Date post: | 23-Jan-2016 |
Category: |
Documents |
Upload: | antonio-bustos-carmona |
View: | 273 times |
Download: | 3 times |
Rosario del Carmen Guerra MacedoVocal del Tribunal Registral
EL CÓDIGO ÚNICO CATASTRAL INSCRIPCIÓN REGISTRAL
BASE LEGAL
1.-Ley Nº28294 que crea el SNCP. 2.-Decreto Supremo N°005-2006-JUS:
“Reglamento del SNCP”. 3.-Directiva Nº 001-2006-SNCP/CNC: Que
aprueba “Los rangos de los Ocho primeros dígitos del Código Único Catastral – CUC”.
4.- Resolución Nº 01-2010-SNCP/CNC: Que prueba “La Guía del Código Único Catastral – CUC”
5.-Resolucion Nº 04-2010-SNCP/CNC “Requisitos para la inscripción del CUC.
Directiva 001-2007-SUNARP/SN Viabiliza la anotación preventiva de saneamiento catastral registral
Es el inventario físico de Es el inventario físico de los predios orientado a los predios orientado a
uso multipropósitouso multipropósito..
EL CATASTRO
Esta constituido por la suma Esta constituido por la suma de predios contiguos que de predios contiguos que conforman el territorio de la conforman el territorio de la República, a los cuales se le República, a los cuales se le asigna un Código Unico asigna un Código Unico Catastral (CUC) con Catastral (CUC) con referencia al titular del referencia al titular del derecho de propiedad del derecho de propiedad del predio.predio.
Instituto Geográfico Instituto Geográfico NacionalNacional
Plan Nacional de Catastro
INEI
..
..
..
REGISTRO REGISTRO
DE PREDIOSDE PREDIOS
CUCCUC
Generación de rangos, asignación e inscripción del CUC
ENTIDADES ENTIDADES GENERADORAS DE GENERADORAS DE
CATASTROCATASTRO
SECRETARIA TÉCNICA SECRETARIA TÉCNICA DEL SNCPDEL SNCP
ASIGNA RANGO DE ASIGNA RANGO DE NÚMEROS PARA CUCNÚMEROS PARA CUC
ASIGNA EL CUCASIGNA EL CUC INSCRIBE EL CUCINSCRIBE EL CUC
ENTIDAD GENERADOR
DE CATASTRO 1
ENTIDAD GENERADOR
DE CATASTRO 2
ENTIDAD GENERADOR
DE CATASTRO 3
100000001000000000000000
199999991999999900000000
..
..
..
200000002000000000000000
299999992999999900000000
..
..
..
300000003000000000000000
399999993999999900000000
..
..
..
MunicipalidadesMunicipalidades
CODIGO UNICO CODIGO UNICO CATASTRAL - CUCCATASTRAL - CUC
¿QUE ES EL CUC?¿QUE ES EL CUC?Es un identificador alfanumérico predial compuesto de 12 dígitos que vincula la información catastral con el Registro de Predios. 1 2 3 4 5
678910
A
48 498 892 - 000048 498 892 - 000048 498 891 - 000048 498 891 - 0000
1
CODIGO UNICO CATASTRAL -CODIGO UNICO CATASTRAL -ESTRUCTURA DEL CUCESTRUCTURA DEL CUC
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Rango por Distrito Unidad Inmobiliaria
44 88 44 99 88 88 99 22 00 00 00 1100 00 00 0000 00 00 2200 00 00 3300 00 00 44
Los primeros 8 dígitos corresponden al rango secuencial por Distritos aprobados por Directiva Nº 01-2006-SNCP/CNC.
Los últimos (4) dígitos corresponden a la numeración secuencial y correlativa del 0001 al 9999, Se asignan a las unidades inmobiliarias físicamente independientes y predios en propiedad horizontal sujetas a los regímenes de la Ley Nº 27157.
00 00 00 55
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10Av. M
iguel Grau
Av. Bolognesi
Jr. M
ariano M
elgar
Jr. Alfonso Ugarte
48 498 891 - 000048 498 891 - 0000
48 498 892 - 000048 498 892 - 0000
ASIGNACION DEL CUC POR LOS ASIGNACION DEL CUC POR LOS ENTES GENERADORES DE ENTES GENERADORES DE
CATASTROCATASTROSe asigna el CUC a cada predio físicamente definido como una unidad inmobiliaria.
ASIGNACION DEL CUC POR ASIGNACION DEL CUC POR LOS EGCLOS EGC
Se asigna el CUC a cada sección de propiedad exclusiva y propiedad común (caso edificio).
48 498 899 - 000048 498 899 - 0000
Av. M
igue
l Gra
u
Jr. Alfonso Ugarte
48 498 899 - 000048 498 899 - 0000
48 498 899 - 000148 498 899 - 000148 499 898 - 000248 499 898 - 000248 498 899 - 000348 498 899 - 0003
48 498 899 - 000448 498 899 - 0004
48 498 899 - 000548 498 899 - 0005
48 499 898 - 000648 499 898 - 0006
ASIGNACION DEL CUC EN ASIGNACION DEL CUC EN DERECHOS DE SUPERFICIEDERECHOS DE SUPERFICIE
En los casos que se hayan constituido derechos de superficie se asigna un CUC al terreno y otro a la edificación
48 498 899 - 000048 498 899 - 0000
Av. M
igue
l Gra
u
Jr. Alfonso Ugarte48 498 980 - 000048 498 980 - 0000
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Av. Miguel Grau
Av. Bolognesi
Jr. M
aria
no M
elga
r
Jr. Alfonso Ugarte
48 498 897 - 000048 498 897 - 0000
7A
º7B
48 498 901 - 000048 498 901 - 0000
48 498 902 - 000048 498 902 - 0000
ASIGNACION DE CUC EN ASIGNACION DE CUC EN INDEPENDIZACIONESINDEPENDIZACIONES
1
2
3
4
7
8
9
10
Av. Miguel Grau
Av. Bolognesi
Jr. M
aria
no M
elga
r
Jr. Alfonso Ugarte
48 498 896 - 000048 498 896 - 0000
48 498 895 - 000048 498 895 - 0000
5
6
48 498 903 - 000048 498 903 - 0000
ASIGNACION DE CUC EN ASIGNACION DE CUC EN ACUMULACIONESACUMULACIONES
NO se asigna CUC a aquellos predios que a la fecha de la entrada en vigencia de la Ley 28294 sea materia de proceso judicial en tramite respecto de la definición de áreas, lindero y medidas perimétricas hasta que dichos procesos hayan culminado.
LIMITACION
Entes Generadores de Catastro - EGC
ASIGNACION DEL CUC EN ASIGNACION DEL CUC EN ZONAS CATASTRADASZONAS CATASTRADAS
Plazo 2 días
Plazo 30 días
ASIGNACUC
Comunica a las ZR los CUC que el EGC a asignado
EGCAsigna el CUC (según rangos solicitados al
SNCP)
Zonas Catastrados
Verificador Catastral
Titular Catastr
al
SolicitudPlano GeoreferenciadoFicha catastralDeclaración Jurada No PJDocumento de propiedad
Entidad Generador
a de Catastro
Zonas Catastrada
En zona no catastradaEn zona no catastrada
48 498 895 - 000048 498 895 - 0000 Plazo 40 días hábiles
ASIGNACION DEL CUC EN ASIGNACION DEL CUC EN ZONAS NO CATASTRADASZONAS NO CATASTRADAS
INSCRIPCIÓN DE CUC EN EL INSCRIPCIÓN DE CUC EN EL REGISTRO DE PREDIOS: Ley REGISTRO DE PREDIOS: Ley
2829428294LA INSCRIPCIÓN DEL CUC ES
OBLIGATORIA PARA INSCRIBIR CUALQUIER DERECHO DEFINITIVO
SI NO CUENTA CON CUC SE ANOTA PREVENTIVAMENTE
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
Rango por Distrito Unidad Inmobiliaria
44 88 44 99 88 88 99 22 00 00 00 1100 00 0000 00 0000 00 0000 00
INSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DEL CUC: Reglamento de La Ley 28294
A) Zonas Catastradas y sobre predios inscritos en el Registro de Predios.
B) Exigencia: Una sola vez salvo cancelación o modificación.
C) Casos de modificación de predios e independización sin determinación de área remanente, acompañado de planos georeferenciados, con informe de catastro
Anotación de duración indeterminada A solicitud del presentante Cuando sea exigible la inscripción. No se haya cumplido con presentar la
documentación. Reserva prioridad y advierte la falta de
información catastral. Durante su vigencia no se inscribe acto o
derechos incompatibles. Necesita calificación positiva del
Registrador Tasa: 1 UIT vigente al 1 de enero
CONVERSION EN DEFINITIVA
Presentación de planos debidamente georeferenciados con las coordenadas en el Sistema de Referencia Geodécima Oficial vigente y el CUC.
Debe verificarse si preexiste la anotación preventiva, de no existir debe extenderse de oficio.
Saneamiento catastral: D.S. 005-Saneamiento catastral: D.S. 005-2006-JUS2006-JUS
DEFINICIÓN: Conjunto de procedimientos técnicos y legales que se ejecutan de manera progresiva, a fin de rectificar las inexactitudes y actualizar la información registral de un predio, adecuándola a la realidad física del mismo.
Esta a cargo de la SUNARP
Art. 3 del DS N° 005-2006-JUS
SUPUESTOS: Predios Inscritos en el RdP:
Zonas Catastradas Zonas no Catastradas: Con Verificador
Catastral Existencia de discrepancias
entre la información registral y catastral
Documentación a presentar
Plano catastral referenciado al Sistema de referencia Geodésica Oficial al que la entidad generadora le ha asignado el CUC y, según corresponda,
Hoja informativa o de la información contenida en la respectiva base de datos catastral.
Previo informe del Área de Catastro de la Zona Registral respectiva, en el que se precise a los titulares de los predios colindantes.
Directiva N° 001-2007-SUNARP/SN
Procedimiento: D.S. 005-2006-JUSDirectiva 001-2007-SUNARP/SN
a) Anotación preventiva del área, linderos y medidas perimétricas que se consignan en el plano presentado. Cuando no sea posible inscribir el CUC por discrepancias
. Vigencia de 60 días, contados desde su extensión. Informe técnico determina superposición: Se deja constancia en el asiento y se correlaciona con las partidas involucradas
b) Notificación. Dentro de los 5 días de la anotación preventiva A los predios colindantes, si no está
inmatriculado al ocupante del predio. Al solicitante para que cumpla con el efectuar
el costo de las publicaciones Los cargos se incorporan en el título
c) Publicaciones en el diario oficial El Peruano y en otro de mayor circulación
Sin Oposición
d) Inscripción definitiva si no hay oposición dentro del plazo de 30 días calendarios desde la última publicación.
Debe acompañarse el original de las publicaciones.
El Registrador verifica el tiempo transcurrido sin haberse formulado oposición o habiéndose formulado esta fue desestimada
Con Oposición El Registrador
extenderá una anotación y remitirá a la Gerencia Registral
La Gerencia Registral debe pronunciarse sobre la procedencia de la inscripción definitiva
Desestima la oposición para declarar procedente la inscripción definitiva
Procede apelación ante el Tribunal Registral interpuesto por el opositor
Igual derecho le corresponde al solicitante si la oposición es amparada.
La decisión del TR es impugnada ante el Proceso Contencioso Administrativo.
JURISPRUDENCIA REGISTRAL
SUSPENSIÓN DEL TÍTULO DE SANEAMIENTO CATASTRAL REGISTRAL
Procede la suspensión del título mediante el que se solicita la conversión a definitiva de la anotación preventiva de saneamiento registral y catastral, mientras se encuentre pendiente de pronunciamiento la oposición formulada al referido saneamiento.
Res: 1097-2012-TR-L, 030-2011-TR-L, 2191-2011-TR-L
COMPUTO DEL PLAZO DE VIGENCIA DE LA ANOTACIÓN PREVENTIVA DE SANEAMIENTO CATASTRAL REGISTRAL
"El plazo de vigencia de 60 días de la anotación
preventiva de saneamiento catastral y registral se computa desde la extensión del asiento; sin embargo, en el caso que se hayan efectuado rectificaciones por errores materiales en dicho asiento y se deba volver a notificar correctamente a los titulares de los predios colindantes y al solicitante del saneamiento para que efectúe las publicaciones, el plazo de vigencia se computa desde la rectificación del error material.
Res: 1097-2012-L
COMPETENCIA DE LA GERENCIA REGISTRAL EN EL TRÁMITE DE OPOSICIÓN EN EL SANEAMIENTO CATASTRAL Y REGISTRAL
"De conformidad a lo establecido en el artículo 5.8 de la Directiva N° 001-2007- SUNARP/SN, en el trámite de una oposición presentada en el procedimiento de saneamiento catastral y registral de un predio, la Gerencia Registral se encuentra facultada únicamente para pronunciarse respecto a la procedencia o improcedencia de una inscripción definitiva en virtud a la evaluación de la oposición presentada y no por otros aspectos o circunstancias ajenos a dicho trámite.“
Res: 955-2012-TR-L
Saneamiento catastral registral
La anotación preventiva que da inicio al procedimiento de saneamiento se efectuará dentro del procedimiento de inscripción del CUC, cuando no sea posible la inscripción de éste por existir discrepancia entre la información registral y la catastral.
Resolución Nº 651-2011-SUNARP-TR-L
Superposición con predios inscritos
No constituye obstáculo para la anotación preventiva del CUC la circunstancia que las dimensiones del predio contenidas en el plano catastral se superpongan con otros predios inscritos a nombre de terceros, debiendo tal circunstancia constar expresamente en el asiento de anotación preventiva y extenderse además, de manera simultánea, anotaciones de correlación que publiciten dicha superposición en las partida involucradas”.
Resolución Nº 651-2011-SUNARP-TR-L
Saneamiento catastral: Sin base digital
Procedimiento: a) Diagnóstico técnico-legal: Valida la
información y detecta posibles inexactitudes, proponiendo en este último caso, el levantamiento catastral y las acciones de saneamiento.
b) Levantamiento catastral: Si se detectan inexactitudes o superposiciones con otros predios, participará el titular registral y sus colindantes, de ser el caso. Corrige y actualiza los datos relacionados al área, linderos y colindancias del predio.
Acciones de saneamiento:
1. Si la superposición no afecte a los propietarios de predios colindantes, se procederá a la rectificación
Partida RegistralRealidad
2) Cuando se afecte derechos de terceros:
- Notificar las discrepancias a los propietarios de los predios materia de saneamiento y publicar por el diario oficial El Peruano y en un diario de mayor circulación, citándolos para una reunión informativa.
- Se informará a los propietarios de las superposiciones detectadas y se les solicitará que participen en una audiencia conciliatoria. De no haber acuerdo, resuelve el Juez.
- Realizada la audiencia de conciliación y de haber acuerdo, se extenderá el acta que deberán suscribir los intervinientes. El acta, acompañada del CUC es título suficiente para su inscripción. (art. 63 del Reglamento de la Ley 28294
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DEL CUCResolución Nº 04-2010-SNCP/CNC
PREDIOS INSCRITOS: ZONA CATASTRADA
Cuando lo solicite el Titular Catastral: Solicitud de
inscripción del CUC Hoja informativa
Catastral emitida por la Entidad Generadora de Catastro
PREDIOS INSCRITOS: ZONA CATASTRADA
Cuando lo solicite La Entidad Pública en programas de Titulación en Predios Urbanos Solicitud de
inscripción del CUC Plano Perimétrico y
Plano de Trazado y Lotización impreso y digital
Base de datos de CUC
PREDIOS INSCRITOS: ZONA CATASTRADA
Cuando lo solicite La Entidad Pública en programas de Titulación en Predios individuales Urbanos Solicitud de
inscripción del CUC Plano Catastral
impreso y digital Base de datos de
CUC
PREDIOS RURALES INSCRITOS: ZONA CATASTRADA
Cuando lo solicite La Entidad Pública en programas de Titulación en Predios Rurales Solicitud de
inscripción del CUC
Plano Catastral o Certificado de información catastral impreso y digital D.Leg 1089
Base de datos de CUC
Cuando lo solicite Comunidad Campesina Solicitud de
inscripción del CUC
Plano de Conjunto de la Comunidad Campesina impreso y digital emitido por el ente Generador competente
Cuando lo solicite Comunidad Nativa Solicitud de
inscripción del CUC
Plano de Demarcación Territorial de la Comunidad Nativa impreso y digital emitido por el EGC
PREDIOS INSCRITOS: ZONA NO CATASTRADA
Solicitud de inscripción del CUC
Plano catastral impreso y digital, georeferenciado al SGO (WGS84) según formato, en el que se identifique a colindantes registrales o catastrales, y donde debe constar la asignación del CUC. Elaborado y firmado por Verificador Catastral, visado por la Municipalidad.
R 04-2010-SNCP/CNC
A MODO DE RESUMENA MODO DE RESUMEN
PREDIOS INSCRITOS:PREDIOS INSCRITOS: SIN DISCREPANCIAS: Se inscribe el CUC
en la partidaZona Catastrada: Es Obligatorio, en
forma individual o en programas de titulación
Zona No Catastrada Con verificador catastral
CON DISCREPANCIAS: Saneamiento Catastral
Con base o sin base digitalCon base o sin base digital PREDIOS NO INSCRITOS:PREDIOS NO INSCRITOS: Se inscribe el CUC con la inmatriculación
del predio, si está en zona catastrada o a pedido de parte.