Date post: | 17-Dec-2014 |
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Instituto superior Perú Pacifico
Sociedad en comandita
INTEGRANTE: Chilca Jave, JosselinLuis Porales Rivera
SOCIEDAD EN COMANDITA
ORIGEN
EDAD MEDIA
SE REMONTA
CONTRATO COMMENDA
FUE LA SOLUCIÓN -PERMITIO LA IVERSIÓN DE UN NEGOCIO
Carácter de una participacion de una oculta antes que una verdadera comandita
SURGE LA SOCIEDAD
EXISTENCIA PROPIA
FORMANDO UNA MASA PATRIMONIAL
DESTINAR SUS Bs. PROPIOS A LOS NEGOCIOS QUE EMPRENDÍA
NACE LA SOCIEDADAD EN COMANDITA LEY. 26887
¿Qué es ?
Es una combinación de sociedad personal y una sociedad de capital. Algunos de sus socios (socios colectivos) responden las
obligaciones con todos sus bienes (incluso personales), algunos otros socios (comanditarios) responden por las
obligaciones de la sociedad solamente hasta el monto de su inversión no pagada.
Sociedad en comandita
Es una sociedad de tipo personalista que
se caracteriza por:
SOCIEDAD EN COMANDITA
la coexistencia de socios colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad,
socios comanditarios que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital aportado o comprometido.
Articulo 278º.- Responsabilidad
En las sociedades en comandita, los socios colectivos responden solidaria e ilimitadamente por las obligaciones sociales, en tanto que los socios comanditarios responden solo hasta la parte del capital que se hayan comprometido a aportar. El acto constitutivo debe indicar quienes son los socios colectivos y quienes los comanditarios.La sociedad en comandita puede ser simple o por acciones.
Articulo 279º.- Razón social
La sociedad en comandita realiza sus actividades bajo una razón social que se integra con el nombre d todos los socios colectivos, o de algunos o alguno de ellos,
agregándose, según corresponda, las expresiones "Sociedad en Comandita" o "Sociedad en Comandita por Acciones", o sus respectivas siglas "S. en C." o "S. en C.
por A.". El socio comanditario que consienta que su nombre figure en la razón social responde frente a terceros por las obligaciones sociales como si fuera
colectivo.
Articulo 280º.- Contenido de la escritura de constitución
El pacto social debe contener las reglas particulares a la respectiva forma de sociedad en comandita que se adopte y además puede incluir los mecanismos, procedimientos y reglas, así como otros pactos lícitos, que a juicio de los contratantes sean necesarios o convenientes para la organización y funcionamiento de la sociedad, siempre que no colisionen con los aspectos sustantivos de la respectiva forma de sociedad en comandita.
SOCIEDAD EN COMANDITA
SIMPLE
Sociedad comanditaria simple que es una sociedad personalista constituida por socios colectivos que aportan capital y trabajo y responden subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales.
INTRODUCCIÓN
REGLAS PROPIAS DE LA SOCIEDAD
EN COMANDITA SIMPLE
Articulo 281º.- Sociedad en comandita simple
• A la sociedad en comandita simple se aplican las disposiciones relativas a la sociedad colectiva, siempre que sean compatibles con lo indicado en la presente Sección.
Para la del comanditario es necesario el acuerdo de la mayoría absoluta computada por persona de los socios colectivos y de la mayoría absoluta de los comanditarios computada por capitales.
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• El pacto social debe señalar el monto del capital y la forma en que se encuentra dividido. Las participaciones en el capital no pueden estar representadas por acciones ni por cualquier otro titulo negociable
2• Los aportes de los socios comanditarios solo pueden consistir en bienes en especie o en dinero;
3• Salvo pacto en contrario, los socios comanditarios no participan en la administración
4• Para la cesión de la participación del socio colectivo se requiere acuerdo unánime de los socios
colectivos y mayoría absoluta de los comanditarios computada por capitales.
RAZON SOCIAL COMANDITA SIMPLE
Debe de estar integrada con el nombre de todos los socios colectivos, o de algunos o algunos de ellos.
CONDICION JURIDICA DE LOS SOCIOS EN COMANDITA SIMPLE
NO LIMITAN SU RESPONSABILIDAD
ADMINISTRACION
SOCIOS RESPONSABLES Y SIN LIMITACIONES
LOS COMMANDITOS NO PUEDEN
Responderán en forma limitada
CONSERVA SU CONDICION
SI CONTRAVIENEN ESTE PRINCIPIO
LOS SOCIOS COLECTIVOS GESTIONAR-ADMINISTRAR LA SOCIEDAD.
Para la cesión de la participación del socio colectivo se requiere acuerdo unánime de los socios colectivos y mayoría absoluta de los comanditarios computada por capitales.
JUNTAS DE SOCIOS COLECTIVOS
REGLAS PROPIAS DE LA SOCIEDAD
EN COMANDITA POR ACCIONES
SOCIEDADES COMANDITA POR ACCIONES
De acuerdo al artículo 282 de la ley L.G.S. 26887,en la sociedad en comandita por acciones se aplican las disposiciones relativas a la sociedad anónima.
SOCIEDADES COMANDITA POR ACCIONES
Responden solamente hasta la parte del capital que se hayan comprometido a aportar.
En un principio, no tienen participación significativa en la gestión de la sociedad.
Aportan un capital determinado.
Responden sólo hasta el límite de su
aporte.
No participan en la administración de
la sociedad.
Características del socio comanditario
El socio comanditario que consienta que su
nombre figure en la razón social responde
frente a terceros por las obligaciones sociales
como si fuera colectivo.
La sociedad en comandita por acciones realiza sus actividades bajo una razón social que integra el nombre de todos los socios colectivos, o de algunos o alguno de ellos, agregándose las expresiones “Sociedad en comandita por acciones” o sus siglas “S. en C. por A.”
RAZÓN SOCIAL
“Perales S. en C. por A.”
Aquellos socios que figuran en la razón social responden frente a terceros por las obligaciones sociales, indistintamente si alguno de ellos es socio comanditario
A la sociedad en comandita por acciones se aplican las disposiciones relativas a la sociedad anónima, siempre que sean compatibles con lo
indicado en la presente Sección.
Los socios colectivos ejercen la administración social y están sujetos a las obligaciones y responsabilidades de los directores de las sociedades anónimas.
Los administradores pueden ser removidos siempre que la decisión se adopte con el quorum y la mayoría establecidos para los asuntos a que se refiere los artículos 126 y 127 de la presente ley. Igual mayoría se requiere para nombrar nuevos administradores;
El integro de su capital esta dividido en acciones, pertenezcan estas a los socios colectivos o a los comanditarios
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El socio colectivo que cese en el cargo de administrador, no responde por las obligaciones contraídas por la sociedad con posterioridad a la inscripción en el Registro de la cesación en el cargo.
Las acciones pertenecientes a los socios colectivos no podrán cederse sin el consentimiento de la totalidad de los colectivos y el de la mayoría absoluta, computada por capitales, de los comanditarios; las acciones de estos son de libre transmisibilidad, salvo las limitaciones que en cuanto a su transferencia establezca el pacto social.
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La responsabilidad de los socios colectivos frente a terceros se regula por las reglas de los artículos 265 y 273.
• Los socios comanditarios que asumen la administración adquieren la calidad de socios colectivos desde la aceptación del nombramiento.
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