TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 2
TEMARIO NORMATIVA GENERAL Y SANITARIA COMÚN OPOSICIONES 2017/2018/2019 CONSELLERIA DE SANIDAD ED. 2020 EDITORIAL ENA ISBN: 978-84-122799-6-2
DOCUMENTACIÓN PARA OPOSICIONES DEPÓSITO LEGAL SEGÚN REAL DECRETO 635/2015 PROHIBIDO SU REPRODUCCION TOTAL O PARCIAL SIN PERMISO DE EDITORIAL ENA
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 3
INTRODUCCIÓN: Vamos a desarrollar en este libro los 13 temas (6 + 7) del Temario de la Parte Común solicitado en el
estudio de las oposiciones de consolidación de empleo para la provisión de vacantes funcionarios y
funcionarias de administración especial, dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud
Pública. Este temario corresponde a la parte común que sirve para todas las categorías y
especialidades:
El temario es el siguiente:
Temario Normativa General:
1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales, su garantía y
suspensión. El Tribunal Constitucional. El defensor del pueblo. Reforma de la Constitución. El Estatuto de
Autonomía de la Comunidad Valenciana: La Generalitat. Competencias. Relaciones con el Estado y otras
Comunidades Autónomas. Relaciones con la unión europea. Acción Exterior. Administración local. Economía y
Hacienda. Reforma del Estatuto. Otras instituciones de la Generalitat Valenciana.
2. La Ley de Gobierno Valenciano: El Consell. Relaciones del Consell y Cortes. Administración pública de la
Generalitat Valenciana. Responsabilidad de los miembros del Consell y de la administración Pública de la
Generalitat Valenciana.
3. Plan de Igualdad de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. Ley orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Políticas públicas: Modelos de
decisión. Evaluación de las políticas públicas: indicadores. Ética pública y buen gobierno. La aplicación del
principio de transparencia en la Administración Valenciana y su régimen jurídico. Normativa aplicable en la
Comunitat Valenciana en materia de dependencia y personas con diversidad funcional.
4. Principios básicos de seguridad de la información. Protección de datos de carácter personal. Certificados
electrónicos y firma electrónica. Uso seguro de medios tecnológicos.
5. Puesto de trabajo: conceptos básicos del ordenador, sistema operativo y periféricos. Dispositivos móviles.
6. Herramientas ofimáticas del puesto de trabajo. Tratamientos de texto. Hojas de cálculo. Internet y
herramientas de colaboración.
Temario normativa sanitaria común para todas las categorías y especialidades:
1. Normativa reguladora de la cartera de servicios comunes al Sistema Nacional de Salud y el procedimiento de
actualización.
2. Ley de Salud de la Comunitat Valenciana. Reglamento sobre estructura, organización y funcionamiento de la
atención sanitaria en la Comunitat Valenciana.
3. Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
4. Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.
5. Reglamento de selección y provisión de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias públicas del
Sistema Valenciano de Salud.
6. Jornada y horarios de trabajo, permisos, licencias, vacaciones del personal al servicio de las Instituciones
Sanitarias de la Generalitat Valenciana. Condiciones del régimen de ausencias al trabajo por enfermedad o
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 4
accidente que no dan lugar a deducción de retribuciones. Retribuciones de personal sanitario. Carrera profesional
y desarrollo profesional en el ámbito de las instituciones sanitarias.
7. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 5
INDICE:
Temario Normativa General:
1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales, su garantía y
suspensión. El Tribunal Constitucional. El defensor del pueblo. Reforma de la Constitución. El Estatuto de
Autonomía de la Comunidad Valenciana: La Generalitat. Competencias. Relaciones con el Estado y otras
Comunidades Autónomas. Relaciones con la unión europea. Acción Exterior. Administración local. Economía y
Hacienda. Reforma del Estatuto. Otras instituciones de la Generalitat Valenciana……………………………….págs. 6 a 45
2. La Ley de Gobierno Valenciano: El Consell. Relaciones del Consell y Cortes. Administración pública de la
Generalitat Valenciana. Responsabilidad de los miembros del Consell y de la administración Pública de la
Generalitat Valenciana………………………………………………………………………………………………………………………..págs. 46 a 54
3. Plan de Igualdad de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. Ley orgánica 1/2004, de 28 de
diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Políticas públicas: Modelos de
decisión. Evaluación de las políticas públicas: indicadores. Ética pública y buen gobierno. La aplicación del
principio de transparencia en la Administración Valenciana y su régimen jurídico. Normativa aplicable en la
Comunitat Valenciana en materia de dependencia y personas con diversidad funcional…………….…….págs. 55 a 147
4. Principios básicos de seguridad de la información. Protección de datos de carácter personal. Certificados
electrónicos y firma electrónica. Uso seguro de medios tecnológicos………………………………………………págs. 148 a 177
5. Puesto de trabajo: conceptos básicos del ordenador, sistema operativo y periféricos. Dispositivos
móviles…………………………………………………………………………………………………………………………………………….págs. 178 a 190
6. Herramientas ofimáticas del puesto de trabajo. Tratamientos de texto. Hojas de cálculo. Internet y
herramientas de colaboración…………………………………………………………………………………………………..…….págs. 191 a 295
Temario normativa sanitaria común para todas las categorías y especialidades:
1. Normativa reguladora de la cartera de servicios comunes al Sistema Nacional de Salud y el procedimiento de
actualización……………………………………………………………………………………………………………………………..…….págs. 296 a 304
2. Ley de Salud de la Comunitat Valenciana. Reglamento sobre estructura, organización y funcionamiento de la
atención sanitaria en la Comunitat Valenciana……………………………………………………………………………….págs. 305 a 387
3. Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público……………………………………………………………………………………………………………………………………………págs. 388 a 475
4. Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública……………págs. 476 a 482
5. Reglamento de selección y provisión de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias públicas del
Sistema Valenciano de Salud…………………………………………………………………………………………………………..págs. 483 a 525
6. Jornada y horarios de trabajo, permisos, licencias, vacaciones del personal al servicio de las Instituciones
Sanitarias de la Generalitat Valenciana. Condiciones del régimen de ausencias al trabajo por enfermedad o
accidente que no dan lugar a deducción de retribuciones. Retribuciones de personal sanitario. Carrera profesional
y desarrollo profesional en el ámbito de las instituciones sanitarias……………………………………………….págs. 526 a 569
7. Ley de Prevención de Riesgos Laborales………………………………………………………………………………………págs. 570 a 608
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 6
Temario Normativa General:
1. La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes
fundamentales, su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. El defensor del
pueblo. Reforma de la Constitución. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad
Valenciana: La Generalitat. Competencias. Relaciones con el Estado y otras
Comunidades Autónomas. Relaciones con la unión europea. Acción Exterior.
Administración local. Economía y Hacienda. Reforma del Estatuto. Otras instituciones
de la Generalitat Valenciana.
Vamos a dividir este primer tema en dos apartados:
1.1.- LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
1.2.- EL ESTATUTO DE AUTONOMIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
1.1.- LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA:
1.1.1.- ESTRUCTURA Y CONTENIDO DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978:
Estructura y contenido de la Constitución Española
La Constitución se puede dividir en dos partes:
La parte dogmática: es la que abarca el Título Preliminar y el Título I, y reconoce los principios constitucionales del
ordenamiento político del Estado. Esta parte designa todos aquellos artículos que enuncian los principios básicos
y los valores reconocidos en la Constitución. Es decir, contiene los preceptos que formulan los principios básicos,
derechos y libertades de los ciudadanos. Los derechos tienen eficacia jurídica directa, vinculan a los poderes
públicos y son directamente tutelables por los Tribunales.
La parte orgánica: del Título II al X, la organización de los poderes y del territorio. Establece el número,
composición y funcionamiento de los principales órganos del Estado y las competencias de cada uno de ellos.
La constitución española está compuesta por 1 preámbulo, 1 Título Preliminar y 10 títulos, 169 artículos que se
estructuran de la siguiente forma:
Título Preliminar (artículos 1 al 9).
Título 1: De los derechos y deberes fundamentales (10 al 55).
o Capítulo 1: De los españoles y extranjeros (11 al 13).
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2. La Ley de Gobierno Valenciano: El Consell. Relaciones del Consell y Cortes.
Administración pública de la Generalitat Valenciana. Responsabilidad de los miembros
del Consell y de la administración Pública de la Generalitat Valenciana.
ESTRUCTURA DE LA LEY:
Esta norma pasa a denominarse "Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell", según establece el art. 4.1 de la
Ley 12/2007, de 20 de marzo. Ref. BOE-A-2007-8281.
Preámbulo
TÍTULO I. Del President de la Generalitat
CAPÍTULO I. De la elección y el estatuto personal
Art. 1 al 9.
CAPÍTULO II. De las atribuciones del President
Art. 10.
Art. 11.
Art. 12.
TÍTULO II. Del Consell
CAPÍTULO I. Del Consell y su composición
Art. 13.
Art. 14.
Art. 15.
CAPÍTULO II. De las atribuciones del Consell
Art. 16 al 21.
CAPÍTULO III. Del funcionamiento del Consell
Art. 22 al 26.
CAPÍTULO IV. De la Conselleria y de los Consellers
Art. 27.
Art. 28.
CAPÍTULO V. Del Estatuto personal de los Consellers
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 55
3. Plan de Igualdad de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública. Ley orgánica
1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de
Género. Políticas públicas: Modelos de decisión. Evaluación de las políticas públicas:
indicadores. Ética pública y buen gobierno. La aplicación del principio de transparencia
en la Administración Valenciana y su régimen jurídico. Normativa aplicable en la
Comunitat Valenciana en materia de dependencia y personas con diversidad funcional.
Este tema tiene diversos apartados a estudiar. En primer lugar vamos a ver el I Plan de Igualdad de la Generalitat
Valenciana y la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública:
I PLAN DE IGUALDAD 2016-2019
CONSELLERIA DE SANITAT UNIVERSAL Y SALUT PUBLICA
GENERALITAT VALENCIANA
Coordinación:
Unidad de Igualdad. Subdirección General del Gabinete Técnico
Elaborado por:
Comisión de Igualdad de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
Edita: Generalitat. Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública
de la presente edición: Generalitat, 2016
de los textos: La Comisión de Igualdad 1ª edición. Edición on line
INDICE
PRESENTACIÓN
1. NUESTRO COMPROMISO
2. MARCO NORMATIVO
3. COMPOSICIÓN Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE IGUALDAD
4. ÁMBITO DE APLICACIÓN
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 148
4. Principios básicos de seguridad de la información. Protección de datos de carácter
personal. Certificados electrónicos y firma electrónica. Uso seguro de medios
tecnológicos.
1ª PARTE:
Primero tenemos que hablar de los “principios básicos de seguridad de la información”, para ello debemos explicar
que la seguridad de la información se basa en tres principios fundamentales:
CONFIDENCIALIDAD: Significa que la información solo la va a usar las personas autorizadas a acceder a esa
información.
INTEGRIDAD: Significa que no está autorizado el cambio de la información facilitada por parte de un usuario no
autorizado y los cambios autorizados son registrados y rastreados.
DISPONIBILIDAD: significa que la información solamente es accesible cuando lo autorice el usuario de esa
información.
Para poder garantizar esta seguridad a la información, el Estado público en el BOE la ORDEN JUS/1293/2017 el 14
de diciembre, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información en el ámbito de la Administración
electrónica. La explicación de todas las leyes vinculadas y del funcionamiento de esta ORDEN la tenemos en su
preámbulo, el cual dice así:
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que las Administraciones
Públicas se relacionarán entre sí y con sus órganos, organismos públicos y entidades vinculados o dependientes a
través de medios electrónicos. Dichos medios deben asegurar la interoperabilidad y seguridad de los sistemas y
soluciones adoptadas, garantizarán la protección de los datos de carácter personal y facilitarán preferentemente la
prestación conjunta de servicios a los interesados. En este sentido, el artículo 156 de la citada Ley 40/2015, de 1 de
octubre, regula el Esquema Nacional de Seguridad.
Por su parte, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, recoge en su artículo 13 sobre derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones
Públicas, el relativo a la protección de datos de carácter personal y, en particular, a la seguridad y confidencialidad
de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas.
El Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la
Administración Electrónica, modificado parcialmente por el Real Decreto 951/2015, de 23 de octubre, tiene por
objeto determinar la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos en su ámbito de aplicación, sus
principios básicos y los requisitos mínimos que permitan una protección adecuada de la información.
El artículo 11 del citado Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, exige que todos los órganos superiores de las
Administraciones públicas dispongan formalmente de su política de seguridad, que se aprobará por el titular del
órgano superior correspondiente. Esta política de seguridad se establecerá con base en los principios básicos
recogidos en el capítulo II de la propia norma (seguridad integral, gestión de riesgos, prevención, reacción y
recuperación, líneas de defensa, reevaluación periódica, y función diferenciada) y desarrollará una serie de
requisitos mínimos consignados en el ya mencionado artículo 11.1.
La presente Orden, por tanto, tiene la finalidad de aprobar la Política de Seguridad de la Información del Ministerio
de Justicia, así como establecer la estructura organizativa para definirla, implantarla y gestionarla.
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 178
5. Puesto de trabajo: conceptos básicos del ordenador, sistema operativo y periféricos.
Dispositivos móviles.
SISTEMAS OPERATIVOS - PERIFERICOS - CONCEPTOS BASICOS DEL ORDENADOR - DISPOSITIVOS MOVILES:
La informática es una Ciencia que estudia el Tratamiento automático de la Información. Su nombre
proviene de otras dos palabras: Información y Automática.
La información son los datos y el tratamiento automático de ellos, se hace mediante sistemas
informáticos que son los llamados Ordenadores o Computadoras. Estos ordenadores deben tener la
facilidad de introducir los datos en ellos y mediante unas instrucciones internar, poder gestionar estos
datos, transformarlos, tratarlos, enviarlos, etc.
Hardware y software:
Todo sistema informático u ordenadores se dividen en dos partes: el hardware y el software.
Se define al hardware (como su nombre en inglés significa: parte dura) como el conjunto de elementos
físicos (el monitor, el teclado, la impresora) y al software como los elementos intangibles (sistema
operativo, aplicaciones, documentos, etc.).
El hardware, por su parte, se divide en dos grupos:
- la CPU (o unidad de proceso central, que se encarga de controlar todo lo que ocurre en el ordenador) y
los diferentes elementos que, junto a ella, se encuentran dentro de la caja (memoria RAM, tarjetas de
sonido, de video, de red y módem interno).
- los periféricos que pueden ser de entrada (se emplean para introducir información al ordenador, como
el teclado, el ratón o el escáner) o de salida (a través de los mismos, el ordenador nos devuelve la
información, p.e., la impresora o el monitor).
La memoria RAM y ROM:
El ordenador maneja dos tipos de memoria:
- la memoria ROM (Read Only Memory o memoria de sólo lectura), en la que están almacenadas las
instrucciones básicas del procesador. El contenido de esta memoria es indeleble y no se pierde cuando
apagamos el ordenador.
- la memoria RAM (Random Access Memory o memoria de acceso aleatorio), en la que el ordenador
almacena temporalmente los datos que necesita para trabajar. El contenido de esta memoria se borra al
apagar el ordenador.
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 191
6. Herramientas ofimáticas del puesto de trabajo. Tratamientos de texto. Hojas de
cálculo. Internet y herramientas de colaboración.
HERRAMIENTAS OFIMATICAS:
Las herramientas ofimáticas son las que nos ayudan en el día a día a nivel informático, a poder desarrollar nuestro
trabajo fácilmente. Hoy en día, al estar todo informatizado, es preciso y necesario conocer bien nuestro entorno
laboral y utilizar estas herramientas a la perfección.
Las herramientas más conocidas son: los procesadores de texto, hoja de cálculo, presentaciones, agenda
electrónica, correo electrónico y bases de datos. En el mercado hay varias marcas que comercializan estas
herramientas ofimáticas denominadas PAQUETES DE PROGRAMAS, también conocidos como SUITES DE OFICINA
U OFIMÁTICA.
La ofimática es el conjunto de técnicas, programas y herramientas informáticas que se usan en el trabajo de
oficina para optimizar, automatizar y mejorar los procedimientos o tareas relacionados. Estas permiten crear,
guardar, transmitir y manipular toda la información necesaria en una oficina.
La ofimática comenzó a crearse en los años 70, con la imposición de los equipos de oficina que comenzaron a
incluir microprocesadores, como por ejemplo, se empezó a dejar la máquina de escribir y sustituirlo por
computadoras con procesadores de texto, e incluso el dictado por voz automatizado.
Microsoft como empresa de creación del sistema operativo Windows, también crea aplicaciones que son
exclusivas para utilizar junto con su sistema operativo.
Uno de ellos y el más usado es el Microsoft Office, el cual es un paquete de programas integrados que ofrece
todas las herramientas necesarias para trabajar. Este paquete incluye un procesador de textos Word, una hoja de
cálculo Excel, un editor de presentaciones Power Point, una base de datos Access y una herramienta de correo
electrónico Outlook. Según van pasando los años, se actualiza el sistema operativo y se va actualizando también
el paquete Office.
PROCESADOR DE TEXTO : WORD
PRINCIPALES FUNCIONES Y UTILIDADES DE WORD:
La función principal es la editar texto, e incluye una gran cantidad de herramientas y funciones para poder editar
el texto y modificarlo según nuestras necesidades. El Word te permite crear cartas, publicidad, informes,
memorándums, una tesis, un manual, un folleto o incluso una agenda o calendario, crear páginas web, realizar
gráficos, diseños profesionales e introducir imágenes.
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 296
Temario normativa sanitaria común para todas las categorías y especialidades:
1. Normativa reguladora de la cartera de servicios comunes al Sistema Nacional de
Salud y el procedimiento de actualización.
Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del
Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
ESTRUCTURA:
Artículo 1. Objeto de la norma.
Artículo 2. Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
Artículo 3. Características de la cartera de servicios comunes.
Artículo 4. Personal y centros autorizados.
Artículo 5. Criterios y requisitos.
Artículo 6. Contenido de la cartera de servicios comunes.
Artículo 7. Actualización de la cartera de servicios comunes.
Artículo 8. Procedimiento de actualización de la cartera de servicios comunes.
Artículo 9. Comisión de prestaciones, aseguramiento y financiación.
Artículo 10. Servicios de información a los usuarios del Sistema Nacional de Salud.
Artículo 11. Cartera de servicios complementaria de las comunidades autónomas.
Artículo 12. Sistema de información sobre cartera de servicios.
Artículo 1. Objeto de la norma.
Los objetivos de este real decreto, con el fin de garantizar la equidad y la accesibilidad a una adecuada atención
sanitaria en el Sistema Nacional de Salud, son:
1. Establecer el contenido de la cartera de servicios comunes de las prestaciones sanitarias de salud pública,
atención primaria, atención especializada, atención de urgencia, prestación farmacéutica, ortoprotésica, de
productos dietéticos y de transporte sanitario.
2. Fijar las bases del procedimiento para la actualización de la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional
de Salud.
Artículo 2. Cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 305
2. Ley de Salud de la Comunitat Valenciana. Reglamento sobre estructura, organización
y funcionamiento de la atención sanitaria en la Comunitat Valenciana.
Este tema tiene dos normativas que estudiar, la primera es la Ley de Salud de la Comunitat Valenciana:
Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana.
ESTRUCTURA:
Preámbulo
TÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO I. Objeto
Artículo 1. Objeto de la ley.
Artículo 2. Actuaciones de la Generalitat.
CAPÍTULO II. Principios y definiciones
Artículo 3. Principios rectores.
Artículo 4. Definiciones.
CAPÍTULO III. Atención farmacoterapéutica integral
Artículo 4 bis. Equidad farmacoterapéutica.
Artículo 4 ter. Uso racional y armonizado del medicamento.
CAPÍTULO IV
Artículo 4 quater.
Artículo 4 quinquies. Atención a la salud mental.
Artículo 4 sexies. Actuaciones en salud mental.
TÍTULO II. Competencias de la Generalitat y de las entidades locales
Artículo 5. Competencias de la Generalitat.
Artículo 6. Competencias de las entidades locales.
TÍTULO III. El Sistema Valenciano de Salud
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 7. Configuración del Sistema Valenciano de Salud.
Artículo 8. Actuaciones del Sistema Valenciano de Salud.
Artículo 9. Cartera de servicios del Sistema Valenciano de Salud.
Artículo 10. Garantía de calidad y seguridad.
Artículo 11. Garantía de no demora en la asistencia.
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 388
3. Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público.
En este tema también se desarrollan dos normativas, esta vez, referentes al personal funcionario:
Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
ESTRUCTURA:
Preámbulo
CAPÍTULO I. Normas generales
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Normas sobre personal estatutario.
Artículo 4. Principios y criterios de ordenación del régimen estatutario.
CAPÍTULO II. Clasificación del personal estatutario
Artículo 5. Criterios de clasificación del personal estatutario.
Artículo 6. Personal estatutario sanitario.
Artículo 7. Personal estatutario de gestión y servicios.
Artículo 8. Personal estatutario fijo.
Artículo 9. Personal estatutario temporal.
CAPÍTULO III. Planificación y ordenación del personal
Artículo 10. Principios generales.
Artículo 11. Foro Marco para el Diálogo Social.
Artículo 12. Planificación de recursos humanos.
Artículo 13. Planes de ordenación de recursos humanos.
Artículo 14. Ordenación del personal estatutario.
Artículo 15. Creación, modificación y supresión de categorías.
Artículo 16. Registros de personal.
CAPÍTULO IV. Derechos y deberes
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 476
b) Estudiar y analizar los proyectos de legislación básica en materia de empleo público, así como emitir informe
sobre cualquier otro proyecto normativo que las Administraciones Públicas le presenten.
c) Elaborar estudios e informes sobre el empleo público. Dichos estudios e informes se remitirán a las
organizaciones sindicales presentes en la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.
3. Componen la Comisión de Coordinación del Empleo Público los titulares de aquellos órganos directivos de la
política de recursos humanos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las
comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, y los representantes de la Administración Local
designados por la Federación Española de Municipios y Provincias, como asociación de entidades locales de
ámbito estatal con mayor implantación, en los términos que se determinen reglamentariamente, previa consulta
con las comunidades autónomas.
4. La Comisión de Coordinación del Empleo Público elaborará sus propias normas de organización y
funcionamiento.
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 483
5. Reglamento de selección y provisión de personal estatutario al servicio de
instituciones sanitarias públicas del Sistema Valenciano de Salud.
DECRETO 192/2017, de 1 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección y provisión de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias públicas del Sistema Valenciano de Salud.
DECRETO Artículo único Se aprueba el reglamento de selección y provisión de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias públicas del sistema valenciano de salud, que se inserta como anexo. Disposición derogatoria Única A la entrada en vigor de este decreto quedan derogadas las siguientes normas: 1. Decreto 7/2003, de 28 de enero, del Consell, por el cual se aprueba el Reglamento de selección y provisión de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat. 2. Cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en este decreto. Disposiciones finales Primera. Personal funcionario gestionado por la Conselleria competente en materia de sanidad En la materia objeto de este decreto, será de aplicación al personal funcionario gestionado por la Conselleria competente en materia de sanidad el desarrollo reglamentario específico de la ley de ordenación de la función pública valenciana que se realice para dicho personal. En ausencia de este, se aplicará el desarrollo reglamentario establecido para el resto de personal funcionario de la Administración de la Generalitat y, subsidiariamente, en lo que no disponga uno u otro, lo establecido en el presente decreto. No obstante, para la selección de personal con vinculación de carácter temporal, se aplicará al personal funcionario interino gestionado por la Conselleria competente en materia de sanidad lo dispuesto en la sección III, capítulo II, del título I de este reglamento. Segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario Se faculta a la persona titular de la Conselleria competente en materia de sanidad para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en este decreto. Tercera. Entrada en vigor Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 526
6. Jornada y horarios de trabajo, permisos, licencias, vacaciones del personal al servicio
de las Instituciones Sanitarias de la Generalitat Valenciana. Condiciones del régimen de
ausencias al trabajo por enfermedad o accidente que no dan lugar a deducción de
retribuciones. Retribuciones de personal sanitario. Carrera profesional y desarrollo
profesional en el ámbito de las instituciones sanitarias.
En este tema vamos a estudia un total de cuatro Decretos de la Generalitat Valenciana. El primero es el Decreto
137/2003, el cual ha estado modificado por el Decreto 38/2016, en el que se modificaban algunos artículos del
primer decreto, por lo tanto, vamos a estudiar el Decreto 137/2003 que todavía está en vigor, pero con las
modificaciones posteriores:
DECRETO 137/2003, de 18 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que regula la jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Generalitat dependientes de la Conselleria de Sanidad.
MODIFICADO POR EL DECRETO 38/2016, de 8 de abril, del Consell, por el que se modifica el Decreto 137/2003, de
18 de julio, por el que se regula la jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal al
servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat dependientes de la Conselleria de Sanitat. [2016/2481]
DECRETO 137/2003, de 18 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que regula la jornada y horario de trabajo,
permisos, licencias y vacaciones del personal al servicio de las Instituciones Sanitarias de la Generalitat
dependientes de la Conselleria de Sanidad. [2003/X8723]
DECRETO
Capítulo I: Ámbito de aplicación
Artículo 1. Ámbito de aplicación
El presente decreto será de aplicación a todo el personal, cualquiera sea la naturaleza de su relación de empleo,
que se halle adscrito o dependa de Instituciones Sanitarias de la Generalitat dependientes de la Conselleria de
Sanidad, en las que se incluyen tanto las de atención primaria como especializada, las Áreas de Salud, los Centros
de Salud Pública y las respectivas unidades de dirección y gestión, así como los dispositivos de atención sanitaria
urgente y el Centro de Transfusiones de la Comunidad Valenciana, y cualquier otra unidad o servicio que,
integrado en el dispositivo sanitario público, guarde dependencia orgánica y funcional de la Conselleria de
Sanidad. No será de aplicación al personal destinado en Servicios Centrales y Direcciones Territoriales de la
Conselleria de Sanidad.
Capítulo II: Jornada de trabajo
Artículo 2. Personal de Atención Primaria, Especializada y Centro de Transfusiones
2.1. El tiempo de trabajo del personal dependiente de instituciones de Atención Primaria y Especializada, así
como del Centro de Transfusiones, se cumplirá en jornada ordinaria de treinta y siete horas y veinte minutos
TEMARIO PARTE COMÚN CONSELLERÍA DE SANIDAD ED.2020 570
7. Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
ESTRUCTURA:
Preámbulo
CAPÍTULO I. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones
Artículo 1. Normativa sobre prevención de riesgos laborales.
Artículo 2. Objeto y carácter de la norma.
Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Artículo 4. Definiciones.
CAPÍTULO II. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo
Artículo 5. Objetivos de la política.
Artículo 6. Normas reglamentarias.
Artículo 7. Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia laboral.
Artículo 8. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Artículo 9. Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 10. Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria.
Artículo 11. Coordinación administrativa.
Artículo 12. Participación de empresarios y trabajadores.
Artículo 13. Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
CAPÍTULO III. Derechos y obligaciones
Artículo 14. Derecho a la protección frente a los riesgos laborales.
Artículo 15. Principios de la acción preventiva.
Artículo 16. Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad
preventiva
Artículo 17. Equipos de trabajo y medios de protección.
Artículo 18. Información, consulta y participación de los trabajadores.
Artículo 19. Formación de los trabajadores.
Artículo 20. Medidas de emergencia.
Artículo 21. Riesgo grave e inminente.
Artículo 22. Vigilancia de la salud.
Artículo 23. Documentación.