Date post: | 24-Mar-2016 |
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Por: Mariengracia Chirinos
Libre asociación y
Activismo en DDHH
Apuntes para periodistas
Encuentro de la Red de Corresponsales 2013
CIVILIS
DERECHOS
HUMANOS
Derechos
Civiles y
Políticos
Tercera
Generación
Derechos
Económicos,
Sociales y
Culturales
Promover y
defender los
principios
democráticos y el
Estado de Derecho
Igualdad Libertad Solidaridad
“Toda persona tiene derecho individual o
colectivamente a promover y procurar la
protección y realización de los derechos humanos
y las libertades fundamentales en los planos
nacional e internacional”
Declaración sobre el derecho y el deber de los
individuos, los grupos y las instituciones de
promover y proteger los DDHH y las libertades
fundamentales universalmente reconocidos
Aprobada por la Asamblea General de la ONU
Rol importante para el fomento de una mayor
conciencia y observancia de los valores
democráticos, la consolidación de la convivencia
pacífica y el Estado de Derecho
Promoción + Defensa+
Educación+ Investigación+
Organización =
Fortalecimiento
de la
Sociedad Civil
Activismo en DDHH
conformación de lo colectivo
Participación
Diálogo
construir comunidad
naturaleza interactiva
una acción de ida y vuelta
horizontalidad
alternativas
Universales
Intransferibles
Inherentes a la
persona
Inalienables
Interdependientes
Relativos
Individual
Colectivo
Corresponde a
todas las
personas
Progresivos
Titularidad Dimensiones Características
Fundamentos de los DDHH
Marco Jurídico en DDHH
Declaración Universal de
DDHH
Pacto Internacional de
Derechos Económicos,
Sociales y Culturales
Pacto Internacional de
Derechos Civiles y
Políticos
Convención Americana
sobre DDHH
Constitución de la
República
Bolivariana de
Venezuela
Marco jurídico
nacional
Tratados y resoluciones
específicas
Activismo en DDHH
Estrategia para visibilizar violaciones DDHH
Documentación, sistematización y
visibilización de denuncias de violaciones
de DDHH
Cohesionar y consolidar los procesos de participación
Perspectiva
Acciones u
omisiones del
Estado
(obligación de
respetar, de
proteger y de
realizar)
Activismo en DDHH
Estrategia para visibilizar violaciones DDHH
Documentación, sistematización y
visibilización de denuncias de violaciones
de DDHH
Cohesionar y consolidar los procesos de participación
Perspectiva
Acciones u
omisiones del
Estado
(obligación de
respetar, de
proteger y de
realizar)
Activismo en DDHH
Exigir y
defender
los DDHH
Luchar
contra la
impunidad
¿Qué
buscamos?
1 6
2 Incidir para la
resolución de
conflictos Generar
empatía en
otros grupos
aliados
3 Revertir
violaciones
de DDHH
4
5 Proponer
soluciones
Fuente: Provea / Investigación en DDHH
Problemática/ Realidad
Investigaciones y teorías
Leyes y disposiciones
nacionales
Experiencia, observación y
activismo
Instrumentos y acuerdos
internacionales
Propiciar la
articulación de
esfuerzos
Ofrecer
alternativas ante
la crisis
Priorizar el propio
discurso y subjetividad
de los afectados y
afectadas
Activismo en DDHH
Contexto
Fuente: Rafael Uzcátegui / Comunicación desde los DDHH
en beneficio de sus miembros, de la comunidad y de la sociedad en general.
2. Los Estados deben adoptar las medidas necesarias para garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la libertad de
asociación sin discriminación alguna. Los extranjeros y las organizaciones extranjeras también disfrutan del derecho a la
libertad de asociación en los países donde residen.
3. Las asociaciones deben tener la libertad de seleccionar a sus miembros o aspirantes. Una injerencia directa o indirecta
en la composición de sus miembros podría poner en peligro su independencia.
4. Ninguna persona puede ser obligada o forzada a asociarse, afiliarse o participar en asociaciones. Está prohibido el
uso de leyes, medidas o prácticas de coacción, sometimiento o violencia para éstos y otros fines.
5. A través de sus asociaciones, las personas tienen derecho a fijar y proponerse libremente fines y medios para
alcanzarlos, en el más amplio marco de propósitos permisibles legalmente, sin presiones o intromisiones que puedan
alterarlos. Las listas de actividades permitidas o prohibidas son incompatibles con el derecho a la libertad de asociación.
6. No deben imponerse fines a las asociaciones con pretexto de coordinación, cooperación o responsabilidad en
funciones o actividades de gestión pública.
7. Las asociaciones deben tener libertad para la promoción y defensa de los derechos humanos y libertades
fundamentales, así como para participar en debates públicos de las políticas, incluidas críticas de leyes, políticas o
medidas estatales en vigor o previstas.
8. Al establecer una asociación, las personas tienen derecho a dotarla de una personalidad propia, a través de la cual se
le reconozca públicamente, a determinar su estatuto, estructura, programa de actividades y la forma de elegir a sus
representantes, y a funcionar inmediatamente sin ningún requisito legal o administrativo que lo obstaculice o lo impida,
o de intromisiones o injerencias estatales infundadas acerca de sus asuntos internos. Las asociaciones tienen derecho a
la intimidad y la privacidad.
9. No es necesario que las personas formen una entidad jurídica para poder disfrutar y ejercer la libertad de asociación. Las
asociaciones no registradas deben gozar de libertad para desarrollar todas sus actividades, incluyendo el libre ejercicio de organizar
y participar en reuniones pacíficas sin ser objeto de sanciones penales.
10. Las personas tienen derecho a constituir o inscribir una asociación con personalidad jurídica. Los Estados deben proveer los
mecanismos y procedimientos que más lo faciliten. Una simple declaración o notificación para la constitución legal de una asociación
es preferible a un sistema de registro.
11. En un sistema de inscripción o registro, se recomienda que los Estados establezcan un registro único y público, y que los
organismos encargados de la inscripción sean preferiblemente independientes del gobierno y contar con representantes de la
sociedad civil.
12. Los Estados no deben interferir con los asuntos internos de las asociaciones. No debe imponerse como requisito la presencia de
un representante del gobierno en las reuniones de las juntas de administración para que sus decisiones sean válidas.
13. Los criterios, requisitos y plazos para la creación, inscripción y funcionamiento de las asociaciones deben estar escritos en
leyes y no deben aplicarse otros adicionales a los prescritos. Deben ser claros, coherentes, simples, expeditos, apolíticos y de bajo
costo, y no deben impedir, retrasar o limitar la creación o funcionamiento de las asociaciones, y las que los cumplan, deben poder
funcionar inmediatamente como persona jurídica. La apertura de cuentas bancarias debe ser simple, de fácil acceso y de bajo costo.
14. En caso de adoptar nuevas leyes, no debe exigirse la reinscripción de todas las asociaciones ya registradas, a fin de protegerlas
contra denegaciones arbitrarias o la interrupción de sus actividades. Los procedimientos deben ser expeditos para que las
asociaciones puedan cumplir con los nuevos requisitos de inscripción.
Asociación
Libertad
Construcción colectiva nexos estables entre las personas
Articulación actuar de manera organizada
Comunidad vida colectiva o pública
Beneficio colectivo fines comunes
Acción voluntaria
Autonomía unión, compromiso y esfuerzo de sus miembros
Sin presiones ni condicionamientos
Participación Incidencia en políticas públicas
Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales,
sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole.
El ejercicio de tal derecho sólo puede estar sujeto a las
restricciones previstas por la ley que sean
necesarias en una sociedad democrática, en
interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden
públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos
y libertades de los demás.
Libertad de Asociación
Artículo 6
Convención Americana sobre Derechos
Humanos(Pacto de San José)
Respeto / Protección / Satisfacción/ Ejercicio Dimensiones como DDHH
Declaración
Universal de los
DDHH
Art. 20
“Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y
de asociación pacíficas. Nadie podrá ser obligado a
pertenecer a una asociación”.
Pacto de los
Derechos Civiles y
Políticos.
Art. 22
“Toda persona tiene derecho a asociarse libremente
con otras, incluso el derecho a fundar sindicatos y
afiliarse a ellos para la protección de sus intereses”.
Convención
Americana sobre
DDHH.
Art. 16
“Todas las personas tienen derecho a asociarse
libremente con fines ideológicos, religiosos, políticos,
económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos
o de cualquiera otra índole”.
Estándares internacionales
Obligaciones de los Estados
-Permitir el ejercicio pleno del derecho a la libre asociación
-Abstenerse de imponer obstáculos para su ejercicio
-Evitar alterar o desnaturalizar su finalidad
-Proteger ante cualquier amenaza o violación
-Investigar de manera pertinente y oportuna cualquier
violación
-Combatir la impunidad
“Cuando un Estado obstaculiza este derecho por cualquier medio incompatible
con los estándares internacionales, no sólo restringe la libertad de asociación
de las defensoras y defensores, sino también obstruye (…)
el libre ejercicio del derecho a defender los DDHH”
Segundo Informe sobre la Situación de Defensoras y Defensores de DDHH
Comisión Interamericana de DDHH, 2012
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Artículo 52 “Toda persona tiene el derecho de asociarse con fines
lícitos, de conformidad con la ley. El Estado estará
obligado a facilitar el ejercicio de este derecho”.
Artículo 67 “Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho
de asociarse con fines políticos, mediante métodos
democráticos de organización, funcionamiento y
dirección”.
Artículo 132
"Toda persona tiene el deber de cumplir con sus
responsabilidades sociales y de participar
solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del
país, promoviendo y defendiendo los derechos
humanos como fundamento de la convivencia
democrática y de la paz social”.
Marco normativo venezolano
Asociación Amplitud y diversidad
Defensores/as DDHH
Familiares de víctimas
Organizaciones e Instituciones de DDHH
Organizaciones de desarrollo
Organizaciones comunitarias
Organizaciones religiosas
Coaliciones o redes de organizaciones
Sindicatos y gremios
Movimientos sociales
Ciudadanos / Personas asociadas / Asociaciones / Redes / Beneficiarios
La discrecionalidad
del Estado o de
particulares son
contrarias al
derecho
La libre constitución
es la representación
plural de intereses
sociales en la vida
pública
Libertades asociadas
Participación
Acceso a la información
pública
Libertad de
expresión
Defensa de los DDHH
Reunión pacífica
Manifestación
pacífica
Civilis Derechos Humanos
Espacio Público Fenasopadres
Unión Vecinal
Sinergia
Cesap
IPYS Venezuela
Laboratorio de Paz Centro DDHH UCAB
Provea
D. Sociedad Civil
Educación
Participación Ciudadana
D. Poblaciones indígenas
Sistemas Internaciones de DDHH
Manifestación Pacífica
Libertad de Expresión
Algunas asociaciones venezolanas
Tendencias del entorno internacional
Obligaciones de registro / control sobre fines
Injerencias
Influencias indebidas
Obstrucción de labores
Ataques a defensores
Fuente: Civilis Derechos Humanos
Leyes restrictivas
Criminalización del financiamiento
Exclusión de espacios de diálogo con el Estado
Restricciones a otros sectores
Tendencias del entorno internacional
Fuente: Civilis Derechos Humanos
…. y ¿Venezuela?
Venezuela
Condiciones restrictivas
para el ejercicio democrático
Desconocimiento del marco jurídico e
institucional para la protección de los
derechos humanos
Imposición del proyecto de Estado Comunal o del
Poder Popular
Política de Estado dirigida a la reducción sistemática
de toda esfera de expresión, organización y
actuación social autónoma e independiente
Criminalización de las organizaciones de la
sociedad civil y el ejercicio de las
manifestaciones públicas
Políticas de discriminación,
desconocimiento y menoscabo del ejercicio de derechos y libertades
de la población
La ausencia de diálogo y la falta de disposición por parte de las autoridades
del Estado
Informe Comprehensivo: Amenazas y Restricciones a los Derechos Humanos y la
Democracia en Venezuela
Civilis Derechos Humanos
Venezuela
Sociedad y comunidad
organizada Ley del Consejo Federal de Gobierno y su
reglamento
Ley Orgánica del Poder Popular
Organizaciones del Poder
Popular Ley del Poder Popular
Ley de los Consejos Comunales
Ley de las Comunas
Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular
Organizaciones con fines
políticos Ley en Defensa de la Soberanía y
Autodeterminación Nacional
Ley contra la Delincuencia Organizada y el
Terrorismo
Fuente: Civilis Derechos Humanos
Investigación-Acción Análisis Reflexión Acción
Ideas para la investigación en DDHH
Tomar en cuenta los sectores
afectados
Indagación introspectiva y
colectiva
Comprender y mejorar la
racionalidad y la justicia de sus prácticas
sociales o educativas
La Investigación una herramienta para defender Derechos
Humanos
Provea
Ideas para la investigación en DDHH
Insatisfacción con el actual estado de la realidad
Identificación de un área problemática
Determinación de un problema específico a ser resuelto mediante la acción
Formulación de varias presunciones
Evaluación de los efectos de la acción
Ideas para la investigación en DDHH
Desde el Periodismo social
Coloca los temas sociales en la agenda
pública
Suma a la sociedad civil
Se afianza en propuestas
desde estándares
internacionales establecidos
Genera una perspectiva de
DDHH
Fuente: Periodismo Social Alicia Cytryblum
Materiales de Consulta
Informe Comprehensivo: Amenazas y Restricciones a los
Derechos Humanos y la Democracia en Venezuela. Civilis
Derechos Humanos: http://www.civilisac.org/
Segundo Informe sobre la Situación de Defensoras y Defensores
de DDHH, 2012. Comisión Interamericana de DDHH:
http://www.oas.org/es/cidh/defensores/docs/pdf/defensores2011.pdf
Fuente:
Materiales de Consulta
Informe Comprehensivo: Amenazas y Restricciones a los
Derechos Humanos y la Democracia en Venezuela. Civilis
Derechos Humanos: http://www.civilisac.org/
La Investigación una herramienta para defender Derechos
Humanos. Serie Tener derechos no basta. Provea:
http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/folletoinves1.pdf
Rafael Uzcátegui / 5 pasos para investigar en DDHH. Provea:
http://www.derechos.org.ve/2012/11/26/rafael-uzcategui-5-pasos-
para-investigar-en-ddhh/
Rafael Uzcátegui / Comunicación desde los DDHH. Provea:
http://www.derechos.org.ve/2012/06/04/rafael-uzcategui-
comunicacion-desde-los-ddhh/
Fuente: