Date post: | 08-Mar-2016 |
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GUÍA PARA LA CREACIÓN DE UN PLAN DE EMERGENCIA EN ARCHIVOS CLÍNICOS. EL CASO PRÁCTICO DEL ARCHIVO CLÍNICO DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO MIGUEL SERVET DE ZARAGOZA
Sara Morrás Sesma
Proyecto fin de Master
Tutor: Dr. D. Jesús Tramullas Saz y Dr. D. Miguel Moreno Vernis
Master en Gestión de Unidades y Servicios de Información y Documentación. Curso 2008-2010
Departamento de Ciencias de la Documentación e Historia de la Ciencia.
Universidad de Zaragoza. Facultad de Filosofía y Letras
Septiembre de 2010
Universidad de Zaragoza
Facultad de Filosofía y Letras
Departamento de Ciencias de la Documentación e Historia de la Ciencia
Guía para la creación de un plan de emergencia en Archivos Clínicos. El caso práctico
del Archivo Clínico del Hospital Universitario Miguel Servet de Zaragoza por Sara
Morrás Sesma correspondiente al Proyecto fin de Master o Tesis de Maestría del
programa del Master de Gestión de Unidades y Servicios de Información y
Documentación. Curso 2008-2010
Tutores: Dr. D. Jesús Tramullas Saz y Dr. D.Miguel Moreno Vernis
Agradecimientos:
En este breve espacio quiero mostrar mi agradecimiento a:
Miguel Moreno Vernis, tutor del proyecto, ya que sin su supervisión no hubiera
sido posible la realización de este proyecto. Gracias por confiar en mí y apoyarme
durante todo el proceso, ha sido un verdadero placer trabajar contigo.
Jesús Tramullas Sanz, tutor del proyecto y coordinador del Master, que me ha
ayudado en cada momento, a superar las diversas adversidades que se han ido
planteando.
El Servicio de Documentación Clínica del Hospital Miguel Servet, que durante
mi estancia en prácticas me han mostrado su apoyo, por lo que ha sido un verdadero
placer poder trabajar con dicho equipo.
Fernando Mikelarena Peña, quien ha supervisado la primera línea de
investigación “Legislación sobre la conservación de la historia clínica”, por sus consejos
y sus correcciones.
Mª Adelaida Allo Manero que gracias a sus enseñanzas durante la Diplomatura y
el Master han hecho que mostrase interés por la conservación y me decantase por el
desarrollo de esta guía.
Los compañeros del Master que me han mantenido informada puntualmente de
la evolución de los acontecimientos y siempre me han dado ánimos para continuar
adelante.
A mi familia, amigos y a mi pareja que han hecho posible que pudiese continuar
formándome y me han dado fuerzas para continuar adelante cuando más lo necesitaba.
“Mejor es prevenir que curar”.
Erasmo de Rotterdam
I
SUMARIO Presentación...................................................................................................................... 1 Objetivos........................................................................................................................... 3 Justificación ...................................................................................................................... 4 Metodología...................................................................................................................... 5 Fases de la planificación, diseño e implantación del proyecto......................................... 7
Fase 1: Evaluación del Archivo................................................................................ 7 Fase 2: Creación de un Comité de Desastres............................................................ 9 Fase 3: Plan de conservación.................................................................................... 9 Desarrollo de las fases ............................................................................................ 10
Fase 1: Evaluación del Archivo en el que se deberán realizar las siguientes acciones. ............................................................................................................. 10 Fase 2: Creación de un Comité de Desastres...................................................... 26 Fase 3: Plan de conservación.............................................................................. 30
Conclusión...................................................................................................................... 33 Anexo I ........................................................................................................................... 34
Legislación sobre conservación en archivos clínicos ................................................. 34 Introducción........................................................................................................ 35 Legislación estatal .............................................................................................. 39 Legislación autonómica...................................................................................... 47 Bibliografía......................................................................................................... 70
Anexo II.......................................................................................................................... 72
El caso práctico del Hospital Universitario Miguel Servet ........................................ 72 Introducción............................................................................................................ 74 Fase 1 - Documentos de trabajo ............................................................................. 76
A.Información Institucional................................................................................ 76 B.Servicios necesarios en una emergencia ......................................................... 78 C.Equipos para emergencias existentes en la institución ................................. 101 D.Lista de verificación semanal ....................................................................... 103
Intervenciones de Emergencia.............................................................................. 104 Documentos muy húmedos o muy mojados..................................................... 107 Documentos poco mojados o simplemente húmedos....................................... 107 Cómo secar las historias clínicas (soporte papel)............................................. 108
Anexo I ................................................................................................................. 110 Anexo II................................................................................................................ 120
Bibliografía............................................................................................................... 123 Bibliografía específica para el diseño y planificación de un plan de desastres........ 126
1
Presentación
En la sociedad de la información del siglo XXI, los archivos se encuentran
amenazados por un problema de deterioro y pérdida de las colecciones. Muchos de estos
son debidos a la falta de unas instalaciones adecuadas, a la exposición de los
documentos a riesgos innecesarios y a otras muchas causas que hacen que parte de la
documentación o en los peores casos toda ella se pierda.
En materia de conservación en España, se han empezado a dar ciertos pasos en
lo que se refiere a planificación de catástrofes, sin embargo, no existen realmente
legislación específica que integre la conservación preventiva, lo que explica también el
poco interés demostrado por los gestores de dicho patrimonio por la adecuada
conservación del mismo. La incorporación de personal técnico (conservadores y
restauradores) con formación en conservación ha contribuido a mejorar algo la situación
en los últimos años.
El coste de una conservación profesional como forma de rectificar estos
problemas requiere una inversión económica muy alta, algo que la mayoría de archivos
tanto de titularidad pública como privada no pueden afrontar. Pero los daños se pueden
minimizar con un programa de conservación preventiva adecuado a nuestra institución.
La misión fundamental de una institución sanitaria es el prestar los cuidados de
salud que los ciudadanos requieren en cada momento, asegurando a los pacientes y
familiares la adopción de todos los medios a nuestro alcance para disminuir al máximo
los riesgos derivados de nuestra propia actuación. Las situaciones de emergencia, son
especialmente preocupantes en los grandes centros hospitalarios, por las características
de su construcción, acumulación de materiales y zonas de riesgo y sobre todo por la
incapacidad de los pacientes para ser autónomos ante cualquier incidencia que se
produzca.
Con esta guía se tratará de realizar un nuevo Plan de emergencia ante desastres
que buscará transmitir a los profesionales del archivo las pautas de actuación para
planificarse ante una emergencia u catástrofe. Aunque en este proyecto sólo
desarrollaremos la Fase 1: Evaluación del Archivo, para que posteriormente se
2
desarrollen las siguientes fases: Creación de un Comité de Desastres y Digitalización de
los fondos.
3
Objetivos
Con esta guía se trata de erradicar prácticas o situaciones potencialmente
peligrosas en los archivos clínicos, previniendo la aparición de desastres evitables. Pero
en el caso que se provoque cualquier incidencia de mayor o menor magnitud se tratará
de minimizar los daños producidos tanto en las personas como en la colección. Con
ello se tratará de reducir considerablemente los gastos en la reparación de los materiales
dañados, es decir, en los equipos, mobiliario e infraestructura, por lo que se garantizará
el acceso para el uso asistencial de la información con la mayor brevedad posible.
Identificando los riesgos en la Fase 1 y desarrollándolos en las diversas Hojas de
trabajo podremos iniciar nuestro proyecto para la creación de la futura Guía.
Estos objetivos tienen que cumplirse de acuerdo a la legislación vigente que
quedará recogida posteriormente en el Anexo I sobre conservación de la Historia
Clínica.
4
Justificación
La Ley General de Sanidad1 reconoce el derecho del paciente a que quede
constancia por escrito de todo su proceso, en una historia clínica, dependiendo de cada
Comunidad Autónoma su conservación es de menor o mayor duración. Con
posterioridad fue aprobada la Ley 41/20022 en la que se establece que “los centros
sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación clínica en condiciones
que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad”.
La implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones en
los últimos años por los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas, ha dotado
a usuarios y profesionales de sistemas y aplicaciones que han facilitado a ambos
colectivos el acceso a una información de calidad sobre la salud individual, al servicio
de una atención sanitaria de calidad creciente. El Ministerio de Sanidad a través de
varios proyectos desarrollados con las Comunidades Autónomas, esta tratando de
instaurar la historia clínica digital dentro del Sistema Nacional de Salud, ya que es una
necesidad percibida por todos los agentes interesados en este proceso, que las
funcionalidades esenciales no queden circunscritas al ámbito de cada Comunidad
Autónoma, sino que se extiendan más allá de ellas, acompañando a los ciudadanos en
sus desplazamientos por todo el territorio nacional e incluso fuera de él, en los países de
nuestro entorno.
En este contexto de cambio queremos presentar esta guía para la creación de un
plan de emergencia para archivos clínicos, porque a pesar de las nuevas tecnologías en
la mayoría de los archivos se sigue conservando la documentación en soporte
tradicional y tardará años en desaparecer. Además como valor añadido en esta guía se
ha incorporado un apartado que recoge la legislación estatal básica y de obligado
cumplimiento para todas las Comunidades Autónomas, junto a la desarrollada por éstas.
1España. Ley 14/1986 de 25 de Abril General de Sanidad. 2 España. Ley 41/2002 Básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica
5
Metodología
La guía para el Plan estará basada en los puntos guías de la Hoja de trabajo para
esbozar un plan de desastre que aparecen recogida en El manual de preservación de
bibliotecas y archivos del Northeast Document Conservation Center3 y el Manual de
planificación y prevención de desastres en archivos y bibliotecas4 con ambos se
elaborará un estudio de riesgos respondiendo a las diferentes cuestiones que ambos
proponen. La finalidad de recopilar los datos a través de dichas Hojas es evaluar la
situación del archivo y los riesgos a través de la siguiente metodología propuesta en
dicho manual. Se representa un escenario en el que puedan interaccionar las diferentes
fuentes de peligro con los distintos elementos que componen el archivo, teniendo en
cuenta las características de éste. El objetivo de la evaluación de los posibles riesgos es
la cuantificación de la probabilidad (frecuencia) y de la intensidad (gravedad) con que
se pueden producir los efectos dañinos. Técnicamente la expresión del valor de riesgo
viene definida por la ecuación: R = P x I; en la que R = valor del riego, P = coeficiente
de probabilidad, y I = coeficiente de intensidad promedio. Para la evaluación de riesgos
utilizaremos el Método de Evaluación de Riesgos en Archivos, MERA, con las escalas
de valoración pertinentes.
Una vez evaluados los riesgos y tras haber estudiado los resultados de acuerdo a
la normativa internacional se procederá a la redacción de dicho plan que deberá
contener lo siguiente elementos para que una recuperación de emergencia sea
satisfactoria:
− Respuesta inicial oportuna
− Plan detallado frente a desastres
− Personal capacitado
− Administración comprometida
− Comunicación eficaz
− Decisiones rápidas e informadas
3 OGDEN, Sherelyn. Manual de preservación de bibliotecas y archivos del Northeast Document Conservation Center [En línea]. Santiago de Chile: DIBAM, 2000. 370 p. [Consulta 14-12-2009] URL <www.nedcc.org/resources/downloadas/spplam3.pdf> 4 SANCHEZ HERNAMPÉREZ, Arsenio. Manual de planificación y prevención de desastres en archivos y bibliotecas. Madrid : Fundación Histórica Tavera|, Fundación MAPFRE Estudios, 2000. 111 p. ISBN 8489763828.
6
Y deberá estar estructurado en seis áreas:
• Evaluación de riesgos
• Sistema de comunicaciones
• Formación de los trabajadores
• Elaboración del manual de prevención de desastres
• Abastecimiento de materiales
• Cooperación con agentes locales, regionales y nacionales
Nuestra programa de siniestros, desastres o catástrofes va dirigido a la prevención,
salvamento y recuperación de la documentación y se pondrá en marcha sólo cuando la
seguridad de las personas esté totalmente asegurada y el desastre haya sido controlado.
7
Fases de la planificación, diseño e implantación del proyecto
Fase 1: Evaluación del Archivo
La evaluación del archivo se realizará a través de las Hojas de trabajo en las que se
deberán realizar las siguientes acciones:
• Marcar y señalizar las características del medio físico y geográfico en que se
encuentra ubicada la institución, las variables de clima, su condición de zona
sísmica, su propensión a inundaciones por vecindad a crecidas de ríos no
canalizados, y otras que pudieran comprometer la integridad de la institución.
• Analizar el riesgo a que puedan estar sometidas la institución, las colecciones y
el personal.
• Registrar la calidad y el estado físico de las edificaciones cercanas con riesgo de
incendio u otra catástrofe. Del mismo modo que contactar con las instituciones
vecinas que podrían servirnos de apoyo, o con aquellas con quienes
coordinaríamos algún tipo de asistencia mutua.
• Efectuar periódicamente un estudio minucioso de la planta física del local o el
edificio, de preferencia con el asesoramiento del ingeniero o arquitecto que
diseñara la construcción, con el fin de detectar fallas y poder señalar medidas
preventivas, tales como la reparación de daños menores que puedan causar o
facilitar desastres mayores. Este cateo incluye la revisión de cimientos, de
paredes, techos, ventanas, puertas, cableados eléctricos, tuberías de agua y
desagüe, estado y ubicación de los tanques de agua, el estado de los sistemas de
alarmas y de los mecanismos contra incendio.
• Revisión de los depósitos, su ubicación, la calidad, estado y solidez de las
estanterías; su estabilidad, saber por ejemplo si pueden soportar movimientos
sísmicos e incendios.
• Proveerse de sistemas y dispositivos contra los desastres a que están expuestos
estos centros:
o Sistemas de alarmas al ingreso y salida que detectan personas que
sustraen documentos
o Alarmas que detectan incendios: gases o infrarrojos
• La evaluación de los recursos bibliográficos y el levantamiento de inventarios
valorizados, son funciones técnicas propias de archivo. Le corresponde al
Equipo de Planeamiento de Prevención de Desastres, anexar estos datos,
8
cuidando de coordinar con los organismos directivos respecto políticas y
prioridades en cuanto a protección, prevención y salvamento de colecciones,
equipos, mobiliarios y otros.
• El Plan debe considerar proveerse de dispositivos para atacar, arremeter y/o
detener tanto las inundaciones, los amagos de incendio como los intentos
criminales de terceros. Igualmente en él se deberá contemplar el deber de estar
prevenidos y conectados directamente con las personas y las instituciones
especializadas en contrarrestar y sofocar los efectos causados por la diversa
gama de agentes destructores.
Descripción de los beneficios previstos
• Cumplir con la legislación en aquellos aspectos referidos al mantenimiento de la
documentación clínica.
• Poder llevar a cabo las funciones de los centros de asistencia, investigación,
enseñanza, formación e incluso evaluación de la propia actividad.
• Poder desempeñar las funciones de las historias clínicas, que en términos
generales han de satisfacer la atención al paciente, la docencia, la investigación,
el control de calidad, la planificación sanitaria, la gestión administrativa y la
legal.
• Mejorar la asistencia gracias a la informatización garantizando aquellos aspectos
relacionados con la seguridad, tanto del mantenimiento de los datos que la
asistencia genera, como la imposibilidad de efectuar modificaciones en los
registros, lo que garantizará el valor probatorio judicial de la historia.
• Favorece la disminución de los costes y ahorrar espacio al requerir menor
cantidad de equipos.
• Permitir la estandarización y protocolización de procedimientos que facilitan el
entrenamiento y supervisión del personal minimizando los trastornos cuando se
producen cambios en el mismo.
• Facilitar la investigación y la gestión asistencial con la codificación de
diagnósticos y procedimientos.
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Fase 2: Creación de un Comité de Desastres
Los puntos principales que deberá contener esta fase son siguientes:
• Creación de un manual de uso interno que contenga el plan
• Mantenimiento del plan
• Redacción de normas y directrices para reglamentación para planes de
emergencia
Fase 3: Plan de conservación.
Como plan de conservación a largo plazo y para su preservación se debe llevar a cabo la
digitalización de documentos. Esta fase se puede dilatar en el tiempo y se deberá llevar
a cabo de acuerdo con la legislación y los programas del Ministerio de Sanidad en
vigencia. En muchos casos y, debido a la necesidad de abaratar costes, esta fase la
realizan empresas externas especializadas
10
Desarrollo de las fases
Fase 1: Evaluación del Archivo en el que se deberán realizar las siguientes
acciones.
El diseño de un programa de preservación no debe considerarse como un
proceso arcano más bien se asemeja a otros procesos de toma de decisiones
administrativas.
Se han desarrollado diversas herramientas especializadas para ayudar a los
profesionales a evaluar sus necesidades de preservación y decidir las prioridades al
abordarlas. Ejemplos:
− El Northeast Document Conservation Center elaboró el texto Preservation
Planning: Guidelines for Writing a Lon-Range Plan [Planificación para la
Preservación: pautas para elaborar un plan de amplio alcance].
− El Ministerio de Cultura elaboró en 2008 la Guía para un Plan de protección de
colecciones ante emergencias
− La Association of Research Libraries ofrece Preservation Planning Program
[Programa de Planificación para la Preservación]
− CALIPR es un paquete de software computacional para ayudar a todo tipo de
repositorios de California a llevar a cabo una evaluación sencilla de las
necesidades de preservación.
Los resultados obtenidos gracias a estas herramientas ayudan al administrador a evaluar
los componentes básicos de la planificación para la preservación, éstos deben
combinarse con el fin de producir una lista de prioridades.
Estudio del edificio
Se trata de realizar un chequeo al edificio y de su entorno inmediato, Arsenio Sánchez,
en su manual nos propone estudiar el edificio a través de respuestas guiadas que nos
pueden servir para rellenar las hojas de trabajo que el Ministerio de Cultura en su “Guía
para un Plan de protección de colecciones ante emergencias”. Las emergencias más
comunes tienen su origen en el propio edificio: instalaciones, emplazamiento, materiales
constructivos, desgaste, mantenimiento, etc., en sí mismo, es una protección (o, en el
caso opuesto, una amenaza) para las colecciones.
11
El estudio del edificio corre el riesgo de convertirse en una tarea sin fin. Es
comprensible que se desee que sea lo más perfecto posible, pero se trata del primer paso
en la elaboración del Plan, no de un fin en sí mismo. Presumiblemente este estudio
arrojará información sumamente interesante para múltiples asuntos, pero nuestro
objetivo es la protección de las colecciones en situaciones de emergencia. Cualquier
otro beneficio que se consiga será bienvenido, pero esto no debe distraer del objetivo
final.
La secuencia de trabajo comienza con la identificación de las zonas utilizando para ello
el modelo incluido en la Ficha 1.1. Identificación de las zonas, este es el primer paso
que permitirá establecer una división del edificio, para así estudiar una protección
específica para cada parte.
Una vez identificada cada zona y el uso que se da a ese espacio, se consignará
brevemente el tipo de colección que contiene, junto con un cálculo aproximado de su
número, y se indicarán los materiales que las constituyen.
La información relativa a las “Características especiales” y los “Sistemas de protección”
se podrá encontrar en el Plan de Autoprotección, de donde se tomará también la
simbología normalizada. Se tendrá en cuenta que determinados sistemas de protección,
pueden ser un factor de riesgo. Esto se indicará en el apartado de “Observaciones.
12
Ficha 1.1. Identificación de las zonas dentro del archivo y sistemas de protección
Identificación de la zona
Tipo de espacio
Zona pública: servicios, pasillos, etc.
Zona privada con colecciones: almacén, sala de investigadores, etc.
Zona privada sin colección: administración, vestuarios, etc.
Colecciones que contiene:
• Tipo de colección
• Soporte de almacenamiento
Características especiales:
• Superficie m2
• Altura m2
• Accesos
Sistemas de protección:
• Sistemas de detección frente a:
o Intrusión
Tipo Nº de dispositivos
o Incendio
Tipo Nº de dispositivos
o Otros
• Sistemas de alarma:
Tipo Nº de dispositivos
• Sistemas de extinción
Tipo Nº de dispositivos
Observaciones:
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Ficha 1.1. Plano de la ficha
(Incorporar el plano en el que se colorearán los espacios según indica la leyenda)
Identificación de la zona
Tipo de espacio
Zona pública: servicios, pasillos, etc.
Zona privada con colecciones: almacén, sala de investigadores, etc.
Zona privada sin colección: administración, vestuarios, etc.
Acceso y vano de cada una de las zonas
Sistemas de protección
14
Evaluación de los riesgos
Se necesitan datos fiables sobre las dimensiones del problema de la preservación
dentro del archivo, para comenzar a establecer prioridades de preservación
institucionales.
La mayoría de los estudios mencionados confirman un patrón de deterioro muy
similar, por lo que es probable que las instituciones ya no necesiten realizar un detallado
estudio cuantitativo, a menos que contengan objetos muy idiosincrásicos o que los
hayan albergado en ambientes excepcionalmente deficientes.
Evaluaciones del estado de conservación
Resulta útil contar al menos con un pequeño muestreo de las colecciones
propias, tanto para verificar que se adaptan a los patrones nacionales como para usarlo a
modo de material ilustrativo al elaborar un presupuesto o solicitar una subvención.
Evaluaciones ambientales
A menudo se requiere la ayuda de un consultor que interprete con precisión los
datos recolectados e identifique alternativas de acciones reparadoras. De manera ideal
deben evaluarse además los niveles de contaminación, pero en términos realistas la
mayoría de los problemas de contaminación habrá de esperar una renovación global o el
reemplazo del sistema de calefacción, ventilación y aire acondicionado.
Evaluación de sistemas y prácticas de protección
La planificación efectiva de un programa de preservación exige que se examinen
los diversos sistemas y políticas diseñados para prevenir el daño a las colecciones por el
almacenamiento, el uso y la manipulación, al igual que por los desastres, el vandalismo
y los robos. Determinar el grado en que se utilizan procedimientos, sistema y políticas
de protección permite evaluar el nivel de exposición de las colecciones al deterioro
futuro y al daño o la pérdida repentina.
Evaluación y catalogación de los riesgos
El estudio de los riesgos se equipara, en la metodología propuesta, con la
representación de un escenario en el que pueden interaccionar las diferentes fuentes de
peligro con los distintos elementos que componen el archivo, teniendo en cuenta las
características particulares que los definen.
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En esencia, la simulación de la interacción se representa en una matriz de análisis de
riesgos, en la que, además de los dos actores permanentes: fuentes de peligro y
elementos de archivo, cuando se materialice el accidente, aparece un nuevo
protagonista: los efectos dañinos.
El objetivo de la evaluación de los posibles riesgos es la cuantificación de la
probabilidad (frecuencia) y de la intensidad (gravedad) con que se pueden producir los
efectos dañinos. Técnicamente la expresión del valor de riesgo viene definida por la
ecuación:
R = P x I
En la que R= valor del riesgo
P= coeficiente de probabilidad
I= coeficiente de intensidad promedio
Para la evaluación de riesgos en bibliotecas y archivos se proponen seguir el Método de
Evaluación de Riesgos en Archivos, MERA, con las escalas de valoración que siguen a
continuación:
FUENTES DE PELIGRO Naturaleza Humanas Tecnológicas
ELEMENTOS DEL ARCHIVO Personal Documentación Edificios Equipos
EFECTOS DAÑINOS SOBRE LOS ELEMENTOS
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Escala de probabilidad
De cada riesgo a evaluar se dispondrá de una estadística propia o ajena –real o
estimada- de la frecuencia con que se han producido accidente de dicho riesgo y el
plazo de tiempo que transcurre para que se dé un accidente, que ha de ser incorporado
en la escala siguiente, de la que se obtienen el coeficiente de valoración correspondiente
Probabilidad Tiempo transcurrido entre accidentes Coeficiente de valoración (P)
Remota Más de 100 años 1
Muy baja De 50 a 100 años 3
Baja De 10 a 50 años 5
Media De 1 a 10 años 7
Alta De 1 a 12 meses 9
Altísima Menos de 1 mes 10
Escala de probabilidad de accidente
Escala de intensidad
De cada riesgo a evaluar se deberá disponer de datos estadísticos propio o ajenos –reales
o estimados- del valor promedio de los daños personales y materiales que han producido
los accidentes de dicho riesgo, que se comparará con la escala siguiente, de la que se
deriva el coeficiente de valoración correspondiente.
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Intensidad Daños personales Daños materiales Coeficiente de
valoración (I)
Leve Lesión sin baja Menos de 0,1 1
Moderada Lesión con baja de 1 semana 0,1 a 1 3
Apreciable Lesión con baja superior a 1
semana
1 a 5 5
Grave Lesión incapacitante 5 a 10 7
Muy grave 1 muerte 10 a 40 9
Catastrófica Varias muertes Más de 40 10
Tómese en consideración el valor mayor, por separado, de los daños personales o
materiales para encajarlo en el escalón de clasificación asignado y el coeficiente de
valoración correspondiente.
18
LISTA DE IDENTIFICACION Y EVALUACIÓN DE RIESGOS POR MÉTODO MERA5
RIESGOS FRECUENCIA INTENSIDAD VALOR DE RIESGO
1 accidente cada Valor P
Pérdida promedio por
accidente Valor I P x I
NATURALES
Inundación
Plaga de_________
HUMANOS
Amenaza de bomba
Vandalismo
TECNOLÓGICOS
Incendio
Escapes internos de agua
Eléctricos
5 Esta tabla aparece como un indicativo sobre cómo utilizar el método MERA por lo que se considera que cada archivo puede adecuarla a sus necesidades
19
Ficha 1.2. Evaluación de riesgos por zonas
Identificación de la zona:
Identificación del riesgo:
Circunstancias que influyen en su probabilidad:
Circunstancias ambientales:
Circunstancias espaciales:
Tipo de mobiliario:
Otras:
20
Registro de incidencias
Este control de incidencia se deberá rellenar cada vez que suceda un siniestro
independientemente de la magnitud, ya que nos servirá no sólo para llevar el registro de
lo que sucede en el archivo sino también para realizar la evaluación de riesgos de
nuestro archivo.
Nº
1.3.CONTROL DE INCIDENCIAS FECHA
INCIDENCIA REGISTRADA POR:
NOMBRE
NIF / CIF
CARGO
TIPO DE INCIDENCIA:
MAGNITUD:
DAÑOS:
MEDIDAS TOMADAS:
21
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona:
Tipo de riesgo:
Categoría:
Acciones a adoptar:
Plazo:
Evolución:
Responsable:
Los riesgos a los que se hará referencia son los mismos que ya se han consignado en las
anteriores fichas, información que se plasmará en esta ficha ampliando las acciones a
adoptar y marcando un plazo para su ejecución y el nombre de la persona que se
responsabiliza. Lógicamente una vez transcurrido el plazo establecido se deberá
comprobar que efectivamente se han implantado esas acciones, y de no haber sido así,
se revisará la cusa y se procederá a estipular un nuevo plazo hasta que finalmente se
haya efectuado.
22
Determinación del valor
El personal de un archivo que intenta desarrollar un plan estratégico para un
programa de preservación debe además evaluar la amplitud y profundidad de varias
partes de la colección, con el propósito de calcular su valor intelectual.
Las preguntas que se formulan a continuación ayudan a establecer el valor de
investigación o educacional perdurable de una colección o publicación, tanto en
términos de las prioridades institucionales como de la documentación global acerca del
tópico abordado:
1. ¿Cuál es la importancia? ¿Qué consecuencias acarrearía la destrucción de este
material? La documentación recogida en el archivo, ¿es local perteneciente a una
institución, estatal, regional, nacional o internacional?
2. La información que contiene, ¿es única o duplica datos?
3. ¿Por qué gastar dinero en la preservación?
4. ¿Cuales es la parte de la colección que declararíamos como prioritaria? ¿Por
qué?
Quien evalúa debe establecer también si la colección o el objeto posee valor intrínseco,
determinando su valor como objeto, monetario, de asociación o simbólico. El valor
intrínseco afecta las prioridades de preservación.
Recursos disponibles
El proceso de planificación llegado al punto de asignar los recursos se traslada al
terreno de la práctica y debe identificar aquellas acciones que realmente sea posible
emprender.
Habitualmente se necesitan aumentos de presupuesto, por lo que habrá que asignar parte
del presupuesto a esta causa.
Aspectos políticos
Todo proceso de planificación debe tomar en cuenta el ambiente político dentro
del cual se llevará a cabo el programa que espera implementar. Por tal motivo, su
respaldo debe resultar evidente desde el inicio del proceso de planificación.
23
En la medida de lo posible la planificación debe impedir las disputas
territoriales, involucrando a todo el personal cuyas funciones puedan verse
eventualmente afectadas y convenciéndolo de la relevancia de los cambios aconsejados.
Preservación preventiva
La preservación preventiva desempeña un papel esencial con respecto a los
materiales de archivos, ya que la mayoría de actividades que se realizan normalmente en
organización pertenecen a éste tipo de conservación.
Un programa de preservación preventiva no debe considerarse un componente
adicional, sino integral, en las operaciones y responsabilidades cotidianas del
repositorio. Al establecerse las prioridades debe entenderse que el control ambiental
constituye el fundamento sobre el cual descansan todas las demás actividades de
preservación y conservación.
Preservación reparadora
En lo que concierne a todos estos proyectos, es preciso tener en cuenta varias
advertencias. Hay normas técnicas generalmente aceptadas que regulan las acciones que
vamos a llevar a cabo en un proyecto de preservación reparadora y se debe atener a
éstas con precisión.
Diseñar un programa de preservación exige tomar una gran cantidad de
decisiones, que con frecuencia no son fáciles, y tal vez sea necesario solicitar ayuda
profesional a un consultor. En una buena planificación para la preservación, se deben
poner en las mejores manos de aquellas partes que corran peligro en nuestra colecciones
de valor perdurable, con el fin de tratar de mantenerlas vivas durante un futuro
indefinido.
Estudio de la evaluación de necesidades
Los planes de preservación se fundamentan en las necesidades de una institución
y en las acciones requeridas para satisfacerlas. Estos antecedentes aparecen en los
informes de los estudios. El estudio de evaluación de las necesidades puede ser
efectuado por un consultor externo o por personal interno cualificado.
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Consideraciones para establecer prioridades
El establecimiento de prioridades es el proceso de decidir qué acciones tendrán
un impacto más significativo, cuáles son las más importantes y cuáles son las más
viables.
Es útil considerar tres criterios cuando se establecen prioridades para las
acciones de preservación: el impacto, la viabilidad y urgencia de la acción.
Factores que influyen: el tipo y la cantidad de uso que reciben los objetos de la
colección, el almacenamiento de las colecciones, los materiales que presentan un mal
estado de conservación valor del material y cuánto tiempo necesitan los materiales ser
preservados y en qué forma. La planificación requiere destrezas y comprensión de las
dinámicas organizacionales de la institución. En ninguna otra instancia esto es tan
evidente como cuando se establecen prioridades.
Políticas de colecciones y preservación
Una política de colecciones coherente también establece los parámetros dentro
de los cuales opera un programa sistemático de preservación. La política de colecciones
se basa en la declaración de la misión institucional, que enuncia las metas que deben
cumplir las colecciones. Las prioridades en cuanto a la formación de las colecciones,
que la política determinan, ayudan a centrar la actividad de preservación en las partes
más importantes de las colecciones.
Las políticas definen el alcance de las colecciones actuales e indican las áreas en
que pueden desarrollarse las colecciones futuras.
Los gerentes de colecciones y los directores de preservación utilizan una
metodología objetiva para determinar el nivel de la colección mediante la medición de
la cantidad y tipos de materiales que contiene. Para ello pueden ayudarse de software
de gestión de programas de preservación como CALIPR (California Preservation
Program) o DIAGNOS que fue elaborado por un grupo de especialistas del Instituto de
Historia de Cuba y de la Oficina Cubana de la Propiedad Industria.
Si están bien concebidas y poseen amplitud, las políticas de colecciones
constituyen un punto de referencia vital para tomar decisiones en cuanto a la
preservación. Las consideraciones sobre preservación también deben servir de insumos
a una política de colecciones que se utilice como guía confiable para el desarrollo y la
gerencia de colecciones.
25
En el trabajo de los gerentes de colecciones deben ser copartícipes activos con
los directores de preservación a fin de asegurar el mejor ambiente posible para albergar
las colecciones de valor permanente.
La evolución de la preservación de los últimos 25 años es que ha cambiado el
interés principal ya no es la respuesta sino la prevención. Los programas de
preservación son esfuerzos de gran alcance para prevenir o por lo menos frenar el
deterioro de una gama completa de fondos de bibliotecas y archivos. Como resultado de
ello, la preservación se ha convertido en un componente integral de la gerencia de
colecciones, la cual se preocupa cada vez más por mantener la estabilidad de las
colecciones en el tiempo y no sólo para el presente.
26
Fase 2: Creación de un Comité de Desastres
Al confeccionar un plan de seguridad, lo primero que se debe hacer es formar un comité
(en una institución pequeña puede constar de una sola persona) que realice un estudio de
la seguridad, identifique los riesgos más serios, determine qué se debe hacer al respecto
y redacte un plan.
Hay que asignar a una persona la responsabilidad de organizar y seguir la preparación
del plan hasta su terminación. La persona encargada deberá designar a un comité que le
ayude en su labor. Es importante que el encargado conozca la estructura de la
organización, su gestión y su personal.
El plan de seguridad debe incluir información sobre todos los sistemas de seguridad del
edificio, datos acerca de la distribución y el control de las llaves del edificio y de todas
las zonas especiales de almacenamiento, copias de todas las políticas y los
procedimientos relacionados con la seguridad. Es decir, toda la información recogida en
las hojas de trabajo que anteriormente hemos rellenado ampliadas. Todas las copias del
plan deben guardarse en una zona resguardada a la que el público general no tenga
acceso, ya que contienen información confidencial.
Equipo de Comité de Desastres:
- Jefe de emergencia
o Actualizar el Plan de Emergencia
o Designar a las personas que han de encuadrarse en los diferentes
servicios y equipos
o Organizar los equipos de emergencia
o Elaboración de programas de formación del personal que interviene en el
plan
o Programar, preparar y dirigir los ejercicios prácticos y simulacros
o Elaborar los informes sobre los siniestros que hayan tenido lugar
o Dar por finalizada la situación de emergencia
- Responsable de seguridad
o Supervisar el cumplimiento de las misiones de todo el personal de
equipos de emergencia
27
o Proveer a todos los miembros de los equipos de emergencia de los
manuales e instrucciones parciales de seguridad que vayan elaborando.
- Responsable de conservación
o Formación del personal integrante de los equipos de ejecución y
recuperación
o Establecer las relaciones necesarias con el personal, organizaciones e
instituciones externas al Hospital
o Actualizar las fichas de las colecciones afectadas por el plan de
emergencia
o Llevar al día el listado de de restauración
- Responsable de mantenimiento
o Incluir en la programación de mantenimiento la comprobación del
material y equipos y que éste se encuentre en perfecto estado para su uso.
o Supervisar el material de los botiquines de emergencia
o Disponer en el almacén correspondiente de las existencias del material y
equipo establecido
o Adquirir y entregar al personal de los equipos de evacuación el material y
equipo necesario según lo estipulado en la normativa de prevención y
riesgos laborales.
- Responsable de comunicación
o Establecer los contactos oportunos con el exterior a indicación del Jefe de
Emergencia, siendo el único portavoz autorizado en relación con las
autoridades y los medios de comunicación social.
- Responsable de ejecución
o Comprobar periódicamente los medios y sistemas de seguridad asignados
a su zona de responsabilidad
o Tener actualizada la lista de personas asignadas a su equipo de ejecución
para realizar la evacuación de colecciones de su zona
- Responsable de recuperación
o Supervisar la disponibilidad de material y equipo necesario en caso de
actuación
o Tener la documentación a utilizar en caso de una emergencia.
o Coordinar con el Responsable de Conservación la actualización de las
fichas
28
- Equipos de mantenimiento
o Realizar las revisiones programadas para que el material y equipos estén
en perfecto estado
o Reponer y mantener el material de los botiquines de emergencia
- Equipos de ejecución
o Tener el equipo personal listo para su uso cuando se requiera, en ocasión
de una emergencia, sea real o controlada
- Equipos de recuperación
o Tener el equipo personal listo para su uso cuando se requiera, en ocasión
de emergencia, sea esta real o controlada
Redacción de un manual de uso interno que contenga el plan
Una vez que los pasos preliminares han sido estudiados, se deberá redactar un plan que
sea fidedigno a estos estudios que reflejaran la verdadera situación de la institución.
Aunque cada plan sea diferente, la estructura que se muestra posteriormente nos puede
servir para su redacción:
- Introducción –señala las líneas de autoridad y los posibles acontecimientos
contemplados en el plan.
- Acciones a tomar en caso de existir una advertencia previa a un acontecimiento
determinado.
- Procedimientos de respuesta preliminar, incluyendo a quién se debe contactar
primero según cada tipo de emergencia, cuáles son las acciones inmediatas que
deberán emprenderse y cómo se notificará sobre el asunto al personal o a los
equipos de trabajo.
- Procedimientos de emergencia con secciones dedicadas a cada eventualidad de
emergencia contemplada en el plan. Esto incluye lo que ha de hacerse durante el
acontecimiento y los adecuados procedimientos de rescate a seguir una vez
superado el primer momento de alteración. Incluye planos de cada piso.
- Planes de rehabilitación para llevar de nuevo la institución a la normalidad.
- Apéndices, que pueden incluir planos de evacuación por piso; lista de servicios
de emergencia; lista de nombres y responsabilidades de los miembros del equipo
que atenderá las emergencias; teléfonos de interés; ubicación de llaves;
procedimientos ante la activación de alarmas contra incendio o hurto; lista de
29
colecciones prioritarias; arreglos para la reubicación de las colecciones, lista de
suministros in situ; lista de suministros y servicios que se encuentren fuera de la
institución; información sobre seguros; lista de voluntarios; lista de verificación;
planillas para llevar el registro de los objetos movilizados durante los esfuerzos
de rescate; procedimientos de rescate.
Las Hojas de trabajo para esbozar un plan de emergencia de Karen E. Brown nos puede
servir de referencia con las modificaciones pertinentes para adaptarlas a nuestra
institución. Éstas hojas contienen: información institucional, servicios necesarios en una
emergencia, equipos para emergencias existentes en la institución, suministros de
emergencia existentes en la institución, fuentes adicionales de equipos y suministros de
emergencia, lista de verificación diaria, lista de verificación semanal, otros asuntos de
emergencia, prioridades de rescate y procedimientos. Además de una plantilla de
instrucciones para emergencias.
Arsenio Sánchez en su manual de planificación y prevención de desastres en archivos y
bibliotecas nos propone resolver todos los puntos claves a través de preguntas guía, lo
que hace más sencilla la posterior redacción.
La fusión de las hojas de control con los cuestionarios de Arsenio Sánchez hacen la
combinación perfecta para la primera fase de la redacción del plan.
Mantenimiento del plan
Independientemente de la cantidad de esfuerzo que haya invertido en la creación
de un plan perfecto para enfrentar situaciones de desastre, éste será en gran medida
ineficaz si su personal no lo conoce, si está obsoleto, o si no puede ubicarlo en cuanto se
presente un desastre. En tal sentido, deberá hacer un esfuerzo concentrado para educar y
entrenar al personal sobre procedimientos de urgencia.
Sería también conveniente que cada miembro del personal conozca sus
responsabilidades y, de ser posible, realizar simulacros de emergencia. Mantenga varias
copias del plan en diversos lugares, incluyendo fuera del edificio (lo ideal es que se
guarden en envases a prueba de agua). Cada copia del plan debería indicar el lugar en
que pueden encontrarse otras copias.
Lo más importante es que el plan para enfrentar situaciones de desastre sea
actualizado periódicamente.
30
Los nombres, direcciones, teléfonos y el personal cambian constantemente; se
adquieren nuevas colecciones, se efectúan cambios al edificio y se instalan nuevos
equipos.
Si el plan no se mantiene completamente al día, posiblemente no le ayude a
manejar una situación de desastre en forma efectiva.
La planificación de una respuesta a situaciones de desastre es esencial para que
las instituciones proporcionen la mejor protección posible a sus colecciones. El desastre
puede presentarse en cualquier momento, a pequeña o a gran escala; pero si una
institución está preparada, el daño puede ser evitado, o bien ser disminuidas las
dimensiones del mismo. Un plan de desastre debe considerarse un documento vivo.
Todas sus listas, incluyendo la evaluación de los riesgos, deben ser revisadas
periódicamente. Las prioridades en cuanto a las colecciones deberán también revisarse
según sea necesario. Un efectivo plan de respuesta a situaciones de desastre efectivo
asegura la salvaguarda de las colecciones históricas de nuestras instituciones culturales.
Redacción de normas y directrices para reglamentación para planes de emergencia
La legislación estatal y autonómica está recogida en el Anexo I por lo que nos
deberemos guiar por éstas, debemos recordar la transferencia de poder a las
Comunidades Autónomas, que si poseen legislación propia la deberemos de respetar.
Por otro lado, es importante recoger todas las normas y directrices en documentos
independientes y que deben ser conocidos por el personal, se trata de los protocolos de
actuación. Conviene señalar donde se encuentran ubicados para que en caso de
emergencia puedan ser consultados. Se aconseja que se recojan en una carpeta con
anillas y que estén individualmente plastificados para protegerlos, por ejemplo en caso
de inundación.
Fase 3: Plan de conservación.
Digitalización de la documentación clínica
La Digitalización de las Historias Clínicas es el proceso por el cual un documentos es
transformado es una imagen digital estática o en movimiento, pudiendo acceder al
mismo desde múltiples ubicaciones sin necesidad de acudir al documento físico. Hay
que aclarar que como paso previo a la digitalización debería desarrollarse el adecuado
proceso para el reconocimiento de la firma digital, elemento imprescindible para poder
31
proceder a la destrucción de la documentación digitalizada. También recordar qué se
entiende por Documentación clínica:
- La Historia Clínica (soporte papel)
- Estudios radiológicos
- Cualquier otro soporte de información clínica generado en la asistencia al
enfermo, sea cual sea la naturaleza del mismo (película, vídeo, cinta magnética,
etc.)
Con la digitalización se trata de obtener los siguientes beneficios:
- Cumplir con la legislación vigente, se exige que se conserven los documentos al
menos 5 años6, pero no es imprescindible que se haga en soporte original por lo
que con este método se respetaría... Existen otros supuestos en los es necesario
la conservación íntegra de dicha documentación como pueden ser el caso que la
documentación se requiera a efectos judiciales de conformidad con la legislación
vigente. Se conservará, asimismo, cuando existan razones epidemiológicas, de
investigación o de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de
Salud. En este último caso, su tratamiento se hará de forma que se evite en lo
posible la identificación de las personas afectadas.
- Disminución en el uso de papel e impresiones
- Disminución en el costo de almacenamiento
- Eliminación de copias y copiadoras (mantenimiento, consumibles)
- Disminución del personal dedicado a archivar y buscar información
- Disminución en mantenimiento de archivos físicos
- Eliminación de archivos históricos físicos
- Rentabilizar el tiempo a través de un sistema de búsqueda más sencillo con el
que archivar
- Descentralización de la información
- Acceso total y rápido a la información
- Seguridad en los archivos
- Mejor uso de la información para la toma de decisiones
- Aprovechamiento de espacios usados en archivos
- Mayor productividad del personal
- No más pérdida o traspapelado de documentos
- Seguridad en encontrar toda la información archivada
6 Véase Anexo I – Legislación sobre conservación de historias clínica
32
El desarrollo de las TIC en el Sistema Nacional de Salud ha producido que entre los
años 2006-2009, el 98% de los centros de salud dispongan de un sistema de historia
clínica electrónica. Este avance notable en la integración de información clínica en
atención primaria ha hecho que los centros de salud de 10 comunidades autónomas y las
ciudades de Ceuta y Melilla dispongan de una historia clínica electrónica centralizada o
integrada y el resto de Comunidades están extendiendo sus soluciones. A pesar de estos
avances recordemos que dichos proyectos se circunscriben actualmente a los Centros de
Salud y no a la asistencia especializada hospitalaria.
33
Conclusión
En España las políticas de conservación se centran en puntos muy concretos y se
llevan a cabo de manera esporádica, generalmente se realiza preservación reparadora en
colecciones con cierto valor histórico. Creo que se debería dar más importancia a las
políticas de preservación como se está haciendo en los países más avanzados en esta
materia y no solamente a un punto de ésta como se hace en España. Por ello para los
próximos años sería importante cambiar el rumbo de orientación de dicha materia, ya
que como veremos posteriormente es necesario.
La Preservación se ha convertido en un punto más a la hora de desarrollar una
política de gestión, ya que si desarrollamos una buena política se puede ahorrar mucho
dinero. El cuidado preventivo no es una actividad que requiera mucho presupuesto pero
sino se realiza, con el tiempo si que supone uno de los mayores gastos en el presupuesto
de la institución.
Por otro lado, la falta de legislación y unanimidad sobre la gestión de la
conservación de la Historia Clínica ha hecho que cada comunidad autónoma y cada
archivo se rija de diferente manera, no siempre de la manera adecuada. La legislación
vigente establece que la conservación de la Historia Clínica se debe llevar a cabo en
“condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad” por lo que las
instalaciones de los archivos deberían adecuarse a las necesidades. La prevención es
esencial por lo que creemos que la concienciación de los profesionales sobre la
importancia de ésta es una pieza clave para prevenir cualquier tipo de riesgo. Se
considera además que al menos los profesionales que trabajen en los archivos deberían
estar en continua formación en materia de prevención (se deben impartir cursos, realizar
simulacros, etc.).
34
Anexo I
Legislación sobre conservación en archivos clínicos
35
Introducción
El problema de la conservación de la historia clínica es un hecho en la actualidad
sobre todo en el sistema sanitario público. La inexistencia de una gestión adecuada de la
información, en los últimos años y la falta de legislación específica sobre la historia
clínica hacen que los profesionales del sector sanitario no sepan qué, cómo y cuánto
tiempo hay que conservar este tipo de documentación.
Lo primero que deberemos revisar a este respecto es el hecho de plantear las razones del
para qué conservar. Para ello revisaremos las funciones que viene desempeñando la
historia clínica como criterio que nos deberá llevar a la necesidad de conservar.
Funciones que debe cumplir la historia clínica:7
1.- Atención al paciente: Es su primera razón de ser. Huffman afirma que
"una asistencia médica correcta significa generalmente una buena historia clínica".
Es fácil pues comprender que, en este sentido, facilita una continuidad e idoneidad
de los cuidados dispensados. Esto requiere que hayan sido registrados todos y cada
uno de los detalles que inciden en la dolencia del paciente, así como las medidas
terapéuticas tanto actuales como anteriores al problema actual. Su correcto uso
evita la repetición de las pruebas diagnósticas y la más temprana adopción de
medidas terapéuticas que de otra forma podrían ocasionar un malestar innecesario
al paciente.
2.- Docencia: Permite al profesional de la salud revisar sus casos,
profundizar en ellos y efectuar estudios comparativos con los procedimientos y
resultados obtenidos por otros profesionales.
Puede servir como guía y texto a los estudiantes de medicina y de enfermería
así como de otras profesiones relacionadas con la salud.
3.- Investigación: Es fuente de datos de fácil acceso y de extenso contenido y
detallada información sobre la manifestación clínica, analítica e histopatológica de
las distintas enfermedades, la relación de éstas y su conexión con los factores
socioambientales en que se han desarrollado.
4.- Control de calidad: La historia clínica se convierte en un "libro de actas"
de la práctica y de la competencia de los profesionales de la salud.
7 Moreno Vernis M. Documentación clínica: Organización, custodia y acceso. En: Fernández Hierro JM Coord. La historia clínica. Granada: Comares, 2002. pp.: 1-76
36
Nos permite evaluar los resultados obtenidos por medio de la contrastación
con las expectativas marcadas y de esta forma cuantificar hasta que punto han sido
cumplimentadas.
5.- Planificacion sanitaria: Los expedientes clínicos son una fuente
inagotable para el estudio de la utilización de los recursos sanitarios. Del análisis
de los datos de la historia clínica derivan una serie de índices que nos informan
acerca de la demanda hospitalaria. Podemos conocer la morbilidad de la población
el tipo de individuos que acuden a la institución y el modo que dicha población
tiene de expresar la patología.
Todo esto nos permitirá una más correcta planificación de los servicios
hospitalarios y una adecuada dotación de los mismos.
6.- Gestión y administración: Como instrumento de evaluación de los
rendimientos individuales y por servicios, así como del rendimiento medio en
cantidad y calidad. De la misma forma, nos proporcionará el conocimiento de cada
área asistencial (Hospitalización, Consultas externas, Urgencias) para adecuar los
recursos disponibles a las necesidades del momento. Por último, nos permitirá el
análisis de los costes de las distintas actividades desarrolladas además de una
correcta responsabilización del gasto.
7.- Legal: Como testimonio documental de la asistencia prestada, la historia
clínica puede servir como prueba evidente ante los Tribunales de Justicia. Y en este
caso ser de inmenso valor frente a las demandas interpuestas contra el hospital
(tanto como institución como a cualquiera de sus miembros) o también frente a la
petición de informes periciales, policiales o de cualquier otro carácter legal o
laboral, que exigen incluir la descripción de la lesión o tratamiento efectuado.
Algunas reflexiones sobre el interés de conservar.
Los historiadores en general y los de la medicina en particular muestran cada
vez más interés por la información que se genera en la relación entre la estructura
sanitaria y el individuo a lo largo de la vida de éste, como una fuente de información
acerca de las experiencias médicas del pasado.
En efecto, está demostrado que tales documentos proporcionan una base
importante que puede permitir analizar los cambios ocurridos a lo largo del tiempo
en la práctica clínica y en su discurso, reconstruir el carácter demográfico de las
37
poblaciones a las que pertenecía el sujeto objeto de cuidados, retratar la forma de
vida hospitalaria y, usado en conjunto con otro tipo de documentos, comparar ideas
clínicas con actividades clínicas y de ese modo establecer relaciones entre ideología
y conducta. Las oportunidades que los registros de los pacientes ofrecen a los
historiadores de la medicina son, desde esta óptica, fundamentales.
No descubrimos nada nuevo al recordar el valor que la documentación clínica
tiene para la historia social en general y la de la medicina en particular. Como
fuentes pueden ser y son fundamentales para estudiar la profesión y, por tanto, la
asistencia sanitaria en una comunidad. Pero además consideramos que existen otros
campos del saber que también tienen necesidad de acudir a esta fuente inagotable de
datos que es la historia clínica. Nos referimos a disciplinas tales como la Historia de
la Medicina, Antropología, Demografía, Sociología, Psicología, Historia del
Derecho, Historia de las Instituciones, Medicina Legal, Historia y evolución de los
sistemas de registro, etc...
Así y a nivel de estudios concretos baste como muestra:
a) Estudios generales de la historia de la enfermedad: historia natural, curva
secular, tendencia con especial interés en enfermedades infecciosas,
enfermedades psiquiátricas, crónicas en general y por supuesto las
enfermedades de carácter endémico.
b) Estudio de la profesión y especialización médica.
c) Estudio de los cuidados de enfermería y asistentes sociales (visitadoras).
d) Estudio de las diferentes facetas de la semiología (diagnóstico y pronóstico),
tratamiento y rehabilitación.
e) Estudio de la tecnología sanitaria y su relación con la museística de la
medicina.
f) Estudio de las instituciones a través de sus sistemas de registro.
g) Estudio de la asistencia pública y privada, tanto de forma individual como
de forma comparada.
h) Estudios de demografía histórica, impacto de las enfermedades en las
colectividades humanas. Evolución del estado de bienestar. Estudios sobre
grupos específicos de población (sexo, raza, distribución regional)
i) Estudios de antropología y psicología social: hábitos y actitudes de la
población sana/enferma. Marginación social.
j) Estudios sociológicos: explotación de la riqueza informativa que excede de
38
la meramente "sanitaria". Forma de vida, trabajo, ingresos, clase social,
vivienda. Alcance y objetivos sociales de la medicina, etc.
Además no podemos olvidar el papel "princeps" que juega la información
clínica como soporte de datos necesarios para la atención y cuidado del paciente a lo
largo de su vida, así como el hecho de que por la cantidad y la calidad de estos datos
es usada esta información para la docencia, la realización de estudios para
evaluación de la calidad, planificación sanitaria, gestión y administración y como
testimonio documental de la asistencia prestada frente a los tribunales de justicia.
Estas son sin duda las razones -a nuestro entender de suficiente peso- que
justifican la necesidad de conservación de la información clínica que se almacena -
con más o menos fortuna- en la mayoría de los centros asistenciales del estado
español.
Añadir por último que desde el punto de vista profesional debemos evitar a
toda costa una actitud pasiva que permita que se produzcan situaciones paradójicas
tales como la actual de que las instituciones sean mucho más proclives a destinar
recursos humanos y de infraestructura para recuperar la información de nuestra
historia más lejana, y sin embargo se despreocupen abiertamente del mantenimiento
de nuestro inmediato quehacer.
Por otro lado, deberemos tener en cuenta además que la mayoría de la
información se encuentra en soporte papel y ocupa un espacio creciente que ya no
existe en la mayoría de centros. Su minimización obliga a un coste de inversión en
tecnología y personal que la mayoría de los centros no pueden soportar. Actualmente
en España el Ministerio de Sanidad y Política Social a través de la Agencia de
Calidad del Sistema Nacional de Salud esta llevando a cabo un proyecto de
implantación de la Historia Clínica Digital. Los Servicios de Salud, en el ámbito
territorial de cada Comunidad Autónoma, han implantado sistemas automatizados de
recogida y gestión de los datos individuales de salud de las personas que dan soporte
a los procesos asistenciales, preventivos, etc., favoreciendo un nivel creciente de
calidad del servicio prestado a los ciudadanos. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de
cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, en su artículo 56 dirige al
Ministerio de Sanidad y Consumo (actualmente Ministerio de Sanidad y Política
Social) el mandato de coordinar los mecanismos de intercambio electrónico de
información clínica y salud individual, para permitir el acceso tanto al usuario como
39
a los profesionales en los términos estrictamente necesarios para garantizar la
calidad de la asistencia y la confidencialidad e integridad de la información.
En este contexto es evidente que el tratamiento jurídico de la historia clínica
precisa de una Norma Legal específica que regule aspectos como la seguridad, la
confidencialidad, el acceso, la conservación y la custodia. Ya que la informatización y
la digitalización de historia clínica dejan en el aire la siguiente pregunta ¿se está
obligado legalmente a conservar la información sanitaria?
En los siguientes apartados se hace una recopilación de la legislación estatal y
autonómica que se refieren a la conservación de la historia clínica que nos puede dar
una idea de por qué se reivindica una Norma Legal que regule los citados aspectos.
Legislación estatal
• Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad
“…Las Comunidades Autónomas deberán organizar sus Servicios de Salud de
acuerdo con los principios básicos de la presente Ley.
Artículo 10
Todos tienen los siguientes derechos con respecto a las distintas
administraciones públicas sanitarias:
1. Al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad sin que
pueda ser discriminado por razones de raza, de tipo social, de sexo,
moral, económico, ideológico, político o sindical
2. A la información sobre los servicios sanitarios a que puede acceder y
sobre los requisitos necesarios para su uso.
3. A la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso
y con su estancia en instituciones sanitarias públicas y privadas que
colaboren con el sistema público.
4. A ser advertido de si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y
terapéuticos que se le apliquen pueden ser utilizados en función de un
proyecto docente o de investigación, que en ningún caso, podrá
comportar peligro adicional para su salud. En todo caso será
40
imprescindible la previa autorización y por escrito del paciente y la
aceptación por parte del médico y de la Dirección del correspondiente
Centro Sanitario
5. A que se le dé en términos comprensibles, a él y a sus familiares o
allegados, información completa y continuada, verbal y escrita, sobre su
proceso, incluyendo diagnóstico, pronóstico y alternativas de
tratamiento.
6. A la libre elección entre las opciones que le presente el responsable
médico de su caso, siendo preciso el previo consentimiento escrito del
usuario para la realización de cualquier intervención, excepto en los
siguientes casos:
a) Cuando la no intervención suponga un riesgo para la salud
pública
b) Cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso,
el derecho corresponderá a sus familiares o personas a él
allegadas.
c) Cuando la urgencia no permita demoras por poderse ocasionar
lesiones irreversibles o existir peligro de fallecimiento.
7. A que se le asigne un médico, cuyo nombre se le dará a conocer, que
será su interlocutor principal con el equipo asistencial. En caso de
ausencia, otro facultativo del equipo asumirá tal responsabilidad
8. A que se le extienda certificado acreditativo de su estado de salud,
cuando su exigencia se establezca por una disposición legal o
reglamentaria.
9. A negarse al tratamiento, excepto en los casos señalados en el apartado
6; debiendo, para ello, solicitar el alta voluntaria, en los términos que
señala el apartado 4 del artículo siguiente
10. A participar, a través de las instituciones comunitarias, en las
actividades sanitarias, en los términos establecidos en esta Ley y en las
disposiciones que la desarrollen.
11. A que quede constancia por escrito de todo su proceso. Al finalizar la
estancia del usuario en una Institución hospitalaria, el paciente, familiar
o persona a él allegada recibirá su Informe de Alta.
41
12. A utilizar las vías de reclamación y de propuestas de sugerencias en los
plazos previstos. En uno u otro caso deberá recibir respuestas por
escrito en los plazos que reglamentariamente se establezcan.
13. A elegir el médico y los demás sanitarios titulados de acuerdo con las
condiciones contempladas en esta Ley, en las disposiciones que se dicten
para su desarrollo y en las que regulen el trabajo sanitario en los
Centros de Salud.
14. A obtener los medicamentos y productos sanitarios que se consideren
necesarios para promover, conservar o restablecer su salud, en los
términos que reglamentariamente se establezcan por la Administración
del Estado.
15. Respetando el peculiar régimen económico de cada servicio sanitario,
los derechos contemplados en los apartados 1, 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 11 de
artículos serán ejercidos también con respecto a los servicios sanitarios
privados.
Artículo 61
En cada Área de Salud debe procurarse la máxima integración de la
información relativa a cada paciente, por lo que el principio de historia clínico-
sanitaria única por cada uno deberá mantenerse, al menos, dentro de los límites
de cada institución asistencial. Estará a disposición de los enfermos y de los
facultativos que directamente estén implicados en el diagnóstico y el
tratamiento del enfermo, así como a efectos de inspección médica o para fines
científicos, debiendo quedar plenamente garantizados el derecho del enfermo a
su intimidad personal y familiar y el deber de guardar el secreto por quien, en
virtud de sus competencias, tenga acceso a la historia clínica. Los poderes
públicos adoptarán las medidas precisas para garantizar dichos derechos y
deberes…”
• Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
carácter personal
“…Artículo 3. Definiciones
c) Tratamiento de datos: operaciones y procedimientos técnicos de carácter
automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación,
42
elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las cesiones de
datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y
transferencias.
Artículo 12. Acceso a los datos por cuenta de terceros.
2. La realización de tratamientos por cuenta de terceros deberá estar regulada
en un contrato que deberá constar por escrito o en alguna otra forma que
permita acreditar su celebración y contenido, estableciéndose expresamente que
el encargado del tratamiento únicamente tratará los datos conforme a las
instrucciones del responsable del tratamiento, que no los aplicará o utilizará
con fin distinto al que figure en dicho contrato, ni los comunicará, ni siquiera
para su conservación, a otras personas.
En el contrato se estipularán, asimismo, las medidas de seguridad a que se
refiere el artículo 9 de esta Ley que el encargado del tratamiento está obligado
a implementar…“
• Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y
documentación clínica.
“…Aconsejan una adaptación de la Ley General de Sanidad con el objetivo de
aclarar la situación jurídica y los derechos y obligaciones de los profesionales
sanitarios, de los ciudadanos y de las instituciones sanitarias. Se trata de
ofrecer en el terreno de la información y la documentación clínicas las mismas
garantías a todos los ciudadanos del Estado, fortaleciendo con ello el derecho a
la protección de la salud que reconoce la Constitución.
Artículo 14. Definición y archivo de la historia clínica.
2. Cada centro archivará las historias clínicas de sus pacientes, cualquiera
que sea el soporte papel, audiovisual, informático o de otro tipo en el que
consten, de manera que queden garantizadas su seguridad, su correcta
conservación y la recuperación de la información.
43
Artículo 17. La conservación de la documentación clínica.
1. Los centros sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación
clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad,
aunque no necesariamente en el soporte original, para la debida asistencia al
paciente durante el tiempo adecuado a cada caso y, como mínimo, cinco años
contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial.
2. La documentación clínica también se conservará a efectos judiciales de
conformidad con la legislación vigente. Se conservará, asimismo, cuando
existan razones epidemiológicas, de investigación o de organización y
funcionamiento del Sistema Nacional de Salud. Su tratamiento se hará de forma
que se evite en lo posible la identificación de las personas afectadas.
3. Los profesionales sanitarios tienen el deber de cooperar en la creación y el
mantenimiento de una documentación clínica ordenada y secuencial del proceso
asistencial de los pacientes.
4. La gestión de la historia clínica por los centros con pacientes hospitalizados,
o por los que atiendan a un número suficiente de pacientes bajo cualquier otra
modalidad asistencial, según el criterio de los servicios de salud, se realizará a
través de la unidad de admisión y documentación clínica, encargada de integrar
en un solo archivo las historias clínicas. La custodia de dichas historias clínicas
estará bajo la responsabilidad de la dirección del centro sanitario.
5. Los profesionales sanitarios que desarrollen su actividad de manera
individual son responsables de la gestión y de la custodia de la documentación
asistencial que generen.
6. Son de aplicación a la documentación clínica las medidas técnicas de
seguridad establecidas por la legislación reguladora de la conservación de los
ficheros que contienen datos de carácter personal y, en general, por la Ley
Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal...”
44
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999
“…Artículo 22. Conservación de los datos por el encargado del tratamiento.
1. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter
personal deberán ser destruidos o devueltos al responsable del tratamiento
o al encargado que éste hubiese designado, al igual que cualquier soporte o
documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del
tratamiento. No procederá la destrucción de los datos cuando exista una
previsión legal que exija su conservación, en cuyo caso deberá procederse a
la devolución de los mismos garantizando el responsable del fichero dicha
conservación.
2. El encargado del tratamiento conservará, debidamente bloqueados, los
datos en tanto pudieran derivarse responsabilidades de su relación con el
responsable del tratamiento.
Artículo 41. Conservación de los datos.
1. Sólo podrán ser objeto de tratamiento los datos que respondan con
veracidad a la situación de la deuda en cada momento concreto. El pago o
cumplimiento de la deuda determinará la cancelación inmediata de todo
dato relativo a la misma.
2. En los restantes supuestos, los datos deberán ser cancelados cuando se
hubieran cumplido seis años contados a partir del vencimiento de la
obligación o del plazo concreto si aquélla fuera de vencimiento periódico.
Artículo 103. Registro de accesos.
1.El período mínimo de conservación de los datos registrados será de dos
años.
Artículo 106. Criterios de archivo.
El archivo de los soportes o documentos se realizará de acuerdo con los
criterios previstos en su respectiva legislación. Estos criterios deberán
garantizar la correcta conservación de los documentos, la localización y
consulta de la información y posibilitar el ejercicio de los derechos de
oposición al tratamiento, acceso, rectificación y cancelación.
45
En aquellos casos en los que no exista norma aplicable, el responsable del
fichero deberá establecer los criterios y procedimientos de actuación que
deban seguirse para el archivo.
SECCIÓN 2.ª PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE CONSERVACIÓN
DE DATOS PARA FINES HISTÓRICOS, ESTADÍSTICOS O CIENTÍFICOS
Artículo 157. Iniciación del procedimiento.
1. El procedimiento para obtener de la Agencia Española de Protección de
Datos la declaración de la concurrencia en un determinado tratamiento de
datos de valores históricos, científicos o estadísticos, a los efectos previstos en
la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en el presente Reglamento, se
iniciará siempre a petición del responsable que pretenda obtener la
declaración.
2. En el escrito de solicitud, el responsable deberá:
a) Identificar claramente el tratamiento de datos al que pretende aplicarse la
excepción.
b) Motivar expresamente las causas que justificarían la declaración.
c) Exponer detalladamente las medidas que el responsable del fichero se
propone implantar para garantizar el derecho de los ciudadanos.
3. La solicitud deberá acompañarse de cuantos documentos o pruebas sean
necesarios para justificar la existencia de los valores históricos, científicos o
estadísticos que fundamentarían la declaración de la Agencia.
Artículo 158. Duración del procedimiento y efectos de la falta de resolución
expresa.
1.El plazo máximo para dictar y notificar resolución en el procedimiento será
de tres meses, a contar desde la fecha de entrada en la Agencia Española de
Protección de Datos de la solicitud del responsable del fichero.
2.Si en dicho plazo no se hubiese dictado y notificado resolución expresa, el
afectado podrá considerar estimada su solicitud..
46
Disposición adicional única. Productos de software.
Los productos de software destinados al tratamiento automatizado de datos
personales deberán incluir en su descripción técnica el nivel de seguridad,
básico, medio o alto, que permitan alcanzar de acuerdo con lo establecido en el
título VIII de este reglamento.
Disposición final única. Aplicación supletoria.
En lo no establecido en el capítulo III del título IX serán de aplicación a los
procedimientos sancionadores tramitados por la Agencia Española de
Protección de Datos las disposiciones contenidas en el Reglamento del
Procedimiento..”
47
Legislación autonómica
Andalucía
Resolución 23/2001 de 4 de Junio del Servicio Andaluz de Salud
“…El ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones…
corresponde al centro sanitario…”, y a continuación en su norma segunda regula
que éste “… esta obligado a la conservación de la historia clínica… siendo
responsable de establecer los mecanismos necesarios…”
Modificado posteriormente por la Orden de 11 de agosto de 2003, por la que se
crean, modifican y suprimen ficheros automatizados de datos de carácter personal
del Servicio Andaluz de Salud
“…Se crean en el Servicio Andaluz de Salud, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal, los siguientes ficheros que se relacionan en el Anexo
de esta Orden:
Fichero 14: Historias clínicas de Centros de Salud.
a) Órgano responsable: Dirección General de Asistencia Sanitaria.
b) Uso y fines: Prestar atención a los usuarios de los servicios, contando para ello
con la información de su historia clínica recogida en los diferentes centros y
servicios asistenciales.
La historia de salud, digital, del ciudadano cuenta con ficheros que contienen
historias clínicas de los usuarios para la asistencia por parte de los centros
sanitarios públicos y facilitar la continuidad asistencial. Comunicación de bajas
laborales, de enfermedad de declaración obligatoria y de datos en caso de
urgencia. Gestión de estadísticas internas, investigación y estadísticas médicas.
c) Personas y/o colectivos afectados: Personas atendidas en centros de atención
primaria con aplicación de TASS y centros sanitarios con acceso a la historia de
salud, digital, del ciudadano en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud.
d) Procedimiento de recogida de datos: Datos aportados por los pacientes y los
proporcionados por los profesionales en el ejercicio de sus funciones. Historias
clínicas informatizadas previas. Datos administrativos y de derecho a la
asistencia a partir de la Base de Datos de Usuarios del Sistema Sanitario
Público de Andalucía.
48
e) Estructura básica del fichero: Base de datos relacionales.
f) Tipos de datos: Datos clínicos de los pacientes y administrativos de los
usuarios.
g) Cesión de datos que se prevén: Centros sanitarios públicos de las distintas
Administraciones Públicas.
h) Unidad o servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición
acceso, rectificación y cancelación: Dirección General de Asistencia Sanitaria.
i) Medidas de seguridad: Nivel alto.
Aragón
Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón
“…CAPÍTULO IV. DE LA HISTORIA CLÍNICA.
Artículo 16. Definición.
1. La historia clínica contiene el conjunto de documentos relativos al proceso
asistencial del enfermo, en el que quedarán identificados los médicos y demás
profesionales que hubieran intervenido.
2. En cada centro asistencial deberá existir una única historia clínica para cada
paciente, correspondiendo a aquél la responsabilidad de su custodia.
Artículo 17. Contenido de la historia clínica.
1. La historia clínica, con su correspondiente número de identificación, deberá
incluir como mínimo los siguientes datos:
a. Datos de identificación del enfermo y de la asistencia.
b. Datos clínicos asistenciales.
c. Datos sociales y de condiciones de medio ambiente laboral.
d. Documento de voluntades anticipadas si existiere.
2. Los centros asistenciales del Sistema de Salud de Aragón dispondrán de un
único modelo normalizado de historia clínica que recoja los contenidos fijados
en este artículo adaptados al nivel asistencial que tengan y a la clase de
prestación que realicen.
49
Artículo 18. Regulación reglamentaria de la historia clínica.
1. El Departamento responsable de Salud determinará reglamentariamente, en
relación con la historia clínica:
a. Los datos y documentos que la componen.
b. La gestión, utilización, acceso y conservación de la misma.
c. El tiempo durante el que deberá conservarse.
2. En cualquier caso, todo el personal que acceda, en el uso de sus
competencias, a cualquier dato de la historia clínica quedará sujeto al deber de
guardar secreto sobre los datos de la misma.
Artículo 19. Historia clínica única.
El Departamento responsable de Salud, con el fin de avanzar en la
configuración de una historia clínica única por paciente, realizará, con la
participación de todos los agentes implicados, el estudio de un sistema que,
atendiendo a la evolución de los recursos técnicos, posibilite el uso compartido
de las historias clínicas entre los centros asistenciales de Aragón…”.
En el capítulo IV define la Historia clínica, describe los datos que debe contener, la
regula reglamentariamente y establece que debe de haber una única historia por
paciente. En el artículo 18 establece que el responsable de conservarla es el
Departamento responsable de Salud.
Canarias
Decreto 178/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula la
historia clínica en los centros y establecimientos hospitalarios y establece el
contenido, conservación y expurgo de sus documentos.
“…Artículo 29.- Conservación y expurgo de los documentos.
1. La conservación de la historia clínica se rige por lo dispuesto en la legislación
básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en
materia de información y documentación clínica, teniendo los centros sanitarios la
obligación de conservar las historias clínicas en condiciones que garanticen su
seguridad y correcta conservación, cualquiera que sea el soporte papel, audiovisual,
50
informático o de otro tipo en el que consten, aunque no necesariamente en el soporte
original, para la debida asistencia al paciente durante el tiempo adecuado a cada caso
y, como mínimo, cinco años contados desde la fecha del alta de cada proceso
asistencial.
2.A) Podrán ser destruidos a partir de los cinco años desde la fecha de alta de cada
episodio asistencial, los siguientes documentos contenidos en su historia clínica:
a) Hoja clínico-estadística.
b) Hoja del recién nacido, en la historia clínica de la madre.
c) Hoja de solicitud de interconsulta y pruebas complementarias, siempre que no
contenga el resultado de la prueba complementaria.
d) Hoja de controles y cuidados específicos de enfermería.
e) Gráficas de constantes.
f) Hoja de urgencias.
g) Radiografías y otros documentos iconográficos, conservando los informes.
B) Igualmente podrán destruirse a partir de los cinco años, las hojas de anamnesis y de
exploración física y las hojas de evolución de los episodios asistenciales de los que
exista informe de alta.
3. Transcurridos veinte años desde la última actividad asistencial recogida en la
historia clínica, podrán ser destruidos los siguientes documentos:
a) Hoja de Autorización de ingreso.
b) Hoja de consentimiento informado.
c) Hoja quirúrgica.
d) Hoja de órdenes médicas.
e) Hoja de control de medicación.
f) Hoja de parto.
g) Hoja del recién nacido, de su propia historia clínica.
h) Hoja de anestesia.
i) Hoja de transfusión.
j) Informes de exploraciones complementarias.
k) Hoja de alta voluntaria.
l) Informes de Anatomía Patológica.
m) Informes de necropsias.
n) Otros documentos que no aparezcan citados en el presente artículo.
51
4. Se conservarán de manera definitiva:
a) Los informes clínicos de alta.
b) Las hojas de anamnesis y exploración física y las hojas de evolución de los
episodios asistenciales de los que no exista informe de Alta…”
Cantabria
Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de
Cantabria.
“…Artículo 72. Conservación de la historia clínica.
1. La historia clínica se ha de conservar como mínimo hasta quince años desde
la muerte del paciente. No obstante, se podrán seleccionar y destruir los
documentos que no sean relevantes para la asistencia, transcurridos dos años
desde la última atención al paciente.
2. En todo caso, en la historia clínica se han de conservar durante quince años
como mínimo contados desde la muerte del paciente, y junto con los datos de
identificación del paciente: las hojas de consentimiento informado, los informes
de alta, los informes quirúrgicos y el registro de parto, los datos relativos a la
anestesia, los informes de exploraciones complementarias y los informes de
necropsia.
3. Sin perjuicio de lo establecido en los apartados 1 y 2 de este artículo, la
documentación que a criterio del facultativo sea relevante a efectos preventivos,
asistenciales o epidemiológicos se conservará el tiempo que se considere
oportuno...”
Castilla y León
Decreto 101/2005, de 22 de diciembre, por el que se regula la historia clínica
“…La conservación completa de la historia clínica plantea problemas en relación con
su manejo eficiente. Por eso se hace preciso expurgar y destruir la documentación que
no se considera necesario guardar, y conservar aquélla que pueda tener valor futuro,
bien para la asistencia al paciente, bien con fines judiciales o cuando existan razones
epidemiológicas, de investigación o de organización y funcionamiento.
52
Esta Ley establece en el artículo 39 que la Junta de Castilla y León regulará:
– Los mecanismos para garantizar la autenticidad del contenido de la historia
clínica y de los cambios operados en ella, así como la posibilidad de su
reproducción futura.
– Las disposiciones necesarias para que los centros sanitarios puedan adoptar
las medidas técnicas y organizativas adecuadas para archivar y proteger las
historias clínicas y evitar su destrucción o su pérdida accidental.
– El procedimiento para que quede constancia del acceso a la historia clínica y
de su uso.
– Los mecanismos para la destrucción de la historia clínica en aquellos casos en
que se contemple legalmente, así como para garantizar la conservación de
aquellos datos que puedan ser relevantes o deban preservarse para ulteriores
estudios.
Artículo 21.– Conservación.
1.– La documentación clínica deberá conservarse como mínimo cinco años
contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial o desde el
fallecimiento del paciente.
2.– Transcurridos cinco años podrán destruirse los siguientes documentos
cuando no sean trascendentales por motivos asistenciales, de salud pública,
epidemiológicos, de investigación, judiciales o por razones de organización y
funcionamiento del Sistema Nacional de Salud:
a)La hoja clínico-estadística.
b)La solicitud y autorización de ingreso.
c)El informe de urgencia.
d)Las hojas de órdenes médicas.
e)Las hojas de interconsulta.
f)La hoja de evolución y planificación de cuidados de enfermería.
g)La hoja de aplicación terapéutica de enfermería.
h)El gráfico de constantes.
i)La iconografía, los resultados analíticos y los registros
electrofisiológicos.
Asimismo podrán destruirse, a partir de los cinco años, las hojas de anamnesis
y de exploración física y las de evolución correspondientes a los episodios
asistenciales sobre los que exista informe de alta.
53
3.– Se conservarán de forma indefinida los siguientes documentos:
a)Los informes de exploraciones complementarias.
b)El consentimiento informado.
c)El informe de anestesia.
d)El informe de quirófano o de registro del parto.
e)El informe clínico de alta.
f)Los informes de anatomía patológica y necropsia.
4.– Aquellas historias clínicas que sean prueba documental en un proceso
judicial o procedimiento administrativo no podrán ser sometidas a los
procedimientos de expurgo regulados en este Decreto hasta que finalice dicho
proceso.
5.– La historia clínica podrá conservarse en un soporte distinto del original
pero de forma que se garantice la preservación de la información en ella
contenida, así como la constancia de la identidad de las personas que la han
elaborado.
6.– La documentación que sea objeto de expurgo habrá de destruirse mediante
métodos que aseguren su completa eliminación.
7.– La dirección de cada centro, asesorada por la comisión que corresponda,
establecerá los mecanismos de gestión, valoración y selección para el expurgo
de las historias clínicas…”
Castilla-La Mancha
Resolución de 27/02/2009, de la Dirección Gerencia, mediante la que se aprueba la
Circular 1/2009, sobre uso, acceso, cesión de datos y conservación de la Historia
Clínica en el ámbito del Sescam. [2009/9002].
“…6. Conservación, custodia, expurgo y destrucción de la documentación clínica
6.1. Condiciones de la conservación.
Cada centro sanitario archivará las historias clínicas de sus pacientes,
cualquiera que sea el soporte (papel, audiovisual, informático o de otro tipo) en
el que consten.
Los ficheros de historia clínica electrónica quedarán almacenados en el sistema
informático.
54
La conservación de la documentación clínica deberá garantizar la preservación
de la información y no necesariamente del soporte original.
La conservación debe garantizar que queden registrados todos los cambios e
identificados los médicos y los profesionales asistenciales que los han realizado.
Los centros sanitarios adoptarán las medidas técnicas y organizativas
adecuadas para proteger los datos personales y evitar su destrucción o su
pérdida accidental, y también el acceso, alteración, comunicación o cualquier
otro procedimiento no autorizado.
6.2. Plazos de conservación.
Los centros sanitarios deben conservar la documentación obrante en la historia
clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento,
confidencialidad y seguridad, para la debida atención al paciente, durante al
menos cinco años desde la fecha del alta de cada proceso asistencial, o desde el
fallecimiento del paciente.
Transcurrido dicho plazo, si los documentos, a juicio del facultativo o servicio
correspondiente, no fueran relevantes de cara a la asistencia sanitaria y no
tienen interés a efectos de salud pública, realización de estudios
epidemiológicos o de investigación, se podrá proceder a su destrucción de
conformidad con un proceso de eliminación seguro y con garantías de
confidencialidad.
Se conservará indefinidamente aquella información que se considere relevante a
efectos preventivos, epidemiológicos, de investigación o de organización y
funcionamiento del Sistema Nacional de Salud. En tales casos, siempre que sea
compatible con los fines perseguidos, se despersonalizarán los datos al objeto
de impedir la identificación directa o indirecta de los sujetos implicados. La
documentación clínica también se conservará a efectos judiciales de
conformidad con la legislación vigente.
6.3. Criterios de seguridad de la historia clínica:
Los procedimientos a aplicar en relación al uso y custodia de la historia clínica
deben garantizar plenamente el derecho del paciente a su intimidad personal y
el deber de guardar secreto para quien, en virtud de sus competencias, tenga
acceso a la historia clínica.
Estos criterios y medidas de seguridad se contienen en el Documento de
Seguridad aprobado por Resolución de 19 de septiembre de 2008 y publicado
55
en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 205 de fecha 6 de octubre de
2008.
Por otro lado, el Sescam mantiene, a disposición de todos los trabajadores con
acceso a datos protegidos, un documento explicativo de sus funciones y
obligaciones en relación con la normativa sobre protección de datos que se
encuentra accesible en: http://aplicaciones.sescam.jclm.es/lopd/doc/lopd.pdf
En concreto, y en relación con el uso y custodia de la historia clínica, se
establecen las siguientes pautas de conducta:
6.3.1. Cada HC es única y tendrá un número de identificación único para cada
paciente del centro. Cuando finalice el proceso de implantación de la HC
electrónica ésta será única para cada paciente y para toda la red asistencial del
Sescam. En todo caso, la HC recogerá toda la información integrada y
acumulativa relativa al curso clínico del paciente.
6.3.2. En cada HC deberá incorporarse la constancia de que se ha facilitado al
paciente la hoja de información en relación a sus derechos sobre los datos
personales contenidos en su HC, con el correspondiente acuse de recibo.
6.3.3. Las HC estarán custodiadas en un archivo único. Sin embargo, puede
preverse la existencia de un archivo pasivo, físicamente diferenciado del
archivo activo, en el cual podrán ubicarse las HC correspondientes a pacientes
sin contacto con el centro durante un determinado periodo.
6.3.4. En aquellos casos en que el archivo de HC pasivas se encuentre fuera de
las dependencias del centro deberán garantizarse unas medidas de seguridad
idénticas a las que existieran en el propio centro.
6.3.5. En aquellos casos en que el archivo del HC pasivas se encuentre fuera de
las dependencias del centro y gestionado por una empresa externa, deberá ser
formalizado por escrito un contrato que regule expresamente el deber de
confidencialidad del depositario de las HC así como también el resto de las
obligaciones como encargado del tratamiento por cuenta de terceros.
6.3.6. Cada centro deberá establecer un responsable de archivo de HC, que
deberá velar por el adecuado cumplimiento de los sistemas de archivo, control e
información, que deberán ser adecuados a las características y dimensiones del
centro.
6.3.7. El acceso al archivo de HC deberá encontrarse limitado al horario en que
el personal de archivo pueda ejercer los controles previstos. Fuera de este
56
horario, el acceso al archivo estará restringido y controlado. Cualquier acceso
al archivo fuera del horario habitual, deberá ser anotado en un registro creado
al efecto.
6.3.8. El archivo de HC contará con medidas de seguridad física apropiadas.
6.3.9. En cualquier entrega interna de una HC, debe quedar constancia de la
persona que efectúa la petición, o del motivo que justifica el flujo de las HC por
razones organizativas y de programación de actos clínicos que requieren el
acceso a las mismas.
6.3.10. Las salidas de HC del archivo deberán anotarse en un libro registro, con
la información suficiente para permitir su seguimiento. En el mismo libro
registro deberá anotarse también la fecha de devolución de la HC
6.3.11. Las solicitudes de HC de pacientes que en el momento de la solicitud no
estén siguiendo un curso clínico, deberán ser debidamente justificadas.
6.3.12. La devolución de las HC al archivo debe realizarse inmediatamente
después de la circunstancia que motivó su petición.
6.3.13. Durante el periodo en que la HC se encuentra fuera del archivo central,
deberán establecerse unas medidas de seguridad mínimas que permitan
restringir el acceso de personas no autorizadas.
6.3.14. Las HC únicamente serán canceladas una vez transcurrido el plazo
previsto por la normativa vigente.
Cataluña
16/2010, de 3 de junio, de modificación de la Ley 21/2000, de 29 de diciembre,
sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía del
paciente, y la documentación clínica.
“…La modificación del artículo 12 de la Ley 21/2000, por una parte, se determinan
con más concreción los requerimientos de custodia, conservación y expurgación de
la historia clínica y, por otra, se modifican los plazos de conservación de la historia
clínica, con la doble finalidad de facilitar el cómputo de dichos plazos y de
garantizar que la conservación de la historia clínica se haga efectiva para
responder a todas las finalidades que esta tiene atribuidas. Asimismo, se establece
la necesidad de custodiar las historias clínicas más allá del cierre de centros
sanitarios o del cese definitivo de actividades profesionales sanitarias a título
individual.
57
Se establece un período mínimo de conservación de la documentación más
relevante de la historia clínica, que es de quince años a contar desde la fecha de
alta de cada proceso asistencial. El resto de documentación que integra la historia
clínica puede destruirse al cabo de cinco años desde la fecha de alta de cada
proceso asistencial
Modificación del artículo 12 de la Ley 21/2000
Se modifica el artículo 12 de la Ley 21/2000, de 29 de diciembre, sobre los derechos
de información concerniente a la salud y la autonomía del paciente, y la
documentación clínica, que queda redactado del siguiente modo:
Artículo 12. Conservación de la historia clínica
1. La responsabilidad de custodiar la historia clínica recae en la dirección de los
centros sanitarios, o bien en los profesionales sanitarios que llevan a cabo su
actividad de forma individual.
2. La historia clínica debe conservarse en las condiciones que garanticen la
autenticidad, la integridad, la confidencialidad, la preservación y el correcto
mantenimiento de la información asistencial registrada, y que aseguren su completa
reproductibilidad en el futuro, durante el tiempo en que sea obligatorio
conservarla, independientemente del soporte en que se encuentre, que no tiene que
ser necesariamente el soporte original.
3. En el proceso de traslación de la información de la historia clínica, desde el
soporte original a otro soporte, tanto si es digital como de otra naturaleza, debe
garantizarse la inalterabilidad, autenticidad y perdurabilidad de la información
asistencial, así como la confidencialidad de los datos y de la información que
contienen. Las medidas técnicas y organizativas de seguridad que se adopten a tal
efecto deben ser recogidas por protocolos internos aprobados por la dirección del
centro sanitario, que deben basarse en los criterios aprobados por la comisión
técnica a la que se refiere la disposición final primera
58
4. De la historia clínica debe conservarse, junto con los datos de identificación de
cada paciente, como mínimo durante quince años desde la fecha de alta de cada
proceso asistencial, la siguiente documentación:
a) Las hojas de consentimiento informado.
b) Los informes de alta.
c) Los informes quirúrgicos y el registro de parto.
d) Los datos relativos a la anestesia.
e) Los informes de exploraciones complementarias.
f) Los informes de necropsia.
g) Los informes de anatomía patológica.
5. Los procesos de digitalización de la historia clínica que se lleven a cabo deben
facilitar el acceso a la historia clínica desde cualquier punto del Sistema Nacional
de Salud. A tal efecto, deben establecerse los mecanismos para hacer posible,
mediante la tarjeta sanitaria individual, la vinculación entre las historias clínicas
que cada paciente tenga en los organismos, centros y servicios del Sistema
Nacional de Salud, y que permitan el acceso de los profesionales sanitarios a la
información clínica y el intercambio de dicha información entre los dispositivos
asistenciales de las comunidades autónomas, de conformidad con las disposiciones
sobre protección de datos de carácter personal.
6. La documentación que integra la historia clínica no mencionada por el apartado
4 puede destruirse una vez hayan transcurrido cinco años desde la fecha de alta de
cada proceso asistencial.
7. No obstante lo establecido por los apartados 4 y 6, debe conservarse de acuerdo
con los criterios que establezca la comisión técnica en materia de documentación
clínica, a la que hace referencia la disposición final primera, la documentación que
sea relevante a efectos asistenciales, que debe incorporar el documento de
voluntades anticipadas, y la documentación que sea relevante, especialmente, a
efectos epidemiológicos, de investigación o de organización y funcionamiento del
Sistema Nacional de Salud. En el tratamiento de esta documentación debe evitarse
identificar a las personas afectadas, salvo que el anonimato sea incompatible con
las finalidades perseguidas o que los pacientes hayan dado su consentimiento
previo, de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de datos de
59
carácter personal. La documentación clínica también debe conservarse a efectos
judiciales, de conformidad con la normativa vigente.
8. La decisión de conservar la historia clínica, en los términos establecidos por el
apartado 7, corresponde a la dirección médica del centro sanitario, a propuesta del
facultativo o facultativa, previo informe de la unidad encargada de la gestión de la
historia clínica en cada centro. Esta decisión corresponde a los propios facultativos
cuando desarrollen su actividad de forma individual.
9. Los responsables de custodiar la historia clínica, a quienes se refiere el apartado
1, también son responsables de destruir correctamente la documentación que
previamente se haya decidido expurgar.
10. En el supuesto de cierre de centros y servicios sanitarios, o de cese definitivo de
actividades profesionales sanitarias a título individual, debe garantizarse el
mantenimiento del acceso legalmente reconocido a las historias clínicas que se
encuentren bajo la custodia de dichos centros o profesionales, en beneficio de la
asistencia médica y, especialmente, de los derechos de los pacientes en materia de
documentación clínica y de protección de datos personales.
11. Son aplicables a la conservación de la historia clínica, al proceso de traslación
de información establecido por el apartado 3 y a la actividad de destrucción a la
que se refiere el apartado 9 las medidas técnicas y organizativas de seguridad
aplicables a los ficheros que contienen datos de carácter personal, en los términos
establecidos por la normativa reguladora de la protección de datos de carácter
personal.
12. Las prescripciones del presente artículo se entienden sin perjuicio de la
aplicación de la normativa específica de prevención de riesgos laborales y de
protección de la salud de los trabajadores en las historias clínicas relativas a la
vigilancia de la salud de los trabajadores…”
60
Comunidad de Madrid
Recomendación 2/2004, de 30 de julio, de la Agencia de Protección de Datos de la
Comunidad de Madrid, sobre custodia, archivo y seguridad de los datos de
carácter personal de las historias clínicas no informatizadas (aprobada por
Resolución del Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de
Madrid con fecha 30 de julio de 2004)
“…Conservación, expurgo y cesiones de datos de la historia clínica
1. Conservación.
a) Custodia por los centros.
Los centros e instituciones sanitarias tienen la obligación de conservar la
documentación clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y
seguridad, aunque no necesariamente en el soporte original, para la debida
asistencia al paciente durante el tiempo adecuado a cada caso y, como mínimo,
cinco años contados desde la fecha de alta de cada proceso asistencial. A estos
efectos la Comunidad de Madrid puede regular y establecer por Ley, al igual que ya
lo han realizado otras Comunidades Autónomas, un plazo superior de conservación.
La documentación clínica también se conservará a efectos judiciales de
conformidad con la legislación vigente. Se conservará, asimismo, cuando existan
razones epidemiológicas, de investigación o de organización y funcionamiento del
Sistema Nacional de Salud. En este último caso, su tratamiento se hará de forma
que se evite en lo posible la identificación de las personas afectadas.
Se podrá diferenciar dentro del fichero de historias clínicas, tal y como se recoge en
el punto 5 de la presente Recomendación, entre las que corresponden a un episodio
activo que todavía no ha concluido y aquellas que constituyen el archivo pasivo por
corresponder a episodios concluidos. Las previsiones establecidas en la presente
Recomendación serían de aplicación a cualquiera de las dos modalidades.
b) Custodia por terceros.
El acceso a datos por cuenta de terceros viene regulado en el artículo 12 de la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal, como una posibilidad de acceder a los mismos cuando dicho acceso sea
necesario para la prestación de servicios por parte de un tercero al responsable del
fichero. La particularidad de este tipo de acceso es que no tiene la consideración de
61
comunicación o cesión de datos, no siendo necesario por tanto el consentimiento de
los afectados para que pueda materializarse.
No obstante, lo que sí se prevé como indispensable para que el servicio pueda
prestarse es que la realización del tratamiento por parte del tercero deberá estar
regulada en un contrato en el que se recogerán las condiciones e instrucciones
fijadas por el responsable del fichero para la prestación del servicio, la finalidad
del tratamiento y la imposibilidad de la comunicación de los datos a otras personas
distintas del prestador. Se estipularán igualmente las medidas de seguridad que el
tercero deberá implantar en el sistema de tratamiento que utilice para la prestación
del servicio.
Por lo que se refiere a la gestión de la historia clínica no informatizada, en la
actualidad se está extendiendo entre los centros sanitarios la práctica consistente
en externalizar el tratamiento de las historias clínicas, a través de los llamados
contratos de outsourcing. Por medio de los mismos, son entidades privadas, con
personalidad jurídica distinta de la del responsable de las historias clínicas,
quienes custodian los archivos. Estas entidades privadas no pueden subcontratar el
almacenamiento de las historias clínicas.
Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 8/2001, de
13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de
Madrid, estos contratos de servicios de tratamiento de datos de carácter personal
deberán de ser comunicados a esta Agencia de Protección de Datos de la
Comunidad de Madrid con anterioridad a su perfeccionamiento.
2. Expurgo.
Con periodicidad anual y siguiendo los criterios de la Comisión Central de
Documentación Clínica que ha sido prevista por el Grupo de Expertos en
Información y Documentación Clínica u órgano equivalente que se cree en la futura
Ley autonómica, se realizará, por parte de la UNADC o Servicio equivalente, una
propuesta de expurgo y destrucción de los documentos de las historias clínicas
correspondientes a episodios concluidos y que tengan una antigüedad superior al
período establecido en la normativa vigente como mínimo u obligatorio de
conservación de las mismas.
Analizada la propuesta por la dirección del centro o institución, si se autorizara la
destrucción de la documentación propuesta, ésta se realizará mediante la
utilización de los medios, propios o ajenos, suficientes y con la garantía de
62
mantener la confidencialidad de la información y su efectiva destrucción, siendo
responsable de la misma la UNADC o Servicio equivalente.
3. Cesiones de datos de la historia clínica no informatizada.
La Ley 41/2002, aunque lo regula dentro de su artículo 16 bajo la figura del acceso
a la historia clínica, realmente y bajo la óptica de la protección de datos, cuando el
acceso se produce con fines judiciales, epidemiológicos, de salud pública, de
investigación o docencia, se trataría de una cesión de datos, pues el acceso a la
misma es por un tercero diferente al centro/institución sanitaria.
Con carácter general, la LOPD establece la norma general (artículo 11.1) referente
a que los datos de carácter personal sólo…”
Comunidad Foral de Navarra
Ley Foral 11/2002, de 6 de mayo, sobre los derechos del paciente a las voluntades
anticipadas, a la información y a la documentación clínica.
“…Artículo 13. Conservación de la historia clínica
1. La historia clínica debe conservarse como mínimo hasta veinte años después
de la muerte del paciente. No obstante, se pueden seleccionar y destruir los
documentos que no son relevantes para la asistencia, transcurridos diez años
desde la última atención al paciente.
2. En cualquier caso, en la historia clínica deben conservarse, junto con los
datos de identificación del paciente, durante veinte años, como mínimo, a contar
desde la muerte del paciente: las hojas de consentimiento informado, los
informes de alta, los informes quirúrgicos y el registro de parto, los datos
relativos a la anestesia, los informes de exploraciones complementarias y los
informes de necropsia.
3. A pesar de lo establecido en los apartados 1 y 2 de este artículo, la
documentación que a criterio del facultativo sea relevante a efectos preventivos,
asistenciales o epidemiológicos, debe conservarse durante todo el tiempo que
sea necesario.
63
4. Los profesionales sanitarios tienen el deber de cooperar en la creación y el
mantenimiento de una documentación clínica ordenada y secuencial del proceso
asistencial de los pacientes.
5. La gestión de la historia clínica por los centros con pacientes hospitalizados,
o por los que atiendan a un número suficiente de pacientes bajo cualquier otra
modalidad asistencial, según el criterio de los servicios de salud, se realizará a
través de la unidad de admisión y documentación clínica, encargada de integrar
en un solo archivo las historias clínicas. La custodia de dichas historias clínicas
estará bajo la responsabilidad de la dirección del centro sanitario.
6. Los profesionales sanitarios que desarrollen su actividad de manera
individual son responsables de la gestión y de la custodia de la documentación
asistencial que generen.
7. Son de aplicación a la documentación clínica las medidas técnicas de
seguridad establecidas por la legislación reguladora de la conservación de los
ficheros que contienen datos de carácter personal y, en general, por la Ley
Orgánica 15/1999 (RCL 1999\3058), de Protección de Datos de Carácter
Personal».…”
Comunidad Valenciana
Ley 1/2003, de 28 de enero, de la Generalitat, de Derecho e Información al Paciente
de la Comunidad Valenciana
“…Artículo 22.2
Para garantizar los usos de la historia clínica, especialmente el asistencial, se
conservarán los documentos como mínimo cinco años a partir de la fecha del
último episodio asistencial en el que el paciente haya sido atendido o desde su
fallecimiento. Aquellos documentos especialmente relevantes se conservarán
indefinidamente o por el tiempo que fije la normativa vigente al respecto. Las
historias clínicas que sean prueba en un proceso judicial o procedimiento
administrativo se conservarán hasta la finalización del mismo…”
64
Extremadura
Ley 3/2005, de 8 de julio, de información sanitaria y autonomía del paciente.
“…Artículo 34. Conservación de la historia clínica.
1. Los centros sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación
obrante en la historia clínica en condiciones que garanticen su correcto
mantenimiento, confidencialidad y seguridad, para la debida atención al
paciente, durante al menos quince años contados desde la fecha del alta de cada
proceso asistencial.
2. En cualquier caso la conservación de la documentación clínica deberá
garantizar la preservación de la información y no necesariamente del soporte
original.
3. Se conservará indefinidamente aquella información que se considere
relevante a efectos preventivos, epidemiológicos, de investigación o de
organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud. En tales casos,
siempre que sea compatible con los fines perseguidos, se despersonalizarán los
datos al objeto de impedir la identificación directa o indirecta de los sujetos
implicados. La documentación clínica también se conservará a efectos
judiciales de conformidad con la legislación vigente.
4. Los profesionales sanitarios tienen el deber de cooperar en la creación y el
mantenimiento de una documentación clínica ordenada que refleje, con las
secuencias necesarias en el tiempo, la evolución del proceso asistencial del
paciente…”.
Galicia
Decreto 29/2009, de 5 de febrero, por el que se regula el uso y acceso a la historia
clínica electrónica.
“…Artículo 16. Conservación
1. La historia clínica deberá conservarse en condiciones que garanticen la
preservación de la información asistencial que contiene, aun cuando no se
mantenga en el soporte original en el que se elaboró, con las cautelas que se
establezcan reglamentariamente para evitar la manipulación de datos cuando
no se mantenga en susodicho el soporte original.
65
2. Se conservará indefinidamente la siguiente información:
- Informes de alta.
- Hojas de consentimiento informado
- Hojas de alta voluntaria
- Informes quirúrgicos y/o registros de parto
- Informes de anestesia
- Informes de exploraciones complementarias
- Informes de necropsia
- Hoja de evolución y de planificación de cuidados de enfermería
- Otros informes médicos
- Cualquier otra información que se considere relevante para los efectos
asistenciales, preventivos, epidemiológicos o de investigación
- La información de aquellas historias clínicas en las que la conservación
sea procedente por razones judiciales.
3. El resto de la información se conservará, como mínimo, hasta que
transcurran cinco años desde la última asistencia prestada al paciente o desde
su fallecimiento…”
Islas Baleares
Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud. “…Artículo 15. Deber de secreto de los datos de la documentación clínica.
1. El personal que tenga acceso a la documentación clínica queda sujeto al
deber de guardar el secreto sobre los datos consultados.
2. Reglamentariamente se regulará el derecho de acceso, custodia,
conservación y otros aspectos relativos a la documentación clínica…”
La Rioja
No esta regulada la historia clínica, lo que contrasta con la implantación de la Historia
Clínica Electrónica en dicha Comunidad.
66
País Vasco
Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de
Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos
“…Artículo 9
Los documentos clínicos generados en los Servicios de Urgencia respecto de
episodios asistenciales que cursen sin ingreso del paciente en el Hospital sólo
podrán ser destruidos a partir de los dos años desde la fecha en que tales
episodios tengan lugar, a excepción de las Hojas de Urgencias. Estas últimas
sólo podrán ser destruidas a partir de los cinco años de la citada fecha.
Artículo 10
1.- Podrán ser destruidos a partir de los cinco años desde la fecha del alta
correspondiente al último episodio asistencial en que el paciente haya sido
atendido en el Hospital los siguientes documentos contenidos en su Historia
Clínica:
a) Las Hojas Clínico-estadísticas
b) Las Hojas de Autorización de ingreso
c) Las Hojas de Órdenes Médicas
d) Las Hojas de Interconsulta
e) Las Hojas de infección Hospitalaria
f) Las Hojas de Evolución y Planificación de Cuidados de Enfermería
g) Las Hojas de Aplicación Terapéutica
h) Las Hojas de Gráficas de Constantes
i) Las Hojas de Urgencias
j) Las Radiografías u otros documentos iconográficos
k) Otros documentos que no aparezcan citados en el artículo siguiente.
2.- Igualmente, podrán destruirse, a partir de los cinco años, las Hojas de
Anamnesis y Exploración Física y las de Evolución correspondientes a los
episodios asistenciales sobre los que exista Informe de Alta.
Artículo 11
1.- Se conservarán de manera definitiva los siguientes Tipos de Documentales:
a) Las Hojas de Informes Clínicos de Alta
b) Las Hojas de Alta Voluntaria
c) Las Hojas de Consentimiento Informado
d) Las Hojas de Informes Quirúrgicos y/o de Registro del Parto
67
e) Las Hojas de Anestesia
f) Las Hojas de Informes de Exploraciones Complementarias
g) Las Hojas de Informes de Necropsia
2.- Así mismo, deberán conservarse las Hojas de Anamnesis y Exploración
Física y las de Evolución correspondientes a los episodios asistenciales sobre
los que no exista Informe de Alta.
3.- Para garantizar la conservación indefinida de los citados Tipos
Documentales y de la información registrada en los mismos, se utilizarán los
soportes documentales más adecuados, sustituyéndose el papel únicamente en
los casos en que se garantice la permanencia del soporte que se adopte para
reemplazarlo…”
Principado de Asturias
Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
En dicha ley se hace referencia a las competencias del Servicio de Salud del Principado
de Asturias, aunque no se haga referencia a la historia clínica.
Por otra parte el Gobierno de Asturias ha editado una normativa que nos pueden servir
de referencia a la hora digitalizar ya que se marcan unos parámetros claros para
establecer los criterios, la obra es la siguiente y estará incorporada en
Digitalización de documentos. Versión 1.0. Sistemas de Gestión e Información de
Archivos. Editado por: Dirección General de Modernización Viceconsejería de
Presupuestos y Administración Pública, Consejería de Economía y Administración
Pública del Gobierno de Asturias en el año 2007.
Región de Murcia
Ley 3/2009, de 11 de mayo, de los Derechos y Deberes de los Usuarios del Sistema
Sanitario de la Región de Murcia.
“…Artículo 54. Gestión y conservación de la historia clínica.
1. La custodia y gestión de las historias clínicas corresponde a la
Administración Sanitaria o entidad titular del centro, en donde se presta
asistencia sanitaria al paciente por profesionales sanitarios por cuenta ajena.
68
En los supuestos en que el profesional sanitario trabaje por cuenta propia, le
corresponderá a éste dicha custodia y gestión.
2. En tal sentido, los responsables de la custodia y gestión especificados en el
apartado anterior deberán salvaguardar la integridad y confidencialidad de las
historias clínicas o, al menos, de la información que las mismas contienen
aunque no sea en soporte original. A estos efectos, se deberán establecer por la
Administración Sanitaria aquellos mecanismos que garanticen la autenticidad
del contenido de la historia clínica y de los cambios operados en ella, así como
la posibilidad de su reproducción futura. Además, todos los profesionales
sanitarios que intervienen en el proceso asistencial del paciente tienen el deber
de colaborar en completar y conservar en el debido orden la documentación
contenida en dichas historias.
3. La gestión unitaria de las historias clínicas será asumida en cada centro por
la unidad de admisión y documentación clínica o, en su defecto, por aquella
unidad que determine la Administración Sanitaria. No obstante lo anterior, la
custodia de dichas historias clínicas estará bajo la responsabilidad de la
dirección o gerencia del centro sanitario.
4. A fin de garantizar la adecuada asistencia sanitaria a los pacientes, la
documentación e información clínica contenida en las historias deberá con
carácter general conservarse, como mínimo, durante veinte años a contar desde
la fecha de alta del último proceso asistencial y en los términos que se
determine reglamentariamente por Orden de la Consejería competente. A estos
efectos, dicho desarrollo reglamentario podrá establecer plazos distintos y
especificidades determinadas de conservación en supuestos de fallecimiento del
paciente, garantía asistencial, relevancia de la información contenida o
tipología del centro sanitario, razones epidemiológicas, de estadística sanitaria
o de salud pública. Asimismo, se conservará a efectos judiciales o
administrativos, de conformidad con la legislación vigente. Además, se
determinará reglamentariamente el destino y custodia de las historias clínicas
en el ámbito de la sanidad privada en los supuestos de cese de actividad de los
centros o profesionales sanitarios por cuenta propia…”
69
Ciudades Autónomas de Ceuta y de Melilla
No posee una legislación competente sobre el tema que nos ocupa, la única referencia
que se hace a éstas sobre materia sanitaria es el traspaso de las competencias sanitarias a
las ciudades autónomas.
70
Bibliografía8
Agencia Española de Protección de Datos [En línea]. Madrid : Agencia Española de
Protección de Datos, 2010. URL <https://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-
idphp.php> [Consulta 06-07-2010]
España. Ley 3/2009, de 11 de mayo, de los Derechos y Deberes de los Usuarios del
Sistema Sanitario de la Región de Murcia. Boletín Oficial de la Región de Murcia, núm.
114, de 20 de mayo de 2009, 22639-22674 p.
España. Resolución de 27/02/2009, de la Dirección Gerencia, mediante la que se
aprueba la Circular 1/2009, sobre uso, acceso, cesión de datos y conservación de la
Historia Clínica en el ámbito del Sescam. Boletín Oficial de Castilla La Mancha, núm.
120, 29 de junio de 2009, 27182 – 27206 p.
España. Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
protección de datos de carácter personal. Boletín Oficial del Estado, 19 de enero de
2008, núm.17, p. 4103 a 4136
España. Decreto 101/2005, de 22 de diciembre, por el que se regula la historia clínica.
Boletín Oficial de Castilla y León, núm. 249, 22 de diciembre de 2005, 22270 p.
España. Decreto 178/2005, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que
regula la historia clínica en los centros y establecimientos hospitalarios y establece el
contenido, conservación y expurgo de sus documentos. Boletín Oficial de Canarias,
núm. 154, 8 de agosto de 2005, 15075-15139 p.
España. Recomendación 2/2004, de 30 de julio, de la Agencia de Protección de Datos
de la Comunidad de Madrid, sobre custodia, archivo y seguridad de los datos de carácter
personal de las historias clínicas no informatizadas. Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid, núm. 191, 12 de agosto de 2004, 7 p.
8 Se encuentra ordenada cronológicamente en orden descendente
71
España. Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de
Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos. Boletín
Oficial del País Vasco, núm. 44, de 4 de marzo de 2004, 4050-4069 p.
España. Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Islas Baleares. Boletín Oficial de las
Islas Baleares, núm. 055, de 23 de abril de 2003
España. Ley Foral 29/2003, de 4 de abril, por la que se modifica parcialmente la Ley
Foral 11/2002, de 6 de mayo, sobre los derechos del paciente a las voluntades
anticipadas, a la información y a la documentación clínica. Boletín Oficial del Estado,
núm.120, de 20 de mayo de 2003, 19106 – 19107 p.
España. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del
paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación
clínica. Boletín Oficial del Estado, 15 de noviembre de 2002, núm. 274, p. 40126 -
40132
España. Ley Foral 11/2002, de 6 de mayo, sobre los derechos del paciente a las
voluntades anticipadas, a la información y a la documentación clínica. Boletín Oficial
del Estado, núm. 129, 30 de mayo de 2002, 19249-19254 p.
España. Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón. Boletín Oficial de Aragón, 19
de abril de 2002, núm. 46, 3741- 3757 p.
España. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal. Boletín Oficial del Estado, 14 de diciembre de 1999, núm. 298, p. 43088-
43099.
España. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Boletín Oficial del Estado, 29
de abril de 1986, núm. 102, p. 15207-15224.
72
Anexo II
El caso práctico del Hospital Universitario Miguel Servet
SECTOR ZARAGOZA 2
ID. PROTOCOLO Z2-
Pº Isabel la Católica, 1-3 50009 ZARAGOZA Tel.: 976 765500
PLAN DE DESASTRES. SERVICIO DE DOCUMENTACIÓN CLÍNICA Y
ARCHIVO
UNIDAD EMISORA SERVICIO DE DOCUMENTACIÓN CLÍNICA
FECHA (mm/aaaa)
ELABORADO
POR
SERVICIO DE DOC. CLÍNICA 09/2010
APROBADO POR
REV
ISION “A”
FECHA PROXIMA REVISION
REGISTRO DE REVISIONES
ID REVISION
FECHA (mm/aaaa) ACTUALIZADO POR PROXIMA REVISION
(mm/aaaa)
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 74
Introducción
Este documento contiene el Plan de recuperación de desastres para el Servicio de
Documentación Clínica y Archivo del Hospital Universitario Miguel Servet. Con este
procedimiento escrito pensamos que se puede responder adecuada y oportunamente con
criterios de seguridad, eficiencia y rapidez ante los casos de emergencias que se puedan
presentar, mediante una acción colectiva y coordinada de los diferentes entes participantes que
permite controlar y minimizar las posibles pérdidas.
El empleo de ésta guía capacitará al personal técnico del Servicio de Documentación
Clínica a dar una respuesta a los posibles incidentes de las diversas magnitudes que puedan
suceder en el Archivo.
El plan estará basado en los puntos guías de la Hoja de trabajo para esbozar un plan de
desastre que aparecen recogida en El manual de preservación de bibliotecas y archivos del
Northeast Document Conservation Center9. y el Manual de planificación y prevención de
desastres en archivos y bibliotecas10 se elaborará un informe de riesgos respondiendo a las
diferentes cuestiones que ambos proponen. La finalidad de redactar este informe es evaluar la
situación del archivo y los riesgos a través de la siguiente metodología propuesta en dicho
manual. Se representa un escenario en el que puedan interaccionar las diferentes fuentes de
peligro con los distintos elementos que componen el archivo, teniendo en cuenta las
características de éste. El objetivo de la evaluación de los posibles riesgos es la cuantificación
de la probabilidad (frecuencia) y de la intensidad (gravedad) con que se pueden producir los
efectos dañinos. Técnicamente la expresión del valor de riesgo viene definida por la ecuación:
R = P x I; en la que R = valor del riego, P = coeficiente de probabilidad, y I = coeficiente de
intensidad promedio. Para la evaluación de riesgos utilizaremos el Método de Evaluación de
Riesgos en Archivos, MERA, que se incorpora en el Anexo II junto a la hoja de registro de
incidencias., indispensable para la realización de este método. 9 OGDEN, Sherelyn. Manual de preservación de bibliotecas y archivos del Northeast Document Conservation Center [En línea]. Santiago de Chile: DIBAM, 2000. 370 p. [Consulta 14-12-2009] URL <www.nedcc.org/resources/downloadas/spplam3.pdf> 10 SANCHEZ HERNAMPÉREZ, Arsenio. Manual de planificación y prevención de desastres en archivos y bibliotecas. Madrid : Fundación Histórica Tavera|, Fundación MAPFRE Estudios, 2000. 111 p. ISBN 8489763828.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 75
Objetivos servicio de documentación clínica
1. Custodiar y conservar las historias clínicas generadas como consecuencia de la práctica
asistencial desarrollada en el centro.
2. Desarrollar y potenciar los circuitos que favorezcan la circulación de la documentación
entre los diferentes niveles asistenciales.
3. Garantizar la existencia de una historia clínico-sanitaria única para cada paciente, al
menos dentro de los límites de cada institución asistencial
4. Asegurar la transferencia al archivo de toda la documentación asistencial relativa al
paciente tras su alta hospitalaria o bien tras su utilización en consultas ambulatorias para
el seguimiento del proceso asistencial.
5. Extraer la información contenida en los expedientes clínicos mediante herramientas de
indización y codificación.
6. Fomentar la dotación de instalaciones convenientes que garanticen la adecuada
conservación de la documentación.
7. Asegurar que todas las funciones y cometidos que competan al servicio de
documentación clínica queden protocolizados y recogidos en el necesario manual de
funcionamiento.
8. Promocionar la utilización exhaustiva de la documentación custodiada en el archivo
clínico como recursos básico de información al servicio de los usuarios
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 76
Fase 1 - Documentos de trabajo
A.Información Institucional
Nombre de la institución: Hospital Universitario Miguel Servet. Servicio de Documentación
Clínica y Archivo
Fecha de culminación o actualización de esta plantilla: 01/09/2010
Fecha de la próxima actualización de esta plantilla: 01/09/2011
Cargo Nombre Teléfono Responsabilidad
Jefe Equipo de
Recuperación de
Desastres
Miguel Moreno Vernis 2562 Dirección
Responsable de
Comunicación
Portavoz autorizado
Encargado del
Mantenimiento del
Edificio
Jefe de Ingeniería y
Mantenimiento
180 /1030 Realizar reparaciones menores
y aportar información sobre
las instalaciones
Responsable de
conservación
Sara Morrás Sesma Supervisión
Equipo de Ejecución Coordinar al equipo personal
listo para su uso cuando se
requiera
Equipo de Recuperación Coordinar al equipo personal
listo para su uso cuando se
requiera
Las vacantes que quedan deberán ser rellenadas cuando se cree un Comité de Desastres y se le
asignarán las funciones desarrolladas en la Fase 2.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 77
¿Qué empleados poseen una copia de este plan y conocen bien su contenido?
Jefe del Servicio de documentación clínica
Responsable de Comunicación
Conservadora
Jefe del Personal de Mantenimiento
Dirección del Hospital
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 78
B.Servicios necesarios en una emergencia
A los servicios externos recurriremos únicamente sí los técnicos de mantenimiento del Hospital
no son capaces de solucionar los problemas que puedan presentarse.
Servicio Empresa y/o nombre contacto Teléfono
Seguridad interna Seguridad 2378
Bomberos Cuerpo de bomberos de Zaragoza 112 / 080
Policía Local
Nacional
Guardia civil
092
091
062
Ambulancia
Emergencias
Cruz roja
Ambulancias
Ambulancia de los bomberos
061
976222222
902122180
976557229
Defensa Civil Protección Civil Gobierno de Aragón 112
Conservador Sara Morrás Sesma
Congelación Empresa adjudicataria del servicio
Servicio de Secado por Congelación
Empresa adjudicataria del servicio
Recuperación/Rescate Rx Empresa adjudicataria del servicio
Recuperación/Rescate Documentos
Empresa adjudicataria del servicio
Electricista Empresa adjudicataria del servicio
Carpintero Empresa adjudicataria del servicio
Exterminador de plagas
Servicio de Fumigación Empresa adjudicataria del servicio
Cerrajero Empresa adjudicataria del servicio
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 79
Ficha 1.1. Hospital Materno-Infantil. Sótano -1
Tipo de espacio
Zona pública: servicios, pasillos, etc.
Zona privada con colecciones: almacén, sala de investigadores, etc.
Zona privada sin colección: administración, vestuarios, etc.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 80
Colecciones que contiene:
• Tipo de colección Hª Clínicas
• Soporte de almacenamiento Soporte Papel y Radiografías (Negativo B/N)
Características especiales:
• Superficie Zona 1� 103m2 Zona 2� 278.13 m2
• Accesos Entrada General Hospital Materno Infantil y Entrada lateral
Sistemas de protección:
• Sistemas de detección frente a:
o Incendio
Tipo Detectores de Humo Nº de dispositivos 12 (Zona archivo)
• Sistemas de alarma:
Tipo Alarma general Hospital Nº de dispositivos 4 (Zona archivo)
Pulsador de alarma
• Sistemas de extinción
Tipo Extintores (carros, bocas de incendio, etc.,) Nº de dispositivos 20 (Zona
archivo)
Observaciones:
El lugar donde se encuentra ubicado el archivo fue inspeccionado por los bomberos y se
determinó que no es un buen emplazamiento por su situación dentro del hospital (por él pasan
tuberías, parte de los cuadros de luces se encuentran al lado, etc.,) y menos aún por el mobiliario
utilizado (las puertas cortafuegos son de madera, incluso las de las escaleras de emergencia por
ello es aconsejable seguir los consejos sobre edificación que determina la Norma UNE
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 81
Ficha 1.1. Hospital Materno-Infantil. Sótano -1
Tipo de espacio
Zona pública: servicios, pasillos, etc.
Zona privada con colecciones: almacén, sala de investigadores, etc.
Zona privada sin colección: administración, vestuarios, etc.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 82
Colecciones que contiene:
• Tipo de colección Hª Clínicas
• Soporte de almacenamiento Soporte Papel y Radiografías (Negativo B/N)
Características especiales:
• Superficie � Zona 3� 176,17m2 Zona 2� 234,58 m2 Zona 3 � 63.36 m2
• Accesos � Ascensores o escaleras principales entrando desde la entrada general y
salidas y escaleras de incendios
Sistemas de protección:
• Sistemas de detección frente a:
o Incendio
Tipo Detectores de Humo Nº de dispositivos 8 (Zona archivo)
• Sistemas de alarma:
Tipo Alarma general Hospital Nº de dispositivos 1 (Zona archivo)
Pulsador de alarma
• Sistemas de extinción
Tipo Extintores (carros, bocas de incendio, etc.,) Nº de dispositivos 8 (Zona
archivo)
Observaciones:
El lugar donde se encuentra ubicado el archivo fue inspeccionado por los bomberos y se
determinó que no es un buen emplazamiento por su situación dentro del hospital (por él pasan
tuberías, parte de los cuadros de luces se encuentran al lado, etc.,) y menos aún por el mobiliario
utilizado (las puertas cortafuegos son de madera, incluso las de las escaleras de emergencia por
ello es aconsejable seguir los consejos sobre edificación que determina la Norma UNE
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 83
Ficha 1.2. Evaluación de riesgos: Zona 1
Identificación de la zona: Zona 1 del Hospital Materno-Infantil
Identificación de los riesgos:
1.El reciento como puede observarse cuenta con todos sus pasillos con una anchura muy inferior
al metro mínimo exigido, encontrándonos obstáculos de todo tipo en sus pasillos.
2.Se pueden observar algunas goteras (no de tuberías) en el forjado, provenientes del patio
exterior entre el Hospital Materno-Infantil y el Hospital General.
3.La zona comparte recinto con el grupo de presión de incendios del Hospital Materno-Infantil y
el aljibe de agua, lo que ocasiona que haya excesiva humedad en la zona
4.La instalación eléctrica en general es bastante deficiente, alumbrado deficiente, y aparatos de
luz antiguos y en mal estado.
5.No existe ningún tipo de climatización
6.No existe alumbrado de emergencia
Tipo de mobiliario: 43 armarios compactos deslizantes de 4 metros de profundidad y siete
estantes de altura
Otras:
Al ser un recinto de más de 200m3, se clasifica como RIESGO ESPECIAL MEDIO, debiendo
existir vestíbulo de independencia, con puertas resistentes al fuego. Debe ser un sector de
incendios con resistencia estructural REI-120.
La única puerta de acceso es una puerta abierta a un pasillo general de circulación, con acceso a
TODA persona que circule por ese pasillo, ya que la puerta SIEMPRE se encuentra abierta.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 84
Ficha 1.2. Evaluación de riesgos: Zona 2
Identificación de la zona: Zona 2 del Hospital Materno-Infantil
Identificación de los riesgos:
1.El reciento como puede observarse cuenta con todos sus pasillos con una anchura muy inferior
al metro mínimo exigido, encontrándonos obstáculos de todo tipo en sus pasillos.
2.Existen 4 arquetas, de la tubería general de saneamiento del hospital, las cuales de vez en
cuando aparte de rebosar, desprenden olores.
3.La instalación eléctrica en general es bastante deficiente, alumbrado deficiente, y aparatos de
luz antiguos y en mal estado.
4.La zona tiene problemas de climatización, porque aunque se instaló un equipo en la zona de
entrada, por la disposición de los pasillos, su altura, etc., en muchas zonas existen problemas.
5.No existe alumbrado de emergencia.
6.Humedades en las paredes y en el piso
Otras:
Al ser un recinto de más de 400m3, se clasifica como RIESGO ESPECIAL ALTO, debiendo
existir vestíbulo de independencia, con puertas resistentes al fuego. Debe ser un sector de
incendios con resistencia estructural REI-180.
Las tres puertas de acceso (dos de doble hoja y una sencilla) son puertas abiertas a un pasillo
general de circulación, con acceso a TODA persona que circule por ese pasillo, ya que las
puertas SIEMPRE se encuentran abiertas.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 85
Ficha 1.2. Evaluación de riesgos: Zona 3, 4 y 5
Identificación de la zona: Zona 3 del Hospital General
Identificación de los riesgos:
1.El reciento como puede observarse cuenta con todos sus pasillos con una anchura muy inferior
al metro mínimo exigido, encontrándonos obstáculos de todo tipo en sus pasillos.
2.La instalación eléctrica en general es my deficiente, alumbrado deficiente, y aparatos de luz
antiguos y en mal estado.
3.La zona tiene problemas de climatización, porque aunque se instaló un equipo en la zona de
entrada, la disposición de pasillos, su altura, etc., en muchas zonas existen problemas.
4.No existe alumbrado de emergencia
Tipo de mobiliario: 43 armarios compactos deslizantes de 4 metros de profundidad y siete
estantes de altura
Otras:
Al ser un recinto de más de 400m3, se clasifica como RIESGO ESPECIAL ALTO, debiendo
existir vestíbulo de independencia, con puertas resistentes al fuego. Debe ser un sector de
incendios con resistencia estructural REI-180.
Las siete puertas de acceso (dos de doble hoja y cinco sencillas) son puertas abiertas a un pasillo
general de circulación, con acceso a TODA persona que circule por ese pasillo, ya que las
puertas SIEMPRE se encuentran abiertas. Además el pasillo está permanentemente ocupado por
materiales que dificultarían la evacuación adecuada.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 86
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona: Zona 1
Tipo de riesgo: Humedad (hongos, deterioro de los soportes…)
Filtraciones de agua en el techo (no proceden de tuberías)
Categoría: MEDIA
Acciones a adoptar:
Levantar el pavimento exterior de esta zona para impermeabilizar la zona y anular estas goteras
Plazo: Inmediato
Evolución: Nula
Responsable: Comité de Desastres
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 87
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona: Zona 1
Tipo de riesgo: Humedad (hongos, deterioro de los soportes…)
La zona comparte recinto con el grupo de presión de incendios del Hospital Materno-Infantil y el
aljibe de agua, lo que ocasiona que haya una excesiva humedad en la zona
Categoría: MEDIA
Acciones a adoptar:
Cambiar de ubicación el grupo de presión y aljibe, o esta zona de archivo
Plazo: Inmediato
Evolución: Nula
Responsable: Comité de Desastres
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 88
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona: Zona 1
Tipo de riesgo: Eléctrico (incendio)
La instalación eléctrica en general es bastante deficiente, y aparatos de luz antiguos y en mal
estado.
Categoría: MEDIA
Acciones a adoptar:
Sustitución de la instalación completa con líneas nuevas, pantallas de luz estancas y puntos de
enchufes estancos
Plazo: Inmediato
Evolución: Nula
Responsable: Comité de Desastres / Mantenimiento
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 89
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona: Zona 1
Tipo de riesgo: Humedad (hongos, deterioro de los soportes…)
La zona comparte recinto con el grupo de presión de incendios del Hospital Materno-Infantil y el
aljibe de agua, lo que ocasiona que haya una excesiva humedad en la zona
Categoría: MEDIA
Acciones a adoptar:
Cambiar de ubicación el grupo de presión y aljibe, o esta zona de archivo
Plazo: Inmediato
Evolución: Nula
Responsable: Comité de Desastres
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 90
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona: Zona 1
Tipo de riesgo: Humano
No existe alumbrado de emergencia de ningún tipo
Categoría: ALTA
Acciones a adoptar:
Instalación independiente y completa en toda la zona de luces de emergencia
Plazo: Inmediato
Evolución: Nula
Responsable: Comité de Desastres
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 91
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona: Zona 2
Tipo de riesgo: Inundación / Intoxicación
Existen 4 arquetas, de la tubería general de saneamiento del hospital, las cuales de vez en cuando
aparte de rebosarse, desprenden olores
Categoría: ALTA
Acciones a adoptar:
Sustitución de estas arquetas, retirando las antiguas, incluso el cerco existente, e instalar nuevas
herméticas atornilladas
Plazo: Inmediato
Evolución: Nula
Responsable: Comité de Desastres
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 92
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona: Zona 2
Tipo de riesgo: Eléctrico (incendios)
La instalación eléctrica en general es bastante deficiente, alumbrado deficiente, y aparatos de luz
antiguos y en mal estado
Categoría: MEDIA
Acciones a adoptar:
Sustitución de la instalación completa con líneas nuevas, pantallas de luz estancas, y puntos de
enchufes estancos
Plazo: Inmediato
Evolución: Nula
Responsable: Comité de Desastres
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 93
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona: Zona 2
Tipo de riesgo: Mala climatización (hongos, contaminación atmosférica….)
La zona tiene problemas de climatización, porque aunque se instaló un equipo en la zona de
entrada, por la disposición de los pasillos, su altura, etc.,., en muchas zonas existen problemas
Categoría: MEDIA
Acciones a adoptar:
Diseñar una nueva red de tuberías y difusores para cubrir las necesidades de la zona
Plazo: Inmediato
Evolución: Nula
Responsable: Comité de Desastres
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 94
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona: Zona 2
Tipo de riesgo: Humano
No existe alumbrado de emergencia de ningún tipo
Categoría: ALTA
Acciones a adoptar:
Instalación independiente y completa en toda la zona de luces de emergencia
Plazo: Inmediato
Evolución: Nula
Responsable: Comité de Desastres
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 95
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona: Zona 3, 4 y 5
Tipo de riesgo: Eléctrico (incendio)
La instalación eléctrica en general es muy deficiente, alumbrado deficiente y aparatos de luz
antiguos y en mal estado
Categoría: ALTA
Acciones a adoptar:
Sustitución de la instalación completa, con líneas nuevas, pantallas de luz estancas, y puntos de
enchufes necesarios para todas las instalaciones y ordenadores que existen en la zona
Plazo: Inmediato
Evolución: Nula
Responsable: Comité de Desastres
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 96
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona: Zona 3, 4 y 5
Tipo de riesgo: Mala climatización (hongos, contaminación atmosférica…)
La zona tiene problemas de climatización, porque aunque se instaló un equipo en la zona de
entrada, por la disposición de pasillos, su altura, etc.,., en muchas zonas existen problemas
Categoría: MEDIA
Acciones a adoptar:
Diseñar una nueva red de tuberías y difusores para cubrir las necesidades de la zona
Plazo: Inmediato
Evolución: Nula
Responsable: Comité de Desastres
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 97
Ficha 1.4. Minimización del riesgo
Identificación de la zona: Zona 3, 4 y 5
Tipo de riesgo: Humano
No existe alumbrado de emergencia
Categoría: ALTA
Acciones a adoptar:
Instalación independiente y completa en toda la zona de luces de emergencia
Plazo: Inmediato
Evolución: Nula
Responsable: Comité de Desastres
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 98
Conclusión sobre las instalaciones
Las zonas de archivo, una vez detalladas, se pueden comprobar que su principal
problema es que están ubicadas en varios recintos separados, y que poseen una distribución
muy poco uniforme.
La superficie total del archivo según necesidades justificadas en informes del propio
Servicio de archivo sería de unos 2600 m2, contando en la actualidad con las zonas estudiadas
con 856 m2, con lo cual es evidente el problema de espacio, y el que existan pasillos y zonas
tan saturadas.
La sectorización de las zonas de archivo con el resto del hospital es fundamental al ser
estas zonas de un riesgo especial medio o alto.
Se debería replantear una nueva ubicación de esta zona, contemplando todas las
necesidades, espacio instalaciones, y accesos.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 99
LISTA DE IDENTIFICACION Y EVALUACIÓN DE RIESGOS POR MÉTODO MERA
RIESGOS FRECUENCIA INTENSIDAD VALOR DE
RIESGO
1 accidente
cada
Valor
P
Pérdida promedio por
accidente
Valor
I P x I
NATURALES
Inundación 1 a 12 meses 9 Lesión con baja 1 semana 3 27
Plaga de hongos 1 a 10 años 7 Lesión sin baja 1 7
HUMANOS
Amenaza de bomba 10 a 50 años 5 Lesión con baja 1 semana 3 15
Vandalismo 1 a 10 años 7 Lesión con baja 1 semana 3 21
TECNOLÓGICOS
Incendio 1 a 10 años 7 Varias muertes 10 70
Escapes internos de
agua
De 1 a 12
meses 9 Lesión con baja 1 semana 3 27
Eléctricos De 1 a 12
meses 9
Lesión con baja superior a
1 semana 5 45
Hay que recordar que para que esta evaluación verídica deberemos de rellenar la Hoja de
Registro de incidencias cada vez que se produzca cualquier tipo de siniestro para poder llevar a
cabo luego la evaluación.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 100
Nº
1.3.CONTROL DE INCIDENCIAS FECHA
INCIDENCIA REGISTRADA POR:
NOMBRE
NIF / CIF
CARGO
TIPO DE INCIDENCIA:
MAGNITUD:
DAÑOS:
MEDIDAS TOMADAS:
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 101
C.Equipos para emergencias existentes en la institución
Llaves Mantenimiento Residencial General / Planta 0
Servicios principales
a)Interruptor principal eléctrico
b)Válvula principal de agua
c)Cierre principal de gas
Sistemas de rociadores
Sistema de calefacción / enfriamiento
Extintores
a)Madera, papel, combustible (Tipo A)
b)Gasolina y líquido inflamables (Tipo B)
c)Electricidad (Tipo C)
d)Todo tipo de incendio común (Tipo ABC)
Alarma principal de incendio (caja de acceso)
Detectores de humo y calor
Teléfono celular
Bomba portátil
Alargadores
Linternas
Cámara con película
Radio a pilas
Juego de herramientas
Escobas y palas
Trapero, balde, esponjas
Aspiradora de líquidos
Carritos metálicos
Mesas plegables portátiles
Ventiladores portátiles
Máscaras/gafas protectoras
Cascos
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 102
Botas de goma
Delantales de goma o plástico
Guantes (cuero goma)
Espacio para el secado
El hospital cuenta con técnicos cualificados en mantenimiento por lo que ellos serán los
encargados de proporcionar los datos sobre las instalaciones en las que se encuentra ubicado el
archivo.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 103
D.Lista de verificación semanal
SÍ NO
Nº de emergencia en todos los teléfonos
Extintores al día y operativos
Detectores de humo y/o calor operativos
Sistema de rociadores operativos
Detectores de agua operativos
Sistema Halón operativos
Alarmas de incendio operativas
Dispositivos de detección interna funcionando
Alarmas internas funcionando
Dispositivos de detección externa funcionando
Alarmas externas funcionando
Sistemas de respaldo probados
Luces de emergencia
Energía eléctrica
Paneles de alarmas
Informes de incidentes revisados
Llaves identificadas
Linternas operativas
Se encargará a una o varias personas designadas por el Comité de Desastres para que realice
esta evaluación semanal.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 104
Intervenciones de Emergencia
1. Protocolo en caso de incendio
Avisar al director de la institución y al encargado de seguridad.
− Si se tiene la capacidad y se puede combatir con extintores se intenta apagar, siempre que el
riesgo físico no sea elevado. Si fuese más elevado dejar que se encarguen los bomberos.
− Evacuación inmediata, dar la voz de alarma y asegurarse de que no quede nadie dentro.
− Elegir la ruta más corta (puerta del final del pasillo), abrirla y bloquearla en la posición
abierta. Dicha ruta debería estar convenientemente señalizada.
− Prohibir el acceso al interior, excepto cuando se considere preciso por razones bien
definidas, relacionadas con el incidente (personal autorizado)
− Impedir que participen voluntarios en las operaciones de rescate, salvo bajo el control de
los encargados de las operaciones de socorro.
− El jefe del plan de desastres o el encargado deberá indicar a los bomberos donde se
encuentran las vías de acceso más prácticas y definir las zonas de almacenamiento con
mayor prioridad
Evacuación de las personas
Si el fuego aún no se ha extendido y se tiene la capacidad, es preciso esforzarse por combatirlo
con los extintores correspondientes.
Pero cuando el riesgo físico pasa a ser grave, se debe priorizar la evacuación del personal, y
dejar actuar a los bomberos. Se necesita:
− Elegir la ruta más corta, despejarla, abrir todas las puertas y bloquearlas en la
posición abierta.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 105
− Prohibir el acceso a los vestuarios y las zonas de servicio si el peligro es inminente,
excepto cuando se considera preciso por razones bien definidas, relacionadas con el
incidente.
− Recorrer todas las salas para asegurarse de que no quede nadie, recuperar los
registros de asistencia del personal, este último
− Impedir que participen voluntarios en las operaciones de rescate, salvo bajo el
control de los encargados de las operaciones de socorro.
Evacuación de documentos
− Utilizar el mayor número de carros y carretillas posibles
− No usar jamás ascensores sin autorización.
− Organizar una cadena con los miembros del equipo de tal manera que los documentos
puedan ser transportados en cajas de plástico con asas.
Tras la evacuación, reunir todos los documentos, sea cual sea su estado, en un local sano,
permanentemente vigilado, e inventariarlos de inmediato.
Los documentos mojados deben tratarse antes que ningún otro.
Aquellos que estén simplemente quemados o ennegrecidos por el hollín no corren el riesgo de
empeorar en poco tiempo y pueden esperar la limpieza o restauración.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 106
2.Protocolo en caso de inundación
Contención
Si hay mucha agua en la sala, cortar la electricidad para evitar todo riesgo de electrocución.
1. Cortar el agua si la inundación proviene de una fuga en las tuberías
2. Aislar al máximo el local afectado de las zonas de almacenamiento intactas,
3. Airearlo,
4. Poner vasija bajo las fugas
5. Utilizar aspiradoras de líquidos e incluso bombas (si las poseemos)
Si se dispone de tiempo es aconsejable aislar las colecciones con plástico (polyane) que no
hayan sido afectadas.
CONTROL DE TEMPERATURA (<20ºC) HUMEDAD RELATIVA (<50%)
Evacuación de los documentos
1. Comenzar por lo más dañado, especialmente los documentos caídos desde los estantes y
sumergidos en agua, conservar juntos los documentos que se hayan encontrado sueltos en
un mismo sitio
2. Vaciar las estanterías en orden, comenzando por la parte superior
3. Colocar los documentos en las cajas plásticas, separando lo que están embebidos en agua de
aquellos poco mojados o secos
Tratamiento de la documentación según estado
Si los documentos afectados son pocos, se pueden tratar todos de la misma manera y en el
mismo lugar, cualquiera que sea su estado. En caso contrario se deben organizar en dos hileras.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 107
Documentos muy húmedos o muy mojados
Son particularmente débiles (el papel mojado se rasga con facilidad) y deben manipularse con
gran precaución:
− No sacar los documentos de sus contenedores ya que incluso mojados los protegen.
− Mantener juntos en una bolsa plástica los trozos de un documento despedazado.
− No realizar en la zona de almacenamiento inundada ninguna operación de rescate,
selección o reparación, pues se haría en forma precipitada y en malas condiciones
materiales, además de volver más lenta la evacuación, lo que perjudica al resto de
las colecciones. No se debe intentar separar hojas o volúmenes pegados entre sí ni
tampoco lavar los documentos (con la limpieza existe el peligro de incrustar la
suciedad o el lodo en el papel, en tanto que es posible retirarlo fácilmente con un
cepillo cuando está seco)
− Colocar cada volumen, legajo o grupo de volúmenes pegados entre sí en bolsas
plásticas para congelar, y luego cerrar y anotar un registro en las bolsas con lápiz de
punta de fieltro indeleble.
− Los documentos muy mojados deben congelarse con rapidez; este tratamiento de
espera detiene toda degradación posible (disolución de las tintas, deformaciones,
adherencias, desarrollo de hongos) durante un tiempo que puede ser muy
prolongado (más de diez años sin perjuicio alguno) y le permite a la biblioteca
reorganizarse.
Documentos poco mojados o simplemente húmedos
Deben secarse manualmente. El procedimiento es lento pero eficaz y puede ejecutarlo personal
no especializado, si se les dirige acertadamente y se les proporcionan condiciones y materiales
adecuados:
− Llevar las colecciones a una sala seca, abrigada, aireada, limpia, bien iluminada y provista
de grandes superficies de trabajo en las cuales no deben apilarse ni tocarse los documentos,
donde se haya dispuesto el material necesario.
− Instalar deshumidificadores, radiadores, ventiladores móviles (estos aparatos se pueden
alquilar o comprar en tiendas de electrodomésticos).
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 108
− Colocar grandes cubiertas plásticas para proteger las mesas.
− Contar con toalla absorbente blanca de uso doméstico en cantidades suficientes.
− Disponer vasijas llenas de agua limpia y esponjas.
− No perder tiempo con la parte exterior de los volúmenes.
− Retirar el exceso de lodo usando una esponja (excepto en el caso de las cubiertas de piel);
conservar planos los lomos desprendidos, envueltos en papel absorbente.
− El secado debe ser lento para no agravar la deformación de los documentos.
Cómo secar las historias clínicas (soporte papel)
Se debe consultar a un experto cual es el tratamiento más aconsejable: secado al aire,
deshumificación, secado por congelamiento, secado thermaline o criogénico, secado por
congelación al vacío o secado térmico al vacío.
En el archivo solamente podremos llevar a cabo el secado al aire.
Es posible secar documentos aire si sólo se encuentran mojados o húmedos o están dañados
sólo alrededor de los bordes
− Sacarlas de su contenedor si la carpeta se encuentra mojada; aunque no se observen rastros
de humedad, inspeccionar regularmente el interior de las cajas, sobres o carpetas con el
objeto de detectar el posible crecimiento de hongos
− Los documentos mojados deben secarse extendidos, apilados por formatos idénticos si es
necesario, entre papeles secantes que han de cambiarse cuando se humedezcan; no se deben
ubicar bajo peso sólo al final del secado.
− Asegúrese de contar con un ambiente limpio y seco en que la temperatura y humedad sean
lo más bajas posibles. La temperatura debe ser inferior a 20ºC y la humedad relativa menor
del 50%. De lo contrario es probable que se desarrolle moho y que la distorsión sea
extrema.
− Mantenga el aire circulando en todo momento mediante ventiladores instalados en la zona
de secado, lo que acelera el proceso y desalienta el crecimiento de moho. Si los materiales
se secan en el exterior, recuerde que la prolongada exposición a la luz solar directa puede
descolorar las tintas y acelerar el envejecimiento del papel. Tenga cuidado de que la brisa
no haga volar los documentos sueltos. Dirija los ventiladores al aire y no a los documentos
que se están secando.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 109
− Las hojas se pueden colocar sobre mesas, pisos, y otras superficies planas, protegidas con
toallas de papel o papel imprenta, si es necesario, o bien se pueden atar cuerdas de tender
ropa muy junta con el objeto de posar los documentos sobre ellas para que sequen.
− Una vez secos, los documentos deben volver a guardarse en carpetas y cajas limpias, o bien
fotocopiarse o reformatearse de otra maneras. Los documentos recuperados siempre ocupan
mayor espacio que los que nunca se han dañado por efecto del agua.
Si la inundación afecta a todo el archivo y se decide que la única manera de contrarrestar sus
efectos es la congelación se deben proteger los documentos con una bolsa especial y
congelarlos a (-30ºC), en un tiempo mínimo para impedir la cristalización del agua que hace
estallar las fibras del papel y daña los demás materiales; después la temperatura puede volver
ha subir hasta los (-18ºC)
− Posteriormente los documentos congelados deben descongelarse en pequeñas cantidades o
bien liofilizarse masivamente. (La liofilización consiste en extraer el agua de los materiales
haciéndola pasar del estado de hielo sólido al estado de vapor sin atravesar por el estado
líquido, con la ayuda de equipos especiales utilizados en la industria agroalimentaria).
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 110
Anexo I
Definición del plan
Selección de colecciones o fondos prioritarios
o ¿Cuál es la documentación más valiosa?
Radiografías por la dificultad de volver a reproducirlas y por el coste que supone a la
institución.
o ¿Es factible un acceso rápido y seguro en caso de emergencia?
Tanto en el Hospital Universitario Miguel Servet (HUMS) como en el Hospital Materno-
infantil (HMI) los accesos se encuentran cerca de un patio de luces que se encuentra en
mitad de ambos. Al no existir una única salida en el archivo es más fácil acceder. Al
encontrarse en el sótano -1 ambos se encuentran a pie de calle lo que puede facilitar el
acceso en caso de emergencia.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 111
o Identificación de colecciones prioritarias siguiendo un código de colores en el plano
Se deben señalizar las colecciones en este caso la unidad documental compuesta por
prioridades a la hora de evacuarlas, éstas quedarán registradas en el plan de emergencia en
un plano. La escala de colores que marcará la prioridad será la siguiente:
ROJO = Documentación de gran valor
AMARILLO = Documentos de valor medio pero irremplazables
VERDE = Colecciones de uso frecuente
AZUL = Colecciones reemplazables
Estado de las instalaciones
o ¿Cuál es el estado del centro?
o ¿Qué reformas es necesario abordar?
o ¿Existen limitaciones estructurales?
o ¿Existen limitaciones legales en la transformación?
o ¿Existen barreras arquitectónicas para acceder o transitar por el edificio?
o ¿Hay espacios libres para realizar las tareas de salvamento y recuperación?
o ¿Qué zonas son las más seguras para el almacenamiento de los conjuntos valiosos?
Para resolver estas cuestiones se deben acudir a profesionales como arquitectos o ingenieros.
Aunque en cuestiones de este tipo existen recomendaciones sobre edificación de archivos y
bibliotecas como la IFLA (International Federation of Library Associations), o la normativa
europea que rige esta casuística, como guía de recomendaciones sobre construcción y
mantenimiento de archivos. El Ministerio de Cultura también publicó las Recomendaciones
para la edificación de archivos.11
Evaluación del estado de las colecciones y posibilidades de recuperación
o Dependiendo del tipo de siniestro ¿es posible su recuperación?
Dependiendo del tipo de siniestro y del grado según su extensión. Para ello se ofrece una
clasificación de ambos:
11 España. Recomendaciones para la edificación de archivos. Madrid: Ministerio de Cultura, 1992. 73 p.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 112
Según su naturaleza:
o Provocados por el fuego
� Fuegos de materiales sólidos
� Fuegos de combustibles líquidos
� Fuegos de combustibles gaseosos o en fase líquida bajo presión
� Fuegos de metales químicamente activos
o Desastres provocados por el agua
o Desastres provocados por fuerzas físicas
� Naturales
• Meteorológicos
• Climatológicos
• Geológicos
• Cósmicos
� Humanas
• Técnicos
• Voluntarias
• Psicópatas
• Sabotajes y terrorismo
• Vandalismo
• Acciones bélicas
� Accidentales
• Accidentes de carácter físico o mecánico
• Eléctricos
• Fallos en las conducciones de agua
• Contaminación ambiental interior
• Accidentes de carácter químico
• Accidentes por fallos en la organización
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 113
Clasificación de desastres según su extensión:
o Accidente menor
o Desastre moderado
o Desastre mayor
o Catástrofe
o ¿Es posible realizar copias de seguridad en previsión de daños irrecuperables?
La digitalización o microfilmación serían los procesos que nos garantizarían las copias de
seguridad, pero estos procesos requieren una fuerte inversión económica.
o ¿Es posible conseguir copias? ¿Dónde? ¿A qué coste?
Cuando se implemente a través del pall de sistemas del Gobierno de Aragón, la historia
clínica informatizada, se podrán conseguir copias de los informes a bajo coste.
Evaluación de otros elementos, diferentes de los documentales, a considerar en la
protección o recuperación
o El edificio en sí ¿es un bien de interés cultural?
No
Recursos económicos para la aplicación del plan
o Las reformas propuestas ¿pueden llevarse a cabo conjuntamente o deben ser
escalonadas?
o En este caso ¿qué reformas son las más beneficiosas y más económicas?
o ¿Es posible solicitar fuentes de financiación externas?
Al tratarse de un edificio público y más concretamente de un hospital dependerá del
presupuesto anual que tenga el centro y de la presentación de un proyecto para que sea
aprobado y proceder a las reformas.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 114
Recursos humanos para el desarrollo del programa
o ¿Con cuántos efectivos contamos?
DOCUMENTACIÓN CLÍNICA
Recursos Humanos
Jefe del Servicio 1
Facultativos Jerarquizados 1
Jefe de Sección Administrativo 1
Jefe de Grupo Administrativo 1
Jefe de Equipo Administrativo 3
Técnico en codificación 2 B / 2 C
Enfermería / DUE 1
Auxiliar administrativo 32
Auxiliar de clínica 4
Celador 2
o ¿Hay en la plantilla del Servicio trabajadores con experiencia en planificación de
desastres?
El único que conoce el tema es el Jefe de Servicio.
o ¿Qué predisposición hay?
Desde la dirección del Servicio de documentación hay muy buena disposición al igual que
la que muestran los trabajadores del servicio.
o ¿Hay una buena formación o deben realizarse cursos específicos?
Considero que con la explicación y lectura del plan de emergencia y los protocolos de
actuación en caso de emergencia el personal obtendrá los conocimientos necesarios.
Aunque está claro que se deberán realizar simulacros de emergencia, cursos prácticos con
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 115
los bomberos y cualquier otro curso que pueda ayudar al personal al ser más eficiente en
cualquier situación ante desastres
o Si se carece de experiencia en la planificación de desastres ¿es posible la contratación de
un técnico?
Esta guía la está realizando una alumna en prácticas por lo que si se desarrollase todo el
plan de conservación se aconsejaría que un técnico supervise las acciones del Comité
formando parte de éste
Organización de las brigadas de trabajo en caso de desastre
o ¿Cuántos grupos se van a formar?
Sería aconsejable formar 4 grupos de actuación 2 para el HMI y otras 2 para el HG de tal
manera que actuase en cada sala.
o ¿Quién va a coordinar cada grupo?
En cada grupo debe haber un supervisor pero todos deben estar coordinados por una
persona, es decir el grupo debe estar jerarquizado, cuyo nombre aparecerá recogido en el
plan de emergencia y que será conocedora de cada paso que debe de dar cada grupo.
o ¿Habrá personal externo en los grupos?
Hay personal suficiente en el servicio para coordinar todas las acciones, por lo que no se
considerará oportuno utilizar personal ajeno al servicio.
o ¿Es necesario recurrir a voluntarios para completar las brigadas?
En un principio cualquier situación puede ser controlada por los trabajadores del servicio.
Siempre dependerá de la magnitud del siniestro y de las actuaciones que se deban de tomar.
Dificultades burocráticas
o ¿Existen dificultades en la institución para el establecimiento del plan?
El principal problema es que se trata de un Hospital público y como toda tramitación debe
ser estudiada por diferentes partes y aprobada. Esos trámites llevan un proceso muy largo y
costoso.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 116
o ¿Se cuenta con recursos económicos para el pago de servicios o se deberá apelar a la
voluntad de cooperación?
Los recursos económicos están limitados al presupuesto general del hospital y los que se
destinen para el servicio.
Dificultades técnicas
o ¿Hay medios en la propia institución para enfrentarse al desastre?
Hay un plan de emergencia para el hospital general que fue elaborado en el año 2002.
o ¿Existen en el centro o en la zona técnicos cualificados?
En el centro el Jefe de seguridad y la Comisión de desastres para el conjunto del Hospital.
Además de la persona encargada de elaborar el plan y actualizarlo.
En la Universidad de Zaragoza en la carrera de Biblioteconomía y documentación se
imparten clases de conservación, restauración y preservación. En el MGUSID se imparte
una asignatura de gestión de programas de prevención y conservación. Los alumnos de ésta
tendrían conocimientos básicos para poder actuar en caso de siniestros.
Métodos de recuperación de los objetos
o ¿Es factible realizar la recuperación en el propio centro?
Dependiendo de la magnitud. En el caso de tener que hacer una evacuación de toda la
documentación sería imposible para ello habrá una persona encargada en el Plan de
emergencia de encontrar una ubicación cercana donde proceder a la evacuación de la
documentación. En el caso que hubiese que congelar toda la documentación también se
debería haber hablado ya con una empresa de ultracongelados para alquilar parte de sus
cámaras frigoríficas.
o ¿Se cuenta con los equipos y personas necesarios?
Al tratarse de un archivo en el que se conservan principalmente unidades documentales
compuestas (soporte papel y radiografías) no harían falta un gran despliegue de medios.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 117
o En caso de siniestros de gran envergadura ¿se va a congelar la documentación?
En principio no. Al estar ubicado el archivo en 4 salas y en 2 edificios diferentes se
considera que el desastre no ocurriría en las 4 por lo que la actuación podría darse en los 2
primeros días.
o ¿Existen medios en la localidad para efectuar la congelación de grandes cantidades de
documentos?
Se podría llegar a un acuerdo con alguna empresa de alimentación o de ultracongelados que
son las que dan el perfil para poder conservar la documentación.
o ¿Es posible realizar el trasporte de la documentación dañada?
Es posible y se puede disponer de medios necesarios
o ¿Se dispone de medios para el empaquetado de la documentación dañada?
En el plan de emergencia aparece un anexo con el material necesario para cualquier tipo de
actuación, si se cuenta con ese material se dispondría de todos los medios necesarios para
cualquier actuación
o ¿Es necesario pedir ayuda a otros organismos locales que disponen de medios
adecuados?
No
Creación de la cadena de comunicaciones
o ¿Quién encabezará la lista?
El jefe de servicio de Documentación Clínica
o En caso de no estar disponible alguno de los elementos de la cadena ¿qué alternativas
existen?
Al ser un servicio que funciona por turnos se establece que los cargos que estén en ese
momento son los que deben actuar.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 118
o ¿Es necesario adquirir teléfonos móviles o localizadores?
No es necesario, porque actualmente todo el mundo posee teléfono móvil de uso particular
y en el plan de emergencia aparecerá un teléfono en el que se pueda localizar a la persona
siempre que ésta desee facilitarlo.
Calendario de actividades
o ¿Cuántas fases se establecerán en la planificación? ¿Qué actividades se desarrollarán en
cada fase?
3 fases:
• Plan de prevención
o Marcar y señalizar las características del medio físico y geográfico
o Eliminar y prescindir de las situaciones de alto riesgo
o Registrar la calidad y el estado físico de las edificaciones
o Efectuar periódicamente un estudio minucioso de la planta física del local o
el edificio con el asesoramiento de un ingeniero
o Revisión de los depósitos
o Proveerse de sistemas y dispositivos contra los desastres
o Evaluación de los recursos bibliográficos
o Capacitación del personal
• Plan de salvamento
o Resumido en protocolos de actuación
• Plan de conservación
o Digitalización
Documentos que debe crear el Comité
o ¿Qué extensión debe tener el manual de prevención de desastres?
Lo importante no es la extensión sino que posea los siguientes elementos: listín telefónico,
hojas de emergencia, planos del edificio, vías de evacuación y localización de
documentación prioritaria, lista de recursos, recomendaciones para la respuesta ante el
siniestro, recomendaciones para la recuperación después del siniestro y agradecimientos.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 119
o ¿Quién se encargará de su redacción?
Se designará a una persona o varias personas desde el Comité de desastres para que
unifique la información recabada. Con esta información sería aconsejable elaborar un
informe resumido con la información más relevante.
o ¿Quién se encargará de elaborar el listín de teléfonos de emergencia?
Se incorporará ya una lista que se encuentra la Intranet
o ¿Cada cuanto se actualizará?
Recomendable cada año o cada dos años.
o ¿Qué formato tendrán las hojas de emergencia?
DIN A-4 (plastificadas)
o ¿Dónde se colocarán?
Al menos deberá haber una en cada sala que se dedique al archivo
En la contratación de seguros
o ¿Existe alguna aseguradora especializada en centros documentales?
Cualquier de las grandes aseguradoras que hay tanto en España como en el extranjero,
aunque tengo constancia que MAPFRE asegura archivos y centros de documentación.
o ¿Qué riesgos debe cubrir?
Debe asegurar el contenido ya que el continente estará asegurado con el Hospital
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Anexo II
UNE 54110: Información y Documentación. Requisitos en el almacenamiento de
documentos para materiales de archivos y bibliotecas, pp. 5-12
Depósitos de documentos: características constructivas 1. Situación y orientación.
A excepción de depósitos subterráneos o de depósitos exentos, su ubicación en el edificio
tendrá preferentemente una orientación septentrional; es la más conveniente porque las
variaciones térmicas entre el día y la noche así como entre verano e invierno son menores.
2. Dimensiones y capacidad.
Como medida orientativa, en el caso de archivos, se calcula que una superficie de 250 m2 con
una altura de techos de 2,30 m. y utilizando un sistema de estantería abierta de siete baldas,
puede albergar 1.500 ml. de documentación (6 ml./m2;1.000 ml./170 m2); la utilización de un
sistema denso proporcionaría una ratio superior (1.800 ml./170 m2). En el caso de las
bibliotecas la estimación es algo superior (7,5-8 ml./m2, ascendiendo hasta 12,5 ml. con un
sistema denso).
Las dimensiones de un depósito van acordes con el volumen de obra contenida y el crecimiento
previsible para un número prudencial de años, que los expertos han cifrado en torno a 25-50
años.
3. Compartimentación y altura de techos.
La delimitación de espacios es también un punto a considerar. Un depósito nunca debe estar
formado por salas grandes y con altos techos. Por razones de seguridad y funcionalidad se
aconseja la compartimentación en dimensiones no superiores a los 250 m2 y con una altura
libre de techos entre 2,30-2,50 m., quedando prohibidos los entrepisos que dejan huecos
centrales que favorecerían corrientes de aire, avivando la combustión en caso de incendio. La
finalidad que se persigue con ello es conservar la documentación en compartimentos estanco
que puedan ser fácilmente bloqueados y aislados del resto en caso de producirse fuego,
inundación o invasión de agentes patógenos, facilitando las correspondientes tareas correctoras.
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PLAN DE DESASTRES 121
Igualmente, la altura de techos señalada permite acceder a los documentos sin el auxilio de
escaleras o taburetes, y en caso de incendio la combustión de oxígeno es mucho más rápida.
4. Seguridad contra incendios.
Todo el depósito contará con muros y puertas metálicas cortafuegos acordes a la normativa
NBE-CPE-91. Si el depósito se reparte en varias plantas, los enlaces verticales entre éstas -
escaleras, ascensores, montacargas-, se construirán exteriores al mismo, con vestíbulos
cortafuegos en el acceso a cada planta y dentro de muros de idénticas características.
Asimismo, existirá una salida de emergencia por planta (NBE-CPI-91), resultando aconsejable
la instalación de una manga de evacuación para los documentos.
5. Cubiertas.
La cubierta más aconsejable es la de doble vertiente pues facilita la rápida eliminación de las
aguas de lluvia y permite la construcción de cámaras de aire que actúan de aislante
higrométrico.
6. Resistencia mecánica.
La utilización de estantería fija convencional requiere forjados preparados para soportar 750
Kg/m2 mientras que el sistema denso o "compacto" precisa resistencias cifradas en 1.250
kg/m2.
7. Materiales constructivos y acabados.
Estructura: preferentemente se empleará el hormigón armado. En edificios adaptados los
elementos constructivos de madera no sustituibles serán consolidados y tratados con productos
ignífugos e insecticidas.
Cerramientos: los muros serán de piedra natural o artificial, o de ladrillo a cara vista, evitando
los recubrimientos impermeabilizantes que impidan la transpiración.
Pavimento: los suelos serán de material pétreo pulimentado con un desgaste mínimo a la
abrasión o de resinas sintéticas termoestables, con el menos número de juntas. El material más
apropiado es el terrazo, de color claro, semipulido y sin brillo y de las máximas dimensiones.
Paramentos y techos: los revestimientos de yeso y escayola empleados en las paredes y techos
llevarán una pintura lisa y de naturaleza plástica e impermeabilizante. En las paredes de
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PLAN DE DESASTRES 122
emplearán colores mates, absorbentes de radiaciones lumínicas, como el gris rosáceo 154, el
pardo grisáceo claro 428, el amarillo pálido 514 (UNE, 48103).
Elementos de cierre: los huecos se abrirán en los muros menos expuestos a la insolación y al
influjo de los vientos, evitando por ello su presencia en los orientados al Sur, y su superficie no
debe rebasar 1/10 de la del muro correspondiente. La carpintería será preferentemente de
aluminio anodizado o lacado, con elementos practicables y el máximo hermetismo, sin
contraventanas ni fraileros.
Puertas: se emplearán puertas cortafuegos metálicas RF-90, con cerraduras antipánico y de 1
metro de anchura mínima.
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CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 123
Bibliografía
ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE GESTIÓN DE RIESGOS SANITARIOS.
Publicaciones [en línea]. [S.l] : Asociación Española de Gestión de Riesgos
Sanitarios, 2008. Url <http://www.aegris.org/> [Consulta 15-09-2010]
BROOKS, Constance. Preservation Planning Program Guides: Disaster Preparedness.
Washington, DC: Association of Research Libraries, 1993. 184 p.
BUCHANAM, Sally A. Planificación preparación y recuperación de siniestros en
bibliotecas y archivos: un estudio RAMP con directrices.- París: UNESCO,
1988. 131 p.
CALIFORNIA STATE LIBRARY. CALIPR [En línea]. California : California State
Library, cop. 2007. URL <http://sunsite.berkeley.edu/CALIPR/index.html>
[Consulta 15-09-2010]
COMUNIDAD EUROPEA. Directiva 90/679/CEE del Consejo, de 26 de noviembre de
1990, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con
la exposición a agentes biológicos durante el trabajo (séptima Directiva
específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE)
[En línea]. [S.l] : Oficina de publicaciones, [2008]. URL < http://eur-
lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexapi!prod!CELEXnumdoc&
numdoc=390L0679&model=guichett&lg=es> [Consulta 15-09-2010]
FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS. Principios
para el cuidado y manejo de material de Bibliotecas. Santiago de Chile : Dibam,
2000. 100 p. Publicado en 1998 por el Programa Core en Preservación y
Conservación (PAC) de la Federación Internacional de Asociaciones e
Instituciones de Bibliotecas (IFLA) y la Comisión de Preservación y Acceso -
Un Programa del Consejo de Recursos de Bibliotecas e Información
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 124
FOX, Lisa L. Disaster Preparednes Workbook for U.S. Navy Libraroes and archives.
Newport, RI: US Naval War College Library, 1998.
GARCIA GARCIA-SAAVEDRA, Maria José ; José Carlos Vicente Garcia. Higiene del
medio hospitalario y limpieza de material. [S.l] : Cengage Learning editores,
2006. 302 p. ISBN 84-973-2332-7
GESTAL OTERO, J.J. Riesgos laborales del personal sanitario. Madrid [etc.,] :
McGraw-Hill-Interamericana, D.L. 2003. 711 p.
GUASH, J. Condiciones de trabajo en centros hospitalarios. Metodología de
autoevaluación. Madrid: Instituto Nacional de Salud e Higiene en el Trabajo,
1992. 198 p.
INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Guía
técnica para la utilización por los trabajadores en el trabajo de los equipos de
protección individual [en línea] Madrid : Instituto Nacional de Seguridad e
Higiene en el Trabajo, 2001. <http://www.mtas.es/insht/practice/g_epi.htm>
[Consulta 15-09-2010]
MORALES FLORES, Elisa. Desastres en bibliotecas y archivos causados por sismos,
fuego y agua: prevención, rescate y salvamento 2002 [En línea]. URL
<http://www.amigosdelagn.org.ar/desastres.htm> [Consulta 15-09-2010]
MORENO VERNIS, Miguel. Documentación clínica: Organización, custodia y acceso.
En: Fernández Hierro JM Coord. La historia clínica. Granada: Comares, 2002
NATIONAL ARCHIVES AND RECORDS ADMINISTRATION. Normas Básicas
para la preparación, gestión y respuesta ante desastres: materiales con soporte de
Papel [En línea]. 1993. URL <http://www.archives.gov/
preservation/emergency-prep/spanish-disaster -prep-primer.pdf> [Consulta 15-
09-2010]
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 125
OGDEN, Sherelyn. Manual de preservación de bibliotecas y archivos del Northeast
Document Conservation Center [En línea]. Santiago de Chile: DIBAM, 2000.
370 p. URL <www.nedcc.org/resources/downloadas/spplam3.pdf> [Consulta
15-09-2010]
SANCHEZ HERNAMPÉREZ, Arsenio. Manual de planificación y prevención de
desastres en archivos y bibliotecas. Madrid : Fundación Histórica Tavera|,
Fundación MAPFRE Estudios, 2000. 111 p. ISBN 8489763828.
TORRES, Johanna. Riesgos físicos [En línea]. En: Myriam Mahecha. Seguridad e
higiene en el Trabajo. Bogota : [s.n], 2006. <Url:
http://www.monografias.com/trabajos17/riesgos-fisicos/riesgos-
fisicos.shtml#vibrac> [Consulta 15-09-2010]
UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES. Manual de ayuda: riesgos en centros
hospitalarios. Madrid: Secretaría de Comunicación e Imagen de UGT-Madrid,
2006. 290 p. ISBN 84-690-2930-4
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 126
Bibliografía específica para el diseño y planificac ión de un plan de desastres
ALEGBELEYE, Bunmi. Disaster Control Planning in Libraries Archives and
Electronic Data Processing Centres in Africa. Ibadan: Options Book and
Information Services, 1993.
AMERICA INSTITUTE CONSERVATION. Committee on disaster prevention.
Guidelines on Disaster Preservation and Control in Archives. ICA Studies. Paris:
International Council on Archives, 1997.
AMERICA INSTITUTE CONSERVATION. Disaster Response and Recovery. [En
línea] URL <http://cool-palimpsest.stanford.edu/bytopic/disasters/>. [Consulta
15/05/ 2009]
AMERICAN INSTITUTE FOR CONSERVATION. Hurricane Katrina [En línea].
[Washington]. URL <http://www.ala.org/ala/alonline/hurricanekatrinanews/
katrinanews.cfm>. [Consulta 15-09-2010]
AMERICAN LIBRARIAN ASSOCIATION. Disaster Response: A Selected Annotated
Bibliography [En línea]. ALA, 2006. <http://www.ala.org/Template.cfm?
Section=disaste&template=/ContentManagement/ContentDisplay.cfm&ContentI
D=114764> [Consulta 15/05/2009]
AMIGOS LIBRARY SERVICES. A Disaster Plan for Libraries and Archives. Dallas
(Texas): ALS, 2007. [En línea] <http://www.amigos.org/preservation/
disasterplan.pdf> [Consulta 15-09-2010]
ANDERSON, H. and J. E. McIntyre. Planning Manual for Disaster Control in Scottish
Libraries &Record Offices. Edinburgh: National Library of Scotland, 1985.
ARTIM, N. ‘An Introduction to Automatic Fire Sprinklers, Part I’. WAAC Newsletter,
vol. 16 no. 3, September 1994.
ARTIM, N. ‘An Introduction to Automatic Fire Sprinklers, Part II’. WAAC Newsletter,
vol 17 no. 2, May 1995.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 127
ARTIM, N. ‘An Update on Micromist Fire Extinguishment Systems’. WAAC
Newsletter, vol. 17 no. 3, September 1995.
ARTIM, N. ‘Cultural Heritage Fire Suppression Systems: Alternatives to Halon 1301’.
WAAC Newsletter, vol. 15 no. 2, May 1993.
AYMONIN, David. Méthodologie et principes de conception d’une formation au
sauvetage des documents en cas d’inondation, d’incendie ou de contamination.
Conference semestrielle de la section et du programme fundamental IFLA-PAC.
Université de Lausanne (Suisse) 26-28 mars 2008. [En línea]. URL
<http://www.cosadoca.ch/docs/iflapac08/iflapac08-amonin.pdf> [Consulta 15-
09-2010]
BALTIMORE ACADEMICS LIBRARIES CONSORTIUM. Disaster Preparedness
Plan. Baltimore (Maryland), 2006 (ed. rev.). [En línea]
<http://matrix.msu.edu/~disaster/balcplan.php> [Consulta 15/05/2009]
BIBLIOTHÈQUE CANTONALE ET UNIVERSITAIRE – LAUSANNE. Plan de
sauvetage des collections en cas de catastrophe (eau et feu). Site de Dorigny,
Batiment Central. D. Zitello, mise en page. 2ème version. 2006. [En línea]
<http://www.cosadoca.ch/docs/ex_plan_cata_bcu_d.pdf>[Consulta 15-09-2010]
BIBLIOTHEQUE CENTRALE DE L’ÉCOLE POLYTECHNIQUE FEDERALE DE
LAUSANNE. Plan en cas de catastrophe: mesures d’intervention en cas de
sinistre (feu et eau). Realisé par Chantal Karli. Mise à jour, 10 novembre 2008.
[En línea]. URL <http://www.cosadoca.ch/docs/ex_plan_cata_epfl.pdf>
[Consulta 15-09-2010]
BIBLIOTHÈQUE ET ARCHIVES DE CANADA. Mesures d’urgence. Guide
d’intervention en cas d’urgence ou de desastre. 2008. [En línea] URL
<http://www.collectionscanada.gc.ca/a-notre-sujet/015/012015-100-f.html>
[Consulta 15-09-2010]
BIBLIOTHÈQUE ET ARCHIVES DE CANADA. Mesures d’urgence. Plan d’urgence.
2008. [En línea]. URL <http://www.collectionscanada.gc.ca/a-notre-sujet/
015/012015-200-f.html> [Consulta 15-09-2010]
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 128
BIBLIOTHÈQUE NATIONALE DE FRANCE. DÉPARTEMENT DE LA
CONSERVATION. Plan d’urgence pour le sauvetage des collections en cas de
sinistre: du project au déploiement. Paris: BNF, 2007. [En línea]. URL
<http://www.bnf.fr/pages/infopro/conservation/pdf/plan_urgence.pdf> [Consulta
15-09-2010]
BIBLIOTHÈQUE NATIONALE DE FRANCE. DÉPARTEMENT DE LA
CONSERVATION. Plan d’urgence: premiers gestes. Paris: BNF, 2008. [En
línea]. URL <http://www.bnf.fr/pages/zNavigat/frame/infopro.htm?ancre=
conservation/cons_urgence.htm>.[Consulta 15-09-2010]
BLASER, Linda. ‘Construction of Plexiglas Book Cradles’. The Book and Paper Group
Annual 15. Washington, DC: American Institute for Conservation of Historic
and Artistic Works, 1996.
BOCHATEY, Roman. Les Plans de Sauvegarde des Collections en cas de Catastrophe.
État de la question. 2001. [En línea]. URL <http://www2.unil.ch
/BCU/informations/textes/plans_catastrophe.htm#Top> [Consulta 15-09-2010]
BREIGHNER, Mary; William Payton; Jeanne M. Drews, ed. The Risk and Insurance
Management Manual for Libraries. Chicago: Library Administration and
Management Association (LAMA), a division of ALA, 2005.
BROOKS, Constance. Disaster Preparedness. Washington, DC: ARL, 1993.
BROWN, Karen E. Bibliografía sobre manejo de emergencias. En OGDEN, Sherelyn
(ed.): El manual de preservación de bibliotecas y archivos del Northeast
Document Conservation Center. 3ª ed. rev. y amp. Santiago de Chile: DIBAM,
2000, pp. 159-165. [En línea]. URL <http://www.nedcc.org/resources
/downloads/spplam3.pdf> [Consulta 15-09-2010]
BROWN, Karen E. Emergency management. Worksheet for outlining a Disaster Plan.
Northeast Document Conservation Center, 2007. [En línea]. URL
<http://www.nedcc.org/resources/leaflets/3Emergency_Management/04Disaster
PlanWorksheet.php> [Consulta 15-09-2010]
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 129
BROWN, Karen E. Hoja de trabajo para esbozar un plan ante desastres. En OGDEN,
Sherelyn (ed.): El manual de preservación de bibliotecas y archivos del
Northeast Document Conservation Center. 3ª ed. rev. y amp. Santiago de Chile:
DIBAM, 2000, pp. 149-158. [En línea]. URL <http://www.nedcc.org
/resources/downloads/spplam3.pdf> [Consulta 15-09-2010]
BUCHANAN, Rally A. Disaster Planning: Preparedness and Recovery for Libraries
and Archives. A RAMP Study (PGI-88/WS/6). Paris: UNESCO, 1988. [En
línea,] <http://www.unesco.org/webworld/ramp/html/r8806f/r8806f00.htm>
[Consulta 20/04/2009]
CABEZA LLORCA, Ana. Emergencias y desastres en bibliotecas universitarias:
prevención y planificación de la respuesta. 2007. [En línea]. URL
<http://eprints.rclis.org/11479/1/Emergencias_y_desastres.pdf> [Consulta 15-
09-2010]
CALIFORNIA STATE LIBRARY. Disaster Plan Exercice. Sacramento (California),
2005. [En línea]. URL<http://calpreservation.org/disasters/exercise.html>
[Consulta 15-09-2010]]
CALIFORNIA STATE LIBRARY. Generic Disaster Plan Workbook. Sacramento
(California), 2005. [En línea]. URL <http://calpreservation.org/disasters
/generic/index.html>[Consulta 15/05/2009]
CALIFORNIA STATE LIBRARY. Library Disaster Plan Template. Sacramento
(California): California State Library, 2005. [En línea]. URL
<http://calpreservation.org/disasters/generic/plan_toc.html> [Consulta 15-09-
2010]
CLARKSON, Christopher. ‘Preservation and Display of Single Parchment Leaves and
Fragments’, Conservation of Library and Archive Materials and the Graphic
Arts, ed. Guy Petherbridge. London: Butterworths, 1987.
CLARKSON, Christopher. ‘The Safe Handling and Display of Medieval Manuscripts
and Early Printed Books’, Book and Paper Conservation Proceedings. Ljubljana:
1997.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 130
CONSORTIUM DE SAUVETAGE DU PATRIMOINE DOCUMENTAIRE EN CAS
DE CATASTROPHE (COSADOCA). Après un sinistre – Intervention sur les
documents. Fiches practiques par thème. 2008. [En línea]. URL
<http://www.cosadoca.ch/fiches/?dom=4> [Consulta 15-09-2010]
CONSORTIUM DE SAUVETAGE DU PATRIMOINE DOCUMENTAIRE EN CAS
DE CATASTROPHE (COSADOCA). Après un sinistre – sauvetage. Fiches
practiques par thème. 2008. [En línea]. URL <http://www.cosadoca.ch
/fiches/?dom=3> [Consulta 15-09-2010]
CONSORTIUM DE SAUVETAGE DU PATRIMOINE DOCUMENTAIRE EN CAS
DE CATASTROPHE (COSADOCA). Les entraînements pratiques. 2009. [En
línea] URL <http://www.cosadoca.ch/ep/> [Consulta 15-09-2010]
CONSORTIUM DE SAUVETAGE DU PATRIMOINE DOCUMENTAIRE EN CAS
DE CATASTROPHE (COSADOCA). Rôle du plan d’urgence. [En línea]. URL
<http://www.cosadoca.ch/urgence/> [[Consulta 15-09-2010]
CORNELL UNIVERSITY LIBRARY. Disaster Response Plan. Ithaca (Nueva York):
Cornell University Library, 2008. [En línea]. URL
<http://www.library.cornell.edu/preservation/emergencies/Disaster2006.doc>
[Cnsulta 15-09-2010]
COUNCIL OF STATE ARCHIVISTS. Implementing the CoSA Framework for
Emergency Preparedness in Your State. Columbia: CoSa; NHPRC; NARA,
2006. [En línea]. URL <http://www.statearchivists.org/prepare/framework
/implementingtheframework.pdf> [Consulta 15-09-2010]
DISASTER Preparedness: Guidelines for Archives and Libraries. London: Society of
Archivists, 1996.
DODSON, Suzanne; Johanna Wellheiser. Bibliographie de normes et d’ouvrages de
référence choisis portant sur la conservation dans les bibliothèques. 1996. [En
línea]. URL <http://epe.lac-bac.gc.ca/100/200/301/nlc-bnc/bibliography
_standards_apr96-ef/fintro.htm> [Consulta 15-09-2010]
DREWES, Jeanne M. & Julie A. Page. Promoting Preservation Awareness in Libraries:
A Sourcebook. Englewood, CO: Libraries Unlimited, 1997.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 131
EDWARD P. ADCOCK. Principles for the care and handling of library material. [S.l.]:
International Federation of Library Associations, 1996. (International
Preservation Issues; nº1)
EMORY UNIVERSITY LIBRARIES. PRESERVATION OFFICE. Disaster
Preparedness & Response Manual for Library Materials. Atlanta (Georgia):
Emory University Libraries, Preservation Office, 2005. [En línea]. URL
<http://web.library.emory.edu/preservation/docs/emory-libraries-disaster-prep-
response-2005-05-04.pdf> [Consulta 15-09-2010]
ERHARDT, D. and M. Mecklenburg. ‘Relative humidity re-examined’. Preventive
Conservation Practice, Theory and Research. Preprints of the Contributions to
the Ottawa Congress, 12–16 September 1994. London: The International
Institute for Conservation of Historic and Artistic Works, 1994.
FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE ASOCIACIONES E INSTITUCIONES DE
LA BIBLIOTECA. Disaster planning. Prevention, preparedness, response,
recovery. [ca. 1999]. [En línea]. URL
<http://www.ifla.org/VI/6/dswmedia/en/pdf/txt_sini.pdf> [Consulta 15-09-2010]
FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE ASOCIACIONES E INSTITUCIONES DE
LA BIBLIOTECA. Prevención de desastres y planes de emergencia. Compendio
de la IFLA. John McIlwaine, Marie-Thérèse Varlamoff, eds. En Internacional
Preservation Issues, 2002, n. 6. [En línea]. URL <http://www.ifla.org/
VI/4/news/ipi6-es.pdf> [Consulta 15-09-2010]
FEDERAL EMERGENCY MANAGEMENT AGENCY. Emergency Response Action
Steps: The first 48 hours can make the difference. Washington: FEMA, 1997.
[En línea]. URL <http://www.fema.gov/plan/ehp/response.shtm#content>
[Consulta 15-09-2010]
FLORIAN, Mary-Lou E. ‘Conidial Fungi (Mold, Mildew) Biology: A Basis for Logical
Prevention, Eradication and Treatment of Museum and Archival Collections’.
Leather Conservation News, vol. 10, 1994.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 132
FLORIAN, Mary-Lou E. ‘Conidial Fungi (Mould) Activity on Artifact Material – A
New Look at Prevention, Control and Eradication’. Preprints of the 10th
Triennial Meeting
FORTSON, J. ‘Disaster Planning and Recovery: A How- To-Do-It Manual for
Librarians and Archivists’. How-To-Do-It Manuals for Libraries, no. 21. New
York: Neal-Schuman, 1992.
FOX, Lisa. ‘Management Strategies for Disaster Preparedness’. The ALA Yearbook of
Library and Information Services, vol. 14. Chicago: American Library
Association, 1989.
HARMON, James D. Integrated Pest Management in Museum Library and Archival
Facilities: A Step by Step Approach for the Design, Development,
Implementation and Maintenance of an Integrated Pest Management Program.
Indianapolis, IN: Harmon Preservation Pest Management, 1993.
INTERNATIONAL COUNCIL OF MUSEUMS. Committee for Conservation.
Lawrence, KS: Allen Press, Inc., 1993.
JACKANICZ, DONALD. ‘Theft at the National Archives: The Murphy Case, 1962–
1975’. Library and Archival Security vol. 10 no. 2, 1990.
KAPLAN, H. A. Mold: A Follow-up.<http://palimpsest.stanford.edu/byauth/kaplan/
moldfu.html>. Nyberg, Sandra. ‘The Invasion of the Giant Spore’.
LIBRARY AND ARCHIVES CANADA. Emergency Preparedness. Contingency Plan.
2008. [En línea] <http://www.collectionscanada.gc.ca/about-us/015/012015-200-
e.html> [Consulta 21/04/2009]
LIBRARY AND ARCHIVES CANADA. Emergency Preparedness. Guide on
Emergency and Disaster Control. 2008. [En línea]. URL
<http://www.collectionscanada.gc.ca/about-us/015/012015-100-e.html>
[Consulta 15-09-2010]
LIBRARY OF CONGRESS. Emergency Preparedness. Washington: The Library of
Congress, 2008. [En línea] <http://www.loc.gov/preserv/emergprep
/prepare.html> [Consulta 15/05/2009]
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 133
LIBRARY PRESERVATION AT HARVARD. Emergency Preparedness Plan. 2009
(rev.) [En línea]. URL <http://preserve.harvard.edu/emergencies/plan.html>
[Consulta 15-09-2010]
LINDBLOM PATKUS, Beth; Karen Motylewski. Emergency management. Disaster
planning. Northeast Document Conservation Center, 2007. [En línea]. URL
<http://www.nedcc.org/resources/leaflets/3Emergency_Management/03Disaster
Planning.php>[Consulta 15-09-2010]
LINDBLOM PATKUS, Beth; Karen Motylewski. Planificación para enfrentar
desastres. En OGDEN, Sherelyn (ed.): El manual de preservación de bibliotecas
y archivos del Northeast Document Conservation Center. 3ª ed. rev. y amp.
Santiago de Chile: DIBAM, 2000, pp. 141-148. [En línea]. URL
<http://www.nedcc.org/resources/downloads/spplam3.pdf> [Consulta 15-09-
2010]
LIRE, Camila (editor). Library Disaster Planning and Recovery Handbook. New York:
Neal-Schuman, 2000.
LULL, William P. Conservation Environment Guidelines for Libraries and Archives.
Ottawa: Canadian Council of Archives, 1995.
LYALL, Jan. Disaster planning for Library and Archives: Understanding the essential
issues. National Library of Australia, 1998. [En línea]
<http://www.nla.gov.au/nla/staffpaper/lyall1.html> [Consulta 15/05/2009]
LYRASIS. Disaster Prevention and Planning. Planning and Preparedness: the Disaster
Planning Process [En línea] URL <http://www.lyrasis.org/Preservation/
Disaster%20Resources/Disaster%20Prevention%20and%20Planning.aspx>
[Consulta 15-09-2010]
LYRASIS. Preservation. Contents of a Disaster Plan. [En línea]. URL
<http://www.lyrasis.org/Preservation/Resources%20and%20Publications/Conten
ts%20of%20a%20Disaster%20Plan.aspx> [Consulta 15-09-2010]
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 134
MACLEOD, K. J. ‘Relative Humidity: Its Importance, Measurement and Control in
Museums’. Canadian Conservation Institute Technical Bulletin 1. Ottawa:
Canadian Conservation Institute, 1978.
MINCIO, Danielle. Les plans de sauvetage des collections. Théorie et pratique en cas de
sinistre majeur. 2005. [En línea]. URL <http://www.cosadoca.ch/docs/
actualites/20051129-planssauvecoll.pdf> [Consulta 15-09-2010]
MINCIO, Danielle. Les plans de sauvetage. Mise en pratique régulière ou
occasionnelle? Conference semestrielle de la section et du programme
fundamental IFLA-PAC. Université de Lausanne (Suisse) 26-28 mars 2008. [En
línea] URL <http://www.cosadoca.ch/docs/iflapac08/iflapac08-mincio-
plan_sauv.pdf>[Consulta 15-09-2010]
MOON, Myra Jo. ‘Reducing Theft, Mutilation and Defacement of Library Materials’.
Conservation Administration News no.17, April 1984.
MORALES FLORES, Elisa. Desastres en bibliotecas y archivos causados por sismos,
fuego y agua: prevención, rescate y salvamento. 2002. [En línea]. URL
<http://www.amigosdelagn.org.ar/desastres.htm> [Consulta 15-09-2010]
MURRAY, Toby. Bibliography on Disasters, Disaster Preparedness and Disaster
Recovery. Tulsa, OK: University of Tulsa, 1987.
NATIONAL ARCHIVES AND RECORDS ADMINISTRATION (NARA). Vital
records and records disaster mitigation and recovery. 1996. [En línea]. URL
<http://cool-palimpsest.stanford.edu/bytopic/disasters/misc/vitalrec/> [Consulta
15-09-2010]
NATIONAL ARCHIVES AND RECORDS ADMINISTRATION. Normas básicas para
la preparación, gestión y respuesta ante desastres: Materiales con soporte de
papel. 1993. [En línea]. URL <http://www.archives.gov/preservation/
emergency-prep/spanish-disaster-prep-primer.pdf> [Consulta 15-09-2010]
NATIONAL LIBRARY OF AUSTRALIA. Collection Disaster Plan. [En línea] URL
<http://www.nla.gov.au/policy/disaster/index.html> [Consulta 15-09-2010]
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 135
NATIONAL PRESERVATION OFFICE. Disaster/Emergency Plan. London, [s.a.] [En
línea] URL <http://www.bl.uk/npo/disaster.html>[Consulta 15-09-2010]
NATIONAL PRESERVATION OFFICE. Photocopying of Library and Archive
Materials. London: National Preservation Office, 1994.
NEW YORK UNIVERSITY LIBRARIES. Disaster Plan Workbook. New York, 2007.
[En línea] URL <http://library.nyu.edu/preservation/disaster/toc.htm> [Consulta
15-09-2010]
NORTHEAST DOCUMENT CONSERVATION CENTER. dPlan™. The Online
Disaster-Planning Tool. NEDCC, 2006. [En línea] URL
<http://www.dplan.org/> [Consulta 15-09-2010]
PAGE, Susan; Diane S. Nixon. ‘Storing and Handling Oversized Documents’.
Restaurator, vol. 15 no. 3, 1994.
PALMER, Patricia. Stacks Management: Shelf Maintenance Procedures. URL
<http://palimpsest.stanford.edu/byauth/ palmer/palmer.html> [Consulta 15-09-
2010]
PICKWOAD, N. ‘Books and Libraries’. The National Trust Manual of Housekeeping,
eds. and comp. Hermione Sandwith and Sheila Stainton. Harmondsworth:
Penguin, 1993.
PINNIGER, D. B. Insect Pests in Museums. London: Archetype, 1994.
PRÉVENTION des sinistres dans les bibliothèques et les centres d’archives. [En línea]
URL <http://www.cosadoca.ch/savoir_plus/#sinistre> [Consulta 15/05/2009]
RHODES, Barbara J. Hell & Highwater: A Disaster Information Sourcebook. New
York: METRO, 1989.
SHENTON, Helen. ‘Developments in the Display of Books at the Victoria and Albert
Museum’. The Paper Conservator 21, 1997.
SKEPASTIANU, M. and J. I. Whiffin. Library Disaster Planning. The Hague: IFLA
HQ, 1995.
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 136
SMITHSONIAN INSTITUTION. Smithsonian Institution Staff DisasterPreparedness
Procedures. Washington: Smithsonian Institution. Office of Risk Management,
1993. [En línea]. URL <http://www.archives.gov/preservation/emergency-
prep/disaster-prep-procedures.html>[Consulta 15-09-2010]
SOLINET. Preservation Program Leaflet, no 5. Atlanta, GA: South-eastern Library
Network, 1987.
SOUTHEASTERN LIBRARY NETWORK. Handling Books in General Collections,
Atlanta, GA: Southeastern Library Network, 1992. <http://palimpsest.
stanford.edu/solinet/hndlbook.htm>
STOLOW, Nathan. Conservation and Exhibitions – Packing Transport, Storage and
Environmental Considerations. London: Butterworths, 1987.
STOREY, RICHARD, A. M. Wherry, and J. F. Wilson. ‘Three Views on Security’.
Journal of the Society of Archivists 10, July 1989.
THOMSON, Garry. The Museum Environment, 2nd edition. London: Butterworths-
Heinemann, 1986.
TRINKAUS-RANDALL, Gregor. ‘Preserving Special Collections Through Internal
Security’. College and Research Libraries News 50, July 1989.
TRINKLEY, Michael. Can You Stand the Heat? A Fire Safety Primer for Libraries,
Archives and Museums. Atlanta, GA: Southeastern Library Network, 1993.
TRINKLEY, Michael. Hurricane! Are You Ready for the Big One? A Primer for
Libraries, Museums, and Archives. Columbia, SA: Chicora Foundation, 1993.
TRINKLEY, Michael. Hurricane! Surviving the Big One: A Primer for Libraries,
Museums and Archives. Atlanta, GA: SOLINET, 1993.
UNESCO. Mitigando el desastre. Guía estratégica para el manejo de riesgos en
colecciones patrimoniales. Compilado por el Centro de Estudios de Archivos
Audiovisuales (CEAA). Kingston (Jamaica): UNESCO, 2007. [En línea]. URL
<http://webworld.unesco.org/mitigating_disaster/espanol/indexs.html>
[Consulta 15-09-2010]
PLAN DE EMERGENCIA
CONTRA DESASTRES Z2-
PLAN DE DESASTRES 137
VARLAMOFF, Marie Thérèse. ‘Recommendations Regarding Loans of Library
Documents to Exhibitions’. IFLA Journal 13, no. 4, 1987.
WATERS, Peter. Procedures for Salvage of Water-Damaged Materials. 1993.
WELLHEISER, J. G. Non-chemical Treatment Processes for Disinfestation of Insects
and Fungi in Library Collections. The Hague: K.G. Saur, International
Federation of Library Associations and Institutions, 1992.
WELLHEISER, Johanna G., and Jude Scott. An Ounce of Prevention: Integrated
Disaster Planning for Archives, Libraries, and Record Centres, 2nd ed. Lanham,
MD: Scarecrow Press, 2002.