Date post: | 11-Aug-2015 |
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Economy & Finance |
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA
LA EDUCACIÓN SUPERIOR
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERCHO
BARQUISIMETO – EDO. LARA
Fundamentos de Derecho
Constitucional
Arguiro Derteano
V-15.776.256
BARQUISIMETO, JUNIO 2.015
El Estado
Es la organización de personas que viven en un determinado
territorio, sometidos a un poder.
Históricamente: el Estado se ha manifestado como un
conjunto de instituciones, de mecanismos políticos, administrativos
y judiciales, en los que se concentra y se organiza, en las sociedades
que llegan a cierto nivel de diferenciación, la dirección y el poder
coercitivo de la sociedad.
Sociológicamente: Es la organización que monopoliza el uso
legítimo de la fuerza en un territorio determinado (Weber).
Jurídicamente: Comunidad de personas fijadas en un territorio
determinado, legalmente independiente de control externo y posee
un gobierno organizado que crea y aplica la Ley sobre todas las
personas y grupos dentro de su jurisdicción (Territorio)
Políticamente: el Estado es concebido como una entidad
específica de la vía política, organizada políticamente. En este
sentido, el Estado es considerado por diversos autores como
soberanía, personificación de la nación, régimen, entre otros.
Absolutista: De acuerdo con los sostenedores de esta teoría, el
Estado es un sujeto de derecho, es decir, una persona moral y, por
tanto, un todo; como consecuencia o bien se superpone al cuerpo
político, o lo absorbe por completo disfrutando de poderes supremos
en virtud de su propia naturaleza, de sus derechos inalienables y de
su propio interés supremo.
Elementos Esenciales del Estado
a) Territorio (Dato geográfico, espacio físico).
b) Poder (Dato político, unificado y unificador).
c) Población (Dato demográfico, pueblo).
Al faltar algunos de estos tres elementos, no puede haber Estado.
El geógrafo Vogel, afirma con la mayor exactitud, que el territorio
de un Estado es sólo su base; en cambio la población es el
depositario vivo de la propia sustancia del Estado.
El territorio
El Territorio por una parte, es la base física del Estado, ya que lo
individualiza geográficamente, en una porción del globo terráqueo,
donde se instala la comunidad nacional, y por otra parte, define el
marco de validez del orden jurídico que lo rige y que debe ser
referido a límites de espacio.
Humberto La Roche dice: es la porción del globo terráqueo donde
se asienta el Estado.
Factores Integrantes y Definición
Para Kelsen el concepto de territorio posee un sentido
tridimensional, debe ser pues, considerado a lo ancho, largo y en su
sentido vertical, es decir, espacio aéreo, el suelo y el subsuelo.
EL Suelo (Terrestre): es el espacio material, sede de la
comunidad organizada del Estado.
El Espacio Marítimo: es muy complejo, está regulado por el
Convenio de Ginebra sobre el derecho del mar que regula el mar
territorial. Aunado a la Convención de la organización de las
Naciones Unidas sobre derecho del mar aprobado el 3 de Abril del
año 1982 posterior a la convención de Ginebra. El espacio marítimo
comprende el mar alrededor de la tierra firme del determinado
Estado.
Espacio Aéreo: es la masa gaseosa que se extiende en líneas
perpendiculares sobre el territorio terrestre y marítimo del Estado.
Por lo tanto, los factores integrantes del territorio son: la tierra
firme, el mar territorial, la plataforma continental, la zona
económica exclusiva, el Espacio Atmosférico y cósmico y las naves
y aeronaves. ¿cuál es la definición de cada una de ellas?
La Población
Es la totalidad de las personas que permanecen en un Estado,
frente al cual son los sujetos que los integran y el objeto de su
actuar. También se puede decir que la población, se refiere a un
número de personas o individuos que viven en un lugar o un
momento determinado.
Para Alfredo Arismendi (2004), la población es el conjunto de
seres humanos que constituyen por sus nexos una colectividad fija
de manera estable sobre un territorio.
Funciones
a) Política : para determinar el número de diputados, ya que la
población es la base para ello. Base para la designación de los
servicios públicos.
b) Económicos: intervienen en la prosperidad económica.
c) Social: ya que la población es la base social del Estado.
Características de la Población
Sin población no se concibe un Estado. La población no esta
aislada, al momento de conformarse el Estado. Ya existe
anteriormente un grupo de personas en un territorio.
Definición
El poder es la materialización de la facultad de mando del Estado,
que se presenta en aquellas que cumplen el papel de la autoridad.
Pero, ¿Cuál es la intensidad del poder?; ¿Cómo se organiza en una
sociedad el uso del poder?; y, ¿De dónde surge esa posibilidad de
mando?.
Según Bracho (2007), para poder definir mejor el contorno de ese
“poder” social se hace necesario precisar el concepto de dominación.
Por tal, debe entenderse “la posibilidad de encontrar obediencia a un
mandato de determinado contenido entre personas dadas (...), tiene
que ser más preciso y sólo puede significar la probabilidad de que un
mandato sea obedecido”; el mayor grado de poder es aquel que se
ejerce en y desde el Estado, desde el ámbito político. Y la
posibilidad de mando surge de la soberanía .
Tipos de Poder
Poder coercitivo (termino de coacción)
Poder persuasivo (termino de persuasión)
Poder retributivo (termino de retribución)
1.- Poder Coercitivo: ésta relación de poder, se basa en que el
súbdito obedece porque el individuo que tiene el poder, amenaza
contra la integridad física o propia libertad del súbdito. EJEMPLO:
poder estatal, de aquí emana el Derecho penal . El Estado restringe
la libertad personal.
2.- Poder Persuasivo: ésta relación de poder, se basa en la
convicción de identificación de ideas o de creencias entre el que
ejerce el poder y los súbditos. El que ejerce el poder da una serie de
ideas u opiniones como las mejores y los súbditos la aceptan como
la mejor. Ejemplo: partidos políticos y sindicatos con sus afiliados.
En las huelgas la identidad entre convocadores y convocados. En las
Iglesias y sus seguidores.
3.- Poder Retributivo: esta relación de poder se basa en obedecer
a cambio de una retribución. EJEMPLO: relación laboral
Las Funciones del Estado (Poderes Públicos del Estado)
Venezolano, son: el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder
Judicial, Poder Ciudadano y el Poder Electoral.
El Fundamento constitucional que soporta los elementos del
Estado Venezolano, son:
a) Sobre el Territorio, en Venezuela impera dos principios
fundamentales que rige el territorio, el principio de intangibilidad y
el Utis Possidetis Iuris, desde el artículo 10 al artículo 15, donde se
establecen lo siguiente:
Art. 4: Establece el principio de la integridad territorial
Art. 10: se establece el principio de intangibilidad y el principio
de Uti possidetis Iuris.¿Qué es el utis possidetis iuris?
Art. 11: Establece el Alcance físico de la soberanía, menciona
las islas venezolanas, la Zona marítima y el Espacio Exterior.
Art. 12: Establece los yacimientos terrestres y bajo el mar.
Igualmente las costas.
Art. 13: Establece que el Territorio Nacional, no podrá ser jamás
cedido. Regula las embajadas extranjeras en el país. Igualmente
menciona que las tierras baldías en islas no podrán ser enajenarse.
Primer principio que rige el territorio en Venezuela, el de
inalienabilidad.
Art. 14: Regula la incorporación de nuevos territorios.
Art. 15: Regula la defensa de Zonas fronterizas.
b) Sobre la población:
Art. 32: Establece quienes son venezolanos por nacimiento
Art. 33: Establece quienes son venezolanos por naturalización
Art. 34: Establece la doble nacionalidad.
Art. 35: Establece que los venezolanos no podrán ser privados
de su nacionalidad.
Art. 36: Se establece la renuncia a la nacionalidad.
Art. 37: Se establece la celebración de tratados internacionales
en materia de nacionalidad con algunos países.
Art. 38: Ordena que se promulgue una ley de nacionalización.
Los artículo 119 al 126: regula todo lo referente a la población
indígena.
c) Sobre el poder:
EL PODER PUBLICO: artículo 136, que establece la división
del mismo.
PODER EJECUTIVO: el artículo 252 de la CRBV
PODER LEGISLATIVO: los artículos 186 al 190
PODER JUDICIAL: artículos 253
PODER CIUDADANO: artículos 273
PODER ELECTORAL: artículos 292.
La Personalidad jurídica del Estado, es la factibilidad de que el
mismo, pueda ser sujeto de una relación jurídica, susceptible para
contraer obligaciones y adquirir derechos. Esto es, que tenga la
capacidad para demandar o ser demandado, celebrar contratos, entre
otras consecuencias.
Gran numero de teorías niegan o reconocen la realidad de la
personalidad jurídica del Estado, sin embargo, los que aceptan
dichas teorías, difieren en cuanto que si el Estado, es una ficción
legal y por ende no podría ser un sujeto de derecho.
as teorías de la Personalidad Jurídica del Estado
Ahora bien sobre la base de lo anteriormente expuesto es de
analizar cuales son esas teorías de las personas jurídicas:
a) Teoria de la ficccion: Savigny, Windscheid, Unger y otros,
conciben la persona jurídica como una ficción, puesto que
únicamente el hombre singular es capaz de derechos. Todo hombre
es capaz de derechos. Pero el derecho positivo puede modificar este
principio; o negado la capacidad a algunos hombres, como sucedía
con los esclavos, o extendiéndola a entes que no son hombres como
sucede con la persona jurídica. El concepto de persona jurídica se
refiere exclusivamente a las relaciones patrimoniales. Por esto, la
persona jurídica es un sujeto creado artificialmente capaz de tener un
patrimonio.
Unger, otro idealista, rechaza este sistema que cambia las
condiciones del nacimiento de las personas jurídicas, con las
personas jurídicas mismas y dice: la creación de la persona jurídica
es creación de la nada, surge por la ley de un sujeto ideal invisible.
A estos dos se le une M. Laurent, más radical que los primeros, para
sostener: todo es ficticio en el concepto de la persona moral. Estos
pretendidos seres no son siquiera personas.
b) Teoria Organica o de la persona colectiva real: : Blunschli,
Beseler y otros juristas, investigaban el carácter de un tipo especial
de asociación, denominada literalmente COMPAÑÍA, prosiguieron
la investigación en el dominio del derecho publico, comprobando
que el Estado y el Municipio o Municipalidad son realidad histórica
– orgánica. Y dicen “el Estado tiene voluntad propia, que es la
voluntad popular, manifestada en la ley, distinta de la voluntad de
los particulares y a veces contrarias a ella”. Por lo tanto no se
necesita ser hombre para ser persona. Así tenemos personas que no
son hombres y punto. El creador de esta doctrina es Baseler, seguido
por otro tratadista. Baseler nos dice: la reunión de varias personas
encaminadas a la consecución de fines comunes y duraderos se
denominan corporación. Pero al ser la corporación un concepto
genérico, se divide en dos especies:
Una que es la comunidad, la población territorial; y la otra que
viene a ser una compañía, o un determinado grupo de personas que
se reúnen para un fin común. En la primera, por ser la comunidad, se
encuentran comprendidas las segundas. Entre ellas, las sociedades
industriales y mercantiles, las sociedades artísticas, las sociedades
científicas y tantas otras. Por lo que no podemos negar que el
municipio al ser una comunidad es una realidad, así como lo es el
Estado, y expresan su voluntad a través de todos sus miembros. No
son simples objetos de la fantasía. Allí los tenemos, existen, son
personas jurídicas y en ellas se encuentran comprendidas las otras.
c) Teoria de ferrara: civilista italiano Francisco Ferrara, ha
valorado las dos teorías anteriores sobre la persona jurídica, con el
propósito de darle coherencia dice que las personas jurídicas son:
“entes ideales que sirven como forma jurídica de unificación y
concentración de derechos, obligaciones y potestades, para el
perseguimiento potenciado de intereses humanos encaminado a la
consecución de determinados fines”.
a) Fundamento Constitucional de la Personalidad Jurídica del
Estado:
Según el fundamento constitucional de la personalidad
jurídica del Estado Venezolano, ésta para el ámbito interno no es
una sola, sino que esta conformado por varias personas jurídicas
estatales. En el único ámbito en el cual el Estado es una sola persona
jurídica, es en el ámbito de las relaciones internacionales. Es decir,
conforme a la Constitución de 1999, el Estado (Artículo 2, 3 y 4
CRBV) venezolano, como “República Bolivariana de Venezuela”
(Art. 1 y 6 CRBV), donde realmente goza de personalidad jurídica
(Art. 152 al 155 CRBV); en cambio, como se ha dicho, en el ámbito
interno, el Estado como tal es una persona jurídica, sino un conjunto
de personas jurídicas que son las personas jurídicas estatales, y cuyo
embrión surge del sistema constitucional que se ha establecido para
los representantes y servidores públicos. Complementariamente
ciertos y determinados espacios, se dejan en manos de la propia
comunidad organizada, para que éstos por medio de mecanismos
expresamente señalados en la Constitución y desarrollados en las
leyes, participen en el poder publico.
El Poder Público en Venezuela
Se distribuye de la siguiente manera: de forma horizontal (por
funciones), en el Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y
Electoral. Y de Forma Vertical (ramas), en el Poder Nacional, Poder
Estadal y Poder Municipal.
El Poder Legislativo: Es el Poder Público, encargado de hacer las
leyes y de controlar la administración. El Poder Legislativo a nivel
Nacional en Venezuela, se denomina Asamblea Nacional, a nivel
Estadal, los Consejos Legislativos, y a nivel Municipal los Concejos
Municipales. ¿Cuáles son las comisiones de la Asamblea Nacional?
El Poder Ejecutivo: Es el Poder Público encargado de ejecutar y
hacer cumplir las leyes mediante sus instituciones administrativas y
administrar el dinero público. El Poder Ejecutivo Nacional esta a
cargo del Presidente de la República, a nivel Estadal, Los
Gobernadores y a nivel municipal los Alcaldes. ¿Cómo es la
Organización Ejecutiva Nacional?
El Poder Judicial: Es el Poder Público, que tiene la competencia
de la administración de la justicia, es decir, que éste es el órgano que
soluciona los conflictos de Derecho, que se produzcan entre los
particulares, entre éstos y los Poderes Públicos, única forma de que
queden asegurados tanto los derechos individuales de los ciudadanos
cuanto los colectivos de la ciudad. El Máximo Juzgador es el
Tribunal Supremo de Justicia. ¿Cuáles son las salas del Tribunal
Supremo de Justicia?
El Poder Ciudadano: Es el Poder Público ejercido por el
Consejo Moral Republicano e integrada por el Defensor del Pueblo,
órgano creado por la nueva Constitución, que tiene como función
principal el resguardo de los derechos y garantías establecidos en la
Constitución y los enteres colectivos y difusos; El Fiscal General de
la República como garante de la Constitución y la Ley en los
procesos judiciales; y el Contralor General de la República como
contralor de los ingresos, gastos y bienes públicos.
El Poder Electoral: Es el Poder Público que garantiza la
igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de
los procesos electorales así como la aplicación de la personalización
del sufragio y la representación proporcional. Es ejercido por el
Consejo Nacional Electoral (CNE) e integrados por los siguientes
órganos: La junta Electoral Nacional, La Comisión de Registro Civil
y Electoral y la Comisión de Participación Política y
Financiamiento, todos subordinados al ente Rector (CNE).
b) Fundamentación Jurídica
EL PODER PUBLICO: artículo 136, que establece la división del
mismo.
PODER NACIONAL: artículo: 156.
PODER ESTADAL: 159
PODER MUNICIPAL: 168
PODER EJECUTIVO: artículos del al 252 de la CRBV
PODER LEGISLATIVO: artículos 186 al 224 CRBV. Articulo
187 Ord. 5. La amnistías-indulto.
PODER JUDICIAL: artículos 253 al 272 de la CRBV.
PODER CIUDADANO: artículos 273 al 291 CRBV.
PODER ELECTORAL: Art. 2, 3, 5 y 6. artículos 292 al 298
CRBV
Uno de los principios fundamentales del derecho público
contemporáneo, es el de la distribución vertical del poder público,
éste, surge con el nacimiento constitucionalismo moderno, con
motivo de la organización del Estado que se requería, por el
desmantelamiento del Estado Absoluto.
Este principio derivó del principio democrático de la soberanía
del pueblo, y se materializó inicialmente en el federalismo
norteamericano y municipalismo francés. Después de doscientos
años de experiencia, hoy el regionalismo y el municipalismo son los
signos de la organización territorial del poder: el primero, el
federalismo, en unidades políticas intermedias entre el Poder Central
y el Poder local; y el segundo, en la consolidación precisamente de
éste último, en los niveles mas bajos del territorio, cerca del
ciudadano.
El Estado Unitario, sólo posee un centro de impulsión única y el
poder político, la totalidad de sus atributos y funciones pertenecen a
un titular único y todos los individuos de ese Estado, están bajo la
soberanía de éste. Obedecen a una sola y misma autoridad, viven
bajo un mismo régimen constitucional y son regidos por las mismas
leyes. Es la forma más antigua de Estado.
menciona expresamente los principios que deben orientar la
regulación de las competencias concurrentes: interdependencia,
coordinación, cooperación, corresponsabilidad y subsidiariedad.
La precisión de la regulaciónde la concurrencia competencial
mediante leyes de bases en la Constitución, esuna contribución
fundamental para ofrecer coherencia y sentido a tansignificativa
materia para el curso futuro de la descentralización.
, de la política de descentralización.
Sistema Presidencialista
Es aquel que garantizando al máximo la independencia, realiza la
más completa separación de los poderes, su modelo más notable es
el gobierno de los Estados Unidos. El centro de este régimen, como
su nombre lo señala, es el presidente, quien tiene independencia
orgánica casi total.
El presidente designa y remueve los ministros, quienes sólo
comparecen ante la instancia parlamentaria cuando son convocados
y con el objeto de la convocatoria?