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SERVICIOS EDUCATIVOS DE
QUINTANA ROO
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
Chetumal, Quintana Roo, Noviembre de 2015.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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INDICE
I. PRESENTACIÓN ....................................................................................................................... 7
II. ANTECEDENTES ...................................................................................................................... 8
III. MISIÓN ....................................................................................................................................... 9
IV. VISIÓN ........................................................................................................................................ 9
V. MARCO JURÍDICO .................................................................................................................. 10
1 Disposiciones Federales ................................................................................... 10
2 Disposiciones Estatales .................................................................................... 11
VI. ATRIBUCIONES DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO. ...................... 14
VII. ESTRUCTURA ORGÁNICA ................................................................................................ 16
I. ORGANIGRAMA ...................................................................................................................... 21
II. FUNCIONES ............................................................................................................................. 24
DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL .................................................................................. 24
ÓRGANO DE CONTROL Y EVALUACIÓN INTERNA .................................................................... 25
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ......................................................................................... 28 DEPARTAMENTO DE LO CONTENCIOSO Y ENLACE LEGISLATIVO ................................ 33 DEPARTAMENTO DE PROCEDIMIENTOS JURÍDICO-ADMINISTRATIVOS ....................... 35 DEPARTAMENTO DE INCORPORACIÓN, REVALIDACIÓN Y EQUIVALENCIAS ............... 37 UNIDAD DE ENLACE PARA LA TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA .................................................................................................................................. 39 DEPARTAMENTO DE ENLACE JURÍDICO EN LA ZONA NORTE ........................................ 41
SECRETARÍA PARTICULAR ........................................................................................................... 43 DEPARTAMENTO DE AGENDA ............................................................................................. 44
SECRETARÍA PRIVADA .................................................................................................................. 44
SECRETARÍA TÉCNICA .................................................................................................................. 45 DEPARTAMENTO DE DIFUSIÓN EDUCATIVA ...................................................................... 47 DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO INSTITUCIONAL ....................................................... 49 DEPARTAMENTO DE APOYO TÉCNICO ............................................................................... 50
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL .................................................................................... 51 DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN ................................................................................... 53 DEPARTAMENTO DE FOTOGRAFÍA Y VIDEO...................................................................... 54
UNIDAD DE ATENCIÓN AL MAESTRO .......................................................................................... 55
DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS ......................... 57 DEPARTAMENTO DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS ......................................................... 59 DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN Y EFICIENCIA ADMINISTRATIVA .............................. 61 UNIDAD DE IGUALDAD DE GÉNERO Y DERECHOS HUMANOS ....................................... 62
DIRECCIÓN DE IMAGEN INSTITUCIONAL .................................................................................... 64 DEPARTAMENTO DE IMPLEMENTACIÓN DE IMAGEN INSTITUCIONAL .......................... 66
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN COZUMEL ................................................................ 67
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE BACALAR ................................................................ 69
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UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN FELIPE CARRILLO PUERTO ................................. 71
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN ISLA MUJERES ....................................................... 74
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN JOSÉ MARÍA MORELOS ........................................ 75
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN LÁZARO CÁRDENAS ............................................. 77
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE SOLIDARIDAD ......................................................... 79
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE TULUM ..................................................................... 81
COORDINACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA ............................................................... 83 COORDINACIÓN DE OPERACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN BÁSICA ..................................................................................................................................... 86
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PREESCOLAR ............................................................................... 87 DEPARTAMENTO DE CENTROS DE DESARROLLO ........................................................... 90 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR ............................................................. 91
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PRIMARIA ...................................................................................... 93 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PRIMARIA..................................................................... 96 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN INDÍGENA..................................................................... 98 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN ESPECIAL .................................................................. 101
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA .............................................................................. 104 DEPARTAMENTO DE SECUNDARIAS GENERALES ......................................................... 107 DEPARTAMENTO DE SECUNDARIAS TÉCNICAS ............................................................. 109 DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIAS........................................................................ 112
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN FÍSICA........................................................................................... 115 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN EN SALUD .................................................................. 119 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FÍSICA (ZONA NORTE) ............................................. 121
DIRECCIÓN DE PROGRAMAS DE APOYO A LA EDUCACIÓN BÁSICA .................................. 125 DEPARTAMENTO DE VINCULACIÓN .................................................................................. 127 DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ............................................................... 128
DIRECCIÓN DE ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO ............................................................... 130 DEPARTAMENTO ACADÉMICO ........................................................................................... 132 DEPARTAMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO ............................................................................................................................ 134
DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL .................................................................................. 136 DEPARTAMENTO DE ESCUELAS DE CALIDAD ................................................................. 137 DEPARTAMENTO CONSEJOS ESCOLARES DE PARTICIPACIÓN SOCIAL. ................... 139 DEPARTAMENTO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL (ZONA NORTE) .................................... 141
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN BÁSICA (ZONA NORTE) ............................................................. 143 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR (ZONA NORTE) ................................ 144 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PRIMARIA (ZONA NORTE) ....................................... 145 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA (ZONA NORTE) ................................. 146
COORDINACIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN .......................................................................... 148 COORDINACIÓN TÉCNICA .................................................................................................. 150
DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN ..................................................................................................... 151 DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN ................................................................................... 154 DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA ................................................................................... 156 DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN INSTITUCIONAL .......................... 158
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DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN E INFRAESTRUCTURA ...................................................... 160 DEPARTAMENTO DE PROGRAMACIÓN DETALLADA E INSCRIPCIONES DE LA EDUCACIÓN BÁSICA ............................................................................................................ 162 DEPARTAMENTO DE MICROPLANEACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA GENERAL Y EDUCACIÓN ESPECIAL........................................................................................................ 165 DEPARTAMENTO DE MICROPLANEACIÓN DE SECUNDARIAS GENERALES, TECNICAS Y TELESECUNDARIAS ......................................................................................................... 167 DEPARTAMENTO DE MICROPLANEACIÓN DE LA EDUCACIÓN INDÍGENA, PREESCOLAR GENERAL Y EDUCACIÓN FÍSICA .............................................................. 170 DEPARTAMENTO DE MICROPLANEACIÓN DE LAS INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES Y MISIONES CULTURALES ............................................................................. 172 DEPARTAMENTO DE DIAGNOSTICO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA ........... 174 DEPARTAMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE INVERSIÓN EN IFRAESTRUCTURA EDUCATIVA .............................................................. 176 DEPARTAMENTO DE PROGRAMACIÓN DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA ........................................................................................................................... 177
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESCOLARES .................................................................................. 179 DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR ....................................................................... 182 DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN .......................................................... 185
DIRECCIÓN DE APOYO A LA PLANEACIÓN .............................................................................. 186
COORDINACIÓN GENERAL DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES ................ 187 COORDINACIÓN TÉCNICA .................................................................................................. 190
DIRECCIÓN DE INSTITUCIONESFORMADORAS DE DOCENTES ............................................ 191 DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO DOCENTE .................................. 193 DEPARTAMENTO DE ESCUELAS NORMALES .................................................................. 195
DIRECCIÓN DE GESTIÓN, VINCULACIÓN Y EXTENSIÓN ........................................................ 196 DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE REGISTRO DE TÍTULOS Y EXPEDICIÓN DE CEDULAS PROFESIONALES DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES ...... 198 DEPARTAMENTO DE VINCULACIÓN DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES ................................................................................................................................................ 200 DEPARTAMENTO DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO ACADÉMICO DEINSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES ......................................................... 201
DIRECCIÓN DE APOYO DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES EN LA ZONA
NORTE ............................................................................................................................................ 202
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS ............................................ 204 COORDINACIÓN TÉCNICA ...................................................... ¡Error! Marcador no definido. DEPARTAMENTO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN ............................................................... 207
DIRECCIÓN DE FINANZAS ........................................................................................................... 209 DEPARTAMENTO DE TESORERÍA .......................................... ¡Error! Marcador no definido. DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN ............................................................................... 213 DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD ................................................................................ 214 DEPARTAMENTO DE PAGOS .............................................................................................. 216
DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO .................................................................................................. 218 DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO ............................................................................... 220
DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES ................................................................................ 222 DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES .............................................................................. 224 DEPARTAMENTO DE ALMACENES E INVENTARIOS ...................................................... 226 DEPARTAMENTO DE DISTRIBUCIÓN DE LIBROS Y MATERIALES EDUCATIVOS ........ 228
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DIRECCIÓN DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO A ESCUELAS .............................................. 229 DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES ................................................................ 232 DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO A CENTROS ESCOLARES ....... 234
DIRECCIÓN DE SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES ........................................................... 236 DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE SISTEMAS ......................................................... 239 DEPARTAMENTO DE PROYECTOS INFORMÁTICOS YTELECOMUNICACIONES ......... 240 DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA ............................................................. 242
DIRECCIÓN DE BECAS ................................................................................................................. 244 DEPARTAMENTO DE BECAS DE EDUCACIÓN BÁSICA ................................................... 247 DEPARTAMENTO DE BECAS DE PROGRAMAS ESPECÍFICOS ...................................... 249 DEPARTAMENTO DE BECAS ACADÉMICAS Y APOYO A LA EDUCACIÓN NORMAL .... 251
DIRECCIÓN DE APOYO A LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS EN LA ZONA NORTE ........ 253
COORDINACIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS .......................................................... 254 COORDINACIÓN TÉCNICA .................................................................................................. 257 DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS EN LA ZONA NORTE .............................. 258
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS ..................................................................................... 259 DEPTO. DE REGISTRO Y PRESTACIONES AL PERSONAL............................................ 262 DEPARTAMENTO DE REMUNERACIÓN Y CAMBIOS DE ADSCRIPCIÓN ........................ 263 DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DE NIVEL PREESCOLAR, MISIONES CULTURALES Y FORMADORAS DE DOCENTES ....................................................................................... 265 DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DEL NIVEL PRIMARIA Y TIEMPO COMPLETO ...... 267 DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DE SECUNDARIAS GENERALES Y EDUCACIÓN FÍSICA .................................................................................................................................... 269 DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DE SECUNDARIAS TÉCNICAS, EDUCACIÓN INDÍGENA Y ESPECIAL ........................................................................................................ 271 DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL Y TELESECUNDARIAS ............................................................................................................. 273 DEPARTAMENTO DE PLANTILLAS DE PERSONAL ......................................................... 275 DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN Y SEGUIMIENTO AL SIECE ................................ 276
DIRECCIÓN DE PROCESOS DE NÓMINA ................................................................................... 277 DEPARTAMENTO DE PROCESAMIENTO DE DATOS ....................................................... 279 DEPARTAMENTO DE CONTROL Y CALIDAD DE PAGO ................................................... 281 DEPARTAMENTO DE CONTROL DE APORTACIONES Y RETENCIONES ....................... 283
COORDINACIÓN GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE ................................. 285 COORDINACIÓN TÉCNICA .................................................................................................. 287
DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN EDUCATIVA ............................................................................... 288 DEPARTAMENTO DE INTEGRACIÓN Y DIFUSIÓN DE RESULTADOS ............................ 290 DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN DEL PROCESO EDUCATIVO .................................. 292
DIRECCIÓN DE FORMACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL .............................................. 293 DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS DE TUTORÍA Y REGULARIZACIÓN ........................ 295 DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN CONTINUA, ACTUALIZACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL ...................................................................................................................... 297 DEPARTAMENTO DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA ESCUELA EN LA EDUCACIÓN BÁSICA ............................................................................................................ 299
DIRECCIÓN DE SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE .............................................................. 300 DEPARTAMENTO DE INGRESO Y RECONOCIMIENTO .................................................... 303 DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN .................................................................................... 305 DEPARTAMENTO DE PERMANENCIA ................................................................................ 306
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DEPARTAMENTO DELSISTEMA ESTATAL DE INFORMACIÓN DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE.................................................................................................... 308
COORDINACIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA EDUCACIÓN EN BENITO JUÁREZ........... 310
X. FIRMAS .................................................................................................................................. 313
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I. PRESENTACIÓN
El presente manual de organización constituye un documento rector del control
administrativo, el cual ha sido elaborado con la finalidad de normar la estructura
organizacional, de tal forma que le permita al Organismo optimizar recursos y coordinar
esfuerzos y acciones para el logro de los objetivos establecidos.
Dentro de su contenido se encontrarán líneas específicas encaminadas a definir las
responsabilidades de cada área, contribuyendo de esta manera a la clarificación de
funciones evitando la duplicidad.
El marco legal incluido en este documento, presenta las disposiciones legales a nivel
federal y estatal que dan sustento al actuar de esta institución.
El organigrama de los Servicios Educativos de Quintana Roo presenta el tipo de
organización que ha sido adoptado por este organismo, define los niveles jerárquicos,
establece las líneas de autoridad y comunicación, asimismo señala los tramos de control
de las coordinaciones generales e indica la relación que guardan entre si las áreas
sustantivas y adjetivas, lo cual proporciona facilidad para que el personal se ubique dentro
de la misma estructura.
Este manual es una herramienta de referencia y consulta, encaminada a orientar a
funcionarios y empleados, en la ejecución de sus labores cotidianas, por lo que deberá
ser actualizado de manera permanente.
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II. ANTECEDENTES
En virtud de que se hace conveniente y necesario que, por parte del Estado, la Secretaría
de Educación, como cabeza de sector, atienda oportuna y debidamente sus funciones
normativas de planeación, seguimiento, evaluación y coordinación, para coadyuvar al
logro de una educación de mayor calidad que dé cumplimiento a las funciones que le
fueron transferidas al propio Gobierno del Estado a través de la Federalización de la
Educación Básica y Normal en sus diferentes tipos, niveles y modalidades, mediante
Convenio publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 19 de Mayo de 1992,
celebrado de conformidad con el Acuerdo Nacional para la Modernización de la
Educación Básica, se crea el Organismo Público Descentralizado denominado Sistema
Educativo Quintanarroense, mediante decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado
en dicha fecha, para que en forma específica se encargue de las diversas operaciones
correspondientes a la Educación Básica y Normal en sus diferentes tipos, niveles y
modalidades y dé continuidad a las relaciones laborales con los maestros y demás
servidores públicos que participan en el proceso educativo en la Entidad.
Con fecha 1º de octubre de 1999, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado de Quintana Roo, el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas
fracciones y artículos del Decreto de creación del organismo descentralizado del Poder
Ejecutivo del Gobierno del Estado de Quintana Roo, denominado “Sistema Educativo
Quintanarroense” y, que a partir de su entrada en vigor y de conformidad con el artículo
cuarto transitorio del citado Decreto de reforma y adición, se sustituyó la denominación del
organismo “Sistema Educativo Quintanarroense” por “Servicios Educativos y Culturales”.
En fecha 08 de Febrero del año 2008, el Ejecutivo del Estado, emite Decreto que Reforma
íntegramente el Decreto que crea los Servicios Educativos y Culturales, separando lo que
es Cultura en razón de la reforma al artículo 19 fracción VIII y 37 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado, que crea a la Secretaría de Cultura y redefine las
atribuciones de la Secretaría de Educación, por lo que el Organismo Público
Descentralizado de la Administración Pública Paraestatal del Estado de Quintana Roo
denominado Servicios Educativos y Culturales queda como Servicios Educativos de
Quintana Roo, por sus siglas SEQ.
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III. MISIÓN
Garantizar educación básica integral con calidad, equidad e inclusión asegurando un
entorno escolar pertinente con docentes formados profesionalmente.
IV. VISIÓN
Ser un organismo que ofrece servicios de educación básica y formación docente de
calidad a través de acciones estratégicas que se distingan por la innovación,
transparencia y equidad en todos los procesos de gestión; y que establezca vínculos
interinstitucionales que le permitan la eficaz toma de decisiones en un ambiente laboral
armónico, de respeto y colaboración.
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V. MARCO JURÍDICO
1 Disposiciones Federales
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. DOF 5 Febrero 1917 y sus
Reformas Constitucionales. Última reforma DOF 26-09-2008.
Ley General de Educación. DOF 13 Julio 1993. Última reforma publicada DOF 20-04-
2015.
Ley sobre el Escudo, Bandera e Himno Nacional. DOF 24 Febrero 1984. Última reforma
DOF 21-01-2008.
Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. DOF 31 Diciembre 1975. Última
reforma DOF 30-06-2006
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B)
del Artículo 123 Constitucional. DOF 28 Diciembre 1963. Ultima reforma publicada DOF
24 de abril de 2014.
Ley para la Coordinación de la Educación Superior. DOF 29 Diciembre 1978.
Ley General del Servicio Profesional Docente. DOF: 11/09/2013.
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.-Nueva ley publicada en el
Diario Oficial de la Federación el 11 de septiembre de 2013.
Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. DOF 29 Mayo
2000.
Ley General de Bibliotecas. DOF 21 Enero 1988.
Ley de Fomento para la Lectura y el Libro. DOF 24 Julio 2008.
Ley General de Cultura Física y Deporte. DOF 24 Febrero 2003. DOF: 07/06/2013
Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. DOF 13 Marzo 2003.
Ley Federal de Transparencia a la Información Pública Gubernamental. DOF 11 de Junio
2002. Última reforma DOF 06-06-2006.
Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de
Educación Pública. DOF 29 de Enero 1946.
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Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia. DOF 2 Abril 1980.
Reglamento de Escalafón de los Trabajadores al Servicio de la Secretaría de Educación
Pública. DOF 14 de Diciembre 1973.
Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte. DOF. Viernes 23 de mayo de
2014.
Decreto por el que se crea el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. DOF
08 Agosto 2002.
Acuerdo que Establece las Bases Mínimas de Información, para la Comercialización de
los Servicios Educativos que Prestan los Particulares. DOF 10 de Marzo 1992.
Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica. DOF 19 de mayo de
1992.
Acuerdo por el que se Establece los Trámites y Procedimientos relacionados con la
Autorización para impartir la Educación Primaria. DOF 26 de marzo 1999.
Acuerdo Número 97 por el que se establece la Organización y Funcionamiento de las
Escuelas de Educación Secundaria Técnica. DOF 03 De Diciembre 1982.
Acuerdo Número 98, por el que se establece la Organización y Funcionamiento de las
Escuelas de Educación Secundaria. DOF 07 De Diciembre 1982.
Acuerdo Número 200 por el que se establecen Normas de Evaluación del Aprendizaje en
Educación Primaria, Secundaria y Normal. DOF 19 de Septiembre 1994.
2 Disposiciones Estatales
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo. PO 11 de enero de
1975 y sus reformas. Última Reforma PO 03 Marzo 2009.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo. Ultima Reforma
publicada en el Periódico Oficial el día 27 de febrero de 2014
Ley de Educación del Estado de Quintana Roo. PO 14 Marzo 2005.Última reforma
publicada en el Periódico Oficial del Estado el día 3 de abril de 2014
Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana
Roo. 16 de julio de 2012.
Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de
Quintana Roo. PO 04 Mayo 2004.
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Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia entre Estudiantes de Quintana Roo.
Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el día 19 de junio de
2013.
Ley para Prevenir, Atender y Eliminar la Discriminación en el Estado. Publicada en el
Periódico Oficial el 31 de Diciembre del 2012.
Ley sobre las Características, Difusión y Ejecución del Himno a Quintana Roo. PO 14
Febrero 1986. Última Reforma PO 02 Julio 2008.
Ley sobre las Características y el Uso del Escudo del Estado de Quintana Roo. PO 31
Marzo 1978. Última Reforma PO 02 Julio 2008.
Ley de Profesiones del Estado de Quintana Roo. Publicada en el Periódico Oficial el 15 de
Junio de 1998.
Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, de los
Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Quintana Roo. PO 12 Junio
1978. Última Reforma PO 11 Marzo 2008.
Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Quintana Roo. PO 16
Diciembre 1993.
Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes
Muebles del Estado de Quintana Roo. PO 18 Diciembre 1998.
Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Quintana Roo. PO 30 Marzo 2007.
Ley de Protección Civil del Estado de Quintana Roo. Ley Publicada en el Periódico Oficial
del Estado de Quintana Roo, el lunes 1 de junio del 2009. Última reforma publicada en el
periódico oficial: 30 de abril de 2013.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Quintana Roo. PO
31 Mayo 2004. Última Reforma 02 Julio 2008.
Ley de Responsabilidades de los Servicios Públicos del Estado de Quintana Roo. PO 30
Septiembre 2002. Última Reforma 27 Noviembre 2007.
Reglamento de Escalafón de los Trabajadores al Servicio del Poder Ejecutivo y
Organismos Descentralizados del Estado de Quintana Roo. PO 15 Noviembre 1979.
Reglamento General de Incorporación de Escuelas Particulares. PO 31 Enero 1996.
Reglamento Interior de los Servicios Educativos y Culturales. PO 26 de Diciembre de
2014.
Reglamento de Tiendas Escolares en los Planteles Oficiales de Educación Dependiente
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de los Servicios Educativos y Culturales. PO 15 Octubre 1999. Última Reforma 30
Noviembre 2000.
La Ley Estatal de Cultura Física y Deporte; Publicada en el Periódico Oficial el 11 de
Marzo del 2008.
Decreto por el que se Reforma íntegramente el Decreto que crea los Servicios Educativos
y Culturales. PO 08 Febrero 2008.
Convenio de Incorporación Total Voluntario al Régimen Obligatorio de la Ley del ISSSTE.
19 de mayo de 1992.
Acuerdo por el que se establece los lineamientos para la Constitución y Funcionamiento
del Consejo Estatal de Participación Social en la Educación. 13 de Noviembre de 1999.
Acuerdo de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal del Estado de Quintana
Roo. 17 de septiembre de 1996.
Plan Quintana Roo 2011-2016
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VI. ATRIBUCIONES DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA
ROO.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto que Reforma Íntegramente el Decreto que
crea los Servicios Educativos y Culturales, publicado en el Periódico Oficial del Estado en
fecha 08 de Febrero de 2008, que en su artículo 7 señala que a los Servicios Educativos
de Quintana Roo corresponde las siguientes atribuciones:
Artículo 7. Para el cumplimiento de su objeto, los Servicios Educativos de Quintana Roo
tendrá las siguientes atribuciones:
I. Administrar y representar a los planteles educativos de educación básica, y los
relativos a la formación y capacitación de docentes, en sus diferentes niveles y
modalidades, así como a los establecimientos en los que operen y funcionen
unidades u oficinas, a su cargo.
II. Coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de los planteles de educación
básica, y los relativos a la formación y capacitación de docentes, a su cargo, en sus
diferentes niveles y modalidades.
III. Coordinar, supervisar y evaluar las actividades de los planteles de educación media
superior y superior, en sus diferentes niveles y modalidades, y la relativa a los
centros de capacitación para el trabajo, sin importar que su fuente de financiamiento
sea federal, estatal, mixto o privado, incluyendo a las academias.
IV. Coadyuvar con la Secretaría de Educación de Quintana Roo en la organización,
coordinación y optimización del Sistema Educativo Estatal, así como en todas las
acciones necesarias para elevar la calidad de la educación impartida en la Entidad.
V. Promover y fortalecer la participación de la sociedad en la educación en sus
diferentes tipos, niveles y modalidades.
VI. Coordinar y apoyar el funcionamiento del Consejo Académico de la Educación y del
Consejo Consultivo del Compromiso Social por la Calidad de la Educación, referidos
en el artículo 11 de la Ley de Educación del Estado de Quintana Roo.
VII. Asistir al Consejo Consultivo del Compromiso Social por la Calidad de la Educación,
en la validación de propuestas que se presenten a la Secretaría de Educación de
Quintana Roo, sobre el diseño de la política pública educativa estatal.
VIII. Administrar y preservar su patrimonio y sus recursos económicos, y allegarse
ingresos por diferentes medios para incrementarlos, rindiendo cuentas periódicas de
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ello ante su H. Junta Directiva, la sociedad y el Estado.
IX. Seleccionar, contratar, promover y dar por terminada la relación laboral con sus
trabajadores, a través de los procedimientos y normatividad correspondiente.
X. Proponer la construcción, reubicación, ampliación y mantenimiento de escuelas e
instalaciones al servicio de los niveles de educación básica, media superior,
superior, los centros de capacitación para el trabajo y las relativas a la formación y
actualización de docentes en educación básica en sus diferentes tipos, niveles y
modalidades, así como las destinadas a la administración de los propios servicios
educativos.
XI. Ejecutar toda clase de actos jurídicos que se requiera para el logro de su objeto y
tareas institucionales.
XII. Celebrar y suscribir toda clase de acuerdos, contratos y convenios con otras
instituciones u organismos afines, públicos o privados, nacionales o extranjeros, con
la finalidad de apoyar el cumplimiento de su objeto.
XIII. Informar al Ejecutivo Estatal, por conducto de la Secretaría de Educación de
Quintana Roo, sobre el cumplimiento de la normatividad federal y estatal en materia
de educación en sus diferentes tipos, niveles y modalidades y, la relativa a los
centros de capacitación para el trabajo, así como proponer reformas, modificaciones
o adiciones a dicha normatividad.
XIV. Asesorar a las dependencias y entidades paraestatales del Estado de Quintana
Roo, a solicitud del Ejecutivo Estatal o de la Secretaría de Educación de Quintana
Roo, en la coordinación y supervisión de la educación que imparta.
XV. Coordinar, supervisar y evaluar que los planes y programas educativos de las
instituciones de educación media superior y superior, en sus diferentes niveles y
modalidades y, la relativa a los centros de capacitación para el trabajo que operen
en el Estado, independientemente de que su sostenimiento sea federal, estatal,
mixto o privado, se vinculen eficazmente al mercado de trabajo.
XVI. Las demás que le otorguen otras leyes, decretos, acuerdos, reglamentos, estatutos
y convenios para el cumplimiento de su objeto.
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VII. ESTRUCTURA ORGÁNICA
1.0 DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL
1.0.1 ÓRGANO DE CONTROL Y EVALUACIÓN INTERNA
1.0.2 DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
1.0.2.0.1 DEPARTAMENTO DE LO CONTENCIOSO Y ENLACE LEGISLATIVO
1.0.2.0.2 DEPARTAMENTO DE PROCEDIMIENTOS JURÍDICO-ADMINISTRATIVOS
1.0.2.0.3 DEPARTAMENTO DE INCORPORACIÓN, REVALIDACIÓN Y EQUIVALENCIAS
1.0.2.0.4 UNIDAD DE ENLACE PARA LA TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA
1.0.2.0.5 DEPARTAMENTO DE ENLACE JURÍDICO EN LA ZONA NORTE
1.0.3 SECRETARÍA PARTICULAR
1.0.3.0.1 DEPARTAMENTO DE AGENDA
1.0.4 SECRETARÍA PRIVADA
1.0.5 SECRETARÍA TÉCNICA
1.0.5.0.1 DEPARTAMENTO DE DIFUSIÓN EDUCATIVA
1.0.5.0.2 DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO INSTITUCIONAL
1.0.5.0.3 DEPARTAMENTO DE APOYO TÉCNICO
1.0.6 DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL
1.0.6.0.1 DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN
1.0.6.0.2 DEPARTAMENTO DE FOTOGRAFÍA Y VIDEO
1.0.7 DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS
1.0.7.0.1 DEPARTAMENTO DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS
1.0.7.0.2 DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN Y EFICIENCIA ADMINISTRATIVA
1.0.7.0.3 UNIDAD DE IGUALDAD DE GÉNERO Y DERECHOS HUMANOS
1.0.8 DIRECCIÓN DE IMAGEN INSTITUCIONAL
1.0.8.0.1 DEPARTAMENTO DE IMPLEMENTACIÓN DE IMAGEN INSTITUCIONAL
1.0.9 UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN COZUMEL
1.0.10 UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE BACALAR
1.0.11 UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN FELIPE CARRILLO PUERTO
1.0.12 UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN ISLA MUJERES
1.0.13 UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN JOSÉ MARÍA MORELOS
1.0.14 UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN LÁZARO CÁRDENAS
1.0.15 UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE SOLIDARIDAD
1.0.16 UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE TULUM
1.0.17 UNIDAD DE ATENCIÓN AL MAESTRO
1.1 COORDINACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA
1.1.0.1 COORDINACIÓN DE OPERACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE
EDUCACIÓN BÁSICA
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
17
1.1.1 DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PREESCOLAR
1.1.1.0.1 DEPARTAMENTO DE CENTROS DE DESARROLLO
1.1.1.0.2 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR
1.1.2 DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PRIMARIA
1.1.2.0.1 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PRIMARIA
1.1.2.0.2 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN INDÍGENA
1.1.2.0.3 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN ESPECIAL
1.1.3 DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
1.1.3.0.1 DEPARTAMENTO DE SECUNDARIAS GENERALES
1.1.3.0.2 DEPARTAMENTO DE SECUNDARIAS TÉCNICAS
1.1.3.0.3 DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIAS
1.1.4 DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN FÍSICA
1.1.4.0.1 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN EN SALUD
1.1.4.0.2 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FÍSICA
1.1.5 DIRECCIÓN DE PROGRAMAS DE APOYO A LA EDUCACIÓN BÁSICA
1.1.5.0.1 DEPARTAMENTO DE VINCULACIÓN
1.1.5.0.2 DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
1.1.6 DIRECCIÓN DE ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO
1.1.6.0.1 DEPARTAMENTO ACADÉMICO
1.1.6.0.2 DEPARTAMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE ESCUELAS DE TIEMPO
COMPLETO
1.1.7 DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
DEPARTAMENTO DE ESCUELAS DE CALIDAD
DEPARTAMENTO CONSEJOS ESCOLARES DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
DEPARTAMENTO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL (ZONA NORTE)
1.1.8 DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN BÁSICA (ZONA NORTE)
1.1.8.0.1 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR (ZONA NORTE)
1.1.8.0.2 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PRIMARIA (ZONA NORTE)
1.1.8.0.3 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA (ZONA NORTE)
1.2 COORDINACIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN
1.2.0.1 COORDINACIÓN TÉCNICA
1.2.1 DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN
1.2.1.0.1 DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN
1.2.1.0.2 DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA
1.2.1.0.3 DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN INSTITUCIONAL
1.2.2 DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN E INFRAESTRUCTURA
1.2.2.0.1 DEPARTAMENTO DE PROGRAMACIÓN DETALLADA E INSCRIPCIONES DE LA
EDUCACIÓN BÁSICA
1.2.2.0.2 DEPARTAMENTO DE MICROPLANEACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA
GENERAL Y EDUCACIÓN ESPECIAL
1.2.2.0.3 DEPARTAMENTO DE MICROPLANEACIÓN DE SECUNDARIAS GENERALES,
TECNICAS Y TELESECUNDARIAS
1.2.2.0.4 DEPARTAMENTO DE MICROPLANEACIÓN DE LA EDUCACIÓN INDÍGENA,
PREESCOLAR GENERAL Y EDUCACIÓN FÍSICA
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
18
1.2.2.0.5 DEPARTAMENTO DE MICROPLANEACIÓN DE LAS INSTITUCIONES
FORMADORAS DE DOCENTES Y MISIONES CULTURALES
1.2.2.0.6 DEPARTAMENTO DE DIAGNOSTICO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA
1.2.2.0.7 DEPARTAMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE
INVERSIÓN EN IFRAESTRUCTURA EDUCATIVA
1.2.2.0.8 DEPARTAMENTO DE PROGRAMACIÓN DE INVERSIÓN EN
INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA
1.2.3 DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESCOLARES
1.2.3.0.1 DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR
1.2.3.0.2 DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN
1.2.4 DIRECCIÓN DE APOYO A LA PLANEACIÓN
1.3 COORDINACIÓN GENERAL DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES
1.3.0.1 COORDINACIÓN TÉCNICA
1.3.1 DIRECCIÓN DE INSTITUCIONESFORMADORAS DE DOCENTES
1.3.1.0.1 DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO DOCENTE
1.3.1.0.2 DEPARTAMENTO DE ESCUELAS NORMALES
1.3.2 DIRECCIÓN DE GESTIÓN, VINCULACIÓN Y EXTENSIÓN
1.3.2.0.1 DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE REGITRO DE TÍTULOS Y EXPEDICIÓN DE
1.3.2.0.2 CEDULAS PROFESIONALES DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE
DOCENTES
1.3.2.0.3 DEPARTAMENTO DE VINCULACIÓN DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE
DOCENTES
1.3.2.0.4 DEPARTAMENTO DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO ACADÉMICO DE
INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES
1.3.3 DIRECCIÓN DE APOYO DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES EN LA
ZONA NORTE
1.4 COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
1.4.0.1 COORDINACIÓN TÉCNICA
1.4.0.2 DEPARTAMENTO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN
1.4.1 DIRECCIÓN DE FINANZAS
1.4.1.0.1 DEPARTAMENTO DE TESORERÍA
1.4.1.0.2 DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN
1.4.1.0.3 DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD
1.4.1.0.4 DEPARTAMENTO DE PAGOS
1.4.2 DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO
1.4.2.0.1 DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO
1.4.3 DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES
1.4.3.0.1 DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
1.4.3.0.2 DEPARTAMENTO DE ALMACENES E INVENTARIOS
1.4.3.0.3 DEPARTAMENTO DE DISTRIBUCIÓN DE LIBROS Y MATERIALES EDUCATIVOS
1.4.4 DIRECCIÓN DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO A ESCUELAS
1.4.4.0.1 DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
19
1.4.4.0.2 DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO A CENTROS
ESCOLARES
1.4.5 DIRECCIÓN DE SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES
1.4.5.0.1 DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE SISTEMAS
1.4.5.0.2 DEPARTAMENTO DE PROYECTOS INFORMÁTICOS YTELECOMUNICACIONES
1.4.5.0.3 DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA
1.4.6 DIRECCIÓN DE BECAS
1.4.6.0.1 DEPARTAMENTO DE BECAS DE EDUCACIÓN BÁSICA
1.4.6.0.2 DEPARTAMENTO DE BECAS DE PROGRAMAS ESPECÍFICOS
1.4.6.0.3 DEPARTAMENTO DE BECAS ACADÉMICAS Y APOYO A LA EDUCACIÓN
NORMAL
1.4.7 DIRECCIÓN DE APOYO A LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS EN LA ZONA NORTE
1.5 COORDINACIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
1.5.0.1 COORDINACIÓN TÉCNICA
1.5.0.2 DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS (ZONA NORTE)
1.5.1 DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
1.5.1.0.1 DEPTO. DE REGISTRO Y PRESTACIONES AL PERSONAL
1.5.1.0.2 DEPARTAMENTO DE REMUNERACIÓN Y CAMBIOS DE ADSCRIPCIÓN
1.5.1.0.3 DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DE NIVEL PREESCOLAR, MISIONES
CULTURALES Y FORMADORAS DE DOCENTES
1.5.1.0.4 DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DEL NIVEL PRIMARIA Y TIEMPO
COMPLETO
1.5.1.0.5 DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DE SECUNDARIAS GENERALES Y
EDUCACIÓN FÍSICA
1.5.1.0.6 DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DE SECUNDARIAS TÉCNICAS,
EDUCACIÓN INDÍGENA Y ESPECIAL
1.5.1.0.7 DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL Y
TELESECUNDARIAS
1.5.1.0.8 DEPARTAMENTO DE PLANTILLAS DE PERSONAL
1.5.1.0.9 DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN Y SEGUIMIENTO AL SIECE
1.5.2 DIRECCIÓN DE PROCESOS DE NÓMINA
1.5.2.0.1 DEPARTAMENTO DE PROCESAMIENTO DE DATOS
1.5.2.0.2 DEPARTAMENTO DE CONTROL Y CALIDAD DE PAGO
1.5.2.0.3 DEPARTAMENTO DE CONTROL DE APORTACIONES Y RETENCIONES
1.6 COORDINACIÓN GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE
1.6.0.1 COORDINACIÓN TÉCNICA
1.6.1 DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN EDUCATIVA
1.6.1.0.1 DEPARTAMENTO DE INTEGRACIÓN Y DIFUSIÓN DE RESULTADOS
1.6.1.0.2 DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN DEL PROCESO EDUCATIVO
1.6.2 DIRECCIÓN DE FORMACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL
1.6.2.0.1 DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS DE TUTORÍA Y REGULARIZACIÓN
1.6.2.0.2 DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN CONTINUA, ACTUALIZACIÓN Y
DESARROLLO PROFESIONAL
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
20
1.6.2.0.3 DEPARTAMENTO DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA ESCUELA EN
LA EDUCACIÓN BÁSICA
1.6.3 DIRECCIÓN DE SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE
1.6.3.0.1 DEPARTAMENTO DE INGRESO Y RECONOCIMIENTO
1.6.3.0.2 DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN
1.6.3.0.3 DEPARTAMENTO DE PERMANENCIA
1.6.3.0.4 DEPARTAMENTO DEL SISTEMA ESTATAL DE INFORMACIÓN DEL SERVICIO
PROFESIONAL DOCENTE
1.7 COORDINACIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA EDUCACIÓN EN BENITO JUÁREZ
24
IX. FUNCIONES
DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL
I. Tener la representación legal y firma social del Organismo como titular “A” para
emitir, aceptar, endosar, avalar, librar, girar y suscribir toda clase de títulos de
crédito, en términos del artículo 9º de la Ley General de Títulos y Operaciones de
Crédito, ejercer actos de dominio, de administración y para pleitos y cobranzas,
incluyendo aquellos en materia laboral y mercantil, así como, en juicios civiles,
penales y de amparo en que el Organismo sea parte, con todas las facultades
generales y las especiales. Para los actos de dominio que tengan por objeto la
compra o enajenación de inmuebles, se requerirá autorización en los términos que
apruebe o instruya previamente y por escrito la H. Junta Directiva, de conformidad
con lo que al efecto disponga la Ley del Patrimonio del Estado de Quintana Roo;
II. Otorgar y revocar Poderes Generales para pleitos y cobranzas y actos de
administración, así como Poderes Especiales a favor de terceras personas;
III. Dirigir, coordinar y evaluar las políticas, lineamientos y normas de operación y
administración del Organismo, de conformidad con los objetivos, estrategias y
prioridades establecidas por la H. Junta Directiva y la normatividad vigente en la
materia;
IV. Verificar la adecuada y oportuna aplicación de la normatividad vigente en la
materia, que garantice el adecuado funcionamiento del Organismo y la plena
participación y orden de sus integrantes;
V. Proponer a la H. Junta Directiva, los proyectos de leyes, decretos, reglamentos y
acuerdos sobre los asuntos, competencia del Organismo;
VI. Integrar y presidir las comisiones internas temporales o permanentes que sean
necesarias, para el buen funcionamiento del Organismo;
VII. Acordar, con los Coordinadores Generales y con el Órgano de Control y
Evaluación Interna, los asuntos de sus respectivas competencias y supervisar el
ejercicio de las facultades de los titulares de las unidades administrativas que
estén bajo su dependencia directa;
VIII. Vigilar y evaluar el cumplimiento de los planes y programas de estudio en los
diferentes tipos, niveles y modalidades de la Educación en el Estado, conforme a
la normatividad estatal y federal, vigente;
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25
IX. Dirigir y evaluar la gestión y resultados de las unidades administrativas a su cargo
y, en su caso, implantar las medidas necesarias para elevar sus niveles de
eficiencia y eficacia;
X. Promover la difusión pertinente de los objetivos, programas y resultados
alcanzados por el Organismo;
XI. Operar, a través del Organismo o de concesiones a particulares, las Tiendas
Escolares que se encuentren en los planteles educativos a su cargo, con pleno
apego a la normatividad vigente; y
XII. Las demás que se le confieran por la H. Junta Directiva o por otras disposiciones
legales y reglamentarias vigentes.
ÓRGANO DE CONTROL Y EVALUACIÓN INTERNA
Objetivo: Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativas para el manejo
de los recursos públicos, así como contribuir en el cumplimiento en materia de control,
supervisión y fiscalización; promoviendo la participación ciudadana a través de la
contraloría social y atendiendo las quejas, denuncias y sugerencias que presente la
ciudadanía e interviniendo en los procesos de Entrega y Recepción; así como coadyuvar
para la recepción y seguimiento de las declaraciones de situación patrimonial de los
Servidores Públicos.
Funciones:
I. Programar y realizar auditorías, verificaciones e inspecciones, así como analizar
y determinar las irregularidades financieras y administrativas que resulten.
II. Vigilar el cumplimiento, por parte de las Unidades Administrativas de los
Servicios Educativos de Quintana Roo, de las obligaciones derivadas de las
disposiciones en materia de planeación, programación, presupuestación,
ingresos, financiamiento, inversiones, deuda, patrimonio y fondos y valores
asignados al cuidado de la misma.
III. Dar seguimiento a las observaciones derivadas de las auditorías y revisiones
efectuadas a fin de vigilar que sean atendidas todas y cada una de las
observaciones y recomendaciones emitidas.
IV. Dar seguimiento a las observaciones y recomendaciones realizadas, que hayan
sido derivadas de procesos de auditoría de Despachos Externos e Instancias
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
26
Fiscalizadoras Estatales y Federales; éstos últimos con base al Convenio de
Coordinación establecidos para tal efecto.
V. Llevar a cabo los procedimientos administrativos disciplinarios y en su caso, dar
vista de las investigaciones y auditorías que se hubieran practicado y remitir los
informes de auditoría con presunta responsabilidad administrativa debidamente
integradas a la Coordinación General de Responsabilidades y Situación
Patrimonial cuando se trate de infracciones graves o que por su naturaleza deba
conocer, para el inicio del procedimiento administrativo disciplinario, en términos
de los dispuesto en el ordenamiento legal en materia de responsabilidad
administrativa y demás disposiciones legales aplicables.
VI. Participar en los actos de entrega y recepción para verificar que los procesos
de entrega y recepción se efectúen conforme a la normatividad vigente.
VII. Dar seguimiento a los procesos de inconformidad, derivados de los actos de
entrega y recepción en los cuales se participaron.
VIII. Participar en la inspección de bienes muebles y del inventario vehicular, para dar
fe en los casos de enajenación y baja de bienes, verificando que se lleve a cabo
de acuerdo a la normatividad vigente.
IX. Coadyuvar con la Coordinación General de Responsabilidades y Situación
Patrimonial en la recepción, trámite, notificación y seguimiento de las quejas,
denuncias, sugerencias o procedimientos administrativos disciplinarios que se
instruyan o formulen por actos u omisiones de las obligaciones previstas en la
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y a las
disposiciones legales o administrativas de su competencia.
X. Coadyuvar con la Coordinación General de Responsabilidades y Situación
Patrimonial para el asesoramiento, recepción y seguimiento de las
declaraciones de situación patrimonial de los (las) servidores (as) públicos (as),
a través del Sistema "DECLARANET" de conformidad al criterio normativo que
para tal efecto se expida.
XI. Coadyuvar con la Coordinación General de Responsabilidades y Situación
Patrimonial a efecto de vigilar y verificar que los (las) servidores (as) públicos (as)
responsables, envíen oportunamente el padrón de servidores (as) públicos (as)
obligados (as) a presentar declaración patrimonial y el reporte de los inicios y
conclusiones de cargo de los mismos, en la forma y plazos establecidos en el
criterio normativo que para tal efecto se expida.
XII. Verificar el cumplimiento de la normatividad establecida, en los procesos de
licitación y dar fe de los actos de apertura técnica y económica de los recursos
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
27
que para la contratación de adquisiciones de bienes, arrendamiento y prestación
de servicios se lleven a cabo.
XIII. Apoyar en la fiscalización, supervisión, entrega y recepción de las adquisiciones y
servicios.
XIV. Requerir, en su caso, a terceros que hubieran contratado bienes y servicios y en
general a cualquier persona física o moral que haya ejercido recursos públicos, la
información relacionada con estas operaciones a efecto de realizar las compulsas
correspondientes.
XV. Proporcionar asesoría, para el trámite de la Constancia de No Inhabilitación, a
través del Sistema de Constancias de No Inhabilitados.
XVI. Proporcionar asistencia y apoyo técnico a los comités comunitarios, que se
constituyan dentro del Programa de Contraloría Social.
XVII. Fungir como Comisario Público Suplente, en los casos que así lo determine el
Secretario de la Gestión Pública.
XVIII. Coordinar actividades con la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo para garantizar y
transparentar la protección de información que sea de su competencia,
encaminadas a la transparencia y acceso a la información pública.
XIX. Garantizar el resguardo y protección de la información que obre en poder del
Órgano de Control y Evaluación Interna.
XX. Coordinar la elaboración del Programa Operativo Anual del área a su cargo para
el cumplimiento de los objetivos institucionales.
XXI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XXIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXIV. Supervisar el cumplimiento y avance de las metas establecidas en el Programa
Operativo Anual del área a su cargo.
XXV. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
28
encomienden; así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las
áreas a su cargo.
XXVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración; y
XXVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
Objetivo: Brindar asesoría y apoyo jurídico a los servidores públicos del Organismo, para
efecto de que sus actos estén apegados a Derecho y defender jurídicamente los intereses
del Organismo.
Funciones:
I. Fungir como apoderado(a) general y representar al titular, al Organismo, a sus
servidores públicos y a sus unidades administrativas ante órganos
jurisdiccionales federales, estatales y municipales, tribunales o juntas de
conciliación y arbitraje, tribunales de lo contencioso-administrativo y autoridades
administrativas en los procesos o procedimientos de toda índole, con todas las
facultades generales y aún las especiales conforme a la ley y, de manera
enunciativa más no limitativa, tendrá las siguientes facultades: para intentar y
desistirse de toda clase de juicios, ya sean del orden federal o estatal,
incluyendo el de amparo; para transigir, comprometer en árbitros, articular y
absolver posiciones como representante legal de su mandante, recusar;
presentar denuncias y querellas en materia penal y constituirse por su
mandante en parte civil o en tercero coadyuvante del ministerio público, así
como para otorgar el perdón en su caso. La o el titular de la Dirección de
Asuntos Jurídicos, mediante oficio, podrá conferir o delegar dicha
representación en servidores(as) públicos (as) subalternos y sustituir o revocar
dichas facultades.
II. Integrar los informes previos y justificados que en materia de amparo deba
rendir el titular del Organismo y demás servidores públicos que sean señalados
como autoridades responsables, así como solicitar la intervención de la
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
29
Procuraduría General de Justicia del Estado en todos aquellos asuntos
contenciosos que le competen al Organismo.
III. Fungir como órgano de apoyo y consultoría jurídica, asesorando al o la Titular
del Organismo, Coordinaciones, Direcciones, Jefaturas de Departamento y
demás personal que integra la Institución, en la interpretación y aplicación de
las disposiciones jurídicas-administrativas de la competencia del mismo.
IV. Promover la actualización, difusión y aplicación del marco jurídico federal y
estatal en materia educativa y proponer su actualización ante las instancias
competentes, así como llevar su registro y compilación.
V. Proponer los anteproyectos de iniciativa de leyes, decretos, reglamentos,
acuerdos, circulares y demás disposiciones jurídico-administrativas que se
relacionen con el Organismo.
VI. Formular en su caso, y revisar conforme a las normas aplicables, los contratos,
convenios, concesiones, autorizaciones, permisos, licencias y demás actos
consensuales en los que intervenga el Organismo, y llevar su registro y control.
VII. Emitir la opinión jurídica respecto de los proyectos e instrumentos jurídicos
relativos a la adquisición, obras, servicios, enajenación, destino o afectación de
los bienes que formen parte del patrimonio del Organismo.
VIII. Implementar los procedimientos administrativos, de rescisión, nulidad,
revocación o cancelación de convenios, contratos de adquisiciones, servicios,
obras, enajenación, destino y afectación de los bienes que formen parte del
patrimonio del Organismo, así como de las concesiones de tiendas escolares.
IX. Expedir las copias certificadas de las constancias que obren en los archivos del
Organismo, cuando deban ser exhibidas en procedimientos judiciales o
contencioso-administrativos y en general para cualquier proceso o
investigación.
X. Establecer acciones coordinadas con las diferentes áreas que integran el
Organismo, para atender las controversias sobre la interpretación, operación,
cumplimiento y ejecución de los instrumentos jurídico-administrativos en los que
éstas sean parte.
XI. Gestionar cuando sea procedente, la publicación de las normas, actos,
acuerdos, convenios y contratos de competencia del Organismo en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado y órganos de difusión local conducente, así
como gestionar su inscripción en los registros públicos correspondientes.
XII. Regularizar conjuntamente con la Coordinación General de Planeación el
régimen patrimonial de los bienes inmuebles del Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
30
XIII. Establecer, evaluar y aplicar la política en materia jurídica laboral y participar
con las comisiones y comités en la revisión de las Condiciones Generales de
Trabajo del Organismo.
XIV. Aplicar multas a los prestadores de servicios educativos, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 174 de la Ley de Educación del Estado de Quintana
Roo.
XV. Emitir las sanciones previstas en las Condiciones Generales de Trabajo, al
personal que haya incumplido con sus obligaciones previstas en dicha
normatividad.
XVI. Emitir la separación del servicio sin necesidad de que exista resolución previa
del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o del Tribunal de Conciliación y
Arbitraje del Estado de Quintana Roo, al servidor público del sistema educativo
nacional, al personal docente y al personal con funciones de Dirección o
Supervisión en la Educación Básica, que incumpla con la asistencia a sus
labores por más de tres días consecutivos o discontinuos, en un periodo de
treinta días naturales, sin causa justificada, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 76 de la Ley General del Servicio Profesional Docente y su similar 92 de
la Ley de Educación del Estado de Quintana Roo,
XVII. Emitir los ceses por causa justificada, respecto de los trabajadores de “los
Servicios Educativos de Quintana Roo”, que incurran en las causas previstas en
el artículo 53 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes
Legislativo, Ejecutivo y Judicial, de los Ayuntamientos y Organismos
Descentralizados del Estado.
XVIII. Interponer las demandas ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado
de Quintana Roo, para la terminación de los efectos de nombramiento del
personal de “los Servicios Educativos de Quintana Roo”.
XIX. Resolver las actas administrativas levantadas en contra del personal del
Organismo, por infracciones en el ejercicio de su empleo, cargo o comisión.
XX. Emitir la suspensión de funciones y sueldos, respecto del personal que se
encuentre en prisión, y respecto de aquel que al levantarles acta administrativa,
el sindicato respectivo haya dado su conformidad para que sean suspendidos.
XXI. Ordenar la remoción del personal a oficina distinta de aquella en que estuvieran
prestando servicios, hasta que sea resuelto en definitiva el conflicto por el
Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado, después de levantada el acta
administrativa.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
31
XXII. Coadyuvar con la Secretaría de la Gestión Pública del Estado, en la integración
y substanciación de los expedientes relativos al procedimiento administrativo
disciplinario en contra del personal del Organismo.
XXIII. Substanciar y resolver, en el ámbito de competencia del Organismo, el recurso
administrativo de revisión.
XXIV. Conocer, resolver y en su caso aplicar las sanciones al personal docente y de
apoyo a la educación básica que incurran en incumplimiento de sus
obligaciones que como trabajadores tienen ante el Organismo.
XXV. Resolver las controversias que se susciten con motivo de la operación y
funcionamiento de las tiendas escolares.
XXVI. Atender en coordinación con las diferentes áreas del Organismo, las solicitudes
de informes, conciliaciones y recomendaciones que se deriven de la Comisión
Estatal de Derechos Humanos.
XXVII. Coordinar la elaboración del Programa Operativo Anual del área a su cargo
para el cumplimiento de los objetivos institucionales.
XXVIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la
misma.
XXIX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo delegue o encomiende el titular del Organismo.
XXX. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXXI. Informar y auxiliar al o la titular del organismo, dentro del ámbito de su
competencia, sobre las funciones y comisiones que le delegue o encomiende;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su
cargo.
XXXII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXXIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración
estatal.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
32
XXXIV. Proponer, aplicar y evaluar las normas y políticas del Organismo, en materia de
autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios de planteles
educativos particulares, así como de revalidación y equivalencia de estudios;
XXXV. Controlar, vigilar y supervisar los servicios educativos que imparten los
particulares autorizados, reconocidos o registrados ante los Servicios
Educativos de Quintana Roo, así como inspeccionar, y en su caso clausurar,
aquellos que no cuenten con dicha autorización, reconocimiento o registro, o
bien contravengan con las disposiciones jurídicas aplicables;
XXXVI. Coordinar, dirigir, validar y supervisar las actividades de revalidación de
estudios en sus diferentes tipos, niveles y modalidades, conforme a la
normatividad federal y estatal, vigente;
XXXVII. Coordinar, dirigir y supervisar el procedimiento de solicitud de trámite de
autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios para prestar
servicios educativos en los distintos tipos, niveles y modalidades, así como de
los servicios educativos que sólo requieran o soliciten registro;
XXXVIII. Validar, aplicar y supervisar, en coordinación con las áreas competentes del
Organismo, las normas, políticas y lineamientos, federales y estatales, que
deberán observar los particulares en materia de autorización o reconocimiento
de validez oficial de estudios;
XXXIX. Realizar visitas de supervisión, verificación y/o inspección ordinarias o
extraordinarias, de los servicios educativos autorizados, reconocidos o
registrados, así como de vigilancia a los que se ofrezcan sin autorización,
reconocimiento o registro; asimismo, emitir las órdenes de visita de supervisión,
verificación y/o inspección ordinarias o extraordinarias y autorizar al personal
para llevar a cabo dichas visitas en términos de las disposiciones aplicables;
XL. Integrar, actualizar y difundir el padrón de instituciones educativas particulares
con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, así como de
aquellas que cuenten con el registro correspondiente;
XLI. Intervenir en el procedimiento de revocación de las autorizaciones otorgadas a
los particulares para impartir educación, cuando sea necesario, en los términos
de las disposiciones aplicables;
XLII. Desarrollar y evaluar las normas, políticas y lineamientos en materia de
autorización y reconocimientos de validez oficial de estudios, a los planteles
particulares; y
XLIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende
expresamente el o la titular del Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
33
DEPARTAMENTO DE LO CONTENCIOSO Y ENLACE LEGISLATIVO
Objetivo: Procurar la defensa jurídica de los intereses del organismo y mantener
actualizado su marco jurídico.
Funciones:
I. Proponer y formular los anteproyectos de iniciativa de leyes, decretos,
reglamentos, acuerdos, circulares y demás disposiciones jurídico-administrativas
que se relacionen con el organismo, así como sus reformas o modificaciones.
II. Llevar un registro de la normatividad vigente aplicable al organismo.
III. Difundir las leyes, decretos, reglamentos y acuerdos que se relacionen con el
sector educativo; así como las circulares, órdenes y demás lineamientos de
carácter general, y en su caso particular, que emitan el o la Dirección General y los
titulares de las unidades administrativas del organismo.
IV. Gestionar ante las autoridades competentes, la regularización e incorporación al
patrimonio del organismo, de los inmuebles destinados al servicio educativo.
V. Elaborar los proyectos de contestación a las demandas interpuestas contra el
organismo, procurando la defensa de los intereses del mismo.
VI. Elaborar los proyectos de demandas que sean necesarias para la defensa de los
intereses del organismo.
VII. Elaborar los proyectos de informes previos y justificados que en materia de
amparo deba rendir la Dirección General y demás servidores (as) públicos (as)
que sean señalados como autoridades responsables.
VIII. Requerir al personal del organismo los informes relacionados con quejas
presentadas en la Comisión de Derechos Humanos y elaborar los proyectos de
informes que en materia de derechos humanos se soliciten a la Dirección General
del Organismo, aceptar propuestas de conciliación y recomendaciones, y remitir
pruebas de cumplimiento.
IX. Substanciar y elaborar el proyecto de resolución al recurso administrativo de
revisión interpuesto por los particulares.
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X. Asesorar a las diversas unidades administrativas, en materia laboral, para
instrumentar los procedimientos de cese, levantamiento de actas administrativas,
aplicación de sanciones al personal, y en general sobre cualquier asunto
relacionado con los derechos y obligaciones del personal del organismo.
XI. Instaurar el procedimiento establecido en el artículo 75 de la Ley General del
Servicio Profesional Docente y su similar 91 de la Ley de Educación del Estado de
Quintana Roo, para aplicar multas a los prestadores de servicios educativos, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 174 de la Ley de Educación del Estado
de Quintana Roo.
XII. Elaborar los proyectos de sanciones previstas en las Condiciones Generales de
Trabajo, al personal que haya incumplido con sus obligaciones previstas en dicha
normatividad.
XIII. Instaurar el procedimiento establecido en el artículo 75 de la Ley General del
Servicio Profesional Docente, y su similar 91 de la Ley de Educación del Estado de
Quintana Roo, para, separar del servicio sin responsabilidad para la autoridad
educativa o el organismo descentralizado y sin necesidad de que exista resolución
previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o del Tribunal de
Conciliación y Arbitraje del Estado de Quintana Roo, al servidor público del
sistema educativo nacional, al personal docente y al personal con funciones de
Dirección o Supervisión en la Educación Básica, que incumpla con la asistencia a
sus labores por más de tres días consecutivos o discontinuos, en un periodo de
treinta días naturales, sin causa justificada, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 76 de la Ley General del Servicio Profesional Docente y su similar 92 de la
Ley de Educación del Estado de Quintana Roo,
XIV. Elaborar los proyectos de ceses por causa justificada, respecto de los trabajadores
de “los Servicios Educativos de Quintana Roo”, que incurran en las causas
previstas en el artículo 53 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes
Legislativo, Ejecutivo y Judicial, de los Ayuntamientos y Organismos
Descentralizados del Estado.
XV. Elaborar los proyectos de demandas ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje
del Estado de Quintana Roo, previo levantamiento de acta administrativa, para la
terminación de los efectos de nombramiento del personal de “los Servicios
Educativos de Quintana Roo”.
XVI. Elaborar la suspensión de funciones y sueldos, respecto de las y los trabajadores
que se encuentren en prisión, y respecto de aquéllos(as) que al levantarles acta
administrativa, el sindicato respectivo, haya dado su conformidad para que sean
suspendidos(as).
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XVII. Elaborar la remoción del personal a oficina distinta de aquella en que estuviera
prestando servicios, hasta que sea resuelto en definitiva el conflicto por el Tribunal
de Conciliación y Arbitraje del Estado.
XVIII. Proponer, evaluar y aplicar la política en materia jurídica laboral y participar en las
comisiones y comités en la revisión de las Condiciones Generales de Trabajo del
Organismo.
XIX. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XX. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XXI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXIII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXIV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXVI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE PROCEDIMIENTOS JURÍDICO-ADMINISTRATIVOS
Objetivo: Instrumentar acciones que tiendan a la prevención de faltas administrativas por
parte de los servidores públicos del organismo.
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Funciones:
I. Asesorar y brindar orientación jurídica a las áreas del organismo que así lo
soliciten, en relación a la normatividad del sector educativo.
II. Propiciar la difusión de las normas jurídicas relacionadas con la operación del
organismo, pudiendo ser, a través de talleres participativos con las diferentes
unidades administrativas.
III. Revisar y presentar para autorización del o la titular de la Dirección de Asuntos
Jurídicos, los proyectos de convenios relacionados con el sector educativo, así
como los contratos de adquisiciones, obras, servicios, destino y afectación de los
bienes que formen parte del patrimonio del organismo, que solicite el
Departamento de Adquisiciones y demás unidades administrativas.
IV. Elaborar los proyectos de procedimientos administrativos, de rescisión, nulidad,
revocación o cancelación de convenios, contratos de adquisiciones, servicios,
obras, enajenación, destino y afectación de los bienes que formen parte del
patrimonio del organismo, así como de las concesiones de tiendas escolares, y
presentar para la autorización del o la titular de la Dirección de Asuntos jurídicos.
V. Supervisar que se genere un registro de los convenios y contratos que celebre el
organismo.
VI. Elaborar proyectos de demandas que sean necesarias.
VII. Asesorar y auxiliar al personal en caso de siniestros, tales como robo y daños a los
bienes propiedad de los Servicios Educativos de Quintana Roo.
VIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
IX. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
X. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
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XIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE INCORPORACIÓN, REVALIDACIÓN Y EQUIVALENCIAS
Objetivo: Controlar, vigilar y supervisar los servicios educativos que imparten los
particulares autorizados, reconocidos o registrados ante el organismo, así como
inspeccionar, y en su caso clausurar, aquellos que no cuenten con dicha autorización,
reconocimiento o registro, o bien contravengan con las disposiciones jurídicas aplicables.
Funciones:
I. Coordinar, dirigir, validar y supervisar las actividades de revalidación de estudios
en sus diferentes tipos, niveles y modalidades, conforme a la normatividad federal
y estatal, vigente.
II. Coordinar, dirigir y supervisar el procedimiento de solicitud de trámite de
autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios para prestar servicios
educativos en los distintos tipos, niveles y modalidades, así como de los servicios
educativos que sólo requieran o soliciten registro.
III. Elaborar los proyectos de los Acuerdos de Incorporación de las escuelas
particulares para impartir educación.
IV. Intervenir en la validación, aplicación y supervisión, en coordinación con las áreas
competentes del Organismo, las normas, políticas y lineamientos, federales y
estatales, que deberán observar los particulares en materia de autorización o
reconocimiento de validez oficial de estudios.
V. Realizar visitas de verificación e inspección ordinarias o extraordinarias, de los
servicios educativos autorizados, reconocidos o registrados, así como de vigilancia
a los que se ofrezcan sin autorización, reconocimiento o registro.
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VI. Intervenir en el Procedimiento administrativo de imposición de sanción a las
escuelas particulares autorizadas o reconocidas que contravengan con las
disposiciones jurídicas aplicables, así como aquellas que ofrezcan servicios
educativos sin contar con la autorización o reconocimiento correspondiente.
VII. Integrar, actualizar y difundir el padrón de instituciones educativas particulares con
autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, así como de aquellas
que cuenten con el registro correspondiente.
VIII. Intervenir en el procedimiento de revocación de las autorizaciones o retiro de los
reconocimientos de validez oficial de estudios otorgados a los particulares para
impartir educación, cuando sea necesario, en los términos de las disposiciones
aplicables.
IX. Participación en el Desarrollo y evaluación de normas, políticas y lineamientos en
materia de autorización y reconocimientos de validez oficial de estudios, a los
planteles particulares.
X. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
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UNIDAD DE ENLACE PARA LA TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA
Objetivo: Organizar, administrar y poner a disposición de la ciudadanía, la información
producto de las acciones del Organismo, con el propósito de que sea consultada por la
misma.
Funciones:
I. Capacitar a los Servidores Públicos y brindar apoyo a los sujetos obligados en
materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos.
II. Recabar y difundir la información pública a la que se refiere el artículo 15 de la Ley
de Transparencia y acceso a la Información Pública de Quintana Roo.
III. Solicitar oportunamente a las áreas administrativas la información obligatoria
emanada del artículo 15 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública de Quintana Roo, para validarla e integrarla al portal web del Organismo.
IV. Supervisar que la información publicada en el portal web del organismo, sea
actualizada en el sistema cada vez que se requiera.
V. Recibir las solicitudes de información que la Unidad de Transparencia y Acceso a
la Información Pública del Poder Ejecutivo (UTAIPPE) haga llegar a la Unidad de
enlace para la Transparencia y Acceso a la Información Pública.
VI. Analizar la información solicitada por los usuarios y con base a esto, entregar o
negar la información requerida, fundamentando y motivando la resolución en los
términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado
de Quintana Roo.
VII. Dar trámite a las solicitudes de acceso a la información a las áreas competentes
que den respuesta en los plazos establecidos por Ley.
VIII. Orientar al solicitante sobre otras dependencias u órganos que podrían brindarle
información similar a la que solicitan.
IX. Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información pública solicitada,
sus costos y resultados, así como el tiempo de respuesta de las mismas.
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X. Elaborar los formatos necesarios para que el proceso de respuesta a la
información solicitada, sea eficiente y eficaz.
XI. Promover y difundir entre los servidores públicos, los beneficios del manejo de la
información pública, así como las responsabilidades que se contraen al hacer uso
y conservación de la misma.
XII. Ordenar conjuntamente con las áreas del Organismo, la información de acuerdo a
los criterios de clasificación y conservación de documentos administrativos, así
como la organización y respaldo de los archivos.
XIII. Clasificar la información en pública, reservada o confidencial según los términos
marcados en el artículo 23 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Estado de Quintana Roo.
XIV. Informar semestralmente ala o el titular del Organismo, o en cualquier momento
que este(a) lo requiera, acerca de las solicitudes de acceso a la información que
han sido recibidas, atendidas y las que están en proceso de desahogo.
XV. Establecer permanentemente líneas de comunicación con las unidades
administrativas del organismo, con el propósito de actualizar la información
correspondiente a las mismas, para cumplir con el art. 15 de la ley en la materia.
XVI. Realizar los trámites internos necesarios para localizar, y en su caso, entregar la
información pública solicitada, además de efectuar las notificaciones a los
particulares.
XVII. Hacer del conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por
el incumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo y las demás disposiciones
aplicables.
XVIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XIX. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
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XXII. Informar y auxiliar al o la titular del organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE ENLACE JURÍDICO EN LA ZONA NORTE
Objetivo: Brindar asesoría y apoyo jurídico a los servidores públicos del organismo en la
zona norte, para efecto de que sus actos estén apegados a derecho y defender
jurídicamente los intereses del organismo.
Funciones:
I. Fungir como órgano de apoyo y consultoría jurídica, asesorando al o la Titular del
Organismo, Coordinaciones, Direcciones, Jefaturas de Departamento y demás
personal que integra la Institución, en la interpretación y aplicación de las
disposiciones jurídicas-administrativas de la competencia del mismo.
II. Promover la actualización, difusión y aplicación del marco jurídico federal y estatal
en materia educativa y proponer su actualización ante las instancias competentes,
así como llevar su registro y compilación.
III. Establecer acciones coordinadas con las diferentes áreas que integran el
Organismo, para atender las controversias sobre la interpretación, operación,
cumplimiento y ejecución de los instrumentos jurídico-administrativos en los que
éstas sean parte.
IV. Informar a la Dirección de asuntos Jurídicos sobre el personal que haya
incumplido con sus obligaciones previstas en dicha normatividad.
V. Coordinar en conjunto con la Dirección de Asuntos Jurídicos del organismo, el
procedimiento jurídico para las incidencias y actas administrativas levantadas en
contra del personal del Organismo, por infracciones en el ejercicio de su empleo,
cargo o comisión.
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42
VI. Coordinar con la Dirección de Asuntos Jurídicos las sanciones previstas en las
Condiciones Generales de Trabajo, al personal que haya incumplido con sus
obligaciones previstas en dicha normatividad.
VII. Coordinar con la Dirección de Asuntos Jurídicos la resolución de las controversias
que se susciten con motivo de la operación y funcionamiento de las tiendas
escolares.
VIII. Atender en la zona norte del estado, las solicitudes de informes, conciliaciones y
recomendaciones que se deriven de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
IX. Coadyuvar con la Coordinación General de Atención a la Educación en Benito
Juárez la elaboración del Programa Operativo Anual para el cumplimiento de los
objetivos institucionales.
X. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XI. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo delegue o encomiende el titular del Organismo.
XII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIII. Informar y auxiliar al o la titular del organismo, dentro del ámbito de su
competencia, sobre las funciones y comisiones que le delegue o encomiende; así
como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XIV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración estatal.
XVI. Apoyar a la Dirección de asuntos Jurídicos del organismo en todos los trámites y
servicios administrativos que requieran los usuarios de la zona norte del estado,
con la finalidad de coadyuvar en la descentralización y descarga administrativa del
organismo.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende
expresamente el o la titular del Organismo.
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SECRETARÍA PARTICULAR
Objetivo: Mantener estrecha coordinación y comunicación con todas las unidades del
Organismo, para integrar, analizar y seleccionar la información y soportes respectivos
para los acuerdos del o la titular del mismo.
Funciones:
I. Atender y dar respuesta oportuna y eficiente, a las instrucciones y requerimientos que
le instruya la o el titular del organismo.
II. Coordinar y dar seguimiento a la agenda del o la titular del organismo, clasificando y
jerarquizando las actividades a desarrollar.
III. Supervisar el seguimiento de los acuerdos, instrucciones y documentación asignada
a las áreas, verificando su adecuada y oportuna atención y cumplimiento.
IV. Coordinar las actividades para clasificar y mantener actualizado el archivo y registro
de la documentación respectiva de la o el titular del organismo.
V. Coordinar y supervisar las actividades del personal de apoyo adscrito al despacho de
la o el titular del organismo.
VI. Coordinar y supervisar la oportuna y adecuada atención de las personas que soliciten
entrevistas o acuerdos con la o el titular del organismo.
VII. Coordinar la logística, para la realización de las giras de trabajo de la o el titular del
organismo.
VIII. Promover y organizar, en coordinación con la Dirección de Comunicación Social, las
ruedas de prensa y entrevistas en las que la o el titular del organismo intervenga, así
como en la realización de eventos especiales.
IX. Promover y supervisar la actualización de los registros de eventos educativos,
culturales y deportivos, en que intervenga la o el titular del organismo.
X. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende expresamente
el o la titular del organismo.
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DEPARTAMENTO DE AGENDA
Objetivo: Registrar, actualizar y jerarquizar los eventos educativos y culturales del o la
titular del organismo con la finalidad de elaborar la agenda institucional.
Funciones:
I. Clasificar las actividades de acuerdo a la prioridad del o la titular del organismo.
II. Actualizar los registros de eventos educativos, culturales y deportivos, en que
intervenga la o el titular del organismo.
III. Elaborar la agenda del o la titular del organismo, clasificando y jerarquizando las
actividades a desarrollar.
IV. Mantener actualizado el archivo y registro de la documentación respectiva de la o el
titular del organismo.
V. Dar seguimiento de la documentación asignada a las áreas, verificando su adecuada
y oportuna atención y cumplimiento.
VI. Apoyar a la Secretaría Particular para supervisar las actividades del personal de
apoyo adscrito al despacho de la o el titular del organismo.
VII. Informar a la Secretaría Particular sobre las solicitudes de personas que requieran
entrevistas con la o el titular del organismo.
VIII. Dar seguimiento a la logística, para la realización de las giras de trabajo del o la titular
del organismo.
IX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende expresamente
el o la titular de la Dirección General.
SECRETARÍA PRIVADA
Objetivo: Mantener estrecha coordinación y comunicación con todas las unidades
pertenecientes al organismo, para integrar, analizar y seleccionar la información y
soportes respectivos para los acuerdos del titular del mismo.
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Funciones:
I. Coordinar las actividades de carácter privado que realice el o latitular del
organismo en sus oficinas y/o recintos oficiales y edificios de los Servicios
Educativos, para que se lleven a cabo en tiempo y forma, de manera eficaz y
eficientemente.
II. Desarrollar sistemática y cronológicamente previo acuerdo con el o la titular del
organismo, lo referente a las solicitudes de audiencias, visitas, giras, entrevistas y
demás eventos en los que asista, para coordinar las actividades que llevará a cabo
el o la titular del organismo.
III. Atender y dar respuesta a las solicitudes personales que por diversos medios, los
ciudadanos formulen al o la titular del organismo, para mantener una comunicación
estrecha entre el o la titular del organismo y la ciudadanía, teniéndolo informado de
sus necesidades.
IV. Tratar con el o la titular del organismo, los asuntos que le sean planteados verbal o
por escrito por los docentes, padres de familia, rectores, alumnos, directores
generales y sociedad en general y que sean de la competencia de la Secretaría
Privada, para recibir instrucciones y darle seguimiento hasta su conclusión.
V. Coordinar los mecanismos de seguimiento a las instrucciones giradas por el o la
titular del organismo, tanto en las giras y eventos, como en la documentación que
le es presentada en audiencias y acuerdos, para que se cumplan con estricto
apego a las normas establecidas.
VI. Establecer coordinación con autoridades federales, estatales, municipales y
personal administrativo de los servicios educativos, cuando las funciones propias
del o la titular del organismo que así lo requieran.
VII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende
expresamente el o la titular del organismo.
SECRETARÍA TÉCNICA
Objetivo: Dar seguimiento en coordinación con las diversas áreas administrativas de las
acciones estratégicas en beneficio de la Política Educativa que impulse el desarrollo del
sistema educativo de Quintana Roo, con el objetivo de generar información para el o la
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titular del organismo; así como difundir en los medios electrónicos oficiales las acciones
realizadas en beneficio del sector educativo.
Funciones:
I. Fortalecer el seguimiento de los acuerdos de las actividades y acuerdos que se
deriven del Consejo Nacional de Autoridades Educativas (CONAEDU).
II. Coordinar e integrar los informes ante la H. Junta Directiva del Organismo.
III. Convocar por escrito en calidad de Secretario o Secretaria a los miembros de la H.
Junta Directiva a las sesiones correspondientes.
IV. Formular un registro y dar seguimiento a los acuerdos e instrucciones establecidas
entre los coordinadores generales del organismo, así como otras instancias
federales, estatales y municipales a fin de mantener informado al titular de la
situación que guardan los acuerdos institucionales.
V. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
VI. Coordinar y dar seguimiento a la administración de la Página Web y redes sociales
oficiales del organismo a fin de garantizar el correcto uso de la información.
VII. Implementar estrategias de vinculación y control para la recepción de la
información sustantiva para difusión en la Página web y redes sociales oficiales del
organismo.
VIII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
IX. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
X. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
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XIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIV. Informar y auxiliar al o la titular del organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden; así como
acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE DIFUSIÓN EDUCATIVA
Objetivo: Administrar la Página Web del Organismo y brindar soporte a los medios
tecnológicos, destinados a la difusión de acciones y actividades realizadas por el o la
titular y los coordinadores generales del Organismo, así como de los programas
educativos.
Funciones:
I. Recibir y validar la información que las áreas responsables determinen para
difundir dentro del servidor del portal web y redes sociales oficiales.
II. Implementar en la página web la imagen institucional autorizada para el
Organismo, según se indique, y actualizarla de manera permanente.
III. Capacitar al personal responsable de las diferentes áreas del organismo en la
publicación de información oficial alojada en el servidor del portal web, el cual
deberá ser apegada a la normatividad vigente.
IV. Administrar y actualizar el contenido de la información difundida en el portal web
enviada para su publicación por las Coordinaciones Generales del Organismo,
Dependencias Estatales y Federales.
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V. Promover y apoyar a la Dirección de Comunicación Social en la promoción y
difusión de las actividades del sector educativo, avisos y comunicados oficiales
emitidos por el Organismo y su titular.
VI. Revisar y analizar el contenido de eventos educativos emblemáticos para del
Estado para su difusión y promoción.
VII. Coadyuvar y coordinar con el Departamento de Apoyo Técnico los eventos en los
que participa la secretaría técnica.
VIII. Participar en reuniones de trabajo y eventos que por acuerdo deleguen o
encomiende el o la titular de la Secretaría Técnica.
IX. Informar de manera inmediata y oportuna al titular de los casos que demanden
atención y ocuparse de aquellos de índole oficial que instruya.
X. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIII. Informar y auxiliar al/la titular del organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
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DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO INSTITUCIONAL
Objetivo: Coordinar y dar seguimiento de manera armónica y objetiva a los acuerdos
establecidos con las distintas coordinaciones generales del organismo, instancias
federales, estatales y municipales a fin de brindar resultados eficientes que contribuyan al
cumplimiento de las acciones sustantivas de la Secretaría Técnica.
Funciones:
I. Dar seguimiento a los acuerdos que deriven de las reuniones con los
coordinadores generales del organismo y otras unidades responsables así como
otras instancias federales, estatales y municipales donde se generen compromisos
del titular.
II. Generar un calendario o programa de seguimiento de los acuerdos e instrucciones
establecidos entre las unidades administrativas.
III. Atender y dar seguimiento oportuno a las instrucciones y requerimientos que
instruya el/la titular de la Secretaría Técnica.
IV. Coadyuvar con los departamentos adscritos a la Secretaría Técnica en la
realización de eventos educativos instruidos por el o la titular del organismo.
V. Participar en reuniones de trabajo y eventos que por acuerdo deleguen o
encomiende el o la titular de la Secretaría Técnica.
VI. Atender y dar seguimiento a las solicitudes y gestiones que el titular del Organismo
recibe vía correo electrónico y que son turnados a la Secretaría Técnica.
VII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
VIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
IX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
X. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
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ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE APOYO TÉCNICO
Objetivo: Planear y coordinar en coordinación con dependencias, instituciones y
entidades del gobierno federal, estatal y municipal, en los procesos de logística de
aquellas actividades y eventos educativos que determine la Secretaría Técnica por
instrucción del o la titular del organismo, así como brindar atención a las solicitudes
realizadas a éste, mediante los distintos medios electrónicos.
Funciones:
I. Realizar de manera coordinada con las áreas responsables, los procedimientos de
logística de aquellas actividades que determine el titular y su vinculación con
dependencias y entidades del gobierno estatal, federal y municipal o de otros
órdenes de gobierno.
II. Coordinar la ejecución de los eventos educativos instruidos por el/la titular de la
Secretaría Técnica.
III. Atender con prontitud y de forma personalizada todas las solicitudes que mediante
los diferentes medios electrónicos le lleguen al o la titular del organismo y que este
tenga a bien de ordenar su atención.
IV. Informar de manera inmediata y oportuna al o la titular de la Secretaría Técnica de
los casos que demanden atención y ocuparse de aquellos de índole oficial que
instruya.
V. Recibir el reporte diario de notas periodísticas que emita la dirección de
comunicación social para darle seguimiento y atención conjuntamente con todas
las áreas involucradas en la nota y realizar un informe semanal.
VI. Participar en reuniones de trabajo y eventos que por acuerdo deleguen o
encomiende el o la titular de la Secretaría Técnica.
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51
VII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
VIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
IX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
X. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Objetivo: Promover y difundir los objetivos, programas, los avances educativos y
resultados alcanzados por la Institución. Fortalecer la capacidad de difusión de las
acciones de los SEQ y contribuir a una comunicación institucional más efectiva. Fortalecer
la identidad institucional entre los equipos de trabajo y personal de los Servicios
Educativos en general.
Funciones:
I. Promover y apoyar a la Dirección General, en sus relaciones con los medios de
difusión, que coadyuven en la difusión y promoción de las actividades del sector
educativo.
II. Informar periódicamente a la opinión pública, a través de los medios de
comunicación, acerca de los asuntos y/o actividades que realiza el organismo en
beneficio del sector educativo.
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52
III. Integrar, analizar y difundir la información que se genere en los medios de
comunicación, concerniente al organismo, para conocer su impacto y tendencia.
IV. Proponer a la o el titular del organismo el plan de Comunicación Social de la
Dirección General, con la finalidad de posicionar a la educación como prioridad de
la sociedad quintanarroense.
V. Establecer y difundir los canales y sistemas de comunicación interna y externa
entre el personal del sector educativo, elaborando materiales informativos y
promoviendo el intercambio de publicaciones con otras dependencias y entidades.
VI. Promover la transmisión y publicación de materiales informativos de difusión
educativa, clasificando y conservando el acervo de los mismos.
VII. Integrar y controlar la videoteca, audioteca, así como la memoria escrita de los
acontecimientos del organismo.
VIII. Establecer una relación eficiente con los diversos medios de comunicación, con el
objeto de propiciar que estos sean canales de comunicación veraces y oportunos,
sobre la gestión y acciones del organismo.
IX. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del organismo.
X. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XI. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XIV. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XV. Informar y auxiliar al o la titular del organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden; así como
acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
53
XVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN
Objetivo: Compilar, analizar y distribuir la información publicada y difundida en los medios
de comunicación, concernientes a los servicios educativos para conocer su impacto y
tendencia, clasificando y jerarquizando dicha información para que las unidades
administrativas adopten las medidas pertinentes para difundir los objetivos, programas y
acciones del organismo.
Funciones:
I. Elaboración de boletines de prensa para informar a la opinión pública y medios de
comunicación acerca de los asuntos de competencia del organismo y los servicios
educativos.
II. Difundir los objetivos, programas y acciones del organismo.
III. Organizar la cobertura de prensa de las actividades de la persona titular del
organismo y de las diversas áreas.
IV. Establecer canales y sistemas de comunicación interna entre el personal del
organismo y los servicios educativos.
V. Compilar, analizar y distribuir la información publicada y difundida en los medios
de comunicación, concernientes a los servicios educativos para conocer su
impacto y tendencia, clasificando y jerarquizando dicha información para que las
unidades administrativas adopten las medidas pertinentes.
VI. Realizar, en coordinación con las unidades administrativas competentes, las
ruedas de prensa y entrevistas, así como el apoyo técnico, documental e
informativo que la Dirección General del Organismo y las áreas requieran.
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54
VII. Crear, fortalecer y controlar la memoria escrita de los acontecimientos del
organismo.
VIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
IX. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
X. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE FOTOGRAFÍA Y VIDEO
Objetivo: Elaborar “spots” y productos de audio y video para alimentar las campañas en
medios de comunicación de los programas y actividades del organismo. Así como
coordinar su distribución a los medios de comunicación.
Funciones:
I. Participar en la cobertura fotográfica y de video de las actividades del o la titular
del organismo y de las diversas unidades administrativas.
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55
II. Enviar materiales fotográficos, de audio y video a los medios de comunicación de
las actividades cubiertas y de las que se reciban de las diversas unidades
administrativas sobre las acciones y resultados de los programas educativos.
III. Elaborar “spots” y productos de audio y video para alimentar las campañas en
medios de comunicación de los programas y actividades del organismo.
IV. Crear, fortalecer y controlar la fototeca, videoteca y audioteca de los
acontecimientos del organismo.
V. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
VI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
VII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
VIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
IX. Informar y auxiliar al o la titular de la dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
X. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
UNIDAD DE ATENCIÓN AL MAESTRO
Objetivo: Coordinar, recibir y dar seguimiento a todas las solicitudes que realicen los
inspectores, supervisores y docentes, así como implementar mecanismos de
comunicación y vinculación entre éstos y los mandos superiores para coadyuvar en
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56
solventar cualquier dificultad u obstáculo que se presente y con ello mejorar el
desempeño del trabajo cotidiano.
Funciones:
I. Integrar y mantener actualizada base de datos donde se tenga toda la información
de todas las oficinas de las y los inspectores y supervisores de educación básica
del estado.
II. Mantener una comunicación estrecha, directa e institucional, con todas las oficinas
de enlaces en los municipios en torno a asuntos relacionados con personal
docente.
III. Mantener una comunicación estrecha, directa e institucional con todas las y los
inspectores y supervisores de educación básica del estado.
IV. Dar seguimiento, mediante el diseño de un programa de mantenimiento y de
entrega, a todas las solicitudes que realicen las y los inspectores, supervisores y
docentes en materia de mantenimiento de instalaciones e insumos que requieran
para poder desarrollar su trabajo de una forma pronta y eficaz.
V. Ser una vía de comunicación entre las y los inspectores y supervisores con los
mandos superiores para, de forma de conjunta, solventar cualquier dificultad u
obstáculo que se presente y con ello mejorar el desempeño del trabajo cotidiano.
VI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
VII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
VIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
IX. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
X. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
57
XI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende
expresamente el o la titular del organismo.
DIRECCIÓN DE GESTIÓN INSTITUCIONAL Y PROYECTOS ESTRATÉGICOS
Objetivo: Promover la mejora de la gestión institucional de los SEQ mediante el
desarrollo y aplicación de políticas, lineamientos, estrategias y herramientas
organizacionales que apoyen en el control de sus procesos y garanticen la
implementación de la perspectiva de género, derechos humanos y erradicación de la
violencia de Género.
Funciones:
I. Promover la mejora de la gestión institucional de los SEQ mediante el desarrollo
de políticas, lineamientos, estrategias y herramientas organizacionales que apoyen
en el control de sus procesos, la alineación de sus estructuras organizacionales y
la implementación de modelos innovadores de dirección que contribuyan a la
mejora de la calidad educativa.
II. Apoyar a las unidades administrativas en el diseño y mejora de sus procesos que
contribuyan a incrementar la calidad educativa y mejorar la percepción ciudadana
de los servicios educativos que se ofrecen.
III. Coordinar el proceso de reestructuración del organismo, presentar los proyectos
de manuales administrativos, así como la propuesta de modificaciones a la
estructura orgánica, para los trámites correspondientes ante las instancias
respectivas.
IV. Coordinar y dar seguimiento a las acciones necesarias para la implantación de
modelos de gestión innovadores que permitan mejorar la calidad de los servicios
educativos.
V. Proponer y aplicar las estrategias, los lineamientos y los criterios técnicos a que
deberán sujetarse las unidades administrativas de la organización, en relación con
los programas de innovación, modernización de la gestión pública, calidad total,
mejora de procesos y ahorro de recursos.
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58
VI. Promover la descentralización de los trámites y servicios en las unidades de
enlace de los municipios, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
VII. Gestionar y promover la efectiva sistematización y administración electrónica en
los procedimientos administrativos y en la gestión de los asuntos públicos.
VIII. Colaborar en las diversas fases de los programas y proyectos estratégicos, desde
el diseño hasta el desarrollo y conclusión, con el fin de monitorear el avance,
logros, alcances y cumplimiento de los objetivos.
IX. Brindar acompañamiento al personal con funciones académicas de supervisión,
asesoría pedagógica, tutoría, directiva, administrativa y docente para la
implementación de las perspectivas de género, derechos humanos y erradicación
de las violencias, en el marco de las atribuciones de los Servicios Educativos de
Quintana Roo en la gestión escolar y educativa.
X. Brindar acompañamiento para la articulación en los documentos que regulan los
procesos educativos, tales como la Estrategia Local para el Desarrollo de la
Educación Básica, para la incorporación de las perspectivas de género, derechos
humanos y erradicación de la violencia de género.
XI. Garantizar la incorporación de los contenidos de igualdad de las perspectivas de
género, derechos humanos y erradicación de las violencias, en el marco de la
aplicación de los contenidos establecidos los planes y programas educativos, así
como en el establecimiento de la ruta de mejora escolar.
XII. Promover la sensibilización al personal con funciones académicas de supervisión,
asesoría pedagógica, tutoría, directiva, administrativa y docente de todos los tipos
y modalidades educativas, en coordinación con todas las Coordinaciones
Generales, en torno a la igualdad de género, derechos humanos y erradicación de
las violencias.
XIII. Brindar acompañamiento a las personas responsables de los programas de apoyo
a la educación básica en la incorporación de las perspectivas de género, derechos
humanos y erradicación de las violencias en el proceso educativo, incluyendo la
planeación académica y presupuestal.
XIV. Coadyuvar con las áreas del organismo en la programación anual de proyectos
estratégicos.
XV. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del organismo.
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59
XVI. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XVII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XVIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XX. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXI. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE PROYECTOS ESTRATÉGICOS
Objetivo:Proponer y desarrollar proyectos que contribuyan a mejorar los Servicios
Educativos, así como monitorear el avance, logros, alcances y cumplimiento de los
objetivos de programas ya implementados.
Funciones:
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60
I. Diseñar proyectos que impulsen la calidad en los procesos y servicios de los SEQ
y que contribuyan al desarrollo de la gestión orientada a resultados.
II. Colaborar en las diversas fases de los programas y proyectos elaborados por otras
unidades, desde el diseño hasta el desarrollo y conclusión, con el fin de monitorear
el avance, logros, alcances y cumplimiento de los objetivos.
III. Verificar la integración y presentación de reportes de los resultados o productos
obtenidos durante el desarrollo de los programas y proyectos.
IV. Supervisar la formulación e integración de los informes parciales o finales de los
programas y proyectos.
V. Proponer y supervisar la aplicación de acciones puntuales de mejora continua de
los procesos o fases de los programas o proyectos que contribuyan a tener un
mejor desarrollo e impacto.
VI. Proponer y dirigir los estudios y proyectos de desarrollo administrativo que se
consideren estratégicos.
VII. Participar, junto con la instancia correspondiente, en el análisis de estudios y
proyectos que se proponen desarrollar en el Organismo y, en su caso, emitir las
recomendaciones pertinentes.
VIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
IX. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
X. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
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XIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN Y EFICIENCIA ADMINISTRATIVA
Objetivo: Orientar, articular e impulsar en todas las unidades administrativas acciones de
innovación durante el proceso de modernización de la gestión pública, para contribuir a
generar procesos eficientes y eficaces con resultados que impacten positivamente en la
satisfacción de las y los usuarios y en el desarrollo del organismo.
Funciones:
I. Proponer, aplicar y difundir las estrategias, los lineamientos y los criterios técnicos
a que deberán sujetarse las unidades administrativas de la Organización, en
relación con los programas de innovación, modernización de la gestión pública,
calidad total, mejora de procesos y ahorro de recursos.
II. Promover, diseñar e implementar estrategias, modelos e instrumentos de
innovación para que las unidades administrativas mejoren progresivamente sus
procesos.
III. Promover, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, la
descentralización de los trámites y servicios hacia los servicios en las unidades de
enlace de los municipios adscritos a los Servicios Educativos de Quintana Roo.
IV. Implementar la efectiva sistematización y administración electrónica en los
procedimientos administrativos y en la gestión de los asuntos públicos.
V. Proporcionar a las unidades que así lo requieran, la asesoría técnica y orientación
en materia organizacional para que conforme a la normatividad y procedimientos
vigentes, alineen sus funciones.
VI. Proponer ante la Dirección de Gestión Institucional y Proyectos Estratégicos, las
modificaciones y ajustes al organigrama estructural, derivados del análisis del
mismo.
VII. Coordinar e integrar con las áreas correspondientes, la información requerida para
el proyecto de integración o actualización de manuales administrativos.
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62
VIII. Integrar, difundir y asegurar la operación de los manuales administrativos
autorizados en las diferentes unidades administrativas y en la página web de los
Servicios Educativos de Quintana Roo.
IX. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
X. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
UNIDAD DE IGUALDAD DE GÉNERO Y DERECHOS HUMANOS
Objetivo: Garantizar la implementación de las perspectivas de género, derechos
humanos y erradicación de la violencia de género en la gestión escolar y educativa.
Funciones:
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63
I. Brindar acompañamiento al personal con funciones académicas de supervisión,
asesoría pedagógica, tutoría, directiva, administrativa y docente para la
implementación de las perspectivas de género, derechos humanos y erradicación
de la violencia de género en la gestión escolar y educativa.
II. Brindar acompañamiento para la articulación en los documentos que regulan los
procesos educativos para la incorporación de las perspectivas de género,
derechos humanos y erradicación de la violencia de género.
III. Asesorar al personal con funciones de supervisión, asesoría técnica pedagógica y
tutores del sistema educativo local, para la incorporación de los contenidos de
igualdad de las perspectivas de género, derechos humanos y erradicación de la
violencia de género, en el marco de la aplicación de los contenidos establecidos
los planes y programas educativos, así como en el establecimiento de la ruta de
mejora escolar.
IV. Gestionar capacitación y promover la sensibilización al personal con funciones
académicas de supervisión, asesoría pedagógica, tutoría, directiva, administrativa
y docente de la Educación Básica y Normal, en articulación con todas las
Coordinaciones Generales sobre los temas de igualdad de género, derechos
humanos y erradicación de la violencia de género.
V. Brindar acompañamiento a las personas responsables de los programas de apoyo
a la educación básica sujetos a reglas de operación para la ejecución de tales
programas, en la incorporación de las perspectivas de género, derechos humanos
y erradicación de la violencia de género en el proceso educativo, incluyendo la
planeación académica y presupuestal.
VI. Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del área a la cual se
encuentra adscrito.
VII. Participar en las reuniones y juntas de trabajo, proponiendo soluciones y/o
acciones de mejora.
VIII. Elaborar el informe sobre los avances en las metas programadas del área a su
cargo.
IX. Informar y auxiliar a sus superiores dentro del ámbito de su competencia sobre las
funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
X. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
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ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XI. Actualizar permanentemente los registros y la documentación para el proceso de
entrega-recepción de la administración estatal.
XII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE IMAGEN INSTITUCIONAL
Objetivo: Construir e implementar una imagen e identidad institucional integral y
transversal que contribuya a fortalecer la calidad de las acciones educativas en el estado
de Quintana Roo.
Funciones:
I. Planear, diseñar, implementar y supervisar de forma integral y transversal, la
imagen institucional e identidad gráfica, audiovisual, digital y auditiva del
Organismo.
II. Asistir, dar seguimiento e implementar las políticas del programa de capacitación y
actualización permanente de la Secretaría Particular del Gobierno Estatal,
respecto a la imagen institucional gubernamental y su aplicación en el sector
educativo.
III. Proponer y coordinar los criterios de diseño, uso y aplicación de la imagen
institucional.
IV. Fomentar el cuidado de la imagen interior y exterior de la institución, en
coordinación con las áreas responsables.
V. Diseñar e implementar campañas estratégicas para la difusión de los programas
educativos y de las acciones que fortalezcan los objetivos de la institución.
VI. Detectar las necesidades para mejorar la imagen institucional y crear las
propuestas necesarias para su implementación.
VII. Dirigir y supervisar, la correcta implementación del Manual de Imagen Institucional
del Gobierno Estatal, adaptado a las necesidades del organismo para su
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aplicación a bienes muebles e inmuebles, así como a elementos impresos,
digitales, audiovisuales y confeccionados.
VIII. Planear, dirigir y supervisar, el diseño integral, edición y producción, de
materiales institucionales impresos, auditivos, audiovisuales y digitales realizados
con fines educativos, informativos o promocionales.
IX. Planear y dirigir la edición, diseño y producción de la revista institucional.
X. Diseñar e implementar estrategias de Mercadotecnia social, dirigidas a fortalecer
diferentes programas educativos del organismo.
XI. Gestionar y coordinar con los tres niveles de gobierno y las asociaciones civiles las
acciones enfocadas a impulsar una imagen favorable en torno a la Educación en el
Estado de Quintana Roo.
XII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XIII. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XIV. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVI. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XVII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVIII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XIX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
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ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE IMPLEMENTACIÓN DE IMAGEN INSTITUCIONAL
Objetivo: Contribuir a la implementación y fortalecimiento de la Imagen Institucional de los Servicios Educativos de Quintana Roo. Funciones:
I. Contribuir a la correcta implementación de la imagen institucional, al interior de los
Servicios Educativos de Quintana Roo.
II. Generar el diseño de elementos institucionales y formatos diversos, requeridos por
las diferentes áreas administrativas de los Servicios Educativos de Quintana Roo.
III. Apoyar en la coordinación de acciones para la correcta implementación de la
imagen institucional en todas las Unidades Administrativas de los Servicios
Educativos de Quintana Roo.
IV. Apoyar a la actualización permanente del Manual de Identidad Institucional de los
Servicios Educativos de Quintana Roo.
V. Realizar gestiones y servicios, al interior del organismo, relacionados con la
reproducción de materiales gráficos diversos.
VI. Contribuir a la concentración de información y contenido de la revista institucional.
VII. Contribuir al desarrollo de propuestas para fortalecer la imagen integral del
organismo.
VIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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IX. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
X. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN COZUMEL
Objetivo: Fungir como representante del organismo en el municipio y atender y dar
seguimiento a diversos trámites y servicios del organismo, para satisfacer la demanda de
las y los usuarios del municipio de Cozumel.
Funciones:
I. Coordinar las actividades que se realizan en las diferentes áreas de la Unidad a
su cargo, en apego a las normas y lineamientos establecidos por el Organismo.
II. Recepcionar, administrar y comprobar las radicaciones para la operación de los
programas y proyectos del Organismo en el municipio de Cozumel.
III. Vigilar la administración de los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área.
IV. Llevar el control del inventario de los bienes muebles e inmuebles asignados a la
Unidad.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
68
V. Llevar el proceso de foto credencialización del personal docente y de apoyo a la
educación que labora en el municipio de Cozumel.
VI. Atender las recomendaciones derivadas de las auditorías practicadas en la
Unidad a su cargo.
VII. Elaborar las constancias de servicios que solicite el personal del Organismo en el
municipio de Cozumel.
VIII. Efectuar el pago quincenal de los sueldos del personal del Organismo en el
municipio de Cozumel.
IX. Gestionar ante oficinas centrales los trámites de becas especiales del alumnado
de los diferentes niveles educativos en Cozumel y efectuar el pago
correspondiente.
X. Coordinar la distribución de libros de texto, material didáctico, mochilas escolares
y mobiliario en Cozumel.
XI. Coadyuvar con la Coordinación General de Planeación en el proceso de
preinscripciones e inscripciones de nivel básico de cada ciclo escolar.
XII. Coordinar la distribución de los cuestionarios del Sistema de Información
Estadística de Inicio y Fin de Curso en el municipio.
XIII. Establecer acciones de vinculación dentro del ámbito de su competencia, con las
autoridades locales e iniciativa privada, para la implementación de los programas
y proyectos relacionados al sector educativo.
XIV. Recepcionar y dar seguimiento a las diferentes demandas y problemáticas
educativas que se presenten en el municipio, canalizándolas al área de
competencia e informar a las autoridades correspondientes de la resolución de
las mismas.
XV. Brindar apoyo logístico, para la realización de los eventos del sector educativo en
el municipio de Cozumel.
XVI. Fungir como representante del Organismo ante el Comité Municipal de
Protección Civil en casos de contingencia ambiental y coordinar las acciones
inherentes a la disposición de refugios en centros escolares, atendiendo las
indicaciones de la Coordinación General de Administración y Finanzas.
XVII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
69
XVIII. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
XIX. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXI. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XXII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXIII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o
encomienden; así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las
áreas a su cargo.
XXIV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXVI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE BACALAR
Objetivo: Fungir como representante del Organismo en el municipio y atender y dar seguimiento a diversos trámites y servicios del Organismo, para satisfacer la demanda de las y los usuarios del municipio de Bacalar.
Funciones:
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
70
I. Coordinar las actividades que se realizan en las diferentes áreas de la Unidad a su
cargo, en apego a las normas y lineamientos establecidos por el Organismo.
II. Recepcionar, administrar y comprobar las radicaciones para la operación de los
programas y proyectos del municipio de Bacalar.
III. Llevar el proceso de foto credencialización del personal docente y de apoyo a la
educación que labora en el municipio de Bacalar.
IV. Atender las recomendaciones derivadas de las auditorías practicadas en la Unidad
a su cargo.
V. Gestionar ante oficinas centrales los trámites de becas especiales del alumnado
de los diferentes niveles educativos en el municipio de Bacalar y efectuar el pago
correspondiente.
VI. Coordinar la distribución de libros de texto, material didáctico, mochilas escolares y
mobiliario en el municipio de Bacalar.
VII. Coadyuvar con la Coordinación General de Planeación en el proceso de
preinscripciones e inscripciones de nivel básico de cada ciclo escolar.
VIII. Coordinar la distribución de los cuestionarios del Sistema de Información
estadística de inicio y fin de curso en el municipio.
IX. Establecer acciones de vinculación dentro del ámbito de su competencia, con las
autoridades locales e iniciativa privada, para la implementación de los programas y
proyectos relacionados al sector educativo.
X. Recepcionar y dar seguimiento a las diferentes demandas y problemáticas
educativas que se presenten en el municipio, canalizándolas al área de
competencia e informar a las autoridades correspondientes de la resolución de las
mismas.
XI. Brindar apoyo logístico, para la realización de los eventos del sector educativo en
el municipio de Bacalar.
XII. Fungir como representante del Organismo ante el Comité Municipal de Protección
Civil en casos de contingencia ambiental y coordinar las acciones inherentes a la
disposición de refugios en centros escolares, atendiendo las indicaciones de la
Coordinación General de Administración y Finanzas.
XIII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
71
XIV. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XV. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XVI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XVIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIX. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN FELIPE CARRILLO PUERTO
Objetivo: Fungir como representante del Organismo en el municipio y atender y dar seguimiento a diversos trámites y servicios del Organismo, para satisfacer la demanda de las y los usuarios del municipio de Felipe Carrillo Puerto.
Funciones:
I. Coordinar las actividades que se realizan en las diferentes áreas de la Unidad a su
cargo, en apego a las normas y lineamientos establecidos por el Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
72
II. Recepcionar, administrar y comprobar las radicaciones para la operación de los
programas y proyectos del municipio.
III. Llevar el proceso de foto credencialización del personal docente y de apoyo a la
educación que labora en Organismo en el municipio de Felipe Carrillo Puerto.
IV. Atender las recomendaciones derivadas de las auditorías practicadas en la Unidad
a su cargo.
V. Elaborar las constancias de servicios que solicite el personal del Organismo en el
municipio de Felipe Carrillo Puerto.
VI. Efectuar el pago quincenal de los sueldos del personal del Organismo en el
municipio de Felipe Carrillo Puerto.
VII. Actualizar la información que debe ingresarse al Sistema Integral de Control
Escolar para Educación Básica (SICEEB) para los procesos de inscripción,
acreditación y certificación de los alumnos de educación básica en el municipio de
Felipe Carrillo Puerto.
VIII. Coordinar la recepción, validación e integración de la documentación requerida
para el registro de títulos y cédulas profesionales, y realizar las gestiones
necesarias a nivel central.
IX. Coordinar la distribución de libros de texto, material didáctico, mochilas escolares y
mobiliario en la zona centro del estado.
X. Coadyuvar con la Coordinación General de Planeación en el proceso de
preinscripciones e inscripciones de nivel básico de cada ciclo escolar.
XI. Coordinar la distribución de los cuestionarios del Sistema de Información
estadística de inicio y fin de curso en el municipio.
XII. Establecer acciones de vinculación dentro del ámbito de su competencia, con las
autoridades locales e iniciativa privada, para la implementación de los programas y
proyectos relacionados al sector educativo.
XIII. Recepcionar y dar seguimiento a las diferentes demandas y problemáticas
educativas que se presenten en el municipio, canalizándolas al área de
competencia e informar a las autoridades correspondientes de la resolución de las
mismas.
XIV. Cumplir con las representaciones y comisiones que le sean asignadas a nombre
del Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
73
XV. Fungir como representante del Organismo ante el Comité Municipal de Protección
Civil en casos de contingencia ambiental y coordinar las acciones inherentes a la
disposición de refugios en centros escolares, atendiendo las indicaciones de la
Coordinación General de Administración y Finanzas.
XVI. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XVII. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
XVIII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XIX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XXI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
74
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN ISLA MUJERES
Objetivo: Fungir como representante del Organismo en el municipio y atender y dar seguimiento a diversos trámites y servicios del Organismo, para satisfacer la demanda de las y los usuarios del Municipio de Isla Mujeres. Funciones:
I. Coordinar las actividades que se realizan en la Unidad a su cargo, en apego a las
normas y lineamientos establecidos por el Organismo.
II. Recepcionar, administrar y comprobar las radicaciones para la operación de los
programas y proyectos del municipio de Isla Mujeres.
III. Atender las recomendaciones derivadas de las auditorías practicadas en la Unidad
a su cargo.
IV. Coordinar la distribución de libros de texto, material didáctico, mochilas escolares y
mobiliario en Isla Mujeres.
V. Coadyuvar con la Coordinación General de Planeación en el proceso de
preinscripciones e inscripciones de nivel básico de cada ciclo escolar.
VI. Coordinar la distribución de los cuestionarios del Sistema de Información
estadística de inicio y fin de curso en el municipio.
VII. Establecer acciones de vinculación dentro del ámbito de su competencia, con las
autoridades locales e iniciativa privada, para la implementación de los programas y
proyectos relacionados al sector educativo.
VIII. Recepcionar y dar seguimiento a las diferentes demandas y problemáticas
educativas que se presenten en el municipio, canalizándolas al área de
competencia e informar a las autoridades correspondientes de la resolución de las
mismas.
IX. Brindar apoyo logístico, para la realización de los eventos del sector educativo en
el municipio de Isla Mujeres.
X. Fungir como representante del Organismo ante el Comité Municipal de Protección
Civil en casos de contingencia ambiental y coordinar las acciones inherentes a la
disposición de refugios en centros escolares, atendiendo las indicaciones de la
Coordinación General de Administración y Finanzas.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
75
XI. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XII. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XIII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XVI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN JOSÉ MARÍA MORELOS
Objetivo: Fungir como representante del Organismo en el municipio y atender y dar seguimiento a diversos trámites y servicios del Organismo, para satisfacer la demanda de las y los usuarios del Municipio de José María Morelos.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
76
Funciones:
I. Coordinar las actividades que se realizan en la Unidad a su cargo, en apego a las
normas y lineamientos establecidos por el Organismo.
II. Recepcionar, administrar y comprobar las radicaciones para la operación de los
programas y proyectos del municipio de José María Morelos.
III. Atender las recomendaciones derivadas de las auditorías practicadas en la Unidad a
su cargo.
IV. Coordinar la distribución de libros de texto, material didáctico, mochilas escolares y
mobiliario en el municipio.
V. Coadyuvar con la Coordinación General de Planeación en el proceso de
preinscripciones e inscripciones de nivel básico de cada ciclo escolar.
VI. Coordinar la distribución de los cuestionarios del Sistema de información estadística
de inicio y fin de curso en el municipio.
VII. Establecer acciones de vinculación dentro del ámbito de su competencia, con las
autoridades locales e iniciativa privada, para la implementación de los programas y
proyectos relacionados al sector educativo.
VIII. Recepcionar y dar seguimiento a las diferentes demandas y problemáticas educativas
que se presenten en el municipio, canalizándolas al área de competencia e informar a
las autoridades correspondientes de la resolución de las mismas.
IX. Brindar apoyo logístico, para la realización de los eventos del sector educativo en el
municipio de José Ma. Morelos.
X. Fungir como representante del Organismo ante el Comité Municipal de Protección
Civil en casos de contingencia ambiental y coordinar las acciones inherentes a la
disposición de refugios en centros escolares, atendiendo las indicaciones de la
Coordinación General de Administración y Finanzas.
XI. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XII. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XIII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica
y operativa.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
77
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XVI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la documentación
para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS EN LÁZARO CÁRDENAS
Objetivo: Fungir como representante del Organismo en el municipio y atender y dar seguimiento a diversos trámites y servicios del Organismo, para satisfacer la demanda de las y los usuarios del municipio de Lázaro Cárdenas.
Funciones:
I. Coordinar las actividades que se realizan en la Unidad a su cargo, en apego a las
normas y lineamientos establecidos por el Organismo.
II. Recepcionar, administrar y comprobar las radicaciones para la operación de los
programas y proyectos del municipio de Lázaro Cárdenas.
III. Atender las recomendaciones derivadas de las auditorías practicadas en la
Unidad a su cargo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
78
IV. Coordinar la distribución de libros de texto, material didáctico, mochilas escolares
y mobiliario en el municipio.
V. Coadyuvar con la Coordinación General de Planeación en el proceso de
preinscripciones e inscripciones de nivel básico de cada ciclo escolar.
VI. Coordinar la distribución de los cuestionarios del Sistema de Información
estadística de inicio y fin de curso en el municipio.
VII. Establecer acciones de vinculación dentro del ámbito de su competencia, con las
autoridades locales e iniciativa privada, para la implementación de los programas
y proyectos relacionados al sector educativo.
VIII. Recepcionar y dar seguimiento a las diferentes demandas y problemáticas
educativas que se presenten en el municipio, canalizándolas al área de
competencia e informar a las autoridades correspondientes de la resolución de
las mismas.
IX. Brindar apoyo logístico, para la realización de los eventos del sector educativo en
el municipio de Lázaro Cárdenas.
X. Fungir como representante del Organismo ante el Comité Municipal de
Protección Civil en casos de contingencia ambiental y coordinar las acciones
inherentes a la disposición de refugios en centros escolares, atendiendo las
indicaciones de la Coordinación General de Administración y Finanzas.
XI. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XII. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
XIII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XVI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
79
XVII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o
encomienden; así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las
áreas a su cargo.
XVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE SOLIDARIDAD
Objetivo: Fungir como representante del Organismo en el municipio y atender y dar seguimiento a diversos trámites y servicios del Organismo, para satisfacer la demanda de las y los usuarios del municipio de Solidaridad.
Funciones:
I. Coordinar las actividades que se realizan en las diferentes áreas de la Unidad a
su cargo, en apego a las normas y lineamientos establecidos por el Organismo.
II. Recepcionar, administrar y comprobar las radicaciones para la operación de los
programas y proyectos de Solidaridad.
III. Vigilar la administración de los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área.
IV. Atender las recomendaciones derivadas de las auditorías practicadas en la
Unidad a su cargo.
V. Tramitar ante las oficinas del Organismo en Chetumal y Cancún, las constancias
de servicios que solicite el personal adscrito al mismo.
VI. Brindar apoyo logístico, para la realización de los eventos del sector educativo en
los municipios de Solidaridad.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
80
VII. Coordinar la distribución de libros de texto, material didáctico, mochilas escolares
y mobiliario en los municipios de Solidaridad.
VIII. Coordinar la distribución de los cuestionarios del Sistema de Información
estadística de inicio y fin de curso en el municipio.
IX. Establecer acciones de vinculación dentro del ámbito de su competencia, con las
autoridades locales e iniciativa privada, para la implementación de los programas
y proyectos relacionados al sector educativo.
X. Recepcionar y dar seguimiento a las diferentes demandas y problemáticas
educativas que se presenten en el municipio, canalizándolas al área de
competencia e informar a las autoridades correspondientes de la resolución de
las mismas.
XI. Fungir como representante del Organismo ante el Comité Municipal de
Protección Civil en casos de contingencia ambiental y coordinar las acciones
inherentes a la disposición de refugios en centros escolares, atendiendo las
indicaciones de la Coordinación General de Administración y Finanzas.
XII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XIII. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
XIV. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVI. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XVII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVIII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o
encomienden; así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las
áreas a su cargo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
81
XIX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
UNIDAD DE SERVICIOS EDUCATIVOS DE TULUM
Objetivo: Fungir como representante del Organismo en el municipio y atender y dar seguimiento a diversos trámites y servicios del Organismo, para satisfacer la demanda de las y los usuarios del municipio de Tulum. Funciones:
I. Coordinar las actividades que se realizan en las diferentes áreas de la Unidad a su
cargo, en apego a las normas y lineamientos establecidos por el Organismo.
II. Recepcionar, administrar y comprobar las radicaciones para la operación de los
programas y proyectos del municipio de Tulum.
III. Llevar el proceso de foto credencialización del personal docente y de apoyo a la
educación que labora en el municipio de Tulum.
IV. Atender las recomendaciones derivadas de las auditorías practicadas en la Unidad a
su cargo.
V. Gestionar ante oficinas centrales los trámites de becas especiales de los alumnos
de los diferentes niveles educativos en Tulum y efectuar el pago correspondiente.
VI. Coordinar la distribución de libros de texto, material didáctico, mochilas escolares y
mobiliario en Tulum.
VII. Coadyuvar con la Coordinación General de Planeación en el proceso de
preinscripciones e inscripciones de nivel básico de cada ciclo escolar.
VIII. Coordinar la distribución de los cuestionarios del Sistema de información estadística
de inicio y fin de curso en el municipio.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
82
IX. Establecer acciones de vinculación dentro del ámbito de su competencia, con las
autoridades locales e iniciativa privada, para la implementación de los programas y
proyectos relacionados al sector educativo.
X. Recepcionar y dar seguimiento a las diferentes demandas y problemáticas
educativas que se presenten en el municipio, canalizándolas al área de competencia
e informar a las autoridades correspondientes de la resolución de las mismas.
XI. Brindar apoyo logístico, para la realización de los eventos del sector educativo en el
municipio de Tulum.
XII. Fungir como representante del Organismo ante el Comité Municipal de Protección
Civil en casos de contingencia ambiental y coordinar las acciones inherentes a la
disposición de refugios en centros escolares, atendiendo las indicaciones de la
Coordinación General de Administración y Finanzas.
XIII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XIV. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XV. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XVI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XVIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIX. Informar y auxiliar al/la titular del Organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden; así como
acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del ámbito de
competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la información de
carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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XXI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la documentación
para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
COORDINACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA
Objetivo: Coordinar y controlar los servicios de educación básica que se proporcionan en
el Estado, de acuerdo a las políticas, lineamientos jurídicos federales y estatales; así
como la total cobertura del programa educativo, para el eficaz cumplimiento de su misión
educativa.
Funciones:
I. Planear y proponer, en coordinación con las áreas competentes y con apego a la
Ley General de Educación y a la Ley de Educación del Estado de Quintana Roo,
los planes y programas institucionales en materia de competencias pedagógicas y
didácticas de docentes, lectura, equidad, formación, capacitación, actualización,
promoción y superación académica del magisterio.
II. Coordinar y supervisar el cumplimiento del Programa de Desarrollo Educativo
Estatal, así como la integración, coordinación y articulación operativa del Consejo
Académico de la Educación, en apoyo a los servicios de educación.
III. Proponer la inclusión de contenidos regionales, culturales e interinstitucionales en
los planes y programas de estudio de las instituciones actualizadoras y formadoras
de docentes y del sector educativo, en sus diferentes tipos, niveles y modalidades.
IV. Proponer y promover los planes y programas que permitan y garanticen un mejor
aprovechamiento del proceso enseñanza – aprendizaje, que eviten la deserción y
el ausentismo, incrementen la eficiencia terminal, amplíen el acceso a un mayor
número de educandos y otorguen atención prioritaria a las zonas y grupos más
desfavorecidos.
V. Supervisar que la educación estatal se sujete a las normas técnico -pedagógicas y
a los planes y programas de estudio; así como a los métodos aprobados por la
Secretaría de Educación Pública y, en su caso, proponer las modificaciones
necesarias.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
84
VI. Formular y operar acciones preventivas y correctivas tomando como fundamento
los resultados de la evaluación del impacto de los indicadores de eficiencia
académica y terminal, emitidos o generados por la Coordinación General de
Planeación.
VII. Proponer la adopción de nuevas tecnologías de información y comunicación que
se requieran para incrementar y apoyar los servicios educativos, en los planteles
propios e incorporados al Organismo.
VIII. Supervisar que la educación que se imparte en los planteles educativos se apegue
a las normas, políticas y lineamientos, manuales y demás disposiciones legales
vigentes que los regulen.
IX. Supervisar el cumplimiento de los objetivos, políticas, planes, programas,
presupuestos y proyectos en materia de educación básica, así como lo relativo a la
formación continua y mejoramiento del magisterio, conforme a los lineamientos
establecidos y aprobados por el Organismo.
X. Fundamentar, ante la Dirección General, previo acuerdo de las áreas
competentes, la programación de los recursos humanos, materiales y financieros
que se requieran para el eficaz funcionamiento de las áreas bajo su
responsabilidad.
XI. Proponer, ante la Coordinación General de Planeación, los proyectos para la
creación o reestructuración de zonas de supervisión escolar.
XII. Proponer, en coordinación con las áreas competentes, los proyectos de creación,
crecimiento, fusión y suspensión temporal o definitiva de los planteles educativos a
cargo del Organismo.
XIII. Proponer al titular del Organismo, los proyectos de iniciativas de leyes,
reglamentos, decretos, acuerdos, estudios y programas que en el ámbito de su
competencia, coadyuven a elevar la eficiencia y eficacia de su gestión.
XIV. Promover e impulsar la participación de la sociedad en apoyo a la educación
básica con acciones que fortalezcan la relación de la comunidad escolar, el
proceso enseñanza-aprendizaje y mejoren la calidad de la educación.
XV. Promover y coordinar la celebración de convenios con instituciones públicas y
organismos no gubernamentales, nacionales o internacionales, con el fin de
obtener ayuda académica y financiera para los programas establecidos en pro de
la educación básica.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
85
XVI. Vigilar el cumplimiento de las reglas de operación de los programas federales, así
como los lineamientos, normas, políticas y demás ordenamientos emitidos por la
Secretaría de Educación Pública, para la eficiente implementación en las escuelas
de educación básica del Estado.
XVII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XVIII. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XIX. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXI. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XXII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXIII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXIV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXVI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende
expresamente el/la titular del Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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COORDINACIÓN DE OPERACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE
EDUCACIÓN BÁSICA
Objetivo: Coordinar las diferentes acciones de las áreas que integran la Coordinación
General de Educación Básica y dar seguimiento a los proyectos federales, estatales y
mixtos con el fin de tener una mejor articulación que permitan eficientar los servicios
académicos en el Estado.
Funciones:
I. Proponer en el ámbito de su competencia, las normas, lineamientos, programas y
acciones para el mejor funcionamiento de los servicios de educación básica.
II. Analizar y dar seguimiento a la aplicación de los Programas Federales, Estatales y
Mixtos en apego a los convenios, reglas de operación y presupuesto autorizado.
III. Recepcionar, analizar, canalizar y dar seguimiento a la información recibida en la
Coordinación General de Educación Básica.
IV. Coadyuvar en la organización y desarrollo de los servicios de Educación Básica,
conforme al marco normativo que regula el funcionamiento de los planteles de
educación básica y en coordinación con las Direcciones de la Coordinación
General de Educación Básica, verificar su cumplimiento.
V. Implementar en trabajo conjunto con las áreas que integran la Coordinación
General de Educación Básica las medidas necesarias que coadyuven a resolver
las problemáticas que se presentan en los servicios educativos.
VI. Coadyuvar en el establecimiento de las medidas necesarias, para corregir las
deficiencias que se presenten en el funcionamiento de los planteles de educación
básica y en coordinación con las áreas académicas que integran la Coordinación
General de Educación Básica, verificar su cumplimiento.
VII. Acordar con la o el titular de la Coordinación General de Educación Básica, el
despacho de los asuntos relevantes de las áreas que integran la Coordinación.
VIII. Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del área a la cual se
encuentra adscrito.
IX. Participar en las reuniones y juntas de trabajo, proponiendo soluciones y/o
acciones de mejora.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
87
X. Elaborar el informe sobre los avances en las metas programadas del área a su
cargo.
XI. Informar y auxiliar a sus superiores dentro del ámbito de su competencia sobre las
funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIII. Actualizar permanentemente los registros y la documentación para el proceso de
entrega-recepción de la administración.
XIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PREESCOLAR
Objetivo: Administrar, organizar, operar, coordinar, gestionar y supervisar los servicios de
educación preescolar y los centros de desarrollo en el Estado, para lograr el óptimo
funcionamiento de los mismos y contribuir a elevar la calidad educativa.
Funciones:
I. Planear, organizar, dirigir, vigilar y evaluar el cumplimiento de los planes y
programas de estudio de educación preescolar y los centros de desarrollo en el
Estado.
II. Vigilar que la educación preescolar y los centros de desarrollo en el Estado que se
imparte en los planteles oficiales y particulares incorporados, se lleve a cabo
conforme a las normas, lineamientos, programas y procedimientos establecidos
por la Secretaría de Educación Pública y del Estado.
III. Vigilar, dar seguimiento y evaluar que la elaboración y adecuación de las normas
técnico-pedagógicas, contenidos, métodos, plan, programa y modelo, sean las
apropiadas para los educandos.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
88
IV. Coordinar, dar seguimiento y evaluar el desarrollo de la supervisión a los planteles
oficiales y particulares, con asesoramiento técnico-pedagógico, conforme a las
normas y los lineamientos establecidos.
V. Dar seguimiento y evaluar la orientación técnico-pedagógica que se brinde al
personal de supervisión a fin de elevar la calidad de su trabajo.
VI. Vigilar la aplicación de las normas y los lineamientos técnicos establecidos para el
desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje en los planteles de
educación preescolar y los centros de desarrollo en el Estado.
VII. Promover entre el personal de supervisión la realización de acciones apropiadas
para que la comunidad tenga mayor y constante participación en el desarrollo de la
tarea educativa.
VIII. Proponer a la Coordinación General de Educación Básica acciones de asesoría y
acompañamiento, dirigidas al personal de directivo y de apoyo a la educación
básica de los servicios de educación preescolar y los centros de desarrollo en el
Estado.
IX. Gestionar acciones de asesoría, acompañamiento y capacitación dirigidas al
personal docente, directivo y personal de apoyo a la educación básica de los
servicios de educación preescolar y los centros de desarrollo en el Estado.
X. Atender las solicitudes a través de la estructura para proporcionar asesoramiento
técnico-pedagógico a aquellos planteles particulares y coordinados de educación
preescolar y los centros de desarrollo en el Estado que cumplan con la
normatividad establecida.
XI. Proponer a la Coordinación General de Educación Básica las adecuaciones que
requieran las normas técnico-pedagógicas, contenidos, métodos, planes y
programas educativos, con base en las sugerencias que presente el personal
directivo y docente de los servicios de educación preescolar y los centros de
desarrollo en el Estado.
XII. Evaluar el funcionamiento de los servicios de educación preescolar y los centros
de desarrollo en el Estado y proponer a la Coordinación General de Educación
Básica, las medidas tendientes a su mejoramiento.
XIII. Promover investigaciones relativas al desarrollo del proceso educativo a fin de
mejorar los servicios de educación preescolar y de los centros de desarrollo en el
Estado.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
89
XIV. Coordinar que los responsables de centros de trabajo coadyuven en el
establecimiento de los Consejos Escolares de Participación Social y Asociaciones
de Padres de Familia en apego a los lineamientos correspondientes; así como la
implementación de los Comités de Protección Civil, programas de seguridad,
higiene y medio ambiente en el trabajo.
XV. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XVI. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XVII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XVIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XX. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXI. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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DEPARTAMENTO DE CENTROS DE DESARROLLO
Objetivo: Administrar, organizar, operar, coordinar, gestionar y supervisar los servicios
de educación de los centros de desarrollo en el Estado, para lograr el óptimo
funcionamiento y organización de los mismos, para contribuir a elevar la calidad de los
procesos y resultados educativos.
Funciones:
I. Elaborar y proponer a la Dirección de Educación Preescolar el Programa
Operativo Anual para la prestación del servicio de educación de los centros de
desarrollo en el Estado, conforme las Normas y Lineamientos establecidos.
II. Vigilar y garantizar el cumplimiento de las disposiciones técnicas y administrativas
de los servicios que se prestan en los centros de desarrollo en el Estado.
III. Dirigir, operar, controlar, evaluar y dar seguimiento a la educación que se imparte
en los centros de desarrollo en el Estado de educación formal con asesoramiento
pedagógico de acuerdo a los lineamientos establecidos para tal fin.
IV. Verificar que se otorguen los servicios pedagógicos y asistenciales a los niños, de
acuerdo a los manuales de operación, los lineamientos y normas correspondientes
de los Centros de Desarrollo.
V. Analizar, revisar, validar y dar seguimiento a los Programas de actividades del
personal de Supervisión encaminadas a la mejora del servicio educativo y
asistencial que se ofrece a los niños en los Centros de Desarrollo.
VI. Vigilar y evaluar la aplicación de la normatividad, establecida en el Modelo de
Atención con enfoque Integral para la Educación, en los Centros de Desarrollo.
VII. Promover la participación solidaria con las diversas modalidades de educación
para los Centros de Desarrollo, para el intercambio de material bibliográfico,
experiencias y de más, a fin de establecer canales de comunicación y
coordinación que favorezcan la calidad del servicio en los centros de desarrollo.
VIII. Establecer reuniones periódicas con los agentes educativos con el propósito de
asesorar e intercambiar experiencias, así como para tomar acuerdos conjuntos en
el aspecto técnico pedagógico que coadyuven a mejorar los procesos de
aprendizaje de las niñas y niños que asisten a los centros de desarrollo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
91
IX. Verificar la realización de los Consejos Técnicos Escolares para valorar los logros,
avances y obstáculos que presente el desempeño de los alumnos y adecuar o
determinar las acciones que requieran implementarse.
X. Verificar que los responsables de centros de trabajo coadyuven en el
establecimiento de los Consejos Escolares de Participación Social y Asociaciones
de Padres de Familia en apego a los lineamientos correspondientes; así como la
implementación de los Comités de Protección Civil, programas de seguridad,
higiene y medio ambiente en el trabajo.
XI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR
Objetivo: Organizar, operar, coordinar, gestionar y supervisar los servicios de educación
preescolar en el Estado, para lograr el óptimo funcionamiento y organización de los
mismos, para contribuir a elevar la calidad educativa.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
92
Funciones:
I. Proponer a la Dirección de Educación Preescolar las adecuaciones que requieran
las normas técnico pedagógico, instrumentos de evaluación del aprendizaje,
contenidos, métodos, planes y programas educativos.
II. Proponer a la Dirección de Educación Preescolar, cursos, talleres, seminarios y
asesorías así como materiales y recursos didácticos, con base a las sugerencias
que presenta el personal de supervisión, directivo, docente y técnico de los
servicios de educación preescolar.
III. Evaluar el funcionamiento de los servicios de educación preescolar en el Estado y
proponer a la Dirección de Educación de Educación Preescolar las medidas
tendientes para su mejoramiento.
IV. Proponer a las instituciones correspondientes, temas de investigación relativas al
desarrollo del proceso educativo, a fin de mejorar los servicios de educación
preescolar en la entidad.
V. Vigilar que la educación preescolar que se imparte en los planteles oficiales,
particulares incorporados se lleve a cabo conforme a las normas establecidas,
federales y estatales.
VI. Dar seguimiento al desarrollo de la supervisión en el seguimiento técnico-
pedagógico a los planteles de educación preescolar oficiales y particulares
incorporados de acuerdo al plan y programas de estudio vigente.
VII. Analizar y vigilar la aplicación de las normas técnico-pedagógicas, contenidos,
métodos, planes, programas de estudio del nivel preescolar, sean los vigentes y
respondan con pertinencia a los educandos del nivel.
VIII. Fomentar acciones técnicas y de difusión, tendientes a mejorar la prestación de
los servicios de educación preescolar en el Estado.
IX. Promover entre el personal de supervisión acciones tendientes a crear conciencia
en la comunidad, hacia la colaboración y participación en las tareas y desarrollo
educativo de las zonas de circunscripción.
X. Verificar que los responsables de centros de trabajo coadyuven en el
establecimiento de los Consejos Escolares de Participación Social y Asociaciones
de Padres de Familia en apego a los lineamientos correspondientes; así como la
implementación de los Comités de Protección Civil, programas de seguridad,
higiene y medio ambiente en el trabajo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
93
XI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XV. Informar y auxiliar al/la titular de la Dirección dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Objetivo: Administrar, organizar, operar, coordinar, gestionar y supervisar los servicios de
educación primaria en sus modalidades; general, especial e Indígena, para contribuir en la
implementación del sistema básico de mejora educativa y fortaleciendo la planeación, la
organización y su funcionamiento; de manera que los servicios educativos se otorguen en
las dimensiones de relevancia, pertinencia, eficiencia, eficacia y equidad, a fin mejorar la
calidad de los aprendizaje de acuerdo a lo que establece la Secretaría de Educación
Pública.
Funciones:
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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I. Coordinar la planeación, organización y el control del trabajo técnico-administrativo
de las modalidades de Educación Primaria: general, especial e indígena.
II. Desarrollar los programas de educación para niños que por diversas causas han
emigrado dentro y fuera del Estado.
III. Desarrollar proyectos educativos que apoyen el logro de la mejora educativa en
las modalidades de Educación Primaria: general, especial e indígena.
IV. Evaluar los resultados educativos de las modalidades de Educación Primaria:
general, especial e indígena para reorientar las acciones de mejora.
V. Coordinar tareas de evaluación y seguimiento de los Consejos Técnicos Escolares
con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la normalidad mínima escolar.
VI. Propiciar la participación de maestros y directivos en el diseño y evaluación de las
Rutas de Mejora.
VII. Consolidar el trabajo colectivo a través del funcionamiento de los consejos
técnicos de las escuelas, zonas y sectores escolares.
VIII. Implementar procesos de autoevaluación basado en el modelo de la mejora
continua para la transformación de la gestión escolar en el sector educativo.
IX. Planear y organizar reuniones académicas a fin de articular las actividades de los
diferentes niveles de Educación Básica y departamentos de la Dirección de
Primaria conforme a las normas y lineamientos establecidos.
X. Proponer a la Coordinación General de Educación Básica, las adecuaciones
necesarias que coadyuven en el logro de las metas para la mejora educativa de
los niveles.
XI. Participar en las acciones de articulación de los programas y proyectos educativos
para garantizar la vinculación con el proceso de aprendizaje de los alumnos.
XII. Vigilar el cumplimento del calendario escolar y aplicar las medidas necesarias para
su observancia en los planteles de las modalidades de Educación Primaria:
general, indígena y de los servicios de Educación Especial y Educación Física.
XIII. Proponer y vigilar la aplicación de los criterios que orienten a la realización de la
supervisión técnico-pedagógica y administrativa en el proceso educativo que
desarrollan las modalidades de Educación Primaria: general, especial e indígena.
XIV. Coordinar las acciones en la planeación, organización y desarrollo para coadyuvar
en la evaluación de los servicios de las modalidades de Educación Primaria:
general, especial e indígena.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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XV. Evaluar el impacto de la supervisión en los servicios educativos de las
modalidades de Educación Primaria: general, especial e indígena.
XVI. Vigilar que las modalidades de Educación Primaria: general, especial e indígena
realicen actividades de inclusión y equidad para atender la diversidad cultural y
lingüística.
XVII. Establecer las medidas que permitan contribuir al desarrollo de sistemas y
procedimientos que coadyuven a un mejor aprovechamiento del proceso
enseñanza aprendizaje que eviten la deserción y el ausentismo e incrementen la
eficiencia terminal, amplíen el acceso a un mayor número de educandos y
otorguen atención prioritaria a las zonas y grupos vulnerables.
XVIII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XIX. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XX. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XXI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XXIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXIV. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
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XXVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Objetivo: Coordinar y operar los programas, proyectos y acciones estratégicas dirigidas a
la Educación Primaria: general, especial e indígena, involucrando a los equipos de las
jefaturas de sector, inspecciones escolares, unidades administrativas del organismo y
otras instancias externas, evaluando permanentemente los procesos, resultados e
impacto a fin mejorar la calidad de los aprendizaje de acuerdo a lo que establece la
Secretaría de Educación Pública.
Función:
I. Coordinar la operación de los diversos proyectos académicos que inciden en los
centros escolares de educación primaria a través de la estructura educativa.
II. Diseñar y proponer esquemas de autoevaluación de planes y programas de
estudio que permitan identificar los avances educativos en los centros escolares.
III. Diseñar los sistemas de apoyo logístico necesarios, para el desarrollo de los
programas de supervisión autorizados, fundamentando los requerimientos de
recursos humanos materiales y financieros necesarios, para el cumplimiento de los
objetivos y funciones asignadas.
IV. Fundamentar y proponer la asignación y distribución de los recursos materiales y
financieros con que cuenta la Dirección de Educación Primaria, a efecto de
garantizar una eficiente operación y cumplimiento de las funciones asignadas.
V. Analizar, fundamentar y validar los requerimientos o la necesidad de
modificaciones y ampliaciones en los programas de supervisión autorizados,
determinando su impacto y efectos en los objetivos planteados, así como en la
asignación de los recursos humanos, materiales y financieros.
VI. Coordinar y supervisar el seguimiento de la elaboración y cumplimiento de los
programas y proyectos de índole federal para garantizar el cumplimiento de las
metas en apego a la normatividad vigente.
VII. Registrar, clasificar e integrar en los programas de supervisión, las acciones y
medidas desarrolladas por las diferentes áreas de la Dirección de Educación
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
97
Primaria, en respuesta a los requerimientos planteados por la Coordinación
General de Educación Básica.
VIII. Coadyuvar en el desarrollo de proyectos académicos, que incidan en la mejora de
la calidad académica en la educación primaria.
IX. Recibir, registrar, analizar, clasificar y jerarquizar los requerimientos de
capacitación, de recursos materiales y financieros que las áreas de la Dirección de
Educación Primaria efectúen; sustentarlos y presentarlos para su atención y
trámite, a la Coordinación General Académica.
X. Proponer a la Dirección de Educación Primaria las acciones de asesoría a Jefes
de Sector, Supervisores, Directores y Docentes, sobre los Programas y Proyectos
que fortalezcan a los centros escolares.
XI. Gestionar ante las autoridades correspondientes, la atención de las necesidades
Técnico-Pedagógicas de los equipos de Jefaturas de Sector e Inspecciones
Escolares de Educación Primaria.
XII. Verificar que los responsables de centros de trabajo coadyuven en el
establecimiento de los Consejos Escolares de Participación Social, Comités de
Seguridad e Higiene en el Trabajo, Comités de Seguridad Escolar, Asociaciones
de Padres de Familia y Tiendas Escolares en apego a los lineamientos
correspondientes.
XIII. Proponer al Sistema Estatal de Capacitación para la Educación (SIECE), a través
del Departamento de Capacitación y seguimiento al SIECE cursos de capacitación
y actualización dirigidos a los jefes de sector, supervisores, directores, docentes y
personal de apoyo a la educación.
XIV. Atender y gestionar los requerimientos que soliciten los jefes de sector, para el
adecuado desarrollo de actividades de los programas educativos y que den
cumplimiento a las metas establecidas.
XV. Analizar e integrar, con base en el presupuesto autorizado, la lista de material
escolar didáctico requerido en la educación primaria en todas sus modalidades,
que incidan con los conocimientos marcados en los planes y programas de estudio
y presentarlo a la Dirección de Recursos Materiales para su adquisición.
XVI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XVII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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XVIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIX. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XX. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN INDÍGENA
Objetivo: Brindar educación primaria intercultural bilingüe a las niñas y los niños
indígenas del Estado, atendiéndolos de acuerdo a sus características lingüísticas y
culturales a fin mejorar la calidad de los aprendizaje de acuerdo a lo que establece la
Secretaría de Educación Pública.
Funciones:
I. Operar y fortalecer el área de educación indígena del Estado promoviendo las
condiciones sociales, administrativas y pedagógicas que garanticen el acceso,
permanencia y aprovechamiento escolar de los educandos.
II. Formular en coordinación estrategias de mejora continua para los servicios
educativos que se imparten por parte del organismo a educación indígena, y que
estos se den en un marco de equidad y pertinencia en todas las regiones del
Estado.
III. Prever y evaluar en coordinación con las autoridades competentes, el crecimiento
de los grupos de educación indígena, atendiendo las demandas de nuevo ingreso
y fundamentando la creación, ampliación o reubicación de planteles.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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IV. Coordinar acciones conducentes para el desarrollo y acompañamiento de la
supervisión en las tareas de educación indígena, en la entidad.
V. Proponer a las instancias correspondientes a través del Departamento de
Actualización y Capacitación Docente cursos de capacitación y/o actualización, en
áreas específicas del personal a su cargo.
VI. Promover y fomentar el desarrollo de actitudes y prácticas que tiendan a la
búsqueda de la equidad, pertinencia y justicia para los educandos pertenecientes
a las zonas indígenas del Estado.
VII. Vigilar que los contenidos de los programas para la educación indígena aseguren
la formación integral de los alumnos, así como, también promuevan y fortalezcan
el desarrollo de sus lenguas, costumbres, y forma de organización.
VIII. Proponer y supervisar en coordinación con las autoridades educativas, la
implementación y cumplimiento de la Articulación de la Educación Básica, de las
normas pedagógicas en planes y programas de estudio, contenidos, métodos,
materiales e instrumentos; así como, presentarlo a la Dirección de Evaluación
Educativa para evaluar el aprendizaje y el impacto que generan en este nivel
educativo; con apoyo de la Dirección General de Educación Indígena de la SEP.
IX. Fomentar e implementar en conjunto con la Coordinación General de Instituciones
Formadoras de Docentes, estrategias para que se incorporen en los planes y
programas de estudio, la lengua maya como asignatura.
X. Adecuar contenidos educativos y materiales didácticos para la elaboración de
programas de radio y publicaciones periódicas acordes con la comunidad a la que
se dirijan para fortalecer el enfoque intercultural y bilingüe.
XI. Elaborar y proponer en coordinación con las áreas respectivas, el modelo
educativo intercultural bilingüe, para los niveles de educación inicial, preescolar y
primaria generales.
XII. Fortalecer la presencia académica de la modalidad de educación indígena, en el
Estado, promoviendo mayor apertura para participar en talleres que
profesionalicen y actualicen a los docentes de los tres niveles educativos.
XIII. Analizar los resultados de los indicadores educativos estatales y nacionales, con el
propósito de identificar ventajas y desventajas y proponer acciones de mejora en
el proceso de enseñanza-aprendizaje, en la educación indígena en el Estado.
XIV. Organizar y coordinar las acciones de apoyo a las escuelas de educación
indígena, conforme a las disposiciones y lineamientos establecidos por el Sistema
Educativo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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XV. Elaborar y difundir los lineamientos de operación y sus alcances, para la
supervisión y asesoría en los centros escolares, así mismo, vigilar su
cumplimiento.
XVI. Revisar, aprobar y/o modificar los proyectos educativos de las jefaturas de sector y
supervisión escolares, para asegurar su vinculación con la Reforma Educativa con
los programas del Estado y las necesidades de los planteles educativos.
XVII. Programar, coordinar y supervisar el desarrollo de acciones que orienten y
fomenten la organización y funcionamiento de las escuelas indígenas en sus tres
niveles: inicial, preescolar y primaria.
XVIII. Verificar que los responsables de Centros de Trabajo, coadyuven en la creación y
funcionamiento de los Consejos Escolares de Participación Social y las
Asociaciones de Padres de Familia.
XIX. Analizar, fundamentar y mantener actualizada la programación detallada de los
recursos humanos necesarios, para la atención de los servicios de educación
indígena que imparta el Estado.
XX. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XXI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XXII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXIV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
101
XXVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN ESPECIAL
Objetivo: Coordinar, establecer y garantizar las normas, modalidades y mecanismos para
la prestación de los servicios de Educación Especial existentes en el Estado a fin mejorar
la calidad de los aprendizaje de acuerdo a lo que establece la Secretaría de Educación
Pública.
Funciones:
I. Planear y dirigir la ejecución de estudios de investigación y evaluación, tendientes
a mejorar contenidos y métodos educativos, materiales de apoyo didáctico,
procedimientos; así como planes y programas de educación especial en el
Estado.
II. Proponer a la Dirección de Educación Primaria, la ampliación de los servicios de
educación especial, de acuerdo a las necesidades de servicio de la población
detectada en el censo educativo estatal; dando prioridad a las zonas rurales,
indígenas y urbanas marginadas, que atienden alumnos con discapacidad y
aptitudes sobresalientes y/o necesidades educativas especiales.
III. Establecer el modelo de atención para personas con requerimientos de educación
especial, en el medio rural, indígena y urbano marginado, incrementando las
oportunidades de acceso a los servicios especiales o regulares.
IV. Fomentar que las escuelas de educación especial, funcionen bajo el concepto de
una escuela integradora capaz de enfrentar la diversidad de alumnos que se
escolarizan en las mismas.
V. Proponer estrategias de mejora en la calidad de la atención educativa, que se
proporciona en los centros escolarizados, de apoyo y orientación de la educación
especial.
VI. Implementar acciones que den respuesta a los requerimientos de los alumnos con
necesidades educativas especiales y y/o discapacidad; y aptitudes sobresalientes
detectados en los centros escolares.
VII. Vigilar que los Servicios de Educación Especial tales como el Centro de Atención
Múltiple (CAM), Unidades de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER)
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
102
y los Centros de Recursos de Información para la Integración Educativa (CRIE),
estén conformados por maestros especialistas en discapacidad auditiva, motora,
intelectual y visual; así como, por psicólogos, maestros de comunicación, médicos
y trabajadores sociales y personal administrativo que cubra con el perfil necesario,
que permitan dar una respuesta educativa adecuada a las necesidades de la
población que lo requiera.
VIII. Vigilar la atención que se ofrezca a los alumnos y alumnas con necesidades
educativas especiales y con discapacidad, además de promover que en el proceso
de logro de los propósitos generales de la educación, se implementen estrategias
y materiales adecuados a las necesidades específicas derivadas de la
discapacidad y aptitudes sobresalientes.
IX. Proponer la elaboración de una evaluación psicopedagógica interdisciplinaria que
de cuenta de las fortalezas y debilidades de los alumnos con discapacidad y
aptitudes sobresalientes en su entorno social y escolar.
X. Elaborar la propuesta curricular adaptada y la propuesta de enriquecimiento para
dar una respuesta educativa adecuada a las necesidades especiales de los
educandos, en cuanto a la metodología del trabajo y la evaluación en los
contenidos y/o propósitos.
XI. Proponer que en las adaptaciones curriculares, se trabaje sobre el establecimiento
de estrategias de planificación y actuación docente, orientadas hacia la
individualización de la enseñanza.
XII. Vigilar que la adquisición de materiales específicos, cumpla con los requisitos
establecidos por el área de educación especial, para que satisfagan las
necesidades de los educandos.
XIII. Proponer al Sistema Estatal de Capacitación para la Educación (SIECE), a través
del Departamento de Actualización y Capacitación Docente, un programa de
capacitación anual dirigido a docentes y, personal de apoyo a la docencia, de
USAER, CAM y CRIE.
XIV. Integrar en el contenido de la capacitación, módulos sobre el proceso de inclusión
a la educación regular y el manejo de la currícula nacional para la adecuada
atención, de los niños de educación especial.
XV. Supervisar que la información generada por la implementación de los programas
de educación especial sea actualizada e integrada a la información que
corresponde a la página web del Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
103
XVI. Vigilar que el proceso de Inclusión educativa de los menores con necesidades
educativas especiales, inscritos en las escuelas regulares, se den bajo un marco
normativo de respeto y equidad a los mismos.
XVII. Proponer y establecer intercambios con instituciones que desarrollen proyectos de
investigación e innovación, y aporten información que permita proporcionar una
mejor atención de los alumnos con discapacidad, necesidades educativas
especiales y aptitudes sobresalientes.
XVIII. Elaborar y difundir en coordinación con la Dirección de Comunicación Social,
prototipos radiofónicos, televisivos y gráficos, sobre la educación especial y el
proceso de inclusión educativa de niños con necesidades educativas especiales y
discapacidad y aptitudes sobresalientes contribuyendo así a la sensibilización,
capacitación y participación de la población para lograr su aceptación e integración
a la sociedad.
XIX. Enviar en tiempo y forma al área correspondiente, la información necesaria para
que sea evaluado el ciclo escolar y, se puedan determinar los indicadores
necesarios que faciliten la toma de decisiones en cuanto a los planes de estudio e
infraestructura escolar.
XX. Mantener comunicación y apoyo mutuo con las instituciones formadoras de
docentes, para la capacitación y actualización profesional del personal docente de
educación especial.
XXI. Difundir y vigilar la aplicación de normas y lineamientos técnicos, establecidos
para el desarrollo del proceso enseñanza - aprendizaje, evaluación, acreditación y
certificación, en los planteles de educación especial y Educación regular donde se
brinde el servicio.
XXII. Supervisar y verificar que se organicen los Comités de Protección Civil, en centros
de educación especial, de la entidad; así como, la implementación de los
programas de seguridad, higiene y medio ambiente en el trabajo.
XXIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XXIV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XXV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
104
XXVI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXVII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
Objetivo: Fortalecer la Educación Secundaria en sus tres modalidades a través de la
estructura educativa; así como garantizar la aplicación de la normalidad mínima en el
funcionamiento de los planteles de educación secundaria y fortalecerlos Consejos
Técnicos Escolares de Zona y Escuela.
Funciones:
I. Planear, supervisar y coordinar la educación secundaria que se imparte en los
planteles oficiales y particulares incorporados de acuerdo con las normas,
lineamientos y programas vigentes, autorizados por la Secretaría de Educación
Pública.
II. Vigilar que en las escuelas secundarias de las tres modalidades se cumpla con el
calendario escolar y el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje en base a lo
establecido en el plan y programas de estudio vigentes.
III. Orientar la educación secundaria impartida en la entidad a la formación de
estudiantes capaces de reflexionar, desarrollar un sentido crítico, participativo y de
responsabilidad de sus actos, fortaleciendo sus valores fundamentales para su
formación integral.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
105
IV. Fomentar y verificar que la supervisión escolar otorgue una auténtica asesoría y
acompañamiento permanente al personal directivo y docente de las escuelas
secundarias oficiales y particulares incorporadas, facilitando las tareas de análisis,
revisión, consulta y evaluación del plan y programas de estudio vigentes.
V. Coordinar, controlar y distribuir, adecuadamente, los recursos humanos,
materiales y financieros asignados a la Dirección, para lograr un óptimo
funcionamiento de la misma.
VI. Instrumentar mecanismos en los planteles de educación secundaria que fomente
en el alumnado el interés y reflexión por la utilización de las Tecnologías de la
Información y la Comunicación.
VII. Enviar en tiempo y forma a las Direcciones de Evaluación Educativa y de
Planeación la información necesaria para que sea evaluado el ciclo escolar y se
puedan determinar los indicadores necesarios que conlleven a la correcta toma de
decisiones.
VIII. Proponer y promover la implementación de acciones estratégicas y procedimientos
que garanticen el aprovechamiento del proceso enseñanza-aprendizaje,
tendientes a evitar la deserción y ausentismo, incrementen la eficiencia terminal,
amplíen el acceso a un mayor número de educandos y otorguen atención
prioritaria a las zonas y grupos desfavorecidos.
IX. Gestionar en coordinación con las jefaturas de los departamentos de educación
secundaria en sus tres modalidades, intercambios pedagógicos, jornadas de
mejoramiento y orientación profesional para el personal directivo, docente y de
supervisión, tendientes a mejorar la calidad del proceso enseñanza- aprendizaje y
el trabajo educativo de las escuelas secundarias.
X. Verificar, validar y presentar a la Dirección de Programación y Presupuesto, previo
visto bueno de la Coordinación General de Educación Básica, la programación
detallada de los recursos humanos necesarios, para la atención de los servicios de
educación secundaria, que imparte el Estado en sus diferentes modalidades.
XI. Coordinar, autorizar y dar seguimiento a la elaboración, fundamentación y
desarrollo de los programas anuales de supervisión en los planteles de educación
secundaria, que deben realizar los inspectores de las distintas zonas escolares, en
sus tres modalidades; así como de las áreas de apoyo.
XII. Fomentar y verificar que la supervisión, otorgue una autentica asesoría y apoyo
permanente a docentes y directivos de las escuelas oficiales y particulares
incorporadas, facilitando las tareas de análisis, revisión, consulta y evaluación de
los planes y programas vigentes.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
106
XIII. Analizar y validar los resultados de los informes de supervisión clasificando y
jerarquizando los mismos, para determinar las medidas preventivas y correctivas
necesarias, que permitan alcanzar y cumplir los objetivos, funciones y programas
institucionales propuestos.
XIV. Verificar, coordinar, controlar e instrumentar las visitas periódicas a los planteles
escolares de las escuelas secundarias de las tres modalidades para supervisar,
vigilar y validar al personal adscrito a los centros escolares que les corresponda.
XV. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XVI. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XVII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XVIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XX. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXI. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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DEPARTAMENTO DE SECUNDARIAS GENERALES
Objetivo: Coordinar la operación y el funcionamiento de las escuelas generales en la
entidad, para elevar la eficiencia de la prestación de este servicio, consolidar su
estructura y ampliar su cobertura.
Funciones:
I. Verificar que la educación secundaria, en su modalidad general que se imparte en
los planteles oficiales y particulares incorporados, se efectúe conforme a las
normas, lineamientos, planes, programas y procedimientos vigentes establecidos.
II. Analizar y supervisar que la elaboración y adecuación de las normas técnico-
pedagógicas, contenidos, métodos, planes y programas de estudio; así como
instrumentos de evaluación, de la educación secundaria general, sean las
apropiadas y correspondan a los requerimientos y necesidades de los educandos.
III. Programar, coordinar y controlar el desarrollo de la supervisión académica y de la
asesoría técnico-pedagógica, en los planteles de educación secundaria general.
IV. Recopilar, analizar, consolidar y presentar a la Coordinación General de
Planeación, los requerimientos y necesidades del área en cuestión de recursos
materiales, humanos e infraestructura; así como de los planteles de educación
secundaria general, para un mejor funcionamiento de los mismos.
V. Supervisar y validar el funcionamiento y resultados de los servicios de educación
secundaria general, aplicando en su caso, las medidas preventivas y/o correctivas,
de acuerdo con las normas y lineamientos establecidos.
VI. Asesorar y apoyar permanentemente al personal directivo y docente en sus
centros de trabajo en materia pedagógica y administrativa.
VII. Proponer y promover estrategias para que el personal docente se reúna en
consejos técnicos con el fin de planear, evaluar y señalar las directrices para el
desarrollo con excelencia del proceso educativo del plantel.
VIII. Analizar los resultados de la evaluación educativa desarrollada dentro de los
planteles y promover acciones de mejora o actualización profesional del personal
directivo y docente.
IX. Fomentar acciones técnicas y de difusión, tendientes a mejorar la prestación de los
servicios de educación secundaria general en la entidad.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
108
X. Coadyuvar en el desarrollo de los programas interinstitucionales, autorizados para
la educación secundaria general.
XI. Asesorar, en el ámbito de su competencia a través de los supervisores escolares,
al personal docente de las escuelas oficiales y particulares incorporadas.
XII. Coadyuvar con la Coordinación General de Planeación las prioridades de
ampliación, sustitución, creación o reubicación de los planteles de educación
secundaria general, en la entidad, con base a las necesidades detectadas y
capacidades de los mismos.
XIII. Analizar y validar los resultados de los informes de supervisión, diseñando y
proponiendo las medidas y acciones necesarias, para subsanar la problemática
detectada y la atención de las necesidades y requerimientos planteados y, en su
caso, fundamentar los requerimientos de apoyo de las áreas correspondientes del
Organismo para su atención y cumplimiento.
XIV. Difundir, aplicar y evaluar las normas y lineamientos técnico-pedagógicos,
correspondientes a la prestación de los servicios para las secundarias generales, a
fin de elevar sus niveles de eficiencia y eficacia en la operación de los mismos.
XV. Implantar y mantener en operación los procedimientos que permitan conocer el
funcionamiento de los planteles, a través de las visitas efectuadas por las y los
supervisores.
XVI. Gestionar y coadyuvar con las instituciones u organismos correspondientes, las
necesidades de capacitación, asesoría y actualización, en áreas específicas, del
personal a su cargo; así como de los niveles de supervisión, directivo y del
personal docente de secundarias generales.
XVII. Realizar visitas de supervisión extraordinarias a la estructura a su cargo, cuando
se considere necesario o que le sean requeridas por su jefe(a) inmediato (ya sea
por audiencia, revisión y/o por necesidades del sector.
XVIII. Coadyuvar con las y los responsables de los Centros de Trabajo el establecimiento
de los Consejos Escolares de Participación Social, Asociaciones de Padres de
Familia y Tiendas Escolares, en apego a los lineamientos vigentes.
XIX. Informar, periódicamente a su superior inmediato, la resolución de los asuntos que
le corresponden; así como del avance de los objetivos, programas y proyectos que
están bajo su cargo.
XX. Analizar, fundamentar y mantener actualizada la programación detallada de los
recursos humanos necesarios, para la atención de los servicios de educación en
secundarias generales que imparte el Estado.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
109
XXI. Coordinar e instrumentar las visitas periódicas a los planteles escolares de las
escuelas secundarias de las tres modalidades para supervisar, vigilar y validar al
personal adscrito a los centros escolares que les corresponda.
XXII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XXIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XXIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXVI. Informar y auxiliar al/la titular de la Dirección dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE SECUNDARIAS TÉCNICAS
Objetivo: Coordinar la operación y funcionamiento de las escuelas secundarias técnicas
de la entidad y definir las metas, estrategias y políticas de operación dentro del marco
pedagógico, técnico y administrativo que señalen las disposiciones normativas vigentes.
Funciones:
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
110
I. Verificar que la educación secundaria en su modalidad técnica, que se imparte en
los planteles oficiales y particulares incorporados, se efectúe conforme a las
normas, lineamientos, planes, programas y procedimientos vigentes establecidos.
II. Analizar y supervisar que la elaboración y adecuación de las normas técnico -
pedagógicas, contenidos, métodos, planes y programas de estudio; así como los
instrumentos de evaluación de la educación secundaria técnica, sean las
apropiadas y correspondan a los planes y programas de estudios y a los
requerimientos y necesidades de los educandos.
III. Difundir, aplicar y evaluar las normas y lineamientos técnico - pedagógicos,
correspondientes a la prestación de los servicios para las secundarias técnicas, a
fin de elevar sus niveles de eficiencia y eficacia en la operación de los mismos.
IV. Programar, coordinar y vigilar el desarrollo de la supervisión académica y de la
asesoría técnico - pedagógica, en los planteles de educación secundaria técnica.
V. Recopilar, analizar, consolidar, priorizar y presentar a la Dirección de Educación
Secundaria, los requerimientos y necesidades del área y de los planteles de
educación secundaria técnica, para un mejor funcionamiento de los mismos.
VI. Analizar y validar los resultados de la evaluación de los servicios de educación
secundaria técnica, y en su caso, proponer las medidas preventivas y/o correctivas
de acuerdo con las normas y lineamientos establecidos.
VII. Proponer a la Dirección de Educación Secundaria las prioridades sobre la
distribución de los recursos humanos autorizados, con base en las necesidades de
la estructura ocupacional autorizada y requerimientos de los planteles de
educación secundaria técnica.
VIII. Fomentar acciones técnicas y de difusión tendientes a mejorar la prestación de los
servicios de educación secundaria técnica en la entidad.
IX. Coadyuvar en el desarrollo de los programas interinstitucionales autorizados por
los Servicios Educativos de Quintana Roo.
X. Asesorar en el ámbito de su competencia, al personal directivo, mandos medios y
docentes de las escuelas oficiales y particulares incorporadas; así como, a las
madres y padres de familia y supervisores(as) de los planteles.
XI. Analizar y validar los resultados de los informes de supervisión y diseñar,
fundamentar y proponer las medidas y acciones necesarias para subsanar la
problemática detectada.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
111
XII. Implementar y mantener en operación los procedimientos que permitan conocer el
funcionamiento de los planteles, a través de las visitas efectuadas por las y los
supervisores.
XIII. Verificar que las escuelas de la entidad registren la demanda de nuevo ingreso a
primer grado (preinscripción e inscripción) del alumnado de secundarias técnicas;
así como dar seguimiento a las mismas para determinar la cantidad de grupos y
maestros que se requerirán para cada plantel en la entidad.
XIV. Proponer al Sistema Estatal de Capacitación para la Educación, a través del
Departamento de Actualización y Capacitación Docente cursos de capacitación
y/o actualización, en áreas específicas del personal a su cargo; así como de los
niveles de supervisión, directivo y del personal docente de secundarias técnicas.
XV. Realizar las visitas de supervisión que le sean requeridas por su jefe (a) inmediato
ya sea por audiencia, revisión y/o por necesidades del sector).
XVI. Coordinar la realización de los programas de carácter social, cultural, deportivo y
recreativo, que se realicen en los planteles de secundarias técnicas, para
complementar el aspecto formativo (artístico, físico y tecnológico).
XVII. Verificar que las y los responsables de centros de trabajo, coadyuven en el
establecimiento de los Consejos Escolares de Participación Social, Asociaciones
de Padres de Familia y Tiendas Escolares, en apego a los lineamientos vigentes.
XVIII. Supervisar y verificar que se organice el Comité de Protección Civil en las
escuelas secundarias técnicas de la entidad; así como la implementación de los
Programas de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo.
XIX. Verificar a través de las supervisiones escolares la elaboración del programa
estratégico de transformación escolar por parte de los planteles escolares.
XX. Coordinar e instrumentar las visitas periódicas a los planteles escolares de las
escuelas secundarias de las tres modalidades para supervisar, vigilar y validar al
personal adscrito a los centros escolares que les corresponda.
XXI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XXII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XXIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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XXIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE TELESECUNDARIAS
Objetivo: Coordinar la operación y el funcionamiento de las escuelas telesecundarias en
la entidad, para elevar la eficiencia de la prestación de este servicio, consolidar su
estructura y ampliar su cobertura.
Funciones:
I. Verificar que la educación secundaria, en su modalidad de telesecundaria que se
imparte en los planteles oficiales y particulares incorporados, se efectúe conforme
a las normas, lineamientos, planes, programas y procedimientos vigentes
establecidos.
II. Analizar y supervisar que la elaboración y adecuación de las normas técnico-
pedagógicas, contenidos, métodos, planes y programas de estudio, así como los
instrumentos de evaluación de la educación telesecundaria, sean las apropiadas y
correspondan a los requerimientos y necesidades del alumnado.
III. Programar, coordinar y controlar el desarrollo de la supervisión académica y de la
asesoría técnico - pedagógica, en los planteles de educación de telesecundaria.
IV. Elaborar propuestas de actualización, adecuación o adaptación de la normatividad
y procedimientos administrativos y pedagógicos vigentes.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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V. Recopilar, analizar, consolidar y presentar, a la Dirección de Educación
Secundaria, los requerimientos y necesidades del área y de los planteles de
educación de telesecundaria para un mejor funcionamiento de los mismos.
VI. Supervisar y validar los resultados de la evaluación de los servicios de educación
de telesecundaria aplicando, en su caso, las medidas preventivas y/o correctivas
de acuerdo con las normas y lineamientos establecidos.
VII. Proponer a la Dirección de Educación Secundaria las prioridades sobre la
distribución de los recursos materiales autorizados, destinados a la educación de
telesecundaria, con base en las necesidades y requerimientos de los planteles.
VIII. Fomentar acciones técnicas y de difusión tendientes a mejorar la prestación de los
servicios de educación de telesecundaria en la entidad.
IX. Coadyuvar en el desarrollo de los programas interinstitucionales autorizados para
la educación de telesecundaria.
X. Presentar a la Dirección de Educación Secundaria las prioridades de creación,
construcción, ampliación y equipamiento de los planteles, sustitución y/o
reubicación de docentes de educación de telesecundaria en la entidad.
XI. Analizar y validar los resultados de los informes de supervisión mediante el diseño
y propuesta de medidas y acciones necesarias para subsanar la problemática
detectada y la atención de las necesidades y requerimientos planteados.
XII. Difundir, aplicar y evaluar las normas y lineamientos técnico-pedagógicos,
correspondientes a la prestación de los servicios para las telesecundarias, a fin de
elevar sus niveles de eficiencia y eficacia en la operación de los mismos.
XIII. Implantar y mantener en operación los procedimientos que permitan conocer el
funcionamiento de los planteles, a través de las visitas efectuadas por las ylos
supervisores.
XIV. Verificar y registrar la preinscripción e inscripción del alumnado de
telesecundarias, así como dar seguimiento a las mismas para determinar la
cantidad de grupos y docentes que se requerirán para cada plantel en la entidad.
XV. Informar al Sistema Estatal de Capacitación para la Educación y al Departamento
de Actualización y Capacitación Docente, sobre la detección de las necesidades
de capacitación, asesoría y actualización en áreas específicas del personal a su
cargo; así como, de los niveles de supervisión, directivo y del personal docente de
telesecundarias, de tal forma que se programen los cursos de capacitación
requeridos.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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XVI. Verificar que las y los titulares de Centros de Trabajo, coadyuven en el proceso de
creación de Consejos Escolares de Participación Social, Asociaciones de Padres
de Familia y Tiendas Escolares, en apego a los lineamientos vigentes.
XVII. Analizar, fundamentar y mantener actualizada la programación detallada de los
recursos humanos necesarios para la atención de los servicios de educación
telesecundaria que imparte el Estado.
XVIII. Coordinar la realización de los programas de carácter social, cultural, deportivo y
recreativo que se realicen en los planteles de telesecundarias para complementar
el aspecto formativo (artístico, físico y tecnológico).
XIX. Difundir la convocatoria del programa de Becas (Prospera y de Transporte) que se
otorgan a nivel estatal y regional en los planteles de telesecundarias.
XX. Supervisar y verificar que se organicen los Comités de Protección Civil en las
escuelas telesecundarias de la entidad; así como la implementación de los
Programas de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo.
XXI. Supervisar y analizar la calidad y eficiencia del servicio de la Red EDUSAT y, en
su caso, proponer y gestionar los mecanismos e instrumentos necesarios para su
optimización en los centros escolares del Estado.
XXII. Verificar, en coordinación con el Departamento de Tecnología Educativa, que la
transmisión de los programas de telesecundaria se realicen conforme a los
horarios y contenidos estipulados y, en su caso, gestionar ante las instancias
correspondientes la correlación de las variaciones que se detecten.
XXIII. Comunicar al Departamento de Tecnología Educativa los requerimientos de
equipamiento para dar el servicio de telesecundaria a la población, así como las
necesidades de mantenimiento preventivo y/o correctivo de los equipos e
instalaciones de las estaciones receptoras de señal vía satélite.
XXIV. Elaborar, administrar y dar seguimiento a los programas y proyectos federales de
apoyo a las telesecundarias.
XXV. Coordinar e instrumentar las visitas periódicas a los planteles escolares de las
escuelas secundarias de las tres modalidades para supervisar, vigilar y validar al
personal adscrito a los centros escolares que les corresponda.
XXVI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XXVII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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XXVIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXIX. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXX. Informar y auxiliar al/la titular de la Dirección dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXXI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXXII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN FÍSICA
Objetivo: Administrar y supervisar el servicio de educación física que se imparte en el
Estado, conforme a las disposiciones y normatividad federal y estatal, proporcionando
servicios de calidad en materia de educación física en los niveles y modalidades de
educación básica, promoviendo el desarrollo de competencias para la vida del alumnado,
mediante una educación física de calidad y equidad, en las que la práctica de valores
universales, cívicos y éticos estén presentes en todas las actividades escolares.
Funciones:
I. Proponer normas pedagógicas así como estrategias para mejorar el servicio de
educación física y el deporte escolar que se ofrece en los planteles de los niveles
de preescolar y primaria.
II. Difundir las normas, métodos pedagógicos, contenidos, planes y programas de
estudio vigentes, así como los lineamientos generales para la operación del
servicio de educación física, desarrollo y promoción deportiva escolar en los
niveles de preescolar y primaria.
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116
III. Formular las disposiciones técnicas y administrativas necesarias a fin de que las y
los Inspectores de educación física y deporte, operen, desarrollen y supervisen el
servicio.
IV. Atender en el Estado, los servicios de educación física y deporte escolar conforme
a los proyectos aprobados y de acuerdo con las disposiciones del Organismo.
V. Vigilar, con la participación de las y los Inspectores de Educación Física, los
lineamientos generales emitidos para la operación del servicio de educación física
y desarrollo deportivo en las escuelas de educación básica en los municipios del
Estado.
VI. Promover y participar en la atención de la educación física que se preste en el
nivel de preescolar y primaria.
VII. Diseñar y desarrollar de acuerdo con los lineamientos establecidos, programas
para la supervisión académica del personal de la Dirección de Educación Física
que imparta la asignatura en las escuelas de los niveles de preescolar y primaria.
VIII. Promover y organizar las actividades deportivas escolares que se desarrollen en
las escuelas de los niveles de preescolar y primaria.
IX. Evaluar en el Estado los servicios de educación física y deporte que ofrecen los
Servicios Educativos de Quintana Roo y proponer, con base en los resultados
obtenidos, las modificaciones que tiendan al constante mejoramiento de esta área.
X. Promover y apoyar en su caso, la investigación en materia de educación física y
deporte escolar.
XI. Optimizar recursos humanos y financieros para el desarrollo e implementación de
los programas que tiendan a desarrollar en las escuelas, la educación física y el
deporte.
XII. Dirigir la adecuación de los métodos de enseñanza, materiales y auxiliares
didácticos de acuerdo con las necesidades que presenten los niveles de
preescolar y primaria.
XIII. Controlar la elaboración y aplicación de instrumentos técnicos de evaluación del
aprendizaje del alumnado.
XIV. Dirigir la implementación de los proyectos técnicos y de apoyo a los planes y
programas de estudio que se elaboren a nivel federal o estatal.
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117
XV. Establecer los criterios para la adscripción de personal docente de educación física
a los planteles escolares de educación básica y a los turnos, así como para la
formulación de los horarios de trabajo.
XVI. Participar con las instancias correspondientes, en el diseño y operación de la
articulación o vinculación curricular y estructural de la Educación Física en la
Educación Básica.
XVII. Determinar y organizar las reuniones nacionales y estatales para la actualización y
superación docente del personal adscrito a la dirección de educación física.
XVIII. Formular el proyecto de distribución de los recursos que deban destinarse a la
prestación del servicio de educación física y deporte escolar y proponerlo al
director de planeación.
XIX. Turnar a la Dirección de Recursos Humanos, las relaciones de las inasistencias,
licencias, permisos, retardos y demás incidencias del personal docente adscrito a
la Dirección de Educación Física, a efecto de que se realice el trámite
correspondiente.
XX. Validar y presentar al Director General del organismo, el proyecto de necesidades
de material para el desarrollo del servicio de educación física y deporte escolar en
la entidad.
XXI. Coordinar con el área correspondiente la autorización de recursos humanos para
atender las necesidades de demanda educativa.
XXII. Vigilar que las contrataciones de personal se den bajo las normas y lineamientos
que rigen la Ley de Educación.
XXIII. Integrar y turnar a la Dirección de Recursos Materiales, el inventario y movimiento
anual del activo fijo de la Dirección de Educación Física.
XXIV. Coordinar y controlar, conforme a las indicaciones de la Dirección General, la
participación de la Dirección de Educación Física en el desarrollo y promoción de
eventos especiales que, sobre educación física, deporte escolar y de promoción
para la salud, realicen organismos públicos, sociales y privados de la entidad.
XXV. Coordinar la orientación al personal que desarrolla actividades de promoción o
eventos especiales relacionados con educación física, deporte escolar y
promoción para la salud.
XXVI. Coordinar y controlar las actividades de asistencia técnica que en materia de
educación física se proporcione a instituciones y organismos públicos, sociales y
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
118
privados, conforme a las normas y lineamientos establecidos, y a las indicaciones
de la Dirección General.
XXVII. Colaborar en la integración del Programa Estatal de Educación, teniendo como
referente el Programa Sectorial de Educación vigente.
XXVIII. Revisar periódicamente la misión, visión y objetivos de la Dirección de Educación
Física y demás niveles y modalidades que se atienden, a fin de mantenerlas
actualizadas y vigentes en el departamento.
XXIX. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XXX. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
XXXI. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XXXII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXXIII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XXXIV. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXXV. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXXVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXXVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXXVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
119
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN EN SALUD
Objetivo: Promover la cultura de la salud y auto cuidado en el ámbito educativo en
función de las normas y disposiciones federales, mediante acciones de atención a la
promoción, prevención y auto cuidado de la salud, enfocada en mejorar la calidad del
aprendizaje en los diferentes niveles escolares de la educación pública así como en el
ambiente educativo.
Funciones:
I. Promover la cultura de la salud y auto cuidado en el ámbito educativo en función
de las normas y disposiciones federales.
II. Integrar acciones de atención a la promoción, prevención y auto cuidado de la
salud, enfocada en mejorar la calidad del aprendizaje en los diferentes niveles
escolares de la educación pública así como en el ambiente educativo.
III. Fortalecer el trabajo conjunto con el sector salud y organismos e instituciones
vinculados a la atención integral a la salud con repercusión en la calidad del
aprendizaje y en la eficiencia del desempeño del personal de la educación.
IV. Proponer a las áreas de formación y superación continúa para el personal docente
y no docente, recomendaciones en materia de higiene escolar, promoción y
educación para la salud en relación con la atención integral a la salud y el enfoque
preventivo y de auto cuidado.
V. Orientar y asesorar a las escuelas en la atención integral a la salud de sus
estudiantes y personal fortaleciendo los programas específicos que cada una
desarrolla a través de plan y programas de estudio.
VI. Promover la participación de padres y madres de familia y sociedad para alcanzar
mejores niveles de salud en los estudiantes y prevenir enfermedades no
transmisibles como el sobrepeso y la obesidad.
VII. Proponer, ejecutar y evaluar protocolos de atención preventiva, orientados a la
salud del alumnado.
VIII. Motivar y proponer, en el marco de competencia, los convenios intersectoriales e
interinstitucionales que por su impacto en el sector educativo sean favorables.
IX. Asegurar el cumplimiento de las normas de salud que correspondan al ámbito
educativo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
120
X. Orientar y asesorar para la implementación pedagógica de acciones de promoción
y educación para la salud, en su integración con el currículo de los diferentes
niveles y modalidades educativas, y para la actualización del personal docente y
no docente.
XI. Coordinar con el sector salud los mecanismos para el análisis conjunto del
comportamiento de la morbi-mortalidad de la población escolar y de la aplicación
de las medidas preventivas y de control, según características de cada tipo de
enseñanza e institución escolar.
XII. Dar seguimiento y evaluar el impacto de las acciones emprendidas para la
promoción y atención de la salud preventiva, y el auto cuidado, para asegurar la
implantación de la cultura de la salud.
XIII. Aplicar medidas sanitarias oportunas y pertinentes dirigidas a salvaguardar la
afectación a la salud de la población escolar.
XIV. Coordinar intra-institucionalmente con las áreas que fortalezcan el cuidado de la
salud como: atención a padres y madres de familia, Consejos Escolares de
Participación Social, Tiendas Escolares, entre otras.
XV. Coordinar, orientar y coadyuvar con las áreas educativas la organización de
actividades dirigidas a la promoción y protección de la salud y la prevención de las
enfermedades no transmisibles como obesidad y sobrepeso.
XVI. Orientar y asesorar a los Consejos Técnicos Escolares sobre la ejecución de
proyectos educativos que promuevan la salud integral.
XVII. Ofrecer actividades específicas al alumnado con sobrepeso u obesidad.
XVIII. Impulsar la investigación científico-pedagógica relacionada con la Promoción y
Educación para la Salud en el ámbito escolar.
XIX. Participar con el sector saluden el análisis, evaluación y/o aprobación de estudios
e investigaciones sobre salud escolar que se propongan mejorar la salud en
estudiantes y personal de las escuelas y/o instituciones educativas.
XX. Difundir, informar y promover las acciones en coordinación con la estrategia de
comunicación social del sector educativo.
XXI. Brindar atención sistemática y oportuna a los planteamientos relacionados con
problemas de salud que ocurran en las instituciones educativas y que afecten la
población escolar.
XXII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
121
XXIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XXIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXVI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FÍSICA (ZONA NORTE)
Objetivo: Coordinar en la zona norte del estado, la operación de planes, programas y
proyectos educativos del departamento, para coadyuvar en el logro de la misión, visión y
objetivos de la Dirección de Educación Física.
Funciones:
I. Todas las acciones por realizar deberán ser revisadas y autorizadas, por la
Dirección de Educación Física, para su implementación y operación en los
aspectos pedagógicos, administrativo, deportivo y de promoción de la salud.
II. Difundir las normas, métodos pedagógicos, contenidos, planes y programas de
estudio vigentes, así como los lineamientos generales para la operación del
servicio de educación física, desarrollo y promoción deportiva escolar en los
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
122
niveles de preescolar y primaria, de acuerdo con las indicaciones de la Dirección
de Educación Física.
III. Difundir, a través de los Inspectores y ATP, las reformas curriculares del programa
de la asignatura en los diferentes niveles de educación básica a todo el personal
docente de educación física de su región.
IV. Coordinar, con las y los Inspectores y ATP de educación física pertenecientes a su
departamento, elaborar guías y materiales didácticos de apoyo que requiera el
personal docente de educación física para fortalecer la comprensión y la aplicación
del programa de la asignatura, en los niveles de educación preescolar y primaria.
V. Elaborar guías y materiales didácticos de apoyo que requieran los docentes de
educación física para fortalecer la comprensión y la aplicación del programa de la
asignatura, en los niveles de educación básica.
VI. Coordinar con los Inspectores y ATP de educación física, los proyectos de
asesoría académica con base a las demandas solicitadas por el personal docente
de educación física.
VII. Elaborar e impartir proyectos de asesoría académica con base a los planes y
programas nacionales para las y los supervisores, ATP y coordinadores (as) de la
especialidad de educación física.
VIII. Elaborar, en coordinación con las y los Inspectores y ATP de su departamento,
los instrumentos de evaluación y seguimiento para conocer el grado de
cumplimiento de los propósitos de los planes, programas y proyectos educativos
estatales que brinda el servicio de educación física a las escuelas de educación
preescolar y primaria en la zona norte.
IX. Elaborar los instrumentos de evaluación y coordinar su aplicación para conocer el
grado de cumplimiento de los propósitos de los planes, programas y proyectos
educativos nacionales que brinda el servicio de educación física a las escuelas
de educación básica.
X. Coordinar con los Consejos Técnico Escolares de los niveles y modalidades de la
educación básica la articulación y vinculación curricular de la asignatura educación
física.
XI. Organizar y coordinar operativamente el desarrollo del Concurso Nacional de la
Sesión de Educación Física en el estado de Quintana Roo, junto con la dirección
de Educación Física, en las etapas: sectorial y municipal, propiciando la
participación de todo el personal docente de educación física de su región,
logrando con ello la actualización profesional de sus prácticas docentes.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
123
XII. Coordinar junto con las y los Inspectores un programa de inducción al servicio de
los docentes de educación física de nuevo ingreso.
XIII. Elaborar proyectos innovadores que fomenten la práctica de actividades físicas y
permitan, al personal docente de educación física frente a grupo, contar con
publicaciones, instructivos deportivos y anexos técnicos que atiendan al alumnado
de las escuelas que asisten a los centros deportivos escolares como actividad
extracurricular del programa de la asignatura.
XIV. Organizar, diseñar, dirigir y controlar los programas y proyectos de iniciación
deportiva (ligas deportivas) en la zona norte, de acuerdo con los programas
nacionales vigentes de educación física y a las indicaciones de la Dirección de
Educación Física.
XV. Coordinar, con las y los Inspectores a su cargo y personal docente de educación
física, la organización de eventos promocionales deportivos del Programa
Nacional MUEVETE EN 30 MIN y ligas deportivos.
XVI. Coordinar el trabajo de las y los supervisores, coordinadores y docentes de
educación física en la organización de eventos promocionales deportivos, del
Programa nacional PONTE AL 100 y ligas deportivas.
XVII. Organizar los diferentes desfiles cívicos deportivos en la zona norte y brindar los
apoyos necesarios para su ejecución a las Instituciones que así lo soliciten.
XVIII. Organizar conforme al Programa Anual de Actividades, en coordinación con el
Gobierno del Estado, los diferentes desfiles cívicos deportivos, brindando los
apoyos necesarios para su ejecución a las Instituciones que así lo soliciten.
XIX. Vigilar que los movimientos o ubicaciones de personal se ajusten a la
normatividad, lineamientos y políticas establecidas por el Servicio Profesional
Docente y la Dirección de Educación Física.
XX. Verificar en coordinación con las y los supervisores que los movimientos de
personal se ajusten a la normatividad, lineamiento y políticas establecidas.
XXI. Integrar un sistema informático con las y los Inspectores para la actualización en
cuanto a cobertura, servicios, metas y logros, que permitan evaluar y tomar
decisiones, en coordinación con la Dirección de Educación Física.
XXII. Mantener constante comunicación con la Dirección de Educación Física, para
coordinar la realización de actividades, eventos, toma de decisiones para la
implementación de algún programa o proyecto, y en general, para la operación del
servicio de educación física en la zona norte con las inspecciones que le
corresponden.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
124
XXIII. Mantener constante comunicación con las y los Inspectores de Educación Física
que pertenecen a su departamento para coordinar los trabajos correspondientes a
la especialidad que incidan directamente en las escuelas.
XXIV. Tramitar ante la Dirección de Recursos Humanos las incidencias de asistencia del
personal del Departamento de Educación Física.
XXV. Proponer convenios o coordinaciones interinstitucionales, con organizaciones
públicas y privadas en apoyo a la Educación Física, Deporte y Recreación.
XXVI. Brindar capacitación acerca del Documento Rector del concurso de la clase
emitido por el Consejo Nacional para el Desarrollo de la Educación Física y
Deporte Escolar de la Educación Básica (CONDEBA), Comisión Nacional de
Deporte (CONADE) y Secretaría de Educación Pública, en coordinación con las y
los Inspectores.
XXVII. Vigilar que las y los Inspectores a su cargo, mantengan actualizada su plantilla de
personal en relación a la estructura académica y ocupacional de las escuelas
según el nivel.
XXVIII. Realizar en coordinación con los Inspectores y ATP, la asesoría y apoyo a los
diferentes niveles de educación básica y su estructura sobre los programas de
extensión educativa donde no se cuente con servicio de educación física.
XXIX. Asesorar a los diferentes niveles de educación básica y su estructura sobre los
programas de extensión educativa donde no se cuente con servicio de educación
física.
XXX. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XXXI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XXXII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXXIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXXIV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXXV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
125
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXXVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXXVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE PROGRAMAS DE APOYO A LA EDUCACIÓN BÁSICA
Objetivo: Vincular los programas y apoyos gestionados tanto federales como estatales en
los niveles de educación básica, favoreciendo la sana inclusión, equidad y mejora de los
niveles de logro educativo.
Funciones:
I. Gestionar apoyos ante instituciones y organismos estatales, federales y
municipales a fin de incrementar los recursos que fortalezcan a las escuelas de
educación básica en el ámbito educativo.
II. Planear, organizar y vincular de manera coordinada con los niveles de educación
básica las actividades y los apoyos necesarios para el desarrollo de los proyectos
establecidos, en pro de la educación básica.
III. Dar seguimiento y verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable a los
programas y proyectos que permitan la atención de las necesidades del sistema
básico de mejora.
IV. Recepcionar, atender e investigar todos aquellos casos donde se atente contra la
integridad física, psicológica y emocional del alumnado con el apoyo y auxilio de
las autoridades directivas de los planteles educativos de nivel de educación básica
y dependencias contempladas en la Red de Apoyo Interinstitucional de
conformidad a lo establecido en el Marco para la Convivencia Escolar en las
Escuelas de Educación Básica y/o normatividad aplicable.
V. Coordinar y dar seguimiento al Seguro Escolar en caso de accidentes, que
permita atender al alumnado de las escuelas públicas de educación básica.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
126
VI. Participar en la propuesta de líneas de acción, estrategias de proyectos para
facilitar la firma de convenios con instituciones u organismos nacionales.
VII. Dar seguimiento a los convenios con los sectores social y privado, nacional o
extranjero, con el fin de obtener ayuda financiera y de otra índole en pro de la
educación básica.
VIII. Difundir y vincular los programas externos a los niveles educativos de educación
básica para coadyuvar a las necesidades de la ruta de mejora escolar.
IX. Operar y cumplir los lineamientos aplicables a los programas federales y estatales
para el correcto ejercicio del recurso y logro de objetivos para el beneficio de los
niveles y modalidades de educación básica.
X. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XI. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
XII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIV. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XV. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVI. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
127
XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE VINCULACIÓN
Objetivo: Dar seguimiento a los programas y apoyos gestionados tanto federales como
estatales en los niveles de educación básica, favoreciendo la inclusión, equidad y mejora
de los niveles para el logro educativo.
Funciones:
I. Dar seguimiento a los apoyos que otorguen instituciones y/u organismos federales,
estatales y municipales a fin de que fortalezcan a las escuelas de educación
básica en el ámbito educativo.
II. Supervisar la implementación de las actividades y apoyos para el desarrollo de
proyectos en beneficio de la educación básica.
III. Dar seguimiento y verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable a los
programas y proyectos que permitan la atención de las necesidades del sistema
básico de mejora.
IV. Verificar que las líneas de acción y estrategias acordadas mediante convenios con
instituciones u organismos nacionales sean las adecuadas para el beneficio de la
educación básica.
V. Verificar que los convenios con los sectores social, privado y/o extranjero,
impacten de manera adecuada en pro de la educación básica.
VI. Dar seguimiento a la difusión y vinculación de los programas externos a los
niveles educativos de educación básica.
VII. Dar seguimiento a la Operación y cumplimiento de los lineamientos aplicables a
los programas federales y estatales para el correcto ejercicio del recurso y logro de
objetivos para el beneficio de los niveles y modalidades de educación básica.
VIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
128
IX. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
X. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XII. Informar y auxiliar al/la titular de la Dirección dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Objetivo: Coordinar a los programas estatales transversales y apoyos gestionados tanto
federales como en los niveles de educación básica para contribuir al desarrollo de
aprendizajes y ambientes escolares que favorezcan la convivencia inclusiva, democrática
y pacífica en las escuelas públicas de educación básica.
Funciones:
I. Coordinar los programas y acciones generados por las autoridades educativas
locales y municipales para evitar que la escuela sea el sitio de descarga de
iniciativas públicas, sociales y privadas que la distraigan y desvíen del
cumplimiento de los objetivos y metas educativas.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
129
II. Supervisar que los programas interinstitucionales transversales de convivencia
escolar sean en beneficio de la comunidad escolar de educación básica y se
adapten a la normalidad mínima.
III. Dar seguimiento a los programas interinstitucionales transversales y verificar el
cumplimiento de la normatividad aplicable a los programas y proyectos de
convivencia escolar que permitan la atención de las necesidades de la ruta de
mejora de las escuelas y respetar sistema básico de mejora.
IV. Coordinar que las escuelas públicas de educación básica tengan acceso a una
Red de Apoyo, que proporcionará asesoría y atención especializada en materia de
inclusión, prevención de la violencia, intervención en crisis y resolución pacífica de
conflictos, entre otros temas vinculados con la convivencia escolar.
V. Dar seguimiento a la cobertura del seguro escolar en caso de accidentes, que
permita atender a los alumnos de las escuelas públicas de educación básica.
VI. Participar la firma de convenios con instituciones u organismos nacionales.
VII. Promover convenios de colaboración con instituciones públicas y privadas en
materia de convivencia escolar en pro de la comunidad escolar de las escuelas
públicas de educación básica.
VIII. Difundir y vincular los programas externos a los niveles educativos de educación
básica para coadyuvar a las necesidades de la ruta de mejora escolar.
IX. Operar y cumplir los lineamientos aplicables a los programas federales y estatales
para el correcto ejercicio del recurso y logro de objetivos para el beneficio de los
niveles y modalidades de educación básica.
X. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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XV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE ESCUELAS DE TIEMPO COMPLETO
Objetivo: Dirigir, administrar y garantizar la aplicación de las normas y reglas de
operación del Programa fomentando la participación de la comunidad escolar en la
organización de la escuela para la correcta aplicación de los recursos.
Funciones:
I. Brindar asesoría y acompañamiento al personal educativo para fortalecer sus
competencias para el desarrollo de los ámbitos de la autonomía de gestión
escolar.
II. Dirigir, coordinar y propiciar la participación de la comunidad escolar en la
organización de la escuela para la operación de los programas.
III. Dar seguimiento a las acciones, normas y reglas de operación del Programa para
asegurar su cabal cumplimiento.
IV. Asesorar y acompañar a las y los titulares de las Jefaturas de Sector,
Supervisiones y Direcciones de las Escuelas en la implementación de las líneas
Pedagógicas y en la operación y gestión de los Programas, haciendo énfasis en la
Autonomía de Gestión.
V. Presentar la planeación anual de los programas que contengan la distribución de
montos, metas, beneficiarios y rubros que se atenderán durante el ejercicio.
VI. Validar y entregar la distribución presupuestal del programa, operar y dar
seguimiento a la administración de los recursos económicos en apego a la
normatividad vigente.
VII. Asesorar y proporcionar el seguimiento correspondiente para que las
comprobaciones de los recursos se generen en tiempo y forma.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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VIII. Validar los informes financieros y técnicos que se generan de manera trimestral
respecto a la operación de los programas.
IX. Diseñar proyectos que sustenten las necesidades de las escuelas y supervisiones,
de manera que avalen los requerimientos solicitados ante la federación.
X. Gestionar que se apliquen evaluaciones internas y externas a los programas en
cumplimiento con la normatividad vigente.
XI. Gestionar con las instancias que corresponda la construcción de comedores
escolares, en las escuelas beneficiadas con el servicio de alimentos, para
fortalecer la infraestructura necesaria.
XII. Validar los trámites administrativos necesarios para que las adquisiciones,
sueldos, apoyos económicos y vales de despensa se generen en tiempo y forma.
XIII. Dar seguimiento a los requerimientos de información que sean solicitadas por la
Auditoría Superior de la Federación o Auditoría Superior del Estado.
XIV. Dar seguimiento, evaluar y rendir cuentas del desarrollo del programa ante la
Secretaría de Educación Pública y los Servicios Educativos de Quintana Roo.
XV. Atender a las y los titulares de las Jefaturas de sector, supervisiones, direcciones,
docentes y padres y madres de familia para asesorar y clarificar dudas o
proporcionar información que se requiera.
XVI. Atender y canalizar a las instancias correspondientes las diversas incidencias y
controversias técnicas, administrativas y normativas que se presenten.
XVII. Convocar a reuniones de trabajo a las y los titulares de las Jefaturas de Sector,
Supervisiones y Direcciones con el fin de dar seguimiento oportuno procesos
administrativos, de gestión, o a incidencias generadas en los centros de trabajo.
XVIII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XIX. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
XX. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XXI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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XXIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXIV. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO ACADÉMICO
Objetivo: Diseñar y proponer talleres, cursos de capacitación y conferencias con el fin de
Fortalecer el Desarrollo de la Propuesta Pedagógica, así como dar seguimiento,
acompañamiento y asesoría al personal docente de las escuelas para la implementación
de los Programas en beneficio del logro educativo.
Funciones:
I. Diseñar Talleres, cursos de capacitación y conferencias con el fin de Fortalecer el
Desarrollo de la Propuesta Pedagógica.
II. Diseñar y Planear las Reuniones Estatales con las y los titulares de las
Supervisiones y Direcciones para organizar el desarrollo de las acciones y
proyectos escolares.
III. Participar en las Reuniones Estatales con las Jefaturas de Sector para la toma de
decisiones que beneficien a los Centros de Trabajo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
133
IV. Dar seguimiento, acompañamiento y asesoría al personal docente de las escuelas
para la implementación de los Programas en beneficio del logro educativo.
V. Recabar evidencias de los resultados obtenidos en los diversos procesos de
evaluación con el fin de realizar la estadística correspondiente.
VI. Desarrollar y Coordinar las acciones de formación del personal docente, directivo,
miembros de los equipos de supervisión y personal de apoyo, que garanticen la
adecuada implementación de la propuesta pedagógica orientada a la mejora del
logro educativo.
VII. Acordar con los titulares de los distintos niveles educativos la participación de las
jefaturas de sector , supervisiones escolares y asesores tecnico -pedagógica, en la
orientación, seguimiento y asesoría académica a las escuelas beneficiadas con los
programas.
VIII. Asegurar y verificar que las escuelas públicas beneficiarias con los programas
realicen la planeación escolar (Ruta de Mejora) considerando los objetivos y metas
planteados en las reglas de operación.
IX. Visitar de manera periódica a las escuelas incorporadas en los programas, de
manera que se pueda dar un seguimiento oportuno de las acciones pedagógicas
que se deben implementar durante la jornada ampliada.
X. Capacitar y asesorar a las y los Supervisores, directivos y personal docente en la
implementación adecuada del material didáctico del programa.
XI. Dar seguimiento administrativo y pedagógico al personal docente del idioma
inglés.
XII. Validar los planes de trabajo y evidencias entregadas por el personal docente de
inglés para proporcionar el seguimiento adecuado y oportuno.
XIII. Realizar los cronogramas de trabajo requeridos por la SEP en cumplimiento a las
reglas de operación.
XIV. Promover acciones que fortalezcan las rutas de mejora, de manera que sean
dirigidas a fortalecer las líneas básicas educativas, consolidando acciones que
favorezca la disminución del rezago educativo.
XV. Generar reportes e informes que nos permita tener claridad de las metas
alcanzadas a través de los indicadores adecuados.
XVI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
134
XVII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XVIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIX. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XX. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE ESCUELAS DE TIEMPO
COMPLETO
Objetivo: Planear, gestionar y distribuir los recursos destinados a la operación de los
Programas para su correcta aplicación de los recursos.
Funciones:
I. Planear y distribuir los recursos destinados a la operación de los Programas.
II. Gestionar ante las áreas administrativas de los Servicios Educativos, los
materiales didácticos, de oficina e insumos que contribuyan al fortalecimiento del
Programa.
III. Analizar las necesidades de los centros de trabajo para dotarles de materiales y
servicios necesarios para su operación.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
135
IV. Tramitar ante las instancias administrativas correspondientes los gastos de
operación de los Programas.
V. Integrar la nómina correspondiente para el pago de los apoyos económicos a las y
los Directores, Docentes, Personal de Apoyo, Coordinadoras (es) de alimentos y
personal docente del idioma inglés por la jornada ampliada.
VI. Reportar mensualmente las incidencias de personal para que se generen
oportunamente el pago de los apoyos económico.
VII. Distribución y asignación de material didáctico, equipos de cómputo, material de
oficina y demás que contemplan las reglas de operación, previa recepción de
solicitudes.
VIII. Verificación y seguimiento a las solicitudes de los centros de trabajo de acuerdo a
sus necesidades.
IX. Elaborar trimestralmente los informes Financieros y técnicos del Programa y
demás requerimientos por parte de la Secretaría de Educación Pública y de los
Servicios Educativos de Quintana Roo.
X. Coadyuvar para la adecuada aplicación de las evaluaciones cuantitativas y
cualitativas del PETC y participar en la propuesta, aplicación y difusión de las
medidas de mejora pertinentes.
XI. Promover la creación de las Contralorías Sociales dentro de los Consejos de
Participación Social en todas las escuelas.
XII. Integración de los expedientes que reflejen de manera clara el uso y destino de los
recursos asignados a cada escuela, para la operación de los programas y en
beneficio de las supervisiones de las zonas escolares que tienen a cargo las
escuelas incorporadas a los programas.
XIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XIV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
136
XVII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
Objetivo: Promover e impulsar la participación de la sociedad en apoyo a la educación
básica con acciones que fortalezcan la relación de la comunidad escolar, el proceso
enseñanza-aprendizaje y mejoren la calidad de la educación.
Funciones:
I. Coordinar, dirigir, supervisar e implementar acciones, que fortalezcan las
necesidades que emanen de los Consejos de Participación Social en la educación.
II. Implementar acciones y programas que propicien la activa participación y
colaboración de padres y madres de familia, alumnado y autoridades educativas a
fin de alcanzar los objetivos educacionales establecidos y elevar la calidad de la
educación.
III. Gestionar la realización de congresos, foros, talleres y conferencias con la
participación social y la autonomía de gestión
IV. Capacitar, asesorar y acompañar a la comunidad escolar para el fortalecimiento de
la autonomía de gestión, calidad educativa y el uso y comprobación de recursos.
V. Gestionar, administrar y dispersar recursos financieros, provenientes de
organismos públicos y privados, para el funcionamiento y desarrollo de los
programas establecidos en el área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
137
VI. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
VII. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
VIII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
IX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
X. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE ESCUELAS DE CALIDAD
Objetivo: Contribuir al fortalecimiento de las condiciones que favorezcan el desarrollo de
la autonomía de gestión de las escuelas públicas de educación básica para la mejora de
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
138
la calidad y equidad educativas en un marco de corresponsabilidad, transparencia y
rendición de cuentas.
Funciones:
I. Diseñar la estrategia estatal de operación del Programa Escuelas de Calidad y
proponerla a la Dirección de Participación Social y al Comité Técnico del
Fideicomiso Estatal de Escuelas de Calidad.
II. Emitir y publicar la convocatoria para el proceso de inscripción de las escuelas
interesadas en participar en el Programa Escuelas de Calidad.
III. Dar seguimiento a los recursos que la Federación, a través del PEC, destine para
el financiamiento de proyectos de innovación y acciones que favorezcan la
alineación a las propuestas de la Gestión Educativa Regional con impacto en los
aprendizajes.
IV. De acuerdo con lo que se establece en las Reglas de Operación para el ciclo
escolar vigente, establecer los mecanismos para dispersar los apoyos financieros
a las escuelas incorporadas en el PEC y fomentar y vigilar que las escuelas
beneficiadas por el Programa utilicen eficientemente los recursos públicos
mediante una buena administración con el apoyo de los Consejos Escolares de
Participación Social en la Educación.
V. Determinar los procedimientos a seguir para la capacitación, asesoría y
acompañamiento sobre el Modelo de Gestión Educativa Estratégica y la
metodología para la elaboración del Plan Anual como parte de la Ruta de Mejora.
VI. Fortalecer a la Coordinación Estatal del Programa Escuelas de Calidad y a la
Coordinación General Académica, con el fin de articular mejor su labor con las
figuras y niveles de la estructura educativa.
VII. Involucrar al personal responsable de las Direcciones y Supervisiones así como a
las áreas técnico- pedagógicas, en la cultura de planeación, evaluación y la
rendición de cuentas de los centros escolares, que estén inscritos al Programa de
Escuelas de Calidad.
VIII. Capacitar y difundir entre la comunidad educativa (directores(as),
supervisores(as), consejos de participación social en la educación y padres y
madres de familia) la normatividad aplicable para el ejercicio de los recursos del
programa.
IX. Vigilar que la operación del programa en su forma integral se ajuste a los rasgos
de normalidad mínima que se establece en la reforma educativa.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
139
X. Operar el Sistema Estatal de Información del Programa Escuelas de Calidad
(SEIPEC).
XI. Elaborar y administrar, bajo la legislación estatal aplicable en la materia, el POA
que soporte financieramente los gastos de operación del PEC.
XII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO CONSEJOS ESCOLARES DE PARTICIPACIÓN SOCIAL.
Objetivo: Fomentar la participación organizada, activa y responsable de toda la
comunidad escolar con el fin de mejorar y elevar la calidad de la enseñanza en el proceso
educativo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
140
Funciones:
I. Proporcionar la asesoría adecuada, cumpliendo la normatividad vigente, para la
constitución, operación y funcionamiento del consejo estatal, los consejos
municipales y los escolares de participación social en la educación del estado.
II. Proporcionar la asesoría necesaria para la constitución de las asociaciones de
padres de familia en las escuelas de educación básica del estado.
III. Supervisar y asesorar a las y los integrantes de la comunidad escolar acerca del
adecuado funcionamiento de los Consejos Escolares y de las asociaciones de
padres de familia de los planteles de educación básica en el Estado.
IV. Capacitar y actualizar a directores(as), docentes y padres y madres de familia para
que a través de los Consejos Escolares, Municipales y Estatales de Participación
Social en la Educación se formulen proyectos orientados a promover la calidad de
los procesos educativos y el cumplimiento del reglamento vigente..
V. Supervisar la operación y funcionamiento de los consejos escolares y
asociaciones de padres de familia.
VI. Promover la participación activa, a través de trabajo coordinado, entre los consejos
escolares de participación social, asociación de padres de familia y el consejo
técnico escolar bajo el liderazgo del director del centro educativo.
VII. Fortalecer la gestión escolar a través de pláticas motivacionales a los padres y
madres de familia de las escuelas de educación básica del estado.
VIII. Realizar el proceso de licitación de tiendas escolares en las escuelas de
educación básica que cumplan con los requisitos señalados en la reglamentación
vigente.
IX. Coordinar capacitaciones a concesionarios de tiendas escolares en temas de
alimentación saludable y manejo higiénico de alimentos.
X. Supervisar la operación y funcionamiento de las tiendas escolares.
XI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
141
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL (ZONA NORTE)
Objetivo: Promover e impulsar la participación de la sociedad en apoyo a la educación
básica con acciones que fortalezcan la relación de la comunidad escolar, el proceso
enseñanza-aprendizaje y contribuir a mejorar la calidad de la educación.
Funciones:
I. Difundir entre la comunidad educativa las bases normativas para la integración de
los Consejos de Participación Social.
II. Ofrecer a los padres y madres de familia la información, asesoría y elementos
básicos con los que se busca el desarrollo integral del alumnado.
III. Implementar acciones y programas que propicien la activa participación y
colaboración de padres y madres de familia, alumnado y autoridades educativas
en beneficio de la calidad en la educación.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
142
IV. Coordinar con directores(as), docentes y padres y madres de familia para que, a
través de los Consejos Escolares Municipales y Estatales de Participación Social
en la Educación, la promoción de la calidad de los procesos educativos y el
cumplimiento del reglamento vigente.
V. Coordinar, dirigir, supervisar y evaluar programas y proyectos que cubran las
demandas y necesidades que emanen de los Consejos de Participación Social,
Escolar, Municipal y Estatal.
VI. Participar en las reuniones y juntas de trabajo, proponiendo soluciones y/o
acciones de mejora.
VII. Elaborar el informe sobre los avances en las metas programadas del área a su
cargo.
VIII. Informar y auxiliar a sus superiores dentro del ámbito de su competencia sobre las
funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
IX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
X. Actualizar permanentemente los registros y la documentación para el proceso de
entrega-recepción de la administración.
XI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
143
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN BÁSICA (ZONA NORTE)
Objetivo: Coordinar las acciones de atención a la Educación Básica, así como apoyar en
la verificación de la adecuada aplicación de la normatividad vigente en los planteles
educativos de la Zona Norte.
Funciones:
I. Integrar y actualizar periódicamente la base de datos de estudiantes, docentes,
directores(as), supervisores(as), jefes(as) de sector, escuelas, zonas escolares,
niveles, modalidades, municipios y localidades, en coordinación con los
departamentos de Control Escolar y de Estadística así como con las propias
escuelas, para disponer de la información requerida para las aplicaciones de
evaluaciones y la difusión de sus resultados.
II. Fungir como enlace para la atención de docentes y padres y madres de familia
en los servicios educativos en sus diferentes modalidades como preescolar,
primaria, especial, secundaria, telesecundarias, educación física e indígena.
III. Coordinar la conformación y operación de los consejos escolares y el consejo
municipal de participación social en la zona norte.
IV. Coordinar las acciones relativas a la mesa de derechos de autor.
V. Visitar a supervisiones y escuelas de educación básica para apoyar actividades
administrativas.
VI. Dar capacitación para la realización y planeación de clases, actualización del
manejo de lengua inglesa para obtener las certificaciones promovidas por la SEP
al personal docente encargado de la enseñanza en primarias, telesecundarias,
secundarias generales y técnicas en la zona norte.
VII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
VIII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
IX. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
X. Supervisar el cumplimiento y avance de las metas establecidas en el Programa
Operativo Anual del área a su cargo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
144
XI. Informar y auxiliar al/la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o
encomienden; así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las
áreas a su cargo.
XII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PREESCOLAR (ZONA NORTE)
Objetivo: Operar, coordinar, gestionar y supervisar los servicios de educación preescolar
y los centros de desarrollo en la zona norte del estado para lograr el óptimo
funcionamiento de los mismos y contribuir a elevar la calidad educativa en el Estado.
Funciones:
I. Analizar y vigilar que la elaboración y adecuación de las normas técnico-
pedagógicas, contenidos, métodos, planes y programas de estudio del nivel
preescolar sean las apropiadas y pertinentes para el alumnado.
II. Programar, coordinar y controlar, de acuerdo con la normatividad establecida, las
visitas a efectuar para el desarrollo de la supervisión académica y asesoría
técnico-pedagógica de los planteles de preescolar oficiales y particulares
incorporados.
III. Recopilar, analizar y gestionar las necesidades de los planteles oficiales para un
mejor funcionamiento de los servicios de educación preescolar.
IV. Coadyuvar en la realización de programas interinstitucionales tendientes al
beneficio social y de la educación preescolar en el Estado.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
145
V. Recomendar al área competente los perfiles y constatar que los docentes y
directivos, del nivel a su cargo, de las escuelas públicas y de las privadas en el
Estado, con reconocimiento de validez oficial de estudios, satisfagan los
requisitos de perfil establecidos para su desempeño.
VI. Participar en las reuniones y juntas de trabajo, proponiendo soluciones y/o
acciones de mejora.
VII. Elaborar el informe sobre los avances en las metas programadas del área a su
cargo.
VIII. Informar y auxiliar a sus superiores dentro del ámbito de su competencia sobre
las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
IX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
X. Actualizar permanentemente los registros y la documentación para el proceso de
entrega-recepción de la administración.
XI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PRIMARIA (ZONA NORTE)
Objetivo: Coordinar los proyectos y acciones estratégicas dirigidas a la educación
primaria en la zona norte del estado en sus diferentes modalidades involucrando a los
equipos de las jefaturas de sector, inspecciones escolares, unidades administrativas del
organismo y otras instancias externas a fin mejorar la calidad de los aprendizajes.
Funciones:
I. Coordinar la operación de los diversos proyectos académicos que inciden en los
centros escolares de educación primaria a través de la estructura educativa.
II. Diseñar los sistemas de apoyo logístico necesarios para el desarrollo de los
programas de supervisión autorizados, fundamentando los requerimientos de
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
146
recursos humanos, materiales y financieros necesarios para el cumplimiento de los
objetivos y funciones asignadas.
III. Analizar, fundamentar y validar los requerimientos o la necesidad de
modificaciones y ampliaciones en los programas de supervisión autorizados,
determinando su impacto y efectos en los objetivos planteados, así como en la
asignación de los recursos humanos, materiales y financieros.
IV. Coadyuvar en el desarrollo de proyectos académicos que incidan en la mejora de
la calidad académica en la educación primaria.
V. Participar en las reuniones y juntas de trabajo, proponiendo soluciones y/o
acciones de mejora.
VI. Elaborar el informe sobre los avances en las metas programadas del área a su
cargo.
VII. Informar y auxiliar a sus superiores dentro del ámbito de su competencia sobre las
funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
VIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
IX. Actualizar permanentemente los registros y la documentación para el proceso de
entrega-recepción de la administración.
X. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA (ZONA NORTE)
Objetivo: Vigilar que se apliquen las disposiciones técnico-pedagógicas y administrativas
para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje, evaluación, acreditación y
certificación en los planteles que imparten educación secundaria en el Estado.
Funciones:
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
147
I. Vigilar que se apliquen las disposiciones técnico-pedagógicas y administrativas
para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje, evaluación, acreditación
y certificación en los planteles que imparten educación secundaria en el Estado.
II. Proporcionar los elementos necesarios a la Dirección de Educación Básica para la
validación de los proyectos de creación, expansión, fusión o suspensión (temporal
o definitiva) de planteles de educación secundaria en la entidad, con el fin de que
sean analizadas y autorizadas de acuerdo con las necesidades y presupuestos de
cada región.
III. Proponer y promover la implementación de acciones estratégicas y procedimientos
que garanticen el aprovechamiento del proceso de enseñanza-aprendizaje,
tendientes a evitar la deserción y ausentismo, incrementen la eficiencia terminal,
amplíen el acceso a un mayor número de educandos y otorguen atención
prioritaria a las zonas y grupos desfavorecidos.
IV. Coordinar y supervisar la asesoría técnica-académica, de las escuelas
secundarias oficiales y particulares incorporadas, vigilando que se apliquen
conforme a las normas y lineamientos establecidos.
V. Operar los programas interinstitucionales que favorezcan, al alumnado de
secundaria, la orientación relacionada con la sexualidad, la salud reproductiva y
prevención de adicciones.
VI. Participar en las reuniones y juntas de trabajo, proponiendo soluciones y/o
acciones de mejora.
VII. Elaborar el informe sobre los avances en las metas programadas del área a su
cargo.
VIII. Informar y auxiliar a sus superiores dentro del ámbito de su competencia sobre las
funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
IX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
X. Actualizar permanentemente los registros y la documentación para el proceso de
entrega-recepción de la administración.
XI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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COORDINACIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN
Objetivo: Coordinar los planes, programas y proyectos a corto, mediano y largo plazo a
su cargo, así como la elaboración de los procesos y proyectos en el apartado
programático de las Unidades Administrativas de conformidad con los planes de
desarrollo Nacional, Estatal y del propio Organismo. Coordinar procesos de inscripciones,
programación e infraestructura educativa, la generación de indicadores educativos,
levantamientos y generación de información estadística, evaluación de procesos y
proyectos y control escolar a nivel estatal.
Funciones:
I. Planear conjuntamente con las Direcciones de Programación e Infraestructura y
Servicios Escolares los procesos de preinscripciones e inscripciones del alumnado
de educación básica del Estado de Quintana Roo, así mismo Coordinar y
supervisar la ejecución de estos procesos.
II. Coordinar y supervisar la elaboración de la programación detallada en educación
básica, considerando las estadísticas y resultados de las inscripciones de cada
ciclo escolar, a fin de garantizar un espacio para el alumnado de educación básica,
de acuerdo con la demanda estatal.
III. Coordinar las estrategias para la evaluación el desempeño a cargo de un ente
evaluador externo respecto de los programas educativos, consistente en la
revisión de los resultados de los indicadores, metas definidas y beneficiarios
reportados en los informes de las Unidades Administrativas de los Servicios
Educativos de Quintana Roo.
IV. Informar a las Unidades administrativas de los Servicios Educativos de Quintana
Roo y dar seguimiento respecto de las observaciones y recomendaciones
efectuadas evaluador externo, encargado de la evaluación institucional.
V. Coordinar, supervisar y vigilar los planteles escolares que fungen como refugios
ante una contingencia natural para garantizar su adecuado funcionamiento.
VI. Supervisar y vigilar la integración de la planeación estratégica y operativa del
Organismo.
VII. Proponer ante la Dirección General y las áreas estatales y federales competentes
el Programa Operativo Anual en su apartado programático.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
149
VIII. Planear, coordinar e implementar, previo acuerdo de la Dirección General y en
coordinación con las áreas e instancias federales, estatales y municipales
competentes, los programas de inversión para la consolidación, ampliación,
sustitución, creación y ubicación de los planteles escolares del Organismo.
IX. Coordinar y supervisar en el ámbito de su competencia la integración y difusión de
la estadística del sector educativo de inicio y fin de cursos de cada ciclo escolar,
en sus diferentes tipos, niveles y modalidades.
X. Atender conjuntamente con la Dirección de Apoyo a la Planeación las acciones
en materia de planeación, programación, infraestructura, estadística, evaluación y
control escolar.
XI. Supervisar los eventos de capacitación para los Usuarios responsables de la
integración del Anteproyecto del Programa Operativo Anual.
XII. Coordinar y supervisar la integración del Programa Operativo Anual en su
apartado programático, que contiene las metas anuales de los programas
respectivos del Organismo.
XIII. Coordinar la planeación, administración y capacitación en materia de control
escolar, así como la aplicación de la normatividad de sus procesos, en la
educación de tipo básica, y lo aplicable para las normales y formadoras de
docentes, que impartan las escuelas públicas o privadas autorizadas por el
Organismo.
XIV. Coordinar y supervisar las Direcciones a su cargo, respecto a la integración de
información en materia de planeación, estadística, evaluación de la gestión
institucional, programación, infraestructura y control escolar que requiera el
Director (a) General.
XV. Planear y coordinar con las Direcciones de Planeación, Servicios Escolares y
Recursos Humanos el programa de capacitaciones para la integración de la
estadística del sector educativo de inicio y fin de cursos de cada ciclo escolar.
XVI. Coordinar y supervisar, dentro del ámbito de su competencia, la atención,
seguimiento y solventación de las auditorias de los programas federales y/o
estatales.
XVII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XVIII. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
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150
área. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XIX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XXI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXII. Informar y auxiliar al/la titular del Organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden; así como
acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende
expresamente el/la titular del Organismo.
COORDINACIÓN TÉCNICA
Objetivo: Fungir como un área de apoyo que permita dar atención y seguimiento a los
asuntos y acciones relevantes de la Coordinación General de Planeación
Funciones:
I. Apoyar las acciones y seguimiento al Programa Operativo Anual de la
Coordinación General de Planeación.
II. Informar y auxiliar a sus superiores dentro del ámbito de su competencia sobre las
funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
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151
III. Participar como enlace de la Coordinación General de Planeación, en los procesos
de entrega y recepción de la Administración.
IV. Efectuar seguimiento en la atención de observaciones de auditorías por parte de
las Direcciones a cargo de la Coordinación General de Planeación.
V. Efectuar seguimiento de asuntos relevantes instruidos por la coordinación General
de Planeación.
VI. Elaborar en forma coordinada con su superior jerárquico (a), el Programa
Operativo Anual de la Coordinación General de Planeación.
VII. Elaborar los informes trimestrales sobre los avances en las metas programadas en
el Programa Operativo Anual de la Coordinación General de Planeación.
VIII. Actualizar los registros y la documentación de la Coordinación Técnica para el
proceso de entrega-recepción de la administración estatal.
IX. Participar en las reuniones y juntas de trabajo, proponiendo soluciones y/o
acciones de mejora.
X. Informar y auxiliar a sus superiores dentro del ámbito de su competencia sobre las
funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XI. Coadyuvar para que las áreas que integran la Coordinación General, atiendan a la
Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Organismo, sobre la información que ésta requiera, dentro del ámbito de
competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la información
de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN
Objetivo: Coordinar la planeación estratégica y operativa de los Servicios Educativos de
Quintana Roo y dar seguimiento a los programas y acciones que garanticen el
cumplimiento de objetivos fijados, así como dirigir el sistema de estadística y evaluación
del desempeño, con base en políticas, normas y lineamientos tanto federales como
estatales.
Funciones:
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152
I. Supervisar, coordinar y elaborar en coordinación con las unidades administrativas,
Organismos descentralizados, autoridades municipales, docentes y padres de
familia, el Plan Estatal Educativo y los Programas Institucionales y Sectoriales, en
concordancia con el Plan Estatal de Desarrollo y el Programa Nacional de
Educación, con base en los objetivos institucionales, normatividad vigente,
políticas y lineamientos que defina la Instancia de Planeación Estatal.
II. Supervisar, coordinar e integrar en colaboración con las diferentes unidades
administrativas de los Servicios Educativos de Quintana Roo, la información
relevante para el informe de gobierno del Ejecutivo Estatal.
III. Analizar y, en su caso, aprobar las modificaciones programáticas solicitadas por
las unidades responsables con base en la documentación presentada que
justifique los ajustes requeridas en sus acciones.
IV. Supervisar, coordinar, controlar y evaluar el funcionamiento del Sistema de
Geoestadística del Organismo, con base en las políticas, normas y lineamientos,
federales y estatales y en respuesta a los requerimientos y necesidades de las
unidades administrativas que integran el Organismo.
V. Supervisar, coordinar e integrar las Matrices de Indicadores por Resultados y de
los Programas Operativos Anuales, que contemplen los objetivos, metas y el
presupuesto anual de los programas y proyectos de las diferentes áreas
administrativas.
VI. Supervisar, coordinar e informar sobre las evaluaciones trimestrales, en
coordinación con los responsables de los procesos/proyectos institucionales, del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa, a fin de medir el cumplimiento en tiempo y forma de los
objetivos fijados, previamente autorizados.
VII. Supervisar y coordinar la Evaluación del Desempeño, que permita medir el
impacto social de la gestión y de la congruencia de los procesos/proyectos
elaborados en el sector educativo.
VIII. Supervisar y coordinar la integración, actualización y difusión de la estadística
educativa de inicio y fin de cursos de cada ciclo escolar, en sus diferentes tipos,
niveles y modalidades.
IX. Supervisar, coordinar, Integrar y actualizar el catálogo de Centros de Trabajo en
sus diferentes tipos, niveles y modalidades, así como los servicios educativos que
imparten los particulares incorporados con autorización o reconocimiento de
validez oficial de estudios, de acuerdo a las solicitudes realizadas por las áreas
responsables de su validación y difundirlo con las unidades administrativas que lo
requieran para acciones inherentes a sus responsabilidades.
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153
X. Supervisar y coordinar la Integración de la estadística e indicadores que sirva a las
áreas sustantivas de insumos para el desarrollo de los diagnósticos educativos y
para la realización de proyectos y programas educativos, que permitan promover,
realizar e instrumentar estrategias para el mejoramiento de los servicios
educativos.
XI. Supervisar y coordinar que se hagan análisis prospectivos para conocer
estimaciones del comportamiento a futuro de la matrícula educativa, que permita
tener una visión del escenario del sistema educativo y sirva como base para la
toma de decisiones en los diferentes programas que tienen incidencia en la
población escolar.
XII. Establecer y fortalecer relaciones de coordinación con instancias federales y
estatales inmersas en el quehacer educativo, para promover su participación en la
definición, aplicación y evaluación de programas y estrategias para el desarrollo
del sector educativo.
XIII. Supervisar y vigilar los planteles escolares que fungen como refugios ante una
contingencia natural para garantizar su adecuada operación y funcionamiento.
XIV. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XV. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XVI. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XVII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVIII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XIX. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XX. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
154
XXI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN
Objetivo: Coordinar la elaboración de la planeación estratégica y operativa del
Organismo, y dar seguimiento a los programas y acciones que garanticen el cumplimiento
de objetivos fijados, con base en políticas, normas y lineamientos tanto federales como
estatales.
Funciones:
I. Coordinar y coadyuvar en el desarrollo y la elaboración de la planeación estratégica
que debe implementarse en el organismo.
II. Fortalecer las acciones correspondientes a crear y desarrollar la adopción de la
metodología para la planeación estratégica en todos los proyectos y programas del
organismo.
III. Integrar el Programa Operativo Anual del organismo para cada ejercicio fiscal, de
acuerdo a los programas de trabajo de cada una de las áreas.
IV. Trabajar conjuntamente con el Departamento de Evaluación de la Gestión
Institucional y la Dirección de Presupuesto, para la promoción, análisis e integración
del Programa Operativo Anual, que contemple las metas y presupuesto anuales de
los programas y proyectos respectivos del organismo.
V. Dirigir y supervisar las actividades de planeación, a fin de cuidar que los planes y
programas del organismo, guarden relación con los objetivos, metas y prioridades
establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan de Desarrollo del estado.
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155
VI. Establecer y operar mecanismos de coordinación con la Dirección de Política
Presupuestal de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la estructuración,
operación, seguimiento de los planes, programas y proyectos a cargo de los Servicios
Educativos de Quintana Roo.
VII. Colaborar en la integración del programa sectorial de la entidad, de acuerdo a la
normatividad federal y estatal en la materia, en el ámbito de competencia de los
Servicios Educativos de Quintana Roo, y en congruencia con el Plan Nacional de
Desarrollo y el Plan de Desarrollo del estado.
VIII. Elaborar los pronósticos en horizonte de corto y mediano plazo del comportamiento
de la matrícula educativa en todos los niveles.
IX. Apoyar en coordinación con el Departamento de Estadística a las unidades
administrativas del organismo con la generación e integración de información
estadística que les sirva de insumos para el desarrollo de diagnósticos para la
elaboración de proyectos y programas educativos.
X. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento de
los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y operativa.
XII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del ámbito de
competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la información de
carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la documentación
para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
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156
DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA
Objetivo: Integrar, coadyuvar, sistematizar, controlar y difundir la información estadística
educativa que se genere en los centros de trabajo de inicio y fin de curso con base en
políticas, normas y lineamientos tanto federales como estatales.
Funciones:
I. Integrar la estadística educativa que sirva como insumo a las áreas, para la
elaboración de los planes a corto y mediano plazo.
II. Integrar la información estadística requerida para la elaboración de los programas
de desarrollo educativo de la entidad en concordancia con el Plan Estatal de
Desarrollo y el Programa Nacional de Educación.
III. Actualizar el padrón de los planteles educativos, en sus diferentes tipos, niveles y
modalidades y generar los indicadores de educación básica y media.
IV. Apoyar las labores de planeación, programación, evaluación, pagos y toma de
decisiones de las áreas del Organismo.
V. Realizar las acciones de validación y elaboración de la programación del Sistema
de Geoestadística Educativa, vigilando el adecuado funcionamiento con base a
políticas, normas y lineamientos federales y estatales.
VI. Diseñar e implementar los mecanismos para la elaboración, impresión,
distribución, recolección de los diferentes cuestionarios de los sistemas de
información estadística de inicio y fin de cursos; así como de inmuebles escolares
y biblioteca en coordinación con las figuras educativas responsables de los centros
escolares.
VII. Realizar y dar seguimiento a la captura electrónica de la información estadística de
inicio y fin de cursos; de acuerdo a los tiempos establecidos, para entregar en
tiempo y forma los resultados estadísticos que intervienen en la toma de
decisiones.
VIII. Diseñar e implementar los mecanismos, para la actualización permanente de los
Catálogos de Centro de Trabajo (CCT) y nomenclatura a planteles escolares.
IX. Proponer y establecer sistemas de control para la revisión de resultados, respaldos
magnéticos de la información estadística de los centros de trabajo y de inicio y fin
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157
de cursos, así como coordinar y mantener actualizada la integración del archivo
histórico con la información de la estadística básica del sector.
X. Elaborar y proporcionar oportunamente el informe estadístico de inicio y fin de
cursos contenido en los archivos magnéticos, a la Dirección de Planeación y
Estadística Educativa de la SEP.
XI. Realizar y validar la integración, análisis y difusión de la información estadística,
para la formulación y fundamentación de programas estratégicos.
XII. Realizar las acciones de diseño, impresión, respaldo, seguridad y control en el
acceso, proceso, difusión y publicación de las estadísticas educativas, en
coordinación con las áreas involucradas del organismo.
XIII. Proporcionar los servicios de asesoría y consulta a los usuarios del organismo que
así lo requieran.
XIV. Integrar, jerarquizar y procesar la información necesaria para la elaboración de
estadísticas, que fundamenten y faciliten las acciones de planeación y
programación; así como, los procesos de verificación y toma de decisiones.
XV. Proporcionar al Departamento de Programación la estadística de inicio y fin de
curso para el proceso de inscripciones.
XVI. Proporcionar información estadística a las Unidades de Enlace Municipales del
organismo que así lo requieran.
XVII. Actualizar el Sistema de Información Geográfica Educativo (SIGE).
XVIII. Actualizar la cartografía educativa de la entidad.
XIX. Actualizar la información estadística de los planes, programas y proyectos que
apliquen en los Centros de Trabajo.
XX. Participar en el intercambio de información con las diferentes áreas del organismo
para mejorar la coordinación institucional.
XXI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XXII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
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158
XXIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN INSTITUCIONAL
Objetivo: Establecer la evaluación a programas y proyectos que se operan en el
Organismo, a fin de contribuir al diseño de políticas orientadas al desarrollo y elevar la
eficiencia institucional.
Funciones:
I. Evaluar la alineación y congruencia de los proyectos contenidos en el Programa Operativo Anual del organismo con respecto a los planes y programas nacionales y estatales.
II. Participar, junto con el Departamento de Planeación y la instancia correspondiente, en el análisis de estudios y proyectos que se proponen desarrollar en el organismo y, en su caso, emitir las recomendaciones pertinentes.
III. Evaluar trimestralmente, en coordinación con los responsables de los procesos/proyectos institucionales, el cumplimiento de las metas establecidas en el Programa Operativo Anual, a fin de medir el cumplimiento en tiempo y forma de los objetivos fijados, previamente autorizados.
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159
IV. Proponer y mantener actualizados, en coordinación con el área de planeación, el Sistema de Indicadores del Plan Estatal del Sector Educativo, así como de los Programas Anuales del Organismo.
V. Proponer mecanismos de evaluación institucional que permitan determinar el impacto, cobertura y resultado de los planes y programas institucionales, para su posible implementación.
VI. Integrar un archivo histórico anual de las evaluaciones de proyectos, junto con el informe técnico de resultados correspondiente.
VII. Generar los reportes trimestrales de los resultados de la evaluación realizada a cada uno de los proyectos institucionales, que propicien la implementación de estrategias de mejora para el cumplimiento de las metas establecidas.
VIII. Integrar la información requerida por la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información Pública, según lo que marque la ley, a solicitud expresa de sus superiores.
IX. Coadyuvar en el análisis y diagnóstico de la situación que guarda la educación en el Estado y que incida en el mejoramiento de la calidad educativa.
X. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y operativa.
XII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos institucionales.
XIV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
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160
XVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN E INFRAESTRUCTURA
Objetivo: Establecer de conformidad con las políticas y lineamientos emitidos por las
autoridades competentes, las acciones que permitan atender con eficacia y eficiencia a
los educandos de todos los niveles y modalidades educativas del nivel básico, en el
ámbito de satisfacer las necesidades de infraestructura y de recursos humanos, mediante
una adecuada y oportuna planeación y programación.
Funciones:
I. Coordinar la elaboración de propuestas para acceder a los fondos y programas de
financiamiento en infraestructura y operación de la educación básica.
II. Supervisar el registro, control y actualización de la programación y resultados de
las preinscripciones e inscripciones en los planteles educativos de preescolar,
primaria y secundaria, en colaboración con las áreas involucradas para tal fin.
III. Dirigir la elaboración de estudios de factibilidad en apoyo al análisis de las
necesidades de los servicios de educación básica, tomando en cuenta los
resultados de las inscripciones y las solicitudes del Gobierno del Estado, del
Consejo Municipal de Participación Social en la Educación y de las autoridades de
las diferentes localidades, a fin de garantizar la atención de todos los
demandantes de educación básica en el Estado.
IV. Integrar la propuesta generada por el proyecto de Acciones de Planeación
Regional para el análisis de las necesidades de los servicios de educación básica
del ciclo escolar correspondiente, con el resultado de cada entidad, el producto
obtenido de este proceso se remite a la instancia federal que corresponda, para su
dictaminación respectiva.
V. Coordinar las actividades relacionadas con los programas de inversión autorizados
para el ramo de infraestructura para el sector educativo, así como su evaluación,
seguimiento e integración de los informes de avances respectivos.
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161
VI. Coordinar la elaboración de las propuestas para los programas de inversión en
infraestructura y de ampliación de la cobertura.
VII. Gestionar ante las instancias municipales, estatales, federales y particulares, los
recursos que contribuyan a la ampliación y mejoramiento de los diferentes
programas de inversión en infraestructura.
VIII. Coordinar la integración y actualización del diagnóstico de infraestructura de los
planteles de educación básica del Estado.
IX. Analizar y validar el programa de docentes con arraigo en función de la
marginación, distancia, plantilla docente y matrícula de la escuela, propuesta por la
Coordinación General de Educación Básica al inicio de cada ciclo escolar.
X. Determinar las necesidades del personal de los centros de trabajo conforme a las
estructuras ocupacionales y el análisis de cada centro de trabajo de educación
básica.
XI. Vincular permanente con la Coordinación General de Recursos Humanos, con el
objeto de unificar criterios en la asignación del personal docente y personal de
asistencia y apoyo a la educación en los servicios de educación básica y de
educación normal, según estructura ocupacional.
XII. Analizar y validar la estructuración y/o reestructuración de las zonas escolares de
educación básica, derivado de los crecimientos naturales y/o expansiones de la
población escolar, propuesta por la Coordinación General de Educación Básica.
XIII. Proponer anualmente ante el Consejo Nacional de Fomento Educativo CONAFE,
las metas del programa para la atención de zonas marginadas e indígenas de bajo
desarrollo.
XIV. Determinar e informar en apego a las estructuras ocupacionaleslos espacios
docentes, directivos y de personal de apoyo y asistencia a la educación para
regular los procesos de cambios de adscripción.
XV. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XVI. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
162
XVII. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XVIII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XIX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XXI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE PROGRAMACIÓN DETALLADA E INSCRIPCIONES DE
LA EDUCACIÓN BÁSICA
Objetivo: Administrar, organizar y coordinar los procesos de programación de las
necesidades del nivel de educación básica del organismo y de las inscripciones, acorde a
la normatividad y lineamientos establecidos por las autoridades Estatal y Federal del
ramo.
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163
Funciones:
I. Elaborar anualmente, el calendario de la programación del análisis de las
necesidades de los servicios de educación básica.
II. Organizar el proceso de las preinscripciones e inscripciones de los educandos
para los niveles de preescolar, primaria y secundaria, detectando las necesidades
del sector educativo, en los crecimientos de sus centros de trabajo para la
consolidación de los servicios y la creación de nuevos centros.
III. Mantener una coordinación permanente con las Coordinaciones Generales de
Recursos Humanos, Servicio Profesional Docente y Educación Básica con el
objeto de alinearse a las estructuras ocupacionales de los centros de trabajo
autorizados, derivado del análisis de las necesidades de los servicios de
educación básica; así como de los movimientos de personal originados por las
reubicaciones, jubilaciones y bajas, contemplando de igual manera los cambios de
adscripción y permutas.
IV. Validar e integrar el análisis de las necesidades del servicio de educación básica,
física y especial con base al análisis de la propuesta de necesidades de recursos
humanos presentada por la Coordinación General de Educación Básica.
V. Informar al Departamento de Estadística, el número de educandos inscritos en el
primer grado de educación básica para la programación y entrega de los libros de
texto gratuitos, adicionalmente informar sobre las escuelas de nueva creación para
el ciclo inmediato, así como las expansiones o crecimientos.
VI. Dar seguimiento de la matrícula de todos los grados, para eficientar la estructura
grupal por escuela procurando una mejor distribución en la relación maestro-
alumno de acuerdo a la región geográfica y condición social y cultural.
VII. Analizar y validar la estructuración o reestructuración de las zonas escolares de
educación básica, derivado de los crecimientos naturales y/o expansiones de la
población escolar, propuesta por la Coordinación General de Educación Básica.
VIII. Apoyar el proceso de análisis de las necesidades de educación básica, con
estudios e investigaciones de campo, a través de la micro planeación, que
permitan tener una visión de la realidad educativa, detectar problemáticas y
proponer alternativas de solución en las necesidades de recursos humanos,
infraestructura o nuevos centros de trabajo .
IX. Coordinar con las Unidades de Enlace Municipales del organismo, para analizar y
proponer acciones de mejora en los problemas que incidan en los procesos de
programación del sistema educativo.
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164
X. Coordinar con el Departamento de Programación de Inversión en Infraestructura
Educativa, la información sobre las necesidades de crecimiento de los centros de
trabajo de educación básica así como escuelas de nueva creación.
XI. Elaborar y/o actualizar anualmente el padrón de docentes, para dar seguimiento a
la asignación de las compensaciones de arraigo del docente en el medio rural e
indígena del nivel de educación primaria.
XII. Proponer anualmente ante el Consejo Nacional de Fomento Educativo CONAFE,
las metas del programa para la atención de zonas marginadas e indígenas de bajo
desarrollo.
XIII. Promover la aplicación de normas que emita la Subsecretaría de Planeación y
Evaluación de Políticas Educativas de la SEP en el proceso de análisis de las
necesidades del servicio de educación básica.
XIV. Coadyuvar para la integración de espacios docentes, directivo y personal de apoyo
y asistencia a la educación para el proceso de cambios de adscripción,
conjuntamente con las Coordinaciones Generales de Recursos Humanos, Servicio
Profesional Docente y Educación Básica, considerando los resultados obtenidos
de las necesidades de programación en las inscripciones (nuevas creaciones de
escuelas, expansiones de grupo, fusiones de grupo, cierres de grupo y/o
escuelas).
XV. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XVI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XVII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIX. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
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XXI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE MICROPLANEACIÓN EN EDUCACIÓN PRIMARIA GENERAL Y
EDUCACIÓN ESPECIAL
Objetivo: Planear y Programar con eficiencia y eficacia las necesidades de los recursos
humanos en las Escuelas Primarias Generales y Educación Especial a mediano y largo
plazo, a partir de un adecuado análisis de necesidades y en apego a las políticas públicas
y normatividad vigente Estatal y Federal.
Funciones:
I. Analizar las necesidades del personal docente y administrativo de las Escuelas
Primarias Generales y Educación Especial al inicio de cada ciclo escolar y durante
este mismo en apego a la normatividad vigente.
II. Analizar y validar en coordinación con los Departamentos de Educación Primaria y
Educación Especial los espacios vacantes sujetos a promoción y re categorización
del personal docente y administrativo de conformidad con las estructuras
ocupacionales de los centros de trabajo del nivel de Primaria General y Educación
Especial.
III. Integrar y remitir los informes a la Subsecretaría de Planeación y Políticas
Educativas de la SEP, respecto a los movimientos de Relación Alumno - Maestro y
Relación Alumno - Grupo de los centros escolares del nivel Primaria General y
Educación Especial para su correcto análisis e interpretación en la toma de
decisiones y asignación de recursos.
IV. Participar en coordinación con el Departamento de Programación Detallada e
Inscripciones de la Educación Básica en el proceso de preinscripciones e
inscripciones de los niveles de Primaria General y Educación Especial.
V. Analizar y solicitar la validación al Departamento de Programación Detallada e
Inscripciones de la Educación Básica para la integración del análisis de las
necesidades en el nivel de Primaria General y Educación Especial con base a la
propuesta de recursos humanos.
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166
VI. Determinar e Integrar los espacios docentes, directivos, personal de apoyo y
asistencia a la educación para el proceso de cambios de adscripción en
coordinación con los Departamentos de Educación Primaria y Educación Especial
considerando los resultados obtenidos de las necesidades de programación en las
inscripciones (nuevas creaciones de escuelas, expansiones de grupo, fusiones de
grupo, cierres de grupo y/o escuelas) y normatividad vigente del nivel de Primaria
General y Educación Especial.
VII. Dar seguimiento de la matrícula de todos los grados, para eficientar la estructura
grupal por escuela procurando una mejor distribución en la relación maestro-
alumno de acuerdo a la región geográfica y condición social y cultural.
VIII. Analizar y validar la estructuración o reestructuración de las zonas escolares de
educación primaria general y educación especial, derivado de los crecimientos
naturales y/o expansiones de la población escolar, propuesta por los
Departamentos de Educación Primaria y Educación Especial.
IX. Desarrollar el proceso de análisis de las necesidades del servicio de educación
básica con estudios e investigaciones de campo, a través de la microplaneación,
que permitan tener una visión de la realidad educativa, detectar problemáticas y
proponer alternativas de solución en las necesidades de recursos humanos,
infraestructura o nuevos centros de trabajo en el nivel de Primaria General y
Educación Especial.
X. Coordinar con las Unidades de Enlace Municipales del Organismo, con el objeto
de analizar y proponer acciones de mejora para los problemas que incidan en los
procesos de microplaneación del sistema educativo en el nivel de Primaria
General y Educación Especial.
XI. Detectar y proporcionar información al Departamento de Programación de
Inversión en Infraestructura Educativa y al Departamento de Programación
Detallada e Inscripciones de la Educación Básica, sobre las necesidades de
crecimiento de los centros de trabajo de las modalidades de Primaria General y
Educación Especial así como escuelas de nueva creación.
XII. Coordinar con los Departamentos de Educación Primaria y Educación Especial
para la mejor toma de decisiones consensuada respecto a la microplaneación en
apego a la normatividad vigente.
XIII. Elaborar y/o actualizar anualmente el padrón de docentes, que sirva para dar
seguimiento a la asignación de las compensaciones de arraigo del maestro en el
medio rural e indígena del nivel de educación primaria .
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
167
XIV. Proponer anualmente ante el Consejo Nacional de Fomento Educativo CONAFE,
las metas del programa para la atención de zonas marginadas e indígenas de bajo
desarrollo.
XV. Mantener comunicación constante con las Unidades de Enlace Municipales del
Organismo para la mejor toma de decisiones consensuada respecto a la
microplaneación en apego a la normatividad vigente.
XXIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XXIV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XXV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXVI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXVII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE MICROPLANEACIÓN DE SECUNDARIAS GENERALES,
TECNICAS Y TELESECUNDARIAS
Objetivo: Planear y Programar con eficiencia y eficacia los recursos humanos en las
Escuelas Secundarias Generales, Técnicas y Telesecundarias a mediano y largo plazo, a
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
168
partir de un adecuado análisis de necesidades y en apego a las políticas públicas y
normatividad vigente Estatal y Federal.
Funciones:
I. Analizar las necesidades del personal docente y administrativo de las Escuelas
Secundarias Generales, Técnicas y Telesecundarias al inicio de cada ciclo escolar
y durante este mismo en apego a la normatividad vigente.
II. Analizar y validar en coordinación con la Dirección de Educación Secundaria los
espacios vacantes sujetos a promoción y re categorización del personal docente y
administrativo de conformidad con las estructuras ocupacionales de los centros de
trabajo del nivel de Secundarias en sus modalidades Generales, Técnicas y
Telesecundarias.
III. Integrar y remitir los informes a la Subsecretaría de Planeación y Políticas
Educativas de la SEP, respecto a los movimientos de Relación Alumno - Maestro y
Relación Alumno - Grupo de los centros escolares del nivel de Secundarias en sus
modalidades Generales, Técnicas y Telesecundarias para su correcto análisis e
interpretación en la toma de decisiones y asignación de recursos.
IV. Participar en coordinación con el Departamento de Programación Detallada e
Inscripciones de la Educación Básica en el proceso de preinscripciones e
inscripciones de los niveles de Secundarias en sus modalidades Generales,
Técnicas y Telesecundarias.
V. Analizar y solicitar la validación al Departamento de Programación Detallada e
Inscripciones de la Educación Básica para la integración del análisis de las
necesidades en el nivel de Secundarias en sus modalidades Generales, Técnicas
y Telesecundarias con base a la propuesta de recursos humanos.
VI. Determinar e Integrar los espacios docentes, directivos, personal de apoyo y
asistencia a la educación para el proceso de cambios de adscripción en
coordinación con la Dirección de Educación Secundaria considerando los
resultados obtenidos de las necesidades de programación en las inscripciones
(nuevas creaciones de escuelas, expansiones de grupo, fusiones de grupo, cierres
de grupo y/o escuelas) y normatividad vigente del nivel de Secundarias en sus
modalidades Generales, Técnicas y Telesecundarias.
VII. Dar seguimiento de la matrícula de todos los grados, para eficientar la estructura
grupal por escuela procurando una mejor distribución en la relación maestro-
alumno de acuerdo a la región geográfica y condición social y cultural.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
169
VIII. Analizar y validar la estructuración o reestructuración de las zonas escolares de
educación secundaria, derivado de los crecimientos naturales y/o expansiones de
la población escolar, propuesta por la Dirección de Educación Secundaria.
IX. Desarrollar el proceso de análisis de las necesidades del servicio de educación
básica con estudios e investigaciones de campo, a través de la microplaneación,
que permitan tener una visión de la realidad educativa, detectar problemáticas y
proponer alternativas de solución en las necesidades de recursos humanos,
infraestructura o nuevos centros de trabajo en el nivel de Secundarias en sus
modalidades Generales, Técnicas y Telesecundarias.
X. Coordinar con las Unidades de Enlace Municipales del Organismo, con el objeto
de analizar y proponer acciones de mejora para los problemas que incidan en los
procesos de microplaneación del sistema educativo en el nivel de Secundarias en
sus modalidades Generales, Técnicas y Telesecundarias.
XI. Detectar y proporcionar información al Departamento de Programación de
Inversión en Infraestructura Educativa y al Departamento de Programación
Detallada e Inscripciones de la Educación Básica, sobre las necesidades de
crecimiento de los centros de trabajo del nivel de Secundarias en sus modalidades
Generales, Técnicas y Telesecundarias así como escuelas de nueva creación.
XII. Coordinar con la Dirección de Educación Secundaria para la mejor toma de
decisiones consensuada respecto a la microplaneación en apego a la normatividad
vigente.
XIII. Proponer anualmente ante el Consejo Nacional de Fomento Educativo CONAFE,
las metas del programa para la atención de zonas marginadas e indígenas de bajo
desarrollo.
XIV. Mantener comunicación constante con las Unidades de Enlace Municipales del
Organismo para la mejor toma de decisiones consensuada respecto a la
microplaneación en apego a la normatividad vigente.
XV. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XVI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XVII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
170
XVIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIX. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE MICROPLANEACIÓN DE LA EDUCACIÓN INDÍGENA,
PREESCOLAR GENERAL Y EDUCACIÓN FÍSICA
Objetivo: Planear, administrar y programar con eficiencia y eficacia la Educación
Indígena, Preescolar General y Educación Física, a mediano y largo plazo, a partir de un
adecuado y oportuno análisis que conlleve a la determinación de necesidades en
diferentes contextos y en apego a las políticas educativas federales y estatales.
Funciones:
I. Realizar el calendario de los procesos establecidos a mediano y largo plazo, para
el análisis de las necesidades del servicio de educación básica y microplaneación
del nivel de Educación indígena (preescolar y Primaria), así como de Preescolar
General y Educación Física.
II. Analizar y determinar la factibilidad de crecimientos de centros de trabajo para la
consolidación de los servicios educativos y/o la creación de nuevos centros
escolares, con base en los resultados de las preinscripciones del mes de febrero e
inscripciones del mes de agosto de los alumnos para el nivel indígena (preescolar
y Primaria), Preescolar General y Educación Física.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
171
III. Integrar y formalizar el análisis de las necesidades del servicio de educación
básica de cada ciclo escolar de los niveles referidos, conforme la norma y criterios
establecidos por la federación.
IV. Analizar permanentemente e informar a la Subsecretaría de Planeación y Políticas
Educativas de la SEP, los movimientos de RAM y RAG de los centros escolares
del nivel indígena (preescolar y Primaria), Preescolar General y Educación Física,
en apego a las estructuras ocupacionales y analítico de plazas.
V. Participar en la coordinación y operación de los procesos de preinscripciones e
inscripciones de los niveles y modalidades a cargo.
VI. Dar seguimiento de la matrícula de todos los grados, para eficientar la estructura
grupal por escuela procurando una mejor distribución en la relación maestro-
alumno de acuerdo a la región geográfica y condición social y cultural.
VII. Determinar e integrar los espacios educativos docentes, directivos y el personal de
apoyo y asistencia a la educación para el Proceso de cambios de adscripción en
coordinación con los Departamentos de Educación Física, Preescolar e Indígena y
en apego a los resultados del análisis de las necesidades del servicio de
educación básica de los centros de trabajo de educación indígena (Preescolar y
Primaria), Preescolar General y Educación Física.
VIII. Analizar el comportamiento y determinar la proyección de la matrícula escolar de
los nuevos ingresos a primeros grados, a fin de que el Departamento de
Estadística obtenga datos precisos para la programación y entrega de los libros de
texto gratuitos en el mes de marzo.
IX. Elaborar y/o actualizar anualmente el padrón de docentes, que sirva para dar
seguimiento a la asignación de las compensaciones de arraigo del docente en el
medio rural e indígena del nivel de educación primaria .
X. Mantener una comunicación permanente con los Departamentos de Educación
Física, Preescolar e Indígena, que conlleve a la toma de decisiones consensuada
y en apego a la normatividad.
XI. Proponer anualmente ante el Consejo Nacional de Fomento Educativo CONAFE,
las metas del programa para la atención de zonas marginadas e indígenas de bajo
desarrollo.
XII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
172
XIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE MICROPLANEACIÓN DE LAS INSTITUCIONES
FORMADORAS DE DOCENTES Y MISIONES CULTURALES
Objetivo: Planear, administrar y programar con eficiencia y eficacia a las Instituciones
Formadoras de Docentes y Misiones Culturales, a mediano y largo plazo, a partir de un
adecuado y oportuno análisis que conlleve a la determinación de necesidades en
diferentes contextos y en apego a las políticas educativas federales y estatales.
Funciones:
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
173
I. Analizar y determinar las necesidades de personal docente y administrativo de las
instituciones formadoras de docentes (UPN, NORMALES, CAM), a inicio de cada
semestre según calendarios oficiales de las escuelas y en apego a la
normatividad.
II. Analizar y validar en coordinación con el Departamento de Instituciones
Formadoras de Docentes, las promociones y re categorizaciones del personal
docente y administrativo en conforme a la normatividad vigente.
III. Coadyuvar permanentemente con la Coordinación General de Recursos Humanos
en el control y actualización del analítico de plazas conciliado con el Fondo de
Aportaciones para la Nómina Educativa y el Gasto Operativo FONE, de
conformidad con las estructuras ocupacionales de los centros de trabajo de
educación básica.
IV. Integrar los informes y remitirlos a la Subsecretaría de Planeación y Políticas
Educativas de la SEP, respecto a los movimientos de RAM y RAG de los centros
escolares del nivel básico.
V. Participar en la coordinación y operación de los procesos de preinscripciones e
inscripciones de los niveles y modalidades de educación básica.
VI. Determinar e integrar los espacios educativos docente, directivos y personal de
apoyo y asistencia a la educación para el Proceso de cambios de adscripción, en
conjunto con la Coordinación de Misiones Culturales y en apego a los resultados
del análisis de las necesidades del servicio de los centros de trabajo.
VII. Coordinar y vigilar la actualización de registros e información estadística del
sistema de base de datos que brinda apoyo al personal operativo del
Departamento de Microplaneación en Educación Primaria General y Educación
Especial, Departamento de Microplaneación en Secundarias Generales, Técnicas
y Telesecundarias, Departamento de Microplaneación de la Educación Indígena,
Preescolar General y Educación Física y el Departamento de Microplaneación de
Instituciones Formadoras de Docente y Misiones Culturales.
VIII. Mantener una comunicación permanente con el Departamento de Instituciones
Formadoras de Docentes y Misiones Culturales, que conlleve a la toma de
decisiones consensuada y en apego a la normatividad.
IX. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
174
X. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE DIAGNOSTICO DE LA INFRAESTRUCTURA
EDUCATIVA
Objetivo: Integrar un diagnóstico de las necesidades de construcción, rehabilitación y
equipamiento de escuelas de educación básica, para la mejor toma de decisiones en la
planeación y optimización de los recursos de los distintos programas de Inversión.
Funciones:
I. Actualizar y controlar el inventario de inmuebles de la infraestructura física
instalada.
II. Actualizar y digitalizar los planos de las escuelas de educación básica.
III. Coordinar con la Dirección de Asuntos Jurídicos la regularización de los predios de
las escuelas de educación básica.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
175
IV. Recepcionar, analizar y validarlas necesidades de construcción, rehabilitación y
equipamiento de escuelas de educación básica.
V. Integrar y actualizar el diagnóstico de la infraestructura educativa para priorizar las
necesidades de las escuelas de educación básica.
VI. Revisar y validar los proyectos de construcción de nuevas creaciones y
ampliaciones de las escuelas de educación básica.
VII. Proporcionar a la Dirección de Asuntos Jurídicos los documentos de terrenos
donados para la regularización de la propiedad.
VIII. Recepcionar, analizar y concentrar las solicitudes de infraestructura efectuadas
por los planteles educativos.
IX. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
X. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
176
DEPARTAMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE
INVERSIÓN EN IFRAESTRUCTURA EDUCATIVA
Objetivo: Dar seguimiento a los programas de Inversión en Infraestructura Educativa,
relacionados con la construcción, rehabilitación y equipamiento de las escuelas públicas
en el Estado.
Funciones:
I. Coordinar el control y seguimiento de los avances físicos y financieros de los
Programas de Inversión.
II. Coordinar y participar en la recepción de los trabajos ejecutados por las diferentes
instancias de gobierno, fundaciones y particulares en los planteles educativos
públicos.
III. Coordinar la gestión de la obtención de terrenos para la construcción de nuevas
escuelas públicas en el estado.
IV. Verificar con los órganos ejecutores de obra y particulares que las obras
educativas de nueva creación cuenten con los servicios de energía eléctrica, agua
potable y drenaje.
V. Participar y coordinar con las instancias correspondientes, en las actividades del
Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) en caso de contingencias ambientales.
VI. Integrar información para auditorías y evaluaciones.
VII. Coadyuvar en las acciones con las instancias que correspondan respecto a la
evaluación de los daños derivados de las contingencias que afecten la
infraestructura educativa, mobiliario y equipo en los diferentes niveles educativos.
VIII. Coordinar, dar seguimiento y coadyuvar con la Coordinación General de
Educación Básica de los diferentes Programas Federales que derivado de la
gestión escolar lleven consigo acciones que impacten en la infraestructura
(construcción y rehabilitación de espacios), mobiliario y equipamiento.
IX. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
177
X. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE PROGRAMACIÓN DE INVERSIÓN EN
INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA
Objetivo: Integrar el Programa de Inversión en Infraestructura Educativa, para atender las
necesidades de construcción, rehabilitación y equipamiento de espacios educativos en
educación básica, de conformidad con los recursos disponibles y a las políticas, normas y
reglas de operación de los diferentes Fondos de inversión.
Funciones:
I. Elaborar y proponer el Programa de inversión en infraestructura educativa.
II. Coordinar y conciliar con los diferentes órdenes de gobierno, fundaciones y
particulares las aportaciones para infraestructura educativa, así como las obras y
metas en las que se aplicarán estas aportaciones.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
178
III. Detectar y conciliar las necesidades de nuevas escuelas y la ampliación de la
infraestructura educativa para la programación de espacios educativos que
atiendan el incremento, de manera conjunta con los Departamentos de
Programación Detallada e Inscripciones de la Educación Básica, Departamento de
Microplaneación en Educación Primaria General y Educación Especial,
Departamento de Microplaneación en Secundarias Generales, Técnicas y
Telesecundarias, Departamento de Microplaneación de la Educación Indígena,
Preescolar General y Educación Física y el Departamento de Microplaneación de
Instituciones Formadoras de Docente y Misiones Culturales.
IV. Dar a conocer al organismo constructor, las obras de construcción y rehabilitación,
así como las acciones de equipamiento para la integración de los expedientes
técnicos.
V. Coordinar la integración de la información para los Órganos de control en las
auditorías a los programas y fondos de inversión en infraestructura educativa.
VI. Elaborar la información correspondiente a la inversión en infraestructura educativa,
para los Informes de Gobierno.
VII. Presentar y proponer ante el Comité para la Planeación del Desarrollo Estatal
COPLADE, las obras y proyectos de inversión en infraestructura educativa de nivel
básico para su aprobación.
VIII. Analizar, programar y dar respuesta a las solicitudes de atención en materia de
infraestructura educativa que se reciban de autoridades de los 3 órdenes de
gobierno, directivos, docentes, educandos y padres/madres de familia.
IX. Conciliar los programas de inversión en infraestructura educativa con el Sistema
de Seguimiento de la Inversión Pública SSIP.
X. Dar a conocer y actualizar ante la Secretaría de Finanzas y Planeación
SEFIPLAN, el Programa Operativo Anual POA, de los fondos de inversión en
infraestructura educativa.
XI. Validar las metas de los expedientes técnicos elaborados por el organismo
constructor.
XII. Administrar y actualizar la cartera de proyectos de inversión en infraestructura
educativa de nivel básico en el sistema PCAP.
XIII. Coordinar la integración de la evaluación del desempeño y de los indicadores del
Fondo de Aportaciones Múltiples FAM, en el Portal Aplicativo de la Secretaría de
Hacienda PASH.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
179
XIV. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XVI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVIII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESCOLARES
Objetivo: Administrar los servicios escolares de la educación básica, normales y
formadoras de docentes, públicas y particulares en el estado.
Funciones:
I. Supervisar que la normatividad correspondiente al control escolar de la educación
básica, normales y formadoras de docentes se cumpla adecuadamente.
II. Participar en el proceso de inscripción de la educación básica.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
180
III. Reglamentar en base a la normatividad los documentos para el registro de ingreso
a la educación básica.
IV. Participar en la convocatoria de ingreso a las normales del estado
V. Vigilar y difundir el cumplimiento de las normas del control escolar de las
instituciones de educación normal y formadoras de docentes.
VI. Gestionar ante las Autoridades Federales los formatos de certificados,
certificaciones y títulos de educación normal y formadora de docentes.
VII. Recabar las firmas del o la titular de los Servicios Educativos de Quintana Roo y
del Gobernador Constitucional del Estado, en los títulos de la educación normal y
formadoras de docentes.
VIII. Validar los documentos para la acreditación y titulación de la educación normal y
formadora de docentes.
IX. Coordinar las supervisiones en materia de control escolar a las escuelas públicas y
particulares del estado.
X. Atender las auditorias en materia de control escolar, evaluación de desempeño,
programa operativo anual, o la que se indique en el ámbito de las funciones de la
dirección.
XI. Coordinar y dar seguimiento a las actividades de la oficina de la coordinación de
control escolar en los Servicios Educativos de Quintana Roo, en los municipios del
Estado.
XII. Informar al área jurídica, algún caso incorrecto, o documento apócrifo, en materia
de control escolar, con referencia a la educación básica, normal, y formadora de
docentes en el estado.
XIII. Validar legalizaciones, certificaciones y demás documentos de educación básica.
XIV. Validar los oficios, circulares y comunicados, en materia de control escolar, en
base a la normatividad aplicable para las actividades, de inicio y fin de curso de
educación básica.
XV. Planear y coordinar las capacitaciones y actividades relacionadas, a la difusión de
la normatividad en materia de control escolar, de la educación básica, normal y
formadora de docentes.
XVI. Validar y registrar las certificaciones emitidas por las instituciones que imparten
educación normal, o formadora de docentes en el estado.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
181
XVII. Implementar sistemas, programas, o actividades, relacionadas con el control
escolar, o bien, que impacten al Sistema Integral de Control Escolar de Educación
Básica. (SICEEB).
XVIII. Administrar los sistemas y portales de control escolar y de inscripciones de
educación básica.
XIX. Integrar información de bases de datos y estadística de los alumnos de educación
básica en el estado y proporcionarla a las diferentes instancias estatales y
federales.
XX. Validar la información que se genera en materia de control escolar para la
estadística 911.
XXI. Atender y apoyar al personal adscrito a la dirección, en los diversos ámbitos
laborales, en apego a la normatividad aplicable.
XXII. Validar los reportes de información, relacionados con la planeación,
presupuestación, ejercicio del gasto, o los que correspondan o sean conferidas por
disposiciones legales.
XXIII. Participar en las actividades de capacitación, cívicas, deportivas o culturales,
relacionadas al ámbito laboral.
XXIV. Coadyuvar con las demás áreas de los Servicios de Educativos de Quintana Roo,
para realizar las actividades necesarias para lograr una educación de calidad, en
base a la normatividad aplicable a nuestra función.
XXV. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del organismo.
XXVI. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del organismo.
XXVII. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XXVIII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
182
XXIX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XXXI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXXII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXXIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXXIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXXV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE CONTROL ESCOLAR
Objetivo: Proporcionar los servicios de administración escolar a los alumnos,
instituciones y directivos de los centros escolares de forma eficiente y oportuna para
establecer procesos que permitan el tránsito transparente a los diferentes niveles
educativos.
Funciones:
I. Difundir las normas, acuerdos y procedimientos de administración escolar de
educación básica, educación normal y formadoras de docentes, dictaminadas por
la dirección general de acreditación, incorporación y revalidación de la SEP, para
vigilar y facilitar su cumplimiento.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
183
II. Brindar capacitación a los Jefes de Sector, Supervisores, Directores, responsables
de Control Escolar de escuelas particulares, en el uso del Sistema Integral de
Control Escolar de Educación Básica.
III. Supervisar y controlar que se integre y actualice el historial académico de los
alumnos de educación básica y normal incorporados a los SEQ, por parte de las
escuelas, oficinas de servicios regionales y oficinas centrales.
IV. Garantizar y validar que se cumplan los requisitos de inscripción y reinscripción de
los alumnos durante el proceso de inscripciones de febrero en coordinación con el
departamento de programación y del personal de las representaciones de los
Servicios Educativos de Quintana Roo en los municipios del estado.
V. Validar, registrar, tramitar y en su caso expedir los certificados y constancias de
estudio conforme a las normas y procedimientos establecidos por las instancias
federales y estatales en los diferentes, niveles y modalidades de la educación
básica, educación normal y formadoras de docentes.
VI. Coordinar con los responsables de control escolar de las representaciones de los
Servicios Educativos de Quintana Roo, la impresión de los formatos de fin de cada
ciclo escolar y con los que otorga la acreditación y certificación del alumnado de la
educación básica del estado.
VII. Realizar la promoción del alumnado de educación básica cada fin de ciclo escolar.
VIII. Participar y validar la información que integra la estadística 911.
IX. Resguardar y controlar los documentos y formas valoradas de educación básica y
educación normal sujetas a supervisión por parte de la Dirección General de
Acreditación, incorporación y revalidación de la SEP.
X. Realizar en materia de control escolar las visitas y/o supervisiones ordinarias y
extraordinarias que se realicen a las escuelas de educación básica, normales y
formadoras de docentes.
XI. Participar en la elaboración de las convocatorias para el ingreso a las escuelas
normales y formadoras de docentes.
XII. Acudir a los diversos cursos, conferencias, talleres y reuniones nacionales y
regionales que convoque la Dirección General de Acreditación, Incorporación y
Revalidación de la SEP.
XIII. Validar los procesos de inscripción, reinscripción, evaluación, acreditación,
regularización, certificación y titulación de las escuelas de educación básica,
educación normal y formadoras de docentes.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
184
XIV. Proporcionar a los diferentes usuarios que lo soliciten, los servicios escolares de
educación básica, educación normal y formadoras de docentes.
XV. Participar en las reuniones de trabajo para la atención de solicitudes, cambios,
reformas, o cualquier otra indicación que se emita por parte del titular de la
dependencia, por parte del Estado, o por la Federación que impacte en la
administración del control escolar de la educación básica, normal y formadora de
docentes.
XVI. Atender las solicitudes de información que realicen las instituciones y
dependencias gubernamentales de índole municipal, estatal y federal y que estén
relacionadas con la educación básica, normal y formadora de docentes.
XVII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XVIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XX. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
185
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN
Objetivo: Contribuir con el desarrollo, implementación y administración de sistemas y
portales para eficientar los procesos de control escolar estatal.
Funciones:
I. Realizar la promoción del alumnado de educación básica cada fin de ciclo escolar.
II. Participar y validar la información que integra la estadística 911.
III. Implementar sistemas, programas, o actividades, relacionadas con el control
escolar, o bien, que impacten al Sistema Integral de Control Escolar de Educación
Básica. (SICEEB).
IV. Administrar los sistemas y portales de control escolar y de inscripciones de
educación básica.
V. Integrar información de bases de datos y estadística de los alumnos de educación
básica en el estado y proporcionarla a las diferentes instancias estatales y
federales.
VI. Administrar y brindar soporte del sistema del proceso de inscripción, al
departamento de control escolar y al departamento de programación, en cada ciclo
escolar.
VII. Atender, asesorar y capacitar a los usuarios de los sistemas y portales de control
escolar.
VIII. Coordinar con la Dirección de Sistemas el mantenimiento del/los servidores donde
se alojan los sistemas y portales de control escolar.
IX. Atender las solicitudes de mantenimiento a los sistemas y portales de control
escolar.
X. Mantener actualizado el inventario y el Sistema SENTRE del departamento.
XI. Acudir a los diversos cursos, conferencias, talleres y reuniones nacionales y
regionales que convoque la Dirección General de Acreditación, Incorporación y
Revalidación de la SEP.
XII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
186
XIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE APOYO A LA PLANEACIÓN
Objetivo: Coadyuvar con oficinas centrales en asegurar el proceso administrativo
relacionado con el historial académico de los alumnos desde su inscripción hasta la
obtención de certificado de nivel básico, así como planear y programar la creación de
nuevas escuelas y la gestión del equipamiento necesario.
Funciones:
I. Recepcionar, validar y capturar la información de la base de datos de control
escolar de educación básica correspondiente a cada una de las etapas
(inscripción, re-inscripción, acreditación y certificación) del ciclo escolar, en la
zona norte.
II. Realizar el proceso de la impresión de acreditación y certificación de los alumnos
de Educación Básica en la zona norte.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
187
III. Llevar el historial académico de los alumnos de educación básica de la zona
norte.
IV. Emitir las constancias de estudio, duplicados de certificados, boletas de
calificaciones, etc., de los alumnos de la zona norte que lo soliciten.
V. Llevar la estadística de los inmuebles escolares de todos los niveles y
modalidades educativas en la zona norte.
VI. Llevar el trámite de revalidación y equivalencias de estudios de las y los alumnos
que lo soliciten.
VII. Coordinar y coadyuvar el proceso de inscripciones en los municipios de Benito
Juárez, Isla Mujeres, Lázaro Cárdenas.
VIII. Recepcionar, validar y capturar la información estadística de inicio y fin de cursos
de Educación Básica y Media Superior en la Zona Norte.
IX. Proponer la creación de escuelas de educación básica, mediante los estudios de
factibilidad y de acuerdo a la demanda de los nuevos núcleos de población
considerando los recursos humanos necesarios.
X. Dar seguimiento a las solicitudes de mantenimiento, reparaciones menores o
mayores de los centros escolares de la zona norte, así como las de mobiliario y
equipamiento de los mismos.
XI. Coordinarse con la Dirección de Evaluación para la aplicación de los exámenes,
OCI y competencias para plazas iniciales de educación básica ingreso.
XII. Coordinar acciones con la Dirección de Protección Civil municipal, para el
establecimiento y asignación de refugios anticiclónicos.
XIII. Verificar la matrícula de los alumnos en las escuelas de Educación Básica.
COORDINACIÓN GENERAL DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE
DOCENTES
Objetivo: Instrumentar políticas educativas vinculadas con el Plan Sectorial de Educación
que fortalezcan a las instituciones formadoras de docentes en la mejora continua del
proceso enseñanza- aprendizaje que propicie el logro del perfil de egreso.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
188
Funciones:
I. Garantizar la aplicación de las normas, leyes, reglamentos, lineamientos, manuales y
demás disposiciones legales vigentes de índole federal y estatal que regulen la
función y desempeño de las instituciones formadoras de docentes.
II. Vigilar y dar seguimiento al cumplimiento y aplicación de los lineamientos académico-
administrativos, que delimiten el quehacer de cada una de las instituciones
formadoras de docentes, para fomentar la calidad y eficiencia en las instituciones
formadoras de docentes.
III. Coordinar y dar seguimiento a la elaboración de programas de estudio de las
asignaturas regionales para las escuelas normales en el Estado.
IV. Coordinar los cuerpos académicos para la generación de acciones que fomenten la
investigación científica y tecnológica
V. Coordinar la aplicación de los programas educativos conforme a los lineamientos
establecidos por las autoridades educativas en el marco del federalismo.
VI. Realizar actividades que favorezcan la extensión de las instituciones formadoras de
docentes en el desarrollo de programas deportivos, artísticos y culturales;
VII. Garantizar que los alumnos cuenten con las herramientas para coadyuvar a logro e
inserción en el servicio profesional docente y generar instrumentos de diagnóstico.
VIII. Fomentar la mejora continua, mediante la los resultados de las evaluaciones que
peritan formular mecanismos que detecten las necesidades de capacitación y
actualización del personal docente y administrativo de las instituciones formadoras de
docentes, con el fin de proporcionar un mejor nivel de enseñanza y desempeño de
las actividades que realizan.
IX. Garantizar el cumplimiento y rendición de cuentas mediante los informes que
generan las instituciones formadoras de docentes.
X. Revisar y autorizar la convocatoria de ingreso a las instituciones formadoras de
docentes en el Estado.
XI. Gestionar la implementación de infraestructura deportiva, tecnológica, moderna y
funcional en las instituciones formadoras de docentes.
XII. Promover la vinculación estatal, nacional e internacional a través de actividades que
propicien el intercambio académico; para fortalecer la educación integral en las
instituciones formadoras de docentes.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
189
XIII. Promover y coordinar actividades que favorezcan la extensión de las instituciones
formadoras de docentes en el desarrollo de programas deportivos, artísticos,
culturales y de innovación tecnológica.
XIV. Participar y ppromover la vinculación de las redes de colaboración en las
instituciones formadoras de docentes, para el fortalecimiento de la práctica docente.
XV. Coordinar y supervisar el registro de las instituciones formadoras de docentes
públicas o privadas, ante la Dirección General de Profesiones, así como sus
enmiendas o actualizaciones.
XVI. Coordinar la difusión de las convocatorias para la selección e inscripción de
estudiantes de nuevo ingreso a los programas educativos que ofertan las
instituciones formadoras de docentes y verificar que las instituciones cumplan con la
normatividad establecida en la convocatoria de ingreso publicada.
XVII. Analizar, revisar, autorizar y validar la captación y el ejercicio de ingresos propios que
realizan las instituciones formadoras de docentes.
XVIII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XIX. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XX. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XXI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XXIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXIV. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden; así como
acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del ámbito de
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
190
competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la información de
carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la documentación
para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende
expresamente el o la titular del organismo.
COORDINACIÓN TÉCNICA
Objetivo: Coadyuvar al cumplimiento de las acciones establecidas en el programa
operativo anual de las actividades inherentes a la coordinación general de las
instituciones formadoras de docentes.
Funciones:
I. Apoyar a la coordinación general en las tareas administrativas y operativas propias
de su función;
II. Contribuir al logro de las metas programadas, de la Coordinación General de
Instituciones Formadoras de Docentes, con la finalidad de facilitar la toma de
decisiones.
III. Coordinar el seguimiento de los acuerdos que la Coordinación General de
Instituciones Formadoras de Docentes emita;
IV. Informar a la Coordinación General de Instituciones Formadoras de Docentes
sobre los avances de los programas y/o proyectos estratégicos alcanzados.
V. Coordinar el seguimiento y operación de las actividades inherentes a la
Coordinación General.
VI. Fomentar la vinculación e interacción de la Coordinación General con otras
Unidades administrativas del organismo para propiciar la eficiencia administrativa.
VII. Recibir y Distribuir a cada Dirección los documentos dirigidos a la coordinación
general, supervisando su tramitación su despacho.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
191
VIII. Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del área a la cual se
encuentra adscrito.
IX. Participar en las reuniones y juntas de trabajo, proponiendo soluciones y/o
acciones de mejora.
X. Elaborar el informe sobre los avances en las metas programadas del área a su
cargo.
XI. Informar y auxiliar a sus superiores dentro del ámbito de su competencia sobre las
funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIII. Actualizar permanentemente los registros y la documentación para el proceso de
entrega-recepción de la administración estatal.
XIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE INSTITUCIONESFORMADORAS DE DOCENTES
Objetivo: Fortalecer y garantizar la calidad educativa en las instituciones formadoras de
docentes del estado.
Funciones:
I. Diseñar, evaluar y supervisar el desarrollo de las funciones de investigación,
acompañamiento estudiantil, y docencia en las instituciones formadoras de
docentes.
II. Conformar equipos técnico- pedagógicos especializados en la elaboración de
programas de estudio de las asignaturas regionales para las escuelas normales en
el Estado.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
192
III. Coordinar los cuerpos académicos para la generación de acciones que fomenten
la investigación científica y tecnológica
IV. Difundir y aplicar los programas educativos conforme a los lineamientos
establecidos por las autoridades educativas en el marco del federalismo.
V. Brindar a los alumnos las herramientas para coadyuvar a logro e inserción en el
servicio profesional docente y generar instrumentos de diagnóstico.
VI. Vigilar el cumplimiento y aplicación de los lineamientos académico-administrativos,
que delimiten el quehacer de cada una de las instituciones formadoras de
docentes, para fomentar la calidad y eficiencia en las instituciones formadoras de
docentes.
VII. Proponer y revisar la contratación de servicios diversos para elevar la mejora
continua en el servicio educativo que se imparte mediante las instituciones
formadoras de docentes.
VIII. Coordinar y supervisar la aplicación de las normas, leyes, reglamentos,
lineamientos, manuales y demás disposiciones legales vigentes de índole federal y
estatal que regulen la función y desempeño de las instituciones formadoras de
docentes.
IX. Coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos, políticas, planes, programas,
presupuestos y proyectos, conforme a los lineamientos establecidos y aprobados
por el Organismo.
X. Generar y autorizar la convocatoria de ingreso a las instituciones formadoras de
docentes en el Estado.
XI. Publicar la convocatoria de ingreso en los diferentes medios de comunicación y
verificar que las instituciones formadoras de docentes cumplan con la normatividad
establecida en la convocatoria de ingreso publicada.
XII. Analizar los resultados de las evaluaciones que permitan identificar áreas de
oportunidad para la mejora continua de las Instituciones formadoras de docentes.
XIII. Detectar y atender necesidades de capacitación y actualización, del personal
docente y administrativo de las instituciones formadoras de docentes, con el fin de
proporcionar un mejor nivel de enseñanza y desempeño de las actividades que
realizan.
XIV. Coadyuvar en el cumplimiento y rendición de cuentas mediante los informes que
generan las instituciones formadoras de docentes.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
193
XV. Autorizar y validar la captación y el ejercicio de ingresos propios que realizan las
instituciones formadoras de docentes.
XVI. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XVII. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XVIII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XIX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XXI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO DOCENTE
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
194
Objetivo: Fomentar e impulsar la investigación científica y tecnológica en las instituciones
formadoras de docentes en el Estado.
Funciones:
I. Establecer estrategias que favorezcan la mejora de la habilitación académica del
personal docente de las instituciones formadoras de docentes
II. Proponer estrategias que permitan identificar y desarrollar líneas de generación y
aplicación del conocimiento para potenciar las actividades de investigación;
III. Impulsar, coordinar y supervisar el diseño y desarrollo de proyectos de
investigación en diversas áreas para fortalecer el quehacer académico de las
instituciones formadoras de docentes;
IV. Establecer las condiciones para la creación y desarrollo de cuerpos académicos y
grupos de investigación en las instituciones formadoras de docentes, así como su
reconocimiento ante el PROMEP y CONACYT;
V. Promover la creación de posgrados en las instituciones formadoras de docentes,
así como su inclusión en el Padrón Nacional Posgrados de Calidad;
VI. Impulsar la integración de redes temáticas de colaboración y cooperación para el
desarrollo de proyectos de investigación conjuntos;
VII. Impulsar la producción académica de calidad y la participación del personal
docente de las instituciones formadoras de docentes en eventos académicos
arbitrados.
VIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
IX. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
X. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
195
XIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE ESCUELAS NORMALES
Objetivo: Propiciar estrategias que impulsen la calidad y pertinencia de los servicios que
ofrecen las escuelas normales en el Estado.
Funciones:
I. Propiciar la coordinación sectorial de las escuela normales, con organismos
públicos descentralizados, instituciones educativas del orden público e
instituciones particulares, que cuenten con el reconocimiento de validez oficial de
estudios;
II. Coordinar y supervisar la aplicación de las normas, lineamientos y políticas de
índole federal y estatal que regulen la función y desempeño de las escuelas
normales;
III. Coordinar acciones con las áreas de educación básica para dar pertinencia y
congruencia entre la formación inicial del docente y las competencias para el
desempeño profesional;
IV. Conformar equipos técnico-pedagógicos especializados en la elaboración de
programas de estudio de las asignaturas regionales para las escuelas normales en
el Estado;
V. Vigilar el cumplimiento y aplicación de los lineamientos académico-administrativos,
que delimiten el quehacer de las escuelas normales, haciendo énfasis en la
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
196
implementación de estrategias para la articulación de programas, objetivos, metas
y acciones;
VI. Coordinar y supervisar el desarrollo de instrumentos estratégicos que permitan
potenciar el desempeño y la calidad de las escuelas normales.
VII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
VIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
IX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
X. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE GESTIÓN, VINCULACIÓN Y EXTENSIÓN
Objetivo: Vincular a las instituciones formadoras de docentes públicas y privadas con los
distintos sectores que propicien el desarrollo integral de docentes y alumnos.
Funciones:
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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I. Gestionar la implementación de infraestructura deportiva, tecnológica, moderna y funcional en las instituciones formadoras de docentes;
II. Promover la vinculación estatal, nacional e internacional a través de actividades que propicien el intercambio académico; para fortalecer la educación integral en las instituciones formadoras de docentes;
III. Promover actividades que favorezcan la extensión de las instituciones formadoras de docentes en el desarrollo de programas deportivos, artísticos, culturales y de innovación tecnológica.
IV. Promover la vinculación de las redes de colaboración en las instituciones formadoras de docentes, para el fortalecimiento de la práctica docente.
V. Gestionar y validar la documentación requerida por la federación a través de la Dirección General de Profesiones.
VI. Registrar y validar a las instituciones formadoras de docentes públicas o privadas, ante la Dirección General de Profesiones, así como sus enmiendas o actualizaciones.
VII. Difundir las convocatorias para la selección e inscripción de estudiantes de nuevo ingreso a los programas educativos que ofertan las instituciones formadoras de docentes.
VIII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
IX. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
X. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIV. Informar y auxiliar al/la titular del Organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden; así como
acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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XV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE REGISTRO DE TÍTULOS Y EXPEDICIÓN
DE CEDULAS PROFESIONALES DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE
DOCENTES
Objetivo: Regular el ejercicio profesional en el estado de los egresados de las
instituciones formadoras de docentes, gestionar ante la dirección general de profesiones
de la SEP el registro y expedición de cédulas profesionales, así como el registro,
actualizaciones o enmiendas de las instituciones formadoras de docentes.
Funciones:
I. Regular el ejercicio profesional en el Estado de los egresados de las instituciones
formadoras de docentes.
II. Recibir y tramitar ante la Dirección General de Profesiones, el registro de título y
expedición de cédula profesional de los egresados de las instituciones formadoras
de docentes.
III. Recibir, analizar, verificar y en su caso, pre-validar, los formatos oficiales de actas
de examen profesional, constancia de servicio social, certificado de estudios
totales, título profesional, presentados por las instituciones formadoras de
docentes públicas o particulares incorporadas, así como sus enmiendas o
actualizaciones.
IV. Tramitar, ante la Secretaría de Educación Pública, el registro de los formatos
oficiales pre validados, correspondiente a las instituciones formadoras de docentes
públicas o particulares incorporadas.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
199
V. Instrumentar en coordinación con las unidades administrativas públicas o privadas
las acciones que tiendan a consolidar el registro de títulos y expedición de cédulas
profesionales de sus egresados, así como sus enmiendas o actualizaciones.
VI. Asesorar a los profesionistas de la educación, instituciones formadoras de
docentes, unidades administrativas del organismo y público en general respecto al
ejercicio profesional en el Estado y los Servicios que presta el Departamento como
gestor ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación
Pública.
VII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
VIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
IX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
X. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
200
DEPARTAMENTO DE VINCULACIÓN DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE
DOCENTES
Objetivo: Propiciar la vinculación y la formación integral en las instituciones formadoras
de docentes.
Funciones:
I. Promover y apoyar las actividades integrales y de extensión educativa de las
instituciones formadoras de docentes;
II. Fomentar la vinculación entre las instituciones de formadoras de docentes y otras
instituciones de educación superior para el fortalecimiento de las actividades
sustantivas de la planta académica.
III. Vigilar, controlar y evaluar los programas de servicio social y prácticas académicas
en las instituciones formadoras de docentes;
IV. Proponer programas que fomenten la movilidad de estudiantes y profesores para
favorecer su contacto con la educación básica, con el estado del arte de la
educación, así como el contacto con otras culturas y visiones del mundo.
V. Promover la atención a estudiantes en situaciones vulnerables de las instituciones
formadoras de docentes.
VI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
VII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
VIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
IX. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
X. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
201
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO ACADÉMICO
DEINSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES
Objetivo: Impulsar el desarrollo académico en los estudiantes y docentes para favorecer
la mejora continua de las instituciones formadoras de docentes.
Funciones:
I. Promover y apoyar las de actividades integrales y de extensión educativa de las
instituciones formadoras de docentes públicas y privadas
II. Promover la oferta educativa de las instituciones formadoras de docentes entre los
estudiantes de nivel medio superior para fomentar el ingreso y coadyuvar al
incremento de la matricula escolar.
III. Fomentar la participación activa de los educandos y docentes en actividades que
promuevan el uso de la tecnología, el gusto por la innovación y el desarrollo de
investigación en las instituciones formadoras de docentes.
IV. Generar o promover encuentros de experiencias exitosas para impulsar la
participación activa de los docentes y fortalecer el desarrollo académico en las
instituciones formadoras de docentes.
V. Promover el trabajo colaborativo entre docentes de instituciones formadoras de
docentes públicas y privadas para la mejora en los procesos de formación
docente.
VI. Promover entre los docentes la capacitación y actualización al desarrollo
académico para la mejora continua de las instituciones formadoras de docentes.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
202
VII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
VIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
IX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
X. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE APOYO DE INSTITUCIONES FORMADORAS DE DOCENTES
EN LA ZONA NORTE
Objetivo: Apoyar en el fortalecimiento de las instituciones formadoras de docentes
ubicadas en la zona norte del estado.
Funciones:
I. Coadyuvar en la supervisión de los contenidos regionales que deban incluirse en
los planes y programas de estudio que se imparten en las instituciones formadoras
de docentes.
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203
II. Apoyar en el acompañamiento estudiantil de las instituciones formadoras de
docentes;
III. Apoyar en la Instrumentación de acciones que permitan y garanticen un mejor
aprovechamiento del proceso de enseñanza-aprendizaje en las instituciones
formadoras de docentes.
IV. Cooperar en la Instrumentación de los programas educativos, conforme a
lineamientos establecidos por las autoridades educativas en el marco del
federalismo.
V. Coadyuvar en la aplicación de las medidas preventivas y/o correctivas necesarias
para la mejora continua del servicio educativo que imparte el organismo a través
de las instituciones formadoras de docentes y elevar la eficiencia y calidad.
VI. Colaborar en la vigilancia de los servicios educativos que impartan las instituciones
formadoras de docentes, conforme a las normas, leyes, reglamentos,
lineamientos, manuales y demás disposiciones legales vigentes, que los regulan.
VII. Coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos, políticas, planes, programas,
presupuestos y proyectos, conforme a los lineamientos establecidos y aprobados
por el organismo;
VIII. Apoyar en la difusión de las convocatorias para la selección e inscripción de
estudiantes de nuevo ingreso a los programas educativos que ofertan las
instituciones formadoras de docentes establecidas en el estado.
IX. Apoyar en la gestión de registro de títulos y expedición de cédulas profesionales
ante la Dirección General de Profesiones, de los egresados (as) de las
instituciones formadoras de docentes que cumplan con los requisitos establecidos
para tales efectos.
X. Coadyuvar en el desarrollo de instrumentos estratégicos que permitan potenciar el
desempeño y la calidad de las instituciones formadoras de docentes.
XI. Coadyuvar en la validación y gestión en el registro de las instituciones formadoras
de docentes públicas o privadas, como instituciones educativas ante la Dirección
General de Profesiones; así como sus enmiendas o actualizaciones.
XII. Recepcionar, verificar y realizar la inscripción al padrón de profesionistas del
estado para profesionistas egresados (as) de las instituciones formadoras de
docentes.
XIII. Apoyar en la promoción de actividades que favorezcan la extensión de las
instituciones formadoras de docentes en el desarrollo de programas deportivos,
artísticos, culturales y de innovación tecnológica.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
204
XIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Objetivo: Coordinar que la unidades administrativas de su adscripción administrar y
controlen con forme a las políticas, normas, lineamientos y demás sistemas y
procedimientos normativos, los recurso financieros, materiales e informáticos de las
unidades administrativas que integran el organismo, así como los servicios generales y
mantenimiento menor de los edificios administrativos y centros escolares.
Funciones:
I. Proponer al titular del organismo las políticas, normas, lineamientos y demás
sistemas y procedimientos normativos, para la óptima administración de los
recursos financieros, materiales e informáticos de las áreas que integran el
mismo, así como los servicios generales y mantenimiento menor a los centros
escolares y vigilar su aplicación.
II. Administrar el ejercicio del presupuesto, manejo y ministración de los recursos
para los programas y proyectos autorizados en el presupuesto de egresos de
acuerdo a la normatividad establecida para tal efecto.
III. Promover y vigilar que los procedimientos y políticas para la administración de los
recursos presupuestarios y financieros se realicen de acuerdo a los lineamientos
establecidos.
IV. Aprobar las adecuaciones presupuestarias de las diversas áreas que integran el
organismo que impliquen modificaciones al presupuesto autorizado.
V. Coordinar la adquisición de bienes muebles, materiales y suministros, así como la
contratación de servicios, vigilando que se establezcan programas consolidados
que coadyuven en el ejercicio y racionalización del gasto.
VI. Vigilar que se implementen sistemas de control para la correcta administración de
los inventarios de bienes muebles, inmuebles y del patrimonio del organismo; así
como, promover y vigilar el adecuado mantenimiento de los mismos.
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205
VII. Supervisar conforme a la disponibilidad presupuestal autorizada, que se atiendan
las necesidades administrativas de las áreas que integran el organismo, de
acuerdo con las políticas, normas y lineamientos establecidos.
VIII. Participar en la suscripción de los convenios, contratos acuerdos y demás
instrumentos administrativos que celebre el organismo en el ámbito de su
competencia.
IX. Vigilar que la Dirección de Finanzas cumpla con las normas y procedimientos de
registro financiero y contable de las operaciones financieras que realiza el
organismo.
X. Coordinas con la Dirección de Servicios Generales la logística de los eventos y
conferencias que realicen las diversas áreas del Organismo.
XI. Vigilar que las direcciones a su cargo cumplan con la normatividad en materia de
adquisiciones y arrendamientos.
XII. Informar periódicamente a la Dirección General de los avances y resultados
obtenidos y, en su caso, de la problemática o situaciones que pudiesen afectar el
adecuado cumplimiento de las funciones y programas a su cargo.
XIII. Fungir como Enlace en los procesos de revisión, solventación y seguimiento de
auditorías ante los diferentes entes fiscalizadores estatales y federales, así como
solicitar la información a las diversas áreas del Organismo e informar a la
Dirección General de su cumplimiento.
XIV. Coordinar las acciones para promover y eficientar la asignación de recursos
dirigidos a promover el acceso, permanencia y conclusión de la educación básica,
en el marco de principios de equidad y calidad, a través de programas de Becas.
XV. Coordinar la correcta administración de los inventarios de bienes muebles,
inmuebles y demás patrimonio del Organismo, así como promover y supervisar el
adecuado mantenimiento de estos.
XVI. Coordinar los procesos de entrega-recepción de los servidores públicos adscritos
al Organismo que estén obligados a dicho proceso.
XVII. Coordinar la elaboración para su aprobación el Programa Operativo Anual con la
Coordinación General de Planeación; así como la elaboración del presupuesto de
egresos del Organismo para someterlo a aprobación de las instancias
correspondientes.
XVIII. Vigilar que el ejercicio presupuestal del Organismo se efectúe con criterios de
racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, dando un estricto seguimiento
a los recursos presupuestarios asignados a cada unidad administrativa.
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206
XIX. Coordinar la implementación de proyectos de tecnologías de información, de
servicios electrónicos y de informática para contribuir a la calidad de los servicios
que proporciona el organismo.
XX. Coordinar se atiendan las solicitudes de información que requiera la Unidad de
Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Organismo.
XXI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende
expresamente el o la titular del organismo.
COORDINACIÓN TÉCNICA
Objetivo: Apoyo a la Coordinación General de Administración y Finanzas en los asuntos
y acciones que le sean encomendadas para seguimiento y control.
Funciones:
I. Efectuar seguimiento de asuntos relevantes instruidos por la coordinación General
de Administración y Finanzas.
II. Actualizar los registros y la documentación de la Coordinación Técnica y la
Coordinación General de Administración y Finanzas en el Sistema de Entrega-
Recepción-.
III. Elaborar los informes trimestrales sobre los avances en las metas programadas en
el Programa Operativo Anual de la Coordinación General de Administración y
Finanzas.
IV. Participar en la elaboración del Programa Anual de la Coordinación General de
Administración y Finanzas y la Coordinación Técnica.
V. Informar y auxiliar a sus superiores dentro del ámbito de su competencia sobre las
funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
VI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
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207
DEPARTAMENTO DE ENTREGA Y RECEPCIÓN
Objetivo: Coordinar y apoyar de forma permanente al interior del Organismo en todo lo
relativo a la integración y actualización de la información y documentación requerida en
los Procesos de Entrega y Recepción.
Funciones:
I. Vigilar y verificar en coordinación con la Gestión Pública o en su caso con el
Órgano de Control y Evaluación Interna, que los Procesos de Entrega y Recepción
de la Dependencia, a la cual se encuentre adscrito (a), se efectúen conforme a la
Ley, Reglamento de Entrega-Recepción, al sistema electrónico y demás
disposiciones que para tal efecto se emitan.
II. Vigilar y verificar que los (as) servidores (as) públicos, efectúen las actualizaciones
correspondientes de sus archivos, conforme al sistema electrónico que se
implemente para tal efecto y a la normatividad aplicable.
III. Realizar las acciones internas que correspondan para integrar la información
requerida en los Procesos de Entrega y Recepción.
IV. Rendir los informes y proporcionar la información que le sean requeridos por la
Gestión Pública o en su caso, por el Órgano de Control y Evaluación Interna, así
como ejecutar las acciones internas que se le señalen.
V. Promover la difusión del Reglamento de la Ley de Entrega-Recepción y demás
normatividad aplicable respecto a los Procesos de Entrega y Recepción.
VI. Efectuar las demás obligaciones que otros ordenamientos aplicables les señale
para el cumplimiento de la Ley y del Reglamento de Entrega-Recepción.
VII. Capacitar, asesorar y orientar a los (as) servidores (as) Públicos (as) en el manejo
y operación del sistema electrónico que se implemente para los Procesos de
Entrega y Recepción, así como en la preparación e integración de la información
que contendrán los anexos, mismos que se grabarán en los dispositivos de
almacenamiento o bien se incluirán en forma impresa, y que formarán parte
integrante de las actas de entrega y recepción; asimismo, supervisará las acciones
que éstos (as) realicen para el cumplimiento de los Procesos de Entrega y
Recepción.
VIII. Realizar una vez que se tenga conocimiento de la separación de un (a) servidor
(a) público(a) de su empleo, cargo o comisión, deberá informar previamente a la
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208
Gestión Pública, la fecha y hora en que se llevará a cabo el Proceso de Entrega y
Recepción.
IX. Notificar a los (as) Titulares de la Gestión Pública y Auditoría Superior del Estado,
quienes deberán designar a un (a) representante que intervendrá en el acto
conforme a su competencia, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 29 y
45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado y el artículo 7 de la
Ley de Entrega-Recepción.
X. Dar cumplimiento a las medidas o acciones necesarias que deban llevarse a cabo
al interior del Organismo, por parte de la Gestión Pública, a fin de dar debido
cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Entrega-Recepción y
demás disposiciones legales que para este fin se establezcan.
XI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
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209
DIRECCIÓN DE FINANZAS
Objetivo: Dirigir y supervisar las acciones necesarias para que el ejercicio y la aplicación
de los recursos financieros del Organismo se realicen con base en la normatividad
aplicable vigente, así como cumplir de manera oportuna con la rendición de cuentas como
parte de la cultura organizacional.
Funciones:
I. Proponer a la Coordinación de Administración y Finanzas la normatividad para
optimizar la administración de los recursos financieros.
II. Difundir y supervisar que se cumpla la normatividad, para regular las actividades
de la administración de los recursos financieros, cuyo ejercicio y aplicación
corresponda a las unidades administrativas del organismo.
III. Controlar los ingresos y egresos, conforme a las normas, políticas y lineamientos,
que establezca el organismo.
IV. Controlar y supervisar la planeación financiera y las inversiones de los recursos del
Organismo, conforme a la normatividad vigente en la materia.
V. Verificar el estricto cumplimiento de las normas y procedimientos a que deba
sujetarse el ejercicio del presupuesto y, en su caso, aplicar las medidas
preventivas y/o correctivas necesarias para dichos efectos.
VI. Dirigir y controlar las acciones necesarias para que se cumpla, oportuna y
eficientemente con las normas, lineamientos y demás requisitos establecidos en la
normatividad vigente, para llevar la contabilidad presupuestal, financiera y
patrimonial del organismo.
VII. Supervisar que mantengan actualizados los registros contables, se emitan
oportunamente los estados financieros y demás informes internos, con el
respectivo soporte documental.
VIII. Difundir y supervisar el cumplimiento de las normas de control, fiscalización y
evaluación que determinen y emitan las instancias federales y estatales en la
materia, así como las que genere el organismo.
IX. Verificar que toda la documentación para trámite, pago, registro y demás efectos
de comprobación o justificación, cumpla con los requisitos fiscales y específicos,
conforme a la normatividad vigente incluyendo los lineamientos y requerimientos
particulares del organismo y, en su caso, rechazar las operaciones que no
satisfagan dichos requisitos.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
210
X. Controlar y supervisar el sistema de pagos del organismo y fungir como firma
mancomunada, para la suscripción de los cheques que se emitan.
XI. Supervisar la oportuna y correcta distribución de los cheques de nómina,
recabando y resguardando los comprobantes respectivos.
XII. Supervisar los pagos vía electrónica, validar las transferencias que se realicen a
las instituciones bancarias y verificar la correcta conciliación de las mismas.
XIII. Supervisar la adecuada aplicación de los recursos financieros, conforme a los
planes, programas y asignaciones autorizadas.
XIV. Gestionar, ante las instancias correspondientes, la ministración de los recursos
autorizados del presupuesto de ingresos del organismo.
XV. Vigilar el cumplimiento oportuno en la solventación de las observaciones y
recomendaciones que se deriven de las auditorías practicadas al organismo.
XVI. Atender a los requerimientos de auditorías, que en su caso se deriven en el ámbito
de competencia del área. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las
acciones y proyectos en el ámbito de competencia, a fin de colaborar en la
integración de la planeación estratégica del organismo.
XVII. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XVIII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XIX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XXI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXII. Informar y auxiliar al o la titular del organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
211
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE TESORERIA
Objetivo: Recepcionar y registrar los ingresos que por ley o convenio correspondan al
Organismo, así como realizar los pagos de los diferentes documentos que afecten el
presupuesto de egresos, en función de los programas, proyectos, compromisos y
disponibilidad de recursos financieros.
Funciones:
I. Cumplir con las normas y procedimientos establecidos, para la administración de
los recursos financieros destinados a los programas y/o proyectos del Organismo.
II. Realizar la elaboración, registro y entrega de cheques a los beneficiarios.
III. Realizar los pagos autorizados (viáticos, pasajes, gastos a comprobar,
recuperación de gastos, radicaciones a servicios regionales, proveedores y
servicios básicos) en función de la disponibilidad de recursos, mediante
Contrarecibo expedido por el Departamento de Fiscalización así como del soporte
necesario (Carta bancaria y factura) para que puedan ser procesados y liberados
al beneficiario.
IV. Tramitar los recursos programados de las aportaciones estatales y de los fondos y
programas federales de acuerdo a los convenios establecidos.
V. Administrar, conservar y custodiar las formas valoradas usadas para los pagos
autorizados que afecten el presupuesto de egresos.
VI. Analizar y determinar que instituciones bancarias ofrecen mayores beneficios en
cuanto a riesgos, rendimientos y oportunidad se refiere.
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212
VII. Aperturar las cuentas bancarias necesarias para el adecuado manejo de los
programas del ejercicio que corresponda.
VIII. Efectuar la dispersión de los recursos, a las cuentas que correspondan para el
pago de servicios personales.
IX. Realizar las operaciones de inversión y retiro de recursos en los diferentes Fondos
de inversión previamente establecidos.
X. Conciliar mensualmente con el Departamento de Contabilidad y con la Dirección
de Presupuesto, a efecto de registrar e informar los mismos saldos bancarios, que
se emiten en el estado financiero así como en los estados presupuestales.
XI. Realizar el pago de obligaciones, retenciones y demás rubros relacionados con la
situación laboral de los trabajadores del Organismo.
XII. Entregar al Departamento de Contabilidad los reportes de ingresos y egresos
correspondiente al mes ejercido, por cada una de las cuentas bancarias así como
la documentación soporte para la integración de la cuenta pública.
XIII. Ejecutar la cancelación de cheques de acuerdo al soporte que presente el
beneficiario, o por instrucciones de alguna de las áreas del Organismo.
XIV. Realizar las conciliaciones bancarias, que permitan conocer el estado de las
cuentas que se manejan en el Organismo.
XV. Elaborar y presentar al titular de la Dirección de Finanzas, la información financiera
necesaria para la toma de decisiones.
XVI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XVII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XVIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIX. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XX. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
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XXI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE FISCALIZACIÓN
Objetivo: Proporcionar la atención eficiente y eficaz a los usuarios que presenten algún
trámite de pago, vigilando que se cumpla con la normatividad vigente en materia de
fiscalización.
Funciones:
I. Recepcionar, validar y tramitar los documentos para los pagos de bienes y
servicios (viáticos, pasajes, gastos a comprobar, recuperación de gastos,
radicaciones a servicios regionales, proveedores y servicios básicos), servicios
personales y terceros institucionales; verificando que se cuente con la autorización
presupuestal y se cumpla con la normatividad vigente incluyendo los requisitos
fiscales y administrativos.
II. Validar y verificar el cumplimiento de las políticas, normas y lineamientos federales
y estatales, en materia de fiscalización que deberán de observarse en el
organismo.
III. Compilar y difundir la normatividad vigente aplicable para trámites, pagos, registros
y demás efectos de comprobación o justificación del gasto, incluyendo los
lineamientos y requerimientos particulares que emita el organismo.
IV. Validar, revisar y conciliar con las diversas áreas del organismo, los saldos que
resulten de la fiscalización de los trámites de pago que se realicen.
V. Establecer controles que permitan dar seguimiento a la comprobación oportuna de
los deudores diversos y pagos anticipados, con la finalidad de garantizar la
recuperación de los adeudos.
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VI. Elaborar y presentar ante el SAT de manera oportuna la declaración informativa
del IVA de los proveedores de bienes y servicios.
VII. Elaborar y presentar de manera oportuna la declaración de impuestos federales y
estatales.
VIII. Atender a los requerimientos de auditorías, que en su caso se deriven en el ámbito
de competencia del área.
IX. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
X. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD
Objetivo: Generar e integrar los registros contables del organismo, de acuerdo a la
normatividad aplicable, de tal forma que se mantengan actualizados los estados
financieros y se brinde veraz y oportunamente la información que sea requerida.
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215
Funciones:
I. Verificar el cumplimiento de las políticas, normas y lineamientos del aspecto
contable que determinen las instancias correspondientes, en cada una de las
operaciones que se realicen en el ejercicio del presupuesto del organismo.
II. Recibir y registrar contablemente, los ingresos y egresos del organismo.
III. Coordinar y validar la elaboración de los estados financieros, a través de las
pólizas de ingresos, egresos y diario, con los documentos de soporte
correspondientes para conocer y evaluar la situación contable y patrimonial del
Organismo.
IV. Validar y proponer las modificaciones pertinentes en el Sistema de Registro
Contable del Organismo, para mantener actualizada la información y proporcionar
los registros contables de manera oportuna a las instancias que lo requieran.
V. Integrar, controlar y mantener actualizado el catálogo de cuentas del organismo,
para realizar correctamente los diversos registros contables.
VI. Validar la afectación bancaria que proporcione el Departamento de Tesorería,
sobre las operaciones generadas por las diferentes áreas del organismo, para
integrarlas al sistema contable.
VII. Integrar, resguardar y custodiar los expedientes contables, para realizar los
informes programados y cumplir con la entrega oportuna de la cuenta pública del
organismo ante la autoridad correspondiente para su revisión y aprobación.
VIII. Verificar que la clasificación y codificación de la documentación comprobatoria de
los gastos realizados por el organismo, se lleve de acuerdo a la normatividad
establecida por los Órganos de Control.
IX. Validar, revisar y conciliar con las diversas áreas del organismo, los saldos que
resultan de los registros contables del ejercicio fiscal, con la finalidad de emitir los
estados financieros correspondientes.
X. Informar al titular de la Dirección de Finanzas sobre el resumen de la situación que
guarda el estado financiero, para contribuir en la oportuna toma de decisiones.
XI. Elaborar informes detallados del resultado del ejercicio fiscal, que coadyuven a la
toma de decisiones del titular de la Dirección de Finanzas e instancias de control y
evaluación interna.
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216
XII. Elaborar trimestralmente la información requerida por la Junta Directiva del
organismo.
XIII. Dar seguimiento a los requerimientos de información por motivos de auditoría, así
como documentar y dar respuesta a la solventación de las observaciones y
cumplimiento de las recomendaciones.
XIV. Atender a los requerimientos de auditorías, que en su caso se deriven en el ámbito
de competencia del área.
XV. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XVI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XVII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIX. Informar y auxiliar al o la titular de la dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE PAGOS
Objetivo: Organizar, Coordinar y Controlar las acciones que permitan una adecuada
distribución y comprobación del pago de las remuneraciones al personal del Organismo.
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Funciones:
I. Actualizar y difundir las normas, lineamientos, políticas y reglas establecidas para
garantizar una adecuada distribución del pago de la nómina.
II. Elaborar el calendario anual para la distribución y pago de la nómina del personal
del Organismo.
III. Solicitar a la SEP los cheques para pago de nominas y llevar el control de formas
valoradas.
IV. Vigilar que la recepción y distribución de las nóminas del personal a las zonas
regionales, se realice de acuerdo al calendario establecido.
V. Solicitar al Departamento de Tesorería la dispersión de los recursos con la
finalidad de realizar el pago de las remuneraciones al personal del organismo.
VI. Llevar el control de los cheques de nóminas emitidos por la Dirección de Procesos
de Nomina correspondiente a cada quincena de pago.
VII. Verificar que la comprobación del pago de nóminas se realice de manera correcta
y oportuna.
VIII. Concentrar los cheques que no hayan sido cobrados y en coordinación con las
áreas correspondientes efectuar las cancelaciones respectivas.
IX. Realizar y Controlar los reintegros de pagos improcedentes, las retenciones de
pensión alimenticia y otros conceptos que solicite la Dirección de Procesos de
Nómina.
X. Vigilar que se tomen las medidas de seguridad necesarias para la distribución,
manejo y guarda del pago.
XI. Elaborar el Programa Operativo Anual que contemple las metas y presupuesto
anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIV. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
218
XV. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVI. Informar y auxiliar al o la titular del organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden; así como
acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO
Objetivo: Programar y presupuestar los recursos que se requieran para llevar a cabo la
ejecución y operación de los diferentes programas, proyectos y procesos asignados a las
unidades administrativas; así como identificar los avances o desviaciones en el ejercicio
del presupuesto autorizado del organismo.
Funciones:
I. Elaborar en coordinación con la Dirección de Planeación, el Proyecto de Programa-
Presupuesto del organismo, así como los programas y proyectos educativos
especiales, previo consenso con las diferentes unidades administrativas.
II. Validar los proyectos de presupuesto de egresos de las diferentes áreas verificando
que cumplan con las políticas, normas y lineamientos emitidos al respecto y, en su
caso solicitar y verificar las adecuaciones necesarias.
III. Determinar los techos financieros para cada unidad administrativa, programa y
proyecto.
IV. Comunicar a las diferentes áreas del organismo el presupuesto autorizado en sus
niveles de programa, partida y concepto del gasto.
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219
V. Proponer a su superior jerárquico, en coordinación con las Direcciones de Finanzas,
Planeación y Recursos Materiales la norma en materia de planeación del Gasto del
organismo para el mejor control presupuestario, y la emisión de lineamientos, políticas,
oficios circulares y acciones preventivas y correctivas que se requieran en cuanto al
ejercicio del gasto.
VI. Verificar y controlar que el ejercicio presupuestal del organismo, se efectúe con
criterios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal, dando seguimiento a los
recursos presupuestales asignados a cada unidad administrativa, programa y
proyecto.
VII. Disponer de la información presupuestal del gasto del organismo para la integración de
cuadros estadísticos, reportes con la información presupuestal e informes
presupuestales que requieran las diferentes instancias fiscalizadoras, y para la
presentación de la cuenta pública.
VIII. Someter a la autorización superior las ampliaciones, transferencias o
reprogramaciones presupuestales, en apego al presupuesto autorizado.
IX. Informar periódicamente el ejercicio de los recursos transferidos al organismo a los
Órganos fiscalizadores, en coordinación con la Dirección de Finanzas y la Dirección de
Planeación.
X. Coadyuvar a la Dirección de Recursos Materiales en la integración del Programa Anual
de Adquisiciones.
XI. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del organismo.
XII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del organismo.
XIII. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XIV. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
220
XVI. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XVII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVIII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden; así como
acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XIX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del ámbito de
competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la información de
carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la documentación
para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO
Objetivo: Integrar, validar y mantener actualizados los registros y bases de datos de los
presupuestos, así como la calendarización de los techos financieros autorizados, para
cada una de las áreas del Organismo.
Funciones:
I. Recibir, integrar, analizar y validar los anteproyectos de presupuesto de egresos
de las diferentes áreas del Organismo, en coordinación con los departamentos de
Planeación y Evaluación de la Gestión Institucional, y en su caso solicitar las
correcciones correspondientes.
II. Elaborar el Proyecto de Presupuesto de Egresos del Programa Operativo Anual
del Organismo, para someterlo a aprobación de la Junta Directiva, en
cumplimiento con el artículo 59 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado
de Quintana Roo, y posteriormente remitirlo a la Secretaría de Hacienda del
Estado para lo conducente.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
221
III. Integrar, validar y mantener actualizados los registros y bases de datos de los
presupuestos, así como la calendarización de los techos financieros autorizados,
para cada una de las áreas del organismo.
IV. Establecer criterios y bases de cálculo para la asignación del presupuesto por
proyecto, congruente con los planes y programas del organismo.
V. Comunicar a las diversas áreas del organismo, a través de la Dirección de
Presupuesto, el presupuesto autorizado por proyecto, concepto del gasto y partida.
VI. Proponer los ajustes y modificaciones presupuestales, que procedan en los
diversos proyectos del organismo.
VII. Integrar anualmente el Cuestionario de Financiamiento Educativo Estatal,
requerido por la Secretaría de Educación Pública.
VIII. Integrar los informes mensuales del avance del ejercicio presupuestal, requerido
por la Unidad de Control y Evaluación Interna.
IX. Evaluar, en coordinación con el Departamento de Evaluación de la Gestión
Institucional, el ejercicio del presupuesto autorizado con el objeto de eficientar los
servicios y racionalizar los gastos del organismo.
X. Analizar el ejercicio del presupuesto y proponer medidas correctivas cuando se
detecten posibles desviaciones de recursos.
XI. Vigilar, en coordinación con el Departamento de Planeación, la correlación y
congruencia de los presupuestos con los planes y programas del organismo.
XII. Integrar, en coordinación con el Departamento de Evaluación de la Gestión
Institucional, las evaluaciones trimestrales requeridas por la Secretaría de la
Contraloría del Gobierno del Estado.
XIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XIV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
222
XVII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES
Objetivo: Administrar con eficiencia y eficacia las adquisiciones de bienes y servicios, el
sistema de inventarios para las diferentes unidades administrativas que integran el
Organismo, así como el mantenimiento y distribución de los libros de textos y materiales
educativos a los centros escolares en el Estado.
Funciones:
I. Supervisar el cumplimiento de las normas, políticas y procedimientos que regulen las
actividades de administración de los recursos materiales, así como la prestación de
servicios generales en las diferentes áreas que integran el organismo.
II. Coordinar y verificar que las adquisiciones de bienes y servicios se efectúen conforme
a la normatividad vigente y los lineamientos establecidos.
III. Supervisar y coordinar que las adquisiciones de bienes y servicios solicitados por las
unidades administrativas que integran el organismo, se realicen de conformidad al
presupuesto autorizado, a las políticas, normas y lineamientos establecidos.
IV. Revisar y validar el Programa Anual de Adquisiciones de bienes y servicios,
coordinando y supervisando su operación y cumplimiento, conforme a la autorización y
lineamientos emitidos por la Coordinación General de Administración y Finanzas.
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223
V. Administrar, controlar y operar el sistema de control de inventarios de los bienes
muebles, propiedad del organismo, así como mantenerlos actualizados.
VI. Coordinar, supervisar y administrar las actividades encaminadas a la custodia de la
documentación que se envía al archivo general del organismo.
VII. Validar y en su caso, suscribir en coordinación con la Dirección de Asuntos
Jurídicos y demás áreas involucradas, los contratos de adquisiciones, arrendamientos
y de prestación de servicios que requieran las diferentes unidades administrativas del
Organismo.
VIII. Participar en las reuniones del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios,
conforme a las especificaciones que establece la ley en la materia, supervisando que
se cumpla con lo establecido en la misma.
IX. Coordinar, supervisar y controlar la distribución de materiales y equipo con las
diferentes unidades administrativas del organismo.
X. Coordinar la distribución de los libros de texto gratuitos, garantizando su entrega
oportuna en cada ciclo escolar, conforme a las normas y lineamientos establecidos.
XI. Validar, y en su caso autorizar, previo acuerdo del Comité de Adquisiciones del
organismo, la contratación de servicios o adquisiciones extraordinarias fuera de
programa.
XII. Supervisar el correcto y oportuno registro y control de las adquisiciones de bienes y
servicios del organismo.
XIII. Validar las radicaciones de los recursos para las diversas unidades administrativas en
los municipios, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal del área solicitante.
XIV. Dar seguimiento a los requerimientos de información por motivos de auditoría, así
como documentar y dar respuesta a la solventación de las observaciones y
cumplimiento de las recomendaciones, que en su caso se deriven en el ámbito de
competencia del área.
XV. Proponer en coordinación con las Unidades de Enlace del Organismo, las políticas y
lineamientos que coadyuven al eficaz y eficiente funcionamiento de los almacenes
administrados por el mismo.
XVI. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del organismo.
XVII. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
224
XVIII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica
y operativa.
XIX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XXI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXII. Informar y auxiliar al o la titular del organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden; así como
acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del ámbito de
competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la información de
carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la documentación
para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden expresamente
sus superiores.
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
Objetivo: Atender y dar respuesta a toda solicitud de adquisición de bienes y/o servicios
de las diferentes unidades administrativas.
Funciones:
I. Recepcionar y atender toda solicitud de bienes y/o servicios de las unidades
administrativas que conforman los Servicios Educativos de Quintana Roo.
II. Cotizar con los prestadores de servicios los bienes y/o servicios solicitados por las
unidades administrativas.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
225
III. Dar seguimiento a las solicitudes capturadas en el portal de administración de los
Servicios Educativos de Quintana Roo, para elaborar órdenes de servicios y
pedidos u órdenes de compra.
IV. Coadyuvar con el departamento de fiscalización en la recepción de las facturas
para revisar que cuenten con los requisitos fiscales correctos de acuerdo al Código
Fiscal de la Federación Art. 29 y Art. 29ª.
V. Realizar el trámite de facturas a la dirección de finanzas para que se realice el
pago correspondiente a los prestadores de servicios.
VI. Realizar el trámite de facturas a la dirección de finanzas para que se realice el
pago de los arrendamientos contratados.
VII. Llevar a cabo el proceso de licitación en base a la ley de adquisiciones,
arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles del
estado de quintana roo, la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del
sector público y el reglamento de COMPRANET.
VIII. Elaborar contratos para que el prestador de servicios garantice la calidad, el
servicio o bien adquirido, con la finalidad de que dicho servicio o adquisición de
bienes se proporcionen en los plazos establecidos.
IX. Someter al comité de adquisiciones para su autorización aquellas solicitudes que
rebasen los montos mínimos (de acuerdo al origen del recurso) establecidos por el
presupuesto de egresos del estado de quintana roo y el presupuesto de egresos
de la federación.
X. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
226
XV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE ALMACENES E INVENTARIOS
Objetivo: Proveer oportunamente los bienes de consumo e instrumentales mediante un
eficaz control de entrada, guarda y despacho; así como de la recepción y distribución de
los materiales y suministros de oficina para la correcta operatividad de las áreas
administrativas, y registrar los movimientos de altas, transferencias y bajas del mobiliario y
equipo de las áreas administrativas y planteles educativos del organismo.
Funciones:
I. Vigilar que se apliquen las normas y lineamientos; así como las políticas internas
para los procedimientos que regulan el control del inventario y las entradas y
salidas del almacén.
II. Establecer el control del procedimiento sistemático de altas, transferencias y bajas,
así como la elaboración de vales de resguardo de los bienes del organismo.
III. Efectuar el levantamiento del inventario del almacén general, así como del
mobiliario y equipo de administración asignados a los centros escolares y unidades
administrativas en el estado.
IV. Efectuar los movimientos correspondientes al mobiliario y equipo de los centros
escolares y unidades administrativas en el estado, ya sea por cambio de
adscripción o baja del bien.
V. Coadyuvar con la dirección de recursos materiales, en la ejecución de los
procedimientos para la afectación, baja y destino final de los bienes muebles del
organismo de conformidad con la normatividad aplicable.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
227
VI. Integrar y mantener actualizado el sistema de inventarios de los bienes muebles
(vehículos, mobiliario y equipo) del organismo.
VII. Vigilar y controlar el funcionamiento de los almacenes de materiales y suministros
de oficina, y bienes muebles del organismo.
VIII. Normar y regular a través de formatos establecidos, las entradas y salidas de los
bienes muebles y materiales de los almacenes.
IX. Coordinar las actividades de almacenamiento y registro de los activos fijos y
materiales del organismo.
X. Vigilar que los almacenes cuenten con las condiciones físicas y de
almacenamiento adecuadas para el resguardo y cuidado de los bienes y
materiales.
XI. Distribuir los bienes y materiales de acuerdo a las necesidades de las diversas
áreas del organismo.
XII. Dar seguimiento a los requerimientos de información por motivos de auditoría, así
como documentar y dar respuesta a la solventación de las observaciones y
cumplimiento de las recomendaciones, que en su caso se deriven en el ámbito de
competencia del área.
XIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XIV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
228
XIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE DISTRIBUCIÓN DE LIBROS Y MATERIALES
EDUCATIVOS
Objetivo: Coordinar la recepción y distribución de los libros de texto gratuitos y los
materiales educativos a las escuelas de educación básica en el estado.
Funciones:
I. Participar en la validación de la matricula escolar de educación básica del
siguiente ciclo escolar.
II. Organizar y coordinar el proceso de selección de libros de secundarias del
siguiente ciclo escolar.
III. Recibir y almacenar los libros de texto gratuitos y los materiales educativos.
IV. Distribuir los libros de texto gratuitos y los materiales educativos en las escuelas
de educación básica.
V. Llevar a cabo los eventos de capacitación a docentes en todo el estado en el
manejo del sistema de selección de libros de secundaria y dar seguimiento por
escuela durante el proceso en los meses de febrero y marzo.
VI. Recibir y almacenar los libros de texto gratuito y los materiales educativos en los
tres almacenes del estado en base a la matrícula validada y cantidades asignadas
por nivel educativo.
VII. Elaborar el plan de distribución de libros de texto gratuito, en base a la matrícula
validada y cantidades asignadas por nivel educativo.
VIII. Llevar a cabo el proceso de distribución de libros de texto y materiales educativos
en base al plan de distribución de libros de texto gratuito y en coordinación con las
supervisiones escolares y directores de escuelas.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
229
IX. Generar informes de capacitación a docentes, avance en la recepción y
distribución de libros de texto y materiales educativos y el de cumplimiento de
metas.
X. Asistir en el mes de noviembre de cada año, a la reunión nacional en la ciudad de
México para participar en el proceso de validación de la matrícula escolar de
educación básica del siguiente ciclo escolar.
XI. Asistir en el mes de enero de cada año a la reunión nacional en la Cd. de México
para participar en la capacitación en el manejo y actualización del sistema de
selección de libros de secundaria.
XII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO A ESCUELAS
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
230
Objetivo: Proporcionar de manera eficiente y oportuna servicios generales,
mantenimiento menor, mayor y daños ocasionados por siniestros de los centros escolares
y unidades administrativas pertenecientes a los Servicios Educativos de Quintana Roo.
Funciones:
I. Atender en coordinación con las direcciones de las áreas correspondientes los
requerimientos y/o solicitudes de mantenimiento y equipamiento que requieran las
unidades administrativas y escuelas, de acuerdo al presupuesto autorizado.
II. Elaborar y coordinar los programas de trabajos de logística, aplicación de pintura,
reparaciones hidráulicas, sanitarias y eléctricas, del personal a su cargo.
III. Llevar el control y supervisión de los trabajos de mantenimiento preventivo y
correctivo que realicen las brigadas o empresas externas contratadas para dichos
trabajos en los centros escolares.
IV. Acompañar al/la titular de la Dirección General en las giras de trabajo que efectúe
para atender de manera inmediata los compromisos que se generen, relativos al
mantenimiento menor.
V. Coordinar las acciones del Comité de Protección Civil del organismo y elaborar el
Programa de Trabajo de Protección Civil, promoviendo la participación activa de
las diferentes unidades administrativas que lo integran, así como de los
representantes de cada una de las instalaciones es educativas.
VI. Coordinar en conjunto con el Departamento de Almacén e Inventarios y el Órgano
de Control y Evaluación Interna, para el proceso de baja de los vehículos que
presenten daños irreparables y resulte incosteable su mantenimiento, con base a
la normatividad aplicable.
VII. Determinar e implementar las políticas y lineamientos que regulen el uso del
estacionamiento y acceso a las instalaciones del Organismo.
VIII. Coordinar e implementar los mecanismos internos en materia de higiene,
seguridad y vigilancia con el propósito de mantener el adecuado funcionamiento
de las diversas instalaciones del organismo.
IX. Administrar el Archivo General del Organismo con base en la normatividad
vigente.
X. Difundir las normas, políticas y procedimientos para el adecuado uso, manejo y
preservación del Archivo General del Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
231
XI. Coordinar la elaboración del programa anual de mantenimiento de bienes muebles
e inmuebles incluyendo, instalaciones eléctricas, hidráulicas, sanitarias, equipos
de aire acondicionado y otros propiedad del organismo, así como proponer
anteproyectos para la adecuación o mejora de los espacios físicos del mismo.
XII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del organismo.
XIII. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
XIV. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVI. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XVII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVIII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XIX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
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232
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES
Objetivo: Proporcionar de manera eficiente y oportuna los servicios generales
necesarios, para el buen funcionamiento de las diversas unidades administrativas del
Organismo, procurando la adecuada aplicación de los recursos.
Funciones:
I. Coordinar y controlar el uso, asignación y mantenimiento del parque vehicular.
II. Elaborar un programa de mantenimiento preventivo y correctivo del parque
vehicular; así como vigilar que éste se implemente.
III. Coadyuvar con las áreas de Almacén e Inventarios y el órgano Interno de Control,
para el proceso de baja de los vehículos que presenten daños irreparables y
resulte incosteable su mantenimiento, con base a la normatividad aplicable.
IV. Determinar las políticas y lineamientos que regulen el uso del estacionamiento y
acceso a las instalaciones del Organismo.
V. Dar seguimiento a los requerimientos de información por motivos de auditoría, así
como documentar y dar respuesta a la solventación de las observaciones y
cumplimiento de las recomendaciones, que en su caso se deriven en el ámbito de
competencia del área.
VI. Implementar los mecanismos internos en materia de higiene, seguridad y vigilancia
con el propósito de mantener el adecuado funcionamiento de las diversas
instalaciones del Organismo.
VII. Administrar el manejo del Archivo General del Organismo con base en la
normatividad vigente.
VIII. Difundir las normas, políticas y procedimientos para el adecuado uso, manejo y
preservación del Archivo General del Organismo.
IX. Elaborar el programa anual de mantenimiento de bienes muebles e inmuebles
incluyendo, instalaciones eléctricas, hidráulicas, sanitarias, equipos de aire
acondicionado y otros propiedad del Organismo, así como proponer anteproyectos
para la adecuación o mejora de los espacios físicos del mismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
233
X. Atender y supervisar las actividades inherentes al mantenimiento de las
instalaciones, mobiliario y equipo de las diferentes unidades administrativas del
Organismo.
XI. Proporcionar el servicio de fotocopiado e impresión a las diferentes unidades
administrativas del Organismo, que lo requiera.
XII. Coordinar y supervisar el apoyo de logística para la realización de los eventos
oficiales de la Institución; así como, relacionar los artículos, materiales,
herramientas y viáticos requeridos para los mismos.
XIII. Coadyuvar en el proceso de contratación de los servicios de limpieza, vigilancia y
mantenimiento de las diversas instalaciones del Organismo.
XIV. Supervisar que el servicio de limpieza contratado, así como establecer visitas
frecuentes de inspección a las áreas que constituyen el Organismo, con el
propósito de garantizar una buena imagen del mismo.
XV. Supervisar el ejercicio del servicio de vigilancia en los centros de trabajo
administrativo de acuerdo a la normatividad establecida en el contrato.
XVI. Controlar y supervisar que los servicios contratados, en materia de mensajería y
correspondencia, fotocopiado y mantenimiento para las fotocopiadoras, se
ministren bajo un estricto control y medidas de ahorro para evitar el mal uso de los
mismos.
XVII. Participar en las políticas, lineamientos y controles que regulen el uso de las líneas
telefónicas del Organismo, planteles educativos y áreas administrativas
suministrando información estadística.
XVIII. Tramitar los recursos para efectuar el pago de impuestos y derechos del parque
vehicular, así como cumplir con el programa de verificación de contaminantes.
XIX. Supervisar y controlar la operación, recepción y distribución de correspondencia y
mensajería oficial del Organismo.
XX. Coadyuvar en el establecimiento, de controles y normas para el uso adecuado de
la energía eléctrica y agua potable, en las áreas administrativas y planteles
educativos.
XXI. Tramitar en tiempo y forma el pago de los servicios básicos (luz, agua, teléfono e
internet) y arrendamientos contratados del Organismo.
XXII. Requerir y tramitar previa autorización del área correspondiente, el servicio de
energía eléctrica y agua potable para los planteles educativos de nueva creación.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
234
XXIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XXIV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XXV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXVI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXVII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XXVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO A CENTROS
ESCOLARES
Objetivo: Atender las solicitudes de mantenimiento menor, mayor y daños ocasionados
por siniestros de los centros escolares y unidades administrativas del estado de Quintana
Roo.
Funciones:
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
235
I. Recibir y atender las solicitudes de mantenimiento menor, mayor y daños
ocasionados por siniestros de los centros escolares y unidades administrativas.
II. Elaborar el presupuesto de las solicitudes de mantenimiento menor, para gestionar
la asignación de los recursos necesarios para su atención.
III. Realizar los trabajos de mantenimiento menor en centros escolares.
IV. Elaborar el acta de entrega-recepción de los trabajos de mantenimiento menor
realizados en los centros escolares.
V. Comisionar al personal técnico a los centros escolares y unidades administrativas,
para realizar el levantamiento físico del inmueble y elaborar un catálogo de
conceptos de precios unitarios, de acuerdo a las solicitudes y/o necesidades de los
mismos.
VI. Elaborar contratos de servicio de mantenimiento para ejecutar los mantenimientos
mayores a los centros escolares y unidades administrativas en base a un catálogo
de conceptos.
VII. Supervisar los trabajos del servicio de mantenimiento contratado, para realizar los
mantenimientos mayores en los centros escolares y unidades administrativas.
VIII. Integrar el expediente del servicio de mantenimiento contratado de acuerdo a la Ley
de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes
muebles del Estado de Quintana Roo.
IX. Enviar a la Auditoría Superior del Estado los contratos de servicio de mantenimiento,
para la revisión del ejercicio fiscal correspondiente.
X. Solventar las observaciones que se deriven de la revisión de la Auditoría Superior
del Estado en el caso de los contratos de servicio de mantenimiento
XI. Dar seguimiento a los requerimientos de información por motivos de auditoría, así
como documentar y dar respuesta a la solventación de las observaciones y
cumplimiento de las recomendaciones, que en su caso se deriven en el ámbito de
competencia del área.
XII. Asesorar a las diferentes unidades administrativas y centros escolares del
Organismo, los requisitos que deberán presentar, en caso de siniestro, para
gestionar la indemnización correspondiente.
XIII. Tramitar y gestionar, ante la aseguradora correspondiente y de acuerdo al convenio
previamente establecido, la indemnización de daños y siniestros que se presenten
en los centros escolares y/o unidades administrativas del Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
236
XIV. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XVI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVIII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del ámbito de
competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la información de
carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la documentación
para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES
Objetivo: Diseñar y mantener actualizado el sistema de información del organismo, de tal
forma que sus insumos permitan actuar con eficiencia y eficacia en la reorientación de las
políticas y acciones concretas para corregir las desviaciones que se presenten.
Funciones:
I. Supervisar la operación de los sistemas de información, informático y
telecomunicaciones del organismo y centros escolares.
II. Realizar acciones para organizar , dirigir, controlar y evaluar la adecuada prestacion
de los servicios de informatica y telecomunicaciones que requieran las diferentes
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
237
areas del Organismo , adoptando oportunamente las medidas necesarias para
solucionar los problemas especificos que se presenten.
III. Disenar, fundamentar, promover e implementar las politicas , normas, lineamientos y
estandares que regiran l os servicios de computo telecomunicaciones y el software
institucional, tanto para la adquisicion , contratación, licenciamiento de equipos ,
software y servicios, como para el diseno, programación, documentación de sistemas
de informacion y aplicacion es de cómputode las unidades administrativas y centros
escolares.
IV. Establecer estrecha comunicacion y coordinación con las areas normativas de la
AdministraciónPublica Estataly Federal , a efecto de procurar la homogeneidad
necesaria en la instalacion y operación de los centros de cómputo locales y
regionales.
V. Implementar las acciones necesarias para el desarrollo , actualización y
mantenimiento de los sistemas informaticos y de telecomunicaciones del Organismo.
VI. Realizar estudios de factibilidad necesarios, previos a la adquisicion de equipos de
cómputo y /o telecomunicaciones , de paquetes de software y al desarrollo o
implantación de sistemas automatizados y redes de comunicaciones.
VII. Autorizar y suscribir en apego a las normas y lineamientos en materia de informatica
la contratacion, adquisición, instalación, operación y mantenimiento de los equipos de
procesamiento electronico de datos, de los servicios de comunicacion de voz, datos e
imagenes, incluyendo paquetes de software y sistemas de información, equipos
auxiliares y de transmision.
VIII. Coadyuvar en el ambito de su competencia , o por solicitud expresa , los trabajos y
proyectos de modernizacion , simplificación y desconcentración administrativa que le
sean encomendados a terceros.
IX. Dirigir el diseño, desarrollo, implantación y capacitación de los sistemas de
información y telecomunicaciones que le sean directamente asignados, informando
periódicamente de los avances que se tengan, y en su caso la problemática
detectada.
X. Brindarcapacitación y actualizacion necesarios para el mejor uso y aprovechamiento
de los recursos informáticos y de telecomunicaciones.
XI. Clasificar y jerarquizar los requerimientos de infraestructura informatica y de
telecomunicaciones que presenten las áreas educativas del Organismo.
XII. Coordinar la implementación de mecanismos estándares que permitan el flujo de
información entre los diversos sistemas del organismo, para su fácil acceso y
consulta.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
238
XIII. Dirigir, coordinar y evaluar el diseño, desarrollo e implantación de programas de uso
y aprovechamiento de la tecnologia informatica y de telecomunicaciones en sus
diferentes modalidades, para su aplicación en las áreas y niveles educativos que
determine la Dirección General.
XIV. Dirigir y supervisar el funcionamiento de la red de comunicaciones, impulsando el
uso, la utilización y el aprovechamiento de la tecnología.
XV. Coadyuvar a la modernización y simplificación administrativa, a traves del desarrollo
de sistemas de información y la utilizacion de tecnologia de punt a, tanto informática
como de telecomunicaciones.
XVI. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XVII. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XVIII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XIX. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XXI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden; así como
acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del ámbito de
competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la información de
carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la documentación
para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
239
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE SISTEMAS
Objetivo: Implementar y actualizar los sistemas de información desarrollados por el
departamento, para apoyar a las unidades administrativas elevando su calidad y eficiencia
de los servicios que ofrecen, coadyuvando para una mejor toma de decisiones de las
diferentes áreas del Organismo.
Funciones:
I. Establecer las políticas, normas, lineamientos y estándares para el desarrollo o
adquisición de nuevos sistemas de información para mantener la compatibilidad.
II. Atender las necesidades del organismo para la creación de nuevos sistemas,
conforme a las prioridades que establezca la Dirección de Sistemas.
III. Administrar, mantener y actualizar los sistemas de información desarrollados por el
departamento y otros que le confiera la Dirección de Sistemas.
IV. Investigación, promoción y difusión de nuevas herramientas, plataformas,
estrategias y metodologías para el diseño, desarrollo y mantenimiento de software.
V. Coadyuvar a la implementación de mecanismos estándares que permitan el flujo
de información entre los diversos sistemas del organismo, para su fácil acceso y
consulta.
VI. Evaluar, proponer y gestionar la actualización permanente de la plataforma de
software sobre la cual operan los diferentes sistemas de información del
Organismo.
VII. Apoyar en la implementación de nuevas tecnologías de software, por parte de
otras áreas, así como en su vinculación con los sistemas, aplicaciones y
herramientas con los que ya se cuente.
VIII. Coordinar estrechamente con el departamento de telecomunicaciones las acciones
necesarias para la implementación y el buen funcionamiento de los sistemas de
información.
IX. Atender las solicitudes de información que requieren las diferentes unidades
administrativas relacionadas con las bases de datos a nuestro resguardo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
240
X. Analizar y dictaminar técnicamente, los requerimientos para la adquisición externa,
de sistemas de información que soliciten las diferentes áreas del organismo.
XI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XV. Informar y auxiliar al/la titular de la Dirección dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE PROYECTOS INFORMÁTICOS
YTELECOMUNICACIONES
Objetivo: Impulsar y fortalecer la infraestructura de las tecnologías de información del
Organismo.
Funciones:
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
241
I. Diseñar, implementar, operar y mantener actualizada la red de
telecomunicaciones del Organismo y atender los requerimientos de las
diferentes unidades administrativas.
II. Establecer y administrar las políticas de control de acceso a la red, servidores
y base de datos, para mitigar riesgos de intrusiones.
III. Realizar la instalación, mantenimiento y control de los equipos de
telecomunicaciones que requiera y/o utilice el Organismo.
IV. Proporcionar al área encargada de llevar a cabo los procesos de licitación
pública en materia de adquisiciones de bienes y servicios informáticos la
asesoría técnica para asegurar los estándares tecnológicos del Organismo.
V. Atender las solicitudes de asesoría y soporte técnico, que le sean requeridas
por las diferentes áreas del Organismo, verificando su atención y cumplimiento,
conforme a las prioridades que establezca la Dirección de Sistemas, Proyectos
Informáticos y Telecomunicaciones.
VI. Llevar un control de los servicios que el Departamento proporciona a las
unidades administrativas.
VII. Evaluar las condiciones de los equipos informáticos, así como de la red de
telecomunicaciones utilizados en las áreas administrativas del Organismo, y en
su caso proponer y gestionar la sustitución de aquellos, que por obsoletos o un
alto costo de mantenimiento, no sea conveniente conservarlos.
VIII. Analizar y dictaminar técnicamente, los requerimientos de equipo e
instalaciones que soliciten las diferentes áreas del Organismo.
IX. Elaborar, difundir y verificar el cumplimiento de las normas, políticas,
procedimientos y estándares, sobre el uso y operación de los servicios,
equipos y sistemas de comunicación con la finalidad de eficientar el uso de los
recursos.
X. Dictaminar y turnar a las autoridades competentes las violaciones de las
normas y políticas informáticas establecidas por la Dirección de Sistemas y
Telecomunicaciones.
XI. Gestionar en coordinación con las áreas correspondientes, el cumplimiento de
las garantías de los proveedores de equipos informáticos.
XII. Evaluar y proponer al Titular de la Dirección de Sistemas y
Telecomunicaciones, las nuevas tecnologías en materia de equipamiento
informático, con la finalidad de que éstos respondan a los requerimientos del
Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
242
XIII. Supervisar los servicios que presten las empresas externas en relación a los
equipos informáticos y de telecomunicaciones del Organismo, desde la
adquisición hasta la conclusión del contrato.
XIV. Proponer al titular de la Dirección de Sistemas, Proyectos Informáticos y
Telecomunicaciones, las necesidades de capacitación del personal del
Departamento.
XV. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
XVI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XVII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y
financieros asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento
de la misma.
XVIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los
objetivos institucionales.
XIX. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o
encomienden.
XX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro
del ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación
a la información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA EDUCATIVA
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
243
Objetivo: Promover el manejo y aplicación didáctica de las tecnologías de la información
y comunicación a través de acciones de equipamiento, asesoría y soporte técnico para el
mejoramiento cualitativo de la educación en Quintana Roo, así como propiciar la
incorporación eficaz y el uso permanente de las nuevas tecnologías de información y
comunicación (TIC’s) en los centros escolares.
Funciones:
I. Revisar, analizar y dictaminar técnicamente los requerimientos de equipo de
tecnología de la información y comunicación de los centros escolares de
educación básica.
II. Recepcionar, analizar, validar y programar, para su gestion, ante las instancias
correspondientes, las solicitudes de asesoría y soporte técnico en sitio, en
taller o vía telefónica que realicen los centros escolares de educación básica,
sobre las deficiencias en el servicio de equipo de cómput y servicios de internet
de los diferentes programas que se utilizan en la educación básica
supervisando su atención y cumplimiento.
III. Calendarizar la verificación y mantenimiento de los equipos de cómputo e
instalaciones, evaluando y proponiendo, en su caso, la sustitución y
actualización de los mismos, con base al presupuesto autorizado.
IV. Coadyuvar en la implementación y difusión de las normas y procedimientos de
seguridad, que deben imperar en las instalaciones, equipos, sistemas y
paquetes informáticos en los centros escolares.
V. Investigar, desarrollar y promover el uso de tecnologías de información y
comunicación, propiciando nuevos ambientes de aprendizaje en los centros
escolares para coadyuvar al fortalecimiento de la calidad educativa.
VI. Llevar un control de los servicios que el Departamento proporciona a los
centros escolares.
VII. Gestionar en coordinación con las áreas correspondientes el cumplimiento de
las garantías de los proveedores de equipos informáticos.
VIII. Proponer al titular de la Dirección, las necesidades de capacitación del
personal del Departamento.
IX. Establecer estrategias de mejora continua referente a los servicios brindados
por el área.
X. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
244
XI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y
financieros asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento
de la misma.
XIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los
objetivos institucionales.
XIV. Informar y auxiliar al/la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o
encomienden.
XV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro
del ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación
a la información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE BECAS
Objetivo: Establecer estrategias para destinar de manera oportuna los diferentes tipos de
becas entre la población estudiantil, en apego a políticas y lineamientos establecidos por
las autoridades correspondientes.
Funciones:
I. Implementar e instrumentar los procedimientos, estrategias, medidas y acciones
necesarias, para dar un oportuno y estricto cumplimiento a lo estipulado en el
Reglamento del Sistema Estatal de Becas.
II. Cuantificar y calendarizar los montos requeridos para el financiamiento de las becas
económicas y a la excelencia académica conforme a las políticas y lineamientos
que determine la Dirección General del Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
245
III. Determinar en coordinación con la Dirección de Planeación y Presupuesto, el
impacto presupuestal financiero del monto total de becas, así como elaborar el
anteproyecto de presupuesto respectivo, para su integración al presupuesto global
del mismo.
IV. Establecer el número máximo de personas beneficiadas en los diferentes
programas de las becas conforme a la disponibilidad presupuestal autorizada y
promover su asignación hacia las zonas de marginación, pobreza y bajo desarrollo,
aplicando los criterios contenidos en el Reglamento del Sistema Estatal de Becas.
V. Establecer, conforme a la normatividad vigente, el número mínimo de becas
académicas que deben proporcionar los planteles educativos particulares
incorporados en los diferentes niveles educativos equivalentes por lo menos al 5%
de su matrícula total inscrita.
VI. Identificar y clasificar fuentes de financiamiento alterno, no tradicionales, para
complementar los programas de becas, adicionales a los comprendidos en el
presupuesto autorizado y, en su caso, suscribir convenios con aquellas
dependencias, organismos o instituciones públicas o particulares, nacionales o
internacionales susceptibles de brindar estos apoyos, gestionando, ante las
autoridades federales y estatales correspondientes, la autorización para entregar
comprobantes deducibles de impuestos, cuando sea necesario.
VII. Supervisar que las becas otorgadas cumplan con los lineamientos, criterios y
condiciones estipulados en el Reglamento del Sistema Estatal de Becas y, en caso
de encontrar alguna anomalía que invalide su otorgamiento, fundamentar las
acciones necesarias para cancelar aquellas que no cumplan con los requisitos y
reasignarlas conforme a la normatividad vigente.
VIII. Concentrar y sistematizar la información necesaria para la creación del banco de
datos y estadísticas del Sistema Estatal de Becas.
IX. Supervisar que se apliquen los lineamientos generales, conforme a los cuales los
particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios
otorgados por el estado o la Federación, deban proporcionar becas a los
educandos.
X. Difundir entre los educandos y las instituciones educativas públicas y particulares
en sus diferentes tipos, niveles y modalidades, el Reglamento del Sistema Estatal
de Becas, así como los programas institucionales que en esta materia lleve a cabo
el Organismo.
XI. Mantener actualizado permanentemente en coordinación con las áreas educativas
y por nivel, el padrón de becarios en el Estado, así como enviar y solicitar reportes a
la Dirección de Finanzas.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
246
XII. Garantizar la imparcialidad y transparencia de la selección de beneficiarios por
medio de convocatorias abiertas, lineamientos y normas explícitas y públicas
sujetándose a lo establecido en las reglas de operación.
XIII. Validar oportunamente las convocatorias para el otorgamiento de becas para
madres jóvenes y jóvenes embarazadas de Educación Básica en el Estado.
XIV. Verificar conforme a las disposiciones aplicables, el trámite y pago de las becas
autorizadas para que se realicen de manera adecuada y oportuna.
XV. Coordinar y supervisar el Registro Estatal de Becas, para la mejor planeación y
atención de los sectores a los que se dirigen las mismas.
XVI. Informar a la Dirección de Asuntos Jurídicos sobre las escuelas particulares con
autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, que no otorguen el
mínimo de becas establecido o que no se apeguen a las normas y lineamientos
generales para su otorgamiento
XVII. Planear, dirigir y supervisar, en común acuerdo con las áreas educativas del
Organismo, el otorgamiento de los diferentes tipos de becas.
XVIII. Proporcionar asesoría y orientación a los solicitantes de becas, sin distinción de
ningún tipo.
XIX. Justificar y establecer las acciones conducentes, en coordinación con la Dirección
de Asuntos Jurídicos, para que la Unidad de Control y Evaluación Interna del
Organismo deslinde la responsabilidad correspondiente cuando se otorguen becas
sin cumplir con los criterios estipulados en el Reglamento del Sistema Estatal de
Becas.
XX. Diseñar el desarrollo de estudios, programas y proyectos, para el fortalecimiento de
los programas de becas, y proporcionar elementos suficientes y debidamente
fundamentados, para su gestión ante las autoridades federales, estatales y
municipales, así como su promoción ante los sectores privado y social.
XXI. Gestionar la aportación oportuna de los recursos para Becas PROMAJOVEN, que
se señalen en el convenio de colaboración vigente, con el gobierno federal.
XXII. Informar trimestralmente los estados financieros de PROMAJOVEN a la
coordinación Nacional del Programa.
XXIII. Participar en las reuniones ordinarias del Comité Local de Educación Básica, según
la normatividad vigente.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
247
XXIV. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XXV. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
XXVI. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XXVII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXVIII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XXIX. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXX. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden; así como
acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXXI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del ámbito de
competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la información de
carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXXII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXXIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE BECAS DE EDUCACIÓN BÁSICA
Objetivo: Otorgar estímulo económico a estudiantes que enfrenten condiciones
económico-sociales adversas, que se encuentren inscritos en planteles públicos de nivel
básico, educación especial y normales, para fortalecer la continuidad en sus estudios.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
248
Funciones:
I. Aplicar los lineamientos y normas del Reglamento de Becas para el proceso de
selección, renovación y asignación de becas económicas federales, dentro de un
marco de respeto y equidad.
II. Elaborar el calendario para la recepción de solicitudes y otorgamiento de becas
económicas federales, en apego a los lineamientos normativos, así como
actualizar y cuantificar los montos requeridos de las mismas.
III. Coordinar la atención personal a los solicitantes, con respecto a la recepción de
solicitudes, entrega de resultados y pago de las becas.
IV. Validar de acuerdo al Reglamento del Sistema Estatal de Becas, la
documentación entregada por los solicitantes para la renovación y trámite de
solicitudes de nuevo ingreso.
V. Clasificar por municipio o procedencia los expedientes recibidos para el proceso
de captura y selección.
VI. Coordinar y verificar la captura de todas las solicitudes de becas recibidas, en el
Sistema Estatal de Administración de Becas (SEAB).
VII. Validar el listado preliminar con los expedientes recibidos, para asegurar que
todos los expedientes que cumplieron con los requisitos, pasarán el proceso de
selección.
VIII. Elaborar y revisar la pre nómina bimestral del pago de becas, para la gestión,
radicación y depósito bancario del recurso a la cuenta de las personas
beneficiadas para el pago electrónico correspondiente.
IX. Integrar y mantener actualizado el Sistema Estatal de Administración de Becas
(SEAB) de los programas de Becas, en los diferentes niveles educativos, para
que se determine con eficiencia el número máximo de personas beneficiadas.
X. Establecer criterios que coadyuven al otorgamiento de becas, con base al padrón
de alumnos/as que sean susceptibles de obtenerla.
XI. Elaborar los formatos de renovación y solicitud de beca, de acuerdo al diseño del
Sistema Estatal de Administración de Becas, para que se garantice la equidad y
transparencia en el proceso de asignación de las mismas.
XII. Gestionar la Radicación de los recursos financieros ante la Dirección de
Finanzas y ante la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado,
para el pago de becas de los períodos correspondientes.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
249
XIII. Coordinar el proceso de pago de becas con las Unidades de Enlace de cada
municipio, sindicatos y al público en general en ventanilla, para que se entregue a
las personas beneficiadas en tiempo y forma.
XIV. Integrar y elaborar la comprobación del recurso radicado y ejercido
correspondiente a los pagos de becas y entregarlo a las instancias
correspondientes.
XV. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XVI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XVII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIX. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o
encomienden.
XX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE BECAS DE PROGRAMAS ESPECÍFICOS
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
250
Objetivo: Otorgar becas a niñas y jóvenes en contexto y situación de vulnerabilidad
agravada por el embarazo y la maternidad temprana para el acceso, permanencia y
conclusión de la educación básica.
Funciones:
I. Coordinar la parte operativa del Programa de Becas para Madres Jóvenes y
Jóvenes Embarazadas (PROMAJOVEN).
II. Emitir y publicar la convocatoria de acuerdo a los lineamientos en las Reglas de
Operación vigentes.
III. Publicar los formatos de solicitud de las becas del Programa de Becas para
Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas (Solo la publicación), proporcionados
por la Coordinación Nacional.
IV. Trabajar en coordinación con el Departamento de Desarrollo de Sistemas, para
revisar los datos y estatus que guardan las becarias registradas en el Sistema
Estatal de PROMAJOVEN.
V. Actualizar el Sistema Informativo de PROMAJOVEN (SIP) y generar el reporte
estadístico de las beneficiarias del programa.
VI. Validar que la documentación que entregan las candidatas y renovantes de las
becas del programa, se apeguen a la normatividad establecida.
VII. Presentar en las reuniones del Comité Local de Educación Básica, la relación de
las candidatas a beca, para su aprobación.
VIII. Asesorar a las instituciones gubernamentales que apoyan al PROMAJOVEN,
sobre los trámites a realizar para la renovación, nueva asignación de becas y el
pago a los becarios.
IX. Dar seguimiento a la radicación de los recursos financieros ante la Dirección de
Finanzas, para el pago de becas del PROMAJOVEN.
X. Asignar, con base en los criterios y lineamientos establecidos, las becas del
PROMAJOVEN en la entidad.
XI. Realizar el pago del padrón de becarias.
XII. Realizar la integración de los Comités de la Contraloría Social de PROMAJOVEN
XIII. Programar y coordinar las reuniones de los Comités de Contraloría Social de
PROMAJOVEN.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
251
XIV. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área;
XV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XVI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XVIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIX. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE BECAS ACADÉMICAS Y APOYO A LA EDUCACIÓN
NORMAL
Objetivo: Asegurar una justa y transparente distribución de becas, a los alumnos que
cuenten con méritos académicos o que afronten situaciones económicas adversas que les
impidan la continuidad de sus estudios, así como estimular la práctica intensiva y servicio
social en el Estado.
Funciones:
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
252
I. Supervisar que se apliquen los lineamientos y normas del Reglamento del Sistema
Estatal de Becas para el proceso de selección y otorgamiento de becas
académicas y becas de apoyo a la práctica intensiva y servicio social para
determinar la selección del padrón de beneficiados en el Organismo.
II. Establecer en coordinación con la Dirección de Sistemas Proyectos Informáticos y
Telecomunicaciones, un sistema digitalizado que permita tener el control
estadístico y registro de las becas que conforman el programa específico, para
hacer más eficientes los procesos, otorgando calidad y transparencia en los
mismos.
III. Elaborar y hacer llegar la constancia de asignación o rechazo a los beneficiarios, al
padre/madre y/o tutor en su caso, para dar por terminado el proceso de selección.
IV. Recepcionar y analizar los documentos del alumnado renovante y de nuevo
ingreso al Programa de Becas Académicas, para validar que se cumpla con los
lineamientos establecidos en la convocatoria.
V. Elaborar y publicar la convocatoria del Programa de Becas Académicas
correspondiente a cada ciclo escolar, a más tardar en el mes de mayo de cada
año.
VI. Coordinar la entrega de las tarjetas con los directivos de los Centros Regionales
de Educación Normal del Estado, para el pago de las becas de Apoyo a la Práctica
Intensiva y Servicio Social; con la finalidad de llevar el registro y control del gasto,
tomando en cuenta las incidencias que se presenten durante el ejercicio fiscal.
VII. Programar el calendario de pago de Becas de Apoyo a la Práctica Intensiva y
Servicio Social, y coordinarse con los directivos de los Centros Regionales de
Educación Normal de Bacalar y Felipe Carrillo Puerto.
VIII. Verificar que los reportes de dispersión del pago de las Becas de Apoyo a
la Práctica Intensiva y Servicio Social sean entregados en tiempo y forma a la
Dirección de Finanzas para transparentar los recursos asignados a cada centro
educativo.
IX. Gestionar ante la Dirección de Asuntos Jurídicos, la aplicación de sanciones a
escuelas particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de
estudios que no den cumplimiento a las normas y lineamientos establecidos en la
materia.
X. Resguardar y entregar en su caso a la Dirección de Finanzas, las cantidades no
cobradas correspondientes al pago de becas.
XI. Elaborar los informes de las conciliaciones, para llevar el registro del gasto de
Becas de Apoyo a la Práctica Intensiva y Servicio Social.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
253
XII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XVI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE APOYO A LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS EN LA ZONA
NORTE
Objetivo: Administrar los recursos humanos, financieros, materiales y técnicos asignados
a la Coordinación General de Atención a la Educación en la Zona Norte, para el óptimo
funcionamiento de la misma.
Funciones:
I. Prestar servicios administrativos a todas las áreas laborales que conforman las
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
254
oficinas regionales de la zona norte.
II. Efectuar el pago quincenal de los sueldos del personal de los SEQ en los
municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Lázaro Cárdenas y Solidaridad.
III. Comprobar ante la Dirección de Finanzas de los SEQ, las radicaciones recibidas
en la Zona Norte.
IV. Comprobar en la Dirección de Finanzas los ingresos propios de las secundarias y
el CENDI.
V. Coordinar la distribución de libros de texto y material didáctico para los municipios
de la zona norte del Estado.
VI. Elaborar las constancias de servicios y credenciales que solicite el personal de los
SEQ en la zona norte.
VII. Efectuar el pago de servicios del edificio de los SEQ en Benito Juárez.
VIII. Coordinar la entrega de los apoyos que otorga el gobierno del estado, tales como
mochilas y útiles escolares y becas de transporte.
IX. Llevar el inventario de los bienes muebles e inmuebles de las escuelas y del
edificio de los SEQ en Benito Juárez.
X. Coordinar los servicios de mantenimiento y vigilancia del edificio de los SEQ en
Benito Juárez.
XI. Gestionar y/o emitir y dar seguimiento a los trámites y servicios que soliciten los
usuarios de los SEQ de acuerdo a las disposiciones y normatividad vigente.
XII. Elaborar filiaciones del personal adscrito a la Zona Norte.
XIII. Organizar los eventos educativos en Benito Juárez.
COORDINACIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Objetivo: Atender el servicio educativo a través de los procesos y procedimientos de
administración de personal que permita el desarrollo adecuado de la atención de los
servicios educativos en el Estado.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
255
Funciones:
I. Supervisar la correcta aplicación de las bases y lineamientos de las políticas
aplicables, para la administración del personal al servicio del sistema educativo en
el Estado.
II. Efectuar la asignación a los planteles educativos del personal docente y de apoyo,
así como directivo y de supervisión, de acuerdo a las necesidades recabadas y
validadas por la Coordinación General de Servicio Profesional Docente y
Coordinaciones de los niveles académicos.
III. Coordinar la capacitación adecuada, que promueva la calidad de vida personal y
familiar de los trabajadores al servicio de la educación.
IV. Coordinar la expedición de las constancias de antigüedad solicitadas por el
personal del servicio educativo, a través de la autoridad competente.
V. Coadyuvar con la Dirección de Asuntos Jurídicos en la integración de expedientes
y procedimientos administrativos incohados en contra de los servidores públicos al
servicio de la educación, por incumplimiento a las disposiciones legales aplicables
en la materia.
VI. Supervisar los procesos normativos vigentes del escalafón del personal
administrativo.
VII. Coordinar la aplicación previa solicitud y validación de las áreas competentes, los
cambios de adscripción de los trabajadores, cuando las necesidades del servicio lo
requieran, o se derive de sanción impuesta por faltas cometidas por los mismos.
VIII. Supervisar la integración de las comisiones mixtas que sean necesarias entre los
Servicios Educativos y los organismos que representan a los trabajadores, a fin de
proceder a la revisión y elaboración de las condiciones generales de trabajo en los
términos de las disposiciones laborales aplicables
IX. Aplicar, Supervisar la aplicación, previa validación de las áreas competentes,
conforme a los criterios y lineamientos establecidos, los procedimientos para el
ingreso, permanencia, promoción y retiro del personal docente y de apoyo a la
educación
X. Supervisar la correcta aplicación de los movimientos de altas, bajas y cambios de
plantilla, así como así como la generación de la nómina para la gestión del pago
ante el FONE.
XI. Coordinar, previo acuerdo con el Director General y en conjunto con la
Coordinación General del Servicio Profesional Docente y la Coordinación General
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
256
de Educación Básica la realización de concursos para la promoción y nuevo
ingreso, por examen de oposición, a las jefaturas de asignatura para el nivel de
educación básica y personal docente de las instituciones formadoras de maestros
docentes
XII. Supervisar la integración del diagnóstico de necesidades de capacitación y
actualización del personal de apoyo a la educación básica, con las diversas áreas
del organismo.
XIII. Coordinar acciones para dar atención a los programas complementarios de
capacitación del personal de apoyo a la educación básica.
XIV. Expedir los nombramientos del personal de Apoyo y Asistencia a la Educación
Básica y Normal, Docente Básico y de las Normales, UPN y CAM; de conformidad
con la normatividad aplicable.
XV. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XVI. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XVII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XVIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIX. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XX. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXI. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
257
XXIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXIV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende
expresamente el/la titular del Organismo.
COORDINACIÓN TÉCNICA
Objetivo: Fungir como apoyo para dar atención y seguimiento a los asuntos y acciones
inherentes a la Coordinación General de Recursos Humanos, así como coordinar
acciones con las unidades administrativas de los Servicios Educativos.
Funciones:
I. Coordinar y dar seguimiento a los asuntos relacionados con las unidades
administrativas adscritas a la Coordinación y, en su caso, convocar a sus titulares.
II. Acordar con su superior jerárquico la resolución de los asuntos cuya tramitación se
encuentre dentro de la competencia de la Coordinación a su cargo.
III. Coordinar sus actividades con las demás direcciones o unidades administrativas,
cuando así se requiera para el mejor funcionamiento de la Coordinación General.
IV. Apoyar a la Coordinación General en las tareas administrativas propias de la
función.
V. Diseñar y operar el procedimiento para el acuerdo de la Coordinación General con
las y los titulares de las Direcciones y otras Coordinaciones, con la finalidad de
facilitar las decisiones en consideración a la información y propuestas que se
presenten.
VI. Llevar el control y seguimiento de los asuntos tramitados y despachados por la
Coordinación General.
VII. Canalizar a cada Unidad Administrativa los documentos dirigidos a la Coordinación
General, supervisando su tramitación y despacho.
VIII. Coordinar la agenda de eventos de la Coordinación General.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
258
IX. Implementar en trabajo conjunto con las áreas que integran la Coordinación
General las medidas necesarias que coadyuven a resolver las problemáticas que
se presentan en los servicios educativos.
X. Las demás que las disposiciones legales y administrativas les confieran y las que
les encomiende la Coordinación General de Recursos Humanos.
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS EN LA ZONA NORTE
Objetivo: Apoyar como enlace en las actividades relacionadas con la administración del
personal adscrito a los Servicios Educativos en la Zona norte.
Funciones:
I. Prestar servicios administrativos a todas las áreas laborales que conforman las
oficinas regionales de la zona norte.
II. Efectuar el pago quincenal de los sueldos del personal de los SEQ en los
municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Lázaro Cárdenas.
III. Comprobar ante la Dirección de Finanzas de los SEQ, las radicaciones recibidas
en la Zona Norte.
IV. Comprobar en la Dirección de Finanzas los ingresos propios de las secundarias y
el CENDI.
V. Coadyuvar en la distribución de libros de texto y material didáctico para los
municipios de la zona norte del Estado.
VI. Afiliar al personal adscrito a los Servicios Educativos de Quintana Roo.
VII. Reportar las incidencias del personal en materia de recursos humanos.
VIII. Expedir credenciales al personal docente y administrativo del organismo.
IX. Proponer y coadyuvar en la implantación de medidas que modernicen y agilicen
los servicios que brinda el Departamento.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
259
X. Control de problemas de pago, tales como omisiones, concepto 19, pensión
alimenticia, entre otros, para remitir ante el Departamento de Control y Calidad de
pago.
XI. Gestionar ante las Direcciones de Nómina y Recursos Humanos, los trámites y
servicios que soliciten los usuarios de los SEQ de acuerdo a la disposición y
normativa correspondiente.
XII. Recepcionar, controlar y realizar la comprobación de nómina del personal de la
zona norte.
XIII. Apoyar en los procesos inherentes a los recursos humanos y nómina.
XIV. Participar en las reuniones y juntas de trabajo, proponiendo soluciones y/o
acciones de mejora.
XV. Informar y auxiliar a sus superiores dentro del ámbito de su competencia sobre las
funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Objetivo: Coordinar las actividades relacionadas con la administración, reclutamiento,
selección, contratación, y cambio de situación del personal adscrito al Organismo, en la
consecución de los objetivos estratégicos.
Funciones:
I. Supervisar el cumplimiento de las normas, políticas y procedimientos que regulen
las actividades de administración de los recursos humanos en las diferentes
unidades administrativas que integran el Organismo
II. Coordinar la administración de los recursos humanos del Organismo, en relación
con los objetivos, programas y funciones institucionales
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
260
III. Aplicar conforme al presupuesto autorizado, las estructuras y montos de las
remuneraciones del personal del Organismo, en apego a las políticas, normas y
lineamientos establecidos.
IV. Coordinar con la Dirección de Procesos de Nómina la correcta aplicación de la
negociación salarial única que remite, a través de las minutas, la Secretaría de
Educación Pública.
V. Coordinar y supervisar las actividades de reclutamiento, selección y contratación
de personal
VI. Supervisar que el registro de personal y otorgamiento de las prestaciones
correspondientes, se efectúe conforme a la normatividad vigente y a los
lineamientos establecidos
VII. Supervisar el correcto y oportuno registro y control de las incidencias, y su impacto
en nómina de pago de remuneraciones y prestaciones del personal del Organismo
VIII. Aportar la información y elementos que sean requeridos por las instancias
correspondientes para la fundamentación de sanciones de carácter laboral,
administrativo o de otra índole y en su caso, apoyar en su aplicación
IX. Supervisar que se cumplan con las normas y lineamientos autorizados para
regular las actividades de administración de los recursos humanos que sean
requeridos por las diferentes unidades administrativas del Organismo
X. Implantar la aplicación de políticas, normas y procedimientos que regularán la
contratación, obligaciones, prestaciones, sueldos y salarios del personal del
Organismo
XI. Supervisar que se mantengan actualizadas las plantillas de los centros de trabajo,
previamente autorizadas por las áreas competentes.
XII. Supervisar el costeo de las plantillas de personal autorizadas, considerando la
totalidad de los conceptos de pago de cada plaza.
XIII. Supervisar los trámites de nombramiento, promoción, cese o rescisión de la
relación laboral del personal de base, confianza y de honorarios del Organismo
XIV. Instrumentar el apoyo administrativo, para cumplir con el marco legal establecido
en el otorgamiento de premios, estímulos y recompensas al personal, por sus años
de servicio ininterrumpido.
XV. Autorizar las constancias solicitadas para el personal de la institución en materia
de ingresos, antigüedad y de no adeudos.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
261
XVI. Autorizar la vigencia al nombramiento, contratación o incidencia, autorizando la
fecha de inicio y efectos
XVII. Expedir los nombramientos del personal de Apoyo y Asistencia a la Educación
Básica y Normal, Docente Básico y de las Normales, UPN y CAM; de conformidad
con la normatividad aplicable;
XVIII. Dar seguimiento a los requerimientos de información por motivos de auditoría, así
como documentar y dar respuesta a la solventación de las observaciones y
cumplimiento de las recomendaciones, que en su caso se deriven en el ámbito de
competencia del área.
XIX. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XX. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XXI. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XXII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXIII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XXIV. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXV. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
262
XXVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPTO. DE REGISTRO Y PRESTACIONES AL PERSONAL
Objetivo: Atender y aplicar las incidencias de personal docente y de apoyo y asistencia a
la educación de manera oportuna y en estricto apego a las disposiciones legales y
normativas, con la finalidad de asegurar que los trámites solicitados por los trabajadores
de Educación del Estado, se atiendan eficazmente.
Funciones:
I. Afiliar al personal adscrito a los Servicios Educativos de Quintana Roo.
II. Controlar los expedientes del personal adscrito a los Servicios Educativos de
Quintana Roo.
III. Dar de alta las prestaciones que tienen derecho los trabajadores de los Servicios
Educativos de Quintana Roo.
IV. Emitir las constancias de servicios de los trabajadores de los Servicios Educativos
de Quintana Roo.
V. Realizar el alta de guiones y quinquenios de los trabajadores de los Servicios
Educativos de Quintana Roo.
VI. Recepcionar y validar solicitudes para pago de estímulos por 10, 15, 20, 30 y 40
años de personal docente y administrativo.
VII. Dar trámite para validación de pre-jubilaciones y jubilaciones de los trabajadores
de los Servicios Educativos de Quintana Roo
VIII. Dar alta para pago concepto 41 (jubilados y homologados).
IX. Realizar el pago por defunciones
X. Realizar el procedimiento de basificación (solicitud motivo 10).
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
263
XI. Registrar las justificaciones e inasistencias de los trabajadores de administración
central.
XII. Coordinar la entrega de las actas de recorrido de seguridad, higiene y medio
ambiente en el trabajo.
XIII. Convocar e integrar las comisiones mixtas que sean necesarias entre los Servicios
Educativos y los organismos que representan a los trabajadores, a fin de proceder
a la revisión y elaboración de las condiciones generales de trabajo en los términos
de las disposiciones laborales aplicables.
XIV. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XVI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVIII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE REMUNERACIÓN Y CAMBIOS DE ADSCRIPCIÓN
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
264
Objetivo: Atender y aplicar las incidencias de personal docente y de apoyo y asistencia a
la educación de manera oportuna y en estricto apego a las disposiciones legales y
normativas, con la finalidad de asegurar que los trámites solicitados por los trabajadores
de Educación del Estado, se atiendan eficaz y oportunamente.
Funciones:
I. Validar los movimientos de altas, bajas y cambios de personal, tomando como
base la estructura ocupacional autorizada
II. Coadyuvar con la Dirección de Planeación la ubicación del personal docente y
administrativo, con el fin de evitar la duplicidad en la autorización de grupos y de
personal cuando la población escolar no lo requiera
III. Dar seguimiento a los requerimientos de información por motivos de auditoría, así
como documentar y dar respuesta a la solventación de las observaciones y
cumplimiento de las recomendaciones, que en su caso se deriven en el ámbito de
competencia del área.
IV. Proponer y coadyuvar en la implantación de medidas que modernicen y agilicen
los servicios que brinda el Departamento.
V. Expedir credenciales al personal docente y administrativo del organismo.
VI. Coordinar, controlar y distribuir adecuadamente los recursos humanos, materiales
y financieros asignados al área, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
VII. Enviar periódicamente a Oficialía Mayor de Gobierno del Estado los movimientos
del personal administrativo del organismo de acuerdo a la estructura orgánica
autorizada.
VIII. Supervisar que la difusión anual de las convocatorias para efectuar permutas de
personal y cambios de adscripción interestatales, sea publicada en tiempo y forma,
así como validar los datos en los formatos de cambios del personal para el trámite
correspondiente.
IX. Controlar y verificar que las asignaciones de las plazas, acorde a las funciones del
personal, en apego a las normas y lineamientos establecidos así como, al
presupuesto y la estructura ocupacional autorizada.
X. Vigilar que se apliquen las normas y lineamientos establecidos en lo que
corresponde al otorgamiento y pagos, por concepto de ayudas para pagos
extraordinarios, por ejemplo: útiles escolares, anteojos, aparatos ortopédicos, etc.
XI. Informar periódicamente al Servicio Profesional Docente sobre las incidencias del
personal
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
265
XII. Administrar el analítico de plazas conciliado con el FONE.
XIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XIV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DE NIVEL PREESCOLAR, MISIONES
CULTURALES Y FORMADORAS DE DOCENTES
Objetivo: Atender y aplicar las incidencias de personal docente y de apoyo y asistencia a
la educación de manera oportuna y en estricto apego a las disposiciones legales y
normativas, tales como: altas, bajas, licencias, cambios de adscripción, percepciones e
inasistencias, con la finalidad de asegurar que los trámites solicitados por los trabajadores
de Educación del Estado, se atiendan eficazmente.
Funciones:
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
266
I. Coordinar las actividades que permitan cumplir eficazmente con la atención de
personal docente y administrativo del nivel preescolar, misiones culturales y de
instituciones formadoras de docentes.
II. Otorgar asesoría y apoyo de los trámites administrativos del personal del nivel
preescolar, misiones culturales y de instituciones formadoras de docentes
III. Trabajar en coordinación con la Coordinación General del Servicio Profesional
Docente, la Coordinación de Formadoras de Docentes y Coordinación General de
Educación Básica la autorización de incidencias y pago oportuno del personal
docente y administrativo.
IV. Elaboración de despachos y formatos de incidencias de personal docente y
administrativo, previamente validado por el área de planeación (bajas, altas,
cambios de centro de trabajo, licencias, prorrogas de licencias, reanudaciones,
regularizaciones de clave, guiones, percepciones, compactaciones, des
compactaciones).
V. Verificar y validar las incidencias del personal recibidas, acorde a los lineamientos
establecidos, así como la normatividad.
VI. Capturar en el sistema de administración de personal de la secretaría de
educación pública (SIAPSEP) la incidencia de personal del nivel preescolar,
misiones culturales y de instituciones formadoras de docentes.
VII. Verificar la correcta aplicación de la normatividad y disposiciones legales en el
registro y autorización de incidencias.
VIII. Participar en la atención de módulos para revisión de documentos y registros del
concurso nacional de plazas.
IX. Concentrar las incidencias del personal docente y de apoyo a la educación para el
envío en tiempo y forma al área de archivo para su incorporación en los
expedientes.
X. Entregar los despachos y contratos al personal de educación preescolar, misiones
culturales y de instituciones formadoras de docentes.
XI. Realizar el alta de guiones y quinquenios de los trabajadores de los Servicios
Educativos de Quintana Roo.
XII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
267
XIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DEL NIVEL PRIMARIA Y TIEMPO
COMPLETO
Objetivo: Atender y aplicar las incidencias de personal docente y de apoyo y asistencia a
la educación de manera oportuna y en estricto apego a las disposiciones legales y
normativas, tales como: altas, bajas, licencias, cambios de adscripción, percepciones e
inasistencias, con la finalidad de asegurar que los trámites solicitados por los trabajadores
de Educación del Estado, se atiendan eficazmente.
Funciones:
I. Coordinar las actividades que permitan cumplir eficazmente con la atención de
personal docente y administrativo del nivel primaria y tiempo completo.
II. Otorgar asesoría y apoyo de los trámites administrativos del personal de nivel
primaria y tiempo completo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
268
III. Trabajar en coordinación con la Coordinación General del Servicio Profesional
Docente y Coordinación General de Educación Básica la autorización de
incidencias y pago oportuno del personal docente y administrativo.
IV. Elaboración de despachos y formatos de incidencias de personal docente y
administrativo, previamente validado por el área de planeación (bajas, altas,
cambios de centro de trabajo, licencias, prorrogas de licencias, reanudaciones,
regularizaciones de clave, guiones, percepciones, compactaciones, des
compactaciones).
V. Verificar y validar las incidencias del personal recibidas, acorde a los lineamientos
establecidos, así como la normatividad.
VI. Capturar en el sistema de administración de personal de la secretaría de
educación pública (SIAPSEP) la incidencia de personal de nivel primarias y tiempo
completo.
VII. Verificar la correcta aplicación de la normatividad y disposiciones legales en el
registro y autorización de incidencias.
VIII. Participar en la atención de módulos para revisión de documentos y registros del
concurso nacional de plazas.
IX. Concentrar las incidencias del personal docente y de apoyo a la educación para el
envío en tiempo y forma al área de archivo para su incorporación en los
expedientes.
X. Entregar los despachos y contratos al personal de educación primaria y tiempo
completo.
XI. Realizar el alta de guiones y quinquenios de los trabajadores de los Servicios
Educativos de Quintana Roo.
XII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
269
XVI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DE SECUNDARIAS GENERALES Y
EDUCACIÓN FÍSICA
Objetivo: Atender y aplicar las incidencias de personal docente y de apoyo y asistencia a
la educación de manera oportuna y en estricto apego a las disposiciones legales y
normativas, tales como: altas, bajas, licencias, cambios de adscripción, percepciones e
inasistencias, con la finalidad de asegurar que los trámites solicitados por los trabajadores
de Educación del Estado, se atiendan eficazmente.
Funciones:
I. Coordinar las actividades que permitan cumplir eficazmente con la atención de
personal docente y administrativo de secundarias generales y educación física
II. Otorgar asesoría y apoyo de los trámites administrativos del personal de
secundarias generales y educación física.
III. Trabajar en coordinación con la Coordinación General del Servicio Profesional
Docente y Coordinación General de Educación Básica la autorización de
incidencias y pago oportuno del personal docente y administrativo.
IV. Elaboración de despachos y formatos de incidencias de personal docente y
administrativo, previamente validado por el área de planeación (bajas, altas,
cambios de centro de trabajo, licencias, prorrogas de licencias, reanudaciones,
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
270
regularizaciones de clave, guiones, percepciones, compactaciones,
descompactaciones).
V. Verificar y validar las incidencias del personal recibidas, acorde a los lineamientos
establecidos, así como la normatividad.
VI. Capturar en el sistema de administración de personal de la secretaría de
educación pública (SIAPSEP) la incidencia de personal de secundarias generales
y educación física
VII. Verificar la correcta aplicación de la normatividad y disposiciones legales en el
registro y autorización de incidencias.
VIII. Participar en la atención de módulos para revisión de documentos y registros del
concurso nacional de plazas.
IX. Concentrar las incidencias del personal docente y de apoyo a la educación para el
envío en tiempo y forma al área de archivo para su incorporación en los
expedientes.
X. Entregar los despachos y contratos al personal de secundarias generales y
educación física.
XI. Realizar el alta de guiones y quinquenios de los trabajadores de los Servicios
Educativos de Quintana Roo.
XII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
271
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DE SECUNDARIAS TÉCNICAS,
EDUCACIÓN INDÍGENA Y ESPECIAL
Objetivo: Atender y aplicar las incidencias de personal docente y de apoyo y asistencia a
la educación de manera oportuna y en estricto apego a las disposiciones legales y
normativas, tales como: altas, bajas, licencias, cambios de adscripción, percepciones e
inasistencias, con la finalidad de asegurar que los trámites solicitados por los trabajadores
de Educación del Estado, se atiendan eficazmente.
Funciones:
I. Coordinar las actividades que permitan cumplir eficazmente con la atención de
personal docente y administrativo de secundarias técnicas, educación indígena y
especial.
II. Otorgar asesoría y apoyo de los trámites administrativos del personal de
secundarias técnicas, educación indígena y especial.
III. Trabajar en coordinación con la Coordinación General del Servicio Profesional
Docente y Coordinación General de Educación Básica la autorización de
incidencias y pago oportuno del personal docente y administrativo.
IV. Elaboración de despachos y formatos de incidencias de personal docente y
administrativo, previamente validado por el área de planeación (bajas, altas,
cambios de centro de trabajo, licencias, prorrogas de licencias, reanudaciones,
regularizaciones de clave, guiones, percepciones, compactaciones,
descompactaciones).
V. Verificar y validar las incidencias del personal recibidas, acorde a los lineamientos
establecidos, así como la normatividad.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
272
VI. Capturar en el sistema de administración de personal de la secretaría de
educación pública (SIAPSEP) la incidencia de personal de secundarias técnicas,
educación indígena y especial.
VII. Verificar la correcta aplicación de la normatividad y disposiciones legales en el
registro y autorización de incidencias.
VIII. Participar en la atención de módulos para revisión de documentos y registros del
concurso nacional de plazas.
IX. Concentrar las incidencias del personal docente y de apoyo a la educación para el
envío en tiempo y forma al área de archivo para su incorporación en los
expedientes.
X. Entregar los despachos y contratos al personal de secundarias técnicas,
educación indígena y especial.
XI. Realizar el alta de guiones y quinquenios de los trabajadores de los Servicios
Educativos de Quintana Roo.
XII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
273
XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE INCIDENCIAS DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL Y
TELESECUNDARIAS
Objetivo: Atender y aplicar las incidencias de personal docente y de apoyo y asistencia a
la educación de manera oportuna y en estricto apego a las disposiciones legales y
normativas, tales como: altas, bajas, licencias, cambios de adscripción, percepciones e
inasistencias, con la finalidad de asegurar que los trámites solicitados por los trabajadores
de Educación del Estado, se atiendan eficazmente.
Funciones:
I. Coordinar las actividades que permitan cumplir eficazmente con la atención de
personal docente y administrativo de administración central y telesecundarias
II. Otorgar asesoría y apoyo de los trámites administrativos del personal de
administración central y telesecundarias.
III. Trabajar en coordinación con la Coordinación General del Servicio Profesional
Docente y Coordinación General de Educación Básica la autorización de
incidencias y pago oportuno del personal docente y administrativo.
IV. Elaboración de despachos y formatos de incidencias de personal docente y
administrativo, previamente validado por el área de planeación (bajas, altas,
cambios de centro de trabajo, licencias, prorrogas de licencias, reanudaciones,
regularizaciones de clave, guiones, percepciones, compactaciones,
descompactaciones).
V. Verificar y validar las incidencias del personal recibidas, acorde a los lineamientos
establecidos, así como la normatividad.
VI. Capturar en el sistema de administración de personal de la secretaría de
educación pública (SIAPSEP) la incidencia de personal de administración central y
telesecundarias.
VII. Verificar la correcta aplicación de la normatividad y disposiciones legales en el
registro y autorización de incidencias.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
274
VIII. Participar en la atención de módulos para revisión de documentos y registros del
concurso nacional de plazas.
IX. Concentrar las incidencias del personal docente y de apoyo a la educación para el
envío en tiempo y forma al área de archivo para su incorporación en los
expedientes.
X. Entregar los despachos y contratos al personal de administración central y
telesecundarias.
XI. Realizar el alta de guiones y quinquenios de los trabajadores de los Servicios
Educativos de Quintana Roo.
XII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
275
DEPARTAMENTO DE PLANTILLAS DE PERSONAL
Objetivo: Atender y aplicar las incidencias de personal docente y de apoyo y asistencia a
la educación de manera oportuna y en estricto apego a las disposiciones legales y
normativas, con la finalidad de asegurar que los trámites solicitados por los trabajadores
de Educación del Estado, se atiendan eficazmente.
Funciones:
I. Coordinar la actualización de las plantillas del personal del Organismo.
II. Clasificar la plantilla de personal por Centro de Trabajo en el Estado, verificando
que los cambios registrados, cuenten con el soporte documental respectivo,
conforme a la normatividad vigente.
III. Coordinar los trabajos y calendario de visitas para los recorridos a los centros de
trabajo así como establecer medidas correctivas en caso de que no se hayan
seguido las instrucciones de nivel central.
IV. Implementar y mantener en operación, el Sistema de Control y Actualización de la
Plantilla, así como, realizar las modificaciones que se generen debido a las
incidencias de personal.
V. Proponer y coadyuvar en la implantación de medidas que modernicen y agilicen
los servicios que brinda el Departamento.
VI. Dar seguimiento a los requerimientos de información por motivos de auditoría, así
como documentar y dar respuesta a la solventación de las observaciones y
cumplimiento de las recomendaciones, que en su caso se deriven en el ámbito de
competencia del área.
VII. Elaborar periódicamente, los informes estadísticos de los movimientos en las
plantillas de personal y que estos vayan encaminados a la toma de decisiones.
VIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
IX. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
X. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
276
XI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE CAPACITACIÓN Y SEGUIMIENTO AL SIECE
Objetivo: Contribuir al fortalecimiento de las competencias laborales del personal de
apoyo a la educación básica, con base en el resultado del Diagnóstico de Necesidades y
Capacitación y del Programa Anual de Capacitación, acorde a los objetivos estratégicos
del Organismo.
Funciones:
I. Realizar la integración del diagnóstico de necesidades de capacitación y
actualización del personal de apoyo a la educación con las diversas áreas del
organismo.
II. Elaborar, coordinar y dar seguimiento al desarrollo del Programa Anual de
Capacitación del personal de apoyo a la educación del Organismo.
III. Presentar al Titular de la Dirección de Recursos Humanos la propuesta del
Programa Anual de Capacitación del personal de apoyo a la educación para su
aprobación.
IV. Actualizar el directorio de instituciones y/o personas físicas que sirvan de apoyo en
la asesoría y capacitación para realizar las actividades del Programa Anual de
Capacitación, dirigido al personal de apoyo a la educación
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
277
V. Gestionar la contratación de servicios de asesoría y capacitación ante las áreas
correspondientes para cumplir con el Programa Anual de Capacitación.
VI. Coordinar acciones para dar atención a los programas complementarios de
capacitación del personal de apoyo a la educación
VII. Actualizar de manera permanente la base de datos del personal que participa en
los eventos de capacitación.
VIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
IX. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
X. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE PROCESOS DE NÓMINA
Objetivo: Coordinar, dirigir y administrar los servicios de procesamiento de la información
relativos a la emisión de la nómina del personal del Organismo.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
278
Funciones:
I. Dirigir y coordinar las actividades de las áreas a su cargo, verificando el adecuado
y oportuno cumplimiento de los procesos de administración y pago de
remuneraciones al personal.
II. Dar cumplimiento al calendario emitido por la Dirección General de Presupuesto y
Recursos Financieros de la Secretaría de Educación Pública, para la entrega de
los anexos que integran la nómina del Fondo de Aportaciones para la Nómina
Educativa y el Gasto Operativo (FONE).
III. Supervisar la elaboración de la declaración anual de sueldos y salarios de los
trabajadores adscritos a los Servicios Educativos de Quintana Roo.
IV. Supervisar el desarrollo y la operación del Sistema Integral de Administración del
Personal y actividades en el ámbito de su competencia.
V. Proponer el diseño, desarrollo, pruebas e implantación de módulos del sistema de
administración de personal.
VI. Dar seguimiento a los requerimientos de información por motivos de auditoría, así
como documentar y dar respuesta a la solventación de las observaciones y
cumplimiento de las recomendaciones, que en su caso se deriven en el ámbito de
competencia del área.
VII. Supervisar la aplicación o suspensión de descuentos de terceros institucionales y
no institucionales de conformidad con los convenios suscritos, cartas de
instrucción de los trabajadores acreditados y de conformidad con las disposiciones
legales vigentes.
VIII. Emitir nóminas de acuerdo con las necesidades y compromisos del Organismo.
IX. Coordinar el proceso de emisión de la nómina para el pago de remuneraciones y
prestaciones al personal del Organismo, conjuntamente con la Dirección de
Recursos Humanos.
X. Supervisar el cálculo y elaboración de la nómina, emisión de cheques respectivos,
verificando que se hayan aplicado los descuentos correspondientes a las
incidencias registradas en el periodo o por acuerdos contractuales.
XI. Participar de manera conjunta con la Dirección de Planeación en la conciliación de
la situación de los centros de trabajo considerados en las nóminas para el pago de
remuneraciones y prestaciones al personal.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
279
XII. Aplicar los finiquitos, liquidaciones y/o pago de cualquier remuneración al personal
de las unidades administrativas y centros escolares, que integran el Organismo
previo reclamo del trabajador.
XIII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XIV. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
XV. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XVI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XVIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIX. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE PROCESAMIENTO DE DATOS
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
280
Objetivo: Elaborar y emitir de manera correcta y oportuna las diversas nóminas de los
trabajadores de los servicios educativos.
Funciones:
I. Realizar la emisión de las diversas nóminas, tales como, estatales, adicionales y
del Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y el Gasto Operativo
(FONE), así mismo elaborar los archivos y reportes de las nóminas para el entero
a los terceros institucionales.
II. Trabajar conjuntamente con el Departamento de remuneraciones y cambios de
adscripción para solucionar incidencias del personal adscrito a los Servicios
Educativos de Quintana Roo.
III. Diseñar, desarrollar, probar e implantar los módulos del sistema de administración
de personal.
IV. Proporcionar a las áreas usuarias asesoría técnica y administrativa sobre las
actualizaciones al Sistema Integral de Administración de Personal
V. Resguardar y custodiar la información generada en los procesos de pago y
remuneraciones al personal.
VI. Integrar los elementos técnicos necesarios para dar un sustento a la actualización
y mantenimiento del Sistema Integral de Administración de Personal.
VII. Procesar, y emitir las nóminas y cheques para el pago del personal adscrito a los
Servicios Educativos de Quintana Roo
VIII. Evaluar el grado de obsolescencia de la información contenida en medios
magnéticos así como ejercer la depuración, control y custodia correspondiente
IX. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
X. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
281
XIII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE CONTROL Y CALIDAD DE PAGO
Objetivo: Supervisar la correcta aplicación de los movimientos en las remuneraciones del
personal, previo a la emisión de la nómina de conformidad con la normatividad
establecida.
Funciones:
I. Revisar y analizar la aplicación de las incidencias (Altas, Bajas y Cambios)
incorporadas a la Base de Datos, con base a la confronta de la información
contenida en los Formatos Únicos de Personal y el Listado previo o prenómina a
la nómina de Pago correspondiente y solicitar se apliquen las sanciones que den
lugar y enviar como nómina definitiva al Departamento de Procesamiento de
Datos.
II. Elaborar solicitud de radicación de recursos dirigida a la Dirección de Finanzas,
para el pago de la remuneración de personal, al final del ciclo quincenal, de
manera que se pueda comprobar el gasto.
III. Atender y solucionar las aclaraciones a los problemas del personal con respecto a
sus pagos, efectuando los ajustes y correcciones que procedan; así como
promover el fincamiento de responsabilidades que correspondan por cobros
indebidos.
IV. Validar las reexpediciones de los cheques por extravío o deterioro, así como los
que no hayan sido cobrados oportunamente, previa solicitud del interesado.
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282
V. Distribuir las constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al
salario para la presentación de la declaración anual del impuesto sobre la renta del
personal que esté afecto a dicha obligación.
VI. Operar el proceso de revisión y actualización de los Contribuyentes – Beneficiarios
de Pensión Alimenticia, para atender de forma puntual las órdenes de la autoridad
competente.
VII. operar el proceso de trámite de Reintegros por pagos indebidos, para su
devolución al presupuesto además de supervisar y verificar la aplicación de los
movimientos de Pensión Alimenticia, confrontando el Listado de Contribuyentes –
Beneficiarios contra la prenómina de Pensión Alimenticia.
VIII. Dar seguimiento oportuno al contenido legal que se deriva de los Juicios
Mercantiles que las autoridades competentes envían a este Organismo.
IX. Supervisar, coordinar y controlar las incidencias de personal relacionadas con
terceros institucionales y no institucionales.
X. Conciliar quincenalmente con la Dirección de Finanzas la información generada en
el área de nómina de las retenciones a terceros institucionales y no institucionales.
XI. Aplicar la vigencia o prescripción de derecho del personal del organismo, para
efectuar el cobro de remuneraciones omitidas.
XII. Controlar y validar el cálculo y elaboración de la nómina, emisión de cheques
respectivos, verificando que se hayan aplicado los descuentos correspondientes a
las incidencias registradas en el periodo o por acuerdos contractuales.
XIII. Llevar a cabo la incorporación, desincorporación y cambio de datos en el fondo de
retiro para los trabajadores de la educación (FORTE).
XIV. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XVI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
283
XVIII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE CONTROL DE APORTACIONES Y RETENCIONES
Objetivo: Programar el cálculo de las retenciones de terceros institucionales y no
institucionales, así como las aportaciones patronales a las que está obligada la
dependencia.
Funciones:
I. Supervisar, coordinar y controlar las incidencias de personal relacionadas con
terceros institucionales y no institucionales.
II. Conciliar quincenalmente con el área de finanzas la información generada en el
área de nómina de las retenciones a terceros institucionales y no institucionales.
III. Coordinar las acciones relacionadas con la incorporación, desincorporación y
cambio de datos en el fondo de retiro para los trabajadores de la educación
(FORTE).
IV. Programar el cálculo de las aportaciones patronales (ISSSTE, FOVISSSTE,
SARISSSTE).
V. Realizar el cálculo quincenal de las percepciones y deducciones para los
trabajadores adscritos a los Servicios Educativos de Quintana Roo.
VI. Programar el cálculo de las constancias de sueldos, salaros, conceptos asimilados
y crédito al salario para la presentación de la declaración anual del Impuesto sobre
la Renta (ISR) del personal adscrito a los Servicios Educativos.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
284
VII. Coordinar Programar el adecuado desarrollo del cálculo de las aportaciones
patronales (ISSSTE, FOVISSSTE, SAR-ISSSTE).
VIII. Realizada la descarga de archivos de comprobantes (CFDI) de los trabajadores
de los Servicios Educativos de Quintana Roo emitidos por la Dirección General de
Finanzas de la Secretaria de Educación Pública, para realizar la actualización en el
portal Docentes en Línea.
IX. Programación, Integración, Conciliación de archivos generados de las incidencias
emitidas por El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
(FONACOT).
X. Emisión y envío de archivos de comprobantes (CFDI) de las diversas nóminas que
emite los Servicios Educativos de Quintana Roo del personal contratado por
Honorarios.
XI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
285
COORDINACIÓN GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE
Objetivo: Regular el Servicio Profesional Docente en Educación Básica, a través de un
conjunto de procesos y mecanismos para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la
permanencia en el Servicio Público Educativo y el impulso a la formación continua, con la
finalidad de garantizar la idoneidad de los conocimientos y capacidades del personal
docente, técnico docente y del personal con funciones de dirección, supervisión y de
asesoría técnica pedagógica en la Educación Básica que imparta el Estado.
Funciones:
I. Planear, organizar, dirigir, elaborar propuestas y dar seguimiento a los procesos para
la instrumentación del servicio profesional docente.
II. Participar, con la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, en la
atención de los lineamientos y procesos definidos por la Ley General del Servicio
Profesional Docente.
III. Participar, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, en el Sistema
Nacional de Formación, Actualización, Capacitación y Superación Profesional para
Maestros, en el intercambio de opiniones y formulación de propuestas aplicables en la
materia.
IV. Participar, en coordinación con el Instituto Nacional para la Evaluación de la
Educación, en el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, en el intercambio de
opiniones y formulación de propuestas aplicables en la materia.
V. Participar, conjuntamente con las demás Coordinaciones Generales, en la
actualización e integración permanente del Sistema de Información y Gestión
Educativa, a través del cual se deberá proporcionar información para la operación del
sistema educativo estatal.
VI. Asesorar al Titular de los Servicios Educativos y Culturales de Quintana Roo, para
suscribir convenios de colaboración con instituciones de educación superior nacionales
o del extranjero para ampliar las opciones de formación, actualización y superación
docente, y para acceder a estudios de evaluación especializados.
VII. Presentar propuestas, a la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente,
sobre los Perfiles, parámetros, indicadores y los requisitos mínimos que deberán
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reunirse para el Ingreso, la Promoción, el Reconocimiento y la Permanencia en el
Servicio Profesional Docente.
VIII. Presentar propuestas, a la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente y al
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, para que sean consideradas en
la elaboración del programa anual de los procesos de evaluación contemplados en el
Servicio Profesional Docente.
IX. Difundir y promover las directrices, emitidas por el Instituto Nacional para la Evaluación
de la Educación, con base en los resultados de la evaluación del sistema educativo
nacional, que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la
calidad de la educación y su equidad.
X. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XI. Revisar y validar la elaboración del Programa Operativo Anual para que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica
y operativa.
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIV. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
delegue o encomiende el/la titular del Organismo.
XV. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVI. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su competencia
sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden; así como
acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del ámbito de
competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la información de
carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la documentación
para el proceso de entrega-recepción de la administración.
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XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende expresamente
el o la titular del Organismo.
COORDINACIÓN TÉCNICA
Objetivo: Coordinar y fungir como un área de apoyo en las diferentes acciones de las
áreas que integran la Coordinación General del Servicio Profesional Docente, a efecto de
dar atención y seguimiento a los asuntos y acciones relevantes con el fin de tener una
mejor articulación que permitan eficientar los servicios.
Funciones:
I. Acordar con su superior jerárquico, el seguimiento de los asuntos relevantes de las
áreas que integran la Coordinación General del Servicio Profesional Docente.
II. Difundir las diversas convocatorias expedidas por el Servicio Profesional Docente a
las áreas de la Coordinación General del Servicio Profesional Docente.
III. Difundir las publicaciones del Diario Oficial de la Federación, sobre las normas,
lineamientos expedidos por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
INEE, a las áreas que integran la Coordinación General del Servicio Profesional
Docente.
IV. Recopilar información de las Direcciones, con el propósito de cumplir e integrar la
información requerida por la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública, según lo que marque la ley, a solicitud expresa de sus
superiores.
V. Coordinar con las diversas áreas que integran la Coordinación General del Servicio
Profesional Docente, para dar seguimiento a los turnos que remite la oficialía de
partes en línea y otorgar las respuestas oportunas a efecto de eficientar el trabajo.
VI. Vigilar y actualizar en línea el Sistema de Atención a Servicios Personales para
Educación Básica, por problemas de pago, incidencia de docentes y cambios de
adscripción, de los niveles de educación básica, para tramitar a Recursos
Humanos.
VII. Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual del área a la cual se
encuentra adscrito.
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288
VIII. Apoyar las acciones en el seguimiento al Programa Operativo Anual de la
Coordinación General del Servicio Profesional Docente y las áreas que la
conforman, verificando su cumplimiento en apego al presupuesto autorizado.
IX. Participar en reuniones de trabajo, eventos que por acuerdo delegue o encomiende
el Coordinador General.
X. Informar y auxiliar a sus superiores dentro del ámbito de su competencia sobre las
funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XI. Coordinar las diferentes acciones relativas, a fin de mantener permanentemente
actualizados los registros y documentación para el proceso de entrega-recepción
de los Servidores Públicos de las diversas unidades administrativas que conforman
el Organismo.
XII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomiende
expresamente el o la titular de la Coordinación General.
DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN EDUCATIVA
Objetivo: Desarrollar procesos evaluativos que ofrezcan información válida y confiable de
la situación que guarda el aprendizaje de los alumnos, el desempeño de maestros y
escuelas, así como de los planes, programas, proyectos y acciones para el mejoramiento
de la calidad de la educación en la Entidad; fortaleciendo la cultura de la evaluación.
Funciones:
I. Dirigir la evaluación sistemática y permanente del sistema educativo estatal; del
cumplimiento de las políticas, objetivos, programas, proyectos, actividades y
compromisos establecidos en el Sistema Nacional de Evaluación Educativa.
II. Coordinar y supervisar las actividades relacionadas con la aplicación de diversos
instrumentos de evaluación: estatales, nacionales e internacionales, de los
aprendizajes de los alumnos; del desempeño de los docentes y directivos, así
como del desempeño académico de las escuelas.
III. Coordinar y supervisar el procesamiento de la información obtenida de las diversas
evaluaciones estatales, nacionales e internacionales, para integrar y difundir
documentos estadísticos a las autoridades educativas y a la sociedad en general.
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289
IV. Realizar el acopio de estudios y publicaciones que expliquen los resultados de las
evaluaciones, identifiquen los factores que los favorecen y propongan ideas para
mejorarlos; con el propósito de retroalimentar la planeación de los servicios de
educación en la Entidad.
V. Realizar la difusión de los resultados de las diversas evaluaciones y promover
acciones para la formulación de diagnósticos y planes para el mejoramiento de la
calidad de la educación.
VI. Coordinar y supervisar la elaboración de informes técnicos e integración de
archivos históricos de todas y cada uno de los procesos evaluativos desarrollados
en la Entidad; destacando fortalezas y debilidades que permitan el mejoramiento
de la calidad de la información recabada en dichos procesos.
VII. Llevar a cabo la selección de aplicadores que podrán auxiliar en la aplicación de
los instrumentos de evaluación y facilitar los procesos de observación de las
evaluaciones por parte de la sociedad civil.
VIII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
IX. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
X. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIV. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
290
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE INTEGRACIÓN Y DIFUSIÓN DE RESULTADOS
Objetivo: Procesar la información obtenida de las diversas evaluaciones estatales,
nacionales e internacionales, aplicadas a los alumnos, maestros y escuelas del Sistema
Educativo, para integrar y difundir documentos estadísticos a las autoridades educativas y
a la sociedad en general.
Funciones:
I. Integrar y actualizar periódicamente la base de datos de alumnos, docentes,
directores, supervisores, jefes de sector, escuelas, zonas escolares, niveles,
modalidades, municipios y localidades, en coordinación con los departamentos de
control escolar y de estadística, así como con las propias escuelas, para disponer
de la información requerida para las aplicaciones de evaluaciones y la difusión de
sus resultados.
II. Realizar, en su caso, la lectura óptica de las hojas de respuesta y procesar los
resultados de las distintas evaluaciones aplicadas a los alumnos, docentes y
escuelas de la entidad.
III. Integrar, conjuntamente con el Departamento de Evaluación del Proceso
Educativo, un archivo histórico de cada uno de los procesos evaluativos realizados
incluyendo sus resultados.
IV. Enviar al responsable de administrar la página web del Organismo, la información
actualizada de las evaluaciones educativas, verificando que ésta sea incorporada
en dicha página.
V. Proporcionar información relevante de los distintos procesos educativos a las
Unidades de los Servicios Educativos Municipales del Organismo.
VI. Proporcionar información sobre escuelas, alumnos, docentes y demás que
soliciten las instancias federales responsables de los procesos de evaluación.
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VII. Integrar las bases de datos de los resultados de las evaluaciones de los alumnos,
docentes y escuelas de las áreas educativas de educación básica, con el propósito
de unificar criterios para la difusión de la información.
VIII. Acordar y participar en reuniones con las unidades administrativas de educación
básica para difundir estrategias que propicien el uso pedagógico de los resultados
de las evaluaciones educativas para mejorar la calidad educativa.
IX. Participar, conjuntamente con el Departamento de Evaluación del Proceso
Educativo, en la elaboración de un informe técnico trimestral de actividades
realizadas.
X. Participar en reuniones de difusión de resultados de evaluación en los diferentes
niveles y modalidades que convoquen las autoridades educativas.
XI. Coadyuvar con las diferentes unidades administrativas de educación básica en el
análisis, interpretación y diagnóstico de la situación que guarda la educación en el
Estado y que incida en el mejoramiento de la calidad educativa.
XII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XIII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVI. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVIII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XIX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
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292
DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN DEL PROCESO EDUCATIVO
Objetivo: Organizar, coordinar y supervisar las actividades concernientes a la aplicación
de las distintas evaluaciones estatales, nacionales e internacionales de alumnos,
docentes y escuelas, así como en el diseño de instrumentos de evaluación, atendiendo
las necesidades específicas de la entidad.
Funciones:
I. Establecer y mantener actualizada la base de datos de figuras externas
(coordinadores de región, coordinadores de sede, coordinadores de aplicación y/o
aplicadores) que participan en los distintos procesos de evaluación; así como
seleccionarlos y capacitarlos de acuerdo a los requerimientos de cada evaluación.
II. Coordinar la aplicación de los diversos instrumentos de medición y evaluación con
base a las estrategias operativas y lineamientos diseñados para cada proceso.
III. Solicitar el apoyo de las Unidades de Servicios Educativos en los Municipios para
la logística de las actividades previas, durante y posteriores a las aplicaciones de
las distintas evaluaciones.
IV. Acordar y participar en reuniones con las unidades administrativas de educación
básica para difundir estrategias que propicien el uso pedagógico de los resultados
de las evaluaciones educativas para mejorar la calidad educativa.
V. Apoyar a la Dirección de Evaluación Educativa en la presentación de avances de
resultados de evaluaciones del programa anual.
VI. Participar en el diseño de las estrategias operativas y del presupuesto de las
diversas evaluaciones, en coordinación con las instancias estatales, nacionales e
internacionales responsables de dichos procesos.
VII. Participar conjuntamente con el Departamento de Integración y Difusión de
Resultados en la integración de un archivo histórico de cada uno de los procesos
evaluativos realizados.
VIII. Participar, conjuntamente con el Departamento de Integración y Difusión de
Resultados y el Departamento de Evaluación de la Gestión Institucional, en la
elaboración de un informe técnico trimestral de actividades realizadas.
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293
IX. Coadyuvar en el análisis y diagnóstico de la situación que guarda la educación en
el Estado y que incida en el mejoramiento de la calidad educativa.
X. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su
área.
XI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE FORMACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL
Objetivo: Contribuir a asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación mediante
esquemas de formación, actualización académica, capacitación al personal docente,
técnico docente y con funciones de dirección, supervisión y asesoría técnico pedagógica
en el marco de la Ley General del Servicio Profesional Docente.
Funciones:
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294
I. Revisar la formulación y determinación de los perfiles, parámetros e indicadores
nacionales, de Educación Básica, incluidos los complementarios o adicionales
para remitirla a la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente.
II. Instrumentar e implantar las líneas, estrategias y acciones nacionales para la
formación continua, la actualización y el desarrollo profesional en la Educación
Básica.
III. Promover, con base en los perfiles, parámetros e indicadores nacionales y
complementarios o adicionales, los lineamientos generales para la formación
continua, la actualización y el desarrollo profesional para Educación Básica.
IV. Contribuir con la Dirección del Servicio Profesional Docente el programa de
incentivos adicionales para el personal que realiza funciones de docencia,
asesoría técnico pedagógica, dirección o supervisión, en Educación Básica.
V. Regular y dar seguimiento a la prestación del Servicio de Asistencia Técnica a la
Escuela en la Educación Básica.
VI. Administrar en coordinación con la Dirección del Servicio Profesional Docente, los
programas de regularización de los docentes y técnicos docentes de Educación
Básica.
VII. Administrar el programa de tutoría que acompañe a los docentes y técnico
docentes de Educación Básica, de conformidad con los resultados de los procesos
de evaluación obligatoria que les corresponda.
VIII. Administrar los programas de formación, actualización, capacitación y superación
profesional en la Educación Básica.
IX. Coordinar la operatividad de los Centros de Maestros distribuidos en el Estado.
X. Coordinar y dar seguimiento del Programa para el Desarrollo Profesional Docente
en educación Básica.
XI. Solicitar y promover las convocatorias extraordinarias para la selección de Tutores
y asesores técnico pedagógicos temporales a la Coordinación Nacional del
Servicio Profesional Docente.
XII. Analizar las Convocatorias Marco para la selección de Tutores y asesores técnico
pedagógicos temporales a la Coordinación Nacional del Servicio Profesional
Docente.
XIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
295
XIV. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XVII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS DE TUTORÍA Y REGULARIZACIÓN
Objetivo: Administrar el Programa de Tutoría a docentes y técnicos docentes de nuevo
ingreso así como el Programa de Regularización y tutoría a docentes y técnicos docentes
en servicio, que obtengan resultados insuficientes en la Evaluación del Desempeño de
educación básica pública, en el marco de la Ley del Servicio Profesional Docente.
Funciones:
I. Operar y dar seguimiento al programa de regularización de los docentes y técnicos
docentes de Educación Básica.
II. Supervisar y dar seguimiento a los programas de formación para tutores que
acompañen a los docentes y técnico docentes, de conformidad con los resultados
de los procesos de evaluación obligatoria que les corresponda.
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296
III. Coordinar con el Departamento de Formación Continua, Actualización y Desarrollo
Profesional, el taller para la formación de tutores.
IV. Coordinar con la Coordinación General de Instituciones Formadoras de Docentes,
el diplomado para la formación de tutores.
V. Operar y dar seguimiento al programa de tutoría de los docentes y técnicos
docentes de Educación Básica de nuevo ingreso así, como los que obtuvieron
resultados insuficientes.
VI. Realizar visitas de seguimiento a los centros de capacitación para verificar que se
lleven a cabo en tiempo y forma de acuerdo a lo establecido en el programa de
regularización.
VII. Analizar y proponer modificaciones a la Convocatoria Marco para la selección de
Tutores a la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente.
VIII. Difundir la Convocatoria del Estado para la selección de Tutores.
IX. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
X. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVI. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
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DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN CONTINUA, ACTUALIZACIÓN Y
DESARROLLO PROFESIONAL
Objetivo: Garantizar la calidad educativa con una nueva visión estatal de la
profesionalización de los docentes, directores, supervisores y asesores técnicos
pedagógicos; definiendo estrategias y programas académicos que brinden las
herramientas y competencias alineadas a cada perfil definido por las Autoridades
pertinentes.
Funciones:
I. Capacitar, orientar y asesorar a los cuerpos académicos a través programas
académicos enfocados a los perfiles, parámetros e indicadores establecidos,
conforme a los avances científicos y técnicos.
II. Apoyar y dar seguimiento, en coordinación con el Departamento de Programas
de Tutoría y Regularización a los programas de formación para tutores que
acompañen a los docentes y técnico docentes de Educación Básica, de
conformidad con los resultados de los procesos de evaluación obligatoria que
les corresponda.
III. Apoyar y dar seguimiento, en coordinación con el Departamento de Programas
de Tutoría y Regularización a los programas de formación para tutores que
acompañen a los docentes y técnico docentes de Educación Básica, de
conformidad con los resultados de los procesos de evaluación obligatoria que
les corresponda.
IV. Apoyar a figuras educativas pertenecientes al Servicio de Asistencia Técnica a
la Escuela en la Educación Básica con programas de inducción, formación,
capacitación y actualización, en coordinación con el Departamento del
Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela en la Educación Básica para
atender las necesidades detectadas.
V. Brindar los programas que den atención a las necesidades de las figuras
educativas en la educación básica pública, de acuerdo a los resultados de las
evaluaciones que apliquen las Autoridades Educativas, los Organismos
Descentralizados y el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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VI. Operar el Programa para el Desarrollo Profesional Docente en Educación
Básica de acuerdo a la guía operativa y los lineamientos establecidos por la
federación.
VII. Participar en reuniones de trabajo, eventos que las Autoridades designen.
VIII. Realizar informes trimestrales de avance-físico-financiero, al igual que la
entrega de la integración de egresos - avance de metas.
IX. Seguimiento del desarrollo de la Contraloría Social del Programa.
X. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a
su área.
XI. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y
financieros asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento
de la misma.
XIII. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los
objetivos institucionales.
XIV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o
encomienden.
XV. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro
del ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación
a la información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
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DEPARTAMENTO DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA A LA ESCUELA
EN LA EDUCACIÓN BÁSICA
Objetivo: Administrar el servicio de asistencia técnica que ofrece el personal con
funciones de dirección, supervisión y asesoría técnico pedagógica, en atención a las
necesidades del alumnado y de las escuelas.
Funciones:
I. Dar seguimiento a los procesos y acciones desarrolladas por el Servicio de
Asistencia Técnica a la Escuela (SATE), para mejorar el servicio educativo en
las escuelas de Educación Básica.
II. Generar la base de datos correspondiente a las figuras educativas que
pertenecen al Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela (SATE).
III. Integrar los expedientes de las figuras educativas que pertenecen al Servicio
de Asistencia Técnica a la Escuela (SATE).
IV. Proveer de los insumos necesarios a la Dirección del Servicio Profesional
Docente para definir la situación administrativa de la figura educativa.
V. Coordinar con el Departamento de Formación Continua, Actualización y
Desarrollo Profesional la inducción y formación de las figuras educativas que
pertenecen al Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela (SATE).
VI. Analizar y proponer modificaciones a la Convocatoria Marco para la selección
de Asesores Técnico Pedagógicos temporales a la Coordinación Nacional del
Servicio Profesional Docente.
VII. Difundir la Convocatoria del Estado para la selección de Asesores Técnico
pedagógicos temporales.
VIII. Acompañamiento, asesoría y seguimiento a docentes y técnicos docentes de
los centros educativos.
IX. Diagnosticar necesidades académicas y de organización de los centros
educativos.
X. Participar en reuniones de trabajo de la Dirección y Coordinación General del
Servicio Profesional Docente.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
300
XI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple
las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a
su área.
XII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y
financieros asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento
de la misma.
XIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los
objetivos institucionales.
XV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o
encomienden.
XVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro
del ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación
a la información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DIRECCIÓN DE SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE
Objetivo: Dirigir, coordinar y garantizar cumplimiento de los lineamientos a los que se
sujetarán las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados, para la
formulación de las propuestas de Perfiles, Parámetros e Indicadores para el Ingreso,
Promoción, Reconocimiento y Permanencia en el Servicio Profesional Docente
incluyendo, en su caso, los de carácter complementario.
Funciones:
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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I. Apoyar a la Coordinación General en el establecimiento de las relaciones
institucionales con las instancias centrales, las Autoridades Educativas Locales y
los Organismos Descentralizados, en materia del Servicio Profesional Docente.
II. Apoyar a la Coordinación General en la formulación de propuestas del programa
anual y de mediano plazo conforme al cual se llevarán a cabo los procesos de
evaluación a que se refiere la Ley General del Servicio Profesional Docente.
III. Dar seguimiento al cumplimiento de los lineamientos a los que se sujetarán las
Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados, para la formulación de
las propuestas de Perfiles, Parámetros e Indicadores para el Ingreso, Promoción,
Reconocimiento y Permanencia en el Servicio Profesional Docente incluyendo, en
su caso, los de carácter complementario.
IV. Dirigir el establecimiento de los mecanismos de coordinación, entre las diversas
instancias y en apego a la normatividad vigente, para la instrumentación,
implantación, operación y seguimiento de los procesos de Ingreso,
Reconocimiento, Promoción y Permanencia en la Educación Básica.
V. Dar seguimiento a los concursos de oposición para el ingreso, la promoción y
participar en su ejecución de conformidad con la normatividad vigente.
VI. Coordinar la elaboración de las convocatorias que prevé la Ley General del
Servicio Profesional Docente.
VII. Instrumentar y dar seguimiento al programa de promoción en la función y sus
respectivas reglas, para que el personal que realiza funciones de docencia,
dirección o supervisión pueda obtener Incentivos adicionales, permanentes o
temporales, en términos del artículo 37 de la Ley General del Servicio Profesional
Docente.
VIII. Gestionar ante la Coordinación General de Recursos Humanos el pago de los
incentivos a tutores y docentes en función de asesoría técnica. (revisar con quien
se gestiona)
IX. Coordinar la asignación de los espacios educativos para el personal docente de
nuevo ingreso a la Educación Básica.
X. Establecer mecanismos de interacción con las plataformas nacionales para
generar la actualización en el Sistema de Información y Gestión Educativa, los
datos sobre la formación, trayectoria y desempeño profesional del personal
docente para efectos de apoyar los procesos de Ingreso, Promoción,
Reconocimiento y Permanencia en el Servicio.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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XI. Aportar la información definida como pública, así como aquella que sea requerida
en el marco de la transparencia y acceso a la información de conformidad con las
disposiciones aplicables, en materia del Servicio Profesional Docente.
XII. Apoyar a la Coordinación General para informar a la Autoridad Educativa Local y
Organismos Descentralizados de los actos u omisiones de los que tenga
conocimiento y que pudieran ameritar una sanción en términos de lo dispuesto en
la Ley General del Servicio Profesional Docente.
XIII. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XIV. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área;
XV. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XVI. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados a la Dirección, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XVII. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por
acuerdo deleguen o encomienden sus superiores.
XVIII. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XIX. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XX. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXI. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
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DEPARTAMENTO DE INGRESO Y RECONOCIMIENTO
Objetivo: Operar y difundir los procesos de ingreso y reconocimiento en la Educación
Básica en sus diversas modalidades, y con base en los resultados de los procesos de
evaluación, asignar plazas definitivas y temporales a los participantes con resultado
idóneo.
Funciones:
I. Apoyar a la Dirección del Servicio Profesional Docente con apego a la
normatividad vigente, en el establecimiento de los mecanismos de coordinación,
entre las diversas instancias para la instrumentación, implantación, operación y
seguimiento de los procesos de Ingreso y Reconocimiento en la Educación Básica.
II. Participar en coordinación con las instancias académicas, en la formulación de
propuestas de los perfiles, parámetros e indicadores para el Ingreso y el
Reconocimiento en la Educación Básica, en apego a los lineamientos vigentes.
III. Operar y dar seguimiento a la elaboración y emisión de las convocatorias para el
Ingreso y Reconocimiento previsto en el Servicio Profesional Docente en la
Educación Básica.
IV. Organizar, conjuntamente con las instancias correspondientes, las actividades de
los procesos de Ingreso previsto en la Ley General del Servicio Profesional
Docente para la Educación Básica.
V. Apoyar a la Dirección del Servicio Profesional Docente en la implementación del
programa de Reconocimiento, previsto en la Ley General del Servicio Profesional
Docente para la Educación Básica.
VI. Apoyar al departamento de Sistema Estatal de Información del Servicio Profesional
Docente, en la actualización de la información de ingreso al Servicio Profesional
Docente en la Educación Básica.
VII. Aportar la información definida como pública, así como aquella que sea requerida
en el marco de la transparencia y acceso a la información de conformidad con las
disposiciones aplicables, en materia de Ingreso y Reconocimiento previsto el
Servicio Profesional Docente.
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304
VIII. Participar conjuntamente con las demás instancias de la Dirección de Área, en el
desarrollo del programa de cumplimiento del marco normativo del Servicio
Profesional Docente, a efecto de informar a las Autoridades Educativas y
Organismos Descentralizados de los actos u omisiones que pudieran ameritar
alguna sanción.
IX. Formular la normatividad complementaria, en su caso, para garantizar el
cumplimiento de la Ley General del Servicio Profesional Docente.
X. Informar de los avances y, en su caso, la conclusión de las actividades de los
procesos de Ingreso y Reconocimiento contemplados en el Servicio Profesional
Docente.
XI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
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DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN
Objetivo: Operar y difundir los procesos de Promoción en la Educación Básica en sus
diversas modalidades, y con base en los resultados de los procesos de evaluación,
asignar categorías a cargos con funciones de Dirección, Supervisión y de Asesoría
Técnica Pedagógica; otorgar incentivos temporales o permanentes al personal docente,
que destaque en la evaluación al desempeño.
Funciones:
I. Apoyar a la Dirección del Servicio Profesional Docente con apego a la normatividad
vigente, en el establecimiento de los mecanismos de coordinación, entre las
diversas instancias para la instrumentación, implantación, operación y seguimiento
de los procesos de en materia de promoción en Educación Básica.
II. Participar en coordinación con las instancias académicas, en la formulación de
propuestas, perfiles, parámetros e indicadores para la promoción en Educación
Básica, en sus diversas modalidades.
III. Dar seguimiento a los concursos de oposición para la promoción a cargos con
funciones de dirección o de supervisión y participar en su ejecución de conformidad
con los lineamientos que el Instituto determine.
IV. Participar en la asignación de plazas con estricto apego al orden establecido con
base a los puntajes obtenidos de mayor a menor de los sustentantes que
resultaron idóneos en el concurso de oposición.
V. Operar y promover el "Programa Promoción en la Función por Incentivos en
Educación Básica", para el personal que realiza funciones de docencia, dirección o
supervisión pueda obtener Incentivos adicionales, permanentes o temporales, en
términos del Artículo 37 de la Ley.
VI. Vigilar que los participantes del programa "Programa Promoción en la Función por
Incentivos en Educación Básica" conozcan y cumplan con los requisitos y reglas
del mismo.
VII. "Notificar al personal participante que haya obtenido resultados destacados y
sobresalientes en los procesos de evaluación del desempeño y de evaluación
adicional, su promoción en la función por incentivos, en el nivel, servicio educativo,
modalidad, asignatura, tecnología o taller de educación básica donde presta sus
servicios.
VIII. Asignar los incentivos al personal participante del programa de conformidad a los
resultados de los procesos de evaluación y al presupuesto disponible.
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306
IX. Llevar el registro y control de los recursos asignados y ejercidos en el programa y
elaborar los informes que la autoridad competente solicite.
X. Aportar la información definida como pública, así como aquella que sea requerida
en el marco de la transparencia y acceso a la información de conformidad con las
disposiciones aplicables, en materia de Promoción previsto en el Servicio
Profesional Docente.
XI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
XII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la documentación
para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DE PERMANENCIA
Objetivo: Operar y dar seguimiento a las acciones que conllevan la permanencia del
personal educativo y los procesos establecidos en la ley del servicio profesional docente
de acuerdo a los resultados de su evaluación de desempeño, para mejorar la calidad del
servicio educativo que brindan al estado.
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Funciones:
I. Apoyar a la Dirección del Servicio Profesional Docente con apego a la
normatividad vigente, en el establecimiento de los mecanismos de coordinación,
entre las diversas instancias para la instrumentación, implantación, operación y
seguimiento de los procesos de permanencia en Educación Básica.
II. Participar conjuntamente con las instancias académicas, en la formulación de las
propuestas de perfiles, parámetros e indicadores para la Permanencia en la
Educación Básica.
III. Participar conjuntamente con las demás instancias de la Dirección del Servicio
Profesional Docente, en el desarrollo del programa de permanencia de
cumplimiento al marco normativo del Servicio Profesional Docente, a efecto de
informar a las Autoridades Educativas.
IV. Dar seguimiento de los programas de estímulos para impulsar la transición al
Servicio Profesional Docente, en la Educación Básica.
V. Dar seguimiento de los programas de regularización de los docentes, previstos en
el proceso de Permanencia en el servicio en la Educación Básica derivado de los
resultados de la evaluación del desempeño.
VI. Llevar el control de los resultados de la evaluación del desempeño para dar
seguimiento a su permanencia en el servicio profesional docente.
VII. Analizar y generar la validación de Cambios de Adscripción y remitir a la Dirección
de Recursos Humanos.
VIII. Analizar y generar la validación de las licencias de docentes en servicio y remitir al
Departamento de Ingreso y Reconocimiento para los efectos correspondientes.
IX. Aportar la información definida como pública, así como aquella que sea requerida
en el marco de la transparencia y acceso a la información de conformidad con las
disposiciones aplicables, en materia de Permanencia prevista en el Servicio
Profesional Docente.
X. Apoyar al departamento responsable de la administración del Sistema Nacional de
Información de los procesos de Permanencia previstos en el Servicio Profesional
Docente.
XI. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
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XII. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
XIII. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XIV. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XV. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XVI. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XVII. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XVIII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
DEPARTAMENTO DELSISTEMA ESTATAL DE INFORMACIÓN DEL SERVICIO
PROFESIONAL DOCENTE
Objetivo: Sistematizar la información del Servicio Profesional Docente referente a los
procesos de Ingreso, Promoción, Reconocimiento y Permanencia. Registrar la misma en
el Sistema de Información y Gestión Pública. Cargar las convocatorias de Ingreso y
Promoción en el SNRSPD (Sistema Nacional de Registro Del Servicio Profesional
Docente), así como apoyar a identificar los actos u omisiones al marco jurídico del
Servicio Profesional Docente mediante la entrega de reportes diversos que puedan
ayudar a este y otros procesos de la Coordinación Estatal del SPD.
Funciones:
I. Diseñar, integrar, procesar y sistematizar los registros que contengan información
relativa al personal del Servicio Profesional Docente, a fin de apoyar los procesos
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de Ingreso, Promoción, Reconocimiento y Permanencia, para su integración en el
Sistema Nacional de Información del Servicio Profesional Docente y su articulación
con el Sistema de Información y Gestión Educativa.
II. Integrar, procesar y sistematizar la información relativa a la administración de las
listas de prelación de concursos para Ingreso, Promoción. Así como la información
relativa a los docentes en permanencia y el mecanismo para la asignación de
espacios educativos en la Educación Básica.
III. Registrar en el Sistema de Información del Servicio Profesional Docente, para su
actualización en el Sistema de Información y Gestión Educativa, los datos sobre la
formación, trayectoria y desempeño profesional del personal del Servicio,
IV. Subir a la Plataforma Nacional la información referente a la elaboración de las
convocatorias de ingreso y promoción.
V. Generar información que resulta de los concursos de oposición de ingreso y
promoción.
VI. Realizar las demás funciones que las disposiciones legales y administrativas le
confieran, y las que le encomiende de manera expresa la autoridad inmediata
superior.
VII. Apoyar a la Dirección de Área y demás que la conforman, para dar cumplimiento a
las obligaciones en materia de transparencia, rendición de cuentas y combate a la
corrupción, así como al acceso a la información pública gubernamental y la
protección de datos personales.
VIII. Participar y revisar la elaboración del Programa Operativo Anual que contemple las
metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos respectivos a su área.
IX. Realizar los informes y reportes de resultados para la evaluación del cumplimiento
de los indicadores y las metas establecidas en la planeación estratégica y
operativa.
X. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XI. Participar en reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XII. Informar y auxiliar al o la titular de la Dirección dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden.
XIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XIV. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la documentación
para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XV. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
COORDINACIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA EDUCACIÓN EN BENITO
JUÁREZ
Objetivo: Planear, Organizar, dirigir y controlar las actividades que se deriven de la
operación de los Servicios Educativos en la zona norte, de tal forma que se brinde una
oportuna y adecuada atención a la población.
Funciones:
I. Dirigir y controlar las acciones de apoyo para el desarrollo de los programas y
actividades encomendados a la Coordinación General de Atención a la Educación
en Benito Juárez, así como los de las áreas a su cargo, en apego a las normas y
lineamientos establecidos por el organismo.
II. Solicitar ante la Dirección General, la programación de los recursos humanos,
materiales y financieros que se requieran para el eficaz funcionamiento de las
áreas bajo su mando.
III. Vigilar el adecuado funcionamiento de los recursos humanos, materiales y
financieros, así como el cumplimiento de las acciones, programas y proyectos
correspondientes a las áreas a su cargo.
IV. Dirigir y coadyuvar con las áreas responsables las acciones de protección civil en
el municipio de Benito Juárez, relativas a la asignación de refugios y albergues
temporales en caso de contingencia ambiental de acuerdo a las disposiciones del
organismo.
V. Propiciar esquemas de programación que permitan brindar espacios educativos
para atender a la demanda en la zona norte.
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VI. Proponer y fundamentar, en forma conjunta con las áreas competentes, los
proyectos de creación, crecimiento, fusión y suspensión temporal o definitiva de
los planteles educativos, que permitan atender la demanda en la zona norte.
VII. Mantener estrecha coordinación y comunicación con sus homólogos en oficinas
centrales, con objeto de que las acciones, requerimientos y demás actividades
correspondientes a su área sean canalizados por su conducto.
VIII. Coordinar la prestación de los servicios administrativos de todas las áreas
laborales que conforman las oficinas regionales de la zona norte.
IX. Supervisar la entrega de los apoyos que otorga el gobierno del estado a la
educación básica en la zona norte.
X. Coordinar la oportuna atención a la problemática social que se presenta en la
relación escuela-padres de familia en la zona norte.
XI. Promover la aplicación y desarrollo de los programas oficiales de la SEP e
interinstitucionales de los tres niveles de gobierno.
XII. Fungir como enlace para la atención de necesidades y requerimientos relativos a
la educación media superior y capacitación para el trabajo en la zona norte.
XIII. Establecer acciones coordinadas con las autoridades de los tres niveles de
gobierno, con la finalidad de implementar los programas y proyectos relacionados
con la prestación de los servicios educativos en la zona norte.
XIV. Promover la cultura de rendición de cuentas para dar transparencia a todos los
actos de gestión efectuados en el área a su cargo.
XV. Llevar la estadística de los inmuebles escolares de todos los niveles y
modalidades educativas en la zona norte.
XVI. Llevar el trámite de revalidación y equivalencias de estudios de los alumnos que lo
soliciten.
XVII. Llevar a cabo en el mes de febrero de cada año, el proceso de inscripciones en los
municipios de Benito Juárez y Isla Mujeres.
XVIII. Recepcionar, validar y capturar la información estadística de inicio y fin de cursos
de Educación Básica en la Zona Norte.
XIX. Proponer la creación de escuelas de educación básica, mediante los estudios de
factibilidad y de acuerdo a la demanda de los nuevos núcleos de población
considerando los recursos humanos necesarios.
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XX. Dar seguimiento a las solicitudes de mantenimiento, reparaciones menores o
mayores de los centros escolares de la zona norte, así como las de mobiliario y
equipamiento de los mismos.
XXI. Definir los indicadores estratégicos y de gestión de las acciones y proyectos en el
ámbito de competencia, a fin de colaborar en la integración de la planeación
estratégica del Organismo.
XXII. Coordinar y vigilar la elaboración del Programa Operativo Anual para que
contemple las metas y presupuesto anuales de los programas y proyectos
respectivos a su área.
XXIII. Revisar y validar los informes y reportes de resultados para la evaluación del
cumplimiento de los indicadores y las metas establecidas en la planeación
estratégica y operativa.
XXIV. Coordinar, controlar y supervisar los recursos humanos, materiales y financieros
asignados al área a su cargo, para lograr un óptimo funcionamiento de la misma.
XXV. Participar en reuniones de trabajo, eventos y/o firma de convenios que por acuerdo
deleguen o encomienden sus superiores.
XXVI. Convocar a reuniones y/o juntas de trabajo para el cumplimento de los objetivos
institucionales.
XXVII. Informar y auxiliar al o la titular del Organismo dentro del ámbito de su
competencia sobre las funciones y comisiones que se le deleguen o encomienden;
así como acordar el despacho de los asuntos relevantes de las áreas a su cargo.
XXVIII. Proporcionar a la Unidad de Enlace para la Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Organismo, la información que ésta requiera, dentro del
ámbito de competencia del área, con motivo de una solicitud o con relación a la
información de carácter obligatorio que estipule la ley en la materia.
XXIX. Coordinar y vigilar que se mantengan actualizados los registros y la
documentación para el proceso de entrega-recepción de la administración.
XXX. Las demás que le confieran otras disposiciones legales o encomienden
expresamente sus superiores.
SERVICIOS EDUCATIVOS DE QUINTANA ROO
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VII. FIRMAS
Elaboró:
JOSE AGUSTÍN GALINDO SÁNCHEZ
JEFE DE DEPARTAMENTO DE
INNOVACIÓN Y EFICIENCIA
ADMINISTRATIVA
Revisó:
PALOMA TATIANA LÓPEZ CORONA
DIRECTORA DE GESTIÓN
INSTITUCIONAL Y PROYECTOS
ESTRATÉGICOS
Autorizó:
MTRO. JOSÉ ALBERTO ALONSO OVANDO
DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE
QUINTANA ROO
Cd. de Chetumal Quintana Roo, noviembre de 2015