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SUMARIO - Gobierno de Morón · Salvador Hurtado Uhalde (DNI: 16.582.248), en el cargo de...

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPAL BOLETÍN MUNICIPAL SUMARIO DECRETOS Pág. 8 - 41 Decreto Nº 481/06 : Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Lic. Gustavo Gabriel Salvador Hurtado Uhalde (DNI: 16.582.248), en el cargo de Secretario de Salud y Desarrollo Social, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica. Decreto Nº 482/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006 el Sr. Damián Eduardo Aguilar (D.N.I.: 18.358.641), en el cargo de Secretario Privado, dependiente del Departamento Ejecutivo.Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Damián Eduardo Aguilar (DNI: 18.358.641), en el cargo de Secretario Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica. Decreto Nº 483/06 : Ratifícase en el cargo de Secretario General de Gobierno, dependiente del Departamento Ejecutivo, al Sr. Guillermo Ramón Pascuero (D.N.I.: 18.249.161), con una bonificación transitoria mensual por función crítica. Decreto Nº 484/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006 el Sr. C.P. Eduardo Daniel Aseff (D.N.I.: 08.585.142), en el cargo de Secretario de Finanzas Municipales, dependiente del Departamento Ejecutivo.Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. C.P. Eduardo Daniel Aseff (DNI: 08.585.142), en el cargo de Secretario de Economía y Finanzas, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica. Decreto Nº 485/06 : Ratifícase en el cargo de Secretario de Desarrollo Económico Local, dependiente del Departamento Ejecutivo, al Dr. Walter Adrián Juara (D.N.I.: 16.755.938), con una bonificación transitoria mensual por función crítica. Decreto Nº 486/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006 el Sr. Daniel Guillermo Larrache (D.N.I.: 18.077.570), en el cargo de Secretario de Planificación Estratégica, dependiente del Departamento Ejecutivo. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Daniel Guillermo Larrache (DNI: 18.077.570), en el cargo de Secretario de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica. Decreto Nº 487/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Sr. Diego Spina, (DNI: 22.425.837), en el cargo de Subsecretario de Comunicación Institucional, dependiente de Secretaría Privada. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Diego Spina, (DNI:22.425.837), en el cargo de Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 1 – Morón Centro - Norte, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica. Decreto Nº 488/06 : Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, a la Sra. Licenciada Alejandra Myrian Dezi, (DNI: 16.583.499), en el cargo de Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 2 – Haedo, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica. Decreto Nº 489/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, la Sra. Contadora Stella Maris Santos, (DNI: 13.076.795), en el cargo de Secretaria de Hacienda, dependiente del Departamento Ejecutivo. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, a la Sra. Contadora Stella Maris Santos, (DNI: 13.076.795), en el cargo de Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 3 – El Palomar, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica. Decreto Nº 490/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, la Sra. Profesora Raquel María de la Cruz Lopo Tejo (DNI: 10.360.450), en el cargo de Secretaria de Relaciones con la Comunidad y Descentralización, dependiente del Departamento Ejecutivo. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, a la Sra. Profesora Raquel María de la Cruz Lopo Tejo (DNI: 10.360.450), en el cargo de Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 4 – Castelar Centro - Norte, dependiente del Departamento Ejecutivo. Decreto Nº 491/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Sr. Andrés René Rodriguez (DNI: 17.466.616), en el cargo de Secretario de Desarrollo Social, dependiente del Departamento Ejecutivo. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Andrés René Rodriguez, (DNI: 17.466.616), en el cargo de Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 5 – Castelar Sur, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica. Decreto Nº 492/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Sr. Luis María De Luca (DNI: 20.067.111), en el cargo de Secretario de Infraestructura y Planeamiento Urbano, dependiente del Departamento Ejecutivo. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Luis María De Luca BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 1
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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

SUMARIO

DECRETOS Pág. 8 - 41

Decreto Nº 481/06 : Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Lic. Gustavo Gabriel Salvador Hurtado Uhalde (DNI: 16.582.248), en el cargo de Secretario de Salud y Desarrollo Social, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 482/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006 el Sr. Damián Eduardo Aguilar (D.N.I.: 18.358.641), en el cargo de Secretario Privado, dependiente del Departamento Ejecutivo.Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Damián Eduardo Aguilar (DNI: 18.358.641), en el cargo de Secretario Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 483/06 : Ratifícase en el cargo de Secretario General de Gobierno, dependiente del Departamento Ejecutivo, al Sr. Guillermo Ramón Pascuero (D.N.I.: 18.249.161), con una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 484/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006 el Sr. C.P. Eduardo Daniel Aseff (D.N.I.: 08.585.142), en el cargo de Secretario de Finanzas Municipales, dependiente del Departamento Ejecutivo.Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. C.P. Eduardo Daniel Aseff (DNI: 08.585.142), en el cargo de Secretario de Economía y Finanzas, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 485/06 : Ratifícase en el cargo de Secretario de Desarrollo Económico Local, dependiente del Departamento Ejecutivo, al Dr. Walter Adrián Juara (D.N.I.: 16.755.938), con una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 486/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006 el Sr. Daniel Guillermo Larrache (D.N.I.: 18.077.570), en el cargo de Secretario de Planificación Estratégica, dependiente del Departamento Ejecutivo. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Daniel Guillermo Larrache (DNI: 18.077.570), en el cargo de Secretario de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 487/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Sr. Diego Spina, (DNI: 22.425.837), en el cargo de Subsecretario de Comunicación Institucional, dependiente de Secretaría Privada. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Diego Spina, (DNI:22.425.837), en el cargo de Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 1 – Morón Centro - Norte, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 488/06 : Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, a la Sra. Licenciada Alejandra Myrian Dezi, (DNI: 16.583.499), en el cargo de Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 2 – Haedo, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 489/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, la Sra. Contadora Stella Maris Santos, (DNI: 13.076.795), en el cargo de Secretaria de Hacienda, dependiente del Departamento Ejecutivo. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, a la Sra. Contadora Stella Maris Santos, (DNI: 13.076.795), en el cargo de Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 3 – El Palomar, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 490/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, la Sra. Profesora Raquel María de la Cruz Lopo Tejo (DNI: 10.360.450), en el cargo de Secretaria de Relaciones con la Comunidad y Descentralización, dependiente del Departamento Ejecutivo. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, a la Sra. Profesora Raquel María de la Cruz Lopo Tejo (DNI: 10.360.450), en el cargo de Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 4 – Castelar Centro - Norte, dependiente del Departamento Ejecutivo.

Decreto Nº 491/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Sr. Andrés René Rodriguez (DNI: 17.466.616), en el cargo de Secretario de Desarrollo Social, dependiente del Departamento Ejecutivo. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Andrés René Rodriguez, (DNI: 17.466.616), en el cargo de Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 5 – Castelar Sur, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 492/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Sr. Luis María De Luca (DNI: 20.067.111), en el cargo de Secretario de Infraestructura y Planeamiento Urbano, dependiente del Departamento Ejecutivo. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Luis María De Luca

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(DNI: 20.067.111), en el cargo de Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 6 – Morón Sur, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación mensual por función crítica.

Decreto Nº 493/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Dr. Rubén Jorge Der (DNI: 04.706.435), en el cargo de Secretario de Salud, dependiente del Departamento Ejecutivo. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Dr. Rubén Jorge Der (DNI: 04.706.435), en el cargo de Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 7 – Villa Sarmiento, dependiente del Departamento Ejecutivo.

Decreto Nº 494/06 : Autorízase al Señor Secretario de Economía y Finanzas, Contador Eduardo Daniel Aseff (DNI 08.585.142), a extender órdenes de compras, de pagos y cheques que no excedan del monto establecido por el artículo 183º del Decreto Ley 6769/58, debiendo suscribirlas/los juntamente con el Contador y/o el Tesorero Municipal.

Decreto Nº 495/06 : Otórgase al Departamento de Gestión Judicial, la suma de $ 9.666.- (pesos nueve mil seiscientos sesenta y seis), para el pago del Anticipo de JUS Previsional, correspondiendo $ 1.- (peso uno) por cada juicio de apremio iniciado en el ejercicio 2005, para la Profesional Martínez Rosana (DNI 24.568.083).

Decreto Nº 496/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 497/06 : Otórgase al Departamento de Gestión Judicial, la suma de $ 96.666.- (pesos noventa y seis mil seiscientos sesenta), para realizar la compra ante el Colegio de Abogados de Morón de 9.666 (nueve mil seiscientos sesenta y seis) Bonos Ley 8.480, siendo el costo unitario de $ 10,00.- (pesos diez), los que serán aplicados a juicios de Apremios iniciados por los Profesionales del área durante el ejercicio 2006.

Decreto Nº 498/06 : Autorízase al señor Secretario de Economía y Finanzas, C.P. Eduardo Daniel Aseff (D.N.I.: 08.585.142) a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Decreto Nº 499/06 : Asígnasele al Sr. Diego Spina (DNI 22.425.837), Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 1 – Morón Centro - Norte, la firma de la Secretaría de Políticas Comunicacionales, dependiente del Departamento Ejecutivo.

Decreto Nº 500/06 : Declárase de Interés Municipal de las Charlas Preparatorias sobre “Maltrato Infantil, Violencia y Abuso Sexual Infantil en la Sociedad y la Familia”; “Maltrato Infantil, Violencia, Abuso Sexual Infantil y el Derecho”; “Maltrato Infantil, Violencia, Abuso Sexual Infantil y Sistema de Salud”, que se dictarán en el Colegio de Abogados de Morón, sito en la calle Bartolomé Mitre Nº 964 de la mencionada Ciudad, los días 19 de Abril, 10 de Mayo, y 5 de Julio del corriente año, respectivamente.

Decreto Nº 501/06 : Otórgase a la “Jefatura de Distrito Morón”, la suma de $ 9.000.- (pesos nueve mil), a efectos de solventar los gastos para múltiples reparaciones de móviles colisionados, chapa, pintura y mantenimiento de la flota automotriz de los móviles policiales, como así también para la mantención y reparación de las instalaciones y la adquisición de elementos de construcción y mantenimiento edilicio.

Decreto Nº 502/06 : Autorízase a la Dirección de Tesorería a efectuar el gasto por la suma de $ 60.000.- (pesos sesenta mil), a efectos de solventar la compra de timbrados provinciales, para su expedición en la caja de su dependencia, instalada en el Departamento de Licencias de Conducir, a efectos del otorgamiento de las mismas.

Decreto Nº 503/06 : Dispónese la incorporación al pasivo consolidado municipal de la deuda al 10 de Diciembre de 1995, asignada a este Municipio por la Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de Organismo de Aplicación de la Ley Nº 11.752 y su Decreto Reglamentario, debiendo asignarse a la cuenta “Deuda Pública Interna Ley Nº 11.192” en el Pasivo, con débito a la cuenta “Resultado de Ejercicios Anteriores”, del legajo 4079-379/05, en el monto que se indica, Acreedor: Elba Rosa Di Biassi de González. Declárase no reconocida la solicitud del legajo que a continuación se indica, conforme al estudio y análisis efectuado por la Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de Organismo de Aplicación de la Ley Nº 11.752 y su Decreto Reglamentario, ya que no reúnen ninguna de las condiciones alternativas previstas en el Artículo 12º de la Ley Nº 11.752 y concordantes del Decreto Nº 689/96 de la Provincia de Buenos Aires.Acreedor: Elba Rosa Di Biassi de González.

Decreto Nº 504/06 : Cese a partir de la fecha del presente Decreto, el agente Gómez Angel Julián (Legajo 156778), en el cargo de Director de Mantenimiento Urbano y Delegaciones Operativas, dependiente de la ex Subsecretaría de Obras, perteneciente a la otrora Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano, retornando a su anterior situación de revista.

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Decreto Nº 505/06 : Cese a partir de la fecha del presente Decreto, la Arq. Ponce María del Rosario (Legajo 12179, D.N.I.10.354.991), en el cargo de Directora de Proyectos, dependiente de la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano, retornando a su anterior situación de revista.

Decreto Nº 506/06 : Cese a partir de la fecha del presente Decreto, el agente Daniel René Arroyo (D.N.I. 12.363.783), en el cargo de Director de Planificación Urbana, dependiente de la ex Secretaría de Planificación Estratégica. Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al Sr. Arq. Daniel René Arroyo (D.N.I. 12.363.783) , en el cargo de Subsecretario de Planeamiento Urbano, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 507/06 : (Ver Decretos Sintetizados)

Decreto Nº 508/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Dr. Jorge Matías Capó (D.N.I. 05.407.481), en el cargo de Subsecretario de Administración del Sistema Unico Municipal de Salud, dependiente de la ex Secretaría de Salud. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006 al Dr. Jorge Matías Capó (D.N.I. 05.407.481), en el cargo de Subsecretario de Administración General, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 509/06 : Cese a partir de la fecha del presente Decreto, el agente Fernando Gabriel Torrillate (D.N.I. 20.203.285), en el cargo de Director de Prensa, dependiente de la ex Secretaría Privada. Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Fernando Gabriel Torrillate (D.N.I. 20.203.285) , en el cargo de Subsecretario de Comunicación Institucional, dependiente de la Secretaría de Políticas Comunicacionales, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 510/06 : Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, la agente Mónica Fernanda Macha (D.N.I. 22.651.184), en el cargo de Directora de Planificación y Articulación de Programas, dependiente de la ex Secretaría de Salud. Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, a la Lic. Mónica Fernanda Macha (D.N.I. 22.651.185), en el cargo de Subsecretaria de Coordinación de Políticas Socio-Sanitarias, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 511/06 : Ratifícase al Sr.Cesar Roman Mariano Albistur Villegas (D.N.I. 14.943.865), en el cargo de Subsecretario de Control Comunal, dependiente de la Secretaria General de Gobierno, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 512/06 : Ratifícase al Dr.Sergio Ernesto Zurano (D.N.I. 11.862.234) , en el cargo de Subsecretario de Modernización y Transparencia del Estado, dependiente de la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 513/06 : Ratifícase al Sr.Fernandez Gustavo Sergio (D.N.I. 14.857.625) , en el cargo de Subsecretario de Relaciones con la Comunidad, dependiente de la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a dos con dos (2,2) módulos.

Decreto Nº 514/06 : Ratifícase al Sr.Juan Carlos Martinez (D.N.I. 12.022.217) , en el cargo de Subsecretario de Seguridad y Defensa Civil, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 515/06 : Ratifícase al Sr.Carballo Osvaldo Ramón (D.N.I. 17.508.252) , en el cargo de Subsecretario de Obras y Servicios Públicos, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 516/06 : Exclúyase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Mosquera Gustavo José (Legajo 17542300) de los alcances de los Decretos Nºs 04/06 y 05/06. Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Mosquera Gustavo José (Legajo 17542300), en el cargo de Director de Mantenimiento Urbano y Delegaciones Operativas, dependiente de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos, perteneciente a la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 517/06 : Exclúyase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Dante Horacio Alcaraz (Legajo 167378) de los alcances de los Decretos Nºs 04/06 y 05/06. Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Dante Horacio Alcaraz (Legajo 167378) , en el cargo de Director de Planificación Urbana, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura

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Urbana, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 518/06 : Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Daniel Del Río (D.N.I. 12.537.294), en el cargo de Director de Planificación Estratégica, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 519/06 : Cese a partir del día 18 de Abril de 2006 el agente Ferella Alfonso (D.N.I. 10.927.442) en el cargo de Director de Gestión de Proyectos, dependiente de la ex Secretaría de Planificación Estratégica. Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente agente Ferella Alfonso Rafael (D.N.I. 10.927.442), en el cargo de Director de Proyectos, dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano, perteneciente a la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 520/06 : Amplíese el Anexo I del Decreto Nº 337/04 y sus modificatorios con los encuestadores que se detallan en el Anexo I.

Decreto Nº 521/06 : Declárase de Interés Municipal los “Encuentros de Intercambio de Arte y Cultura Joven”, que se realizarán durante el año 2006, siendo el primer encuentro el próximo Domingo 23 de Abril del corriente año, en el Polideportivo Gorki Grana.

Decreto Nº 522/06 : Autorízase a los Señores Ricardo Jorge Funes y Francisco Garretón Cortés a concurrir al “Curso Diplomatura Universitaria en Gestión y Desarrollo de Mutuales y Cooperativas”, organizado por el Colegio de Graduados en Cooperativismo y Mutualismo (CGCyM) y la Universidad de Belgrano.

Decreto Nº 523/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 524/06 : Procédase a la apertura del Registro de Mayores Contribuyentes, correspondiente al ejercicio fiscal en curso, en el cual se inscribirán desde el día 1º hasta el día 15 de Mayo del año 2006, los Contribuyentes en las condiciones establecidas en el artículo 93º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

Decreto Nº 525/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 526/06 : Increméntese, a partir del día 1º de Abril de 2006, el régimen horario a cuarenta (40) horas semanales de labor, a la agente Saez Graciela Luisa (Legajo Nº 101.790/00), quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente, en la categoría Director; prestando servicios en el Instituto Histórico Municipal de Morón, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana; y asígnase, a partir de la fecha mencionada, una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 527/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 528/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 529/06 : Desígnase a partir del día 25 de Abril del año 2006, a la Dra. Cholvis Nora (DNI 06.264.785), como Jueza Municipal de Faltas, con carácter de interina, a cargo del Juzgado Nº 1 de la Municipalidad de Morón.

Decreto Nº 530/06 : Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Director de Industria, Gallo Roberto Antonio (DNI 13.236.221), por la suma de Pesos tres mil ochocientos sesenta ($ 3.860.-) con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas para solventar gastos de alquiler adicional y viáticos por su participación en la feria de “EMAQH 2006” a realizarse los días 18 a 23 de Mayo de 2006.

Decreto Nº 531/06 : Declárase de Interés Municipal “la participación del Municipio a través de la Secretaría de Desarrollo Económico Local en la XIX Feria Internacional de Córdoba – Fico Mercosur 2006”, que se llevará a cabo entre los días 23 de Septiembre al 1º de Octubre del año 2006, en la Ciudad de Córdoba Capital.

Decreto Nº 532/06 : Otórgase un subsidio a favor del Sr. Chavez Javier Pablo (DNI 27.535.299), por la suma de $ 1.476,60. - (pesos mil cuatrocientos setenta y seis con sesenta centavos), a los efectos de adquirir Material de Construcción.

Decreto Nº 533/06 : Declárase de Interés Municipal “la Jornada sobre Impositivos y Beneficios Accionarios, Fideicomiso 2006”, organizado por el Programa Preliminar Fideicomiso 2006, a celebrarse el día 27 de Abril del corriente año en el Alvear Palace Hotel, sito en Avenida Alvear Nº 1891 de la Capital Federal.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 534/06 : Declárase de Interés Municipal la “participación del menor Román Martín Lastretti en la Copa del Mundo Resende 2006 y en el Campeonato Sudamericano Hugo de Sa Campello Filho 2006”, ambos a desarrollarse en la Ciudad de Resende, Estado de Río de Janeiro, Brasil, del 18 de abril al 3 de mayo del corriente año. Otórgase un subsidio a favor del Sr. Lastretti Antonio Rodolfo Florentino (DNI 14.413.907), por la suma de $ 1.650.- (pesos mil seiscientos cincuenta), para que el joven tirador moronense Roman Martín Lastretti (DNI 34.712.627) participe de los eventos mencionados en el Artículo Nº1.

Decreto Nº 535/06 : Desestímase las impugnaciones formuladas por las oferentes Transportes Olivos S.A.C.I. y F. – URBASER ARGENTINA S.A. EN UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS, y MARTIN Y MARTIN S.A., tramitadas en las actuaciones administrativas Nº 4079-11993/06 y 4079-11994/06.Rechazase la Oferta Básica presentada por la Empresa MARTIN Y MARTIN S.A. Rechazase la Oferta Alternativa presentada por la Empresa MARTIN Y MARTIN S.A. Rechazase la Oferta Básica presentada por TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F. – URBASER ARGENTINA S.A. en UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS.Adjudícase la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 17/2005 para la contratación del servicio de recolección de residuos domiciliarios, barrido manual y mecánico, limpieza de calzada y vía pública, levantamiento del producido de contenedores, plan de racionalización y aprovechamiento de residuos urbanos y levantamiento de producido de barrido, montículos y ramas a TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F. – URBASER ARGENTINA S.A. en UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS, en los términos del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y de su Oferta Alternativa obrante a fojas 9671/9672 del expediente administrativo Nº 4079-19047/05, por el término de seis (6) años consecutivos.

Decreto Nº 536/06 : Déjase sin efecto a partir del día 25 de Abril del año 2006, el Decreto Nº 09/06, por el cual se encomendó interinamente el Dr. Tugender Darío Hernán (DNI 22.650.954), la atención del Juzgado de Faltas Nº 1.

Decreto Nº 537/06 : Suprímase las Cajas Chicas de : Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano. Secretaría de Relaciones con la Comunidad. Secretaría de Salud. Secretaría de Desarrollo Social. Secretaría de Finanzas Municipales. Secretaría de Hacienda. Secretaría de Planificación Estratégica. Subsecretaría de Adm. Sist. Unico Munic. Salud. Dirección de Planificación y Art. de Programas. Procédase a la creación de las Cajas Chicas de las dependencias: Secretaría de Economía y Finanzas. Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana. Secretaría Unidad de Gestión Comunitaria Nº 1 Morón C y N. Secretaría Unidad de Gestión Comunitaria Nº 2 Haedo. Secretaría Unidad de Gestión Comunitaria Nº 3 El Palomar. Secretaría Unidd de Gestión Comunitaria Nº 4 Castelar C.N. Secretaría Unidad de Gestión Comunitaria Nº 5 Castelar Sur. Secretaría Unidad de Gestión Comunitaria Nº 6 Morón Sur. Secretaría Unidad de Gestión Comunitaria Nº 7 V. Sarmiento. Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos. Subsecretaría de Planeamiento Urbano. Dirección de Mantenim. Urbano y Deleg. Operativa. Subsecretaría de Coordinación de Políticas Socio-Sanitaria. Modifícase la caja chica Dirección Cementerio.

Decreto Nº 538/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 539/06 : Declárase de Interés Municipal la “Segunda fase del Taller de Profesionalización en Gobiernos Locales”, que se llevará a cabo en la Ciudad de Paris, Francia, del 15 al 20 de Mayo de 2006.

Decreto Nº 540/06 : Autorízase el gasto que demande la participación de los Profesionales Gómez Dagnino Gabriella y Falabella Facundo en la “Jornada sobre Impositivos y Beneficios Accionarios, Fideicomiso 2006”, que se llevará a cabo el día 27 de Abril del año 2006, en el Alvear Palace Hotel, sito en Avenida Alvear Nº 1891 de la Capital Federal.

Decreto Nº 541/06 : Declárase de Interés Municipal el “1º Congreso Nacional de Trabajadores Cartoneros, Recicladores y Organizaciones Sociales”, organizado por el Movimiento Nacional de Trabajadores Cartoneros, Recicladores y Organizaciones Sociales, que se llevará a cabo los días 28, 29 y 30 de Abril y el día 1º de Mayo del año 2006, en la Ciudad de Mar del Plata.

Decreto Nº 542/06 : Adjudícase la Licitación Pública Nacional Nº 03/06, tramitada por expediente Nº 4079-10395/06, para la Construcción del Jardín Municipal de Infantes y Maternal Nº 12 de la Localidad de Morón, a la firma TORRES MORON S.A., en la suma total de Pesos Un millón cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos noventa con treinta y cinco centavos ($ 1.487.790,35.-), efectuado el 3% de descuento por un anticipo financiero del 30%.

Decreto Nº 543/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 544/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 545/06 : Autorízase el gasto que demandará la Jornada que dará inicio a la Segunda Etapa de Presupuesto Participativo – Encuentro de Delegados y Delegadas, que se llevará a cabo el día Sábado 6 de Mayo del corriente año, en el Colegio Ward de Villa Sarmiento.

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Decreto Nº 546/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 547/06 : Créase la caja chica de la dependencia Subsecretaría de Administración General de Salud y Desarrollo Social, con especificación del monto asignado y su rotación mensual.

Decreto Nº 548/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 549/06 : Créase en el Cálculo de Recursos el rubro Transferencias Corrientes. De Gobiernos e Instituciones Provinciales y Municipales. Ministerio de Desarrollo Humano – Programa de Asistencia Alimentaria, por pesos seis mil cuarenta y dos ($ 6.042,00.-).Increméntase en el Presupuesto General de Gastos por un total de Pesos seis Mil Cuarenta y Dos ($ 6.042.00). Denominación Ayudas Sociales a Personas.

Decreto Nº 550/06 : Créase en el Cálculo de Recursos el siguiente rubro por Pesos Sesenta Mil Seiscientos Sesenta y Siete con 30/100 ($ 60.667,30.-).Transferencias Corrientes. De Administración Nacional. 2º Convenio Promoción del Empleo – Capacitación Etapa Final. Créase en el Presupuesto General de Gastos la Categoría programática 50.00.00 “2º Convenio Promoción del Empleo – Capacitación Etapa Final” correspondiente a la Subjurisdicción 10 Secretaría de Desarrollo Económico Local dotado de las partidas que a continuación se detallan por un total de Pesos Sesenta Mil Seiscientos Sesenta y Siete con 30/100 ($ 60.667,30). Denominación: Productos de Arcilla y Cerámica. Otros. Repuestos y Accesorios. Herramientas y Repuestos Mayores.

Decreto Nº 551/06 : Exclúyase de los alcances de los Decretos Nº 004/06 y Nº 005/06, al agente Herzel Guillermo Eduardo (DNI 20.107.336) – (Legajo Nº 18.824.500), a partir del día 1º de Mayo del año 2006.

Decreto Nº 552/06 : Desígnase a partir del día 1º de Mayo de 2006, a la Lic. Fasciolo Mariana ( D.N.I. 25.049.559), en el cargo de Directora de Prensa, dependiente de la Subsecretaría de Comunicación Institucional, perteneciente a la Secretaría de Políticas Comunicacionales, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 553/06 : Exclúyase a partir del día 1º de Mayo de 2006, a la agente Sanz Carmen Marta (D.N.I. 04.933.521 - Legajo 19012800) de los alcances de los Decretos Nºs 04/06 y 05/06. Desígnase a partir del día 1º de Mayo de 2006, a la agente Sanz Carmen Marta ( D.N.I. 04.933.521 - Legajo 19012800), en el cargo de Directora del Programa Comunitario de Resolución Alternativa de Conflictos, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad, perteneciente a la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 554/06 : Exclúyase a partir del día 1º de Mayo de 2006, al agente Funes Ricardo Jorge (D.N.I. 16.483.388 - Legajo 16769000) de los alcances de los Decretos Nºs 04/06 y 05/06. Desígnase a partir del día 1º de Mayo de 2006, al agente Funes Ricardo Jorge ( D.N.I. 16.483.388 - Legajo 16769000), en el cargo de Director de Políticas de Economía Social y Solidaria, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad, perteneciente a la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 555/06 : Exclúyase a partir del día 1º de Mayo de 2006, a la agente Martinez Graciela Noemí (D.N.I. 10.328.329 - Legajo 18427800) de los alcances de los Decretos Nºs 04/06 y 05/06. Desígnase a partir del día 1º de Mayo de 2006, a la agente Martinez Graciela Noemí ( D.N.I. 10.328.329 - Legajo 18427800), en el cargo de Directora de Políticas para Personas con Necesidades Especiales, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad, perteneciente a la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica.

Decreto Nº 556/06 : Acéptase la renuncia presentada por el Sr. Juan José Pisano (LE: 04.853.906), a partir del día 26 de Abril del año 2006, quien revistaba dentro de la Planta de Personal Temporario, en el cargo de Coordinador de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 4, en la localidad de Castelar, dependiente del Departamento Ejecutivo.

Decreto Nº 557/06 : Recházase el Reclamo interpuesto por la Señora María Luisa Siri (DNI 4.856.004)–(Legajo Nº 83.964) - contra el Decreto Nº 2702/05 D.E..

Decreto Nº 558/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 559/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 560/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 561/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 562/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 563/06 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 564/06 : Recházase por improcedente el Recurso de Revocatoria interpuesto por el agente Gallardo Mario Eduardo -DNI 13.735.850 - Legajo Nº 98.442 -, contra el Decreto Nº 748/05 que promulga la Ordenanza Nº 7041/2005.

Decreto Nº 565/06 : Rectifícase en su parte pertinente el artículo 5º del Decreto Nº 535/2006.

RESOLUCIONES Pág. 41 - 46

DECRETOS SINTETIZADOS Pág. 46 - 47

El presente trabajo es elaborado por:Secretaría Privada de

Relaciones Comunitarias y DescentralizaciónDirección de Asistencia Técnica

Departamento Boletín y Digesto MunicipalDependiente del

Sr. Intendente Martín Sabbatella

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DECRETOS

DECRETO Nº 481/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decreto N° 480/2006 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se modifica la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Morón.

Que por el artículo 11º se crea la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, la que constituye una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que el funcionario idóneo para desempeñar las misiones y funciones de dicha Secretaría, es el Lic. Gustavo Gabriel Salvador Hurtado Uhalde, razón por la cual corresponde sea designado en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Lic. Gustavo Gabriel Salvador Hurtado Uhalde (DNI: 16.582.248), en el cargo de Secretario de Salud y Desarrollo Social, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a uno con ocho (1,8) módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - C.P. Stella M. Santos

* * *DECRETO Nº 482/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decreto N° 480/2006 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se modifica la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Morón.

Que por el artículo 2º del citado acto administrativo, se suprime la Secretaría Privada.

Que por el artículo 9º se crea la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, la que constituye una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que el funcionario idóneo para desempeñar las misiones y funciones de dicha Secretaría, es el Sr. Damián Eduardo Aguilar, razón por la cual corresponde sea designado en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006 el Sr. Damián Eduardo Aguilar (D.N.I.: 18.358.641), en el cargo de Secretario Privado, dependiente del Departamento Ejecutivo.ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Damián Eduardo Aguilar (DNI: 18.358.641), en el cargo de Secretario Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a tres con tres (3,3) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - C.P. Stella M. Santos

* * *DECRETO Nº 483/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decreto N° 480/2006 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se modifica la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Morón.

Que la Secretaría General de Gobierno, continúa constituyendo una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que en consecuencia, corresponde ratificar en el cargo al actual funcionario a cargo de la misma.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Ratifícase en el cargo de Secretario General de Gobierno, dependiente del Departamento Ejecutivo, al Sr. Guillermo Ramón Pascuero (D.N.I.: 18.249.161), con una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a cuatro con dos (4,2) módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario de Planificación Estratégica y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache - C.P. Stella M. Santos

* * *DECRETO Nº 484/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decreto N° 480/2006 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se modifica la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Morón.

Que por el artículo 2º del citado acto administrativo, se suprime la Secretaría de Finanzas.

Que por el artículo 10º se crea la Secretaría de Economía y Finanzas, la que

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constituye una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que el funcionario idóneo para desempeñar las misiones y funciones de dicha Secretaría, es el Sr. C.P. Eduardo Daniel Aseff, razón por la cual corresponde sea designado en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006 el Sr. C.P. Eduardo Daniel Aseff (D.N.I.: 08.585.142), en el cargo de Secretario de Finanzas Municipales, dependiente del Departamento Ejecutivo.ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. C.P. Eduardo Daniel Aseff (DNI: 08.585.142), en el cargo de Secretario de Economía y Finanzas, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a cero con tres (0,3) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - C.P. Stella M. Santos

* * *DECRETO Nº 485/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decreto N° 480/2006 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se modifica la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Morón.

Que la Secretaría de Desarrollo Económico Local, continúa constituyendo una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que en consecuencia, corresponde ratificar en el cargo al actual funcionario a cargo de la misma.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Ratifícase en el cargo de Secretario de Desarrollo Económico Local, dependiente del Departamento Ejecutivo, al Dr. Walter Adrián Juara (D.N.I.: 16.755.938), con una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a uno con dos (1,2) módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - C.P. Stella M. Santos

* * *DECRETO Nº 486/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decreto N° 480/2006 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se modifica la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Morón.

Que por el artículo 2º del citado acto administrativo, se suprime la Secretaría de Planificación Estratégica.

Que por el artículo 12º se crea la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, la que constituye una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que el funcionario idóneo para desempeñar las misiones y funciones de dicha Secretaría, es el Sr. Daniel Guillermo Larrache, razón por la cual corresponde sea designado en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006 el Sr. Daniel Guillermo Larrache (D.N.I.: 18.077.570), en el cargo de Secretario de Planificación Estratégica, dependiente del Departamento Ejecutivo.ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Daniel Guillermo Larrache (DNI: 18.077.570), en el cargo de Secretario de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a tres con tres (3,3) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - C.P. Stella M. Santos

* * *DECRETO Nº 487/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decretos N° 480/2006 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se modifica y complementa la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón.

Que por el artículo 3º se suprime la Subsecretaría de Comunicación Institucional, dependiente de la otrora Secretaría Privada.

Que como surge del artículo 14º del referido Decreto, la Secretaría de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 1 – Morón Centro - Norte, constituye una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que el funcionario idóneo para desempeñar las misiones y funciones de dicha Secretaría, es el Señor Diego Spina, razón por la cual corresponde sea designado en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente,

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Page 10: SUMARIO - Gobierno de Morón · Salvador Hurtado Uhalde (DNI: 16.582.248), en el cargo de Secretario de Salud y Desarrollo Social, ... de 9.666 (nueve mil seiscientos sesenta y seis)

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Sr. Diego Spina, (DNI: 22.425.837), en el cargo de Subsecretario de Comunicación Institucional, dependiente de Secretaría Privada.ARTICULO 2º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Diego Spina, (DNI:22.425.837), en el cargo de Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 1 – Morón Centro - Norte, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a tres (3) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Planificación Estratégica.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 488/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decretos N° 480/2006 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se modifica y complementa la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón.

Que como surge del artículo 15º del referido Decreto, la Secretaría de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 2 – Haedo, constituye una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que la funcionaria idónea para desempeñar las misiones y funciones de dicha Secretaría, es la Señora Lic.Alejandra Myrian Dezi, razón por la cual corresponde sea designada en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, a la Sra. Licenciada Alejandra Myrian Dezi, (DNI: 16.583.499), en el cargo de Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 2 – Haedo, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a dos con cinco (2,5) módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Planificación Estratégica.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 489/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decretos N° 480/2006 y,

CONSIDERANDO:Que por el Decreto citado en el Visto se

modifica y complementa la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón.

Que por el artículo 2º se suprime la Secretaría de Hacienda.

Que como surge del artículo 16º del referido Decreto, la Secretaría de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 3 – El Palomar, constituye una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que la funcionaria idónea para desempeñar las misiones y funciones de dicha Secretaría, es la Señora Contadora Stella Maris Santos, razón por la cual corresponde sea designada en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, la Sra. Contadora Stella Maris Santos, (DNI: 13.076.795), en el cargo de Secretaria de Hacienda, dependiente del Departamento Ejecutivo.ARTICULO 2º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, a la Sra. Contadora Stella Maris Santos, (DNI: 13.076.795), en el cargo de Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 3 – El Palomar, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a dos con cinco (2,5) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Planificación Estratégica.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 490/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decretos N° 480/2006 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se modifica y complementa la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón.

Que por el artículo 2º se suprime la Secretaría de Relaciones con la Comunidad y Descentralización.

Que como surge del artículo 17º del referido Decreto, la Secretaría de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 4 – Castelar Centro - Norte, constituye una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que la funcionaria idónea para desempeñar las misiones y funciones de dicha Secretaría, es la Señora Profesora Raquel María de la Cruz Lopo Tejo, razón por la cual corresponde sea designada en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 10

Page 11: SUMARIO - Gobierno de Morón · Salvador Hurtado Uhalde (DNI: 16.582.248), en el cargo de Secretario de Salud y Desarrollo Social, ... de 9.666 (nueve mil seiscientos sesenta y seis)

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

ARTICULO 1º: Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, la Sra. Profesora Raquel María de la Cruz Lopo Tejo (DNI: 10.360.450), en el cargo de Secretaria de Relaciones con la Comunidad y Descentralización, dependiente del Departamento Ejecutivo.ARTICULO 2º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, a la Sra. Profesora Raquel María de la Cruz Lopo Tejo (DNI: 10.360.450), en el cargo de Secretaria de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 4 – Castelar Centro - Norte, dependiente del Departamento Ejecutivo.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Planificación Estratégica.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 491/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decretos N° 480/2006 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se modifica y complementa la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón.

Que por el artículo 2º se suprime la Secretaría de Desarrollo Social.

Que como surge del artículo 18º del referido Decreto, la Secretaría de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 5 – Castelar Sur, constituye una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que el funcionario idóneo para desempeñar las misiones y funciones de dicha Secretaría, es el Señor Andrés René Rodriguez, razón por la cual corresponde sea designado en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Sr. Andrés René Rodriguez (DNI: 17.466.616), en el cargo de Secretario de Desarrollo Social, dependiente del Departamento Ejecutivo.ARTICULO 2º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Andrés René Rodriguez, (DNI: 17.466.616), en el cargo de Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 5 – Castelar Sur, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a tres con tres (3,3) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Planificación Estratégica.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 492/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decretos N° 480/2006 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se modifica y complementa la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón.

Que por el artículo 2º se suprime la Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano.

Que como surge del artículo 19º del referido Decreto, la Secretaría de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 6 – Morón Sur, constituye una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que el funcionario idóneo para desempeñar las misiones y funciones de dicha Secretaría, es el Sr. Luis María De Luca, razón por la cual corresponde sea designado en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Sr. Luis María De Luca (DNI: 20.067.111), en el cargo de Secretario de Infraestructura y Planeamiento Urbano, dependiente del Departamento Ejecutivo.ARTICULO 2º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Sr. Luis María De Luca (DNI: 20.067.111), en el cargo de Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 6 – Morón Sur, dependiente del Departamento Ejecutivo, con una bonificación mensual por función crítica, equivalente a tres con tres (3,3) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Planificación Estratégica.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 493/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el Decretos N° 480/2006 y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el Visto se modifica y complementa la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón.

Que por el artículo 2º se suprime la Secretaría de Salud.

Que como surge del artículo 20º del referido Decreto, la Secretaría de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 7 – Villa Sarmiento, constituye una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que el funcionario idóneo para desempeñar las misiones y funciones de dicha Secretaría, es el Dr. Rubén Jorge Der, razón por la cual corresponde sea designado en el respectivo cargo.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 11

Page 12: SUMARIO - Gobierno de Morón · Salvador Hurtado Uhalde (DNI: 16.582.248), en el cargo de Secretario de Salud y Desarrollo Social, ... de 9.666 (nueve mil seiscientos sesenta y seis)

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

ARTICULO 1º: Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Dr. Rubén Jorge Der (DNI: 04.706.435), en el cargo de Secretario de Salud, dependiente del Departamento Ejecutivo.ARTICULO 2º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, al Dr. Rubén Jorge Der (DNI: 04.706.435), en el cargo de Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 7 – Villa Sarmiento, dependiente del Departamento Ejecutivo.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Planificación Estratégica.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 494/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades, el Decreto Provincial Nº 2980/00, los Decretos Nº 480/06, 484/06 y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 484/06, se designó al Sr. Contador Eduardo Daniel Aseff, en el cargo de Secretario de Economía y Finanzas.

Que conforme lo previsto por los artículos 183º, 191º y concordantes del Decreto Ley 6769/58, resulta pertinente autorizar al mencionado funcionario, a extender órdenes de compras, de pagos y cheques, que no excedan del monto establecido en dichas normas, cumpliendo las exigencias que para la materia fijan las disposiciones legales citadas en el Visto.

Que ello así, a fin de agilizar las tareas que se desarrollan en esa Secretaría, a efectos de coadyuvar a la concurrencia de los principios de celeridad y economía procesal que deben imperar en todo procedimiento administrativo, en virtud del cúmulo de misiones y funciones que le competen a las áreas dependientes de la misma.

Que por todo lo expuesto y en consideración a la demostrada idoneidad en el cargo para el cual fuera designado, deviene procedente el dictado del pertinente acto administrativo, conforme lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1°: Autorízase al Señor Secretario de Economía y Finanzas, Contador Eduardo Daniel Aseff (DNI 08.585.142), a extender órdenes de compras, de pagos y cheques que no excedan del monto establecido por el artículo 183º del Decreto Ley 6769/58, debiendo suscribirlas/los juntamente con el Contador y/o el Tesorero Municipal.ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero – Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 495/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-12867/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra memorándum del Departamento de Gestión Judicial, solicitando la suma de $ 9.666.- (pesos nueve mil seiscientos sesenta y seis) para el pago del Anticipo de JUS Previsional, correspondiendo $ 1.- (peso uno) por cada juicio de apremio iniciado durante el ejercicio 2005, tal como se acordó mediante el Convenio de pago parcial de Jus Previsional suscripto con la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.

Que dicha orden, deberá librarse en forma a nombre de la abogada Martínez Rosana.

Que a fs. 3 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Otórgase al Departamento de Gestión Judicial, la suma de $ 9.666.- (pesos nueve mil seiscientos sesenta y seis), para el pago del Anticipo de JUS Previsional, correspondiendo $ 1.- (peso uno) por cada juicio de apremio iniciado en el ejercicio 2005, para la Profesional Martínez Rosana (DNI 24.568.083).ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría líbrese orden de pago por la suma de $ 9.666.- (pesos nueve mil seiscientos sesenta y seis) a nombre de la Dra. Rosana Martínez (DNI 24.568.083), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.00.00 3.8.3.0 Derechos y tasas $ 9.666,00.-

Total: $ 9.666,00.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Stella M. Santos - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 497/06 Morón, 17 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-12866/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra memorándum del Departamento de Gestión Judicial, solicitando realizar la compra ante el Colegio de Abogados de Morón de 9.666 (nueve mil seiscientos sesenta y seis) Bonos Ley 8.480, siendo el costo unitario de $ 10,00.- (pesos diez), los que en su totalidad asciende a la suma de $ 96.660.- (pesos noventa y seis mil seiscientos sesenta), los que serán aplicados a juicios de Apremios iniciados por los Profesionales del área durante el ejercicio 2006.

Que dicha orden, deberá librarse en forma a nombre del Contador Caracachian Juan Manuel.

Que a fs. 4 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 12

Page 13: SUMARIO - Gobierno de Morón · Salvador Hurtado Uhalde (DNI: 16.582.248), en el cargo de Secretario de Salud y Desarrollo Social, ... de 9.666 (nueve mil seiscientos sesenta y seis)

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETA:ARTICULO 1º: Otórgase al Departamento de Gestión Judicial, la suma de $ 96.666.- (pesos noventa y seis mil seiscientos sesenta), para realizar la compra ante el Colegio de Abogados de Morón de 9.666 (nueve mil seiscientos sesenta y seis) Bonos Ley 8.480, siendo el costo unitario de $ 10,00.- (pesos diez), los que serán aplicados a juicios de Apremios iniciados por los Profesionales del área durante el ejercicio 2006.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría líbrese orden de pago por la suma de $ 96.660.- (pesos noventa y seis mil seiscientos sesenta) a nombre del Contador Caracachian Juan Manuel, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.00.00 3.8.3.0 Derechos y tasas $ 96.660,00.-

Total: $ 96.660,00.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto el Señor Secretario General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Stella M. Santos - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 498/06 Morón, 18 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades, el Decreto Provincial Nº 2980/00, los Decretos Nºs. 480/06, 484/06, 489/06 D.E., yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 484/06, fue designado el C.P. Eduardo Daniel Aseff en el cargo de Secretario de Economía y Finanzas.

Que conforme lo previsto por los artículos 183º, 191º y concordantes del Decreto-Ley Nº 6769/58, por Decreto Nº 494/06 del Departamento Ejecutivo, se autorizó a la Secretaria de Economía y Finanzas a extender órdenes de compras, de pagos y cheques que no excedan del monto establecido en dichas normas.

Que resulta necesario establecer un sistema más ágil y eficiente, en el marco de la normativa vigente, para las adquisiciones y/o contrataciones que realice el Municipio.

Que el sistema establecido en el Decreto Nº 1584/00 para realizar las contrataciones del Municipio requiere de una adecuación de acuerdo a la Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal, decreto Provincial Nº 2980/00.

Que conforme lo previsto por el artículo 181º inciso 3) del Decreto-Ley Nº 6769/58 resulta pertinente delegar en los Secretarios del Departamento Ejecutivo las adquisiciones, contrataciones y obras públicas con las excepciones establecidas en dicha norma.

Que por todo lo expuesto deviene procedente el dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Autorízase al señor Secretario de Economía y Finanzas, C.P. Eduardo Daniel Aseff (D.N.I.: 08.585.142) a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo

comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.ARTICULO 2º: En las licitaciones privadas, para la adjudicación de la/las ofertas más convenientes a los intereses municipales la Secretaria de Economía y Finanzas dictará una Resolución en particular, que como proyecto propondrá la Dirección de Compras y Contrataciones, en la que se detallará el número de expediente, número de licitación, nombre de los proveedores invitados a participar, nombre del/los proveedor/es adjudicados, monto de la oferta adjudicada total y en particular a cada proveedor en su caso, e imputación contable.ARTICULO 3º: Para las compras y/o contrataciones encuadradas en el Artículo 156º del Decreto Ley 6769/58, cuando el monto exceda el establecido para la compra directa en el artículo 151º del Decreto Ley citado y sus actualizaciones, se dictará una Resolución en particular, en los términos del artículo precedente.ARTICULO 4º: Derogase el Decreto Nº 972/05.ARTICULO 5º: Comuníquese al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, el texto integro del presente Decreto.ARTICULO 6º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno, de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y de Economía y Finanzas.ARTICULO 7º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero – Daniel G. Larrache C.P. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 499/06 Morón, 18 de Abril de 2006.-VISTO:

Los Decretos Nº 480/06, Nº 487/06 y, /CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modifica y complementa la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Morón.

Que por el artículo 13º se crea la Secretaría de Comunicación Institucional, pasando a constituir una de las dependencias orgánico funcionales que conforman dicha estructura.

Que interinamente corresponde delegar en otro Secretario de la Municipalidad, la firma del despacho de la referida Secretaría, a efectos de evitar resentimientos en el normal desenvolvimiento de las tareas del área.

Que en virtud de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA:

ARTICULO 1º: Asígnasele al Sr. Diego Spina (DNI 22.425.837), Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 1 – Morón Centro - Norte, la firma de la Secretaría de Políticas Comunicacionales, dependiente del Departamento Ejecutivo.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretario General de Gobierno y de Economía y Finanzas. ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero – C.P. Eduardo D. Aseff

* * *

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 13

Page 14: SUMARIO - Gobierno de Morón · Salvador Hurtado Uhalde (DNI: 16.582.248), en el cargo de Secretario de Salud y Desarrollo Social, ... de 9.666 (nueve mil seiscientos sesenta y seis)

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETO Nº 500/06 Morón, 18 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-13016/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra nota emitida por la Dirección de Asuntos Legales solicitando la declaración de Interés Municipal las Charlas Preparatorias sobre “Maltrato Infantil, Violencia y Abuso Sexual Infantil en la Sociedad y la Familia”; “Maltrato Infantil, Violencia, Abuso Sexual Infantil y el Derecho”; “Maltrato Infantil, Violencia, Abuso Sexual Infantil y Sistema de Salud”, que se dictarán los días 19 de Abril, 10 de Mayo, y 5 de Julio del corriente año, respectivamente, en el Colegio de Abogados de Morón, sito en la calle Bartolomé Mitre Nº 964 de la mencionada Ciudad. Asimismo a fs. 2/4 obra folleteria referente a los mencionados eventos.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal de las Charlas Preparatorias sobre “Maltrato Infantil, Violencia y Abuso Sexual Infantil en la Sociedad y la Familia”; “Maltrato Infantil, Violencia, Abuso Sexual Infantil y el Derecho”; “Maltrato Infantil, Violencia, Abuso Sexual Infantil y Sistema de Salud”, que se dictarán en el Colegio de Abogados de Morón, sito en la calle Bartolomé Mitre Nº 964 de la mencionada Ciudad, los días 19 de Abril, 10 de Mayo, y 5 de Julio del corriente año, respectivamente.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 501/06 Morón, 18 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-12893/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 de las actuaciones citadas en el Visto, luce nota presentada por el Jefe Distrital de Morón Montre Carlos Alberto, solicitando la suma de $ 9.000 (pesos nueve mil), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, en el marco del Convenio de Cooperación Institucional existente entre la Municipalidad de Morón y la Jefatura Distrital Morón, correspondiente al mes de Marzo del 2006 a los efectos de proceder a múltiples reparaciones (móviles colisionados, con desperfectos mecánicos, etc.), mantenimiento de la flota automotriz (desgaste normal de los elementos que componen partes de la mecánica liviana de los vehículos), como así también las reparaciones de chapa y pinturas necesarias para los móviles policiales. Asimismo se informa que parte de dicha suma será destinada a la mantención y reparación de las instalaciones de ese elemento y la adquisición de materiales de construcción y mantenimiento edilicio.

Que a fs. 4 obra Registro de Compromiso, en el cual consta la respectiva imputación presupuestaria, efectuado por la Contaduría General.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Otórgase a la “Jefatura de Distrito Morón”, la suma de $ 9.000.- (pesos nueve mil), a efectos de solventar los gastos para múltiples reparaciones de móviles colisionados, chapa, pintura y mantenimiento de la flota automotriz de los móviles policiales, como así también para la mantención y reparación de las instalaciones y la adquisición de elementos de construcción y mantenimiento edilicio.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría líbrese orden de pago por la suma de $ 9.000 (pesos nueve mil) a nombre del Sr. Montre Carlos Alberto, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTICULO 3º: Impútase el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe

19.00.00 5.3.7.0 Transferencia a entes de gobiernos provinciales

$ 9.000.-

Total$ 9.000.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y de General de Gobierno.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 502/06 Morón, 18 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-12965/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, luce nota presentada por la Dirección de Tesorería, solicitando que se autorice el libramiento de una orden de pago por la suma de $ 60.000.- (pesos sesenta mil) para la compra de timbrados provinciales, correspondientes a la Tasa Provincial necesaria para el otorgamiento de las licencias de conducir, cuya nueva tarifa es de $ 20.- (pesos veinte) y de $ 30.- (pesos treinta) según el tramite a realizar.

Que, asimismo según surge de la nota de referencia se aclara que la adquisición del timbrado en cuestión, se efectúa con el objeto de evitar trámites innecesarios al contribuyente que debería abonar esta tasa en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Autorízase a la Dirección de Tesorería a efectuar el gasto por la suma de $ 60.000.- (pesos sesenta mil), a efectos de solventar la compra de timbrados provinciales, para su expedición en la caja de su dependencia, instalada en el Departamento de Licencias de Conducir, a efectos del otorgamiento de las mismas.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de Banco Provincia de Buenos Aires, por la suma precedentemente

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 14

Page 15: SUMARIO - Gobierno de Morón · Salvador Hurtado Uhalde (DNI: 16.582.248), en el cargo de Secretario de Salud y Desarrollo Social, ... de 9.666 (nueve mil seiscientos sesenta y seis)

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

indicada, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, por parte del Contador Juan Manuel Caracachian.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 503/06 Morón, 18 de Abril de 2006.-VISTO:

Las Leyes Nº 11.610, Nº 11.752, el Decreto Nº 689/96 de la Provincia de Buenos Aires del 25 de Marzo de 1996, el expediente Nº 2207-00360/06 del Ministerio de Gobierno, Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires, yCONSIDERANDO:

Que por la Ley mencionada en primer término se crearon los Municipios de Morón, Hurlingham e Ituzaingó.

Que a través de la Ley Nº 11.752 se dispuso reconocer y consolidar o reconocer y no consolidar las obligaciones vencidas o de causas o título anterior al 10 de Diciembre de 1995, entre otros del Municipio de Morón, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 12º y 13º.

Que por la Ley Nº 11.192 se dispuso reconocer y consolidar las obligaciones vencidas o de causas o título anterior al día 1º de Abril de 1991.

Que por el Decreto mencionado en el Visto, se estableció la organización y plazo para la verificación de deudas.

Que de las constancias del expediente Nº 2207-00360/06, se desprende que la Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley Nº 11.752, ha informado el listado de deudas reconocidas consolidables por la Ley Nº 11.192 y no reconocidas por la Ley Nº 11.752 correspondiente a este Municipio.

Que corresponde notificar al acreedor de la deuda reconocida y la no reconocida a su favor.

Que en virtud de lo expuesto, deviene procedente dictar el pertinente acto administrativo para su correcto tratamiento. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Dispónese la incorporación al pasivo consolidado municipal de la deuda al 10 de Diciembre de 1995, asignada a este Municipio por la Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de Organismo de Aplicación de la Ley Nº 11.752 y su Decreto Reglamentario, debiendo asignarse a la cuenta “Deuda Pública Interna Ley Nº 11.192” en el Pasivo, con débito a la cuenta “Resultado de Ejercicios Anteriores”, del siguiente legajo, en el monto que se indica:

Legajo Acreedor Importe4079-379/05 Elba Rosa Di Biassi

de González15.700,81.-

Total15.700,81.-

ARTÍCULO 2º: Declárase no reconocida la solicitud del legajo que a continuación se indica, conforme al estudio y análisis efectuado por la Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires, en su carácter de Organismo de Aplicación de la Ley Nº 11.752 y su Decreto Reglamentario, ya que no reúnen ninguna de las condiciones alternativas previstas en el Artículo 12º de la Ley Nº

11.752 y concordantes del Decreto Nº 689/96 de la Provincia de Buenos Aires:

Legajo Acreedor Importe4079-379/05 Elba Rosa Di Biassi

de González20.033,39.-

Total 20.033,39.-

ARTÍCULO 3º: Notifíquese fehacientemente a la persona enunciada en los artículos anteriores de las situaciones dictaminadas.ARTÍCULO 4º: Tomen conocimiento la Secretaría de Economía y Finanzas, la Dirección de Contaduría y la Oficina Municipal de Presupuesto. Remítase copia del presente a la Subsecretaría de Asuntos Municipales de la Provincia de Buenos Aires. ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA C.P. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 504/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos., 2570/05 D.E., Nº 480/06 D.E., la nota registrada bajo el Nº 6042/06 expedida por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2570/05 se designó al agente Angel Julían Gomez, en el cargo de Director de Mantenimiento Urbano y Delegaciones Operativas, dependiente de la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano.

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones.

Que por las razones operativas y de readecuación de funciones esgrimidas en la nota citada en el Visto, la actual Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana solicita el cese del agente Gomez Julián Angel, en el cargo de Director de Mantenimiento Urbano y Delegaciones Operativas, retornando el mismo a su anterior situación de revista.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir de la fecha del presente Decreto, el agente Gómez Angel Julián (Legajo 156778), en el cargo de Director de Mantenimiento Urbano y Delegaciones Operativas, dependiente de la ex Subsecretaría de Obras, perteneciente a la otrora Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano, retornando a su anterior situación de revista. ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache - Guillermo R. Pascuero

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 15

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* * *DECRETO Nº 505/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos.,176/06 D.E., Nº 480/06 D.E., la nota registrada bajo el Nº 6042/06 expedida por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 176/06 se designó a la arquitecta Ponce María del Rosario, en el cargo de Directora de Proyectos, dependiente de la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano.

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones.

Que por las razones operativas y funcionales esgrimidas en la nota citada en el Visto, la actual Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana solicita el cese de la agente en cuestión, en el cargo de Directora de Proyectos, retornando la misma a su anterior situación de revista.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir de la fecha del presente Decreto, la Arq. Ponce María del Rosario (Legajo 12179, D.N.I.10.354.991), en el cargo de Directora de Proyectos, dependiente de la ex Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano, retornando a su anterior situación de revista. ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 506/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos 436/05 D.E., Nº 480/06 D.E., la nota registrada bajo el Nº 6042/06 expedida por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones, creándose la Subsecretaría de Planeamiento Urbano, dependiente de la actual Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.

Que en consecuencia, corresponde designar al funcionario a cargo de la misma, conforme lo sugerido por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente,

de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir de la fecha del presente Decreto, el agente Daniel René Arroyo (D.N.I. 12.363.783), en el cargo de Director de Planificación Urbana, dependiente de la ex Secretaría de Planificación Estratégica.ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al Sr. Arq. Daniel René Arroyo (D.N.I. 12.363.783) , en el cargo de Subsecretario de Planeamiento Urbano, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a uno con uno (1,1) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damián E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 508/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, el Decreto Nº 480/06 D.E., CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones, creándose la Subsecretaría de Administración General, dependiente de la actual Secretaría de Salud y Desarrollo Social y suprimiéndose la Subsecretaría de Administración del Sistema Unico Municipal de Salud, dependiente de la otrora Secretaría de Salud.

Que en consecuencia, corresponde designar al funcionario/a a cargo de la misma, considerándose idóneo para el desempeño de las misiones y funciones de dicha Subsecretaría, al Dr. Jorge Matías Capó.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, el Dr. Jorge Matías Capó (D.N.I. 05.407.481), en el cargo de Subsecretario de Administración del Sistema Unico Municipal de Salud, dependiente de la ex Secretaría de Salud.ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006 al Dr. Jorge Matías Capó (D.N.I. 05.407.481), en el cargo de Subsecretario de Administración General, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a dos (2) módulos.

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damián E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 509/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos 1880/03 D.E., Nº 480/06 D.E., CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones, creándose la Subsecretaría de Comunicación Institucional, dependiente de la actual Secretaría de Políticas Comunicacionales.

Que en consecuencia, corresponde designar al funcionario/a a cargo de la misma, considerándose idóneo para el desempeño de las misiones y funciones de dicha Subsecretaría, al Sr. Fernando Gabriel Torrillate.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir de la fecha del presente Decreto, el agente Fernando Gabriel Torrillate (D.N.I. 20.203.285), en el cargo de Director de Prensa, dependiente de la ex Secretaría Privada.ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Fernando Gabriel Torrillate (D.N.I. 20.203.285) , en el cargo de Subsecretario de Comunicación Institucional, dependiente de la Secretaría de Políticas Comunicacionales, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a dos con siete (2,7) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de GobiernoARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damián E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 510/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos 1880/03 D.E., Nº 480/06 D.E., CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y

funciones, creándose la Subsecretaría de Coordinación de Políticas Socio-Sanitarias, dependiente de la actual Secretaría de Salud y Desarrollo Social y suprimiéndose la Dirección de Planificación y Articulación de Programas, dependiente de la otrora Secretaría de Salud.

Que en consecuencia, corresponde designar al funcionario/a a cargo de la misma, considerándose idónea para el desempeño de las misiones y funciones de dicha Subsecretaría, a la Sra. Lic.Mónica Fernanda Macha.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir del día 18 de Abril del año 2006, la agente Mónica Fernanda Macha (D.N.I. 22.651.184), en el cargo de Directora de Planificación y Articulación de Programas, dependiente de la ex Secretaría de Salud.ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir del día 18 de Abril del año 2006, a la Lic. Mónica Fernanda Macha (D.N.I. 22.651.185), en el cargo de Subsecretaria de Coordinación de Políticas Socio-Sanitarias, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a dos con dos (2,2) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damián E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 511/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, el Decreto Nº 480/06 D.E.,y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones.

Que la Subsecretaría de Control Comunal, continúa constituyendo una dependencia orgánico funcional perteneciente a la Secretaría General de Gobierno.

Que en consecuencia, corresponde ratificar al funcionario que continuará a cargo de la misma.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Ratifícase al Sr.Cesar Roman Mariano Albistur Villegas (D.N.I. 14.943.865), en el cargo de Subsecretario de Control Comunal, dependiente de la Secretaria General de Gobierno,

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 17

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con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica equivalente a tres con seis (3,6) módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damián E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 512/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, el Decreto Nº 480/06 D.E.,y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones, modificándose la denominación de la Secretaría Privada y sus misiones y funciones, por Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización.

Que la Subsecretaría de Modernización y Transparencia del Estado, continúa constituyendo una dependencia orgánico funcional perteneciente a dicha Secretaría.

Que en consecuencia, corresponde ratificar al funcionario que continuará a cargo de la misma.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Ratifícase al Dr.Sergio Ernesto Zurano (D.N.I. 11.862.234) , en el cargo de Subsecretario de Modernización y Transparencia del Estado, dependiente de la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a uno con nueve (1,9) módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damián E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 513/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos 2577/05 D.E., Nº 480/06 D.E.,y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron

sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones, modificándose la denominación de la Subsecretaría de Organizaciones y Derechos Humanos, por Subsecreatría de Relaciones con la Comunidad, pasando a depender de la actual Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización.

Que en consecuencia, corresponde ratificar al funcionario que continuará a cargo de la misma.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Ratifícase al Sr.Fernandez Gustavo Sergio (D.N.I. 14.857.625) , en el cargo de Subsecretario de Relaciones con la Comunidad, dependiente de la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a dos con dos (2,2) módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damián E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 514/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, el Decreto Nº 480/06 D.E.,y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones.

Que la Subsecretaría de Seguirdad y Defensa Civil, continúa constituyendo una dependencia orgánico funcional perteneciente a la Secretaría General de Gobierno.

Que en consecuencia, corresponde ratificar al funcionario que continuará a cargo de la misma.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Ratifícase al Sr.Juan Carlos Martinez (D.N.I. 12.022.217) , en el cargo de Subsecretario de Seguridad y Defensa Civil, dependiente de la Secretaría General de Gobierno, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a uno con cuatro (1,4) módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 18

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damián E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 515/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos 2567/05 D.E., Nº 480/06 D.E., la nota registrada bajo el Nº 6042/06 expedida por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones, modificándose la denominación de la Subsecretaría de Obras, por Subsecreatría de Obras y Servicios Públicos, pasando a depender de la actual Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.

Que en consecuencia, corresponde ratificar al funcionario a cargo de la misma, conforme lo sugerido por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Ratifícase al Sr.Carballo Osvaldo Ramón (D.N.I. 17.508.252) , en el cargo de Subsecretario de Obras y Servicios Públicos, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a dos con siete (2,7) módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de GobiernoARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damián E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 516/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos 04/06 D.E., 05/06 D.E., 2570/05 D.E., Nº 480/06 D.E., Nº 504/06 D.E., la nota registrada bajo el Nº 6042/06 expedida por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones.

Que por las razones operativas y de readecuación de funciones esgrimidas por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana en la nota citada en el Visto, por Decreto Nº 504/06 se dispuso el cese del agente Gomez Julián Angel, en el cargo de Director de Mantenimiento Urbano y Delegaciones Operativas, retornando el mismo a su anterior situación de revista.

Que en consecuencia, corresponde designar al funcionario a cargo de la Dirección de Mantenimiento Urbano y Delegaciones Operativas, dependiente de la actual Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos, conforme lo sugerido por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Exclúyase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Mosquera Gustavo José (Legajo 17542300) de los alcances de los Decretos Nºs 04/06 y 05/06. ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Mosquera Gustavo José (Legajo 17542300), en el cargo de Director de Mantenimiento Urbano y Delegaciones Operativas, dependiente de la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos, perteneciente a la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a dos con tres(2,3) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 517/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos 04/06 D.E., 05/06 D.E., Nº 480/06 D.E., Nº 506/06 D.E., la nota registrada bajo el Nº 6042/06 expedida por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones.

Que por las razones operativas y de readecuación de funciones esgrimidas por la actual Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana en la nota citada en el Visto, por Decreto Nº 506/06 se designó al Arquitecto Daniel René Arroyo, en el cargo de Subsecretario de Planeamiento Urbano, cesando el mismo en su anterior función de Director de Planificación Urbana.

Que en consecuencia, corresponde designar al funcionario a cargo de dicha Dirección, conforme lo sugerido por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 19

Page 20: SUMARIO - Gobierno de Morón · Salvador Hurtado Uhalde (DNI: 16.582.248), en el cargo de Secretario de Salud y Desarrollo Social, ... de 9.666 (nueve mil seiscientos sesenta y seis)

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Exclúyase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Dante Horacio Alcaraz (Legajo 167378) de los alcances de los Decretos Nºs 04/06 y 05/06. ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Dante Horacio Alcaraz (Legajo 167378) , en el cargo de Director de Planificación Urbana, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a cero con siete (0,7) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 518/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, el Decreto Nº 480/06 D.E., la nota registrada bajo el Nº 6042/06 expedida por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones, creándose la Dirección de Planificación Estratégica, dependiente de la actual Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.

Que en consecuencia, corresponde designar al funcionario a cargo de dicha Dirección, conforme lo sugerido por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente Daniel Del Río (D.N.I. 12.537.294), en el cargo de Director de Planificación Estratégica, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a dos con cinco (2,5) módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la

Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 519/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos, 1880/03 D.E., Nº 480/06 D.E., Nº 505/06 D.E., la nota registrada bajo el Nº 6042/06 expedida por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones, suprimiéndose las Secretarías de Planificación Estratégica, de Infraestructura y Planeamiento Urbano y la Dirección de Gestión de Proyectos, entre otras.

Que por las razones operativas y de readecuación de funciones esgrimidas por la actual Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana en la nota citada en el Visto, por Decreto Nº 505/06 se dispuso el cese de la agente Ponce María del Rosario, en el cargo de Directora interina de Proyectos, retornando la misma a su anterior situación de revista.

Que en consecuencia, corresponde designar al funcionario a cargo de la Dirección de Proyectos, dependiente de la actual Subsecretaría de Planeamiento Urbano, conforme lo sugerido por la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Cese a partir del día 18 de Abril de 2006 el agente Ferella Alfonso (D.N.I. 10.927.442) en el cargo de Director de Gestión de Proyectos, dependiente de la ex Secretaría de Planificación Estratégica. ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, al agente agente Ferella Alfonso Rafael (D.N.I. 10.927.442), en el cargo de Director de Proyectos, dependiente de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano, perteneciente a la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a cero con cinco (0,5) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 520/06 Morón, 19 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 20

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Buenos Aires), los Decretos Nº 337/04 y sus modificatorios, el expediente Nº 4079-12987/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 337/04 y sus modificatorios, se procede a contratar a encuestadores, para cubrir tareas inherentes a la Dirección de Estadísticas y Evaluaciones de Políticas Públicas, los cuales reciben una remuneración por entrevistas realizadas.

Que por expediente citado en el Visto, obra la solicitud de la Dirección de Estadística y Evaluación de Políticas Públicas, solicita que se incluya en el mencionado Decreto a varias personas, obrantes en el Anexo adjunto; por lo que correspondería agregar a los mismos al Anexo I del Decreto en cuestión.

Que ha tomado debido conocimiento la Dirección de Recursos Humanos sin formular objeción alguna al respecto, adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.

Que a los fines expuestos, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, conforme lo dispuesto por la normativa citada en el Visto y el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Amplíese el Anexo I del Decreto Nº 337/04 y sus modificatorios con los encuestadores que se detallan en el Anexo I, que forma parte del presente. ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones e infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero

ANEXO I

Nómina de Encuestadores

Apellido Nombre D.N.I

Aban Vanesa Veronica 29.248.849

Acosta María Victoria 24.224.774

Acosta Roxana 27.718.911

Agazzi María Victoria 28.232.886

Agüero Luciana 29.191.334

Agüero Sandra Mariel 20.983.613

Alberino Daniel Enrique 32.468.610

Albornoz Graciela Edith 14.585.713

Alfaro Moreno Agostina 31.661.846

Almirón Paula Gabriela 28.986.596

Alvarez Irma Susana 5.645.066

Alvarez Matías 30.593.842

Amarante Fermín 21.485.295

Amestoy Gimena Carla 28.987.515

Amoruso Marcelo Antonio 22.022.430

Anapo Jaquelina 25.817.552

Appella Marcelo Martín 21.479.151

Armando Analía 28.033.681

Arzamendia María Teresa 28.168.332

Aspiazú Ganino Adriana Mónica 17.455.661

Azurmendi Lorena 28.169.070

Barbajano Elida Haydeé 13.645.582

Babino Gabriela Verónica 26.732.064

Bafico María Belén 30.223.993

Baravalle Andrés Valentin 27.496.051

Barbiero Ezequiel 25.095.444

Barreiro Darío Ismael 22.983.837

Barros Romina Vanesa 32.265.082

Bartoli Emilce 28.384.798

Basile Julieta Celeste 30.781.041

Berteri David Horacio 28.795.270

Biasiolli Marisol Andrea 24.628.759

Blanco Zulma Noelia 31.395.625

Bueza de la Torre Marina Leda 24.788.236

Buglione Silvia Beatriz 16.191.944

Bustillo Paula 24.820.660

Cabachieff Santiago 26.194.631

Cabezas Patricio Agustín 21.657.823

Cantero Yanina Fabiola 31.684.124

Caputto García Tania Eluney 28.890.521

Carballo Gonzalez Matias 92.089.874

Carral Laura 31.427.490

Cartechini María Jimena 27.860.782

Castillo Marcelo 18.306.077

Castro Martín Hernán 26.133.015

Ciarulli María Florencia 29.399.240

Cirelo Pablo Ariel 17.961.949

Cordero Gabriela Cecilia 29.150.421

Córdoba César Miguel 26.868.410

Cullen Ana 24.753.772

D´Avis Giselle Alexandra 26.800.772

De Jesus Samayoa Ana Marcela 16.890.241

De La Cruz María Eugenia 28.395.831

De Lorenzo Giuido 31.009.834

De Moura Mauricio Leonardo 26.688.849

Demarchi Mónica Inés 11.078.318

Destro Lis 27.258.931

Destro Mario Martín 29.186.799

Di Cianni Carolina 27.708.111

Di Lorenzo Javier Andres 28.696.776

Di Noia María Laura 27.951.777

Dotta Pedro Alberto 8.189.924

Dubois Gastón 27.536.627

Elia Darío Miguel 33.302.887

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 21

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Erro Valeria Angelina 26.786.110

Escobar Gustavo Alexis 27.236.893

Escobar Celina Soledad 32.401.647

Etcheverry Estrada María Emilia 25.422.300

Fallacara Malena Sofía 30.925.889

Farcy Laura Violeta 29.564.602

Fernández Daniela Mariel 32.340.450

Fernández Gonzalo 31.915.254

Fernández Marianerla Gisela 29.331.899

Fernández Paula 28.702.114

Fernández Silva Carla Natalia 29.279.505

Ferrante Carolina 28.462.200

Ferreira Martín Horacio 25.226.261

Flax Jessica 16.582.797

Fontecoba Ariel 26.721.562

Fratini Natalia 31.328.434

Fusoni Pablo Andrés 29.950.110

Gallardo Karla Soledad 24.976.851

Galvan Claudia Noemí 22.169.021

Garaño Ignacio 30.082.576

Garcia Jorge Nestor 16.887.482

Garcia Laura Mariana 25.970.074

Garcia Marisa Elba 16.185.952

Garnica Elisabet Gisele 32.443.222

Ghitman María 18.443.006

Gil Liliana 12.467.008

Giordano María Victoria 30.862.554

Gomez Diego Hernando 23.464.587

Gomez Leandro Hernán 30.654.293

González María Soledad 30.183.905

González Seligra Nathalia Inés 92.605.489

Goñi María Fernanda 27.777.408

Greca Leandro 28.831.001

Greco María Florencia 28.751.088

Gutierrez Juan Alberto 27.939.920

Guzmán Mirna Gladis 17.125.833

Herrero María Belén 28.890.706

Holc Federico 27.923.347

Iglesias Cristina 17.606.413

Insinger Ana 31.829.770

Intrieri Florencia 28.892.108

Irigoyen María Natalia 25.544.495

Kravetes Mariela Beatriz 30.340.980

Kunis Claudio Roberto 14.217.250

Kushidonchi Luis Adolfo 28.551.654

La Manna Iván 32.124.021

La Manna Matias Julián 30.326.714

Labonia Adriana 17.432.132

Laino Yamila Mariana 29.545.471

Lamas Rosa del Carmen 30.866.676

Lanfranco Mariana Daniela 23.572.131

Larroza Juan David 30.142.572

Lema Lidia Noemi 28.704.906

Lenzberg Natalia Elena 24.867.003

Llabrés Cecilia Julia 30.342.994

Lombardi Julián 29.812.995

López Jorge Rafael 26.128.443

López Ballesteros Santiago 26.965.905

Macchioli Antonio Alberto 28.470.751

Maldones Hernán Maximiliano 29.564.427

Maloberti Cecilia 29.458.749

Manfred Ingrid 29.459.001

Mansutti Marta Susana 5.494.220

Marquesi Néstor Gabriel 26.258.289

Martínez Rosana 21.843.538

Mastrángelo Andrea Carolina 25.129.312

Mezzini Melian 28.380.972

Mistorni Celina 28.970.206

Molina Marcela Belén 29.126.228

Molina y Vedia Paula Soledad 27.386.933

Montenegro María Belen 32.431.515

Morales Yanel Jimena 31.776.642

Moreno Natalia Veronica 30.440.446

Moretti Giselle Carolina 28.732.801

Morris Zuñiga Hugo Fernando 92.631.090

Muñoz Nadia Noemí 29.865.921

Natali Agustina 32.766.306

Naveira María Florencia 29.362.660

Nicocia Norberto Ulises 20.062.355

Nielsen Aszkenazi Matías 29.697.999

Olivarez Laura Elizabeth 33.348.282

Olmedo Leonardo Silvestre 26.991.394

Orcaizaguirre Lucia 33.040.400

Ozcoidi Margarita del Carmen

4.729.285

Pabón Tamara Daniela 28.732.843

Pallas Carla 25.249.829

Palombi Ariel Matías 28.988.118

Parola Geraldine Gabriela 26.049.117

Pauleczko Miriam Susana 20.894.696

Penayo Gloria Esther 24.813.358

Perdomo Elsa Micaela 12.094.844

Perdomo María Victoria 33.300.494

Pereira Mariana Alberto 28.639.993

Pereyra Barbara 29.949.537

Pérez César Ricardo 28.784.748

Pérez Norberto Alfredo 10.270.983

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 22

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Pérez Córdoba Marái Lujan 31.149.086

Piaggio Nidia 28.203.249

Pietrafesa Eduardo Marcelo 27.523.505

Portillo Rafael Eliseo 26.732.236

Possidente Eric Leonel 31.448.136

Privitera Daiana Andrea 31.374.880

Pugliese Yamila 26.752.133

Puyada Emilce 28.108.664

Racca Cecilia Gabriela 31.641.606

Ramirez Graciela Noemí 27.476.574

Ramirez Pedro Angel 24.764.948

Ramirez Rocío Celeste 32.465.725

Ramos Melina 24.445.321

Raposo Rosalia 6.692.743

Rearte Erica Anahí 30.993.797

Rebuffo Hernani Adrián 23.146.668

Rey Federico 28.370.911

Rios Sandra Susana 17.867.030

Rios Blanca Amparo 4.723.043

Ríos Eduardo Alejandro 24.556.778

Rizza Matias Carlos Oscar 33.261.953

Robert Bussolari Malena 92.676.180

Robledo Vanesa Liliana 30.921.998

Rodriguez Sergio Alberto 25.923.384

Rodriguez Oscar Alfredo 28.291.276

Roger Cesar Ariel 29.859.886

Roger Diego Daniel 26.826.803

Rojas Romina Marcela 30.526.207

Rolon Laura Valeria 29.230.693

Rosales Nicolás Alberto 27.505.260

Rosati Germán Federico 29.952.245

Rotundo Norma Angélica 11.216.614

Rozengardt Valeria Inés 30.947.321

Ruiz Griselda Vanina 30.963.401

Ruzo Lorena María 26.625.237

Salazar María Guadalupe 29.987.319

Salina Melina Sol 32.402.762

Sanchez Ana Beatriz 22.160.655

Sanchez Karina Alejandra 26.752.063

Sánchez Cabrera Analía Soledad 31.791.194

Sánchez Khalil Patricia 23.804.796

Santagada Luciana Paola 30.134.609

Santoli Lucía Belén 31.822.760

Santoro Carla Mariana 26.146.945

Scarsi María Cristina 23.672.981

Schiavi Silvina 14.902.956

Segovia Rodrigo Alejandro 30.449.149

Sheinow Chavez María Clara 10.139.546

Silva Cintia Yanina 29.308.272

Sokil Juan Pablo 29.362.889

Soler Giselle Edith 28.937.601

Soler Marcelo Daniel 30.915.366

Solís Nidia Raquel 24.818.147

Spala Florencia 28.801.014

Spárico Lucas Damián 29.399.485

Spárico Soledad Irene 24.625.682

Sztaynberg Graciela 17.072.166

Tacacho Solá Carmen Karina 27.128.875

Tejerina Susana Verónica 27.257.939

Tennis Elisa Edith 21.976.221

Trionfetti Mella María Cecilia 30.448.552

Vallejos Andrea Viviana 22.891.529

Valls Analia Veronica 30.307.900

Vanni Ariel Rodrigo 23.102.107

Vazquez Ezequiel 28.285.208

Viegas Shirley 12.879.721

Viera Diana María 11.198.464

Vilanova Sandra Virginia 18.064.785

Villalva Olga Amelia 12.603.318

Villamayor Marina Andrea 23.234.631

Zalazar Simona 12.585.574

Zarlavsky Celina Andrea 28.593.023

* * *DECRETO Nº 521/06 Morón, 20 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-12820/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra nota emitida por la ex -Secretaría de Desarrollo Social, solicitando la declaración de Interés Municipal los “Encuentros de Intercambio de Arte y Cultura Joven”, que se realizarán durante el año 2006, siendo el primer encuentro el próximo Domingo 23 de Abril del corriente año, en el Polideportivo Gorki Grana, con artistas y funcionarios de la República Oriental del Uruguay como invitados. A fs. 2 obra cronograma de actividades del mencionado evento cultural.

Que asimismo solicita la suma de $ 5.000.- (pesos cinco mil) para solventar los gastos que demandará el traslado, alojamiento y alimentación para los artistas y funcionarios invitados, refrigerio para nuestros artistas y funcionarios moronenses, como así también para cualquier otro gasto de materiales, contrataciones y publicaciones gráficas que sea necesario para la realización del mencionado evento.

Que a fs. 5 vta. toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 23

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal los “Encuentros de Intercambio de Arte y Cultura Joven”, que se realizarán durante el año 2006, siendo el primer encuentro el próximo Domingo 23 de Abril del corriente año, en el Polideportivo Gorki Grana.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Secretario de Salud y Desarrollo Social, Lic. Gustavo Gabriel Salvador Hurtado Uhalde, por la suma de Pesos Cinco mil ($ 5.000.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a: Imputación extrapresupuestaria: Jurisdicción: 1110107000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social rubro de Egreso: Anticipos otorgados, Código 21000. Para erogaciones Corrientes. ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social, General de Gobierno, y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 522/06 Morón, 20 de Abril de 2006.-VISTO:

El Expediente Nº 4079-12027/06-0 D.E. y, CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 287/06 se declaró Interés Municipal el “Curso de Diplomatura Universitaria en Gestión y Desarrollo de Mututales y Cooperativas”, organizado por el Colegio de Graduados en Cooperativismo y Mutualismo (CGCyM) y la Universidad de Belgrano.

Que a fs. 8 del expediente mencionado en el Visto, obra nota de la Coordinación de Políticas de Economía Social y Solidaria, solicitando la suma de $ 2.750 (pesos dos mil setecientos cincuenta) para solventar los gastos de la participación de los Sres. Ricardo Jorge Funes y Francisco Garretón Cortés, al mencionado evento.

Que a fs. 10 se adjunta Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105 de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º:. Autorízase a los Señores Ricardo Jorge Funes y Francisco Garretón Cortés a concurrir al “Curso Diplomatura Universitaria en Gestión y Desarrollo de Mutuales y Cooperativas”, organizado por el Colegio de Graduados en Cooperativismo y Mutualismo (CGCyM) y la Universidad de Belgrano.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de Gustavo Fernandez , por la suma de Pesos dos mil setecientos cincuenta ($ 2.750,-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, para solventar los gastos que demande la concurrencia de los agentes mencionados en el artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe 01.01.00 3.4.5.0 De Capacitación $ 2.750,-

Total $ 2.750,-

ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero DECRETO Nº 524/06 Morón, 20 de Abril de 2006.-VISTO:

Lo dispuesto en el Capítulo III, artículo 93º y subsiguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; el expediente Nº 4079-13390/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que la normativa citada en el Visto, reglamenta el procedimiento para la integración y funcionamiento de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes.

Que corresponde al Departamento Ejecutivo habilitar un registro especial para la inscripción de aquellos Contribuyentes que reúnan los requisitos previstos en la normativa señalada.

Que en virtud de lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11.654, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Procédase a la apertura del Registro de Mayores Contribuyentes, correspondiente al ejercicio fiscal en curso, en el cual se inscribirán desde el día 1º hasta el día 15 de Mayo del año 2006, los Contribuyentes en las condiciones establecidas en el artículo 93º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires. ARTÍCULO 2º: La Secretaría de Economía y Finanzas, a través del área competente, extenderá los Certificados de Mayor Contribuyente a quienes pretendan integrar la nómina, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 93º y 94º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.ARTÍCULO 3º: Por el Departamento de Asuntos Técnicos y en el horario de 9:00 a 16:00 horas, procédase a registrar a los contribuyentes que acrediten estar en condiciones de inscribirse mediante la presentación del instrumento dispuesto en el artículo precedente. ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 526/06 Morón, 21 de Abril de 2006.-VISTO: El expediente Nº 4079-13532/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra solicitud de la ex Secretaría de Planeamiento Estratégico, por la necesidad de ampliar el régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor a la agente Saez Graciela Luisa, a partir del día 1º de Abril de 2006.

Que la agente recientemente mencionada pertenece a la Planta de Personal Permanente del Municipio, revista en la categoría Director con treinta (30) horas semanales de labor,

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y presta servicios en el Instituto Histórico Municipal de Morón.

Que la Dirección de Recursos Humanos ha tomado debido conocimiento de lo solicitado sin formular objeción alguna al respecto, adjuntando proyecto de acto administrativo al efecto.

Que en consecuencia, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Increméntese, a partir del día 1º de Abril de 2006, el régimen horario a cuarenta (40) horas semanales de labor, a la agente Saez Graciela Luisa (Legajo Nº 101.790/00), quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente, en la categoría Director; prestando servicios en el Instituto Histórico Municipal de Morón, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana; y asígnase, a partir de la fecha mencionada, una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a 1,18 (uno con dieciocho) módulos.ARTÍCULO 2º: Impútese a la partida presupuestaria: Programa: 01, Actividad: 00, Jurisdicción: 06. ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno. ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones e infórmese por quien corresponda a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 529/06 Morón, 24 de Abril de 2006.-VISTO:

Las previsiones contenidas en el Código de Faltas Municipales – Decreto Ley 8751/77, modificado por la Ley 10.269, los Decretos Nº 2479/05, Nº 2486/05, Nº 09/06 del Departamento Ejecutivo, Decreto Nº 007/06 del Honorable Concejo Deliberante, el expediente administrativo Nº 4079-10708/06-0 D.E. – 61673/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2479/05 D.E., se otorgó licencia sin goce de haberes a partir del día 10 de Diciembre de 2005 al Dr. Enrique Miguel Louteiro (DNI 20.187.140), a fin de asumir como Concejal del Honorable Concejo Deliberante de Morón, con reserva del cargo de Juez de Faltas del Juzgado Nº 1, durante el tiempo que permanezca en el ejercicio de la función electiva.

Que por el Decreto Nº 007/06 H.C.D., se concede el acuerdo que establece el artículo 21º del Decreto Ley Nº 8751/77 y sus modificatorias a la Dra. Nora Cholvis, para la designación de Jueza Municipal Interina correspondiente al Juzgado de Faltas Nº 1.

Que en consecuencia, deviene pertinente cubrir integralmente la atención del Juzgado de Faltas Nº 1 durante el período de licencia de su titular, resultando la profesional supra mencionada la persona idónea para asumir interinamente la atención del mismo.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza N° 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Desígnase a partir del día 25 de Abril del año 2006, a la Dra. Cholvis Nora (DNI 06.264.785), como Jueza Municipal de Faltas, con carácter de interina, a cargo del Juzgado Nº 1 de la Municipalidad de Morón.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, y General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones e infórmese por quien corresponda a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 530/06 Morón, 24 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-10772/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto 217/06 se declaró Interés Municipal la “Exposición Internacional de Máquina Herramienta, Herramientas y Afines EMAQH 2006”, que se realizará en el predio de la Rural entre los días 18 al 23 de Mayo de 2006, en donde el Municipio contará con un stand dentro del pabellón verde participando con un total de siete (7) industrias.

Que a fs. 20 del expediente mencionado en el Visto, la Secretaría de Desarrollo Económico Local, solicita la suma de $ 2.900 (Pesos dos mil novencientos) para solventar los gastos de Alquiler de adicionales y la suma de $ 960 (Pesos novecientos sesenta) correspondiente a viáticos y gastos varios que serán necesarios para llevar a cabo la participación en la feria.

Que a fs. 21 obra Registro de Compromiso, donde consta imputación presupuestaria para el gasto.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Director de Industria, Gallo Roberto Antonio (DNI 13.236.221), por la suma de Pesos tres mil ochocientos sesenta ($ 3.860.-) con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas para solventar gastos de alquiler adicional y viáticos por su participación en la feria de “EMAQH 2006” a realizarse los días 18 a 23 de Mayo de 2006.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Económico Local, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Walter A. Juara - Guillermo R. Pascuero Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 531/06 Morón, 24 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-12894/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/3 del expediente mencionado en el Visto, obra memorándum emitido por la Secretaría de Desarrollo Económico Local,

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informando “la participación del Municipio en la XIX Feria Internacional de Córdoba – Fico Mercosur 2006”, que se llevará a cabo del 23 de Septiembre al 1º de Octubre del año 2006, en la Ciudad de Córdoba Capital. A fs. 4/5 obra documentación referente a dicho evento.

Que asimismo informa que el Municipio contratará 32 m2 (treinta y dos metros cuadrados) de superficie en el Sector Alimenticio, con el objeto de participar con 6 (seis) empresas del rubro, las actividades serán coordinadas por el Director de Industria y agentes municipales quienes tendrán a su cargo la supervisión y el acompañamiento de las empresas en su estadía en la feria, por tal motivo solicita la suma de $ 10.500.- (pesos diez mil quinientos) a los efectos de solventar los gastos que demanden dichas participaciones, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.

Que a fs. 7 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando las correspondientes Imputaciones Presupuestarias.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal “la participación del Municipio a través de la Secretaría de Desarrollo Económico Local en la XIX Feria Internacional de Córdoba – Fico Mercosur 2006”, que se llevará a cabo entre los días 23 de Septiembre al 1º de Octubre del año 2006, en la Ciudad de Córdoba Capital.ARTÍCULO 2º: Autorízase la participación del Director de Industria, Ing. Gallo Roberto Antonio (Legajo Nº 192.367) – (DNI 13.236.221); Florencio Natalia (Legajo Nº 191.078) - (DNI 28.749.794); Andrade Waldo O. (Legajo Nº 191.089) - (DNI 25.785.071); Barbara Bergese (Legajo Nº 202.778) - (DNI 28.849.329); y Montefusco Ezequiel (Legajo Nº 202.289) - (DNI 29.399.008), a la mencionada Feria.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Ing. Gallo Roberto Antonio, por la suma de pesos Diez mil quinientos ($ 10.500.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe 01.00.00 3.2.9.0 Otros $ 10.500,00.-

Total $ 10.500,00.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Económico Local, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Walter A. Juara - Guillermo R. Pascuero Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 532/06 Morón, 24 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-11084/06-0 D.E., por el cual tramita la solicitud de subsidio para la adquisición de Material de Construcción efectuada por el Sr. Chavez Javier, yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra nota manuscrita por el peticionante solicitando subsidio para la compra de Materiales de Construcción para la vivienda donde vive con su familia.

Que a fs. 4 vta. Obra Informe Socio - económico, elaborada por la Asistente Social, mediante el cual se verifica la situación del peticionante, aconsejándose el otorgamiento del subsidio en cuestión, debido al estado de la vivienda y el riesgo al que está expuesto debido al barrio donde se encuentra ubicada por la frecuente existencia de tiroteos.

Que a fs 5 obra copia del Certificado de Discapacidad del Sr. Chavez Javier y a fs 7/8 se adjuntan presupuestos de los comercios para la Construcción.

Que a fs. 11 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en virtud de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor del Sr. Chavez Javier Pablo (DNI 27.535.299), por la suma de $ 1.476,60. - (pesos mil cuatrocientos setenta y seis con sesenta centavos), a los efectos de adquirir Material de Construcción.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago por la suma precedentemente indicada, a nombre de la Sra. Alicia Gladich, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a la partida presupuestaria 5.1.4.0 “Ayudas Sociales a personas”. ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Social, General de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero Lic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde

* * *DECRETO Nº 533/06 Morón, 24 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-13385/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 5 del expediente mencionado en el Visto, obra nota de la Dirección de Asuntos Legales informando sobre la celebración de la “Jornada sobre Impositivos y Beneficios Accionarios, Fideicomiso 2006”, organizado por el Programa Preliminar Fideicomiso 2006, y visto el tenor y el contenido de la actividad, y su relevancia respecto de la actividad propia de la administración, la eficacia de la gestión, transparencia operativa y legalidad objetivo que deben caracterizar la actividad estatal, se solicita la declaración de Interés Municipal del encuentro en cuestión a celebrarse en el Alvear Palace Hotel, sito en Avenida Alvear Nº 1891 de la Capital Federal, el día 27 de Abril del corriente año y cuyo objetivo fundamental es brindar una Jornada de actualización sobre las nuevas regulaciones, tendencias, beneficios aspectos legales e impositivos de los Fideicomisos.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 26

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ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal “la Jornada sobre Impositivos y Beneficios Accionarios, Fideicomiso 2006”, organizado por el Programa Preliminar Fideicomiso 2006, a celebrarse el día 27 de Abril del corriente año en el Alvear Palace Hotel, sito en Avenida Alvear Nº 1891 de la Capital Federal, .ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente los Señores Secretarios Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 534/06 Morón, 24 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-19731/05-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 45 obra nota emitida por el Sr. Lastretti Antonio solicitando un subsidio para la participación del joven tirador moronense Roman Martín Lastretti en la Copa del Mundo Resende 2006 y en el Campeonato Sudamericano Hugo de Sa Campello Filho 2006, a desarrollarse en la Ciudad de Resende, Estado de Río de Janeiro, Brasil, del 18 de abril al 3 de mayo del corriente año.

Que Roman Martín Lastretti es tirador federado Nº 7024 de la FAT (Federación Argentina de Tiro), es el actual Bicampeón Panamericano en Pistola Neumática. Desde que debutó ganó todos los campeonatos nacionales que disputó y representó a la Argentina en veintiocho competencias internacionales, de las cuales obtuvo dos Medallas de Plata y veintiséis Medallas de Oro.

Que siendo el único tirador destacado en esta disciplina, se le ha presentado la ineludible responsabilidad de representar a nuestra Nación.

Que el Sr. Lastretti Román se encuentra entre los mejores tiradores del mundo en su categoría, sus logros y puntajes así lo confirman. Y sería un despropósito de talento y un error coartarle el derecho a competir y representar a su Nación por cuestiones económicas, por su esfuerzo y tenacidad merece el apoyo de todos.

Que por este motivo solicita al Municipio de Morón su indispensable aporte económico, puesto que sin el se vería en la imposibilidad de costear los gastos.

A fs. 4/43 obra documentación referente a la trayectoria deportiva del mencionado deportista.

Que la Secretaría de Salud y Desarrollo Social solicita la suma de $ 1.650.- (pesos mil seiscientos cincuenta) para solventar los gastos que demande la participación del joven tirador moronense en los eventos deportivos en cuestión.

Que a fs. 48 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que atento la importancia que reviste el evento mencionado, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105 de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la “participación del menor Román Martín Lastretti en la Copa del Mundo Resende 2006 y en el Campeonato Sudamericano Hugo de Sa Campello Filho 2006”, ambos a desarrollarse en la Ciudad de Resende, Estado de Río de Janeiro, Brasil, del 18 de abril al 3 de mayo del corriente año. ARTICULO 2º: Otórgase un subsidio a favor del Sr. Lastretti Antonio Rodolfo Florentino (DNI

14.413.907), por la suma de $ 1.650.- (pesos mil seiscientos cincuenta), para que el joven tirador moronense Roman Martín Lastretti (DNI 34.712.627) participe de los eventos mencionados en el Artículo Nº1.ARTICULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago por la suma de $ 1.650.- (pesos mil seiscientos cincuenta) a nombre del Sr. Lastretti Antonio Rodolfo Florentino (DNI 14.413.907), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTICULO 4º: Impútese el gasto autorizado a la partida presupuestaria 5.1.4.0 “Ayudas Sociales a personas”. ARTICULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social, de Economía y Finanzas, y General de Gobierno.ARTICULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero Lic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde

* * *DECRETO Nº 535/06 Morón, 25 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, los expedientes administrativos Nº 4079-19047/05 y adjuntos Nº 4079-20104/05, 4079-20148/05, 4079-20383/05, 4079-20832/05, 4079-20844/05, 4079-21628/05, 4079-11563/06, 4079-11575/06, 4079-11993/06, 4079-11994/06 referentes a la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 17/05 2do. Llamado yCONSIDERANDO:

Que al citado acto concurrieron en carácter de oferentes las Empresas: TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F – URBASER ARGENTINA S.A. en UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS, y MARTIN Y MARTIN S.A..

Que la Comisión de Preadjudicación, ha evaluado y calificado los antecedentes y propuestas técnicas y económicas presentadas por dichas Empresas y las impugnaciones de las que fueron objeto las mismas, según dictámen que obra a fs. 9683/9699 de las actuaciones mencionadas en el Visto, de conformidad con lo previsto por los artículos 25º y concordantes del Pliego de Bases y Condiciones Generales, a cuyo efecto considera que debe tenerse presente:

Que conforme al Pliego de Bases y Condiciones Legales y Generales y Particulares, el proceso licitatorio de selección del contratista se realiza por cuenta y orden del Estado Municipal y tiene por objeto la contratación por un período de seis (6) años, a partir de la fecha de inicio de ejecución del contrato, de la prestación de los servicios de a)recolección, transporte y descarga de residuos domiciliarios; b) barrido manual de calles; c) barrido mecánico de calles; d) servicio de recolección de contenedores; e)servicios especiales ; f) levantantamiento del producido de barrido de calles, montículos y ramas; g) implementaciòn de un plan a cargo de la empresa adjudicataria para la recolección de residuos domiciliarios, comerciales, institucionales e industriales separados en origen.

Que el proceso licitatorio queda sometido a las disposiciones contenidas en la normativa enunciada en el art. 2° del Pliego de Bases y Condiciones Generales (P.B.C.G.).

Que con fecha 14 de marzo de 2006 a las 10:00 horas se procedió al Acto de Apertura de los sobres exteriores y sobres n° 1 según su orden de presentación y en los términos del art.25º del P.B.C.G. y art. 179º del Reglamento de Contabilidad.

Que en ejercicio de la función de análisis de la totalidad de la documentación contenida en el Sobre n° 1, evaluando la adecuación de la misma

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respecto de los requisitos exigidos en los artículos 20º y concordantes del P.B.C.G..

Que en cumplimiento de lo prescripto por dicha norma, la Comisión procedió -conforme surge del acta respectiva- a requerir a los oferentes TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F.- URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A. U.T.E.) y MARTIN Y MARTIN S.A., la satisfacción de los recaudos que de la misma surgen.

Que el acta aludida fue suscripta al pie y en prueba de conformidad por los funcionarios presentes conforme lo prescribe el art.179º del Reglamento de Contabilidad.

Que en esa misma oportunidad la Comisión de Preadjudicación dispuso otorgar un plazo de cinco (5) días hábiles administrativos a TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I.F.- URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A. U.T.E.) a los efectos de proceder a la aclaración de la declaración jurada de fs.13. Asimismo, se le otorga un plazo de 48 horas para la presentación del certificado fiscal para contratar.

Que a fs.9593 la oferente TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I.F.- URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A. U.T.E.) procede a presentar en tiempo y forma ante la Dirección de Compras y Contrataciones, la documentación requerida en el acto de apertura la que fue sometida a la evaluación de rigor por parte de la Comisión de Preadjudicación.

Que con fecha 14 de marzo de 2006 se otorga a la oferente MARTIN Y MARTIN S.A. el plazo de cinco (5) días hábiles a los efectos de ajustar la declaración jurada requerida en el art.22º inc. 6) ap.d) , a lo prescripto en el P.B.C.G., extremo que la oferente satisface mediante su presentación de fs.9603 y siguientes.

Que con fecha 16 de marzo de 2006, por expedientes administrativos Nº 4079-11993/06 y Nº 4079-11994/06, las oferentes deducen recíprocos planteos impugnatorios de los que, habiéndose corrido el traslado que indica el P.B.C.G., es objeto de tratamiento diferido por parte de la Comisión de Preadjudicación.

Que con fecha 22 de marzo de 2006 se otorga a la oferente MARTIN Y MARTIN S.A. el plazo de dos (2) días hábiles para presentar la calificación de riesgo emitida por las entidades financieras con las que opera, solicitada en art. 22º inc. 27), procediendo la misma a presentar en tiempo y forma ante la Dirección de Compras y Contrataciones la documentación requerida.

Que rige respecto del proceso licitatorio en tratamiento el principio de saneamiento en virtud del cual la Comisión de Preadjudicación procedió a requerir a los oferentes aclaraciones y ampliaciones tendientes a subsanar deficiencias leves, no substanciales, que no vulneran el trato que debe hallarse caracterizado por la igualdad de condiciones respecto de los licitantes.

Que el P.B.C.G. norma en su artículo 31º que “La Comisión de Preadjudicación podrá pedir a los oferentes en el plazo que ésta determine los datos requeridos que, habiendo sido omitidos, no causaren rechazo automático de la oferta...”, lo que materializa el principio de formalismo en tanto “… Las distintas formalidades de que se reviste la licitación pública constituyen verdaderas garantías para los intereses en juego, tanto los públicos de la Administración como los privados de los proponentes… “ (CSJN, 17.11.87, “Stamei SRL y Universidad Nac. de Bs.As.”, JA 1989-II-90).

Que las causales de rechazo automático de las propuestas se hallan regladas en el artículo 26º del P.B.C.G., sean detectadas en el acto de la apertura o si se las comprobare durante el estudio de las ofertas.

Que el artículo180º del Reglamento de Contabilidad, en consonancia con lo prescripto por el Decreto Ley 6769/58, refiere las causales de rechazo de las ofertas.

Que el art. 31º parrafo segundo del P.B.C.G. dispone que “La no presentación por parte del Licitante, en el plazo otorgado se asimilará a incumplimiento de requisito esencial”.

Que Transportes Olivos S.A.C.I. y F – Urbaser Argentina S.A. en U.T.E. presentó con fecha 16 de marzo de 2006 observaciones respecto de la oferta formulada por MARTIN Y MARTIN S.A. y que conforme surge de fs.9612 con fecha 22 de marzo ppdo. se notificó a la segunda de las oferentes.

Que a fs. 9618 luce contestación de traslado producido por la oferente MARTIN Y MARTIN S.A. respecto de la “observación” formulada por Transportes Olivos S.A.C.I. y F. – Urbaser Argentina S.A. en U.T.E., motivo por el que la presentación deviene formalmente admisible, por lo cual se dió tratamiento al contenido sustancial de los fundamentos vertidos por el impugnante.

Que, en cuanto a la procedencia material de las observaciones, las mismas tienen fundamento en lo establecido en el artículo 11º del Pliego Básico de Condiciones Generales el cual en su parte pertinente dice: Plazo para observaciones o impugnaciones: Los oferentes tendrán el derecho a realizar observaciones y/o impugnaciones a: “... Las propuestas presentadas por los restantes licitadores debiéndose presentar la impugnación dentro de los dos (2) días hábiles posteriores al Acto de la apertura de ofertas. Cumplido el plazo establecido no se aceptarán más impugnaciones o reclamos.

Que, sentado ello, y luego de un exhaustivo análisis, queda en claro que la presentación en despacho no ha objetado el acto de apertura en sí mismo sino la documentación acompañada por el oferente.

Que, no obstante lo hasta aquí sostenido, la Comisión de Preadjudicación, ha considerado pertinente señalar que, a los efectos de otorgar el debido tratamiento procedimental a la cuestión, resulta técnica y jurídicamente acertado dejar en claro que la oferente se presenta realizando “Obervaciones” cuando correspondería conforme lo establece el artículo 11º del Pliego Básico de Condiciones Generales como así también la Doctrina y Jurisprudencia mayoritaria en la materia, que la petición se encuadre como impugnación y no como erróneamente lo hace la peticionante.

Que ello así, siguiendo la doctrina del Formalismo Moderado, el cual al decir de Comadira, no significa la existencia de un procedimiento “sin formas”, sino sólo la relativización de ellas en beneficio inmediato de los administrados, siempre que no sean esenciales. La atenuación de las exigencias formales no esenciales en el procedimiento administrativo es consecuencia del papel de colaborador que en él, y en principio corresponde atribuir al administrado respecto de la gestión del bien común atribuida a la Administración Pública. La procuración del tesoro, desde antiguo tuvo ocasión de acoger el principio del informalismo en el procedimiento administrativo especialmente en el recursivo acerca del cuál sentó la inaplicabilidad del rigorismo propio del derecho procesal común y puntualizó la necesidad de atender en la interpretación de las impugnaciones, deducidas por los particulares, a la intencionalidad de éstas antes que a la letra de las presentaciones, de modo de superar así, los errores que ellas puedan contener respecto de su calificación jurídica. Las características reseñadas se dan en el procedimiento de selección, pero con la particularidad de que si bien los postulantes a la adjudicación son colaboradores de la administración, compiten entre sí. Por eso, este principio general

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guarda estrecha vinculación con otros, específicos de la licitación: la Igualdad y la concurrencia, esta relación es la que explica por qué el formalismo moderado está sujeto a ciertas modulaciones, propias de la naturaleza de la compulsa.- (P.T.N. Dictámenes 73:69).

Que el formalismo moderado es un principio que se debe aplicar en todos los procedimientos administrativos, haya en ellos contrainteresados o no, siempre que habiéndolos se lo haga igualitariamente y circunscripto a sus exactos alcances, esto es, limitado a la posibilidad de que los administrados –en el caso los oferentes- saneen incumplimientos formales no esenciales.

Que, por ello, la observancia de un formalismo moderado, destinado a preservar el derecho material que rige las relaciones entre la administración y los oferentes, razonablemente aplicado es saludable, tanto para el interés público, como para el privado, gravitante para conservar las posibilidades de acceder a la contratación.

Que, consecuentemente con lo anteriormente expuesto, esa Comisión de Preadjudicación considera que deben encuadrarse las presentaciones efectuadas por las empresas, como impugnaciones, resultando ello ajustado al Pliego Básico de Condiciones Generales.

Que el Art. 11º del P.B.C.G. establece que el Municipio podrá resolver las impugnaciones presentadas por un oferente contra la oferta presentada por otro proponente, o contra el acto de apertura de ofertas, antes o en forma simultánea a la emisión del Acto de Preadjudicación.

Que surge de fs. 9610 que la Comisión de Preadjudicaciones dispuso requerir de la oferente MARTIN Y MARTIN S.A. la calificación de riesgo emitida por las entidades financieras con las que opere, de manera ajustada a las prescripciones al art.22º inciso 27) del P.B.C.G..

Que obra a fs. 9614 oficio librado por la Dirección de Compras y Contrataciones dirigido al Banco Rio requiriendo la calificación de riesgo de la citada oferente, que fue contestado conforme surge de la actuación de fs. 9616/17. A fs. 9614 oficio librado por la Dirección de Compras y Contrataciones dirigido al Banco Galicia y Buenos Aires requiriendo la calificación de riesgo de la citada oferente, el que fue respondido conforme surge de la pieza agregada a fs. 9620 y sgtes.;

Que a fs. 9573 Transportes Olivos S.A.C.I. y F – Urbaser Argentina S.A. en U.T.E. presenta certificado fiscal para contratar emitido por AFIP.

Que conforme lo establece el artículo 33º del P.B.C.G. esa Comisión de Preadjudicación ha procedido a evaluar la documentación presentada en el Sobre Nº 1 y a calificar a los oferentes de acuerdo a los términos establecidos en el artículo de referencia.

Que surge de la Evaluación de Antecedentes que TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I.y F.- URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A. U.T.E.) obtiene un total de 26 puntos en tanto el puntaje de MARTIN Y MARTIN S.A., es de 28 puntos.

Que surge de la Evaluación Técnica, que TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I.F.-URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A. U.T.E.) alcanza los 28 puntos y MARTIN Y MARTIN S.A., los 31 puntos.

Que surge de la Evaluación Económico Financiera que TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I.F.-URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A.U.T.E.) obtiene un total de 26.2 puntos mientras que a MARTIN Y MARTIN S.A., le corresponde el puntaje máximo tipificado en el P.B.C.G. de 28 puntos.

Que en virtud de lo expuesto, TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F.- URBASER

ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A.U.T.E.) alcanza el puntaje total de los 80.2 puntos y MARTIN Y MARTIN S.A., el de 89 puntos. Por tanto, ambos oferentes superan el mínimo establecido en el art. 33º del PBCG.

Que habiendo tomado conocimiento de una oferta técnica alternativa propuesta por TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F.-URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A.U.T.E.), la Comisión dispuso a fs. 9625/9636 diferir su evaluación.

Que mediante dictamen de fecha 29 de marzo de 2006 obrante a fs. 9625/9636 la Comisión de Preadjudicación procedió a calificar a las oferentes en los términos del artículo 33º y concordantes del P.B.C.G., procediendo a notificar dicho acto preparatorio conforme surge de fs.9637 y 9650.

Que el artículo 25º del P.B.C.G. dispone que “La apertura del sobre nº 2 se realizará a los 15 días posteriores al acto de apertura del sobre nº 1. Que con fecha 5 de abril de 2006 se procede a realizar la apertura de los sobres Nº 2 conteniendo la oferta económica.

Que, en dicha oportunidad se constata como OFERTA Nº 1 presentada por TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F –URBASER ARGENTINA S.A. EN UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS: cotiza un presupuesto total base semanal de pesos seiscientos ochenta y seis mil novecientos cuarenta con noventa y seis centavos ($ 686.940,96) y cotiza una oferta alternativa con un presupuesto total base semanal de pesos quinientos ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta con noventa y cuatro centavos ($ 584.750,94).

Que la OFERTA Nº 2 efectuada por MARTÍN Y MARTÍN S.A.: cotiza un presupuesto total base semanal de pesos ochocientos cuarenta y nueve mil ciento sesenta y siete con cuarenta centavos ( $ 849.167,40) y ofrece un descuento del 8% que resultará aplicable en el caso en la Municipalidad de Morón incluya una cláusula en el contrato a suscribir, en el cual establezca que, a la finalización del servicio objeto de la presente licitación, el próximo adjudicatario, asumirá en idénticas condiciones de vigencia y ejecución los contratos de trabajos vigentes.

Que en todo momento las oferentes gozaron de acceso irrestricto a las actuaciones a efectos de que cada una de ellas tuviera oportunidad formal y material de objetar las restantes ofertas.

Que las mismas dieron oportuno cumplimiento con la presentación del Pliego Licitatorio suscripto en cada una de sus hojas según lo dispone el artículo 22º inciso 4) del P.B.C.G., “lo que implica el conocimiento, aceptación y el sometimiento a todas sus disposiciones” según versa la misma norma. (Dictámenes PTN, 115:410; 119:184; 150:52; 233:94, entre otros).

Que la Comisión de Preadjudicación procedió, en los términos de los artículos 25º y concordantes del P.B.C.G., a ejercer la función de análisis y estudio de las ofertas presentadas como de su evaluación técnica y económico-financiera, así como a verificar respecto de cada una de las ofertas emitidas los extremos contenidos en el artículo 22º y concordantes del mismo cuerpo legal.

Que el art.31º “in fine” del P.B.C.G. establece que: “…Se considerará que responden substancialmente a las condiciones de los Documentos de Licitación las ofertas que se ajustan a todos los plazos, condiciones y especificaciones de los documentos de Licitación, sin ninguna desviación o reserva significativa…”

Que en acto público la Comisión de Preadjudicaciones consideró e informó, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 25º y cctes. del P.B.C.G., lo relativo a la documentación no presentada por los interesados, extremos sobre

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los que versan los acápites pertinentes del Item “Proceso de Oferta”.

Que, consecuencia de dichos requerimientos y de conformidad con las constancias agregadas a las actuaciones del Visto, transcurridos los respectivos plazos concedidos, se desprende que ambas oferentes dieron satisfactorio cumplimiento de los mismos.

Que el Contratante debe evaluar y comparar sólo las ofertas que haya determinado se ajustan en un todo a las condiciones de la Licitación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30º, debiendo adjudicar – entre ellas- a la que es más conveniente a los intereses fiscales.

Que la cláusula 32º P.B.C.G. confiere al Contratante el deber de verificar que las ofertas que se haya previamente determinado que se ajustan substancialmente a las condiciones de la licitación, no contienen errores aritméticos y procederá a corregir los errores que encuentre en la forma que la misma norma indica.

Que la Administración Pública desarrolla una actividad material y objetivamente administrativa, de alcance individual y concreta, tendiente a satisfacer en forma inmediata las necesidades de bien común o de interés público, cuya concreción resulta indispensable en toda comunidad jurídicamente organizada. Esa es su actividad predominante, esencial.

Que esa actividad se halla regida por el Derecho Administrativo el que, según los autores ingleses, puede presentarse bajo el modelo del control y el instrumental.

Que para el primero la función esencial de la normativa vigente es la de control o limitación de la Administración por medio de los Tribunales en orden a garantizar los derechos e intereses individuales. Para el segundo, y teniendo en cuenta que el interés público es el eje fundamental sobre el que debe girar la actividad del Estado, la norma administrativa no se limita a ser un medio de control sino una herramienta, un instrumento para aquél para gestionar ese interés público.

Que así es que la normativa que rige la materia de prestación de servicios públicos y selección del contratista mediante el proceso licitatorio constituye un neto instrumento de gestión y garantía de derechos constitucionalmente consagrados en la reforma sancionada en 1994. La contratación de la prestación de servicios públicos conjuga armónicamente prerrogativas estatales y garantías individuales, siendo simultáneamente poder y libertad, prerrogativa y garantía. La actividad del Estado Comunal será entonces la expresión jurídica del poder administrativo limitado por la garantía.

Que debe haber una relación lógica y proporcionada entre el consecuente y los antecedentes, entre el objeto y el fin. Por ello, los agentes públicos deben valorar razonablemente las circunstancias de hecho y el derecho aplicable y disponer medidas proporcionalmente adecuadas al fin perseguido por el orden jurídico.

Que es la razonabilidad el principio que otorga validez a los actos de los órganos del Estado y que permite a los jueces verificar el cumplimiento de dicho presupuesto.

Que todos los actos provenientes del Estado deben gozar de respaldo de legalidad y de razonabilidad o justicia, es decir de proporcionalidad entre las medidas que el acto involucra y los fines que lo orientan, por lo que la actividad estatal entonces debe ser esencialmente legal y razonable.

Que es misión de la Administración generar criterios en que funde la elección de la mejor posibilidad de entendimiento colectivo mediante la aplicación de pautas racionales, y la razón tiene por componente a la igualdad y a la proporcionalidad, ambas intrínsecas al valor Justicia.

Que esa razón o razonabilidad se aplica entonces a la ponderación que el gobernante hace ante la necesidad de adoptar decisiones, que se traducirá en la relación del antecedente con su consecuente. (Linares, Juan. F. , Razonabilidad de las Leyes).

Que el proceso de selección del contratista que nos ocupa se enrola dentro de la seleccionabilidad tal como lo define Bartolomé FIORINI, convertida en regla aplicable a la celebración de contratos administrativos, de entre las que la Licitación Pública es sólo una variante junto a otras.

Que se sustenta esta posición en el artículo 42º de la Constitución Nacional al consagrar la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados – por un lado- y la Convención Interamericana contra la Corrupción aprobada mediante la ley nacional 24.759 y el irrestricto respeto de concurrencia – por lo que, a falta de norma que establezca un mecanismo en especial, la libre elección del mecanismo que asegure aquella concurrencia de los postulantes.

Que debe añadirse el artículo 75º inciso 23) en tanto encomienda al Poder Legislativo legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución.

Que la natural demanda pública de transparencia, juridicidad, eficacia y eficiencia en la aplicación de los recursos públicos determinan la posición para la que la limitación de la discrecionalidad del contratante es la regla. Por ello, es que el Estado Municipal ha puesto en marcha el mecanismo de la licitación pública en su instancia de segundo llamado.

Que, según escribe Agustín Gordillo (Problemas del Control de la Administración Pública en América Latina, Cap. IV, Ed. Civitas) “...lo fundamental no es el cumplimiento de la forma sino de la sustancia: publicidad adecuada, máxima concurrencia de ofertas, mejor comparación, precio y oferta más conveniente, equilibrio precontractual, precios razonables de mercado, control público, etc.” así como que “...en realidad el fin último de obtener mejor oferta se logra cuando no se sacrifica la mayor competencia o concurrencia posible, procurando suplir o hacer suplir toda deficiencia formal que disminuya tal concurrencia.” (Tratado de derecho administrativo, Tomo 2, Cap. VIII, p.8)

Que rige el proceso licitatorio en tratamiento el principio de saneamiento en virtud del que la Comisión de Preadjudicación procedió a requerir a los oferentes aclaraciones y ampliaciones tendientes a subsanar deficiencias leves, no substanciales, que no vulneran el trato caracterizado por la igualdad de condiciones respecto de los licitantes.

Que, en dicho sentido, el P.B.C.G. norma en su artículo 18º “in fine” que: “…La Municipalidad de Morón podrá pedir a los oferentes en el plazo que ésta determine los datos requeridos que, habiendo sido omitidos, no causaren rechazo automático de la oferta...”.

Que las distintas formalidades de que se reviste la licitación pública constituyen verdaderas garantías para los intereses en juego, tanto los públicos de la Administración como los privados de los proponentes “ ( CSJN, 17.11.87, “Stamei SRL y Universidad Nac. de Bs.As.”, JA 1989-II-90).

Que conforme las constancias agregadas a las actuaciones administrativas, dictamina la Comisión de Preadjudicación que deviene abstracto expedirse acerca de la impugnación contenida en el punto 1 de fs. 2 del adjunto n° 4079-11993/06 en tanto la documentación allí referida obra agregada a fs.9616/9617 y 9620/9622, así como que fue oportunamente requerida por la misma según surge de fs.9610 en virtud de la función de saneamiento

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que integra la competencia asignada por el P.B.C.G.

Que respecto de la impugnación contenida en el punto 2 de fs. 2 del adjunto n° 4079-11993/06, deberá estarse a la calificación resultante y que se halla contenida a fs.9625/9636.

Que en cuanto a la impugnación formulada por la empresa MARTIN Y MARTIN S.A. en el punto 1 de fs.1 del adjunto n° 4079-11994/06, manifiesta que al emitirse la Circular Aclaratoria nº 4 de fecha 7 de marzo de 2006, se estableció que “A los efectos de tener por satisfechos los requisitos del art. 22º del P.B.C.G., los oferentes que se hayan presentado en el primer llamado y cuyos documentos hayan sido aprobados mediante Dictamen de la Comisión de Preadjudicación deberán actualizar toda aquella documentación que hubiere sido emitida con plazo de vigencia, que tuviere vencimiento o que por situaciones análogas derivadas de la voluntad del oferente o de un tercero hubieren perdido vigencia.”

Que, siendo la materia de observación de la oferente MARTIN Y MARTIN S.A. insusceptible de fenecimiento o perdida de vigencia, recomienda desestimar la impugnación tramitada.

Que, en cuanto a la impugnación formulada por la empresa MARTIN Y MARTIN S.A. en el punto 2 de fs.1 del adjunto n° 4079-11994/06, dictamina esa Comisión que obra agregado a fs.9573 el Certificado Fiscal para Contratar vigente emitido por AFIP, motivo por el que el tratamiento de la materia impugnatoria ha devenido abstracta.

Que según la Cláusula contenida en el artículo 35º P.B.C.G., “Se considerará que responden substancialmente a las condiciones de los Documentos de Licitación las ofertas que se ajustan a todos los plazos, condiciones y especificaciones de los documentos de Licitación, sin ninguna desviación o reserva significativa”.

Que surge del dictamen de fecha 29 de marzo de 2006 la Evaluación de Antecedentes en la cual TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F.- URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A.U.T.E.) obtiene un total de 26 puntos en tanto el puntaje de MARTIN Y MARTIN S.A., es de 28 puntos.

Que surge del dictamen de fecha 29 de marzo de 2006 la Evaluación Técnica, en mérito a la cual TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I.F.-URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A.U.T.E.) alcanza los 28 puntos y MARTIN Y MARTIN S.A., los 31 puntos.

Que habiendo tomado conocimiento de una oferta técnica alternativa propuesta por TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I.F.-URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A.U.T.E.) se resolvió diferir su evaluación para la instancia de emisión del dictamen de preadjudicación.

Que a fs.9679 obra Informe emitido por la Dirección de Mantenimiento Urbano y Delegaciones Operativas, relativo a la Oferta Técnica supra mencionada.

Que del mismo se desprende que, conforme el análisis realizado a la empresa URBASER S.A TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F. en U.T.E. respecto de la oferta técnica alternativa que obra en los tomos 8 y 9 correspondiente a la presentación realizada por la oferente, esa Dirección concluye que la misma difiere de la oferta básica en los siguientes puntos:

Que el principio de Cuadro Limpio expresado en el P.B.C.G. en su interpretación terminológica del art.3º establece que, será considerado como tal aquel servicio que “…involucra la recolección de residuos, el levantamiento del producido del barrido, de montículos y ramas, del levantamiento de contenedores, del barrido de calles y toda otra actividad que tienda a mantener durante la vigencia del contrato y sus prórrogas cada cuadro

de prestación en óptimas condiciones de higiene dentro de los parámetros derivados de las exigencias del presente Pliego…”

Que en ese sentido, el art.1º del P.B.C.P. establece que, los servicios básicos a cubrir por la empresa que resulte adjudicataria de la licitación, son los siguientes “…a) recolección, transporte y descarga de residuos domiciliarios; b) barrido manual de calles; c) barrido mecánico de calles; d) servicio de recolección de contenedores; e)servicios especiales ; f)levantantamiento del producido de barrido de calles, montículos y ramas; g)implementaciòn de un plan a cargo de la empresa adjudicataria para la recolección de residuos domiciliarios, comerciales, institucionales e industriales separados en orígen; h) y todo otro medio que resultare necesario”. Concluyendo dicha Comisión que al cubrir los servicios básicos descriptos en el art.1º del P.B.C.P. del Objeto del Llamado a Licitación, se está cumpliendo con la calidad del servicio establecido para satisfacer el principio de Cuadro Limpio.

Que con relación a la Flota Afectada al Servicio dictamina: Mientras que en la oferta básica la empresa presentó un parque de cuarenta y ocho (48) vehículos afectados directa o indirectamente al servicio, en la oferta alternativa la totalidad de vehículos alcanzaría los cuarenta y cuatro (44). Respecto a la antigüedad de los vehículos: En la oferta básica la oferente presenta 29 vehículos nuevos y 19 usados del año 2001. En la oferta alternativa ofrece un parque automotor de 15 vehículos nuevos y 29 usados. En cuanto a los recorridos: En la oferta básica ofrece 27 recorridos nocturnos de recolección domiciliaria y en la oferta alternativa presenta un esquema de 24 recorridos nocturnos y 3 diurnos. Que el Barrido Mecánico: En la oferta alternativa la oferente agrega 69 calles de barrido mecánico sin costo para el municipio, adicionales a las presentadas en la oferta básica. El Cuadro Testigo: En la oferta alternativa propone que el cuadro testigo se realice en la Ciudad de El Palomar, mientras que en la básica lo sitúa en la Ciudad de Castelar Norte.

Que analizados los antecedentes de los puntos sometidos a examen por esa Dirección, concluye que no obstante las diferencias existentes entre la oferta básica y la oferta alternativa, el servicio básico cuya contratación persigue el presente proceso licitatorio, fundado en el principio de “cuadro limpio” (Art. 3º PBCLG y Art.1º del PBCP), daría satisfacción al mismo en tanto que:1) La cantidad de vehículos presentados en la oferta alternativa cubriría todos los cuadros de prestación necesarios para cumplir con el principio enunciado, sin alterar ni disminuir la calidad del servicio de higiene urbana; 2) El esquema de renovación de la flota propuesta en la oferta alternativa no perjudicaría el cumplimiento del servicio con la calidad y frecuencia exigidas en el pliego de licitación; 3) Respecto de la cantidad de recorridos de recolección la oferta alternativa no afectaría en calidad ni en cantidad el servicio que se licita, por cuanto siguen existiendo los 27 cuadros de recolección domiciliaria, desagregados en 24 nocturnos y 3 diurnos. La implementación de estos 3 cuadros diurnos se justifica en cuestiones vinculadas con la seguridad en zonas consideradas riesgosas de nuestro partido y no alteran de modo alguno la prestación del servicio ni vulneran el principio de cuadro limpio exigido en el pliego; 4) El barrido mecánico en la oferta alternativa incrementa, sin mayor costo para el municipio 69 cuadras de prestación, por lo que claramente significa un beneficio adicional;5) La propuesta realizada por la empresa en su oferta alternativa respecto de la modificación de zona para implementar el cuadro testigo, no altera ni perjudica la satisfacción de los servicios licitados y

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por lo tanto esta Comisión no guarda objeción alguna sobre este particular.

Que en consecuencia resume la Comisión de Preadjudicación que la oferta alternativa en análisis satisface las expectativas de servicio que la misma considera adecuadas y ajustadas a la calidad pretendida. Asimismo, que surge del Anexo I del dictámen que la oferta alternativa que presenta TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F.-URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A.U.T.E.) alcanza los 26 puntos, en mérito a la cual alcanza un puntaje final de 78.2 puntos y por tanto cumple con el mínimo establecido en el Art. 33º del P.B.C.G.

Que el artículo 3º del P.B.C.G. incluye en la Terminología aplicable al presente proceso licitatorio la cláusula en virtud de la que l)Plan de trabajo: Documento que contiene el detalle de la metodología a emplear por el oferente para la prestación de los servicios licitados. Dicho Plan podrá incorporar ciertas alternativas a las sugeridas por este Municipio, debiendo fundamentarse, en este caso, la razonabilidad de las técnicas y los medios a utilizar. En todos los casos deberá incluirse una Memoria Descriptiva en la que se detallen la organización general del trabajo, las características de la implementación tecnológica, el impacto ambiental y el efecto sobre el empleo directo e indirecto de las ofertas. Ello implica para los proponentes el derecho de formular ofertas alternativas, tal como ambas empresas concursantes han procedido a formular.

Que en consecuencia, Transportes Olivos S.A.C.I. y F. – Urbaser Argentina S.A. en U.T.E. presenta una Oferta alternativa con un presupuesto total base semanal de $584.750,94 (pesos quinientos ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta con noventa y cuatro centavos).

Que la oferente MARTIN Y MARTIN S.A. presenta a modo de oferta alternativa un descuento de 8% que resultará aplicable en el caso en la Municipalidad de Morón incluya una cláusula en el contrato a suscribir, en el cual establezca que, a la finalización del servicio objeto de la presente licitación, el próximo adjudicatario, respecto de su oferta básica semanal de $849.167,40 (pesos ochocientos cuarenta y nueve mil ciento sesenta y siete con cuarenta centavos).

Que consecuentemente, a la hora de aplicar los parámetros del artículo 33º del P.B.C.G. deberán ser consideradas cuatro (4) ofertas presentadas por los proponentes MARTIN Y MARTIN S.A. y Transportes Olivos S.A.C.I. y F. – Urbaser Argentina S.A. en U.T.E. en el marco de ofrecimiento de amplia concurrencia que es deber de esa Comisión de Preadjudicaciones y del Departamento Ejecutivo todo garantizar en el proceso licitatorio, en tanto tal actitud tiende a lograr la presentación de la mayor cantidad de oferentes desde la elaboración de los pliegos y hasta la adjudicación, lo que se vincula con la posibilidad de elegir al mejor oferente.

Que el principio jurídico de la concurrencia o de no discriminación afianza la posibilidad de competencia y oposición entre los interesados en la futura contratación. A su vez implica la prohibición para la administración de imponer condiciones restrictivas que impidan el acceso a este procedimiento. Por ello resulta inadmisible la inclusión en los pliegos de bases y condiciones de una cláusula de carácter limitativo y restrictivo, pues conspira contra la posibilidad de obtener la más amplia oportunidad de participación. No obstante el principio no es absoluto.

Que la normativa jurídica prevé ciertas limitaciones, dado que el interés público exige un control de la capacidad de los concurrentes. Además de esta capacidad genérica, establecida por las formas, la administración puede exigir en los pliegos de bases y condiciones determinados recaudos de

capacidad técnica y de solvencia económico-financiera especificando las exclusiones que con carácter general y fundadas en razones de conveniencia debidamente motivadas, se deban aplicar en cada caso. No deben utilizarse recaudos que signifiquen una selección artificiosa de los oferentes.

Que consecuentemente, deberá evaluarse el cumplimiento de los parámetros técnicos y económico-financieros de todas las ofertas formuladas, básicas y alternativas.

Que por ello la Comisión de Preadjudicación manifiesta que ha tenido en cuenta la evaluación Económico Financiera en mérito a la cual TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F.-URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A. U.T.E.) obtiene un total de 26.2 puntos mientras que MARTIN Y MARTIN S.A., le corresponde el puntaje máximo tipificado en el PBCG de 28 puntos.

Que en virtud de ello , TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F.- URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS (URBASER S.A. U.T.E.) alcanzó el puntaje total de los 80.2 puntos y MARTIN Y MARTIN S.A., el de 89 puntos. Por tanto, ambos oferentes superaron el mínimo establecido en el art. 33º del PBCG.

Que surge de las planillas anexas la aplicación de los parámetros del artículo 33º del P.B.C.G..

Que la empresa Martin y Martin S.A. presentó una oferta económica básica superando en un 139% al presupuesto oficial, obteniendo así una puntuación de 60,67 puntos, mas los puntos de la oferta técnica básica llegando de este modo a una puntuación final de 82,92; con respecto a Urbaser – Tosa en UTE, presentó una oferta económica básica superando en un 94% al presupuesto oficial, así obteniendo una puntuación de 75 puntos, mas la puntuación de la oferta técnica básica llegando de esta manera a obtener 95,05 puntos en total. Que con respecto a las ofertas alternativas presentadas por los oferentes, Martin y Martin S.A. realizó una alternativa ofreciendo un 8% de descuento con respecto a la oferta económica básica quedando así en un 120% por encima del presupuesto oficial y con una puntuación total de 78,39 puntos y Urbaser – Tosa S.A. ofrece una propuesta alternativa con respecto a la oferta económica y técnica, quedando por encima del presupuesto oficial en un 65%, obteniendo una puntuación total de 94,55 puntos.

Que el Contratante debe evaluar y comparar sólo las ofertas que haya determinado se ajustan substancialmente a las condiciones de la Licitación de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 22, 29 Y cctes. del PBCG.

Que el artículo 32º del P.B.C.G. confiere al Contratante el deber de verificar que las ofertas se ajustan substancialmente a las condiciones de la licitación no contienen errores aritméticos y procederá a corregir los errores que encuentre en la forma que la misma norma indica.

Que al evaluar las ofertas, el Contratante verificará el cumplimiento de los extremos contenidos en los artículos 22º y 33º P.B.C.G..

Que resulta primordial establecer que, según la Cláusula contenida en el artículo 31º del P.B.C.G., “Se considerará que responden substancialmente a las condiciones de los Documentos de Licitación las ofertas que se ajustan a todos los plazos, condiciones y especificaciones de los documentos de Licitación, sin ninguna desviación o reserva significativa”

Que la cláusula contenida en el artículo 34º del P.B.C.G. es la que dispone que la adjudicación recaerá sobre la propuesta que sea la más conveniente a los intereses fiscales, entre aquéllas que se ajusten en un todo a las P.B.C.G. establecidas.

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Que esa Comisión de Preadjudicación, por las razones precedentemente expuestas y haciendo aplicación de la normativa jurídica que rige el presente proceso, con pleno respeto por los principios de legalidad, razonabilidad, igualdad y demás principios licitatorios, concluye dictaminando: Que se procedió, en los términos del artículo18º del P.B.C.G., a verificar la documentación exigida a los oferentes y a requerir de los mismos la faltante, según surge del acápite Proceso de Oferta.

Que se procedió al análisis y estudio de las ofertas aplicando los preceptos de los artículos 28º, 29º y cctes. del P.B.C.G., realizando las evaluaciones técnicas y económico-financiera que surgen de los acápites de Evaluación Técnica Y Económica de las Ofertas. Asignación de Puntajes.

Que, por ello, RECOMIENDA :1) Desestimar, en los términos de los fundamentos arriba expuestos y en su totalidad, las impugnaciones formuladas por las oferentes en las actuaciones adjuntas n° 4079-11993/06 y 11994/06; 2) Rechazar la oferta básica presentada por MARTIN Y MARTIN S.A.; 3) Rechazar la oferta alternativa presentada por MARTIN Y MARTIN S.A.; 4) Rechazar la oferta básica presentada por TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F.- URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS; 5) Por considerar en los términos del P.B.C.G. aplicable y del artículo134º del Decreto Ley 6769/68, que la oferta más conveniente para los intereses del Estado Comunal es la oferta alternativa formulada por la empresa TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F.- URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS, adjudicar la contratación de la prestación del servicio de recolección de residuos domiciliarios, barrido manual y mecánico, limpieza de calzada y vía pública, levantamiento del producido de contenedores, plan de racionalización y aprovechamiento de residuos domiciliarios y levantamiento de producido de barrido, montículos y ramas, en los términos de los P.B.C.G. y P.B.C.P. vigentes respecto del presente proceso licitatorio, a la empresa TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F.- URBASER ARGENTINA S.A. en UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS en los términos de su Oferta Alternativa de fs. 9671/9672.

Que a fs.9701 se expide la Dirección de Control de Gestión, la que tomando en consideración los antecedentes presentados a fojas 9671/2, Cuerpo 43 (oferta económica) y los dictámenes técnicos obrantes a fojas 9679/81 y 9683/97, de la Secretaría de Infraestructura y de la Comisión de Preadjudicación respectivamente, eleva las actuaciones para su consideración y adjudicación. A fojas 9703 toma debida intervención la Dirección de Contaduría, indicando la Partida Presupuestaria a la que deberá imputarse el gasto. Y a fojas 9704 la Presidenta de la Comisión de Preadjudicaciones aclara que el monto total de la oferta alternativa que se recomendara adjudicar, por todo el período de la contratación, asciende a la suma de Pesos ciento sesenta y ocho millones cuatrocientos ocho mil doscientos setenta con setenta y dos centavos ($ 168.408.270,72); en tanto que el importe anual es de Pesos veintiocho millones sesenta y ocho mil cuarenta y cinco con doce centavos ($ 28.068.045,12 y la base semanal resulta de Pesos quinientos ochenta y cuatro mil setecientos cincuenta con noventa y cuatro centavos ($ 584.750,94)

Que en virtud de lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11.654, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA

ARTICULO 1º : Desestímase las impugnaciones formuladas por las oferentes Transportes Olivos S.A.C.I. y F. – URBASER ARGENTINA S.A. EN UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS, y MARTIN Y MARTIN S.A., tramitadas en las actuaciones administrativas Nº 4079-11993/06 y 4079-11994/06, respectivamente.ARTÍCULO 2º: Rechazase la Oferta Básica presentada por la Empresa MARTIN Y MARTIN S.A. ARTÍCULO 3º: Rechazase la Oferta Alternativa presentada por la Empresa MARTIN Y MARTIN S.A.ARTÍCULO 4º: Rechazase la Oferta Básica presentada por TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F. – URBASER ARGENTINA S.A. en UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS.ARTÍCULO 5º: ADJUDÍCASE la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 17/2005 para la contratación del servicio de recolección de residuos domiciliarios, barrido manual y mecánico, limpieza de calzada y vía pública, levantamiento del producido de contenedores, plan de racionalización y aprovechamiento de residuos urbanos y levantamiento de producido de barrido, montículos y ramas a TRANSPORTES OLIVOS S.A.C.I. y F. – URBASER ARGENTINA S.A. en UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS, en los términos del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y de su Oferta Alternativa obrante a fojas 9671/9672 del expediente administrativo Nº 4079-19047/05, por el término de seis (6) años consecutivos, contados a partir de la fecha de inicio de ejecución del contrato, en la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ( $ 168.408.270,72), por resultar su oferta la más conveniente en los términos del artículo 185º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración.ARTÍCULO 6º: Impútese el gasto a la Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática 24.00.00., Objeto del Gasto 3.5.9.0., Fuente de Financiamiento 110.ARTÍCULO 7º: Notifíquese el presente a las Empresas intervinientes a través de la Dirección de Compras y Contrataciones.ARTÍCULO 8º: Refrendarán el presente Decreto los Sres. Secretarios General de Gobierno, Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, de Economía y Finanzas, de Salud y Desarrollo Social, de Planificación Estratégica e Infraestructura urbana y de Desarrollo Local.ARTÍCULO 9º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Notifíquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero Lic. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde Damian E. Aguilar – Daniel G. Larrache Dr. Walter A. Juara

* * *DECRETO Nº 536/06 Morón, 25 de Abril de 2006.-VISTO:

Las previsiones contenidas en el Código de Faltas Municipales – Decreto Ley 8751/77, modificado por la Ley 10.269, los Decretos Nº 2486/05, Nº 09/06 del Departamento Ejecutivo, Decreto Nº 007/06 del Honorable Concejo Deliberante, yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2486/05 D.E., se encomendó interinamente a partir de dicha fecha a los Dres. Schettino Angel y Guimarey María del Carmen, la atención de las causas que ingresaren al Juzgado de Faltas Nº 1.

Que por el Decreto Nº 09/06 D.E., se encomendó interinamente al Dr. Darío Hernán

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Tugender, la atención del Juzgado de Faltas Nº 1, con retención del Juzgado de Faltas Nº 3 a su cargo.

Que por el Decreto Nº 007/06 H.C.D., se concede el acuerdo que establece el artículo 21º del Decreto Ley Nº 8751/77 y sus modificatorias a la Dra. Nora Cholvis, para la designación de Jueza Municipal Interina correspondiente al Juzgado de Faltas Nº 1, haciéndose efectivo dicho nombramiento mediante Decreto Nº 529/06.

Que en consecuencia, deviene pertinente dejar sin efecto el Decreto Nº 09/06.

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza N° 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓN DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Déjase sin efecto a partir del día 25 de Abril del año 2006, el Decreto Nº 09/06, por el cual se encomendó interinamente el Dr. Tugender Darío Hernán (DNI 22.650.954), la atención del Juzgado de Faltas Nº 1. ARTÍCULO 2º: Por la Dirección Administrativa de Infracciones notifíquese el presente a los Señores Jueces de Falta.ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, y General de Gobierno.ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones e infórmese por quien corresponda a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 537/06 Morón, 26 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Nº 480/06 y el expediente Nº 4079-13597/06-0 D.E., en donde las necesidades de readecuar las cajas chicas en la nueva estructura orgánizativa funcional del Departamento, yCONSIDERANDO:

Que fueron rendidas las cajas chicas suprimidas con motivo del nuevo organigrama y que no cuentan con efectivo para afrontar erogaciones menores.

Que toma debida intervención la Dirección de Contaduría sin formular objeción alguna al respecto.

Que por lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Suprímase las Cajas Chicas de las dependencias que se detallan a continuación:

Secretaría de Infraest. y Plan. Urbana 1,000 3*Secretaría de Relaciones con la Comunidad 1,500 2*Secretaría de Salud 1,500 1*Secretaría de Desarrollo Social 1,500 2*Secretaría de Finanzas Municipales 1,000 1*Secretaría de Hacienda 1,000 2*Secretaría de Planificación Estratégica 1,500 1*Subsecretaría de Adm. Sist. Unico Munic. Salud 1,300 1*Dirección de Planificación y Art. De Programas 750 1*

ARTICULO 2º: Procédase a la creación de las Cajas Chicas de las dependencias que se detallan a continuación con especificación de los montos asignados, hasta el cierre del ejercicio 2006:

Sec. de Economía y Finanzas 1,500 2*Sec. de Salud y Desarrollo Social 1,500 3*Sec. de Planificación Estratégica e Infraest. Urbana 1,500 1*Sec. Unidad de Gestión Comunitaria Nº 1 Moron C. Y N. 1,000 1*Sec. Unidad de Gestión Comunitaria Nº 2 Haedo 1,000 1*Sec. Unidad de Gestión Comunitaria Nº 3 El Palomar 1,000 1*Sec. Unidad de Gestión Comunitaria Nº 4 Castelar C.N. 1,500 1*Sec. Unidad de Gestión Comunitaria Nº 5 Castelar Sur 1,000 1*Sec. Unidad de Gestión Comunitaria Nº 6 Morón Sur 1,000 1*Sec. Unidad de Gestión Comunitaria Nº 7 V. Sarmiento 1,000 1*Subsec. de Obras y Servicios Públicos 1,500 1Subsec. de Planeamiento Urbano 1,000 3*Dirección de Mantenim. Urbano y Deleg. Operativa 1,000 1*Subsec. de Coordinación de Políticas Socio-Sanitaria 1,000 1

ARTICULO 3º: Modificase la caja chica que a continuación se indica:

Dirección Cementerio 1,000 1*

ARTICULO 4º: La Tesorería implementará las fianzas de los funcionarios que tendrán a cargo los fondos de la Caja Chica conforme a lo establecido en el artículo 218º de la Ley Orgánica de las Municipalidades. ARTICULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 539/06 Morón, 26 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-13030/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 mencionado en el Visto, obra nota emitida por la Directora de Recursos Humanos solicitiando autorización para asistir a una Visita de Estudio sobre Profesionalización de funcionarios en Gobiernos Locales a realizarse en la Ciudad de Paris, Francia del 15 al 20 de Mayo de 2006, en el marco del Convenio de Cooperación Recíproca Nº 117/06 firmado entre el Observatorio de Cambios en América Latina (LOCAL) y el Municipio de Morón.

Que después de haber evaluado muy positivamente el Taller realizado en Guanajauto, México en diciembre de 2005, LOCAL y el Consejo Regional lle-de-France consideraron conveniente reforzar el acuerdo a través de una segunda fase del programa, con el objetivo de mostrar a los funcionarios latinoamericanos el sistema francés de profesionalización. La participación del Municipio de Morón fue seleccionada entre otros 20 municipios latinoamericanos, por lo que se considera importante la presencia de un representante local. Asimismo dicha visita nos permitirá obetener mayores conocimientos para realizar un proyecto de carrera administrativa para el personal municipal.

Que se solicita la declaración de Interés Municipal la “Segunda fase del Taller de Profesionalización en Gobiernos Locales y se le otorgue a la Directora de Recursos Humanos la suma de $ 3.000.- (pesos tres mil) a fin de solventar los gastos de viáticos y administrativos que pudieran surgir, debido a que LOCAL y el Consejo Regional lle-de-France cubrirán los gastos de transporte, hospedaje y alimentación durante el evento.

Que a fs. 5 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:

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EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la “Segunda fase del Taller de Profesionalización en Gobiernos Locales”, que se llevará a cabo en la Ciudad de Paris, Francia, del 15 al 20 de Mayo de 2006.ARTÍCULO 2º: Autorízase a la Directora de Recursos Humanos, María Celeste Conde, a concurrir al evento mencionado en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del María Celeste Conde, por la suma de Pesos tres mil ($ 3.000.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.13.00 3.7.2.0 Viáticos $ 3.000,00.-

Total: $ 3.000,00.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 540/06 Morón, 26 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Nº 533/06 y el expediente Nº 4079-13385/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 533/06, se declaró de Interés Municipal la “Jornada sobre Impositivos y Beneficios Accionarios, Fideicomiso 2006”, organizado por el Programa Preliminar Fideicomiso 2006, a celebrarse el día 27 de Abril del corriente año, en el Alvear Palace Hotel, sito en Avenida Alvear Nº 1891 de la Capital Federal.

Que a fs. 14 del expediente citado en el Visto, obra nota de la Dirección de Asuntos Legales, informando que participarán en la mencionada Jornada los Profesionales Gómez Dagnino Gabriella y Falabella Facundo, por tal motivo solicita la suma de Pesos Un mil seiscientos ($ 1.600.-) para solventar los gastos que demanden dichas concurrencias.

Que a fs. 17 se agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Autorízase el gasto que demande la participación de los Profesionales Gómez Dagnino Gabriella y Falabella Facundo en la “Jornada sobre Impositivos y Beneficios Accionarios, Fideicomiso 2006”, que se llevará a cabo el día 27 de Abril del año 2006, en el Alvear Palace Hotel, sito en Avenida Alvear Nº 1891 de la Capital Federal.ARTÍCULO 2º: Autorízase el gasto por la suma de Pesos Un mil seiscientos ($ 1.600.-) a fin de solventar los gastos que demanden dichas concurrencias a la mencionada Jornada.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de la Directora de Asuntos Legales, Dra. Gómez Dagnino Gabriella, por la suma de Pesos Un mil seiscientos ($ 1.600.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.

ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.00.00 3.7.2.0 Viáticos $ 1.600,00.-

Total: $ 1.600,00.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas, General de Gobierno y de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 541/06 Morón, 26 de Abril de 2006.-VISTO:

Las actuaciones obrantes en el expediente Nº 4079-13590/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, luce memorándum de la Coordinación de Políticas de Economía Social y Solidaria, solicitando la declaración de Interés Municipal del “1º Congreso Nacional de Trabajadores Cartoneros, Recicladores y Organizaciones Sociales”, organizado por el Movimiento Nacional de Trabajadores Cartoneros, Recicladores y Organizaciones Sociales, que se llevará a cabo los días 28, 29 y 30 de Abril y el día 1º de Mayo del corriente año, en la Ciudad de Mar del Plata. A fs. 3/7 obra documentación referente a dicho evento.

Que dicho Congreso tiene como objeto elevar laboral y socialmente a los recuperadores y por la defensa de la Madre Tierra.

Que las Organizaciones que trabajan en Morón son co-responsables de conducir esa iniciativa que reunirá a 1800 personas de las 50.000 que en la Provincia de Buenos Aires se dedican diariamente a recolectar más de 7.000 toneladas de materiales que se reciclan.

Que la propuesta de transformar al cartonero en un agente ambiental y reconocer el aporte que ellos realizan al cuidado de nuestro ambiente coincide con nuestras políticas ambientales en el sentido de avanzar hacia la recuperación de los materiales que hoy conforman la basura.

Que durante el Congreso se procederá a estudiar la legislación, las políticas públicas, las condiciones laborales y los derechos de los cartoneros particularmente la mujer, niñez, juventud y tercera edad; la Cultura del Trabajo y los Proyectos de Inclusión social y laboral de los cartoneros, entre otros temas y se procederá a Inaugurar la 1º Planta de segregación y clasificación de materiales reciclables inorgánicos componentes de los residuos domiciliarios, gestionada por cartoneros integrantes de CURA, Cooperativa Unión de Recuperadores Argentinos.

Que en razón de lo expuesto, el Municipio de Morón entiende relevante el evento, considerando pertinente declararlo de Interés Municipal.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “1º Congreso Nacional de Trabajadores Cartoneros, Recicladores y Organizaciones Sociales”, organizado por el Movimiento Nacional de Trabajadores Cartoneros, Recicladores y Organizaciones Sociales, que se llevará a cabo los días 28, 29 y 30 de Abril y el día 1º de Mayo del año 2006, en la Ciudad de Mar del Plata.

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ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 542/06 Morón, 26 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Pública Nacional Nº 03/06, tramitada por expediente Nº 4079-10395/06 – Suministro Nº 629/06, por la Construcción del Jardín Municipal Maternal y de Infantes Nº 12 de la localidad de Morón, solicitado por la otrora Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00, yCONSIDERANDO:

Que se efectúo la Licitación citada en el Visto de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurriendo las siguientes firmas: CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. y TORRES MORON S.A., resultando esta última la oferta más conveniente a los intereses municipales.

Que a fs. 832/834 obra informe de la Comisión de Preadjudicación manifestando que procedió a verificar sí cada una de las ofertas emitidas: a) cumple con la presentación de la documentación solicitada en los artículos 23º; y b) se ajusta substancialmente a las condiciones del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Que con respecto a las ofertas presentadas sobre la obra a realizar licitada, se decidió elevar el expediente a la Dirección de Proyectos perteneciente a la ex-Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano, para su evaluación y consideración de acuerdo a los conocimientos pertinentes de dicha dirección.

Que de acuerdo al informe técnico realizado por la Dirección de Proyectos perteneciente a la ex-Secretaría de Infraestructura y Planeamiento Urbano a fs. 830, informa que las condiciones técnicas de ambas empresas se ajustan al Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Que las ofertas económicas presentadas por los oferentes según la empresa Centro Construcciones S.A. se excede en un 16,57% del presupuesto oficial y la empresa Torres Morón S.A. se excede en un 9,56%.

Que las ofertas alternativas presentadas por las empresas en la cual Centro Construcciones S.A. ofrece una bonificación del 2% por un anticipo financiero del 25%, así quedando en un 14,23% por encima del presupuesto oficial y la empresa Torres Morón S.A. ofrece una bonificación del 3% por un anticipo financiero del 30%, excediéndose en un 6,27% del presupuesto oficial.

Que de acuerdo al análisis realizado por la Comisión de Preadjudicaciones, evaluando las ofertas desde su parte técnica y económica, se opta por la oferta más ventajosa a los intereses municipales.

Que por lo expuesto la Comisión de Preadjudicaciones resuelve recomendar ADJUDICAR al proveedor TORRES MORON S.A. para la Construcción del Edificio destinado al Jardín Municipal de Infantes y Maternal Nº 12, por un valor de $ 1.487.790,35 (pesos un millón cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos noventa con 35/100), incluyendo una bonificación del 3%, con un anticipo financiero del 30%).

Que ha tomado debido conocimiento la Dirección de Control de Gestión, sin formular objeción alguna.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Pública Nacional Nº 03/06, tramitada por expediente Nº 4079-10395/06, para la Construcción del Jardín Municipal de Infantes y Maternal Nº 12 de la Localidad de Morón, a la firma TORRES MORON S.A., en la suma total de Pesos Un millón cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos noventa con treinta y cinco centavos ($ 1.487.790,35.-), efectuado el 3% de descuento por un anticipo financiero del 30%, de conformidad a su oferta alternativa.ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y la propuesta realizada por la firma oferente, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 16, Fuente de Financiamiento 110, dentro de las clasificaciones obrantes en las solicitudes de gastos Nº 636 y Nº 1444.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura y Planeamiento Urbano, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache - Guillermo R. Pascuero Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 545/06 Morón, 26 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 4079-13552/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra nota emitida por la Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, solicitando la suma $ 2.500.- (pesos dos mil quinientos) para solventar los gastos que demande la Jornada que dará inicio a la Segunda Etapa de Presupuesto Participativo – Encuentro de Delegados y Delegadas, que se llevará a cabo el día Sábado 6 de Mayo del corriente año, en el Colegio Ward de Villa Sarmiento.

Que a fs. 24/25 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Autorízase el gasto que demandará la Jornada que dará inicio a la Segunda Etapa de Presupuesto Participativo – Encuentro de Delegados y Delegadas, que se llevará a cabo el día Sábado 6 de Mayo del corriente año, en el Colegio Ward de Villa Sarmiento.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de la Directora de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, por la suma total de Pesos Dos mil quinientos ($ 2.500.-),

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con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a la cuenta Extrapresupuestaria Jurisdicción 11101010000 Secretaría Privada, Rubro de Egreso: 20000 Anticipos Otorgados, Código 21000 Para Erogaciones corrientes.ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 547/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el expediente Nº 4079-13622/06-0 D.E, yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra nota de la Subsecretaría de Administración General de Salud y Desarrollo Social, manifestando la necesidad de contar con una Caja Chica a fin de poder hacer frente a gastos de pequeña cuantía que hacen al funcionamiento operativo de la misma. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPALDEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Créase la caja chica de la dependencia que se detalla a continuación con especificación del monto asignado y su rotación mensual:

DEPENDECIA MONTOROTACION MENSUAL

Subsecretaría de AdministraciónGeneral de Salud y Desarrollo Social 1300 1

ARTICULO 2º: La Tesorería implementará la fianza del funcionario que tendrá a cargo los fondos de la caja chica, conforme a lo establecido en el art. 218 de la L.O.M..ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 549/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el expediente Nº 4079-13614/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en el Visto, la Dirección de Tesorería informa que ha sido percibido la cantidad de Pesos Seis mil cuarenta y dos ($ 6.042,00.-) en concepto de Programa de Asistencia Alimentaria.

Que a fs. 3 la Dirección de Acción Social informa el destino que se dará a los fondos convenidos con la provincia. Que los recursos percibidos del Ministerio de Desarrollo Humano revisten el carácter de aportes con afectación.

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece el procedimiento a seguir para las ampliaciones o creaciones de partidas de carácter afectado. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Créase en el Cálculo de Recursos el siguiente rubro por PESOS SEIS MIL CUARENTA Y DOS ($ 6.042,00.-):

1.7 - Transferencias Corrientes5.0 - De Gobiernos e Instituciones Provinciales y Municipales04.03 - Ministerio de Desarrollo Humano – Programa de Asistencia Alimentaria

ARTICULO 2º: Increméntase en el Presupuesto General de Gastos por un total de PESOS SEIS MIL CUANRENTA Y DOS ($ 6.042,00):

Fuente Financ.

Subjurisd Prog. Activ. Inciso P.Ppal P.Pcial Denominación Monto

132 7 32 08 5 1 4 Ayudas Sociales a Personas

$ 6.042,00.-

ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud y Desarrollo Social.

ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde

* * *DECRETO Nº 550/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el expediente Nº 4079-13558/06-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a través del Convenio Nº 145/04 el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación se compromete a transferir al municipio la suma de Pesos Doscientos nueve mil cuatrocientos treinta y dos ($ 209.432,00.-).

Que al 30/12/05 se percibió la suma de Pesos Ciento cuarenta y ocho mil setecientos sesenta y cuatro con setenta centavos ($ 148.764,70).

Que a la fecha se encuentra pendiente una transferencia de $ 60.667,30.- (pesos sesenta mil seiscientos sesenta y siete con treinta centavos).

Que a fs. 2 del expediente citado en el Visto, la Dirección de Empleo y Economía Social dispone la asignación que se dará a los fondos convenidos con la Nación.

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece el procedimiento a seguir para las ampliaciones o creaciones de partidas de carácter afectado. Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 37

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Créase en el Cálculo de Recursos el siguiente rubro por PESOS SESENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 30/100 ($ 60.667,30.-): 1.7 - Transferencias Corrientes2.0 - De Administración Nacional03.04 - 2º Convenio Promoción del Empleo – Capacitación Etapa Final

ARTICULO 2º: Créase en el Presupuesto General de Gastos la Categoría programática 50.00.00 “2º Convenio Promoción del Empleo – Capacitación Etapa Final” correspondiente a la Subjurisdicción 10 Secretaría de Desarrollo Económico Local dotado de las partidas que a continuación se detallan por un total de PESOS SESENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 30/100 ($ 60.667,30):

Fuente Financ.

Subjurisd Prog. Activ. Inciso P.Ppal P.Pcial Denominación Monto

133 10 50 00 2 6 1 Productos de Arcilla y Cerámica

$ 12.000,00.-

133 10 50 00 2 7 9 Otros $ 12.000,00.-133 10 50 00 2 8 9 Otros $ 12.000,00.-133 10 50 00 2 9 6 Repuestos y

Accesorios$ 12.000,00.-

133 10 50 00 4 3 8 Herramientas y Repuestos Mayores

$ 12.667,30.-

ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud y Desarrollo Social.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde

* * *DECRETO Nº 551/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, y sus modificatorios, los Decretos Nº 004/06 y Nº 005/06 y Nº 480/06, yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 004/06, fueron designados varios agentes que prestan servicios dentro de la Planta de Personal Temporario, encontrándose entre ellos el Sr. Herzel Guillermo Eduardo, en la categoría Coordinador Director con cuarenta (40) horas semanales de labor, a partir del día 1º de Enero hasta el día 30 de Junio de 2006.

Que por el Decreto Nº 005/06, se asignaron a varios agentes adicionales especiales por polifuncionalidad y por flexibilidad horaria, encontrándose entre ellos Herzel, a partir del día 1º de Enero hasta el día 30 de Junio de 2006.

Que, corresponde excluir de los referidos Decretos al agente en cuestión que no continuará prestando funciones dentro de la Planta de Personal Temporario del Departamento Ejecutivo, a partir del día 1º de Mayo del año en curso.

Que en virtud de lo expuesto corresponde proceder al dictado del pertinente el acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Exclúyase de los alcances de los Decretos Nº 004/06 y Nº 005/06, al agente Herzel Guillermo Eduardo (DNI 20.107.336) – (Legajo Nº 18.824.500), a partir del día 1º de Mayo del año 2006. ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Políticas Comunicacionales

ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones y por quien corresponda, infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Diego Spina - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 552/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos Nº 480/06 D.E., Nº 509 D.E. y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones, creándose la Subsecretaría de Comunicación Institucional, dependiente de la Secretaría de Políticas Comunicacionales.

Que por Decreto Nº 509/06 D.E. se dispuso el cese del agente Fernando G. Torrillate en el cargo de Director de Prensa, dependiente de la ex Secretaría Privada y su designación como Subsecretario de Comunicación Insitucional.

Que en consecuencia, corresponde designar al/la funcionario/a a cargo de dicha Dirección, que se encuentra vacante, resultando la Lic. Mariana Fasciolo la persona idónea para el ejercicio de las misiones y funciones propias del área. Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Desígnase a partir del día 1º de Mayo de 2006, a la Lic. Fasciolo Mariana ( D.N.I. 25.049.559), en el cargo de Directora de Prensa, dependiente de la Subsecretaría de Comunicación Institucional, perteneciente a la Secretaría de Políticas Comunicacionales, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a uno con ocho (1,8) módulos.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Políticas Comunicacionales y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Diego Spina - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 553/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos 04/06 D.E., 05/06 D.E., Nº 480/06 D.E.,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones, creándose la Dirección del Programa Comunitario de Resolución Alternativa de Conflictos, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad, perteneciente a la actual Secretaría

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Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización.

Que en consecuencia, corresponde designar al/la funcionario/a a cargo de dicha Dirección, resultando la agente Carmen Marta Sanz la persona idónea para el ejercicio de las misiones y funciones propias del área. Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Exclúyase a partir del día 1º de Mayo de 2006, a la agente Sanz Carmen Marta (D.N.I. 04.933.521 - Legajo 19012800) de los alcances de los Decretos Nºs 04/06 y 05/06. ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir del día 1º de Mayo de 2006, a la agente Sanz Carmen Marta ( D.N.I. 04.933.521 - Legajo 19012800), en el cargo de Directora del Programa Comunitario de Resolución Alternativa de Conflictos, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad, perteneciente a la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a uno con nueve (1,9) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 554/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos 04/06 D.E., 05/06 D.E., Nº 480/06 D.E.,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones, creándose la Dirección de Políticas de Economía Social y Solidaria, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad, perteneciente a la actual Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización.

Que en consecuencia, corresponde designar al/la funcionario/a a cargo de dicha Dirección, resultando el agente Funes Ricardo Jorge la persona idónea para el ejercicio de las misiones y funciones propias del área. Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Exclúyase a partir del día 1º de Mayo de 2006, al agente Funes Ricardo Jorge (D.N.I.

16.483.388 - Legajo 16769000) de los alcances de los Decretos Nºs 04/06 y 05/06. ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir del día 1º de Mayo de 2006, al agente Funes Ricardo Jorge ( D.N.I. 16.483.388 - Legajo 16769000), en el cargo de Director de Políticas de Economía Social y Solidaria, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad, perteneciente a la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a uno con ocho (1,8) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 555/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley Nº 6769/58, sus modificatorios, los Decretos 04/06 D.E., 05/06 D.E., Nº 480/06 D.E.,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 480/06, se modificó la estructura organizativa del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón y se readecuaron sus dependencias orgánico funcionales, misiones y funciones, creándose la Dirección de Políticas para Personas con Necesidades Especiales, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad, perteneciente a la actual Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización.

Que en consecuencia, corresponde designar al/la funcionario/a a cargo de dicha Dirección, resultando la agente Graciela Noemí Martinez la persona idónea para el ejercicio de las misiones y funciones propias del área. Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley Nº 6769/58 y el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

RTICULO 1º: Exclúyase a partir del día 1º de Mayo de 2006, a la agente Martinez Graciela Noemí (D.N.I. 10.328.329 - Legajo 18427800) de los alcances de los Decretos Nºs 04/06 y 05/06. ARTÍCULO 2º: Desígnase a partir del día 1º de Mayo de 2006, a la agente Martinez Graciela Noemí ( D.N.I. 10.328.329 - Legajo 18427800), en el cargo de Directora de Políticas para Personas con Necesidades Especiales, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad, perteneciente a la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, con un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor y una bonificación transitoria mensual por función crítica, equivalente a cero con siete (0,7) módulos.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones por quien corresponda infórmese a la

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 556/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

La Nota Nº 29349/06., yCONSIDERANDO:

Que por la Nota precedentemente mencionada, el Sr. Juan José Pisano, por el cual ha presentado su renuncia a partir del día 26 de Abril del año 2006.

Que la precitada dimisión se ajusta a las reglamentaciones en vigencia.

Que en consecuencia corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo previsto en las disposiciones legales citadas en el Visto y lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Acéptase la renuncia presentada por el Sr. Juan José Pisano (LE: 04.853.906), a partir del día 26 de Abril del año 2006, quien revistaba dentro de la Planta de Personal Temporario, en el cargo de Coordinador de la Unidad de Gestión Comunitaria Nº 4, en la localidad de Castelar, dependiente del Departamento Ejecutivo.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones y por quien corresponda infórmese a la Dirección de Recursos Humanos. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 557/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decretos Nº 2702/05, el expediente Nº 4079-10650/06 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra nota de la Sra. María Luisa Siri, manifestando que ha sido notificada del Decreto Nº 2702/05 por el cual se dispuso el cese de sus servicios con fecha 28/02/2006. En el escrito de referencia, manifiesta su disconformidad y hace reserva de sus derechos para interponer eventualmente las medidas judiciales pertinentes, por cuanto los motivos invocados en el decreto, no son aplicables en su caso, dejando a la presentante sin percepción de ingresos y perjudicando su situación previsional ante ANSES, única jurisdicción en la que podría obtener el beneficio jubilatorio, razón por la cual solicita una urgente rectificación de lo dispuesto.

Que a fs. 17/18 obra informe emitido por la Dirección de Recursos Humanos.

Que a la luz de los argumentos esgrimidos por la Sra. Siri, a fs. 19/20 la Dirección de Asuntos Legales manifiesta que cumplidos los requisitos previstos por el art-. 24 y c. del Decreto Ley Nº 9650/1980 y sus modificaciones corresponde al agente, que haya reunido los años de servicios con aportes y haya alcanzado la edad para acceder al beneficio, realizar las tramitaciones tendientes a que se le declare el denominado “cierre de

cómputos”, conforme lo dispone el art. 62 bis de la ley 10053/83, cuestión no planteada oportunamente en el caso de marras. Con ello, queda la Administración con facultad de disponer el cese a la fecha que el agente alcanzó las condiciones de edad y servicio exigidos por las leyes jubilatorias y automáticamente al cumplir los sesenta años de edad, siempre que se halle en condiciones de obtener la jubilación, caso que se ajusta concretamente al caso sub examen.

Que así, haciendo referencia al informe obrante de fs. 17 vta. , la ex agente Siri a la fecha de cese contaba con 61 años de edad, 9 meses y 12 días ; 33 años de servicios acreditados en esta Administración como docente de los cuales 16 años 9 meses y 13 días de antigüedad en el Municipio concluyendo entonces, que el contenido recurrido del Decreto Nº 2702/05 es aplicable al caso en cuestión, toda vez que se reúnen los extremos necesarios para obtener el beneficio previsional.

Que asimismo la recurrente debió prever, al reunir los requisitos de Ley Nacional Nº 24.241 y normativa provincial Nº 9650/80 su situación y gestionar los trámites necesarios tendientes a obtener su beneficio.

Que en otro orden de ideas y respecto a la validez del acto administrativo cuestionado en cuanto a su forma, la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín en autos “ Casablancas Paz, María del Carmen c/ Municipalidad de Morón s/amparo y “Perez, Lidia Ester c/Municipalidad de Morón s/Amparo” se expidió declarando la validez del Decreto de Cese señalando que :”..VI), los recaudos que debieran cumplirse en la emisión del Acto de cese a saber: “a) fecha de nacimiento del agente; b) años de servicios computables en la administración pública provincial o municipal; c) el cargo desempeñado de acuerdo a la normativa establecida en el art. 37; d) importe de la remuneración mensual asignada al cargo mencionado en el inciso d) considerada en los términos que establece el art. 36, vigente al momento del cese; e) fecha de cese. Dichos extremos son considerados en el Decreto Nº 2702/05.

Que conforme los extremos expuestos y visto el informe producido por la Dirección de Recursos Humanos a fs. 17/18, la Dirección de Asuntos Legales dictamina que debe rechazarse la pretensión interpuesta por la Sra. Siri.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con las normas legales citadas ut supra y lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Recházase el Reclamo interpuesto por la Señora María Luisa Siri (DNI 4.856.004)–(Legajo Nº 83.964) - contra el Decreto Nº 2702/05 D.E..ARTICULO 2º: Por la Dirección de Recursos Humanos notifíquese a la ex-agente precedentemente citada, el texto íntegro del presente Decreto.ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 40

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DECRETO Nº 564/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo, el Decreto Nº 748/2005 promulgatorio de la Ordenanza Nº 7041/2005, el expediente Nº 4079-15091/05-0 D. E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1/6 de las actuaciones citadas en el Visto, el agente Guillermo Mario Eduardo interpone “Recurso de Revocatoria” contra el Decreto Nº 748/2005 que promulga la Ordenanza 7041/2005 solicitando sea vetado u observado parcialmente el anexo I en la parte que establece la remuneración básica para el personal Asimilado A, B, C, D, I, II, III, IV y V.

Que la presentación se formula en los términos de los artículos 86º, 89º y ccdtes. de la Ordenanza 11.654, argumentando en su sustento que la Ordenanza en cuestión legaliza un trato discriminatorio toda vez que contempla un aumento salarial para el Agrupamiento Jerárquico y no para el Agrupamiento Asimilado, afectando el derecho a la igualdad, derecho de razonabilidad y el derecho a una retribución justa.

Que a fs. 16/17 la Dirección de Asuntos Legales dictamina que a la presentación de fs. 1/6 corresponde aplicar el régimen del artículo 94º de la Ordenanza 11.654, que rige el procedimiento administrativo, que alude a los “actos generales” y, no el artículo 86º de la misma, como invoca el recurrente.

Que en efecto, este último refiere a las acciones recursivas respecto de toda decisión administrativa, final o interlocutoria…”, criterio ratificado por el artículo 89º y subsiguiente que regulan el procedimiento de aplicación para el tratamiento de los recursos de revocatoria. Resulta claro que dicha herramienta recursiva refiere exclusivamente a las impugnaciones de los “actos administrativos” de carácter individual y/o específicos, no comprensivos de los ”actos generales”, para los cuales rige el procedimiento especialmente regulado por el artículo 94 de la Ordenanza Nº 11.654.

Que la Ordenanza, con arreglo a lo determinado por el artículo 77º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, son las normas sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante que “crean, reforman o derogan una regla general, cuyo cumplimiento compete a la Intendencia Municipal”, por lo que jurídicamente se corresponden con los “actos generales” al que alude el precitado artículo 97 de la Ordenanza que regula la materia del procedimiento administrativo.

Que consecuentemente, y a tenor de lo dispuesto pr dicho artículo, los recursos contra los actos generales “deben interponerse individualmente a la misma autoridad que dictó la medida general, reclamando de ella y solicitando se deje sin efecto la disposición en cuanto al interés a que perjudica o al derecho que vulnera, dentro del plazo de treinta (30) días a partir de la última publicación o de su notificación.

Que la Ordenanza Nº 7041 se sancionó el 26 de mayo de 2005, se promulgó el día siguiente y se publicó en el Boletín Municipal Año II del Segundo Período de Mandato Nº 10, Publicación Quincenal – Mayo/05 Fecha de Publicación 03/06/05.

Que el recurso presentado deviene improcedente y por ello debiera ser rechazado por el Departamento Ejecutivo, en tanto es la autoridad administrativa que dictó el respectivo Decreto de promulgación.

Que sin perjuicio de ello, debe también merituarse que el aludido artículo tampoco admite dudas respecto de que el recurso “debe interponerse individualmente a la misma autoridad que dictó la

medida general”, que en el caso de la Ordenanza que efectivamente se impugna en esta presentación, es el Honorable Concejo Deliberante, por lo que la presentación debió ser efectuada ante dicho órgano del gobierno municipal y no como impropiamente se efectuara, ante el Departamento Ejecutivo, en razón del régimen de no subordinación que tienen ambos Departamentos del gobierno comunal en la estructuración institucional que plantea la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Que expuestas las conclusiones a que se arribara, en función de las cuales y por los motivos formales señalados, la presentación no puede tener andamiento, razón por la cual concluye esa Asesoría que no corresponde efectuar examen legal del fondo de la cuestión que se plantea.

Que en virtud de ello, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo previsto en las disposiciones legales citadas en el visto y lo establecido en el artículo 105 de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Recházase por improcedente el Recurso de Revocatoria interpuesto por el agente Gallardo Mario Eduardo -DNI 13.735.850 - Legajo Nº 98.442 -, contra el Decreto Nº 748/05 que promulga la Ordenanza Nº 7041/2005.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Recursos Humanos notifíquese al interesado el texto íntegro del presente Decreto.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff - Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 565/06 Morón, 28 de Abril de 2006.-VISTO:

El Decreto Ley 6769/58, sus modificatorios, el artículo 114º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654, el Decreto Nº 535/06, el Expediente administrativo 4079-19047/05, sus adjuntos y,CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 535/06, se adjudicó la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 17/2005 a Transportes Olivos S.A.C.I. y F. – Urbaser Argentina S.A. en Unión Transitoria de Empresas, en los términos del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y de su Oferta Alternativa, por el término de seis (6) años consecutivos, contados a partir de la fecha de inicio de ejecución del Contrato, consignandose que el importe total de la contratación ascendía a la suma de Pesos Ciento Sesenta y Ocho Millones Cuatrocientos Ocho Mil Doscientos Setenta con Setenta y Dos Centavos ($ 168.408.270,72) y el anual a la suma de Pesos Veintiocho Millones Sesenta y Ocho Mil Cuarenta y Cinco con Doce Centavos ($ 28.068.045,12).

Que a fojas 9765 de las actuaciones del Visto, se presenta la adjudicataria manifestando que ha advertido que en el Decreto citado se ha incurrido en un error aritmético al computar el monto total y anual de su oferta semanal.

Que a fojas 9766 la Presidenta de la Comisión de Preadjudicaciones solicita se rectifique el acto administrativo en cuestión, atento a que ha habido un error en el cálculo de la cantidad de semanas del contrato. Las mismas ascienden a trescientos doce (312) y no a doscientos ochenta y ocho (288), por lo que el monto total del contrato

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asciende a la suma de Pesos Ciento Ochenta y Dos Millones Cuatrocientos Cuarenta y Dos Mil Doscientos Noventa y Tres con Veintocho Centavos ( $182.442.293,28) y el monto anual asciende a la suma de Pesos Treinta Millones Cuatrocientos Siete Mil Cuarenta y Ocho con Ochenta y Seis Centavos ($ 30.407.048,86).

Que en razón de lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Ley 6769/58 y XIV de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Rectifícase en su parte pertinente el artículo 5º del Decreto Nº 535/2006, puesto que donde dice: “… en la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 168.408.270,72)…”, debe decir: “…en la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 182.442.293,28)…”.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones.Notifúqese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCIONES

RESOLUCION Nº 059/06 Morón, 24 de Abril de 2006.-VISTO:La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 32/06 – referente al servicio de demarcación vial, tramitada por expediente Nº 651/06, solicitada por la Secretaría General de Gobierno, Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, yCONSIDERANDO:Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06 el Sr. Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación realizada de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: CLEANOSOL ARGENTINA S.A.I.C.F.I y SEÑALAMIENTO Y SEGURIDAD S.A., resultando esta última la oferta más conveniente a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE HACIENDA

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 32/06, tramitada por Expediente Nº 651/06, por el Servicio de demarcación vial, solicitado por la Secretaría General de Gobierno, a la empresa SEÑALAMIENTO Y SEGURIDAD S.A., en la suma e $ 94.412,50 (Pesos noventa y cuatro mil cuatrocientos doce con 50/100).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 3, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 857 y 1099.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.Prof. Mariano Pablo Spina –Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 060/06 Morón, 25 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 31/06, referente a la adquisición de Medicamentos, tramitada por expediente Nº 497/06, solicitada por la Secretaría de Salud y de Desarrollo Social, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/05 el Señor Intendente Municipal autoriza a la Secretaría de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisicones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación realizada de acuerdo a lo dispuesto en los artículo 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: LABORATORIO FADA PHARMA S.A., VEINFAR ICSA, LEMAX LAB S.R.L., NUTRI SERVICE S.R.L., DRIGUERÍA GENÉRICOS S.A., LABORATORIOS RICHET S.A., CASA OTTO HESS S.A., LABORATORIOS NORTHIA S.A.C.I.F.I.A., DROGUERÍA BELLA VISTA S.A., CIENTIFICA EXPRESS S.R.L., DROGUERIA GENESIS S.A., DROCIEN S.R.L., FARMED S.A., DROGUERIA ZETA S.R.L., SIPESA ARGENTINA S.A., OMNIPHARMA S.R.L., LABORATORIOS FABRA S.A., HOLTER S.A., DROGUERIA GENERIA S.R.L., y DROGUERIA LUMA S.A., resultando estas últimas 15 (quince) las ofertas convenientes a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE HACIENDA

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 31/06, tramitada por expediente Nº 497/06, por la adquisición de Medicamentos, solicitada por la Secretaría de Salud y Desarrollo Social , a las firmas : SIPESA ARGENTINA S.A., los renglones Nº 1, 9, 10, 12, 14, 17, 24, 25, 37, 51, 52, 54, 61, 66, 72, 81, 84, 85, 86, 87, 93, 97, 99, 104, 106, 107, 113 y 123, en la suma de $ 24,129,35.- (pesos vienticuatro mil ciento veintinueve con treinta y cinco centavos); LABORATORIOS RICHET S.A., los renglones Nº 2, 3, 96 y 103, en la suma de $ 1.562.- ( pesos un mil

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quinientos sesenta y dos); DROGUERIA BELAVISTA S.A., los renglones Nº 4, 13, 18, 36, 47 y 86, en la suma $ 1.346,25.- ( pesos un mil trescientos cuarenta y seis con veinticinco centavos); CIENTIFICA EXPRESS S.R.L., los renglones Nº 5, 48, 49, 57, 62, 65, 74, 75, 90, 117, 118, 120 y 121, en la suma de $ 25.666.- (pesos vienticinco mil seiscientos sesenta y seis); DROGUERIA GENESIS S.A., los renglones Nº 6, 16, 20, 21, 35, 38, 45, 58, 91, 100, 101, 105, 110, 111, 112 y 116, en la suma de $ 23.774, 19.- ( pesos vientitrés mil setecientos setenta y cuatro con diecinueve centavos); LABORATORIOS FABRA S.A., los rengloners Nº 7 y 23, en la suma de $ 377,20.- ( pesos trescientos setenta y siete con veinte centavos); DROGUERIA ZETA S.R.L. , los renglones Nº 8, 53, 73, 78, 80, 88, 94 y 109, en la suma de $ 4.800,40.- ( pesos cuatro mil ochocientos con cuarenta centavos); DROGUERIA GENERIA S.R.L., los renglones Nº 11, 40, 42, 44, 56, 92 y 114, en la suma de $ 1.472.- ( pesos un mil cuatrocientos setenta y dos); DROGUERIA LUMA S.A., los renglones Nº 15, 19, 26, 28, 31, 39, 56, 64, 70, 77, 79, 82 y 108, en la suma de $ 3.726,40.- (pesos tres mil setecientos veintiséis con cuarenta centavos); HOLTER S.A., los renglones Nº 22, 33, 43, 63, 76, 98 y 115, en la suma de $ 1.738.- (pesos un mil setecientos treinta y ocho); CASA OTTO HESS S.A., los renglones Nº 27 y 83, en la suma de $ 1.534.- ( pesos un mil quinientos treinta y cuatro); LABORATORIOS NORTHIA S.A.C.I.F.I.A., los renglones Nº 29, 30 y 89, en la suma de $ 1744,24.- ( pesos un mil setecientos cuarenta y cuatro con veinticuatro centavos); FARMED S.A., los renglones Nº 46, 50, 68, 69, 71 y 102, en la suma de $ 934,50.- (pesos novecientos treinta y cuatro con cincuenta centavos); DROCIEN S.R.L. los renglones Nº 32 y 60, en la suma de $ 1530.- ( pesos un mil quinientos treinta); y OMNIPHARMA S.R.L., los renglones Nº 59 y 67, en la suma de $ 3.470,20.- ( pesos tres mil cuatrocientos setenta con veinte centavos). El total de la presente asciende a la suma de $ 97.804, 73.- ( pesos noventa y siete mil ochocientos cuatro con setenta y tres centavos).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 12, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 755; Nº 1319 y Nº 1425 respectivamente. ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese. Prof. Mariano Pablo Spina –Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 061/06 Morón, 26 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 33/06, tramitada por expediente Nº 843/06, referente a la adquisición de Oxígeno Líquido y Gaseoso, solicitado por la Secretaría de Salud y de Desarrollo Social, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/05 el Señor Intendente Municipal autoriza a la Secretaria de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: AGA S.A. y OXY NET S.A. , resultando está última la oferta conveniente a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE HACIENDA

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 33/06, tramitada por expediente Nº 843/06, por la adquisición de Oxígeno Líquido y Gaseoso, solicitado por la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, a la empresa: OXY NET S.A., los ítems Nº 1 y 2, en la suma total de $ 103.897,08.- (pesos ciento tres mil ochocientos noventa y siete con ocho centavos).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 12, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 1051 y Nº 1381.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese. Prof. Mariano Pablo Spina –Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 062/06 Morón, 26 de Abril de 2006.-VISTO:

Lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva Vigentes, los autos caratulados “TISH TSG LA CHACRA DE ANDRES LEG 2-81644” por expediente N° 4079-20027/05, que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita en la Calle Brown N° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Bs. As., las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 1812, 1813, 1814, 1815, y;CONSIDERANDO: Que el expediente del visto contiene la documentación que respalda la fiscalización efectuada al contribuyente LA CHACRA DE ANDRES S.R.L., con domicilio fiscal en la calle Primera Junta N° 982, de la localidad de Haedo, partido de Morón, cuya actividad desarrollada es Parrilla-Restaurant, legajo de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 2-81644. Que a través del citado expediente se procedió a fiscalizar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por el período comprendido desde el mes de enero de 2002 a octubre de 2005.

Que habiéndose verificado la siguiente documentación a saber: Certificado de Domicilio del Impuesto sobre los Ingresos Brutos obrante a fs. 8, Constancia de Inscripción en A.F.I.P. a fs. 9, Certificado de Reinscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Pcia. se Bs. As. a fs. 10, Contrato Social a fs. 11/21, Declaración Jurada anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente al año 2004 a fs. 22/23, Pagos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los períodos 01/2005, 03/2005 hasta 10/2005 a fs. 24/32, Pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por período 02/2005 a fs. 36, Certificación Contable sobre las ventas período enero de 2002 a octubre de 2005 legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fs. 37/38, Se dio vista al Libro IVA Ventas N° 4 Rúbrica 3445/98 según Acta de Verificación N°

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10740, a fs. 34 del expediente mencionado en el visto; Se procedió a determinar las obligaciones tributarias del contribuyente sobre base cierta.

Que de la documentación, incorporada al expediente de marras, se desprende que el contribuyente se encuentra inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos Pcia. de Bs. As., bajo el número 30-56904783-4.

Que cabe mencionar que el contribuyente de referencia ha sido fiscalizado por los períodos fiscales bimestrales 01/97 a 06/01, mediante expediente N° 4079-34396/02.

Que además, del análisis de las actuaciones surge que el contribuyente en fecha 27/01/05 suscribió el Compromiso de Pago C-04 Nº 16797, respecto de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por la cantidad de 30 cuotas; abarcando los periodos fiscales bimestrales 01/94 a 06/01, por los importes ajustados durante la auditoria practicada en el expediente N° 4079-34396/02 y las cuotas mensuales 01/02 a 12/02, únicamente por los importes mínimos establecidos en el art. 20 inc. 2.1 de la Ordenanza Impositiva vigente; el cual al día de la fecha se encuentra al día, restando abonar las cuotas 15 a 30 de dicho compromiso.

Que para conformar las bases imponibles y calcular la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene se han considerado los importes que surgen de la Certificación Contable sobre las Ventas obrante a fs. 37/38 del expediente del visto, cuyos importes fueron comparados con los del Libro IVA Ventas, resultando los mismos ser coincidentes.

Que de acuerdo a los cálculos realizados se determinó que los ingresos por ventas para las cuotas mensuales 03/02 a 06/02, 08/02 a 12/02, 01/03 a 12/03, 01/04 a 12/04, 01/05 a 10/05, superan el mínimo imponible determinado en el art. 20 inc. 2.1 de la Ordenanza Impositiva vigente, por lo tanto deberá tributar por la alícuota establecida en el mencionado artículo, inc. 2.2.

Que de la compulsa de las actuaciones surge como resultado que el contribuyente, determinó en forma inexacta la base imponible del tributo por las cuotas mensuales 03/02 a 06/02, 08/02 a 12/02, 01/03 a 12/03, 01/04 a 12/04, 01/05 a 10/05, conforme a los arts. 24, 25, 138,140 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que corresponde se determine de oficio la misma, por lo que corresponde se determine de oficio la misma, conforme art. 137 y cctes. de la Ordenanza Fiscal vigente

Que, sin perjuicio de no haber sido fiscalizado, el contribuyente registra deuda por los mínimos establecidos en el art. 20 inc. 2.1 de la Ordenanza Impositiva vigente por las cuotas mensuales 12/05, 01/06 y 02/06, por lo cual debe intimarse su pago, el cual quedará sujeto a verificación.

Que con fecha 23 de enero de 2006 se procedió a dar vista de las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 1812, 1813, 1814 y 1815, otorgándole al contribuyente el plazo de 5 (cinco) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca la prueba documental que haga a su derecho.

Que vencidos los plazos otorgados en el párrafo precedente el contribuyente no presentó descargo alguno;

Que a través del expediente del Visto, se han demostrado los incumplimientos en que ha incurrido el contribuyente.

Que por lo expuesto en los párrafos precedentes, corresponde determinar la tasa mencionada;

Que atento lo normado por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente, corresponde dictar la presente; determinándose en primer lugar el monto total de la obligación tributaria, por los períodos fiscales abarcados por la auditoría

practicada, sin deducir los pagos efectuados por el contribuyente; e intimándose en segundo término al pago de lo efectivamente adeudado por el contribuyente.

Que el procedimiento seguido para ajustar las obligaciones tributarias del contribuyente encuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7, arts. 21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y Título II, Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva. Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 480/2006, Anexo III (tres) A.1.4.

Por ello,LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE:Artículo 1º: Determínanse las obligaciones tributarias del contribuyente LA CHACRA DE ANDRES S.R.L., legajo Nº 2-81644, por las diferencias surgidas de la verificación practicada por el expediente del Visto, por la suma de pesos DIECISEIS MIL TREINTA Y SEIS CON 45/100 ($ 16.036,45) en concepto de valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por las cuotas mensuales 01/02 a 10/05, con más los recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder conforme lo establecido en los arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 2º: Intímase al contribuyente LA CHACRA DE ANDRES S.R.L., legajo Nº 2-81644 a abonar, en un plazo de diez días, la suma de pesos DIEZ MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 43/100 ($ 10.464,43) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por las cuotas mensuales 03/02 a 06/02, 08/02 a 12/02, 01/03 a 12/03, 01/04 a 12/04, 01/05 a 10/05, con más recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 29/100 ($ 3.257,29) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente.Artículo 3º: Intímase al contribuyente LA CHACRA DE ANDRES S.R.L., legajo Nº 2-81644 a abonar en un plazo de diez días, en concepto de importes mínimos impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por los períodos no auditados establecidos en el artículo 20 de la Ordenanza Impositiva vigente cuotas mensuales 12/05, 01/06 y 02/06, la suma de pesos TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 18/100 ($ 366,18) en concepto de valor nominal con más los recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente que a la fecha ascienden a la suma de pesos DIEZ CON 98/100 ($ 10,98), y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente, todo ello sujeto a verificación y ajuste posterior.Artículo 4°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.Artículo 5º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones.Dra. Alicia M. del C. Sztyrle –Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 063/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

La Ordenanza Fiscal y la Ley Provincial 13.010 y

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MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

CONSIDERANDO:Que de acuerdo a lo establecido en el

Capítulo 1º, art. 4º de la Ordenanza Fiscal vigente las obligaciones impositivas establecidas por el Municipio de Morón, deben permanecer acordes a un cronograma de fechas determinado para cumplimentar con lo indicado en el mismo.

Que las normativas vigentes permiten a la Secretaría de Economía y Finanzas aprobar los proyectos eleborados para tal fin por las dependencias a su cargo.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE:ARTICULO 1º: Apruébase el calendario fiscal y cronograma de vencimiento del Impuesto a los Automotores transferido según la Ley 13.010 para el año 2006 según consta en el Anexo I que forma parte del presente. ARTICULO 2º: Notifíquese de lo dispuesto en el Art. 1º a la Dirección de Tributos Municipales. ARTICULO 3º: Por la Subsecretaría de Comunicación Institucional, dese difusión de la presente a través de los medios locales.ARTICULO 4º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Dr. Eduardo D. Aseff

Por razones de espacio el Anexo I, deberá ser solicitado en el Departamento de Asuntos Técnicos.

* * *RESOLUCION Nº 064/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

Lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva Vigentes, los autos caratulados “Y ORDEN DE INSPECCION INDUSPOT AISLACIONES S.R.L.” por expediente N° 4079-16445/05, que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita en la Calle Brown N° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Bs. As., las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 1557, 1622, y;CONSIDERANDO: Que el expediente del visto contiene la documentación que respalda la fiscalización efectuada al contribuyente INDUSPOL AISLACIONES S.R.L., con domicilio fiscal en la calle Pte. Perón N° 3066 de la localidad de Haedo, partido de Morón, cuya actividad desarrollada es Depósito en General, legajo de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 2-101300. Que a través del citado expediente se procedió a fiscalizar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por el período comprendido desde el mes de mayo de 2002 a julio de 2005.

Que habiéndose verificado la siguiente documentación a saber: Resolución N° 0030/04 por exención en Ingresos Brutos obrante a fs. 13, Contrato de Locación con fecha de sellado 21/07/05 a fs. 17/19, Comprobantes de Pagos de las cuotas 14 y 15 del Compromiso de Pago C-04 N° 15123 a fs. 20/21, Contrato de Locación con fecha de sellado 02/05/2005 a fs. 23/26, Contrato Social y Modificaciones a fs. 28/33, Constancia de Inscripción en AFIP a fs. 34, Certificado de Domicilio en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a fs. 35, Formulario para Inscripción y Modificación de Habilitaciones perteneciente a la Ciudad de Junín Provincia de Buenos Aires a fs. 36, Pago de la Tasa por Seguridad e Higiene por los períodos 06/2005 a 08/2005 de la Cuidad de Junín a fs. 37, Formulario 446/C a obrante a fs. 41 y Listado de Principales Clientes obrante a fs. 42 del expediente del visto; Se procedió a determinar las obligaciones tributarias del contribuyente sobre base cierta.

Que del análisis de la documentación mencionada en el párrafo

precedente se desprende que el contribuyente se encuentra inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos CUIT N° 30-70737701-8.

Que el contribuyente, Induspol Aislaciones S.R.L., posee su domicilio legal y su sede en la ciudad de Junín, Pcia. de Bs. As.

Que en virtud de la información suministrada en el formulario 446/C, obrante a fs. 41 del expediente de marras, el contribuyente no posee punto de venta en el partido de Morón.

Que del análisis del expediente del visto surge, que la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene comenzó a generarse a partir de la cuota mensual 09/02, cuando en virtud del Contrato de Locación, obrante a fs. 23/26, con vigencia a partir del mes de mayo de 2002, correspondía que el contribuyente tributase la tasa en cuestión desde dicho mes, es decir cuota mensual 05/02; entonces por lo expuesto corresponde que el contribuyente tribute la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene a partir de la cuota mensual 05/02;

Que por lo expuesto en los párrafos precedentes corresponde que por las cuotas mensuales 05/02 a 08/02, el contribuyente, tribute la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por el mínimo imponible determinado en el art. 20 inc. 2.1 de la Ordenanza Impositiva vigente.

Que cabe agregar que el contribuyente de referencia solicitó en el mes de abril de 2003 los beneficios de descuento del 20% (veinte por ciento) y 30% (treinta por ciento) mediante los formularios F-06 N° 1974 y F-12 N° 1820 respectivamente.

Que por ello, la Administración Municipal procedió a solicitar documentación a fin de verificar si el contribuyente reunía los requisitos establecidos en el art. 39 bis de la Ordenanza Fiscal vigente y en el Decreto Reglamentario 1676/01 y sus modificatorias. Habida cuenta de que transcurrido el plazo otorgado para cumplimentar la documentación solicitada y no suministrando el contribuyente la misma en su debida oportunidad; la Administración Municipal procedió a denegar dichas solicitudes de descuentos.

Que en relación a lo expuesto en el párrafo precedente cabe mencionar que el contribuyente en la cuota mensual 05/2003 se ha aplicado el descuento del 50% (20% y 30%), el cual no correspondía por las razones expuestas, abonando en menos la obligación tributaria por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por dicha cuota mensual, motivo por el cual corresponde intimar el pago de la diferencia del 50% no ingresada.

Que con fecha 17 de octubre de 2005 se procedió a dar vista de las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 1557, 1622, otorgándole al contribuyente el plazo de 5 (cinco) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca la prueba documental que haga a su derecho.

Que vencidos los plazos otorgados en el párrafo precedente el contribuyente no presentó descargo alguno;

Que a través del expediente del Visto, se han demostrado los incumplimientos en que ha incurrido el contribuyente.

Que por lo expuesto en los párrafos precedentes, corresponde determinar la tasa mencionada;

Que atento lo normado por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal vigente, corresponde dictar la presente; determinándose en primer lugar el monto total de la obligación tributaria, por los períodos fiscales abarcados por la auditoría practicada, sin deducir los pagos efectuados por el contribuyente; e intimándose en segundo término al pago de lo efectivamente adeudado por el contribuyente.

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Que el procedimiento seguido para ajustar las obligaciones tributarias del contribuyente encuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7, arts. 21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y Título II, Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva. Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas , en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 480/2006, Anexo III (tres) A.1.4.

Por ello,LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE:Artículo 1º: Determínanse las obligaciones tributarias del contribuyente INDUSPOL AISLACIONES S.R.L., legajo Nº 2-101300, surgidas de la verificación practicada por el expediente del Visto, por la suma de pesos CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 34/100 ($ 5.448,34) en concepto de valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por las cuotas mensuales 05/02 a 07/05, con más los recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder conforme lo establecido en los arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal vigente.Artículo 2º: Intímase al contribuyente INDUSPOL AISLACIONES S.R.L., legajo Nº 2-101300 a abonar, en un plazo de diez días, la suma de pesos SEISCIENTOS VEINTIOCHO CON 68/100 ($ 628,68) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por las cuotas mensuales 05/02 a 08/02 y 05/03, con más recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal vigente los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos CUATROCIENTOS OCHO CON 62/100 ($ 408,62) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 3°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.Artículo 4º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones.Dra. Alicia M. del C. Sztyrle –Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 065/06 Morón, 27 de Abril de 2006.-VISTO:

El expediente Nº 2754/05, la Ordenanza Fiscal Vigente, la Ley Orgánica de las Municipalidades, y CONSIDERANDO:

Que el expediente del Visto incluye la documentación respaldatoria de la contratación con la firma BY MED S.R.L., para la adquisición de bienes y/o servicios.

Que a través de las facturas B Nº 0001-00006228, La Comuna posee obligaciones con la empresa originadas en la adquisición de bienes y/o prestación de servicios.

Que la empresa indicada mantiene obligaciones con la Comuna originadas en las facultades del Estado Municipal para imponer tasas, derechos y/o demás tributos para la prestación de los servicios a su cargo.

Que en el expediente del visto la empresa BY MED S.R.L. solicita la compensación de deuda por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene del Legajo nº 2-101345, con acreencias por servicios prestados al municipio.

Que el procedimiento de compensación de deuda con acreencias encuentra su fundamento en

el art. 230 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Que mediante la documentación obrante en el mencionado expediente se verifica la veracidad de lo expuesto.

Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 480/2006, Anexo III, A. 1.4.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE:ARTICULO 1º: Dispónese la compensación – de conformidad con lo dispuesto en el art. nº 130 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades – de las deudas y créditos entre la firma BY MED S.R.L. y La Municipaidad de Morón, correspondientes a la prestación de servicios con las contribuciones por tasas, derechos y/o tributos que impone el Municipio según Anexo I y II que se acompañan y forman parte integrante de la presente. ARTICULO 2º: Las Direcciones de Contaduría y Tesorería procederán a realizar las correspondientes imputaciones, ordenes de pago y emisión de cheques y recibos de pago. . ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Dr. Eduardo D. Aseff

Por razones de espacio los Anexos I y II, deberán ser solicitados en el Departamento de Asuntos Técnicos.

* * *

DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº : 496/06Baja a partir del día 1º de Marzo del año 2006, al docente Pol Julio Américo (Legajo Nº 186.090/18), con carácter de Suplente, en el cargo de Maestro Especializado, quien cumple funciones en la Escuela Especial “Mi Futuro”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social. Téngase por dado de baja en la cantidad de 7 (siete) Horas Cátedra, a partir del día 20 de Marzo del año 2006, a la docente Varrica Mónica Marcela (Legajo Nº 145.938/00), con carácter de Suplente, en el cargo de Profesor Horas Cátedra en la Escuela de Danzas “José Neglia”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Social, quedando en dicho cargo con 9 (nueve) Horas Cátedra. Morón, 17 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 507/06Rectifícase en su parte pertinente el Decreto Nº 481/2006, puesto que donde dice: “… uno con ocho (1,8) módulos…”, debe decir: “…..dos con dos (2,2) módulos…”. Morón, 19 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 523/06Autorízase, a hacer uso de licencia sin goce de haberes, a la agente Márquez Ileana Inés (Legajo Nº 161.545), por el lapso de tres (3) meses contados a partir del día 7 de Abril de 2006. Morón, 20 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 525/06Exclúyase de los alcances de los Decretos Nº 004/06 y Nº 005/06, a agentes. Designase a partir de

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la fecha que en cada caso se indica hasta el día 30 de Junio del año 2006, a agentes en la categoría y con los adicionales, dentro de la Planta de Personal Temporario. Rectificanse las categorías y/o los adicionales establecidas por los Decretos Nº 004/06 y Nº 005/06 a agentes. Exclúyase de los alcances del Decreto Nº 324/06 al agente Lojo, Ariel Anibal (Leg. 197.012). Reconócese los servicios prestados por el agente Laise, Matias Leonardo (Leg. 205.556) entre el período comprendido desde el 01 de febrero de 2006 hasta el 31 de marzo de 2006. Morón, 21 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 527/06Autorízase, a la docente Saez Graciela Luisa (Legajo Nº 101.790/18), a hacer uso de licencia sin goce de haberes en el cargo que desempeña en el Instituto Histórico Municipal de Morón, a partir del día 1º de Abril hasta el día 31 de Diciembre de 2006. Morón, 21 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 528/06Modifícase a partir del 1° de Marzo de 2006 el haber básico de la categoría Preceptor comprendido en la Rama Docente, el que pasará a tener un valor correspondiente a la suma de pesos cuatrocientos catorce ($ 414.-). Morón, 21 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 538/06Rectifícase el Artículo 3º del Decreto Nº 308/06. Morón, 26 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 543/06Otórguese a la ex-agente Vázquez Inés Asunción (DNI 06.478.428), el anticipo jubilatorio, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 inciso f), párrafo 1º de la Ley Nº 11.757. Morón, 26 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 544/06Reencasíllese, a partir de la fecha del presente Decreto, a la agente Acevedo Mercedes Leonarda (Legajo Nº 60.194), en la categoría Servicio II con cuarenta (40) horas semanales de labor, quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente, prestando funciones en el Departamento de Servicios Generales del Hospital de Morón, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 26 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 546/06Rectifícase el Artículo 1º del Decreto Nº 180/06. Morón, 26 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 548/06Reencasíllese, a partir del día 20 de Abril del año 2006, al agente Itzcovich Pablo Nahum (DNI 14.407.683) - (Legajo Nº 150.027), en la categoría Auxiliar Especializado, con un régimen horario de cuarenta (40) horas semanales de labor, quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente. Morón, 27 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 558/06Téngase por desígnado a partir del día 1º de Abril del año 2006, al docente Villanueva Ricardo Horacio (Legajo Nº 145.128/18), con carácter de Provisional, en el cargo de Profesor, con cuatro (4) Horas Cátedra, a efectos de prestar funciones en el Instituto Municipal de Estudios Superiores, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Téngase por desígnado a partir del día 31 de Marzo del año 2006, a la docente Diminno María Gisela (Legajo Nº 197.067/00), con carácter de Suplente, en el cargo de Preceptora Jornada Doble,

a efectos de prestar funciones en el Jardín Maternal Nº 10, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 27 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 559/06Téngase por dada de baja a partir del día 1º de Marzo del año 2006, a la docente Pérez Silvia Alicia (Legajo Nº 108.266/18), con carácter de Suplente, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, quien prestaba funciones en la Escuela Especial “Mi Futuro”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 27 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº : 560/06Ténganse por designados a partir del día 3 de Abril del año 2006, a las docentes que a continuación se detallan, con carácter de Provisional, en el cargo que en cada caso se indica, a efectos de prestar funciones en el Instituto Municipal de Estudios Superiores, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social:

Apellido y Nombre D.N.I. CargoSeijo, Rubén Ernesto 22.302.878 Profesor con 8 Horas CátedraD´Aversa, Álida Silvana 24.776.289 Profesor con 4 Horas Cátedra

Téngase por designada a partir del día 10 de Abril del año 2006, a la docente De Witte Patricia (Legajo Nº 206.134/00), con carácter de Suplente, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Doble, a efectos de prestar funciones en el Jardín Maternal Nº 7, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 27 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº 561/06Reconócese el reencasillamiento interino, de la agente Cuello Ana C. (Legajo Nº 88.245), a partir del día 1º de Enero hasta el día 14 de Mayo del año 2006, en la categoría Jefe de Departamento, con 40 (cuarenta) horas semanales de labor, quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente, prestando funciones en el Departamento de Estadísticas, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 27 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº 562/06Téngase por aceptada la renuncia presentada por el agente Salinas Juan Manuel (Legajo Nº 181.701), a partir del día 4 de Abril del año 2006, quien revistaba dentro del Plantel de Personal Temporario, con un haber equivalente a la categoría Profesional “B”, con 48 (cuarenta y ocho) horas semanales de labor, prestando servicios en la Dirección de Inspección General, dependiente de la Subsecretaría de Control

Comunal. Morón, 27 de Abril de 2006.-

DECRETO Nº 563/06Téngase por dada de baja a partir del día 10 de Abril del año 2006, a la docente Wiacek Cintia Paola (Legajo Nº 200.323/00), con carácter de Suplente, en el cargo de Preceptora Jornada Doble, quien prestaba funciones en el Jardín Maternal Nº 15, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 27 de Abril de 2006.-

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