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UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN - … · En cuanto a las “políticas para la protección de...

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UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN INFORME PORMENORIZADO DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PERIODO: DEL 1 AL 31 DE OCTUBRE DE 2014 EXP. SOLICITUD DE INFORMACIÓN RESPUESTA COMENTARIOS 419/14 420/14 “Recursos derivados de las participaciones del ramo 28 y 33 que ha recibido el presidente municipal de Teopantlan. Organigrama de los trabajadores del H. Ayuntamiento de teopantlan” Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I, 57, 62 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en tención a sus solicitudes formuladas vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha uno de octubre de dos mil catorce y registradas con el folio Exp 419/14 y Exp 420/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, se procede a dar respuesta a cada una de sus preguntas: En relación a “Recursos derivados de las participaciones del ramo 28…” le informo que en la publicación del Periódico Oficial del Estado de Puebla (POE) del veinticuatro de enero de dos mil catorce, Cuarta y Quinta Sección, podrá consultar: “ACUERDO del Secretario de Finanzas y Administración, que tiene por objeto dar a conocer a los Gobiernos Municipales, la distribución y calendarización para la ministración de los recursos estimados que les corresponden del Ramo General 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios del Ejercicio Fiscal 2014.” A su vez, podrá consultar la información en el portal electrónico de “Transparencia Fiscal” http://www.transparenciafiscal.puebla.gob.mx/ ,en el apartado denominado “Marco Programático Presupuestal / Recursos a Municipios vía Ramo 28 (Entregados) / Ejercicio 2014 / Recursos entregados a los Municipios Ramo 28, Primer Trimestre y Recursos entregados a los Municipios Ramo 28, Segundo Trimestre En cuanto a “…y 33 que ha recibido el presidente municipal de Teopantlan...” , le informo que en la publicación del Periódico Oficial del Estado de Puebla (POE) del veinticuatro de enero de dos mil catorce, Tercera Sección, podrá consultar: “ACUERDO del Secretario de Egresos de la Secretaría de Finanzas y Administración que establece el calendario de fechas en que se ministrarán mensualmente a los Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Puebla, los recursos de los Fondos de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF) y para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF), en el Ejercicio Fiscal 2014, correspondientes al Ramo General 33, “Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios” Sobre el particular, también podrá acceder al portal de “Transparencia Fiscal” http://www.transparenciafiscal.puebla.gob.mx/ , en el apartado denominado “Marco Programático Presupuestal / Recursos a Municipios via Ramo 28 (Entregados)/ Ejercicio 2014 / Acuerdo FISMDF y FORTAMUN-DF 2014 Es importante mencionar, que la publicación podrá adquirirla en el POE ubicado en 11 oriente número 2003 Colonia Azcarate. Finalmente en relación a “…Organigrama de los trabajadores del H. Ayuntamiento de teopantlan.” , le informo que con fundamento en el artículo 78 fracción III de la Ley Orgánica Municipal, que establece: Página 1 de 40
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UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

INFORME PORMENORIZADO DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PERIODO: DEL 1 AL 31 DE OCTUBRE DE 2014

EXP. SOLICITUD DE INFORMACIÓN RESPUESTA COMENTARIOS

419/14 420/14

“Recursos derivados de las participaciones del ramo 28 y 33 que ha recibido el presidente municipal de Teopantlan. Organigrama de los trabajadores del H. Ayuntamiento de teopantlan”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I, 57, 62 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en tención a sus solicitudes formuladas vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha uno de octubre de dos mil catorce y registradas con el folio Exp 419/14 y Exp 420/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, se procede a dar respuesta a cada una de sus preguntas: En relación a “Recursos derivados de las participaciones del ramo 28… ” le informo que en la publicación del Periódico Oficial del Estado de Puebla (POE) del veinticuatro de enero de dos mil catorce, Cuarta y Quinta Sección, podrá consultar: “ACUERDO del Secretario de Finanzas y Administración, que tiene por objeto dar a conocer a los Gobiernos Municipales, la distribución y calendarización para la ministración de los recursos estimados que les corresponden del Ramo General 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios del Ejercicio Fiscal 2014.” A su vez, podrá consultar la información en el portal electrónico de “Transparencia Fiscal” http://www.transparenciafiscal.puebla.gob.mx/ ,en el apartado denominado “Marco Programático Presupuestal / Recursos a Municipios vía Ramo 28 (Entregados) / Ejercicio 2014 / Recursos entregados a los Municipios Ramo 28, Primer Trimestre y Recursos entregados a los Municipios Ramo 28, Segundo Trimestre “ En cuanto a “…y 33 que ha recibido el presidente municipal de Teopantlan...” , le informo que en la publicación del Periódico Oficial del Estado de Puebla (POE) del veinticuatro de enero de dos mil catorce, Tercera Sección, podrá consultar: “ACUERDO del Secretario de Egresos de la Secretaría de Finanzas y Administración que establece el calendario de fechas en que se ministrarán mensualmente a los Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Puebla, los recursos de los Fondos de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF) y para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF), en el Ejercicio Fiscal 2014, correspondientes al Ramo General 33, “Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios” Sobre el particular, también podrá acceder al portal de “Transparencia Fiscal” http://www.transparenciafiscal.puebla.gob.mx/ , en el apartado denominado “Marco Programático Presupuestal / Recursos a Municipios via Ramo 28 (Entregados)/ Ejercicio 2014 / Acuerdo FISMDF y FORTAMUN-DF 2014 “ Es importante mencionar, que la publicación podrá adquirirla en el POE ubicado en 11 oriente número 2003 Colonia Azcarate. Finalmente en relación a “… Organigrama de los trabajadores del H. Ayuntamiento de teopantlan.”, le informo que con fundamento en el artículo 78 fracción III de la Ley Orgánica Municipal, que establece:

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“ARTICULO 78.- Son atribuciones de los Ayuntamientos: … III.- Aprobar su organización y división administrativas, de acuerdo con las necesidades del Municipio; …” Por lo anterior, se le sugiere solicitar la información de su interés en el Ayuntamiento correspondiente.

421/14

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 50, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 35 fracción II y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha tres de octubre de dos mil catorce y registrada con los folio Exp 421/14: Encontrándonos, dentro del término que la Ley señala para tal efecto, hago de su conocimiento el contenido del artículo 50 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla, que establece: “ARTICULO 50.- Si la solicitud no es precisa, el Sujeto Obligado, dentro de los tres días hábiles siguientes, requerirá por escrito para que, en un término igual y en la misma forma, la complete o la aclare. En caso de no cumplir con dicho requerimiento la solicitud se tendrá por no presentada. Esta prevención interrumpirá los plazos establecidos para dar respuesta a la solicitud de acceso. “… Por lo anterior, le pido que aclare su solicitud de información, debido a que presenta diversas inconsistencias.

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“… En el Muro de Honor de ese H. Congreso, donde están inmortalizados los personajes ilustres que dieron vida a la historia de su Estado, ¿Ex iste alguno que fuere inmortalizado por haber hecho historia y destacado dentro del arte? Si lo hubiere favor de incluir el nombre del Personaje. (Entiéndase por arte la arquitectura, la escultura, la pintura, la literatura, la danza, el teatro, la música, etcétera)… ”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 51, 54 fracción III y 62 fracciones I y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 35 y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a sus solicitudes formuladas vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha seis de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 422/14 y Exp. 423/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y una vez realizada la consulta correspondiente a la Secretaria General de esta Soberanía, le informo: “…se adjuntan al presente los nombres inscritos en el Muro de Honor, así como los méritos por los que fueron inscritos; sin omitir mencionar que para mayor información puede ser consultado en la Biblioteca de este Honorable Congreso del Estado, el libro titulado “Muro de Honor” de Rodolfo Pacheco Pulido

1° Placa Benito Juárez Se le declara Benemérito/ Guerra de Reforma Ignacio Zaragoza Centenario Batalla 5 de Mayo 1962 Juan N. Méndez Centenario Batalla 5 de Mayo 1962 Juan Crisóstomo Bonilla Centenario Batalla 5 de Mayo 1962 Juan Francisco Lucas Centenario Batalla 5 de Mayo 1962 Aquiles Serdán Revolución Mexicana 1910 Carmen Serdán Revolución Mexicana 1910 Venustiano Carranza Revolución Mexicana 1910 Luis Cabrera Revolución Mexicana 1910 Francisco I. Madero Revolución Mexicana 1910 Emiliano Zapata Revolución Mexicana 1910 Álvaro Obregón Revolución Mexicana 1910 Manuel Ávila Camacho Hijo predilecto / Presidente de la República Constituyentes de 1825

3° Placa José María la Fragua Educación / Biblioteca José María Morelos y Pavón Independencia Alfonso Cabrera Constituyente 1917 Antonio de la Barrera Constituyente 1917 Porfirio del Castillo Constituyente 1917 Gabriel Rojano Constituyente 1917 Gilberto de la Fuente Constituyente 1917 Luis. T. Navarro Constituyente 1917 Pastor Rouaix Constituyente 1917 Rafael Cañete Constituyente 1917 Salvador R. Guzmán Constituyente 1917 Gral. Miguel Cástulo de Alatriste Guerra de Reforma Carmen Caballero 1° Diputada

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Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

2° Placa Miguel Hidalgo y Costilla Independencia David Pastrana Jaimes Constituyente 1917 Epigmenio A. Martínez Constituyente 1917 Federico Dinorín Constituyente 1917 Froilán C. Manjarrez Constituyente 1917 Gabino Bandera y Mata Constituyente 1917 José Rivera Constituyente 1917 José Verastegui Constituyente 1917 Leopoldo Vázquez Mellado Constituyente 1917 Miguel Rosales Constituyente 1917 Gilberto Bosques Saldívar Diputado Local / Diplomático Vicente Lombardo Toledano Gobernador de Puebla Belisario Domínguez Gobernador de Puebla Gastón García Cantú Historiador Centenario del Ejercito Mexicano

4° Placa Francisco Villa Revolución Mexicana 1910 Lázaro Cárdenas Expropiación petrolera Vicente Suarez Niño Héroe Constituyentes 1857 Esteban de Antuñano Fundador de la Industria textil Benemérito Ejército de Oriente 1863 Entre los individuos como entre las Naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz La patria es primero General Vicente Guerrero

Independencia

Ricardo Flores Magón Revolución Mexicana 1910 General Miguel Negrete Centenario Batalle 5 de Mayo 1962 Ángeles Espinosa Yglesias Labor altruista

424/14

“solicito saber cual es el uso que se le da al internet en la dependencia, cuales son las polit icas para la proteccion de datos, el manejo de internet, las reestricciones, el beneficio de su utilizacion en las funciones de la institución informacion sobre la polit icas de internet de la dependencia, el uso, la aplicacion, los beneficios, las restricciones y la legislacion que pueda ex istir al respecto”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 51, 54 fracción IV, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 35 y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha quince de octubre del dos mil catorce y registrada con folio Exp 424/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y una vez realizada la consulta correspondiente a la Dirección General de Servicios Legislativos, hago de su conocimiento lo siguiente:

“En relación al “uso que se le da al servicio de internet en la dependencia, el manejo de internet, las restricciones, el beneficio de su utilización en las funciones de la institución, el uso, la aplicación, los beneficios, las restricciones y la legislación que pueda existir al respecto”; hago de su conocimiento que el contenido de los puntos en cuestión se encuentran regulados en los artículos 51,185 y 186 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado de Puebla.”

En cuanto a las “políticas para la protección de datos”, hago de su conocimiento que en la actualidad no existe regulación jurídica que contemple el supuesto solicitado. Por lo que hace a “la legislación que pueda existir al respecto” no existe legislación específica.”

Sin otro particular le reitero, la seguridad de mi consideración distinguida.

425/14 “LINEAMIENTOS, REGLAMENTOS, CRITERIOS O POLITICAS DE INTERNET BAJO DE LAS CUALES LABORA SU DEPENDENCIA.”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 51, 54 fracción I, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 35, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha siete de octubre del dos mil catorce y registrada con folio Exp 425/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y una vez realizada la consulta correspondiente a la Dirección General de Servicios Legislativos, hago de su conocimiento lo siguiente:

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“…en la actualidad no existe regulación jurídica o especifica que contemple el supuesto solicitado.”

426/14 “Solicito respetuosamente, el presupuesto asignado por el congreso del estado y por participaciones Federales para el Municipio de Huehuetla, Pue.”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VIII inciso b), 44, 45, 52 fracciones I y II, 54 fracciones I y II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 34, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en tención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha ocho de octubre de dos mil catorce y registrada con el folio Exp 426/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, se procede a dar respuesta a cada una de sus preguntas: En relación a “Solicito respetuosamente, el presupuesto asignado por el congreso del estado … ” , hago de su conocimiento que la información de su interés se encuentra para consulta pública en la Ley de Egresos del Estado de Puebla, asimismo le comento que en el portal electrónico de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VIII / b) Egresos” y/o en la siguiente liga: http://www.congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=7848&Itemid=514 podrá acceder al dato correspondiente. Finalmente, en cuanto a “… y por participaciones Federales para el Municipio de Huehuetla, Pue.”, le informo que esta Soberanía no es competente sobre el tema, por tal motivo se le sugiere acceder al portal electrónico de “Transparencia Fiscal del Estado de Puebla” http://www.transparenciafiscal.puebla.gob.mx/ ,en el apartado denominado “Marco Programático Presupuestal / Recursos a Municipios vía Ramo 28 (Entregados) / Ejercicio 2014 / Recursos entregados a los Municipios Ramo 28, Primer Trimestre y Recursos entregados a los Municipios Ramo 28, Segundo Trimestre “ Asimismo podrá consultar en eñ “Marco Programático Presupuestal / Recursos a Municipios vía Ramo 33 (Entregados)/ Ejercicio 2014 / Acuerdo FISMDF y FORTAMUN-DF 2014 “

427/14

“¿Cuáles son las comisiones que integran el H. Congreso del Estado? ¿Por cuantos diputados están integradas cada una de ellas? ¿A qué partido polít ico pertenecen? ¿Cuál es el monto de la remuneración que recibe cada uno de ellos? ¿Cual es el número de sesiones en las que labora el Congreso? ”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 y 77 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 427/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.”

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Por lo anterior, se hace de su conocimiento que en respuesta a su pregunta identificada como número 1, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, asimismo en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” . En respuesta a su pregunta número 2, la información se establece en el artículo 121 de Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, a su vez podrá acceder al apartado de “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” y consultar cada una de las Comisiones Generales. En lo relativo a su pregunta 3, hago de su conocimiento que podrá acceder al portal electrónico anteriormente descrito y consultar el apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. En respuesta a su pregunta 4, le comento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía, en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a su último cuestionamiento, le comunico que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libe y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

428/14

“… solicito lo siguiente: a)Los periodos de sesiones de éste H. Congreso del Estado de Puebla. b)El número de Diputados que integran éste H. Congreso del Estado de Puebla c) El saldo quincenal que perciben los Diputados que integran éste H. Congreso del Estado de Puebla d)El número de comisiones que integran dentro de éste H. Congreso del Estado de Puebla e) ¿A qué partido pertenecen cada uno de los Diputados de éste H. Congreso del Estado de Puebla? ”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 428/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta identificada como a), le comento que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. En cuanto a su pregunta b), le informo que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En tanto al inciso c), hago de su conocimiento que la información, se encuentra para consulta pública en la página

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electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a reactivo d), le comunico que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. Finalmente en respuesta a su pregunta e), podrá acceder al portal electrónico anteriormente descrito y consultar el apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“¿Cuáles son las comisiones que integran el H. Congreso del Estado? ¿Por cuantos diputados están integradas cada una de ellas? ¿A qué partido polít ico pertenecen? ¿Cuál es el monto de la remuneración que recibe cada uno de ellos? ¿Cual es el número de sesiones en las que labora el Congreso? ”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 429/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior, se hace de su conocimiento que en respuesta a su pregunta identificada como número 1, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, asimismo en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” . En respuesta a su pregunta número 2, la información se establece en el artículo 121 de Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, a su vez podrá acceder al apartado de “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” y consultar cada una de las Comisiones Generales. En lo relativo a su pregunta 3, hago de su conocimiento que podrá acceder al portal electrónico anteriormente descrito y acceder al apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. En respuesta a su pregunta 4, le comento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía, en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a su último cuestionamiento, le comunico que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libe y Soberano

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de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

430/14

“… solicito lo siguiente: a)Los periodos de sesiones de éste H. Congreso del Estado de Puebla. b)El número de Diputados que integran éste H. Congreso del Estado de Puebla c) El saldo quincenal que perciben los Diputados que integran éste H. Congreso del Estado de Puebla d)El número de comisiones que integran dentro de éste H. Congreso del Estado de Puebla e) ¿A qué partido pertenecen cada uno de los Diputados de éste H. Congreso del Estado de Puebla?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 y 77 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 430/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta identificada como a), le comento que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. En cuanto a su pregunta b), le informo que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En tanto al inciso c), hago de su conocimiento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a reactivo d), le comunico que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. Finalmente en respuesta a su pregunta e), podrá acceder al portal electrónico anteriormente descrito y consultar el apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“¿Cuáles son las comisiones que integran el H. Congreso del Estado? ¿Por cuantos diputados están integradas cada una de ellas? ¿A qué partido polít ico pertenecen? ¿Cuál es el

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 y 77 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable

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monto de la remuneración que recibe cada uno de ellos? ¿Cual es el número de sesiones en las que labora el Congreso?”

Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 431/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior, se hace de su conocimiento que en respuesta a su pregunta identificada como número 1, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, asimismo en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” . En respuesta a su pregunta número 2, la información se establece en el artículo 121 de Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, a su vez podrá acceder al apartado de “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” y consultar cada una de las Comisiones Generales. En lo relativo a su pregunta 3, hago de su conocimiento que podrá acceder al portal electrónico anteriormente descrito y acceder al apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. En respuesta a su pregunta 4, le comento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a su último cuestionamiento, le comunico que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libe y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“¿cuantos diputados integran le H. Congreso del Estado de Puebla? ¿cual es el salario de cada uno de los diputados de H. Congreso del Estado de Puebla? ¿cual es el numero de comisiones que integran el H. Congreso del Estado de Puebla? ¿a que partidos politicos pertenecen los diputados del H. Congreso del Estado de Puebla? ¿en cuantas sesiones funcionan el H. Congreso del Estado de Puebla?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 432/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece:

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“ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta número 1, le comento que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En respuesta a su pregunta número 2, hago de su conocimiento que la información se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En cuanto a su pregunta 3, le comunico que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. En relación a su pregunta 4, podrá acceder al portal electrónico anteriormente citado y consultar el apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. Finalmente en relación a su última pregunta, le comento que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“… solicito lo siguiente: a)Los periodos de sesiones de éste H. Congreso del Estado de Puebla. b)El número de Diputados que integran éste H. Congreso del Estado de Puebla c) El saldo quincenal que perciben los Diputados que integran éste H. Congreso del Estado de Puebla d)El número de comisiones que integran dentro de éste H. Congreso del Estado de Puebla e) ¿A qué partido pertenecen cada uno de los Diputados de éste H. Congreso del Estado de Puebla? ”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 433/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta identificada como a), le comento que en los artículos 50, 51 y 59 de la

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Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. En cuanto a su pregunta b), le informo que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En tanto al inciso c), hago de su conocimiento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a reactivo d), le comunico que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. Finalmente en respuesta a su pregunta e), podrá acceder al portal electrónico anteriormente citado y consultar el apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“¿Cuáles son las comisiones que integran el H. Congreso del Estado? ¿Por cuantos diputados están integradas cada una de ellas? ¿A qué partido polít ico pertenecen? ¿Cuál es el monto de la remuneración que recibe cada uno de ellos? ¿Cual es el número de sesiones en las que labora el Congreso?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 y 77 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 434/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior, se hace de su conocimiento que en respuesta a su pregunta identificada como número 1, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, asimismo en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” . En respuesta a su pregunta número 2, la información se establece en el artículo 121 de Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, a su vez podrá acceder al apartado de “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” y consultar cada una de las Comisiones Generales. En lo relativo a su pregunta 3, hago de su conocimiento que podrá acceder al portal electrónico anteriormente citado y

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consultar al apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. En respuesta a su pregunta 4, le comento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía, en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a su último cuestionamiento, le comunico que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libe y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

435/14

“… solicito lo siguiente: a)Los periodos de sesiones de éste H. Congreso del Estado de Puebla. b)El número de Diputados que integran éste H. Congreso del Estado de Puebla c) El saldo quincenal que perciben los Diputados que integran éste H. Congreso del Estado de Puebla d)El número de comisiones que integran dentro de éste H. Congreso del Estado de Puebla e) ¿A qué partido pertenecen cada uno de los Diputados de éste H. Congreso del Estado de Puebla? ”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 435/14, relativa a: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta identificada como a), le comento que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. En cuanto a su pregunta b), le informo que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En tanto al inciso c), hago de su conocimiento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a reactivo d), le informo que el dato de su interés, se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. Finalmente en respuesta a su pregunta e), le comunico que podrá acceder al portal electrónico anteriormente citado y acceder al apartado “Actividades Legislativas / Diputados”.

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Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“¿Cuáles son las comisiones que integran el H. Congreso del Estado? ¿Por cuantos diputados están integradas cada una de ellas? ¿A qué partido polít ico pertenecen? ¿Cuál es el monto de la remuneración que recibe cada uno de ellos? ¿Cual es el número de sesiones en las que labora el Congreso?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 y 77 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 436/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior, se hace de su conocimiento que en respuesta a su pregunta identificada como número 1, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, asimismo en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” . En respuesta a su pregunta número 2, la información se establece en el artículo 121 de Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, a su vez podrá consultar al apartado de “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” y consultar cada una de las Comisiones Generales. En lo relativo a su pregunta 3, hago de su conocimiento que podrá acceder al portal electrónico anteriormente citado y acceder al apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. En respuesta a su pregunta 4, le comento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía, en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a su último cuestionamiento, le comunico que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libe y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“¿Cuantos diputados integran el H. Congreso del Estado de Puebla? ¿Cual es el salario que tiene cada uno de los diputados H. Congreso del Estado de Puebla? ¿Cual es el numero de comisiones que ex isten en el H. Congreso del

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la

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Estado de Puebla? ¿A que partidos polit icos pertenecen cada uno de los diputados del H. Congreso del Estado de Puebla? ¿Cuantas sesiones funciona el H. Congreso del Estado de Puebla?”

Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 437/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta número 1, le comento que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En respuesta a su pregunta número 2, hago de su conocimiento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En cuanto a su pregunta 3, le comunico que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. En relación a su pregunta 4, podrá acceder al portal electrónico anteriormente citado y consultar el apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. Finalmente en relación a su última pregunta, le comento que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley

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“¿Cuantos diputados integran el H. Congreso del Estado de Puebla? ¿Cual es el salario de los diputados que integran el H. Congreso del Estado de Puebla? ¿Cuantas son las comisiones que integra el H. Congreso del Estado de Puebla? ¿cuales las sesiones de funcion del H. Congreso del Estado de Puebla?

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 438/14, relativa a: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información.

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Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta número 1, le comento que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En respuesta a su pregunta número 2, hago de su conocimiento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En cuanto a su pregunta 3, le comunico que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. Finalmente en relación a su última pregunta, le informo que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“¿Cuáles son las comisiones que integran el H. Congreso del Estado? ¿Por cuantos diputados están integradas cada una de ellas? ¿A qué partido polít ico pertenecen? ¿Cuál es el monto de la remuneración que recibe cada uno de ellos? ¿Cual es el número de sesiones en las que labora el Congreso?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 439/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior, se hace de su conocimiento que en respuesta a su pregunta identificada como número 1, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, asimismo en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” . En respuesta a su pregunta número 2, la información se establece en el artículo 121 de Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, a su vez podrá acceder al apartado de “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” y consultar cada una de las Comisiones Generales.

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En lo relativo a su pregunta 3, hago de su conocimiento que podrá acceder al portal electrónico anteriormente citado y consultar al apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. En respuesta a su pregunta 4, le comento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía, en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a su último cuestionamiento, le comunico que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libe y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“… solicito lo siguiente: a)Los periodos de sesiones de éste H. Congreso del Estado de Puebla. b)El número de Diputados que integran éste H. Congreso del Estado de Puebla c) El saldo quincenal que perciben los Diputados que integran éste H. Congreso del Estado de Puebla d)El número de comisiones que integran dentro de éste H. Congreso del Estado de Puebla e) ¿A qué partido pertenecen cada uno de los Diputados de éste H. Congreso del Estado de Puebla? ”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 440/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta identificada como a), le comento que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. En cuanto a su pregunta b), le informo que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En tanto al inciso c), hago de su conocimiento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a reactivo d), le comunico que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. Finalmente en respuesta a su pregunta e), para conocer la información de su interés, podrá acceder al portal electrónico

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anteriormente citado y consultar el apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“¿Cuantos diputados integran el H. Congreso del Estado de Puebla? ¿Cual es el salario de los diputados que integran el H. Congreso del Estado de Puebla? ¿Cuantas son las comisiones que integra el H. Congreso del Estado de Puebla? ¿cuales las sesiones de funcion del H. Congreso del Estado de Puebla?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, artículo 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 441/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta número 1, le comento que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En respuesta a su pregunta número 2, hago de su conocimiento que la información se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En cuanto a su pregunta 3, le informo que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. Finalmente en relación a su última pregunta, le comunico que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

442/14

“¿cuantos diputados integran el honrable congreso del estado de puebla? ¿Ex isten comisiones dentro del honorable congreso del estado de puebla? si es asi ¿cuales son? ¿A que partido polít ico corresponden los diputados? ¿Cual es el salario mensual de un diputado del honorable congreso del estado de puebla?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 442/14:

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Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta número 1, le comento que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En respuesta a su pregunta número 2, hago de su conocimiento que si existen Comisiones Generales en esta Soberanía. En cuanto a su pregunta 3, le informo que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. En relación a su pregunta 4, le comunico que podrá acceder al portal electrónico del Poder Legislativo www.congresopuebla.gob.mx y acceder al apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. Finalmente en relación a su última pregunta, le información se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía, en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

443/14

“¿Cuáles son las comisiones que integran el H. Congreso del Estado? ¿Por cuantos diputados están integradas cada una de ellas? ¿A qué partido polít ico pertenecen? ¿Cuál es el monto de la remuneración que recibe cada uno de ellos? ¿Cual es el número de sesiones en las que labora el Congreso?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 443/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.”

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Por lo anterior, se hace de su conocimiento que en respuesta a su pregunta identificada como número 1, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, asimismo en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” . En respuesta a su pregunta número 2, la información se establece en el artículo 121 de Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, a su vez podrá consultar el apartado de “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” y consultar cada una de las Comisiones Generales. En lo relativo a su pregunta 3, hago de su conocimiento que podrá acceder al portal electrónico anteriormente citado y consultar al apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. En respuesta a su pregunta 4, le comento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a su último cuestionamiento, le comunico que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

444/14

“¿Cuáles son las comisiones que integran el H. Congreso del Estado? ¿Por cuantos diputados están integradas cada una de ellas? ¿A qué partido polít ico pertenecen? ¿Cuál es el monto de la remuneración que recibe cada uno de ellos? ¿Cual es el número de sesiones en las que labora el Congreso? ”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 444/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior, se hace de su conocimiento que en respuesta a su pregunta identificada como número 1, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, asimismo en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités” . En respuesta a su pregunta número 2, la información se establece en el artículo 121 de Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, a su vez podrá acceder al apartado de “Actividades Legislativas /

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Comisiones y Comités” y consultar cada una de las Comisiones Generales. En lo relativo a su pregunta 3, hago de su conocimiento que podrá acceder al portal electrónico anteriormente citado y consultar al apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. En respuesta a su pregunta 4, le comunico que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a su último cuestionamiento, le comento que en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

445/14

“Cuantos diputados integran el congreso del estado A que partido polít ico pertenece cada diputado Que salario tiene los diputados del congreso del estado Que comisiones tienen y las funciones de las mismas el congreso del estado”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 445/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta número 1, le comento que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En respuesta a su pregunta número 2, hago de su conocimiento que podrá acceder al portal electrónico anteriormente descrito y consultar el apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. En relación a su pregunta 3, la información se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En cuanto a su pregunta 4, le comunico que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”.

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Finalmente en relación a su última pregunta, le informo que en el artículo 48 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, podrá conocer la competencia y función de las Comisiones Generales de esta Soberanía. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Ley y Reglamento”

446/14 “Cuantos diputados integran el congreso del estado de puebla”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 446/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior, le comento que la información de su interés se encuentra establecida en el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. El ordenamiento jurídico invocado se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución”

447/14

“A) Conocer, ¿Cuantos diputados integran el congreso del estado? B) ¿Cuantas y cuales comisiones ex isten dentro del congreso del estado? C) ¿A que partido polít ico corresponden los diputados del Congreso del Estado? D) ¿Cuál es el salario de un diputado?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 y 77 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 447/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.”

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Por lo anterior y en respuesta a su pregunta identificada como A), le comento que la información de su interés se encuentra establecida en el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En relación a reactivo B), la información se establece en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libe y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo www.congresopuebla.gob.mx , en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. En tanto al inciso C), hago de su conocimiento que podrá acceder al portal electrónico anteriormente citado y consultar el apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. Finalmente en respuesta a su pregunta D), se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía, en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

448/14

“¿Cuándo se aprobó y publicó la reforma a la Ley de Prestación y Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil del Esado de Puebla?, presentada el 7 de mayo de 2014.”

Se le informo, que la publicación en el Periódico Oficial del Estado se realizó el 19 de mayo de 2014, por tal motivo se le sugirió consultar la Ley en comento, en la página electrónica de esta Soberanía.

SOLICITUD TELEFÓNICA

449/14

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 y 77 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha nueve de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 449/14, relativa a: “… solicito lo siguiente: a) ¿Cuántos diputados integran el congreso del estado de Puebla? b) ¿Cuál es el salario que tiene cada uno de los diputados del congreso del estado de Puebla? C) El número de Comisiones que ex isten en el congreso del estado de Puebla? D) ¿A qué partidos polít icos pertenecen cada uno de los diputados del congreso del estado de Puebla? E) ¿En cuántas sesiones funciona el congreso del estado de Puebla?” Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta identificada como a), le comento que podrá consultar el artículo 33 de la

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Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En cuanto a su pregunta b), hago de su conocimiento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a reactivo C), le informo que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. En tanto al inciso D), le comunico que podrá acceder al portal electrónico anteriormente citado y consultar el apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. Finalmente en respuesta a su pregunta E), en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se establece la información de su interés. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

450/14

“Al inicio de la presente legislatura a los diputados se les entrego un equipo celular, cuanto dinero se ha gastado en cada uno de los diputados por el servicio de dichos teléfonos celulares.”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 51, 54 fracción III, 62 fracciones I y IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 35 fracción I y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo el diez de octubre de dos mil catorce y registrada con folio Exp. 450/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y una vez realizada la consulta correspondiente a la Dirección General de Administración y Finanzas de esta Soberanía, le informo: “En respuesta le manifiesto que; por este concepto durante el periodo que lleva esta Legislatura; del 15 de enero al 30 de septiembre del presente año, se han erogado $6,120.41 (Seis mil ciento veinte pesos 41/100 M.N.) por cada Diputado.”

451/14 ¿Cuál es el número telefónico de las presidencias municipales?

Se le informó que esta Soberanía no es competente para responder a su solicitud de información, motivo por el cual se le sugiere acceder al portal electrónico de la Secretaria General de Gobierno http://www.sg.pue.gob.mx en el apartado de Presidencias Municipales

SOLICITUD TELEFÓNICA

452/14 “Buena tarde de favor me podrían indicar o proporcionar numero telefónico de cada municipio o de que forma puedo contactar con cada municipio. Gracias, saludos”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en tención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha diez de octubre de dos mil catorce y registrada con el folio Exp 452/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, hago de su conocimiento que esta Soberanía, no es competente para responder a su solicitud de información, motivo por el cual se le sugiere acceder al portal electrónico de la Secretaria General de Gobierno http://www.sg.pue.gob.mx en el apartado de Presidencias Municipales.

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453/14 “Quisiera saber en dónde puedo ver las publicaciones del Periódico Oficial del Estado.”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I y 62 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha diez de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 453/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, se hace de su conocimiento que la publicación del Periódico Oficial del Estado (POE) depende de la Secretaria General de Gobierno del Estado de Puebla y sus instalaciones se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003, Colonia Azcarate; dicha instancia no cuenta con página electrónica. Asimismo, le informo que en esta Soberanía, solo podrá consultar los temas relativos al Poder Legislativo y se encuentra para consulta pública en la Biblioteca Benito Juárez de esta Soberanía, ubicada en 5 poniente número 128, Centro Histórico de Puebla, de lunes a viernes de 09.00 a 15.00 horas.

454/14

“… pidiendo puedan ayudarme con una información que necesito y la cual no encuentro en su página del congreso. Lo único que necesito es saber el nombre del Presidente del Congreso y los nombres de los Diputados y a que Grupo Parlamentario pertenecen, que integran la gran comisión (Coordinadores Parlamentarios)… !”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha trece de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 454/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, hago de su conocimiento los artículos 61, 95 y 96 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, que establecen: “ARTÍCULO 61.- El Congreso del Estado funciona en Pleno para el conocimiento, análisis y resolución de los asuntos de su competencia, éste se organiza de conformidad con lo siguiente: I.- Órganos Legislativos: … c) Junta de Gobierno y Coordinación Política; …” “ARTÍCULO 95.- La Junta de Gobierno y Coordinación Política es el órgano plural y colegiado que facilita la construcción de consensos y la gobernabilidad democrática en el Congreso.” “ARTÍCULO 96.- La Junta de Gobierno y Coordinación Política estará integrada por los Coordinadores de los Grupos Legislativos y por los Diputados de las Representaciones Legislativas quienes tendrán derecho de voz y voto; así como por el Presidente de la Mesa Directiva quien únicamente participa con voz.” Por lo anterior, le informo que la “Gran Comisión” como usted lo refiere, es un órgano colegiado de gobierno y en esta Soberanía opera la “Junta de Gobierno y Coordinación Política” que es un órgano plural y colegiado. Asimismo, le comento que la integración de la Junta, se encuentra para consulta pública en el portal electrónico del Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités / Junta de Gobierno y Coordinación Política”.

455/14 “1: ¿cuales son las fechas de sesiones del H. congreso del

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II,

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estado de puebla? 2: ¿cuantas comisiones hay en el estado de puebla? 3: ¿que partidos polit icos pertenecen a esas comisiones? 4: ¿cuanto ganan mensualmente los diputados que integran el H. congreso del estado de puebla?”

57 y 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha catorce de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 455/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta número 1, le comento que podrá consultar los artículos 39, 91, 95 y 96 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla. En cuanto a su pregunta 2, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y en la página electrónica de este Poder Legislativo www.congresopuebla.gob.mx, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. En relación a su cuestionamiento identificado como 3, hago de su conocimiento que podrá consultar el portal electrónico anteriormente citado y acceder al apartado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”, y a su vez tendrá que consultar cada una de las Comisiones Generales, para conocer el dato de su interés. Finalmente en relación a su última pregunta, le informo que el dato se encuentra para consulta pública en la página electrónica referida, en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

456/14

“a) Las fechas de sesiones del H. Congreso del Estado de Puebla. b)Cuantas comisiones hay en el Estado de Puebla. c)Que partidos polit icos pertenecen a esas comisiones. d)Cuanto ganan mensualmente los diputados que integran el H. Congreso del Estado de Puebla.”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha catorce de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 456/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información.

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Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta a), le informo que podrá consultar los artículos 39, 91, 95 y 96 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla. En cuanto a su pregunta b), le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativowww.congresopuebla.gob.mx, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. En relación al inciso c), hago de su conocimiento que podrá consultar el portal electrónico anteriormente citado y acceder al apartado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”, y a su vez tendrá que consultar cada una de las Comisiones Generales, para conocer el dato de su interés. Finalmente en relación a su última pregunta, le informo que el dato se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía, en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“¿cuantos diputados locales integran el honorable congreso del estado de puebla? ¿cuanto ganan los diputados locales que integran el honorable congreso del estado de puebla? ¿cuales son las comisiones que integran el honorable congreso de puebla? ¿a que partidos polít icos pertenecen cada diputado cuales son los periodos de cesiones del honorable congreso del estado de puebla?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha catorce de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 457/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta número 1, le informo que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En cuanto a su pregunta 2, le comento que el dato se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a su pregunta 3, le comunico que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder

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Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. En respuesta a su pregunta 4, hago de su conocimiento que podrá consultar el portal electrónico anteriormente citado y acceder al apartado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”, y a su vez tendrá que consultar cada una de las Comisiones Generales, para conocer el dato de su interés. Finalmente en relación a su última pregunta, le informo que se encuentra establecida los artículos 39, 91, 95 y 96 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“1: ¿cuales son las fechas de sesiones del H. congreso del estado de puebla? 2: ¿cuantas comisiones hay en el estado de puebla? 3: ¿que partidos polit icos pertenecen a esas comisiones? 4: ¿cuanto ganan mensualmente los diputados que integran el H. congreso del estado de puebla?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha catorce de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 458/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta número 1, le informo que podrá consultar los artículos 39, 91, 95 y 96 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla. En cuanto a su pregunta 2, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo www.congresopuebla.gob.mx , en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. En relación a su pregunta 3, hago de su conocimiento que podrá consultar el portal electrónico anteriormente citado y acceder al apartado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”, y a su vez tendrá que consultar cada una de las Comisiones Generales, para conocer el dato de su interés. Finalmente en relación a su última pregunta, le comunico que el dato se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía, en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“1: ¿cuales son las fechas de sesiones del H. congreso del estado de puebla? 2: ¿cuantas comisiones hay en el estado de puebla? 3: ¿que partidos polit icos pertenecen a esas comisiones? 4: ¿cuanto ganan mensualmente los diputados que integran el H. congreso del estado de puebla?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha catorce de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 459/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta número 1, le informo que podrá consultar los artículos 39, 91, 95 y 96 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla. En cuanto a su pregunta 2, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo www.congresopuebla.gob.mx, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. En relación a su pregunta 3, hago de su conocimiento que podrá consultar el portal electrónico anteriormente citado y acceder al apartado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”, y a su vez tendrá que consultar cada una de las Comisiones Generales, para conocer el dato de su interés. Finalmente en relación a su última pregunta, le comunico que el dato se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía, en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“cuantos diputados locales integran el honorable congreso del estado de puebla? ¿cuanto ganan los diputados locales que integran el honorable congreso del estado de puebla? ¿cuales son las comisiones que integran el honorable congreso de puebla? ¿a que partidos polít icos pertenecen cada diputado cuales son los periodos de cesiones del honorable congreso del estado de puebla?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha catorce de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 460/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la

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Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta número 1, le informo que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En cuanto a su pregunta 2, le comento que el dato se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a su pregunta 3, le comunico que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. En respuesta a su pregunta 4, hago de su conocimiento que podrá consultar el portal electrónico anteriormente citado y acceder al apartado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”, y a su vez tendrá que consultar cada una de las Comisiones Generales, para conocer el dato de su interés. Finalmente en relación a su última pregunta, la información de su interés se encuentra establecida en los artículos 39, 91, 95 y 96 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

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“A)CUANTOS DIPUTADOS HAY EN EL H. CONGRESO? B)CUANTO GANAN LOS DIPUTADOS MENSUALMENTE? C) CUANTAS COMISIONES HAY EN EL ESTADO DE PUEBLA?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha catorce de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 461/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta identificada como inciso A), le comento la información de su interés se encuentra establecida en el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.

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En cuanto a su pregunta B), le informo que el dato se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” Finalmente en relación a su última pregunta, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

462/14

“cuantos diputados locales integran el honorable congreso del estado de puebla? ¿cuanto ganan los diputados locales que integran el honorable congreso del estado de puebla? ¿cuales son las comisiones que integran el honorable congreso de puebla? ¿a que partidos polít icos pertenecen cada diputado cuales son los periodos de cesiones del honorable congreso del estado de puebla?”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57 y 62 fracción IV y 77de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha catorce de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 462/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta número 1, le comento que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En cuanto a su pregunta 2, le informo que el dato se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx ,en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta” En relación a su pregunta 3, le comento que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libe y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. Por cuanto hace a su pregunta 4, hago de su conocimiento que podrá consultar el portal electrónico anteriormente citado y acceder al apartado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”, y a su vez tendrá que consultar cada una de las Comisiones Generales, para conocer el dato de su interés. Finalmente en relación a su última pregunta, le comento que podrá consultar los artículos 39, 91, 95 y 96 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla. Los ordenamientos jurídicos invocados se encuentran para consulta pública en la página electrónica de este Poder

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Legislativo, en el apartado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea / Constitución y Ley”

463/14

“La credencial de elector del presidente municipal de huejotzingo, Puebla. La Constancia de mayoria del municipio que lo avala como presidente municipial.”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha quince de octubre del dos mil catorce y registrada con folio Exp 463/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, hago de su conocimiento que esta Soberanía no es competente para dar respuesta a sus preguntas, por tal motivo se le sugiere remitirse a :

• En relación a “La credencial de elector del presidente municipal de huejotzingo, Puebla… ”, le comento que es un documento personal e intransferible, por lo cual se sugiere contactar al titular de la credencial de su interés.

• En cuanto a “… La Constancia de mayoria del municipio que lo avala como presidente municipial.”, a la página electrónica del Instituto Estatal Electoral (IEE) http://www.ieepuebla.org.mx/ y realizar la solicitud correspondiente.

464/14

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 51, 54 fracción III, 62 fracciones I y IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 35 fracción I y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo el quince de octubre de dos mil catorce y registrada con folio Exp. 464/14, le informo: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y una vez realizada la consulta correspondiente a la Dirección General de Administración y Finanzas de esta Soberanía: “En respuesta le manifiesto que el costal es de $75,400.00 (Setenta y cinco mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), de 500 ejemplares y la empresa es COMA, Comunicación Masiva S.A. de C.V.”

465/14

¿Cuál es el nombre del Titular de la Unidad de Acceso a la Información?

Se le informo que es el Mtro. César Guadalupe Picos Mendoza y también se orientó para acceder a la información dentro de la página electrónica de esta Soberanía.

SOLICITUD TELEFÓNICA

466/14

¿Cuántas Diputadas integran y/ o conforman la LIX Legislatura?

Se le informó que son 12 Diputadas quienes son parte de la LIX Legislatura.

SOLICITUD TELEFÓNICA

467/14

“… -Marco Jurídico con el que operan sus áreas de transparencia -El tipo de sanciones definidas para los servidores públicos que no den respuesta a las solicitudes de información -Presupuesto asignado de 2002 a 2014 -El perfil de puestos de quienes actualmente integran las unidades de transparencia del Poder Legislativo. -Estructura e integración del Comité de Información o equivalente, así como estructura orgánica y composición de la Unidad de

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracciones II y IV, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha diecisiete de octubre del dos mil catorce y registrada con folio Exp 467/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, , le informo el contenido del Criterio/009-10

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transparencia o equivalente. -Temas principales sobre los cuales reciben solicitudes de información y perfil de los solicitantes”

establecido por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Datos Personales que puede ser consultado http://www.ifai.org.mx/Criterios , mismo que a la letra menciona: “Tomando en consideración lo establecido por el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas a entregar documentos que se encuentren en sus archivos, las dependencias y entidades no están obligadas a elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información.” Asimismo, hago de su conocimiento el contenido del artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTICULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impreso, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior, se procede a dar respuesta a cada una de sus preguntas: En respuesta a su primera pregunta, le informo que el marco normativo aplicable es:

• Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. • Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla. • Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable congreso del Estado Libre

y Soberano de Puebla. En relación a su pregunta 2, se le sugiere consultar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, para determinar el dato de su interés. En cuanto a su pregunta 3, le comunico que el presupuesto asignado a esta Soberanía en 2014, se encuentra para consulta pública en la página electrónica www.congresopuebla.gob.mx en el apartado denominado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VIII / Inciso B) Egresos / Presupuesto Asignado”; en relación a la información de 2011 a 2013 podrá acceder al apartado anteriormente mencionado y elegir el “Información Pública de Oficio LVIII Legislatura 2011-2013”, y en cuanto a la información de 2002 a 2010 deberá consultar la Ley de Egresos del Estado de Puebla correspondientes, mismas que se encuentran para consulta pública en la Biblioteca “Benito Juárez” de este Poder Legislativo de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, debido a que no se encuentran digitalizadas. En tanto a su pregunta 4, hago de su conocimiento que la información de su interés, se encuentran en proceso de actualización por parte de la Dirección General de Administración y Finanzas del Poder Legislativo. Por lo que hace a su pregunta 5, le comento que la figura que usted plantea, no se encuentra determinada en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, por tal motivo se le sugiere consultar el ordenamiento jurídico descrito. En relación a la estructura orgánica, ésta podrá ser consultada en la página electrónica del Poder Legislativo en “Transparencia / Artículo 11 / Fracción II / Estructura Orgánica” En el tema de la composición de la Unidad de Acceso a la Información, se encuentra establecida en el artículo 61 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla.

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En cuanto a los temas principales, se le comunica que la información se encuentra para consulta pública en el portal electrónico mencionado en el apartado denominado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción XXIII.- Las preguntas frecuentes formuladas a los Sujetos Obligados / Solicitudes frecuentes mensuales” Finalmente en cuanto al perfil del solicitante, le informo que la Ley en la materia establece de manera opcional solicitar datos que permitan definir el perfil del solicitante, por lo que esta Soberanía no solicita la información de su interés.

468/14 “Deseo obtener Decreto de creacion del organismo operador de agua y saneamiento del municipio de zacatlan, puebla.”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha diecinueve de octubre del dos mil catorce y registrada con folio Exp 468/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, le informo que la administración del Periódico Oficial del Estado (POE) depende de la Secretaría General de Gobierno y sus instalaciones se encuentran ubicadas en 11 oriente número 2003 Colonia Azcárate; el POE no cuenta con página electrónica. Es importante mencionar, que en la Biblioteca “Benito Juárez” de este Poder Legislativo de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, se encuentra para consulta pública el Decreto de su interés, publicado el 27 de mayo de 1994, Segunda Sección, debido a que no se encuentra digitalizado.

469/14 “… COPIA DEL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL DE ZINACATEPEC, PUE. EL CUAL ME COMENTAN QUE YA SE PODIA CONSULTAR EN ESTA PAGINA. GRACIAS”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veinte de octubre del dos mil catorce y registrada con folio Exp 469/14: Que encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, hago de su conocimiento que la Ley Orgánica Municipal establece en su artículo 106, lo siguiente: “Artículo 106.-El P lan de Desarrollo Municipal deberá ser elaborado y aprobado por el Ayuntamiento, dentro de los primeros tres meses de la gestión municipal, y deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado. Su evaluación deberá realizarse por anualidad. Su vigencia será de tres años; sin embargo, se podrán hacer proyecciones que excedan de este periodo en programas que por su trascendencia y beneficio social así lo ameriten. Para este efecto, el Ayuntamiento podrá solicitar cuando lo considere necesario, la asesoría de los Sistemas Nacional y Estatal de Planeación.” Asimismo se le sugiere consultar el Capítulo XI, De la Planeación Democrática del Desarrollo Municipal, Sección I, De los principios y objetivos de la Planeación de la Ley Orgánica Municipal, la cual se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Legislación en Línea/ Leyes” Por lo anteriormente establecido, deberá remitirse al Ayuntamiento de su interés y /o al Periódico Oficial del Estado de Puebla (POE) ubicado en 11 oriente 2003, Colonia Azcárate, Puebla, Pue.; donde podrá adquirir si lo desea, el ejemplar de la publicación de su interés, si éste ha sido publicado, de lunes a viernes en un horario de 09:00 a 13:30 horas; el POE no cuenta con página electrónica.

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Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 51, 54 fracción III, 62 fracciones I y IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 35 fracción I y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo el diecinueve de octubre de dos mil catorce y registrada con folio Exp. 470/14, le informo: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y una vez realizada la consulta correspondiente a la Dirección General de Administración y Finanzas de esta Soberanía, le informo: “-Vales de gasolina por $4,000.00 (Cuatro mil pesos 00/100 M.N.) mensuales. -Servicio de telefonía celular $749.00 (Setecientos cuarenta y nueve pesos 00/100 M.N) renta mensual.

471/14

“cuantos diputos integran el congreso del estado cual es es salario que percibe cada uno de los diputados del honorable congreso del estado cual es el numero de comisiones que integran el honorable congreso del estado a que partidos pertenecen los diputados del honorable congreso del estado en cuantas sesiones funciona el honorable congreso del estado”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11 fracción VI, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 y 77 fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veintiuno de octubre del dos mil catorce y registradas con folio Exp 471/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y con fundamento en el artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTÍCULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impresos, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior y en respuesta a su pregunta identificada como 1, le comento que podrá consultar el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. En tanto a su pregunta 2, hago de su conocimiento que la información, se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx en el apartado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VI / Remuneración mensual neta. En cuanto a su pregunta 3, le comunico que la información se encuentra establecida en el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y en la página electrónica de este Poder Legislativo, en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comités y Comisiones”. En relación a reactivo 4, le comento que podrá acceder al portal electrónico anteriormente citado y consultar el apartado “Actividades Legislativas / Diputados”. Finalmente en respuesta a su pregunta 5, en los artículos 50, 51 y 59 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 19, 79 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, se

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establece la información de su interés.

472/14 “Iniciativa de ley de fomento a las organizaciones de la sociedad civil.”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 14 fracción IV, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 8, 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veinticuatro de octubre de dos mil catorce y registrada con el folio Exp 472/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, hago de su conocimiento que la Información de su interés se encuentra para consulta pública en la página electrónica de esta Soberanía: www.congresopuebla.gob.mx en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Iniciativas / LIX Legislatura” y/o en el apartado “Buscar / Iniciativas”

SOLICITUD TELEFÓNICA

473/14

“Con base en el artículo 6 de la Constitución Polít ica de los Estados Unidos Mex icanos, solicito en versión electrónica, en formatos abiertos, electrónico archivable y/ o imprimible y/ o formato físico impreso, la agenda legislativa 2014 - 2018 del Estado de Puebla.”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 51, 54 fracción III, 62 fracciones I y IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 35 fracción I y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo el veinticuatro de octubre de dos mil catorce y registrada con folio Exp. 473/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y una vez realizada la consulta correspondiente a la Dirección General de Servicios Legislativos de esta Soberanía, le informo: “La Agenda Legislativa de la LIX Legislatura, se encuentra publicada en el Portal del H. Congreso del Estado y para acceder a ella, están disponibles los siguientes links, cada uno de los cuales direcciona a los 3 apartados principales de la misma:

1. Video de la Presentación de la Agenda Legislativa http://congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=10000&Itemid=478

2. Brochure de la Agenda Legislativa http://congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=10002&Itemid=549

3. Agenda Legislativa http://congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_content&view=article&id=10001&Itemid=549” Es importante mencionar, que en el link de “Agenda Legislativa” podrá acceder al documento en formato PDF para impresión.

474/14

¿Quién es el Diputado que le corresponde el municipio de Huaquechula, Puebla?

Se le informo, que es la Diputada María Evelia Rodríguez García.

SOLICITUD TELEFÓNICA

475/14

“El Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, publicado el dieciocho de noviembre de mil novecientos ochenta y seis, vigente hasta antes de la entrada en vigor el Código de Procedimientos Actual”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracción II, 57, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 8, 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veinte ocho de octubre de dos mil catorce y registrada con el folio Exp 475/14:

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INFORME PORMENORIZADO DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PERIODO: DEL 1 AL 31 DE OCTUBRE DE 2014

Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, hago de su conocimiento que el Código de su interés se encuentra para consulta pública en la Biblioteca Benito Juárez de esta Soberanía, de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, debido a que el ordenamiento legal y sus reformas correspondientes, no se encuentran digitalizadas.

476/14

“SOLICITO, POR FAVOR, LA SIGUIENTE INFORMACIÓN SOBRE LA ADQUISICIÓN DE LOS SIGUIENTES PRODUCTOS POR PARTE DEL CONGRESO DEL ESTADO PARA USO DE LOS DIPUTADOS: CAFÉ, AZÚCAR, AGUA EMBOTELLADA, AGUA MINERALIZADA, GALLETAS, FILTROS PARA CAFETERA, TE, SERVILLETAS, VASOS, SUSTITUTOS DE AZÚCAR Y CREMA, CUCHARAS DE PLÁSTICO, REFRESCOS Y OTRAS BEBIDAS: 1) MONTO EROGADO DURANTE EL 2014 (DESGLOSADO POR PRODUCTO Y MES) 2) CANTIDAD ADQUIRIDA (DESGLOSADA POR PRODUCTO Y MES) 3) PROVEEDORES (DESGLOSADO POR PRODUCTO) 4) MARCA DE LOS PRODUCTOS (DESGLOSADO POR PRODUCTO) 5) PRESUPUESTO ASIGNADO PARA ESTOS PRODUCTOS”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 51, 53, 54 fracción III, 57, 62 fracciones I y IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 9, 25 fracción III, 35 fracción I y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo el veintiocho de octubre de dos mil catorce y registrada con folio Exp. 476/14. Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, hago de su conocimiento el contenido del Criterio/009-10 establecido por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Datos Personales que puede ser consultado http://www.ifai.org.mx/Criterios , mismo que a la letra menciona:

“Tomando en consideración lo establecido por el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas a entregar documentos que se encuentren en sus archivos, las dependencias y entidades no están obligadas a elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información.”

Asimismo, hago de su conocimiento el contenido del artículo 53 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 9 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, que establecen:

“ARTÍCULO 53.- El acceso a la información se dará en la forma en que lo permita el documento de que se trate…” “ARTICULO 9.- El Congreso del Estado, como Sujeto Obliga do de la Ley, entregará la información solicitada en el estado en que se encuentre sin que ello implique el procesamiento de la información contenida en esos documentos.”

Por lo anterior y una vez realizada la consulta correspondiente a la Dirección General de Administración y Finanzas de esta Soberanía, le comunico: En relación a su pregunta: “…SOLICITO, POR FAVOR, LA SIGUIENTE INFORMACIÓN SOBRE LA ADQUISICIÓN DE LOS SIGUIENTES PRODUCTOS POR PARTE DEL CONGRESO DEL ESTADO PARA USO DE LOS DIPUTADOS: CAFÉ, AZÚCAR, AGUA EMBOTELLADA, AGUA MINERALIZADA, GALLETAS, FILTROS PARA CAFETERA, TE, SERVILLETAS, VASOS, SUSTITUTOS DE AZÚCAR Y CREMA, CUCHARAS DE PLÁSTICO, REFRESCOS Y OTRAS BEBIDAS:…” En respuesta a pregunta “ …1) MONTO EROGADO DURANTE EL 2014…”, $124,999.84 (Ciento veinticuatro mil novecientos noventa y ocho pesos 84/100 M.N) En cuanto a “… 2) CANTIDAD ADQUIRIDA…” , se han adquirido 3,725 piezas. En tanto a “…3) PROVEEDORES…”, Walmart de México, S. de R.L. de C.V., Tiendas Soriana S.A. de C.V., Propimex, S. de R.L. de C.V., Comercializadora de Café San Lorenzo, S.A. de C.V. Por lo que hace a “…4) MARCA DE LOS PRODUCTOS…”, San Lorenzo, Nestlé, Member Mark´s, Fersan, Ciel, Mariam, Mc.

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Cormick, Delsy, Convermex, Splenda, Aries y Coca-Cola. Finalmente en respuesta a “…5) PRESUPUESTO ASIGNADO PARA ESTOS PRODUCTOS.” , se le informa que el Presupuesto asignado a esta Soberanía es de forma Global y no como usted lo refiere.

477/14

“Honorables miembros que integran la Comisión de Derechos Humanos. P R E S E N T E: Que sirva este medio para brindarles un respetuoso saludo, actualmente me encuentro recluido en el Centro de Reinserción Social, junto con mi hijo de nombre Max imiliano, y es el caso que desde el día !9 de noviembre fui detenido por elementos de la policía ministerial, siendo sujeto a un causa criminal, en el que se han violentado mis derechos humanos, y antes de concurrir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, quiero acudir a esa instancia para que hagan valer mi queja, solicito que por esta misma vía me informen los requisitos para presentar mi denuncia. ”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 34 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha veinte ocho de octubre de dos mil catorce y registrada con el folio Exp 477/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, hago de su conocimiento que este Poder Legislativo, no es competente para responder a su petición, por tal motivo se le sugiere remitirse al portal electrónico de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla http://cdhpuebla.org.mx/ y/o en particular el apartado de Transparencia http://transparencia.cdhpuebla.org.mx/index.php/contacto donde se encuentra el vínculo llamado “Interpone tu queja”.

478/14

“… -Marco jurídico con el que operan sus áreas de transparencia. - El t ipo de sanciones definidas para los servidores públicos que no den respuesta a las solicitudes de información. - Presupuesto asignado de 2002 a 2014, tanto al Poder Legislativo, como de su Unidad de Transparencia. - El perfil de puestos de quienes actualmente integran las unidades de transparencia del poder legislativo. - Estructura e integración del comité de información o equivalente, así como estructura orgánica y composición de la unidad de transparencia o equivalente. - Temas principales sobre los cuales reciben solicitudes de información y perfil de los solicitantes. - Criterios utilizados para saber qué información se puede proporcionar o no y - Los procedimientos de información que utiliza la unidad de transparencia, si son los mismos que se menciona en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero o hay disparidades.”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 25 fracción III, 34 y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha treinta de octubre del dos mil catorce y registrada con folio Exp 478/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, , le informo el contenido del Criterio/009-10 establecido por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Datos Personales que puede ser consultado http://www.ifai.org.mx/Criterios , mismo que a la letra menciona: “Tomando en consideración lo establecido por el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas a entregar documentos que se encuentren en sus archivos, las dependencias y entidades no están obligadas a elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información.” Asimismo, hago de su conocimiento el contenido del artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTICULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impreso, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior, se procede a dar respuesta a cada una de sus preguntas: En respuesta a su primera pregunta, le informo que el marco normativo aplicable es:

• Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.

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• Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla. • Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable congreso del Estado Libre

y Soberano de Puebla. En relación a su pregunta 2, se le sugiere consultar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, para determinar el dato de su interés. En cuanto a su pregunta 3, le comunico que el presupuesto asignado a esta Soberanía en 2014, se encuentra para consulta pública en la página electrónica www.congresopuebla.gob.mx en el apartado denominado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VIII / Inciso B) Egresos / Presupuesto Asignado”; en relación a la información de 2011 a 2013 podrá acceder al apartado anteriormente mencionado y elegir el “Información Pública de Oficio LVIII Legislatura 2011-2013”, y en cuanto a la información de 2002 a 2010 deberá consultar la Ley de Egresos del Estado de Puebla correspondientes, mismas que se encuentran para consulta pública en la Biblioteca “Benito Juárez” de este Poder Legislativo de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, debido a que no se encuentran digitalizadas. Asimismo, le informo que el presupuesto asignado es global y no en específico para las diversas áreas del Poder Legislativo de Puebla, motivo por el cual queda sin materia para ser respondida la parte de su pregunta relativa a “…como de su Unidad de Transparencia” En tanto a su pregunta 4, hago de su conocimiento que la información de su interés, se encuentran en proceso de actualización por parte de la Dirección General de Administración y Finanzas del Poder Legislativo. Por lo que hace a su pregunta 5, le comento que la figura que usted plantea, no se encuentra determinada en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, por tal motivo se le sugiere consultar el ordenamiento jurídico citado. En relación a la estructura orgánica, ésta podrá ser consultada en la página electrónica del Poder Legislativo en “Transparencia / Artículo 11 / Fracción II / Estructura Orgánica” En el tema de la composición de la Unidad de Acceso a la Información, se encuentra establecida en el artículo 61 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla. En cuanto a los temas principales, se le comunica que la información se encuentra para consulta pública en el portal electrónico mencionado en el apartado denominado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción XXIII.- Las preguntas frecuentes formuladas a los Sujetos Obligados / Solicitudes frecuentes mensuales” Cuanto hace al perfil del solicitante, le informo que la Ley en la materia establece de manera opcional solicitar datos que permitan definir el perfil del solicitante, por lo que esta Soberanía no solicita la información de su interés. En respuesta a su pregunta 7, hago de su conocimiento la respuesta se encuentra establecida en los artículos 11, 14, 33 y 38 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla. En relación a su última pregunta, le informo que esta Soberanía no es competente para responder , debido a que de la redacción se desprende como Sujeto Obligado al Poder Legislativo del Estado de Guerrero, por tal motivo se le sugiere acceder al portal electrónico http://congresogro.gob.mx/ y realizar su solicitud de información correspondiente.

479/14 “… - Marco jurídico con el que operan sus áreas de transparencia. - El t ipo de sanciones definidas para los

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 11, 14, 33, 38, 44, 45, 52 fracción II, 54 fracciones II y IV, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de

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servidores públicos que no den respuesta a las solicitudes de información. - Presupuesto asignado de 2002 a 2014, tanto al Poder Legislativo, como de su Unidad de Transparencia. - El perfil de puestos de quienes actualmente integran las unidades de transparencia del poder legislativo. - Estructura e integración del comité de información o equivalente, así como estructura orgánica y composición de la unidad de transparencia o equivalente. - Temas principales sobre los cuales reciben solicitudes de información y perfil de los solicitantes. - Criterios utilizados para saber qué información se puede proporcionar o no y - Los procedimientos de información que utiliza la unidad de transparencia, si son los mismos que se menciona en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla o o hay disparidades.”

Puebla; 25 fracción III, 36 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo de fecha treinta de octubre del dos mil catorce y registrada con folio Exp 479/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, , le informo el contenido del Criterio/009-10 establecido por el Instituto Federal de Acceso a la Información y Datos Personales que puede ser consultado http://www.ifai.org.mx/Criterios , mismo que a la letra menciona: “Tomando en consideración lo establecido por el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que establece que las dependencias y entidades sólo estarán obligadas a entregar documentos que se encuentren en sus archivos, las dependencias y entidades no están obligadas a elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información.” Asimismo, hago de su conocimiento el contenido del artículo 57 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, que establece: “ARTICULO 57.- En caso de que la información solicitada ya esté disponible al público en medios impreso, tales como libros, compendios, trípticos, archivos públicos, en formatos electrónicos o en cualquier otro medio, la Unidad de Acceso le hará saber al solicitante la fuente, lugar y forma en que puede consultar, reproducir o adquirir dicha información. Cuando la información se encuentre disponible en sitios web, la Unidad de Acceso deberá indicar la dirección electrónica completa del sitio donde se encuentra la información solicitada.” Por lo anterior, se procede a dar respuesta a cada una de sus preguntas: En respuesta a su primera pregunta, le informo que el marco normativo aplicable es:

• Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. • Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla. • Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable congreso del Estado Libre

y Soberano de Puebla. En relación a su pregunta 2, se le sugiere consultar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, para determinar el dato de su interés. En cuanto a su pregunta 3, le comunico que el presupuesto asignado a esta Soberanía en 2014, se encuentra para consulta pública en la página electrónica www.congresopuebla.gob.mx en el apartado denominado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción VIII / Inciso B) Egresos / Presupuesto Asignado”; en relación a la información de 2011 a 2013 podrá acceder al apartado anteriormente mencionado y elegir el “Información Pública de Oficio LVIII Legislatura 2011-2013”, y en cuanto a la información de 2002 a 2010 deberá consultar la Ley de Egresos del Estado de Puebla correspondientes, mismas que se encuentran para consulta pública en la Biblioteca “Benito Juárez” de este Poder Legislativo de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, debido a que no se encuentran digitalizadas. Asimismo, le informo que el presupuesto asignado es global y no en específico para las diversas áreas del Poder Legislativo de Puebla, motivo por el cual queda sin materia para ser respondida la parte de su pregunta relativa a “…como de su Unidad de Transparencia” En tanto a su pregunta 4, hago de su conocimiento que la información de su interés, se encuentran en proceso de actualización por parte de la Dirección General de Administración y Finanzas del Poder Legislativo.

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Por lo que hace a su pregunta 5, le comento que la figura que usted plantea, no se encuentra determinada en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, por tal motivo se le sugiere consultar el ordenamiento jurídico citado. En relación a la estructura orgánica, ésta podrá ser consultada en la página electrónica del Poder Legislativo en “Transparencia / Artículo 11 / Fracción II / Estructura Orgánica” En el tema de la composición de la Unidad de Acceso a la Información, se encuentra establecida en el artículo 61 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla. En cuanto a los temas principales, se le comunica que la información se encuentra para consulta pública en el portal electrónico mencionado en el apartado denominado “Transparencia / Artículo 11 / Fracción XXIII.- Las preguntas frecuentes formuladas a los Sujetos Obligados / Solicitudes frecuentes mensuales” Cuanto hace al perfil del solicitante, le informo que la Ley en la materia establece de manera opcional solicitar datos que permitan definir el perfil del solicitante, por lo que esta Soberanía no solicita la información de su interés. En respuesta a su pregunta 7, hago de su conocimiento la respuesta se encuentra establecida en los artículos 11, 14, 33 y 38 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla. En relación a su última pregunta, le informo que esta Soberanía se apega a lo establecido en los ordenamientos jurídicos en materia de Transparencia y Acceso a la Información.

480/14

“Solicito copia digital de los documentos que contengan la siguiente información relacionada a las sesiones ordinarias y extraordinarias celebradas por la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información durante el primer año de ejercicio de LIX Legislatura: -Calendario de sesiones -Orden del día -Lista de asistencia -M inuta o acta de la sesión ”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 52 fracción I, 54 fracción I, 62 fracción IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; 25 fracción III, 34 y 37 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo y registrada con el folio Exp 480/14: Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, hago de su conocimiento que la información de su interés se encuentra para consulta pública en el portal electrónico de esta Soberanía www.congresopuebla.gob.mx en el apartado denominado “Actividades Legislativas / Comisiones y Comités / Comisión de Transparencia y Acceso a la Información” y/o la siguiente liga: http://congresopuebla.gob.mx/index.php?option=com_k2&view=itemlist&task=category&id=88:comisi%C3%B3n-de-transparencia-y-acceso-a-la-informaci%C3%B3n&Itemid=546 En el apartado citado, podrá acceder a las “Ordenes del Día, Asistencias, Actas y Calendario (Agenda de Eventos)”.

481/14

“Solicito copia digital de la convocatoria emitida por la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información y avalada por la Junta de Gobierno y Coordinación Polít ica para la elección de comisionado de la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el proceso de elección a celebrarse en 2014.”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 51, 54 fracción I, 62 fracciones I y IV, 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; artículo 25 fracción III, 35 fracción I y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo y registrada con folio Exp. 482/14. Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y una vez realizada la consulta correspondiente al Presidente de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información de esta Soberanía, le comunico:

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“… Con fundamento en lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Congreso del Estado no tiene atribuciones para emitir la Convocatoria Pública para la designación y nombramiento de la Comisionada o Comisionado Propietario y su Suplente de la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado.”

482/14

“De acuerdo con una nota publicada por el diario La Jornada de Oriente el día 29 de Octubre, la Junta de Gobierno y Coordinación Polít ica del Congreso “solicitó un estudio externo sobre el caso” con relación a la convocatoria para la elección de comisionado de la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. Ante ello, solicito la siguiente información sobre dicho estudio: -Nombre de la empresa o despacho encargado de realizarlo. -Proceso de adjudicación de dicho estudio. -Costo del estudio -Vigencia del contrato. -Copia digital del dictamen emitido por dicho estudio.”

Por este medio con fundamento en lo establecido en el artículo 3, 44, 45, 51, 54 fracción I, 62 fracciones I y IV, 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Libre y Soberano de Puebla; artículo 25 fracción III, 35 fracción I y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud formulada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo y registrada con folio Exp. 481/14. Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto y una vez realizada la consulta correspondiente a la Dirección General de Administración y Finanzas de esta Soberanía, le comunico: “… Y en respuesta le comento, que está Soberanía no ha erogado gasto alguno sobre el tema de su interés” Por lo anterior, sus preguntas subsecuentes quedan sin elementos para ser respondidas.

483/14

“Solicito copia digital del documento enviado por la C. Alexandra Herrera Corona al Congreso de Estado en el cual manifiesta su intención para reelegirse como integrante de la Comisión para el Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado (CAIP).”

Por este medio, con fundamento en lo establecido en los artículos 3, 33 fracciones V y VII, 44, 45, 51, 54 fracciones I y IV, 62 fracciones I y IV y 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla; 25 fracción III y 36 del Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, en atención a su solicitud de información presentada vía electrónica a esta Unidad de Acceso a la Información del Poder Legislativo y registrada con el folio Exp 483/14. Encontrándonos dentro del término que la Ley señala para tal efecto, hago de su conocimiento que con fundamento en el artículo 33 fracciones V y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla, la información de su interés es de carácter reservado.

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