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RM649_2014_MINSA_b

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MINMSA
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y,)„,„,, 26 c 4 AGosb d el zoli Visto el Expediente N° 12-013511-001, que contiene el Memorando N° 1141-2014- DGE-DVE-DSVSP/MINSA, de la Dirección General de Epidemiología; CONSIDERANDO: Que, los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la protección de la salud es de interés público, siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida pár el individuo, la sociedad y el Estado; Que, los literales a) y b) del artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece como funciones rectoras del Ministerio de Salud, la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud; y dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los reos del sector, asi como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia; Que, el articulo 57° del reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-20058A, dispone como una de las funciones de la Dirección General de Epidemiología, el diseñar, normar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, en el ámbito nacional; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Epidemiología, en el marco de sus competencias funcionales ha propuesto la Norma Técnica de Salud que establece la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Epidemiología; Con el visado del Director General de la Dirección General de Epidemiología, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Viceministro de Salud Pública; y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, MINISTERIO DE SALUD N0 G49 -2oly int riaq
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y,)„,„,, 26 c4 AGosb del zoli

Visto el Expediente N° 12-013511-001, que contiene el Memorando N° 1141-2014- DGE-DVE-DSVSP/MINSA, de la Dirección General de Epidemiología;

CONSIDERANDO:

Que, los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la protección de la salud es de interés público, siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida pár el individuo, la sociedad y el Estado;

Que, los literales a) y b) del artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece como funciones rectoras del Ministerio de Salud, la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud; y dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los reos del sector, asi como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia;

Que, el articulo 57° del reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-20058A, dispone como una de lasfunciones de la Dirección General de Epidemiología, el diseñar, normar y conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública, en el ámbito nacional;

Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Epidemiología, en el marco de sus competencias funcionales ha propuesto la Norma Técnica de Salud que establece la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Epidemiología;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Epidemiología, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Viceministro de Salud Pública; y;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud,

MINISTERIO DE SALUD N0 G49 -2oly int riaq

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Regístrese, comuníquese y publíquese

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud

M. YAGUI M.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la NTS N° io q -MINSA/DGE-V.01: "Norma Técnica de Salud que establece la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas", que forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.-: Encargar a la Dirección General de Epidemiología, la difusión y seguimiento del cumplimiento de G citada Norma Técnica de Salud, a nivel nacional, dentro del marco de su competencia.

Articulo 30.- Las DISAs/DIRESAWGERESAs o la que haga sus veces a nivel regional son responsables de la implementación y monitoreo de la Norma Técnica de Salud aprobada, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones y competencias.

Articulo 4°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección: littp://www.m insa ob. pe/tra n spa ren ci a/d q e normas.asp

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NTS Nef 09 - MINSA /DGE V.01

NORMA TÉCNICA DE SALUD QUE ESTABLECE LA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA EN SALUD PÚBLICA DEL RIESGO DE EXPOSICIÓN E

INTOXICACIÓN POR PLAGUICIDAS

I. FINALIDAD e imbuir en la prevención y control de la exposición e intoxicación por plaguicidas en la población del Perú.

II. OBJETIVOS Objetivo General

Establecer los lineamientos básicos para la implementación y desarrdlo de la Vigilancia EpidemicAógiCa en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas en la pobbción del Perú.

22 ObJeitivoil E4Peolikvall 2.2.1. Estandadzar la meteddegla de la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del

Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas en el Pena

2.2.2. Establecer la oportuna detección de situaciones de alerta y brotes por intoxicadón con plaguicidas.

2.2.3. Establecer mecanismos de articulación intersectonal para la vigilancia del riesgo de exposición e intoxicación por plaguicidas en la pobbción.

III. ÁMBITO DE APLICACIÓN

La presente Norma técnica de Salud (NTS) es de alcance nacional y de aplicación obligatoria en todos los establecimientos de sabd públicos y privados (del Ministerio de Salud, asignados al Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS, de EsSalud, de la Sanidad de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Pené del Ministerio Público, de los gobiernos regionales, de los gobiernos locales y del subsednr privado).

IV. BASE LEGAL • Ley bl• 26842, Ley General de Salud y sus modificaciones

• Ley W 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud

• Ley N° 27967, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

• Ley IP 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

• Ley W 29783, Ley de Seguddad y Salud en el Trabajo.

• Ley N' 28804, Ley que Regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental

• Reglamento Sanitario internacional.

• Decreto Supremo 14° 023-2005-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modificatorias.

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NTS Ir 409 . MINSAI DGE Y.01 NORMA TÉCNICA De tuvo QuE ESTABLECE LALLIIGRA•cIA EPlocluoLCOICA EN SALUD POSMA DEL RIESGO

DE BPOSICON E BITOXICACON POR PLAGUICIDAS

• Decreto Supremo N° 001-98-SA, que aprueba e) Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas de Consumo Humano.

▪ Decreto Supremo N° 016-2000-AG, que aprueba el Reglamento para el Registro y Goldre' de Plaguicidas Químicos de uso agrícola.

• Decreto Supremo N° 015-2005-SA que aprueba los valores límites remisibles para agentes qthmicos en el ambiente de trabaja

• Decreto Supremo N° 067-2005-RE, que ratifica el Convento de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes.

• Decreto Supremo N° 058-2005-RE, que rafffica el Convenio de Rotterdam para la Aplicación del Procedimiento de Consenlimiento Fundamentado Previo a ciertas Plaguicidas y Productos Culmices Peligrosos objeto de Comercio Internacional

• Decisión 036. Norma Andina para el registro y control de plaguicidas quimbos de uso °arbola.

• Resolución Ministedal 312-2011-MINS^ que aprueba el Documento TécnicoProtocolos de Exámenes Médicos Ocupacionales y Gulas de Diagnóstico Médico Obligatorios por actividad

• Resolución Ministerial N° 526-2011/MINSA que aprueba las °Normas para la elaboración de documentos normativos del Ministerio de Salud_

• Resolución Ministerial N° 026-2011-MINSA, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración del Programa de Atención, Vigilancia Epidemiológica, Ambiental y Sanitaria a ser aplicada en ca Emergencia (DS N° 024-2008 PCM).

• Resolución Ministerial N° 525-2012-MINSA, que aprueba la restrucbtración de la Estrategia Sanitaria Nacional de vigilancia y control de rasgos por contaminación con metales pesados y otras sustancias químicas.

• Resolución Ministerial N° 506-2012-MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N°046- MINSA/DGE-V.01 Ni:Ideación de enfermedades y eventos sujetos a vigilancia epidemiológica en salud pública

V. DISPOSICIONES GENERALES:

5.1. DEFINICIONES OPERATIVAS:

5.1.1. Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Suposición e - Intoxicación por Plaguicidas

La Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas consiste en la idenlificación. recolección, procesamiento, investigación, análisis, interpretación y difusión de la información sobre la situación epidemiológica y lacta te de riesgo de exposición e intoxicación por plaguicidas para orientar las Intervenciones en la prevención y control.

5.1.2. Riesgo de exposkion e intoxicación por plaguicidas (ocupacional y no ocupacional)

Es una condición o factor condicionante que implica una mayor probabilidad de ocurrencia de exposición o intoxicación por plaguicidas en las siguientes condiciones:

A. Riesgo en el Hogar

Refeddo a la identificación de factores de riesgo a la salud por exposición ocupacional y no ocupacional por el uso o almacenamiento de plaguicidas dentro del hogar como: jardinerla, control de ectoparásitos (insectos, aceros y otros) y roedores

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Wt311°409 miNSA/ DM tal rbiReATÉCNICA DE SALUD QUE ESTABLECE UYIGIANCIA EPIDEMIOLóGICAEN SPLUD PUMA DEL PJESGO

DE OPOSICIófi E IWItOCACIetl POR PLAGUICIDAS

Riesgo Ocupacional

Referido a la identificación de factores de riesgos a b salud por exposición aguda o crónica en et desarrollo de la actividad laboral como:

• Industria: Durante su formulación, almacenaje, transpoile, comerciarización, aplicación y disposición final (manufactura. exposición en operaciones de producción y empaquetado, empresas formuladores. mezclado con solventes, y comercialización de plaguicidas)

• En personal de salud, en situación de accidentes, derrames o manipulación de plaguicidas,

• Agricultura: Ublizacifin en la agroindustria y el manejo tradicional

- Fumigadores, apticadores, mezcladores,

- Transporte, almacenamiento de plaguicidas

- Trabajo en actividades pecuarias o forestales y otros.

• Pecuaria: actividades de desparasitación en ganado y aves y esquila de ganado.

• En Salud Pública, uso de plaguicidas químicos en el control de vectores.

Otras situaciones de riesgo,

C. Riesgo Pobladonal

Está relacionado a la probabilidad de afectación a una población como snsuercia de la exposición o intabcación por plaguicidas.

• Existencia de grupos de personas, expuestas a plaguicidas químicos

• Poblaciones del área urbana o rural que habitan cerca del campo en donde se apliquen plaguicidas (vías: terrestre, acuábca o aérea).

• Familiares-en contado con trabajadores expuestos a. plaguicidas.

▪ Personas expuestas a plaguicidas en campañas de fumigación corno: Centros educativos, guardarlas, cárceles y otros.

• Poblaciones expuestas a fumigación aérea,

D. Riesgo Ambiental

Relacionada a la probabilidad de contaminación del ambiente con residuos de plaguicidas que contaminan el suelo, alimentos, flora, fauna y agua (relacionado al uso indiscriminado, inadecuada disposición final de envases, entre otros),

E. Capacidad resolutiva de los servicios

Referida a la organización de servicios en la atención del paciente intoxicado, capacitación del personal de salud, contar con los insumos necesa -o p ra tratamiento y otros.

5.13. Mtteedente epidemiológico

Es et precedente de la exposición ambiental (en medio laboral, en el hogar, entre otros) a fuentes antropogénicas con presencia de uno o más plaguicidas.

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wrsr105 •ffasAIDGE NORIMTÉCNICA DE SALUD DIJE ESTABLECE UMIGILAIICIA EFIDIJOIOLOGICA EN SALUD PUBLICA DEL RIESGO

DE DarOSICHIN E INTO)2CACIDN POR PUGUICIOAS

5.14 Definiciones de caso por exposición e intoxicación por plagukidas

5.14.1. Caso sospechoso (expuesto):

Es la persona o población en contacto directo e indirecto a plaguicidas, manifestaciones clínicas.

5.14.2. Caso probable de int/citación:

Es la persona expuesta o poblack5n expuesta a plaguicidas, que dentro de las primeras 24 lacras presenta manifestaciones clínicas compatible con una intoxicación sistémica (náuseas, bradicardia, miosis, entre otros síntoma ny signos) o localizada (dermatitis entre otros síntomas y signos).

5.14.3. Caso confirmado de hrtemicación

Es aquel caso que se establece por presentar uno de los siguientes criterios:

a) Caso contratado por criterio clínico epidemiológico

Todo caso que presenta manifestaciones canicas de intoxicación por exposición a plaguicidas y el antecedente de haber estado en contacto directo o indirecto, en la cual se ha investigado la vid de expoación. dosis y el tiempo franscumido.

En caso de fallecimfiznto la confirmación se realizará con procedimientos médicos legales.

b) Caso confirmado por critedo de laboratorio

Todo caso probable de intoxicación con evidencia de una prueba de laboratorio confirmatoria de intoxicación por plaguicidas en muestras biológicas (sangre, orina y otros fluidos), según corresponda.

5.1.44. Caso DeSeariadi):

Todo caso probable que luego de la investgacion epidemiológica y de laboratorio no cormsponde a una intoxicación por plaguicidas.

5.1.5. Clasificación de casos según circunstancias de Intoxicación por plaguicidas

a) intoxicación °cuestionar

Exposición a plaguicidas durante los procesos laborales, de fabricación, formulación. envasado. almacenamiento. transporte, comercialización, aplicación y disposición final.

I>) IntoxicacIón accidental:

Exposición a plaguicidas de manera casual, inesperada; se incluye las intoxicaciones alimentarias.

c) Intoxicación provocada

Exposición a plaguicidas que se produce intencionalmente por causar dalo a una o más personas. Incluye los intentos de homicidios.

d) Intoxicación voluntaria

Exposición a plaguicidas que se produce en forma intencional por el mismo "Miedo).

5.1.6. Situación de alerta

Es I ev to q p eced á t y q req I ' ve ig epderniológica de campo, considerando las siguientes situaciones de alerta:

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NTS IP 401l IIINSAIDGE V.01 NORRATECISCA DE SALUD QUE ESTABLECE LA VIGIbUICIA EPIDEMOLáGWAEN SALUD PÚBLICA DEI. RIESGO

DE EXPOSICIóN E INTOXICACIÓN POR PLAGUICIDAS

a) Intoxicación por plaguicidas en menores de 1s años.

b) Dos o más casos de intoxicación en una misma losigad.

c) Un intoilado por un plaguicida no registrado o prohibido en la zona (anexo 1).

d) Mujer embarazada o en estado de lactancia intoxicada con plaguicidas.

e) Muerte por intoxicación accidental, laboral o no laboral.

f) Otras situaciones de riesgo asociadas e identificadas corno relevantes por el personal de salud

g) Situaciones de emergencia: fugas, derrames, desastres tecnológicos y otros

5.1.7. motopor Intoxicación con plagUlcklas

Presentación inusual en el número de intoxicados por plaguicidas, en una determinada población, en las que se comprueba el agente causal y la ()horrenda en el mismo penado y lugar.

5.1.B. Cenizo centinela

Es el establecimiento de salud (hospital o centro de salud) seleccionado que cumple con S criterios técnicos para realzar la vigilancia epidemiológica centinela de riesgos por exposición o intoxicación por plaguicidas.

5.19. Conglomerado (o cluster)

Es la agrupación de personas expuestas o intoxicadas por plaguicidas de un área definida y en un periodo de tiempo determinado.

5.1.10. Notificación Negativa

Notificación oportuna que señala la ausencia de casos de exposición o de intoxicación Per Plaguicidas, al momento que esta se realiza, lo que evidencia que se mantiene h viglancla epidemiológica en forma regulan

5.1.11. Plaguicidas

Es cualquier sustancia o mezclas de sustancias, de carácter orgánico o inorgánico destinadas a ser aplicado en el ambiente para controlar o neutralizar organismos capaces de producir daños a las personas, animales y plantas.

5.1.11 Poblaciones expuestas a plaguicidas

Se define al conglomerado o pobbcIón que vive cerca a actividades de producción, almacenamiento, expendio de plaguicidas, zonas de uso o disposición final de los envases o resto de plaguicidas o que trabaja en estas actividades.

5.1.13. Red Nacional de Epidemiología (RENACE)

Se denomina ab a la red combada por todo el personal de los establecimientos de salud que realiza ackidades de vigilancia epidemiológica en salud pública, investigación, evaluación y análisis de situación de salud; y que articula acciones con los responsables de la prevención y control.

5.1.14. Vigilancia epidemiológica

Es b recolección, análisis, interpretación y difusión en forma SiSteMátiCa, continua y oportuna de información relevante y necesaria de los eventos en salud, con el fin de proporcionar bases para la hm de decisiones, orientar la respuesta de prevención y control.

5.1.15. vigilancia epidemiológica cantinela activa

Es la búsqueda de intoxicados por plaguicidas en una determinada población expuesta (conglomerados) por el personal de salud de un establecimiento

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NTS NAO -PRBSAIIME V.01 NORMA TÉCNICA DE BALDUQUE ESTABLECE LA VIGILANCIA MOMEO riarMENI SALUD PUBLICA DEL RESGO

DE MOSE& E INTOXICACQNPORPLAGU)CIDAS

seleccionado por su proximidad a zonas agrícolas, centras agroquimicos, o establecimientos de referencia y que además tenga un personal de salud (profesional o técnico) entrenado, quienes deberán identificar situaciones de alerta t

5.2. La Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicida comprende la vigilancia epidemiológica en todos los establecimientos de salud, públicos y privados, y de la vigilancia centinela sólo en estaMecimientos seleccionados.

5.3. Los Establecimientos de Salud púbicos y privados están obligado a notificar a la oficina de Epidemiología de la DISNDIRESA o la que haga sus veces, los casos de exposición e intoxicación por plaguicida% bajo responsabilidad de sus directores, jefes o quienes hagan sus

VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1. DE LA VIGILANCIA EPIDEPAIOLoGICA UNIVERSAL

6.1.1. Identificación

El personal de salud responsable de la vigilancia epidemblógica del establecimiento de salud debe 'dentificar y captar en la atención de los servicios de salud (consulta externa. servido de emergencia, hospitalización y otros) aquellas personas con exposición o irtoxicación por plaguicidas según la definición de caso.

6.1.2. Nein [catión

6121. Todo el personal de los establecimientos de salud, que identifique uno o más casos probables de intoxicación por plaguicidas, debe ealiz de manera obligatoria la notificación sernanal (Anexo 3), siguiendo los niveles correspondientes de notificación °aleatoria a través de la red del sistema de vigilancia epidemiológica establecido en el diagrama de flujo incluida en la presente norma técnica de salud (Anexo 2).

6.122- El personal responsable de la vigilancia epidemiológica de los establecimientos de salud, deberá registrar y notificar los casos identificados según-la definición de casos en eI 1Formato de Registro Semanal de Nobficación Epidemiológica Individuar (Anexo 3) el m mo que se empleará corno instrumento de notificación regular o inmediata, según se requiera, siguiendo el flujo de la notificación.

6.1.2S. El caso de intoxicación por plaguicidas se notifica utilizando la codificación Internacional del GIE-10: Efecto tóxico de plaguicidas":

• TPOSS Insecticidas argandosforadas y cartamates,

• T601: Insecticidas halogenadon

• T602 Otros insethrsdas,

• T60 3: HerbiRcles y fungicidas

• Radenticklad

• That Otros plaguicidas

T60.9: Plaguicida no especificad:Cs. en tanto el Ministedo de Salud no disponga algo diferente.

6120. En situación de alerta y brote, la notificación debe ser inmediata al nivel superior que corresponde según la organización de la vigilancia epidemiológica (local nrd I y ac nal arecdo G cal d ERdemiol gla) y s note rá través de la página Web de la Dirección General de Epidemiología h .

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laste409 •llIMSAIDGE NORMA TÉCNICA DE SALUD OPEESTABLECE LA VIGIUINCIA PPME/031661CAlll SALUDPeala-A DEL RosSe0

L EMOSICION E INTOMM:Cel POR RAGUICIDAS

61.25. El Ministerio de Salud solicita al Ministerio Público la nothicación de los casos de defunción por intoxicación con plaguicidas según el ámbito de su competencia.

6.13. Investigación egclernlológIca

6.1.11. El personal responsable de la vigilancia epidemiológica de los establecimientos de salud, deberá realizar la investigación canica epidemiológica de las personas expuestas o intoxicadas con plaguicidas, utilizando la 'Ficha de Investigación Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de aposición e Intoxicación por Plaguicidas , el mismo que debe ser notificado siguiendo el flujo establecido (Anexo 4).

6.1.32. Cuando identifiquen una situación de alerta debe ejecutarse la investigación epidemiológica inmediata y debe ser complementada con otras fuentes de información demográficas, datos ambientales educativos, medios de comunicación. rumores, encuestas de diversa naturaleza, laborales, entre Nicle que posean información relevante

6.1.3.3.En situación de trote por intoxicación con plaguicidas, debe realizarse la investigación epidemiológica en el menor tiempo posible dentro de las primeras 24 horas, utilizando la "Ficha de investigación de brote por intoxicaffin por plaguicidas' (Anexo 5).

6.13.4. El resultado de la investigación epidemiológica y del brote, debe ser remitido, siguiendo el flujo establecido a través del informe inmediato dentro de las primeras 24 horas luego de seguimiento a las 72 horas y posteriormente el informe final del brote con los datos de la investigación, dependiendo de la situación de urgencia o gravedad.

6.1.4. Laboratorio

6.1.4.1. El personal capacitado de 'abaratado, debe tomar la muestra biológica (sangre, orina y otros) bajo condiciones de bioseguridad, de acuerdo a los procedimientos establecidos y remitir al Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (CENSOPAS) del Instituto Nacional de Salud (INS), del Ministerio de salud.

En los Establecimientos de Salud privados, M muestra biológica debe ser procesada en laboratorios autorizados por el Ministerio de Salud y que demuestre competencias técnicas evaluadas por el CENSOPAS del Instituto Nacional de Salud.

6.142. Cuando se identifique como fuente probable de exposición los alimentos de los programas sociales contaminados con plaguicidas, el personal de salud capacitado de las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud o su equdalenta debe tomar y remitir las muestras de alimentos o restos para su análisis respectivo en el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición (CENAN) del Instituto Nacional de Salud del Ministerio de Salud, previa coordinación.

6.1.4.3. Cuando se identifique como fuente probable el agua, suelo y alimentos procesados contaminados por plaguicidas. la Dirección Regional de Salud o su equivalente debe coordinar la toma de muestras ambientales y remisión para su procesamiento, en coordinación con la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud.

6.1.5. De Resultados de Laboratorio

61.51. Los resultados de laboratorio de las muestras biológicas, alimentos y ambientales según corresponda debe ser remitido en forma regular por el Centro

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NTS r 109 • MINSAIDGE VAI NORIMItiCNICADE SALUD QUEESTABLECE LANGILANCIA ELIDEItittóGICA EN SALUD PúblCA Da RIESGO

DE DítioSiCION E INTOXICACION POR PIAGUICIDAS

Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (CENSOPAS), Centro Nacional de Alimentación y Nutrición (CENAN) del Instituto Nacional de salud (INS) y la Dirección General de Salud Ambiental ( DIGESA) a la Dirección Regional de Salud del ámbito o su equivalente con copia a la Dirección General de Epidemiología del Ministerio de Salud

13.152: La Oficina de Epidemiología del nivel regional coordinará con el Laboratorio de Referencia Regional y con la Oficina de Salud Ambiental respectivamente para la disponibilidad de los resultados en forma oportuna.

6.1.11. Procesamiento y Control de Calidad da Datos

6.1.8.1. Los datos de las fichas de la vigilancia epidemiológica en salud pública del riesgo por exposición e intoxicación Aor plaguicidas debe ser ingresado y registrado en el aplicativo Nati-SPV.0.3 bajo responsabilidad de la oficina de Epidemiología o la que haga sus veces en cada nivel, según corresponda (local. regional).

6.16.2. Todas las unidades notfficantes de la red de vigilancia epidemiológica (local, regional), debe realizar el control de calidad de la ficha y de la base de datos de la vigilancia epidemiológica en salud pública del riesgo de exposición e intoxicación por plaguicidas, según M establecida

6.1.7. Análisis e interpretación de los dates

6,71. El anáFsS e interpretación de los datos de la vigilancia epidemiológica, debe ser realizado a través de los indicadores establecidos en la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas, según niveles de complejidad:

• En el nivel nacional y regional: los principales indicadores a utilizarse son:

Incidencia acumulada de intoxicación aguda por plaguicida, tasa de mortalidad, tasa de letalidad, tasa de ataque (situación de brota), tipo de exposición, lugar de ocurrencia, tipo de plaguicida, vla de exposición y causa de intoxicación y de los otros datos de factores de riesgos identificados, (Anexo 6.1,6.2 y 6.3).

• En el nivel local. Los principales indicadores a utilizarse son:

Número y proporciones de casos probables y confinados por intoxicación por plaguicidas, tipo de plaguicidas identificados. tipo de exposición, proporción de casos que no usan equipos de protección personal, y de otros factores de riesgo identificados (Anexo 6.2).

6.1.7.2. El análisis de la información debe ser complementada con otras fuentes de información en coordinación con la oficina de Estadistica e Informática (Sistema HIS, egresos hospitalarios, Defunciones, etc.) y de otras dependencias técnicas del sector salud y de otros sectores involucrados.

11.7.3. El nivel de desagregación de los datos de la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por plaguicidas, en el nivel regional, debe ser realizado asta 1 n el de localidad, o ámbito jurisdiccional del establecimiento de salud, lo que permitirá identificar las zonas de mayor riesgo por la magnitud o severidad de las intoxicaciones por plaguicidas y de los factores de riesgo identificados.

6.1.7.0. En el nivel nacional la desagregack5n de la información debe ser realizado, por departamentos, provincias y distritos, lo que permitirá identificar y estratificar los riesgos según niveles.

e

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wrste409 -IIIIISA1DGE 11.01 NORENTECNICA DE BALDUQUE ESTABLECE lAVIGLANCIA ENDENIOLáGICA EN SALUD EMIDCA DEL RIESGO

DE INPOSICIC/I E INTOXICACIóN ?CR MAGUICIDAS

6.1.7.5. La Oficina de Epidemiología del nivel regional debe evaluar la vigilancia epidemiológica en salud pública de riesgo por exposición e intoxicación con plaguicidas en su ámbito y proponer cambios y mejoras

6.15Difusión da la Información

61.11. El responsable de la Dirección de Epidemiología en coordinación con la dependencia técnica del nivel regional, debe remitir en forma semanal un reporte de vigilancia, con un análisis básico y recomendaciones para orientar la intervención en prevención y control.

6.18.2. La retroalimentación de la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas debe ser difundido mediante boietines, repodes epidemiológicos, y otros que deben ser generados por la Dirección de Epidemiologla o la que haga sus veces a nivel regional y local; y socializar la información a otros sectores involucrados_

6.183. El informe técnico, alertas, sala de situación debe ser difundido en cada uno de los niveles respectivos. En et nivel nacional se difunde a través de la página web de la Dirección General de Epidemiología. MI Mili ob.oel

118.4. Son usuarios de la información generada de la vigilancia epidemiológica en salud pública de riesgo de exposición e intoxicación por plaguicidas, las dependencias técnicas del MIMA (Dirección General de Salud de las Personas, Dirección General de Promoción de la Salud, Dirección General de Salud Ambiental, DIGEMID, Oficina General de Comunicaciones, etc.), del SIS, Instituto Nacional de Salad (CENSOPAS y CENAN), Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales I coro iros sectores (Ministerio de Agricultura- Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, Ministerio Público - Medicina Legal, Ministedo del Ambiente, Sociedades Científicas) y de otras instituciones públicas y privadas

63. DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA CENTINELA:

63.1. Las Direcciones de Salud - DISA de Lima, las Direcciones Regionales de Salud-DIRESAs o Gerencias Regionales de Salud-GERESAS, o los que hagan sus veces, deben seleccionar a los establecimientos de salud (Centro u Hospital) para la vigilancia centinela según los siguientes critedos:

a) Ubicación en áreas de riesgo por exposición a plaguicidas.

b) Centro que cuente con un responsable de epidemiología debidamente capacitado.

c) Condiciones que garanticen fas actividades regulares de esta vigilancia: personal, loglstica, medios de comunicación, eta

6.2.2. En el nivel de las DISANDIRESANGERESAs o la que haga sus veces, deben garantizar la designación oficial del centro centinela y del personal de salud responsable de la vigilancia epidemiológica en su ámbito junsdiccional; asl como el monnortio y supervisión de todos los componentes de la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoecación por Plaguicidas.

6.23. El Director General de cada DISNDIRESNGERESA, debe remitir a la Dirección General de Epidemiología el nombre y ubicación de los establecimientos de salud seleccionados para la vigilancia centinela.

6.24. El establecimiento de salud del primer nivel de atención (micrerredes y redes de salud), debe coordinar con los gobiernos locales y gobiernos regionales para incluir la participación de la comunidad y redes sociales en la Vigilancia Epidemiológica del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas.

625. El personal de Salud responsable de la vigilancia epidemiológica centinela del establecimiento de salud, debe identificar a la persona o personas con exposición o intoxicación por plaguicidas a través de tos enteres de alerta en la atención de los

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NTW IP 109 MIRRA ID« V.01 SORDA TÉCNCA DE SALMO QUE ESTABLECE LANGRANCLO EPIDEMICARGICA Pi SALUD PÚBLICA DEL SESGO

DE EXPOSICION EPOOXICAOMI POR PLAGUICIDAS

servidos de salud (consulta externa, servicio de emergencia, hospitalización y otros) y debe registrar los datos en los instrumentos establecidos (Anexo 4).

6.2.6. El persona/ de salud responsable de la vigilancia centinela de la DISA / DIRESPJ GERESA en el ámbito gional d ti remitir a la Dirección General de Epidemiología la notiftración semanal y obligatoria de los casos probables y confirmados de las intoxicaciones por plaguicidas en Os instrumentos establecidos en la presente norma. De no presentarse casos al momento del reporte debe realizarse la notificación negativa.

6.27. En la notificadón de casos por exposición e intoxicación por plaguicidas debe utilizarse las definiciones de caso contenidas en la presente Norma Técnica de Salud.

62.6. El control de calidad de los datos registradas en los instrumentos establecidos en la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposdón e Intoxicación por Plaguicidas, debe ser realizado por el personal de salud encargado de la vigilancia epidemiológica del centro centinela o jefe de los establecimientos de salud centinela según corresponda_

6.2.9. E/ procesamiento y análisis de los datos de la vigilancia epidemiológica, debe ser realizado por el personal de salud responsable de la vigilancia de los centros centinelas de las Oficinas de Epidemiología de las DISAs/ DIRESAs/GERESAs o b que haga sus veas en el ámbito regional, as' mismo coordi rá co otros sectores involucrados para obtener intormadón complementaña.

62.10. El centro centinela seleccionado, debe realizar en forma activa N investigación epidemiológica en cada situación de alerta enunciadas anteriormente, revisión de otras fuentes de información y deben ser registradas en la ficha de investigación epidemiológica establecida (Anexo 4).

6.211. En situación de brote por intoxicación con baguiddas en poblaciones cerradas, insauciones educativas o en comunidad, debe ser notificado inmediatamente e investigado, incluyendo para la confirmación de casos, la toma y remisión de muestras biológicas, alimentos, o muestras aMbientales a las dependencias técnicas mencionadas anteriormente, según corresponda.

61.12. El responsable de la oficina de Epidemiología y de los centros centinela en coordinación con las instancias respectivas del nivel regional, deben remitir un reporte semanal de la vigilancia, con un análisis básico y recomendaciones para orientar N promoción. prevención y control a fin de disminuir los riesgos de las intorscadones por plaguicidas_

6.2.13. La difusión de la información de la vigilancia epidemiológica en salud pública del riesgo de exposición e intoxicación por plaguicidas del centro centinela, debe difundir mediante boletines, infames técnicos, presentaciones u otros que sean generados por la oficina de Epidemiología en las DISARDIRESAs/GERESAs y sodabilizados en los diferentes niveles.

6.2.14. La Dirección de Salud, Dirección Regional de Salud o las que hagan sus veces en el ámbito regional, debe mantener activo el equipo de Alerta - Respuesta, con dsp 'tad d data d integ ante , te triado d br te d contingencia por intoxicación con plaguiddas

6.2.15. El Ministerio de Salud a través de la Dirección General de Salud de las Personas - Estrategia Sanitaria Nacional de Vigilancia y Control de Riesgos de contaminación con Metales Pesados y Otras Sustancias Garnicas es responsable de brindar asistencia técnica a los responsables de la estrategia regional de metales pesados y otras su tan 'as quí p I temió d los d into }cajón por plaguicidas.

10

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Disté igg -NDISAIDGE Vol NORMAItCNICADE SUMIDOS ESTABLECE L4 VIGILANCIA EPIDENIOLóGIGI EN SALUD PUBLICA DEL RESG0

DE EXPOSIC1011 E IIITOXICADON POR PLAGUICIDAS

6.3. DE LA ORGANIZACIÓN

La Dirección de Salud de Lima, Dirección Regional de Salud o la que haga sus veces en el ámbito reMonal deberá garantizar que todos los establecimientos de salud implementen la Vigilancia Epidemiológica en Salud Publica del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas, y deberán trabajar en forma coordinada e interrelacionada en todos los niveles, mediante tos procesos establecidos en la presente NTS.

6.4. DE LA GESTIÓN

• La Dirección de Salud-DISA, Dirección Regional de Salud-DIRESA o la que haga sus veces en el ámbito regional, así como las redes, microrredes y establecimientos de salud del nivel nacional deben incorporar en su plan operativo las acciones la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas, e implementadas para garantizar su cumplimiento, así como el monitoreo y evaluación correspondiente.

• La DISA, DIRESA o la que haga sus veces en el ámbito regional, así como las redes, microrredes y establecimientos de salud del nivel nacional coordinarán con otras instituciones de salud para la implementación de la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación pm Plaguicidas y notifiquen en forma regular según lo establecido en la presente norma técnica de salud.

• Las DISAs, DIRESAS o la que haga sus veces, implementará tos centros centinela de vigilancia epidemiológica en salud pública del riesgo por exposición e intoxicación con plaguicidas, en el establecimiento de salud seleccionadcr, y deberá promover a nivel de los establecimientos de salud del primer nivel de atención, el desarrollo de mecardsrnos organizados de vigilancia comunal para identificar las intoxicaciones por plaguicidas, involucrando a los actores sociales.

6.5. DEL FINANCIAMIENTO

• La Dirección de Salud, Dirección Regional de Salud o la que haga sus veces en el ámbito regional y otras instituciones que integren el sector salud, garantizarán la implementack5n y funcionamiento de la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas según sus !unciones.

Las clínicas y otras instituciones de salud privadas, deberán garantizar el financiamiento según su disponibilidad para el funcionamiento de la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas, en el marco de sus competencias.

• La DISA, DIRESA o la que haga sus veces en el ámbito regional, promoverá el apoyo privado y de la cooperación externa, para la implementación y funcionamiento de le Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas, en el marco de sus funciones en concordancia con las prioridades idenfificadas en cada niveL

VII. RESPONSABILIDADES

7.1. NIVEL NACIONAL

7.11. E Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Epidemiología es responsable de difundir la presente Norma Técn'ca e Sal d hasta el nivel regional, de brindar la capacitación y asistencia técnica a las DISAS de Lima, DIRESAS y GERESAS o lo que hagan sus veces en el ámbito regional, as' como de la supervisión de su cumplimiento.

11

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NTS 109 TENSA I DGE Vol NORMATECNICADESALUDOUE ESTABLECE LANGILMICID EF1DF_MOLóGUENSALUDMIBI1CADIS.PJEGIO

DE 151POSICION E INTOXICACIMI PORMADDICGAS

7.12. El Instituto Nacional de Salud, a través del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud y el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición (CENAN) es responsable de brindar asistencia técnica y control a los Laboratorios de Referencia Regional y laboratorio de hospitales centinelas de las DISAs/DIRESAS y GERESAs en el diagnóstico de plaguicidas; y de la supervisión de su cumMrniento en la Red Nacional de Laboratodos de Referencia en Salud Pública en el país

7.2. NIVEL REGIONAL

7.21. Las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces en el ámbito regional, a través de N correspondiente Oficina de Epidemiologla es responsable de difundir la presente Norma Técnica en Salud en su ámbito, así como de brindar asistencia técnica al personal de salud de todos los establecimientos de salud, en especial a los establecimientos seleccionados para la vigilancia centinela, y de la implementación, supervisión y evaluación.

7.22. El Laboratorio de Referencia Regional es responsable de brindar asistenda técnica y supervisar al establecimiento de salud centinela en la adecuada obtención de muestras.

7.3. NIVEL LOCAL

El Jefe del establecimiento de salud (puestos y centros de salud, hospitales e Institutos) públicos y privados, y Directores de redes y microrredes de los servicios de salud son los responsables de la implementación, difusión y aplicación de la presente Norma Técnica de Salud en su establecimiento y jurisdicción sanitaria respectiva.

X. ANEXOS -

• Anexo 1: Plaguicidas Restringidos y Prohibidos en el Pais.

• Anexo 2: Diagrama de flujo de notificación e investigación de casos de la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas.

• Anexo 3: Ficha de notifirartn semanal: Registro Semanal de Notificación Epidemiológica Individual de la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas

• Anexo 4: Ficha de Investigación de la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas.

• Anexo 6: Ficha de Investigación de Brote por Intoxicación con Plaguicidas.

• Anexo 6.1: Indicadores de la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas.

• Anexo 6.2: Indicadores de la Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicad/Di por Plaguicidas; Indicadores para la caracterización de las intoxicaciones por plaguicidas.

• Anexo 6.3: Indicadores de la Vigilando Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e Intoxicación por Plaguicidas: Indicadores del cumphmMnto de las acciones de vigilancia epidemiológica.

IX. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

1. Ramírez, J. A. y Lacasaña, M. Plaguicidas: Masificación, uso, tozicologia y medición de la exposición. Cuernavaca, México: Arch. Prev Riesgos Labor; 2001;4(2).67-75

12

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PIES W 40/ -IMISAIDGE V.O1 NORMA TECNICADE SALUD JE ESTABLECE LVAGIUNCIA EPIDEBOLOWCA EB SALUD POMBA DEL RIESGO

DE E(PCISICH511E1IfffIXIC/CióN POR PLAGUICIDAS

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17. Ministerio de Salud. Instituto Nacional de Salud. Centro Nacional de Alimentación y Nutrición. Protocolo de laboratorio. Lima - Peri), 2010.

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13

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n».401 .111INSAJDOE Vil NORIMTÉMINADE SAUDQUE ESTABLECE LANGILANCP EPIDEN10141610A EN SALUD P61211CA DEL RIESGO

DE EXPOSIONIEDITONCACIMI POR PAGDICIDAS

19. Gobernación de Huila Secretada de Salud Departamental Evaluación de indicadores de eventos de salud pública. Informe 2010. Departamento de Huila, Colombia.

20. Ministerio de Salud. Dirección General de Epidemiologia. Noti-SR V.03, aplicativo informático vigente, para la nolificación de enfermedades o eventos de notitcadón obligatoria en el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, 2006, actualizado 2011, Lima peni. Disponible en el portal VVeblablivavw.dqe.gob.peNe toolabl>

21. Ministerio de Sabd. Remito:lin Mintstedal. RM 546-201UMINSA NTS N°021- MINSNDGSIAVID3 Norma Técnica de Salud "Catenaria de Establecimiento del Sector Salud', 2011.

22. Salcedo A, Diez S, González J, Rodriguez A, Varona M. Exposición a plaguicidas en los habitantes de la ribera del do Bogotá (SuesCa) y en el pez Capitán. Rev. Cienc. Salud 2012; 10 (Especial): 29-41.

23. Ministerioe Salud Resolución Ministerial 601-2012/MINSA que aprueba b Norma Técnica de Salud que establece el proceso para el desarrollo y Evaluación del Análisis de Situación de Salud en los ámbitos nacional y regional.

14

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WISIg409 4111IMIDGE V.01 NOMIATÉCNICA DE SALUD QUE ESTABLECE LAVIGIANCZ FYIWIIIDLCOICA MALO') PUBLICADO. RIESGO

DE EWOSICION E INTOXICAC✓11 POR PLAGUICIDAS

ANEXO 1 Plaguicidas Agrícolas Restringidos y Prohibidos en el Perú

(Nombre común del Ingrediente activo)

1. PtatIUleldal

Neabin9ldos:

Plaguicidas Restringidos Indlcadones

Arsenioles Solo para ser usado en cultivo de algodón

Aldicarb Solo de uso registrados

Paraquat Agregando sustancia emética, color, olor

Metamidof os

Uso de disolvente etilenglicol y/o dletilenglicol, envases de

COEX o polietileno de alta densidad de inclusión de un folleto de

uso y manejo seguro.

Fuente: Mnisterlo de Agricultura - SENASA: Insum Agropecuarios e Inocuidad Agroallmentarl, 2011

g. Plaguicidas agótelas Prohibidas

plagemen prohibirlos Nombra Común

Aldiin Captafol

Endrin ClOrobencilato

Oieldrin Hexaclorobenceno

BHC/HCH Pentaclorofenol

CanfeclorofFoxafeno Clordano

Dibromuro de efien0

DDT Clordianeforrn

Parathion elilic0 Compuestos de mercurio

Paraihion metifeo Fasfamkion

Monocrotofos Lindan

Binapacril Mirex

Dinoseb Sales de dinoseb

Fluoroacetamida DNOG (dinitroodo cresa

Heptacbro Oxido de efieno

Dido ro de &llena Fuente !Insten° de Agn SBIASA asomos Ag OS e dad Agroah r1a, 2011

15

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_ NTS 2E 409. PIUSA/ IMF Vol NORMA TÉCNICA DE SALUD OYE ESTABLECE LA 1901LISICIA ESIDEMIOLDGKA EN SALUD PÚBLICA DEL RIESGO DE EXPOSICIÓN E INTOXICACIÓN POR PLAGUICIDAS

ANEXO 2: DIAGRAMA DE FLUJO DE NOTIFICACION E INVEST OACIÓN DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA EN SALUD PÚBLICA DEL RIESGO DE EXPOSICION E INTOXICACIÓN POR PLAGUICIDAS

O S Yo blod o:~ elan • CRS ROO O RES COZ SSP San" ISM° ROO

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NTS N°499 MINSA I OGE V.01 NORPMTÉCNZA DE SALUD QUE ESTABLECE LA VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA EN SALUD RALEA DEL RIESGO DE EXPOSICION E INTOXICACIÓN POR PLAGUICIDAS

ANEXO 3: REGISTRO SEMANAL DE NOTIFICACIÓN EPIDEMIOLÓGICA INDIVIDUAL

~urna dENIANAL SOTIFICA0áN EPIDEMICILdUlea INDIVIDUAL D la VIGILeNCIAEPIDIIMIOLOGI A Su- o POs Ir+

17

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NEW 901. - ENEA IDEE VII NORMA TÉCNICA DE SALUD QUE ESTABLECE LA VIGIL4.NQA EPIDEJAIOLEGICA EN SALUD PULIDA DEL RIESGO DE

POSIC1511 E 111TDMCACIEIPORPIAGUICIDAS

ANEXO 4. FICHA DE INVESTIGACIÓN EPIDEMIOLÓGICA

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UPOSICIóN E INTOXICACION POR PLAGUICIDAS

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If 409 - ~AME Vil NOP" TÉCNICA DE SALUD QUE ESTABLECE LA VIGLANCIA EPIDEPAKILMICA EN SALUD KIBLICA DEL RIESGO DE

OPOSICIÓN E 11410X1CAC✓N POR PLAGUICIDAS

ANEXO 5

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Lec elded doridc se ~lujo S Brote _ ueau Prev

E BREvE DEscr•PCION DEL Mare a pedfiqua bpsr. N' de personas 'Momead/u; grupa de edad (4pala cievkla).2exa,felefilei,

6666 de plaguicida Itlentlficado. tipo de ntoalc.X..sn. &Ir:avenad de ea ntex nao«, tasa s ~lie Ie a

nr. mvernsacióN onsuadwogia em pisada)

31

ande dll"..r cal". reputo

32 Fecha del rapan del prill.I. ~Bac 6 J LOCeidad Dafrat Provhela

A.660.66.66.1€61.6oldwados te66•6•611the de 166661166616.664~1.(parnal 66166•66emilicalneYelae,“.~6~,)

da PrO66616 austamkt WILIalante de16666206666511

F3.4 Concemireclin del piepukkka as C.InWid visada e.smrm Be neto

35 Ellí66166*!666666616"66atal al puy1W- 3.13 13~661-6 de pra blia ena al plaaulddX

36 Tpll da E(paBklan

37 PC.14615711° "11643°6131nlela d" be."thd af"‘lada-

a e unEr de ceurremo as Wats Urbana11 atent ni■rfoul E ] 11~10.trpelna 1 j be ;,:cakken ,am,,,,,~ 1 I

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20

Page 23: RM649_2014_MINSA_b

ms r l°% MiNSAIOGE zei 1402.116766111CA DE SALUDQUE ESTMLECE 1-414GILOICIA EPIDEMIOLOGICA EN SALUD POBLICADEL RIESGO DE

DPOSIC21111 E INTOXICACI611 POR PLAGUICIDAS

N. OCURRENCIA DEL 9107E POR 11170133631623N CON PLAGIADAS: Marque con una X tma o inis opciones

CONEICIONES It6B3LRAS SI 140 ACTOS DISEGUFOS SI lb

1.0431 estado de 4423374 714 12243134" 1 3 i 1 1. Uso de equipes de P141444631 114722421 [ 1 1 1

2. Envase hadecuado del producb quirico [ ] 1 3 I Comar duranb b 404441131 44 029214634 3 3 3 I

3. Orden de 13greso a carpo 34442331433312/20 1 ] 1 i 3. Fumar durante la apicaciOn de pbguicidas [ 1 [ 1

4. Paracenadento inadecuado de productos qukthes 1 1 1 ] 4. Uso 4376262c° de envases de plaguicidas [ 1 1 1

5. Falta de señalzacien 1 1 1 1 E Estado de 442119247 [ 1 í 1

6. 1.-zela y n2envase de preclucbS [ 3 [ 1 6. Mento de sokldia [ ] [ 3

] Daños blencitnabs al ant4anle 1 3 1 1 7. Intento por honic232 1 I 1 1

a. oupsospecmcarr & Consumo de produdos conbninados 1 3 [ 3

9 aourpla con recomendaciones indcadas 3 1 1 1

/O 11 Otros(especificar) [ 1 [ 3

II 11 3 1 E 1

ACCI018117341.12ADAS: Indicar 1 cantidad) ACC101121 RECO/AGENDAS

I. Búsqueda aeba / nuevos casos

2. Educacihn a personas expuesla3

a Exámenes de laboratorb

2

3

4. Llenado de fichasIndviSoales 4

5. brome técnico 5

%sanas 2331430312es en b hvesfigación e htervenciSn del brola 1321116:43246

Observaciones: alada una hoja affebnalsi lo consdera necesario con bs resultados:

Nortbre del Responsable huestigacihn Hm.

143333233 1 Enfermera I 1 Técnico 1 ] Fono/Cel

21

Page 24: RM649_2014_MINSA_b

Huir 409.11iNSAIDGE VAI NORMA TÉCIOCA DESALO/00E ESTAILECE LAMILVICIA EPIOBBOLÉGICAEN SALUD PúBLJCA Da RIESGO DE

ES•P0SICI600 E INTOXICACK5/1110f1PLAGLICIDAS

ANEXO al

Indicadores de la Vigilancia Epkiemloiógica en Salud Pública del Riesgo de Exposición e intoxkación por Plagukides

Indicado/ Dalos Requeridos construcción del Indicador

Incidencia acumulada de imapeaeln aguda por pbguiddas

Número de casos nuevos por interdeaden con plaguieJdaS

1A1PellOmero de tasas nuevos por InlogieraCión aguda con plaguitidas (bealidad, doblo, Región)/ Pobbrión ring dada en un peeedo che heme° x 1000 a 10;000 ó 100 000 habliantes

Tasa de Hospealizatian NOmeno de casos bospealizadas ideellsados con exposidón a int:secas:en con ebealeess)

lelPeleamero ale hospeakzados pes intoxicación aguda con ',hojeadas notileados en ia SE(bealidad, distrae. Región)/ nobletión ripiada en un periodo de tiempo x 1000 a 10.000 é 100000 bebe-ante

Tasa de mortalded Würnera de muertes por ktoxicación con plaguicidas según letalidad, diSbiro, neginn a 91ePs de edad

dbleNürnew de muertes pa inleadeadda con plaguicidas/ Pobladán de la repatead, libtrib, región o grupo de edad 1,000 6 10.000 6 100 000

Tasa de Lela:kiwi Nenes, de fallecidos de Intoxicación por plaguicidas

itl./amero de dele:edenes pos listesteseción con plaguicidas en un periodo ee [Temps / Casos eopuestos e Inlecdcados en el mimo periodo x 100

Tasa de Pleque (situadas de brote) genere de perSOnaSIntorkada5 por rtaguiddas en una pobbffin determinada y padode de tiempo

TAeNdrrier0 de pellones int0PicarlaS en un perbdo de tiempo y lugar) Cases enuestos en &mismo pedo& x 100

22

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irme A09 .MDMAIDGE Vol NORIA TÉCNICA DE SALUDCMESTABLECE. LA VIGLUICIA EF1DEMOLOGICA EX SALUD PUBLICA DEL RIESGO DE

EXDOSIC)DS E INTOXICACIÓN POR PIAGWCIDAS

Anexo 6.2.

Indicadores pan la caracterización de las Intoxicaciones por Plaguicidas

Indicador Datos Requeridos Construcción del Indicador

Prticilltial por tipo de ptagulcidas Identificados según

110 quinto

Tipo de plaguicidas ide según salpa qulmica

Vi— Tpo de plagundas xlenbracados según grupo é:étnico / Total de expuestos x100

Proporción por lugar de ocurrencia

idenakaelon del lupa de mimada en la exposición al ptagoicga

%a Lugar de aelluencia de la exposición al plagullidat Total de Intoxicados x 100

PrOpOrtión Según la ~stands de exposición en ilinI101(1410011115 por Plaguicidas (Ocupadonal y No madona

idenfficecien de la ciroanstancias de la exposición en las inloxicadones por plaguicidas: Laboral. acildental no

% Distritución de las circunstancias de exposición al plagulcidalTotal de expuesbs o intoxicados x lag

1 baralt gol lag limtmiall

PnDpareldri según área 900gráfka

Identificacien de áreas geográficas de nesga según drounstanclas de b exposidón al pbstUlckla

96s Idendécación de áreas geográficas de Peno según distribución de las circunslandas de la exposición al plaguicida/Total de los expuestos o intoxicados s1011

Proporelln de distritos/ localidades en riesgo

Mango/ación de distritos/ bcalidades en riesgo según circunstancias de b exposición al plaguicida

,I= Identikación de distraourlocalidades en riesgoSegún disbibudón de las cirosistanclas de la exposición al plaguicida/Total de los expuestos o intoxicados x 100

Proporción de ion según género

Número de personas intoxicadas sepan genero

912N/imano de personas agotadas según género, Total de btaxicados x 100.

Pnopordán de casos según 9111P0 de edad.

Número de personas intoxicadas legran grUpos de edad

%é—Húmero de personas inkadcadas según l'upen de edad) Total de intoxicados: lid.

Tiempo de expasiolón al PlagUicida (e)

Terno de exposición al phigUickla en un determinado enbilla

T,E.3 Tempo de expoSicién al plagadda oigan circunstancias de expOSición al plagukádo

Prepararan de la dbinlareida y CararlerlSbell dirliCaS de los intoxicados

Caradorelicas tilingas de los intoxicados por plaguicidas

)6=Ntlinella de personas bbileadáS según caraeleristIcas canicas .1 Total de hl:aleaciones atencklas en el ealthleeingent0 de salud x100

Identificación de no uso de equipos de protección peatonal

Número de intoitiCadOS par plailUggas notificados gua no usen pulid de protección persona

% Número de personas inteleal~ que no usan equipos de proteecién personal /Total de expuestos o intoxicados x 100

PrOpYrión de casos identfficados con buenas prácticas en el maneto de plagUICidaS

Número de casos con buenas praClarta5 en el manejo de plaguicidas

%= klentikaden de casos con buenas créalos en el maneto de plaguicidas/ Total de exptieTlos o Intoxicados 5100

23

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NTS tA b99 41INSAIDGE Vol NORMA 'ESPIGA DE SALUD QUE ESTABLECE LA MAMOLA ENDEINOLAGICA ENEA= PSDUCA DEL RIESGO DE

lEIPOSICIME ISTOECOARSN POS PLAGUICIDAS

ANEXO 6.3

Indicadores da sissIONS•nto de b 611Plosola Epidemiológica en Salud Pública del Riesgo de Expooklés e lakodcación por Plaguicidas

Indicador Datos Requeridos Conelnodón del Indicador

PIWOrtión de casos notificados porintobicacion con plaguicidas con boba clinica epidemiológica

Número de casos imbricados pa blosioadon con plaguicidas ca ficha chilles ecklemiolLgka

%• Número de tasas notificados per inkodesción por

Piaguidebs con Fide dl ca epldemiolIslea /Total de

casas notificados por 'nimbados con 020[1213S X100

PMPOrtión de ~dan de hiero aciones de SANConero de situación de alertas by a con seguisiento 1 Total de Ablación de ajena identheada x briA

- I vestgad

Proporsón de MlleStIZS de labonlorio tornadas según Aral,/ locardad

Número de muestras confinnactas par laboratodo

%billmaro de muesbas confinnaln por Aborakdat Total de casos noblIcadas con muestra x tes

Repartid] de brotes esa identificadas e inves -

Número de &ales Identificados e - ados

%= Brotes bovesligados 1 mai de t'Arte identificados x IDD

24