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Sesiones del congreso legislativo sobre la importante discusion de la ley estableciendo derechos...

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Sesiones del congreso legislativo sobre la importante discusion de la ley estableciendo derechos diferenciales. Source: Foreign and Commonwealth Office Collection, (1856) Published by: The University of Manchester, The John Rylands University Library Stable URL: http://www.jstor.org/stable/60252136 . Accessed: 15/06/2014 20:44 Your use of the JSTOR archive indicates your acceptance of the Terms & Conditions of Use, available at . http://www.jstor.org/page/info/about/policies/terms.jsp . JSTOR is a not-for-profit service that helps scholars, researchers, and students discover, use, and build upon a wide range of content in a trusted digital archive. We use information technology and tools to increase productivity and facilitate new forms of scholarship. For more information about JSTOR, please contact [email protected]. . Digitization of this work funded by the JISC Digitisation Programme. The University of Manchester, The John Rylands University Library and are collaborating with JSTOR to digitize, preserve and extend access to Foreign and Commonwealth Office Collection. http://www.jstor.org This content downloaded from 185.2.32.46 on Sun, 15 Jun 2014 20:44:37 PM All use subject to JSTOR Terms and Conditions
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Sesiones del congreso legislativo sobre la importante discusion de la ley estableciendo derechosdiferenciales.Source: Foreign and Commonwealth Office Collection, (1856)Published by: The University of Manchester, The John Rylands University LibraryStable URL: http://www.jstor.org/stable/60252136 .

Accessed: 15/06/2014 20:44

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SESIONES

DEL

IM1

* Sobre la importante discusion de la ley

ESTABLECIENDO

B8B1GB08 DVIBINOUUi

PARANA.

f^mjjttttfo hd ^di'md ^tyrtm,

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\W. sFfh?f:fiTS,^P m WlLKWl

Decima novena sesion oidmaria de 26 de Junio de 1856.

Presidencia drl Sr. Sanchez.

En la Ciuctad del Parana, Capital Provisoria de la Con- federacion Argentina, a. veinti-seis dias del nies de Junio da mil 0( hocientos cincuenta y seU, reunidos los Sres. Diputa- dos anotados al niarjen, en su Sala deSesiones, el Sr. Pre- sidente espuso que las actas de las sesiones en que se habia tratado de la Constitucion de Corrientes no se habian con- cluido por falta de tiempo.que por lo tanto creia convcnien- te se leycsen cuando estubiesen termicadas y difiriendo la Honorable Caruara a csra indicacion, proclamd abierta la sesion. Se leyo una nota feeha 16 del corricufe del Exmo. Sr. Piesidente de la Confederacion a que acompanaba la Con»titucion sancionada por la Legislatura de la Provineia de Tucuman que le habia sido retnitida por su Gobierno en conf'ormidad a lo dispuesto en los articulos 5 y 103 de la Constitution Nacional. El Sr. Presidente ordeno* pasaseti dicho* documeutos a la Comision de Negocios Constitucio- nalesyii"gislacion. Se leyo otra nota fecha 25 del presente del Sr. Piesidente del Honorable Senado en que esponia que este en sesion del dia 20 habia sancionado el proyecto do decreto que adjuntaba en revision de conformidad al ar- ticulo G6 de la Constitucion, tendente a que se estendiesen pni\el Presidente del Senado los despaehos de Brigadier General mas antiguo de la Republica al Exmo. Sr. Briga¬ dier General D. Justo Jose de Urquiza y en que se recomendaba al Poder

E]eeutivo Nncional hiciese extender los despachos de Genet ales, Gofes y Ofi- ciales de la Nacion a los de la Piovincia de fintre llios reconocidos por tales por la ley del Congreso General Constituyente d-' 13 de Dieiembte de 1853 y la de la Legiblatura de dieha provincia. El Sr. Piesidente ordeno pasasen es- tos doeumentos a la comision de guerra. Se Isjo otra nota del Si: Presidente de la Honorable Camara de Senadores a que se acompauaba en revision un. proyecto de ley por el q' se (ij^ban las pensiones de Ins Reverendos Obispos y demas dignidades y empleados de las Iglesias Catediales Arjentinas que habia sido votado por dicha Cam.ira en s-esion de 23 del corrienle. El Sr. Presideote dispuso pasase este proyecto con k expresada nota a la comision de Justicia Culto 6 Instruction Publica. Despue9 de esto se leyo la orden del dia; su tt,- nor es el siguiente;

Honorable Camara de Dipltados.

La comision especial nombrada para dictaminar sobre el proyecto relativoal comercio esterior presentado por los Sres. Diputados Lucero y Rueda, tiene «1 honor de aconsejaros su admision reservandose exponer in voce las razoues en que se funda su dictamen.

Piomdento Lupeio Alvjues Toirent La^puir Unburn Feijoo Goidillo (D. JOsC) Tizaiio. Pardo RlU3 Gordillo( D> Vicente.) R<iw=on Puente Fune^ Da Giaty Olaocliea Gonzalez [D. Lucas] Chenaut Po=s>, (1). Jose Caceiea Rueda Gori/alez (D. Cahxto) Posse (D. Filemon) Quesada I Navarro(D. Ramon Gil) Navano (D. Manuel

Jose) Aeh.ival

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El Senado y Camara de Dipulados de la Cunfr.dcrucinn Argentina, reunidos en Congreso, sancionan confuerza de Icy:

Art. 1.° Mientras la Aduana de Buenos Aiies no sea National con suje- cion a la ley fundamental de la Republica, queda prohibida toda iinpi>rtacion de mcrcadei ias de ultramar que no vengan directamente de cabos af'uera a los puertos de las Provincias Confederadas.

2. ° La prohibicion declarada por el articulo anterior, empezara a tener sfecto a los di",z meses contades desde la publication de esta ley respeeto de Jas mercaderias ultramarinas en jeneral, y a los cinco meses respecto de los

productos del Brasil. 3. ° Piohibese asi mismo la introduction de los productos de la Republica

del Paraguay que no vengan directamente a los puertos Nacionales de la Con- federacion.

4. ° La disposition contenida en el articulo precedente empezara a ser efectiva a lbs tres meses despues de promulgada.

5. ° Las mercaderias no sujetas a dereeho espetifico y que no vengan de depdsito a los puertos Nationales pagaran un veinlicmco por ciento.

6. ° Lo dispuesto en el articulo anterior enipezaru a observarse dos meses despues de la promulgation de esta ley. •• 7.° Comuniquese al Poder Egecutivo.

Sala de coraisiones en el Parana a 23 de Noviembre de 1854.

Corbalan—Pizarro.

Se puso a discusion en general este proyecto. El Sr. Lucero tomo la palabra y dijo: como autor del proyecto que acaba

de ponerse a discusion en general, tendre el honor de mauifestar a V. H. las razones que me han decidido a proponerlo.

Elcomercio, Sres., esuna fuente inagotable de riqueza para las naciones. La Confederation cuenta con ella, aunque apenas puede decirse que la ha esplotado, apesar de los ventajosos medios que para este fin le brindan su si¬ tuation geografica y la abundancia de sus variadas y valiosas producciones naturales.

Nuestio comercio, en verdad, no ha salido de la esfera de una industria na- ciente y raquitica; reclama por lo mismo, para su desarrollo, la contraction anhelosa del Congre9o Feder.-l. He aqui uno de los primerosdeberes de su alta mision, y tanto mas imperioso, cuanto es inapreciable el beneficio que el paiscifraen su exacto cumplimiento. Es muy encarecido el encargo que la Constitution hace a aquel a este respecto, al mismo tiempo que acuerda a la industria mercantil todas las libertades apetccibles para su desenvolvimiento. Nada masfundadoy previsor que el esmerado cuidado de nuestra ley funda¬ mental en esta parte. Los patriotas argentinos que la dictaron conocian bien la historia politico-economica del pais. Ellos sabian que nuestro comercio, encadenado por siglos bajo el regimen colonial, habia vejetado despues en el terreno esteVil y estrecho en que le mantuvo encei rado por medio de la clau~ sura de los rios ParanA, y Uruguay el sistema de monopdliosostenido por el Gobierno de Buenos Aires.

La transition afortunada que ha hecho el comercio, de la condition servil en queyacieiaal rango de la mas alta libertad consagrada en derecho, empe- 16 a vertficarse en la Jornada de Caceros; fue afianzada despues como iustitu'

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cion fundamental en la carta de Mayo, qucdeclaro libre para todas las bande- ras la navegacion de los rios interiores de la ConfeJeiacmn: este prineipio ha sido asegurado de-qmes para su observancia a perpetuidad por tratados con algunns potencias estrangeras.

A pesnr de todo estn, apesar de los pasos giganteseos que hemos dado en las 6poeas a que acabo de refeiinne, cstamos muy lejos del objeto, no hemos xalido del punto de partida, no hemo* recogido el resultado que espeiabamos del cambio feliz operado en la politica econdmica del pais, ni en proportion siquieradel tiempo trmiscurrido hasta aqui desde la fecha en que data tan pre* ciosa adquisition en favor de nue*tro comercio. Este elementoesencial para la prosperidad de la Confederation sigue enervado por la/nisma causa que ha obstado siempre a su desarrollo, causa que hemos conjurado por nuestras ins- titucinne-i fundamentales, pero que hemos descuidado remover, porque no he- mos adoptado disposition alguna eh'c-iz para conseguir los efectos practicosde esas institution's. La causa a que aludo esta. ruuy averiguada, esta al alcance de todos; ella consiste en que la Confedeiacion carece de un mercado propio en contacto directo con el comercio csterii.r. Las provineiassiguen feudata- rias de los centros comerciales existentes en Buenos Aires y Montevideo, que no pniduciendo las manufactnrns que aquellas consuiuen, sirven de agentes intermediarios fbrzozo* para e! linico comercio que ucantenemos con el exterior, es decirrel Iibre camhio de nuestms frutos por las mercancias estrangeras que se introdueen alii directainente. Uno y otro mercado importan un pontazgo, que pesando, como es. natural, sobre nuestro couiercio en razon de las distan- cias, transpiirtes y ottos gravamenes bien conocidos, traba al desarrollo de. nuestra producion. cncareee lo* consumos, desaiienta la industrif, tiene casi c-tucioriario 6 reducid-> a un estrecho circulo el muvimiento meicantil de la Confederation, limitando asi su progreso material y lo< demas adelantoi consi- guientes a. 61 a una escala que esta. bien lejos de hallar»e en proporcion con la ri'mez* natural en que abunda aquella.

El mercado de Buenos Aires, que es al qu? principalmente concurren los co- merciantes dela Confederation, por estar ma* vineulados con el que con el de Montevideo, es por desgracia incomparablemente mas gravoso a nuestro co¬ mercio, porque son tambien nuicho mnyres los inconvenicntes que presenta.— Permitidme bosqurjarlos siquieni. El puerto de Buenos Aires es el peor de cunntos se conocen en nuestras dilatadas costas; es tan inudecuado para el des- tino que su nombre signifiea, que solo impiopiamente hablaudo puede llauiar- seleasi ;—el acceso a el esta tuizadn de dificultndes.

El forx'leadero de Ins buques euta a larga distauei.i: su inseguridad se parece mueho a la que, se csperimenta en un mar tempcstuoso. Puede decirse que de los doce mescs del ano aqunlla rads solo es practicable pjr seis; tan consi¬ derable es el tiempo que se pierde en la descaiga y carga de los buquea que arriban a clla.—

Es averiguado que el rosto do estas operaciones exede a los fietes desde los puertos Europeos al de Bucniis Aires. Unid este gravamen a kis "iguientes;— el gasto en transporte del rio a la aduana y de 6>ta al rio para la descarga y cnrga:—el importe de lasaveriasy perdidas de bultos que cada cargamento sufre inevitablemcnte:—el pago de comisiones y corretaje para verificai- la ven- ta de los frutos y compra de las mereiiderias:—el valor de los (letes para traer aquellos al puerto de Buenos Aiies y conducir estas de regieso al de la Con¬ federation por rlonde bande introducine—Rccordad otros co'tos que dejo de mencionarpor no ser dcmasiado prolijn, y os persuadireis de la exactitud con

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que jeneralmcnte se nos asegura,—que por ese ciimulo de gravdmenes resulta recargado en mas de un treinta por ciento el negocio para los comerciantcs que importan a las plazas de la Confederation meicadeiias compradas en la de Buenos Aires.

Play otra verdad no menos conocida que la que acabo de indicar, nacida tambien de la condition relative en q' se encuentra el comercio de )a Confede- ration con el mercado de Buenos Aires; tal es, que para cada negocio necesita el comerciante de aquella, ties capitales anticipados;—uuo que se in\ ierte en la compra de mercaderias estianjeras.—otioparael pagode los dereciv>s fiscales— y otro tan indispensable como urjente para el pago de fletes.—-Agregando a es¬ ta cuenta el empleo del tiempo, que es capital tambien, y que so gasta ma» 6 mcnos considerable.nente segun la distancia a. que se halla del mercado de Buenos Aires el comerciante que eoneurre a el, basteme apuntar como baso de calculo lo que sucede a los de Cordoba. Es sabido que en ida y vuelta, has- ta poner en su casa las mercaderias compradas en Buenos Aiies, pierden je- neralmente tres 6 cuatro meses. Advertireis ya ()ue antes que haya empezado el espendio deesas mercaderias, pesa sobre los, introductores el inte'res del cr6- ditoabierto para coinprai las y euyo plazo corriente en Buenos Aires no pasa de seis mese«. Comprendereis ta>nbien sobre esta base lo que sm-ede respec¬ to de las Provincias situadas al Norte en un extpemo del territorio de l.i Ue- publica. La conduccion d*; losproducios de Salta al mercado de Buenos Ai¬ res y la de las manufacturas extranjeras que de este se llevan a) consumo de aque-lla Piovincin, cuesta a sus comerciantes la perdida de cerca de un afio ; asi es que, antes q*ie hayan llegado a la plaza consuinidora los efectos que f'orman el negocio, se ha vencido el plazo del credito que legularmerite se abre para su compri en Buenos Aires. Esta seria dificultad acobaida a los especuladores de la Provincia de Salta, cuya riqueza, dir6 de paso, puede juz- garse con solo saber que sirve de centro comercial a Jujui, parte de Tucnman, Tarija yalgunos pueblos de Bolivia. En esa mismaditicultad consi-.te el jus- to motive por que los negociantes de Salta se alejan a los men-ados situados sobre las costas dpi Pacih'co en busca de las manufacturas de uliramar, que no pueden sin peligro de arruinarse obtener de las plazas del Plata. Para aque- llos mercados la mayor parte de los fruto-i de las Proviucias de Salta y Jujui no son exportables; asi es que sn produccion no recibe otro impulsoqueei que le da el pobre eomercio que entretienen con Buenos Aires.

Hay algo uias que no puedo presindir de observar.—A causa de la n'ecesidad que obliga a los comerciantes de la Confedeiacion a coucurrir a mercados que estan fuera deella, se priva de las ventajas que esii concurrencia deja natural mente en prove::ho extrauo;—y a fe que no es de poca entidad. Esta consi¬ deration seria menos atendible/ relativamente hablando, por io que respecta a Buenos Aires, si aquella Provincia no se encontrase, como desgraciadamene sucede hoy, separada de la comunidad Aijentiua. Como que esta fueru del aicance del ejercicio de la autoridad de la Confederation, el comercio de esta sigue subordinado en dicha Provincia, a las condiciones que le impone y pue¬ de imponerle su Lejislacion econdmica, que aun no se ha desnndado del esclu- sivismo que la caractenza, calculado en el interes, mal enlendido por cierto, de aquella localidad, no solo en lo que a. ella rnisma concierne, sino tambien y ma¬ cho mas en lo relativo a la Nacion de que forma parte.

Mientra3 tanto, bajo este drden de cosasse realiza otro fenomeno tan natu¬ ral como desfavorable a los intereses de la Confederation, y es, que una parte considerable de sus rentas, dos tcreios quiza, coino se ha calculado por perso-

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nas muy competentes en la materia, pasan al Tesoro u*e Buenos Aires, y van & ahmentar la conservation del poder hostil entronizado alii por el partido que se empena en prolongar indefinidamente la deplorable disidenciade esa impor- tante Provincia con la mayon'a de la Nacion. Siemprecrei que esta situation anomala y peligrosa terminaria, 6, por lo menos, no seria tan prolongada adop- tandoselaley que forma el asunto del proyecto en discusion. Mi juicio ha podido ser equivocado; pero no lo ha sido menos la prevision contraria en que se ha fundado el aplazamiento de aquella desde la fecha en que fue propuesta; pues no hemos recojido otro resultado que desengafios azarozos y a muy cara <costa.

Basta pues de espectativa. La, Confederacion no puede prescindir de con- sultar su mejoramiento en el orden rentistico, sin mostrarse indolente respecto de su lejitima y positiva conveniencia; no puede, sin mengua de su dignidad, retardar por mas tiempo el ejercicio del perfecto derecho que le asiste para emancipar su comercio de la dependencia en que esta todavia, sin necesidadni compensation, de los mercados do que es tributaria. La cuestiou es de vida, por que afecta intimamente a. imode los elementos esenciales para la exi6ten- cia constitutional de la Confederation: por que £sta no puede entrar,sin el Te¬ soro necesario,en la maicha normal, de que dependen la paz nrmonizada con el orden legal, el bien estar como frutode nuestras beneficas instituciones, el credito en el exterior, y*me atrovo a agregar, la Nacionalidad Arjentina tam- bien.

La Carta de Mayo no pasara, Sefiores, de una valiosfsima promesa, de una alta aspiration, mientras carezcamos de los recursos necesarios para convertir esa promesa, esa aspiracion en hechos. Ha mucho tiempo que sufrimos la es- periencia de esta verdad.=El cuadro de las necesidades publicas es demasiado mortificante al amor propio National, para que yo me proponga hacerlo aho- ra; y basteme recordar que ni la instalacion de los Poderes Nacionales en que se divide el ejercicio del Gobierno Federal se ha compietado todavfa, d causa de la penuria de nuestro tesoro.

La Confederacion no puede, sin remarcable imprudencia y sin ser injusta consigo misma, resignarse por mas tiempo a vivir entre las dezazones de una constante crisis financiera. Es preciso dejar el sistema de paliativos empleado hasta ahora para curar ese mal, que se parece d un cancer y cuyo remedio efi- caz esta a la mano. La politica de prescindencia a este respecto, aunque acon- sejada por un sentimiento national y alentada' por la esperanza lisonjera pero f'acticia de traer asi mas pronto a Buenos Aires a la union, es un mdtodo que repugna y dafia mas bien al enfermo; porque ha perdido la f§ en 61, en fuerza de haber reconccido a costa de mucho sufiimiento, no solo su absoluta iueficen- cia, «ino que esta prueba de desordenada fraternidad nos trae el abuso y des- precio que hace de ella por toda reciprocidad el pueblo favorecido. Si es ver- dad que hemos ensayado ese procedimiento cedfendo a las inspiraciones puras, aunque exajeradas quiza,' de un sentimiento national, es cierto tambien que la voluntad de la Nacion reclama ya la cesacion de este modo de ser tan violento como inconciliable con sus lejitimos intereses. Cuando invoco la voluntad de la Nacion estoy seguro, Seuores, de que no la interpreto caprichosamente, pues aludo al deseo de la mayoria de los pueblos que la componen; des'eo que hos ha sido bien conocido, aun antes de que el se manifestara por el organo de la prensa, y antes de que algunos de sus ecos penetraran, corno ha sucedido ya, de una manera autentica y encarecida hasta e«te recinto.

Ese justo deseo debe ser satisfecho, sopena de faltar a nuestra niision en

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• easo contrario; porque es la espresionde una necesidad publics imperiosisimn, la de vida comercial exterior.condicion exencial para la conservation de nues- tra nacionalidad politica.—La mayoria de la Nacion reasumio en Caceros el ejercicio del imprescriptible derecho de su soberania exterioi; pero, en lo mer- cantil algole falta que hacer para entrar de lleno al goce practico de esa pre- rogativa.puesno posee la ventaja decomerciar directamente con el extranjero. La barrera que impedia en otra epoca la libre navegacion de nue^tros rios ha sido rota; pero han quedado junto a ella tropiezos que debemo''remover para apiesurar el uso de esa libertad en la latitud y direction necesnrias a la Confedeiacion; en una pa'abra, para que no se retarde el adveuimiento del porvenir comercial que todavia divisamos—.solamente en lontananza.

Descifrando, en cuanto tiene relation con este giande objeto y en ultimo analisis, la naturaleza de los tropiezos a que aludo, me strevo a asegurar que ellos jconsisten unicamente en la deficiencia de nuestra Lejislacion econdmica y en la practica rutinera de concurrir a Buenos Aires y Montevideo para ven¬ der 6 cambiar nuestros frutos por las manufacturas extranjeras q' consumimos. El indicado vacio de nuestra Lejislacion quedaria llenado por ahora.hasta donde es posible en proteccion del comercio directo, por medio de la ley que nos ocupa.—El segundo obstaculo desapareceria bajo la influencia de esta misma ley, asi como fue, producido por la institution contrnria, por el sistema que hizo de la rada de Buenos Aires el puerto exclusivo del Plata pnra el comercio exterior, prohibiendo el acceso de este d los demas del territono ar- gentino.—Promulgada la ley de que se trata, ernpezarian la acumulacion de importaciones de mercaderfas extranjeras desde los depositos de Buenos Aires de Montevideo y del Brasil por los puertos fliiviales de la Confederation,—y el establecimiento de casasde comercio en las plazas mas convenientes de las Provincias litorales para proveer al consumo de estas y de las demas. Esta cor riente de los capitalesdestinados a invertirse en nuestros frutos de esportacion, seria seguida muy luego por la concurrencia general de los buques de ultramar a nuestros expresados puertbs, con cargaroentos ie maiinfncturas en escala proporcionada a ia demanda conocida de nue=tras plazas. Todo esto sucede- ria irremisiblemente con anticipation al vencimiento del plazo despues del cual debia empezar la vijencia de la ley de interdiccion.—Losefectos de esta continuardn realizandose en proportion del tiempp y del desarrollo prodijioso que recibiria ]a inagotable y variada riqueza natural de nuestras Provincias.

He aqui el sencillo fen6meno por el cual cesaria la rutina de asistir a Mon¬ tevideo y d Buenos Aires en busca de las mercaderlas extranjeras que de alii se traen para el consumo de la Confederation. He aqui cdmo se proporeio- naria esta mercado propio, emancipandose de la servidumbre Siliconvenientes que, como ya he indicado, hacen pesar sobre su comercio los mercados exira- fios de que hoy depende, 116 aqui como entraria en posesion del comercio directo, de que esta privada apesar de tecer en las costas de nuestros principa¬ ls rios numerosos puertos con todas las condiciones apetecibles para el acceso comodo y seguro de aquel, Ni puede dudarse por un momento que el co- mercio extranjero afluira a la Confederacion, como no puedc dudarss que el comercio vaadonde le eonviene—ley natural cuyo irresistible imperio sostiene fas relaciones comerciales que ligan a todos los paises del globo.

No hay rnzon alguna en que pueda furidarse el sacrificio que la Confedera¬ cion hace privandose de proporcionarse el comercio directo, para cuya adqui- sicion la naturnleza !e brinda todos los elementos neeosario*; por el conlrario, la prcsciqdeiicia de tan vital necesidad seria ya iiiculificab|e. La rcsponsabU

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iidad por tal abnndono, si 61 continuara por mas tiempo, vendiia inmediata- niente sobre nosotros como mandataiios de la Nacion.

La medida consignsda en el proyecto que nos ocupa, aunque de carActer transitorio, porquesolo duiara mientrasU ProvincU de Buunos Aires se man-

tenga sepamda de la union Arjentina. es bastante a satisfacer la expie.-ada neccsidad; pues una vaz estableeido el comeroio nirect", no hay poder hutria- no que nos ancbate esta adqui-icion; ella sera tan peimancnle vonio nuestia

nocionalidad; sera tan durable como la riqueza que encicrra nuostro territorio, cohio nuestros rios Parana y Uruguay; y se consolidara en razon diiecta dsl desenvolviiniento de estas fuentes de nuestra pinsperidnd.

Si todo esto es incontestable mirado el asm to por el lado economieo, no es menos clara.bajo su faz-politica, la perspectiva de otio resiiltado de inaprecia- blc importancia que v<>y a anunciaro«. Emancipada U Confederation do los mercados a que esta subordinada, po»eyendo mercailim propios 6 dentro de si misma, entrando de lleno en la vida comercial exterior que principalmeiUe alimentiiboy por conducto de Buenos Ayi est, se ha bra pstablecido el pquilibrio convenient? entie su;* intereses materials y lus de esta Provincia : el ejercicio de la soberania National exterior sera una realidad, y lo serd retien de una

\^ manera incontrastnble la unidad polilica de la Republic*: se h.ibra resuello definitivamente cl problema debt lucha tan conslante como natural y destruc- tora entre Buenos Aires y las demas Provintias Aijentinas: se hahia loto el ultimo esiabpn del cual aim esta. pendienteel nutiguo predominio de nqutila sobre estas. Solo entoneos, solo despue<i de realizadoese equilibrio tan salu- dable como esencial para la paz interior 6 dome-tica de la asocucion, tendid base inconmovible su organizacion politica. y se encaminara lectanieine hiitia' su engrandecimiento y porvenir. En vano esperaremos tod,o eslo de la Carta de Mayo, de lus demas institiiciones que se ha dado y que puede darse la Confederation; en vano contaremos con el auxilio del tiempo, y con la in- ikencia de los sentimientos le fraternidad; todo sera efimero, mientras sub- sista ese eslabon que acabo de apuntar,—mieniras nuestra emancipation co mercial no se consume practicavuente.

Mirando todavia este negocio pr>r su faz po'itica en lo relativo a nuestra actualidad, advertireis tambien que la ley tie que se trata importard an paso mas haciael laudable fin de aproximar el termiuo de la disidencia que separa a Buenos Aires de la Confederacion; pues la perdida de las considerables

veiitajas que nuestra dependencia de su niercado le proporciona, sera un nuevo estimulo que le impulzara a volver a la union; sera un eficaz y elo- cuente recuerdo de la necesidad que tiene de procurar la reconstruction de la nacionalidad en el sentido conveniente a los intereses bien entendidos del

pais, que no consisten, por cierto. en el provecho privilegiado de una localidad con dano de lus demas. La condition puesta en el primer art. de la ley revela a tod a luz la mente noble que acabo de significar, una de las altas miras ()ue ella lleva. Esa condition pone desde luego en manos de Buenos Aires el resorte con el cual puede parar los efectos dc aquclla.—Me oeurre agregar k

proposito de e«te raciocinio, que el bastaria por si solo para desvanecer la tacha de hostil que los espiritus superficiales pudieran encontrar en la ley, no teniendo en cuenta que la Confederacion esta en su perfecto derecho para dictaria, y que por lo mismo a nadie infiere agravio;' que. por otra parte, al

emaucipiir.su comercio de la pprjndicial dependentia del mercado de Buenos

Aires eonsultando lu prospendad n-'icionul, este paso refluuden beutiitio de

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aquella Provincia.compensandola mas tarda con usura del pasajero detriraento q' al prosente sufiiera en su conveniencia rentistica.

Creo innecesnrio detenerme mas en la exposition de las consideraciones que me hau decidido a presentar a V. H. e! proyecto en discusion, pues me alienta la espe»ranza de que ellas bastaran para inclinaros a su adoption; y terminal declarando que estoy dispuesto, a fin de obtener esta, a proponer 6 admitir, cuando S3 trate de los detailes, eualquiera modification que parezca oportuua. y que no contraric el objetoa que se dirije el pensamiento formu- lado en dicho proyecto.

El Sr. Gonzalez (D. Calixto)—Sefior: los capitales, no son el dinero preci- samente, son los vulores apiicado* a la pioduesio:), en cualesquiera cosa 6 forma que ellos consistan cnnstituyen la vida,el progre^o y la civilization mateiialde todo Estado d Nation. La constitution 6 dire, nuestva carta ha consagiado principios al fin de protejer directamente el ingreso y establecimiento de capi- tales; a mi juicio esto importa, esto vale y e»to nos dice el articulo constitucio- iihI. nue confiere al Congreso la facultad de proveer lo conducente a la prospe- i*idnd,al progreso, adelunto y bien eslar de las Provincias Confederates.

Es indudable que los capitales S'>n una necesidad tangible de cada una de Jas Provincias, no nipnos ipie del Estaiio: es pues preciso poner en ejercicio los

medios conducentes a sacar aquellas coino a este de tan afiijente situation: la industria. la inmigracion, la libre navegaciou de noestios rios y el ingreso de capita It s extraugei os entre otras cosas debeuios considerarles como los medios mas efic.ices y conducentes a la prospendad y bien estar del pais. Con leyes protectoras de est.e fin, con coneesiones temporales y rccompeusas que estimu- len lohabremos conseg'iido, habremos llenado lus prescripciones de la carta y finahiiente, cunipliendo con este santo deber, habremos tambien satisfecho la voluntad de nuestrns eomitentes.

Al considerar e^te asunto alia en el silencioso recinto de mi habitacion, nin- gunaotra idea asaltd a mi imagination, ni otro sentimiento a mi corazon que el de hacer todo el bien posible a la Patria, sin ultrapasar los derechos y preroga- tivas que le competen como a. Nation Soberana, libre 6 iniiependiente que lo es.

^Que.decia yo.impoitarian nuestras liberates liistituciones y la paz en que es¬ tas nos ban coloeado, si concedieramos/t alguna de las Provincias la potestad de poder lejislar .sobre los bienes indivisos del cuerpo social.' 6 si le concediese- mos jurisdieciou para impedii que este lejisle? ̂ No-seria desyiituar, falsear, 6 para explicaime con mas precision destruir radicalmente las leyes, bases fundamentals de la asociacian? Negarle al Estado Aigentino el derecho que tiene para dar leyes protectoras del Comercio Directo, seria imposibilitarlo para poder ejercer sui derechos ante las demas Naciones del mutido: seria destituirle de una de las mas valiosas prerogativas de los Estados soberanos librese inde- petidientes, y iinalmente.scria depojarle de un derecho que le otorga la natura- ieza y la ley comun de lasjentes, no menos que el reconocimiento de las Na- ciooes mas poderosas y civilizadas del mundo.

Asumirla Nation el ejercicio de tin derecho cuyo ejercicio lo reclama nues¬ tra situation y la voluntad argentina suhcientemente manifestada i Es por Ven¬ tura dafiar la justicia, -la circunspeccion y liberalidad de los deberes de honor, de moral y de politica en que estamos para con la Provincia de Buenos Ayies? No lo comprendo Senor. Hacer uso la Nacion de uno de los mas importantes derechos que le competen y que la Provincia de Buenos Ayres lo ejerce con perjuicio de la comunidad, humillando y apostrofando al Estado i Es por Ventu¬ ra dafiar la justicia la moral y la politica? No lo comprendo Senores.

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Elevaisc' la Nacion d la altura que le corresponde con enerjia ejerciendo de- rechos propios, y precavieudo de este modo las dudns que de tin* mnrcha debil ptulieran surjir en el exterior i Es dafiar ia ju'stitia, dignidad y politica Do ninguna mauera Senor.

Al consignar en la caita esta potestad el Congreso Constituyente precisa-. niente fu6 su mente y espiritu que el Lejislativo la pusiera en ejercieio, jiues a la sabiduria de aquel ocultaisele no pudo, que para que una taculiad. potestad 6

jurisdiction produzca su efecto es pr^ciso se ponga en practice; de otra nianera ella seria imajinaria, ilusoria y aun ridicula. porquo no envolvia otroobjeto sino el de que permaneciera eseiitit ineranieiite en el codigo.

Dije Seiior que la Provincia de Buenos Ayres ejercia una potestatl que es de la Nacion'.'Y esle asei to no es una verdad inconcus.i? i No es uu principio? I No es una prescription de la carta 1 Y si todo esto es cierto jPorque regla de derecho porque ley constitutional ode organization National la Piovintia do Buenos Ayres h.ice propios !os ingresos de importation y exportation? ^Sera porque la Aduanaestd en aquel territorio? No puede sertSera por ser Estado independiente del Arjentino? Tampoco,poi que esto e» notoriamente falso. ;Seia. iicaso porque es una Provineia disidenie? Piles que por la disidentia puede ad-

quirir dcrechod hacer propio lo «jue es de la Nation '? Imajinar Seiior eslo, es an absurdo.

He rieuiostrado t| ne la Nacion esta en su perfecto derecho para dar leyos protet;toras del Comercio D,recto: que el ejercitio de est« derecho no dana U

justicia la moral ni la politica: que este ejercicio es reclamado imperiosamente por nuestra situ ition y por la viluntad jeneral de nuestros eomitentes.

Descendere a deniostrarla conveniencia national que resultaia de dar leyes prptectoras al Comercio Directo. Los capitales, las casas fuertes de consigna- cion.el aumentode pobiation,la industria en todos sus ramos por consiguiente |a riqueza son resuitados necesarios de las leyes protectoras dp! Comercio Directo; asi practicamente lo hemos visto en la parte del litoral qua entretiene el Comercio Directo de importation y'exportation: este aserto es tan evidente que no habra quien se atreva a negarlo; luego tam|ioco no se puade negar que protejido el Comejcio Diiecto por el uso de algu- nos de los medios que be indicado, obtendremos los feliees resuitados que he anunciado. A mi jtiitio las leyes protectoras, al fin dicho, sou d importan un corroboratus de la ley que concede a las Naciimes la libre navigation de nues¬ tros rios, pues que esta sin lu que nos ocupa en estos niomentos aunque nos traeria los bienes apetecidbs, seria sin embargo con mucha iontitud.

Es pieciso Senor entrar por el camino justo sensato, rational y conveniente que nos traza ia carta Constitutional: es preciso no esperar del tiempo lo que la ley debe darnos, pues este no siempre es propicio: es preciso emencipar la Ha-

.cienda Arjentina de la influencia de la Provincia de Buenos Ayres. I Porque Sefior librar al tie npo y al acaso el progreso, la dicha y bien-estar de la Patria c'uando esta en nuestra mano? iPorque correr esas eventaalidades en un asunto que importa nnda menos que la vida de la Patria '( He aqui Senor, algnnOs do tantos- fundamentos que me han hecho decidir a estar por la adopc^n del pro¬ yecto en jeneral.

El Sr. Caceres: he oido hablar a los Sres. Diputados que me han precedido en la palabia de los grandes benefitios que. reportard el pais do la ley piotec- tora del comercio directo y prohibitiva de importation de mercaderias estran- geras por el mercado de Buenos Aires que se propone: tengo la desgracia de no estar conforme con esa medida y creo al contrario que ella solo nos traera

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grander complicationes y ruinas para el comorcio y tambien acaso embarazos do otra mas grave espetie. E-to prueba que unos y otros convenimos en la gravedud <lel asunto que est;'i a la drden del dia; y la conriguiente conveniencia dp oir las vistns y mil as del Gobierno sobre e1.

Espeio por consiguiente que lis Sres. Diptiudos "ose oporidrdn a la mo- cion qnehago para (pie se llame al Sr. Ministro de Hacienda con el objetode dar algunas esplicaciones que pueden ser neci-«arias y aumentar las luces en'la discusion rle un asunto de tanta gravedad. Fu6 suh'cientemjnte apoyada la motion

101 Sr. Lucero: creo innecpsaria la concnrrencia del Sr. Ministro; tal vez la fueiza de mis convictiones en esta materia me hacc juzgar asi. Al tnitarse del proyecto en general solo pndem<>s discutir sobre la conveniencia do dictir alguna lev tendente a profeger el comercio directo. La neeesidada esle resjifcto e«t eviih-uUe: nuestra obligation de proveer a ella es imprescinr dible. (Que objeto pueden tener pucs las esp!icacioi,ps del jVIiuisferi- Nin- guuo por cierto; amenosque la inten option que ha de cuu«arnosest? tiamite fupse calculada, cotno no debo snponerlo, para entorpecer la consideration del asunto. Ctiando descndamos a ocupainosde los detalles, lo que probablemen- to no sucederd al piesente, por e:->taralgo nv.in/.ada la hora, sera tal vpz couve- niente la asistencia del Sr- Mmi-lro de Hacienda; pero ahora U estimo inofi- chisii. Aprovechemos pues el tiempo anihando a algun resuliado, ya que el proyecto en general apenas puede ofrecernos, 1:1111111 he indicado, unteiia de dimension.

Advertire, finalmente. que habiendose pa«ad<> a los Ministros del Poder Eje- ciitivo h cuestioii de orden, es de supont-r que no habrau cicido necesurio par- ticipar de la consideration Jeeste asuuto, puesto que ninguno de olios ha con- currido a la sesion.

El Sr. Gonzalez (D. Lucas): esta ley Senor, importa un trastorno completo en nue.-tro modode ser. y siendo a-ise necesitan las luce-del Gobieruo y los datns que 61 puede darnos paia discutirla con todo elatieito posible. Apoyo pues, la motion del Sr. Diputado Caceres para que se llame al Sr. Ministro de Hacienda, y aun al Ministerio tcdo, si fnere necesirio, por.pie si esta medida nos h» de traer la felicidad que todos deseamos p.ira nuestro pais, debemos discutirla con toda libertnd y repo.-o.

El Sr. G'«£ere.v.=*lnristi6 en la motion que acabo de hacer— En otro asun¬ to crceriii menos necesnria la presencia del Sr. Ministro dej, ramo, y el» cmo- cimientode la opinion del Gobierno que juzgo ahora indispensable, atendido a lo grave y vital para el pais del que hoy nos ocupa.

No pretendo que mi opinion sea una suficiente autoridad en orden a la his- toria parlamentaria de otros paises, sin embaigo nuedo asegnrar que en las Naciones en que este sistema es traditional jamas una medida dp. esta natura- leza ha nacido de las Camaras por mociones privadas de un Diputado.— Sin desconocer el derecho que a ella tienen los pueblos que saben el buen uso de su libertnd. y no lo confunden con p! abtiso de ella, esperan que tan trascen- dentes medidas nazcan y sean propuestas por el Gobierno y no por mociones privadas.=iYa pues, que esto no ha sucedido en este caso, creo al menos opor. tuno que se conozea la opinion del Gabiuete. Se ha dicho que no la tiene: yo desearia saber en que se funda ese aserto, pues no basta a mi juicio a piobarlo el que no haya querido manifestarla por la prensa, sobre todo en circunstantias que la disc ision periodica tomaba un caracter irritante y aun pprsonal. Por

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mi partr deseo saber cual es esta opinion, si la tiene; y si esto no sucede qui- siera tambien saberlo por eloigano de sus Ministros.

El Sr. Quesada.—Me sorpreude que el Sr. Diputado Lucero se oponga ;i

que se llame al Sr. Ministro de Hacienda cuando en aspntos menos impiii tall¬ ies'el u ismo Senor se ha emponado en qt.e se llamen a tos miembros del Go- bierno.

El Sr. Laspiur.—Estamos en e! & bate de Id cuestion mas grave y tra*cen- dental que hasta ahora se ha presentado a la consideration de la Camara. Cues- tion compleja y peligrosi-ima, ya se la mire por su aspecto econouiico, ya por el politico, oia a la luz de los puncipios constitucionales, 6 a la del derecho pu¬ blico international.

Ante su maguitud, pues, y en presencia deTosgrundes intereses tlel pais que en ella pudieran comprometersp. me pa-ma, Senores, la ligereza con que quieie llevaise,y mucho mas,que se intente hasta excusar que seilustre su discusion, "puosto que se niegi la presencia del Vlinistro de Hacienda en esle reciuto para que declare cual sea la opinion del Gobierno sobre el asunto 6 paia que de las informaciones y e-plicaeiones que pudieran pedirsele.

Naciones mas ilustradas que nosotros y cuerpos deliberantes mas sabedores de la ciencia y mas avezados 4. la practica de los negocio* publico*, en cues- tiones de semejnnte entidad proceden con mucha cordura y reflexiva medita¬ tion, y loshemos visto, como en Inglaterra, emplear dosy tres afios de deteni- das disensiones para sancionar una Ley de libre c<tmbio.—No compreudo jmes entre nosotros que niotivo existe para andar con tanta precipitacion. Yo por mi parte confieso que no me encuentro en aptitud de tratar este asunto,por¬ que no he tenido tiempo de estudiarlo, y por lo mismo acepto y apoyo toda motion que tieuda a derramar luz sobre la cuestion.

Encuanto a lus razones que he oido aducir para negar la prcseneia del Mi¬ nistro de ramo en esta Sesion, ellas son muy fiivolas y destituidas al simple seutido comun, yestrafio mucho que quien las ha expuesto sea precisatnente un Sr. Diputado que siempre ha hecho identicas mociones, sin que la Camara nunca se haya opuesto, ni a 6\ se le h.iyan ocurrido iguales lazonesen contra.

Temo mucho, Sefiores, que la discusion tome un caracter npasionado, por¬ que en tales casos resulta siempre que la pasion se sobrepone a la intefigencia y la voluntad a la conciencia.

Se sometioa votacion ds la Camara, si se llama al Sr. Ministro, 6 no, y re- sulto negativa de catorce contra trece.—Se paso a cuarto intermedin.

Vueltos los Sres. Diputados' a. sns asientos.—El Sr. Rawson dijo : antes de presentar a V. H. una motion que me propongo haccr, quiero exponer las- lazonesque me mueven d ello.

Yo cieo que llegamos a la discusion del proyecto que forma la o-idendei dia, bajo impresiones desfavorables a la templanza y la cordura que debet! pre- cidir a deliberaciones tan trascendentales.—La manera como se han formado las opiniones a su respecto ha enjendrado necesaiii mente en el animo de aquellos que se pieparan a sostener el proyeeto lo mismo que en sus opositores cierta preocupacionapasionada que probablemeutehard iiuposible la ilustiacion tranquila 6 impartial de la cuesticu; pues es mtiy natural que cada urm se en- castille con la conciencia formada al calor de la discusion popular por la cual ha pasado la medidapropuesta.

La cuestion es gravisima puesto que para unos significa la prosperidad ins- tantanea de la Confederacion, y para otros ella acarreariasu ruina y pondria en peligro la paz publics, unica garantia de bien estar y de progreso.—Hace pocos

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mouipntos que un Seuor Diputado oponioudose a la mocion para que fuese llamado el Sr. JNlinistro de Hacienda dijo: que le constaba que el Gobierno no hiibia formado opinion relativa a ladie^on que nos ocupa, lo que equivale d decir que la opinion no es uniforme en el G.ibinete mismo.

Por otra parte ei Mensaje del Poder Ejecuiivo y las respectivas memorias de los Ministros pre-entan coino muy consohuhira la situation jeneral del pais y los progresos rapidos sentidos en todtis los ramos de la administration, la pose- sion de ventajas positivas, la esperanza de me.joras cada vez mas bsillantes en el porvenii==Luego nada hay que tins estimnlea preeipitarnos en la sari' cion de una ley, que por lo inenos enmbia de pronto todo un sistema econduii- co y comercial consugrado en eierto modo por la tradition.

En nombre pues, de la unidad de la Camara que psta en peligro de una sieion dolorosa si el debate se llcva adelante en las circunstancias actuates; en nombre del respeto que meiecen las opiniones do hombrcs encanecidos en la practica de los negocios publicos; en noinbre de la prosperidad presents y de las risuefias es|ieranzas del engrandeciiniento piogresivo del pais, bago formal motion para que se aplaze la discusion del proyeeto pnesto a la drden del dia por un tiempo racionalmetite limitado.

El Sr. Lucero: se ha hecho niocnui para el aplazamiento del proyecto, y cs- toy en oposicion a ella, porque ni he oido, ni encuentro razon atendible en que pudiera fundarse tan estj-atia resolution. Este negocio que ha debido scr, y es digno de la preferente atencion del Congreso, exists no obstante aplazado por esla Honorable Camara desde el ano 54, epoca en que^e presento por prime- ra vez el proyecto. Prescindire de hacer U bistoria de les incidentes que han ocasionado semejante proceder,porque ellos estan al alcance de todos. Bdstame recordar que las oberturas de arreglo entre la Confederation y Buenos Aires, promovidas en los aiios 54 y 55, han sido tal vez el principal motivo para el desentendimiento observado en asuuto de tan grande interns para el pais. El 6xito desgraciado de esas oberturas nos es conocido tanibien. Lounico que no aparece es el inconveniente s6rio que nos obligue ahora a relegar nuevaniente el proyecto en discusion al statu quo, al polvo de los estantes de ia secretaria.

Se lid espuesto bajo diversas frases^ como razon para el aplazamiento. la ne¬ cesidad de que se iluslre la materia sobre que versa el proy^cto. El medio de conseguir este objeto es considerarlo y discutirlo; asi como el expediente contra- rio, es.decir el aplazamiento, es precisainente lo mas a propositi para no arrihar a la ilustracion de la materia; pues condenado el proyeeto a volver a dormir en la secretaria,cesa el motivo de oo-uparnos de anaiizar la conveniencia d dis- conveniencia de la medida que forma su contenido. Por tal sistema rara vez nos encontrariamos en aptitud de resolver cuestion alguna, pues siempre po- dria invocarse para no hacerlo,=la necesidad de que ella sea mejor ilustrada, razon que por su propia vaguedad estd contestada. Agregar6, sin embargo, algo mas.

Este asunto se ha discutido, Seilores, de una manera tan concienzuda como detenida por la prensta: ha estado a la orden del dia, ha mucho tiempo, en los gremios comerciales de la Republica, en los circulos de hombres intelijentes: finalmente,ha descendido hasta el dominio del vulgo; y cuando llega el momento de qel Congreso lo considere ,;Sera el solo quien rehuse la discusion? ^Serd el soloquien declare q' aun no esta, preparado para ello?Tan ridiculamanera de es- quivar una tarea reclamada por la importancia misma del asunto y por la an- siosa y justificada voluntad de los pueblos,revelaria que, 6 no conocemos los de- bcres de nuestro mandato, 6 carecemos del zelo necesario para descmpenailo.

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Se ha dicho tatnbien que es conveniente aplazar eslc asunto parti prevenir la sicion que ha de surjir entre nosotios, si se considera. Este lacionio es ma.> hu millante que exacto ^Tan poca alturn se supone on e! Congreso'.' ^Pero donde esta ese fantasma de la sicionl Yo no lo dtviso; y si es ciotto que se le \e ve- nir, en nuestra mano csta alejarlo revistiendonos de la digmdad y circun«p<c- ciqn conespondientes al alto puesto que serviinos. A menos que se caufiquc de sicion la diverjencia que ya se advierte en nuestras opiniones. No haya ccida- do por eso; ella desaparecera bajo la influancia de la discusion iazuriaria,de que no se nos puede cneer incapaces sin infeiirnos una gratuita ofensa. Seniejnnte- sicion, lejos de ser vituperable 6 alarmante, es natural, atenta la gravedad <IpI a3unto, y es util porque del roce tie nuestras opiniones resultara mas clara la luz de la verdad, que no se hatle conocer mejor por mpdio del silencio consi- guiente al aplnzamiento del asunto. Finalmente, el (uguniento fundado pn esa sicion que se presume, es de suyo tan vago, tan dehil, y tan inaceptable por el decoro mismo de la Honorable Caniarn, que solo ha podido ser vertido inme- ditadamente. En nombre pues de la dignidad y de los altos deberes de la mision que desempefiamos como Diputados de la Nacion, yo me opongo a la motion de aplazamiento que acabo de impugnar.

El Sr. Gonzalez (D. Lucas)=Siendo esta cuestion Sres., de tan alta im- portancia, y debiendo la aprobacion de ese proyecto cambiarel curso do,nues¬ tros intereses y trastornar tal vez el orden y la paz de que gozamos, opino en apoyo de la motion hecha por el Sr. Diputado Rawson para su aplazamiento. Cuando ha llegado el caso de tomar una medida semejaute, y que tal vez esa niedida va a precipitar el orden actual de nuestro pais, es necesario discutirla y con la mayor calma y serenidad, reuniendo los may'ores datos y conocinnen- tos posibles. Si algunos Sres. Diputados tienen ya su opinion formada sobie este asunto, otros no nos encontramos en el mismo caso y deseamos tiempo pa¬ ra ilustrarnos.

Si hasta hoy hemos vivido sin el comercio directo, que es el objeto de ese proyecto,no veo razon alguna. para no espeiar dos meses mas hasta ilustrainos- todos Buficientemente sobre esta cuestion y poderla decidir con el mayor acier- to. Este es mi deseo, Sres., y votare por esta razon en favor de la motion que se discute.

El Sr. Gonzalez (D. Calixto)—El fundamento en que el Sr. Diputado que me ha precedido.en la palabra apoya su motion de aplazamiento del asunto que nos ocupa, es puramente 9egun se ha expresado, que todos los Sres que fornian este respetable cuerpo, tienen ya formada su oonciencia en orden a la cuestion: si hubiera hecho estribar su pretention en la razon opuesta me hubiera hecho el honor de estar conforme, pero como esto no es asi, estate- precisamente en oposieion, porque desde que se confiesa y esto es una verdad ami modo de concebir, desde que se confiesa repito, que tanto los Sres. que estdn por la adopcion del proyecto, eomo los de la oposicion tienen ya foima- da su conciencia, 6e confiesa implicitamente que han estudiado la materia, que la han analizado con lacalmay madurez que se requiere pira formar un jucio; que ninguna dudani anciedad les asiste; luego el aplazamiento no tiene objeto util desde que ninguna otra razon se ha aducido para pretenderlo: seria Sr., retardar los asuntos sin un motivo de convenfencia, y con el perjuicio que e» consiguientc se siga del retardo indebido en las resoluciones, mucho mas cuando se nos agolpan asuntos queinteresan al bien de la Nacion; estoy pues en oposicion al aplazamieuto.

El Sr. Navarro (D. Ramon Gil)—Se ha dicho Sres. con mucho fundamento

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que cttda uno de los Diputados tpie ocupamos este honorable rccinto, tieng ya formada su opinion en el asunto que esla puesto a lu orden del dia. Acaba de hacerse motion para que seaplaze la discusion del pioyecto, alegaudo, quo cu un u.-unto de tan grave intoies debe darse tiempo al estudio y la.medita- cion. Se ve pues, que los misiuos Diputados de la oposicion se coritradicen, pues no ha mucho que se deeia que cada uuo de los Diputados habia venido a la Camaru con su conciencia formada.

I Por que pues se pide el aplazamiento de una cuestion de tanta magnitud e interes para el pais? I Por que no se ha estudiado lo bastante '. Dos aiios ha qua este proyecto se aplazo |ior identicas razones. Desde entouees hasta hoy se ha discutido en la prensa, en ciiculos de comerciantes y econotnistas, deutroy fuera del pais, y toniaudolo por todas las faces que 61 presents. ^Seran todavia necesarios otros dos afios para examinar la cuestion Me atrevo a deeir Sres. que e.»tos aplazamientos cnvuelven mas bien un intento de eludir de esqtiivar la cuestion a todo trance. Yo dosco Sres. que se aborde, que se discuta, que se ilumine con todos los datos y argumentos que podamos aducir. La discusion nos hade dar luz y ella nos ha de llevar al acierto que deseamos. >>e ha pedido por el Diputado mocionante en obsequio del bien general de la Confederation, en favor de la union del cuerpo, sean deferentes los Diputa¬ dos de la mayoria a la motion propuesta. El mismo Sr. Diputado de la mo¬ tion ha dicho que ve ya una mayoria que sostiene una opinion &a. &a. L're- guuto uhora, Sres. i es rational, es justo pedir a esa mayon'a el sacrificio de «u opinion en favor dc la minoriai Creo que veinte Diputados pidiendo a diez desistnn de su opinion, exijirian mas de lo que es dable y rational solici- tar; por lo mismo es dura exijencia, Sres.,que diez soliciten de veinte el sacrifi¬ cio de su parecer. Esto es lo'misino que la cuestion de la una con las trece en que aquella exije que estas sigan su politica. Esto es Sres, contra todo- printipio natural y rational a la vez; no puede exijirse que cl todo ceda a la parte.

Yo a mi vez, Sciiores. iuvoco el interes sagrado de la Nacion, lapaz, el pro¬ greso, el porvenir general e individual, para pedir en su nombre que no apla- zemos csta cuestion. lnvoco todas las consideraciones que ha enunciado el Sr. Diputado que pide el aplazamiento, por que ellas hacen a mi pioposito para repetir que he de negar mi voto a la motion de aplazamiento. El Sr. Pardu.—Antes de pasar a cuarto intermedio, cuando se pidio la asis- tencia del Ministro de Hacienda, vote poiq'ue se llamara a este y aun a todo el Gabinete, fundadoen que tanto yo como otros de mis honorables colegas, no teniendo plena conciencia en este asunto, necesitdbcinos de medios paraiius- trarnos sobre la materia. Si los Sres. Diputados que se oponcn a que se apla- ze cl debate, conocen a fondo la cuestion, no es razon para que nosotros la co- nozcamos, aunque ella date de dos ariosa esta fecha. No se estrafie esto Sres.;, porque, de mi parte al menos, declaro no haberla estudhdo lo bastante, pues¬ to que ignorando entonces que debia ser Diputado, no tenia el deber de hacer- lo. Si los Sres. la saben tanto mejor para ellos, y yo me alegro de que asi sea; pero dejesenos a los que pedimos luz, el tiempo para buscarla en el estudio; nna cuestion tan grave, en la que se compromete la suerte de la Patria, no se estudia ni se decide en un dia. Ella requiere mucha consagracion, y consa- gration a las operaciones de calculo, porque la estadistica numerica es la que en este asunto ha de revelarnos la verdad. Por otra parte, bajo el aspecto politico demanda asi mismo mucha atencion y refiexiones serias. Si hay Di¬ putados a quicnes ha bastado un dia para que formen una opinion fija. en esta

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materia, es que tend ran una admirable facultad intelectual de que otros care- r.en; y por lo mismo debieran darnos el tiempo que les pedimos.

Apoyo oues la motion de que se aplaze esta discucion; y lo hago con la in¬ tention mas pura y patriotica.

Dado el punto por sufitientemente discutido se sometid a votacion, si se aplaza, 6 no, la consideration de este asunto, y resulto negativa por mayoria.

El Senor Q:icsada==Senore^ : cuando se abrian las sesiones ordinarias del Congreso, el Extno. Sr. Presidente de la Confederation, nos presentaba como el programa politico y decisivo de su Gobiorno, la paz con todas las Naciones del orbe de acuerdo con la voluntad y las necesidades mas sentidas de los pue¬ blos En su mensaje, que escuche con profunda ateticion, se leen estas pala- bras respecto a la Provincia disidente:="Z,tf paz con Buenos Ayres reposa pu¬ ra lo sucxiro sobre la garanf.it/ de la condencia y del honor del Gobierno Na? monal Aigentino' La honorable Catnara de Senadores al contestarlo aplau- de en terminos bien elocuentes esta politica llenade cordura y de templanza. Es decir, Sits., que por estas declaraciones el honor y la conciencia del Gobier no National impiden toda hcsti'idad, todo ataque, todo acto qte altere esa si¬ tuation. jCual seria mi sorpiesa al leer en el ait. 1. ° del proyecto de lev que discutimos una pr ihibicion completa de comerciar con esa misma Proviu- cia de Buenos Ayres! No podeis ignorar que en las naciones modernas se mira la interdiccion comercial como nn casus belli, es decir, un acto diametral- mente opuest'i a la poh'tiea iniciada por el Ejecutivo:—la guerra comercial en vez de la paz garantida por el honor y la conciencia del Gobierno Nacional Arjentino.

No esquivemos la cuestion, traigamosla al terreno en que la.colpca el proyec to de ley, y discutamo* con Li lealtad y la franquezt que debemos a la digni- dad del puesto que ocupamos.

El art. 1. ° de! proyecto de ley es una hostilidad a Buenos Ayres; su Iec- tnra asi io indica, su prescription1 asi lo establece.

Mientras celebramos tratados con las nacionqs estrjingeras, basados en la igualdad y libertad comercial y con tendencies a asegurar el libre comercio con todos los pueblos de la tierra; mientras hacemos ostentation de nuestras i'ran miciasy de nuestras Cendencia* pacificas yjustas, se quiere por otro lado pohibirel omertio con la provincia disidente y se propone una interdiction comercial completa. ^Cual es el pensamientopoliticodecstamedidahost.il? Creo descubrirlo en el tenor mismo de e.se articulo: atraer a la union, nacional, a Buenos Aires; 6 iniciada esa idea por una medida de coaccion, logicn es suponer que se ilegara a las armas; porque seria necedad creer que se inicia una hostilidad sin un fin y sin los raedios do utilizar esa mi.-ma hostilidad. Toda hostilidad -es el principio <ks una guerra, y es claro que iniciando una guerra se cuenta con los recursos para sostenerla y eon las probabilidades deltriunfo. Me abstengo de juzgar la justicia que tuvi6semos para hacerla. Pero (jpodemos nosotros hacer dar un vueleo tan completo a las miras del Ege^ cutivo? ^podemos lanzarnos en una guerra, sin conocer antes si el Gobierno puede sosteneila?

,'.' No se hasta donde pudiera llegar el derecho de iniciar semejante politica; pero si creo que esa hostilidad es contraria a la politica pacifica que forma el programa del Gobierno Nacional: esa medida falta a la fe prometida, ataca y viola una declaration solemnisima y comproinete el honor y la dignidad de Egecutivo. Por estas razones he apoya lo la motion que se hizo para que

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fuese llamndo el Ministerio, y que la mayoria de la Honorable Camara ha re- chazado.

Pero ademas de la dqsconfianza que esta medida produciria en el esterior, trastornos de otro orden, consecuencias de otro genero se hardn sentir.

No solo hostilizamos a Buenos Aires por este acto, porque su aduana no es - nacional, sino que hostilizamos a la Republica Oriental del Uruguay, en plena paz y sin que haya ningun motivo qua pueda justiftcar tal decicion. lmpone- mos tambien condiciones al comercio del Paraguay, en una palabra, nos po- nemos en gnerra mercantil con todos los Estados vecinos y limitrofes, y nos enagenamos la buena voluntad de los pueblos hermanos y vecinos.

Lasguerras comerciaies son la ruina de los pueblos que las hacen, esta no es una paradoja. La historia podra darnos egemplos elocuentcs de esta ver¬ dad. Napoleon l.°con todo su poder, bien sabeis lo que saco del bloqueo continental: es inutil que os repita lu que la histoiia nos ensena.

No me detendre, Sres., a examinar y estudiar todas las consecuencias que nacen 6 pueden nacer de esta medida, bajo el punto de vista de la politica, por¬ que son claras como la luz y tal vez no conviene senalarlus.

Permitidme ahora, considerar esta ley como una medida econdmica en la hipotesfs que tal fuere la mente de sus iniciadores. Uno de los mas grandes resuitados que produjo la independencia de la metropoli, fete la descentializa- cion administrativa, politica y mercantil. Sabeis que la antigua ruta del co¬ mercio del Peru era por Buenos Aires, por medio de esas lentas caravanas de carretas y de las arrias de mulas, para traer en cambio los metales precio- sos que formaban casi la tinica esportacion. Emancipados de la metrdpoli y descentralizadoel comercio por aquel gran sacudimiento, nuevas vias se abrie- ron al comercio, q' bnsca siempre su con% eniencia.Diversos ceutros mercantiles se establecieron y Bs. As. dejo de ser la via precisa y unica de aquel valioso co- mercio colonial. Sin embargo, este mercado quedd por largos ariossiendoelcen- tro de todas 6 casi todas las transaciones mercantiles de la parte del antiguo vireinato del rio de la Plata que se llamd Republica Argentina. La clau«ura de los rios, la guerra civil y otras causas dificil de enuirerai-jhitieron conser- var la centralization mercantil de las provincias. Este hecho, resultado de nues tro modo de ser, fue origen dc caloiosas recriminaciones a aquel mercado que utilizaba la herencia colonial e influia en la vida meic'antil de la nacion. Incompleta estabaesta revolution desccnlralizadora, si me permitis que asi la llame, hasta que la libre navegacion de los rios vino a completarla, de acuerdo con las tendencias y las exigencias de los pueblos. La Republica Argentina nobusca pues centralizar sus relatione mercantiles; por el contrario, quiere mny logicamente buscar sus meicados donde le convenga, porque asi cree evitaruna dependencia quese le ha senalado come la causa desu atrazo.

Por estoveis, Sefioies, cuan contentas estan las Piovincias litoralescon sus mercados diversos, pobres hoy, pero que esperan se enriqueceran mas tarde.= Contentas por q' saben q'tienenel derecho de eomerciar libremenle con todas las naciones del orbe;y poi esto, celosas de esta misma libertad comercial,q'han comprado con sus esfuerzos y con su sangre.

Sin embargo de estos hechos, cuya verdad historica esppro no me negareis, se pretende ahora una contra-revolucion mercantil, pet mitidme llamarla asi, se pretende por medios artificiales y por medidas prohibitivas centralizarese comercio, en contradiction con lu marcha lojica de los sucesos y contra las tendencias naturales del comercio. En otro tiempo se gritaba j abajo el mer. cado monopolizador! y hoy se dice, es necesano otro mercado roonopolizador.

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Una de dos, Senores, 6 es necesario formar, violentar las tendencias del co- mercio, y queremos reaccionar contra los hechos, para inventar un mercado artificial que haciendose dueno del comercio produzca los mismos efectos del antiguo rejimen, y entonces lejos de tnirar al porvenir nos volvemos al pasado: 6 dejamos desarrollatse libreineiite al comercio, con las garantias y por los uiedios previstos por la Constitucion.

Esta pretension de centralizar el comercio, concentrando las relaciones mer¬ cantiles en un solo punto, en un mercado exclusivo, es una solicitation prohi- jada y ajitada por los intereses de una localidad, en perjuicio de las Provincias de Entre Rios y Corrientes, en perjuicio de todos los pueblos situados en el Uruguay.

Pero, Sefiores, cuando se tiene esta pretension de cear un mercado en un pimtocualquiera de la Confederation; Entre Riosquerrd que ese mercado es¬ te en su Provincia; Corrientes querra qne este en la suya, y los habitar.tes del Rosariolo pediian alii. Pero cuando se habia de un mercado, se habia de hom- bres que compren y vendan. Pedir uu mercado privilejiado es exijir que se tome un ntimero de hombres y se les diga. '-Querais 6 no querais, que esto osconvenga 6 no, que seaumenten 6 disminuyan vuestras ennancias, he squi vuestro niercado, he aqui vuestros abaslecedores, no podeis proveros en otra parte: aqui debereis cotpprar vuestros alimentos, vuestros vestidos, vuestros objetos de Injo, y aqui tendreis que truer vuestros productos.

Notadlo bien, por este sistema no se consultan sino ciertos intereses, ciertas localidades: a unos se proteje enormeniente; a otros poco; a aquellos nada: al productor se le inutiliza: de aqui nacerdn, Sefiores, no lo dudeis, quejas amar- gas y crueles reetiminaciones. Recordad nuestra propia histoiia.

Me voy a permitir senalaros un hecho. La Provincia de Corrientes, que tengo la honra de representar, esporto para Beenos Aires en el primer semestre de 1854, por el solo puerto de la Capilla del Senor, ensestnla buques once mil seiscientos tirantes. Por el puerto de la Capital se expoi ta>-on en el mismo ano 6,500 piezas de madera, entre ambos pueitos el valor de 250,000 pesos mone- da correntina. En este trafico se emplea la sexia parte de Ios habitantes del Departamento, y en el ano proximo pasado de 1855, se exportaron por el solo puerto de la Capital 224,829 varas de maderas. El niercado que consume ca¬ si exclusivamente e&tas maderas es Buenos Aires: desde que estnblezcais una prohibition absolutade traer manufacturas, haceis imposibleel cambio de esas maderas, matais al comercio, arruinais a los trabajadores, a los buque& que couduccn esa misina carga y empobreceis esa Provincia, por que obrais contra las tendencias del comercio y solo pensais en protejer una localidad—el Ro- sario.

Bmpero se dice, es necesario emanciparnos del tributo que pagamos en el mercado de Buenos Aires, y se ha repetido tanto esta manera de hablar que casi se ha hecho una creencia popular. Pero no se refiexiona que no existe se- mejante tributo, que es un cambio. Cuando un comerciante correntino, por ejemplo, vd a Buenos Aireg con sus maderas, sus lanas y sus cueros y cambia esos productos por mercaderias extranjeras [quien paga el tributo '> Es el 6 es el comerciante de aquella plaza Evidentemente que si el productor es tri- butario,el vendedor loes a su turno por el producto correntino que consume. Obligad a ese productor correntino que lleve sus productos al Rosario, y de- cidme por que le poneis esa traba por que Ie coartais la libertad de vender y comprar donde y como le convenga? en favor de quien atacois la libertad de comercio En favor, Senores, de una localidad, para obtener un mercado mo-

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nopolizador; pero esto es retroceder, pero esto es-resistido, pero esto es contra lo que habeis reclamado tantas veces

El resultado que preveo es la ruina del comercio de cabotaje, la ruina del comercio de Corrientes y de una parte*de Entre-Rios.

i Por que temeis la concurrencia? por que quereis que nuestros productos no busquen sus mercados narurales? Quereis enriqupeer a los comercian- tes del Rosario, aunque ahogueis la production? Considerad que el comer¬ ciante no es si no un mero ajente entre el productor y el consumidor, y que ata- cando la production preparais la miscria.

Si queremos mercados produzcamos mas, aumentemos nuestra riqueza y tendremos por la fuerza misma de las cosas lo que no podemos tener por medi- das prohibitivas.

Mientras no tsngamos productos no podremos aumentar nuestros consumos; porque 6 pagamos con productos 6 con moneda, y esta no la podemos obtener sin trabajar, sin producir. Por consiguiente. el consumo ha de estar siempre en relation con la production. Aun cuando dictemos leyes. sino producimos no tendremos comercio, porque no tendremos que dar en cambio de Io que nos traigan.

Se habia no se de que peticiones pidi6ndonos leyes que atraigan el comer¬ cio, prohibiendo comerciar con Buenos Aires. .Es muy original, Sres., que hombres libres nos pidan leyes que coarten el ejerticiode la libertad!

Del Diamante hay una petition de estanaturaleza; y, cnales sor. b>s intereses del Diamante para este comeicio que se llama directo No se, Sres., pero el Diamante no tiene producciones para entretener semejante comercio.

Por estas razones he de votar en contra de! proyecto de iey que discutimos. El Senor Puente—Se trata, Senores, de un asunto muy grave, nada menos

que de eambiar hasta cierto punto nuestro modo de str respecto del comercio de la Confederacion. Muy circunspectos y ptecavidos debemoa ser en la consi¬ deration de un punto que afectaen alto gradonuestros intereses jenerales; sien- do para mi 3e,tal entidad y trascendencia esta cuestion, que pienso debe anali- zarso bajo todos sus aspectos para no exponernos d un error fatal que pueda producir resuitados contrarios. Se trata, Senores, de establecer por medio de una ley el comercio directo estableciendo a la vez derechos diferenciiles—tal es el proyecto que no* ocupa. Dos cuestiones se presentan aqui que deben to-

/mai se en considei acion: una politica, otra economica. Cedo a intelijencias mas altas la consideration de la primera y llamare por un momento la atencion de la Honorable Camara sobre la cuestion econdmica. Concibo perfectamonte que lo t]ue se pretende, importa nada menos, que la emancipacion mercantil de rmestro comercio interior de la plaza de Buenos Aires, y aunque esto pudiera dar muy buenos resuitados a nuestra politica, no sera asi respecto de los intere se« generates del pais en este momento—Nuestru industria y nuestro comercio estan en la infaucia, necesitamns capitales, que el pais los tiene apenas en muy baja escala. necesitamos una indusiria productora, necesitamos poblacion, y mas que todo, Senores, necesitamos un buen sistema de aduanas, porque este

punto, es acaso el problema mas dificil de resolver entre todos los que presenla la administration ptiblica Sino imposible es muy dificil trataj- de conciliar inte¬ reses opuestos en una ley como los que aqui de bulto se presentan a nuestra consideration. Tres afios hace que nuestros puer(tos estan abiertos a todas las handeras y sin embargo el comercio extranjero no nos havisitado todavia: esto no imnorla decir que mas adelante no lo tendremos, pero si que nuestros pro¬ ductos no bastan a halagar la codicia 6 ei interes del comercio extranjero. ..Su-

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poHgamos que tenemos ya la ley estableciendo los derechos diterenciales; que el Gobierno pereibe la renta de un ano anticipado en las introducciones que ne cesariamente ha de hacei el comercio interior antes que espire el plazo tijado a. dicha ley;—bicn, el Gobierno con esa renta anticipada tiene para las necesida- des de uu ano, que probablemente destinaraal pago de su deuda atrazada en mi mayor parte; oero ^quien nos tespondeen adehinte de que el comercio ex-

tranjeio surcara nue.-t.ros puertos;? porque si como hasta aqui no ha encontrado convenicncias en uuestio coniercio, jiquien dice que esto sera cosadel momentt>

y pot el solo hecliO'que nosotros lo querramos, aunapesar de establecer en su i'avoi esa diferencia de tarifa;? y si apesar de todo esto nos equivocasemos en nuestro cdlculo, como lo creo muy probable ^ que sucederia lo que es consi-

guiente, que~el consumidor por una parte tendna que sufrir pagnndo mas caras, las mercaderias, que nuestra industiia -e abatin'a en su orijen, que el Estado

que cuenta el productode Aduanas como su principal renta, no nercibiria las sufitientes a lletiar sus primeras necesidades, que entonces el contrabando se

ajitariii en alia escnla, porque esta medida traeria esa consectiencia inevitable, y entonces toda la Republica tendria que snfrir los malos efectos de una ley, ley inuece.-aria a mi juicio, por nuestro modo de ser y porque para elloes pre- ciso tenerpn cuenta la costumbre de los pueblos que la ley hasta cierto puilto no debevviolentar. El comercio no piecisa que se le hagan conocei- sus conve- niencias, solo necesita iibertad i se pretende pups, 'restringir la que nuestra Constitucion acuerda a todo el comercio del mundo? Se desea q'la Confedeia¬ cion tenga un mercado propio, q' tengamos comercio directo con el extranjeio. Yo tatubien soy deesla opinion, pero los medios propuestos no llenaian nues¬ tros deseos.=La plaza del Uosario por su posesion geografica esta llamada a ser el cetitro comereiul de la Republica en contacto con el extranjeio, alii tene¬ mos yti los cimientos -del edificio, un dia vendra en que sin necesidad de esa ley coiirurnran alii todos los productos de la Confedeiacion y encontraran letor- nos de mercaderia uuesto eomercio de las Piovincias; si queremos, adebintar la realidad de este hocho, hagamos efectivas Ins prescripciones denuestia caita, pr estemos t-eguridad y garantia al extranjero para que pueda intiodncir su in dustria y capitales.dictemos leyes protectory al comercio.y a la industria; y en tonces, como decia, un dia vendra en que sin necesidnd de otra medida la cos tumble habia t-ancionado In ley de que boy nos ocupamos; pero pretender die tar leyes prohibitivas para llevar a cabo ntiestra idea, es un eiroi; este sistcma esta ya abohdo en todas las naciones porqtie el no ha dado sino fatales lesulta dos:—franqtiitia, libertades sd comercio de todo el mundo—tal es mi opinion. Por estas consideraciones. pues, hede votar en'contra del proyecto en diseution.

El Sr. Rueda: Veo, Senoies, con seiitimiento, que dispntiroos en este a'snnto sobre puntos en que era mas natural estuviesemos conformes por su sentillez. Empezar6 por contp-tar a la- obse.i vaoiones emitidas por el Sr. Diputado que me ha precedido en la palabm. He advertido que en el tondo nJe la cuestion esta conforme, pcque conviene en la nccesidad de que la Confedcracion se

proporcii ne un mercado propio, aunque no estamos de acuerdo en los medios que ha indicado para' Hegar a la realization de esta importante idea, esa csjus- tamenfe'la tendencia de la ley conduit ese edificio que esta en cimientos. Se ha dicho que no tenemos productos bastnntes para pagar lo que consuniiruns, que solo podremos tenerlos cuando poseamos grandes i entros metcantilcs. Pero el Sr. Diputado no ha advertido que un mercado para llegar a ser grsnde ha empezado por ser antes pequefio, y que el mas 6 menos a esU respecto esta- ra sieinpie entre nosotros como en todas partes, en relation directa con la po-

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blacion, riqueza natural, ventajas geogrdficas y con las buenas 6 nialas leyes que rijan el comercio. El mercado mismo de Buenos Aires con respecto al de Londres, no merece tal titulo, porque no hay punto de comparacion entre una y otro, y sin embargo, el mercado de Buenos Aires es inercado a juicio del Sr. Diputado. Se ha dicho tambien, que el comercio directo no sa realizara con los puertos fluviales de la Confederacion, porque no habra retorno en ellos para los buques de ultramar. Y entonces los cueros, la cerda, las tanas., el oro, 'fcobre y la plata en pina y todos los demas ft utos de exportation que producen nuestras Provincias ^que se hardn? Y entonces los seis millones de mercaderias estranjeras que se importan por el solo puerto del Rosario ^con que se retornan? Entonces el vestido de tejidos extranjeros que usa el Sr. Diputado, lo debera? Me permito esta suposicion para que aparezca de bulto, la debilidad de la ab- jecion que acabo tie contestar.

No solo es incuestionable la seguridad de que el comercio directo vendra a nuestros puertos, sino que es evidente tambien (aunque esto no lo duda el Sr. Diputado preopinante) la conveniencia que el pais reportara por el fomento de ,hi propiedad particular; asi como es igualmente iBcuestionable que el comer- ciante podra en tal caso vender sus frutos y comprar en cambio*as mercade¬ rias extranjeras, con un ahorro considerable de tiempo y de gastos. El Sr. Di¬ putado preopinante sabe como yo, porque es comerciante tambien, que el ven- der y comprar en Buenos Aires cuesta al negociante de cualquiera de las Pro¬ vincias, un recargo al negocio de mas de un treinta por cieuto que se divide en comisiones, en lanchage, acarreos deembarque, descarga, barracajey otros gas- to9que seria largo enumerai; enfin, el Sr. Diputado sabe Corao yo que el com¬ prar y vender en Buenos Aires es un verdadero martirio para los comerciantes de las provincias.

El Sr. Diputado preopinante se ha olvidado de otra circunstancia que le de- be ser conocida, y es que aproximando el mercado a las provincias consumU doras, se evitaria la perdida de tiempo considerable que cuesta la concurren- cia a Buenos Aires, asi es que, si el mercado estubiese situado en el Rosario, por egemplo, el comerciante de Cordoba estaria a tres dias de distancia de e»te pnnto, y podria hacer cada mes un viage para proporcionarse surtido, mien- tras que hasta Buenos Aires, cuando mas puede hacer ties viages en el ano. Esta difercncia en beneficio del comerciante, lo es tambien en favor del fisco cuyas rentas se acrecentarian en proportion de tres a doce.

Se ha dicho por otros Sres. Diputados que la medida de que se trata, va a trastornar el orden, yo miro tan infundado este temor que sostengo lo contra- rio, porque sera mas seguro el orden enriqueciendo el pais y aumentando el tesoro publico que es indispensable para sostener aquel.

Se ha dicho tambien que bastan nuestras instituciones liberales para conse- guir con el tiempo lo que queremos alcanzar en un momento. Yyodigo, que si vamC3 atenidns a esa sola esperanza bien nos podemos quedar como los judios aguardandoal Mesias. Dir6 tambien, que seria escusado entonces asis- tir a este recinto 'para desempenar nuestra mision; que seria inutil dictar le¬ yes protectoras del comercio, puesto que nuestra carta es bastante para hacer la felicidad del pais; puesto que ella eg el talisman que nos ha de dar cuanto necesitamos, aunque nosotros no le demos una aplicacion practica. Coneluire para contestar a la objeciou fundada en que vamos en progreso, agregando por mi parte, que es verdad que progresamos, pero como progress un hombre en anos sino se muere, como progresa una estancia si no hay peste, pero dire por fin, que de esto al verdadero progreso que debemos pretender, hay una inmen-

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sa di*tancia. Creo que bastan estas sencillas razones para desvanecer todo ctianto he oido en oposicion al proyecto, reservandome adelantarlas si se aduje- se tambien nlgo de nuevo para iniptignarlo.

El Sr. Gonzalez (D. Lucas)—el objeto del proyecto de ley que esta en discusion es, segun lo ha manifestado uno de sus autores, atraer el comercio directo a los puertos de la Confederacion. Semejante proposito es sin duda alguna, tnuy noble y merece por cierto todas nuestras simpatias; pero el medio, Sefiores, que se ptopone para lograrlo, es en mi concepto, un error econ6mico que podra traernos por resultado, graves males—-Voy a procurar demostrarlo.

Sabido es, Senores, que dos sistemas han estado siempre en lucha, en cK3i todas las Naciones, con el fin ambos de fomentar el comercio y la industria. Estos dos sistemas se han propuesto como los medios mas adecuados para lograr aquel objeto, y el resultado que ellos han producido ha venido d demos- trar cual es el venladero—Me lefiero, Senores, al sistema liberal y al prohi- bitivo o proteccionista; y para probar que el primero ha triunfado, citare un ejemplo muy elocuente, por cuanto ed se refiere a la Nation mas libre y mas comercial del mundo—En Inglaterra existia, Senores, el sisterna protectionists para favorecer la industria del pais, y sus defensores lo sostenian con toda la uudacia y enerjia de que podian ser capaces los hombres mas poderosos da aquella Nacion—El pueblo sin embargo, se moria de hambre por la escacez y carestia de los articulos de piimera necesidad. Subio entonces al Ministe- rio un hombre de intelijencia y corazoti, que comprendiendo perfectamente cual era la causa de aquel mal, trato de hacerle desaparecer=Ese horabre, Senores, fue Sir Roberto Peel, y el sistema que adopto fue el sistema liberal. Que resultd?—que el pueblo ingles tuvo que comer en abundancia; que ia industria nacional en vez de arruinarse, se perfecciono, y que las itnportaciones y exportaciones doblaron en diez anos, no perjudicando en un centavo las rentas del te3oro. Este milagro fue operado, por el sistema liberal, y lo traigo a cuenta para reehazar, como un medio condenado por la ciencia, esa interdic¬ tion comercial que se trata hoy de establecer entre Buenos Aires, Montevideo y la Confederacion, cou el fin de llamar el comercio a nuestros puertos.

El sistema prohibitivo ha exijtido tanbien en nuestros dais, y data desde el tietnpo de la domination espafiola., habiendo continuado despues durante el tiempo de la administration de Rosas que habia ceri ado las puertas de nues* tros rios al comercio extranjero. Esta prohibition ha impedido sin duda algu¬ na el progreso de estos pueblos; pero ella ha cesado, Senores, el dia que la tirania desaparecio en Caseros—Ese dia, triunfaion todas nuestras liberlades y entre ellas la comercial que ha de engrandecer con su benefico impulso nuestro comercio y nueetra industria—Esa libertad esta consignada en nueslra Carta, y contiariariamos sus miras si sanciona-emos el proyecto de ley que hoy discutimos—Nuestra Carta, Senores, no es en mi concepto bien comprendida, y esa ley que hoy se trata de dictar va d violentarla. Ella contiene en si todos los elementos de engrandecimiento y prosperidad que una nation puede desear y nosotros no debemos hacer otra cosa que dejarla obrar siguiendo el desarrollo de sus instituciones, tal cual las circunstancias de nuestro pais lo permitan, seguros de llegar por estos medios a ser una grande y poderosa Nation. El comercio directo lo tendrcmos, puesto que tenemos la libertad comercial; pero lo tendremos paulatinamente a medida que se aumente la poblacion, que se desarrolle nuestra industria, que se mejoren nuestros caminos. Intentar tenerlode otia manera. es esponerse a no tenerlo jamas.

Se dice que nuestro Gobicrno es pobre porque no tenemos mercado propioi

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que es necesario formar uno para aumentar nuestras renins, y que mientras ellas sean escasas, nuestro Gobierno no seid fuerte ni sera respetado. Yo no admito, Senores. estos acertos—Un Gobierno no se respeta por s-us rentas, sino por su conducta. Si esta es justa, digna y liberal como la que ha seguido hasta ahora, e! Gobierno de la Confederation, sera siempie respetado, como lo es y lo ha sido por todas las Naciones del mundo. El dia que suceda lo con- ,trario, que esa conducta sea distinta, que uuestras libertades publicas sean violentadas 6 suprimidas, que la politica ftanca y liberal que hemos adoptado sea abandonada, ese dia si que nuestro Gobierno dejara muy probablemente de ser respetado; y es para evitar ese caso que debemos marchar siempre con la Constitution en nuestras maiios, cumpliendo estrictameute sus mas pequeiias prescripciones; porque solo asi progresaremos. solo; asi sercmos respetados.

lis muy noble y patriotico sin duda alguna, e) deseo que abrigan los Sefiores autores del proyecto, de aumentar nuestras ventas foimando en el puerto del Rosario un gran msrcado; pero repito, es un error quererlo iograr por medios' violentos. El comercio es muy sabio, Serioies, y no necesita leyes paia bus-car su conveniencia. Si en el puerto del Rosario la encuentra, a el vendra

,y entonces se formard ese gran mercado que hoy se uata de improvisa/-. Poblemos primero nuestros campos, esplotemos nuestras inmensas y vahosas riquezas, tengamos suficientes productos para pagar las importaciones, y

.tendremos ese gran mercado: porque solo eutonces el comeicio extraugeio encontraia en ese puerto las ventajas que necesita. para venir.

Se ha dicho tnuy bien que el comercio direeto existe, desde que rige nuestra Carta, que ha abierto nuestros rios d todos los- buques del mundo y consignado como una de sus disposiciones fundamentals, la libertad comercial; y que si no conciirre a todos los puertos de la Confederation es poique no encuentra en ellos los eleinentos necesarios para formar grandes mercados. De manera, que adoptando la medida que se propone, nos privaremos de los unico.- nier- cados que hoy tenemos, esponiendonos a que nuestio comercio se arruine.

Paso ahora a hablar de la faz politica de esta cuestion y tratare de hacerlo con la mayor cordura posible para no herir susceptibiiidades de uingun jenero. La paz que actualmejite existe en la Confederaciou, es tan importante, y la considero de tan vital necesidad para su progreso y engrandeeimiento, que toda medida por convetnente qutfparezca', que puedit en mi concepto, altera r- la, h? desaprobare coruo imprevisora e impolitica=La paz en las presentes

^circunstancias, es para la Confederacion, ,su gran, tesoio, su mayor poder, y^ el unico medio de consolidar las instituciones que nos njen, haciendo desapaie- cer para siempre los ultimos restos de esos elementos desorganizadores que btK-can aun la ocasioa de hacerse sentir—Y quien duda, Senores, que no estando todavia nuestro pais perfectamente oiganizado, in sus elementos de orden del todo consolidados, pusda su t-anquilidad publica alterarse con una .medida tan vioienta, que trastomaria completamente el enrso de nnestros intereses todos? Si nuestra situation actual e- prospers, por que pietipitainos y no dejar al tiempo, lo que es del tiempo? Repito, Sefiores, que la paz es nuestra mas vital necesidad, y toda medida que tienda a turbarla es impolitica.

Esta Ley duria, ademas, lugar a stiios reclaiuos, por parte de losGobiernos ». Extrangeros con quienes hemos celebrado tratados de coinercio—Sabido es -, que la libertad de comercio, la hemos consignado en nuestra Carta, y que ella

ha servido de base a los tratados celebrad^s con la Inglaterra, la Francia y los Estados Unldos; siendo pues el objeto principal (le esos tratados, y el mas importante para aqueilas naciones acordarles la mas amplia libertad comercial.

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permiliendolcs navegar libremente uuestros rios, con razon ?e quejarian do una medida que liana ilu.-oria esa coneesion, prohibiendo el comertiu, entre Buenos

Aires, Moiitevido y la Confederation. Agregare, ahora, algunas observaciones, respecto a la Provincia tie Buenos

Aires y hai e" notar desde luego la rara alternativa en que csa ley nos colocaria— Por su aiticulo 1. °se dice "micntras lu Aduaua de Buenos Aires no seaNa cional, conforme a la ley fundamental de la liepubliea, queda prohihid» toda

importation de mercadeiias de Ultramar, que no veugan directameute df cab"-? afuera'—De maiiera que nos vetnos en el toizoso i:a,«.o de obiar entre Buenos Aiiea y el Comerdo Directo, y si esa Provincia *;e uniesea'la Confederation, a los dos mese* de sancionaaa la ley. ^adonde ma a parar el comertio dire.cto? No comprendo pues, que sea condicional, una medida de tanta impoaancia, segun los sostenedores del proyecto.

No estaria ademas coniorme, esla medida, con la politica adoptada por nuestro Gobierno, respecto a la Provincia de Buenos Aires ; y esa politica es en mi concepto la imica cotiveniente y posible—La Provmcia de Buenos Aires es parte integjante de la Confederation, y si hoy esta separ^da de no-olios por .causas que no es de este caso i>:cordar, no es con medidas violeutas y lmstiles que la lieuios de tiaer a la union. Sigainos siempre la politica digna.generosa y leal, que hasta buy lietnos adoptado, y de esa manera solo conseguireinos, lo que todos los argentinos debemos desear—Yo no aprobare' jamas niugunft medida que nos aleje de.esa poliitca, porque veie en ella un motivo mas para retardar nuestra union.

Es hecesario, Sres., legislar para el poi venir, y no para una actualidad que ha de pasar—Seamos, por lo tanto, nmy cautos al sancionar una ley cpie *-a a fraccionar talvez para siempre esta hermosa Republica Argentina, gloriosa y grande, noisolo por huber eonquistado para ella y sus hermanas, la iodependencia de la Espaiia. sino tambien por habeise dado la Constitution mas liberal dpi mundo, y haber resuelto en favoi del progreso las cuestiones mas diduas— Tanto valor y brio se necexita para romper con la espaiia, las cadenas opiesoras de ia metropoli, como para veneer con la plutna las preocupaciones y errores de los pueblos. Nue-tros Icgisladores, lo ban conseguido, Sres., con un lino y saber muy laudables. No precipitemos, pues, esa obra preciosn—Pensemos, adema*, que en la America del Sud se levauta ya una Nacion rica y fuerte cuya.s ti-n- (Jencias pneden llegar a sor las mismas, de naciones tpte se enctientran en t-.ir- cutistancias anab'gas—Y si esta prevision se realiza, necesitamos estar unidos y ser fueites, Sies., para contener esa exhuberan-.-ia de poder, y mantcner ese equilibrio tan necesario entre 'naciones vecinasy hermanas.

El Sr. Fanes—-El proyecto que hoy nos ocupa fue presentado en Inssesiones anteriores; en la preusa couio en todos los tirculos de la sociedad ha sido ob¬ jeto de discusion, ilustrada la opinion pttblica en su» verdaberos intereses, y con aquel buen sentido que jamas se equivoea, se ha pronunciado uniforme en fa¬ vor del comertio directo.

La importancia de esta medida no puede admitir duda algun*, pues no im- poita otra cosa que procitrar que la Confederation Argentina tenga su vida propia en el exterior, extienda sus relaciones a todos los paises civilizados, y adquiera sTi produccion el mayor desarrollo de que es susceptible. Es uu absurdo concebir una Nation soberana y fuerte sin comercio exterior^ Hasta ahora solo tenemos e1 corto comertio eolre nuestros puertos y los de Monte¬ video y Buenos Aires.

Cuanto antes, debe estender la Nation Argentina su giro mercantil hasU los

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grander nwoido*, para obtener las inmensas ventajas que pnede reportar, sin la intervention de intermediaries oficiosos, que Jefrttudan gran parte de sus utilidades. Procuremos a nuestra patiiael coinercio que elevo a Venecia y Jfo.anda, el que ha dado mas subditos a la Inglaterra, que los que jamas tendia en su propio mipIo.

No creo posibie que alguno de los Sre*. Diputados pueda desconocer lu exactituu del piincipio.

I Conio pup* apla/.ar al afio siguiente el proyecto segunda vez presentado I Que Diputado habra que en dos afios no haya adquirido los conocimientos

bastantes para formar «-u juiciof—Esta medida es giave, se dice. Si. es grave porque fts dealta impoitancia, enriquecera el pais, y afianzarii las instituciones no porque piesente motivon de hesitation.

El comertio directo es reclamudo con voz elocuente por todos ,los Pueblos Confederado-; la co'nveniencia de emuncipar ininediatamente nnestros mercados, tin evideute. ,> Con que derecho podremos retardarlo? No se diga, Sres., que por fidta de patriotismo d de ilustracion, pensaremos manuna lo que debieramos hacer hoy.

Algiinos Sres. han manifestado su oposicion al proyecto, pero con mucha vaguedad; se han permitido entrar a la discusion en particular; cada uno de los articulos ha sido objoto de su consideration desviandose de la idea princi¬ pal que unieamentedebiera ocuparnos.

Se habia deNistema proteccionista ultimamente modificado en Inglaterra. Debiera haberse aplic do U teoiia al presente caso, y demostrarse la mayor omenor analogia del sistema con la medida piopuesta. Seria impo«ible su- poner la altura, a que se ha elevado la Inglaterra bajo tal sistema, si fuera tan poco ilu-trado como se clasifica. Convenia a esa Nacion. y a»i lo coni|)rendieron bus grandes economistas, como lo acreditu el resultado; recientemente ha sido modificado con el objeto de aprovechar las ventajas, que su elevation ya ad- quirida, le proporciuna hoy bajo de un comercio mas liberal.

Algunos Sres. no creen necesaria esta medida, por considerar infalible, que vendra el comercio directo sin ella, segun la marcha de prosperidad que lleva la Confederation. Sin duda, vendra y pronto; la fuerza de las cosas es ir¬ resistible: los extrangeros saben muy bien que diiijiendose a nuestros puertos ahorrariaii un veinte por ciento y obtendrian igual ventaja en el retorno de nuestros frutos: vended, pues desde el 52 ha empezado a verifiearse la eman¬ cipation de nuestro comercio. Tengo calculos fonnados por pprsonas com- petentes en Buenos Aires, y segun la estadi-tlea ohcial de esa Provincia las entradas de Buenos Aiie.s han disminuido de 40 a 16, mientras que las de la Confederacion han ascendido de 15 a 20.

El resultado es seguro, Ilegara 9 n falta. No es bastante: la Autoridad en- cargada por los Pueblos Arjentinos para garantir sus derechos y piosperidad, esta en el deber de acelerar esta marcha lenta, y no confiar a lo variable del tiernpo tan gtandes intereses. i Por que no viene ya directamente con tales ventajas Espliquemos el secieto : nuestros comeiciantes no cuentan capitales bastante fuertes para emprender especulaciones al exterior, comt> sucede en Buenos Aires mismo. Las casas de Europa, Brasil, Estados Uni- dos &a. han estado en la costumbie de mandar sus ajentes al unico merendj arjentino que habia (Buenos Aires;) alii tienen sus almacenes, barracas &a. es decir, est an arraigados, y son otros tantos que desean y procuran atraer la concurrencia de nuestros productos. Se hace pues indispensable, urgente, mover eon un fuerte estimulo a esos mismos ajentes d mandantes, y al comer-

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cio en general para q' se trasladen a nupstra* p'aza-: su« capitales moviluaran low mercudos nacionalesconio lo ban hecho ha-ta uhora con el de la Provineitt disiuente.

Dejad hacer, se nos ropiie, vamos bien, el pais prospera. Si, marchs pro»- pero; mas no queremos que maiche a paso do Buey como son oonducidos los frutos del interior i Por que pues habeis sancionado el proyecto que inicid el Gobierno para plantear el ferro-carril del Rosario a Cdrdoba E»tamo« bien, las comunicaciones se hacen por los corrc.os y diligencias. i Por que la Republica de Chile y otras Naciones dentinal) fuertes sumas d pbintear te- legrafos? Por qu6 se quiere acortar el espaciw para ganar tiempo; porque el tiempo, Sres. vale oro en lenguaje positivo.

Se pregunta que podran truer nuesttos buques en retorno, no trayendo de Buenos Aires mercaderias extrangeias. Los frutos que fiteren a connumirse en aquella plaza no dejaran de enc.ontrar valores para el retorno. El Brasil intioduce tabaco, caftJ, azucar, yeibi <fc., totlos renglones fuertes : parte de aus rctornos los lealiza en frutos, lo demas en oro 6 letras sobrc el Brasil, Ingla¬ terra, Fruncia &a.

Volvamos al mercado de Buenos Aires: su concurrencia nu es toda debida a su ventajosa localidad, como alguna vez.se ha prctendido hacer creer niucho hay de aitificial, de forzado. La rutina, desde el tiempo del Vireinato, hu

hgado los comerciantes de los demas pueblos con aquel mercado, y lo* grandes capitales iban a fijarse en el por las especulaciones mayores que piesentuba.

Posteriormente el Gobierno de Buenos Aires, bajo el titulo de Re.'aciones Exteriores sometio el comertio de Cuyo con la Republic! de Chile a un derecho extraordinario : ademas de los derechos estableyidos, el introductor debia dar fianzas de abonar el derecho que el Encargado de Relaciones Exteno.e* qui- siera imponer cuando se dtsocvpata de sus alias atencioncs. El comeiciante quedaba espuesto i. pagar, despues de conMimido el articulo un cincuenta por ciento, 6 un setenta y cinco «i el Sr. Encargado asi lo ordenaba. Era pues imposible el comercio con Chile y era forzoso concurrir al meicadode Buenos Aires : trabassemejantes fueron impuestas al comercio de los Pueblos del Norte.

Montevideo situado sobre la izquierda del Plata, es un niercado naluralmente ribal del de Buenos Aires : sufrio un bloqueo de diez ano.«, los emigrados se trasladaban a la derecha, y aun el comercio de aquellu campawu atluia a Bue- nes Aires

Asi el comercio de Cuyo, de los Pueblos del Norte, de la Republica, del

Paraguay y el de la Republica del Uruguay, debian concurrir forzo.«amente nl niercado exclusivo. Se ve pues que el artificio y la fuerza sin disimulo aumen- td las ventajas de ese mercado.

L a libre navegacion de los rios, no fue un hecho, un principio reconoeido desde el 3 deFebrero : en Julio del ano eiguiente fue preciso celebrar tratados con las grandes Naciones pnra garantir el principio civilizador. Contra el

principio, y contra los tratados se desbordo furiosa la prensa de Buenos Aires ; ti Gobierr.o mismo de esn Provincia protesto obstinadamente contra esos tra- tados. ^Seremos pues inertes? Traicionaremo* nuestra mision mirando con descuido los intereses de la Nacion El Legislator comprendiendo las nece- sidades del pats, y sus eletnentos de progreso, debe asegurar el porvenir, alla- nando obstaculos, ofreciendo facilidades a la realization pronta y segura del engrandeciniiento de la Nacion.

Se han dado a entender algunos temores que esta medida podria ocasionar una guerra con la Provincia de Buenos Aires. } Por que puede creer esa

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guprrii Demasiiiflas prucbas le teiipmoa Pi-oviiicia que le qtiereinos dlevur dadiis tie no procui'iii'lp hostilidf.d ulguiu. El. eirculn cstrcclio que oprnne a esa Provii.cin lauzo sohre la de Santa Fe mil y t.mtos soldados so pretesto de persegtiir tin grupo dp invason-: civyo eiicontrar sinipatias cl Ministro de la Gueira y solo llevo dcsenganos. ^Que eueniistaiieia tnas opoituna para hither ljevado la guerra? Con todo ol Siipiemo Gobiprtio Nacional .con la ilu-Uacion y dignidad que sicrnpre ha acreditndo, ,-y limito a declarar violado por Buenos Aires el armi>tieio: desdt-i entoiici-s- ia paz repo.-a unicaiuente en la concipncia y honor del Gobiemo Naciouul.

Buenos Aiies no puede cieerse ofendido por ia adoption del proyec.to. Nin- guua obligation nos liga a comprarle in venderie; grutuitdmenle hemos exo- ncrado sus pi oductos lie todo derecho Jamas pu<>de pretender que /losotros protejainos su esclusivo comercio. Al eoittrai in, yo considero esta medida, como el iuedio mas suave de atraer a Buenos Aires a la familia Aigentina. Si el circulo doniinaiite se obstina en aislar.-e y no ser contado entre los hijos de la Gran Nacion, esa Proviiicii leducida a su debilidad, de dia en dia seutira aproximarse su postracion. Entonoes aunque tarde eoniprendera sus deriiitiertox, y al fin prefenia se:- Argentina.

Por u timo es ineuestiyjiable, que esta mrdida desarrollara. loda la fuerza de nuestia production, auuientaia el jiro mercantil al infinite; dard por resultado el aumenlo dp miCstras rcntas, y la riqueza gener.d.

Con tales elementos. estoy cierto alejamos la guerra para siempre. Robus- tecido el Poder Publico, sera mas respetado por Buenos Aiiesque tributandole esaw consideiaciones en peijuicio del pal

La Confederation Argentina e»ta en yu perfecto derech', al dictar esta me¬ dida; su conveniencia es eonocida por todas las classes, ningun inconvenientp puede ofreccr absiilutamente mi ejecucion. No es posib'e d jar de miiar con sertimieuto la oposiuion que algunos Sres. Diputados maiiifiestaii til principio que en general importa, el proyrcto prescutado.

El Sr. Cdceres: He pptlido In pal .lira, uuicamente [>ara pedir a la Camara, que «e levante la sesion por set' la hot a avanzadn.

El Sr. Presidente, espuso entonces queue sc podia levantar la sesion, y que en su niento cotitiiJiialiu la discusion.

El Sr. Cdceres: Htbta ppdido en este momento la [lalabra no con el objeto de to- mar parte en la discusion del asuiito que ocupa a la Honorable Camara y cuya gi:a- vedad coiioucn to los, sino para pedir el aplazaiuiento de la spsion : pero |iiesto que no hay lugar a haccr una mociou de e-ta clase dire lirevempritc las razones porqtie he de votiir en contra del proyecto que. se di.-cuto.—-El Sr. Diputado que presento y ha hostenidu esia idea hu creido couvi.iueiite exnoner mis cousidcivuioiies sobre eila hajo dos aspectos: a saber, cl comercial 3- el politico; creo oportuna seguir este uiisino 61- den (jue ha sido taniiiii.n udoptado por otros Sres. Diputados que, como yo, lejos de veer en la uiedidu (pie se propone tin esliiiiulo y fonieuto a la itqueza. del pais y al engrandeeiuiiento de su con.ereio, solo inirau en ella 1111 poderoso obstactilo a la pros- peiidad que Ue.be resultar del orden actual de cosas, y ami aoaso serias complicaciones tiinto economical como petitions que pueden surjir drf ru adoption. Ante todo inn permito hacer algunas observaciones sobre cii-rtas ideas que ucabaii de emitirse. He oido poller en d-uda la doctrina absoluta del cotuercio lilne, invocando el cjemplo de una gran Nacion que se no.- dice ha niedrado y engrandeeido-e bajo el peso de rea- tricciones que ayer recien ncahn tie deslruir: pero al hacei' esta objeeion se olvida sin ducla que las Nacionc-s todas Iran progresado tainbien en otros niuchos seutidos bajo ia presion de leyos barbaivis—que la. liberUd relijiosa se ha ahierto campo al travps de las persecutions y de la inquisition, y que la libertad politica ha natido en los pueblos que ban e»tndo por uiueho tieuipo oprnuidos por Gobiernos aboolutos, y que todos cstos hechos'bolo pi'ueban que la riqutza material coino lot. derechos de las Na-

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ciones ban supe.rado todos e=os ohslaculos opuesrns a un desnrrolln ncccsario pu vir- ttid de la ley fatal que las guia al progre-o. Conozco tuny bien que. no venjmos a diacutir doetiinas abstractas e;i esta Camara, pero me pennito reconlar que cste priii-* cipio es ya rccihido jeneralmente no solo cotno la ultima expresion de l.i ciencia, sino q el iorina lit practica mas 6 inenos abiertanientH seguid-.i per los primeros pueblo-, y que el sohre todo ha sido iticorporadu 6 forma al menos el esplritu economico dp bt Constitution de Mayo. Con mucha razon ha dicho poco h-t tin Sr. Diputitdo que la gloria de la Rcpublica consiste no solo >n el honor de mis anfigitas victorias, euaiito en la liberalidad y elevation de los principios que ha cousignado en su ley f'undanien- tal: por mi parte cuantas veces fijo en ella mi atencion no pnedo considerar sin or- gullo el hecho de que pueblos de ayer hayamos adoptado al ccmetizar nueslra exis- tentin las Iihertades y principios que otras mas podcrosis y sintiguas Nacioucs lian tenido que conqui.-tar dpstruyendo gradualnipnte su lejislacion secular; y entrp es- taf oonquistas no es la inenos valiosa p»*a uosotros el deretiio de comerciar libremente qup se quiere sofocar y rcstrinjir po"r la ley que se discute. Se ha diclio que solo esta a la orden del dia y solo dche diseutirse en jencral la conveniencia del comercio direelo=No, no es el comertio directo sino las leyps re- presivaa qu,e se han propucsto para iilraerlo forzosiuiipritp, lo que esta en discusion— Se rios h» hablado tambien de ritifivas vias abiertas a nuestro coniertio, y pido a la Honorable Camara, que fije su atencion en que lejos dp abrirse enmino alguno, lejns de plantarse un solo jalon para cllo, lejos de darse una sola facilidad al trafico, etinio podria creerse al oil- tales palabras, solo se pierisa en ceirar id ccmercio 1ms meicados y caminos por los que el se dirije hoy esponlanearnente. Si las naves de iiuropa y el eoniercio directo no vienen boy a nuestros puertos no es poique *k.uien se los prive—amplio libertad tienen de haeerlo; sino poique no encuentran convenicucia en esta? expediciones; y si nuestros negociantes compran-y veiiden en Buenos Aires y Montevideo y no en otros mercados es porque la hayan solamerite en esas opera- cioues, sin que haya una sola traba que les iinpila variar el enr^o de ellas sieuipre y cuando ericufintren algun interes pn hacerlo=Pero se ha atribuido la actual' direc¬ tion de nuestro traficq_solo a tin. trial babito, a una vieja costunihre perjudicial a loa intereses de aquellos tnismos que la siguen, y en cuyo beneftcio *e quicre destrutr por una lpy en que pi Podsr Publico convirtiendose en tutor de los intereses particu- lares ma! comprendiilos, y poniendo la cartilla et> la mano a cada comerciante, varie el enrso fnnesto que hoy dan ellos a, sus empresas, Pero esto y cuanto se ha dicho para sostener una prohibition perjuditial y funesta, no basta a fundar la ntilidad de la intervention de la ley, pues el mejor juez de las propias conveniencias es y seni siempre el inismo interesado y es casi iridtidable: que rsos que hoy especulan por los caminos trillados y conocidos tienen bien bechas sus cueutas y podrian probarnos arittneticamente: que aquellos les son mucho mas provecbosos que todas esns medidas por las que se pretende decirles hands esto, tomareis foizosamente este ntievo camino, porque es el que mas os conviene. El comercio por otra parte no sigue ni sos- tiene su actual direction por mulos habitos, sino porque ese trafico directo que Re quiere establecer violentamente noes posible, 6 al tnenos seria menos cdmodo y ba- rato |)ara el pais que el que se derrama por las via* actuales. Las rapiilez con que se quiere llev».i-la discusion no me permite citarl'n este rnomento como podria ha- cerlo en otra sesion, cifras terminantes para demostrar con ellas que nuestra produc¬ tion y consurno total no bastan a alimentar sino un trafico muy reducido; y un co- mtrcio de esta especie, operaciones de menudeo, y pacotillas pequcfias a que vendrian a reducirse porfjerza nuestras introducciones y extraccioues al extrangero, se barian con menos ventaja del productor del pais que venderia mas barato, y del consumidor tambien del pais que compraria mas caro los artefactos estrangeros. El comer¬ cio exterior solo se desenvuelve con ventaja y sulo da pus mas comodos pre- cios en los grandes centros, y aspira por consiguiente a los pttntos donde hay una gran production y un gran consurno reutiido. El servicio que hacen

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Ins plazas en que se realiza esta reunion p.s efectivo y may favorablfi al productor y connnmidor de las otras qu« a elli afluypn. A mas de esto si la production y el consiiino todo de la Republic* no bastan en toda su suma a sostener un gran con- curso inercantil, hay otra razon especial que haoo mas dificil este eoricurso. La p'-oducciou y consumo de niiestro actual territorio no tienen tin centro comun en que debano puedan reunirse; »u camino esta separado y divorciado por la configuration del suelo, porel curso misino de los Rios. El uierc.ido que coiiveii^a a los pueblos que estau a la costa del Uruguay, no convendra alas que eoino esta y otras eiu- dudtis estan a orillas del Parana, y e.-ta division natural no puede salvarse sino uniendo de un inoilo violeuto lo (pie por obstaeulos naturales esta dividido. Puedo asegurar que no me aiiima el inenor espiritu de loealidad; que miro eon igual in teres a. todos los ptintos del territorio argentine y que no creo jamas estai fuera del lugar de mi cunu mientras estoy bajo el cielo de este pai-. Quisiera veer no solo en el Rosa¬ rio siuo en todos los lugarcs (le la costa-argeiitiua tin gran mercado esterior, pero no c.toy de icuerdo en que sacrifiquemos eoino sucederia si adoptamos esta ley, al iuteres de aqtiella sola citulad, los intereses y conveniencias de todo el comercio y production de la Republica. Ni son los linicos iuconvenientes del proyecto. Por el se entrcga nuestro comertio todo a los resuitados de una guerra aduane- ra que provoeamos a las represalias del pueblo provocado a quien por mas que se diga damos el dcreeho y la ocnsiou.de Imcer lo niismo y ami iilgo mas que lo que nosotros hacemos. A falta de nuuieros piccisos que ino.-trarian la importancia reiativu de nuestro comercio eu producto (jue tictien por uiiico nip.r- cado a e«as |tjjziis que inSentanios aislar de nuestro trafico, hare valer ante la Hono¬ rable CaniHi-itlu siguiciite apreciaciou del valor de los productos que solo se consumeu pn Buenos Ayres y Montevideo. De las trece Provincial Arjontinas reunidas en Corigrpso solo C6rdoba, San Luis, Santa Fe y las de Eutre Rios y Corrientes produ- ppn articulos que se exportau al extranjero. Las especulaciones en cueros que se han fonnado algtuia vez en Salta y otros puntus ban arruinado a los q' las einprendioron, Aquellas mismas Provincias producen mil articulos de consumo esclusivo en Buenos Aires. Por mas que querrairios exajerar la importaucia relativa de estas Proviucias eobre todas las demas,no se puede suponer que ellas solas produzcan y exporten mas q' las restantes, cuyos articulos asi naturales como mamifacturados, contribuyen tam¬ bien a formar esa exportation que a veces se esajera demaciado. Esto noB puede con- ducir a avalorar los articulos consuiuidos solo en Buenos Aires y Montevideo cuando inenos en la mitad de toda la esportacion con que se cuenta para sostener ese comercio, que se quiere.estableeer, y en favor del que vanios a exponerd las represalias adtiane- l-as la mitad cuando menos de los articulos naturales 6 manufacturados del pais, que pueden muy bien quedar sin mercado a causa de este proyecto. Y no se crea que Buenos Aires uecesita de repiesalias violentas y leyes prohibitivas como la que hoy se discute, para responder 4 un acto cualquiera de hostilidad comercial. Puedo citar un hecho q' niuchas veces he presenciado, y q' muqstra la facilidad y trascendencias de estas represalias que tiene aquel pueblo. La mala cosecha degranos ha hecho en algunos aiios que de varias Provincias Arjentinas sobre todo desde las de Ctiyo se dirijan fuertes especulaciones de harina que prometieron y dieron pxelente resuitados hasta que el solo permiso de introducir harinas Norte Aniericanas=y no libremente, sino bajo un derecho fuerte anunciaba y producia la bancarota de los especuladores y negociantes arjentinos. Este liecho que sc ha repetido en varias epocas, y algtinas, otras consideraciones de detalle que son faciles de concebir, nos demuestran que Bue¬ nos Aires con solo el hecho de disminuir'el derecho de algunos productos estrangeros, con igunlar solo los nuestros can aquellos puede arruinar a la Confederacion. Sere muy reservado al mirar la faz politica de esta cuestion, ni quieroque mis pakbras lle- guen a ser tomadas como ura expresion de mal querencia hacia un pueblo Arjentino de quien estamos hoy accidentalraente divididos, ni mucho menos que ella se atribuya"

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a adhisiori al Goblet no y oiden decosns alii pstshlecnlo, que mtro id contiai 10 como uii i anomali i, tid v< z como un ciihihii

Quiero poi tuito coutiaeiine p-peciabnente a nuestr is ielacionp» con Montevideo que vendriin a sei tuihtdas en lo sucenvo poi es i nipdld i. Nocnliare a dl«- putii aid Republic i el dtiiclio ipie pu((te teuei cu ttoiii piu.i ceriat su* ineicidos a otias nacionp-, peio si cb indudable, que en la piactica intern i< lotial una psi lucioii coiro la que tt pioponp impoit t tin acto que todos los pueblos civibztdos reciheii coino una veidadera nostibdad.

Pucde a caso decn-e ai E-liangero que los puerto* dp uupiis le e«t<in cenado-, peioe«ta piactica solo la puedeti ejpicei inpu<rii inieutp los GohiPtuot coino < I let P.i- laguay b.qo el Dr. Fi incia 6 el dpi Japon. -E-t nnos poi oti.i pwte llatnados a pjeret r una iiifluencia legitima sobie t«e estado que e- tin dp-pieiidiini( uto de nutstio temto- no, decuya lnttgndad debemo- cuidar de acueido con una podeio-n nacion vidua a quien abdndoiiaiiamos un piotectoiado Psclu-ivo, roinpundo los la/os comirciales que nos mien a aqui I pueblo Hasta hoy el GobieinoOiii nt il q'h t sido iiidifuente a nups- tias (uestionps, 6 mas bieri favoiable .t no-otio-, v.i a -pi (ii adi laiite el abado natuial de Buenos A3 ies con qtoen lo Ui.imos en vutud de una by pi ipubci d a am bos.

Mucho m<is podna agiegai conti.i ei>e pioyettopara piob„r que 11 es igimlmerite une>)to i la prospendad y paz, que a las instituuones y Ks|)cto e-u noi de que hov gozt la Republic.

El Si. Luceio: No he 01 lo una sola objecion contra cl pioyicto < n genpial, es cle- cu, contra el pensamiento de dicta 1 alguna medid 1 en piotecPion del uuneit 10 (hi(do, cii3ra utihdad leconocen los Sies Dipntauos de la oposicion Advierto que ban des- cendido a impugnar los letalhs, y especial 111 en to (I ait, 1 °. Resn Vdiidonic pues contestar a sus observacioncs cuaiido (ntieinos a la discuMon en paitictilai, ha^o nio- cion bajo tal concepto, y poi sei la I101.1 m iv dvanzada, pan que sa de el ptiuto poi 6itffioipn*cmptite discutido. Esta niocion fue apoyad.i.

ElS). Quesada Siento Si. President* que el nnsiiio .mtoi de tin proyecto, h iga mocion paid que se ded puuto por di-cutido Mihcieuli inenti, (iiando algunos Sres Diputados que no han hablado aun, quieien tomai la pal ibid | ara oponeise a el.

ElSr. Luceio piCkCindo deiepdu, poique lo cieo innecfsario las razonexen que he fundado la inocion que acabo dehatei, y como ella ha sido suficientemeiiteapo- yada deseo que se ponga a votacion de lu Caui.tra.

El Si. Cdteiei, pido al Secietano que haga constar de un inodo tlaio en (I add. que he de oponerma a la moc.1011 para que se de por ttrniinada Id cue-tion, poique ha- biendo cuatro Diputados pedido poi pnmera vez Id p.tlabta p<ra combdlii tl proyec- to, esto importaria privarles del derecho que tienen de ha(eiseoli=eii un a-unto de tanta giavedad=cn el que tienen el debei, uino de tnuiitai, al menos de discutir h- biemente.

El Sr. Navarro D. Manuel Jose: a pesai de que el reglamei.to de debates, pre- viene q' en la discusion geneial solo pupdp bablai una vez,cada uno dp los Sies Dipu- tadog dpseaiia, Si. Piesidente, que en lu discusion de un asunto tan inipnitaiite como este se hiciera una ccppcion de la pipscripcion reglamentaiia, y 1*8 esta la razon porqne votaie en contra de la mocion hecha poi tl Diputado alitor dt I proypcto.

EtSr. Tonent Sin tachar pi deieoho que tieneri los defensoies del proyeeto paia hacer una mocion que creen opoittina, deseo que const? en el acta, si ella meiece la aprobacion de laCamaia, que votaie en contia dp Id mi-ma, porque en mi concepto el panto no esta suficientemente discntido. Cieo Si. Presidente que lo mas acertado seria suspender la discusion, hasta la pi6xima sesion ordinana, en que se haian las observaciones que sp erean necesarm8,por los Sres. que han pedido la palabia, porque en mi concepto falta mucho que decir aun en oposicion aese pioyscto mostiuo que esta presentado a la consideracion do la Honorable Camara.

El Sr. Pardo. que se consigne en el acta que votare en contra de la mocion del Sr. Lucero, porque ella importa coartar el uto de la palabia cuacdo hay cuatro Di-

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putadoi, los Sr«w. Du Graty, Laspiur, Riwson y y6 que han pedido hablur; y puesto jue no se nos deji esponer los fuudamentos porque haeemos oposicioti al proyecto de interdiction, pido tanibien que se consigne en la misma acta, qu'i he de votar en con¬ tra de ese proyecto, porque es inconstitucional, porque se opone al comercio directo, y porque puede couiprometer la paz y la tranquilidad de mi patria. Se puso a vota- cion si se suspende la discusion hasta la proxima sesion 6 no, y resulto la afinnativa por mayoria.

Eu este estado se levanto la sesiun a las cinco y media de lu tarde.

BALTAZAR SANCHEZ.

P' resident e.

Jonas Larquia.

Pro Secretaries

•iC v.',,. *i'£ GtrStt?. &.*

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Sesion extraordiaaria del Z7 de Julio de 185©

PeusIdencia del Sr. Sanchez.

4'ieaideate.

Marine! Jobfi)

Alvaiez.

•i'.irdo. Navairo Laspiui. Fuente. Feijo6. •Goiddlo (D. Vicente) IJosse (D. Jos6; iDnbuiu. Goiddlo (]>. Josd.) Puano. Olaechej. RlUS Funes. .Achava-1. Du Graty. (ionzales (D. Lucas) Chonuut. Mavairo (D Ramon Gil) Caeeies. Bueda.

/ Gonzales (D. Calixto) Pos-se (D. Filemon) Quesada. Torrent. iLucero.

En pI Parana, Capital Provisoiia de la Confederation Argentina, reunidos en su sal.i desesiones los Sres. Dipu- fados anotados al mdrgen, el Sr. Presidente protiamo abierta la sesion, y observe, que el Secrelario habia dado cuenta de no haber jiodido coacluir el acta de la anterior a causarde su estension.

Se leyo una nota de S. E. el Sr. Ministro del Interior, fecha £6 del actual, poniendo en conocimiento de la Ho¬ norable Camara que hahiendose repetido la election para tin Diputado al Congreso National por la Capital y tbr- ritoiio federahzado, en virtud de hdbeise deelarado nula In anterior, habia resultado electo el Dr. D. Benjamin Victorica. Se leyo tambien el diploma que aereditaba

Diput.ido al Congres'i a dicho Sefio--, y el escrutinio de las aota-s.

El Sr. Rawson hizo mocion par-a que oQ diera un-cuar- to interniedio, al objeto de que espid endose en esle sunto -la comision respectiva el Sr Diputndo <e)ecto

tomara inmediatamente posesion db su cargo. Y de firiendo al efecto la Honor-able Camara, se pasd .a euar- to intermedin.

Vueltos los Sres. Diputados -a sus acientos, se leyo el

siguiente dictamen. llonoiable Sefior.

La Comision de Negotios Constitueionales y Legislacion, ha oxaminado el

diploma-que acredita al Dr. D. Benjamin Victoiica, Diputado al Congreso Fe¬ deral de la Confederation por la Capital y territorio federalizado, y sneontrfrn- doloen bupua y de-'oida forma, tieue el honor de aconsejaros el slguiente pro¬

yecto de Decielo. La Camara de Diputados Decretn:

Art. 1.° Hase por bastante el diploma piesentado^por el Dr. D. Benja¬ min Victorica, como Diputado al Congreso Legislative) Federal por la Capital

y territorio fedeiali/.ado. Ait. 2 ° Archivese.

JjUcero—Gonzal-z—Rmoion—Gordd/o— Torrent.

Puesto en discusion el proyecto fue aprobado sin observation >tlguna en ge¬ neral y en detalle quedando sancionado sin modification. El St. Diputado •electo" presto ti juramento de ley ante el Sr. Presidente, quedandoincoi-

porado 4 la Honorable Camaia, El Sr. Presidente espuso que podia continuar la discusion da la orden del

dia suspendida en la sesion anterior. El Sr. Pardo obtuvo la palabra, y dijo: yo votaic Sr. en oposieion al proyec¬

to que sediscute, porque lejos de eunridenii lo eomo medio paia utr.ier A co-

niercio directo, pienso que el,va adar por le-ultado la destruction del q' tenp-

mo>i a comprometei t>ciiamente la paz publiea, y quizau a cellar pa: a b.etnp.e

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la disolucion de la nacion argentina, que se estd operandi). Le rehusare tam¬ bien mi voto, porque a mi juicio estd en pugna abierta contra los principios li¬ berates y las declaraciones de la Constitution, que no tiene facultad la Cdmara para destrnir.

A este proposito se ha dicho ayer por uno de los Diputados sostenedores del proyecto, que cuando un otro de los que lo combaten habia invocado el princi¬ pio de la libertad comercial, se apt-laba a la vaguedad. Nada meuos exacto que esto, porque ese principio, bo es vago, Seilor, para nosotros: yo lo veo sabia y esplicitamente declarado en muehos articulos de la Constitution. Y-i esto es cierto, si la libertad es entre nosotros la base del coinercio, porque asi lo reco- noce la Carta, como lo recoilocieron todos los pueblos modernos que a su de- sarroilo deben el engrandecimiento a. quo ban ilegado, toda vcz que por cuaU quier medio se le contrarie, se establecerd, digase lo que se quiera, cl monopo- lio odioso y retrdgado que destruyendo la libertad, destuye la igualdad, base de toda democrdcia.

La libertad de comertio que ha adoptado la Republica como principio econo- mico es precisamente lo que ha de darnos y nos esta ya dando el comertio di- reclo y absoluto tal cual yo lo entiendo; porque el!a no se opone a que lo ten- gamos con la Frantia, la Inglaterra. los Estados Unidos 6 el Japon. A todos los ]iucblos les tiene abiertas sus puerlas sin entrar en odiosas eselusiones, que si bien servirian a ponernos en relaciones aparentemerite ventajosas con unos, importarian la prohibicion de tenerlos con otros y cualquier prohibition lleva en si un ataque un atentado contra la libertad que no es justo ni corrveniente al iado de la Constitution y de los intereses del piris. Toda vez tambien que se falsean los principios por intereses transitonos, cuando estos pasan se han destruido aquellos cuya conservation es la salvaguardia de un pueblo civilizado.

Dejcse libre al comercio, no se le semile camino, que el tomara el que me- jor le convenga, porque nadie tan interesado como of en hallarlo mejor; porque nadie tan competente'para balancear sus intereses. Si hoy no va. a Ingiaterra xi a otra parte, es porque no le hard cuetita, no porque alguien se lo prohiba; el dia que sus capitales y los productos del pais se lo permitan ira, no haya cuidado. Permitaseme a este projiosito, una sencilla, pero exacta compara- ciGn. El comerciante que no es capitalista se ve en la npcesidad de coniprar en plaza yde 2. a mano como se dicey i por qu6? porque sn pequeno fondo no le permite recargar su negocio eon los gastos de viage, <£-a....No habria entonces razon paia privarle que comercie en la esfera de su posibilidad, y se- ria nionstruosa la ley que tal cosa hiciera. Apliquese el ejemplo al comercio en general y luego digasem,e, si hayjusticia en querer ariiquilar el comercio es- tablecido hoy, agrandando hasta donde no alcanza su esfera, y quitandole la que tiene?—Las Provincias <; donde espenderan sus productos si en sus merca¬ dos que son Buenos Aires y Montevideo se apela, como es de temerse, a repre¬ salias? No se diga, Sr., que no es posible esto, porque tin pueblo que se cree hostilizado toma su desquite; y si la cuestion es de vida 6 muerte, como he oido decir, hard esfuerzos para no morir. Y I se ha meditado a todo lo que pudiera arrastrarnos aquella disyuntiva en que 6egun unos se.pondria a Buenos /*iires? H& la respuesta ,que a e'sto se ha dado. La provincia dis.idente, se dice, antes de morir vendra a nosotros. Hay error en ello; porque Buenos Aires bien pu¬ diera antes de venir a nosotros, inspirada por el resentimiento y por la pasioii, irsenos paia siempre; y etitonces sobre nosotros taiwbien caera Sres. la res- ponsabilidad de habcr fiaccionado la tierra argentina. Ese proyecto va a

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producir, en la imposibilidad en que estanios para cntretener c! comercio di¬ recto con Europa, la guerra de tarifus primero, despues lade saugre quizas, poi que asi adelautnn las cosas; a Buenos Aires que queremos atraer a la fami- lia, y a Montevideo Nacion amiga y hermana. En cuanto a Buenos Aires Sres., su atraccion por cualquieia guerra es ami modo de ver imposible, in- conveniente, impolitica. Buenos Aires se hade unir a nosotros por la templan- z:\, con la fraternidad, por la emulation de ver en paz rica y feliz a la Confede- racion—He visto con wgrado que este pensamiento domina en el pais y en la

"politica del Gobierno National. El Presidente de la Republica, por otra parte, como lo ha hecho notar ayer uno de mis colegas, nos ha dicho en su mensnge de este ano; "'La pa< con Buenos Aires reposa en la contiencia y en el honor del Gobierno National"—Si p*es la paz con aquella Provincia hermana reposa en el honor del Gobierno Federal, no la provoquemos ni indirectamente a. que lo haga falta'r a. aquoJla honrosa declaracion. Y si la paz, como lo he oido decir iiiuchas veces en la. Camara, es la primera necesidad, el primer elemento de progreso para la Confederation, alejeiuos Sies., hasta la posibilidad de In guerra. He ahi a. lo que puede conducirnos la adoption de ese proyectp de interdiction: a la sep.rac.on definitiva de Buenos Aires que no debemos alen- tar, a comprometernos tal vez en una guerra, primero de tarifas, despues de sungre, cuyos tesiiltados <«erian siempre funestos aun cuando fueseinosde victo¬ ria en victoria hasta la plaza del 25 de Mayo; y a la ruina del comercio y de la industria de muchas Provincia como Tucuman, Corrientes, Entre Rios y otras cuyos productos se consuineii en Buenos Ai»-es y Montevideo. Un Sr. Diputa¬ do demostro ayer evidentemente que es imposible la existencia de muchos mer¬ cados en la Confederation en su actual e-tado de pobreza; y esla verdad Sres.; porque otras naciones mas ricas y productorns no los tienen en tanto numero como sedice que lo tendria la nuestra: la Francia no tiene masque tres, los Estados Unidos dos, el Pacifico uno, Valparaiso, para toda su costa desde Ca¬ lifornia al Cabo de Hornos—llablo de grandes mercados capaces de alimeu- tar el comercio directo. •

Mucho he oido contra el esclusivismo coiuercial de Bue.ios Aires; y sin embargo se (jtiiere establecer un otro en el Rosario, segun apafdce de los fun- damentos del proyecto. No hay logica en esto para el que no quiere ninguii esclusivismo. Yo poi* mi parte no deseo el engi andetimiento de un pueblo de fa Republica por la ruina de otros: yo quisiera que toda ella sea giitnde v rica igualmente y que no sq suplante-tin motiopolio por otro. El do Buenos Aires e»ta miuado: ya vendra abajo por la fuerza de las cosas, no por un decreto d un rasgo de pluma.

A cste (in la Constitution ha declarado la libre navegacion de' los nos. que hace imposiblc en adelante ia tirania coinerciai de Buenos Aires y que hade darnos a tnedida que nuestra riqucza aumente, el comerrio dirocto y absoluto en la esleusion que se le quiere iiuprovisar; peoque no *e le improvisaia, por que el hombre nada puede contra la naturaleza.

Seria justo, Senores, convenicntc 6 logico que por protegcr la navegaciim del Salado y del Bermejo se prohibiera el trafico por lierra: De ningun modo. Pues una cosa semcjanle so hace por ese proyecto respecto del comercio para protejer el de Europa; y si el decreto que prohibiera hoy el traiico por r^ri.i, ' malaria todo tratico licito en la Republica para que lo sostiiuya el contrabando; ese proyecto apai te desus inconvenientes politicos, va d traernos la destruction del priucipio de la libre navegacion de los tios, como cfecto de la desttuccioti

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que origin-ard al comercio dhecto i> indirecto que tenemos;. c}< eonirabarido y el saciificio del coiisumidoi por el monopolio que va-a cgerceise por unos cuantos.

Pero ne nos dice: las naves Europeas vendian entonces ah Rosario. Yo- dire a mi vez 'por que no vicnen ahora? ^Quien se los eatorba? La co.*tum- bre se ha contestadc—Bien, Sen-or, si es la costumbie piegunto entonces, si- nos ensena acaso la historia que alguna vez se haya podido romper impune- tnente de golpe con una costumbre asimilada a una Nation? No Seiioies, sino que el tiempo solo y gradnalmente dcstruye la obra del tiempo.

Ayer se citd muy aprop6sito la impotencia del bloqueo continental en Euro- pa.. Yo citare qtro egemplo, que puedo decir nuestro. Aqui, en Sud Ame¬ rica, el General Santa Cruz Piesidente y Prntc*a.r de la Cotifedeiation Peiti- Boliviana no pudo con todo su poder hacer para el Callao y los pnertos del Peru lo que nosotros queremos para el Rosario: probibid d>giavo las iutroduc- cionesde Valparaiso y esto le ocaciono la guerra con Chile sin resuitados para bu fin. No tendrcmos pues comercio directo por medio d-e la interdiction.

Ahora Senores, escluir de nuestro comercio a Montevideo, si e-tamos en paz con ella. ^No es un contra sentido ante la libertad que por declaration de lit Carta tienen todos los pueblos del mundo para cohierciar con nosotros?—Es¬ cluir a Buenos Aires, no es tambien una ironia al lado de nuestras protestas de fraternidad? No escbiir a los puertos que esta Provincia tiene al Sud sobre el Atluntico, ;oo es una iuconsecuencia del proyecto consigo inisiuo?—Imponer un 25 por ciento de derechos, ^'no es una hostilidad innecesaria al eouiercio de la Confederation contra la cual hade leaccionar?

Pero se dice, Sefior, que la prensa lo pitle, que el pueblo lo pide, que es al- opinion del pueblo. No so que el pueblo de la Confederation sean los peticio- narios del Rosario y del. Di?mante; nose como pida esto el a-omercio que es- un dique para 61; no se en fin que el pueblo teuga lazon en la justitia de una- petition cunndo debate las cuestiones que a ella cotresponden, en media plaza- y al calor dc la pasion. Las cuestiones de la gravedad y trascendencia de esta,. en que esta la imina 6 la vida de cste pais que todos amamos, no se debaten y resuelven asi„ ncaloradaniente, en fa plaza publica : ellas demandan tiempo, estudio y mucho tiBO. Y en fin, en uingun caso es una razon sufieiente para- hdcet- una cosa el que el pueb'o lo pida.

Concluire, Sr., agregando que de ninguna manera me opongo eomose- quicre entender, al comercio diieeto. sino a la interdiccion que se propone co¬ mo mecio paia ello; y aspgurando a la Cdmani, que si rehusa el proyecto en discusi'on yo tendre el honor de presentarle asociadod muchos de mis colegas,. un proyecto, que sin los graves y peligrosos inconvenientes del que se discute atraiga de una nianera mas fatil y positiva el comercio de Europa directanien- a nuestios puertos en la esfera de lo posible.

.El Sr. PvSie {D. Juse): habia pensado Sies., no tomar parte en la discu¬ sion del grave ntgocio que nos ocupa, por dos razones: la una porque no pue¬ den traerse al debate argumentos ni razonea nuevas, despues de haber pasado la cuestion por el crisol de la discusion en dos afios que bu estado en el dominio de todo el rnundo yen que la. opinion ha pasado por todos Ios oiganos de la voz publica: la ot-ra razon que me abstenia era, para no dar lugar a que una mano profana penelrase hasta elsantuaiio de mi-conciencia, pretendiendo- poner en duda la lealtad de mis convicciones. Digo esto Sres., poique he oido atribuira una mayoiia de la Camara, a cuyas opinicties pertenesco, miraij

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sigenas del patriotismo que regla sn conducta en este negocio; porque he vis- t-i que se ha hecho alard.e de heraistno y de los deberes de Diputado, cuando en esta tiibuna nadie corre los pehgros de Mirabepu, como si fuera un repro- ohe a los deberes agenos, .y como si el patriotismo no fuera una virtud comun entie los argentino-s, y muy espeeialniPiite anaigada en el corazon de mis ho- noiaides colega.-; he oido por fin que alguuos Sres. Ddos. han pedido que se consignc en el acta de ̂ esta sesion el voto arilado pero espreso de la oposicion que hacen'al pioyecto de ley que esta en diseu-tim, manifestando quiza que qireren arrostrai una inmensa responsabilidad con un aparente rasgo de he- loisuio; por mi parte n-o rehu--o dar mi iiombre para acept-.tr las responsabih- diides aparejadas a mis opiniones, y por lo tanto, pediria a mi vez consignar en uu rincOn de esa misma^ acti, pero en tin lugar evidente, el voto que da tin Diputado por Tucuman en favor del comertio directo.

Esta era mi disposition do espirihi y e&tas Us razones que tenia para no entrara. tomar parte en los debates, porque veia estraviudo do su verdadeio ter¬ rene) la dimension; empero acabo de oir las ultimas palabras del Sr-. Diputado pieopinante, que, apartandose de aquel camino ha entrado ul fondo de la cues¬ tion, y desde luego tt>e bedtcidido a contestar una parte de los argumentos <pie ha espupsto como iucomenientes a la medida que dis'-ute la Honorable Cam.-.ra sobrc el comercio directo con indupctidencia del Estado de Buenos Aires.

Se ha Inbladode guerra, canipos de batalla, ruir,as v desasfes, el juicio fi¬ nal de la Confed«-1acion como consecnencia uecesaria tie la sancion del Con- gre-o a la ley en discision, supon.end-o (|ue fuera un cartel de desafio, una sim¬ ple medida economira que adopta la Confederation para fomentar y dilatar sti comercio esteiior haciendolo directarnente con la Europi. ;Y [>or qu6 la guerra Sres-.? ̂ la ConfVderacion noesta en su pei fe.cto dcretiio para diclar las le)es economic.is que le convengan? Buenos Aires no hace otro tanto en lo que le conviene sin tencr en ruenta otro« inteieses comevciales que ios suyos propios, lo que inteiesi. a su iocalidad en la situation politica que ha asumido.'

Li Gobierno de aquel^Estado acaba dedictar una medida econdmica, para ampliar el comercio de lidiisito, permitiendo que en sus aduanas se abran far- dos y cajones para (pie seestraigan nun por linccionos las meicaderias de de- posito, niedida calculada para favorecer sus intereses comerciales en perjuicio indiiecto de los nuestros; y sin embaigo no se ha levantado una sola voz en la Confederation que provooue a las annas, para ir a eerrar esos cajones y esos fardos de la aduana de Bnenos Aires a titulo ae que peijudica nuestro comercio directo. Se ha entendido muy bien por e) buen scntido del pais que Buenos Aires puede hacer lo que le cotivenga en pro de sus fntere-es comer- ciales. Ahora no comprendo porque se teme que Buenos Aires haga sonar el clarin de la guerra path venir a borrar con la punta de una lanza la ley que dicte la Confederation en protection de su comeiciocon tan bueno 6 mejor de¬ recho que aquel pueblo. £,Por qu6 pues la guerra Sres? jQuienle pide cuenta a aquella provii.cia segregada de la Confederation de sus medidas cconomicas? jN» ha con-ultado hasta hoy esclusivamente las conveiiie.ncias de su comercio local sin curarse pa~a nada de los intpiese* de las provincias de la actual Con- federacion? ;Y quieh de nosotros ha pedido [ior eso la guerra? En virlud del sistema economico de Buenos. Aiies, acaba de siiprimirse, de pejecer una iudiistria de nnestras provincias (permitidme descender a un egemplo vulgar), hablo de los pellones de Tucuman, industria que impoitaba valor de cien mil

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pesos. Buenos Aires encontro mas conveniente cnnsumir el pellon Ingles que hacia competencia a aquel, porqne era mas barato, y estaba en su deiecho; Buenos Aires hacia muy bien Sres. Ahora. por una evolution econdinica, la Confederation dice a su vez: las mercaderisas importadas por la via de Bue¬ nos Aires, me vienen recargaias con los costos de esa via falsa del poi.tuzgo que alii pagan y de otros gravamenes que en ultimo restillado nos hace cousu- mir mas caro: luego atendiendo a sits intereses comerciales la Confederacion dicta una ley por la ctal se propone traer a sus puertos direclamente el coiner- cio estrangero para consumir mas barato las mercaderias. En su caso Bue¬ nos Aires hace bien, en el nuestro hacemos mejor, porque obrumos bajo la ins¬ piration de nuestros intereses locales. ^Que motivo hay pues enestode guer- ra? Si hay temores de guerra esa calamidad podria venu con el objeto duuino de derramar sangre, y la presente medida, no seria sino un pretesto, una causa aparelite. Pero Sres. no la temais, nadie abriga semejante intencion; nadie quiere hoy laguenaen la Republiea Argentina.

Los opositores d la medida han tiaido a la discnsion en apoyo de sus opinio¬ nes, razones de analogia, comparaciones de lo que ha sucedido en otros paises, han traido en fin doctrinas sxoticas, que no encuentro de justa aplicacion. Mi opinion es, que cada pueblo en la tierr-a tiene sus verdades .propias, en politica y economia que estan 6 deben e-tar en armonia con su territorio. sus hombres, su historia y sus cosas: que son una razon que se deriva de la especialidad de su manera de ser. De aqui proviene I<s diferenies formas de Gobierno que bay en el mundo. LTna verdad econdmica en Francia, por ejemplo, puede serlo para alia, pero que llegarara a convertirse en error, al pasar los Pirineos 6 dejar las costas del Havre. Hay que observar ademas que no son eternas las vei(lades economicas, rino temporales;; y para probarlo bnstnria recordar con cuanta fa- cilidadlian caducado las leyes economicas que han gobernado el viejo niuudo, segun que la esperiencia ha ensefiado mejores caminos para adquirir riqueza publica. Asi pues no pueden tener aplicacion las teorias ni la pratica del viejo mundo;'y si queremos encontrar el acierto en materias economicas, lo mas seguro es estudiar nuestros propios hechos y necesidades. Es util el co¬ mercio directo, es posible realizarlo en la Coufederacion, spgun sus medios y su vida actual? He aqui, el terreno de la discusion. En cuanto a la utilidad su- pongo que no habra un solo voto entie mis honorables colegas que no este'por la afirmativa, porque todos estan de acuerdo en las dificultades, gravdinenes y recargos costosos que sufre el comercio del interior por la via artificial del mercado de Buenos Aires. Los medios para conseguir el objeto es la grave cuestion que corresponde debatirse; y para ello debemos sacarla del terreno estrano de las abstracciones, para traerla al mostrador y al escritorio del comer- ciante, donde hallaremos datos y luz que ilumine los detalles de este asuiito. No busquemos pues la verdad en los campos de batalla de que se ha hablado, sino en el estudio de sus cifras que han de resolver el problema.

Dejo la cuestion propuesta en el terreno finico de la discusion reservandome usar de la pahbra para emitir en detalle las razones que encuentro utiles y justas para votar en favor del proyecto presentado.

El Sr. da Graty: Con razon se ha dicho, Senores, que la cuestion que nos ocupa presenta dos faces: politica y e^conomica. La cuestion ha sido tratada con acierto, talento y patiiotismo bajo su aspecto politico, por los Sres. Dipu¬ tados que opinan en contra del proyecto sometido a la sancion de la Honora¬ ble Camara. Me ocupare solo de la cuestion bajo su punto de vista econdmico.

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Los autores del proyecto qire discutimos, pretenden que la sancion de este, propendera a la prosperidad del comercio de la Confederacion y al desarrollo de sn industria. Estoy lejos de pensar asi, pues en este proyecto estdn desco- liocidos los principios mas elementales de la ciencia econornica.

En cambio de la libertad comercial se nos ofrece la prohibition. El monopobo debe rempiazar ia ccmpetencia, en fin en lugar de aumentar el

numero de nuestros mercados en el exterior, se quieren ceirar los que tinica- niente consumen los produclos de nuestra industria fabril y agricola.

La primera necesidad del comercio y de la industra de un pais, es tener gran nuinero de mercados a fin de que se pueda comprar barato los articulos que se necesiten, y vender a buen precio los productos que se ofrecen en cambio. Tambien la competencia en un mercado favorece los intereees de los consumido- res y de los productores.

Querer eerrar los mercados de Buenos Aires y Montevideo al comercio ,arjentino es cometer un grave error, y aun mas'grave, cuando el resultado de la medida propuesta, si surtiera efecto, seria el de reducir el cornercio de la Confederacion a un solo mercado.

Considero Sres., que la sancion del proyecto que discutimosjequivale indirec- tamente a la clausura de nuestros rios.

La prohibition de comerciar con Buenos Aires y Montevideo debe perjudi- car a uiuchas provincias argentinas y principalmente a la de Entre-Eios. Los puertos de la costa del Uruguay se verian obligados a llevar sus frutos y com- prar sus tnercaderias al Rosario, eon gran perjuicio, pues seria inmensa la per- dida de tiempo que ocasionaiia la navegacion del Parana arriba, y el auinento en la distancia producir un aumento en el flete.

Pur mas qtle se diga que Montevideo y Buenos Aires no deben veer una hostilidad en las disposiciones del proyecto ,en discusion, estoy persuadido que todo lo contrario debe suceder. Emonces en represalia de las inedidas qua hubiera adoptado la Confederation Argentina esos pueblos prohibirian la en- trada de nuestros productos, de aquellos que unicamente tienen consumo alii. Esto aaria por lesultado, Sres., destruir en su infantia nuestra industria fabril y agricola y reducira la miseria millares de argentinos.

Voy a someter a la consideration de la H. C, algonas cifras que haran apre- ciar la importancia de las observaciones que acabo de hacer. Para evitar toda contestation sobre el credito que se deba dar a las cifras que citar6, 'dire a. la II. C. que las he tornado de documcntos oficiales.

Kn 1855, se tia esportado del Rosario por un valor de 2,898,719 pesos em- pleando al efecto 24l, buques de un porte total de 9,82G toneladas.

Los productos brutos 6 ruanufacturados exportados pueden dividirse en dos grandes clases: los destinados para ultra mar y los que se consumen en la Pro¬ vincia de Buenos Aires y la Republica Oriental del Uruguay.

Los productos de exportacion ultramarina entran en la suma 2,898,719 pesos por 1,^67,221 pesos repartidos del modo siguiente:

Astas 32,875, cobre en barra 2,778 quintales, cueros vacunos 122,303, id. de potio 1,384, id. lanares 6,515 docenas, id. de cabra 12,391, id. de nonato 193, otros cueros, su valor 4,000 pesos, cerda 20,036 arrobas, grasa de potro 5286 arrobas, garras 4,237 arrobas, Una 128,131 ariobas, plata en barra 9,710 marcos, sebo 7,950 arrobas: su valor total 1,267,221 pesos—Los que se exporlan para consumo de Buenos Aires y la Republiea Oriental, ascienden a la canti- dad de 1.631,498 pesos, es decir, que mas de la mitad del valor de la exporta-

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cion total del ilosario se consume en Buenos Aires y Montevideo y que si estoa mercados fuesen cerrados a la produecmn argentina, por medida de represalia, Us industrias que dan lngar a esta produccion recibirian un golpe fatal.

Enumerare a la H C. los productos mas impoitantes, indicando las can- tidades que fueron exportadas en 1855.

Nueces (de Mendoza) 13,815 arrobas, ponchos y gergas de lana de Cordoba y Santiago 7,935 docenas, pellones de hilo (de Tucunian) 13,100, pasas de uya, 80,402 arrobas, id. de higo (de Mendoza) 15,302 arrobas, quesos (de Tucu- man) 19,790 ariobas, suelas idem 57,630, tabaco idem 8,861 masos, aperos idem 26,200, bateas idem 9,646, baquetas (de Cordoba) 9,720, becerros 070, calzado (de Cordoba) 575 docenas, coidobanes (de Cordoba y San Luis\ 25,020 docenas, descarozados (de Mendoza) 32,842 arrobas, frijoles (de Men- doza) 21,035, fruta seca (de idem) 18,795 arruba*, harina de trigo 57,644 arrobas: su valor total 1.031,498 pesos. Estos son Sefiores, los articulos mas impoitantes de los que se consuinen en Buenos Aires y Montevideo y que ban sido expoitados en 1855 del puerto del Rosario.

Para conocer exactamente toda la impoitancia que puede tenet- el rechafeo de los productos argentinos de los mercados que se trata de hacer desaparecer para nuestro comercio, es preciso tomar tambien en consideration el valor de los articulos producidos por Santa F6. Corrientes y Entre-Rios, y que se ex- portan para consumo deesos mercados, >-Santa Fc, en carbon, maderas y fruta exporta por mas de 250.000 pesos

anuales, Corrientes en madero, tabaco y frntas igual suma, y Entie-Rios en cal y madera, mas de 200,000 peso-.

Esas cifras con la de 1.631,498 pesos relativa al puerto del Rosario y que representa los productosde las Provincias del Interior, dan el enorme total do 2 331,498 pesos. > Para la pi oduccion de los articulos que corrcsponden a esti cifra de 2.331,498

pesos estan empleados mas de 70,000 habitantes de la Conderacion. La prohibition de la introduction de esos articulos en Montevideo y Bueno« Ai- les traeria indudablemente la ruina y la miseria de millares de argentinos, los que protestanan con justicia contra medidas que atenten a las disposioiones y *;arantias de nuestia Constitution. Si se sanriona el proyecto en discusion 8e destruye ue un golpe nueslia industria agricola y quiza se comprometerd el drden y la tranquilidad interior.

Pasare ahora al examen de otro punto. He dicho que en 1855 se habia exportado del'Rosario 7,826 toneladas de aiticulos representando un valor de 2,898,719 pesos.

En esta suma solo hay 1,267,221 pesos de productos para exportation ulframarina, correspondiendo a 3,000 toneiadas, es decir, apenas el cargamento de diez buques pequeiios de altainar.

Por otra parte, durante e! mismo afio de 1855, se ha importado al Rosario valor de 4,280,3l0 pesos representando 16,297 toneladas.

En lis cambios que pueden hacerse entie la plaza del Rosario y los merca¬ dos de ultiumar hay.pues un exedente de mas de 13,000 toneladas en favor de estos: es decir, que si llegaren directainente de ultramar al Rosario las 16,297 toneladas de mercaderias que alii se consumen, faltaria para retorno directo- 13,000 toneladas.

Estas 13,000 toneladas de retorno que neoesitarian los buques para no volver en Iastre, podrian quiza encontrarse en Buenos Aires y Montevideo, pero se

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debe suponer que Buenos Aires y Montevideo, 6 iinpedirian cargira buqups que hubiesen descargado en uue-tros puertos, 6 unpondriau a los ai ti'-nlos que se quiizesen exportar en diehos buques. deiechos diferenciale- crecidos.

En e.-tos cases a nadie puede ocuiriile que vengan a! Kosario cincuenta buques de ultramar con la piobabilidad de eneonti.ir S"lo retorno p-na diez

No Senores., la medidaqne se propone a la Honorabe Cauiara esia en pu- gna con el buen sentido y debe tener resuitados daplorables paia nuestro co- ineicio y nuest'a produccion.

Si como lo he probado a Vue-tra Honorabilidad no se puede atraer el en- mereio direeto al Rosario por medios violentos que comprometen nuestro por- venir, la felicidad y prosperidad del pais, tampoco es de preer que vaya a nti""S puertos, donde concu ran menos compradores, donde existen menos consumi- dores.

Si sucediera, lo que no crep; que de Europn llegasen cargamentos direct: - mente al Rosario. este meicado seria el iinico de la Confederation y entonces el comercio se hallaria monopolizado en pprjuicio de todos por favor»cer una localidad. La centralization del comercio que se ba reprochado a Buenos Aires seria mas funesta aim en el Rosario, a consecuentia de la configuration geogra- fica de la Confederation Argentina.

Siej.. hdy el hecho de tocar nuestras mercaderias pii Buenos Aiies las re- carga con rnas de un quince por tiento. Si hubiera efecti vamente posibilidad de conseguir el coniei cio dnecto en la actuaiidad, la intengencia y el interes mismo de los comeicianies, les hobria aconsejado truer sus cargamentos dire- tamente al Rosario porque asi ganarian un quince por ciento mas-obipsti valor, y otro quince por ciento por lo menos, sobre el cargamento de retorno.

Si esfo no ha tenido lugnr, debe haber causas, Sres., que no podia cambiur ninguna ley.

Terminare,repitiendo que considero fatal para el pais, lasanoion del proyecto de ley en discusion, y que me opondre por cnanto me sea posible a su adoption.

Bl Sr. Rueda: al contentar como an tor del proyecto al Si. Dipntado ipie acaba de hablar, debo manifestar que recien se ha entrado al fondo del asunto que nos ocupa, porque en la sesion de ayer los opositoresal proypcto han pio- nunciado brillantes discursos, y tan elocneutes que yo los consignaria en un album; peioami juicio no han pntrado de lieno al terreno de la cuestion: cuestion purarr.ente de guarismos, de cifras e-tadisticae, de intei es mercantil

El Diputado preopinante ha citado un hecho inexacto, cuando h« dicho, que los autores del proyecto quieren hacer del Rosario un puerto eschtsivo, perjo- dicando asi a la proidncia rle Entre Rios. y espetialmente a los pueblos del Uiuguay a quienes dice se les obliga a subir el Parana <oan inmensos costos paia hacer sip* compras y ventas. Seguramenie el Sr. Diputado no se ha fi- jado en el referido proyecto porque si lo hubiera hecho no babria concebido tal idea, pues los autores del mencionado proyecto han estado muy distantes de pretender sostituir un monopoiip con otro; p„,-cisamente cuando tenemos por objeto destruir el de Buenos Aires, mal podiiamos fundar otio sobre sus ruinas; esto Pn cuanto a esa suposicion.

Ahora contestare sobre los setenta mil trabajadores, que segun el Sr, Di¬ putado se ocupan en parte de la provincia de Santa Fe, Entre Rio< y Corrien¬ tes en la industria d.el carbon y corte de maderu; esta exageracion llevada al ultimo estremo, ella mi--ma se contest;*; ^donde hay, no digo trabajadores, ni hombres siquiera que'lleguen a ese numero en las trcs provincias citadas por

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el Sr. Diputado? ApeJo al buen sentido de la (Samara, y pienso que seria du- dar basts de su buen juicio si entidra en mas detalles sobre este punto. .Afir- ina el unsmo Sr, que ha demostrado segun los datos que ha leido que tin millon y se'iscientos mil pesos de nuestros productos se consumeii linicamerte eh los men ados de Montevideo y Buenos Aires. Sres., soy comerciante, estoy actual- mente eu relation ditecta en esas plazas, y declaro que no cooozco cuales son los productos de nuestras prnviutias que consume Montevideo. Si me lia- blasen de me <licina, de artiferia, 6 de deiecho, me callaria, pnrque no soy com- petente para ello, y seria de mi parte una pretention necia hablarde lo que no entiendu; pero en cosas que hacen mi girr, que fornian mi O'-upaciou in¬ dustrial, permitatue el Sr. Diputado ncgarle su acerto. En Montevideo pa- •

gan nuestros productos lus misinos derechos, que los de otra cualquiera Na¬ tion, la suela, |>or egemplo, paga lo misnio que la del Brasil, los pellones no pueden hacer coiupetencia a, los ingleses, por consiguiente no se puede llevar lo mismo (pie los demas productos fabriles, como ponchos, gergas, aperos etc.

En cuanto a Buenos Aires, nos sucede casi lo mismo, porque es muy poco el consumo que hoy hace de nuestros productos manufactiirados, y lo linico que alii se consume es lo que no true el extrangcro ni se fabrica en aquella Pro¬ vince.

No me sorprende que el Sr. Diputado, haga oposicion al proyecto en discu¬ sion, cuando otros Sres. DD. piensau coino el, y dudan de la conveniencia y ventajas que trae a la Confederation la sancion de esta ley: no me sorprende decia, porque en el Congreso Constituyente nn Diputado por Salta y otros distinguidos argentinos, se opusicron a que se dictase la Constitution National, alegando las mismas razones en que-D. Joan Manuel Rosas se fundaba para no durla diciendo entre otras cosas que no era oportuna, que no habia hotiibres capaces, que el paisseiba a. anaiquizar, y sin embaigo el resultado ha desmen- tido todos hsIo« vaticinios. Lo mismo digo sucedio con los tratados de Julio; muchos creinn que aprobanddos se declaraba la guerra a Buenos Aires por la neutralization tie la Isla de Maitin Garcia, y otras consideraeiones que seria largo refeiir paia que el Congreso rechazase dichos tratados. |,Cual ha sido el resnltado? Que en vp-z de la ruina y tempestau que de ellos se esperaban sou hoy la base de la Constitution de Mayo y del feliz orden de cosas que goza- mos. Creo pues haber contestado ul Sr. Diput'ido; aonque muy bievemente, y si en el ctuso del debate hubiese necesidad de hacer algunas otras observa- ciones, tendr6 el honor de contestar a los Sres. de la oposicion.

]<]/. Sr. Da Graty: puesto que hay un Sr. Diputado. que dude de la exacti- tud delas cifras que he citado, pvdo a la Camara resuelva que venga el Sr. Mi¬ nistro de Hacienda paia que, declare si esos datos son los oficiales que tiene el Gobierno 6 no. Fne apoyada suftcientemente esta motion.

El Sr. Navarro (D Ramon Gil): no dudo de la exactitud de las cifras pre- sentadas por el Sr. Dipntado pieopinan'.e; fior consiguiente, me opongo a la motion; adenias en la ses mi anterior se acordd no llama r al Sf. Ministro a la discusion de este asunto".

El Sr. Rueda: probablemente el Sr. Diputado autor de la motion^ no me ha comprendido bien, porque yo no be dicho que esas cifras no sean oficialee; sinoque nuestros productos no se consumen en los meicados de Buenos Aires y Montevideo en la cantidad que el mismo Senor afinna.

El Sr. Torrent: pidio que se votase la mocion, y votada que fue, resulto negativa por mayoria, I

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El Sr. Nararro (D. Ramon Gil): al tomar la paltibra no lo hngo Scnorps con la pretention de hacer variar de parecer a los que pienzan dp diverso ino- do que yo, porque a la par que conozco mi in-sufitieneia, ie.-pec*.o el talento y convicciones de mis Honorables cdlegas que e.-tan en oposiciou »1 pioyecio en discusion. Tampoco pietendo Sr., ilusliar e-te asuulo con titievos y mas claros iwgumentos. La cuestion que bov llama la ataiicion da la 11. C. ha mas de dos alios que es el objeto de la discusion en los pueblos del inlet lor, en la Capital, enlapiensay hasta en las antesalus mismas del Congreso. Ella ha estado siempre a laoiden de! dia, para los pueblos y los Lepsladoies a la vez. por consiguiente nada nuevo puede aducirse, ni en pro, ni en contia de lo que ella importa. Sin embargo en un asunto de tan grave y vital impoi tancia debo a mis comitentes la explication sincera y claia de nil voto. Cou la mano sobie el corazon y obrando con el dictado de mi coutieneia bede dai mi voto por el pensamiento en general del pioyecto que se dispute por-iue creo que el t,aera a la Confederation gran provecho y fehcidad. Ah th dire ligeramente cua- les -son las razones que en mi jnicio pesan para pensar de esa manera.

Las ventajas del estrangero al trasladar directamente sU coiiyeicio al Rosa¬ rio son clarisimas a mi modo de ver. Ante todo el estrangero necesita puert is y puertos comodos para la seguridad y movimiento de sus naves. En Buenos Aires no hay puerto Si es, y lo que alii se llama tal pudiera denominate con mejor proptedad panteon de buques. Los bareos fondean a d> s 6 mas Ipguas de la plaza que vienen a surtir, quedando a la mercea de todos los vien-tos y por lo unsmo en el mas inmineute peligro. Por consiguiente lo- seguros q' esos bu¬ ques pagan son crecidos y vienen a gravar sobre las mercaderias que condu- cen. En seguida estdnlasdificultaoes que obstan ai einbarqne y dpseinDd'qiie de esos buques tenieudo que operar tres 6 cuatro trasbordos antes de que las uier- caderias queden en los almacenes de deposito. Ag>6gese a esto las averia* que se esperimentan y tendremos con todo este recargo de gastos, que la nier- caderia q' viene a Buenos Aires tiene igual costo de Europa a babzas exterio- res, que de alii a la aduana 6 almacenes de deposito. Todo io contrario suce¬ de al Estrangero en el Rosario. Sus barcos pagarian menos seguros desde que no hay allt ni el mas remoto peligro de naufragio 6 averias. Alii el buque llegana a la barranca y formando un muelle particular por medio de una tabla tirada entre la tiena y el barco rodaria los bultos de sus mer- caderias operando asi un desembarque comodo y barato. Demas esta decir que el ahorro de todosesos gastos viene a repartirse entie el importador y el .consumidor.

El negociante del interior comienza por ahorrar los inmensos gastos que de- manda el viage d Buenos Aiies. Emplea un mes en hacer su surtido en el Ro¬ sario, en vez de cuatro que tarda yendo a Buenos Airgs. a mas las comisiones y los gastos porque indispensablemente tiene que pasar alii en cl embarquc y irasbordo de sus mercaderias que a veces le han dado una perdida a cau-a de las mojaduras amen de laperdidas de bnlios que experimentan con mucha ire- cuencia. Los frutos con que el comerciante de la Confederation paga sus com- pras no ten Iris el gravamen del doble flete hasta Buenos Aires no pagaiian co- misiones ni retardo y de esa manera hacijendo un trayecto mas corto hasta el

'Rosario darian mayor ganancia al dueiio a la par que irian inenos recargados de valor al buque extrangero. Omito la minuciosa i elation de otras mil ven¬ tajas del comercio directo porque elhs se presentan clarus y couio de relieve a Ja imagination menos perspicaz.

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No se. liacten vwrcado* con decret.os, ha dicho la parte de la prensa en oposi- cion al comeniio direcio. No me'detetuli^ a prubar la falsedad de esc argn- inento toiuado en la aoepcion geneVica .que el abraza. Ese argumento hecho laiso por si solo aplicado como principio, pasa a ser absurdo truido al terreno ecepcional y liiiico de nuestra situation politica respecto de Buenos Aires. La politica disjdente de aquella Provincia desde el 11 de Setiembre nos htt divor- ciado'deella teniporalmente. Sus intereses h-iu pasado a ser opuestos a los ni'ifcstros muy partieulartnente en la parte relativa a la reuta pOblica. Aquella aduana la principal del territoiio Argentino, no es Nacional.y sin embargo los trece pue-'dos Confederados hacen su tiafieo mercaiitil por ella. La Confe¬ deration tiene en su seno ouertos mas seguros que el de Buenos 'Aires, y sin eniliargo la costumbre mas que la convenience ha hecho que alii sea el empo- rio del comercio y de las transaciones mercantiles. Ahora pregunto, Senores, ^,es justo (pie los [>ueblos Confederados tengan con grave perjuicio suyoel mer

ado general en un pueblo cuyos priivcjpios politicos son bostdes a nuestras instituciones? Es rational que la C >nfederacion Argentina tenga su mereado pii suelo que de hecho no le pertenece hoy? Es logico que deje vejetar en el olvido sus hermosos rios y sus segnros pue.-tos, para concurrir al fomento de otro pucrto estrano con grave pei|uicio de los ptu-'blos que forman hoy la nia- } oria de una nation independent?? ^Porquees Buenos Aires nuestro heruiu- no, hemos de cederle las rentas de trece pueblos que nada purticipan de las ventajas que el recibe? Se coiicibe la caridad, S^noies, pero no cuando el que la practica se iiiuere de hambre! La Confederacion para impulzar el tren de su progreso upcesita de todos ios reenrsos que pueda proportionate legitinia- inenie. Nada mas n.'itural, Senores, que percilur para el sosten de nuestras instituciones las rentas que naturalmenie pertenecen a nuestros trece puelilos Confederados, y que la costuinbrp ha hecho que se absorban en Buenos Aires. E«a costumbre (jup no es basada en conveniencia ninguna puede cesar con un decreto, con una ley como la piespnte. y he ahi como es faeil que en nuestra situation especial hag-itnos un niercado con un decreto.

Sejrun el .Vlenxage del Gobiei no de Buenos Aires la Confederation consu- me no ,-esenta por ciento de ias impoitaciones estrangeras. /Por que pues se teme que consnmiendo en Buenos Aires no corisuuiamos aqui esa misma cantidad? J Por (pie danios las rentus procedent.es de ese tiafico de un se- senta por ciento ti la provincia de Buenos Anes con perjuicio nuestro? Este dato del Mensagedei Gobietmo de aipieda prnvintia prueba ademas que es fc Iso el temor de que no tendremos leiorno que ofrecei a los buques que ven- gan directamente a nuestros puertos. Si nosotros corisumimos un sesenta poi" tiento. es porque producimos con que pag-ir igual 6 mayor cantidad que la consumida, porque es logico que nadie consuma sin produeir etc. etc.

L'l guerra con Buenos Aires con qnese nosN amenaza a cada paso en las ar- gumentaciones de la opositi'm, no hace peso en la presente cuestion. La guerru!.' Ese es mi fantasma. Sres., cuya sombra no oscurece las inteligencias claras de la Confederacion Argentina; es voz hueca y sin sentido ya ent>e no¬ sotros. El circulo que hoy domina desgraciadamanie el pueblo de Buenos Aires, no es la espresion uniforniada de aquella heroica provincia. Los ac.tos de aquel Gobieruo csa actitud belica e imprudente que ha asumido a veces contia nosotios, me atrevo a decir Sres-., no son justificados por la opinion de la mayoria de aquel pueblo.

Si asi no fuere, no temamos tampopo la guerra, porque ella seria acaso mas

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fiinesta a Buenos Aires que a nosotros. No necesito d'eeir porqtie;' sabemoij hacer diferencia entie el estado en que se encuentra aquelia proviucia con- vertida en presa de los baibaros, y la prosperidad y poder eon q,ue cuenta nues- tra Confederacion,

Y sohie todo Sres. si luibieramos de u-bandooai' nuestio derecho de legis- laren favor del progreso denues-tra patria,-1 ante tin temor lejano de una guer- ra injusta hacia nos^ios tuvi6iainos ipue dejar morir de amine a la Confede- lacion, mejor seiia abandonar el puesto que ocupamos!. iMengaa seria, Srps temer la guena, cuando poi los mismos por quienes se teme se d«clara quee'la- seria injusta. Nosotr-os estamos, en nuestro peifecto dprecbo al legislai s bie nuestras aduanas; si la gueira biene a arrancaros ese derecho impresctipiilde.- ^Por que temerle Sres? Tanto vuldria q,ue ella viniese eontra nuestra Con-ti- tueion siendo que fuera traida contra una ley justa como la que ahora' tratamos ^La temeriais entoneas?

En las sesiones pasadas lube el honor de levantar en-alto mi huniiide voz,- para desaprobar aquel tratado con Buenos Aires i|ue yo llainaie monstruo eon el mismo derecho que se ha llaniado tal al pioyecto que sostengo. En¬ tonces, como ahora se nos hizo correr airoyos de sangre en este reciuto ima- ginarios y en palabras, es verdadr Se nos pinto la guerra en todos «us mas- espantosos y hori endos detalles, se hablo de i uinas en todo el sislema de line— tra organization-politica. Seis meses despues esos tratados eran con hatta1 justicia rotos en pedazos por la Confederacion, y la gueira no ha venido Nies. y me atrevo a decir, que no vendra tampoco.— Por que? Porque Buenos Aires ha visto que estabamos en nuestro derpcho, y si asi no lo piensa tain- noco ciee que la conveudia t-raer la guerra por eso.

Sobre todo, Sies.ryo soy Diputado de la Confederation y para mi antef- que los intereses de aquel pueblo disidente, e--tan los que yo lepie-ento. Con dolor de mi-alma lodigo Sres., que aunque Buenos Aires- sea ua pedazo de- ntiestra-familia hoy no esbamos aqui para eonsultar sus intereses sino los de n-ueelios comitenles de la Confederation. A los inlere«es de Bu-enos Aiipv a su'prosperidad nos liga el afecto so!amen»e, a los pueb'os Confederados (iuer representamos nos liga la obligacion. Aquello es devotion Sres., esto es de- ber!!... Yo hejurado sobre esos Santos Evangelios softener las in-tituciones-* de la Confederacion y propender a su piogreso; no he jur-ido igu.il co.-a res- pecto a Buenos Aires, al contrario,, al obedecer la Constitution de Mayo, he- pi-otestado en ella contra la politica de aquel pueblo divoiciado de la familiar argentina.

'

Repito, Sres., con la niano sobre e! corazon y nyendo el grito de mi concieu- cia, doy mi voto por la idea que enriena el pioyecto que -e discute, reservan- diime el derecho de modificar los nrt'culos de que (il consta.

El Si. Laspiur: el Sr..Diputado que deja la palabra acaba de decir que eP no esta conf. rme con la interdiction de los mercados de cubos adentro que ea— tablece el art. 1. ° del proyecto de ley que discatiuios, y que en la diseusiotr. particular se res-erva hacerobservaciones a este res'peeto.

He aqui-, Senor, coino sin apeicibirse el Sr. Diputado e3 de nuestra opinion,, solo que el erce que es objeto de la discusion paiticular, lo que nusotros soste- nemos que conesponde a la discusion geneial.

Se dice, y el autor del proyecto lo ha repetido muchas veces, que este es un proyecto de ley de comercio directo; y que su-adoption en lo jeneral, no im«- porta ot-ra cosa que la adoption de la idea del coaieicio directo. Asi lo com-

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prenden mudios, pnesto que parece reprocbarsenos que estemos en oposicidrt al comertio directo, y puesto que he oido a tin Sr. Diputado pedir que eonste en un rincon de la acta que el da so voto por el comertio directo.

Siento pues la necesidad de fijar bien el punto de partida, para que nos en tendamos sobre lo que disnotimos.

El medio no-es el fin. Bien puede el comercio directo ser el objeto que se proponen, el fin que persiguen los autores del proyectn; pe»> el medio que pre¬ sentan para conseguir ese fin, formulado en un proyecto de ley es la interdiction absoluta de los mercados situados de cabos atientro; es decir pues, qua el pro¬ yecto de ley es un proyecto de ley de interdiction de los mercados de cabos adentro para atraer p.I comertio directo.

Colocada asi en su verdauero terreno la cuestion, creo oiie todoseonvendran en que discutimos sobre el medio que se propone paia atraer el comertio di- recto, no sobre el comercio directo mismo en que no puede haber cuestion.

En esto de medios, varios poeden ofrecerse: el de la interdiction, que se pro¬ pone ahora, el de derechos diferenciales a las mercaderias (pie veugan de ca¬ bos adcnlro, el de primus para las procedentes del exterior, etc.

Yo. por mi parte, solo el ultimo aceptaria porque ninguno de los otros es Constitutional.

La Constitution Arjentina al abrir nuestros rios al comercio del mundo, ha consignado en principio la libertad absolutade comertio y de navegaciou. Es decir, ha proclamado principios suyos, la ultima expresion de la cientia en ma¬ teria economica; porque ha compreudido que la mejor protection que puede prestar al trabajo en todas sus aplicaciones, no es la ley, no es la regla, sino la libcrtad, conforme a aquella formula de dejar hacer dejar pasar por toda inter¬ vention en la industria. Ku efecto, la industria en todas sus inatifastaeioncs no necesita que la ley leensene lo que le conviene,sino que se le de seguridad, Iibprtad, y vias faciles y comodas de comnnicacion.

Toda ley pues que so pretesto de favorecer el comercio. tienda a restrinjir en un dpiee la amplitud de estos printipios; es una ley de falsia,,es una ley in- constitucional.

Con profunda razon a fe se ha dieho por alguien, que la libertad economics es de todas las garantias constitucionales la mas expuesta a les atropellamiuii- tos de la ley, precisamente porque es la mas inocente.

Lejos pues de admitir ley alguna cle este jenero, estamos en el deber de mo- dificar en el sentido de la libertad las leyes economicas existentes, que sou uu verdadero sarcasmo en presencia de los priucipios constitucionales recibidos.

Tal miro la cuestion desde la altura del derecho. En cuanto a. la convenieu cia de la medida, el Sr. Diputado du Graty acaba de demostrar con eifiasy ddtos oficiales que ella es perniciosa.

Se ha hablado mucho de la con veniencia del comercio directo — .Verdad evidente por si misma. Valdria tanto que se bos digese que era necesario en estos paises crear poblacion, crear capitales, crear riqueza.

El Sr. Diputado que me precedio en la palabra se ha esiorzado en demostrar -

una cosa detnostrada ya por demas. y es, que el puerto de Buenos Aires es ma¬ in. Cierto; mejor es el de Montevideo, mejor es el del Brasil, mejor es atra- car los buques a la barranca del rio como en el Rosario y por medio de un puen- le detablas descargar. Tembien nos ha asegurado que los gastos que ocasio- na el embarque y desembarque de carga en apiel puerto y las dernas opera- ciones consiguientes, iraporUn mas que el flete de Europa a Buenos Aires;

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y que cada comerciante necesita tres capitales (bastaria con uno grande) pa¬ ra cada negocio en aquella plaza. Pero lo que wo ha demostrado el Sr. Di¬ putado, ni ninguno de los que han hecho uso de este niismo argumento, es, que las mercaderias traidas directamente del esterior e intioducidas ennuesttos puertos, tengan menus recargo que las que vienen de 1 <a depdsit.os de Buenos Aires. Esto desearia j 6, que no soy comerciante, verlo c'einostiado con ci- fras. Esta aver.guado, se ha dicho; pero esto no basta, seria preciso verlo piobado.

Por ultimo, el Sr: Diputado ha citado el nien«age del Gobierno de Buenos Aires para hacer conocer que tin sesenta por ciento 6 dos terceras partes de las mercaderias que entran en aquella plazn, pasan al consumo de las provincias confederadas; y esto le ba presentado ocasion al Sr. Drputado para preguntar con tioble celo porque bemos de continual- por mas tiempo tributarios de a- quella provincia disidenle, proveyendole so tesoro con nuestro sudor, cuando nosotros nosestamos muriendo de hambre; que la caridad bien entendida de be principiar por casa, que el esla en el deber de inuar primero por las pro¬ vincias, porque las provincias lo lian mandidn a represen'tar sus intereses, no losde Boenos Aires etc. La Camara ve que nada esagero, que recojo cuida- dosainente sus propias palabras.

Si nosotros consumimos dos terceras partes de loque consume Bs As, tenemos entonces dobles entradas, porque las niercaderias que vienen de alii al entrar en nuestros puertos pagan los inismos derechos que si vinieian del estern £, Buenos Aires segun datos oficiaies tiene dos millones y tan to* mil pesos fner- tes de entrada; consumiendo nosotros el dnplo, deberiam'is tener 4 millones y tantos mil pesos de entrada. ^Como piles se dice que nos es tamos muriendo de hambre? Con cuatro millones tenemos demaciado para pagar nuestros gas¬ tos ordinarios y estraordinarios de la administration. Entcinces, con mayor razon no debe aceptarsela medida que se. propone, tan pehgro-'a y tan violen- ta. Entonces e! Congreso debe converts sus esfuerzos a remover las causas qua nos piivan de la perception de esos cuatro mijlones y tantos mil pesos, porque en realidad no percibimos sino un millon y setecientos mil pesos.

El Sr. Diputado ha discurrido, sin apertibirse, contra lo mism-i que sostiene. Concluire, Sr., espresando lo que la Honorable Camara habia comprendido

ya, quehe dedar mi voto contra el proyecto en discusion. El Sr. Possp, D. Filemon: al touiar la palabra, Sr., no pretendo ilustrar la

cuestion, lo h'ago solo con 11 objeto de que conste en el acta que voto en favor del comercio directo porque son tan profundas mis convictiones en esta mate¬ ria quecreo que en ninguna epoca de mi vida prestare un servicio iras im- portanteami patria que votando en favor del pensaniieuto significado on el proyecto en discusion.

Se hizo tin cuarlo intermedio. Vueltos los Sres. Diputados a sus asientos. El Sr. Raioson dijo: ha sido tan luminosamente debatida la cuestion que nos

ocupa que apenas queda medio de ilustrarla mas; pero como he de negar mi voto al proyecto puesto en discusion, quiero expresar las razones en que me fundo, aun d riesgo de incidir en repelitiones inconducentes.

Se ha dicho que el proyecto en discusion es un medio de traer a nuestros puertos el comercio directo,y que una vez sancionado en general, esa sancion impoitaria unicamente reoonocer la necesidad de una medida bastante eficaz paia producir aquel efecto. Hay en esto. Seiior, una doble equivocation. Tra- tase solauiente desancionar la interdiccibti comercial con los pueitos situados

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dei.'tr'^ dp, calios, y la tlp'Obation del proyectoen general sera "ntondida conio la sancion del entredicbo que resaltu de su tenor esp'icito, y nada mas.

El otro error consi.-te en la intriijentia qu«: pare.ce darse a la espresion co- mrrcio dirt-cto, pretendiendo significar con tila. el que se haria entre los puertos tie la Confpdeiacion,-y cnahsquiera otros, ecepto los de Buenos Aires y Mon¬ tevideo Yro compVendo Si\, que si no incurriinos en la t*igentia inaceptable de

que nos vengan de cada pueblo pioductor. umeamente feus naturales produccio- nes, i.'on esclusion de otia alguna-; si nosotros no pedimos esa rigorosa comuni-

cicion mercantil, segun la cual cambiariamos nuesiros productos espedidos de nnestios puei tos, por los productos de cada pueblo con quien comerciamos, es-

pedidos asi niismo d-el puerto produetor; si rioprofesamns, detia,tauestravagante idea, no nos c|ueda ona acepeion logica al comeitio diiecto, que la que da la

ciencia, e-to e--. el eomertio universal, el coiiiercio libre Con todas las Nacio- ne.s del Globo sin re-tricciones, sin esplusiones odiosas, el coiiiercio en fin, como esta esciito en la Constituciou de Mayo.

Duiaute la vida coloni il de estas rejiones, la Espafta mantuvo por dos si-

#los In prohibition de comeiciar con eil.is no solo a las ot-ras naciones. sino tam¬ bien a todo puerto espanol que no fuera Sevilla. Mas tarde concedio lo que so

llamaba eutonces el comercio libre, ps deeir, la abolition del mom polio de un

>olo pueilo, reservandolo sin embaigo,*a los otros puertos de la metiopoli. La

I'pvidjcion de 1.-810 vino en seguida a emanciparnos del sistema colonial, ::?. i ieudo los puertos de la America a totUs las bauderas inercantes d-el mundo-;

y eutoncps se dijo que estaba conquistado el comereio direoto. Sucedio empero para nosotros, que la Capital de Buenos Ayres, inmediatamente beneficiada por

•aquel progieso economico. eolocada por la naturalezaal fiente de las Provin- cias de la union, y por un ei ror injustificable a los ojos de la cieticia y ~de la

'liistoria, mantuvo epnados los rios interioreial.comertio, que no fuera entiete

iiido por iKiuella misma Capital. Deciase entonces taiubien que la Confedera¬ tion Argentina tenia Comercio directo, y sin embargo las bull as poblaciones -siluadas «obre la marjen de nuestros caudalusos nos, jamas hafiian reeibido la

Visita pacltica yamria de un bnqne estrangero cargado de mercaderias para Siuest.ro con-unit). Tal era la situation mercantil d-el pais cuando sobrevino el

<aeuntpciiiiipiito nlas glorioso de nuestra vida social; lagrandiosa Jornada de Cd-

i-eros. Rompieronse en aquel <lia las pe.-adas cadenas de la dictadura, y cayu con cllas la barrel a que cerraba los rios al acce-so del mundo comercial. En¬

tonces 'la Rppublica entera y todas las naciones cultas de la tierra saludaron el

feliz adv«niuiipnto de. la libertad en estas rejiones y n>uy especialmente la liber-

tad de los cambios, el comercio directo, Senores, en su verdadera y unica a-cep-

fion; y desde aquel dia lo tenemos conquistado para siempre, sin que para ello

f'ueran neeesarias otras medidas que aqtiellas destinadas a supiimir los obsta-

culos artificiales que lo embarazaban. Sentados estos antecedentes, estudiai 6 la cuestion ba'o sus diversos aspectos

•empezando por averiguar si el Congreso de la Confederacion ticne derecho

de sancionar el proyecto de interdiction mercantil, que forma la or den del dia; <es decir, si sempjaute ley eslaria en oposicion con las prescripciones de la ley fundamental de la Nation. Porque es un error gravisimo suponar que pode- mosilegislar a nueitro antoj",-con tal que se consulte el bien positivo 6 aparen- te de los pueblos que aqui nosh.au Uainado; pues que la Constitution ha que- rido con rnzon, que las faeultades del lejislador se limitaran, no solo por la enu¬

meration desus espetiules.a.tributiones, si 10 tanibie.u por las declarationes de

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derPchos y garantia- que reconoce en favor de los hombres y de los pueblos. Ahora bien: el detecho de comerciarconcedido a todos los habitautes de la

Confedpracion, la igualdad ante la ley, la libertad de movimiento. la de nave- gar todos los rios otorgada a todas lis banderas, el caracter esclusivamente fiscal y rentistico dado a las aduanas de la Nacion y mochas otras prescripcio- nes contenidas en el c-odigo politico que nos rige, estan revelandouos cual ha sido la inteligentia de sus fundadorps era materia comereial. El comercio libre estd palpitandoeu cada linea de la Constitution, el comeicio libre, Sres. coino se entiende en el actual estado de la ciencia, como lo han reconocido las na- tiones mas avanzadss, las mas libres, las mas ricas. Y- cuando los pueblos han aceptado con aplauso esa Constitution, sablan muy bien que ella los co- locaba, en punto a iustiluciones en el mas alto nivel del siglo. Resulta de alii que toda esclusion que agravie losintereces de uno 6 muehos habit-antes del pais, que prohibit al comeiciante buscar en el n.ercado que mas cuadre con sus corivenientias e! desembolvimiento y aplicacion de sus capitales 6 fuerzas productivas; toda esclusion que lechace de nuestros puertos la bandera dp pue~ bios con quienes estrtmos en perfecta paz ; toda esclusion de tal jenero d ana- loga, seria una violation flagrante de ia"Constitucion; y el Congreso si la dic~ tara traicionaria. segun pienso, el primero de sus deberes, el de respetar y cum- pliraqueila ley suprcina.

Y no se diga que por estar en sus ntribuciones la de "reglar el comercio maritimoy terrestrecon las naciones estrnngeras'' puede el Congreso estafjlecer las restricciones injuriosas consignadas en el proyecto que nos ocupa; pues el art. 28 de la Constitution se lo prohibe cuando estatuye que: ''Los principios giiratdiasy derechos reconocidos en los aitterinrcs articulos no podran ser al- terados por las leyes que reglamenten suegercicio'' si ese proyecto llegaraa ser ley, los altos y liberates principios de libre comercio, de libre navegacion, de libre inovimiento sufririan un golpe de muerle. Un dia por semejantes motivos a los que han inspirado ese proyecto, puede proponeise otro, escluyendo tambien de nuestios puertos, al Paraguay, al Brasil, a cualquiera de las naciones con las cualps, mantenemos ahora reLciones nierc.iiitiles de niutuo provecho: otro dia se propondran limitaciones d la libertad de la pren- sa, a pretesto de reglamentar su egercicio, mas tarde otra libenad que nos estorbe sera mutiladaa su vez; y por este camino tan fdcil llegaremos a! fin a suprimirlas todas, derogando endetalle la Constitution que las proclama!

Anadire algo mas. La Confedtsiacion ha celebrado tratados con algurms Poteneias estrangej-a->, con la mira tie garantir en favor de ellas y de- todas las naciones del mundo la libre navegacion de nuestros rios. Si estaba esta consagrada fundamentalmente como principio, y reconocida como derecho comun por las instituciones que acabdbamos de darnos; i Que objeto plausible podian teneresos tratados? Unicameute en mi entender, el de asegurar irre- vocablemente esa concesion hecha en beneficio do la civilization, y de uuestro propio progreso y bien estar; asegurarla bajo el a,mparo de poderes vigorosos con un compromiso solemne, no solo contra las ajenas i.itcnciones, siuo tam¬ bien en prevision de nuestros mismos desaci'ertos; asegurarla Sres., contra uoso- tros mismos, contra los posibles crrores 6 pasiones tpie se alzaceu alguna, vez para supiimirla en el todo o en parte.

Estd tambien garantida por esos tratados la libertad dc comertio, la igualda de banderas; pties el art. 4. de los celcbrados en 10 de Julio de lflf>3eMipuhi "

quese cslablecerd por las auloridades compctentes de la Vonfcderacion, un .w.v-

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tenia uniforme para la recaudacion de los derechos do aduana, puerlo fanal, po- licia y pilutaje en todo el cut so de las agvas que pertenecen a. la Confederacion." No es envano que se comprometid la autondad Nacional a uniformar su sis¬ tema de recaudacion de los derechos de aduana; ni puede tal compiomiso qtte- dar ilusorio. Se estipulo asi, de acuerdo con la liberalidad de nueslras institu¬ ciones, y con las aventajadas teorias sobie el comercio libre, que lep'esenta- ban los agentes diplomaticos que concurrieron por una y otia parte a la con¬ fection de los tratados. A mi modo de ver, el art. titado se redacto con plena conciencia de dejar consagiado en el el fecundo principio de la libertad da co¬ mercio en su mas alta espresion, la imposibilidad legal de toda restuccion rui- nosa, de toda esclusion de procedencia, 6 de bandera cualqniera que fuere su color. Al sancionar pues el proyecto. nos vamos a encontrar otra vez frente a frente de una ley anterior quo nos lo veda; y vamos d provocar Jejitimasrecla- maciones de parte de cualquiera de los signatarios del tratado, que se repute desfraudado tie las ventajas por 61 aseguradas. De suerte que la Constitution y los tratados que son la ley suprema de la Nation, estan en abierta pugna con el proyecto que se discute, y hacen legalmetite impusible su sancion.

Analizare ahora brevemente los resuitados economicos que se derivarian de la medida si se llevase a ejecucion. Pero antes debo rechazar an aserto avanza- doporalguno de mis EL colegas que me han precedido en la palabra. Se dice que las doctrinas economicas deben aplicarse de diverso modo, segun las pecu- liaridades de cada pais, y que para nosotros son exoticas e inconducentes las mismas que la esperienciay el estudio han probado ser indisputablemente ven- tajosas para las Naciones ilustradas.

Yo rechazo Sres.. esa negation de cientia economica, esto cs, de la universa- lidad de susaxiomas; por que las verdades que ella enstfia como fiuto de la tradition esperimental de los siglos, tienen para todos los hombres de progre¬ so la autoridad de demostracisnes matematicas. Las peculiaridades de clinias y de pueblos nada pueden contra una verdad establecida; y nuestra propia histo- ria nos dice cuan peligroso es dejarse seducir por esa doctrina de especialidades, que profesaba Rosas, cuando anunciaba no ser llegado el tiempo dp que se die- ra la Republica una organization politica. No Sres; ioque es economicamente nialo en Inglaterra, es y debe scrlo entre nosotros. -

Si se sanciona la interdiction mercantil con los puertes de Montevideo y Bue¬ nos Ayr«s, veamos lo que puede sobrevenir. Prescindire del Estado Oriental, pu'esto que el, puede escapar al entredicho, mediante un tratado de navegacion y comercio que probablemente celebrara bien pronto con la Confede/acion. Buenos Ayres se ha de colorar precisamente en uno de estos dos casus: 1. ° Buenos Ayres puede mirar con pacieneia'evangelica la interdiction que esta- b'ecemos, y no modificard, en represalia, sus leyes aduaneras con relation a nuestros puertos. Entonces iran como hasta ahora nuestros productos a con- sumirse enaquel mereado; pero couio los buques destinados a cond'icirlos no podran retornar carga alguna, las pohres producciones de la Confederation se- ran recargadas con doble costo en su transporte, y quiza muehns de ellas no podrdn competir en el mercado con lasanalogas de proqedencia estrangera.

2. ° Establecerd talvez la retorsion, prohibiendo la entrada en su pueito a 'los cargamentos procedentes de los nuestros. Pretender que no puede asumir esta actitud, porque danaria sus conveniencias, no es argumento [iara los que intentan suprimir, 6 dificultar por lo menos, los principales mercados de nues- tras proflnctiones. En pste caso, la industria naeiente de la Confederation, que

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ilificilmente soporta los gravdmenes impuestos ahora por l.is largas distancia de donrje se traeportnn sus productos, por la pesirua condition de los cam inos y de los vehictilos, hallaria cerradas las pueitas del consumidor y tendria que sucumbir ante el cumulo de tamanos embarazos. El cabotaje, tinica marina que poseemos, quedaria anuladcr por falta de. objeto; y todas estas industrial arruinadas disiuinuiiian iniuensamente ia actividati comercial y la riqueza pu- blica.

Mas como el proposito del proyecto de ley es traer a toda costa el comercio de ultra mar a nuestros pue-tos, vamos a ver los efectos que semejante resuha- do tendria sobre el coniercio del pais. Si no vienen ahora hasta el^Rosario es- pediciones mercantiles directamente desde Europa, es, a no dudarle, porque no encuentran en ello eonvoniencia. El calado de los buquesdestinados a via- jes de mar es siempre mucho mayor que el de los que se dedican a la navepa- cion fluvial,}7 mas ouando e*a navegacion ha de bacerse en rios mal estudiados todavia como el Parana. Stt sinuusidad caiactei i.-tica, la contrariedad de los viontos, la faita de remolques son algunas de las causas que embarazan su curso para buques mayores; causas. que sino lo constituyen innavegable, au- nientan seguramente en gran manera los costos de su Viage., El seguro sobre cl buque y la mercancia es tres veces mayor del que se cobra al Rio de la Pia» ta: de modo que todos estos recargos reunidos, giavan a. los efectos e-trangeros en una proportion superior a los inconvenientes que Mifren las intioduciones lealizadasde Montevideo y Buenos Aires, pues que e«tas no tienen que pagar seguro, practicajes y remolques, y nos vienen de retorno, disminuyendose por lo tanto su flete relativo.

Llegaian al Rosario los buques de alto bordo, forzados por la ley que se dis cute: pero el comerciante de la Confederation, y en ultimo resultado los consumidores tendidn que pagar el recargo en los va'ores de las mercatleiins. Por otra parte; representando ooino se ha demostrado por un Sr. Diputado, los productos argentinos exportables un valor y tonelage cuatro veces nienor que el de los efectos extrangems de nuestra demandn, los buques que descar- guen en el Rosario careceran de retorno suficiente, cuya tircunstancia,coino se ha notado cor perfecta razon, alejard de este puerto la concurreticia uecesaria para crearnos un mercado cdmodo. La escasez de una plaza mal su'tida pro- porcionara el tnonopolio en favor de pocos, y el comertio en,"g'eneral sufrira las consecuencias de ta! trastorno. A su vez, nuestrds prodnctos exportablps, de- biendo venderse precisamente er el Rosario, no pudiendo llegar hasta Buenos Aires para hacer alii una provechosa concurrence, se venderan por el precio que los pocos compradores han de fijar, desde que no teman la eompetencia: lo que quiere decir que uos veremos reducidos a comprar caro y vender barato.

Si se crean trabas y dificultndes al comercio flu-vial, coino sucederii con la sancion de esa ley, enton'CPS hallarian su conveniencia las Provincias dp Cuyo y del Norte de la Confederation en proveerse por cordil'era de las mercade¬ rias nocesarias a su consumo; con tanta mejoi razon, cuauto que los trata¬ dos liltimamente celebrados eon la Uepiiblica de Chile proporcionan facilidades alhaguenas para ese trafico. En tal caso, no solo dejaria de concurrir al litoral el iuiportante comercio de aquellas Provincias, sind que veriamos probable- niente reproducido el fenomeno de que ellas inismas provcyeran en gran parte al consumo de las poblaciones centrales, como ha acontccido ya, siempre que se alzaron embarazos a la coinunicacion ruercaiitii con Buenos Aires. Todos

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estos resultados violentos y contrarios a la naturalezn, seran pagados en defini- tiva por las poblaciones consttmidoras, y pagados muy caros por cierto.

Inutil es repetir lo que ya se ha dicho con relation a la acumulacion rie ca¬ pitales en un gran mercado como Buenos Aires; el rol que estos desempenan- alimentando el comertio de la Confederacion por el credito que alii se tiene radicadoy manteniendo el equilibrio 6 balanzn meicantil que nuestras solas producciones no bastan a efectuar; la imposibilidad material en fin, de que esos capitales se trasladen^subitamente al Rosario, abandoniindo ventajas adqui- ridas y seguros provechos. Es escusado tambien reiterm- las demostraciones elocuentes»con las cuales mis honorables colegas han probado hasta la eviden- cia, en mi entender, que la medida propuesta esta destmada a producir la rui¬ na de la industria, el abatimiento.de! comercio y etnpobrecimiento national resuitados seguramente opuestos a los que de ella esperan sus sostenedores. Aunicntese la production Sre«, mejorense los caminos interiores y los medios de transporte, balizernos nuestros rios, y establezcamos en ellos vapores de remolque; mejoremos la legislation aduahera, haciendola, cada vez mas libe¬ ral; y el comercio extranjero, interesado en suprimir las manos intermedins, vendra, sin duda a nuestro encuentro, y los merca~dos que deseamos se fbrma-

^an entonces en su mas vasto desarrollo; por estas leyes seucillisiroas se han i'ormado tambien los mayores mercados del mundo.

Antes de termimr quiero decir dos palabras sobre lo que se ha convenidoen llatnar ia faz politica de la cuestion y las dire con perfecta franqueza.

Desde que Buenos Aires ss separo temporalmente de la comunrdad Argen; tina, ha sido una creencia profunda para mi, que el mejor y uuico medio de reincorporarbi a la nacionalidad—sra la paz.—Bijo su influencia propicia un * camente pueden calmarse las excitaciones apasiotiadas y los enconos que nos dividen, y consultarse los verdaderos y permanentes intereses que ligau para siempie la patria comun a Buenos Aires la mas rica portion de nnestro suelo. La Constitution de Mayo, por otra parte, tar. sabia, tan liberal como es, ob- servada por nosotros relijiosamente, ha de dar a las susceptibilidadesde aquel pueblo la mas aroplia y positiva garantia. La paz, Senores, el progreso, la pros- peridad de las dos fracciones en que esta dividida la Nacion han de producir en ellas el convencimiento de que no solo estan unidas por antecedentes de gloria y de infortunios comunes, sino tambien, y muy principalmente pot* convenien- «:ias mtituas a las que no pueden rcnunciar sin suicidarse. Tienen un mismo punto de partida; y tn-irchando paraleiamente a so? destinos, tienen que en- contrarse juntas un dia bajo la gloriosa bandera de la patria.

Cultivar la paz. ensanchar y multiplicar nuestras relatione* con Buenos Aires, es, a mi juicio, el digno trabajo de los que sinceramente anhelamos la hora ftiiz de la reconstruction Nacional. Asi lo manifiesta el rnensage del Exmo. Sr. Presidente de la Confederacion, asegurando que la paz con Buenos Aires repnsa sobre su honor y sobre su conciencia.

Pero no basta declarar la paz en las palabras; es necesario qu9 ese noble sentimiento setraduzca en los hechosde nuestra politjca? y por eso me alarina tambien el proyecto cuya sancion so pide a. la Honorable Camara, puesto qua cualesquiera que sean los motivos 6 fines que con \S1 se persiguen, imports ante el'buen sentido una esclusion injuriosa, agresivay hostitil a Buenos Aires. Se va a romper, Sres., el ultimo vinculo de union entre aquel y los demas pueblos de la Confederacion, el lazo del coruercio, el mas humanitario y civilizador de cuantos puedeu estrechar las relaciones entre los rrfietnbrosde una sola familia;

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se va a forzar a Buenos Aires a que solicite en otra parte, por otros medios, la parte de vida que recibe de susliermanos, se va a debilitar por este procedi- miento la esperanza de que vuelva a la asotiaeion de quejamas debio separarse porque aella era llamada por su dcber, por su honor y por la inteligencia de ku porvenir; se van a crear intereses antagonistas, cuya infiuencia estara dp por medio toda vez que se intente una reconciliation, que haria'deshparecer las ventajas artificiales de loea'idad, que se buscan por la interdiction. Y si pueden surgir semejantes consecu^ucias politicas, nosotros no debemos produ- cirlas por una sancion imprudente. - Creo haber probado,Sres., que el proyecto en discusion es contrario a los principios liberalisimos de nuestra Constitucion, que hiere gravemente los intereses economicos de la Confederation, y finalmente que nocabeotro mas impolitieo si se atiende a la especial situation de-la Republica. Y tan profun- das son mis convictioues en este sentido, que si quisiera abrir una brecha san- grienta a las hermosas instituciones que nos rigeu, yo vataria por esa ley ; si cunspirara contra la prosperidad de la industria y del comercio,contra la riqueza y el bienestar de estos pueldos uatieutes, yo vataria por esa Ley; y si tuviera la dailina intention de mutilar a mi Patria, profundizando el abismo que nos separa de Buenos Aires, tambien, Sres., yo votaria por esa ley!

El Sr. Gordillo D. V icente; pidio la palatini y dijo: no obstante que al pa- sar a cuarto interniedio he pedido la palabra, y que segun la disposition regla- luentariadel Honorable Cuerpo he teuido el uso de ella, he querido eederla en obsequio del Sr. Diputado que. me ha precedido a! objeto de escuchai los fun- dainentos de su oposicio'i, y no estando conforme con ellos votare de acuerdo con el proyecto en general que se discute por las razones siguientes: he obser- vado que desde la sesion penaltima, eu que por primera vez ha tenido lugar la consideration ne este negocio, los Sres Diputados de la oposition han funda- do sus obgeciones rechazando el proyecto principalinente por ser anti-constitu¬ tional, retrogado, y estar finaliilente en disconformidad con los principios con- signados en nuestra carta constitutional. En oposicion a estas reiiexiones. ra¬ zones contrarias me- deciden en favor del proyecto; y prescindiendo de las diversas faces en que ha sido considerado, ya como una cuestiou putaniente econoniica, yaen su sentido politico, me sugetarfj solaineute a esponer los an- tecedentes que me asisten para aprobarlo.

El art. 6-t inciso 12 de nuestra ley fundamental hablandc sobre las atribn- ciones del Congreso dice; rcglar el comercio maiilimo y lerreslre con las na¬ ciones estrange/ as y de las provinciis eat re si. Por la disposition co.isignada en ei inciso citado, el Congreso Legislative), como en toda Republica, tiene el conocido derechode reglar su comet cio esterior, en lamauera y forma que juz- gue masconveriiente a los intereses generates de las provincias que representa: el inciso constitutional no re-triune la facultad que tiene la Confederation de • • • i legislar libremente swbre su comeicio, porque no ha podido resinogirle el uso deeste derecho primordial inhehjnto a sus'dioraniii, y el Congreso establecien-

do el directo con las naeiones proeede solamente dentro du la drbita de las atri- bueiones que le acuerda la Constitution c.onforine con los principios estable- cidos entre las naciones, y autorizados en la praciica universal de los Estados constituidos; que apreciando su sistema de Gobierno han egercido como noso¬ tros, esa libt-rtad ya en obsequio del credito de su organization, como del pio- greso de los inlereses del pais. Esta facultad conocida con el nombre de liber¬ tad de comertio es respetada en I "la nacion; y cualquiera que sea la que in-

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tente siquiera privar a otra de su egercicio, le hnce una-injuria injustificable en el mas impiescriptible de sus derechos, y en el uiejor de los,principles que deben seivir de base a todo sistema de buen Gobierno. La Confederation le-

gislando sobre su comercio directo, solo usa de un derecho indisputable que posee dentro de su territorio; y nuestra Constitution tan rccomeiidable por sus principios liberales, resuelve definitivamente sopie la constitution-alidad del pensamiento que se discute, cuya esplieita disposition en el inciso citado espeio pesard en el animo de la Honorable Camara.

El comercio directo con las naciones, es nn recurso saludable para la Con¬ federation puesta por la naturaleza ds las cosas, en la can era del progreso: el comertio diiecto es una medida efieaz para habilitar los puertos de la Con¬ federacion, desarrollarsus industries nacientes, y acrecer su hacienda publica, aun deficiente de una ley que aumente el credito de nuestras aduanas, y regie el monto de sns ingresos: el comercio directo finilmente es el medio condu- cente al porvenir de que es suceptible la Confedeiacion por leyes protectoras de_este ramo de indnstria. origen del adelanto de otros pueblos que teniendo el conocitniento de sus verdaderos intereses le han dispensado una conveniente protection; sin los fondos indispensables para llenar el presupuesto de gas-tos r.aciocales, las iu«tituciones no pueden conservarse, meoos prosperar. La Confederation Argentina legislando con absoluta inde|)endencia, para atiaer a su territoiio el comertio de las naciones, no traspasa la barrera de (oo prm- cipios que todo)Gobierno representativo republicano fedeial debe respetar en el mejor aireglo de sus tanfas y formation de las rentus que sostiei)en_su admi- nistracion.

De lo espuesto se deduce: que si la Confederacion tiene el derecho de legis- lar libremente para cultivar su comertio compulsando a nuestros puertos la accion espansiva del esterior. derecho justo indisputable dado por la natura¬ leza t; nto a los pueblos como a los hombres, tiene tambien el de concedeilo dentro de su terntorio, y al permitiilo de los puertos no compiendidos en su dominio sugetarlo a las condiciones que estime conducentes a U mayor esten- sion del credito de sus instituciones, al aumento de sus rentas naciouales y al adelutitode los pueblos que representa; porque segun el derecho conventio¬ nal la Confederacion como toda Republica, permitiendo el comercio dentro de su territorio concede tin derecho, y todos los pueblos fibres, consideradcs que sean bajo cualquier sistema de Gobierno, concedieudo sus derechos tienen la libertad incuestionable deimponer al concessional io las condiciones mas con- venientesa su tienestar.

En las dos sesione*, en que tiene lugar, Ia consideration de este negoeio, los Sres. Diputados de la oposicion ban sostenido: que por el hecho de establecerse el comertio directo en nuestros p'uertos es de temcr se -altere la paz y se de¬ clare la guerra entre Buenos Aires y la Confederacion. En contesto dire : que no encuentro razon pero ni pietesto alguno que con sus aparieneias confirme esta opinion. Los pueblos abanclerizados de la Confederacion, por fortuna no son yd lo que fueron, actualmente representan un Estado constituido que tiene ley fundamental, Gobierno establecido, derechos y obiigaciones por el voto li¬ bre de las Provincias de la Republica pronunciadas en mayoria : en la epoca que atravesamos, los pueblos de la Confederation estan en posesion de una Constitucion basada en saludables disposiciones, que establecen las facultades Rationales, y si el Congreso, preparandoel adelanto de las Provincias que r(e- presenta, dehbera dentro de estas prescriptions, la pureza de sus procedimieu-,

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los es incuestiunable y su marcha digna de pueblos constituidos. Buenos Ai¬

res no desc'onoco, porque no puede negar, que el Congreso por la Constitution

tiene segun la disposition precitada la conocida facultad de cstablecer estc co-

mefcio desde que lo juzgue conducente al mejoiamiento de su actualidad. Las

Camaras Legi&lativas, armonizando sus debberaciones cou la expresion del

pais, con un pensamiento tan pronunciadi) por la mayoria de nuestros pueblos desde el principio desu organization, no atropellan fas propiedades de la Pro¬

vincia disidentp, no defraudan sus fondos propios, sine que proceden solamente tn uso de las facultades dadas por su Constitution c.uyes pric.ti'pios, declara-

ciones y garantias las Provincias de la Confederation han tenido el derecho de

proclamar. Estas observaciones dernostradas con el conveneimiento piopio de la Pro*

v'mcia disidente, estan ademasconfirmadas por los t:atados de amistad, comer¬

tio y navegacion celebrados entre las Naciones y el Congreso en sus diversas

tiiocas, y en ellis implicitauiente reconocida la soberania y demas derechos in-

lu-rentes a la Confederation segun el sistema de Gobierno adoptado; en vista de

ellas no encuentro fundamento para imaginar que por estableceise el comercio

diyecto tlentro nuestro territorio, se altere la paz y se declare la gueria entre

Buenos Aires y la Confe leraciou. A mar de esto seguu la opinion veitida por los Sres. Diputados de la oposi-

cion, con la que estoy y estate conforme, Buenos Aires es una Provincia herma¬

na porque esa disidencta arbitraria no autoriza su desmenibraeion de nuestros

pueblos confederados para considerarse conio un territorio ajeno del dominio

de. la liepublica; y si es de teiner que por esta resolucion la Confederation pa- lali/.e el coiiiercio de la Piovincia hermana, Buenos Aires se rcspondera, Bue¬

nos Airts se pedird y dara cuwnta de cstn paiahzacion, porque de su election

depende evitar euantos resultados desagiadabies Ic ocarioncn las resoluciones

dei Congreso LegislaUvo, consultando dent.ro de sus ulribucitnes Coiistitucio-

nales ei porvenir de la Confederation: de Buenos Aires depende finalmente la

centralization de los inteieses generates de la Republica por el becbo de res-

petar sus debercs con las Provincias hcimanas: y observando los principios de

union de conciliation, tinicos tcsortes capaces dc uiiiforniar la suerte comun

de la Nacion, se habrd logrado el primer ohjeto de loda organization y Bue¬

nos Aires entonces no tendril que tenicr; por estas reflectiones no creo potible i-e altere ia paz.

La palatini guerra en su verdadera aplicacion importa In vindicarion de

nuestros derechos pur la fuerza, y coino la paz es ei estado natural del hombre,

para que su declaration sea ju-ta a juicio de (as Naciones, debe conlenpr el ob¬

jeto legitimo. de impedir 6 lepuisar una injuria que puede tencr lugar e.n tres

casos: 1. ° para hacer que se nos vuelva lo que por cualquier titulo legal nos

pertenece; 2. ° para proveer a la segurida'd publica castigando al agreaor, y 3. ° para defendernos reciiazaudo una itijiista violeircia, enteiidiendose por in¬

juria la vioUcion de un deiecho y en t >do caso la imposibilidad de obteucr su

iudemnizacion 6 reparation sin poner en egereieio el medio violento de la fner- za. En el examen del negocio que se discuie, la Confederation no pretende retener propiedades de la Provincia di-idente, porque no conserva alguna cuya indemnizfecion Buenos Aires tenga el derecho de reclamar, no pertubaba.su tranquilidad interior, no invade su teiritorio imponiendo a la Provincia her¬ mana el deber de apt estar fuerza armada para obtener por este medio la re¬

paration de la injuria perpetrada; la Confederacion en uso de sus facultades

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Constitucionales establenc e! romeroio diiecto con las Naciones, como medio indefectible para haoer afluir a nuest.ios puertos la riqueza exterior. Adomas si la guerra pudi-era tener lugar con Buenos Aires, por haber atentado la Con¬ federation contra sus derechos de lo que por lortuna esta. muy distante, no fal- tarian aun en este caso los medios conciliatorios de tran-acion, de mediation de arbitrage adoptados entre las Naciones: no falttirian dire mejor las annus de la razon tan respetadas en la piactica del mundo para obtenei la Just;* reparation de los derechos ofeudido--, antes que.emplear eh medio violento de la fuerza para llegara un rompimiento. La ley de la naturaleza ordena tanto a las Na¬ ciones como a las Provincias de un Estado, que prefieran conslantemente los medios mas suaves cuando estos bastan para obtener ju-ticia, consultando ante todo las reglas de la moderation, y med'ando entre ambos derechos una justa aveniencia afianzada sobre la base de una satisfaction oompleta; estos serian los medios preferihles entales circunstancias. La guerra civil es el masgrande mal que puede afligir a la sociedad como una guerta de pasiones destiuctora de todo principio de drden. La Republica Argentina, mas que otra alguna, tiene ejemplos de escarmiento en la memoria de sus hechos, y los Gobiernos como dice una regla establecida: deben acordarse que el |>rimero y mas esen- cial de sus deberes es no reparar en sacrifitios por reprimir sus resultados, isnr- chando siempre de conforinidad con las leyes de la eqnidad y de la sana poli- tica para conservar en la sociedad una paz honrrosa y saludable.

Por otra parte, es muy conocida la marcha poiitica de la Confederation res¬ pecto a Buenos Aires^ y prcscindiendo de varies antecedentes detallados por los Sres. Diputados autores del proyecto, me sujetare solamente a llamar la atencion de la Honorable Camara con la siauiente observation: es incnestio- liable que en la madrugada del 24 de Enero del corriente aho, el Coronel Mi¬ tre al ouindo de una fuerza armada compuesta de mas de mil hombres, inclusos doscientos salvages, se internd en el territorio de la Confederation en persecu¬ tion, 6 conio se quiersi, de la invasion causada en el de esa provincia por los eniigrados refugiados en el Estado Oriental, continuando su marcha contra los invasores basta suspenderla recien en la prirnera poblacion de e.-te lado def'Arroyo del Sauce, segun lo acredita autenticamente la nota oficial de ese Ministeno de Relaciones Esteriores de fecha 22 de Febrero del aho corriente. Por lor principios conocidos, de todas las propiedades de una nacion su territo¬ rio es lo mas inviolable, y la que en todo caso y circunstancia debe conside- rafse como la primera de todas; en la propiedad territorial se apoya toda la seguridad del Estado, su conservation y defensa: en la propiedad territorial finalmente descansa todo el ser y merito.de un Gobierno y la dignidad del pueblo cuyos derechos representa siendo el prineipio de su inviolabilidad la base fundamental del respeto teciproco que se deben las naciones^o provin- ciasdeun Rstadof como que sin esta inviolabilidad ios altos poderes rationa¬ les y sus respectivas facultades constitucionales, las personas y bienes de los particulares y todo el sistema de la organization correrian peligro a cada pa- so; concluyamos pues con que e! principio de la inviolabilidad del territo-

i. rio es incontestable y averiguemos el caso en que legislando prudentemente de¬ be considerarse violado.

Prescindieudo de otras varias disposiciones en que tiene lugar la violacion del territorio, me sugetare" solamente al punto en discusion y observaie: que- los pueblos suelen valerse dopretexto para introducirse en el territorio ngeno, pero el mas conocido es el de la propia seguridad, que peligra sino se adoptau

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tales prec.iuciones contra los resultados de una inversion. Si la naturalcza les hubiera concedidoun derecho tan indifinido habiia autorizado su destruction, sostituyendo ios actus de la heentia tan fecundos en discordias, en vez de los

principios de paz y buena inteligencia que reglan el egercicio de sus disposi- ciones, cuando hay ademas una disposicion invariable que lesuelve definitiva- mente el punto en discusion, en los terminos siguiente.-: "dtbcmos ab.-teuer- nos de todo m-o ilegitimo del territorio ageno. Por consiguiente no se puede sin hacer injuria al estado, entrar a mano armaaa en sus tierras aunque seu

para perseguir al enemigo d para prender a un delincuente. Toda Nation que no quiera dejarse hollar, miraria semejante conducta como un grave insulto, y no haria mas que defender Ios-.dei echos de todos Ios pueblos de la tierra, si ape- lase a las armas paia techazarlo y vengarlo." No obstante esta di-posicion, por mi paite no habria aprobado que la Confederation declaraseMb guerra a Buenos Aires <;Peroque resultan de lasreglasque preceden puestas en apli¬ cacion a la marcha del Coronel Mitre, nasta la primera poblacion de este lado del Arroyo del bauce. spgun la nota del 22 Que el Ministro de la Guerra del <

Gobierno de Bs. As. zeiando por la tranquilidad del territorio de esa Provincia, ha traido su defensa mas aca de los limites que ha debido respetar : que en sus miras de persecution contra los invasores del norte para asegurar el bienestar del pais ha roto la ban-era de los principios invariabies, que la Provincia lisi- Hente debe observar con la Confederacion mientras no reciba ningun genero de injurii d^ los Poderes que la representan : que la dignidad de la Confede- ration ha sido hollada en el mas precioso de sns bienes, en ia portion hermosa

quo ha sostenido las instituciones desde los cimientos de su oigauizacion. por ui,a fuerza armada de esa Provincia at mando de su Gobiemo y que Buenos Aires no puede negar lavio'aoion del territorio de la Confederacum ni menos desconocer su marcha generosa por el hecho de renunciar al deiecho indispiita ble de declaiarle la guerra defendi6ndo.se de la injuria recibida soU mente pol¬ ios medios stiaves del convencimienio.

Por las piei-edentes refleccionps se advertird faciltnerrte el juicio eqtuvocado de los Sres. Diputados de la oposicion, cuando temen que lu Confederation pueda declarar la gneira a Bueuos Aires.

Pudiera agregar algunas otras ob-ervaciones en apoyo del proyecto que nos

ocupa; pero ya por estar el asunto niuy discutido, como pur ser la bora has. tante avauzada terminate diciendo: que la Confederation al establecer su co¬ iiiercio con las Naciones hajo las condiciones que juzga conducentes al credito txterior tie su comeicio y mejoramiento de sus rentas, solo tiene en con-irtera- cic.n propender por-las vias Constitucionales a los fines de adelanto que las Provincias se han propuesto al crear sus instituciones; doedando no obstante, de acuerdo con los principios de conciliation y buena inteligentia con la Pro¬ vincia disidente, si juzgando conveniente al porvanir de los pueblos Argenti¬ nos, quiere participar de las declaraciones y garantias que la Constitution de

Mayo acuerda a las I'rovincias hennanas. Los Poderes Nacionales, los Go- biernus de las Provincias, y todo ciudadano Argentino reconocen las ventajns inapreciables que reportaria la Republica con la reciproca cooperation de todos sus brazos, con la union poderosa de sus elementos de progreso impulsados por la aceion de un Gobierno al bieneetar comun de la familia Argentina; y aun¬ que la Confederation legisle sobre su comercio en uso de Ins derechos propios; Buenos Aires no puede desconocer sus deberes con las Provincias hermanas, aunque no fuera mas que por conservar la dignidad de la Repiiblica.

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El Sr. Luceiv. Se hi mil ado esta cuestion por tres faces,—la politica,—la ecoimmica—y hi constitutional^ bajo cada una de ellas se han levanlado argu- mentacionos,se haesplotado elterreno de la oj) 'sition paraconibatir el proyecto en general, sin abstenerse de penetrar liasta sus detalles, para buscarle Sanctis. Veo, mientras tanto, que no se han coumovido los fundumentos que he teuido el honor de esponer en otro uiomento para sostener aquel. lie esperado que se ag-iten las objeciones para c.uitestarlas de una sola vez; porque preveia que la mayor parte de ellas se habia de leproducir bajo distintas frases, como ha sucedido, por cada uno de los SS. Diputados de la oposdeion, y queiia ahorrar- me la taiea derepetir contestatioues.Como son tantas las objeeioues aducidas, no se estrnnara que al satisfacerlas lo haga por el orden en que ellas vayan vi- niendo a mi memoria. '

Se ha dicho—que ajirobando el proyecto la H. C. se desviaria de la poli- tvca ddojitada por el P. E. National respeoto a Buenos Ayres y significada al < !ongre»o en su Mensage de apertura del ano 54;—-Esta objecion no solo es es- peciosa. sino que careee absolutaiuetile de verdad en cuanto tiene relation con el asunto que nos ocujia; y para demostrarlo mepenuitire recordar algunos conceptos vertidos por el Pr E. al abnr ia primeia sesion del Congreso Fede¬ ral.

£1 Sr. Diputado pidio que se tragera el meusage dirigido a las Camaras por el Egecutivo en el ano 54,en la soletnnidad de su apertura.y que se leyesen (co- mo se hizo) los siguientos periodos tpie se registran en el capitulo relativo al De.partamento del Interior, aludiendoa la importancia geogiafica y mercantil del pueblo del Rosario.?—

"Se alimenta hasta hoy aquel mercado en sus relaciones mas importanies, por el comercio de entie puertos con las plazas de Buenos Aires y Montevideo. Nas adelante, creciendo las producciones de las provincias destinadus a la es- portacion, y hatiendose mas independieutes en sus fbrtunas los comerciantes del pais, se aglomer.-iran generos y comerci mtes direciamente del esterior. con- sumidores y frutos nacionales en aquel puerto, y harati de 61 un mercado, cu- ya grnndeza sera proporcionada A bulto y valor de las especies centralizadas por la concuriencia. Se siipriiiiiran los agentes inlermediarios, por aquella tendencia natural <jue lleva al coinercio a Imcersus oppraciones menos dupen- diosas y mas breves, egeeutdudolas eu un mercado abuntiantemente surtido y barato.

'Se reconocerd entonces practicamente la bondad de los canales de acc.eso al puerto del Rosario, el abiigo, facilidades y economias que peruiite hacer en las operaciones de carga y descarga. Entonces el comercio esterior direc¬ to, tfmido y desconfia/lo liasta ahora, empezara a persuadirse que puede veri- ficar sus especulaciones, y fundar estableciniientos fijos en aquel punto con seguridad, con libertad, e inmunidade domestica; coudicior.es que, tanto cn- mo el pajaro sus alas, necesita e! cmnerciante en sus empresas*

"Las operaciones que son del resorte esclusivo del tiempo y de la natura- lpza de las cosas no pueden ni deben violentarse; porque se.alejan los resulta- dos, procurando aceicarlos: y porque el artificio de las leyus no vale nada con¬ tra la verdad y el interes.

'Sin embargo, si la situacion indefinidn en que la prooincia de Bue.nos Ai¬ res se ha Colorado respecto de la Confederation, continuants por mas tiempo) tul cez seremos forzados ti qceptar otro orden de ideas. El comercio del in¬ terior sufraganeo delde Buenos Aires necesitn emanciparse, para desembarazar

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lu woralidad de sus opinioms, quedwido asi mejor dispuesto para apoyar las

disposiciones de la autoridad en bcneficto de los- interests gennules de la Con.

federation. Rues que em pi ez a a ser st'ntllo el conoencimiento. de que las si* Luaciones auomalas e, iiidifiriidas son espncialmente perturbadoras."

Concluida la lectura, el Sr. Diputado volvio a to mar la palabra y continuo. He ahi el verdadeio ppusamiento del Poder Egecutivo. lie alii el verdade-

ro programa que se propuso seguir en obsequio de los intereses bien entendi- dos de la Hepublica, y en pievfsion de una necesidad vital que debia hacerso sentir cada dia mas, como ha sucedido, mientras durase la situation andmala en que se habia colocado Buenos Aires. Sin duda que la ley deque se trata no tendria obji-to si esa situacion liubiera terminado, 6 si pudierainus asegu- rarnos siquiera que esta prdxima a .lefinirse; pcro, por desgracia, este |)»nto es todavia un arcano, y lo sera probablemente por nmcho tiempo. E-- tlega- do pues el caso tan acertadamente previsto y anunciado por el Poder Egecu- tivo en su Mensage. Es forzoso adoptar ya, como el decia, uu otro orden de

ideas, que sea al mismo tieinpo compatible con su asevei ation—deque— la paz con Buenos Aires reposa pi.ra lo sucesico sobre lu garantia de la Cuncien- cia y del honor del Gobierno National.

Nada hay de contradictorio eotie esta promesa y la obligation de proveer a la mdicada neeesidad national j)re\ista, y que se ha hecho tanto mas ine- sistible, cuanto que es hoy objeto de anhelo-sa y pionuociada exigencia de par¬ te de los oueblos de la Confedei atiou. El Goba-ruo National no ha prome- tido que esta renunciaria, eu prenda de la paz con Buenos Aires, a. las vfcnta-

jas que solo puede obtener por medio del cmiwrtiii dupi'tn: no ha proaieli- do que resiguaria o aplazaiia el egeictcio de la facultad de dictar las leyes ne- cesatias en pioteccion de aquel—niientras al pueblo de Buenos Anes le pi 'zc. estar separado de la union nacional. La sola hipotesis cmitraria es huniilldiite

A la erronea interpre'acion de las ualabras del Mensage del Poder Egecuti- ~Vo, invocadas eouio un a'gnmento, se agrega otra exageratioti. Tal es la de

que, sancionada la ley que nos ocu,pn, habriamos degado al cnsus be-lli eon Buenos Aires y Montevideo; porque, segun -e asevera tambien, la medida

cousignada en el art. 1. ° de aque.ia nnpoi t.uia una piovocnewui a la guerra 6 una causal sufi-ciente para traerbi a la Confederal ion.

Siento, Sies., que se haya atitici|)ado la discusion del proyecto en particular, como si se tuviera la idea de hacer odiosa su aprobacion en general mirandolo del punto de vista de sus detalles. No he pedido que se llame a la cue-tion a los Sres. Diputados a quienes contesto, porque no se entienda que esquivo el debate en el terreno a que se le ha traido con tauto empeiio. Pioseguiie pues.

La Confederation esta en su perfect.o derech-o para rehusar los producfos estrangeros naturales o manufacturados que hayan hecho escala en los mer¬ cados de Montevideo 6 Buenos Aires. Ninguna obligation de deretiio co- tnun t) conventional la reata a servirse de estos agentes para comciciar con e! esterior: es libre para dejar de concurrir a esos mercados. Sosteuer lo con- trario es desconocer su soberania: es convertir en farsa una de las preroga- tivas inherentes a esta, la de leyislar sobre el comeicio ji.uuialomaritimo. FL nalmenie, admitida la teoria que combato, tendi iamos que aceptar el coiola- rio tan absurdo como risible, de que la Confederation esta obligada a carecer de mercado propio, so pena se ser' castigada con el azote de la guerra que tendrian derecho a traerle Montevideo y Buenos Aires.—La objecion que

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refuto es mas original todavia por lo que respecta a dicha provincia; pues no

por hallarse actualmente en disidenciaconlam.iyoria de la Repuofica ha dejado de ser parte integrante de esta, ni de e-tar al alcance de los actus que aquella egerza como organo legitimo de la soberania national.

La Confederation es libre para declarar y aiinnciar queofrecerd sus frulos en sus pu> ltos a los paises que se inteiesan en ellos, y quieran concurrir alii

para cainbiarlc-s poi- los aiticulos que ella neee-ita para su consumo.—He alii lo que impoitana la ley que se mira coino una declaration inmotivada de

guerra.— La Confederacion es Iibr2 y tiene jurisdiction espedita para designar la via

fluvial pordonde ha de consentir la impoitacion de los productos estrangeros, tonsullaiido ,-u propia convetiencia; medida que seiia'doblemente acertada, si

por ella se favorecia al mismo tiempo al comeicio exterior. Esta circunstancia, (lo adverting dp paso) concurre indisputablemente en la que es asunto ahora de niiestra coti-idpracion.

Un iudividuo puede determinar y anuneiarlo a, todos con incontestable de¬ recho, que no compVara ni vendera sino en su'casa. ^La Confederacion Argen- tina no podra hacer otro tanto? ̂ Es a este respeto de peor condition que uu in- dividuo? Su soberania esentonces un simulacro, su independencia una parodia: y mejor le habria estado, baji tal uouccpto, carecer de esos pomposos titulos o de Kps grandes atributos que ellos significan, porque se habria ahorrado por lo

nienqs el ridiculo de ia impotencia para su egereitio. Se pretende que la Confederation no e-ta preparada para recibir al comertio

directo, y se quiere que siga indefinidamente entendiendose con este por el iu- terniedio de Montevideo y Buenos Ayres. Esto importa lo misnio que decir— que aunque la pros|)eridad comertial llaiue a nuestras puertas, como sucede, debemos exigirle q'entie por las ventanas:—que entre como pueda. j Pues no

entrard,Sres.,por alii y nos quedaremosesperan lolal!—Ni aun con el Paraguay se considerate polenicx ctmwrciar directaiiienfe,y a pesar de estar.por decirlo asi, dentro de la casa se prehere que saiga tie ella para comunicarse niercantil- inente con la Confederation por las veiHanas. Los pioductos de aquel pais pa- shn por nuestros rios, a la vista de las Ciudades situadas sobre sus costas, para ir a los mercados del *Plata y volver de alii para importarse recien ,a la Confe¬ deration: y cuando se trata <1e que por una ley declare esta que no los recibira

por cse Cdinino sino directamente, porque csto le conviene y aquello le perju- dica, se pretende que no puede hacerlo, porque tal declaration es agraviante al

Paraguay. Para e.udir estos coro!ario«,que fhi'yen de las doctrinas que acabo de analizar

y rebatir,se agranda el tamuiio de la medida propuesta diciendo—q' ella importa una interdiction comercial completa. El textodel proyecto es la mejx>r respuesta a este aserto equivocado.—La prohibition solo es lelativa a las importaciones de mercaderias de ultramar, y de los prodnetos del Brasil y del Paraguay con

procedencia de Buenos Ayres 6 de Montevideo. Respecto a! libre trafieo de los

productos naturaleso manufacturadosde uno y otro pueblocun la Confedeiacion, nada de nuevo se trata de estatuir.

La referenda a la hisrotia sobre interdicciones comerciales es pues inapli- cable y vaga tambien. Yo podria a mi vez retornar una argumentacion seme-

jante hiciendo re.nimiscer.cia,sin salir del la historia coritemporduea,de algunos casos analogosde iuterdicciuii comertial ocurridos entre diversos paises y que no han sido motivo de guetra entre ellos.

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El egemplo del bloqueo continental no cuadra alas modostas dimen-ione-i del

proyecto.—La alusion a tan prominente caso es una objeeion que se destmye por el pesode su propia magnitud.

Sobre el tenia seguido, por todos los SS. DD. de la oposicion—de ex-'gerar la restriction consiguada en el proyecto,—se ha significado por alguno dp ellos

qup,aunque no es disputable el derecho quo enteoria pueda tener la Confpdera- cion paia cerrar sus mercados a ottas naciones, un paso setnejante «olr> podia darse impunemente por Gobiernos conio el del Par-aguay egeicido pot el D-. Francia, d como el del Japon. Permitaseme advertir que hecho menos en est i

dbjecion la frauqueza que debe presidir en nuestros debates para que podamo« entendernos y proceder con acierto.—No heuios de recojer este fiuto en el eainpo de las exageiaciones.

La restriction que se propone,segun lo significa el texto mismo del proyecto, es limitada al trafico de productos extrangeros am procedendo de los puertos del Plata, circunstancia que traba el desanollo del comertio de la Confedera¬ tion, como he demostrado en otro momento, sin ofrecer ventaja alguna positiva al comercio exterior, pues poi el contrario refluye en psrjuicio suyo tamben bajo diversos respectos, y nmy especialmente encuanto le defrauda ei beneficio que reportaria concurriendo directamente a nuestras provincias. La medida,co¬ mo se ve, lejos de cerrar los puertos de la Confederation a las naciones que quieran comerciar con ella.tiende evidentemente a establecer el mas inmediato d intimo contacto, el acceso directo a esos puertos, donde les brinda fodas las garantias apetecibles, asi como, para su arribo,les proporciona facilesy seguras vias:—tiende a hacer llegar ha-ta el ccrazon de la Republica 6 hasta donde sus canales fluviales lo permitan, las naves extrangeras:—tiendp a proporoionar al comertio exterior el hospedage mas cninodo, seguro y franco que es posible en todo el terriforio de la Confedeiation:—-tiende, en una pdabra, a pstrecbai y extender sin limite sus relaciones comeitiales con todos los paises del globo,ha- ciendola comunicarse con ellos mercantibnente por si.y para siempre:—y ^todo esto tiene afinidad siquiera con el sisiema retidgrado y bdrbaro que snfriera p1

Paraguay bajo el dominio del Dr. Fiancia,6 con el que n-ina eu el Japon? nm- guna por cierto.—

La medida cuyo espiritti y textual sentido se caliimnia con e^tos parango- nes, en vez de unportar, como se ha dic.ho la clausura de nuestros mercados para los productos extrangeros, es a. toda luz calculada para proporcionarlps lo que'por siglos les estuviera vedado, es decir, numerosos '-entros comerciales a mas de los dos unices a donde les fue permitida su concnirpntia.— Finalmente, la restriction que tanto se exagera no es al coiiiercio exterior, ps al trafico de cabos adentro, que ni tiquiera se hace poi'las naves extrangeras; es un correctivo a la costumbre perniciosa que nos ha dejado el omino-o sis¬ tema ecdnoinico condenado ya. por nuestras instituciones, un eorrectivo. decia, a la rutina de llevar nuestros fuitos a f>s mercados del Plata para truer dp alii los productos extrangeros que necesitamos, y que sin esta doble y eost'sa operation podemos obtener en los puertos nacionalcs con reciproca veutaja del impo<-tador y consumidor.

Seha dicho-.que la medida nos enagenaria la voluntad del Gobierno Oriental hasta el grado de convertirloen aliado natural de Buenos Aires (s-upongo que paia hacernos la guerra:) que, por otra parte, abandonariamos aquel pais, que es un desprendimiento nuestro. alprotectorado esclusivo de una nacic.n podero- sa, descuidando ast el deber de velar por su integridad.—He aqui dos refleccio-

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nr-s poderos.is porque estdn fnndadus en la lojica del miedo, cuyas objeciones rara vez admiten solution satisfactoria. Preguntate, sin embargo; £por qu6 seanticipan tan gratuitas imputaciones a Gobiernos ilustrados y de cuya po¬ litica sensata y amigable teneinos tantas pruebas? ,;Por qu6 olvidamos que el Pueblo Oriental es dem-asiado cuerdo para ofenderse porque la Confedera¬ cion dicte, en uso de su incontestable dererho, una medida tendente a fomen- tar el comercio directo de que necesita vitalmente? El Estado Oriental pue- de libiemente lejislar solvre eata materia, y ;l-i Confederacion no pupde bacerlo sobre la misma en cuanto concierna a su lejitimo interes sin el accesit de aquel.' ;A tan humillante condition ha quedado reducida la soberania de la Republica Argentina [)or haber reconocido la emancipacion de Montevideo? ^En tan poco estimara ese Estado la pstz con la Confederation, que se hade hallar dispuesto d romperla par un incalificable pietesto, como seria el que los comereiantes de ella dejasen de concnrrir al mercado de aquel para compiar productos ex-

trangpro-? -f Pero recunrdo que se ha dado a eniender tambien—qnecesando esletrdfico

vacilaria la integridad del Eslado Oriental—No es tan etimera, Sres, la nacio- nalidad de ese pais: puenta con elementos propios para la conservation de su existencia politico. Ella esta garantida ademas por el doble protectorado de los Gobicrnos Argeniino y Brasdero. T >da desconfianza de sn lealtad a log nonrin'O'iiisos solemnes que les ligan a este respecto, es gratuita, es injusta. Finalmente. esa garantia sera tanto mas solida por parte de la Confederation euanto mas. fuerte sea esta; y claro es que su fuerza se aumentara en razon directa de la prosperidad conierciaif que mal puede eontihanse con la falta del comertio directo, que es su condition esencial. No es Jogica pues la ebge- cion, a que contesto; ella sirve a mi propdsito en vez de ser atendible contra la inedida en cuestion.

Mirando todavia esta por su faz politics, no puedo prescindir de contestar

n'go al argumento que se ha aducido con mas ardor 6 insi.-tencia por los Sres.

Di.putados de la oposicion: mo rcfiero al |ieligro de la guerra quese prevpe nos hade traer con Buenos Aires, como una consecuoncri infalibe. la medida tie

(pie se trata. No mesui preude, Sres., e-a inquietud. Desde que la Confedera¬ tion pmpe-/.d si aiidar por p1 camino de su organization, el ternor tie la gwrru con Buenos Aires esiuvo a la orden del dia como cuestion previa: este fan- ta-ma se le prpsento a eadu paso que daba, para embaiazarle sn marcha; y lo cierto es que estaria muy lejos de la altura a que se enciientra en la region del orden constitutional, si no hubiese despreciado e>e ostdculo; pues el pro- ceder contrario nos habriai traido infalibleniente la guerra y quiza la in¬ solation de la Republica. Bien sabeis, Sres., que la paz que hoy tbsfrutamos es un tesultado logico del mismo orden couslitucional. Repito que no me soi prendt- el temor tie ia gucrra; pero me permitire dccir, que prodigado co- ino razon contra toda inedida que pueda desagradar a Buenos Aires, aunque sea de evidente utilidad para la Confec'eracion, ino parece ya hasta de mal tono. Acostumbradoi a recurrir a las armas para resolver todas nuestras diferenci s, nos parece (pie vamos a parar en la guena cada vez que tratamos de abordar una cuestion de imporlancia tiascendental para el pais: esta pusitaminidad es un resabio nacido de la cruel esperiencia qua nos han dejado nuestras luchas domesticas : es una preocupntion 6 mania semejante a la que suelen contraer los enfermos que dcspues de haber usado por largo tiempo para curaise, de un reinedio eficaa pero desagradablc, renugnan la bcbida 6 uianjar mas grato y

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saludable flesde que se le parezca en el color li otro accidentp. Mientras tanto estamos tocando la evidencia que la paz de la Confederation

es ya un hecho incontestable, porque desc.msa en la voluntad pronunciada de los pueblos, en su uecidida adhesion al orden Cor-titucional y en el poder que estd a su frente para sostenerfo. No se equivocaba el gefe de la nation cuando al abrir la primera sesion del Congre-o dijn e.-tas solemnes palabra-: La paz y el orden tonsiitucional son la voluntad de Diospaia estus pueblos.

La piovineiade quien temeis la guerra es impotente pani dembir tan so- lidas bases. Recoidad que ni es bastante fuerte jiara defenderso de los hnr- baros qne asolan su campana. Por otra parte, ei sentimiento domiuante en aquella provincia respecto a la Confederacion es claiamente pro- nunciado por-kvpaz. Ese sentimiento no cambiaria por la adoption de la niedida que nos ocupa: por elcontrario, sus resuitados ventajosos.jque no se ha- ri'in aguardar, alejarian mas la posibihdad de la guerra, poique acrecentarian desde luego el tesoro y el poder dej'a. Confederacion, elementos esenci.ilmente conservadores de la paz.—

Descendere ya a contestar las ebjeciones relatri-as a la faz eeondmica de la ley.- f

- Se ha dicho-que nuestra Carta contiene en si todos los elementos de prospe-

ridad, y que eon su desarrollo, t/ cual lascircunstancias lopeimitan, llpgaremos a ser una giandey poderosa Nation.—Esta es una generalidad que no hiere la cnestion, pues falta todavia deniostrar que la niedida propuesta no es jiosible en las actuales circunstancias, aunque sea iniperwjsamente reclamada por la situa¬ tion de nuestro comercio.— LCsa objecion vaga y sin fuerza, porque prueba de- mas-iado,estd contestada con otra generalidad de exactittid, mas aplicable a no¬ sotros.—La Constitution de Mayo es una mina de inapreciable valor, es un veneio inago:able de oro; peio se quedara inesplotada, si no nc-dedi( uniosa su elaboration contentandonos con ei titulo a. la riqueza virgen que encu rra. La Constitution es un arbol de ft uto esquisito, pero si no rios contraemos a culn- varlo se quedara 6 morira ese frnto en germen, y nosotros apenas consei vare- mos la posesion de la esteril |)lanta.—Cuan sentiila ydesahogada se.nala taren de legislar, si hubidramos de atenernos al sistema signiHcado por la geueiali- dad que acabo de iinpugnar.=Se ha dicho que para teuer comercio tirecto de- bemos poblor antes nuestros canipos, mejorar nue-troscamino-,promovei el in - mento de la poblacion, (-e entiende hasta una cifra alta de millones,) y otras

• mejoras no menos impoitantes, que e.-cusare repetn:—que el pretender conse- - guir el comeicio directo de otia manera es esponertios a no tenei lo jamas.—Yo

cambiarecon mas verdad la frase, y dire a mi vez:—que el modo de no pio- porcionarnos jamas coiiiercio exterior.es esperar la realization de esos grandts adelantos.—No estan exigentp, Sres. el hnesped.que necesitpjmos paia alojarlo entre nosotros todo ese fausto; bastanle los toscos pero valiosos y abundatites prodtictos que posoe el pais.

jQue larga y penosa seria nuestia travesia por el desierto.si necesitaramos po- blailo antes para llegar a! comertio directo!—Me parece Que nos quedaiiamos repitiendo la doctrina que acaBo de oir, pero sin divisar eiquiera la tieira jiro- metida. Hapen siglos a que se enseiia esa doctrina a loe pueblos Argentinos, y ya veis como ni el cotueirio directo ha pasado de Buem s Ayres—in hemos al- caazado esas grandes cosas que se nos prometian—Para ensayo me parece (jue baitr. — Aplifjuemos ahora otro axioma eeondmico tan inconcuso en teoiia oomo en practicn; tal es, que el comeicio exterior cs el agente. mas poderoso para de-

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sa-rollar el eOmercio tnteriordeunpais,—y desde luegosu prospei idad jeneral: Para combatir la medida por el lado do la conveniencia rentfstica y de la- rpspptabilidad que el Gobierno de ia Confederation debe cifrar en ella, ae ha dicho que los Gobiernos no son re*pptudos por sus rentas.sino por su conducta. La verdad ss que unoy otro se necesita paia la resjietabilidad de los Gobier¬ nos. La verdad es que el roejor derecho; I* causa mas justa suele perdeise por falta do poder para su defen.-a, y no puede concebirse la existencia del poder en Gobiernos sin tesoro; asi como Nation sin rentas es una quimera. Queda pues contesfadaesa otra generalidad que, sin ser del todo exacta en el fondo, tampoco hiere la cuestion.

Se ha dicho—que el pioyecto e»ta en pugna con la tporia del comercio libre universalmente sancionada en la practica por los pueblos civilizados. Se ha iuvocado con insi-nencia y baciendose una reseiia hislorica la suerte que ha < cabido a los sistemas eeonomtios liberaly proteccionista.record&ndimos q' aquel ha triunfado al fin. Todo e3to es impertinente, poique no ndmite deduction 16- gica con aplicacion al caso. He demostrado en otro momento que,' la medida en cuestion es calculada y adecuada para promover el mas libre, mas facil y provocboso comertio entie la Confpderacion y el estrangero. He demostradi» tambien que aquella, aun mirada como restriction al trafico de mercadarias de ulti amar quo se hace de cabos a'dentro,es rfcdamada por una especiali.dad de nue^tra situation cornertial relaliva con los mercados del Plata,—creaciones el sistema prohihitivo, del sistema de monopolio mercantil, cuyas consecuen- das aun sufre la Confederation y que la medida proyectada neutralizara indu- ciblemente. ' daAntes do dpjar este pnnto y sin propinerme defender el sistema econo mico vencido, ni entiar en un debate acadeuiico sobre historia, advertire de paso, que no es tan completo el triunfo del sistema contrario; pues algunas de las Nacioiies mas ade!antadas en la ciencia econoinica conservan instituciones arrpgladas al proluhiiir.o 6 restnctioo y reclamadas por necesidades que les son ppculiares. F-cu-o'designarlas 6 citirlas, porque no quiero descenderal ter- reno de los raciocinios inconducentes, y porque no debun ocuitarse esos. ca- sos a los Sres. 1 'iputados a quieues contesto.

Tenemos Spfiores, en matenas economical lamisma propension que cuando- tratamos de analizar y aplicar nuestras institnciones politicas, 6 de legislar en cualquier otro raiuo de la administration: nos sentimos incliuados a importar y ncouiodar a nuestro pais sistemas 6 modelos que son inadaptables para &', aun¬ que hayan probado niuy bien para los estrafios. Necesitamos curarnos de esta propension peligrosa, que nos seia especialmente dafiosa en materias econdmi- cas, pues respecto de este rai 10 de ntiestra legislation es mas cierto todavia aqueLaxioma—que el mejor sistema para un pais es el mas adeeuado a sns necesidades y circunstancias.

Siguiendo la teoria del coinercio libre no deberiamos haber acordado la es- clusiva de navegacion a vapor para el trafico de los rios Salado y Dulcede la Confederacion ; no deberiamos lraber concedido ni conceder privjlegios a ciertas industrias ; no deberiamos, para protejer otras, sostener el sistema de crecidos impupstos, que se pnrecen a prohibicion,sobre determinados productos extrangeros.-Mientras^rinto, el buen sentido y nuestra bien entendida convenien cia nos aconsejan que procedemos asi. — La Carta no carece de prescripciones al respecto.—Al mismo tiempo que consagra la doctrina del libre comercio y el principio de la lib e uavp^ation interior, nos encarga promover la indua-

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ria,y la canalization de'nuestros rios por leyes protectoras de estos fines, y por aedio de privilegios temporales y recompensas de estimulo—Todo esto es muy

'couciliable con la liberalidad que tanto se ha invocado de nuestra Carta,j por¬ que es necesaiio a la prosperidad real del pais; y porque esa liberali¬ dad no ps una abstraction,—e«ta calculada hasta donde puede ser realizable en la practica.

Se ha objetado que no se hacen mercados con leyes 6 de una manera arfi- cial;—y yo digo que tampoco puede concebirse la localization del comercio en punto alguno, 6 lo que se entiende por centro comertial, fuera del alcance 6 sin el auxilio de las leyes convenientes para su conservation y fomento. Me bastaria recordar a este propdsito, portoda contestation al sofisma opues- to, la historia de las instituciones especiales a que el mercado de Buenos Aires debe su creacion; pero los Sres. Diputados de la oposicion conocen bien esa bistoiia; asi como saben tambien que ha necesitado aquel de toda la fuerza de un sistema absolutamente exclusivo para conseguir el acceso del comercio exterior a su malisima rada.

No pretendo que imitemos ese sistema, no pretendo, coiuo se ha objetado, que se formen mercados previligiados en nuestras costas. La ley que se discu- te es tendente a llamar el coniercio exterior directo a los puertos Nacionales indistintamente: su localization la hard el mismo, y sera mas 6 menos notable sobre tal 6 cual punto en proportion de sus condiciones relativas, mas 6 menos ventajosiis 6 adecuadas al efecto.

Se ha dicho que la Confederation no tendria retomos bastantes para alimen- tar el comercio directo, porque nuestra production es toda via escasa 6 insufi- ciente para ello. La consecuencia Idgica de esta proposition tan falsa como absoliita, es que la Confedeiacion carece deuina de las condicioues esenciales paia su nacionalidad,—cual es,—la de vida comercial exterior.

Semejante error esta desvanecido con solo lecordar una verdad, casi vul¬ gar por ser tan conocida,—que de las mercaderias extrangeras que se im- portan a. Buenos Aires la Confederation con-unie dos terceras partes. Esta verdad, demostrada por la prensa y con datos estadisli'-os irrecusables, ha sido confesada por el Gobierno nrsniode Buenos Aires en uno-de sus mensages a la LejisWtnra,—en el cual decia que el consumo de l&s Provincias Confederadas subia a un sesenta por ciento del valor de las importaciones de mercaderias

extrangpras. Este calculo es bajo todavia; y adviertase que no entran en ed los consumes que ia Confederation ha.ce en Montevideo y otros meieados estra- fios. Creo innecesario ya reducir a guarismos el monto anual delas produc- ciones exportables de la Confederation; para mi proposito basta el corolario que fluye de estos antecedentes, y es, que la Confederation tienc mas posibili- dad que Buenos Aires para softener el comertio diiecto.

Se ha dicho, inculcando siempre sobre la misma objecion, que las naves es¬ trangeras que trajesen a nuestros puertos valiosos cargamentos no encoutrarian algunas veces retorno pronto para regresarse,-y esta ciicunstancia hariacesar su concurreiicia. Tampoco encuentran siempre retorno a. la mano en los puei tos de Bs As, de Montevideo, de Valparaiso: pero se lo proporcionan 6 completan en otros puertos, pues no se vuelven en lastre alexterior,-ni cesalaafluencia del co- mertio directo a esos puertos.—Por otra parte, el inconveniente referido no es de nuestra cuenta, es del cuidado de ios importadores,que no haian mtroduc- ciones sino en proportion a nuestra demanda y a nuestra posibilidad de pagar- las.—

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m—

Se ha objetado tambien que en vez de favorecer por la sancion del proyecto a los intereses comercialesde la Confederation los perjudieariamos, porque cesa- ria el trafico que de ella se hace exportando para Buenos Ayres ciertos produc¬ tos que esta Provincia consume.—Se ha recordado a este propositi), con desig¬ nation de guarismos, la extraccion que en maderas hizo la Provincia de Cor¬ rientes para la de Buenos Ayres en Ios anos, si mal no he oido, 54 y 55:—Se han citado tambien datos estadisticos generales respecto del monto total de los frutos de divcrsas Provincias exportados en epoca dada con destino a Buenos Ayres y Montevideo.

Sin contestar la exactitud de esos datos, porque esto no es del caso ni tengo inconveniente en admitirlo, meapresuro a manifestaios que me he complacido al notar la abundante y variada production de nuestras Provincias, confesada

por algunos de los mismos DD. que les niegan la posibilidad de tener coiiiercio directo, 6 medios de pagar las mercaderias que este les traiga.

Contrayendome ahora a la objecion, empezare por obseivar que es imper- tinente, puesto que no se trata de prohibir la expoitacion denuestros frutos; ella podra continuar siempre haciendose para Buenos Ayres,Montevideo y cual-

quier otro destino donde haya demanda de aquellos.—Su espendiose verificara en dinero efectivo, 6 en cambio de otros productos,6 bajo la forma do eualquiera transacion de otra especie .—Y tan seguro es que no se interrumpird el comer¬ cio de frutos a que me refiero entre la Confederation y los mercados de Buenos

Ayres y Montevideo,como es indudable que tampoco se cortaran las relaciones

que ligan entre si a los capitales existentes en los ties pai'ses. — La interdiction, cual se propone, no puede estorbar el movimiento 6 circulation natural de esos capitales, mientras subsistan la paz, la libre comunication, y los demas vin- culos que unen a. la Confederation con Buenos Ayres y Montevideo, y, enuna

palabra, mientras estos territorios sean habitados por pueblos.— Por elcontrario, ese modo de ser inherente a la riqueza trasfigurada en lo

que se llama capitales, ese, fenomeno tan invariable como el drden de las cosas, seguira realizandose en mas ancha y creciente escala, impulsado su desarrollo

por la poderosa accion del comeroio directo. Entonees se ensanchara tambien dentro de la Confederacion misma la demanda 6 consumo de los frutos que no son de exportacioti maritima; y desde luego se fomentara en vez de aniquilarse, como se recela, la industria alimentada por la production de aqucllos. Nada de esto han tenido en cuenta los Senores DD. que han hecho la objecion a,

que acabo de responder; y parece que conqvendieran que si dejas*nos de traer desde Buenos Ayres y Montevideo mercaderias extranjeras a los puertos de la Confederacion, se habia de quedar esta a oscuras y en la mas desdichada horfandad respecto a comertio.—

No pa?are por alto otra objecion que tiene afinidad con la que dejo contesta- da, porque pertenece a la familia de las predicciones lugubres;—aludo al temor de la guerra aduanera, de ese egercito de represahas que se asegura hade des- tacar Buenos Aires en venganza de nuestra resolueion—de no comprar alii mercaderlas estrangeras, d mejor dire, de nuestro inocente y noble empeno por comerciar directamente como el lo hace con el esterior. Se supone que sin mas motivo el Gobierno de Buenos Aires incurrira en el desatino de cerrar sus

puertos para los frutos que la Confederacion le vende, 6 los gravara con fuertes

impuestos. Ni uno ni otro sucederd. Lo primero inferiria, antes que a nadie, un irreparable dafio d la poblacion misma de Buenos Aires, privandola de tier tos articuloa que le son do priniera necesidad y de otros que, aunque no tan

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precisos, le hacen falla para el abundante consumo a que esta acostumbrada. La prohibition imnginada seria pues intolerable para aquella poblacion; y re- sistida quizd por la clase proletaria, como mas inteiesada ec laabnndancia y baratura de los indicados articulos.—Lo segundo produciria un efecto semej.in- te; pues cualesqniera gravamen a la importation pesaria desde luego sobre el consumidor, yd costa de 61 serian indemnizados los importadores 6 produc- tores.

Antes de lanzarse por el desesperado camino de las represslias el Gobieruo de Buenos Aires tendria bien presente que ellas podian ser retornadas por nuestra parte, y que la Confederation cuenta con medios legititnos bastantes para volverle muy cara tan injustificable provocation.

Dire algo mas para hacer notar que el peligro de las represalias es quimerico. Sancionado el proyecto quedariamos en la siguiente alternativa respecto a sns consecuencias. O la medida es tan eficaz como yo concibo, y entonces su resultado es irresistible: 6 es ineficaz, y entonces el fiasco no se hana aguardar, se dejaria conocer muy luego. Bien pties: en el primer caso las retorciones, 6 nos serian indeferentes y despreciables,d no tendrian lugar por su ridicula impotencia para contener 6 neutralizar los efectos de la ley: en el segundo caso no habria absolutamente objeto para Ia adoption de aquellas. Toda consideration sobre represalias es pues inconducente, 6 tan secundaria que raya en insignificante, reconocido cotno incontestable cl derecbo que asiste a la Confederacion para dictar ia niedida (punto que no admite duda seria), y reeonocidas tatubien la necesidad publica, la conveniencia nacional que nos aconseiaii su sancion. Colocadosen esla altura no podrfamos, sin mengua de la dignidad del pais, retroceder ante el frivolo temor de las represalias. El credito de la Confedeiacion quedaria abatido en el esterior, y el Congreso ten¬ dria la culpa. Los enemigos de la organizacion nacional senalarian este pro-, cedimiento debit y ridicalo como la prueba mas cumplida de nuestra nulidad _

Se ha dicho—que sancionado el proyecto arruinarianios el cabotage, porque quedaria sin ocupacion; y yo digo que lejos de suceder esto, resultara infalible- mente lo central ii>; pues establecido e! comercio directo y ensanchado a'favor de cl el moviiniento comercial de la Confederacion, el trdfico fluvial interior en que se emplean los buques de cabotage recibiria tambie'i la espansion propor- cionada; y me atrevo a agregar, que no es remota la probabilidod de qire hard cuenta alguna vez llevar meicaderias ettrangeras de algunos puertos de la Confederation 6 de sus depositos al mercado de Buenos Aires. Prescindiendo de esto, es fuera de duda que en todo caso el cabotage continuaria ocupado del trdfico necesario entre los puertos nacionales, y del que subsistiria.aun despues que empieze la egecucion de la ley, entre aquellos y los de el Estado Oriental y de la Provincia de Buenos Aires.—

Se ha negado la posibilidad de que la Confederation tenga comertio exte- - rior directo, y se ha llegado hasta el estremo de asentarque las naves de ultra- mar no podrian arribar a los puertos de aquella por falta de profundidad en nues tros canales navegables. Y £por donde ha pasado la poderosa escuadrn Brasilera que en el ailo anterior penetro hasta el Paraguay?—Tan original argumento se ha escapado sin duda por distraction al Sr. Diputado que lo ha vertido; pues es imposible que a el se le ocuite la evidencia de la verdad que ha desco- nocido al aducirlo. Y es tanto mas estrano esto, cuanto que el mismo Sr. Di¬ putado, a quien me refiero, se ha conttaido a definir 6 analizar lo que se en-

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tiende por comercio exterior diree.to, y se ha esforzado por demostrar que la Confederation posee, haee algunos anos, esta ventaja.

Con prescinciencia de tal contradiction me limitare d recordar un hecho notable que ha venido a mi memoria a proposito de la dificultad adticida como objecion Voy a referirme, Sres., a la epoca del ultimo bloqueo que ha sufrido la Republica bajo e! dominio de Rosas.

Es sabido que con motivo de haberse interrumpido por el mismo bloqueo la extraccion de nuestros frutos al exterior, ciento y tahtos buquesde alto bordo, entre ellos algunos vapores de guerra, penetraron hasta Corrientes peleando d la ida y a la vuelta con la bateria de Obligado. Esos buques fueron cargados con mercaderias de ultramar, y legresaron trayendo el abundante letorno de frutos que se habift acumulado en Corrientes y otros pnntos.

,;Se habi-d querido aludir, por la objecion que rebato, al rio Uruguay? no puede ser; la evidencia estd en contra. Alguuos puertos ds dicho no son frecuentados por naves extrangeras que van en busca de retorno,y de vez en cuando arnbandellos otras despacliadasdirectamente con carga delexterior.—

Se ha observado que podembs llevarnos un chased <5 quedamos es-

peiando el comertio directo, pues segun se asevera tambien, es muy probable que se acobardarti, porque nuestros rios no estan valizados y son poco conoci- dos paia la marina extrangera, y porque nuestras aduanas no ofrccen la como- didad necesaria para el almacenamiento d depdsito de grandes cargamentos. Yo obsei vaie a mi vez, por toda contestation a esta ar^ucia, que esos inconve-

nientesdesapareceran:—que nuestros rios seran oportutiamente valizados: que .desde luego empezai an tambien d ser conocidos y lo seran despues peri'ectu- mente, a favor del auxiliode los numerosos practices que sirven y abundatan

siempre en el trdfico interior:—y finalmente, que el Gobierno dispoudia lo con- veruente para que nuestras aduanas proporcionen la comodidad que ahora se echa menos.—

Contestare con igual brevednd a. otra objecion en que se ha inculcado con

teson;—tal es, la relativa al contrabando que se supone hadeabundar como una

plaga por consecuencia natural de la medida en cuestion. Veo, Sres., que se

padece un errror a este lespecto. El establecimiento del comercio directo es

precisamente un medio de preservar nuestro tesoro del contrabando : puede decirse que generalmente estan esentas de ese fiaude las importatione* directas de ultramar. Elseguro quegarante los cargameutos despachados de puertos extrangeros no es satisfecho, si no consta el arribo de aquellos a su destino. He

aqui una traba bien posiliva para la perpetration de contrabando. Este fraude

grasa ordinariamentc en el trdfico fluvial de cabos adeutro q'sehace por medio del cabotage,—a cuyo alcance estan lasfacilidades que para ello ofrecen nues¬ tras costas, el conocimiento do sus habitantes y el frecuente contact!/ con los

empleados fiscales. Iia defraudation de los deiechos se hace frecuenteuiente en las aduanas mismas 6 en sus oficinas subalternas, mediante la inmoralidad de algunos malos empleados. En nuestras costas es inenos fdcil. Por lo que hace a la del Parana desde el Rosario hasta Buenos Aires, quiza estara perfec- tamente atendida con tin resguardo que, segun tengo entenditlo, debe estable- cerse por el Gobierno en el pueito llamado "Las Piedras",sin perjuiciode adop tar al mismo tiempo algunas otras medidas conducentes a prevenir el contta- bando. Mejorar de empleados en la administration de las oficinas fiscales,— adelantar 6 mfoimar nuestra Lejislacion aduanera—y velar con el zelo nece¬ sario su observancia, es todo lo que nos faltapara conjurar la calamidad de

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fraudes que se teme devorara el tesoro, si se sanciona el proyecto en discu- sion. No babrd pues necesidad, como ha dicho un Sr. Diputado, de un egercito de guardas para libertarnos del contrabando, ni de la inuiensa erogacion que? a su juicio hade pesar con tal motivo sobre nuestro Erario. El caso compulzado, como ejemplo, de la histona aduanera de Inglaterra, por el mismo Sr. Diputa¬ do, es inconducente.—

Entre los iuconvenientes ii*aginarios que se han amontonado para poner en duda la posibiiidad de que la Confederation tenga comercio directo con el exterior, he oido apuntar uno, q' envuelve el mas estrano error econdmico, por el mismo Sr. Diputado que dudaba de la accesibilidad de nuestros rios a las naves de ultramar; tal es,—queafluyendo estas directamente a nuestros puertos, el consumo de las mercaderias extrangeras exederia a nuestra produccion y se arruinaria el comercio National.=Ningun pais consume mas de lo que pro¬ duce: puede aseguiarse.por lo menos.q' esta verdad practica cs la regla general nivcladora de las relaciones entre la produccion y el consumo; y si esa regla t.iene ecepciones, no veo fundamento para temer que la Confederation las es- perimente, porque prefiera el coinercio directo al indirecto con el exterior— La esfera de los consumos en la Confederaeion se estendera 6 estrechara en proporcion que se estienda 6 reduzca la de su production. Asi ha sueediio y sucedera siempre. No esta fuera de es'-a ley natural la Confederation. Me parece que debe tranquilizarse el Sr. Diputado a quien contesto. L?. Confe¬ deration no quebrard por el hecho de empezar a. tene'r comercio exterior di¬ recto; asi como tampoco quebio Buenos Aires, ni ha quebrado pueblo alguno cuando se hallo en caso analogo.—•

La objecion que acabo de refutar esde la misma especie que la fundada en la supuesta exiguidad de los retornos que la Confederacion puede ofrecer al co¬ mertio esterior—-Se han hecho a este propdsito demostraciones aritmeticas: se han calculado el numero de buques de ullramar que arribarian anualmente a nuestros Duertos y el maximun de las toneladas que deberian tener. Tarea iniitil, Sres.; porque para saber si la Confederacion puede alimentar comercio directo con el esterior,- basta el conocimento de que ella produce articulos que necesitan otros paises, y consume y paga los que estos le traen en cambio. El comercio dc importation y esportacion maritima no esta vedado pues para la Confederacion,y desde que posee canals abiertos y practicables [iara ese co- mercio,claro es que puede sustentarlo dinectamente.—

Pero para resistirala fuerza de este scncilloraciocinioseopone otra fuerza,— la del poder de Ia costumbre de comerciar con el esterior indirectamentP 6 por el inteimedio de Buenos Aires y Montevideo. Este argumento admite una latitud que puede llevarse hasta el infinito, concluyendo siempre por dejar en- vuelta en los arcanos de lo futuro la posibilidad de que la Confederacion tenga comercio esterior por si 6 d.rectamente. No exagero, Sres: esta deducion, como el antecedents de que ella se dariba {el poder de In cost umbra) sera tanto mas fuerte, cuanto mas tiempo pase; como lo sera tambien la causa en que con- siste, si no arbitramos medios eficaces para neutralizarla.

Esta objecion y otras contraidas k descoiiocer la posibilidad de que la Con¬ federacion tenga comercio esterior dirccto, abaten el espiritu, son humillantes, y traen a la memoria una doctrina de iograto recuerdo, que os es muy conoci- da, porque ha formado todo tin sistema ]ior muchos anos. Rosas sostuvo aria faz del mundo la inopoitunidad de la organization politica de la Republica, funddndose en que esta carecia de los elementos jiecesarios al efecto; porqLe

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acoslumbrada a la vida guerrera y al desorden de las luchas intestinas en que habia pasado tantos afios, era violenta su transition a la vida constitutional, mientras nosecurara delas habitudes que formaban su antiguo modo de ser. Esta impostura,con q'seescarneci6 a lafamilia argentina,llegd quiza a ser acep- tada en el esterior, y estuvo a punto de ser creida por el pais mismo. Cayd el despota, y aunqne su tema fue invocado y sostenido todavia por los enetni- gos de la organization de la Republica, la carta de Mayo no se hizo aguaidar; ysi algo falta para que su imperio sea inconmovible, es la emancipation prac- tica del comercio de la Confederation de los mercados de cabos adentro

Mientras que sostengamos que la Confederacion no puede tener mercado propio por la costumbre de asistir a mercados estranos, seguiraen esta condi¬ tion; y habremos sostenido una impostura que la deprime, calumniando al mis- mo tiempo a nuestros comitentes, que protestan contra lasupuesta omnipoten- cia de la costumbre, y solo nos piden, para sacudirse de su yugo ruinos,o, el auxilio de leyes protectoras del comerciodirecto.

Permitidme referir un egemplo que basta por toda solucion al arguraento de la costumbre.

Es notorio q'en el ano 53, por los sucesos politicos ocurridos en Bs.As, seinter- rumpid la concurrencia de las tropas de carretas que conducian a aquella pro- vincia los frutos de las del interior: ese trafico, cuya antiguedad era de siglos, se hizo desde la epoca citada hasta el puerto del Rosario unicamente: las ven- tajas que reporto a favor de este cdmbio de direction, fueron conocidas muy luego, y no volvio a pasar a Buenos Aires una sola tropa de carretas. El poder de la costumbre contraria fue ventido para siempre con incalculable

provecho del pais por el incidente referido. (,No habria dado el mismo resul¬ tado una ley que hubiese fijado el punto del Rosario—come- de arri- bo preciso para las tropas empleadas en el indicado trafico? Claro esld que si,

Se ha objetado, para clasificar de innecesaria la medida, que el comertio es muy sabio en cuanto concierne'a su conveniencia, y que afluird a nuestros puertos cuando la eneuentre en ellos. ^Por que hemos acordado entonces una franquicia exepcional a la navegacion del Bermejo? ^Por que hemos concedi- do la esclusivade la navegacion a, vapor y otras recompensas a laempresa con- tratada para la canalization de los rios Salado y Dulce? ^Por que tratamos de

estipular concesiones ventajosfs a una linea devapores deremolque para el tra¬ fico del rio Parana? i,Por que hemos prestado la mas decidida protection & otn-.s empresas andlogas, tendentes a fomentar el inovimieiito mercantil del pais en direction a nuestros puertos? ^Por que, en una palabra, no nos hemos limi- tado a esperar que todo esto lo realizarse por si solo el interes del comercio mismo, ese fac totum, esa Providencia que se basta asi misma? ^Quereis que nos singularizemos por nuestra indolencia a este respecto? Otras Naciones han

apurado su poder, ban Ilegado hasta el estremo de la guerra para proportionate las ventajas de la vida comertial exterior ddndole toda la espancion posible. No necesito llevar la memoria a epocas remotas No ignorais lo que ha cos- tado a las Potencias mas fuertes de la Europa conquistar para su comertio y el del roundo la emancipacion del Mar Negro, la libre navegacion del Danubio

• Permitidme otrn referenda iuas cercana.—Sabeis bien los sacrificios que costd a la Republica Chilena asegurar la supremacia de sus puertos sobre el pacifico en la epoea de la Confederacion Peru—Boliviana Conoceis tambien el siste- mado empeno, los esfuerzos de todogenero empleados por el Gobierno de Bo¬ livia para adquirir en provecho de su comercio alguno de los puertos que le

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presta ci Peru, y, para sostener y convertir en puerto exterior el desembarca- dero de Cobija. Y >por que no han confiado esos paises en que la sabiduria del comercio, IdProvidencia del interes individual, babian de allanar todos los obs- ticulos que se opusieran a. su bien entendida conveniencia? Porque sabian muy bien que por el earuino de tan necia confianza jamas habrian llsgado al objeto.

La objecion a que contesto es quiza, entre todas las que he oido, la que se resiente mas del vicio de probar demasiado, lo que significa que nada prueba sobre el punto en cuestion. Voy a aceptaila sin embargo y a demostrar qua sirve a mi proposito, conoretando a el la generalidad que ella envuelve.= Si el comercio es tan sabio, tan competente para conocer su propia conveniencia ^por que se vacila en acordar al de la Confederation lo que nospide?^Que razon hay para desentendernos de su constante anhelo por tener mercado propio en relation directa con el exterior? ^Que razon hay para desoir su clamor pididn- donos que le prolejamos para emanciparse del vastilage que le imponen los mercados de cabos adentro? Ninguna por cierto. El instinto solo eel comer¬ tio, en todo lo que ataiie a su conveniencia, es mas seguro que todas las elucu- braciones del legislador y del estadista. Las solicitudes que se ban dirigido al Congreso,las manifestacioues hechas por la prensa y lasindicaciones que to¬ dos conocemos de comerciantes respetables de fuera de la Confederation, no son efecto de alucinamiento. Los capitalistas que han firmado esas solicitudes £se habian propuesto arruinarse? ̂ Habran queriuo sorprendernos, precipitarnos jugando su fortuna?=Sin duda que no, Por el contrario; yo veo en esas fir- mas una garantia positiva de aciei to; y mis convicciones, que no son de ahora, respecto a la conveniencia de la medida que nos ocupa 6 a la necesidad de adojHar cualquiera otra que reuna la eficacia bastunte al objeto, encuentran en esa garantia un fundamento incontestable.—

Pero se dbjetatodavia que no hay necesidad de resolver ahora la cuestion, yq' para conocerlapiofundamente es.preferible aplazarla por dos meses mas,puesto q' hemos esperado dos anos,desde 0/ se presentcrel proyecto. Esta objecion seria mas fuerte despues de dos meses,pues habria razon para esperar el transcurso de cuatro; y asi seguiria aumentdndoie su fuerza: en progresion creciente. Por se- mejante diabetica, en vez de aproximarse, se alejaria la oportunidad de resolve- sobie este asunto. ^Por que librarnos, Sehores, con tanta confianza a las evenr tualidades dd lo futuro? ^Quien se halla autorizado para asegurarnos que con- juraremos despues las lesistencias que puedan jiromoverse, los obstaculos que puedan combinarse para impedir a la Confederation lo que ahora se halla en aptitud de hacer? i^So veis que en el cielo de su organization misma hay celages todavia' Mientras-tanto, hay razon para tener fe en que la medida de que se trata, tan Jejos de ser inoportuna, servira paradespejar aquellos.—

He oido otra objecion que no puedo pasar por alto. Se ha dicho que por emancipar el comercio de la Confederacion tie los mercados de cabos adenrro, varnos asubyugar- los al del Brasil. Esta equivocation me revela que no Be ha comprendido bien la na- turaleza de la medida propuesta. Es verdad que sancionada esta contanamos muy luego con las importaciones que de los depositos del Brasil se hariau para proveernos de mercaderias de ultramar; su inmediacion relativa le facilitan'a esta ventaja 6obre los mercados de otras naciones mas distantes; pero lo que en este caso se mira eorao una convenientia para el Brasil,lo es para no.sotros tambien. Por otra parte, esa espe- cie de preldtion natural, impropiamento llarnada esclusiva, cesarfa tan luego como se estableciese la corriente del comercio entre nuestras plazas y las naciones qua estan uia8 alld del Bresil. O esto es exacto, 6 tendriamos que convanir en que el mercado

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del Brasil [por su proximidad rclativa] egercealgun genpro de monopolio sobre las plazas de Buenos Aire9 y Montevideo,—lo que no es cierto.

Los diputados que ban hecho la objeciouque acabo de contestar, discurren hajo el error de que no pueden vetir a nuestros puertos buques de ultramar cnyo tonelage exeda de tierta escala. Y no advierten q' esta dificultad esirnaginaria, corno lo he de- Kiostrado ya: que un mismo buque puede traer carga destinada para diversos pantos es decir, por egemplo, para Montevideo, para Buenos Aires y para la Confederation: no advierten, fiualmente, que en todo caso rios seria mas comedo obtener directamente del Brasii lus mercaderias de ultramar reembarcadas alii, que recibirlas despues de gravadas por su escala en los mercados de cabos adentro.—

Se ha clasificado eomo un defecto en la medida la condition de transitoria q' la carac- teriza, argnyendose que el proposito de atraer el comertio directo quedaria burlado si

'BsAsse apresuriise a vtiver a la union inmediatamenrc despues de sunciouada aquclla. La prohabilidad hipotetica en que se funda este raciooinio es tan alaguefia, que por si tola bastaria para decidirnos a la adoption del proyecto, sino hubiera otras razones en que apoyarlo; pnes la reincorporation de Buenos Aires por consecuencia inmediat.i de la sancion de aqnel, seria un resultado de sobrada iniportantia para comprobar y recomendar en alto grado el acierto del Congreso. Un acontecimiento tal seria do- blemente plausible, porque restituiaala comunidad national la provincia separada hoy, y eliminaba los obstaculos que su separation opone al espedito y eumplido egercicio de la soberania interior y esterior de la Republica. Ei.Unices, sin perjuicio de adoptar esta las medidas conciliables con la nueva situacion para promover el co¬ mercio esterior directo, utilizaria en provecho comun esta ventaja que Buenos Aires monopoliza todavia practicamente.=

Pre&cindo de desender a ciertas aigumentaciones que, 6 no mprecen especial men¬ tion por su superficialidad, 6 han quedado sustanuialmente satisfechas por alguna de la soluciones que he dad ohasta aqui—Pero no dcjaie la pidabra sin respon- der a una objecion repetida por algunos Sres. Diputados— mirando el asunto por su faz Constitutional.

Se ha dicho—que por la sanciqn del proyecto se atacaria la libertad comertial y la libertad fluvial cousagradas porta Carta, violandose al mismo tiempo los tratados que nos h'gan con algunaspotencias^n garantia dc su observancia. Me parece que he demostrado la inexactitud de estas proposiciones al analizar en otro momento la naturaleza de la msdida en cnestion, para defenderla de las imputaciones cle hostil y. perjudicial al comercio—Agregare sin embargo algunas reflecciones.

Ek vano se quiere ofuzcar con colores odiosos el verdadero sentido de la medida pro¬ puesta. Lejos <le ser adversa a las libertades invocadas, importa solamente un arbitrio eficaz para hacerlas efectivas en nrovecho de la Nation y de los demas paises con quie- nes tiene y puede tener relaciones mercantiles: importa un medio de fecandar esas mis- mas libertades, para que no se esterdize el precioso germen que encitiran, para que la bella teoria que eontienen se convierta en una verdad practica, y, finalmente, para'ob- ter su emancipation de las trabas despoticas que aun las oprimen; porqtie la Carta no fue bastante para esto; porque el liberal sistema econdmico consagrado en derecho, no ha triunfado en el hecho; es resistido todabia por el sistema contrario que ella condeno, y que a su despecho y de la voluntad del pais se sostiene en castillado en el centro de su antiguo poder, a favor de la situacion anomala de Buenos Aires y del servilismo habitual fpie el imprimiera al comercio de las de- mas Provincias.

Al sancionarse la Carta de Mayo no se tuvo ni pudo tenerse en cuenta esta es- pecialidad, 6, por lo menos, su duration indefinida—Bien pues; algo es forzoso hacer para neutrabzar sus nialos efectos, consultando el espiritu de la Carta y en uso de las atrihnciones que ella ha deferido al Congreso.

Bajo tal concepto, la medida proyectada no admite tacha. Por ella se regla hasta

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cierto punto el uso d'e la libprtad de comertio y de nnvogncion interior en lo relativo al trafico fluvial de cabos adentro. La restriction relativa a las importaciones de mer¬ caderias extrangeras es mas bien nominal que positiva, pues que esencialmentcfavore- ce al conicreio exterior poniendo a la Confederation en relation directa con el. La medida estfi, por consiguieufe dentro del alcance de las atribuciones del Congreso, mtiy especialmente de las que le conciernen paia reglar la libre navegacion de los riot.y el comercio mar'tt'nnoy 1erre.st.re con las naciones extrangeras. Los tratados a que se haaludido contienen la reserva esplicita y que no pudo omitirse a este respec- to; ya porque es rclativa a un atributo inalienable de la soberania Argentina, yn por que era absolutamcnte precisa jiara asegurar en la practica el bpnpfico proposito de easas misruas conveneiones. Finalmtnte, la calidad de transitoria que lleva la niedi¬ da, Ia anomalia que la motiva, la necesidad suprema de dejar esppdita en la prac¬ tica la soberania exterior de la Confederation y la circunstancia de ser espeeialmente favorable al engranJecimipiito comercial del pais, forman la verdadera apreciacion del proyecto.

Nada hay pues en el de inconstitucional. Y desvatipcidas, como quedan,las obje- riones con que se le ha conbatido por las faces politica y econ6mica, no dudo que V. H. pronunciara sit aprobacion en general.—

Dado el punto por snficienlemente discutido,se procedio a votar el proyecto pn ge¬ neral; y resultaron diezy seis votos jior la afirmativa y doce por la negativa, qua- dando asi aprobado.—

En este cstado selevanto la sesion a las cinco y cuarto de la tarde.=

BALTAZAR SANCHEZ. Presidente.

Benjamim de. igwza&fz/—Secrelario.

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Sesion ordinaria del 30 de Junio de 2.856.

PltESlDENCIA DEL Sr. SANCHEZ.

Presidante.- En la Ciudad del Parana Capital Provisoria de la Con¬ federation Argentina reunidos en su sala de sesiones los Sres. Diputadus anotados al tudrgen—el Sr. Presidente proclaim') abierta la sesion y se procedid a dar cuenta de los asuutos entrados en Secretaria.

Se leyo una nota de! Sr. Presidente de la H. Camara de Senadores fecha 27 del corriente adjuntando el proyec¬ to de ley relaiiva al cobro de porte de la correspondencia epistolar, adicional al sancionado por esta Camara en se¬ sion del cuatro del t lismo.

Se leyo otra del mismo origen y fecha, transmitien- do haber aprobado el H. Senado en sesion de 23 del presente el proyecto de decreto pasado en revision por la Honorable Camara de Diputados concediendo al Exmo. Sr. Presidente de la Confederacion el permiso so- licitado por el para aceptar y usar la condecoracion de "Cran Cruz de la Orden del Cruzeiro" con que habia sido distinguido por Su Magestad el Emperador del Brasil— La p iniera de estas notas con e! proyecto adjunto paso a la Comision de Hacienda, y la segundase mando archivar.

Se leyerou el diploma presentado por el Dr. D. Daniel Araoz como Diputado electo al Congreso Lejislativo Fe¬ deral por la Provincin de Jujuy, y el dictdmen de la Comi¬ sion de Hacienda en el proyectc de ley relativo al sueldo

de los empleados de la Contaduria General; y se procadio a la discusion de la drden del dia suspendida en la sesion anterior.

El Sr. Cabial obtuvo la palabra y dijo, siendo esta la primera vez que tengo el honor de hallarme en el seno de la H. Camara en las presentes sesio¬ nes, y no habiendo tenido paite en la discusion general de este proyecto, de- searia seais indulgeiites sino estoy bien orientado en la cuestion ul hacer algu- nas observaciones sobre el.

En 185-1 me opuse a este proyecto in limineta] como esla redactado,porque noestaba conforme con la interdiction completa respecto a los puertos de cobos adentro; mas en cuaiito al derecho perfecto que tiene la Confederation para dictar derechos dit'erenciales, desde entonces tenia formadas mis ideas sobre el particular, creyendo como ahora creo, que ese derecho compete a la Nacion. Entiendo pues, que podia adoptarse la eficacia de csta medida, eon- sultando con Ia reflexion posible el modo de no hacer esa efieacia ilusoria,porq' comprendiendolo asi, aun cuando Buenos Aires estuviese unido a la Con- fcdeiacion, no podria haber inconveniente en establecer derechos diferenciales.

He comprcndido tambieu que uno de los Sres. Diputados que ban firmado este proyecto, y otros varios estan dlsouestos a proponer algunas modificacio- nes, sostituyendo con otros los diversos articulos del proyeeto; deseo pues que el!as"sean presentadas ahora mismo, y si las eucuentro mas convenientes prestare gustoso mi voto a los articulos adicionales.

El Sr. Lucero; habia manifestado en la sesion anterior que estaba distpuesto

Lucero. Alvarez. Torrent. Kawson. Pavdo. Navario (D. Manuel.) Laspiur. Puente. Feij6o. Goidillo (D. Vicente.) Posse (D. Jos6.) Uriburu. Gordillo [D, Jose.] Pisurro. Cabral. Olaechea. Rius. punes. Aehaval. Du Giaty. Gonzalez (D. Lucas.) Chenaut. Navarro [D. Ramon.] Caceres. Rueda. Gonzalez (D. Calixto.) Victoiica. Posse (D. Filemon.) Quesada.

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h aceptar algunas modificaciones en los detalles del proyecto, y prometi que yo mismo, como autorde el. propondria algunas que me pareciesen convenien- tes: ha llegado este caso, Sres., y coino acabais de oir, no he variado de inten¬ tion. Las epocas son difcrentes, es decir, entre la del ano 54 en que fue presentado el proyecto por 1. m vez, y la actual, hay diferencias tan obvias en lo que tiene relation con este asunto, que creo innecesario analizarlas para que desaparezca la estiafieza que puede causar el cambio de mi opinion respecto a los medios conducentes al grande objeto que tiene la niedida en cuestion ; y conseeuente con lo que acabo de esponer, propongo Ia modificacion concebida en el aiticulo que voy a redactar.

El Sr. Diputado dicto entonces el siguiente: "Art. 1.° Despues de cuatro nieses dels promulgation de la presente

"ley las mercaderias procedentes de cabos adentro, que se introduzcan por "los puertos de la Confederation, pagaran sus derechos de introduction en el "orden siguiente:

"1. ° Las mercaderias no sujetas a derecho especifico pagardn»el auplo "del derecho ordinario. "2. ° Las mercaderias sujetas a derecho especifico seran recargadas d su

"introduction con uu treinta por ciento ad valorem'' y continue): Me he permitido proponer el artinulo que acabo de redactar en sostitucion

del 1. ° del proyecto, porque me parece que la diferencia de derechos apun- tada en aquel, bastaria para atraer a nuestros puertos la afluencia directa de las mercaderias estrangeras; desde que es claro tambien que no podrian competir con ellas las (|iie se iniportasen de cabos adentro, recargadas con el gravaitijen indicado a mas del que relativamente traen consigo por solo ha¬ ber hecho escala en los puertos del Plata. Supongo. que, siendo como es tan sincero nuestro deseo de proteger el comercio directo, estaremos de acuerdo con /a disposicion propuesta. Ella esta fuera del alcance de las objecioces que se han hecho a la interdiccion. Su eficacia no es por cierto igual a la que caracteriza esencialmente a psta; pero el resultado es igualmente seguro aunque se obtengacon menos prontitud—Prescindo por ahora de detenerme a, esponer o*ras razones en apoyo de Li reforma que propongo al articulo en discusion, despues dc haberse ilustrado la materia al considerar el proyecto en general.

El Sr. Du Graty: el nuevo articulo que se propone para remplazar el 1. ° del provecto en discusion, carnbia completamente su naturaleza, y no puede admitirse estando aquel aprobado en general. Se promeie tambien sos- tituir los demas articulos y como todos deben tener relation entre si, se liace imposible la discusion del 1.° antes de eonocer los otros; hago pues motion para que se presente un preyecto en forma, que pasaia a una Comision para poder formar idea sobre el nuevo proyecto cuando esta presente su dictamen—Fue suficienteniente apoyada esta motion, y se puso en discusion.

El Sr. Funes, torno la palabra y dijo: entiendoque algunos Sres. Diputados de la oposicion no han comprendido con toda exactitud la espresion del arti¬ culo proptiesto, al pretender que el canibia la naturaza del proyecto admitido en general por la H. Camara; mas es todo lo contrario, pues se ha sosteni¬ do en la discusion por los mismos autores del proyecto, que el no importaba otra cosa que procurar el comercio directo, habi6ndose expresado ademas, que

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los sostenedores del proyecto, a este fin, estaban dispuestos a admitir cualquie- ra modification rational.

No hay pues razon para que pasen nuevamente a Comision los articulos presentadosen sostitucion, mucho mas cuando este 6s un asunto que hasta el publico conoce a fondo, y some el cual la H. Camara tiene ya todds lus cono- ciHiienfos necesarios.

La Cornision tiene el derecho de proponer las modificaciones que crea con- venientes, como lo ha hecho un Sr. Diputado, y la Camara puede resoiver a un tiempo sobre los articulos originarios, y los que se presenten en sostitucion. En vista de estas consideraciones, que a nii juicio soc concluyentes, votar6 en contra de la mocion que ac«ba de hacer un Sr. Diputado.

El Sr. Rucda: votare en contra de esta motion, porqtie el' articulo 71 del Reglamento de debates dispone terminantemente que las adiciones, supiesio- nes 6 correcciones que en la discusion en detalle se propongan a un proyecto, serdn considerados al mismo tiempo que este.

El Sr. Navarro (D. Ramon Gil): la H. Camara esta ya en conocimiento de que al aprobar la mayoria el proyecto de ley en lo general, ha sido con la inten¬ tion dp hacer reformasen io paitieurar y acaso en cada uno de los articulos de que ed se compone, usando ai efecto del derecho que concede el Reglamento de Debates en los articulos 51 y 68.

La mayoria ha sancionado el pensamiento, una idea en geneial, y aunque varia«e en el detalle todos los articulos de ese pensamiento, estaria siempre en su derecho, y segun los tidmites parlamentarios toda vez que al retocar los ar¬ ticulos, a! darles forma, quedase suhcibteiite el fondo del proyecto. Esto es cabalmente lo que hoy se propone. Ayer se ha «ancb>nado el pensamiento, la idea en general del comcrcio dnecto, hoy se discuten los medios que han de conducir a ese fin.

j,D6nde esta pues lo que constituye una diferencia entre uno y otro proyecto para pedir que como idea estrafia a la discutida ayer, pase a Comision y siga los tramites de estilo? ^Discutimos en el art. l.°del proyecto de hoy, algo que no contenga el art. 1. ° del proyecto de ayer? jNo se trata en uno y otro de! comertio uireeto? He dicho, y repito que subcistiendo el fondo de una idea en el proyecto, las formas que se den a ese pensamienlo en detal no cous- tituyen diferencia alguni esencial.

Me es estiano Senores que sea esto materia de discusion, cuando cada uno de los Diputados que hemos sostenido el proyecto sancionado- ayer en lo gene¬ ral, hemos espresado a! mismo tiempo que al dar nuestro voto en favor del

pensamiento era con el objeto de variar la redaction en cada uno de los articu¬ los. Los autores del proyecto, recuerdese esto, hicieron esa misma observation

que fue repetida mil veces en sus discursos por el miembro informante. Yo niismo al dar mi voto en favor del pensamiento, espuse bien claroque me reser- vuba el derecho de reforma en los varios artt'culos del proyecto. Votaie pues en contra de la motion por las razones que dejo espuestas.

El Sr. Quesada pidio kctura del ait. 70 del Reglamento de Debates; su tenor es el siguieute:

"Ait. 70—Si en la discusion en general se presentase un proyecto en oposi- "cion al de la Comision, y fuese apoyado scgnira los tidmites del Reglamento, 'Vn caso que el 1. ° hubiese sido rechazado, debiendo entonces informar sobre ''el una Comision especial".

El Si. Diputado agregu: al aceptar la H. Camara este proyecto en general,

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aeepto la idea de la interdiction comercial con la Repwblica Oriental del Uru¬ guay y la Provincia de Buenos Aires; el articuio adicional que se propone oambia la naturaleza de e^ta idea, pqrque el importa el establecimento de simples derechos diferenciales, lo que es enteramente diverso del proyecto pri- mitivo; entiendo pues que e=te nuevo proyecto segun el articulo reglamentario que acaba de leerse, debe seguir los mismos tiamites que el originario, y por lo tanto pasard Comision, y duspues senalarse en la orden del dia, en caso que aqneWuese antes jechazado por la H. Camara; de oira nianera se viola el Re¬ glamento, se altera la practrea y se falsea el orden de! debate.—Despues de a'lgunas otras observaciones sobre si se debia pasar a Comision el articulo adicional se did el punto por suficientemente discutido. y habiendose sometido a votacion si pasaba d no a Comisioii el aitlculo propuesto lesultaron calorce votos por la negativa y doce por la afiimativa.

Se hizo un cuarto intermedio. Vueltoslos Sres. Diputados a sus nsientos con inasistencia del Sr. Rawson,

que se retird por indisposition. El Sr. Torrent obtuvo la palabra y dijo: he votado, Seflpr, en oposicion a

este proyecto en general por razone.s que htn pesado profu damente en mi conciencia, por cousiderurlo inconstitucioiial, impolitico y anti-ecoriomico; la H. Camara sin embaigo lo ha s mcion.ido, librando a la discusion en particular el medio de hacerlo efectivo. El ait. i. ° del pioyecto originurio establece la interdiction absoluta entie los puertos de la Confederation y los de Buenos Aires y Montevideo, y el que se piopone en sostitucion eslablece siinplemente derechos dif'ereucidles; aque! puede considerarse leprobado al presente por la H. Camara, y yo presUre mi voto en oposicion a este, porque al proponerlo no se han tenido en vista las leyes pieexistentes, los tratados celebrados con la Inglaterra, la Francia: y Estudos-Unidos que son la suprema ley dti Estado. En esos tratados, Sr, el Gobieino Argentino se obliga a mantener la libre na- vep-aeion de nuestros rios 6 establecer uu sistema uuiforme de recaudacion de retitas en toda la Confederation, y en viitud de su articolo 4.° no puede' es- tablecerse diferencia de tarifas para cl cobro de a^uellas. Por el arliculo adi- cional se establcce sin embaigo esa diferencia, por cons guiaute la ley es ipso

jurenula, puesto que esta en oposicion a una ley fundamental, y es por estas consideracionesque votareen contra de cualquier articulo que establezca dere¬ chos diferenciales.

tlay ademas otra razon que pesa mucho en mi animo para estar en contra del articula propuesto, yes, que dado el caso de que el Congreso estuviese en su derecho para dictar esta ley, ella a nil jmcio ser'a llusoria, pues no s6 con- segutria otra cosa que defraudar a la Cotifedeiacion de una gran paite de sus rentas, en una palabra Sr., esa medida importaria declarar en princijiio el contrabando poique el es su consecuencia forzosa. No creo necesario ma¬ nifest ar en detailed modo como habia de hacerse el contrabando, porque uno de mis Honorables coiegas lo ha esplicado antes que yo.

Creo Sres, que el unico modo de llamar el comercio directo ya que la Ho¬ norable Camara ha sancionado en principio esta necesidad, seria acordar pri- mas a los buques que introduzcan mercancias estrangerns directamente a los puertos fiuviales de la Confederacion, 6 bajar los derechos a un seis u ocho por ciento a esas mismas mercaderias. A mi juicio, de este modo, aunque nuestro progreso sea lento, habriamos evitado el contiabando, al que estaria- inos espuestos cambiando violentauicnte nuesdro modo de ser actual.

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Contiuire esponiendo, que si la Honorable Cdmara deficre a esa idea, vo- tare gustoso por el medio que propongo, en la conviction de que es el unico aceptable para atraer a nuestros puertos el comertio directo.

El Sr: Cdceres: en la discusion general espuse brevemente las razones por- que me oponia a todo pensamiento de ese'asion del cotnercio de Buenos Aires y Montevideo.

Hoy se nos espone en este articulo el nusmo pensamiento concebido*en dis- tintas palabras, y quiero agregar algunas observaciones que a causa de )» ra- pidez con que fu6 llevada aquella discusion, omiti eutonces. Ante todo me permito observar que la forma en quri es introducidb este prnyecto funda un anticedente que, convertido mas tardp en principio. sera origen de abusos pe- ligrososque falsearan el sistema de Gobierno que ha adoptado la Republica. Hablo de las peticiones dirigidas a esta Cdmara por.alguna parte de los ve¬ cinos del Rosario y del Diamante. Pueblos nuevos en el uso de la libertad y el derecho estan muy espuestos a, confundir el uso legitimo con el abuso de ellos, o a equivocal- la vida con la ficbre. Ayer no mas en un asunto de

puro resorte gubernativo, en las propuestas para fundar un banco que se dis- cutian en esta Camara, hemos visto al pueblo de algnnas ciudades argentinas elevar peticiones en un asunto tjue los pueblos todos en que la libertad y el sistema parlamentario es traditional, y en que el derecho es una palabra. con sentido practico, abandonan a la tranquila deliberation de sus gobernaotes. Se que la Constitueion acuerda a todos los argentinos, el derecho de petition, pero sin injuria de aquellos a quienes debo la honra de este uuesto, creo jioder decir, que ellos abusaran precisamente de este precioso derecho siempre que se valgan de el para proponer 6 inieiar grandes leyes y medidas de estado que deben dejar d la prudencia de los encargados del Poder. Creo pueSque se

fija un mal preeedente invocando esas peticiones cuanto mas si seatiende a I reducido numero de ciudadanos que las firman, yque la mayor parte de ellos

probablemente lian sido inducidos a firmarlas sm tener el nienor conocimiento de lo que ellas valen. Maiiana en cada asunto d-i la gravedad de este que se

presente ;'t la orden del dia continuard el mismo uso y todo estard librado a ia discusion popular, antes de haber pasado siquiera a la discusion de las Cd- maras. Lo que he dicho del derecho de peticionar vuelve a tener lugar en 1a facultad de iniciativn que la Constitution actierda a las Cdmaras; esta iniciativa existe en nuestra Constitution coino en la de mucbos'otros pue¬ blos fibres, sin que ella sea, 6 haya sido usada practicamente para pro¬ poner grandes roedidas en que la prudencia aconseja dejar la propuesta al Gobieino, sino en los casos en que las Asambleas se ban vuelto tumnltuarias.

Repito que no niego el derecho de iniciativa a la Caniara, pero no creo con- veniente que se use de este espediente, inventado solo para corregir la sistema- da inmovilidad de un Gobierno, hoy quo se quiere solo hacer valer para proponer una medida que creo tan inoportuna coino peligrosa. Repito que esto hard que falsiemos el sistema representative.

Alguna vez se han rebatido los temores de guerra que se atribuyen d los

que han impugnado este proyecto. Yo Sr., no terno la guerra, y puedo aim declarar que si ella fuera el resultado de esta medida 6 cualquiera otraema- nada de los poderes dti pats, estare siempre dispuesto a aceptarla con todas sus consecuencias: temo si los resuitados de una guerra aduanera y otros in- convenientes qne nos traera estd ley, y enlre ellos el conlrabando, que como

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acaba de insinuarel Sr. Diputado preopinante la ruird ilusoria, y reemplazara e) trdfico honesto con gran perjuicio publico y privado

Es muy de mitar una especialidad de nuestro pais que hace en estremo di- ficil la vigilanciq de las costas que en otras partes es uno do los medios mas usados para evitar el cor.trabando,y quees imposible en nuestra dilatada cos- ta fluvial, en cuyos puntos todos, tocan a cada instante las embarcaciones. No hay reglamento, no hay policia, que aurque fuera posible colocarla en toda la dilatada estension de nuestras costas, pueda etnbarazar e im|iedir este he- cho que proportionated siempre la facilidad de descargar mercancias de un modo fraudulento. Si pues en todos los paises un alto derecho, una traba cualquiera puesta al trafico, fomenta y estimula el contrabando, debe temerse con mayor razon que los efe.ctos deesta ley que importa un alto recargo adua- nero, seran en esta parte tanto mas graves cuantas son las facilidades que pre¬ sentan nuestras costas.

Se ha dicho que la regularidad en que vienen los papeles de un buque de ultramar sera un obstdo'ulo que matara el contrabando; pero no es el contra¬ bando en btiques europeos de cabos afuera el que debe temerse, sino en los que no abandonarau el camino que hasta hoy siguen, y a quienes no podemos cerrar los rios, porque su libre navegacion esta bajo la f'6 de solemnes tratados, y el que indudablemente se efectuara, sin que sea posible evitarlo.

He hecho notar enel curso de este debate algunas de las dificultades.algunos de los trastornos que esta idea puesta en praetira va a traer a. todo el comertio argentino. Quiero brevemente espresar que estas difieultades seran mayores para el comercio de los pueblos de la costa del Uruguay que estan destinados a un gran porvenir; pero que tienen a sn frente otros rivales que con las mis- mas facilidades naturales que ellos, vendrari siempre a aprovechar los errores de nuestra legislation econdmica como alguna vez los han aprovechado yd.

Poco tiempo ha que la limitation del deposito a cantidades que excedieran de diez mil pesos, impucstas por el Estatuto de ITacienda, alejd repentinamen- te todo este genero de comercio que paso a la otra costa. y se fijo principal- mente en el Salto. hasta que el resultado de este error vino a obligar al Go¬ bierno a perraitir el deposito en la Concordia; menos aun hace a que el Mi- nisterio de Hacienda escusando ante la Honorable Camara de Seuadores la medida del Gobierno por la que se derogaba un impuesto creado por la ley sobre pequefias embarcaciones, hizo ver de un modo evidente el hecho de ha- berse alejudo de algunos puntos de aquellas costas las embarcaciones peque- fias que traficaban con la Banda Oriental, por solo un papel sellado de cuatro pesos en que debia bacerse el manifiesto. Estos hechos que revelan la facili- dad con que en aquella parte huye el comertio al menor obstdculo, nos advier¬ ten ya ei funesto resultado que la ley que se discnte dard sobre el eomer- cio todo que alii se hace, y que no tsrdara. en alpjarse completamentfe a la costa Oriental en la que encontrara todas las facilidades de que lo privamos.

Por fin, hare notar a la Honorable Cdmara que esta ley puede tener do- re- snltados, 6 escluir el comercio de Buenos Aires con un recargc que equivalga a una prohibition absolut:i,en cuyo caso subsisten todas las razones qu,e contra esta prohibition se han aducido, 6 recargar solo el actual comercio con un impuesto que no bastaia. a destruiilo, en cuyo caso tambien votare en contra, pues no creo que este en la conciencia ni en la idea de alguno de mis H.rolegas aumentar la tarifa aduanera, que vendria a ger el mehor mal que eats pensa¬ miento pudiera producir,

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JSl Vr. Gonzalez D. Calixto.—Seiior, cuando hab'e de este proyecto en ge¬

neral di]e, que era preciso emuncipar la Hacienda Aigentina de la hifluencia

de Buenos Aires. 6Porqu6 razon ni priucipio d regla de derecho una Nacion

Soberana y libre como la Argentina ha de estar sometida a las leyes q' dictauna

fraccion tan pequeila r.especto del todo de ella, estando separada de ese todo

Lo dije Sr., porque es iidiculo y humi'lante que toda una Nation est6 sujeta a

las leyes aduaneras q'dicta una de sus provinces jPorque nszon de justicia esa

Provincia por estar en la boca del Plata hade asumir ese valioso dngreso que

pioduce la exportation, cuando correspende y es jndpio de la Nation? Pres-

cindo de calificar la naturaleza de esas leyes; pero son insoportables al E^tado,

porque con humiliation de este nos sometimos al cumplimienio de aquellas.

Sobie todo S<\ es necesario entrar por el camino justo y decoroso que la Carta

nos traza. Es necesario que seamos independientes en todos los ramos, por¬

que es una anomalia que dependamos aun de una fraction disidente de la

Nacion Argentina. No puedo considerar de otro modo esta cuestion, Sefiores, y si me desviase

de tales ideas, traicionaria mis convicciones mas intimas y la voluutad de mis

comitentes, porque al ultimo de los Arjentiaos le hago la justicia de creer

que este' convencido de los incalculables bienes que nos promete esta ley. £Por-

que dejar al tiempo lo que* podemos conseguir con una ley dicttda opoituna-

mente? Creo pues,que no solo estamos en nuestro perfecto derecho al dictar-

)s»; si no que en conciencia como llepresentantes de la Nacion debemos dictar

leyes protectoras del comertio para testablecer esos derechos que se apropia la

Provincia de Buenos Aires. E.-taie Sr. por estas consideraciones en oposicion

a cuanto sea nocivo al articulo que discutimos. El Sr. Pardo: He votado en contra del proyecto en general, y paia ser

logico, votare' tambien en contra de el en particular, porque para mi el articulo

sostituido tmporta lo mismo que el original; pues los derechos diferenciales que

se quieren establecer son una restriction al comertio que lejos de protejerlo lo

arruinarian como ha dicho muy bien uno de mis H.H. Cdiegas., Los derechos

diferenciales, sino son la interdiction, son el medio de ella, que es lo mismo.

Creo pues que serian ineficaces para el fin que se proponen, y pienso que el mo

do mas liberal, y el unico aceptable para atraar el coniercio directo a nuestros

puertos es el establecimiento de primus en favor de aquel. Consecuente con

estas ideas y con las queesprese en la discusion en geneial tengo el honor de

presenter a la Camara el siguiente articulo que se'servira leer el Sr. Seeretario

en sontitution. de las quese discuten.="'Las meicadeiias que vengan directa-

''mente de los puntos de su produccion natural 6 fabril a los puntos de la Con¬

federation pagaran por seis auos tan solo la niitad de los deietiios estableci-

do<=< Tal cs el articulo que propongo a la H. Camara y el revela todo mi pensa¬

miento en esta materia. Si ella quisiera mas liberalidad en favor dp,! coniercio

directo, votare tambien porque a los buques que los conduzcan se ies consideie

conio a Paquetes. El. S\ Cabral: lie oido con la atencion posible las opiniones emitidas por

los Sres. Diputados que me han precedido en el uso de la palahra. He dicho

tambien que la nation estaba en su perfecto derecho para establecer impuestos

diferenciales; pero que estos debian ser moderados para no obligar al

comerciante al contrabando. Despues de haber escuchado al Sr. Diputado

Pardo creo que la modification propuesta por el es la mas equitaUva que

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j^uede aceptar la Honoi able Cdmara en este caso para llamar el comercio di¬ recto a nuestros puertos, porque a mi juicio es indispensableguardar equilibrio en los intereses para no caer en un escollo.

1 odna aducir en apoyo deesta modification muchas otras consideraciones, que e-cuso por no cansar a V. H. sobre un asunto tan debatido ya.

El Sr. Funes: Votare por el articulo propuesto por uri Sr. Diputado por Coidoba.

Tomando en conjunto las razones en que fundan su oposicion algunos S. S. Diputados trataie de manifestar los inconvenientes que ofrecera la medida propuesta ultimamente. Un Sr. Diputado ha empezado conuna fueite dia~ tiiba contra el derecho de petition que nuestra Caita concede al pueblo, pre- tendiendo que todos los asuntos deben venir a la consideracion de la Camara por iniciativa del Poder Ejecutivo Nacional; me peimito contestar a esta opi¬ nion como a una distraction que ha padecido el Sr. Diputado; pues no me es dado conceder Sequiera negar por solo un instante la posibilidad de que en toda laNacion puedan encontrarse muchos ciudadanos que conciban una idea fe- hz, y la presenten 6 sonietan respetuosamente ante la consideration del So- berano Congieso. Cieo, Sr., que mas bien seriaabsurdo y lidiculo que las Cdmai as de la Nacion ieposaran inertemente hasta que el Ejecutivo quiera despeitarlas niandandoles un pioyecto; mucho mas si comprendemos debida- mente el espiritu de nuestro sistema representativo. Estamos pues en la obli¬ gation de aceptar las peticiones que se nos dirijan por la voz del pueblo; si' ellas son justas, se haran un honor sus Representantes en aceptarlas, si no fuc- rcn justas sei an rechazadas; de otro modo seria piivarnos de las luces que pu- diei an ofrecernos nuestros compafriott-s para el aeieito de nuestias delibera»' ciones.

No se nos crea por nuestros comitent'es tan lejos de la autorldad que nos han conferido, que no querramos peimitirles a ellos ni el ultimo derecho, el de pe¬ tition: en todos los paises civilizados los ciudadanos gozan de este derecho' siempie que concibaa que tal 6 cual medida puede salvar el rjais 6 pueda traer grandes ventajas para su prosperidad.

Recientemente con motivo de la ultima guerrtf Europea el pueblo Ingles le- vanto su voj entigica por la prensa acitsando al Ministerio de e*teril en altau medidas; pues que el ejercito Ingles no se presentaba en esa guerra con la mis- ma pencia y foituna que habian obtcnido las armas Francesas. Por lo mismo se pedia fue=en llamaaos al Ministerio hombres de capacidad en cualquieia cla- se de la sor iedad qife se encontrasen, y no se considerasen como hasta ahora las canas y los titulos, calidades indispensables para obtener una cartera.

Si se quiere clasificar deflebreel entusiaslno con que los Argentinos rudeii la emancipation de su eonTercio que es necesario indispensable para la prosperi¬ dad del pais; no estrafie el Sr. Diputado que ellos d su vez clasifiquen do ineicia loquela oposicion llama ciicunspecion y prudencia; esas nianifestacio- nes que tanto ataca el Sr. Dqidtado son oportunas para convencer a los que resisten creerio cual es la opinion publica en tan importance cuestion.

Tampoco cr6o aceptable Ik idea de las primas que ha piopuesto aigiru Sefior Diputado, pues esta rnedida consistiria en dar primas a los buques qlie vinieran directamente de ultramar a nuestios puertbs, 6 bien rebajat notableinente Jos' derechos que paguen las mercadeiias estrangeras introducidas del mismo tnodo. Esto en realidad no importarfa otra cosa que establecer en terminos distintos losmismos derechos diferenciales; el resultado aritmeticanicnte hablando sen's'

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el mismo,con la unica diferencia que nuestro erario sufrirfa una diminution co®. siderable en sus entradas.

Me permito recordar que en sesiones pasadas tratdndose de una ley sobre de¬ rechos de importation y exportation en que se fijaba que se pagasen- los de la exportation al contado, me opuse a la sancion de dicha ley funddndome en que la exportation debia ser favorecida en conformidad a Ios principios economi cos, que por dicha ley era gravada, demostrando a mi juicio con toda claiidad la exactitud de mi aserto; sin embargo de conocerse ia verdad de mi exposi¬ tion, se me optiso por ultima razon que las necesidades del Estado exfgian esta medida y no permitfan rebaja alguna.

Respeto aquella resolution de la Camara,y solo me permito recordarla espe- rando que los Sres de la oposicion no querrian ser inconsecuentes a la opinion- que manifestaron entonces: por consiguiente no se debe considerar oportuna la medida de las primas que importaiia gran menoscabo a nuestras rentas.

Se ha pretendido en oposicion que la ley de derechos d'ferenciales seria un estimulo al contrabando. Es muy sabido que el contrabando no se aumenta- riacon el comercio directo, pues los buques que vengan de ultramar no se han de ocupar en tal especulacion. Si la diferencia de los derechos puede estunularel fraude en los de cabotage, la buena legislation y activa vigilancia lo harla mas dificil. El contrabandista tiene que pagar complices; y el peligro de graves penas, que en caso de ser descubiertos sufririan estos, hard vender mas caros sus servicios: por contiguientedisminuyendo los provechos que ofrez ca el contrabando, se aumentard la dificultad para verificarlo.

La vecindad de la Costa Oriental no puede ofrecer el iuconveniente que se

espone, porque las mercaderias vendran mas varatasa nuestra costa, y no se

podrian traer con utilidad de la rivera opuesta. Tan cicito es esto, que ya ha venido en parte el comertio directo a la costa del Uruguay.

En todo caso no encuentro muy exacto ese modo dediscutir. Las primas que se han propuesto, produccirian la misma proportion aiitmelica en los de¬ rechos que importa el proyecto. Habria pues el mismo estimulo para el contrabando que tanto se quiere exagerar por los Sres. de la oposicion. El contrabando nunca probaria la injusticia 6 poca altura de la medida, tinica- mente haria conocer la necesidad de organizar mejor el Re*guardo y vigilar la conducta de todos los empleados: nuestra misma localidad ofrece la mejor facilidad para que la action del Gobierno evite la defraudation de los derechos fiscales,

He dicho y repito que es sobremanera urgente establecer el comercio di¬ recto. Ademas de las perdidas que nos causa el comertio indirecto, nuestros

productos han estado pagando, derechos de esportacion en Buenos Aires, aun¬

que al introducirlos a aquella plaza no se les cobre el impuesto, mas el co¬ merciante que los compra abona menos al vendedor, cuanto tiene que pagar' por derechos al estraerlos.

En los ultimos ailos la Provincia de Buenos Aires ha elevado enormemen- tc sus derechos que pesaban sobie la esportacion de los cueros, lana, cerda, etc; por consiguiente estaremos sufriendo siempre los gravameues que quiera imponernos. Otro tanto podria hacer cobrandonos fuertes derechos por el transito de las mercaderias estrangeras, y todo sin mas motivo que estar mas

proxima al mar, y hallarse separada de la Nation. Debemos evitar tan graves perjuicios y cuanto antes, cumpliendo con el encargode nuestros comitetites

para ello el unico medio cficaz y suave es el comertio diiecto.

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El Sr. Laspiur: pido la palabra Sr., solo para rectificar algunos hechos eri que especialmente ha basado su discurso^el Sr. Diputado que deja de hablar: hechos que creo inequivocos; y equivocation que no debe pasar inapsrcibida. El Sr. Diputado ha dicho para justificar la razon con que podria prohibirse la introduction de mercaderias proeedentes de cabos adentro, que Buenos Aires ha impuesto altos derechos a nuestros productos de exportation, y aun ha de- tignado los cueros, cerdn, iana y peleterias.

Nose hasta que punto pueda justificar este hecho dado que sea exacto la medida que se nos aconseja; peio debo decir en obsequio de la verdad, que Buenos Aires lejos de imponer derechos a nuestros productos, ha declarado por una ley de Aduana hbre de todo derecho los frutos y manufactures de las Provincias Confederadas, tanto a su importation en aquella Provincia como St' su exportation para el exterior; y aun mas, ha puesto derechos crecidos al trigoy haiinas extrangeras, a los caldos y bebidas espirituosas en general pa¬ ra proteger nuestras producciones.

Por lo demas pido perdon al Sr. Diputado por la rectification de estos hechos, pues podria atribuirse a deslealtad 6 ignorancia por nuestra parte, de- jarlos inarpercibidos.

dlSr. Funes: si al presente se han quitado los derechos que gravaban d los productos de la Confederacion en la Provintia de Buenos Aires como lo afirma el Sr. Diputado preopinante, pueden despues establecerse por un motivo de convenieneia para aquella Provincia, puesto que se arroga el derecho de dar las leyes aduaneras que mas le convengan; si hasta hoy no lo ha hecho,' es quiza poique temio que nos apresurasemos a dictar la ley que discutimos;' sostengo sin embargo que Buenos Aires en el 52 ha rccargado con mayores im- puestos los frutos de las Provincial, segun me consta por documentos publicos, sino oficiales que tengo en mi poder,

Asi despues de haber conquistado la libertad poli'tica en Cuseros y Ia libre navegacion de los rios, principio que hasta entonces se nos hibianegado por aquella Provincia; cuando tuvo lugar la revolution de Setiembie el manifies- to de aquel Gobierno nos ofrecia conceder la libre navegacion de los rios. Quereuios que se reconozcan nuestros dereehos, y no queremos nos concedan' giaciascomo pretendia tal manifiesto; asi debemos asegurar a nuestros produc¬ tos la exoneration de esos derechos, y evitar los perjuicios que les ocasiona el tianriio por Buenos Aires, en vez de confiarse en la eventual e insegura jus¬ ticia de la Administration de aquella Provincia.

El Sr. L'ispiur: no se puede con iusticia fundar la medida que se nos pro¬ pone refirier.dose a lo que Buenos Aires tenia establecido antes de Caseros, b'' en tiempo de D. Juan Manuel Rosas—de entonces aqui se han hecho muchas reformas en la lejislacion de aquella Provincia.y en cuanto a su ley de Aduana, es con mucho, mas libertal que la uuestray aun mas conforme arios principios econdmic >s de nuestia Constitution.

El Sr. Lucero: he oido lepioducir algunas de las objeciones hechas contri el proyecto cuando se discutio en general, y como han sido contestadas en- tonces suficientenipnte, volvete sobre ellas con brevedad.

Se ha dicho que la disposition propuesta para sostituir al articulo 1. ° del proyecto, es opuesta a los tratados que sobre libre navegacion'interior nos ligan con algunas potencias, porque,segun se comprende.se violaria la estipula- cion ajustada en aquellos relativamente a establecer un sistema uniforme ds recaudacion de rentas en todas las Aduanas de la Confederation. La'

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equivoeada interpretacion dada a los tratados en la parte citada, nace quiza1 daj haberse olvidado que hasta la epoca en que fueron estipuladas esas eonvencio- nes, cada Provincia tenia sus Aduanas propiasfiuviales 6 terrestres, y estatuia independientemente sobre ellas.

Esta antigua y positiva traba a la liberJtad comercial habia sido condenada por el articulo 9.° de la Carta de Mayo, que consagraba la nationalization de las Ad'uanas y prescribia que en ellas regirianlas tarifas que el Congrsso sanoionase.

De esta manera' quedo establecido como un principio de nuestro derecho Constitutional economico—la uniformidad en el sistema de recaudacion de los derechos de Aduana y demas impuestos sobre el comercio fluvial.

Pero csta sabia institution no erapractica todavia en la epoca de la celebra¬ tion de los tratados referidos; asi es que, fue naturalmente objeto de una clausula expresa, que estacontenida en el articulo 4. °,para garantir perma nentemente la efectividad del principio de la libre navegaciou de nuestros rios-

Ya se comprendera poi esta breve esphcacion, cuan violenta. es la interpretacion dada al precitado articulo de los tfatados : ya se ad- vertira que la medida de que se trata en nada pugna con la mente de esa es-

tipulacion, en nada perjudica a la garantia consignada on ella a favor de la Jibertad fluvial. Si con esa estipulacion fuera incompatible el establecimiento de derechos diferenciales tal cual se propone, lo seria tambien la franquicia acordada para el trafico fluvial del Bermejo,puesto q'es escepcional 6 no csexten siva a los demas canales navegables de la Confederacion : esta se hallaria inhi- bida. porejemplo, para dar libre 6 franco cualquiera de sus puertos al comercio exterior mientras no sancionara lo mismo respecto de los demas: estaria inhibi- da tambien para conceder primas a favor de las importaciones directas de mer¬ caderias estrangeras;porque todo esto puede calificarse como escepcion a la uni¬ formidad en el sistema de recaudacion de los derechos afectos al comeicio fluvial, admitida la inteligencia erronea que se ha dado a la estipulacion referida.

La doctrina que envuelve esa interpretation es de tal trascendencia en de- tiimento de la soberania Argentina, que reconocida como piincipio de nuestro derecho conventional, se habrian restringido hasta cl grado de quedar casi nu- lificadas en su ejercicio y para.siempie, (pues los mencionados tratados son a

perpetuidad) las facultades inalienables 6 irnprescriptiblesde la Nacion, deferi- das por la Carta al Congreso—para lejislar sobre Aduanas exteriores 6 derechos de importation y exportation y sobre el comercio maritimo y terrestre con las Naciones Extranjeras.—No puedo persuadirme que el ilusttado Diputado a quien contesto acepte esta consecuencia; mientras tanto, ella se deriba del an- tecedente en que esta fundada su ebjecion.

Mirando la medida propuesta por el lado de su importancia trascendental— se ha observado como regla de acierto que en materia de mejoras debenios pro- cede r con gran cautela, y apercibidos de que los pueblos nuevos en el orden le¬

gal estan espuestos a confundir la vida con la fiebre.—Yo apunlare ami turno otro genei alidad no menos exacta como regla de esperiencia, tal es,—que los pueblos recien entrados a la era de su prosperidad se hallan espuestos a con¬ fundir el bienestar con la inertia; porque acostumbrados a la vida de priva- tiones son mas propensos a la inaction que a los estremos de la actividad, eon timidos 6 iiresolutos para acemeter grandes mejoias—Esta propcnsion cs mas natural k nuestros pueblos, poique estd en relation mas logica con-

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•sit education traditional, con las habitudes que les imprimiera el sistema co¬ lonial que fuesu tinica escuela por siglos, con el modo de ser que han tenido •despue« de su emancipation hasta el establecimiento del orden Constitutional, y con sus especialidades deraza y de clima. El Sr. Diputado que teme la fiebre •como conseeuencia de la medida en cuestion,debe tranquilizarse refleccionando que esta es evidentemente eficaz para impulsar la industria mercanti), uno •de los grandes afluentes de la riqueza publica; para robustecer nuestra fuerza irentistica y, desde luego,=la salud del cuerpo politico.

Mas bien debiera tenierse que piescindiendodel remedio economico sim- bo'izado por la disposition propuesta,se vuelva incurable la doleneia de la pe- nnria, 6 de la peligiosa debilidad que aqueja a la Confederation, y por huir de la fiebre, vamos a parar en la consuncion.

Mas que ese temor vago de lo futuro, aducido como arguuiento, es atendible ,este lecelo ligado por otra parte a las inspiraciones de nuestro deber, en [iresencia de un heeho que se palpa,—de la apurada situacion financiera de la 'Confederacion: mas que ese temor vago, debe pesar en nuestro juicio, para no vacilar en la adopcion de la medida, la prcbabilidad parecida a evidencia, de obtener por resultado el ttcrecentamiento del tesoro, de que tan¬ to como el arbol de la sabia, necesita la Confedeiacion para su vida nacio¬ nal

Pero se objeta todavia que no lograremoseste resultado,,porque la institution de los cieiechos diferenciales esfimulara el contrabando que es una plaga en la Confedeiacion. Obseivare de paso, contra la exajeracion envuelta en este ultimo aserto, que esa plaga no es secular 6 indigena en nuestro pais; es de Indus las latitudes donde bay poblaciones en cuya lejislacion rentistica figura el impuesto. No se ha descubierto el remedio 6 preservative para extinguir (iquella.

El inconv-eniente objetado es imaginario, d mas de ser de suyo una razon secundaria y frivola ante la importancia de la ley. Si esta se limitase a al- zar notablemente el impuesto sobre las mercadeiias de ultramar, seria quiza atendible la consideration del peligro de q' su 6xito fuese burlado por el con¬ trabando; .pero no es este el caso: por 1a disposition propuesta se acuerda una diferencia tan favorable a las importaeiones directas deesas mismas mercade¬ rias, que basta para atraer su concurrencia del esterior; y es claioque estable- cida esta concuriencia, es decir, la couiente de! comertio directo a nuestros puertos, se disminuiiia y llegaria a estinguirse tal vez el contrabando en el trafico con los puertos de cabos adentro; porque eesarian las importaciones a nuestras plazas d3 los articulos gravados con arreglo d la ley porsu escala en lasde Montevideo y Buenos Aires, haciendose irnposible la cornpetencia entre estos articulos y los importados directamente a nuestros meicados, en razon de la diferencia de impuestos; en und palabra,sea!quitaraiia el provechoque puede servir de aliciente paia el contrabando, y su perpetration no tetidria objeto.—-

Excuso agregar observaciones sobie este punto y rebatir las indicaciones que se han pn puesto en reforma del articulo que se discute, porque nada he oido de nuevo 6 que sea digno de debate despues de haberse dilucidado la materia tan detsnidamente en las s-esiones anteriores. Bajo este concepto y por ser algo avanzada Ia bora, me permito hacer motion para que se de e! purito por suficientemente discutido y se proceda avotar.

Esta mocion fue apoyada, pero habiendo pedido inmediatamente la palabra e] Sr. Diputado Du Gr'afy le fu6 acordada por el Sr. Presidente.

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El Sr. Du Graty: Soy uno de los Diputados que se ban opuesto a la medi¬ da en discusion, porque ella importa la formation de un mercado unico y mo- nopolijsador. El Sr. Diputado que me ha precedido no ha rebatido este argu- mento; dije tambien que en el puerto del Rosario no habria fiutos suficientes para el retorno de los buques, y que por consiguiente no podiia mantenerse el comercio directo. Dado el caso que los hubiera, el unico puerto que podria admitir una importacion vaiiosa por la aglomeracion de consumidores seria el del Rosario, dando entonces por resultado una centralization funesta para los demas puertos de la Confederacion que serian bbligados a surtirse en el del Rosario, ocasionando a los comerciantes un recargo de flete y una perdida de tiempo, d causa de las largas distancias que les separan de aquel mercado.

Se ha presentado este proyecto como un ensayo para aumentar las rentas de Ia Confederation; yo creo, Seiior, que bay rentas suficientes, y que lo unico que se necesita es mejorar la administration de la Hacienda; lo probare" con cifras. Buenos Aires, cuyos derechos de importacion y exportation son menos elevados que los que se cobran en la Confederacion, ha cobrado en rentas de administration en 1855 mas de 2,400,000 pesos, mientras que en la Confede¬ ration donde hay tres veces mas consumidores, y mas articulos de exportation solo se ha cobrado para el mismo ramo 1,700,000. La Confederation no ca- rece de recursos lo repito, solo necesita mejorar su sistema de recaudacion.

Se ha dicho tambien que el contrabando puede evitarse con mayor vigilan- cia de la que se ha tenido hasta ahoi a: en mi concepto se necesitaria un eger- cito entero de guarda-costas para eritar el contrabando; egercito que costa- ria sin duda a la nacion una cantidad mayor que todos los derechos que per- cibe en el afio, si se toma en consideration que tenemos mas de cuatrocientas leguas de costa fluvial.

Estoy convencido de que toda alza de derecho debe pruducir el contraban¬ do, como lo estoy de que Ia medida econ6mica,p,royectada sera muy perjudi- cial a los intereses de muchas localidades y de todos los consumidores en ge¬ neral; que lejos de favoiecer el fomento de la industriay del comercio de la Confederacion,ha de ser fatal a estas fuentes de la prosperidad y riqueza nacio - nal, por lo ianto no prestai 6 mi voto al articu'o en discusion.

No habi^ndose hecho mas observaciones, se dio el punto porsuficientemen- te discutido, y puesto a votacion el articulo 1. ° del proyebto resulto dese- chadopor unanimidad. Se sometio a votacion el articulo propuesto en sosti¬ tucion por el Sr. Lucero, y fu6 aprobado por mayoria. La Honorable Cdmara acordd reunirse en sesiones diarias para tratar de este asunto, y siendo la bora- avanzada se levanto la sesion a las cuatro y media de la tarde.

BALTASAR SANCHEZ. Presidente.

Benjamin de Igarzabal—Secretario.

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Sesion ordinaria de 1«© de Julio de 1856.

Pkesidencia del Sr. Sanchez.

Presidente.

Alvarez, Lucero. Fardo. Navano(D. Manuel Jose.) Laspiur. Puente. Feijoo. Cabral. Goidillo (D. Vicente.) Posse (D. Jose\) Uriburu. Gordillo [D. Jose" ] Pisarro. Olaechea. Torrent. Eius. Punes. Aehaval. Du Graty. Gonzalez (D. Lucas.) Chenaut. Navarro [D. Ramon Gil.] Caceres. Rueda. Gonzalez (D. Calixto.) Posse (D. Filemon,) Quesadn.

En el Parana Capital Provisoria de la Confederacioa Argentina reunidos en su Sala de Sesiones los Sres. Di¬ putados anotados al margen, con inasistencia del Sr. Rawson con aviso, el Sr. Presidente proclamd obierta, la sesion y se leyeron y pusieron en observation sucesi- vamente las actas del 19 ^0 y 23 del proximo pasado.

ElSr. Laspiur, contrayeudose a. la primera observe, que e! no habia hablado de sedition y que se abstuvo pre- cisamente de referirse a ese caso, porque habia notado que la mayor parte de los Si es. que hablaron sobre ese punto, consideraban el delito de sedition como el tinico que podia llamarse propiamente politico: que 61 cito el caso, de que un Ministro de Gobierno d cualquiera otro funcionario fuese juzgado por infraction de la Constitu¬ tion local, y dijo, que entonces el tribunal competente era e! Creado por esa misma Constitution.

El Sr. Lucero observd respecto a la 2. ° que cuando

dijo que la Constitution de San Luis contenta en el in¬ ciso 4.° del articulo 42 una disposition que el Congre¬ so habia aprobado, respecto a que el Pou'er Egecutivo de la Provincia debia egercer el dereeho de Patronato Provincial, dijo tambiea que en algunas otras consti- tuciones se babian aprobado por el Congreso disposicio- nes identicas.

Despues de esto se aprobaron y firmaron dichas actas, y se puso en discu¬ sion el articulo 2. ° del proyecto que quedd pendiente en la Serion anterior.

El Sr. Lucero dijo: la modification admitidaen el articulo 1. ° del proyec¬ to, hace indispensable que el 2. ° sea tambien sostituido por una disposition correlativa, y al efecto me permito proponer a V. H. la siguiente:

2. ° "Las mercaderias que se introduzcan directamente de cabos afu.era "por los pueitos espresados seguiran pagando unicamente el derecho ordina- "rio;" y continuando el Sr. Diputado dijo: la simple redaction del artl'culo que propongo revela la oportunidad de la medida que contiene, porque espresdn- doseporell.0 el derecho que han de pagar las mercarias estrangeras im-

portadas de cabos adentro, es del caso determinar de una manera esplicita el que se impone a esas mismas mercaderias cuando sean importadas de cabos afuera. Al objeto de esta ley, que es el de halagar la concurrencia del comer- rio esterior, me parece bastante la diferenoia qae queda significada en favor de las mercancias que vengan directamente a nuestros puertos.—

No haciendose mas observation se procedio a votar el articulo 2. ° del pro¬ yecto y resultd desechado por mayoria.—Se sometio d votacion entonces el articulo 2. °

propuesto por el Sr. Lucero, y fue aprobado por mayoria.—Pues¬ to en discnsion el articulo 3. ° —

El Sr. Lucero tomb la palabra y dijo: el articulo que acaba de leerse n» tiene objeto en la ley despues de las sostituciones hechas a los que le antece-

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^en; jflie permitire pties proponer en lugar de aquel otra disposition que guar¬ ds armonia ldgicacon las aceptadas ya por laHonoiable Camaia.

El Sr. Diputado dicto el siguien,te articulo 3.°—"Los productos naturales y manufacturados de la Republica Oriental del Uruguay, de la del Paraguay y de las posesiones Brasileras cituadas de cabos ndentro, introducidos direrta- mente por los rqencionados pu.ertos, quedan en el caso del articulo anterioi"—- y dijo: como se deja ver, las impoi taciones de los productos de la Repiiblica del Uruguay y del Paraguay quedan sugertas al derecho ordinario, por que no es necesario que se aumente el derecho que pagan estas mercaderias para atraer ei comercio directo d nuestros pueitos. No creo preciso agregar mas observaciones para fundar el articulo que propongo,por ser demaciado sencdlo el caso.

El Sr. Laspiur: deseo que el Sr. Diputado autor del proyecto tenga abien esplicar lo que se entiende por eabos en esta ,ley,y si el puerto de Bahia Blanca que esta sobrc el atldntico se encuentra de cabos adentro 6 no.

ElSr. Lucero: la diferencia de cabos adentro y afueraesta significada por la fras» misma: por cabos se entienden los puntos que forman el limite de la estension jurisdictional 5 de territorio maritimo a que se estendia el antiguo Virreinato de Buenos Aires. El cabode Santa Maria que estd en el Estado Oriental, es el limite por ese lado: el de San Antonio en el punto respec- tivo, y el ne Hornos en la direction coriespondiente; poique se hace relation a los territories continentales que se encuentian comprendidos ejitie los puntos jndicados. El Sr. Diputado que me ha precedido en el (tisO de la palabra de- sea saber si los pueitos que Buenos Aires tiene sobre el mar se consjderan 6 node cabos adentro: es indudable, Sr.; porque niuguno de esos pueitos esta fuera del linderode nuestra jurisdiction fluvial-—E! Poder Egecutivoal ieglar la egecucion de esta ley sera bieti espljcito y designard con piecision esos limites para salvar toda nuda.

ElSr Caceres, en la distucion en general corao particular, me he abstenido de examinar la mala redaction de esta ley: y el inodo impeifecto con que por ella sederoarcan fos puntos de que se pretende escluir a nuest'io comercio con esa palabra "cabos afuera"; pues de cualquier iibima qua se redactara, creia deber oponerme al pensamiento de dar una dneccion forzada al trafico. Aca¬ ba de decirsenos que los "cabos" son los estremos del antiguo Virreinato, lo que a mi juicio, es no solo un error geografico, sino tambien una designation que estd desmenrida por leyes yactos anteriores de los diversos Gobieinos Ar¬ gentines.—Podria citar varios de estos actos en los que estan designados ci mo "'afuera de cabos" todos los puntos q' estan mas alia de los cabos de Santa Maria y San Antonio.

Como por esta ley se trata de escluir el comercio que venga de Buenos Ai res y Montevideo, es oportuno observar, que en la foima actual ella no com piende a los puertos de aquella Piovincia sobre el Atlantico, ni a otros de la costa Oriental, entre los que, hay algunos habilitados, y que podran espedir sino mercancias al menos pasaportes y otios papeles que justifiquen proceden cia. Ni creo que la designation precisa de los lugares sobre que debe regir esta ley, deba fiarse a los reglamentos del Egecutivo Nacional; pues impoi tando ella una especie de bloqueo a los puertos de nuestros vecinos, es preciso paia su validez designar clara y terminantemente los puertos sobre que „se pone. Si se conserva la redaction actual no sera estrano que mafiana lleguen a nues Jtr,os puertos buques con banders estrangera 6 cargamentos bajo nonibre eg-

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.trangero, cuyos papeles esten despachados en B.ihia Blanca u ot>os puer-toji habibtados en la costa de Buenos Aires, que segun el sentido geogi afico y legal restdn de "enbos afuera", y en tal caso los Agentes estrangeros tendrdn el buen derecho de reclamar en favor de sus Nacionales la aplicacion de esta ley, que solo les impone el impuesto ordinario. Repito que a pesar de estaf en oposicion a todo pensamiento sobi.e este negocio, por honor de ia Camara de9earia, ver cambiada su redaction en esta palabra.

Aseguir mis convicciones pai ticulaies, deseria q'esta ley,fuera inintelejible ,e inejecutabie en sus terminos.—Solo por evitar alguna de Us muchas difi- cultades que a mi piicio debe traernos, he observado, su redaction; pero ya

rque no son admitidas mis observaciones por los Sres. Diputados q,ue lasostie- nen. no insistirernas »obre este asunto.

El Sr. Lucero, La dificultad a que se refiere el Sr. Diputado preopinante es mas imaginaria que real, porque el texto de la Ley no puede ofrecerla, ella (dice en el articulo I. ° (permitaseme recitailo) "Despues de cuatro meses de "la promulgation de la presente Ley, las meicaderias procedentes de cabos 'adentro que £e introduzcan por los puertos fluviales de La Confederacion, pa- "garan sus derechos de introduccion en el orden siguiente."

"1.° Las meicadeiias no sujetas a derecho espec'iAco, pagarkn el duplo "del derecho ordinario."

"2.° Las mercaderias sujetas a derecho especifico, sei an recaigsdas d su ."introduccion con un treinta por ciento ad valorem''';—y en el 2. °—"Las "mercaderias que se introduzcan directamente de cabos afuera por los puertos "espresados, seguiian pagando unicamente el derecho ordmaii,o.»—Claro esta, pues, para cualquiera que tenga sentido comun y que lea las disposiciones precedentes en la mismaley, que el Legisladorse piopone hablar de Jas impor- taciones que se hagan del exterior, es decir de las que n.o sean introducidas ,con escala en los pueitos de Buenos Aires y Montevideo, que s,e eonsideran interiores 6 de cabos adentro; y no de las que se hagan del BrasU, porejemplo, y de cualquier otro puerto de ultramar.

Dado el punto por suficientemente discutido se procedio a votar jel articulo 3. ° del proyetio y resulto desechado por unanunidad.—Se some.tid a vota¬ cion el articulo 3. ° piopuesto por el Sr. Luceio, y resulto aprobado por ma- yoria-—Se puso en discusion el aiticulo 4. °

ElHr. Lucero dijo: el articulo que se ha leido no tiene objeto despues de la sancion precedente lespecto de los otros; y por lo tanto tendre el honor de proponer a la H. Camara en sostitucion de el, eJ siguiente articulo 4. ° "Los "productos naturales y manufacturados de la Provincia de Buenos Aires serau "admitidos fibres de derechos como productos Nacionales".—La disposition que propongo complementa la ley, porque era necesaiio que contenga alguna prescription respecto a los productos" naturales de la Provincia de Buenos Aires, al objeto de que quedasen esehiidos de Ios derechos que gravan a los efectos estrangeros que se importan de cabos adentro. A mns de la razon que acabo de indicar, y. Ii. debe tener en cuenta que la disposition que ten- go el honor de proponer, esta en armonia con Io que se ha observado hasta el presente respecto a los pioductos de esa Provincia, tratandola como a Pro¬ vincia Confederada con el objeto de que el comercio que se mantiene con ella sea franco y fraternal.

El St. Du Graty: No estoy conforme con el articulo que se propone en sos- ,titucion, porque importa una contradiction con los que ha sancionado la Ho-

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«nrab1e Cdmara en esta misma ley, pues que en aquel se trata a Buenos Aiies como Provincia hermana, y en estos como a estrana: votare en contra del ar¬ ticulo propues'o por el Sr. Diputado autor del proyecto, porque no se puede legislar de dos modos diferentes en una misma ley.

El Sr. Lnciro: el Sr. Diputado no haobservado que esa aparente contradic¬ tion es hija de la diferencia de mercadeiias sobre que se legisla. Se trata pues a Buenos Aires como a hermana cuando se legisla sobre productos del suelo Argentino, y como d uu pueblo estrano.cuando. se trata de las mercaderias es¬ trangeras. Esta diferencia que aparece en la ley es logica con su objeto, y es .exagerado que esa contradiction aparente envuelva defectos sustanciales. Fi- nalmente, Sefior, debieramos rennntiar a la mision de legisladores, si mientras subsista la separation de Buenos Aiies, hi Confederaeion no tiene derecho a legislar sobre su aduana.

El Sr. Cabral: siempre he creido, Seller, q' enuna cuestion tan grave como la presente,deben reinar la razon y la calma,que conmuevan que decidan la opi¬ nion contraria en nuestro favor; de otro modo es muy dificil que esta discu¬ sion sea razonada. He pedido la palabra para espresar brevemente mi opinion, coino Argentino siempre estare decidido por la integridad del territorio de la Nacion, y he consignado mochas ^ eces la opinion que manifiesto con la pluina y con la palapra. No he creido pues conveniente jamas una ley de interdiction completa sobre Jos puertos de Buenos /iresy Montevideo, porque considero esto ab.-uido e injusto; pero si he creido que tiene la Nacion derecho park im- pooer derechos diferenciales cor el objeto de promover el progreso y bienestar general de todos los pueblos de la Confederacion; pero tambien declaro de un modo solemne, que esos derechos deben ser moderados en lo posible; pues de otro modo no daran sino un resultado negativo por la estafa que traeria el con¬ trabando; en ese sentido pues, ya he emitido mi sufragio en la sesion anterior y no anadire' ninguna otra cosa.

Dado el punto por suficiontemente discutido se procedid a votar el art. 4. ° del proyecto y fue desechado por unanimidad,

Se sometio a votacion 6l articulo propuesto por el Sr. Lue.ero y resulto apro¬ bado por mayoiia.

El Sr. Lucero espuso: que despues de la sancion de los articulos preceden- tes eran ya evidentemente innecesarios los articulos 5. c

y 6. ° del proyecto, que en este concepto hacia mocion para que se suprimieseu. Fue suficiente- lnenle apoyada la mocion y procediendose a votar sobre si sesuprimian 6 no los articulos a que ella se referia,resulto la nfirmativa general.

Se leyo el articulo 7. ° y siendo de fdrmula se dio por aprobado, quedando el proyecto sancionado en los terminos siguientes:

El Senado y Catnara de Diputudoo de la Confederacion, sancionan con fuer¬ za de Ley.

Art. 1. ° Despues de cuatro meses de la promulgacion de la presente ley, las mercaderias procedentes de cabos adentro quese introduzcan por los puer¬ tos de la Confederation, pagaran sus derechos de introduction en el orden siguiente:

1. ° Las mercaderias no sugetas a derecho especifico pagardn el duplo del derecho ordinsrio.

2. ° Las mercaderias sugetas a derecho especifico seran recargadas a su introduction con un treinta por ciento ad valoren.

A11. 2. ° Las mercaderias que se introduzcan directamente de cabos afuera

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por log pueifos espresados, seguiuin pagando unicamente el derecho ordinario. Art. 3. ° Los productos naturales y manufacturados de Ia Republics Orien¬

tal del Uruguay, de la del Paraguay y de las posesiones Brasileras, situadas de cabos adentro, introducidos directamente por Jos mencionados puertos, quedan en el caso del articulo anterior.

Ait. 4. ° Los produtos naturales y manufacturados de la Provincia de Bue nos Aires seran admitidos fibres de derechos como productos Nationales.

Art. 5.° Comuniquese al Poder E|ecutivo. Se designo como orden de! di-i para la proxima Sesion el proyecto de ley

por el que se fijan los sueldos de los empleados de la Contaduna General, y Ve levanto la pi esente a las ties y media de la tarde.

BALTAZAR SANCHEZ. Presidente.

Benjamin de lgarzabcl. Secretai in.

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^^j^/g^t^^^^-^

^1—J—lO-'

Vijesima quinta sesion ordinaria del 18 de Julio de 1S5<3, "*

Presidency* nr.L Sit. Carril.

Oulen del dia. Consideration del Proyecto de ley sobre dcrcchos diferenciales pasado, an revision por la, otra Camara.

En la Ciudnd del Parana, Capital Provisoria rlc la Confederacion Argentina, a los diez y ocho dias del rnes de Julio del ano del Seiior, mil ochocicntos cincucnta y seis; reunidos en su Sala dc Soaioncs cl Exmo. Sr. Presidente de la Honorable Camara, y demas Sres. Senadorcs insciiptos al margen ; se de- claro abierta la sesion siendo las doce y media del dia.

Leida y aprobada la acta de la anterior, se pro- cedio por Secretaria a. dar cuenta dc los asuntos cn- Irados en ella; a saber:

1. ° Una nota del Sr. Presidento de Ia Hono- rablc Camara de Diputados adjuntando en revision un proyecto dc ley sobre sueldos de un Taquigrafo y dos Oficiales de Socretaria para dicha Honorable Camara: pas/3 a la Comision de JNegocios Consti¬ tucionales.

2. ° Otra id. de la misma, comunicando que dicha Honorable Camara en sesion de 4 de Junio

proximo pasado habia aprobado el proyecto de ley relativo al reco- nocimiento de la independencia y sobcrania de la Republica vdcl Pa¬ raguay. Se orden6 su archive *

3. ° Otra id. id. adjuntando en revision un proyecto de Icy apro- batoria de la Constitucion de San Juan.—Paso a la Comision de Negocios. Constitucionales.

4. c Los poderes y diploma prescntados por cl Sr. D. Federico de la Barra, por los que cs acreditado Scnador Suplente por la Pro¬ vincia de San Juan. El Sr. Presidente los destino u la Comision de Peticiones con la rccomendacion de espedirse en un cuarto de in- termedio.

5.° D6s solicitudes de los vecinos de osta Capital y dc lade Santa Fe manifestando su adhesion a la ley sancionada por la Ho¬ norable Camara de Hiputado^ sobre derechos diferenciales, que for- uiaba la orden del dia.

II. ii. s. s. Acevcdo, Ferie. Carol. Figueroa. Barceua Saiawa. Gonzalez, Leiva. ]\tartn)C7. Echugue. Delgado. Ellas Paz. Alvarado. Cre«po. Vidal. Goytia. Garcia. Zapata Godoy. Diaz- Velez. Lope? Usandivnras

En 2. » hora Baira.

Ausente en .1. " hora Leiva.

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Habiendose leido un numero considerable de firmas el Sr. Zapafa pidio la palabra y espuso: que para economizar tiempo se podria su-

primir la lectura de estas, dejando en Secretaria las solicitudes para que los Sres. Senadores que deseasen imponerse de ellas pudieran hacerlo con mas detencion: convenido asi y siendo la 2. rt solicitud del mismo tenor que la 1. a se escuso su lectura y se paso a cuarto de intermedio.

Continuando la sesion en segunda hora, el Secretario di6 cuenta de haberse expedido la Comision de Peticiones sobre los poderes y diploma del Sr. Barra, con el siguiente informe y proyeeto de Deci'eto.

SENOR

La Comision del Interior y Peticiones encargdda de examinar los

poderes presentados por el Sr. D. Federico de la Barra por los que es acreditado Senador Suplente por la Provincia de San Juan al

Congreso Lejislativo, hallandolos en buena y debida forma, tiene el honor de aconsejaros el siguiente proyecto de Decreto.—Art. 1. °

Apruebase y declarase estendido en buena y debida forma el Diplo¬ ma presentado por el Sr. D. Federico de la Barra por el que es acre¬ ditado Senador Suplente por la Provincia de San Juan a las Cama- rns Legislativas. Art. 2. °

Comuniquesele la anterior resolucion

para queproceda a prestar el juramento de Ley—Art. 3. ° Archi- vese el Diploma en la Secretaria del Senado.

Sala de Comisiones, &a—(firmados) Buperlo Godoy—Angel Elias—Regis Martinez—Ramon Alvarado=Severo Gonzalez.

Puesto el Proyecto en discusion tanto en general como en detail,

y no haciendose observacion alguna se procedi6 a votar y result6

aprobado por unanimidad. Con lo que fue introducido el Sr, Barra y despues de haber prestado el juramento de Ley,quedo incorporado a la Camara.

Procedi6se a la Consideracion de la 6rden del dia formada por el

siguiente informe y proyecto de Ley.

SENOR-

La comision de Hacienda y de Legislacion, reunidas, han to¬ rnado en consideracion con la rnadurez y detenimiento que reclama la gravedad del asunto, el proyecjo de ley sancionado por la Hono¬ rable Camar,a de Diputados y pasado en revision a V. H., estable- ciendo derechos diferenciales a la importacion de las mercaderias

procedentes de cabos adentro, que se haga a los puertos fluviales de la Confedcracion: y despues de una seria discusion en que to-

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dos sus miembros han manifestado las profundas convicciones que habian obtenido por fruto de su meditacion sobre este importante pegocio, han resuelto aconsejaros desecheis totalmenle dicho proyec¬ to, para que en conformidad con lo prescripto por el articulo 68 de la Constitucion, no pueda repetirse en lad sesiones del presen¬ te ano.

El estnblecimiento de derechos diferenciales 6 de una interdiccion mcrcantil en que ellos pueden traducirse, respecto de los puertoa situados de cabos adentro, es,a juicio de las comisiones informantes, el medio menos conveniente para atraer el comercio directo a los de la Confederaeion, 6 importa el mas peligroso ensayo, atendida nues- tra situacion bajo todos sus aspectos; ensayo que en coneepto de las comisiones, seria pr6sago seguro de muy itmlediatos y fatales resui¬ tados para el pais.

Entretanto, la comision de Hacienda, en el interes legftimoy na¬ tural que a todos anima de ver afluir el comercio estrangero direc- tamente a nuestros puertos, se propone someter oportunamente a vuestra deliberacion un proyecto que, sin los gravisirnos inconve- nientes del que anteriormente nos ha ocupado, propenda a este lau¬ dable fin, y lo estimule por el linico medio que nos aconsejan ia ciencia econotnica, los resultados de la esperiencia y el espiritu y tendencias de nuestras instiluciones.

El Honorable Sr. Senador Zapata esta encargado de espresar detalladamente?!/* voce los fundamentos de este dictamen.

Sala de Comisiones.—Parana, 11 de Julio de J856. Marcos Paz—Martin'Zapata— Vicente Saravirt—Manuel Leiva—

Baldomero Garcia—Bernabe Lopez—J van de Dios Usandivaras— Jose B. Bdrcena—Francisco Delgado—Cvriaco Diaz- Velez.

Los abajo firmados han estado y estan en disidencia con el ante- cedente dictamen.

Ciriaco Diaz-Velez—Bernabe Lopez. * El Senado y Camara de Diputados de la Confederacion Argenti¬

na, reunidoi en Congreso, sancionan con fiterza de—LEY,

Art. 1.° Despues de cuatro meses de la promulgacionde la •presente Ley, las mercaderias procedentes de cabos adentro que se introduzcan por los puertos fluviales de la Confederacion pagaran sus derechos de introduccion en el 6rden siguiente:—-1.

° Las mer- caderias no sujetas a derecho especifico pagaran el duplo del dere¬ cho ordinario—2. ° Las mercaderias, sujetas a derecho especifico seran recargadas a su introduccion con un treinta por ciento ad va¬ lorem.

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.% .-6— ' '

2. ° Las mercaderias que se introduzcan directamonte de cabos afuera por los puertos espresados seguiran pagando unicamente el derccho ordinario.

.3 ° Los productos naturales y manufacturados de la Republi¬ ca Oriental del Uruguay, de la del Paraguay y de las pose-dones Brasileras situadas de cabos adentro, introducidos dircctatnente por los mencionados puertos^ quedan en el caso del articulo anterior.

4. ° Los productos natmnles y manufacturados de la Provincia de Buenos Aires, seran admitidos libres de derechos coino produc¬ tos Nacionales.

5. ° Comuniquese al Poder Ejecutivo. Sala de Scsiones de la Camara de Diputados en el Parana, Capi¬

tal Provisoria de la Confeneracion Argentina, a un dia del mob de Julio del aiio del Senor mil ochocientos cincnenta y &eis.

BALTAZAR SANCHEZ. Presirlente.

Benjamin de Igarzabal Secetano.

Leyose en spguida una esposicion de los Sres. Senadores Oonza-

lez, Diaz-Velez y Echagne,a<ljnntando un proyecto de sostitucion al

presentado por la Honorable Catnara de Diputados,para el caso en

que fueso rechazado el infonno dc 1-as Comisiones, y accptado en ge¬ neral aquel; siendo el siguiente el tenor de ambas piezas.

SENOR. Penetrados los Senadorcs infrascriptos del indisputable y buen

derecho que tiene la Confederacion, para pruveer a su propia conser- 1 vacion, al dcsarrollo do su iudustria y comercio, y a cuanto concierna

a su prosperidau y bienestar, no ban dudado jamas de la justicia que asistiria al Congreso Legislativo Federal, toda vez que dictase una

ley por medio de la cual, se propusiera atraer a nuestros puertos el comercio directo <lel extranjero, haoer con eBte nuestro cambio inter-

nacional, y sacudir asi la ruinosa dependencia on que hemos vivido, de un mercado que nos lego el odioso sistema colonial.

Aqnel derecho de la Confederaciou y esta justicia do los padres de la Patria, estan oonsignados en la ilus>trada ley que la Honorable Camara de Diputados ha pasado a vuestra revision, estableciendo derechos diferenciales con el fin noble y unico, de fijar dentro de los terminos de la Confederacion el mercado nacional, para el cambio con el extrangero. JNiuguna consideracion debe oponerse al estable- cimienco de esa ley, porque ella descausa en un principio de la ley natural, anterior a todo derecho; el de la propia conservacion. El

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principio por el cual los pueblos y los hombres propenden a mejorar las condiciones de sn existencia.

Cuando un Estado fija una regla de administracion por la que daiia a otro, sin proponerse un bien al cuai tenga dereeho, obra mal

y se capta la sensura del genero humano; pero cuando se dicta sus

leyes economicas proveyendo a sus primordiales necesidades, escucha los dictados del dereeho natural: hace lo que todos los pueblos tienen derecho de haeer. En esa posicion, Sefior, cada Estado debe repu- tarse solo en el mundo; no reconoce juez que detenga sus pasos, ni ley que defina sus necesidades. Consultar entonces su existencia y sus derechos con las conveniencias de otro Estado 6 asociacion politica: pararse en su carrera; hacer punto a la satisfaccion de sas necesida¬ des para observar el ceiio 6 enojo que pudiera ponerle su vecino, se¬ ria una aberracion completa del buen sentid,o de las sociedades.

Asi comprendemos, Senor, el modo de ser de los pueblos libres; asi su derecho a cuanto les conduce a su prosperidadj y toda consi- deracien que pugne con estos principios, pugna tambien con las ele- vadas prescripciones del derecho natural. La ley, pues, pasada a vuestra revision por la Honorable Camara de Diputados, reune a la

justicia y buen derecho que la dictaron, la gran conveniencia del me¬ jor cambio de nuestros productos con los del extrangero : el mejora- miento de nuestro comercio e industria como una consecuencia natu¬ ral del contactoinmediato con las Naciones europeas; el adelanto de nuestros puertos, el mayor estimulo que imprime al trabajo la con- currencia del comercio universal; los vinculos que se estableceran mercantilrnente entre nosotros y el laborioso extrangero, la represen- tacion propia que en el exterior asumiran nuestros comerciantes des- conocidos hasta hoy, por haber yacido bajo la obscura administracion de un pueblo, que administr6 susuombres, sus industries, sus capita¬ les, su trabajo y sus provechos, sin mas titulo cj[ue el de la primogeni- tura.

Para establecer este nuevo orden de cosas, la ley de la Honorable Camara de Diputados, ha escrutado perfectamente la actualidad de nuestra industria, la tendencia de los pueblos, el sentimiento unisono de los argentinos, la capacidad de los comerciantes, la seguridad de nuestros puertos, el credito de nuestro Gobierno, la solidez de nues¬ tras instituciones, los vinculos estrechos con que se halla ligada la Confederacion con las poteiicias mas fuertes del mundo, la marcha sabia y liberal del Gobierno Nacional para con cuantos aspiran a vi- vir entre nosotros; y ultirnamente, Senor, esa paz incoumovible de que goza la Naciou a la par de todas las garantias constituciohales que son un sagrado inviolable en los pueblos confederacies; desde lue-

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go tenemos todos los elementos para que el eomereio directo que se

propone plantear la ley, se establezea indefectiblemente en nuestros

puertos. Ha llegado ya, Senor, el dia de virilidad de la Confederacion

Argentina; preciso es que rompa los diques del pupilage, que abra

sus ojos para lo futuro y salte esa barrera que opuso Buenos Aires a su

intelig-encia, a su indnstria y a sus provechos. En la profunda conviccion en que se Italian los infrascriptos de que

el comercio directo es altamente ventajoso a la nacion, que es opor- tuno y necesariamente realizable, que es cl bien suspirado de todos los que, abrigando un corazon noble y patri6tico no pueden mirar sin horror nuestra dependencia comercial. En la conviccion tam¬ bien de que los honorables Senadores miembros de la Comision que ha dictaminado el rechazo de la ley que nos oeupayabrigan tan dig- nos sentimientos como nosotros y desean ardientcmente el bien del

pais en cuyo favor tantos testimonios tienen oblados ya. Y finalmen- te persuadidos de que, modificada la ley en revision, hasta el punto de hacer palpar a la Provincia de Buenos Aires, que aun tratando de nuestras cosas con el mejor derecho, hemos mirado sus conve- niencias y las hemos respetado por razon de fraternidad hasta don¬ de nos es dado; acojeran nuestro pensamiento los honorables miem- bros de la Comision; nos permitimosaeompafiar un proyecto de ley en el que estan refundidas las diversas o^piniones vertidas en esta

matera, y armonizadas con el pensamiento general de todos, sobre la conveniencia del comercio directo, para que si fuere rechazado el dictamen de la Comision, que sirve de orden del dia, os digneis to- marlo en consideracion.

Si fuesemos tan afortunados que Vuestra Honorabilidad preste su sancion al nuevo proyecto, no^dudamos del acendrado patriotismo y cultura de la Honorable Camara de Diputados, para dejar de es-

perar con gran fe la suya, en favor de las modificaciones hechas.

Tendremos, Seiior, la ley tan necesaria, tan util y tan reclamada

por Ia patria, como la misma ley constitucional; y muy pronto cl mo- vimiento comereial, el acrecentamiento del trabajo, la inmigracion de extrangeros, el aumento de nuestros productos, la moral y civili- zacion y otros incalculables bienes que reportara la nacion, haran

que seamos bendecidos, fuertes y recicn totalmente independientes. Parana, Julio 18 de 1856,

Severo Gonzalez—Ciriaco Diaz-Velex—Pascual de Echague.

El Senado y Cdmara de Diputados de la Confoderacion Argen¬ tina, reunidos en Congreso, Sancionan con fuerza de—LEY.— Art. 1. °

Despues de cuatro meses de la promulgation de la

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presente ley, las mercaderias procedent.es de cabos adentro, que ee iutroduzcan por los puertos iiuviales de la Confederacion, pagaran sus derechos de introduccion en el orden sigtiientc:—

1. o —Las mercaderias no sujetas a derecho especifico pagaran una tercera parte mas del derecho establecido por la ley.

2. ° —Las mercaderias sujetas a derecho especifico, seran re-

cargadas a su introduccion con un veinticinco por ciento ad-valo¬ rem.

Art. 2.° Las mercaderias que se introduzcan directamente de rabos afuera por los puertos espresados, pagaran una tercera parte menos, del derecho establecido por la ley.

Art. 3.° Los productos naturales y manufacturados de la Re¬ publica Oriental del Uruguay,dc la del Paraguay yde las posesiones Brasileras situadas de cabos adentro, introducidos directainente por los mencionados puertos, quedan en el caso del articulo anterior.

Art. 4.° Los productos naturales y manufacturados do la Pro¬ vincia de Buenos Aires, seran admitidos fibres de derechos, como productos nacionales.

Art. 5. ° Comuniquese al Poder Ejecutivo.

Parana, Julio 18 de 1856. Severo Gonzalez—Pascual de Echague—Ciriact Diaz-Velez.

Concluida la lectura de estas piezas, obtuvo la palabra el Sr. Za¬ pata coino miembro informantede las Comisiones, y fundo el dicta¬ men de estas en los terminos siguierites:—

Las Comisiones de Hacienda y de Lejislncion que han dictamina- do sohre el asunto que forma la orden del dia, me han hecho el ho¬ nor de constituirme en su organo para esprosar ante V. H. las con- sideraciones en que funda la resolucion que os aconseja; y cumplo este deber con tanto mas gusto, cuanto que al hacerlo espresare tambien mis convicciones individuales sobre este importante asunto.

Comenzare, Senor, por declarar que no admito, que rechazo es- presamente la sinonimidad 6 equivalencia que se da, 6 se consiente al menos, a los varios terminos en que esta cuestion se propone 6 se formula por algunos. Oigo vulgarmente llamar cuestion Ae comer¬ cio directo, a la cuestion de interdiction mercantil, de derechos dife¬ renciales, 6 da primas. Oigo tambien convertir muy candorosamente esta cuestion: "conviene 6 no el establecimiento de una interdiccion mercantil 6 de derechos diferenciales respecto de tales 6 cuales puer¬ tos", en esta otra: "conviene 6 no atraer el comercio directo a los puertos de la Confederacion." Oigo en fin calificar de "partidarios u opositores del comercio directo'", a los que solo son ''partidarios u opositorcs de la interdiccion mercantil 6 de los derechos diferencia-.

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.*,

los."—Y dr-ploro tanto mas esta confusion de palabras, cuanto "que al hricer aplicaciones a los hechos y cosas con que se relaciona la cuestion, ella produce el cstravio do las ideas en los animos despre- vejiidos 6 po«<> ilu^trados, y el estravlo dc las ideas trae inmediata- mcnte el do los sentiuiienlos y pasiones, que es mas funesto todavia.

El coniercio directo, Senor, es un objeto, un fin, que todos los ar- gentinos deseamos ver realizado en nuestro pais en la mas vasta es- ciila po.-'ible, y poi* el que estamos trabajando desde el dia en que pusimos el primer fundamento ii nuestro nuevo orden constitucional; conn) aspiramo.s y trabajamos tanibien desde entonces por el mante- mmiento de la paz y seguridad interior, por el aumento de nueslra poblacion, pur e| desarrollo da nuostra industria, por el acrecenta- miento de nuestro coiiiercio interior, y pov todo arjnello en fin que puede stir causa y mauifosfacion >le la mayor riqueza y prosperidad de la Coufederacion.—Preguntad- si se desea ,ver nuestros puertos fluvinles convortidos en tin Boston, en un Liverpool 6 en un Bor¬ deaux: y todos os contestartin que si; porque esto importaria la ad- quisieion ya hocha de todos esos bienes. Preguutad en seguida si es conveniente, si so desea el comercio directo con nuestros puertos; y on coutestaian tambicn todos sin ecepcion que si.—No hay pues ni puede haber cuestion sobre la conveniencia del comercio estranjero directo, ni la menor duda sobre que todo argetitino la desea para su pais.

La unica cuestion posible es la de medios 6 do sistemas para ob- tener cse fin, y puede furmularse abstractamente en estos terminos: jciial es el meior medio de estimular v atraer cl comercio estranp;eru tlirectamcnte a nuestros puertos'?—Entre fodos los medios que pueden oscogilarse para tonsoguir ese fin, e! primero y principal es muy conplejo, porque con.sisfe en un concurso de diversas cir- cunstaricia.s y oausas eficientes y de un resultado logico y necesario: medio natural, suneillo y gradual, y por lo mismo mas seguro en sus efectos. E-de medio, Senor, es el buenempleo del tiempo, el desar- rollo bien dirigido de la vida de la Nacion; que consiste en darnos buenas institucioncs, en consolidar cada vez mas la paz y seguridad interior, en poblar nuestros vastos desiertos por medio de ia inmigra- cion estrangera, on foment.r nuestra industria y comercio interior, en asegurar nuestras fronteras con los barbaros, en inejorar nues¬ tros caminos interiores: en todo final mente lo que contribuye a for¬ mar la mayor cantidud posible de produccion para la esportacion, y de consutno para la importacion; porque la esportacion e importa¬ tion son los* dos elementos que dan vida e incenttvo al comercio es- trangero directo.

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-II-

iSAsi es como han llegado a ufta gran altura comercial las nacione.-*

euyos puertos.sonfreeuentados p<»r kw t>u.|ue;j dc todas las bandoras del mundo. Por este mismo camiuo vamos tambien nosotnis hare (res auos hacia ese fin. En este camino estamos : v cada ley que uicta el.Congreso Federal nprobando un contrato de oolonizacion, una Coiicesion para el estableciiniento de un baii'-o, un privilegio pa¬ ra la ealanizacion y navegacion de uu rio interior 6 para la introduc¬ cion 6 perfeccionaniieuto de una industr'a, votando canfidade.s para grandos objelo.s ,de interes publico, 6 oom-ediendo iranquicias y fa- cilidadcs al c.'uiiercio eslerior e interior: y cada derreto del Kgecu- livo Nacional reirlanientnndo el eumnlimiento de estas leyes, todas sus medidas y hiboriosos trabajos que consagra a la proinocion de

mcjoras de todo genero, y a hacer priicticas las prnmesns de nues- fra Constitucion,—son otros tantos pasos seguros que damos hacia cl comercio directo que todos descamos.

Echenio.- una mirada retrospectiva a loque eratnos, a lo que era el Pitis hace tres iifios solainente. El eorazon se oprime al recordar

aquclla epoca azarosa y de difieultadcs de toda elase; y el mio sufre

niuy particularmenle con este recnerdo amargo porq' nie too6 partiei par mui de cerca de Ids sinsabores de la Patria en aijuella situacion de incertidumbre sobre su destino: pero se en^ancha, y regocija lue¬

go al conteinplar la lisonjera situacion presente. Lo que entonces era solo una esperanzn para algunos, hoi os una realidad para tudos. Entonces nuestro jiaisera casi un caos politico; y hoi cs" una Nacion. con todas las condiciones normales de existencia propia, y con to¬ dos sus jermenes de prosperidad y engrandecimionto en desarrollo

gradual pero seguro: nuestra tranquilidad se consolida cada vez

runs, nuestra poblacion se aumenta, uuestra industria se agranda, nuestro comercio se estiende y nuestras rentas cn-cen. Tres, afios

solamente, pero bien ompleado-, y recibiendo nuestros poderes publi cos las inspiraciones dc la prudencia y tie ia cordura, han bastado

parti obrar todo esto; y la proportion en que auuientara nuestro

progreso ha de ser mayor cada afio, porque tal es la lei de la ncu- mulacion. Estc progreso se traduce lojicamente en auniento de

produccion y de coitsumo,6 de exportation e importacion para llamar 6 mas propiamente, para que nos venga a buscar el comertio directo.

Pero nos olvidamos facilmente del poder combinado de todas esas causas; y con la impaciencia natural del deseo de un pronto bien, las queremos muchas veces soslituir con medidas violcntas y artiiiciales, de las que esperarmis uu resullado mas inmediato. La

Ingluterra estuvo por niuchos afios atribuyendo equivoendamente -eJ inmensu iucremento de susreutas y de su prosperidad ul erroneo

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sistema. proctecionista y restrictivo en que estaban basadas sus le¬ yes aduaueras: y cuando su celebre Minrstro Sir Roberto Peel ini- cio en 1845 la gran reforma economica de las franquicias comer- citiles, 6 de la libre concurrencia internacional, fueprecisa toda la evidencia de los felines resuitados practices obtenidos por el nuevo sistema. para acabar de convencer ii los pai;tidarios del antiguo, de que el desarrollo del gran poder productor y de la viqueza de aquel pais eran solo las consecuencias netfesarias de la seguridad inte¬ rior, de la libertad civil, politica y relijiosa, y demas condiciones ventajosas de (pie habia gozado hacia siglo y medio.

Nosotros, que aycr no mas hemos nacido a la vida constituciona] y de 6rden, hemos avanzado ya mucho y seguimos avanzando por el camino mas natural y seguro de adquirir para nuestro pai3 el co- ruercio directo extranjero, pero gradualmente; porque asi andan las naciones, como que tienen que vivir siglos, y no se puede precipitar sus pasos ni comprometerlas en ensayos violentos y peligrosos, sin obligarlas luego a desandardoble 6 triple camino del que habian corrido. —Pero se quiere adoptar otro medio mas eficaz, 6 al menos de un resultado mas inmediato para atraer el comercio directo. Vea moscual puede ser ese otro medio, y si el adoptado por el proyecto en revision es 6 no admisible.

Los medios artificiales de estimular 6 atraer el comercio directo a nuestros pucrtos son: 1. ° la interdiction mercantil con los puer¬ tos estranos Tnas inmediatos a los nuestros, que estan como quien dice colocados a nuestra puerta de calle, y que tanto por su situacion mas exterior y ventajosa, por ser ya desde mucho tiempo atras cen- tros comerciales, por el eumulo de grandes capitales fadicados en ellos, 6 por otras muchas causas, atraen con preferencia hacia ellos las espediciones extranjeras directas, y se constituyen en depositos 6 intermedios de nuestro comercio exterior: 2. ° el establecimiento de derechos diferenciales en recargo a las mercaderias procedentes de cabos adentro, como los llama el proyecto en revision, 6 de esos mismos puertos estraiios y mas inmediatos a los nuestros, que impi- den hasta cierto punto que la corriente del comercio extranjero lle- gue directamente a nosotros: y 3. ° el establecimiento de primas en rebaja de los derechos ordinarios, en favor de las mercaderias que vengan de ultramar en espedicione3 directas a los puertos fluviales de la Confederacion.

De estos tres medios artificiales 6 sistemas de atraccion y esti¬ mulo para el comercio directo, el proyecto en revision a'dopta el

segundo, de derechos diferenciales en recargo, 6 mas propiamente los do3 primeros, es decir, el de la interdiction mercantil tambien;

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— lo—

porque esos derechos diferenciales, tomandose;por base para esta- blecerlos un derecho ordinario muy subido, cual es el 18 por ciento

que hoy se cobra y se cobrara todavia dentro de cuatro meses, que es el plazo de Li ley, elevado al doble quces un 3(3 por ciento, y en cuanto a las mercaderias que tienen derecho especifico recargando- las con un30 por ciento ad valorem; esos derechos difcrenciales, re¬

pito, equivalent una verdadera y rigorosa interdiccion mercautil con los puertos deambas riveras del Plata ; porque con tan exorbi tantes derechos no puede haber comercio licito posible entre esos

puertos y los de la Confederacion. El proyecto en cuestion adopta pues el medio mas anti-economico, porque sin producir el resultado inmediato que de el se espera, traera por el contrario la perturba- cion del comercio mismo y de los intereses materialcs del pais, la inmoralidad de un contrabando sin limites, y la diminution inevita¬ ble de nuestras rentas.

Una medida lejislativa en esta materia no es la vara majica que ha de hacer brotar como por encanto el objeto que se desea: es cuando mas, y esto cuando no atrupella violentamcnte como la

presente los intereses publicos y privados, un medio cuadyuvante de otras causas mas positivas y permanentes. Y los que estraviados

por la impaciencia de un dereo lejitimo y.con la mas candorosa bue- na t§, creen que cuatro meses despues del establecimiento de los derechos diterenciales tendriamosya el comertio directo en nuestros

puertos, estan bajo la infiuentia de una pesadilla risuefia, de que dis-

pertarian muy luego con dolor, si tal medida llegase a sancionarse.

El comercio directo estranjero obedecea leyes muy complejas, rnuy variadas y muy superiores a la que hoy se lc quiere imponer con un rasgo de pluma: ellas han sido elavoradas durante muchos

afios, y estan escritas en la jeografia,'en la larga vida, en las instilu-

ciones, en la industria desarrollada* y en la acumulacion de pobla- cion y de capitales de las naeiones cuyos puertos frecuenta ese co¬

mertio; y nosotros pretendemos imponerle instantaneamente la nues

tra-, escribi6ndola en un pedazo de papel que se lo llevaria el viento. Decid al Parana que retroceda subitamente en su corriente; y se rei- ra de vos, continuando sin interruption su jiro natural. Pcro pre- paradle con teson y perseverancia un nuevo curso: abridle un nue¬ vo cauce capaz de contenerlo: dadle todo el declive que necesitan sus aguas para correr; y ent6nces un lijero tajo abierto en su rivera "bastara para determinar su nueva direction.

No es la falta de una medida como la que se propone, la causa que ha retardado 6 alejado hasta ahora de nuestros puertos fiuviales el comercio directo estranjero; sino la falta de ccnlros de poblaciou

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numerosay oonsumidora en Ios puntos aproposito para recibirlo; de rctornos abundantes parti ali Tientarlo; de capitales considerables en esos tnismos puntos; de comodidades de todo jeuero para atraerlo y fomentarlo, corno muelles, buenos reglamentos dc aduana y oiras; do facilidades para la misma navegauon dc nuestros rios, coino hahza- miento y canalization de cllos; y en fin un poco mas dc vida pacilica y de orden que nos haga conocer mejor e inspire confianza a los cs-

peculadore.s estranjeros. X_'uando tengamos todo esto 6 en propor¬ tion q'te lo vatrros adquirioudo: a tnedida que ol pais adquiera las condiciones ecorromicas que necesita; el comercio directo ha de ailuir a nuestros puertos, no Imj que dudarlo, por que el va naturalmente, sin cfuorzo, y sin necesidad deser empujado con violencia, a donde se lc presentan ventajas; oorao las uguns de nuestros majestuosos rios corren hacia el grande cstuario del Plata.—No invirtamos el 6r- den natural de,las co>as: primero es crear las conditiones esencialcs dc ese comercio. Basfo abrir nuestros rios a la libre navegacion para que muchos buques de alta mar subiesen el Uruguay a cargar frutos que hancsportado directamente para la Europa y el Brasil; y subiran tambien el Parana cuando los puertos de este le ofrozcan

igualmente el alicientc do productos y consumo en escala mayor. Probado que la medida propuesta no producing el electo que sc

propone,por que ella no pucde improvisar las condicioncs economieas a (me unicamentc obedece cl comertio directo; vcamoscuales serian los resuitados inmediatos de una medida tan reprobada por todos Los

principios de la ciencia y por los enseiiamicntos priicticos de la es-

periencia.—Por lo pronto, la perturbacion y quebranto dc nucstro comercio, desde que se le privaba bruscatnente de sus mcrcados acostumbrados, donde ticne su credito, sus relaciones, sus facilidades

para vender y comprar: el mayor valor de los efectos para nuestro consumo, y la baja de nuestros productos, como consecuencias na¬ turales de la reduction de esos mismos mercados antiguos. En se-

guida el fraude, que haria en mucha parte ilusoria la medida en los mismos puertos del Rio de la Plata que se gravan con la interdiccion mercantil. Tenemos de esto uri cjemplo no rcmoto. Cuando el dictador Rosas hacia sitiar por tierra a Montevideo, quiso tambieu prohibit' el comercio de aquel puerto con el de Buenos Aires: y ape- sar de todos sus esfucrzos y con todo el teson que aquel hombrc po.- nia en todos sus malos propositus, no pudo evitar que los buqucs hi- ciesen su carga en Montevideo y se presentasen en Buenos Aires con sus papeles arreglados como si viniesen del Brasil. Lo que en-

jtonces hacia solo Montevideo con Buenos Aires, lo harian ahora Muntevideo y Buenos Aires con la Confederacion.

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Yen el interior de nuestros rios Parana y Uruguay, /que'sncede- ria? Lo que cada uno de los que me oyen esta pregnnta se ha con- testado ya a si mismo: el contrabnndo en grande escala, el contra¬ bando normalizado y erijido en sistema, el contrabando convcrtido en Una vcrdadera industria.—No olvidemos las leccioncs que uos da la historia economica de todas las nacioncs. Cuando Napoleon tuvo laperegrina ocurrencia del bloqueo continental, la Holanda, la Alemania, la Rusia, la Europa entera se cubrieron de contrabandis- tas; y el exeso mismo de esa medida y la fuerza de las cosas, lleva- ron la inmoralidad hasta el punto de que los ajentes mismos del Go¬ bierno frances negociaran licencias para comunicar con Inglaterra y America, y hacer y tolerar el contrabando. Derechos mucho me¬ nos exorbitantes que los que csta ley establece, hicieron der.unciar a la Francia en 1S39 la espantosa suma de mas de- trescientos mi- llones de francos en que se valoraba la importancia anual del comer¬ cio usurpado por el contrabando. Yguales ejemplos nos prescntan todos los pueblos del mundo que han pagado su tributo al caduco sistema restrictivo, estableciendo derechos muj crecidos 6 interdic- ciones mercantiles, con la mira de obtener resuitados econdmicos: y de esos repetidos ejemplos ha deducido la ciencia este axioma: "micn- tras mas eleveis la barrera, mas facil sera pasar sobre ella."

Pero no salgamos de nuestro propio pais, de nuestras cosas: to- memos nuestras propias cifras financieras, ydiscurrarnos sobre eltas. He oido a algunos sostenedores del establecimiento de derechos di- fercnciales, recordar el siguiente dato confesado en un documento oficial de Buenos Aires, creo que en el mensage del Egecutivo a la Legislatura, a saber, que de todas las mereaderias cstrangerasque seintroducen a aquei puerto, un 60 por ciento de ellas pasan ii con- sumirse en la Confederation; y este 60 por ciento sc hace subir a un 70, por calculos cuya exactitud no me propongo avcriguar, y que qnrero concederla. La primera consecuencia que de esto se saca es que la Confederacion consume mas del doble de mercade¬ rias estrangeras que Buenos Aires: y yo por mi parte creo que con¬ sumo mas del triple y aun el cuadruplo, si se tiene en cuenta la gran¬ de importacion que &e hace de Chile a las provincias de Cuyo y a las del Norte. La scgunda consecuencia es, que si Buenos Aires consumiendo un 30 6 un 40 por ciento de las mercadflrras estrangeras que se introducen por su puerto, puede sustentar el comercio directo; con mas razon lo podra sustentar la Confederacion que consume un 60 6 un 70 por ciento de esas mismas mercaderias. Y en esto no es¬ toy de acuerdo eon los que asr discurren: porque no comprendo por que rara logica se pretende, que lo que hoy sucede en un solo puerto

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cual es Buenos Aires, donde se hace toda esa introducion y todo ese

consumo de mercaderias estrangeras, y que por su situacion geo-

grafica y otras muchas causas es hace mas de un siglo un centro

mercantil, de donde se irradian las espediciones subalternas por los

rios interiores, haya de suceder tambien muy luego en el Rosario,

Santa Fe, Parana, la Paz, Cirrientes, Uruguay, Concordia, G-uale-

guaychu, Crualeguay y tantos otros puertos que tenemos en las provin-

ciaslitorales, y cntre todos los cuales sc reparteese606 70 por ciento

de mercaderias intcrnadas a Buenos Aires. Esto no es decir q'todos

estos puertos no pucden ser con el tiempo y segun In ley del desarro¬

llo otros tantos centros rnercantiles y con comertio dirccto: combato

solamente el suefio dorado de los que pretendeu actualizar el por-

venir con un rasgo de pluma. Pero me he distraido del objeto con

que mencione ese dato financiero; y vielvo a 61. '

Segun ese dato, si el 30 6 40 por ciento que consume Buenos

Ayres de todas las mercaderias que entran en su puerto le produccn

en su renta de aduana de dos millones a 'los millones y medio de

pesos fuertes anuales, el 60 6 70 por ciento que de esas mismas

mercaderias pasan a aduanar en los puertos fluviales de Confede¬

ration, nos debiera producir a nosotros cmco millones. Sin em¬

bargo, todas nuestras adtMnas fluviales juntas nos producen apenas

como un millon y medio de pesos, es decir, menos de la tercera

parte de la renta que nos debieran dar. / Las otras dos terceras par¬

tes, 6 los tres millones 6 mas de pesos que nos faltan, i donde estan,

quien los usurpa a la Nation? Los usurpa, Seiior, el contrabando, esa

llaga inmoral y corruptora de todo pais sugeto a una mala legislation

de aduana, al sistema erroneo del recargo de derechos. Y esto no

es una novedad, por que todos sabemos que se hace en nuestro pais

mucho contrabando; y nos lo ha revelado oficialmente el anterior

Ministro de Hacienda en su memoria al Congreso. Ahora bien: el

contrabando se estimula con la cantidad de la ganancia 5 y alii es

mayor esta, donde es mas alto el derecho que hay que defr audar. Y

si el 18 por ciento de derecho ordinario que se esta cobrando hace

cerca de dos arios ha sido bastante incentivo para que el contraban¬

do nos usurpe dos terceras partes de la renta, 1 que sucedera si ese

18 se eleva a un 36, y los efectos que tienen derecho especifico sc

recargan con un 30 por ciento mas ad valorem T=Que no cobrare-

mos quiza en nuestras aduanas litorales ni un millon de pesos, por

que el contrabando se hara la mas lucrativa industria; y no bastara

para contenerlo un ege>cito de tres mil guardas que se coloquen so¬

bre las inmensas costas de nuestros rios, en donde puede hacerse

por cualquiera punto. No hemos tonido mediosj 6 no los heinos po-

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dido organizar y poner en practica todavia para contener el con-< trabaudo que se hace hasta ahora; i y los tendremos ya dentro de cuatro meses, cuando tome formas mucho mas colosales No.

Cuando Huskisson dijo en el Parlamento ingl6s de 1825 que "la sabiduria y fecundidad de la politica consistia en aumentar las ren¬ tas pubiicas por la reduction de los impuestos,?; 6 en otros termi¬ nos, "que en el minimun del impqesto esta el maximun de la renta, reasumi6 en estas breves palabrastoda la ciencia economica en ma¬ teria de leyes aduaneras. Y cuando en todas partes los excesos del contrabando y la habilidad y audacia de los contrabandistas sirven de avisos saludables a las Camaras Legislativas para hacer reduc- ciones en las tarifasy dcrechos de aduana : y cuando en todas par* tes se procura atraer el comertio esterior bajando los derechos de importation, y ofreciendole franquicias y facilidades de todo genero; solo a nosotros se nos ocurre llamarlo, sin bajarle un solo real de los altos derechos ordinarios y especificos que tenemos establecidos, y sin otro estimulo que doblar estos derechos a las mercaderias pro- cedentes de dos puertos vecinos, a los que hacemos un mal, a costa de otro mayor que nos hacemos a nosotros mismos.

Y esto ultimo no es una paradoja ; porque puesta en practica la medida protectoradel comertio directo q' establece laley en revision, arruiuamos de golpe una gran parte de nuestro comercio de detail, de nuestro comercio de corto capital, que es el mas numeroso, y que tiene su dependencia mas 6 menos directa de Montevideo y Buenos Ayres, donde encuentra su surtido en la'variedad y corta cantidad que necesita. Y arruinamos tambien en gran parte nuestra nave¬ gacion de cabotage; porque la multitud de buques de esta clase que trafican entre nuestros puertos fluviales y los del Rio de ia Plata, aun suponiendoque confinuen llevando a ellos los frutos del Literal, no encontrarian alii efectos que traer de retorno, sino eran artrculos de contrabando.

Crco, Senor, haber demostrado que el medio propuesto para atraer el comercio estrangero directo a nuestros puertos, es el mas anti- economico que podia escogitarse. Y creo poder. dcmostrar tambien ipic es anti-politico : pero sobre esta faz'de la cuestion sere menos estenso.

La medida de que se trata va a herir directamente los intereses mercantiles y economicos de dos puertos conespecialidad, Buenos Aires y Montevideo; pero particularmente los del primero, tanto por estar su comercio mas ligada y travadocon el nuestro, cuanto por ser tambien un puerto argentino. Definiendo su situacion politica y do- mestica respecto de nosotros, respecto de la Confederacion, se ven¬ dra de un modo natural y facil en conocimiento de lo politico 6 im-

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politico de la resolution que estoy analizando. Buenos Arieses una provincia argentina, pertcnece a la nacion argentina, y es parte in-

tegrante deella. Asi lo ha declarado ella misma en la Constitution que sc dio: y aun cuando ella no lo hubiese declarado asi, lo decla- rariansu historia, sus antecedentes, su situation geograficay su mis¬ ma actualidadj como lo hemos dcclarado tambicn nosotros en mil documentor publicos. Ella esta solo por el momento fuera del al- cance y obediencia de nuestras leyes nacionales interiores 6 domes- ticas; pero no de la de nuestras leyes esternas 6 de soberania este- rior, porque siendo esta indivisible y debiendo estar radicuda en una sola parte, lo esta aqui, representada en el Gobierno Nacional que nos hemos dado. En esto no podemos ni debemos coder un apice: y yo sere el primero en lovantar mi voz en estc sagrado reciuto, cuantas veces se trate de apoyar una protesta contra todo acto de las autoridades de aquella provincia que importe el egercicio de so¬ berania esterior, 6 de cualquiera otra de aquellas atribuciones que solo corresponden a las autoridades nacionales.

Pero csa separation temporaria de Buenos Aires, asi definida y limitada, impone a ambas partes ciertos deberes de conveniencia re-

ciproca, ciertas reglas de conducta que seguir mientras dure esa situation anomala. La Confederation porsu parte al menos, 6 mas

propiarnente el Gobierno National, sin querer darse oucnta de sus derechos y medios para v-ariar esa situacion, y teniendo antes que todo en vista las necesidades y altas conveniencias del pais cifradas an el mantenimiento de su tranquilidad interior; ha pyeferido dejar al tiempo la accion preparadora de la reincorporation de la provin- eia disidente a la comunidad legal de la gran familia argentina: ha librado al gran moderador de las pasiones y susceptibilidades huma- nas la tarea lenta pero scgura de ir calmandolas por la razon, por la reflection, y por la apreciacion de los verdaderos intereses de

aquella provincia comprometidos seriamente por la situacion 6 mo¬ do de ser artficial que hoy eonserva. Asi lo ha declarado solemne- miente rnuehas veces nuestro Gobierno Nacional, dando ante el man- do el mas bello y sublime egemplo de sensatez, de templanza y alto

patriotismo: y esta noble conducta la hemos aprobado tambien no¬ sotros ante nucstros comitentes, ayer no mas, al contestar el men- sago de apcrtura de las prescntes sesiones.

Uno de los principales debcres que esa situation nos impone, ya que no esttivo en nuestra mano suprimir las causas dolorosas que la produjeron, es evitar por nuestra parte, y en cuanto no se perjudi- quen nuestros derechos e intereses esenciales, todo lo que pueda avivar pasiones, pvevenciones y susceptibilidades que van fclizmente

amortiguandose, y hacer mas profunda la sicion que aun separa de

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Ta "Confederation a aquclla provincia hermana.—La medida en cues¬

tion, por mas que fuese tomada en el interes inocente aunque err6- neo de las ventajas materiales que de ella se esperan, ha de produ¬ cir fatahnente esos malos efectos. Ha de producir tambien, mui pro- bablcmcnte, la represalia que podra alii tomarse de prohibir 6 gra- var tambien fuertemente la introduccion de todos los frutos de las Provincias que tienen alii su consumo, y de que en tal caso podrian proveersd de otras partes que los tienen semejantes. Bien conozco

que setnejante represalia seria mui perjuditial a los intereses eco- nomicos de aquella provincia; pero tambien se, que estos intereses y otros muchos mus vitales todavia, se posponen y sacrifican cuando se mezcla la pasion en los negocios publicos.

Corapadezco la candorosa ilusion de los que puedan creer que una ' medida rcstrictiva cotno la que se propone y otras del mismo jene-

ro, podrian abreviar 6 precipitar la union de Buenos Aires a la Co- muuidad Arjentina.—Lo creeria yo tambien asi,si se tratase de atraer a un pueblo ingles 6 norte-americano; porque la raza anglo-sajona, tria como l:\scifras de sus calculos, no deja tomar parte en estos a sus sentimienfos y pasiones, y suma y resta simplemente las venta¬

jas y desventajas reales y positivas. Pero nosotros, de raza espa- nola, de raza meridional inflamable y presuntuosa, con todos los vi- cios de nuestra mala education colonial, sin la costumbre de mane-

jar los grandes negocios publicos con la frialdad y circunspeccionque ellos exijen, y con el ardimiento y susceptibilidad inherentes a nues¬ tro caracter nacional, estamos siempie |)ropensos aespbner 6 sacri- fictir nuestros mas. vitales intereses, toda vez que se trata de llevar a cabo una idea nueva que nos- alucina por su novedad misma, de cortar una situacion qtj,c nos contraria, de vengar una ofensa real 6

imajiuaria, 6 de tomar desquite de cualquiera medida en quQ con ra¬ zon 6 sin ella,vemos herido nuestro orgullo 6 nuestros intereses. En cstas condiciones se halla tambien Buenos Aires desgraeiadamente; y dc restriction en restriction aduanera, de hostilidad^ en hostilidad de tarifas, de imprudencia en itnprudencia, iriamos alejando cada vez mas, en vez de aproximar, la union que se desea.

He hablado en esta faz de la cuestion, con la abstraction, con la friuldad severa que cxije una diseusion, cuando en ella se ventilan los grandes intereses y convenicncias del Pais en lo tocante a su unidad national y a su tranquilidad interior. En una discusion tan seria no debe venir ti mczclarse para profanarla, el amor 6 el odio a aquella localidad; porque uno y otro, cstraviando el buen

senfido, conducen a. la exageracion y al error de que he querido huir por mi parte. Hablo de Buenos Aires sin pasion de

ninguna clase y solo como argentino: y a fe que no nece.sito

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repetirlo; porque por mis cortos, pero muy espresos e indeclinables antecedentes en las mas graves cuestiones nacionales que se han de- batido durante el reciente periodo de nuestra organization constitu¬ tional, soy el menos aproposito para que mis ideas pucdan inspirar la menor desconfianza en csta materia.

Tiene la cuestion del dia otra faz que puede llamarse constitutio¬ nal 6 de derecho publico: y considerado por esta faz, no es menos inadmisible el proyecto en revision.—No soy de los que picnsan que tal 6 cual articulo de nuestra Constitution nos prohibe lejislar con mas 6 menos mezquindad 6 tirantez respecto de los estrafios en ma¬ teria de aduana y de comercio esterior. No: el derecho de legislar en estas materias es inherente a la soberania, y como tal ningun pais puede desprenderse de el: es, como lo llama el Derecho de Gentes, derecho de mera facultad,y como tal imprescriptible por el no uso; de modo que un simple permiso 6 tolerancia, aunque haya durado mucho tiempo, no basta para establecer contra el derechos

perfectos. Ese derecho pues, no puede tener mas restricciones que1 las que el mismo pais se haya impuesto por tratados espresos, 6 las

que le impongan sus propias conveniencias. Pero la Constitution de Mayo, previsora de los errores que pu-

dicramos cometer despues al legislar sobre aduanas, sobre comercio estemo, sobre relaciones con las potencias estrafias, y sobre todas

aquellas materias que se relacionan con la necesidad que tenemos de vivir en paz y buena armonia con todas ellas: previsora, repito, de los estravios a que pudieran conducirnos al legislar sobre estos asuntos nuestras prevenciones e instintos de raza, nuestros malos

egemplos y antecedentes, 6 la impaciencia y precipitation de nues¬ tro caracterj nos dio reglas y dejo disenado a grandes rasgos el ca¬ mino que debieramos seguir en nuestra vida constitutional. Abrase ese codigo venerando, y se veran en el sembrados con profusion con- sejos, preceptos y principios de liberalidad, de franquicias y de igual- dad en nuestras relaciones internas y esternas en sus infinitas apli- caciones. En cuanto a nuestra vida esterior sobre todo, la Constitu¬ tion quiso que a todas las naciones les abriesemos nuestrrs puertas con igualdad y sin ecepciones odiosas : porque quiso q' en todas nos conquistasemos simpatias fundadasen la justicia e igualdad de nues¬ tros procedimientos para con ellas; y porque en esas simpatias quiso tambien que consistiese una gran parte de nuestro poder futuro.

Ante estos principios constitucionales aparece tambien doforrne, como he dicho ya, el proyecto en revision; porque el impone una especie dc interdrccioii mercantil con nosotros a Montevideo y demas pucrtos del Estado Oriental, tan solo porque la mafio de Dios los coloco sobre el Rio de la Plata y el Atlantico, es decir, un poco mas

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nfuera quo los nup<?tros que estan sobre el Parana y el Uruguay; y poique siendo Montevideo un puerto muy antiguo, muy poblado, perfectamente situado, y por consiguiente un mercado ya formado y muy conocido, atrae con preferencia las espediciones directas del comertio estranjero. Y esto se quiere hacer con un pais vecino, amigo, hermano, pedazo desprendido del nuestro y cuya existencia

independiente garantimos; y respecto del que ayer no mas hemos

estipulado con el Brasil en un tratado la doble obligation de defen- derlo contra todo intento de usurpation de su soberania.

Y luego, por una nueva y estrana aberration de la ciencia y del

calculo, lo que prohibimos a los puertos del Estado Oriental,lo con- cedcmos a, los puertos del Brasil, por estar un poco mas afuera: vi- niendo a resultar dc esto, que las espediciones de mercaderias es-

tranjeras que nos viencn de los pueftos del Estado Oriental, son co¬ mercio indirecto, y por lo tanto las penamos con el derecho doble; y las mismas mercaderias venidas de los puertos del Brasil, las reputamos como venidas directamente de Liverpool, del Havre 6 de Boston, y denoininandoias comercio directo, las premiamos eobrandoles solo el derecho sencillo. — Semejantes ecepciones y preferencias son repro- badas por el Derecho de (rentes, 6 mas bien por la prudencia y la razon aplicadas a los negocios internacionales, como nocivas y odio-

sas; y lo.son tanto mas, cuanto que sin traernos ventajas econ6mi- cas bien entendidas, estan en pugna con los principios constitucio¬ nales de nuestra politica esterna.

Deseo terminar luego, Seiior,en el usode la palabra,para dar lugar a que algunos de mis Honorabies colegas de lao Comisiones infor-

rnantes, u otros Honorables Senadores, ilustren mas con sus luces esta importante cuestion, presentandola bajo otros aspectos 6 tocan- do puntos y detalles que quiza yo no he podido abrazar en la gene¬ ralidad de este informe. Pero no concluire este discurso sin per- mitirme llamar la atentioh del Honorable Senado, a proposito de este grave asunto, sobre la mision esencialmente conservadora que nos impone la Constitucion ; la que, a mas de la sabia distribution

que hace del Cuerpo Legislativo en dos Camaras por las que debe

pasar sucesivamente t'ocla ley para evitar la precipitation; exige de nosotros en particular otras condiciones especiales como garantia de la prudencia y circunspeccion con que debemos proceder toda vez

que se trate de una medida, que como la presente, puede compro- meter la suerte del pais 6 su situacion actual bajo cualquiera as-

pecto. Cuando ella dio tambien a cualquiera de las dos Camaras la facultad de desechar tolalmente un proyecto aprobado por la otra

para que no pueda n gajjirse en las sesiones del mismo ark, como os lo aeonsejan las Coiirisiones infortnantes respecto del que forma la

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orden del dia, tuvo muy bien en vista los saludables efectos de est a

disposicion, de cuyos egemplos estan llenos los anales parlamenta- rios de todos los paises representativos que la habian adoptado.

La Camara de Diputados de los Estados Unidos, aproposito de una cuestion de Iimites del Oregon, dicto una resolution violenta que pudocomprometer a, aquel pais en una guerra con la Inglaterra; y el Senado la desecho totalmente. La Camara de Diputados re-

piti6 su resolution en otro aiio; y el Senado volvi6 a desecharla. Pero durante cse tiempo la prensa se ocupo de estitdiar e ilustrar esa cuestion : y las dos Camaras se acordaron despues en dict-\r otra medida que vino a resolverla dc un modo satisfactorio y sin in- convenientes; lo que dio motivo a que la misma prensa hiciera altos

elogios de la sabiduria de la Constitution de aquel pais, do la que nosotros hemos tornado la nueslra en su mayor parte, al establecer este prudente contrapeso entre los dos cuerpos coolejisladores, que habia salvado en esa vez a la Nacion de graves males.

Nosotros nos hallamos ahora en un caeo semejante. i Por que precipitarnoe en aprobar una medida que puede, que va «eguramonte a comprometer de un modo serio la actualidad vdel Pais? I Por

que sancionar un ensayo peligrosisimo y de consecuencias funestas e inmediatas, con la precipitation y ligereza que procuramos evitar aun en la resolucion de log asuntos mas triviales de la vida? Re- eoluciones como esta solo pueden ser justificables en circunetancias

niuy ecepcionales y premiosas; y nosotros no nos hallamos en se¬

mejante situacion. Ademas: en materia de derechos aduaneros 6 de comercio esterior, no se puedc impunemente hacer una cosa hoi, para tener que deshacerla o alterarla mafiana; porque esta insub- sistencia en las leyes de esta clase perjudica el curso natural de las especulaciones mercantiles, y aleja en vez de atraer el comercio es-

tranjero. i Que urgencia hay Ninguna. 2^ecesitamos mas ren¬ tas La medida propuesta va a disminuir las que tenemos. Y si necesitamos mas, contraigamonos mas bien a tomar las precaucio- nes neeesarias para hacer que se pereiban fielmente las que deben producirnos nuestras aduanas, y para evitar ej contrabando que nos j quita quiza tres millones de pe&os anuales, con los que podemos ha- ' cer prodijios para nuestro progreso.

Dejemos,Seiior que se haga mas luz en la cucstion y se comprenda mas bien por todos; porque yo no llamo estudiar y comprender bien la cueetiou, apoderarse de la palabra ctiiicrcio directo, y a fuer- \ za cle repetirla, mistificarse con ella, para no ver loe inconvenientes

*

del medio que se propone para obtenerlo.—Esneremos que la opinion publica se ilustre y espreso por medio de lj^rensa; porque yo no llamo opinion publica arjentina la que han revelado en pro y eri

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contra y de muy poco tiempo si esta parte, crnco peri6dicos en nn

espacio reducido de la Republica. Un periodico de Cordoba que publico algunos articulos contra la medida; otro del Rosario que ha

publicado muchos en favor de ella; y tres del Territorio Federaliza- do que han publicado algunos mas, unos en pro y otros en contra de la misma medida:—he aqui toda la manifestation de la opinion pu¬ blica que se cita. Quedan entretanto diez Provincias cuya opinion no sc sabe cual es, 6 que quiza no la han formado todavia. No se nos liable tampoco de manifestaciones populares de la opinion publica por peticiones y otros medio?; porque los arjentinos saben muy bien lo que importan csas manifestaciones que se_dicen populares. Repito que debemos ser muy cireunspectos en esta ocasion : y no eonfundir los intereses de alguna localidad y el entnsiasmo ardiente de loa sostenedores de la idea, con los intereses generales del Pais, eon el de la mayoria de los arjentinos, y con las convicciones ilti8:' tradas y profundus que deben preceder a la adoption de una medida tan grave.

Por mi parte, Seiior, con la mano puesta en mi coneiencia, y mi razon fija en los. serios inconvenientcs quo he demostrado contra su

adopcion, votare por el dictamen de las comisiones iuformanteb, de

cuyas couvicciones he sido interprete en esta ocasion solemne. Obtuvo Ia palabra el Sr. Gonzalez y dijo: Que antes de ocurparse de-contestar al miembro informante, qne-

ria indicar al Honorable Senado que en un asunto como el que los

oeupaba, seria conveniente hacer una ecepcion del articulo del Re-

gl amen to de Debates que dispone se use solamente una vez de la

palabra en la consideracion en general de los asuntos. Que esta condition del articulo era una verdadera traba a la inteligencia yv que, seria bueno que la diseusion fucsc libre en esta materia yotraa analogas. El Sr. Presidente espuso que sin un pronunciamento es¬

pecial de la Camara, contase el Sr. Senador con la deferencia al res¬

pecto de su indication, lo que lue asi mismo cspresado por muchos Sres. Senadares: y entonces el Honorable Sr. Gonzalez dijo:

Sen or.

Aunque no tengo una memoria tan feliz que recuerde todos los

puntos del discurso del Honorable miembro informante, al menoa

puedo asegurar que muchas de sns razones son en favor y sirven de fundamento a la ilustrada ley que la Honorable Camara de Dipu¬ tados ha pasado a vuestra revision. Por lo que ha espuesto el Sr. miembro informante vemos que todos estamos conformes en la jus- ticia y derecho que tiene la Confederacion para establecer en sua

puertos el comercio directo 6 mas bien e'l cambio inmediato de sua

productos con los del estrangeros como tiene derecho y justicia para

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proveerse de cuanto sea necesario a su conservation y prosperidad. Queda pues reducida la cuestion a su punto economico, a saber si esa

ley de la Honorable Camara de Diputados esta en oposieion con las

prescripciones de la ciencia economica. Yo creo, Senor, que todos los principios de esta ciencia, eomo todo

otro principio, estan sugetos eu su aplicacion a las ecepcionos quo demandan las especialidades locales de los pueblos 6 de las naciones. Que esas reg'las deben consnltarse con tal 6 cual circunstancia geo- grafica de los pueblos, con tal 6 cual estado de sus productos, de su

industria, de su edad, de su tendencia, 6 de su modo de ser; y no to¬ mar absolutamente una doctrina de economia politica y aplicarla sin aquellas consideraciones a los Estados. Asi es como han empe- zado todos los pueblos y las naciones del mundo,ensayando sistemas

y espedientes mas 6 menos libres en favor del comercio; pero tam¬ bien mas 6 menos restrictivos consultando sus necesidades, su aetua- lidad, su industria y otras mil circunstancias, hasta que mejorando su modo de ser se han puesto en estado de dejar esas restrictiones. Es esto, Senor, lo que por tantos aiios ha hecho la Ingiaterra con sus leyes conocidas bajo el nombre de Acta de Navegacion, leyes prohibitivas, leyes que negaban puertos de Inglaterra a todo bu¬ que estrangero,sin renunciar ella el derecho y la ventaja de concur¬ rir con sus naves a puertos extraiios. vEsto ha hecho, Senor, la In¬

glaterra consultando el principio de sus propias conveniencias, de su comercio, de sus artes en aquella epoca en que adopto el sistema

restrictivo; y un escritor economista de nuestros dias, un autor de gran reputation, hablando sobre esa acta de navegacion se espresa diciendo: '(Lo que hay de tierto es que el acta de navegacion de In¬

glaterra ha sido una de las causas mas grandes de su preponderan- cia maritinia". Un principio de la ciencia economica es la ilimitada libertad del comercio; pero este principio es el fin de las tendencias de los pueblos, es por donde deben acabar; y yo creo, Senor, que

_pueblos nacientes que printipiaran estableciendo esta ilimitada li¬ bertad sin consultarla con sus exigencias, con su actualidad comete- xian el mas grande error. Y sino digaseme que nacion, que Estado

empezo asi? .Si la ciencia economica es una divinidaa, si esa ilimi¬ tada libertad es una de sus grandes reglas ^por que no estinguimos las aduanas y abolimos todo derecho? Los Estados, ha dicho el miembro informante no se forman en un momento; ha dicho bien una verdad, y yo digo que antes de tormarse, antes de llegar a una situacion en que deban ponerse a la altura de un pais productor y rico tienen forzosamente que pasar por una escala de gradation, en- sayando mil espedientes economicos, consultandolos con sus'necesi¬ dades y aplicandolos a sus exigencias.

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Es tan eierto esto, Senor, que el mismo escritor quo ante* invoque, hablando de esa libertad ilimitada del comercio dice: "Aunque un comercio ilimitado no sea dafioso ni a los productores, ni a los con-

snmidores, y aunque por el contrario les proporcione ganancins, se necesita todtvia que no favoresca el acrecimiento de la riqueza y del

poder de un pueblo a espensas de los otros y que no'sea un obstsi- eulo a los progresos respectivos de cada uno. Esta condition tan ne- cesaria para el bienestar y para La prosperidad de los pueblos no

podria verificarse las mas veces con la libertad ilimitada del eam- bio.;;

Pues bien, esto es lo que se propone esa ley sabia de la Honora¬ ble Camara de Diputados. Se propone traer a nuestros puertos el cambio directo e inmediato de nuestros productos con los del extran¬

gero. iRn qu6 esta pues bivoposicion de esa ley con la cientia econ6- mica'' No puede todo pain legislar en todos los ramos de la admi¬ nistration general? No puede darse sus leyes? No puede proveera sus necesidades? ^Donde esta esa soberarria, si ni ensavos pnede lia- cer para responder a su actualidad y sus exigentias? Y si le son da¬ dos el derecho y la libertad de legislar y de proveer a su prosperidad

'^porque suspender estos actos? Senor, si esa ley en cuya considera¬ cion se ha agotado la materia en el debate de la Honorable Camara de Diputados: si esa ley se dice que hiere hoy a las oonvenieneias de Buenos Aires y Montevideo; manan.i, el ano que viene, y siem¬

pre subsisting la misma razon y nunca el Congreso Legislative Fe¬ deral estara en aptitud de darse la ley.

La Confederacion, Senor, proveyendo ii sus necesidades, a nadie hace injuria. Ella no se propone herir conveniencias ni de Buenos

Ayres, ni de parte alguna; usa de su derecho, se propone un bien, y nada hay en esto que importe otra cosaque atenderse a si misma. Si pasada csa ley que quiere L Honorable Comision del Seriado se

rechaze, Buenos Ayrcs se enoja 6 nos provoc.a a la guerra, como lie oido a muchos detirlo, Seiior, eso no debe tomarse en cuenta. El

que se puso al frente de los pueblos para derroear la tirania hoy al frente de la Confederation sabra sostener esa ley. El comercio di¬

recto, Sehor, el cambio inmediato con el estrangero en nuestros

puertos, tiende a emanciparnos de esa administration de reventa que hace' Buenos Ayres, y que la hace con grave perjuicio de nuestros

capitales, de nuestro comercio, de nuestra industria, tiende Senor a elevar a nuestros comerciantes, a hacerlos conocer del estrangero, porque hasta hoy sus nombres han estado ocultos tras de cuatro casas de ese mercado de Buenos Ayres que se sostiene con los capitales mismos de nuestros comerciantes. Ya en la breve esposicion que he tenido el honor con dos honorables colegas, de presentar a Vues-

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tra iTonorabilidad tiermipniiando mi proyecto de adit-ion nl de la Honorable Ciimara de Diputados, ya homos dicho que, la Confede¬ ration tiene todos ]o-= elementos para truer a sus pnertos el cambio internal ional, tiene garan'ias, leve*, .orden, paz, productos, seguri-' dad en sus puertos, y cuanto pueda inspirar fe al estiangevo. Pero la Honorable Comis.ou del Senado en sn dictam'm nos dice que re- chazemos <"u ley vomda en revision a Wre*tra Honorabilidad. F,so

iinporta, Sefior, deeirnos: recliazad ese bien que cotmceis, reclrazad el sentirniento nniforme de los pueblos en cambio de otro proyecto que despues os darenios nnsotros. ^Como intenta la comisiou del Se- nado decidirnos k q' condenemos ana ley sanciouada contanta medi¬ tation y sabiduria en la Camara de Diputados )7 prefirsimos el ofre- cimiento que ella nos liace sin conocerlo? Como comparar, Senores, esa ley ilustradn con uu objeto del que no tenemosidea? Habremos de rechaz-tr ese proyecto de ley que vale nuestro comertio propio, que importa la voluntad espresa de los pueblos, que significa uuestra

independencia de un mercado admirnstrador, para esperar»quc If comision que nos aconsejaeste rechazo nos presente despues 6cuando

quiera supensamionto No es esto volcanizar esa ley tan bien me- ditaibi y diviirzar Li opinion de la comision? Yo no estate por ese dictamen de la comision. *

Si es cierto pues que les pueblos no se forman de improviso como

dijo bien el honorable miembro informaute, debe la Confederation em-

pezar emtio ban empezado los demas, ensayando medios y consultan- dolos con las espeeialidades que le son propias: debe dar priucipio pro- veyendo a sus necesidades directamente, aunquedehacerlo asi se hiera indirectamente a las convenieneiasde un pueblo vecino. En esto vnel- vo a repetirlo, no hay injuria, no hay intention ni deseo de dafiar. En este mismo recinto mas de una vez se ha llamado a Buenos Ayres a unirse con nosotros. El no lo quiere; pues bien nemos hecho cuan¬ to hemos podido ; noestamos en el caso ahora de posponer nuestras convenienrias a las suyas ni de prolongar por mas tiempo el sacri- ficio de nuestra industria v de nuestro comercio en provecho de su mercado. Aqui estamos haciendo hasta hoy, lo que se hace en

Turquia, que para tener pan en Damazco a un coarto la libra se sacrifiean los intei'eses de diez pueblos que alimentan a Damazco. Asi hemos hecho nosotros con el mercado de Buenos Ayres, cederle nuestros provechos y someter a su administracion nuestras conve- nieneias ; y c uando se presenta una ley por la Camara de Diputados para sacarnos de aquella d'ependencia y traer a nuestros puertos el mercado: cuando se nos ofrece una ley en la que los honorables Di¬ putados han prufundizado la materia hasta agotarla, ley en que tambien han consultado en euanto es posible las conveniencias de

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Buenos Ayre', se no^dice que la rechnzemos, que es contra los prin¬ cipios de la ciencia, que no js Lempo? No eetoy cunfonne con la comision.

El miembro informanto de Li oomision sella lamenta !o del gran contrabando que &o hace en perjuieio de las rentas fiscale- de la na¬

tion; y esa misma circuustancia hace nias urgente y necesnrin la ley que fee quiere recha»emos. Las naves estrangeras no son, Senor, las

que hacen cl contrabando Tiaigamos a nue^tros puertos esas na¬ ves y entonces menos seni el fraude. Sobre todo la ley en re\i>ion no engendra ni conliene el vic.ro de contrabandear. Ensayemosla; y si sobreviene el fraude, cntonceu las medidas del Ejecutivo National, los clecretos, reglamentos, ordenanzas y mil otras providencias de buen Gobierno tomadas en ese caso cwmplenientaraii esa ley. No en¬ cuentro, pues, en el did amen de la comision, ni en el informe que se ha hecho, motivo alguno in razon para rechazar la ley vemda en re¬ vision a Vuestra Honorabrlidad. No hay en esa ley agra\io a nadie. No hay interdiction, menos aun la confusion de comerco directo con derechos diferencialcs que el mismo Sr. miembre inforniante ha su

puesto. La Honoiablc Ct'uuaia de Diputadoscon mucha ilustration la ha sancionado, y por rui parte creo que nada puede hacerse sobre esa ley que ia haga mejor ni mas convenicnte. Por estas ravones, estare contra el dictamen de la comrsion que nos -iconseja su rechazo.

He dicho Obtuvo la palabra el Sr. Ministro de Hacienda y dijo: Es esta Seiiorcs una cuestion tan debatida ya por la prensa de la

Confederacion, y muy particularmente por la sostenida, luminosa y erudita diseution que sobre ella ha tenido lugar en la Honorable Camara de Diputados, que careceria de onginalirtad cualquier otro discurso sobre la inisma materia y por consiguiente de gran interes, al objeto de ilustrar el juicio del Honorable Senado; pero ya que el Gobiemo Nacronal ha creido conveniente traer a la Camara su pensamiento sobre este importante negocio, hare de paso algunas ligeras observaciones a varios. de los'puntos del discurso pronunciado por el Honorable Senador miembro informante de las comisiones que han dictaminado sobre aquel, y que hace la orden del dia, en la presenta sesion.

El Gobierno ilustrando su juitio por los medios que ya he relerido y por los que lehan podido sugerir sns estudios ;sobre la materia, ha formado su opinion y tiene el honor dehacerlaconocer al Honorable Senado en la adhesion que presta al proyecto reformatio que los Senores Gonzalez, Echague y Diaz-Velez, ofreccn 11 la consideration de la Camara del Senado en sostitncion al ya sancionado por la de Diputados.

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El Honorable miomhro informante con el natural deseo de 110061" tfiunfitr el peitsamieitto de la mayona de las Comisiones de que es

organo, Ua poetixado tie tal m-wtera la cuestion, que olvidandose del frio calcufo con que ti Economi-ta debe tratar los asuntos de esta naturalfza, haocupado la nutadde su,discarso en fingirse el mismo' artfiuueiitos a su anfojo para toner la comodidad de rebatirlos victo- riosamente.

Contrayendose unicameute a una parte del pensamiento formulado*

por la Camara de Diputados ha ditiio, que ur>a vez establecido el treinta y seis por ciehlo de derechos a las mercaderias cxtrangeras que se consumen en la Confederation, se erigiria en industria el con¬

trabando, y que de este trafico iumoral resultana infaliblemeute un

deficit en nuestras rentas.=El Honorable Senadoi al haber inculca- do de un modo tan extetiso en esta idea, no ha hecho otra cosa que perder inutiimeulo el tiempo en robatir tan a sn satisfaction xiim cuestion que nadie la ha presentado a la resoliteiori del Cort»rem,=? La Honorable CAmarade Dipuladoa al santionar, que todas las nier- oaderias proeedentes de cc/bos adentro paguon el trrdntn y sets par ciento, no ha creido jamas que el comertio pndiese teller tan eiTedo> calculo para que precis-amente pagasc esfe impuesto tan crecidor cuando al mismo tiempo se le brindaba con la ventaja deso-lo.abonai' el diez y ocho por venir de cabos afuera, preraio bien marcadq por el que ha querido llamar directamente el comertio hatia nuestros Puertos y conseguir el grandioso objeto que se ha propnesto en el triunfo del pensamiento en que ha querido apoyar esta nredida.—Si el prnyecto de ley de que se trata no tuviera otro objeto que el de

importer un treinta y seis por ciento a toda mercadoria extrangera que* viniera con destino al consumo de la Confederacion, entonces- hubie- ramos aprovechado de las luces y erudition del Honorable Senador,- y entonces tambien el Gobierno se habria asotiadoa sus ideas para repelerun pensamiento que realmente se hallaria en opos-icion a los- resultados practicos y a las creencias autorizadas por la saneion de- nuestros tiempos; pero me veo en el caso de repetir, que esta no es- una cuestion sino figurada por el mismo Honorable Senador, queni la Camara de Diputados ni los que han opinado con ella se han pro- puesto de manera alguna sostener.

No convengo con las doctrinas emitidas en el discurso de que ate

ocnpo,en cuanto asegura<ywe las lei/es no hacen mercados, por cuanto la historia y la razou prueban todo lo contrario; pero este es un punto tan luminosamente demostrado en las eruditas discusiones que en estos diaa han presenciado los Honorables Senadores, que seria mo- lestar su atencion en caso me propnsiera repetirlas.

Se ha dieho tambien, en apoyo de la falsa opinion deque las leyes

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am hacen mercados, que para obtener el comertio diroeto deberm- moB antes Ibmentar la emigration Extrangera, promover la indus¬ tria, establecer las garantias del eiudadano, proinover empresas de

vtipores a remolques'y otros requisites por este estilo. Cualquiera que no conoeiesea foudo nuestro satisfactory estado politico; que no conociese la liberal legislation que hoy ftiizmentegobierna a los Pue¬ blos de la Republica; que ignorase la asidua protection que el Go¬ bierno presta a la industria y al comercio como a todo aquello que dice relation con lossiibios lu'incipiosde nuestra carta, creeria,aestar por el discurso del Honorable Senador, que vivimos en Pueblos sal¬ vages, sin leyes, sin industria,.sin comercioy sin orden social; y a su Gobierno, como un Gobierno incapaz,^sin patriotismo y sin celo para pronrover su industria, su comercio y su prrgreso; pero no es asi como todos lo sabemos, y solo estaba reservado a un Argeiitino,pre- sentarnos, de un modo tan oprobioso ante los ojos del Muado.

Precisamente en circunstancias las mas felices para nuestra Pa¬ tria, cuando nuestras leyes fundamentals por su justicia y libera* lidad han llamado la atencion de todos; cuando por el sistenia inva-. riable del Gobierno Nacional no se menciona un solo jnoscripto en la Confederation; cuando Naciones Americanas y otras European de primer orden han formalizado tratados de amistad, navegacion y comercio por la confiauza plena que les inspiran sus actuales ins- tituciones; y cuando en fin mandau sus Agentes Diplomaticosa es- trechar estas mismas relaciones, viendo al frente de este nuevo or¬ den de cosas a un Gobierno liberal y justo, es que sin duda en uu momento de desvio, se desconocen estas cosas presentaudo ft la Na- ciou en un rol poco favorable y que por todo lo mcncionado no le corresponds

Me permitira cl Honorable Senador observarle que la base dc su argumento sobre los requisites que ha exijido como el unico aliciertte para el comercio directo no es exucto, como 61 lo supone, y mas bien le sera forzoso convenirquc ha confundido los fines con los me¬ dios.—El mismo, guiado por la Estadistica ha confesado, que las tres cuartas partes de las mercaderias ex.trange.ras que se interttan por el Rio de Ja Plata solo una cuarta parte de ellas se consutnen en Buenos Ayres y el resto en las demaa Provincias de la Confedera¬ cion. Y si esto es cierto ^por'que no podremos aspirar al Comercio directo con las Naciones productoras de los articulos que consumi- mos

Por otra parte <;que eran Buenos Ayres y Montevideo en aquellos tiempos en que las primeras naves que les traian mercaderias para sus consumos vinieron por primera vuz a saludar sus Puertos jNo es verdad, que eran entonces Pueblos.nacieutes que no Ionian gran

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industrin, poblacion, vapores, ni todos aquollos adelantos que hoy exije cl Honorable Senador |iara el restp de la Confederacion? ^Y no cm verdad tambien, que con motivo de su comercio directo, tuvieron mas induslria, mas jioblatiou, mas necesidades y por consiguiente mas consumo? Pues este nii.Miio fenomcno, y en mas alta escala se

reproducira tainbien eninosotros, cuando por medio dc esta ley quese discijte obtengauios aquel bentiitio, que solo a los mcrcados que se hallaban en las cnibocaduras del Plata quisieron una absurda y mcz-

quina legislaciou colonial y despues una politica esclusivista uniea- rnente. conceilcr.

El Honorable mieuibro inforinante no tne podra uegar, que los demas Pueblos dela Confederation sehallan infinitanpuite en rnejor posicion boy para rctibirel comercio directo,que se hallaron aqucllos en la cpoca a q' antes me he referido.-Pu'eblos situados en las costaa de un hcrmoso rio, con hastante. poblacion, industria, valiosas pro- ducciones, y Icyes liberates ;que mas podran tener por hoy para par¬ ticipate de este beneficio?

Pero ya dice el miembro inforniante de la Comisiorr, que estas consideraciones no deben infiuir para atraer el courercio dirccto*

porque cstasmismas razones ban e.xistido autes sin que cste bien se hubiese conseguido, y csta teoria poco meditada me resta que com- batir.

El comercio segun las lcyes que a la vez lo encaminaron, forma sus costunibrcs que solo un fuerte esfhniilo las hace variar, y esto mismo ha sucedido cntre Buenos Ayres y los demas puertos fluvialcs dela Confederation.—Etectivamente:—Hoy a pesar de queelresto do los Pueblos consumen mas cantidadde mercaderias que Buenos

Ayres, hemos visto (pie los buqties <;' traen las mercancias que con- suminros no pasati de aquella Provineia ry por (pit;? la razon es muy palpable, porque habiendose establecido alii los primeros centros del comercio, y concurrido siemprc a su mcrcado los Pueblos del interior a comprar los articulos que noeesitaban, y a dar en cambio los valiosos frutos que producian, no tenia el c.omercio ningun alieicnte

para acercarse mas, por cuanto siempre el cambio de domicilio que le seria gravoso por mil razones no le ofrecia rccoinpensa alguna,su- puesto que ni vendia mas ni compraba menos con practical- esta

operation, y la ley deque se trata Ic ofrece la bastante ventaja para esta variation, y por consiguiente los incoiivenientes desapareceran con ella.—

Recuerdo que entre los obstaculos,que indicaba el miembro inform mante, para ver realizada la idea del comercio directo, consideraba

insuperable el inconveniente de la repartition Aduancra que tenia establecida nuestra legislation para la mayor parte d« los pueblos

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que se hnllabau situados en nun^tras costas, pero esta observation considerada tan concluycnte, la verin content ada por si iiiisina, si tu- viera presente las in variables leyes q' en cases semeja rites rijen siem¬ pre al comercio del muudo.—El coniertio por una lendencia natural propendo a agruparse y formar centros para rceibir alii tiibutarios. Una vez formada bsta corriente tendria que detenerse eu las puertas fluviales do la Confederation donde conournrkn los consorciantes que tuviesen quesurlir a los demas pueblos distantes, basla que con el tiempo, siguiendo identicas leyes se hiciera mas general e^tc be- neficio—Este resultado haria por otra parte mas facil y scgura la buena perception de nuestras Ilentas Aduanera?, no teniendo los buques que surten de mercaderias a poblaciones distantes, (pie re- correr intnensas costas dondCno puede ser eficaz la vigilaucia de. los llesguardos, y por consiguiente disminuina el contrabando que lanto- lo ocupa al Honorable Senador, desde que aquellos btiqucs solo pu- diescn entonces ser conductores de merrancias que habinn ya adua- nado en otros puntos, y como dije antes en las puertas misinas de la Confederation.

Respecto a las represalias de que podia usar Buenos Aires y de que tanto se haocupauo elllonorableSeuador, considero (|ue carece absolutamente de fttndamento ; lo uno porqne no le convendria dc manera alguna a aquella Provincia lit adoption de osta medida, y lo otro porque careceria de razon para ejercitarla.

Porque, a la verdad, 6 es preciso que no atendamos al significado- de la voz represalia para tctner esta medida 6 no hay motivo para que el Gobierno de Buenos Aires la pudiese ojerccr con propiudadj en razon de que por el proyecto de le) de que actualmente so ocu¬ pa cl Senado no se gravan en sentido alguno las procliucciones natu¬ rales ni manufacluradas de aquella Provincia hcrmana.—Lo Unico¬ de que se trata es de imponer dercchos diferenciales a mercaderias que no sc produccn en sus mercados sino en otras Naciones Ex¬ tranjeras, pero que se internal) alii para el consurno de los otros Pueblos de la Confederacion, y bien se ve por esta observation, que lo expucsto por el mismo Honorable micmbro informante de las Comisiones no es aplicable en nuestro caso, y por consiguiente sin fuerza alguna para los objetos de la cucslion que nos ocupa.

No quisiera terminal- mis observaciones sin antes manifestar til Honorable Senado el cspiritu eminentemente Nacional que ha im- pulsado al Gobierno al simpatizar con ei pensamiento nacido en la Camara de Diputados respecto al estim tlo que debia acordarse la Comercio directo—Lejos ha estado de sus consejos la mas ligera idea dehostilizar con esta rnedida a, la Provincia de Buenos Ayres cdn quien ha mantenido siempre una politica concUiadora y circuns-

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pecta.—Tan vital ha considorado este pensamieuto para el major

adelantoy prosperidad de la Confederacion en general, (pie aunque

hoy niismo segun el voto de los buenos Argentines, estuvicse aquella

Provintia bermana bajo la ohediencia de las leyes Nacionales, hu¬

biera el Gobicmo meditado otros medios para hacer participes a los

demas pueblos de las grandes ventajas de este comercio, dando con

el mas inmediatamente la ranno a aquellas Provintias de la Nation

que, aiinquc ricas y prodnctoras se encuentran distantes de las fuen-

tes de donde estan llamadas a recibir vida y prosperidad.

Si el Gobierno hubiese abrigado un solo dia algun pensamiento

mezquino, y cedido ii una conveniencia del momento, habria esta¬

do en sus intcreses formar una sola Aduana fluvial porque asi eco-

nomuaba Resguardos y otras oficinas cousultando a mas la facil y

8egura perception de las Rerrtas aduaneras; pero no, su politica ha -

sido mas expansiva y general, supuesto que otros Pueblos igualmcn-

te felices, se hallaban situados sobre un niismo canal por donde po¬

dia penetrar el comertio y la civilization.

Ha hecho mas todavia:—ha fornentado, acordado premios, y or-

ganizado contratos para la exploration de otros rios interiores que

aun no eran conocidos jy para que? para que el comercio vaya a

otras Provintias hennanas a dispertarlas de un letargo, para que

se formen nuovos puertos y se levanten en ellos otras Ciudades que

atestiguen los inmensos bienes que Dios ha querido derramar por

los ricos y vastos territories que bnnan sus aguas.—He aqui Sres., la

politica y tendeucias del Gobierno Nacional: politica asidua, perse-

verante y previsora para (pie pudiera atribuirsele en este pensa-

iniento, ni la prosperidad ni la hostilizacion de ninguna localidad.

Por lo demas, el Gobicrno respeta la opinion de todos y sus sirii

cerosdeseos son por el acierto del Soberuno Congreso en la gran

cuestion que debc resolver.

El Sr, Zapata=Pn\o la palabra Sr. Presidente.

El Sr. Prcsidente=LidL tiene el Sr. Senador.

El Sr. Zapata—He pedido la palabra, no para replicar a la con¬

testation que el Sr. Ministro dc Hacienda ha querido dar a algunos

de los razonamientos u observaciones de mi anterior discurso en fa¬

vor ael dictamen de las Comisiones informantes; porque habiendo

pasado tan corto tiempo desde que los Honorables Senadores me han

oido, no ha podido pasar inapcrcibida para ellos la "inexactitud con

que el Sr. Ministro ha recordado para refutar, mis ideas, mis con-

eeptos y hasta las palabras de que he usado; inexactitud que esplico

y disculpo por la dificultadde abrazar y reproducir con fidelidad

em los estrechos limites de utia rapida e improvisada contestation,

pensamientos y principios que yo habia dcsenvuelto con- mucha es-

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leiision en un largo discurso.—La he pedido solo para dcfenderme

contra un reprochc, contra una acusacion muy amarga, muy cruel,

y sobre todo muy inmotivada e injusta que el Sr. Ministro me ha di-

rijulo, diciendo: que estaba reservado a un arjentino pre?entar a

nuestro pais ante los estranjeros como un pais salvajo, sin institucio¬

nes, sin garantias, sin orden, sin nada en fin de lo que constituye a

mi pais culto; y a nuestro Gobierno National como un Gobicrno

sncapaz, sin patriotismo y tin celo para promover su industria, su

comercio y su progreso. Apelo a la conciencia de cada uno de los

H.H. Senador'-es y de cuantas personas me han oido; porque estoy

tierto de no haber espresado un solo pensamiento ni proferido una

sola palabra que justifique semejante veproche. La mcmoria del Sr. Ministro le ha sido infiel al recordar mi dis¬

curso, porque precisamente hedjcho en el todo lo contrario de to¬

que esa aeusacion importa. El Sr. Ministro olvida que he dicho

que mi corazon se oprimia al recordar lo que era hace tres ailos nues¬

tra patria cuando yo participaba muy de cerca de sus sinsabores; y

quo se rcgotijaba hoy al contemplar su prospera situacion presente.

El Sr. Ministro olvida que he comparado esas dos epocas precisa-

mentc para hacer rcsaltar cuanto habia progresado cl pais en insti¬

tuciones, en cl afianzamiento dcla paz, en el aumento de su pobla¬

cion, de su industria, dc su comertio y de sus rentas &a. El Seiior

Ministro olvida que he hablado con cntusiasmo de las sabias leyes

que dicta el Congrcso en protection de todos esos grandes fines de

interes piibl'co; y de los constantes trabajos que, bajo las inspiracio-

nes de la prudeneia y de la cordura consagra constantemente el Eje-

cutivo Nacional al mantenimiento de la paz interior y exterior, al

fomento y promotion de toda especio de mejoras, y a hacer en fin

practicas las promesas de la Constitucion dc Mayo. El Scuor Mi¬

nistro olvida por ultimo, que uno de mis argumentos ha consistrdo

precisamente en que, marchando nuestro pais dc un modo gradual

pero seguro por el rnismo camino que habian andado todas las na¬

ciones cultas para adquirir el comertio estranjcro directo, y debien-

do scr nuestro progreso en todo scntido mayor cada aiio, nto debia-

mos comprometer nuestra ventajosa actualidad con ensayos violen-

tos y peligrosos que podian hacernos perder una parte de tantos

bienes conquistados ya. iPor que entonces y con que fundamento me dirige el Sr. Ministro

,csa recrimination tan amarga y que yo no puedo consentir en silen-i

cio, porque soy el que menos puedo merecerla? A mi que tengo la

honrosa aunque modesta satisfaction de haber participado personal- mente de los sinsabores y peligros de la patria en los primeros tiem

pos de su organization, y en circunstantias bien diftciles; y de ha-

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ber contribuido modestamente, pero con abnegation y patriotismo sincero, a los importantes trabajos a que es debido el actual orden de cosas que hoy disfrutamos, y a los quedebemos el hallarnos en este momento ocupando los asientos que tenemos en este auguslo recinto de la ley.

El Sr. Ministio ha encomiado con este motivo los buenos deseosjas

patri6ticas miras del Gobicrno; y las ventajas que espera reportar en benefitio del pars, de la medida en cuestion. Pero yo no he ha-

blado, ni he podido decir una sola palabra del Egecutivo Nacional con relation a la materia de que se trata; porque el Egecutivo no ha tenido pensamiento sobre ella, 6 al menos no nos la habia reve- lado oficialmente hasta el momento en que el Sr. Ministro acaba de hablar. El Gobierno no ha tenido la iniciativa en este negocio: nos ocupamos simplemente de una ley pasada en revision por la Camara de Diputados en que ha sido iniciada y sancionada, y solo en este momento se ha traido al debate el pensamiento del Egecuti¬ vo sobre ella.

Soy por caracter enernigo de ocuparme de mLpersona; pero en esta ocasion no he podido dejar de hacerlo, aunqne muy ligeramen- te, y solo para repeler un reproche inmerecido.—Mi entidad perso¬ nal es muy oscura y mi nombre muy modesto; pero estan ligadas a trabajos y esfuerzos patrioticos que han dado por fruto el orden constitutional de que gozamos, y que constituyen la mayor satisfac¬ tion de mi conciencia como argentino: ahora mismo estoy contri-

buyendo pbr mi parte a la continuation de esa obra gloriosa; y no

puedo consentir en que se ponga ni por un momento en duda mi de- cidido interes por el credito esterior de mi pais. He llenado el uni¬ co objeto con que pedi la palabra, y la dejo.

Octuvo la palabra el Sr. Ministro de Hacienda y espuso que le era altamente sensible que el Honorable Sr. Senador que acababa

-de hablar,se hubiese creido ofendidopor algunos de los conceptos que el (el Sr^ Ministro) habia vertido.=Que protestaba con toda la fran-

queza que le era caracteristica que no habia tenido la menor inten¬ tion de herir la susceptibilidad del Honorable Sr. Senador, euyo ar- diente patriotismo y noble anhelo por el bien publico se hohraba en rcconocer.=Que deploraba se hubiese comprendido mal, una figura usada en el Ienguaje, y le rogaba recordase que habia dicho: "que cualquiera que no conociese a fondo nuestro estado politico, nues¬ tra liberal legislation y la protection que el Gobierno presta al co¬ mercio y a la industria, creeria, a estar por el discurso del Sr. Sena¬ dor, que vivimos en un pueblo salvaje sin leyes, sin comercio y sin orden social, y consideraria a su Gobierno, como un Gobierno inca- paz sin patriotismo y sin celo."~-Porque al enumerar el Sr. Sena-

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dor los medios que se podian emplear para obtener cl resultado

que por el proyecto en discusion se buscaba, habia indicado el buen

empleo del tiempo, pudiendo dar a entender asi, que el Ejecutivo Na¬ cional no habia sabido ni sabia aprovechar!o.=Que esperaba que el Sr. Senador quedaria satkfecho con esta esplicacion y persuadido que el ("el Sr. Ministro} habia estado muy distante de querer infe- rirle la menor ofensa; y por lo tanto le rogaba se persuadiese que no habia querido ni podia querer arrojarla menor duda sobre sus pa- trioticos antecedentes, su eeloy consagracion a la organization del

pais, y a su engrandecimiento y progreso. El Sr. Zapata repitio varias veces durante la anterior exposition

del Sr. Ministro, qne quedaba satisfecho; y asi lo manifesto nueva- mente luego que este concluyo de hablar.

Terminado este incidente continuo c! debate de la orden del dia, y obteniendola palabra el Sr. Barra espuso:

Sefiores: Poco puede agregarse ya en pro 6 en contra de una cuestion que

ha sido debatida con tanta luzy con tanto ardor. Me veo sinembar-

go obligado a tomar la palabra, para rectificar un error que entre otros he notado en cl hermoso discurso del Honorable Senador que ha informado a nombre de las Comisiones—Dudando el Honorable Orador de la realidad del sentimiento dominante en'el pais, en obse¬

quio dei pensamiento que ocupa a la Camara, ha sitado como tnsu- ficiente el recurso de la prensa argentina para esplorar la opinion, 6 al inenos la hace pasar como organo de una fraction pequena de la sociedad comparada a la generalidad de la Nacion=:No hay exacti- tud en esto, permitaseme- afirmarlo y demostrarlo.

Desde que existen leyes protectoras dc la libertad nada se opone pues, a libre discusion.—Yo, como escritorde la confederation, co¬ mo propietario de un poriodico,he cmitido mis opinioncs en esta ma¬ teria con constancia y hasta con ardor. He provocado la discusion

por la prensa; he interpelado las opiniones mas competentes, y-he ofrecido las columnas de mi periodico a las ideas de todos, y sinem-

bargo ninguna contradiction ha contcuido; ninguna voz se ha levan- tado para rectificarmc=Y la prensa a f6,que os una de las fuentes en donde puede esplorarse la opinion, en una materia tratada con tanta

anticipation en el pais—A lo menos, es uno dc los medios mas efica-

ses, puesto q'esa opinion que se invoca no tiene recursos para levan- tarse unisonamente, ni espresarse dc una manera simultanea.

Invoco esos hechos para contestar al Honorable orador; me re- fiero tambien a las peticiones elevadas a la Camara; y mas que todo al hecho mismo de hallarme yo ocupando un asiento en el seno de cs- te ilustre Senado—Yo no tengo ninguu titulo que mc haga remarca-

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Me; yo no tengo grandes servicios rendidos a la Patria; yo no fenfa' razon para esperar que un pueblo Argentino me honrase con este

sombramiento;y entre tanto, he sido sorprendido con un testimonio-

que no puede tener otro origen que la simpatiu de las ideas que he emitido en la prensa.

Dificil seria retener en la memoria los puntos que forman<el dis- eurso que procuro contestar; ni es posible a un Sen'.dor novel reba- tar con orden ni conbrillo, las ideas que con tanto esplendor ha de-- senvuelto el miembro informante-Apoyado, sinembargo, en mi con¬ ciencia y en mis datos procurare fundar mis opinioncs.

Ante todo creo que hay en el fondo de esta materia una cuestion-

politica que es necesario que se resuelva—La Confederacion Argen¬ tina, en posesion de su soberania politica; autorizada a tratar y- en- tenderse con las potencias estrangeras; dnena de sus rios; duefia de

leyes que producen resuitados fecundos; de una Constitution lleua de garantias y dc libertades, es impotente sincmbargo para Icjtslar en su orden economico, y queda a merced de un Gobierno y de un;i

Lejislatura de.Provincia, que fijados accidentalmente en las bocas del Plata segu'ran siendo los arbitros de nuestra condition mercan¬ til. Es necesario pues que los pueblos argentihos se emancipen ya de esa practica tributaria euando poseen los medios, porque consu¬ men y porque producen; porque tienen elementos naturales q'utilizar en ofeequio de un comercio directo, y porque pesan sobrc eilos, tra- bas y recargos que es necesario eliminar.

Por olra parte la cuestion del dia como me permitire llamarla, ha

llegadb a un punto en que no es dado ya negarle todo el apoyo de ia Camara y su soberana sancinn=Obrar de otra manera seria aho-

gar en su cuna ese estimulo universal que se levanta en toda la Re¬

publica para provcer a su mejor situacion y a su progreso; seria de- clarar la impotencia National fucray dentro de la Nation—Impor- taria decir a los pueblos estrangeros, y a todos los intercses que se relacionan con nosotros y que ensancharan esos vinculos—"no po¬ demos comerciar directamente; no podemos salir del rol de proleta¬ ries; no tenemos medios de figurar comoNacionmercantil ni indus¬ trial"—Y eso a la vez que nos causaria inmeriso mal, seria por de¬ mas inexacto; porque tenemos esos recursos, y porque nos sobran los medios.

Si fuera mi animo entrar ahora a examrnar la cuestion econo- mica tan debatida ya, detallaria esos medios y esos reeursos, pero mc limitary a-observar una razon capital que aboga por el triunfo de la medida que se anahza. El hecho de crear tin mercado en la Con- feederacion, acercandoio precisamente adonde esta la production y el consumo, releva desde luego al comercio nacional.de un sacrificio.

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pesa sobre el, que lo agota, que lo inutiliza —Proveyendose la

-Confederacion en el rio de la Plata, es un hecho que el comerciante

iiecesita tres capitales en vez de uno, ademas del sacrificio de tiem¬

po que es uu cuarto capital—Necesita el capital de losvalores que introduce; necesita otro capital para el pago de los derechos al fisco; necesita otro para los gastos de flctes transportes &a—Es este ua

hecho incuestionable, porque aun cuando sus compras sean hechas a un plazo estenso, y aun cuando su credito sirve para responder al

fisco tambien por un tiempo dado, es dc notarse que las distancias desde Buenos Aires y Montevideo a un Pueblo de la Confederation no le permiten al introductor realizar su espedicion con desahogo antes de los vencimientos de los plazo's.

Estas trabas abrumantes son bastantes para e3terilizar el espiritu mas activo, para desalentar la esperanza mas vigorosa y para debili- tar los mas generosos estrraulos.

Sehadieho tambien que no estamos preparados ami para empren- der este nuevo jiro, rompiendo nuestros habitos con una Ley—Y que esperamos?—Que se oponea que emprendamos esta nueva y gran-' diosa obia de nuestra regeneration?—Por que no es tiempo toda- via?—Yo no alcanzo a divisar esos estorbos—-Yo creo que ese po,-ve- nir tan anhelado, tan invocado por todos ha llegadoya—En los diss

de luto invocabamos la libertad, y tenemos libertades consignadas en una Constitucion sabia y liberal,; en los momentos de trastorno invocabamos la paz, y los pueblos gotfan de paz y de orden. La na¬ cion revela por todas partes decision de mantener esas instituciones,

esaquietud, y esas libertades. El buen sentido nacional nqs garante una gran base parajuturos trabaos de engrandecimiento, y no es dado

menospreciar una realidad, ni desalentar el buen espiritu que domi- na v que ha de prevalecer—Y ademas, la naturaleza no nos ha do- tado de dones esplendidos para dejarlos inutiles y abandonados. Nos ha dado rios magnificos, cluna envidiablc, terrenos fecundos y vas-

tos, y un caracter benigno y hospitalario. Ctimplase pues nuestro

destino; y hagamos servir tan ricos prcsentes como ofrenda a la civi-' lizacion y a los progresos de la epoca.

Se han llamado mas de una vez restrictivas las ideas de fijar el comercio dircctopor medio de derechos diferenciales—Se condena tambien este principio como contrano a la practica adelantada de otrtis naciones, con especialidad la Inglaterra. Se dice que esa na¬ cion es un modelo de ciencia, y que el estudio secular y el desarrollo de su comercio y de su industria le aconsejan oomo ultimo resultado la estension mas amplia de franquicias en su legislation adua-

nera, para asegurar mayores resuitados—No digo lo contrario, pero me permito advertir, que es una costumbre ja casi amcricana

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rosarse siempre y compararse en todas sus obras y en tados sus pen- samientos a naciones que son exepcionales en el mundo, sin consi- derar la distancia que existe en Ia condition de pueblos que cbnclu-

yen su vida, con naciones que la comienzan recien. Ln Inglaterra ocupandose de Ia abolition del sistema proteccionista,hacia entrar en csa consideracion la vida y la suerte de sus colonias; nosotros no te¬ nemos colonias, no estamos pues en el mismo caso; y si bien Ro¬ berto Peel hizo triunfar su doctrina, no es menos ciertoque las ideas

que lo contrarrestaban ni eran menos ilustradasni menos eminentes. Esos ejemplos pueden servirnos para su adoption pero no deben ser inexorables por nosotros—La regla que nos conviene seguir es la de la conveniencia, y en este caso el testimonio elocuente de adhe¬ sion del comercio nacional, nos dice cual es la conveniencia.

Se quiere llamar restrictivo al pensamiento de crear derechos di¬ ferenciales !—Esto no es exacto. Por el contrario, se rompe el mo-

nopolio, y se trae el concurso de las naciones industriales y manu-

factureras,con los estimulos de mayores ventajas q' les son ofrecidas. Los mercados del Plata no producen, no fabrican nada para nosotros; cobran alii un tributo a nuestro consumo y nada mas—Ese tributo

que subsiste por la practica de nuestra historia lo paga el consumi¬ dor de los pueblos, sin q' por el se indemnicecon ninguna ventaja— No hay equidad siquiera, y entonces no puede consentirse en un sa- crificio sin compensation.

No insistir6mas; no fatigare la atencion de la Camara con la lar-

ga serie de hechos y de reflexiones a que se presta esta inagotable cuestion", porque ellos estan en la conciencia de cada uno; pero sirva ]o espuesto ya,para fundar mi voto enteramehte contrario al informe de la Comision del Senado.

El Sr. Elias=Voy a hablar, Sr. Presidente, y como me encuen¬ tro algo enfermo, pido la indulgencia del Honorable Senado, si hay algun des6rden en mis ideas.

Despues de lo que se ha dicho en pro y en contra del dictamen de la Comision conjunta, que aconseja la no adoption de la saneion de la Honorable Camara de Diputados sobre derechos diferenciales, no

quisiera ocupar la atencion del Senado, pcro como el asunto sobre

que se versa ese dictamen es grave y es de aquellos que tienen jin caracter serio y transcendental no quiero dejar de manifestar las ra¬ zones que obran en mi animo para adherirme al juicio de la Comi¬ sion y estar en oposicion a la sancion de la Honorable Camara de

Hiputados. La cuestion de los derechos diferenciales, de la manera que debo

considerarla tiene dos faces: la una es politica y la otra econ6mica 6 comercial, pero corno ambas se relacionan estrecharaente no se de-

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beria considerar la una con prescindencia de la otra. Sin embargo, tomare la cuestion por la faz politica que es la jias grave, la mas

seria, la mas prominente, tocando por incidencia la economica que ha sido tan dilucidada por el Sr. Senador miembro informante de

la Comision y por los de la oposicion en la Honorable Camara de Di¬

putados, y lo hare" con la sinceridad y el patriotismo con que todos debemos proceder en cumplimiento de nuestros deberes, y con la

conciencia que tengo en mis propias convicciones.

Bajo el aspecto politico tratare ia cuestien de los derechos diferen¬ ciales, porque antes que cotnerciante soy argentino, soy nacionalis- ta y no quiero que seaflojen los lazos que deben unir a los pueblos todos de la Confederacion.

Si Buenos Aires hoy no esta bajo el regimen constitutional que ban aceptado y jurado trece provincias hermanas, no por esto es cierto que ella no forme parte de la comunidad nacional; ni es de creerse que maiiana no saiga de la situacion desgraciada y transita- ria en que esta culocada, ella es una provincia de la Confederacion, ni puede ser otra cosa, ni hay nada que me pruebe lo contrario; por que ella misma ha declarado que es parte integrante de la nation ar¬

gentina; y porque aunque quisiera no serlo, tenemos el derecho y In

justicia de obligarla a. declinar de una absurdidad, de una criminali-

dad, porque no podria llamarse de otro modo, todo acto que tendiese a despedazar la unidad nacional, que es indivisible.

La situation de la provincia de Buenos Aires, acabo de decirlo, c8 transitoria, y nosotros no debemos aguijonearla, ni legislar para un dia; porque un ano, seis, diez, en la vida de los pueblos es un

momento; y es por esto que seria imprudente adoptar resoluciones

legislativas que pueden darnos diferentes resuitados economicos de los que piensan obtener los que, con la mejor buena fe y patriotismo creen que con \os derechos differencial es la Confederation, 6 con mas

propiedad, el Rosario, va a transformarse rcpentinamente en un em-

porio de comercio, en un Liverpool. Yo asi lo deseo, como deseo

que la nacion argentina, sea grande, rica y poderosa; pero lo ha de ser por la hberalidad de sus instituciones, por la grandeza de stis

procedimientos y por las virtudes de sus magistrados. El objeto ostensible que se proponeu los sostenedoresde los dete-

cnos diferenciales es atraer el comercio directo; yo asi lo creo por¬

que hago justicia a la bundad de sus intenciones: pero, Sr., el comer¬ cio no se atrae empleando los medios repulsivos, contrariando el or¬ den de las cosas, violentando las conveniencias comerciales. El tiene sus corrientes naturales, como las tienen los magnificos rios

Uruguay y Parana que en su cursonos ensenan el camino que deben llevar nuestros productos y tfiiestras relaciones. Esa superabundant

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te vegetation que se de9prende de las ccstas y de las islas do esos rios que llamamos camalotes ^a donde van? van,Sr.,al rio de la Plata, van al mar,porque obedecen a un impulso natural q' los arrastra y no se puede contrariar. Asi es el comercio, tiene el movif del interes q* es el agente,el vcrdadero vapor que lo lleva a todas las regiones de la

tierra, sin que neeesite otra cosa que libertad y seguridad,"csa liber¬ tad legrtima que es la gloria de los pueblos1', en espresion del Abate Lamenais.

Los ensayos en politica suelen scr perniciosos. En el orden mo¬ ral como en el fisico las transiciones subitas suelcn ser tan nocivas al

cuerpo social como al euerpo humauo. Las artes, las cieneias, las instituciones sociales y aun las fuerzas materiales e intelectuales del hombre no se perfeccionan y desarrollan si no con el tiempo, por que la marcha del genero humano hatia su perfection es lenta y pro- gresiva.

Si la Confederacion marcha hoy, Scftor, asu prosperidad como la manifiestan los hechos, una Constitution solemnemente jnrada, los rios abiertos al comertio y a las bandcras de todo el mundo, los tra¬ tados celebrados con naciones de alta civilization e importancia, el 6rden y la paz que reina en toda la Republica, el respeto que los pue¬ blos argentinos tributan a la autoridad nacional, el idioma elocnen te de las ci'fras y la libertad con que legislamos en este augusto re- cinto, no es cordura mostrarnos descontentadizos con nuestra situa¬ cion, como no lo essalir de ella por las exigencias de lo que se llama la opinion publica, que las mas veces va a un fin noble aunque no conoee losinconvcnientes que a ello se oponen,,ni los medios que deben ernplearse para obtenerlo.

La opinion publica para nosotros debe seria voz do nuestra con¬ ciencia, la fuerza de nuestras convicciones, porque como represetan- tes legitimos de los pueblos es a ellos a los que tenemos que respon- der de nuestros procedimientos, que seran juzgados con severidad si son perniciosos, aunque sean obra del inas puro patriotismo.

Evitemos, Sr., que los presentesy la posteridad digan de nosotros lo que decia Adisson, un gran poeta ingles—maldilas sean sus virtu- des, ellas han causado la ruina de su patria.

Considerar la cuestion de ios derechos diferenciales por la faz yu- ramente economica seria un error, pues he dicho ya que esta cues¬ tion tiene dos faces: tiene dos polos muy distintos sobre los que gi- ra toda nuestra actualidad.

Desde que noso'ros tenemos el mcuestionable derecho de legislar como mas convenga a los intereses dc la Confedoracion, con absoluta prescindencia de una provincia hermana, de un puebjo que tambien es argentino, esa provincia se creera autorizada para adoptarlas resu

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lucrones que crea convenir mas a sus intereses, a su oomcrcio, a su

politica; de modo que deuna inedida aduaneraaotra, de retorsion en

retorsion, de desacuerdo en dosacuerdo iremos rompiendo todos los

vinculos, falseando todas jiuestras relaciones y fonientando el perni- cioso y disolvente espiritu de localisino hastn descender a la arena de los escandalos; de esc espiritu de localisnio que puede cnagenar- nos para siempre la voluntad de un pueblo hennano y arrebatarnos deuna en una, las perlas de la corona argentina,haciendonos olvidar

que todos hemos combatido bajo la sombra de una misma gloriosa bandera, y que en las batallas ha corrido mezclada la sangre de to¬ dos los argentinos.

Si Buenos Aireh. desconoce el patriotismo de nuestras intenciones

y comprende, sin razon, que la cuestion de los derechos diferentialcs ha sido promovida por odios de localidad, por ntezquinos intereses, por querer trabar su comercio. contener su prosporidad, y mas que todo por precipitarlo a que se incorpore a la comunidad national 6 a que rompa los vinculos de gloria y de infortunios comunes jque hara? Yo no lo se, Senor, pero como argentino me estremezco con la idea de que pueda hacer una temeridad, un desatino en contradic¬ tion con el sentimiento del pais y con la solemne manifestation que hizo el Congreso Federal Legislativo al terminar l«s sesiones del aiio anterior; pero adoptarti, cuando menos, resolucioncs aduaneras

que puedan perjudicar al comercio y a la industria de la Republica. Si impone grandss dcrechos o los productos que de la Confede¬

ration seesportan para su mercado, 6 si es que veda por capr'cho 6 rencor qtre todos ellos entren a sus puertos i qi e haremos ?—Tal vez se me dint que no lo hara, porque no le conviene, lo que seria una razon frivola, una respuesta sin logica porque los Gobiernos como los indiyiduos no siempre obran por conveniencia, obran mu- chas veces por honor, por venganza 6 por otras muchas causas.

Si el norte de la politica de los gobiernos y de las naciones fuera la conveniencia, el mundo dormiria en paz y no veriamos esas guer- ras sangrientas que estremecen a la humanidad.

Tambien se me dira que para refrenar las demasiasde los gobier¬ nos de Buenos Aires tendriamos la ultima ratio regum, razon que £Sta grabada sobre los brohces cspafioles, de manera que siempre vendrramos al abismo de que aforlunadamente salimos con la victo¬

ria de Caseros y eon la Constitution de Mayo. Apelara la ultima razon seria abnr ia caja de Pandora para que los males volasen por toda la Republica.

No es solo a Buenos Aires a la que afectaria todo lo que se qui- siese hacer para agarrar el vellosino de oro, atraer por medio de los derechos diferenciales el comertio directo, que vendra en parte,

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no lo dudo, como iria yo apie desde el Rosario a Cordoba, si tenien- do que ir se jne vedasen los medios de movilidad, sin que la nece¬ sidad de ir probase nada a favor de la prohibition.

La Republica Orientnl del Uruguay tan ligada a nosotros por su origen, por sus instituciones, por sus relaciones comercialesy por su vecindad, sentiria una grande alteration en esas mismas relaciones que forinan un nucleo de conveniencias reciprocas, cimentada por muchos afios, y que no se pueden desatender sin graves inconve- i!*'Utes.

He dicho que la Repubiica Oriental esta muy ligada a nosotros por su origen y vecindad, y es por esto que no accptaria con buena voluntad el golpe inesperado que lastimaria su comercio, y es de crecr que ella adoptaria, a su vez, medidas aduancras. que daharian a ese comercio directo que con leyes y decretos queremos traer nl puerto del Rosario y que pueden perjudicar a la industria de la Confederacion. Asi es que siendo Buenos Aires y Montevideo las dos plazas mas irnportant.es del rio de la Plata, bieu podria Lucedor que ellas se mancomunasen para ulterioridades que pueden surgir y sernos muy desagradables, sin que tuviesen el derecho de quejar- nos, ni de rechazarlas como nocivas a los interesos de la Confede- ration.

A romolque de esa mancomtroidar! comercial vendrian todos los intereses lastimados, la vocingleria de la industria perjudicada, la critica de las naciones que nos observan y nos acusarian de imprcvi- sores y poco generosos.

Se dice tambien que es preciso tener vida propia y definir la si¬ tuation de Buenos Aires, y como yo no entiendo que es lo que quie¬ re decir tener vida propia ; vacilo en incertidumbres que me harian

desconfiarque la Confederation tiene soberania pues no tener vida.

propia, en cl sentido politico de la palabra significa dependencia sino viera que somos tan soberanos e independientes como la nacion mas poderosa de la tierra.

Las diferencias 6 necesidades comerciales que existcn entre las naciones y que las forman el clima, la geografia, la industria, la po¬ blacion y otros tmuchos accidentes,jamas las han reputado los publi- cistas ni economistas como dependencias. Si hay dependencia erj comerciar con esta 6 aquella localidad, permutar este 6 aquel pro- ducto, seguramente que no habra una sola nation independiente.

La vida propia la quiero yo para la nacion argentina, dejando a todos en igualdad de derechos la libertad de comerciar con nosotros y con los pueblos vecinos sin restricciones odiosas, que siempre son

ineficaccs, porque todos conspiran contra ellas La vida propia la

quiero yo para la nacion en las institutiones, en la libertad y en el

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orden, y no en las doctrinas perniciosas de la intolerantia y de la

exageracion de los que descorocen el patriotismo prudente de los hombres de bien, si a ellas no cuadra la rectitud de la conciencia

Iagena Concluire, Sr. haciendo una sincera y alta manifestation para

que se entienda bien, que yo aqui no abogo por la causa de Buenos

Aires—que aunque yo pertenesco a esa provincia por mi origen y mis recuerdos descle que en elia estan las tumbas de mis padres; mi

presente, mi futuro y mis hijos estan en la Confederacion, por cuya liberfad y organizacion he trabajado con mi patriotismo y tanas in- tenciones en los dias de peligros y de prueba, al lado del que der- rib6 la tirania, y que si he aplaudido las conquistas que han hecho los pueblos argentinos para emanciparse de las influentias y predo- miniode aquelia provincia, jamas consenting en nada que pueda des- trozar la integridad nacional.

Aqui, Sr. Presidente, no soy mas que un Senador de la Republica '

y como ta! y en defensa de los intereses bien entendidos del pais, del

honor, de la grandeza y de la gloria de ia nacion argentina, votare

por el dictrimen de la Comision. El Sr. Echague : Veo con dolor que se prolonga esta discusion,

alejanoonos tal vez del objeto a que deseamos arribar, y temo que se abandone la unica via que debe eonducirnos al acierto. La orden del dia que nos ocupa esta en mi humilde juicio, reducida ii indagar si conviene a nuestra Republica adoptar medidas para establecer el comercio directo por medio de los derechos difc-enciales* y si tiene

justicia para sancionarlas. Considerada la cuestion ensu uniuoy-ver- dadero punto de vista, no es ciertamente por el Ilamamiento ii los afectos del corazon,-por el estr'mulo dc los sentimientosde eonfrater- nidad que estan vivos en todos los Argentinos, ni por los recuerdos de comunidad de glorias y de infortunios que se puede llegar a la

verdad, sino por la fria razon del Legislador, y poi los guarismos tratados con la rigidezdel calculo.

Hay una verdad primitiva quese eleva hasta la cuna del hombre, que se halla entre todas las naciones y que esta gravada en nuestra alma por la mano divina. Esa verdad es la ley natural de la que na- cen los derechos y leu deberes. Ella autoriza a los pueblos como a los individuos, a procurarse no solo los medios de propia conserva¬

tion, sino los de mejorar su bienestar. Guiado por estos principios de eterna verdad, no trcpidare en asegurar que, es fuera de toda duda, que nuestra Republica puede y debe darso todas las leyes, que juzgue conducentes a su ehgrandecimiento y prosperidad; y es cier¬ tamente muy pusilanime el temor que se conciba porque, Buenos Aires adopte represalias en desagravio de una ofensa imaginaria.

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Juzgo mas 'bien que llos que acojen semejnnte sospccha, son los que preti.-aincnte agraviari a la justicia y a la ilustracion de aquel pue¬ blo. La Confederation saneiouando la ley que nos ocupa hace un uso legitimo de un derecho que es esdusivamente suyo; y declarau- do fibres de todo gravamen los productos naturales .0 manufactura¬ dos de Buenos Aires, le presenta ua testimonio de estrecha confra- ternidad. Seria, pues. injustificable todo procedimiento hostil de su

parte, y un agravio gratuito de Ja nuestra suponer aun la probabili- dad de que tal conducta observase.

Se ha dicho, si no me equivoco que el establecimiento dc los de¬ rechos diferenciales se resienten deinconstitucionalidad.

Por mas que examino las prescripciones de nuestra Constitution; por mas que medito sobre sus tendencias progresistas, nada veo que no lo apoye mas bien. Si se examina esta medida bojo sn punto de vista politico, despues de probada su justicia, nada ehcuentro que la pueda ofender, ni meuos que tamer, porque para su perpctuidad tiene de su parte el dereeho y H poder.

Si es bajo el punto de vista economico, el comercio directo reali- zara todas las proinesas de esa gran carta, que seria la gloria de cualquier nation que la po=-ey,ese, coino hace el orgullo de todo ciu- dadano Arjjentino. Con el nos vendriafi todos los beneficios de la civilization moderna,las tiencias y las artes; se promoverian mil in-

dustrias; afluirian grandes capitales, una numerosa inmigracion que nos comunicarian sus habitos laboriosos; S3 expenderian con rrnis utilidad y ventajas nuostrou frutos,—-se crearian las necesidades y los medios de formar muelles en nuestros puertos, de realizar los ferro-carriles, de abrir nucvas via? fluviales y terrestres de comuni- eacion y trasporte, y nuestros comerciantes, en contacto mas inme¬ diato con el estrangero, con menos trabas a sus especuiacioncs mer¬ cantiles, saldran de esa condition pasiva a que estan hoy relcgados, haran uso del culculo, y acometeran empresas que les daran utilida- des a que no han podido hasta hoy aspirar.

Se ha dicho por el Honorable miembro informante que con un ra-sgo de pluma no se forma un mcrcado, y que no se deben precipi- tar las medidas; y repitiendo yo la misma figura de que el Honora¬ ble Sr. feenador ha usado "decid al Parana que cambie el curso de "su corriente,y el seguira tranquilo sin obedeceros;pero preparadle "con teson un nuevo curso, dadle el declive que necesitan sus aguas "para correr, y entonces un ligcro tajo dado en su costado sera "suficiente para que tome su nueva direction,'' para aplicarla a nuestra actualidad, me permitire decir, en vista de los recursos con que cuenta nuestro comertio para sostcnerlo directamente con ol

extrangero; en vista del scntimiernfeo general de los ciudadanos por

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esc espiritu d'e progi'cso tpie como un torrcnte lbs impulsa al' err-*

grandecimiento y a las mejoras: "la cornente ha marcado ya su cur- "so no teneis que foimnrle ya cse declne, quiladlc solo el unico

"dique que le impide marchar, santioiiando la ley de la Honorable "•Camara de Diputados que esta en revision, y vercis conro por un

"rasgo de pluma ciescentralizaiscl mercado de Buenos Aires y lo es "tableceis en nuestros puertos."

Estas breves indicacioncs bastan para haccros comprender que votare contra el dictamen de las Comisiones, icser\iindom« espla>- narlas mas y presentaros otras razones, si se poncn en discusioni

particular los articulos dela ley de la Honorable Camara de D.D* El Sr. Lopez: Que siendo mienibro de Ids Comisiones que ha-

bian informado sobre el proyecto sancionado poi' la Honorable Ca¬ mara de Diputaclos aconsejando su reehazo, y en dis-idencia con el dictamen presentado, se creia'en el deber de indicar a/gurras de las- razones que habia teuido para estar como estaba, en ©position a el.

Que desde luego anunciaba que no opinaba tampoco por lbs ter- miuos del projeeto, porque, a su juicio, eran exagerados; pero que esa no era una razou suffeiente paia ostar en absoluta opos-icion al1

pensamieuto que formaba ei fondo de aquel; pues que no siendo* indeclinable esa exageracion, ella podia desaparecer.

Que su disidencia se apoyaba en muchos de los mismos fundamen- tos en que el Sr. miembro informante habia basado el dictamen de las Comisiones de que era organof coino pasaba a manifestarlo.

Que el Sr. Senador informante habia convenido en que los medio* artificiales de atraer a los puertos de 1« Confederacion el comercio

direeto, eran : la interdicion mcrcantil, con los niercados vetinos de Montevideo y Buenos Ayres; con la que el (el Sr. Senador) no es- taba de acuerdo ; los derechos diferenci-ales en recargo a las merca- derias que viniesen de esos mismos mercados; y las primas ofrcci- das a los cargamentos que directamente Uegasen de ultramar a los-

puertos de la Confederacion ; y que el St. Senador fundaba el recha- zo del proyecto en que los derechos diferenckdes que este establece,.

eqnivalian a una verdadera y rigorosa interdiccion; porque doblan- dose por medio de ellos a un 3(5 p. § el'impuestoque deberi pagar los- articulos qae vengan de cabos adentro, se hacia imposible su arribo a nuestras plazas.

Que esto queria decir, que si el derecho ordinario en lugar deserr como era, un 18 p. §, fuese solo de un 12 6 nn 6, las Comisiones; obrando logicamente, habrian aceptado el proyecto; que porconsi- guiente, no han podido tener razon para aconsejar su rechazo obso--

luto, probandose asi, que los argumentos del Sr. Senador por Mendo¬

za, estaban fuera de lugar, y no correspondian a la discusion en g«~

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neral del proyecto. Que cuando este hubiese sido aceptado y se le eonsidera*e en detail, habria sido la ocasion propia de oponerle aque- llas razones, y tratar de hacer que esas diferencias que el Sr. Sena¬ dor traducia en rigorosa interdiction, se convirtiesen enprimas,se-pa.- rando del proyecto todo lo que tenia de exageradamente represivo.

Que como habia demostrado, las Comisiones habian basadosu dio- tamen en un supuesto falso, y que de consiguiente tenian que ser fatalmente erroneas todas las conclusiones que de ese supuesto se

dedttjesen; que lo natural habria sido aceptar el proyecto en gene¬ ral, es decir, el hn que el se proponia, y buscar el medio, haciendo desaparecer lo exajerado de los terminos en que estaba concebido

Que por lo demas estaba tan dilucidada esa cuestion, que seria cansar iniitilmente la atencion de la H. Camara, tratar de dar nue- vas razones sobre ella—que habia querido solo inanifestar ligera- mente los fundamentos de su voto que seria en oposicion al dicta¬ men de las Comisiones.

El Sr. Sara via'. La necesidad de que por la momentanea ausentia del H. S. Se¬

nador encargado por las Comisiones para sostener el debate, no que- densin eer contestadas algunas deducciones poco exactas enunciadas

por el H. Sr. Senador que acaba de hablar, al objeto de presentar el dictamen de las Comisiones como basado sobre un supuesto falso, y como contradictorio tambien con los mismos principios y razones invocados en el informe; me ha dbscidido a usar de la palabra en es¬ ta discusion, en la que creiano deber tomarla por ser casi imposible adelantar en ella un solo razanamiento nuevo, una sola idea siquiera despues de los brillantes y victoriosos discursos que acabamos de oir al H. Sr. Senador miembro informante de las Comisiones y a otro Sr. Senador en apoyo del dictamen que se discute. Vastos y al- tamente elocuentes esos discursos, han abrazado todo, todo cuanto la ciencia, la politica y el patriotismo pueden dictar en oposkion al pensamiento de establecer derech os diferenciales para el eomer- cio de la Confederacion. Mis palabras pues, nada agregaran, y tie¬ nen solo por objeto rectificar, como he dicho, algunos conceptos ine- xactos que se han emitido por los sostenedores de aquel pensamien¬ to, y que importa no queden en pie.

El Honorable Sr. Senador, miembro en discidencia de las Comi¬ siones, que me ha precedido en el uso de la palabra, comprendiendo mal sin duda la exposition que a nombre de aquellas, se ha hecho, les atribuye una estimation errada de los tres diferentes medios pro- puestos para la adquisicion del comercio directo: la interdiccion co¬ mertial con los mercados del Plato: el establecimiento de derechos

diferenciales para estos; y la concesion de primas en favor de las

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importatidnes directas.="Las Comisiones, dice, rep titan do coino "una verdadera y rigorosa interdiccion, el establecimiento de los al- "tos derechos diferenciales que fija la minuta, estiin por el rechazo absolutode ella=que reducidos aquellos derechos a terminos mas "moderados y convertidos asi en los que se quiere llamar primas, las "Comisiones los habrian aceptado; y que por tauto, para ser conse- "cuentes en suspropias ideas no han debido aconsejar el rechazo ab- "solutode la minuta, sino su adoption sn general, para despues, al "consideraraele en los detalles, proponer sea modificada en termi- "nos de hacer desaparecer toda exageracion.'"

Las Comisiones, Sr., no han aconsejado el rechazo absoluto de la minuta, por lo exagerado solo de los Direchos Diferenciales que ella

esrablece; ni han podido tampoco eomprender por un momento, co¬ mo lo supone el Sr. Senador a quien contesto, que redncidos esos Derechos a su mitad 6 tercera parte, tomarian la naturalezs y efec¬ tos de las primas. Bien claro y esplicitamente se ha dicho, tanto en el informe escrito de las Comisiones, como en la luminosa esposicion del miembro informante de ellas, que rechazan absolntamente el

pensamiento de Derechos Diferenciales, por la injusticia que em- buelve hacia dos pueblosvecinos, por su desarmoniacon Jiuestrasius- tituciones liderales y compromises contraidos en Tratados publicos, y por los inmensos inconvementes, en fin, que acarrearia a nuestra economia interior. Ningun argumento contra la minuta se hahe- cho oir por parte de las Comisiones 6 de lo de los otros Sres. Sena- dores que piensan Qon estas, que s-e apoye en la exageracion del im-

puestb diferencial; y es pues injusto que sediga que las Comisiones no han tenido mas razon que esta ultima, para pedir que sea dese- chada la minuta.

Las Comisiones con la severa imparcialidad de un juez recto e ilus- trado analizando los derechos diferenciales, y la concesion dr.primas como medio de atraer el comercio directo, han definido muy bien la diversa naturaleza de uno y otro:—El primero corno un recurso es- tremo, de dudosa legitimidad, odioso en su csencia, y peligroso por lo mismo para la paz esterior y tranquilidad del pais. El 2. ° tern*- plado, justo, legitimo; que a nadie daila, y que lejos de contrarinr 6 desvirtuar, como el anterior, el espiritu y tendencias de nuestras li- berales instituciones, es su expresion mas elocuente, es la action mis¬ ma de estas. Las Comisiones pues, que tenian a la vista estas nota¬ bles y trascedentales diferencias,y que las han manifestado detemda- mente a la Honorable Camara, no podianincu.rir en el absurdo de aceptar como concesion de primas la imposition de derechos diferen¬ ciales, aun cuando fueran estos moderados hasta su ultima expresion; y el Sr.Senador que ha creido descubrir esla contradiction en lasCo-

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ndsicno.s, ha padecido sin duda un error, del que lo creo ya dcsctl*

ganado. Un otro Sr. Senador ha dicho que el dictamen de las Comisiones

contiariabaabiertatnente con la opinion publica de la Nacion, espresada por la prensa periodica y por manife&taciones directas, que algunas localidades han elevado al Congreso; opinion que no solo debe ser

la regla de las Comisiones en su dictamen, sino tambien la del Sena¬ do en sus deliberaciones. Este argumento de un caracter general, aplicable a todas las cuestiones parlamentarias, no debe tampoco

quedar sin coutestarsc; tanto para prevenir su efcctn en la presente, cuanto para esiablecer con tiempo ante la Camara y para losucesivo

su verdadcra e intrinceca importaucia. Nada hay mas vago, Sr., y de que por lo mismo se haya abusado

mas, que lo que se llama opinion publico. A nombre de esta, e

invocandola, se han hecho todas las gucrras que han ensangrentado el Globo desde el origen de las sociedades; a su nombre, se levantau

y perpetual? los despotas; a su nombre se ha tiranizado los pueblos; a nombre de la opinion publica se derriban los Gobiernos mas lejiti- rrros y justos, se trastornan las instituciones mas sabias, se encieiide

y atiza la anarquia, y hasta se barbarizan los pueblos civilizados en

nombre de la opinion publica no hay genero de injusticia que no £e

haya hecho, invocandola. La historia de, todo el mundo nos ofrece a la vista esta verdad amarga; pero mas elocuente que aquella es

nuestra misma dolorosa expeiiencia, adquirida durante toda la epoca de nuestra existenciasocial, hasta la reciente conquista y afianzamien-

•to de Imestra libcrtad, de nuestros derehosyde nuestro orden cons¬

titutional. ,6'Cual seria, Sr. la duration de estos preciosos bienes; cual su eficacia y ci'ral en fin nuestra suerte, si quedarati librados solo

a la direction que les imprimiesc la prensa periodica, 6 las manifesta¬

ciones honestas 6 interesadas de una 6 muchas loealidades La

prensa, ejerza enhorabuena su action sobre el movirniento y pro¬

greso de las sociedades; pero no pretenda levantarse hasta el San-

<uario de la ley, 6 imponer al Lejislador su juicio y su voluntad, por unas que ellos alhaguen a una mayoria de Ciudadanos.

En un pais constituido como cl nuestro, todos, tocks los Ciudada¬

nos han resignado su juicio y su voluntad, sobre los ncgocios genera- les, en sus lejisladorcs ; y estos, para cumplir diguamentc su alta y deiicada inision, antes que ccder ciegos a las proclamaciones de la prensa, y ajlas insinuaciones mas 6 menos formuladas y expli- citas de alguna multitud, tienen que consultar su razon y su con-

•ciencia, los eolos guias que se les haya asignado para el desempeno de aquella. Esa razon y esa conciencia de los Lejisladores traduti- das en leyes, son la unica y verdadera opinion puhlica; la unica vejf-

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dadera espresion de la voluntad general. La opinion publica, pues, si hay alguna verdaderamente tal, sale del seno del Congreso; no viene ante el, como se ha pretendido, a dictarle sus resoluciones.

No es la primera vez que el Senado haya oido invocar estos prin- cipios de vital conservation, y de que tiene el, la mas perfecta con¬

ciencia. No ha mucho, uno de los Sres. Ministros de Estado, Ila- mado a este recinto para oir y contestar una interpelacion, fue aper- cibido por un Honorable, Sr. Senador de hallarse pronunciada la opi¬ nion ptiblica contra su administration; y ese Sr. Ministro contestd, sin que fuese replicado, que el no reconoeia otra opinion publica que la espresada por las deliberaciones del Congreso, y queesperaba el

pronunciamiento del Senado para apreciar su caida ante la opinion. El Senado no Ia dio; y el Sr. Ministro sigue con honor formando

parte del Gobierno. Lo mismo que las proclamaciones de la prensa, las peticiones populares elevadas a! Congreso, no pueden traer a el ese

podo/ moral que se les atribuye, y al cual se pretende sean someti- das las deliberaciones legislativas. El precioso derecho de peticionar creado por la Constitution, desde sus primeros ensayos entre noso- tros ha sido desnaturalizado, y podra llegar a ser bien funesto si con

tiempo no se le corrije, reduciendolo a sus verdaderos limitcs. La Constitution, ha creado eee derecho en favor de los individuos

6 de las colecciones para que puedan solicitar de los poderes publi¬ cos, uu derecho, una gratia, 6 un beneficio especial, pero de ningun modo para que el individuo 6 una 6 mas fracciones de la Nacion

puodan pedir a nornbrede esta e" invocar su conveniencia. La ley, le¬

jos de aceptar este uso de la petition, lo clasifica y condena como un deiito grave : ha previsto muy bien, que la petition empleada en esta forma podria llegar a ser un poder que sofocase a los poderes publicos y hasta a la misma ley. No es necesario Sr., que vayamos muy lejos en busca de ejemplos y pruebas que nos ensenen este resultado. La-

grande obra de nuestra libertad y organizacion no se habria realiza-

do, si el genio ilustre que la emprendio hubiera debido pararse ante la aparente y falseada voluntad de la mayoria nacional. Cuando

aquella obra santa se iniciaba con gloria en el Entre-Rios, cien mil firmas recojidas en todos los otros pueblos de la Republica autoriza- ban una petition para la perpetuidad de la dictadura y sangriento despotismo entronizado en Buenos Aires. ^

Si es cierto que alguna vez sea conveniente, sea necesario, como de seguro lo es al presente, que el legislador esplore en el pueblo la

opinion y la conveniencia general mor que no proceder, Sr., por el

egemplo sabio y provechoso que nos ha legado el Congreso Consti-

tuyente? Los diferentes intereses de la sociedad tienen todos sus

representantes natos, para sostenerlos y sus organos legitimos para

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hacerse oir mor que como lo hizo aquel Congreso con ocasion de la ley de Hacienda, no buscarnos tambien nosotros en ellos mismos la '

ilustracion que pudiera faltarnos sobre la verdadera convenicncia 6 inconveniencia general de una ley como la que se discute, de tras- cendencia inmensamente mayor que aquella, y para la que ninguna urgencia nos apremia? Nada perderiamos, nada aventuramos en esperar a las proximas sesiones, para sancionarla con perfecto cono- cimiento de aquellos intereses, espresados esplicitamente por sus 6r- ganos legitimos,' 3 por lo menos habriamos evitado la precipitation, perniciosa las mas veces, y siernpre, siempre peligrosa.

Son varias las fases de esta cnestion, como son varios los obgctos de la ley en proyecto, y es envano que se quiera encerrarla en el ter¬ reno estrecho del calculo y de las cifras: intereses mas graves, con- sideraciones mas altas que la adicion de un guarismo a. otro guaris- mo en ei computo de los beneficios del comercio, estan inseparable y fatalmente envueltos en cl proyecto que se discute, y para votajlo, nose puede, comolo ha insinuado un Honorable Senador de losque han hablado antes, dejar de tcnerseles en cuenta. En mi humilde - juicio, no es la adquisicion del comercio directo el objeto primor¬ dial de este proyecto; es el de preparar una solution cualquiera a la situacion anormal en que desgraciadamente se encuentra Buenos Aires respecto de la Confederacion. Yo veo mas, Sr; veo estable- cida ya esa solution en el proyecto: veo declarada en el la separa¬ tion definitiva de Buenos Aires. Esto es muy cierto; y a demos- trarlo concurren no solo los conceptos y terminos mismos del pro¬ yecto, sino tambien la argumentation toda que se hace en su favor por sus sostenedores. Buenos Aires por el proyecto, es reputado como pueblo estrangero a la Confederation,* porque a no tenersele por tal, a considerarsele parte integrante de Ia Nacion como Io de¬ cide nuestra ley fundamental y la declaran repetidas solemnes pro- testas del Gobierno Federal, el c^mercio directo que hace y disfruta aquella provincia, es comercio directo de la nacion, sin que vaste pa¬ ra estimarselc de otra naturaleza el que accidental y temporaria- mente la Confederacion se halle privada de sus beneficios inmedia¬ tos. Traer a nuestros puertos la concurrencia del comercio directo, se dice; como si el de Buenos Aires, no fuera tambien nuestro. Emanciparnos, se declama, de la dependencia comercial en que estamos de Buenos Aires, como si Buenos Aires fuese una patria distinta y estrana de la nucstra; como si maiiana el comercio atrai- do al Rosario, pudiera establecer dependencia para los otros puertos y pueblos de la Confederacion, y autorizar nucvas y nuevas emanci- paciones.

Concebir que el comercio directo atraido al Rosario durante el

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mal aventuradoy accidental aislamiento de Buenos Aires,podra sos- tenerse en concurrencia con el de este ultimo puerto, cuando el vuel- va como volvera al fin a la comunidad argentina, es una estrana ilu-

sion; como lo es tambien el que pudieramos sostener y fomentar el coniercio directo para ambos mercados. -Nuestro consumo y pro¬ duccion apenas perceptible en el vasto cuadro delmovimiento activo comertial del siglo, nuestrareducida poblacion, nuestroorden aim no bien cimentado, apenas si pueden atraer unas pocas naves curopeas cargadas con los efectos de nuestros consumos, y que nos demanden nuestra producion: y pretendemos con ellas sostener distintos mer¬ cados. j,Por que creernos mas sabios, ni mas favorecidos que otros

pueblos que, con una vida politica mucho mas larga que la nuestra, con instituciones y habitos radicados y con unainmensa mayor po¬ blacion y producciones que las nuestras, no han tentado ensayar siquiera los grandes beneficios que se cree infalible obtendremos por la sancion de este proyecto? Mas de seis fuertes nacioncs del mis¬ mo origen que la nuestra,y que bordan el vasto litoraldel Pacifico no tiene sino un mercado de deposito,eI de Valparaiso,para proveerse; y en Valparaiso que no es un puerto que accidentalmente estefucra de la dependencia de esas distintas naciones, buscan ellas su comercio

sinrepugnancia,y sincreerse depgndientesy humilladas. Sera, acaso, que en aquellos parses no haya habido hasta hoy, una inspiration feliz, un genio que les revele el medio facil y seguro del cstableci- miento de dercchos diferenciales para atraer a sus propios puertos el comercio directo de la Europa! No Sr.: esque saben lo que debemos nosotros tener presente; que el comercio obedece a otras leyes que a las que pueden dictar los Oongresos; y para ellos como para noso¬ tros, en vano seria adoptar medidas legislativas para atraerlo direc¬ tamente, si falta el concurso y combination de un gran numero de condiciones y elementos que aquel exige y que no son del resorte y pofestadde las leyes. Dejemos formarse esos elementos, impulse- fnoslos en su desarrollo, y el comercio directo nos vendra por si mis¬ mo a todos los puertos de la Confederacion. Hoy esos elementos entan en su cuna, y el Rosario, en donde quiere formarse el merca¬ do general, aurr no tiene los bastantes para afraer tres 6 cuatro co¬ merciantes argentinos que desean y quieren volver a su patria desde las Republicas-vecinas, pero que no se atreven todavia a traer a a- quella plaza sus pingues capitales. Tal vez en el seno misino del Senado hay alguno de estos.

El comertio directo, en su signification tecnica, es el que se hace inmediatamente entre el productor y el consumidor; y si hay alguna propiedad, no completa, en llamar asi al que se quiere establecer y fomentar entre nuestros mercados y los europeos, quedan del todo

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falseados esta denomination y el significado de ella, desde que se les aplique, como lo hace el proyecto, a todas las espediciones mer¬ cantiles a sola condition de no haber estacionado en Montevideo 6 Buenos Aires. Los mercados del Brasil, habilitados por el proyecto para traernos de sus dep6sitos las mercaderias europeos que con- sumimos, como precedentes inmediatamente de los mercados pro- ductores de la Europa, hacen la satira mas resalttntc de la impro- piedad de llamar comercio directo a nuestra clausura comercial con Buenos Aires y Montevideo; como hacen tambien el desmentido mas solemne de lo que se aparenta querer en-el proyrecto. Si hay algu¬ na razon, algun pretesto para romper nuestras relaciones comercia- les con Buenos Aires, ^cual puede tenerse para incluir en ese anatema mercantil al Estado Oriental del_ Uruguay, con quien esta- mos en perfecta paz y amistad, y a quien nos ligan vinculos de comun origen y sacrificios? ^que razon puede haber para poner a ese pais de peor condition ante nusstra ley comertial, que al Imperio del Brasil? Visto es pues, que se quiere por medio de es¬ ta injusticia, encubrir hasta cierto punto la tendencia positiva del proyecto en cuestion. Se quiere que Buenos Aires se una a nosotros por la cohercion, y apremiado por las necesidades de su comertio; pero lejos de que pudiera alcanzarse tan laudable objeto, no se ob- tendra otra cosa que empefiarlo mas y mas en el incesante trabajo que sostiene para trastornar nuestro orden constitutional,* y lo que es peor aun, tal vez procurarle dentro de nosotros mismos, elementos

que esplotar con tan dafiado fin. El establecimiento de derechos diferenciales producira inevitablc-

mente una revolution completa en el mecanismo de nuestro comer¬ cio interior y exterior: un gran sacudimiento se experimentara, y muchas fortunas caeran por tierra ; y todos los perjudicados, todos aquellos que, privados de comerciar con Buenoe Aires, tengan que quedar inactivos, podrian llegar a haceree la vanguardia de Buenos Aires en el combate que sostiene hasta hoy sin fruto, contra nuestro actual y feliz orden de cosas.

Por estas considerasiones, agregadas a las infinitas e incontrasta- bles, representadas por el Sr. miembro informante de las Comisiones, he suscrito con entusiasmo el informe de estas, y votare con perfecto convencimiento y tranquila conciencia, por el rechazo de la minuta- que se discute: pero si contra mis convicciones y mi voto, ella es eri-

gida en ley, no solo la acatare, sino que le consagrare todos mis es- fuerzos para apartarle los graves inconvenientes que hoy le reconoz- co, y para que de los felices resuitados que se prometen los que la desean. Tal sera entonces mi deber; por hoy es otro, el de oponers. me a su sancion.

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Terminada la anterior exposition el Sr. Presidente invito a loa Sres. Senadores a pasar a un cuarto de intermedio; y asi se verifico.

Continuando la sesion en tercera hora con el mismo ntimero de Sres. Senadores, menos el Sr. Leiva que se habia retirado por indis¬ position, el Sr. Presidente espreso que continuaba el debate.

Pidio, la palabra el Sr. Diaz-Velez, y espuso : que estaba muy distante de tener ni aun remotamente la presuncion de creerse ca- paz de adelantar en el grave asunto que motivaba la presente dis- cusion, ninguna idea que pudiera arrojar mas luz en la materia que la motivaba, despues que los Honorables Senadores que le habian precedido en la palabra habian dilucidadola cuestioncon tanta sabi- duria considerandola bajo todos sus aspectos; pero que siendo el uno de los dos miembros de las Comisiones que se habian separado y estado en disidencia con el resto de sus honorables colegas, creia por esta razon encontrarse en el deber de manifestar brevemente las que lo habian becho separarse y opinar en oposicion al resto de di- chas comisiones encargadas de dictaminar; asi era que tan lejos de creer que pudiese encontrarse ninguna razon nueva que aducir, aca- baria por bacer motion para que ee diese el punto por suficiente- mente discutido, y se procediese a votar, si la motion fuese apoyada, y la Honorable Camara lo resolviese. Dijo que por su parte, habia creido que la ley sancionada por la Honorable Camara de Diputa¬ dos y pasada en revision a la del Senado, envolvia dos cosas dife- rentes, a saber: el pensamiento, que era atraer el comercio directo, y los medios de atraerlo, que eran los derechos diferenciales', de modo que siendd'esto cierto, como ahora tenia una nueva razon para porsuadirselo por cuanto el Honorable Senador que le habia prece¬ dido en la palabra, miembro tambieu de las Comisiones de los que apoyaban el proyecto que se diseutia, acababa de decir, "que en el caso de que se admitiese el pensamiento en general de la ley de la Camara de Diputados pasada en revision, deberia modificarse en la parte que esa ley consideraba a los buques veuidos del Janeiro a nuestros puertos, en igual caso y circunstantias que a los que vinie- sen desde Europa con mercaderias de primera mano, etc." Persua- dido de que ambas cosas envolvia la ley, a saber: el pensaniienfo 6 asunto que ella se proponia y los medios de obtenerlo, no concebia como era que aconsejandose por las Comisiones en sudictamen, que se lechazase en general la ley venida en revision, anunciascn las mismas comisiones que se ocupaban de preparar un otro proyecto para atraer el comercio directo a nuestros puertos, sin los inconv'e- nientes que, dicen, tener aquella ley. Que tal procedimiento lo ha¬ bia creido y lo creia inconstitucional, por cuanto la Constitution de- termina que todo asuntp rechazado por una de las CanJaras, no se

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pueda considerar en las sesiones del niismo aiio, sino en las venide- ras. Asi eso, como las Comisiones autoras del dictamen que for- maba la orden del dia, anunciaban presentar un otro proyecto de

ley sobre el mismo asunto y con el mismo fin de atraer el comercio directo a nuestros puertos, al mismo tiempo que aconsejaban que la

ley venida en revision, que envolvia el mismo asunto y 'el mismo

pensamiento, fuese rechazada. Que el (cl Sr. Senador) habia esta¬ do y estaba en disidencia con las Comisiones a que pertenetia, sobre este modo de procedimiento que creia inconstitutional. Que contes- tando a lo que se acababa de decir tambien por cl mismo Honorable Sefior Senador que le habia precedido, respecto a que "cnando ma- "ilana u otro dia la Provincia de Buenos Aires se uniese a la Confe- "deracion habia precisamcnte de ser esto bajo la condition de que "acabasen todos los marcados que se hubicran establecido, y queda- "sen refundidos, como lo habian estado siempre, en el solo mercado "de Buenos Aires/' y rebatiendo tal suposicion, espondria : Que tal

suposicion gratuita importaba, a su juicio, una calumnia injusta con¬ tra los sentimientos liberales, patrioticos y confraternales que habian

guiado la conducta del pueblo porteno; cuyo pueblo, en union con todos los demas que hoy forman la Confederacion, desde la gloriosa revolution del aiiode 18l0,no penso en otracosa que en dar libertad, a eosta de los mayores sacrificios que fuera necesario hacer, no solo a todos los pueblos que compusieron el antiguo Vireinato de Buenos

Aires, sino tambien a todos los demas de esta parte del Continente

Americano; y que esa libertad que procuro claries, no fue nunca con la mira de oprimirlo's ni de hacerlos pobres y miscrables, sino con la de propender al engrandecimiento y dicha de todos. Que .'esas ideas de centralization, no solo del comertio en un solo puerto, sino tambien de toda la administration y todo el Gobierno en general de la Republica, eran y habian sido antes, desde un principio, las ideas 6 sistema de uno de los bandos opartidos politieos en que la Repu¬ blica ha estado y aun se encuentra en parte clividida; pero que ese banclo 6 partido politico no es Buenos Aires, sino que se compone y se ha c.ompuesto siempre de hombres de todas las provintias. Que lejos de eso, en muchas ocasiones y en distintas epocas, cuando por desgracia se solia alzar el estandarte de la guerra civil, tan frecuente entre nosotros, se han visto a las masas de la Provincia de Buenos Aires unirse a los ejercitos de las otras

Provincias que se habian armado disputando y sosteniendo la

ignaldad de les pueblos en sus derechos, en sus prerrogativas y en todos los goces que pretendian hacer comunes para todos.—

Que bastaba fijar la vista y la consideration en nuestra historia

pasada y presentc, para convenir en estas verdades; pero que co-

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mo Buenos Aires habia sido por muchos ailos el asiento de las autoridades nacionales, y de alii emanaban y salian esas ideas

centralistas, apoyadas, no por la mayoi'ia de Buenos Aires, sino

•por el circulo dominante que se hallaba a la cabeza del Gobier¬

no, dc ahi nacia el que entonces (como hoy mismo sucede) se

atribuyese a Buenos Aires lo que no es sino la pretension de un circulo 6 bando politico.—Que usando del mismo .ejemplo de que se sirvio otro Honorable Sr. Senador, se permitiria observarle

que para que un camalote siguiese pop- si mismo la corriente en las aguas de nuestro caudaloso Parana, como el Sr. Senader preo- pinaute decia, era preciso primero que ese oamalote se hubiese soltado y desprendido de la isla a que antes estaba sugeto. Asi es lo mismo respecto de nuestro comercio directo, que para que por sj mismo sea arrastrado por la corriente de las cosas, es preciso primero que nuestras leyes y disposiciones ecouomicas des- prendan a nuestro comercio de la sujecion y dependencia en que hasta hoy se encuentra del de Buenos Aires.

Terminada la anterior exposicion, el Sr. Senador hizo la motion, que alprmcipiar aquella habiaindicado que haria para que se dieso el punto porsuficiente discutido, pero habiendo antes pedido y obte- nido la palabra el Sr. Paz, el Sr. Presidente dijo: "tiene la palabra el Honorable Sr. Senador Paz.

El Sr. Paz.—Senor: como mi opinion contraria a los derechos diftrenciales, es ya conocida por la prensa, no me he de detener a repetir los fundamentos en que la apoyce, ni tampoco los nueva- mente aducidos, para no molestar la atencion del Senado.

He querido ser el ultimo en tomar la palabra, con el deseo de oir' las razoncs que se diesen en favor del proyecto en revision y tengo que decirlo, por mas q'uequisiera evitarlo, no he oido un solo argu- mento en favor de los derechos dif erenciales, que es adonde debieron haber dirigido sus esfuerzos los opositores al dictamen de las Comi¬ siones.—Voy a contestar a los argumentos mas prominentes que se han present ado en bellos discursos

Se ha prineipiado, al contestar el largo y brillante discurso del miembro informante, por aseverar que todas las naciones han empe- zado por la adoption del sistema proteccionista 6 restrictive—No tengo inconveniente en confesar que esta es una verdad, sin que de ella pueda sacarse la consecuencia que se dedujo. Todas las nacio¬ nes ban empezado por ese sistema, se ha dicho, adoptando el del comertio libre, solo cuaado su industria ha llegado a su mas alto o-ra- do de perfection; luego es conveniente que la nuestra enteramente nueva, adopte el mismo camino.

Las viejas Naciones han empezado, es verdad, por el sislema res-

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trictivo,no porque fuese mas conveniente, sino porque no conocian otro.—Todas las nuevas verdades, como el sistema de'libre comer¬ cio, han sido aceptadas cuando se han descubierto y han sido recono- tidas por la esperiencia,

Despues de esto se -pasoa sostener el derecho que la Confedera¬ tion tiene para legislar sobre el punto en discusiqn.—Confieso por mi parte, no haber oido en el seno del Senado que se le haya negadu tal derecho, por consiguiente no creo muy del caso los argumentos que con este motivo se han aducido.

En seguida se hizo un parangon entre Montevideo, Buenos Aires

y la Confederation. ^,Por que, se dijo, se niega a la Confederation la facilkladdetraer el comercio directo, a sus puertos, cuando Bue¬ nos Aires y aun Montevideo gozan de 61 con menos poblacion, me¬ nos consumo, menos exportation y riqueza? No puedo negar que este argnmento es muy fuerte en favor de las probabilidades del Co¬ mertio Directo, sin que nada arguya en favor de los derechos dife¬ renciales.— Por otra parte, la explication es muy sencilla, A mas de la position geografica quefavorece a esos puertos, debe tenerse pre¬ sente, que el pueblo de Buenos Aires y el de Montevideo tienen un centro de poblacion numerosn, al paso que la de la Confederation

Argentina se halhi dispersa, a grandee distancias yen pequenos gru- pos, muy especialmente sobre sus aduanas fluviales. Si nosotros

pudiesemos reunir en el Rosario, por ejemplo, el millon de habilan- tes de los pueblos confederados con todas sus producciones y rique- zas, sin duda alguna que Buenos Aires y Montevideo quedarian eclipsados antes delos cuatro meses. Pero es una hip6tesis impo¬ sible, y solo el tiempo y la libertad politica industrial pueden darhos un mcrcado como el que deseamos.

Para alejar los temores del contrabando, que en mi concepto, se ha dicho bicn, cuando se espuso el temor deque seconvirtieseen sis- tema,se dice que los buques q'vengan de alta mar son los menos apro- posito para contrabandear, por sus pocas relaciones y conocimientos en el pars; deduciendo en consecuencia que lejos de aumentarse se di«minuirra el contrabando. Verdad es que las espediciones veni¬ das directarnentede Europa, son las menos aprop6sito para contra¬ bandear; pero nadie ha temido el contrabando de esas espediciones aquienesse les concede la mitad menos de derechos, sino del cabo-

taje a quien se le impone doble derecho. He oido, por otra parte, decir que para complempntar nuestra in-

dependencia, se necesita que nuestro comertio sacuda el yugo que lo detiene uncido a Buenos Aires. Sr.: yo lambien soy partidario del comertio directo como el que mas; pero cs preciso que no exa-

gcremos y llevemos las cosas al estremo. La deoendencia del co-

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mereio es reciproca en todas las niciones civilizadas. como la de los hombres en sociedad. A nadie se le ha ocurrido detir, que la In¬

glaterra depende de los Estados Unidos porque tiene que com-

prarlesus algodones;ni de la Rusia 6 el rio de la Plata, p >rque tam¬ bien tiene que comprarle su peleteria: como no puede decirse que mi ciudadano cualquiera depende del artesano a quicn tiene que com¬

prarle el calzado. Resu'taria, Sr, que no hay en el orbe nacion, alguna independiente ni hombre libre. '

Se ha traido tambien a consideration los inconvenientes y dificul- tades que soporta todo el comercio de las Provintias, yendo a los mercados de Buenos Aires 6 Montevideo. Esta es'una verdad que deploro, pero una verdad que solo sirve,para probar la necesidad de tcner urr mercado en cl Rosario; cosa muy distinta a derechos

diferentialcs. Asi es que este, como los demas argumentos que dejo contesta-

dos, no se dirigen al for.do de la cuestion que es, si conviene 6 n6 al pais el establecimiento de derechos diferenciales; quedando en consecuencia subeistentes todas las razones espuestas por el 6rga- no de las comisiones.

Terminare haciendo algunas refcrencias a la ciencia, que es en mi concepto lo que dcbia resolver la presente cuestion.

No es'una medida nueva la que hoy quiere en-,ayarse. Otras na¬

ciones, en epocas lejanas ban adoptado varias medidas. parecidas y aun sistemas erroneos, cuyas falales consecuencias han sentido tarde.

La economia politica es una ciencia muy nueva, y ante*1 de lle¬

gar a la altura que hoy tiene, sus drferenfrts sistemaa erroneos abra- zados y puestos en piactica por algunosgobiernos, ban traido gran- des males a los pueblos.

A su aparicron, defcctuosa como todas las cosas que salen por primera vez de manos del hombre, sucedieron loe diferentes siste¬ mas. Por algun tiempo triirnfo el comertial, despues el de protection a la agricultura, como unica fuente de riqueza, y ultrmaniente el in--

dustnal, que vino a poncr en evidencia el gran principio de que cl

trabajo es el primer manantial de la riqueza. Aquellos sistemas llevados al esclusivismo arrastraron los pue¬

blos a funestas consecuencias; pero hoy desechados por la esperien- cia, no hay nacion alguna civilizada que piense en resucitarlos.

Aprovechemos pues, en favor de nuestro pais lecciones tan amar

gas. La adopcion de cualquier medida, preslando ura proteccio exesiva a cualquiera de los difcrentes ramos de la industria genera rios pondrian cincucnta anos mas atras de la civilization presente

No se puede impugnementc conccdcr una gran vcnlaja, por ej<.,u.

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filo, al iabrador,- sin lastimar a las demas ocupaciones del hombre, y .sin ahogar tal vez a la misma labranza.

En apoyo de esta ich a, voy a citar tin hecho que tuyo lugar en Buenos Aires. El afio 40 inarcharon a la invasion sobre las Piovin- cias casi todos l«»s labradores; el trigo escaseo nincho, y aunque se elevo a un valor mucho mas alto del sefialado, pordecrctos vigentcs para permilir la inti'oduceion de las harinas norte americanas, Ro¬ sas no lo consintio con el aniino de prestar toda protection alla'ora- dor, Efectivamente ios lahradores enriquecieron el primer ano. Mo- vidos por tan poderoso aliciente, abandonaron unos el pastoreo, otros el coniercio y demas industrias que ejercian con prpvecho, y se dedicaron a sembrar trigo en tan gran cantidad, que llegaron a levantar mucho mas del necesario al consumo, con grandes gastos y sin tener exportation alguna, porque no podian competir con los Estados Unidos. El resultadp fue que algunos trigos se derramaron y arrojuron ponpie nohubo quieir diese precio alguuo. Por dosafios seguidos, la quiebra de los labradore3 fue general, y solo despues de largo tiempo y considerables perdidas, llego a balancearse nueva- mente el consumo con la production. Esto sacudimientos tan vio- lentos en la industria no pueden hacer sentir sus fata les consccuen- cias, sino despues de mucho tiempo, y cuando los males son inevita¬ bles.

Segun todos los principios admitidos hoy por la ciencia, a los go- iiiernos no les q.ueda otro medio para protejer la produccion y la ri- queza, que quitar los estorbos (pie puedan detenerlas, y dejar en jdeua libertad al intere\s particular, que es el que mejor conoce su coQvetiiencia. Es pues, ti medio propuusto, para protejer nuestro cotttertio, contrario a los principios de la ciencia.

El Sr. Gonzalez, por lo que veo estamos como al nrinoipio; pues eies tierto que, en sentir del Honorable Senador preopinante, nin- guna razon han dado los que hacen oposicion al dictamen de la Co¬ mision para queostase persuada; tambieu lo es que, los Sres. Sena- dores de la Cotuision nada ban dicho para convencer a los otros. Estamos pues correspondidos en esto.

Por lo demas, me es forzoso decir que cuando los pueblos, principalmente Inglaterra adopto el sistema restrictive en sus leyes conocidas con el nombre de Acta de navegacion, no fue, como dice el Sr. Senador que acaba de hablar, en razon de/que no seconociau los principios de economta politica, pues que ya ni aun se nombraban a los primeros escrjtores de hi cieutia economica. En esto hay una grave equivocation. Inglaterra conocr'a bien esa ciencia, y al accptar elespediente de sus leyes restrictivas, lo hizo consultando su estado, s,us artes, sus productos y sus convenieucias en aquella

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epoca, como hoy mismo, Sr., lo hacc-n todas las nation.es sin ccep" tuar una sola. Y sino digame el Sr. Senador, jicual es hoy mismo eS

Estndo, 6 nacion que no tenga mas 6 menos algunas restnctiones en su cotnercio? ^Cual es ese pueblo que hoy tenga sancionada en sus

leyes economicas la libertad ilimitada del comertio? ^No tienen to¬ dos sus aduanas, sus derechos, sus impuestos

En cuanto a los niedios que como unieos nos presenta el Honorable Senador preopinante para establecer el comercio-

directo, tengo esa proposition por falsa y la niego; porquo ca¬ da ley que la nation quiera y pueda darse, cada decreto y mil

leyes y mil decretos, serian otros tantos medios y espedientes que con arreglo a su siruacion geografica, podrian esblecerlo. Por consiguiente la Confederacion en la ley que nos ocup.i- usa del espediente que juzga mejor sin que por esto deje de po¬ der despues adoptar otro, y sin que ahora haya razon para decirse

que cl que establece es contra los principios de la ciencia economi¬ ca. El comercio Sr., el pueblo pide el establecimiento de nuestro mercado national en nuestros puertos, el cotnerciante es el mejor oconomista, porque es practico en los resuitados del cambio y no de¬ be querer ier dailado. El que se canse dc leer las teoriasde econo- mia politica y sin mas que con ellas emprenda un negocio, bien per- dido se hallaria; pero tire el hbro y tome consejo de un comerciante

y vera entonces el resultado segnro. Ha dicho el Honorable Senador preopinnnte que esta materia de¬

be ser difinida por personas que sepan la ciencia economica, que la

hayan estudiado y cono^can sus principios. Y que ^se duda que los Sres. Diputados que han sancionado la ley, tienen profundus cono- cimientos en esa ciencia { Yo no puedo negarles la posesion de

grandes prmcipios, y es a eso que se debe el tino y niesura con que ban sabido conciliar los principios con. nuestras circunstancias y con las especialidades de nuestra localidad. Insistiere pues en la oposi¬ cion al dictamen de la Comision, y me sera muy satisfactorio que vuestra Honorabilidad preste su sancion a la ley pasada en revision.

He dicho.

Terminada la exposition del Sr. Gonzalez, el Sr. Ministro pidi6 la

palabra; pero el Sr.Diaz-Velez espreso, que tenia hecha una motion bastantemente apoyada, para que se diese el punto por suficiente- inente discutido; y pidiose votase.

El Sr. Ministro, defirio a este reclamo, y el Sr. Presidente formu-

lo, para que se votase, la proposition siguiente: "Si se da 6 no, el punto por suficientemente discutido." Verificado el sufragio, result6 la afirmativa por unanimidad.

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El Sr. Presidente: Se va a votar sr se acepta 6 n6, el dictamen de las Comisiones que aconseja el rechazo del proyecto de ley sobre establecrmiento de derechos diferen dales, que os ha sido pasado eu revision por la Honorable Gamara de Diputados, debiendo enten- derse que la desaprobaeion de aquef, importa la aceptacion en gene¬ ral de este.

Formulada en este sentido fa proposicion, y votada, prevalecio la negativa por una mayorta de doce votus sobre once; quedando por eonsijiuiente sancionado en general el proyecto de la Honorable Ca- marade Diputados.

Los Honorables miembros del Senado que votaron en oposicion a este, y por la acceptation del informe de las Comisiones, fueron los Sres. Paz, Delgado, Saravia, Zapata, Barcena, Garcia, Usandivaras, Carol, Eli's*?, Godoy y Goitia.

Siertdo las seis y media de la tarde el Sr. Presidente propuso se levantase la sesion, dejando para el siguiente dia la consideration del proyecfo en particular, y no manifestandose ninguna oposicion asi se verified.

Rtibrica de S. E. el Presidente del Senado.

Carlos Ma. Saravia Secretario.

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Vigesima sesta sesion ordinaria del 19 de Julio de 1856

Orden del dia-

H. Sres. Senadores.

Acevedo. Ferre. Carol. Figueroa. Barcena. Saravia. Gonzalez. Leiva. Martinez. Uhas Eehague. Delgado. Paz. Alvarado. Crespo. vidal. Goitia. Garcia Zjp.ua Godoy. Diaz-Velez Uzandi\.ua^. Barra.

Presidencia del Sr. Carril.

Consideracion en detalle del proyecio de ley sobre de¬ rechos diferenciales.

En la'Ciudad del Parana Capital Provisoria de la Confederation-Argentina, a los diez y nueve dias del mes de Julio de mil ochocientos cincuenta y seis, reunidos en su sala de sesiones el Exmo. Sr. Pretidente del Senado, y demas Sres. Senadores anotados al marg-en, con inasistencia del Sr. Lopez sin aviso; se declaro abierta la sesion, eoncurriendo a ella S. E. el Ministro de Hacienda.

El Secretario manifesto no tener dispuesta aun la acta de la anterior; y no habiendo ningnn asun¬ to de que dar euenta, se paso inmediatamente a la consideration de la orden del dia formada por el

proyecto de ley sobre derechos diferenciales, que habia sido aceptado en grande en la sesion del dia anterior.

°;ob- Leido y puesto en discusion el articulo 1. Ausentes an avi^o -, 1 i ci T •

Lopez. tuvo la palabra el or. Leiva y espuso, que no es- taudo conforme con la redaction de este artieulo, se proponia pre- senlar algunas modifieaciones; pero que para hacerls necesitaba se le esplicase el sentido de ias palabras cabos afuera y cabos adentro, cual era la extension que se les daba, 6 la mente de la Honorable Camara de Diputados al establecer esa clasificacion en el articulo—

Que era sabido por todo el mnndo que el Rio de la Plata en su de- sembocadura en el Oceano, terminaba en los Cabos de Santa Maria

y San Antonio; y que era tambien usado y(bulgarllamar cabos aden¬ tro a tcdos los puntos de ambas margenes del Plata situados dentro de esos cabos; y cabos a fuera, a todos los puntos que se' encuentran, fuera de ellos. Que pedia pues se le esplicase por alguno de los Sres. miembros de la Comision, a. bien por el Sr. Ministro de Hacienda, si era en este sentido en el que se tomaba en el proyecto las deno- minaciones indicadas de cabos adentro y cabos afuera, y si se com-

prendia en la 1. ^ de estas denominaeiones a los puertos del Estado Oriental del Uruguay.

El Sr. Ministro expuso que la Comision de Hacienda podia satis- facer al Sr. Senador, sobre el particular.

Ninguno de los Sres. miembros de esta hizo uso de la palabra, y

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entonces el Sr. Gonzalez expJteo: que aun cuando do habia llegado el caso de que el informase, puesto que no habia habido necesidad de tomar en consideracion el proyecto de sostitucion que habia te¬ nido el honor de someter el dia anterior, asociado a, sus Honorable* Colegas los Sres. Ecbague y Diaz-Velez, se permitiria decir unas pocas palabras, espresando el sentido en que el comprendia lo que era cabos adentro y cabos afuera, y que no teniaduda, que con ese stntido, habia sido sancionada esa denomination por la otra Ca¬ mara.

Que se llamaba cabos a todos los puntos salientes del perimetro del territorio deuna misma Nation que entran en el mar, que por con¬ siguiente todo los puntos de la costa que se encuentren situados 'ha¬ cia esta parte de cualquiera de esos cabos, estaban de cabos adentro. Que bajo esta consideracion, los puertos del Estado Oriental, como pertenecientes a una Nacion estraiia, se encontraban de cabos afue¬ ra; lo que no sucederia si continuase siendo parte del Territorio Ar¬ gentino.

El Sr. Leiva espuso, que si se entendia que el Estado Oriental no quedaba comprendido de cabos adentro, nada tendria que objetar* pero que a su juicio, y segnn el tenor del mismo proyecto, no era esa la mente de la sancion, y q' desearia q° quedase bien definido esto, de modo que no llegase a ofrecer dudas—que por otra parte, siem¬ pre, se habia comprendido que estaban de cabos afuera, todos los puertos situados fuera del cabo San Antonio sobre el atlantico en la costa argentina, como Baia Blanca—Patagones &a. y sin dejar por eso de pertenecer al territorio de la misma nacion.

El Sr. Gonzales espuso, que no podia considerarse como de cabos afuera los puntos que estubiesen situados mas alia del de San An¬ tonio; por que despues de ese cabo habia otros muchos, y siempre el territorio situado entre uno j otro, estaba de cabos adentro hasta to- car con el ultimo que era el cabo de Hornos, y que para saber cua- les eran los puertos que en el sentido opuesto, quedan comprendidos dentro de cabos, debia buscarse la paralela de aquel, partiendo la linea del cabo de Santa Maria en la costa Oriental.

El Sr. Barra espuso, que refiriendose el presente debate a una cues¬ tion geografica, el mejor modo de termmarlo, seria determinar la latitudde un punto dado, desde donde se comprenderia cuales eran los que se encuentran dentro de cabos; lo que podria haeerse muy fa-, cilmente teniendo una carta geografica a la vista.

El Sr. Ministro de Hacienda espuso, que el no encontraba razon

para sostener este debate: Que en el Proyeeto sc espresaba bien cual habia sido la mente de la Honorable Camara de Diputados al establecer las donomirfaciones de cabos adentro y cabos afuera. Que

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sieracierto que sobre el atlantico existian algunos puertos recient-e- mente habilitado3 por el Gobierno de Buenos As. como Bahia Blan- ca y Patagones, lo era tambien q' eran puntos desiertos, que en mu¬ chos anos no podrian ser centros comerciales. Que no podia pues llegar el caso de que se ofreciese la duda que parecia abrigaba el Honorable Sr. Senador Leiva; y que si acaso alguna vez se ofrecia, entonces ei Ejecutivo Nacional, pediria una declaration sobre ella al

cong'reso. El S. Paz, espnso que efeetivamente, no habia motivo para dete-

nerse mas en la presente discusion; porq( no podia ponerse en duda

que cuando se decia de cabos afuera se hablaba de todos los puntos que se encuentran, sin limitation alguna fuera de los cabos de Santa Maria y San Antonio, que es donde termina el Rio de la Plata; que no podia haber sido otra la mente que a este respecto haya te'nido la Honorable Camara de Diputados en la sancion que se discutia.

El Sr. Leiva espuso: que aun se le ofrecia otra duda, y desearia

que el Sr. Ministro se sirviese resolverla; y era sobre el derecho or- diuario. Que a su juicio este derecho era el doce por ciento esta¬ blecido por la ley de 9 de Diciembre de 1853; porque el seis por ciento adicional era transitorio y su termino estaba seilalado a uu dia fijo, debiendo conciuir el 1. ° de Enero del ano entrante en vir- virtud de la ley aprobatoiia del decreto del Egecutivo Nacional transfiriendo el ano econfimico. Que desearia que este punto que- dase perfectamonte osplicado, para que la ley en su aplicacion a es¬ te respecto, no ofreeiese embarazos ni tropiezos.

El Sr. Ministro de Hacienda espuso que derecho ordinario, era todo impuesto establecido por ley; ya se entendiese el que estaba

vigente, 6 bien el que podia el Congreso Legislativo establecer en adelante. Que no habia pues temor de que se ofreciesen dudas

tampoco a este respecto, porque si el derecho ordinario, hoy, era el diez y ocho por ciento, podia estc ser reducido 6 aumentado a jui¬ cio del Congreso, sin dejar por eso de ser el derecho ordinario, y sin que con ese aumento 6 reduction se alterase en nada la referencia, que en el articulo que se discutia, se hace del derecho o"'di?iario.

El Sr. Leiva: insistio en que no podia llamarse derecho ordina¬ rio al seis por ciento adicional, fundandose en que este era un im¬ puesto subsidiario, establecido con un obgeto dado y por un termino limitado.

Despues de algunas otras esplicaciones a este respecto dados por el Sr. Ministro y el Sr. Gonzalez; y habiendose retirado aquel momentaneamente del Salon de Sesiones, se procedio a votar cl art. y resulto aprobado por una mayoria de diez y ocho votos contra einco.

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Puesto en discusion el articulo 2. °, y vuelto el Sr. Ministro es¬ puso: que sentia se hubiese votado ya el articulo 1. 0 porque en ese momento en que habia salido, habia recibido aviso del Minis- terio de Relaciones Esteriores de que el Plenipotenciario de S. M. B. habia representado al Gobierno que el plazo de 4 meses fijado por el articulo 1. ° de la ley, para que principiase su vigencia, era demasiado corto aun para que llegase el aviso a Inglaterra de haber sido sancionado, cuanto mas para que las casas de comertio puedan disponer sus negociaciones en conformidad a ella; y que suplicaba se alargase ese termino. Que el Gobierno habia encontrado justa y atendible csta demanda, y deseaba que en conformidad a ella el Congreso alargase ese plazo a un termino prudential. Pero que habiendo sido sancionado ya el artrculo pedia a la Honorable Ca¬ mara se sirviesereconsiderarlo.

El Sr. Garcia pidi6 al Secretario leyese el articulo del Regla¬ mento que se refiere a- la reconsideration de resoluciones ya sancio- nadas; y verificada, se manifesto que la reconsideration se establecia para los articulos desechados; y se convino, despues de una ligera discusion a este respecto* entre el Sr. Ministro y los Sres. Saravia, Gonzalez y Elias, que el articulo ya sancionado no estaba compren- dido en Ids easos en los que el Reglamento perniitia la reconsidera¬ tion; y que lo mas obvio y natnral era, que el Poder Egecutivo, des¬ pues que recibiese la ley, la observase ante la Camara de su origen, en conformidad al articulo 09 de la Constitucion.

Terminado este incidente, continuo la discusion del art. S. ° y no

haciendose observation alguna sobre el, se proced'6 a votar y resul¬ to aprobado por mayoria de diezy seis votos contra siete. El art.3. ° fue aprobado por una mayoria de veinte votos contra tres.

El 4. ° fu6 aprobaeo por unanimidad. Y siendo el 5. ° de forma, quedo el proyecto sancionado sin

variation alguna, y tal cual habia sido pasado en revision por la Ho¬ norable Camara de Diputados, .que es como consta de la acta de la sesion anterior.

No habiendo mngun otro asunto de que ocuparse, el Sr. Presi¬ dente deciaro terminada la sesion a las tres de la tarde, dando por orden de! dia para la inmediata que tendria lugar el 21 del corriente, los dos asuntos despachados por la Comision de Hacienda, sobre el contrato_de Banco con D. Francisco Casiano Belaustegui, y sobre el personal de la Contaduria y Tesoreria National y sueldo de sus em¬ pleados.

liubrica del Exmo. Sr. Presidente. Carlos Maria Saravia.—Seeretario. NOTA—Al nprobrrfie eata acta por el Honorable Penatlo, el Sr. Gonzalez reclamd ella eaponiendo, que CI no habia chcho: "que lt£ Puerto." du L-n&uo Oiientul dtl Ciuyutu, uiuvit-jcn ue movs ifAtivC CARLOS Ma. SAKAYIA.—Secretano.

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