correspon!e ser rec%a-a!a basa!a
en la presenación ' an#lisis !e las pruebas recau!a!as, +ue
i"plica un pronuncia"ieno sobre el (on!o, lo +ue no es propio
!e un resolución +ue li"inar"ene !eclara la i"proce!encia !e
la !e"an!a
La /ro'")"n'a )" a )"an)a /u")" ,"n"r
ar&u"n,o3 )" ?on)o
La resolución +ue re*oca el auo +ue a!"ie una !e"an!a no
pue!e conener argu"enos !e (on!o +ue resulan pre"auros
si la resolución ob)eo !e apelación no es una senencia& En
e(eco, e"as co"o la oponibili!a! !el !erec%o !e la accionane
respeco al !erec%o !el banco e)ecuane solo po!r#n ser
expuesos !e "anera oporuna al e"iirse pronuncia"ieno
sobre el (on!o !e la conro*ersia, luego !e ener a la *isa o!os
los ele"enos probaorios o(reci!os por las pares ', en su caso,a+uellos +ue el )ue- esi"e necesarios con(or"e a la (acula!
con(eri!a por el ar$culo @: !el Có!igo Procesal Ci*il&
La r"3ou'-n Ku" )"'ara a /ro'")"n'a )" a
)"an)a /u")" ,"n"r ?un)a"n,o3 Ku" 'orr"3/on)"n a
una r"3ou'-n na
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
Jue, la resolución cuesiona!a %a rec%a-a!o la !e"an!a sin
%aberle !a!o r#"ie !eclar#n!ola i"proce!ene, e"iien!o
(un!a"enos !e %ec%o ' !e !erec%o +ue correspon!en a una
resolución fnal, conra*inien!o as$ lo !ispueso en el ar$culo
cieno reina ' nue*e inciso ercero !e la Consiución Pol$ica
!el Esa!o a +ue o!a persona iene !erec%o a la uela
)uris!iccional e(eci*a para el e)ercicio !e sus !erec%os con
su)eción a un !ebi!o proceso
La a/"a'-n )" au,o Ku" )"'ara /ro'")"n," a
)"an)a )"5" no,'ar3" a o3 )"an)an,"3
Si solo se noifca a los !e"an!anes el recurso !e apelación
conra la resolución +ue !eclara i"proce!ene la !e"an!a, se
in(ringe lo !ispueso axai*a"ene en el ar$culo :/ !el
Có!igo Procesal, sin +ue el %ec%o !e +ue los co!e"an!a!os se
%a'an apersona!o al proceso, con*ali!an!o el !e(eco incurri!o,
pro!u-ca e(ecos respeco !e los !e"#s co!e"an!a!os a los
cuales no se %a noifca!o el recurso i"pugnaorio&
D"'ara)a /ro'")"n," a )"an)a /u")" !arar3"
"3,a
Si bien el ar$culo :/ !el Có!igo Procesal Ci*il (acula al!e"an!ane a *ariar la !e"an!a anes +ue esa sea noifca!a,
ello opera en el enen!i!o +ue la "is"a %a'a si!o a!"ii!a a
r#"ie& Si se %a !eclara!o la i"proce!encia !e la !e"an!a,
carece !e ob)eo "o!ifcar la !e"an!a respeco al n."ero !e
e"pla-a!os ' a los "e!ios probaorios a!)una!os&
LOS PRESUPUESTOS PROCESALES B LAS ECEPCIONES
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
En principio !ebe"os sealar +ue %a' procesalisas +ue ba)o
la !eno"inación !e presupuesos procesales consi!eran sólo los
ele"enos +ue necesaria"ene !eben coexisir para consiuir una
relación )ur$!ico<procesal *#li!a, co"o la co"peencia !el )ue-, la
capaci!a! procesal !e las pares, ' +ue la !e"an!a re.na los
re+uisios (or"ales seala!os por la le'& E"pero, si anali-a"os
nuesro or!ena"ieno procesal ci*il, especial"ene lo relai*o a la
a!"isibili!a! ' la proce!encia !e la !e"an!a, as$ co"o a las
excepciones, a!*eri"os +ue para consi!erar una relación )ur$!ico
procesal *#li!a no sólo !ebe !arse la presencia !e los in!ica!os
presupuesos procesales (or"ales, sino a"bi0n !e los presupuesos
procesales !e (on!o&
Si "e!ia"os sobre los (un!a"enos +ue sir*en !e base para
!e!ucir las excepciones reconoci!as por nuesro or!ena"ieno
procesal llega"os a la conclusión !e +ue esas excepciones son
"e!ios<procesales para !enunciar ane el ;ue- la ausencia !e alg.npresupueso procesal (or"al o !e (on!o necesario para la *ali!e- !el
proceso&
Cuan!o, por e)e"plo, !e!uci"os la excepción !e
inco"peencia 1Ar& ::> inc& @, CPC2, esa"os
!enuncian!o la carencia !e capaci!a! !el iular !e la
!ecisión 1el ;ue-2 para conocer !e la !e"an!a planea!a&
Cuan!o !e!uci"os la excepción !e incapaci!a! !el
!e"an!ane o !e su represenane 1Ar& ::> inc& /, CPC2,
esa"os !enuncian!o la incapaci!a! procesal !el acor o
!e su represenane&
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
Cuan!o !e!uci"os la excepción !e represenación
!e(ecuosa o insufciene !el !e"an!ane o !el
!e"an!a!o 1Ar& ::> inc& 7, CPC2, esa"os !enuncian!o la
!efciene represenación !e las pares en el proceso&
Cuan!o !e!uci"os la excepción !e oscuri!a! o
a"bige!a! !e la !e"an!a 1Ar& ::>, inc& :, CPC2, en el
(on!o, esa"os !enuncian!o la ausencia !e (or"as
esenciales +ue !ebe ener la !e"an!a, especial"ene !e
la preensión procesal&
En igual seni!o, a "anera !e especulación, po!e"os
anoar +ue cuan!o !e!uci"os la excepción !e (ala !e
agoa"ieno !e la *$a a!"inisrai*a 1Ar& ::>/, inc& =,
CPC2, lo +ue esa"os expresan!o es +ue el ;ue- no pue!e
conocer !e una !e"an!a si la preensión procesal ob)eo
!e ella no %a si!o raa!a pre*ia"ene en o!as las
insancias a!"inisrai*as, lo +ue e+ui*ale a"bi0n asosener +ue el ;ue- carece !e apiu! procesal para
conocer !e la !e"an!a si la "aeria recla"a!a no %a si!o
!eci!i!a pre*ia"ene por o!as las insancias
a!"inisrai*as&
Asi"is"o, si !e!uci"os la excepción !e liispen!encia
1Ar& ::>a, inc& , CPC2, lo +ue esa"os !enuncian!o al
;ue- es su (ala !e apiu! para conocer !e una !e"an!a
+ue *ersa sobre preensiones procesales +ue a su *e- son
ob)eo !e ora !e"an!a anerior, cu'o proceso es# en
r#"ie& As$ po!r$a"os seguir anali-an!o las !e"#s
excepciones +ue pre*0 el Có!igo&
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
8a' +ue precisar +ue la (ala alg.n presupueso procesal
(or"al o !e (on!o pue!e ser !eclara!a !e ofcio, pues as$
lo auori-a nuesro Có!igo Procesal Ci*il al re(erirse a la
ina!"isibili!a! o a la i"proce!encia !e la !e"an!a 1Ars&
:/> ' :/ CPC2& En ca"bio las excepciones ienen +ue
ser !e!uci!as u opuesas por la pare !e"an!a!a&
Es perinene anoar +ue en !ocrina se !ice +ue la legii"aio
a! causa" i!enifca a la persona a +uien la le' confere laiulari!a! !el !erec%o 1+ue se circunscribe a +ue la preensión es0
uela!a por la le', a la legii"i!a! para obrar ' al iner0s para obrar2
' la legii"aio a! processa" i!enifca a la persona +ue con!uce
!ireca"ene el proceso !es!e la inerposición !e la !e"an!a 1+ue
se circunscribe en nuesro or!ena"ieno a la capaci!a! procesal
ano !el !e"an!ane co"o !e su represenane, as$ co"o a la
capaci!a! procesal !el !e"an!a!o o !e su represenane2& 8a'
presupuesos procesales +ue, ienen +ue *er con la legii"ario a!
causa" ' %a' presupuesos procesales +ue ienen +ue *er con la
legii"aio a! processu"&
De lo expueso po!e"os concluir +ue la ausencia !e alg.n
presupueso procesal (or"al o !e (on!o, +ue el )ue- pue!e !eer"inar
al califcar la !e"an!a, al exa"inar el proceso en la (ase !elsanea"ieno o al !eclarar (un!a!a una excepción, in*ali!a
ine+u$*oca"ene la relación )ur$!ico procesal raba!a, lo +ue e+ui*ale
a +ue el proceso genera!o es in*#li!o e inefca-&
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TEORIA GENERAL DEL PROCESO 2012
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