Responsabilidad del Contador Público y Revisor Fiscal frente al Decreto 639 , 677 y 770 de 2020
Subsidio a la Nómina y a la PrimaLuís Henry Moya Moreno
Contador PúblicoCoordinador Académico de la Especialización en
Contabilidad Financiera InternacionalEspecialista en Auditoria TributariaMaestría en Finanzas Corporativas
Certificado ACCAEx Consejero del Consejo Técnico de la
Contaduría PúblicaFue Miembro del Tribunal Disciplinario de JCC
[email protected]@Gmail.com
Celular 3174292865
Junio 5 de 2020
Aspectos GeneralesSubsidio a la Nómina
Subsidio a la Prima
NORMAS
21/05/2020 Luís Henry Moya Moreno 3
No
rmas
Circular 001 de 2020 - UGPP
Resolución 1129 de 2020 MHCP
Decreto 677 de 2020
Decreto 639 de 2020
Decreto 770 de 2020
BENEFICIARIOS
Beneficiarios Hayan sido constituidas antes del 1° de enero de 2020;
Cuenten con un registro mercantil que haya sido renovado por lo menos en el año2019.
Demuestren la necesidad del aporte estatal, certificando una disminución del veintepor ciento (20%) o más en sus ingresos.
No hayan recibido el aporte de que trata el presente Decreto Legislativo en tresocasiones
No hayan estado obligadas, a restituir el aporte estatal del Programa de apoyo alempleo formal - PAEF.
Personas jurídicas
Personas naturales
Consorcios
Uniones temporales
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REQUERIMIENTOS DE LOS DECRETOS
Producto financiero
NO APLICA - Entidades descentralizadas > 50% capital
Apoyo de hasta el 40% del s.m.l.v (N° empleados* xx%)
ESAL obligadas a presentar declaración de renta, o declaración de ingresos y patrimonio, así como información exógena en medios magnéticos por el año gravable 2019.
Empleados menor entre reporte PILA en febrero 2020 y empleados a proteger
La postulación no implica derecho
Cuantía del aporte estatal del Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de
Servicios – PAP ($220.000).
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REQUISITOS
• Solicitud firmada por el representante legal que manifieste la intención de ser beneficiario del Programa de apoyo al empleo formal- PAEF.
Solicitud
• Certificado de existencia y representación legal,
Legal
• Certificación, firmada por el representante legal y el revisor fiscal, o por contador público
Certificación
• Una entidad puede recibir simultáneamente recursos del FNG la sumatoria no puede exceder las obligaciones
Limite
• En la certificación por segunda y tercera vez se debe adjuntar certificación del RL/ RF / CP
• Certificación bancaria de devolución
Certif. II
• Tres pagos Mayo, Junio y Julio
Pagos
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SUPERVISIÓN
Min
hac
ien
da
Establecerá el proceso y las condiciones a las que deberán sujetarse las entidades financieras involucradas, la UGPP y en general todos los
actores que participen en este Programa
Superintendencia Financiera de Colombia y Superintendencia de Economía Solidaria supervisarán que las Entidades Financieras cumplan
los requisitos
Los periodos y plazos máximos para el cumplimiento de los
requisitos y el pago de los aportes,
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SUPERVISIÓN
Podrá establecer un formulario estandarizado que reúna toda la documentación y presentarse en la postulación
Fiscalización durante tres años a partir de la finalización del programa
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SANCIONES
Res
po
nsa
bili
dad
es
Disciplinarias
Fiscales
Penales
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REQUERIMIENTOS DEL DECRETO PARA LOS CONTADORES
Certificación, firmada por el representante legal y el revisor fiscal, o por contador público en los casos en los que la empresa
no esté obligada a tener revisor fiscal, en la que se certifique:
El número de empleos
formales que se mantendrán en
el mes correspondiente
a través del aporte estatal objeto de este
programa.
La disminución de ingresos, en el 20% o más, definida por el Ministerio de
Hacienda y Crédito Público
Que los recursos solicitados y
efectivamente recibidos serán,
única y exclusivamente,
destinados al pago de los
salarios de los empleos
formales del beneficiario.
La entidad no ha recibido el
aporte en tres ocasiones
La entidad no ha estado obligada
a restituir el aporte estatal
del Programa de apoyo al empleo
formal - PAEF
Con los recursos recibidos, la
administración se compromete a pagarlos como
parte de la nómina en un
plazo no mayor a cinco (5) días hábiles a los beneficiarios respectivos.
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CERTIFICACIÓN (Representante Legal y Revisor Fiscal)
Opción 1
• La opción 1 del artículo 3° de la citada resolución, para lo cual se efectuó el cálculo de la disminución del
valor de los ingresos de actividades ordinarias de acuerdo con las cifras contenidas en los estados
financieros del mes de abril de 2020 [Fecha del mes inmediatamente anterior a la solicitud del subsidio]
en comparación con el 30 de abril de 2019, la cual es del XX por ciento (XX%).
Opción 2
• La opción 2 del artículo 3° de la citada resolución, para lo cual se efectuó el cálculo de la disminución del
valor de los ingresos de actividades ordinarias de acuerdo con las cifras contenidas en los estados
financieros del mes abril de 2020 [Fecha del mes inmediatamente anterior a la solicitud del subsidio] encomparación con el promedio aritmético de los ingresos de los meses de enero y febrero de 2020, la cual
es del XX por ciento (XX%).
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CERTIFICACIÓN (Representante Legal y Revisor Fiscal)
XXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXRepresentante Legal Revisor Fiscal
Tarjeta Profesional XXXX-T
Los suscritos representante legal y contador público, bajo cuya responsabilidad se prepararon los estados financieros de la Compañía Alfa S. A., identificada con NIT N° XXX.XXX.XXX -X
Certificamos que:
De acuerdo con los requerimientos exigidos por el Decreto Legislativo 639 de 2020, modificado por el Decreto Legislativo 677 del mismo año, en el cual se establecen los requerimientos para acceder al Programa de Apoyo al Empleo
Formal- PAEF, con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias -FOME, como un programa social del Estado que otorgará un aporte monetario mensual de naturaleza estatal, con el objeto de apoyar y proteger el
empleo formal del país durante la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19, la Entidad Alfa S. A, está interesada en acceder a dichos beneficios.
Las proyecciones de la administración indican que la entidad protegerá XX empleos, por lo menos durante los meses comprendidos entre el mes de XXX y el mes de XXX. El Contador Público ha evaluado las bases de las proyecciones y
las considera razonables de acuerdo con las circunstancias, a pesar de lo cual, el mantenimiento de los contratos es una prerrogativa exclusiva de la administración.
De acuerdo con la metodología establecida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público según la Resolución 1129 del 20 de mayo de 2020, la entidad ha elegido [Seleccionar una de las siguientes opciones]:
Opción 1
• La opción 1 del artículo 3° de la citada resolución, para lo cual se efectuó el cálculo de la disminución del valor de los ingresos de actividades ordinarias de acuerdo con las cifras contenidas en los estados financieros del mes de
abril de 2020 [Fecha del mes inmediatamente anterior a la solicitud del subsidio] en comparación con el 30 de abril de 2019, la cual es del XX por ciento (XX%).
Opción 2
• La opción 2 del artículo 3° de la citada resolución, para lo cual se efectuó el cálculo de la disminución del valor de los ingresos de actividades ordinarias de acuerdo con las cifras contenidas en los estados financieros del mes abril
de 2020 [Fecha del mes inmediatamente anterior a la solicitud del subsidio] en comparación con el promedio aritmético de los ingresos de los meses de enero y febrero de 2020, la cual es del XX por ciento (XX%).
De acuerdo con la planeación y proyección efectuada por la gerencia de la entidad y aprobada por [órgano social que aprueba], la administración se compromete a que los recursos solicitados y efectivamente recibidos serán, única y
exclusivamente, destinados al pago de los salarios de los empleos formales de la Compañía Alfa S. A. La disposición de los recursos recibidos es de entera y absoluta responsabilidad de la administración de la entidad.
De acuerdo con la información financiera del mes xxx de 2020 [Mes anterior al requerimiento del subsidio], a los empleados objeto del subsidio de nómina, les fueron pagados o abonados los valores en sus cuentas por concepto de lossalarios devengados.
Con los recursos recibidos, la administración se compromete a pagarlos como parte de la nómina en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles a los beneficiarios respectivos.
La entidad no ha recibido el aporte en tres ocasiones.
La entidad no ha estado obligada a restituir el aporte estatal del Programa de Apoyo al Empleo Formal - PAEF.
La presente certificación se expide en la ciudad de XXXXXX a los XXXXX (XX) días del mes de XXXX de dos mil veinte (2020).
CERTIFICACIÓN (Representante Legal y Contador Público)
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CERTIFICACIÓN (Representante Legal y Contador Público)
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Aspectos ContablesSubsidio a la Nómina
Definición de Ingresos (2.25)
La definición de ingresos incluye tanto alos ingresos de actividades ordinariascomo a las ganancias.
Los ingresos de actividades ordinariassurgen en el curso de las actividadesordinarias de una entidad y adoptan unagran variedad de nombres, tales comoventas, comisiones, intereses, dividendos,regalías y alquileres.
Ganancias son otras partidas quesatisfacen la definición de ingresos peroque no son ingresos de actividadesordinarias. Cuando las ganancias sereconocen en el estado del resultadointegral, es usual presentarlas porseparado, puesto que el conocimiento delas mismas es útil para la toma dedecisiones económicas.
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Definición de Ingresos
Ingr
eso
s d
e ac
tivi
dad
es o
rdin
aria
s
la venta de bienes (si los produce o no la entidad para su venta o los
adquiere para su reventa);
la prestación de servicios;
los contratos de construcción en los que la entidad es el contratista; y
el uso, por parte de terceros, de activos de la entidad que produzcan
intereses, regalías o dividendos.
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Contabilización de la Subvención
COMPROBANTE DE CONTABILIDAD
Cuentas DÉBITO CREDITO
Pasivo (Ingresos diferidos) $351.000
$351.000Bancos
Total $351.000 $351.000
Efectos de la Contabilización de Subvenciones del gobierno – Grupo N° 1
R/ En el momento de recibir los subsidios
El tipo de subvención que se recibe es condicionado, por cuanto está supeditada al cumplimiento de los siguientes requisitos:Las entidades deben hacer sido constituidas antes del 10 de enero de 2020; Deben contar con un registro mercantil que haya sido renovado por lo menos en el año 2019. Este requisito únicamente aplica para las personas jurídicas constituidas en los años 2018 y anteriores.Deben demostrar la necesidad del aporte estatal al que se refiere el artículo 1 del Decreto Legislativo, certificando una disminución del veinte por ciento (20%) o más en sus ingresos.No deben haber recibido el aporte de que trata el Decreto Legislativo 639 de 2020 en tres ocasiones; y No deben haber estado obligadas a restituir el aporte estatal del Programa de Apoyo al Empleo Formal - PAEF.
Una subvención del gobierno no será reconocida como tal hasta que exista una razonable seguridad de que la entidad cumplirá las condiciones asociadas a ella, y que, por tanto, la recibirá en la forma predeterminada. El mero hecho de recibir la subvención no constituye una evidencia concluyente de que las condiciones asociadas a ella han sido o serán cumplidas.
05/06/2020 Luís Henry Moya Moreno 18
Contabilización de la Subvención
COMPROBANTE DE CONTABILIDAD
Cuentas DÉBITO CREDITO
Bancos $877.803
$877.803Gastos empleados
Total $877.803 $877.803
Efectos de la Contabilización de Subvenciones del gobierno – Grupo N° 1
R/ En el momento del pago de la nómina
05/06/2020 Luís Henry Moya Moreno 19
Contabilización de la Subvención
COMPROBANTE DE CONTABILIDAD
Cuentas DÉBITO CREDITO
Otros Ingresos - Subvenciones $351.000
$351.000Pasivo (Ingreso diferido)
Total $351.000 $351.000
Efectos de la Contabilización de Subvenciones del gobierno – Grupo N° 1
R/ Afectación de otros ingresos o disminución de los gastos.
Presentación de las subvenciones relacionadas con los ingresos Las subvenciones relacionadas con los ingresos se presentan como parte del resultado del periodo ya sea de forma separada o bajo denominaciones generales tales como “Otros ingresos”; alternativamente, pueden aparecer como deducciones de los gastos con los que se relacionan.
Gastos Beneficios a empleados
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Contabilización de la Subvención
COMPROBANTE DE CONTABILIDAD
Cuentas DÉBITO CREDITO
Pasivo (Ingresos diferidos) $351.000
$351.000Bancos
Total $351.000 $351.000
Efectos de la Contabilización de Subvenciones del gobierno – Grupo N° 2 - 3
R/ En el momento de recibir los subsidios
El tipo de subvención que se recibe es condicionado, por cuanto está supeditada al cumplimiento de los siguientes requisitos:Las entidades deben hacer sido constituidas antes del 10 de enero de 2020; Deben contar con un registro mercantil que haya sido renovado por lo menos en el año 2019. Este requisito únicamente aplica para las personas jurídicas constituidas en los años 2018 y anteriores.Deben demostrar la necesidad del aporte estatal al que se refiere el artículo 1 del Decreto Legislativo, certificando una disminución del veinte por ciento (20%) o más en sus ingresos.No deben haber recibido el aporte de que trata el Decreto Legislativo 639 de 2020 en tres ocasiones; y No deben haber estado obligadas a restituir el aporte estatal del Programa de Apoyo al Empleo Formal - PAEF.
Una subvención del gobierno no será reconocida como tal hasta que exista una razonable seguridad de que la entidad cumplirá las condiciones asociadas a ella, y que, por tanto, la recibirá en la forma predeterminada. El mero hecho de recibir la subvención no constituye una evidencia concluyente de que las condiciones asociadas a ella han sido o serán cumplidas.
05/06/2020 Luís Henry Moya Moreno 21
Contabilización de la Subvención
COMPROBANTE DE CONTABILIDAD
Cuentas DÉBITO CREDITO
Bancos $877.803
$877.803Gastos empleados
Total $877.803 $877.803
Efectos de la Contabilización de Subvenciones del gobierno – Grupo N° 2- 3
R/ En el momento del pago de la nómina
05/06/2020 Luís Henry Moya Moreno 22
Contabilización de la Subvención
COMPROBANTE DE CONTABILIDAD
Cuentas DÉBITO CREDITO
Otros Ingresos - Subvenciones $351.000
$351.000Pasivo (Ingreso diferido)
Total $351.000 $351.000
Efectos de la Contabilización de Subvenciones del gobierno – Grupo N° 2 - 3
R/ Afectación de otros ingresos o disminución de los gastos.
Subvenciones del gobierno FC134 de la NIIF para las PYMES requiere un solo método simplificado para la contabilización de todas las subvenciones del gobierno. Todas las subvenciones se reconocen como ingresos cuando se cumplen las condiciones de desempeño exigidas, o antes si no existen tales condiciones de desempeño. Todas las subvenciones se miden al valor razonable del activo recibido o por recibir. La NIC 20 permite otros métodos que no se permiten en la NIIF para las PYMES.
05/06/2020 Luís Henry Moya Moreno 23
GRACIAS
Luís Henry Moya MorenoContador Público
Especialista en Auditoria TributariaMaestría en Finanzas Corporativas
Certificado ACCAEx-Consejero del Consejo Técnico de la
Contaduría PúblicaEx-Miembro del Tribunal Disciplinario de JCC
[email protected]@Gmail.com
Celular 3174292865
“No es pobre el que tiene poco, sino el que mucho desea. Séneca.”
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