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Unidad 2. Codigo Fiscal de la Federacion.pdf

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Unidad 2. Código Fiscal de la Federación Normatividad fiscal División de ciencias sociales y administrativas | Gestión y administración de PyMES 1 Licenciatura en Gestión y Administración de Pequeñas y Medianas Empresas Programa de la asignatura: Normatividad fiscal Clave: 07143530 Universidad Abierta y a Distancia de México UnADM
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  • Unidad 2. Cdigo Fiscal de la Federacin

    Normatividad fiscal

    Divisin de ciencias sociales y administrativas | Gestin y administracin de PyMES

    1

    Licenciatura en

    Gestin y Administracin de Pequeas y

    Medianas Empresas

    Programa de la asignatura:

    Normatividad fiscal

    Clave:

    07143530

    Universidad Abierta y a Distancia de Mxico

    UnADM

  • Unidad 2. Cdigo Fiscal de la Federacin

    Normatividad fiscal

    Divisin de ciencias sociales y administrativas | Gestin y administracin de PyMES

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    ndice Unidad 2. Cdigo Fiscal de la Federacin3 Presentacin .3 Propsitos ..3 Competencia especfica...3 2.1. Cdigo Fiscal de la Federacin y su reglamento ..4 2.1.1. Los requisitos de las promociones y la presentacin ante las autoridades..4 2.1.2. El pago de la devolucin y de compensacin de contribuciones, la inscripcin y avisos en el Registro Federal de Contribuyentes6 2.1.3. La contabilidad, los comprobantes fiscales y la conservacin de la contabilidad.11 2.1.4 Las declaraciones, solicitudes, avisos y las facultades de las autoridades fiscales..15 2.1.5. Los dictmenes, declaratorias del contador pblico registrado, el pago a plazos e infracciones fiscales16 Actividad 1. Estructura general del reglamento del Cdigo Fiscal..19 Actividad 2. Funcin e importancia del Reglamento del Cdigo Fiscal de la Federacin19 Autoevaluacin20 Evidencia de aprendizaje. Normas del Cdigo Fiscal de la Federacin20 Cierre de la unidad..21 Para saber ms21 Fuentes de consulta22

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    Bienvenido(a) a la segunda unidad de la asignatura Normatividad fiscal. En esta etapa se

    describe el Cdigo Fiscal de la Federacin mediante la estructura de su reglamento, el

    cual te facilitar conocer y entender su funcin para proponer soluciones ante situaciones

    fiscales de la PyME, esto con la intencin de coadyuvar a la organizacin en la operacin

    y manejo eficiente del mximo reglamento fiscal nacional llamado Cdigo Fiscal de la

    Federacin.

    Esta unidad iniciar con la descripcin general del Cdigo Fiscal de la Federacin y

    Reglamento del Cdigo Fiscal de la Federacin, a travs de la interpretacin y aplicacin

    de los requisitos de las promociones y la representacin ante las autoridades para la

    eficiencia en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, mediante la explicacin del

    funcionamiento de los pagos de la devolucin y compensacin de las contribuciones a

    favor de la PyME, las formas de inscripcin y avisos ante el Registro Federal de

    Contribuyentes para el sano cumplimiento y presentacin de las obligaciones, la manera

    de conservar y llevar a cabo la contabilidad para la correcta presentacin de las

    declaraciones, solicitudes, avisos de acuerdo a las normas y facultades que establece la

    autoridad fiscal, y as comprender los estatutos establecidos en el dictamen fiscal emitido

    por el Servicio de Administracin Tributaria (SAT), producto de la solicitud declaratoria

    emitida por el contador pblico registrado, finalizando con las formas de pagos a plazo y

    entendimiento de las infracciones fiscales.

    Te invitamos a poner el mejor de los esfuerzos e inters ante esta experiencia de

    formacin acadmica y profesional.

    Al trmino de esta unidad logrars:

    Identificar la estructura general del Cdigo Fiscal de la Federacin y Reglamento

    del Cdigo Fiscal de la Federacin.

    Distinguir las funciones de las normas del Cdigo Fiscal.

    Elegir las normas para solucionar una situacin fiscal de la PyME.

    Unidad 2. Cdigo Fiscal de la Federacin

    Presentacin

    Propsitos

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    Elegir normas para proponer soluciones a situaciones fiscales de una PyME, mediante el

    anlisis del reglamento del Cdigo Fiscal de la Federacin.

    El Cdigo Fiscal de la Federacin es el ordenamiento jurdico federal que establece los

    conceptos y procedimientos para la obtencin de ingresos fiscales.

    El reglamento por s solo representa un apego de carcter universal a acatar y respetar

    los lineamientos que de l emanen, con la intencin de homogenizar criterios que

    permitan la realizacin de actividades con resultados y formas de ejecucin esperadas, de

    tal forma que a travs de ste se obtengan conductas formuladas con el fin de lograr lo

    establecido en el objetivo de su creacin. Es por ello que al pasar de los tiempos, los

    reglamentos estn presentes en la mayora de los esquemas y planes de trabajo para

    asegurar la operacin correcta de sus actividades.

    Por lo tanto, dentro del trasfondo y sentido de lo que representa un Cdigo y su

    Reglamento se dar paso a describir el papel que cumple el Cdigo Fiscal de la

    Federacin (CFF) y su Reglamento (RCFF), donde en Mxico representa el mximo

    orden jurdico de las leyes y reglamentos para la regulacin y manejo de los esquemas

    tributarios.

    A travs de ste cdigo se definen los mecanismos y maneras para llevar a cabo el

    desarrollo de las actividades fiscales de las organizaciones y entes con actividad

    empresarial, representando as el elemento moderador de orden jurdico en materia fiscal

    en Mxico.

    Los requisitos son los criterios a cumplir por alguna parte interesada con el fin de estar en

    total apego a lo establecido, y en este punto se hace referencia a los requisitos de las

    promociones que las autoridades fiscales exigen a travs del Cdigo Fiscal de la

    Federacin y su Reglamento, que definen particularmente en el Artculo 10 de dicho

    reglamento afirmando que para el cumplimiento eficaz de cualquier trmite o gestin debe

    realizarse en total apego a lo que marca cada apartado del reglamento. Sealando a

    travs de ste que la representacin legal de trmites y recursos administrativos, as

    como la acreditacin de la representacin debe realizarse en estricto apego a lo

    Competencia especfica

    2.1. Cdigo Fiscal de la Federacin y su reglamento

    2.1.1. Los requisitos de las promociones y la presentacin ante las

    autoridades

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    establecido en el Artculo 19, primer y quinto prrafos del CFF que se describen a

    continuacin:

    Representacin legal en trmites y recursos administrativos.

    Acreditacin de la representacin

    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2013, p. 1031).

    Adems de los requisitos de las promociones con fines de consulta, la solicitud de

    autorizacin o rgimen sealan que debern realizarse en estricto apego a lo que marca

    el Artculo 18-A del CFF bajo la siguiente descripcin:

    Requisitos de las promociones: consultas, solicitudes de autorizacin o rgimen

    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2013, p. 812).

    Hace referencia a que no se aceptarn trmites si no se cumple con la debida representacin legal por parte de los interesados de acuerdo a lo establecido por el Sistema de Administracin Tributaria (SAT).

    Representando a las formas de promocin acreditadas por el SAT, para hacer vlido cualquier tipo de trmite ante la dependencia.

    Nmeros telefnicos del contribuyente.

    Describir las razones de negocio que motivan la

    operacin planeada si as fuera el caso de la

    promocin.

    Indicar si los hechos o razones de la promocin

    han sido previamente presentadas ante

    autoridades de la misma dependencia u otras.

    Nombre, direccin y Registro Federal del Contribuyente (RFC).

    Sealar los hechos y circunstancias que

    describen el motivo de la promocin, adems que

    habr de respaldarse con la documentacin

    necesaria que soporten lo indicado.

    Indicar si se encuentra sujeto al ejercicio de las

    facultades de comprobacin por parte

    de la Secretaria de Hacienda y Crdito

    Pblico (SHCP) o por las autoridades federativas si

    as fuera el caso.

    Actividades econmicas a las cuales se dedica el

    contribuyente.

    Monto de la operacin o bien promociones a las cuales se referencia la

    promocin.

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    Todo lo anterior describe de manera general la funcin que representa el CFF, en relacin

    a las formas de presentacin de los requisitos para las promociones y la manera de

    promoverse ante las autoridades de acuerdo a estos apartados en el reglamento, para la

    solucin o trmite correspondiente a algn asunto concerniente a lo antes mencionado por

    parte de algn ente econmico con obligaciones fiscales debidamente registrado. Es

    decir, si una PyME formada en sociedad legal recibe un requerimiento por parte del SAT

    para atender una notificacin de cambio de domicilio, al atender este asunto

    presentndose ante la misma dependencia, ste rechaza la documentacin presentada

    para la atencin al trmite debido a que la promocin es realizada por uno de los socios

    mas no el representante legal de la PyME, explicando el responsable de atencin al

    contribuyente que para dar seguimiento a este asunto se debe contar con una carta poder

    firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las

    autoridades fiscales, notario o fedatario pblico, acompaando copia de la identificacin

    del contribuyente o representante legal, previo a cotejo con su original, exponiendo

    amablemente el representante del SAT que son las consideraciones emitas en el CFF,

    donde ste lo indica claramente el Art.19 primer y quinto prrafos para hacer vlida una

    promocin de esta ndole ante la misma.

    Para seguir con la misma lnea de referencia sobre la descripcin de las funciones del

    Cdigo Fiscal de la Federacin, en el siguiente tema se har referencia a la importancia

    que representa un sistema fiscal tributario efectivo mediante los pagos de la devolucin y

    compensacin del pago de impuestos, adems de las formas de inscripcin y avisos en el

    Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

    En el sentido fiscal tributario, uno de los aspectos clave que representa a este sistema son

    las formas de captar los impuestos, as como los mecanismos que permiten la

    interaccin efectiva entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, de tal manera que

    a travs de ste se ve reflejada la efectividad del diseo fiscal tributario de cualquier ente

    econmico. Dentro de ese mismo contexto se dar paso a la descripcin que define el

    CCF para explicar el pago, la compensacin de los tributos fiscales junto con la funcin de

    la inscripcin y avisos en el RFC.

    El pago de la devolucin y compensacin de las contribuciones est representado

    en los artculos 11, 12, 14, 15 y 16 del ttulo II de los derechos y obligaciones de

    los contribuyentes, dentro del captulo II llamado del pago, de la devolucin y de la

    compensacin de contribucin dentro del Reglamento del Cdigo Fiscal de la Federacin

    (RCFF), teniendo la consiga de explicar la forma de realizar los pagos al Servicio de

    Administracin Tributaria (SAT).

    2.1.2. El pago de la devolucin y de compensacin de contribuciones,

    la inscripcin y avisos en el Registro Federal de Contribuyentes

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    En este mismo apartado se describe el procedimiento y requisitos para realizar pagos

    mediante cheques; se indica que la cuenta debe estar a nombre del contribuyente,

    adems deben ser expedidos por el mismo a favor de la tesorera de la federacin;

    cuando se trate de contribuciones que administren las entidades federales para s mismas

    u rgano equivalente. Y cuando sea el caso de aportaciones de seguridad social

    recaudadas por organismos descentralizados, se remitirn a nombre del propio

    organismo, haciendo mencin de manera enftica a que una vez expedidos no sern

    negociables. De igual forma seala que si llegase a realizar pagos extemporneos se

    deber sujetar a lo que marca el Artculo 20 sptimo prrafo del CCF, el cual indica la

    secuencia para aplicar los pagos, describiendo que stos se aplicarn a los crditos ms

    antiguos, siempre que se trate de la misma contribucin, es decir, cuando se tengan

    pagos pendientes del mismo impuesto, la forma de hacer efectivo los pagos presentes del

    contribuyente no se cargarn a los saldos pendientes ms recientes sino hasta liquidar los

    adeudos pendientes ms antiguos, lo cual se describe bajo el siguiente orden:

    Secuencia para aplicar los pagos de acuerdo al Artculo 20, sptimo prrafo, del CFF.

    Gastos de ejecucin. Representan las erogaciones que tiene que pagar el contribuyente a favor del SAT por la prestacin de servicios de sus funciones.

    Recargos. Representan la cantidad de nuevos cargos a causa de retraso de pagos acordados.

    Multas. Representan la obligacin de pagar una sancin econmica para saldar una infraccin.

    La indemnizacin. Representa la forma de compensar una falta o dao mediante

    un pago, el cual, segn el Artculo 21, sptimo prrafo, se puede realizar en pagos diferidos o parcialidades, que, dada la naturaleza de su forma de saldo, generarn recargos.

    Asimismo, dentro de la forma de pago y para que la autoridad fiscal haga efectiva la

    compensacin de saldos a favor o pagos indebidos a nombre del contribuyente, indica

    que sern tomados en cuenta siempre y cuando se hayan presentado en la ltima

    declaracin realizada antes de la solicitud actual requerida. Y en caso de que estos

    representen una actualizacin por concepto de recargos o pagos extemporneos sin

    prrroga, para efectos de clculo de sus saldos y ajuste se debern tomar en cuenta lo

    que marca el Artculo 21 del CFF, el cual describe las siguientes situaciones y efectos

    segn su naturaleza:

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    Actualizacin y recargos por pagos extemporneos sin prrroga.

    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2014, pp. 819-820).

    Continuando con el contenido del presente tema, ahora es tiempo de la descripcin que

    referencia a la inscripcin al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el cual hace

    mencin a que todo individuo o entidad econmica que perciba ingresos derivados de las

    actividades que realicen estn obligados a expedir comprobantes fiscales, es por ello que

    debern solicitar su RFC y su certificado de firma electrnica avanzada (FIEL) ante el

    SAT, teniendo referencia en el Artculo 27 del CFF.

    No hayliberacin de

    ni recargos.

    Recargoshasta por 5

    aos. Conceptos que

    no causanrecargos.

    Garanta de

    a cargo deterceros.

    Condonacin derecargos optativaen operaciones

    entre partesrelacionadas.

    Recargossobre

    Recargossobre

    ientos.

    s

    Causacinpor mes ofraccin.

    Pagos aplazos. Devolucin

    de chequespara pago

    de

    es.

    Diferenciasen recargos.

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    Adems de la solicitud de inscripcin en el RFC de acuerdo a lo que marcan los artculos

    19, 20, 21, 22 y 23 del Reglamento del Cdigo Fiscal de la Federacin (RCFF)

    representado en el captulo III De la inscripcin y avisos en el Registro Federal de

    Contribuyentes, Seccin I de la Inscripcin en el RFC, manifestando que se torna

    obligatorio hacer la solicitud del RFC ante las siguientes situaciones:

    De la inscripcin en el registro Federal de Contribuyentes

    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2014, p. 1033).

    En el caso de personas morales, se deber solicitar la inscripcin en el RFC, sealando

    nombre del representante legal. De igual forma deber realizarse el mismo trmite de

    inscripcin con quienes tengan asalariados y trabajadores dentro la PyME. En ese mismo

    contexto los organismos, entidades y dependencias de la administracin pblica tambin

    estn obligados a registrarse ante el RFC, ya sean unidades administrativas, rganos

    desconcentrados, de la federacin o entidades federativas de los municipios de rganos

    descentralizados y constitucionales autnomos que cuenten con autorizacin del ente

    pblico, tendrn que cubrir este requisito para el cumplimiento de sus obligaciones

    fiscales como retenedor y contribuyente.

    Y finalmente uno de los aspectos fundamentales que el RFC considera para el

    cumplimiento y cobertura de los criterios que exige el SAT para el reporte de cualquier

    incidencia o cambio en cualquiera de los sentidos del ente econmico, indica que debe

    realizarse por medio de los avisos ante el Registro Federal de Contribuyentes.

    I. Inscripcin de personas morales residentes en Mxico y de personas residentes en el extranjero con establecimiento permanente en Mxico.

    II. Inscripcin y cancelacin en el RFC por fusin de sociedades. III. Inscripcin y cancelacin en el RFC por escisin total de sociedades. IV. Inscripcin por escisin parcial de sociedades. V. Inscripcin de asociacin en participacin.

    VI. Inscripcin de personas morales residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en Mxico.

    De la inscripcin en VII. Inscripcin de personas fsicas residentes en Mxico y personas el Registro Federal de fsicas residentes en el extranjero con establecimiento en Mxico.

    Contribuyentes VIII. Inscripcin de personas fsicas sin actividad econmica. IX. Inscripcin de personas fsicas residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en Mxico.

    X. Inscripcin de fideicomisos.

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    Describiendo en ese sentido que debern hacer el aviso tanto las personas fsicas y

    morales bajo los fundamentos que exigen los artculos 25 y 26 del RCFF, los cuales

    estn representados en la seccin II de los avisos al Registro Federal de Contribuyentes,

    llamado Presentacin de Avisos ante el RFC de Personas Fsicas y Morales, indicando

    que se presentarn los avisos bajo los siguientes casos:

    Presentacin de avisos ante el Registro Federal de Contribuyente

    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2014, pp. 1036-1039).

    Cambio de denominacin o razn social.

    Cambio de rgimen de capital.

    Correccin o cambio de nombre.

    Cambio de domicilio fiscal.

    Suspensin de actividades.

    Reanudacin de actividades.

    Actualizacin de actividades econmicas y obligaciones.

    Cierre de establecimientos, sucursales, y en general cualquier lugar que utilice para el desempeo de actividades.

    Inicio de liquidacin.

    1.

    2.

    3.

    4.

    5.

    6.

    7.

    Apertura de establecimientos, sucursales, y en general cualquier lugar que utilice para el 8. desempeo de actividades.

    9.

    10.

    11. Apertura de sucesin

    12. Cancelacin en el RFC por liquidacin de la sucesin.

    13. Cancelacin en el RFC por defuncin.

    14. Cancelacin en el RFC por liquidacin total del activo.

    15. Cancelacin en el RFC por cese total de operaciones.

    16. Cancelacin en el RFC por fusin de sociedades.

    17. Cambio de residencia fiscal.

    18. Inicio de procedimiento de concurso mercantil.

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    Y debern hacerse inmediatamente un mes antes de presentar los avisos ante el SAT

    para hacer buena la modificacin o actualizacin, con excepcin de los avisos sealados

    en las fracciones X, XI Y XVII. Considerando adems los casos especiales que marca el

    Artculo 26, fracciones VII, XI y XIV de este reglamento, que indican:

    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2013, pp. 1038-1039).

    Donde dentro del contexto anterior la PyME debe considerar los tipos de avisos y factores

    especiales para la correcta presentacin ante el SAT.

    Para continuar la descripcin detallada sobre el papel que juega el Cdigo Fiscal de la

    Federacin como instrumento moderador para el cumplimiento de las leyes fiscales en

    Mxico, es momento de presentar el mecanismo bsico de cualquier ente econmico

    legalmente constituido que es la contabilidad y las formas de su conservacin, as como

    de los comprobantes fiscales, el cual se abordar de manera explcita para su mejor

    comprensin en el siguiente tema.

    Hoy en da, uno de los factores fundamentales presente en las empresas para asegurar el

    xito en la administracin y control de los recursos econmicos es sin duda la

    contabilidad, debido a que a travs de ella se lleva cuenta y razn particular sobre los

    movimientos internos de la PyME. Es por eso que se dar inicio a la descripcin de la

    contabilidad, los comprobantes fiscales y la conservacin de la contabilidad que

    marca como requerimiento el SAT dentro del Reglamento del Cdigo Fiscal de la

    Federacin (RCFF) a travs de los artculos 29, 39 y 52 para la operacin correcta de

    Fraccin VII. Inicio de liquidacin de sociedades.

    Fraccin XI. Cancelacin del RFC por liquidacin total del activo.

    2.1.3. La contabilidad, los comprobantes fiscales y la conservacin de

    la contabilidad

    Fraccin XIV. Cambio de residencia fiscal.

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    los entes econmicos establecidos en territorio mexicano.

    La contabilidad se presenta como una actividad fundamental dentro de la operacin de la

    PyME describiendo las formas en que debe llevarse de acuerdo a lo que establece el

    SAT, indicando que puede ser a travs de sistemas o registros contables que permitan al

    contribuyente identificar la operacin general de s, ya sea de forma manual o electrnica.

    sta deber contar como mnimo con un libro de registro de movimientos describiendo sus

    operaciones, actos o actividades siguiendo el orden cronolgico en que stos se

    efecten, indicando el movimiento de cargo o abono al que cada uno corresponda.

    Lo anterior se marca estrictamente en el Artculo 28 del CFF, describiendo explcitamente

    las siguientes reglas:

    Y que algunos de los factores que pueden complementar la forma de llevar la contabilidad

    de acuerdo a lo estipulado en el Artculo 29 del RCFF son el de cumplir con una correcta

    administracin de la contabilidad de acuerdo a lo que menciona de manera clara el

    siguiente apartado:

    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2013, pp. 1040-1041).

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    Todo lo anterior representando el conjunto de reglas y requisitos explcitos que el SAT

    establece mediante el CFF para implantar una correcta metodologa para llevar la

    contabilidad en la PyME y que adems funcione como criterio a seguir y lineamientos a

    cumplir por los contribuyentes para hacer eficiente al sistema fiscal mexicano. Y para

    continuar con la descripcin del contenido del presente tema, ahora se expondr la

    presentacin y expedicin de los comprobantes fiscales, los cuales representan el

    mecanismo que todo ente econmico que perciba una retribucin por concepto de sus

    actividades est obligado a emitir, y que a su vez stos apoyarn en la forma de llevar la

    contabilidad de la PyME para dar cumplimiento a lo que marca el RCFF, adems que lo

    establece el Artculo 39 del mismo reglamento, indicando que la impresin de los mismos

    deber realizarse considerando los siguientes factores establecidos por las autoridades

    fiscales:

    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2014, p. 1043).

    Y que explcitamente se deber apreciar dentro de la estructura general del comprobante,

    con lo que describe el Artculo 29-A del CFF, definidos bajo los siguientes siete

    elementos:

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    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2013, p. 838).

    Representando, que si no se cumple con lo que marca los artculos 39 del RCFF y el 29-

    A del CFF al momento de la expedicin o presentacin de los comprobantes fiscales ante

    el SAT, quedar invalidado el trmite. Y para dar fin a la exposicin del presente tema se

    definir lo que las autoridades fiscales marcan dentro del CFF para describir las formas de

    la conservacin de la contabilidad, la cual se presenta como la manera de administrar y

    guardar la documentacin y comprobantes de los actos o actividades que el contribuyente

    realiza por razn de los servicios otorgados o bien recibidos, adems de la administracin

    de los comprobantes de las compras efectuadas por parte de la PyME, expresado

    claramente en el Artculo 52 del Captulo VI llamado de la Conservacin de la

    Contabilidad del RCFF bajo el siguiente orden:

    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2014, pp. 1047-1048).

    Permitiendo entender la importancia que representa la conservacin de la contabilidad por

    parte de las entidades econmicas de acuerdo a lo que marcan el RCFF, debido a que a

    travs de sta se evala la contabilidad y eficiencia de sus procedimientos internos de

    acuerdo a lo que marcan las autoridades fiscales de Mxico, y para seguir dentro de la

    explicacin del marco de referencia del CFF, se turnar a la descripcin de las

    declaraciones, solicitudes, avisos y de las facultades de las autoridades fiscales en el

    siguiente tema, para el fortalecimiento y ampliacin de tus conocimientos en materia fiscal.

    Revisin yn

    del dictamenemitido por el

    contadorpblico

    registrado(CPR).

    Contar con unprocedimiento de resguardo

    para lan

    contable.

    Llevar una sumamensual de ladocumentacin

    contable.

    Administrar por fechas de inicio ydel resguardo

    de lacontable.

    Administrar de acuerdo a las

    as deresguardo de la

    informacincontable.

    Contar con unarelacin delanverso y

    reverso de losntes

    fiscales.

    y conservar la

    documentacincontableoriginal.

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    Normatividad fiscal

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    15

    Uno de los principales medios que utilizan las autoridades fiscales como canal de

    comunicacin para la atencin a asuntos relacionados con situaciones fiscales lo realizan

    a travs de las declaraciones, de acuerdo a lo estipulado en el Artculo 53 del RCFF,

    describiendo la manera de presentar pagos provisionales (es decir, la entrega a cuenta de

    un impuesto que realiza el contribuyente en el plan provisional, tanto de retenciones,

    pagos definitivos o de impuesto anual), y debern hacerlo por medios y formatos

    electrnicos, indicando que los pagos a realizarse se aplicarn a los crditos ms antiguos

    cuando sea la misma contribucin y antes del adeudo principal que se trate.

    Figurando adems como medio para hacer llegar los avisos y solicitudes, que podrn

    efectuarse de acuerdo a lo establecido en el Artculo 31 prrafo dcimo primero del CFF,

    indicando que podr realizar cualquier tipo de solicitud y aviso siempre y cuando se

    realicen dentro de los plazos indicados segn las autoridades fiscales de acuerdo a lo

    establecido a la situacin a abordar, adems que cuando las disposiciones fiscales, no

    sealen plazo para la presentacin de declaraciones, se tendr por establecido quince

    das siguientes al de la realizacin del hecho que se trate (Prontuario fiscal, 2013, p. 851).

    De modo que las declaraciones, solicitudes y avisos representan uno de los canales de

    comunicacin ms efectivos segn el CFF y RCFF, para abordar situaciones y asuntos

    fiscales, representando una obligacin del contribuyente entender y desarrollar las

    declaraciones de acuerdo a lo que marcan las autoridades fiscales a travs de sus

    medios reguladores. Y para completar las formas y medios de comunicacin de forma

    efectiva en materia tributaria se abordarn las facultades de las autoridades fiscales.

    De acuerdo a lo que marca el ttulo III, llamado de las Facultades de las Autoridades

    Fiscales, captulo nico Artculo 33 del CFF, indica las funciones a las cuales debern

    ajustarse las autoridades descritas en:

    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2014, pp. 861-863).

    2.1.4 Las declaraciones, solicitudes, avisos y las facultades de las

    autoridades fiscales

    Brindar asistencia gratuita a los contribuyentes.

    Difundir los servicios de asistencia alcontribuyente.

    Designacin de sndicos para representar a loscontribuyentes.

    Publicacin yactualizacin de criterios internos considerados por las autoridades.

    Publicacin de referecias y orientacin por medio de disposiciones legales que marquen

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    Normatividad fiscal

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    16

    Adems de contar con la plena facultad de cancelar multas y requerimientos, suspender

    de la diligencia de notificacin y requerimientos, as como la publicacin de extractos de

    resoluciones favorables por medio de la pgina electrnica del SAT de acuerdo a lo

    descrito en el Artculo 33 del CFF, todo ello con la intencin de que este sistema funcione

    de manera equilibrada y en favor de los objetivos en que fue diseado, que es mantener

    una base tributaria fuerte y actualizada al servicio del contribuyente, y a la vez generar por

    inercia que el contribuyente est ms informado y presente ante las disoluciones y

    actualizacin de las leyes y reglamento fiscal de Mxico. En consecuencia, en el siguiente

    tema se har descripcin al instrumento que utilizan las autoridades fiscales para la

    emisin de juicio y resultados de las declaratorias hechas por el contador pblico

    registrado, llamado dictamen, as como la interpretacin de los plazos establecidos para el

    pago e infracciones marcadas por parte de las autoridades fiscales y terminar por

    entender el objetivo de la funcin del CFF.

    El dictamen representa el juicio de valor emitido de las autoridades fiscales, producto de

    la declaracin de un agente acreditado denominado Contador Pblico Registrado (CPR),

    que a su vez podr ser evaluado lo que en l se infunda para efectos de otorgar crdito a

    lo expuesto por el contribuyente mediante el argumento del CPR.

    Para entender mejor los elementos bsicos que exigen las autoridades fiscales al

    establecer el dictamen se presentan los principales componentes que debe contener y

    expresar el informe sobre la situacin fiscal del contribuyente, que referencia el Artculo

    68 del RCFF, describiendo lo siguiente:

    2.1.5. Los dictmenes, declaratorias del contador pblico registrado, el

    pago a plazos e infracciones fiscales

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    Normatividad fiscal

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    17

    Informacin y documentacin

    contenida en el dictamen

    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2014, pp. 1055-1056).

    Adems de informacin complementaria para efectos de la revisin y cotejo de la misma

    junto con el contenido descrito en el dictamen por parte del CPR, el cual debe estar

    conformado de acuerdo a lo que marca el Artculo 69 del RCFF:

    Datos generales e informacin del contribuyente.

    Informacin correspondiente a su

    situacin fiscal.

    Dictamen sobre los estados financieros.

    Informacin de los estados financieros

    bsicos con las notas relativas a los

    mismos.

    Informe sobre la revisin de la

    situacin fiscal.

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    Normatividad fiscal

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    18

    Informacin complementaria en el dictamen

    Elaborado con base en Prontuario fiscal (2014, p. 1056).

    La suma y descripcin de la informacin presentada apoyar de manera integral para

    entender el contenido y estructura para la correcta presentacin de la declaratoria por

    parte del CPR e interpretar de manera acertada el RCFF, dentro de las solicitudes ms

    comunes por parte de los contribuyentes para la actualizacin de los saldos fiscales ante

    el SAT, se realiza a travs de la solicitud del pago a plazos de acuerdo a lo que marca el

    Artculo 85 de este reglamento, indicando que se efectuarn bajo los recargos

    correspondientes tomando en cuenta los saldos sealados para efectos de su pago,

    adems de la solucin a infracciones fiscales, las cuales describen que se podrn

    actualizar segn el saldo de la multas y los ingresos declarados por el contribuyente,

    representando de manera conjunta, el efecto del contenido de las declaraciones, al

    momento del dictamen por parte de las autoridades fiscales.

    II. Informacin del contribuyente

    a) RFC. b) Nombre, denominacin o razn social.

    c) Domicilio fiscal y telfono.

    I. Datos generales

    a) Autoridad competente a la que se dirige.

    b) Periodo que abarca el ejercicio fiscal que emite el dictamen.

    c) Disposiciones fiscales aplicables a la presentacin del dictamen.

    III. Informacin del CPR

    a) RFC, domicilio fiscal.

    b) Nmero asignado al padrn de CPR.

    c) Nombre de la asociacin a la que pertenece.

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    Actividad 1. Estructura general del reglamento del Cdigo Fiscal

    En esta actividad se te presentarn una serie de situaciones referentes al

    Reglamento General del Cdigo Fiscal, con la finalidad de que identifiques las

    normas del mismo, para la solucin a situaciones fiscales que pueda enfrentar una

    PyME.

    Para desarrollarlo debers seguir las instrucciones que a continuacin se presentan:

    1. Descarga el documento RCF, lee con atencin e interpreta la clase de

    situacin a la cual se hace referencia. Debers elegir la norma que d solucin

    a la situacin planteada de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del

    Cdigo Fiscal.

    2. Al finalizar guarda tu documento con la siguiente nomenclatura

    GNFI_U2_A1_XXYZ y envalo a tu Docente en lnea a la seccin Tareas.

    Actividad 2. Funcin e importancia del RCFF

    En esta actividad participars en el foro dando tu opinin sobre la funcin e importancia del Reglamento del Cdigo Fiscal de la Federacin.

    Para desarrollarla debers seguir las instrucciones que a continuacin se presentan:

    1. Entra al foro de discusin y responde la siguiente pregunta:

    Cul es la funcin e importancia del Reglamento del Cdigo

    Fiscal de la Federacin dentro de un sistema tributario? Cul consideras que debe ser la mayor reforma que debera

    aplicarse al Reglamento del Cdigo Fiscal de la Federacin?

    2. Revisa las aportaciones y analiza la informacin recabada por tus

    compaeros(as), comenta al mismo tiempo con ellos(as) tu opinin a fin de retroalimentarse en forma colaborativa.

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    20

    Una vez finalizada la unidad 2, realiza la autoevaluacin correspondiente a los temas que

    has revisado durante este curso. No olvides leer con atencin las preguntas para

    seleccionar la respuesta adecuada.

    Para realizarla, entra al aula y da clic en Autoevaluacin.

    Recuerda que debes hacer tu autorreflexin al terminar la autoevaluacin. Para ello,

    ingresa al foro Preguntas de Autorreflexin y consulta las preguntas que tu Docente en

    lnea formule. A partir de ellas, debes elaborar tu autorreflexin en un archivo de texto

    llamado ATR_U#_XXYZ. Tu archivo lo debers enviar mediante la herramienta

    Autorreflexiones.

    Autoevaluacin

    Evidencia de aprendizaje. Caso prctico II

    En el desarrollo de esta actividad pondrs a prueba todos los conocimientos adquiridos

    en la unidad, donde evidenciars si aprendiste la funcin del Reglamento del Cdigo

    Fiscal de la Federacin mediante la solucin a una situacin dada de una PyME. Y para

    dar inicio a sta debers seguir los pasos que se presentan:

    1. Descarga el archivo NCFF, lee con atencin, interpreta las caractersticas que

    describen la situacin que ocupa a la PyME para su correcta solucin y contesta

    lo que se te pide.

    2. Al finalizar guarda tu documento con la siguiente nomenclatura

    GNFI_U2_EA_XXYZ y envalo a tu Docente en lnea y espera retroalimentacin.

    Autorreflexin

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    Normatividad fiscal

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    21

    En conclusin, el principal factor que deben lograr los contribuyentes y entes econmicos

    que activamente participan en el desarrollo econmico nacional a travs de sus

    contribuciones, es entender la correcta interpretacin y aplicacin de los requisitos que las

    autoridades fiscales proponen para la promocin y representacin de situaciones o

    atencin de avisos ante el Registro Federal de Contribuyentes, para el sano cumplimiento

    y presentacin de sus obligaciones. De acuerdo a cada uno de los apartados que exige el

    Reglamento del Cdigo Fiscal de la Federacin, de tal forma que a travs de ste, la base

    tributaria nacional pueda distinguir que representa el mximo sistema regulador

    fiscal de Mxico, convirtindose en materia fundamental para la comprensin y apoyo de

    la normatividad fiscal nacional.

    En el prximo tema se abordarn los tipos de impuestos que conforman la base fiscal de

    Mxico para terminar de enriquecer el perfil del directivo y emprendedor mexicano en el

    sentido cvico y cooperador con el desarrollo econmico nacional mediante la

    interpretacin y manejo del Cdigo Fiscal de la Federacin y los tipos de impuestos.

    Revisa la lectura Cdigo Fiscal de la Federacin para ampliar ms la perspectiva sobre:

    Los requisitos de las promociones ante las autoridades fiscales, consulta el

    Artculo 19, primer y quinto prrafo.

    Los requisitos de las promociones referentes a consultas, solicitudes de autorizacin o

    rgimen del contribuyente, consulta el Artculo 18-A.

    Las formas de pago hacia la autoridad fiscal sobre la actualizacin y recargos por

    conceptos extemporneos sin prrroga, consulta el Artculo 21.

    Las razones que generan la inscripcin en el Registro Federal de Contribuyentes,

    consulta los artculos 19, 20, 21, 22 y 23.

    Las razones que generan los avisos ante el Registro Federal de Contribuyentes

    consulta la Seccin II de los avisos al Registro Federal de Contribuyentes mediante los

    artculos 25 y 26.

    Las reglas que marca el Cdigo Fiscal de la Federacin para llevar la Contabilidad,

    consulta el Artculo 28.

    Los requisitos que marca el Reglamento del Cdigo Fiscal de la Federacin (RCFF)

    Cierre de la unidad

    Para saber ms

  • Unidad 2. Cdigo Fiscal de la Federacin

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    22

    para llevar la contabilidad de forma adecuada segn el SAT, consulta el Captulo IV

    llamado De la Contabilidad Artculo 29.

    Los requisitos que marca el Reglamento del Cdigo Fiscal de la Federacin (RCFF)

    en la impresin de los comprobantes fiscales segn lo establecido por el SAT y la

    SHCP debers consultar el Artculo 39.

    La descripcin y contenido de los comprobantes fiscales de acuerdo a lo que

    establece el SAT y la SHCP, consulta el Artculo 29-A.

    Las formas de la conservacin de la contabilidad, consulta el Captulo VI Llamado

    de la Conservacin de la Contabilidad Artculo 52.

    La estructura y obligaciones para presentar declaraciones, solicitudes y avisos antes

    las autoridades fiscales, consulta el Captulo VII Llamado de las Declaraciones,

    Solicitud y Avisos en los artculos 53, 54, 55 y el Artculo 31 que define las

    Declaraciones, Avisos, Constancias y Documentos a travs de Medios Electrnicos.

    Las facultades de las autoridades fiscales, consulta el Ttulo III Llamado de las

    Facultades de las Autoridades Fiscales Captulo nico Artculo 33.

    La informacin y documentacin contenida en el dictamen, consulta los artculos 68,

    69, 70, 71, 72 y 73.

    La solicitud del pago a plazos y las infracciones fiscales para efectos de la disolucin

    del contribuyente, consulta los artculos 85, 86, 87 y 88.

    Prontuario Fiscal. (2013). Mxico: Cengage Learning.

    Fuentes de consulta


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