UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
LICENCIATURA EN PSICOLOGÍA
Y NEUROCIENCIAS
MONTERREY N.L. OCTUBRE DEL 2016
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
DERECHOS RESERVADOS
Universidad “Emiliano Zapata”
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
CAMPO DISCIPLINAR
LICENCIATURA EN PSICOLOGIA Y NEUROCIENCIA.
ANTECEDENTES HISTORICOS: Antecedentes históricos de la psicología.
En efecto, la historia de la psicología se remonta al periodo de la especulación
presocrática donde encontramos ideas acerca de los aspectos éticos-religiosos y
aspectos médicos. Entre los primeros tenemos a los filósofos pitagóricos y en lo segundo
a Hipócrates y Alemeon. Sin descartar las grandes aportaciones de Democrito,
Parmenides, entre otros. La búsqueda explicativa de ambos aspectos se considera como
el núcleo original del inicio de la psicología.
Es importante señalar la preocupación de los sofistas en su momento histórico, pero es
Sócrates quien hará el señalamiento acerca de la necesidad de conciencia del método
para la exploración del alma; ahí encontramos tempranamente la constitución de una
psicología moral razonada por Sócrates y una teoría de las sensaciones y de los
sentimientos como piedras fundamentales de la psicología.
Con Platón entramos a la época que da inicio a la configuración de la tradición
racionalista. El aspecto especulativo anterior va desarrollando una explicación del
hombre, una concepción del movimiento y de la imagen metafísica del alma, así como;
ideas acerca de la sensación, memoria e imaginación y sentimiento. A su vez con este
periodo se inicia el aspecto epistemológico poniendo énfasis en las facultades cognitivas
del alma. Sin olvidar sus relaciones con los aspectos educacionales reivindicando una
concepción platónica de la educación y conceptualizando una serie de etapas de la
educación del alma aportando ideas para sobrellevar la vida buena en sociedad.
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Con Aristóteles se desarrollan una serie de modificaciones a la tradición racionalista, la
explicación aristotélica consistirá en como el alma es una forma del cuerpo y aportara una
clasificación de sus funciones. Como una reflexión sobre el aspecto especulativo
planteara una fisiología y sentidos especiales y mencionara los espíritus connaturales
como forma de entender más allá de la especulación el sentido del alma.
En el aspecto epistemológico Aristóteles profundizara en la sensación como asimilación,
en el sentido común, la memoria, los sueños, la imaginación y la razón. Y esta misma
será llevada al plano ético-religioso en sus dimensiones de razón práctica y conación,
razón activa y razón pasiva.
En la era precristiana se observa un desarrollo de la tradición ético-religiosa, donde los
estoicos plantearan relaciones con las doctrinas anteriores retomando el concepto del
alma y sus actividades con un especial interés en la imaginación, la razón y la libertad.
Otro grupo de filósofos griegos: los epicúreos retomaran los mismos principios que los
anteriores, pero con la diferencia de que el placer pasara a ser una idea fundamental en
su idea del alma. Así la fusión de las tradiciones griegas y hebreas como la de los judíos
de Alejandría darán por concluida esta parte histórica dando el paso a la era cristina.
Los primeros padres cristianos: San Pablo, San Clemente entre otros pondrán un especial
énfasis en la tradición ético-religiosa. Sin embargo, las influencias médicas de Ateneo y
Galeno serán originales al grado que muchas de estas ideas persistirán con el tiempo.
En esta era se asiste a una nueva relación con la doctrina platónica: el Neoplatonismo
tendrá énfasis en la explicación del alma según Plotino y de las actividades de la misma.
Sin embargo, va a ser la psicología de San Agustín la que señalara una revelación del
alma y la introspección como métodos para acceder al alma y al cuerpo, la sensación y la
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” memoria pasaran a ser vistas desde el autoconocimiento y se planteara el ascenso del
alma.
No obstante, se asistirá a una especie de reinterpretación de las autoridades: ¿Platón,
Aristóteles, o Agustín? La cuestión del intelecto, la voluntad, los afectos, ocuparan un
lugar importante en la naciente discusión agregando la posible existencia de la
inteligencia en alma de la vida animal.
También asisten a este nuevo escenario el espíritu árabe con sus adaptaciones religiosas
y culturales, sobre todo; las contribuciones de Avicena, los temas de controversia en las
escuelas serán: el método escolástico, el espíritu y el cuerpo, percepción sensorial, razón
y voluntad, conciencia moral, autoconocimiento, el universo y el alma.
En esta nueva reinterpretación también aparecerán las ideas de Alberto Magno y Tomas
de Aquino y Santa Teresa siempre retomando el aspecto ético-religioso.
Durante el renacimiento la necesidad de profundizar sobre el método se impuso la ciencia
se empezó a enriquecer por su relación con otras ciencias el desarrollo de la astronomía,
las matemáticas, la óptica, la mecánica y la química, contribuyeron al desarrollo del
método observacionista de inducción, como también; al método racionalista de la
deducción.
Así el carácter del método científico inductivo-deductivo obtuvo aceptación dando paso a
la tradición racionalista de filósofos como Descartes que empezó a señalar la importancia
de la fisiología, el cuerpo como maquina, los sentidos, el alma y las pasiones, pasaran a
ser de una preocupación esencial e incluso la cuestión de ver a los animales como
maquinas. También de este periodo es Spinoza con sus planteamientos de la unidad
orgánica y la influencia de la razón. Otro filosofo Leibniz planteara los conceptos de
continuidad, actividad y representación.
Con el cual se fundamenta el aspecto epistemológico y aportara a la tradición
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” observacionista un lugar de importancia a la escuela empirista y asociacionista inglesa
entre los más importantes fueron: Locke, Hume, John Stuart Mill. Además de estos
filósofos se encuentran los empiristas de la Europa continental: el iluminismo francés,
Wundt, Ebbinghaus.
Dentro de esta tradición se dio inicio al desarrollo de la psicología social y animal.
No obstante, la Psicología toma conciencia de sí misma, las aportaciones de la crítica
kantiana a la especulación, el ataque contra la psicología racional colocan el pensamiento
de Kant en una antropología de la razón práctica y de la razón teórica, el requerimiento de
un saber obligado a ser público y el uso de la lógica como instrumento de explicación para
la misma
Pero a su vez la cuestión de la cientificidad contribuye a la formulación de una psicología
matemática que cuestiona el alma y sus fenómenos, el auto conocimiento y los principios
de la actividad mental, la clasificación de las actividades mentales. La supuesta nueva
formulación de la psicología de las facultades planteara el problema de las facultades
primordiales y su desarrollo.
Schopenhauer señalara la cuestión de las fuentes de la psicología de la voluntad, el
restablecimiento de la voluntad, así como la cuestión del inconsciente. Otra concepción va
a ser la de la psicología experimental de Fechner que la orientara hacia la psicofísica. La
búsqueda de una psicología sin metafísica se impone y será el neoescolastisicismo de
Brentano y Lipps: la psicología de la fuerza. En este periodo llama la atención de una
necesidad de la psicología y sus promotores de constituir una psicología científica
enriquecida por el desarrollo conceptual de la ciencia física.
Sin embargo, las tendencias del siglo veinte aparecerán mas depuradas pues, las
ciencias biológicas harán aportaciones concretas y posibilitaran su desarrollo de acuerdo
al marco conceptual de la evolución. Así la tradición observacionista como el
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” introspeccionismo, el conductismo y la psicología animal serán las principales temáticas
de la psicología.
Las reacciones contra la tradición observacionista: psicología intencionista y psicología de
la Gestalt contribuirán a profundizar en los aspectos cognitivos y de sus acciones.
La influencia de la tecnología en la psicología freudiana, la psicología infantil y los testas
de inteligencia, la influencia de otras ciencias biológicas y la fisiología aunado a la
influencia de las ciencias sociales determinará el camino del conocimiento del ser
humano, así como; el cuerpo de conocimientos necesarios para el desarrollo tanto de la
psicología como de la profesión de la misma
ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA PSICOLOGIA EN MEXICO.
Los primeros vestigios de la psicología científica en México aparecen ligados al nombre
de Ezequiel Chávez, un abogado, educador autodidacta que inaugura en la preparatoria
un curso de psicología, caracterizado por la influencia de algunos psicólogos de la época,
como William James y Edward Tichner. Los antecedentes formales de esta iniciativa
pueda tal vez encontrarse en el proyecto de universidad de Justo Sierra presentado en el
Congreso de la Republica en 1881.
El mismo Ezequiel Chávez tradujo en 1904: los Elementos de Psicología de Bradford y
Tichner que se convirtieron en texto de psicología por 25 años hasta que fue remplazado
por traducciones de textos de James y Wundt y finalmente por la aparición del primer
texto de psicología escrito por un mexicano, Bernardo Castelum en Culiacán Sinaloa en el
año de 1920 (Díaz Guerrero, 1980).
Sin embargo, la enseñanza de la psicología no rebaso el ámbito meramente académico
hasta el año de 1916 en que Enrique O. Aragón fundo en la universidad Nacional
Autónoma de México el primer laboratorio de Psicología según las pautas europeas.
Curiel en 1962 sostiene que este laboratorio se mantuvo activo sin interrupción por cerca
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” de 30 años. (Díaz Guerrero, 1980).
En la década de los años veintes la psicología en México da un paso fuera del ámbito de
la academia, para abrirse paso entre las disciplinas aplicadas. En efecto, Guadalupe
Zúñiga una de las alumnas de Enrique Aragón y especialista en psicología general por la
facultad de Altos Estudios de Paris (Valderrama y Jurado, 1984) colaboro con el eminente
psicólogo ruso Pablo Boder en las primeras investigaciones psicotécnicas. Ambos
iniciaron en la penitenciaria del Distrito federal el primer laboratorio psicotécnico. Se
continuo trabajando en las escuelas correccionales e hizo surgir la primera clínica de la
conducta que en 1926 se convirtió en el tribunal para menores (Zúñiga, 1984).
En 1925 Boder hizo una entusiasta observación de la psicotécnica en México al señalar:
Como un medio de resolver problemas escolares, criminológicos, administrativos, e
industriales, siempre en colaboración con educadores y médicos, abogados, ingenieros y
economistas, para hacer la vida un poco menos pesada y más productiva, (Zúñiga, 1984).
Hasta la década de los treinta la psicología de ser mas que una disciplina complementaria
de los estudios profesionales de otras carreras como medicina, filosofía y educación. En
efecto, la facultad de psicología y Letras de la Universidad Nacional ofrecía en las treinta
áreas de especialización en psicología a través de cursos de psicología general y de
psicotécnica pero abierta solo a quienes cursaban la carrera de filosofía.
El primer programa de estudios profesionales en psicología aparece en 1937. En la
facultad de filosofía y letras se estableció un programa académico teórico en psicología
con prácticas de laboratorio que duraba tres años y culminaba con un titulo de maestría
en psicología (Robles, 1955). En este programa se dio un rico intercambio entre las
aportaciones de los españoles y la filosofía mexicana de: Caso, Vasconcelos y los últimos
positivistas (Gaos, 1953, citado por Díaz Guerrero, 1980).
El año de 1945 debe de ser considerado como el año del nacimiento del primer programa
practico y sistematizado para entrenar al psicólogo profesional en México. Siete años
después se formulo el programa de doctorado en Psicología, independientemente de la
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” maestría, creado por Dávila, Del Roncal y Curiel (Díaz Guerrero, 1980).
En el año de 1950 se funda en la universidad iberoamericana la segunda escuela de
psicología para la formación de psicólogos profesionales.
Al inicio de estos primeros programas la enseñanza de la psicología se encontraba
todavía muy influenciada por la psiquiatría clásica y la filosofía ya que la mayoría de los
maestros de entonces eran médicos, psiquiatras o filósofos (Zúñiga, 1984).
Al final, de la década de los cuarenta el Dr. Raúl González Enríquez empezó una revisión
a fondo del programa de Maestría de la UNAM e incluyo Historia de la psicología,
Fisiología, Psicología General, estadística de la psicología, investigación, psicología
infantil, psicopedagogía, psicología social, psicología experimental, psicología de la
adolescencia y pruebas de evaluación de la personalidad y ya en la década de los años
cincuenta la psicología clínica todavía con una gran influencia psiquiátrica y psicoanalítica
era la rama mas cultivada y de mayor aplicación.
Algunas prácticas se realizaban en el hospital infantil en el que desde 1945 se había
abierto un servicio de psiquiatría y psicología clínica que posteriormente se transformo en
un servicio integral que abarcaba tres áreas clínicas la del desarrollo psicomotriz, la del
diagnóstico de la conducta y la de psicoterapia.
A raíz de la conferencia de la Asociación Mundial de la salud mental que se llevo a cabo
en la ciudad de México en el año de 1951, surgió la Sociedad Interamericana de
Psicología como iniciativa de un grupo de psicólogos norteamericanos y mexicanos. En el
mismo año se fundó como una rama de la Sociedad interamericana de Psicología, la
Sociedad Mexicana de Psicología con el objetivo de estimular el desarrollo de la
psicología científica, apoyar la investigación, difundir los estudios psicológicos y sostener
intercambio cultural con las distintas sociedades de psicología.
En el año de 1957 se llevo a cabo el primer congreso Latinoamericano de estudiantes de
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” psicología profesional en el que por primera vez se plantearon los problemas de tipo
profesional y académico que enfrentaba la psicología en prácticamente todos los países
de América latina.
En la década de los años setentas aparecen formalmente bien estructurados los estudios
de licenciatura, postgrado, de maestría y de doctorado en psicología con énfasis en la
preparación para la docencia y la investigación educacional, social, clínica, fisiológica,
experimental y en análisis experimental del comportamiento.
En el año de 1973 por decreto del consejo universitario de la UNAM se fundó la facultad
de psicología.
A partir del final de la década de los sesentas empieza a constarse un fenómeno
inesperado: la multiplicación y crecimiento en número más no en calidad profesional de
las escuelas de psicología del país porque se carecía de formas de evaluación profesional
de las mismas.
En el año de 1971 se fundó el Consejo Nacional para la Enseñanza e investigación en
Psicología que tuvo como propósito fundamental integrar no solo los recursos y los
esfuerzos de las diferentes escuelas de psicología del país, sino proporcionar los
espacios para el dialogo, el intercambio y la colaboración.
Las primeras orientaciones respecto a la búsqueda de calidad en la formación del
psicólogo fueron las siguientes: el mejoramiento de la práctica profesional del psicólogo,
comprometido con la atención a los problemas de las grandes mayorías respecto a sus
necesidades esenciales y sociales, un profesional ligado al servicio y no al utilitarismo,
orientar la investigación a las necesidades prioritarias del país.
La proliferación de las escuelas de psicología no ha sido, sin embargo, el fenómeno más
importante en el desarrollo de la psicología como disciplina científica y como profesión.
A partir de los primeros programas independientes y elaborados por psicólogos en la
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” universidad Nacional de México, La universidad Iberoamericana y la Universidad de
Jalapa Veracruz, durante las dos últimas décadas, lo más relevante en este desarrollo ha
sido:
A) La consolidación de la investigación en la disciplina como base de la práctica
profesional y de la reformulación teórica.
B) La gran difusión todavía no suficiente del trabajo de profesionales e investigadores.
C) La elaboración de mejores planes de estudios en las representativas universidades de
la republica.
D) El que la mayor parte de los profesores en las escuelas de psicología son ahora
psicólogos de profesión y un creciente número de ellos con maestría, doctorado o
especialización en alguna área de aplicación de la psicología. Es importante subrayar que
la mayor parte de los especialistas han llegado a serlo no por la escuela, sino por una
intensa práctica profesional.
E) La formación de gremios profesionales por especialidades con una actividad cada día
más eficiente.
F) El establecimiento de prácticas profesionales en las escuelas con una consiguiente
generación de servicios mejor adaptados al área geográfica y
G) El mejoramiento de la imagen pública del psicólogo profesional, a pesar de las
descalificaciones publicas entre colegas por razón de ideas, metodología y enfoques.
Respecto a los gremios profesionales estos han crecido en número de agremiados y
eventualmente en publicaciones de resultados de investigación y actividades
profesionales, podría decirse que las incipientes organizaciones gremiales de los
psicólogos en México, aunque no han cumplido todavía sus objetivos fundamentales sin
han logrado orientar la investigación, la docencia y los servicios de la profesión han
puesto desde luego plataformas bien definidas para un ulterior desarrollo.
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ANTECEDENTES DE LAS NEUROCIENCIAS.
El área de la neurociencia, estudia la relación del cerebro y del sistema nerviosos con la
conducta, desde los procesos neurales básicos y funcionales hasta la especialización
cortical, la influencia de las hormonas y neurotransmisores como responsables de la
conducta normal y patológica, por lo que la investigación adquiere una particular
importancia gracias a los avances planteados diferentes investigadores en el campo de la
neurología (MacLean P, 1983; Popper, K. y J. Eccles, 1980; Eccles, J. 1975; Nauta, W.
1971; Sperry y colaboradores. 1970) se han venido dando rápidamente, incorporados en
la explicación y solución de diversos problemas en la psicología y neurociencias,
resultando preocupante que este alto nivel de avance en el conocimiento del cerebro y
sus funciones, esté disponible de manera limitada y sea poco puesto en práctica en el
campo educativo.
Desde los comienzos de los años sesenta algunos investigadores vienen trabajando
desde diferentes aspectos: neurológicos, psicológicos y pedagógicos, en la exploración
del cerebro, en estrecha conexión con el despliegue del paradigma cognitivista, y sus
implicaciones en el comportamiento estable de la personalidad y la relación con los
procesos de enseñanza-aprendizaje en el aula (Doval, 1995; Doval y colaboradores,
1993; Gargallo, 1991; Messick, 1977; Santos y colaboradores, 1989; Sonnier, 1992; 1989,
1985; Witkin y colaboradores, 1977).
El acelerado desarrollo de las neurociencias sugiere que los diversos resultados de las
investigaciones sobre el cerebro, permiten mayor comprensión de su funcionamiento y
ello debe necesariamente ser incorporado, a los estudios sobre el mejoramiento de la
habilidad del docente para enseñar y la habilidad del estudiante para aprender, y
consecuentemente sus resultados permitirán construir una nueva pedagogía, pues el
espacio de la pedagogía de hoy, es un espacio de la mente, y de los fenómenos
mentales.
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A la década de los noventas del Siglo XX se le conoció como la Década del Cerebro,
gracias a una iniciativa de la Biblioteca del Congreso y del Instituto de Salud Mental de los
Estados Unidos.
Los descubrimientos científicos en la Década del Cerebro, por destacados investigadores,
y aportes provenientes de Universidades como Harvard, Stanford, Universidad de Munich,
Nombra Research en Japón, entre otros, evidentemente alteraron los conceptos
tradicionales del mundo de la sociología, la sociobiologìa, la antropología social, las
ciencias de la educación, muy especialmente la didáctica y la pedagogía.
Estos nuevos conceptos filosóficos, técnicos y clínicos acerca de nuestro cerebro, su
capacidad de crecimiento, el desarrollo de habilidades del pensamiento se ubica dentro
de la nueva ciencia denominada Neurofisiología del Aprendizaje, estos alcances en el
desarrollo de las habilidades del pensamiento en este milenio son ilimitadas por lo que se
podría decir que ningún maestro de nuestro tiempo quedará realmente capacitado dentro
de su ejercicio didáctico y pedagógico si no conoce estos temas que son el fundamento
de las nuevas ciencias destinadas a la educación, para encontrar los métodos que
permitan un mejoramiento de la calidad educativa en las áreas de la adquisición de
conocimiento, aprendizaje, así como el aprovechamiento del capital intelectual.
Un programa que avala la neurofisiología es La Kinesiología Educativa, sistema de
aprendizaje y enseñanza integral desarrollado para alcanzar la excelencia en el
aprendizaje, la comunicación e integración mente-cuerpo y el óptimo rendimiento
intelectual, Día con día nos vemos en la necesidad de ser más competitivos, y a
responder de manera más efectiva a los retos que se nos presentan continua e
inesperadamente; nos vemos en la obligación de aprender cosas nuevas para poder tener
una comprensión más profunda de nosotros mismos y del mundo que nos rodea, tenemos
la necesidad de buscar apoyos, métodos, que estén a la vanguardia de las exigencias de
nuestro mundo actual.
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Hoy por hoy debemos de tener la capacidad de aprender y de desaprender, el aprendizaje
es continuo a lo largo de nuestra vida, puede ser simple o complejo, y el responsable de
este proceso es nuestro cerebro, éste órgano poderoso y complejo. Es una máquina que:
procesa, almacena, idea, imagina, recuerda y aprende.
Cada nervio y célula es una red que contribuye a nuestra inteligencia y a nuestra
capacidad de aprender; es evidente que esto es un proceso fisiológica y que es
importante que comprendamos la relación cerebro-cuerpo y veamos la trascendencia del
movimiento como la clave del aprendizaje, utilizando ejercicios que nos ayuden a acceder
a partes de nuestro cerebro agudizando el intelecto y abriendo los ojos a nuevas formas
de pensamiento.
Así como podemos fortalecer y tonificar el cuerpo humano desarrollando sus músculos
con el culturismo, también el cerebro puede ser fortalecido y agudizado con un programa
constructor. La psicología y Neurociencias aspiran a estudiar la relación del cerebro y
sistema nerviosos con la conducta, desde los procesos neurales básicos y funcionales
hasta la especialización cortical.
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MARCO FILOSOFICO.
FILOSOFÍA DE LA UNIVERSIDAD DE NUEVO LEÓN “EMILIANO ZAPATA”:
La filosofía de la Universidad “Emiliano Zapata”, se basa en el objetivo de fomentar, crear,
preservar y difundir la ciencia, la técnica, la cultura y las artes en su más amplio sentido
en beneficio de la sociedad.
Su propósito fundamental es lograr la realización plena del hombre y la mujer mediante el
desarrollo de sus potencialidades, para tener acceso a una vida digna.
Propugna por una educación superior al alcance de aquellos que muestren capacidad e
interés por adquirir conocimientos, habilidades, destrezas y competencias que
transformen al individuo en un elemento socialmente útil, proactivo y dinámico, capaz de
engrandecer su comunidad y de elevar los índices de bienestar y desarrollo de Nuevo
León y México.
Ofrece una formación integral a través de promover, patrocinar, gestionar, organizar y
financiar convenios y acuerdos con instituciones públicas y privadas, nacionales y
extranjeras, mediante la realización de convenios de intercambio con instituciones
educativas, culturales y de salud, tanto del país como del exterior, complementa la
preparación técnica, científica y profesional de los alumnos en las diferentes áreas del
conocimiento.
Para cumplir con lo anterior, ha elaborado los planes y programas de estudios necesarios
para poder enviar al mercado laboral a individuos competitivos y con una amplia visión de
la realidad de un mundo globalizado. La atención personalizada y de alta calidad que la
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Universidad Emiliano Zapata proporciona a sus alumnos y a todo aquel que toma un
programa de estudio o tiene contacto con esta Institución, constituye un eje importante del
principal objetivo de la institución que es lograr la formación humana y profesional de
primer nivel de los educandos.
En un mundo donde los procesos no cesan de actualizarse y donde todo se transforma a
una velocidad inimaginable, la educación superior no puede quedar al margen del cambio
vertiginoso global.
Propugna por poner al alcance de las instituciones los hombres y mujeres que cuenten
con una formación integral, capaces de adaptarse a los cambios tan vertiginosos en
tecnología, procesos de negocios, recursos humanos e idiomas. Con este propósito la
Universidad Emiliano Zapata forma técnicos, profesionistas, tecnólogos y científicos
altamente competitivos y comprometidos con las necesidades económicas, sociales y
culturales del estado de Nuevo León y de México.
Desea así contribuir a ampliar la cobertura y atención de la educación superior en la
entidad, mediante la diversificación de la oferta de profesionales de alto nivel en los
diferentes campos del conocimiento.
El principio filosófico de crear, preservar y difundir la ciencia, innovar la tecnología y
difundir la cultura en beneficio de la sociedad, se refleja en los apoyos que ofrece a los
egresados de preparatoria que deseen dar continuidad a su preparación académica
Como institución de educación superior, la Universidad Emiliano Zapata tiene como
propósito fundamental lograr la realización plena del hombre y de la mujer, mediante el
desarrollo de sus potencialidades y la adquisición de conocimientos, habilidades,
destrezas y competencias que les permitan tener acceso a una vida digna y contribuir al
crecimiento y desarrollo de Nuevo León y de México.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Ofrecer e impartir educación en el nivel superior y de postgrado a personas con capacidad
y disposición de estudio, constituye la parte central de los objetivos de la Universidad
Emiliano Zapata en su misión de preparar hombres y mujeres útiles, al servicio de la
sociedad y de la patria.
Para cumplir su misión, la Universidad Emiliano Zapata patrocina, fomenta, organiza y
realiza la investigación y la extensión universitarias en todas sus vertientes y realiza
convenios con otras instituciones educativas, culturales y de salud, para complementar la
preparación técnica, científica y profesional de los alumnos.
Paralelamente, se preocupa por contar con todas las instalaciones y equipamiento
necesarios para que los estudiantes desarrollen íntegramente sus facultades físicas,
recreativas y deportivas, de manera que estas condiciones se mantengan en armonía con
su desarrollo intelectual y moral dentro del campus universitario.
En un mundo donde todo está en cambio continuo, donde todo se transforma a una
velocidad inimaginable, la educación no puede quedar al margen. Es por ello que la
Universidad Emiliano Zapata está empeñada en preparar y entregar a la comunidad
profesionales capacitados para interpretar desde una perspectiva integral la problemática
social.
Los profesionistas egresados estarán debidamente preparados para intervenir en los
procesos sociales orientados a la satisfacción de las necesidades que presenten la
comunidad, el estado y el país.
Esto como resultado del propósito general es formar técnicos, profesionistas, científicos y
tecnólogos altamente competitivos y comprometidos con las necesidades económicas,
sociales y culturales de Nuevo León en lo particular y de México en lo general.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Los esfuerzos tanto Nacionales como Internacionales dirigidos hacia la certificación de
ciertas y diversas herramientas para solucionar la problemática social actual, hablan de la
importancia a futuro y la permanencia en el tiempo de la actividad profesional en salud.
Integrar todos los componentes éticos y tecnológicos de esa especialidad, con carácter
pertinente y en mejora constante, es una de las intenciones de la Universidad Emiliano
Zapata al elaborar las propuestas del currículo de la Licenciatura en Psicología y
Neurociencias.
La Universidad Emiliano Zapata desea así contribuir a ampliar la cobertura y atención de
la educación superior en Nuevo León, con planes y programas de estudio que respondan
a las demandas de los estudiantes y de los sectores productivo y social.
Misión de la Universidad Emiliano Zapata.
La Universidad Emiliano Zapata tiene como misión formar, con un alto nivel de
preparación académica, tanto teórica como práctica, Técnicos, Profesionistas, Científicos
y Tecnólogos altamente competitivos y comprometidos con las necesidades económicas,
sociales y culturales de Nuevo León y de México.
Visión de la Universidad Emiliano Zapata.
Deseamos contribuir a ampliar la cobertura y atención de la educación superior en el
Estado de Nuevo León. Diversificando la oferta educativa de educación superior en el
mismos Estado de con planes y programas de estudio que respondan a las demandas
de los estudiantes y de los sectores productivo y social, y Crear, preservar y difundir la
ciencia, la cultura y la innovación tecnológica en beneficio de la sociedad.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
Misión y Visión del Plan y Programas de estudio de la Licenciatura en Psicología
y Neurociencias.
Misión de la Licenciatura en Psicología y Neurociencias.
La misión de la Universidad Emiliano Zapata en el Programa de la Licenciatura en
Psicología y Neurociencias es formar profesionales competentes, humanos, sensibles
ante la necesidad de los demás con un compromiso social y preocupación por el bienestar
de los demás; con valores, interesados en la relación del cerebro y sistema nervioso con
la conducta.
Visión de la Licenciatura en Psicología y Neurociencias.
Ser la mejor Institución de Psicología y Neurociencias líder en la formación de
profesionistas en la salud, incluyente, de bajo costo y de oportunidad a aquellos que
menos tienen, que se encuentre a la vanguardia en los ámbitos local, regional, Nacional e
Internacional.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
MARCO NORMATIVO.
Marco Normativo
El ejercicio de psicología y Neurociencias se apega a los aspectos legales de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., así como la legislación en
profesiones, la Ley General de Salud, la Ley de Salud del estado de Nuevo León, y el
Código Penal.
En este contexto la Universidad Emiliano Zapata, es una institución educativa privada en
el Estado de Nuevo León, cuyas tareas fundamentales son impartir educación de calidad
a nivel medio, medio superior, superior y de posgrado, generar conocimiento científico,
tecnológico y humanista, así como la socialización del mismo, mediante la divulgación de
la ciencia, la tecnología, el arte y la cultura.
Estas funciones se encuentran reguladas por:
-Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
-Ley General de Educación
-Constitución Política del Estado de Nuevo León.
-Ley de educación del Estado de Nuevo León
-Ley General de Salud
-Acuerdo 079
-Acuerdo 011
-Normatividad de Organismos que reglamentan la profesión
-Ley orgánica y Reglamento académico y del personal de la Universidad Emiliano Zapata
-Los lineamientos que rigen las relaciones laborales docentes administrativas del
Sindicato del Personal Académico por medio de los Contratos Colectivos de Trabajo.
-Reglamento Interno del Programa Académico de Licenciatura
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” A continuación se señalan los párrafos que sustentan legalmente la formación en esta
área profesional.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
EL ARTÍCULO 3º afirma que: Todo individuo tiene derecho a recibir educación.
El Estado-federación, estados, Distrito Federal y municipios-, impartirá educación
preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria
conforman la educación básica obligatoria.
La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las
facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia
de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.
I.- Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por
tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;
II.- El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso
científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y
los prejuicios.
Además:
Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura
jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante
mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.
Será nacional, en cuanto -sin hostilidades ni exclusivismos- atenderá a la comprensión de
nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra
independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la
continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura, y Contribuirá a la mejor convivencia
humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del
interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales
de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de
razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos;
III.- Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el
Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación
preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el
Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y
del Distrito Federal, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la
educación, en los términos que la ley señale.
IV.- Toda educación que el Estado imparta será gratuita;
V.- Además de impartir la educación preescolar, primaria y secundaria señaladas en el
primer párrafo, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos -
incluyendo la educación inicial y a la educación superior- necesario para el desarrollo de
la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y
difusión de nuestra cultura.
VI.- Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. En los
términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez
oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la educación
preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares deberán:
-Impartir la educación con apego a los mismos fines y criterios que establecen el segundo
párrafo y la fracción II, así como cumplir los planes y programas a que se refiere la
fracción III, y
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” -Obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público, en los
términos que establezca la ley;
VII.- Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley
otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas;
realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios
de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y
discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de
ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su
patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del
administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los
términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las
características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la
autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta
fracción se refiere; y
VIII.- El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la
República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social
educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones
económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables
a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo
mismo que a todos aquellos que las infrinjan.
EL ARTÍCULO 4° Capítulo I De los Derechos Humanos y sus Garantías menciona que el
varón y la mujer son iguales ante la ley, esta protegerá la organización y el desarrollo de
la familia.
EL ARTÍCULO 5° establece que la Ley determinará en cada Estado cuáles son las
profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para
obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo. Nadie podrá ser obligado a prestar
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo
impuesto como pena por la autoridad judicial, el cual se ajustará a lo dispuesto en las
fracciones I y II del artículo 123.
Ley General de Educación
En sus artículos primero, séptimo, cincuenta y cuatro y cincuenta y cinco expresan:
ARTICULO 1o.- Esta Ley regula la educación que imparten el Estado -Federación,
entidades federativas y municipios-, sus organismos descentralizados y los particulares
con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. Es de observancia
general en toda la República y las disposiciones que contiene son de orden público e
interés social.
La función social educativa de las universidades y demás instituciones de educación
superior a que se refiere la fracción VII del artículo 3o. de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, se regulará por las leyes que rigen a dichas instituciones.
ARTICULO 2°.- Todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los
habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al Sistema Educativo
Nacional, con solo satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones generales
aplicables. La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la
cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la
transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de
conocimientos y para formar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad
social.
En el proceso educativo deberá asegurarse la participación activa del educando,
estimulando su iniciativa y su sentido de responsabilidad social, para alcanzar los fines a
que se refiere el artículo 7o.
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ARTICULO 7o.- La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y
los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios
tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes:
I.- Contribuir al desarrollo integral del individuo, para que ejerza plenamente sus
capacidades humanas;
II.- Favorecer el desarrollo de facultades para adquirir conocimientos, así como la
capacidad de observación, análisis y reflexión críticos;
III.- Fortalecer la conciencia de la nacionalidad y de la soberanía, el aprecio por la historia,
los símbolos patrios y las instituciones nacionales, así como la valoración de las
tradiciones y particularidades culturales de las diversas regiones del país;
IV.- Promover mediante la enseñanza el conocimiento de la pluralidad lingüística de la
Nación y el respeto a los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas.
Los hablantes de lenguas indígenas, tendrán acceso a la educación obligatoria en su
propia lengua y español.
V.- Infundir el conocimiento y la práctica de la democracia como la forma de gobierno y
convivencia que permite a todos participar en la toma de decisiones al mejoramiento de la
sociedad;
VI.- Promover el valor de la justicia, de la observancia de la Ley y de la igualdad de los
individuos ante ésta, así como propiciar el conocimiento de los Derechos Humanos y el
respeto a los mismos;
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” VII.- Fomentar actitudes que estimulen la investigación y la innovación científicas y
tecnológicas;
VIII.- Impulsar la creación artística y propiciar la adquisición, el enriquecimiento y la
difusión de los bienes y valores de la cultura universal, en especial de aquellos que
constituyen el patrimonio cultural de la Nación;
IX.- Estimular la educación física y la práctica del deporte;
X.- Desarrollar actitudes solidarias en los individuos, para crear conciencia sobre la
preservación de la salud, la planeación familiar y la paternidad responsable, sin
menoscabo de la libertad y del respeto absoluto a la dignidad humana, así como propiciar
el rechazo a los vicios;
XI.- Inculcar los conceptos y principios fundamentales de la ciencia ambiental, el
desarrollo sustentable así como de la valoración de la protección y conservación del
medio ambiente como elementos esenciales para el desenvolvimiento armónico e integral
del individuo y la sociedad.
XII.- Fomentar actitudes solidarias y positivas hacia el trabajo, el ahorro y el bienestar
general.
ARTÍCULO 11.- La aplicación y la vigilancia del cumplimiento de esta Ley corresponden a
las autoridades educativas de la federación, de las entidades federativas y de los
municipios, en los términos que la propia ley establece.
Para efectos de la presente Ley, se entenderá por:
I.- Autoridad Educativa Federal, o Secretaría, a la Secretaría de Educación Pública de la
Administración Pública Federal;
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II.- Autoridad educativa local al ejecutivo de cada uno de los estados de la federación, así
como a las entidades que, en su caso, establezcan para el ejercicio de la función social
educativa, y
III.- Autoridad educativa municipal al ayuntamiento de cada municipio
Capítulo II del federalismo educativo
Sección primera de la distribución de la función social educativa
ARTÍCULO 15.-El ayuntamiento de cada municipio podrá, sin perjuicio de la concurrencia
de las autoridades educativas federales y locales, promover y prestar servicios educativos
de cualquier tipo o modalidad. También podrá realizar actividades de las enumeradas en
las fracciones V a VIII del Artículo 14. El gobierno de cada entidad federativa promoverá la
participación directa del ayuntamiento para dar mantenimiento y proveer de equipo básico
a las escuelas públicas estatales y municipales. El gobierno de cada entidad federativa y
los ayuntamientos podrán celebrar convenios para coordinar o unificar sus actividades
educativas y cumplir de mejor manera las responsabilidades a su cargo.
Sección tercera. Del financiamiento a la educación
ARTÍCULO 27.- En el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos anteriores de esta
sección, el ejecutivo federal y el gobierno de cada entidad federativa tomarán en cuenta el
carácter prioritario de la educación pública para los fines del desarrollo nacional. En todo
tiempo procurarán fortalecer las fuentes de financiamiento a la tarea educativa y destinar
recursos presupuestarios crecientes, en términos reales, para la educación pública.
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Sección cuarta. De la evaluación del sistema educativo nacional
ARTÍCULO 31.- Las autoridades educativas darán a conocer a los maestros, alumnos,
padres de familia y a la sociedad en general, los resultados de las evaluaciones que
realicen, así como la demás información global que permita medir el desarrollo y los
avances de la educación en cada entidad federativa.
Capítulo III de la equidad en la educación
ARTÍCULO 32.- Las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer
condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo,
una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades
de acceso y permanencia en los servicios educativos. Dichas medidas estarán dirigidas,
de manera preferente, a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que
enfrenten condiciones económicas y sociales de desventaja
Capítulo IV del proceso educativo
Sección segunda. De los planes de estudio
ARTÍCULO 47.-Los contenidos de la educación serán definidos en planes y programas de
estudio. En los planes de estudio deberán establecerse:
I.- Los propósitos de formación general y, en su caso, de adquisición de las habilidades y
las destrezas que correspondan a cada nivel educativo;
II.- Los contenidos fundamentales de estudio, organizados en asignaturas u otras
unidades de aprendizaje que, como mínimo, el educando deba acreditar para cumplir los
propósitos de cada nivel educativo;
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III.- Las secuencias indispensables que deben respetarse entre las asignaturas o
unidades de aprendizaje que constituyen un nivel educativo, y
IV.- Los criterios y procedimientos de evaluación y acreditación para verificar que el
educando cumple los propósitos de cada nivel educativo.
En los programas de estudio deberán establecerse los propósitos específicos de
aprendizaje de las asignaturas u otras unidades de aprendizaje dentro de un plan de
estudios, así como los criterios y procedimientos para evaluar y acreditar su cumplimiento.
Podrán incluir sugerencias sobre métodos y actividades para alcanzar dichos propósitos.
Sección segunda. De los planes de estudio
ARTÍCULO 49.- El proceso educativo se basará en los principios de libertad y
responsabilidad que aseguren la armonía de relaciones entre educandos y educadores y
promoverá el trabajo en grupo para asegurar la comunicación y el diálogo entre
educandos, educadores, padres de familia e instituciones públicas y privadas.
Capítulo 5
ARTÍCULO 54.- Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y
modalidades.
Por lo que concierne a la educación primaria, la secundaria, la normal y demás para la
formación de maestros de educación básica, deberán obtener previamente, en cada caso,
la autorización expresa del Estado. Tratándose de estudios distintos de los antes
mencionados, podrán obtener el reconocimiento de validez oficial de estudios.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” La autorización y el reconocimiento serán específicos para cada plan de estudios. Para
impartir nuevos estudios se requerirá, según el caso, la autorización o el reconocimiento
respectivos.
La autorización y el reconocimiento incorporan a las instituciones que los obtengan,
respecto de los estudios a que la propia autorización o dicho reconocimiento se refieren,
al sistema educativo nacional.
ARTÍCULO 55.- Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios se
otorgarán cuando los solicitantes cuenten:
I.- Con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación y, en su
caso, satisfagan los demás requisitos a que se refiere el artículo 21;
II.- Con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de seguridad y
pedagógicas que la autoridad otorgante determine. Para establecer un nuevo plantel se
requerirá, según el caso, una nueva autorización o un nuevo reconocimiento, y
III.- Con planes y programas de estudio que la autoridad otorgante considere procedentes,
en el caso de educación distinta de la primaria, la secundaria, la normal y demás para la
formación de maestros de educación básica.
Capítulo VI de la validez oficial de estudios y de la certificación de conocimientos
ARTÍCULO 60.- Los estudios realizados dentro del Sistema Educativo Nacional tendrán
validez en toda la república.
Las instituciones del Sistema Educativo Nacional expedirán certificados y otorgaran
constancias, diplomas, títulos o grados académicos a las personas que hayan concluido
estudios de conformidad con los requisitos establecidos en los planes y programas de
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” estudio correspondientes. Dichos certificados, constancias, diplomas, títulos y grados
tendrán validez en toda la republica.
La Secretaría promoverá que los estudios con validez oficial en la República sean
reconocidos en el extranjero.
ARTÍCULO 62.- Los estudios realizados dentro del Sistema Educativo Nacional podrán,
en su caso, declararse equivalentes entre sí por niveles educativos, grados escolares,
asignaturas u otras unidades de aprendizaje, según lo establezca la regulación respectiva.
Ley General de Salud
En la Ley General de Salud título 2º, capítulo I, artículo 7º, fracción XII, y título 4º capítulo
III brinda el marco legal para esta licenciatura que explicita lo siguiente:
XII. Coadyuvar a que la formación y distribución de los recursos humanos para la salud
sea congruente con las prioridades del Sistema Nacional de Salud.
Capítulo III Formación, Capacitación y Actualización del Personal
ARTÍCULO 89.- Las autoridades educativas, en coordinación con las autoridades
sanitarias y con la participación de las instituciones de educación superior, recomendarán
normas y criterios para la formación de recursos humanos para la salud.
Las autoridades sanitarias, sin perjuicio de la competencia que sobre la materia
corresponda a las autoridades educativas y en coordinación con ellas, así como con la
participación de las instituciones de salud, establecerán las normas y criterios para la
capacitación y actualización de los recursos humanos para la salud.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” ARTÍCULO 90.- Corresponde a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades
federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, sin perjuicio de las atribuciones
de las autoridades educativas en la materia y en coordinación con éstas:
I. Promover actividades tendientes a la formación, capacitación y actualización de los
recursos humanos que se requieran para la satisfacción de las necesidades del país en
materia de salud;
II. Apoyar la creación de centros de capacitación y actualización de los recursos humanos
para la salud;
III. Otorgar facilidades para la enseñanza y adiestramiento en servicio dentro de los
establecimientos de salud, a las instituciones que tengan por objeto la formación,
capacitación o actualización de profesionales, técnicos y auxiliares de la salud, de
conformidad con las normas que rijan el funcionamiento de los primeros.
ARTÍCULO 91.- La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en
sus respectivos ámbitos de competencia, coadyuvarán con las autoridades e instituciones
educativas, cuando éstas lo soliciten, en:
I. El señalamiento de los requisitos para la apertura y funcionamiento de instituciones
dedicadas a la formación de recursos humanos para la salud, en los diferentes niveles
académicos y técnicos.
II. En la definición del perfil de los profesionales para la salud en sus etapas de formación.
ARTÍCULO 92.- Las Secretarías de Salud y de Educación Pública y los gobiernos de las
entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, impulsarán y
fomentarán la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos para los
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” servicios de salud, de conformidad con los objetivos y prioridades del Sistema Nacional de
Salud, de los sistemas estatales de salud y de los programas educativos.
ARTÍCULO 94.- Cada institución de salud, con base en las normas oficiales mexicanas
que emita la Secretaría de Salud establecerá las bases para la utilización de sus
instalaciones y servicios en la formación de recursos humanos para la salud.
ARTÍCULO 95.- Los aspectos docentes del internado de pregrado y de las residencias de
Especialización, se regirán por lo que establezcan las instituciones de educación superior,
de conformidad con las atribuciones que les otorguen las disposiciones que rigen su
organización y funcionamiento y lo que determinen las autoridades educativas
competentes.
La operación de los programas correspondientes en los establecimientos de salud, se
llevará a cabo de acuerdo a los lineamientos establecidos por cada una de las
instituciones de salud y lo que determinen las autoridades sanitarias competentes.
Ley General de Profesiones
Capítulo I.- Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1.- La presente ley es reglamentaria de los artículos 5º y 121 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con relación al ejercicio de las
profesiones.
Sus disposiciones serán aplicables en el Distrito Federal, para asuntos del orden común, y
en toda la República en asuntos del orden federal, considerando los ámbitos de
competencia establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Su aplicación y el cuidado de su observancia estarán a cargo de los Poderes Ejecutivos,
tanto federal como local, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, en los
términos que ella misma lo establece. Artículo 2.- Esta ley tiene por objeto regular y
distribuir convenientemente las acciones de la función controladora del ejercicio
profesional entre las autoridades federales y locales, así como prescribir la manera de
probar los actos, registros y procedimientos que dentro de dicha función se realicen.
Artículo 3.- Los actos, registros y procedimientos que integran la función controladora del
ejercicio profesional, son aquellos que tiendan a:
I.- Establecer las condiciones que se deben cubrir para la obtención de un título
profesional o de un diploma de especialización, habilitantes para el ejercicio de cualquiera
de las profesiones señaladas por esta ley, en los términos del párrafo segundo del artículo
5º constitucional;
II.- Establecer las acciones concretas, con el propósito de vigilar que el ejercicio
profesional se desarrolle con un claro propósito de servir al interés de la sociedad y dentro
de los planos de ética que marquen los colegios de profesionistas en sus códigos
respectivos; y
III.- Establecer las medidas protectoras de los derechos de los profesionistas, en lo que
corresponde a su ejercicio profesional.
ARTÍCULO 4.- Para los efectos de esta ley, se considera como profesionista a toda
persona que haya obtenido un título profesional o un diploma de especialización, de
conformidad con lo dispuesto por la misma.
ARTÍCULO 5.- En caso de conflicto entre los intereses individuales y los de la sociedad,
la presente ley será interpretada y aplicada a favor de esta última.
Capítulo II.- Del registro público para el ejercicio profesional.
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ARTÍCULO 6.- En cada entidad federativa habrá un registro público para el ejercicio
profesional que se organizará de conformidad con las leyes que al efecto expidan sus
respectivos Congresos.
En el Distrito Federal, dicho registro estará a cargo de la Dirección General de
Profesiones, dependiente de la Secretaría de Educación Pública federal, operará de
acuerdo a lo preceptuado en esta ley como registro público para el Distrito Federal,
además de conformar el Sistema Nacional de Profesiones con la información propia y la
que reciba de las entidades federativas.
El registro comprenderá las siguientes secciones:
a) Sección primera. Destinada a la inscripción de las instituciones facultadas para la
expedición de títulos profesionales y diplomas de especialización, así como de maestría y
doctorado, dentro del Distrito Federal. En esta misma sección, deberán inscribirse las
instituciones que operen a través de planteles diseminados en dos o más entidades
federadas, sin perjuicio de sus respectivos registros locales. b) Sección segunda. Tendrá
por objeto la inscripción de los títulos profesionales y diplomas de expedidas conforme a
lo dispuesto en esta ley.
Sección tercera.- Para la inscripción de los grados de maestría y doctorado igualmente
expedidos dentro del Distrito Federal;
Sección cuarta.- Destinada a inscribir las autorizaciones provisionales para el ejercicio
profesional que se otorguen en arreglo a la presente ley;
Sección quintal.- Para la inscripción de los colegios de profesionistas que actúen dentro
del Distrito Federal.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” En esta misma sección deberán registrarse los colegios de carácter nacional y las
federaciones de colegios, sin perjuicio de los registros que a nivel Local deban tener sus
capítulos, representaciones o delegaciones, de acuerdo a las leyes aplicables en las
entidades federativas, según sea el caso; y
Sección sexta.- Relativa a la integración del Sistema Nacional de Profesiones, que estará
integrado por las siguientes secciones:
I.- Registro Nacional de Profesionistas.
II.- Registro Nacional de Colegios de Profesionistas.
III.- Registro Nacional de Instituciones facultadas para la expedición de títulos y diplomas
de especialización que habiliten para el ejercicio profesional.
Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las
profesiones.
Capítulo I.- Disposiciones generales
ARTÍCULO 1o.- Título profesional es el documento expedido por instituciones del Estado
o descentralizadas, y por instituciones particulares que tenga reconocimiento de validez
oficial de estudios, a favor de la persona que haya concluido los estudios
correspondientes o demostrado tener los conocimientos necesarios de conformidad con
esta Ley y otras disposiciones aplicables.
ARTÍCULO 2o.- Las leyes que regulen campos de acción relacionados con alguna rama o
especialidad profesional, determinarán cuáles son las actividades profesionales que
necesitan título y cédula para su ejercicio.
ARTÍCULO 3o.- Toda persona a quien legalmente se le haya expedido título profesional o
grado académico equivalente, podrá obtener cédula de ejercicio con efectos de patente,
previo registro de dicho título o grado.
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Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional relativo al
ejercicio de las profesiones.
Capítulo I.- DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.-Las disposiciones de la Ley Reglamentaria del artículo 5° constitucional
regirán:
1 En el Distrito Federal en asuntos del fuero común:
2 En toda la República en los asuntos del orden federal siguientes:
Al ejercicio profesional ante las autoridades federales, excepto las materias excluidas
por la Ley;
El ejercicio profesional que se haga en actividades reguladas por una ley federal,
excepto cuando el asunto sea de jurisdicción concurrente y conozca de él la autoridad
local o para cumplir requisitos exigidos por una ley federal.
ARTÍCULO 2.-Las autoridades federales y las del Distrito Federal antes de expedir
cualquier nombramiento o de otorgar una comisión para el desempeño de alguna
actividad de las comprendidas en los artículos 2° y segundo transitorio de la Ley, deberán
cerciorarse de que la persona designada posee título profesional debidamente requisitado
conforme a este Reglamento.
ARTÍCULO 3.- Las mismas condiciones deberán reunirse tratándose de nombramientos
de auxiliares de la administración de justicia o de peritos que dictaminen respecto de las
materias a que se refiere el artículo anterior.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” ARTÍCULO 4.- El cumplimiento de las obligaciones impuestas por la Ley y por este
Reglamento, no exceptúa a los profesionistas de satisfacer otras obligaciones que les
imponga una ley federal
CAPITULO III
TRAMITACIÓN ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONES
ARTÍCULO 14.- Para obtener el registro de un título profesional o grado académico, el
interesado deberá presentar en la Dirección General de Profesiones una solicitud en la
que, bajo protesta de decir verdad, declarará:
I. Su nombre, sexo, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad y domicilio;
II. Número de su Registro Federal de Causante, en su caso;
III. Datos sobre los estudios profesionales acreditados:
Nombre y domicilio de la institución que le otorgó el título o grado. Al efecto se deberá
señalar si ésta es federal, estatal, descentralizada o particular con autorización o con
reconocimiento de validez oficial de estudios;
Fecha en que acreditó dichos estudios y, en su caso, la del examen profesional o de
grado, y
IV. Servicio social que se haya prestado como requisito previo para obtener el título o
grado.
ARTÍCULO 15.- A la solicitud a que se refiere el artículo anterior, el interesado deberá
acompañar lo siguiente:
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” I. Certificados de educación secundaria y de bachillerato o equivalentes, cuando se trate
de estudios profesionales tipo medio;
II. Certificados de estudios de tipo medio y profesionales de licenciatura, maestría o
doctorado, cuando se trate de tipo superior;
III. Acta de examen profesional o de grado, o constancia de que no es exigible dicho
examen;
IV. Original del título profesional o grado académico;
V. Dos copias fotostáticas del título o grado;
VI. Certificación expedida por la institución que le otorgó el título o grado, en la que se
haga constar que el interesado protestó el servicio social en los términos del artículo 55
de la Ley;
VII. Información necesaria en caso de desaparición de las instituciones educativas donde
hayan realizado los estudios y certificación de esa circunstancia expedida por la autoridad
correspondiente;
VIII. Información necesaria en caso de desaparición, mutilación o destrucción de los
documentos o archivos escolares y constancia relativa expedida por autoridad
competente;
IX. Documento que acredite su identidad y nacionalidad:
Mexicanos por nacimiento, copia certificada del acta de nacimiento. Si se careciere de
este documento, se podrá demostrar esta calidad por otros medios de prueba bastantes a
juicio de la Dirección;
Personas que hayan optado por la nacionalidad mexicana, certificado de nacionalidad o
carta de naturalización, en su caso. Los nacidos en territorio de la República de padre o
madre extranjero y los nacidos en el extranjero de padres mexicanos, de padre mexicano
o de madre mexicana, deberán acreditar su nacionalidad mexicana en los términos que
señala el artículo 57 de la Ley de Nacionalidad y Naturalización, y su Reglamento;
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Extranjeros, copia certificada de su acta de nacimiento, debidamente legalizada y copia
fotostática certificada de su documentación migratoria, y
X. Dos retratos.
ARTÍCULO 16.- En su caso de imposibilidad de obtener esas certificaciones o cuando se
trate de estudios hechos antes de la vigencia de este Reglamento en escuelas que no
hayan pertenecido al sistema educativo oficial, se recibirá a los interesados cualquier
prueba, cuya calificación será hecha por la Dirección General de profesiones.
ARTÍCULO 17.- Cuando la Dirección General de profesiones careciere de información
suficiente de la escuela o institución en que el interesado hubiere hecho sus estudios,
éste queda obligado a proporcionar las pruebas conducentes y a comprobar la eficacia de
los mismos.
ARTÍCULO 18.- La solicitud será turnada a un perito dictaminar de la Dirección General
de Profesiones que revisará la documentación y una vez que obtenga la integración del
expediente, opinará sobre la procedencia o improce4dencia del registro. Este dictamen se
turnará al Director de profesiones para que ordene lo procedente. El mismo procedimiento
se seguirá respecto de las solicitudes de inscripción de escuelas o colegios de
profesionistas.
ARTÍCULO 19.- La Dirección General de Profesiones está obligada a poner en
conocimiento de las autoridades competentes las irregularidades que encuentre en la
documentación que se le exhiba.
ARTÍCULO 20.- Las autoridades y particulares están obligados a facilitar a la Dirección
General de profesiones todos los datos y documentos que se les soliciten en relación con
las funciones que se le encomienden por la Ley y por este Reglamento; y para hacer
cumplir sus determinaciones, podrá aplicar los medios de apremio que establece el
Código Federal de procedimientos Civiles.
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ARTÍCULO 21.- Los tribunales del ramo penal, bajo su más estricta responsabilidad,
comunicarán a la Dirección General de Profesiones los autos de formal prisión y
sentencias que pronuncien afectando, en cualquier forma, a profesionistas, escuelas o
colegios de profesionistas.
CAPITULO IV.- DEL REGISTRO
ARTÍCULO 22.- Deberán inscribirse en la Dirección General de profesiones:
I. Las escuelas que impartan educación profesional;
II.Los colegios de profesionistas;
III. Los títulos profesionales y los grados académicos;
IV. Los convenios que celebre el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de
Educación Pública, relativos al ejercicio profesional;
V. Las resoluciones judiciales y arbitrales y demás actos y documentos que en cualquier
forma afecten a instituciones educativas, colegios de profesionistas o profesionistas, y
VI. Todos los actos que deban anotarse por disposición de la Ley de autoridad
competente.
ARTÍCULO 23.- Los actos y documentos que en los términos de la Ley de este
Reglamento deban inscribirse y no se registren, no podrán producir perjuicio a tercero.
ARTÍCULO 24.- Las inscripciones no prejuzgan ni convalidan actos o documentos que,
conforme a la
Ley, resulten nulos.
ARTÍCULO 25.- El archivo del registro será público y el Director de Profesiones está
obligado a expedir certificaciones de las constancias del mismo, cuando así se le solicite
por escrito.
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ARTÍCULO 26.- El registro surtirá sus efectos a partir de la fecha en que se realice la
inscripción correspondiente.
ARTÍCULO 27.- La inscripción podrá solicitarse por todo aquél que tenga interés legítimo
en asegurar el derecho cuyo registro se pida.
ARTÍCULO 28.- La inscripción de una escuela no implica el reconocimiento de validez de
los estudios que en ella se hagan.
ARTÍCULO 32.- Una vez realizada la inscripción de un título profesional o grado
académico, se entregará al profesionista de nacionalidad mexicana la cédula personal
correspondiente, con efectos de patente para el ejercicio profesional y para su identidad
en sus actividades profesionales. En esta cédula aparecerá el retrato y la firma del
profesionista.
CAPITULO V.- DEL EJERCICIO PROFESIONAL
ARTÍCULO 45.- Salvo los casos en que la ley indique expresamente lo contrario los
aranceles regirán únicamente para el caso en que no haya habido convenio entre el
profesionista y su cliente, que regule los honorarios.
ARTÍCULO 46.- Cuando no hubiere contrato celebrado y se trate de trabajos no
comprendidos en los aranceles, la prestación del servicio se regirá por la ley particular
aplicable al caso, y en su defecto, por la primera parte del artículo 2607 del Código Civil
para el Distrito Federal en materia común y para todo la República en materia federal.
Artículo 47.- Cuando en caso de urgencia inaplazable se requieran los trabajos de un
profesionista en un lugar distinto de aquel en que ejerce su profesión, deberá valerse de
los medios usuales de transporte, con cargo al cliente, y si eso no fuere posible, por la
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” urgencia especial del caso o lo extraordinario de este, el cliente está obligado a
proporcionarle los medios para su traslado al lugar necesario, así como los medios de
seguridad adecuados.
Artículo 48. Para los efectos del artículo 34 de la Ley se entenderá por procedimiento
secreto aquel en el cual intervengan únicamente las partes y sus representantes y los
auxiliarse; sin que el juicio respectivo pueda mostrarse a ninguna otra persona. Tampoco
deberán expedirse copias certificadas de las constancias del mismo sino a las partes, en
casos excepcionales a juicio y bajo la responsabilidad del juzgador.
Artículo 49. Cuando se controvirtiere entre el cliente y el profesionista sobre su servicio el
servicio prestado por este, y el laudo arbitral o la resolución judicial que se pronuncien en
su caso, fueren contrarios parcialmente al profesionista, las mismas resoluciones fijarán
las bases de los honorarios que aquel deba percibir y las de los daños y perjuicios que
resulten a su cargo.
Artículo 50. No quedan sujetas a la ley las prácticas que hagan los estudiantes como
parte de sus cursos escolares y bajo la dirección y vigilancia de sus maestros.
Artículo 51. Se entiende por pasante al estudiante que ha concluido el primer año de la
carrera en la de dos años, el segundo en las de tres y cuatro años, y el tercero en las de
mayor duración.
Artículo 52. La práctica profesional de los pasantes se autorizará por la Dirección General
de profesiones cuando se satisfagan los requisitos siguientes:
Ser alumno actual de un plantel profesional;
Haber concluido el primer año de la carrera en las de dos años, el segundo en las de tres
y cuatro años y el tercero en las de mayor duración;
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Ser de buena conducta;
No tener más de un año de concluido los estudios;
Poseer la competencia necesaria siendo presunción contraria a ella el tener un promedio
inferior a 7;
Someterse al consejo y dirección de un profesionista con título requisitado conforme a la
ley.
Del servicio social de estudiantes y profesionistas
Artículo 85. El servicio social de los estudiantes quedará al cuidado y responsabilidad de
las escuelas de enseñanza profesional, conforme a sus planes de estudios.
Artículo 86. Los Colegios de Profesionistas deberán contener en sus estatutos las normas
generales con arreglo a las cuales sus miembros han de prestar el servicio social, cuya
duración no será menor de un año.
Artículo 87. Cada año, durante el mes de enero, los Colegios de Profesionistas darán a
conocer a la Dirección General de Profesiones cuáles son los servicios sociales que
prestarán cada uno de sus miembros y el cumplimiento que se haya dado al servicio
social durante el año anterior y de los resultados obtenidos.
Artículo 88. En tanto se expide el reglamento especial de servicio social de profesionistas
no colegiados, éstos deberán enviar, en el mes de enero de cada año, a la Dirección
General de Profesiones una declaración de la forma en que se propongan cumplir con el
servicio social y la comprobación de haberlo prestado durante el año anterior.
Artículo 89. Cuando el servicio social sea prestado a título gratuito por los profesionistas
habrá lugar a que se haga mención de ello en la hoja de sus servicios.
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Artículo 90. Si el servicio social no fuere cubierto por el profesionista, cualquiera que haya
sido la causa, se hará mención de ello en su hoja de servicios.
Artículo 91. Los estudiantes y profesionistas trabajadores de la Federación y del Gobierno
del Distrito Federal no estarán obligados a prestar ningún servicio social distinto del
desempeño de sus funciones. El que presenten voluntariamente dará lugar a que se haga
la anotación respectiva en su hoja de servicios.
Artículo 92. La obligación de presentar el servicio social incluye a todos los profesionistas
aun cuando no ejerzan la profesión.
Artículo 93. Los profesionistas sólo podrán dejar de presentar el servicio social por causa
de fuerza mayor. No excusa la falta de presentación del servicio social el que el
profesionista no haya recibido oferta o requerimiento especial para la prestación del
mismo, ni la falta de retribución, pues queda a cargo del profesionista poner toda la
diligencia necesaria para cumplir su obligación, a reserva de reclamar la retribución
respectiva de quien haya recibido el servicio, a no ser de que éste haya sido convenido
libremente por el profesionista a título gratuito.
Ley para la Coordinación de la Educación Superior
Capítulo I.- Disposiciones Generales
Artículo 1o.- La presente ley es de observancia general en toda la República y tiene por
objeto establecer bases para la distribución de la función educativa de tipo superior entre
la Federación, los Estados y los Municipios, así como prever las aportaciones económicas
correspondientes, a fin de coadyuvar al desarrollo y coordinación de la educación
superior.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Artículo 2o.- La aplicación de la presente ley corresponde a las autoridades de la
Federación, de los Estados y de los Municipios, en los términos que la misma establece.
A falta de disposición expresa de esta ley se aplicará supletoriamente la Ley Federal de
Educación.
Artículo 3o.- El tipo educativo superior es el que se imparte después del bachillerato o de
su equivalente. Comprende la educación normal, la tecnológica y la universitaria e incluye
carreras profesionales cortas y estudios encaminados a obtener los grados de
licenciatura, maestría y doctorado, así como cursos de actualización y especialización.
Capítulo II.- Coordinación y distribución
Artículo 18.- Los certificados, diplomas, títulos y grados académicos que expidan los
particulares respecto de estudios autorizados o reconocidos requerirán de autenticación
por parte de la autoridad que haya concedido la autorización o reconocimiento o, en su
caso, del organismo público descentralizado que haya otorgado el reconocimiento.
La autoridad o el organismo público descentralizado que otorgue, según el caso, la
autorización o el reconocimiento será directamente responsable de la supervisión
académica de los servicios educativos respecto a los cuales se concedió dicha
autorización o reconocimiento.
Acuerdos secretariales
Acuerdo número 243.- Por el que se establecen las bases generales de autorización o
Reconocimiento de validez oficial de estudios.
Capítulo I.- Disposiciones generales
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Artículo 1o.- el presente acuerdo tiene por objeto establecer las bases generales a las que
se sujetará el trámite y otorgamiento de la autorización o el reconocimiento de validez
oficial de estudios que, en la modalidad escolarizada, impartan los particulares en
cualesquiera de los tipos y niveles educativos, así como los estudios de formación para el
trabajo, previstos en la ley.
Para el caso de la autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios en las
modalidades no escolarizada y mixta que señala el Artículo 46 de la ley, los particulares
se ajustarán en lo que corresponda a las presentes bases, así como al acuerdo específico
de que se trate, que para tal efecto emita la Secretaría de Educación Pública.
Para los fines de las presentes bases, deberá entenderse por:
I. Modalidad escolarizada: el conjunto de servicios educativos que se imparten en las
Instituciones educativas, lo cual implica proporcionar un espacio físico para recibir
formación académica de manera sistemática y requiere de instalaciones que cubran las
características que la autoridad educativa señala en el acuerdo específico de que se trate;
II. Modalidad no escolarizada: la destinada a estudiantes que no asisten a la formación en
el campo institucional, esta falta de presencia es sustituida por la institución mediante
elementos que permiten lograr su formación a distancia, por lo que el grado de apertura y
flexibilidad del modelo depende de los recursos didácticos de auto acceso, del equipo de
informática y telecomunicaciones y del personal docente, y
III. Modalidad mixta: la combinación de las modalidades escolarizada y no escolarizada,
se caracteriza por su flexibilidad para cursar las asignaturas o módulos que integran el
plan de estudios, ya sea de manera presencial o no presencial.
Artículo 2o.- Las presentes bases serán de observancia obligatoria para las unidades
Administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
Acuerdo 279.- La normativa de nivel licenciatura establece en el artículo 3º y 4º. Lo
siguiente
Artículo 3° El presente Acuerdo es de observancia obligatoria para las unidades
administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública.
La Secretaría de Educación Pública, en el ámbito de su competencia, formulará las
recomendaciones pertinentes con el fin de que las autoridades educativas de los estados
y las universidades e instituciones públicas de educación superior y autónoma,
establezcan las normas y criterios que señala el presente Acuerdo en sus disposiciones
normativas.
Artículo 4° En términos de lo previsto en la Ley y en la Ley para la Coordinación de la
Educación Superior, los particulares podrán solicitar el reconocimiento de los siguientes
estudios:
II. Licenciatura: es la opción educativa posterior al bachillerato que conduce a la obtención
del título profesional correspondiente.
Acuerdo 011.- En el acuerdo 011 promulgado en enero de 2014 se establece los créditos
y el total de horas que deben cubrir los planes y programas de estudio de nivel superior
que a continuación se describe:
II. Licenciatura.- El mínimo de créditos aceptados en la Licenciatura es de 300, el total de
horas del plan y programas de estudios será de 4800.
III. Posgrado a) Especialidad.- El mínimo de créditos aceptados en la Especialidad es de
45, con un total de 720 horas del plan y programas de estudios. b) Maestría El mínimo de
créditos aceptado en la Maestría será de 75, después de la Licenciatura, con un total de
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” horas de 1200, en el caso de que se curse después de la Especialidad cuando ésta sea
de la misma área del conocimiento, será de 30 créditos, con un total de 480 horas. c)
Doctorado El mínimo de créditos aceptado será de 150, después de la Licenciatura, con
un total de 2400 horas, 105, después de la Especialidad, con 1680 horas o 75 después de
la Maestría, con un total de 1200 horas. Para efectos del presente Acuerdo, por cada hora
efectiva de actividad de aprendizaje se asignarán, 0.0625 créditos.
Otro organismo que norma la educación y práctica es la Comisión Permanente, la cual
tiene el propósito de identificar las áreas de coordinación entre las instituciones
educativas y las de salud, así como entre el sector educativo y el sector salud, en el
proceso de formación de recursos humanos para la salud, que requiere el Sistema
Nacional de Salud. La Comisión es el órgano de Consulta de la Secretaría de Educación
Pública y de la Secretaría de Salubridad y Asistencia, así como de otras dependencias del
sector público.
Normas Oficiales Mexicanas
A. Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-010-SSA3-2012, Educación en salud. Utilización
de campos clínicos para las prácticas clínicas y el servicio social.
Definiciones
Para efectos de esta norma, se entiende por:
Campo clínico: Establecimiento para la atención de la salud del Sistema Nacional de
Salud o bien alguna de sus áreas o servicios que cuentan con la infraestructura,
equipamiento.
Carpeta clínica: Instrumento técnico-administrativo y académico que contiene los
documentos para que los estudiantes puedan realizar las prácticas clínicas en el campo
clínico.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
Catálogo estatal de plazas y campos clínicos para servicio social: Documento que
concentra la información de las plazas y los campos clínicos autorizados para la
prestación del servicio social.
Convenio de colaboración: Documento en el que la institución educativa y la institución
de salud, establecen las obligaciones, las bases y mecanismos, a través de los cuales se
desarrollan las prácticas clínicas y el servicio social, conforme a la normatividad vigente
de ambas instituciones.
Estudiante en prácticas clínicas: Aquel que se encuentra inscrito en una institución
educativa para recibir en los campos clínicos instrucción académica, después de cursar
los ciclos básicos o bien que estén cursando algún posgrado.
Institución de Salud: Toda organización con personalidad jurídica de derecho público o
privado, con capacidad para ofertar servicios de salud y responder de su orden, estructura
y prestaciones en uno o más establecimientos para la atención de la salud.
Institución Educativa: A las del estado y de sus organismos descentralizados, las
particulares con reconocimiento de validez oficial de estudios y aquellas a las que la ley
otorga autonomía, del ámbito federal o local, que desempeñan labores de docencia,
investigación, difusión y extensión, que cuentan con infraestructura, planes y programas
de estudio debidamente registrados ante la autoridad educativa competente, estudiantes,
personal académico, directivo y administrativo, para la formación de recursos humanos de
psicología y neurociencias de los tipos educativos medio superior y superior.
Pasante de Psicología y Neurociencias: Estudiante de psicología y Neurociencias de
una institución educativa que ha cumplido los créditos académicos exigidos en el plan de
estudios y para realizar el servicio social.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
Prácticas clínicas: Actividades teórico-prácticas del plan de estudios de psicología y
Neurociencias.
Profesor de campos clínicos: Profesional de psicología y Neurociencias que reúne los
requisitos técnico-académicos y es nombrado por la institución educativa para impartir la
enseñanza, asesorar y supervisar al pasante de psicología y Neurociencias.
Programa operativo: Instrumento elaborado por la institución de salud que describe las
actividades teóricas y prácticas, asistenciales y de investigación en su caso, que debe
realizar el estudiante en prácticas clínicas o el pasante en los campos clínicos, para
cumplir con el programa académico.
Servicio social: Los servicios que en forma temporal y obligatoria presten los estudiantes
que cursen planes y programas de estudio para la formación de recursos humanos para la
salud en el área de la psicología y Neurociencias, en interés de la sociedad y del Estado,
como requisito previo para la obtención del título o grado correspondiente.
En el caso de las instituciones educativas particulares además de lo anterior, el
reconocimiento de validez oficial de estudios otorgado por la autoridad educativa federal o
local; o bien, por alguna institución pública de educación superior que tenga facultades
para el otorgamiento de dicho reconocimiento.
Las instituciones de salud deben realizar la programación de estudiantes en prácticas
clínicas y pasantes de psicología y Neurociencias en sus campos clínicos de común
acuerdo con las instituciones educativas, con base en el convenio de colaboración.
Los derechos y obligaciones de los estudiantes en prácticas clínicas y pasantes de
psicología y Neurociencias, así como las medidas disciplinarias que pueden imponerse a
éstos, deben estar establecidos en la normatividad respectiva de cada institución de salud
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” y en el convenio de colaboración, atendiendo a los lineamientos de la unidad
administrativa competente de la Secretaría de Salud.
Disposiciones para el servicio social
Los periodos de servicio social deben comprender doce meses de servicio, iniciando el
primer día de febrero o de agosto de cada año, de acuerdo con los planes de estudio.
Las instituciones de salud deben proponer a las instituciones educativas las plazas para la
prestación del servicio social, atendiendo el siguiente orden de prioridades:
1ro. Población rural dispersa.
2do. Población rural concentrada.
3ro. Población urbana marginal.
Constitución Política del Estado de Nuevo León
En la última reforma publicada en el Periódico Oficial el 01 de mayo de 2009. El título I de
los derechos del hombre expresa en él:
Artículo 1.- El Pueblo Nuevoleonés reconoce que los derechos del ser humano son la
base y el objeto de las instituciones sociales. Todas las leyes y todas las autoridades del
Estado deben respetar y hacer respetar las garantías que otorga la presente Constitución.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad,
capacidades diferentes, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones,
preferencias, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga
por objeto anular o menoscabar sus derechos y libertades.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” El varón y la mujer son iguales ante la Ley. Ésta protegerá la integración y el desarrollo de
la familia. Cuando la terminología de género empleada en las disposiciones de
observancia general sea en masculino, deberá entenderse que se refieren tanto al varón
como a la mujer, salvo disposición expresa en contrario.
Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el
número y espaciamiento de sus hijos.
Artículo 2.- En el Estado todos nacen libres. Los esclavos que pisen el territorio del Estado
recobran por ese solo hecho su libertad y tienen derecho a la protección de las Leyes.
Artículo 3.- Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley establecerá las
bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y determinará la
participación del Estado y sus Municipios en la materia.
Todos los habitantes tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el
desarrollo de la persona, así como del deber de conservarlo. Los Poderes del Estado, en
forma coordinada con la ciudadanía, velarán por la conservación de los recursos
naturales, así como su uso y explotación; a proteger y mejorar la calidad de vida, tanto
como defender y restaurar el medio ambiente, en forma solidaria en el logro de estos
objetivos de orden superior......La enseñanza es libre; pero será laica la que se imparta en
los establecimientos oficiales de educación.
Las escuelas particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia e
inspección oficiales.
El Estado impartirá educación preescolar, primaria y secundaria que conformarán la
educación básica obligatoria.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” La educación que imparta el Estado, será gratuita y tenderá a desarrollar armónicamente
todas las facultades del ser humano y fomentará en él a la vez el amor a la patria y la
conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia.
Además de impartir la educación básica obligatoria, el Estado promoverá y atenderá la
educación inicial y la educación superior, así como todos los tipos y modalidades
educativas que coadyuven al desarrollo del individuo.
Ley de educación del Estado de Nuevo León
De la educación que impartan los particulares
Artículo 106. Los particulares podrán impartir educación en cualquiera de sus tipos y
modalidades. Por lo que concierne a la educación preescolar, primaria, secundaria, la
normal y demás para la formación de maestros y maestras de educación básica, deberán
obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa de la dependencia que
indique la Ley General. Tratándose de estudios distintos de los antes mencionados
podrán obtener el reconocimiento de validez oficial de estudios.
La autorización y el reconocimiento serán específicos para cada plan de estudios. Para
impartir nuevos estudios se requerirá, según el caso, la autorización o el reconocimiento
respectivos.
La autorización y el reconocimiento incorporan a las instituciones que los obtengan,
respecto de los estudios a que la propia autorización o dicho reconocimiento se refiere, al
sistema educativo nacional.
Artículo 107. Las autorizaciones y los reconocimientos de validez oficial de estudios se
otorgarán cuando los solicitantes cuenten:
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” I.- Con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación y, en su
caso, satisfaga los demás requisitos a que se refiere el Artículo 21 de la Ley General;
II.- Con instalaciones, infraestructura y equipamiento que satisfagan las condiciones
higiénicas, de seguridad y pedagógicas que la autoridad educativa determine. Para
establecer un nuevo plantel se requerirá, según el caso, una nueva autorización o un
nuevo reconocimiento; y
III.- Con planes y programas de estudio que la autoridad educativa considere
procedentes, en el caso de educación distinta de la educación preescolar, primaria,
secundaria, la normal y demás para la formación de docentes de educación básica.
Normatividad de la Universidad Emiliano Zapata
Reglamento del Personal y los fines de la Universidad de Nuevo León "Emiliano
Zapata"
Capítulo I.- De los fines de la Institución
Artículo 1.- La institución de carácter educativo se denominará Universidad de Nuevo
León "Emiliano Zapata" y se constituye en una institución de educación media superior y
superior en el Estado, ofreciendo diversas opciones educativas del nivel con un contenido
bivalente
Con una orientación propedéutica que permita a los alumnos incorporarse a los estudios
superiores universitarios.
Con una orientación tecnológica que facilite su incorporación al mercado laboral.
Con una orientación profesional disciplinar.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
Artículo 2.- El objetivo de la institución será la de formar alumnos con una visión científica,
tecnológica, cultural y humanista, comprometidos con el desarrollo productivo del país y
con su entorno social.
Artículo 3.- La educación a la que se refiere el artículo anterior comprende:
Una formación integral del alumno con una cosmovisión humanista y una ética que
propicien el desarrollo de una conciencia de servicio a la comunidad y así contribuir al
desarrollo científico, económico y social del Estado y del país.
Una formación científica y tecnológica que le permita al alumno obtener los conocimientos
teóricos y prácticos básicos que lo doten de las habilidades y los conocimientos
necesarios para desempeñarse con eficiencia, eficacia y calidad en su vida académica,
laboral y profesional que redunde en el éxito y la realización de su vida personal.
Una formación integral que le permita al alumno disponer de herramientas conceptuales,
metodológicas y técnicas para la aprehensión del conocimiento que propicie un proceso
continuo del conocimiento guiado, hasta la autonomía en la adquisición de los mismos, de
habilidades y valore, con plena participación del alumno.
El desarrollo de una cultura científica, que estimule una mentalidad abierta a la
investigación científica.
Proporcionar los elementos materiales, culturales, sociales y psicoafectivos necesarios
para su formación, considerando al educando como un ser biopsicosocial en una fase de
evolución hacia su maduración plena, fomentando el desarrollo armónico de su
personalidad y de conductas saludables.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Nuestra institución asume como orientación general para todas sus actividades, las
concepciones filosóficas educativas más progresistas y de avanzada, de mayor contenido
científico, humanista y social.
La institución y sus autoridades respetan e impulsan la autonomía y capacidad de
autogestión, del personal, en todos sus procesos, especialmente hacia el personal
docente y sus organismos.
Artículo 4.- El lema de la Universidad de Nuevo León "Emiliano Zapata" será: "Ser culto
para ser libre"
Artículo 5.- Para la obtención de títulos, certificados, diplomas y demás constancias se
deberán cumplir con los requisitos legales y administrativos señalados por la secretaria de
educación, así como el cursar satisfactoriamente los planes de estudio vigente aprobados
por la misma.
Artículo 6.- La administración de la institución se hará a través de sus departamentos
según sean sus funciones, priorizando las tareas académicas y docentes.
Capítulo II.- Del Cuerpo directivo
Artículo 10.- El cuerpo directivo es la instancia permanente de autoridad en la institución,
responsable de la ejecución de las líneas generales de trabajo, es un organismo
colegiado, integrado por la rectoría, direcciones, subdirecciones, secretaria académica,
secretaría administrativa, secretaria de carreras técnicas licenciaturas e ingenierías y
coordinaciones académicas de turnos y coordinación administrativa.
Artículo 11.- Son atribuciones del Cuerpo directivo:
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” -Organizar, implementar, supervisar y evaluar las actividades académicas,
administrativas, culturales, recreativas, deportivas, e institucionales de la Universidad.
-Conocer, analizar y aprobar en principio la creación de nuevas carreras, y las
modificaciones del Plan de Estudios para presentarlas para su aprobación ante las
comisiones respectivas para su presentación a los organismos correspondientes de la
Secretaría de Educación en el Estado.
-Aplicar anualmente el plan financiero de la institución, una proyección del presupuesto de
ingresos y egresos.
-Promover acuerdos de intercambio con otras Instituciones Nacionales o Extranjeras que
coadyuven al cumplimiento de los objetivos académicos, administrativos y científicos.
-Promover la capacitación permanente del personal, por medio de la asistencia a cursos,
seminarios, congresos y estudios de post-grado, considerando como una meta a mediano
plazo el nivel de maestría para todos los docentes.
-Promover la investigación científica en nuestra Institución.
-Realizar semestralmente una evaluación general de la actividad de todas las áreas y
departamentos de la Institución, con el fin de retroalimentar la planeación anual del
cuerpo directivo.
-Cumplir el calendario escolar y asegurar el cumplimiento de las actividades programadas.
-Asistir a las reuniones mensuales de coordinadores de academias.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” -Conocer y evaluar a los aspirantes a ingresar como miembros del personal de la
institución, vigilar que sean cubiertos los requisitos de ingreso y proponer al personal de
nuevo ingreso ante la Secretaria de Educación para su autorización.
-Designar asesores de grupo, así como responsables de funciones que sean requeridas
por las necesidades institucionales.
-Analizar y resolver sobre los incrementos o disminuciones de carga académica del
personal docente y sobre los cambios de categoría del resto del personal, de acuerdo a
su desempeño y a la demanda de servicio.
-Decidir las medidas administrativas pertinentes que garanticen la marcha regular y
ordenada de la institución conforme al presente manual.
-Conocer, analizar o decidir, sobre las infracciones graves del personal en la disciplina, el
orden y la productividad.
-Conocer, analizar y decidir, sobre las infracciones graves de los alumnos en la disciplina,
el orden y las normas elementales de convivencia.
-La demás que le otorgue el presente estatuto dentro de sus respectivas facultades.
Artículo 12.- Para el buen desempeño de sus funciones el cuerpo directivo deberá
reunirse periódicamente cuando menos una vez por semana, de forma ordinaria y
extraordinaria, cada vez que se requiera.
Artículo 13.- Los integrantes del cuerpo directivo podrán ser de tres categorías:
a) De tiempo completo
-De medio tiempo
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
-Por horas
Artículo 14.- Siguiendo el principio de equidad estas categorías serán remuneradas de
manera equivalente.
En el caso de los directivos cuya categoría sea por horas, y de medio tiempo, deberán ser
equiparados a la cantidad de horas del directivo del tiempo completo.
Artículo 15.- Los miembros del cuerpo directivo deberán impartir por lo menos una cátedra
dentro de la institución.
Artículo 16.- Los integrantes del cuerpo directivo se les otorgara una compensación
mensual para asegurar la presencia suficiente y la atención adecuada de las actividades
institucionales, todo ello en atención a la disponibilidad completa de horario, para llevar a
cabo la representación social y moral de la institución, así como el desarrollo de la
planeación, organización, control, supervisión y evaluación de las actividades académicas
y administrativas, de igual manera por su indispensable participación en la elaboración
continua del programa de actualización y evaluación docente; sin soslayar la importancia
de la organización académica de la Institución escolar, que exige considerar cada uno de
los aspectos que implican los procesos de enseñanza aprendizaje en sentido cognitivo,
psicomotor y axiológico.
Así mismo, en virtud, de la atención y el liderazgo que requieren las tareas de
investigación educativa, que permitan la creación de nuevas carreras técnicas, nivel
licenciatura y posgrados, de acuerdo con la transformación social y cultural de nuestra
sociedad.
En el mismo sentido, las responsabilidades del cuerpo directivo, implican de manera
colegiada, proponer el plan anual de la institución, administrar los recursos humanos,
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” materiales y financieros, como coordinar las tareas de auditoría y control interno con
aplicación a los diversos departamentos del plantel escolar.
con apego a la realidad institucional, en un proceso de evaluación continua de logros, de
acuerdo con la misión y visión institucional.
Artículo 17.- La convocatoria para reunir al cuerpo directivo, deberá ser hecha por el
director, y únicamente en su ausencia será hecha por el subdirector.
Capítulo III
El Rector
Artículo 18.- El rector es la máxima autoridad de la Universidad de Nuevo León "Emiliano
Zapata".
Artículo 19.- El rector de la Universidad, será nombrado por propuesta de la comisión de
administración, por el cuerpo directivo, coordinadores de academia y jefes de
departamento por mayoría simple.
Artículo 20.- El rector será designado cada seis años, podrá ser reelecto por seis años
solamente por una ocasión, de acuerdo al presente reglamento.
Artículo 21.- Una vez electo el rector se tomará la protesta de ley, por el secretario de
actas.
Artículo 22.- Para ser Rector se requiere:
-Ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos.
-Poseer título de Doctor o maestría con experiencia.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” -Ser de reconocida preparación y experiencia profesional y/o académica.
-Poseer un mínimo de antigüedad de tres años como maestro.
Artículo 23.- Son facultades del Rector:
-Representar legalmente a la Universidad de Nuevo León "Emiliano Zapata"
-Representar a la Universidad en toda gestión, ante las autoridades.
-Autorizar o avalar con su firma, certificados, constancias, diplomas de los alumnos, así
como documentos oficiales de la institución.
-Proponer para su análisis y aprobación ante el cuerpo directivo la designación de
directores, subdirectores académicos, coordinadores académicos de turno, secretario
administrativo, coordinador administrativo, de los coordinadores de academia y de los
prefectos, etc.
-Proponer para su análisis y aprobación, ante el cuerpo directivo los incrementos o
disminuciones de carga del personal docente, incluyendo el otorgamiento de tiempos
completos, y de cambios de categoría, basados en el resultado de la evaluación
semestral institucional.
-Elaborar en conjunto con la comisión de planeación y evaluación y la comisión
administrativa y el secretario administrativo, el plan financiero anual para su discusión y
aprobación, por el cuerpo directivo.
-Junto con la comisión de planeación y evaluación y la comisión académica, actualizar y
ejecutar el plan de desarrollo académico en coordinación con el secretario académico y
las demás instancias académicas.
-Proponer semestralmente las cargas académicas de los profesores ante el cuerpo
directivo, partiendo de la evaluación institucional semestral.
-Apoyándose en la comisión de planeación y evaluación y en la comisión académica,
organizar y supervisar la formulación y desarrollo del programa de capacitación y
actualización continua, para el personal de la institución.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” -Supervisar la obtención de todos los insumos y recursos necesarios para la buena
marcha de la institución.
-Convocar y oportunamente presidir las reuniones de las comisiones de planeación
académica y administrativa del cuerpo directivo, de coordinadores de académica, y de los
departamentos, áreas o programas que considere pertinentes para el correcto
funcionamiento de la Institución.
-Impulsar las relaciones institucionales, preferentemente con el sector educativo, público o
privado y con el sector económico y productivo.
-Impulsar la realización de actividades culturales, artísticas, sociales, recreativas,
complementarias en la formación de los educandos.
-Promover la integración de la institución, con los padres de familia, y con la comunidad a
través de la integración de la sociedad de padres de familia.
-Conservar y ampliar el patrimonio institucional.
-La correcta administración de los recursos financieros.
-Supervisar el funcionamiento de las comisiones de planeación académica y
administrativa, secretaria académica, administrativa, y de carrera técnica.
-Determinar las descargas académicas parciales a las que se hagan acreedores, los ex
directivos de la institución, según su jerarquía y tiempo de gestión, asignándole tareas de
actualización docente, de investigación, de capacitación y de difusión cultural.
-Supervisar el funcionamiento de las academias.
-Autorizar becas para los alumnos.
-Las demás que le otorgue el presente Reglamento y el cuerpo directivo dentro de sus
respectivas facultades.
Artículo 24.- Son obligaciones del Rector:
-Velar por la buena marcha académica y administrativa de la institución.
-Tener un horario de asistencia de ocho horas, que propicie cobertura de atención a los
tres turnos de la institución.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” -Justificar el uso correcto de los recursos humanos, materiales y financieros.
-Impartir una cátedra dentro de la institución.
-Rendir un informe anual de labores donde se incluyan los aspectos académicos,
administrativos, financieros y en construcción y equipamiento.
-Cumplir y hacer cumplir este Reglamento.
Artículo 25.- En caso de ausencia temporal, el rector delegará sus facultades en quien
considere conveniente.
Artículo 26.- El Rector será responsable de su actuación y del patrimonio de la
Universidad, ante las instancias correspondientes.
Capítulo V
De los maestros.
Artículo 27.- Para ser maestro de la Institución se requiere:
-Ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos
-Poseer un título de Educación Superior
-Presentar examen de oposición ante la Academia correspondiente que lo acredite como
una persona de experiencia y capacidad docente.
-Presentar y aprobar examen psicométrico y gozar de buena salud.
Artículo 28.- Son funciones y obligaciones del personal docente en general: de los
maestros de tiempo completo, de medio tiempo y por horas:
A. Cumplir con la función docente frente a grupo en el horario establecido por las
autoridades de la institución.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” • Proporcionar una atención personalizada para cada alumno, propiciando el
establecimiento de una relación positiva de intercambio continuo.
• Realizar un diagnóstico completo desde el punto de vista pedagógico de las
particularidades, fortalezas, limitaciones y problemas de su grupo, con el fin de realizar las
acciones necesarias para aumentar el aprovechamiento.
• Ser maestro asesor de grupo en caso de ser asignado.
• Dar asesoría académica a los alumnos que lo requieran.
• Respetar y cumplir los acuerdos de la academia a la que pertenezcan
• Asistir a todas las reuniones generales cuando sea convocado por las autoridades de
la institución.
• Asistir a todas las reuniones de academia a las que sea convocado.
• Plantear en las reuniones de academia, todos los problemas que consideren necesarios
para el óptimo funcionamiento de la misma.
• El maestro tendrá garantizado el respeto a expresarse libremente, a opinar, proponer y
criticar en las reuniones de academia.
• El maestro tiene derecho a recibir toda la información relevante de orden
administrativo y académico para realizar correctamente su labor y participar
acertadamente en reuniones de academia.
• El maestro deberá participar en la academia no aisladamente, sino como parte de un
equipo de trabajo.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
• Participar en los programas académicos que la institución acuerde.
• El docente buscará que todas las reuniones de academia tengan intercambio de
opiniones razonadas y sean la fuente para los acuerdos consensados.
• Todos los maestros en las reuniones de academia, tendrán derecho a voz y voto en
condiciones de equidad.
• El maestro tendrá derecho a la toma de decisión directa sobre todos los asuntos de
carácter académico que le competan o que estén relacionados con sus tareas, la cual se
realizará a través de la construcción de consensos o en caso necesario por votación a
nivel general y en academia.
• Al participar en las reuniones de academia, el maestro buscará que se fortalezca el
trabajo en equipo y se propicie un ambiente de armonía que fortalezca a la institución.
• El maestro tendrá el derecho de participar en todas las actividades y comisiones que le
conciernan.
• El maestro buscará una adecuada solución de los conflictos, partiendo del diálogo, el
debate y la negociación interna, en la lógica de que en el seno de la institución no hay
antagonismos irreconciliables.
• Participar activamente en la revisión y elaboración de las antologías y cartas
descriptivas.
• Colaborar en la planeación docente y en la elaboración de los instrumentos de
evaluación.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” • Revisar detenidamente los exámenes antes de su impresión.
• Imponer la disciplina y el orden, dentro y fuera del salón de clases: así como reportar
a la Dirección anomalías en perjuicio de los alumnos.
• Asistir a los cursos de actualización que la Institución organice.
Entregar las evaluaciones de las materias que imparta a los maestros asesores del grupo,
puntualmente en el tiempo determinado por la Secretaría Académica.
• Entregar al Secretario Académico en tiempo y forma los documentos y las minutas
que acrediten las calificaciones parciales y finales de cada curso.
• Reportar su inasistencia a la Prefectura y a la Secretaría Administrativa apegándose a
la normatividad de la Secretaría de Educación.
• Reportar alumnos problema al maestro asesor correspondiente.
• Asistir a todas las guardias de exámenes ordinarios y extraordinarios.
• Planear y preparar los materiales necesarios para la impartición de su asignatura.
• Participar en las actividades institucionales y extraescolares que el Cuerpo Directivo o
las Academias determinen.
• Presentar un informe de actividades docentes a la Secretaría Académica de acuerdo
con lo señalado en el capítulo VIII del Reglamento de las Condiciones Generales de
Trabajo del Personal al servicio de la educación.
• Inscribirse, cursar y terminar un posgrado.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
-Participar en las actividades de investigación educativa que la Institución promueva.
-Las demás que marque el presente reglamento.
Artículo 29.- Para ser maestro de tiempo completo se requiere:
Ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos
Poseer título de Educación Superior
Contar con un mínimo de tres años de antigüedad como titular de una asignatura.
Ser propuesto por la Dirección asignado por el Cuerpo Directivo
Contar con reconocida experiencia académica, con un desempeño destacado y con
una identificación con los fines de la Institución.
Presentar un examen de oposición ante un jurado designado por el Cuerpo Directivo.
Artículo 30.- El jurado evaluará del aspirante a maestro de tiempo completo el siguiente
perfil:
-Reconocida experiencia pedagógica.
-Dominio de la materia
-Currículum Académico
D) Solvencia moral
Artículo 31.- El maestro de tiempo completo cumplirá con 25 horas semana-mes frente a
grupo, según la normatividad establecida por l Secretaría de Educación y tendrá una
descarga de 15 horas, que dedicará en estancia dentro de la Institución a las tareas de
planeación, de preparación de materiales didácticos, actividades administrativas
relacionadas con la actividad.
Artículo 32.- Para ser maestro de medio tiempo se requiere:
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
Ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos.
Poseer título de Educación Superior
Contar con un mínimo de dos años de antigüedad como titular de una asignatura
Ser propuesto por la Dirección y ratificado por el Cuerpo Directivo.
Contar con reconocida experiencia académica, con un desempeño destacado y
con identificación con los fines de la Institución.
Presentar un examen de oposición ante un jurado designado por el Cuerpo
Directivo.
Artículo 33.- El maestro de medio tiempo cumplirá con 15 horas semana-mes frente a
grupo, según la normatividad establecida por la Secretaría de Educación, y tendrá una
descarga de 5 horas, que dedicará en estancia dentro de la Institución a las tareas de
planeación, de preparación de materiales didácticos, actividades administrativas
relacionadas con la actividad de sus grupos y a la elaboración de estadísticas.
Artículo 34.- Para ser maestro por horas se requiere:
Ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos.
Poseer título de Educación Superior
Presentar currículum vitae
Contar con una edad menor a los 45 años
Gozar de buena salud física
Presentar cartilla de servicio militar liberada en el caso de los varones.
Presentar carta de no antecedentes penales
Presentar y aprobar exámenes psicométricos
Presentar un examen de oposición que le acredite tener capacidad docente conforme a
las asignaturas a impartir.
Preferentemente contar con experiencia docente previa.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Comprometerse con el cumplimiento de la Misión de la Institución
Ser propuesto por la Dirección y ratificado por el Cuerpo Directivo
Artículo 35.- El maestro por horas cumplirá íntegramente su tiempo laboral frente a grupo,
según la normatividad establecida por la Secretaría de Educación, no contará con
ninguna descarga de horas, y será responsable con las tareas de planeación, de
preparación de materiales didácticos, actividades administrativas relacionadas con la
actividad de sus grupos y a la elaboración de estadísticas.
Artículo 36.- Con el fin de articular el funcionamiento interno de los grupos, se asignará
para cada uno un maestro asesor.
Artículo 37.- Son funciones y obligaciones del maestro asesor:
Tendrán a su cargo la responsabilidad de un grupo, el cual será designado por el
Director y ratificado por el Cuerpo Directivo.
La tarea de asesor implica todo lo concerniente a los aspectos de docencia y
aquellos que se deriven de la misma, tendrá un diagnóstico actualizado de la
situación familiar, personal y académica de cada alumno, y mantendrá una
atención individualizada para cada uno.
Establecer un horario mínimo de cinco horas-clase por semana para llevar a cabo
las tareas de asesoría con los alumnos.
Conocer la distribución de maestros que imparten clases en su grupo.
Orientar a los alumnos sobre los problemas propios de la adolescencia, sobre el
decoro en su conducta y sobre su arreglo personal.
Justificar faltas y retardos con el resto de los maestros, cuando se presente en el
alumno una situación que así lo amerite.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” • Deberá salvaguardar el patrimonio Institucional y conservar los libros de texto
proporcionados por la Institución.
• Fomentar en el alumno hábitos de Estudio.
• Dar a conocer y cumplir el Reglamento de la Institución.
• Difundir oportunamente los períodos y fechas límites para cumplir correctamente con
los requisitos administrativos de la Institución.
• Orientar a los alumnos con respecto a su situación académica cuando se encuentren
en 2a, 3a o 4a oportunidad sobre el proceso de regularización.
• Recopilar y procesar listas de asistencia, calificaciones y estadísticas de su grupo, para
entregar puntual al Coordinador Académico de turno o al Secretario Académico.
• Informar a los padres de familia o a los mismos alumnos sobre el récord académico en
asistencias, puntualidad, evaluaciones parciales y finales en cualquier momento.
• Informará y solicitará la participación de los padres de familia, de los Directivos y de las
instancias necesarias del área de servicios escolares en la solución de los problemas
específicos de los alumnos.
• Solicitará apoyo académico a los maestros de su grupo para los alumnos que así lo
requieran.
• Cumplir con el horario establecido previo acuerdo en el Consejo Directivo.
• Participar en actividades extraescolares.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” • Dar apoyo académico a los alumnos que lo requieran.
• Presentará a los directivos de la escuela, sugerencias o peticiones que considere
oportunas y positivas para la solución de problemas de diversos tipos, factibles para la
superación académica y administrativa de la Universidad.
Artículo 38.- El personal docente de la Universidad de Nuevo León "Emiliano Zapata"
tendrá derecho a licencia en los siguientes casos:
1. Con goce de sueldo:
1.1 Por la representación del Sindicato de Trabajadores del plantel de acuerdo al
Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del personal al servicio de la
Educación conforme al Capítulo XIII.
1.2 Por enfermedad en los términos de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de Nuevo León.
2. Sin goce de sueldo:
En los términos del Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal al
servicio de la Educación de Nuevo León y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de Nuevo León.
Artículo 39.- El Director de la Institución, podrá conferir comisiones a los miembros del
personal docente para desempeñar funciones administrativas, contando con la aceptación
del interesado
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
Reglamento Académico General
Capítulo Primero
Disposiciones Generales
Artículo I.- El presente Reglamento Académico está para servir de fundamento y apoyo en
la innovación y ejecución de las actividades del personal estudiantil de la Universidad.
Artículo 2.- Se consideran alumnos a las personas que tramitaron su solicitud de ingreso y
que hayan cumplido los requisitos señalados en Admisiones.
Artículo 3.- El presente Reglamento solo puede ser reformado por el Consejo Académico
Administrativo de la Universidad con la aprobación del Consejo de Directores.
Capítulo Segundo
De las admisiones
Artículo 4.- En este Reglamento se considera aspirante a ingresar a esta Universidad la
persona que haya tramitado su solicitud y entrevista de admisión.
Artículo 5.- Al cumplir con los requisitos de admisión y la entrevista de admisión, deberán
concluir los trámites para la inscripción dentro de las fechas establecidas.
Artículo 6.- Los aspirantes con estudios provenientes del extranjero deberán estar
legalizados en el país de origen y contar con la revalidación de estudios otorgada por la
Secretaría de Educación, así mismo cumplir con los requisitos legales que corresponden
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” para el procedimiento de Admisiones, para el reconocimiento de dichos estudios en
México.
Artículo 13.-El alumno quedará debidamente inscrito, elaborando su horario de clases y
pago correspondiente.
Artículo 14.- La inscripción de los alumnos a las asignaturas correspondientes se hará de
acuerdo al plan de estudios en que está inscrito.
Artículo 15.- No se permite la inscripción de un alumno en más de dos programas de
estudio simultáneamente.
Artículo 16.- Si un alumno desea obtener un segundo título o grado de licenciatura,
deberá tener el 50% o más del total de créditos del grado del programa que está cursando
y cubrir los requisitos de admisión del Nivel.
Artículo 17.- Se define crédito y/o unidad al número de horas por semana que un alumno
dedica a una asignatura o materia.
Artículo 18.- La carga académica para el programa de estudios se regirá de acuerdo al
plan.
Capítulo Cuarto
De los Planes de Estudio
Artículo 19.- Los planes de estudio nuevo y vigente se revisarán y actualizarán de
acuerdo a las normas legales de la educación superior en el país. El alumno inscrito
queda obligado al cumplimiento del plan de estudios vigente.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Artículo 20.- Los alumnos que abandonen sus estudios o se retrasen, y deseen
incorporarse nuevamente a la Universidad, se les acreditará las asignaturas ya aprobadas
a el plan de estudios vigente, sin considerar las obsoletas.
Artículo 21.- Los alumnos que interrumpan sus estudios por un período mayor a cinco
años, perderán su derecho como alumnos.
Artículo 22.- Los períodos escolares serán por semestres y equivalentes a un semestre
académico, constando de 75 días hábiles, incluyendo el período de evaluación final.
Artículo 23.- Se suspenderán las labores académicas y de aprendizaje en las
evaluaciones finales y en las fechas oficiales de asueto y vacaciones consignados en el
calendario escolar.
Capítulo quinto
De las Evaluaciones
Artículo 24.- Las evaluaciones de aprendizaje académico de los alumnos se efectuarán
por evaluaciones. Una parcial y una evaluación final del cual deberá de existir evidencia
documental que demuestre las competencias en el programa de la asignatura.
Artículo 25.- La evaluación del resultado final del aprendizaje académico de los alumnos
en los cursos se realizará en forma continua durante el semestre y se reportará al final del
curso una lista de calificaciones a Servicios Escolares de acuerdo al calendario
establecido. Dichos reportes integrarán una calificación final que determina la acreditación
del curso.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Artículo 26.- La escala de calificaciones aplicables a la Universidad, de 0 (cero) a 100
(cien), siendo 70.0 (setenta) la calificación mínima necesaria para acreditar la aprobación
de la materia.
Artículo 27.- Para tener derecho a examen, los alumnos deberán de tener un 80% mínimo
de asistencia a clases y estar al corriente con el pago de colegiaturas y cuotas
correspondientes programadas en el semestre.
Artículo 28.- El maestro dará a conocer los resultados de la evaluación parcial y final a los
alumnos dentro de las 24 horas siguientes al examen. Así mismo el maestro deberá
entregar a la dirección las evaluaciones que acrediten a los alumnos las calificaciones
obtenidas.
Artículo 29.- Las calificaciones finales no podrán ser modificadas, salvo que el alumno se
encuentre inconforme con los resultados de examen.
Artículo 30.- El alumno tendrá derecho a solicitar revisión de calificaciones finales dentro
del plazo de cinco días hábiles, al Director Académico después de la fecha de la
evaluación final. Dicha revisión se efectuará por dos sinodales y un maestro de área.
Quedará asentada la nueva calificación si existiese variación, quedando invalidada la
anterior.
Capitulo sexto
De las convalidaciones de estudios
Artículo 31.-Los aspirantes que se incorporan por revalidación o equivalencias, deberán
presentar certificados parciales de estudios expedidos por la institución educativa de
procedencia al Departamento escolar para su convalidación o revalidación.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Artículo 32.- Se podrá convalidar o hacer equivalencias hasta el 50 % del total de
asignaturas del plan de estudios
Artículo 33.- Los requisitos para equivalencias son: entregar certificado parcial legalizado
(puede ser copia de kardex), y en una semana posterior a la solicitud, se le confirmarán
las materias que fueron autorizadas. Las materias convalidadas podrán ser acreditadas al
entregar el certificado parcial legalizado, y solo por las materias que estén contenidas en
el mismo. Al recibir la matrícula, se debe realizar el pago por las mismas materias
convalidadas.
Artículo 34.- Los alumnos incorporados a la universidad por revalidar y/o hacer
equivalencias de asignaturas, se sujetarán a las disposiciones institucionales sobre la
apertura de grupos y materias que se cursen en ese ciclo.
Capítulo Séptimo
De las Bajas
Artículo 35.- La baja voluntaria del alumno es cuando un alumno hace el trámite formal
para realizar dicha petición a la Dirección o a la Dirección de Servicios Escolares para
desligarse de los compromisos contraídos con la misma; ya sea parcial o total.
Artículo 36.-
La Baja total a solicitud del interesado es cuando se le hace la cancelación de todas las
asignaturas en que estuviere inscrito la cual tiene un mes después de haber iniciado las
clases y se hará un cargo administrativo. Pasado el mes se cobrará la(s) materia(s).
Artículo 37.- El alumno que deje de asistir a clases y que no realice formalmente la baja
total de las asignaturas, se le tomarán como reprobadas y tendrá el compromiso del pago,
así como las obligaciones académicas de la Universidad.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
Artículo 38.- La baja parcial por la Universidad será en caso de cancelación de grupos por
alumnado insuficiente.
Artículo 39.- La Universidad dará de baja al estudiante por conductas que impliquen el
mal uso de sus derechos, por mala escolaridad, utilización de documentos falsos o faltas
graves a la misma.
Artículo 40.- Los alumnos que tengan una mala escolaridad al finalizar el período
académico serán dados de baja por las siguientes causas:
1.4 No acreditar la misma asignatura en más de dos o tres oportunidades en los 3
últimos semestres.
1.5 No acreditar diez asignaturas diferentes en carreras profesionales antes de haber
acreditado el 50% del plan de estudios correspondientes.
1.6 Reprobar tres asignaturas distintas en Posgrado.
Artículo 41.- En caso de baja del artículo anterior, el estudiante podrá solicitar por escrito
su readmisión a la Universidad. La solicitud será evaluada por un comité que podrá decidir
la admisión inmediata al Programa, diferirla en función de la escolaridad total del alumno o
confirmar la baja definitiva.
Capítulo Octavo
De la Titulación
Artículo 42.- Para obtener un título de Licenciatura y/o Ingenierías se requiere:
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” 1 Haber acreditado la totalidad de asignaturas del Plan de Estudios respectivo.
2 No tener adeudos en la Universidad y cubrir las cuotas correspondientes, a menos de
que haya gozado de un crédito educativo.
3 Tener el expediente completo y cumplir los trámites administrativos que señale el
Departamento de Servicios Escolares.
4 Haber cursado y aprobado 47 materias, equivalentes a 349 créditos y cursar y aprobar
las materias integradoras.
5 Cumplir con 500 horas de Servicio Social
Artículo 43.- Se tomará protesta a los alumnos que hayan cumplido con los requisitos en
el artículo anterior. Los títulos solo se podrán emitir en las fechas correspondientes a las
tres graduaciones anuales, que contempla el calendario escolar.
Capítulo Noveno.- Derechos, Deberes y Sanciones.
Derechos
Artículo 44.-Recibir un trato respetuoso, amable, cortés y digno por parte de todo el
personal de servicio de la Universidad y por los demás estudiantes.
Artículo 45.-Ser recibido, escuchado y atendido con la oportunidad que su asunto requiera
por las autoridades académicas o administrativas de su área, siempre y cuando respete
las líneas de competencia respectivas.
Artículo 46.- Poner por escrito a las autoridades de la Universidad, toda clase de
iniciativas de mejora a servicio e instalaciones,
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
Artículo 47.- Tener acceso a la legislación interna que sea inherente a su relación con la
Universidad.
Artículo 48.- Ser informado de todas las actividades académicas, lapsos de duración y
fechas para realizar trámites administrativos o económicos dentro de las instalaciones.
Artículo 49.- Recibir por conducto de cada profesor, el programa de las diversas
asignaturas que cursará según su inscripción.
Artículo 50.- Conocer los resultados de las evaluaciones realizadas y de los avances de
su desempeño académico, siempre que cubra los requisitos establecidos en la legislación
interna.
Artículo 51.- Recibir la credencial que acredita su calidad de estudiante.
Artículo 52.- Disfrutar de libre acceso, tránsito y utilización de las instituciones de la
Universidad demostrando su credencial vigente.
Artículo 53.- Reportar el incumplimiento de las obligaciones por parte del docente ante la
autoridad correspondiente.
Artículo 54.- Solicitar la revisión de los procesos de evaluación que le fueron practicados,
cuando lo considere necesario.
Deberes
Articulo 55.- Respetar las actividades que se desarrollen durante su estancia en las
instalaciones.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Artículo 56.- Conocer el plan de estudios al que se inscribe, así como el contenido de la
reglamentación que regula su estancia como estudiante de la institución, incluyendo las
disposiciones de las instalaciones.
Artículo 57.- Identificarse y apegarse a la filosofía institucional.
Artículo 58.- Cumplir con las disposiciones que señale la legislación interna y las que
impongan la reglamentación emitida por las autoridades educativas.
Artículo 59.- Contribuir a la conservación del patrimonio y bienes de la universidad,
evitando su deterioro o destrucción intencional o en su caso, denunciando a los
responsables ante las autoridades de la institución.
Artículo 60.- Tratar a los miembros de la comunidad y de la escuela con el debido respeto,
convivir con ellos en armonía y evitar participar en situaciones que comprometan el buen
nombre y prestigio de la institución.
Artículo 61.- Asistir puntualmente a sus clases y permanecer en ellas, así como cumplir
con sus compromisos académicos y de formación derivados del proceso enseñanza
aprendizaje de los cursos en que participe.
Artículo 62.- Cumplir puntualmente con los compromisos económicos contraídos por su
condición de estudiante.
Sanciones
Artículo 63.- Los estudiantes deben observar el estricto cumplimiento de lo establecido en
el reglamento de la Universidad, y los instrumentos que en apoyo de esta se utilicen para
su operación; por tanto será responsable por la realización de actos u omisiones que
supongan sanción.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Se sancionará al alumno que:
Artículo 64.- A los alumnos que efectúen actos académicos indebidos, como prestar o
recibir ayuda fraudulenta en la presentación de exámenes, plagio de trabajos parciales o
finales, suplantación de exámenes o cualquier acto que implique una violación a la
legislación académica.
Artículo 65.- Ingerir, consumir o introducir bebidas alcohólicas o cualquier tipo de
substancias toxicas o fuera de ella, tratándose de clases, prácticas, visitas o eventos.
Artículo 66.- Destruir con dolo o apoderarse de algún bien, propiedad de la institución o de
miembros de su comunidad.
Artículo 67.- Usar la violencia física o verbal en perjuicio de los integrantes de la escuela,
o de persona extraña a la institución que se encuentre dentro de la misma o en eventos.
Artículo 68.- Introducir a las instalaciones cualquier tipo de arma, ya sea de fuego, blanca
o contundente.
Artículo 69.- Presentar certificados o documentos falsos, así como alterar el contenido de
documentos emitidos por la Universidad.
Artículo 70.- Fumar en las áreas no permitidas por la Universidad
Reglamento de Servicio Social de Licenciatura en Psicología y Neurociencias.
Capítulo I.- Disposiciones Generales
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Artículo 1.- El presente instrumento establece los objetivos, las bases y los lineamientos
para la prestación del Servicio Social de los estudiantes de Licenciatura en Psicología y
Neurociencias de la Universidad de Nuevo León Emiliano Zapata de conformidad con los
Artículos 52 al 60 de la Ley Reglamentaria del artículo 5o. Constitucional.
Artículo 2.- El Servicio Social que prestan los pasantes de Licenciatura en Psicología y
neurociencias se sustenta en la Ley de Profesiones y su Reglamento, la Ley General de
Salud y la reglamentación específica en materia de cada una de las instituciones sede a
las que los pasantes se incorporen.
Artículo 3.- Se entiende por Servicio Social Universitario la realización obligatoria de
actividades temporales que ejecuten los estudiantes de carreras técnicas y profesionales,
tendientes a la aplicación de los conocimientos que hayan obtenido y que impliquen el
ejercicio de la práctica profesional en beneficio o en interés de la sociedad, como requisito
previo para la obtención del título profesional. Este tiene por objeto:
I. Extender los beneficios de la ciencia, la técnica y la cultura a la sociedad.
II. Consolidar la formación académica y capacitación profesional del prestador del Servicio
Social.
III. Fomentar en el prestador una conciencia de solidaridad con la comunidad a la que
pertenece.
Artículo 4.- Durante el Servicio Social, el pasante:
I. Retribuye a la sociedad, parte de los beneficios recibidos durante su formación
académica, a través de la prestación de servicios profesionales.
II. Fortalece los conocimientos teórico-prácticos adquiridos durante su formación
profesional, en beneficio de la sociedad.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Artículo 5.- Los pasantes de Licenciatura en psicología y Neurociencias de la Universidad
Emiliano Zapata, podrán prestar Servicio Social en forma interdisciplinaria y
multidisciplinaria en instituciones de salud o educativas, en los programas internos o
externos (dependencias del sector público y de asistencia social).
Artículo 6.- El tiempo mínimo para realizar el Servicio Social en los programas internos y
externos será de un año. El número de horas que requiera será determinado por las
características del programa al que se encuentre adscrito el pasante.
Capítulo II: Requisitos De Ingreso
Artículo 7.- Los pasantes para realizar Servicio Social, cumplirán con los siguientes
requisitos:
I. Comprobar mediante historia académica el cumplimiento del 100% de créditos.
II. Los pasantes deberán asistir en fecha y horario señalados a la orientación relativa a
Servicio Social.
III. Llenar solicitud de registro al Programa de Servicio Social de su preferencia, la
asignación será considerando el cupo del programa y el promedio escolar.
IV. Llenar la cartilla de registro de Servicio Social conforme al instructivo correspondiente
y entregarla en la Secretaría de Asuntos Escolares.
Artículo 8.- Los pasantes que laboren en instituciones de salud o educativas en psicología
y Neurociencias de la que cuenten con más de un año de antiguo estén desempeñando
funciones de psicología y Neurociencias, podrán apegarse al Artículo 91 de la Ley de
Profesiones para la liberación del Servicio Social.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Artículo 9.- Los pasantes que soliciten liberar su Servicio Social, con fundamento en lo
que establece el Artículo 91 de la Ley de Profesiones, deberán cubrir los siguientes
requisitos:
I. Llenar solicitud de trámite para liberación del Servicio Social por artículo 91.
II. Comprobar mediante historia académica la acreditación del 100% de los créditos del
plan de estudios, sin adeudo de asignaturas de psicología y Neurociencias.
III.Presentar original y copia del último talón de pago y de la credencial de trabajador.
Capítulo III: De las Instituciones receptoras
Artículo 10.- Se considera institución receptora a la que ha registrado un programa de
Servicio Social, autorizado por la Universidad Emiliano Zapata que justifica la
incorporación de pasantes para el desempeño de su función profesional.
Artículo 11.- La institución receptora deberá contar con un responsable del programa de
Servicio Social que se comprometa a:
I. Describir los aspectos enunciados en el inciso anterior en el formato para el registro de
programas de Servicio Social, los Servicios de Salud de Nuevo León
II. Coordinar y evaluar las actividades realizadas por el pasante.
III. En la Universidad Emiliano Zapata, presentar a los pasantes el Programa de Servicio
Social, en el período de orientación conforme a la fecha y horario señalados.
IV. Realizar un Programa de Introducción al Servicio Social de por lo menos 40 horas, que
ofrezca oportunamente al pasante la información y asesoría requerida acerca de la
institución y del programa.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” V. Otorgar a los pasantes constancias de participación en el curso de introducción al
servicio social, por asistencia a eventos académicos que contribuyan a la formación
profesional del pasante y al logro de los objetivos definidos en el programa de Servicio
Social.
VI. Informar bimestralmente por escrito a la Universidad Emiliano Zapata sobre la
asistencia y desempeño de los pasantes, de acuerdo a los criterios definidos.
VII. Expedir constancia de terminación de Servicio Social a los pasantes, previa
verificación del cumplimiento de los requisitos señalados.
IX. Cumplir con las disposiciones del Reglamento de Servicio Social, a través de la
evaluación periódica entre la institución receptora y los pasantes lo cual permita identificar
interferencias y avances en el logro de los objetivos, y cumplimiento de los compromisos
establecidos en el Programa del Servicio Social.
Capítulo IV.- De los Tutores
Artículo 12.- Se considera tutor académico del servicio social al docente de la Unidad
Académica de psicología y Neurociencias de la Universidad Emiliano Zapata que realiza
actividades académicas formales, sistemáticas y complementarias de apoyo que
contribuyan a la formación profesional de los pasantes.
Artículo 13.- Para ser tutor acreditado del servicio social de la Unidad Académica de
psicología y Neurociencias de la Universidad Emiliano Zapata, los profesionales de
psicología y Neurociencias o docentes que deseen participar, deberán recibir un curso
para formación de tutores y ser autorizados por la Coordinación del Programa de
Tutorías.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Artículo 14.- El tutor dará cumplimiento a las funciones de tutoría acordes a la asignación
de pasantes.
Artículo 15.- Si el pasante así lo solicita, el tutor académico será director del trabajo para
titulación si este se encuentra relacionado con su experiencia en el Servicio Social y lo
registra ante la Secretaría de Asuntos Escolares.
Artículo 16.- El tutor académico proporcionará a la Unidad Académica de psicología y
Neurociencias la información obtenida en la entrevista con el personal directivo y
operativo de la Institución receptora, cuando así ocurra, así como las actividades
realizadas durante la tutoría al pasante.
Capitulo V.- Derechos y obligaciones de los tutores académicos
Artículo 17-. Los tutores académicos para Servicio Social tienen los siguientes derechos:
I. Recibir curso de Formación Docente como tutor académico para participar en los
Programas de Servicio Social.
II. Recibir orientación acerca de los Programas de Servicio Social vigentes.
III. Recibir documentación y asesoría necesaria para su registro como tutor académico en
los Programas de Servicio Social.
IV. Recibir constancia de asignación y cumplimiento de la tutoría académica a los
pasantes en Servicio Social.
Artículo 18.- Los tutores académicos para Servicio Social tienen las siguientes
obligaciones:
I. Manifestar por escrito su disposición de integrarse al Programa.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” II. Asesorar la elaboración del programa anual para Servicio Social de los pasantes
conforme a los objetivos del programa registrado considerando el diagnóstico de salud o
situacional de la unidad de adscripción.
III. Dedicar tres horas a la semana, al trabajo directo con cada pasante, de conformidad
con los lineamientos que establezca el programa específico de Servicio Social.
IV. Coordinar la integración y actividades de los pasantes en el Programa de Servicio
Social y dar seguimiento a su desempeño.
V. Promover el desarrollo profesional del pasante a lo largo del Servicio Social (motivar el
aprendizaje como proceso permanente, aclarar y resolver dudas; contribuir a la solución
de problemas surgidos en el desempeño del Servicio Social).
VI. Asistir a las reuniones que sean convocados por la Coordinación del Programa de
Tutorías para presentar los resultados del trabajo realizado con los pasantes durante sus
tutorías.
Capítulo VI.- Derechos y obligaciones de los pasantes
Artículo 19.- Son derechos de los pasantes en Servicio Social:
2. Recibir de las instituciones receptoras, convocadas por la Universidad Emiliano Zapata,
orientación acerca de los programas de Servicio Social vigentes.
3. Recibir documentación y asesoría necesaria para el registro en el programa de Servicio
Social.
4. Ser tratado en forma respetuosa y profesional.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” 5. Realizar actividades señaladas en el programa de Servicio Social asignado.
6. Recibir oportunamente las prestaciones que la institución receptora ofreció al registro
del programa (beca económica, seguro de vida, otras.)
7. Recibir curso de introducción al Servicio Social conforme al programa registrado.
8. Recibir tutoría académica y de los responsables del programa en las instituciones
receptoras.
9. Realizar el Servicio Social en el turno según el programa que eligió y en caso de
modificación por acuerdo del pasante y la institución receptora, notificar a la Universidad
Emiliano Zapata.
10. En caso de programas anuales disfrutar de dos períodos vacacionales de 10 días
hábiles cada uno, los cuales serán otorgados de acuerdo al calendario aprobado por las
autoridades respectivas.
11. Recibir asistencia médica, durante la prestación del Servicio Social por parte de la
institución receptora.
12. Interrumpir y ausentarse de las actividades del Servicio Social por causas de salud,
debiendo comprobar dicha causa mediante la presentación del justificante médico,
otorgado por la institución de salud a la cual este adscrito o sea derechohabiente, tanto a
la institución receptora como a la Universidad Emiliano Zapata.
13. Disfrutar de licencia por gravidez con duración de 90 días naturales, distribuidos de la
siguiente manera; 30 días antes de la fecha probable del parto y 60 días después del
parto, sin detrimento en el cómputo del tiempo de servicio ni del pago de la beca en su
caso.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” 1 Disfrutar de licencia médica expedida por institución oficial, en caso de enfermedad o
accidentes que limiten o impidan el cumplimiento del Servicio Social.
2 Disfrutar de los alimentos en su horario de servicio de acuerdo a los convenios
establecidos con la institución receptora.
3 Recibir la compensación económica equivalente para la responsabilidad civil por
causa contractual de acuerdo con lo que señala el Código Civil para toda la República en
materia federal, cuando sufra un accidente o resulte una incapacidad parcial o total.
4 Contar con ayuda para alojamiento, alimentación y transporte, por parte de la
institución receptora, si se considera que las características del programa lo requiere.
5 Recibir viáticos o gastos de camino, según sea el caso, para asistir a las reuniones
convocadas por la institución receptora, siempre que su asistencia implique desplazarse
de su unidad de adscripción.
6 Conservar durante el Servicio Social sus derechos como universitario, (seguro
facultativo, resello de credencial, préstamo de libros de la biblioteca de la Universidad
Emiliano zapata).
7 Realizar el Servicio Social en la plaza de adscripción original, cualquier cambio deberá
contar con su consentimiento y el de la Universidad Emiliano zapata.
8 Participar en los programas de Educación Continua, internos o externos, como
asistente o ponente.
9 Reconocimiento del tiempo prestado y reubicación en otro programa, cuando la
cancelación del Servicio Social, sea por incumplimiento de lo convenido por parte de la
Institución receptora.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
10 Disponer de permiso para realizar trámites académicos y administrativos autorizados
por la Universidad Emiliano Zapata, para lo cual deberá presentar documento avalado por
ésta.
11 Obtener carta de terminación de Servicio Social.
12 Recibir constancia por el tiempo de permanencia en la plaza de Servicio Social
expedida por la institución receptora.
Artículo 20.- Son obligaciones de los pasantes en servicio social:
-Asistir a la orientación sobre los programas del Servicio Social vigentes.
-Asistir al Curso de Introducción al Servicio Social programado por la institución receptora.
-Presentarse puntual y debidamente uniformado conforme al reglamento de uniformes de
la Universidad Emiliano Zapata en la Institución donde preste su servicio social.
-Cumplir con las funciones y actividades del programa de Servicio Social.
-Asistir a las reuniones de seguimiento para el funcionamiento del programa, convocadas
y previamente acordadas por las autoridades de la Universidad Emiliano zapata y por la
Institución receptora.
-Realizar programa anual para Servicio Social derivado de los objetivos del programa
registrado y considerando el diagnóstico de salud o situacional de la unidad de
adscripción.
-Informar trimestralmente a la institución receptora las actividades realizadas en el
servicio.
-Tratar y dirigirse con respeto a todas las personas en la institución donde prestan el
Servicio Social.
-Comunicar de inmediato y por escrito a ambas instituciones de cualquier irregularidad
que observen durante el Servicio Social.
-Contribuir al resguardo y conservación del material y equipo de uso en el servicio social.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” -Cumplir íntegramente y de manera ininterrumpida con el tiempo de duración y el horario
estipulados en el programa seleccionado.
-Prestar Servicio Social cinco días a la semana conforme a los horarios acordados.
-Crear y fortalecer un ambiente de trabajo donde el respeto sea el eje de la convivencia.
-Realizar el Servicio Social de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento
y las normas de las instituciones receptoras.
Artículo 21.- Son faltas que ameritan sanción:
-Cuando sin causa justificada se interrumpa la prestación del Servicio Social por más de
18 días durante
-Meses, o en su caso 5 días hábiles consecutivos de acuerdo al Artículo 7 Capítulo II del
Reglamento General del Servicio Social
-Aquellas que infrinjan el Reglamento Interior de la Secretaria de Salud señaladas en su
apartado 6.3 como son:
-Propiciar y celebrar en la unidad donde este adscrito cualquier reunión ajena a los
objetivos de la Institución.
-Comprometer por negligencia la seguridad de las personas que se encuentran en el área
de servicio, causar daños o destruir intencionalmente mobiliario, útiles de trabajo,
materiales y demás objetos de la institución de adscripción.
-Sustraer del establecimiento donde preste su servicio social, equipo, material o
medicamentos pertenecientes a la unidad médica sin autorización por escrito de las
autoridades de la institución.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” -Ausentarse de sus actividades sin autorización escrita de su jefe inmediato o faltar a las
reuniones de trabajo sin causa justificada.
-Aprovechar los servicios o al personal, en asuntos particulares o ajenos a los de la
institución a la cual estén adscritos.
-Cobrar por cualquier servicio que esté incluido en sus actividades, así como realizar
comercio en beneficio personal dentro del horario señalado y de la unidad donde preste
su Servicio Social.
-Abandonar el servicio sin autorización escrita o verbal, ya sea por cuestiones de salud,
gravidez, legales o familiares.
-Presentarse bajo los efectos de bebidas embriagantes, estupefacientes o psicotrópicos
durante la realización de Servicio Social.
-Incurrir en actos de violencia, amenazas, injurias o malos tratos contra sus jefes,
compañeros o personas de la comunidad, dentro o fuera de las horas de servicio, siempre
y cuando sea una situación comprobable.
-Incurrir en cualquier violación al código de ética, a juicio de las instituciones participantes.
Capítulo VII.- Medidas disciplinarias
Artículo 22.- Las medidas disciplinarias que se podrán imponer son las siguientes:
Amonestación verbal
Amonestación escrita
Reiniciar el Servicio Social
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Cancelación del Servicio Social.
I. Cuando el pasante incurra en alguna falta u omisión se hará acreedor a la
amonestación verbal; en caso de reincidencia se amonestará por escrito; si vuelve a
reincidir, dependiendo de la falta, se le podrá cancelar el Servicio Social.
II. El facultado para aplicar la amonestación escrita será el responsable del programa al
cual está adscrito el pasante en Servicio Social; una copia se agregará a su expediente
personal y otra se enviará a la Universidad Emiliano Zapata.
III. La cancelación del Servicio Social procederá por acuerdo de las autoridades de la
Universidad Emiliano Zapata y de la Institución receptora.
Capítulo VIII.- Liberación de servicio social
Artículo 23.- Para la entrega de la Carta Única de Servicio Social expedida por los
Servicios de Salud de Nuevo León el pasante debe cubrir los siguientes requisitos:
I. Entregar a la Secretaría de Asuntos escolares el original de la carta de terminación del
Servicio Social expedida por la institución receptora.
II. Entregar carta de No Adeudo de libros expedida por la biblioteca de la Universidad
Emiliano zapata.
III. La Secretaría de Asuntos Escolares tramitará ante los Servicios de Salud la expedición
de la carta de liberación del Servicio Social.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
FUNDAMENTACIÓN.
Todo programa de estudio es producto del momento histórico que se vive el cual
responde a preocupaciones ante ciertos problemas con ciertas posibilidades bajo
ciertas concepciones en ciertas condiciones de poder además de otras muchas que va
determinando el desarrollo de todo proyecto curricular.
Una lección e la historia es que todo es mutable. Podemos transformar lo que ha
demostrado su adecuación y modificando aquello que resulta inadecuado. Abrir
posibilidades caminos a la participación creativa explorar nuevas alternativas recocer
aciertos y deshacer los errores implica una actitud de renovación irrenunciable y de por
si enriquecedora.
Todo planteamiento curricular debe partir del principio de su adecuación constante y
permanente el diseño curricular no es un estado sino la expresión de un estudio en un
proceso lo que reclama su continua adecuación.
La cuestión curricular es inseparable de las implicaciones del contexto en que se da lo
que lleva al cuestionamiento sobre la concepción que tenemos de la educación superior
en el país. Es decir; qué función debe cumplir cual es su articulación con la sociedad
que problemas debe de afrontar formar recurso humanos para atender que tipo de
demandas o para que tipo de necesidades aun que mucho de estas no sean
demandadas por la falta de potencialidad de vigencias de los sectores sociales que
requieren la asistencia no por ello dejan de ser necesidades muchas veces prioritarias.
Todo espacio de educación superior debe de concebir un escenario para la excelencia
para el desarrollo de conocimientos exige tener por principios: un carácter universal
donde se pueda abordar todos los aspectos y preocupaciones desarrolladlas por el
pensamiento humano; afrontar el problema del conoci9miento en la pluralidad
ideológica, entendida como la participación fundamentada abierta y respetosa ante las
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” distintas posiciones tener una actitud crítica permanente rechazando todo dogmatismo
o imposición de ideas o intereses preservar los criterios en el más alto rigor del
quehacer académico y científico.
De ahí que todo diseño curricular se verá proyectado en base a una concepción
multiparadigmatica necesaria para la formación del psicólogo. La licenciatura implica
una preparación general básica dentro de una área de conocimiento que debe de
capacitar al egresado para cumplir adecuadamente las tareas abiertas al ejercicio
profesional y para que pueda comprender los conocimientos dentro de su propio campo
de especialización, esto a diferencia de la formación técnica la cual esta mas abocada a
capacitar en la resolución de problemas específicos bajo procedimientos
estandarizados.
Esta diferencia exige que en la preparación de licenciatura en psicología y
neurociencias se de la formación general básica en una disciplina dentro de sus
diversos campos y alcances sin reducirse a un área específica en tanto no es una
especialización ni a la aplicación de técnicas concretas en tanto que no es una carrera
técnica. Estos aspectos imprimen en la formación profesional ciertos requerimientos
curriculares.
La psicología y neurociencias como disciplina presenta diversos y complejos problemas.
Podríamos decir que los problemas más substanciosos no han sido resueltos en tanto
se puede observar con claridad hoy en día que en la comunidad de psicólogos aun no
hay un consenso sobre que es la psicología y neurociencia.
Otro problema de importancia es la concepción epistemológica. El conocimiento que es
adjetivizado como científico es asumido como valido en tanto supone comprobada
veracidad y certeza. A pesar de que el concepto de ciencia es multicitado y que la gran
mayoría de los cuerpos teóricos del conocimiento reclaman tener la calidad de
científicos la concepción de ciencia no deja de ser un problema polisémico. Las distintas
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” posiciones sobre lo que conforma el conocimiento han generado al interior de las
ciencias y particularmente de la epistemología una polémica muy extensa y compleja
que aun no está resulta.
El problema teórico de la construcción del conocimiento conlleva otro problema
complejo: el problema metodológico, las herramientas, la validez la confiabilidad, los
criterios. Todos estos problemas están presentes en los cimientos de la psicóloga y son
ineludibles.
Por estas razones el currículo de psicología y neurociencias debe tener un carácter
pluralista y de constante adecuación, así concebido como un proceso de gestión
continua y colectiva dentro del cual se conforman los ejes estructurantes de la práctica
educativa.
La elaboración de toda propuesta curricular implica un programa de organización.
Defina las inanidades sus objetivos las metas del programa curricular hay que diseñar
también la organización programática que conforme la estructura Genaro del currículo.
Hay muchas formas de organizar un curriculum y muchas pueden ser validas pero hay
que optar por desarrollar una la mejor.
Nuestra propuesta está basada en la conformación de un proyecto curricular que inicia
con una introducción al problema de la psicología y neurociencias como disciplina de
estudio independiente, en el cual se abordan los problemas históricos, epistemológicos
y metodológicos antes referidos. Es decir, por la filosofía de la ciencia.
En un segundo momento conformaría una introducción a las proximidades teóricas
psicológicas y de neurociencias más significativas, procurando revisar autores y textos
clásicos más representativos de cada una de estas aproximaciones.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” En una tercera fase, introducción a los procesos psicológicos y neurólogos dada por
trópicos: bases psicobiologicas, aprendizaje-memoria, motivación emoción, lenguaje
pensamiento y relación Mente-Sistema nervioso.
En un cuarto momento el desarrollo psicológico y de neurociencias planteado en la
secuencia normal es que se presenta el desarrollo en los seres humanos, diferenciado
las propiedades del desarrollo psicomotor psicoafectivo y psicocogntivo.
Considero que una ventaja así planteada el hecho de orientación aplicada a partir del
quinto tetramestre ya que con esta se refuerza tanto al docente como al alumno a
enfrentar problemas reales y concretos evitando así la simple especulación teórica o la
enseñanza puramente verbalista.
Con base a esta experiencia un último momento en el que se concentraría una carga
curricular plantearía el desarrollo de la actividad dada en un eje de prácticas de trabajo
de campo. Las prácticas tendrían por objeto proporcionar al alumno la formación
metodológica que le permita detectar evaluar diagnosticar diseñar e intervenir por medio
de programas en la atención o prevención de problemas de carácter psicológico y
neurológico en condiciones concretas y reales.
Las prácticas significarían los ejes temáticos dados con base en los campos de servicio
profesional en psicología y neurociencias tales como la salud la educación el trabajo la
investigación. Los enfoques teóricos estarían dados sobre aquellos que aportaran
elementos heurísticas y de apoyo al desarrollo de las prácticas abriendo la oportunidad
a la imaginación y el trabajo creativo del alumno.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
Beneficios Directos e Indirectos.
Indicadores de la Situación del Entorno Social, Económico y Educativo
Para dar una idea general del entorno y situación de la Psicología y neurociencias con
la Investigación mencionaremos que existe una gran actividad de investigación en todas
las escuelas de psicología y esto es así, porque en los planes de estudio se fomenta y
se realizan experiencias de investigación. Es por esto que la investigación en psicología
y neurociencias se ha desarrollado en todas direcciones. Es decir en todas las ramas de
la misma con los paradigmas de las principales escuelas teóricas y prácticas de la
psicología y neurociencias.
La psicología y neurociencias representa todavía una de las mayores áreas de
aplicación en México. Porque se practica desde diferentes puntos de vista teóricos,
porque se practica y se presenta más en el ámbito clínico, hospitalario, consultorios
privados y comunidades especificas.
Por muchos años en el instituto Mexicano de psiquiatría, un grupo interdisciplinario que
cuenta con investigadores psicólogos y neurólogos de primer orden han llevado a cabo
y reportado investigaciones bien planeadas y realizadas sobre: cómo afecta el sistema
nervioso a la drogadicción, alcoholismo, tratamiento psicofármaco lógico, estudios
epidemiológicos y salud mental en general. Abordan muchos problemas específicos del
campo de la salud pública.
Además de tener publicaciones en diferentes áreas también poseen la cualidad de
hacer seguimientos de sus resultados de investigación.
En el área de la psicología y neurociencia destacan trabajos de investigación sobre
reconstrucción de la memoria, lenguaje, aprendizaje, dificultades en los procesos de
lectura, escritura y cálculo.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Sobre educación y de los campos más distinguidos sobresalen retraso escolar, técnica
de enseñanza, evaluación del aprendizaje, relación maestro-alumno y optimización del
nivel de autoestima y motivación escolar en los alumnos.
En la actualidad investigaciones en psicología ambiental y eco psicología especialmente
en los tres centros urbanos más importantes del país se ha estudiado la percepción que
tiene los niños de la ciudad y sus problemas citadinos, como también la ciudad
populosa se han descrito los efectos del ruido, el reciclaje de la basura y el
aglomeramiento social en las ciudades. Se ha trabajado activamente en la formación de
equipos interdisciplinarios para trabajar en eco psicología.
La mayor parte de la investigación sobre el aprendizaje y el análisis experimental de la
conducta ha provenido de equipos tanto de la facultad de psicología de la UNAM como
también de la facultad de psicología de Jalapa y han sido desarrollados desde la
perspectiva de análisis conductual a través de la Neurociencia.
Contribuciones sobre locus de control, creencias y roles sociales de género también
han tenido su desarrollo.
En el campo de la Neurociencia, Neuropsicología clínica se han desarrollado temáticas
de interés tanto para el ámbito escolar como han sido los problemas de reeducación de
lectura y escritura como en los problemas de lenguaje. También se ha asistido a la
clínica de lesiones cerebrales ocasionado por traumatismos diversos y muy
recientemente se han hecho esfuerzos en profundizar en cuestiones de adicciones e
intoxicaciones profesionales.
Sobre agresividad en los adolescentes en México y sobre factores individuales y
ambientales en el desarrollo de la personalidad. Sobre rehabilitación del paciente
mental crónico merecen especial atención. Investigación interdisciplinaria sobre
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” actitudes características de la personalidad en los maestros de escuela primaria así
como el programa para detectar opinión pública sobre problemas nacionales.
A pesar de su amplitud hay que señalar que la investigación que se ha realizado y se
realiza en México no ha llegado a tener todavía un impacto apreciable en el avance de
la disciplina y en la sociedad por diversos factores:
a) En primer lugar no todos los investigadores plantean sus trabajos bajo una
metodología científica que implica la comprobación empírica de las propias hipótesis. Lo
cual se recomienda el uso de métodos científicos de investigación de acuerdo a los
planteamientos teóricos y a la naturaleza de los datos que se tratan de revelar, así que
se requiere un denominador común: el apego a criterios objetivos de verificación y
generalización.
b) La investigación en el campo de la psicología y neurociencia en México se realiza en
muchas áreas de la misma pero padece el problema de que se publica poco y de ahí
que existan dificultades para la evaluación y seguimiento de los resultados. Sin
embargo, en 1975 no existía mucha literatura sobre este tema en el País.
c) Los trabajos de investigación de los psicólogos mexicanos con más facilidad se
presentan y discuten en los congresos de psicología que en las publicaciones.
d) Considero que la investigación en psicología en México tiene el problema de la
continuidad. Sin embargo, existen programas de investigación que si cuentan con
experiencias de sistematización como es el caso del psicólogo Díaz Guerrero.
e) La mayor parte de los trabajos están fundamentalmente en bibliografía extranjera y
casi siempre norteamericana. Esto no es cuestionable lo que si llama la atención es que
los colegas mexicanos desconozcan lo que se está realizando en el mismo campo.
Faltan órganos de difusión de carácter internacional en México.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
f) El financiamiento de las investigaciones en psicología proviene de fondos extranjeros
o de las universidades, que solo pueden hacer aportaciones moderadas.
Recientemente empiezan a existir prioridades en esta área por parte del CONACYT y
Secretaria de Educación Pública.
Estudio de Oferta y Demanda.
La relevancia, requerimientos y limitaciones en el ejercicio de la profesión.
NUEVO LEON.
El Colegio de Psicología se funda en 1966 en la facultad de Filosofía y Letras de la
Universidad de Nuevo León, para 1973 la disciplina logra constituirse como facultad de
la Universidad Autónoma de Nuevo León, organizando su plan de estudios en un tronco
común con una duración de tres años y cinco áreas de acentuación: clínica, social,
infantil, laboral y conductual, con una duración de dos años. Es decir con una formación
de cinco años. Para finales de la década de las setenta cuentas con la unidad de
servicios y atención psicológica a la población en general así mismo se desarrollan
convenios con instituciones de salud y educación y empresas para la realización de
prácticas profesionales y servicio social.
Desde estos años hasta la actualidad se ha dado un impulso a la investigación científica
en el área de las Neurociencias. Es en la Universidad Autónoma de México UNAM,
donde inician con los estudios e investigaciones sobre neurociencias
ESTUDIO DE MERCADO………REAL Y POTENCIAL.
La educación y el desarrollo de los mexicanos dependen de la salud que posean, la
salud ha siendo determinante para confrontar las características demográficas de
nuestro país, el perfil epidemiológico se está transformando como consecuencia de
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” mayor urbanización, cambios ocupacionales etc. en estos procesos de ajuste se
observan cambios que han afectado el avance de la profesión.
Hasta hace algunos años la enseñanza de la psicología, se había dado de manera poco
organizada, más como consecuencia de intereses personales, académicos e
institucionales de Universidades, sector Salud o de Educación de las entidades
federativas del país. Lo anterior, pudo haber sido producto de una falta de perspectiva
global de planificación, lo cual genero una gran proliferación de escuelas que imparten
estudios de Psicología; por otra parte la consolidación y reconocimiento de los estudios
a nivel Licenciatura y el fortalecimiento de programas de postgrado en el área de
Psicología. A pesar de ello se continúo observándose una dispersión en la calidad de
los servicios de psicología; analizando cuáles serían las causas, y factores que estaban
contribuyendo a tal situación.
Los factores que se identificaron como más importantes fueron un déficit de personal de
psicología, y no mencionando psicología y neurociencias términos que dan miedo
porque no existe suficiente investigación sobre ellos, pero si una profunda relación, y las
condiciones en las que desarrollaban su práctica.
Los diferentes estudios realizados con el propósito de investigar cuales son las áreas de
acción laboral considerando la necesidad actual dentro de la política universitaria, se
abocan a la detección de necesidades de diferente índole tomando en cuenta diversas
fuentes de información con la finalidad de reestructurar el currículo de la carrera de
licenciatura en psicología y neurociencias.
El presente informe se refiere a uno de esos estudios y tiene el propósito de analizar las
necesidades detectadas y referidas por los empleadores de psicólogos a fin de
contribuir a la toma de decisiones para la reestructuración curricular.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” En dicho estudio la muestra estuvo compuesta por 43 instituciones públicas y 25
privadas. La población de encuestados estuvo constituida por el total de 350
empleadores o jefes inmediatos de psicólogos que laboraban en dichas instituciones.
Se tomaron en cuenta a) datos de referencia del empleador y de la institución, b)
requerimientos y perfil profesional que solicita la institución al ingresar el psicólogo, c)
satisfacción de necesidades de la institución a través del ejercicio profesional del
psicólogo, d) necesidad de capacitación y/o actualización profesional del psicólogo en la
institución, no se profundizo sobre el perfil del psicólogo y neurociencia, por ser un
término que aun no se ha incluido en las curriculas de psicología.
Los resultados son los siguientes: a) Respecto a los datos de referencia se encontró
que la mayoría de los empleadores son de sexo masculino 60%. El 61% tiene grado
académico de licenciatura y el 32% cuenta con estudios de postgrado. La mayoría de
los empleadores 69% tiene bajo su cargo de uno a cinco psicólogos sobre todo en las
empresas privadas, el 17% de estos dirige a más de seis y menos de diez psicólogos y
el 14% en adelante. El 58% de los empleadores los ha tenido a su cargo de uno a cinco
años y un 21% por un lapso de seis a diez años.
b) En cuanto a las instituciones donde laboran los empleadores se observo que la
mayoría de las instituciones públicas se ubican dentro del sector organización social
54% del total de instituciones el sector Producción y consumo comprende a la mayoría
de ellos 9%, en gran contraste con el sector de ecología y vivienda donde solo
intervienen el 1 del total.
Las principales funciones del área o departamento son las siguientes: selección y
capacitación 38%, planeación y coordinación de centros educativos 13% y actividades
administrativas 12%.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” En lo referente al número de psicólogos que labora dentro de la institución el 34% de
los empleadores indico que no ha variado en los últimos tres años, un 33% informo que
ha aumentado debido a formación de nuevas áreas de trabajo y por necesidades
institucionales. El 28% refirió que ha disminuido debido a algunas renuncias cambios de
adscripción, necesidades institucionales, reestructuración del departamento y
reducciones del presupuesto.
En la información que proporcionaron los empleadores respecto a los criterios para la
selección de los psicólogos destaca que el 77% prefiere aquellos que ya han obtenido
el nivel de licenciatura, sin embargo el 63% indicó que si aceptaba pasantes de la
carrera. Cabe mencionar que en los empleadores podían elegir más de una opción por
ello.
Con respecto al área de especialización de los psicólogos sobre sale la cantidad de
empleadores que prefieren a los que hayan realizado sus estudios en el área industrial
47%, siguiendo en orden de importancia los que solicitan psicólogos del área clínica
41%, los del área educativa 38%, y los que tienen una formación general 25%.
En cuanto a la experiencia laboral profesional, más de la mitad de los empleadores
opinan que es preferible una experiencia entre los cuatro y los seis años 59%, aunque
un 26% reporto no tener preferencia al respecto.
El hecho de que la experiencia profesional de los psicólogos sea en algún sector
específico no es básico para la gran mayoría de los empleadores 71% pero algunos
14% prefieren aquellos con experiencia laboral en el sector privado.
En lo referente a que los psicólogos deban tener otro tipo de estudios para una gran
parte de los empleadores no es necesario 57% pero otros prefieren a los que dominan
algún idioma 21% y a los que cuentan con estudios de computación 18%.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Al analizar las funciones profesionales que desarrollan los psicólogos de acuerdo a la
opinión de los empleadores, se tiene que las funciones de detección y diagnostico que
se refieren a la obtención y análisis de información con objeto de realizar una
apreciación cualitativa o cuantitativa de aspectos psicológicos, se llevo a cabo
eventualmente en el 32% de las instituciones, en el 23% con mayor regularidad y en el
15 % es la principal función.
Las funciones de intervención profesional enfocadas a modificar un aspecto o problema
relacionado con el comportamiento humano por medio de la aplicación de métodos
psicológicos, se realizan con poca frecuencia en el 37% de las instituciones, en algunas
es la principal función 7%, pero en el 41% nunca se desarrollan.
Las funciones de evaluación que son todas aquellas encaminadas a obtener
información sobre los efectos de la aplicación de alguna intervención psicológica son
efectuadas eventualmente en algunas 43% de las instituciones y no se llevan a cabo en
un 48%.
Por lo que se refiere a las funciones de investigación enfocadas a la realización de
estudios dirigidos a obtener un conocimiento específico sobre fenómenos relacionados
con el comportamiento en el 42% de las instituciones se practican eventualmente y en
el 50% de las instituciones nunca se efectúan.
Respecto a funciones de comunicación y difusión a través de las cuales se informan los
resultados de las acciones desarrolladas están desempeñadas en pocas ocasiones por
el 51% de las instituciones con mayor frecuencia en el 20% y no se efectúan en el 22%
de las mismas.
Finalmente las funciones administrativas y de control que se refiere el seguimiento o
supervisión de acciones requeridas en el trabajo se realizan ocasionalmente en el 41%
de las instituciones y más frecuentemente en el 22%.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
En relación a que si los psicólogos realizan actividades exclusivas de su
competencia profesional el 40% de los empleadores contesto afirmativamente y el 60%
indico que los psicólogos realizan además actividades que corresponden a otras áreas
profesionales, sin embargo, el 52% opino que el trabajo profesional que corresponde a
la psicología lo realizan solamente los psicólogos y el 48% opina que también lo
realizan otros profesionales.
Al preguntar a los empleadores acerca de la necesidad de profesionales en psicología
para su institución el 52% indica que son muy necesarios, el 3% que son
imprescindibles y el 4% los califica como innecesarios.
En cuanto a la organización de cursos de actualización o capacitación del psicólogo en
el departamento el 51% de los empleadores informan que no existen pero el 45% de las
instituciones visitadas se reporta que si se llevan a cabo.
En opinión de los empleadores existe una mayor necesidad de capacitación para los
psicólogos en las áreas de conocimiento para realzar funciones de detección y
diagnostico 40%, metodología para la intervención profesional 30% y metodología para
la investigación 30%. Además indicaron que el desempeño profesional del psicólogo
que tiene capacitación y/o actualización ha mejorado de forma regular en el 20% de los
casos y mucho en el 30%.
Acerca de los temas sobre los que se han organizado cursos de capacitación el 64% de
los empleadores no emitió respuesta el 10% confiere gran importancia a la
administración y organización de recursos humanos el 6% a la actualización de pruebas
psicometrías y el 4% a temas de especialidades médicas.
En cuanto a los temas sobre los que se recomiendan cursos de capacitación el 43% de
los empleadores no emitió el 13% indico pruebas psicometrías 9% en administración
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” de recurso humanos 9% más en formación, el 6% en psicología clínica y solo 1% en
etapas de desarrollo de la personalidad y en técnicas de desarrollo comunitario.
Lo siguiente sirve para recomendaciones dirigidas a la toma de decisiones a diferentes
niveles y la realimentación curricular para enriquecer la formación profesional con miras
a atender a los beneficiarios directos del servicio psicológico.
Los lineamientos de una prospectiva de su ejerció profesional podemos encontrarlos en
los diversos documentos generados en la Secretaria de Salud y Secretaria de
Educación Pública tanto a nivel federal como Estatal, así como de otros organismos
Gremios de Profesionistas de la Psicología, Universidades y escuelas de la misma. Así
también se cuenta con análisis prospectivo de organismos internacionales:
Organización Internacional del Trabajo, Organización Mundial de la Salud, Oficinas
internacionales diversas sobre el Desarrollo de la educación.
El desarrollo de la psicología en los últimos años se ha desarrollado en varios campos
de ejercicio profesional: el de las Neurociencias, el clínico ahora ampliado al de la salud,
el social-comunitario, el educativo y el laboral-organizacional. Existen además dos
áreas de especial énfasis en la investigación con una importante tradición en el país. La
psicología general experimental y psicobiología, la psicología criminológica en México a
diferencia a otros países no se ha desarrollado lo suficiente, también esto ocurre en
otros campos de su aplicación en lo militar, aeroespacial, lo cual aplica al campo de la
neuropsicología epidemiológica aplicada a problemáticas de intoxicación crónica
profesional de agentes químicos industriales.
Existen opiniones favorables de que pronto la psicología ampliara su esfera de acción
hacia el estudio y aplicación de las neurociencias tanto en los campos tradicionales ya
enunciados como de algunos de reciente aceptación. Las diversas áreas o sectores de
la sociedad requerirán la participación del psicólogo tanto en la investigación como en el
ejercicio profesional a continuación se esbozan estas posibilidades:
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
Sector salud: es claro que el psicólogo tiene mucho que ver con la salud y no solo en
aspectos mentales sino en un ámbito más amplio. Los actuales problemas de México
originados por el gran crecimiento demográfico, la modernización con los procesos de
urbanización e industrialización y por la pérdida de equilibrios sociales, tiene sus
repercusiones en padecimientos típicos de la época contemporánea. Los servicios y
atención a la salud piden una especial atención a las cuestiones preventivas para
grandes núcleos sociales. En esta problemática el psicólogo ya está participando en los
programas de salud mental tales como alcoholismo, drogadicción, rehabilitación,
higiene mental, desajustes de personalidad.
Por otro lado es muy probable que además del psicólogo de gabinete o consultorio
privado se le vea en el futuro con mayor frecuencia como parte integrante de equipos
de salud comunitaria y en instituciones de seguridad social.
INSTITUCIONES QUE CUENTAS CON ESTUDIOS DE LIC. EN
PSICOLOGIA Y NEUROCIENCIAS.
Durante la década de los ochenta el Tecnológico de Monterrey creo el Departamento de
Psicología Organizacional y la carrera de la misma con una duración de cuatro años y
con un plan de metas y objetivos bien definidos respecto al desarrollo de la
organización de la empresa.
La Universidad Regiomontana también cuenta con la carrera de psicología con una
duración de tres años e iniciándose a finales de la década de los setenta.
En la actualidad en las cuatro universidades mencionadas se ofrecen diplomados y
cursos de maestría en diferentes áreas de psicología en la facultad de psicología de la
Universidad Autónoma de Nuevo León se ofrece el programa doctoral en psicología.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Actualmente en el Estado de Nuevo León existen 21 escuelas que ofrecen estudios de
formación en licenciatura de psicología y 13 de ellas ofrecen maestrías en diferentes
campos de aplicación.
INVESTIGACIÓN COMPARATIVA CON INSTITUCIONES QUE OFRECEN LA
LICENCIATURA EN PSICOLOGIA
INSTITUCIÓNES
Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de
Monterrey
Universidad Regiomontana
Universidad de Monterrey
Universidad del Norte
Universidad autónoma de Nuevo León
Universidad Metropolitana
Centro de Estudios Universitarios
Tec. Milenio
Universidad Tecnológica
Universidad Intercontinental
Entre otras, pero de una Manera Formal.
Sin embargo la Licenciatura en Psicología y Neurociencias, no la oferta Ninguna
Universidad o Institución Educativa de México, ni de Nuevo León, existe un
intento por parte de la UNAM por aperturar la Licenciatura en Neurociencias, sin
éxito aun.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Importancia para la Institución, El Estado y la Nación.
Nuestros compromiso Social, fortalecer a la Región y a México formando Profesionistas,
Científicos, y Tecnólogos altamente competitivos y comprometidos con las
necesidades económicas, sociales y culturales del estado de Nuevo León y de México.
Así mismo, Contribuir a ampliar la cobertura y atención de la educación superior en el
Estado de Nuevo León, diversificando la oferta de educación superior en el mismo
Estado con planes y programas de estudio que respondan a las demandas de los
estudiantes y de los sectores productivo y social, crear, preservar y difundir la ciencia, la
cultura y la innovación tecnológica en beneficio de la sociedad, como una herramienta
para crecer como País, la educación de todos es una oportunidad social para nuestro
País.
Existe la necesidad de contratar personas relacionadas con el área de la Psicología y
Neurociencias por los constantes cambios culturales y de dinámica social, por lo que
proponemos el Plan y programas de Estudio de la Licenciatura en Psicología y
Neurociencias.
Hacemos referencia a lo anterior considerando que:-
Están ocupados 76% de los egresados de licenciados en psicología ( Sin
Neurociencias )
El ingreso promedio de los licenciados en psicología solo psicología en 2013 fue
$9,452 mensuales; para 90% de ellos varió entre $8,511 Y $20,143.
El empleo de los licenciados en psicología tiende a aumentar 11 % por año.
Tendencia de la matrícula de psicología: incremento de 14% por año, de 2008 al
2013
En el período 2009 – 2013 el empleo podría incrementarse en 7,492 personas.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” El crecimiento de la matrícula de la licenciatura en psicología es muy elevado y
permite que se mantenga en equilibrio la oferta y la demanda de estos
profesionistas.
La Licenciatura en Psicología y Neurociencias, prepara al futuro profesionista para
desempeñarse con éxito, a través de cumplir con su responsabilidad Social que es la
conducción profesional basada en el respeto, y la ética hacia las personas, trabajo,
comunidad y sociedad.
La Ciudad de Monterrey N.L., es una Ciudad altamente Industrial y la más importante
del norte de la República Mexicana, con una necesidad creciente de este tipo de
profesional, recientemente se han ubicado en el área Metropolitana de Monterrey
Empresas, además de las que ya existían lo que abre el mercado ocupacional de este
profesionista, sin contar que ha iniciado una cultura por la Paz, donde este profesional
encaja perfectamente que son la mediación, la conciliación, el manejo de conflictos etc.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
PERFIL EPIDEMIOLÓGICO NACIONAL.
Condicionantes Del Proceso Salud-Enfermedad:
La población total de los Estados Unidos Mexicanos según el censo del año 2010 es de
112 millones 322 mil 757 habitantes. El país alcanzó este año el número de habitantes
que se esperaba para 2016, lo cual implicará un cambio en políticas públicas relacionadas
principalmente con educación y SALUD.
Para 2010 se esperaba un total de 108 millones de mexicanos.
El mayor dinamismo de la población pudo haber sido resultado de una menor tasa de
emigración y una mayor tasa de fecundidad.
Prácticamente uno de cada cinco habitantes vive en la zona metropolitana de la ciudad de
México, integrada por las 16 delegaciones del Distrito Federal, 59 municipios del estado
de México y uno de Hidalgo. El también llamado valle de México tiene una población de
20.1 millones de personas, lo que la convierte en la tercera conglomeración urbana del
mundo, sólo por detrás de Tokio y Delhi.
Cerca de la mitad de la población nacional reside en seis entidades: México, DF,
Veracruz, Jalisco, Puebla, Guanajuato y Nuevo León, que agrupan 44.7% del total. Cada
una tiene más de 5 millones de habitantes.
El INEGI detalló que 57 millones 464 mil 459 habitantes son mujeres (51.22%) y 54
millones 858 mil 298 son hombres (48.8%). En un ejercicio comparativo, significa que hay
95.5 hombres por cada 100 mujeres.
De los 2 mil 456 municipios y delegaciones, los más poblados son: Iztapalapa (DF),
Ecatepec, Tijuana, Puebla, Guadalajara, León, Ciudad Juárez, Zapopan, Gustavo A.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Madero (DF), MONTERREY y Nezahualcóyotl (estado de México). Todos ellos con entre
1.1 y 1.8 millones de habitantes y concentran 13.8% de la población total de la República
Mexicana.
Tabla: Nuevo León Vs ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Estadística Nuevo León Estados Unidos
Mexicanos
Agropecuario y aprovechamiento forestal Ver más
Superficie sembrada total (Hectáreas), 2009 330,963 21,855,443
Superficie cosechada total (Hectáreas), 2009 321,434 18,706,240
Superficie mecanizada (Hectáreas), 2009 No disponible 11,158,176
Educación y cultura Ver más
Población de 5 y más años con primaria, 2010 1,237,041 36,467,510
Total de escuelas en educación básica y media superior, 2009 6,932 239,186
Bibliotecas públicas, 2009 No disponible 8,311
Industria Ver más
Usuarios de energía eléctrica, 2009 1,506,291 32,771,405
Valor de las ventas de energía eléctrica (Miles de pesos), 2009 17,933,151 215,099,404
Inversión pública ejercida en obras de electrificación (Miles de pesos), 2009 31,000 4,718,065
Información económica agregada Ver más
Producto Interno Bruto Estatal (Miles de pesos), 2009 606,891,727 7,977,299,703
Producto Interno Bruto del Sector Primario (Miles de pesos), 2009 5,821,666 324,551,124
Producto Interno Bruto del Sector Secundario (Miles de pesos), 2009 214,497,138 2,506,895,530
Medio ambiente Ver más
Superficie continental (Kilómetros cuadrados), 2005 64,220.15 1,959,247.98
Superficie de agricultura (Kilómetros cuadrados), 2005 8,160.41 310,178.89
Superficie de áreas sin vegetación (Kilómetros cuadrados), 2005 28.11 9,306.86
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
Población Ver más
Población total, 2010 4,653,458 112,336,538
Nacimientos, 2008 91,247 2,628,885
Defunciones generales, 2009 22,361 563,516
Salud Ver más
Población derechohabiente, 2010 3,589,417 72,514,513
Personal médico, 2009 7,592 189,531
Unidades médicas, 2009 700 21,887
Seguridad y orden público Ver más
Delitos registrados en averiguaciones previas del fuero común, 2009 65,310 1,736,219
Accidentes de tránsito terrestres en zonas urbanas y suburbanas, 2009 57,490 428,467
Capacidad de los Centros de Readaptación Social, 2009 6,437 159,224
Servicios Ver más
Mercados públicos, 2009 No disponible 2,310
Centrales de abasto, 2009 3 84
Aeropuertos, 2009 2 77
Trabajo Ver más
Población de 14 y más años, 2010 3,419,476 79,340,285
Población Económicamente Activa, 2010 2,106,031 46,092,460
Población No Económicamente Activa, 2010 1,313,445 33,247,825
Vivienda y urbanización Ver más
Viviendas particulares, 2010 1,210,598 28,607,568
Promedio de ocupantes por vivienda particular, 2010 3.9 3.9
Parques de juegos infantiles, 2009 No disponible 5,084
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
CENSO DE SALUD, NUEVO LEON.
Existe ya una inversión de la pirámide poblacional por disminución en la tasa de
nacimientos, el aumento en la cobertura de planificación familiar y el incremento en la
esperanza de vida. Actualmente ya se encuentran en equilibrio las poblaciones de 0 a 4
años y de 45 a 64, con una tendencia al envejecimiento de la población, pasando
actualmente por una gran cantidad de jóvenes.
La mortalidad ha experimentado un descenso continuo, paralelo a un incremento marcado
en la esperanza de vida. En 1930, ésta era de 35 años para el hombre y 38 para la mujer;
en el año 2000 es de 73.1 y 77.6 años respectivamente.
Entre 1980 y 2030 la población de 65 años y más aumentará 3.6 veces, hasta llegar a
15.5 millones, lo que representa un incremento absoluto de 11.2 millones. Sin embargo la
mitad de este incremento ocurrirá entre 2020 y 2030, lo que puede brindar al sector salud
el tiempo suficiente para desarrollar estrategias dirigidas a la prevención y atención de
enfermedades crónicas y degenerativas (como el cáncer, las enfermedades del sistema
circulatorio y del corazón).
El proceso de envejecimiento demográfico implicará una cuantiosa reasignación de
recursos para atender las necesidades de la población, en particular la demanda de
servicios de salud y seguridad social.
Del total del Producto Interno Bruto, que se estimaba en 1994 en 246,400 millones de
dólares asignándose en esa fecha al sector salud, el 6.1% según reportes internacionales,
pero actualmente se asigna a este sector un promedio del 5%, cifra muy baja en
comparación con países como Chile, Costa Rica y Cuba.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” De las 105,749 localidades del país, 57.2% se clasificaron de muy alta marginación, y
20.9% de alta marginación. El 16.9% de la población vive en estas localidades,
especialmente en los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca.
Mediante el análisis de la relación existente entre la probabilidad de morir, de los menores
de 5 años y la probabilidad de morir de los adultos de 15 a 59 años, indicadores cuya
sensibilidad es simultánea al rezago epidemiológico (mortalidad infantil) y a los cambios
emergentes (mortalidad en adultos), la Fundación Nacional para la Salud integra cinco
regiones en la que se distribuyen los estados de acuerdo con su relación con la media
nacional y el percentil 25; estas regiones son:
A. Región de transición avanzada: presenta una mortalidad infantil por abajo del percentil
25 (278 por mil menores de cinco años) y una mortalidad en adultos menor a la media
nacional (105 por mil adultos de 15 a 59 años) y está integrada por el Distrito Federal,
Nuevo León, Tamaulipas, Coahuila y Baja California Sur, y se ubica el 19% de la
población (11% rural y 89 % urbana).
B. Región de transición intermedia: con un nivel intermedio de mortalidad en la infancia,
entre el percentil 25 y la media (334 por mil menores de cinco años) y baja mortalidad en
adultos (112 por mil adultos) se ubican aquí, Sinaloa, Aguascalientes, Colima, Jalisco,
Nayarit, Veracruz, Morelos y Quintana Roo, y representan el 21 % de la población
nacional (49% rural y 51% urbana).
C. Región de transición incipiente. Está compuesta por siete estados, con una mortalidad
en la infancia por debajo del promedio nacional (328 por mil menores de cinco años) y
una mortalidad en adultos por arriba del promedio (118 por mil adultos), es decir, 1.2
veces más elevada que las regiones A y B, en ésta se ubican, Chihuahua, Sonora, Baja
California, Durango, Estado de México, Querétaro, y Tabasco. En estos estados habita el
25 % de la población (34% rural y 66% urbana).
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” D. Región de rezago infantil. Su mortalidad infantil está por arriba del promedio nacional
(417 por mil menores de cinco años; 1.5 veces más elevada que la región A) y su
mortalidad en adultos está por debajo del promedio (108 por mil), se localizan aquí
Guanajuato, Zacatecas, San Luis Potosí, Tlaxcala, Campeche y Yucatán. Representa el
12% de la población nacional (45% rural y 45% urbana).
E. Región con rezago extremo. Presenta una mortalidad infantil de 523 por mil, (1.9 veces
más elevada que la de la región A) y de adultos (139/ mil) por arriba del promedio
nacional. Los estados que integran esta región son: Hidalgo, Puebla, Michoacán,
Guerrero, Chiapas y Oaxaca. Habitan aquí el 23% de la población (68% rural y 32%
urbana).
DAÑOS Y RIESGOS PARA LA SALUD.
El descenso mayor de la mortalidad se observa en la tasa de mortalidad infantil por mil en
menores de un año. Actualmente la tasa ajustada es de 23.8, existiendo estados como
NUEVO LEÓN o instituciones de salud como el IMSS con una tasa 50% menor.
De acuerdo con la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE10) las principales
causas mortalidad general son: la enfermedad tromboembólica coronaria, la diabetes
mellitus y los tumores malignos.
En la morbilidad las enfermedades infecciosas y parasitarias, las que destacan son:
infecciones respiratorias, la neumonía e influenza y las enfermedades infecciosas
vaginales, finalmente los traumatismos y envenenamientos son también mayor motivo de
la demanda médica.
Existen diferencias en los patrones de enfermedad y mortalidad entre la población urbana,
la urbano marginada donde existen problemas de obesidad, diabetes e hipertensión
arterial en comparación con la rural, donde continúan altos los indicadores de mortalidad
materno-infantil y enfermedades infecciosas.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” Los cambios de los patrones epidemiológicos, muestran menos riesgo de muerte por
enfermedades infecciosas (20%), pero un incremento en la morbilidad y mortalidad por
enfermedades crónico-degenerativas (60%) y por lesiones y violencia (20%).
La mortalidad por enfermedades crónicas muestra una franca tendencia al aumento. En
1999, la enfermedad cardiovascular registró 70,622 defunciones (70.6 x 100 000). La
diabetes mellitus registró 43,324 defunciones en el mismo año (46.5 x 100 000).
Dentro de la Salud Pública se destaca la cobertura de vacunación, que es de más del
95% de la población objetivo, así, no hay casos de poliomielitis y difteria desde 1990,
sarampión sólo 2 casos desde 1996 y tétanos neonatal está eliminado, de acuerdo con la
OMS. Asimismo, se han incluido dentro del esquema nuevas vacunas como las que
previenen enfermedades como la parotiditis, rubéola, hemófilus y hepatitis B entre otras.
En lo que se refiere a las enfermedades y a las deficiencias de la nutrición y metabolismo
(CIE 10) 49.9% de los niños menores de 5 años presentan algún tipo de desnutrición para
el indicador peso-edad. El 21.5% de la población entre 20 y 69 años de edad, presentaba
un índice de masa corporal mayor de 30 (obesidad). La anemia se registra entre las 20
principales causas de muerte en los menores de 5 años.
Los problemas psiquiátricos son comunes en la consulta médica representando un 15%
de los problemas diagnosticados en los servicios de consulta externa y elevándose entre
un 20 a 30% en pacientes sin diagnóstico que tienen un trastorno psiquiátrico asociado.
Con referencia a las adicciones, la prevalencia de tabaquismo en el hombre es de 38% y
de 14% en las mujeres.
El tabaquismo aumenta el riesgo de enfermedades cardiovasculares, neoplasias y
enfermedades respiratorias como la enfermedad pulmonar obstructiva crónica, entre
otras.
En México, se estima que por lo menos 122 personas mueren diariamente a
consecuencia de esta adicción. El 66% de la población urbana entre 12 y 65 años
consume alcohol; y el 3.9% en ese rango de edad declaran haber consumido drogas
ilegales alguna vez en su vida. El consumo de drogas está aumentando en el país y el
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” mayor crecimiento se registra en la cocaína (81). Durante un año se reciben alrededor de
15,000 denuncias de maltrato infantil y nuestros índices de violencia nos ubican en el 4º
lugar en Latinoamérica, por debajo de Colombia.
Es importante mencionar la problemática de la infección por VIH y SIDA, ya que en una
década pasó de ser la undécima causa de muerte entre hombres de 25 a 34 años de
edad, a ser la tercera causa.
En el renglón de salud ambiental, se generan 83,585 toneladas diarias de basura, con una
recolección de 70%; sólo 17% se destina a rellenos sanitarios. Los índices de intoxicación
por plomo son importantes debido a la contaminación ambiental y por uso de ollas de
barro vidriado. Los niveles de ozono y de partículas suspendidas, dióxido de nitrógeno,
son considerables ya en diferentes ciudades, además podemos mencionar que en las
zonas rurales existen gran cantidad de productos contaminantes como los plaguicidas.
Derivado de las características epidemiológicas y de salud descritas anteriormente, se
han derivado diferentes instrumentos para orientar la política y los planes nacionales de
salud. En este sentido, el Plan Nacional de Salud, establece, entre otras cosas que:
“La salud es una inversión con oportunidades. A medida que el país se transforma, su
sistema de salud debe hacerlo también. El desarrollo económico, el bienestar social, la
estabilidad política y la seguridad nacional dependen de la buena salud de nuestra
población. No puede haber progreso general sin un sistema de salud que responda a las
aspiraciones de los mexicanos.
El Programa Nacional de Salud. La democratización de la salud en México: hacia un
sistema universal de salud busca responder a este desafío y contribuir así al cambio en el
país. Cuatro premisas lo inspiran:
• La buena salud es uno de los objetivos del desarrollo y una condición indispensable para
alcanzar una auténtica igualdad de oportunidades.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA”
• La salud es, junto con la educación, el componente central del capital humano, que es el
capital más importante de los individuos y las naciones. Mejorar la salud y asegurar la
educación significa fortalecer la capacidad del individuo y la sociedad para procurarse y
acrecentar sus medios de vida.
• Dados el valor que en sí misma tiene y su potencial estratégico, es necesario dejar de
ver a la salud solamente como un sector específico de la administración pública y
empezar a considerarla también como un objetivo social que todos los sectores pueden y
deben perseguir; así, se requiere complementar las políticas de salud con políticas
saludables.
• Finalmente, la protección de la salud es un valor compartido por prácticamente todas las
sociedades, todos los sistemas ideológicos y todas las organizaciones políticas. La buena
salud, por lo tanto, es un valor que puede fortalecer el tejido de nuestra sociedad.
Asimismo, menciona de manera muy específica la coexistencia en nuestro país de
enfermedades propias de la pobreza y de aquéllas relacionadas con el estilo de vida,
principalmente crónico-degenerativas. Por lo anterior, propone una nueva organización
del Sistema Nacional de Salud que buscará incorporar a más población, garantizar un
paquete básico de servicios de salud para todos los mexicanos y reforzar el principio de
equidad con los que menos tienen.
Los programas de vacunación, nutrición y salud reproductiva constituirán el eje del
paquete de servicios básicos, al cual se agregarán acciones específicas según sean las
necesidades sanitarias regionales y locales.
Por otra parte contempla que, para asegurar la utilidad del esfuerzo colectivo en materia
de salud, “...debemos garantizar un nivel óptimo de preparación de quienes prestan estos
servicios; alentar la vocación médica y la de enfermera; fortalecer las instituciones de
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” enseñanza para mejorar la calidad de los estudios de esas especialidades y aumentar
también la posibilidad de que los especialistas mejoren sus condiciones de vida y de
trabajo. El desarrollo de los recursos humanos se articulará con la innovación tecnológica
y la investigación científica”.
Las principales políticas de salud se vinculan con la reorganización del sistema para
ampliar la cobertura y prestar servicios eficientes y de calidad a la población, y con la
atención a los trastornos derivados de los problemas epidemiológicos y demográficos
actuales. Para atender al primero de estos objetivos, en 1995 se puso en marcha el
Programa de Reforma del Sector Salud, y para el segundo la Secretaría de Salud
definió en 1997 las funciones prioritarias en relación con la prevención y control de
enfermedades.
La promoción de la salud constituye una línea estratégica dentro de las funciones
prioritarias para la prevención y control de enfermedades, definidas dentro de la
Secretaría de Salud. Un componente clave es la estrategia de los municipios saludables,
que ha propiciado el liderazgo político local de los presidentes municipales y la
participación organizada de la sociedad en la definición de prioridades y la ejecución de
programas locales que generalmente tienen un enfoque de promoción de salud.
En 1997, la Secretaría de Salud estableció un nuevo modelo de prioridades en prevención
y control de enfermedades, definiendo 10 programas de impacto directo en el estado de
salud de grupos específicos de población:
1. Salud reproductiva.
2. Atención a la salud del niño. 3. Atención a la salud del adulto y del anciano. 4. Enfermedades transmitidas por vectores. 5. Zoonosis. 6. Micobacteriosis.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” 7. Cólera. 8. Urgencias epidemiológicas y desastres. 9. VIH/sida y otras enfermedades de transmisión sexual. 10. Adicciones.
MERCADO LABORAL.
La demanda profesional se ubica en los ámbitos laborales en que se atiende la
educación, en los que está inscrito el quehacer profesional del educador.
Podrá desempeñarse en los siguientes ámbitos laborales:
1. En Instituciones Educativas Públicas y Privadas.
2. En Instituciones de capacitación del sector público o privado.
3. Escuelas y Universidades.
4. Instituciones de salud
Los sectores del campo laboral del egresado de la Licenciatura en Psicología y
neurociencias, son los ámbitos públicos y privados; escuelas de educación preescolar,
primaria, secundaria, preparatoria, universidades, dentro del sector público el egresado
puede incursionar en cualquiera de las dependencias gubernamentales, en las áreas de
capacitación y administración del capital humano e intelectual; en la Secretaría de
Educación Pública en cualquiera de sus áreas y en instituciones educativas de todos los
niveles escolares.
UNIVERSIDAD “EMILIANO ZAPATA” En el sector privado en instituciones educativas, en centros de investigación, en
organizaciones no gubernamentales, empresas, centros de formación continua,
consultorías, televisoras, radiodifusoras y centros de educación virtual.
Puede generar sus propios proyectos de trabajo de manera independiente, tales como:
consultoría, instituciones educativas, investigación etc.
Áreas de Oportunidad de desempeño del Profesionista Egresado de la Licenciatura en
Psicología y Neurociencias.
1.- Escuelas de todos los niveles, y Universidades
2.- Instituciones Educativas Públicas
3.- Instituciones Educativas Privadas.
4.- Secretaria de Educación.
4.- Departamentos de Capacitación de Empresas
5.- Etc.