Date post: | 21-Jan-2018 |
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Health & Medicine |
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Sistema General de Salud
Social en Salud
Juan Paulo Villamizar Villamizar
¿Cómo se constituye el
SGSSS?
ObjetivosArticulo 152- Ley 100/1993
- Una adecuada organización
- Ampliación de coberturas
- Permitirle a los ciudadanos contar con el acceso a
los servicios de salud
Fundamentos del Servicio de
saludArticulo 153- Ley 100/1993
Integrantes del SGSSS
Articulo 155- Ley 100/1993
INTEGRANTES DEL
SGSSS
Beneficiarios del
SGSSS
Entidades
adscritas al
MPS FOSYGA
IPS prestadorasAportantes
Administración y
Financiamiento
Dirección,
Vigilancia y
Control
Características Básicas del
SGSSS
Articulo 156- Ley 100/1993
- El Gobierno Nacional dirigirá,orientara, regulara, controlara yvigilara el servicio publico deSGSSS.
- Todos los habitantes en Colombiadeberán estar afiliados al SGSSS.
Afiliados al SGSSSRégimen Contributivo
• Personas vinculadas a través de contrato de trabajo, servidores públicos, pensionados y jubilados y trabajadores independientes con capacidad de pago.
Régimen Subsidiado
• Son las personas que no tienen capacidad de pago para cubrir el monto total de la cotización.
• Serán subsidiados en el SGSSS la población mas pobre y vulnerable del país.
¿Cuáles son los deberes del
empleador?
Los empleadores que alno tener afiliado a sustrabajadores debenasumir los gastos que segeneren en caso deenfermedad, accidente omuerte, además de lassanciones que puedaimponerle laSuperintendenciaNacional de Salud porincumplimiento de susdeberes.
Régimen de Beneficios
Artículos 162- 169
• Permite la protección integral de las familias a la maternidad y enfermedad en general.
• Permite la promoción y fomento de la salud y la prevención, diagnostico, tratamiento y rehabilitación.
Plan Obligatorio de
Salud
• Serán beneficiarios del Sistema el (o la) conyugue o el compañero(ra) permanente del afiliado, cuya unión sea superior a 2 años, hijos menores de 18 años.
Cobertura Familiar
• Las Empresas Promotoras de Salud y las Admiradoras del Régimen Subsidiado no podrán aplicar prexistencia a sus afiliados.
Preexistencias
Régimen de Beneficios
Artículos 162- 169
• Esta constituido por aquellas intervenciones que se dirigen directamente a la colectividad o aquellas que son dirigidas a los individuos pero tienen altas externalidades, tales como la información publica, la educación y fomento de la salud.
Atención Básica
• Para las mujeres en estado de embarazo, cubrirá los servicios de salud en el control prenatal, atención de parto, control de posparto y afecciones.
Atención Maternal Infantil
• Esta atención debe ser prestada en forma obligatoria por todas las entidades publicas y privadas que presten servicios de salud.
Atención Inicial de
Urgencias
Entidades Promotoras
de SaludSon las entidades encargadasresponsables de la afiliación, y elregistro de los afiliados y del recaudode sus cotizaciones, por delegación delFondo de Solidaridad y Garantía.
Bibliografía CONGRESO DE LA REPUBLICA. Ley
100/1993.
MINISTERIO DE SALUD. Aseguramiento al Sistema General de Seguridad Social en Salud. (online). Bogotá D.C., (2014). Citado el 30 de marzo de 2016: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VP/DOA/ASL/cartilla__%20movilidad.pdf