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8/10/2019 SENTENCIA C 355 DE 2006.pptx
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SENTENCIA C355 DE 2006
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REFERENCIAExpedientes D- 6122, 6123 y 6124 Demandasde inconstitucionalidad contra los Arts. 122,
123 (parcial), 124, modificados por el Art. 14de la Ley 890 de 2004 (aumento de penas) ,y 32, numeral 7, de la ley 599 de 2000Código Penal. (ausencia de
responsabilidad tanto en derecho propiocomo ajeno)
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ARGUMENTOSCODIGO PENAL
Articulo 122: La mujer que causare suaborto o permitiere que otro se lo cause,incurrirá en prisión de dieciséis (16) acincuenta y cuatro (54) meses. A lamisma sanción estará sujeto quien, con el
consentimiento de la mujer, realice laconducta prevista en el inciso anterior.*
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Articulo 123: El que causare elaborto sin consentimiento de lamujer, incurrirá en prisión de
sesenta y cuatro (64) a cientoochenta (180) meses.**
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Artículo 124. Circunstancias de atenuación punitiva.La pena señalada para el delito de aborto sedisminuirá en las tres cuartas partes cuando el
embarazo sea resultado de una conductaconstitutiva de acceso carnal o acto sexual sinconsentimiento, abusivo, de inseminación artificial otransferencia de óvulo fecundado no consentidas.
PARÁGRAFO. En los eventos del inciso anterior,cuando se realice el aborto en extraordinariascondiciones anormales de motivación, el funcionario
judicial podrá prescindir de la pena cuando ella noresulte necesaria en el caso concreto.” ***
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Articulo 32: Son partícipes eldeterminador y el cómplice. Quiendetermine a otro a realizar laconducta antijurídica incurrirá en lapena prevista para la infracción.Quien contribuya a la realización de laconducta antijurídica o preste unaayuda posterior, por concierto previoo concomitante a la misma, incurriráen la pena prevista para la
correspondiente infracción disminuida
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COMENTARIOSCONSTITUCIONALES*La Corte Constitucional CONDICIONÓ laEXEQUIBILIDAD del presente artículo bajo el entendidoque “no se incurre en el delito de aborto, cuando con
la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazose produzca en los siguientes casos: (i) Cuando lacontinuación del embarazo constituya peligro para lavida o la salud de la mujer, certificada por un médico;(ii) Cuando exista grave malformación del feto quehaga inviable su vida, certificada por un médico; y, (iii)Cuando el embarazo sea el resultado de una
conducta, debidamente denunciada, constitutiva deacceso carnal o acto sexual sin consentimiento,abusivo o de inseminación artificial o transferencia deóvulo fecundado no consentidas , o de incesto”
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COMENTARIOSCONSTITUCIONALES** Artículo 123. Aborto sin consentimiento. [PENAS
AUMENTADAS POR EL ARTÍCULO 14
DE LA LEY 890 DE 2004] El que causare el aborto sinconsentimiento de la mujer [O EN MUJER MENOR DECATORCE AÑOS] , incurrirá en prisión de sesenta ycuatro (64)
a ciento ochenta (180) meses.
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COMENTARIOSCONSTITUCIONALES
*** Artículo 124. Circunstancias de atenuación
punitiva. [ARTÍCULO INEXEQUIBLE]
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PROBLEMA JURIDICO
¿ES LEGAL O ILEGAL APLICAR EL ABORTO A UNAMUJER DE FORMA VOLUNTARIA?
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CONSIDERACIONESEl aborto en Colombia es permitido cuando se presentaalguna de las siguientes condiciones: EN CASO DE VIOLACIÓN. Se ha considerado que la
violación como causa de la concepción essusceptible de provocar graves perjuiciospsicológicos para la mujer, por lo que elordenamiento jurídico colombiano contempla estecaso como uno de los supuestos casos en los que selegitima a la embarazada para interrumpir lagestación. La corte constitucional despenalizó el
aborto cuando el embarazo es resultado de unaconducta constitutiva de acceso carnal, o actosexual sin consentimiento, abusivo, de inseminaciónartificial o transferencia de óvulo fecundado noconsentido, así como de incesto.
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CUANDO EXISTE PELIGRO PARA LA SALUDFÍSICA DE LA MADRE: Los embarazos con
alto riesgo de perjuicio para la salud físicade la madre constituyen otro de lossupuestos para los que en Colombia eslícito producir un aborto, ya que se
considera que prima la vida de la mujersobre el derecho del nasciturus.
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EN CASO DE GRAVES MALFORMACIONESO PROBLEMAS GRAVES DE SALUD DEL
FETO: Las enfermedades genéticas y/oadquiridas del feto, detectadas durantela gestación, legitiman el tercer caso deinterrupción legal del embarazo en
Colombia. A diferencia de las dosanteriores, en esta situación se valora ladignidad y/o sufrimiento del futuro bebé yno solo el de la madre.