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SOCIEDAD CONCESIONARIA AEROPUERTO EL TEPUAL S.A. Augusto Leguía Sur 160, Of. 51 Teléfono 23519235 Las Condes Santiago Aeropuerto El Tepual s/n Teléfono 2294158 Puerto Montt BASES DE LICITACIÓN PARA PRESENTAR PROPUESTAS POR LA SUBCONCESION DE MODULOS DE ATENCION A PUBLICO Y ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS PARA LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO ARRIENDO DE VEHÍCULOS EN EL AEROPUERTO EL TEPUAL DE LA CIUDAD DE PUERTO MONTT. Agosto 2014
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SOCIEDAD CONCESIONARIA AEROPUERTO EL TEPUAL S.A.

Augusto Leguía Sur 160, Of. 51 – Teléfono 23519235 – Las Condes – Santiago

Aeropuerto El Tepual s/n – Teléfono 2294158 – Puerto Montt

BASES DE LICITACIÓN PARA PRESENTAR PROPUESTAS POR LA

SUBCONCESION DE MODULOS DE ATENCION A PUBLICO Y ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS PARA LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO ARRIENDO DE VEHÍCULOS EN EL AEROPUERTO EL TEPUAL DE LA CIUDAD

DE PUERTO MONTT.

Agosto 2014

SOCIEDAD CONCESIONARIA AEROPUERTO EL TEPUAL S.A.

Augusto Leguía Sur 160, Of. 51 – Teléfono 23519235 – Las Condes – Santiago

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INDICE DE CONTENIDOS 1. TERMINOS DE LA PROPUESTA

1.1. Propósito de la Invitación

1.2. Espacios

1.3. Vigencia del contrato de subconcesión

1.4. Propuesta económica del Proponente 2. INFORMACION ADICIONAL 3. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA 4. PRESENTACION DE LA PROPUESTA

4.1. Fecha y hora de presentación de la propuesta.

4.2. Documentos que debe incluir la propuesta.

5. FIRMA DE LA VERSIÓN FINAL DEL CONTRATO DE EXPLOTACIÓN 6. GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 7. OTROS

8. ANEXOS

8.1. Anexo Nº 1 Plano de Ubicación 8.2. Anexo Nº 2 Formulario Propuesta Económica 8.3. Anexo Nº 3 Contrato Tipo 8.4. Anexo Nº 4 Cronograma de la propuesta 8.5. Anexo N° 5 Estadísticas de pasajeros

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1. TERMINOS DE LA PROPUESTA.

1.1. Propósito de la Invitación a Propuesta.

El objetivo de esta invitación a presentar propuestas, es seleccionar las mejores ofertas para el otorgamiento en subconcesión de módulos para la atención a público y estacionamiento de vehículos para la explotación comercial del servicio de arriendo de vehículos, en el Aeropuerto El Tepual de la ciudad de Puerto Montt.

Las condiciones y regulaciones legales y reglamentarias que regirán la explotación del servicio serán debidamente observadas y cumplidas por el subconcesionario adjudicado.

“La Concesionaria”, no es ni será responsable de otorgar ninguna licencia, autorización o permiso exigibles para la explotación comercial del servicio, siendo responsabilidad del proponente encargarse de obtener y cumplir con las exigencias establecidas por la entidad respectiva, que le permita realizar correctamente la explotación del servicio.

1.2. Espacios

Los espacios destinados a módulos de atención al público para la explotación del servicio de arriendo de vehículos, se define en el plano adjunto como Anexo Nº 1

En principio, está prevista la entrega en subconcesión de 12 módulos para la atención a público de este servicio y estacionamientos de vehículos en la cantidad requerida por cada empresa.

1.3. Vigencia del contrato de subconcesión.

El contrato entrará en vigencia a partir de la fecha de inicio de explotación del servicio y tendrá una duración de 24 meses.

El contrato podrá ser renovado, previo acuerdo entre las partes, por períodos iguales y sucesivos de un año o hasta terminar el contrato de concesión, lo que ocurriese primero. En ningún caso el contrato podrá exceder los 5 años de duración. El primer período será de 2 años de vigencia.

1.4. Propuesta Económica del Proponente.

1.4.3. Módulos de atención al público.

1.4.3.1. El proponente deberá presentar una oferta económica por la asignación solamente de uno o dos módulos para atención al público, indicando específicamente el número del módulo por el cual presenta dicha oferta, de acuerdo a los números del plano establecidos en el Anexo Nº 1. La oferta mínima por cada módulo de atención al público no podrá ser inferior a 47 unidades de fomento más IVA mensuales.

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1.4.3.2. Un mismo proponente, podrá postular y adjudicarse solamente uno o

dos módulos de atención al público para la explotación de este servicio.

1.4.3.3. La adjudicación de cada módulo se efectuará considerando exclusivamente la oferta económica efectuada por el proponente. En caso de existir ofertas económicas iguales por un mismo módulo, se calificará la experiencia que tengan los proponentes asignando una nota de 1 a 7, adjudicándose aquel que tenga la nota mayor.

1.4.3.4. Un mismo proponente podrá optar a un 2do modulo si el número de

estacionamientos totales es mayor o igual a 12. 1.4.4. Estacionamientos para vehículos.

1.4.4.1. Los proponentes podrán solicitar el otorgamiento en subconcesión de estacionamientos de vehículos en la cantidad que estimen necesarios para la explotación del servicio, por parte de sus respectivas empresas.

1.4.4.2. El valor mensual de cada estacionamiento para vehículos de arriendo

será de acuerdo a las siguientes categorías:

a) Estacionamiento libre: UF 2 + IVA b) Estacionamiento preferencial: UF 3 + IVA c) Estacionamiento Premium B: UF 4 + IVA d) Estacionamiento Premium A: UF 5 + IVA

Estos valores estarán vinculados al uso de una tarjeta cuyo costo inicial es de UF 2 + IVA.

1.4.4.3. No existirán convenios para estacionamiento fuera del arrendado

según el punto 1.4.4.2.

1.4.4.4. Los estacionamientos para vehículos de arriendo estarán ubicados en el interior del área de estacionamiento de vehículos del Terminal de Pasajeros, y diferenciadas por las zonas listadas en 1.4.4.2 en Anexo N° 1-a).

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2. INFORMACIÓN ADICIONAL

2.1. Los Proponentes interesados tendrán la oportunidad de pedir información adicional, solicitar aclaraciones, rectificaciones o enmiendas de las Bases de Licitación por correo electrónico, hasta la fecha indicada en el Anexo Nº 4 “Cronograma de la propuesta”. Las solicitudes de información deberán realizarse a:

Nombre: Stephanie Trautmann Marcoleta. Dirección electrónica: [email protected]

2.2. Un compendio de las preguntas enviadas y las respuestas será distribuido mediante

una circular a todos los proponentes a los que se les haya entregado un ejemplar de las presentes bases, por medio de correo electrónico en la fecha señalada en el Anexo Nº 4 adjunto: “Cronograma de la propuesta”.

3. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

3.1. Con el objeto de garantizar la seriedad de la oferta ylos eventuales perjuicios que un incumplimiento del adjudicado provoque a “La Concesionaria”, los proponentes deberán adjuntar una boleta bancaria de garantía, nominativa y a la vista, por un monto de 150 UF (Ciento Cincuenta Unidades de Fomento), extendida a nombre de “Sociedad Concesionaria Aeropuerto El Tepual S.A.”, RUT: 76.365.734-5, la que tendrá vigencia de 60 días contados desde la fecha de entrega de la propuesta.

3.2. La garantía de seriedad de la oferta será devuelta a las empresas NO favorecidas, a

partir del 5to. día hábil de la fecha de realización de los remates, establecida en el Anexo N° 4 “Cronograma de la propuesta”.

3.3. A la empresa adjudicada se le devolverá la garantía de seriedad de la oferta una vez

firmado el Contrato, momento en el cual será reemplazada por la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

3.4. En caso que la empresa adjudicada finalmente no concurriere a la firma del contrato,

“La Concesionaria” tendrá derecho a cobrar la garantía antes señalada, sin perjuicio de su facultad de cobrar además los perjuicios efectivos.

4. PRESENTACION DE LA PROPUESTA

4.1. Fecha y hora de presentación de la propuesta

Las propuestas deberán ser entregadas en sobres sellados, hasta la fecha y hora señaladas en el Anexo Nº 4 “Cronograma de la propuesta”, en las oficinas administrativas de “La Concesionaria” ubicadas en el Aeropuerto El Tepual de la ciudad de Puerto Montt.

4.2. Forma de presentación de la propuesta

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4.2.3. Las propuestas deberán ser presentadas utilizando el formato establecido en el Anexo 2, en sobre cerrado, señalando en su exterior el nombre y dirección del proponente, además de la siguiente leyenda:

Propuesta para la subconcesión de áreas para la explotación del servicio

de arriendo de vehículos en el Aeropuerto El Tepual de la ciudad de Puerto Montt.

4.2.4. Las propuestas deberán ser firmadas por el (los) representante(s)

legal(es) del proponente.

4.2.5. Documentos que deben incluir el sobre sellado:

4.2.5.1. Formulario de Propuesta Económica. 4.2.5.2. Garantía de Seriedad de la Oferta. 4.2.5.3. En el caso de personas jurídicas que, al momento de esta propuesta,

sean subconcesionarios de este servicio en el Aeropuerto El Tepual de Puerto Montt, deberán adjuntar, además de los documentos señalados en 4.2.5.1. y 4.2.5.2., los siguientes documentos:

a) Certificado de vigencia de la sociedad de una antigüedad no superior a 30 días.

b) Certificado de poderes vigentes de los representantes de la sociedad de una antigüedad no superior a 30 días.

c) Fotocopia del RUT de la empresa. d) Fotocopia del RUT del representante legal

4.2.5.4. En el caso de personas jurídicas que, al momento de esta propuesta,

no sean subconcesionarios de este servicio en el Aeropuerto El Tepual de Puerto Montt, deberán adjuntar además los siguientes documentos:

a) Escritura de constitución de la sociedad y todas sus modificaciones. b) Inscripción de los extractos en el Conservador respectivo. c) Publicación en el Diario Oficial del extracto. d) Certificado de vigencia de la sociedad de una antigüedad no superior

a 30 días. e) Certificado de poderes vigentes de los representantes de la sociedad

de una antigüedad no superior a 30 días. f) Fotocopia del RUT de la empresa. g) Fotocopia del RUT del representante legal

4.3. En caso que ningún proponente cumpla con las exigencias de La Concesionaria,

ésta podrá declarar la licitación desierta, sin derecho a indemnización alguna por parte de los proponentes. Igualmente en caso que el proponente adjudicado desista de su adjudicación o no esté en condiciones de prestar el servicio, la Concesionaria podrá adjudicar el servicio a aquel proponente que haya quedado en segundo lugar o podrá declarar la licitación desierta, sin derecho a indemnización alguna por parte de los proponentes.

5. FIRMA DE LA VERSIÓN FINAL DEL CONTRATO DE EXPLOTACIÓN

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5.1. El Proponente adjudicado dispondrá de 10 días corridos para firmar el Contrato de

Subconcesión definitivo, una vez recibido este documento por parte de “La Concesionaria”, así como para cumplir con la presentación y entrega de todos los documentos o requisitos exigidos en el Contrato de Subconcesión (ver contrato tipo en Anexo N° 3).

5.2. El incumplimiento de esta obligación tendrá como resultado la pérdida de todos los

derechos con respecto al Contrato de Subconcesión que se le haya adjudicado.

5.3. Se adjunta como Anexo Nº 4 el Contrato Tipo (Borrador de Contrato).

6. GARANTIA DEL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

6.1. Una vez adjudicado el contrato, el proponente favorecido deberá presentar una Boleta Bancaria de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, nominativa y a la vista, cuyo monto será el equivalente a tres veces la oferta presentada por el proponente (módulo + estacionamientos), expresada en Unidades de Fomento, extendida a favor de “Sociedad Concesionaria Aeropuerto El Tepual S.A.”, con una validez no inferior a 90 días corridos posteriores a la fecha de término del contrato.

6.2. Dicha Boleta Bancaria de Garantía deberá entregarse al momento de firmar el

contrato con “La Concesionaria”.

6.3. La Boleta Bancaria de Garantía de cumplimiento será restituida al subconcesionario, una vez que, terminado el contrato, se acredite que ha dado cabal cumplimiento a todas las obligaciones contenidas en el Contrato de Subconcesión (ver contrato tipo en Anexo N° 3).

7. OTROS

7.1. “La Concesionaria” se reserva el derecho a rechazar cualquiera o todas las propuestas sin necesidad de expresión de causa. En ningún momento “La Concesionaria” se responsabilizará por costos relacionados con la preparación, presentación de las propuestas, permisos o certificados obtenidos.

7.2. “La Concesionaria” se compromete a mantener en reserva la información

proporcionada por los proponentes en sus propuestas. 7.3. “La Concesionaria”, durante todo el transcurso de la propuesta, se reserva el

derecho para poner término a la misma, sin expresión de causa. Si esto ocurriere, se dará expresión de causa por escrito a los proponentes que hayan cumplido cabalmente con las bases de licitación y deberá realizar una nueva licitación.

7.4. Cada proponente que presente una propuesta, concuerda que “La Concesionaria”

no tendrá responsabilidad ni obligación alguna con ningún proponente, a excepción del adjudicado por “La Concesionaria”.

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7.5. “La Concesionaria” no estará en ningún momento obligada a devolver tanto el original como cualquiera de las copias de la propuesta del proponente y todos los documentos presentados a “La Concesionaria”, sean estos originales o copias.

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Anexo Nº 1 Croquis de ubicación de módulos para atención a público

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Anexo Nº 1-a Croquis de ubicación de estacionamientos para vehículos de arriendo

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Anexo Nº 2 Formulario de Propuesta Económica

IDENTIFICACION DEL PROPONENTE Razón Social : ________________________________________ Nombre Fantasía : ________________________________________ RUT : ________________________________________ Dirección : ________________________________________ Correo electrónico : ________________________________________ Teléfonos : ________________________________________

OFERTA ECONOMICA

1. Por módulo de atención a público Nº : _________________/ Ofrecemos la suma de : _________________ + IVA mensual

2. Cantidad de estacionamientos : _________________/ Tipo de estacionamiento : ____________________ Puerto Montt, agosto de 2014

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Anexo Nº 3 Contrato Tipo

CONTRATO DE SUBCONCESION

DEL SERVICIO DE ARRIENDO DE VEHÍCULOS

DE

SOCIEDAD CONCESIONARIA AEROPUERTO EL TEPUAL S.A.

A

XXXXXXXXXXXXXXX

(CONTRATO TIPO)

En Santiago, a XX de XXXXX de 2014, comparecen, don ………………………., chileno,

casado, cédula nacional de identidad N° …………………. y don ……………………………..,

chileno, casado, cédula nacional de identidad N° ……………….., ambos en representación,

según se acreditará, de la SOCIEDAD CONCESIONARIA AEROPUERTO EL TEPUAL S.A.,

sociedad del giro de su denominación, Rol único Tributario N° XXX, todos domiciliados en la

ciudad de Santiago, calle Augusto Leguía Sur 160, Of. 51, comuna de Las Condes, en

adelante “La Concesionaria”; y por la otra, don XXXXX, en representación, según se

acreditará, de la sociedad XXXXX, Rut. N° XXXX, todos domiciliados en la ciudad de

Santiago, XXXXXXX, comuna de XXXX, en adelante el "Subconcesionario", y exponen: que

vienen en celebrar un contrato de subconcesión de superficies (módulo de atención a

público y estacionamientos para vehículos de arriendo) en el Terminal de Pasajeros

del Aeropuerto El Tepual de Puerto Montt, con el objeto que se explote en ellas, el

servicio de Arriendo de vehículos. El presente contrato se regirá por las cláusulas

siguientes, y en lo no previsto, por las disposiciones contenidas en las “Bases de Licitación

– Concesión Aeropuerto El Tepual de Puerto Montt, Décima Región, del Ministerio de Obras

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Públicas, del mes de agosto de 2013 y por las disposiciones legales y reglamentarias

pertinentes.

PRIMERO: LAS PARTES CONTRATANTES

"La Concesionaria" es una sociedad con la cual el Ministerio de Obras Públicas ha suscrito

un contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública

fiscal denominada “Aeropuerto El Tepual de Puerto Montt, X Región de Los Lagos”, en virtud

del Decreto del Ministerio de Obras Públicas Nº 40, de fecha 11 de febrero de 2014 y

publicado en el Diario Oficial de fecha 28 de marzo de 2014. A través del contrato de

concesión, “La Concesionaria” está facultada para realizar la explotación comercial de las los

servicios establecidos en las bases de licitación en las áreas bajo concesión. Por su parte, el

"Subconcesionario", es una sociedad XXXXX cuya actividad comercial es XXXXXX.

SEGUNDO: OBJETO DEL CONTRATO:

Por este acto, “La Concesionaria”, otorga al "Subconcesionario" la subconcesión de un

módulo para la atención de público, de aproximadamente 6 metros cuadrados, ubicado en el

interior del Terminal de Pasajeros según se especifica en el Anexo N° 1 del presente

contrato y XX estacionamientos para vehículos de arriendo, para la explotación del servicio

de arriendo de vehículos en el Aeropuerto El Tepual de la ciudad de Puerto Montt.

TERCERO: OBLIGACIONES DEL SUBCONCESIONARIO

1. Destinar las instalaciones y áreas que se le entregan en subconcesión, exclusivamente

a sus fines propios, quedando expresamente prohibido al "Subconcesionario" toda

actividad en dicho recinto, ajena al objeto del presente contrato. También queda

prohibido realizar cambios en la actividad comercial que altere la finalidad para la cual se

le otorga la subconcesión.

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2. El “Subconcesionario” deberá cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias,

administrativas de la Dirección General de Aeronáutica Civil, relacionadas con el

funcionamiento del Aeropuerto, como también con las normas tributarias, laborales,

ambientales y municipales que le fueren aplicables.

3. El “Subconcesionario” debe mantener y conservar en perfectas condiciones de aseo y

ornato, las instalaciones y espacios entregados en subconcesión. Asimismo, será de

cargo y costo del “Subconcesionario”, la mantención en óptimas condiciones de

conservación y mantenimiento de los referidos espacios e instalaciones, los que serán

restituidos a “La Concesionaria” en perfecto estado de funcionamiento y en el mismo

estado en que le fueron entregados, al momento del término del contrato.

4. Queda expresamente prohibido al "Subconcesionario" efectuar cualquier cambio, y/o

modificación de los bienes que comprende la subconcesión, o introducir mejoras, sin

previa autorización por escrito de “La Concesionaria”.

5. Será de cargo exclusivo del "Subconcesionario" la contratación bajo su dependencia y

subordinación, del personal adecuado y suficiente para el correcto desempeño de la

subconcesión que se le confiere por el presente contrato, debiendo cumplir con las

normas laborales y previsionales vigentes, como también aquellas referentes a los

accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

6. Queda expresamente prohibido al "Subconcesionario" ceder o transferir a cualquier

título, ya sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que comprende el

presente contrato a un tercero, no pudiendo en consecuencia celebrar ningún tipo de

acto o contrato que signifique una nueva subconcesión o la explotación y/o servicios, por

parte de terceros, de aquellos que se le conceden por el presente instrumento.

7. Cumplir cabalmente con todas las normas y disposiciones que “La Concesionaria” le

dicte, relacionadas con el funcionamiento del Aeropuerto, considerándose como parte

integrante del presente contrato el Reglamento de Servicio del Aeropuerto de Puerto

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Montt, así como las medidas de seguridad aeroportuarias y disposiciones de

funcionamiento del referido Aeropuerto tales como el Plan de Emergencia y el Plan de

Seguridad y, en especial, aquellas relacionadas con el tipo de servicio que ofrece.

8. Someterse al control, inspección y fiscalización de “La Concesionaria”, del Ministerio de

Obras Públicas a través de los Inspectores Fiscales de la explotación y/o de las

Inspecciones que uno u otro disponga en el momento en que lo estimen conveniente, a

fin de verificar la forma en que se lleva a cabo la subconcesión, el estado de los bienes

que ella comprende y exigir las reparaciones o reemplazos que procedan, en los plazos

establecidos por “La Concesionaria”. Dichos trabajos serán de cargo y costo del

“Subconcesionario”.

9. Mantener vigente durante todo el período de duración del presente contrato y hasta 90

días corridos posteriores a su término, una boleta bancaria de garantía a nombre y

satisfacción de “SOCIEDAD CONCESIONARIA AEROPUERTO EL TEPUAL S.A.”,

pagadera a la vista, irrevocable e incondicional, por la cantidad de XXX Unidades de

Fomento (este valor será el equivalente al triple de la oferta económica presentada por el

área para módulo de atención a público y estacionamientos, impuestos incluidos) que

garantice el correcto desempeño de la subconcesión que se otorga por el presente

instrumento. La referida garantía en ningún caso exonera al "Subconcesionario" de las

obligaciones que asume por la presente convención, como de los perjuicios que

ocasionare, ya sea a “La Concesionaria” o a terceros. En caso de renovación del

presente contrato en los términos señalados en la cláusula cuarta de este instrumento, el

“Subconcesionario” deberá otorgar la correspondiente boleta bancaria de garantía, en

los mismos términos señalados anteriormente. Esta boleta bancaria de garantía deberá

entregarse con 60 días de anticipación del vencimiento del correspondiente período. En

caso contrario, se entenderá como voluntad del “Subconcesionario” de no renovar el

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presente contrato, en cuyo evento, éste (el “Subconcesionario”) no tendrá derecho a

indemnización alguna.

10. Será de cuenta exclusiva del "Subconcesionario" el pago de todo tipo de impuestos o

contribuciones, fiscales o Municipales o de cualquier naturaleza que pudiere estar afecta

la subconcesión o los derechos que de ella emanen. Asimismo, será de exclusiva

responsabilidad del "Subconcesionario" el pago de los derechos, multas o sanciones que

le impusiere cualquier autoridad judicial, administrativa o municipal u otras, y en general,

cualquier responsabilidad que tenga como causa o se derive del ejercicio de los

derechos y obligaciones que emanan de la subconcesión otorgada por el presente

instrumento.

11. El "Subconcesionario" no podrá instalar servicios de comunicación inalámbricos de

ninguna especie en el local dado en subconcesión, sin previa autorización de “La

Concesionaria”. En caso de obtener dicha autorización, esta deberá ser por escrito, y en

todo caso los sistemas de comunicación que utilizare no podrán interferir con aquellos

que se utilicen en la aeronavegación.

12. El "Subconcesionario" deberá cumplir con las medidas de seguridad aeroportuarias que

determine la autoridad aeronáutica, las que se le darán a conocer a través de “La

Concesionaria”.

13. Mantener vigente, durante toda la vigencia del presente Contrato, una póliza de seguro

por responsabilidad civil por daños a terceros, a favor de “La Concesionaria” por un

monto asegurado no inferior a UF 300. (La entrega de esta póliza a “La Concesionaria”

se efectuará al momento de suscribir el Contrato de Subconcesión)

14. Contratar y mantener vigente, durante toda la vigencia del presente Contrato, una póliza

de seguro que correspondan, para asegurar las instalaciones afectas al servicio que

presta, manteniendo indemne a “La Concesionaria” ante un eventual siniestro que

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pudiera ocasionar la pérdida parcial o total de los bienes de propiedad del

“Subconcesionario”.

15. Pagar integra y oportunamente a “La Concesionaria”, la retribución señalada en la

cláusula quinta del presente contrato, por concepto de la explotación de la subconcesión

que se le otorga por este instrumento.

16. Pagar mensualmente los gastos comunes de consumo de energía eléctrica, que

correspondan al funcionamiento de su subconcesión, en la oportunidad establecida en la

Cláusula Quinta del presente contrato.

17. Informar a “La Concesionaria”, por escrito, cualquier cambio de domicilio que realice el

“Subconcesionario” o su representante legal.

18. Cumplir con las normas tributarias en el desempeño de su función, especialmente en el

otorgamiento de las boletas y facturas que procedan.

19. Haber pagado oportunamente los Gastos de Celebración de Contrato que ascienden a la

suma de 2 Unidades de Fomento.

20. Pagar las multas e intereses que corresponda, en los casos señalados en la cláusula

séptima del presente contrato.

21. Cumplir el contrato de buena fe, absteniéndose de toda conducta ilícita o que constituya

ofensas a la moral, o ultraje a las buenas costumbres.

CUARTO: DURACION DEL CONTRATO.

El contrato entrará en vigencia a partir de la fecha de inicio de explotación del servicio y

tendrá una duración de 24 meses.

El contrato podrá ser renovado, previo acuerdo entre las partes, por períodos iguales y

sucesivos de un año o hasta terminar el contrato de concesión, lo que ocurriese primero.

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En cualquier caso, el período máximo de vigencia del contrato, incluidos los períodos de

renovación, no podrá ser superior a 5 años.

QUINTO: RETRIBUCION

El “Subconcesionario” deberá pagar mensualmente a “La Concesionaria”, por anticipado y

dentro de los primeros 15 días de cada mes, por concepto de derecho de subconcesión que

se le otorga por el presente contrato, la suma equivalente a XX UF, al momento de

efectuarse dicho pago. A este valor se deberá adicionarse el Impuesto al Valor Agregado

(IVA).

El pago se llevará a cabo mediante transferencia o depósito bancario en la cuenta corriente

de “La Concesionaria”, correspondiente al Banco BCI cuenta corriente N° 10651616,

enviando aviso mediante copia escaneada del comprobante al correo electrónico

[email protected], con copia a los correos electrónicos [email protected] y

[email protected]. Cualquier otra forma de pago no será válida.

SEXTO: TERMINO DEL CONTRATO.

El presente contrato terminará en los siguientes casos:

1. Por cumplimiento del plazo señalado en la cláusula cuarta del presente contrato, en caso

que éste no se renovare en los términos señalados en dicha cláusula.

2. Por la llegada del plazo del término del Contrato de Concesión suscrito entre la Sociedad

Concesionaria y el Ministerio de Obras Públicas.

3. Por la manifestación de voluntad de “La Concesionaria”, de poner término por anticipado

a la subconcesión, con expresión de causa.

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4. Por el no pago íntegro y oportuno por parte del “Subconcesionario” de los montos

referidos en la cláusula quinta del presente contrato.

5. Por incumplimiento por parte del “Subconcesionario” de cualquiera de sus obligaciones

establecidas en la cláusula tercera del presente contrato.

6. En los casos en que las partes manifiesten su voluntad de no renovar el presente

contrato.

7. En los casos señalados en la presente cláusula, “La Concesionaria” podrá hacer efectiva

la Boleta Bancaria de Garantía, contemplada en el Nº 9 de la cláusula tercera del

presente contrato, sin perjuicio del cobro de los intereses y demás derechos o

prestaciones que procedan.

SEPTIMO: MULTAS.

1. El “Subconcesionario” deberá pagar, a título de multa el equivalente a 10 unidades de

fomento por cada día de atraso en la entrega de los bienes y servicios que se le otorgan

en subconcesión, cuando se le ponga término al presente contrato por cualquiera de

las causales señaladas en la cláusula sexta de este instrumento.

2. El “Subconcesionario” deberá pagar a “La Concesionaria”, en caso de mora o simple

retardo en las obligaciones señaladas en la cláusula quinta del presente contrato, el

equivalente al interés máximo convencional hasta el día efectivo de pago, sin perjuicio de

lo estipulado en la cláusula sexta de esta convención.

OCTAVO: ARBITRAJE

Todas las dudas o controversias que se produzcan entre las partes con motivo del presente

contrato y sus efectos, sus documentos complementarios o modificatorios, ya se refieran a

su interpretación, cumplimiento, validez, terminación o cualquier otra materia relacionada

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con los mismos serán discutidas directamente por ellas, a través de sus respectivos

representantes, quienes emplearán el mayor esfuerzo para aclarar tales dudas o solucionar

las controversias y quienes al efecto podrán designar de común acuerdo a una tercera

persona para que intervenga, como amigable componedor, formulando proposiciones de

solución, que las partes podrán con entera libertad aceptar o rechazar. Si expirado el lapso

de treinta días de planteada por una de las partes la duda o controversia en cuestión, las

partes no han alcanzado acuerdo y tampoco se pusieren de acuerdo en la designación de

un árbitro, cualquier dificultad o controversia que se produzca entre los contratantes

respecto de la aplicación, interpretación, duración, validez, o ejecución de este contrato o

cualquier otro motivo será sometida a Arbitraje, conforme al Reglamento Procesal de

Arbitraje vigente del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago. Las partes confieren

poder especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., para que, a solicitud

escrita de cualquiera de ellas, designe al árbitro mixto de entre los abogados integrantes del

Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago. Por árbitro mixto deberá entenderse aquel que

se regirá, en cuanto a procedimiento, por el Reglamento Procesal de Arbitraje vigente del

Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago, y se limitará en el pronunciamiento de la

sentencia definitiva, a la aplicación estricta de la ley. En contra de las resoluciones del

árbitro mixto no procederá recurso alguno salvo el de casación en el fondo y queja. El

árbitro, queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su

competencia y/o jurisdicción. Si por cualquier razón la Cámara de Comercio de Santiago

A.G. no pudiere cumplir con su mandato, la designación del árbitro, según corresponda,

será efectuada por uno cualquiera de los jueces de turno en lo civil de la Comuna de

Santiago y su nombramiento deberá recaer en una persona que se haya desempeñado

como abogado integrante de la Excelentísima Corte Suprema a lo menos por un período de

tres años.

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NOVENO: DOMICILIO

Para todos los efectos que emanen de este contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad

de Santiago.

DECIMO:

El presente Contrato se extiende en dos ejemplares del mismo tenor y fecha, suscrito por

ambas partes, quedando uno en poder del "Subconcesionario" y el otro en poder de "La

Concesionaria".

DECIMO PRIMERO: PERSONERIAS.

La personería de Pelayo Santa María Muxica para representar a la Sociedad Concesionaria

Aeropuerto El Tepual S.A., consta en escritura pública de fecha 24 de abril de 2014

otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha.

La personería del señor XXXXX para representar a XXXX, consta en escritura pública de

fecha XX de XX de XXX otorgada en la Notaría de Santiago de don XXXXX.

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Anexo Nº 4 Cronograma de la propuesta

A continuación se presenta el cronograma de actividades que se utilizará para presentar y adjudicar propuesta:

8 al 12 de septiembre de 2014 Entrega de Bases de Licitación en las oficinas de la Concesionaria ubicadas en el Aeropuerto El Tepual o por correo electrónico.

22 de septiembre de 2014 Recepción de solicitudes de consultas o aclaraciones de parte de los interesados.

26 de septiembre de 2014 Respuestas a las consultas y preguntas efectuadas con copia a todos los proponentes que hayan solicitado Bases.

10 de octubre de 2014 Recepción de ofertas en las oficinas de la Concesionaria ubicadas en el aeropuerto El Tepual de Puerto Montt o en oficina centrales Augusto Leguía 160, Oficina 51, Las Condes, Santiago.

16 y 17 de octubre de 2014 Apertura de ofertas económicas en las oficinas de la concesionaria del Aeropuerto El Tepual de Puerto Montt. Se informará vía correo electrónico la hora exacta.

20 de octubre de 2014 Notificación a los proponentes que presentaron ofertas cumpliendo cabalmente con lo requerido en las bases de licitación de las propuestas recibidas y los proponentes adjudicados.

10 de noviembre de 2014 Plazo máximo para instalarse y operar

Nota: “La Concesionaria” se reserva el derecho en cualquier momento cambiar las fechas estipuladas en el cronograma de actividades, lo que será notificado a los proponentes.

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Anexo Nº 5

Estadísticas de Tráfico de pasajeros en Puerto Montt desde 2010 a la fecha

TABLA DE PASAJEROS SALIDOS DESDE AEROPUERTO PUERTO MONTT

TOTAL DE PASAJEROS SALIDOS DE PUERTO MONTT

AÑO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC TOTAL PROMEDIO

2010 44.148 43.815 25.881 25.792 28.187 24.656 33.530 29.687 31.251 35.411 41.244 40.340 403.942 33.662

2011 48.184 51.385 41.947 32.931 31.239 28.157 36.451 32.687 35.191 37.063 43.534 41.824 460.593 38.383

2012 58.660 62.087 43.744 39.715 37.138 33.628 48.890 39.674 42.976 45.808 52.451 50.482 555.253 46.271

2013 63.028 72.811 53.859 44.054 41.170 35.397 47.828 42.334 44.614 50.773 56.877 55.325 608.070 50.673

2014 65.877 72.621 56.255 46.727 43.377 37.706 322.563 53.761

TABLA DE PASAJEROS LLEGADOS + SALIDOS DESDE AEROPUERTO PUERTO MONTT

TOTAL DE PASAJEROS LLEGADOS + SALIDOS DE PUERTO MONTT

AÑO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC TOTAL PROMEDIO

2010 93.855 85.463 48.743 52.585 56.751 50.081 67.249 61.126 63.921 72.321 82.676 84.986 819.757 68.313

2011 101.531 99.761 80.815 66.017 62.454 56.804 72.760 66.487 72.036 75.876 86.509 87.970 929.020 77.418

2012 122.491 120.531 84.006 79.070 74.223 67.827 97.276 80.909 86.923 92.867 105.173 106.045 1.117.341 93.112

2013 132.768 141.263 104.571 86.048 82.251 71.746 95.586 86.358 90.756 104.128 112.983 116.356 1.224.814 102.068

2014 138.903 141.325 108.291 93.550 88.105 75.168 645.342 107.557

Fuente: http://www.jac-chile.cl


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